CONGRESO NACIONAL 1521 REUNION - Continum:ión de la …

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CONGRESO NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS 1521 REUNION - Continum:ión de la SESION ORDINARIA AGOSTO 5 DE 1973 (Especial) Presidencia de los señores diputados Salvador F. Busacca e Isidro J. Odena Secretarios: doctor Alberto L. Rocamora y señor Ludovico .Lavia Prosecretario: _señor Manuel Rodríguez González En ejerc1c1o del .Poder Ejecutivo nacional: RAúL ALBERTO LASTIRI DIPUTADOS PRESENTES: ACEVEDO, Carlos Luis ACUl>rA, Hipólito AGUmRE, Mario D. AGUIRRE de SAiBENE, Luisa E. ALVAREZ GUERRERO, Osvaldo AMADO SALEME, José AMAOLO, Mario O. AMAYA, Mario Abe) AMERISE, José Carmelo ARAGON}j:S, Carlos Osvaldo ARANA, Tomás Pedro ARBO, Tomás Ameghino ARCE. Rodolfo Juvencio ARIANI, Adriano ARIGóS, Ramón Eduardo ARRAYA, Jorge Francisco ARRúE, Willebrordo ASMAR, Ramón AUYERO, Carlos Alberto Camilo A VILA, A§ustín Alfredo BALESTRA, Ricardo Ramón BÁRBARO, Julio D. BARRIONUEVO, Roque R. BÉHÉRAN, Arnoldo Mario· BELLISIO, Victorio. Alberto BENEDETTI, Osvaldo Ernesto BLANCO. Manuel BONAS. Abraham Efraín BONIFATTI, Arolinda S. A. BORRAS, Raúl Antonio BRAVO, Carlos Alberto BRAvo. J<·ederico S. BRITO LIMA, Alberto BUSACCA, Salvádor F. BUSTOS, Tomás Roberto CABANA, Manuel l. CABEZAS, José Humberto CALABRESE, Pablo CAMPBELL, Osear· S. CAMPOS, Ernesto Manuel CAMUS, Jorge M. CAPILLO, José CARDENAS, Juan Carlos CARRAL TOLOSA, Humberto CARRERAS, Ruperto R. CASAZZA, Luis Angel CASTELLANO, Hugo Luis CATALANO, José Armando CITATI, Angel COLELLO, Clemente J. COSSY lSASI, Edgar COSTARELLI, José CROATTO, Armando Daniel CROCCO, Luis Ferdinando CHAQUíREZ de .PALACIOS, María D'ANGELO. Lorenzo Francisco DAVICO, Miguel Angel DAY, Alberto Ricardo DE APARICI, Ricardo José Manuel DE LUCA. Ricardo DESPERBASQUES, Rodolfo Eduardo DiAZ ORTIZ, Santiago Francisco EGUIREUN, Enrique ESPECHE, Juan Bautista ESPONDABURU, Raúl Hcracio ESTIGARRIA, Agustín Tomás FADUL de SOBRINO, Esther Mercedes FALABELLA, Francisco José FALú, Ricardo Munir FARíAS, Eduardo Isidro FERNANDEZ, Dante Dionísio FERNANDEZ, Juan Máximo FERNANDEZ BEDOYA, Mariano FERNANDEZ GILL, Guillermo Carlos FERNANDEZ VALONI, José Luis FERREYRA, Jorge Washington FLORES, José María F. FONTE, Carlos A. FRANCO, Hugo Armando FRESCHI, Pedro José FUENTES, Pedro Alfredo GAITAN, Adelmo. AlbertO' GALVAN, Raúl Alfredo GALLO, Carlos R. GANEM, Béctor GARCíA, Luis Antonio GARONA, Alberto A. GARRÉ, Nilda Celia GASS, Adolfo GIMÉNEZ, Nicolás Alberto GLELLEL, Jor¡¡e GOLÉ, Tomás Juan B. GONZALEZ, Ricardo A. GRAU, Mario Agustín GUALCO, Jorge Nelson GUERRERO, Antonio Isaac GUZMAN de ANDREUSSJ, María Cristina BAIEK, José BUEYO, Boracio IMBAUD, Carlos Alfredo INSúA, Carlos Raúl · ITURRIETA, Aníbal A. KELLY, Rodolfo Feliciano KUNKEL, Carlos Miguel LABAKE, Juan Gabriel LATRUBESSE, FraJ>cisco Alberto LA VALLE, Mario LAZZARINI; José Luil. LENCINA, Luis A. LÉPEZ, Lysis Augusto LIMA. Hugo Ramón LITERAS, María Haydée A. de LóPEZ, Domingo LóPEZ, Horacio Fidel LóPEZ. Mlguel Angel LóPEZ de GALLO, Amelia LORENCES, Mariano Rufino LUCENA, Luis Arnaldo LUMELLO, José Erío LLANO. Juan Pedro LLORENS, Roberto Osear MACRIS, Antonio J. MALDONADO, Clemente· MARINO, Rafael Francisco MARQUEZ, Alfonso Carlos MARTíNEZ, Juan Antonio MARTíNEZ, Pedro Nicolás MARTOS, Mario Saúl MASSOLO, Eduardo A. R. MAUHUM, Fernando Bugo MERA FIGUEROA, Julio l. MERCHENSKY, :Marcos MIGLIOZZI, Julio Alberto MIGUEL, Pedro Bonorio MIRA, Jesús MOLINA, Gilberto H. MOLINA, Manuel lsauro MOLINA ZA V ALtA, Armando MOLINAR! ROMERO, Manuel Ernesto MOMBELl..l, Fausto J. MóNACO, Horacio Miguel MONSALVE, Evaristo A. MONTERO TELLO, Régulo L. MORAL, Angel MORENO FERRER, José Carlos W. MORINI, María Teresa Merciadri de MOYANO, Francisco J. MUl>riZ BARRETO, Diego MUSACCH10, Vicente Miguel MUSSO, Eufemla NARANJO, Decio B. NATALE, Ricardo T. NIC(iLJCHE. Lisardo Osear NOSIGLIA. Plácido Enrique ODENA, Isidro .l- OSELLA MUl>rOZ, Enrique Emilio

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CONGRESO NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS

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20~ REUNION - Continum:ión de la 13~ SESION ORDINARIA

AGOSTO 5 DE 1973

(Especial)

Presidencia de los señores diputados Salvador F. Busacca e Isidro J. Odena

Secretarios: doctor Alberto L. Rocamora y señor Ludovico .Lavia Prosecretario: _señor Manuel Rodríguez González

En ejerc1c1o del .Poder Ejecutivo nacional:

RAúL ALBERTO LASTIRI

DIPUTADOS PRESENTES:

ACEVEDO, Carlos Luis ACUl>rA, Hipólito AGUmRE, Mario D. AGUIRRE de SAiBENE, Luisa E. ALVAREZ GUERRERO, Osvaldo AMADO SALEME, José AMAOLO, Mario O. AMAYA, Mario Abe) AMERISE, José Carmelo ARAGON}j:S, Carlos Osvaldo ARANA, Tomás Pedro ARBO, Tomás Ameghino ARCE. Rodolfo Juvencio ARIANI, Adriano ARIGóS, Ramón Eduardo ARRAYA, Jorge Francisco ARRúE, Willebrordo ASMAR, Ramón AUYERO, Carlos Alberto Camilo A VILA, A§ustín Alfredo BALESTRA, Ricardo Ramón BÁRBARO, Julio D. BARRIONUEVO, Roque R. BÉHÉRAN, Arnoldo Mario· BELLISIO, Victorio. Alberto BENEDETTI, Osvaldo Ernesto BLANCO. Manuel BONAS. Abraham Efraín BONIFATTI, Arolinda S. A. BORRAS, Raúl Antonio BRAVO, Carlos Alberto BRAvo. J<·ederico S. BRITO LIMA, Alberto BUSACCA, Salvádor F. BUSTOS, Tomás Roberto CABANA, Manuel l. CABEZAS, José Humberto CALABRESE, Pablo CAMPBELL, Osear· S. CAMPOS, Ernesto Manuel CAMUS, Jorge M. CAPILLO, José CARDENAS, Juan Carlos CARRAL TOLOSA, Humberto CARRERAS, Ruperto R. CASAZZA, Luis Angel CASTELLANO, Hugo Luis CATALANO, José Armando

CITATI, Angel COLELLO, Clemente J. COSSY lSASI, Edgar COSTARELLI, José CROATTO, Armando Daniel CROCCO, Luis Ferdinando CHAQUíREZ de .PALACIOS, María D'ANGELO. Lorenzo Francisco DAVICO, Miguel Angel DAY, Alberto Ricardo DE APARICI, Ricardo José Manuel DE LUCA. Ricardo DESPERBASQUES, Rodolfo Eduardo DiAZ ORTIZ, Santiago Francisco EGUIREUN, Enrique ESPECHE, Juan Bautista ESPONDABURU, Raúl Hcracio ESTIGARRIA, Agustín Tomás FADUL de SOBRINO, Esther Mercedes FALABELLA, Francisco José FALú, Ricardo Munir FARíAS, Eduardo Isidro FERNANDEZ, Dante Dionísio FERNANDEZ, Juan Máximo FERNANDEZ BEDOYA, Mariano FERNANDEZ GILL, Guillermo Carlos FERNANDEZ VALONI, José Luis FERREYRA, Jorge Washington FLORES, José María F. FONTE, Carlos A. FRANCO, Hugo Armando FRESCHI, Pedro José FUENTES, Pedro Alfredo GAITAN, Adelmo. AlbertO' GALVAN, Raúl Alfredo GALLO, Carlos R. GANEM, Béctor GARCíA, Luis Antonio GARONA, Alberto A. GARRÉ, Nilda Celia GASS, Adolfo GIMÉNEZ, Nicolás Alberto GLELLEL, Jor¡¡e GOLÉ, Tomás Juan B. GONZALEZ, Ricardo A. GRAU, Mario Agustín GUALCO, Jorge Nelson GUERRERO, Antonio Isaac GUZMAN de ANDREUSSJ, María Cristina BAIEK, José BUEYO, Boracio IMBAUD, Carlos Alfredo INSúA, Carlos Raúl · ITURRIETA, Aníbal A.

KELLY, Rodolfo Feliciano KUNKEL, Carlos Miguel LABAKE, Juan Gabriel LATRUBESSE, FraJ>cisco Alberto LA VALLE, Mario LAZZARINI; José Luil. LENCINA, Luis A. LÉPEZ, Lysis Augusto LIMA. Hugo Ramón LITERAS, María Haydée A. de LóPEZ, Domingo LóPEZ, Horacio Fidel LóPEZ. Mlguel Angel LóPEZ de GALLO, Amelia LORENCES, Mariano Rufino LUCENA, Luis Arnaldo LUMELLO, José Erío LLANO. Juan Pedro LLORENS, Roberto Osear MACRIS, Antonio J. MALDONADO, Clemente· MARINO, Rafael Francisco MARQUEZ, Alfonso Carlos MARTíNEZ, Juan Antonio MARTíNEZ, Pedro Nicolás MARTOS, Mario Saúl MASSOLO, Eduardo A. R. MAUHUM, Fernando Bugo MERA FIGUEROA, Julio l. MERCHENSKY, :Marcos MIGLIOZZI, Julio Alberto MIGUEL, Pedro Bonorio MIRA, Jesús MOLINA, Gilberto H. MOLINA, Manuel lsauro MOLINA ZA V ALtA, Armando MOLINAR! ROMERO, Manuel Ernesto MOMBELl..l, Fausto J. MóNACO, Horacio Miguel MONSALVE, Evaristo A. MONTERO TELLO, Régulo L. MORAL, Angel MORENO FERRER, José Carlos W. MORINI, María Teresa Merciadri de MOYANO, Francisco J. MUl>riZ BARRETO, Diego MUSACCH10, Vicente Miguel MUSSO, Eufemla NARANJO, Decio B. NATALE, Ricardo T. NIC(iLJCHE. Lisardo Osear NOSIGLIA. Plácido Enrique ODENA, Isidro .l-OSELLA MUl>rOZ, Enrique Emilio

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-... · 'BIPB'I'ADOS DE LA NACION

>~Az;'Guido Ulises .-PEDRil'/1,· .Ferdinando 'pEREIRA, ·Antonio ·PETRUCELLI. Agustín

·.;_PONCE, Rodolfo Antonio ·' PORTERO, Héctor

PORT(), Jesús E. RABANAL, Rubén Francisco

·· .RACCBINI, .Juan Nicolás RAFAEL, 'Juan RAMíREZ, Juan Manuel RATTl, Luis Carlos RITVO, Miguel RIZO, Eusebio Victor RODRíGUEZ, Alfredo S. R.ODRíGUEZ FLORES, Argentina ROJAS. Ramón Pablo ltOLANDO, Esteban Domingo ROMAN, lrene Graciel~ ROMERO, Cario< Alberto ROMERO, .Juana N ROSAS, Alberto Horacio ROTA, Silvana Maria l. RUBEO, Luis . SALIM, Luis SALOMóN, Jorge SALVADOR, Nicolás

SALV !\TIERRA; Julio Domingo SAMBUEZA, Osvaldo SANCHEZ AHUMADA, Luis i\lberto SANCHEZ TORANZO, Nicasio SANDLER, Héctor Raúl SANGlACOMO Ricardo Arturo SANGUINETI, Virginia Luisa SARBOLl, Rubén Juan SARLI, Osvaldo Raúl SAúL, Roberto SERVINJ GARCíA, Clara Cristina. SILEONI, Nelo l. SILVA. Analicio SLAMOVITS, Ludovico SOBRINO ARANDA, Luis Alberto SOLANA, Jorge D. STECCO, Alberto Eleodoro SUAREZ, Humberto F. SUAREZ, Leopoldo M. SUELDO, Horacio .Jorge SVLETA DE ARRAYA, Arminda SVRSEK, Enriqut> A. 'l'ACHEI.LA, Eliberto S. J. TAGLlAFERRO. Jorge TOLLER. Roberto Lino TRABOULSI, Eduardo Elías TRóCCOLl, Antonio A. TULA DURAN, Joaquín URDíNEZ dt> VOLPE, Clotilde lsolina V ACCAREZZA, Eduardo H. VALENZUEI.A, Béctor R.

V ALEÍU, Salvador VAZQUEZ POL, José VERGARA, Roque Antonio VESCO, José Luis VIALE .. Jorge Ornar VIDAÑA, Roberto VILLALBA. Bernardo Samuel VINARDELL MOLINERO, Miguel VINTI, Carmelo VITTAR. Rodo!fo Osear ZAMANILLO, José Miguel ZAPATA, Hipolito Bernardo

AUSENTES, CON LICENCIA:

BARTOMIOLI, Héctor Luis COMíNGUEZ, Juan Carlos

AUSENTES. CON AVISO:

ARATA. Juan Carlos AZURMEN!H, Ernesto BAJCZMAN, Ra-úl l. ESQUIVEL. Fausti'no HARRINGTON, Luis José D. HUGHES. Gilbert MASTOLORENZO, Vicente MORENO, Antonio E. RUIZ VILLANUEV A, Arturo

AUSENTE, CON PERMISO:

VILLADA, Mario i\ns~lmo

SUMARIO

l.-Consideración del despacho de las comisiones de Presupuesto y Hacienda, de Comercio, de Agri­cultura y Ganadería, de Industria, de Legislación General y de Legislación Penal en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre ampliación de las atribuciones de la Junta Nacional de Carnes. Se sanciona. (Pág. 1522.)

mercio, de Agricultura y Ganadería, .de Indus­tria, de Legislación General y de Legislación Penal, en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo por el que se amplían las atribuciones de la Junta Nacional de Carnes.

2.-Modificación del artículo 26 del proyecto de ley sobre radicación de capitales extranjeros sancio­nado por la Honorable Cámara. Se aprueba. (Pá­gina 1567.)

3.-Consideración del. despacho de las comisiones de Industria, de Comercio. y de Presupuesto y Ha­cienda en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre protec.ción al trabajo y a la producción na­cional. Se sanciona. (Pág. 1568.)

4.-Homenaje al Día del Niño. (Pág. 1586.)

5 .-Apéndice:

Dictamen de comisiones

Honorable Cámara:

Las comisiones de Presupuesto y Hacienda. Comercio, Agricultura y Ganadería, Industria, Legislación General y Legislación Penal han considerado el mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo por el cual se amplían las atri­buciones de la Junta Nacional de Carnes; y, por las razones expuestas en el informe que se acompaña y las que dará el miembro informan­te, aconsejan la sanción del siguiente

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados, etc.

CAPÍTULO I Sanciones de la. Honor~ble Cámara. (Pág. 1587.) Principios básicos de la política de carnes

Artículo 19- El Poder Ejecutivo determinará la política de carnes (vacuna, equina, ovina, porcina, avícola y de los recursos vivos del agua) de conformidad con los siguientes princi­pios básicos:

-En Buenos Aires, a los cinco días del mes de agosto de 1973, a la. hora. 10 y 40:

JUNTA NACIONAL DE CARNES

Sr. Presidente (Busacca).- Continúa la se-sión,. . '.Corresponde considerar el dictamen de las

·: · comisiones de .Presupuesto y Hacienda, de Co--.·· .. ··;

···! . rr .

a) Evitar prácticas monopólicas que lesio­nen el interés nacional;

b) Estructurar regímenes de com.ercializa­ción que permitan hacer frente ade­cuadamente a los monopolios de impor­tación;

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Agosto 5 de 1973 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 1523

e) Alcanzar una producción cuantitativa y cualitativamente óptima acorde con los recursos humanos, naturales y tecnoló­gicos que posee el país;·

d) Asegurar que a través de una eficiente y ágil distribución y comercialización, los productos lleguen a los con:;;umidores a precios razonables y con cabal cum­plimiento de todos los requerinüentos higiénico-sanitarios;

e) Estimular el procesamiento y la indus­trialización nacionales con vistas al me­jor aprovechamiento de la mano de obra argentina y de la capacidad industrial existente o de la que se establezca en el futuro para la atención de· los mercados locales y externos;·

f) Promover la exportación en forma de lograr el más amplio acceso a los mer­cados exteriores, con el fin de lograr los mejores precios y asegurar la continui­dad y regularidad de los abastecim¡entDs que permita su adecuada expansión:

g) Alentar el desarrollo de las producciones locales sustitutivas de la carne vacuna, con el objeto de lograr la diversificación de la dieta humana, el más racional aprovechamiento de los recursos disno­nibles, la correcta satisfacción de las necesidades de consumo y la obtención de crecientes disponibilidades para la exportación;

h) Formular y ejecutar planes tendientes a evitar las bruscas oscilaciones cíclicas y programar la producción, industrializa­ción y distribución con el objeto de pro­curar un desarrollo ordenado de las distintas zonas geográficas del país aten­diendo sus posibilidades expansivas y sus características socioeconómicas.

Art. 29- La comercialización con el exterior de los productos de la ganadería, avicultura, recursos vivos del agua, y sus subproductos, es­tará a cargo del Estado nacional, con carácter competitivo o exclusivo, con el alcance y por intermedio de los servicios y mecanismos que se establecen .en la presente ley.

El Estado nacional podrá actuar también com­petitivamente en el mercado interno, efectuando toda clase de operaciones comerciales referidas a la producción, almacenamiento, industrializa­ción, transporte y comercialización de la pro­ducción ganadera, avícola y recursos vivos del agua y sus subproductos, para propender al abastecimiento, consumo y abaratamiento de to­dos los tipos de carnes del país y a la ampliación y diversificación de las exportaciones y merca­dos y a la defensa de los precios, por intermedio de los servicios y mecanismos que se establecen

. en la presente ley. Art. 39- Se faculta al Poder Ejecutivo para

determinar el ganado, carnes y recursos vivos

del agua, sus productos y subproductos, cuya comercialización externa queda a cargo exclu­sivo del Estado nacional; el tipo y modalidades de las operaciones que se realizarán bajo ese régimen, así como las entidades públicas o pri­vadas de capital nacional que las efectuarán.

CAPÍTULO II

Junta Nacional de Carnes de la República Argentina. - Creación y organización

Art. 49- La Junta Nacional de Carnes de la República Argentina, en jurisdicción del Minis­tério de Economía, será el órgano ejecutor de

_la política que el gobierno dicte en materia de carnes.

La junta tendrá como misiones primordiales promover, fomentar, controlar, realizar, regular y participar en la producCión, almacenamiento, industrialización, transporte y comercialización de ganados y carnes y recursos vivos del agua, sus productos y subproductos, propender al ma­yor consumo y abaratamiento de• las carnes y a la ampliación de los· mercados exteriores.

Tendrá jurisdicción en todo el territorio de la Nación y funcionará como entidad autárquica, con capacidad de derecho público y privado.

Art. 59- T ,a junta será dirigida y adminis­trada por un presidente, un vicepresidente y un directorio, integrado por el presidente, el vice­];'residentE: y cinco ( 5) vocales, designados por el Poder Ejecutivo.

Art. 69- El presidente y el vicepresidente serán designados a propuesta del Ministerio de Economla.

Art. 79 - Los vocales de la junta serán desig­nados: dos (2) a propuesta del Ministerio de Economía; tres (3) en representación del sector laboral y empresario, en terna, dos (2) por la Confederación General del Trabajo y uno ( 1) por la Confederación General Económica.

Art. 89- Los directores de la junta durarán en sus funciones durante el período presidencial correspondiente al del presidente de la Nación Argentina en que hubieren sido designados, pu­diendo ser removidos,antes de la finalización de dicho período únicamente previo sumario que se substanciará por la Procuración del Tesoro de la Nación y por mala administración de acuerdo al procedimiento que determine el Poder Ejecu­tivo. Además de la incompatibilidad general establecida para los funcionarios y empleados públicos -la que alcanzará a todo el personal del organismo-- es incompatible el cargo de miembro de la junta con el desempeño simul­táneo de otras funcior.es o empleos en la admi­nistración nacional, provincial o municipal, ex­cepto la docencia.

También es incompatible con la función si­multánea de directo., administrador, gerente, síndico, mandatario, gestor, profesional o de­pendiente de personas o establecimientos que

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produzcan, industrialicen, almacenen o comer­·cialicen ganados, carnes y recursos vivos del ;agua, sus productos y subproductos. En caso de duda sobre la existencia de incompatibilidad, ella será resuelta, sin recurso alguno, por el -directorio de la junta.

Art. 99- El directorio celebrará como míni­mo una sesión mensual y se constituirá con un número legal equivalente a la mitad más uno ·de sus miembros. Sus decisiones se adoptarán ;por simple mayoría de votos de miembros pre­·sentes en la sesión. Para la validez de éstas, deberá estar presente el presidente o, en su caso,

·el vicepresidente. Cualqu1era de ambos, en ·ejercicio de la presidencia de la sesión tendrá ·doble voto en el supuesto de empate.

Art. 10. -El presidente tendrá las siguientes .funciones:

a) Ejercer la presidencia del directorio, convocar a sus sesiones e intervenir en las deliberaciones de las comisiones que se constituyan en calidad de presidente de las mismas;

·b) Ejercer la representación legal de la junta y mantener las relaciones de la misma con las autoridades nacionales. provinciales y municipales y con terce­ros, pudiendo a tales fines otorgar man­datos generales o especiales;

·e) Dictar las normas relativas · a la orga­nización y funciones de la junta, distri­buir competencias, atribuir funciones y responsabilidades a los órganos inferio­res para el mejor desenvolvimiento de la actividad del organismo;

<d.) Adoptar decisiones en la resolución de todos los asuntos administrativos y téc­nicos que no fueran de competencia del directorio, y aun en este caso, cuando así lo exijan razones de urgencia, de­biendo en tal caso, dar cuenta de ello a dicho cuerpo en la primera oportu­nidad;

'e) Nombrar, contratar, promover, trasladar al personal dentro y fuera del país;

f) Aplicar sanciones disciplinarias y propo­ner al directorio la remoción del per­sonal;

·g) Proponer al directorio el presupuesto anl,J.al de la entidad;

h) Elaborar planes de acción y someterlos a consideración del directorio;

·i) Someter a consideración del directorio la creación de nuevos servicios y pro­poner la modificación, aplicación o su­presión de los existentes, y proponer la celebración de convenios acordes con la finalidad específica de la junta;

j) Intervenir en el manejo de los fondos de la junta, disponiendo los ingresos y egre­sos con sujeción a las normas que es-

tablezca el directorio y llevar el inven­tario general de todos los bienes del organismo;

k) Proponer al directorio las operaciones financieras que sean necesarias o útiles al cumplimiento del fin específico de la junta;

l) Dirigir y ejercer el control de las de­pendencias, actividades y personal del organismo;

m) Cumplir y hacer cumplir las disposicio­nes de la presente ley y demás normas que se dicten en cuanto sea de su com­petencia;

n) Próponer al directorio la estructura or­gánico-funcional de la junta;

ñ) Publicar informaciones sobre la compra­venta de los productos de la ganadería, avicultura y recursos vivos del agua en los mercados internos y externos;

o) Hacer publicaciones, estadísticas y censos relativos a· la producción, comercio, in­dustrialización, almacenamiento y trans­porte de productos y subproductos de la ganadería, avicultura y recursos vivos del agua;

p) Hacer las investigaciones necesarias pa­ra comprobar si se viola la ley 12.906, en cuanto a la produc~Ión, comercio, transporte e industrialización de gana­dos, carnes y recursos viV(J5 del agua. sus productos y subproductos y formular en su caso las denuncias pertinentes;

q) Constituir comisiones asesoras honora­rias integradas por representantes de sectores de la producción el almacena­miento, la industrialización, e.l comercio, el transporte, el consumo y gremiales, cuando lo coTJ.sidere conveni~nte para el mejor ejercicio de sus funciones, tenien­do en cuenta la representat:Ión de re­giones del país.

Art. 11.- El vicepresidente reemplazará al presidente en caso de vacancia del cargo, au­sencia o impedimento. Además deserr,peñará las funciones que el presidente dentro de las suyas propias le delegue.

Art. 12. - El directorio tiene a su cargo la dirección y supervisión de las actividades de la junta y sus funciones serán las siguientes:

a) Dictar las normas relativas a la gestión administrativa y específica de la junta, resolver los casos no previstos y aclarar e interpretar las disposiciones de la pre­sente;

b) Aprobar los planes a los que deberá su­jetarse la actividad del 01ganismo;

e) Proyectar el régimen de retr1buciones y escalafonario para el personal de la jun­ta y dictar el estatuto, régimen de li­cencias y de honorarios de la misma;

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d) Implantar nuevos servicios administra­tivos, ampliar, modificar o supnmir los existentes;

e) Adquirir, enajenar y pe_rmutar bienes muebles e inmuebles, contratar présta­mós, locaciones, fianzas, comodatos y en general <::elebrar todo contrato útil y convenient.:~ a los intereses de la junta, constituir y aceptar derecho de hipoteca, -prenda o cualquier otro derecho real o de uso, goce o garantía;

f) Elaborar el régimen de -compraventa, locaciones y servicios;

g) Aprobar las operaciones fmanéieras que resulten necesarias o útile::; p~ra el mejor cumplimiento del fin específico de la junta;

h) Crear centros de estudios y capacitación; otorgar becas y promover la realización de estudios e investigaciunes relaciona­das con la finalidad del organismo:

i) Aprobar la estructura orgánico-funcio­nal de la junta y la dotación del perso­nal de la misma;

j) Descentralizar por regiones la organi­zación administrativa y la prestación de servicios, creando los órganos corres­pondientes;

k) Constituir comisiones integradas·por sus miembros con carácter permanente o transitorio para el estudio y despacho de los asuntos que lo requieran y desig­nar sus componentes;

l) Aprobar el presupuesto anual de la en­tidad y elevarlo para su consideración al Poder Ejecutivo a los efectos de su aprobación por el Congreso de la Na­ción. El Poder Ejecutivo podrá modifi­carlo previo conocimiento e informe de la junta. Mientras no ~e apruebe un nuevo presupuesto, continuará vigente el del año anterior;

m) Establecer las normas de clasificación y tipificación del ganado y de las carnes destinadas al consumo y a la· exporta­ción y de todos los productos y subpro­ductos de la ganadería, avicultura y re­cursos vivos del agua, fijando el tiempo y las zonas en que regirán, y determinar sus precios en relación con la clasifica­ción, tipificación y gastos de producción;

n) Proponer al Poder Ejecutivo, cuando las circunstancias lo aconsejen, el valor co­mercial de las carnes e investigar y con­trolar tos resultados de explotación ob­tenidos por las personas y entidades comprendidas en el régimen de esta ley, sus filiales y las vinculadas económica o financieramente a ellas;

ñ) Otorgar licencias para ta instalación de plantas industrializadoras, de almacena­miento y mercados mayoristas de gana­dos y carnes y recursos vivos del agua,

siempre que no se opongan al ordena- · miento racional de la producción de car­nes del país.

Cualquier modificación de fondo que se quiera introducir sobre las instala­ciones que han sido motivo del otorga­miento de licencias deberá ser sometida a consideración de la junta;

o) Proponer al Poder Ejecutivo las canti­dades a que deberá sujetarse la expor­tación de ganados, carnes y recursos vi­vos del agua y 1 o abastecimiento de car­nes y recursos vivos del agua para el consumo interno, cuando el mejor orde­namiento de estas actividades lo exija a los fines de la presente ley;

p) Proponer al Poder Ejecutivo la determi­nación del ganado, carnes, recursos vi­vos del agua, productos y subproductos cuya comercialización externa quede a cargo exclusivo del Estado nacional; el tipo y modalidades de las operaciones que se harán bajo ese régimen y cuáles de las mismas se efectuarán a través de la junta o de las empresas de capital na­cional constituidas con arreglo a lo dis­puesto en el inciso s) del presente ar­tículo;

q) Establecer sistemas de comercialización del ganado, carnes, recursos vivos del agua y subproductos que armonicen los intereses de los productores, industriali­zadores, almacenadores, comerciantes y consumidores;

r) Establecer las normas de calidad y- es­pecificaciones técnicas a que deberá su­jetarse la exportación de carnes y re­cursos vivos· del agua, pudiendo prohibir la exportación y el embarque en caso de violación de las mismas;

s) Ejercer las actividades de producción, almacenamiento, industrialización, co­mercialización y transporte de ganado, aves, carnes, recursos vivos del agua, productos y subproductos, lo que podrá hacerse en forma directa o indirecta a través de los siguientes mecanismos:

l. Constituir, promover o participar en la constitución de empresas del Estado, sociedades anónimas con participación mayoritaria estatal, sociedades de propiedad del Estado, asociarse con las existentes o crear servicios propios.

