CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

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II. INFORME INDIVIDUAL DE AUDITORÍA, DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2017

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II. INFORME INDIVIDUAL DE AUDITORÍA,

DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

DE LA CIUDAD DE MÉXICO CORRESPONDIENTE

AL EJERCICIO DE 2017

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DEPENDENCIA

SECRETARÍA DE GOBIERNO

AUDITORÍA FINANCIERA

Capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles”

Auditoría ASCM/2/17

FUNDAMENTO LEGAL

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, fracción II, sexto

y séptimo párrafos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción

XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica

de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1; 2, fracciones XIII y XLI, inciso a); 3;

8, fracciones I, II, IV, VI, VII, VIII, IX, XXVI y XXXIII; 9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII,

XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36, primer párrafo; 37, fracción II, 61;

y 62 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1; 4; 5, fracción I,

inciso b); 6, fracciones V, VIII y XXXV; y 30 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior

de la Ciudad de México.

ANTECEDENTES

Del presupuesto ejercido en 2017 por la Secretaría de Gobierno, el gasto con cargo al

capítulo 5000 “Bienes muebles, inmuebles e intangibles” fue de 44,077.6 miles de pesos, que

representó el 1.0% del total erogado, y un decremento del 27.5% (16,755.2 miles de pesos)

en relación con el presupuesto ejercido el año anterior (60,832.8 miles de pesos), y un

incremento del 83.5% (20,052.7 miles de pesos) con respecto del original autorizado en dicho

capítulo (24,024.9 miles de pesos).

En su Informe de Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2017, apartado “ECG Análisis de

Egresos por Capítulo de Gasto”, la SEGOB, informó que “se originó mayor ritmo de gasto

debido a la asignación de recursos adicional para la adquisición de vehículos de traslado,

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computadora pc de escritorio, mobiliario y equipo de cómputo e informático, equipos de rayos X,

radios portátiles, sistemas de circuito cerrado de televisión, estaciones de enrolamiento

criminal (AFIS) biométrico y una planta de luz de emergencia, necesarios para mantener la

operatividad de las unidades administrativas”.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se propuso de conformidad con los siguientes criterios generales de selección,

contenidos en el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de fiscalización:

“Importancia Relativa”. El capítulo se consideró por presentar una variación del 83.5%

(20,052.7 miles de pesos) en relación con el presupuesto original (24,024.9 miles de pesos).

“Presencia y Cobertura”. El capítulo se seleccionó a fin de garantizar que eventualmente se

revisen todos los sujetos de fiscalización y todos los conceptos susceptibles de ser auditados,

por estar incluidos en la Cuenta Pública de la Ciudad de México.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Secretaría de

Gobierno en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” se haya registrado,

aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la

normatividad y ordenamientos aplicables.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Se integró por partida el presupuesto original y ejercido por la Secretaría de Gobierno en

el Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” por 24,024.9 miles de pesos

y 44,077.6 miles de pesos, respectivamente.

Se revisó en cuanto a los elementos que integran el objetivo de auditoría, de manera

enunciativa más no limitativa lo siguiente:

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Registrado: Se verificó que las operaciones del sujeto fiscalizado se encuentren registradas

contable y presupuestalmente, que reflejaran las operaciones de cada uno de los momentos

contables del gasto y que explicaran la evolución del ejercicio presupuestal.

Aprobado: Se verificó que el proceso de programación, presupuestación, integración y

autorización del presupuesto se haya ajustado a la normatividad aplicable y la congruencia

entre la documentación soporte como el Programa Operativo Anual, el Techo Presupuestal,

el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y la autorización de la Asamblea Legislativa del

Distrito Federal.

Modificado: Se verificó que el origen y destino de los recursos materia de las afectaciones al

presupuesto se hayan justificado, autorizado y se hayan apegado al cumplimiento de metas

y objetivos, en cumplimiento de la normatividad aplicable.

Comprometido: Se verificó que los procesos de programación (Programa Anual de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, Programa Operativo Anual, etc.),

solicitud, autorización, adjudicación, contratación y reporte de las operaciones a instancias

correspondientes, se hayan apegado a la normatividad que los regula.

Devengado: Se verificó que los pagos realizados con cargo al presupuesto, se hayan

encontrado debidamente soportados con la documentación e información que comprueba la

recepción de bienes de conformidad con la normatividad aplicable y en cumplimiento de los

instrumentos jurídicos en cada caso.

Ejercido: Se verificó mediante la revisión a la información del sujeto fiscalizado, que se haya

expedido y resguardado la documentación soporte, justificativa y comprobatoria de las

operaciones y reúna los requisitos establecidos en la normatividad aplicable.

Pagado: Se verificó que las obligaciones a cargo del sujeto fiscalizado, se hayan extinguido

mediante el pago, y que éste se haya acreditado y realizado en cumplimiento de la

normatividad aplicable y de los instrumentos jurídicos que dieron origen a la obligación.

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Se recopiló, para su análisis, diversa información general de la SEGOB, con el fin de conocer

su operación en relación con el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, que

comprende sus objetivos, funciones, estructura orgánica, procedimientos y marco jurídico.

Para determinar la muestra de auditoría de las partidas sujetas a revisión, se consideraron los

siguientes criterios:

1. Se integraron las cifras consignadas en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de

2017 y en la base de datos de las CLC que la SEGOB y la SEFIN proporcionaron a esta

entidad de fiscalización.

2. Se estratificó el universo del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”

(44,077.6 miles de pesos ejercidos) por partida presupuestal, y se determinó el porcentaje

que representó cada una de ellas con relación al total ejercido en el capítulo, con la

finalidad de identificar los importes y las variaciones de cada partida.

3. De conformidad con el Proyecto de Auditoría incluido en el Programa General de

Auditoría 2017, y el criterio de “Presencia y Cobertura”, a fin de garantizar que

eventualmente se revisen todos los conceptos susceptibles de ser auditados por estar

incluidos en la Cuenta Pública de la Ciudad de México, se consideraron las partidas

5191 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración”, por 14,256.3 miles de pesos;

y 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad

Pública y Atención de Desastres Naturales”, por 9,858.0 miles de pesos.

4. Se analizaron, mediante un listado proporcionado por la SEGOB, los contratos que la

dependencia celebró durante 2017 con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles”, revisando los montos, proveedores y objeto de cada uno.

5. Se seleccionó la partida 5191 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración” por

importancia relativa, debido a que presentó una variación relativa entre el presupuesto

original y el ejercido de 1,275.9% y una variación relativa de 1,962.3% entre los montos

ejercidos en 2017 y en 2016; y porque la contratación con cargo a este concepto

representó el 94.2% del total ejercido en dicha partida.

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6. Se seleccionó la partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de

Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” por importancia

relativa, debido a que presentó una variación relativa entre sus presupuestos original y

ejercido de 113.0%, y porque la contratación con cargo a este concepto significó el 90.8%

del total ejercido en la partida.

7. En la partida 5191 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración” se consideró la revisión

del contrato núm. SG/DGA/SSSP/176/2017, celebrado con Seguritech Privada, S.A. de

C.V., y el convenio modificatorio núm. SG/DGA/SSSP/176/2017-CM-001/2017, por un

total de 13,424.0 miles de pesos.

8. En la partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de

Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” se consideró la revisión del contrato

núm. SG/DGA/SSSP/120/2017, celebrado con la empresa Angar Azcapotzalco, S.A. de C.V.,

y su convenio modificatorio núm. SG/DGA/SSSP/120/2017-CM -001-2017, por un total de

8,955.2 miles de pesos.

En relación con los contratos anteriores y sus convenios modificatorios, se integró el universo

y su muestra de la siguiente manera:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida

Universo Muestra

Cantidad Presupuesto

ejercido

% de la

partida

Cantidad

Importe

% del

capítulo CLC DM CLC DM

Partida 5191 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración” 8 0 14,256.3 32.3 2 0 13,424.0 30.5

Partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 4 0 9,858.0 22.4 3 0 8,955.2 20.3

Otras 18 partidas 27 2 19,963.3 45.3

Totales 39 2 44,077.6 100.0 5 0 22,379.2 50.8

DM: Documento Múltiple.

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Del total del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” (universo),

correspondieron a recursos federales 41,144.6 miles de pesos, que representan el 93.3%

del total, como se muestra en seguida:

(Miles de pesos y por cientos)

Tipo de recurso Parcial Importe %

Recursos fiscales 2,933.0 6.7

Recursos federales

5O-1 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios/ Participaciones en Ingresos Federales 3,065.5

5P-5 Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP) 38,079.1 41,144.6 93.3

Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” 44,077.6 100.0

La muestra de auditoría, en cuanto a recursos federales, se integró de la siguiente manera:

(Miles de pesos y por cientos)

Partidas

Tipo de recursos federales de la muestra de auditoría

Total

5O-1 Recursos Federales Participaciones a Entidades Federativas y Municipios /

Participaciones en Ingresos Federales

5P-5 Aportaciones Federales para Entidades Federativas

y Municipios-Fondo de Aportaciones para la Seguridad

Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP)

5191 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración” 13,424.0 13,424.0

5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 2,088.9 6,866.3 8,955.2

Total de la muestra de auditoría del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” 2,088.9 20,290.3 22,379.2

Mediante el oficio núm. SG/DGA/0374/2018 del 28 de septiembre de 2018, la DGA en la

SEGOB informó que, para atender a la población con motivo de los fenómenos sísmicos

ocurridos los días 7 y 19 de septiembre de 2017, destinó 6,656.9 miles de pesos de la partida

3511 “Conservación y Mantenimiento Menor de Inmuebles”, específicamente para llevar

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a cabo reparaciones en los centros penitenciarios que resultaron dañados. Cabe aclarar

que del rubro auditado y de la muestra de auditoría no se aplicaron recursos para la

reconstrucción de la Ciudad de México.

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección General de Administración de la Secretaría

de Gobierno.

PROCEDIMIENTOS, RESULTADOS Y OBSERVACIONES

Evaluación del Control Interno

1. Resultado

Se analizó el control interno con base en el Marco Integrado de Control Interno para el Sector

Público (MICI) emitido por la Auditoría Superior de la Federación (ASF). Para ello, se verificó

que el sujeto fiscalizado contara con la evidencia documental de las acciones, planes de

organización, métodos, actividades y procedimientos para el logro de sus objetivos,

relacionada con los cinco componentes de control interno: Ambiente de Control, Administración

de Riesgos, Actividades de Control, Información y Comunicación y Supervisión; con la

finalidad de evaluar sí, en la Dependencia existe un grado de seguridad razonable en cuanto

al cumplimiento de la normatividad y la consecución de los objetivos.

Al respecto, mediante el oficio núm. ACF-A/18/0622 del 6 de julio de 2018, la Auditoría

Superior de la Ciudad de México (ASCM) solicitó a la SEGOB información y documentación

relacionada con el control interno. En respuesta, mediante los oficios núms. SG-DGA-174-2018

y SG-DGA-220-2018 del 17 y 31 de julio de 2018, respectivamente, la SEGOB proporcionó

diversa documentación. De su análisis, se determinó lo siguiente:

Ambiente de Control

Estructura orgánica

Secretaría de Gobierno

En el ejercicio fiscal de 2017, la SEGOB contó con tres dictámenes de estructura orgánica

con núms. D-SEGOB-32/161116, D-SEGOB-5/010517 y D-SEGOB-14/160617, los cuales

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fueron autorizados por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA), y

comunicados a la SEGOB con los oficios núms. OM/0655/2016 del 9 de noviembre de 2016,

OM/0279/2017 del 2 de mayo de 2017 y OM/0392/2017 del 20 de junio de 2017, los cuales

entraron en vigor a partir del 16 de noviembre de 2016, del 1o. de mayo de 2017 y 16 de junio

de 2017, respectivamente.

De acuerdo con el último dictamen de estructura orgánica autorizado en 2017, la SEGOB

contó con una Oficina de la Secretaría de Gobierno (seis plazas), cuatro Direcciones de Área,

10 Subdirecciones de Área, nueve Jefaturas de Unidad Departamental, cinco Líderes

Coordinadores de Proyectos, dos Coordinadores de Enlace y tres Enlaces, en total 39; así

como 79 plazas en la Subsecretaría de Gobierno, 327 plazas en la Subsecretaría del Sistema

Penitenciario, 37 plazas en la Subsecretaría de Coordinación Metropolitana y Enlace

Gubernamental, 15 plazas en Subsecretaría de Programas Delegacionales y Reordenamiento

de la Vía Pública, 32 plazas en la Coordinación General de Reordenamiento de la Vía

Pública del Centro Histórico, cinco plazas en la Dirección General del Instituto de Reinserción

Social; en total 534 plazas.

Dirección General de Administración en la SEGOB

En el ejercicio fiscal de 2017, la Dirección General de Administración (DGA) en la SEGOB

contó con tres estructuras orgánicas autorizadas por la Oficialía Mayor (OM) con los

dictámenes núms. D-OM-38/161116, D-SEFIN-19/030517 y D-SEFIN-27/010917 vigentes

a partir del 16 de noviembre de 2016, y del 3 de mayo y 1o. de septiembre de 2017,

respectivamente, los cuales están integrados por 72, 67 y 67 plazas autorizadas, en el mismo

orden; dichas estructuras fueron notificadas con los oficios núms. OM/707/2016 del 18 de

noviembre de 2016 y OM/0616/2017 del 16 de octubre de 2017.

