BOLETÍN OFICIAL - Diputación de...

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ADMINISTRACIÓN CENTRAL: CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR VALENCIA. -AUTORIZACIÓN DE VERTIDO DE AGUAS RESIDUALES EN EL T.M. DE VILLENA (ALICANTE). 3 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA MURCIA. -REVISIÓN DE CARACTERÍSTICAS Y TRASLADO AL REGISTRO DE AGUAS DE UN APROVECHAMIENTO DE AGUAS PARA RIEGO DE UNA FINCA SITA EN GUARDAMAR DEL SEGURA 3 ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA: CENTRO DE SALUD PÚBLICA DE ELCHE. -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN CANCELACIÓN REGISTRAL DE OFICIO 3 DIRECCIÓN TERRITORIAL DE PRESIDENCIA, AGRICULTURA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y AGUA. -CITACIÓN PARA NOTIFICACIÓN POR COMPARECENCIA 4 DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD. -NOTIFICACIÓN ACUERDO DE INICIACIÓN EXPEDIENTE S0051/13 4 -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTE R0185/12 5 -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTE HIGI/07TA12/1027 5 -NOTIFICACIÓN ACUERDO INICIACIÓN EXPEDIENTE HIGI/07TA13/261 5 SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA ALICANTE. -NOTIFICACIÓN PROPUESTA DE RESOLUCIÓN EXPEDIENTE JUSANC/2012/28/03 5 ADMINISTRACIÓN LOCAL: AYUNTAMIENTO ALCOY. -PLANTILLA DEFINITIVA 2013 7 AYUNTAMIENTO ALMORADÍ. -NOTIFICACIÓN INTERESADOS DECLARACIÓN DE RUINA ORDINARIA EDIFICIO EXPEDIENTE 49/2012 8 -NOTIFICACIÓN INTERESADOS DECLARACIÓN DE RUINA ORDINARIA EDIFICIO EXPEDIENTE 49/2012 12 AYUNTAMIENTO BENIDOLEIG. -CORRECIÓN ERROR EDICTO B.O.P. 132 DE 12/07/2012 SOBRE APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL I.B.I. 15 AYUNTAMIENTO BENISSA. -NOTIFICACIÓN A DESCONOCIDO PAGO EXPEDIENTE SANCIONADOR 15 AYUNTAMIENTO BUSOT. -APROBACIÓN PADRÓN DE AGUA PRIMER TRIMESTRE 2013 15 AYUNTAMIENTO CASTALLA. -MODIFICACIÓN DELEGACIONES DE CONCEJALES 15 -MODIFICACIÓN BASES CONCESIÓN BECAS PARA NIÑOS DE 0 A 3 AÑOS MATRICULADOS EN LA ESCUELA INFANTIL NINOS PARA EL CURSO ESCOLAR 2012-2013. 15 AYUNTAMIENTO DÉNIA. -NOTIFICACIÓN RESOLUCIONES RECAÍDAS EN MEDIO AMBIENTE 16 AYUNTAMIENTO ELCHE. -NOTIFICACIÓN DESCONOCIDOS 16 -NOTIFICACIONES VARIAS A DESCONOCIDOS 17 AYUNTAMIENTO GUARDAMAR DEL SEGURA. -NOTIFICACIÓN INTERESADOS BAJA POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA EN PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES 17 AYUNTAMIENTO IBI. -DEROGACIÓN ORDENANZA TELEFONÍA MÓVIL 18 AYUNTAMIENTO MILLENA. -CONVOCATORIA JUEZ DE PAZ TITULAR Y SUSTITUTO 18 AYUNTAMIENTO MURO DE ALCOY. -NOTIFICACIÓ BAIXA PADRÓ 18 AYUNTAMIENTO MUTXAMEL. -NOTIFICACIÓN PARA EXTINGUIR LA AUTORIZACIÓN POR CUMPLIMIENTO DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA VENTA AMBULANTE DE MUTXAMEL 18 -NOTIFICACIÓN ARCHIVO POR CADUCIDAD PROCEDIMIENTO EXPEDIENTE I.U. Nº 6/2012 (U.A.O.P.D.U.A.) 19 -NOTIFICACIÓN BAJAS POR CADUCIDAD EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PERMANENTE 19 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ALICANTE BUTLLETÍ OFICIAL PROVÍNCIA D'ALACANT Edita: Excma. Diputación Provincial - Alicante Edita: Excma. Diputació Provincial - Alacant 23 de abril de 2013 23 d'abril de 2013 75 Pág. Núm. Pág. Núm. Sumario

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ADMINISTRACIÓN CENTRAL:CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR VALENCIA.-AUTORIZACIÓN DE VERTIDO DE AGUAS RESIDUALES EN ELT.M. DE VILLENA (ALICANTE). 3

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA MURCIA.-REVISIÓN DE CARACTERÍSTICAS Y TRASLADO AL REGISTRO DEAGUAS DE UN APROVECHAMIENTO DE AGUAS PARA RIEGO DE UNAFINCA SITA EN GUARDAMAR DEL SEGURA 3

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA:CENTRO DE SALUD PÚBLICA DE ELCHE.-NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN CANCELACIÓN REGISTRAL DEOFICIO 3

DIRECCIÓN TERRITORIAL DE PRESIDENCIA, AGRICULTURA,PESCA, ALIMENTACIÓN Y AGUA.-CITACIÓN PARA NOTIFICACIÓN POR COMPARECENCIA 4

DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD.-NOTIFICACIÓN ACUERDO DE INICIACIÓN EXPEDIENTES0051/13 4-NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTE R0185/12 5-NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTE HIGI/07TA12/1027 5-NOTIFICACIÓN ACUERDO INICIACIÓN EXPEDIENTEHIGI/07TA13/261 5

SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA ALICANTE.-NOTIFICACIÓN PROPUESTA DE RESOLUCIÓN EXPEDIENTEJUSANC/2012/28/03 5

ADMINISTRACIÓN LOCAL:AYUNTAMIENTO ALCOY.-PLANTILLA DEFINITIVA 2013 7

AYUNTAMIENTO ALMORADÍ.-NOTIFICACIÓN INTERESADOS DECLARACIÓN DE RUINAORDINARIA EDIFICIO EXPEDIENTE 49/2012 8-NOTIFICACIÓN INTERESADOS DECLARACIÓN DE RUINAORDINARIA EDIFICIO EXPEDIENTE 49/2012 12

AYUNTAMIENTO BENIDOLEIG.-CORRECIÓN ERROR EDICTO B.O.P. 132 DE 12/07/2012 SOBREAPROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCALI.B.I. 15

AYUNTAMIENTO BENISSA.-NOTIFICACIÓN A DESCONOCIDO PAGO EXPEDIENTESANCIONADOR 15

AYUNTAMIENTO BUSOT.-APROBACIÓN PADRÓN DE AGUA PRIMER TRIMESTRE 2013 15

AYUNTAMIENTO CASTALLA.-MODIFICACIÓN DELEGACIONES DE CONCEJALES 15-MODIFICACIÓN BASES CONCESIÓN BECAS PARA NIÑOS DE 0 A3 AÑOS MATRICULADOS EN LA ESCUELA INFANTIL NINOS PARAEL CURSO ESCOLAR 2012-2013. 15

AYUNTAMIENTO DÉNIA.-NOTIFICACIÓN RESOLUCIONES RECAÍDAS EN MEDIO AMBIENTE 16

AYUNTAMIENTO ELCHE.-NOTIFICACIÓN DESCONOCIDOS 16-NOTIFICACIONES VARIAS A DESCONOCIDOS 17

AYUNTAMIENTO GUARDAMAR DEL SEGURA.-NOTIFICACIÓN INTERESADOS BAJA POR INSCRIPCIÓNINDEBIDA EN PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES 17

AYUNTAMIENTO IBI.-DEROGACIÓN ORDENANZA TELEFONÍA MÓVIL 18

AYUNTAMIENTO MILLENA.-CONVOCATORIA JUEZ DE PAZ TITULAR Y SUSTITUTO 18

AYUNTAMIENTO MURO DE ALCOY.-NOTIFICACIÓ BAIXA PADRÓ 18

AYUNTAMIENTO MUTXAMEL.-NOTIFICACIÓN PARA EXTINGUIR LA AUTORIZACIÓN PORCUMPLIMIENTO DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA VENTAAMBULANTE DE MUTXAMEL 18-NOTIFICACIÓN ARCHIVO POR CADUCIDAD PROCEDIMIENTOEXPEDIENTE I.U. Nº 6/2012 (U.A.O.P.D.U.A.) 19-NOTIFICACIÓN BAJAS POR CADUCIDAD EXTRANJEROS NOCOMUNITARIOS SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIAPERMANENTE 19

BOLETÍN OFICIALDE LA PROVINCIA DE ALICANTE

BUTLLETÍ OFICIAL PROVÍNCIA D'ALACANT

Edita: Excma. Diputación Provincial - Alicante Edita: Excma. Diputació Provincial - Alacant23 de abril de 2013 23 d'abril de 2013

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Sumario

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AYUNTAMIENTO LA NUCÍA.-NOTIFICACIÓN INICIO EXPEDIENTE SANCIONADOR 14/2013 20-NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTE SANCIONADORMOLESTIAS ANIMALES 20

AYUNTAMIENTO ONDARA.-CESE PERSONAL EVENTUAL 21

AYUNTAMIENTO RAFAL.-APROBACIÓN INICIAL CONSTITUCIÓN CONSORCIO DEPORTIVODE LA VEGA BAJA Y PROYECTO DE ESTATUTOS DEL MISMO 21-APROBACIÓN INICIAL DEROGACIÓN ORDENANZA REGULADORATASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA POR EMPRESAEXPLOTADORA/PRESTADORA DE SERVICIO TELEFONÍA MÓVIL 21-APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN ORDENANZA MUNICIPALREGULADORA TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS Y VADOSPERMANENTES 21-APROBACIÓN INICIAL DEROGACIÓN ORDENANZA MUNICIPALREGULADORA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USOPÚBLICO LOCAL CON MESAS, SILLAS, TRIBUNAS Y TABLADOSCON FINALIDAD LUCRATIVA 21-NOTIFICACIÓN BAJAS PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES PORINSCRIPCIÓN INDEBIDA 22-NOTIFICACIÓN BAJAS PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES PORINSCRIPCIÓN INDEBIDA 22

AYUNTAMIENTO REDOVÁN.-APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN ORDENANZAREGULADORA SERVICIO DE GRÚA PARA LA RETIRADA DEVEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA 22

AYUNTAMIENTO ROJALES.-NOTIFICACIÓN REQUERIMIENTOS PARA REPOSICIÓN LEGALIDADURBANÍSTICA INFRINGIDA Y PROPUESTA DE RESOLUCIÓNEXPEDIENTE SANCIONADOR URBANÍSTICO 23

AYUNTAMIENTO SAN FULGENCIO.-BASES CONVOCATORIA AYUDAS PARA ESTUDIANTESUNIVERSITARIOS DESPLAZADOS FUERA DEL TÉRMINO MUNICIPALCURSO 2011/2012 27-BASES CONVOCATORIA AYUDAS PARA ESTUDIANTES DE LASMODALIDADES DE BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS DEGRADO MEDIO Y SUPERIOR CURSO 2011/2012 28

AYUNTAMIENTO SAN MIGUEL DE SALINAS.-NOTIFICACIÓN BAJAS DE OFICIO EN PADRÓN MUNICIPAL DEHABITANTES 28

AYUNTAMIENTO SAX.-BASES CONCESIÓN SUBVENCIONES A ASOCIACIONES YENTIDADES DE CARÁCTER CULTURAL, EDUCATIVA, FESTIVA,JUVENIL, ETC. 28-BASES CONVOCATORIA AYUDAS PARA ESTUDIANTESDESPLAZADOS FUERA DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE SAX 30

AYUNTAMIENTO TEULADA.-NOTIFICACIÓN EXPEDIENTE LICENCIA DE ALINEACIONES YRASANTES 969/2013 (8/2013/AL_RAS) 31-NOTIFICACIÓN DECLARACIÓN CADUCIDAD VARIOS EXPEDIENTESDE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE OBRAS MENORES 32-NOTIFICACIÓN INICIO CADUCIDAD EXPEDIENTE DE OBRAMAYOR 46/2010/OMY 32

AYUNTAMIENTO TORREVIEJA.-TRÁMITE AUDIENCIA PAGO INDEBIDO 32

AYUNTAMIENTO LA VALL D´EBO.-APROBACIÓN PROVISIONAL ORDENANZA IBI 33

AYUNTAMIENTO VILLAJOYOSA.-NOTIFICACION DENEGACIÓN AYUDA ECONÓMICA 33

INSTITUT MUNICIPAL DE TURISME ELCHE.-CONVOCATORIA CONCESIÓN BECA PARA LA FORMACIÓN DETITULADOS EN TURISMO REALIZANDO PRÁCTICAS ENVISITELCHE 33

DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE.-EXTRACTO ACUERDOS JUNTA DE GOBIERNO EXCMA. DIPUTACIÓNPROVINCIAL DE ALICANTE ADOPTADOS EN SESIÓN ORDINARIADE FECHA DIEZ DE ABRIL DE DOS MIL TRECE 36

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-EXTRACTO ACUERDOS JUNTA DE GOBIERNO EXCMA. DIPUTACIÓNPROVINCIAL ADOPTADOS EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHACUATRO DE ABRIL DE DOS MIL TRECE 37-BASES NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES POR MEJORA DEEMPLEO 37-BASES GENERALES PROVISIÓN PUESTOS CON CARÁCTERDEFINITIVO MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURSO Y LIBREDESIGNACIÓN 39

CONSORCIO PARA EJECUCIÓN PREVISIONES PLAN ZONALDE RESIDUOS ZONA XVII.-EXPOSICIÓN PÚBLICA PRESUPUESTO EJERCICIO 2013 DELCONSORCIO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS PREVISIONES DELPLAN ZONAL DE RESIDUOS DE LA ZONA XVII 42

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO ALICANTE.-PROCEDIMIENTO 1070/12 CITACIÓN 43-PROCEDIMIENTO 786/12 SENTENCIA 43-PROCEDIMIENTO 1062/11 SENTENCIA 43

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS ALICANTE.-AUTOS 666/12 CITACIÓN 44-AUTOS 930/12 CITACIÓN 44-AUTOS 1003/12 CITACIÓN 44-AUTOS 1003/12 CITACIÓN 44

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO ALICANTE.-AUTOS 19/11 DECRETO 44-EJECUCIÓN 184/12 AUTO Y DECRETO 45-EJECUCIÓN 144/12 DECRETO 45-EJECUCIÓN 154/12 DECRETO 46-AUTOS 929/11 CITACIÓN 46-EJECUCIÓN 71/13 AUTO Y DECRETO 46

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CINCO ALICANTE.-AUTOS 738/11 SENTENCIA 47-EJECUCIÓN 276/11 RESOLUCIÓN 48-EJECUCIÓN 144/12 AUTO Y DECRETO 48-EJECUCIÓN 202/12 RESOLUCIÓN 49-AUTOS 989/12 CITACIÓN 49-AUTOS 976/12 CITACIÓN 49-AUTOS 966/12 CITACIÓN 50

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO BENIDORM.-AUTOS 48/12 CITACIÓN 50

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO ELCHE.-PROCEDIMIENTO 658/12 CITACIÓN 50-PROCEDIMIENTO 1241/12 CITACIÓN 50-EJECUCIÓN 261/12 RESOLUCIÓN 50-EJECUCIÓN 9/13 AUTO Y DECRETO 51-EJECUCIÓN 13/13 RESOLUCIONES 51-EJECUCIÓN 45/12 RESOLUCIÓN 52-EJECUCIÓN 369/12 RESOLUCIÓN 52-EJECUCIÓN 454/12 DECRETO 52-EJECUCIÓN 461/12 RESOLUCIÓN 53-EJECUCIÓN 489/12 RESOLUCIÓN 53-EJECUCIÓN 529/12 AUTO Y DECRETO 53-EJECUCIÓN 557/12 AUTO Y DECRETO 54-PROCEDIMIENTO 437/09 DECRETO 55

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES ELCHE.-EJECUCIÓN 533/11 DECRETO 55

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO UNO ALICANTE.-EJECUCIÓN HIPOTECARIA 1205/12 SUBASTA 55

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO DOS NOVELDA.-EXPEDIENTE DE DOMINIO 826/11 56

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO TORREVIEJA.-JUICIO DE FALTAS 23/08 SENTENCIA 56

Sumario

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boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 753

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCARVALENCIA

ANUNCIO

ANUNCIO DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE VERTIDODE AGUAS RESIDUALES

EQUELITE, S.L. solicita de la Confederación Hidrográficadel Júcar autorización para verter aguas residuales, proce-dentes del saneamiento de INSTALACIÓN PARA LA DO-CENCIA Y RESIDENCIA DEPORTIVA con las siguientescaracterísticas:

· REFERENCIA DEL EXPEDIENTE: 2012VI0093· TITULAR: EQUELITE, S.L.· DESTINO DEL VERTIDO: Aguas subterráneas.· TIPO DE VERTIDO: Indirecto.· MEDIO RECEPTOR: TERRENO· NATURALEZA DEL VERTIDO: Aguas residuales pro-

cedentes del saneamiento del centro de docencia y residen-cia deportiva

· UNIDAD HIDROGEOLÓGICA: 08.36 VILLENA-BENEJAMA

· CNAE: 5590 Otros alojamientos· HABITANTES EQUIVALENTES: 80 residentes y 20

trabajadores (julio y agosto) y resto del año 50 residentes y10 trabajadores

· CAUDAL DIARIO MÁXIMO DE AGUAS RESIDUALES:2,11 m3/h

· CAUDAL DIARIO MEDIO DE AGUAS RESIDUALES:12,5 m3/día

· VOLUMEN ANUAL: 4.550 m3/año· MUNICIPIO DEL VERTIDO: VILLENA (ALICANTE)· COORDENADAS U.T.M. DEL PUNTO DE VERTIDO:X: 682.027 Y: 4.281.798 HUSO: 30 ETRS 89· TRATAMIENTO DE DEPURACIÓN DE LAS AGUAS

RESIDUALES:- Pretratamiento mediante arqueta de desbaste y

separador de grasas-aceites y desarenador.- Tratamiento secundario mediante oxidación total u

oxidación prolongada.- Recirculación de fangos y tanque de almacenamiento

de fangos en exceso.- Bombeo.- Tratamiento más riguroso consistente en desinfección

por inyección de permanganato potásico y filtro de arena.- Caudalímetro.- Grifo de toma de muestras.- Vertido de agua residual depurada a terreno mediante

una tubería perforada.Lo que se hace público en cumplimento de lo dispuesto

en el artículo 248.1 del Reglamento del Dominio PúblicoHidráulico, aprobado por R.D. 849/1986 y modificado por elR.D. 606/2003 de 23 de Mayo, a fin de que, en el plazo deTREINTA DÍAS contados a partir de la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, quienes seconsideren afectados presenten las oportunas alegacio-nes en el Registro de la Confederación Hidrográfica delJúcar, (Avda. Blasco Ibáñez, 48 – 46010 VALENCIA),donde se halla de manifiesto el expediente de referencia,

o por cualquier otro medio admitido por las disposicionesvigentes.

Valencia, 9 de abril de 2013EL SECRETARIO GENERAL,Fdo: Carlos Fernández Gonzalo.

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CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURAMURCIA

ANUNCIO

En este Organismo se tramita el expediente RCR-101/2010 de revisión de características y traslado al Registro deAguas de un aprovechamiento de aguas con toma en el ríoSegura, para riego de una finca de 24,3146 ha. sita en elparaje «El Estaño», en Guardamar del Segura (Alicante).

Una vez revisado el aprovechamiento se ha constatadoque la superficie de riego tradicional se ha visto considera-blemente reducida ya que la mayoría de los terrenos handejado de regarse desde la toma en el río Segura para la cualfue otorgada la concesión, quedando una superficie de riegodesde dicha toma de 1,76 ha.

Se ha dado audiencia a todos los interesados en elaprovechamiento con el fin de que pudieran alegar lo queestimasen conveniente, no obstante y puesto que no se tieneconstancia de que todos los interesados tengan conocimientode la situación actual del aprovechamiento, se considera pre-ceptivo en la tramitación del expediente realizar un periodo deinformación pública, según lo establecido en el Reglamento delDominio Público Hidráulico para que, en el plazo máximo deVEINTE (20) DÍAS, los interesados puedan comparecer yexponer las alegaciones que consideren pertinentes.

Las características fundamentales de la revisión del apro-vechamiento con las que se procedería a realizar la inscripciónen el Registro de Aguas se exponen a continuación:

· Expediente: RCR-101/2010· Corriente o Acuífero: Río Segura.· Destino de las aguas: Riego agrícola.· Titulares: Dª Elisa Sánchez Ortíz, D. Francisco García

Gil y Dª Encarnación Narejos Gómez.· Lugar o paraje: El Estaño.· Término Municipal y Provincia: Guardamar del Segura

- Alicante.· Punto de toma: X-703.899/Y-4.218.804 (Huso 30, ETRS89).· Caudal (l/s): 25 l/s· Volumen máximo anual: 13.045 m³/año.· Superficie regable total: 1,76 ha.· Título-Fecha-Autoridad: Acta de Notoriedad. Legaliza-

ción por Orden Ministerial de 27 de marzo de 1965.Los escritos, citando la referencia, se podrán dirigir a las

oficinas de la Confederación Hidrográfica del Segura, condomicilio en Plaza de Fontes, 1, 30001 Murcia, donde asimis-mo podrá examinarse el expediente en el Área de DominioPúblico Hidráulico, en horas de oficina.

Murcia, a 26 de marzo de 2013EL COMISARIO DE AGUASJosé Carlos González Martínez

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ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CENTRO DE SALUD PÚBLICAELCHE

EDICTO

Ante la imposibilidad de notificar de forma personal y directa a los interesados las resoluciones que se indican a continuaciónde Cancelación registral del REM y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publican ahora.

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4boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 75

Para conocer el contenido íntegro de la resolución deberá comparecer en el Centro de Salud Pública de Elche, situada enC/ Antonio Mora Ferrández, 51, en el plazo de 10 días desde el siguiente a la publicación de este edicto. Transcurrido este plazo,la notificación se tendrá por realizada a todos los efectos.

Elche / Elx, 17/04/2013.El Director del Centro de Salud Pública de Elche: Eduardo Alonso Echabe».«Vistos los expedientes de cancelación de las inscripciones sanitarias de los establecimientos que abajo se relacionan, en

los que consta en acta de inspección practicada al efecto que se ha producido un cese de actividad y de conformidad con lodispuesto en el artículo 4 del Decreto 20/2012, de 27 de enero, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se crea elRegistro Sanitario de Establecimientos Alimentarios Menores.

Teniendo esta Dirección de Salud Pública competencia para resolver los procedimientos citados conforme al artículo 4 delDecreto anteriormente mencionado.

Resuelvo cancelar las inscripciones en el Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios Menores (REM) que acontinuación se detallan.

Contra este acto podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Director General de Investigación ySalud Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 111/2011 de 2 de septiembre, por el que se apruebael Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Sanidad.»

TITULAR DOMICILIO MUNICIPIO Nº EXPEDIENTE AUTORIZACIÓN SANITARIA Nº ACTA FECHA ACTA

GOMEZ VALENCIA, SORANY C\ ESPOZ Y MINA NUM. 33 SANTA POLA EC-121/2013 EM-20.02034/A 23051 23/08/2012WOK SPAIN 2011, S.L. C\ DIAGONAL NUM. 78-80 ELCHE/ELX EC-14/2013 EM-26.07720/A 22488 19/06/2012RIOS BUITRAGO, FERNANDO ANTONIO C\ MANUEL VICENTE PASTOR NUM. 100 ELCHE/ELX EC-122/2013 EM-10.02364/A 23198 27/08/2012PEÑA CULTURAL Y DEPORTIVA ILICITANA ARRABAL C\ LAGO NUM. 3 ELCHE/ELX EC-81/2013 EM-26.07450/A 22688 14/05/2012MARTIN GUTIERREZ,MANUEL C\ TRINQUET NUM. 5 ELCHE/ELX EC-73/2013 16546 22684 24/10/2012LOPEZ VICENTE, JOSE C\ BENITO PEREZ GALDOS NUM. 18 ELCHE/ELX EC-84/2013 12769 22751 21/05/2012LOPEZ LOPEZ, MAJIN PRADO AVDA SANTAPOLA NUM. 11 ELCHE/ELX EC-60/2013 20386 23373 06/11/2012HOSTELERIA VALIR, S.L. C\ DOCTOR JIMENEZ DIAZ NUM. 4 ELCHE/ELX EC-113/2013 EM-26.02799/A 22803 09/07/2012ALIMENTACION EL RACO, S.L. PLAZA ESPAÑA NUM. 15 ELCHE/ELX EC-86/2013 EM-20.00757/A 22753 23/05/2012ALCACER MARTINEZ, JOSE C\ CONCEPCION ARENAL NUM. 6 ELCHE/ELX EC-392/2013 EM-26.09603/A 23099 04/02/2013TORRES NAVARRO, PEDRO JOAQUIN C\ BENITO PEREZ GALDOS NUM. 35 ELCHE/ELX EC-83/2013 26582 22248 18/05/2012GAUNA, MIGUEL ANGEL AVDA FERROCARRIL NUM. 52 ELCHE/ELX EC-75/2013 18296 23403 13/12/2012RESTAURANTE FERRANDEZ CABRERIZO, S.L. POLIG IND. FAIMA VIAL 6 CREVILLENT EC-127/2013 21424 22950 26/09/2012

*1307766*

DIRECCIÓN TERRITORIAL DE PRESIDENCIA,AGRICULTURA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y AGUA

ANUNCIO

CITACIÓN PARA NOTIFICACIÓN POR COMPARE-CENCIA

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61, enrelación con el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, con lasmodificaciones introducidas por la Ley 4/1999, de 13 deenero, no habiéndose podido realizar la notificación corres-pondiente en el domicilio del interesado por causa no impu-table a esta Administración, por la presente se le cita paraque comparezca, en el plazo de DIEZ DIAS contados a partirdel día siguiente al de la publicación de la presente citaciónen el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante al que se le haremitido esta comunicación, en la sede de esta DirecciónTerritorial de la Conselleria de Presidencia y Agricultura,Pesca, Alimentación y Agua, sita en calle Profesor ManuelSala nº 2, planta 3ª, en Alicante, en días laborables de lunesa viernes, y de 9 a 14 horas, al efecto de ser notificado de losactos relativos al procedimiento que se indica, de cuyatramitación es responsable esta Dirección Territorial. Sitranscurrido dicho plazo no hubiese comparecido, se ten-drán por practicadas las correspondientes notificacionesdesde el día siguiente al del vencimiento del mismo.

INTERESADO DOMICILIO PROCEDIMIENTO

PEIXOS SANTACREU, S.L. C/ CARRASQUETES, 1 INCOACIÓN EXPEDIENTE Nº 03-236/2011DNI/CIF: B53528725 03730 JÁVEA/XÀBIA (ALICANTE)JAIME MARTINEZ PUIG C/ SAN VICENTE, 5 PTA. 1 INCOACIÓN EXPEDIENTE Nº 03-037/2013DNI/CIF: 52783609N 03730 JÁVEA (ALICANTE)ISRAEL BARRIO EXPÓSITO GRUPO SANTA BÁRBARA, Nº 8 11 D RESOLUCIÓN EXPEDIENTE Nº 03-288/2012DNI/CIF: 15419384T 33111 TEVERGA (ASTURIAS)CESAR MACHADO GONÇALVES C/ LA PINTA, Nº 6 2º D INCOACIÓN EXPEDIENTE Nº 03-041/2013DNI/CIF: X2341157X 03560 EL CAMPELLO (ALICANTE)CARLOS POLONIO MARTINEZ C/ COLÓN, 15 P 02-A INCOACIÓN EXPEDIENTE Nº 03-044/2013DNI/CIF: 48758494N 03001 ALICANTE (ALICANTE)

Alicante, 17 de abril de 2013El InstructorFdo.: Francisco Trillo González

*1307733*

DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD

EDICTO

Por no haber sido posible practicar en el domicilio delinteresado la notificación que se relaciona a continuación, seprocede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia,a efectos de lo dispuesto en el Artículo 59.5 de la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992 de 26 denoviembre, B.O.E. 27.11.1992).

Se advierte que de acuerdo con el contenido del Artículo20.6 del Real Decreto 1398/1993 (BOE 04.08.1993), lapublicación de este Edicto interrumpe el plazo de tramitacióndel procedimiento.

Expediente: S0051/13Interesado: HOLANDA FLEUR-IN, S.LDNI/CIF: B54592746Domicilio: Avda. del Puerto, 4Población: ALTEAFase: ACUERDO DE INICIACIONPreceptos Infringidos:Para el HECHO UNICO: Artículo 7 u) y x), y Artículo

19.3. b) de la Ley 28 /2005 de 26 de diciembre, de medidassanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, elsuministro, el consumo y la publicidad de los productos deltabaco (BOE núm.309 de 27 de diciembre), modificada porLey 42/2010, de 30 de diciembre (BOE núm. 318 de 31-12-2010, corrección de errores de 12-01-2011).

Para conocer el contenido íntegro del acto deberáncomparece en la Dirección Territorial de Sanidad, calleGerona, 26-Sección Sanciones y Recursos- en el plazo de 5días desde el siguiente a la publicación de este Edicto,transcurrido el cual se entenderá notificado a todos losefectos.

Alicante, a 17 de Abril de 2013EL DIRECTOR TERRITORIAL DE SANIDADFdo.: José Ángel Sánchez Navajas

*1307689*

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boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 755

EDICTO

Por no haber sido posible practicar en el domicilio delinteresado la notificación que se relaciona a continuación, seprocede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia,a efectos de lo dispuesto en el Artículo 59.5 de la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992 de 26 denoviembre, B.O.E. 27.11.1992).

Se advierte que de acuerdo con el contenido del Artículo20.6 del Real Decreto 1398/1993 (BOE 04.08.1993), lapublicación de este Edicto interrumpe el plazo de tramitacióndel procedimiento.

Expediente: R0185/12Interesado: FRANCISCO JOSÉ REQUENA LÒPEZDNI/CIF: 21685411EDomicilio: C/ Lope de Vega, 60Población: IBIFase: ResoluciónPreceptos Infringidos:Para el HECHO UNICO: Artículo 7 apartados u) y x), y

Artículo 19.3.b) de la Ley 28/2005 de 26 de diciembre, demedidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de laventa, el suministro, el consumo y la publicidad de losproductos del tabaco (BOE núm.309 de 27 de diciembre),modificada por Ley 42/2010, de 30 de diciembre (BOE núm.318 de 31-12-2010, corrección de errores de 12-01-2011).

Para conocer el contenido íntegro del acto deberáncomparece en la Dirección Territorial de Sanidad, calleGerona, 26-Sección Sanciones y Recursos- en el plazo de 5días desde el siguiente a la publicación de este Edicto,transcurrido el cual se entenderá notificado a todos losefectos.

Alicante, a 17 de Abril de 2013EL DIRECTOR TERRITORIAL DE SANIDADFdo.: José Ángel Sánchez Navajas

*1307694*

EDICTO

Por no haber sido posible practicar en el domicilio delinteresado la notificación que se relaciona a continuación seprocede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia,a efectos de lo dispuesto en el Artículo 59.5 de la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas del Pro-cedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992 de 26 denoviembre, B.O.E. 27/11/1992).

Se advierte que de acuerdo con el contenido del Artículo20.6 del Real Decreto 1398/1993 (B.O.E. 04/08/1993), lapublicación de este Edicto interrumpe el plazo de tramitacióndel procedimiento.

Expediente: HIGI/07TA12/1027Interesado: B73005704 - LA PASTA GANSA DE MUR-

CIA, S.L.Domicilio: Avda. Países Escandinavos nº 9 - Local 1, 2 y 3Población: Alacant/Alicante - ALICANTEFase: ResoluciónPreceptos infringidos: Para el HECHO PRIMERO: Capí-

tulo I punto 1 y Capítulo V punto 1 a) del Anexo II delReglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y delConsejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de losproductos alimenticios (Diario Oficial de la Unión Europea L.226, de 25 de junio de 2004).

Para el HECHO SEGUNDO: Artículo 6.2 del Real De-creto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se estable-cen las normas de higiene para la elaboración, distribución ycomercio de comidas preparadas (BOE núm.11, de12.01.2001).

Para conocer el contenido íntegro del acto deberáncomparecer en la Dirección Territorial de Sanidad, calleGirona, 26 - Sección Sanciones y Recursos - en el plazo de5 días desde el siguiente a la publicación de este Edicto,

transcurrido el cual se entenderá notificado a todos losefectos.

Alicante, 17 de Abril de 2013EL DIRECTOR TERRITORIAL DE SANIDADFdo: José Ángel Sánchez Navajas

*1307697*

EDICTO

Por no haber sido posible practicar en el domicilio delinteresado la notificación que se relaciona a continuación seprocede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia,a efectos de lo dispuesto en el Artículo 59.5 de la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas del Pro-cedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992 de 26 denoviembre, B.O.E. 27/11/1992).

Se advierte que de acuerdo con el contenido del Artículo20.6 del Real Decreto 1398/1993 (B.O.E. 04/08/1993), lapublicación de este Edicto interrumpe el plazo de tramitacióndel procedimiento.

Expediente: HIGI/07TA13/261Interesado: B54592746 - HOLANDA FLEUR-IN, S.L.Domicilio: Avda. Puerto, 4Población: Altea - ALICANTEFase: Acuerdo IniciaciónPreceptos infringidos: Para el HECHO ÚNICO: Artículo

6.2 del Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Euro-peo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higienede los productos alimenticios (Diario Oficial de la UniónEuropea L. 226, de 25 de junio de 2004) y artículo 2 y AnexoI del Decreto 20/2012 de 27 de enero, del Consell, por el quese crea el Registro Sanitario de Establecimientos AlimentariosMenores (DOCV núm. 6705 de 2 de febrero de 2012).

Para conocer el contenido íntegro del acto deberáncomparecer en la Dirección Territorial de Sanidad, calleGirona, 26 - Sección Sanciones y Recursos - en el plazo de5 días desde el siguiente a la publicación de este Edicto,transcurrido el cual se entenderá notificado a todos losefectos.

Alicante, 17 de Abril de 2013EL DIRECTOR TERRITORIAL DE SANIDADFdo: José Ángel Sánchez Navajas

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SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIAALICANTE

EDICTO

Habiéndose intentado infructuosamente la notificacióndomiciliaria prevista en el artº. 58 de la Ley 30/92, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delprocedimiento Administrativo Común, el artº. 59.5 de lamisma, dispone que aquella se efectúe a través del B.O.P. yen el tablón de edictos del Ayuntamiento de su últimodomicilio, por lo que se ha remitido telemáticamente edictoque se corresponde con el que se acompaña a este escrito:

PROPUESTA DE RESOLUCIONVisto el expediente JUSANC/2012/28/03, incoado por

el Jefe del Servicio Territorial de Energía de Alicante de laConsellería de Economía, Industria, Turismo y Ocupación,contra EXTRACCIONES ARIDOS VILLENA S.L. con C.I.F.B53969366, con domicilio en C/ Escultor Navarro Santafé, nº23, de VILLENA (Alicante), por presunta infracción a lanormativa minera.

ANTECEDENTES DE HECHO1. El 30 de Marzo de 2012 se efectuó visita de inspección

a la parcela 198 del polígono 55 del catastro de rústica deltérmino municipal de Villena, con motivo de la comunicación

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6boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 75

efectuada por la jefatura del Área de Evaluación Ambientalde la Dirección General de Evaluación Ambiental y Territo-rial, basada en los siguientes hechos:

Se constata que se han efectuado labores extractivasconforme a lo indicado en el informe del Jefe de la Secciónde minas de 30/03/2012 que se incluye en el expedienteMICLAN/2012/1/03. Con motivo de las actuaciones practica-das, se ha podido comprobar que las mencionadas laboresfueron realizadas por la empresa EXTRACCIONES VILLENAS.L., conforme a lo indicado en el escrito presentado por esteservicio territorial en fecha 4 de abril de 2012.

Se requirió a la empresa el destino que se había dadoal recurso mineral extraído mediante oficio de fecha 1 dejunio de 2012 referente a lo determinado en la Licencia deobra acordada en la Junta de Gobierno Local de 29 de marzode 2010, ante lo que la empresa aportó copia de un certifica-do de la mercantil RECICLADOS Y SERVICIOS DEL MEDI-TERRANEO, S.L.U. que indica que en el mes de julio de 2011se recibieron 15.000m3 de residuo sólido industrial no peli-groso, tierras y piedras procedentes de la empresa denun-ciada, volumen que es significativamente inferior al recursomineral extraído.

Considerando que el Ayuntamiento de VILLENA decre-tó la suspensión inmediata de las obras por no ajustarse a lalicencia otorgada y que el volumen extraído se calculasuperior al que fue depositado en la planta de tratamiento yreclasificación de residuos.

No existe una licencia municipal para la remodelación yaterrazamiento, cabe concluir que se ha realizado una explo-tación ilegal de recursos minerales de la Sección A) de la Leyde Minas.

Por otro lado existe la circunstancia agravante de que laempresa se encontraba tramitando un expediente de autori-zación de explotación de recursos de la Sección A) de la Leyde Minas en la parcela y polígono indicados, por lo queconocía de la necesidad de disponer de autorización para laejecución de la explotación.

2. A la vista de los mencionados hechos, se acordó porparte del Jefe del Servicio Territorial de Energía de laConsellería de Economía,, Industria, Turismo y Empleo, lainiciación de expediente sancionador con fecha 22/01/2013,nombrando como instructora del mismo a Dª. Alicia GrandeVicente, y como secretaria Dª. Mª. Carmen García Bravo.

3. El instructor del expediente procedió a notificar a losinteresados el acuerdo de iniciación, con traslado del mismo,significándole que en un plazo de QUINCE DIAS hábiles apartir del siguiente al de la recepción de dicha comunicación,podrían formular alegaciones, aportar documentos o propo-ner las pruebas que estimase convenientes y advirtiéndoleque, transcurrido el plazo sin hacerlo, el acuerdo de inicia-ción sería considerado propuesta de Resolución.

4. Se realizaron dos intentos de notificación del Acuerdode Iniciación, el primero con fecha de 25/01/2013 y elsegundo con fecha de 6/02/2013, siendo infructuosa en lasdos ocasiones por desconocido, por tanto en aplicación delart. 59 punto 5 de la Ley 30/92, «la notificación se hará pormedio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamientoen su último domicilio, en el Boletín Oficial del Estado de laComunidad Autónoma o de la Provincia ..», en este caso confecha de 19/02/2013 se solicita al Ayuntamiento de VILLENAla publicación en el tablón de anuncios, constando haberestado expuesto desde el 21/02/2013 hasta el 11/03/2013como así consta por medio de la diligencia firmada por elsecretario general del Ayuntamiento.

5. Con fecha de 19/02/2013 se solicitó la publicación enel Boletín Oficial de la Provincia, siendo efectiva en fecha 25/02/2013.

6. Que ha transcurrido el plazo legal concedido sinhaber presentado alegaciones

FUNDAMENTOS DE DERECHOPRIMERO.- Se ha infringido lo dispuesto en el artículo

17 en su punto 1 de la Ley 22/1973, de 21 de julio de Minas

(B.O.E. nº 176, de 24 de julio de 1973), «Para ejercitar elderecho de aprovechamiento de estos recursos deberáobtenerse, en cualquiera de los casos expuestos en el art.Anterior y previamente a la iniciación de los trabajos, laoportuna autorización de explotación de la Delegación Pro-vincial correspondiente del Ministerio de Industria, una vezcumplidos los requisitos que disponga el Reglamento deesta Ley».

SEGUNDO.- Así como el art. 32 del Reglamento Gene-ral para el Régimen de la Minería aprobado por el RealDecreto 2857/1978, de 25 de agosto (B.O.E. Nº 295 Y 296,de 11 y 12 de Diciembre de 1978) «Cualquier explotación derecurso de la Sección a) que no haya obtenido previamentela oportuna autorización será considerada ilegal».

TERCERO. Los arts. 111 y 117 del Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento deNormas Básicas de Seguridad Minera (B.O.E. nº 140 de 12de junio de 1985), «Con anterioridad al comienzo de unnuevo trabajo a cielo abierto de cualquier clase, o alreanudarse la actividad en un cielo abierto, los explotadoresdeberán obtener la debida autorización».

CUARTO.- Así como la I.T.C. 07.1.03 el art. 3 del RealDecreto 1389/1997, (no disponer de proyecto aprobado), asícomo todos aquellos preceptos que no cumple por tratarsede una explotación ilegal.

QUINTO.- La infracción reseñada conlleva la aplicaciónde lo dispuesto en el art.121.4) de la Ley 22/1973, de 21 dejulio, de Minas (B.O.E nº176, de 24 de julio de 1973).

SEXTO.- La infracción tiene la calificación de GRAVE,según lo establecido en el art. 121.2.a) de la Ley 22/1973, de21 de julio, de Minas « la realización de cualquier actividad deaprovechamiento de recursos regulados por la presente Leysin su correspondiente autorización o concesión».

Vistos los preceptos legales citados y demás disposi-ciones de general y especial aplicación y dado que loshechos relatados constituyen la infracción administrativa a lanormativa que se detalla, esta Instructora,

PROPONE:Se imponga a EXTRACCIONES DE ARIDOS VILLENA

S.L., con C.I.F. B53969366, una sanción de 30.001 €, comoautor de una infracción administrativa. No obstante, la auto-ridad competente resolverá en uso de las atribuciones quetiene conferidas.