2. Adquirir, arrendar, administrar bienes y 1 o fondos de comercio, to­tal o parcialmente.

3. Constituir, promover o participar en la constitución de otro tipo de entidades comerciales o industria­les y asociarse con las existentes que sean necesarias en el mercado

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P"r.i"im'n"'", ,.,.· ·el mayor consumo y á barata­de las carnes en el país, y la

.ampliación de los mercados exteriores, ·a cuyo ·efecto organizará 'en la Nación y en el extranjero la propaganda y servi-cios necesa:dos; -

u) Regular los embarques y fiscalizar el empleo de las bodegas utilizadas para el comercio de carnes;

·v) Determinar las personas o empresas que deban ser incluidas en el régimen de esta ley;

w) Solicitar ante el fuero en lo Penal Eco­nómico o juzgado federal, según corres­ponda, de conformidad con. el lugar de comisión de los hechos, allanamiento de domicilios e incautaCión de libros y pa­peles comerciales, inclusive· la correspon­dencia de las personas o sociedades so­metidas a las disposiciones de esta ley;

x) Asesorar al Poder Ejecutivo, a su reque­rimiento o por propia decisión, sobre todo lo relacionado con la producción, almacenamiento, comercio, industrializa­ción y transporte de los ganados y las carnes rojas, avícolas y recursos vivos del agua, sus productos y subproductos;.

y) Concertar con la intervención de los ministerios y organismos competentes, convenios de exportación de ganados, carnes, recursos vivos del agua, sus productos y subproductos, estableciendo precios, calidad y cantidad de la merca­dería y demás modalidades de la ope­ración;

z) Otorgar avales o garantías por operacio­nes de crédito relacionadas con sus actividades o solicitarlos a las entidades financieras oficiales o al Ministerio de Economía de la Nación;

z') Crear fondos o cuentas especiales con aprobación del Poder Ejecutivo;

z") Determinar la contribución que la Junta efectuará a los servicios sociales de la Asociación del Personal de la Junta Na­cional de Carnes de la República Argen­tina, la que no podrá exceder del 8 % de los recursos a que se refiere el inciso a) del artículo 23 de la presente ley;

z"') Y todq.s las funciones y atribuciones que sean conducentes al mejor cumplimiento de esta ley.

CAPÍTULO' III

Recursos - Patrimonio

Art. 13. - Para el cumplimiento de lo pres­cripto en esta ley la junta dispondrá de los si­guientes recursos, que serán depositados a su orden en el Banco de la· N:;o,Ción Argentina:

El producido del gravamen que se I:Ilen­cion_a en el artículo 15 de la presente ley;.

b) Las multas por infracciones a. la pre­sente ley y al decreto ley 8.509/56;

e) Los intereses y rentas de los fondos de que es titular y los del inciso b) del artículo 15, mientras no se les haya dado destino;

d) Los recargos establecidos por mora en el pago del gravamen a que se. hace men­ción en el artículo 15;

e) Todo otro recurso que le asigne el Te­soro de la N ación.

Art .. 14_-- El patrimonio de la junta se for­mará con:

a) Los bienes de su propiedad a la fecha del dictado de la presente ley y los que en el futuro incorpore;

b) El producido de la venta de sus bienes; e) Las donaciones y legados; d) Las sumas ingresadas en virtud de las

disposiciones del artículo 69, inciso a) del decreto ley 8~509/56 y concordantes que estuvieren acumuladas-hasta el mo­mento de puesta en vigencia de la pre­sente ley.

Art. 15. - Con el destino señalado en el ar­tículo 13 establécese una contribución especial de hasta el dos y medio por ciento (2,50 %), que se aplicará sobre:

1) Los importes resultantes de la venta de ganado bovino, ovino, porcino y equino y de aves de corral, con destino a la fae­na o a la exportación.

2) Los importes resultantes de la venta de los recursos vivos del agua -en cual­quier estado- con destino al consumo interno o a la exportación.

3) El valor que asigne la junta en los casos de ganado, aves de corral o productos vivos del agua de propia producción o captura, que se faenen o utilicen para cualquier destino conforme a la regla­mentación que para esos supuestos dicte la Junta Nacional de Carnes de la Repú­blica Argentina.

La junta propondrá al Poder Ejecutivo el gravamen que se cobrará dentro del límite esta­blecido, teniendo en cuenta las condiciones generales de las actividades económicas com­prendidas en la presente ley y el monto de los fondos acumulados, pudiendo el Poder Ejecu­tivo, en caso de emergencia, reducir o suprimir esta contribución a algún producto o zona ..

Art. 16.- La contribución especial estará a cargo del vendedor en los casos de los apartados 1 y 2 del artículo anterior y de los . propietarios en los supuestos del apartado 3, quedando fa­cultada la Junta de Carnes de. la República .

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Argentina para fijar los agentes de retención o percepción del gravamen.

Art. 17.- La aplicación, percepción y fisca­lización del gravamen establecido por la pre­sente ley estará a cargo de la Junta Nacional de Carnes de la República Argentina y· a sus efec­tos serán aplicables todas las disposiciones de esta ley, quedando la mencionada entidad fa­cultada para dictar las normas cÓmplementarias pertinentes.

En los lugares de faena, donde la Junta Na­cional de C&rnes no preste servicio de clasifi­cación y tipificación, las respectivas autoridades municipales efectuarán la verificación del pago de la contribución especial.

Art. 18.- La falta de pago del gravamen al _vencimiento de los términos que establezca la j1.1nta hará surgir, -sin necesidad de interpela­ción alguna, la obligación de abonar juntamente co'l aquélla los siguientes recargos:

a) Hasta un mes de retardo, 5 % del im­porte de los gravámenes impa,gos;

b) Más de un mes y hasta dos meses de retardo, el 10 %;

e) _ Más de dos y hasta tres meses de re­tardo; el 15 %;

d) Más de tres meses de retardo, el 20 %; e) Más de un año, el 30 % por año de re­

tardo o fracción.

A los efectos del cómputo de1 recargo, toda fracción de mes se considerará como mes entero.

La obligación de abonar los recargos subsistE', no obstante la falta de reserva al recibirse el pago del gravamen, mientras no haya transcu­rrido el término de cinco (5) años. El cobro dE: estos recargos se efectuará sin perjuicio de la aplicación de las sanciones determinadas en la presente ley.

Art. 19. -Los gobiernos de provincias adop­tarán las medidas necesarias para el cumpli­miento de lo dispuesto en el 2Q párrafo del ar­tículo 17 de esta ley.

Art.: 20. - Las inversiones, servicios, obras y fomento de actividades a que se destme el pro­ducido del gravamen a que se l:lace mención en el artículo 15, se declaran de interés nacional.

Art. 21.- Las certificaciones de deudas por gravamen o por servidos u operacior:.es comer­ciales realizadas por la junta o por las entidades creadas de conformiaad con el artículo 12, serán expedidas por el gerente de admimstración y finanzas de la junta o de dichas entidades en su caso, o por sus reemplazantes en base a las registraciones contables. Esas certifi(!aciones se­rán título hábil para promover y substanciar el cobro de la deuda por juicio ejecutivo.

Art. 22. -La junta gozará de privilegio espe­cial sobre los créditos que sus deudores tengan contra ella o registrados en la misma. cualquiera sea· el origen de unos o de otros y cualquiera sea

la causa de la deuda, pudiendo compensar los créditos hasta la concurrencia de la cantidad menor.

Art. 23.- Los fondos enumerados en el· ar­tículo 15 que se acumulen anualmente sólo po-. drán invertirse én la siguiente forma:

a) El veinticinco por ciento (25 %) de la contribución especial a que se refiere el inciso a) del artículo 13 y el total de lo que se recauda por los conceptos que determinan los restantes incisos, para los gastos generales de administración, de propaganda en el interior o exterior, estadísticas y, hasta el 8 % de este por­centaje integrará los recursos de la obra social de la Asociación del Personal de la Junta Nac.ional de Carnes, en general, para todos los que demande la conse­cución de los fines de la junta, en la proporción que determine cada presu­puesto;

b) El 60 % de la contribución especial del inciso a) del artículo 13 en la form.a y proporciones que la junta determine:

l. Para aplicarlo al cumplimiento y desarrollo de las actividades com­prendidas en el indso s) del ar­tículo 12.

2. Las entidades creadas o a crearse a que se refiere el ~:.unte 3 del in­ciso s) del artículo 12, para ser utilizado por ellas como capital cir­culante y/o en la adquisición de inmuebles, equipos, maqumarias, herramientas y todo otro rubro del activo fijo en la medida en que lo requiera el cumplimiento del ob­jeto y fines contemplados en· su creación.

Las entidades interesadas deberán so­meter los correspondientes planes de in­versión de dichos recursos a la aproba­ción de la junta. La proporción en que los recursos provenientes de este origen puedan ser destinados por estas entida­des a capital circulante o capital en giro será determinada por la junta, teniendo en cuenta los siguientes elementos de juicio:

La magnitud de la inversión en bienes de activo fijo.

Los valores de las materias primas y demás gastos de producción, comerciali­zación y distribución.

Las velocidades de circulación de los bienes de cambio, de cobranzas de los créditos acordados y de pago a acreedo­res, y en general, la dimensión econó­mica de las entidades y el volumen de

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sus negocios, conforme a las prácticas habituales para este tipo de industria.

Hasta tqnto no se le diere destino a O.ichos fondos la junta podrá invertirlos en títulos de la deuda pública o en de­pósitos bancarios a plazo fijo.

Estará a cargo de la junta controlar el estricto cumplimiento de 16 dispuesto en el párrafo 2 del presente inciso;

e) El 15 % de la contribución especial del inciso a) del artículo 13 pasa a integrar los recursos del Instituto de Servicios Sociales para el Personal de la Indus­tria de la Carne y Afines de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la lla­mada ley 18.257.

CAPÍTULO IV

De los inscritos y sus obligaciones

Art. 24. :_Las personas y entidades que in­tervengan habitualmente en el almacenamiento, comercio, industrialización y 1 o transporte de ganados, aves, recursos vivos del agua y carnes, sus productos y subproductos, con destino al consumo interno o a la exportación, y los esta­blecimientos o locales en que aquéllos se reali­cen, deberán estar inscritos en los registros que llevará la junta de conformidad con los regla­mentos que dicte.

La junta podrá modificar el régimen de ins­cripciones dispuesto por leyes o reglamentacio­nes anteriores y, asimismo, disponer el registro gradual de las personas y entidades, estableci­mientos o locales por categoría y/o regiones, según su importancia o incidencia en las activi­dades mencionadas.

Art. 25. -La inscripción a que se refiere el artículo anterior obliga a su titular a:

a) Llevar su contabilidad en base a los libros exigidos por el Código de Comer­cio y los auxiliares que se requieran o sujetarse al régimen especial que esta­blezca la junta, cuando las necesidades o conveniencias del contralor así lo im­pongan;

b) Presentar las memorias, balances, in­ventarios, estadísticas y cualquier otra información de carácter general o par­ticular que se le requiera;

e) Facilitar, en todo lugar, el acceso para inspeccionar y 1 o examinar y verificar la contabilidad, libros auxiliares, registros, correspondencia, archivos y demás do­cumentaciones, con la sola excepción de los procedimientos o fórmulas indus­triales secretos que pertenezcan al do­minio de la inventiva;

d) Llevar los libros, registros y correspon­dencia a que se refieren los incisos ante­riores, en idioma nacional, observando en

sus anotaciones el sistema métrico deci­mal, de acuerdo a la legislación vigente;

e) Ajustarse a las . tarifas que en cada caso apruebe al junta en concepto de retribu­ción de servicios y uso de instalaciones.

Art. 26.- Queda prohibido:

a) Cualquier práctica o recurso que signi­fique distinciones injustas;

b) Toda práctica o recurso destinado a in­ducir a engaño;

e) Prorratear el abastecimiento de ganado en· pie o productos de la ganadería, avi­cultura y pesca para consumo o exporta­ción, o alterar o fijar injustificadamente el precio, o crear un monopolio de la adquisición, venta o comercio de los mis­mos, salvo en los casos previstos en el artículo 29 de esta ley;

d) Acordar cualquier convenio para pro­rratear un lugar o población · a fin de realizar negocios del ramo o para con­trolar los precios de plaza;

e) Realizar operaciones que se hayan afec­tado al régimen de comercialización ex­clusiva prevista en el artículo 29 de esta ley, bajo sanción de nulidad absoluta; sin perjuicio de hacerse pasible de una multa de hasta veinte veces el valor de la operación que será impuesta por la junta;

f) Realizar cualquier convenio o maniobra para impedir la libre competencia;

g) Ocultar o alterar los verdaderos benefi­cios de su comercio o industria o parti­cipar en cualquier procedimiento o re­curso que tienda a ese fin.

Art. 27.- La falta, suspensión o cancelación de la inscripción prevista en esta ley no impe­dirá el ejercicio de las atribuciones acordadas a la junta ni eximirá a los sometidos a su régi­men de las obligaciones y responsabilidades que se establecen para los inscriptos.

Art. 28. -La junta no inscribirá sociedades cuando alguno de sus integrantes 'estuviere in­habilitado por infracción a la presente ley y 1 o a las disposiciones citadas en el inciso b) del artículo 13, cuando el o los inhabilitados se desempeñaren como director, administrador, ge­rente, síndico, mandatario o gestor. Asimismo, excluirá a las que estuvieren inscriptas cuando dentro del término que les· fije no excluyan al inhabilitado.

Art. 29. -En el caso de inhabilitación de so­ciedades, cualquiera sea su naturaleza, ni éstas ni sus integrantes -excepto los accionistas de sociedades anónimas y cooperativas que no ac­tuaron en las funciones indicadas en el artículo anterior cuando se cometió la infracción que determinó la inhabilitación- podrán formar

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Agosto o de 1973 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 1529

parte de otras sociedades para desarrollar acti­vidades de las previstas en la presente ley, ni hacerlo a título individual.

CAPÍTULO V

Ventas de ganado al peso vivo

. Art. 30.- Toda transacción sobre ganado va­cuno o de las especies que determine la junta, ya sea con destino al consumo interno o a la exportación, deberá efectuarse al precio unita­rio de tanto el kilo de peso vivo.

El precio podrá ser fijado por las partes, den­tro de los límites máximos y 1 o mínimos que estuvieren determinados por los organismos res­pectivos, antes o después de la pesada de los animales, como asimismo después de su sacrifi­cio de acuerdo con la clasificación y tipificación oficial para el ganado y las carnes, pero siem­pre referido al peso vivo de los animales.

Art. 31.- Todos los establecimientos o luga­res públicos donde se comercie con ganados in­cluidos en estas prescripciones deberán contar con las balanzas necesarias, habilitadas y fisca­lizadas · de conformidad con las disposiciones pertinentes.

CAPÍTULO VI

Infracciones, sanciones y recursos

Art. 32.- Toda infracción a las disposiciones de la presente ley, sus decretos y resoluciones reglamentarios, previo sumario en que se ase­gurará el derecho de defensa y se valorará la naturaleza de la transgresión, los antecedentes del infractor y el perjuicio causado, será repri­mida con apercibimiento, multa de hasta tres­cientos mil pesos, suspensión ci cancelación de la inscripción, excepción hecha en cuanto al monto de la multa, del caso previsto en el in­ciso e) del artículo 26.

Si como consecuencia de la infracción come­tida resultara la obtención de un beneficio ilí­cito para el infractor o terceros, al importe de la multa se sumará el de ese beneficio aunque se sobrepase el límite fijado. En caso de rein­cidencia se podrá imponer juntamente con la sanción pecuniaria la de suspensión o cance­lación de la inscripción.

Durante la substanciación del sumario el pre­sidente de la junta podrá disponer, mediante resolución fundada, la suspensión preventiva de la inscripción del presunto infractor, la que podrá mantenerse hasta un máximo de 60' días.

Art. 33. -Las sanciones previstas en la pre­sente ley serán impuestas por la junta y de su resolución podrá reclamarse, dentro de los vein­te (20) días hábiles de notificada y previo de­pósito del importe correspondiente si se tratase de multa, mediante el recurso de reconsidera­ción y apelación en subsidio.

Este recurso se deducirá fundadamente ante la niisma junta, la que deberá resolverlo dentro del término de sesenta (60) días contados des­de ·la fecha de su interposición. Si la resolución fuese confirmatoria de la sanción impuesta, no­tificada· que sea al infractor, se remitirá el ex­pediente a la Cámara Nacional d.e Apelaciones en lo Federal, sala contencioso administrativa o a la Cámar~ Nacional de Apelaciones que co­rresponda según las leyes que determina la jurisdicción de la justicia nacional.

Recibido el expediente administrativo, la cá­mara con sus solas actuaciones, salvo que se alegaren hechos nuevos, llamará a autos para sentencia y la que se dicte será definitiva e inapelable.

Art. 34. - La suspensión o cancelación de la inscripción implicará el cese de las actividades y la clausura del ·establecimiento o local a los efectos de la presente ley. A tal fin estas san­ciones serán notificadas por la junta a las auto­ridades pertinentes a los efectos de que no se practique inspección sanitaria alguna ni se otor­gue ninguna clase de certificados que sirvan para facilitar las operaciones de compra, venta, transporte, faena, elaboración o exportación de ganados, carnes, sus productos y/o subproduc­tos y su almacenamiento, y en igual sentido los recursos vivos del agua.

Art. 35. - Cuando los infractores sean socie­dades, los directores, gerentes, administradores y síndicos que hayan intervenido en las opera­ciones ilícitas serán personal y solidariamente responsables.

Art. 36. -Las acciones para imponer sanción por infracciones a esta ley, sus decretos y reso­luciones reglamentarios, prescriben a los cinco (5) años.

El término para la prescripción comenzará a contarse desde la fecha de la comisión de la infracción. ·

Art. 37.- Las acciones para hacer efectivas las multas aplicadas prescribirán al año. El tér­mino comenzará a partir de la fecha en que la resolución haya pasado eh autoridad de cosa juzgada.

Art. 38. -La · prescripción de las acciones para imponer sanción y para hacer efectivas las multas se interrumpe por la comisión de una nueva infracción y por todo acto de procedi­miento judicial o sumario administrativo.

Art. 39.- A los efectos de considerar al in­fractor como reincidente no se tendrá en cuenta la pena anteriormente impuesta cuando hubiera transcurrido el término de cinco ( 5) años.

Art. 40. -Los sumarios en trámite o los que corresponda iniciar por infracciones a las dis­posiciones que han regido hasta el presente en la materia, serán instruidos y resueltos por la junta conforme al procedimiento y sanciones establecidos en esta ley.

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CAPÍTULO VII

Disposiciones generales

Art. 41. - Las autoridades nacionales, provin­ciales y ·municipales, así como también los orga­. nismos. descentralizados, prestarán a la junta la colaboración necesaria para el cumplimiento de sus .fines.

Art. 42. -Todo miembro o empleado .de la junta al que se le pruebe haber divulgado o utilizado en beneficio propio informaciones que llegaren a su conocimiento será exonerado, sin perjuicio de las sanciones que pudieren corres­ponderle.

Art. 43.- La junta estará sometida exclusi­vamente a la jurisdicción federaL El presidente Y en su caso el vicepresidente absolverán por escrito, posiciones en juicio, no estando obliga­dos a comparecer personalmente.

Art. 44.- La junta en su carácter de sujeto de derecho podrá actuar en juicio como actora o demandada con sujeción a lo dispuesto en el artículo 4 7.

CAPÍTULO VIII

. Disposiciones transitorias

Art. 45 .. - Derógase el decreto ley 8.509/56 y sus modificatorios. Los decretos y resoluciones reglamentarios de las .leyes que han regido la producción, comercio, almacenamiento, indus­trialización y transporte de ganado_s, aves, car­nes y productos vivos del agua, sus productos y subproductos, mantendrán su vigencia en cuanto no se oponga a las disposiciones de la presente. Dentro del término de 120 días hábiles el ·Ministerio de Economía proyectará el texto ordenado de ·las disposiciones que reemplazarán a los decretos citados en la materia reservada al Poder Ejecutivo, y la junta hará 1o propio en lo referente a su competencia.

Sin perjuicio de lo· dispuesto en el artículo 15 de la presente ley, fíjase en dos treinta y cinco por ciento (2,35 %) la contribución espe­cial establecida en el citado artículo.

Art. 46.- La Junta Nacional de Carnes de la ' República Argentina, tendrá a su cargo el ajuste

final de las cuentas inherentes a los anticipos efectuados de acuerdo con los decretos 6.492-49, 12.851/49, 20.001/50, 13.654/51, 14.859/51. 10.780/52,- 11.016/52, 9.628/53, 415/54, 11.832-54, 22.282/54, 6.964/55, 7.913/55 y 330/55 y concordantes en la materia.

Art. 47.- El ente éuyo régimer: se aprueba por la presente ley, continuará la gestión del orga:pismo creado por el decreto ley 8.509/56 (ley 14.467), quedándole afectados íntegramen-

. te sus bienes, personal, créditos, dere~hos y obli-

. gaeiones. . ;Art. 48.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Saia de las cpmisiones, 2 de agosto de 1973.

Alberto Eleodoro . Stecco: - Juan Gabriel Labake. - Réctor Ganem. - Ripólito Acuña. - Adelmo Al­berto Gaitán. - Julio Alberto Mi­gliozzi. - Clemente Maldonado. -Diego Muñiz Barreta. - Federico S. Bravo. - Julio D. Bárbaro. -Juan Manuel Ramírez . ......:. Adriano Ariani. - Ricardo De Luca. -Lysis Augusto Lépez. - Carlos Raúl Insúa. - Santiago Francisco Díaz Ortiz. - Arturo Ruiz Villa­nueva. - Juan Antonio Martínez. - Enrique Emilio Osella Muñoz. - Jorge D. Solana. - Manuel l. Cabana. - Roque Antonio Ver­gara. - Gilberto H. Malina. -Juan Nicolás Racchini. - Virginia Luisa Sanguineti. - Jorge M. Ca­mus. - María Haydée A. de Lite­ras. - Miguel Ritvo. - Miguel Vinardell Molinero. Manuel Isauro Malina. - Clotilde Isolina Urdínez de Volpe . .--José Carmelo Amerise. - Tomás Juan B. Golé . ..:__ Nicolás Alberto Giménez. -Rugo Armando Franco. - Agus­tín Alfredo Avila. - Roberto Lino Taller. - Carlos Palacio Deheza. - Victoria Alberto Bellisio. -Rugo Ramón Lima. - Rodolfo Eduardo Desperbasques.

En disidencia:

Juan Bautista Espeche. - Osvaldo Alvarez Guerrero. - Fausto J. Mombelli. - Guillermo Carlos Fer'­nández Gill. - Nicolás Salvador. -Jesús Mira.- José Miguel Za­

manillo. - Arolinda S. A. Boni­fatti. - José Raiek. - Francisco José Falabella. - Tomás Pedro Arana. - Ricardo Ramón Bales­tra. - Héctor Portero. - Raúl Horacio Espondaburu. - Vicente Miguel Musacchio. - Jorge Omar Viale. - Raúl Antonio Borrás. -Alberto Ricardo Day. - Leopoldo M. Suá·rez. -Tomás Ameghino Ar­bo. - Alberto Horacio Rosas. -Evaristo A. Monsalve. - Joaquín Tula Durán. - María Teresa Mer­ciadri de Mori.ni. - Mario Abel Amaya.- Humberto F. Suárez .. -José Luis Vesco. - Héctor RaúL Sandler. - Francisco J. Moyana. - Pedro José Freschi. - Rubén Francisco Rabanal. - Carlos A. Fonte. - Manuel Ernesto Molinari Romero. - Carlos Luis Acevedo . - José Osvaldo Catalana. - Jesús E. Porto. - José Carlos W. Moreno Ferrer.

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Agosto 5 de 1973 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 1531

Sr. Presidente (Busacca).- En consideración en general. Tiene la palabra el señor miembro informante del dictamen de la mayoría, diputado Stecco.

Sr. Stecco.- Señor presidente: la Comisión de Agricultura y Ganadería ha considerado el proyecto de ley elevado por el Poder Ejecutivo sobre ampliación de las facultades de la Junta Nacional de Carnes.

·se trata de instrumentar una verdadera polí­tica nacional de carnes de la que el país carece por haber sido destruida la estructurada en la materia por el gobierno justicialista, cuando e1 golpe militar instauró la mal llamada revolución libertadora, contraria a los intereses nacionales y populares.

El proyecto que consideramos es un viraje total de ciento ochenta grados con relación a la política titulada de la libre empresa, practicada desde el año 1955 en beneficio de los monopolios extranjeros y del reducido grupo del privilegio, usufructuario del statu quo.

De aprobarse este proyecto, los resortes claves de decisión en materia de distribución, industria­lización, comercialización interior y exportación de carnes, volverán a ser ejercidos por el pueblo argentino, para su propio beneficio y el de la Nación.

La política practicada en el ámbito de las carnes, desde el año 1955, acentuada especial­mente a partir de 1967, se· caracterizó por el do­minio de .la conducción económica por parte de intereses sectoriales identificados con los lati­fundistas y sus socios manifiestos, los monopo­lios internacionales, hoy conocidos como empre­sas multinacionales.

La voracidad demostrada a través de estos dieciocho años por estos usufructuarios del po­~er, originando un malhadado golpe de Estado, y el saqueo practicado, han conducido a una creciente dependencia externa que traba la posi­bilidad de emprender un desarrollo económico auténtico, autónomo e integrado; han conducido también a un creciente endeudamiento exterior que crea vallas al despegue que la gran mayoría de los argentinos deseamos; y, finalmente, han provocado el estancamiento de nuestra riqueza, la producción agropecuaria.

Cuando .el golpe militar gorila del año 1955 desplazó al gobierno popular del general Juan Domingo Perón y usurpó el poder, la Argentina contaba con una existencia de cincuenta y dos millones_ de cabezas vacunas, aproximadamente la misma cifra que, según se estima, tenemos hoy. En el mundo hay sólo dos países que no han av-anzado en materia de existencia ganadera en estos últimos dieciocho años, y uno de esos contados países es nuestra Argentina, a pesar de que poseemos la tercera área en cuanto a superficies aptas en el mundo para explotación ganadera.

En oportunidad de debatirse en esta Honora­ble Cámara el tema de los desalojos d.e los· productores arrendatarios o aparceros rurales, he

señalado la correlación que existe entre la dismi­nución del número de productores y la merma de las existencias. Hoy tenemos la misma cantidad de vacunos que hace dieciocho años, cuando los argentinos éramos cinco millones menos.

Esta política de escasez deliberada practicada por la oligarquía vacuna ha llegado a su fin. Las medidas propuestas por el Poder Ejecutivó en materia de leyes agropecuarias tienden a aumen·­tar la producción, a asentar al auténtico traba­jador del campo en su predio, democratizando la propiedad, y fundamentalmente a terminar con el absurdo privilegio de unas pocas familias, asentado sobre el hambre y la miseria del pue­blo argentino.·

Dicho esto, señor presidente, paso a analizar el articulado del proyecto de l~y que estamos considerando. El mensaje del Poder Ejecutivo señala la necesidad de una urgente coordinación de los sectores involucrados en el rubro carnes, que nosotros compartimos plenamente. La cre­ciente importancia de las proteínas en la dieta de los pueblos y los requerimientos del consumo interno y de la exportación de carnes, han seña­lado la necesidad de implantár una política de carnes,. no solo de las carnes rojas -vacuna, ovina y porcina-, sino incluyendo también a las carnes blancas -aves y peces-. En este sentido recogemos la proposición contenida en el punto 15 del documento de coincidencias programáti­cas, que sirve de base de sustentación a la actual conducción económica.

En esta etapa del proceso argentino las pe­riódicas crisis avícolas contrapuestas a las del ganado deben ser eliminadas, al iguál que los_ ciclos vacunos.

Nuestro litora! marítimo, nuestra pampa ma­rina, de aproximadamente un millón de kilóme­tros cuadrados, contiene una riqueza potencial que debe ser incorporada al patrimonio nacional. · La incipiente actividad monopólica que actúa en este medio debe ser desbaratada para desarrollar nuestros· recursos pesqueros mediante una enér­gica acción, coherente con las demás integrantes del grupo carnes. El concepto de carnes no puede estar, en el umbral del sig!o XXI, ajeno a una estimación global de la dieta proteica de los pueblos del mundo. No es posible planificar una política moderna de carnes vacunas si no .se

·asume integralmente una política que tienda al máximo aprovechamiento de la riqueza ictícola con el objeto de incrementar la captura de los recursos vivos del agua -como acertadamente lo califica el proyecto- fomentando su consumo interno y la exportación e instrumentando si­multáneamente el desarrollo y la modernización de la industria.

Hoy en día es imposible concebir una polí­tica nacional pecuaria divorciada de una política de pesca y de la, avicultura.

El capítulo I, artículo 19, del proyecto de ley que estamos considerando, plantea la necesidad imperiosa de otorgar al Poder Ejecutivo el ejer-

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CAMARA DE DIPUTADOS DE· LA NACION< '.Reunión 2~

:Cicio mo:no:Pólico del éomercio exterior de todo tipo. de carnes y dotarlo de un organismo· na­éiona], vigoroso y eficiente.

En otra ocasión he señalado que en 1955, me-.diante · la intervención dél IAPI, la Argentina obtuvo 499 dólares por la tonelada de carne va­cuna congelada, puesta en el puerto de Buenos Aires. Destruido el IAPI por la acción devasta­dora ·de supuestos libertadores en 1956, nuestras mejores carnes vacunas enfriadas -el chiUed­sólo obtenían 268 dólares la tonelada, puesta en consignación en Londres. El primer resultado palpable de la acción antinacional de los auto­titulados libertadores consistió en regalarle a los ingleses la carne que le quitaban al pueblo argentino.

Este solo ejemplo me exime de abundar en mayor argumentación para justificar la necesi­dad de implantar el monopolio estatal de la exportación de carnes y granos, que la inmensa mayoría del pueblo comparte, al igual que los dístintos bloques de diputados que se encuen­tran en esta Honorable Cámara y que repre­sentan los intereses nacionales y populares.

Señor presidente: estamos ejerciendo una ac­ción reparadora y de reconstrucción. Esta me­dida concurre a estos altos fines.

Además de ejercer el contralor exterior del comercio de las carnes de todo tipo, la acción del Poder Ejecutivo tenderá a desalentar las prácticas monopólicas; promoverá la producción cuantitativa óptima de carnes y la diversifica­ción de recursos proteicos en la dieta de los consumidores. Fundamentalmente, se atenderán las necesidades de las diversas regiones del país, promoviendo su desarrollo organizado.

