Comunidades y colaboración: premisas clave para su...

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eclap.jcyl.es 983 41 11 00 (Ext. 800259) [email protected] DICIEMBRE 2019 PORTADA FÓRMATE INTERÉSATE ACTUALIDAD VÍDEO APRENDE INFOGRAFÍA CONOCE Comunidades y colaboración: premisas clave para su funcionamiento Artículo elaborado por Carlos Merino Moreno, formador de la ECLAP. Actualmente muchas organizaciones buscan mejorar su nivel de colaboración con el propósito de potenciar la creación, desarrollo y gestión del conocimiento. Ante este reto se suelen considerar muchas aportaciones instrumentales ya sean bajo el concepto de comunidades, grupos, redes, etc., sin embargo, antes de poner a funcionar este marco colaborativo es preciso contar con la apropiación de una serie de premisas que se presentan a continuación a modo de decálogo: 1. Hacer vs. Progresar. Solamente las organizaciones que se esfuerzan por ser intensivas en conocimiento están apostando por su sostenibilidad. En este sentido, el ritmo acelerado de los cambios pone en evidencia la nece- sidad de una respuesta estratégica y operativa desde las organizaciones para manejar el avance de conocimiento. De esta forma, solo progresan de forma sólida las organizaciones que ponen velocidad a su conocimiento por encima del ritmo del entorno. 2. Saber vs. Impactar. Una organización preocupada por el conocimiento asume un reto humano, estructural y relacional, de nodos y flujos de conoci- miento, lo que supone comprender el “saber hacer” como algo que va más allá de las personas. Es más, el conocimiento como activo crítico de las organizaciones debe producir impactos positivos en la misión, en aquellos resultados que se esperan de ella, no es una apuesta por el conocimiento per se. Por tanto, es fundamental el alineamiento del conocimiento con los objetivos de la organización, es el verdadero motor de la gestión del conocimiento. 3. Gestión vs. Dirección. Para impactar en los objetivos de una organización es preciso un ejercicio de visión a futuro configurando una ruta que vaya transitando por niveles de madurez. Así, la gestión del conocimiento busca un encuadre de dirección y gestión para potenciar la misión de la organiza- ción a través del “saber hacer” (know how) disponible dentro y fuera de la organización. En definitiva, un enfoque sistémico integra la parte estraté- gica y operativa, aprovecha los avances existentes y las posibles sinergias entre iniciativas.

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Comunidades y colaboración:premisas clave para su funcionamiento

Artículo elaborado por Carlos Merino Moreno, formador de la ECLAP.

Actualmente muchas organizaciones buscan mejorar su nivel de colaboración con el propósito de potenciar la creación, desarrollo y gestión del conocimiento. Ante este reto se suelen considerar muchas aportaciones instrumentales ya sean bajo el concepto de comunidades, grupos, redes, etc., sin embargo, antes de poner a funcionar este marco colaborativo es preciso contar con la apropiación de una serie de premisas que se presentan a continuación a modo de decálogo:

1. Hacer vs. Progresar. Solamente las organizaciones que se esfuerzan por ser intensivas en conocimiento están apostando por su sostenibilidad. En este sentido, el ritmo acelerado de los cambios pone en evidencia la nece-sidad de una respuesta estratégica y operativa desde las organizaciones para manejar el avance de conocimiento. De esta forma, solo progresan de forma sólida las organizaciones que ponen velocidad a su conocimiento por encima del ritmo del entorno.

2. Saber vs. Impactar. Una organización preocupada por el conocimiento asume un reto humano, estructural y relacional, de nodos y flujos de conoci-miento, lo que supone comprender el “saber hacer” como algo que va más allá de las personas. Es más, el conocimiento como activo crítico de las organizaciones debe producir impactos positivos en la misión, en aquellos resultados que se esperan de ella, no es una apuesta por el conocimiento per se. Por tanto, es fundamental el alineamiento del conocimiento con

los objetivos de la organización, es el verdadero motor de la gestión del conocimiento.

