Contrato Servicios Ocasionales No.025-2012....renovación de contratos para el año 2012 de todas...

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PICHINCHA - ECUADOR www.pedrovicentemaldonado.gob.ec [email protected] GOBIERNO MUNICIPAL DE PEDRO VICENTE MALDONADO Contrato Servicios Ocasionales No. 025-2012. CONTRATO DE PRESTACiÓN DE SERVICIOS OCASIONALES, EN CALIDAD DE PROMOTORA, EN EL PROYECTO DE SERVICIOS SOCIALES ENTRE EL INFA - PATRONATO MUNICIPAL DE AMPARO SOCIAL PEDRO VICENTE MALDONADO, OLlVIA JACaUELlNE SILVA GAIBOR. En la ciudad de Pedro Vicente Maldonado, a los dos días del mes de enero del dos mil doce; los comparecientes convienen en suscribir el presente Contrato, cuyo tenor es el siguiente: PRIMERA.- COMPARECIENTES: 1.1 Comparecen a la suscripción del presente Contrato: a. Por una parte, el señor Abogado, Pacífico Egüez Falcón y Doctor, Edgar Mauricio Calahorrano Silva, en sus calidades de Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado, Provincia de Pichincha, respectivamente, conforme constan de los nombramientos que se agregan como documentos habilitantes y que en lo posterior se denominará solamente "El GOBIERNO MUNICIPAL"; y, b. Por otra, la señora, Olivia Jacqueline Silva Gaibor. Telf. 081441655, vive en la Av. 29 de Junio, vía Las Tinas, ciudad de Pedro Vicente Maldonado.- Teléfonos: Porta: 081441655.- Móvil: 087210834. SEGUNDA.-ANTECEDENTES: 2.1 Mediante Decreto Ejecutivo No. 1170 con vigencia a partir del 3 de julio del 2008, se crea el Instituto de la Niñez y la Familia - INFA, como Entidad de Derecho Púbico, adscrito al Ministerio de Inclusión Económica y Social MIES, con jurisdicción nacional, dotado de personería jurídica, patrimonio propio e independencia técnica, administrativa y financiera; y, cuya misión fundamental consiste en garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes en el Ecuador para el ejercicio pleno de su ciudadanía en libertad e igualdad de oportunidades. 2.2 El INFA, es el Organismo que a nombre del Estado aplica y ejecuta las políticas, planes, normas y medidas que imparte el Gobierno en materia de asistencia técnica y protección integral a los niños y sus familias. Actuará 2 Dirección: Av. Pichincha s/n RUC 1760009530001 Teléfonos: 02 2392 281/282/283 ex!. 103 Fax: 02 2392 - 282 ex!. 105

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[email protected] MUNICIPAL DE

PEDRO VICENTE MALDONADO

Contrato Servicios OcasionalesNo. 025-2012.

CONTRATO DE PRESTACiÓN DE SERVICIOS OCASIONALES, ENCALIDAD DE PROMOTORA, EN EL PROYECTO DE SERVICIOS SOCIALESENTRE EL INFA - PATRONATO MUNICIPAL DE AMPARO SOCIAL PEDRO

VICENTE MALDONADO, OLlVIA JACaUELlNE SILVA GAIBOR.

En la ciudad de Pedro Vicente Maldonado, a los dos días del mes de enero deldos mil doce; los comparecientes convienen en suscribir el presente Contrato,cuyo tenor es el siguiente:

PRIMERA.- COMPARECIENTES:

1.1 Comparecen a la suscripción del presente Contrato:

a. Por una parte, el señor Abogado, Pacífico Egüez Falcón y Doctor,Edgar Mauricio Calahorrano Silva, en sus calidades de Alcalde yProcurador Síndico del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipaldel Cantón Pedro Vicente Maldonado, Provincia de Pichincha,respectivamente, conforme constan de los nombramientos que seagregan como documentos habilitantes y que en lo posterior sedenominará solamente "El GOBIERNO MUNICIPAL"; y,

b. Por otra, la señora, Olivia Jacqueline Silva Gaibor.Telf. 081441655, vive en la Av. 29 de Junio, vía Las Tinas, ciudad dePedro Vicente Maldonado.- Teléfonos: Porta: 081441655.- Móvil:087210834.

SEGUNDA.-ANTECEDENTES:

2.1 Mediante Decreto Ejecutivo No. 1170 con vigencia a partir del 3 de julio del2008, se crea el Instituto de la Niñez y la Familia - INFA, como Entidad deDerecho Púbico, adscrito al Ministerio de Inclusión Económica y Social MIES,con jurisdicción nacional, dotado de personería jurídica, patrimonio propio eindependencia técnica, administrativa y financiera; y, cuya misión fundamentalconsiste en garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes en elEcuador para el ejercicio pleno de su ciudadanía en libertad e igualdad deoportunidades.

