Constitucion y Principios Del Proceso Penal

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Tema: Constitución y Principios del Proceso Penal SAN MARTÍN CASTRO, César. Derecho Procesal Penal. VOL I. Grijley. 2003 JOSE ANTONIO NEYRA FLORES

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derecho penal

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Tema: Constitución y Principios del Proceso

Penal

SAN MARTÍN CASTRO, César. Derecho Procesal Penal. VOL I. Grijley.

2003

JOSE ANTONIO NEYRA FLORES

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CONSTITUCIÓN Y PROCESO PENAL

• I. Generalidades• II. Garantías procesales genéricas• III. Garantías procesales específicas• IV. Garantías procesales de la víctima

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ASPECTOS GENERALES

• En el Proceso Penal, los derechos en conflicto son fundamentales, de relevancia constitucional (derecho de acusar que ejercita el MP, paralelo al derecho de punir del Juez/el derecho a la libertad del imputado, que hace valer su defensa)

• Constitución rígida (no modificadas por leyes ordinarias) y normativas (integran al ordenamiento jurídico como normas supremas)

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• LA CONSTITUCIÓN, reconoce derechos y principios procesales sobre a base del principio de necesidad del proceso penal o principio de jurisdicccionalidad

Principio de Jurisdicccionalidad

La pena solo se impone por Tribunales

Pena se impone por Tribunales por medio de un Proceso

Los principios son proposiciones fácticas de carácter general y abstracto que dan sentido o inspiran a las normas concretas y que a falta de estas, pueden resolver directamente los conflictos

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• La constitución ha incorporado un conjunto de garantías genéricas y específicas, son una vasta relación de cláusulas de relevancia constitucional que definen:

– Aspectos orgánicos de la Jurisdicción Penal– La formación del objeto procesal y régimen de la

acusación de las partes (proceso)– Actuación formal de la pretensión punitiva y de su

resistencia hasta la sentencia definitiva.

• Estas garantías se proyectan en todo el ámbito del Proceso Penal, son expansivas y polivalentes , pues una misma garantía, se la encuentra tanto en una fase del proceso, como en otra

CONSTITUCIÓN Y GARANTÍAS

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GARANTÍAS GENÉRICAS

Características: Guian la

actividad procesal.

Refuerza el contenido de las garantías específicas.

Asume un rol subsidiario.

Son 4:

1. El debido proceso.2. El derecho a la

tutela jurisdiccional.

3. El derecho a la presunción de inocencia.

4. El derecho de defensa.

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GARANTÍAS ESPECÍFICAS

Características: Se refiere a

aspectos puntuales del procedimiento.

Se refiere a la estructura y actuación de los órganos penales.

Son 32.

Pueden ser:A. Orgánicas ( * ). Relativas a la

formación del juez. Colocación de la

judicatura en relación a otros poderes del estado y otros sujetos del proceso..

B. Procesales ( ** ).Relativas a la formación del juicio.

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GARANTÍAS ESPECÍFICAS

1. Derecho de Igualdad Procesal.

2. Intervención necesaria del fuero común para conocimiento de delitos de Prensa.

3. Derecho al secreto bancario y reserva tributaria.

4. Derecho a la Inviolabilidad de las comunicaciones.

5. Derecho a la Libertad de Tránsito.

6. Derecho a la Libertad Individual.

7. Derecho al secreto Profesional.

8. Derecho a la Libertad individual.

9. Derecho a no ser incomunicado.

10. Derecho a no ser víctima de la violencia.

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GARANTÍAS ESPECÍFICAS

11. Formulación de cargos ante el poder judicial por FN en los casos de enriquecimiento ilícito.

12. Privilegio de congresistas de no ser procesados ni presos sin previa autorización.

13. Privilegio del antejuicio.

14. Derecho de defensa.15. Unidad y exclusividad

de la función jurisdiccional.

16. Independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional.

17. Garantía del juez legal.

18. Garantía de la publicidad de los procesos.

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GARANTÍAS ESPECÍFICAS

19. Garantía de la motivación escrita de las resluciones judiciales.

20. Principio de la pluralidad de instancia.

21. Principio de la inaplicabilidad por analogía de la ley penal y de las normas que restringen derechos.

22. Principio de no ser condenado en ausencia.

23. Prohibición de revivir procesos fenecidos con resolución ejecutoriada ( cosa juzgada ).

24. Derecho de ser informado, inmediatamente y por escrito de causas o razones de detención.

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GARANTÍAS ESPECÍFICAS

25. Gratuidad de la administración de justicia y de la defensa gratuita.

26. Derecho a participación popular en el nombramiento y revocación de magistrados.

27. Jurisdicción de la corte suprema limitada a fallar en casación o en última instancia.

28. Derecho de autoridades de comunidades campesinas y nativas, con apoyo de rondas campesinas de ejercer funciones jurisdiccionales.

