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Convenciones sobre áreas y especies protegidas y su relación con la Gobernanza Ambiental de Zonas Costero-Marinas. I Programa Regional de Capacitación en Gobernanza Ambiental de Zonas Costero- Marinas: legislación e institucionalidad. María Eugenia Recio.

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  • Convenciones sobre reas y especies protegidas y su relacin con la Gobernanza Ambiental de Zonas Costero-Marinas. I Programa Regional de Capacitacin en Gobernanza Ambiental de Zonas Costero-Marinas: legislacin e institucionalidad.

    Mara Eugenia Recio.

  • Ecosistemas costero-marinos: manglares, estuarios, coralinos, etc. Importancia crucial para el mantenimiento de la vida. Amenazas: sobreexplotacin de especies, destruccin de hbitats costero marinos (erosin, contaminacin, actividades extractivas, cambio climtico, especies invasivas, eutrofizacin y contaminacin por fuentes terrestres, etc.)ALTO NIVEL DE DEGRADACIN Preocupacin mundial desembocan en Acuerdos y Convenios Internacionales.

  • Hot Spots de Biodiversidad34 puntos calientes de biodiversidad: 50% de las plantas, 42% de los vertebrados terrestres, en slo 2,3% de la superficie de tierras del planeta

  • AMUMAs para proteccin de la diversidad biolgica. Abordan tres niveles de diversidad: gentica, especie y ecosistema. Dos categoras :tratados potencialmente aplicables a todas las especies y hbitats: CDBacuerdos dirigidos a la conservacin de un hbitat en particular o un tipo de especie en concreto. Diversas herramientas: reas protegidas, prohibicin o regulacin de captura de especies determinadas, prohibicin o regulacin de comercio internacional de especies, gestin de hbitats, gestin de ecosistemas, prohibicin de introduccin de nuevas especies o de especies invasivas.

  • Convenio de Diversidad Biolgica.Suscrito en la CMDS, Ro 1992. Primer acuerdo mundial integral que aborda todos los aspectos de la diversidad biolgica: recursos genticos, especies y ecosistemas. Entro en vigor el 29 de Diciembre del 199342 Artculos 2 anexosConceptos bsicos

  • PartesNo PartesEl Convenio sobre la Diversidad Biolgica cuenta con 191 Partes (2003)

  • Objetivosla conservacin de la diversidad biolgicala utilizacin sostenible de sus componentes La participacin justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilizacin de los recursos genticosutilizacin sostenible: utilizacin de componentes de la diversidad biolgica de un modo y a un ritmo que no ocasione la disminucin a largo plazo de la diversidad biolgica, a fin de mantener las posibilidades de satisfacer las necesidades y las aspiraciones de las generaciones actuales y futuras.

  • Diversidad Biolgica Variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otras cosas, los ecosistemas terrestres y marinos y otros ecosistemas acuticos y los complejos ecolgicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas.

    Ecosistema"

    Un complejo dinmico de comunidades vegetales, animales y de microorganismos y su medio no viviente que interactan como una unidad funcional.

  • MUY BAJABAJAMEDIAMUY ALTAALTADIVERSIDAD DE ESPECIES EN EL MUNDO

  • PRINCIPIOLos Estados tienen el derecho soberano de explotar sus propios recursos en aplicacin de su propia poltica ambiental.

    MBITO DE APLICACINComponentes de la diversidad biolgica marina y terrestre situados dentro de los lmites de la jurisdiccin nacional (Art. 4.a) y a procesos y actividades realizadas bajo jurisdiccin de las Partes o bajo su control, con independencia de dnde se manifiesten sus efectos, ya sea dentro o fuera de las zonas sujetas a jurisdiccin nacional. (Art. 4.b).

