COMERCIO INTERNACIONAL ADUANERO (1).pptx
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CURSO: Comercio Internacional y Aduanero
TEMA: Aspectos Legales del Comercio Internacional
PROFESOR: Doc. Rivero Guillén, Alfredo G.
INTEGRANTES: •Chávarry Llosa, Josué•Ramos Collantes, Fernando•Robles Hernández, Diego•Castillo Aguirre Elizabeth
AULA: Convalidantes 501 (Aula 401)
2014
Contrato de Compra Venta
Internacional
Contrato de compra - venta internacional de mercancías
Es un acuerdo de voluntades de dos o más partes domiciliadas en países diferentes, a través del cual se transfiere la propiedad de mercancías que serán transportadas a otro territorio, teniendo como contraprestación el pago de esta.
El contrato de compra venta internacional regula los derechos y obligaciones de cada una de las partes contratantes (vendedor-exportador / comprador-importador), con relación a determinado objeto, convirtiéndose en un acto jurídico perfecto y la transacción absolutamente legal.
La Convención de Viena de 1980, aprobó el Contrato de Compra-Venta Internacional de Mercancías, fue adherida por el Estado Peruano mediante Decreto Supremo Nº 011-99-RE del 22 de febrero de 1999, entrando en vigencia como parte del derecho nacional el 01 de abril del año 2000.
Libre consentimient
o de las partes.
Crear, modificar una
relación o negocio con causa u objeto
lícito.
Relación protegida por el derecho, al amparo de las leyes, usos y costumbres
que procedan en su caso.
Será la realización de
una transacción internacional con carácter económico-
patrimonial, con animo de lucro
Características del contrato de compra – venta internacional de mercancías
Las principales cláusulas que deberán constituirse en la esencia del contrato son:
Información del exportador e importador.
Descripción de la mercancía objeto del contrato.
Precio unitario y total.
Condiciones y plazos de pago.
Documentos exigidos por el importador.
Plazo de entrega o de disponibilidad.
Modalidad de seguro.
Modalidad de transporte y pago de flete.
Lugar de embarque y desembarque.
Inclusión de los costos en el precio de la mercancía, para la
obtención de documentos requeridos para la exportación.
Contrato Compra –
ventainternacional
Conceptos que contempla un contrato de compra- venta internacional
Obligaciones del vendedor y comprador
OBLIGACIONES DEL VENDEDOR
- Entregar la mercancía en calidad, cantidad, lugar, plazo y forma establecida.
- Entregar la documentación
completa relacionada con la mercancía.
- Dar aviso de la expedición de las
mercancía al comprador.
- Colocar marcas y/o números en los
bultos para su mejor identificación.- Conservar las
mercancías debidamente envasadas y embaladas.
OBLIGACIONES DEL COMPRADOR
- Pagar el precio acordado, en la fecha
y/o plazo pactado según el contrato.
- Recibir las mercancías en la forma y plazo
pactado en el contrato.
DIAGRAMA DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA INETRNACIONAL
Convenio de Viena
REGULACIONES INTERNACIONALES
Organización Mundial de Comercio
Sede: Ginebra,
Suiza
Establecida el: 01 de enero
de 1995
Miembros: 159 países
Se ocupa de las normas mundiales por las que se rige el comercio entre
naciones
Cámara de Comercio
Internacional
Establecida en el año de
1919.
Sede: Paris,
Francia
Es de personalidad propia y su naturaleza jurídica es
asociativa. Va a actuar a favor de un sistema de comercio
abierto.
Establecida el: 30 de mayo
de 1928.
Sede: Roma, Italia.
Es una organización intergubernamental independiente, su
objetivo es promover la
armonización y unificación del
derecho privado a nivel internacional.
Son usos y costumbres comerciales
recogidos pro la Cámara de
Comercio Internacional
de Paris.
Estas no son leyes.
Unificación del Derecho Privado
Aprobada el 11 de abril de
1980.
Fue adherida por el Estado
Peruano mediante Decreto
Supremo Nº 011-99-RE del
22 de febrero de 1999 y entro en vigencia el 01
de abril del 2000
CONVENIO DE VIENA
FINALIDAD: es prever un régimen moderno, uniforme y equitativo para los contratos de compraventa
internacional
CONTRIBUCION: Da seguridad jurídica a los intercambios comerciales
BUSCA: Reducir los gastos de las operaciones
CONVENIO DE VIENA
Se reconoce en la Convención el principio que la compraventa es un
contrato consensual, que se perfecciona con el solo
consentimiento de las partes y que no requiere ninguna documentación
especial para que se tenga por celebrado.