3. Gestión vs. Dirección. Para impactar en los objetivos de una organización es preciso un ejercicio de visión a futuro configurando una ruta que vaya transitando por niveles de madurez. Así, la gestión del conocimiento busca un encuadre de dirección y gestión para potenciar la misión de la organiza-ción a través del “saber hacer” (know how) disponible dentro y fuera de la organización. En definitiva, un enfoque sistémico integra la parte estraté-gica y operativa, aprovecha los avances existentes y las posibles sinergias entre iniciativas.

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4. Casual vs. Causal. El conocimiento como activo intangible requiere, actitu-des, ambientes y espacios que faciliten su fluidez. No existe un esquema serio para la gestión del conocimiento si todo fluye en el ámbito informal, sin orden ni trazabilidad con los objetivos. Se pretende una relación causa-efecto bien reflexionada desde la estrategia y los objetivos actuando desde diferentes enfoques de gestión del conocimiento.

5. Interno vs. Externo. Las organizaciones requieren conocimiento para generar competencias diferenciadas cuyo origen puede ser interno o externo, lo importante es que se encuentre disponible. Por tanto, el nivel de conectividad mundial evidencia la necesidad de monitorizar conocimiento

disponible independientemente de su fuente. El aprovechamiento de la disponibilidad del conocimiento se deriva de la identificación y seguimiento de los nodos de referencia (expertise interno o externo).

6. Explícito vs. Tácito. El conocimiento sistematizado, documentado favorece las bases de conocimiento. Sin embargo, el conocimiento tácito se en-cuentra en el “saber hacer” (Know how) no escrito que posee una persona y resulta volátil. La base del potencial organizativo cuenta con un mayor peso del aspecto tácito del conocimiento, más experiencial y distintivo.

7. Individuo vs. Comunidad. El sentido de propiedad individual del cono-cimiento pone freno a su intercambio y genera efectos negativos en la organización. El ADN de compartir es un valor fundamental que aporta velocidad al conocimiento para progresar. El escenario colaborativo se impone como un ecosistema de alto valor añadido para las organizaciones que pretenden caracterizarse por ser intensivas en conocimiento.

8. Depreciar vs. Apreciar. Toda la cultura de compartir se basa en compren-der que el conocimiento cuanto más se comparte más se enriquece. El liderazgo transformacional debe promover la naturalidad asociada a una conducta de compartir experiencias e ideas. La suma de voluntades hacia el comportamiento solidario de compartir conocimiento convierte a las personas en multiplicadores de valor para la organización.

9. Recurso vs. Competencia. El paradigma contable y financiero deja paso a un escenario de talento. Los recursos físicos (equipamientos, infraestruc-turas, etc.) son útiles si hay competencias para su aprovechamiento. Estas competencias giran alrededor de actitudes, aptitudes y experiencias, un pleno de intangibles que movilizan el potencial de la organización. De esta manera, la gestión del conocimiento establece un marco de procesos que

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busca impactar tales competencias, además de las estructuras y relaciones que las enriquecen.

10. Rutinas vs. Cuestionamiento. El conocimiento consolidado genera están-dares de funcionamiento y puede secuestrar la creatividad e innovación. El liderazgo transformacional favorece el cuestionamiento de las prácticas, construyendo nuevas propuestas de valor. La visión de futuro y el liderazgo esta abierto al cambio y la reestructuración de lo que todavía funciona.

Este decálogo marca la senda de reflexión para que cualquier ejercicio que pretende la colaboración, ya sea a través de comunidades u otros instrumentos, cuente con mayores opciones de éxito. Sin duda comprender estos diez puntos genera una oportuna base para liderar proyectos donde el conocimiento es protagonista.

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Competencias digitales. Seguridad: fraudes online

El INCIBE (Instituto Nacional de Ciberseguridad) y la OSI (Oficina de Seguridad del Internauta) han elaborado una guía muy visual y práctica para aprender a identificar fraudes online. En ella, hacen un repaso de los tipos de fraude más comunes que circulan por la Red, detallando en qué consisten y cómo detectar cada uno de ellos.

La guía está compuesta por nueve fichas y cada una de ellas facilita información sobre un fraude en concreto, como phishing, falsos préstamos, tiendas online fraudulentas, falsos alquileres, falso soporte técnico, falsas ofertas de empleo, sextorsión, perfiles falsos y fraudes en compraventa de productos.