En la revisión de la última actualización de la estructura orgánica núm. D-SEFIN-27/010917

vigente durante 2017, se constató que la DGA fue adscrita a la SEFIN derivado del Decreto

por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la

Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México el 2 de mayo de 2017, núm. 58 Bis, en específico al adición del inciso H) de la fracción

VIII del artículo 7 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

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Los trabajos de auditoría se realizaron en la DGA, específicamente en las Direcciones de

Recursos Financieros y de Recursos Materiales y Servicios Generales, y en la Dirección

Ejecutiva de Administración en la Subsecretaría de Sistema Penitenciario, consideradas en

los dictámenes de estructura orgánica núms. D-OM-38/161116, D-SEFIN-19/030517,

D-SEFIN-27/010917, como se señala a continuación:

1. En la DGA en la SEGOB, por ser la unidad administrativa encargada de administrar los

recursos materiales y financieros, de registrar las operaciones financieras y de conservar

la documentación justificativa y comprobatoria del gasto conforme a las políticas,

lineamientos, criterios y normas establecidas por la OM y por la SEFIN relacionadas con

los recursos con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”.

2. En la Dirección de Recursos Financieros, porque coordinó la elaboración del

anteproyecto de presupuesto; estableció las negociaciones con las instancias

correspondientes para obtener los recursos suficientes para la operación; estableció

los mecanismos necesarios para el control, aplicación, ejercicio y registro de los recursos

financieros asignados; y analizó la programación y ejercicio del presupuesto original.

3. En la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, porque es la encargada

de dirigir la elaboración del presupuesto anual; administrar la ejecución del gasto anual

autorizado; evaluar el ejercicio del gasto y las adecuaciones que procedan; acordar con la

Dirección de Recursos Financieros las adecuaciones presupuestales requeridas;

y solicitar a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales las

adquisiciones y contrataciones de las partidas centralizadas y consolidadas del capítulo

5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, darles el seguimiento y llevar a cabo

conciliaciones periódicas, para que éstas correspondan al ejercicio y al gasto real.

4. En la Dirección Ejecutiva de Administración en la Subsecretaría de Sistema Penitenciario,

porque es la unidad administrativa encargada de apoyar permanentemente a las áreas

sustantivas y administrativas para la adquisición de bienes, y contratación de servicios

requeridos por las áreas de la Subsecretaría de Sistema Penitenciario y actualización de

las tecnologías de información y comunicaciones que coadyuven al mejoramiento en la

operación de los Centros Penitenciarios, mediante la adjudicación de licitaciones públicas

nacionales e internacionales, invitaciones restringidas y adjudicaciones directas.

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Las atribuciones para la operación de la SEGOB se encontraron señaladas en el Estatuto de

Gobierno del Distrito Federal; la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal

y el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; el Código Fiscal del

Distrito Federal; y los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y

Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal; asimismo, contó

con un marco jurídico, para operar recursos con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles”, en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento;

la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y su Reglamento; la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México; el Decreto de Presupuesto de

Egresos para el Distrito Federal para el Ejercicio 2017; la Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de

la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno); las Normas Generales de Bienes

Muebles de la Administración Pública del Distrito Federal, y el Manual Específico para la

Administración de los Bienes Muebles y Manejo de los Almacenes, todos vigentes en 2017.

En el análisis de los dictámenes de estructura citados en conjunto con el Reglamento Interior

de la Secretaría de Gobierno, se identificó que en la estructura organizacional de la SEGOB

se encuentran asignadas autoridades y responsabilidades conforme a la naturaleza de cada

unidad administrativa; además, éstas son delegadas mediante funciones y objetivos de las

direcciones, subdirecciones y jefaturas de unidad departamental de cada dirección general

o ejecutiva, establecidas en el apartado “Misión, Objetivos y Funciones de los Puestos” del

manual administrativo de la SEGOB vigente en 2017.

Manual administrativo

Secretaría de Gobierno

Mediante el oficio núm. CG/CGMA/1968/2013 del 16 de octubre de 2013, la CGMA otorgó

el registro del manual administrativo de la SEGOB con núm. MA-113-6/13 sólo en el

apartado de organización, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 26 de

noviembre de 2013, y fue difundido entre las áreas y el personal responsable de su aplicación;

dicho manual contó con objetivos, atribuciones y funciones de las unidades administrativas

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adscritas a la SEGOB, y está integrado por los apartados de índice; presentación;

antecedentes; marco jurídico; atribuciones; misión, visión y objetivos; y estructura orgánica.

Se constató que la SEGOB no actualizó su manual administrativo en su apartado

de organización y procedimientos conforme a los dictámenes de estructura orgánica

núms. D-SEGOB-32/161116, D-SEGOB-5/010517 y D-SEGOB-14/160617, debido a que en

dichos dictámenes se realizaron cancelaciones y creaciones de puestos, así como cambios

de nomenclaturas, las cuales no se realizaron en el manual administrativo. Por lo anterior,

la SEGOB incumplió el Lineamiento Vigésimo Tercero, fracción I, del Capítulo VII, “De la

Actualización de los Manuales Administrativos y de los Específicos de Operación”, de los

Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de

Operación de la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014; vigentes durante 2017 que establecen:

“Vigésimo Tercero. Los Órganos de la Administración […] deberán actualizar sus Manuales

cuando se presenten los supuestos siguientes:

”I. Creación, modificación o cancelación de normas jurídicas o disposiciones administrativas

que incidan en sus funciones, atribuciones o procedimientos.”

Asimismo, no remitió el proyecto de manual dentro de los 60 días hábiles contados a partir de

la fecha de entrada en vigor de los dictámenes de estructura núms. D-SEGOB-32/161116,

D-SEGOB-5/010517 y D-SEGOB-14/160617, los cuales entraron en vigor a partir del 16 de

noviembre de 2016, 1o. de mayo de 2017 y 16 de junio de 2017, respectivamente; por lo que

se incumplió el numeral 1 “Formalización”, fracción II, del Lineamiento Décimo Tercero,

del Capítulo III “Del Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación”, de los

Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de

Operación de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicados en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México el 15 de agosto de 2016 vigentes durante 2017, que

establecen:

“II. En el caso de Manuales Administrativos, el envío del Proyecto de Manual deberá

realizarse dentro del plazo de 60 días hábiles contados a partir de la fecha de entrada en vigor

del Dictamen de Estructura Orgánica de creación del Órgano de la Administración Pública.”

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Dirección General de Administración en la SEGOB

La DGA en la SEGOB durante 2017 contó con un manual administrativo en el apartado de

organización y procedimientos, como se detalla a continuación:

Con el oficio núm. OM/CGMA/1427/2015 del 30 de julio de 2015 (con sello de recibido de

fecha 5 de agosto de 2015), la CGMA notificó el registro del manual administrativo en su

apartado de organización y procedimientos núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014, elaborado

con base en el dictamen de estructura orgánica núm. 4/2014. Dicho manual fue publicado en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de agosto de 2015 y difundido entre las áreas y el

personal responsable de su aplicación con la circular núm. CIRCULAR/OM/SG/DGA/62/2015

del 14 de diciembre de 2015. Además, contó con los objetivos, atribuciones y funciones de las

unidades administrativas adscritas a la dependencia dentro de los cuales están integrados

los apartados de índice; presentación; antecedentes; marco Jurídico de Actuación; atribuciones,

misión, visión y objetivos institucionales; organigrama de la estructura básica; organización; y

procedimientos.

Dichos manuales administrativos se pusieron a disposición de los servidores públicos en

la página de internet de la SEGOB (www.secgob.cdmx.gob.mx), en la sección normativa,

conforme a lo establecido en el Lineamiento Cuadragésimo de los Lineamientos Generales

para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración

Pública de la Ciudad de México, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de

diciembre de 2014, vigentes en 2017.

Se observó que la DGA en la SEGOB no actualizó su manual administrativo en su apartado

de organización y procedimientos conforme a los dictámenes de estructura orgánica

núms. D-OM-38/161116, D-SEFIN-19/030517 y D-SEFIN-27/010917, debido a que el citado

manual administrativo señala que DGA está adscrita a la OM; sin embargo, el dictamen

pertenece a la SEFIN. Por lo anterior, la SEGOB incumplió el Lineamiento Vigésimo Tercero,

fracción I, del Capítulo VII, “De la Actualización de los Manuales Administrativos y de los

Específicos de Operación”, de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales

Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal,

publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, vigentes

en 2017.

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La SEGOB no remitió el proyecto de manual dentro de los 60 días hábiles contados a partir

de la fecha de entrada en vigor de los dictámenes de estructura orgánica con núms. 4/2014,

D-OM-38/161116, D-SEFIN-19/030517 y D-SEFIN-27/010917, vigentes a partir del 16 de

marzo de 2014, 16 de noviembre del 2016 y 3 de mayo y 1o. de septiembre de 2017,

respectivamente, por lo que la SEGOB incumplió numeral 1 “Formalización”, fracción II, del

Lineamiento Décimo Tercero del Capítulo III, “Del registro de Manuales Administrativos y

Específicos de Operación”, de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales

Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública de la Ciudad de

México, publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 15 de agosto de 2016,

vigentes en 2017.

Se constató que 9 de los 51 procedimientos, integrados en el manual administrativo de

la DGA en la SEGOB con núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014, se relacionan con las

operaciones del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, los cuales se citan

conforme a los momentos contables del gasto a los que corresponden:

Momento contable Nombre del procedimiento

Gasto aprobado “Seguimiento y Control del Presupuesto”

Gasto modificado “Adecuación Programático Presupuestal”

Gasto comprometido “Adquisición de Bienes y/o Contratación de Servicios por Adjudicación Directa”

“Adquisición de Bienes y/o Contratación de Servicios por Invitación Restringida a cuando menos Tres Proveedores”

Gasto devengado “Levantamiento Físico de Inventario de Activo Fijo”

“Recepción, Distribución y Alta de Bienes Instrumentales”

Gasto ejercido “Elaboración y Trámite de las Cuentas por Liquidar Certificadas”

“Elaboración de Documento Múltiple”

Gasto pagado “Elaboración y Trámite de las Cuentas por Liquidar Certificadas”

Adicionalmente, la SEGOB contó con un Manual de Integración y Funcionamiento del

Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la SEGOB vigente

en 2017, relacionado con las actividades de adjudicación de bienes.

Como resultado del estudio y evaluación del control interno con base en las herramientas

utilizadas, y con el análisis de la estructura orgánica, de los manuales administrativos

(apartados de organización y de procedimientos), de la matriz de control y el mapa de riesgos,

Page 16: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

14

y de la aplicación del cuestionario de control interno y ambiente de control, se determinó lo

siguiente:

1. El componente “Ambiente de Control” para 2017 se consideró “apropiado” debido a que

sus unidades administrativas están estructuradas conforme a las funciones asignadas

en sus manuales administrativos en su apartado de organización, existe una actitud de

respaldo y compromiso con la integridad, los valores éticos, las normas de conducta y

la prevención de irregularidades administrativas y la corrupción, las actividades se realizan

conforme a las disposiciones jurídicas y normativas aplicables y se imparte capacitación

al personal, y existe un código de ética operando; sin embargo, existen oportunidades

de mejorar la evaluación y supervisión del funcionamiento del control interno en la

dependencia. Asimismo, la ASCM a fin de conocer la sujeción de los sujetos fiscalizados

y sus servidores públicos a los principios de Ética e Integridad en la Ciudad de México,

mediante el oficio núm. ACF-A/18/2018 del 24 de agosto del 2018, remitió a la SEGOB el

cuestionario “Aplicación de reactivos al exterior relacionados con la adopción de la cultura

en ética pública”. En respuesta, con el oficio núm. SG/DGA/0288/2018 del 28 de agosto

de 2018, la SEGOB devolvió el cuestionario debidamente contestado.

El análisis particular por cuanto hace a la sujeción de los principios de ética e integridad

por parte de los sujetos fiscalizados que comprende la revisión de la Cuenta Pública

de 2017, se reporta en el apartado correspondiente del Informe de Resultados que se

entrega al Congreso de la Ciudad de México, por medio de la Comisión de Rendición de

Cuentas y Vigilancia de la Auditoría Superior de la Ciudad de México, con base en la ley

de fiscalización superior local.

2. El componente “Administración de Riesgos” para 2017 se consideró “inapropiado”,

debido a que la SEGOB realizó su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos estableciendo

objetivos y metas, e informó que, por medio de su contraloría interna, llevó a cabo de

manera permanente auditorías internas y actividades de participación y verificación,

mediante las cuales se revisó el adecuado control interno y desempeño de las áreas

sustantivas; sin embargo, durante 2017, la dependencia no contó con un proceso de

identificación, análisis y administración de riesgos asociados al cumplimiento de los

objetivos institucionales. Adicionalmente, la DGA en la SEGOB informó que no fue hasta

Page 17: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

15

el 18 de enero de 2018 cuando se creó el Comité de Administración de Riesgos y

Evaluación de Control Interno Institucional para el cumplimiento de lo dispuesto en los

Lineamientos de Control Interno de la Administración Pública del Distrito Federal.