Notifíquese la presente Propuesta de Resolución aEXTRACCIONES DE ARIDOS VILLENA S.L. con indicaciónque de conformidad con el art. 19.1 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de Agosto por el que se aprueba el Reglamentopara el ejercicio de la Potestad Sancionadora, podrá presen-tar alegaciones en el plazo de QUINCE DÍAS hábiles, altérmino de los cuales se dictará Resolución definitiva por elSecretario Autonómico de Industria y Energía, (P.D. delConseller de Economía, Industria, Turismo y Empleo, Reso-lución de 01de febrero de 2013, DOCV nº 6.962, de11.02.2013).

Alicante a, 3 de Abril de 2013LA INSTRUCTORAFdo.: Alicia Grande Vicente.Y para que sirva de notificación legal a EXTRACCIO-

NES DE ARIDOS VILLENA, S.L., cuyo domicilio actual sedesconoce siendo el último conocido en C/ Escultor NavarroSantafé, 23 de Villena, (Alicante), se publica en el presenteBoletín Oficial de la Provincia de Alicante, cumpliendo lodispuesto en el artº. 59.5 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y Procedimiento Adminis-trativo Común.

Alicante, a 12 de Abril de 2013.EL DIRECTOR TERRITORIAL DE ECONOMIA, INDUS-

TRIA, TURISMO Y EMPLEOFdo. Rafael Muñoz Gómez.

*1307675*

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boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 757

ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOY

ANUNCIO

Aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión de fecha 12 de marzo de 2013, y expuesta al público en el BoletínOficial de la Provincia número 54, de 20 de marzo de 2013, sin que consten reclamaciones a la misma, en cumplimiento de lodispuesto en el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido delas Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, se publica la siguiente plantilla para el ejercicio 2013, concarácter de definitiva:

PLANTILLA DE PERSONAL 2013Corporación: Ayuntamiento de AlcoyProvincia: Alicante

A) PERSONAL FUNCIONARIO:DENOMINACIÓN PLAZA Nº PLAZAS GRUPO ESCALA SUBESCALA CLASE CATEGORÍA

ADJUNTO UNIDAD CULTURA 1 C1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA AUXILIAR TÍTULO BACHILLER O TÉCNICOADMINISTRATIVO 92 C1 ADM. GENERAL ADMINISTRATIVA ADMINISTRATIVA ADMINISTRATIVOAGENTE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL 2 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOAGENTE POLICÍA LOCAL 87 C1 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES POLICÍA LOCAL BÁSICAAPAREJADOR 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOARQUITECTO 2 A1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA SUPERIOR TITULADO SUPERIORARQUITECTO TÉCNICO 5 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOAUXILIAR ADMINISTRATIVO 8 C2 ADM. GENERAL AUXILIAR AUXILIAR AUXILIARAUXILIAR BIBLIOTECA-ARCHIVO 4 C2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA AUXILIAR GRADUADO EN E.S.O.AUXILIAR DE COCINA 3 O.A.E. ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS AYUDANTEAUXILIAR MUSEO ARQUEOLÓGICO 1 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS AYUDANTEAUXILIAR S.A.D. 9 O.A.E. ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS AYUDANTEAYUDANTE CEMENTERIO 1 O.A.E. ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS AYUDANTEAYUDANTE CONSERVATORIO 2 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS AYUDANTEAYUDANTE ECO-PARC 2 O.A.E. ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS AYUDANTEAYUDANTE ELÉCTRICO 3 O.A.E. ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS AYUDANTEAYUDANTE ENCARGADO INSTALACIONES DEPORTIVAS 1 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS MAESTROAYUDANTE ENCARGADO JARDINES 1 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS MAESTROAYUDANTE ENCARGADO OBRAS 1 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS MAESTROAYUDANTE ENCARGADO SERVICIOS 1 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS MAESTROAYUDANTE INSPECCIÓN 2 O.A.E. ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS AYUDANTEAYUDANTE JARDINES 4 O.A.E. ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS AYUDANTEAYUDANTE MUSEO 1 C1 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS AYUDANTEAYUDANTE SERVICIOS CEMENTERIO 3 O.A.E. ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS AYUDANTEAYUDANTE SERVICIOS INSTALACIONES DEPORTIVAS 4 O.A.E. ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS AYUDANTEAYUDANTE SERVICIOS OBRAS Y SERVICIOS 1 O.A.E. ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS AYUDANTEBIBLIOTECARIO - ARCHIVERO 4 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOCAPATAZ 1 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS ENCARGADOCELADOR 11 C2 ADM. ESPECIAL SUBALTERNA SUBALTERNA SUBALTERNOCONDUCTOR GRÚA Y MANTENIMIENTO 6 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OFICIALCONSERJE 6 O.A.E. ADM. GENERAL SUBALTERNA SUBALTERNA SUBALTERNOCONSERJE CENTRO DÍA 1 O.A.E. ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS AYUDANTECOORDINADOR DE GIMNASIO 1 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS ENCARGADODELINEANTE 7 C1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA AUXILIAR TÍTULO BACHILLER O TÉCNICOECONOMISTA 1 A1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA SUPERIOR TITULADO SUPERIOREDUCADOR ESCUELA INFANTIL 23 C1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA AUXILIAR TÍTULO BACHILLER O TÉCNICOEDUCADOR SOCIAL 5 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOENCARGADO CENTRO CULTURA 1 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS ENCARGADOENCARGADO CONSERVATORIO 2 C1 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS ENCARGADOENCARGADO RESPONSABLE CEMENTERIO 1 C1 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS ENCARGADOENCARGADO RESPONSABLE INSTALACIONES DEPORTIVAS 1 C1 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS ENCARGADOENCARGADO RESPONSABLE JARDINES 1 C1 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS ENCARGADOENCARGADO RESPONSABLE OBRAS Y SERVICIOS 1 C1 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS ENCARGADOENCARGADO RESPONSABLE SERVICIO ELÉCTRICO 1 C1 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS ENCARGADOGESTOR RECAUDADOR 1 C1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA AUXILIAR TÍTULO BACHILLER O TÉCNICOGRADUADO SOCIAL 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOINFORMADOR JUVENIL 1 C1 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS TÍTULO BACHILLER O TÉCNICOINFORMADOR TURÍSTICO 2 C1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA AUXILIAR TÍTULO BACHILLER O TÉCNICOINGENIERO 1 A1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA SUPERIOR TITULADO SUPERIORINGENIERO CAMINOS 1 A1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA SUPERIOR TITULADO SUPERIORINGENIERO SUPERIOR 2 A1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA SUPERIOR TITULADO SUPERIORINGENIERO TECNICO 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOINGENIERO TÉCNICO AGRÍCOLA 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOINGENIERO TÉCNICO OBRAS PÚBLICAS 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOINSPECTOR CONSUMO 2 C1 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS ENCARGADOINSPECTOR FISCAL 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOINSPECTOR MEDIOAMBIENTAL 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOINSPECTOR OBRAS PÚBLICAS 1 C1 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS ENCARGADOINSPECTOR POLICIA 5 A2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES POLICÍA LOCAL TÉCNICAINSPECTOR RECAUDADOR 1 C1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA AUXILIAR TÍTULO BACHILLER O TÉCNICOINSPECTOR TRIBUTOS 1 A1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA SUPERIOR TITULADO SUPERIORINSPECTOR URBANISTICO 1 C1 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS ENCARGADOINTENDENTE 2 A2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES POLICÍA LOCAL TÉCNICAINTENDENTE PRINCIPAL 1 A1 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES POLICÍA LOCAL SUPERIORINTERVENTOR 1 A1 HABILITACIÓN ESTATAL INTERVENCIÓN / TESORERÍA PRIMERA SUPERIORJEFE DE COCINA 3 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS ENCARGADOMAESTRO ESCUELA INFANTIL 5 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOOFICIAL AGUAS 4 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OFICIALOFICIAL CARPINTERO 1 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OFICIALOFICIAL CONDUCTOR 2 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OFICIALOFICIAL ELECTRICISTA 5 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OFICIALOFICIAL FONTANERO 1 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OFICIALOFICIAL JARDINES 8 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OFICIALOFICIAL MANTENIMIENTO CENTROS EDUCATIVOS 10 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OFICIALOFICIAL MANTENIMIENTO ESC. INFANTIL 1 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OFICIAL

Page 8: BOLETÍN OFICIAL - Diputación de Alicantesede.diputacionalicante.es/documentos/EMERI/Tablon/00045.pdf · 2019. 4. 12. · -autorizaciÓn de vertido de aguas residuales en el t.m.

8boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 75

DENOMINACIÓN PLAZA Nº PLAZAS GRUPO ESCALA SUBESCALA CLASE CATEGORÍA

OFICIAL MANTENIMIENTO INFORMÁTICO 1 C1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA AUXILIAR TÍTULO BACHILLER O TÉCNICOOFICIAL MANTENIMIENTO PARQUES 1 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OFICIALOFICIAL OBRAS 6 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OFICIALOFICIAL POLICIA 14 C1 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES POLICÍA LOCAL BÁSICAOFICIAL PORTERIA 1 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OFICIALOFICIAL REPRÓGRAFO 1 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OFICIALOFICIAL SERVICIOS 5 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OFICIALOFICIAL SERVICIOS CEMENTERIO 3 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OFICIALOFICIAL SERVICIOS INSTALACIONES DEPORTIVAS 11 C2 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OFICIALOPERADOR TELEFONISTA 1 O.A.E. ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OPERARIOOPERARIO JARDINES 2 O.A.E. ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OPERARIOOPERARIO LIMPIEZA 9 O.A.E. ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OPERARIOOPERARIO SERVICIOS 15 O.A.E. ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OPERARIOORDENANZA 2 O.A.E. ADM. GENERAL SUBALTERNA SUBALTERNA SUBALTERNOORDENANZA SERVICIOS ESPECIALES 1 O.A.E. ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS OPERARIOPÉRITO ELÉCTRICO 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOPROFESOR BAILE ESPAÑOL 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOPROFESOR BALLET CLÁSICO 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOPROFESOR CLARINETE 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOPROFESOR DANZA 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOPROFESOR DIBUJO 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOPROFESOR FLAUTA 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOPROFESOR GUITARRA 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOPROFESOR MÚSICA 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOPROFESOR PIANO 3 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOPROFESOR SAXOFÓN 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOPROFESOR SISTEMA KODALY 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOPROFESOR SOLFEO 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOPROFESOR TRADUCTOR VALENCIANO 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOPROFESOR VIOLIN 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOPSICÓLOGO 1 A1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA SUPERIOR TITULADO SUPERIORRESPONSABLE INSTALACIONES 1 C1 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS ENCARGADORESPONSABLE VOZ Y DATOS 1 C1 ADM. ESPECIAL SERV. ESPECIALES PERSONAL DE OFICIOS ENCARGADOSECRETARIO 1 A1 HABILITACIÓN ESTATAL SECRETARÍA PRIMERA SUPERIORTÉCNICO ADMINISTRACIÓN GENERAL 6 A1 ADM. GENERAL TÉCNICA TÉCNICA TÉCNICO SUPERIORTÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICA 1 C1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA AUXILIAR TÍTULO BACHILLER O TÉCNICOTÉCNICO CONSERVADOR MUSEO 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOTÉCNICO GESTIÓN TRIBUTARIA 1 A1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA SUPERIOR TITULADO SUPERIORTÉCNICO INFORMÁTICO 6 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOTÉCNICO MEDIO CONTABILIDAD 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOTÉCNICO MEDIO CONTRATACIÓN 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOTÉCNICO MEDIO GESTIÓN CULTURAL 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOTÉCNICO PROMOCIÓN LINGÜÍSTICA 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOTÉCNICO PROMOCIÓN SALUD 1 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOTÉCNICO RIESGOS LABORALES 1 A1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA SUPERIOR TITULADO SUPERIORTÉCNICO SUPERIOR ADMINISTRATIVO 1 A1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA SUPERIOR TITULADO SUPERIORTÉCNICO SUPERIOR CONSUMO 1 A1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA SUPERIOR TITULADO SUPERIORTÉCNICO SUPERIOR INFORMÁTICO 1 A1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA SUPERIOR TITULADO SUPERIORTÉCNICO SUPERIOR MEDIO AMBIENTE 1 A1 ADM. ESPECIAL TÉCNICA SUPERIOR TITULADO SUPERIORTESORERO 1 A1 HABILITACIÓN ESTATAL INTERVENCIÓN / TESORERÍA PRIMERA SUPERIORTRABAJADOR SOCIAL 12 A2 ADM. ESPECIAL TÉCNICA DIPLOMADA TITULADO MEDIOTOTAL 517

(x) O.A.E.= Otras Agrupaciones Profesionales (antiguo grupo E).NOTA: La relación precedente de plazas de personal funcionario incluye 54 plazas previstas para funcionarización del

personal laboral, por lo que, en la práctica, se mantiene el número total de efectivos entre personal laboral y funcionario.

B) PERSONAL LABORAL FIJO:DENOMINACIÓN Nº TITULACIÓN EXIGIDA OBSERVACIONES

ADJUNTO UNIDAD DEPORTES 1 BACHILLER O TÉCNICOADJUNTO UNIDAD EDUCACIÓN 2 BACHILLER O TÉCNICOAUXILIAR COCINA 3 ESTUDIOS PRIMARIOSAUXILIAR UNIDAD DEPORTES 1 GRADUADO EN E.S.O.CELADOR 8 GRADUADO EN E.S.O.CELADOR 3 GRADUADO EN E.S.O. TIEMPO PARCIALCOORDINADOR GIMNASIO 1 GRADUADO EN E.S.O.EDUCADOR GUARDERÍAS 23 BACHILLER O TÉCNICOJEFE DE COCINA 3 GRADUADO EN E.S.O.MAESTRO GUARDERÍAS 5 DIPLOMADO UNIVERSITARIOOFICIAL MANT. GUARDERIAS 1 GRADUADO EN E.S.O.PROFESOR DANZA CONTEMPORANEA 1 DIPLOMADO UNIVERSITARIO TIEMPO PARCIALPROFESOR DIBUJO 3 DIPLOMADO UNIVERSITARIO TIEMPO PARCIALPROFESOR MÚSICA 1 DIPLOMADO UNIVERSITARIOPROFESOR PIANO 1 DIPLOMADO UNIVERSITARIO TIEMPO PARCIALPROFESOR SAXOFÓN 1 DIPLOMADO UNIVERSITARIO TIEMPO PARCIALPROFESOR TROMPETA 1 DIPLOMADO UNIVERSITARIO TIEMPO PARCIALPROFESOR VIOLA 1 DIPLOMADO UNIVERSITARIO TIEMPO PARCIALPROFESOR VIOLONCELLO 1 DIPLOMADO UNIVERSITARIO TIEMPO PARCIALTOTAL 61

C) PERSONAL EVENTUAL DE CONFIANZA O ASESORAMIENTO ESPECIAL:DENOMINACIÓN JORNADA Nº

ASESOR URBANISTICO MEDIA 1COORDINADOR ACTIVIDADES DEPORTIVAS COMPLETA 1COORDINADOR ALCALDIA COMPLETA 1DINAMIZADOR AREA INNOVACIÓN MEDIA 1DIRECTOR EMPRESA Y FORMACIÓN COMPLETA 1DIRECTOR MUNICIPAL DE DEPORTES COMPLETA 1JEFE DE PRENSA COMPLETA 1SECRETARIO ALCALDÍA COMPLETA 2SECRETARIO BLOC COMPLETA 1SECRETARIO BLOC MEDIA 1SECRETARIO EU-L’ENTESA COMPLETA 1SECRETARIO P.P. MEDIA 1SECRETARIO PSOE COMPLETA 1SECRETARIO PSOE MEDIA 1

DENOMINACIÓN JORNADA Nº

TECNICO AFIC COMPLETA 1TECNICO MEDIOAMBIENTE COMPLETA 1TOTAL 17

D) RESUMEN:TOTAL PERSONAL FUNCIONARIO 517TOTAL PERSONAL LABORAL FIJO 61DUPLICIDAD PLAZAS PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL -54POR PROCESO PREVISTO DE FUNCIONARIZACIÓNTOTAL PERSONAL EVENTUAL DE CONFIANZA O ASESORAMIENTO ESPECIAL 17TOTAL PERSONAL 541

Contra la expresada aprobación definitiva podrá inter-ponerse directamente recurso contencioso administrativo,en la forma y plazos que establecen las normas de dichajurisdicción, conforme previene la Ley 30/92 de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común.

Alcoy, 17 de abril de 2013.El Alcalde,Antonio Francés Pérez

*1307700*

AYUNTAMIENTO DE ALMORADÍ

EDICTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

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de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, reformada por la Ley 4/1999, de 13 deenero, se hace pública notificación de la siguiente:

Resolución de Concejal DelegadoExpediente nº: 49/2012Destinatario: JOSE LEAL BARCELOProcedimiento: Declaración de Ruina Ordinaria Edificio

C/ Miguel Hernández esq. C/ Manuel de TorresNOTIFICACIÓN A LOS PROPIETARIOS, OCUPAN-

TES, TITULARES DE DERECHOS REALES Y PERSONASPARTE EN EL PROCEDIMIENTO

Mediante la presente se le notifica la Resolución delConcejal Delegado nº 117-2013 de fecha 5 de marzo de2013, del tenor literal siguiente:

«DECRETO.- Visto el expediente de ruina de la edifica-ción existente en C/ Miguel Hernández esquina Avda. Ma-nuel de Torres.

CONSIDERANDO el informe del Técnico de Adminis-tración General de 16 de octubre de 2.012, cuyo tenor literales el siguiente:

«INFORME JURÍDICOInforme que emite el funcionario que suscribe en rela-

ción al informe realizado por el arquitecto municipal sobreruina de edificación, sita en C/ Miguel Hernández esquinaAvda. Manuel de Torres.

1.- En materia de deber de conservación de inmueblesy ruina, la legislación aplicable es fundamentalmente la Ley16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana (LUV),en concreto, sus artículos 206 a 215, y el Decreto 67/2006,de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento deOrdenación y Gestión Territorial y Urbanística (ROGTU), enconcreto en sus artículos 498 a 509.

2.- El artículo 210 de la LUV establece que «1. Procededeclarar la situación legal de ruina cuando el coste de lasreparaciones necesarias para devolver la estabilidad, segu-ridad, estanqueidad y consolidación estructurales a un edifi-cio o construcción, manifiestamente deteriorada, o pararestaurar en ella las condiciones mínimas que permitan suuso efectivo, supere el límite del deber normal de conserva-ción calculado conforme al artículo 208.

2. Procederá, asimismo, la declaración de ruina, cuan-do el propietario acredite haber cumplido puntualmente lodispuesto en el artículo 206, realizando diligentemente lasobras recomendadas, al menos, en los dos últimos certifica-dos de inspección periódica y el coste de éstas, unido al delas que estén pendientes de realizar, con los fines antesexpresados, supere el límite enunciado en el párrafo ante-rior, apreciándose una tendencia constante y progresiva enel tiempo al aumento de las inversiones necesarias para laconservación del edificio.

3. Corresponderá a los Ayuntamientos declarar la situa-ción legal de ruina, incoando el procedimiento de oficio ocomo consecuencia de denuncia formulada por cualquierinteresado. En las actuaciones se citará a los ocupanteslegítimos de la construcción y a los titulares de derechossobre ella que consten en los registros públicos, así como alos órganos competentes cuando resulte afectado el patri-monio histórico.

4. La declaración de la situación legal de ruina debedisponer las medidas necesarias para evitar eventualesdaños físicos y, además, proponer la declaración de incum-plimiento por el dueño de su deber urbanístico de conserva-ción o manifestar, razonadamente, la improcedencia de estoúltimo.

La propuesta de declarar el incumplimiento del deber deconservación, formulada junto a la declaración de ruinalegal, no será definitiva ni surtirá efecto sin previa audienciade los interesados y resolución del Alcalde dictada a la vistade las alegaciones presentadas.

No procede declarar el incumplimiento del deber deconservación si la ruina legal es causada por fuerzamayor, hecho fortuito o culpa de tercero, ni cuando eldueño trate de evitarla con adecuado mantenimiento ycuidadoso uso del inmueble, reparando sus desperfectoscon razonable diligencia.

5. La declaración de ruina legal respecto a un edificio nocatalogado, ni objeto de un procedimiento de catalogación,determina para su dueño la obligación de rehabilitarlo odemolerlo, a su elección.

6. Si la situación legal de ruina se declara respecto aedificio catalogado u objeto del procedimiento de cataloga-ción, el propietario deberá adoptar las medidas urgentes eimprescindibles para mantenerlo en condiciones de seguri-dad. La Administración podrá concertar con el propietario surehabilitación. En defecto de acuerdo, puede ordenarle quela efectúe otorgándole la correspondiente ayuda u ordenar lainclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificios aRehabilitar.»

Por su parte, el artículo 208.3 de la LUV establece quese entienden que las obras a ejecutar «exceden del límite deldeber normal de conservación cuando su coste supere lamitad del valor de una construcción de nueva planta, consimilares características e igual superficie útil que la preexis-tente, realizada con las condiciones imprescindibles paraautorizar su ocupación. Si no se trata de un edificio sino deotra clase de construcción, dicho límite se cifrará, en todocaso, en la mitad del coste de erigir o implantar una nuevaconstrucción de iguales dimensiones, en condiciones de usoefectivo para el destino que le sea propio»

3.- En fecha 25 de julio pasado el Arquitecto municipalha emitido informe en el que literalmente manifiesta losiguiente:

«Vista la providencia de la Alcaldía, en la que se solicitala emisión de informe técnico acerca de la situación construc-tiva del inmueble situado en la C/ Miguel Hernández esquinaAvda. Manuel de Torres y que, por tanto, se disponga lapertinente visita técnica, los técnicos que suscriben INFOR-MAN lo siguiente:

PRIMERO.- Que el día 9 de julio de 2012, se procedió agirar visita de inspección técnica al siguiente bien inmueble:

- Dirección: C/ Miguel Hernández esquina Avda. Manuelde Torres

- Referencia catastral: 3503503XH9230S0001HB- Titular catastral: NOVOSOL S.A.- Clasificación y calificación del suelo en el que se ubica:

Suelo Urbano. Núcleo Urbano Residencial. Clave RMD.SEGUNDO.ANTECEDENTES:La mercantil Novosol obtuvo licencia municipal de obras

el 21 de octubre de 1.975 para la construcción de un edificiode 8 viviendas y locales comerciales en C/. Avda. Manuel deTorres esquina a C/. General Goded (hoy Miguel Hernández),Expediente 320/75.

Durante el transcurso de las obras, la promotoraNOVOSOL S.A. procedió a la venta en escritura pública delas viviendas y locales.

Durante el año 1976, por razones de índole económicolas obras fueron paralizadas, quedando al momento de laparalización inconclusas (a continuación se acompaña cua-dro del grado de ejecución de Capítulos de obra terminadosy sin ejecutar). A raíz de dicha paralización comienza unaserie de procedimientos judiciales que provoca que la para-lización de las obras sea definitiva con su total abandono yque los compradores de las viviendas no puedan tomarposesión de las mismas.

En el transcurso del tiempo el Ayuntamiento de Almoradíha tenido que ir adoptando medidas cautelares con respectode la seguridad del inmueble debido al deterioro progresivodel mismo, tales como la demolición total del cerramiento defachada de la última planta, y el cerramiento total de la plantabaja para evitar la entrada al inmueble. Todas estas medidashan corrido a cargo de los presupuestos municipales nohabiéndose podido trasladar a sus legales propietarios por ladificultad del proceso judicial en que se halla el edificio.

TERCERO.- Que de la visita llevada a cabo el día 9 dejulio de 2012, se han apreciado los siguientes daños en elbien inmueble referido:

Descripción del estado físico del inmueble.El edificio consta de planta baja, destinada a local y

cuatro alturas, distribuido en dos viviendas por planta, esdecir ocho viviendas. El expediente de obras tiene licencia deobras concedida de fecha 21 de octubre de 1975.

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La estructura se realiza mediante cimentación por zapa-tas aisladas, estructura portante por pilares de hormigónarmado, jácenas metálicas y forjados de vigueta prefabrica-da de hormigón y bovedilla cerámica.

Los pilares son de hormigón armado, de secciones quevarían entre los 40x40 a 30x30 en planta baja hasta los 25x25en todos los pilares de la planta 3ª y 4ª y torreón de escalera,las dos plantas afectadas con mayor gravedad por la accióndel agua. Esta pequeña sección los hace extremadamentevulnerables a la corrosión. Esta puede apreciarse por laexistencia de fisuras longitudinales producidas por la exis-tencia de humedad exterior. Se aprecia desprendimiento delrecubrimiento en muchos de ellos al haber aumentado lasbarras de volumen. La gravedad se acentúa según la situa-ción del pilar en la edificación, pudiendo llegar a producir larotura a compresión. También es posible apreciar en pilaresla existencia de fisuras y manchas de óxido, lo que enconjunto nos informa de una patología por corrosión de lasarmaduras de estribado, acentuada en las plantas que estánabiertas.

Las características de la estructura horizontal, vigasmetálicas de cuelgue sobre pilares, tiene como resultadouna gran exposición de las mismas a la acción de los agentesatmosféricos sobre la estructura, sobre todo la penetracióndel agua de lluvia. Ello ha dado como resultado la corrosióngeneralizada de las vigas metálicas, en mayor o menorgrado, siendo mayor en las plantas superiores, cuya pérdidade sección ha producido la visible deformación de gran partede las mismas.

El avanzado estado de corrosión en elementostensionados ha producido la aceleración de esta corrosión,aumentando su fragilidad y produciendo exfoliación visibleen gran parte de los elementos estructurales, especialmentegraves en las plantas 3ª y 4ª. Ello hace inutilizable e irrepa-rable estos elementos de estructura. Apareciendo señalesde agotamiento en algunos vanos.

En cuanto a los forjados de viguetas, estos están reali-zado con vigueta autoresistente, que presenta un aspectorelativamente bueno, pero su sección es extremadamentepequeña (20cm) y no presenta mallazo de reparto ni zunchode atado en voladizo y embrochalamientos. Carece de arma-dura de refuerzo de negativos, lo que ha hecho que ladeformación, especialmente en voladizos sea grande,heterogénea y pueda producirse una rotura frágil e inespera-da de los mismos. Muchas de las bovedillas cerámicas estánrotas y el mortero que las recubre al carecer de mallazo hacemuy peligroso el caminar por la forjado. En caso de tener queacceder nuevamente a la edificación, debe extremarse lasprecauciones, evitando pisar sobre el entrevigado del forjado.

Justificación de la causa de declaración de ruina invocada.El inmueble se encuentra sin acabar ya que la promotora

abandonó las obras en 1976. Así pues, el edificio solo tieneterminada la estructura, parte de tabiquería interior y parte delos cerramientos de fachada y medianería de tres de lascuatro plantas. En 2002 el Ayuntamiento procedió al cerra-miento de la planta baja al observar que era posible el accesoa las plantas superiores con el consiguiente peligro. Conanterioridad se había procedido a la demolición parcial decerramiento en vuelos sobre la vía pública, al haberseconsiderado la peligrosidad de los mismos.

La edificación ha permanecido paralizada e inconclusadesde hace más de 35 años. Al carecer de carpinteríaexterior, cerramientos de fachada ni revestimientos, asícomo de terminación en la cubierta, el deterioro de la edifica-ción es muy grande.

El sistema estructural es del tipo denominado mixto, esdecir acero laminado en vigas y hormigón armado en pilares.La edificación es anterior a la primera normativa sísmica,Norma Sismorresistente PDS-1 de noviembre de 1974, por loque era de aplicación la Norma MV-101-1962, con utilizacióndel mapa de zonas sísmicas, la cual se sigue en el cálculo sinos guiamos por la memoria de cálculo del proyecto.

No obstante, de la inspección efectuada encontramosdeficiencias en la ejecución (ver informe del estado de laestructura), por lo que hace que el grado de hiperestaticidad

de la estructura, con las condiciones actuales de deterioro,sea muy pequeño y ello la hace extremadamente sensible acualquier acción exterior sobrevenida, como un viento ex-cepcionalmente fuerte o, por supuesto, un sismo, que laexponen a un fallo parcial estructural, que puede llevar alcolapso total de la edificación.

Descripción y valoración de las obras necesarias paramantener o reponer las condiciones de seguridad y estabili-dad señaladas en el artículo 208 de la Ley UrbanísticaValenciana.

No es posible técnicamente, reponer la edificación a lascondiciones de estabilidad necesarias sin realizar la demo-lición total de la edificación, cerramientos, tabiquería interiory estructura debido al estado precario de estabilidad actualde la estructura. El refuerzo de estructura, en las condicionesactuales es técnicamente inviable, existiendo grave riesgopara la seguridad de cualquier operario que tuviera enco-mendada labores de reparación o refuerzo de la misma.

En estas condiciones, no es posible reponer las condi-ciones de seguridad y estabilidad señaladas en los precep-tos legales, ya que cualquier reparación, pasará siempre,según mi leal saber y entender por la demolición total de laedificación y realización de una nueva estructura portante yaque los daños que la afectan son irreversibles, la demora enlos trabajos de demolición implicará en el futuro cercano unpeligro para las personas y la ejecución de medidas deseguridad resulta ya inútil y arriesgada.

El coste estimado de las obras de demolición de laedificación, según el anexo de cálculo sería el siguiente:

PRESUPUESTO ESTIMADO DE DEMOLICIÓN DE EDIFICACIÓN EN CALLE MIGUEL HERNÁNDEZ

Ud Concepto Precio Medición TotalUd Desvío de instalaciones previo a demolición de la

edificación mediante postes de hormigón en acera200,00 3,00 600,00

m3 Demolición total de edificación no terminada, compuestapor planta baja y cuatro plantas de viviendas, de estructuramixta de hormigón armado y acero y cerramiento parcialde fachada y medianeras y elementos de tabiqueríainterior y cerramiento de escalera, así como de forjados devigueta, incluyendo escalera, por medios manuales ymecánicos, utilizando retro-giratoria de 30Tn y los mediosauxiliares que permitan el trabajo en condiciones deseguridad, así como ayuda manual en elementospuntuales de medianería, incluyendo p.p. de carga ytransporte de escombros a vertedero. Medido el volumenaparente inicial definido por la superficie exterior de loselementos básicos de la edificacion.

10,00 2.973,00 29.730,00

Elaboración y Cumplimiento del Plan de Seguridad durantela demolición.

1.189,20

1,00

1.189,20

Ud Elaboración y Cumplimiento del Plan de Gestión deResiduos (RD 105/2008) durante la demolición.

1.100,001,00

1.100,00

Ud Honorarios técnicos de Proyecto de Demolición y Proyectode Gestión de Resíduos, así como los correpondientes aDirección de Obra y Coordinación en materia deSeguridad y Salud de la obra.

2.378,40

1,00

2.378,40

Total 34.997,60

Gastos Generales (13%) 4.549,69Beneficio Industrial (6%) 2.099,86

Total 41.647,14

IVA (18%) 7.496,49

TOTAL 49.143,63

CUARTO. Grado de Ejecución de los capítulos quecomponen el Presupuesto de Ejecución Material del edificioal momento de su paralización.

Consultado el Proyecto Básico y Ejecución obrante enel Archivo de Obras del Ayuntamiento, donde se contiene elPresupuesto de Ejecución Material de las Obras, se procedea la comparación de las obras presupuestadas con las obrasterminadas y con las no ejecutadas tal cual quedaron almomento de su paralización en el año 1976, en pesetas.

CAPITULOS DE OBRA PRESUPUESTO EJECUTADO NO EJECUTADO

I.- MOVIMIENTO DE TIERRAS. 31.904 100% 31.904 0% 0II.- RED HORIZONTAL SANEAMIENTO 50.000 100% 50.000 0% 0III.- CIMENTACIÓN 152.484 100% 152.484 0% 0IV.- HORMIGONES Y HIERRO. 897.923 100% 897.923 0% 0V.- ALBAÑILERÍA. 1,140.074 30,42% 346.816 69,58% 793.258VI.- SOLADOS Y ALICATADOS. 464.920 2,30% 10.720 97,70% 454.200VII.- CARPINTERÍA Y CERRAJERÍA. 275.444 0% 0 100% 275.444VIII.- FUMISTERÍA E INSTALACIONES. 410.000 0% 0 100% 410.000IX.- MAQUINARIA. 350.000 0% 0 100% 350.000X.- PINTURA Y CRISTAL. 116.717 0% 0 100% 116.717XI.- MATERIAL SANITARIO 156.000 0% 0 100% 156.000XII.- VARIOS. 48.054 0% 0 100% 48.054TOTAL 4,093.520 36,39% 1,489.847 63,61% 2,603.673

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Tal como se aprecia en el cuadro anterior, a la fecha dela paralización de las obras en el año 1976 el porcentaje delpresupuesto de ejecución material realmente ejecutados tansolo fue del 36,39%, quedando un 63,61% sin ejecutar.

La actualización del presupuesto a valor actual (pesetasde 2012 o euros) arrojaría los mismos porcentajes respectoal coste de terminación, por lo que el coste de la terminacióndel edificio supera la mitad del valor de la construcción de unedificio de nueva planta, con similares características e igualsuperficie útil que la preexistente, realizada con las condicio-nes imprescindibles para autorizar su ocupación.

Por lo tanto, teniendo en cuenta la Legislación aplicable(Ley 16/2005, de 30 de diciembre de la Generalidad, Urba-nística Valenciana. Sección Quinta: Deber de conservaciónde inmuebles y ruina. Artículos 206 al 215), se puede proce-der a declarar la situación legal de ruina por razones econó-micas, a la vez que no procede la declaración de incumpli-miento por sus legales dueños de su deber urbanístico deconservación, como ha quedado demostrado en los antece-dentes de este informe (no han podido ejercer sus derechosde uso y disfrute sobre sus propiedades).

QUINTO. Informe acerca de si el inmueble reúne condi-ciones de seguridad y salubridad suficientes hasta que seadopte la resolución que proceda.

De lo anteriormente informado, y como conclusión, sedesprende que, en las condiciones actuales no existe riesgoinminente en cuanto a la estabilidad estática de la estructuraaunque si puede existirlo en el caso de que se produzcaalguna acción externa. El riesgo debe evaluarse periódica-mente, ya que al estar el edificio expuesto a los agentesatmosféricos, el proceso de deterioro se va acelerando y seráinevitable la demolición del edificio por los motivos expues-tos y que reiteramos: los daños que afectan a la estructurason técnicamente irreversibles, la demora en los trabajos dedemolición implicarán en el futuro cercano un peligro para laspersonas y la ejecución de medidas de seguridad suficientesresulta ya inútil y arriesgada.

Por lo tanto, con carácter inmediato procede que porparte del Ayuntamiento se declare la ruina y ordene a lapropiedad la demolición de la edificación en el menor plazoposible, debiéndose acordar sin demora las siguientes me-didas cautelares para evitar mayores daños:

- Debe procederse a la colocación de una red protectoraexterior que evite la posibilidad de desprendimiento de por-ciones del cerramiento exterior, ya que en muchos paños seha perdido gran parte del apoyo sobre el que se sustentabay presenta problemas de estabilidad con riesgo hacia la víapública.

- Debe procederse al vallado y señalización del perímetro dela edificación evitando el paso peatonal en las inmediaciones.

En Almoradí, a 25 de julio de 2012; El ArquitectoMunicipal; Fdo. Víctor Rodríguez Pertusa; El Arquitecto Téc-nico Municipal; Fdo. Fermín Cañizares Roca»

4.- La competencia para iniciar y resolver este expe-diente corresponde al Alcalde, en aplicación del artículo 210de la LUV y 504.1 del ROGTU, en relación al artículo 21 dela Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.

5.- Visto el informe del Sr. Arquitecto municipal, y deacuerdo con los preceptos trascritos anteriormente, corres-ponde iniciar el procedimiento para la declaración de situa-ción de ruina de la edificación existente en C/ MiguelHernández esquina Avda. Manuel de Torres, realizándose latramitación indicada con notificación a los que consten conderechos sobre las fincas, no obstante la superioridad acor-dará lo que estime oportuno.

Almoradí, a 16 de octubre de 2012.; El T.A.G.; Fdo.Feliciano Morales Galindo.»

CONSIDERANDO que en fecha 24 de enero de 2013, elSr. Arquitecto municipal ha emitido informe cuyo tenor literales el siguiente:

«INFORME COMPLEMENTARIO (Actualización IVA)El coste estimado de las obras de demolición de la

edificación, según el anexo de cálculo reflejado en informe nº50-12 anterior, de este técnico, de fecha 25 de julio de 2012,una vez actualizado el valor correspondiente al IVA aplica-ble, sería el siguiente:

Lo que se informa para su conocimiento, en Almoradí,a la fecha arriba indicada.

El Arquitecto Municipal. Víctor Rodríguez Pertusa. Fdo.Digitalmente»

Por el presente, RESUELVO:PRIMERO.- Iniciar procedimiento contradictorio para la

declaración de la situación legal de ruina de la edificaciónexistente en C/ Miguel Hernández esquina C/ Manuel deTorres de este municipio.

SEGUNDO.- Adoptar las siguientes medidasprecautorias:

- Debe procederse a la colocación de una red protectoraexterior que evite la posibilidad de desprendimiento de por-ciones del cerramiento exterior, ya que en muchos paños seha perdido gran parte del apoyo sobre el que se sustentabay presenta problemas de estabilidad con riesgo hacia la víapública.

-Debe procederse al vallado y señalización del períme-tro de la edificación evitando en paso peatonal en las inme-diaciones.

Estas medidas precautorias, por motivo de peligro parala integridad de las personas y la urgencia en su ejecución,las ejecutará el Excmo. Ayuntamiento de Almoradí, sin per-juicio de la repercusión de su coste a los propietarios.

TERCERO.- Conceder a los interesados plazo de au-diencia por 15 días, para que puedan formular alegacionesy presentar los documentos, justificantes y medios de pruebaque estime pertinentes.

CUARTO.- Notificar el presente Decreto a los interesados.»Fdo.- El Concejal Delegado de Urbanismo Fdo.- El

Secretario GeneralDocumento firmado digitalmente.Lo que le comunico para su conocimiento y efectos

oportunos, significándole que contra la presente Resolución,podrá formular alegaciones y presentar los documentos,justificantes y medios de prueba que estime pertinentes,durante el plazo

de 15 días, contados a partir del siguiente al de lanotificación de la presente Resolución.

JUAN ROJO GALLEGOPDA. ARBOLEJA LOS TORRES, 3730009, MURCIAJUAN ROJO GALLEGOCMNO. PEDRIÑANES, 50, P. Baja30168, ERA ALTA, MURCIAHabiéndose intentado la notificación en los últimos

domicilios conocidos, ésta no se ha podido practicar, habien-do sido devuelto por el servicio de correos con las anotacio-nes de «Dirección incorrecta» y «Desconocido».

Almoradí, a 16 de Abril de 2013EL ALCALDE,Fdo. Antonio A. Hurtado Roca

*1307742*

PRESUPUESTO ESTIMADO DE DEMOLICIÓN DE EDIFICACIÓN EN CALLE MIGUEL HERNÁNDEZ

Ud Concepto Precio Medición TotalUd Desvío de instalaciones previo a demolición de la

edificación mediante postes de hormigón en acera200,00 3,00 600,00

m3 Demolición total de edificación no terminada, compuestapor planta baja y cuatro plantas de viviendas, de estructuramixta de hormigón armado y acero y cerramiento parcialde fachada y medianeras y elementos de tabiqueríainterior y cerramiento de escalera, así como de forjados devigueta, incluyendo escalera, por medios manuales ymecánicos, utilizando retro-giratoria de 30Tn y los mediosauxiliares que permitan el trabajo en condiciones deseguridad, así como ayuda manual en elementospuntuales de medianería, incluyendo p.p. de carga ytransporte de escombros a vertedero. Medido el volumenaparente inicial definido por la superficie exterior de loselementos básicos de la edificacion.

10,00 2.973,00 29.730,00

Elaboración y Cumplimiento del Plan de Seguridad durantela demolición.

1.189,20

1,00

1.189,20

Ud Elaboración y Cumplimiento del Plan de Gestión deResiduos (RD 105/2008) durante la demolición.

1.100,001,00

1.100,00

Ud Honorarios técnicos de Proyecto de Demolición y Proyectode Gestión de Resíduos, así como los correpondientes aDirección de Obra y Coordinación en materia deSeguridad y Salud de la obra.

2.378,40

1,00

2.378,40

Total 34.997,60

Gastos Generales (13%) 4.549,69Beneficio Industrial (6%) 2.099,86

Total 41.647,14

IVA (21%) 8.745,90

TOTAL 50.393,04

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1 2boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 75

EDICTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, reformada por la Ley 4/1999, de 13 deenero, se hace pública notificación de la siguiente:

Resolución de Concejal DelegadoExpediente nº: 49/2012Destinatario: NOVOSOL S.A.Procedimiento: Declaración de Ruina Ordinaria Edificio

C/ Miguel Hernández esq. C/ Manuel de TorresNOTIFICACIÓN A LOS PROPIETARIOS, OCUPAN-

TES, TITULARES DE DERECHOS REALES Y PERSONASPARTE EN EL PROCEDIMIENTO

Mediante la presente se le notifica la Resolución delConcejal Delegado nº 117-2013 de fecha 5 de marzo de2013, del tenor literal siguiente:

«DECRETO.- Visto el expediente de ruina de la edifica-ción existente en C/ Miguel Hernández esquina Avda. Ma-nuel de Torres.

CONSIDERANDO el informe del Técnico de Adminis-tración General de 16 de octubre de 2.012, cuyo tenor literales el siguiente:

«INFORME JURÍDICOInforme que emite el funcionario que suscribe en rela-

ción al informe realizado por el arquitecto municipal sobreruina de edificación, sita en C/ Miguel Hernández esquinaAvda. Manuel de Torres.

1.- En materia de deber de conservación de inmueblesy ruina, la legislación aplicable es fundamentalmente la Ley16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana (LUV),en concreto, sus artículos 206 a 215, y el Decreto 67/2006,de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento deOrdenación y Gestión Territorial y Urbanística (ROGTU), enconcreto en sus artículos 498 a 509.