2.2 El INFA, es el Organismo que a nombre del Estado aplica y ejecuta laspolíticas, planes, normas y medidas que imparte el Gobierno en materia deasistencia técnica y protección integral a los niños y sus familias. Actuará

2Dirección: Av. Pichincha s/nRUC 1760009530001

Teléfonos: 02 2392 281/282/283 ex!. 103Fax: 02 2392 - 282 ex!. 105

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utilizando modelos de gestión y atención unificados a los planes de desarrollonacional y a la organización territorial de administración del Estado.

2.3AIINFA, entre sus funciones le corresponde: Ejecutar las políticasNacionales de Desarrollo Infantil, protección especial, participación yejercicio de ciudadanía y apoyo a familias en situaciones de riesgo yemergencia: Promover y coordinar la participación de las organizacionesprivadas yd e la comunidad en general en acciones y programas dirigidos albienestar de la niñez, adolescencia y sus familias; Organizar los serviciossociales de protección y desarrollo de la niñez y adolescencia de prestacióndirecta y delegada a terceros; y, autorizar a organizaciones privadas laprestación de servicios sociales, coordinar sus actividades y supervisarlastécn icamente.

2.4 El Código de la Niñez y la Adolescencia determina la necesidad de que elEstado, la sociedad y la familia garanticen la protección integral a todos losniños, niñas ya adolescentes que viven en el Ecuador, con el fin de lograr susdesarrollo integral y el disfrute pleno de sus derechos, en un marco de libertad,dignidad y equidad.

2.5 Mediante Acuerdo Ministerial No. 1389, de fecha 2 de febrero de 2009, elMinisterio de Inclusión Económica y Social, pone en vigencia las Normas parala prestación de servicios y ejecución de proyectos para protección integral deniños, niñas, adolescentes y sus familias y entrega de donaciones, ayudas osubvenciones por parte del Instituto de la Niñez y la Familia INFA, queestablece los procedimientos para la asignación de recursos y suscripción deconvenios con las organizaciones que se encargarán de la atención endesarrollo infantil.

2.6 En el Artículo 5 del Acuerdo No. 01389 antes señalado, se estipula que laprestación indirecta de los servicios se realizará con la participación de otrasInstituciones Públicas, personas naturales u organizaciones de DerechoPrivado con finalidad social o pública, sean nacionales o extranjeras, previadelegación otorgada por el Instituto de la Niñez y la Familia INFA.

2.7EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DELCANTÓN PEDRO VICENTE MALDONADO, mediante Convenio conProyecto de Cooperación para la Ejecución del Proyecto Social No. 91-AJ-DPP-2009, suscrito el 24 de junio del 2009; y, de conformidad a la ResoluciónAdministrativa No. 209- DG-INFA-2009, de fecha 08 de diciembre del 2009, elConvenio de Cooperación para la Ejecución del Proyecto Social en referencia,éste se amplía hasta el 30 de abril del 2010; convino libre y voluntariamente, enestablecer un marco de asistencia técnica y económica por parte del INFA, a finde que la Organización desarrolle y ejecute el Proyecto Social denominado"Creciendo Sanos y Felices Juntos en Familia", con calidez y calidad, consujeción a los términos de referencia y condiciones generales y mencionadosque forman parte de este instrumento.

2.8Con los antecedentes expuestos, el Gobierno Municipal, en estricto apego3

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a la Ley y por disposición expresa del señor Abogado, Pacífico Agüez Falcón,Alcalde del Gobierno Municipal de Pedro Vicente Maldonado, y porrecomendación de la Dirección de Talento Humano Municipal, decide contratarlos servicios de una persona, para que se desempeñe en calidad dePROMOTORA dentro del Proyecto "Creciendo Sanos y Felices Juntos enFamilia" con el MIES -INFA, de acuerdo al respectivo Convenio deCooperación para la Ejecución de un Proyecto Social firmado para el efecto.

2.9 El Ingeniero, Ney Salazar Esquivel, en su calidad de Director de TalentoHumano Municipal, mediante MEM-470-DTH-11, de 28 de Diciembre del 2011,se dirige a SINDICATURA, y entre otros aspectos, le dice: "Por medio de lapresente solicito a usted se sirva en autorizar a quien corresponda la respectivarenovación de contratos para el año 2012 de todas las personas que constanen la nómina enviada por el Ab. Pacífico Egüez Falcón, Alcalde, según MEM-306-ALC-11, los mismos que deberán ser renovados con las remuneracionesunificadas que se reflejan a continuación, clasificando los servidores (as)deberán ser contratados bajo la modalidad de Contrato de ServiciosOcasionales según la LOSEP (Ley Orgánica del Servicio Público), y losTrabajadores (s) bajo la modalidad de Contratos a Plazo Fijo, de acuerdo alCódigo del Trabajo, todos los contratos de renovación tendrán una duraciónde 1 año y deberán sujetarse al presupuesto del año 2012.