Todas las fichas siguen el mismo esquema: una historia real para que el usuario identifique rápidamente de qué tipo de fraude se está hablando, una breve intro-ducción sobre la temática y finalmente se facilitan una serie de recomendacio-nes, pautas preventivas y enlaces relacionados para completar los conocimien-tos sobre el fraude con otros contenidos de interés publicados en la web.

A modo de ejemplo te presentamos alguna de las fichas:

Más información:

• Contenido de la guía

• INCIBE

• OSI

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Aprendiendo de los mejores

Trabaja desde hace más de 15 años en el área de las relaciones laborales y la perspectiva de género. Desde 2012 imparte para la ECLAP el curso de "introduc-ción a las políticas de igualdad".

También ha formado a todo tipo de personal, tanto en otras administraciones como en la empresa privada. Además, ha sido docente de diferentes másteres relacionados con la igualdad en diferentes lugares de España.

Virginia se define a sí misma como una feminista activista.

Entrevista a Virginia Carrera Garrosa

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¿Cuál es tu principal aportación a la formación, qué es lo que ofre-ces?

Me encanta dar clase e intento aportar toda mi energía para que los asistentes no se puedan aburrir y participen. Se trata de clases muy prácticas. Trato de expresarme de manera sencilla y mantener un ritmo ágil y dinámico en las expo-siciones para ayudar a mantener la atención.

¿Cuáles son las cualidades personales que son necesarias como formador?

Creo que cualquier persona que se dedique a la formación debería desarrollar habilidades para la comunicación. Trato de evitar ser ese tipo de docente que se sienta en la mesa y simplemente lee un manual. Esa forma de comunicar es pasiva, no motiva, no implica y la implicación del grupo es fundamental.

¿Qué es lo más gratificante y lo más complicado de dedicarse a la formación?

Lo más gratificante es que el alumnado es muy dispuesto, muestra interés y rá-pidamente entra en materia. Se implica y lo ves en sus caras. Sientes que están conectados y a mí eso me encanta y me motiva.

Lo más complicado es estar actualizada en todos los conocimientos, fuentes y corrientes de pensamiento. Y esto es complicado y requiere un esfuerzo extra, pero también es gratificante porque te obliga a estar actualizada.

Si tuvieras que convencer a una persona para que se inscribiera en tu curso ¿qué le dirías?

Bueno, lo primero que les diría es que en este curso nadie sale indiferente, todo el mundo se lleva algo y me gustaría pensar que pueden aprender cosas que cambian algo en sus vidas. Las políticas de igualdad afectan a nuestra conviven-cia diaria, a nuestra toma de decisiones, y este curso puede aplicarse a diferen-tes situaciones de nuestras vidas cotidianas. Es muy práctico y también muy útil.

Qué es para ti la formación

“La formación es clave para conseguir una socie-dad igualitaria.”

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El proyecto de Datos Abiertos comenzó su an-dadura en marzo de 2012, dentro del Modelo de Gobierno Abierto y ha logrado el Premio Asedie por ser referencia con su política pública de datos abiertos y reutilización.

La Junta de Castilla y León pone a disposición de otras administraciones, empresas, asocia-ciones, fundaciones, cooperativas y particulares un total de 487 conjuntos de datos abiertos, con información pública, en formatos reutilizables. El Portal de Datos Abiertos ha experimentado en el último año un incremento del 27 % en su número de sesiones de trabajo; en el último mes, más de 13.000 visitas.

EUROPEA

• Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las perso-nas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

ESTATAL

• Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octu-bre, por el que se adoptan medidas urgen-tes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contrata-ción del sector público y telecomunicacio-nes.durante el año 2020 en la Comunidad de Castilla y León.

CASTILLA Y LEÓN

• ACUERDO 185/2019, de 14 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, sobre publicidad de las agendas de trabajo de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y sus entidades adscritas.

La guía aborda, en primer lugar, cuestiones ge-nerales de la normativa de protección de datos que se aplican a los tratamientos de datos de salud realizados por los profesionales sanita-rios.

