Contrato de Compra Venta Luis Cano

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Contrato de Compra Venta Luis Cano

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CONTRATO DE COMPRA VENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SEORA ENRIQUETA GIL LAGARDA, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SR

CONTRATO DE COMPRA VENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SEORA MARIA ELENA DE LA CRUZ SERRANO CASILLAS , A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA LA VENDEDORA, Y POR LA OTRA PARTE LOS SEORES CARMEN MARIA CANO REATIGA y LUIS CANO LORH , A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL COMPRADOR; DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S

DECLARA LA VENDEDORA LA SRA. MARIA ELENA DE LA CRUZ SERRANO CASILLAS1.- Que es propietaria y poseedora de la parcela No. 40 Z1 P1/4 del Ejido La Manga, de Hermosillo, con superficie de 12-36-68.95 Hectareas (Doce Hectareas treinta y seis areas sesenta y ocho punto noventa y cinco centireas)

2.- Que es su deseo vender un Lote de terreno con superficie 15,000.00 metros (quince mil metros cuadrados ) de la parcela descrita con anterioridad, con las siguientes medidas y colindancias y de acuerdo al plano que se adjunta a la presente:

Al Noroeste en 166.67 metros con parcela 40 Z1 P1/4. Rumbo N 5330`25 EAl Sureste en 90.00 metros con parcela 40 Z1 P1/4. Rumbo S 3629`35 EAl Suroeste en 166.67 metros con parcela 40 Z1 P1/4. Rumbo S 5330`25 WAl Noroeste en 90.00 metros con Callejon de Servicio. Rumbo N 3629`35 W

DECLARA LOS SEORES CARMEN MARIA CANO REATIGA y LUIS CANO LORH 1.- Que conoce perfectamente el terreno y las condiciones en que el mismo se encuentra y que no tiene ningn inconveniente en adquirirlo en compra.

2.- Manifiestan ambas partes que teniendo plena capacidad para celebrar este contrato y contando con las facultades legales para obligarse, es su voluntad celebrar este contrato de compra venta, obligndose la parte vendedora a elevar a escritura pblica el presente acto, una vez que se realice la subdivisin de la parcela.C L A U S U L A SPRIMERA.- La SRA. MARIA ELENA DE LA CRUZ SERRANO CASILLAS, por derecho propio transmite a favor de los SEORES CARMEN MARIA CANO REATIGA y LUIS CANO LORH, la propiedad y posesin del inmueble descrito en el punto dos de la declaracin segunda del capitulo de declaraciones de la parte vendedora, as como todo lo que por derecho le corresponde.

Asimismo manifiestan las partes que para una mejor identificacin del terreno materia del presente contrato se anexa al presente contrato, formando parte del mismo plano que contiene la ubicacin del terreno, con las medidas, colindancias, superficies, rumbos y coordenadas Y y X, elaborado por el C. Ing. Claudio Millan Ibarra.SEGUNDA.- El precio de la operacin lo constituye la cantidad de $75,000.00 (SETENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), como precio total del inmueble enajenado, misma cantidad que EL VENDEDOR manifiesta haber recibido a su entera conformidad, con anterioridad a la firma de este contrato, por lo que expide mediante el presente instrumento el recibo ms amplio que conforme a derecho proceda por dicha cantidad.

TERCERA.- LA VENDEDORA se obliga al saneamiento para el caso de eviccin, en la forma y trminos que establece la ley.

CUARTA.- Las partes manifiestan que en la celebracin de este acto no existen causas de invalidez, nulidad o rescisin, por lo que, renuncian expresamente a cualesquier accin o excepcin que pudieren tener provenientes de dichas circunstancias.

QUINTA.- Las partes se someten expresamente a la competencia de los tribunales de Hermosillo, de Sonora para en caso controversia.

L E I D O que fue el presente contrato las partes lo firmaron en la ciudad de Hermosillo, Sonora, Mxico, a los 15 (quince) das del mes de septiembre del ao 2007 (dos mil siete).

LA VENDEDORA

SR. MARIA ELENA DE LA CRUZ SERRANO CASILLASLOS COMPRADORA

SR. LUIS CANO LOHR

SRA. CARMEN MARIA CANO REATIGA

TESTIGOS

SRA. MARTINA SANDRA MARIA ELENA DESSENS SERRANO

SR. MARTIN ANTONIO RODRIGUEZ GAMEZ

CONTRATO DE COMPRA VENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE El SEOR ARTURO ESPINOZA RAMIREZ, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA LA VENDEDORA, Y POR LA OTRA PARTE EL SR. JOSE HUMBERTO BAY ACOSTA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL COMPRADOR; DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S

DECLARA EL SR. ARTURO ESPINOZA RAMIREZ

1.- Que es propietario y poseedor desde el mes de Diciembre de 1997 del Lote de terreno marcado con el nmero de 10 (diez), de la manzana II (segunda), del Fraccionamiento Campestre El Alamo A.C., ubicado en el Ejido El Alamito, del fundo legal de Hermosillo, Sonora, con superficie de 1,600.00 metros cuadrados (mil seiscientos metros cuadrados), con las siguientes medidas y colindancias:

Al Norte: en 40.00 metros con lote 9 (nueve) ;

Al Sur: en 40.00 metros con lote 11 (once);

Al Este: en 40.00 metros con Boulevard de la Alameda;

Al Oeste: en 40.00 metros con lote 13 (trece).

