Consultas Frecuentes Factura Electronica

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Editorial Errepar - Todos los derechos reservados. D'Agostino, Hernán Consultas frecuentes PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN ¿Cómo genero una factura electrónica? Existen 3 métodos para obtener el CAE: * Sistema de comprobantes en línea * Aplicativo RECE * Web service Solamente en el primero se obtiene una factura. En los otros dos casos solamente la AFIP otorga el CAE. Los exportadores tienen una opción más que es el sistema "facturador plus", que en realidad es una forma de cargar masivamente operaciones en el sistema de "comprobantes en línea". ¿Puedo usar cualquiera de los tres sistemas? Los responsables inscriptos pueden utilizar cualquiera de los tres sistemas. Los exentos solamente pueden utilizar el Web Service y el sistema de Comprobantes en línea, al igual que los monotributistas. ¿Puedo usar más de un sistema simultáneamente? Sí. Solamente tenga presente que el punto de venta del sistema Comprobantes en línea debe ser distinto del utilizado para el Web Service o para el sistema RECE en caso que tenga habilitada esta posibilidad. ¿Pero entonces corro el riesgo de que se superpongan las facturas? No, porque se utilizará un punto de venta distinto para el sistema de "comprobantes en línea" respecto de los otros dos sistemas. En el primer caso, la numeración de los comprobantes la otorga automáticamente la AFIP al dar de alta la factura, y la correlatividad de las mismas es controlada automáticamente por la del sistema. Mientras que en los otros dos sistemas es responsabilidad del contribuyente, al momento de solicitar el CAE, controlar que no se superpongan las facturas. Si se superponen, el Fisco no otorgará el CAE autorizando las mismas. ¿Cómo emito comprobantes en caso de que la página web de la AFIP no funcione? Se emitirán los comprobantes previstos por la RG 1415, es decir, en forma manual con CAI. Por lo tanto el contribuyente se encuentra obligado a mantener talonarios de comprobantes con CAI vigente. ¿Puedo anular una factura electrónica? No se puede. Para anularla deberá emitir una nota de crédito electrónica. ¿Puedo emitir mis notas de crédito o débito en los comprobantes de facturas y luego reemplazar la palabra "factura" por "nota de crédito" o "nota de débito", como está previsto en la RG 1415 para los comprobantes con CAI? No. Esta alternativa no es válida para los comprobantes electrónicos. Las notas de débito o crédito deben emitirse obligatoriamente a través de los sistemas de la AFIP, identificándolas al momento de generar el comprobante como "nota de crédito" o "nota de débito". ¿Puedo tercerizar la emisión electrónica de comprobantes o necesariamente debe realizarla el contribuyente? El sistema solamente requiere de acceso con clave fiscal, por lo que no es necesario que la gestión la realice obligatoriamente el contribuyente, pudiendo delegar en un tercero dicha actividad Si opto por emitir mis comprobantes a través del sistema comprobantes en línea, ¿no tengo que preocuparme por la correlatividad de la numeración? En el caso de que se utilice dicho sistema, la correlatividad de la numeración es otorgada por el mismo, el cual impedirá que se altere dicha correlatividad emitiendo facturas con fecha previa a otras facturas. Es decir que si emití la factura 11 con fecha 20 de enero de 2012, no podré luego emitir la factura 12 con fecha 19 de enero.

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Consultas frecuentes factura electronica

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Editorial Errepar - Todos los derechos reservados.

D'Agostino, Hernán

Consultas frecuentes

PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN

¿Cómo genero una factura electrónica?

Existen 3 métodos para obtener el CAE:

* Sistema de comprobantes en línea

* Aplicativo RECE

* Web service

Solamente en el primero se obtiene una factura. En los otros dos casos solamente la AFIP otorga el CAE.

Los exportadores tienen una opción más que es el sistema "facturador plus", que en realidad es una forma decargar masivamente operaciones en el sistema de "comprobantes en línea".

¿Puedo usar cualquiera de los tres sistemas?

Los responsables inscriptos pueden utilizar cualquiera de los tres sistemas. Los exentos solamente puedenutilizar el Web Service y el sistema de Comprobantes en línea, al igual que los monotributistas.

¿Puedo usar más de un sistema simultáneamente?

Sí. Solamente tenga presente que el punto de venta del sistema Comprobantes en línea debe ser distinto delutilizado para el Web Service o para el sistema RECE en caso que tenga habilitada esta posibilidad.

¿Pero entonces corro el riesgo de que se superpongan las facturas?

No, porque se utilizará un punto de venta distinto para el sistema de "comprobantes en línea" respecto de losotros dos sistemas. En el primer caso, la numeración de los comprobantes la otorga automáticamente la AFIP aldar de alta la factura, y la correlatividad de las mismas es controlada automáticamente por la del sistema.Mientras que en los otros dos sistemas es responsabilidad del contribuyente, al momento de solicitar el CAE,controlar que no se superpongan las facturas. Si se superponen, el Fisco no otorgará el CAE autorizando lasmismas.

¿Cómo emito comprobantes en caso de que la página web de la AFIP no funcione?

Se emitirán los comprobantes previstos por la RG 1415, es decir, en forma manual con CAI. Por lo tanto elcontribuyente se encuentra obligado a mantener talonarios de comprobantes con CAI vigente.

¿Puedo anular una factura electrónica?

No se puede. Para anularla deberá emitir una nota de crédito electrónica.

¿Puedo emitir mis notas de crédito o débito en los comprobantes de facturas y luego reemplazarla palabra "factura" por "nota de crédito" o "nota de débito", como está previsto en la RG 1415 paralos comprobantes con CAI?

No. Esta alternativa no es válida para los comprobantes electrónicos. Las notas de débito o crédito debenemitirse obligatoriamente a través de los sistemas de la AFIP, identificándolas al momento de generar elcomprobante como "nota de crédito" o "nota de débito".

¿Puedo tercerizar la emisión electrónica de comprobantes o necesariamente debe realizarla elcontribuyente?

El sistema solamente requiere de acceso con clave fiscal, por lo que no es necesario que la gestión la realiceobligatoriamente el contribuyente, pudiendo delegar en un tercero dicha actividad

Si opto por emitir mis comprobantes a través del sistema comprobantes en línea, ¿no tengo quepreocuparme por la correlatividad de la numeración?

En el caso de que se utilice dicho sistema, la correlatividad de la numeración es otorgada por el mismo, el cualimpedirá que se altere dicha correlatividad emitiendo facturas con fecha previa a otras facturas. Es decir que siemití la factura 11 con fecha 20 de enero de 2012, no podré luego emitir la factura 12 con fecha 19 de enero.