Por otro lado, la guía contempla los derechos de los interesados con los cambios contempla-dos en el RGPD y en la LOPDGDD, que intro-duce algunas novedades. Asimismo, se dará respuesta a las cuestiones que preocupan de forma especial a los usuarios de la sanidad española referidas al tratamiento de sus datos.

El dato

Más de 13.000 visitas en el último mes en el Portal de Datos Abiertos de la Junta de Castilla y León

Guía para pacientes y usuarios de la Sanidad

Normativa de interésLa noticia Normativa

VER MÁS ACCEDE A LA GUÍAACCEDE AL PORTAL

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Novedades formativas en la ECLAP

Jornada “Abriendo la Administración a la ciudadanía”.

¡Ya puedes acceder a las presentaciones utilizadas en la jornada!

Seminarios multitemáticos

Área: Habilidades personales

Las claves para relacionarte de forma eficaz con tu equipo de trabajo.

En este seminario, conoceremos los aspectos fundamentales para conservar un equipo de trabajo cohesionado en un entorno laboral sano.

¡Potencia tu capacidad de gestión de equipos!

04/12/19

Claves para gestionar conflictos a través del pensamiento lateral.

Aprender a utilizar todo el potencial de nuestro pensamiento lateral, nos pue-de ayudar bastante cuando estamos atascados en alguna situación ya sea conflictiva o de cualquier otra índole.

¡El único límite de tu pensamiento lo pones tú!

11/12/19

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Claves para conseguir negociaciones de éxito en el entorno de la Administración Pública.

En este seminario podrás descubrir las técnicas de negociación más adecua-das para cada situación y aprenderás a reconocer las fortalezas y debilidades tanto propias como del resto de interlocutores.

¡Desarrolla tu capacidad negociadora y multiplica tu éxito!

18/12/19

Seminarios de inglés

Área: Atención al ciudadano

Gramática: uso de la forma causativa.

Veremos de modo práctico cómo utilizar esta forma gramatical y así poder desenvolvernos correctamente cuando seamos receptores o emisores en este tipo de comunicaciones.

12/12/19

Recepción y emisión de llamadas en inglés.

En este seminario te aportaremos técnicas para poder atender en primera ins-tancia llamadas en inglés si no somos capaces de entender con suficiencia a nuestro interlocutor.

19/12/19

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Información de interés si vas a realizar un seminario:

Como norma general, el plazo para solicitar los seminarios se abre una semana antes a la fecha de realización, accede a más información en nuestra página web.

• Recuerda que podrás solicitar todos los seminarios del área en un único formulario o bien, de forma individual.

• Recibirás (el mismo día que se va a impartir el seminario), en el correo elec-trónico que indicaste en tu solicitud, la información para darte de alta en la plataforma y el enlace para acceder al seminario.

• Al finalizar el seminario deberás responder a un cuestionario sobre su conte-nido.

• Una vez finalizado el plazo para responder al cuestionario y habiéndolo apro-bado, recibirás en el correo electrónico de la solicitud el certificado electróni-co de aprovechamiento.

¡Ya estamos preparando el plan de formación para el 2020! A finales de este mes publicaremos la orden en la que se recogen las acciones formativas que incluye y que se impartirán en dos convocatorias. Podrás encontrar toda la información en nuestra página web.

• Tendrás acceso a la grabación del seminario y al PDF de la presentación, en los casos que exista, durante dos semanas a partir de su finalización.

• Más información en nuestra página web.

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De qué se habla en las Redes Sociales de la ECLAP.

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Esquema relativo a los anuncios de las lici-taciones en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (PDF) hacienda.gob.es/es-ES/Areas%20...

En tu #lenguajeadministrativo utiliza una redac-ción eficaz: · clara, de fácil comprensión; · senci-lla, concisa, desprovista de elementos superfluos;· precisa, que no deje lugar a dudas en el lector.

Entre los muchos atajos de teclado que nos podemos encontrar en Word, existen algunos de ámbito más básico y otros más complejos, todos muy útiles a la hora de desarrollar nuestros docu-mentos de texto.