2.- El artículo 210 de la LUV establece que «1. Procededeclarar la situación legal de ruina cuando el coste de lasreparaciones necesarias para devolver la estabilidad, segu-ridad, estanqueidad y consolidación estructurales a un edifi-cio o construcción, manifiestamente deteriorada, o pararestaurar en ella las condiciones mínimas que permitan suuso efectivo, supere el límite del deber normal de conserva-ción calculado conforme al artículo 208.

2. Procederá, asimismo, la declaración de ruina, cuan-do el propietario acredite haber cumplido puntualmente lodispuesto en el artículo 206, realizando diligentemente lasobras recomendadas, al menos, en los dos últimos certifica-dos de inspección periódica y el coste de éstas, unido al delas que estén pendientes de realizar, con los fines antesexpresados, supere el límite enunciado en el párrafo ante-rior, apreciándose una tendencia constante y progresiva enel tiempo al aumento de las inversiones necesarias para laconservación del edificio.

3. Corresponderá a los Ayuntamientos declarar la situa-ción legal de ruina, incoando el procedimiento de oficio ocomo consecuencia de denuncia formulada por cualquierinteresado. En las actuaciones se citará a los ocupanteslegítimos de la construcción y a los titulares de derechossobre ella que consten en los registros públicos, así como alos órganos competentes cuando resulte afectado el patri-monio histórico.

4. La declaración de la situación legal de ruina debedisponer las medidas necesarias para evitar eventualesdaños físicos y, además, proponer la declaración de incum-plimiento por el dueño de su deber urbanístico de conserva-ción o manifestar, razonadamente, la improcedencia de estoúltimo.

La propuesta de declarar el incumplimiento del deber deconservación, formulada junto a la declaración de ruinalegal, no será definitiva ni surtirá efecto sin previa audienciade los interesados y resolución del Alcalde dictada a la vistade las alegaciones presentadas.

No procede declarar el incumplimiento del deber deconservación si la ruina legal es causada por fuerza mayor,

hecho fortuito o culpa de tercero, ni cuando el dueño tratede evitarla con adecuado mantenimiento y cuidadoso usodel inmueble, reparando sus desperfectos con razonablediligencia.

5. La declaración de ruina legal respecto a un edificio nocatalogado, ni objeto de un procedimiento de catalogación,determina para su dueño la obligación de rehabilitarlo odemolerlo, a su elección.

6. Si la situación legal de ruina se declara respecto aedificio catalogado u objeto del procedimiento de cataloga-ción, el propietario deberá adoptar las medidas urgentes eimprescindibles para mantenerlo en condiciones de seguri-dad. La Administración podrá concertar con el propietario surehabilitación. En defecto de acuerdo, puede ordenarle quela efectúe otorgándole la correspondiente ayuda u ordenar lainclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificios aRehabilitar.»

Por su parte, el artículo 208.3 de la LUV establece quese entienden que las obras a ejecutar «exceden del límite deldeber normal de conservación cuando su coste supere lamitad del valor de una construcción de nueva planta, consimilares características e igual superficie útil que la preexis-tente, realizada con las condiciones imprescindibles paraautorizar su ocupación. Si no se trata de un edificio sino deotra clase de construcción, dicho límite se cifrará, en todocaso, en la mitad del coste de erigir o implantar una nuevaconstrucción de iguales dimensiones, en condiciones de usoefectivo para el destino que le sea propio»

3.- En fecha 25 de julio pasado el Arquitecto municipal haemitido informe en el que literalmente manifiesta lo siguiente:

«Vista la providencia de la Alcaldía, en la que se solicitala emisión de informe técnico acerca de la situación construc-tiva del inmueble situado en la C/ Miguel Hernández esquinaAvda. Manuel de Torres y que, por tanto, se disponga lapertinente visita técnica, los técnicos que suscriben INFOR-MAN lo siguiente:

PRIMERO.- Que el día 9 de julio de 2012, se procedió agirar visita de inspección técnica al siguiente bien inmueble:

- Dirección: C/ Miguel Hernández esquina Avda. Manuelde Torres

- Referencia catastral: 3503503XH9230S0001HB- Titular catastral: NOVOSOL S.A.- Clasificación y calificación del suelo en el que se ubica:

Suelo Urbano. Núcleo Urbano Residencial. Clave RMD.SEGUNDO.ANTECEDENTES:La mercantil Novosol obtuvo licencia municipal de obras

el 21 de octubre de 1.975 para la construcción de un edificiode 8 viviendas y locales comerciales en C/. Avda. Manuel deTorres esquina a C/. General Goded (hoy Miguel Hernández),Expediente 320/75.

Durante el transcurso de las obras, la promotoraNOVOSOL S.A. procedió a la venta en escritura pública delas viviendas y locales.

Durante el año 1976, por razones de índole económicolas obras fueron paralizadas, quedando al momento de laparalización inconclusas (a continuación se acompaña cua-dro del grado de ejecución de Capítulos de obra terminadosy sin ejecutar). A raíz de dicha paralización comienza unaserie de procedimientos judiciales que provoca que la para-lización de las obras sea definitiva con su total abandono yque los compradores de las viviendas no puedan tomarposesión de las mismas.

En el transcurso del tiempo el Ayuntamiento de Almoradíha tenido que ir adoptando medidas cautelares con respectode la seguridad del inmueble debido al deterioro progresivodel mismo, tales como la demolición total del cerramiento defachada de la última planta, y el cerramiento total de la plantabaja para evitar la entrada al inmueble. Todas estas medidashan corrido a cargo de los presupuestos municipales nohabiéndose podido trasladar a sus legales propietarios por ladificultad del proceso judicial en que se halla el edificio.

TERCERO.- Que de la visita llevada a cabo el día 9 dejulio de 2012, se han apreciado los siguientes daños en elbien inmueble referido:

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Descripción del estado físico del inmueble.El edificio consta de planta baja, destinada a local y

cuatro alturas, distribuido en dos viviendas por planta, esdecir ocho viviendas. El expediente de obras tiene licencia deobras concedida de fecha 21 de octubre de 1975.

La estructura se realiza mediante cimentación por zapa-tas aisladas, estructura portante por pilares de hormigónarmado, jácenas metálicas y forjados de vigueta prefabrica-da de hormigón y bovedilla cerámica.

Los pilares son de hormigón armado, de secciones quevarían entre los 40x40 a 30x30 en planta baja hasta los 25x25en todos los pilares de la planta 3ª y 4ª y torreón de escalera,las dos plantas afectadas con mayor gravedad por la accióndel agua. Esta pequeña sección los hace extremadamentevulnerables a la corrosión. Esta puede apreciarse por laexistencia de fisuras longitudinales producidas por la exis-tencia de humedad exterior. Se aprecia desprendimiento delrecubrimiento en muchos de ellos al haber aumentado lasbarras de volumen. La gravedad se acentúa según la situa-ción del pilar en la edificación, pudiendo llegar a producir larotura a compresión. También es posible apreciar en pilaresla existencia de fisuras y manchas de óxido, lo que enconjunto nos informa de una patología por corrosión de lasarmaduras de estribado, acentuada en las plantas que estánabiertas.

Las características de la estructura horizontal, vigasmetálicas de cuelgue sobre pilares, tiene como resultadouna gran exposición de las mismas a la acción de los agentesatmosféricos sobre la estructura, sobre todo la penetracióndel agua de lluvia. Ello ha dado como resultado la corrosióngeneralizada de las vigas metálicas, en mayor o menorgrado, siendo mayor en las plantas superiores, cuya pérdidade sección ha producido la visible deformación de gran partede las mismas.

El avanzado estado de corrosión en elementostensionados ha producido la aceleración de esta corrosión,aumentando su fragilidad y produciendo exfoliación visibleen gran parte de los elementos estructurales, especialmentegraves en las plantas 3ª y 4ª. Ello hace inutilizable e irrepa-rable estos elementos de estructura. Apareciendo señalesde agotamiento en algunos vanos.

En cuanto a los forjados de viguetas, estos están reali-zado con vigueta autoresistente, que presenta un aspectorelativamente bueno, pero su sección es extremadamentepequeña (20cm) y no presenta mallazo de reparto ni zunchode atado en voladizo y embrochalamientos. Carece de arma-dura de refuerzo de negativos, lo que ha hecho que ladeformación, especialmente en voladizos sea grande,heterogénea y pueda producirse una rotura frágil e inespera-da de los mismos. Muchas de las bovedillas cerámicas estánrotas y el mortero que las recubre al carecer de mallazo hacemuy peligroso el caminar por la forjado. En caso de tener queacceder nuevamente a la edificación, debe extremarse lasprecauciones, evitando pisar sobre el entrevigado del forjado.

Justificación de la causa de declaración de ruina invocada.El inmueble se encuentra sin acabar ya que la promotora

abandonó las obras en 1976. Así pues, el edificio solo tieneterminada la estructura, parte de tabiquería interior y parte delos cerramientos de fachada y medianería de tres de lascuatro plantas. En 2002 el Ayuntamiento procedió al cerra-miento de la planta baja al observar que era posible el accesoa las plantas superiores con el consiguiente peligro. Conanterioridad se había procedido a la demolición parcial decerramiento en vuelos sobre la vía pública, al haberseconsiderado la peligrosidad de los mismos.

La edificación ha permanecido paralizada e inconclusadesde hace más de 35 años. Al carecer de carpinteríaexterior, cerramientos de fachada ni revestimientos, asícomo de terminación en la cubierta, el deterioro de la edifica-ción es muy grande.

El sistema estructural es del tipo denominado mixto, esdecir acero laminado en vigas y hormigón armado en pilares.La edificación es anterior a la primera normativa sísmica,Norma Sismorresistente PDS-1 de noviembre de 1974, por loque era de aplicación la Norma MV-101-1962, con utilización

del mapa de zonas sísmicas, la cual se sigue en el cálculo sinos guiamos por la memoria de cálculo del proyecto.

No obstante, de la inspección efectuada encontramosdeficiencias en la ejecución (ver informe del estado de laestructura), por lo que hace que el grado de hiperestaticidadde la estructura, con las condiciones actuales de deterioro,sea muy pequeño y ello la hace extremadamente sensible acualquier acción exterior sobrevenida, como un viento ex-cepcionalmente fuerte o, por supuesto, un sismo, que laexponen a un fallo parcial estructural, que puede llevar alcolapso total de la edificación.

Descripción y valoración de las obras necesarias paramantener o reponer las condiciones de seguridad y estabili-dad señaladas en el artículo 208 de la Ley UrbanísticaValenciana.

No es posible técnicamente, reponer la edificación a lascondiciones de estabilidad necesarias sin realizar la demo-lición total de la edificación, cerramientos, tabiquería interiory estructura debido al estado precario de estabilidad actualde la estructura. El refuerzo de estructura, en las condicionesactuales es técnicamente inviable, existiendo grave riesgopara la seguridad de cualquier operario que tuviera enco-mendada labores de reparación o refuerzo de la misma.

En estas condiciones, no es posible reponer las condi-ciones de seguridad y estabilidad señaladas en los precep-tos legales, ya que cualquier reparación, pasará siempre,según mi leal saber y entender por la demolición total de laedificación y realización de una nueva estructura portante yaque los daños que la afectan son irreversibles, la demora enlos trabajos de demolición implicará en el futuro cercano unpeligro para las personas y la ejecución de medidas deseguridad resulta ya inútil y arriesgada.

El coste estimado de las obras de demolición de laedificación, según el anexo de cálculo sería el siguiente:

PR ESU PU ESTO ESTIMADO DE DEMOLICIÓN DE EDIFICACIÓN EN CALLE MIGUEL H ER NÁND EZ

Ud Concepto Precio Medición TotalUd Desvío de instalaciones previo a dem ol ición de la

edificación m ediante postes de hormigón en acera200,00 3,00 600,00

m 3 Demolic ión tota l de edificación no term inada, compuestapor planta ba ja y cuatro plantas de v iviendas , de estructuramixta de hormigón arm ado y acero y cerram iento parcialde fachada y medianeras y elem entos de tabiqueríain terior y cerramiento de escalera, así como de forjados devigueta, incluyendo escalera, por m edios m anua les ymecánicos, uti lizando retro-g iratoria de 30Tn y los mediosauxil iares que perm itan e l trabajo en condiciones deseguridad, así como ayuda manual en elem entospuntua les de m edianería, incluyendo p.p . de carga ytransporte de es com bros a ver tedero. M edido el volumenaparente inicia l definido por la superficie exter ior de loselem entos básicos de la edificacion.

10,00 2.973,00 29.730,00

Elaboración y Cumplim iento del Plan de Seguridad durantela demolición .

1.189,20

1,00

1.189,20

Ud Elaboración y Cumplim iento del P lan de Gestión deResiduos (R D 105/2008) durante la dem ol ición.

1.100,001,00

1.100,00

Ud Honorarios técn icos de Proyecto de Demolic ión y Proyectode Gestión de Resíduos , así com o los correpondientes aDirecc ión de Obra y C oord inación en m ateria deSegur idad y Salud de la obra.

2.378,40

1,00

2.378,40

Total 34 .997,60

Gastos Genera les (13%) 4.549,69Benefic io Industria l (6%) 2.099,86

Total 41 .647,14

IVA (18%) 7.496,49

TOTAL 49.143,63

CUARTO. Grado de Ejecución de los capítulos quecomponen el Presupuesto de Ejecución Material del edificioal momento de su paralización.

Consultado el Proyecto Básico y Ejecución obrante enel Archivo de Obras del Ayuntamiento, donde se contiene elPresupuesto de Ejecución Material de las Obras, se procedea la comparación de las obras presupuestadas con las obrasterminadas y con las no ejecutadas tal cual quedaron almomento de su paralización en el año 1976, en pesetas.

CAPITULOS DE OBRA PRESUPUESTO EJECUTADO NO EJECUTADO

I.- MOVIMIENTO DE TIERRAS. 31.904 100% 31.904 0% 0II.- RED HORIZONTAL SANEAMIENTO 50.000 100% 50.000 0% 0III.- CIMENTACIÓN 152.484 100% 152.484 0% 0IV.- HORMIGONES Y HIERRO. 897.923 100% 897.923 0% 0

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CAPITULOS DE OBRA PRESUPUESTO EJECUTADO NO EJECUTADO

V.- ALBAÑILERÍA. 1,140.074 30,42% 346.816 69,58% 793.258VI.- SOLADOS Y ALICATADOS. 464.920 2,30% 10.720 97,70% 454.200VII.- CARPINTERÍA Y CERRAJERÍA. 275.444 0% 0 100% 275.444VIII.- FUMISTERÍA E INSTALACIONES. 410.000 0% 0 100% 410.000IX.- MAQUINARIA. 350.000 0% 0 100% 350.000X.- PINTURA Y CRISTAL. 116.717 0% 0 100% 116.717XI.- MATERIAL SANITARIO 156.000 0% 0 100% 156.000XII.- VARIOS. 48.054 0% 0 100% 48.054TOTAL 4,093.520 36,39% 1,489.847 63,61% 2,603.673

Tal como se aprecia en el cuadro anterior, a la fecha dela paralización de las obras en el año 1976 el porcentaje delpresupuesto de ejecución material realmente ejecutados tansolo fue del 36,39%, quedando un 63,61% sin ejecutar.

La actualización del presupuesto a valor actual (pesetasde 2012 o euros) arrojaría los mismos porcentajes respectoal coste de terminación, por lo que el coste de la terminacióndel edificio supera la mitad del valor de la construcción de unedificio de nueva planta, con similares características e igualsuperficie útil que la preexistente, realizada con las condicio-nes imprescindibles para autorizar su ocupación.

Por lo tanto, teniendo en cuenta la Legislación aplicable(Ley 16/2005, de 30 de diciembre de la Generalidad, Urba-nística Valenciana. Sección Quinta: Deber de conservaciónde inmuebles y ruina. Artículos 206 al 215), se puede proce-der a declarar la situación legal de ruina por razones econó-micas, a la vez que no procede la declaración de incumpli-miento por sus legales dueños de su deber urbanístico deconservación, como ha quedado demostrado en los antece-dentes de este informe (no han podido ejercer sus derechosde uso y disfrute sobre sus propiedades).

QUINTO. Informe acerca de si el inmueble reúne condi-ciones de seguridad y salubridad suficientes hasta que seadopte la resolución que proceda.

De lo anteriormente informado, y como conclusión, sedesprende que, en las condiciones actuales no existe riesgoinminente en cuanto a la estabilidad estática de la estructuraaunque si puede existirlo en el caso de que se produzcaalguna acción externa. El riesgo debe evaluarse periódica-mente, ya que al estar el edificio expuesto a los agentesatmosféricos, el proceso de deterioro se va acelerando y seráinevitable la demolición del edificio por los motivos expues-tos y que reiteramos: los daños que afectan a la estructurason técnicamente irreversibles, la demora en los trabajos dedemolición implicarán en el futuro cercano un peligro para laspersonas y la ejecución de medidas de seguridad suficientesresulta ya inútil y arriesgada.

Por lo tanto, con carácter inmediato procede que porparte del Ayuntamiento se declare la ruina y ordene a lapropiedad la demolición de la edificación en el menor plazoposible, debiéndose acordar sin demora las siguientes me-didas cautelares para evitar mayores daños:

- Debe procederse a la colocación de una red protectoraexterior que evite la posibilidad de desprendimiento de por-ciones del cerramiento exterior, ya que en muchos paños seha perdido gran parte del apoyo sobre el que se sustentabay presenta problemas de estabilidad con riesgo hacia la víapública.

- Debe procederse al vallado y señalización del perímetro dela edificación evitando el paso peatonal en las inmediaciones.

En Almoradí, a 25 de julio de 2012; El ArquitectoMunicipal; Fdo. Víctor Rodríguez Pertusa; El Arquitecto Téc-nico Municipal; Fdo. Fermín Cañizares Roca»

4.- La competencia para iniciar y resolver este expe-diente corresponde al Alcalde, en aplicación del artículo 210de la LUV y 504.1 del ROGTU, en relación al artículo 21 dela Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.

5.- Visto el informe del Sr. Arquitecto municipal, y deacuerdo con los preceptos trascritos anteriormente, corres-ponde iniciar el procedimiento para la declaración de situa-ción de ruina de la edificación existente en C/ MiguelHernández esquina Avda. Manuel de Torres, realizándose latramitación indicada con notificación a los que consten conderechos sobre las fincas, no obstante la superioridad acor-dará lo que estime oportuno.

Almoradí, a 16 de octubre de 2012.; El T.A.G.; Fdo.Feliciano Morales Galindo.»

CONSIDERANDO que en fecha 24 de enero de 2013, elSr. Arquitecto municipal ha emitido informe cuyo tenor literales el siguiente:

«INFORME COMPLEMENTARIO (Actualización IVA)El coste estimado de las obras de demolición de la

edificación, según el anexo de cálculo reflejado en informe nº50-12 anterior, de este técnico, de fecha 25 de julio de 2012,una vez actualizado el valor correspondiente al IVA aplica-ble, sería el siguiente:

PRESUPUESTO ESTIMADO DE DEMOLICIÓN DE EDIFICACIÓN EN CALLE MIGUEL HERNÁNDEZ

Ud Concepto Precio Medición TotalUd Desvío de instalaciones previo a demolición de la

edificación mediante postes de hormigón en acera200,00 3,00 600,00

m3 Demolición total de edificación no terminada, compuestapor planta baja y cuatro plantas de viviendas, de estructuramixta de hormigón armado y acero y cerramiento parcialde fachada y medianeras y elementos de tabiqueríainterior y cerramiento de escalera, así como de forjados devigueta, incluyendo escalera, por medios manuales ymecánicos, utilizando retro-giratoria de 30Tn y los mediosauxiliares que permitan el trabajo en condiciones deseguridad, así como ayuda manual en elementospuntuales de medianería, incluyendo p.p. de carga ytransporte de escombros a vertedero. Medido el volumenaparente inicial definido por la superficie exterior de loselementos básicos de la edificacion.

10,00 2.973,00 29.730,00

Elaboración y Cumplimiento del Plan de Seguridad durantela demolición.

1.189,20

1,00

1.189,20

Ud Elaboración y Cumplimiento del Plan de Gestión deResiduos (RD 105/2008) durante la demolición.

1.100,001,00

1.100,00

Ud Honorarios técnicos de Proyecto de Demolición y Proyectode Gestión de Resíduos, así como los correpondientes aDirección de Obra y Coordinación en materia deSeguridad y Salud de la obra.

2.378,40

1,00

2.378,40

Total 34.997,60

Gastos Generales (13%) 4.549,69Beneficio Industrial (6%) 2.099,86

Total 41.647,14

IVA (21%) 8.745,90

TOTAL 50.393,04

Lo que se informa para su conocimiento, en Almoradí,a la fecha arriba indicada.

El Arquitecto Municipal. Víctor Rodríguez Pertusa. Fdo.Digitalmente»

Por el presente, RESUELVO:PRIMERO.- Iniciar procedimiento contradictorio para la

declaración de la situación legal de ruina de la edificaciónexistente en C/ Miguel Hernández esquina C/ Manuel deTorres de este municipio.

SEGUNDO.- Adoptar las siguientes medidasprecautorias:

- Debe procederse a la colocación de una red protectoraexterior que evite la posibilidad de desprendimiento de porcionesdel cerramiento exterior, ya que en muchos paños se ha perdidogran parte del apoyo sobre el que se sustentaba y presentaproblemas de estabilidad con riesgo hacia la vía pública.

-Debe procederse al vallado y señalización del períme-tro de la edificación evitando en paso peatonal en las inme-diaciones.

Estas medidas precautorias, por motivo de peligro parala integridad de las personas y la urgencia en su ejecución,las ejecutará el Excmo. Ayuntamiento de Almoradí, sin per-juicio de la repercusión de su coste a los propietarios.

TERCERO.- Conceder a los interesados plazo de au-diencia por 15 días, para que puedan formular alegacionesy presentar los documentos, justificantes y medios de pruebaque estime pertinentes.

CUARTO.- Notificar el presente Decreto a los interesados.»Fdo.- El Concejal Delegado de Urbanismo Fdo.- El

Secretario GeneralDocumento firmado digitalmente.Lo que le comunico para su conocimiento y efectos

oportunos, significándole que contra la presente Resolución,podrá formular alegaciones y presentar los documentos,justificantes y medios de prueba que estime pertinentes,durante el plazo

de 15 días, contados a partir del siguiente al de lanotificación de la presente Resolución.

NOVOSOL S.A.C/ ALMOHAJAR, 2, ENTLO. IZ30002, MURCIA

Page 15: BOLETÍN OFICIAL - Diputación de Alicantesede.diputacionalicante.es/documentos/EMERI/Tablon/00045.pdf · 2019. 4. 12. · -autorizaciÓn de vertido de aguas residuales en el t.m.

boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 751 5

Habiéndose intentado la notificación en el último domi-cilio conocido, ésta no se ha podido practicar, habiendo sidodevuelto por el servicio de correos con la anotación de«Desconocido» y por el Notificador del Ayuntamiento con elresultado de «No practicada»

Almoradí, a 16 de Abril de 2013EL ALCALDE,Fdo. Antonio A. Hurtado Roca

*1307743*

AYUNTAMIENTO DE BENIDOLEIG

EDICTO

CORRECION DE ERROREn el B.O.P nº 132 de fecha 12 de julio de 2012 se

publicó edicto relativo a aprobación definitiva de la modifica-ción de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobreBienes Inmueble.

Advertido error se procede a su subsanación:Donde dice «El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebra-

da el 27 de septiembre de 2007,…..»Debe decir «El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebra-

da el 30 de marzo de 2012,…..»Benidoleig a 15 de abril de 2013La Alcaldesa,Fdo. Mª Dolores Ern Agud

*1307755*

AYUNTAMIENTO DE BENISSA

EDICTO

NOTIFICACION POR COMPARECENCIAA los responsables que a continuación se relacionan y

tienen la condición de interesados en expedientes tramita-dos por este Ayuntamiento, no se les ha podido practicar enel último domicilio conocido, y por causas no imputables a laAdministración, las notificaciones correspondientes a losprocedimientos que se detallan, por lo que, de acuerdo conlo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 30/92 de 26 denoviembre de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común y art.105.6de la Ley General Tributaria, según redacción dada por la Ley66/1997, de 30 de Diciembre, se les cita a ellos o a susrepresentantes para ser notificados por comparecencia.

Para recibir la notificación deberán comparecer en elsiguiente lugar y plazo:

LUGAR: Departamento de Urbanismo del Ayuntamien-to de Benissa sito en Costera del Pobil s/n, en horario delunes a viernes de 8,30 a 14,30 horas.

PLAZO: La comparecencia deberá efectuarse en elplazo de QUINCE DIAS naturales, contados desde el si-guiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provinciade Alicante.

Una vez transcurrido dicho plazo sin que el interesadoo su representante haya comparecido, se entenderá la noti-ficación producida a todos los efectos legales desde el díasiguiente al del vencimiento del plazo señalado para compa-recer.

EXPEDIENTE SANCIONADOR73/2009 Pedro Garcia IvarsC/ Los Almendros 15-4º izda 03710 CALPE 1.154’85

EurosEn Benissa a,17 de abril de 2013El Concejal Delegado de UrbanismoArturo Poquet Ribes

*1307761*

AYUNTAMIENTO DE BUSOT

EDICTO

Aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesiónordinaria celebrada el día 10 de abril de 2013, el padrón dela tasa por suministro de agua, correspondiente al PrimerTrimestre de 2013, por importe de 24.265,59 euros, deconformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del RealDecreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley Reguladora de Hacienda Locales, seexpone al público durante el plazo de quince días en lasoficinas de este ayuntamiento, a los efectos de que por laspersonas interesadas pueda examinarse y presentarse lasreclamaciones que se estimen oportunas.

Asimismo se pone en conocimiento de los interesadosque el periodo de cobranza de dicho padrón en periodovoluntario, será de dos meses a contar desde el día siguientea la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de laProvincia. Los recibos que no estuvieran domiciliados sepodrán hacer efectivos en la oficina bancaria de la Caja deAhorros del Mediterráneo de esta localidad, a través deldocumento de cobro remitido por este ayuntamiento. Encaso de no recepción o extravío del mismo se podrá obtenerun duplicado en las oficinas de este ayuntamiento antes dela finalización del periodo voluntario.

Transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, lasdeudas serán exigidas por la vía de apremio y devengarán losintereses, recargos y demás gastos legalmente establecidos.

Busot, 17 de Abril de 2013.El Alcalde PresidenteFdo.: Alejandro Morant Climent

*1307770*

AYUNTAMIENTO DE CASTALLA

ANUNCIO

Esta Alcaldía, de acuerdo con lo dispuesto en losartículos 43 y 44 del Reglamento de Organización, Funciona-miento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, porDecreto número ciento quince de fecha doce de abril delpresente ejercicio, ha resuelto revocar el nombramiento delsiguiente concejales en el desempeño de las funciones quese indican:

- A Dª Mª LUZ MONLLOR MOLLA.- Sanidad, Control deactividades y Mercado.

Y nombrar al siguiente Concejal para el desempeño delas funciones que se relacionan, con las facultades dedirección, organización interna y gestión de los correspon-dientes servicios, con exclusión de la facultad de resolvermediante actos administrativos que afecten a tercero.

- A Dª Mª MAGDALENA DURA RICO.- Comercio, Sani-dad, Control de actividdes y mercado.

Lo que se hace público a los efectos procedentes.Castalla, 16 de abril de 2013.LA ALCALDESA-PRESIDENTA,Fdo. Mª Teresa Gimeno Piña.

*1307698*

EDICTO

Modificación de las Bases para la concesión de becaspara niños de 0 a 3 años matriculados en la Escuela InfantilNinos para el curso escolar 2012-2013

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día11 de marzo de 2013, acordó aprobar las Bases para laconcesión de becas para niños de 0 a 3 años matriculados enla Escuela Infantil Ninos para el curso escolar 2012/2013, lascuales fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincianúmero 60 de fecha 28 de marzo de 2013.

Page 16: BOLETÍN OFICIAL - Diputación de Alicantesede.diputacionalicante.es/documentos/EMERI/Tablon/00045.pdf · 2019. 4. 12. · -autorizaciÓn de vertido de aguas residuales en el t.m.

1 6boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 75

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día9 de abril de 2013 aprobó la modificación de las Bases parala concesión de becas para niños de 0 a 3 años matriculadosen la Escuela Infantil Ninos para el curso escolar 2012-2013,en el siguiente sentido:

Donde dice:«Quinta.- CRITERIOS DE VALORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN.5.1. Cuantía de las subvenciones: Serán beneficiarios

de la subvención todas las familias que no superen los16.000 euros de renta per cápita familiar.(…)»

Debe decir:«Quinta.- CRITERIOS DE VALORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN.5.1. Cuantía de las subvenciones: Serán beneficiarios

de la subvención todas las familias que no superen los21.000 euros de renta per cápita familiar.(…)»

Se modifica la cláusula segunda de las bases para laconcesión de becas para niños de 0 a 3 años matriculados enla Escuela Infantil Ninos para el curso escolar 2012-2013,incluyendo en la relación de documentos que se acompaña-rán a la solicitud, la siguiente documentación:

· Declaración de la renta del año 2011 de todas laspersonas empadronadas en la misma vivienda que el alum-no. En el caso de no haber realizado la declaración de larenta, deberán aportar el certificado negativo de Hacienda. Obien, la correspondiente autorización al Ayuntamiento deCastalla para solicitar a la Agencia Tributaria el suministro deesta información.

El plazo para la presentación de solicitudes será deveinte días naturales a partir del día siguiente a la publicacióndel presente Edicto de modificación de las bases en elBoletín Oficial de la Provincia.

En Castalla, a 9 de abril de 2013.LA ALCALDESA-PRESIDENTA,Fdo.: María Teresa Gimeno Piña.

*1307827*

AYUNTAMIENTO DE DÉNIA

EDICTO

En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5.º y 61 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, y habiéndose intentado la notificación alinteresado o su representante por dos veces, sin que hayasido posible practicarla por causas no imputables a la Admi-nistración, se manda a publicar en el Boletín Oficial de laProvincia de Alicante y en el tablón de edictos del Ayunta-miento de Denia el presente Edicto por el que se pone demanifiesto que se encuentran pendientes de notificar losactos que se especifican a continuación:

- Interesada: María Carmen Rojas y Dasí.Expediente: 3606-3615-181-2011-E.Infracción: Leve (47.1 O.M. de Vertidos).Sanción: Multa hasta 750 €.Acto notificado: Incoación de procedimiento sanciona-

dor y concesión de trámite de audiencia.Plazo de alegaciones: Quince días hábiles a contar

desde el día siguiente al que el acto se entienda notificado.Plazo para interponer Recurso de Reposición: No pro-

cede al tratarse de un acto de trámite.- Interesado: Monte Sella, S.L..Expediente: 3606-3610-20-2013.Infracción: grave (art. 73.4 B de la Ley 10/2000,de

residuos de la Comunidad Valenciana).Acto notificado: Providencia de alcaldía sobre incoación

del procedimiento sancionador y adopción de medidas co-rrectoras y cautelares

Plazo de alegaciones: Quince días hábiles a contardesde el día siguiente al que el acto se entienda notificado.

Plazo para interponer recurso de Reposición: No proce-de al tratarse de un acto de trámite.

- Interesado: Alyson LovellExpediente: 3610-82-2013-ELActo notificado: Denegación de autorización a la tala del

pino por considerar que noexiste riesgo de caída del mismo.- Interesado: Lolialbe, S.L.Expediente: 3615-206-2010-dmActo notificado: Resolución núm_39/2013_del Conce-

jal Delegado de Deportes y Medio Ambiente:· Ordenar al propietario a ejecutar las actuaciones

necesarias para subsanar las deficiencias existentes en elinmueble ubicado en la calle Sant Roc, número 26 de estalocalidad consistentes en el desbroce de la vegetación exis-tente en la parcela y eliminación de restos de desbroce, yvallado del solar a base de tela metálica y postes metálicoshasta una altura máxima de la tela de 2 metros, tal y como seexpone en el Antecedente segundo, por ser necesarias paramantener el inmueble en las debidas condiciones de Segu-ridad, salubridad y ornato público.

· Apercibimiento que el incumplimiento de esta ordenlleva aparejada la imposición de hasta diez multas coerciti-vas equivalentes cada una de ellas a 10% del valor de lasobras ordenadas o su ejecución subsidiaria por el Ayunta-miento y a costa de los obligados.

Plazo de ejecución: quince días hábiles contados desdeel siguiente a la publicación de este anuncio.

Plazo para interponer recurso de Reposición: un mes órecurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.

- Interesada: Popa CosticaExpediente: 3606-01-2013-dmInfracción: Leve (16.4 O.M. Uso del Fuego).Sanción: Multa hasta 600€.Acto notificado: Incoación de procedimiento sanciona-

dor y concesión de trámite de audiencia.Plazo de alegaciones: Quince días hábiles a contar

desde el día siguiente al que el acto se entienda notificado.Plazo para interponer Recurso de Reposición: No pro-

cede al tratarse de un acto de trámite.En virtud de lo anterior dispongo que los interesados

arriba indicados, o sus representantes debidamente acredi-tados, deberán comparecer en el plazo de DIEZ DÍAS,contados desde el siguiente al de la publicación de lapresente resolución en el Boletín Oficial de Alicante, para suconocimiento íntegro del mismo, de lunes a viernes, de 9.00a 14.00 horas, en el Área de Urbanismo del Ayuntamiento deDenia, sita en Ronda de les Muralles, nº 42.

Asimismo se advierte a los interesados que, de nocomparecer en el citado plazo, la notificación se entenderáproducida a todos los efectos legales desde el día siguienteal de vencimiento del plazo señalado para comparecer.

En Denia, a 5 de abril de 2013.LA ALCALDESA PRESIDENTAAna Mª Kringe Sánchez

*1307829*

AYUNTAMIENTO DE ELCHE

EDICTO

Publicación DesconocidosDe conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de

la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, se hace pública notificación de caráctercolectivo de las resoluciones recaídas en los expedientes enmateria de Urbanismo que se indican y habiéndose intentadola notificación al interesado o su representante legal por dosveces, sin que haya sido posible practicarla, por causas noimputables a este Ayuntamiento, se ponen de manifiesto,mediante el presente Edicto que se encuentran pendientesde notificar las siguientes resoluciones:

- Dª María Orts García y D. Vicente Serna Fuentes(Estimación parcial del Recurso de Reposición E-29)

Page 17: BOLETÍN OFICIAL - Diputación de Alicantesede.diputacionalicante.es/documentos/EMERI/Tablon/00045.pdf · 2019. 4. 12. · -autorizaciÓn de vertido de aguas residuales en el t.m.

boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 751 7

En virtud de lo anterior, dispongo que los interesadosrelacionados deberán comparecer en el plazo de diez díascontados desde el siguiente al de la publicación de lapresente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, delunes a viernes de 9,00 a 14,00 horas, en el Departamento deUrbanismo, para conocimiento íntegro del mencionado actoy constancia de tal conocimiento.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de nocomparecer en el citado plazo, la notificación se entenderáproducida a todos los efectos legales desde el día siguienteal de vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Elche, 11 de abril de 2013El Tte. Alcalde de Ordenación Urbana e InfraestructurasFdo. Vicente J. Granero Miralles

*1307667*

EDICTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y61 de la Ley 30/1992, se hace pública notificación de caráctercolectivo de las resoluciones recaídas en los expedientes enmateria de tramitación de Licencias de Apertura que seindican y habiéndose intentado la notificación al interesadoo su representante legal, sin que haya sido posible practicar-la, por causas no imputables a este Ayuntamiento, se ponende manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuen-tran pendientes de notificar las siguientes resoluciones:

INTERESADO DOMICILIO CIUDAD EXPTE.

AGULLÓ & QUILES CB C/PÍO BAROJA, 38 ELCHE 955/03CALZADOS VAN BACK SL PG. L’ALJUB S/N LOCAL B49 ELCHE 376/03GARCÍA LEGUEY EDUARDO C/CALLOSA DEL SEGURA, 3 5º H ELCHE 452/03JUEGOS Y TELECOMUNIC. SL C/JUAN RAMÓN JIMÉNEZ, 15 ELCHE 551/00LÓPEZ GRANADOS MIGUEL C/JUAN RAMÓN JIMÉNEZ, 4 ELCHE 1013/12MARIN JACOBE JUAN C/HNOS. NAVARRO CARACENA, 2 ELCHE 536/03MODAS AZACHE SL AVDA. DE LA LIBERTAD, 132 ELCHE 706/02MORENO PÉREZ MARIA PTDA. CARRÚS P.1 N-1 316 ELCHE 858/03MOYA MORILLAS JOSÉ C/PILAR DE LA HORADADA 4-5-6 ELCHE 458/02NIETO BARREDA FERNANDO C/BENITO PÉREZ GALDÓS 30-1 ELCHE 103/03PLA JOSÉ DE HOSTELERÍA SL C/EMILIO SALA HERNÁNDEZ, 27 ELCHE 1060/02

En virtud de lo anterior, dispongo que los interesadosrelacionados deberán comparecer en el plazo de diez díascontados desde el siguiente al de la publicación de lapresente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, delunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas, en el Negociado deAperturas del Ajuntament d’Elx, sito en calle La Fira, 2, paraconocimiento íntegro del mencionado acto y constancia detal conocimiento.

Asimismo se advierte a los interesados que, de nocomparecer en el citado plazo, la notificación se entenderáproducida a todos los efectos legales desde el día siguienteal del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Elche, a 17 de abril de 2013El Tte Alcalde de Empresa y Empleo(Por delegación de la J.G.L. del 24/06/11)

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AYUNTAMIENTO DE GUARDAMAR DEL SEGURA

EDICTO

ANUNCIO DE NOTIFICACIÓNIntentada la notificación personal en el domicilio de los

interesados que se indica del Decreto de Alcaldía Nº 995/2013 de fecha 14/03/2013, dictado en expediente númeroGESTIONA 1430/2013, PADRÓN 21/2013, asunto BAJAPOR INSCRIPCIÓN INDEBIDA, sin que se haya podidopracticar, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común, se procede a su notificación por medio de anun-cios en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el BoletínOficial de la Provincia de Alicante:

«Atendido que este Ayuntamiento ha conocido la exis-tencia de circunstancias suficientes para presumir que laspersonas que a continuación se relacionan no residen eneste municipio y en el domicilio en el que figuran empadrona-dos durante la mayor parte del año:

APELLIDO NOMBRE DOC DIRECCION

GEILER MIKE HARRY Y1476673H AV. CERVANTES, 12 PBJKAISER ADRIANA MIRTA Y1543880L AV. CERVANTES, 12 PBJSHARMA NANCY SHIRLEY L0070811 AV. LOS PINOS, 38 1º PTA. ASHARMA SANAT PAAL 20416293 AV. LOS PINOS, 38 1º PTA. ASHARMA PRITI NENA 20416278 AV. LOS PINOS, 38 1º PTA. APEREIRA DOS SANTOS JOSÉ PABLO 74534060F C. ARENAS, 1 1º PTA. HMAWSON THOMAS IAN 455047830 C. EL BOVALAR, 69 PTA. 9MAWSON ELAINE 455047818 C. EL BOVALAR, 69 PTA. 9WALTERS ROY ERNEST X6564125V C. EL BOVALAR, 7WALTERS JESSICA JOY X6564122Z C. EL BOVALAR, 7HAMILTON MICHELLE MCDONALD 40220082 C. MAESTRO JESÚS LUCAS MACIÁ, 2 2º PTA. 1HAMILTON JASMINE LEE 105088848 C. MAESTRO JESÚS LUCAS MACIÁ, 2 2º PTA. 1BAO HU ALEJANDRO N/C C. SANCHIS GUARNER, 21 3º PTA. 6QU CHONG GANG G18968231 C. SANCHIS GUARNER, 21 3º PTA. 6ZHENG XIAOLAN X8058546J C. SANCHIS GUARNER, 21 3º PTA. 6BROEDERS JOHANNES HENDRIKUS X8791004J PARAJE EL CAMPICO, 28 PTA. BBROEDERS BES SYLVIA X2307835S PARAJE EL CAMPICO, 28 PTA. BFALLOW JENNIE 622122027 RESID. PINAR DE GUARDAMAR, 11 231GATES STUART JAMES 622108791 RESID. PINAR DE GUARDAMAR, 11 231VERSTEEGE ALBERTA RIKA M12698706 URB. ALTOS DE GUARDAMAR, 8 PBJ

Atendido que el artículo 54.1 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento dePoblación y Demarcación Territorial de las Entidades Loca-les, establece la obligación de toda persona que viva enEspaña de estar inscrito en el padrón del municipio en el queresida habitualmente y, en caso de residir en varios munici-pios, únicamente en el que habite durante más tiempo al año.La falsedad en el empadronamiento puede ser consideradacomo infracción electoral y sancionada con multa de 30,01euros a 601,01 euros, conforme a lo dispuesto en el artículo153.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del RégimenElectoral General.

Atendido que los servicios municipales competentes,tras las comprobaciones oportunas, han constatado que lascitadas personas no residen habitualmente en este munici-pio, procede la incoación de expediente de baja de oficio delPadrón Municipal de Habitantes por inscripción indebida.

En cumplimiento del artículo 72 del citado Reglamentode Población y Demarcación Territorial de las EntidadesLocales y de la Resolución conjunta de la Presidenta delInstituto Nacional de Estadística y del Director general deCooperación Territorial, de 1 de abril de 1997, por la que sedictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre lagestión y revisión del padrón municipal, RESUELVO:

1.º- Que se inicie el procedimiento para dar de baja deoficio del Padrón Municipal de Habitantes a las personasindicadas, por su inscripción indebida, por haberse compro-bado que no residen en este municipio durante la mayorparte del año.