3. El componente “Actividades de Control” para 2017 se consideró “apropiado” debido a que

la SEGOB en el ejercicio de 2017 contó con procedimientos administrativos relacionados

con el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” los cuales permitieron

el cumplimiento de sus objetivos de forma razonable; sin embargo, es pertinente que

dicha dependencia mantenga sus manuales administrativos actualizados a fin de

especificar debidamente las funciones de los servidores públicos para lograr los objetivos

institucionales y responder a los riesgos.

4. El componente “Información y Comunicación” se consideró “apropiado”, debido a

que la SEGOB contó con el Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales

(SAP-GRP) mediante el cual se lleva a cabo el registro de las operaciones efectuadas en

cada uno de los momentos contables del gasto, que derivan de la información

presupuestal y contable; la página de internet www.secgob.cdmx.gob.mx; además de

que elabora y envía de forma interna y externa diversos oficios, circulares, informes y

reportes, lo que contribuye a la consecución de los objetivos institucionales y la gestión

financiera; no obstante que, en la revisión de los informes trimestrales de modificación del

PAAAPS de 2017, se constató que dos de los cuatro fueron remitidos a la DGRMSG

de la OM posteriormente al plazo establecido en la normatividad aplicable.

5. El componente “Supervisión” para 2017 se consideró “apropiado” debido a que

la SEGOB contó con actividades de supervisión incluidas en sus procedimientos

administrativos que contribuyen a corregir oportunamente los riesgos relacionados con el

capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” que pudieran materializarse;

asimismo, la dependencia contó con supervisión y evaluación de sus resultados mediante

la Secretaría de la Contraloría Interna de la Ciudad de México; y se determinó que la

SEGOB cuenta con actividades de supervisión diseñadas e implementadas en sus

procedimientos administrativos, las cuales están implícitas en las operaciones normales y

Page 18: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

16

recurrentes de la dependencia mediante la autorización de los servidores públicos

facultados para ello, lo cual permitió el cumplimiento de los objetivos de la SEGOB

de forma razonable.

6. Como resultado del estudio y evaluación del control interno establecido en la SEGOB, se

determinó que éste permite de forma moderada el cumplimiento de la normatividad, en

consecuencia, debido a que sólo uno de los cinco componentes se considera

“inapropiado”, se concluye que el control interno es efectivo.

Debido a que el manual administrativo no ha sido actualizado, los procedimientos

administrativos del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” no se encuentran

alineados con la estructura orgánica registrada vigente en 2017, por lo que las operaciones

del rubro sujeto a revisión presentan desviaciones o errores que dificultan el cumplimiento de

los objetivos de la dependencia.

Cabe mencionar que la DGA en la SEGOB proporcionó oficios, listas de asistencia a

reuniones y correos electrónicos de 2018 que demuestran el trabajo que se está realizando

para la actualización de su manual administrativo ante la CGMA.

En la reunión de confronta, celebrada el 27 de septiembre de 2018, mediante el oficio

núm. SG/DGA/0363/2018 de fecha 27 de septiembre de 2018, la SEGOB proporcionó

el oficio núm. DGA/DRH/SPC/590/2018 de fecha 20 de septiembre de 2018, mediante el cual

solicitó a la SEFIN continuar los trámites relativos a la actualización de su manual

administrativo, por lo que se confirman las observaciones del presente resultado.

En la revisión de la Cuenta Pública de 2016, el informe de la auditoría ASCM/1/16, practicada

a la SEGOB resultado núm. 1, recomendación ASCM-1-16-1-SEGOB, se considera el

mecanismo de control y supervisión para garantizar que el registro y la actualización su

manual administrativo (apartado de organización y procedimientos), se realicen de

conformidad con lo establecido en los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales

Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal,

por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la

recomendación citada.

Page 19: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

17

Presentación de Informes

2. Resultado

Para constatar que la SEGOB presentó a las instancias correspondientes la información

generada, obtenida y utilizada, en cumplimiento de las disposiciones aplicables relacionadas

con la elaboración y presentación de informes y reportes sobre las adquisiciones, información

programático-presupuestal e información vinculada con el rubro en revisión, mediante el oficio

núm. ACF-A/18/0622 del 6 de julio de 2018, se solicitó esa información al sujeto fiscalizado.

En respuesta, con los oficios núms. SG/DGA/0174/2018 y SG/DGA/220/2018 del 17 y 31 de

julio ambos de 2018, respetivamente, la SEGOB proporcionó la información y documentación

solicitada, con base en la cual se determinó lo siguiente:

1. Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

a) Con el oficio núm. OM/SG/DGA/099/2017 del 24 de enero de 2017, la DGA en

la SEGOB capturó en tiempo y forma en el sitio web establecido por la DGRMSG de la

OM y remitió en tiempo y forma el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios (PAAAPS) 2017 a la Dirección General de Política

Presupuestal (DGPP) de la SEFIN, con copia al titular de la Dirección General de

Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG) de la OM, en cumplimiento

de los artículos 19, primer párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

y 14 de su Reglamento, ambos vigentes en 2017.

Mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGPP/176/2017 del 26 de enero de 2017, la

DGPP de la SEFIN comunicó a la DGA en la SEGOB la validación presupuestal del

PAAAPS de 2017, por un importe de 1,297,777.2 miles de pesos.

La SEGOB publicó su PAAAPS 2017 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el

30 de enero de 2017, por un monto de 1,297,777.2 miles de pesos, en el cual

se consideraron las operaciones relacionadas con el capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles”, por un monto de 24,024.9 miles de pesos.

Page 20: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

18

La DGA en la SEGOB, en la tercera sesión ordinaria del Subcomité de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios, de fecha 16 de marzo de 2017, presentó

los montos de actuación de la dependencia para el ejercicio fiscal de 2017 y el

PAAAPS 2017.

b) En la revisión de los informes trimestrales de modificación del PAAAPS de 2017, se

constató que dos de los cuatro informes fueron capturados en el sitio web establecido

por la DGRMSG de la OM con desfases de 31 a 60 días hábiles, como sigue:

Período Número de oficio

de envío

Fecha de entrega

Fecha límite

Días de desfase

Primer trimestre OM/SG/DGA/400/2017 10/IV/17 14/IV/17 0

Segundo trimestre SG/DGA/0885/2017 14/VII/17 14/VII/17 0

Tercer trimestre SG/DGA/2268/2017 7/XII/17 13/X/17 31

Cuarto trimestre SG/DGA/DRMSG/457/2018 11/IV/18 15/I/18 60

Por los desfases de 31 a 60 días en la captura en el sitio web establecido por la

DGRMSG en la OM de las modificaciones al PAAAPS, la SEGOB incumplió el

numeral 4.2.1, último párrafo, de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno de 2015), publicada en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 18 de septiembre de 2015, vigente en 2017, que dispone:

“Las modificaciones de cada trimestre y la síntesis que identifique los movimientos

efectuados, deberán capturarse en el sitio web que establezca la DGRMSG en cada

ejercicio fiscal, dentro de los primeros diez días hábiles posteriores del mes inmediato

al período que se reporta.”

Se constató que las operaciones de la muestra efectuadas con cargo a las partidas

5191 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración” (13,424.0 miles de pesos)

y 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad

Pública y Atención de Desastres Naturales” (8,955.2 miles de pesos) fueron incluidas

en los informes trimestrales de modificación del PAAAPS correspondientes al tercer

y cuarto trimestres de 2017.

Page 21: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

19

2. Informes sobre Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

En el análisis de la relación de contratos de 2017 proporcionada por la SEGOB, se

determinó que ésta realizó adquisiciones de bienes en 2017 con base en los supuestos de

los artículos 54, fracción XIV; y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

vigente en 2017, por lo que se solicitaron y revisaron los Informes sobre las Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios autorizados por el procedimiento de invitación

a cuando menos tres proveedores y por adjudicación directa. Al respecto, se determinó

lo siguiente:

a) Mediante el oficio núm. ACF-A/18/0622 del 6 de julio de 2018, la ASCM solicitó a la

SEGOB los Informes sobre las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

autorizados por el procedimiento de invitación a cuando menos tres proveedores y

por adjudicación directa. En respuesta, con el oficio núm. SG/DGA/220/2018

del 31 de julio de 2018, la SEGOB sólo remitió lo correspondiente a los meses de

septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2017.

En relación con los Informes sobre las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios de los meses de enero a agosto de 2017, la SEGOB mediante el oficio

núm. SG/DGA/220/2018 del 31 de julio de 2018, informó que “derivado del fenómeno

sísmico ocurrido el 19 de septiembre de 2017, la dependencia no contó con

los informes de las operaciones autorizadas, relativos a las adquisiciones,

arrendamientos y prestación de servicios correspondientes a los meses de enero a

agosto de 2017, ya que dichos informes se encuentran siniestrados en el inmueble que

ocupaba la Secretaría de Gobierno ubicado en San Antonio Abad núm. 122, Colonia

Tránsito, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, por lo que la dependencia

solicitó la baja documental de dicha información”.

Como evidencia de la baja documental, la SEGOB proporcionó la constancia

de hechos del 6 de noviembre de 2017, de la Jefatura de Unidad Departamental de

Adquisiciones de la SEGOB, donde se deja constancia del estado de los archivos

y expedientes que se encuentran siniestrados en el séptimo piso del edificio ubicado

en San Antonio Abad núm. 122, y anexó una “Lista de Expedientes o Documentos

Page 22: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

20

Siniestrados”, también proporcionó el acta de la décimo segunda sesión ordinaria

de 2017 del Comité Técnico de Administración de Documentos de la SEGOB, del 15 de

diciembre de 2017, en la que se dejó constancia de la baja documental de la

información que se encontraba en las instalaciones de la DGA en la SEGOB.

Además, proporcionó el Aviso por el cual se da a conocer el Informe Global de la

Baja Documental Extraordinaria por Siniestro de Documentos y Expedientes de

la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la

Ciudad de México el 20 de julio de 2018. En relación con lo anterior, mediante el

oficio núm. ACF-A/18/0712 del 13 de agosto de 2018, la ASCM solicitó a la SEGOB

que informara cuáles fueron las acciones que emprendió para la recuperación de la

documentación siniestrada y que, en su caso, proporcionara evidencia documental

al respecto. Mediante el oficio núm. SG/DGA/0273/2018 del 17 de agosto de 2018, la

SEGOB informó y proporcionó el oficio núm. SG/DGA/DRMSG/0852/2018 del 16 de

agosto de 2018, con el cual la Dirección de Recursos Materiales y Servicios

Generales de la DGA en la SEGOB solicitó a la DGPP en la SEFIN fotocopia de

los oficios con las que se remitieron los informes mensuales de 2017 de las operaciones

realizadas al amparo de los artículos 53, 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal, sin que se haya proporcionado la respuesta por parte de SEFIN.

b) Mediante el oficio núm. ACF-A/18/0737 del 15 de agosto de 2018, la ASCM solicitó a

la DGPP de la SEFIN copia certificada de los informes mensuales de las operaciones

realizadas al amparo de los artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal de 2017, así como los oficios de envío a la SEFIN, a la SCGCDMX

y a la OM.

En respuesta, mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGPP/1275/2018 del 20 de

agosto de 2018, la DGPP de la SEFIN remitió la documentación referida, consistente

en el “Reporte Mensual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

como Casos de Excepción a la Licitación Pública”; en su análisis, se determinó que

dichos informes consideraron las operaciones de la muestra de auditoría relacionada

con las partidas 5191 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración” (13,424.0 miles

de pesos) y 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas

Page 23: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

21

de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” (8,955.2 miles de pesos);

sin embargo, se constató que dichos informes fueron remitidos con desfases

de 1 hasta 43 días, como se señala a continuación:

Mes Número de oficio Fecha

de entrega Fecha límite

Días naturales de desfase

Enero OM/SG/DGA/0156/2017 15/II/17 10/II/17 3

Febrero OM/SG/DGA/0278/2017 14/III/17 10/III/17 2

Marzo OM/SG/DGA/0402/2017 12/IV/17 10/IV/17 2

Abril OM/SG/DGA/0535/2017 10/V/17 10/V/17 0

Mayo SG/DGA/0675/2017 9/VI/17 12/VI/17 0

Junio SG/DGA/0826/2017 10/VII/17 10/VII/17 0

Julio SG/DGA/1017/2017 11/VIII/17 10/VIII/17 1

Agosto SG/DGA/1141/2017 11/IX/17 11/IX/17 0

Septiembre SG/DGA/2250/2017 8/XII/17 10/X/16 43

Octubre SG/DGA/2250/2017 8/XII/17 10/XI/16 20

Noviembre SG/DGA/2302/2017 28/XII/17 10/XII/16 13

Diciembre OM/SG/DGA/044/2016 11/I/18 11/I/18 0

Por el desfase de 1 a 43 días en el envío de los Informes sobre las Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios de 2017, y por no enviar a la OM la fotocopia

correspondiente, la SEGOB incumplió el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal vigente en 2017, que indica:

“Los titulares de las dependencias […] a más tardar dentro de los primeros diez

días naturales de cada mes, enviarán un informe a la Secretaría, una copia a la

Contraloría y otra a la Oficialía, en el que se referirán las operaciones autorizadas

de conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley, realizadas en el mes calendario

inmediato anterior, acompañando copia de las actas de los casos que hayan sido

dictaminados al amparo del artículo 54 por el Comité o Subcomité correspondiente...”