29. Función del MP de conducción de la investigación del delito de oficio o a petición de parte.

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GARANTÍAS ESPECÍFICAS

30.Privilegio de inmunidad jurisdiccional del defensor del pueblo.

31.Competencia del fuero militar para conocer delitos de función cometidos por miembros de FFAA y PNP.

32.Privilegio del miembro del TC a la inmunidad jurisdiccional.

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Garantías Procesales Genéricas

1. EL DEBIDO PROCESO: Aspectos Generales

Para nuestro odenamiento, el debido proceso es una clausula de carácter general y residual o subsudiaria; por tanto constitucionaliza todas las garantías establecidas por la legislación ordinaria, en cuanto sean acordes con el fin de justicia

A traves del debido proceso se precipitan todas las garantías todas las garantías, derechos fundamentales y libertades públicas que es titular una persona en un Estado Social y Democrático de Derecho.

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El Debido Proceso: Aspectos Generales

Objetivo:Rodear el proceso de las garantías mínimas de equidad y justicia que respaldan en legitimidad la certeza en derecho de su realidad.

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El Debido Proceso: Aspectos Generales

Aplicando la 4° Disposición Transitoria de la Constitución:

a) Garantía de No incriminación.b) Derecho a un Juez imparcial.c) Derecho a ser juzgado sin dilaciones

indebidas.d) Derecho de interrogar a testigos y obtener la

comparecencia de otras personas que dan luz sobre los hechos.

e) Garantía del NE BIS IN IDEM:Procesal: integra el Debido Proceso.Material: No, porque está señalado expresamente en la constitución.

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El Debido Proceso: Aspectos Generales

• Según Tribunal Constitucional:

CONCEPTO: “PROCESO REGULAR.”Mecanismo rodeado de elementos compatibles con la Justicia. No es una garantía propia, es un PRINCIPIO INFORMADOR y DIRECTIVO de toda la Actividad Jurisdiccional.

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EL DEBIDO PROCESO: Aspectos Generales

• Según el Tribunal Constitucional: los derechos que lo integran son:

1) Derecho de Defensa y motivación de las resoluciones judiciales.

2) Derecho al Plazo razonable.3) Derecho a la cosa juzgada material.4) Derecho a la jurisdicción y procedimientos pre

establecidos.5) Derecho a la instancia plural.6) Derecho a la Igualdad de armas en un proceso.7) Derecho a la Presunción de Inocencia.8) El Derecho al NE BIS IN IDEM procesal.

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El Debido Proceso: Aspectos Generales

• Según CIDH:CONCEPTO: conjunto de actos de diversas características que contribuyen a que el proceso sea un medio para asegurar la solución justa de una controversia.BASE LEGAL: Art. 8° CIDH.

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GARANTIAS DEL DEBIDO PROCESO

a) EL DEBIDO PROCESO: Garantía de No Incriminación

Funciona contra quien es objeto de imputación penal, ya sea en sede penal o extrajudicial: Policía, Fiscalía, Congreso.

El imputado tiene derecho a introducir válidamente al proceso, la información que considere adecuada, el imputado tiene el señorio y poder de decisión sobre su delcaración.

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El Debido Proceso: Garantía de No Incriminación

El imputado tiene derecho:

1. A hablar → a ser oído2. A callar ( Derecho al Silencio )

Por Tanto:1. Derecho a no declarar contra si mismo y

a no confesarse CULPABLE.2. Derecho a MENTIR.

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El Debido Proceso: Garantía de No Incriminación

EFECTOS:

1) La no declaración no permite inferencia de CULPABILIDAD.

2) El imputado tiene derecho a declarar cuantas veces quiera.

3) Rige SOLO cuando se obligue al imputado a emitir una declaración que exterioriza un contenido. No tiene que ver con la evidencia real, física, derivada de la persona del imputado.

4) Impide que bajo amenaza de sanción se coacte al sujeto a entregar todo tipo de prueba..

