Control Social

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1 CONTROL SOCIAL JURÍDICO 1. DEFINICION El control social es entendido como el conjunto de los mecanismos, acciones reactivas y sanciones que una colectividad elabora y utiliza ya sea con el fin de prevenir la desviación, de un sujeto individual o colectivo respecto de una norma de comportamiento, o ya sea para eliminar una desviación que ha ocurrido logrando que el sujeto vuelva a comportarse de conformidad con la norma, o en fin, para impedir que la desviación se repita o se extienda a los demás. El control social abarca todos los fenómenos y procesos que contribuyen a regular y organizar el comportamiento humano, estableciendo relaciones entre varios sujetos, en consideración a metas colectivas, sobre todo la realización del orden social, de este modo caen dentro de la definición de control social: la moral, la religión, el derecho, las costumbres, la educación, las representaciones colectivas, los valores, los ideales, los modelos de cultura, la opinión pública, las formas de sugestión y de convicción, y otros, es decir casi todos los elementos de la cultura y de la interacción social.

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CONTROL SOCIAL JURÍDICO

1.DEFINICIONEl control social es entendido como el conjunto de los mecanismos,

acciones reactivas y sanciones que una colectividad elabora y utiliza ya sea

con el fin de prevenir la desviación, de un sujeto individual o colectivo

respecto de una norma de comportamiento, o ya sea para eliminar una

desviación que ha ocurrido logrando que el sujeto vuelva a comportarse de

conformidad con la norma, o en fin, para impedir que la desviación se repita

o se extienda a los demás.

El control social abarca todos los fenómenos y procesos que contribuyen a

regular y organizar el comportamiento humano, estableciendo relaciones

entre varios sujetos, en consideración a metas colectivas, sobre todo la

realización del orden social, de este modo caen dentro de la definición de

control social: la moral, la religión, el derecho, las costumbres, la educación,

las representaciones colectivas, los valores, los ideales, los modelos de

cultura, la opinión pública, las formas de sugestión y de convicción, y otros,

es decir casi todos los elementos de la cultura y de la interacción social.

El control social es también todos los medios y los modos a través de los

cuales las personas y grupos se influyen unos a otros, existiendo tres

variantes:

1.1. La influencia directa de un grupo sobre sus miembros, o de un

individuo a otro.

1.2. La influencia que los grupos de poder o de clase pueden ejercer

sobre una colectividad o población mediante la manipulación de una

situación dada.

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1.3. La influencia que las instituciones, principalmente las leyes tienen

sobre los miembros de la sociedad (Gerth v Wright, 1953).

El control social existe y varía en estrecha relación del poder político, la

autoridad, la influencia y las instituciones.

Los mecanismos de control social consisten en prevenir las ocasiones de

que ocurra un comportamiento desviado, como el robo, o en obrar de modo

que no se obtenga la recompensa que se espera de tal o cual

comportamiento. Si los mecanismos preventivos fallan y la desviación se

presenta, ésta puede ser controlada, y de hecho lo es en innumerables

casos, por acciones reactivas más o menos inmediatas que van de las

miradas de reprobación a la represión, la sátira, el epíteto insultante, hasta

el uso de la fuerza física.

Las sanciones son las acciones previstas para golpear a propósito, con

intensidad formalmente dosificada, los intereses o bienes del individuo que

incurre en la desviación, o a él mismo, con el propósito de disuadirlo o

sentar un precedente para que otros no repitan la violación de la norma, o

bien para obtener una forma de compensación por el daño causado por la

desviación. Cada proceso puede presentarse bajo innumerables formas de

acuerdo con la cultura y con la situación, así como el tipo de motivación

desviadora que se pretende controlar, y con variados grados de

formalización.

Todos los procesos y las formas de control social se consideran en relación

con la norma o sistema de normas que deberían hacer respetar, sin olvidar

que entre acciones y sanciones previstas de un modo más o menos formal

y las efectivamente se aplican en el caso apropiado, se dan a menudo

diferencias notables. En general, tanto la codificación como la intensidad

del control social son tanto más elevadas cuanto más grave se considera la

violación de la norma, es decir cuando la violación es definida socialmente

como crimen.

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Los procesos y las formas de control social son casi universales; en casi

todas las sociedades encontramos la represión, el chisme, la sátira, el

ostracismo o confinamiento, el encarcelamiento y otros. Varían sin

embargo, a veces de modo radical, los comportamientos a los cuales se

aplica una forma particular de control social en relación con la definición

local del comportamiento desviado; lo que acarrea, desprecio, aislamiento

social informal en una sociedad, puede ser sancionado con penas

gravísimas en otra.

Es necesario también distinguir entre los individuos que son objeto de

control social y los individuos que se benefician de él o sujetos de control y

sus agentes.

El control social puede ser ejercido por determinados agentes en provecho

de una sola parte, en función de normas impuestas arbitrariamente.

