Contrato de Arrendamiento

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Contrato de Arrendamiento que celebran por una parte Arrendadora la Sra. Leonor Aguilar Campomanes, con domicilio Cisne Lote 11-1 entre Cóndor y Quiri Colonia Reserva Tarimoya 1 C.P. 91855 y por la otra como Arrendatario el Sr. Enrique Hernández Fernández, con domicilio en C. Gral. Vicente Guerrero Pte. 307 Localidad Soledad de Doblado, Veracruz C.P. 94240, quien desea rentar el Departamento ubicado en Calle Cisne Lote 11-3 entre Cóndor y Quiri, Colonia Reserva Tarimoya 1 C.P. 91855 y se sujetan a las siguientes: Cláusulas PRIMERA: El Arrendatario pagara a la Arrendadora o a quien sus derechos represente, la cantidad de $500.00 (quinientos pesos 00/100 m. n.) por concepto de renta mensual del inmueble objeto del Arrendamiento, que cubrirá por mes de y que comenzara a contar partir del día 01 del mes de Febrero del 2014, el Arrendatario se Compromete a pagar a la Arrendadora la renta pactada dentro de los días 01 al 08 de cada mes, en caso de que no se cumpla el pago de la renta conforme a lo estipulado se cobrara el recargo del 10% mensual del valor de la renta pactada, para confirmar el pago de la misma deberá entregar mensualmente a la Arrendadora, entregara el pagare correspondiente al mes de renta firmado por el Arrendatario. SEGUNDA: El Arrendatario conviene en que todo el mes de Arrendamiento le es Forzoso y deberá pagarlo integro aun cuando ocupe 1 solo día, siendo su incumplimiento motivo de rescisión de este Contrato y en caso de Desahucio se le embarguen bienes y Objetos que introduzcan en el departamento arrendado y que declararan hoy que son de su exclusiva propiedad y entregarlos al depositario que nombre la Arrendadora, debiendo cubrir los gastos legales correspondientes a partir de la vigencia de este contrato, el

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

Contrato de Arrendamiento que celebran por una parteArrendadora la Sra. Leonor Aguilar Campomanes, con domicilio Cisne Lote 11-1 entre Cndor y Quiri Colonia Reserva Tarimoya 1 C.P. 91855 y por la otra como Arrendatario el Sr. Enrique Hernndez Fernndez, con domicilio en C. Gral. Vicente Guerrero Pte. 307 Localidad Soledad de Doblado, Veracruz C.P. 94240, quien desea rentar el Departamento ubicado en Calle Cisne Lote 11-3 entre Cndor y Quiri, Colonia Reserva Tarimoya 1 C.P. 91855 y se sujetan a las siguientes:ClusulasPRIMERA: El Arrendatario pagara a la Arrendadora o a quien sus derechos represente, la cantidad de $500.00 (quinientos pesos 00/100 m. n.) por concepto de renta mensual del inmueble objeto del Arrendamiento, que cubrir por mes de y que comenzara a contar partir del da 01 del mes de Febrero del 2014, el Arrendatario se Compromete a pagar a la Arrendadora la renta pactada dentro de los das 01 al 08 de cada mes, en caso de que no se cumpla el pago de la renta conforme a lo estipulado se cobrara el recargo del10% mensual del valor de la renta pactada, para confirmar el pago de la misma deber entregar mensualmente a la Arrendadora, entregara el pagare correspondiente al mes de renta firmado por el Arrendatario.SEGUNDA: El Arrendatario conviene en que todo el mes de Arrendamiento le es Forzoso y deber pagarlo integro aun cuando ocupe 1 solo da, siendo su incumplimiento motivo de rescisin de este Contrato y en caso de Desahucio se le embarguen bienes y Objetos que introduzcan en el departamento arrendado y quedeclararan hoyque son de su exclusiva propiedad y entregarlos al depositario que nombre la Arrendadora, debiendo cubrir los gastos legales correspondientes a partir de la vigencia de este contrato, el arrendatario seala como su domicilio fiscal la casa que alquila.TERCERA: El Arrendatario Conviene que le este expresamente prohibido Traspasar o Subarrendar todo o en parte la casa arrendada.CUARTA: El departamento motivo de este contrato es exclusivamente para el uso de Casa-Habitacin.QUINTA: El Arrendatario no podr variar la forma de la casa arrendada de los daos y perjuicios que ocasione, las mejoras que hiciera previo consentimiento por escrito de la arrendadora sern por cuenta del arrendatario y quedara a beneficio del departamento, las reparaciones que se llevan a cabo en las instalaciones del departamento, posteriores a la fecha en que se firma este contrato toda vez que la reciba a su entera satisfaccin y buen estado.SEXTA: El trmino del Arrendamiento es de 12 (doce) meses forzados para ambas partes y una vez concluido el mismo arrendamiento deber desocupar de inmediato sin necesidad de notificacin previa, siendo optativo de la arrendadora volverse a rentar.SPTIMA: Queda estrictamente prohibido al arrendatario tener substancias peligrosas, explosivas o inflamables, as como animales de cualquier especie.OCTAVA: Los servicios de energa elctrica, agua, telfono y mantenimiento, los deber pagar puntualmente el arrendatario, debiendo dejar todo pagado y entregar segn sea el caso (mensual, Bimestral o anualmente) el recibo de pago a la arrendadora o a su representante, si el arrendatario no cumple con el pago de los mismos se proceder a cobrar legalmente una carta pagare donde se compromete a liquidar el monto del total del adeudo y gastos que generen estos adeudos.NOVENA: El Arrendatario deja para seguridad de este contrato, la cantidad de, $500.00 (quinientos pesos 00/100 m. n.), como depsito el cualnose tomara como la renta del ltimo mes y se devolver tambin al desocupar la casa siempre y cuando se haya cumplido con todo lo establecido en este contrato y el departamento quede a satisfaccin de la Arrendadora.

H. Veracruz, Ver a 24 de febrero del 2014.

ARRENDADOR ARRENDATARIO_____________________________