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b) EL DEBIDO PROCESO: Derecho a un Juez Imparcial

La imparcialidad garantiza una limpia e igualitaria contienda procesal, permite al Juez desempeñar un papel suprapartes

Su fin es proteger la efectividad del derecho a un proceso con todas las garantías

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C) EL DEBIDO PROCESO: Derecho a un Juez Imparcial

Se pueden diatinguir dos modos de apreciar la imparcialidad judicial: 1. Subjetiva: Conviccion personal de un Juez determiando respecto del caso concreto y de las partes 2. Objetiva: Garantías suficientes que debe reunir el Juzgador en su actuación respecto del objeto del Prtoceso La imparcialidad se afecta: a) razones de Parentezco, b) razones de amistad y enemistad, c) razones de interés, de incompatibilidad.

Una derivaciòn de la garantía del Juez imparcial es el Juez no Prevenido: Los Jueces y Magistrados que deben dictar sentencias, no deben haber intervenido en la fase de instrucción

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d) El Debido Proceso: Derecho a ser juzgado sin dilaciones

Derecho a todos los ciudadanos a un proceso sin dilaciones indebidas o, a que su causa sea oída dentro de un plazo razonable , sin retraso.

Es un derecho fundamental de naturaleza, de carácter subjetivo reaccional, se dirige a los órganos judiciales creándoles la obligación de actuar, ejerciendo el ius puniendi en un plazo razonable, bajo sanción de reconocer o reestablecer el derecho a la Libertad.

“EL REPROCHE JUDICIAL VIENE YA VICIADO POR EXTEMPÓRANEO”.

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e) EL DEBIDO PROCESO: Derecho a ser juzgado sin dilaciones

Requisitos: Que la dilación produzca:

Incumplimiento de PLAZO. Que la dilacion sea indebida. Justificaciones:

- Complejidad del asunto.- Comportamiento del agente.- Actitud del órgano judicial.

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EL DEBIDO PROCESO: Derecho a ser juzgado sin dilaciones

- Este derecho vulnerado exige –de parte de la autoridad judicial su inmediato restablecimiento- la emisión de la resolución cuya tardanza se ha puesto de manifiesto

- Se puede declarar el derecho indemnizatorio que asiste al perjudicado –el Estado o el particular culpable

- Opción con mayor consistencia: La reducción de la pena, que como mínimo requerira su reparación

“El ritmo de la culpabilidad ya no late con la misma intensidad.”

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El Debido Proceso: Derecho a ser juzgado sin dilaciones indebidas

Perspectiva dogmática penal ( Posición de Silva S.).A favor de la atenuación de la pena cuando se presenta un comportamiento antijurídico delos órganos de la justicia penal. - No se siente la misma necesidad de sanción cuando ha transcurrido un lapso de tiempo importante entre la comisión del hecho y la sentencia - La rebaja de pena no produce mengua importantes del efecto intimidatorio sobre la socierdad

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F) El Debido Proceso: Derecho a usar los medios de prueba pertinentes

CONCEPTO: Paralelo al Derecho de defensa.PRUEBA:

Pertinente: Cuando guarda relación con lo que es objeto de Proceso. Util: Adecuación MEDIO – FIN. Lícita: No quebranta disposición legal alguna, respetando derechos fundamentales

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El Debido Proceso: Derecho a usar los medios de prueba pertinentes

Este derecho comprende: - Lograr la comparecencia compulsoria de testigos y peritos- Lograr la información que estos puedan proporcionar.

Lo escencial es asegurar al oponente la oportunidad de contrainterrogar “derecho a la contraprueba”, No es solo manifestación del contradictorio sino, la materialización de la necesaria equiparación entre las partes activas y pasivas: probar y controlar la prueba del adversario

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El Debido Proceso: Derecho a usar los medios de prueba

pertinentes Comentario S.T.C. Exp. 10 – 2002:El autor expresa su

disconformidad, argumentando lo siguiente:

Que el peligro sea concreto. La Justicia es un valor inherente. Se debe instaurar un mejor sistema

de Protección de Testigos.

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G) EL DEBIDO PROCESO: Ne bis im idem procesal

Sustancial: Res iudicato:- Sujeto.

No doble sanción - Hecho. ( Art. 139° inc. 13 Const.) -

Fundamento.

Procesal: El imputado no puede ser sometido a un doble riesgo real.( Art. 139° inc. 3 Const.).

