Cuadro Comparativo Acuerdo 08 y Res 5261---

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CUADRO COMPARATIVO Presentado por: DIEGO GUARIN LUZ ANDREA CALVETE SHIRLEY RODRIGEZ Elsa Vargas RESOLUCION NUMERO 5261 DE 1994 ACUERDO 08 DE 2009 OBJETIVO: Unificar criterios en la prestación de servicios de salud dentro de la Seguridad Social en Salud, como garantía de acceso, calidad y eficiencia. . OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN. El presente Acuerdo tiene como objeto la definición, aclaración y actualización integral del Plan Obligatorio de Salud Procurar la mayor precisión posible de los planes de beneficios de los regímenes contributivo y subsidiado DEFINICIÓN DE POS: Plan Obligatorio de Salud -POS- Es el conjunto de servicios de atención en salud a que tiene derecho, en caso de necesitarlo, todo afiliado al Régimen Contributivo, cuya prestación debe ser garantizada por las Entidades Promotoras de Salud a todos sus afiliados. DEFINICIÓN DE POS: Es el conjunto de servicios de atención en salud a que tiene derecho, en caso de necesitarlo, todo afiliado al régimen contributivo cuya prestación debe ser garantizada por las Entidades Promotoras de Salud, a todos sus afiliados COBERTURA COBERTURA SI Tratamiento con radioterapia y quimioterapia para el cáncer. Diálisis para insuficiencia renal crónica, transplante renal, de corazón, de medula ósea y NO Cirugía estética con fines de embellecimien to. Tratamientos nutricionales con fines estéticos. Tratamientos para la infertilidad. Tratamientos no reconocidos SI Prótesis Ortesis Material de osteosíntesis Marcapasos Prótesis valvulares y articulares Aparatos y aditamentos Ortopédicos: Muletas Caminadores Bastones Otras NO Zapatos ortopédicos Plantillas Sillas de ruedas Medias con gradiente de presión o descanso Corsés Fajas Los que no estén expresamente autorizados

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CUADRO COMPARATIVO

Presentado por:

DIEGO GUARIN

LUZ ANDREA CALVETE

SHIRLEY RODRIGEZ

Elsa Vargas

RESOLUCION NUMERO 5261 DE 1994 ACUERDO 08 DE 2009OBJETIVO: Unificar criterios en la prestación de servicios de salud dentro de la Seguridad Social en Salud, como garantía de acceso, calidad y eficiencia.

. OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN. El presente Acuerdo tiene como objeto la definición, aclaración y actualización integral del Plan Obligatorio de SaludProcurar la mayor precisión posible de los planes de beneficios de los regímenes contributivo y subsidiado

DEFINICIÓN DE POS: Plan Obligatorio de Salud -POS- Es el conjunto de servicios de atención en salud a que tiene derecho, en caso denecesitarlo, todo afiliado al Régimen Contributivo, cuya prestación debe ser garantizada por las Entidades Promotoras deSalud a todos sus afiliados.

DEFINICIÓN DE POS: Es el conjunto de servicios de atención en salud a que tiene derecho, en caso de necesitarlo, todo afiliado al régimen contributivo cuya prestación debe ser garantizada por las Entidades Promotoras de Salud, a todos sus afiliados

COBERTURA COBERTURASI

Tratamiento con radioterapia y quimioterapia para el cáncer.

Diálisis para insuficiencia renal crónica, transplante renal, de corazón, de medula ósea y de cornea.

Tratamiento para el SIDA y sus complicaciones.

Tratamiento quirúrgico para enfermedades del corazón y del sistema nervioso central.

Tratamiento quirúrgico para enfermedades de origen genético o congénito.

Tratamiento

NO Cirugía estética con

fines de embellecimiento.

Tratamientos nutricionales con fines estéticos.

Tratamientos para la infertilidad.

Tratamientos no reconocidos por las asociaciones médico científicas a nivel mundial o aquellos de carácter experimental.

Tratamientos o curas de reposo o del sueño.

Medias elásticas de soporte, corsés, fajas, plantillas, zapatosOrtopédicos, sillas de ruedas, lentes de contacto.

SI Prótesis• Ortesis• Material de osteosíntesis• Marcapasos• Prótesis valvulares y articulares• Aparatos y aditamentos Ortopédicos:

MuletasCaminadoresBastonesOtras estructuras de soporte para caminar

Atención de urgencias – AIU

Atención ambulatoria Atención domiciliaria Internación y

hospitalización Servicio de transporte Trasplantes e injertos Enfermedades

NO Zapatos

ortopédicos Plantillas Sillas de ruedas Medias con

gradiente de presión o descanso Corsés Fajas Los que no estén

expresamente autorizados

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medico quirúrgico para el trauma mayor.