En el futuro el Poder Ejecutivo tendrá facul­tades para producir o industrializar carnes, he­cho que justifica ampliamente tanto en forma permanente como con fines de promoción ini­cial, o cuando se trate de incluir tecnologías so­fisticadas que requieren inversiones que el sector privado no está en condiciones de realizar.

Quiero llamc..r la atención sobre la integración del directorio del nuevo organismo a crearse. Se ha producido un cambio fundamental; en los últimos dieciocho años el gobierno de la Junta Nacional de Carnes estuvo en poder de los ga­naderos con· los resultados conocidos: disminu­ción de las existencias de cabezas vacunas, en­carecimiento del consumo interno, vía libre a los monopolios internacionales y pérdidas cuantiosas de divisas ·y de mercados. La Argentina era el único país del mundo donde la política de carnes estaba de hecho en manos exclusivas de un sec­tor interesado; ahora se ha producido un salu­dable cambio, ya que se pone en manos del Estado nacional los resortes del manejo de la junta. Los abusos cometidos por el sector gana­dero en el manejo de la economía y política de carnes en su exclusivo beneficio tocan definiti­vamente a su fin. El absurdo de ser juez y parte no puede justificarse. Aquí también cabe una reparación, y la, estamos encarando con la mo-

difica~ión del directorio dé la 'Junta Nacional de Carnes, donde el Estado tendrá el predominio necesario para fijar la política nacional y popu­lar, respetando los legítimos intereses privados.

Finalmente, señor presidente, quiero referirme a la contribución especial que figura en el ar­tículo 15. Este tipo de contribuciones integra el conjunto de gravámenes que se denominan para­fiscales, destinados a constituir fondos especia­les para financiar la seguridad social o con fines de regulación o propulsión económica. El Estado, al crear organismos específicos, los dota de re­cursos financieros y les concede la facultad de exigir directamente las contribuciones corres­pondientes. Es el caso de los entes estatales re­guladores de la economía tales como la Junta Nacional de. Carnes de la República Argentina, que se crea por esta ley.

Hace pocos días hemos debatido en este re­cinto el caso especial de la CAP y del frigorífico

- Lisandro de la Torre, con el proyecto de nacio­nalización que volvió a comisión para su mejor análisis. Cuando ei proyecto retorne para ser debatido por esta Honorable Cámara, quedará claro que la CAP es una empresa paraestatal y que, por tal motivo, no puede ser expropiada por el Estado. No quiero ahora entrar en una polémica sobre la CAP. La dejaremos para otra oportunidad.

El destino de los fondos recaudados por la contribución especial figura en el artículo 23. Quiero señalar que la comisión que estudió el proyecto incluyó un porcentaje asignado en el inciso a), para integrar los recursos de los ser­vicios sociales de la Asociación del Personal de la Junta Nacional de Carnes. Y esto porque los trabajadores y empleados tienen derecho a ma­nejar sus obras sociales.

Con este breve análisis dejo fundado este proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo y que fuera analizado por la Comisión de Agri­cultura y Ganadería.

Independientemente de todo esto, el sector que represento está completamente convencido de que ésta ha de ser la ley que brinde al Poder Ejecutivo el instrumento para llevar a cabo la política nacional en materia de carnes, y que nos dará la libertad de acción que el pueblo necesita para defender su economía a través del comercio exterior de las carnes.

Por todo ello, y en nombre del bloque, solicito que el proyecto sea aprobado tal cual fue ele­vado a los distintos sectores para su estudio. (Aplausos.)

Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra el señor diputado Rafael.

Sr. Rafael.- Señor presidente: la acción de los monopolios internacionales ha pasado a constituirse en la preocupación dominante de la actualidad. Este es un signo de la madurez del. país para afrontar el cambio ·real. Es la dura realidad de la dependencia y de la frustración

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que el pueblo va reconociendo todos los días, y son los vientos renovadores que recorren Amé­rica latina.

Lo nuevo es la adhesión a un enfoque pro­fundo que destaca la dependencia externa y la concentración del poder económico en favor de los consorcios monopolistas, que se expresa en una relación de dependencia económica, .tecno­lógica, comercial y financiera.

El país ha sido víctima de una agresión eco­nómica porque, por ejemplo, no puede califi­carse de otra manera el proceder de la compañía Swift, que ha afectado no sólo a los trabajadores de la carne, sino también a vastos sectores de productores ganaderos, que proveían a la. em­presa y a los núcleos de población que circunda sus grandes plantas. Se ha resentido el comercio· exterior con la reducción de las exportaciones, que priva· al país del ingreso de sumas conside­rables de divisas.

La opinión pública contempla con angustia y con cierta impotencia cómo ciertos intereses multinacionales presionan sobre el poder político para obtener medidas adversas a la industria, al comercio y a la exportación de carnes, y que sólo favorecen al monopolio extranjero. .

Desde el momento en que los trusts se pose­sionaron de la incipiente industria de la carne, no la estruCturan pensando en el interés naCio­nal, porque eran empresas coloniales , para la exportación. Las fabulosas ganancias que du­rante más de medio siglo les proporcionó este negocio no contribuyeron a la capitalización del país, porque se giraron sistemáticamente a las casas matrices extranjeras.

Su posición la utilizaron para vincularse y sostener a los grandes ganaderos e invernadores, contribuyendo a mantener la estructura mono­pólica que dificulta el armónico desarrollo del país. También se valieron de su posición en el mercado para regular el precio en todas las etapas de la producción. Con el ejerciciO del monopolio del comercio.exterior de la carne, por un lado, se beneficiaron con la subfacturación, trasladando sus gruesas ganancias a sus empre­sas paralelas del exterior, con lo que substra­jeron al país cuantiosos beneficios. Por el otro lado, por su peso en el conjunto de las exporta­ciones argentinas y el apoy0 del Estado y el de ciertos funcionarios, se beneficiarqn con suce­sivas devaluaciones de la moneda y trato pre­ferencial. ·

La propia entidad multinacional Deltec, en su· memoria anual publicada en «El Economista» del 22 de mayo de 1970, dice: <<Un factor fundamen­tal en la utilidad consolidada ha sido la expan­sión de nuestra actividad en el procesamiento de productos de carne más elaborados»; y agrega luego que las actividades de carne en la Argen­tina fueron lucrativas. Este es el pensamiento de Deltec, no obstante que un ministro de Eco­nomía dijo que había hecho un mal negocio comprando la compañía Swift.

Muy distintas son; sin embargo, las conclusio­nes que se pueden sacar sobre la situación de ·la. clase obrera argentina; en especial, la población de Berisso y de Rosario, donde la empresa tenía sus centros de operaciones.

Agrega la memoria, en su panorama interna­cional: <<Somos una organización multinacional de elaboración y comercialización de alimentos y operaciones de hacienda, cuyas .principales faci­lidades de operación se encuentran en la Argen­tina, el Brasil, Nueva Zelandia y Australia, y nuestros productos se distribuyen en más de cien países a través de nuestra propia organiza­ción de ventas o de agentes».

Todo ello demuestra la necesidad de que el Estado controle la industria y el comercio de carnes en nuestro país, porque está comprometido el interés general, pues. se encuentra en juego el elemento básico de la .alimentación de sus habitantes, el trabajo de un importante sector de su población y una de las riquezas fundamen­tales de la economía nacional.

Por eso esta ley tiene un h.ondo contenido social, algo que debe ser ya indiscutible. Pero nci será nunca una ley de clase, ni la puede re­clamar para sí una clase determinada, por más que ella pueda beneficiar en primer termino a nuestros productores ganaderos. Son tan gran­des los intereses que éstos representan, y se hun­den tan profundamente en nuestro pasado eco­nómico y social, que ellos se confunden con los intereses mismos de la Nación. Entonces, esta ley debe ser para la Nación toda, dictada.en sal­vaguarda de sus intereses fundamentales.

Voy a referirme concretamente al despacho del proyecto de ley. A título de colaboración, he de solicitar a la comisión se considere· la posibilidad de introducir algunas reformas, que son forma­les. Por ejemplo, cuando en su artículo 89 se refiere a la remoción de los directores de la junta, en lugar de la expresión «mala administración», debiera decirse <<mal desempeño de sus funcio­nes», pues estos términos son más comprensivos, a la vez que de uso habitual para estatutos si­milares.

-Ocupa la Presidencia el señor vicepre­sidente 29 de la Honorable Cámara, doctor Isidro J. Odena.

Sr. Rafael. - Además, propongo que se incor­pore en este artículo la posibilidad de que, de acuerdo con el procedimiento que determine el Poder Ejecutivo, dichos funcionarios puedan ser separados de sus funciones -si así se lo estimare conveniente- a los fines de una mejor investi­gación,· hasta un máximo de sesenta días. Evi­dentemente, de esta manera procuramos facilitar una circunstancial investigación que deba hacer­se sobre un director, por mal desempeño de sus funciones, pues en caso de continuar en ellas podría constituir un verdadero obstáculo.

El artículo 12 determina las actividades y fun.:. · ciones del directorio de la junta. El inciso :i)

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'\;_ h~bla'de descentralizar por regiones la organiza­ción' administrativa y constituir los órganos correspondientes. Solicito se agregue a continua­ción de «los órganos correspondientes», lo si­guiente: «los que deberán integrarse con repre­sentantes de la zona». Se trata de darle mayor representatividad a estos organismos y consultar mejor los intereses locales.

Así mismo, solicito que en el artículo 33 del proyecto, en el segundo apartado, donde dice que « ... se remitirá el expediente a la Cámara

· Nacional de Apelaciones en lo Federal, sala contencioso-administrativa, o a la Cámara Na­cional de Apelaciones según las leyes que de­termina la jurisdicción de la. justicia nacional», en lugar de «jurisdicción>> se diga «Competen­cia». Jurisdicción y competencia son dos térmi­nos distintos, aunque se complementen. La ju­risdicción es un atributo que tiene todo juez; en cambio, 1a competencia es el límite de esa jurisdicción.

El artículo 42 establece que «todo miembro o empleado de la junta al que se le pruebe háber divulgado o utilizado en beneficio propio infor­maciones que llegaren a su l'onocimiento será exonerado, sin perjuicio de las sancior..es que pu­.dieren corresponderle». Creo que este artículo pretende referirse a sanciones penales, porque las sanciones de tipo administrativo están ago­tadas con la exoneración. Entonces, yo diría: « ••• sin perjuicio de las acciones penales que pudieren. promoverse en su contra si correspon..: diere». En este caso, la sanción es competencia del órgano judicial, y lo que podría hacer el directorio de la junta es promover las acciones penales. en contra del responsable, si así corres­pondiera.

No quiero terminar mi exposición sin expresar antes ,que pocas veces ha podido decirse con más propiedad que la Argentina vive momentos de­cisivos. Se definen en estos momentos muchos años de futuro. En la década que se ha iniciado nuestra patria puede dar un salto definitivo ha­cia la condición de gran país, un país donde el desarrollo de las inmensas posibilidades que permiten sus ·reservas de riquezas naturales y la calidad humana de su población elimine definitivamente la necesidad de todas las capas sociales, para que se plasme una efectiva demo­cracia social donde la cultura en todos sus as­pectos pueda, con libertad, llegar a todos los sectores de la población y a todos los rincones de la República.

En la sociedad moderna, señor presidente, las acciones económicas se han hecho de más en más complejas. La constante superación de la técnica, la multiplicación de la productividad, el crecimiento continuo de la población en vic­torioso enfrentamiento con el hambre y las enfermedades, crean un confuso conjunto de interrelaciones, cuyo panorama es necesario esclarecer para poder aportar soluciones.

La militancia ·nos. exige en todas las horas una acción sin tregua. Hoy nuestras responsabi­lidades no nos permiten cometer errores y, me.;. nos, insistir en errores. Estamos enfrentados con una realidad y podemos examinar las pos­tulaciones y autorizar una revisión. Un mundo de cambio en el campo internacional, en Amé­rica latina en particular, y en nuestro país en especial, obligan más que autorizan una revisión.

Pero debemos advertir que lo que pqdemos revisar son métodos y tácticas, pero no objetivos finales; los objetivos finales permanecen inmu­tables. Queremos una reforma profunda en ver­dad de las estructuras del atraso, con el fin de lograr un desarrollo que sirva para una autén­tica justicia social que dé al hombre la partici­pación sin discriminaciones en el nivel de bien­estar, en el disfrute de las libertades y el acceso a la cultura. Nos identifica un común anhelo de paz universal, reafirmando aquel sabio principio de Yrigoyen: «Los hombres son sagrados para .los hombres y los pueblos sagrados para los pueblos», así como también aquella certera expresión de Perón cuando dijo: «Los hombres y los pueblos son los artífices de su propio des­tino». (¡Muy bien! ¡Muy bien! ApLausos.)

Sr. Presidente (Odena). - La presidencia ruega al señor diputado Rafael. que haga llegar a Secretaría el texto de las modificaciones que propone introducir al despacho.

Tiene la palabra el señor diputado Gass. Sr. Gass.- Señor presidente: nos toca hoy

considerar el mensaje y proyecto de ley- sobre ampliación de las facultades de la Junta Nacio­nal de Carnes. No nos podemos substraer al recuerdo de los grandes debates sobre este te­ma, tan conflictivo en nuestro país. Eran otros tiempos y otros hombres, pero seguramente han de haber sido guiados por la misma pasión de muchos por defender nuestra dignidad y nues­tra soberanía. Como humilde homenaje, quiero recordar al llamado «fiscal de la República» por su defensa de nuestra riqueza pecuaria: el gran tribuno don Lisandro de la Torre, que honró al Parlamento y, a través de éste, honró al país.

Como dijo el señor diputado Leopoldo Suá­rez, al intervenir en el debate sobre promoción minera, ya es hora de que, de una buena vez, re­conozcamos a cada uno lo que ha hecho, sin te­parar en la parcialidad política a que pertene­ció. «Al César lo que es del César, y a Dios lo que es de Dios.» Por eso voy a empezar mi exposición refiriéndome a la política que la Junta Nacional de Carnes realizó durante el gobierno constitucional del presidente Illia, pa­ra ver si con mi humilde exposición ·consigo que se deje de hablar continuamente de los diecio­cho años corridos sin hacer ninguna referencia o distinción con respecto a ese extraordinario período constitucional.

La política seguida por la Unión Cívica Radi­cal en materia de comercialización dé carnes, que es uno de nuestros más importantes pro-

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duetos generadores de divisas, ha estado siempre signada por un gran sentido nácional. Por ello, en función de los más altos intereses del país, se . procuró el más adecuado aprovechamiento de nuestros saldos exportables, actuales y fu­turos, promoviendo y consolidando una efectiva

. diversificación de mercados y una adecuada de­fensa de los valores exteriores de nuestras car-nes; El comercio argentino padeció, durante lar­guísimos años, la sujeción práctica a un solo mercado, el británico; es necesario que el país conozca la verdad de esta historia de vergonzosa dependencia.

Durante el período 1926-1935, el Reino Unido absorbió el 90 por ciento del total de nuestras exportaciones. · Después del Tratado de Otawa, en el que el Imperio Britc'mico traza una políti­ca de protección a sus dominios, nosotros, que nos encontrábamos fuera de ellos solamente en lo político, perdiendo todo nuestro orgullo y dig­nidad, buscamos la protección del poderoso, y ello se tradujo en el vergonzoso tratado Roca­Runciman, el cual, entre otras 'manifestaciones de vasallaje, nos imponía que el 92 por ciento del total de nuestras exportaciones de carnes debía ser destinado a Inglaterra y que, además, este producto no podía ser ·transportado en bu­ques de otra bandera que la inglesa. Así mis­mo, se establecía la prohibición de exportar a fábricas que fueran integradas por capitales de los productores o subvencionadas por el Estado argentino.

Este vergonzoso tratado, duramente contro­lado por el Comité de Fletes de Londres, tuvo vigencia hasta el año 1946. Ese año, en virtud del tratado denominado Andes, y por imposición de Inglaterra, que ya había obtenido un parcial abastecimiento propio de carnes, se reduce la cuota al 80 por ciento del total de nuestras ex­portaciones de carnes, incorporando cláusulas que significaron un evidente deterioro de nues­tra economía y decoro nacionales. Por él se en­tregó el abastecimiento del consumo interno de la Capital y el Gran Buenos Aires a los frigo­ríficos exportadores, todos ellos de capital ex­tranjero, excepto la CAP. Estos frigoríficos, pertenecientes a capitales ingleses y norteame­ricanos -Anglo, Swift, La Blanca, Armour y Wilson-, por la circunstancia de ser los úni­cos compradores en el mercado de Liniers, im­ponían allí p_recios y condiciones, habiendo lle­gado a establecer entre ellos días exclusivos de compra, para no competir entre sí. Indepen­dientemente de esta afrentosa ventaja, se les acu\'!rda la más vergonzosa de las prerrngativas, consistente en la compensación de quebrantos, que ha sido uno de los fraudes más grandes en perjuicio de la economía nacional.

Este era, más o menos, el panorama de de­pendencia que existía cuando el doctor Illia asu­mió el gobierno constitucional del país el 12 de octubre de 1963.

Cuando el organismo específico en la materia; la Junta Nacional de Carnes, rompe el monopo­lio del comercio interno, se toman de inmediato las medidas que habrían de conducirnos a que­brar la estructura de dependencia y sumisión al mercado británico.

La vía de escape de esa solución de absoluta dependencia era la diversificación de los mer­cados, de tal manera que el mercado británico pasase a un segundo término y se viese obligado a someterse a la influencia de los nuevos mer­cados dominantes, de mayor dinamismo en la demanda y en los cuales podían asegurarse me­jores niveles de precios. Esa política fue la que se realizó desde la presidencia de la Junta Na­cional de Carnes, y se llevó a cabo con toda fir­meza mediante el instrumento que fue el de­creto por el cual se autorizaba a ordenar las exportaciones.

En función de ese decreto 6.941/64, se estruc­turó una verdadera política y estrategia expor­tadora. Consistió en romper el viejo esquema de sujeción y sumisión al mer::cado británico. Como consecuencia de su ejecución se redujeron los envíos al Reino Unido a sus reales necesida- · des; es decir que, de las 3.400 toneladas.semana­les, solamente se permitieron con ese destino 1.400 toneladas por semana. Esta medida, a la par de las grandes reclamaciones y protestas de todo el conglomerado interesado, provocó en. be­neficio de nuestro interés la inmediata valori­zación de nuestro producto en el mercado de Smithfield, de tal manera que, de 387 dólares la tonelada, pasó en noviembre de 1964 a 587 dó­lares. Esta estrategia estaba combinada con las múltiples negociaciones que habíamos comenza­do con la consolidación del mercado italiano, la apertura del mercado francés, el convenio de se:::enta mil toneladas con España, y los conve­nios de abastecimiento con Chile y el Perú; o sea que materializamos una verdadera diversifi­cación de mercados.

Se estructuró así la comercialización de nues­tras carnes sobre bases realistas y con una es­trategia de sentido nacional. Se mantuvo al mercado británico, cuya expresión es Smithfield, de cotización internacional, con un volumen ajustado a las reales necesidades y posibilidades de obtener para nuestro país un nivel adecuado de precios, sostenido ello por el principal mer­cado, que es ahora el Mercado Común Europeo, y como fuera entonces el mercado español, hoy totalmente perdido. Todo ello permitió forta­lecer debidamente nuestra defensa de los valo­res internacionales de las carnes argentinas.

Esta política de comercialización se materia­lizó en el año 1965, en que se puso claramente de manifiesto la forma en que se concretó la es­trategia: Reino Unido, sólo el 30 por ciento; Mercado Común Europeo, 47 por ciento; España, 11 por ciento; otros países, 12 por ciento. ·

Como se ve, el mercado británico pasó a un segundo plano al representar solamente el 30

. por ciento de nuestras exportaciones, contra el

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~_:;- SO y, .~1 90 por ciento que había representado · ti"adicionalniente.

. . Esto no lo hicimos por una posición chauvinis­ta. de _mandar menos carnes al Reino Unido, sino porque conocíamos dónde estaba la trampa. Por vía de las exportaciones a Inglaterra se ven­éiían después nuestras carnes a los países conti­nentales de Europa, quedándose aquéllos con la mayor parte de las ganancias, que francamente nos correspondían, puesto que eran el fruto del sudor del pueblo trabajador.

En tal forma, se pudieron defender nuestros valores a pesar de todas las presiones de los di­versos intereses internos y externos tendientes a la desvalorización de las cárnes argentinas en el mercado internacional.

·.Dispongo de un cuadro que demuestra la va­riación . de los precios promedio FOB Buenos Aires de las carnes refrigeradas desde 1962 has­ta 1965. En 1962 se pagaba 387 dólares la tone­lada de carne; en 1963, el mismo precio; en 1964 subió a 570 dólares, y en 1965 a 650 dólares.

Es evidente que tal política en defensa del valor de nuestras carnes y de la necesaria di­versificación de los mercados, al romper esque­mas y situaciones ya consolidadas en beneficio de determinados sectores, provocó reacciones y tentativas de introducir confusión en el proble­ma, atacando duramente esta política argentina. Cabe recordar que alrededor de la casi total sujeción al mercado británico se estructuró un cuasi monopolio de exportaciones argentinas en manos de unas pocas em:¡presas y con gran pre­dominio de empresas extranjeras de carácter in­ternacional.

La diversificación de mercados posibilita la intervención de una cantidad de frigoríficos ar­gentinos, medianos y pequeños, de gran pujanza y eficiencia, que compiten favorablemente con tales empresas, las que siempre han manifestado sus quebrantos a través de una doble contabi­lidad y una costosa administración en el país y sus centrales· del extranjero, como son los casos Swift con la International Pakerst, y luego Deltec, caso Anglo, a través de la Blue Star Lines, Wedell, Armour y Wilson.

La industria frigorífica argentina, que se for­ma toda ella luego de la resolución de la pro­vincia de Buenos Aires de habilitarla en su territorio -para romper el monopolio detentado por la gran empresa, compite muy favorable­mente con tales empresas, quitándoles volúme­nes y debilitando su importancia.

Por otra parte, hay una cantidad de intereses navieros y financieros, ligados al viejo predo­minio inglés en nuestro comercio exterior de carnes, que se sienten profundamente afectados por el pase a segundo plano del mercado bri­tánico y que también reaccionaron ante la nueva política de carnes. No olvidemos que se provocó una interpelación en el Senado de la Nación que demandó seis sesiones,' que el frigorífico Swift decretó un lock-out y que la Blue Star Lines pretendió levantar las escalas en puertos espa-

ñoles, lo qU,e no ocÚrrió por la firme actitud del presidente Illia, que amenazó con no dejarla operar en Buenos Aires.

Paralelamente, con esta acción nacional ini­ciamos, por primera vez en la República, la ma­terialización de la defensa de nuestra flota na­viera, la que se encontraba casi inactiva, pese a ser una de las más adelantadas en su tiempo en · cuanto a cargas y control de frío se refiere.

Para conseguir este objetivo se ~usieron en funciones 'las facultades legales que la ley nacio­nal de carnes concede a la Junta en cuanto a la clasificación de bodegas, y se puso en ejecución esa magnífica arma que entregó el gobierno del doctor Illia, o sea el decreto por el que se autori­za a la Junta a ordenar los mercados y volú­menes.

Trasladamos el hasta entonces llamado Comi­té de Fletes, que funcionaba en la embajada británica bajo la dirección de la Royal Mail, al cuarto piso del edificio de la Junta Nacional de Carnes, en la gerencia de exportaciones, que era el organismo que distribuía his cargas y cla­sificaba las bodegas de acuerdo con los destinos que se especificaban. Las instrucciones de Pre­sidencia fueron cumplidas fiel y abnegadamente por los funcionarios de esa gerencia, y da la casualidad que, luego de la desnacionalización que se inicia en junio de 1966, esos funcionarios son declarados prescindibles.

Con esta acción estructuramos una verdadera política naviera argentina, la que se tradujo en que durante el año 1965 la empresa marítlma del Estado haya transportado el 26 por ciento del total del volumen de las exportaciones de carnes refrigeradas argentinas.

El contacto con ELMA era permanente y la complementación tan estrecha que su presidente ponía a disposición de los técnicos de la junta los dispositivos de las naves para realizarse las modificaciones que el organismo estimara conve­nientes para una mejor prestación del servicio.

Inmediatamente de arrebatársenos el gobierno comienza la historia, que ya conocemos, del vaciamiento de esta empresa nacional, y llega­mos a la situación actual, en que todo el trans­porte de carne refrigerada se realiza con bandera extranjera.

Con los antecedentes que dejamos expuestos, demostramos la capacidad negociadora que tiene la Junta Nacional de Carnes cuando ella es ejercida en función de un alto interés nacional.

A posteriori, se provoca la desnacionalización del comercio de carnes, se entra nuevamente en la absorción del mercado británico, a punto tal que éste, por exceso de oferta argentina, que había llevado su volumen semanal a más de cinco mil toneladas, y ante el quebranto que sufrían los productores británicos y el quebranto del tesoro de esa Nación por los subsidios a abonar, debió recurrir a la ya vieja política de denuncia de aftosa, cerrando sus mercados para nuestras carnes.

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Los creadores de Deltec Internacional estaban en función en la República y ejercían los minis­terios clave; por ello fue imposible renovar el convenio de carnes con España, pese a las reite­radas gestiones que en este sentido formulara nuestro digno embajador en el año 1968. Así también se dejó sin efecto el acuerdo de expor­-taCiones concertado con los importadores fran­ceses, en razón de que, como sostuvo el ministro del ramo, su firmante, el ex presidente de la Junta Nacional de Carnes del gobierno de Illia, carecía de status diplomático.

La razón de estas determinaciones está clara­mente expresada por el hecho de que en ambos convenios al frigorífico Swift, de Deltec Inter­nacional, se le acordaba una cuota de participa­ción de solamente el nueve por ciento del total, y esta empresa había declarado ser la_ única proveedora de carne argentina de los mercados españoles y franceses.

Ante estos hechos atentatorios contra la digni­dad y la ·soberanía económica nacional, correcta es la posición del actual Poder Ejecutivo de querer ampliar las facultades de la Junta Nacio­nal de Carnes.

Participamos de la filosofía que anima el pro­yecto de ampliación de atribuciones de la Junta Nacional de Carnes,- pues ya nadie puede discutir la intervención del Estado en la economía, la que resulta indispensable en el comercio exterior de .carnes y en el eficaz desenvolvimiento del con­sumo interno. Pero se nos ocurre que quien proyectó la ampliación no computó que ya casi la totalidad del sector industrial exportador de car­nes es nacional.

Adviértase que en el año 1972 las empresas nacionales exportaron el 89,97 por ciento del total, incluyendo en este porcentual al frigorífico Swift, que está administrado por el Estado; y las empresas extranjeras, solo el 10,03 por ciento. En estos momentos, el único frigorífico extran­jero que continúa operando es el Liebig, que lo hace bajo una nueva razón social, pues Smith­field es hoy la cooperativa Martín Fierro; Anglo está cerrado, lo mismo que Armour y La Blanca; Wilson es hoy Frigoríficos Argentinos Soeiedad Anónima; Swift La Plata y Rosario está quebra­do, siendo administrado por el Estado, y Bovril, hoy frigorífico Santa Elena Sociedad Anónima, es de capital nacional.

El proyecto de ley debió tener en cuenta el papel protagónico desempeñado en este cambio por las empresas argentinas, las que cuentan con más de cincuenta plantas modernas, distribuidas en todo el país, que han demostrado su idoneidad para satisfacer las demandas externas, como lo pone en evidencia el monto de las exportaciones del año 1972, que llegó a la cifra de 828 millones de dólares.

Vale decir que la industria de la carne prác­ticamente está nacionalizada. Pensamos que se debe insistir en ampliar nuestra red comercial con productos más elaborados y con tecnología nacional.

El proyecto de ley sigue una política demasiado estatizante en algunos aspectos. No debiera ha­blar de producir ganado ni tampoco de exporta­ción exclusiva. Otro temor es. el que no .vayamos a -constituir un ente tan gigantesco que luego sería de difícil control.

Nos daríamos por satisfechos, sintetizando~ si la junta tuviera como misiones primordiales las de fomentar, promover, controlar, regular y par­ticipar. Adviértase· que no· incluyo el término «realizar».

Pero no nos equivoquemos; la ley por si sola no basta, si no está ejecutada con una profunda vocación· de país.

Sólo al pasar -porque a ello se referirá espe­cíficamente otro señor diputado de mi sector­debo deci;r que nos resulta inadecuada e inútil la inclusión entre los objetivos de la ley, de los recursos vivos del agua, junto con las carnes bo­vina, ovina, e·quina y porcina. Tales recursos tienen una importancia tan trascendente que no es posible incluirlos como apéndice en un orga­nismo específico que ha de ser insuficiente para atender la totalidad de los requerimientos en cuanto a las proteínas animales. No es con esta inclusión que se abaratará y ampliará el consu­mo de proteínas que tanto necesitan nuestro país y el mundo. ' Dejemos este importantísimo renglón, aún casi virgen de explotación y comercialización, para hacer con él un gran instrumento legal, una nue­va ley de pesca, que nos posibilite su máxima captura, su preservación, su estudio y el inmenso desarrollo de su futuro en una industria que debe ser, por la extensión e importancia de nuestra riqueza ictícola, una de las fuentes principales de consumo interno y generadora de divisas con sus exportaciones. Las desiertas playas de nues­tro litoral marítimo son una elocuente demos­tración del desdén en que ha permanecido permanentemente esta actividad. Intimamente relacionada con ella se encuentra incluido el ejercicio de la soberanía de nuestra plataforma marítima.

Por estas breves consideraciones y por las más amplias que dará el señor diputado Rosas, vamos a solicitar que se excluyan del artículo 1 Q del proyecto de ley en consideración las palabras «de los recursos vivos del agua».

También proponemos la modificación de la integración de la junta, aceptando que esté cons­tituida por un presidente y un vice designados a propuesta del Ministerio de Economía, los cua­les· -y aquí proponemos una ampliación del concepto- deben tener acuerdo del Senado, y cinco vocales, como se propone en el proyecto, pero con la siguiente representación: dos a sim­ple propuesta del Ministerio de Economía, uno en representación de las fuerzas del trabajo, uno por el sector empresario y uno en representación de las cooperativas de productores.

Dejo señalada esta inquietud esperando sea aceptada por la comisión, porque consideramos·

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·. ')' ) ;,

.. CAMARA .DE ~IPUTADOS DE LA NACION' Ret:Inióri 20~

qÚe '~sí sé da más amplia representación a todos los sectores intervinientes en el proceso de pro­.ducción,- comercialización e industrialización.