2.º- Que se notifique la presente por los procedimientosprevistos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, a los afectados para que, enun plazo de 10 días, aleguen y presenten por escrito losdocumentos y justificaciones que estimen pertinentes, alobjeto de acreditar que es en este municipio en el queresiden el mayor número de días al año, o bien manifiestensu conformidad con la baja, indicando el domicilio, muni-cipio y, en su caso, país en el que viven habitualmente, encuyo caso deberán solicitar por escrito el alta en el Padrónde Habitantes correspondiente, que será tramitada poreste Ayuntamiento.

Si los interesados manifiestan su disconformidad con labaja o no efectúan alegación alguna una vez transcurrido elplazo señalado al efecto, y no figuran empadronados enningún otro municipio, se procederá a su baja de oficio delPadrón Municipal de Habitantes, previo informe favorable delConsejo de Empadronamiento. «

En Guardamar del SeguraLa Alcaldesa-PresidentaDocumento firmado digitalmente

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Page 18: BOLETÍN OFICIAL - Diputación de Alicantesede.diputacionalicante.es/documentos/EMERI/Tablon/00045.pdf · 2019. 4. 12. · -autorizaciÓn de vertido de aguas residuales en el t.m.

1 8boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 75

AYUNTAMIENTO DE IBI

EDICTO

Transcurrido el período de exposición e informaciónpública y audiencia de los interesados, sobre el(os) acuerdo(s)provisional(es) adoptado(s) por esta Corporación, en sesiónplenaria nº 02/2.013, celebrada el día 01 de febrero del año2.013, en el punto 8º, sin que haya sido presentada reclama-ción o sugerencia alguna, de conformidad con lo previsto enel artículo 17.3 del R.D.L. 2/2.004, de 05 de Marzo y loacordado por la Corporación, ha sido automáticamente ele-vado a definitivo, el acuerdo de imposición y ordenación dela Ordenanza Municipal que se indica:

- Derogación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de latasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especialdel dominio público local, a favor de empresas explotadoraso prestadoras del servicio de telefonía móvil.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuestoen los artículos 17.4 del R.D.L. 2/2.004, de 05 de Marzo y 70.2de la Ley 7/1.985, de 2 de abril.

Ibi, a 17 de abril del año 2.013El Teniente de Alcalde,Rafael Serralta Vilaplana.

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AYUNTAMIENTO DE MILLENA

EDICTO

En cumplimiento del artículo 5.1 de Reglamento 3/95 delos Jueces de Paz y resultando que en fechas próximas seproducirán vacantes de Juez de Paz titular y sustituto de estemunicipio, por el presente edicto se pone en conocimiento atodos los interesados, que reuniendo los requisitos estable-cidos en el artículo 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial,no se hallen incursos en ninguna de las causas de incapaci-dad o incompatibilidad previstas en los artículos 303 y 389 dela misma Ley, deseen participar en el procedimiento deselección, en cuyo caso habrán de formular solicitud porescrito en el que se haga constar sus datos personales,acompañando fotocopia del Documento Nacional de Identi-dad y con arreglo a las siguientes condiciones: Lugar depresentación: Registro General del Ayuntamiento, o algúnotro de los medios establecidos e el artículo 38.4, de la Leyde Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas yProcedimiento Administrativo Común. Plazo: Quince díashábiles contados a partir de la publicación de este Edicto enel Boletín Oficial de la Provincia.

Requisitos: Tener nacionalidad española, ser mayor deedad, y no estar incurso en ninguna de las causas deincapacidad del artículo 303 de la Ley Orgánica del PoderJudicial.

Lo que se hace público para general conocimiento.MILLENA, 16 de abril de 2013.El Alcalde,Cesar García Bonet.

*1307737*

AJUNTAMENT DE MURO DE ALCOY

EDICTE

EDICTE DE NOTIFICACIÓHavent-se informat per l’Agent notificador i la Policía

Local que les següents persones:1.- Miguel Ángel Fernández Jiménez, C/ Josep Bono, 49.2.- María Dolores Milán Martínez, C/ Josep Bono, 49.3.- Endika Fernández Milán, C/ Josep Bono, 49.4.- Iker Fernández Milán, C/ Josep Bono, 49,

5.- Aziz Benhadi, Avgda. De València, 76-4º-2.6.- Alberta Zenteno Salazar, C/ Josep Navarro, 30.7.- Emilien Chamoreau, Camí del Calvari, 13.8.- Ainsley Nathaniel Scale, C/ Verge de Gracia-Benamer, 30.9.- Simon Peter Morley, Camí de la Centaura, 510.- Verónica Florica Voicu, C/ Triana, 16-2º-7.11.- Verónica Florentina Burlacu Voicu, C/ Triana, 16-2º-7.12.- Mazzen Assad, C/ Josep Serrano, 14-1º-2.No resideixen en els domicilis indicats, i d’acord amb el

que estableixen als articles 72 i 54 del Reglament de Poblaciói Demarcació Territorial, així com per raó del que disposa laResolució d’1 d’abril de 1997 de la Presidència de l’InstitutNacional d’Estadística i de la Direcció General de Cooperacióper la qual es dicten instruccions tècniques als Ajuntamentssobre la Gestió i Revisió del Padró Municipal i tot complintl’article 58 de la Llei 30/1992 de 26 de novembre, del RègimJurídic de les Administracions Públiques i del ProcedimentAdministratiu Comú per la present s’efectua notificació deResolució de l’Alcaldia per mitjà de la qual es procedeix laincoació d’Expedient Administratiu per procedir si és el cas ala BAIXA de les persones relacionades anteriorment al PadróMunicipal d’Habitants, atés que es té constància que noresidixen en aquest municipi el nombre més gran de dies al’any al domicili indicat. Contra aquesta presumpció podràdins el termini de quinze dies comptats a partir del següent ala publicació de la present al Butlletí Oficial de la província,manifestar si està d’acord o no amb la Baixa, podent, enaquest darrer cas, al·legar i presentar els documents ijustificants que estime pertinents a fi d’acreditar que és enaquest municipi en el qual resideix el nombre més gran dedies a l’any.

Muro de l’Alcoi a 28 de març de 2013L’ ALCALDESignat: Rafael Climent González

*1307688*

AYUNTAMIENTO DE MUTXAMEL

EDICTO

Asunto: Dejar extinguida la autorización concedida a D.José Ramón Maestre Moreno por cumplimiento del artículo18.f de la Ordenanza Reguladora de la venta ambulante enel término municipal de Mutxamel.

Habiendo intentado la notificación a D. José RamónMaestre Moreno en el domicilio señalado a efectos de noti-ficación, y en virtud del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, deRégimen Jurídico de las Administraciones Publicas y Proce-dimiento Administrativo Común, por medio del presenteanuncio, se procede a notificar al interesado el Acuerdo de laJunta de Gobierno Local de 18 de Febrero de 2013.

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 14 denoviembre de 2011, se autorizó la licencia para la ventaambulante de cuadros, mimbre, bolsos y complementos, enel mercadillo semanal municipal, desde enero de 2012 hastadiciembre de 2013 a D. José Ramón Maestre Moreno, en lospuestos números 19-21-23 de la Miguel Alcaraz.

Recibidos informes de control de asistencia del merca-dillo semanal emitidos por la Policía Local, por el que seconstatan un total de 16 faltas de asistencia de D.JoséRamón Maestre Moreno durante los dos primeros trimestresdel año, de las cuales los meses de Febrero y Marzo fueroncompletos.

Considerando lo establecido en el artículo 18.f de laOrdenanza Reguladora de la venta ambulante en el términomunicipal de Mutxamel, que establece «La no ocupación deun puesto durante un mes seguido, o la acumulación de 6faltas de asistencia en un trimestre dará lugar a la extinciónde la autorización».

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día2 de julio de 2012, acordó conceder al interesado un plazo de15 días para que proceda a aducir cuantas alegaciones y apresentar cuantos documentos y justificaciones estime per-tinentes, como trámite de audiencia previo a la Resoluciónque, en su caso, proceda.

Page 19: BOLETÍN OFICIAL - Diputación de Alicantesede.diputacionalicante.es/documentos/EMERI/Tablon/00045.pdf · 2019. 4. 12. · -autorizaciÓn de vertido de aguas residuales en el t.m.

boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 751 9

En el periodo de alegaciones, el interesado no presentaningún tipo de alegación.

Vistos informes de la Policía Local en los que se cons-tata que D. José Ramón Maestre Moreno tuvo 7 faltasdurante el tercer trimestre y 7 faltas en el cuarto trimestre delaño 2012

Por todo lo anteriormente expuesto, SE PROPONE:PRIMERO: Declarar extinguida la autorización concedi-

da por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 14 denoviembre de 2011, a D. José Ramón Maestre Moreno, encumplimiento del artículo 18.f de la Ordenanza Reguladorade la venta ambulante en el término municipal de Mutxamel.

SEGUNDO: Dejar vacantes y libres para nueva conce-sión los puestos números 19-21-23 de la calle Miguel Alcaraz

TERCERO: Notifíquese la resolución al interesado en elplazo establecido en el art. 58.2 de la referida Ley 30/1992,de 26 de noviembre

CUARTO: Dar traslado de este acuerdo al negociado derentas, a la policía local y a la Junta de Gobierno Local en lapróxima sesión que se celebre.

Lo que pongo en su conocimiento a los efectos oportunos;significando que contra la presente Resolución, que pone fin ala vía administrativa, podrá interponer potestativamente RE-CURSO DE REPOSICIÓN, en el plazo de un mes contadodesde el día siguiente al de la recepción de la presente notifica-ción, ante el mismo órgano que adopto este acuerdo, o interpo-ner directamente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRA-TIVO, en el plazo de dos meses contados desde el día siguienteal de la recepción de la presente notificación, ante el Juzgado delo Contencioso-Administrativo de Alicante (art. 116 y 117 de laley 4/99 de 13 de enero; así como 8 y 46 de la Ley Reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de1998).

Sin perjuicio, de que pueda ejercitar cualquier otro quecrea conveniente.

Mutxamel 10 de abril de 2013El Alcalde, Sebastián Cañadas Gallardo

*1307831*

EDICTO

Habiendo intentado la notificación en dos ocasiones aD. Pedro Carrión Piqueras, cuyo último domicilio conocidoera C/ Atenas nº 15, de Alicante con C.P. 03009, y siendoinfructuosas las mismas, se le notifica conforme a lo esta-blecido en el artículo 59.4 de la Ley 4/99, de modificación dela Ley 30/92 de 26 de noviembre, la resolución de Alcaldía defecha 21 de junio de 2012, de archivo por caducidad delprocedimiento, en el expediente de Infracción Urbanística nº6/2012, cuyo texto se transcribe a continuación:

«EPIGRAFE: Archivo por caducidad del procedimiento.PDA. EL TOSSAL REDÓ S/Nº, POLÍGONO 1, PARCELA217, de Mutxamel. Expte. TAC-DU Infracción Urbanística nº6/2012 (U.A.O.P.D.U.A).

Por Resolución de Alcaldía de fecha 21-06-2012, seresolvió, entre otros, lo siguiente:…/…

«SEGUNDO.- Ordenar a D. PEDRO CARRIÓN PIQUE-RAS, la SUSPENSIÓN INMEDIATA de las obras de amplia-ción de caseta de aperos consistente en elevación de pilaresy construcción de forjado, ocupando una superficie aproxi-mada de 100,00 m2., en PDA. TOSSAL REDÓ S/Nº, POLÍ-GONO 1, PARCELA 217, de Mutxamel, toda vez que lasmismas no cuentan con licencia u orden de ejecución.

TERCERO.- Advertir al interesado que en caso de nocumplir la orden de suspensión se procederá a la imposiciónde las correspondientes multas coercitivas.

CUARTO.- Ordenar al interesado para que proceda aretirar los elementos, materiales o maquinaria preparadospara ser utilizados, en el plazo de cinco días a contar desdela notificación de la presente orden de suspensión.

QUINTO.- Requerir a D. PEDRO CARRIÓN PIQUE-RAS, en calidad de propietario, para que en el plazo máximoe improrrogable de 2 meses contados desde la notificación

de esta resolución, proceda a legalizar las obras de amplia-ción de lo que parecía ser una caseta de aperos con unasuperficie aproximada de 100,00 m2., en PDA. TOSSALREDÓ S/Nº, POLÍGONO 1, PARCELA 217, de Mutxamel, porlo que, en caso de ser la actuación legalizable, deberásolicitar licencia de obras acompañada del correspondienteproyecto técnico suscrito por técnico competente, en el quedeberá justificar el cumplimiento de los parámetros urbanís-ticos, o bien, en caso contrario, deberá devolver la situaciónurbanística a su estado anterior a la actuación ilegal, restau-rando el orden urbanístico alterado. …/…

Resultando que, tras dos intentos infructuosos de notifica-ción de dicha resolución al interesado en su domicilio habitual,finalmente se publica la misma mediante Edicto en el BoletínOficial de la Provincia (B.O.P.) nº 228, de fecha 29-11-12.

Considerando que dicho acuerdo se adopta en base,entre otros, al art. 224.1 LUV, que se refiere al requerimientode legalización de las actuaciones urbanística ilegales.

Considerando lo dispuesto en el art. 227.2 LUV relativoal plazo máximo para notificar y resolver los expedientes derestauración de la legalidad urbanística.

En consecuencia, habida cuenta que han transcurridomás de seis meses desde el requerimiento de legalización,se ha producido la caducidad del procedimiento en cuestión.

No obstante, la caducidad no produce por sí misma laprescripción de la acción de la Administración para reaccio-nar frente a las actuaciones urbanísticas ilegales.

En virtud de estos antecedentes y, atendiendo a lacompetencia atribuida a la Junta de Gobierno Local, deconformidad con los Decretos de Alcaldía de delegación decompetencias de fechas 14-06-11 y 15-06-11, ratificados poracuerdo plenario de fecha 23-06-11, a tenor del art. 23.2 b)de la Ley 57/03, de 16 de diciembre, que modifica la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen, enconcordancia con el artículo 253 de la Ley 16/05, 30 dediciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, SEPROPONE A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL la adopcióndel siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Archivar el expediente de infracción urba-nística nº 6/2012, seguido contra D. PEDRO CARRIÓNPIQUERAS, con DNI nº 21.420.317, en calidad de promotor/propietario, por la ejecución de obras consistentes en am-pliación de lo que parece ser una caseta de aperos con unasuperficie aproximada de 100,00 m2., en PDA. TOSSALREDÓ S/Nº, POLÍGONO 1, PARCELA 217, de Mutxamel, porhaberse producido la caducidad en el procedimiento.

SEGUNDO.- Notificar la presente resolución al intere-sado, con indicación de los recursos que procedan.

TERCERO.- Dar traslado al Negociado de DisciplinaUrbanística a los efectos de la incoación, si procede, deexpediente de restauración de la legalidad, toda vez que lacaducidad no produce por sí misma la prescripción de laacción de la Administración.

Lo que pongo en su conocimiento a los efectos oportu-nos, significando que contra el procedente acuerdo, quepone fin a la vía administrativa, podrá interponerpotestativamente RECURSO DE REPOSICIÓN, en el plazode un mes contados desde el día siguiente al de la recepciónde la presente notificación, ante el mismo órgano que adoptóeste acuerdo, o interponer directamente RECURSO CON-TENCIOSO-ADMINISTRATIVO, en el plazo de dos mesescontados desde el día siguiente al de la recepción de lapresente notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante (arts. 116 y 117 de la Ley 4/99 de13 de enero, así como 8 y 46 de la Ley Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de1998.). En Mutxamel, a 09 de abril de 2013. El ALCALDE-PRESIDENTE. Sebastián Cañadas Gallardo.

*1307833*

EDICTO

OMAC-Gestió Padró d’Habitants 912-012-A12Por el Concejal Delegado del Area de Servicios Gene-

rales del Ayuntamiento de Mutxamel, con fecha 25 de febrero

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de 2013, se dictó resolución para acordar la baja en el PadrónMunicipal de los extranjeros no comunitarios sin autorizaciónde residencia permanente, transcurridos dos años desde suinscripción en caso de no haber procedido a su renovación,de conformidad con lo dispuesto en la L.O. 14/2003 de 20 denoviembre, que modifica el art. 16.1 párrafo 2º de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Encontrándose pendientes de notificación a los intere-sados, abajo referenciados, por hallarse en paradero desco-nocido, haber cambiado de domicilio, estar ausente en eldomicilio de la notificación, no saber o no querer firmar, seprocede a practicar en aplicación a lo dispuesto en el artículo194 del Reglamento de Organización, Funcionamiento yRégimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado porReal Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, Ley 30/1992,de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por la Ley 4/99, artículo 59.4, la siguiente notifi-cación de carácter colectivo.

Asimismo se hace constar que la baja causará efectosdesde el día de la publicación del presente edicto.

IDENTIFICACIÓN NOMBRE

SIN DOCUMENTO/ AGOSTINELLI LARAPASAPORTE/9279236 BERKINNOU ZAKARIASIN DOCUMENTO/ HADJ ABDERRAHMANE MARIAPASAPORTE/004633158 PAREDES ESPINOLA NESTOR DAMIANSIN DOCUMENTO/ HADJ ABDERRAHMANE ABDERRAHIMPASAPORTE/9279229 BERKINNOU ABDELMALEKTARJETA RESIDENCIA/X03180741W NIKITINA ANFISSASIN DOCUMENTO/ DE SOUZA DUARTE VALERIOPASAPORTE/9279235 BERKINNOU ABDERRAOUFPASAPORTE/3557140 TARASOVA INGASIN DOCUMENTO/ ADALUZ ROJAS NEILASIN DOCUMENTO/ HADJ ABDERRAHMANE MOHAMED RAYANEPASAPORTE/001126403 AMINI AOUMEURTARJETA RESIDENCIA/Y01064573D ARIAS RESTREPO SILVIOPASAPORTE/9279230 BERKINNOU SOUHILA

SEGUNDO: Notificar el presente acuerdo a los interesados,TERCERO: Dar cuenta a la Junta de Gobierno Local.Lo que se hace público para general conocimiento y

efectos.Mutxamel, 10 de abril de 2013El Concejal DelegadoFdo. José Vicente Cuevas Olmo

*1307834*

AYUNTAMIENTO DE LA NUCÍA

EDICTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común, se hace pública la notificación delos siguientes acuerdos:

- Inicio expediente sancionador, sobre el expediente nº14/2013, contra D. Mª Dolores Llopis García por incumpli-miento del Art. Art. 73.5-C ley 10/2000 de 12 de Diciembre deResiduos de la Comunidad Valenciana.

Ya que habiéndose intentado la notificación a los mis-mos en el último domicilio conocido, esta no se ha podidopracticar.

Otorgar al inculpado plazo de audiencia de quince días,a partir del siguiente al de la notificación de la presenteprovidencia, durante el cual puede aportar cuantas alegacio-nes, documentos o informaciones estime convenientes, y, ensu caso, proponer prueba concretando los medios de quepretenda valerse. Siendo competente el órgano instructorpara decidir motivadamente la apertura del periodo de prue-ba o rechazo de las propuestas realizadas por el interesado;haciendo constar que las pruebas que impliquen gastos ensu realización que no deba soportar la Administración, seránde cuenta del interesado.

De no efectuarse alegaciones en el plazo indicado, lapresente Providencia de Iniciación podrá ser consideradacomo Propuesta de Resolución, al objeto de que puedadictarse sin más trámite la Resolución definitiva, según lodispuesto en los artículos 13.2 y 18 y 19 del Real Decreto1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Regla-mento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora.

La Nucía a 17 de Abril de 2013El Alcalde

*1307664*

EDICTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común, se hace pública la notificación delos siguientes acuerdos:

1.- Resolución expediente sancionador (molestias ani-males) nº 712012, tras acuerdo de junta de gobierno de fecha13 de Marzo de 2013, que sanciona en cuantía pecuniaria aD/Dª. Samantha Andrea Vizanna Fernández, con N.I.E.-D.N.I.nº 48326421P por infracción al Art. 6-2,3 Ordenanzareguladora de policía y buen gobierno de la tenencia ycirculación de perros y otros animales de compañía (perro envía pública sin titular o persona que se haga cargo de el, conchip 941000002870881).

Plazos de pago en periodo voluntario:Conforme al Reglamento General de Recaudación y al

artículo 62.2 LGT, los plazos de pago serán los siguientes:a. Realizada la notificación entre los días 1 y 15 de cada

mes, hasta el día 20 del mes posterior o inmediato hábilposterior.

b. Realizada la notificación entre los días 16 y último decada mes, hasta el día 5 del segundo mes posterior oinmediato hábil posterior.

La falta de pago en los plazos y con los requisitosexigidos en este Reglamento, motivará la apertura del proce-dimiento recaudatorio por la vía de apremio. La deuda endescubierto se incrementará con el recargo de apremio,intereses de demora y costas que en cada caso sean exigi-bles, conforme a lo dispuesto en el Reglamento General deRecaudación.

La deuda tributaria podrá fraccionarse, cuando su situa-ción económico financiera, discrecionalmente apreciada porla Administración, les impida transitoriamente efectuar elpago de sus débitos. La cantidad aplazada devengará inte-reses de demora y deberá garantizarse mediante aval solida-rio de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca.Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el ReglamentoGeneral de Recaudación.

El ingreso deberá hacerse efectivo en alguna de lascuentas bancarias de titularidad municipal relacionadas acontinuación:

- C.A.M. 2090 0069 78 0064000266-Caixaltea 3045 0002 59 0101300070-Banesto 0030 3200 15 0870020271-B. Alicante 0127 2057 24 0300002242-C.C. Callosa 3105 0004 59 0220004366Recursos contra la presente liquidación.Contra las liquidaciones notificadas se podrá interponer

recurso de reposición, ante el Ayuntamiento de La Nucia, enel plazo de un mes a contar desde la notificación, de confor-midad con lo establecido en el artículo 14.2 del RDL 2/2004de 5 de marzo, Texto Refundido de la LRHL.

Ya que habiéndose intentado la notificación a los mis-mos en el último domicilio conocido, esta no se ha podidopracticar.

La Nucía a 17 de Abril de 2013El Alcalde

*1307671*

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boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 752 1

AJUNTAMENT D’ONDARA

ANUNCI

Assumpte: Cessar Personal Eventual En Carlos SanchezAynat

Exp. 1002.2013.25DECRET DE L’ALCALDIA PRESIDÈNCIA NÚM. 25/

2013L’article 104 de la Llei 7/85, de 2 d’abril, Reguladora de

les Bases de Règim Local i art. 176 del Reial Decret 781/86TRRL, regula el règim del personal laboral eventual de lesEntitats Locals. A més, els seus llocs de treball han de figurarespecíficament en la plantilla i el nombre de les mateixescaracterístiques i retribucions han d’ aprovar-se plenàriamenti no són modificables, sinó en aprovar els pressupostosanyals.

Es nomenen i renoven lliurement per l’Alcalde i el seunomenament i règim retributiu es farà públic en el ButlletíOficial de la Província.

En virtut de les facultats que em confereix l’article 21.1,i article 104 de la Llei 7/85, de 2 d’abril, Reguladora de lesBases de Règim Local, articles 176 del Real Decret 781/86TRRL, aquesta Alcaldia Presidència, RESOLC:

Primer.- Cessar a En Carlos Sanchez Aynat, amb nifnum. 25.125.136M, com personal eventual de l’Ajuntamentd’Ondara, amb efectes d’avui 25 de febrer de 2013.

Segon.- Notificar aquest Decret a la persona cessada.Tercer- Donar compte d’aquesta resolució al Ple de la

Corporació Municipal en la primera sessió que se celebre.Ho mana i signa el Sr. Alcalde President, En José

Joaquin Ferrando Soler, en Ondara a vint-i-cinc de febrer dedos mil tretze.

Ondara, 11 de març de 2013 .L’AlcaldeJosé Joaquin Ferrando Soler

*1307192*

AYUNTAMIENTO DE RAFAL

EDICTO

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria defecha 25 de marzo de 2013, ha aprobado inicialmente laconstitución del «Consorcio Deportivo de la Vega Baja», asícomo el proyecto de Estatutos del mismo.

Se expone al público el expediente completo, durante elplazo de treinta días siguientes a la inserción del correspondien-te anuncio en el B.O.P., durante el cual los interesados podránexaminarlo y presentar reclamaciones y sugerencias.

Si no se presentan reclamaciones o sugerencias, seentenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta enton-ces provisional. Todo ello conforme al artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de RégimenLocal, en su redacción según Ley 11/1999, de 21 de abril, yal articulo 109 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de RégimenLocal de la Comunidad Valenciana.

En Rafal, a 5 de abril de 2013.EL ALCALDE-PRESIDENTE.Fdo.: Manuel Pineda Cuenca.

*1307679*

EDICTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 15.2 y17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porel que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladorade las Haciendas Locales, el Ayuntamiento-Pleno en sesiónordinaria de fecha 25 de marzo de 2013, acordó aprobar, concarácter provisional la derogación de la «ORDENANZA

MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZA-CIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIALDEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL POR EMPRESAS EXPLO-TADORAS O PRESTADORAS DEL SERVICIO DE TELEFO-NÍA MÓVIL» del municipio de Rafal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 y 2del Real Decreto Legislativo 2/2004, el acuerdo provisionaladoptado así como el texto de la ordenanza fiscal anexa almismo, se exponen al público en el tablón de anuncios deeste Excmo. Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de laProvincia de Alicante durante el plazo de 30 días hábiles, afin de que los interesados puedan examinar el expediente ypresentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Dicha exposición al público comenzará a contar a partirdel día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación enel Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.

En el caso de no presentarse reclamaciones, la aproba-ción provisional quedará elevada automáticamente a defini-tiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 17.3 delmencionado del Real Decreto Legislativo 2/2004.

En Rafal, a 5 de abril de 2013.EL ALCALDE – PRESIDENTE.Fdo.: Manuel Pineda Cuenca.

*1307693*

EDICTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 15.1 y17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porel que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladorade las Haciendas Locales, el Ayuntamiento-Pleno en sesiónordinaria de fecha 25 de marzo de 2013, acordó aprobar, concarácter provisional la modificación de la «Ordenanza muni-cipal reguladora de la Tasa por entrada de vehículos y vadospermanentes».

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 y 2del Real Decreto Legislativo 2/2004, el acuerdo provisionaladoptado así como el texto de la ordenanza fiscal anexa almismo, se exponen al público en el tablón de anuncios deeste Excmo. Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de laProvincia de Alicante durante el plazo de 30 días hábiles, afin de que los interesados puedan examinar el expediente ypresentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Dicha exposición al público comenzará a contar a partirdel día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación enel Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.

En el caso de no presentarse reclamaciones, la aproba-ción provisional quedará elevada automáticamente a defini-tiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 17.3 delmencionado del Real Decreto Legislativo 2/2004.

En Rafal, a 5 de abril de 2013.EL ALCALDE – PRESIDENTE.Fdo.: Manuel Pineda Cuenca.

*1307703*

EDICTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 15.1 y17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porel que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladorade las Haciendas Locales, el Ayuntamiento - Pleno en sesiónordinaria de fecha 25 de marzo de 2013, acordó aprobar, concarácter provisional la derogación de la «Ordenanza munici-pal reguladora de la tasa por la ocupación de terrenos de usopúblico local con mesas, sillas, tribunas y tablados confinalidad lucrativa».

De conformidad con lo dispuesto en el citado artículo17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, así como el textode la ordenanza fiscal anexa al mismo, se exponen al públicoen el tablón de anuncios de este Excmo. Ayuntamiento

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2 2boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 75

durante el plazo de 30 días hábiles, a fin de que los interesa-dos puedan examinar el expediente y presentar las reclama-ciones que estimen oportunas.

Dicha exposición al público comenzará a contar a partirdel día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación enel Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.

En el caso de no presentarse reclamaciones, la aproba-ción provisional quedará elevada automáticamente a defini-tiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 17.3 delmencionado del Real Decreto Legislativo 2/2004.

En Rafal, a 5 de abril de 2013.EL ALCALDE - PRESIDENTEFdo.: Manuel Pineda Cuenca.

*1307708*

EDICTO

Habiendo resultado infructuoso el intento de notifica-ción a las personas que a continuación se relacionan, en elúltimo domicilio conocido y de conformidad con lo previsto enlos artículos 72 y 54 del Reglamento de Población y Demar-cación Territorial, en la nueva redacción dada mediante R.D.2612/1.996, de 20 de diciembre, así como en virtud de lodispuesto en la Resolución de 1 de abril de 1.997 de laPresidencia del Instituto Nacional de Estadística y la Direc-ción General de Cooperación Territorial, por la que se dictaninstrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestióny revisión del padrón municipal y en cumplimiento del artículo58 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, modificada por laLey 4/1.999, Reguladora del Procedimiento AdministrativoComún, por la presente se efectúa notificación a las perso-nas que a continuación se relacionan, mediante la cual seprocede a la incoación de expediente administrativo, paraproceder, en su caso, a la baja de los citados en el PadrónMunicipal de Habitantes, por existir presunción de que noresiden durante la mayor parte del año en el domicilioindicado de este municipio

APELLIDOS Y NOMBRE DOCUMENTO DIRECCION

ES-SBAI, AMAL X-7049576-X C/ HNOS. RODRÍGUEZ, 33ES-SBAI, MOAD Y-2459729-P «ES-SBAI, MOHAMED Y-1013031-X «ES-SBAI, YAHYA X-8754602-C «KADFI, OUMELKHEIR X-3183474-K «

Comunicándole que contra esta presunción podrán enel plazo de quince días contados a partir del siguiente a lapublicación de la presente en el Boletín Oficial de la Provin-cia, manifestar si están de acuerdo o no con la baja, pudien-do, en este último caso, alegar y presentar los documentosy justificaciones que estimen pertinentes al objeto de acredi-tar que es en este municipio en el que residen el mayornúmero de días al año.

RAFAL, 11 de abril de 2.013EL ALCALDEFdo: Manuel Pineda Cuenca.

*1307835*

EDICTO

Habiendo resultado infructuoso el intento de notifica-ción a las personas que a continuación se relacionan, en elúltimo domicilio conocido y de conformidad con lo previsto enlos artículos 72 y 54 del Reglamento de Población y Demar-cación Territorial, en la nueva redacción dada mediante R.D.2612/1.996, de 20 de diciembre, así como en virtud de lodispuesto en la Resolución de 1 de abril de 1.997 de laPresidencia del Instituto Nacional de Estadística y la Direc-ción General de Cooperación Territorial, por la que se dictaninstrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestióny revisión del padrón municipal y en cumplimiento del artículo

58 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, modificada por laLey 4/1.999, Reguladora del Procedimiento AdministrativoComún, por la presente se efectúa notificación a las perso-nas que a continuación se relacionan, mediante la cual seprocede a la incoación de expediente administrativo, paraproceder, en su caso, a la baja de los citados en el PadrónMunicipal de Habitantes, por existir presunción de que noresiden durante la mayor parte del año en el domicilioindicado de este municipio

APELLIDOS Y NOMBRE DOCUMENTO DIRECCION

EL KATTAB, HAMID X-2745021-V C/ A. BERTOMEU,14-2º AMOUSSAOUI, AYOUB X-8363395-C C/ A. BERTOMEU,12-3º BSÁNCHEZ ZULETA, FRANCIA-ELENA X-3295145-G C/P. ASTURIAS,13-1º D

Comunicándole que contra esta presunción podrán enel plazo de quince días contados a partir del siguiente a lapublicación de la presente en el Boletín Oficial de la Provin-cia, manifestar si están de acuerdo o no con la baja, pudien-do, en este último caso, alegar y presentar los documentosy justificaciones que estimen pertinentes al objeto de acredi-tar que es en este municipio en el que residen el mayornúmero de días al año.

RAFAL, 10 de abril de 2.013EL ALCALDEFdo: Manuel Pineda Cuenca.

*1307836*

AYUNTAMIENTO DE REDOVÁN

ANUNCIO

Al no haberse presentado reclamaciones durante elplazo de exposición al público, queda automáticamenteelevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio deMODIFICACIÓN ORDENANZA REGULADORA DEL SER-VICIO DE GRÚA PARA LA RETIRADA DE VEHÍCULOS DELA VÍA PÚBLICA., cuyo texto íntegro se hace público, parasu general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuestoen el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladorade las Bases del Régimen Local.

«MODIFICACIÓN ORDENANZA REGULADORA DELSERVICIO DE GRÚA PARA LA RETIRADA DE VEHÍCULOSDE LA VÍA PÚBLICA.»

Examinada la Ordenanza Reguladora del Servicio Mu-nicipal de Grúa para la retirada de vehículos de la vía Públicadel municipio de Redován, eleva a la Comisión Informativa lasiguiente propuesta de modificación:

Se da nueva redacción al artículo 5º, suprimiendo lasexcepciones que dan lugar a la retirada de los vehículos sincosto alguno para el propietario del mismo.

Anterior redacción:Articulo 5°.En los casos que proceda la retirada de vehículos por el

Servicio Municipal de Grúa, conforme a lo dispuesto anterior-mente, se depositará éste en el local o recinto que elAyuntamiento dispondrá a tal fin.

Dicha retirada llevará consigo el depósito del vehículo yel propietario del mismo vendrá obligado a satisfacer elimporte del traslado y el de la estancia del vehículo en eldepósito, conforme a las normas establecidas en la ordenan-za fiscal correspondiente, excepto en los supuestos com-prendidos en los apartados e) y h) del artículo 3, en los queprocederá la retirada del vehículo sin costo alguna para elpropietario del mismo.

En el caso de actuación del Servicio Municipal de Grúa,como consecuencia de los supuestos contemplados en lapresente ordenanza, según se establece en los supuestosanteriores y personado el propietario del vehículo cuando seha iniciado la actuación, éste deberá abonar los gastosocasionados como consecuencia de la intervención del Ser-vicio Municipal de Grúa, tal y como figura descrito en lacorrespondiente ordenanza fiscal como medio enganche.

Page 23: BOLETÍN OFICIAL - Diputación de Alicantesede.diputacionalicante.es/documentos/EMERI/Tablon/00045.pdf · 2019. 4. 12. · -autorizaciÓn de vertido de aguas residuales en el t.m.

boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 752 3

Nueva redacción:Artículo 5º.En los casos que proceda la retirada de vehículos por el

Servicio Municipal de Grúa, conforme a lo dispuesto anterior-mente, se depositará éste en el local o recinto que elAyuntamiento dispondrá a tal fin.

Dicha retirada llevará consigo el depósito del vehículo yel propietario del mismo vendrá obligado a satisfacer elimporte del traslado y el de la estancia del vehículo en eldepósito, conforme a las normas establecidas en la ordenan-za fiscal correspondiente.

En el caso de actuación del Servicio Municipal de Grúa,como consecuencia de los supuestos contemplados en lapresente ordenanza, según se establece en los supuestosanteriores y personado el propietario del vehículo cuando seha iniciado la actuación, éste deberá abonar los gastosocasionados como consecuencia de la intervención del Ser-vicio Municipal de Grúa, tal y como figura descrito en lacorrespondiente ordenanza fiscal como medio enganche.

La redacción de la Ordenanza con la modificaciónintroducida es la siguiente:

ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO MUNI-CIPAL DE GRÚA PARA LA RETIRADA DE VEHICULOS DELA VIA PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE REDOVAN.

Artículo 1ºEs objeto de la presente ordenanza la retirada de

vehículos de la vía pública por el Servicio Municipal de Grúadel Ayuntamiento de Redován en los casos y en la forma quese señalan a continuación.

Artículo 2ºEl servicio Municipal de Grúa comprende la retirada de

vehículos de la vía pública y su depósito en el local o recintoque el Ayuntamiento de Redován dispondrá para tal fin.

Artículo 3ºLa retirada de vehículos de la vía pública y su depósito

procederá, a título meramente enunciativo, en los siguientescasos:

a) Por causa de fuerza mayor:1. En el supuesto de accidente o avería que impida

continuar la marcha.2. Cuando el conductor se halle con un grado de

impregnación alcohólica mayor al permitido.b) Por orden de la autoridad municipal:1. Cuando por las condiciones externas al vehículo se

considere un peligro y produzca o pueda producir daños enla calzada.

2. Cuando un vehículo se encuentre estacionado deforma antirreglamentaria y su conductor no se hallare pre-sente o, estándolo, se negara a retirarlo y entorpezca lacirculación rodada o peatonal o impida el movimiento de otrovehículo correctamente estacionado.

Cuando, como consecuencia de accidente, atropello,etcétera, se disponga el depósito del vehículo por las auto-ridades judiciales.

d) Cuando un vehículo permanezca estacionado en lavía pública en condiciones tales que hagan presumir suabandono.

e) El estacionamiento e itinerarios o espacios quehayan de ser ocupados por una comitiva, procesión, cabal-gata, prueba deportiva, actos o espectáculos debidamenteautorizados y previamente anunciados, así como la zonadestinada a mercadillo ambulante los días que éste secelebre.

f) Cuando el vehículo sobrepase en dos horas el tiempomáximo de estacionamiento en los lugares en que estélimitado dicho estacionamiento.

g) Cuando un vehículo se encuentre en lugar prohibido,en una vía de circulación rápida o de muy densa circulación,definida como tal en el correspondiente bando u ordenanza.

h) Siempre que sean necesarios para efectuar obras dereparación de la vía pública.

i) En los supuestos no señalados anteriormente y queestán previstos en el artículo 192, apartado III del vigenteCódigo de Circulación.

Artículo 4ºA los efectos del apartado b), 2 del artículo anterior, se

entiende, a título meramente informativo, que un vehículo seencuentra estacionado de forma antirreglamentaria cuandose encuentre estacionado en los lugares y casos siguientes:

a) En aquellos lugares en que estén prohibidos lasparadas.

b) Sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadasa uso personal.

c) En doble fila, cualquiera que sea el motivo.d) En los lugares reservados para la carga y descarga

de mercancías, durante las horas a ello destinadas.e) En las zonas reservadas para estacionamiento de

vehículos para el servicio público, organismos oficiales,etcétera.

f) Cuando un vehículo estacionado deje para la circula-ción rodada una anchura inferior a la de un carril.

g) Cuando un vehículo se encuentre estacionado a unadistancia inferior a 3 metros a cada lado de las paradas deautobuses señalizadas, salvo que exista señalización ensentido contrario.

h) Delante de las dependencias de la Policía Local ysalidas de servicios de urgencia.

i) Cuando impida u obstruya la salida de otro vehículodebidamente estacionado.

j) Cuando impida el acceso de personas a los inmuebles.k) En los vados permanentes y frente a los mismos,

cuando con ello se dificulte la entrada y salida.Artículo 5ºEn los casos que proceda la retirada de vehículos por el

Servicio Municipal de Grúa, conforme a lo dispuesto anterior-mente, se depositará éste en el local o recinto que elAyuntamiento dispondrá a tal fin.

Dicha retirada llevará consigo el depósito del vehículo yel propietario del mismo vendrá obligado a satisfacer elimporte del traslado y el de la estancia del vehículo en eldepósito, conforme a las normas establecidas en la ordenan-za fiscal correspondiente.

En el caso de actuación del Servicio Municipal de Grúa,como consecuencia de los supuestos contemplados en lapresente ordenanza, según se establece en los supuestosanteriores y personado el propietario del vehículo cuando seha iniciado la actuación, éste deberá abonar los gastosocasionados como consecuencia de la intervención del Ser-vicio Municipal de Grúa, tal y como figura descrito en lacorrespondiente ordenanza fiscal como medio enganche.

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Ordenanza entraráen vigor al día siguiente de su entera y definitiva publicacióndel texto integro de la misma en el Boletín Oficial de laProvincia de Alicante».

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por losinteresados recurso contencioso–administrativo, ante la Salade lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior deJusticia de la Comunidad Autónoma de Valencia, en el plazode dos meses contados a partir del día siguiente al de lapublicación de este anuncio, de conformidad con el artículo46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Redován a dieciséis de Abril de 2013.El Alcalde-PresidenteFdo: D. Emilio M. Fernández Escudero.

*1307707*

AYUNTAMIENTO DE ROJALES

EDICTO

Expediente número PLU-01/13Habiendo sido infructuosos los intentos de notificación

del Decreto de Requerimiento para la Reposición de lalegalidad urbanística infringida, expedido a favor deTavdidishvili Yuza y Bulataya Axana, con domicilio a efectosde notificación en la calle Isla Tabarca esquina Isla Conejera

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parcela 71 de Rojales (Alicante), por medio de la presente, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, se publica la citadanotificación de fecha 9 de Enero de 2013, que transcriboliteralmente:

«DECRETO 6/2013Visto el informe del Controlador de Obras de éste

Excmo. Ayuntamiento de Rojales, de fecha 30 de Noviembrede 2012, del que trae causa el presente procedimientoadministrativo que se incoa para la reposición de la legalidadurbanística infringida, como consecuencia de la ejecución depresuntas obras ilegales en el inmueble sito en la calle IslaTabarca esquina Isla Conejera parcela 71 de Rojales.

En dicho informe se describen las obras presuntamenteilegales de la siguiente forma: «PRIMERO.- En la direccióncitada anteriormente se ha realizado la construcción de untechado adosado a la vía pública y adosado a la parte traserade la vivienda con unas medidas aproximadas de 6 por 6metros respectivamente. SEGUNDO.- La obra no cumplecon los tres metros de retranqueo que obliga el PGOU. En losarchivos de este Ayuntamiento no hay nada registrado a estadirección por lo que la obra es presuntamente ilegal.»

En consecuencia se procede a la aplicación de lanormativa vigente en materia de disciplina urbanística en laComunidad Valenciana, artículo 224,1 de la Ley UrbanísticaValenciana, Ley 16/2005, de 30 de diciembre (en adelanteLUV), que establece que «Siempre que no hubieren transcu-rrido más de cuatro años desde la total terminación de lasobras o usos del suelo realizados sin licencia u orden deejecución o sin ajustarse a las condiciones señaladas en lamisma, el Alcalde requerirá al propietario para que, en elplazo de dos meses, solicite la oportuna autorización urba-nística o ajuste las obras a las condiciones de la licenciasolicitada.».