Señora, aLIVIA JACQUELlNE SILVA GAIBOR, PROMOTORA EN ELPROYECTO "CRECIENDO SANOS Y FELICES JUNTOS EN FAMILIA: "MIES-INFA", con una remuneración mensual unificada de 500,00 dólares, a partir del2 de Enero al 31 de Octubre del 2012.

2.10 Mediante MEM-498-PS-11, de 29 de Diciembre del 2011, SindicaturaMunicipal solicita a la Dirección Financiera, la respectiva Certificaciónde disponibilidad de fondos y la Partida Presupuestaria, con cargo a la cual seha de llevar a efecto el Contrato de Servicios Ocasionales en referencia.

2.11 Mediante MEM-35-DF-12, de 12 de Enero del 2012, el señorHernán Chulde Naranjo, en su calidad de Director Financiero Municipal,expresa que existe la partida presupuestaria No. 71.01.05, denominada"Remuneraciones Unificadas" del Programa 221, Patronato Municipal deInclusión y Equidad Social.

TERCERA.- DOCUMENTOS HABILlTANTES:

3.1 Forman parte de este contrato los siguientes documentos habilitantes:

3.1.1 Nombramientos del señor Alcalde y Procurador Síndico del GobiernoMunicipal.

3.1.2 INF-55-DTH-11, de 12 de Diciembre del 2011, suscrito por el Ing. Msc.Ney Salazar Esquivel, Director de Talento Humano Municipal.

3.1.3 MEM-306-ALC-11, de 27 de Diciembre del 2011, suscrito por el Ab.Pacífico Egüez Falcón, Alcalde del Cantón Pedro Vicente Maldonado.

4Dirección: Av. Pichincha s/nRUC 1760009530001

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3.1.4 MEM-470-DTH-11, de 28 de Diciembre del 2011, suscrito por el Ing. Msc.Ney Salazar Esquivel, Director de Talento Humano Municipal.

3.1.4 MEM-498-PS-11, de 29 de Diciembre del 2011, suscrito por el DoctorEdgar Mauricio Calahorrano Silva, Procurador Síndico Municipal, solicitandocertificación disponibilidad de fondos y Partida Presupuestaria.

3.1.5 MEM-35-DF-12, de 12 de Enero del 2012, suscrito por el señor, HernánChulde Naranjo, Director Financiero Municipal.

CUARTA.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:

4.1 El Art. 238, de la Constitución Política de la República del Ecuador,aprobada el 28 de septiembre del 2008, publicada en el Registro Oficial 449 delunes 20 de octubre del 2008, determina que, el Municipio es autónomo en sufuncionamiento y en tal virtud debe ejecutar las funciones que les estánpermitidas.

El Art. 58, de la Ley Orgánica de Servicio púbico.- De los Contratos deServicios Ocasionales. "La suscripción de contratos de servicios ocasionalesserá autorizada por la autoridad nominadora, para satisfacer necesidadesinstitucionales, previo el informe de la unidad de administración del talentohumano, siempre que exista la partida presupuestaria y disponibilidad de losrecursos económicos para este fin"".

QUINTA.- OBJETO:

5.1 Por todos los antecedentes indicados, el Gobierno AutónomoDescentralizado Municipal del Cantón Pedro Vicente Maldonado, legalmenterepresentado por sus personeros, señor Abogado, Pacífico Egüez Falcón, yDoctor, Edgar Mauricio Calahorrano Silva, Alcalde y Procurador SíndicoMunicipal, respectivamente, contrata los servicios lícitos y personales de laseñora, aLIVIA JACQUELlNE SILVA GAIBOR, a fin de que se desempeñeen calidad de PROMOTORA, cuyo fin primordial es contribuir almejoramiento de la calidad de vida y propender al desarrollo integral delos niños, niñas y adolescentes del Cantón Pedro Vicente Maldonado,conforme a las programaciones establecidas para dicho propósito, con laresponsabilidad, esmero y puntualidad requeridos, conforme lo prescribe la Leyde la materia.

SEXTA.-ALCANCE DE LOS TRABAJOS:

6.1 La Contratada, se compromete a prestar al Gobierno AutónomoDescentralizado Municipal de Pedro Vicente Maldonado, todos los serviciosque sean necesarios de acuerdo con el objeto del presente Contrato, demanera eficiente y oportuna. Por lo tanto, asume el control de todo el procesopormenorizado anteriormente, sujetándose a las normas y leyes prescritas paratal efecto.

