Consejos Comunales

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"Consejos Comunales son producto de las necesidades y particularidades de la Revolución Bolivariana De esta manera, Venezuela vuelve a dar un aporte político y social con la finalidad de sustituir los obsoletos mecanismos de la democracia representativa, por los de nuevos procesos que conduzcan a una democracia popular y revolucionaria. Con la finalidad de fortalecer el poder de decisión de las comunidades, el presidente Hugo Chávez firmó el ejecútese a la Ley de Consejos Comunales el pasado el 9 de abril, en el campo de Carabobo, durante el programa Aló Presidente No. 252. La ocasión fue oportuna para analizar la viabilidad y el potencial financiamiento de más de 1.800 proyectos pertenecientes a los Consejos Comunales del centro-occidente de todo el país. La promulgación de dicho instrumento jurídico se realizó a pocos días de conmemorarse el 19 de abril de 1810. Si esta fecha histórica marc ó el inicio de nuestra independencia como nación , se podrá decir que la Ley de Consejos Comunales marcará el comienzo de la emancipación del Poder Popular en Venezuela, la cual dará bases reales y profundidad a la democracia participativa y protagónica. "Los Consejos Comunales cumplirán funciones relacionadas con el desarrollo nacional, las cuales van más allá del manejo de los recursos para resolver sus problemas . Entre ellas destacan la recuperación de empresas paradas ya que en gran cantidad de zonas industriales –ubicadas en las comunidades-

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"Consejos Comunales sonproductode las necesidades y particularidades de laRevolucin BolivarianaDe esta manera,Venezuelavuelve a dar un aporte poltico y social con la finalidad de sustituir los obsoletos mecanismos de lademocraciarepresentativa, por los de nuevosprocesosque conduzcan a una democracia popular y revolucionaria.Con la finalidad de fortalecer elpoderde decisin de las comunidades, el presidente Hugo Chvez firm el ejectese a laLeyde Consejos Comunales el pasado el 9 de abril, en el campo de Carabobo, durante elprogramaAl Presidente No. 252. La ocasin fue oportuna para analizar la viabilidad y el potencialfinanciamientode ms de 1.800proyectospertenecientes a los Consejos Comunales del centro-occidente de todo el pas.La promulgacin de dicho instrumento jurdico se realiz a pocos das de conmemorarse el 19 de abril de 1810. Si esta fecha histricamarc el inicio de nuestraindependenciacomonacin, se podr decir que la Ley de Consejos Comunales marcar el comienzo de la emancipacin del Poder Popular en Venezuela, la cual dar bases reales y profundidad a la democracia participativa y protagnica."Los Consejos Comunales cumplirnfuncionesrelacionadas con eldesarrollonacional, las cuales van ms all del manejo de losrecursospara resolver susproblemas. Entre ellas destacan la recuperacin deempresasparadas ya que en gran cantidad de zonas industriales ubicadas en las comunidades- hay edificaciones abandonadas que pertenecieron a empresas, fbricas o reas comerciales. As mismo, participarn en el pleno ejercicio de la defensa de lasoberanae integridad territorial de Venezuela a travs de las guardias territoriales, tal como lo establece el artculo 184 de laConstitucin. Aspiramos a que estas instancias de poder popular sean uno de los primeros Consejos ComunalesConsejos comunalesUn consejo comunal es una forma deorganizacinde lacomunidaddonde el mismo pueblo es quien formula, ejecuta, controla y evala laspolticaspblicas, asumiendo as, el ejercicio real del poder popular, es decir, poniendo en prctica las decisiones adoptadas por lacomunidad.Se esperaba que para el 2008 enla RepblicaBolivariana de Venezuela, estuviera una nuevageometranacional del poder y tuviera una gran importancia desde el punto de vista del nuevo pas socialista que se estaba formando. Era una de las columnas vertebrales que conformaban los cincomotorespara laconstruccinde la nueva Repblica. Sin embargo en la derrotada reforma de 2007 la nuevageometrano fue aprobada y por lo tanto los Consejos Comunales quedaron tal como se iniciaron.De hecho, el consejo comunal representa la instancia esencial dela organizacinpopular, que deber a partir de all arrojar la experiencia necesaria en el impulso al Poder Comunal (antiguo QuintoMotor), se esperaba en el mediano plazo la constitucin de los Consejos de Trabajadores y Trabajadoras, de Campesinos, de estudiantes como primera expresin de la definicin constitucional de la democracia venezolana (participativa y protagonista).Principios Corresponsabilidad Cooperacin Solidaridad Transparencia Rendicin de Cuentas Honestidad Eficacia y Eficiencia Responsabilidad Social Control Social Equidad Justicia Igualdad Social y de GneroConformacin de los Consejos comunalesPor definicin de la Ley de los Consejos Comunales promulgada en Venezuela en abril de 2006, el Consejo Comunal est conformado por tres instancias: rgano Ejecutivo, la Unidad de Contralora Social y la Unidad deGestinFinanciera (BancoComunal).rgano Ejecutivo. Es el responsable de ejecutar las decisiones que se tomen en asamblea de Ciudadanos... Principales soportes del parlamentarismo social", dijo David Velsquez, diputado a la Asamblea Nacional.REFORMA A LA LEY DE CONSEJOS COMUNALESREFORMA DE LA LEY DE LOS CONSEJOS COMUNALESDECRETO CON RANGO,VALORYFUERZADE REFORMA DE LA LEY DE LOS CONSEJOS COMUNALESArtculo 1. Se modifica el ttulo de la ley vigente de la manera siguiente:"LEY DE LOS CONSEJOS COMUNALES DEL PODER POPULAR"Artculo 2. Se modifica el artculo 1 referente al objeto, el cual queda redactado en los siguientes trminos:Concepto de Consejo Comunal.El Consejo Comunal es la forma de organizacin ms avanzada que pueda darse, los vecinos de una determinada comunidad para asumir el ejercicio real del poder popular, es decir, para poner en prctica las decisiones adoptadas por la comunidad. Es adems, la instancia bsica deplanificacin, donde el pueblo formula, ejecuta, controla y evala las polticas publicas, e incorpora a las diferentes expresiones organizadas de los movimientos populares.PRINCIPIOS YVALORESDE LOS CONSEJOS COMUNALESLos artculos 3 y 5 de la Ley de los Consejos Comunales, enuncian en forma respectiva, un buen numero deprincipiosy de deberes que apuntalan y sustentan laaccinde tales instancias dearticulacionesy participacin, con el entendido que no puede existir accin alguna coninterssocial que no este anclada y basada en valores que viabilicen con acierto el norte de las ejecutorias. En este sentido, nos expresa el legislador que la organizacin y el funcionamiento de los Consejos Comunales se debe regir siempre conlos valoresde la corresponsabilidad, cooperacin,solidaridad, transparencia, rendicin decuentas,honestidad,eficacia,eficiencia,responsabilidad social,controlsocial,equidad,justiciaeigualdadsocial y degnero.CONCEPTO DE ORGANIZACIN COMUNITARIAElhombrees un ser eminentemente social, de ah siempre se ha reunido con sus semejantes con el objeto de formargrupos, comunidades ysociedadesy con ello poder satisfacer sus necesidades. Las sociedades se transforman y se desarrollan, constituyendo...OBJETO"Artculo 1. La presente ley tiene por objeto crear, desarrollar y regular, en el marco de los lineamientos previstos en la Ley Orgnica del Poder Popular, la conformacin,integracin, organizacin y funcionamiento de los consejos comunales del poder popular; su desarrollo armnico sustentable y sostenible dentro de unsistemadeeconomasocial; y la relacin de stos con los rganos de lEstado, para la formulacin, ejecucin, control yevaluacinde las polticas pblicas".Artculo 3. Se modifica el contenido del artculo 2 de la ley vigente, el cual queda redactado de la siguiente manera:CONSEJOS COMUNALES DEL PODER POPULAR"Artculo 2. Los consejos comunales del poder popular, en el marco constitucional de la democracia participativa y protagnica, constituyen el espacio para la participacin de los ciudadanos y las ciudadanas a objeto de llevar a cabo la integracin y articulacin entre las diversasorganizacionescomunitarias,grupos socialesy los rganos del Estado, con la finalidad de permitir al pueblo organizado ejercer directamente la gestin de las polticas pblicas y la ejecucin de proyectos, orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construccin de unasociedadde equidad y justicia social".Artculo 4. Se modifica el contenido del artculo 3 relativo a los Principios, en los trminos siguientes:PRINCIPIOS"Artculo 3. La organizacin, funcionamiento y accin de los consejos comunales se rige conforme a los principios de soberana popular, universalidad, voluntariedad, corresponsabilidad, cooperacin,...Proyecto socio comunitario UNESRINTRODUCCINLa presenteinvestigacinse encuentra referida a la propuesta de un nuevo sistema de gestin y control deinformacinautomatizada de todos los ciudadanos inscritos en el concejo comunal de San Miguel de la Parroquia la Vega a fin de generar la fluidez positiva de las labores desempeadas y garantizar lacalidadde respuesta a todos los participantes de dicho Consejo Comunal.La metade toda organizacin se puede describir como el logro de tareas prescritas, por medio del uso de los recursos disponibles de la manera ms eficaz. Los recursos dentro de las empresas einstitucionesson la esencia productiva que permite elxitodel cumplimiento de losobjetivosorganizacionales. A su vez, es importante sealar quela motivacinposee particular relevancia para promover el eficazdesempeode las actividades dentro de una organizacin y se ve reflejada en la utilizacin de actualizadastcnicasenmateriadetecnologa, es decir que debe existir una constanteinteraccintecnologa hombre. Por ello Chiavenato (1993) alega "El xito de toda organizacin depender de que la misma cuente conrecursos humanospreparados y motivados, pues son ellos los que garantizan sucompetitividad,productividady eficiencia" p(22). Uno de los tpicos en eldebateactual sobrela cienciay la tecnologa consiste en determinar que tanto han servido para la configuracin a las sociedades modernas y trasformar a las tradicionales. Los progresos cientficos como tecnolgicos han modificado radicalmente la relacin del hombre con lanaturaleza. Hoy da lacienciay la tecnologa calan los niveles ms altos en la sociedad actual. Actualmente la tecnologa es parte del sistema de vida de todas las sociedades, de manera tal que losavances tecnolgicosse estn sumando a la voluntad social ypolticade las sociedades de controlar el propio destino, losmediosy el poder de hacerlo La ciencia y la tecnologa estn proporcionando a la sociedad una amplia variedad de opciones en cuanto a lo que podra ser el destino de la humanidad.En los nuevos escenarios, por los cuales se est transitando, se puede identificar un aspectos que se destaca por su importancia:La Globalizacinque se hace presente de maneradinmicadentro delprocesolaboral, evidenciando de esta manera la necesidad de que las organizaciones estn preparadas para enfrentar los retos que se le plantean en contextos de significativa complejidad empresarial, requiriendo para ellos de constantes y dinmicos procesos de modernizacin administrativa. En tal sentido se propone lograr en el Consejo Comunal de San Miguel de la Parroquia la Vega eldiseode un nuevo sistema automatizado que aparte de su complejidad agilizar la labor; y esas ideas evolutivas se vern mostradas en estetrabajoestructurado de la siguiente manera: El Captulo uno, tiene como propsito