CONTRATO DE VENTA SOLAR.doc

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CONTRATO DE VENTA DE INMUEBLE ENTRE: DE UNA PARTE, la Compañía INMOBLIARIA MERU, S. R. L., sociedad comercial organizada de conformidad con las Leyes de la Republica Dominicana, Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) No. 1-30-52652-4, con su domicilio social sito en la Calle Juan Alejandro Ibarra No. 2, Ensanche La Fe, Distrito Nacional, debidamente representada por su Gerente, el señor HUGO ALFONSO PAULINO GUZMAN, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cedula de Identidad y Electoral No. 001-018461-4, domiciliado y residente en esta ciudad del Distrito Nacional; quien en lo adelante de este CONTRATO se denominará "LA VENDEDORA"; y de la otra PARTE; los señores EUCLIDES MATOS SEGURA, dominicano, mayor de edad, comerciante, portador de la cédula de Identidad y Electoral No. 001- 0188050-8, (casado con la Sra. AMINTA DEL CARMEN VERAS CAMILO, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de Identidad y Electoral No. 001-0187778-5), domiciliado y residente en la Calle Primaveral No. 1, Manzana No. 27, Sector Primaveral, del Municipio Santo Domingo Norte, y de transito en el Distrito Nacional; quienes en lo adelante de este CONTRATO se denominará "EL COMPRADOR". "SE HA CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE" PRIMERO: "LA VENDEDORA", por medio del presente CONTRATO VENDE, CEDE, Y TRANSFIERE, con todas las garantías ordinarias de derecho, libre de cargas y gravámenes en favor de "EL COMPRADOR, QUIEN ACEPTA, el Inmueble que se describe a continuación: "INMUEBLE IDENTIFCADO COMO 306747202466, QUE TINE UNA SUPERFICIE DE 77,223.23 METROS CUADRADOS, MATRICULA No. 4000226610, UBICADO EN VILLA ALTAGRACIA.” SEGUNDO: El precio convenido y pactado entre LAS PARTES, para la presente VENTA, asciende a la suma de SEISCIENTOS DIECISEIS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$610,000.00), suma que declara "LA VENDEDORA" haber recibido a su entera satisfacción de manos de "EL COMPRADOR", por lo que otorga carta de pago y finiquito por concepto de la suma ya señalada en favor de "EL COMPRADOR. TERCERO: LA VENDEDORA justifica su derecho de propiedad sobre el inmueble antes descrito, amparada en el Certificado de Titulo Matricula No. 4000226610, expedido a su favor por el registrador de Títulos de San Cristóbal, en fecha 13 de Mayo del 2013. CUARTO: LA VENDEDORA, por este mismo medio, autoriza al Registrador de Títulos de San Cristóbal, para que proceda al traspaso a favor EL COMPRADOR del inmueble objeto de la presente venta, y que en consecuencia le sea expedido a su favor del correspondiente Certificado de Titulo. Para el cumplimiento de los fines y consecuencias del presente CONTRATO ambas PARTES se remiten al Derecho Común y a las Leyes especiales que rigen la materia.

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CONTRATO DE VENTA DE INMUEBLE

ENTRE: DE UNA PARTE, la Compañía INMOBLIARIA MERU, S. R. L., sociedad comercial organizada de conformidad con las Leyes de la Republica Dominicana, Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) No. 1-30-52652-4, con su domicilio social sito en la Calle Juan Alejandro Ibarra No. 2, Ensanche La Fe, Distrito Nacional, debidamente representada por su Gerente, el señor HUGO ALFONSO PAULINO GUZMAN, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cedula de Identidad y Electoral No. 001-018461-4, domiciliado y residente en esta ciudad del Distrito Nacional; quien en lo adelante de este CONTRATO se denominará "LA VENDEDORA"; y de la otra PARTE; los señores EUCLIDES MATOS SEGURA, dominicano, mayor de edad, comerciante, portador de la cédula de Identidad y Electoral No. 001-0188050-8, (casado con la Sra. AMINTA DEL CARMEN VERAS CAMILO, dominicana, mayor de edad, portadora de la cédula de Identidad y Electoral No. 001-0187778-5), domiciliado y residente en la Calle Primaveral No. 1, Manzana No. 27, Sector Primaveral, del Municipio Santo Domingo Norte, y de transito en el Distrito Nacional; quienes en lo adelante de este CONTRATO se denominará "EL COMPRADOR".

"SE HA CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE"

PRIMERO: "LA VENDEDORA", por medio del presente CONTRATO VENDE, CEDE, Y TRANSFIERE, con todas las garantías ordinarias de derecho, libre de cargas y gravámenes en favor de "EL COMPRADOR, QUIEN ACEPTA, el Inmueble que se describe a continuación:

"INMUEBLE IDENTIFCADO COMO 306747202466, QUE TINE UNA SUPERFICIE DE 77,223.23 METROS CUADRADOS, MATRICULA No. 4000226610, UBICADO EN VILLA ALTAGRACIA.”

SEGUNDO: El precio convenido y pactado entre LAS PARTES, para la presente VENTA, asciende a la suma de SEISCIENTOS DIECISEIS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$610,000.00), suma que declara "LA VENDEDORA" haber recibido a su entera satisfacción de manos de "EL COMPRADOR", por lo que otorga carta de pago y finiquito por concepto de la suma ya señalada en favor de "EL COMPRADOR.

TERCERO: LA VENDEDORA justifica su derecho de propiedad sobre el inmueble antes descrito, amparada en el Certificado de Titulo Matricula No. 4000226610, expedido a su favor por el registrador de Títulos de San Cristóbal, en fecha 13 de Mayo del 2013.

CUARTO: LA VENDEDORA, por este mismo medio, autoriza al Registrador de Títulos de San Cristóbal, para que proceda al traspaso a favor EL COMPRADOR del inmueble objeto de la presente venta, y que en consecuencia le sea expedido a su favor del correspondiente Certificado de Titulo.

Para el cumplimiento de los fines y consecuencias del presente CONTRATO ambas PARTES se remiten al Derecho Común y a las Leyes especiales que rigen la materia. HECHO Y FIRMADO en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, en Dos (2) originales de un mismo tenor y efecto, uno para cada una de las PARTES, el día Cinco (05) del mes de Noviembre del año DOS MIL TRECE (2013).

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____________________________________________________________INMOBILIARIA MERU, SRL, representada por:

HUGO ALFONSO PAULINO GUZMANVendedora

______________________________________EUCLIDES MATOS SEGURA

Comprador

YO, LIC. ARCENILIA MERAN DE LOS SANTOS, Notario Publico de los del Número del Distrito Nacional, Matricula No. 3133, certifico y doy fe: que las firmas que aparecen estampadas en este acto fueron puestas en mi presencia libre y voluntariamente por los señores: HUGO ALFONSO PAULINO GUZMAN Y EUCLIDES MATOS SEGURA, personas estas a las cuales conozco personalmente y las que me han declarado bajo la fe del juramento que estas son las firmas que acostumbran a usar en todos los actos públicos y privados. En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, el día Cinco (05) del mes de Noviembre del año DOS MIL TRECE (2013).

LIC. ARCENILIA MERAN DE LOS SANTOSNOTARIO PÚBLICO