Clase 11 Rousseau
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Qu: El problema fundamental del cual el contrato social es la solucin: Encontrar una
forma de asociacin que defienda y proteja de toda la fuerza comn la persona y los
bienes de cada asociado, y por la cual cada uno unindose a todos no obedezca por lo
tanto ms que a s mismo y permanezca tan libre como antes (I.6, 360). Voluntad
(auto-determinacin, moralidad) general (derecho, educacin cvica, republicanismo,
racional): elegir lo que est bien, la particularizacin de la voluntad general.Republicanismo (II.8, 385) + soberana estatal: son reconciliables? Para que un
pueblo naciente pueda gustar las sanas mximas de la poltica y seguir las reglas
fundamentales de la razn de Estado (II.7, 383). la primera intencin del pueblo es
que el Estado no perezca (IV.6, 456).
Cmo: Regir una sociedad vs. despotismo (I.5, 359). Los hombres como son (pero: I.8,
364, cambio notable; II.7, 381, cambiar, por as decir, la naturaleza humana) y las
leyes como pueden ser (Maquiavelo?). Justicia vs. utilidad (I.7, 363; II.4, 374):
Cicern.
[A] menudo ya la primera oracin decide sobre el destino de una publicacin, BdP,
Prlogo, p. 13): El hombre ha nacido libre y por todos lados est encadenado. Sin
embargo, todos son esclavos, incluso los amos. Rousseau agrega que si bien no puedeexplicar dicho cambio s puede decir qu puede hacerlo legtimo: el derecho de la
fuerza, y/o las condiciones en que viven los esclavos, la socializacin y no la naturaleza
(I.1: el tema del primer libro, no tanto el concepto de libertad sino cmo se llega a esta
situacin). Fuerza vs. consentimiento.
Tesis de la causalidad moral: El ms fuerte no es jams lo suficientemente fuerte
para ser siempre el amo, si l no transforma su fuerza en derecho y la obediencia en
deber. De ah el derecho del ms fuerte (I.3). Rousseau parece compartir la tesis de la
causalidad moral, pero no el derecho del ms fuerte. Contradiccin: derecho
(moralidad, prctica, deber) vs. fuerza (fsica, superfluo, necesidad natural o
prudencia). Tener obligaciones y verse obligado a obedecer?: bandido.
Tesis de la igualdad moral natural: ningn hombre tiene autoridad moral sobre sus
semejantes (I.4). Igualdad moral y legtima en lugar de la natural (I.9, 367; II.10, 391).
la asociacin civil es el acto ms voluntario del mundo; todo hombre habiendo nacido
libre y dueo de s mismo, nadie puede, bajo el pretexto que fuera, someterlo sin su
consentimiento. Decidir que el hijo de un esclavo nace esclavo, es decidir que no nace
hombre (IV.2, 440).
Tesis de la autonoma: Renunciar a su libertad es renunciar a su cualidad de hombre, a
los derechos de la humanidad, incluso a sus deberes (I.4, 356). Incluso si yo pudiera
alienarme eso no vinculara a otros contemporneos o sucesores.
Excursus sobre la guerra. Derecho de la guerra y esclavitud (Grocio): pero en el EN
no hay estado de guerra ni de paz porque no hay relaciones permanentes, ni tampocohay enemistad natural (I.4, 356-7). Pero quizs Rousseau identifica la guerra con los
Estados, lo cual era razonable en la poca de oro de la estatalidad: Rousseau sostiene
que no hay guerra privada en el EN porque no hay propiedad, y tampoco en el estado
civil porque todo all est bajo la autoridad de las leyes. En la Edad Media las cosas eran
dfierentes, tal como Rousseau reconoce en el prrafo siguiente (i.e. una institucin del
derecho feudal, contraria a los principios del derecho natural y a toute bonne politie,
357). Acto de guerra (combates particulares, duelos, encuentros) estado de guerra (de
estado a Estado). La guerra no es pues una relacin de hombre a hombre, sino una
relacin de Estado a Estado, en la cual los particulares no son enemigos sino
accidentalmente, ni como hombres ni siquiera como ciudadanos, sino como soldados; ni
como miembros de la patria, sino como sus defensores. En fin cada Estado no puedetener por enemigos sino a otros Estados y no a hombres, (). Este principio est
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incluso conforme a las mximas establecidas de todas las pocas y a la prctica
constante de todos los pueblos civilizados [polics] (I.4, 357; pero cf. II.XI, 392:
Restez barbares; III.8, 415-16: Los lugares donde el trabajo de los hombres no
rinde exactamente ms que lo necesario deben ser habitados por pueblos brbaros, toda
vida civil [politie] sera imposible). Declaraciones de guerra y la autonoma normativa
de la guerra: sin declaracin el enemigo en realidad es un bandido. Destruccin deEstados sin matar a nadie.
