deberes fiduciarios y deberes legales. visión transatlántica
Colegio Comfama Manual de convivencia Abril del 2017 ... · ... RUTAS DE ATENCIÓN ... la luz de...
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Contenido
PRESENTACIÓN DEL COLEGIO COMFAMA ................................................................ 3
Principios Éticos: ............................................................................................ 4 Principios Metodológicos: ............................................................................... 5
Principios Operativos: .................................................................................... 5 CAPITULO I DERECHO DEL ESTUDIANTADO ........................................................22 CAPITULO II. DEBERES DEL ESTUDIANTADO .......................................................24 CAPITULO III. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA ................26 CAPITULOIV. DEBERES Y DERECHOS DE LAS JARDINERAS ..............................28
TÍTULO IV: REGLAMENTOS ESPECÍFICOS ................................................................42
Capítulo I. Admisiones ................................................................................................59
Capítulo II. Matrículas .................................................................................................59 Título VI. Acuerdos académicos .....................................................................................63
Capítulo I. Evaluación y promoción de estudiantes de preescolar ..............................63 Capítulo I. Comunidad educativa ................................................................................68 Capítulo VIII. Formas de participación de la comunidad educativa .............................77
Título VII. Evaluación de los docentes ............................................................................80
Título XII. Procedimiento de reforma del Manual de convivencia ...................................91 Correo: [email protected] .........................................................................92 Programa apoyo a la inclusión ocupacional y laboral .................................................92
Programa apoyo a la inclusión educativa....................................................................92 Programa apoyo a la inclusión familiar y social ..........................................................92
ANEXOS
ANEXO 1: SOPORTE JURÍDICO
Anexo 2 : RUTAS DE ATENCIÓN
Anexo 3:LISTA DE UTILES ESCOLARES 2017
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PRESENTACIÓN DEL COLEGIO COMFAMA
El Colegio Comfama es una institución de carácter privado, aprobada por las respectivas
Secretarías de Educación, para impartir Educación Preescolar.
El Colegio Comfama es propiedad de la Caja de Compensación Familiar de Antioquia,
Comfama, identificada con el NIT 890900841-9. El representante legal es David Escobar
Arango, su Director, o su delegado.
ENFOQUES Y PRINCIPIOS
Misión
Implementar un modelo educativo que garantice a la población sisbenizada y afiliada tarifa
A, B Y C y población D no afiliada a Comfama, una formación integral permanente que
responda a los nuevos requerimientos de competitividad, modernidad y equidad que
demanda la sociedad.
Visión
Comfama fundamenta su quehacer educativo en una concepción del desarrollo integral de la
persona, su familia y su comunidad; concibiéndola como un ser en permanente crecimiento,
con valores, necesidades y lleno de potencialidades para construir y transformar su entorno
físico y socio-cultural.
Principios fundamentales
Los principios fundamentales del Colegio Comfama están contemplados en la Constitución
Política de Colombia, la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994), sus decretos
reglamentarios y, en especial, el Proyecto Educativo Institucional.
La educación en Comfama, en su concepción integral del desarrollo social, se asume como
el medio eficaz para aumentar y mejorar el volumen y la calidad de oportunidades que las
personas y los grupos tienen para alcanzar un nivel de vida humano con pleno y armónico
desarrollo del ser.
El Colegio Comfama está regido por los fines, políticas y principios del Proyecto
Educativo Institucional, que se encuentra materializado en la misión y la visión de la Caja.
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La Educación en Comfama es entendida dentro de una concepción integral del desarrollo
social con los otros y consigo mismo, asumido éste, como el medio eficaz para aumentar y
mejorar el volumen y la calidad de oportunidades, que las personas y los grupos que los
conforman, tienen para alcanzar un nivel de vida humano con un pleno y armónico desarrollo
de su ser.
Concebir el desarrollo social de manera integral, implica abordarlo en todas sus
dimensiones de crecimiento económico, optimización de la seguridad social y mejora en los
estándares de calidad de vida fundamentales.
Comfama asume a los niños y las niñas como seres capaces de gestar su propio desarrollo,
con capacidad de participación y en consecuencia de dirigir todas sus acciones hacia un
crecimiento armónico de sí mismo, su familia y su comunidad, en el que la Educación
cumple el papel de potenciador y dinamizador.
Se parte entonces del hombre y centra su acción en el hombre, abriéndole horizontes de
posibilidades para que de manera participativa y responsable, dirija su propia vida; es por
esto, que la acción de Comfama se sustenta en una filosofía para el desarrollo humano,
referida a las personas y no a los objetos.
En virtud de todo lo anterior la orientación del Proyecto Educativo Institucional de Comfama
parte de un conjunto de principios éticos, metodológicos y operativos, que le dan la esencia
desde el modelo de desarrollo adoptado. Los principios en cuestión son los que se enuncian
a continuación:
Principios Éticos:
Principio de Equidad: Éste tiene que ver con la preocupación por generar oportunidades
semejantes de acceso a los servicios educativos. En tal sentido, el sistema de
compensación familiar existente en nuestro país, es un catalizador positivo para producir
alternativas, que privilegian a los sectores de población más carentes dentro de la clase
trabajadora. Comfama como pionero y parte del sistema, integra este principio rector a su
Proyecto Educativo para alcanzar los objetivos estratégicos de ciudadanía y competitividad
que señala la CEPAL1, el Ministerio de Educación Nacional2 y la propia misión de la Caja.
Principio de Calidad: Éste es un principio conexo al primero ya enunciado y que releva el
propósito no sólo de posibilitar el acceso a oportunidades educativas, sino además
1CEPAL/UNESCO. "Educación y Conocimiento: Eje de la Transformación Productiva con Equidad". Santiago de Chile, 1992,
P.127.
2PLAN DECENAL DE EDUCACIÓN 1996-2005: Educación para la Democracia, la Equidad y la Convivencia. Santa fe de Bogotá,
1996.
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garantizar la más alta calidad de las mismas, particularmente para aquellos que por su
capacidad económica no están en condición de financiarlo exclusivamente con sus propios
medios. Seis características vuelven operativo este principio: Pertinencia, Integralidad,
Oportunidad, Efectividad, Eficacia y Eficiencia.
Principios Metodológicos:
Principio de Apertura y Flexibilidad: Hacer operable un modelo de Educación abierta y
un proyecto con la envergadura del que emprende Comfama, particularmente por la
heterogeneidad de sus destinatarios en capacidades, posibilidades e intereses.
Principio de Auto-Dirección: En la óptica nuevamente de un sistema educativo abierto y
flexible, que es el que busca viabilizar el Proyecto Educativo Institucional de Comfama, la
práctica de este principio es completamente imperativa. La figura externa de la autoridad del
maestro que dinamiza el proceso con una presencialidad permanente, tiene que dar paso
con la vigencia de este principio, a una alternativa en la que la motivación al logro y el
interés en el proceso formativo como parte del proyecto vital del niño y la niña, se tornan en
la esencia de su continuidad ; cuatro aprendizajes básicos han de impulsarse desde la
propuesta educativa para hacer realidad este principio: Aprender a Aprender; Aprender a
Pensar; Aprender a Desaprender y Aprender a Ser.
En conclusión la responsabilidad del proceso educativo es principalmente de los niños y
niñas. La Jardinera en ese contexto es tan solo un facilitador o un problematizador, no el
dueño del proceso y sus resultados.
Principios Operativos:
Principio de Sinergia: Se busca con la aplicación de este principio que el impacto de las
diferentes acciones educativas se vaya sumando y que cada acción atienda o satisfaga dos
o más necesidades educativas simultáneamente.
Principio de Sostenibilidad: Dentro del modelo de desarrollo adoptado por la Caja, se
pretende a través de la observación de este principio que las acciones educativas que se
diseñen, puedan mantenerse en el tiempo tanto por su solidez técnica, como por su
viabilidad financiera y operativa.
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OBJETIVO GENERAL
Establecer un marco de referencia para las relaciones interpersonales entre los diferentes
miembros de la comunidad educativa, con el fin de que puedan alcanzar un nivel óptimo de
convivencia con ellos mismos, con otros y con su entorno.
OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
Socializar la filosofía institucional, que de cuenta del proyecto educativo institucional.
Orientar la prevención, la solución pacífica de conflictos, mediante procedimientos claros, a
la luz de los derechos y deberes de la comunidad educativa y del debido proceso del Colegio
Comfama.
Dar a conocer el manual de convivencia de acuerdo a lo establecido en la socialización y
publicación del manual.
Promover y defender los derechos humanos (DDHH) y los derechos humanos, sexuales y
reproductivos (DHSR).
Promover el respeto por las diferencias, o semejanzas que existen entre las personas.
JUSTIFICACIÓN
Para el Colegio Comfama, el concepto de educación ciudadana no se refiere exclusivamente
a los procesos en los que el individuo aprende a cumplir con las normas sociales y a
comportarse como miembro de una sociedad. La idea de formar ciudadanos va mucho más
allá. Involucra el desarrollo moral del individuo y el concepto de ética que debe asumir cada
uno en su proyecto de vida, las relaciones con los otros y con el medio ambiente.
El Colegio Comfama invita a los actores de la comunidad educativa a comprometerse con el
ejercicio de la democracia y de la ciudadanía, como un modo de vivir, de entender la relación
con los otros, de comportarse y organizarse coherentemente con base en los valores del
respeto, la solidaridad y la cooperación.
La educación tiene un papel fundamental en la formación del ciudadano para la convivencia
pacífica. Por eso se requiere una reflexión constante del maestro acerca de su labor y
manejar adecuadamente la autoridad que la sociedad le ha confiado.
La escuela puede y debe ser un óptimo instrumento para el logro de la paz, la democracia, la
convivencia y el respeto a los derechos humanos. Además, debe educar simultáneamente a
los padres de familia en estos valores.
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Se requiere trabajo con los padres de familia para que los conocimientos y la práctica
democrática, que puedan alcanzar los niños en la escuela, no se pierda, ya que su
formación se realiza en todos los ámbitos: hogar, comunidad y relaciones con el entorno.
Más que formar hombres que repitan y transmitan conocimientos, el país necesita personas
que amen la democracia y defiendan la paz. Por lo tanto, a ello debe apuntar la educación.
La democracia no es un santo y seña en el discurso, hay que asumirla como una manera de
expresarnos, escuchar y plantear alternativas.
RESPONSABILIDADES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA:
1) Garantizar a los niños y niñas, jardinera, directivos docentes y demás personal de los
establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de
la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
2) Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus
funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13 la Ley 1620 de marzo del
2013. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del
manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia
Escolar, con el fin de proteger a los niños y niñas contra toda forma de acoso, violencia
escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los
demás compañeros, profesores o directivos docentes
3) Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el
sistema institucional de evaluación de los niños y niñas anualmente, en un proceso
participativo que involucre a los niños y niñas y en general a la comunidad educativa, a la luz
de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de
Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.
4) Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo
e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar,
protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de
autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de
la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia
5) Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de
reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la
vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando
conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los
demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo.
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Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de
evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes.
1) Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa
que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la
divulgación de estas experiencias exitosas.
2) Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas
áreas de estudio.
Construcción participativa del Manual de Convivencia
Lectura del contexto institucional (diagnóstico de convivencia) se realiza en 5 fases:
Sensibilización, convocatoria y diagnóstico de convivencia, tipificación de situaciones,
construcción de protocolos.
Construcción y articulación de la ruta de atención integral (Plan de Convivencia)
El Colegio Comfama está conformado por 12 sedes que cuentan con presencia de
preescolar, éstas son regidas por lineamientos y directrices institucionales entre ellas:
reglamento interno de trabajo, estatuto de personal, manual de higiene y seguridad en el
trabajo, canales de comunicación siguiendo un conducto regular, comité de convivencia
laboral como equipo de soporte para dirimir conflictos y realizar intervenciones que aportan a
la construcción de convivencia.
Adicionalmente, se cuenta con el presente manual de convivencia para la comunidad
educativa del Colegio Comfama, el cual se construye y se actualiza de manera permanente
y se da a conocer anualmente.
Sensibilización de la construcción del manual:
El Manual de Convivencia se construye en varios momentos del calendario escolar. En la
reunión de inducción (segunda semana de octubre) a padres de familia aspirantes a
ingresar sus hijos en el programa de preescolar, se hace una socialización a través de un
taller teórico –práctico en el que se expone el manual de convivencia vigente y a partir de
juegos los participantes interactúan y dan sus aportes y sugerencias que ayudan a la
actualización del contenido del manual, en esta reunión participan los niños, los padres y / o
acudientes, equipo docente y personal administrativo.
En la primera reunión de padres de familia (enero) en la que se da a conocer el personal
administrativo, se retoma la socialización del manual enfatizando en dos aspectos
fundamentales gobierno escolar y canales de participación. Aquí se hace una primera
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asamblea en la que se hace postulación por parte de las familias a los diferentes órganos de
participación: representante al consejo de padres (uno de ellos es el representante de las
familias del preescolar en el Consejo directivo) comité de convivencia, asamblea de padres,
consejo académico, entre otros. Por medio de los diferentes órganos de participación se
articula y se construyen las propuestas o sugerencias de las familias que serán escaladas
para hacer parte del manual de convivencia.
Durante el período de adaptación escolar se hace sensibilización con los niños y niñas
sobre el contenido del manual de convivencia, derechos y deberes y desde sus saberes
previos se construyen aportes y lineamientos que son tenidos en cuenta en la articulación
del manual de convivencia. Se planea una situación de aprendizaje adaptada para cada
población, según contexto, necesidades, intereses e infraestructura de la sede. En ésta, los
niños y las niñas aprenden y construyen normas, acuerdos, límites y a actuar de forma
adecuada.
La evaluación institucional también se convierte en un medio de participación de las familias,
en tanto opinan, sugieren y evalúan el grado de conocimiento y satisfacción que tienen sobre
el manual de convivencia y su aplicación.
Durante el año se llevan a cabo escuelas de padres en las que se tratan temas puntuales de
interés de las familias que sirven como soporte y orientación en pautas de crianza,
sexualidad, inclusión, convivencia, entre otros. El primer taller de escuela de padres que se
lleva a cabo en el primer trimestre del año se convoca a las familias para aportar en la
construcción del manual de convivencia.
Convocatoria:
Durante el año se realizan actividades para convocar a las familias y a los niños y niñas a la
participación de la construcción del manual de convivencia con actividades como:
responsabilidades para el hogar sobre conocimiento y retroalimentación del mismo, en las
que los niños y niñas construyen con su familia, consultas permanentes, envío de circulares
informativas, estudio de casos, entre otros.
Se convoca a la participación de la comunidad educativa en diferentes actividades como:
Circular informativa
Reuniones periódicas de Comité de Convivencia
Eventos institucionales
Publicidad (volantes)
Comunicación escrita a grupos organizados
Medios de comunicación: informador, caja sonora,
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Campañas y Tips Mensuales para trabajar en el preescolar y en casa, puntos del manual
de convivencia 1 actividad con Integrantes del comité de convivencia extensivo a la
Comunidad Educativa.
Asambleas de convivencia con los niños y niñas cada 8 días donde se trabajan. Derechos
y Deberes de ellos. Se enviará lista de chequeo con algunas preguntas a cada familia,
Envía lista de chequeo con algunas preguntas a cada familia, Para hacer verificación si
ellos han realizado lectura del manual de convivencia.
Envía pasatiempos que permitan un acercamiento al manual de convivencia.
Se Socializa con el equipo de jardineras en grupo de Estudio con la parte Administrativa.
Publicación: Se encuentra en la WEB (link)
Se entrega en Noviembre en el momento de la matricula el plegable con la dirección de la
pagina donde pueden consultar el Manual de Convivencia.
Mensualmente se enviará en el cronograma el recordatorio con la página y link donde se
encuentra publicado el manual de convivencia.
Legitimación:
Se presenta al Consejo Directivo de Comfama el Manual de Convivencia, con la
actualización, modificaciones que se hacen para su respectiva aprobación.
Fundamentación legal
Las necesidades de la sociedad le exigen al sistema educativo una transformación que se
centre en el fortalecimiento de la democracia, la consolidación de la participación ciudadana
y el respeto por la dignidad y los derechos humanos, como una apuesta por la convivencia
cimentada en la solidaridad y los lazos cooperativos.
Es así como a partir de la Constitución Política de 1991, en sus Artículos 1, 2, 5, 16, 18, 27, 29,
44, 45, 67 y 68, se promueve la sana convivencia y la formación y ejercicio de la democracia.
En consonancia, la Ley 115 de 1994, en sus Artículos 73 y 87, Decreto 1860 art 17, Ley 1620
de 2013 en sus artículos 2,5,13,17,18,19 y 21, Decreto 1965 de 2013 en sus artículos
28,29,30,40, Ley de infancia y adolescencia 1098 de 2006 y el Decreto 1075 del 26 de mayo del
2015, en la Sección 4-PEI- Artículo 2.3.3.1.4.1 numeral 7, La Sentencia T 478/2015 ordenó la
revisión de los manuales de convivencia en el sentido de incorporar nuevas formas y
alternativas para incentivar y fortalecer la Convivencia escolar en pleno respeto de la
orientación sexual y de género de los niños o niñas . El Manual de convivencia como un
elemento esencial dentro del Plan Educativo Institucional, ya que debe contener los deberes y
derechos de la comunidad educativa y garantizar la justicia y el debido proceso a través de la
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incorporación de las pautas, procedimientos, situaciones y normas aplicables en los distintos
ámbitos de la labor educativa. Además, hace énfasis en lo que todo manual debe incluir:
• Pautas del comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar.
• Normas de conducta de los niños y niñas y jardineras que garanticen el mutuo respeto y
la definición de claros procedimientos para formular las quejas o reclamos.
• Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o
colectivos entre los miembros de la comunidad y las instancias de diálogo y conciliación.
• Pautas de presentación personal que eviten a los alumnos la discriminación por razones de
apariencia.
• Definición de situaciones disciplinarias para los niños y niñas incluyendo el derecho a la
defensa.
• Reglas para el uso, cuidado, protección y utilización de los recursos como estructura física,
material didáctico, muebles y enseres.
Con la sanción de la Ley de Infancia (1098 de 2006), el país fortalece el aseguramiento de
las condiciones para el ejercicio de los derechos de niños, niñas y adolescentes reconocidos
por la Constitución Política y se consagran mecanismos que posibiliten la protección integral
de esos derechos, al establecer la corresponsabilidad de la familia, la sociedad y el Estado.
Ley de Infancia y Adolescencia
1. Objeto. El presente Código tiene por objeto establecer normas sustantivas y procesales
para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes; garantizar el ejercicio
de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de derechos
humanos en la Constitución
Política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será
obligación de la familia, la sociedad y el Estado.
2. Sujetos titulares de derechos. Para todos los efectos de esta Ley son sujetos titulares de
derechos todas las personas menores de 18 años. Sin perjuicio de lo establecido en el
Artículo 34 del Código Civil, se entiende por niño o niña las personas entre los 0 y los 12
años, y por adolescente las personas entre 12 y 18 años de edad.
3. Protección integral. Se entiende por protección integral de los niños, niñas y adolescentes
el reconocimiento como sujetos de derechos, la garantía y cumplimiento de los mismos, la
prevención de su amenaza o vulneración y la seguridad de su restablecimiento inmediato en
desarrollo del principio del interés superior.
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La protección integral se materializa en el conjunto de políticas, planes, programas y
acciones que se ejecuten en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal, con la
correspondiente asignación de recursos financieros, físicos y humanos.
4. Interés superior de los niños, las niñas y adolescentes. Se entiende por interés superior
del niño, niña y adolescente, el imperativo que obliga a todas las personas a garantizar la
satisfacción integral y simultánea de todos sus derechos humanos, que son universales,
prevalentes e interdependientes.
5. Prevalencia de los derechos. En todo acto, decisión o medida administrativa, judicial o de
cualquier naturaleza que deba adoptarse en relación con los niños, las niñas y los
adolescentes, prevalecerán los derechos de éstos, en especial si existe conflicto entre sus
derechos fundamentales con los de cualquier otra persona.
En caso de conflicto entre dos o más disposiciones legales, administrativas o disciplinarias,
se aplicará la norma más favorable al interés superior del niño, niña o adolescente.
6. Corresponsabilidad. Para los efectos de este Código, se entiende por corresponsabilidad
la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de los derechos
de los niños, las niñas y los adolescentes. La familia, la sociedad y el Estado son
corresponsables en su atención, cuidado y protección. La corresponsabilidad y la
concurrencia aplican en la relación que se establece entre todos los sectores e instituciones
del Estado.
No obstante, instituciones públicas o privadas obligadas a la prestación de servicios sociales
no podrán invocar el principio de la corresponsabilidad para negar la atención que demande
la satisfacción de derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes.
7. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, como ente coordinador del Sistema
Nacional de Bienestar Familiar, mantendrá todas las funciones que hoy tiene (Ley 75 de
1968 y Ley 7 de 1979) y definirá los lineamientos técnicos que las entidades deben cumplir
para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, para asegurar su
restablecimiento. Así mismo, coadyuvará a los entes nacionales, departamentales, distritales
y municipales en la ejecución de sus políticas públicas, sin perjuicio de las competencias y
funciones constitucionales y legales propias de cada una de ellas.
8. Derecho a la recreación, participación en vida cultural y las artes. Los niños, las niñas y
los adolescentes tienen derecho al descanso, esparcimiento, al juego y demás actividades
recreativas propias de su ciclo vital y a participar en la vida cultural y las artes. Igualmente,
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tienen derecho a que se les reconozca, respete, y fomente el conocimiento y la vivencia de
la cultura a la que pertenezcan.
