Contratos Aleatorios pp

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Contratos Aleatorios

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Contratos Aleatorios

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I- CONTRATOS ALEATORIOS El contrato aleatorio es un convenio recíproco, cuyos efectos de pérdidas y beneficios, ya sea por todas las partes o para una o muchas de ellas, depende de un suceso incierto. Tales son:

1- El contrato de seguro2- El préstamo a la gruesa3- El juego y apuesta 4- El contrato de renta vitalicia

Se regulan los dos primeros por las leyes marítimas.

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Base Legal de los Contratos Aleatorios

La Base Legal del contrato Aleatorio lo podemos encontrar en el Articulo 1964 del Código Civil.

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Caracteristicas del Contrato Aleatorio

Es esencial la existencia del azar para ambos contratantes. No se concibe que el azar sea unilateral. Hace falta además que las partes hayan querido correr el riesgo de ganar o perder..

Una de las ventajas que obtendrán del contrato no es apreciable en el momento de la confección del contrato, porque de ello depende un acontecimiento incierto, de la suerte, del azar.

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Reseña Histórica del Mercado Asegurador en la R. D.

Con el establecimiento de estas compañías en el país entra en vigor a partir del 1930 la Ley No. 68 del Seguro Privado y con la puesta en vigencia de esta Ley empieza a despertar la conciencia nacional en materia de seguros.Dicha Ley reglamenta el establecimiento de las compañías de Seguros en nuestro territorio, algunas normas sobre incendio y se crea el cargo de Superintendente del Departamento de Seguros dependiente para entonces de la Secretaría de Estado de Finanzas hoy de Hacienda.

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En 1932 se funda la primera compañía de seguros de carácter estatal, denominada “San Rafael C.xA”. Debido al desarrollo que fue experimentando el mercado asegurador, se crea mediante la Ley No.400 del 9 de enero de 1969 la Superintendencia de Seguros, la cual tendrá a su cargo la aplicación y administración del régimen legal de las compañías de seguros de la República Dominicana bajo la tutela y dependencia de la Secretaría de Estado de Hacienda.

La historia del Seguro en nuestro país se remonta a la década de 1910-1920 del siglo pasado, cuando ingresa y se establecen las compañías de origen Canadiense Sun Life Ins. y Crown Life.En los años 60 es que se funda la compañía “La Nacional de Seguros, C.porA., que fue la compañía dominicana más próspera para esa época y que introduce el seguro moderno que hoy conocemos como el Seguro de Vida Universal.

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Para poder comprender los contratos de Seguros vamos a definir algunos conceptos:

Contrato de Seguro: Es el documento (póliza) que da constancia del acuerdo por el cual una parte contratante (Asegurador), mediante el cobro de una suma estipulada (Prima), se obliga a indemnizar o pagar a la segunda parte contratante (asegurado o Propietario de la póliza) o a una tercera persona (Beneficiario, Cesionario, Causahabiente o similares), en la forma convenida, a consecuencia de la ocurrencia de un siniestro o por la realización de un hecho especificado en la póliza.

Endoso o Anexo: Es un escrito complementario que forma parte de la póliza, mediante el cual generalmente se hacen adiciones, supresiones, aclaraciones o cualquier otra modificación al texto original o básico de dicha póliza.

Coaseguro: La participación de dos o más Aseguradores en el mismo riesgo, en virtud de contratos directos suscritos por cada uno de ellos con el asegurado, asumiendo cada Asegurador, por separado, responsabilidad sobre una parte de la suma total asegurada.

Asegurador: Toda compañía o sociedad debidamente autorizada para dedicarse exclusivamente a la contratación de seguros y reaseguros y sus actividades consecuentes, de forma directa o a través de Intermediarios.

Contratos de Seguros

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Intermediario: Toda persona física o moral, autorizada por la Superintendencia para actuar entre los asegurados y los Aseguradores, con carácter de Agente General, Agente Local, Corredor de Seguros, Agente de Seguro de Personas, o Agente de Seguros Generales ; o para actuar entre los Aseguradores y Reaseguradores con carácter de Corredor de Reaseguros según fuere el caso.