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Ne bis in ídem procesal

Derecho Constitucional a no ser enjuiciado dos veces por el mismo delito y su fundamento se haya en las exigencias particulares de libertad y seguridad del individuo.

Fuente de conflicto cotidianamente con la potestad sancionadora de la Administración.

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Ne bis in ídem procesal

Esta garantía se extiende a la propia calificación jurídica de los hechos cuestionados: se declara en sede penal que el hecho no es delito –existe unanimidad del derecho sancionador- no es posible someter el mismo hecho ya juzgado, por razón de sucesión de normas en el tiempo, aunque sea en sede administrativa “el imputado no puede ser sometido a un doble riesgo real”

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2. EL DERECHO A LA TUTELA JURISDICCIONAL

CONCEPTO:conjunto de reglas genéricas de protección del ciudadano durante el proceso.

Comprende: (Según ASENCIO MELLADO). Derecho al Proceso.Derecho a obtener una resolución de fondo

fundada en Derecho.Derecho a los recursos legalmente previstos.Derecho a la ejecución de Resoluciones Judiciales.

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Derecho al Proceso.Tambien denominado: derecho de acceso a la justicia, derecho de todas las personas de ser oidas por el órgano jurisdiccional

Derecho a obtener una resolución de fondo fundada en Derecho. (salvo que exista una causa impeditiva en la ley )La decisión del organo jurisdiccional puede ser denegatoria o inclusive ampararse en razones estrictamente formales, siempre que razone de modo no arbitario, en absluta congruencia con la solicitud y los alegatos de las partes.

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Derecho a los recursos legalmente previstos.

Derecho a la ejecución de Resoluciones Judiciales. Las resoluciones judiciales firmes, no son meras declaraciones de intenciones, si no que es necesario que se ejecuten obligatoriamente de modo coactivo en los casos en que voluntariamente no se cumplan el pronunciamiento contenido en ella.

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3. EL DERECHO A LA PRESUNCION DE INOCENCIA

“Toda persona tiene derecho a la libertad y segurida personal. En consecuencia, toda persona es considerarda inocente mientras no se haya declarado judicialmente su inocencia ” (Art. 2.24 Constitución)

Se crea a favor de las personas un verdadero derecho subjetivo a ser consideradas como inocentes de cualquier delito que se les atribuya, mientras no se presente prueba para destruir dicha presunción, aunque sea mínima

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EL DERECHO A LA PRESUNCION DE INOCENCIA

SIGNIFICADOS:

CONCEPTO FUNDAMENTAL: Es la base para la Construccion del Modelo Procesal.

POSTULADO: Tratamiento del imputado. Por tanto: reducción medidas restrictivas.

INCIDENCIA PROBATORIA: si culpabilidad no está probada: ABSOLUCION.

POR TANTO:- Exigencia de actuación real de Pruebas.- Principio de libre valoración o criterio de conciencia.

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EL DERECHO A LA PRESUNCION DE INOCENCIA

Jurisprudencia Casatoria Española recomienda La exigencia de que nadie puede considerado como culpable hasta que se declare por sentencia condenatoria, contiene 5 presupuestos

1) Suficiente Actividad probatoria.2) Producida con las Garantías procesales.3) Que sean de cargo.4) De las que se deduce la culpabilidad.5) Practicada en el Juicio.

ONUS PROBANDUM: recae sobre el MP.

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EL DERECHO A LA PRESUNCION DE INOCENCIA

• Tiene carácter reaccional, no necesitando un comportamiento activo de su titular

• Tiene dos niveles: (Jurisprudencia española)– Fáctico: Comprensivos, tanto de la

acreditación de hechos descritos en el tipo penal, como de la culpabilidad del acusado

– Normativo: La regularización en la obtención y producción de la prueba como a la comprobación de la estructura racional de la convicción del Juzgador

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EL DERECHO DE DEFENSA

Constitución 139.14. “El principio de no ser privado del derecho de defensa en ningún estado del proceso. Toda persona será informada inmediatamente y por escrito de la causa o las razones de su detención. Tiene derecho a comunicarse personalmente con un defensor de su elección y a ser asesorada por éste desde que es citada o detenida por cualquier autoridad”.