  • CompromisosAdoptar medidas en relacin a la conservacin y utilizacin sostenible de recursos biolgicos:

    1.Generales: estrategias, planes o programas nacionales que integren, en la medida de lo posible, la conservacin y la utilizacin sostenible de la biodiversidad.2. Especficas: De evaluacin: identificar componentes de biodiversidad, actividades perjudiciales, EIA a proyectos que puedan ser adversos para la diversidad (participacin pblica)De gestin: conservacin in situ. Respetar y promover conocimientos y prcticas tradicionales. ex situ. Especies amenazadas, preferible en pas de origen.De apoyo: educacin y sensibilizacin pblica, incentivos econmicos.Colaboracin internacional (prevencin y reduccin de impactos adversos en otros estados y fuera de la jurisdiccin nacional, notificacin y cooperacin cientfica).

  • Las Partes se comprometen a aplicar de modo ms eficaz y coherente los tres objetivos del Convenio, a lograr para el ao 2010 una reduccin significativa del ritmo actual de prdida de la diversidad biolgica, a nivel mundial, regional y nacional, como contribucin a la mitigacin de la pobreza y en beneficio de todas las formas de vida en la tierra. Plan Estratgico del CBD (2002)MISION

  • Mandato de Jakarta.Programa en el marco de la CBD, adoptado por la COP 2 del CDB, 1995. Identifica la biodiversidad costero-marina como un rea prioritaria de accin. Elementos del Programa de Trabajo: Gestin Integrada de Zonas Costero-marinas. Recursos vivos costero-marinos (nfasis en biodiversidad del lecho marino y de corales) reas protegidas costero-marinas, especialmente con miras al objetivo 2010.Maricultura. Especies exticas invasoras.

  • Mandato de Jakarta.Principios para la implementacin: Enfoque ecosistmico, el principio precautorio, integracin de ciencias, participacin de comunidades locales e indgenas. Tres niveles de implementacin: global, regional y nacional. Base en la accin a nivel local y nacional. Art. 6 CDB: Desarrollar estrategias nacionales, planes y programas para promover la conservacin y el uso sostenible de la diversidad biolgica costero-marina. Temas recientes: Impactos en la biodiversidad marina por la acidificacin y la fertilizacin del ocano para secuestro de dixido de carbono. la conservacin y uso sostenible de la biodiversidad del lecho y las profundidades marinas, especialmente aquellos que se encuentran ms all de los lmites de la jurisdiccin nacional.

  • Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnologa

    Adoptado en enero de 2000, en vigor desde el 11 de Septiembre 2003. 147 Partes signatarias Obligaciones jurdicamente vinculantes para las Partes.

    OBJETIVO

    Contribuir a garantizar un nivel adecuado de proteccin en la esfera de la transferencia, manipulacin y utilizacin seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la Biotecnologa moderna, que puedan tener efectos adversos para la conservacin y la utilizacin sostenible de la diversidad biolgica, teniendo en cuenta los riesgos para la salud humana, y centrndose concretamente en los movimientos transfronterizos (PPIO PRECAUTORIO).

  • ACCESO A LOS RECURSOS GENTICOS.Art. 15 CDB: Facultad de Partes de regular el acceso y derecho a recibir los beneficios. Derechos soberanos Facilitar el acceso a los recursos genticos.Pases de origen de esos recursos.Condiciones mutuamente convenidas.Consentimiento Fundamentado Previo Investigaciones Cientficas.Medidas legislativas, administrativas o de poltica, segn proceda, para compartir en forma justa y equitativa los resultados de las actividades de investigacin y desarrollo y los beneficios derivados de la utilizacin comercial y de otra ndole de los recursos genticos

    Recientes investigaciones en torno a la conservacin y uso sostenible de la biodiversidad del lecho y las profundidades marinas, especialmente aquellos que se encuentran ms all de los lmites de la jurisdiccin nacional.

