Contrato Empleo Publico

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  • 7/25/2019 Contrato Empleo Publico

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    Empleo PblicoConcepto

    Es una especie de relacin de

    servicio, una persona fsica ponevoluntariamente su propia actividad,

    de manera permanente y continuada

    mediante retribucin, al servicio delEstado, asumiendo particulares

    derechos y deberes y haciendo de

    ella su profesin habitual.

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    Naturaleza Jurdica

    Teora Estatutaria: (vigente enEspaa y Francia, el funcionario

    ingresa en la !dministracin "ublica a

    trav#s de un acto unilateral, e$presine$clusivamente de la voluntad estatal.

    El empleado no tiene la posibilidad de

    participar en la creacin de lasnormas %ue regir&n la relacin

    'urdica entre el Estado y su parte.

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    Teora Contractual: entiende %ue

    estamos ante un contrato

    administrativo, por%ue mientras elfuncionario o empleado no acepta la

    designacin no nace el vinculo entre

    el y el Estado. Es esencial y necesario el

    consentimiento del agente para

    perfeccionar el vinculo . as normas'urdicas rigen y obligan tanto para el

    Estado como para el empleado.

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    Legislacin aplicable

    Nacin

    ey )arco de *egulacin del Empleo

    "ublico + -./01

    Provincia de Misiones

    ey 2 +34

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    !rt. /1 bis de la C.+. proteccin

    contra el despido arbitrario;

    estabilidad del empleado pblico Empleo "5blico6 E78!922:!:.

    Constitucin de la Provincia de

    Misiones:!rt. 4; 2mportancia del art. /1 bis de la

    C.+.

    !rt. 3; 8odos los traba'adores de laprovincia, p5blicos o privados.

    !rt. 4 y sgtes.

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    Empleo Pblico !elacin

    de "erec#o Pblico

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    Elementos de la relacin

    Sujetos

    Empleador; debe ser siempre una

    persona 'urdica de car&cter"5blico , un Ente "5blico.

    Empleado; siempre persona fsica.

    El !gente "5blico.

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    $b%eto de la relacin

    o constituye la actividad %ue el !gente secompromete a desarrollar al servicio del

    Ente.

    a actividad debe ser; "ropia del !gente (2ntuito "ersonae

    "ersonal.

    Efectivamente puesta al servicio del Ente. :irecta e indirectamente dirigida a la

    consecucin de los fines del Ente

    "ublico.

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    "erec#os Capitulo &'' Le( '

    N)*+!rticulo /=; el personal tiene derecho a;

    Estabilidad

    *etribucin por sus servicios

    2gualdad de oportunidades en la carrera

    administrativa

    icencias, 'ustificaciones y fran%uicias

    2nterposicin de recursos >ubilacin o retiro

    8raslados y permutas

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    !rticulo -?; la estabilidad es el derecho

    del personal permanente a conservar el

    empleo y el nivel escalafonario, as comotambi#n la permanencia en la @ona

    donde desempaare sus funciones,

    siempre %ue las necesidades del servicio

    lo permitan.

    El personal %ue go@ara de estabilidad, la

    retendr& cuando fuere designado para

    cumplir in dicha garanta.

    a estabilidad solo se perder& por las

    causas establecidas en el presente

    r#gimen.

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    "eberes ( Pro#ibiciones

    Capitulo &''' Le( ' N)*+!rticulo 3=; el personal sin per'uicio de lo %ue particularmenteestable@can otras normas tiene los siguientes deberes.

    Conocer y conservar el presente r#gimen 'urdico y su reglamentacin.

    "restar personal y eficientemente el servicio en las condiciones de

    tiempo, forma, lugar y modalidad %ue determinen las normas

    emanadas de autoridad competente.Abservar en el servicio y fuera de el, una conducta correcta, digna y

    decorosa acorde con su 'erar%ua y funcin.

    Abedecer toda orden emanada de un superior 'er&r%uico competente.

    Buardar con discrecin correspondiente con respecto a todos los

    hechos e informaciones los cuales tenga en conocimiento.

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    "rohibiciones

    !rticulo 1?; el personal sin per'uicio de lo %ue

    al respecto estable@can otras normas %ueda

    su'eto a las siguientes prohibiciones;

    Efectuar o patrocinar para terceros, tramites o

    gestiones administrativas.

    :irigir, administrar, asesorar, patrocinar,representar o prestar servicios remunerados

    o no a persona de e$istencia visible o 'urdica.

    )antener vinculaciones %ue le signific%uen

    beneficios y obligaciones con entidades

    directamente fiscali@adas por el )inisterio o

    dependencia %ue se encuentra prestando

    servicios.

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    Clasi,icacin del personal

    Capitulo '' Le( ' N)*+Personal Permanente

    !rticulo 3; todos los nombramientos del

    personal comprendido en el presente

    r#gimen, invisten car&cter de permanente,salvo %ue e$presamente se seale lo

    contrario en el acto de designacin.

    El personal %ue reviste en tal car&cter ser&

    organi@ado conforme a los principios deestabilidad en el empleo, capacitacin y

    carrera administrativa. El no permanente, lo

    ser& de acuerdo con las caractersticas de

    los servicios.

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    Personal no permanente

    !rticulo 1; el personal no permanente comprende a ;

    "ersonal contratado

    "ersonal 'ornali@ado

    "ersonal %ue habiendo ingresado como permanente,

    aun no ha logrado la estabilidad de acuerdo a lo

    preceptuado por el articulo =.

    Personal contratado!rticulo ; es a%uel cuya relacin laboral esta regida por

    un contrato. Este personal ser& afectado personalmente

    a la reali@acin de servicios %ue por su naturale@a y

    transitoriedad no pueden ser cumplidos por personalpermanente, no debiendo desempear funciones

    distintas de las establecidas en el contrato, cuyo pla@o

    m&$imo no podr& e$ceder de un ao. a renovacin o

    prorroga del contrato, no da estabilidad al agente.

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    Personal Jornalizado o Transitorio

    !rticulo 0 este personal ser& destinado

    e$clusivamente a la e'ecucin deservicios, e$plotaciones, obras o tareas

    de car&cter temporario, eventual o

    estacional, %ue no pueden serreali@ados por personal permanente, no

    debiendo cumplir tareas distintas de

    a%uellas para las %ue haya sido

    designado.

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    Caracteres de la relacin de

    Empleo Pblico-ormal ( "ocumentada:

    a forma es garanta de los derechos e intereses delos particulares.

    a forma documentada del empleo p5blico y de losactos administrativos en general son garanta decontrol al resultar prueba formal.

    7e relaciona con la carga din&mica de la prueba,%ue e$ige %ue la prueba parta de a%uella parte

    %ue se encuentre en me'or situacin paracumplirla.

    8rat&ndose de relaciones de empleo con el Estado,por lo general #ste es el %ue se encuentra enme'ores condiciones.

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    Personal: a especfica capacidad

    intelectual y t#cnica %ue es necesariapara las funciones de cada oficio

    particular y la particular confian@a %ue

    el ente debe tener en la persona a la

    cual le confa sus propios interesesimporta %ue la relacin se base en

    consideraciones estrictamente

    personales.

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    &oluntaria; a funcin p5blica es

    facultativa en su constitucin, por lo

    %ue se ofrece, no se impone (adiferencia de la carga p5blica.