mostrar el motivo dela investigacintratando de definir la raz del problema, as como tambin las interrogantes de la investigacin,objetivogeneral y especficos as como la justificacin. El Captulo dos, pretende enfocar los antecedentes relacionados con la investigacin al igual que todos aquellos aspectos tericos que Sustentan el tema, los cuales deben estar entrelazados con el contenido del mismo. Por su parte el tercer captulo se denomina marco metodolgico y contiene el diseo metodolgico, tipo de investigacin. Finalizando con las Conclusiones y Recomendaciones.CAPTULO I EL PROBLEMA1.1Planteamiento del problemaLos Consejos Comunales estn siendo adoptados en la Repblica Bolivariana de Venezuela y se espera que para el 2008 haya una nueva geometra nacional del poder y tengan una gran importancia desde el punto de vista del nuevo pas socialista que se est formando. Es una de las columnas vertebrales que conforman los cinco motores para la construccin de la nueva Repblica. De hecho, el Consejo Comunal representa para laRevolucinBolivariana que se vive en Venezuela, la instancia esencial de la organizacin popular, que deber a partir de all arrojar la experiencia necesaria en el impulso al Poder Comunal (Quinto Motor), se espera en el mediano plazo la constitucin de los Consejos de Trabajadores y Trabajadoras, de Campesinos, de estudiantes como primera expresin de la definicin constitucional de nuestra democracia venezolana (participativa y protagonista). En relacin a los consejos comunales debe decirse que no existe la posibilidad de determinar supersonalidadjurdica pues pueden verse como fuerzas polticas aliadas algobiernonacional, ya que despus de todo es ante el quien se registran y es el gobierno nacional quien decide otorgar o no recursos nacionales en los llamados Gabinetes Mviles, o como simples funcionarios pblicos pues sus miembros deben presentar declaracin jurada debienescomo lo hacen los miembros de laadministracin pblicanacional, al mismotiempoque deben rendir cuentas. La Parroquia la Vega es una de las 32 parroquias que integran el DistritoCapitaly una de las 22 que se encuentran en el Municipio Libertador. Dentro de la jurisdiccin existe un consejo comunal en el sector San Miguel cuya finalidad es impulsar la cooperacin 45. organizada de la comunidad en el diseo, ejecucin y desarrollo de las polticas sociales destinadas a elevar lacalidad de vidade los ciudadanos y ciudadanas. Nace de la necesidad de integrar a la comunidad, garantizando su participacin en la formulacin de propuestas y/o proyectos. En la actualidad el Consejo Comunal est realizando el censo poblacional del sector San Miguel, con el fin de elaborar el rbol de los grupos familiares y de las necesidades de la comunidad, para detectar y diagnosticar los inconvenientes comunes a solucionar. El proceso de inscripcin es llevado de formamanual. Lo que esta ocasionando: Demora en la recopilacin y actualizacin de losdatos. Extravo y errores ortogrficos de losdocumentos. No existe un orden o nivel de prioridad en el manejo de las peticiones deservicio. Cuando se requiere dar seguimiento a un caso, la bsqueda del mismo resulta tediosa. A causa de este sistema de trabajo. Se crea las siguientes interrogantes de la Investigacin. 1. Cules son las necesidades del consejo comunal del barrio San Miguel de la Parroquia la Vega para que se lleve unregistropreciso de todos los datos en el proceso de inscripcin de los ciudadanos? 2. Cules serian los requerimientos para instalar un nuevo sistema automatizado para el proceso de inscripcin de los ciudadanos en el consejo comunal del Barrio San Miguel de la Parroquia la Vega? 3. Cul seria laestructuradel nuevo sistema automatizado para el proceso de inscripcin de los ciudadanos en el consejo comunal del Barrio San Miguel de la Parroquia la Vega?1.2 objetivos de la Investigacin1.2.1 Objetivo GeneralDesarrollar un sistema de inscripcin para satisfacer las necesidades del consejo comunal San Miguel de la parroquia la Vega del distrito capital en base a un desarrollo endgeno. Sostenido y eficiente. 1.2.2 Objetivo Especifico 1. Desarrollar un sistema automatizado para el registro de usuarios. 2. Disear un sistema de requerimientos escalable que proporcione flexibilidad y utilizabilidad para los usuarios. 3. Analizar los aspectos ms importantes de la problemtica en el barrio San Miguel de Vega y contextualizar los mismos para ajustarlos alproyectosocialista.1.3 JustificacinEsta investigacin se justifica desde el punto de vista social, ya que se desarrollara un sistema de inscripcin que va hacer utilizado en un futuro inmediato por el Consejo Comunal del Sector San Miguel. As mismo cumple con las exigencias acadmicas para optar a la licenciatura enadministracinmencininformtica. El diseo del sistema, tiene una estrecha relacin en el rea de informtica, ya que trata de una solucin tecnolgica para el beneficio de una sociedad de tal forma que se busque automatizar la informacin que ellas manejan.CAPITULO II MARCO TERICOResea histrica de la Parroquia la Vega La existencia de la parroquia la Vega se remonta al siglo XVI cuando se forma su primeraiglesiaconstruida con las caractersticas coloniales de la poca. El nombre de la parroquia fue primeramente Nuestra Seora del Rosario de Chiquinquir de la Vega. A partir de 1953 se da un crecimiento poblacional significativo y se va a medida del tiempo poblando a un mas, en 1652 se funda el pueblo de la vega a principios de siglos todava podan observarse los techos coloniales con patios internos. La vega fue una de las primeras parroquias que diomuestrade sus amplias calles. Hasta ahora no existe documento conocido que precise da, mes y ao de la fundacin de la Vega, histricamente es el poblado de la Vega casi con la fundacin de Caracas pues las tierras que le pertenecen fueron conicidad y transitadas por los primeros pobladores, quienes mostraron a los recin llegados las posibilidades que brindaban como fcil ruta de penetracin al interior del valle. El antiguo pueblos de la vega, del que todava se conserva parte de su estructura original fue trazado, segn reglas estrictas que lasleyesIndias venan dispuestas para organizar sus poblaciones segn la declaracin del Cura Doctrinero Hiplito Mndez, el pueblo contaba para el ao de 1969 con nueve calles contadas en cuadras, el ncleo urbano lo constitua cuarenta casas y el rural setenta y ocho. Segn el INE tiene unapoblacinde 142.765 habitantes (estimado 2007) y se estima que para 2015 tendr una poblacin de 150.360 habitantes. La parroquia est integrada por dos 8sectores, La Vega y Montalbn, el primero est conformado por los barrios La Hoyada, El Carmen, La Amapola, La Veguita, La Vega, Los Naranjos, San Miguel, El Milagro, Los Cangilones, Los Mangos,El Petrleo, Bicentenario y Las Torres; mientras que Montalbn se divide en las urbanizaciones I, II y III. La Vega es un sector popular declasemedia-baja, es ms que todo de tipo residencial, elcomercioes tambin una fuente importante en el sector. La falta de planificacin ha hecho que la comunidad pase a ser un sector de ms bajos recursos. Montalbn es un sector de clase media-alta, se divide en cuatro urbanizaciones de tipo residencial, Montalbn I, II, III y Juan Pablo II. Es uno de los sectores con mejor calidad de vida de la ciudad, es una zona ms segura, existe poco comercio ya que el sector es netamente de tipo residencial. Est ubicada al oeste del Municipio. Limita al norte con la Parroquia el Paraso; al sur con las parroquias Coche y Caricuao; al este limita con las parroquias Santa Rosala y El Valle; al oeste limita con la ParroquiaAntmano.9. CAPTULO III MARCO METODOLGICO3.1 Tipo de InvestigacinLa investigacin desarrollada obedece a una investigacin de tipo proyecto factible con la modalidad de unainvestigacin de campo. El Manual de Trabajos yTesisDoctrales de la UPEL (1998), define el proyecto factible como la investigacin y desarrollo de una propuesta de unmodelooperativo viable para solucionar problemas, requerimientos o necesidades de organizaciones o grupos sociales. Segn Tamayo (2000) sta investigacin es una investigacin de Campo ya que los datos son recogidos directamente de la realidad, por lo cual se denominan datos primarios. Su valor radica en que permiten cerciorarse de las verdaderas condiciones en que se han obtenido las situaciones, lo cual facilita su revisin o modificacin en caso de surgir dudas. Y el diseo ser no experimental, aplicado tambin eninvestigacionesde campo en la que no hay manipulacin devariables, la accin de las variables ya se dio en la realidad, el investigador intervino en ella. (C.U.A.M, 2003). Esta investigacin es catalogada como proyecto factible - cualitativo ya que es una propuesta viable para dar una posible solucin con un nuevo sistema automatizado logrando satisfacer las necesidades que tienen los participantes en el Consejo Comunal de la Parroquia la Vega. La investigacin de campo viene desarrollada en la fase previa deanlisis, en el cual se investiga el problema por medio de ciertasherramientasderecoleccin de datos(observacindirecta yentrevistas). Realizndose dentro de la comunidad y los recursos de informacin son extrados de la misma fuente.El diseo es no experimental ya que la accin de las variables ya se dio en la realidad enfuncinde esto se utilizaron como herramientas la observacin y el anlisis detallado del problema planteado orientado alcomportamientode cada componente dentro del rea.CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONESConclusiones: A lo largo de la investigacin realizada en el consejo comunal de San Miguel de la Parroquia la Vega se determin que este tiene la necesidad de llevar un mejor control de la informacin en el proceso de inscripcin de los ciudadanos ya que el proceso actual no proporciona una informacin detallada de cada uno de los ciudadanos. De igual modo se determin que en los requerimientos para el diseo del nuevo sistema se pueden utilizar lasinstalaciones elctricasde las mismas, unascomputadorascon caractersticas comunes para tal objetivo, de igual modo se requiere unabase de datoscon toda la informacin de los ciudadanos inscritos. En cuanto a la estructura del sistema se determino que el mismo va a estar diseado por mdulos permitiendo la consulta de algn dato para hacer cualquieredicinsobre el mismo o eliminarlo. La interfaz del usuario va ha ser ms amigable para las personas encargadas de la inscripcin, ya que da varias opciones como botones para consultar, incluir, actualizar, modificar y eliminar algn dato dentro de la base.Recomendaciones: Al Consejo Comunal de San Miguel Se recomienda a las personas encargadas del proceso de inscripcin realizar actualizaciones peridicamente ya que parientes de cualquiergrupofamiliar pueden llagar y quedarse a vivir en la comunidad y por lo tanto necesitan ser incluidos para tener participacin en la comunidad. Por otro lado se recomienda dictarle alpersonalencargado de la inscripcin talleres o seminarios sobre base de datos, prevencin devirusy recuperacin de datos para tener una mejor eficiencia en el desarrollo de sus labores. 