El control social no es ejercido solamente por la mayoría de una

colectividad, o en su nombre, en agravio de las minorías desviadas. Existen

también formas de control social ejercidas por los desviados sobre las

víctimas de sus actos, reales o potenciales. Entre tales formas está la

brutalidad sistemática y aparentemente gratuita de las bandas de ladrones

en perjuicio de los robados.

Para explicar la existencia del control social es condición suficiente que

existan normas o sistemas de normas ya sea que constituyan o no un

papel. En tanto que norma, aunque sea del todo informal, sirve para regular

un comportamiento, ella interfiere con intereses, preferencias por la

emotividad, por situaciones fortuitas, o por cálculos deliberados, y por lo

mismo favorece el desarrollo de motivaciones para las desviaciones, a las

cuales se oponen, primero o después, procesos y formas de control social.

El control social no sería un fenómeno social tan universalmente difundido,

si no fuese tan eficaz en prevenir desviaciones e imponer un cierto grado de

conformidad con normas y sistemas de normas, si bien su eficacia en tal

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sentido presenta grandes variaciones conforme a las áreas culturales

situaciones sociales y épocas históricas. Las formas de control social a las

que un individuo está expuesto en el curso de la socialización primaria,

sobre todo dentro del grupo familiar, influyen de varios modos en la

estructuración de su personalidad, aunque las normas que el control social

trata de reforzar tengan mayor influencia en tal sentido. A nivel social

variaciones patentes en los procesos y en las formas de control social, una

exacerbación de ciertas sanciones con un claro índice de situaciones de

crisis, incipientes o crónicas. El control social puede convertirse en factor de

Tensiones sociales por dos razones opuesta: en cuanto se opone, al

defender determinadas normas, a cambios necesarios de manera global, o

demandados por sólidas fuerzas sociales, o bien cuando tiende a imponer

cambios que se consideran socialmente necesarios, o a los cuales se

oponen fuerzas considerables.

Procesos y formas de control social se encuentran no solamente en todas

las sociedades, sino también en diversos niveles de cada una de ellas: en

los grupos de todo tipo, en las asociaciones, en los partidos y en los

sindicatos, en las negociaciones, en las bandas juveniles y en las bandas u

organizaciones criminales.

2. FORMAS DE CONTROL SOCIALDefinido el control social como una forma o sistema de poder a través del

cual, un grupo, estado, sociedad o individuo impone sobre el otro ciertos

modos de conducta en cierta dirección y definidos por las normas, es

importante ahora distinguir entre las forma, los tipos y los medios de control

social.

Siguiendo a Gurvitch, señala que las formas de control que existen en la

sociedad se dan a través de la magia, la religión, la moral, el derecho, el

arte, el conocimiento y la educación. El control social es de dos tipos

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preventivo y represivo. Las formas preventivas se vinculan con la difusión y

el aprendizaje o socialización entre los miembros de la sociedad, de las

normas de conducta que califican positiva o negativamente el hacer o omitir

de cada uno, según los fines que se deseen alcanzar, las formas represivas

se remiten a las sanciones que se aplicarán a aquellos individuos que

hayan realizado acciones sociales negativas, con independencia de la

voluntad del sancionado.

2.1. Formas preventivas

En el orden de lo preventivo se encuentran:

A. La educación, aprendizaje y socialización de normas.

B. La solución pacífica de conflictos.

La educación, el aprendizaje y la socialización de las normas

sociales constituyen la base fundamental del orden social. Para

llevar adelante este proceso la sociedad a previsto los medios,

que son las instituciones, las cuales difunden el conocimiento de

lo que debe ser o es bueno y lo que no debe ser y es malo, sin

ello no es posible imaginar la funcionalidad de los grupos

humanos, y aún menos grupos o sociedades más complejas.

El grupo familiar se constituye en la primera de una serie de

instituciones, que varia con el lugar, el tiempo y el nivel de

desarrollo y complejidad de cada cultura, donde se imparte el

conocimiento de las normas básicas que facilitan la convivencia,

señalando facultades, deberes, destacando jerarquías, lo que se

sabe y lo que se cree y distribuyendo el trabajo social. En el seno

familiar el niño recibe su primera lección de cómo debe ser, que

es lo licito de lo ilícito, va desarrollando una peculiar visión del

mundo, que responde a modelos consagrados y que se van

incorporando paulatinamente en él. La iglesia cumple también un

rol fundamental en este proceso de aprendizaje, señalando a

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través de sus dogmas, creencias y rituales modos de

comportamiento, la escuela y otras instituciones socializan al

individuo en las pautas de comportamiento esperados por su

sociedad.

En ese mundo de respuestas prefabricadas nacemos, nos

criamos y convivimos, los modelos consagrados por la sociedad,

se incorporan paulatinamente al individuo, a través del

aprendizaje, del ejemplo y también del castigo, formando parte de

su personalidad. Ese universo de ideas que moldea la

personalidad y hasta la conciencia del individuo, no parece

impuestos porque están integrados en cada una de las

respuestas a las diversas relaciones sociales que enfrentamos.

