Clase 11 Rousseau

download Clase 11 Rousseau

of 6

Transcript of Clase 11 Rousseau

  • 8/3/2019 Clase 11 Rousseau

    1/6

    Filosofa del Derecho Rousseau 10/11/2011 1

    Qu: El problema fundamental del cual el contrato social es la solucin: Encontrar una

    forma de asociacin que defienda y proteja de toda la fuerza comn la persona y los

    bienes de cada asociado, y por la cual cada uno unindose a todos no obedezca por lo

    tanto ms que a s mismo y permanezca tan libre como antes (I.6, 360). Voluntad

    (auto-determinacin, moralidad) general (derecho, educacin cvica, republicanismo,

    racional): elegir lo que est bien, la particularizacin de la voluntad general.Republicanismo (II.8, 385) + soberana estatal: son reconciliables? Para que un

    pueblo naciente pueda gustar las sanas mximas de la poltica y seguir las reglas

    fundamentales de la razn de Estado (II.7, 383). la primera intencin del pueblo es

    que el Estado no perezca (IV.6, 456).

    Cmo: Regir una sociedad vs. despotismo (I.5, 359). Los hombres como son (pero: I.8,

    364, cambio notable; II.7, 381, cambiar, por as decir, la naturaleza humana) y las

    leyes como pueden ser (Maquiavelo?). Justicia vs. utilidad (I.7, 363; II.4, 374):

    Cicern.

    [A] menudo ya la primera oracin decide sobre el destino de una publicacin, BdP,

    Prlogo, p. 13): El hombre ha nacido libre y por todos lados est encadenado. Sin

    embargo, todos son esclavos, incluso los amos. Rousseau agrega que si bien no puedeexplicar dicho cambio s puede decir qu puede hacerlo legtimo: el derecho de la

    fuerza, y/o las condiciones en que viven los esclavos, la socializacin y no la naturaleza

    (I.1: el tema del primer libro, no tanto el concepto de libertad sino cmo se llega a esta

    situacin). Fuerza vs. consentimiento.

    Tesis de la causalidad moral: El ms fuerte no es jams lo suficientemente fuerte

    para ser siempre el amo, si l no transforma su fuerza en derecho y la obediencia en

    deber. De ah el derecho del ms fuerte (I.3). Rousseau parece compartir la tesis de la

    causalidad moral, pero no el derecho del ms fuerte. Contradiccin: derecho

    (moralidad, prctica, deber) vs. fuerza (fsica, superfluo, necesidad natural o

    prudencia). Tener obligaciones y verse obligado a obedecer?: bandido.

    Tesis de la igualdad moral natural: ningn hombre tiene autoridad moral sobre sus

    semejantes (I.4). Igualdad moral y legtima en lugar de la natural (I.9, 367; II.10, 391).

    la asociacin civil es el acto ms voluntario del mundo; todo hombre habiendo nacido

    libre y dueo de s mismo, nadie puede, bajo el pretexto que fuera, someterlo sin su

    consentimiento. Decidir que el hijo de un esclavo nace esclavo, es decidir que no nace

    hombre (IV.2, 440).

    Tesis de la autonoma: Renunciar a su libertad es renunciar a su cualidad de hombre, a

    los derechos de la humanidad, incluso a sus deberes (I.4, 356). Incluso si yo pudiera

    alienarme eso no vinculara a otros contemporneos o sucesores.

    Excursus sobre la guerra. Derecho de la guerra y esclavitud (Grocio): pero en el EN

    no hay estado de guerra ni de paz porque no hay relaciones permanentes, ni tampocohay enemistad natural (I.4, 356-7). Pero quizs Rousseau identifica la guerra con los

    Estados, lo cual era razonable en la poca de oro de la estatalidad: Rousseau sostiene

    que no hay guerra privada en el EN porque no hay propiedad, y tampoco en el estado

    civil porque todo all est bajo la autoridad de las leyes. En la Edad Media las cosas eran

    dfierentes, tal como Rousseau reconoce en el prrafo siguiente (i.e. una institucin del

    derecho feudal, contraria a los principios del derecho natural y a toute bonne politie,

