Contrato

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Contrato: Los mayores de 16 y menores de 18 si tienen autorización de los padres o de quien los tenga a su cargo. Si viven de forma independiente, con el consentimiento expreso o tácito de sus padres o tutores. El contrato de trabajo puede formalizarse tanto por escrito como de forma oral. Tipos de contrato de trabajo Las modalidades de contratación han ido variando en función de la evolución económica del país y de las necesidades laborales de su población. 2. Contrato de trabajo por tiempo indefinido ordinario El contrato de trabajo por tiempo indefinido ordinario es aquél en el que las partes desconocen, a priori, cual va a ser la duración de la relación laboral y pactan que sus prestaciones se prolonguen sin límite en su duración. Adquirirán la condición de trabajadores fijos, cualquiera que haya sido la modalidad de su contratación, los que no hubieran sido dados de alta en la Seguridad Social una vez transcurrido un plazo igual al que legalmente se hubiera podido fijar para el periodo de prueba. Así mismo, se presumirán por tiempo indefinido los contratos temporales celebrados en fraude de ley. 3. Contrato de trabajo a tiempo parcial El contrato de trabajo a tiempo parcial es aquel que se celebra cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable, o en su defecto, a la jornada a tiempo completo establecida en el Convenio Colectivo de aplicación, o a la jornada ordinaria máxima legal.

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Contrato: Los mayores de 16 y menores de 18 si tienen autorizacin de los padres o de quien los tenga a su cargo. Si viven de forma independiente, con el consentimiento expreso o tcito de sus padres o tutores.El contrato de trabajo puede formalizarse tanto por escrito como de forma oral.

Tipos de contrato de trabajoLas modalidades de contratacin han ido variando en funcin de la evolucin econmica del pas y de las necesidades laborales de su poblacin. 2. Contrato de trabajo por tiempo indefinido ordinarioEl contrato de trabajo por tiempo indefinido ordinario es aqul en el que las partes desconocen, a priori, cual va a ser la duracin de la relacin laboral y pactan que sus prestaciones se prolonguen sin lmite en su duracin.Adquirirn la condicin de trabajadores fijos, cualquiera que haya sido la modalidad de su contratacin, los que no hubieran sido dados de alta en la Seguridad Social una vez transcurrido un plazo igual al que legalmente se hubiera podido fijar para el periodo de prueba. As mismo, se presumirn por tiempo indefinido los contratos temporales celebrados en fraude de ley.

3. Contrato de trabajo a tiempo parcialEl contrato de trabajo a tiempo parcial es aquel que se celebra cuando se haya acordado la prestacin de servicios durante un nmero de horas al da, a la semana, al mes o al ao, inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable, o en su defecto, a la jornada a tiempo completo establecida en el Convenio Colectivo de aplicacin, o a la jornada ordinaria mxima legal.La retribucin ser proporcional al nmero de horas trabajadas al da, a la semana, al mes o al ao respecto a la jornada habitual en la actividad de que se trate.4. Contrato de trabajo fijo discontinuoEl contrato de trabajo por tiempo indefinido de fijos-discontinuos se concertar para realizar trabajos que tengan el carcter de fijos-discontinuos y no se repitan en fechas ciertas, dentro del volumen normal de actividad de la empresa.Los trabajadores fijos-discontinuos sern llamados en el orden y la forma que se determine en los respectivos Convenios Colectivos, pudiendo el trabajador, en caso de incumplimiento, reclamar en procedimiento de despido ante la jurisdiccin competente, inicindose el plazo para ello desde el momento en que tuviese conocimiento de la falta de convocatoria.