3. Conciliaciones Programático-Presupuestales

Se verificó que la SEGOB hubiera enviado a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN

las conciliaciones programático-presupuestales de su presupuesto con cargo al capítulo

5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” correspondiente a 2017, para la integración

de la Cuenta Pública de la Ciudad de México del mismo año.

Page 24: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

22

Mediante el oficio núm. SG/DGA/0174/2018 del 17 de julio de 2018, la SEGOB

proporcionó las conciliaciones programático-presupuestales de los meses de septiembre

a diciembre de 2017.

Mediante el oficio núm. ACF-A/18/0735 del 15 de agosto de 2018, la ASCM solicitó a la

Dirección General de Egresos “A” en la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN que

proporcionara copia certificada de las conciliaciones mensuales del ejercicio presupuestal

de los recursos de 2017, así como sus oficios de envío a la SEFIN.

En respuesta, mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DAPS B/0337/2018 del 20 de agosto

de 2018, la Dirección General de Egresos “A” de la Subsecretaría de Egresos de la

SEFIN proporcionó la documentación referida.

En el análisis de las 12 conciliaciones programático-presupuestales correspondientes a

los meses de enero a diciembre de 2017, se determinó que fueron presentadas en tiempo

y forma y coincidieron con lo repostado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México

de 2017, en cumplimiento del artículo 136, fracción I, inciso a), de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2017.

4. Pasivo Circulante

Con objeto de comprobar que la SEGOB elaboró e informó su pasivo circulante en

cumplimiento de la normatividad aplicable, se revisó el oficio núm. SG/DGA/0040/2018

del 10 de enero de 2018 y su documentación soporte.

Al respecto, se constató que las operaciones de la muestra sujeta a revisión, por un

monto de 22,379.2 miles de pesos, correspondientes a las partidas 5191 “Otros

Mobiliarios y Equipos de Administración” (13,424.0 miles de pesos) y 5411 “Vehículos

y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención

de Desastres Naturales” (8,955.2 miles de pesos) fueron incluidas en los reportes de

pasivo denominados “Detalle por Clave Presupuestaria 2017” y “Detalle por Proveedor

o Contratista 2017”.

La DGA en la SEGOB remitió el informe del pasivo circulante en tiempo y forma, en

cumplimiento de lo establecido en el artículo 60 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Page 25: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

23

Eficiente del Distrito Federal vigente en 2017. Asimismo, se determinó que no se

efectuaron pagos de adeudos de ejercicios anteriores.

Por lo anterior, se concluye que la DGA en la SEGOB remitió el PAAAPS 2017 a la SEFIN y a la

DGRMSG de la OM para su validación en tiempo y forma; que las cantidades correspondieron

con lo publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 30 de enero de 2017; que los

montos de actuación fueron presentados en la tercera sesión ordinaria del Subcomité de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios; y se comprobó que los montos

señalados en la conciliación programático-presupuestal, con cifras definitivas de diciembre de

2017, correspondieron con lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2017.

Sin embargo, los informes trimestrales de modificaciones al PAAAPS se enviaron a la

DGRMSG de la OM fuera del plazo establecido; los Informes sobre Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios, conforme a los artículos 53, 54 y 55 de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal, fueron presentados a la SEFIN y a la Contraloría

Interna con desfases respecto del plazo establecido para su entrega.

En la reunión de confronta, celebrada el 27 de septiembre de 2018, mediante el oficio

núm. SG/DGA/0363/2018 de la misma fecha, la SEGOB proporcionó la misma información

que presentó en la etapa de ejecución de la auditoría, por lo cual las observaciones del

presente resultado prevalecen.

En la revisión de la Cuenta Pública de 2016, en el informe de la auditoría ASCM/1/16,

practicada a la Secretaría de Gobierno, resultado núm. 2, recomendación ASCM-1-16-2-SEGOB,

en relación con la observación expuesta en el numeral 1, el sujeto fiscalizado estableció

mecanismos de supervisión para asegurar que el envío de las modificaciones trimestrales al

Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios a la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor, se realice en

los plazos establecidos, de acuerdo con la Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno); por lo que la causa de la observación se encuentra

razonablemente controlada y el mecanismo adoptado está en operación y vigencia, por lo

cual no se emite recomendación.

Page 26: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

24

En la revisión de la Cuenta Pública de 2016, en el informe de la auditoría ASCM/1/16,

practicada a la Secretaría de Gobierno, resultado núm. 2, recomendación ASCM-1-16-3-SEGOB,

y en relación a la observación expuesta en el numeral 2, se aprecia que el sujeto fiscalizado

estableció mecanismos de supervisión para asegurar que los informes mensuales derivados

de la formalización de los procedimientos de invitación restringida a cuando menos tres

proveedores y adjudicación directa, se presenten en tiempo y forma a la Secretaría de

Finanzas, a la Contraloría General y a la Oficialía Mayor, todas de la Ciudad de México,

de conformidad con lo establecido en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, por lo que

el mecanismo adoptado está en operación y vigencia, por lo cual no se emite recomendación.

Registro Contable y Presupuestal

3. Resultado

Se verificó que las operaciones reflejaran el momento contable del gasto y su evolución del

ejercicio presupuestal, que se encontraran registradas contable y presupuestalmente en

las partidas correspondientes de acuerdo con su naturaleza y el Clasificador por Objeto del

Gasto. También se constató que no se hubieran efectuado pagos de adeudos de ejercicios

anteriores, y que los importes expuestos en informes y reportes auxiliares coincidieran con

lo manifestado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2017, de acuerdo con los

conceptos establecidos en el Manual de Contabilidad Gubernamental y en las Normas del

Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) aplicables.

Asimismo, se verificó que el registro de los momentos contables del gasto aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de la SEGOB, con cargo al capítulo

5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, se hubiese realizado de acuerdo con

lo establecido en los artículos 121 y 126 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente hasta el 30 de octubre de 2017, 121 y 126 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México

el 30 de octubre de 2017 y que entró en vigor al día siguiente de su publicación; y 121 del

Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente

durante 2017; y el numeral 12 del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio

Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2017, mediante los

oficios núms. ACF-A/18/0567 del 21 de junio de 2018 y ACF-A/18//0622 del 6 de julio

Page 27: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

25

de 2018, se solicitaron los registros contables y presupuestales de las operaciones

correspondientes al rubro en revisión.

Al respecto, la Dirección General de Contabilidad y Cuenta Pública de la SEFIN, con

los oficios núms. SFCDMX/SE/DGCyCP/3234/2018 y SFCDMX/SE/DGCyCP/3462/2018

del 13 y 30 de julio, respectivamente; SFCDMX/SE/DGCyCP/3482/2018 y

SFCDMX/SE/DGCyCP/3618/2018 del 1o. y 13 de agosto, respectivamente, todos de 2018,

proporcionó la información solicitada. En su revisión, se encontró lo siguiente:

(Miles de pesos)

Momento contable / Cuenta presupuestal Importe

Debe Haber

Gasto aprobado

8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 24,024.9

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 24,024.9

Total 24,024.9 24,024.9

Gasto modificado

8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 23,945.0

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 23,945.0

Total 23,945.0 23,945.0

Gasto comprometido

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 44,077,6

8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 44,077.6

Total 44,077.6 44,077.6

Gasto devengado

8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 44,077,6

8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 44,077.6

Total 44,077.6 44,077.6

Gasto ejercido

8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 44,077,6

8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 44,077.6

Total 44,077.6 44,077.6

Registro presupuestal del momento del gasto pagado

8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 44,077.6

8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 44,077.6

Total 44,077.6 44,077.6

NOTA: Estos registros presupuestales corresponden al total del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, en los que se encuentran integrados el importe de la muestra de auditoría por 22,379.2 miles de pesos, correspondientes a las partidas presupuestales 5191 “Otros Mobiliarios y Equipos de administración” y 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”.

Page 28: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

26

Cabe señalar que el importe total del presupuesto de egresos por ejercer en el Sector

Central, incluyendo las modificaciones al presupuesto de egresos aprobado, es del orden

de 47,969.9 miles de pesos, del cual se ejercieron y pagaron 44,077.6 miles de pesos, lo que

significó una economía en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” por

3,892.3 miles de pesos, la cual se reportó en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2017.

(Miles de pesos)

Cuentas contables Importe

Debe Haber

1129102400 “IVA acreditable 16%” 76.0

1241911000 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración” 14,235.8

1244111000 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales” 9,857.9

Otras cuentas contables (Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”) 19,907.9

2112100001 “Proveedores” 44,077.6 44,077.6

1112100000 “Bancos Tesorería Sector Central” 44,077.6

Sumas 88,155.2 88,155.2

Nota: Las cifras corresponden a los registros contables.

La SEFIN realizó los registros presupuestales de los momentos contables de los gastos

aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de la SEGOB con cargo

a su presupuesto del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, de conformidad

con lo establecido en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector

Central, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 24 de mayo de 2012, vigente

en 2017.

En la revisión y análisis de los auxiliares de los registros contables del capítulo 5000 “Bienes

Muebles, Inmuebles e Intangibles”, se constató que del total ejercido por 44,077.6 miles

de pesos, fue registrado en la cuenta núm. 1129102400 “IVA acreditable 16%” un importe de

76.0 miles de pesos, correspondiente al IVA acreditable incluido en las facturas, por lo que la

SEGOB no verificó que sus operaciones fueran registradas adecuadamente, lo que

contravino los artículos 17; 19, fracción V, y 22 de la Ley General de Contabilidad

Gubernamental vigente en 2017, que indican:

Page 29: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

27

“Artículo 17.- Cada ente público será responsable de su contabilidad, de la operación

del sistema; así como del cumplimiento de lo dispuesto por esta Ley…”

“Artículo 19.- Los entes públicos deberán asegurarse que el sistema: […]

”V. Refleje un registro congruente y ordenado de cada operación que genere derechos y

obligaciones derivados de la gestión económico-financiera de los entes públicos.”

“Artículo 22.- Los postulados tienen como objetivo sustentar técnicamente la contabilidad

gubernamental, así como organizar la efectiva sistematización que permita la obtención de

información veraz, clara y concisa.

”Los entes públicos deberán aplicar los postulados básicos de forma tal que la información

que proporcionen sea oportuna, confiable y comparable para la toma de decisiones.”

Asimismo, se contravino el artículo 126 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la

Ciudad de México vigente en 2017, que indica: “Será responsabilidad de las Unidades

Responsables de Gasto la confiabilidad de las cifras consignadas en la contabilidad”.

También se infringieron los apartados “A.1 Matriz Devengado de Gastos” y “A.2 Matriz

Pagado de Gastos” del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector

Central vigente en 2017.

En conclusión, la SEGOB realizó los registros presupuestales de los momentos contables de

los gastos aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado, mediante el

SAP-GRP, los cuales correspondieron a las operaciones y a lo reportado en la Cuenta

Pública de la Ciudad de México 2017, con cargo a su presupuesto del capítulo 5000 “Bienes

Muebles, Inmuebles e Intangibles” y de la muestra de auditoría, de conformidad con lo

establecido en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 24 de mayo de 2012, vigente en 2017;

sin embargo, el registro contable de las operaciones del capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles” no fue adecuado.

Page 30: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

28

En la reunión de confronta, celebrada el 27 de septiembre de 2018, mediante el oficio

núm. SG/DGA/0363/2018 de la misma fecha, la SEGOB proporcionó nota de la misma fecha,

con la cual indicó que la Dirección General de Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,

tiene la función de revisar y verificar los asientos contables que incorporen los centros de

registro al sistema electrónico que administra la SEFIN; sin embargo, el sujeto fiscalizado no

verificó la confiabilidad de las cifras consignadas en la contabilidad, por lo que la observación

del presente resultado prevalece.

Recomendación ASCM-2-17-1-SEGOB

Es necesario que la Secretaría de Gobierno implante mecanismos de control y supervisión

para asegurar que las operaciones sean registradas en las cuentas contables que correspondan,

de acuerdo con la naturaleza de la operación, en cumplimiento de la normatividad aplicable.

Gasto Aprobado

4. Resultado

Se constató que se hubiera tramitado oportunamente ante la Secretaría de Finanzas (SEFIN)

la aprobación del anteproyecto de presupuesto de egresos y el Programa Operativo Anual

(POA), que el proceso de programación, presupuestación e integración y autorización

del presupuesto se hubiera ajustado a la normatividad aplicable, que los mecanismos

implementados por el sujeto fiscalizado aseguraran el establecimiento de metas físicas

y financieras para el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” en el

Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y en el POA para el ejercicio de 2017.

