Código penitenciario y drogas: ¿algún cambio?
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Código penitenciario y drogas: ¿algún cambio? Por: Dejusticia, Jue, 2014-01-30 19:47
Por Jorge Alberto Parra Norato (@JParraNorato)
Hace pocos días entró en vigencia el nuevo código penitenciario con la pretensión de
reducir los problemas estructurales del sistema carcelario y penitenciario del país. El
problema más visible es el hacinamiento, y una de sus grandes causas es la
criminalización desproporcionada de los delitos de drogas. ¿Qué dice el nuevo código
al respecto?
Según el INPEC, el país terminó el 2013 con un total de 120.032 personas recluidas
en centros penitenciarios que cuentan con una capacidad máxima de 76.066 cupos.
Cerca del 15 % de esas personas se encuentra privada de la libertad por haber
cometido el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, conducta que se
ha mantenido desde hace al menos diez años dentro de las cuatro modalidades
delictivas de mayor participación en las dimensiones de la población reclusa en
Colombia.
Al respecto Dejusticia realizó una investigación en 2010, que fue
publicada nuevamente el año pasado, en la que se estudió el impacto de los delitos
relacionados con drogas en el sistema penitenciario. Este estudio permitió concluir
que la gran mayoría de personas recluidas por actividades relacionadas con
estupefacientes entre 2007 y 2009 no tuvo una participación importante en las redes
del narcotráfico, pues tan solo el 2 % de ellas fueron procesadas en concurso con
otros delitos como el concierto para delinquir o el porte ilegal de armas.
Por el contrario, lejos de ser grandes capos de la droga, la mayor parte de estas
personas son tan solo eslabones débiles del negocio que se caracterizan por no estar
involucrados en actividades violentas, no recibir grandes sumas de dinero , ser
reemplazados con facilidad tras ser capturados y, en un buen número de casos, vivir
en condiciones socioeconómicas problemáticas. Sin embargo, en la actualidad
cumplen penas de prisión de entre 5 y 30 años y contribuyen significativamente a
elevar las tasas de hacinamiento carcelario.
Ante esta realidad, que ha sido igualmente identificada en el informe de la OEA sobre
el problema de las drogas en las Américas (2013) y en el informe de la Comisión
Asesora de Política Criminal (2012), la reforma del código penitenciario era una
oportunidad de oro para reducir el impacto de los castigos desproporcionados de los
delitos de drogas en las tasas de hacinamiento.
Sin embargo, la reciente Ley 1709 dice muy poco sobre la población reclusa por
delitos de drogas. El único cambio potencialmente positivo introducido por el nuevo
código es la posibilidad que ahora tienen las personas condenadas por actividades
que involucran pequeñas cantidades de estupefacientes de cumplir la segunda mitad
de la pena en su lugar de residencia (Art. 28). De igual manera podrán acceder a la
libertad condicional (que ahora procede al cumplir 3/5 partes de la pena) y a la
sustitución domiciliaria de la detención preventiva como lo venían haciendo desde la
ley anterior.
Pero este código también incluye un cambio problemático que no guarda coherencia
con la realidad carcelaria anteriormente retratada: incluye indistintamente a todos los
“delitos relacionados con el tráfico de estupefacientes y otras infracciones” dentro de
la lista de las conductas que por su inmensa gravedad son excluidas de acceder a los
beneficios y subrogados penales (Art. 32). Aunque esta medida sea razonable para
los miembros de las organizaciones criminales asociadas al narcotráfico, el riesgo
está en extenderla a los eslabones débiles de la cadena de la droga que, como se
mencionó, no son peligrosos, constituyen la inmensa mayoría de la población
condenada por este tipo de actividades e impactan significativamente las tasas de
hacinamiento.
En pocas palabras, para el nuevo código penitenciario todas las personas que tengan
alguna relación con una actividad que involucre drogas ilícitas deben cumplir su pena
en prisión sin importar si se trata de campesinos cocaleros, pequeños expendedores
de marihuana o grandes capos de las mafias del narcotráfico. Ante la poca atención
que recibió la evidencia empírica existente no habrá cambios en la desproporcionada
penalización de los delitos de drogas y muy seguramente poco se avanzará en la
superación del hacinamiento carcelario del país.