Extiende la protección a cualquier procedimiento, y es reconocida como requisito escencial valido para la constitución de un proceso

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EL DERECHO DE DEFENSA

Derecho de defensa:- Como derecho subjetivo,

- Como garantía del proceso

CARACTERÍSTICAS:1) Irrenunciabilidad.- La parte no puede

decidir que no se le conceda la oportunidad de defenderse

2) Inalienabilidad.- No puede ser dispuesta por su titular, ni su ejercicio puede ser sustraido, ni traspasado a terceros.

3) Necesaria para la validez del Proceso

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EL DERECHO DE DEFENSA

Derechos del Imputado ( Art. 14 inc. 3 Pacto CIDH ):

1. Designar Abogado.2. Comunicación con su Defensa

antes de contestar la Imputación.3. Derecho a conocer los cargos y

las pruebas.

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EL DERECHO DE DEFENSA

DIMENSIONES:

MATERIAL: Asumir su propia defensa desde el momento en que toma conocimiento de la imputación.

FORMAL: Asesoramiento y patrocinio de una defensa técnica, se erige como un servicio público imprescindible que se presta aun en contra de la voluntad del imputado

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EL DERECHO DE DEFENSA: incorporación de principios

1.- PRINCIPIO DE CONTRADICCION: Exigencias: a) Imputaciónb) Intimidación (conocimiento de la

imputación)c) Derecho de audiencia:

Respeto a la integridad corporal del imputado. Rechazo a las torturas.

Facultad de abstenerse voluntariamente a declarar.

Al derecho de probar y controlar la prueba.“ NADIE SERÁ CONDENADO SIN SER OÍDO Y

VENCIDO EN JUICIO “

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EL DERECHO DE DEFENSA: incorporación de principios

2.- PRINCIPIO ACUSATORIO: Ejercicio y mantenimiento de la

acusación por órgano distinto del Juez.

División del proceso por fases.Vinculación del Juez a las

pretensiones de las partes. Prohibición de la REFORMATIO IN

PEJUS.

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GARANTÍAS PROCESALES ESPECÍFICAS

IGUALDAD: Garantía derivada genéricamente del art. 2° inc. 2 de la Const. ( Para todo derecho ), no distingue entre ley material y procesal .Contradicción efectiva en el proceso + Configuración de parte

Acusación Defensa: Igualdad de Condiciones:1.- Derechos procesales.2.- Oportunidades.3.- Probabilidades.Ambas partes procesales Medios de ataque y defensa y de Igualdad de armas.

Page 48: Constitucion y Principios Del Proceso Penal

GARANTÍAS PROCESALES ESPECÍFICAS

Recomendación Jurisprudencial CIDH:- Principio de no discriminación.- Principio de Igualdad ante la Ley.- Los estados deben compensar las

condiciones de desigualdad real.

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GARANTÍAS PROCESALES ESPECÍFICAS

GARANTIA DE IGUALDAD: No se reciente este principio por:

- Papel del MP: Magistratura requeriente.- En los delitos de persecución privada.- en la etapa sumarial, puesto que es una etapa preparatoria del Juicio Oral.

Expresión de este principio en:- En los recursos: Igualdad de las partes.- A nivel de prueba: con intervención de todas las partes.

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GARANTÍAS PROCESALES ESPECÍFICAS

GARANTÍA DE LA INVESTIGACIÓN OFICIAL:Mejor ponderación posible.

Según Eberhard Schmidt:- La policía y el MP actúan de oficio.- El órgano jurisprudencial debe continuar el

proceso hasta la sentencia.

Acceso a las partes y el impulso es de oficio.

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GARANTÍAS PROCESALES ESPECÍFICAS

Se exige:-Que el MP compruebe todos los hechos.- La incertidumbre sobre los hechos concluye en la ABSOLUCIÓN.- El Juez debe regirse por el IN DUBIO PRO REO.- El Juez debe aplicar el principio IURA NOVIT CURIA.- Los hechos jurídicamente relevantes deben comprobarse por un procedimiento Judicial de prueba.

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GARANTÍAS PROCESALES ESPECÍFICAS

• La obtención de la verdad, no es propiamente la material, si no la verdad obtenida por vías formalizadas.

• El Ministerio Público no puede actuar con parcialidad frente al acusado.

• La investigación no puede producir nada definitivo con relación al objeto del proceso, pues solo procura establecer si existen sospechas suficientes de la existencia de una acción punible.