Rousseau acepta en parte el derecho de la guerra (v.g. declaracin de guerra, civiles y
militares) pero no el derecho de la ocupacin o conquista (derecho del ms fuerte,
esclavitud). Cf. IV.8, 465.
Tranquilidad civil al precio de guerras, arbitrariedad de los gobernantes (I.4, 355):
Hobbes.
II.9, 388: todos los pueblos tienen una especie de fuerza centrfuga, por la cual actan
continuamente los unos contra los otros y tendiendo a engrandecenderse a expensas de
sus vecinos. Guerras defensivas y ofensivas: II.10, 389.
El problema fundamental del cual el contrato social es la solucin: Encontrar una
forma de asociacin que defienda y proteja de toda la fuerza comn la persona y losbienes de cada asociado, y por la cual cada uno unindose a todos no obedezca por lo
tanto ms que a s mismo y permanezca tan libre como antes (I.6, 360). Estas
clusulas bien entendidas se reducen todas a una sola, a saber la alienacin total de cada
asociado con todos sus derechos a toda la comunidad. (). En fin cada uno dndose a
todos no se da a nadie, y como no hay un asociado sobre el cual no se adquiera el
mismo derecho que uno le cede sobre s mismo, se gana el equivalente de todo lo que se
pierde, y ms fuerza para conservar lo que se tiene (I.6, 360-1). Republicanismo
moderno (I): republicanismo + libertad positiva. Maquiavelo y el republicanismo
negativo (cf. Skinner): se debe poner como guardianes de una cosa a los que tienen
menos deseo de usurparla. Y, sin duda, observando los propsitos de los nobles y de los
plebeyos [ignobili], veremos en aqullos un gran deseo de dominar, y en stos tan slo
el deseo de no ser dominados, teniendo menos poder que los grandes para usurpar la
libertad (Discursos, I.5, p. 41). una pequea parte quiere ser libre para mandar, pero
todos los dems, que son infinitos, desean la libertad para vivir seguros (Discursos,
I.16, p. 80). Republicanismo (pueblo, ciudadano) y soberana estatal (Estado, sbdito).
Esta persona pblica que se forma as por la unin de todas las otras tomaba antes el
nombre de Ciudad, y toma ahora el deRepblica o de cuerpo poltico, el cual es
llamado por sus miembrosEstado cuando es pasivo, Soberano cuando es activo, Poder
al compararlo con sus semejantes. Respecto a los asociados ellos toman colectivamente
el nombre depueblo, y se llaman en particular Ciudadanos como participantes de la
autoridad soberana, y Sujetos como sometidos a las leyes del Estado (I.6, 361-2).Estado = Ciudad (II.4, 372).