13Hernndez. (1991).Metodologade Investigacin. Editorial. MG GRAW-HILL. 14 Colegio Universitario deAdministracinyMercadeo, (2003). Gua para la elaboracin y presentacin del Trabajo Especial de Grado. Caracas. Alcalde, (1990). Informtica Bsica. Editorial. MG GRAW-HILL REFERENCIAS BIBLIOGRFICASConsejo comunalEs la forma de organizacin ms avanzada que pueden darse los vecinos de una determinada comunidad para asumir el ejercicio real del poder popular, es decir, para poner en prctica las decisiones adoptadas por la comunidad. Es adems, la instancia bsica de planificacin, donde el pueblo formula, ejecuta, controla y evala las polticas pblicas. As, incorpora a las diferentes expresiones organizadas de los movimientos populares. El consejo comunal tambin es la base sobre la cual se construye la democracia participativa y protagnica que plantea la Constitucin Bolivariana de Venezuela. As como una casa puede derrumbarse fcilmente si su base no es suficientemente fuerte, as tambin puede ocurrir con la nueva democracia que estamos construyendo: ella slo ser invencible si su base es fuerte y esa base son los consejos comunales El rol poltico de los consejos comunales es fundar el poder popular que superara la estructura clsica de los tres poderes pblicos republicanosInteligencia emocionalno es reprimir lasemociones, sino dirigirlas y equilibrarlas.FundamentosLos consejos locales de planificacin pblica en VenezuelaEs reciente la institucionalizacin en el espacio municipal de los Consejos Locales de Planificacin Pblica (CLPP) como rganos encargados de la planificacin integral del gobierno local y cuya representacin descansa en los sectores de la comunidad. Si bien esta instancia es expresin acabada de la participacin de la comunidad organizada en la planificacin integral del gobierno y la gestin local, lograr que su cometido se alcance en forma efectiva y que su funcionamiento sea gil y oportuno en las respuestas a los problemas de la agenda local requiere sensibilizar y proveer de conocimientos y tcnicas a sus integrantes, a fin de implementar procesos eficaces de decisin. Entre ellos, habida cuenta que la diferencia de intereses es propia del ejercicio democrtico de la participacin, es preciso disponer de herramientas para la solucin deconflictosen las circunstancias en que surjan y fortalecer laculturapoltica democrtica y la calidad de las decisiones pblicas. Se pretende que la participacin comunitaria no quede solamente plasmada en el papel, sino que cumpla de manera satisfactoria con lo establecido en la Ley, es decir, que se materialice la participacin de los ciudadanos en la formulacin, ejecucin y control de la gestin pblica como en la evaluacin de sus resultados. Es por ello que en esta investigacin se fundamenta en el del modelo de IE de John Mayer y Peter Salovey (1997) y se enmarca en la tendencia actual hacia al estudio de lapsicologaque hasta ahora la Psicologa positiva (Seligman y Csikszentmihalyi(2000) haba estado interesada casi exclusivamente en los factores de vulnerabilidad y de desajuste laboral de los empleados, en fechas recientes se ha despertado un gran inters por desarrollarcompetenciasemocionales en los integrantes de los Consejos Locales de Planificacin Pblica como una nueva forma de participacin social venezolana. El presente trabajo trata de desarrollar competencias emocionales para la solucin deconflictosen el mbito de los Consejos Locales de Planificacin Pblica, el cual, mediante actividades terico-prcticas, se persigue que los ciudadanos y ciudadanas reconozcan, apliquen y valoren la importancia de la solucin de conflictos como parte integral de la toma de decisiones en el seno de de su comunidad. Es decir, se asume lainteligenciaemocional entendida como un conjunto de habilidades que nos permiten realizar eficientemente las siguientes actividades: Percibir adecuadamente los estados emocionales de los integrantes de los Consejos Locales de Planificacin Pblica, asumindolos como tales y expresarlos adecuadamente. Comprender correctamente la naturaleza de esos estados emocionales. Regular esos estados emocionales, impidiendo sus efectos negativos y aprovechando aspectos positivos en latoma de decisionesy solucin de conflictos en la comunidad. Aplicarmodelos, tcnicas yprocedimientosque permitan lanegociacinentre distintos actores de los Consejos Locales de Planificacin Pblica. Evaluar los factores que inciden en la planificacin de una negociacin y la escogencia de lasestrategiasms adecuadas para llevar a cabo procesos de negociacin efectivos en los Consejos Locales de Planificacin Pblica y sus mbitos de influencia. Reconocer la solucin de conflictos en la comunidad y el logro de consensos como procesos que fortalecen el tejido social local y las decisiones pblicas ms efectivas y legtimas. Desarrollar habilidades de cooperacin en procesos de negociacin, teniendo como contexto a los Consejos Locales de Planificacin Pblica.Estas actividades conllevan la dificultad de relacionar en forma equilibradateoray prctica entornoa una temtica que envuelve factores de naturaleza subjetiva, expresados como visiones, creencias, personalidad, aspectos culturales y ticos, junto a aquellos de orden material y objetivo, como son recursos econmicos, ordenamientos jurdicos, mbitos decompetenciay responsabilidades institucionales, entre otros muchos que deben tomarse en cuenta en los procesos de solucin de conflictos en la arena local.CONCLUSIONESEducar las emociones en los integrantes de los concejos comunales, entendidos como una organizacin comunitaria de participacin social, implica desarrollar la habilidad para inducir en los dems las respuestas deseables, el desarrollo de una serie de aptitudes como la influencia que es la capacidad para persuadir a los dems, habilidades decomunicacinefectiva que es ser capaz de escuchar y transmitir mensajes claros y precisos y que les hagan sentido a los otros, la capacidad para resolver conflictos mediante negociaciones positivas para ambas partes, para manejar eficientemente procesos decambioa travs de unliderazgoinspirador que genere la cooperacin y colaboracin entre los integrantes de una organizacin comunitaria, la habilidad para generartrabajo en equipoy sin ergua entre las personas que se demuestra con resultados de excelencia., poseer la interaccin voluntaria de un actor social que se fundamenta en la expectativa de reciprocidad o correspondencia con otros, con el objetivo de obtener ganancias comunes en la comunidad.Actualmente existe en Venezuela un despliegue de la participacin como el ejercicio ms cercano a la democracia directa a travs deldilogo, la corresponsabilidad, la mayor representacin y el ampliocarctersocial y protagnico que se hace presente en la gestin pblica por parte de comunidades, sectores yciudadanaen general. Como resultado, la decisin pblica se construye a partir de relaciones y eventuales alianzas entre actores que se relacionan, a veces siendo coincidentes en sus posiciones e intereses, y otras en medio de discrepancias. Infiero entonces, la importancia de adquirir habilidades socio-emocionales para negociar y con ello fortalecer el carcter de interdependencia (mutua dependencia) de la decisin pblica. As, en los Consejos Locales de Planificacin Pblica la obligacin que tienen estos de consultar a las comunidades y parroquias hace que pudiesen surgir diferencias acerca de las prioridades de desarrollo local en trminos deinversin. El uso de tcnicas y procedimientos de negociacin permite la auto composicin o arreglo directo entre las partes, sean ciudadanos o colectividades organizadas, sin intervencin de terceros.Es fundamental entonces, que todas las personas que formen parte de una organizacin comunitaria se conozca a s mismo como actor en cuanto a sus fortalezas y vulnerabilidades, no lo es menos que haga otro tanto con la contraparte. Ella es la otra cara de la moneda. Vea la situacin desde la perspectiva del otro, sus objetivos, recursos y elequilibrioo capacidad de poder que posea comparativamente con el suyo. Tenga muy en cuenta aqu es importante establecer los intereses que estn enconflictoy los que son coincidentes. Identificar qu est enjuego. Fijar los objetivos deseables o aspiraciones y los que son esenciales, tomando en cuenta los puntos de retiro definidos para los asuntos de la agenda reparar en forma anticipada opciones posibles que se presentarn en la mesa de negociaciones posteriormente .Tambin analizar las alternativas disponibles (mediacin, acudir a un tribunal, etc.) y el orden de preferencias, pues a lo mejor la mediacin es menos costosa que la decisin judicial en trminos de recursos, tiempo y su efecto a futuro en las relaciones interpersonales.REFERENCIAS BIBLIOGRFICASExtremera, N., Duran, A., Y Rey, L. (2005). La inteligencia emocional percibida y su influencia sobre la satisfaccin vital, la felicidad subjetiva y el "engagement" en trabajadores de centros para personas condiscapacidadintelectual. Ansiedad yEstrs.Extremera. (2003). El modelo de inteligencia emocional de Mayer y Salovey y su validez predictiva en muestras espaolas.Tesis doctoralno publicada.UniversidaddeMlaga,Espaa. Garca M (1977). Las transformaciones del Estado contemporneo. Edit. Alianza,Madrid, Espaa.Ley Orgnica del Poder Ciudadano (2001). ASAMBLEA NACIONAL .CaracasLey de los Consejos Locales de Planificacin Pblica. (2002). ASAMBLEANACIONAL (2002).Mayer, J. D., Caruso, D. Y Salovey, P. (1999). Emotional intelligence. meets traditional standards for intelligence. , 27, 267-298.Rodrguez, Francisco (2004). Tcnicas de negociacin y democracia participativa. FundacinEscueladeGerenciaSocial, mimeo, Caracas, Venezuela2.Salovey, P., Y Mayer J. D. (1990). Emotional intelligence. Imagination, Cognition, and Personality, 9, 185-211.Anlisis de la Reforma de la Ley de los Consejos ComunalesINTRODUCCIONEl Estado ha asumido como tarea lapromocinde la organizacin popular impulsando la conformacin de los consejos comunales a lo largo y ancho del territorio nacional y estos a su vez constituyen una forma de profundizar el modelo de participacin y respuesta del estado ante las necesidadesmaterialesy espirituales de nuestro puebloLas experiencias de organizacin popular, con sus fortalezas y debilidades, nos han permitido avanzar hacia la comprensin de los mecanismos diseados para migrar hacia un nuevo modo de concepcin y organizacin de la gestin del Estado.El Poder Popular organizado se constituye en el motor que impulse la conformacin del Nuevo Estado Socialista que debe estar relacionado con la construccin de la Nueva Geometra del Poder, como elemento bsico en la transicin alSocialismo.La propuesta como nivel orgnico de agregacin de las comunidades, implica formas organizativas y culturales para la construccin del tejido social de la revolucin. Se debe concebir como un espacio integrado a la nueva cultura poltica de la revolucin.No deben existir sin la visin sistmica, donde se consideren los niveles que las definen: las comunidades y las escalas territoriales que a su vez conforman y cualifica. Y deben ser un hecho en construccin; composicin estratgica para la construccin del socialismo. En su gestacin se configuran como producto y proceso.En el carcter de proceso de construccin de la nueva geometra del poder, los consejos comunales sernla clulageo-humana que configurar la geo-poltica nacional en esta importante etapa de transicin que vive nuestro pas en los ltimos diez aos, en los que hemos venido avanzando del viejo, anticuado, desgastado y obsoleto sistema representativo en el que unos pocos que no conocan las realidades y las necesidades mas imperiosas de las comunidades tomaban decisiones sin tomar en cuenta mas que el negocio producto de el otorgamiento de uncontratopudiera ofrecerles...ENSAYO LEY DE LOS CONSEJOS COMUNALESEn trminos muy