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c:R.§so[ución Jefatura[ -MTNEDU/ VMGl•PRONIED- UGEO 07 2 -2017 Lima, 13 MU. 1017 Vistos, el Informe 240-2017-MINEOUNMGI-PRONIED- OAJ. el Memorándum Nº 1588-2017-MINEOUNMGI-PRONIED-UGEO. el Informe Nº 002- 2017-MINEDUNMGI-PRONIED-UGEO-EEO-HMOS, la Cana Nº 38-2017- MS INGS.SL- SP/SUP.FAZ, y la Carta 11 - CM-17; CONSIDERANDO: Que, con fecha 04 de abril de 2016, el Programa Nacional de Infraestructura Educativa - PRONIED, en adelante la Entidad y et CONSORCIO MAPACHO (conformado por EMPRESA CONSTRUCTORA A.R.C. S.R.LTDA. y la empresa CONSTRUCTORA MECH S. R.L), en adelante el Contratista. suscribieron el Contrato Nº 043-2016-MINEDUNMGI-PRONIED. derivado del proceso de selección Licitación Pública Nº 037-2015-MINEDU/UE 108, para la Contrataci ón de la Ejecución de Saldo de Obra: "Adecuación, Mejoramiento y Sustitución de la Infraestructura Educativa y Equipamiento de la Institución Educativa Francisco Antonio de Zela. Tacna -Tacna - Tacna', por el monto de S/ 21 804 558,71 (Veintiún Millones Ochocientos Cuatro MIi Quinientos Cincuenta y Ocho con 71/100 Soles) incluido el Impuesto General a las Ventas, y un plazo de ejecución de tr escientos (300) dfas calendario; Que, con fecha 09 de mayo de 2016, la Entidad y la empresa MS INGENIEROS S.L SUCURSAL EN PERU, en adelante el Supervisor, suscfibieron el .."11:~ Contrato Nº 57-2016-MINEDUNMGI-PRONIED. derivado del Concurso Público 001- V'B" 2016-MINEDU/UE 108, para la contratación del Servicio de Consultoría de Obra: Supervisión BAAA10 i e Obra Saldo de Obra: "Adecuación, Mejoramiento, Sustitución de la Infraestructura f ducativa y Equipamiento de la Institución Educativa Francisco Antonio de Zela, Tacna - - ·•"' Tacna - Tacna", por un monto contractual de S/ 546 018, 23 {Quinientos Cuarenta y Seis MIi Dieciocho con 23/100 Soles) Incluido el Impuesto General a las Ventas, y un plazo para la prestación del servicio de trescientos treinta (330) días calendario, de los cuales trescientos (300) días calendario corresponden a la supervisión de la ejecución de la obra, y trein ta (30) dfas calendario para el proceso de recepción de obra, pre-liquidación y entrega de documentos para la liquidación final del contrato de la obra; Que, mediante Oficio N• 1759-2016-MINEDUNMGI- PRONIED-UGEO, recibido por el Supervisor el 12 de mayo de 2016, la Entidad le comunicó que la fecha de Inicio de los servicios de supervisión se contabilizará a partir del 13 de mayo de 2016; Que, con Oficio Nº 1760-·2016-MINEDUNMGI-PRONIEO- UGEO, recibido por el Contratista el 12 de mayo de 2016. la Entidad le comunicó que al haberse cumplido con las condiciones establecidas en el Articulo 184ºdel Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, quedó fijado el 13 de mayo de 20i6 como fecha de inicio de obra ejecución de la obra, por tanto la fecha de finalización es el 08 de marzo de 2017; Que, a través del Asiento N" 220 del Cuaderno de Obra, de fecha 11 de noviembre de 2016, el Cont ra tista señaló que debido a la no aprobación del Adiciona! de Obra N• 01 , el cual Incluye traba jos que se deberán ejecutar en la piscina, el

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  • c:R.§so[ución Jefatura[ Nº -MTNEDU/ VMGl•PRONIED-UGEO