Libertad positiva: quien rehse obedecer a la voluntad general ser obligado a ello por
todo el cuerpo: lo cual no significa otra cosa que se lo forzar a ser libre; porque tal es la
condicin que dando cada Ciudadano a la Patria le garantiza de toda dependencia
personal; condicin que hace el artificio y el juego de la mquina poltica, y la nica que
vuelve legtimos los compromisos civiles, los cuales sin eso seran absurdos, tirnicos y
sometidos a los abusos ms enormes (I.7, 364).
que cada Ciudadano est en perfecta independencia de todos los otros, y en una
excesiva dependencia de la Ciudad; porque no es sino la fuerza del Estado la que hace la
libertad de sus miembros (II.12, 394).
el hombre que no escucha sino su voluntad particular, es el enemigo del gnerohumano; la voluntad general es en cada individuo un acto puro del entendimiento
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que razona en el silencio de las pasiones sobre aquello que el hombre puede exigir de su
semejante, y sobre aquello que su semejante tiene derecho de exigirle; esta
consideracin de la voluntad general de la especie y del deseo comn, es la regla de la
conducta relativa de un particular respecto a otro particular en la misma sociedad; de un
particular respecto a la sociedad de la cual l es miembro, y de la sociedad de la cual l
es miembro respecto a las otras sociedades (Diderot, Derecho natural, X,Enciclopedia, Paris, Flammarion, 1986, I, p. 338).
Estado civil y moralidad: Este pasaje del estado de naturaleza al estado civil produce
en el hombre un cambio muy notable, sustituyendo en su conducta el instinto por la
justicia, y dando a sus acciones la moralidad que les faltaba antes. Es entonces
solamente que la voz del deber sucede al impulso fsico y el derecho al apetito, el
hombre, que hasta ac no haba considerado sino a s mismo, se ve forzado a actuar
sobre otros principios, y a consultar su razn antes de escuchar sus inclinaciones.
Aunque se priva en este estado de muchas ventajas que tiene de la naturaleza, l gana
otras tan grandes, sus facultades se ejercitan y se desarrollan, sus ideas se amplan, sus
sentimientos se ennoblecen, su alma entera se eleva a tal punto que si los abusos de esta
condicin nueva no lo degradaran con frecuencia por debajo de aquella de la que hasalido, el debera bendecir sin cesar el instante feliz que lo arranc de ella para siempre
y que, de un aminal estpido y limitado, hizo un ser inteligente y un hombre. (). Lo
que el hombre pierde por el contrato social, es su libertad natural y un derecho ilimitado
a todo lo que le tienta y que puede alcanzar; lo que l gana, es la libertad civil y la
propiedad de todo lo que l posee. (). Se podra agregar a lo que precede a la
adquisicin del estado civil la libertad moral, que slo convierte al hombre
verdaderamente en dueo de s mismo; porque el impulso del mero deseo es esclavitud,
y la obediencia a la ley que uno se prescribe a s mismo es libertad (I.8, 364-5).
Rousseau aclara inmediatamente que el sentido filosfico de la palabra libertad no es
aqu su tema.
Clusulas rousseaunianas: I.9, 366.
Republicanismo moderno II: No hay ley fundamental obligatoria para el cuerpo del
pueblo, ni siquiera el contrato social (I.7, 362; III.18, 436). La repblica como Dios:
teologa poltica. Pascal, Malebranche Rousseau: transformacin de la idea teolgica
por la cual la voluntad general de Dios salva a todos los hombres en la idea poltica por
la cual la voluntad general del ciudadano de ubicar al bien comn de su ciudad por
sobre su voluntad particular como una persona privada y de ese modo salvar el orden
civil (P. Riley). El Soberano, por el solo hecho de serlo [par cela seul quil est], es
siempre todo lo que l debe ser (I.7, 363; cf. III.6, 412 sobre el Prncipe). Poder
soberano: absoluto, sagrado, inviolable: II.4, 375.
Libro II: sobre la soberana? La soberana es el ejercicio de la voluntad general. Lasoberana no se representa. Pueblo como soberano (II.1, 369). El derecho poltico (II.2,
370; II.12, 394: leyes polticas). Grocio slo defiende al monarca soberano, no al
pueblo (II.2, 370).