:, _Queda así expuesto el pensamiento de mi blo­que con respecto al difícil problema de las carnes, deseando fervientemente que el instrumento legal que hoy vamos a sancionar en este recinto, sirva al Poder Ejecutivo para demostrar en forma fehaciente que se acabó la dependencia en la

, República Argentina y que no aceptaremos nunca más ser tratados como colonia por los imperia­

·- . listas foráneos, generalmente apoyados y aseso­rados por traidores enquistados en la ciudadanía del país. (Aplausos.)

Sr. Presidente (Odena).- Ruego al señor diputado que haga llegar a la Secretaría el texto de las modificaciones que propone.

Sr. Gass.- Así lo haré, señ,or presidente. Sr. Presidente (Odena).- Tiene la palabra el

señor diputado Vic..le. Sr. Viale. - Señor presidente: como diputado

de la Nación entiendo que la significación de Este tema en la socioeconomía argentina obliga a asumir una excepcional responsabilidad. Si a ello se agrega mi participación política en la democracia progresista, debo manifestar que razones de tradición política, trascendentes y profundas fuerzas evocativas y la posición per­manente de Lisandro de la Torre -que tiene vigencia en cada suceso de decisión- me tras­ladan a las fuentes mismas de una religión cí­vica que sentimos los argentinos. Muchas de aquellas advertencias del fiscal de la patria mantienen su vigencia, y la sola mer.ción de su recia personalidad de firmeza y luz nos alienta p:>ra todos los combates por las causas nacio­nales.

Quisiera extenderme en estas consideraciones de tipo político acerca de las cuales tanto po­dríamos decir, y cuya significación histórica hace proyectar hacia el futuro la figura de L1sandro de la Torre. Pero mucho debemos tra­tar sobre esta ·ley y corto es el tiempo de que ciispongo.

Debe quedar claramente establecido en el es­tudio de esta ley que la presencia del productor debería ser más coadyuvante y protagónica por el aporte de su actividad; y que una política de carnes coherente y solidariamente conectada con la realidad del mediano y largo plazo daría al país el stock suficiente, en lo cualitativo y cuantitativo, para satisfacer las mayores urgen-

. cías. Lo lamentable es que hemos estado casi permanentemente acuciados por los problemas del corto plazo, que nos han hecho olvidar la proyección del país que queremos.

Para lograr aquella coherencia, esta ley nece­.· sita ser acompañada para cumplir sus objetivos

por. las dos grandes herramientas económicas: . _el1 'impuesto y el crédito~ Estas herramientas, ·_utilizadas con imaginación, coadyuvarán deci-

sivamente para aprovechar las condiciones na­turales que brinda nuestra geografía a fin de lograr un gran desarrollo ganadero.

El proyecto del Poder Ejecutivo entiende al país que fue y quiere entender -en gran me­dida lo consigue, pero en parte no- al país que será. No desconozco que en el problema de las carnes la coyuntura por la que atraviesa el país es una· de las más difíciles, agravada además por situaciones conflictivas no siempre fáciles de armonizar por razones sectoriales. Una Impe­riosa necesidad de mantener importantes cuotas exportables, imprescindibles. para la obtención de divisas, se hace difícil de conciliar con un consumo interno insatisfecho y ávido. Además, cualquier solución en el ámbito político y social interno hasta ahora ha frenado otro tipo de soluciones económicas, por no haber ponderado el lugar que ocupan las carnes en la economía global de la Nación.

A ello se agrega el precio de la carne, que en nuestro país es el techo del valor de los otros productos integrantes de la canasta familiar, con el consiguiente desequilibrio de la' política sala­rial y la agudización de tensiones sociales de todo tipo.

Entre otras tantas motivaciones se presenta también el problema que se crea a la industria frigorífica exportadora si se permite el consumo libre en el país o si se acepta que los precios pasen determinados niveles, casos que también culminan con cierres temporarios de plantas y los consecuentes despidos.

Por ello, únicamente en la producción cre­ciente y acelerada encontraremos las bases para que, con una política de carnes de signo nacional contribuyamos a llevar a la República a sus más altos destinos, dadas las excepcionales pers­pectivas de colocación de las carnes en el futuro, siempre que rompamos con el comportamiento de altibajos cíclicos en nuestra oferta.

Ya considerando el nuevo proyecto de ley de carnes, estimo que debiera tenerse en cuen­ta que, con más amplias facultades y más am­plio campo de acción, se retorna al concepto que inspiró la creación del Instituto Ganadero. Argentino en 1950, por la ley 13.991. Dos años más tarde, en 1952, el presidente Perón acom­pañaba en su mensaje al Congreso un nuevo proyecto, sancionado luego para crear el Ins­tituto Nacional de Carnes, ley 14.555, separando funciones incompatibles que aquél había asu­mido, como las de «Orientar, ordenar, regular, promover y mejorar la producción, comercio e industrialización de ganados y . carnes, con des­tino al consumo interno y la exportación, asi como su contralor de aquellas otras que de.,.­biendo realizarse separadamente, por su índo­le puramente comercial e industrial, puedan ser manejadas con intervención de los gana­deros y aun confiarse a los mismos en un fu-

, turo». Y agregaba el mensaje el firme propó-

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sito del Poder Ejecutivo de que estas entidades sean en su oportunidad de exclusiva propiedad y manejo de los ganaderos.

En 1952, el informe del señor diputado Tom­masi, miembro informante de la mayoría, decía que «con la comprobación de que soluciones . dadas antes de ahora no resultan satisfacto­rias, y es menester tomar nuevas disposiciones para lograr de una vez por. todas que el Esta­do, los productores y el pueblo tengan efecti­vamente, por el instrumento legal que está a nuestra consideración, la necesaria confianza, seguridad y fe en todo lo relativo a: la produc­ción, comercialización e industrialización de ga­nados y carnes».

Y sostenía, ya casi al final de su exposición, bastante analítica y profunda, una de las pie­zas fundamentales que podemos encontrar entre los antecedentes legislativos en esta materia, que «es así como el nuevo ente que se crea tendrá a su cargo la conducción de la política estatal simplemente, como atribución del Po­der Ejecutivo e:n esos aspectos, y lo que con­cierne a la industrialización y comercialización de carnes y sus derivados estará a cargo en un futuro próximo de los ganaderos exclusiva­mente».

Yo ratifico esta posición nacional del señor diputado Tommasi cuando señaló !fiferencias fundamentales entre la ley 13.991, que se de-. rogaba, y el proyecto que informaba, que «mar­ca una nueva etapa en la conducción de la política ganadera, etapa que se hace posible porque los ganaderos han vuelto a tener fe y confianza ... "• como se manifestaba muy clara­mente en el mensaje presidencial.

No quiero abundar en otras consideraciones de ese tipo, pero se ratifica la posición de dar uri margen mayor de maniobra a las otras fuer­zas intervinientes en esta materia de la política ae carnes, inclusive al sector laboral, para que se lo ubique como corresponde en la socio­economía moderna.

Entre los motivos de disl.dencia, que en su mayor parte · son observaciones y sugerencias, deseo referirme al artículo 19, donde insisto .en proponer que ·Io atinente a la pesca y a los recursos vivos del agua, como se los ha dado en· llamar en las últimas modificaciones intro-:­ducidas al proyecto, sean motivo de una ley especial.

Con el proyecto de ley que consideramos, el Poder Ejecutivo entenderá en todo lo referen­te a carnes -vacuna, equina, ovina, porcina y avícola- de manera exclusiva. De este mo­do no creo que vaya a ser posible controlar de manera específica lo relacionado con la pes­ca y los . recursos vivos del agua, porque pre­sentan características muy distintas en cuanto a su producción y comercialización.

Continuando con el análisis del artículo 1 Q

deseo señalar que no se prevé en la ley la acti­tud por seguir frente a las oscilaciones cíclicas

de la actividad y quisiéramos que se adopte una política,.un instrumento y un plan para asegurar una ganadería en crecimiento continuo y acele­rado, que satisfaga sin oscilaciones y altibajos la creciente demanda nacional y mundial de proteínas rojas .

El inciso f) del artículo 19 habla de promover las exportaciones para: lograr el mayor y más rápido acceso a los mercados exteriores. Esto debe resolverse con medidas de estímulo a la producción, porque durante el primer semestre de 1973 el volumen exportado se redujo de 71 mil a 40 mil toneladas mensuales, es decir en un 43,7 por ciento, y el ingreso de divisas en el mismo período disminuyó de 72 a 35 millo­nes de dólares. Sin embargo, la recaudación fiscal se mantuvo casi sin variantes entre los meses de enero y junio, ya que la reducción fue apenas del 8,8 por ciento.

Los frigoríficos sostienen que es visible el incremento de la presión impositiva sobre el sector. Entre los meses de mayo y junio se nota una marcada aceleración del fenómeno: el in­greso por las exportaciones. de ·carnes cayó en un 12,7 por ciento y la recaudación fiscal au­mentó en un 9,8 por ciento. Es decir que la · participación del Estado en el negocio ascendió a la tercera parte del valor exportado.

Las consecuencias de todo este proceso pue­den traducirse en una agudización en la · caída de las exportaciones, reduciendo la disponibili­dad de divisas para el país y comprometiendo sus relaciones comerciales. · Es por todo ello que entiendo deben reducirse los derechos de exportación, para permitir un mínimo margen de rentabilidad a este tipo de empresas nacionales.

Con respecto al artículo 29, quiero agregar que la · experiencia nacional y universal indica la conveniencia de establecer una empresa de cogestión con mayoría estatal para la comercia­lización eficiente con el exterior de los produc­tos y subproductos de la ganadería y de la avi­cultura. Y en esto partimos del hecho de qu~ la conducción y dirección del comercio exterkr de carnes y sus derivados deberá realizarse bajo control estatal -lo que damos por sentado­como medio de garantizar en toda instancia, momento y circunstancia que dicho comercio esté plenamente al servicio del país y con la par­ticipación, utilización y aprovechamiento de las

' estructuras industriales y comerciales internas, fundamentalmente, y de las externas en aquellos casos en que podamos tener manejo de la in­dustria frigorífica eminentemente nacional.

Para ello sugiero la creación de una sociedad mixta con mayoría estatal en el área del Minis­terio de Comercio y con la participación de la CAP y de las empresas incuestionablemente ar­gentinas y representativas de la llamada pe­queña y mediana industria. Igualmente, cabe incorporar esta figura de la cogestión con el

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gremialismo organizado, haciendo presente al respecto que sus representantes corresponderá que sean designados a nivel de los gremios o de la propia. Confederación General del Trabajo, dadas las finalidades de la entidad por crearse.

Hoy están dadas -tal vez más que nunca­las· condiciones para establecer la cogestión con las org;;mizaciones gremiales de los trabajadores en toda la industria frigorífica. Este hecho no está contemplado por la nueva ley de carnes y deberá ser teriido muy en cuenta en el futuro. El movimiento cooperativo, el gremialismo y fundamentalmente las organizaciones gremiales han logrado en los últimos treinta años un de­senvolvimiento que los habilita para el papel que pretendemos asignarles.

Con el orquestamiento de la estructura, que se presenta así esbozada ligeramente como con­cepto, se pretende revertir en beneficio del país la actual orientación, ubicada dentro de la si­guiente tendencia: a) una creciente dirección, orientación y control del comercio internacional por los gobiernos de los países importadores, mediante diversos mecanismos -inclusive seu­dohigiénico-sanitarios-, como instrumento de sus respectivas estrategias político-económicas; b) una importante concentración de la deman­da, por medio de los grandes intereses multi­nacionales, que constituyen la verdadera ame­naza de nuestro tiempo -sobre esto podríamos conversar un largo rato, pero ahora sólo quise traer la referencia-; e) una creciente minimi­zación de la oferta de nuestro país: en 1972 ac­tuaron 148 firmas exportadoras de carne y me­nudencias vacunas, ovinas y porcinas, y algo más de 260 firmas exportadoras de subproduc­tos ganaderos; d) la impostergable necesidad de erradicar definitivamente los manejos que han venido incitando desde hace tiempo a de­terminados sectores exportadores, que en virtud del régimen cambiario y fiscal vigente hasta ahora -en este aspecto entiendo que ya hemos adelantado un paso con ·las sanciones que en estos días ha dictado esta Honorable Cámara­obtuvieron diferencias entre el tipo de cambio neto resultante conforme a dicho régimen y el desquiciante mercado paralelo, negocio éste, el de las divisas, que en algunos casos llegó a pro­ducir diferencias de hasta el ciento por ciento.

Todas estas circunstancias que se señalan y se pretenden superar han obrado evidentemente contra los intereses del país, tanto de sus em­presas como de la clase trabajadora y el pue­blo todo.

Con referencia al artículo 29 del despacho, entiendo que las atribuciones que se otorgan al Estado nacional resultan excesivas en algunos casos, si tenemos en cuenta la multiplicidad de funciones en esta materia. Deben delegarse, por tanto, facultades al INTA -que ha dado sobra­das pruebas de su eficiencia- para intervenir en 113:_ producción, almacenamiento, industriali­zación, transporte y comercialización, con las

empresas, los productores y el gremialismo or­ganizado. Con respecto a la segunda parte del artí.::ulo 2Q del despacho, caben reflexiones si­milares.

Otras observaciones las formulo con referen­cia a los artículos 79 y 89, respecto de la forma de representación asignada al representante la­boral proveniente del sector mayoritario de los obreros afectados a la industria. Además, en el caso de los representantes empresarios, tales designaciones podrían llegar a recaer en perso­nas que no fueran productores agropecuarios. En tal caso el campo quedaría sin representa­ción, contrariando lo establecido para la inte­gración de organismos de este tipo.

Entiendo que, más allá de preservar esta ca­racterística, hasta debió ampliarse, teniendo en cuenta que nuevos rubros se incluyen en ese común denominador que es agricultura, gana­dería, etcétera. Es absolutamente necesaria la presencia de legítimos representantes en las es­feras de decisión. En lugar de siete miembros, propongo que sean diez, y donde dice tres debe decir cinco, contemplando dos por los produc­tores. Después de «ConfederaCión General Eco­nómica» debe agregarse: « ... y los dos últimos en acuerdo de las entidades nacionales del sec­tor agropecuario: Coninagro, Federación Agra­ria Argentina y Confederaciones Rurales Ar­gentinas».

Quiero señalar también que el régimen de incompatibilidades que señala la ley debe regir solamente para los representantes oficiales; de lo contrario negaríamos el aporte valioso de hombres experimentados en la materia.

En cuanto al punto 3 del inciso s) del artículo 12, entendemos también que las facultades pa­ra exportar deben preservarse a la empresa de cogestión que se cree para ese fin, de acuerdo con lo que propuse en las modificaciones an­teriores.

Estimo sumamente peligrosa la redacción del punto 3 del inciso s) del artículo 12, porque tiende a lograr una base para dar solución a la situación de F ASA, de la cual conocemos un dé­ficit de 21.000 millones de pesos moneda nacio­nal y que se halla en la actualidad en convo­catoria de acreedores. Lo que ocurre con F ASA y la actitud de las autoridades será anticipo de la política general con estos frigoríficos, otrora propiedad extranjera y hoy en crisis o semicrisis. La nacionalización a ultranza podría repetir el caso de Sansinena (La Negra) y otras plantas obsoletas todavía operadas a pérdida, fuente a su vez de grandes necesidades financieras. ·

En el artículo 10, inciso q), donde dice «de regiones del país>>, propongo colocar en cambio <<por las entidades organizadas respectivas». Evi­tamos con ello que se elija a un productor sin representatividad y a espaldas de las entidades organizadas.

En el artículo 12 propongo la creación de otro inciso que diga: <<Constituir una comisión per-

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manente de estudio de los mercados internacio­nales, sus tendencias y las políticas de los países que interesan a nuestro mercado de carnes».

Señor presidente: la diversificación actual coloca a las naciones vendedoras con muchas opciones, fortaleciendo su capacidad de negocia­ci:ón de manera manifiesta. A ello contribuye también la diversificación de productos y sus presentaciones, que permiten considerar a ·cada país comprador como un mercado muy diverso, con distintas manifestaciones, poco conectadas entre sí, proveyendo entonces mejor capacidad de maniobra, de negociación y de decisión a las naciones vendedoras. Esta apertura de las corrientes comerciales mundiales ha significado la diversificación del comercio de carnes para la Argentina.

Uno de los cambios de mayor importancia operados en el sector lo constituye la renova­ción de las empresas. En las primeras décadas del siglo, el 90 por ciento de las ventas al exte­rior era realizado por 5 ó 6 empresas de capitales británicos y norteamericanos; posteriormente, la proporción de empresas nacionales fue creciendo paulatinamente para llegar en la década del 60 a un 50 por ciento de empresas nacionales.

Esta transformación empresaria tuvo lugar como consecuencia de la aparición de la indus­tria mediana y pequeña, que fue tomando vigor a expensas de las grandes empresas, las que fi­nalmente no pudieron competir con ella.

Hasta bien. entrada la década del 50, Gran Bretaña era el principal, casi el único mercado comprador de carnes del mundo. Durante dece­nios esta nación no tenía rivales en el mercado internacional: su economía abierta para la im­portación de alimentos y el alto poder adquisi­tivo de sus habitantes transformaron a este país en líder del mercado mundial.

De acuerdo con cifras conocidas, ese país, en período de preguerra, importaba aproximada­mente el 77 por ciento del total del mercado mundial de carne vacuna, mientras que otras na­ciones apenas participaban: los Estados Unidos, con el 4 por ciento; Italia, con el 3 por ciento; Francia, con un 2 por ciento, y un conjunto de otros mercados, con el 10 por ciento restante.

Actualmente, el panorama ha variado como consecuencia del gran reordenamiento del pode­río económico mundial y de las corrientes co­merciales internacionales.

Gran Bretaña, reducida ya en su potenciali­dar:l, adquiría en 1970 el 16 por ciento del total de carnes vacunas vendidas en el mercado mun­dial; los Estados Unidos, en cambio, respondían a su crecimiento económico pasando al 30 por ciento de las transacciones totales; Italia pasó al 11 por ciento; Alemania Occidental, al 8 por ciento, y se produce la aparición de mercados como España, Suiza, Israel, Rusia y Canadá.

Propongo a continuación la inclusión de otro inciso en el artículo 12. Una industria en cons­tante expansión dinámica requiere una creciente

inversión en el factor humano. Este inciso diría: «Se crea una comisión técnica para el estudio· de la tecnología y la investigación de la indus­tria frigorífica y la ingeniería de la alimenta­ción».

En el inciso 3) del artículo 15, donde dice «de propia producción>> propongo que se diga: «pro­ducción del INTA», para ser coherentes con lo proyectado respecto de otros artículos.

En el artículo 18, entiendo que los recargos que se establecen no tienen relación con los que figuran en los incisos a) y b): o se reducen éstos, o se recargan aquéllos. Debiera especifi­carse el cinco por ciento mensual por retardo. y eliminar todos esos incisos. Tendrá una razón práctica, pues realmente me parece que ha habi­do un error al proyectarse este inciso.

El artículo 23, inciso b), entiendo que debería expresar lo siguiente: «El sesenta (60) por ciento de la contribución del inciso a) del artículo 79 se destinará: l. Para aplicar al cumplimiento y desarrollo de las actividades comprendidas en los párrafos 1 y 2 del inciso 1 ~~ artículo 69 (que pasa a ser inciso s) del artículo 12); 2. Las entidades creadas o a crearse a que se refiere el párrafo tercero del inciso 1 del artículo 69 (ahora inciso s) del artículo 12), para ser utilizado por ellas como capital circulante y/o en la adquisición de inmuebles, equipos, maqui­narias, herramientas y todo otro rubro del activo fijo en la medida en que lo requiera el cumpli­miento del objeto y fines contemplados en su creación.

»La junta aplicará los recursos previstos por este inciso de modo que el treinta (30) por cien­to, por lo menos, de la contribución del inciso a) del artículo 79 se destine a capital de entidades comerciales e industriales de los productores, creadas o a crearse, en proporción a sus aportes y en relación a sus actividades, que se agruparán atendiendo a su naturaleza.

»Las referidas entidades industriales y comer­ciales de los productores estarán sujetas a las siguientes bases cooperativas y normas apli-cables: ·

»-Serán accionistas todos los que hayan con­tribuido a la formación de los fondos que se inviertan, en la proporción que corresponda al monto de sus aportes.

»-Las acciones serán nominativas e indivisi­bles, y transferibles solamente con &cuerdo del directorio de la entidad en las con0iciones que determinen sus estatutos.

»-Cada accionista no tendrá más que un voto, cualquiera fuere el número de sus acciones.

»-No concederán ventajas ni privilegio algu­no a los iniciadores, fundadores y directores, ni preferencia a parte alguna de capital.

»-Sus directorios deberán integrarse exclu­sivamente con productores de la respectiva rama agrupada, que en los cinco años inmediatamente anteriores a su designación se hayan dedicado por su cuenta, en establecimiento propio o ajeno,

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a la producción de ganados, aves y pesca (este último término debe ser excluido por las razones apuntadas anteriormente). Se considerarán cum·­plidos los requisitos indicados aun cuando no se haya desarrollado la actividad directamente sino como componente de sociedades que la tengan como objeto principal, ya sea como socio, direc­tor, administrador, gerente o síndico. En el caso de desarrollarse alguna otra actividad vinculada al comercio o industrialización de los respectivos productos y subproductos, se exigirá que la correspondiente actividad productiva se haya realizado como principal.

»-Serán totalmente independientes de la Jun­ta N aciana] de Carnes, la que tendrá con res­pecto a ellas todas las facultades de inspección y fiscalización establecidas en la presente ley. , »-Los estatutos de las nuevas entidades que

se constituyan serán propuestos por la Junta Nacional de Carnes al Poder Ejecutivo para su aprobación; una vez' aprobados, la Junta Nacio­nal de Carnes determinará la forma y el tiempo en que serán convocados los accionistas para la elección de las autoridades.

»-Los derechos y acciones de los accionistas no podrán transmitirse sino a otros accionistas, sin perjuicio del derecho sucesorio. Pero en caso de transmisión por sucesión las entidades podrán rescatar las acciones o derechos de los accionistas que no deseen continuar en ese carácter, en el plazo y la forma que determinen sus estatutos».

-Ocupa la Presidencia el señor vicepre­sidente 19 en ejercicio de la Presidencia de la Honorable Cámara, doctor Salvador F. Busacca.

Sr. Viale.- En general, la dimensión econó­mica de las entidades y el volumen de sus nego­cios estarán dados de acuerdo con las prácticas actuales para este tipo de entes de industriali­zación y comercialización.

En el mismo artículo incluimos otras normas de actuación de estas entidades, detalle en el que no quiero abundar por razones de tiempo.

Además, con respecto al artículo 14, plantea­ba las disidencias fundadas fundamentalmente en los tipos de representación.

Propongo tambié~ agregar un nuevo inciso en el actual artículo 25, que dice así: «Solamen­te podrán exportar aquellas empresas que sean propietarias de frigoríficos establecidos en el país». Está referido al caso de las exportacio­nes. privadas y es de suma importancia, porque constituye uno de los supuestos en que se pro­duce no solo la evasión impositiva, sino también la burla del control sanitario.

Sostengo, señor presidente, que debe elimi­narse la atomización externa, en la cual actúan más de cien firmas autorizadas, mientras que hay solamente cuarenta y cinco empresas frigo­ríficas. Esto habla a las claras de una situación que deteriora al país y le quita agresividad co­mercial. Estos meros exportadores sin planta

frigorífica -«exportadores con teléfono»-, en casi todos los casos agentes de compra en el país de empresas importadoras extranjeras, son los servidores más fieles de las empresas mul­tinacionales, que no podemos controlar.

Baste señalar que frente a las ciento cuarenta y ocho firmas que exportaron carnes y menu­dencias en 1972, tan sólo cincuenta y dos son empresas con plantas frigoríficas habilitadas para la exportación y sujetas al régimen de cla­sificación y tipificación oficial.

Esto me trae al recuerdo otro hecho que hace unos días expresé sintéticamente en esta Hono­rable Cámara. Evidentemente, hay un alto por­centaje de faenamiento clandestino. Sabemos cuáles son sus consecuencias fiscales, pero mu­cho más graves son las sanitarias. Para burlar más controles se procede en muchos sitios a ins­talar pequeños mataderos, sin posibilidad de re­gulación, que se basan pura y exclusivamente en que pagan algunas gabelas de tipo local. Es lamentable que muchas autoridades comunales no denuncien estos casos porque les interesa la mera percepción de los derechos municipales. Pero la evasión al control sanitario, que es mu­cho más importante, no se tiene en cuenta. Esto se comprueba fácilmente por la sencilla razón de que en 1972, sobre un fae:aamiento de alre­dedor de 10,9 millones de cabezas declarado a la Dirección General Impositiva, se vendieron casi catorce millones de cueros.

Con respecto al artículo 37, entendía que la prescripción a un año era un plazo muy breve, por lo cual propuse dos años. En cuanto al con­trol que establece el artículo 43, es demasiado limitado y debe ampliarse. Esta observación, al igual que una anterior referida a la modifica­ción de tres años en lugar de cinco prevista en el artículo 36, fueron tomadas en cuenta por la comisión, lo cual me satisface plenamente por­que vemos que podemos trabajar en colabora­ción y que provengan de donde provinieren las insinuaciones o las observaciones ellas son te­nidas en cuenta en muchos casos.

Quisiera extenderme porque hay mucho más que decir en esta materia. Esta ley es amplísima y tiene connotaciones generales en lo político, en lo social, en lo jurídico y en lo económico.

Señor presidente: no soy partidario de los ho­menajes, porque entiendo que la labor legisla­tiva de los tiempos modernos ha dejado atrás esa vetustez académica que los nuevos parla­mentos han marginado. Entiendo que lo mejor para cantar un himno al árbol es plantarlo, y que el mejor canto al trabajo se hace trabajan­do. Todo el esfuerzo que se ha hecho aquí en torno de la ley de carnes, en el denodado traba­jo de los miembros de la comisión, lo resumo en un homenaje al doctor Lisandro de la Torre, a sus esfuerzos y sacrificios, así como a los pro­ductores en todo su ciclo, a los obreros de la carne y al pueblo argentino, para que tengan un instrumento que facilite su grandeza futura. (Aplausos.)

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Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra el señor diputado Mira.

Sr. Mira.- Señor presidente: el proyecto de ley que estamos considerando, por el . cual se amplían las facultades de la Junta Nacwnal de Carnes puede ser un paso positivo en toda la política a;gentina de carnes, en la medida en que se aplique, consecuentemente, en defensa de los intereses nacionales.

Yo también, al igual que algunos diputados . preopinantes, pienso que el problema d~ la p~s­ca y los recursos vivos del agua hubiera _sido conveniente tratarlo en otra ley. Pero SI se aprueba tal como está, creo que tampoco va a ser obstáculo para que sancionemos una ley ele pesca en el orden nacional, que defienda los intereses de esta industria en desarrollo.

En segundo lugar, le doy mucha importancia al monouolio del comercio exterior. En ese sen­tido cre.o que las modificaciones que se le han intr~ducido al proyecto en la comisión tienden a mejorar ese objetivo. Dependerá del gobier­no y del control de la junta que se constituirá en el futuro la posibilidad de que se pueda llevar a cabo esa política hasta sus úitimas consecuencias.

El problema de las carnes no es una pequeña cuestión en nuestro país; es, creo, el rubro fun­damental de nuestra economía. Bastará decir que el informe económico del Ministerio de Hacienda y Finanzas correspondiente al cuarto trimestre de 1972 señalaba que la totalidad de los productos incluidos en el rubro «Carnes, menudencias, cueros, subproductos y ganado en pie» posibilitaron un ingreso de divisas que, de acuerdo con estimaciones provisiona1es, se apro­xima a los 839 millones de dólares. Del total de las exportaciones efectuadas en 1972, término medio. un 45 por ciento está representado por este rubro que, además, indica un aumento de 36 millones de dólares con relación al año ante­rior. Es entonces decisivo, por lo que explicaré más adelante, que esta parte de nuestra econo­mía esté en manos del monopolio estatal.

Señor presidente: en el problema de la carne han habido en los últimos años cambios muy trascendentales, que tienen suma importancia en la industria y el comercio de ese producto. Tal es la profundidad de esta transformadón y la cantidad de aspectos que comprende, que ha merecido la calificación de un gran cambio de tipo estructural. Algunas de sus manifesta­ciones comenzaron hace ya dos décadas, para seguir luego un ritmo cada vez más acentuado que desemboca en nuestros días en un panorama totalmente distinto, que en nada se asemeja en apariencia al del pasado. La competencia de la industria privada, su estructura económico­social, las nuevas corrientes comerciales exter­nas, las nuevas formas de comercializaeión y consumo, son hechos inéditos, que resulta de

mucho interés describir y ubicar en el contexto del interés general del país.

¿Cómo era el paporama de la comercialización y elaboración de nuestras carnes algunos años atrás alrededor de la década del treinta? Por efta 'época se producen hechos importantes en esta realidad de la economía: la creación de la Junta Nacional de Carnes, la creación de la Cor­poración Argentina de Productores de Carnes y el histórico debate de las carnes en el Senado argentino, realizado en 1936 .

La situación en ese momento mostraba la existencia de un monopolio constituido por los grandes frigoríficos extranjeros de capital in­glés y norteamericano, a saber, Swift, Armour, La Blanca, Anglo, etcétera. Estas empresas tra­bajaban, en lo que se refiere a nuestras expor­taciones, con fraudes escandalosos mediante la doble facturación de las exportaciones y alrede­dor de un solo mercado, el Smithfield, de Ingla­terra. Realizaban consecuentemente ocultación de sus ganancias y se caracterizaban, además, por una explotación inhumana de los obreros que trabajaban en esas plantas. Por otro lado, había una vinculación estrecha, como surgió del debate en el Senado antes mencionado, entre estas grandes empresas de origen extranjero y los invernadores y ganaderos argentinos.

¿Cuáles son los cambios que se han producido en la actualidad? En Europa, Asia y Africa ha habido un· mayor poder adquisitivo, lo que trajo como consecuencia el incremento del consumo de distintas proteínas, en primer lqgar del de las rojas, de las que somos uno de los princi­pales exportadores.

Por lo tanto, se ha producido la descentra­lización de los mercados en el mundo, y ya no tenemos uno solo, el Smithfield, de Inglaterra,­sino que en la actualidad estamos comerciando con 73 países, según lo da a conocer la propia Junta Nacional de Carnes.