Con el propósito de identificar el monto de los recursos del presupuesto asignado

originalmente a la SEGOB, el cumplimiento de la normatividad, las acciones realizadas para

que los recursos se destinaran al logro de las acciones y atribuciones de la dependencia en

cuanto a las metas físicas y financieras establecidas, se analizaron el Decreto de Presupuesto

de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2017 y el proceso de programación y

presupuestación efectuado, mediante el oficio núm. ACF-A/18/0622 del 6 de julio de 2018,

la ASCM solicitó información y documentación. En respuesta, mediante los oficios

Page 31: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

29

núms. SG-DGA-174-2018 y SG-DGA-220-2018 del 17 y 31 de julio de 2018, respectivamente,

la SEGOB proporcionó diversa documentación, en cuyo análisis, se determinó lo siguiente:

1. Con el oficio núm. SFCDMX/SE/4745/2016 del 4 de noviembre de 2016, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó a la SEGOB el techo presupuestal asignado para la

elaboración de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de 2017, por un monto de

4,207,534.1 miles de pesos, señalando que el plazo para la entrega del anteproyecto

sería el 22 de noviembre de 2016.

Con el oficio núm. OM/SG/DGA/1338/2016 del 22 de noviembre de 2016, la SEGOB

remitió su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de 2017, incluyendo el Guion

del POA, el Marco de Política Pública, el Proyecto del POA y el Analítico de Claves, en

tiempo y forma, a la SEFIN.

2. En el análisis del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y del POA, ambos de 2017,

en lo relacionado con el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, se

identificó que las metas físicas y financieras se formularon ajustándose a lo señalado en

el techo presupuestal autorizado a la dependencia, destinando recursos, en primer

término, para cubrir conceptos estrictamente indispensables para su operación, tales

como el reordenamiento del comercio informal, la atención de forma integral de las

necesidades de la población penitenciaria de adultos y menores, brindando sustento y

herramientas para su reinserción social, entre otros.

Respecto al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, se identificaron las

metas físicas y financieras en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de 2017;

además, se identificaron los mecanismos y la documentación soporte que la SEGOB

utilizó para su determinación, la cual sirvió de base para la elaboración de la

programación-presupuestación, en cumplimiento del artículo 25, penúltimo párrafo, de

la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2017.

3. De conformidad con el artículo 5 del Decreto por el que se expide el Presupuesto de

Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2017, publicado en la Gaceta Oficial

de la Ciudad de México el 29 de diciembre de 2016, a la SEGOB se le asignó un

presupuesto total de 4,283,903.9 miles de pesos.

Page 32: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

30

Mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/0034/2017 del 5 de enero de 2017, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN remitió a la SEGOB el Analítico de Claves y el Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2017, publicado

en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 29 de diciembre de 2016, y le comunicó que

el techo aprobado por la ALDF para el ejercicio de 2017 sería de 4,283,903.9 miles de

pesos. Este importe coincidió con el presupuesto aprobado reportado por la dependencia

en el apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” de la Cuenta Pública de

la Ciudad de México de 2017.

En el Analítico de Claves se asignaron recursos a 18 partidas del capítulo 5000 “Bienes

Muebles, Inmuebles e Intangibles”, por un importe de 24,024.9 miles de pesos. Estas

cantidades correspondieron al presupuesto aprobado para el citado capítulo, lo cual

se constató en el Informe de Cuenta Pública de la SEGOB del ejercicio fiscal de 2017.

Se concluye que la SEGOB programó recursos con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles” por 24,024.9 miles de pesos, importe que coincidió con el

presupuesto aprobado que se reportó en el apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo

de Gasto” de la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2017; y que los procesos de

programación, presupuestación e integración (módulos de integración por resultados y

de integración financiera) se ajustaron a la normatividad vigente en 2017. Asimismo, se constató

que se contó con metas físicas y financieras en relación con los recursos ejercidos con cargo

al rubro en revisión.

Gasto Modificado

5. Resultado

Se verificó que las modificaciones al presupuesto original realizadas mediante afectaciones

programático-presupuestarias se hubiesen sujetado a la normatividad aplicable, que se

encontraran autorizadas y que contaran con las justificaciones correspondientes, además

se verificó que se tuvieran identificadas las causas por las que se modificó el presupuesto original

y que éstas no fueran derivadas de un proceso de programación o calendarización deficiente, y

que sirvieran para contribuir al cumplimiento de las metas y objetivos. Asimismo, se constató que

las cifras coincidieran con lo reflejado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2017.

Page 33: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

31

A fin de verificar en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2017 que la SEGOB

hubiese reportado en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”

un presupuesto modificado por 47,970.0 miles de pesos, se analizaron las afectaciones

programático-presupuestales del capítulo y su documentación soporte. Al respecto, se

determinó lo siguiente:

En el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” la dependencia reportó un

presupuesto aprobado de 24,024.9 miles de pesos para 2017, el cual fue afectado mediante

147 movimientos correspondientes a 29 adecuaciones presupuestarias: 32 adiciones

compensadas (48,480.4 miles de pesos), 9 adiciones líquidas (4,046.3 miles de pesos),

36 ampliaciones compensadas (40,049.6 miles de pesos), 48 reducciones compensadas

(67,876.6 miles de pesos) y 22 reducciones líquidas (754.7 miles de pesos).

En consecuencia, el presupuesto aprobado se incrementó en 23,945.0 miles de pesos, que

dio como resultado un presupuesto modificado de 47,969.9 miles de pesos, como se detalla

a continuación:

(Miles de pesos)

Movimiento presupuestal Importe

Parcial Subtotal Total

Presupuesto aprobado

24,024.9

Adiciones compensadas (32) 48,480.4

Adiciones líquidas (9) 4,046.3

Ampliaciones compensadas (36) 40,049.6 92,576.3

Reducciones compensadas (48) (67,876.6)

Reducciones líquidas (22) (754.7) (68,631.3) 23,945.0

Presupuesto modificado 47,969.9

Presupuesto ejercido 44,077.6

Economía

3,892.3

La diferencia entre el presupuesto ejercido en 2017 y el presupuesto modificado de 2017, por

3,892.3 miles de pesos, se debe a una economía en capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles”, misma que se reportó en la Cuenta Pública de la Ciudad de México

de 2017.

Page 34: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

32

Se constató que las afectaciones programático-presupuestarias correspondientes a la

muestra de auditoría fueron debidamente elaboradas y soportadas con las justificaciones

correspondientes, autorizadas conforme a lo establecido en el formato “Cédula de Registro de

Firmas de los Servidores Públicos de Nivel Estructura Facultados para Elaborar, Autorizar y/o

Solicitar las Autorizaciones (sic) del Registro de las Cuentas por Liquidar Certificadas,

Documentos Múltiples, Afectaciones Programático-Presupuestarias, Presupuesto Comprometido,

Flujo de Efectivo y Analítico de Claves”, en cumplimiento del artículo 78 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2017; y registradas en el

SAP-GRP que estableció la SEFIN, de acuerdo con el Capítulo III, “Registro de Operaciones

Presupuestarias”, sección tercera, de las Adecuaciones Presupuestarias del Manual de

Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública

del Distrito Federal vigente en 2017; y que el importe del presupuesto modificado coincide con

lo reportado en el Informe de Cuenta Pública de 2017 de la SEGOB. En el análisis de las

justificaciones de las 29 afectaciones programático-presupuestarias que realizó la SEGOB

para modificar el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, se determinó que

las principales justificaciones por las que se modificó el presupuesto asignado fueron las

siguientes:

(Miles de pesos)

Tipo de adecuación presupuestaria

Importe Concepto

Adiciones compensadas 48,480.4 Adquisición de un circuito cerrado de televisión para el Reclusorio Preventivo Varonil Norte adscrito a la Subsecretaría de Sistema Penitenciario de la SEGOB.

Adiciones líquidas 4,046.3 Para llevar a cabo la adquisición de vehículos de traslado tipo van a fin de atender las necesidades diarias de traslado de internos a diligencias inter-reclusorios y a juzgados.

Ampliaciones compensadas 40,049.6 Para cumplir con la erogación del gasto en tiempo y forma para atender los compromisos adquiridos por la Subsecretaría de Sistema Penitenciario adscrita a la Secretaría de Gobierno.

Reducciones compensadas (67,876.6) Para readecuar los recursos a las necesidades reales del gasto de la Subsecretaría de Sistema Penitenciario adscrita a la Secretaría de Gobierno.

Reducciones líquidas (754.7) Se deben principalmente a que se eficientaron los recursos al establecer la contratación para la adquisición de equipos y aparatos audiovisuales y equipos de aire acondicionado.

Page 35: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

33

Derivado del análisis de las justificaciones registradas en las afectaciones programático-

presupuestarias elaboradas, autorizadas y tramitadas por la SEGOB, se determinó

que la principal causa por la que se modificó el presupuesto fue la realización de

recalendarizaciones o readecuaciones por un monto de 67,876.6 miles de pesos, lo que

permiten considerar que su proceso de programación y presupuestación fue deficiente.

Por lo anterior, se determinó que, si bien en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos se

identificaron las metas físicas y financieras; la programación y presupuestación que efectuó la

SEGOB no se ajustó necesariamente a las necesidades de dicha dependencia, debido a que,

su mayoría afectaciones programático-presupuestarias no contribuyeron al cumplimiento

de las metas y objetivos, derivaron de un proceso de programación, presupuestación y

calendarización deficiente, por lo que se contravino el artículo 77 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2017, que señala:

“Artículo 77.- Las adecuaciones presupuestarias, se realizarán siempre que permitan un

mejor cumplimiento de los objetivos y metas de las funciones a cargo de las Dependencias…”

También se incumplió el artículo 37, fracción IV, del Reglamento de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2017, que dispone:

“Artículo 37.- En la elaboración de sus respectivos calendarios presupuestarios, las

dependencias […] deberán estar a lo siguiente: […]

”IV. Se procurará una presupuestación eficiente que reduzca las solicitudes de Adecuaciones

Presupuestarias.”

En conclusión, las adecuaciones presupuestarias realizadas al presupuesto aprobado del

capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” (29 adecuaciones) tuvieron las

justificaciones correspondientes; sin embargo, las justificaciones vertidas en las ampliaciones

y reducciones compensadas reflejaron un proceso de programación deficiente, ya que dichas

adecuaciones fueron principalmente para cumplir la erogación del gasto en tiempo y forma,

por lo que la SEGOB incumplió los artículos 77 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal y 37, fracción IV, de su Reglamento.

Page 36: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

34

En la reunión de confronta, celebrada el 27 de septiembre de 2018, la SEGOB proporcionó el

oficio núm. SG/DGA/0156/2018 del 10 de julio de 2018, mediante el cual informó las medidas

implementadas y remitió evidencia de que en la programación y presupuestación, así como

en la calendarización, se distribuyen los recursos para permitir el cumplimiento de las metas y

objetivos, y reducir las solicitudes de adecuaciones; sin embargo, la observación del presente

resultado prevalece.

Asimismo, en la información proporcionada se aprecian las medidas adoptadas las cuales

están en operación y vigencia, por lo que no se emite recomendación.

Gasto Comprometido

6. Resultado

Se verifico que se contara con la autorización expresa del titular la SEGOB para llevar a cabo

la adquisición de bienes mediante algún procedimiento distinto al de licitación pública, así

como la aprobación del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de

Servicios, que se contara con suficiencia presupuestal previa a la adquisición de los bienes,

requisiciones o solicitudes para la adquisición de éstos, cotizaciones y estudios de precios de

mercado en los procedimientos de contratación; asimismo, se constató que se hubieran

elaborado y formalizado los contratos en los plazos establecidos en la normatividad, también

se constató que no se hubieran excedido los montos de actuación, que el procedimiento de

contratación de licitación pública nacional se hubiera ajustado a lo establecido en la

normatividad aplicable, además de que el proveedor hubieran presentado las garantías

correspondientes en los plazos y montos establecidos; y que los contratos se hubiesen

formalizado con proveedores que estuvieron al corriente de sus obligaciones fiscales y no se

encontraran inhabilitados por la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México

(SCGCDMX) por la Secretaría de la Función Pública (SFP).

También se verificó que, de ser el caso, se hubieran registrado y comunicado a la SEFIN el

reporte del pasivo circulante y el reporte de los recursos comprometidos al 31 de diciembre de

2017, que no se hubieran contraído compromisos que implicaran obligaciones anteriores a la

fecha en que se suscribieron los instrumentos jurídicos correspondientes y que el contrato

hubiese sido suscrito por servidores públicos facultados para dicho propósito, y que cumplieran

Page 37: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

35

con la totalidad de los requisitos establecidos en la normatividad y que los expedientes de

la documentación legal y administrativa de los proveedores adjudicados se encontraran

debidamente integrados.

En 2017, la SEGOB ejerció un monto de 44,077.6 miles de pesos con cargo al capítulo 5000

“Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, de los cuales 14,256.3 miles de pesos (32.3%)

correspondieron a la partida 5191 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración”; 9,858.0 miles

de pesos (22.4%), a la partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de

Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, que representaron

en su conjunto el 54.7% del capítulo; y la diferencia (19,963.3 miles de pesos), a otras

18 partidas del mismo capítulo.