Voluntad general es siempre correcta y tiende a la utilidad pblica (II.3, 371): moral y
utilidad? Pero las deliberaciones del pueblo pueden ser incorrectas, no porque sea
corrupto (JJR vs. NM) sino porque se equivoca, quiere lo que est mal. La voluntad de
todos (inters privado) y la voluntad general (inters comn). De una deliberacin lo
suficientemente informada por parte del pueblo, y si los ciudadanos no tienen
comunicacin entre s (II.3, 371), de las pequeas diferencias resulta la voluntad
general. Si no hubiera intereses diferentes, apenas se sentira el inters comn que no
encontrara obstculo alguno: todo marchara por s mismo, y la poltica cesara de serun arte (II.3, 371, n.; cf. Toda pretensin de una decisin debe ser malvada para el
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anarquista, porque lo correcto resulta de s mismo [sich von selbst ergibt] si no se
interfiere con la inmanencia de la vida con tales pretensiones (TP, 84).). Pero si se
forman intrigas, asociaciones parciales, la voluntad de estas asociaciones se vuelve
general respecto a sus miembros y particular respecto al Estado. Rousseau parece
distinguir entre intereses privados que pueden ser transformados en generales y
facciones o intrigas. O en realidad entre diferencias inter-individuales e inter-grupales.La voluntad general es compatible con las primeras pero no con las segundas. Importa
pues para tener bien el enunciado de la voluntad general que no haya sociedad parcial
en el Estado y que cada Ciudadano opine por s mismo. (). [S]i hay sociedades
parciales, es necesario multiplicar el nmero y prevenir la desigualdad, como hicieron
Soln, Numa, Servio (II.3, 372). Rousseau cita en la nota a Maquiavelo,Historia de
Florencia, VII.1: Vera cosa che alcune divisioni nuocono alle republiche, e alcune
giovano: quelle nuocono che sono dalle sette e da partigiani accompagnate; quelle
giovano che senza sette e senza partigiani si mantengono. Non potendo adunque
provedere uno fondatore di una republica che non sieno inimicizie in quella, ha a
provedere almeno che non vi sieno sette. Rousseau = Maquiavelo sobre el conflicto
como motor de la repblica? Cf. III.9, 420. Bajo estas condiciones la voluntad generalser esclarecida y el pueblo no se equivocar. La deliberacin pblica declara o
constituye la voluntad general? aquello que generaliza la voluntad es menos el nmero
de los votos [voix], que el inters comn que las une (II.4, 374).
En un Estado bien gobernado, cuando hace falta sancionar una ley se advierte la
necesidad casi unnimemente o universalmente (IV.1, 437): el primero que lo propone
no hace sino decir lo que todos ya han sentido, y no hace falta intrigas ni elocuencia
para hacer pasar como ley lo que cada uno ya ha decidido hacer tan pronto como est
seguro que los otros lo harn como l.
cuando los intereses particulares comienzan a hacerse sentir y las pequeas sociedades
a influir sobre la grande, el inters comn se altera y encuentra opositores, la
unanimidad no reina ms en las votaciones, la voluntad general no es la voluntad de
todos, se alzan contradicciones, debates, y la mejor opinin no pasa sin disputas (IV.1,
438).
cuanto ms se acercan las opiniones a la unanimidad, ms dominante es tambin la
voluntad general; pero los largos debates, las disensiones, el tumulto, anuncian el
ascendente de los intereses particulares y la declinacin del Estado (IV.2, 439). Sin
embargo, Rousseau parece decir que a veces los conflictos ayudan a la repblica, como
los que tuvieron lugar entre Patricios y Plebeyos. Y a veces la unanimidad misma es
desaconsejable, cuando los ciudadanos esclavizados no tienen libertad ni voluntad, el
temor y la adulacin convierten en aclamacin los sufragios; no se delibera ms, se
adora o se maldice. Tal era la manera vil de opinar del Senado bajo los Emperadores(IV.2, 439).