Aparecen, por otro lado, en gran cantidad, los frigoríficos y mataderos nacionales -a este respecto me referiré después-; se produce prácticamente el cierre de todos los grandes fri­goríficos de capitales imperialistas que señalé anteriormente y, aparentemente, el comercio exterior está en manos de capitales argentinos. Un señor diputado preopinante ha dicho que casi el 90 por ciento de nuestro comercio exte­rior y de nuestra producción de carnes está en manos argentinas. Tengo mis serias dudas acerca de esa aseveración.

Me he de referir ahora a la cuestión del naci­miento de la industria chica y mediana en nuestra República. No sólo es un problema ar­gentino, sino también de otros países. Inclusive, en los Estados Unidos de América han desapa­recido en la actualidad los grandes estableci­mientos que hemos conocido mediante emocio­nantes novelas que narraban el trabajo, la lucha y el sacrificio de sus obreros y empleados. El

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propio contador Samuel Yasky me decía que recientemente estuvo en los Estados Unidos de América y visitó Chicago, donde no vio los grandes frigoríficos que existían anteriormente.

La revista «Realidad Económica», del IADE, en su número 12, hablando de los cambios que se han producido en la industria frigorífica de los Estados Unidos de América, señalaba que ellos se produjeron entre 1950 y 1962, es decir antes que en nuestro país. Allí se realizó una reconversión industrial que de 3.288 estableci­mientos existentes en 1950 llega en 1962 a 3.164, una cifra casi pareja. Pero desaparecen las gran­des fábricas frigoríficas de Chicago y San Fran­cisco, organizándose la industria frigorífica sobre la base de establecimientos medianos que faenan cuatrocientas cabezas por día y en los que tra­bajan doscientos ochenta y seis días al año alre­dedor de doscientos cincuenta obreros; o de frigoríficos menores que faenan doscientos cin-:­cuenta cabezas diariamente, durante los mismos días, con ciento sesenta obreros.

Técnicos del CAF ADE, en nuestro país, de­mostraron en un estudio las ventajas de los frigoríficos medianos y chicos, no sólo por su tamaño, sino por su descentralización. Tales establecimientos posibilitan que la hacienda no tenga que recorrer cuatrocientos o quinientos kilómetros para venir a los · grandes frigoríficos de la Capital y sus alrededores, y que la elabo­ración de la hacienda se efectúe allí mismo don­de se .encuentra.

En el. Uruguay también se ha producido este nuevo fenómeno. Han desaparecido el Armour, el Anglo, el Swift, La Blanca y los otros grandes frigoríficos que tradicionalmente conocíamos, desarrollándose una cantidad de pequeños mata­deros y frigoríficos regionales.

Sobre este problema y acerca de estos capitales nacionales nosotros propondremos en su opor­tunidad un estudio, en el cual ha de tener par­ticipación esta Honorable Cámara, para realizar un profundo y exhaustivo examen a efectos de determinar en qué medida esos capitales son efectivamente argentinos. A mí no me cabe la menor duda de que una serie de estas empresas son efectivamente de capital nacional; pero no creo que pueda afirmarse que todas ellas lo 'Sean.

En el Uruguay, donde se estudió este proble­ma, se ha comprobado fehacientemente que es­tos trusts multinacionales se han introducido en los principales y más modernos establecimien­tos. Es decir que el capital extranjero, que an­tes aparecía abiertamente a través de las gran­des plantas frigoríficas, ahora participa en empresas que podríamos denominar mixtas, ya que también hay en ellas capital nacional.

José Gutiérrez, secretario del sindicato de los frigoríficos del Uruguay, autor de un libro titu­lado Los frigoríficos. Prontuario para su nacio­nalización, ha tenido la gentileza de enviarme un ejemplar con dedicatoria donde documenta

cómo Adela y Deltec han penetrado en estos nuevos establecimientos. Sobre Adela es im­portante señalar que se trata de una organiza­ción multinacional de las más poderosas del mundo -si no la más poderosa-, encontrán­dose entre las empresas que la forman una gran cantidad dedicada a la industria de la alimen­tación. En esta empresa multinacional partici­pan alrededor de ciento cincuenta inversores europeos, japoneses y particularmente nortea­mericanos vinculados al Chase Manhattan Bank, de Rockefeller. En la sesión de fundación .in­tervino el senador norteamericano Jacobo Javits y también un ex ministro argentino de Econo~ mía, muy conocido por todos nosotros, Krieger Vasena.

Decía, señor presidente, que también nosotros tendremos que realizar un estudio en nuestro país, y seguramente vamos a descubrir que no se produjo el abandono de este sector de nues­tra economía por parte de los grandes capitales multinacionales. Por el contrario, y perdóne­seme la expresión, creo que sería infantil pen­sar que esas empresas multinacionales pudieran irse de la Argentina, abandonando este rubro central de nuestra economía, cuando en el mun­do existe avidez por nuestras carnes. En este sentido, tendremos que profundizar las medidas para asegurar que el comercio quede en manos argentinas, evitando por todos los medios la evasión de divisas.

En el orden internacional, los precios están atravesando por su mejor momento. Es decir que para dar ese paso hacia la nacionalización absoluta de nuestro comercio que señalaba el miembro informante, diputado Stecco, tenemos ahora las mejores condiciones.

Para que los señores diputados adviertan la evolución en esta materia, voy a dar los pre­cios que se están pagando por nuestras carnes en el exterior, según cifras de la Junta Nacio­nal de Carnes que aparecen en un folleto de la Cámara de Frigoríficos Regionales. Para cuar­tos congelados, el precio medio de venta fue de 467 dólares por tonelada en 1969 y de 989 dóla­res en marzo de 1973. Respecto de los cuartos enfriados se r-egistró un ~romedio de 959 dóla­res en 1969 y de 2.541 dólares en 1973.

Tengo información de que algunos tipos de cortes ya se están vendiendo a 2.700 dólares y ello demuestra que en este momento están crea­das las mejores condiciones para la nacionaliza­ción efectiva y el monopolio de nuestro comercio exterior.

Saben los señores diputados que las empresas exportadoras de carnes efectúan una continua evasión de divisas. La Junta Nacional de Car­nes, que no ha realizado un buen control en ese sentido aunque en los últimos meses ha mejorado mucho en ese aspecto, se basa en las informacio­nes de las firmas exportadoras y por télex con­sigue otra información más o menos aproximada de los precios extranjeros; sobre esta base se

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calculan los precios que da la Junta Nacional de Carnes, que no tienen mucho que ver con los precios reales que se pagan en Europa: los seño­res diputados que han estado en los últimos tiem­pos en ese continente habrán comprobado cuánto vale un kilogramo de nuestra carne en París, Londres o Zurich.

Tenemos que pasar a realizar un control inme­dhJ.to y efectivo de la comercialización de las carnes. En el mundo hay necesidad en estos momentos de carnes y otros productos derivados, siendo conocida por todos los señores diputados la situación de escasez de alimentos que se está produciendo en muchos países del mundo.

La revista «MercadO>>, en su edición del 2 de azosto de 1973, trae un artículo titulado «La nueva crisis de los alimentos», en el que se dice: «Se trata de un vuelco en el panorama mundial de los alimentos, cuyos alcances es prematuro calibrar: en pocos días, informaciones proceden­tes de varios países fueron dando forma a este cuadro que, tal como se va definiendo, ofrece perspectivas promisorias para la Argentina en el corto y mediano plazo. Entre las piezas funda­mentales que componen la coyuntura actual hay que incluir la siguiente: en los Estados Unidos de América -por razones que se analizan más adelante- existen problemas de abastecimiento interno».

De manera que es correcto, como lo ha seña­lado el señor miembro informante de la mayoría, que el comercio de carnes tiene que pasar ama­nos del Estado, pues es éste el momento más propicio de todos los que se han atravesado.

En lo que se refiere a la producción de carnes, nosotros vamos a propiciar un estudio de los verdaderos costos. Hemos dado nuestro apoyo a los precios máximos fijados al ganado en pie, pero tenemos que profundizar más en esta mate­ria. El IADE señala que los invernadores argen­tinos aumentaron su patrimonio en 1.000 millones de dólares a raíz del alza de los precios del ganado, información dada hace cuatro meses; so­bre esas exorbitantes ganancias tenemos que actuar para: producir el abaratamiento de la car­ne en el mercado nacional y crear condiciones favorables para nuestras exportaciones.

Cuando se debatían estos problemas en la dé­cada de 1930 en el Senado argentino, el panora­ma era más o menos claro, pues los grandes monopolios aparecían con su nombre y eran los exportadores, y el mercado era uno solo.

En la actualidad, la maraña es mucho más compleja y por eso se necesita estudiar en pro­fundidad el problema. Las empresas multinacio­nales . están introducidas en nuestro comercio y también en una parte muy fundamental de nues­tra producción y no hay duda que van a intentar penetrar cada vez más. De manera que tendre.,­mos que seguir legislando en ese sentido en el problema de carnes, para llegar a soluciones de fondo en este rubró que creo· trascendental para nuestra economía.

Es por ello que vamos a dar nuestro apoyo en general a esta ley. Tenemos disidencias par­!iales que no hacen al fondo del instrumento legal que estamos considerando. Creemos que esta ley es un paso, y un paso positivo.

Nuestras disidencias tienden a mejorar la ley. Otros integrantes de mi bancada las van a sinte­tizar en el momento de su intervención. Sólo adelantaré que estas sugerencias tienden a que el comercio exterior en materia de carnes esté totalmente en manos del Estado, traduciéndose, como primera medida, en un mayor control, en un control total de la junta sobre las exportacio­nes. Además, no pueden existir exportadores sin plantas, y en esto coincido totalmente con el señor diputado Viale, quien ha señalado este aspecto.

En tercer lugar, debemos llegar a tomar me­didas, inclusive la expropiación, contra las plan­tas que traben los objetivos patrióticos a que se ha referido el señor diputado Stecco, miembro informante de la comisión.

En cuarto término, se tiene que regular. la· cantidad exportable de nuestras carnes, y aclaro que digo «regular» y no «proponer», como lo señala el despacho. ·

En quinto lugar, fiscalizar la venta, la factu­ración y la negociación de divisas, porque el país está perdiendo muchas de esas divisas por las condiciones en las cuales se realiza actual­mente el comercio exterior de carnes.

Por último, encarar la · investigación de la producción, de los costos y de la comerciali­zación.

Todo esto, sin duda alguna, hará a una sana política en materia de carnes.

Antes de terminar mi exposición, deseo seña­lar una disidencia con un señor diputado que me ha precedido en el uso de la palabra, en lo que se refiere a los denominados mataderos clan­destinos.

Sabemos que hay una serie de pequeños mata­deros cuyo cierre piden continuamente sectores importantes de la producción y de la elaboración de carnes. Se los denomina mataderos clandes­tinos y otras veces se dice que no reúnen las necesarias condiciones de sanidad.

Sé perfectamente bien que algunos de esos mataderos no reúnen las condiciones sanitarias, pero de lo que se trata no es de ordenar el cierre, sino de facilitar, en la medida en que son capita­les nacionales, una política de. crédito para que puedan ponerse en condiciones y continuar con la producción de carne.

También se ha dicho que esos mataderos son antieconómicos, pero de aceptarse este criterio igualmente habría que cerrar las pequeñas em­presas textiles, metalúrgicas y de otros rubros.

Por otra parte, los que durante muchos años hem.os trabajado en los frigoríficos -hay seño­res diputados que lo han hecho, al igual que yo, y entre otros menciono al señor diputado D' An-

. gelo, con el cual durante muchos años fuimos

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compañeros de trabajo y de lucha- conocemos muy bien cóino en las grandes empresas tam­bién se violan las leyes sanitarias.

Saludo esta inquietud plausible del Poder Eje­cutivo, y hago votos, juntamente con los señores diputados, para que sigamos legislando en esta materia, no sólo en lo que se refiere al comercio de las carnes sino en todo el conjunto del pro­blema, donde también tiene que considerarse el estatuto para los obreros de la carne, que fue aprobado por la Honorable Cámara de Diputados el 7 de noviembre de 1946 y que pasó al Hono­rable Senado para dormir allí el sueño de los justos.

Con las nuevas leyes y medidas que aprobemos en esa dirección, siguiendo esta inquietud patrió­tica y positiva, habremos fijado una política tendiente a lograr los objetivos por los cuales votó la mayoría del pueblo argentino en las últimas elecciones, con la consigna de liberación de nuestra. patria contra los intereses foráneos y por una Argentina grande, próspera y feliz, como queremos todos los patriotas argentinos. (Aplausos.)

Sr. Pn~siden.te (Busacca).- Tiene la palabra el señor diputado Rosas.

Sr. Rosas.- Señor presidente: el tratamiento del conjunto de leyes remitido por el Poder Eje­cutivo de la Nación, que se ha dado en llamar el paquete de medidas económicas, se inició bajo los mejores auspicios, por cuanto ha merecido en general la aprobación de todos los sectores que componen esta Honorable Cámara, conside­rando la urgencia de su sanción para dotar al Poder Ejecutivo de los instrumentos legales ap­tos y necesarios para la puesta en marcha de su política económica.

Es de lamentar que el Poder Ejecutivo no haya enviado previamente su plan de desarrollo na­cional, porque en esta forma se hubiera logrado una perfecta interpretación y adecuación de es­tas leyes.

Este proyecto de ley tiene por finalidad am­pliar las atribuciones de la Junta Nacional de Carnes de la República Argentina. Su capítulo I define la política que seguirá sobre carnes, y en el artículo 19 se destaca que por éstas se entiende la carne vacuna, equina, ovina, por­cina, avícola y recursos vivos del agua.

Cabe destacar que en el proyecto original re­mitido por el Poder Ejecutivo se empleaba el término «pesca» y que ahora, posiblemente para no dejar nada fuera de esta política, se lo ha sustituido por «recursos vivos del agua», que­dando por consiguiente comprendida toda la fau­na y flora acuáticas.

Nadie niega al Poder Ejecutivo facultades para determinar la política sobre carnes, espe­cialmente en lo que se ref!ere a la comerciali­zación con el exterior; pero entramos a partir de este momento en la colisión de dos activi­dades totalmente distintas como son las referen­tes a la ganadería y a la pesca.

En el capítulo II, artículo 49, se establece que el organismo de aplicación o ejecutor de la polí­tica que el gobierno dicte en materia de carnes será la Junta Nacional de Carnes. En la segunda parte de este artículo se dice que la Junta ten­drá como misiones primordiales promover, fo­mentar, controlar, realizar, regular, participar en la producción, almacenamiento, industrializa­ción, transporte y comercialización de ganados y carnes y recursos vivos del agua, sus produc­tos y subproductos, y propender al mayor con­sumo y abaratamiento de las carnes y a la am­pliación de los mercados exteriores.

En esta forma, el Poder Ejecutivo monta un organismo gigantesco que, por más bien inten­cionado que éste fuera, se encuentra en la actua­lidad totalmente desprovisto del elemento hu­mano altamente especializado que requiere una racional e inteligente dirección y explotación de este recurso natural tan importante para la eco­nomía nacional.

Desde hace muchos años, en nuestro pa{s se habla de la pesca como de la gran riqueza olvi­dada y dejada de lado, así como un potencial económico totalmente postergado.

La ley de pesca dictada durante el régimen militar generó grandes esperanzas en toda la zona patagónica. que anhelaba una legislación sobre ese tema, pero ellas se vieron frustradas porque esta ley no fomentó, no promocionó y no benefició en absoluto a dicha zona; en cambio, protegió a un único sector pesquero, que en la actualidad tiene y maneja monopólicamente los intereses pesqueros del país.

Se entiende por problemas referidos a la pes­ca comercial los de la producción o pesca, la preservación, el procesamiento y la distribución del producto. Tales etapas implican la existencia de sistemas de control de calidad, apoyados por organismos de estudio e investigación.

Es indispensable poner en práctica una polí­tica pesquera, como parte de una política ali­mentaria. En países tradicionalmente pesqueros, que marcan rumbos en la materia -como, por ejemplo, Alemania, Inglaterra, España, Italia y el Japón-, la centralización de los problemas pesqueros se ha efectuado en organismos no compartidos, es decir, que tienen como único tema la pesca. Particularmente, en el caso de España, todo lo referente a la adquisición, co­mercialización y distribución de productos cár­neos se hace exclusivamente por intermedio de la Comisaría de Abastecimientos, y todo lo refe­rente a la explotación pesquera -organización de la investigación, relevamiento, captura y dis­tribución- se efectúa por otro organismo espe­cializado.

Esto se fundamenta en que los sistemas de producción, preservación, procesamiento y dis­tribución del pescado difieren de manera fun­damental de los sistemas que corresponden a idénticas etapas en los otros productos.

Las diferentes etapas de la pesca se apoyan en principios técnicos distintos de los que rigen

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para otros tipos de carnes; por ende, su apoyo financiero debe ser distinto tambien. Las normas que rigen tales etapas deben ser emitidas por organismos que basen sus conclusiones en estu­dios científicos, los que se realizarán sobre bases muy diferentes de los que se refieran a otros

·tipos de carnes. La centralización en un organismo compartido

supone que en éste existen departamentos inde­pendientes. La independencia técnica se con­tradice, en la realidad, con la dependencia y/o la coparticipación administrativa. Por ello es que consideramos que un único organismo no puede llevar a cabo una eficaz poiitica pesquera, a raíz de las colisiones que existen entre ésta y una política ganadera y avícola.

La provincia de Santa Cruz, a cuyo pueblo .represento en esta Honorable Cámara, aguarda .ansiosamente que el Estado desarrolle una polí­tica pesquera eficaz y agresiva, para efectivizar la tan declamada soberanía marítima sobre la plataforma epicontinental, o sea nuestra inva­riable posición de soberanía sobre las doscientas millas, las que en la actualidad son pasto fácil para el rastreo impune que realizan las embar­.caciones pesqueras de todas 1as banderas del mundo, sin que veamos flamear en nuestro mar soberano el pabellón argentino.

Esta inercia es criminal. Se está perdiendo, por depredaciones en la captura indiscriminada que realizan flotas de otros países, una de las riquezas más importantes de la economía pata­:gónica. No puede hablarse del desarrollo de esta olvidaO.a región argentina sin incluir en su política una verdadera acción 8.rgentina en la explotación de los recursos naturales y parti­.CJ.llarmente los del agua. Es imurescindible la inmediata concreción de las legítii'nas aspira­,ciones de esta grande y olvidada oarte del terri­torio nacional con el dictado de una ley de pesca que determine las condiciones de fomento y promoción de radicación de capitales nacionales para la intensa explotación pesquera y de algas, recurso natural· también deficientemente ex­plotado y muy codiciado en el mercado· inter­·nacional.

Señor presidente: paradójicamente, los pue­blos marítimos de la provincia que represento viven de espaldas al mar, y ello se debe a que, por razones evidentemente de olvido de nues­tras instituciones, no se ha creado en dichos pueblos conciencia marítima.

La explotación pesquera en forma intensiva a que he hecho referencia traerá aparejada la ·creación de industrias navieras y anexas en las zonas patagónicas y dará vida a esos pueblos -que están viendo con dolor el obligado éxodo de sus pobladores y especialmente de los jó­venes; que ante la falta de fuentes de trabajo -tienen que buscar un nuevo horizonte en otras :-regiones del país, y muchas veces fuera de él.

Señor presidente: al realizarse las dos últimas reuniones en comisiones conjuntas para la dis­cusión y despacho de esta ley, asistí a ell.as como integrante de la Comisión de Industria. Allí se planteó la imposibilidad de que tos recursos vi­vos del agua estuvieran dentro de las atribu­ciones de la Junta Nacional de Carnes y se mocionó por la exclusión de dichos recursos del artículo 49 y sus correlativos. Esa moción, por los fundamentos expuestos, la apoyé y se logró momentáneamente una unanimidad de criterios, pero sorpresivamente en pocos mmutos hubo un cambio fundamental y se mantuvo el despacho en la forma en que estaba redactado. También en dicha reunión se había acordado suprimir del artículo 49 el vocablo «realizar» y · susti­tuirlo por· <<regular y participar», pero por lo visto nuevamente se ha variado de decisión .

Po~ consiguiente, señor presidente, solicito se suprima la expresión <<recursos vivos del agua» de los artículos 19, 29 y 49. y de los incisos 2 y 3 del artículo 15.

Dejo en esta forma fundada l€J. disidencia par­cial a que he hecho referencia.

Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra el señor diputado Balestra.

Sr. Balestra.- Señor presidente: el proyecto de ley de ampliación de las atribuciones de la Junta Nacional 'de Carnes que está a conside­ración de este honorable cuerpo no es sino la actualización de un conjunto de normas que han debido actuar en una materia muy delicada por su trascendencia en el comercio interno y su proyección en la economía internacional.

Las grandes dificultades de la comercializa­ción de carnes y el entorpecimiento ocasionado por la intervención de los frigoríficos ingleses, en primer término, y por los norteamericanos, en segundo lugar, en las primeras décadas de nuestro siglo, llevaron a las autoridades nacio­nales a buscar los medios jurídicos conducentes para regular de modo eficaz, a la vez que ·pro­picio al interés nacional, esta materia que en nuestro comercio internacional significa una fuente fundamental generadora de divisas para la República.

Sin embargo, no todos los intentos tuvieron el éxito que era de desear, y así fue como debie­ron sancionarse sucesivos ordenamientos. En primer lugar, las leyes 11.226 y 11.2'27, de 1923, establecían algunas precisiones en materia de co­mercialización y fundamentalmente sancionaban maniobras dolosas y ocultaciones fraudulentas, en una terminología que habría de ser posterior­mente reproducida en los sucesivos ordenamien­tos sancionados; la ley 11.227, en materia de precios mínimos y precios máximos, para ei con­sumo interno los segundos y para la fXportación los primeros; y la ley 11.210, de contralor de la industria y del . comercio de carnes, que procu­raba sancionar las formas monopólicas y que tuvo vigencia hasta la ley 12.906 que hoy rige.

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-Sih ·embargo, todos estos intentos de legisla­ci6n en procura de dejar fuera de las posibili­dades de actuación a las maniobras monopólicas y fraudulentas, que entorpecían el comercio de carnes, no fueron remedio suficiente para la re­presión de los pools de los frigoríficos, ya sean ingleses o norteamericanos, que se distribuían los cupos de exportación y hasta incurrían. en maniobras que desataban las llamadas guerras de carnes, con sensible perjuicio para la economía nacional. Es así como en el año 1932 el Congre­so de la Nación aprueba la creación de 1a Junta Nacional de Carnes, otorgando a ese organismo estatal las funciones de contralor de la comer­cialización, tanto en el orden interno como en el internacional, y de regulación de la produc­ción, y estableciendo además la posibilidad de actuar, mediante el fondo ganadero por esa ley instituido, a través de entidades privadas de carácter específico y de una regulación también

/ especial, de manera tal de promover la defensa de la ganadería argentina por medio de frigorí­ficos principalmente regionales.

En el año 1956 se sanciona el decreto ley 8.509, que actualiza estas disposiciones, y se determina un régimen de contralor para el comercio de carnes que tiende a ampliar las facultades de la junta nacional y a precisar los alcances de la actuación de las entidades que ella podía con­tribuir a crear.

En tales circunstancias, se advierten cuatro índoles de problemas fundamentales que la ley debe atender significativamente.

En primer lugar, se encuentra la comercia­lizaéión de las carnes en el orden interno y en el internacional, además de la actuación de esas entidades que se fomenta y a cuyo fondo constitutivo se contribuye. En tal sentido, hay una formulación sui géneris en materia socie­taria, que da prioridad a la formación de co­operativas, que se prevén en el artículo 13 del decreto ley 8.509, con acciones nominativas de un solo voto, procedimiento que sólo permitía la posibilidad de un accionariado amplio de par­te de los distintos representantes de la produc­ción, sin ventajas ni privilegio alguno para los fundadores o iniciadores, constituyendo un me­canismo idóneo· que a la. vez posibilitó la ac­tuación de los frigoríficos regionales, sentida necesidad para el interior de la República y forma también conveniente para la satisfacción de los propios· intereses de la exportación.

En segundo término, la aparición de las em­presas multinacionales, sucedáneo de la actua­ción de los frigoríficos extranjeros en el co­mercio de carnes, determina la necesidad de que las funciones de control en este segundo aspecto queden celosamente reservadas para el Estado nacional, impidiéndose que, a través de las modalidades de actuación de esas empresas multinacionales, se tienda a lograr o preservar intereses distintos de los nacionales. En este sentido, el proyecto sancionado. en materia de

inversiones extranjeras, al reservar para el ca­pital argentino los sectores de la agricultura y la ganadería, constituye un instrumento condu­cente en la medida en que impide que aquellas empresas extranjeras puedan actuar en el ám-bito agrícola-ganadero. ·

En tercer lugar, la extensión de la respon­sabilidad prevista en materia de empresas ex­tranjeras en el convenio Saab-Scania y man­tenida por el proyecto de ley recientemente aprobado por la Honorable Cámara tiende a subsanar una modalidad no suficientemente controlada en la actuación de las empresas ex­tranjeras, como es la de la aparición de filiales, caso Swift-Deltec, que, actuando con una per­sonalidad jurídica distinta, si bien dependiente económicamente una de la otra, realizaban fi­nes contrarios al interés nacional, al aparecer como acreedoras de sí mismas en el proceso de quiebra tan mentado que significó el citado ejemplo.

Por último, la materia de los frigoríficos re­gionales, encarada efectivamente a ,través de la Corporación Argentina de Productores de Car­nes y cuyo resorte debe estar principalmente en manos de las autoridades de provincia, cons­tituye otra manera precisa de contralor por los directos interesados en el manejo de la co­mercialización interna y aun de la participa­ción en el mercado internacional.

En orden a este enfoque y observaciones, el proyecto del Poder Ejecutivo contifme saluda­bles medidas de contralor en una serie de as­pectos fundamentales, pero incurre en algunas desviaciones que pasaré a señalar.

En primer lugar, como lo puntualizáramos en la reunión conjunta de la Comisión de Agri­cultura y Ganadería y otras comisiones internas, la materia de ·la pesca encuadrada en la de­nominación de los recursos vivos del agua no debe ser objeto del resorte de la Junta Na­cional de Carnes. Esa materia merece una re­gulación específica, porque afecta a muchas pro­vincias argentinas. Hay una riqueza ictícola fundamental para la consolidación de una es­tructura natural argentina, así como para su comercio. Una legislación específica deberá con­templar a los recursos vivos del agua. El orga­nismo regulador de las carnes rojas y las de ave no es el idóneo para intervenir en esta materia tan especial que afecta, en modo pri­mordial, al interés de las provincias.

En segundo lugar, quiero destacar que en el proyecto del Poder Ejecutivo se elimina la parti­cipación de los productores en la Junta Nacional de Carnes, lo cual resiente por falta de repre­sentatividad la conformación de su directorio. Por eso hemos propuesto que se dé igual repre­sentación al sector laboral y al sector productor agropecuario, representado en las entidades em­presarias naturales, no en la CGE; y que, en lugar de los GOnsumidores, dado que es difícil la determinación de esa categoría, se otorgue re-

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Agosto 5 de 1973 C.fu'Y.fARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 1549

. presentación al sector cooperativista, amplián­. dose de tres a cinco el número de estos miembros

del directorio, con un total de ocho, sumados a los dos propuestos por el Ministerio de Eco­nomía y aJ presidente.

En tercer lugar, en la constitución, promoción o participación de empresas del Estado, socie­dades con participación estatal mayoritaria o entidades industriales y comerciales de otra naturaleza, que prevé el inciso s) del artículo 12, debe especificarse la necesidad de que la promo­ción de estas entidades se haga en orden a favo­recer el establecimiento de frigorificos regiona­les. De lo contrario, la concentración del negocio frigorífico favorecerá también la ·concentración de los grandes intereses agroexportadores, fun­damentalmente de los frigoríficos, lo cual va a hacer mayores aún las disputas tradicionales en materia de carnes, que todavía mantienen su vigencia en el mercado argentino. De tal ma­nera que debe agreg?rse una previsión referida al apoyo y difusión de los frigoríficos regionales, que ya hemos presentado en la Secretaría par­lamentaria.

El artículo 15 contiene una previsión destinada a la contribución del fondo ganadero, que es la misma que la de las leyes anteriores, del 2,5 por ciento. Señalamos que se contradice con la dis­posición del artículo 45 que señala una propor­ción menor, del 2,35 por ciento. Al señalar que esto es sin perjuicio de lo preceptuado en el artículo 15, habrá que determinar si se trata del 2,35 o del 2,5 por ciento.

Los artículos 19 y 41 se refieren a la actividad· en materia de regulación del comercio de carnes por parte de las autoridades nacionales y pro­vinciales. En este caso proponemos, tal como lo hemos hecho con relación a los proyectos de promoción industrial y minera y a las leyes de fomento agrario, una disposición por la cual, de conformidad con el artículo 107 de la Constitu­ción Nacional, el Poder Ejecutivo concierte con las autoridades provinciales el ejercicio de las facultades constitucionales concurrentes a los fines de esta ley.

Este es el resumen -hecho muy sintética­mente- de las observaciones al proyecto que, en definitiva,· debe encarar cuatro aspectos fun­damentales del control por parte de la junta: primero, la comercialización y su relación con las entidades propiciadas por el proyecto de ley para competir en el mercado interno y exterior; segundo, la actuación de las empresas extranje­ras sujetas a control fundamentalmente por el mecanismo de la ley y por la regulación de la propia junta; tercero, el principio de la exten­sión de la responsabilidad, que evite el desdo­blamiento irreal de la personalidad jurídica; y, por último, fundamentalmente, la defensa, apoyo y afianzamiento de los frigoríficos regionales.

De tal manera, coadyuvando a la preserva­ción del legítimo interés de la ganadería, con

un profundo sentido nacional y, principalmente, regional y provincial, mediante un adecuado mecanismo de control, que hemos propiciado en otras leyes económicas, habrá de satisfacerse mediante el proyecto referente a la Junta Nacional de Carnes -con las enmiendas pro.,­puestas- el profundo interés argentino en la materia, tanto en lo nacional como en lo inter­nacional. (Aplausos.)

Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra el señor diputado Falabella.

Sr. FalabeUa.- En conocimierÍto del- especial ·interés que tiene esta Cámara en que el trata­miento de este proyecto de ley sea lo más ágil posible, y toda vez que es la primera medida del paquete elevado por el Poder Ejecutivo que nuestro bloque va a votar en contra, voy a formular muy brevísimas consideraciones.