Corredor de Seguros: Toda persona física o moral, que sea autorizada como tal por la Superintendencia para que, en representación de un asegurado o solicitante de seguros intervenga en la contratación de Seguros de todas clases, mediando como única remuneración una comisión pactada con el Asegurador, Agente General o Agente Local.

Contrato de Fianza: Es aquel de carácter accesorio por el cual una de las partes (Afianzador), mediante el cobro de una suma estipulada (Honorarios) se hace responsable frente a un tercero (Beneficiario) por el incumplimiento de una obligación o actuación de la segunda parte (afianzado) según las condiciones previstas en el contrato suscrito entre las partes.

Asegurado: Es la persona que en sí misma, o en sus bienes o intereses económicos, está expuesta al riesgo cubierto bajo un contrato de seguros.

Cont.

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Beneficiario: Es la persona designada nominativamente por el contratante o los herederos legales de este, para recibir de la Compañía de Seguros, los beneficios totales o parciales acordados en el contrato de seguros.

Resguardo Provisional: Es el documento emitido por un Asegurador que recoge el acuerdo provisional de las partes, mientras se emite la póliza.

Servicios Ofrecidos por la Superintendencia de SegurosServicios que ofrece: 1. Reclamación de pagos pólizas de seguros de compañías en liquidación forzosa.2. Certificado de Pólizas de Seguros de Vehículos, Vida, Incendio y Líneas Aliadas.3. Expedición de licencias para operar como corredor de seguros.4. Expedición de licencias para operar como ajustador de seguros.5. Expedición de licencias para operar como agente o agente legal6. Transferencia de licencia de una persona física de una compañía a otra.7. Renovación de licencias para operar en el área del seguro.8. Consulta de material bibliográfico.Venta de boletines, revistas, formularios y material bibliográfico sobre seguros.

Cont.

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  Son características particulares de los contratos de seguros y fianzas, reconocidas por la ley 146-02, los

siguientes:

a) Contratos de seguros: bilateral, consensual, sinalagmático, aleatorio, onerosos, de buena fe, de cumplimiento sucesivo, de derecho estricto y principal;

b) Contrato de fianzas: tripartito, oneroso, de buena fe, de derecho estricto y accesorio.

Base Legal• Ley No. 146-02 sobre Seguros y Fianzas, del 9 de septiembre de 2002, Gaceta Oficial Núm. 10169.• Ley No. 126 de 1971 de Seguros Privados Ley No. 280 de 1975

Características de los contratos de Seguros y Fianzas:

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 La Ley 126 del 1971 sobre el Seguro Privado regula toda actividad de seguro y reaseguro en

la República Dominicana. Pone a todas las empresas de seguro bajo la supervisión de la Superintendencia de Seguros, una división de la Secretaría de Hacienda, y establece los requisitos para operar como aseguradora o reaseguradora nacional o extranjera dentro del territorio dominicano.

De conformidad con la ley, para actuar como asegurador o reasegurador se requiere un capital pagado mínimo de 8.5 millones de pesos o el equivalente en pesos dominicanos de US$500,000. Los aseguradores o reaseguradores extranjeros deben haber estado operando por más de cinco años conforme a las leyes de su país de origen, debiendo asimismo contar con la certificación correspondiente del organismo estatal que tenga a su cargo la supervisión de las compañías de seguro.

¿Cuáles son los requisitos para llevar a cabo actividades de seguros en la República Dominicana

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Póliza de Seguro de Salud Catastrófico

•Seguro de saludEs el seguro que cubre los riesgos que afectan a las personas. El contrato de seguro sobre las personas comprende todos los riesgos que puedan afectar a la

existencia, integridad corporal o salud de un asegurado.

Seguro de enfermedadCon el de enfermedad se prevé el cobro de la cantidad estipulada en el caso de que llegue a padecerse una enfermedad más los gastos de asistencia médica y farmacéutica.Este seguro protege al asegurado contra las consecuencias de un estado anormal del cuerpo o del espíritu, según dictamen médico.