cmo puede un hombre ser libre, y forzado de conformarse a las voluntades que no
son las suyas? Cmo los oponentes son libres y sometidos a las leyes a las cuales no
han consentido? Yo respondo que la cuestin est mal planteada. El Ciudadano
consiente a todas las leyes, incluso a aquellas que han sido sancionadas a pesar de l, e
incluso a las que lo castigan cuando el osa violar alguna. La voluntad constante de todos
los miembros del Estado es la voluntad general; es por ella que ellos son ciudadanos y
libres. Cuando se propone una ley en la asamblea del Pueblo, lo que se les pregunta no
es precisamente si aprueban la proposicin o si la rechazan, sino si ella es conforme o
no a la voluntad general que es la suya; cada uno dando su sufragio dice su opinin
sobre ello, y del clculo de los votos se saca la declaracin de la voluntad general.Cuando entonces la opinin contraria a la ma prevalece, eso no prueba otra cosa que yo
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me haba equivocado, y que lo que yo estimaba ser la voluntad general no lo era. Si mi
opinin particular hubiera prevalecido yo habra hecho otra cosa de lo que hubiera
querido, y es entonces que yo no habra sido libre. Esto supone, es cierto, que todos los
caracteres de la voluntad general estn todava en la pluralidad: cuando dejan de estarlo,
cualquiera sea el partido que se tome no hay ms libertad (IV.2, 441).
Obligacin poltica: contractualismo, tcito (residencia: IV.2, 440).Pena de muerte: violacin del principio de universalizacin (II.5, 376). Rousseau
equipara aqu al criminal con el rebelde, traidor a la patria o enemigo pblico, aunque
en otro lugar distingue entre el individuo y el Estado (enemigos slo son los Estados), y
entre el bandido y el enemigo.
Repblica: todo Estado regido por las leyes, bajo cualquier forma de administracin
que pueda ser: porque entonces gobierna slo el inters pblico, . Todo Gobierno
legtimo es republicano (II.6, 379-80).
Autoridad del legislador: II.7, 383.
Libro III: gobierno, leyes polticas. Separacin del Estado (y soberano) del gobierno
(cuerpo intermedio entre el Soberano y los sbditos encargado de la ejecucin de la ley
y del mantenimiento de la libertad). El gobierno es una comisin, un empleo en el cual,simples oficiales del soberano, lo ejercen en su nombre el poder del cual l los ha hecho
depositarios, y que l puede limitar, modificar y retomar cuando le plazca (III.1, 396).
Si el Soberano quiere gobernar, o si el magistrado quiere legislar, o si los sbditos
rehsan obedecer, el desorden sucede a la regla, la fuerza y la voluntad no actan ms
de concierto, y el Estado disuelto cae as en el despotismo o en la anarqua (III.1, 397).
El gobierno tiene que tener un yo particular, una sensibilidad comn a sus miembros,
una fuerza, una voluntad propia que tiende a su conservacin (III.1, 399), distinta de
los otros cuerpos del Estado (y del soberano?): autoridad, diferencia que hace el
gobierno (III.16, 432: ese derecho, indispensable para hacer vivir y mover al cuerpo
poltico, que el Soberano da al Prncipe instituyendo el Gobierno). Cf. III.5, 406 (sobre
la aristocracia): el Gobierno puede regular su poltica interior [police intrieure] como
le plazca, l no puede jams hablarle al pueblo de otro modo que no sea en nombre del
Soberano, es decir en nombre del pueblo mismo. El problema es cmo reconciliar la
idea del ciudadano como soberano y sbdito, la repblica con la soberana del Estado.
Democracia (III.4, 404): asamblea incesante del pueblo y sorteo de las magistraturas.
Es la que ms tiende a la guerra civil (405). Un gobierno para dioses. La aristocracia
hereditaria es la peor forma de gobierno, la electiva es la mejor: la aristocracia
propiamente dicha (III.5, 406). Esta permite que se elijan la probidad, las luces, la
experiencia, y las asambleas se hacen ms cmodamente, los asuntos se discuten
mejor, se despachan con ms orden y diligencia, el crdito del Estado est mejor
sostenido en el extranjero por senadores venerables que por una multitud desconocida odespreciada (III.5, 407). Los sabios gobiernan a la multitud.