sencillos un consejo comunal es un medio departicipacin ciudadana. Un mecanismo de participacin popular; cuyo objeto central es que el pueblo ejerza directamente la gestin de las polticas pblicas y proyectos (artculo 2 de la Ley de los Consejos Comunales). El consejo comunal adems est conformado ,por tres instancias como son: una unidad de gestin econmico-financiera (o banco comunal, compuesta por cinco personas); una unidad de contralora social (tambin compuesta por cinco personas) y un rgano ejecutivo conformado por un nmero variable de voceros. Todos estos integrantes son electos por la asamblea de ciudadanos de una comunidad constituida por un nmero entre doscientas y cuatrocientas familias en el mbito urbano; y, de por lo menos veinte familias en las zonas rurales. Las comunidades indgenas tienen derecho tambin a organizarse en consejos comunales; segn sus costumbres a partir de diez familias.Las asambleas de ciudadanos y ciudadanas; segn la propia Ley de los Consejos Comunales (artculo 4) son en realidad la instancia primaria para el ejercicio del poder, la participacin y el protagonismo popular, conformada por todos los habitantes (mayores de 15 aos) de la una comunidad. A ellas le corresponde; entre otros temas: la aprobacin de lasnormasde convivencia de la comunidad, aprobar elplande desarrollo de la comunidad, aprobar los proyectos presentados al consejo comunal, ejercer la contralora social y adoptar decisiones esenciales para la vida comunitaria.Esta Ley determina que, la eleccin de los voceros y voceras; y de los integrantes de las unidades de gestin financiera y de contralora...INTRODUCCINLa Asamblea Nacional cumpliendo con su rol histrico de legislar en funcin de los cambios cualitativos que lanacinrequiere y adaptando las normativas legales a las necesidades del pueblo aprob la Ley orgnica de los Consejos Comunales y la misma fue publicada en la Gaceta Oficial Nmero 39.335 el da lunes 28 de diciembre de 2009. Esta novsima ley viene a corregir los vacos legales que dejaba la ley de los consejos comunales del 10 de abril de 2006, la cual no estableca los pasos para larevocatoriade voceros y le daba caractersticas decooperativasa losbancoscomunales los cuales funcionaban desarticulados de los dems comits de trabajo.Luego de discutir con las comunidades organizadas las potencialidades y debilidades de la ley derogada, surge un nuevo marco legal que busca guiar la actuacin de los voceros comunales y de la sociedad en general, como mximo poder, a travs de las asambleas de ciudadanos; con el propsito de fortalecerla administracindel poder comunal.Participacin de los Consejos Comunales en el fortalecimiento del Proceso GerencialINTRODUCCINA lo largo de la mayor parte de la existencia el ser humano pertenece a una organizacin, millones de hombres o mujeres de todo el mundo pasan su vida trabajando en distintas instituciones, enfrentando innumerables desafos al luchar por cumplir con sus tareas diarias.Estos individuos, aprenden a organizarse, ms sin embargo, siempre har falta unlderque se encargue de coordinar todas las funciones para as lograr el correcto funcionamiento dela empresa.Dicho desempeo, se logra cuando se aplica los principios gerenciales dentro de todo recinto laboral, definidos por Gudez, V. (1998 p.48) como los principios generales que identifican posibles relaciones causa efecto y provee guas de operacin-accin. Partiendo de esto, se establece a la gerencia como un proceso simultneo de construccin, apoyo,direccinydesarrollo personal, exigiendo en el mundo contemporneo, una prctica participativa, donde se involucren otros actores aparte delgerente, que son: la comunidad, losdocentesy los estudiantes, en la consecucin de un bien comn.El mencionado proceso gerencial, definido por Sisk y Sverdlik (1976 p.1) como el conjunto de pasos o etapas para llevar a cabo una actividad, se materializa a travs de una gama de estrategias de planificacin,supervisiny evaluacin, que sern orientadas y procesadas en conjunto.Esta debe ser una de las misiones esenciales de todo gerente, jugando un papel protagnico al servicio de la sociedad; y para ello, requiere el apoyo de figuras pblicas que tengan vida poltica y social cerca de la comunidad.INTRODUCCINEl nuevo quehacer administrativo exige modificar y reorientar las tradicionales formas de hacer planificacin para dar paso a unaplanificacin estratgicaparticipativa y descentralizada, que involucre a los diferentes componentes de la comunidad y as garantizar su articulacin con el Plan de Desarrollo Institucional y las polticas del Gobierno Nacional. Dada la complejidad de la problemtica institucional se requiere implementar un proceso de gestin para su modernizacin con la finalidad que mediante un acompaamiento dirigido, se internalicen sus propsitos y se generen verdaderos impactos de eficiencia administrativa.

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MARCO TERICO.Este capitulo contiene aspectos relevantes acerca de la Participacin Ciudadana referidos al contexto sociopoltico, las bases conceptuales y posiciones tericas sobre el tema y la definicin asumida por el investigador. Se expone, igualmente, la Participacin Ciudadana en el Gobierno Local, el Marco Jurdico que la regula y, por ltimo, se plantea la Definicin de Prioridades de Inversin y el Plan Presupuesto Local en el mbito de la Participacin Ciudadana.El contexto socio-poltico de la participacin ciudadanaPARTICIPACIN Y DEMOCRACIA.Elconceptoms comn de Democracia es ""Gobierno del Pueblo"". Visto as, Democracia y Participacin, son complementarios, pues sta, en los asuntos pblicos le da contenido y la ampla en trmino de legitimidad y representatividad.La sociedad venezolana, despus de 45 aos de ""Ejercicio Democrtico"", entr en un proceso decrisisde representatividad y legitimidad, y a partir de entonces elmitode la Democracia como poder representativo o ""Gobierno del Pueblo"" cay en decadencia, sin que la sociedad venezolana haya experimentado transformaciones significativas en lo social, poltico, cultural y econmico. Tampoco se han replanteado nuevas formas de articulacin entre la Sociedad Civil y el Estado, que sigue teniendo un carcter fuertemente intervensionista, lo cual se plantea la necesidad de fortalecer el sistema democrtico para lograr una redistribucin de poder, ms representativa de la diversidad social.El planteamiento anterior nos ubica en un momento histrico, cuya tarea inminente est signada por la necesidad de replantear el papel de los ciudadanos en el plano de una Democracia mas participativa, pues no slo la Participacin electoral legitima a lossistemasdemocrticos, sino que surge como otra va, la creacin de un nuevo pacto social que fortalezca el accionar del ciudadano y construya las bases para una fuerte participacin ciudadana que contribuya a la sustentabilidad del sistema democrtico.El fortalecimiento de la Participacin Ciudadana debe asegurar la capacidad de los ciudadanos de intervenir en ""lo pblico"" y este Derecho slo es posible si se promueve una nueva articulacin Estado, Sociedad Civil y Ciudadanos, siendo el gobierno local el mbito ms adecuado para impulsar estos procesos de participacin. El objetivo de la Participacin es hacer ms fuerte, directo y cotidiano las relaciones entre ciudadano y estado con la finalidad de tomar y ejecutar decisiones de manera conjunta, y para ello se hace necesario crear mecanismos de participacin diferentes a los de los partidos polticos que cada da representan menos a la sociedad civil, a sus intereses sectoriales y al Municipio, que esla organizacinjurdico poltica que enmarca la vida local.La crisis de representatividad y legitimidad de las democracias representativas como sistema de gobierno, reinvidicaron otras formas de participacin en el quehacer poltico frente al estado, que abri espacios a nuevos liderazgos polticos a travs de novedosos instrumentos jurdicos (Leyes de Descentralizacin, Ley Orgnica de Rgimen Municipal, y todo lo relacionado con la Participacin Ciudadana en las Constituciones de 1961 y 1999 de Venezuela). Todo este proceso, como hemos afirmado, replante nuevas formas de participacin ciudadana en los asuntos pblicos, constituyendo lo que conceptualmente denomnanos Democracia Participativa, y con referencias amodelosde gestin y planificacin en los que la ciudadana puede intervenir junto a laburocraciaestatal en la elaboracin de decisiones, gestin o ejecucin de programas.Se plantea entonces un cambio fundamental en donde las decisiones se toman con la intervencin de la comunidad y por consenso por cuanto los problemas son cada vez ms complejos e interrelacionados para lo cual la institucionalidad tradicional es ineficiente en sus soluciones, ya que el contexto socio poltico de la participacin ciudadana es tan dinmico que las instituciones necesitan de su refuerzo en el desarrollo de las iniciativas de carcter pblico.2. ENFOQUE TERICO CONCEPTUAL DE LA PARTICIPACIN CIUDADANA.La Participacin ha sido entendida de diferentes formas y significados (Polisemia) que muchas veces son contradictorios en s mismos. Este es un tema donde ""la imprecisin conceptual es frecuente"" (Flisfish, 1992), muchas veces segn Hopenhayn (1988) por ""el carcter equvoco del concepto"" y por ""la vaguedad que se ha generado entornoa su significado real, expectativas e implicancias"" (Boeninger,1984)Sin embargo la Participacin Ciudadana ha surgido como una aspiracin de mltiples sectores sociales y polticos aun cuando el contenido ms sustantivo deldiscursoparticipacionista genera profundas discusiones.En un sentido genrico, la participacin tiene que ver con "" la pretensin delhombrede ser autor de su propio destino que se desenvuelve en un escenario preconstruido en el que, simultneamente, estn presentes otros actores con variados libretos"" (Flisfish, 1992). Vista as la participacin se enmarca en una accin colectiva con cierto grado de organizacin, es un proceso social que ""abarca mltiples escalas y espacios"" (Hopenhayn, 1988) y entre otros polticos, econmicos, sociales, culturales, etc., con escalas que son determinadas segn su alcance nacional, regional o local, en trminos de Boeninger ""macro, meso y micro participacin"" (1984).EL MARCO CONCEPTUAL DE LA PARTICIPACIN CIUDADANA.El discurso de la Participacin Ciudadana no puede separarse de su entorno histrico. As se ha concebido por los estudiosos de la materia: para algunos, este concepto debe estar inserto en lamodernidad(logro de una sociedad mas participativa). Los tericos de lamarginalidadlo plantearon como un instrumento para incorporar a los sectores marginados a ladinmicadel desarrollo y finalmente para otros, se plantea la participacin ciudadana como elemento que hace frente a la prdida de representatividad delsistema poltico. El gobierno y los partidos la plantea como un instrumento ptimo para crear una nueva relacin concertada entre Sociedad Civil, Democracia y Estado.La Participacin Ciudadana desde el punto de vista conceptual y prctico puede considerarse tambin un concepto polismico que carece de una conceptualizacin univoca y que se vincula a categoras tericas como ciudadana, Estado, Democracia, sociedad civil, entre otras, donde sobre abundan posiciones terico practicas muchas veces en abierta contradiccin, es decir, con una "" alta carga valorativa "". (Bao, 1997)En trminos genricos la Participacin Ciudadana es la intervencin de los particulares en las actividades pblicas, en tanto