  • La negociacin de un rgimen internacional de acceso.- CMDS 2002, Incluye la negociacin, en el marco del CDB, de un rgimen internacional para promover y proteger la justa y equitativa distribucin de los beneficios resultantes de la utilizacin de los recursos genticos.COP-7: En su sptima reunin (febrero de 2004, Kuala Lumpur, Malasia), la COP adopt un Plan de Accin sobre creacin de Capacidades para el ABS, orden al Grupo de Trabajo sobre ABS que evale un rgimen internacional sobre ABS, y acord los trminos de referencias para tal negociacin.Reuniones a distintos niveles (regionales, globales) para generar un acuerdo jurdicamente vinculante.

  • La Convencin Ramsar sobre Humedales

  • La Convencin Ramsar sobre HumedalesConvencin relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hbitat de Aves Acuticas

    - Fue adoptada en la ciudad iran de Ramsar, el 2 de febrero de 1971 y entr en vigor en 1975. - Se adapt a las preocupaciones de conservacin y uso sostenible de los recursos naturales en humedales- 158 Partes (2008). - Lista de Humedales de Importancia Internacional: 1747 Sitios Ramsar Red de reas Protegidas, Total 161,184,856 hectreas, su tamao vara entre 6Por qu los humedales?

  • Importancia de los humedalesEnormes beneficios econmicos

    Abastecimiento de agua (cantidad y calidad), retencin de nutrientes, sedimentos y contaminantes.Estabilizacin climtica local. Pesca (dos tercios de las capturas mundiales)Agricultura (mantiene las capas freticas y nutrientes)Produccin de MaderaRecursos energticosRefugio de vida silvestreTransporteRecreacin y turismo

  • Misin de la Convencinla conservacin y el uso racional de los humedales, a travs de la accin a nivel nacional y mediante la cooperacin internacional, a fin de contribuir al logro de un desarrollo sostenible en todo el mundo.

    Qu se entiende por humedales?

  • HumedalesArtculo 1

    las extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de agua, sean stas de rgimen natural o artificial, permanentes o temporales estancadas o corrientes, dulces salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros

    Adems, a los efectos de proteger sitios coherentemente, el Artculo 2.1 estipula que los humedales que se incluyan en las Listas de Humedales de Importancia Internacional podrn comprender adems : las zonas ribereas o costeras adyacentes, as como las islas o extensiones de agua marina de una profundidad superior a los seis metros en marea baja, cuando se encuentren dentro del humedal.Ejemplos: Marinos (humedales costeros , lagunas costeras, costas rocosas y arrecifes de coral), Estuarinos (Deltas, marismas de marea y manglares), Ribereos (Humedales adyacentes a ros y arroyos), etc.

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    Compromisos de las Partes: 3 pilares- Uso Racional de sus humedales y conservacin integrada en planes nacionales de uso del suelo.- La Lista de Humedales de Importancia Internacional (designar un sitio al devenir Parte y continuar designando)- Cooperacin Internacional

    El uso racional de los humedales es el mantenimiento de sus caractersticas ecolgicas, logrado mediante la implementacin de enfoques por ecosistemas, dentro del contexto del desarrollo sostenible.

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    Criterios para la Identificacin de Humedales de Importancia Internacional2 GruposA{ humedales representativos, raros o nicos.

    B{Sitios de importancia Internacional para conservar la diversidad biolgica

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    *

    CMS CONVENCIN DE ESPECIES MIGRATORIAS DE ANIMALES SILVESTRES

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    *Las especies migratorias son:- componentes esenciales de los ecosistemas, juegan un rol importante en las economas locales y mundiales y poseen un gran significado en muchas culturas. - Presin en aumento, muchas en peligro de extincin. - Parte del Patrimonio natural compartido entre los pases- Parte de nuestros recursos genticos- Parte de una compleja relacin entre endemismos vegetales y otros animales que an se desconocen (investigacin) - Beneficiosas para la humanidad y la salud ambiental- Indicadores de cambios ecolgicos (ej. cambio climtico)- Frgiles, debido a sus migraciones de larga distancia- Requieren de acciones concertadas entre pases para su conservacin