Simplificación burocrática: el sí o sí previo a la Ad-ministración electrónica nosoloaytos.wordpress.com/2019/11/17/sim... vía @nuevadmon

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Garantía de los derechos digitalesArtículos del 79 a 96 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales.

¿Cuáles son esos derechos digitales?

Derecho a la neutralidad de Internet.

Los proveedores de servicios de Internet proporcionarán una oferta transparente de servicios sin discriminación por motivos técnicos o económicos.

Derecho de acceso universal a Internet.

• Todos tienen derecho a acceder a Internet independientemente de su condi-ción personal, social, económica o geográfica.

• Se garantizará un acceso universal, asequible, de calidad y no discriminato-rio para toda la población.

• El acceso a Internet de hombres y mujeres procurará la superación de la brecha de género tanto en el ámbito personal como laboral.

• El acceso a Internet procurará la superación de la brecha generacional me-diante acciones dirigidas a la formación y el acceso a las personas mayores.

• La garantía efectiva del derecho de acceso a Internet atenderá la realidad específica de los entornos rurales.

• El acceso a Internet deberá garantizar condiciones de igualdad para las per-sonas que cuenten con necesidades especiales.

Derecho a la seguridad digital.

Los usuarios tienen derecho a la seguridad de las comunicaciones que trans-mitan y reciban a través de Internet. Los proveedores de servicios de Internet informarán a los usuarios de sus derechos.

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Derecho a la educación digital.

Entendiendo Internet como una herramienta para aprender valores como perso-na y que esa inmersión en la sociedad digital sea segura y respetuosa con la dignidad humana, los valores constitucionales, los derechos fundamentales y, particularmente con el respeto y la garantía de la intimidad personal y familiar y la protección de datos personales.

También se señala la necesidad de formación del profesorado en este campo digital, al mismo tiempo que se espera que los planes universitarios garanticen la formación en el uso y seguridad de los medios digitales y en la garantía de los derechos fundamentales en Internet.

En este artículo también se hace referencia a las Administraciones públicas que incorporarán a los temarios de las pruebas de acceso a los cuerpos superiores y a aquéllos en que habitualmente desempeñen funciones que impliquen el acce-so a datos personales, materias relacionadas con la garantía de los derechos digitales y en particular el de protección de datos.

Protección de los menores en Internet.

Los padres, madres, tutores, curadores o representantes legales procurarán que los menores de edad hagan un uso equilibrado y responsable de los dispositivos digitales y de los servicios de la sociedad de la información a fin de garantizar el adecuado desarrollo de su personalidad y preservar su dignidad y sus derechos fundamentales.

El mal uso de esas imágenes o contenidos relacionados con menores podría ge-nerar y determinar la intervención del Ministerio Fiscal, que instará las medidas cautelares y de protección previstas en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor

Derecho de rectificación en Internet.

Los responsables de redes sociales y servicios equivalentes adoptarán protoco-los adecuados para posibilitar el ejercicio del derecho de rectificación ante los usuarios que difundan contenidos que atenten contra el derecho al honor, la inti-midad personal y familiar en Internet y el derecho a comunicar o recibir libremen-te información veraz, atendiendo a los requisitos y procedimientos previstos en la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación.

Derecho a la actualización de informaciones en medios de comunicación digi-tales.

Toda persona tiene derecho a solicitar motivadamente de los medios de comuni-cación digitales la inclusión de un aviso de actualización suficientemente visible junto a las noticias que le conciernan cuando la información contenida en la no-ticia original no refleje su situación actual como consecuencia de circunstancias que hubieran tenido lugar después de la publicación, causándole un perjuicio.

Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral.

Este artículo establece que los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la protección de su intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por su empleador.

El empleador podrá acceder a los contenidos a efectos de controlar el cumpli-miento de las obligaciones laborales o estatutarias y de garantizar la integridad de dichos dispositivos. Deben establecer criterios de utilización de los dispo-sitivos respetando su intimidad. Los trabajadores deberán ser informados de dichos criterios.

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Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral fuera del tiempo de traba-jo legal o convencionalmente establecido, respetando su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.

Derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y de grabación de sonidos en el lugar de trabajo.

Los empleadores pueden tratar las imágenes obtenidas a través de sistemas de cámaras o videocámaras para el ejercicio de las funciones de control de los trabajadores o los empleados públicos previstas, respectivamente, en el artícu-lo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores y en la legislación de función pública, siempre que estas funciones se ejerzan dentro de su marco legal y con los límites inherentes al mismo. Los empleadores habrán de informar con carácter previo, y de forma expresa, clara y concisa, a los trabajadores o los empleados públicos y, en su caso, a sus representantes, acerca de esta medida.

No se admite la instalación de sistemas de grabación de sonidos ni de video-vigilancia en lugares destinados al descanso o esparcimiento de los trabaja-dores o los empleados públicos, tales como vestuarios, aseos, comedores y análogos.

Derecho a la intimidad ante la utilización de sistemas de geolocalización en el ámbito laboral.

En este artículo se habla del uso de estos sistemas de geolocalización por necesidades laborales y habrán de informar de forma expresa, clara e inequí-voca a los trabajadores o los empleados públicos y, en su caso, a sus repre-sentantes, acerca de la existencia y características de estos dispositivos.

Igualmente deberán informarles acerca del posible ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, limitación del tratamiento y supresión

Derechos digitales en la negociación colectiva.

Una gran novedad porque permite que” los convenios colectivos podrán esta-blecer garantías adicionales de los derechos y libertades relacionados con el tratamiento de los datos personales de los trabajadores y la salvaguarda de derechos digitales en el ámbito laboral”,

Protección de datos de los menores en Internet.

Los centros educativos y personas físicas o jurídicas que desarrollen activi-dades en las que participen menores de edad garantizarán la protección del interés superior del menor y sus derechos fundamentales, especialmente el derecho a la protección de datos personales, en la publicación o difusión de sus datos personales a través de servicios de la sociedad de la información.

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Derecho al olvido en búsquedas de Internet.

Es una nueva formulación más ampliada del “derecho al olvido”: Toda persona tiene derecho a que los motores de búsqueda en Internet eliminen de las listas de resultados que se obtengan tras una búsqueda efectuada a partir de su nom-bre los enlaces publicados que contengan información relativa a esa persona cuando fueran inadecuados, inexactos, no pertinentes, no actualizados o excesi-vos o hubieran devenido por el trascurso del tiempo, teniendo en cuenta los fines para los que se recogieron o trataron, el tiempo transcurrido y la naturaleza e interés público de la información.

Derecho al olvido en servicios de redes sociales y servicios equivalentes.

Es una ampliación del artículo anterior, pretende eliminar aquellos contenidos facilitados por terceros o por el mismo y que se hayan subido a redes sociales.

Derecho de portabilidad en servicios de redes sociales y servicios equivalen-tes.

Tiene que ver con la transmisión de los datos de un prestador de servicios a otros, siempre que se cuente con el consentimiento expreso del titular de los datos.

Derecho al testamento digital.

Acceso de los allegados y herederos del fallecido al testamento digital de esa persona, que esté en poder de prestadores de servicios. Serán estos beneficia-rios quienes se dirigirán a dichos prestadores “al objeto de acceder a dichos contenidos e impartirles las instrucciones que estimen oportunas sobre su utilización, destino o supresión”

* Según el Diccionario del español jurídico de la RAE: conjunto de bienes, derechos, ac-ciones y deudas que deja una persona a su fallecimiento y que constituye su herencia.

También se indica que “Como excepción, las personas mencionadas no podrán acceder a los contenidos del causante, ni solicitar su modificación o eliminación, cuando la persona fallecida lo hubiese prohibido expresamente o así lo establez-ca una ley. Dicha prohibición no afectará al derecho de los herederos a acceder a los contenidos que pudiesen formar parte del caudal relicto *”.

Puedes conocer más sobre la normativa de protección de datos descargándote:

• Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

• Reglamento (UE) 2016/679 de protección de datos de carácter personal.

• Infografía derechos de los ciudadanos.

• Infografía 26 definiciones sobre protección de datos.

• Infografía ejercer el derecho de supresión.