5. Contrato de obra o servicio determinadoEl contrato de obra o servicio determinado es el que tiene por objeto la realizacin de una obra o servicio con autonoma y sustantividad propias dentro de la actividad de la empresa, y cuya ejecucin, aunque limitada en el tiempo, es en principio de duracin incierta, no pudiendo tener una duracin superior a tres aos.Los Convenios Colectivos podrn identificar aquellos trabajos o tareas con sustantividad propia dentro de la actividad normal de la empresa que puedan cubrirse con contratos de esta naturaleza.Este contrato puede concertarse a tiempo completo o a tiempo parcial y su duracin ser la del tiempo exigido para la realizacin de la obra o servicio. Si el contrato fijara una duracin o un trmino, stos debern considerarse de carcter orientativo en funcin de lo establecido anteriormente, no pudiendo superar los tres aos de duracin, ampliable en doce meses ms por Convenio Colectivo de mbito sectorial estatal o en su defecto por Convenios sectoriales de mbito inferior. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirn la condicin de trabajadores fijos de la empresa.El contrato de obra o servicio determinado debe formalizarse siempre por escrito y debe especificar con precisin y claridad el carcter de la contratacin e identificar suficientemente la obra o el servicio que constituya su objeto, la duracin del contrato as como el trabajo a desarrollar.El contrato se extinguir, previa denuncia de cualquiera de las partes, cuando finalice la obra o servicio objeto del contrato. Cuando la duracin del contrato sea superior a un ao, la parte que formule la denuncia est obligada a notificar a la otra la terminacin del contrato con una antelacin mnima de 15 das. El incumplimiento por parte del empresario del plazo mencionado anteriormente, le obligar al abono de una indemnizacin equivalente al salario correspondiente a los das en que dicho plazo se haya incumplido.Ejecutada la obra o servicio, si no hubiera denuncia expresa y el trabajador continuara prestando sus servicios, el contrato se considerar prorrogado tcitamente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestacin.A la finalizacin del contrato de obra o servicio determinado, el trabajador tendr derecho a recibir una indemnizacin, hasta el 31 de diciembre de 2012, de cuanta equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultara de abonar nueve das de salario por cada ao de servicio. Esta cantidad se incrementar anualmente en un da, hasta el 1 de enero de 2015, en que quedara fijada en doce das, o la establecida, en su caso, en la normativa especfica que sea de aplicacin.6. Contrato eventual por circunstancias de la produccinEl contrato eventual por circunstancias de la produccin se celebra para atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulacin de tareas o excesos de pedidos, an tratndose de la actividad normal de la empresa.

En este contrato de trabajo debe constar con precisin y claridad la causa o circunstancia que lo justifique y adems el carcter de la contratacin, el tiempo de su vigencia y el trabajo a desarrollar. Debe formalizarse por escrito aqul cuya duracin sea superior a cuatro semanas y en aquellos casos que se concierte a tiempo parcial.Su duracin mxima ser de 6 meses dentro de un perodo de 12 meses. En atencin al carcter estacional de la actividad en que se pueden producir las circunstancias sealadas anteriormente, los Convenios Colectivos de mbito sectorial estatal o, en su defecto, los Convenios Colectivos sectoriales de mbito inferior podrn modificar indistintamente:1. La duracin mxima del contrato2. El perodo dentro del cual puede celebrarse3. Ambas cosasEn cualquier caso, los Convenios Colectivos no podrn establecer un perodo de referencia que exceda de 18 meses ni una duracin mxima del contrato que exceda de las tres cuartas partes de dicho perodo de referencia, no siendo superior a 12 meses.En caso de que el contrato se concierte por un plazo inferior a la duracin mxima legal o convencionalmente establecida, podr prorrogarse mediante acuerdo de las partes, por una nica vez, sin que la duracin total del contrato pueda exceder de dicha duracin mxima.El contrato eventual por circunstancias de la produccin se extinguir previa denuncia de cualquiera de las partes, por la expiracin del tiempo convenido. Los contratos que tengan establecida legal o convencionalmente una duracin mxima y que se hubiesen concertado por una duracin inferior a la misma, se entendern prorrogados tcitamente, hasta la correspondiente duracin mxima, cuando no hubiese mediado denuncia o prrroga expresa antes de su vencimiento y el trabajador contine prestando servicios.A finalizacin del contrato, el trabajador tendr derecho a recibir una indemnizacin de cuanta equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultara de abonar nueve das de salario por cada ao de servicio, hasta el 31 de diciembre de 2012, que se incrementar anualmente en un da hasta el 1 de enero de 2015 que consistir en doce das, o la establecida, en su caso, en la normativa especfica que sea de aplicacin.7. Contrato de interinidadEl contrato de interinidad es el que se celebra con el objeto de sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de seleccin o promocin para su cobertura definitiva.

