CAP Y PAP
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Nº ORD. CARGOS CODIGO CONDIC. CARGO
12
GERENTE GENERALSecretaria de Gerencia
D2P1
PP
3456
GERENTE ADMINISTRATIVOCajeroAsistente ContableAsistente de Personal
D1P1T1T1
PPPP
78910111213141516171819
GERENTE DE PRODUCCIONJefe de AlmacénAlmacenero M. PrimasAlmacenero P. TerminadosJefe de Proceso ACortadorEspecialista Sección Pre cosidoOperario AuxiliarJefe de Proceso BEspecialista Sección CosidoOperario AuxiliarJefe de Control de CalidadAsistente Control de Calidad
D1P1T1T1P1T1T1A1P1T1A1P1T1
PPPPPPPEPPPPP
20212223242526272829
GERENTE COMERCIALAsistente de PublicidadSupervisor de Ventas Zona AVendedor 1Vendedor 2Vendedor 3Supervisor de Ventas Zona BVendedor 4Vendedor 5Vendedor 6
D1T1P1A1A1A1P1A1A1A1
PPPPEEPPEE
CUADRO DE ASIGNACION DE PERSONAL – CAP
CODIGO DEL CARGO: D2= Directivo categoría 2; D1= Directivo categoría 1; F1= Funcionario categoría 1; P1= Profesional categoría 1; T1= Técnico categoría 1; A1= Auxiliar categoría 1.
CONDICION DEL CARGO:
P = cargo permanente; E = cargo eventual; V = cargo vacante. En sector público: N = Nombrado; C = Contratado.
PRESUPUESTO ANALITICO DE PERSONAL – PAP / INCLUYE LEYES
Nº ORD. CARGOS SUELDO MENS. MONTO ANUAL12
GERENTE GENERALSecretaria de Gerencia
20001200
2400014400
3456
GERENTE ADMINISTRATIVOCajeroAsistente ContableAsistente de Personal
15001200800800
180001440096009600
78910111213141516171819
GERENTE DE PRODUCCIONJefe de AlmacénAlmacenero M. PrimasAlmacenero P. TerminadosJefe de Proceso ACortadorEspecialista Sección Pre cosidoOperario AuxiliarJefe de Proceso BEspecialista Sección CosidoOperario AuxiliarJefe de Control de CalidadAsistente Control de Calidad
15001200800800120080080080012008008001200800
180001440096009600
14400960096009600
1440096009600
144009600
20212223242526272829
GERENTE COMERCIALAsistente de PublicidadSupervisor de Ventas Zona AVendedor 1Vendedor 2Vendedor 3Supervisor de Ventas Zona BVendedor 4Vendedor 5Vendedor 6
150080012008008008001200800800800
180009600
14400960096009600
14400960096009600
SUB TOT. 29700 S/. 356,400LEYES SOCIALES:- Gratificaciones 2/12 =- Vacaciones 1/12- Comp. x Tiempo de Servicios – CTS = 1/12- ESSALUD (9%)
--------------------------------
59400297002970032076
SUB TOT. 0.4233 = 42.33% - S/. 150,876TOTAL REMUNERAC. Y LEYES SOCIALES S/. 507,276
LEYES SOCIALES:
Gratificaciones = 2/12 = 2 sueldos por año de trabajo (se paga en Fiestas Patrias y en Navidad).Vacaciones = 1/12 = 1 sueldo por año de trabajo (se paga en los 12 meses siguientes). Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) = 1/12 = 1 sueldo por año de trabajo (se paga una parte en Mayo y otra en Noviembre). ESSALUD (9%)= Lo paga solo la empresa.Aportes a AFP u ONP = no se presenta en el PAP porque éstos conceptos son descontados por la empresa del sueldo del trabajador, y luego lo deposita (paga) a la AFP u ONP (Oficina nacional Previsional) según sea el caso. Es decir estos conceptos ya están incluidos en los sueldos.
ALCANCES DE LA NUEVA LEY DE MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA
La nueva Ley MYPE, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1086 (El Peruano: 28/06/08), es integral pues no sólo regula el aspecto laboral sino también los problemas administrativos, tributarios y de seguridad social. Esta ley deja sin efecto la anterior ley Nº 28015.
NUEVOS TRABAJADORES: Las disposiciones de la ley MYPE sólo se aplicarán a los nuevos trabajadores que sean contratados a partir de la vigencia del D. Leg. 1086. Los trabajadores antiguos, sujetos al régimen general, conservarán los derechos laborales que por ley les corresponde.
CALIFICACION DE LAS MYPES Y SUS OBLIGACIONES SEGÚN D. LEG. 1086
MICRO EMPRESAS PEQUEÑAS EMPRESAS
REQUISITOS- De 1 a 10 trabajadores- Ingresos anuales (ventas)
hasta 150 UIT (S/.525,000)
- De 1 a 100 trabajadores.- Ingresos anuales (ventas)
hasta 1700 UIT (S/.5´950,000)VACACIONES - 15 días al año. - 15 días al año.CTS - No aplica - ½ sueldo por año.GRATIFICACIONES - No aplica - 2 gratificaciones al año, de ½
cada una.ESSALUD - El 50% lo paga la empresa
(4.5%). El otro 50% lo paga el Estado.
- El empleador paga el 9%.
NOTA: Los pagos por ONP o AFP, no se consideran en el PAP, porque son descontados a los trabajadores de sus sueldos.