    357). Acto de guerra (combates particulares, duelos, encuentros) estado de guerra (de

    estado a Estado). La guerra no es pues una relacin de hombre a hombre, sino una

    relacin de Estado a Estado, en la cual los particulares no son enemigos sino

    accidentalmente, ni como hombres ni siquiera como ciudadanos, sino como soldados; ni

    como miembros de la patria, sino como sus defensores. En fin cada Estado no puedetener por enemigos sino a otros Estados y no a hombres, (). Este principio est

  • 8/3/2019 Clase 11 Rousseau

    2/6

    Filosofa del Derecho Rousseau 10/11/2011 2

    incluso conforme a las mximas establecidas de todas las pocas y a la prctica

    constante de todos los pueblos civilizados [polics] (I.4, 357; pero cf. II.XI, 392:

    Restez barbares; III.8, 415-16: Los lugares donde el trabajo de los hombres no

    rinde exactamente ms que lo necesario deben ser habitados por pueblos brbaros, toda

    vida civil [politie] sera imposible). Declaraciones de guerra y la autonoma normativa

    de la guerra: sin declaracin el enemigo en realidad es un bandido. Destruccin deEstados sin matar a nadie.

    Rousseau acepta en parte el derecho de la guerra (v.g. declaracin de guerra, civiles y

    militares) pero no el derecho de la ocupacin o conquista (derecho del ms fuerte,

    esclavitud). Cf. IV.8, 465.

    Tranquilidad civil al precio de guerras, arbitrariedad de los gobernantes (I.4, 355):

    Hobbes.

    II.9, 388: todos los pueblos tienen una especie de fuerza centrfuga, por la cual actan

    continuamente los unos contra los otros y tendiendo a engrandecenderse a expensas de

    sus vecinos. Guerras defensivas y ofensivas: II.10, 389.

    El problema fundamental del cual el contrato social es la solucin: Encontrar una

    forma de asociacin que defienda y proteja de toda la fuerza comn la persona y losbienes de cada asociado, y por la cual cada uno unindose a todos no obedezca por lo

    tanto ms que a s mismo y permanezca tan libre como antes (I.6, 360). Estas

    clusulas bien entendidas se reducen todas a una sola, a saber la alienacin total de cada

    asociado con todos sus derechos a toda la comunidad. (). En fin cada uno dndose a

    todos no se da a nadie, y como no hay un asociado sobre el cual no se adquiera el

    mismo derecho que uno le cede sobre s mismo, se gana el equivalente de todo lo que se

    pierde, y ms fuerza para conservar lo que se tiene (I.6, 360-1). Republicanismo

    moderno (I): republicanismo + libertad positiva. Maquiavelo y el republicanismo

    negativo (cf. Skinner): se debe poner como guardianes de una cosa a los que tienen

    menos deseo de usurparla. Y, sin duda, observando los propsitos de los nobles y de los

    plebeyos [ignobili], veremos en aqullos un gran deseo de dominar, y en stos tan slo

    el deseo de no ser dominados, teniendo menos poder que los grandes para usurpar la

    libertad (Discursos, I.5, p. 41). una pequea parte quiere ser libre para mandar, pero

    todos los dems, que son infinitos, desean la libertad para vivir seguros (Discursos,

    I.16, p. 80). Republicanismo (pueblo, ciudadano) y soberana estatal (Estado, sbdito).

    Esta persona pblica que se forma as por la unin de todas las otras tomaba antes el

    nombre de Ciudad, y toma ahora el deRepblica o de cuerpo poltico, el cual es

    llamado por sus miembrosEstado cuando es pasivo, Soberano cuando es activo, Poder

    al compararlo con sus semejantes. Respecto a los asociados ellos toman colectivamente

    el nombre depueblo, y se llaman en particular Ciudadanos como participantes de la

    autoridad soberana, y Sujetos como sometidos a las leyes del Estado (I.6, 361-2).Estado = Ciudad (II.4, 372).