    07 2 -2017 Lima, 13 MU. 1017

    Vistos, el Informe Nº 240-2017-MINEOUNMGI-PRONIED-OAJ. el Memorándum Nº 1588-2017-MINEOUNMGI-PRONIED-UGEO. el Informe Nº 002-2017-MINEDUNMGI-PRONIED-UGEO-EEO-HMOS, la Cana Nº 38-2017-MS INGS.SL-SP/SUP.FAZ, y la Carta Nº 11-CM-17;

    CONSIDERANDO:

    Que, con fecha 04 de abril de 2016, el Programa Nacional de Infraestructura Educativa - PRONIED, en adelante la Entidad y et CONSORCIO MAPACHO (conformado por EMPRESA CONSTRUCTORA A.R.C. S.R.LTDA. y la empresa CONSTRUCTORA MECH S.R.L), en adelante el Contratista. suscribieron el Contrato Nº 043-2016-MINEDUNMGI-PRONIED. derivado del proceso de selección Licitación Pública Nº 037-2015-MINEDU/UE 108, para la Contrataci ón de la Ejecución de Saldo de Obra: "Adecuación, Mejoramiento y Sustitución de la Infraestructura Educativa y Equipamiento de la Institución Educativa Francisco Antonio de Zela. Tacna -Tacna - Tacna', por el monto de S/ 21 804 558,71 (Veintiún Millones Ochocientos Cuatro MIi Quinientos Cincuenta y Ocho con 71/100 Soles) incluido el Impuesto General a las Ventas, y un plazo de ejecución de trescientos (300) dfas calendario;

    Que, con fecha 09 de mayo de 2016, la Entidad y la empresa MS INGENIEROS S.L SUCURSAL EN PERU, en adelante el Supervisor, suscfibieron el

    .."11:~ Contrato Nº 57-2016-MINEDUNMGI-PRONIED. derivado del Concurso Público Nº 001-V'B" ~ 2016-MINEDU/UE 108, para la contratación del Servicio de Consultoría de Obra: Supervisión BAAA10 i e Obra Saldo de Obra: "Adecuación, Mejoramiento, Sustitución de la Infraestructura f ducativa y Equipamiento de la Institución Educativa Francisco Antonio de Zela, Tacna -- ·•"' Tacna - Tacna", por un monto contractual de S/ 546 018,23 {Quinientos Cuarenta y Seis MIi

    Dieciocho con 23/100 Soles) Incluido el Impuesto General a las Ventas, y un plazo para la prestación del servicio de trescientos treinta (330) días calendario, de los cuales trescientos (300) días calendario corresponden a la supervisión de la ejecución de la obra, y treinta (30) dfas calendario para el proceso de recepción de obra, pre-liquidación y entrega de documentos para la liquidación final del contrato de la obra;

    Que, mediante Oficio N• 1759-2016-MINEDUNMGI-PRONIED-UGEO, recibido por el Supervisor el 12 de mayo de 2016, la Entidad le comunicó que la fecha de Inicio de los servicios de supervisión se contabilizará a partir del 13 de mayo de 2016;

    Que, con Oficio Nº 1760-·2016-MINEDUNMGI-PRONIEO-UGEO, recibido por el Contratista el 12 de mayo de 2016. la Entidad le comunicó que al haberse cumplido con las condiciones establecidas en el Articulo 184ºdel Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, quedó fijado el 13 de mayo de 20i6 como fecha de inicio de obra ejecución de la obra, por tanto la fecha de finalización es el 08 de marzo de 2017;

    Que, a través del Asiento N" 220 del Cuaderno de Obra, de fecha 11 de noviembre de 2016, el Contratista señaló que debido a la no aprobación del Adiciona! de Obra N• 01, el cual Incluye trabajos que se deberán ejecutar en la piscina, el

  • cual es parte de la ruta critica, está ocasionando que no puedan Iniciar los trabajos de encofrado de acero losa e=7.5cm en el fondo de la piscina, armado, vaciado de concreto, tarrajeos y enchapes, además que todas las partidas que se encuentran comprometidas ya han agotado su holgura y se han convertido en criticas, situación que será causal de ampliación de plazo, por la demora en la aprobación del adicional de obra;