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    6 principales grupos de especiesAves Mamferos terrestresMamferos marinosTortugas MarinasPeces Insectos

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    - Adoptada en Bonn, Alemania, 23 de junio de 1979. En vigor desde 1 de noviembre de 1983.- Integrado PNUMA. COP, Comit Permanente y Consejo Cientfico.- Vnculos con otros Acuerdos Internacionales.- Plataforma de cooperacin

    - Misin: contribuir a la conservacin de las especies terrestres, marinas y aviarias de animales migratorios a lo largo de su rea de distribucin.

    Convencin de Bonn / CMS

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    Distribucin Geogrfica de la CMS

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    LISTA DEL APNDICE I: Especies Migratorias amenazadas de extincin 117 especies, actualmente. Partes deben implementar proteccin estricta para estas especies: Conservar y restaurar hbitats y especies. Minimizar impactos por actividades humanasPromover planes de reintroduccin y reas Protegidas Investigar Efectos de Especies exticas invasoras (competencia)Promocin del Enfoque ecosistmico

    LISTAS I y II DE LA CMS

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    LISTA DEL APNDICE IIEspecies Migratorias que necesitan o se beneficiaran significativamente de la cooperacin internacional estn listadas en el Apndice II.

    - La Convencin incentiva a los estados partes a realizar acuerdos regionales o nacionales: Tratados vinculantes, llamados Acuerdos o Instrumentos legales menos formales llamados Memorandos de Acuerdo. - En la actualidad: 7 Acuerdos y 14 Memorandas de Acuerdo

    Acuerdos: de las focas en el Mar de Wadden, de los pequeos cetceos del Mar Bltico y el Mar del Norte, de las aves acuticas migratorias de frica y Eurasia , de los cetceos del Mar Negro y el Mediterrneo y de la zona Atlntica adyacente, en favor de Albatros y Petreles Memorandos de Acuerdo: Tortugas Marinas de la Costa Atlntica de frica , Tortugas Marinas del ocano indio y el Sur Este Asitico, Cetceos y sus Hbitats en la Regin del Pacfico Insular, Dugong, Foca monje mediterrnea, Aves Migratorias de Pastizales del Sur de Sudamrica, Manates y los Pequeos Cetceos de frica Occidental, Flamencos Altoandinos

  • Los bienes y los servicios esenciales de nuestro planeta dependen de la variedad y la variabilidad de los genes, las especies, las poblaciones y los ecosistemas. Los recursos biolgicos nos nutren, nos visten y nos proporcionan alojamiento, medicamentos y sustento espiritual. () Agenda 21, Cap. 15, seccin 15.2

    Gracias.

    *Introduccin 6Este mapa muestra las Partes en el CDB hasta enero de 2003.

    Un pas se hace Parte Contratante del CDB haciendo una declaracin formal de su voluntad de quedar jurdicamente vinculado al CDB. Este proceso se conoce como ratificacin.

    El CDB actualmente cuenta con 187 Partes 186 pases y la Unin Europea. De hecho, slo hay siete pases en el mundo que an no son Partes en el CDB.

    El CDB ha sido ratificado por ms pases que ninguna otra convencin internacional.