portadores de intereses sociales. Corresponden a intereses privados de la sociedad civil, individual o colectiva, en donde se reconocen intereses pblicos y polticos.La Participacin Ciudadana, en algunos casos ha sido entendida como un recurso diseado por el gobierno para promover acciones de y en las comunidades, de esta forma se descargan algunas tareas y responsabilidades que competen al Estado (transferencias de competencias) lo que tericamente reduce elgasto pblicoy el rea de competencia del gobierno, que determinados tericos de la participacin la han de considerar una forma deprivatizacin. En otros casos, la participacin ciudadana tiene su origen en el seno de la sociedad civil y est orientada a sustituir la accin del Estado a combatir su inaccin, incompetencia o ineficiencia en la resolucin de problemas que los afectan de manera directa o indirecta a las comunidades.Otra dimensin de la Participacin Ciudadana, es aquella que la asocia a la democratizacin del Estado y que hace nfasis en la necesidad de que el Estado desarrolle polticas y acciones que respondan a los intereses de los actores sociales, y propone ampliar la influencia de los ciudadanos sobre el proceso de toma de decisiones en todos los niveles, escalas y sectores de la gestin pblica.Visto as, se define la Participacin Ciudadana como ""todas aquellas experiencias que remiten a la intervencin de los individuos en actividades pblicas para hacer valer intereses sociales"". Cunill 1991, 49.El propsito es, lograr que la poblacin influya sobre las polticas y decisiones pblicas, para ello se hace necesario institucionalizar mecanismos, procesos y organismos a travs de una normativa legal. Pero esta dimensin de participacin ciudadana puede ser condicionada y hasta neutralizada bajo una aparente prctica democrtica, y la participacin ciudadana puede constituirse en "" una plataforma de fcil uso para construir artificialmente consensos y legitimar desigualdades."" Cunill 1991, P. 9.La participacin ciudadana como hecho polticoAlgunos autores conceptualizan la participacin ciudadana como un ""hecho poltico"" como un modelo de relacin entre Estado y Sociedad Civil ""enmarcada dentro de una cultura poltica (actitudes, valores y normas) que orientan elcomportamientode los ciudadanos en un marco de deberes y derechos frente al Estado"". Cartaya V. 1995, p. 15.Podemos caracterizar la anterior definicin como la expresin ms tradicional de participacin, es decir la intervencin en lo pblico para ejercer derechos polticos elementales, y es por ello que aceptamos entonces que la participacin ciudadana es una forma de intermediacin poltica de un colectivo social que involucra a toda la comunidad. En este sentido en opinin de Salazar y Pinto (1999), "" el aspecto sustantivo de la poltica (resolver de un modo satisfactorio un problema comn) forma una sola unidad dinmica, con el aspecto procedimental de lainteraccinde toda la comunidad organizada"".Aun cuando la consideramos un hecho poltico, la participacin ciudadana ha desplazado la intermediacin de lospartidos polticoscomo gestores de la comunidad, todo estoproductode la perdida de representatividad que estos han sufrido producto de la conversin de sus gestiones en acciones bsicamente populistas que no respondan a la complejidad de intereses, actores, e interrelaciones de la sociedad.Eldialogoentre Sociedad Civil y Estado prescindi de la intermediacin de los partidos polticos cuando la sociedad civil logr negociar sus demandas y stas fueron convertidas por el Estado en polticas pblicas. Pero en ningn momento podemos afirmar que la participacin ciudadana debilita al sistema democrtico, por el contrario, contribuye a fortalecerlo y a asegurar su sustentabilidad, adems de otorgndole mayor legitimidad poltica y socia por lo que el Estado logra convertirse en la mxima expresin de este acuerdo social.En definitiva, frente al planteamiento que concibe a la participacin ciudadana como un hecho poltico, podemos concluir que la misma alude a acciones bsicamente procedimentales que buscan entender y explicar las vinculaciones y relaciones entre el Estado, la Sociedad Civil y los Ciudadanos. La participacin ciudadana es la forma en que el ciudadano individual o colectivamente se transforma en actor de un proceso que es responsabilidad de todos. Pero tambin el Estado debe asumir la promocin de esa participacin, garantizando un marco poltico y jurdico que propicie un clima apropiado. Y aunque en muchas oportunidades el discurso oficial ha pregonado sus ventajas y deseabilidad, siempre se corre elriesgode generar condiciones que desestabilicen el orden econmico, social, y poltico que busca mantener la participacin ciudadana.El sistema normativo venezolano, reconoce la participacin ciudadana como fuente de legitimidad del poder poltico y de la organizacin del Estado, pero en la practica cotidiana existen severas restricciones para desarrollar procesos de participacin, quizs la mas fuerte de estas restricciones sea la cultura poltica que no propicia el involucramiento de los ciudadanos en la cosa pblica, ms all del ejercicio de sus derechos polticos fundamentales.El espacio local que mejor representa el escenario de la participacin ciudadana es el municipio, por su cercana a los ciudadanos porque es all donde en opinin de Salazar y Pinto (1999, P. 16) ""donde resulta posible descubrir el sentido de ciudadana y a partir de esto crear y recrear nuevas formas de participacin"". Esto permite involucrar una manera directa y cercana a los ciudadanos en la definicin de polticas pblicas y en el control de su gestin. Todo esto garantiza en el mbito de los gobiernos locales la revalorizacin del sistema democrtico y el fortalecimiento de la accin ciudadana a travs de la participacin ciudadana en el nivel local.La participacin ciudadana como hecho social""En una esfera estrictamente sociolgica la participacin ciudadana significa intervenir en los centros de gobiernos de una colectividad, participar en sus decisiones de la vida colectiva, de la administracin de sus recursos, del modo como se distribuyen suscostosy beneficios"". (Merino M. 1996. P. 11).En un plano ms amplio la participacin ciudadana significa tomar parte de una manera mas o menos intensa en las actividades de un grupo o institucin, exista o no la posibilidad real de intervenir en las decisiones de los centros de gobiernos.Las anteriores definiciones diferencian dos formas de participacin ciudadana, una posibilita intervenir en la toma de decisiones, la otra enfatiza en la toma de posicin delindividuo, independientemente de su poder de su poder de intervencin en las decisiones pblicas. En todo caso la participacin ciudadana es siempre, un acto social colectivo y contempla dos elementos complementarios que son la influencia de la sociedad sobre el individuo, pero sobre todo, la voluntadpersonalde influir en lassociedades.Para Nuria Cunill, la participacin ciudadana encuentra dos dimensiones: primero ""como medio desocializacinde la poltica"" y segundo "" como forma de ampliar el campo de lo pblico hacia la esfera de la sociedad civil y por lo tanto favorecer a sta"". (1991. P. 44)[1].En este sentido, participar quiere decir que est ""tomando parte"", que en el caso de la participacin ciudadana significa que los ciudadanos intervienen o toman parte en la actividad pblica.Y para diferenciarla de otro tipo de participacin, Cunill plantea: ""la participacin social supone la relacin de los individuos, no con el Estado sino con otras instituciones sociales"" (Cunill, 1991. P.57 CLAD). As como tambin establece ""la participacin ciudadana supone una relacin con el Estado, una intervencin en una actividad pblica"" (Cunill, 1991. P.48).Esto la diferencia de la participacin social y de otro tipo de experiencias participativas. Para la autora antes citada la participacin ciudadana es diferente de la participacin poltica. Para otros autores como (Merino Ob. Cit. p. 30) cuando los ciudadanos se unen para influir, estn tomando parte en la poltica, y citando a Verba, Nie, y On Kim (Merino Ob. Cit. p. 30) distingue varias formas de participacin poltica que son el voto, las campaas polticas y el activismo en acciones colectivas, aunque las dos primeras de participacin claramente polticas la ltima tiene un carcter difuso ya que muchas actividades podran caer dentro de este tipo de accin.Volviendo a Cunill, la autora separa la participacin poltica de la participacin ciudadana al vincular a la primera con ""la intervencin de los ciudadanos a travs de los partidos polticos en rganos de representacin de los intereses globales de una comunidad poltica"" (Cunill, Ob. Cit. p.50). Se supone este tipo de participacin en acciones como eleccin de representantes al gobierno a travs de procesos electorales y mediante el ejercicio del voto, an cuando lo poltico contempla un espectro ms amplio que lo meramente electoral.Para Cunill, (Ob. Cit. p.57-59), los planos en que pueden darse participacin ciudadana son dos en el campo de lo pblico, el primero que se relaciona con la elaboracin de opciones de las decisiones de inters pblico, es decir de las actividades del gobierno, y el segundo, es en el plano de la gestin en el que se vincula ms estricta y directamente con la generacin de bienes y servicios pblicos y las actividades de apoyos a estos.La participacin ciudadana y la agenda pblicaPara algunos autores el tema de la participacin ciudadana es abordada a partir de dos finalidades principales de las instituciones estatales: la primera finalidad es de satisfacer las necesidades de la poblacin (Funcin de Administracin). La segunda es la de representar los intereses, prioridades e identidades de la ciudadana (Funcin de Gobierno).A partir de estas finalidades yfuncionesse plantean dos enfoques: el primero que concibe la participacin ciudadana como un medio o recurso que, permite ampliar las capacidades de accin del aparato pblico del Estado. El segundo visualiza la participacin ciudadana como la incidencia de la ciudadana en la toma de decisiones y la definicin de la agenda pblica. Es por ello que como desenlace de estos enfoques, notamos que los mismos plantean que la participacin ciudadana apunta bsicamente hacia la democratizacin del sistema poltico del Estado. Tambin considera que la participacin ciudadana debe ser un elemento de descentralizacin dirigido hacia la transferencia de competencias (funciones) hacia el nivel regional y local. Igualmente la participacin ciudadana se asocia con el mejoramiento de las polticas sociales y mejor utilizacin de la inversin social, y finalmente la participacin ciudadana es vista como un factor de modernizacin de la administracin pblica haciendo que la relacin Personas-Estado sea una relacin de Derechos siempre reivindicativos y crticos.En conclusin: No existe un discurso terico que de cuenta de una comn visin, concepcin o propuesta sobre la participacin ciudadana. El problema radica en la forma como se concibe lo ciudadano, y corresponde a los investigadores hacer precisiones en torno a las formas de participacin y la bsqueda de definiciones precisas.Presentadas algunas conceptualizaciones sobre Participacin Ciudadana, para efectos de este trabajo se asume la siguiente definicin:""La Participacin Ciudadana es el encuentro entre instituciones del Estado por una parte y los movimientos, asociaciones y organizaciones sociales que representan y expresan los intereses de los ciudadanos; esto implica un