    Libertad positiva: quien rehse obedecer a la voluntad general ser obligado a ello por

    todo el cuerpo: lo cual no significa otra cosa que se lo forzar a ser libre; porque tal es la

    condicin que dando cada Ciudadano a la Patria le garantiza de toda dependencia

    personal; condicin que hace el artificio y el juego de la mquina poltica, y la nica que

    vuelve legtimos los compromisos civiles, los cuales sin eso seran absurdos, tirnicos y

    sometidos a los abusos ms enormes (I.7, 364).

    que cada Ciudadano est en perfecta independencia de todos los otros, y en una

    excesiva dependencia de la Ciudad; porque no es sino la fuerza del Estado la que hace la

    libertad de sus miembros (II.12, 394).

    el hombre que no escucha sino su voluntad particular, es el enemigo del gnerohumano; la voluntad general es en cada individuo un acto puro del entendimiento

  • 8/3/2019 Clase 11 Rousseau

    3/6

    Filosofa del Derecho Rousseau 10/11/2011 3

    que razona en el silencio de las pasiones sobre aquello que el hombre puede exigir de su

    semejante, y sobre aquello que su semejante tiene derecho de exigirle; esta

    consideracin de la voluntad general de la especie y del deseo comn, es la regla de la

    conducta relativa de un particular respecto a otro particular en la misma sociedad; de un

    particular respecto a la sociedad de la cual l es miembro, y de la sociedad de la cual l

    es miembro respecto a las otras sociedades (Diderot, Derecho natural, X,Enciclopedia, Paris, Flammarion, 1986, I, p. 338).

    Estado civil y moralidad: Este pasaje del estado de naturaleza al estado civil produce

    en el hombre un cambio muy notable, sustituyendo en su conducta el instinto por la

    justicia, y dando a sus acciones la moralidad que les faltaba antes. Es entonces

    solamente que la voz del deber sucede al impulso fsico y el derecho al apetito, el

    hombre, que hasta ac no haba considerado sino a s mismo, se ve forzado a actuar

    sobre otros principios, y a consultar su razn antes de escuchar sus inclinaciones.

    Aunque se priva en este estado de muchas ventajas que tiene de la naturaleza, l gana

    otras tan grandes, sus facultades se ejercitan y se desarrollan, sus ideas se amplan, sus

    sentimientos se ennoblecen, su alma entera se eleva a tal punto que si los abusos de esta

    condicin nueva no lo degradaran con frecuencia por debajo de aquella de la que hasalido, el debera bendecir sin cesar el instante feliz que lo arranc de ella para siempre

    y que, de un aminal estpido y limitado, hizo un ser inteligente y un hombre. (). Lo

    que el hombre pierde por el contrato social, es su libertad natural y un derecho ilimitado

    a todo lo que le tienta y que puede alcanzar; lo que l gana, es la libertad civil y la

    propiedad de todo lo que l posee. (). Se podra agregar a lo que precede a la

    adquisicin del estado civil la libertad moral, que slo convierte al hombre

    verdaderamente en dueo de s mismo; porque el impulso del mero deseo es esclavitud,

    y la obediencia a la ley que uno se prescribe a s mismo es libertad (I.8, 364-5).

    Rousseau aclara inmediatamente que el sentido filosfico de la palabra libertad no es

    aqu su tema.

    Clusulas rousseaunianas: I.9, 366.

    Republicanismo moderno II: No hay ley fundamental obligatoria para el cuerpo del

    pueblo, ni siquiera el contrato social (I.7, 362; III.18, 436). La repblica como Dios:

    teologa poltica. Pascal, Malebranche Rousseau: transformacin de la idea teolgica

    por la cual la voluntad general de Dios salva a todos los hombres en la idea poltica por

    la cual la voluntad general del ciudadano de ubicar al bien comn de su ciudad por

    sobre su voluntad particular como una persona privada y de ese modo salvar el orden

    civil (P. Riley). El Soberano, por el solo hecho de serlo [par cela seul quil est], es

    siempre todo lo que l debe ser (I.7, 363; cf. III.6, 412 sobre el Prncipe). Poder

    soberano: absoluto, sagrado, inviolable: II.4, 375.

    Libro II: sobre la soberana? La soberana es el ejercicio de la voluntad general. Lasoberana no se representa. Pueblo como soberano (II.1, 369). El derecho poltico (II.2,

    370; II.12, 394: leyes polticas). Grocio slo defiende al monarca soberano, no al

    pueblo (II.2, 370).