El manual de convivencia del Colegio Comfama es un marco de referencia para las
relaciones interpersonales entre los diferentes miembros de la comunidad educativa, para
alcanzar un nivel óptimo de convivencia.
Es importante para la comunidad educativa definir los siguientes términos que orienten los
principios de convivencia.
Definición de términos.
Familia:
Se constituye en el pilar fundamental de la crianza y atención, lo que exige “trascender la
atención individual y activar procesos de colaboración y de corresponsabilidad; porque si,
para los individuos es el contexto más propicio para generar vínculos significativos, favorecer
la socialización y estimular el desarrollo humano; para el Estado y la sociedad, la familia es
su capital”3.
Ser Niño; Ser Niña:
Son seres humanos con derechos, seres históricos, lúdicos, trascendentes e integrales, co-
partícipes de su propio desarrollo, que se construyen en el encuentro e intercambio con los
otros y con el entorno que les rodea. Seres que se encuentran en un momento determinante
del ciclo vital, que participan y generan ideas, sentimientos y propuestas que enriquecen la
vida familiar y comunitaria. Seres que aprehenden sus referentes culturales y que, como
ciudadanos, avanzan en procesos de autonomía y participación. Son protagonistas de la
construcción de sus aprendizajes, con capacidades para crear, imaginar, resolver
situaciones de la vida cotidiana y enfrentar desafíos, encontrando oportunidades necesarias
para su desarrollo con el acompañamiento afectuoso e inteligente de adultos significativos.4
Género:
Conjunto de normas sociales que definen las actitudes, valores, expectativas, roles y
comportamientos que deben adoptar las personas según el sexo asignado al nacer. Interés
superior de niñas, niños y adolescentes. Se refiere a que el bienestar de niños, niñas y
adolescentes estará por encima de las circunstancias (UNICEF, 2005).
Educación Inicial:
3 Lineamientos Técnico Administrativos Misionales y Herramientas Metodológicas para la atención y la inclusión de la familia en
los servicios ICBF. 4Anexo 5 lineamientos educativos para el desarrollo integral de la primera infancia del municipio Medellín versión 1, diciembre de
2011
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Según el Ministerio de Educación Nacional, “la primera infancia es un proceso no lineal,
continuo y permanente de interacciones y relaciones sociales de calidad, oportunas y
pertinentes que posibilitan a los niños y niñas potenciar sus capacidades y adquirir
competencias para la vida en función de un desarrollo pleno que propicie su constitución como
sujetos”. Caracterizado por experiencias vitales que ayudan a reorganizar y apuntalar procesos
afectivos, cognitivos y sociales.
Desarrollo:
Se entiende como un proceso de reconstrucción y reorganización permanente. El desarrollo
cognitivo, lingüístico, social y afectivo de los niños no es un proceso lineal, por el contrario,
se caracteriza por un funcionamiento irregular de avances y retrocesos, no tiene un principio
definitivo y claro, es decir, no inicia desde cero, el desarrollo no parece tener una etapa
final, en otras palabras, nunca concluye, siempre podría continuar.
Inclusión:
Es un proceso sin fin de mejora del aprendizaje y la vinculación de todos, que demanda la
eliminación de todas las barreras para el juego, el aprendizaje y la participación de los niños
y niñas. Por encima de todo, inclusión tiene que ver con reflexionar sobre las creencias y
valores que se incorporan al trabajo cotidiano y las acciones, y a partir de ahí, relacionar lo
que se hace con los valores inclusivos.
La inclusión se ve más como un enfoque de la educación que como un conjunto de técnicas
educativas; denota una serie de amplios principios de justicia social, equidad educativa y
respuesta escolar.
La educación inclusiva:
La UNESCO define la educación inclusiva de “la inclusión se ve como el proceso de identificar y
responder a la diversidad de las necesidades de todos los niños y niñas a través de la mayor
participación en el aprendizaje, las culturas y las comunidades y reduciendo la exclusión en la
educación. Involucra cambios y modificaciones en contenidos, aproximaciones, estructuras y
estrategias, con una visión común que incluye a todos los niños-niñas del rango de edad
apropiados y la convicción de que es la responsabilidad del sistema regular, educar a todos los
niños-niñas”.
El enfoque de inclusión en educación infantil:
La inclusión en Educación Infantil tiene que ver tanto con la participación de los
profesionales, como con la implicación de los niños. Participar implica jugar, aprender y
trabajar en colaboración con otros, implica hacer elecciones y opinar acerca de lo que
estamos haciendo. En último término, tiene que ver con ser reconocido, aceptado y valorado
por uno mismo y por los demás.
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La exclusión:
Se refiere a todas aquellas presiones puntuales o a largo plazo que se interponen en el
camino de la plena participación en lo cultural, educativo y social.
Competencias ciudadanas:
Conocimientos y habilidades cognoscitivas, emocionales y comunicativas articuladas entre si
para lograr ciudadanos participativos en una sociedad democrática.
Corresponsabilidad:
Es una responsabilidad compartida por los integrantes de la comunidad educativa y del
Estado.. En estos casos se tiene la misma obligación, es decir los mismos deberes y
derechos en la capacidad de responder ante diversas circunstancias.
Integralidad:
En educación es el desarrollo completo del ser humano, en todas sus dimensiones y
facultades. Actúa como un todo sistémico y no como la suma aislada de sus partes.
Autonomía:
Es la facultad que se tiene para actuar de acuerdo al propio criterio, es la capacidad de
autogobierno, capacidad de controlar los actos de la vida cotidiana.
Diversidad:
Son las diferencias, que existen entre las personas y esto conlleva a la pluralidad; refleja la
multiplicidad, la convivencia y la interacción de las diferentes culturas y atiende al grado de
variación y riqueza cultural de estas con el objetivo de unir y no de diferenciar.
Perspectiva de género:
La Organización de las Naciones Unidas estableció la incorporación de la perspectiva de
género como una de las estrategias mundiales fundamentales para fomentar la igualdad de
los sexos. Mediante la perspectiva de género se garantizarían los derechos humanos y la
justicia social para mujeres y hombres.
Sexo:
Conjunto de características genéticas, anatómicas, fisiológicas, hormonales y funcionales
que diferencian a las mujeres de los hombres.
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Sexualidad:
Faceta de la identidad personal que implica el reconocimiento del grado de aceptación que
se experimenta frente al sexo asignado, las normas sociales de género y la orientación
sexual que se descubre. Se expresa en el reconocimiento y la valoración positiva de las
características sexuales del propio cuerpo, de las características tanto femeninas como
masculinas con las que la persona se identifica
Grupo étnico:
Es aquel que se diferencia en el conjunto de la sociedad por las prácticas socioculturales
que se hacen evidentes a través de las costumbres y tradiciones que permiten crear sentido
de pertenencia con el grupo de origen pero sin desligarse de su nacionalidad.
Clima institucional.
Se refiere a las relaciones entre jardineras, niños y niñas, directivas, con funciones de
orientación, personal de apoyo, familias y personal administrativo. Incluye aspectos tan
diversos como el sentido de pertenencia, la satisfacción laboral, la conexión percibida entre
las personas que conforman la comunidad educativa, el apoyo con el que perciben que
pueden contar o la percepción sobre qué tanto las opiniones son tenidas en cuenta
Convivencia pacífica:
Es la coexistencia con otras personas en un espacio común, de forma armónica, a pesar de
las diferencias culturales, sociales, políticas, económicas, u otras que se presenten.
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Garantía de derechos:
Son las medidas, medios, bienes y servicios que el Estado pone en funcionamiento para
materializar y proteger la realización de los derechos y las garantías institucionales, como
por ejemplo, la libertad de conciencia, libertad de cultos y libertad de expresión.
Conducto regular:
Es una cadena jerárquica para notificar, aprobar acciones o situaciones según su
importancia, resolver conflictos escolares o manifestar inquietudes que se presentan durante
el ejercicio escolar. Cada jerarquía representa un líder a cargo de ésta.
Cualquiera de los actores del sistema escolar podrá recurrir a este conducto utilizando todas
las instancias hacia la resolución de la dificultad presentada, debiendo utilizarlas de manera
gradual hasta agotar todas las instancias.
En cualquier caso la instancia directamente involucrada plantea la solución pertinente de
acuerdo al ámbito de su competencia.
Protocolo:
El Protocolo es el conjunto de normas, reglas y disposiciones que rigen y controlan la
secuencia que debe seguirse en las distintas actividades propuestas en una Institución
educativa y que han sido establecidas con anterioridad. El protocolo debe complementarse
para cubrir todas las necesidades que requieren el conjunto de actividades a organizar.
Norma de comportamiento:
Se denomina a aquella regla o principio que se establece o se adopta para ser cumplida por
una persona en un espacio y lugar específico para realizar una acción. Las normas son las
pautas de ordenamiento social que se establecen en una comunidad humana para actuar de
modo de no entorpecer el bien común.
Competencias ciudadanas.
Se entiende por competencia ciudadana según la guía 49 del Ministerio de Educación
Nacional como el conjunto de conocimientos, habilidades cognitivas, emocionales y
comunicativas que, articuladas entre sí, hacen posible que las ciudadanas y ciudadanos
actúen de manera constructiva en la sociedad democrática (MEN, 2003). Concepto que se
articula con el enfoque pedagógico de la institución.
19
Ejercicio de ciudadanía:
De acuerdo a la guía 49 el concepto de ciudadanía parte de la idea básica que considera
característico de las personas vivir en sociedad, lo que convierte a las relaciones en una
necesidad para sobrevivir y darle sentido a la existencia (MEN, 2006). Desde el momento en
el que nacen, las niñas y los niños aprenden a relacionarse con las personas y a entender
qué significa vivir en sociedad; aprendizaje que continúa toda la vida.
Este aprendizaje debe ocurrir de tal manera que permita a la persona ejercer su ciudadanía,
es decir, debe permitir el desarrollo de ciertas competencias y conocimientos para
relacionarse con otras personas, actuar como protagonistas políticos, y participar activa y
responsablemente en decisiones colectivas (MEN, 2006). Además, debe ofrecer los
espacios necesarios para poner en práctica o ejercer estas competencias conocimientos en
la vida cotidiana.
En el marco de la formación para el ejercicio de la ciudadanía se han identificado tres
dimensiones para la construcción de una sociedad democrática, las cuales, en la vida
cotidiana, se presentan de manera articulada y no aislada (MEN, 2003):
Convivencia y paz:
Convivir pacífica y constructivamente con personas que frecuentemente tienen intereses que
riñen con los propios.
Participación y responsabilidad democrática: construir colectivamente acuerdos y consensos
sobre normas y decisiones que rigen a todas las personas y que deben favorecer el bien
común.
Pluralidad, identidad y valoración de las diferencias: construir sociedad a partir de la
diferencia, es decir, del hecho de que a pesar de compartir la misma naturaleza humana, las
personas son diferentes de muchas maneras.
Construcción de la norma
La convivencia es un proceso orientado a contribuir al desarrollo integral del alumno a través
de la formación en principios, valores, derechos y deberes, que permitan la comprensión de
las normas, la comprensión del propio deber ser y el deber hacer, asumiendo las
consecuencias de sus actos y atendiendo a los procesos de formación y de corrección, que
permitan el crecimiento personal y comunitario y el desarrollo de la dimensión trascendente
del ser humano.
Para la construcción de esta se parte de la caracterización de la comunidad educativa, la
que permitirá un diagnóstico de las situaciones que se presentan, como se pueden
20
transformar las conductas que generan las situaciones de acuerdo a edad etérea con la
persona que se presenta.
El diagnóstico da cuenta de las situaciones y estas se caracterizan de acuerdo a la tipología
establecida en el manual de convivencia; así mismo las situaciones se socializan con la
comunidad educativa y su respectivo acuerdo pedagógico, finalmente se realiza seguimiento
a los casos presentados y se buscan estrategias de mejoramiento para los repetitivos.
Ejes trasversales
De acuerdo con los principios éticos y el proyecto educativo institucional, se tiene en cuenta
como ejes trasversales:
La educación para la convivencia y la paz
Desde la concepción de paz positiva y del conflicto, se propone la siguiente definición de
Educación para la Convivencia y la Paz: Es un proceso que implica acciones intencionales,
sistemáticas y continuas encaminadas al desarrollo personal y colectivo mediante marcos
que generen formas alternativas de pensar, sentir y actuar. Este proceso supone potenciar la
capacidad para afrontar los conflictos desde una perspectiva creativa y no violenta y vivir
conscientemente los valores de igualdad, justicia, respeto, libertad y solidaridad.
Los objetivos de la Educación para la Convivencia y la Paz se plasman en las
dimensiones de la misma:
Desarrollo personal: Adquirir las habilidades personales (autoconocimiento, autoestima,
autonomía y autocontrol) y sociales (empatía, asertividad, escucha activa, trato respetuoso,
toma de decisiones) necesarias para tener unas relaciones interpersonales y sociales
constructivas y pacíficas.
Derechos Humanos: Conocer los derechos humanos, analizar las condiciones para
ejercerlos y reconocer las situaciones de injusticia, discriminación, opresión y violencia en
diferentes contextos, específicamente por razones de género, de raza, de situación
socioeconómica, de cultura.
Valores democráticos: Comprender el sentido y aprender prácticamente la igualdad, la
libertad, la participación, la solidaridad, la justicia, la compasión... como valores que
constituyen la base de una sociedad en paz.
Promoción de la convivencia en contextos cercanos, como la familia, el centro escolar,
el grupo de amistad, el barrio o el pueblo...
Tratamiento de los conflictos: Aprender teórica y prácticamente estrategias para facilitar el
diálogo y la negociación, resolver los conflictos como herramientas para la construcción de la
convivencia positiva y de la paz.
21
Desarrollo. Analizar de forma crítica el modelo actual de desarrollo y sus consecuencias, así
como de la explotación de los recursos naturales y los desastres ecológicos.
Interculturalidad: Aprender a dialogar entre culturas desde la afirmación de la cultura propia
y el respeto a todas las demás culturas como un modo de convivencia pacífica entre
personas y pueblos.
Conflictos nacionales e internacionales y procedimientos para su solución. Conocer y
analizar los principales conflictos, así como de los modelos utilizados, posibles y deseables
para su solución. Analizar las guerras, el terrorismo y el abuso del poder como vías violentas
e injustas de solución de los conflictos.
Pluralidad, identidad y valoración de las diferencias
La pluralidad, identidad y valoración de las diferencias en el manual de convivencia parte
desde los principios éticos de la institución que son la equidad y la diferencia, en los que nos
preocupamos por generar oportunidades semejantes de acceso a los servicios educativos a
través del sistema de compensación familiar existente en nuestro país, y el Principio de
Calidad que releva el propósito no sólo de posibilitar el acceso a oportunidades educativas,
sino además garantizar la más alta calidad de las mismas.
Enfoque diferencial de género
Se refiere al análisis de las relaciones sociales que parte del reconocimiento de las
necesidades específicas de las mujeres y que tiene por objeto permitir la igualdad real y
efectiva entre hombres y mujeres lo que da cuenta del perfil del estudiante.
Perfil del niño o niña de la institución es formado en valores como respeto, solidaridad, la
sana convivencia, la paz, el amor, la democracia, la reflexión y, principalmente, es un
estudiante comprometido y feliz en los espacios de participación para la convivencia
ciudadana, con respeto por la diferencia.
22
I PARTE: CONVIVENCIA
TÍTULO I: DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
Los derechos son el conjunto de oportunidades que brinda la Institución, en el marco de la
Constitución y las leyes.
Los deberes son las pautas de comportamiento que se asumen para el ejercicio de los
derechos y la libertad. Cumplir con los deberes y derechos garantiza el respeto por las
diferencias y por los otros y facilita el acceso a mejores condiciones de vida.
CAPITULO I DERECHO DEL ESTUDIANTADO
Artículo 1. Derechos fundamentales.
1. El derecho a la vida y a la integridad personal, física y moral es considerado inviolable,
dentro y fuera de la Institución.
2 .Los miembros de la comunidad educativa son libres e iguales y gozarán de los mismos
derechos, libertades y oportunidades, sin discriminación por razones de sexo, discapacidad,
raza, religión u opinión política.
3• Tienen derecho a su intimidad y buen nombre y la Institución debe respetarlos y hacerlos
respetar.
4. Las personas tienen derecho al libre desarrollo de la personalidad sin más limitaciones
que las que imponen los derechos de los demás y los principios de este Manual de
convivencia.
5. En el Colegio Comfama se garantiza la libertad de conciencia y de cultos, de expresión y
difusión de pensamientos y opiniones; de informar y recibir información veraz e imparcial
sobre las actividades propias de la Institución.
6. La comunidad educativa tiene derecho a hacer peticiones respetuosas a las instancias
correspondientes y a obtener pronta respuesta.
7. La comunidad educativa tiene el derecho a circular libremente por las instalaciones del
Colegio Comfama, salvo en algunos casos que por razones de seguridad o de disciplina así
se defina.
8. En el eventual incumplimiento de lo estipulado en este Manual, las personas tienen
derecho al debido proceso.
9. Se garantiza el derecho de la libre asociación para el desarrollo de las distintas
actividades propias del Colegio Comfama.
10. La comunidad educativa tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control
del Gobierno Escolar. Para hacer efectivo este derecho sus miembros pueden:
23
- Elegir y ser elegidos.
- Presentar iniciativas en las instancias de participación.
11. En el Colegio Comfama se garantizan las condiciones para el estudio del Manual de
convivencia. Así mismo, se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje y
divulgación de los principios y valores.
Artículo 2. Derechos sociales y culturales.
12. Los niños y niñas s tienen derecho a la formación integral. La educación es un derecho
de la persona con el que se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los
demás bienes y valores de la cultura. La educación impartida por el Colegio Comfama
formará al estudiante en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia.
13. Se reconoce el derecho de los niños y niñas a la recreación y a la práctica del deporte.
14. El Colegio Comfama tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de
todos sus miembros, en igualdad de oportunidades.
15. En la Institución hay libertad para la búsqueda del conocimiento y la expresión artística.
Artículo 3. Derechos colectivos.
16. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano y de las instalaciones
adecuadas que garanticen su salud y bienestar.
17. Es deber de la Institución, con el apoyo de la comunidad educativa, velar por la
integridad de los espacios dispuestos para el desarrollo de sus actividades.
18. La comunidad educativa tiene derecho a acceder a los documentos públicos de la
Institución, salvo en casos reservados por la Ley.
Artículo 4. Derechos institucionales del estudiantado.
Disfrutar y participar de las actividades que se realicen en el Colegio.
Estudiar para aprender y ser personas de bien.
Tener amigos y compartir con ellos.
Desarrollar capacidades y talentos.
Recibir buen trato de los compañeros, jardineras y demás personal del Colegio.
Ser respetados en las diferencias.
Expresar libremente en la ejecución de trabajos y en las manifestaciones de
sentimientos.
Ser escuchados y atendidos por la jardinera y demás personal de la sede.
Ser queridos, amados y protegidos.
Utilizar los recursos del Colegio Comfama, su infraestructura y material didáctico.
Recibir educación integral con calidad.
24
Recibir Igualdad en el trato y en las oportunidades.
Recibir el carné estudiantil.
Artículo 5. Protección y aplicación de los derechos.
El cumplimiento de los derechos, consagrados en este Manual, será responsabilidad de la
comunidad educativa.
Las distintas instancias del Gobierno Escolar establecerán los recursos, las acciones y los
procedimientos que en la materialización de los derechos contemplados en este Manual sea
necesario adoptar.
CAPITULO II. DEBERES DEL ESTUDIANTADO
Artículo 6. Deberes fundamentales.
El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en este Manual implica asumir las
siguientes responsabilidades:
1. Velar por la integridad, el buen nombre y el respeto de la Caja de Compensación
Familiar de Antioquia, en especial del Colegio Comfama.
2. Cumplir lo pactado en este Manual de Convivencia.
3. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.
4. Abstenerse de utilizar, portar, distribuir, o consumir elementos o sustancias que afecten la
vida, la salud y la integridad propia o la de los demás. La violación de este deber podrá ser
corregida o sancionada a la luz de las normas planteadas en este Manual y las disposiciones
de Ley, de acuerdo con la gravedad de la falta.
5. Obrar de acuerdo con los principios de solidaridad social, respondiendo con acciones
humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la integridad de las personas.
6. Respetar y apoyar las decisiones de las instancias del Gobierno Escolar, legítimamente
constituidas para orientar la institución.
7. Defender y difundir los derechos humanos, como fundamento de la convivencia pacífica.
8. Participar en la vida cívica y comunitaria de la Institución.
9. Cuidar los recursos naturales y físicos de la Institución y utilizar adecuadamente los
implementos didácticos disponibles para el buen desarrollo de los programas.
10. Se debe participar activamente de los eventos de formación programados por la
Institución.
11. Promover los valores corporativos del Colegio Comfama.
25
Artículo 7. Deberes individuales. 12. Respetar las normas del Colegio Comfama.
13. Asistir puntual y oportunamente.
14. Seguir las normas de convivencia establecidas y acordadas.
15. No agredir física ni verbalmente a los compañeros o al personal de la sede.
16. Alimentarse y consumir el refrigerio en el tiempo estipulado.
17. Participar en las actividades programadas.
18. Proteger y cuidar la naturaleza.
19. Respetarse y respetar a los demás.
20. Cumplir con las tareas y responsabilidades programadas.
21. Escuchar y atender las sugerencias y recomendaciones de acudientes, profesores y
jardineras.