ARTICULOS MAS RESALTANTES
ARTICULO N°1 los contratos de compra venta de mercaderías se aplicara entre partes que tengas sus establecimientos entre estados
ARTICULO N°4 regula exclusivamente la formación del contrato, los derechos, obligaciones del vendedor y comprador
ARTICULOS MAS RESALTANTES
ARTICULO N°6 Las partes podrán excluir la aplicación del presente convención o establecer excepciones o modificaciones
Articulo N°9 Las partes quedaran obligadas por cualquier uso en que hayan convenido y por cualquier practica que hayan establecido entre ellos
CONVENIO DE VIENA
La Convención destina siete artículos al capítulo de la formación del contrato; desde el artículo 14 hasta el artículo 24.
Los primeros cuatro artículos se refieren a la oferta o propuesta de celebrar un contrato;
los artículos 18 y 22 se refieren a la aceptación a la propuesta, y los artículos 23 y 24 determinan el momento en que se
perfecciona el contrato.
CONVENIO DE VIENA
El artículo 30 de la Convención establece que: "el vendedor deberá entregar las mercaderías, transmitir su propiedad y entregar cualesquiera documentos relacionados con aquellas en las condiciones establecidas en el contrato y en la presente Convención".
La Convención establece las tres obligaciones esenciales del vendedor, que son:Entregar las mercaderías.Transmitir su propiedad.Entregar los documentos relacionados con las mercaderías
CONVENIO DE VIENAEl tema esta reglamentado en el
artículo 31 y siguientes de la
Convención. De esas mismas normas se
puede inferir el concepto de
"entrega", que consiste en el acto en que el vendedor
pone las mercaderías a disposición del comprador en el lugar convenido.
Existen obligaciones correlativas de
vendedor y comprador.
La principal obligación del
vendedor es entregar la cosa vendida. Así,
frente a dicha obligación del vendedor, la
principal obligación del comprador es pagar el precio en
dinero.
El artículo 58 de la Convención dispone que el comprador,
salvo pacto en contrario, debe, por regla general, pagar el precio cuando el vendedor ponga a
disposición las mercaderías. Agrega la misma norma que "El vendedor podrá hacer del pago una condición para la
entrega de las mercaderías".
INCOTERMS
Los incoterms (international commercial terms, “términos internacionales de comercio’) son normas acerca de las condiciones de entrega de las mercancías. Se usan para dividir los costes de las transacciones comerciales internacionales, delimitando las responsabilidades entre el vendedor y el comprador”
¿QUE REGULAN LAS INCOTERMS?
INCOTERMS
EXW EX WORDEN FABRICA
SE CUMPLE CON EL CLIENTE CUANDO SE PONE A DISPOSICION DE LA MERCADERIA EN NUESTRO ALMACEN
INCOTERMS GRUPO E (DE SALIDA)
FCA FREE CARRIER FRANCO TRANSPORTISTA
ENTREGA DE MERCANCIA A TRANSPORTISTA DESIGNADO POR CLIENTE, EN EL LUGAR Y FECHA PACTADA
FAS FREE ALONGSIDE SHIP FRANCO JUNTO AL BUQUE
SE ENTREGA LA MERCANCIA AL COSTADO DEL BUQUE YA SEA EN EL PUERTO O LANCHON. *el vendedor realiza los tramites aduanero
FOB FREE ON BOARD FRANCO A BORDO DEL BUQUE
SE ENTREGA LA MERCADERIA Y EL RIESGO SE TRASMITE CUANDO ESTA ESTA A BORDO DEL BUQUE *el vendedor realiza el tramite aduanero
INCOTERMS GRUPO F (SIN PAGO DE TRANSPORTE)
CFR COST AND FREIGHT COSTO Y FLETE
TRANSMITE EL RIESGO CUANDO LA MERCADERIA ESTA A BORDO *debe pagar los costos y fletes de transportar la mercaderia hasta el puerto de destino
CIF COST INSURANCE FREIGHT COSTO, SEGURO Y FLETE
TRANSMITE EL RIESGO CUANDO LA MERCADERIA SOBREPASA LA BORDA DEL BUQUE EN EL PUERTO DE DESTINO *debe pagar los costos ,fletes y seguro hasta el puerto de destino
CPT CARRIAGE PAID TO TRANSPORTE PAGAADO HASTA
TRANSMITE EL RIESGO CUANDO ENTREGA LA MERCADERIA AL TRANSPORTISTA QUE DESIGNA * el vendedor paga los costos del transporte (cualquier tipo)
