Capitulo 13- Lecturas de Contabilidad
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8/17/2019 Capitulo 13- Lecturas de Contabilidad
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Capítulo 13- DEUDAS.
1. Cuando hablamos de una deuda nos estamos refriendo a una obligación que
tiene alguien de pagar, satisacer o reintegrar algo a otra persona, por lo
común dinero. Aunque las obligaciones pueden ser de dar, de hacer, y de no
hacer, aquellas que se referen a una deuda susceptible de un valor pecuniario,
son las deudas a las que la contabilidad se refere.
Comprende:
as determinadas: el monto est! claramente establecido.
"eterminables: su monto puede ser calculado o previsto.
#. Clasifcación de las deudas:
as deudas se clasifcan en
a. Comerciales: $an a estar comprendidas las obligaciones que el ente hacontra%do en la compra de suministros de bienes y servicios que son utili&ados
con car!cter habitual en su actividad y, los anticipos recibidos de los clientes.
a compra a cr'dito es una operación t%pica de las empresas y constituye una
herramienta undamental para su uncionamiento ya que en muchas
actividades ser%a muy difcultoso operar al contado, es una situación espe(o de
la venta a cr'dito. )*isten muchas ormas de instumentar una compra a
cr'dito, entre ellas:
+ Cuenta Corriente
+ Cuenta corriente mercantil
+ar(eta de cr'dito
+ Cheque d pago dierido
+ -agare
os proveedores muchas veces e*igen una garant%a del cumplimiento, esta
garant%a podr! ser real o personal, en caso de ser real ser! sobre los bienes,
pudiendo constituirse una prenda a los bienes registrables o una hipoteca en
caso de inmuebles
b. "eudas fnancieras: comprende aquellas obligaciones que la empresa ha
contra%do con quienes le han suministrado ondos, por e(emplo bancos y otras
entidades fnancieras. )s una de las uentes habituales de fnanciación. as
empresas cuando lo necesitan recurren a los pr'stamos que luego ser!n
devueltos en pla&os acordados y con los intereses correspondientes.
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peraciones de fnanciación:
+ /iros en descubierto: Cuando el banco paga los cheques de un cliente sin
tener la sufciente provisión de ondos, lo hace por haber celebrado por el
librador un contrato de cr'dito, denominado giro en descubierto.
)n estos casos las cuentas patrimoniales del activo representativas de lascuentas corrientes bancarias, tendr!n saldo acreedor, ya que todos los
movimientos bancarios se registran en la misma cuenta. Como las cuentas
patrimoniales de activo no pueden tener saldo acreedor, al cierre del e(ercicio
corresponde un traspaso a una cuenta de pasivo o su reclasifcación al
momento de la presentación de los estados contables. 0)/20AC3
+ -restamos a devolver en un solo pago
-restamos en moneda nacional a tasa f(a: el pr'stamos es otorgado en
moneda nacional pact!ndose una tasa de inter's que se mantendr! f(a
durante todo el pla&o de duración en el cual el deudor puede devolver el montoen la misma moneda, m!s los intereses correspondientes. Al fnal de cada
periodo corresponde reali&ar la imputación de resultados de los intereses 4se
van devengando intereses5. Cuando se cancela el pr'stamo recibido en el pla&o
acordado, se da de ba(a la deuda por pr'stamos bancarios y disminuye el
banco cuenta corriente en el mismo monto.
-restamos en moneda nacional a tasa variable: es otorgado en moneda
nacional pact!ndose una tasa de inter's que va variando durante su vigencia,
al cabo del cual el deudor debe devolver el capital m!s los intereses en la
misma moneda. )l importe, en este caso, no puede ser calculado al momento
de la imposición.
a tasa a aplicar se integra por dos componentes: 1. asa b!sica. )quivalente a
la tasa de inter's que sur(a de alguna de las encuesta del 6C0A. #. 7na
retribución adicional representada por una cantidad de puntos que libremente
las entidades fnancieras convengan con los deudores, la cual se mantiene
invariable durante el pla&o total pactado. Al fnal del pla&o convenido la
empresa pagara a la entidad fnanciera los intereses con(untamente con la
restitución de capital. 8ensualmente, deber!n reconocer los intereses cedidos
y se acredita la cuenta 9pr'stamos bancarios para reconocer el mayor importe
de la deuda.
-restamos en moneda nacional con cl!usula de a(uste: )l prestamista otorga
un pr'stamo que debe ser devuelto por el deudor en moneda nacional
pact!ndose una cl!usula de a(uste del capital, acordada al momento de
celebrar el contrato, adicionando intereses calculados sobre el capital a(ustado.