Partida 5191 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración”

De la partida 5191 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración”, se determinó una muestra

de auditoría por 13,424.0 miles de pesos, que representó el 30.5% del total ejercido del

capítulo (44,077.6 miles de pesos).

1. Con la requisición de bienes núm. DGA/DRMSG/526/2017 de fecha 21 de agosto de

2017, la Subsecretaría del Sistema Penitenciario solicitó el suministro, instalación y

puesta en marcha de un Sistema de Circuito Cerrado de Televisión para el Reclusorio

Preventivo Varonil Norte, ubicado en Jaime Nunó, número 155, colonia Zona Escolar

Cuautepec Barrio Bajo, Delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07210, la cual contó con

el sello de “no existencia en el almacén” y la autorización de suficiencia presupuestal

mediante el oficio núm. SRF/1652/2017 del 1o. de septiembre de 2017, previa a la

contratación con cargo a la partida 5191 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración”,

por un monto de 13,428.0 miles de pesos (IVA incluido).

2. Mediante el procedimiento de adjudicación directa por excepción a la licitación pública

realizada con fundamento en el artículo 54, fracción XIV, de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal vigente en 2017, se adjudicó el contrato núm. SG/DGA/SSSP/176/2017

del 24 de noviembre de 2017, por un monto de 13,297.5 miles de pesos (IVA incluido), al

proveedor Seguritech Privada. S.A. de C.V., para llevar acabo el suministro, instalación

Page 38: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

36

y puesta en marcha de un Sistema de Circuito Cerrado de Televisión, para el Reclusorio

Preventivo Varonil Norte. Cabe mencionar que la adjudicación directa por excepción a la

licitación pública nacional fue aprobada mediante el acta de la cuarta sesión

extraordinaria del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

de la Secretaría de Gobierno, celebrada el 23 de noviembre de 2017, de conformidad con

el artículo 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2017.

La SEGOB acreditó la autorización previa del titular de la dependencia para ejecutar la

adjudicación directa por excepción a la licitación pública para la adquisición del suministro,

instalación y puesta en marcha de un Sistema de Circuito Cerrado de Televisión, para

el Reclusorio Preventivo Varonil Norte, con base en el acuerdo primero contenido en el

Acuerdo por el que se delega en el Director General de Administración en la Secretaría

de Gobierno, las facultades que se indican publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal del 29 de octubre de 2004, que señala: “PRIMERO.- Se delega en el titular de la

Dirección General de Administración en la Secretaría de Gobierno, la facultad de suscribir

los instrumentos jurídicos y administrativos que conforme a las disposiciones legales en

materias de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas, Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios, corresponda suscribir al titular de la Secretaría de Gobierno”,

en cumplimiento del artículo 54, antepenúltimo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal vigente en 2017.

3. Con fecha 30 de noviembre de 2017, la SEGOB y el prestador de servicios

Seguritech Privada, S.A. de C.V., suscribieron el convenio modificatorio

núm. SG/DGA/SSP/176/2017-CM-001-2017 por un monto de 126.5 miles de pesos, para

adicionar un concepto relativo al suministro de trabajos especializados para la

programación, configuración y puesta a punto para la correcta operación del Sistema

de Circuito Cerrado de Televisión para el Reclusorio Preventivo Varonil Norte, por lo que

el monto contratado ascendió a 13,424.0 miles de pesos (IVA incluido).

4. En la revisión de los expedientes del proceso de adjudicación, contrato y convenio

modificatorio, se constató que se encontraban debidamente integrados por la

documentación legal y administrativa, cotizaciones, sondeo de mercado, omisión

del grado de integración nacional, autorización de bienes restringidos y el dictamen de

Page 39: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

37

adjudicación del contrato; y que no existieron compromisos que implicaran obligaciones

anteriores a la fecha en que se suscribieron, de acuerdo con la normatividad aplicable.

Se verificó que el prestador de servicios Seguritech Privada, S.A. de C.V., se encontraba

al corriente de sus obligaciones fiscales a la fecha de la suscripción del contrato

núm. SG/DGA/SSSP/176/2017 del 24 de noviembre de 2017, de conformidad con el

artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2017.

5. La adquisición del suministro, instalación y puesta en marcha del Sistema de Circuito

Cerrado de Televisión, para el Reclusorio Preventivo Varonil Norte fue aprobada en la

cuarta sesión extraordinaria del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación

de Servicios de la SEGOB, caso número 6, celebrada el 23 de noviembre de 2017.

6. El proveedor Seguritech Privada, S.A. de C.V., presentó la póliza de fianza núm. 0010711

del 24 de noviembre de 2017 y su ampliación correspondiente del 30 de noviembre

de 2017, ambas por un monto de 1,735.9 miles de pesos, expedidas por Zurich Fianzas

México, S.A. de C.V., a nombre de la SEFIN, mediante las cuales garantizó, en tiempo y

forma (15.0% del monto máximo del contrato, sin IVA), el cumplimiento del contrato

núm. SG/DGA/SSSP/176/2017 del 24 de noviembre de 2017 y del convenio modificatorio

núm. SG/DGA/SSP/176/2017-CM-001-2017 del 30 de noviembre de 2017, incluyendo los

vicios ocultos. Se verificó la autenticidad de dichas pólizas de fianza en la página

electrónica de la afianzadora que la expidió.

Se verificó en la página de internet de Afianzadora Zurich Fianzas México, S.A. de C.V.,

la fianza núm. 0010711 y su endoso correspondiente, y se encontró con estatus vigente.

7. En la revisión del expediente de la adjudicación directa se localizaron las consultas

previas a la contratación, realizadas por el sujeto fiscalizado en los sitios de internet de la

SFP del “Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados” y de la Secretaría de

la CGCDMX, ambas de fecha 23 de noviembre de 2017, en las que se advierte que no se

localizó registro alguno de sanción o inhabilitación impuesta al proveedor Seguritech

Privada, S.A. de C.V., en cumplimiento de lo establecido en el artículo 39, fracción X, de

la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2017.

Page 40: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

38

8. Se realizó la consulta en el sitio de internet de la SFP del “Directorio de Proveedores

y Contratistas Sancionados” y de la CGCDMX, ambas consultas de fecha 16 de agosto

de 2018, sin que se localizara registro alguno que mostrara sanción o antecedente

alguno de inhabilitación impuesta al proveedor Seguritech Privada, S.A. de C.V.

Por lo antes expuesto, se determinó que el proceso de adjudicación directa y el contrato

revisado se sujetó a lo establecido en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su

Reglamento, y demás normatividad aplicable.

5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas

de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”

De la partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de

Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, se determinó una muestra de auditoría

por 8,955.2 miles de pesos, que representó el 20.3% del total ejercido con cargo al capítulo

(44,077.6 miles de pesos).

1. Con las requisiciones de bienes núms. DGA/DRMSG/377/2017, DGA/DRMSG/403/2017 y

DGA/DRMSG/442/2017, de fechas 17, 30 de mayo y 19 de junio, todas de 2017,

respectivamente, por un monto de 9,527.0 miles de pesos (IVA incluido), la Subsecretaría

del Sistema Penitenciario solicitó la adquisición de ocho vehículos de traslado de internos

y cuatro vehículos de supervisión. Las requisiciones contaron con la autorización

de suficiencia presupuestal comunicada con los oficios núms. SRF/1104/2017,

SRF/1136/2017 y SRF/1257/2017 de fechas 12 y 15 de junio y 4 de julio, todas de 2017, por

un monto de 6,375.0 miles de pesos, 2,552.0 miles de pesos y 600.0 miles de pesos,

respectivamente, previamente a la contratación con cargo a la partida 5411 “Vehículos y

Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de

Desastres Naturales”; y “sello de no existencia en el almacén”.

2. Mediante el procedimiento de invitación restringida a cuando menos tres proveedores

núm. IRN-SsSP-030-17, realizado con fundamento en el artículo 55, antepenúltimo

párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2017, se adjudicó

el contrato núm. SG/DGA/SSSP/120/2017 del 6 de septiembre de 2017, por un importe

Page 41: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

39

de 7,910.8 miles de pesos (IVA incluido), al proveedor Angar Azcapotzalco, S.A. de C.V.,

para llevar acabo la adquisición de siete vehículos para el traslado de internos y cuatro

vehículos para supervisión.

La SEGOB acreditó la autorización previa del titular de la dependencia para ejecutar la

invitación restringida a cuando menos tres proveedores para la adquisición de los ocho

vehículos de traslado de internos y cuatro vehículos para supervisión, con base en el

acuerdo primero contenido en el “Acuerdo por el que se delega en el Director General de

Administración en la Secretaría de Gobierno, las facultades que se indican” publicado en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal del 29 de octubre de 2004, en cumplimiento del artículo 54,

penúltimo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2017.

3. En la revisión de los expedientes del proceso de invitación restringida nacional a cuando

menos tres proveedores núm. IRN-SsSP-030-17, y del contrato y convenios modificatorios,

se constató que se encontraban debidamente integrados por la documentación legal y

administrativa, consistente en: cotizaciones, sondeo de mercado, autorización de bienes

restringidos, bases, junta de aclaraciones de las bases, actas celebradas de las distintas

etapas del proceso de adquisición, apertura de propuestas, emisión del dictamen y fallo

correspondiente, en cumplimiento de los artículos 33 de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal y 37 de su Reglamento, vigentes en 2017, así como los numerales 4.4.1,

4.4.2, 4.4.3, 4.4.6 y 4.4.7 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno 2015), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 18 de septiembre de 2015, vigente en 2017.

4. Mediante el acta de fallo del 31 de agosto de 2017, la SEGOB determinó que el

proveedor Angar Azcapotzalco, S.A. de C.V., reunió los requisitos legales y administrativos

y cumplió los requisitos solicitados para la propuesta técnica y económica, y, una vez

concluida la etapa relativa a la presentación de propuestas de precios más bajos, le fue

adjudicado el contrato para adquisición de siete vehículos de traslado de internos y cuatro

vehículos de supervisión de seguridad, en cumplimiento de las bases de la invitación

restringida nacional a cuando menos tres proveedores núm. IRN-SsSP-030-17.

Page 42: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

40

Se verificó que el prestador de servicios Angar Azcapotzalco, S.A. de C.V., se encontraba

al corriente de sus obligaciones fiscales a la fecha de la suscripción del contrato

núm. SG/DGA/SSSP/120/2017 del 6 de septiembre de 2017, de conformidad con el

artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente

en 2017.

5. Asimismo, se constató que la SEGOB respetó los montos máximos de actuación

establecidos para el proceso de invitación restringida nacional a cuando menos tres

proveedores, de conformidad con el artículo 55, párrafo primero, de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2017.

6. Con fecha 16 de octubre de 2017, la SEGOB y el proveedor Angar

Azcapotzalco, S.A. de C.V., suscribieron el primer convenio modificatorio

núm. SG/DGA/SSSP/120/2017-CM-001/2017, para la adquisición adicional de un

vehículo para el traslado de internos, por lo que se modificó la cláusula segunda, relativa

al monto y precio fijo, para incrementar el contrato por un importe de 1,044.4 miles de

pesos, por lo que el monto contratado ascendió a 8,955.2 miles de pesos (IVA incluido)

para la adquisición total de ocho vehículos de traslado de internos y cuatro vehículos de

supervisión. Cabe mencionar que dicho convenio contó con la suficiencia presupuestal

previa, en cumplimiento de la normatividad aplicable.

7. Con fecha 30 de noviembre de 2017, la SEGOB y el proveedor Angar

Azcapotzalco, S.A. de C.V., celebraron un segundo convenio modificatorio con

núm. SG/DGA/SSSP/120/2017-CM-002/2017, para modificar la declaración I.9 del

apartado “Declaraciones” de dicho contrato, y registrar textualmente el tipo de recurso

federal que se debía utilizar para la adquisición de los ocho vehículos de traslado de

internos y los cuatro vehículos de supervisión, debido a que en el contrato principal

se menciona un recurso distinto.

8. Mediante la póliza de fianza núm. 1846761 del 6 de septiembre de 2017 y su ampliación

del 16 de octubre de 2017, por un monto de 1,158.0 miles de pesos, expedida por ACE

Fianzas Monterrey, S.A., a favor la SEFIN, el proveedor Angar Azcapotzalco, S.A. de C.V.,

garantizó en tiempo y forma (15.0% del monto máximo del contrato, sin IVA)

Page 43: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

41

el cumplimiento del contrato núm. SG/DGA/SSSP/120/2017 del 6 de septiembre de 2017

y del primer convenio modificatorio núm. SG/DGA/SSSP/120/2017-CM-001/2017 del 16

de octubre de 2017, de conformidad con los artículos 73, fracciones III; 75; y 75 Bis, de la

Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; y 59 de su Reglamento, vigentes en 2017,

incluyéndose los vicios ocultos. Además, se verificó la autenticidad de dichas pólizas de

fianza en la página electrónica de la afianzadora que la expidió.