En primer lugar, señalo que adhiero a los conceptos del señor diputado Balestra, por ló cual, en razón de la brevedad, excluyo en mis observaciones las que él ha ya formulado.

Podemos decir los conservadores que este or­ganismo, con el verdadero sentido que exigían las necesidades del país, fue previsto y organi­zado por la ley 11.7 4 7, del 17 de octubre de 1933. Este es uno dé los miles de institutos que el país le debe a los fraudulentos. (Risas.)

La Junta Nacional de Carnes era un organis­mo que debía tener cuatro funciones funda­mentales. La primera consistía en estimular con su mecanismo, y por todos los medios a su al­cance, la más alta producción de carne en el país, y, para ello, se debía hacer concurrir la adecuada política técnica, crediticia y fiscal.

La segunda función que estaba a cargo de la Junta Nacional de Carnes era el procesamiento interior, tanto para el mercado interno como para la exportación, de manera tal que en el primer caso se estimulara la mayor posibifidad de consumo interno y, en el segundo caso, se exportara, como· se dice ahora, rr.ano de ·obra, es decir, se evitara que la carne se exportara par.a ser elaborada o para ser sometida a pro­cesamientos intermedios en el exterior.

El tercer objetivo que debía tener la Junta Nacional de Carnes era fijar precios adecuados para que la carne no resultara prohibitiva para la población; y el cuarto, defender el valor de exportación. · .

Estoy !levando mis expresiones al máximo de síntesis. Entre aquella ley y este proyecto hay diferencias de muy alto grado. No quiero ne­gar que puedan haber grandes proporciones de la misma buena intención, pero resulta eviden­te que este proyecto es una verdadera agresión para el campo y que es la transformación de un mecanismo que se hizo para la autodefensa de la producción en una ·maquinaria en manos del Estado.

El artículo 19 de la ley 11.747 que he recor­dado establecía que el directorio se integraba

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con nueve miembros. El artículo 69 del pro­yecto de ley en consideración determina que el directorio se compone de siete miembros. Voy a fijar la pantalla del pequeño reflector de es­clarecimiento en la comparación de estas dos estructuras, para demostrar que una estaba en manos del pueblo productor y la otra pasa ín­tegramente a manos del Estado.

¿Cómo no va a agradar al señor representante del comunismo que esto, que era expresión de la autodefensa del pueblo productor, haya pasado a la discrecionalidad del Estado? Por la ley 11.747 el Poder Ejecutivo designaba directa­mente a tres de los directores, y a dos por medio de una proposición al Senado, dos pertenecían a la Sociedad Rural Argentina y a las sociedades rurales del interior, uno a los frigoríficos parti­culares y otro a las empresas industriales, todos interesados en el mismo problema de la produc­ción, venta interna y tráfico internacional de la carne.

Por ei proyecto en consideración las dos jerar­quías principales del directorio serán designadas por el Poder Ejecutivo y serán nombrados de la siguiente manera: dos por el señor ministro de Economía -si es que se aprueba el proyecto de ley de ministerios- a proposición de la CGT y CGE; uno por los consumidores, otro por el sec­tor laboral y el quinto por los empresarios.

Queda muy en claro que se ha querido excluir al productor y a las tradicionales asociaciones argentinas que defienden a nuestros ganaderos. Aquí no hay ningún representante de la Socie­dad Rural Argentina, ni de la Corporación Ar­gentina de Productores de Carnes.

Sin embargo, se acuerdan de ellos en el artícu­lo 15, donde se establece una contribución des­tinada a esa maquinaria que se subordinará s~guramente a directivas estatales. Ese 2,5 por Ciento sobre los importes de ventas que deberán pagar nuestros productores se substraerá del margen de utilidad de la producción rural. Pero mientras nuestros productores de la Sociedad Rural y de la Corporación Argentina de Produc­tores de Carnes contribuyen a financiar la junta, han quedado agresivamente excluidos de ella.

Sr. Merchensky.- Era hora. Sr. Presidente (Busacca).- Sírvanse los se­

ñores diputados no interrumpir al orador. La Presidencia concederá la palabra a los diputados que la soliciten, quienes si así lo desean tendrán la oportunidad de contestar al señor diputado Falabella.

Continúa en el uso de la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

Sr. Fa!abeHa.- Esto de la estructura y com­posición de la junta no sería tan grave si no fuera que la ley, aun sin quererlo, puede llegar a tener efectos depresivos sobre la actividad de los trabajadores de nuestros campos.

Quizá algún día nuestros ganaderos, cada vez más despreciados y más gravados, piensen en el

negocio que han realizado quienes, no queriendo trabajar para el país, han vendido sus bienes y colocado el capital al tres, al cuatro o al cinco por ciento mensual, mientras ellos mantenían su capital invertido en el campo al uno o al uno y medio por ciento mensual. Y no sólo esto, sino que además ponían su trabajo y su espíritu al servicio de la empresa r.acional, ccncurriendo desde los primeros días de nuestra Nación en esa explotación ganadera para la cual dicen que era perito aquel hombre ahora reivindicado his­tóricamente por la mayoría y que fue uno de los primeros organizadores de las estancias en el país.

Además, en esta ley se mezclan y se confun­den cosas. Compartiendo el criterio del señor diputado Balestra, no vemos por qué entre las misiones primorci.iales de la Junta Nacional de Carnes se incluye lo relativo a la explotación submarina. Desde ya advertimos las complica­ciones que se producirán cuando, por ejemplo, la junta deba intervenir en lo referente a proce­dimientos para con::;truir barcos pesqueros o en el fomento del crédito para la construcción de esos barcos. ¿Qué tendrá que ver nuestra tradi­cional Junta Nacional de Carnes, e inclusive la que ahora se perfila a través de este proyecto, con ese tipo de explotación submarina que se ha dado en llamar de los recursos vivos del agua? Admito que hay imaginación en cuanto a filología, pero no la hay en cuanto a creación de institutos comprensivos y progresistas.

Por estas razones, señor presidente, nuestro sector va CJ. votar en contra de este proyecto de ley, y además propondremos modificaciones en los artículos referentes a la constitución del directorio y a la provisión de recursos.

Sr. Presidente (Busacca). - La Presidencia ruega al señor diputado que oportunamente ha­ga llegar por escrito a la Secretaria el texto de las modificaciones que propone.

Tiene la palabra el señor diputado Rubeo. Sr. Rubeo.- Señor presidente: incursionar en

un tema como el de las carnes no solamente apasiona a quien como yo está íntimamente li­gado a la elaboración de ese producto, sino que permite que una vez más se analice un tema que, por lo encontrado, ha sido permanentemen­te motivo de preocupación para la mayoría de los gobiernos que han conducido la vida de nuestro país.

Aún está fresco el recuerdo de aquel hecho lastimoso que se produjo en este mismo Congre­so y que causó la muerte del senador Bordá.be­here, como aún está fresco en el recuerdo de millones de argentinos la acción preponderante que tuvo un sector vinculado con la ·actividad de las carnes cuando el 17 de octubre de 1945 impulsó desde las fábricas una acción que tendía a modificar la estructura injusta que tenía como corolario la explotación de nuestra patria y de sus habitantes.

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Agosto 5 de 1973 CAMARA DE DIPUTADOS :OE LA NACION 1551

He solicitado el uso de la palabra no para desatar con ella controversias polémicas que no hacen a la unidad de los distintos sectores de nuestra patria, sino que pretendo sentar juris­prudencia parlamentaria frente a un hecho que es histórico para los trabajadores argentinos.

Por encima de la acción declamatoria y de los enunciados que los hombres o los partidos pue­dan decir, es importante que en el plano de los hechos se materialicen determinaciones que de­muestren de una manera clara y precisa que realmente se tiende a la modificación de estruc­turas injustas y a permitir que sectores pos­tergados hasta hoy tengan presencia, no como espectadores, sino como actores vivos de un proceso que tiende a liberarlos.

En esta ley que envía el Poder Ejecutivo al Congreso se sienta por primera vez, después de 1955, un hecho que demuestra de manera clara y tangible que el sector laboral tendrá algo que ver con lo que se refiere a política en materia· de carnes, no como instrumento que elabora en las fábricas con su esfuerzo la primordial y fun­damental riqueza que le permite lograr al país las codiciadas divisas para que pueda proseguir su marcha, sino que por primera vez en la con­ducción de la Junta Nacional de Carnes el sector laboral tendrá presencia ejecutiva que permitirá oír la opinión de su sector y la del pueblo argen­tino, que nunca tuvo la oportunidad de poder decir en ese ámbito qué es lo que deseaba frente a una política que permanentemente tendía a despojarlo de los bienes más elementales.

Aún están frescas en nuestro recuerdo las épi­cas jornadas de los trabajadores de la carne, que desde fines del siglo pasado y en lo quP va de este siglo, desde la lejana Entre Ríos, desde la explotada Santa Fe, y en esta provincia de Bue­·nos Aires, en las grandes plantas exportadoras, que tenían sus representantes en la Junta Na­cional de Carnes, tal como lo indicaba el señor diputado Falabella, entregaban permanentemen­te el sudor· y el sacrificio de esos compañeros porque no tenían otro pr~io a su esfuerzo, que era el de ellos y el de todos los suyos, que reci­bir permanentemente el latigazo de la explota­ción frente a los sistemas inhumanos de trabajo que se establecían en las fábricas. (Aplausos.)

Es por ello que en· un día histórico como el de hoy, en que un diputado que proviene del sector laboral tiene la oportunidad, por encima de las discrepancias parciales, de observar la casi una­nimidad ·de los distintos bloques políticos que integran este Parlamento en considerar lauda­toria y edificante la presencia de sectores como el que represento en la conducción de un ente tan primordial para la vida de nuestro país, no puedo menos que traer a mis pares el agrade­cimiento de miles de ·trabajadores que anhelan ver cómo realmente este gobierno, que es el gobierno del pueblo, tiende, en el terreno de los hechos, a materializar con actitudes activas po­sibilidades concretas que permitan el despegue

definitivo de nuestra patria, para lanzarla· a las grandes proyecciones que sin duda tiene dentro de Latinoamérica.

Pero es importante que entremos a señalar aspectos específicos que se han señalado en este·

·recinto: Quiero tocar el tema de la pesca, porque dicho así, por arriba, quizá de alguna manera pueda traer alguna confusión que no nos per­mita adquirir con propiedad la claridad indis­pensable, frente a lo que significa la política en materia de carnes que tiene y debe tener el Es­tado. Es probable que pueda interpretarse que este tema está mal encarado por el proyecto de ley que estamos tratando.

Si analizamos lo que puede significar dejar la actividad pesquera en manos de un organismo como era anteriormente la Junta Nacional de Carnes, muchos de nosotros podríamos pensar que es una manera de llevar la producción ictí­cola a un camino sin retorno. Pero se debe en­tender que en esta materia lo que ha querido el gobierno del pueblo es, fundamentalmente, fijar condiciones como las que se determinan en esta ley, a fin de encerrar en_ un solo contexto todo lo que signifique política de carnes. Porque hasta o.hora, cuando hablábamos de la Junta Nacional de Carnes, solamente nos referíamos a carnes rojas. Es importante que entendamos que este instrumento que enü:egamos al gobierno signi­fica que el Estado, por medio de esta ley, tendrá el organismo idóneo que le permita regular en todos sus niveles lo que significa la producción para la exportación y la producción para el con­sumo.

Frente a la centralización en la conducción de todo lo que hace a la política de carnes, tendrá así el Estado el elemento indispensable que le permita a nuestro país encarar a fondo una polí­tica que no solamente modifique las formas de consumo, sino que también posibilite incrementar los niveles de ingreso de divisas en rubros tan fundamentales para el desarrollo del país.

Por otra parte, es cierto que todos los sectores deben tener idénticas posibilidades en cuanto a estar representados en los cuerpos que rijan sus actividades. Pero también es cierto que, en el decantamiento natural que implican estas repre­sentatividades; es lógico suponer que en este ámbito el Poder Ejecutivo ha buscado que la representación, para la conducción de la junta, sea dada a las entidades cuya representatividad esté basada en los grandes acuerdos y compromi­sos que tales entidades han establecido para llegar a las coincidencias mínimas que permitan elaborar en conjunto una salida para el país. Creo que precisamente esas entidades, por me­dio de tales compromisos as~midos, tienen sufi­ciente representación.

De ninguna manera puede sostenerse que las entidades cooperativas o los sectores ganaderos no están representados en la conducción de este organismo; y tampoco puede decirse que nuestro gobierno tenga intención de avasallar los inte-

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CAMARA DE. DIPUTADOS DE LA .NACION' . · .Reunión 20~

réses :que esos sectores représentan. Lo que sí ·podemos decir· respecto de algunos de esos sec­tores que durante décadas han ostentado repre­sentación dentro del organismo, es que hoy quizá ya no tengan la autoridad moral como para poder exigir algún tipo de representación, pues cuando ella les fue dada, la usaron para afectar los inte-

. reses del pueblo argentino. (ApLausos.) No deseo extenderme, señor presidente. Sola­

mente quiero poner de manifiesto mi orgullo, · que es el de todos mis compañeros; frente a este hecho histórico que ha promovido el gobier­no del pueblo: lograr que el sector laboral, o sea el sector mayoritario del pueblo, tenga por vez primera una representación orgánicamente esta­blecida en la conducción de un cuerpo tan fun­damental para la economía del país. (¡Muy bien! ¡Muy bien! ApLausos.)

Sr. Falabella. -Pido la palabra, señor presi­-dente, pues he sido aludido.

Sr. Preside.nte (Busacca).- Oportunamente le concederé el uso de la palabra, señor dipu­tado. Invito a la Honorable Cámara a pasar a cuarto intermedio hasta las 15.30 horas.

-Se pasa a cuarto intermedio a la ho­ra 13 y 20.

-A la hora 15 y 40:

Sr. Presidente (Busacca).- Continúa la se­sión.

Tiene la palabra, para una breve aclaración, el señor diputado Falabella, por haber sido alu­dido personalmente.

Sr. Falabella. - Señor presidente: voy a con­testar las expresiones del señor diputado preopi­nante -Y me voy a ceñir a la mayor síntesis posible.

Si mediante este proyecto se pretende cons­truir una máquina arcaica de funcionamiento a pedal que en lugar de tejer deshilache, el con­servadorismo no va a ser ninguna pieza de esa máquina, ni el pedal ni el pie que ponga al pedal en movimiento.

Decía Ortega y Gasset que un hombre, antes de hacer algo o de optar, que es la emergencia de todos los días, tenía que poner la cabeza en claro y poner en claro sus ideas. N o sé en qué medida han podido lograr siquiera la penumbra con esta tremenda confusión que trae el pro-yecto. -

Se hace participar a los consumidores, cuando · lo que correspondía era cubrir al consumidor

con la política de precios; y se hace participar el interés laboral, cuando lo que correspondía, en lugar de hacer ingresar ese interés, mediante

_ su intégración en la estructura ... Sr. Presidente (Busacca).- La Presidencia

ruega al señor diputado que abrevie su exposi­ción, porque está entrando al fondo del asunto

no formulando sólo una aclaración.

Sr. Falabella.- .. ; era dejar las cuestiones del trabajo relacionadas con la carne exclusiva­mente libradas a la legislación laboral.

¿Quiere que abrevie, señor presidente? Lo haré: este proyecto es un complejo confuso, des­centrado y absurdo; otro bodrio que el conser­vadorismo no puede aceptar.

-Hablan varios señores diputados a la vez.

Sr. Mufijz Barreto. -Pido la palabra. Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra

el señor diputado Muñiz Barreto. Sr. Muñiz Barreto. - El partido que repre­

senta el señor diputado Falabella ... Sr. Falabella. - Si me alude, tendré que ha­

blar de nuevo. Sr. Muñiz Barreto. - ... es el responsable de

muertes en el recinto de esta Cámara .. . Sr. Falabella.- Ustedes condenan .. . Sr. Presidente (Busacca).- No interrumpa,

señor diputado. La Presidencia ha concedido la palabra a los señores diputados para que ·se expresen, y los señores diputados 'deben res­petarse mutuamente.

Sr. Falabella.- Entonces, que me deje tran­quilo, señor presidente.

Sr. Muñiz Ba:rreto.- El partido del señor diputado es el responsable de muertes en este recinto; es el responsable del monopolio de los fletes entregado a las empresas ligadas a los frigoríficos extranjeros; es el responsable del fondo compensador de los quebrantos de la in­dustria frigorífica; es el responsable de la polí­tica llevada adelante por los ministros Duhau y Pinédo; es el responsable de lo que investigó. Lisandro de la Torre en esta Cámara años atrás; y es el responsable de que las mismas personas -entre ellas, el señor Malaccorto, lo digo con nombre y apellido-, con el gobierno de la ca­mar.illa militar, anduvieran en la venta de nues-

- tra producción y en el problema de los 25 mi­llones de dólares que se robaron al país. La Sociedad Rural representó en la Junta Nacional de Carnes a los frigoríficos extranjeros. Son los responsables de la entrega del país, de la·muerte de obreros y de la liquidación de la industria nacional frigorífica. Y no tienen ningún derecho a hablar. Creo que el señor diputado Falabella debió callarse un poco la boca, porque son los responsables de los robos que han habido en el país en materia de carnes. (Aplausos.)

Sr. Falabella.- Han matado más gente en el país ...

Sr. Presidente (Busacca).- No está en el uso de la palabra, señor diputado.

Sr. Muñiz Barreto. -En síntesis, éste es el primer proyecto realmente nacional y progre­sista, mediante el cual el control de una de las armas del imperialismo, que es eLcomercio ex-

. terior en uno de sus rubros más importantes, como lo es el de las carnes rojas, pasa a control del pueblo a través del Estado.

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Agosto 5 de 1973 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 1553

Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra el señor diputado Marino.

Sr. Marino.- Señor presidente: lamento que en la consideración de un proyecto, por el que me congratulo en razón del tecnicismo que. se ha empleado en su redacción, se haya originado un debate de esta naturaleza a raíz de la in­tervención de este viejo compañero, el doctor Falabella; pero digo que él es congruente con su pensamiento y con la defensa de lOs intereses que representa. Creo que tiene todo el derecho del mundo a expresar sus ideas, a decirlas así, con esa valentía, pero también tiene ·la obliga­ción de aceptar y comprender que esas ideas que él ha expuesto pertenecen a la minoría ab­soluta del país, que también tiene derecho a expresarse. (Aplausos.)

Digo que los argentinos tenemos que entrar en diálogo y que él va a ser fecundo, porque a medida que cada uno exprese sus ideas y lo haga con el calor que pide el pueblo; éste va a ir eligiendo con absoluta exactitud quiénes son los que mejc:Jr o peor -el pueblo lo determi­nará- lo defienden en sus intereses específicos y esenciales.

Por eso creo que nunca vienen mal estas pe­queñas discusiones. Vienen bien; se va mar­cando cada uno. Cada uno tendrá su marca. Yo tendré la mía; el señor diputado Falabella ten­drá la suya. Y estaremos ambos orgullosos de nuestras diferentes marcas.

Decía al comienzo de mi exposición que de­bemos felicitarnos por la técnica legislativa que ha empleado la comisión, así como el proyecto del Poder Ejecutivo en su caso, al dividir esta ley en dos capítulos. El primer capítulo, que se refiere a los principios básicos de la política de carnes, política que atr~buye al Poder Ejecu­tivo, me parece que es correcto al encuadrar dentro de las disposiciones de esos principios los derivados de las producciones vacuna, equi­na, ovina, porcina, avícola y pesquera, produc­ción esta última que en el dictamen de la co­misión se caracteriza como recursos vivos del agua.

En lo que no estoy de acuerdo -creo que esta opinión la compartirán muchos señores le­gisladores_; es que en el capítulo II, al esta­blecerse las atribuciones de la Junta Nacional de Carnes de la República Argentina, mediante la denominqción de «creación y organización» ·Se ponga dentro de su ejido de acción a la po­lítica pesquera. Se me ocurre que esto consti­tuye realmente una incongruencia en esta ley, que yo insisto en decir que es una buena ley en líneas generales, y en la que estamos coin­cidiendo la mayor parte de los legisiadores de este recinto. Me parece que es una mala polí­tica porque la pesca y los demás recursos vivos del agua exigen que mentalidades frescas y jó­venes del país pongan el acento para crear un organismo que contemple la multiplicidad de

aspectos que requiere poner en movimiento la enorme riqueza que se encuentra en toda la pla­taforma marítima.

Entre los recursos vivos del agua, además de los peces, está la fauna vegetal marítima, la que no puede estar colocada en la órbita de la Junta Nacional de Carnes; esto es absolutamen­te absurdo. A título de ejemplo, menciono el agar-agar, derivado de un alga marina y uti­lizado en la industria de los dulces; este pro­ducto, que ha sido objeto de exportación no tradicional, constituye una gelatina de alto va­lor alimenticio y calórico; su regulación, por consiguiente, no debe pertenecer a la política de carnes.

Esta es la primera observación que, en reglas generales, formulo, en nombre de mi bloque, a la ley que examinamos. Al respecto debo aclarar que por escrito he hecho llegar a 1~ mesa de la Presidencia las enmiendas que propone­mos a los distintos artículos.

La segunda circunstancia que me parece im­portante señalar se refiere a la redacción del artículo 2Q, según el cual la comercialización con el exterior de los productos de la ganadería, avicultura, recursos vivos del agua y sus subproductos, estará a cargo del Estado nacional, agregándose la expresión <<con carácter competi­tivo o exclusivo». No cuestiono la circunstancia de que también en esta disposición se men­cione a los recursos vivos del agua, dentro del temperamento adoptado en el capítulo; critico, simplemente, la palabra «competitivo»; porque con ella la frase resulta sumamente· dudosa. Obsérvese que el artículo 2Q dice: <<La· comer­cialización con el exterior de los productos de la ganadería, avicultura, recursos vivus del agua, y sus subproductos, estará a cargo del Estado nacional, con carácter competitivo o exclusivo, con el alcance y por intermect.IO de los servicios y mecanismos que se establecen en la presente ley». Al insertar la palabra «competitivO>>, se me ocurre que se está desnaturalizando la afir­mación de una facultad exclusiva y excluyente del Estado.

Creo que la causa de la emancipación econó­mica se ha de lograr mediante un conjunto de medidas que ataquen sin vacilaciones las es­tructuras creadas por el imperialismo y sus aliados nativos. Y para eso no debe dejarse de lado una sola vía, un solo instrumento, una sola oportunidad. A esta Honorable Cámara se le presenta la ocasión de pronunciarse, a raíz de este problema· concreto, por esa gran causa que ha unido a los más vastos sectores populares.

Con este proyecto de ley tenemos ocasión de fijar un punto de partida en el camino de la lucha contra el colonialismo, si establecemos esa pauta ejemplar que señalo en el artículo 2Q, donde atribuimos exclusiva y excluyentemente al Estado la facultad de la comercialización con el exterior de los productos de la ganadería, de

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la avicultura y de los recursos· vivos del agua, y sus subproductos.

La necesidad de estatizar esta parte del co­mercio exterior está determinada por la urgencia que plantea el propio proyecto de desarrollo de la economía argentina, el que se encuentra di­ficultado por los latifundios y por su dependen­da global respecto de los centros económicos y finanderos del exterior.

En las condiciones en que se desenvuelve la economía nacional, el comercio exterior es un instrumento de dominación nocolomal, porque mediante ese mecanismo emigran fuertes recur­sos que podríamos aplicar a la capitalización interna. La mención de esta circunstancia sería suficiente elemento üe juicio para que, atendien­do únicamente a los intereses nacionales, el gobierno se proponga como tarea inmediata la estatización del comercio exterior en este ramo. Con ello se asegurará la defensa de los produc­tores nacionales, víctimas de la comercialización trazada por los terratenientes y monopolistas y sE: logrará, mediante la libre disposición del to­tal de las divisas, que ellas sean utilizadas en benE:ficio del país.

Esto queda íntimamente enlazado con las com­pras que la Nación debe realizar en el exterior, pues quedará suprimida la participación del gran capital importador. Una medida de esta naturaleza permite la obtención de cuantiosos recursos, constituyéndose así mismo en una pro­tección efectiva para el .desarrollo autónomo de Ja industria nacional.

El monopolio del comercio exterior en este ramo por parte de organismos del Estado eq uno de los instrumentos decisivos en la promoción de un desarrollo independiente y armónico de nuestra economía.

Naturalmente, la nacionalización del comer­cio exterior en este campo no es, por, sí misma, suficiente para romper el cerco tendido contra la expansión de la economía nacional. Además de superar la sujeción con los mercados tradi­cionales, para ejecutar una política positiva de ' comercio exterior es necesario elevar rápida­mente los saldos exportables. Ello solo se lo­grará mediante una reforma agraria que per­mita el acceso a la tierra de los campesinos, en cantidad suficiente como para aprovechar con eficacia las técnicas y métodos modernos de producción. Pero una reforma agraria inte­gral exige, necesariamente, la estatización del comercio exterior en lo que hace a los produc­tos de la explotación agropecuaria.

Si examinamos con alguna atención el pro­yecto que, vuelvo a repetir, es bueno, veremos que en su artículo 19, inciso a), establece, en­tre otros principios básicos: <<Evitar prácticas monopólicas que lesionen el interés nacional». Creo que debería decir: «Eliminar prácticas mo­nopólicas que lesionen el interés nacional». En el inciso b) habla de «Estructurar regímenes de comercialización que permitan hacer frente ade-

cuadamente a los monopolios de importación»; y en el f), de «Promover la exportación en for­ma de lograr el más amplio acceso a los mer­cados exteriores».

Todos estos principios únicamente pueden compatibilizarse si la comercialización exterior de los productos y subproductos, tanto de la ga-. nadería como de la agricultura y la pesca, que­dan con carácter exclusivo y excluyente, a car­go del Estado. Hemos dejado en la mesa de la Presidencia la redacción que proponemos para este y otros artículos, con los que disentimos en lo que hace a su forma.

Con relación al artículo 79 del proyecto de ley, puntualizo que, para nuestra bancada, es importante que exista un vocal propuesto. por las entidades representativas de ios pequeños y medianos productores nacionales, dejando atri­buida la determinación de las entidades repre­sentativas y la forma de elección a la regla­mentación que dictará el Poder Ejecutivo. No. me extenderé más sobre este tema porque hom­bres oon conocimientos fácticos y teóricos de esta cuestión de las carnes lo han hecho bri­llantemente en 'el curso del debate.

Sr. JFalaheHa. - Gracias, señor diputado. Sr. Marino.- No me referí expresamente a

la exposición del señor diputado Falabella, que lo ha hecho al conjuro de ideas tan antiguas como sus años. (Risas.) Además, ha sido con­secuente con su permanente militancia política. (Aplausos.)

Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra el señor diputado Odena. .

S:r. Odena.- Señor presidente: el proyecto a consideración de la Honorable Cámara, que vo­taremos en su integridad como miembros del Frente Justicialista de Liberación, se inscribe en una realidad que en esta materia de la in­dustria de las carnes es muy distinta de la que imperaba treinta o cuarenta años atrás, como muy bien lo han señalado otros oradores que me precedieron.

Ef-ectivamente, en este momento el noventa y cinco por ciento de la industria de transfor­mación de la carne está en manos de empresas argentinas. Además, ya no dependemos para la venta de nuestras carnes exclusivamente del mercado británico, pues nuestros mercados se han diversificado enormemente en los últimos años. Y, lo que es más interesante, la industria argentina de carnes ha logrado elaborar y trans­formar los subproductos del animal, que como todos los técnicos saben tienen una importancia mayor que la de la carne misma desde el punto de vista de su valor agregado, lo que nos per­mite, al hacer una exportación, exportar capi­tal trabajo y tecnología argentinos.

Éste positivo proceso de nuestra industria de la carne se ha desarrollado bajo distintos go­biernos. Mi distinguido colega de la bancada radical, señor diputado Gass, ha reivindicado la obra del presidente Illia. También podríamos

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recordar, como ya se ha hecho en este recinto, la magnífica batalla desarrollada por ese gran tribuno y patriota argentino, Lisandro de la Torre, cuya memoria debemos respétar y re­verenciar.

También podría decir modestamente que des­pués de una negativa política de carnes desarro­Ílada por el gobierno de la Revolución Liber­tadora -traducida en el sacrificio de vientres y en la disminución del plantel ganadero-, el gobierno del presidente Frondizi encaró una po­lítica de estímulo al sector agropecuario que dio por resultado no sólo el restablecimiento del plantel sino un incremento de más de dos mi­llones de cabezas de ganado vacuno, política de estímulo ilevada hasta tal ~unto que ese go­bierno fue acusado de realizar una excesiva y desmedida transferencia de recursos hacia el sector agropecuario. Pero nos complace haberlo hecho, señor presidente. ·

Dijimos antes que ya no es Inglaterra nuestro único comprador, y que el mercado de Smith­field ya no es el único para nuestras carnes. Pero estaríamos profundamente equivocados si creyéramos que la diversificación de la demanda operada en los últimos años se ha traducido realmente en libre competencia en el mercado internacional de carnes. Los nuevos comprado­.res europeos que tiene nuestro país están unidos en una comunidad económica, el Mercado Co­mún Europeo, que también limita, regula y dosifica las importaciones extrañas a esa comu­nidad en virtud de una política de protección a los productores locales, política que muchas veces los argentinos olvidamos ejecutar. Como consecuencia de esa protección, imponen trabas y restricciones a las adquisiciones d,e productos agropecuarios procedentes del exterior y sub­vencionan, de forma muy marcada, la protec­ción de sus propios productores hasta el punto de establecer precios artificiales para proteger la industria agraria de sus respectivos .Países. Eso hace que estemos aún en una situación de inferioridad frente a nuestros compradores ex­ternos. La carne argentina, siendo de la mejor calidad mundial, se vende en los mercados in­ternacionales a la mitad o a un tercio del precio que se paga .por la carne de Australia, Nueva Zelandia o Canadá; es decir, estamos regalando a los monopolios que adquieren nuestras carnes esa diferencia de precio.

Es loable-, necesario e indispensable que se creen en la Argentina los instrumentos necesa­rios para. defender en el exterior el precio de nuestros productos agropecuarios y, en ese sen­tido, el proyecto de ley en consideración pro­pone la creación de esos instrumentos.

Sin embargo, me voy a permitir advertir a los señores diputados sobre otra ilusión: no bas­ta con crear instrumentos de monopolio del comercio exterior para defender los precios de nuestros productos agropecuarios.

Por más agresiva que sea nuestra política, por más protectora que sea de nuestra soberanía, siempre estaremos enfrentados a una estructura monopólica de precios impuesta por nuestros compradores y será difícil, dentro de nuestra actual estructura de producción, lograr impo­nerse a esa manipulación monopólica de la de­manda.