22. Cuidarse a sí mismos, a los otros, el preescolar, el agua, las plantas, los libros, las sillas,
las mesas y demás enseres de la Institución.
23. Cuidar las pertenencias personales y las de los compañeros y jardineras.
24. Estar limpios y organizados, bañarse todos los días y cepillarse los dientes.
25. Compartir con los compañeros de las salas.
26. Abstenerse de esculcar las pertenencias de los compañeros y jardineras.
27. Asistir en un adecuado estado de salud a las actividades escolares.
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CAPITULO III. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
Artículo 8. Derechos. 1. Participar de las actividades programadas para los padres de familia.
2. Hacer peticiones respetuosas a los representantes de la Institución, siguiendo el conducto
regular establecido por el colegio.
3. Ser escuchados por las personas de la comunidad educativa.
4. Recibir buen trato de la Institución.
5. Recibir buena y oportuna información.
6. Recibir periódicamente informe escrito sobre el proceso educativo de sus hijos.
7. Ser tenidos en cuenta en las decisiones relacionadas con el aprendizaje del estudiante.
8. Elegir y ser elegidos para los distintos cargos del Consejo de Padres o de los comités de
padres de familia.
9. No ser discriminados.
10 Recibir asesoría psicológica cuando la profesora lo sugiera o cuando el mismo padre de
familia lo solicite.
11. Participar de las actividades programadas por el área de Bienestar estudiantil.
12. Acceder a algunos medios de comunicación de Comfama.
Artículo 9. Deberes. 1. Acompañar a su hijo en el cumplimiento de las responsabilidades con el Colegio y él
mismo.
2. Acatar el proceso de matrícula debidamente.
3. Respetar el pacto pedagógico que se desprende al firmar la matrícula: aceptación del
modelo pedagógico del Colegio Comfama y la asignación de los docentes por parte de la
Caja.
4. Cumplir las actividades establecidas en el calendario académico.
5. Facilitar el material requerido para el bienestar de los estudiantes.
6. Asistir a las actividades educativas, culturales y recreativas programadas por el Colegio.
7. Acudir a las citas de asesoría psicológica o a las programadas por la jardinera. Si el padre
no asiste a los llamados de la Institución será citado por la supervisora académica, el
coordinador de programas y servicios y, en última instancia, por el rector del Colegio.
8. Garantizar el cumplimiento del horario asignado al niño y la niña.
9. Cumplir con el horario académico asignado, llegando cinco minutos antes de iniciar y
finalizar la jornada escolar. De lo contrario, el padre o acudiente deberá esperar hasta que la
jardinera termine la actividad para que pueda recibir adecuadamente al niño y escuchar el
motivo de la tardanza. Si no recoge oportunamente al niño o a la niña , éste se entregará al
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, tal como lo ordena la Ley de Infancia y
27
Adolescencia. Por reglamentación de la misma, ningún funcionario de la Institución podrá
llevar al estudiante hasta el lugar de su residencia y, mucho menos, al hogar de la jardinera
o madre comunitaria.
10. Manifestar sugerencias, reclamos o inconformidades de forma respetuosa, sin
agresiones o amenazas a jardineras, profesores, el rector o funcionarios de la sede. Si esto
se incumple, se remitirá el caso al área jurídica de la Caja para emprender la acción que se
considere ajustada en derecho.
11. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia.
12. Cumplir con el pago de los derechos de matrícula y de las mensualidades,
oportunamente, es decir, los primeros cinco días de cada mes (Aplica para TC y TD).
13. Hacer cumplir las incapacidades médicas de los niños y niñas y no permitir la asistencia
del niño o la niña con problemas de salud.
14. Abstenerse de realizar actividades como rifas o ventas lucrativas dentro y fuera de las
instalaciones escolares o pedir dinero a otros padres de familia.
15. Solicitar, con cinco (5) días hábiles de anticipación, certificados, informes y demás
papelería que requiera del niño o la niña y estar a paz y salvo para su entrega.
16. Evitar llamarle la atención a un niño o niña distinta a su hijo o a otro padre de familia por
una falta cometida por un niño o niña en el tiempo que está bajo la responsabilidad de la
jardinera.
17. Presentar el ficho que autoriza la entrega del niño o la niña de preescolar a una persona
mayor de edad y responsable.
18. Comunicar cualquier eventualidad que se presente con el niño o la niña dentro o fuera
del Colegio Comfama.
19. Evitar que los niños o las niñas lleven a la sede pertenencias o joyas de las cuales el
Colegio no se hace responsable.
20. Leer y firmar las notas que se le envían y seguir las recomendaciones allí escritas.
21. Respetar el buen nombre y la imagen de la Caja de Compensación Familiar de
Antioquia, Comfama. Su incumplimiento conlleva a que el padre de familia rectifique y, si es
necesario, se llevará el caso ante la autoridad competente con el acompañamiento del área
jurídica de Comfama.
22. Tratar, sin amenazas o agresiones, a las jardineras, funcionarios u otras personas en la
Caja o sedes externas en las que se dispensen servicios.
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Ante el incumplimiento de los deberes, el padre de familia deberá realizar con el grupo del
estudiante una actividad pedagógica relacionada con la corrección del deber incumplido.
Esta actividad, aprobada por la jardinera o docente, será planeada y ejecutada por el padre
de familia.
PARTICIPACIÓN DE LA FAMILIA: La familia como parte de la comunidad educativa deberá:
• Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura,
cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.
• Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la
convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y
la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.
• Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que
adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.
• Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de
participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento
educativo.
• Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus
hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.
• Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y
responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.
• Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia
escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo
amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del
respectivo establecimiento educativo.
• Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención
Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando éstos
sean agredidos
CAPITULO IV. DEBERES Y DERECHOS DE LAS JARDINERAS
Artículo 10. Derechos. 1. Que les respeten los derechos contemplados en la Constitución Nacional, el Estatuto
Docente, el Código Laboral y el Reglamento Interno de Trabajo.
2. Recibir buen trato de los miembros de la comunidad educativa.
3. Recibir un trato respetuoso de los padres de familia.
29
Artículo 11. Deberes. 4. Cumplir con los consignados en el Reglamento Interno de trabajo.
5. Conocer y velar por el cumplimiento de todas las normas del Manual de convivencia.
6. Acompañar a los niños y niñas, respetando sus diferencias de pensamiento y género.
7. Comunicar oportunamente las quejas sobre maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o
consumo de drogas ilícitas, entre otras.
8. Acompañar a los niños y niñas con capacidades diversas, sin descuidar sus habilidades.
9. Acatar los conductos regulares señalados para cada situación.
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CAPITULO V. RESPONSABILIDADES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
1. Informar a los padres de familia sobre los criterios, métodos y procedimientos pedagógicos
empleados para lograr el desarrollo integral de los estudiantes.
2. Velar por el bienestar emocional de los niños y niñas e informar oportunamente cuando se
tenga conocimiento de: MALTRATO FÍSICO, NEGLIGENCIA Y ABANDONO FÍSICO,
MALTRATO Y ABANDONO EMOCIONAL O ABUSO SEXUAL, AGRESIÓN SEXUAL O
EXPLOTACIÓN SEXUAL, que se esté dando a un niño o niña por parte de un miembro de la
comunidad educativa o de un tercero, ya que la denuncia de uno de estos actos sobre los niños
prevalece sobre el secreto profesional.
3. Abstenerse de entrabar cualquier tipo de relación afectiva con los niños y niñas.
4. Responsabilidades de las jardineras en el Sistema Nacional de convivencia escolar y
formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y
mitigación de la violencia escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y que le
son propias, tendrán las siguientes responsabilidades:
5. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y
vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento
educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad
vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención
Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen
conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de
convivencia para activar el protocolo respectivo.
6. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de
aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva
de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la
integridad física y moral de los estudiantes.
7. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima
escolar del establecimiento educativo.
8. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia.
31
TÍTULO II: ACUERDOS SOBRE El ACOMPAÑAMIENTO PARA LA
CONVIVENCIA
CAPÍTULO I: EL ACOMPAÑAMIENTO PARA LA CONVIVENCIA.
ARTÍCULO 12. DEFINICIÓN
El Colegio Comfama atiende una población perteneciente a la primera infancia, las
características de su proceso evolutivo, socialización e interacción se basan en la
construcción de la norma, en la exploración de las relaciones interpersonales con sus pares,
el aprendizaje sobre el otro y reconocerlo como un interlocutor válido, estas relaciones están
transversalizadas por un adulto que hace las veces de mediador, regulador; en esta medida
las situaciones de conflicto de tipo relacional, son resueltos con efectividad con la mediación
del agente educativo.
La convivencia con el equipo de jardineras, administrativo es armoniosa, de respeto,
relaciones interpersonales enmarcadas dentro de límites claros, fácilmente se llegan a
acuerdos; existe un agente externo que ayuda a regular situaciones de conflicto como lo es
el reglamento interno de trabajo, en tales casos se activa la comunicación siguiendo el
conducto regular y activando acciones administrativas a las que haya lugar.
Por lo anterior definiremos algunos términos que pueden estar relacionados con algunos
comportamientos que se puedan presentar en el Preescolar y que se relacionan con los
diferentes tipos de situaciones que afectan la convivencia.
ARTÍCULO 13. CONCEPTOS:
De acuerdo al artículo 40 del decreto 1965 de 2013, se entine de por: Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o
percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.
Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no
son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia
escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la
comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es niño o niña y siempre y
cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.
32
Agresión escolar. Es entendida cuando uno o varios niños o niñas o adultos integrantes de la
comunidad educativa afectan negativamente a otros, de los cuales por lo menos uno es niño o
niña . La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
a) Agresión física. Es aquella que tiene como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de
otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos,
rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras;
b) Agresión verbal. Es la que busca con las palabras degradar, humillar, atemorizar,
descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas;
c) Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar,
atemorizar o descalificar a otros;
d) Agresión relacional. Está relacionada con la exclusión de grupos, aislar deliberadamente
y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que
tiene la persona frente a otros;
e) Agresión electrónica. Es la relacionada con la afectación a través de medios electrónicos
Incluye la divulgación de fotos o videos intimas o humillantes en Internet, realizar
comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través redes y enviar correos
electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto manera anónima como
cuando se revela la identidad de quien los
Acoso escolar (bullying). Acuerdo con artículo 2 la Ley 1620 201 es toda conducta negativa,
intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización,
difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier
forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o
adolescente, por parte un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación.
También puede ocurrir por parte las jardineras contra un niño o una niña o por parte niño o una
niña contra una jardinera , ante la indiferencia o complicidad de su entorno.
Ciberacoso (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 201 es toda forma
de intimidación con uso deliberado tecnologías de información (Internet, redes sociales
virtuales, telefonía móvil y videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en artículo 2 de la Ley 1146 2007, "se
entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de
tipo sexual ejercido un niño, niña o adolescente, utilizando la o cualquier forma de coerción
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física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y
las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".
Vulneración los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Toda situación de daño, lesión o
perjuicio que impide el ejercicio pleno los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Restablecimiento de los derechos los niños, niñas y adolescentes. el conjunto de actuaciones
administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e
integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los
derechos que le han sido vulnerados.
Debido Proceso. Pasos que deben seguirse en la aplicación de un correctivo, frente a alguna
dificultad o conflicto de intereses
Estrategia Formativa. Son estrategias que se utilizan para transformar el conflicto escolar que
afectan la convivencia, se promueve la reflexión para mejorar la convivencia, entre los
miembros de la comunidad educativa.
Mediación Es un proceso de resolución de conflictos en el que las dos partes enfrentadas que
acuden voluntariamente a una tercera persona, imparcial, llamada mediadora o mediador, con
el fin de llegar a un acuerdo que sea satisfactorio para las dos partes (De armas 2003)
Acuerdo pedagógico. Son las estrategias por medio de la cual se acuerdan condiciones para
desarrollar las actividades educativas y se definen límites para la sana convivencia.
Promoción. Son acciones permanentes y continuas que se desarrollan por medio de las
diferentes actividades transversalizadas con los proyectos relacionados con las enseñanzas
obligatorias y demás. Se debe promocionar el conocimiento sobre derechos humanos, sus
garantía y su ejercicio; auspiciando el sentido de responsabilidad individual y social mediante la
comprensión de los deberes y derechos de la persona humana y con el mejoramiento del clima
escolar.
Prevención. Son acciones permanentes y continuas que se desarrollan mediante la
identificación de riesgos, el análisis de las características personales, familiares y del entorno de
los alumnos, el diseño y aplicación de proyectos pedagógicos en el ámbito de los derechos
humanos y el diseño y aplicación de los protocolos de convivencia y de disciplina; esta
promoción se realiza a través de campañas y actividades direccionadas a mejorar la
convivencia escolar.
Atención. Son acciones permanentes de atención en los casos de situaciones que afectan la
convivencia escolar, de quebrantamiento de los deberes y de mal uso de la libertad, mediante la
orientación para su mejoramiento y corrección.
Seguimiento. Son acciones y procesos de observación, asesoría y acompañamiento para
cuando se presentan deficiencias en la convivencia escolar y comunitaria y en relación con el
grupo para acrecentar el respeto a la verdad, a los derechos ajenos, al sentido de la justicia, la
responsabilidad, el sentido de solidaridad, la disciplina y otros.
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Restablecimiento de los derechos de los niños y adolescentes. Es el conjunto de
actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su
dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente
de los derechos que le han sido vulnerados (derecho 1965 de 2013, artículo 39)
CAPÍTULO II: MEDIACIÓN ESCOLAR.
ARTÍCULO 14. DEFINICIÓN, PASOS Y ACTORES DE LA MEDIACIÓN ESCOLAR: La mediación es un proceso por el cual una tercera persona, el mediador o mediadora, ayuda a
dos o más personas en conflicto a que busquen una solución pactada, conjunta, al problema
que les enfrenta. El mediador o mediadora nunca juzga algo si está bien o mal ni arbitra ni
aporta contenido a las deliberaciones que hagan las partes en conflicto. Sencillamente, se limita
a recordar y fomentar durante todo el proceso, las reglas de la sana argumentación como parte
de las competencias ciudadanas que se les presupone a todos los miembros de la comunidad
educativa. Así, lo que busca el mediador o mediadora es promover la comunicación y el
entendimiento entre las partes en conflicto. La mediación es voluntaria y confidencial.
En cuanto a los pasos del proceso de mediación escolar se distinguirán los siguientes:
1. Decisión de realizar la mediación: las partes en conflicto expresan su deseo de superación
del mismo, solicitando el espacio y la persona que los va a acompañar en la mediación.
2. Mediación: el mediador se ubica en el centro de la mesa y las partes en conflicto se ubican a
cada lado y comienza recordando el proceso y las normas a seguir en la mediación. A
continuación, las personas que son mediadas, exponen su versión del conflicto con los
sentimientos que le acompañan. Cada parte tiene un tiempo para exponer su situación
delimitado por el mediador y la otra parte debe escuchar en silencio hasta que termine lo que va
a decir. Cuando ambos terminen hay un espacio para aclarar las dudas e identificar los
conflictivos, los puntos de coincidencia y de divergencia del mismo y las propuestas de solución.
3. Acuerdo pedagógico. Cuando se define entre las partes las soluciones, se escriben los
acuerdos con los compromisos adquiridos por ambos
CAPÍTULO III: RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR ARTÍCULO 15. COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR: RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL:
35
Es una herramienta que se plantea en la ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario, como un
camino claro compuesto por una serie de acciones desde diferentes componentes, para
responder de forma integral a todas las situaciones que buscan, de una u otra forma, fortalecer
y la convivencia escolar mitigar los factores que pueden afectarla.
La ruta de atención integral para la Convivencia escolar está integrada por los componentes de
promoción, prevención, atención y seguimiento, estos deben vivir en comunidad escolar.
ARTÍCULO 16. Clasificación de las situaciones: Las situaciones que afectan la convivencia
escolar y el ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres
tipos:
ARTÍCULO 17. Tipo l: Son comportamientos que inciden negativamente en clima escolar
y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. Pueden ser generados por
niños, familias y agentes educativos.
En esta categoría hacen parte situaciones como: agresión verbal, gestual, agresión en las
comunicaciones escritas o amenazas, agresión relacional y agresión electrónica e
incumplimiento a los deberes del Manual de Convivencia.
Protocolo para la atención de Situaciones Tipo I. Procedimiento:
1. Reunir las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que
éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados,
todo lo anterior en un clima de relaciones constructivas.
36
2. Establecer la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a
buscar la reparación de los daños causados, dentro de un clima de relaciones
constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. Actuación de la
cual se dejará constancia.
3. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue
efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del
Decreto 1965.
ARTÍCULO 18. Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso
escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), enfrentamientos, altercados, riñas, mordiscos,
golpes y todos aquellos que causen daño a la salud pero que no generen incapacidad para
cualquiera de las personas involucradas de la comunidad educativa.
Protocolo para la atención de Situaciones Tipo II. Procedimiento: 1. Cuando el daño es al cuerpo o a la salud, se garantizará la atención inmediata en salud
física y mental de los involucrados, con la remisión a las entidades competentes y se dejará
constancia.
2. Cuando se refiere a medidas de restablecimiento de derechos, se remite la situación a las
autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará
constancia.
3. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes
involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
4. Crear un espacio en los que las partes involucradas y los padres de familia o acudientes de
los niños y niñas , puedan exponer lo sucedido, preservando en cualquier caso, el derecho a la
intimidad, confidencialidad y demás derechos.
37
5. Determinar las acciones que busquen la reparación de los daños causados, el·
restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones
constructivas;
6. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se
requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del presente Decreto.
7. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las
decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.
ARTÍCULO 19. Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de: agresión escolar;
negligencia de las familias a la atención integral o de salud de los menores; sanciones
inadecuadas como encierros, amenazas que sean constitutivas de presuntos delitos contra
la libertad, integridad y formación sexual.
Atentar o poner en riesgo la vida o integridad de las personas que conforman la comunidad
Agredir físicamente a otro u otros generándole daños físicos o incapacidad.
Atentar contra el buen nombre, la honra, la dignidad, o el derecho a la intimidad de cualquier
miembro de la comunidad educativa.
Acosar, provocar o abusar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
Atentar contra la dignidad e integridad de algún miembro de la comunidad educativa
empleando: el internet, las redes sociales, y demás medios tecnológicos.
Protocolo para la atención de Situaciones Tipo III. Procedimiento: 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud garantizar la atención inmediata en salud física y
mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, se deja
constancia.
2. Informar de manera inmediata a los padres de familia o acudientes de todos los niños y
niñas involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
3. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de
los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que
pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así
como del reporte realizado ante la autoridad competente.
4. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el
comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del
establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la
víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte
de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.
5. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité
escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal,
38
distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento
educativo en el cual se presentó el hecho.
ARTICULO 20: ACTIVACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE OTRAS ENTIDADES. De acuerdo
a la reglamentación del decreto 1965 de 2013, el Rector deberá activar los protocolos
correspondientes a otras autoridades competentes.
ARTICULO 21: ATENCIÓN EN SALUD MENTAL. La atención en Salud Mental a los niños,
niñas, adolescentes y las familias afectadas por la violencia escolar o vulneración de
derechos sexuales y reproductivos, será prioritaria con base en el Plan Obligatorio de Salud,
en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
39
TITULO III: NORMALIZACION O DISCIPLINA DE LOS ESTUDIANTES
Capítulo I. Clasificación de las situaciones, debido proceso y estrategias
formativas para los estudiantes de preescolar
Siguiendo las indicaciones contenidas en el artículo 26 de la Ley 1098/2006, de Infancia y
Adolescencia; los niños y, niñas tienen derecho a que se les aplique las garantías del
debido proceso en todas las actuaciones administrativas en que se encuentren involucrados.
Es deber del Colegio Comfama garantizar el seguimiento del conducto regular para la
solución de los conflictos que se presenten en la institución con la participación de los entes
e instancias del gobierno escolar. Para tal efecto, se requiere que haya una comunicación
permanente y respetuosa entre el Colegio Comfama, el niño y la niña y la familia con el fin
de garantizar un adecuado seguimiento y acompañamiento.
Artículo 22. Situaciones cotidianas de los niños y niñas de Preescolar.
• Llegar tarde a las actividades programadas.
• Inasistencia injustificada a las actividades académicas.
• Perturbar el normal desempeño de las actividades académicas.
• Llevar juguetes o accesorios que interfieran con el adecuado desarrollo de las actividades.
• Utilizar lenguaje soez.
• Sacar material y juguetes que no le pertenezcan al niño o la niña.
Artículo 23. Debido proceso para las Situaciones cotidianas de los niños y niñas del
preescolar.
En las diferentes situaciones cotidianas se dialogará con el niño o niña y la familia,
establecerán acuerdos y compromisos y realizarán asambleas de convivencia. Si no se
observan cambios en el comportamiento del niño o niña, se realizará un acompañamiento al
padre y a los menores por parte de la jardinera, que le permita no repetir la falta. Este
seguimiento y acompañamiento debe quedar registrado en el formato de observación
intencionada.
40
Artículo 24. Definición de situaciones repetitivas:.
• Daños intencionados a la planta física, material didáctico, muebles y enseres de la sede.