    [Nota al ponente: A enero de 2003, slo 7 pases no haban ratificado el CDB. stos son: Andorra, Brunei, la Santa Sede, Irak, Somalia, Tailandia y los Estados Unidos de Amrica. Compruebe el nmero de Partes ms reciente en www.biodiv.org antes de dar su presentacin.]El primer objetivo es la conservacin -- conservar los procesos ecolgicos y las poblaciones de organismos, especies y hbitatsamenazados conjuntamente con el manejo de las actividades humanas que tienen impactos perniciosos. Elpropsito de dicho objetivo es mantener la integridad de los procesos y las funciones ecolgicas. El segundo objetivo consiste en el usosostenible de los recursos. Esto requiere determinar los niveles de uso de los recursos que son sostenibles y manejar el uso para mantenerlo dentro de dichos lmites. El tercer objetivo consiste en compartir beneficios y asegurar que los beneficios den fruto a un manejo y a una conservacin efectiva. Si los beneficios son compartidos de un modo justo yequitativo, se espera que aquellas personas quienes usan y dependen de los recursos sean premiados por usarlos sosteniblemente.*PRINCIPIO DE SOBERANA Y DE BUENA VECINDAD. Obligacin de asegurar que las actividades que se lleven a cabo dentro de su jurisdiccin o bajo su control no perjudiquen al medio de otros estados o de toda zona situada fuera de su jurisdiccin nacional (Art. 3 CBD en acuerdo con ppio 2 de la Declaracin de Rio). Conservacin de recursos biolgicos en peligro o amenazados pero TAMBIN los que no se encuentran en peligro.Conservacin in situ: instrumento ideal sonlas reas protegidas. Estan definidaspro el art. 8..aConocimientos tradicionales 8.j*Proteger los componentes de la Diversidad BiolgicaObjetivo 1. Promover la conservacin de la diversidad biolgica de los ecosistemas, hbitats y biomasObjetivo 2. Promover la conservacin de la diversidad de las especiesObjetivo 3. Promover la conservacin de la diversidad gentica

    Promover el Uso SostenibleObjetivo 4. Promover el uso sostenible y el consumo sostenible

    Responder a las amenazas a la diversidad biolgicaObjetivo 5. Reducir las presiones de la prdida de hbitats, del cambio del uso del suelo, de la degradacin del suelo y del uso insostenible del agua Objetivo 6. Controlar las amenazas de las especies exticas invasorasObjetivo 7. Responder a los desafos a la diversidad biolgica provenientes del cambio climtico y la contaminacin Mantener los bienes y servicios provenientes de la diversidad biolgica para apoyar el bienestar humanoObjetivo 8. Mantener la capacidad de los ecosistemas de proveer bienes y servicios y prestar apoyo a medios de vida

    Proteger los conocimientos, innovaciones y prcticas tradicionalesObjetivo 9. Mantener la diversidad sociocultural de las comunidades indgenas y locales