9. En la revisión del expediente de invitación restringida a cuando menos tres proveedores

se localizaron las consultas previas a la contratación realizadas por el sujeto fiscalizado

en los sitios de internet de la SFP del “Directorio de Proveedores y Contratistas

Sancionados” y de la SCGCDMX, ambas consultas realizadas el 29 de agosto de 2017,

en las que se advierte que no se localizó registro alguno de sanción o inhabilitación

impuestas al proveedor Angar Azcapotzalco, S.A. de C.V., en cumplimiento de lo

establecido en el artículo 39 Bis de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

vigente en 2017 y el numeral 6.1, último párrafo, de las bases de la invitación restringida

nacional a cuando menos tres proveedores núm. IRN-SsSP-030-17.

A efecto de verificar lo descrito en el párrafo anterior, se realizó la consulta en sitio de

internet de la SFP en el “Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados” y de la

SCGCDMX, ambas de fecha 4 de septiembre de 2018, y no se localizó registro alguno

que mostrara sanción o antecedente alguno de inhabilitación impuesta al proveedor

Angar Azcapotzalco, S.A. de C.V.

En conclusión, los contratos administrativos y sus convenios modificatorios de la muestra

de auditoría fueron celebrados mediante el procedimiento de adjudicación directa e

invitación restringida a cuando menos tres proveedores, los expedientes contaron con la

documentación justificativa de los procedimientos y con la documentación legal y administrativa

de los proveedores, se cumplió razonablemente lo establecido en la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal vigente en 2017, y en los procedimientos administrativos “Adquisición

de Bienes y/o Contratación de Servicios por Adjudicación Directa.” y “Adquisición de Bienes

y/o Contratación de Servicios por Invitación Restringida a Cuando Menos Tres Proveedores”,

registrados en el manual administrativo de la DGA en la SEGOB vigente en 2017.

Page 44: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

42

Gasto Devengado

7. Resultado

Con objeto de comprobar el gasto devengado, el cual refleja el momento contable del

reconocimiento de una obligación de pago en favor de terceros por los bienes adquiridos

de la muestra de auditoría, con cargo a las partidas 5191 “Otros Mobiliarios y Equipos de

Administración” y 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas

de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, se verificó que se hubieran recibido

oportunamente los bienes en el almacén y que éstos correspondieran a las condiciones y

especificaciones establecidas en los contratos, que éstos existieran y se encontraran en

funcionamiento; que se contara con controles y evidencia documental de la recepción de los

bienes a entera satisfacción de la SEGOB, también se constató que los bienes se localizaran

físicamente en las instalaciones de las áreas requirentes, debidamente identificados y que se

encontraran funcionando; que contaran con resguardos, y que hayan sido registrados en el

inventario de 2017 de la dependencia; y que se contara con la evidencia documental de

las entradas, controles y salidas del almacén; para lo cual se analizaron las actas de entrega-

recepción, los formatos de entrada, control y salida del almacén, el inventario de bienes

muebles de la SEGOB, se realizó la verificación física.

Al respecto, se determinó lo siguiente:

Partida 5191 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración”

1. Mediante el acta de entrega-recepción de bienes de fecha 26 de diciembre de 2017, la

SEGOB y el proveedor Seguritech Privada, S.A. de C.V., formalizaron e hicieron constar

la entrega física (libre a bordo destino) en tiempo y forma, y a entera satisfacción

de la SEGOB, del suministro, instalación y puesta en marcha de un Sistema de Circuito

Cerrado de Televisión para el Reclusorio Preventivo Varonil Norte, ubicado en Jaime

Nunó, núm. 155, colonia Zona Escolar Cuautepec Barrio Bajo, Delegación Gustavo

A. Madero, C.P. 07210, correspondiente al contrato núm. SG/DGA/SSSP/176/2017

del 24 de noviembre de 2017 (cláusula cuarta) y su convenio modificatorio

núm. SG/DGA/SSSP/176/2017-CM-001/2017 del 30 de noviembre de 2017.

Page 45: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

43

2. Mediante el formato de “Entrada de Almacén” núm. 20180013 de fecha 31 de enero

de 2018 y el vale de salida de almacén núm. 20180006 del 31 de enero de 2018,

la SEGOB registró el ingreso y salida virtual del almacén del Sistema de Circuito Cerrado

de Televisión instalado en el Reclusorio Preventivo Varonil Norte, de acuerdo con las

condiciones y especificaciones establecidas en el contrato, en cumplimiento de los

artículos 44 y 69, fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal; los numerales 7.1.1 y 7.1.2 de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 18 de septiembre de 2015; y el procedimiento administrativo “Recepción,

Distribución y Alta de Bienes Instrumentales” de la Dirección General de Administración

en la Secretaría de Gobierno, vigentes en 2017.

3. La SEGOB proporcionó el formato de resguardo que ampara el suministro, instalación y

puesta en marcha del Sistema de Circuito Cerrado de Televisión para el Reclusorio Preventivo

Varonil Norte, adquirido mediante el contrato núm. SG/DGA/SSSP/176/2017 del 24 de

noviembre de 2017 y su convenio modificatorio núm. SG/DGA/SSSP/176/2017-CM-001/2017

del 30 de noviembre de 2017; así como 130 tarjetas de control, en donde se registraron

los movimientos de almacén de dicho sistema. Asimismo, se constató que el Sistema

de Circuito Cerrado de Televisión instalado en el Reclusorio Preventivo Varonil Norte se

encontraban registrado en el inventario físico de la SEGOB de 2017, en cumplimiento

de los numerales 7.1.1; 7.1.4; 7.1.10; 7.2.4, numerales II y III; 7.3.1.1, y 7.3.2.1 de la

Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre

de 2015; las Normas 14 y 16 de las Normas Generales de Bienes Muebles de la

Administración Pública del Distrito Federal; y el numeral 7 del Acuerdo por el que se

emiten las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio, publicadas en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de diciembre de 2011, emitidas por el CONAC,

vigentes en 2017.

Page 46: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

44

4. Como resultado de las verificaciones físicas efectuadas por personal de la ASCM y de la

SEGOB el 21 de agosto de 2018, en el Reclusorio Preventivo Varonil Norte, ubicado en

Jaime Nunó, núm. 155, colonia Zona Escolar Cuautepec Barrio Bajo, Delegación Gustavo

A. Madero, C.P. 07210, se constató el suministro, instalación y puesta en marcha del

Sistema de Circuito Cerrado de Televisión, y que éste corresponde con las descripciones

establecidas en el contrato núm. SG/DGA/SSSP/176/2017, el convenio modificatorio

núm. SG/DGA/SSSP/120/2017-CM-001-2017 y las respectivas facturas.

Partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas

de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”

1. Mediante dos actas de entrega-recepción de fechas 9 y 17 de noviembre de 2017, la

SEGOB y el proveedor ANGAR Azcapotzalco, S.A. de C.V., formalizaron e hicieron

constar la entrega física, en tiempo y forma, y a entera satisfacción de la SEGOB, de los

12 vehículos adquiridos mediante el contrato núm. SG/DGA/SSSP/120/2017 del 6 de

septiembre de 2017 y el convenio modificatorio núm. SG/DGA/SSSP/120/2017-CM-001-2017

del 16 de octubre de 2017, los cuales cumplieron las especificaciones solicitadas en dicho

contrato, convenio y facturas.

2. Mediante 12 formatos de “Entrada de Almacén”, todos del 11 de diciembre de 2017, la

SEGOB registró el ingreso al almacén de los 12 vehículos; y mediante el vale de salida

de almacén núm. 20172121, la unidad departamental de almacenes entregó los bienes

a la Subsecretaría del Sistema Penitenciario de la SEGOB, en cumplimiento de los

artículos 44 y 69, fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal; los numerales 7.1.1 y 7.1.2 de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 18 de septiembre de 2015; y el procedimiento administrativo “Recepción,

Distribución y Alta de Bienes Instrumentales” de la Dirección General de Administración

en la Secretaría de Gobierno, vigentes en 2017.

Page 47: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

45

3. La SEGOB proporcionó siete resguardos que amparan los vehículos adquiridos mediante

el contrato núm. SG/DGA/SSSP/120/2017 y su convenio modificatorio, de los cuales uno

ampara cuatro vehículos de supervisión y seis amparan ocho vehículos de traslado

de internos; así como 12 tarjetas de control, en donde se registraron los movimientos de

almacén de dichos vehículos. Asimismo, se constató que los 12 vehículos se

encontraban registrados en el inventario físico de la SEGOB de 2017, en cumplimiento

de los numerales 7.1.1; 7.1.4; 7.1.10; 7.2.4, numerales II y III; 7.3.1.1 y 7.3.2.1 de la

Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre

de 2015; las Normas 14 y 16 de las Normas Generales de Bienes Muebles de la

Administración Pública del Distrito Federal; y el numeral 7 del Acuerdo por el que se

emiten las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio, publicadas en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de diciembre de 2011, emitidas por el CONAC,

vigentes en 2017.

4. Como resultado de las verificaciones físicas efectuadas el 17 de agosto de 2018 por

personal de la ASCM y de la SEGOB, y de conformidad con el acta administrativa de

verificación física realizada, se constató que la SEGOB recibió los 12 vehículos adquiridos

mediante el contrato núm. SG/DGA/SSSP/120/2017 y su convenio modificatorio, y que

éstos corresponden con las descripciones establecidas en dicho contrato y en las

respectivas facturas; sin embargo, se observó que dos vehículos de supervisión no

contaban con las cromáticas, calcomanías o rótulos de identificación de la SEGOB. Al

respecto, el Jefe de Unidad Departamental de Almacenes manifestó que los vehículos

fueron recibidos con las cromáticas o calcomanías estipuladas en las facturas y contrato,

pero fueron retiradas de los vehículos por motivos de seguridad.

Por lo anterior, la SEGOB incumplió el numeral 9.9.3 de la Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno), publicada en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de 2015, que establece:

Page 48: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

46

“En atención a lo ordenado en el Oficio-Circular OM-CG/1364/2007, todos los vehículos

propiedad del Gobierno del Distrito Federal, con excepción a los asignados a servidores

públicos desde el nivel de Jefe de Gobierno hasta el de Director General u homólogo,

deberán ser rotulados con la leyenda ‘Este vehículo es de uso oficial. Cualquier

uso distinto repórtelo al 089’, para lo cual se tomarán como referencia los diseños

y características oficiales del ‘Manual de Comunicación e Identidad Gráfica de la CDMX’,

publicado en la GODF el 6 de febrero de 2015. Los rótulos deberán ser fijos y permanentes,

por lo que no se permitirá el uso de rótulos magnéticos o que puedan removerse.”

Asimismo, se observó que los ocho radios móviles de comunicación que forman parte de

los vehículos de traslado de internos, y están incluidos en las facturas de éstos; no son

utilizados debido a que no tenían comunicación. De acuerdo con lo manifestado por los

operadores de los vehículos, desconocen los códigos de acceso, por lo que no se pudo

comprobar su funcionamiento.

Por no utilizar y destinar los ocho radios móviles de comunicación para cumplir la finalidad

para la que fue solicitada y adquirida, la SEGOB incumplió el artículo 72 de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2017, que señala: “Las dependencias […]

estarán obligados a mantener los bienes adquiridos o arrendados en condiciones

apropiadas de operación, así como vigilar que se destinen al cumplimiento de los

programas y acciones previamente determinados”.

En la reunión de confronta, celebrada el 27 de septiembre de 2018, la SEGOB no proporcionó

documentación relacionada con las observaciones expuestas en el presente resultado, por lo

que éstas prevalecen.

Recomendación ASCM-2-17-2-SEGOB

Es necesario que la Secretaría de Gobierno implante mecanismos de control para garantizar

que sus vehículos sean rotulados con la leyenda correspondiente, de acuerdo con Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno).

Page 49: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

47

Recomendación ASCM-2-17-3-SEGOB

Es necesario que la Secretaría de Gobierno implante mecanismos de control para asegurarse

de que los bienes adquiridos, se destinen al fin para el que fueron comprados, de conformidad

con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

Gasto Ejercido

8. Resultado

Se verificó que las CLC estuvieran soportadas con los originales de la documentación

justificativa y comprobatoria correspondiente, y que ésta cumpliera los requisitos fiscales y

administrativos aplicables, así como su glosa, guarda y custodia; y que los proveedores

hubieran entregado comprobantes de pago o que éstos estuvieran a nombre del Gobierno de

la Ciudad de México / Secretaría de Gobierno y que cumplieran los requisitos fiscales

establecidos en el Código Fiscal de la Federación vigente en 2017.

También se verificó que, en su caso, que se hubieran aplicado las sanciones y/o penas

convencionales a los proveedores por incumplimiento a cualquiera de las cláusulas de los

contratos, y que se hubieran hecho efectivas las garantías correspondientes, que también

de ser el caso se hubieran tramitado las CLC de las operaciones ajenas, por el importe de

las sanciones aplicadas y los impuestos retenidos a los proveedores, además de que los

recursos ejercidos se hubieran destinado a actividades propias de la naturaleza y atribuciones

de la dependencia y no de los servidores públicos. Asimismo, se verificó que no existieron

recursos no devengados al 31 de diciembre de 2017, y las causas de la existencia de

subejercicios y conforme a la normatividad aplicable.