Analisis de un Seguro de Salud Catastrofico

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Póliza de Seguro de Vehículo

Póliza Número : 1-2-500-0241085 Emisión

Condiciones ParticularesSeguro de Vehículos de Motor

Vigencia(s) :Período de la Póliza : Fecha Inicio Vigencia : 25/10/2011Fecha Fin Vigencia : 25/10/2012

A las : 12:00PM del Ultimo día.

Datos del Asegurado :Número de Cuenta : 1402698 Jiménez, FermínDirección : Autop. San Isidro No. 11, Res. Ébano, Santo Domingo, Zona Urbana, Santo Domingo

de Guzmán, Teléfono : 809565-4555

Intermediario(s) :11989 Suárez, Carmen Rita (11989)

Valores en Peso (DOP)Monto Asegurado : 2,854,000.00Prima Neta : 15,979.63Prima Anualizada : 15,979.63 Impuesto (16.00%) : 2,556.74Factura Emisión No. : 11135546 Valor Documento : 18,536.37

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Póliza de Seguro de Vehículo Cont.

En virtud del pago de la prima estipulada en esta póliza y basándose en las declaraciones y garantías que más abajo se expresan, esta Compañía se obliga a indemnizar al Asegurado, por las perdidas o daños por el sufridas de hecho por los riesgos que, según se explican en esta Póliza, pueden sufrir o causar el vehículo o los vehículos que se describen en la misma mientras estén dentro del territorio de la República Dominicana y siempre que tales pérdidas o daños hayan sido sufridos por el Asegurado debido a accidentes que ocurran dentro del periodo de tiempo comprendido dentro de las doce meridiano del día señalado como inicio de vigencia y las doce meridiano del día señalado como fin de vigencia. Esta póliza solamente asegura contra aquellos riesgos por los cuales aparezca específicamente cargada una prima en la siguiente declaración, o contra aquellos riesgos que puedan ser agregados por medio de endosos.

DECLARACIONES Y GARANTÍAS POR EL ASEGURADO

Los detalles que se expresan a continuación son las declaraciones y garantías suministradas por el Asegurado, quien garantiza la exactitud y veracidad de las mismas y basándose en ellas La Compañía emite esta póliza, limitándose a aplicar las primas que correspondan con arreglos a dichas declaraciones. Todos los valores consignados en este documento están expresados en Peso (DOP)

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Póliza de Seguro de Vehículo Cont

Póliza Número : 1-2-500-0241035EmisiónCondiciones ParticularesSeguro de Vehículos de Motor

Cubriendo los bienes siguientes :Vehículo Referencia: 00000001 Automóvil NISSAN MARCH Año 2005Uso del Vehículo : Privado Chasis : BNK12511076Cantidad Pasajeros : 6 Cilindros : Valor Vehículo : 305,000.00 Registro : A568945Tipo Combustible : Gasolina

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Póliza de Seguro de Vehículo Cont.

Esta póliza está sujeta a las cláusulas y condiciones especificadas en los anexos abajo detallados:

500-000 Condiciones Generales 500-014 Endoso Seguro Asistencia en Viaje500-017 Endoso Casa del Conductor 500-020 Endoso de Alquiler o Renta de Vehículos500-021 Endoso Rotura Accidental de Cristales 500-025 Endoso Piezas Usadas y/o de Reemplazo500-028 Endoso para Vehículos Exonerados 500-031 Exclusión por Alteraciones en Diseño500-033 Sustracción y Deducibles Piezas Exteriores

Este documento es emitido hoy día 16/11/2011, Distrito Nacional, República Dominicana y tiene una efectividad a partir de la fecha20/11/2011hasta la fecha 20/11/2012 a las 12:00PM dejando sin efecto cualquier otro documento de este tipo, emitido anteriormente para esta póliza.

Todos los demas términos, cláusulas y condiciones generales de esta póliza, permanecen sin alteración.

Firma Autorizada y Sello

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GRACIAS!

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