    Asegurar la participacin justa y equitativa en los beneficios provenientes de la utilizacin de los recursos genticosObjetivo 10. Asegurar la participacin justa y equitativa en los beneficios provenientes de la utilizacin de los recursos genticosMARICULTURA: Based on the work of the Ad Hoc Technical Expert Group on Mariculture and SBSTTA 8 (recommendation VIII/3), the seventh meeting of the Conference of the Parties in decision VII/5 recommended that Parties adopt the use of specific methods and practices for avoiding adverse biodiversity-related effects. These included practices such as application of environmental impact assessments, development of effective site-selection methods, effective effluent and waste control, use of native species and subspecies, development of genetic resource management plans, and other techniques for protecting genetic, species and ecosystems diversity. AREAS PROTEGIDAS COSTERO-MARINAS. Goal: The establishment and maintenance of marine and coastal protected areas that are effectively managed, ecologically based and contribute to a global network of marine and coastal protected areas (1), building upon national and regional systems, including a range of levels of protection, where human activities are managed, particularly through national legislation, regional programmes and policies, traditional and cultural practices and international agreements, to maintain the structure and functioning of the full range of marine and coastal ecosystems, in order to provide benefits to both present and future generations. The COP, in both decision VII/5 on marine and coastal biological diversity and decision VII/28 on protected areas, adopted the target of developing such MCPA systems by the year 2012, echoing the commitment made in the Plan of Implementation of the World Summit on Sustainable Development . The COP agreed on the establishment of a national framework of MCPAs consisting, in the context of integrated marine and coastal area management, of areas allowing sustainable uses and areas where extractive uses are excluded. Appendix 3 of decision VII/5 describes in detail these elements of a marine and coastal biodiversity management framework. In addition, the COP provided guidance for the development of a national marine and coastal biodiversity management framework and agreed upon a list of research and monitoring priorities that represent current knowledge gaps. MARICULTURA: Based on the work of the Ad Hoc Technical Expert Group on Mariculture and SBSTTA 8 (recommendation VIII/3), the seventh meeting of the Conference of the Parties in decision VII/5 recommended that Parties adopt the use of specific methods and practices for avoiding adverse biodiversity-related effects. These included practices such as application of environmental impact assessments, development of effective site-selection methods, effective effluent and waste control, use of native species and subspecies, development of genetic resource management plans, and other techniques for protecting genetic, species and ecosystems diversity. AREAS PROTEGIDAS COSTERO-MARINAS. Goal: The establishment and maintenance of marine and coastal protected areas that are effectively managed, ecologically based and contribute to a global network of marine and coastal protected areas (1), building upon national and regional systems, including a range of levels of protection, where human activities are managed, particularly through national legislation, regional programmes and policies, traditional and cultural practices and international agreements, to maintain the structure and functioning of the full range of marine and coastal ecosystems, in order to provide benefits to both present and future generations. The COP, in both decision VII/5 on marine and coastal biological diversity and decision VII/28 on protected areas, adopted the target of developing such MCPA systems by the year 2012, echoing the commitment made in the Plan of Implementation of the World Summit on Sustainable Development . The COP agreed on the establishment of a national framework of MCPAs consisting, in the context of integrated marine and coastal area management, of areas allowing sustainable uses and areas where extractive uses are excluded. Appendix 3 of decision VII/5 describes in detail these elements of a marine and coastal biodiversity management framework. In addition, the COP provided guidance for the development of a national marine and coastal biodiversity management framework and agreed upon a list of research and monitoring priorities that represent current knowledge gaps. UNICO INSTRUMENTO JURDICAMENTE VINCULANTE QUE SURGIO DE LA CBD.

    " Recursos biolgicos" los recursos genticos, los organismos o partes de ellos, las poblaciones, o cualquier otro tipo del componente bitico de los ecosistemas de valor o utilidad real o potencial para la humanidad.

    Material gentico: Todo material de origen vegetal, animal, microbiano o de otro tipo que contenga unidades funcionales de la herencia.

    ****La misin se adopt en 1999 y fue revisada en el ao 2000 **Avanzar hacia el uso racional gracias a un amplio abanico de acciones y procesos que contribuyen al bienestar de los seres humanos ( comprendido el alivio a la pobreza y la seguridad alimentaria y el abastecimiento de agua)Prestar especial atencin a la identificacin, la designacin y la gestin de un conjunto coherente y exhaustivo de sitios como contribucin al establecimiento de una red ecolgica mundial para garantizar que estos sitios sean monitoreados y gestionados eficazmenteCooperacin internacioanl y actividades: Polticas nacionales sobre humedalesRevisin de los arreglos institucionales y de la legislacinCapacitacin a todos los nivelesMejorando la comprensin acerca de las funciones y valores de los humedalesManejo integrado de los recursos hdricosParticipacin de la comunidad y otros interesados

    *El proceso de adoptar criterios especficos para identificar humedales internacionalmenteimportantes se inici en 1974, pero los primeros Criterios oficiales slo se acordaron en la COP1,celebrada en 1980. La Conferencia de las Partes revis los Criterios en 1987 y 1990 Yen la COP6(1996), las Partes aadieron nuevos Criterios basados en los peces y la pesca. Los Criterios sereorganizaron en dos grupos - segn su representatividad y/o singularidad y la biodiversidad - en elMarco Estratgico y lineamientos para el desarrollof uturo de la Lista (adoptado en la Resolucin VII.11, de1999), y en la COP9 (2005) se aadi un noveno Criterio que abarca a las especies animales noaviarias dependientes de los humedales.*****