Examinados los antecedentes obrantes en la Secreta-ría de este Ayuntamiento, Tavdidishvili Yuza y BulatayaAxana, con NIE números X9970176K y X9970157W respec-tivamente, aparecen como promotores de las obras y propie-tarios de la vivienda sita en calle Isla Tabarca número 4parcela 71 de Rojales, según consulta realizada a la OficinaVirtual del Catastro.

En consecuencia, siendo el propietario del inmuebleTavdidishvili Yuza y Bulataya Axana, es a él al que hay quedirigir el requerimiento previsto en el artículo 224 de la LUV.

POR ELLO, en virtud y en uso de las funciones que me sonpropias, comprobada la ejecución de las obras y careciendo delicencia municipal, por este mi Decreto RESUELVO:

PRIMERO: Incoar expediente para la restauración de lalegalidad urbanística a Tavdidishvili Yuza y Bulataya Axana,en calidad de promotores, en relación con las obras empla-zadas en la calle Isla Tabarca esquina Isla Conejera parcela71 de Rojales, y consistentes en la construcción de untechado adosado a la vía pública y adosado a la parte traserade la vivienda.

SEGUNDO: Requerir a los propietarios interesados enel procedimiento en trámite para que, en el plazo de dosmeses contados desde la notificación de la presente, solici-ten la oportuna licencia municipal o declaración responsableque corresponda, apercibiendo de que si los interesados nosolicitaran la licencia o declaración responsable en el plazode dos meses, o si la misma fuese denegada por ser suotorgamiento contrario a las prescripciones de la normativaurbanística, se procederá previo trámite de audiencia, adictar resolución que acordará la medida que correspondade restauración del orden jurídico infringido y de la realidadfísica alterada como consecuencia de la actuación ilegal.

TERCERO: Designar instructor de este procedimiento adon Conrado Murcia Aráez, Técnico de Administración Ge-neral, y secretario a don César Valcayo Andrino, SecretarioGeneral del Ayuntamiento de Rojales.

CUARTO: Informar a los interesados de que por aplica-ción del artículo 538.1 del Reglamento de Ordenación yGestión Territorial y Urbanística, el inicio del presente proce-dimiento interrumpe el plazo de prescripción de las eventua-les infracciones urbanísticas que se hubieren podido cometer.

QUINTO: Informar a los interesados, en cumplimientode lo dispuesto por el artículo 42,4 de la Ley 30/1992 de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y Procedimiento Administrativo Común, que elplazo máximo normativamente establecido para la resolu-ción y notificación de este procedimiento es de seis meses,plazo que comenzará a contarse:

a) Si no se ha solicitado la legalización, el día en quefinalice el plazo otorgado en el requerimiento de legalización.

b) Si se ha solicitado la legalización, el plazo se iniciaráel día en que se dicte el acto administrativo resolviendo sobrela licencia urbanística o autorización administrativa de quese trate.

c) En los supuestos en los que el procedimiento sehubiera paralizado por causa imputable al interesado, seinterrumpirá el plazo para resolver.

Contra esta Resolución no cabe interponer recursoalguno, por tratarse de un acto de trámite que no decide nidirecta ni indirectamente el fondo del asunto, ni determina laimposibilidad de continuar el procedimiento, ni produce inde-fensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legíti-mos, como así dispone el articulo 107 de la Ley 30/1992, yello sin perjuicio del derecho que corresponde al interesadode, en el plazo de quince días, aportar cuantas alegaciones,documentos o informaciones estimen convenientes y, en sucaso, proponer prueba concretando los medios de quepretendan valerse.»

Lo que le comunico para su conocimiento y efectosoportunos.

Rojales, 17 de Abril de 2013.Fdo. El Alcalde, Antonio Pérez García.

EDICTO

Expediente número PLU-40/12Habiendo sido infructuosos los intentos de notificación

del Decreto de Requerimiento para la Reposición de lalegalidad urbanística infringida, expedido a favor de KuznetsovYuri, con domicilio a efectos de notificación en la calle IslaAlborán nº 11 de Rojales (Alicante), por medio de la presente,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Leyde Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, se publica la citadanotificación de fecha 27 de Febrero de 2013, que transcriboliteralmente:

«DECRETO Nº 161/2013Visto el informe del Controlador de Obras de este

Excmo. Ayuntamiento de Rojales, de fecha 8 de Agosto de2012, del que trae causa el presente procedimiento adminis-trativo que se incoa para la reposición de la legalidad urba-nística infringida, como consecuencia de la ejecución depresuntas obras ilegales en el inmueble sito en la calle IslaAlborán nº 11 de Rojales, se ha procedido a la comprobaciónde los archivos y registros de este Ayuntamiento y las obrasque se ejecutan, descritas en el citado informe como sigue:«PRIMERO.- En la dirección citada anteriormente se estárealizando la construcción de una barbacoa adosada ycompletamente techada al muro medianero entre parcelas,sin respetar los tres metros de retranqueo que obliga elPGOU. La construcción tiene una superficie aproximada deunos 4 metros cuadrados. Los propietarios de la vivienda nose encuentran en su interior. SEGUNDO.- En los archivos deeste Ayuntamiento no hay nada registrado a esta dirección,por lo que la obra es presuntamente ilegal.»; carecen delicencia urbanística.

En consecuencia se procede a la aplicación de lanormativa vigente en materia de disciplina urbanística en laComunidad Valenciana, artículo 221 de la Ley UrbanísticaValenciana, Ley 16/2005, de 30 de diciembre (en adelanteLUV), que establece que «Cuando los actos de edificación ouso del suelo se realizasen sin licencia u orden de ejecución,el Alcalde …. comprobado que los mismos carecen deautorización urbanística, ordenará, sin más trámite, la sus-pensión inmediata de las obras o el cese del uso en curso deejecución o desarrollo».

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Examinados los antecedentes obrantes en la Secreta-ría de este Ayuntamiento; KUZNETSOV YURI, con pasapor-te de su nacionalidad número 701542432, con domicilio encalle Isla Alborán nº 11 de Rojales, figura como promotor delas obras, y propietario del inmueble según la consultarealizada a la Sede Electrónica del Catastro; por lo que y a lavista del referido informe, queda considerado como promotorde dicha obra y por tanto responsable de la infracción relativaa la ejecución de las mismas, recayendo asimismo igualresponsabilidad en el constructor y el director de las obras encuestión, en aplicación del artículo 237 de la LUV, sinperjuicio de las posibles responsabilidades que respecto aotras personas puedan derivarse de la tramitación del pre-sente procedimiento.

En su virtud y en uso de las funciones que me sonpropias, comprobado que la ejecución de las obras no seajustan a la legalidad vigente, identificando a los presuntosresponsables; por aplicación del artículo 221.3, por este miDecreto RESUELVO:

PRIMERO.- INCOAR EXPEDIENTE PARA LA RES-TAURACIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA a D.KUZNETSOV YURI, en calidad de promotor, en relación conlas obras emplazadas en la calle Isla Alborán nº 11 deRojales, y descritas en el citado informe del controlador deobras municipal.

SEGUNDO.- REQUERIR A LOS INTERESADOS EN ELPROCEDIMIENTO EN TRÁMITE PARA QUE, EN EL PLAZODE DOS MESES CONTADOS DESDE LA NOTIFICACIÓNDE LA SUSPENSIÓN, SOLICITEN LA OPORTUNA LICEN-CIA O DECLARACIÓN RESPONSABLE QUE CORRES-PONDA, EN CASO DE QUE LAS OBRAS FUERANLEGALIZABLES. Apercibiendo de que llegado ese día sinque el interesado hubiere cumplido lo ordenado y ajustado suactuación a la legalidad vigente o en el caso de que lasmismas obras fueran consideradas como no legalizables, enaplicación de la normativa vigente, el EXPEDIENTE DERESTAURACIÓN DE LA LEGALIDAD CONCLUIRÁ ME-DIANTE RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA EN LA QUE SEORDENARÁ LAS OPERACIONES CONSISTENTES EN LADEMOLICIÓN DE LAS EDIFICACIONES REALIZADAS ILE-GALMENTE, artículo 223 y 225 de la LUV.

Y ello, sin perjuicio de la potestad legal que correspondea esta Alcaldía de Decretar la incoación del correspondienteprocedimiento sancionador de la conducta descrita, constitu-tiva de infracción de la legalidad urbanística, artículo 219 dela LUV, tanto contra el promotor, contra el director técnico,así como contra el constructor de la obra, responsablestodos ellos, y de forma independiente de la ejecución de lamisma sin la preceptiva licencia municipal.

TERCERO.- ADOPTAR MEDIDAS CAUTELARES con-sistentes en LA PARALIZACIÓN DE LAS OBRAS DE CONS-TRUCCIÓN, en el inmueble descrito en el párrafo primero,SIENDO DE OBLIGACIÓN DEL INTERESADO LA RETIRA-DA INMEDIATA DE LOS ELEMENTOS, MATERIALES OMAQUINARIA PREPARADOS PARA SER UTILIZADOS, ENEL PLAZO MÁXIMO DE CINCO DÍAS SIGUIENTES AL DENOTIFICACIÓN DE LA PRESENTE ORDEN DE PARALIZA-CIÓN, artículo 226 de la LUV, teniendo causa el presenteacuerdo en la evitación de que la ilegalidad de las obras seconsolide por su terminación.

Asimismo queda apercibido el sujeto infractor, de que elincumplimiento de la paralización y retirada materiales, ade-más de ser constitutiva de agravante de la conducta de losinteresados del procedimiento sancionador que se instruya,comportará, de forma automática, respecto de los responsa-bles municipales designados, orden directa para la retiraday precinto de los materiales y demás maquinaria sita en laparcela a costa del interesado, quedando ésta a disposicióndel mismo en las dependencias municipales para su retirada,previo abono de los gastos de transporte y custodia.

CUARTO.- Informar a los interesados de que por aplica-ción del art. 538.1 del Reglamento de Ordenación y GestiónTerritorial y Urbanística, el inicio del presente procedimientointerrumpe el plazo de prescripción de las eventuales infrac-ciones urbanísticas que se hubieren podido cometer.

Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, elinteresado podrá interponer recurso contencioso-adminis-trativo en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguienteal de la recepción del presente decreto, ante el Juzgado delo Contencioso-Administrativo de Elche, conforme a lo esta-blecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de laJurisdicción Contencioso Administrativa o en su caso, recur-so potestativo de reposición en el plazo de un mes desde eldía siguiente al de la recepción del presente decreto. Todoello sin perjuicio de que usted pueda ejercitar cualquier otrorecurso que considere procedente.»

Lo que le comunico para su conocimiento y efectosoportunos.

Rojales, 17 de Abril de 2013.Fdo. El Alcalde, Antonio Pérez García.

EDICTO

Expediente número OE-F-27/11Habiendo sido infructuosos los intentos de notificación

de la Orden de Ejecución Forzosa expedida a favor de KlapaiJosef, con domicilio a efectos de notificación en la calleSantiago de la Ribera nº 15 de la Urb. Ciudad Quesada 2 deésta localidad, por medio de la presente, de conformidad conlo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, se publica la citada notificación de fecha21 de Febrero de 2013, que transcribo literalmente:

«DECRETO Nº 143/2013Visto el procedimiento iniciado, en virtud del Decreto de

Alcaldía nº 726/2011 de fecha 24 de noviembre, comoconsecuencia de las diferentes quejas de los vecinos sobreel estado de la parcela situada en la calle Santiago de laRibera número 15 de la Urb. Ciudad Quesada 2 de Rojales,por el deficiente estado de conservación y abandono en quese encuentra la misma, y realizada visita de inspección delArquitecto Municipal de fecha 15 de mayo de 2012, se hapodido comprobar que: «Se considera procedente la realiza-ción de las siguientes actuaciones: 1) La limpieza de laparcela, mediante maquina cargadora, con traslado a verte-dero del material retirado.»

Constando en los Archivos y Registros municipalescomo propietario de la parcela KLAPAI JOSEF, con NIEnúmero X-2835055-Y y con domicilio en la UrbanizaciónDunas de la Mata número 120 de Torrevieja, responsablecomo titular de la parcela afectada por el mismo, en incum-plimiento de su obligación de mantenerla en las debidascondiciones de seguridad, sanidad y salubridad pública,señaladas en la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanís-tica Valenciana.

En consecuencia de lo cual, y por aplicación del artículo206 de la LUV, fue otorgado el plazo de quince días para laprevia audiencia a los interesados en el presente procedi-miento, coincidente con el plazo otorgado para que de formavoluntaria se procediera por el responsable a la limpieza dela parcela afectada.

Habiendo sido apercibido el interesado de los efectosdel incumplimiento del plazo para la ejecución voluntaria, yhabiendo transcurrido el plazo para ello, sin que la limpiezahaya sido ejecutada, con incumplimiento del deber del pro-pietario de la parcela ubicada en la calle Santiago de laRibera nº 15, de mantener su propiedad en condiciones deseguridad y salubridad, imprescindibles para la habitabilidady correcto uso de la misma, de conformidad con lo dispuestoen el artículo 212.3 de la LUV; en uso de las facultades queme son propias por esta Alcaldía se resuelve,

PRIMERO.- La ejecución forzosa, por KLAPAI JOSEF,de la limpieza de la parcela, a su costa, en las condicionesestablecidas en el Informe emitido por los Servicios TécnicosMunicipales; y ello en el improrrogable plazo de quince díashábiles, a contar desde la recepción de la notificación delpresente Decreto o, en su caso, desde la publicación delmismo mediante Edicto en el B.O.P. de Alicante.

Apercibiendo al interesado responsable, que en casode incumplimiento de la presente Orden, se procederá a laejecución subsidiaria por este Ayuntamiento de la limpieza,

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a costa del obligado, en el plazo de tres días hábiles a contardesde el de vencimiento del plazo otorgado para el cumpli-miento de la presente Orden, pudiendo comportar tal incum-plimiento la apertura del correspondiente expediente dedisciplina urbanística contra el infractor y ello sin perjuicio dela posibilidad de acordar la imposición de multas coercitivaspara garantizar el cumplimiento de lo ordenado.

SEGUNDO.- La aprobación de la LIQUIDACIÓN PRO-VISIONAL del coste que suponen las operaciones de limpie-za, ascendente a NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS EUROSCON CINCUENTA CÉNTIMOS (976,50), según valoracióndada por Informe Técnico Municipal, de 15 de Mayo de 2012;y ello para el caso de que el Ayuntamiento debiera procedera la ejecución subsidiaria de dichas operaciones, ante elincumplimiento del sujeto responsable, y sin perjuicio de lacantidad que resulte de la liquidación definitiva por los gastosocasionados por la ejecución de las obras de limpieza, asícomo por los daños y perjuicios que se valoren a la conclu-sión de la ejecución, que serán previamente comunicados alparticular previa su recaudación municipal.»

Lo que le comunico para su conocimiento y efectosoportunos, en Rojales a 17 de Abril de 2013.

El Alcalde, Antonio Pérez García.

EDICTO

Expediente número PLU-41/12Habiendo sido infructuosos los intentos de notificación

de la Propuesta de Resolución expedida a favor deSKURIKITIN ANDREY, con domicilio a efectos de notifica-ción en la calle Isla Alborán nº 13 de Rojales (Alicante), pormedio de la presente, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, se publica la citada notificación de fecha 6 de Marzo de2013, que transcribo literalmente:

«PROPUESTA DE RESOLUCIÓNHabiendo sido instruido expediente de disciplina urba-

nística, al cual dio inicio el Decreto de Alcaldía Nº 614/2012de 28 de Agosto de 2012, de paralización y concesión de unplazo de legalización de las obras ejecutadas en el inmueblesito en la calle Isla Alborán nº 13 de Rojales, siendo elpromotor SKURIKITIN ANDREY con pasaporte de su nacio-nalidad número 63Nº3062896.

Consistiendo las obras ejecutadas en el mencionadoinmueble:»PRIMERO.- En la dirección citada anteriormentese está realizando la construcción de una barbacoa adosaday completamente techada al muro medianero entre parcelas,sin respetar los tres metros de retranqueo que obliga elPGOU. La construcción tiene una superficie aproximada deunos 4 metros cuadrados. Los propietarios de la vivienda nose encuentran en su interior. SEGUNDO.- En los archivos deeste Ayuntamiento no hay nada registrado a esta dirección,por lo que la obra es presuntamente ilegal.»; obras ejecuta-das sin licencia, tal cual se acredita del examen de losArchivos y Registros municipales.

En fecha 3 de Enero de 2013, y ante la imposibilidadmaterial de notificárselo personalmente al interesado, seprocedió a publicar en el Boletín Oficial de la Provincia deAlicante, el citado decreto de paralización y otorgamiento delplazo de dos meses para legalización, para si así lo creeconveniente el interesado proceda a su legalización solici-tando la oportuna licencia de obras.

Resultando que al día de la fecha no se ha solicitadoLicencia de Obras, ni consta recurso ni alegaciones por partede los interesados.

Resultando de la Normativa vigente en materia dedisciplina urbanística en la Comunidad Valenciana, en con-creto por aplicación del artículo 221 de la Ley UrbanísticaValenciana, Ley 16/2005, de 30 de diciembre (en adelanteLUV), que dichas actuaciones son constitutivas de infracciónurbanística, ex artículos 232 y 233.3, el cual califica lasactuaciones de uso y edificación del suelo que incumplannormas sobre retranqueos, uso del suelo y edificabilidad,

como graves; por tal motivo fue dictado decreto por el que seprocedía a requerir a los interesados de legalización de laactuación constructiva.

Resultando del artículo 225.1.a) de la LUV que a la vistade las actuaciones practicadas, en caso de quedar acredita-da la imposibilidad de legalización de las obras ejecutadas,para el caso de obras de edificación, las operaciones derestauración consistirán en la demolición de las edificacio-nes realizadas ilegalmente.

En uso de las facultades que me son atribuidas comoórgano instructor del presente expediente, formulo la presen-te Propuesta, para su elevación a resolución por el Sr.Alcalde, órgano competente para concluir el procedimientode restauración en trámite, con los siguientes puntos, a modode parte dispositiva:

PRIMERO.- Proponer la demolición de las obras indebi-damente construidas, en el inmueble sito en la calle IslaAlborán nº 13 de Rojales consistentes en: «PRIMERO.- En ladirección citada anteriormente se está realizando la cons-trucción de una barbacoa adosada y completamente techa-da al muro medianero entre parcelas, sin respetar los tresmetros de retranqueo que obliga el PGOU. La construccióntiene una superficie aproximada de unos 4 metros cuadra-dos. Los propietarios de la vivienda no se encuentran en suinterior. SEGUNDO.- En los archivos de este Ayuntamientono hay nada registrado a esta dirección, por lo que la obra espresuntamente ilegal.»; por la contravención del orden urba-nístico que suponen; elevando esta propuesta a la Alcaldíadel Ayuntamiento de Rojales, para su aprobación, a salvo demejor criterio en Derecho de la misma.

SEGUNDO.- Informar a los interesados en el procedi-miento de que disponen de un plazo de 15 días para formularalegaciones o presentar documentos o pruebas que estimenpor conveniente, pudiendo consultar el expediente que sehalla a su disposición en dependencias municipales; pasa-dos los cuales a la vista de las mismas, será dictada resolu-ción de restauración.

TERCERO.- Notificar la presente propuesta al Sr. Alcal-de, órgano competente para la contestación de las alegacio-nes, en caso de ser presentadas, así como para el acuerdode la medida de restauración que corresponda, a costa delinteresado, en el plazo de ejecución que este fije, artículo227.1 de la LUV.

Es cuanto se propone, a los efectos oportunos, enRojales, a 6 de Marzo de 2013. Fdo. El TAG. Conrado MurciaAráez.»

Lo que le comunico para su conocimiento y efectosoportunos, en Rojales a 17 de Abril de 2013.

El Alcalde, Antonio Pérez García.

EDICTO

Expediente IU-10/13Habiendo sido infructuosos los intentos de notificación

de la Propuesta de Resolución de expediente SancionadorUrbanístico expedido a favor de Aaraas Pedersen Knut, condomicilio a efectos de notificación en la avenida Aeropuertonº 5B parcela 4B de Rojales (Alicante), por medio de lapresente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pu-blica la citada notificación de fecha 5 de Marzo de 2013, quetranscribo literalmente:

«PROPUESTA DE RESOLUCIÓNVisto el expediente sancionador incoado a Aaraas

Pedersen Knut, promotor de las obras sin licencia, realizadasen el inmueble sito en la avenida Aeropuerto nº 5B parcela 4Bde Rojales.

RESULTANDO que en el citado expediente se hanproducido las actuaciones siguientes:

Con fecha 24 de Enero de 2013 se dicta el decreto deAlcaldía nº 51/2013, por el que se incoa expediente sancio-nador, nombrando instructor y secretario, y notificado alinteresado con fecha 13 de Febrero de 2013.

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RESULTANDO que el interesado ha presentado escritode alegaciones de fecha 21/02/2013, registro de entrada1373, en el que manifiesta lo que a su derecho conviene, sinque lo manifestado desvirtúen los hechos objeto de infrac-ción, siendo válido el informe realizado por el técnico muni-cipal con carácter imparcial y objetivo, por lo que las alega-ciones han de ser desestimadas.

RESULTANDO probado, y así se declara, que la infrac-ción urbanística cometida ha consistido en: «Una construc-ción adosada a la valla que delimita la parcela con la parcelacolindante, de una (1) planta que, por sus característicasdimensionales y constructivas estaría destinada al uso debarbacoa. La edificación en planta es rectangular, con unasdimensiones aproximadas de cuatro (4,00) metros de largoy tres (3,00) metros de ancho, lo que resulta una superficieconstruida de doce (12,00) metros cuadrados.»; realizadassin la licencia de obras necesaria.

CONSIDERANDO que los hechos expuestos que sedeclaran probados, constituyen infracción urbanística, se-gún el artículo 249.1 de la Ley Urbanística Valenciana, LEY16/2005, de 30 de diciembre.

CONSIDERANDO que la mencionada infracción urba-nística ha de ser calificada de grave de conformidad alartículo 233.3 de la LUV.

CONSIDERANDO que de conformidad al artículo 237de la LUV, y con los hechos probados en el expediente,resulta persona responsable de la referida infracción urba-nística, como promotor, Aaraas Pedersen Knut.

CONSIDERANDO que en la ejecución de la infracciónurbanística no concurren circunstancias que modifiquen laresponsabilidad, se gradúa la sanción en su grado medio.

CONSIDERANDO que de acuerdo con su calificación,corresponde sancionar la infracción cometida con multa de2.439’00 euros, 37’50% del presupuesto de ejecución queasciende a 6.504’00 euros, en base al artículo 249 de la LUV.

En uso de las facultades que me son atribuidas comoórgano instructor del presente expediente, formulo la presen-te Propuesta, para su elevación a resolución por el Sr.Alcalde, órgano competente para concluir el procedimientosancionador en trámite, con los siguientes puntos, a modo departe dispositiva:

PRIMERO.- Declarar cometida la infracción urbanísticapor las obras realizadas sin licencia, y proponer la imposiciónde una sanción a Aaraas Pedersen Knut por importe de2.439’00 euros, en aplicación del mencionado artículo 249.1de la LUV y en atención a las circunstancias concurrentes.

SEGUNDO.- Informar a los interesados en el procedimien-to de que disponen de un plazo de 15 días para formularalegaciones o presentar documentos o pruebas que estimenpor conveniente, pudiendo consultar el expediente que se hallaa su disposición en dependencias municipales; pasados loscuales a la vista de las mismas, será dictada resolución.

Asimismo se les informa de que el plazo de caducidaddel presente expediente es de seis meses a contar desde eldía 24 de Enero de 2013, fecha en el que fue dictado eldecreto de iniciación.

TERCERO.- Notificar la presente propuesta al Sr. Alcal-de, órgano competente para la contestación de las alegacio-nes, en caso de ser presentadas, así como para el acuerdode sanción que corresponda.

Documentos obrantes en el expediente,1.- Informe del Arquitecto Municipal de fecha 09/01/2013.2.- Acuerdo de Iniciación.3.- Notificación del acuerdo a instructor y secretario.4.- Escrito de alegaciones del interesado de fecha 21/

02/2013.Es cuanto se propone, a los efectos oportunos, en

Rojales a 5 de Marzo de 2013. Fdo. El TAG. Conrado MurciaAráez.»

Lo que le comunico para su conocimiento y efectosoportunos.

Rojales, a 17 de Abril de 2013.Fdo. El Alcalde. Antonio Pérez García.

*1307763*

AYUNTAMIENTO DE SAN FULGENCIO

EDICTO

D. Carlos Ramírez Sansano Andrés, Alcalde-Presiden-te del Ayuntamiento de San Fulgencio (Alicante)

Hace saber: que la Junta de Gobierno Local de esteAyuntamiento, celebrada con fecha 12 de abril de 2013,aprobó las siguientes:

Bases de la convocatoria de ayudas para estudiantesuniversitarios desplazados fuera del término municipal, cur-so 2011/2012.

Primera.- Objeto de la convocatoria.El objeto de la presente convocatoria es la concesión de

ayudas económicas por parte del Excmo. Ayuntamiento deSan Fulgencio para sufragar el coste del transporte a losalumnos residentes en el municipio de San Fulgencio a loscentros universitarios donde cursen sus estudios durante elcurso 2011/2012. La subvención total a conceder será de200€ y estará condicionada al importe máximo presupuesta-do siendo este de: TRES MIL EUROS (3.000€) pudiéndosereducir el importe a percibir por cada estudiante para ajustar-se al importe total presupuestado.

Segunda.- Requisitos de los beneficiarios.Los interesados en solicitar la citada ayuda económica

deberán cumplir los siguientes requisitos:- Estar empadronado y residir en San Fulgencio, al

menos, un año natural antes de la convocatoria de laspresentes bases.

- Contar, en el momento de presentar la instancia conmenos de 30 años de edad.

- Estar matriculado en el curso 2011/2013, en unauniversidad pública y en una enseñanza universitaria. Seentenderá por enseñanzas universitarias las relativas a:Diplomaturas, Licenciaturas e Ingenierías (técnicas o supe-riores) de carácter universitario.

Tercera.- Documentación a presentar.-Solicitud, que deberá estar debidamente cumplimenta-

da y firmada, en la que hará constar los estudios por los quesolicita la ayuda durante el curso 2011/2012, centro dondelos cursa y declaración expresa de que cumple los requisitosexigidos en la base segunda.

- Original o fotocopia compulsada del justificante delpago integro de matrícula del curso 2011/2012 de los estu-dios universitarios que este cursando, o en su caso, justifi-cante expedido por la universidad donde curso los estudiosque justifique que en la fecha de la solicitud se encuentracursando dichos estudios.

- Fotocopia compulsada del Documento Nacional deIdentidad.

- Certificado o volante de empadronamiento expedidopor el órgano municipal correspondiente, donde conste laantigüedad.

- Fotocopia de la 1ª Hoja de la Libreta Bancaria o Cajade Ahorros del alumno ó Certificado actualizado de la Enti-dad Bancaria donde se encuentra la cuenta del alumno, enel que conste la denominación de la entidad, la oficina, eldígito de control y el número de cuenta en que se abonará elimporte de la ayuda.

Cuarta.- Presentación de solicitudes.Las solicitudes para poder optar a las becas que se

determinan en la presente convocatoria, deberán dirigirse ala Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, se deberánpresentar en el Registro de este Ayuntamiento (Horario:lunes a viernes de 9’00 h. a 13’30 h.) o en cualquiera de lasformas establecidas en el artículo 38 de la Ley de Procedi-miento Administrativo, en el plazo de un mes a contar a partirdel día siguiente a la publicación del correspondiente anun-cio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Quinta.- Forma de pago de la ayuda.El abono de la ayuda se realizará mediante transferen-

cia bancaria.Lo que se hace público para su general conocimiento.San Fulgencio, 15 de abril de 2013.El Alcalde, Carlos Ramírez Sansano

*1307680*

Page 28: BOLETÍN OFICIAL - Diputación de Alicantesede.diputacionalicante.es/documentos/EMERI/Tablon/00045.pdf · 2019. 4. 12. · -autorizaciÓn de vertido de aguas residuales en el t.m.

2 8boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 75

EDICTO

D. Carlos Ramírez Sansano, Alcalde-Presidente delAyuntamiento de San Fulgencio (Alicante)

Hace saber: que la Junta de Gobierno Local de esteAyuntamiento, celebrada con fecha 12 de abril de 2013,aprobó las siguientes:

Bases de la convocatoria de ayudas para estudiantesde las modalidades de Bachillerato y estudiantes de ciclosFormativos de grado medio y superior, para el curso acadé-mico 2011/2012

Primera.- Objeto de la convocatoria.El objeto de la presente convocatoria es la concesión de

ayudas económicas por parte del Excmo. Ayuntamiento deSan Fulgencio para sufragar el coste del transporte a losalumnos residentes en el municipio de San Fulgencio quecursen estudios de Bachillerato o Ciclos Formativos deGrado Medio y Superior durante el curso 2011/2012. Lasubvención total a conceder será de 100€ y estará condicio-nada al importe máximo presupuestado siendo este de: DOSMIL EUROS (2.000€) pudiéndose reducir el importe a perci-bir por cada estudiante para ajustarse al importe total presu-puestado.

Segunda.- Requisitos de los beneficiarios.Los interesados en solicitar la citada ayuda económica

deberán cumplir los siguientes requisitos:- Estar empadronado y residir en San Fulgencio, al

menos, un año natural antes de la convocatoria de laspresentes bases.

- Contar, en el momento de presentar la instancia conmenos de 30 años de edad.

- Cursas estudios de Bachillerato, Ciclos formativos deGrado medio o Superior en el curso 2011/2012.

Tercera.- Documentación a presentar.-Solicitud, que deberá estar debidamente cumplimenta-

da y firmada, en la que hará constar los estudios por los quesolicita la ayuda durante el curso 2011/2012, centro dondelos cursa y declaración expresa de que cumple los requisitosexigidos en la base segunda.

- Original o fotocopia compulsada del justificante delpago integro de matrícula del curso 2011/2012 de losestudios que este cursando, o en su caso, justificanteexpedido por el centro donde curso los estudios quejustifique que en la fecha de la solicitud se encuentracursando dichos estudios.

- Fotocopia compulsada del Documento Nacional deIdentidad.

- Certificado o volante de empadronamiento expedidopor el órgano municipal correspondiente, donde conste laantigüedad.

- Fotocopia de la 1ª Hoja de la Libreta Bancaria o Cajade Ahorros del alumno ó Certificado actualizado de la Enti-dad Bancaria donde se encuentra la cuenta del alumno, enel que conste la denominación de la entidad, la oficina, eldígito de control y el número de cuenta en que se abonará elimporte de la ayuda.

Cuarta.- Presentación de solicitudes.Las solicitudes para poder optar a las becas que se

determinan en la presente convocatoria, deberán dirigirse ala Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, se deberánpresentar en el Registro de este Ayuntamiento (Horario:lunes a viernes de 9’00 h. a 13’30 h.) o en cualquiera de lasformas establecidas en el artículo 38 de la Ley de Procedi-miento Administrativo, en el plazo de un mes a contar a partirdel día siguiente a la publicación del correspondiente anun-cio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Quinta.- Forma de pago de la ayuda.El abono de la ayuda se realizará mediante transferen-

cia bancaria.Lo que se hace público para su general conocimiento.San Fulgencio, 15 de abril de 2013.El Alcalde, Carlos Ramírez Sansano

*1307683*

AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DE SALINAS

EDICTO

EDICTO DE NOTIFICACIÓNHabiendo resultado infructuosos los intentos de notifi-

cación a las personas que a continuación se relacionan, enel último domicilio conocido que igualmente se indica, deeste municipio:

NOMBRE DOCUMENTO DIRECCIÓN

SUSAN MARGARET MOODY NIE Nº: X-4627724-D CALLE ALBACETE 22SAMUEL MCGALL NIE Nº: X-0756253-J CALLE ÁGUILA BELICOSA 4JUNCHAO ZHENG NIE Nº: X-4641256-V CALLE PUERTO DE SANTA MARIA 4, PTAL. BHELGA ELISE MICHALZIK PAS. Nº: 1147085040 CALLE CHIPIONA 15HARALD FRIEDRICH SANDER PAS. Nº: 1147070583 CALLE CHIPIONA 15NICHOLAS MITCHAM PAS. Nº: 702597152 CALLE INMACULADA 7ETHEL MCGALL NIE Nº: X-0756254-Z CALLE ÁGUILA BELICOSA 4ADRIAN JOHN MOODY NIE Nº: X-4383103-Q CALLE ALBACETE 22

De conformidad con lo previsto en los arts. 72 y 54 delReglamento de Población y Demarcación Territorial, en lanueva redacción dada mediante RD 2612/1996, de 20 dediciembre; así como en virtud de lo dispuesto en la Resolu-ción de 1 de abril de 1997 de la Presidencia del InstitutoNacional de Estadística y la Dirección General de Coopera-ción Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas alos Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrónmunicipal, y en cumplimiento del art. 58 de la Ley 30/1992 de26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, Reguladoradel Procedimiento Administrativo Común, por la presente seefectúa notificación mediante la cuál se procede a la in-coación de expediente administrativo, para proceder en sucaso a las bajas de los citados, en el Padrón Municipal deHabitantes, por existir presunción de que no residen durantela mayor parte del año en el domicilio indicado de estemunicipio; comunicándoles que contra esta presunción po-drán en el plazo de quince días contados a partir del siguientea la publicación de la presente en el Boletín Oficial de laProvincia, manifestar si están de acuerdo o no con la baja,pudiendo, en este último caso, alegar y presentar los docu-mentos y justificaciones que estimen pertinentes al objeto deacreditar que es en este municipio en el que residen el mayornúmero de días al año.

San Miguel de Salinas, a dieciséis de abril de dos miltrece.

El Alcalde en funciones.Fdo: Sergio Correas Ferrer.DOCUMENTO FIRMANDO DIGITALMENTE

*1307727*

AYUNTAMIENTO DE SAX

EDICTO

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día12 de abril de 2013, acordó aprobar las bases para laconcesión de subvenciones a asociaciones y entidades decarácter cultural, educativas, festivas, juveniles, bienestarsocial, participación ciudadana y desarrollo económico delAyuntamiento de Sax.

BASES PARA CONCESION DE SUBVENCIONES AASOCIACIONES Y ENTIDADES DE CARÁCTER CULTU-RAL, EDUCATIVAS, FESTIVAS, JUVENILES, BIENESTARSOCIAL, PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y DESARROLLOECONÓMICO DEL AYUNTAMIENTO DE SAX

Entre las funciones atribuidas a las Concejalías deCultura, Educación, Fiestas, Juventud, Bienestar Social,Participación Ciudadana y Desarrollo Económico del Ayun-tamiento de Sax, figura el apoyo a las actividades de carácterCultural, Educativas, Festivas, Juveniles, Bienestar Social,Participación Ciudadana y Desarrollo Económico, realizadaspor entidades y asociaciones de la localidad.

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boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 752 9

Por lo expuesto, y bajo los principios de publicidad,concurrencia y objetividad

DISPONGOPrimera: Objeto.Se convocan ayudas a favor de las entidades y asocia-

ciones de carácter Cultural, Educativas, Festivas, Juveniles,Bienestar Social, Participación Ciudadana y Desarrollo Eco-nómico por los importes que se indican, y que se haránefectivas con cargo a las partidas asimismo señaladas delpresupuesto de gastos.

CONCEPTO IMPORTEPRESUPUESTARIO DESCRIPCIÓN CONSIGNACIÓN €

320.48900 AYUDAS Y SUBV. APA’S, GASTOS ACTIVIDADES Y FUNCIONAMIENTO. 6.000,00320.48902 AYUDAS Y SUBV. COLEGIOS, GASTOS ACTIVIDADES Y FUNCIONAMIENTO. 9.000,00231.48907 AYUDAS Y SUBV. ENTIDADES SERVICIOS SOCIALES 5.000,00330.48908 AYUDAS Y SUBV. ENTIDADES SERVICIOS SOCIOCULTURALES 2.500,00924.48912 AYUDAS Y SUBV. ENTIDADES PARTICIPACIÓN CIUDADANA 5.000,00338.48920 AYUDAS Y SUBV. COMPARSAS 3.000,00

Las actividades deberán tener lugar durante el año2013.

Serán subvencionables los gastos originados directa-mente por el desarrollo y ejecución de los programas oactividades. Entre los gastos se podrán incluir:

- Gastos de adecuación, mantenimiento y arrendamientode inmuebles necesarios para la realización de actividades.

- Equipamiento necesario para la realización de lasactividades.

- Material destinado a la realización de las actividades.- Suministros, electricidad y cualquier otro abasteci-

miento directamente relacionado con las actividades.- Prestaciones de servicio, por empresas y profesiona-

les independientes directamente relacionados con las activi-dades.

- Gastos de personal.- Otros: cualquiera otro no incluido en los apartados

anteriores. Se evaluará específicamente su necesidad parala actividad o programa.

La realización de la actividad para el que fuera conce-dida la subvención será de exclusiva responsabilidad de laasociación o entidad, siendo a su cargo los medios humanosy materiales que se precisen para el cumplimiento de susobligaciones.

Segunda: CuantíaEn caso de existir otras ayudas o subvenciones conce-

didas por cualquier Administración o Ente Público o privado,la suma del importe de las subvenciones obtenidas, incluidala del Ayuntamiento, no podrá ser superior al coste total dela actividad objeto de ayuda.

Tercera: Plazo de solicitudes y documentación.Podrán solicitar estas ayudas todas las Asociaciones y

Entidades Culturales, Educativas, Festivas, Juveniles, Bienes-tar Social, Participación Ciudadana y Desarrollo Económico deSax, legalmente constituidas o en trámites de constitución.

Las solicitudes de subvención se realizarán medianteinstancia (anexo I) dirigida al Alcalde del Ayuntamiento deSax, por quien tenga la representación legal de la asociacióno entidad solicitante, presentada en el Registro General delAyuntamiento o utilizando cualquiera de los medios regula-dos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembrede Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común,acompañada de la siguiente documentación:

1º Tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante.2º Datos de la entidad solicitante: domicilio social,

código postal y teléfono.3º Datos bancarios de la entidad solicitante (Anexo 2).4º. Certificado del Secretario de la asociación o entidad

relativo al acuerdo de la Junta que aprobó la solicitud desubvención, y del número de socios o afiliados de la asocia-ción o entidad.

5º. Declaración responsable expedida por la asociacióno entidad solicitante indicando que no se dispone de ningunaotra subvención para financiar el proyecto en cuestión, o encaso contrario, detallando las subvenciones que se hayansolicitado o recibido previamente por parte de otras institu-ciones o entidades, públicas o privadas.

6º. Declaración responsable de no incurrir en las causasestablecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones.

7º Proyecto detallado de cada una de las actividades arealizar, con sus objetivos, fecha y lugar de celebración asícomo su presupuesto detallado.

8º Inscripción en el Registro Municipal de AsociacionesVecinales de Sax.

9º Declaración responsable acreditando estar al co-rriente de sus obligaciones tributarias (Agencia Tributaria) ycon la Seguridad Social (Tesorería General de la SeguridadSocial) a la fecha de la presentación de la solicitud.

El plazo de presentación de la solicitud será hasta el 30de noviembre de 2013.

Cuando la solicitud no reúna los requisitos establecidoso no incorpore la documentación exigida, se requerirá al/lainteresado/a para que, en un plazo de diez días subsane lafalta o acompañe los documentos preceptivos, con indica-ción de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido de supetición, procediéndose en consecuencia a su archivo conlos efectos previstos en el número 1 del artículo 71 de la Ley30/92 de Régimen Jurídico y Procedimiento AdministrativoComún.

Cuarta. Resolución parcial de la convocatoria:La presente convocatoria se resolverá en las siguientes

fases:-Fase 1: Solicitudes presentadas hasta el 30 de junio de

2013.-Fase 2: Solicitudes presentadas hasta el 30 de noviem-

bre de 2013.Quinta. Criterios de valoración.Recibidas las solicitudes en tiempo y forma, la Concejalía

correspondiente emitirá un informe en el que, a efectos deelaboración de la propuesta de adjudicación de subvencio-nes, se tendrá en cuenta los siguientes criterios:

- Importancia de las actividades.- Número de socios de la entidad o usuarios y destina-

tarios potenciales del proyecto presentado.- Generación de puestos de trabajo previstos con el

desarrollo de la actividad.- Actividades desarrolladas en los últimos años por la

asociación o entidad.- Relevancia del proyecto en relación con la política

emprendida por el Ayuntamiento.Sexta. AdjudicaciónEl citado informe se someterá a la Comisión Técnica de

Valoración correspondiente, que elevará su propuesta a laJunta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Sax, indicandola cuantía de las ayudas a conceder. El plazo máximo parala resolución de la adjudicación será de tres meses exceptopara la última fase, que será de un mes, desde la fecha definalización de las respectivas fases, considerándose deses-timadas aquellas sobre las que no recayera resolución ex-presa de concesión de subvención.

La Comisión Técnica de Valoración, estará compuesta por:- Presidente: El Alcalde o personas en quien delegue.- Vocales:El concejal/es delegado/s de la materia objeto de la

subvención.Interventor Municipal.Un Concejal representante de cada uno de los Grupo

Políticos Municipales de la oposición.El Concejal de Hacienda.- Secretario: El funcionario responsable en materia de

subvenciones o el funcionario en quien delegue.El Secretario de la Comisión tendrá derecho a voz pero

no a voto.No podrá ser adjudicada subvención alguna a las aso-

ciaciones o entidades que tuvieran pendiente de justificacióncualquier otra ayuda concedida por este Ayuntamiento.

Séptima. Requisitos previos al pagoEl plazo para la justificación de la actividad subvenciona-

da, será de dos meses desde la finalización de la actividad,

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3 0boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 75

y en todo caso antes del 20 de diciembre de 2013. Deberápresentarse la siguiente documentación para la justificaciónde la subvención:

1. Certificado de la asociación o entidad de que laactividad objeto de la subvención ha sido realizada, y seha destinado a los fines previstos en la actividad subven-cionada.