CIP CARRIAGE AND INSURANCE PAID TRANSPORTE Y SEGURO PAGADO HASTA
TRANSMITE EL RIESGO CUANDO ENTREGA LA MERCADERIA AL TRANSPORTISTA QUE DESIGNA . * el vendedor paga los costos del transporte (cualquier tipo) y la prima de seguro
INCOTERMS GRUPO C (PAGO DE TRANSPORTE)
INCOTERMS GRUPO D LLEGADA
DAF DELIVERED AT FRONTIER ENTREGA EN FRONTERA
SE TRANSMITE EL RIESGO CUANDO PASA LA FRONTERA *solo es entre países vecinos (vía terrestre)
DES DELIVERED EX SHIP ENTREGA SOBRE BUQUE
TRANSMITE EL RIESGO CUANDO LA MERCADERIA ESTA A BORDO DEL BUQUE EN EL PUERTO DE DESTINO *no realiza el despacho de importación *paga el flete (solo transporte marítimo)
DEQ DELEVERES EX QUAY ENTREGADA EN MUELLES
TRANSMITE EL RIESGO CUANDO PONE A DISPOSICION LA MERCADERIA EN MUELLE DESIGNADO *paga el flete hasta el punto designado *no realiza el despacho de importación
DDU DELIVERY DUTY UNPAID ENTREGADA SIN PAGAR DERECHOS
TRANSMITE EL RIESGO UNA VES LLEGADA LA MERCADERIA AL PUNTO DE DESTNO *el costo de traslado lo asume le vendedor *comprador asume los tramites de importación
DDP DELIVERY DUTY PAID ENTREGADA CON DERECHOS PAGADOS
TRANSMITE EL RIESGO UNA VES LLEGADA LA MERCADERIA AL PUNTO DE DESTNO *el costo de traslado lo asume le vendedor *vendedor asume los tramites de importación
INCOTERMS: TIPOS DE TRANSPORTE
INCOTERMS
Normasque rigen el
Comercio entre países
Organización Mundial de Comercio - OMC
Organización empresarial
Representa mundialmente los intereses empresariales
sede en París
Fin: actuar a favor del comercio abierto y crear instrumentos
que lo faciliten
Se constituyó en 1919
ARBITRAJE INTERNACIONAL
Se da
Cuando las partes contratantes
(exportador - importador) son sujetos que se
encuentran en países distantes
Que generan
un conflicto por incumplimiento a lo establecido en
el contrato.
Cámara de Comercio Internacional - CCI
Actualmente están en vigor los Incoterms 2010 (Desde el 1 de enero de 2011)”.
1. NORMA LEGAL DEL REGIMEN DE EXPORTACIÓN
Constitución Política del Perú
Resolución Legislativa N° 26407
Decreto Supremo N° 060-91-EF
Decreto Legislativo N° 668
Ley General de Aduanas
Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del MINCETUR
Decreto Legislativo Nº 183 Ley N° 27322 y el
DecretoSupremo 048-2001-AG
Normas que rigen el Comercio Exterior en el Perú
Normas que rigen el Comercio Exterior en el PerúLEY ADUANERA
La Ley General de Aduanas cuyo Texto
Único Ordenado
fue aprobado por Decreto Supremo Nº
129-2004-EF
El Reglamento de la Ley General de Aduanas
aprobado
por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF
La Tabla de Sanciones aplicable a Infracciones
Aduaneras aprobada por Decreto Supremo
Nº 013-2005-EF
Nuevo Arancel de Aduanas 2007, aprobado
por Decreto
Supremo Nº 017-2007-EF
La Ley de Facilitación del Comercio Exterior
aprobada
por Ley Nº 28977
Exportación Definitiva
Exportación temporal para reimportación en el mismo estado
Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo
Salida temporal del territorio aduanero de mercancías con la finalidad de reimportarlas sin ninguna modificación
Salida temporal del territorio aduanero de mercancías para su transformación, para luego reimportarlas como productos compensadores
Salida del territorio aduanero de mercancías para su uso o consumo definitivo en el exterior
Clasificación de las exportaciones conforme a la Ley General de Aduanas
TIPOS DE EXPORTACION
TIPOS DE EXPORTACION
Mecanismo promotor de exportaciones Mypes
Para ser usuario del EXPORTA FÁCIL se necesita:
Contar con el RUC y la Clave SOL
Tener un cliente en el extranjero
Tener una mercancía a exportar
Llenar la Declaración Exporta Fácil
Presentar la mercancía en las oficinas de SERPOST de su localidad.