• Agredir repetitivamente, de forma verbal o física, a cualquiera de los compañeros,
jardineras, funcionarios o personal de la Caja.
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Artículo 25. Debido proceso para las situaciones repetitivas.
En las diferentes situaciones se citará al padre de familia para informarle sobre el
comportamiento del niño o la niña. Cuando hay daños físicos y materiales, se analizará si
son intencionados, para que se haga la reposición o reparación pertinente.
Ante las agresiones constantes y graves, el docente iniciará un diálogo reflexivo con el niño
o niña y si el comportamiento persiste, seguirá las siguientes estrategias:
• Llamado de atención, verbal y escrita, en el formato de observación intencionada.
Se le invita a la reflexión con pedagogía, serenidad, y buenos términos, por parte de la
jardinera.
• Se lleva al niño o niña a la oficina de la supervisora para hacer un compromiso verbal o
escrito relacionado con la situación.
• Se cita al padre de familia o acudiente para informarle de la situación y establecer
compromisos y comportamientos de mejora para el niño o niña. Si es necesario, se remitirá
al padre de familia a un psicólogo para una asesoría que le permita orientar y modificar la
conducta inadecuada del menor.
42
TÍTULO IV: REGLAMENTOS ESPECÍFICOS
Artículo 26. Aula de informática. Para el uso de las aulas de informática se recomienda:
• Tener las manos limpias para evitar que se deterioren teclados y otras partes del
computador.
• No consumir alimentos dentro del aula.
• No cambiar la configuración de los equipos.
• No instalar software sin previa autorización.
• No desconectar los periféricos del computador como mouse y teclado, entre otros.
• Vacunar las memorias antes de usarlas.
Artículo 27. Reglamento de uso. Centros de consulta en línea (ccl) - salas
virtuales e internet (svi)
Presencia: El Programa de Bibliotecas Comfama está compuesto por sedes propias con
bibliotecas, sedes coadministradas en Parques Biblioteca de Medellín, y por las
Bibliometros en alianza con el Metro de Medellín. Para estos dos últimos casos, aplica
adicionalmente la normatividad específica que regula cada convenio.
Derechos y Deberes generales: Reglamento General del Programa de Bibliotecas
Comfama (T-50-V1). En especial numeral 2.1 y 2.2.
Artículo i. Los Centros de Consulta en Línea y las Salas Virtuales e Internet permiten:
a) Servicios de Información a los que los usuarios pueden directamente acceder a través de
la Web, recibiendo instrucción o asesoría por parte del prestador del servicio. (Referencia
electrónica)
b) La consulta de nuevas fuentes y medios de información, tales como colecciones en
formato digital, enciclopedias en línea, títulos multimedia e Internet.
c) La adquisición de habilidades para la búsqueda, selección, análisis, clasificación y
aplicación de información.
d) La construcción colectiva de conocimientos participando en diversos grupos temáticos de
su interés.
e) Trabajo en grupos programados para el fortalecimiento de habilidades informacionales y
conocimiento de las TIC.
Usuarios: Podrán hacer uso de los Centros de Consulta en Línea (CCL) y las Salas
Virtuales e Internet (SVI), todos los usuarios de los servicios bibliotecarios, además de las
instituciones educativas, empresas afiliadas y otras organizaciones con las cuales la
Biblioteca establezca acuerdos de servicios o se inscriban en los programas ofrecidos.
43
El menor de edad participará de las actividades de los CCL o de las SVI bajo la exclusiva
responsabilidad de sus padres o adultos responsables de su cuidado.
Turnos: Los turnos tienen duración de una (1) hora, de las cuales 5 minutos serán utilizados
para el cierre, guardado de archivos y entrega del equipo por parte del usuario. Empezando
y terminando en horas completas (8:00 a 9:00, 4:00 a 5:00, 6:00 a 7:00), a excepción del
último turno del día, que tiene duración de 50 minutos, para efectos del cierre del servicio5.
Reservas. Todo usuario tiene derecho a la reserva de dos (2) turnos, consecutivos o no, en
el lapso de un (1) día6.
Para hacer uso del turno reservado el usuario deberá presentar su documento de identidad
con el cual hizo la reserva.
El prestador del servicio podrá solicitar, en cualquier momento del turno, la identificación y
los datos de localización y contacto a uno, varios o a todos los usuarios del servicio, para
efectos de verificación, actualización y contingencias7
Para efectos de control, la hora oficial será la que arroje el sistema. Por tanto, no habrá
lugar al uso del total del tiempo reservado cuando el usuario llegue después de la misma.
Siempre y cuando no exceda, en su atraso, los diez (10) minutos.
Si el usuario llega 10 minutos después de la hora prevista en la reserva, el sistema
automáticamente liberará el recurso asignado y el usuario perderá el derecho al tiempo
restante, que será asignado por el prestador del servicio a otro solicitante que esté en
espera.
Para hacer uso de los Centros de Consulta en Línea y/o las Salas Virtuales e Internet,
individual o grupalmente, el usuario deberá realizar la reserva de los equipos con
anticipación y de acuerdo con lo establecido en el numeral 2.4.2.1 del Reglamento General
del Programa de Bibliotecas Comfama.
El usuario que por cualquier motivo decida no utilizar la reserva asignada podrá cancelarla
presencial o telefónicamente, hasta 10 minutos antes de la hora fijada, sin perjuicio de su
historial de servicio. Si por el contrario, el usuario no hace la cancelación de la misma,
generará en el historial de su cuenta un seguimiento acumulativo, que reportará, al
5 En las Bibliometros no aplican las reservas grupales y los turnos se conceden al momento mismo de la
solicitud, siempre y cuando haya disponibilidad de equipos y se reúnan las condiciones para el servicio, que tiene una duración, por turno de entre 30 y 60 minutos y están sujetos a condiciones especiales, especificadas por la administración a cargo del servicio. 6 El usuario que efectúe una reserva para reproducir algún material audiovisual con duración superior a 2 horas,
debe informarlo en el momento de hacer la reserva y tendrá derecho a un turno de 3 horas. El prestador verificará disponibilidad y que el turno se utilice para la actividad mencionada. En caso de requerir tiempo adicional, sin haber hecho la solicitud al momento de la reserva, el usuario deberá solicitar al prestador del servicio un nuevo turno, quien lo asignará teniendo en cuenta la disponibilidad de los equipos y la validez del uso dado al anterior turno. 7 La contingencia se presenta cuando hay fallas o casos fortuitos en el sistema, por lo cual el prestador del
servicio cuenta con una planilla adicional para ingresar los datos y soportar las reservas, a fin de no afectarlo, el usuario se compromete a entregar nuevamente sus datos (Art.6 de este reglamento de uso).
44
completar tres (3) incumplimientos en un mismo mes, una suspensión del servicio por un
periodo de treinta (30) días calendario.
Reservas grupales: El responsable de la reserva grupal se obliga a:
Solicitar los materiales y equipos para las actividades a realizar al momento de efectuar la
reserva.
Ejecutar las actividades objeto de la reserva.
Dar a conocer el presente reglamento de uso a todos los usuarios que lo
acompañan, y velar por su cumplimiento.
Funciones del prestador Durante el tiempo destinado al uso del servicio, los prestadores
del mismo podrán dar recomendaciones, hacer llamados de atención y brindar información
pertinente a la seguridad informática, la ética, la normatividad del servicio, el servicio mismo
y otras consideraciones que estime pertinentes.
Otros Para la reproducción de archivos de sonido y video, el usuario deberá disponer de
sus propios audífonos, para no perturbar, con la salida externa del sonido de los equipos, la
concentración de los otros usuarios8.
Informar al prestador del servicio en los primeros quince (15) minutos del turno cualquier
anomalía en los equipos o materiales asignados, de lo contrario el usuario asumirá la
responsabilidad de las mismas9.
Todo usuario podrá acceder a servicios complementarios así:
Escaneado, hasta 10 folios10 de un mismo documento, libro, revista o folleto.
Impresión (tinta negra).
Estos servicios tienen un costo determinado por la administración y están sujetos a cambios
o ajustes, informados por los mecanismos que la Caja estime pertinentes.
Todo usuario podrá presentar sus quejas o comentarios, llenando y depositando el FC-75
Registro temporal de comentarios, en uno de los buzones de sugerencias de la sede, o
utilizando el enlace de la página Web de Comfama:
http://www.comfama.com/herramientas/contactos/frmSeleccionar.asp teniendo en cuenta
seleccionar la sede correcta donde recibió el servicio.
Artículo 28. Reglamento general del programa de bibliotecas Comfama
Este Programa, puesto a disposición de la comunidad con el objetivo de propiciar su
acercamiento a la información, a la investigación y al conocimiento, como un aporte a la
transformación de la ciudad y al surgimiento de nuevas oportunidades de educación y
cultura de sus habitantes, hace parte integral de la Red Nacional de Bibliotecas de Cajas de
Compensación, del Sistema de Bibliotecas Públicas de Medellín y de la Red de Bibliotecas
8 El prestador del servicio suministrará, a solicitud del usuario, audífonos o diademas en préstamo, mientras dure la reserva, a
aquellos que requieran reproducir archivos que incluyan sonido, siempre y cuando haya disponibilidad de los mismos y el usuario utilice el servicio por primera vez. 9 En los Bibliometros las anomalías deberán ser informadas por el usuario en los primeros cinco (5) minutos del
turno asignado. 10
Protección de los Derechos de Autor.
45
Públicas-Área Metropolitana, contribuye al logro de un mejor futuro regional y nacional,
gracias a la unión de voluntades para el fortalecimiento y desarrollo de toda la ciudadanía.
Los principios de este Programa apuntan a una Biblioteca pública libre, abierta y gratuita
para todos, con colecciones actualizadas, horarios extendidos y servicios fijos o de
extensión donde la gente los necesite, generando oportunidades a sus usuarios mediante
programas y eventos estimulantes para el desarrollo social, económico y cultural, apoyados
en personal calificado y competente, al servicio de los fines y propósitos de la Caja.
Por lo anterior, se convoca a todos los usuarios al buen trato del personal encargado de los
servicios, y al cuidado y utilización adecuada de los documentos, instalaciones, recursos y
equipos, preferiblemente para fines educativos, formativos, culturales, recreativos, sociales y
de investigación, acordes con el reglamento establecido, cuyo incumplimiento generarán
sanciones.
El Programa de Bibliotecas Comfama está compuesto por sedes propias con bibliotecas,
sedes coadministrador en Parques Biblioteca de Medellín, y por las Bibliómetros en alianza
con el Metro de Medellín. Para estos dos últimos casos, aplica adicionalmente la
normatividad específica que regula cada convenio.
1. Del Programa
Portafolio de Servicios
Los servicios que promueve el Programa son:
Consulta en Salas de Lectura
Préstamo de materiales bibliográficos y/o audiovisuales
Referencia
Fomento a la Lectura
Fomento al uso de Tecnologías en Centros de Consulta en Línea y Salas Virtuales e Internet
Extensión Bibliotecaria
Formación de Usuarios
Servicios
Son las actividades que el Programa ofrece a sus usuarios durante los horarios de atención.
Estos servicios son:
Consulta de libros, revistas, periódicos, fotografías, videos, trabajos musicales, títulos
multimedia y otros recursos en los diferentes soportes que se dispongan para tal uso.
Préstamo de libros, videos, trabajos musicales, títulos multimedia y otros recursos en
diferentes soportes.
Uso de los puntos de acceso al catálogo bibliográfico automatizado
Uso de espacios para el estudio o aprovechamiento individual y grupal en Salas de Lectura
Acceso a Centros de Consulta en Línea y Salas Virtuales e Internet
46
Asesoría individual o grupal sobre los espacios, servicios, programas y eventos, las
colecciones disponibles y la ubicación de los materiales.
Capacitación en el conocimiento y uso de las herramientas, equipos y materiales dispuestos
para el servicio.
Acciones de animación y promoción de la lectura para niños, jóvenes y adultos, tanto
grupales como individuales, en los distintos escenarios (abiertos o cerrados), dispuestos en
las programaciones.
Programas
Actividades dispuestas para los usuarios en horarios específicos, que se realizan
periódicamente con una secuencia temática establecida. Pueden requerir inscripción previa.
Por ejemplo, actividades académicas y culturales, capacitaciones y talleres, clubes, entre
otros.
Eventos
Actividades que se realizan una sola vez en una fecha y hora específicas. Pueden requerir
inscripción previa y estar sujetos a la programación mensual.
Espacios
Los Servicios son prestados al público en espacios propios o administrados por la Caja.
Previa disponibilidad de los mismos.
Horarios de atención
Los horarios son establecidos por cada una de las Sedes, están publicados en cartelera y se
pueden consultar en el subsistió de Bibliotecas de la página Web (www.comfama.com), en
su Agenda Cultural y en otros medios considerados necesarios para informar a los usuarios.
Usuarios de los servicios
Son los Afiliados y no Afiliados, sean ellos personas naturales o jurídicas, que hacen uso de
los Servicios ofrecidos.
Los menores de edad pueden participar de las actividades, objeto del presente reglamento,
bajo la exclusiva responsabilidad de sus padres o adultos encargados de su cuidado.
Todo usuario grupal debe contar con un coordinador(a) de grupo que lo acompañe en el sitio
durante las actividades concertadas, asumiendo este (a) la responsabilidad de velar por el
cumplimiento de los derechos y deberes relacionados en el presente reglamento, a título
personal y en nombre de cada uno de los integrantes del grupo.
Del Reglamento
Derechos del usuario
Conocer el Reglamento General del Programa Bibliotecas Comfama.
Ingresar a sus espacios y disfrutar de estos, previo cumplimiento de los requisitos previstos
para ellos.
47
Acceder a los servicios en los horarios establecidos y con las características ofrecidas.
Recibir, por parte de los funcionarios, calidad en la atención, además de un trato amable y
respetuoso en todas las circunstancias.
Recibir información oportuna y veraz de los funcionarios respecto a las programaciones, los
servicios y los eventos establecidos.
Realizar actividades de lectura o consulta sin ser perturbado por el comportamiento de los
funcionarios y demás usuarios de los servicios.
Disponer de información actualizada y completa en los medios de comunicación sobre los
programas y eventos de cada Sede.
Ser escuchado por los funcionarios administrativos cuando desee hacer comentarios sobre
la atención y/o los servicios. En su defecto, ser remitido al buzón de comentarios.
Recibir respuesta, escrita o verbal, del personal administrativo a los comentarios
manifestados.
Ser informado oportunamente sobre los cambios realizados en los servicios que utiliza.
Deberes del usuario
Conocer y acatar el Reglamento General del Programa Bibliotecas Comfama.
Seguir las recomendaciones hechas por los funcionarios debidamente identificados, dentro
de las instalaciones.
Informar al personal de seguridad el ingreso y salida de dispositivos electrónicos como
cámaras digitales, computadores portátiles, entre otros, además de los materiales
bibliográficos externos.
Acatar las medidas establecidas sobre el ingreso de maletines, morrales, contenedores de
objetos y otras pertenencias, a los espacios donde se prestan los servicios.
Solicitar autorización en la administración para la toma de registros fílmicos, fotográficos y de
sonido dentro de las instalaciones donde se prestan los servicios.
Solicitar autorización, al funcionario encargado, en caso de requerir el uso de materiales
para cortar, pegar, pintar y trazar, tales como tijeras, vinilos, bisturís.
Permitir la revisión de maletines, morrales, paquetes y otros contenedores, por parte del
personal de seguridad, cuando sea requerido.
Abstenerse de ingresar a las instalaciones, armas de cualquier tipo, bebidas alcohólicas,
sustancias alucinógenas y toda clase de animales, sin excepción.
Abstenerse de consumir en los espacios del programa: chicle, alcohol, cigarrillo o cualquier
otra sustancia embriagante o alucinógena, o permanecer en los mismos bajo sus efectos.
Abstenerse de ingresar alimentos o bebidas en lugares diferentes a los autorizados.
Respetar la integridad física, sicológica, moral y religiosa, tanto de los usuarios como de los
funcionarios.
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Cuidar y proteger todas sus pertenencias dentro de las instalaciones. Comfama no se hace
responsable, en ningún momento, de equipos o pertenencias de los usuarios.
Informar a un funcionario toda acción realizada o por realizar que atente contra su bienestar,
el de los funcionarios u otros usuarios.
Suministrar información personal veraz y actualizada cuando sea requerida para el disfrute
de los servicios.
Desplazarse por los espacios destinados al servicio en forma ordenada, respetuosa y
silenciosa, además de utilizar un tono de voz moderado para hablar en los sitios específicos
de consulta, investigación y estudio.
Utilizar, dentro de las instalaciones, audífonos para escuchar sonidos o videos, con el fin de
no perturbar la comodidad de otros usuarios
Asistir puntualmente a los programas o eventos, previo registro o reserva para aquellos que
lo requieran.
Respetar los tiempos de uso determinado para cada servicio, programa o actividad con el fin
de evitar afectar la programación prevista o las actividades de otros usuarios.
Hacer uso adecuado de los mecanismos previstos para el acceso a los servicios, como filas,
turnos, registros electrónicos, entre otros, en las condiciones que Comfama establezca.
Hacer buen uso de todos los recursos (mobiliario, materiales bibliográficos o audiovisuales,
computadores, acceso a redes, programas de computador, entre otros) durante el disfrute de
los servicios.
Portar identificación personal y presentarla a los funcionarios que lo soliciten para hacer uso
de los servicios que lo requieran. Dependiendo del tipo de servicios, se categorizan los
documentos de identidad exigidos, en los siguientes niveles que se describen a
continuación:
Categoría Tipo de documento Servicio que lo requiere
Primer Nivel Cédula de ciudadanía,
Cédula de extranjería
Tarjeta de Identidad
Registro civil
Registro
Préstamo de colecciones
Centros de Consulta en Línea
Salas Virtuales e Internet
Segundo Nivel Libreta militar
Pasaporte
Visa
Escarapela Comfama
Centros de Consulta en Línea
Salas Virtuales e Internet
Actividades culturales y de extensión
bibliotecaria que requieran
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identificación
En defecto de un documento de Primer
Nivel
Tercer Nivel (*) Pase de conducción
Escarapela empresarial
Actividades culturales y de extensión
bibliotecaria que requieran
identificación cuando tienen foto.
En defecto de un documento de Primer
o de Segundo Nivel
Cuarto Nivel Carné estudiantil
Carné de Bibliotecas
Carné de corporaciones, fundaciones y
otras instituciones
Actividades culturales y de extensión
bibliotecaria que requieran
identificación
En ausencia de alguno de los
anteriores
(*)De Validación Tarjeta Comfama
Tarjeta de Afiliación a Cajas de
Compensación.
Tarjeta Cívica (Sistema Metro)
Nit/Rut
Certificado de supervivencia
Acta de compromiso de responsabilidad
Son documentos de validación de
servicios, en ningún momento
reemplazan documentos del Primer
Nivel.
Se podrán solicitar como complemento
de los documentos principales en
servicio de préstamo de colecciones.
Acordar con la administración la disposición o montaje de los recursos necesarios para los
eventos que hayan sido reservados para una actividad grupal.
Devolver, de acuerdo con los procedimientos establecidos y en los términos pactados, todos
los recursos que le haya sido entregados en calidad de préstamo.
Respetar, cuidar y proteger solidariamente el patrimonio de Comfama, de sus funcionarios y
de los otros usuarios.
Reportar a la administración los daños o averías que observe en los recursos que le sean
entregados, de lo contrario podrá ser responsabilizado para su pago o reposición.
Responder por todo daño, pérdida o demora en la devolución de los recursos propiedad de
Comfama, entregados en calidad de préstamo de acuerdo con los lineamientos establecidos
para cada caso.
Abstenerse de reproducir, visualizar, presentar, publicar o utilizar cualquier contenido textual
o audiovisual violento o pornográfico dentro de las instalaciones de servicios, utilizando
cualquier medio o recurso.
Abstenerse de infringir la seguridad del sistema Comfama, o de cualquier otro sistema
accesible a través de la red, desde cualquier dispositivo, sea propiedad de Comfama, propio
o de un tercero.
Abstenerse de apagar, intentar reparar, modificar configuraciones, instalar dispositivos
externos o manipular conexiones en cualquier equipo propiedad de Comfama, sin la debida
autorización de la Caja.
50
Abstenerse de instalar, utilizar, almacenar, transmitir, copiar o intercambiar software o
cualquier otro material digital, utilizando dispositivos de su propiedad o de Comfama,
vulnerando los derechos de propiedad intelectual.
Almacenar preferiblemente sus archivos en dispositivos de almacenamiento externo propios.
Comfama no se responsabiliza por archivos que el usuario guarde en los equipos utilizados
para la prestación de los servicios, debido a que estos son de uso público y objeto de
limpieza y mantenimiento permanentes.
Sanciones
El usuario que incumpla los deberes relacionados en el presente reglamento, afectando de
cualquier modo el bienestar patrimonial, físico, sicológico o moral de los funcionarios o
usuarios, dependiendo de la gravedad de la falta y persistencia en ella, será:
Suspendido en el préstamo por dos (2) días calendario, contados un (1) día después de la
fecha de devolución, sin importar el número de materiales prestados.
Invitado por los funcionarios de la Sede a corregir las conductas contrarias al reglamento de
servicios.
Amonestado e informado de los pagos, reposiciones o indemnizaciones que deba hacer a la
Caja.
Retirado de las instalaciones de servicios.
Restringido en su acceso temporal o definitivo a uno, varios o todos los servicios.