    Que, a través del Asiento Nº 291 del Cuaderno de Obra, de fecha 05 de enero de 2017, el Contratista reiteró que la demora en la aprobación del Adicional de Obra Nº 01, está ocasionando que no se puedan ejecutar partidas contractuales del Expediente Técnico, las cuales se deben ejecutar una vez ejecutadas las partidas que conforman el adicional de obra. como son: movimiento de tierras, excavación de zanjas, rellenos de zapata, excavación de material excedente, zapatas, columnas vigas, placas, loza maciza, caseta de máquinas de cisterna. graderías, estructura metálica, entre otros; situación que es causal de ampliación de plazo tipificada en el inciso 1. del articulo 200• del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, ya que afecta el Cronograma

    ~"l: , de Obra Vigente, y a las partidas que no siendo parte de ta ruta critica, por el tiempo 'i{-~ ~ transcurrido se han vuelto criticas al agotar su holgura;

    J. • f. Que, mediante Oficio Nº 0654-2017-MINEOUNMGl-.,;$'7 PRONIEO, recibido por el Contratista el 06 de febrero de 2017 la Entidad notificó la

    '-"=~ Resolución Directora! Ejecutiva N' 015-2017-MINEDUNMGI-PRONIED, a través del cual aprobó el Adicional de Obra N' 01 al Contrato Nº 043-2016-MINEDUNMGI-PRONIED, referido a los siguientes componentes: a) la construcció-n de una losa armada de e=3" en el fondo de la piscina que mantendrá los aceros verticales asi como reforzar la armadura de los muros con la colocación de acero horizontal de 0 1/2"@ 20c/s, b) Acero horizontal en muro de piscina, el cual se ejecutará luego de demolido todos los muros

    . laterales de la piscina, haciéndose un reforzamiento. reemplazando el acero horizontal del °'m,~ 0 3/8"@.25 existente por el acero 121 1/2"@.25; y e) Columnas y muros reforzados en eje

    • ~ 32, donde se profundizara la altura de las columnas y muros de los ejes W32, del \\1 erimetro de la piscina, en la caseta de máquinas; por el monto ascendente a S/ 55 181,29 ~ J:," a Cincuenta y Cinco MIi Ciento Ochenta y Uno con 29/100 Soles), incluido el Impuesto

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  • ~... ,p ~ ., e:-,v~~'-,c" n, ,,_.,

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  • ejecución que se encuentra subsumidas dentro del plazo contractual vigente (08 de marzo de 2017), prestación que contempla la ejecución de excavaciones en las zapatas y cimentación de muros en el eje W-32. para luego iniciar con la ejecución de las partidas de fierro encofrado concrelo para zapatas las cuales tienen que ser vaciadas para ejecutar el muro y las columnas que forman parte del adicional, en consecuencia no se pueden ejecutar por partes: en tanto el armado de fierro como el encofrado y el vaciado del muro y la ejecución de los muros se hacen en forma monoliticas a la vez, en tal senlido, las partidas subsecuentes que el Contralista menciona, se deben ejecutar en forma conjunta a la ejecución de las partidas que conforman el Adicional de Obra N' 01 , a fin de ejecutar trabajos de forma monolítica y con buenas prácticas profesionales, pues no es dable hacer en forma separada o por etapas armaduras de fierro, encofrados y vaciados de 0.91 cm; en consecuencia para determinar las partidas afectadas se ha realizado un análisis en base ~·, al melrado, rendimiento por cuadrilla derivado de los precios unitarios del Expediente

    '~,Jécnico, esi como el número de cuadrillas que podrán intervenir en cada partida, con lo ..-ui.---1;:CUal y concediendo dias de holgura. se concluye que los trabajos en las partidas afectadas

    • A':'subsecuentes al eje W-32, requieren de un plazo de ejecución de veintidós (22) días ==••.,,.#7 calendario, el cual debió iniciar el 10 de febrero de 2017 y culminar el 03 de marzo de 2017,

    es decir dentro del plazo contractual vigente: y las partida-S afecladas subsecuentes por la no ejecución de la piscina requieren de un plazo de ejecución de treinta (30) dlas calendario, debiendo haber iniciado el 28 de febrero de 2017 y culminar el 29 de marzo de 2017, por tanto. al estar vigente la obra hasta el 08 de marzo de 2017, se requiere prorrogar por veintiún (21) días calendario el plazo contractual hasta el 29 de marzo de 2017;