El contrato de trabajo de interinidad debe formalizarse siempre por escrito y debe especificar con precisin y claridad el carcter de la contratacin, identificar al trabajador sustituido y la causa de la sustitucin y, en su caso, el puesto de trabajo cuya cobertura definitiva se producir tras el proceso de seleccin externa o promocin interna, as como especificar suficientemente la circunstancia que determina su duracin, la duracin del contrato as como el trabajo a desarrollar.La duracin del contrato ser la del tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido con derecho a reserva del puesto de trabajo. Cuando el contrato se celebre para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de seleccin o promocin para su cobertura definitiva, la duracin ser la del tiempo que dure el proceso correspondiente, sin que pueda ser superior a 3 meses, ni celebrarse un nuevo contrato con el mismo objeto una vez superada dicha duracin mxima.Este contrato de trabajo debe celebrarse a jornada completa excepto en dos supuestos: cuando el trabajador sustituido estuviera contratado a tiempo parcial o se trate de cubrir temporalmente un puesto de trabajo cuya cobertura definitiva se vaya a realizar a tiempo parcial; o cuando el contrato se realice para completar la jornada reducida de un trabajador.El contrato de interinidad se extinguir, previa denuncia de cualquiera de las partes, cuando se produzca cualquiera de las siguientes causas:1. La reincorporacin del trabajador sustituido.2. El vencimiento del plazo legal o convencionalmente establecido para la reincorporacin.3. La extincin de la causa que dio lugar a la reserva del puesto de trabajo.4. El transcurso del plazo de 3 meses en los procesos de seleccin o promocin para la provisin definitiva de puestos de trabajo o del plazo que resulte de aplicacin en los procesos de seleccin en las Administraciones pblicas.Los contratos de trabajo de interinidad que tengan establecida legal o convencionalmente una duracin mxima y que se hubiesen concertado por una duracin inferior a la misma, se entendern prorrogados tcitamente, hasta la correspondiente duracin mxima, cuando no hubiese mediado denuncia o prrroga expresa antes de su vencimiento y el trabajador continuase prestando servicios.Si llegado el trmino no se hubiera producido denuncia alguna de las partes y se continuara realizando la prestacin laboral, el contrato se considerar prorrogado tcitamente por tiempo indefinido. La falta de forma escrita, la falta de alta en la Seguridad Social o el fraude de ley, tambin supondrn la presuncin de que el contrato se ha celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contra que acredite la naturaleza temporal de la prestacin.8. Contrato de trabajo de relevoLos trabajadores en edad de jubilacin o prximos a ella pueden reducir su jornada de trabajo y su salario entre un mnimo del 25% y un mximo del 75%, y compatibilizar el trabajo con la percepcin de la pensin de jubilacin parcial.El contrato de trabajo de relevo se concierta con un trabajador inscrito como desempleado en la correspondiente Oficina de Empleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duracin determinada, para sustituir al trabajador de la empresa que accede a la jubilacin parcial. Se celebrar simultneamente con el contrato a tiempo parcial que se pacte con este ltimo.Este tipo de contrato se formalizar siempre por escrito y en modelo oficial en el que constar necesariamente el nombre, la edad y las circunstancias profesionales del trabajador sustituido.La duracin del contrato de trabajo de relevo ser indefinida o igual a la del tiempo que falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilacin. Si, al cumplir dicha edad, el trabajador jubilado parcialmente continuase en la empresa, el contrato de relevo que se hubiera celebrado por duracin determinada podr prorrogarse mediante acuerdo de las partes por perodos anuales, extinguindose, en todo caso, al finalizar el perodo correspondiente al ao en el que se produzca la jubilacin total del trabajador relevado.En el caso del trabajador jubilado parcialmente despus de haber alcanzado la edad de jubilacin, la duracin del contrato de relevo que podr celebrar la empresa para sustituir la parte de jornada dejada vacante por el mismo, podr ser indefinida o anual. En este segundo caso, el contrato se prorrogar automticamente por perodos anuales.El contrato de relevo podr celebrarse a jornada completa o a tiempo parcial. En todo caso, la duracin de la jornada deber