    Voluntad general es siempre correcta y tiende a la utilidad pblica (II.3, 371): moral y

    utilidad? Pero las deliberaciones del pueblo pueden ser incorrectas, no porque sea

    corrupto (JJR vs. NM) sino porque se equivoca, quiere lo que est mal. La voluntad de

    todos (inters privado) y la voluntad general (inters comn). De una deliberacin lo

    suficientemente informada por parte del pueblo, y si los ciudadanos no tienen

    comunicacin entre s (II.3, 371), de las pequeas diferencias resulta la voluntad

    general. Si no hubiera intereses diferentes, apenas se sentira el inters comn que no

    encontrara obstculo alguno: todo marchara por s mismo, y la poltica cesara de serun arte (II.3, 371, n.; cf. Toda pretensin de una decisin debe ser malvada para el

  • 8/3/2019 Clase 11 Rousseau

    4/6

    Filosofa del Derecho Rousseau 10/11/2011 4

    anarquista, porque lo correcto resulta de s mismo [sich von selbst ergibt] si no se

    interfiere con la inmanencia de la vida con tales pretensiones (TP, 84).). Pero si se

    forman intrigas, asociaciones parciales, la voluntad de estas asociaciones se vuelve

    general respecto a sus miembros y particular respecto al Estado. Rousseau parece

    distinguir entre intereses privados que pueden ser transformados en generales y

    facciones o intrigas. O en realidad entre diferencias inter-individuales e inter-grupales.La voluntad general es compatible con las primeras pero no con las segundas. Importa

    pues para tener bien el enunciado de la voluntad general que no haya sociedad parcial

    en el Estado y que cada Ciudadano opine por s mismo. (). [S]i hay sociedades

    parciales, es necesario multiplicar el nmero y prevenir la desigualdad, como hicieron

    Soln, Numa, Servio (II.3, 372). Rousseau cita en la nota a Maquiavelo,Historia de

    Florencia, VII.1: Vera cosa che alcune divisioni nuocono alle republiche, e alcune

    giovano: quelle nuocono che sono dalle sette e da partigiani accompagnate; quelle

    giovano che senza sette e senza partigiani si mantengono. Non potendo adunque

    provedere uno fondatore di una republica che non sieno inimicizie in quella, ha a

    provedere almeno che non vi sieno sette. Rousseau = Maquiavelo sobre el conflicto

    como motor de la repblica? Cf. III.9, 420. Bajo estas condiciones la voluntad generalser esclarecida y el pueblo no se equivocar. La deliberacin pblica declara o

    constituye la voluntad general? aquello que generaliza la voluntad es menos el nmero

    de los votos [voix], que el inters comn que las une (II.4, 374).

    En un Estado bien gobernado, cuando hace falta sancionar una ley se advierte la

    necesidad casi unnimemente o universalmente (IV.1, 437): el primero que lo propone

    no hace sino decir lo que todos ya han sentido, y no hace falta intrigas ni elocuencia

    para hacer pasar como ley lo que cada uno ya ha decidido hacer tan pronto como est

    seguro que los otros lo harn como l.

    cuando los intereses particulares comienzan a hacerse sentir y las pequeas sociedades

    a influir sobre la grande, el inters comn se altera y encuentra opositores, la

    unanimidad no reina ms en las votaciones, la voluntad general no es la voluntad de

    todos, se alzan contradicciones, debates, y la mejor opinin no pasa sin disputas (IV.1,

    438).

    cuanto ms se acercan las opiniones a la unanimidad, ms dominante es tambin la

    voluntad general; pero los largos debates, las disensiones, el tumulto, anuncian el

    ascendente de los intereses particulares y la declinacin del Estado (IV.2, 439). Sin

    embargo, Rousseau parece decir que a veces los conflictos ayudan a la repblica, como

    los que tuvieron lugar entre Patricios y Plebeyos. Y a veces la unanimidad misma es

    desaconsejable, cuando los ciudadanos esclavizados no tienen libertad ni voluntad, el

    temor y la adulacin convierten en aclamacin los sufragios; no se delibera ms, se

    adora o se maldice. Tal era la manera vil de opinar del Senado bajo los Emperadores(IV.2, 439).