Terapia en unidad de cuidados intensivos.

Reemplazos articulares.

Medicamentos o sustancias que no se encuentren expresamente autorizadas

en el Manual de Medicamentos y Terapéutica.

Tratamiento con drogas o sustancias experimentales para cualquier tipo de

enfermedad. Trasplante de

órganos. (No se excluyen aquellos como el trasplante renal).

Tratamiento con psicoterapia individual, psicoanálisis o psicoterapiaProlongada. (No se excluye la psicoterapia individual de apoyo en la fasecrítica de la enfermedad, y solo durante la fase inicial; tampoco seExcluyen las terapias grupales).

Actividades, procedimientos e intervenciones de carácter educativo, instrucciones o de capacitación.

Prótesis, ortodoncia.

terminales

ATENCION DE URGENCIAS:La atención de urgencias comprende la organización de recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros de un proceso de cuidados de salud indispensables e inmediatos a personas que presentan una urgencia. Todas las entidades o establecimientos públicos o privados, que presten servicios de consulta de urgencias, atenderán obligatoriamente estos casos en su fase

ATENCION DE URGENCIAS:Se define como la prestación oportuna de servicios de atención en salud mediante actividades, procedimientos e intervenciones en una institución prestadora de servicios de salud, para la atención de usuarios que cumplan con las condiciones definidas en el numeral 40 del presente artículo y en el capítulo 5 del presente Acuerdo.

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inicial aún sin convenio o autorización de la E.P.S. respectiva o aún en el caso de personas no afiliados al sistema.

Interconsulta: Es la solicitud expedida por el profesional de la salud responsable de la atención de un paciente a otros profesionales del área, quienes emiten juicios, orientaciones y recomendaciones sobre la conducta a seguir en determinados pacientes, sin asumir la responsabilidad directa de tratantes, es decir, no hay en este aspecto transferencia de responsabilidad por parte del profesional tratante.

Telemedicina = Interconsulta: La provisión de servicios de salud a distancia, en los componentes de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento o rehabilitación, por profesionales de la salud que utilizan, tecnologías de la información y de la comunicación que les permite intercambiar datos con el propósito de facilitar el acceso de la población. Para efectos del presente Acuerdo, la actividad realizada se asimila a la interconsulta.

COMPLEJIDADCobertura NIVEL 1,2,3 Atención Ambulatoria: Consulta Médica General Atención Inicial, estabilización , resolución o

remisión del paciente en urgencias. Atención Odontológica Laboratorio Clínico Radiología Medicamentos Esenciales Citología Acciones Intra y extramurales de Promoción,

Prevención y Control. Atención quirúrgica Servicios con internación : Atención Obstétrica Atención no quirúrgica u obstétrica Laboratorio Clínico Radiología Medicamentos esenciales Valoración Diagnóstica y manejo médico Atención quirúrgica

COMPLEJIDADCobertura NIVEL 1 ,2,3Se define la cobertura como las prestaciones asistenciales o servicios en salud, sin distinción geográfica. No especifica la cobertura por procedimientos.

La atención Odontológica incluyeactividades de educación, motivación y prevención. Las actividades del primer nivel de atención constan de: Examen Clínico Odontológico R.X en caso necesario Educación en Salud Oral Indicaciones y práctica de cepillado Indicaciones y práctica con hilo dental Control de placa Detartraje supragingival Sellantes de fosas y fisuras Topicación con flúor Profilaxis finalCuando el paciente se encuentre suficientemente motivado sobre su higiene oral y presente un máximo de placa del 15% se debe continuar con tratamiento curativo que incluye:

La atención odontológica se encuentra en las Exclusiones y limitaciones del plan obligatorio de salud del régimen contributivo en Tratamientos de periodoncia, ortodoncia, implantología, prótesis y blanqueamiento dental.

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Obturaciones con resina de fotocurado Obturaciones con amalgama de plata Extracciones dentales sencillas y/o quirúrgicas Curetaje y alisado radicular

Integralidad del usuario: Cuando las condiciones de salud del usuario tengan mayor complejidad, esta se hará a través de la red de servicios asistenciales que establezca cada E.P.S.

Integralidad del usuario: La integralidad requerida por un paciente en servicios no incluidos en el POS o en el POS-S, no es objeto del presente acuerdo, por no ser competencia de la CRES.

Desplazamiento: Los gastos de desplazamiento generados enlas remisiones serán de responsabilidad del paciente, salvo en los casos de urgenciadebidamente certificada o en los pacientes internados que requieran atenciónComplementaria.