Reportado o denunciado ante las autoridades competentes, en casos en los que la
administración considere procedentes.
Normatividad específica por servicios
Los servicios se rigen por este Reglamento general, que en forma excepcional complementa
al Reglamento del sistema de bibliotecas públicas de Medellín en la operación de los
Parques Biblioteca a cargo de la Caja.
Préstamo de materiales bibliográficos y/o audiovisuales
Podrán acceder al servicio los tipos de usuarios que se describen a continuación
Todos los afiliados y beneficiarios de la Caja de Compensación Familiar de Antioquia,
Comfama.
Todas las personas favorecidas por los convenios y acuerdos bibliotecarios Comfama,
vigentes para el préstamo de colecciones.
Los particulares que se inscriban de acuerdo con las políticas y requisitos vigentes.
Para hacer uso del servicio de préstamo en sus diversas modalidades; todo usuario debe:
Estar registrado en el aplicativo para préstamo
Presentar documento de identidad al funcionario de circulación y préstamo cada vez que se
haga uso del servicio.
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Estar a paz y salvo con el Sistema de Bibliotecas de Comfama y Sistema de Bibliotecas
Públicas de Medellín, respectivamente.
Registro del usuario
La inscripción y registro del usuario deberá contener datos de identificación, localización y
comunicación, que el solicitante del servicio deberá suministrar, bajo el compromiso de
veracidad y amparados por las políticas de privacidad corporativas, OA 141” Seguridad de la
información”
Los usuarios deben registrarse personalmente, de acuerdo con los parámetros fijados por la
Caja, no tendrá ningún costo y se realizará bajo las siguientes consideraciones:
Personas con nueve años de edad cumplidos, o más
Documento de identidad de primer nivel
Tarjeta de validación de servicios vigente (Comfama, Cívica), o en su defecto, referencias
personales y/o familiares que al momento del registro le sean solicitadas.
Nota:
Los estudiantes no afiliados, podrán cobijarse con los acuerdos interinstitucionales o
interbibliotecarios que autorice la Caja.
Las personas en situación de discapacidad o adultez plena, que no puedan movilizarse
físicamente, deberán presentar documentos de acuerdo con el procedimiento establecido
para el registro y préstamo de material.
Personas menores de 9 años de edad:
Estar acompañado por uno de los padres, de primer grado de consanguinidad o civil, quien
será solidariamente responsable del material prestado por él o la menor. A su vez este
adulto firmará un documento de compromiso.
Documentos de identidad (primer nivel) de ambas personas.
Tarjeta de validación de servicios vigente (Comfama, Cívica) o en su defecto: Referencias,
personales y/o familiares que al momento del registro le sean solicitadas.
Capacidad de préstamo personal
El usuario puede prestar el máximo de materiales autorizados, observando los tiempos
adjudicados, según condición y formato, clasificados así:
Los periódicos y materiales de referencia, sólo se prestan para consulta en sala.
Para conocer el número máximo de materiales, tiempos de préstamo y número de
renovaciones permitidas por tipo de material, ver el subsitio de Bibliotecas de la página Web
(www.comfama.com).
. Otras modalidades de préstamo
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Los préstamos interbibliotecarios, interinstitucionales, por convenio, de extensión
bibliotecaria (biblioteca viajera) y particulares, se establecen para algunas bibliotecas del
Programa, y poseen requisitos y condiciones determinadas por la administración.
Estas modalidades de préstamo se oficializan mediante los siguientes registros:
Préstamo interbibliotecarios FC 495” Acuerdo préstamo interbibliotecarios”
Préstamo interinstitucionales FC496 “Acuerdo préstamo interinstitucionales”
Préstamo a particulares FC455” Solicitud de préstamo a particulares”
Préstamo biblioteca viajera FC40 “Acta entrega biblioteca viajera”
Devolución de los materiales
Los materiales podrán devolverse, en cualquiera de las Bibliotecas Comfama, exceptuando
los Parques Biblioteca quienes recibirán los prestados por ellos mismos.
La devolución de materiales no requiere identificación y podrá hacerse por el titular o por
intermedio de un tercero; a quienes se les dará información verbal del estado de la cuenta.
Reserva de materiales
La reserva de materiales para préstamo puede realizarse en el puesto de circulación y
préstamo de cada Biblioteca, vía telefónica, desde la Web Comfama o a través del sitio Web
de la Red de Bibliotecas, o por otros mecanismos implementados en el devenir del
desarrollo tecnológico, siempre y cuando el usuario se encuentre habilitado en el Programa,
no presente morosidad y esté registrado como usuario activo y vigente.
El usuario puede reservar desde uno hasta la totalidad máxima de materiales autorizados,
siempre y cuando dichos materiales estén prestados a otros usuarios, para lo cual, el día
mismo de la devolución del material reservado, recibirá notificación mediante llamada
telefónica, correo electrónico u otro mecanismo, de la disponibilidad de los materiales para
su préstamo.
El usuario debe hacer el préstamo dentro del rango de tiempo determinado, a partir de la
notificación de disponibilidad. Transcurrido el plazo, el sistema cancelará automáticamente la
reserva y dispondrá el material para la siguiente reserva, si la hay, o quedará disponible para
ser prestado a los usuarios de la biblioteca.
Renovación de materiales
El usuario puede renovar el material prestado el máximo de veces autorizadas por el sistema
bibliotecario, en forma presencial, vía Web, telefónica, o por otros mecanismos
implementados en el devenir del desarrollo tecnológico, siempre y cuando:
El sistema no reporte morosidad en la entrega de materiales o sanción por devolución
extemporánea.
El material a renovar no se encuentre en estado de reserva para otro usuario.
No se trate de materiales de reserva.
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Fomento a la Lectura
Este servicio contribuye al fortalecimiento de seres autónomos, responsables y críticos, que
a su vez aumenten el uso y el gusto por la lectura, concibiéndola como un elemento esencial
de su condición personal. Está supeditado a la programación establecida por las sedes y
requiere en determinados casos de preinscripciones o elaboración de listas de asistencia, tal
como se indica en los numerales 1.1.3. Eventos y 1.2. Espacios de este reglamento.
Consulta en Salas de Lectura
Este servicio busca garantizar espacios acordes y cómodos a los fines del servicio y se
aplican todos los deberes contemplados en este Reglamento.
Servicio de Referencia
Comfama dispondrá de personal competente, para acompañar la atención de usuarios que
puedan requerir orientación más específica frente al uso en especial de la colección
bibliográfica. Este servicio podrá ofrecerse presencialmente o por otros canales que se
determinen.
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Artículo 29. Transporte escolar.
El Colegio Comfama no ofrece servicio de transporte. Los padres de familia deben verificar
que el servicio que utilizan para sus hijos cumpla con las condiciones y normas que
establecen las respectivas Secretarías de Tránsito.
Amparados bajo la Resolución N° 0348 del 25 de Febrero de 2015 emitida por el
Ministerio de Transporte Nacional, las instituciones educativas deben acogerse a las
siguientes condiciones generales para dar cumplimiento al decreto:
Condiciones generales
Artículo 30. Estudiantes con discapacidad. Los vehículos que transporten estudiantes con
discapacidad, tanto de centros educativos o centros de educación especial, deben contar con
asientos y cinturones de seguridad adecuados, que garanticen el transporte seguro. De igual
forma, deben contar con espacio en los sectores adyacentes a las puertas de ingreso y deberán
prever un lugar para el acceso y transporte de sillas de ruedas, muletas u otros equipos que
faciliten la movilidad de los pasajeros y adultos acompañantes.
Artículo 30. Obligaciones de los establecimientos educativos. Son obligaciones mínimas de
establecimientos educativos frente a la prestación del servicio transporte escolar:
1. Disponer en los vehículos, con el fin de asegurar protección de estudiantes menores, la
presencia un adulto que monitoree recorrido con el fin de garantizar la protección de los
niños y niñas durante todo el recorrido en la prestación del servicio de transporte.
2. Observar probidad y diligencia en la selección de de transporte que desarrollará la actividad.
3. Destinar los espacios internos del establecimiento con acceso vehicular, al ascenso y
descenso de los vehículos transporte escolar. El ascenso y descenso de los niños y niñas
deberá realizarse por la puerta más cercana bajo la vigilancia de una persona mayor de
edad, quien deberá asegurarse que se efectúe de manera ordenada.
4. Supervisar que los trasportadores cuenten con un Plan Estratégico de Seguridad Vial
durante la prestación servicio y verificar que la empresa contratada para tal fin cuente y
aplique lo estipulado en la 1503 de 2011 y las normas que lo contemplan.
5. Verificar que cada padre de familia tenga una copia del contrato celebrado para la
prestación del servicio, junto con una copia de póliza de seguros de responsabilidad civil
correspondiente.
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6. Los transportadores escolares deben cumplir con las reglas establecidas por el Colegio en
cuanto a embarque, desembarque y horarios establecidos para cada una de las jornadas.
7. En ningún caso se admitirán estudiantes de pie. Cada escolar ocupará un (1) puesto de
acuerdo con la capacidad vehicular establecida en la ficha de homologación del vehículo y
de la licencia de tránsito.
Requisitos técnicos y operativos específicos:
Los vehículos que se destinen a la prestación del servicio escolar deberán cumplir con las
condiciones técnico-mecánicas y con las especificaciones de tipología vehicular requeridas y
homologadas por el Ministerio de Transporte para la prestación de este servicio. Además se
deberán cumplir las siguientes condiciones:
Artículo 31. Obligatoriedad de los seguros. Los establecimientos educativos para la
prestación del servicio privado de transporte escolar deben adquirir las pólizas de seguros
de responsabilidad civil contractual y extracontractual señaladas en el presente decreto.
Recomendaciones para los padres de niños que no utilizan transporte escolar:
• Puntualidad a la hora de llegada de los niños y niñas para favorecer su integración a las
actividades.
• Ningún niño se entregará a personas diferentes al padre de familia o acudiente
responsable sin autorización previa de los padres, en caso que lo reclame una persona
diferente debe presentar el ficho que garantiza que otra persona está autorizada para
recogerlo.
- En caso de situaciones de última hora, pueden avisar por teléfono y la
Institución confirmará la llamada.
- En caso de que quien recoja al niño no presente el ficho y no sea identificado por el
docente, no se le entregará el menor. La Institución verificará los datos registrados en la
papelería reglamentaria y sólo entregará el niño al acudiente o padre de familia que realizó
la matrícula.
- En caso de pérdida del ficho, el padre debe notificar por escrito y asumir la responsabilidad
de este hecho.
- La llegada y salida de los niños no son los momentos más indicados para que los padres
conversen asuntos especiales con las profesoras, la supervisora o coordinadora podrán
atenderlos.
Artículo 32. Salidas Escolares:
Cumpliendo con la normatividad de la Directiva Ministerial N° 055 de Diciembre 18 de 2014,
la cual brinda orientaciones sobre las salidas escolares, es prioritario tener en cuenta la
56
planeación y desarrollo de las salidas pedagógicas, recreativas, culturales, deportivas y en
general todas las salidas fuera de las instalaciones de los establecimientos educativos.
Para la realización de este tipo de salidas se hace necesario cumplir con las siguientes
orientaciones que van a permitir la seguridad y bienestar de los niños y niñas de la
institución educativa.
Contar con un número adecuado de adultos que acompañen dicha actividad.
Comunicar de forma oportuna a los padres de familia y/o acudientes, el día y hora de la
actividad, notificación de lugar, elementos mínimos necesarios, actividades a realizar etc.
Autorización por escrito de los padres de familia y/o acudientes.
Si el alumno tiene una recomendación importante lo debe hacer por escrito y entregárselo a
la docente titular.
Verificar que los niños o niñas que asisten estén vinculados a un sistema de seguridad
social.
Verificar cumplimiento en pólizas de amparo de riesgo.
Velar por la idoneidad de los transportadores.
Comunicar por intermedio del rector a las secretarias de educación a las que pertenece la
institución el itinerario, cronograma de actividades, plan logístico y de seguridad.
Con respecto a los vehículos se debe tener en cuenta lo siguiente:
Velar porque el transporte cumpla con todos los requisitos legales.
Cada vehículo debe tener un listado de los niños que hacen uso del servicio.
Verificar que cada vehículo cuenta con la capacidad suficiente y adecuada para los niños y
niñas.
Los adultos responsables que acompañan los niños velar porque los niños y niñas cumplan
con las normas de seguridad que se deben tener dentro del vehículo.
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CAPÍTULO V: UNIFORME Y SU USO
Para los niños y niñas de preescolar: bombacho gris, camiseta tipo polo blanca, medias
blancas, tenis blancos o botas plásticas -para las sedes que lo requieran por sus condiciones
climáticas y de terreno-.
El uniforme de los Jardines Infantiles será el definido en el convenio de cooperación firmado
entre las partes.
Está prohibido el uso de tenis con patines por razones de seguridad y salud.
El uso del uniforme es opcional. Se sugiere llevarlo.
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El Colegio Comfama no tiene vínculos con ningún proveedor de uniformes y, por lo tanto, el
padre de familia es libre de elegir a la persona o empresa que lo elabore, teniendo en cuenta
el modelo definido por la institución.
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II PARTE: ACADEMICO - ADMINISTRATIVA
TÍTULO V: PROCESO DE ADMISIONES Y MATRÍCULAS
Capítulo I. Admisiones
Artículo 33. Criterios de admisión
• Dinámica familiar y compromiso de los padres o acudientes con el proceso educativo.
• Los aspirantes para los preescolares en el nivel de párvulos deben tener dos años y medio;
los de pre jardín tres años; los de jardín cuatro años; los de transición cinco años cumplidos
a la fecha de inicio del calendario académico.
La Institución se reserva la autonomía y el derecho a decidir la ubicación de un estudiante en
el nivel o grado. Tal decisión responde a criterios de edad, nivel de desarrollo y garantía de
condiciones y bienestar del niño y la niña.
Procedimiento -en las fechas establecidas-:
• Acercarse a la sede en la que desea formalizar la matrícula para realizar el proceso de
preinscripción. Debe presentar: el registro civil del niño, la carta de clasificación del Sisben -
para quienes son beneficiarios del régimen subsidiado- nombres y cédulas de los padres,
números telefónicos -fijo y celular-.
• Verificar el listado de admitidos en las carteleras de la sede en la que hizo la preinscripción
y reclamar la solicitud de admisión y documentación requerida.
• Asistir a la reunión informativa y entregar diligenciada la solicitud de admisión, anexando la
papelería requerida.
• Asistir con el niño, a la entrevista de admisión.
El Colegio Comfama se reserva el derecho de admisión y no adquiere ninguna obligación
por recibir las solicitudes y hacer la entrevista.
Capítulo II. Matrículas
Artículo 34. Sistema de matrícula. La matricula es un contrato celebrado entre el Colegio Comfama y el padre de familia
o acudiente, por medio del cual la institución se compromete con todos los recursos a
impartir una formación integral y el estudiante a recibirla y a cumplir las obligaciones
inherentes a su condición.
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El niño y la niña es la persona cuya matrícula está vigente. Esta puede ser en calidad de:
• El niño o niña nueva: aquél que, cumplidos los requisitos de admisión, ingresa por
primera vez a un programa.
• El niño o niña de reingreso: aquél que, habiéndose retirado de la institución
voluntariamente, recibe autorización del Colegio Comfama para continuar con el proceso
escolar. Se exceptúa el niño del nivel de transición, debido al requisito de cumplir el
programa en un 75%, correspondiente a las actividades escolares incluidas en el calendario
académico.
• El niño o niña de transferencia interna: el niño y la niña de preescolar que pasa de una
sede a otra, incluidos los Jardines Infantiles, siempre y cuando se cuente con el cupo;
teniendo en cuenta que en el caso de los Jardines Infantiles tienen un cumplimiento del
100% en su cobertura.
• El niño o niña de transferencia externa: el que proviene de otro Establecimiento
Educativo.
El proceso de matrícula comprende los siguientes pasos:
• Asistir el día y hora acordados al proceso de matrícula en cada una de las sedes
dispuestas para la prestación del servicio de Preescolar.
• Llevar el formulario de matrícula.
• Llevar la papelería requerida para el proceso de matrícula.
• Pagar matrícula y primer mes de pensión, de acuerdo a su categoría de afiliación
Firma del pagaré en blanco con carta de instrucciones o documento que la Caja indique, para
el responsable de pago, para aquellas personas que deban realizar el pago de la matrícula y
pensiones dúrate el año académico
Nota aclaratoria: este punto hace referencia a los niños y niñas de proceso a quienes les
cambie la condición tarifaria a TC y TD ó alumnos nuevos TC y TD
Firma del contrato educativo por parte de los Padres y acudiente
• Asentamiento de firmas, de padres de familia o acudientes, en el libro de matrículas.
Para efectuar la matrícula, el estudiante de proceso debe estar a paz y salvo con Comfama.
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Artículo 35. Causales de terminación del contrato de matrícula.
El Colegio podrá dar por terminado el contrato de matrícula por los siguientes motivos:
• Solicitud de una de las partes.
• Común acuerdo entre las partes.
• Incumplimiento del Manual de convivencia.
• Terminación del año lectivo.
• No renovación de la matrícula en los plazos definidos.
• Decisión de la Comisión de Evaluación y Promoción.
Artículo 36. Devoluciones por concepto de matrículas y mensualidades.
A los alumnos que antes de iniciar el año escolar soliciten la cancelación de su matrícula se
les devolverá el 80% del valor pagado a la fecha. Comenzadas las clases no hay devolución
del valor de la matricula. Si el niño o la niña asisten, desde el primer día de forma continua o
esporádica durante el mes deberá hacer el pago de la pensión correspondiente, según su
categoría de afiliación. Si el niño o la niña se retiran de la institución educativa y ha hecho el
pago de cuotas anticipadas, se le hará la devolución de los meses siguientes a la fecha de
retiro.
Las mensualidades deben ser pagadas durante los primeros diez (10) días de cada mes, en
caso de mora en los pagos los padres o acudientes del (la) alumno (a) beneficiario (a)
reconocerán intereses mensuales a la tasa máxima legal permitida sobre el valor del saldo
no pagado los cuales se causarán después de la fecha límite de pago de cada cuota y
deberán ser cancelados en el mes siguiente a pagar.
En caso de incumplimiento del pago de una o más de las sumas estipuladas o por terminación
del contrato educativo los padres o acudientes se declaran y aceptan ser deudores del Colegio,
de acuerdo al pagaré en blanco con carta de instrucciones o documento que la Caja indique
firmado al momento de la matricula.
Artículo 37. Cancelación de matrícula:
Para dar por terminado el contrato de matrícula, antes de finalizar el año escolar, se tendrá
en cuenta el siguiente procedimiento:
El acudiente debe presentar carta que justifique la causa y firmar el folio especificando el
motivo y fecha del retiro. Tendrá que estar al día con la mensualidad del mes en curso al
momento del retiro. Si el acudiente no oficializa la cancelación de la matrícula antes del 20
de cada mes, estipulado como fecha de corte para la liquidación del mes siguiente y
después de hacer las gestiones pertinentes para contactarlo sin ningún resultado la
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institución tomará la opción de hacer el retiro de modo que no se genere cartera morosa,
igualmente estas cancelación debe ir consignada en el libro de folio de matrícula y
observador del alumno, con firma de la supervisora académica.
El padre de familia o acudiente responsable debe solicitar el certificado del retiro para poder
matricularse en otra institución sin ningún problema. Este certificado se solicita en la sede
donde estaba matriculado y se hace entrega en un período de ocho (8) días hábiles.
ACCIONES A SEGUIR EN CASO DE NO REALIZAR LA CANCELACION DE
MATRICULA
Si por alguna razón el padre de familia o acudiente responsable no llegara a presentarse
oficialmente a la cancelación y la haya hecho telefónicamente inmediatamente debe hacerse
la observación en el libro de matrículas y proceder a su cancelación en el sistema, para
evitar que se continúe generando una cartera morosa que no es real.
Si el caso es que la familia, no llama, no contestan en los teléfonos que se encuentran en la
hoja de vida, se debe esperar hasta el día 20 del mes en curso como máximo y si no
proceder a cancelar la matrícula. Es importante que tanto en el observador como en el libro
de matrículas se haga la anotación desde cuando se presenta la ausencia y las acciones
que se siguieron para evitar dificultades futuras
Artículo 38. Traslado de sede.
Para hacer efectivo un traslado de sede se debe verificar disponibilidad de cupos con el fin
de garantizar la calidad del servicio.
La Institución no garantiza que después de estar matriculado en una de las sedes se pueda
llevar a cabo un traslado del estudiante a otra y se reserva el derecho de hacerlo efectivo.
Además, el niño o la niña deben asistir como mínimo un mes a la sede en donde efectuó la
matrícula.
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Título VI. Acuerdos académicos
Capítulo I. Evaluación y promoción de estudiantes de preescolar
Artículo 39. Cortes evaluativos. Durante el año escolar se harán cuatro cortes evaluativos en los que se elabora un informe
de seguimiento y evaluación de cada niño o niña. El último informe contendrá las
observaciones generales del año, siendo a su vez un consolidado del proceso.
Un corte evaluativo es hacer una pausa para analizar y evaluar el proceso del preescolar en
todos los aspectos: el proceso de aprendizaje, el proceso de intervención desde los
diferentes proyectos, las estrategias metodológicas, la relación con los padres de familia y la
relación entre los compañeros. Esto con el objetivo de sistematizar la gestión en términos de
actas, informes escritos de los alumnos, historial y recopilación de actividades.