5Dirección: Av. Pichincha s/nRUC 1760009530001

Teléfonos: 02 2392 281/282/283 ex!. 103Fax: 02 2392 - 282 ex!. 105

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6.2 Presentar periódicamente y cuando el caso lo requiera, los informes deprogreso y estado de los trabajos; especialmente los que tengan mayorrelevancia.

6.3 Analizar y expresar su criterio sobre soluciones técnicas de ser el caso,sugiriendo otras cuando fuere necesario.

6.4 La Contratada, en coordinación con la Coordinadora del Proyecto"Creciendo Sanos y Felices Juntos en Familia", llevará a cabo los trámitesinherentes y necesarios para llevar a feliz término los trabajos a que hacereferencia el presente instrumento legal.

SÉPTIMA.- PLAZO:

7.1 El plazo de vigencia del presente Contrato de Prestación de ServiciosOcasionales, comprende desde el dos de enero al treinta y uno de Octubredel presente año dos mil doce, ininterrumpidamente, hasta la culminación delos trabajos y requerimientos constantes en el Contrato, plazo con el cualautomáticamente se dará por culminado el mismo, sin ningún reclamo en loposterior.

OCTAVA.- CLÁUSULA ESPECIAL:

8.1 La señora, Olivia Jacqueline Silva Gaibor, en su calidad de Contratada, demanera expresa, queda obligada a respetar lo estipulado claramente en elpresente Contrato.

NOVENA.- HORARIO:

9.1 El horario convenido entre las partes es el siguiente: de lunes a viernes, porla mañana, de ocho, hasta las doce horas, y por la tarde, de trece, hasta lasdiez y siete horas, quedando en todo caso el Gobierno AutónomoDescentralizado Municipal de Pedro Vicente Maldonado, facultado paracambiar o modificar el horario de trabajo según sea necesario y convenga a losintereses institucionales.

DÉCIMA.- REMUNERACiÓN:

10.1 La contratada, por los servicios a prestar en calidad de PROMOTORA,conforme a lo que indica el señor Director de Talento Humano Municipal,mediante MEM-470-DTH-11, de 28 de Diciembre del 2011 antes singularizado,percibirá una Remuneración Mensual Unificada de $ 500,00, (QUINIENTOSDÓLARES), previo el respectivo Informe de la Coordinadora Municipal delProyecto.

DÉCIMA PRIMERA.- LUGAR DE NOTIFICACiÓN DELA CONTRATADA:

11.1 Para todos los casos en que la Contratada debe ser notificada, seconsidera la siguiente dirección: Av. 29 de Junio, vía Las Tinas de esta ciudadde Pedro Vicente Maldonado.- Telf. Cel. 081441655.

6Dirección: Av. Pichincha s/nRUC 1760009530001

Teléfonos: 02 2392 281/282/283 ex!. 103Fax: 02 2392 - 282 ex!. 105

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DÉCIMA SEGUNDA.- DISPOSICIONES LEGALES CONEXAS:

12.1 Respecto a aquello que las partes no hubieren estipulado expresamenteen este Contrato, éstas se atendrán a las disposiciones contenidas en la LeyOrgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento, ymás Leyes Conexas en todo cuanto fueren aplicables a la materia de estedocumento contractual.

DÉCIMA TERCERA.- DECLARACiÓN:

13.1 Para efectos de suscripción del presente Contrato, la Contratada, señora,Olivia Jacqueline Silva Gaibor, declara que no se halla incursa en lasprohibiciones legales prescritas en la Ley pertinente, que no desempeña otrocargo público, ni haber recibido indemnización alguna del Estado, porsupresión de partida ni venta de Renuncia, ni mantener deuda pendiente conesta Municipalidad, ni encontrarse inmersa en caso de Nepotismo.; por lo tanto,de comprobarse que esta declaración es falsa, se dará por terminadoautomáticamente el Contrato, sin necesidad de solemnidad o requisito alguno,sin detrimento de ser demandada judicialmente por los daños y perjuiciosocasionados a la Institución Municipal.

DÉCIMA CUARTA.- DISCREPANCIAS:

14.1 En caso de producirse discrepancias en la aplicación de este Contrato,éstas se las solucionará mediante el diálogo directo entre las partes, y en casocontrario, éstas renuncian fuero y domicilio, se atendrán a los Juecescompetentes y al trámite legal correspondiente.

DÉCIMA QUINTA.- ACEPTACiÓN:

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CONTRATADA.Céd.1. 131178991-9.

• Cuenta de Ahorros Banco Pichincha,No. 5216972700.

7Dirección: Av. Pichincha s/nRUC 1760009530001

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