Desplazamiento: El servicio de traslado de pacientes cubrirá el medio de transporte adecuado y disponible en el medio geográfico donde se encuentre, con base en el estado de salud del paciente, el concepto del médico tratante y el destino de la remisión y de conformidad con las normas del Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad de la Atención en Salud.

Medicamento Esencial: Se considerarán para el primer nivel de atención los medicamentos esenciales contenidos en la Resolución 7328 de 1992 y en el Manual de Medicamentos y Terapéutica.

Medicamento Esencial. Se entiende por medicamento esencial aquel que reúne características de ser el más costo-efectivo en el tratamiento de una enfermedad, en razón de su eficacia y seguridad farmacológica, por dar una respuesta más favorable a los problemas de mayor relevancia en el perfil de morbimortalidad de una comunidad y porque su costo se ajusta a las condiciones de la economía del país.

Pacientes que se admitirán en la UCI: De orden cardiovascular De orden neurológico De orden infeccioso Con Hipertermia maligna Pacientes con leucemias agudas que

requieran asistencia ventilatoria. De orden neumológico Tóxicos Metabólicos

Casos que no serán admitidos en la unidad de cuidados intensivos

Pacientes en estado terminal de cualquier etiología.

Pacientes poli traumatizados mientras no se haya definido la conducta

quirúrgica o neuroquirúrgica. Pacientes con signos de muerte cerebral

o descerebrados

Pacientes que se admitirán en la UCI: Pacientes críticamente enfermos de todas las

edades de acuerdo con lo dispuesto en el presente Acuerdo. Para estos casos la cobertura incluye los procedimientos e insumos inherentes a los servicios de UCI y manejo por especialistas según normas de calidad, así como los procedimientos simultáneos que se realizan en otros servicios, siempre y cuando se encuentren incluidos en el POS-S de conformidad con el presente acuerdo.

Neonatos, frente a todas las patologías de cualquier etiología que requieran atención en Cuidados Intensivos.

Atención/Asistencia domiciliaria: Es aquella que se brinda en la residencia del paciente con el apoyo de personal médico y/o paramédico y la participación de su familia, la que se hará de acuerdo a las Guías de Atención Integral establecidas para tal

Atención/Asistencia domiciliaria: Se define como la atención que se brinda en el domicilio o residencia del paciente con el apoyo de profesionales, técnicos y/o auxiliares del área de la salud y la participación de su familia o cuidador.

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fin.

Atención Ambulatoria: Se clasifican dentro de la atención ambulatoria, las siguientes actividades y procedimientos:

Consulta médica general de primera vez. Consulta médica general de revisión. Consulta paramédica de primera vez Consulta paramédica de revisión. Consulta médica especializada de primera vez. Consulta médica especializada de revisión. Interconsulta médica especializada Junta médico-quirúrgica Atención odontológica. Atención quirúrgica.

Atención Ambulatoria: Se define como la modalidad de atención de salud, en la cual toda actividad, procedimiento o intervención se realiza sin necesidad de internar u hospitalizar al paciente.

TRATAMIENTO PARA ENFERMEDADES RUINOSAS O CATASTROFICAS

Tratamiento con radioterapia y quimioterapia cáncer.

Diálisis para insuficiencia renal crónica, trasplante renal, de corazón, de medula ósea y de cornea.

Tratamiento para el SIDA.

Tratamiento quirúrgico para enfermedades del corazón y del sistema nervioso central.

Tratamiento quirúrgico para enfermedades de origen genético o congénitas.

Tratamiento medico quirúrgico para el trauma mayor.

Terapia en unidad de cuidados intensivos.

Reemplazos articulares.

TRATAMIENTO PARA ENFERMEDADES RUINOSAS O CATASTROFICAS

1. Trasplante renal, de corazón, de hígado, de medula ósea y de córnea.

2. Diálisis peritoneal y hemodiálisis.

3. Manejo quirúrgico para enfermedades del corazón.

4. Manejo quirúrgico para enfermedades del sistema nervioso central.

5. Reemplazos articulares.

6. Manejo médico-quirúrgico del Gran Quemado.

7. Manejo del trauma mayor.

8. Manejo del paciente infectado por VIH.

9. Quimioterapia y Radioterapia para el Cáncer.

10. Manejo de pacientes en Unidad de Cuidados Intensivos

11. Manejo quirúrgico de enfermedades congénitas.

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SALUD MENTAL

ESTANCIA EN INSTITUSIONES SIPQUIATRICAS

SALUD MENTAL

Atención de urgencias psiquiátricas.