proceso de interaccin social entre grupos con poder formal y los que carecen de l, significa que en el proceso de formulacin, definicin y ejecucin de polticas pblicas el Estado debe renunciar almonopoliodel poder poltico y administrativo"".Ahora bien, esto significa que la participacin ciudadana no se debe presentar en un marco de anomia (ausencia de normas) pues la participacin ciudadana siempre va a requerir de algn grado de institucionalizacin y regulacin jurdica, slo as las autoridades locales concertarn con las organizaciones ciudadanas. No se trata de poner una camisa de fuerza jurdica a la participacin ciudadana, se trata slo de fundamentarla legalmente. En nuestro pas, la participacin ciudadana se halla establecida en la Constitucin y actualmente se encuentra en un proceso de reglamentacin por parte de la Asamblea Nacional, lo que indica de manera clara que esta relacin entre Ciudadanos y Estado ha logrado avances significativos a pesar de las trabas impuestas por aquellos que adversan los Derechos de los Ciudadanos en el rol decisorio de construir el futuro de su localidad.La participacin ciudadana y el gobierno local.Centralismoo federalismoLa Concepcin de democracia, segn algunos investigadores (Huntington p.58 1.995) Se debate entre dos corrientes que podemos ubicar como: "Centralista"" y "Localista" ambas por supuesto con connotaciones diferentes.El modelo centralista (Representado por lites urbanas) asign a las Instituciones Locales, principalmente a los municipios, un rol administrativo que no le otorgaba capacidades para las decisiones polticas, por consiguiente (El modelo Centralista) plante un orden basado en funciones establecidas, controladas y evaluadas por el poder central.El modelo localista, por oposicin, establece que la verdadera democracia solo es posible en unidades territoriales de pequea escala, teniendo la sociedad local poder y autonoma para el desarrollo local, lo que lo constituye en un desafo contemporneo. 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La pugna entre ambosmodelosfue dominada por el planteamiento centralista(hasta finales de la dcada del 80), pero elmonopoliode las decisiones, lacentralizacinexagerada y la ineficiencia en el ejercicio delgobiernodesprestigiaron y deslegitimaron a las administraciones centralizadas.Frente al fracaso delcentralismopoltico administrativo, emergi lo local como una nueva realidad, entendida como "Iniciativas y Relaciones deGruposdeNaturalezae Intereses de Ciudadanos Locales" (Clahe Ob. Cit Pg. 19/26). Para ellos, debe compartirse unaidentidadcolectiva devaloresynormaspor parte de los actores locales que buscan crearsistemasalternativos frente al centralismo Pero en Cules mbitos se puede dar estaParticipacin Ciudadanaen el nivel local?Arredondo, (Citado por Ortega Vela Pg. 36, 1.995) plantea que la participacin ciudadana a nivel del gobierno local se puede dar: Primero en el nivel institucional, que debe garantizar condiciones jurdicas por parte del gobierno. Segundo: el nivel civil, por los ciudadanos organizados de manera autnoma. Tercero: el publico, organizado desdeel conocimientodel marco jurdico para garantizar una participacin ciudadana decalidaden el mbito gubernamental local.Sin duda alguna, "Lo Local" es un espacio poltico que gana cada vez ms importancia, sin embargo, para lograr la consolidacin se requiere de unasociedad civilcon altos niveles deorganizaciny movilizacin ya que ella (LaSociedadCivil) es siempre un actor importante en losconflictosy negociaciones con los gobiernos locales.Frente, a laburocraciaineficiente y el autoritarismo central existe unademandade los ciudadanos por ampliar y profundizar la Participacin Ciudadana en el nivel de los gobiernos locales exigiendo, ms autenticidad en la representacin popular de los ciudadanos, msdemocracia, transparencia,responsabilidad,eficaciay honradez en el manejo de losrecursospblicos.No obstante esta participacin en el nivel local debe plantearse en un marco institucional que para algunos autores (Ruiz Fernndez Pg. 10, 1.999) se diferencian en modalidades de participacin, entre otras: Consulta a los ciudadanos locales para determinar las prioridades de lacomunidad, participacin de los ciudadanos en latoma de decisiones,poderdenegociacinciudadana que busca discutir y dirimir opiniones y diferencias de los ciudadanos con los administradores del gobierno local, consenso y cogestin de los ciudadanos en la formulacin ydiseode sus planes,programasyproyectoslocales y, finalmente,la administracinciudadana de los proyectos o reas estratgicas en el marco del gobierno local.Todas estasacciones, desembocan en un fortalecimiento de la participacin ciudadana en el gobierno local, logrndose dosobjetivosimportantes: la transparencia en laadministracin pblicay laeficienciay responsabilidad en lagestinlocal. Para ello los planes del gobierno municipal deben ser conocidos por lacomunidadlo que conlleva a un mayorcontrolsocial de laadministracindel gobierno local.CIUDADANOS Y GOBIERNOS LOCALESEl Municipio es la expresin local delEstado, por su intermedio se canaliza laaccinsocial de la comunidad. La relacin gobierno local-ciudadanos es cotidiana, constante y se realiza a travs de la participacin ciudadana reforzando losprocesosde identidad entre ciudadanos y gobiernos locales. La participacin ciudadana es cercana, vivencial y fortaleceractitudescolectivas hacia la solucin deproblemas. Suobjetivoes hacer ms directo y cotidiano el contacto entre ciudadanos einstitucionesdel Estado para hacer valer sus opiniones e intereses sin la intermediacin de otrasorganizaciones.En la actualidad existe una tendencia a acentuar las acciones de los gobiernos locales otorgndole mayorescompetencias, esta descarga de responsabilidades del gobierno central y estadal significa una mayor participacin ciudadana frente al municipio que abre un espacio para la revitalizacin de la democracia participativa vigorizando la articulacin gobierno local-sociedad civil. De esta manera se concibe al poder local como la base socio-polticadel municipio que se transforma en el receptor ms fuerte de las demandas ciudadanas a las cuales tiene que dar respuestas evitando elmodeloclientelar muchas veces sin tener recursos ni capacidadestcnicas.As el gobierno local adquiere la responsabilidad de crear mecanismos de participacin ciudadana, ya que la solucin a los problemas locales no depende solo de capacidad tcnica y la voluntad poltica del gobierno local, tambin son importantes los niveles de participacin de las organizaciones de la sociedad civil o como lo plantea (Arroyo Pg.16, 1.997) "En este desafo para los gobiernos municipales se deben articular acciones con esa parte de la sociedad organizada pues los problemas locales no competen solo al equipo de gobierno".En el gobierno local es posible lograr acuerdos con la sociedad civil mediante eldialogo, la deliberacin y la concertacin, estas acciones profundizan la democracia y une al gobierno local con la sociedad civil.La concertacin deber ser una forma institucional de procesarconflictosy alcanzar decisiones como plantea Dos Santos "La Concertacin se vincula a laproduccinde consensos y de solidaridades, a la movilizacin de identidades sociales, ala organizacinde sectores sociales y a la asuncin de responsabilidades" (Dos Santos 1.987, Pg.13), aun cuando los pactos polticos y la concertacin pueden significar una oportunidad para que las lites manipulen a la opinin publica; sin embargo las criticas ms comunes a la deliberacin y a la bsqueda del consenso se concentran en el hecho de su largoconsumodetiempopara alcanzar su logro.En los gobiernos locales la concertacin es un aspecto nuevo frente a unaculturade gobierno con visos decaudillismo, ya que la concertacin cuestiona las relaciones verticales y reivindica latolerancia, la participacin y el dialogo con la sociedad civil, es un reconocimiento a la pluralidad de actores y a su legitimidad para tomar parte de las decisiones del gobierno local cuando se trata de problemas que afectan al colectivo.La concertacin, en definitiva es una va, instrumento, alternativa o herramienta para lograr reafirmar una verdadera participacin democrtica de los sectores sociales organizados en la toma de decisiones y ejecucin de proyectos.EnVenezuela, la participacin ciudadana en los gobiernos locales nace en el marco delimpuestoprocesode reforma del Estado liderado por la comisin presidencial para la reforma del estado (COPRE) que impuls las reformas a la legislacin municipal, gracias a lapresinde una creciente organizacin vecinal. As, a partir de 1.986 se dinamiza el proceso dedescentralizacinque buscaba el fortalecimiento de los Estados Federales y Municipios con una ampliacin de laparticipacin polticaal lograrse la eleccin popular de gobernadores y la creacin de la figura del alcalde, electo tambin por el voto popular, proponindose igualmente la eleccin uninominal a los rganos legislativos estatales y municipales.Todo esto permiti el fortalecimiento de la democracia local, la formulacin, ejecucin y control depolticaspor parte de los gobiernos locales y la cooperacin de los ciudadanos de las parroquias que se conceban como entes auxiliares de los rganos de gobierno municipal y participacin local a travs de las cuales los vecinos colaboran en la gestin de los asuntos comunitarios.Marco jurdico de la participacin ciudadana en el nivel localLaConstitucinNacional de 1.961 (Articulo 25) define al municipio como "La Unidad Poltica primaria y Autnoma dentro de la Organizacin Nacional son personas jurdicas y su representacin la ejercen los organismos que determine laley". Al otorgrsele al municipiopersonalidadjurdica, son entes de derecho pblico y se les reconoce como "Unidad Poltica deCarcterTerritorial" que disponen de autonoma en sus competencias legales.En el prembulo de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, se establece que el fin supremo de la misma es crear una Sociedad Democrtica, Participativa y Protagnica. De esta manera se otorga el rango constitucional a la participacin ciudadana, despejando de una vez por todas, todos aquellos obstculos que sin ningn basamento prohiban la actuacin de los ciudadanos en los asuntos pblicos, de carcter trascendental que los afectaba de manera directa.En losprincipiosfundamentales que establece la Constitucin Nacional, podemos tomar en cuenta que el Art. 6 propone de manera general la forma de gobierno de la Repblica y de sus entidades, dejando claro que el mismo debe ser democrtico, participativo, electivo, descentralizado, alternativo entre otros. Todo esto obliga a aquellos que dirigen alpoder ejecutivodel Estado, a reformular la relacin con los ciudadanos, que hasta entonces se encontraba totalmente desvinculada de lo que verdaderamente se puede denominar participacin ciudadana.El marco jurdico para la participacin local en Venezuela obtiene su basamento de manera explicita, en la Constitucin Nacional (1999) especficamente en el Ttulo III -de los deberes,derechos humanosy garantas-, Captulo IV -De losDerechosPolticos y delReferendoPopular-, Seccin Primera: De los Derechos Polticos, Artculos 62, 66 y 70, que consagran la participacin de lapoblacinen la formulacin, ejecucin y control de la gestin pblica. Tambin establece la obligacin de crear mecanismos legales, abiertos y flexibles para descentralizar hasta el nivel parroquial y promover la participacin de las comunidades a travs de mecanismos