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reali&a anualmente, aplicando una al%cuota al monto de las ganancias
obtenidas en el e(ercicio, calculadas sobre la base de las disposiciones legales
correspondientes.a determinación del impuesto la reali&a el contribuyente por medio de una
9declaración (urada que se debe presentar, por lo general, en el quinto mes
siguiente al cierre del e(ercicio, de acuerdo a lo que dispongan las normastributarias. Contablemente, el impuesto es un resultado negativo, que se
e*pone en la última l%nea del estado de resultados, antes de obtener el
resultado fnal del e(ercicio. -ara la imputación de ese resultado negativo,
e*isten dos alternativas:+ m'todo tradicional: considera como resultado negativo el impuesto
determinado que surge de la declaración (urada. )n este caso el criterio de
imputación de resultados aplicado es el de asociar el resultado negativo con el
periodo por el cual se determina el impuesto.+ m'todo de impuesto dierido: considera como resultado negativo el que
resulta de aplicar la al%cuota del impuesto al resultado contable previo a(uste
de las deerencias permanentes que e*isten entre los criterios contables eimpositivos en la determinación de resultados. )sta alternativa es superadora
de la anterior ya que el criterio de imputación de resultados negativos que se
aplica es el asociarlo con resultados positivos, que corresponde con el me(or
criterio de correlación de resultados. +8'todo del impuesto dierido: / 4035;0Cimp * mpuesto a las ganancias a imputar como 03; 0esultado Contable del e(ercicio
su(eto a impuesto * al%cuota del impuesto.
)l resultado contable del e(ercicio su(eto a impuesto ser!: 0Cimp ; 0C e(an como un activo5 y "eudas 4que se
re>e(an como un pasivo5 por la consideración de las dierencias temporarias
resultando: Activo por impuesto dierido, o -asivo por impuesto dierido.
Anticipos: a legislación tributaria dispone, en ciertos casos, que los su(etos
pasivos del eimpuesto deban ingresar, antes de la liquidación anual, sumas en
car!cter de anticipo o pagos a cuenta del impuesto que en defnitiva resulte.
Cada pago que se realice por este concepto resulta un cr'dito a avor del ente,que ser! aplicado, al momento de la presentación de la declaración (urada,
contra el impuesto all% determinado.
mpuestos sobre los ingresos brutos: es un impuesto de (urisdicción
-0$3CA, grava el e(ercicio de una actividad económica en orma habitual y
a t%tulo oneroso, con o sin fn de lucro. Como principio general, el monto del
impuesto se calcula aplicando la al%cuota establecida por ley a la base
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imponible, que es el monto total obtenido por el e(ercicio de la actividad
gravada. )l importe asi determinado constituye un resultado negativo para el
ente.
asas municipales vinculadas a actividades económicas: se conocen como
9tasa por inspección, seguridad e higiene. )l tratamiento contable el similar almpuesto de ngresos 6rutos.
mpuesto al $alor Agregado 4$A5: tributo de car!cter 3acional que grava las
ventas de bienes, las obras, las locaciones y prestaciones de servicios y las
importaciones reali&adas por los su(etos y en las condiciones que establecen
las normas tributarias. )l $A no produce alteraciones en los resultados de las
empresas ya que se trata de in impuesto indirecto, que recae en el consumidor
fnal.)(emplo uncionamiento de un 0 que siempre son las empresas+a liquidación del impuesto se practica mensualmente por los 0 teniendo en
cuenta el 9debito fscal y el 9Credito ?iscal mediante la presentación de unadecaracion (urada donde se determina el saldo mensual.+ )l d'bito fscal: se calcula aplicando la al%cuota del gravamen al importe neto
gravado de las ventas reali&adas en el periodo.+ Credito ?iscal: surge de aplicar la al%cuota del gravamen al importe neto
gravado de las compras de bienes y svs reali&adas en el periodo siempre que el
impuesto haya sido acturado en orma discriminada por los proveedores.+ )l saldo es la dierencia entre los d'bitos y los cr'ditos fscales. 2i el "ebito es
mayor que el cr'dito es $A a pagar, en caso contrario es $A a cobrar, saldo a
avor que el contribuyente podr! compensar en las pró*imas liquidaciones.
d. 0emuneraciones y Cargas sociales+ 0emuneraciones: toda venta(a patrimonial que recibe el empleado como
contraprestación del traba(ado en relación de dependencia. 2egún la C, las
ormas de retribución son:1. -or tiempo:+sueldo: cuando la remuneración se paga en relación con el mes
independientemente de su duración o de la cantidad de d%as laborales que
tenga. -eriodo de liquidación: 8ensual+ @ornal: la remuneración se paga en relación al dia+ hora de traba(o. -eriodo de
liquidación: uincenal o semanal 4de escasa utili&ación5.# -or rendimiento:+ Comisión, cuando la remuneración se basa en un porcenta(e o suma f(a por
operación o negocio.+ "esta(o, cuando la remuneración se liquida por unidad de obra, pie&a,
medida. iquidación: quincenal o semanal 4de escasa utili&ación5+/ratifcaciones, premios, etc, que pueden adoptar distintas modalidades.
?ormas de liquidación:+ nmediata: al fnali&ar el periodo de prestación 4semanal, quincenal, mensual5+ "ierida: 2on e(emplo de ello el 2AC y de las vacaciones anuales.