Con el propósito de verificar que el ejercicio del gasto realizado por la SEGOB en 2017, con

cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” y a las partidas revisadas,

se hubiese efectuado mediante la emisión de las CLC correspondientes, aprobadas por

los servidores públicos facultados para ello de acuerdo con la normatividad aplicable, se

analizó la documentación soporte de la muestra de auditoría de las partidas 5191 “Otros

Mobiliarios y Equipos de Administración” y 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la

Page 50: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

48

Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, contenida

en cinco CLC, por un monto de 22,379.2 miles de pesos, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Partida / contrato CLC Factura

Número Fecha Importe Proveedor Número Fecha Total

5191 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración”

SG/DGA/SSSP/176/2017 02 C0 01 10021967 31/XII/17 13,297.5

Seguritech Privada, S.A. de C.V. INV/2018/006 31/I/18 13,297.5

02 C0 01 10022070 31/XII/17 126.5

INV/2018/0007 31/I/18 126.5

Subtotal 13,424.0 13,424.0

5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”

SG/DGA/SSSP/120/2017 02 C0 01 10009374 12/XII/17 599.7

Angar Azcapotzalco, S.A. de C.V. AA000053609 22/XI/1 150.0

AA000053580 22/XI/1 150.0

AA000053577 22/XI/1 150.0

AA000053579 22/XI/1 150.0

02 C0 01 10009430 12/XII/17 6,266.6 AA000054448 8/XII/17 1,044.4

AA000054449 8/XII/17 1,044.4

AA000054450 8/XII/17 1,044.4

AA000054451 8/XII/17 1,044.4

AA000054453 8/XII/17 1,044.4

AA000054454 8/XII/17 1,044.4

02 C0 01 10010726 20/XII/17 2,088.9 AA000054443 8/XII/17 1,044.4

AA000054447 8/XII/17 1,044.4

Subtotal 8,955.2 8,955.2

Total 22,379.2 22,379.2

Como resultado de su análisis, se desprende lo siguiente:

1. Las cinco CLC revisadas se imprimieron mediante el sistema SAP-GRP y fueron

elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos en la “Cédula de Registro

de Firmas de los Servidores Públicos de Nivel Estructura Facultados para elaborar,

autorizar y/o solicitar las autorizaciones (sic) del registro de las Cuentas por Liquidar

Certificadas, Documentos Múltiples, Afectaciones Programático-Presupuestarias,

Presupuesto Comprometido, Flujo de Efectivo y Analítico de Claves” del ejercicio

Page 51: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

49

fiscal 2017, conforme al Libro Primero “De las Normas Presupuestarias”, Título Primero

“Administración Pública Central, Desconcentrada y Paraestatal”, Capítulo III “Registro

de Operaciones Presupuestarías”, Sección Primera “Cuenta por Liquidar Certificada”,

Apartado A “Disposiciones Generales”, numeral 13, del Manual de Reglas y

Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito

Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre de 2012,

vigente en 2017.

2. La SEGOB contó con la documentación justificativa y comprobatoria de las cinco CLC de

la muestra de auditoría, de conformidad con los artículos 44; 69, fracción III; y 125 de la

Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; y 76 de su Reglamento; y con

el Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la

Administración Pública del Distrito Federal, ambos vigentes en 2017.

Las facturas cuentan con las descripciones de cada uno de los vehículos adquiridos las

cuales coinciden con las características señaladas en el anexo técnico del contrato

correspondiente y sus convenios modificatorios; asimismo, contaron con el nombre, cargo

y firma de quien revisó y otorgó el visto bueno, fueron emitidas a nombre del Gobierno del

Distrito Federal y cumplieron los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A

del Código Fiscal de la Federación vigentes en 2017.

3. Con la finalidad de confirmar la autenticidad y vigencia de las facturas de la muestra

de auditoría, se consultó en la página del Sistema de Administración Tributaria el estatus de

las 14 facturas que ampararon el gasto ejercido con cargo a las partidas 5191 “Otros

Mobiliarios y Equipos de Administración” y 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la

Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”,

correspondientes a las 5 CLC. De acuerdo con el resultado emitido por dicha página de

internet, se determinó que las facturas consultadas se encuentran vigentes.

4. En las operaciones revisadas como muestra de auditoría no fueron aplicadas sanciones o

penas convencionales ni se ejercieron garantías. Tampoco se detectaron operaciones

ajenas por las cuales se debieran emitir CLC; y no existieron subejercicios de acuerdo

con la normatividad aplicable.

Page 52: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

50

Por lo anterior, se concluye que la SEGOB realizó el ejercicio del gasto mediante la emisión

de cinco CLC, aprobadas por los servidores públicos facultados para ello de acuerdo con la

normatividad aplicable; dispuso de la documentación comprobatoria y justificativa que

las respaldó; y los recursos ejercidos en las partidas sujetas a revisión se destinaron a las

actividades propias de la naturaleza y atribuciones de la dependencia.

Gasto Pagado

9. Resultado

Se verificó que no se hubieran realizado pagos por bienes no recibidos o que no cumplieran

las condiciones pactadas en los contratos, que las obligaciones a cargo del sujeto fiscalizado

hubieran sido extinguidas mediante el pago debidamente acreditado y realizado, que no

se hubieran realizado pagos por cantidades distintas a las estipuladas en los contratos

o convenios de la muestra de auditoría o a proveedores distintos a los adjudicados o por vías

distintas a la electrónica o cheque, sin las autorizaciones correspondientes. Asimismo, se

constató que no se hubieran efectuado pagos de adeudos de ejercicios anteriores y que éstos

se hubieran registrado, autorizado, y reportado a la SEFIN en el ejercicio en que se

devengaron. Adicionalmente, se verificó que la documentación soporte del pago remitida por

el proveedor seleccionado en la muestra de auditoría correspondiera a la proporcionada por la

dependencia y la registrada en la Cuenta Pública de la Ciudad de México.

A fin de verificar la cancelación total de las obligaciones de pago por la adquisición de los

bienes derivados de la celebración de los contratos, se elaboraron y enviaron los oficios de

confirmación de operaciones núms. ACF-A/18/0696 y ACF-A/18/0697, ambos con fecha

8 de agosto de 2018, a los proveedores Seguritech Privada, S.A. de C.V.; y Angar

Azcapotzalco, S.A. de C.V., respectivamente, mediante los cuales se solicitaron los contratos,

la documentación legal y administrativa requerida para su suscripción, los comprobantes

fiscales expedidos, los estados de cuenta bancarios donde se registraron los pagos, los

auxiliares contables del registro de las operaciones, y si existieron inconformidades y

convenios modificatorios, así como información relacionada con las operaciones que

realizaron en 2017 con la SEGOB.

Page 53: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

51

En respuesta, los proveedores proporcionaron lo solicitado y del análisis, se determinó

lo siguiente:

Partida 5191 “Otros Mobiliarios y Equipos de Administración”

1. Con la información y documentación proporcionadas por el proveedor Seguritech

Privada, S.A. de C.V., mediante escrito sin número del 20 de agosto de 2018, se determinó

que en relación con el contrato núm. SG/DGA/SSSP/176/2017 del 24 de noviembre de

2017 y su convenio modificatorio núm. SG/DGA/SSSP/176/2017-CM-001/2017 del 30

de noviembre de 2017, la SEGOB realizó los pagos por 13,424.0 miles de pesos mediante

dos transferencias electrónicas al proveedor el 8 de diciembre de 2017, incluidas en

los estados de cuenta bancarios correspondientes, las cuales correspondieron con los

montos y condiciones convenidos en el contrato y el convenio modificatorio, y las facturas

correspondientes a las CLC de la muestra de auditoría.

2. La SEGOB proporcionó la impresión del reporte de pago de 2017 emitido por el

SAP-GRP, en su análisis, se comprobó que los pagos correspondientes a las dos CLC de

la muestra de auditoría, correspondientes a la partida 5191 “Otros Mobiliarios y Equipos

de Administración”, por un monto de 13,424.0 miles de pesos, fueron realizados.

Partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la Ejecución de Programas

de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”

1. Con la información y documentación proporcionadas por el proveedor Angar

Azcapotzalco, S.A. de C.V., mediante escrito sin número del 17 de agosto de 2018, se

determinó que en relación con el contrato núm. SG/DGA/SSSP/120/2017 y el convenio

modificatorio núm. SG/DGA/SSSP/120/2017-CM-001-2017, la SEGOB realizó los pagos por

8,955.2 miles de pesos, mediante tres transferencias electrónicas al proveedor los días 21 y

27 de diciembre de 2017, incluidas en los estados de cuenta bancarios correspondientes

y sus auxiliares contables del registro de las operaciones, las cuales correspondieron con

los montos y condiciones convenidos en el contrato y el convenio modificatorio, y las

facturas correspondientes a las CLC de la muestra de auditoría.

Page 54: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

52

2. La SEGOB proporcionó la impresión del reporte de pago de 2017 emitido por el

SAP-GRP, en su análisis, se comprobó que los pagos correspondientes a las tres CLC de

la muestra de auditoría relativa a la partida 5411 “Vehículos y Equipo Terrestre para la

Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención de Desastres Naturales”, por

un monto de 8,955.2 miles de pesos, fueron realizados.

Por lo anterior, se determinó que los pagos registrados por la SEGOB se realizaron por las

cantidades pactadas, por vía electrónica y en las cuentas de los proveedores; y que se contó

con la documentación justificativa y comprobatoria de los pagos efectuados, en cumplimiento

del artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en

2017, por lo que la dependencia extinguió las obligaciones a su cargo.

Asimismo, se constató que la documentación e información proporcionadas por los

proveedores corresponden a las remitidas por la dependencia y a la registradas en la Cuenta

Pública de la Ciudad de México de 2017. Cabe mencionar que no se detectaron pagos de

adeudos de ejercicios anteriores.

En conclusión, se determinó que la documentación remitida por los proveedores correspondió

con la proporcionada por la SEGOB, por lo que la dependencia extinguió las obligaciones a

su cargo.

RESUMEN DE OBSERVACIONES Y ACCIONES

1. Se determinaron cinco resultados, que generaron 10 observaciones, las cuales

corresponden a tres recomendaciones.

2. Se determinaron dos resultados, que generaron tres observaciones, y se les dará

tratamiento a la implementación de mecanismos que eviten su recurrencia como parte del

seguimiento de las recomendaciones núms. ASCM-1-16-1-SEGOB, ASCM-1-16-2-SEGOB

y ASCM-1-16-3-SEGOB previamente emitidas.

Page 55: CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA

53

La información contenida en el presente apartado, refleja las acciones derivadas de las

auditorías que hasta el momento se han detectado por la práctica de pruebas y

procedimientos de auditoría; sin embargo, podrían sumarse observaciones y acciones

adicionales a las señaladas, producto de los procesos institucionales, de la recepción

de denuncias, y de las funciones de investigación y sustanciación a cargo de esta Entidad de

Fiscalización Superior de la Ciudad de México.

JUSTIFICACIONES Y ACLARACIONES

La documentación proporcionada a esta entidad de fiscalización superior de la Ciudad de

México por el sujeto fiscalizado en la reunión de confronta, fue analizada con el fin

de determinar la procedencia de desvirtuar o modificar las observaciones incorporadas por la

Auditoría Superior de la Ciudad de México en el Informe de Resultados de Auditoría

para Confronta, cuyo resultado se plasma en el presente Informe Individual que forma parte

del Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública de

la Ciudad de México.

En atención a las observaciones señaladas, el sujeto fiscalizado remitió el oficio

núm. SG/DGA/0363/2018 del 27 de septiembre de 2018, mediante el cual presentó

información y documentación con el propósito de atender lo observado; no obstante,

derivado del análisis efectuado por la Unidad Administrativa de Auditoría a la información

y documentación proporcionada por el sujeto fiscalizado, se advierte que el resultado 3 y 7 se

considera no desvirtuado.

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PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA

En cumplimiento del artículo 36, párrafo décimo tercero, de la Ley de Fiscalización Superior de

la Ciudad de México, se enlistan los nombres y cargos de las personas servidoras públicas

de la Auditoría Superior de la Ciudad de México involucradas en la realización de la auditoría.

Persona servidora pública Cargo

Fases de Planeación y Ejecución

C.P. Enrique Arenas Trujillo Director General

Lic. Nidia Paulina Carrillo Salgado Directora de Área

L.C. Mario Alberto Reyes Domínguez Subdirector de Área

L.E. Carlos Domínguez Plata Auditor Fiscalizador “A”

L.C. Rafael Martínez Rodríguez Auditor Fiscalizador “D”

Confronta y Fase de Elaboración de Informes

C.P. Lucelia Cuevas Rasgado Encargada de Despacho de la DGACF-A (según el oficio núm. ASCM/18/1135 del 5 de septiembre de 2018)

Mtro. Héctor Gervacio Jiménez Encargado del Despacho de la Dirección de Auditoría “C” (según oficio de designación número UTSFFA/18/1542 del 3 de septiembre de 2018)

L.C. Mario Alberto Reyes Domínguez Subdirector de Área

L.E. Carlos Domínguez Plata Auditor Fiscalizador “A”

L.C. Rafael Martínez Rodríguez Auditor Fiscalizador “D”