autogestionarios y cogestionarios. As mismo se le otorga a los ciudadanos el Derecho de exigir a sus representantes la entrega decuentasde la gestin pblica.El Ttulo III -de los deberes, derechos humanos y garantas-, en su Captulo X -De los Deberes, instituye en su Art. 132, el deber que tiene todapersona, para participar solidariamente en los asuntos de la vida poltica, civil y comunitaria del pas. Una vez ms se ratifica la necesidad de aproximacin de los ciudadanos al poder. En la medida en que el ciudadano participa integralmente en los asuntos pblicos, bajo el sello delinterscomn, se puede construir un consenso activo entornoa la accin social y gubernamental. Tal participacin es la base de la legitimidad y de gobernabilidad, y es este consenso sociocultural la justificacin tico-poltica del gobernante.En el Ttulo IV -del poder pblico-, Captulo I -De las Disposiciones Fundamentales-, Seccin Primera: De laAdministracinPblica, nos encontramos con el Art. 141 que impone de manera taxativa elserviciode la administracin pblica hacia los ciudadanos, y es por ello que la mejor manera de determinar y mejorar losserviciosqueel Estadopresta a los ciudadanos es travs de lahonestidad, participacin, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendicin de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de lafuncinpblica, que exige este marco legal.Una mencin importante que se debe resaltar es la establecida en el Ttulo IV -del poder pblico-, Captulo II -De laCompetenciadel Poder Pblico Nacional-, ms especficamente en el Art. 158 de la Constitucin, en el mismo se constituye como poltica nacional, la descentralizacin, y a la vez logra establecer los fines de la misma, siendo de especialatencinel acercamiento del poder a los ciudadanos a fines de satisfacer sus cometidos. De esta manera se logra unir de manera constitucional, algo que ya estaba perfectamente unido, como lo es la participacin ciudadana en el proceso descentralizador.El Art. 166 de la Constitucin se localiza en el Ttulo IV -del poder pblico-, Captulo III -Del Poder Pblico Estatal garantiza la participacin ciudadana en los llamados Consejo dePlanificacinyCoordinacinde Polticas Pblicas, cuya funcin es planificar y coordinar las polticas pblicas estatales, y de esta forma ratificamos la importancia que tienen las comunidades en las definiciones de las polticas y prioridades pblicas.Tambin l articulo 168 (Ttulo IV -del poder pblico-, Captulo IV -Del Poder Pblico Municipal de la Constitucin Nacional de 1999) plantea que las actuaciones del gobierno local se cumplirn incorporando la Participacin Ciudadana al proceso de definicin y ejecucin de la gestin publica y en el control yevaluacinde sus resultados, es quizs este el Articulo ms importante de nuestro estudio ya que le dafuerzay rango constitucional en el rea que tratamos a la participacin ciudadana, y esta obligacin establecida por nuestraCartaMagna no puede ser objeto de modificacin alguna por parte de cualquier persona, bien sea natural o jurdica.Particular importancia merece el Art. 182 contenido en el Ttulo IV -del poder pblico-, Captulo IV -Del Poder Pblico Municipal, siendo este postulado el que establece de manera constitucional, la creacin de los consejos locales de planificacin pblica, otorgando la particular importancia que le corresponde a las comunidades y los ciudadanos en la vida de su comunidad, requisito indispensable para eldesarrollode la misma.En el Articulo 184 de nuestra Carta Magna, se establecen de forma clara y expedita lasobligacionesdel Poder Pblico Municipal, en cuanto a la descentralizacin y transferencia a las comunidades y grupos vecinales organizados de los servicios que estos gestionen, previa capacidad de los mismos para la prestacin del servicio; pero tambin en su ordinal 2do se interpreta en forma clara la participacin de las comunidades y ciudadanos, a travs de las organizaciones vecinales y organizaciones no gubernamentales, en la formulacin de propuestas deinversinante las autoridades estadales y municipales encargadas de la elaboracin de los respectivos planes de inversin, as como en la ejecucin, evaluacin y control de obras, programas sociales yservicios pblicosen su jurisdiccin. Mejor no ha podido establecer el legislador el alcance de la participacin ciudadana, ya que de esta manera no deja ningn tipo de dudas en torno a la insercin del pueblo en la gestin pblica. Y en los diversos ordinales restantes de este articulo, logramos constatar el amplio margen de accin de las comunidades en los diversos mbitos de la vida pblica local.Tambin se establece en los dems artculos restantes de nuestra Constitucin Nacional, las formas y maneras generales de insertar la participacin ciudadana en las distintas esferas de la vida pblica nacional, regional o municipal, sea cual fuere el organismo, confirmando as una vez ms la poltica que debe asumir el Estado en estamateria.Ahora bien, como sabemos, la Constitucin establece los principios o preceptos fundamentales que rigen la vida nacional, y es por ello que debemos remitirnos a otras figuras jurdicas, que apoyan de manera directa la participacin ciudadana, estos instrumentos legales son la Ley Orgnica de Descentralizacin, Delimitacin y Transferencias de competencias del Poder Pblico, la Ley Orgnica de Elecciones y Participacin Poltica, la Ley Orgnica de Rgimen Municipal que ser la de mayor importancia deanlisisen el desarrollo de estainvestigacin, puesto que es la que regula las relaciones existentes entre los ciudadanos y el Municipio.El Municipio est caracterizado como "El espacio de mayor cercana entre gobierno y ciudadano y es definido como la unidad poltica primaria de la organizacin nacional, con personalidad jurdica y autnoma"", es decir como una instancia que ejerce una rama del poder publico en un mbito local, forma parte delsistemade organizacin poltica del Estado y posee autonoma, siendo catalogada como "Una entidad pblica descentralizada "(Brewer Caras, 1990:15).La Ley Orgnica de Rgimen Municipal cuyo objetivo es " Desarrollar los principios constitucionales referente a la organizacin, gobierno, administracin, funcionamiento y control de los municipios y dems entidades locales" (articulo 1) es concebida como un instrumento jurdico que busca superar el modelo de democracia representativa por el de participativa en tanto que provee mecanismos de participacin, considerados limitados, en la toma de decisiones en el nivel de los gobiernos locales por parte de la comunidad y la accin vecinal. An cuando estos mecanismos de participacin en la toma de decisiones son limitados, el municipio sigue siendo la instancia de gobierno idnea para desarrollar procesos de participacin.Podemos empezar por la obligacin de las Juntas Parroquiales para promover la participacin ciudadana contenida en el Articulo 32 de la Ley Orgnica de Rgimen Municipal, ya que siendo esta la institucin municipal que est ms cerca de los ciudadanos le corresponde la tarea de llevar la administracin pblica hacia el ciudadano, porque no slo ste debe buscar la participacin en los asuntos pblicos locales, sino tambin el Estado debe ser un ente capaz de apoyar y promover a travs de sus instituciones la participacin ciudadana, todo esto con el fin de satisfacer los servicios pblicos locales. Y en el Articulo 34 se enmarca la participacin de los vecinos en la gestin de asuntos comunitarios en conjunto con las parroquias, siendo stas, rganos auxiliares del gobierno municipal, logrando as una estrecha interrelacin entre gobierno y comunidad.En el Art. 79 de la Ley Orgnica de Rgimen Municipal, se establece algo muy importante, y no es otra cosa que la obligacin que tiene la Junta Parroquial de elevar a la consideracin del Alcalde las aspiraciones de la comunidad, relacionndolas con la prioridad y urgencia que la solicitud tenga. De esta manera logramos encontrar otro punto de encuentro en la definicin de prioridades presupuestarias, entre el Estado y el Ciudadano, por cuanto las Juntas Parroquiales son rganos auxiliares del Alcalde quien a su vez representa a travs del Poder Ejecutivo al Municipio, constituyndose esto en una magnifica ventaja para la realizacin de un verdaderoplanque logre satisfacer las necesidades de la comunidad.Existe tambin en el Titulo X de la participacin de la comunidad, en el Art. 167 de la Ley Orgnica de Rgimen Municipal, el derecho o la obligacin de los vecinos en la participacin de la gestin municipal, todo esto con el fin de dar un carcter comunitario a la gestin, de manera que en laconstruccinde una o varias comunidades todos sean miembros participantes de las decisiones que se tomen. Igual lo establece el Art. 168 Ordinal 3 de esta misma Ley, a partir del Derecho a laInformacinque tiene todo ciudadano sobre la vida local, y lo ms interesante es que logra vincular de manera perfecta la informacin a travs del proceso depromocinde la participacin ciudadana, como una de las principales ventajas y utilidades de este articulo.El Articulo 170 de la Ley Orgnica de Rgimen Municipal, extiende la invitacin a los ciudadanos para participar en los asuntos econmicos de la gestin municipal, todo esto tiene como fin ltimo el impulso del desarrollo de la vida local favoreciendo los intereses colectivos, a travs del desarrollo de las Asociaciones de Vecinos u otras organizaciones que hagan vida en el mbito local.Para Brewer Caras (1990:143) los mecanismos de participacin previstos en la Ley Orgnica de Rgimen Municipal pueden clasificarse en "Los de participacin poltica, los de participacin vecinal y los de participacin en defensa delpatrimonio".Los mecanismos de participacin poltica, son los referidos a ser elector y elegible,revocatoriade mandatos, consultas y reconsideracin de ordenanzas, la mayora de estos otorgan una legitimidad ""electoral o poltica"", pero hoy da no slo se debe hablar de este tipo de legitimidad puesto que una gestin que no considere la participacin ciudadana, simplemente se encuentra destinada al fracaso y por resultado obtendr una rpida deslegitimacin y un atraso en el desarrollo de la vida local. Ahora bien, nos encontramos con los mecanismos de participacin en asuntos vecinales que son aquello que tienden a favorecer la participacin de la comunidad y la participacin de control mediante la solicitud de impugnacin o invalidez de actos que vayan en contra de los intereses del municipio.Si bien es cierto que existen mecanismos legales para la participacin ciudadana, estos lejos de vincular la accin del gobierno local con las comunidades, en ciertas ocasiones, se han instrumentado bajo conveniencias polticas y electorales. En este sentido, se reafirma la necesidad de institucionalizar los mecanismos de Participacin Ciudadana y vincularlos a las necesidades e intereses de las comunidades, todo ello es posible mediante procesos de negociacin entre gobierno y comunidad que apunten al desarrollo local.[1] Cunill Nuria. Participacin Ciudadana, dilemas y perspectivas para la democratizacin de los Estados Latinoamericanos. CLAD.1991.