Con todo el respeto por el conjunto de pro­yectos que el Poder Ejecutivo ha enviado a la Cámara, deseo señalar desde nuestro punto de vista y como una consideración doctrinaria ge­neral, el talón de Aquiles de estos proyectos.

Todos ellos, en definitiva -y algunos son muy buenos desde el punto de vista instrumental, práctico y coyuntural-, confunden medios con objetivos,.instrumentación con cambios de fondo. Se parte del ordenamiento y de la protección de una economía atrasada, estancada, y se trata de sacar el mejor partido de nuestra debilidad para aumentar nuestras defensas, pero no se busca una transformación de esta economía .atrasada, elemental y primaria en una economía dinámica y de abundancia.

Se olvida ese precepto que conoce cualquier entrenador de fútbol o cualquier estratego mili­tar: que el ataque es la mejor defensa.

Necesitamos crear los factores de ataque· de nuestra economía para hacerla dinámica y en crecimiento y no conformarnos con ordenar las débiles estructuras de nuestra economía. Nece­sitamos, por consiguiente, crear lo que ha dado en llamarse, con una expresión muy de moda últimamente, la mística de la industriaíización integral argentina.

Debemos partir de la base de que en toda sociedad moderna, en una economía moderna, hay una integración creciente e íntima de la industria con el campo. En el pasado, en las grandes naciones industriales de la actualidad, fue la economía agraria la que logró reunir los recursos financieros y tecnológicos necesarios para ir creando paulatinamente la industrializa­ción de esos países. Sobre la base de los exce­dentes originados por. esa economía agraria se hizo la industrialización de América del Norte, tanto en los Estados Unidos como en el Canadá, y también en Europa. Ahora estamos asistiendo al proceso inverso: es la industria la que vuelca sus insumes financieros y tecnológicos sobre el campo para producir un verdadero milagro de productividad. Como se ha señalado en esta Cá­mara, en Europa, donde el campo ha sido objeto. de explotación duré'.nte miles de años, la pro­ducción por hectárea es mucho más alta que la de la pampa húmeda, es decir de los campos vírgenes de nuestro país, y ello es posible porque han sido la tecnología de la industria, el capitál de la industria y los insumas tecno­lógicos de la industria los factores que han conseguido ese aumento extraordinario de la productividad.

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Ayer se puntualizó con exactitud que, en el proyecto de fomento minero, también se prote­gía esta estructura elemental de la producción argentina, y yo me temo que, también en esta materia de las carnes, estemos defendiendo sim­plemente lo que tenemos hoy, sin mirar lo que tendremos y podremos hacer mañana.

Frente a la política agresiva de los monopolios internacionales que estancaron nuestra economía y que regulan los precios de lo que nos compran y de lo que nos venden, el ataque, como méto­do de defensa, ha de consistir no en la creación de estatutos, de reglamentos y de leyes. Ningu­na revolución se hizo, en el pasado, con leyes y con reglamentos. Las revoluciones, general­mente, se hicieron para derogar, para derribar las leyes, los reglamentos y los viejos estatutos. Las revoluciones se hacen con la praxis revo­lucionaria, con la realización fáctica de los he­chQs revolucionarios, con las transformaciones profundas de la economía y de la sociedad, ele­mentos que son, realmente, los que generan las grandes conquistas revolucionarias. Las revo­luciones se hacen con medios políticos prácticos, con la convicción, la fuerza y el entusiasmo de los pueblos por salir del atraso y de la depen­dencia y por edificar los reales elementos de su realización revolucionaria.

Y para toda esta acción no basta con. dar al campo leyes y reglamentos. Son necesarios, por lo que no me opongo a ellos; pero, detrás de esas leyes y reglamentos, debemos dar al campo acero, combustibles y energía para que produzca más y mejor. Debemos, pues, realizar esta trans­formación fundamental en los sectores básicos de nuestra economía para que pueda convertirse el acero en carne y en cereales y los productos químicos en esos productos del agro, ofreciendo, también, la energía que el campo necesita, todo lo cual ha de permitirle salir de las formas ruti­narias de producción a que está ahora condenado.

Pero hay algo más importante, señor presi­dente. Cuando realizamos realmente la revolu­ción del desarrollo básico 'de nuestra economía estamos creando la única garantía de que el poder negociador de nuestro país, cuando ubica en el exterior sus saldos agropecuarios expor­tables, le permita colocarse en una situación de fuerza y no de debilidad.

Cuando nosotros creamos industrias, cuando creamos acero, productos químicos, celulosa, energía, estamos creando las condiciones de la expansión de nuestro mercado interno; con .ello estamos creando ocupación, salario, una deman­da efectiva y creciente dentro de nuestro propio mercado. Entonces, cuando tengamos una Ar­gentina integrada, con un gran mercado nacio­nal y con gran capacidad adquisitiva, negocia­remos nuestros saldos exportables en las con­diciones que impongamos y no como ahora que tenemos que venderlos a cualquier precio para atender las necesidades urgentes de comprar en el exterior los combustibles, el acero y otras

materias primas industriales indispensables. Por lo tanto, estamos degradando nuestra posición negociadora en el momento mismo en que re­nunciamos a substituir esas importaciones, a sa­car el petróleo de nuestro suelo, a obtener cinco millones de toneladas de acero y a producir, en el país, todos los productos químicos que nues­tra industria necesita.

Cuando nosotros seamos realmente una nación industrial podremos decirles a nuestros compra­dores europeos: aquí están nuestros granos y nuestra carne y éste es su precio. Si no los quieren compt·ar nos los comeremos nosotros porque habremos creado en el país suficientes condiciones de absorción de esos productos. (Aplausos.)

Esto no quiere decir, por supuesto, señor pre­sidente y señores diputados, que propugnemos el aislamiento. Tampoco significa crear la falsa ilusión de que por tener un territorio privile­giado, beneficiado por Dios, podamos prescindir del exterior y de nuestras relaciones con el resto de los países. Somos fervorosos partida­rios de la industrialización de nuestro país para que cuando la Argentina concurra ante la co­munidad latinoamericana no lo haga en una situación de capiti diminutio frente a otros ve­cinos poderosos, sino que concurra con la ple­nitud de su potencial industrial a negociar en el ámbito latinoamericano, y lo mismo en el europeo o frente a los Estados Unidos, con una posición de fuerza que solamente puede dar le la profunda transformación de una estructura agroimportadora en una estructura industrial.

Aun cuando estamos de acuerdo con votar estas leyes -y lo vamos a hacer-, hubiera preferido que perdiéramos el sueño en esta .Cá­mara creando los instrumentos inmediatos de la transformación profunda de nuestra estructura económica. Declaro que soy optimista. Estoy seguro de que el gobierno nacional y popular va a hacer esta transformación con el apoyo del pueblo argentino y de los productores, con todo fervor y entusiasmo. Pero yo quiero ver una política auténtica de estímulo al productor argentino, y no creo que se lo estimule creando cada vez más impuestos que lo asfixian o mez­quinándole el crédito. En este momento, señor presidente, al amparo de una política que yo reputo errónea, de fijación de precios máximos -aunque es correcta para situaciones de emer­gencia y para determinados aspectos, como para los artículos de la canasta familiar, en lo que estamos de acuerdo y la apoyamos-, al amparo de una política no flexible e indiscriminada de precios máximos -que es un arma de doble filo-, quienes se perjudican son los medianos y pequeños productores argentinos, cuyos costos y cuyos márgenes de utilidad muchas veces no pueden resistir esos precios máximos. En cam­bio, estamos favoreciendo nuevamente la con­centración monopólica, porque son las grandes empresas las que, sobre los cadáveres de las

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pequeñas y las medianas, están agravando la -concentración de riqueza en nuestro país.

Aquí hay diputados de la provincia de Entre Ríos y de Corrientes, donde los monopolios es­tán comprando a vil precio los criaderos de pollos, porque éstos no pueden subsistir con los precios máximos que les ha fijado el gobierno. Y ésta es una realidad que podemos palpar quie­nes viajamos por las provincias.

Para terminar, ya entrando en el detalle de este proyecto. quiero señalar que nuestro grupo parlamentario no comprende por qué se mono­poliza la representación empresaria en esta materia agropecuaria en una entidad centraliza­dora de esa actividad. dejando de lado a los ver­daderos y auténticos representantes de los sec­tores agropecuarios del país. Y no hablo de la Sociedad Rural : hablo de las cooperativas agra­rias argentinas, de la Federación Agrnria. de los pequeños y medianos productores que no están representados en los estatutos, ni en los orga­nismos que esta ley crea.

Yo me voy a oponer a que sea la Confederación General Económica la que monopolice esta re­presentación y voy a solicitar que se dé repre­sentación auténtica a los verdaderos productores. La Confederación General Económica no t iene mayor representatividad en el sector agrario, y alguno de los grupos o entidades que acabo de mencionar, que son miembros de esa Confedera­ción, se van a retirar de ella porque no están de acuerdo con la política económica que sigue.

Con estas palabras dejo expresada la opinión de mi grupo sobre este proyecto de ley. ( Apluu­sos.)

Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra el señor diputado Rolando.

Sr. Rolando.- Señor presidente; como joven, como trabajador, como peronista, no quiero de­jar pasar por alto palabras vertidas en esta Honorable Cámara, principalmente dichas por un viejo predicador de doctrinas caducas del fraude y de la entrega del país. '

Para entender esta ley es necesario entender al mundo que surge y olvidarse de la explota­ción del pasado. Es necesario entender que esta ley es parte de un paquete que ha mandado el P oder Ejecutivo, que contempla una nueva po­lítica en lo económico y en lo social y un nuevo desarrollo en lo político. Hay que entender que esta ley se complementa con otras leyes que tienen por objeto la liberación nacional y ter­minar con la explotación del hombre por el hombre. Es necesario entender que terminó la época de los gobiernos fraudulentos.

Para entender esta ley es necesario entender que terminaron las dictadu ras militares; que terminó la época en que el imperialismo britá­nico, por medio de sus representantes, manejaba la economía del país; que terminó la época de peones en cpatas» y flacos, y de vacas gordas Y en pesebre. Es necesario entender que la in­justicia social no tiene más lugar en este país.

Es necesario entender que ha terminado la hora en que los obreros de la carne no lleguen a un máximo de vida de cincuenta años. Es necesario entender que nos sentimos tristes de que en el pasado los gobernantes, como existieron en la época del treinta, negociaran nuestras carnes públicamente y que muchas veces nuestros em­bajadores se enteraran de hechos · que ya se conocían en el país.

Es necesario entender que no queremos más u.na. Argentina dependiente de cualquier impe­nahsmo. Para votar esta ley a conciencia es necesario entender que vamos hacia una autén­tica democracia sociaL Es necesario entender que vamos hacia una cogestión. hacia formas cooperativas a través de los frigoríficos, y que deseamos una auténtica justicia y solidaridad social, que buscamos, luchamos y trabajamos por llegar a esa gran aspiración de una comu­nidad organizada.

Es por ello que no se puede debatir esta ley como si fuera un compartimiento estanco, sino que debemos considerarla como formando parte de un conjunto de medidas que llevan a que el gobierno del pueblo despegue de lo que fuera colonia, para transformar esto en una Argen­tina justa, libre y soberana. Es la única manera de entendernos. (Aplausos.)

Aparte de esto, éste es un homenaje más allá de lo económico; es un homenaje justiciero a todos los explotados durante tantos años. Es un homenaje a todos aquellos que en las épocas en que gobernaban los que no habían sido vo­tados, fueron burlados. Es un homenaje a aque­llos que dieron su vida y nunca figuraron en la lista de pagos. Es una bofetada para aquellos que manejaban nuestros campos, nuestras haciendas, desde Francia, desde París, precisamente.

Este es un reconocimiento a los obreros de la carne, que en el año 1945 fueron los primeros en salir a la calle porque entendieron el lla­mado de la hora.

Esta ley va mucho más allá, porque es un reconocimiento para todos los explotados y para todos aquellos que vivieron en el barrio de Mataderos y que se levantaron contra la revo­lución libertadora de un asesino como Rojas. Para todos aquellos que salieron a las calles para d~fender. sus derechos como trabajadores y, al m1smo tiempo, el patrimonio nacional. Esta es la única manera de entender esta ley.

En el espíritu de esta ley tal vez no estén C?ndensados todos nuestros pensamientos, pero s1 una parte de ellos, porque ella será comple­mentada vendiendo nuestras carnes a quienes nos paguen más, sin que nos digan a quién de­bemos comprar.

Venderemos nuestros productos en todo el or­be, a todos sin excepción, ya sea de este lado o del otro lado de la cortina de hierro, no sólo a quienes nos paguen más, sino, tal vez, a quien los necesite más y no tenga para pagarlos. Como a los sufridos pueblos devastados pot la guerra

'

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1558 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACI.,¡O~N~:e55:5¡::::e~=~R,:,:e...;.u~n_ió_n_20~~

1 pueblo y del país. No debemos olvidar que hoy, en el gobierno, está el propio pueblo, y éste jamás se equivoca. Por eso no tenemos reparos en decir que queremos el monopolio estatal en materia de carnes, desde su salida en las estan­cias hasta la comercialización del último sub­producto.

y como lo n1c1mos en su oportunidad llevando trigo y came a España, cuando estaba bloqueada por todo el mundo, y esto sin preguntar a los españoles cuánto pagaban, sino cuát\ta hambre te:nían. ( Aplcmsos.)

Finalizo mi exposición diciendo que todas Y cada una de las leyes que vienen del Poder Ejecutivo tienen una única finalidad: terminar con la colonia y lanzarnos hacia la Argentina del futuro, la Argentina potencia. (Aplausos.)

Sr. Stccco.- Pido la palabra. Sr. Presidente (Busacca).- Para una breve

aclaración, tiene la palabra el señor diputado Stecco.

Sr. Stecco.- La que me corresponde como miembro informante. señor presidente.

He escuchado los conceptos vertidos por va­rios señores diputados de diferente~' baneadas. que expresaron un amplio apoyo par·a este pro­yecto de ley. También hemos escuchado concep­tos que hirieron el sentir de los trabajadores· argentinos, no sólo de la industria de la carne sino también de nuestros campos, esos que ela­boraron el enriquecimiento de algunos que tu­vieron el manejo del país y lucraron a costillas de ellos, con el sudor y el hambre de esos tra­bajadores.

Por ello quiero resaltar la brillante expo!iición del señor diputado Rube,1, trabajados· y compa­ñero del gremio de la earne. Quieto de~taca~ también que hoy, en este recinto y después de muchos años, se han escuchado, con más vehe­mencia que nunca, palabt·as en defertsa del ré­gimen de fondo en materia d e carnes. Será posi­blemente porque en pocas oportunidades como ésta los trabajadores estuvieroq verdaderament<a ¡·epresentados en este recinto. No con verba in­telectual, sino de verdades, se ha dicho lo que muy pocas veces se escuchó en esta Cámara, con excepción de ese gran político que todos recor­domos y que fue L1sandro de la Torre.

'Pero también tenemos que decir que cuando hablamos de injusticia en estos úlhmos dieeiocho años, no lo hacemos con la intención de agraviar a sector alguno que pudiera haber sido gobierno en tal período. Los sectores políticos que en ese lapso fueron gobierno, nunca tuvien•n el poder . Si lo hubieran tenido y no hubieran ejecutado esta política nacional y popular, habna sido por­que no estuvieron consubstancwdos con el s-entir del .pueblo Pero pienso que fueron gobierno y que no tuvieron el poder; por eso hablamos de injusticia en los últimos dieciocho años.

Con respecto al proyecto que el Poder Eje­cutivo nos ha remitido para su consideración, lo defendemos plenamente. Y decimos que debe haber un monopolio estatal que, a través de todos los reg ímenes legales y organizaciones co­rrespondientes, encauce todo lo atinente a las carnes. Esta es la oportunidad para demostrar que el gran aparato que muchos creen será monstruoso, habrá de defender los intereses del

Tenemos necesidad de que el pueblo viva, como ha de vivir, en un bienestar social del que hasta hoy no ha gozado. Por eso queremos que nadie se olvide que el 25 de mayo ha llegado al gobierno el propio pueblo para manejar los grandes intereses del país. Ese pueblo esta re­presentado en la Casa de Gobierno y en todas estas bancas, salvo con raras excepciones. que tambié n las aceptamos porque sabemos que de­fienden otros intereses. Están en el derecho de hacerlo. Lo que no hacen bien es en representar a la Sociedad Rural, porque ésta ha sumido al pueblo en el hambre, la desocupación y la mi­seria desde hace setenta u ochenta ailos.

Los verdaderos representantes del pueblo te­nemos que decirlo en este recinto, porque es la verdad. Hace muchísimos años que no se escucha nuestra voz. Hov se ha escuchado con mucha claridad y valenÚa. No tenemos intereses creados ni estamos atados a ningún sector. Tenemos un solo punto de mira, que es el de la patria, defendiendo el bienestar del pueblo para que el país avance técnica e industrialmente.

No comparto todas las palabras de un señor diputado de otro sector, pero si sus expresiones en el sentido de que el país debe avanzar, que qebe lograr sus grandes objetivos por medio de la industria y la té cnica. ·

No estamos de acuerdo cuando se dice que la Confederación General Económica es la única que está representada en este proyecto. No es así. Dentro de ella están representados los pro­ductores; si no se ponen de acuerdo y no quieren formar parte de la confederación, es cosa de ellos, pero en este momento lo están mediante la federación agraria.

Por eso defendemos con tanto ardor esta ini­ciativa, como lo hicieron los compañeros dipu­tados Rolando y Rubeo. Por eso :;egum:~rnos ha­blando todo lo que sea necesario cuando s~;: trate de defender los intereses de l pueblo.

No dudo de las intenciones de los seilores diputados de las distintas bancadas que también representan al pueblo y defienden los intereses populares, pero sí dudo cuando se nombra a entidades que, como dije hace un momento, du­rante setenta u ochenta años jamás va loraron y defendieron los intereses populares. Como bien dijo el compañero diputado Rolando, había vacas gordas en pesebres y peones flacos y descalzos muchas veces en la Rural. Queremos el despegue de la Argentina para hacer una patria justa, libre y soberana. Queremos la Argentina po­tencia. Miramos hacia el porvenir y no que remos detenernos más en el pasado, porque representa la ignorancia, la esclavitud y la destrucción a que se quiso llevar a la patria, lo que no se

Agosto 5 de:::::19:7=;3:::e~;;;;;:;;::;;;;;_...,.~C,:,A=-=-.M:..:..A~R~A~D~E=D=I=P:¡U=::T;;¡A¡:D;_.O;¡:S::=D;:E::=L~A~N¡¡i;A~C~I::!O!i:N====~========¡¡.l5~5~9

pudo conseguir, gracias a que en nuestro país han existido, existen y existirán valores huma­nos de políticos, militares, obreros y dirigentes que anhelan una patria libre, y gracias a esos puñados de hombres que defendieron la patria desde estas bancas, como Lisandro de la Torre y otros grandes argent inos.

No queremos hacer alusión a los hombres de nuestro movimiento, porque sería reiterativo, pero sí tenemos que mencionar el período com­prendido entre 1946 y 1955, en el que se inicia una verdadera política nacional y popular de carnes que defiende los intereses del país y del pueblo trabajador.

Por eso vamos a aceptar, con raras excepcio­nes, algunas modificaciones que se han propues­to a este proyecto de ley que no son profundas, ya que la iniciativa del Poder Ejecutivo ha sido debatida por todos los sectores. (Aplausos.)

Sr. Presidente (Busacca).- La Presidencia ruega a los señores diputados que permanezcan en sus bancas, pues la Honorable Cámara está s-esionando con quórum estricto.

Se va a votar en general el despacho produ­cido por las comisiones de Presupues-to y Hacien­da, de Comercio, de Agricultu ra y Ganadería, de Industria, de Legislación Gene ral y de Le­g islación Penal en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo por el cual se amplia!l las atribucio­nes de la Junta Nacional de Carnes.

-Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Busacca).- En consideración, en particular, el artículo 1 O.

Por Secretaría se va a dar lectura de las pro­puestas de modificación formuladas.

Sr. Secretario (Rocamora).- Los señores di­putados Gass, Rosas, Balestra y Víale proponen suprimir la frase •Y de los recursos vivos del agua».

Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la co­mis·ión'?

Sr. Stecco.- La comisión no acepta. Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu­

tado Marino propone substituir en el inciso a) del artículo 10, la palabra «evitar:o por •eliminar ...

Sr. Presidente ( B usacca) . - ¿La comisión acepta?

Sr. Stecco.- No, señor presidente. Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra

el señor diputado López. . Sr. López (D.) . - En el artículo 19 se expre­sa que «El Poder Ejecutivo determinará la po­li tic a de carnes ... " y luego, entre paréntesis, se menciona •vacuna, equina, ovina, porcina, avícola y de los recursos vivos del agua•. Pero hay otra industria que no voy a decir si es pe­queña ni m ediana, porque no hace al caso, que también debe incluirse en la le~· : se trata de la cunicultura. Hay algunos frigoríficos que se de­dican, pura y exclusivamente, al faenamiento de liebres y conejos para exportación de su carne,

inclusive de la p iel o del cuero. Por consiguiente, considero que, después de

•los recursos vivos del agua" , se debe agregar ccunicultura y otros productos de la fauna» .

Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comi­sión el agregado propuesto?

Sr. Stecco. - S i, señor presidente. Sr. Presidente (Busacca ) . - Se va -a votar el

artículo 19 con la modificación propuesta y acep­tada por la comisión.

-Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el articulo 29.

Tiene la palabra el señor diputado López. Sr. Lópcz (D.).- En este artículo 29 hay que

agregar en dos partes «cun icultura y otros pro­ductos de la fauna •. El artículo quedaría re­dactado as!: •La comercialización con el exterior de los productos de la ganadería, avicultura, recursos vivos del agua. cunicultura y otros pro­ductos de la fauna y sus subproductos, estará a cargo del Estado nacional, con carácter compe­ti tivo o exclusivo, con el alcance y por inter­medio de los servicios y mecanismos que se esta blecen en la presente ley.

· El Estado nacional podrá actuar también competitivamente en el mercado interno, efec­tuando toda clase de operaciones comerciales referidas a la producción, almacenamiento, in­dustrialización, t ransporte y comercialización de la producción ganadera, avícola, recursos vivos del agua, cunicultura y otros productos de la fauna y :;us subproductos, para propender al abastecimiento. consumo y abaratamiento de to­dos Jos tipos de carnes del pa ís y a la ampliación y diversificación de las exportaciones y merca­dos y a la defensa de los precios, por intermedio de los servicios y mecanismos que se establecen en la presente ley .•

Sr. Presidente (Busacca). ~ ¿Acepta la co­misión el agregado propuesto?

Sr. Stecco.- La comisión acepta el agregado propuesto, señor presidente.

Sr. Sccreta.rio (Rocamora).- El señor dipu­tado Marino propone suprimir en el primer pá­rrafo del artículo 29 la frase «competitivo o• y agregar al final del articulo, después de la pa­labra «ley », «procediendo a Ja expropiación de los establecimientos. fábricas o comercios que considere necesario para el logro de sus fines, a cuyo efecto se los declara de util idad pública».

Sr. Presidente (Busacca) . - ¿La comisión acepta?

Sr. Stccco. - No, señor presidente. Con respecto al agregado de «cunicultura y

otros productos de la fauna" que propone el señor diputado Domingo López, que ya hemos aceptado en este a r tículo y en el anterior, a fin de agilizar la labor la comisión manifiesta su conformidad para incluirlo en todos los artículos que corresponda.

•!..

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1560 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION Reunión 20t

Sr. Presidente (Busª-cca).- Se va a votar el artículo 2\> con la modificación propuesta por el señor diputado Domingo López, aceptada por la comisión.

-Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Busacca) . - En consideración el artículo 39.

Tiene la palabra el señor diputado Balestra. Sr. Balestra. -Este agregado es al solo efec­

to de concordar la redacción de este artículo con la del inciso s) del artículo 12, según el cual el Poder Ejecutivo tendrá a su cargo la autorización de entidades públicas o privadas. Como en este artículo 3Q no se habla de la autorización, considero que habría que efectuar el agregado que propongo por la razón explica­da. Es decir, a continuación de «entidades pú­blicas o privadas de capital nacional» idan las palabras «autorizadas por el Poder Ejecutivo.• ..

Sr. Presidente (Busacca).- Acepta la comi­sión el agregado propuesto?

Sr. Stecco.- No, señor presidente. La comi­sión no acepta.

Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu­tado Marino propone suprimir al final del ar­tículo 31? las palabras «O privadas de capital nacional».

Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comi­sión la supresión solicitada?

Sr. Stecco. -No, señor presidente. La comi­sión no acepta.

Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar el artículo 31? tal como figura en el dictamen de las comisiones.

-Resulta afirmativa. ·

Sr. Presidente (Busacca) . - En consideración el artículo 41?.

Por Secretaría se va a dar cuenta de las mo-dificaciones propuestas. .

Sr. Secretario (Rocamora) . - Los señores diputados Gass y Rosas proponen eliminar la palabra «realizar» en el segundo párrafo del artículo 41?.

Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la co-misión la supresión solicitada? .

Sr. Stecco.- No, señor presidente. La comi­sión no acepta.

Sr. Secretario (Rocamora). -El señor dipu­tado Marino propone suprimir las palabras l'en jurisdicción del Ministerio de Economia•.

Sr. Marino. - Pido la palabra para una bre­visima aclaración.

Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra el señor diputado Marino.

Sr. Marino.- Quiero observar que suprimien­do estas palabras mantendremos el carácter autárquico que tiene el sentido y el espíritu de la norma, tal cual fuera contemplado al ha­blar de jurisdicción en el último párrafo de ese

mismo artículo, que dice: cTendrá jurisdicción en todo el territorio de la Nación y funcionará como entidad autárquica, con capacidad de de­recho público y privado•.

Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta lq, co­misión?

Sr. Stecco. - No se acepta, señor presidente. Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar.

-Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Busacca) . - En consideración el artículo 51?.

Sr. Secretario (Rocamora).- Hay una pro­puesta del señor diputado Marino en el sentido de reemplazar la redacción del artículo 51? por la siguiente: cLa junta será dirigida y adminis­trada por un directorio integrado por un pre­sidente, un vicepresidente y siete vocales desig­nados por el Poder Ejecutivo•.

Sr. ~,'residente (Busacca).- ¿Acepta la co­misión?

Sr. Stecco. - No se acepta, señor presidente. Sr. Secretario (Rocamora) . - El señor dipu­

tado Falabella propone para el artículo 59, el siguiente texto: cLa junta será dirigida por un presidente, un vicepresidente y cinco vocales•.

Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la co­misión?

Sr. Stecco.- No se acepta. señor presidente. Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra

el señor diputado Gass. Sr. Gass.- Señor presidente: juntamente con

el señor diputado Rosas solicitamos introducir, en la redacción del artículo 59, la siguiente modificación : cEl presidente y el vicepresidente serán nombrados con acuerdo del Senado•.

Sr. Presidente (Busacca) . - ¿Acepta la co­misión?

Sr. Stecco. - No se acepta, señor presidente~ Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar.

-Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Busacca) . - En consideración. el artículo 61?.

Sr. Secretario (Rocamora). - Los señores diputados Gass y Rosas proponen que la desig­nación sea con acuerdo del Honorable Senado.

Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la co­misión?

Sr. Stecco.- No se acepta, señor presidente. Sr. Secretario (Rocamora).-El señor dipu­

tado Falabella propone para el artículo 61?, la siguiente redacción: «El presidente y el vice­presidente serán designados por el Honorable Senado a propuesta del Poder Ejecutivo».

Sr. Presidente (Busacca) . - ¿Acepta la co­misión?

Sr. Stecco. -No se acepta, señor presidente. Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar.

-Resulta afirmativa.

Agosto 5 de 1973 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION

Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 71?.

Sr. Secretario (Rocamora}. -El señor dipu­tado Falabella propone para el artículo 71?, la siguiente redacción: cLos vocales de la junta serán designados: uno a propuesta del Minis­terio de Economía; uno a propuesta de la Socie­dad Rural Argentina; uno a propuesta de la Co1·poración Argentina de Productores de Car­nes; uno a propuesta de las industrias procesa­doras de la carne, y uno a propuesta de las asociaciones representativas de los frigoríficos nacionales».

Sr. Presidente (Busacca). - ¿Acepta la co­misión?

Sr. Stecco.- No, señor presidente. Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu.­

tado Rojas propone que en la parte donde dice: cdos por la Confederación General del Trabajo•, se diga: cuno ( 1) por la Federación Gremial del Personal de la Industria de la Carne y sus derivados; uno (1) por la Asociación Gremial del Personal del Frigorífico y Mercado Nacional de Hacienda•.

Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la co­misión?

Sr. Stccco. -Sí, señor presidente. Sr. Secretario (Rocamora).- Los señores

diputados Gass y Rosas, en la parte que dice: e tres en representación ... ,. , proponen agregar lo siguiente: cuno por el sector laboral, uno por e1 sector empresario y uno por representantes de las cooperativas de productores• .

Sr. Pres idente (Busacca).- ¿Acepta la co­mis ión?

Sr. Stecco. - No, señor presidente. Sr. Secretario (Roca mora). - El señor dipu­

tado Balestra propone la siguiente redacción para el artículo 71?: uLos vocales de la junta se­rán designados: dos a propuesta del Ministerio de Economía: dos en representación de la pro­ducción empresarial; dos en representación del sector laboral; y uno en representación de las cooperativas, a p ropuesta de las respectivas en­tidades del sector agropecuario y de la CGT, respectivamente,..

Sr. Presidente (Busacca) . - ¿Acepta la co­misión?

Sr. Stecco.- No, señor presidente. Sr. Vinti. -Pido la palabra para una acla­

ración. ¿Se puede dictar una ley otorgando facultades

a un ministerio que aún no existe? Sr. Presidente (Busacca).- Efectivamente, la

Presidencia entiende que habrá un problema de interpretación que tendrá que resolver la Ho­norable Cámara, porque en la sanción del Se­nado sobre ley de ministerios se habla del Ministerio de Economía. Entiendo que cuando el proyecto dice cMinistedo de Economía~. se in­terpreta por tal el actual Ministerio de Hacienda y Finanzas.

Sr. Catalano. - Se puede incluir un agregado de carácter general que, en atención a este P.ro­blema y como disposición transitoria, establezca que hasta tanto se cree el Ministerio de Eco­nomía, las facultades otorgadas a éste por la presente ley lo son con respecto al actual Minis­terio de Hacienda y Finanzas.