2. Declaración responsable de la asociación o entidadhaciendo constar la obtención o no de otras subvencionespara la misma finalidad procedente de cualquier ente públicoo privado, así como que la suma de las mismas no excede delcoste del proyecto subvencionado.

3. Certificado de la Administración de Hacienda de estaral corriente de sus obligaciones fiscales.

4. Certificado expedido por la Tesorería Territorialde la Seguridad Social, de hallarse al corriente de susobligaciones.

5. Fotocopia compulsada de las facturas de los gastoshabidos con motivo del desarrollo de la actividad, debida-mente firmadas por el Presidente de la Asociación o entidad.

En el caso de no justificar el importe integro de la ayudao subvención está se verá minorada en la parta proporcionalque corresponda.

Octava. Obligaciones de los beneficiarios.Las asociaciones y entidades subvencionadas vendrá

obligadas a:- Insertar en todo impreso o publicidad que se refiera a

las actuaciones subvencionadas, y en concreto a la publici-dad local, el escudo del Ayuntamiento de Sax, haciendoconstar expresamente la colaboración del Ayuntamiento deSax.

- Facilitar cuanta información les sea requerida por laIntervención del Ayuntamiento de Sax.

- Comunicar a la entidad concedente cualquier altera-ción de las condiciones tenidas en cuenta para la concesiónde la subvención.

La concurrencia a los procesos de concesión de sub-venciones implicará la manifestación tácita de consentimien-to inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal ya su publicación, de acuerdo con lo previsto en la LeyOrgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección deDatos de Carácter Personal.

Novena. Destino de la subvenciónLa subvención concedida será destinada a la actividad

subvencionada. La aplicación de la subvención a una finali-dad distinta dará lugar a la revocación.

Décima. Reintegro.Procederá al reintegro de las cantidades percibidas y la

exigencia del interés de demora desde el momento del pagode la subvención en los siguientes casos:

a) Incumplimiento de la obligación de justificación.b) Obtener la subvención sin reunir las condiciones

requeridas para ello.c) Incumplimiento de la finalidad para la que la subven-

ción fue concedida.d) Incumplimiento de las condiciones impuestas a los

beneficiarios con motivo de la concesión de la subvencióne) Negativa u obstrucción a las actuaciones de control

e información que se establecen en el apartado séptimo deesta convocatoria.

f) En el supuesto de que la subvención concedidaaisladamente o en concurrencia con subvenciones de otrasentidades públicas o privadas superen el coste de la activi-dad a desarrollar por el beneficiario.

DISPOSICIÓN FINALContra la resolución de estas ayudas podrá interponer-

se recurso de reposición en el plazo de un mes ante el misoórgano que la ha dictado, o bien, directamente, recursocontencioso-administrativo, en el plazo de dos meses.

Sax, 16 de abril de 2013El AlcaldeFdo.: Vicente Gil Sauco

*1307682*

EDICTO

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día12 de abril de 2013, acordó aprobar las bases para laconvocatoria de ayudas para estudiantes desplazados fueradel término municipal y que a continuación se transcriben:

BASES CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ESTU-DIANTES

DESPLAZADOS FUERA DEL TÉRMINO MUNICIPALEl Ayuntamiento de Sax, convoca las ayudas que se

indican de acuerdo con las siguientesBASESPRIMERA: INTRODUCCIÓN.Estas normas serán de aplicación a las solicitudes de

ayudas presentadas por estudiantes que estando empadro-nados en Sax cursan estudios fuera del término municipalque no se imparten en Sax, debiendo estar homologados porel Ministerio de Educación durante el curso 2012/13. Lapresente convocatoria de subvención será instruida por elServicio de Educación, resolviéndose por la Junta de Gobier-no Local.

El plazo máximo para resolver las peticiones formula-das será de tres meses desde la fecha de finalización delplazo para presentar las solicitudes, pasado el cual sin quese haya dictado resolución se entenderán desestimadas.

SEGUNDA: REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS.Condiciones necesarias de los solicitantes:1º) Estar empadronado y residir en Sax, al menos, un

año natural antes de la convocatoria de las presentes bases.

DATOS PERSONALES

APELLIDOS

NOMBRE

NIF

CALLE/AVENIDA

Nº PISO PUERTA ESCALERA

LOCALIDAD

CODIGO POSTAL TELEFONO

En nombre y representación de la Asociación

Domicilio social

CIF

TELEFONO

Que solicita la concesión de una subvención para_________________________________________________________________________________________________________________________________, para lo cual se acompaña al presente escrito la siguiente documentación:

[]Tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante. [] Ficha mantenimiento a terceros (Anexo 2). [] Certificado del Secretario de la asociación o entidad relativo al acuerdo de la Junta que aprobó la

solicitud de subvención, y del número de socios o afiliados de la asociación o entidad. []Declaración responsable expedida por la asociación o entidad solicitante indicando que no se

dispone de ninguna otra subvención para financiar el proyecto en cuestión, o en caso contrario, detallando las subvenciones que se hayan solicitado o recibido previamente por parte de otras instituciones o entidades, públicas o privadas.

[] Declaración responsable de no incurrir en las causas establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

[] Proyecto detallado de cada una de las actividades a realizar, con sus objetivos, fecha y lugar de celebración así como su presupuesto detallado.

[] Inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales de Sax. [] Declaración responsable acreditando estar al corriente de sus obligaciones tributarias (Agencia

Tributaria) y con la Seguridad Social (Tesorería General de la Seguridad Social) a la fecha de la presentación de la solicitud

En su virtud

SOLICITO a Vd. que previos los trámites que corresponda realizar proceda a la inscripción de la Asociación en el libro Registro de Asociaciones Vecinales del municipio de Sax.

Sax, a ___ de __________________ de 20___

El solicitante

SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE SAX (ALICANTE)

AYUNTAMIENTO DE SAX. PLAZA DE LA CONSTITUCIÓN Nº 1 C.P. 03630. TEL. 965474006 FAX 965475399 www.sax.es

INSTANCIA DE SOLICITUD SUBVENCIÓN

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boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 753 1

2º) Cumplimentar debidamente el impreso oficial desolicitud. El impreso estará disponible en el Ilmo. Ayunta-miento de Sax.

3º) Contar en el momento de presentar la instancia conmenos de 30 años de edad.

4º) Estar matriculado y haber aprobado en el curso2012/2013 al menos en 5 asignaturas en cualquier enseñan-za universitaria, entendiéndose por tal las relativas a grado,diplomaturas, licenciaturas e ingenierías (técnicas o superio-res) de carácter universitario, o cualquier estudio homologa-do por el Ministerio de Educación.

TERCERA: REQUISITOS FORMALES.Las solicitudes de subvención se realizarán mediante

instancia dirigida al Alcalde del Ayuntamiento de Sax, pre-sentada en el Registro General del Ayuntamiento o utilizandocualquiera de los medios regulados en el artículo 38 de la Ley30/1992, de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico y Proce-dimiento Administrativo Común, acompañada de la siguientedocumentación:

1º) Impreso de solicitud cumplimentado y firmado.2º) Certificado de empadronamiento.3º) Fotocopia D.N.I..4º) Justificante que acredite la matriculación en el curso

2012/13 en cualquier enseñanza universitaria o en la realiza-ción de cualquier otro estudio homologado por el Ministeriode Educación.

CUARTO: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.El plazo de presentación de solicitudes será a partir del

día siguiente a la publicación en el Boletín oficial de laProvincia de Alicante de las presentes Bases y hasta el día31 de mayo de 2013.

Cuando la solicitud no reúna los requisitos establecidoso no incorpore la documentación exigida, se requerirá al/lainteresado/a para que, en un plazo de diez días, subsane lafalta o acompañe los documentos preceptivos, con indica-ción de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido de supetición, procediéndose en consecuencia a su archivo conlos efectos previstos en el número 1 del artículo 71 del citadotexto legal.

QUINTA: CRÉDITO PRESUPUESTARIO.El importe de las ayudas que se concedan al amparo de

la presente convocatoria, no excederán por persona de120,00 y 60,00 euros, en función de la distancia existente. Seharán efectivas con cargo a la partida 320.481.00 Ayudastransporte escolar del Presupuesto de Gastos de la Corpora-ción, destinándose a tal fin la cantidad de 14.000,00 euros.En el caso de que supere el importe solicitado el globalpresupuestado, la distribución se hará de forma proporcio-nal, sin superar la cantidad de 14.000,00 euros.

SEXTA: PLAZO Y FORMA DE JUSTIFICACIÓN.El plazo para la justificación de la ayuda concedida

finalizará el 30 de Septiembre de 2013, debiendo presentar-se por los beneficiarios de las ayudas los justificantes definalización del curso que realizado fuera del término muni-cipal de Sax motiva la concesión de la ayuda solicitada.

SÉPTIMA: RÉGIMEN JURÍDICO.Para lo no regulado expresamente en las presentes

Bases se estará a lo dispuesto en las Bases de Ejecución delPresupuesto General para el ejercicio económico, a lo dis-puesto en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general desubvenciones y Ordenanza General de Subvenciones.

Sax, 16 de abril de 2013El AlcaldeFdo.: Vicente Gil Sauco

*1307685*

AYUNTAMIENTO DE TEULADA

EDICTO

Habiendo sido intentada la notificación a D. JosefBernhard Schmitt del Decreto de la Concejalía de Urbanis-mo, Licencias y Disciplina Urbanística y Ambiental de fecha

14-03-2013, dictado en el expediente nº 969/2013 (8/2013/AL_RAS) de licencia de alineaciones y rasantes en C/ Océa-no Ártico nº 10, y no siendo posible su práctica, de conformi-dad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, según la redaccióndada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se procede a supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuiciode la inserción del anuncio en el tablón de edictos de esteAyuntamiento, siendo su texto el siguiente:

«Decreto nº 635/13..ANTECEDENTESPRIMERO.- D. JOSEF BERNHARD SCHMITT, median-

te instancia de fecha 31 de enero de 2013, nº R.E. 850,solicita alineación en la C/ OCÉANO ÁRTICO nº 10; presen-tando a tal efecto autoliquidación para unir a la anteriorinstancia por importe de 30,05€uros.

SEGUNDO.- Mediante instancia de fecha 14-03-2013nº R.G.E. 2307, D. Josef Bernhard Schmitt, solicita la renun-cia a la solicitud de alineación y se devuelva el importe de laautoliquidación efectuada.

CONSIDERANDOPRIMERO.- Que el art. 87 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y de Procedimiento Administrativo Común, según laredacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, estableceque ponen fin al procedimiento administrativo la resolución,el desestimiento, la renuncia al derecho en que se funde lasolicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el orde-namiento jurídico, y lea declaración de caducidad.

SEGUNDO.- Que el art 6.2 del Código Civil significa quela exclusión voluntaria de la ley aplicable y la renuncia a losderechos en ella reconocidos solo serán válidos cuando nocontraríen el interés o el orden público ni perjudique aterceros.

TERCERO.- Que la renuncia efectuada por D. JosefBernhard Schmitt, se circunscribe única y exclusivamente ensu esfera jurídica, sin afectar por tanto a terceros, ni al interésgeneral u orden jurídico.

CUARTO.- Instada la renuncia previamente a la emisiónde informe y adopción de resolución al respecto, por tanto dela concurrencia del hecho imponible de la tasa establecida,procede la devolución de la misma, de conformidad a loestablecido en la Ordenanza Municipal reguladora de ésta.

Por cuanto antecede, de conformidad con el Ordena-miento Jurídico vigente y demás normas de aplicación RE-SUELVO:

PRIMERO.- Estimar la solicitud presentada por D. JOSEFBERNHARD SCHMITT y en su consecuencia, aceptar larenuncia y proceder a la anulación de la solicitud de alinea-ción en la C/ OCÉANO ÁRTICO nº 10, Expte. 969/2013 (8/2013/AL_RAS).

SEGUNDO.- Notificar la resolución a la interesada, yasimismo al Departamento de Gestión Tributaria.

Contra la presente resolución que pone fin a la víaadministrativa, se podrá interponer, en el plazo de un mes, acontar desde la recepción de esta notificación, el recurso dereposición a que se refiere el art. 116 y ss de la Ley 30/92 de26 de noviembre por la que se aprueba la Ley del régimenJurídico de las Administraciones Públicas y procedimientoAdministrativo Común, o bien directamente el interesadopodrá interponer en el plazo de 2 meses, RECURSO CONTEN-CIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante/Sala de lo Contencioso-Administra-tivo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valencia-na, según lo dispuesto en el art.46.1 y 3 de la Ley 29/1998,Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Unavez transcurrido el plazo sin que se haya interpuesto recurso, elacto quedara firme y no será impugnable.

No obstante el interesado podrá interponer cualquierotro que estime pertinente en defensa de sus derechos eintereses.»

El AlcaldeAntoni Joan Bertomeu VallésAnte mi: El Secretario GeneralSimeón García García

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EDICTO

Habiendo sido intentada la notificación de las resolucio-nes dictadas por la Concejalía de Urbanismo, Licencias yDisciplina Urbanística y Ambiental, en los expedientes deDeclaración Responsable de Obra Menor tramitados, conte-nidos en la relación que se incluye en la presente, y no siendoposible su práctica, de conformidad con lo previsto en el art.59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, modificada por la Ley 4/1999, se procede a la publica-ción en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de lainserción del presente en el tablón de anuncios de esteAyuntamiento.

Examinados los antecedentes de hecho incorporados alos expedientes oportunos y, habida cuenta que, requerido alos interesados la subsanación de la/s deficiencias/s sin quehasta la fecha se haya presentado documentación alguna.

Vengo a disponer:Único.- Declarar la caducidad de las solicitudes formu-

ladas y proceder al archivo de los citados expedientes.A este anuncio se incorpora la relación de expedientes:

NÚM. EXPTE. OBRA SOLICITADA EMPLAZAMIENTO

14/2012/DR-OMEN MODIFICACIÓN DEL CUARTO DE BAÑO (REFORMA INTERIOR) C/ ETNA, 674/2012/DR-OMEN COLOCAR PUERTA DE VALLA CON VIGA Y TEJA Y EMPISAR C/ RÍO JÚCAR, 48

APROX. 13 M2 EN ANEXO (INTERIOR)138/2012/DR-OMEN VACIADO DE TIERRA EN TRASTERO EXISTENTE Y CHAPADO (10 M2) C/ HAYA, 48

Contra la presente resolución que pone fin a la víaadministrativa, se podrá interponer, en el plazo de un mes, acontar desde la recepción de esta notificación, el recurso dereposición a que se refiere el art. 116 y ss de la Ley 30/92 de26 de noviembre por la que se aprueba la Ley del régimenJurídico de las Administraciones Públicas y procedimientoAdministrativo Común, o bien directamente el interesadopodrá interponer en el plazo de 2 meses, RECURSO CON-TENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Con-tencioso-Administrativo de Alicante/Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comuni-dad Valenciana, según lo dispuesto en el art.46.1 y 3 de la Ley29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Adminis-trativa. Una vez transcurrido el plazo sin que se haya interpuestorecurso, el acto quedara firme y no será impugnable.

No obstante el interesado podrá interponer cualquierotro que estime pertinente en defensa de sus derechos eintereses.»

El AlcaldeAntoni Joan Bertomeu VallésAnte mi: El Secretario GeneralSimeón García García

*1307757*

EDICTO

Habiendo sido intentada la notificación a D. IoannisKatsinis del Decreto de la Concejalía de Urbanismo, Licen-cias y Disciplina Urbanística y Ambiental de fecha 12-03-2013 dictado en el expediente nº 2319/2013 (46/2010/OMY)de licencia de obra mayor en Avda. de la Paz nº 20 bajo, y nosiendo posible su práctica, de conformidad con el art. 59.4 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de13 de enero, se procede a su publicación en el Boletín Oficialde la Provincia, sin perjuicio de la inserción del anuncio en eltablón de edictos de este Ayuntamiento, siendo su texto elsiguiente:

«Decreto nº 580/2013.ANTECEDENTESPRIMERO.- En fecha 5-5-10 por D. IOANNIS KATSINIS

se solicitó se solicitó licencia para la realización de las obrasarriba indicadas.

SEGUNDO.- En fecha 11-06-2010 con Registro deSalida nº 5578 se notificó al Sr. Katsinis informe de losservicios técnicos municipales del tenor siguiente:

«Deberá obtener la autorización de la licencia ambien-tal del departamento de Servicios Generales y ActividadesEconómicas del Ayuntamiento.»

TERCERO.- En dicho requerimiento se otorgaba unplazo de 10 días hábiles a fin de que subsanara la/s deficien-cia/s sin que hasta la fecha se haya presentado documenta-ción alguna.

CONSIDERANDOÚNICO.- Que el art. 92 de la Ley Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común señala que:

«1. En los procedimientos iniciados a solicitud del inte-resado, cuando se produzca su paralización por causaimputable al mismo, la Administración le advertirá que,transcurridos tres meses, se producirá la caducidad delmismo. Consumido este plazo sin que el particular requeridorealice las actividades necesarias para reanudar la tramita-ción, la Administración acordará el archivo de las actuacio-nes, notificándoselo al interesado. Contra la resolución quedeclare la caducidad procederán los recursos pertinentes.»

Por cuanto antecede, en virtud de la Delegación defecha 14-06-2011 publicada en el B.O.P.A. nº 124 de 01-07-2011, RESUELVO:

PRIMERO.- Que transcurridos tres meses desde larecepción de la presente notificación sin que por los intere-sados en el presente expediente se subsane/n la/s deficien-cia/s advertida/s en el Informe de fecha 01-06-2010, y recibi-do por la parte interesada el 11-06-2010, y reseñada/snuevamente en el antecedente 2º de la presente, procederáque por parte de esta Administración se declare la CADUCI-DAD del expediente licencia para la realización de las obrasde habilitación de local para restaurante-bar, en Avda. de laPaz, 20 bajo.

SEGUNDO.- Notificar la presente Resolución al/a inte-resad@/s.

Contra la presente resolución que pone fin a la víaadministrativa, se podrá interponer, en el plazo de un mes, acontar desde la recepción de esta notificación, el recurso dereposición a que se refiere el art. 116 y ss de la Ley 30/92 de26 de noviembre por la que se aprueba la Ley del régimenJurídico de las Administraciones Públicas y procedimientoAdministrativo Común, o bien directamente el interesadopodrá interponer en el plazo de 2 meses, RECURSOCONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo de Alicante/Sala de lo Con-tencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justiciade la Comunidad Valenciana, según lo dispuesto en elart.46.1 y 3 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdic-ción Contencioso-Administrativa. Una vez transcurrido elplazo sin que se haya interpuesto recurso, el acto quedarafirme y no será impugnable.

No obstante el interesado podrá interponer cualquierotro que estime pertinente en defensa de sus derechos eintereses.»

El AlcaldeAntoni Joan Bertomeu VallésAnte mi: El Secretario GeneralSimeón García García

*1307758*

AYUNTAMIENTO DE TORREVIEJA

EDICTO

Siendo imposible notificar trámite de audiencia de fecha6 de febrero de 2013 sobre propuesta provisional de acuerdorelativa a la existencia de un pago indebido por importe de1.819,93 € efectuado a Dª Estefanía Montero Cerro, enconcepto de anticipo de nómina, se RESUELVE:

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boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 753 3

-PRIMERO: Requerir a Dª Estefanía Montero Cerro condomicilio C/ La Haya, 48 03183 Torrevieja, a fin de procedaal abono de la cantidad de 1.819,93 € en concepto de pagoindebido de anticipo de nómina.

-SEGUNDO: Conceder un plazo de diez días de audien-cia al interesado a fin de que pueda efectuar cuantas alega-ciones estime convenientes, haciéndole constar que el expe-diente estará a su disposición en el Departamento de Teso-rería del Ayuntamiento.

-TERCERO: Advertir que las liquidaciones notificadasdel 1 al 15 de un mes pueden ser ingresadas, SIN RECAR-GO, hasta el día 20 del mes siguiente. Las notificacionesentre los días 16 y último de cada mes pueden serlo, SINRECARGO, hasta el 5 del segundo mes posterior. Si, noobstante, deja transcurrir los plazos de ingreso sin recargo,le será exigido el ingreso por vía ejecutiva, con RECARGODEL 20%.

El ingreso puede realizarse en cuentas de titularidadmunicipal abiertas en las entidades financieras bancoSantander, Sabadell Cam o BBVA, o en cualquier caso parainformación diríjase al Departamento de Tesorería.

Se procede de conformidad con el artículo 59.5 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, a practicar la notificación a través del BoletínOficial de la Provincia del Trámite de Audiencia de fecha 6 defebrero de 2013, significándole que, en el plazo de 15 días acontar desde el siguiente al de la notificación de la presente,podrá formular alegaciones que estime conveniente.

Lo que se hace público para conocimiento del mismo ya tenor de lo establecido en el art. 59.4 y 60 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico para su conocimiento y efectos oportunos.Torrevieja, a 15 de abril de 2013El Alcalde-PresidenteFdo: D. Eduardo Jorge Dolón Sánchez

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AYUNTAMIENTO DE LA VALL D´EBO

EDICTO

ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONALEl Pleno del Ayuntamiento de La Vall d´Ebo, en sesión

extraordinaria celebrada el día 5 de marzo de 2013, acordóla aprobación provisional de la modificación de la Ordenanzafiscal reguladora del IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladorade las Haciendas Locales, se somete el expediente ainformación pública por el plazo de treinta días a contardesde el día siguiente de la inserción de este anuncio enel Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesadospuedan examinar el expediente y presentar las reclama-ciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentadoreclamaciones, se considerará aprobado definitivamentedicho Acuerdo.

En La Vall d´Ebo, a 5 de marzo de 2013.El Alcalde-Presidente,D. Rafael Llodrá Masanet

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AYUNTAMIENTO DE VILLAJOYOSA

ANUNCIO

Intentada notificación sobre denegación de ayuda eco-nómica a J.H.,A EXPTE Nº 2560 y no habiéndose podido

practicar dicha notificación, se procede a su publicación enel Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lodispuesto en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común.

Villajoyosa, a 04 de abril de 2013.

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INSTITUT MUNICIPAL DE TURISMEELCHE

ANUNCIO

Con fecha 12 de febrero de 2013 se ha dictado resolu-ción de la Presidenta de Visitelche acordando convocar laconcesión, en régimen de concurrencia competitiva, de unabeca para completar la formación de titulados universitariosen turismo en materia de marketing digital turístico mediantela realización de prácticas profesionales en dependencias deVisitelche de acuerdo con las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCE-SION DE UNA BECA PARA COMPLETAR LA FORMACIÓNDE TITULADOS UNIVERSITARIOS EN TURISMO MEDIAN-TE LA REALIZACION DE PRÁTICAS PROFESIONALES ENLAS DEPENCDENCIAS DE VISITELCHE DURANTE ELEJERCICIO 2013 Y 2014.

BASE PRIMERA. OBJETOLas becas que se regulan en estas bases tienen por

objeto completar y desarrollar la formación académica dejóvenes titulados universitarios en Turismo a través de larealización de prácticas profesionales en organismos y uni-dades dependientes de Visitelche, en aquellas tareas rela-cionadas con dicha titulación en la rama de marketing digitalturístico que sean adecuadas para adquirir formación com-plementaria y especialización.

BASE SEGUNDA. NÚMERO Y ORGANISMO EN QUESE EFECTUARAN LAS PRÁCTICAS.

1. Se convoca una única beca.2. La persona beneficiara de la beca realizaré sus

prácticas en departamento y/o unidades dependientes deVisitelche.

BASE TERCERA. REQUISITOS QUE DEBEN REUNIRLOS SOLICITANTES

1. Las personas que soliciten participar en la convoca-toria deberán reunir los requisitos siguientes, a la fecha definalización del plazo de presentación de solicitudes:

a) No ser mayor de 35 años.b) Estar en posesión de título universitario en Turismo,

expedido u homologado por las autoridades españolas co-rrespondientes y que no hayan transcurrido mas de cincoaños desde su obtención.

c) No haber sido beneficiario de becas de prácticasprofesionales en cualquier Administración Pública por unperiodo igual o superior a 36 meses.

d) No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener lacondición de beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. No podrán optar estas becas quienes en el momentode publicarse la convocatoria ya estén disfrutando de unabeca de prácticas profesionales en cualquier otra Adminis-tración Pública.

BASE CUARTA. DURACIÓN DE LA BECA Y PRÓRROGA.1. El periodo de duración de las becas será de seis

meses desde la fecha que se indique en la resolución deconcesión, que será objeto de publicación en el BoletínOficial de la Provincia de Alicante.

2. El periodo de duración podrá prorrogarse por laPresidenta de Visitelche, sin necesidad de nueva convocato-ria, por un periodo máximo de doce meses adicionalessiempre que exista disponibilidad presupuestaria correspon-diente y el desarrollo de la actividad que se esté efectuandoasí lo requiera o aconseje.

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BASE QUINTA. DOTACIÓN ECONOMICA INDIVIDUALY PAGO DE LA BECA.

1. La dotación económica de la becas será de cuatro-cientos quince (415,00) euros mensuales brutos.

Sobre dicho importe habrá de practicarse la retencióncorrespondiente a cuenta del Impuesto sobre la Renta de lasPersonas Físicas, así como la correspondiente cotización ala Seguridad Social en los términos establecidos en el RealDecreto 1493/2011, de 24 de octubre, y las demás que, en sucaso, pudieran corresponder.

2. En caso de prorroga de la beca, en el segundoperiodo la cuantía procedente será la misma.

3. Las cantidades abonadas en ningún caso tendrán elcarácter de salario o retribución, sino de ayuda económicapara los gastos que la beca comporta.

4. Durante el período de vigencia de la beca y con el finde que la cuantía de la ayuda concedida no se vea indirec-tamente mermada, se podrán abonar ayudas complementa-rias para compensar los gastos derivados de la asistencia acursos, seminarios, eventos u otras actividades que, a con-sideración del tutor o tutora responsables de la formación, seentiendan necesarios o convenientes a los propósitos de lamisma. En este caso, dichos gastos les serán resarcidos enlos términos que para el personal de Visitelche y el adscritofuncionalmente al servicio de mismo se establezca legal-mente. La aplicación de dicha normativa se referirá única-mente a los conceptos y cuantías que deban ser resarcidossin que ello implique una modificación en la relación jurídicadel becario con la administración.

5. El importe de las becas se abonará mensualmente,previa certificación responsable de las prácticas profesionales.

BASE SEXTA. PLAZO, LUGAR Y FORMA DE PRE-SENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

1. El plazo de presentación de solicitudes será de 15días hábiles, contados a partir del día siguiente al de lapublicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de laProvincia de Alicante.

2. Las personas aspirantes a obtener una beca presen-tarán la solicitud dirigida a la Presidenta de Visitelche asícomo currículum de forma completa.

3. La solicitud incorporará una declaración responsa-ble, mediante la cual el solicitante manifiesta bajo su respon-sabilidad que todos los datos recogidos en la solicitud y en elcurriculum que adjunta son verídicos y que se encuentra enposesión de la documentación que así lo acredita, quedandoa disposición de Visitelche para la comprobación, control einspección que se estimen oportunos. A tenor de lo dispuestoen el artículo 71 bis de la Ley30/1992, la inexactitud, falsedadu omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, ó manifes-tación, en dicha declaración responsable, así como la faltade acreditación de los requisitos exigidos, determinará laimposibilidad de continuar en la convocatoria.

4. Certificados emitidos por las administraciones com-petentes para acreditar el cumplimiento de las obligacionestributarias y con la Seguridad Social previstas en los artículos18 y 19, respectivamente, del Real Decreto 887/2006, de 21de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (BOE nº 176, de 25 de juliode 2006).

5. La presentación de la solicitud en los términos previs-tos anteriormente se realizará en el Registro de las depen-dencias de Visitelche, sitas en el Centro de Congresos c/Filet de Fora nº 1 de Elche, o en la forma prevista en el art.38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las adminis-traciones públicas y del Procedimiento Administrativo.

6. La presentación de la solicitud para optar a esta becaimplicará la aceptación por la persona solicitante de lasbases de esta convocatoria.

7. Si la solicitud presentada en plazo no reuniera losrequisitos indicados en esta convocatoria o no fuera aporta-da alguna documentación de la exigida en ella se requeriráal interesado para su subsanación en el plazo máximo de 10días hábiles, indicándole que si no lo hiciera se le tendrá pordesistido de su solicitud.

8. Con el fin de reducir cargas administrativas a losinteresados, junto a la solicitud y el curriculum no se acom-pañará documentación alguna.

9. Los solicitantes que hayan sido seleccionados para lafase de entrevista deberán presentar la documentaciónacreditativa de los méritos detallados en el curriculum en elmomento de la entrevista. Esta documentación es la siguiente:

a) Título universitario en Turismo homologado en España.b) Expediente académico compulsado con la nota me-

dia oficialc) Documentación acreditativa de los méritos alegados

en el currículum vítaeTodos los documentos serán originales o fotocopias

compulsadas.10. Los méritos no suficientemente acreditados no

serán tenidos en cuenta a efectos de su valoración. Elcumplimiento temporal de los méritos se entenderá referidoa la fecha de finalización del plazo de presentación desolicitudes.

11. Si en cualquier momento del proceso llega a cono-cimiento de la comisión evaluadora correspondiente quealguno de los solicitantes no posee la totalidad de losrequisitos exigidos, deberá requerirle la acreditación de talesrequisitos. En caso de que no fueran acreditados en el plazoque se establezca en cada convocatoria, quedará excluidodel proceso, previa indicación de las inexactitudes o falseda-des formuladas por el solicitante.

BASE SÉPTIMA. COMISIÓN EVALUADORA Y PRO-CESO DE SELECCIÓN.

1. Para el examen de las solicitudes de beca y elabora-ción de las oportunas propuestas se constituirá una Comi-sión evaluadora que estará formada por los Técnicos deVisitelche.

2. Los miembros de la comisión podrán ser asesoradospor el personal técnico o profesional que se considerenecesario, que podrá asistir con voz pero sin voto.

3. La Comisión adaptará su funcionamiento a lo estable-cido en la convocatoria y en la Ley de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común, en lo que respecta a la composición y funcio-namiento de los órganos colegiados, tomando sus acuerdospor mayoría simple, y levantará actas de las sesiones quecelebre y de los acuerdos que adopte.

4. La Comisión evaluadora se reunirá dentro de los 15 díassiguientes a la terminación del plazo de presentación de solici-tudes. La selección de los becarios se ordenará en primer lugarde acuerdo con la puntuación obtenida en base a los méritosrequeridos en la base octava de esta convocatoria.

5. A la vista de los méritos alegados en el curriculum, lacomisión evaluadora valorará los mismos y publicará duran-te 10 días el listado provisional, ordenado según la puntua-ción obtenida por todos los aspirantes, para la fase dealegaciones en el tablón de Anuncios de Visitelche (C/ Filetde Fora nº 1, 03203-Elche) y en la página web del Ayunta-miento de Elche (www.elche.es) donde aparecerá la presen-te convocatoria de forma integra. Tanto ésta como las suce-sivas publicaciones se efectuarán en dicho medio. Los can-didatos que obtengan la mejor puntuación serán convocadospara la realización de una entrevista de conformidad con loestablecido en la base octava.

6. Finalizado el proceso de selección, la ComisiónEvaluadora, en el plazo de 10 días, elaborará una propuestade resolución que contendrá la relación de beneficiarios ybeneficiarias, así como una bolsa de reserva constituida porlos aspirantes que no resulten adjudicatarios de la beca,priorizada por orden de puntuación para cubrir las vacantesque puedan surgir durante el periodo de disfrute. Asimismose incluirá una relación de los aspirantes cuyas solicitudeshan sido desestimadas, indicando las causas que han moti-vado su denegación.

BASE OCTAVA. BAREMO PARA EVALUAR LOS MÉ-RITOS PERSONALES.

1. En la convocatoria regulada por estas bases serántenidos en cuenta los siguientes criterios de valoración conla ponderación que se establece:

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A) Expediente académico: se valorará hasta un máximode 13 puntos.

1) Nota medida ponderada del expediente académico:Se valorara hasta un máximo de 8 puntos.

2) Otros títulos académicos oficiales que no constituyanun requisito para la concesión: Se valorará hasta un máximode 5 puntos a razón de:

– Doctor en materias relacionadas con la rama demarketing digital: 3 puntos.

- Master en materias relacionadas con la rama demarketing digital: 2 puntos.

– Otras licenciaturas relacionadas con la rama de mar-keting digital: 1 punto.

B) Valenciano: Se valorará hasta un máximo de 1,00puntos.

1) Sólo se valorarán los certificados expedidos uhomologados por la Junta Qualificadora de Coneixementsde Valencià, con arreglo a la siguiente escala y puntuándoseexclusivamente el nivel más alto acreditado:

– Oral: 0,25 puntos.– Elemental: 0,50 puntos.– Medio: 0,75 puntos.– Superior: 1,00 punto.C). Conocimiento de idiomas de la Unión Europea: Se

valorará hasta un máximo de 1 punto.1). Se valorará cada nivel superado, de acuerdo con el

Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, A1–A2– B1– B2– CI con 0,20 puntos.

La puntuación máxima que se podrá obtener para elconjunto de los idiomas y cursos acreditados será de 1 punto.Sólo se valorarán los títulos expedidos por las EscuelasOficiales de Idiomas, Universidades, Ministerios o cualquierorganismo oficial acreditado. En el caso de que el conoci-miento de un idioma se acredite por título universitario y hayasido valorado en el apartado A.3 no se podrá computartambién en este apartado.

D) Conocimientos adicionales: Se valorará hasta unmáximo de 2 puntos

1) Cursos de formación relacionados con el objeto de labeca, hasta un máximo de 4 puntos.

Se valorarán los cursos de formación y perfecciona-miento de duración igual o superior a 15 horas que hayansido cursados o impartidos por el interesado, con arreglo a lasiguiente escala:

a) De 200 o más horas, 2,00 puntos.b) De 75 o más horas, 1,50 puntos.c) De 30 o más horas, 1,00 puntos.d) De 15 o más horas, 0,50 puntos.Los centros de formación que impartan cursos deben

ser organismos oficiales o centros reconocidos.En ningún caso se puntuarán en el presente subapartado

ni en el apartado C anterior los cursos de valenciano y deidiomas.

E) Entrevista:La valoración que se otorgue en este apartado no podrá

superar el 30% de la puntuación máxima que se puedaobtener mediante la suma del resto de apartados que seincluyan en esta base. La Comisión Evaluadora, valorará losconocimientos sobre aquellas tareas relacionadas el marke-ting digital turístico, pudiendo además la entrevista contarcon una prueba de conocimientos teórico-prácticos.

2. En caso de empate se resolverá mediante sorteo.BASE NOVENA. PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICA-

CIÓN. ORGANO COMPETENTE PARA LA ORDENACIÓN,INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO.

1. El plazo máximo para dictar y notificar la resoluciónsobre las solicitudes formuladas será de tres meses a contardesde la fecha de publicación de esta convocatoria en elBoletín Oficial de la Provincia de Alicante, sin perjuicio de laampliación de los plazos en los términos previstos en elartículo 42 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. En caso de que transcurra el plazo establecido sinque se haya dictado y notificado resolución expresa, laspersonas interesadas podrán entender desestimadas sussolicitudes por silencio administrativo de conformidad con loestablecido en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre General de subvenciones.

3. La resolución de concesión se dictará por la Presi-denta de Visitelche, no siendo necesario su publicación.

4. La publicación de esta resolución surtirá los efectosde notificación a las personas interesadas, de acuerdo con lodispuesto en los artículos 58 y 59.6 de la Ley de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común, y se insertará la información co-rrespondiente en el tablón de Anuncios de Visitelche (C/ Filetde Fora nº 1, 03203-Elche).

BASE DECIMA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAPERSONA BENEFICIARIA

1. El becario deberá estar al corriente en el cumplimien-to de sus obligaciones tributarias y frente a la SeguridadSocial, todo ello con anterioridad a dictarse la propuesta deresolución de concesión de la beca de conformidad con loestablecido en el artículo 14.1.e, de la Ley 38/2003 Generalde subvenciones.

2. La persona beneficiaria de la beca está obligada aincorporarse al departamento que se le indique en el plazoestablecido, a realizar la actividad que ha motivado la conce-sión durante el período de disfrute, y guardar el debidosecreto y confidencialidad de los asuntos en que intervenga,así como a cumplir las obligaciones establecidas tanto en elartículo 14 de la Ley General de Subvenciones como en lapropia convocatoria.

3. La persona beneficiaria está obligada a aceptar laconcesión de la beca y renunciar a cualquier otra becacoetánea que se disfrute.

4. Mediante la aceptación de las bases de la convoca-toria los becarios ceden gratuitamente y de forma indefinidalos resultados que se obtengan como consecuencia deldesarrollo de las becas, así como la memoria final en sucaso, a la entidad concedente de la beca, que se reserva elderecho de su publicación y utilización, salvo que las basesde la convocatoria, razonadamente, o la normativa aplicableen determinadas materias dispongan otra cosa.

5. Finalizado el plazo de duración de la beca, y con elinforme favorable del tutor o tutora, se expedirá el correspon-diente certificado de aptitud y aprovechamiento a favor delbecario o becaria.

6. Durante el periodo de disfrute de la beca, la personabeneficiaria deberá desempeñar las prácticas con un horariomáximo de 30 horas semanales, que se distribuirán de laforma en que se organice por parte de tutor o tutora delórgano que ejerce la tutela, advirtiendo el hecho de que lasprácticas pueden ser inclusive en días festivos.

BASE UNDECIMA. OBLIGACIONES DE LA ENTIDADCONCEDENTE

Son obligaciones de Visitelche en relación con la becaconcedida con arreglo a estas bases:

a) Proporcionar el apoyo necesario y facilitará la utiliza-ción de los medios, instrumentos y equipos que resultenprecisos para el normal desarrollo de la actividad objeto deesta beca.

b) Designar a un tutor o tutora que coordinará y orientarálas actividades a realizar por los becarios, asignará lasfunciones a realizar en el curso de sus prácticas, realizará elseguimiento y apoyo necesario, resolviendo las dudas quepuedan surgir, y evaluará su aprovechamiento.

c) Velar por el desarrollo adecuado del programa deformación.

d) Expedir el correspondiente certificado de aptitud yaprovechamiento a favor del becario o becaria, tras la finali-zación del plazo de la beca y tras informe favorable del tutoro tutora.

BASE DUODECIMA. SITUACIONES DE LA PERSONABENEFICIARIA DE LA BECA Y RÉGIMEN DE INCOMPATI-BILIDADES

1. Cuando el beneficiario o beneficiaria de la beca seaun empleado de Visitelche, quedará en la situación adminis-trativa que proceda, de acuerdo con la normativa correspon-diente en materia de función pública.

2. Cuando el beneficiario no mantenga ninguna relacióncon la Visitelche, la concesión y aprovechamiento de la becano implicará ninguna vinculación laboral o administrativa conVisitelche.

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3. Las becas objeto de la presente convocatoria sonincompatibles con el desempeño de cualquier otra beca oayuda, así como con la realización de cualquier otra actividadlaboral remunerada que suponga concurrencia con el objetoy dedicación de la beca o que impida el cumplimiento de lasobligaciones derivadas del normal desarrollo de la misma.

BASE DECIMO TERCERA. FACULTADES DE INTER-PRETACION E INCIDENCIAS

1. La Presidenta de Visitelche resolverá tanto las dudascomo los conflictos que pudieran plantear los becarios y lasbecarias en el ejercicio de su función, o las unidades admi-nistrativas que les tutelen. Al mismo tiempo, resolverá lasincidencias que se produzcan durante el periodo de disfrutede las becas previa audiencia del interesado.

2. La renuncia a la beca supondrá la pérdida de todoslos derechos inherentes a la misma y, por tanto, su importedejará de percibirse a partir de ese momento.

3. En caso de producirse alguna renuncia a la becaconcedida, la Presidenta de Visitelche, procederá a cubrir lasvacantes que pudieran producirse, sirviéndose para ello de labolsa de reserva que resulte del procedimiento de selecciónpreviamente efectuado y en el orden establecido en la misma.

BASE DECIMO CUARTA. PERDIDA DEL DERECHOAL COBRO Y REINTEGRO.

1. Se producirá la pérdida del derecho al cobro total oparcial de la beca en el supuesto de falta de justificación o deconcurrencia de algunas de las causas previstas en elartículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Generalde Subvenciones.

2. Procederá el reintegro de la cantidad percibida y laexigencia del interés de demora correspondiente desde elmomento del pago de la ayuda hasta la fecha en que seacuerde la procedencia del reintegro, de acuerdo con lodispuesto en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones, así como en lossiguientes casos:

a) Cuando se destine la cantidad percibida a otros finesdiferentes al objeto de la ayuda.

b) Cuando se incurra en alguno de los casos de incom-patibilidad de la beca establecidos en la base duodécima.

3. En la tramitación de los procedimientos se garantiza-rá en todo caso el derecho de audiencia a la personainteresada.

En Elx, a 13 de febrero de dos mil trece, lo manda y firmala Presidenta ante mí, el Secretario General.

El Secretario General

*1307740*

DIPUTACIÓN PROVINCIALALICANTE

ANUNCIO

EXTRACTO DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS PORLA JUNTA DE GOBIERNO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓNPROVINCIAL DE ALICANTE EN SESIÓN ORDINARIA CE-LEBRADA EL DÍA DIEZ DE ABRIL DE DOS MIL TRECE

1º. ACTAS.Se aprobaron el Borrador y Extractos del Acta de la

sesión anterior, correspondientes a la ordinaria, celebrada eldía 4 de abril de 2013.

2º. PERSONAL. Aprobación bases generales para pro-visión de puestos de trabajo.

Se aprobaron las bases generales que han de regir enlos procedimientos para la provisión definitiva por los siste-mas libre designación y concurso, tanto ordinario comoespecífico, de puestos de trabajo de esta Excma. DiputaciónProvincial de Alicante.