[2] Centro latinoamericano deeconomahumana (Claeh)UniversidadCatlicaUruguay1.995 impulsar una autentica participacin ciudadana..Sin duda alguna desde 1.961, el municipio ha evolucionado en el mbito de la participacin, se ha logrado la eleccin popular de los alcaldes, quien ejerce laautoridadunipersonal responsable de la administracin del municipio, Articulo 174 Constitucin 1.999, Correspondiendo la funcin legislativa del municipio (Articulo 175 Constitucin de 1.999) al Consejo Municipal, y la funcin de control, vigilancia y fiscalizacin a la contralora municipal (Articulo 176 Constitucin 1.999) y tambin la Constitucin de 1.999 (Articulo 184 Numerales 1,2,3,4,5) contempla la participacin ciudadana a travs de asociaciones vecinales, organizaciones no gubernamentales en obras, programas sociales y servicios pblicos, expresiones deeconomasocial,cooperativas, gestin deempresaspblicas y comunalesEn definitiva nos damos cuenta que a pesar de que la Ley Orgnica de Rgimen Municipal es de anterior creacin a la Constitucin Nacional de 1999, la misma es vlida para la aplicacin de la participacin ciudadana en los asuntos pblicos locales, y lo ms importante es que el objeto de ambasleyesno sufre de grandes modificaciones de fondo, lo que conlleva a una utilizacin eficaz de estos instrumentos por parte del Gobierno y de las Comunidades.La definicin de prioridades de inversin y el plan-presupuestolocalLos mecanismos de Participacin Ciudadana en el nivel local son de muy reciente data, pues hasta finales de la dcada de los aos ochenta, el predominio del modelo Keynesiano de bienestar se desarroll de una manera centralista y burocrtica, dndole poca valoracin a la participacin ciudadana local.La dcada de los noventa erosion el modelo Keynesiano de bienestar y dio paso a los sistemas de gobierno de mltiples niveles, donde lo local sali reforzado. De esta manera, los gobiernos de proximidad con los ciudadanos comenzaron con sus planteamientos participativos y deinnovacindemocrtica en materia presupuestaria ypresupuestospblicos locales, los cuales trataron de reflejar las prioridades econmicas y sociales de los ciudadanos.Con estas experiencias, los grupos locales avanzaron en la construccin de espacios democrticos de participacin en la decisin de prioridades frente a los gobiernos municipales lo cual permiti vigilar y defender sus intereses y las necesidades de los grupos ms vulnerables.Tradicionalmente, el tema delpresupuesto pblicohaba permanecido aislado y hasta desconocido por las comunidades. El reto, entonces, es abrir un espacio para la participacin de los diversos actores sociales en el nivel local en el proceso de definicin de prioridades, tanto sociales como polticas, de la poblacin, pues l presupuesto pblico, debe reflejar prioridades socio econmicas de la poblacin y el compromiso de la administracin local con la sociedad. Este reto ha comenzado, y prueba de ello es la facultad que tiene la sociedad, para concretarproyectos de inversinpblica y obtenerfinanciamiento, todo esto comprendido en la Ley del FIDES y la Ley LAEE.La participacin de los ciudadanos en el proceso de determinar prioridades de la gestin pblica local permite avanzar en la construccin desociedadesms abiertas, transparentes, equitativas, democrticas y participativas lo cual a la postre reduce la discrecionalidad administrativa y lacorrupcin.La posibilidad de la participacin ciudadana en la identificacin de necesidades y definicin de prioridades en la inversin municipal, son las caractersticas ms relevantes de la prctica conocida como presupuesto participativo que constituye una alternativa frente al modelo tradicional de gestin de ciudades y municipios. La definicin de prioridades del plan y el presupuesto con la participacin ciudadana establece una nueva articulacin de intereses entre el Estado y la Sociedad Civil, un avance en la democratizacin y una mayorequidadsocial.Sin embargo, la institucionalizacin de la Participacin Ciudadana significa conciliar intereses en conflictos, entre otros, los intereses de la Sociedad Civil, de las esferas tcnico administrativas, y de las instancias de poder, lo que plantea instrumentar formulas jurdicas y operacionales en procura de conducir la negociacin de los intereses enconflictode una manera armnica.En este sentido, promover la Participacin Ciudadana en el proceso de definicin de prioridades presupuestarias en el nivel local, implica el desarrollo de nuevas formas de asociacin de la sociedad organizada, en un esfuerzo de bsqueda que contribuye al logro de la gobernabilidad local y la consecucin de una mayor equidad social en la inversin, todo esto entre otros objetivos.Un plan de Participacin Ciudadana en la definicin de prioridades del presupuesto local supone que su aplicacin ser capaz de: Orientar la accin del gobierno local en materia de formulacin del plan-presupuesto. Promover la participacin ciudadana como mecanismo para el control de las prioridades incluidas en el presupuesto. Para solicitar en forma realista el cumplimiento de sus demandas prioritarias. Apuntar hacia los sectores excluidos de la poblacin en trmino de beneficios sociales. Disminuir el sesgo tcnico, administrativo y poltico de los presupuestos locales Optimizar los recursos asignados. Evitar el clientelismo poltico. Crear un mecanismo democrtico para la inversin social prevista en el presupuesto.Sin embargo, estas condiciones chocan contra el tradicionalcomportamientode la administracin pblica en el nivel local en cuanto a formular los planes y presupuestos en forma hermtica, centralizadora, tecnocrtica y en muchas ocasiones sin transparencia y en contra de la representatividad del poder municipal (cmara municipal) y con escasa o sin Participacin Ciudadana.El proceso de elaboracin de los planes y presupuestos y la definicin de prioridades es un "rea restringida" a la Participacin Ciudadana por sus criterios, tcnicos, tradicionales, formalistas y hasta polticos condicionados por decisiones administrativas y jurdicas generalmente muy rgidas que no dan cabida a ninguna forma de participacin, es por ello, que se hace difcil luchar contra estos "racionalismos tcnicos jurdicos ". En este sentido, un plan de participacin ciudadana evidencia una innovacin contra la subversin, elracionalismotcnico jurdico y la burocracia local gubernamental, planteando un racionalismo participativo entre los actores sociales involucrados en la definicin de prioridades presupuestarias que reforzar la legitimidad de la representacin popular local.Finalmente a pesar de las " Dificultades Polticas " que pudieran existir en la elaboracin de un plan de Participacin Ciudadana para la definicin de prioridades de inversin social presupuestarias, este plan constituye un instrumento que puede aumentar la eficacia publica de los gobiernos locales e instaurar una tcnica de consulta a la poblacin, en la cual su principal riqueza es la democratizacin de la relacin gobierno local y sociedad, pues el ciudadano deja de ser un simple coadyuvante de la poltica tradicional para ser un protagonista activo de la gestin pblica; slo as, es posible crear una esfera pblica no administrativa donde la sociedad puede contribuir a la accin del gobierno local en materia de definicin de prioridades de inversin social presupuestarias del presupuesto municipal.Seguidamente, se expone en el capitulo a continuacin lametodologaa seguir para alcanzar disear un plan de participacin ciudadana. Esta metodologa est presentada por un proceso detrabajo, lasestrategiasa seguir para lograr dicho proceso de trabajo, lasfuentes de informacin, instrumentos y las tcnicas derecoleccin de datos.CAPITULO IIIMARCO METODOLGICOEste captulo expone la definicin de un plan de participacin ciudadana y el proceso de trabajo, compuesto por fases,productosy acciones, para alcanzar disear dicho plan de participacin. Tambin se presentan las estrategias a seguir para lograr conxitolas fases propuestas. Por ltimo, se describen lasfuentesde informacin, instrumentos y tcnicas de recoleccin dedatos, la estratificacin de lasentrevistasy cuestionarios y la descomposicin de la variable participacin ciudadana envariablesespecficas eindicadores; as como las categoras a indagar en dichas entrevistas y cuestionarios.ASPECTOS ACERCA DE LA DEFINICIN DE UN PLAN DE PARTICIPACIN CIUDADANALa formulacin de un Plan de Participacin Ciudadana partir del anlisis del problema asociado a la escasa participacin ciudadana en la definicin de prioridades de inversin social del Plan-Presupuesto Anual del Municipio Antonio Jos de Sucre del Estado Barinas. Igualmente, este plan de participacin ciudadana contendr acciones y decisiones que apunten a la mejora de la participacin ciudadana en dicho municipio.En este orden de ideas, se entender como "plan de participacin ciudadana", para esta investigacin, al conjunto de propuestas de accin sociales, polticas y econmicas que incidirn en uncambiofavorable para la definicin de prioridades de inversin social del Plan-Presupuesto Anual de la Alcalda del Municipio Antonio Jos de Sucre del Estado Barinas.PROCESO DE TRABAJOEl enfoque asumido para abordar la situacin planteada en cuanto al diseo de un plan de participacin ciudadana, tiene dos aspectos de suma importancia:La transdisciplinariedad, la cual garantiza el aporte de las diferentes disciplinas cientficas para explicar y comprender situaciones complejas. En este sentido, un plan de participacin ciudadana tiene un componente altamente social, como tambin, un componente poltico. Por ello, es indispensable abordar esta situacin desde las apreciaciones, valoraciones, experiencias y empirismos de los actores involucrados en el problema y bajo lapticade lasciencias.El aprender colectivo que orienta a la generacin delconocimiento, principalmente, desde los involucrados en la situacin. Este elemento permite el desarrollo de las estrategias del plan con un alto grado de los componentes culturales y valores de los ciudadanos. Bajo esta perspectiva, las estrategias sern de la apropiacin de los ciudadanos lo cual apunta al xito del mismo en el corto y mediano plazo.Ambos componentes asumen la participacin comoestrategiapara alcanzar el diseo del plan. Abordar un plan de participacin ciudadana sin la participacin de los ciudadanos, es contribuir a laexclusin socialy al fracaso del mismo.Por ello, para disear dicho plan, el proceso de trabajo a seguir contiene las siguientes fases:Anlisis de la situacin que perfile el estado de los hechos que ocurren en la realidad y que oriente los conocimientos y estrategias segn lo revelan las asociaciones de vecinos, los vecinos, los miembros de las juntas parroquiales, los funcionarios de la Alcalda del Municipio Antonio Jos de Sucre del Estado Barinas, entre otros actores sociales.Diseo del plan de participacin ciudadana que estructure de manera comprensivalos valores, recursos y capacidades disponibles delcapitalsocial ycapital humanoy lacultura organizacionalde la Alcalda del Municipio Antonio Jos de Sucre del Estado Barinas, en el corto y mediano plazo.Diseo de la estrategia de seguimiento del plan de participacin ciudadana que oriente a la mejora continua del plan bajo la ptica de un proceso social que promueva el protagonismo de las asociaciones de vecinos, las comunidades, los miembros de las juntas parroquiales, entre otros actores sociales.Las fases del proceso de trabajo incluyen productos y acciones que se han identificado a los fines de alcanzar con un alto nivel de xito el resultado de la investigacin y la apropiacin de las acciones porartede los actores sociales. La Tabla No. 1muestraen detalle los productos y acciones por fases.Tabla No. 1Productos y acciones por fases del plan de participacin ciudadana en la definicin de prioridades de inversin social del Plan-Presupuesto Anual del Municipio Antonio Jos de SucreFaseProductoAccinAnlisis de la situacin de la part