    cmo puede un hombre ser libre, y forzado de conformarse a las voluntades que no

    son las suyas? Cmo los oponentes son libres y sometidos a las leyes a las cuales no

    han consentido? Yo respondo que la cuestin est mal planteada. El Ciudadano

    consiente a todas las leyes, incluso a aquellas que han sido sancionadas a pesar de l, e

    incluso a las que lo castigan cuando el osa violar alguna. La voluntad constante de todos

    los miembros del Estado es la voluntad general; es por ella que ellos son ciudadanos y

    libres. Cuando se propone una ley en la asamblea del Pueblo, lo que se les pregunta no

    es precisamente si aprueban la proposicin o si la rechazan, sino si ella es conforme o

    no a la voluntad general que es la suya; cada uno dando su sufragio dice su opinin

    sobre ello, y del clculo de los votos se saca la declaracin de la voluntad general.Cuando entonces la opinin contraria a la ma prevalece, eso no prueba otra cosa que yo

  • 8/3/2019 Clase 11 Rousseau

    5/6

    Filosofa del Derecho Rousseau 10/11/2011 5

    me haba equivocado, y que lo que yo estimaba ser la voluntad general no lo era. Si mi

    opinin particular hubiera prevalecido yo habra hecho otra cosa de lo que hubiera

    querido, y es entonces que yo no habra sido libre. Esto supone, es cierto, que todos los

    caracteres de la voluntad general estn todava en la pluralidad: cuando dejan de estarlo,

    cualquiera sea el partido que se tome no hay ms libertad (IV.2, 441).

    Obligacin poltica: contractualismo, tcito (residencia: IV.2, 440).Pena de muerte: violacin del principio de universalizacin (II.5, 376). Rousseau

    equipara aqu al criminal con el rebelde, traidor a la patria o enemigo pblico, aunque

    en otro lugar distingue entre el individuo y el Estado (enemigos slo son los Estados), y

    entre el bandido y el enemigo.

    Repblica: todo Estado regido por las leyes, bajo cualquier forma de administracin

    que pueda ser: porque entonces gobierna slo el inters pblico, . Todo Gobierno

    legtimo es republicano (II.6, 379-80).

    Autoridad del legislador: II.7, 383.

    Libro III: gobierno, leyes polticas. Separacin del Estado (y soberano) del gobierno

    (cuerpo intermedio entre el Soberano y los sbditos encargado de la ejecucin de la ley

    y del mantenimiento de la libertad). El gobierno es una comisin, un empleo en el cual,simples oficiales del soberano, lo ejercen en su nombre el poder del cual l los ha hecho

    depositarios, y que l puede limitar, modificar y retomar cuando le plazca (III.1, 396).

    Si el Soberano quiere gobernar, o si el magistrado quiere legislar, o si los sbditos

    rehsan obedecer, el desorden sucede a la regla, la fuerza y la voluntad no actan ms

    de concierto, y el Estado disuelto cae as en el despotismo o en la anarqua (III.1, 397).

    El gobierno tiene que tener un yo particular, una sensibilidad comn a sus miembros,

    una fuerza, una voluntad propia que tiende a su conservacin (III.1, 399), distinta de

    los otros cuerpos del Estado (y del soberano?): autoridad, diferencia que hace el

    gobierno (III.16, 432: ese derecho, indispensable para hacer vivir y mover al cuerpo

    poltico, que el Soberano da al Prncipe instituyendo el Gobierno). Cf. III.5, 406 (sobre

    la aristocracia): el Gobierno puede regular su poltica interior [police intrieure] como

    le plazca, l no puede jams hablarle al pueblo de otro modo que no sea en nombre del

    Soberano, es decir en nombre del pueblo mismo. El problema es cmo reconciliar la

    idea del ciudadano como soberano y sbdito, la repblica con la soberana del Estado.

    Democracia (III.4, 404): asamblea incesante del pueblo y sorteo de las magistraturas.

    Es la que ms tiende a la guerra civil (405). Un gobierno para dioses. La aristocracia

    hereditaria es la peor forma de gobierno, la electiva es la mejor: la aristocracia

    propiamente dicha (III.5, 406). Esta permite que se elijan la probidad, las luces, la

    experiencia, y las asambleas se hacen ms cmodamente, los asuntos se discuten

    mejor, se despachan con ms orden y diligencia, el crdito del Estado est mejor

    sostenido en el extranjero por senadores venerables que por una multitud desconocida odespreciada (III.5, 407). Los sabios gobiernan a la multitud.