Sr. Presidente {Busacca).- Por Secretaría se va a dar lectura a dos propuestas.

Sr. Secretario (Rocamora).- La primera de las propuestas fue analizada en la Comisión de Labor Parlamentaría, y dice así: •La competen­cia que se otorga por esta ley al Ministerio de Economía será ejercida por el Ministerio de Hacienda y Finanzas hasta tanto se resuelva su creación~.

La segunda propuesta dice: «Hasta tanto sea creado el Ministerio de Economía, la competen­cía que por esta ley se le otorga será ejercida por el Ministerio de Hacienda y Finanzas•.

Sr. de Luca. -Formulo moción para que ese agregado figure al final de la ley como un ar­tículo transitorio.

Sr. Presidente (Busacca) . - Así se ha pro­puesto, señor diputado; y también para todas las leyes que se encuentran en idéntica situación.

Sr. Odena. -Propongo que se adopte la se­gunda fórmula de que se acaba de dar cuenta por Secretaría, pues me parece más correcta y clara.

Sr. Portero.- Creo que la fórmula que se pro­pone es correcta. Pero advierto que igual proble­ma de precisión jurídica -no de interpreta­ción-. como le preocupa al señor diputado Vinti, surge con algunas otras leyes que ya hemos sancionado. Planteo esto, simplemente, como una inquietud para que, en reuniones de la Comisión de Labor Parlamentaria, se analice si ha llegado a darse la necesidad de proponer una ley de alcance transitorio para todas las sancionadas recientemente.

Sr: Presidente (Busacca) . - Para ello s-e ne­cesitaría la formalización de un proyecto.

Sr. Portero. - Efectivamente, señor presiden­te ; por eso sugiero que lo analicemos en la Co­misión de Labor Parlamentaria a fin de que todos los bloques redactemos, conjuntamente, tal proyecto.

Sr. Fuentes.- Mi intención era proponer esta solución al final del debate sobre esta ley. Pero, por otro lado, pienso que ya se ha adoptado al­guna disposición análoga sobre esta misma si­tuación en alguna otra de las leyes que votara recientemente esta Honorable Cámara.

Sr. Presidente (Busacca). - La Presidencia no recuerda tal detalle, pero, de todas maneras, en­tiende que esto corresponde ser considerado al final del debate. Por ello, le parece atinada la propuesta del señor diputado Portero en el sen­tido de que debe redactarse una disposición de carácter general. '

Sr. Catalano. - Ese era el sentido de mi pro­puesta original.

mcasaubon
Resaltado
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156~ CAl\'lARA DE DIPUTADOS DE LA NACION Reunión 20•

Sr. Presidente (Busacca).- Mientras prosigue el debate, la Presidencia realizará gestiones a fin de aunar criterios para la redacción de un artículo o de un proyecto complementario.

Sr. Marino.- Señor presidente: desisto de una propuesta mía sobre este artículo 7<.> por cuanto, al no haberse aceptado otra modificación que propusiera para el artículo 5Q, esta nueva sería incongruente.

Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar el artículo 7Q con la modificación propuesta por el señor diputado Rojas y aceptada por la co­misión.

-Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 8<.>.

Sr. Secretario (Rocamora). -El señor dipu­tado M-arino propone agregar al final del ar­tículo·: «Esta incompªtibilidad no rige para el representante de los empresarios y el de los productores».

Sr. Presidente (Busacca). - ¿Acepta la co-..• ? mlSJon. Sr. Stecco. - No se acepta. Sr. Secretario (Rocamora). -El señor dipu­

tado Rafael propone reemplazar las palabras «mala administración» por «mal desempeño de sus funciones» .

Sr. Presidente (Busacca). - ¿.Acepta la co­misión?

Sr. Stecco.- Sí, señor presidente; la comisión acepta.

Sr. Secret::uio (Roca mora). - El señor dipu­tado Rafael propone agregar, después de cel Po­der EjecutivoP, lo siguiente: "Y pudiendo ser se­parados de sus funciones si se e:stimare conve-

. niente para una mejor investigación, hasta un máximo de sesenta (60) días ...

St·. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la co­misión?

Sr. Stecco.- Sí, señor presidente; la comisión acepta. .

Sr. Romero (C. A.).- Si me permite el señor presidente .. .

Para que no se incurra en error, sei1alo que en la última parte de este artículo se dice que en caso de duda sobre la existencia de incom­patibilidad, resolverá -sin recurso alguno- el directorio de la Junta. Propongo la sup1·esión de esa última parte y voy a fundamentar el pedido.

Entiendo que si los directores que integran la Junta ~.on nombrados por el Poder Ejecutivo. va de suyo que éste, cuando hace la designación, no puede tener ninguna duda de que el designado no cae en ninguna incompatibilidad.

Sr. Stecco. - La comisión no acepta. Sr. Presidente ( Busacca). - Se va a votar el

artículo S<? con las modificaciones propuestas por el señor diputado Rafael y aceptadas por la comisión.

-Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 9<.>. No existen observaciones.

Sr. lnsún.- Al observar el artículo 9<.>, en­cuentro que existiría una redundancia con el inciso e) del artículo 1 O, que establece que la Junta tendrá que dictar las normas relativas a su organización y funciones. El artículo 9<.> contem­pla p1·ecisamente aspectos que caen dentro de esa facultad que se le otorga en el inciso e) del artículo 10 a la junta de dictar las normas reglamentarias. Por eso creo que es incondu­cente y redundante.

Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comi­sión?

Sr. Stecco. - No acepta, señor presidente. St'. Presidente (Busacca).- Se va a votar el

artículo 9<.>. ·

-Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 10.

Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu­tado ViaJe propone que en el inciso q) se sub~­tituya cde regiones del país» por la siguiente expresión : • por la¡; entidades organizadas•.

Sr. Presidente (Busacca). -¿.Acepta la comi­sión?

Sr. Stecco. -No acepta la comisión. Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu­

tado Balestra formula observaciones en el sen­tido de eliminar las expresiones referentes a •recursos vivos del agua•. La Honorable Cámara ha rechazado anteriormente la supresión.

Sr. Balestra. - Efectivamente. En consecuen­cia. la supresión en este artículo no sería con­gruente con lo ya decidido, por lo que retiro la observación.

Sr. Presidente (Busacca) . - Se va a votar el artículo 10.

-Resulta af.irmativa.

Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 1 l.

Se va a votar.

-Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 12.

Sr. Scrrctal'io (Rocamora).- El señor dipu­tado Vi ale propone agregar, como inciso z'"') el siguiente: •Constituir una comisión permanente de estudio de los mercados internacionales, sus tendencias y las políticas de los países que inte­re~an a nuestro mercado de carnes».

Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la comi­sión?

Sr. Stecco. - La comisión no acepta. Sr. Fuentes. - Deseo hacer notar que en el

inciso h) de este mismo artículo se habla de crear centros de estudio y capacitación, otorgar becas y promover la realización de estudios e

Agosto 5 dl' 1973 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 1563 ~~--~~~~¿~· ~~===~~~~~~~~~~======~~

investigaciones relacionadas con la finalidad del organismo, con lo que sería una tremenda redundancia la creación que se propone.

Sr. Presidente (Busacca) . - Tiene la palabra el señor diputado Díaz Ortiz.

Sr. Díaz Ortiz. - Aun cuando estamos tratan­do otra disposición, he pedido la palabra para reservarme la posibilidad de introducir una modificación en el inciso s), punto 3, del ar­tículo que consideramos. No sé si puedo hacerlo ahora.

Sr. Presidente (Busacca ). -¿Cuál es la pro­posición del señor diputado?

Sr. Díaz Ortiz. - La proposición consiste en incluir !'n el punto 3 del incisos) del artíc11lo 12 el mismo principio ya aceptado en la ley de promoción industrial ; vale decir que en los casos de constitución, participación o promoción de la Junta Nacional de Carnes en entidades cc.merdales o industdales de c'lpital pnvado deberá darse preferencia a aquellas en las que tenga participación en la gestión y propiedad de la empresa el personal técnico, administra­tivo y obrero. Este agregado iría al final del punto 3 del inciso s).

Sr. Pn~sidcnte (Bus;.cca).- ¿Acepta la comi~ síón el agregado propuesto?

Sr. Stecco. - La comisión acepta. Sr. Presidente (Busacca).- La Presidencia

ruega al señor diputado Díaz Ortiz que haga llega¡· el texto del agregado que acaba de acep­tar la comisión.

Por Secretaría se dará cuenta de lac d"r:'a> modificaciones propuestas al artlcu1u 12.

Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu­tado ViaJe propone agregar, como inc!so z'"'). el texto siguiente: ~ se crea una comisión 1<-t·nica para el estudio de la tecnología y la investiga­ción de la industria frigorífica y 13 ingeniería de la alimentación» .

Sr. Presidente ( Busacca). - ¿Acepta la co­misión el agregado propuesto?

Sr. Stecco. - La comisión no acepta. Sr. Secretario (Roca mora). - El señor dipu­

tado Balestra propone agregar al punto 3, in­ciso s) del a!tículo 12 la cláusula siguiente: •Las entidades citadas en los puntos 1 y 3 del pre­sente inciso deberán establecerse preferente­mente en el interior del país, propendiendo a la creación y expansión de los frigoríficos re­gionales».

Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la co­misión el agregado propuesto?

Sr. Stecco. -La comisión no acepta. Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu­

tado Balestra propone mantener la redacción del artículo 13 del decreto ley 8.509 para las entidades referidas en el artículo 12, inciso s), punto 3.

Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la co­misión la modificación propue,;ta?

Sr. Stecco.- La comisión no acepta.

Sr. Secretario (Rocamora). - En el inciso n), el señor diputado Marino propone substituir las palabras cproponer al Poder Ejecutivo•, por «establecer•.

Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la co­misión la modificación que se propone?

Sr. Stecco. - La comisión no acepta. Sr. Secretario (Rocamora).- El mis-mo señor

diputado propone suprimir íntegramente el in­ciso p).

Sr. Presidente (Busacca). - ¿Acepta la co­misión?

Sr. Stccco. - La comisión no acepta. Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu­

tado Marino propone, así mismo. reemplazar el inciso r) por el siguiente: «Establecer las nor­mas de calidad y especificaciones técnicas a que dr~bcrán sujetarse las carnes para exportación».

Sr. Presidente (Busacca). - ¿Acepta la co­mis·ión?

Sr. Stecco. - La comisión no acepta. Sr. Secretario { Rocamora). - El mismo señor

diputado propone suprimir, en el incisos), pun­to 3, la frase: "Previa autorización del Poder Ejecutivo».

Sr. Presidente (Busacca). - ¿Acepta la co­misión la supresión propuesta?

Sr. Stecco. - La comisión no acepta. Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu­

tado Rafael propone agregar, al final del inci­so j) del artículo 12, lo siguiente: « ... los que deberán integrarse con representantes de la zona».

Sr. Presidente (Busacca). - ¿Acepta la co­misión el agregado propuesto?

Sr. Stecco.- La comisión no acepta. Sr. Balcstra.- Pido la palabra para una acla­

ración. Sr. Presidente (Busacca).- Tiene la palabra

el señor diputado Balestra. Sr. Balestra.- Quiero hacer presente a la co­

misión, a título ilustrativo, que como conse~:uen­cia de la eliminación del artículo 13 del decreto ley 8.509 las entidades privadas que se consti­tuyan. promuevan. o en las que el Es;ado oarti­cipe, a raíz dei punto 3 del inciso s) del a·rticu­lo 12 de este proyecto quedan sin formulación especifica.

Ese era el artículo de control que ex1g1a acciones nominativas, prohibía !a multiplicidad de voto, etcétera, es decir, regulaba la modali­dad de la participación de la Junta en la for­mación de este tipo de entidades. Quiero, pues, hacer presente que ese articulo queda sin re­gulación precisa. Por eso propiciamos que se mantenga su vigencia, salvo que exista el pro­pósito deliberado de dejarlo librado a la re­glamentación o a la discrecionalidad del Poder Ejecutivo. Me parece importante mantener el artículo 13 del decreto ley 8.509 como fue pro­puesto y no aceptado por la comisión.

Sr. Presidente (Busacca).- Esa propuesta fue rechazada.

mcasaubon
Resaltado
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1564 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION '6euni6n 20•

Sr. Bnlestra.- Pero como en otras oportuni­dades se volvieron a replantear cuestiones me­ramente aclaratorias, quiero hacer presente que deja de tener contenido la regulación de estas entidades a los fines propuestos, de no proce­derse en la forma que he indicado.

Sr. Presidente (Bus a e e a) . - Se tendrá en cuenta, señor diputado, pero esa proposición ha sido rechazada.

Por Secretaría se dará lectura del agregado propuesto por el señor diputado Díaz Ortiz Y aceptado por la comisión.

Sr. Secretario ( Ro e a mor a ) . - Al final del punto 3 del inciso s) del artículo 12, agregar: «En los casos de constitución, promoción o par­ticipación de la Junta en entidades comerciales o industriales, deberá atender a que aquéllas den participación en su gestión y propiedad al personal técnico, administrativo y obrero. En la asocia ción con las existentes. dará prioridad a aquellas que ofrezcan ese tipo de participación. en la empresa•.

Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar el artículo 12 con el agregado que acaba de leerse, aceptado por la comisión.

-Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 13.

Tiene la palabra el señor diputado Stecco. Sr. Stecco.- Es solamente para salvar un

error de imprenta. En el inciso e) del artículo 13 se menciona al artículo b) del artículo 15, Y lo correcto es referirse al inciso b) del artícu­lo 13.

Sr. Presidente (Busacca). - .Se va a votar el artículo 13, con la aclaración formulada por el señor diputado Stecco.

-Resulta afirmativa.

·Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 14.

Se va a votar.

-Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 15.

Por Secretaría se dará lectura a las obser­vaciones formuladas .

Sr. Secretario (Rocamora).- En el artículo 15, inciso 3), el señor diputado Vial e propone substituir cde propia producción· por cde pro­ducción del INTAP.

Sr. Viale.- Retiro la observación porque ha existido una confusión con la numeración de los artículos, y no corresponde al que estamos tra­tando.

Sr. Presidente (Busacca).- La modificación leída ha sido retirada.

Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu­tado Falabella propone, en la primera parte del

artículo 15, la siguiente redacción: cCon el df;s­tino señalado en el artículo 13 establécese una contribución especial de hasta el dos por ciento ( 2 %) que se aplicará en la proporción del uno por ciento (1 %) sobre : 1) Ventas de ganado . . ·"• y continúa el artjculo. Los incisos 2) y 3) no se modifican. Y se agrega: cEl 0,5 por ciento sobre el giro total de las industrias procesado­ras de la carne, y el 0,5 por ciento sobre el giro de las industrias de enfriamiento•.

Sr. Presidente (Busacca). - ¿Acepta la co­misión?

Sr. Stecco. -La comisión no acepta. Sr. Presidente (Busacca) . - Se va a votar

el artículo 15.

-Resulta afirmativa.

-Sin observaciones, se votan y aprueban los articulos 16 y 17.

Sr. Presi.dente (Busacca).- En consideración el artículo 18.

Por Secretaría se da,rá lectura de las obser­vaciones formuladas.

Sr. Secretario (Rocamora). -El señor dipu­tado Viale propone eliminar los incisos a), b), e), d) y e), que se reemplazan por los siguien­tes: ca) Hasta un año, el cinco por ciento del importe de los gravámenes impagos: b) Más de un año, el cinco por ciento por año de retardo o fracción•.

Sr. Presidente (Busacca) . - ¿Acepta la co­misión?

Sr. Stecco.- La comisión no acepta, señor presidente.

Sr. Presidente (Busacca) . - Se va a votar. el artículo 18.

-Resulta afirmativa.

-sin observaciones, se votan y aprueban los articules 19 a 22.

Sr. Presidente (Busacca) . - En consideración el artículo 23.

Por Secretaría se dará lectura de las observa­ciones formuladas.

Sr. Secretario· (Rocamora). - Los señores diputados Gass y Rosas proponen agregar en el inciso e), después de la palabra «afines, , lo si­siguiente: «Y al Instituto de Servicios Sociales Rurales de la República Argentina .. .

Sr. Presidente (Buséicca) . - ¿Acepta la co­misión?

Sr. Stecco.- No, señor presidente. Sr. Gass. - Ruego al señor diputado Stecco

que sea consecuente con sus ideas. Habló de los esforzados trabajadores del campo; ahora tiene la oportunidad de ayudarlos. Se trata de aplicar la ley que reemplazó al Estatuto del Peón.

Sr. Stecco. - En este momento no puedo con­testarle, pero en otra oportunidad lo haré.

La comisión no acepta el agregado propuesto.

~A·g-o-str-o~5~de~l=97=3~~~~~~C~A~NU\~R~A~D=E=-D_I=P=UTA~D=O~S~D=E~LA~~N~A~C~IO~N-4=:~~====~~~~1~5~65 Sr. Presidente (Busacca).- Por Secretaría se

dará lectura de la observación formulada por el señor diputado Viale.

Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu­tado Vi ale propone reemplazar el inciso b ) del artículo 23 por el siguiente : « b) El 60 por ciento de la contribución del inciso a) del artículo 79 se destinará: l. Para aplicarlo al cumplimiento y desarrollo de las actividades comprendidas en los párrafos primero y segundo del inciso 1 del artículo 69, para ser utilizada por ellas como capital circulante y/o en la adquisición de in­muebles, equipos, maquinarias, herramientas y todo otro r ubro del activo fijo en la medida en que Jo requiera el cumplimiento del objeto y fines contemplados en su creación.

•La junta aplicará los recursos previstos por este inciso de modo que el 30 por ciento, por lo menos, de la contribución del inciso a) del artículo 79 se destine a capital de ent idades co­merciales e indust riales de los productores, crea­das o a crearse, en proporción a sus aportes y en relación a sus actividades, que se agruparán atendiendo a su naturaleza.

•Las referidas entidades industriales y comer­ciales de los productores estarán sujetas a las siguientes bases cooperativas y normas a plica­bles:

•Serán accionistas todos los que hayan contri­buido a la formación de los fondos que se in­viertan en la proporción que corresponda al monto de sus aportes;

~Las acciones serán nominativas e indivisibles y transferibles solamente con acuerdo del Direc­torio de la entidad, en las condiciones que deter ­minen sus estatutos; ~cada accionista no tendrá más que un voto,

cualquiera fuere el número de sus acciones; ~No concederán ventajas n i privilegio alguno

a los iniciadores. fundadores y directores, ni preferencia a parte alguna de capital :

•Sus directorios deberán integrarse exclusi­vamente con productores de la respectiva rama agrupada, que en los cinco años inmediatamente anteriores a su designación se hayan dedicado por su cuenta, en establecimiento propio o ajeno, a la producción de ganados, aves y pesca. Se considerarán cumplidos los requisitos indicados aun cuando no ~e haya desarrollado la actividad directamente, sino como componente de socie­dades que la tengan como objeto principal, ya sea como socio, director, administrador, gerente o síndico. En el caso de desanollarse alguna otra actividad vinculada al comercio o indus­trialización de los respectivos productos o sub­productos, se exigirá que la correspondiente ac­tividad productiva se haya realizado como prin­cipal; ~serán totalmente independientes de la Junta

Nacional de Carnes, la que tendrá con respecto a ellas todas las facultades de inspección y fis­calización establecidas en la presente ley;

•Los estatutos de las nuevas entidades que se constituyan serán propuestos por la Junta Na-

cional de Carnes al Poder Ejecut ivo para su aprobación; una vez aprobados, la Junta Nacio­nal de Carnes determinará la forma y el tiempo en que serán convocados los accionistas para la elección de las autoridades;

~Los derechos y acciones de los accionistas no podrán transmitirse s ino a otros accionistas, sin perjuicio del derecho sucesorio. Per.o en caso de transmisión por sucesión, las entidades po­drán rescatar las acciones o derechos de los ac­cionistas que no deseen contin uar en ese ca­rácter, en el plazo y la forma que determinen sus esta tu tos.

.Toda entidad dest inataria de los recursos conforme al presente inciso deberá someter los correspondientes planes de inversión a la apro­bación de la Junta. Esta determinará la propor­ción de los recursos que se aplicarán a capital circulante o de giro, teniendo en cuenta los siguientes elementos de juicio:

»La magnitud de la inversión en bienes de activo fijo ;

•Los valores de las materias primas y demás gastos de producción, comercialización y dis­tribución;

•Las velocidades de circulación de los bienes de cambio, de cobranza de créditos acordados y de pago a acreedores: y

•En general, la dimensión económica de las entidades y el volumen de sus negocios con­forme a las práct icas habituales para este tipo de industria.

"La disposición de los fondos con el destino que apruebe en cada caso, será resuelta por la Junta con el voto favorable de los dos tercios de sus miembros, y la aprobación del Poder Ejecut ivo.

~Hasta tanto no se le diere destino a dichos fondos, la Junta podrá invertirlos en títulos de la deuda pública o en depósitos bancarios a plazo fijo.

»Estará a cargo de la Junta · controlar el es­tricto cumplimiento de lo dispuesto en el pá­rrafo 2 del presente inciso.•

Y el inciso d) diría así : cEl 15 por ciento de la contribución del inciso a) del artículo 79, exclusivamente para la formación de un fondo especial destinado a solventar servicios sociales para los obreros y empleados de las actividades que originan el fondo.

•Facúltase al Poder Ejecutivo para disponer la utilización total o parcial, dentro de un mí­nimo del tres p or ciento de la contribución to­tal, con el fin indicado. En caso de utilización parcial el Poder Ejecutivo podrá igualmente dis­poner la incorporación del remanente al fondo del inciso anterior.~

Sr. Presidente (Busacca).- Para una acla­ración t iene la palabra el señor diputado Ba­lestra.

Sr. Balestra. -La proposición que 'se acaba de leer no ha sido formulada por mí. Sin em­bargo, coincidente en gran parte con lo que era

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1566 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION Reunión 20•

tema del artículo 13 del decreto ley 8.509 -pido perdón a la Cámara por ser insistente-, quiero señalar que estas normas regulan un tipo de sociedad sui géneris, adecuada a los requerimien­tos de orden público y del contralor en materia de carnes. Lo contrario sería dejm· al Poder Ejecutivo en libertad de organizar cualquier tipo de s1Jciedad anónima. con facultades de otra na­turaleza, sin tener en cuenta el mínimo de con­tralor necesario para esta actividad, lo cual no podría subsanarse mediante la reglamentación por tratarse de disposiciones de la ley de fondo.

Sr. Presidente (Busacca). - ¿Acepta la co­misión?

Sr. Stecco.- No, señor presidente. Sr. Presidente (Busacca) . - Se va a votar el

artículo 23.

-Resulta afirmativa.

-8in observaciones, se votan y aprueban los artículos 24 y 25.

Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 26.

Por Secretaría se va a dar lectura de las pro­puestas de modificación formuladas.

Sr. Secretario (Rocamora). -El señor dipu­tado Vial e propone agregar al inciso f) )o si­guiente: ~solamente podrán exportar aquellas empresas que sean propietarias de frigoríficos establecidos en el país» .

Sr. Presidente ( Busacca).- ¿La comisión acepta?

Sr. Stecco.- No, señor presidente. Sr. Presidente (Busacca) . - Tiene la palabra

el señor diputado Viale. Sr. Viale.- Quiero recordar que durante la

mañana de hoy expliqué muy claramente que, en caso de permitirse la exportación a esas ofi­cinas de exportadores que únicamente actúan por teléfono, daríamos lugar a la acción de em-presas multinacionales. .

Sr. Stecco. -Ahora no se va a dar lugar a esos casos porque la Junta va a manejar la ley de carnes como corresponde.

Sr. Viale.- Creo que es una observación que se debe tener en cuenta.

Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar el artículo 26.

-Resulta afirmativa.

-Sin observaciones, se votan y apru~ban los artículos 27 a 32.

Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 33.

Por Secretaría se dará cuenta de una mo­dificación.

Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu­tado Rafael propone reemplazar, al final del se­gundo párrafo, «jurisd.icción• por •competencia~.

Sr. Presidente (Busacca). - ¿Acepta la co­misión?

Sr. Stccco.- Sí, señor presidente. Sr. Presidente (Busacca). - Se va a votar

el at·tículo 33 con la modificación propuesta por el señor diputado Rafael y aceptada por la co­misión.

-Resulta afirmativa.

-8in observaciones, se votan y aprueban los articulas 34 a 36.

Sr. P1·csidente (Busacca) . - En consideración el artículo 37.

Por Secretaría se informará sobre una modi­ficación.

Sr. Secretario (Rocamora).- El señor dipu­tado Viale propone que donde dice cel año» se ponga •a los dos años~.

Sr. Presidente (Busacca). - ;.Acepta la co-misión?

Sr. Stecco.- No, señor presidente. Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar el artículo 37.

-Resulta afirmativa.

-Sin observaciones, se votan y apruebo.n los articulas 38 a 40.

Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 41.

Sr. Secretario (Roca mora). - El señor dipu­tado Balestra propone agregar: «El Poder Eje­cutivo nacional concertará con las autoridades provinciales el ejercicio de las facultades cons­titucionales concurrentes a los fines de la apli­cación de esta ley".

Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la co­misión el agregado propuesto?

Sr. Stecco. -La comisión no acepta. señor presidente.

Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar el artículo 41.

-Resulta afirmativo..

Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 42.

Sr. Secretario (Rocamora). -El señor dipu­tado Rafael propone modificar la parte final del artículo en los siguientes términos : csin per­juicio de las acciones penales que pudieran promoverse en su contra si correspondiere,. .

Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la co­misión el agregado propuesto?

Sr. Stecco.- Lo comisión acepta, señor pre­sidente.

Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar el artículo 42.

-Resulta afirmativa.

-Sin observaciones, se votan y aprueban los artículos 43 y 44.

Sr. Presidente (Busacca).- En consideración el artículo 45.

Agosto 5 de 1973 CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION 1567 ~~======~~==~~~ ·-~~~----------~ Sr. Secretario (Rocamora). - El señor dipu­

tado Viale propone agregar después de la pa­labra «Competencia» las palabras ccon aproba­ción del Poder Ejecutivo».

Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la co­misión el agregado propuesto?

Sr. Stecco. - Sí, señor presidente. Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar

el artículo 45 con el agregado aceptado poi' la comisión.

-Resulta afirmativa.

Sr. Balcstra.- Antes de entrar a considerar el artículo 46, solicito la palabra para una aclaración.

Sr. Presidente (Busacca) .- Tiene la palabra el señor d iputado Balestra para una expli­cación.

Sr. Balestra.- Entiendo, señor presidente, que la comisión no acepta el agregado que pro­puse por entender que no corresponde a este artículo. En consecuencia, solicito que al final de las disposiciones generales y antes de las transitor ias, se agregue un artículo nuevo con la misma redacción. Es decir, a continuación del artículo 44 ida el a rtículo nuevo.

Sr. Presidente (Busacca) . - En ese caso, se votaría el articulo nuevo y después se haría la correlación.

Por Secretaría se va a dar lectura al texto del articulo nuevo que propone el señor dipu­tado Balestra.

Sr. Secretario (Rocamora). - Dice así: cEI Poder Ejecutivo nacional concertará con las autoridades provinciales el ejercicio de las fa­cultades constitucionales concurrentes a los fi­nes de la aplicación de esta ley».

Sr. Presidente (Busacca).- ¿Acepta la co­misión el texto del artículo nuevo propuesto por el señor diputado Balestra?

Sr. Stecco. - Si, señor presidente. La comisión acepta.

Sr. Presidente (Busacca).- Se va a votar el artículo nuevo, que ha sido leído por Se­cretaría.

-Resulta afirmativa.

-8in observaciones, se votan y aprueban los articulas 46 y 47 del dictamen.

Sr. Presidente (Busacca).- Sólo resta el ar­tículo de forma. Como todavía no ha llegado a la mesa de la Presidencia ningún proyecto que fije la competencia del Ministerio de Eco­nomía, corresponde considerar la disposición transitoria, a la que se va a dar lectura por Secretaría.

Sr. Secretario (Rocamora).- Dice así : cHas­ta tanto sea creado el Ministerio de Economía, la competencia que por esta ley se le otorga será ejercida por el Ministerio de Hacienda y Finanzas»,

Sr. Presidente (Busacca ) . - Se va a votar el articulo nuevo, que sería el 49.

-Resulta afirmativa.

-El articulo 48, ahora 50, es de forma.

Sr. Presidente (Busacca).- Queda sancionado el proyecto de ley ( 1) .

Se comunicará al Honorable Senado.

2

RADICACION DE CAPITALES EXTRANJEROS

Sr. Presidente (Busacca). - Señores diputa­dos: en el tratamiento del artículo 26 del pro­yecto de ley sobre inversiones extranjeras se ha deslizado un error.

Como la Honorable Cámara está sesionando en forma permanente - se considera que estas deliberaciones desde su iniciación hasta el final constituyen una sola sesión-, en consulta con todos los bloques se ha p ropuesto introducir una modificación a ese a rticulo, antes de realizar la correspondiente comunicación al Honorable Se­nado.

Sr. Falabella.- Señor presidente: ¿qué quie­re decir ven consulta con todos los bloques»? (Risas-)

Sr. Presidente ( Busacca). - La Presidencia entiende que significa la posibilidad de dar en­trada en este momento a un asunto que de otra forma no podría ser considerado. para salvar un error que coloca a esa norma en contra de la jurisprudencia unánime de la Corte Suprema de Justicia. Para esto, la Presidencia pidió al señor d iputado Diaz Ortiz que hiciera consultas para logra r la aquiescencia. si se me permite utilizar el término, de todos los bloques. Si el señor diputado no ha sido consultado ...

Sr. Díaz Ortiz. - Quiero pedirle disculpas al señor diputado Falabella por no haberlo con­sultado. Lo cierto del c:1so es que estuve bus­cándolo, pero no lo encontré.

Sr. Falabelhi. - Me doy por satisfecho con las explicaciones de la Presidencia.

Sr. Presidente (Busacca).- La modificación tiende a adaptar la ley a la jurisprudencia de la Corte.

Por Secretal'Ía se va a leer la modificación propuesta.

Sr. Secretario (Rocamora ). -El título del ar­tículo 26 diría así: «Créditos y otros aportes entre casa matriz y/o filiales o subsidiarías•.

El texto del artículo 26 sería el siguiente: cLos contratos de crédito externo, convenidos entre casa matriz y filiales o subsidiarias de una mis­ma empresa extranjera, o entre éstas y una tercera. económicamente vinculadas a las mis­mas, así como otras prestaciones originadas en

-, (1) Véase el texto de la sanción en el Apéndice.