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2AC: 2e abona en dos cuotas semestrales, equivalen al BD del me(or sueldo
del semestre que se est! liquidando.$acaciones anuales: es todo periodo de descanso al que el traba(ador tiene el
derecho. 2iendo una remuneración mensual, se calcula dividiendo por #B el
sueldo al momento de su otorgamiento y multiplicar el valor dado por la
cantidad de d%as de vacaciones.
Cargas 2ocialesa defne la seguridad social: protección que la sociedad proporciona a sus
miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones
económicas y sociales, que, de no ser as%, ocasionar%an la desaparición o una
uerte reducción de ingresos por causa de enermedad, maternidad, accidente
de traba(o, o enermedad laboral, desempleo, invalide&, ve(e& y muerteE y
tambi'n la protección en orma de asistencia m'dica y de ayuda a las amilias
con hi(os. 2u uncionamiento es a trav's de los recursos que principalmente
son suministrados por los empleados y los empleadores, constituyendo las
denominadas 9cargas sociales. 2e dividen en:+ Aportes: montos a cargo del empleado para el fnanciamiento de su seguridad
social.+ Contribuciones: montos a cargo del empleador para el fnanciamiento de la
seguridad social.os aportes son retenidos por el empleador al liquidar la remuneración a sus
empleados, por lo que estos cobraran na remuneración menor.
)l empleador tendr!, a su ve&, su correspondiente contribución al r'gimen deseguridad social
Como sucede en el caso de las remuneraciones, las cargas sociales pueden ser
de pago inmediato o dierido imput!ndose a resultados en unción del
transcurso del tiempo, debiendo reconocerse el correspondiente pasivo hasta
el momento del eectivo pago.
,iuidaci'n de reuneraciones cargas sociales
2AC:
Acuulado= /e0or Sueldo ruto del Seestre ! eses devengados
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27)" 3) A C60A0; 27)" 607+
C2 -A0A ) )8-)A"0; 27)" 607
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&putable al es Acuulado % Acuulado del es anterior
$ACAC3)2
Acuulado= Sueldo ruto del seestre ! 1) ! eses devengados
2*
&putable al es= Acuulado % Acuulado del /es anterior
Capitulo 1)- 45E6&S&7(ES
1. a previsión es, la e*presión contable de una contingencia negativa que, de
ocurrir, generar%a una variación patrimonial modifcativa de resultados
negativos y aumento de pasivo 4o disminución de activo5
-ara que una contingencia sea reconocida como prevsion, se requiere que:
+el hecho que le da origen ocurra en el e(ercicio en que se la reconoce.
+enga un alto grado de probabilidad de ocurrencia 4mas del BD5
+ ue sea actible estimar su monto
Fcuando la probabilidad de ocurrencia es ba(a no debe ser considerada por el
sistema de cuentas patrimoniales. -uede ser contemplada por el sistema de
cuentas de orden, inormando la situación en notas.
F2i la posibilidad es remota, no corresponder! su consideración por ningún
sistema de cuentas, ni se inormara por nota.
F2i no es cuantifcable, no podr! incorporarse en ninguno de los dos sistemas
#. Clasifcación:
a. -revisión para litigios: comprende los montos estimados de las erogaciones
que seria necesarias para satisacer al acreedor en caso de que se verifque la
contingencia, en situaciones con>ictivas en que la organi&ación sea
demandada. a situación litigiosa puede materiali&arse a trav's de reclamos (udiciales o e*tra(udiciales. a )stimación de los montos requiere de inormes
de los asesores legales del ente.
b. -revisión para garant%as: el otorgamiento de garant%as sobre productos
vendidos o svs prestados implica que el vendedor responde por las allas o
deectos que puedan producirse en ellos. )l monto de las reparaciones a
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reali&ar constituyen un 03, debe ser imputado al periodo en que se reconoce el
ingreso, por estar vinculado con el resultado positivo.
Como la garant%a puede e*tenderse m!s all! del cierre del e(ercicio, en esos
casos, ser%a necesario estimar su cuant%a.
c. -revisión para indemni&aciones por despido: a legislación laboral estableceque en los casos de despido in(ustifcado de un traba(ador en relación de
dependencia, la empresa esta obligada a abonar una indemni&ación basada en
la antigGedad. )stas indemni&aciones por despido, desde el punto de vista
contable, generan un 03.
+ "espidos individuales u ordinarios, se imputan al periodo en que se producen
ya que se interpreta que el hecho sustancial es la decisión de reali&arlo.
0esulta de aplicación el criterio de imputar los resultados negativos al periodo
en que se produce el hecho.
+ despidos masivos o e*traordinarios: cuando se estima que en el uturo e*isteuna gran posibilidad de eectuar estos despidos, deber! estimarse el monto
correspondiente, reconociendo un resultado negativo y el correspondiente
pasivo.
tras previsiones: Cuentas de orden. 4avales, descuentos o endosos de
pagar's, cheques de pago dierido, etc5 se desconoce cu!l ser! la probabilidad
de ocurrencia. 2olo cuando e*ista una alta probabilidad de ocurrencia se las
re>e(a en las cuentas patrimoniales, constituy'ndose la previsión
correspondiente.