EXPORTA FÁCIL
Documentos empleados en
operaciones de Comercio
Internacional
Demuestran propiedad de la mercadería
Demuestran que mercadería está asegurada
Informan sobre características y cantidad de mercadería
FUNCION DE LOS DOCUMENTOS
• FACTURA COMERCIAL• LISTA DE EMPAQUE• CERTIFICADOS
DOC. DE INFORMACION
• CONOCIMIENTO DE EMBARQUE• CARTA DE PORTE AEREA O GUIA AEREA (AIR
WAY BILL)• TRANSPORTE MULTIMODAL• CONOCIMIENTO DE EMBARQUE MULTIMODAL
DOC. DE TRANSPORTE
• POLIZA INDIVIDUAL• POLIZA GLOBAL O FLOTANTEDOC. DE
SEGURO
DOCUMENTOS EMPLEADOS EN OPERACIONES DE COMERCIO
DOCUMENTOS DE INFORMACION: FACTURA COMERCIAL
• Comprobante de pago emitido por vendedor a comprador
• Doc. básico para elaboración otros docs.
• Describe mercancías, indica precios, condiciones de pago y moneda de transacción
• Puede constituir contrato de compraventa, si contiene todos los términos
• Requerida para gestiones contables y aduaneras
DOCUMENTOS DE INFORMACION: LISTA DE EMPAQUE
Proporciona datos sobre embalaje, contenido, pesos y dimensiones de bultos
Útil para transportista
Esencial para realizar inspección e identificar carga
No existe formato único.
DOCUMENTOS DE INFORMACION: CERTIFICADO DE ORIGEN
Acredita y garantiza procedencia de mercaderías
Permite acogerse a beneficios arancelarios o impedir aplicación de derechos adicionales (derechos compensatorios, derechos anti-dumping)
Formatos de certificado de origen Certificado de origen CAN (Comunidad Andina) Certificado de origen ALADI (Asoc. Latinoamericana de
integración) Certificado de origen forma A–SGP (Sist. Generalizado de
preferencias) Otros
DOC. DE TRANSPORTE: CONOCIMIENTO DE EMBARQUE Y GUIA AEREA
CONOCIMIENTO DE EMBARQUE
GUIA AEREA - AIR WAY BILL
Título valor representativo de mercaderías transportadas Contrato de transporte de carga firmado entre porteador y
embarcador Cubre transporte entre aeropuerto de salida y destino Contrato concluye con entrega
Título valor que contiene estipulaciones del contrato de transporte marítimo y representa las mercancías que se transportan
DOC. DE TRANSPORTE: TRANSPORTE MULTIMODAL
Se utiliza como mínimo dos modos diferentes de porteo (acuático, aéreo, carretero o ferroviario)
Es realizado a través de un solo operador, que habrá de emitir un documento único para toda la operación, percibir un solo flete y asumir la responsabilidad por su cumplimiento
DOC. DE SEGURO: INDIVIDUAL Y FLOTANTE
INDIVIDUAL Cubre un solo envío Ampara un cargamento específico, vuelo, embarque,
exportación, importación, etc. Se emplea en aquellos casos en que los embarques son
costosos o que el cargamento va a lugares diferentes o comprende productos y transportadores diversos.
FLOTANTE También conocida como Póliza Cubierta, ampara a todos los
envíos sucesivos del asegurado El contrato se hace generalmente por tiempo indefinido
hasta que una de las partes comunique a la otra su caducidad
www.elperuano.com.pe
www.mincetur.gob.pe.
www.mef.gob.pe.
www.minag.gob.pe/legales/INDEX.html.
www.sunat.gob.pe/legislacion/index.html.
www.prompyme.gob.pe.
Debes visitar las siguientes páginas web:
Páginas especializadas de Comercio exterior