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GARANTÍAS PROCESALES ESPECÍFICAS

GARANTÍA DE LA PUBLICIDAD:DEL JUICIO:- Art. 139° inc. 4 y art. 138° de la Const.- El público puede asistir personalmente ( Publicidad inmediata).- O puede enterarse mediante un medio de comunicación social ( Publicidad mediata ).

- HESSEMER: El control del juicio por la comunidad.Auto legitimidad de las decisiones de los miembros de la Adm. de Justicia.

factor peligroso pero necesario

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GARANTÍAS PROCESALES ESPECÍFICAS

GARANTÍA DE LA PUBLICIDADDEL JUICIO:

- Excepciones:- Los supuestos de privacidad de la Ley está enmarcado por el pacto.- En todo caso corresponde a la Ley fijar los supuestos generales y dejar al juzgador la decisión particular, la acordada caso por caso, en orden al principio de Exclusividad Jurisdiccional.

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GARANTÍAS PROCESALES ESPECÍFICAS

GARANTÍA DE LA PUBLICIDAD:- DEL JUICIO: Incorpora:- Principio de Oralidad:La oralidad es la ejecución de la prueba, los informes de las partes y la última palabra del imputado.“El Sumario es actuación encaminada a preparar el juicio y que en este, en la prueba practicada en el, ha de buscarse los elementos necesarios para formar la convicción el órgano jurisdiccional.

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GARANTÍAS PROCESALES ESPECÍFICAS

GARANTÍA DE LA PUBLICIDAD DEL JUICIO:- INCORPORAR:- Principio de Inmediación:Fase real probatoria y verdadera, comprensión escénica del proceso.- Principio de Concentración: El material de hecho se encuentra en el juicio oral. La actividad probatoria se desarrolla en una audiencia única y en el menor número de sesiones.

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GARANTÍAS PROCESALES ESPECÍFICAS

GARANTÍA DE LA PUBLICIDAD:DEL SUMARIO o INSTRUCCIÓN:

- SECRETO SUMARIAL: - RESERVA: publicidad interna solo partes apersonándose. Secreto: extra procesal: se extiende a todas las diligencias y cesa automáticamente en el momento que acaba la fase intermedia.

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GARANTÍAS PROCESALES ESPECÍFICAS

GARANTÍA DE LA PUBLICIDAD: DEL SUMARIO o INSTRUCCIÓN:- PRECISIONES:

Toda limitación debe respetar el principio de proporcionalidad.

El secreto sumarial es, antes que nada, una garantía institucional del derecho fundamental a la seguridad y el valor constitucional de la justicia.

El secreto sumarial se debe predicar de las diligencias que lo constituyen, NO DE LOS HECHOS DE LA REALIDAD SOCIAL.

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GARANTÍAS PROCESALES ESPECÍFICAS

GARANTÍA DE LA PUBLICIDAD DEL SUMARIO o INSTRUCCIÓN:- PRECISIONES:

Objeto de Investigación ( no existe materia reservada sumarialmente )

En consecuencia: no se puede reputar como secreto, lo que todo el mundo

conoce. Cuando llegan los hechos a conocimiento de la prensa, no

se perturba a la Justicia. Si sólo si: Ya interviene la autoridad judicial, dicta medidas y las

partes lo conocen. En caso de documentos y videos pre existen a la

investigación, incluso prueba ser objeto de prueba, solo constituyen el inicio de un conjunto de actos de investigación en curso.

No se vulnera con la publicidad, el honor de un presunto inocente.

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GARANTÍAS PROCESALES ESPECÍFICAS

GARANTÍA DE LA PUBLICIDAD DEL SUMARIO o INSTRUCCIÓN:

Libertad de Información con derecho pasivo de la personalidad y procesales.Tiene que ver con la imparcialidad de los Tribunales.Para entender esto, se tiene que ver con la Doctrina de los Estándares.

Por la persona de los imputados:particularFuncionario público.

Por la valoración de la información, no es la misma si se lesiona el honor.

Si la información ha sido obtenida debidamente, no hay razón para no difundirla.

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GARANTÍAS PROCESALES ESPECÍFICAS

GARANTÍA PROCESALES DE LA VÍCTIMA:Art. 25 CADH. Protección a la víctima..

Obligación del Estado: Identificación de la persona Investigación efectiva Proveer mecanismos procesales para invocar TUTELA

JURISDICCIONAL.

Derechos: PROCESAL:Derecho a la verdad e intervenir en el

proceso MATERIAL:Derecho a una reparación e indemnización

adecuada.