    El soberano acta slo mediante leyes, las cuales son actos de la voluntad general, y que

    proviene de la asamblea del pueblo (III.12, 425). El pueblo debe reunirse regularmente,

    pero slo en asambleas jurdicas convocadas por los magistrados (III.13, 426); en

    III.18, 435, asambleas peridicas sin convocatoria formal. La asamblea hace la ley, y

    slo la ley puede dar legitimidad a la asamblea. En el instante en que el Pueblo est

    legtimamente reunido como cuerpo Soberano, toda jurisdiccin del Gobierno cesa, el

    poder ejecutivo es suspendido, y la persona del ltimo Ciudadano ese tan sagrado e

    inviolable como la del primer Magistrado, porque donde se halla el Representado no

    hay ya Representante (III.14, 427-8). El pueblo puede ser representado en el gobierno

    o poder ejecutivo, no en el legislativo (III.15, 430).El pueblo romano ejerca la soberana y el gobierno (III.12, 425-6).

  • 8/3/2019 Clase 11 Rousseau

    6/6

    Filosofa del Derecho Rousseau 10/11/2011 6

    El Prncipe de Maquiavelo es el libro de los republicanos (III.6, 409).

    la paz que se goza entonces bajo los reyes es peor que el desorden de los interregnos

    (III.6, 411).

    Holanda, Suiza contra la casa de Austria: III.13, 427.

    Violacin del contrato social: prdida de la libertad convencional y recuperacin de la

    libertad natural (I.6, 360).Se sabe bien que hay que sufrir un mal Gobierno cuando se lo tiene; la cuestin sera

    encontrar uno bueno (III.6, 413): ambigedad de sufrir o padecer. Tolerar? O

    simplemente un mal gobierno es algo que experimenta como una enfermedad y por lo

    tanto hay que padecerla?

    Como la voluntad particular acta sin cesar contra la voluntad general, as el Gobierno

    hace un esfuerzo continuo contra la Soberana. Cuanto ms aumenta este esfuerzo, ms

    se altera la constitucin, y como no hay aqu otra voluntad de cuerpo que resistiendo a

    la del Prncipe haga equilibrio con ella, debe suceder tarde o temprano que el Prncipe

    oprime finalmente al Soberano y rompe el tratado Social. He aqu el vicio inherente e

    inevitable que desde el nacimiento del cuerpo poltico tiende sin relajo a destruirlo

    (III.10, 421).La disolucin del Estado puede suceder de dos maneras. Primeramente cuando el

    Prncipe no administra ms el Estado segn las leyes y usurpa el poder soberano. ().

    [E]l gran Estado se disuelve y se forma otro dentro de l, compuesto solamente de

    miembros del Gobierno, y que no es ms para el resto del Pueblo que su amo y su

    tirano. De modo que en el instante en que el Gobierno usurpa la soberana, el pacto

    social est roto, y todos los simples Ciudadanos, vueltos de derecho a su libertad

    natural, son forzados pero no obligados a obedecer (III.10, 422-3). Cf. III.1, 399 (dos

    soberanos, uno de derecho y otro de hecho, cuando el Prncipe o gobierno se aparta del

    soberano).

    Tirana: III.10, 423.

    estos cambios son siempre peligrosos, y que es necesario jams tocar al Gobierno

    establecido a menos que se vuelva incompatible con el bien pblico; pero esta

    circunspeccin es una mxima de poltica y no una regla de derecho, y el Estado no est

    ms obligado [nest pas plus tenu] a dejar la autoridad civil a sus jefes que la autoridad

    militar a sus generales. Es verdad tambin que en semejante caso no sera posible

    observar con excesivo cuidado todas las formalidades requeridas para distinguir un acto

    regular y legtimo de un tumulto sedicioso, y la voluntad de todo un pueblo de los

    clamores de una faccin (III.18, 435). Pero en cada apertura de la asamblea se pregunta

    al soberano si quiere mantener la forma de gobierno y si quiere dejar la administracin

    en manos de los ocupantes actuales (III.18, 436).