El primer corte evaluativo incluye el estado en el que inician los niños y las niñas su
proceso; es decir, el nivel de conceptualización y desarrollo desde cada dimensión, además
del proceso de adaptación al ambiente escolar. El segundo, tercer y cuarto corte dan cuenta
del proceso de cada estudiante sobre cómo se aproximan y alcanzan los diferentes logros,
desde cada dimensión del desarrollo, y desde los proyectos y el comportamiento en cada
momento pedagógico. El último informe tiene en cuenta los anteriores.
Artículo40. Comisión de evaluación.
La Comisión de Evaluación analiza los casos que ameritan estudio y establece los
mecanismos de acompañamiento pertinentes a cada niño o niña. La preside el rector del
Colegio Comfama.
Conformación de la Comisión de Evaluación.
Del Preescolar:
• Supervisora académica.
• Jardineras.
• Un representante de los padres de familia.
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Artículo 41. Comisión de Promoción.
La Comisión de Promoción determina la promoción o no de los estudiantes del nivel
transición. La preside el rector del Colegio Comfama. Está conformada por:
• Supervisora académica.
• Jardineras.
• Un representante de los padres de familia.
Artículo 42. Promoción anticipada de nivel.
Durante el primer período del año escolar, el Consejo Académico, previo consentimiento o
solicitud de los padres de familia, estudiará los casos de promoción anticipada al nivel
siguiente del niño o la niña que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo
cognitivo, personal y social; en el marco de las competencias básicas del nivel que cursa. La
decisión se consignará en el acta del Consejo Académico y, si es positiva, en el registro
escolar.
Artículo 43. El debido proceso ante dificultades académicas.
El Colegio Comfama entiende la adquisición de logros como un proceso intrínseco a cada
uno de los niños y niñas atendidos y, en ese sentido, aboga por el respeto de la
individualidad y ritmo de cada uno. No obstante, ante dificultades reiterativas para la
adquisición de los logros propuestos, se deberá proceder de la siguiente manera:
Consignación en el formato de observación intencionada, de las dificultades identificadas en
el niño o la niña, teniendo presente que deberán ser producto de la observación continua;
momento, lugar y frecuencia, la cual estará apoyada en las evaluaciones semanales de la
planeación.
Citación a la familia para socializar los hallazgos y establecer compromisos de trabajo. En
este encuentro, la jardinera deberá entregar un plan de apoyo, el cual deberá ejecutarse en
la casa y tendrá seguimiento mensual. De acuerdo al resultado del plan, este podrá ser
reforzado, ajustado o cambiado. De esta reunión y de los encuentros de seguimiento
deberán quedar actas. Los encuentros contarán con la presencia de la supervisora
académica.
Si pese a los planes de mejoramiento, no se observan avances en el proceso y se
comprueba el compromiso familiar en la realización de los mismos, la jardinera podrá
recomendar, mediante formato de remisión pedagógica el acceso a un proceso de
evaluación especializado. El formato estará respaldado por el observador, del niño o niña y
las actas de seguimiento con la familia al plan de apoyo. Esta información deberá ser
presentada al Comité de Evaluación de la sede, que evaluará la pertinencia de la misma y
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citará a la familia a una reunión en la que se explican las razones de la recomendación y se
levanta acta del encuentro con firma de todos los presentes.
Agotado este proceso, si al final del año académico no se observan avances en el niño o
niña, la jardinera podrá solicitar al Comité de Evaluación y Promoción la recomendación de
repitencia del nivel. En caso de considerarse pertinente, el comité citará a la familia para
comunicar la recomendación. Serán los padres quienes, teniendo en cuenta los
antecedentes del caso, decidan si la aceptan o no y en ambos casos deberá quedar
consignada en acta la decisión tomada.
De acuerdo con la normatividad vigente, una vez el niño o la niña es promovido y
matriculado en un nivel superior, no es posible devolverlo de nivel. Por tal motivo, la
decisión de promoción es de carácter irrevocable y, en caso de presentarse dificultades
para el alcance de los logros propuestos, la jardinera a cargo deberá proceder a la
formulación y seguimiento de planes de apoyo intensivos.
La decisión de repitencia sólo podrá ser modificada si, pasado el primer período académico,
el niño o niña demuestra el alcance de logros necesarios para el acceso al siguiente nivel,
los cuales deberán estar soportados por:
La evaluación semanal de la planeación de la profesora,
El formato de observación intencionada.
Los resultados de una evaluación integral de contenidos.
Esta información deberá ser remitida al Consejo Académico del Colegio Comfama, junto con
una carta de petición de los padres de familia. El Consejo analizará los soportes y basado
en ello, emitirá un juicio que quedará consignado en acta y será notificado a la familia
mediante resolución rectoral. La decisión podrá ser apelada por la familia, en un plazo
máximo de 3 días hábiles, mediante comunicación escrita dirigida al Consejo Directivo,
quienes en un plazo de 3 días hábiles deberán emitir su concepto.
Artículo 44. Asistencia del estudiante de preescolar. Cuando el estudiante falte a clase podrá presentar por escrito la debida justificación, que
validará la jardinera y dejará registro de la misma en el formato de seguimiento al
ausentismo. Se consideran causas justas de inasistencia las siguientes:
• Incapacidad médica.
• Citas médica, sólo cuando el estudiante no pueda acceder a otro horario de atención, por
el tipo de cita o por los horarios de la entidad prestadora del servicio.
• Muerte de algún familiar como padres y hermanos.
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El niño o la niña de transición no podrán tener una inasistencia superior al 25%. Cuando
esto suceda y el estudiante o acudiente haya presentado, formalmente y por escrito, las
debidas excusas por inasistencia, se procederá así:
• La Supervisora académica se reunirá con la jardinera y el acudiente para determinar la
mejor solución, teniendo en cuenta que lo más importante es garantizar la calidad de la
educación del colegio al niño o niña. Se archiva la información en la carpeta del niño o la
niña.
Artículo 45. Criterios de permanencia. De conformidad con el Artículo 96 de la Ley 115 de 1994, el Colegio Comfama podrá,
unilateralmente, dar por terminado el contrato de matrícula y cooperación educativa por
alguna de las siguientes causales:
• Incumplimiento de los compromisos suscritos entre la familia, del niño o la niña y el
Colegio Comfama, a través de las comisiones de convivencia, evaluación y promoción, en
los que se consideran, entre otros, los siguientes aspectos:
- Cumplir con los deberes y derechos consignados en el Manual de convivencia.
- Cumplir con los compromisos académicos y formativos que el niño o la niña y sus padres
hayan firmado.
- Cuando los compromisos, formativo o matrícula de última oportunidad, se han firmado
como requisito para continuar en la Institución, el niño y la niña y sus padres se verán en la
obligación de cumplirlos; de no hacerlo, el niño o la niña perderá el cupo en cualquier
momento.
• Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contempladas en el contrato de matrícula
o cooperación educativa, en especial, el pago de las obligaciones económicas a favor del
Colegio.
• Cometer alguna situación tipo III en este Manual de convivencia.
Artículo 46. Criterios de inclusión. Para una eficaz inclusión, el Colegio Comfama analizará la capacidad diversa del niño o la
niña, partiendo de su desarrollo individual y de la adquisición de habilidades básicas
cotidianas y cuando se concluya que el Colegio sí ofrece las garantías necesarias en
infraestructura y en adecuaciones curriculares, se comprometerá al padre de familia, quien
deberá hacer el acompañamiento que sugiera la psicóloga o el profesional especialista,
jardinera, docente o supervisora académica. Incluso se contempla la posibilidad de la
presencia del acudiente en la jornada escolar del niño o la niña o, si es necesario, se
disminuirá la jornada escolar, teniendo en cuenta la temporalización asistida. Todo bajo el
acuerdo mutuo entre el padre de familia y la Institución.
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Es exigencia del Colegio Comfama, que los niños y niñas con capacidades diversas,
cuenten con un apoyo extracurricular por parte de una institución que le brinde un
acompañamiento interdisciplinario; además del compromiso permanente de la familia en
actividades alternas que le ayuden a fortalecer sus habilidades, teniendo en cuenta sus
estilos y ritmos de aprendizaje. De igual manera el Colegio Comfama se compromete a
realizar la flexibilización curricular necesaria que le permita al niño o la niña acceder de
forma constante a los diferentes espacios de enseñanza - aprendizaje.
El Colegio, de acuerdo a las barreras para el aprendizaje que presenten los niños o las niñas
establecerá el número máximo de estudiantes por sala que no supere dos con capacidades
diversas.
La inclusión no sólo contempla a los niños o niñas con capacidades diversas, también a
desplazados o de otras etnias y culturas, sin discriminación de credos o cultos.
Artículo 47. Criterios de evaluación.
A los niños o niñas con diagnóstico de discapacidad, avalado por un profesional de la Salud,
y que reciban acompañamiento por parte del Colegio, se les aplicaran estos criterios:
• Valoración de sus conocimientos para definir acompañamiento.
• Acatamiento de las recomendaciones de los profesionales de la salud.
• Flexibilización de evaluación, de acuerdo con la necesidad del estudiante.
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TÍTULO VII: ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN
Capítulo I. Comunidad educativa
Artículo 48. Conformación de la comunidad educativa.
• Los niños y las niñas matriculados en los diferentes niveles.
• Los padres y acudientes de los niños y las niñas.
• Las jardineras que laboran en la Institución para servir a los diferentes programas
establecidos dentro del Proyecto Educativo Institucional.
• Los profesionales especializados, el rector, supervisoras académicas, psicólogo y
coordinadores de producto que cumplen funciones como responsables del programa de
Preescolar.
• Los egresados del programa del Preescolar.
CAPITULO II. El Rector.
Artículo 49. Son funciones del rector del Colegio Comfama:
• Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del
Gobierno Escolar.
• Velar por el cumplimiento de las funciones de los docentes y el oportuno aprovisionamiento
de los recursos necesarios, a través de los coordinadores de programas y servicios
educativos.
• Promover el mejoramiento continuo de la calidad de la educación.
• Mantener buenas relaciones con las autoridades educativas y la comunidad local, para el
progreso académico de la Institución.
• Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad
educativa.
• Orientar el proceso educativo con el apoyo del Consejo Académico.
• Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuye la Ley, los reglamentos y el Manual de
convivencia.
• Identificar las necesidades educativas en el ámbito regional de cada sede Comfama y
canalizarlas para el mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional.
• Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad
local.
• Aplicar las disposiciones que expida el Estado, tendientes a la prestación del servicio
público educativo.
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• Presentar ante el Consejo Académico el plan anual de actualización académica del
personal docente.
• Las demás funciones afines y complementarias que le atribuye el Proyecto
Educativo Institucional.
Capitulo III Consejo Directivo.
Artículo 50. Definición
Es el máximo organismo de participación de la comunidad educativa para la adecuada
implementación del Proyecto Educativo Institucional. Se reúne de acuerdo con las
necesidades que se presenten, según la conveniencia del rector y a solicitud de alguno de
sus miembros. Se elegirá durante los primeros sesenta (60) días siguientes al inicio del año
escolar.
El Consejo Directivo del Colegio Comfama lo integran:
La Dirección de COMFAMA o su delegado, quien lo presidirá y convocará ordinariamente
dos veces por semestre y extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
El Subdirector de Planeación de Servicios o su delegado.
El Subdirector de Prestación de Servicios o su delegado,
La Rectora
Un representante del sector productivo.
Dos representantes de los padres de familia, de educación formal.
Un representante de los instructores de Educación para el trabajo y el desarrollo humano y
uno para la educación formal.
Un representante de los niño o niñas de Educación para el trabajo.
Una supervisora académica.
Artículo 51. Funciones del Consejo Directivo.
• Trazar las políticas generales del Colegio Comfama.
• Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean
competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la Dirección de Comfama.
• Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre los docentes y
administrativos con los estudiantes y después de haber agotado los procedimientos
previstos en el reglamento o Manual de convivencia.
• Adoptar el Manual de convivencia y el reglamento de la Institución.
• Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos
estudiantes.
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• Asumir la defensa y la garantía de los derechos de la comunidad educativa, cuando alguno
de sus miembros se sienta lesionado.
• Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y
del plan de estudios, y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación
respectiva para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y los
reglamentos.
• Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución educativa.
• Establecer estímulos para el buen desempeño académico y social del estudiante e
incorporarlos al reglamento o Manual de convivencia.
• Definir parámetros de alianzas, reservándose en todo caso el derecho a elegir.
• Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias,
culturales, deportivas y recreativas.
• Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en cuanto a la realización de
actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la comunidad
educativa.
• Reglamentar los procesos previstos en la Ley General de Educación.
• Crear su propio reglamento.
CAPITULO IV CONSEJO ACADEMICO
Artículo 52. Integrantes del Consejo Académico. • El rector del Colegio Comfama.
• Un coordinador de programas y servicios.
• Supervisoras académicas del Preescolar.
Artículo 53. Funciones del Consejo Académico.
• Servir de órgano consultor del Consejo Directivo del Colegio Comfama en la revisión de la
propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
• Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo modificaciones y
ajustes.
• Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
• Participar en la evaluación institucional anual.
• Integrar los consejos de las jardineras para la evaluación periódica del rendimiento de los
educandos y para su promoción, asignarles funciones y supervisar el proceso general de
evaluación educativa.
• Promover el estudio y
análisis de los lineamientos generales de los procesos curriculares e indicadores de logros.
• Efectuar las revisiones necesarias de los logros curriculares y los indicadores.
71
• Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el
rector.
• Las demás funciones afines o complementarias a las anteriores, que le atribuya el Proyecto
Educativo Institucional.
Capítulo V Consejo de Estudiantes.
Artículo 54. Definición
Es un órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por
parte de los educandos. Estará integrado por un vocero de cada grado.
Integrantes:
• Representante de cada grado.
• Personero de los estudiantes o su representante.
Artículo 55. Funciones del Consejo de Estudiantes.
• Diseñar su organización interna.
• Elegir el representante de los niños o niñas ante el Consejo Directivo del establecimiento y
asesorarlo en el cumplimiento de sus funciones.
• Invitar a deliberar a los niños o niñas que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la
vida estudiantil.
• Llevar actas de las reuniones que den cuenta del proceso.
• Proponer reformas al Manual de convivencia.
• Promover y sugerir actividades en bien de la formación integral de los estudiantes,
mediante su representación ante los diferentes estamentos de la comunidad educativa.
• Las demás actividades afines o complementarias que le atribuya este manual.
Artículo 56. Elección de representantes de los órganos colegiados.
Serán elegidos para períodos anuales y continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando
sean reemplazados. En caso del retiro de alguno, antes de cumplir su período, se elegirá su
reemplazo para el tiempo restante.
Artículo 57. Reuniones y funcionamiento.
El Consejo Directivo de la Institución, por derecho propio, se reunirá en sesiones ordinarias,
al menos dos veces por semestre, convocadas por la Dirección de Comfama o su delegado.
72
Cuando la situación lo amerite, a juicio de la Dirección de Comfama o por recomendación del
rector de la institución, se podrá convocar a sesiones extraordinarias al menos con cinco
días hábiles de anticipación.
La Secretaría Técnica del Consejo Directivo será ejercida por las personas delegadas por la
Dirección de Comfama. El Consejo Académico deberá reunirse por lo menos una vez al
mes, por convocatoria del rector del Colegio Comfama.
Para todas las instancias del Gobierno Escolar, las normas sobre quórum para la toma de
decisiones será la mitad más uno.
Artículo 58. Los acuerdos.
Las decisiones que se tomen en las distintas instancias del Gobierno Escolar, para
garantizar la normal ejecución del Proyecto Educativo Institucional, se denominan acuerdos.
Los proyectos de acuerdo podrán ser iniciativa de la Dirección de Comfama o del rector del
colegio, de acuerdo con las necesidades.
Éstos son considerados como reguladores de las acciones y relaciones para garantizar la
adecuada ejecución del Proyecto Educativo Institucional.
Artículo 59. La administración.
La representación legal de la Institución está en cabeza de la Dirección de Comfama, con
autonomía en el desempeño de sus funciones administrativas y financieras. La Dirección
Administrativa de la Caja nombrará una persona natural para ejercer las funciones de rector
del Colegio Comfama.
Artículo 60. Elecciones del Gobierno Escolar.
Los representantes de los órganos del Gobierno Escolar serán elegidos para períodos
anuales y ejercerán sus funciones hasta cuando sean reemplazados.
En caso de retiro de alguno, antes de cumplir su período, se elegirá su reemplazo para el
tiempo restante.
CAPITULO VI PERSONERIA
Artículo61. Personero de los estudiantes.
Un niño o niña del último grado que se ofrezca en la Institución será el Personero,
encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los niños o niñas
73
consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Manual de
convivencia.
Esta elección se llevará a cabo durante los treinta días calendario siguiente al inicio de
clases de un período lectivo anual. Para tal efecto, el rector convocará a los niños o niñas
matriculados a elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.
Artículo 62. Funciones del personero estudiantil.
• Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá
utilizar los medios de comunicación internos del establecimiento, pedir la colaboración del
Consejo de Estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
• Presentar ante el rector o el Director de la Caja, según sus competencias, las solicitudes de
oficio para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus
deberes.
• Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga
sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
• El ejercicio del cargo de Personero de los niños o niñas es incompatible con el de
representante de los niños o niñas ante el Consejo Directivo.
Artículo 63. Representante de los docentes.
Cada sede Comfama nombrará por área un representante de los docentes para el Consejo
Académico, en reunión general de los profesores de área y presidida por el rector o su
delegado. Entre los profesores designados para el Consejo Académico se elegirá un
representante que por los programas de Educación Formal tendrá asiento en el Consejo
Directivo.
74
CAPITULO VII. DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA
Artículo 64. Definición
El Comité de Convivencia es un órgano consultivo que busca mejorar los procesos de
convivencia dentro y fuera de la institución, en procura de incrementar la calidad de vida
de los estudiantes y de toda la comunidad educativa brindando espacios de conciliación y
herramientas para la resolución de conflictos dentro del debido proceso.
Entre sus principales objetivos se pueden nombrar:
• Promover, garantizar y defender los DDHH y DHSR.
• Establecer normas paras las funciones, deberes, comportamientos y actitudes pactados
por la comunidad educativa entre sí y con el entorno escolar, de manera tal que se garantice
el ejercicio de los derechos de todas las personas que la conforman.
• Fortalecer procesos en torno a las medidas pedagógicas y alternativas de solución para las
situaciones que afectan la convivencia escolar.
Teniendo en cuenta lo anterior, es evidente cómo en el marco de la Ley 1620 de 2013 el
manual de convivencia se convierte en un elemento fundamental para garantizar el
mejoramiento de la convivencia y el ejercicio de los DDHH y DHSR. Por esta razón, en el
Decreto 1965 de 2013 el proceso de actualización del manual de convivencia se convierte
en un eje fundamental para la implementación de las definiciones, principios y
responsabilidades que se plantean en la Ley de Convivencia Escolar.
Este Comité es quien debe liderar la Construcción del Manual de Convivencia. Ley 1620 Art.
12 Y 13.
Cómo se elabora el Manual de Convivencia.
El Comité Escolar de Convivencia lidera su elaboración, define sub equipos con
responsabilidades y establece un cronograma de trabajo conjunto.
¿Quiénes son las personas que conforman la comunidad educativa?
Según lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto 1860 de 1994 la comunidad educativa está
conformada por:
a. Las y los estudiantes que se han matriculado.
b. Los padres, madres, acudientes o en su derecho, los responsables de la educación del
grupo de niños o niñas matriculados.
c. Las y los docentes vinculados que laboren en la institución.
d. Las y los directivos docentes y administradores escolares que cumplen funciones directas
en la prestación del servicio educativo.
75
e. Las y los egresados organizados para participar. NOTA: según guía 49
Artículo 65. INTEGRANTES COMITÉ CONVIVENCIA ESCOLAR
El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité, o su delegado
El personero estudiantil
Supervisora Académica de la sede
Un(a) (1) jardinero(a) que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar
Un padre de familia delegado por la institución
76
Artículo 66. FUNCIONES DEL COMITÉ:
Son funciones del Comité de Convivencia:
Liderar los procesos de actualización del manual de convivencia; proceso que puede
entenderse como una de las primeras acciones que beneficia la convivencia en los EE. Para
ello es necesario que se conforme institucionalmente el comité como primer paso para
actualizar el manual.
Realizar las guías pedagógicas, las cuales se construyen teniendo en cuenta una serie de
enfoques que responden a los retos de la formación para el ejercicio de la ciudadanía y de
las realidades de los EE, lo anterior, porque los enfoques son a la vez un método de análisis
y una guía para la acción y orientan el diseño, implementación y evaluación de las acciones
que se realicen en la escuela.
Proponer actividades que fomenten la Convivencia entre la Comunidad Educativa.
Proponer ajustes al manual de convivencia de acuerdo a la normatividad vigente.
Instalar mesas de conciliación cuando alguno o algunos de los actores de la comunidad lo
soliciten con el objetivo de resolver pacíficamente sus conflictos. Para tal efecto, el comité
designará un conciliador cuando las partes en conflicto lo estimen conveniente.
Evaluar y mediar en los conflictos que se presenten entre los miembros de la comunidad
educativa.
Llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual
de convivencia, analizar las contravenciones y definir y/o proponer las acciones correctivas.
Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y
niños y niñas , directivos y niños y niñas , entre niños y niñas y entre jardineras.
Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la
construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos
y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad
educativa.
Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y
actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que
respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que
afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad
educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios
irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El niño o la niña estarán
acompañados por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento
educativo.
77
Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de
esta Ley, frente a situaciones especificas de conflicto, de acoso escolar, frente a las
conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y
reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido
en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las
características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser
atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y
de la Ruta.
Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la
convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.
Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de
convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura
del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la
Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los
casos o situaciones que haya conocido el comité. Proponer, analizar y viabilizar estrategias
pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de
diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad
para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la
ciudadanía.
PARÁGRAFO: Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo
correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos
relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o
estrategias de convivencia escolar.
Reuniones:
El comité de convivencia se conforma dentro de los primeros sesenta (60) días calendario
escolar y se reunirán ordinariamente 2 veces por periodo académico. Además, lo podrá
hacer extraordinariamente cuando las circunstancias lo ameriten y/o los miembros del
Comité lo estimen conveniente.
Capítulo VIII. Formas de participación de la comunidad educativa Se refiere involucrar a la comunidad educativa en el ejercicio de actualización, para propiciar
la creación de metas compartidas que las personas conocen y están de acuerdo en trabajar
78
para conseguirlas (Mena, 2007). Por este motivo, desde la lectura de contexto, es
fundamental que todas las personas que forman parte de la comunidad educativa tengan un
rol determinado.
Lo anterior, porque cuando el manual de convivencia es una construcción colectiva tiene
efectos positivos para la convivencia tanto en el ámbito institucional como en el aula de
clase. (Chaux et al., 2013).
Artículo 67. Asambleas de convivencia para el nivel de Preescolar.
Son un espacio permanente para la reflexión, la discusión y el análisis en torno a la
convivencia y participación ciudadana desde el espacio escolar. En este sentido, las
asambleas tendrán un carácter formativo y consultivo y en ningún momento serán espacios
para promover la discordia ni la toma de decisiones arbitrarias.
Serán espacios de participación en los que se aprenderá a mediar las relaciones desde el la
tolerancia, el respeto, el compromiso, el sentido de pertenencia y la credibilidad en la
democracia.
Las asambleas estarán conformadas por un grupo de padres de familia o acudientes, los
niños o niñas, la jardinera y la supervisora académica.
Artículo 68. Diálogo y reflexión.
Los niños, jardinera y padres de familia tendrán como herramienta fundamental el diálogo y
la reflexión para aportar a la sana convivencia de la comunidad educativa. Los espacios
pedagógicos cotidianos, las asambleas de convivencia, escuelas de padres, grupos focales,
entre otros, privilegiarán esta dinámica.
79
Artículo 69. Reuniones informativas.
Los padres de familia y los niños podrán participar y aportar ideas y sugerencias y expresar
inquietudes en las reuniones informativas, en las escuelas de padres o mediante las
circulares enviadas por la Institución.
Artículo 70. Medios de comunicación.
Los padres de familia podrán acceder a los medios de comunicación de la Caja de
Compensación Familiar de Antioquia, Comfama, como: El Informador, www.comfama.com y
el buzón de comentarios de la sede.
Además, pueden usar el Cuaderno de comunicaciones, un medio en el que el padre de
familia puede comunicarse de forma escrita con la Institución.
Telefónicamente, el padre de familia podrá acordar citas con la jardinera o el docente en los
horarios establecidos por la sede.
Artículo 71. Proyecto Educativo Institucional.
La comunidad educativa debe participar en la reestructuración, ajustes, modificaciones e
investigaciones que se realicen para la actualización del Proyecto Educativo Institucional, en
el cual está inmerso el Manual de convivencia.
Artículo 72. Organismos de participación.
Son los que buscan fortalecer los procesos democráticos y apoyar a la comunidad educativa
de una manera dinámica, responsable y ética que contribuya a la convivencia y a la
promoción de los valores fundamentales.
Artículo 73. Asamblea de padres de familia
La Asamblea de Padres de Familia del Colegio Comfama está conformada por la totalidad
de los padres de familia de los niños y niñas matriculados. Dado que la comunidad educativa
del Colegio Comfama es muy numeroso y se encuentra dispersa por los municipios de
Antioquia, por decisión del Consejo Directivo, la Asamblea de Padres se convoca en cada
una de las sedes con los padres de los niños y niñas que allí se atiendan. En la primera
asamblea del año, se deberán conocer los representantes al Consejo de Padres de Familia,
quienes serán escogidos en cada grupo en la reunión informativa de inicio del calendario
académico.
80
Artículo 74. Consejo de padres de familia
Lo conforman mínimo 2 representantes de los padres de familia por cada grupo atendido en
las sedes. El Consejo de Padres se conforma en los primeros días del calendario académico
a través del siguiente procedimiento:
En la reunión de inicio del año, cada grupo escoge 2 representantes de los padres de
familia.
Se convoca la asamblea de padres de la sede y en ella se presentan a los representantes
de cada grupo.
Los padres de familia elegidos, son a una reunión de carácter general, en la que se
consolida el Consejo de Padres y se eligen los representantes al Consejo Directivo.
Título VII. Evaluación de los docentes
Artículo 75. Proceso de evaluación.
Cada año o semestre lectivo se evalúa el desempeño de las jardineras e instructores de las
diferentes áreas. Para ello se tendrán en cuenta las observaciones directas de las clases, de
niño o niña o acudientes de los niños, de los coordinadores de programas y servicios y de
las supervisoras académicas. Las estrategias para la evaluación y sus resultados se
comparten con la entidad contratista en el caso de los docentes vinculados a través de
terceros. Con los instructores y jardineras propios se procederá a realizar el plan individual
de desarrollo
Título VIII. Reconocimiento al estudiantado
Artículo 76. Estímulos.
De acuerdo con el desempeño, los niños o niñas podrán recibir estímulos de carácter
formativo como una retribución al esfuerzo, con el fin de mantener y optimizar los
comportamientos positivos y el buen rendimiento académico de los alumnos y el buen
desempeño de los docentes, tales como:
• Representar al Colegio Comfama en eventos culturales, científicos y recreativos.
• Reconocimiento público, mediante resolución del Consejo Directivo, a niños y niñas que
sobresalgan en eventos sociales, culturales, científicos, investigativos, recreativos y
deportivos. Una copia de la resolución debe ir a la hoja de vida del niño o la niña
• Ser elegido como representante o monitor del curso.
81
• Ser elegido como representante del área ante los diferentes organismos que conforman el
Gobierno Escolar.
• Otorgamiento de una beca para el año lectivo al alumno que se destaque por su
rendimiento académico con notas sobresalientes.
• Otorgamiento del premio Excelencia por méritos académicos, cívicos, humanos y morales
a quien se distinga como el mejor de la Institución y con entrega de una beca por el año
lectivo o participación en uno de los cursos diferentes a los contemplados en el plan de
estudios.
• Otros que determine el Consejo Directivo del Colegio Comfama.
Título IX. Tarifas de matrículas, pensiones y otros cobros
Artículo 77. Pago de matrículas y pensiones.
El Colegio Comfama de acuerdo con la ubicación territorial de cada una de las sedes en
donde se presta el servicio de educación preescolar y a partir de los índices de calidad
resultantes de la autoevaluación institucional se clasifica en diferentes regímenes de libertad
para el cobro de tarifas, matrículas y pensiones, de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto
2253 del 22 de diciembre de 1995 (regulada, vigilada y controlada). El sistema se rige
según los siguientes términos:
• Tarifa anual: valor cobrado por concepto de matrícula y pensiones en el año.
• Matrícula: suma anticipada pagada una vez al año en el momento de formalizar la
vinculación del niño o la niña al servicio educativo ofrecido por el establecimiento o cuando
esta vinculación se renueva.
• La pensión: suma que se paga por el derecho del niño o de la niña a participar en el año
académico de los servicios educativos comunes y obligatorios que ofrece el establecimiento
educativo. Su forma de pago es mensual y se debe cancelar hasta el día 10 de cada mes
fecha de corte establecida por Comfama.
La cancelación de los valores por estos conceptos puede ser en efectivo, con el subsidio,
con crédito inmediato o crédito para educación Preescolar.
82
El costo de la matrícula no incluye certificados de estudios; útiles escolares, materiales,
fotocopias, uniformes, alimentación, transporte, salidas pedagógicas, ni otros que se
desprendan de la prestación del servicio.
Otros cobros son los que se hacen a los padres de familia o acudientes por conceptos
diferentes a matrícula y pensión, como certificados de estudios y derecho de grados.
83
Artículo 78. Costos de matrículas y mensualidad.
La pensión anual se cobra en diez (10) cuotas, más la número once que corresponde a la
matrícula.
Los valores de la matrícula y la mensualidad se liquidan de acuerdo con la condición de
afiliado o particular, según lo estipulado en la Resolución 0742 del 20 de septiembre del
2013 expedida por la Superintendencia del Subsidio Familiar, en la cual la Caja debe dar
prioridad en la atención a la población afiliada TA y TB y sisbenizada.
• TA: trabajador afiliado que devenga entre uno y dos salarios mínimos legales vigentes.
• TB: trabajador afiliado que devenga entre dos y tres salarios mínimos legales vigentes.
• Los alumnos que vengan en proceso se les debe dar continuidad aún si la categoría es TC
o TD particular; hasta terminar el proceso educativo de acuerdo los lineamientos de las
respectivas secretarias de educación y a los resultados de la autoevaluación institucional
con un alza para el 2017 de % 7.57
TARIFAS PREESCOLAR
Año 2017
TIPO TARIFA
MATRICULA ($)
PENSION ($)
TARIFA TOTAL ($)
TC $498.880 $448.992 $4.988.800
TD $523.820 $471.438 $5.238.200
Concepto de otros cobros ocasionales Tarifas($)
Duplicado de diploma a solicitud del usuario $ 6.700
Duplicado de carné $ 6.700
Certificados de estudio $4.000
Constancia de estudio $ 4.000
Salidas Escolares $ 31.200
84
TITULO X PROCEDIMIENTOS DE QUEJAS, RECLAMOS Y SUGERENCIAS.
Presentar por escrito o de manera verbal, los reclamos, quejas y sugerencias frente al
aprendizaje, conductas de los niños y las niñas o situaciones particulares. Se debe levantar
un acta de la situación puntual.
Presentar los reclamos, quejas y sugerencias de forma respetuosa y asertiva.
Tener en cuenta el conducto regular al momento de generar una queja, reclamo o
sugerencia, teniendo en cuenta el siguiente orden:
Jardinera
Supervisora académica
Coordinador de producto y servicio
Rectora
Consejo directivo
Se dará respuesta a la solicitud presentada dentro de los ocho (8) días, calendario siguiente
a la reclamación. Las del Consejo Académico y Directivo se dará respuesta en la sesión
próxima.
85
Permisos de salidas y excusa
Los permisos para ausentarse del preescolar, la familia debe comunicarle a la jardinera la
solicitud por la cual se debe ausentar el niño o la niña del preescolar, luego la jardinera
comunica a la supervisora académica la situación para entregar la solicitud escrita y que el
educando pueda retirarse del preescolar.
Confidencialidad en la Información
Garantizar en el colegio Comfama el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los
documentos en medio físico o electrónico, así como las informaciones suministradas por las
personas que intervengan en las actuaciones y de toda la información que se genere dentro
de las mismas, en los términos establecidos en la Constitución Política, los tratados
internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto
1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia.
Para lo cual se establece:
Confidencialidad en la información suministrada.
Respeto por la intimidad.
Los profesionales que se encuentren a cargo en un proceso con los niños y niñas,
deben garantizar la confidencialidad de la información y el respeto por los mismos.
Dicha información debe reposar en el preescolar Comfama, custodiada por la
supervisora académica y la rectora.
Proteger en el colegio Comfama a quien informe sobre la ocurrencia de situaciones que
afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos, de posibles acciones en su contra.
TITULOXI. REGLAMENTEO DEL CONSEJO Artículo 79. Reglamento del Consejo Directivo
Carácter, Conformación y Domicilio
Naturaleza: Es el máximo organismo de participación de la Comunidad Educativa, para la
adecuada implementación y acomodación del PEI.
Conformación: El Consejo Directivo del Colegio Comfama estará integrado por:
La Dirección de COMFAMA o su delegado, quien lo presidirá y convocará ordinariamente
dos veces por semestre y extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
El Jefe del Departamento de Planeación de Servicios,
El Jefe del Departamento de Prestación de Servicios
86
El Rector,
Un representante del sector productivo,
Dos representantes de los padres de familia, de educación formal
Un representante de los instructores de Educación para el trabajo y el desarrollo humano y
uno para la educación formal
Domicilio: El domicilio del colegio será la ciudad de Medellín y su sede el Departamento
de Educación de la Caja de Compensación Familiar de Antioquia, Comfama, Dirección Kra
48 N° 43 -87 piso 7° Edificio Comfama San Ignacio; teléfonos 2156505 – 2156594.
Condiciones y elecciones de los Miembros Clases de miembros Los miembros
del Consejo Directivo del colegio Comfama, son de dos clases: Por derecho propio y por
elección.
Son miembros por derecho propio: La Dirección de COMFAMA o su delegado, quien lo
presidirá.
El Jefe del Departamento de Planeación de Servicios
El rector del COLEGIO COMFAMA.
El Jefe del Prestación de Servicios.
Son miembros por elección:
Un representante del personal docente Formal y otro de ETDH
Un representante de los niños y niñas de educación Formal Un representante de los
sectores productivos organizados en el ámbito local.
Dos representantes de los padres de familia.
Los miembros por elección, llegarán al consejo después de efectuadas las elecciones en
jornada democrática convocada debidamente por el Rector.
Elección de Miembros: Se elegirán durante los primeros 60 días siguientes al inicio del
año escolar, bajo las siguientes condiciones:
Representantes del personal docente: elegido por mayoría de los votantes en Asamblea de
docentes.
Representante de los estudiantes: elegido por el Consejo de Estudiantes para educación
formal entre los niños y niñas que se encuentren cursando el último grado de educación
ofrecido por la Institución.
Representante de los sectores productivos: será escogido por el Consejo Directivo, de
candidatos propuestos por las respectivas organizaciones afiliadas a COMFAMA.
87
Representantes de los padres de familia: Elegidos por mayoría de los votantes en la
Asamblea de Padres
Reuniones, Quórum
Reuniones: el Consejo Directivo del Colegio Comfama se reunirá de acuerdo con las
necesidades que se presenten, según la conveniencia del Rector y a solicitud de alguno de
los miembros. .
Quórum. Constituye quórum para deliberar, la mitad más uno de los miembros que
conforman el Consejo Directivo del Colegio Comfama.
Constituye quórum decisorio, las dos terceras partes de los miembros del Consejo.
Las decisiones exigen, mayoría de las dos terceras partes de los asistentes.
Funciones del Consejo Directivo del Colegio
El Consejo Directivo del Colegio Comfama adopta las funciones descritas en el artículo 144
de la Ley 115 de 1994 y en el artículo 23 del decreto 1860 de 1994, que son:
a) Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución y que no sean
competencia de otra autoridad;
b) Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y
administrativos con los alumnos del plantel educativo;
c) Adoptar el reglamento de la institución, de conformidad con las normas vigentes;
d) Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles;
e) Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando
alguno de sus miembros se sienta lesionado;
f) Aprobar el plan anual de actualización del personal de la institución presentado por el
rector,
g) Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo
y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación
respectiva o del organismo que haga sus veces para que verifique el cumplimiento de los
requisitos;
h) Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa;
i) Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno;
j) Participar en la evaluación anual de las jardineras, directivos docentes y personal
administrativo de la institución;
k) Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias,
culturales, deportivas y recreativas;
88
l) Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas,
culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa;
m) Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones
educativas;
n) Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma de
recolectarlos, y
ñ) Darse su propio reglamento.
Deberes, Derechos y Prohibiciones
Deberes de los miembros del Consejo Directivo del Colegio Comfama:
Son deberes de los miembros del Consejo Directivo del Colegio Comfama:
Asistir puntualmente a todas las reuniones;
Cumplir cabalmente el reglamento y demás normas que prescriban la legislación y el Consejo Directivo;
Guardar discreción y prudencia sobre los asuntos que trate o estudie el Consejo;
Participar activamente en las reuniones y en las comisiones que le asigne el Consejo Directivo;
Responder administrativa o penalmente, si es del caso, por las actuaciones del Consejo;
Dar trato respetuoso a los integrantes de la Comunidad Educativa;
Informar veraz, objetiva y oportunamente a sus representados sobre los asuntos tratados por el Consejo; y
Los demás que le sean asignados por el Consejo, siempre que sean de su incumbencia.
Derechos de los miembros del Consejo Directivo del Colegio Comfama
Son derechos de los miembros del Consejo Directivo del Colegio Comfama:
Presentar iniciativas y sugerencias para asesorar al Rector en la toma de decisiones y para lograr la práctica de la participación en la vida escolar;
Recibir trato cortés y participar en igualdad de condiciones con los demás miembros del Consejo;
Participar en todas las deliberaciones con voz y voto; y
Ser estimulado por su labor en beneficio de la Comunidad Educativa.
Prohibiciones a los miembros del Consejo Directivo del Colegio Comfama
Se establecen las siguientes prohibiciones, a los miembros del Consejo Directivo del
Colegio Comfama:
89
Revelar información sobre temas tratados en el Consejo;
Distorsionar las decisiones tomadas en el Consejo:
Entorpecer sistemáticamente la buena marcha de las deliberaciones y/o de las actividades
del Consejo; y
Disociar las relaciones entre los integrantes del Consejo.
Sanciones
El integrante del Consejo Directivo del Colegio Comfama que falte sistemáticamente al
cumplimiento de sus funciones, deberes y prohibiciones, se le sancionará de acuerdo a lo
estipulado en el régimen disciplinario único, en el estatuto docente y en el reglamento interno
del colegio, según sea el caso.
La competencia para sancionar, recae en el mismo Consejo, en el inmediato superior y en la
asamblea de electores.
Pérdida de investidura: Se consideran causales para exclusión o pérdida de investidura
como representante al Consejo Directivo del Colegio Comfama, las siguientes:
Inasistencia a dos (2) sesiones sin justa causa;
Llamada de atención en sesión, por negligencia en el cumplimiento de sus deberes, por
segunda vez; y
Orden dada por autoridad competente.
90
Disposiciones Generales
Invitados: Cualquier miembro de la comunidad educativa, podrá participar de las
deliberaciones del Consejo Directivo del Colegio Comfama con voz pero sin voto. Esta
participación se hará por invitación o por solicitud personal debidamente aprobada por la
entidad.
Comisiones: El Consejo Directivo del Colegio Comfama convocará y nombrará comisiones
temporales cuando lo considere necesario para estudio y actividades de situaciones que
ameriten éste tipo de atención.
Conducto Regular: Los asuntos que lleguen a consideración del Consejo Directivo del
Colegio Comfama, solo serán considerados después de haber seguido el conducto regular
establecido en el Reglamento Interno o Manual de Convivencia del plantel.
Cuando un asunto sea de competencia de otra autoridad, el Consejo se abstendrá de
considerarlo.
Recursos: Contra las decisiones del Consejo Directivo del Colegio Comfama, procede el
derecho de defensa del cual se podrá hacer uso, recurriendo al mismo Consejo dentro de
los tres (3) días siguientes a la comunicación de una decisión. Surtido éste recurso, no
procede ningún otro.
El voto es personal e indelegable, para todos los efectos.
91
Vigencia
El Consejo Directivo del Colegio Comfama, ejercerá sus funciones por un año contado a
partir del momento en que fue elegido y hasta cuando se designe el nuevo Consejo
mediante la aplicación del procedimiento correspondiente.
El presente reglamento rige a partir de su publicación y estará vigente hasta cuando sea
modificado total o parcialmente por el mismo Consejo Directivo.
Título XII. Procedimiento de reforma del Manual de convivencia
La reestructuración del Manual de Convivencia del Colegio Comfama se hace necesaria por
los cambios pedagógicos, sociales, culturales, comunitarios y jurídicos contemplados en la
Ley de Infancia y Adolescencia, la Constitución Política de Colombia de 1991, la Ley General
de Educación, en el decreto 1860 de 1994 y la Ley 361 de 1997.
Este Manual de convivencia fue aprobado por el Consejo Directivo, según acuerdo N° 02 del
2 de Septiembre del 2016.
92
ANEXOS
ANEXO 1: SOPORTE JURÍDICO
Las siguientes son las leyes y decretos sobre los cuales se soporta la construcción del presente
Manual, expresando que podrán faltar normas jurídicas, jurisprudencia de la corte, decretos
reglamentarios, nuevas leyes, entre otros, que hacen parte en el presente o podrán serlo en el
futuro de las normas generales de educación en Colombia:
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA: Todas las normas contenidas en el presente
manual son coherentes con la Constitución Política de Colombia.
Artículo 1º. Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de República
Unitaria, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista,
fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que
la integran y en la prevalencia del interés general.
Artículo 2º. El Estado debe promover la participación de todos.
Artículo 13º. Libertad e igualdad ante la ley sin discriminación alguna.
Artículo 15º. Derecho a la intimidad y al buen nombre.
Artículo 16º. Derecho al libre desarrollo de la personalidad.
Artículo 20º. Derecho a la libertad de opinión y rectificación.
Artículo 23º. Derecho de petición y pronta resolución.
Artículo 33º. Nadie está obligado a declarar contra sí mismo o cónyuge, o parientes hasta el
cuarto grado de consanguinidad.