Asimismo manifiesta EL VENDEDOR que el terreno antes mencionado se encuentra debidamente cercado con postes ganaderos y alambres de pas de cuatro hilos, desde el mes de Diciembre de 1997.

DECLARA EL SR. JOSE HUMBERTO BAY ACOSTA :

1.- Que conoce perfectamente la ubicacin del inmueble y las condiciones en que el mismo se encuentra y que no tiene ningn inconveniente en adquirirlo en compra.

2.- Manifiestan ambas partes que teniendo plena capacidad para celebrar este contrato y contando con las facultades legales para obligarse, es su voluntad celebrar este contrato de compra venta, mismo que se regir al tenor de las siguientes:

C L A U S U L A SPRIMERA.- El SR. ARTURO ESPINOZA RAMIREZ por conducto de su apoderado legal, transmite a favor del SR. JOSE HUMBERTO BAY ACOSTA, la propiedad y posesin del inmueble descrito en el captulos de declaraciones de este contrato, as como todo lo que por derecho le corresponde y se encuentre en dicha propiedad.

SEGUNDA.- El precio de la operacin lo constituye la cantidad de $35,000.00 (TREINTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), como precio total del inmueble enajenado, misma cantidad que EL VENDEDOR manifiesta haber recibido a su entera conformidad, con anterioridad a la firma de este contrato, por lo que expide mediante el presente instrumento el recibo ms amplio que conforme a derecho proceda por dicha cantidad.

TERCERA.- LA VENDEDORA se obliga al saneamiento para el caso de eviccin, en la forma y trminos que establece la ley.

CUARTA.- Las partes manifiestan que en la celebracin de este acto no existen causas de invalidez, nulidad o rescisin, por lo que, renuncian expresamente a cualesquier accin o excepcin que pudieren tener provenientes de dichas circunstancias.

QUINTA.- Las partes se someten expresamente a la competencia de los tribunales de Hermosillo, de Sonora para en caso controversia.

L E I D O que fue el presente contrato las partes lo ratificaron y firmaron en la ciudad de Hermosillo, Sonora, Mxico, a los 08 (ocho) das del mes de julio del ao 2006 (dos mil seis).

LA VENDEDORA EL COMPRADOR

SR. ARTURO ESPINOZA RAMREZ SR. JOSE HUMBERTO BAY ACOSTA

TESTIGOS

SR. JESS ALEJANDRO HERNADEZ VALDEZ SR. ERIC CORRALES ZAZUETA.

CONTRATO DE COMPRA VENTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE El SR. FERNANDO JARAMILLO ROSAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA LA VENDEDORA, Y POR LA OTRA PARTE EL SR. LORENZO ARNOLDO MORALES MELENDREZ, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL COMPRADOR; DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S

DECLARA EL SR. FERNANDO JARAMILLO ROSAS1.- Que es propietario y poseedor del vehiculo marca Chevrolet, Modelo 1981, Tipo Malibu, ocho cilindros, nmero de serie 1T27LAM101571, dos puertas.

DECLARA EL SR.:

1.- Que conoce perfectamente el vehiculo y las condiciones en que el mismo se encuentra y que no tiene ningn inconveniente en adquirirlo en compra.

2.- Manifiestan ambas partes que teniendo plena capacidad para celebrar este contrato y contando con las facultades legales para obligarse, es su voluntad celebrar este contrato de compra venta, ya que la factura del mismo se encuentra extraviada, mismo que se regir al tenor de las siguientes:

C L A U S U L A SPRIMERA.- El SR. TOMAS CORAL MEDINA por derecho propio transmite a favor del SR. FERNANDO JARAMILLO ROSAS, la propiedad y posesin del vehiculo descrito en el captulos de declaraciones de este contrato, as como todo lo que por derecho le corresponde.SEGUNDA.- El precio de la operacin lo constituye la cantidad de $14,000.00 (CATORCE MIL PESOS 00/100 M.N.), como precio total del vehiculo enajenado, misma cantidad que EL VENDEDOR manifiesta haber recibido a su entera conformidad, con anterioridad a la firma de este contrato, por lo que expide mediante el presente instrumento el recibo ms amplio que conforme a derecho proceda por dicha cantidad.

TERCERA.- LA VENDEDORA se obliga al saneamiento para el caso de eviccin, en la forma y trminos que establece la ley.

CUARTA.- Las partes manifiestan que en la celebracin de este acto no existen causas de invalidez, nulidad o rescisin, por lo que, renuncian expresamente a cualesquier accin o excepcin que pudieren tener provenientes de dichas circunstancias.

QUINTA.- Las partes se someten expresamente a la competencia de los tribunales de Hermosillo, de Sonora para en caso controversia.

L E I D O que fue el presente contrato las partes lo firmaron en la ciudad de Hermosillo, Sonora, Mxico, a los 16 (dieciseis) das del mes de noviembre del ao 2003 (dos mil tres).

LA VENDEDORA EL COMPRADOR

SR. TOMAS CORAL MEDINA SR. FERNANDO JARAMILLO ROSAS