De ahí el hecho de asumir conductas poco abiertas o

comprensibles a modos de comportamientos culturalmente

disímiles a los nuestros.

Otra forma de control social preventiva está dada por la

intervención formal o informal de órganos que actúan como

árbitros o jueces de una relación conflictiva, hoy los sistemas o

métodos alternos de resolución de conflictos, son cada vez más

extendidos en la sociedad, para evitar llegar a formas represivas

y extremas. La misión del juez no consiste en llevar a los límites

ridículos la función de la sanción ni se reduce a la esfera penal, ni

todo pleito civil culmina en una indemnización, buena parte de la

actividad de los jueces consiste en señalar, frente a una situación

conflictiva, quien ha ajustado su conducta a lo que las normas

califican de lícito y el equivocado o quien pierde el juicio no

siempre está en la posibilidad de acatar el fallo. En este aspecto,

la actividad del órgano judicial es doble: en un plano inmediato,

soluciona un caso individual en una situación precisa y existencial

en un espacio y tiempo; y en un plano mediato, esa decisión se

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transforma en un ejemplo o modelo de interpretación de las

normas generales recibidas a través de la formación, educación y

aprendizaje.

2.2. Formas represivas

Las formas represivas de control social se encuentran en los códigos

y leyes penales de cada sociedad, pero no se reducen únicamente al

aspecto represivo del ámbito judicial Se pueden distinguir y clasificar

en 4 tipologías:

A. Con relación al ordenamiento jurídico:

Lícitas – las que cumple un juez, autoridad o padre

respecto a su hijo.

Ilícitas – las que cumple un miembro de las

organizaciones o redes criminales.

B. Con relación al órgano:

Determinado – un juez.

Indeterminado – el integrante de una multitud.

C. Con relación a las normas:

Formales – la del Estado, la iglesia, una sociedad

anónima, e instituciones formales.

Informales – las de los grupos cuasi estructurales:

clase social, grupos de poder, organización de vecinos

o comunidad.

D. Con relación a la materialización de una conducta socialmente

negativa:

De prevención – cuando se detiene y/o recluye a un

individuo calificado de peligroso.

De represión – cuando se castiga por la comisión de

un delito.

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En las formas represivas de control social con relación al órgano o

medio, se dan dos situaciones: la primera referente a la

determinación o indeterminación de aquel; y la segunda vinculada a

la licitud o ilicitud de la persona que actúa como órgano. La acción

del órgano determinado puede ser lícita como la del juez o ilícita

como la del miembro de una organización criminal, pero respecto al

órgano indeterminado, si bien su cometido puede ser lícito o ilícito, el

área de lo lícito es bastante estrecha, como es el caso de los vecinos

que asumen la sanción de un delincuente por sus propias manos.

Con relación a las normas, divididas en formales e informales, es

importante distinguirlas, partiendo de una clasificación de los

agrupamientos sociales. Las formales corresponden a los grupos

estructurales que se caracteriza por su grado de organización

centralizada, que poseen fines medios, técnicas, valores, criterios

particulares de dirimir conflictos y aplicar sanciones, como son el

Estado, la familia, la iglesia, las empresas económicas y educativas.

Las informales hacen referencia a los grupos cuasi estructurales, que

se caracterizan por su escasa organización, la imprecisión de sus

fronteras y la presencia de valores comunes que se traducen en

relaciones de conductas de raíz emocional como es el caso de la

nación (* definir concepto…..p.p.), la comunidad y otros.

Con relación a la materialización de la conducta socialmente

negativa, se habla de prevención y represión, en un sentido distinto

que a los que se utilizó para distinguir las formas de control social,

debido a que el significado no se vincula con la educación y

adoctrinamiento de un miembro de la sociedad, sino al hecho de

substraerlo de manera gradual o por la fuerza del medio en que

actúa, reduciéndolo a un ámbito distinto de convivencia, como en los

casos de reclusión de un insano en una casa de salud por haber sido

declarado como tal en un juicio. En de la represión cuando un

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individuo es condenado por la comisión de un delito para castigar su

conducta, por no ser socialmente aceptada.

Los medios a través de los cuales se ejercen las formas y tipos de

control social son en muchos casos institucionalizados como el

Estado, la iglesia, la familia, la escuela y los no institucionalizados

como el rumor, el chisme, el ostracismo, la sátira, las sanciones y

actos punitivos

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CONCLUSIONESComo ya se pudo apreciar en lo anteriormente escrito, el control social tiene

diversos tipos y formas de presentarse. Sin embargo debemos tener en

cuenta que siempre estará allí. Otro tipo de control social es la cultura que

se representan en valores y principio que son transmitidos por la familia.

La educación es en manera comprobada el principal supresor de la

voluntad irracional humana.

BIBLIOGRAFIA FELIPE FUCITO – SOCIOLOGIA DEL DERECHO; EDITORIAL

UNIVERSO 1999 – BUENOS AIRES ARGENTINA