El soberano acta slo mediante leyes, las cuales son actos de la voluntad general, y que
proviene de la asamblea del pueblo (III.12, 425). El pueblo debe reunirse regularmente,
pero slo en asambleas jurdicas convocadas por los magistrados (III.13, 426); en
III.18, 435, asambleas peridicas sin convocatoria formal. La asamblea hace la ley, y
slo la ley puede dar legitimidad a la asamblea. En el instante en que el Pueblo est
legtimamente reunido como cuerpo Soberano, toda jurisdiccin del Gobierno cesa, el
poder ejecutivo es suspendido, y la persona del ltimo Ciudadano ese tan sagrado e
inviolable como la del primer Magistrado, porque donde se halla el Representado no
hay ya Representante (III.14, 427-8). El pueblo puede ser representado en el gobierno
o poder ejecutivo, no en el legislativo (III.15, 430).El pueblo romano ejerca la soberana y el gobierno (III.12, 425-6).
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El Prncipe de Maquiavelo es el libro de los republicanos (III.6, 409).
la paz que se goza entonces bajo los reyes es peor que el desorden de los interregnos
(III.6, 411).
Holanda, Suiza contra la casa de Austria: III.13, 427.
Violacin del contrato social: prdida de la libertad convencional y recuperacin de la
libertad natural (I.6, 360).Se sabe bien que hay que sufrir un mal Gobierno cuando se lo tiene; la cuestin sera
encontrar uno bueno (III.6, 413): ambigedad de sufrir o padecer. Tolerar? O
simplemente un mal gobierno es algo que experimenta como una enfermedad y por lo
tanto hay que padecerla?
Como la voluntad particular acta sin cesar contra la voluntad general, as el Gobierno
hace un esfuerzo continuo contra la Soberana. Cuanto ms aumenta este esfuerzo, ms
se altera la constitucin, y como no hay aqu otra voluntad de cuerpo que resistiendo a
la del Prncipe haga equilibrio con ella, debe suceder tarde o temprano que el Prncipe
oprime finalmente al Soberano y rompe el tratado Social. He aqu el vicio inherente e
inevitable que desde el nacimiento del cuerpo poltico tiende sin relajo a destruirlo
(III.10, 421).La disolucin del Estado puede suceder de dos maneras. Primeramente cuando el
Prncipe no administra ms el Estado segn las leyes y usurpa el poder soberano. ().
[E]l gran Estado se disuelve y se forma otro dentro de l, compuesto solamente de
miembros del Gobierno, y que no es ms para el resto del Pueblo que su amo y su
tirano. De modo que en el instante en que el Gobierno usurpa la soberana, el pacto
social est roto, y todos los simples Ciudadanos, vueltos de derecho a su libertad
natural, son forzados pero no obligados a obedecer (III.10, 422-3). Cf. III.1, 399 (dos
soberanos, uno de derecho y otro de hecho, cuando el Prncipe o gobierno se aparta del
soberano).
Tirana: III.10, 423.
estos cambios son siempre peligrosos, y que es necesario jams tocar al Gobierno
establecido a menos que se vuelva incompatible con el bien pblico; pero esta
circunspeccin es una mxima de poltica y no una regla de derecho, y el Estado no est
ms obligado [nest pas plus tenu] a dejar la autoridad civil a sus jefes que la autoridad
militar a sus generales. Es verdad tambin que en semejante caso no sera posible
observar con excesivo cuidado todas las formalidades requeridas para distinguir un acto
regular y legtimo de un tumulto sedicioso, y la voluntad de todo un pueblo de los
clamores de una faccin (III.18, 435). Pero en cada apertura de la asamblea se pregunta
al soberano si quiere mantener la forma de gobierno y si quiere dejar la administracin
en manos de los ocupantes actuales (III.18, 436).