3º. PERSONAL. Rectificación de expediente por errorde interpretación en escrito de renuncia. Convocatoria de«Ayudas por Educación no Universitaria», curso 2012/2013.

Se acordó rectificar el expediente instruido para elabono de las «Ayudas por Educación no Universitaria», para

el curso 2012/2013, en el sentido de abonar a Dña. PalomaJerez Pomares, la cantidad que le correspondía por importede 247,00 euros, que no le fue abonada por la interpretaciónerrónea de un escrito de renuncia presentado por la intere-sada, a una beca concedida por otra Administración.

4º. PERSONAL. Jubilación anticipada de funcionaria decarrera.

Se declaró a Dña. Mª Carmen Navarro Sabater, funcio-naria de carrera con la categoría de Auxiliar de Administra-ción General y destino en Tesorería, en la situación dejubilación anticipada por padecer una discapacidad en gradoigual o superior al 45 por ciento, con efectos de 8 de marzode 2013.

5º. PERSONAL. Gratificaciones por horas extraordina-rias y guardias médicas realizadas por el personal.

Se aprobó el abono al personal que se relaciona de lacantidad que en cada caso se indica en concepto de gratifi-caciones por horas extraordinarias por tareas realizadasfuera de su jornada normal de trabajo, así como el abono alpersonal que se indica, adscrito al Área de Salud Mental, delas cantidades que igualmente se señalan, en concepto deguardias médicas, efectuadas en el pasado mes de febrero.

6º. PERSONAL. Traslado funcionaria de carrera.Se acordó trasladar a la funcionaria de carrera, Dña. Mª

José García Doblado, Gestor Administrativo, adscrita a laOficina de Proyectos, al Área de Cultura, con efectos del día15 de abril de 2013.

7º. FORMACIÓN. Abono de gratificaciones a profesores.Se acordó el abono de gratificaciones a los profeso-

res internos de esta Excma. Diputación Provincial, colabo-radores en las distintas acciones formativas derivadas delPrograma de Formación, impartidas en el mes de marzode 2013.

8º. CULTURA. Aprobación proyecto de Convenio con elExcmo. Ayuntamiento de Alicante.

Se aprobó el proyecto de Convenio marco con el Excmo.Ayuntamiento de Alicante, en el que se establece y regula laparticipación de esta Excma. Diputación Provincial en lasdistintas actividades culturales que durante 2013 se progra-men y desarrollen conjuntamente con dicho Ayuntamiento.

9º. CULTURA. Aprobación del Plan de ExcavacionesArqueológicas. Anualidad 2013.

Se aprobó el Plan de Excavaciones Arqueológicas deesta Excma. Diputación Provincial de Alicante para la anua-lidad de 2013, y se autorizó un gasto de 107.500,00 eurospara hacer frente a dicha actividad cultural.

10º. TESORERÍA. Prórroga Beca de Formación enGestión de Tesorería en las Entidades Locales.

Se aprobó la prórroga de la Beca de Formación enGestión de Tesorería en las Entidades Locales, a favor deDña. Aroa Sáez Marcos, por un período de seis meses,comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de octubre de 2013.

ASUNTOS FUERA DEL ORDEN DEL DÍA11º. PERSONAL. Asignación del complemento de pro-

ductividad por realización de funciones en el Consorcio parala Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos del «BaixVinalopó».

Se asignó al personal funcionario de carrera que serelaciona, las cantidades que, en cada caso, se indican, enconcepto de productividad por el desempeño de las funcio-nes propias de la estructura administrativa del Consorciopara la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos del «BaixVinalopó», durante el primer trimestre del año 2013.

12º. PERSONAL. Aprobación bases generales paraprovisión de puestos de trabajo en mejora de empleo.

Se aprobaron las bases generales que han de regir enlos procedimientos para la provisión de puestos, por elsistema de nombramiento provisional en mejora de empleo,entre funcionarios de esta Excma. Diputación Provincial deAlicante.

13º. PERSONAL. Adaptación bases específicas selec-ción Auxiliar de Admón. General a bases generales paraprovisión de puestos de trabajo en mejora de empleo.

Se acordó adaptar las bases específicas aprobadaspara la selección y nombramiento provisional en mejora deempleo, entre los funcionarios de esta Excma. Diputación

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Provincial, de un Auxiliar de Administración General, alas bases generales que han de regir en ese tipo deprocedimiento.

Alicante, 10 de abril de 2013LA PRESIDENTA, EL SECRETARIO EN FUNCIONES,Fdo. Luisa Pastor Lillo Fdo. José Manuel Baeza Menchón

*1307790*

ANUNCIO

EXTRACTO DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS PORLA JUNTA DE GOBIERNO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓNPROVINCIAL DE ALICANTE EN SESIÓN ORDINARIA CE-LEBRADA EL DÍA CUATRO DE ABRIL DE DOS MIL TRECE.

1º. ACTAS.Se aprobaron el Borrador y Extractos del Acta de la

sesión anterior, correspondientes a la ordinaria, celebrada eldía 27 de marzo de 2013.

2º. SERVICIOS JURÍDICOS. Procedimientos Judicia-les. Sentencia número 151/2013, de 1 de marzo, dictada porel Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana,desestimatoria del recurso contencioso-administrativo inter-puesto por Dña. Emma Pascual Gómez, Dña. Dolores VanderHofstadt Clavero y Dña. Carmen Jarabo Frases. Dar cuenta.

Quedó enterada la Junta del fallo de la Sentencianúmero 151/2013, de 1 de marzo, dictada por la Sección 2ªde la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TribunalSuperior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en elrecurso de ese orden número 488/2011, desestimatoria delinterpuesto por Dña. Emma Pascual Gómez, Dña. DoloresVander Hofstadt Clavero y Dña. Carmen Jarabo Frases,contra la presunta desestimación de las solicitudes presen-tadas por las actoras, de equiparación de sus puestos detrabajo con los de las Unidades de Salud Mental de Adultosde la Agencia Valenciana de Salud y con los de la DiputaciónProvincial de Valencia, a efectos retributivos y de carreraprofesional, y contra el acuerdo del Pleno de la Excma.Diputación Provincial de Alicante, de 3 de julio de 2008, queaprobó la modificación de la Relación de Puestos de Trabajode la misma.

3º. PERSONAL. Decreto de la Sra. Diputada del Área deRecursos Humanos y Régimen Interior, número 164/2013,de 21 de marzo. Dar cuenta.

Quedó enterada la Junta del Decreto de la Sra. Diputa-da del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior,número 164, de fecha 21 de marzo de 2013, sobre distribu-ción y asignación individual del Complemento de Productivi-dad relacionado con los sistemas de gestión de la calidad delpersonal funcionario, correspondiente al mes de marzo de2013.

4º. PERSONAL. Aprobación de bases y convocatoria.Se aprobaron las bases que han de regir la convocatoria

para la selección y nombramiento provisional por mejora deempleo de un Auxiliar de Administración General, entrefuncionarios de carrera de esta Excma. Diputación Provin-cial.

5º. PERSONAL. Declaración en la situación de exce-dencia voluntaria automática por prestar servicios en elsector público.

Se declaró a la funcionaria de carrera de esta Excma.Diputación Provincial, Dña. Raquel Taroncher Carrasco, conplaza de Técnico de Administración General, en la situaciónde excedencia voluntaria automática por prestar servicios enel sector público, al haber tomado posesión en el puesto deJefe de Servicio de Régimen Local en la Dirección Generalde la Conselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Ali-mentación y Agua de la Generalitat valenciana, con efectosdel día 5 de marzo de 2013.

6º. CICLO HÍDRICO. Concesión subvención al Ayunta-miento de Benilloba.

Se acordó conceder una subvención al Ayuntamientode Benilloba con destino a la reparación de la infraestructurahidráulica denominada «Reparación bomba pozo Penella»,

por importe de 8.662,10 euros, correspondiente al 95% delcoste de la actuación de que se trata.

7º. CICLO HÍDRICO. Concesión de subvenciones afavor de las Entidades locales para la realización durante elaño 2013 de los controles de la calidad del agua de consumohumano a ejecutar por la Excma. Diputación Provincial.

Se acordó la concesión a diversos Ayuntamientos conpoblación inferior a 10.000 habitantes y con gestión directadel servicio de suministro de agua potable, conforme a lasbases que rigen la Convocatoria para la concesión en elejercicio 2013 de subvenciones a favor de Entidades Localesde la provincia de Alicante, destinadas a la realización de loscontroles de calidad del agua de consumo humano a ejecutarpor esta Excma. Diputación Provincial, de una subvención nodineraria consistente en la realización de dichos controles decalidad del agua de consumo humano en sus municipiosdurante el presente año, cuyo coste asciende a la cantidadque para cada uno se indica en el expediente y que secorresponde con el 100% del coste total de la actividad quese realizará por esta Corporación Provincial.

8º. CULTURA. Aprobación Bases y Convocatoria paraconcesión de dos Becas de Formación en RestauraciónMuseográfica. Anualidad 2013.

Se aprobó la Convocatoria para la concesión de dosBecas de Formación en Restauración Museográfica, para laanualidad de 2013, con destino al Museo ArqueológicoProvincial, y con una duración de seis meses prorrogablespor otros seis, así como las Bases que han de regir la misma.

9º. CULTURA. Aprobación Bases y Convocatoria yConvenio de colaboración para concesión de cuatro Becasde Formación en Museografía y Museología. Anualidad 2013.

Se aprobó el proyecto de Convenio con el Ilustre Cole-gio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras yen Ciencias, así como la Convocatoria para la concesión decuatro Becas de Formación en Museografía y Museología,para la anualidad de 2013, con destino al Museo Arqueoló-gico Provincial, y con una duración de seis meses prorroga-bles por otros seis, así como las Bases que han de regir lamisma.

10º. CULTURA. Aprobación Bases y Convocatoria yConvenio de colaboración para concesión de dos Becas deFormación en Biblioteconomía. Anualidad 2013.

Se aprobó el proyecto de Convenio con el Ilustre Cole-gio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras yen Ciencias, así como la Convocatoria para la concesión dedos Becas de Formación en Biblioteconomía, para la anua-lidad de 2013, con destino al Museo Arqueológico Provincial,y con una duración de seis meses prorrogables por otrosseis, así como las Bases que han de regir la misma.

Alicante, 4 de abril de 2013LA PRESIDENTA ACCIDENTAL, EL SECRETARIO EN

FUNCIONES,Fdo. Mª Adelaida Pedrosa Roldán Fdo. José Manuel

Baeza Menchón

*1307794*

ANUNCIO

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno, adoptado ensesión ordinaria celebrada el día 10 de abril de dos mil trece,-dictado en virtud de las competencias delegadas por laPresidencia por Decreto número 1525, de fecha 20 de juliode 2011-, se han aprobado las Bases Generales para laprovisión de puestos, por el sistema de nombramiento provi-sional en mejora de empleo, entre funcionarios de la Excma.Diputación Provincial de Alicante, que se publican a conti-nuación:

BASES«NOMBRAMIENTOS PROVISIONALES POR MEJO-

RA DE EMPLEO (Texto aprobado en Mesa General deNegociación del 20 de septiembre de 2012.)

El artículo 107 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de laGeneralitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública

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Valenciana regula el nombramiento provisional por mejorade empleo, dejando a posterior desarrollo reglamentario, ensu párrafo 6, el procedimiento y resto de requisitos paraefectuar dichos nombramientos.

El artículo 8.6 del V Acuerdo sobre regulación de lascondiciones de trabajo de los funcionarios de la Diputaciónde Alicante, aprobado por el Pleno, el 27 de julio de 2005 ypublicado en el BOP núm. 182, el 17 de agosto de 2005,además de exponer en qué casos y con qué condiciones sepodrá recurrir a los nombramientos en mejora de empleo, secontempla la existencia de una Comisión de Mejoras comoórgano encargado de velar por el procedimiento para llevara cabo dichos nombramientos provisionales, debiéndosereunir con una periodicidad de 6 meses.

TEXTO DEL DOCUMENTOPRIMERO.- OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.Cuando no existan candidatos según los sistemas de

contratación previstos en el Convenio vigente, y existanplazas vacantes dotadas presupuestariamente, cuya cober-tura responda a los criterios establecidos en el artículo 107de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, deOrdenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, sepodrá proceder a la provisión de los puestos que puedan sercubiertos, con nombramientos provisionales por mejora deempleo a los que se refiere el artículo 107 antes citado. Todoello, sin perjuicio de la posibilidad establecida en la Disposi-ción Adicional Segunda del presente acuerdo.

SEGUNDA.- NORMATIVA APLICABLEA las presentes bases les será de aplicación el art. 20 de

la Ley 30/1984 de Medidas de Reforma de la FunciónPública; el art. 107 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de laGeneralidad, de Ordenación y Gestión de la Función PúblicaValenciana; Decreto 33/1999 del Gobierno Valenciano por elcual se aprueba el Reglamento de Selección, Provisión depuestos de trabajo del personal comprendido dentro delámbito de aplicación de la Ley de la Función Pública Valen-ciana; art. 21.1.g) y h), 90 91, 100, 101, 102 y 103 de la Ley7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases de RégimenLocal; art. 177 de Real Decreto Legislativo 781/1986 por elcual se aprueba el Texto Refundido de las DisposicionesLegales vigentes en materia de Régimen Local; y Acuerdo/Convenio vigente sobre Regulación de las Condiciones deTrabajo de los empleados de la Diputación de Alicante.

TERCERA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTESPara ser admitidos a las convocatorias, los aspirantes

deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha de expira-ción del plazo señalado para la presentación de instancias:

a) Ser funcionario de carrera de esta Diputación.b) Poseer la capacidad funcional necesaria, tanto física

como psíquica y sensorial, para el ejercicio de las tareaspropias del puesto a desempeñar.

c) Hallarse en situación de servicio activo o en situaciónde excedencia por cuidado de hijos y/o familiares.

d) Pertenecer a un grupo y subgrupo de titulacióninferior o igual al puesto objeto de la convocatoria.

e) Poseer la titulación requerida para el puesto objetode la convocatoria o estar en condiciones de obtenerla ala fecha de finalización del plazo de presentación desolicitudes.

f) No haber sido impuesta sanción disciplinaría, o encaso contrario, haber sido cancelada de su hoja de servicioso tener derecho a la cancelación.

g) No estar sometido a expediente disciplinario ni proce-so penal.

CUARTA.- Las bases específicas y los anuncios relati-vos a las convocatorias de nombramientos provisionales pormejora de empleo se publicarán en el Tablón de Edictos dela Diputación de Alicante y Centros de ella dependientes y enel Portal del Empleado.

QUINTA.- Las instancias solicitando tomar parte enlos diferentes procesos se dirigirán a la Presidencia, pre-sentándose en el Registro General, durante el plazo con-cedido para ello.

Las instancias podrán presentare igualmente en laforma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y ProcedimientoAdministrativo Común.

SEXTA.- La convocatoria y bases específicas para laprovisión del puesto mediante nombramiento provisional pormejora de empleo se someterá a la aprobación de la Comi-sión de Mejoras de Empleo.

La citada Comisión ajustará su funcionamiento a lasnormas contenidas para los órganos colegiados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común, su composición será paritaria y estará integradapor un representante de cada organización sindical con presen-cia en la Mesa General de Negociación y un número igual demiembros en representación de la Corporación de entre loscuales uno asumirá la Presidencia y otro la Secretaría.

La Comisión de Mejoras de Empleo se reunirá al menos,una vez cada seis meses a fin de conocer las previsionessobre eventuales convocatorias y efectuar un seguimientode lo nombramiento efectuados en mejora de empleo.

SEPTIMA.- La propuesta de nombramiento en mejorade empleo, una vez efectuado el proceso correspondiente deconformidad con la convocatoria y bases aprobadas, corres-ponderá a la Comisión Técnica de Valoración, quien deconformidad con lo dispuesto en los artículos 55 y 60 de laLey 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico será designada por la Presidencia de la Corporaciónajustándose a los principios de imparcialidad y profesionalidadde sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entremujeres y hombres. La Comisión actuará, en todo caso,conforme a los principios de independencia y discrecionalidadtécnica, y estará integrada por cinco miembros, funcionariosde carrera, de los cuales uno será el Presidente, tres actua-rán como Vocales y otro asumirá la Secretaría de la Comisiónque actuará con voz y voto.

El personal de elección o de designación política, losfuncionarios interinos y el personal eventual no podránformar parte de la Comisión Técnica de Valoración.

La pertenencia a la Comisión Técnica de Valoración detodos sus miembros, tanto titulares como suplentes, será atítulo individual, no pudiendo ostentarse esta en representa-ción o por cuenta de nadie. Igualmente, todos sus miembrosdeberán poseer una titulación igual o superior a la requeridapara el acceso a las plazas convocadas y pertenecer almismo grupo/subgrupo o a grupos/subgrupos superiores, yla mayoría de los miembros pertenecer a la misma área deconocimientos que la exigida para el ingreso.

OCTAVA.- El nombramiento provisional por mejora deempleo finalizará cuando concurra alguna de las siguientescircunstancias:

a) El transcurso de un año desde que el funcionariofuese nombrado provisionalmente por mejora de empleo, encualquier puesto. Si no existieren más candidatos que sehubiesen presentado en la última convocatoria, el nombra-miento por mejora de empleo podrá ser prorrogado por otroaño más.

b) La cobertura legal o reglamentaria de la plaza cubier-ta por funcionario con nombramiento provisional por mejorade empleo.

c) La remoción del puesto por falta de capacidad para sudesempeño manifestada por rendimiento insuficiente, faltade adaptación, o situación de baja/s prolongada/s y/o reite-radas, que impida realizar con eficacia las funciones atribui-das al puesto.

En estos supuestos la propuesta por escrito y motivadadel responsable administrativo será comunicada a la Comi-sión de Mejoras de Empleo, con carácter previo a la adopciónde la resolución que proceda, previa audiencia al interesado.

d) La renuncia voluntaria del funcionario en mejora deempleo manifestada por escrito.

NOVENA.- La convocatoria específica establecerá elcorrespondiente baremo y, en su caso, las pruebas selecti-vas que se determinen y la lista final ordenada de aspirantesmantendrá su validez para futuros nombramientos hastatanto se efectúe una nueva convocatoria.

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En todo caso, y respecto del baremo aplicable, lavaloración se efectuará sobre 10 puntos atendiendo a lossiguientes criterios.

a) AntigüedadSe valorará entre un 40% y un 70% los servicios pres-

tados en la Administración Pública, con las siguientes limita-ciones:

1- Se valorará hasta un máximo del 85% los serviciosprestados en la Administración Pública en cualquier Grupode titulación.

2.- Se valorará hasta un máximo 15% adicional porservicios prestado en un puesto perteneciente a grupo (osubgrupo) inmediatamente inferior o igual al puesto objetode la convocatoria.

Para aquellos candidatos que hubieren ocupado unpuesto mediante nombramiento por mejora de empleo, laantigüedad a valorar para sucesivas convocatorias se com-putará desde la fecha del cese de aquel nombramiento pormejora.

b) Formación específicaSe valorará entre un 20% y un 40% los cursos, diplomas

y otras titulaciones que puedan resultar más idóneos enrelación al puesto convocado.

La valoración de los cursos de formación o perfecciona-miento no podrá exceder del 40%.

c) Pruebas selectivas.Consistirá en la realización de prueba/s selectiva/s y/o

la realización de una entrevista personal que versará única-mente sobre los méritos alegados por los candidatos y sedirigirá a valorar la adecuación del candidato al puesto.

Esta prueba será valorada con un máximo del 20%.No serán objeto de valoración las solicitudes formula-

das por aquéllos funcionarios que hubieren disfrutado de unamejora de empleo en los cinco años anteriores a la fecha determinación del plazo de presentación de instancias. Excep-cionalmente serán objeto de valoración en el caso de que noexistiere candidato alguno objeto de valoración en la convo-catoria correspondiente.

DÉCIMA.- Aquéllas cuestiones no previstas en el pre-sente Procedimiento, así como las dudas interpretativas quepudieran surgir en su aplicación, serán resueltas por laComisión de Mejoras de Empleo.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA.Todas las mejoras de empleo vigentes a la fecha del

presente acuerdo finalizarán el 31 de octubre de 2012(Disposición Transitoria modificada por acuerdo de MesaGeneral de Negociación del 31 de octubre de 2012, por elque se amplía la vigencia de las mejoras de empleo hasta el30 de noviembre de 2012.).

DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA.-El personal laboral fijo perteneciente a la plantilla de

esta Excma. Diputación Provincial tendrá idénticos derechosa los contemplados en este Procedimiento para los funciona-rios de carrera, con las adaptaciones que procedan deriva-das de la naturaleza jurídica de su relación.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.-Conforme establece el art. 8.6 del Acuerdo/Convenio

vigente sobre regulación de las condiciones de trabajo de losempleados de la Diputación de Alicante, de manera excep-cional podrán efectuarse convocatorias específicas paranombramiento por mejora de empleo aun existiendo candi-datos según los sistemas de contratación laboral temporalprevistos en el Convenio, para aquéllos puestos específicosen que así lo acuerde la Comisión de Mejoras de Empleo ysin que, en ningún caso, el número de puestos a cubrirmediante nombramiento en mejora de empleo exceda del50% del total de puestos a cubrir.»

Lo que se hace público para general conocimiento y delos interesados.

En Alicante, a 16 de abril de 2013LA SECRETARIA GENERAL, LA DIPUTADA DEL ÁREA

DE RR.HH. Y RÉGIMEN INTERIORFDO. AMPARO KONINCKX FRASQUET FDO. MA-

RÍA ADELAIDA PEDROSA ROLDÁN*1307862*

ANUNCIO

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno, adoptado ensesión ordinaria celebrada el día 10 de abril de dos mil trece,-dictado en virtud de las competencias delegadas por laPresidencia por Decreto número 1525, de fecha 20 de juliode 2011-, se han aprobado las Bases Generales que han deregir en los procedimientos de concurso y libre designaciónpara la provisión con carácter definitivo de puestos de traba-jo, que se publican a continuación:

BASES«BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR EN LOS

PROCEDIMIENTOS DE CONCURSO Y LIBRE DESIGNA-CIÓN PARA LA PROVISIÓN CON CARÁCTER DEFINITIVODE PUESTOS DE TRABAJO EN LA EXCMA. DIPUTACIÓNPROVINCIAL DE ALICANTE.

PRIMERA.- De la provisión de los puestos de trabajo.Los puestos de trabajo de naturaleza funcionarial se

proveerán de forma ordinaria por convocatoria pública, através de los sistemas de concurso o de libre designación, deacuerdo con lo que figure en la relación de puestos de trabajoy con respeto a los principios de igualdad, mérito y capaci-dad, sin perjuicio de que puedan ser provistos de forma tempo-ral o definitiva por otros sistemas previstos legalmente.

Los puestos de trabajo también podrán proveerse deforma no definitiva mediante las siguientes modalidades:

-Comisión de servicios, voluntaria o forzosa.-Adscripción provisional.-Nombramiento provisional por mejora de empleo.Junto a las anteriores, podemos citar como otras formas

de provisión:-Permuta de los puestos de trabajo.-Cambio de puestos por motivo de salud.-Traslado por violencia de género.-Reasignación de efectivos.-Adscripción temporalSEGUNDA.- Provisión de puestos de trabajo mediante

concurso.El concurso constituye el sistema normal de provisión

de puestos de trabajo y consiste en la comprobación yvaloración por órganos colegiados de carácter técnico, deméritos y capacidades y, en su caso, aptitudes de laspersonas candidatas para el desempeño de los mismos,conforme a las bases establecidas en la correspondienteconvocatoria.

TERCERA.- De las convocatorias del concurso.Las convocatorias y las bases de la respectiva convoca-

toria, para proveer los puestos de trabajo por el sistema deconcurso, se aprobarán por el órgano competente y sepublicarán conforme dispone la Base Décima.

Las convocatorias de concurso deberán incluir, en todocaso, los siguientes datos:

a) Número, denominación, retribuciones complementa-rias vinculadas al puesto de trabajo, así como su adscripciónorgánica.

b) Cuerpo, agrupación profesional funcionarial o escalade adscripción, así como, en su caso, el resto de requisitosexigidos para su desempeño, según la relación de puestosde trabajo.

c) Baremo para valorar los méritos y capacidades.d) Sistema de valoración de los conocimientos, capaci-

dades y aptitudes relacionadas con las funciones específi-cas asignadas al puesto de trabajo convocado, cuando setrate de concurso específico.

e) En su caso, puntuación mínima para su adjudicación.Cuando los puestos convocados sean varios, el perso-

nal concursante establecerá en su solicitud su orden depreferencia.

CUARTA.- Puntuación de méritos en el concurso.En las convocatorias se podrán valorar, entre otros, los

siguientes méritos:1.- Méritos Generales:

MÍNIMO MÁXIMO

A) ANTIGÜEDAD 15 25B) GRADO PERSONAL 0 10

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MÍNIMO MÁXIMO

C) CONOCIMIENTO DEL VALENCIANO 10 15D) CONOCIMIENTO DE OTROS IDIOMAS COMUNITARIOS 0 10E) POSESIÓN DE MÁS DE UNA TITULACIÓN DE LA MISMA

ÁREA DE CONOCIMIENTOS 10 20F) ADECUACIÓN DE LA PERSONA AL PUESTO 15 25H) FORMACIÓN 10 15I) INVESTIGACIÓN/PUBLICACIONES 0 10

El total de puntos del concurso será de 100.2.- Méritos Específicos (aplicable únicamente al con-

curso específico):Cuando así esté establecido en la Relación de Puestos

de Trabajo y en las correspondientes convocatorias, seráaplicable el sistema de concurso específico, consistente enla valoración de, además de los méritos establecidos en elpunto 1 anterior, otros conocimientos, capacidades y aptitu-des relacionadas con las funciones específicas asignadas alpuesto de trabajo convocado.

Conforme a este sistema, las respectivas convocatoriaspodrán tener en cuenta, los siguientes méritos conforme albaremo que se indica a continuación:

MÍNIMO MÁXIMO

MÉRITOS GENERALES(MÍNIMO 65%)A) ANTIGÜEDAD 15 25B) GRADO PERSONAL 0 10C) CONOCIMIENTO DEL VALENCIANO 10 15D) CONOCIMIENTO DE OTROS IDIOMAS COMUNITARIOS 0 10E) POSESIÓN MÁS DE UNA TITULACIÓN DE LA MISMA ÁREA DE

CONOCIMIENTOS 10 20F) ADECUACIÓN DE LA PERSONA AL PUESTO 15 25G) FORMACIÓN 10 15H) INVESTIGACIÓN/PUBLICACIONES 0 10

MÉRITOS ESPECÍFICOS(MÁXIMO 35%)A) PRUEBA PRÁCTICA 0 25B) MEMORIA 0 25C) ENTREVISTA 0 20

El total de puntos del concurso específico será de 100puntos.

Esto es, conforme a lo indicado anteriormente, para suvaloración, la convocatoria podrá incluir la realización depruebas de carácter práctico, memorias, entrevistas u otrossistemas similares, sin que en ningún caso, la puntuación aobtener por las mismas, en su conjunto, sea superior a un 35por ciento del total. A su vez, de establecerse entrevista, lapuntuación de ésta no podrá, por sí sola, ser superior al 20por ciento de la máxima que puede obtenerse por todos losméritos puntuables.

QUINTA.- Desarrollo del procedimiento del concurso yadjudicación del puesto (tanto ordinario como específico).

En el marco de las disposiciones contenidas en losapartados anteriores, la Administración aprobará las basesque han de regir el procedimiento de la respectiva convoca-toria, y que contendrán los méritos que serán tenidos encuenta en las respectivas convocatorias.

Se valorarán los méritos, acompañando la documenta-ción justificativa correspondiente, obtenidos o en condicio-nes de obtenerse en la fecha en que se haga pública lasbases de la respectiva convocatoria.

En caso de empate en la puntuación se acudirá paradirimirlo a quien haya obtenido mayor puntuación en elapartado correspondiente a los méritos específicos, si dichapuntuación fuera también igual o en el supuesto del concursoordinario, se considerará la obtenida por antigüedad más laadecuación al puesto. De persistir el empate, se adjudicarápor sorteo.

En relación al concurso ordinario, para superarlo, losconcursantes, deberán obtener como mínimo un 25% de lapuntuación total del concurso. Para el concurso específicoeste porcentaje será del 40%, también respecto del total depuntos del concurso (tanto generales como específicos).

En base a estos criterios, la Comisión Técnica de Valora-ción efectuará su correspondiente evaluación que consistirá

en una relación comprensiva de la totalidad del personalconcursante, ordenada de mayor a menor puntuación, conindicación para cada uno de ellos de la obtenida en cadaapartado y que se publicará en el Tablón de Anuncios de laCorporación durante el plazo legalmente establecido. Re-sueltas, en su caso, las alegaciones por la Comisión Técnicade Valoración, y de conformidad con arreglo a dicha evalua-ción, se elevará al órgano competente para resolver, pro-puesta definitiva de adjudicación, que tendrá caráctervinculante; quién resolverá, en el plazo de un mes, sobre laadjudicación definitiva del puesto.

No podrá declararse desierto el concurso si concurrenaspirantes que reúnan los requisitos y superen la puntuaciónmínima establecida en las Bases del respecto concurso.

SEXTA.- Provisión de puestos de trabajo mediante libredesignación.

La libre designación con convocatoria pública es elsistema de provisión de puestos de trabajo que consiste enla apreciación discrecional por el órgano competente de laidoneidad de los candidatos en relación con los requisitosexigidos para el desempeño del puesto.

Atendiendo a su especial responsabilidad y confianza,se proveerán por este sistema, únicamente, los puestos detrabajo así calificados en la Relación de Puestos de Trabajo.

SÉPTIMA.- De las convocatorias por el procedimientode libre designación.

Las convocatorias para la provisión de puestos por elsistema de libre designación incluirán los datos siguientes:

a) Número, denominación, retribuciones complementa-rias vinculadas al puesto de trabajo, así como adscripciónorgánica.

b) Categoría y escala de adscripción, así como en sucaso, el resto de requisitos exigidos para su desempeño,según la relación de puestos de trabajo.

Las convocatorias y las bases de la respectiva convoca-toria, para proveer los puestos de trabajo por el sistema delibre designación, se aprobarán por el órgano competente yse publicarán conforme dispone la Base Décima de laspresentes.

OCTAVA.- Composición y funcionamiento de la Comi-sión Técnica de Valoración tanto en los concursos como enla libre designación.

La Comisión Técnica de Valoración, de conformidadcon lo dispuesto en los artículos 55 y 60 de la Ley 7/2007, de12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y enlos artículos 100.4 y 57 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, dela Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Públi-ca Valenciana, será designada por la Presidencia de laCorporación, o en su caso, por el órgano que actúe pordelegación de la misma, ajustándose a los principios deimparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tende-rá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. La ComisiónTécnica de Valoración actuará en todo caso, conforme a losprincipios de independencia y discrecionalidad técnica, yestará integrada por cinco miembros, funcionarios de carreradel mismo grupo/subgrupo de titulación, o en su caso supe-rior al del puesto convocado, de los cuales uno será elPresidente, tres actuarán como Vocales y otro como Secre-tario. Todos ellos actuarán con voz y voto.

El personal de elección o de designación política, losfuncionarios interinos, el personal laboral no fijo y el personaleventual no podrá formar parte de las Comisiones Técnicasde Valoración.

La designación de sus miembros, que incluirá los res-pectivos suplentes, se hará pública en el Tablón de Anunciosde la Corporación, estando incursos en las cusas de absten-ción y recusación establecidas en los artículos 28 y 29 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común.

El funcionamiento de la Comisión Técnica de Valora-ción se adaptará a lo establecido en la Ley 30/1992 enrelación al funcionamiento de los órganos colegiados.

La Comisión Técnica de Valoración podrá disponer laincorporación a sus trabajos de asesores especialistas,

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que actuarán con voz pero sin voto. Asimismo, a propuestadel Departamento de Personal, o en su caso, por la ComisiónTécnica de Valoración, se designará a un colaborador paraque preste servicios de carácter administrativo durante elprocedimiento de la provisión del puesto.

Cuando el procedimiento para la provisión del puestoconlleve la realización de ejercicios escritos u orales podránpercibirse las asistencias correspondientes, de conformidadcon lo establecido en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, sobreindemnización por razón del servicio, y en particular lodispuesto en su artículo 29.

Contra las resoluciones de las Comisiones Técnicas deValoración cuando no pongan fin a la vía administrativa, asícomo contra sus actos de trámite cuando decidan directa oindirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibi-lidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensióno perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos,podrá interponerse por los interesados recurso de alzadaante la autoridad que haya nombrado a su presidente.

NOVENA.- Adjudicación del puesto en el procedimientode libre designación.

La Comisión Técnica de Valoración antes de redactar lapropuesta de adjudicación solicitará informe preceptivo y novinculante al responsable administrativo/superior jerárquicode la dependencia donde se encuentre la vacante, quién loemitirá en el plazo de 15 días, a la vista de los méritosaportados por los diferentes candidatos. Dicho informe seemitirá de forma discrecional teniendo en cuenta la idonei-dad de los candidatos en relación con las características delpuesto. Tras el estudio de dicho informe y de los méritosacreditados por los aspirantes, tales como la experiencia,antigüedad, eficacia demostrada en destinos anteriores,diplomas, cursos y publicaciones directamente relacionadascon las funciones del puesto, la Comisión Técnica de Valo-ración redactará su propuesta de adjudicación, que se eleva-rá a la Presidencia de la Excma. Diputación Provincial, oquién actúe por delegación, para que dicte la resolucióncorrespondiente, sin que tal propuesta tenga caráctervinculante según lo prescrito en el artículo 28, en su apartadoprimero, del Decreto 33/1999, de 9 de marzo, de la Generalitat,por el que se aprueba el Reglamento de Selección, Provisiónde Puestos de Trabajo y Carrera del Personal comprendidoen el ámbito de aplicación de la Ley de la Función PúblicaValenciana, de aplicación en tanto no se efectúe el corres-pondiente desarrollo reglamentario de la Ley de Ordenacióny Gestión de la Función Pública Valenciana.

Igualmente, el órgano competente resolverámotivadamente sobre la idoneidad del candidato. No obstan-te, podrá declararse desierto, aun existiendo personal quereúna los requisitos exigidos, si se considera que ningunoresulta idóneo para su desempeño.

DÉCIMA.- Publicación de las Bases y su convocatoria ypresentación de solicitudes, tanto en el concurso como en lalibre designación.

Las Bases que han de regir las convocatorias para laprovisión de los distintos puestos de trabajo, se publicarán enel Portal del Empleado, en la página web de la misma(www.ladipu.com), y en el Boletín Oficial de la Provincia.Además, cuando se trate de puestos que, conforme a laRelación de Puestos de Trabajo, estén abiertos a otrasAdministraciones Públicas, por movilidad interadministrativa,las convocatorias y sus bases se publicarán además, en elDiario Oficial de la Generalitat Valenciana y/o Boletín Oficialdel Estado, en función del ámbito territorial al que estéabierta la movilidad.

Los funcionarios de carrera que deseen participar en lasconvocatorias objeto de estas bases generales deberánsolicitarlo mediante instancia que se dirigirá a la Presidenciade la Excma. Diputación Provincial de Alicante, adjuntando ala instancia fotocopia del D.N.I., y se presentará en elRegistro General de la Corporación durante el plazo que seestablezca en la respectiva convocatoria, contados a partirdel día siguiente al de la última publicación oficial, que seráel Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, el Diario Oficialde la Comunidad Valenciana o el Boletín Oficial del Estado,

según el ámbito territorial al que esté abierto el correspon-diente puesto de trabajo. En dicho anuncio –el de la últimapublicación- se avisará que las resoluciones que aprueben,la lista de aspirantes admitidos y excluidos, la composiciónde la Comisión Técnica de Valoración y la fecha, hora y lugaren que se reunirá la misma, se publicarán en el Tablón deAnuncios de la Corporación.

El modelo de instancia se facilitará tanto en las depen-dencias del Departamento de Personal como en la Oficina deInformación de esta Corporación, y a través de la página webde la misma (www.ladipu.com).

La instancia podrá presentarse igualmente en la formaque determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

Para ser admitidos y tomar parte en el correspondienteprocedimiento de provisión –concurso o libre designación-,además de sus datos personales, los solicitantes habrán demanifestar en la instancia que presenten, que reúnen latotalidad de los requisitos exigidos en la correspondienteconvocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración delplazo señalado para la presentación de instancias, e indica-rán el puesto de trabajo al que aspiran, adjuntando a lamisma su curriculum vitae, en el que han de figurar los títulosacadémicos, años de servicio, puestos de trabajos desem-peñados en la Administración, estudios y cursos realizadosy otros méritos que estimen oportuno poner de manifiesto,así como las características del puesto que vinieran desem-peñando. Se acompañará original o copia compulsada de ladocumentación acreditativa de los méritos alegados. Noobstante, cuando se trate de personal funcionario de carrerade esta Corporación, si dicha documentación ya constase ensu expediente personal, sólo será necesario citar los méritos,a que hace referencia dicha documentación en la solicitud,sin que tengan que aportarse los documentos correspon-dientes, en el bien entendido que todo aquello que el intere-sado no mencione, no se tendrá en cuenta, aun cuando eloriginal o justificante obre en las dependencias del Departa-mento de Personal.

Los méritos no alegados y no acreditados debidamentedentro del plazo de presentación de instancias, no serántenidos en cuenta.

Serán méritos puntuables en cada concursante, loscontraídos hasta el día de la última publicación del anuncio/extracto de la convocatoria y las bases en el Boletín Oficial dela Provincia de Alicante, en el Diario Oficial de la ComunidadValenciana, o en el Boletín Oficial del Estado, en función delámbito territorial al que esté abierta la movilidad.

Finalizado el plazo de admisión de instancias o solicitu-des, por resolución de la Presidencia, o autoridad en quiendelegue, se aprobará la lista provisional de los aspirantesadmitidos y excluidos, que se hará pública en el Tablón deAnuncios de la Corporación, concediéndose un plazo de 10días hábiles para reclamaciones. Si las hubiere, a su vista, sedictará resolución aprobando con carácter definitivo las listasde admitidos. En caso contrario se elevará a definitiva la listaprovisional.

DÉCIMO PRIMERA.- Personas discapacitadas.El personal funcionario que tenga la condición legal de

persona con discapacidad podrá participar en las convoca-torias objeto de estas bases generales acreditando la mismaen la solicitud de participación, al objeto de determinar lacompatibilidad de su discapacidad con respecto al desempe-ño de las tareas y funciones del puesto. Para lo cual, laComisión Técnica de Valoración, recabará informes tanto delJefe de Unidad de Desarrollo Organizacional, como del Jefede Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, respectode la procedencia de su compatibilidad con las funciones delpuesto.

Cuando al personal funcionario que no habiendo acre-ditado su condición de discapacitado en el momento de lapresentación de instancias le sea adjudicado un puesto detrabajo, y con posterioridad solicite la adaptación del puestopor la citada discapacidad, la Corporación analizará laposible compatibilidad de la discapacidad con las funciones

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del puesto, y de no ser posible, se procederá a la remocióndel personal funcionario en el puesto de trabajo adjudicadoy a su adscripción provisional en otro puesto de trabajo de sucategoría.

DÉCIMO SEGUNDA.- Toma de posesión, tanto en elconcurso como en la libre designación.

El plazo para tomar posesión será de tres días hábilessi no implica cambio de residencia del funcionario o de unmes, si comporta cambio de residencia o el reingreso alservicio activo.

El plazo para tomar posesión empezará a contarse apartir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarsedentro de los tres días hábiles siguientes al de la publica-ción de la resolución indicada en el Boletín Oficial de laProvincia.

El órgano competente en materia de personal de laAdministración donde preste servicios el funcionario nom-brado podrá diferir el cese por necesidades del servicio hasta20 días hábiles, comunicándolo con carácter previo y motiva-do a la Presidencia de la Excma. Diputación Provincial.

DÉCIMO TERCERA.- Obligación de permanencia en elpuesto de trabajo adjudicado.

El personal que resulte adjudicatario de un puesto detrabajo obtenido por concurso o libre designación, no podrádesempeñar provisionalmente otro en comisión de servicioshasta que transcurra un año de permanencia en el mismo,salvo en los supuestos previstos en el apartado 3 del artículo101 de la Ley de Ordenación y Gestión de la Función PúblicaValenciana.

DÉCIMO CUARTA.- Protección de datos de carácterpersonal.

En la gestión de los procedimientos que se convoquenal amparo de las presentes bases generales, el tratamientode los datos personales se realizará en el fichero del Serviciode Personal del Área de Recursos Humanos, siendo elórgano administrativo responsable de dicho fichero el propioServicio.

El personal administrativo del Servicio de Personal, losmiembros de la Comisión Técnica de Valoración y, en sucaso, el colaborador y el personal especializado que apoyea la misma, tendrán el deber de secreto respecto de lainformación de datos personales a los que tengan acceso enla gestión del procedimiento.

DÉCIMO QUINTA.- Referencias genéricas.Toda referencia hecha al género masculino en las

presentes bases incluye necesariamente su homónimo enfemenino. Los géneros han sido empleados conforme a lapráctica y uso generalmente admitidos en aras a la agilidadlingüística.

DÉCIMO SEXTA.- Desarrollo de las presentes bases.Estas Bases genéricas se completarán con las bases

específicas que se aprueben para cada convocatoria. Encaso de discrepancia entre las bases generales y las espe-cíficas, prevalecerán las específicas.

DÉCIMO SÉPTIMA.- Integración del funcionario decarrera.

El personal funcionario de carrera de la AdministraciónLocal que en virtud de procedimientos de provisión depuestos de trabajo, obtenga destino en esta Corporación,quedará integrado como personal propio de ésta.