ser, como mnimo, igual a la reduccin de jornada acordada por el trabajador sustituido.El horario de trabajo del trabajador relevista podr completar el del trabajador sustituido o simultanearse con l.El puesto de trabajo del trabajador relevista podr ser el mismo del trabajador sustituido o uno similar, entendiendo por tal el desempeo de tareas correspondientes al mismo grupo profesional o categora equivalente.El contrato se extinguir al cumplir el trabajador sustituido la edad para jubilarse.Si durante la vigencia del contrato de relevo se produjera el cese del trabajador, el empresario deber sustituirlo, en el plazo de quince das, por otro trabajador desempleado.En el caso de contrato temporal a la finalizacin del mismo, el trabajador tendr derecho a recibir una indemnizacin de cuanta equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultara de abonar nueve das de salario por cada ao de servicio, hasta el 31 de diciembre de 2011, que se incrementar anualmente en un da hasta el 1 de enero de 2015 que consistir en doce das, o la establecida, en su caso, en la normativa especfica que sea de aplicacin.9. Contrato de trabajo para la formacin y el aprendizajeEl contrato de trabajo para la formacin y el aprendizaje tiene por objeto que el trabajador adquiera la formacin terica y prctica necesaria para el desempeo adecuado de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificacin.Este contrato puede celebrarse con trabajadores mayores de 16 aos y menores de 25 (podrn celebrarse con menores de 30 aos hasta que la tasa de desempleo se site por debajo del 15%) que carezcan de la cualificacin profesional reconocida por el sistema de formacin profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para concertar un contrato en prcticas. El lmite mximo de edad no ser de aplicacin cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad y en los supuestos de contratos celebrados con alumnos participantes en proyectos de empleo y formacin (artculo 25.1d) de la Ley 53/2006).El contrato de trabajo para la formacin y el aprendizaje debe formalizarse por escrito, haciendo constar expresamente el oficio o nivel ocupacional objeto del aprendizaje, el tiempo dedicado a la formacin y su distribucin horaria, la duracin del contrato y el nombre y cualificacin profesional de la persona designada como tutor.La duracin mnima del contrato ser de 1 ao y la mxima de 3 aos, si bien mediante convenio colectivo podr establecerse distintas duraciones del contrato, sin que la duracin mnima pueda ser inferior a 6 meses ni mxima de 3 aos. El lmite de duracin del contrato no ser de aplicacin en los supuestos de contratos celebrados con alumnos participando en proyectos de empleo formacin.Se imponen como obligaciones del empresario la de proporcionar la formacin objeto del contrato al trabajador, y la de otorgarle los permisos necesarios para asistir a esa formacin terica. La formacin deber impartirse bien por el propio empresario debidamente autorizado, bien por centros ajenos igualmente autorizados.El tiempo de trabajo efectivo, que podr hacerse compatible con el tiempo dedicado a las actividades formativas, no podr ser superior al 75% durante el primer ao, o al 85%, durante el segundo y tercer ao de la jornada mxima prevista en el Convenio Colectivo o, en su defecto, de la jornada mxima legal. Los trabajadores no podrn realizar horas extraordinarias, salvo en el supuesto previsto en el artculo 35.3, del Estatuto de los Trabajadores. La jornada ser a tiempo completo (sumando al tiempo de trabajo efectivo el dedicado a la formacin terica).Expirada la duracin mxima del contrato de trabajo para la formacin y el aprendizaje, el trabajador no podr ser contratado bajo esta modalidad por la misma o distinta empresa para la misma actividad laboral u ocupacin objeto de la cualificacin profesional asociada al contrato, pero si para una distinta.Si el trabajador continuase en la empresa al trmino del contrato, no podr concertarse un nuevo perodo de prueba, computndose la duracin del contrato a efectos de antigedad en la empresa.El salario del trabajador ser el fijado en Convenio Colectivo, sin que en su defecto pueda ser inferior al Salario Mnimo Interprofesional en proporcin al tiempo de trabajo efectivo.10. Contrato de trabajo en prcticasEl contrato de trabajo en prcticas constituye la forma ms utilizada por las empresas para emplear a recin titulados sin experiencia laboral. En muchos casos, al trmino del contrato, suelen incorporar a los jvenes en su plantilla.