    Que, con lnfom1e N' 062·2017•MINEDUNMGI-PRONIED-UGEO-EEO-HMOS, de fecha 08 de marzo de 2017, que cuenta con la conformidad del Coordinador del Equipo de Ejecución de Obra, y de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras, el Coordinador de Obras, concluyó que la solicitud de Ampllaclón de Plazo N' 03 presentada por el Contratista, por la causal • Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista' establecido en el inciso 1, del art,culo 200' del Reglamento, debe ser declarada procedente parcialmente por veintiún (21) dias calendario, por los mismos argumentos esbozados por el Supervisor, asimismo precisó que el Contratista en su solicitud de ampl!ación de plazo incluye partidas contractuales que no están relacionadas con la Prestación adicional de Obra N' 01 , como la estructura metálica para el techo de la piscina, carpinlería de alumlnio, mamparas entre otros, con el fin de confundir el analísis de ejecución de las partidas afectadas; asimismo señaló que: 1) solo resulta necesario veintiún (21) dias calendario adicionales para la ejecución de las partidas subsecuentes a las partidas que conforman la Prestación Adicional de Obra N' 01; y li) del análisis efectuado se demostrado que se ha afectado la ruta critica de forma parcial. Por otro lado, el Coordinador de Obra también recomendó otorgar de oficio la Ampliación de Plazo Nº 01 del Supervisor, por igual cantidad de días, al ser un conlrato vinculado al contrato de ejecución de obra, con lo cual la nueva fecha de término contraclual de la supervisión se extiende hasta el 28 de abril de 2017;

    Que, mediante Memorándum Nº 1588-2017-MINEDUNMGI-PRONIED-UGEO, recibido por la Oficina de Asesoría Jurídica el 08 de marzo de 2017, el Jefe (e) de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras otorgó conformidad a lo infom1ado por el Equipo de Ejecución de Obras, y solicitó la emisión del informe legal, asl como, la elaboración del proyecto de la resolución correspondiente ;

    Que, a Jravés del Informe N' 240-2017-MINEDUNMGI• PRONIED-OAJ, de fecha 13 de marzo de 2017, la Oficina de Asesoria Jurídica, luego de la revisión y análisis del expediente, de acuerdo con lo informado técnicamente por el Supervisor y la Unidad Gerencial de Estudios y Obras, y en aplicación del articulo 41 • de

  • .,,, # e ··¡·· •

  • Que, el último párrafo del Articulo 202º del Regiamento citado establece que. ·En virtud de la ampliación otorgada, la Entidad ampliara el plazo de los otros contratos celebrados por ésta y vinculados directamente al contrato principal";

    Que, el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado a través de la Opinión Nº 046-2009/DTN, del 29 de mayo de 2009, "cuando se apruebe la ampliación de plazo de ejecución de una obra, corresponde a la Entidad ampliar el plazo de todos los contratos vinculados directamente a dicho contrato de obra, sin condicionar tal ampliación a determinado procedimiento a cargo del contratista:

    Que, en el presente caso. teniendo en cuenla lo indicado por el Supervisor, la Unidad Gerencial de Estudios y Obras y la Oficina de Asesoría Jurídica,

    .. - , corresponde declarar procedente parcialmente por veintiún (21) dlas calendario, la solicitud . -..,..:J,!f.,,,';:;:,. de Ampliación de Plazo N• 03 presentada por el Contratista, al haberse demostrado la l'/' c. ,'é, afectación de la ruta critica. y que el plazo otorgado resulta necesario para ta culminación 1 J. J!•de la obra; Asimismo. en relación al contrato de supervisión. dada la directa vinculación de

    • ~ ambos contratos, siendo el contrato de supervisión accesorio al principal de ejewción, de . .....,.•"' conformidad a lo establecido al respecto en el articulo 202º del Reglamento de la Ley de

    Contrataciones del Estado. corresponde aprobar de oficio la Ampliación de Plazo Nº 01 del Supervisor por el mismo periodo de tiempo;

    Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU, se creó et Programa Nacional de Infraestructura Educativa - PRONIED, el cual depende del Vlceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación y asume la Unidad Ejecutora 108 del pliego 010 Ministerio de Educación;

    Que, mediante Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU, de lecha 13 de enero de 2016, se aprobó el Manual de Operaciones del PRONIED, a través del cual se reguló la organización de dicho Programa su estructura funcional, las áreas que los componen y las funciones de las mismas;

    Que, con Resolución Ministerial Nº 691-2016-MINEDU. de fecha 30 de diciembre de 2016, se encargó las funciones del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Infraestructura Educativa- PRONIED:

    Que. mediante Resolución Directora! Ejecutiva Nº 001-2017• MINEDUNMGI-PRONIED, de fecha 02 de enero de 2017. se delegó facultades al Jefe de la Unidad Gerencial de Estudíos Obras, entre ellas las solicitudes de Ampliación de Plazo;

    Que, de acuerdo con lo opinado en Informe Nº 240-2017-MINEDUNMGI-PRONIEO-OAJ. el Memorándum N" 1588-2017-MINEDUNMGI-PRONIED-UGEO, el Informe Nº 062-2017-MINEDUNMGI-PRONIED-UGEO·EEO·HMOS, la Carta Nº 38-2017-MS INGS.SL-SP/SUP.FAZ, y la Carta Nº 11-CM-17;

    De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, modificada por Ley Nº 29873, su Reglamento, aprobado por Deeteto Supremo Nº 184-2008-EF y modificaciones, el Decreto Supremo Nº 004•2014-MINEOU, Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU, Resolución Ministerial Nº 691-2016-MINEDU, Resolución Directora! Ejecutiva Nº 001-2017-MINEDUNMGI-PRONIED;

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    ~so[ución Jefatura[ IY: -MlNEDU/

    012-2011 VMGI-PRONIED-UGEO

    Lima, 13 MAR. 2017 se RESUELVE:

    ARTÍCULO 1.· Declarar PROCEDENTE parcialmente la solicitud de Ampliación de Plazo Nº 03 por veintiún (21) dilas calendario, presentada por el CONSORCIO MAPACHO (conformado por la EMPRESA CONSTRUCTORA A.R.C. S,R.LTDA. y la empresa CONSTRUCTORA MECH S.R.L), para la Contratación de la Ejecución de Saldo de Obra: "Adecuación, Mejoramiento y Sustitución de la Infraestructura

    g••~ . Educativa y Equipamiento de la Institución Educativa Francisco Antonio de Zela, Tacna -'f _ "' Tacna • Tacna•, en virtud del Conlrato N' 043-2016-MINEDUNMGI-PRONIED. derivado de

    la Licitación Pública Nº 037-2015-MINEDU/UE 108, postergando la fecha de término del plazo contractual del 08 de marzo de 2017 al 29 de marzo de 2017, por los fundamentos expuestos en la parte consideratlva de la presente Resolución.

    @ ~~ ARTÍCULO 2.- APROBAR de oficio la Ampliación de Plazo '¡f .~ R. fj;J Nº 01, por veintiún (21) días calendario, al Contrato N° 57-2016-MINEOUNMGI-PRONIED. ~ ~ derivado del Concurso Público Nº 001-2016-MINEOU/UE 108, a favor de la empresa MS

    , _, ~ INGENIEROS S.L SUCURSAL EN PERU, encargado del Servicio de Consultoría de Obra; •·- · Supervisión de Obra Saldo de Obra: ºAdecuación, Mejoramiento, Sustitución de la

    Infraestructura Educativa y Equipamiento de la Institución Educativa Francisco Antonio de Zeta, Tacna -Tacna . Tacna·, postergando la fecha de término del plazo contractual del 07 de abril de 2017 al 28 de abril 2017, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

    ARTÍCULO 3.- Notifíquese la presente Resolución al Contratista CONSORCIO MAPACHO y a la empresa MS INGENIEROS S.L SUCURSAL EN PERU, conforme a Ley.

    REGISTRESE Y COMUNÍQUESE