Artículo 41º. Conocer de la Constitución, el civismo, la democracia y participación ciudadana.
Artículo 43º. Igualdad de derechos y oportunidades para hombres y mujeres. Protección
especial a la mujer embarazada y cabeza de familia.
Artículo 44º. La educación, la cultura y la recreación son derechos fundamentales de niños,
entre otros.
Artículo 45º. El adolescente tiene derecho a la protección y formación integral, a participar en
los organismos públicos o privados.
Artículo 67º. La educación de un servicio público con función social, al que tienen derecho
todas las personas.
Artículo 68º. Los establecimientos educativos podrán ser fundados por particulares y darán
participación a la comunidad educativa en la dirección. Idoneidad, profesionalización y
dignificación del docente. El estudiante no puede ser obligado a recibir educación religiosa en
los establecimientos del Estado.
Artículo 70º. Fomento y promoción de la cultura, a través de la educación. La cultura es el
fundamento de la nacionalidad.
93
Artículo 95º. Todo colombiano tiene el deber de engrandecer y dignificar la comunidad
nacional.
Ejercer los derechos implica responsabilidades y deberes.
LEY 12 DE 1991 “CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DE LA
NIÑEZ”.
LEY 115 DE 1994.
Artículo 73º. Proyecto Educativo Institucional. Con el fin de lograr la formación integral del
educando, cada establecimiento educativo deberá elaborar y poner en práctica un Proyecto
Educativo Institucional en el que se especifiquen entre otros aspectos, los principios y fines del
establecimiento, los recursos docentes y didácticos disponibles y necesarios, la estrategia
pedagógica, el reglamento para docentes y estudiantes y el sistema de gestión, todo ello
encaminado a cumplir con las disposiciones de la presente ley y sus reglamentos.
Artículo 87º. Reglamento o Manual de Convivencia. Los establecimientos educativos tendrán
un Reglamento o Manual de Convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones, de
los(as) estudiantes. Los padres o tutores y los(as) educandos(as) al firmar la matrícula
correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo.
Artículo 94º. En todos los establecimientos de educación básica y de educación media y en
cada año lectivo, los(as) estudiantes elegirán a un estudiante(a) del último grado que ofrezca
el establecimiento, para que actúe como personero(a) de los(as) estudiantes y promotor(a)
de sus derechos y deberes.
DECRETO 1860 DE 1994.
Artículo 17º.- Reglamento o Manual de Convivencia. De acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener
como parte integrante del proyecto educativo institucional, un reglamento o Manual de
Convivencia. El reglamento o Manual de Convivencia debe contener una definición de los
derechos y deberes de los(as) estudiantes(as) y de sus relaciones con los demás estamentos
de la Comunidad Educativa. En particular debe contemplar los siguientes aspectos:
1. Reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad
educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de
sustancias psicotrópicas.
2. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los
bienes personales y de uso colectivo, tales como equipos, instalaciones e implementos.
3. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar.
4. Normas de conducta de estudiantes y profesores que garanticen el mutuo respeto. Deben
incidir la definición de claros procedimientos para formular las quejas o reclamos al respecto.
94
5. Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos
que se presenten entre miembros de la comunidad. Deben incluir instancias de diálogo y de
conciliación.
6. Pautas de presentación personal que preserven a los(as) estudiantes(as) de la discriminación
por razones de apariencia.
7. Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los(as) estudiantes(as), incluyendo el
derecho a la defensa.
8. Reglas para la elección de representantes al Consejo Directivo y para la escogencia de
voceros en los demás consejos previstos en el presente decreto. Debe incluir el proceso de
elección del PERSONERO de los(as) estudiantes.
LEY 1098 DE 2006 LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA.
Artículos significativos para la convivencia social y la defensa de los derechos de los infantes y
adolescentes:
Artículo 10º Corresponsabilidad: para los efectos de este código, se entiende por
corresponsabilidad, la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio
de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. La familia, la sociedad y el Estado
son corresponsables en su atención, cuidado y protección.
Artículo 15º. Ejercicio de los derechos y responsabilidades: es obligación de la familia, de
la sociedad y del Estado, formar a los niños, las niñas y los adolescentes en el ejercicio
responsable de los derechos. Las autoridades contribuirán con este propósito a través de
decisiones oportunas y eficaces y con claro sentido pedagógico. El niño, la niña o el
adolescente tendrán o deberán cumplir las obligaciones cívicas y sociales que correspondan a
un individuo de su desarrollo.
Artículo 19º. Derecho a la rehabilitación y la resocialización: los niños, las niñas y los
adolescentes que hayan cometido una infracción a la ley tienen derecho a la rehabilitación y
resocialización, mediante planes y programas garantizados por el Estado e implementados por
las instituciones y organizaciones que este determine en desarrollo de las correspondientes
políticas públicas.
Artículo 26º. Derecho al debido proceso: los niños, las niñas y los adolescentes tienen
derecho a que se les apliquen las garantías del debido proceso en todas las actuaciones
administrativas y judiciales en que se encuentren involucrados. 106
95
En toda actuación administrativa, judicial o de cualquier otra naturaleza en que estén
involucrados, los niños, las niñas y los adolescentes, tendrán derecho a ser escuchados y sus
opiniones deberán ser tenidas en cuenta.
Artículo 28º. Derecho a la educación: los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a
una educación de calidad. Esta será obligatoria por parte del Estado en un año de preescolar y
nueve de educación básica. La educación será gratuita en las instituciones estatales de acuerdo
con los términos establecidos en la Constitución Política.
Artículo 39º. Obligaciones de la familia: la familia tendrá la obligación de promover la
igualdad de derechos, el afecto, la solidaridad y el respeto recíproco entre todos sus
integrantes. Cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y
unidad y debe ser sancionada. Son obligaciones de la familia para garantizar los derechos de
los niños, las niñas y los adolescentes:
“…2. Participar en los espacios democráticos de discusión, diseño, formulación y ejecución de
políticas, planes, programas y proyectos de interés para la infancia, la adolescencia y la familia.
3. Formarles, orientarles y estimularles en el ejercicio de sus derechos y responsabilidades y en
el desarrollo de su autonomía.
…..8. Asegurarles desde su nacimiento el acceso a la educación y proveer las condiciones y
medios para su adecuado desarrollo, garantizando su continuidad y permanencia en el ciclo
educativo“.
Artículo 43º.Obligación ética fundamental de los establecimientos educativos: las
instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación
fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad,
vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán:
1. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la
dignidad humana, los Derechos Humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias
entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás,
especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades
sobresalientes.
2. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato,
agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás
compañeros y de los profesores.
3. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo
y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla,
desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el
lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.
96
LEY 1620 del 15 de marzo de 2013, "Por la cual se crea el sistema Nacional de convivencia
Escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad
y la prevención y mitigación de la violencia escolar.
Decreto 1965 de septiembre 11 de 2013, que reglamenta la ley 1620 de 2013, que crea el
sistema Nacional de convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos
humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia
escolar.
Decreto 1075 del 26 de Mayo de 2015, “por medio del cual se expide el Decreto Único
Reglamentario del Sector Educación”.
Sentencia T-478 /2015, Que ordenó la revisión de los Manuales de Convivencia en el
sentido de incorporar nuevas formas y alternativas para incentivar y fortalecer la convivencia
escolar en pleno respeto de la orientación sexual y de género de los estudiantes.
97
Anexo 2
RUTAS DE DERECHOS ESPECIALES AFRODESCENDIENTES
•Dirección: Calle 42 B N. 52 - 106 piso 7 Alpujarra Oficina 713
•Teléfono: 604 02 94
•Email: [email protected]@procuraduria.gov.co
•Horario de atención: Lunes a viernes 7:30 am y 12:30 m/1:30 pm a 4:30 pm
•Servicios: Prevención en materia de derechos humanos, promoción y protección de las comunidades afrocolombianas
•Requisitos: Autoreconocimiento como afrodescendiente, documento de identificación
Procuradoría General de la
Nación
• Dirección: Carrera 50D N° 62- 95 Barrio Prado Centro
• Teléfono: 385 69 57 - Nelly castillo: 383 28 62
• Email: [email protected] - [email protected]
• Horario de atención: Lunes a viernes 7:30 am y 12:30 m /1:30 pm a 4:30 pm
• Servicios: Agremiar y capacitar a las comunidades afrocolombianas
• Encargada: Psicóloga Nelly Castillo
• Requisitos: Autoreconocimiento como afrodescendiente, documento de identificación
Centro de integración de
afrodescendientes
98
RUTA DE ACCION ¿Qué HACER EN CASO DE VIOLENCIA SOCIAL?
B
RUTA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Mantenga la calma
Identifique el tipo de
alteración
Conserve al personal al interior del centro infantil
ENFRENTAMIENTO ARMADO
Tomar posición boca abajo en el ambiente formativo, si continua dirigirse al punto de
refugio
ASONADA Ubicarse dentro del aula alejado de las
ventanas, si continua dirigirse al punto de
refugio
INNUNDACIÓN Ubicarse en un lugar que no genere riesgo
de avalancha, ahogamiento o paso
de corriente de agua
En cualquiera de los casos, NO SALIR del Centro Infantil con los niños y las niñas si no es por indicación de las autoridades
competentes
Avise a las autoridades competentes
Organismo de
emergencia 123
Escuchar orientación autoridades competentes
Poner en aviso a los padres de familia, solo si es autorizado por los Administrativos de la Corporación o por orden de las autoridades y
brindar solo información oficial
Si se confirma la
posible vulneración
se activará la ruta
externa.
99
Notificación Comisaria de Familia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Lesiones físicas
Unidad de reacción inmediata – URI
Teléfono: 444 66 77 ext 5302
Dirección: Calle 72 N. 64 E – 139
Bunker
ABUSO SEXUAL
Si de forma inmediata se observan
Signos físicos
Acudir al sector salud
atención en urgencias y activación del protocolo
de salud
Notificación
a la fiscalía
Si la identificación del caso no
conlleva presencia inmediata de signos y síntomas
Notificación a Fiscalía
Caivas Centro de atención
integral a víctimas de
violencias sexuales
San Diego CAIVAS –
Medellín
Cr. 44 No. 31 -156
Medellín: (4) 385-26-00 ext.
7702 -7711
Correo electrónico:
fiscalia.sausandiegomed@fis
calia.gov.co
Negligencia en el cuidado / abandono Notificar a
ICBF
Centro Zonal integral N. 4
Suroriental Cra 80 N. 38B – 48
Teléfono: 416 55 66 – 416 238
20, 416 33 42
Desnutrición
Remitir a la Nutricionista
De acuerdo la tipología remitir a: Clínica Santa Ana: Calle 14 N. 43 B 130 Teléfono: 266 54 90 Dulce Hogar: Kilometro 6 vía al mar San Cristóbal Teléfono: 448 14 47
Centro recuperación nutricional Bambi
100
RUTA DE REMISIÓN CON NIÑOS Y NIÑAS CON DISCAPACIDAD ¿QUIÉN DETECTA?
Agentes educativos, auxiliares, familias y otras personas significativas y madres comunitarias
¿A QUIEN SE REMITE?
Al equipo psicosocial quienes orientan a la familia a cerca de las diferentes
instituciones:
Secretaria de Inclusión Social Programa Ser Capaz: Teléfonos: 343376 – 3439377- 3471431 – 3477172 - 4717478 Carrera 72 N. 11 – 11 Belén las playas Correo: [email protected]
Horario de atención:
Lunes a jueves: 7:00 a.m. a 12:00 m y 1:00 a 5:00 p.m.
Viernes: 7:00 a.m. a 12:00 m y 1:00 a 4:00 p.m. Servicios que ofrece: Estimulación temprana, Equinoterapia, Hidroterapia, Atención domiciliaria, Banco de aditamentos, apoyo económico, Atención profesional para menores de edad con discapacidad cognitiva, Rehabilitación funcional para personas con discapacidad física, auditiva y visual y Rehabilitación Ocupacional.
Fundación Oyeme Teléfono: 2508450 fax: 4110007 Dirección: Calle 43 B N. 81 – 95 Barrio La América Correo: [email protected]
Horario de atención:Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m. Contacto: Flavia Fernández Orienta en discapacidad auditiva desde los cero años hasta la adultez, prestando los servicios de estimulación temprana, apoyo a la inclusión escolar, laboral, programa de familia y evaluación audiológica.
Aula abierta Teléfono: 3314767 Dirección: calle 22 A S N. 46 – 50 Bosques de Zúñiga Envigado Directora María Eugenia Gaviria Jaramillo Página: www.aulaabierta.edu.co Institución privada que ofrece servicios de educación no formal, de habilitación y rehabilitación a bebes, niños, niñas y jóvenes.
Horario de atención: Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
101
Los Álamos Teléfono: 309 42 42 Dirección: Calle 27 A N. 62 A 02 Itagüí Correo: [email protected] Horario de atención: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Programas:
Estimulación adecuada. Dirigido a niños y niñas de 0 a 4 años
Habilitación funcional. Dirigido a niños y niñas de 4 a 14 años
Habilitación ocupacional. Dirigido a personas con discapacidad
cognitiva desde los 15 años de edad en adelante
Atención especializada. Dirigido a niños, niñas y adultos con
discapacidad en situación de dependencia permanente. Comprende
apoyos terapéuticos y educativos de alta intensidad.
Apoyo a la inclusión educativa. Dirigido al niño, niña y joven con
necesidades educativas y que se encuentra vinculado en el sistema
de educación. A través de estrategias pedagógicas y terapéuticas
se busca fortalecer su proceso educativo en igualdad de
oportunidades.
Hogares sustitutos –discapacidad o enfermedad de cuidado
especial. Programa y modalidad de protección mediante la cual el
instituto colombiano de bienestar familiar (icbf) ubica temporalmente
a un niño, niña o joven declarado en peligro o abandono.
Evaluación Interdisciplinaria y Disciplinaria. Servicio que busca
tener un perfil y pronóstico claro del beneficiario, desde una o
diferentes disciplinas, que permita diseñar planes de intervención.
Asesoría Y Capacitación. Se realizan asesorías a instituciones
pares y otras organizaciones de acuerdo con sus necesidades.
Internado. Servicio que responde a las necesidades de los
beneficiarios que deben permanecer separados de su red vincular o
que por sus necesidades específicas requieren de atención
especializada.
Comité de rehabilitación Teléfono: 448 64 80 – 320 21 60 Dirección: carrera 50 N. 63 - 95 Prado centro Horario de atención: Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 5:00 p.m. Servicios:
Programa apoyo a la inclusión ocupacional y laboral
Programa apoyo a la inclusión educativa
Programa apoyo a la inclusión familiar y social
Amigos con calor humano Teléfono: 2921140 Dirección: carrera 50 C n. 59 -87 Prado centro. Correo: [email protected], www.asociacionamigos.org Contacto: Alba Doris Rojas – Directora Ejecutiva Ana María Gómez – Psicóloga. Correo: [email protected] Es una institución sin ánimo de lucro, que ofrece programas de inclusión productiva, inclusión social, salud a personas con discapacidad de cualquier edad.
Ser Especial. Teléfono: 4129674 - 4143519, Calle 33 aa nº 78 a 88 Correo: www.serespecial.org, [email protected] Atención especializada a niños, niñas y jóvenes que presenten discapacidad cognitiva y física, excluida de la educación regular. De 0 a 52 años. Personas con discapacidad cognitiva y discapacidad física. Semilla y fundadores: programas para niños excluidos de la educación regular primaria.
102
Anexo 3
LISTA DE UTILES ESCOLARES 2017 NIVEL PÁRVULOS
1 cuaderno de 50 hojas tamaño grande , cosido a rayas marcado (Para comunicación entre familia e institución)
1 caja de crayones grueso
2 cajas de plastilina de 180 gramos
2 paquetes de octavos de cartulina de colores variados Bristol
2 paquetes de octavos de cartulina plana de colores variados
1 block iris colores fluorescente
2 vinilos grandes fluorescentes de 120 centímetros cúbicos de color _________________
1 brocha de tamaño ____________
1 espátula espuma
1 paquete de papel globo de colores
1 colbón de 250 gramos
1 ovillo de lana gruesa 250 gramos cualquier color
1 hoja de acetato
1 delantal o camiseta usada para proteger el uniforme cuando se realice actividades con vinilos
3 tubos de mirella colores vivos y variados
1 paquete de bolsa transparente
10 limpia pipas colores variados
1 paquete de bolsa de panadería por 50 unidades de cualquier tamaño
1 paquete de bolsas metalizadas por 50 unidades de cualquier tamaño
2 metros de cinta papel de color vivo delgada
2 metros de cinta papel de color vivo gruesa
2 paquete de ojos grandes por 6 unidades
1 mantel plástico que cubra la mesa infantil
4 unidades de ganchos legajadores
1 block pinares base 30 (hoja completamente blanca)
103
LISTA DE UTILES ESCOLARES 2017 NIVEL PRE JARDÍN
2 cuadernos de 50 hojas tamaño grande , cosido a rayas marcado (uno para comunicación entre familia e institución y el otro para
producciones de los niños)
1 block tamaño oficio sin rayas y sin legajar
1 cartuchera grande marcada con el nombre del niño/a de uso personal
1 caja de colores grandes cada color marcado con el nombre del niño/a de uso personal
2 lápices triangulares marcados con el nombre del niño/a de uso personal
1 sacapuntas para lápiz triangular marcado con el nombre del niño/a de uso personal
1 sacapuntas normal para colores marcado con el nombre del niño/a de uso personal
1 tijeras punta roma marcada con el nombre del niño/a
2 paquetes de octavos de cartulina de color blanco
1 paquete de octavos de cartulina plana de colores variados
1 block iris colores fluorescentes
2 vinilos grande de 120 centímetros cúbicos de color _______________________
2 cajas de plastilina de 180 gramos
3 metros de resorte grueso
3 metros de resorte delgado
1 carretilla de nailon elástico
1 paquete de ojos grandes por 6 unidades
1 colbón de 250 gramos
1 tarro pequeño de silicona líquida
1 paquete de bombas R12 colores variados
1 individual plástico, liso, sin relieve y resistente al uso
104
4 unidades de ganchos legajadores
2 pinceles uno grueso y uno delgado
1 delantal o camiseta usada para proteger el uniforme cuando se realice actividades con vinilos
LISTA DE UTILES ESCOLARES 2017 NIVEL JARDÍN
2 cuadernos de 50 hojas tamaño grande , cosido a rayas marcado (uno para comunicación entre familia e institución y el otro para
producciones de los niños)
1 block tamaño oficio sin rayas y sin legajar
1 cartuchera grande marcada con el nombre del niño/a de uso personal
1 caja de colores grandes cada color marcado con el nombre del niño/a de uso personal
3 lápices marcados con el nombre del niño/a de uso personal
1 sacapuntas para lápiz triangular marcado con el nombre del niño/a de uso personal
1 sacapuntas normal para colores marcado con el nombre del niño/a de uso personal
1 tijeras punta roma marcada con el nombre del niño/a
5 metros de cordón dorado
2 tarritos de pintacaritas de cualquier color
2 paquete de fichas bibliográficas
1 paquete de cartón paja en octavos
1 paquete de octavos de papel silueta
2 pliegos de cartulina bristol (escolar – de cualquier color)
2 pliegos de cartulina plana degradé
1 marcador Sharpie negro de punta delgada
2 marcadores Sharpie de colores de punta delgada
1 marcador de punta gruesa permanente (cualquier color)
105
4 unidades de ganchos legajadores
1 delantal o camiseta usada para proteger el uniforme cuando se realice actividades con vinilos
1 tarro grande de silicona líquida
1 paquete de plumones de colores
3 pliegos de papel celofán de colores variados
2 docenas de botones en tamaños surtidos
Accesorios como gafas, antifaces, collares, sombreros, pelucas, entre otros.
LISTA DE UTILES ESCOLARES 2017 NIVEL TRANSICIÓN
2 cuadernos de 50 hojas tamaño mediano , cosido a rayas marcado (uno para comunicación entre familia e institución y el otro para
producciones de los niños)
1 block tamaño oficio sin rayas y sin legajar
1 cartuchera grande marcada con el nombre del niño/a de uso personal
1 caja de colores grandes cada color marcado con el nombre del niño/a de uso personal
3 lápices marcados con el nombre del niño/a de uso personal
1 sacapuntas para lápiz triangular marcado con el nombre del niño/a de uso personal
1 sacapuntas normal para colores marcado con el nombre del niño/a de uso personal
1 tijeras punta roma marcada con el nombre del niño/a
1 paquete de cartulina blanca en octavos
1 paquete de papel crepe
1 paquete de plumones de colores
1 marcador de punta gruesa permanente
106
1 paquete de palos de paleta de colores
1 paquete de ganchos plásticos de ropa en pinza
5 metros de cinta tricolor
2 agujas plásticas grandes
1 block iris degrade
1 paquete de regletas plásticas
4 unidades de ganchos legajadores
1 delantal o camiseta usada para proteger el uniforme cuando se realice actividades con vinilos
2 paquetes de palos de chuzo
1 revista
1 paquete de plumas de colores
IMPLEMENTOS OPCIONALES
Cada sede según la existencia en grandes cantidades de elementos que se están solicitando, lo pueden reemplazar por uno de estos implementos opcionales, según la necesidad del preescolar de cada sede:
Pitillos
Velo
Bastidor
Entretela
1 paquete de bomba pitillo
1 tarro de anilina vegetal líquida
1 bola de tripa de pollo