11. Contratos de trabajo para personas con discapacidadLos contratos de trabajo para personas con discapacidad tienen por objeto fomentar el empleo de trabajadores minusvlidos.La empresa deber solicitar el trabajador a la oficina de empleo, indicando los puestos a cubrir, sus caractersticas tcnicas y la capacidad que debe tener el trabajador.El trabajador deber tener una disminucin de la capacidad de, al menos, el 33%, y deber estar inscrito en el registro correspondiente de la oficina de empleo.Este tipo de contrato se formaliza siempre por escrito y en modelo oficial.

12. Contratos de trabajo para la realizacin de un proyecto de investigacinSon susceptibles de este tipo de contratos el personal investigador o el personal cientfico o tcnico.Pueden celebrar estos contratos los Organismos Pblicos de Investigacin de las Administraciones Pblicas, las Universidades Pblicas cuando sean perceptoras de fondos cuyo destino incluya la contratacin de personal investigador o para el desarrollo de sus programas propios I+D+i , un Organismo de la Administracin General del Estado de los contemplados en la D.A. 14 de la Ley 14/2011 , de 1 de junio.Estos contratos se regirn por lo establecido en la normativa especfica para los contratos de obra o servicio determinado.La actividad desarrollada por los investigadores, o por el personal cientfico o tcnico, ser evaluada anualmente, pudiendo ser resuelto el contrato en el supuesto de no superarse favorablemente dicha evaluacin.13. Contrato de trabajo de sustitucin por anticipacin de la edad de jubilacinEl contrato de trabajo de sustitucin por jubilacin anticipada tiene por finalidad la contratacin de trabajadores desempleados en sustitucin de trabajadores que anticipen su edad ordinaria de jubilacin de 65 a 64 aos.Conforme a lo anterior la duracin mnima del contrato es de 1 ao. Al trabajador que se jubila le debe faltar un ao como mximo para alcanzar la edad ordinaria de jubilacin.En el contrato, celebrado necesariamente por escrito, constar el nombre del trabajador que se sustituye, y se comunicar en el plazo de los 10 das siguientes a su concertacin al Servicio Pblico de Empleo correspondiente, donde quedar depositado un ejemplar; otra copia del contrato ser entregada al trabajador que se jubile, para que lo presente en la Entidad Gestora a la que corresponda el reconocimiento del derecho a la pensin de jubilacin.Si durante la vigencia del contrato se produce el cese del trabajador, la empresa queda obligada a sustituirlo, en el plazo de 15 das, por otro trabajador desempleado, por el tiempo que reste para alcanzar la duracin mnima del contrato, salvo caso de fuerza mayor. En caso de incumplimiento, la empresa deber abonar a la entidad gestora el importe de la prestacin de jubilacin devengada hasta el cese del trabajador contratado.El contrato de trabajo de sustitucin por jubilacin anticipada puede concertarse al amparo de cualquiera de las modalidades de contratacin, excepto la contratacin a tiempo parcial y el contrato eventual por circunstancias de la produccin.14. Contrato de trabajo a domicilioEl contrato de trabajo a domicilio es aqul en que la prestacin de la actividad laboral se realice de manera preponderantemente en el domicilio del trabajador o en el lugar libremente elegido por ste, de modo alternativo a su desarrollo presencial en el centro de trabajo de la empresa.Su duracin puede ser indefinida o determinada y debe formalizarse por escrito, con visado del Servicio Pblico de Empleo, haciendo constar el lugar en el que se realice la prestacin. El acuerdo por el que se establezca el trabajo a domicilio se formalizar por escrito. Tanto si el acuerdo se establece al inicio de la relacin laboral como posteriormente. Se le aplicara lo establecido en el artculo 8.3 del Estatuto de los Trabajadores para la copia bsica del contrato de trabajo.Los trabajadores a domicilio tendrn los mismos derechos que los que prestan servicios en el centro de trabajo de la empresa. En especial tendrn derecho a percibir como mnimo, la retribucin total establecida conforme a su grupo profesional y funciones.Es obligacin del empresario poner a disposicin de estos trabajadores un documento de control de la actividad laboral que realicen en el que debe consignarse el nombre del trabajador, la clase y cantidad de trabajo, cantidad de materias primas entregadas, tarifas acordadas para la fijacin del salario, entrega y recepcin de objetos elaborados y cuantos otros aspectos de la relacin laboral interesen a las partes.15. Contrato de trabajo en grupoEl contrato de trabajo en grupo se celebra entre un empresario y un grupo de trabajadores considerado en su totalidad.La contratacin se efecta con el jefe del grupo, quien ostenta la representacin de los trabajadores que lo integran, respondiendo de las obligaciones inherentes a dicha representacin, destacando los aspectos relativos al cobro del salario y su posterior reparto. La empresa no tendr, por tanto, frente a cada uno de los miembros del grupo los derechos y deberes que como tal le competen.Su duracin puede ser indefinida o determinada y el contrato puede ser verbal o escrito, comunicndose en todo caso al Servicio Pblico de Empleo en el plazo de 10 das desde su celebracin.