DÉCIMO OCTAVA.- Legislación aplicable.Para lo no previsto en las presentes bases se estará a

lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora delas Bases del Régimen Local, en la Ley 7/2007, de 12 de abril,del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 10/2010,de 9 de julio, de Ordenación y Gestión de la Función PúblicaValenciana, en el Decreto 33/1999, de 9 de marzo, de laGeneralitat, por el que se aprueba el Reglamento de Selec-ción, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera del Personalcomprendido en el ámbito de aplicación de la Ley de lafunción Pública Valenciana, de aplicación en tanto no seefectúe el correspondiente desarrollo reglamentario de la Ley

de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana,y supletoriamente en el Real Decreto 364/1995, de 10 demarzo, por el que se aprueba el Reglamento General deIngreso del personal al servicio de la Administración Generaldel Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de la AdministraciónGeneral del Estado y demás disposiciones aplicables yconcordantes.

DÉCIMO NOVENA.- Régimen de Recursos.Las presentes Bases son definitivas en vía administra-

tiva, por lo que con arreglo a lo dispuesto en los artículos 116y 117 de la Ley 30/1992, así como de los artículos 8, 14.2 y46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa, los interesadospueden interponer uno de los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, recurso de reposición anteel órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazode 1 mes a contar desde el día siguiente a su publicación enel Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.

b) O bien, interponer directamente recurso contencio-so-administrativo ante el Juzgado de este orden de Alicanteen el plazo de 2 meses a contar contados desde el díasiguiente al de su publicación.

Advirtiendo que tales recursos no tienen efectosuspensivo y ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitarcualquier otro que se estime pertinente.»

Lo que se hace público para general conocimiento y delos interesados.

En Alicante, a 16 de abril de 2013LA SECRETARIA GENERAL, LA DIPUTADA DEL ÁREA

DE RR.HH. Y RÉGIMEN INTERIORFDO. AMPARO KONINCKX FRASQUET. FDO. MARÍA

ADELAIDA PEDROSA ROLDÁN

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CONSORCIO PARA EJECUCIÓN PREVISIONESPLAN ZONAL DE RESIDUOS ZONA XVII

ANUNCIO

Aprobado por la Junta de Gobierno del Consorcio en lasesión ordinaria celebrada el día 9 de abril de 2013, elPresupuesto de Ingresos y Gastos para el ejercicio económi-co del año 2013, así como sus Bases de Ejecución y con elfin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 169.1 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, queda expuesto al público el citadoexpediente en la Intervención de Fondos de la Excma.Diputación Provincial de Alicante por plazo de QUINCE DIASHABILES, contados a partir del día siguiente a su publicaciónen este Boletín Oficial, durante los cuales los interesadospodrán examinarlo y presentar cuantas reclamaciones pro-cedan ante la Junta de Gobierno. Se tendrá en cuenta que,la presentación de cualquier escrito, deberá efectuarse en elRegistro General de la Excma. Diputación Provincial deAlicante en horario de oficina de lunes a viernes y si el últimodía del plazo fuese sábado o festivo, se trasladará al siguien-te día hábil; todo ello sin perjuicio de que el interesado puedautilizar cualquiera de los medios señalados en el artículo 38de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común.

Lo que se publica para general conocimiento.Alicante, 15 de abril de 2013LA SECRETARIA,Fdo.: Amparo Koninckx Frasquet

*1307638*

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boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 754 3

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNOALICANTE

EDICTO

JOSÉ AGUSTÍN RIFE FERNÁNDEZ RAMOS, SECRE-TARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 1 DELOS DE ALICANTE

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autosDESPIDO/CESES EN GENERAL - 001070/2012 a instan-cias de MILAGROS LOPEZ PARRA contra ALEXENA EDU-CA SL, BARRICARTE DEPORTE Y OCIO SL y FOGASA enel que, por medio del presente se cita a BARRICARTEDEPORTE Y OCIO SL, quien se halla en ignorado paraderoy cuyo último domicilio conocido es AVDA. DE ORIHUELA Nº16-12 C, 03006 ALICANTE- para que comparezca ante esteJUZGADO DE LO SOCIAL, sito en Calle PARDO GIMENO,432º al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso,juicio, el día 26 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:20HORAS horas, con advertencia de que el juicio no se suspen-derá por la incomparecencia injustificada de las partes.

En Alicante, a diecisiete de abril de dos mil trece.EL SECRETARIO JUDICIAL

*1307722*

EDICTO

PROCEDIMIENTO NÚMERO 000786/2012JOSÉ AGUSTÍN RIFE FERNÁNDEZ RAMOS, SECRE-

TARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DEALICANTE.

POR MEDIO DEL PRESENTE EDICTO HACE SABER:Que en el procedimiento que se sigue en este Juzgado

de lo Social con el nº 000786/2012 por Despidos instado porROBERTO NAVARRO PINTEÑO frente a GLOBAL PLUSINVERSIONES SLU y FOGASA se ha dictado sentencia defecha 24/01/2013, cuya parte dispositiva es del tenor literalsiguiente: «FALLO: Que estimando la demanda interpuestapor D. Roberto Navarro Pinteño, debo declarar y declaroIMPROCEDENTE el despido acordado por Global Plus In-versiones S.L.U el 14/06/12y, en consecuencia, condeno aésta a que le abone la indemnización de 45 días de salariopor año de servicio, cifrada en el importe de 493,25 €, conabono de los salarios dejados de percibir desde la fecha deldespido hasta la presente resolución, que se liquidan defini-tivamente en 4.419,52 €, declarando extinguida la relaciónlaboral en esta fecha y sin perjuicio de las responsabilidadesque pudieran corresponder al FGS.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndolesque el Recurso procedente contra la misma es el deSUPLICACION, ante la Sala de lo Social del Tribunal Supe-rior de Justicia de Valencia, anunciándolo en este Juzgadode lo Social, en el término de CINCO DIAS hábiles a partir delsiguiente de notificación de la resolución, debiendo acreditarel recurrente, excepto el trabajador o el que goce de beneficiode justicia gratuita, haber ingresado la cantidad objeto decondena en la cuenta corriente nº 0111 clave 65 (pudiendosustituirse la consignación en metálico por el aseguramientomediante aval bancario), con indicación del número deprocedimiento, la cantidad objeto de condena, y haber con-signado, como depósito en efectivo la suma de 300 Euros. Enla cuenta corriente nº 0111 clave 67, ambas en el BANCOBANESTO sucursal sita en la C/Foglieti 24 de Alicante.

Igualmente a la interposición (formalización) del Recur-so, y si no goza del beneficio de justicia gratuita, dberáacreditar haber ingresado en la AEAT MEDIANTE E L MO-DELO 696 la TASA JUDICIAL de 500 EUROS, más la partecorrespondiente según la escala establecida en el art. 7, 1 y7,2 de la Ley 10/2012 DE TASAS JUDICIALES. El trabajador

o beneficiario de la prestación de S.Social tendrá una reduc-ción del 60% de la tasa establecida ( art. 8 Ley 10/12 y OMHP2.662/12 modificada por OMHP 490/2.013) reformada porRDL 3/2.013 de 23 de febrero).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo elIlmo/a. Sr/a. D/ña. ENCARNACION LORENZO HERNANDEZ,Magistrado/a-Juez del Juzgado de lo Social Nº Uno deAlicante. Firmado y Rubricado. Es copia. EL SECRETARIO.

Y PARA QUE SIRVA DE NOTIFICACIÓN A LA EMPRE-SA GLOBAL PLUS INVERSIONES S.L.U CUYO PARADE-RO ACTUAL SE DESCONOCE Y EL ÚLTIMO CONOCIDOLO FUE EN C/ VALENCIA, 67-4 y EN C/ SEVILLA Nº 31ambos de Alicante. expido el presente en Alicante a diecisie-te de abril de dos mil trece para su inserción en el B.O.P.

EL SECRETARIO JUDICIAL

*1307725*

EDICTO

PROCEDIMIENTO NÚMERO 001062/2011JOSÉ AGUSTÍN RIFE FERNÁNDEZ RAMOS, SECRE-

TARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DEALICANTE.

POR MEDIO DEL PRESENTE EDICTO HACE SABER:Que en el procedimiento que se sigue en este Juzgado

de lo Social con el nº 001062/2011 por Cantidades instadopor RAFAEL VALERO MARTIN, RAMON ANGEL RODENASNUÑEZ y JOSE NICILAS ALMAGRO GARNES frente aELECTRICIDAD ARJONA S.L. y FOGASA se ha dictadosentencia de fecha 27/03/2013, cuya parte dispositiva es deltenor literal siguiente: «FALLO: Que estimando la demandaplanteada por los actores debo condenar y condeno a Elec-tricidad Arjona S.L a que les abone las siguientes cantidades:

a D. RAFAEL VALERO MARTÍN: 2.724,25 €a D. RAMÓN ANGEL RODENAS NUÑEZ: 2.724,25 €y a D. JOSÉ NICOLAS ALMAGRO GARNÉS: 4.409,46 €y sin perjuicio de las responsabilidades legales del FGS.Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles

que el Recurso procedente contra la misma es el deSUPLICACION, ante la Sala de lo Social del Tribunal Supe-rior de Justicia de Valencia, anunciándolo en este Juzgadode lo Social, en el término de CINCO DIAS hábiles a partir delsiguiente de notificación de la resolución, debiendo acreditarel recurrente, excepto el trabajador o el que goce de beneficiode justicia gratuita, haber ingresado la cantidad objeto decondena en la cuenta corriente nº 0111 clave 65 (pudiendosustituirse la consignación en metálico por el aseguramientomediante aval bancario), con indicación del número deprocedimiento, la cantidad objeto de condena, y haber con-signado, como depósito en efectivo la suma de 300 Euros .En la cuenta corriente nº 0111 clave 67, ambas en el BANCOBANESTO sucursal sita en la C/Foglieti 24 de Alicante.

Igualmente a la interposición (formalización) del Recur-so, y si no goza del beneficio de justicia gratuita, dberáacreditar haber ingresado en la AEAT MEDIANTE E L MO-DELO 696 la TASA JUDICIAL de 500 EUROS, más la partecorrespondiente según la escala establecida en el art. 7, 1 y7,2 de la Ley 10/2012 DE TASAS JUDICIALES. El trabajadoro beneficiario de la prestación de S.Social tendrá una reduc-ción del 60% de la tasa establecida ( art. 8 Ley 10/12 y OMHP2.662/12 modificada por OMHP 490/2.013) reformada porRDL 3/2.013 de 23 de febrero).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo elIlmo/a. Sr/a. D/ña. ENCARNACION LORENZO HERNANDEZ,Magistrado/a-Juez del Juzgado de lo Social Nº Uno deAlicante. Firmado y Rubricado. Es copia. EL SECRETARIO.

Y PARA QUE SIRVA DE NOTIFICACIÓN A LA EMPRE-SA ELECTRICIDAD ARJONA S.L CUYO PARADERO AC-TUAL SE DESCONOCE Y EL ÚLTIMO CONOCIDO LO FUE

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4 4boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 75

EN C/ MONTOYOS Nº 40 , LOCAL B CP 03690 SAN VICEN-TE DEL RASPEIG expido el presente en Alicante a diecisietede abril de dos mil trece para su inserción en el B.O.P.

EL SECRETARIO JUDICIAL

*1307734*

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOSALICANTE

EDICTO

Dª ROMAN HUERTAS NAFRIA, SECRETARIO JUDI-CIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DEALICANTE.

HAGO SABER: Que en este Juzgado y con el númeroPROCEDIMIENTO ORDINARIO - 000666/2012 se sigueprocedimiento en reclamación de Cantidades a instanciaVIRGINIA NAVARRO ALMENAR contra CONTIN PUBLICI-DAD SL en cuyas actuaciones se ha señalado para quetenga lugar el acto de juicio, el 7 DE OCTUBRE DE 2013, ALAS 10.20 HORAS e ignorándose el actual paradero de laempresa CONTIN PUBLICIDAD SL cuyo último domicilioconocido fue en Alicante AVD. Fotógrafo Francisco Cano nº37 BW 22 -03540 Alicante, por el presente se le cita paradicho día y hora, advirtiéndole que deberá comparecer almismo con los medios de prueba de que intente valerse, conla prevención de que si no compareciere, le pararán losperjuicios a que hubiera lugar en derecho, con advertenciade que las siguientes comunicaciones se harán en estrados,salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En ALICANTE, a dieciséis de abril de dos mil trece.LA SECRETARIO JUDICIAL.

*1307673*

EDICTO

Dª MARTA RODRIGUEZ ARELLANO, SECRETARIOJUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOSDE ALICANTE.

HAGO SABER: Que en este Juzgado y con el númeroPROCEDIMIENTO ORDINARIO - 000930/2012 se sigueprocedimiento en reclamación de Cantidades a instanciaENRIQUE CARMONA HEREDIA contra MARCO CANINO yFOGASA en cuyas actuaciones se ha señalado para quetenga lugar el acto de juicio, el 21 DE ENERO DE 2014, A LAS9.50 HORAS e ignorándose el actual paradero de la empresaMARCO CANINO cuyo último domicilio conocido fue enAlicante C/ MERCADO Nº 50 -03550 SAN JUAN (ALICAN-TE), por el presente se le cita para dicho día y hora, advirtién-dole que deberá comparecer al mismo con los medios deprueba de que intente valerse, con la prevención de que si nocompareciere, le pararán los perjuicios a que hubiera lugar enderecho, con advertencia de que las siguientes comunicacio-nes se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma deauto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En ALICANTE, a veintisiete de febrero de dos mil trece.LA SECRETARIO JUDICIAL.

*1307674*

EDICTO

Dª ROMAN HUERTAS NAFRIA, SECRETARIO JUDI-CIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DEALICANTE.

HAGO SABER: Que en este Juzgado y con el númeroDESPIDO/CESES EN GENERAL - 001003/2012 se sigueprocedimiento en reclamación de Despidos a instancia ROSAMARÍA JIMÉNEZ MARTÍNEZ contra BARES Y TERTULIA SL

y FOGASA en cuyas actuaciones se ha señalado para quetenga lugar el acto de juicio, el 9 DE SEPTIEMBRE DE 2013A LAS 10.30 HORAS e ignorándose el actual paradero de laempresa BARES Y TERTULIA SL cuyo último domicilioconocido fue en Alicante CALLE BRITANIA Nº 2 LOCAL 1(PLAYA DE SAN JUAN), por el presente se le cita para dichodía y hora, advirtiéndole que deberá comparecer al mismocon los medios de prueba de que intente valerse, con laprevención de que si no compareciere, le pararán los perjui-cios a que hubiera lugar en derecho, con advertencia de quelas siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvolas que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuandose trate de emplazamiento.

En ALICANTE, a quince de abril de dos mil trece.LA SECRETARIO JUDICIAL.

*1307719*

EDICTO

Dª ROMÁN HUERTAS NAFRIA, SECRETARIO JUDI-CIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DEALICANTE.

HAGO SABER: Que en este Juzgado y con el númeroDESPIDO/CESES EN GENERAL - 001003/2012 se sigueprocedimiento en reclamación de Despidos a instancia ROSAMARÍA JIMÉNEZ MARTÍNEZ contra BARES Y TERTULIA SLy FOGASA en cuyas actuaciones se ha señalado para quetenga lugar el acto de juicio, el 9 DE SEPTIEMBRE DE 2013A LAS 10.30 HORAS e ignorándose el actual paradero de laempresa BARES Y TERTULIA SL cuyo último domicilioconocido fue en Alicante CALLE BRITANIA Nº 2 LOCAL 1(PLAYA DE SAN JUAN), por el presente se le cita para dichodía y hora, advirtiéndole que deberá comparecer al mismocon los medios de prueba de que intente valerse, con laprevención de que si no compareciere, le pararán los perjui-cios a que hubiera lugar en derecho, con advertencia de quelas siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvolas que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuandose trate de emplazamiento.

En ALICANTE, a quince de abril de dos mil trece.LA SECRETARIO JUDICIAL.

*1307720*

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATROALICANTE

EDICTO

DOÑA MARTA MARTÍN RUIZ, LICENCIADA EN DERE-CHO Y SECRETARIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTI-CIA, CON CARGO Y EJERCICIO EN EL JUZGADO DE LOSOCIAL NÚMERO CUATRO DE ALICANTE.

HAGO SABER: Que en el Procedimiento Nº: 000019/2011, seguido en este Juzgado a instancia de PEDROMATAMOROS SÁNCHEZ frente ARTES ESCUELA DE DI-SEÑO, S.L /// FONDO DE GARANTÍA SALARIAL en materiade CANTIDAD, con fecha 13/03/12, se ha dictado DECRETONº 000121/2013 de DESISTIMIENTO, cuya parte dispositivaes del siguiente tenor literal:

ACUERDO:SE TIENE AL DEMANDANTE PEDRO MATAMOROS

SÁNCHEZ, POR DESISTIDO DE LA DEMANDA A QUE SEREFIERE EL HECHO PRIMERO DE ESTA RESOLUCIÓN;ARCHÍVESE LO ACTUADO.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con laadvertencia de que contra la misma cabe interponer anteeste mismo Juzgado Recurso de REVISIÓN en el plazo deTRES días desde su notificación, debiendo consignar lacantidad de 25,00 € en la Cuenta de Consignaciones de esteJuzgado en cualquier sucursal de Banesto, con especificación

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boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 754 5

en el Mandamiento de Ingreso (Cuenta Juzgado Nº 0114-Concepto: Recurso, Tipo: Revisión / Social, Código 31-Cuenta Expte: 0114-0000-31-0019-11) o por TransferenciaBancaria (CUENTA: 0030-1846-42-0005001274 / CONCEP-TO 0114-0000-31-0000-00) al tiempo de interponerlo, única-mente por quienes no tengan la condición de trabajador obeneficiario de la Seguridad Social, con la advertencia deque no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no estéconstituido (LO 1/2009 de 3 de noviembre).

Así por este Decreto, lo acuerda, manda y firma DªMARTA MARTÍN RUIZ, Secretario Judicial Titular del Juzga-do de lo Social Número Cuatro de Alicante; DOY FE.

LA SECRETARIO JUDICIAL.Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.-

D/Dª PAZ FERNÁNDEZ MUÑOZ.Y para que sirva de NOTIFICACIÓN de la anterior

resolución a la parte actora PEDRO MATAMOROSSÁNCHEZ, cuyo último domicilio conocido fue en C/ Salva-dor Montesinos, 4, entlo, dcha, de San Juan de Alicante yactualmente en ignorado paradero/cerrado, se inserta elpresente Edicto en el B.O.P. de ALICANTE, advirtiéndole ala parte a la que va dirigida la presente, que las siguientesnotificaciones se harán en estrados, salvo de las resolucio-nes que deban revestir forma de Auto, Sentencia o se tratede Emplazamiento.

En Alicante, a ocho de abril de dos mil trece.LA SECRETARIO JUDICIAL.

*1307686*

EDICTO

D. MARTA MARTÍN RUIZ, SECRETARIO DE LA ADMI-NISTRACIÓN DE JUSTICIA CON CARGO Y EJERCICIO ENEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 4 DE ALICANTE.

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue EJECU-CIÓN Nº 000184/2012, a instancia de JULIÁN JESÚS LOZA-NO MARTÍNEZ contra ELIBAÑO SL, en la que el día 26.07.12se han dictado AUTO Y DECRETO DE EJECUCIÓN, cuyaspartes dispositivas dicen:

AUTO.JUZGADO DE LO SOCIAL.Nº 4.ALICANTE.EJECUCIÓN: 000184/2012.PROCEDIMIENTO: 000136/2012.N.I.G.: 03014-44-4-2012-0000908.EJECUTANTE/S: JULIÁN JESÚS LOZANO MARTÍNEZ.EJECUTADO/S: ELIBAÑO SL.DECRETO Nº 182/13.SECRETARIO JUDICIAL: Dª MARTA MARTÍN RUIZ.En Alicante, a diecisiete de abril de dos mil trece.ANTECEDENTES DE HECHO.PRIMERO.- Que en el presente procedimiento seguido

entre las partes, de una como ejecutante JULIÁN JESÚSLOZANO MARTÍNEZ y de otra como ejecutado ELIBAÑO SL,se dictó resolución judicial despachando ejecución en fecha26.07.12 para cubrir la cantidad de 28.325,12 € de PRINCI-PAL objeto de ejecución.

SEGUNDO.- El ejecutado ha sido declarado en situa-ción legal de INSOLVENCIA PROVISIONAL por el JUZGA-DO de lo SOCIAL Nº 6 en el procedimiento de EJECUCIÓNNº: 206/12, por resolución dictada en fecha 27.02.13.

TERCERO.- Se ha dado la preceptiva AUDIENCIA a laparte ejecutante y al Fondo de Garantía Salarial al objeto deque, en su caso, designasen bienes o derechos susceptiblesde embargo, propiedad de la parte ejecutada, sin que sehaya hecho manifestación alguna en el plazo concedido.

FUNDAMENTOS DE DERECHO.PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el art.

276.3 de la Ley 36/2011 reguladora de la Jurisdicción Social,la declaración judicial de insolvencia de una empresa cons-tituirá base suficiente para estimar su pervivencia en otrasejecuciones, sin necesidad de reiterar los trámites de averi-guación de bienes establecidos en el art. 250 de esta Ley.

SEGUNDO.- En el presente supuesto, cumplido el trá-mite de audiencia a la parte actora y al Fondo de GarantíaSalarial, sin que por los mismos se haya señalado la existen-cia de nuevos bienes procede, sin más trámites, declarar lainsolvencia de la ejecutada.

Vistos los preceptos legales citados y demás de generaly pertinente aplicación.

PARTE DISPOSITIVA.ACUERDO:- Declarar al ejecutado ELIBAÑO SL, en situación de

INSOLVENCIA PROVISIONAL por importe de 28.325,12 €,en concepto de PRINCIPAL objeto de ejecución, sin perjuiciode que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivasen sus bienes, las sumas que por PRINCIPAL, INTERESESY COSTAS está obligado a satisfacer.

- De conformidad con lo establecido en el artículo 276.5de la LRJS; una vez adquiera firmeza la presente resolución,hágase constar la declaración de insolvencia del ejecutadoen el registro correspondiente según la naturaleza de laentidad ejecutada. A tal fin, líbrese oportuno mandamientode anotación.

- El ARCHIVO de las actuaciones, firme la presenteresolución, previa anotación en el Libro correspondiente, sinperjuicio de continuar la ejecución, si en lo sucesivo seconocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con laadvertencia de que contra la misma cabe interponer anteeste mismo Juzgado Recurso de Revisión en el plazo de 3días, a contar desde su notificación, debiendo, ÚNICAMEN-TE, quienes pretendan recurrir la presente resolución y notengan la condición de trabajador o beneficiario de la Segu-ridad Social, consignar la cantidad de 25 € en la Cuenta deConsignaciones de este Juzgado en cualquier sucursal deBanesto, con especificación en el Mandamiento de Ingreso(Cuenta Juzgado núm. 0114- Concepto: Recurso, Tipo:Revisión /Social, Código 31- Cuenta Expte.: 0114/ /0000/31/0184/12) o por Transferencia Bancaria (indicándose des-pués de los 16 dígitos el código y tipo de recurso) al tiempode interponerlo, con la advertencia de que no se admitiráningún recurso cuyo depósito no esté constituido (LO 1/2009de 3 de noviembre).

Lo dispongo y firmo; Doy fe.LA SECRETARIO JUDICIAL.Firmado y rubricado.DECRETO.Firmado y rubricado.Y para que conste y sirva/n de notificación la/s anterior/

es resolución/es a ELIBAÑO SL que se encuentra en ignora-do paradero, así como para su inserción en el Tablón deAnuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia deALICANTE, se inserta el presente Edicto; haciéndole sabera la parte a la que va dirigida la presente, que las restantesnotificaciones que hayan de efectuársele se le harán enestrados, salvo de las resoluciones que deban revestir formade Auto o Sentencia, o cuando se trate de Emplazamiento.

En ALICANTE, a diecisiete de abril de dos mil trece.LA SECRETARIO JUDICIAL.

*1307692*

EDICTO

D. MARTA MARTÍN RUIZ, SECRETARIO DE LA ADMI-NISTRACIÓN DE JUSTICIA CON CARGO Y EJERCICIO ENEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 4 DE ALICANTE.

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue EJECUCIÓNNº 000144/2012, a instancia de EUGENIO BLASCO QUIÑONEScontra SHIVA MULTISERVICIOS SL, en la que el día 17.04.13 seha dictado DECRETO, cuya parte dispositiva dice:

DECRETOACUERDO:- Declarar INSOLVENTE PROVISIONAL al ejecutado

SHIVA MULTISERVICIOS SL por la cantidad de 6.540,97€en concepto de RESTO DE PRINCIPAL objeto de ejecución,

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4 6boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 75

sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieranhacerse efectivas en sus bienes, las sumas que por PRINCI-PAL, INTERESES Y COSTAS está obligado a satisfacer.

- De conformidad con lo establecido en el artículo 276.5de la LRJS; una vez adquiera firmeza la presente resolución,hágase constar la declaración de insolvencia del ejecutadoen el registro correspondiente según la naturaleza de laentidad ejecutada. A tal fin, líbrese oportuno mandamientode anotación.

- Proceder, firme la presente resolución y cumplimenta-do el trámite de anotación registral, al ARCHIVO de actuacio-nes, dejando nota bastante en el Libro correspondiente deeste Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con laadvertencia de que contra la misma cabe interponer anteeste mismo Juzgado Recurso de Revisión en el plazo de 3días, a contar desde su notificación, debiendo, ÚNICAMEN-TE, quienes pretendan recurrir la presente resolución y notengan la condición de trabajador o beneficiario de la Segu-ridad Social, consignar la cantidad de 25 € en la Cuenta deConsignaciones de este Juzgado en cualquier sucursal deBanesto, con especificación en el Mandamiento de Ingreso(Cuenta Juzgado núm. 0114- Concepto: Recurso, Tipo:Revisión /Social, Código 31- Cuenta Expte.: 0114/ /0000/31/0144/12) o por Transferencia Bancaria (indicándose des-pués de los 16 dígitos el código y tipo de recurso) al tiempode interponerlo, con la advertencia de que no se admitiráningún recurso cuyo depósito no esté constituido (LO 1/2009de 3 de noviembre).

Lo dispongo y firmo; Doy fe.LA SECRETARIO JUDICIAL.Firmado y rubricado.Y para que conste y sirva/n de notificación la/s anterior/

es resolución/es a SHIVA MULTISERVICIOS SL que seencuentra en ignorado paradero, así como para su inserciónen el Tablón de Anuncios y publicación en el Boletín Oficialde la Provincia de ALICANTE, se inserta el presente Edicto;haciéndole saber a la parte a la que va dirigida la presente,que las restantes notificaciones que hayan de efectuárselese le harán en estrados, salvo de las resoluciones que debanrevestir forma de Auto o Sentencia, o cuando se trate deEmplazamiento.

En ALICANTE, a diecisiete de abril de dos mil trece.LA SECRETARIO JUDICIAL.

*1307695*

EDICTO

D. MARTA MARTÍN RUIZ, SECRETARIO DE LA ADMI-NISTRACIÓN DE JUSTICIA CON CARGO Y EJERCICIO ENEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 4 DE ALICANTE.

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue EJECU-CIÓN Nº 000154/2012, a instancia de ANTONIO OYA PAR-DO contra TRANSRUCH SL, en la que el día 17.04.13 se hadictado DECRETO, cuya parte dispositiva dice:

DECRETOACUERDO:- Declarar INSOLVENTE PROVISIONAL al ejecutado

TRANSRUCH SL por la cantidad de 25.955,41€ en conceptode PRINCIPAL objeto de ejecución, sin perjuicio de quellegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en susbienes, las sumas que por PRINCIPAL, INTERESES YCOSTAS está obligado a satisfacer.

- Tener por cumplido el trámite de anotación registralestablecido en el artículo 276.5 de la LRJS; por constaranotada la insolvencia del ejecutado en el registro corres-pondiente a su naturaleza (Juzgado de lo Social Nº 7 deAlicante, ETJ: 189/12 de fecha 25.02.13).

- Proceder, firme la presente resolución y cumplimenta-do el trámite de anotación registral, al ARCHIVO de actuacio-nes, dejando nota bastante en el Libro correspondiente deeste Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con laadvertencia de que contra la misma cabe interponer anteeste mismo Juzgado Recurso de Revisión en el plazo de 3días, a contar desde su notificación, debiendo, ÚNICAMEN-TE, quienes pretendan recurrir la presente resolución y notengan la condición de trabajador o beneficiario de la Segu-ridad Social, consignar la cantidad de 25 € en la Cuenta deConsignaciones de este Juzgado en cualquier sucursal deBanesto, con especificación en el Mandamiento de Ingreso(Cuenta Juzgado núm. 0114- Concepto: Recurso, Tipo:Revisión /Social, Código 31- Cuenta Expte.: 0114/ /0000/31/0083/09) o por Transferencia Bancaria (indicándose des-pués de los 16 dígitos el código y tipo de recurso) al tiempode interponerlo, con la advertencia de que no se admitiráningún recurso cuyo depósito no esté constituida (LO 1/2009de 3 de noviembre).

Lo dispongo y firmo; Doy fe.LA SECRETARIO JUDICIAL.Firmado y rubricado.-Y para que conste y sirva/n de notificación la/s anterior/

es resolución/es a TRANSRUCH SL que se encuentra enignorado paradero, así como para su inserción en el Tablónde Anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provinciade ALICANTE, se inserta el presente Edicto; haciéndolesaber a la parte a la que va dirigida la presente, que lasrestantes notificaciones que hayan de efectuársele se leharán en estrados, salvo de las resoluciones que debanrevestir forma de Auto o Sentencia, o cuando se trate deEmplazamiento.

En ALICANTE, a diecisiete de abril de dos mil trece.LA SECRETARIO JUDICIAL.

*1307729*

EDICTO

DOÑA MARTA MARTÍN RUIZ, LICENCIADA EN DERE-CHO Y SECRETARIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTI-CIA, CON CARGO Y EJERCICIO EN EL JUZGADO DE LOSOCIAL NÚMERO CUATRO DE ALICANTE.

HAGO SABER: Que en el Procedimiento seguido eneste Juzgado bajo el Nº: 000929/2011, sobre, promovido porVALERIANO BARREDO RAJO y MANUEL MORAL BRAVO,contra AUTOMÓVILES MURCIA, S.L. /// FOGASA, en cuyasactuaciones se ha señalado para la celebración del acto deJuicio el día 9 DE MAYO DE 2013 A LAS 10.40 HORAS, enla Sala de Audiencia de este Juzgado e ignorándose el actualparadero de la mercantil AUTOMOVILES MURCIA, S.L.,cuyos últimos domicilios conocidos son en Autovía del Medi-terráneo nº 375, de Petrer y Autovía de Levante Km. 375 dePetrer y el de su Administrador MANUEL MURCIA CO-RREAS con D.N.I. Nº 21965670, cuyo último domicilio cono-cido es en Partida Pedreres Baixes, 9, de Petrer, por elpresente se le cita para dicho acto, con la prevención que deno comparecer le pararán los perjuicios a que hubiere lugaren derecho y de que las siguientes comunicaciones a la partea la que va dirigida la presente se harán en estrados, salvolas que deban revestir forma de Auto, Sentencia o se trate deEmplazamiento.»

Y para que sirva de CITACION en legal forma al REPRE-SENTANTE LEGAL DE LA MERCANTIL AUTOMOVILESMURCIA, S.L. y a su Administrador D. MANUEL MURCIACORREAS; expido y firmo el presente en Alicante, a 17 deabril de 2013

LA SECRETARIO JUDICIAL

*1307735*

EDICTO

D. MARTA MARTÍN RUIZ, SECRETARIO DE LA ADMI-NISTRACIÓN DE JUSTICIA CON CARGO Y EJERCICIO ENEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE ALICANTE.

Page 47: BOLETÍN OFICIAL - Diputación de Alicantesede.diputacionalicante.es/documentos/EMERI/Tablon/00045.pdf · 2019. 4. 12. · -autorizaciÓn de vertido de aguas residuales en el t.m.

boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 754 7

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue EJECU-CIÓN Nº 000071/2013, a instancia de MARCO AUGUSTOARANGO LÓPEZ contra JOAN IVÁN MELIANS LINARES,en la que el día 21.03.13 se han dictado AUTO Y DECRETODE EJECUCIÓN, cuyas partes dispositivas dicen:

AUTO.Se acuerda decretar orden general de Ejecución solici-

tada por MARCO AUGUSTO ARANGO LOPEZ, frente aJOAN IVÁN MELIAN LINARES, de la Sentencia de fecha26.12.12, dictada por este Juzgado de lo Social; por cuantíade 1.243,05€, en concepto de PRINCIPAL, más la cantidadde 248, 00€, presupuestados provisionalmente para INTE-RESES y COSTAS, sin perjuicio de su liquidación y tasacióndefinitivas.

Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, con la advertencia de que contra la misma cabeinterponer ante este mismo Juzgado RECURSO DE REPO-SICIÓN en el plazo de 3 días, a contar desde su notificación,conforme al art 239.4 LRJS, debiendo, ÚNICAMENTE, quie-nes pretendan recurrir la presente resolución y no tengan lacondición de trabajador o beneficiario de la Seguridad So-cial, consignar la cantidad de 25,00 € en la Cuenta deConsignaciones de este Juzgado, en cualquier sucursal deBanesto, con especificación en el Mandamiento de Ingreso(Cuenta Juzgado Nº 0114- Concepto: Recurso, Tipo: Repo-sición /Social, Código 30- Cuenta Expte.: 0114/ /0000/30/000071/2013) o por Transferencia Bancaria (indicándosedespués de los 16 dígitos el código y tipo de recurso) altiempo de interponerlo, con la advertencia de que no seadmitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido(LO 1/2009 de 3 de noviembre), sin perjuicio de que el deudorpueda oponerse a la ejecución despachada dentro de losdiez días siguientes a la notificación de este auto (Arts. 556a 558 L.E.C.)

Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma D. PAZFERNÁNDEZ MUÑOZ, Magistrado/a-Juez del Juzgado de loSocial núm. 4 de los de ALICANTE; de todo lo que, Dª MARTAMARTÍN RUIZ, Secretario Judicial del mencionado Juzgado;Doy fe.

LA MAGISTRADA-JUEZ LA SECRETARIO JUDICIAL.Firmado y rubricado.DECRETO.Proceder a la averiguación de bienes del apremiado de

conformidad con el art. 250 de la L.R.J.S., y al embargo de losque fueren hallados, en concreto sobre cualquier saldo,depósito, fondos de inversión, pensión e ingresos que seproduzcan en cualquier cuenta, incluso las de pasivo opréstamo, de las que sea titular el ejecutado. A tal fin,consúltense los registros informáticos de la AEAT y RegistroMercantil, si fuera necesario, uniéndose a las actuacioneslos informes obtenidos para su debida constancia. Líbrensepara efectividad y cumplimiento, de lo acordado, oportunosoficios, dejando en autos copia de los mismos.

En relación a las posibles cantidades a favor de lamercantil ejecutada que por cualquier concepto le debareintegrar la A.E.A.T.; cúrsese orden de embargo al Organis-mo mencionado para tramitación telemática mediante laaplicación informática.

Practicar diligencia de embargo sobre bienes o dere-chos del deudor en cuantía suficiente para cubrir el importede lo adeudado, siguiéndose el orden establecido en el Art.592.2 de la LEC y depositándose los bienes embargadosconforme a Derecho, sirviendo la presente resolución demandamiento en forma para la Comisión Judicial que hayade practicar el embargo, la cual queda facultada para entraren el local de negocios o vivienda particular y para requerir,en su caso, el auxilio de la Fuerza Pública.

Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términosexpuestos en el razonamiento jurídico «TERCERO».

Notifíquese la presente resolución a las partes, con laadvertencia de que contra la misma cabe interponer anteeste mismo Juzgado Recurso de Revisión en el plazo de 3días, a contar desde su notificación, debiendo, ÚNICAMENTE,quienes pretendan recurrir la presente resolución y no tengan lacondición de trabajador o beneficiario de la Seguridad Social,consignar la cantidad de 25 € en la Cuenta de Consignaciones

de este Juzgado en cualquier sucursal de Banesto, conespecificación en el Mandamiento de Ingreso (Cuenta Juz-gado núm. 0114- Concepto: Recurso, Tipo: Revisión /Social,Código 31- Cuenta Expte.: 0114/ /0000/31/0071/13) o porTransferencia Bancaria (indicándose después de los 16dígitos el código y tipo de recurso) al tiempo de interponerlo,con la advertencia de que no se admitirá ningún recurso cuyodepósito no esté constituido (LO 1/2009 de 3 de noviembre).

Lo dispongo y firmo; Doy fe.LA SECRETARIO JUDICIAL.Firmado y rubricado.Y para que conste y sirva/n de notificación la/s anterior/

es resolución/es a JOAN IVÁN MELIANS LINARES que seencuentra en ignorado paradero, así como para su inserciónen el Tablón de Anuncios y publicación en el Boletín Oficialde la Provincia de ALICANTE, se inserta el presente Edicto;haciéndole saber a la parte a la que va dirigida la presente,que las restantes notificaciones que hayan de efectuárselese le harán en estrados, salvo de las resoluciones que debanrevestir forma de Auto o Sentencia, o cuando se trate deEmplazamiento.

En ALICANTE, a veintiuno de marzo de dos mil trece.LA SECRETARIO JUDICIAL.

*1307753*

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CINCOALICANTE

EDICTO

En este Juzgado, en el procedimiento judicial nº 000738/2011, seguido a instancia de MARÍA JOSÉ GALDÓNSÁNCHEZ contra METÁLICAS SAJEÑAS S.L. y FONDO DEGARANTÍA SALARIAL, se ha dictado resolución que, en laparte que interesa, dice:

FALLO.Vistos los preceptos citados y demás de general obser-

vancia.DECIDO:Estimar la demanda origen de las presentes actuacio-

nes, promovida por MARÍA JOSÉ GALDÓN SÁNCHEZ,frente a METÁLICAS SAJENA SL y FOGASA, sobre recla-mación de CANTIDAD.

Condenar a la empresa demandadas a que abonen a laparte actora la cantidad 8.969,77 euros en concepto deindemnización por despido, con más los intereses moratorios,por 2.275,62 euros.

Condenar al FOGASA, en su condición de responsablelegal subsidiario, a estar y pasar por dicha declaración.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contraésta resolución cabe Recurso de Suplicación ante la SalaSocial del TSJ en la Comunidad Valenciana, anunciándoloante este Juzgado en el plazo de los cinco días hábilessiguientes a su notificación.

Será indispensable que la parte que no gozare delderecho de asistencia jurídica gratuita acredite al anunciar elrecurso haber efectuado DEPÓSITO por importe de 300,00euros y haber consignado la cantidad objeto de la CONDENAen el Banco Español de Crédito, S.A. «Urbana Benalúa», C/Foglietti, 24 de Alicante, en la cuenta de este Juzgado, (núm.0115-0000-CC-NNNN-AA), con las claves 36 y 65 respecti-vamente; pudiendo sustituirse la consignación en metálicopor aval solidario, de duración indefinida, pagadero a primerrequerimiento, emitido por entidad de crédito, siendo estedocumento de necesaria presentación, registro y depósitoen la oficina judicial (art. 192/229 y ss. de la LRJS).

De conformidad con lo establecido en la Ley 10/2012 de20.11.12, Reguladora de determinadas Tasas en el ámbitode la Administración de Justicia y la Orden HAP 2662/2012de 13 de Diciembre para la interposición (art. 195 LRJS) delrecurso deberá acompañarse justificante de pago de laTASA (cantidad fija + % gravamen base imponible) conarreglo al modelo oficial 696, debidamente validado.

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De no cumplirse todos estos requisitos no se darátrámite al Recurso.

Así por esta mi sentencia que se depositará en el Librode sentencias del Juzgado una vez se haya traído un testimo-nio para su unión a actuaciones, definitivamente juzgado enprimera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a METÁLICAS SAJEÑASS.L., con la advertencia que las siguientes comunicacionesse harán en los estrados del Juzgado (salvo las que debanrevestir la forma de auto, sentencia o emplazamiento, confor-me dicta el art. 59 de la L.R.J.S.), expido el presente enAlicante a dieciséis de abril de dos mil trece.

*1307672*

EDICTO

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LOSOCIAL NÚMERO CINCO DE ALICANTE.

HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue Ejecu-ción nº 000276/2011, a instancias de SERGIO LUIS ORTIZMUELA y CRISTINA ORTIZ MUELA contra FRANCISCOCONESA ONCINA y RECUPERACIONES CONESA SL, encuyas actuaciones se ha dictado resolución en fecha 28/03/13 cuya parte dispositiva dice literalmente:

ACUERDO:- Levantar los embargos trabados sobre los bienes

propiedad de los ejecutados librándose las oportunas comu-nicaciones.

- Aprobar la tasación de costas y liquidación de intere-ses practicada por la suma de 953,76 €.

- El pago a SERGIO LUIS ORTIZ MUELA y CRISTINAORTIZ MUELA de la cantidad de 403,56 € a cada uno enconcepto de RESTO DE INTERESES. A tal fin, deberáncomparecer los interesados o persona debidamente autori-zada con poder suficiente, en la Secretaría de este órganojudicial en horario de Audiencia Pública.

- El pago de las cantidades resultantes, una vez firme lapresente resolución, librándose al efecto los oportunos man-damientos, debiendo comparecer el interesado o personadebidamente autorizada con poder suficiente, en la Secreta-ría de este órgano judicial en horario de Audiencia Pública:

o A D. FRANCISCO CONESA ONCINA por importe de89,15 € en concepto de SOBRANTE.

Y ello bajo apercibimiento que, de conformidad con lodispuesto en el R.D. 467/2006 de 12 de abril que regula losdepósitos y consignaciones judiciales:

a) El mandamiento de devolución CADUCA A LOSTRES MESES desde el día siguiente a su fecha de emisión,por lo que deberán ser cobrados antes de la fecha decaducidad en la entidad bancaria o en su defecto se anularáautomáticamente el mismo.

b) Serán transferidas a la Cuenta especial de «FondosProvisionalmente Abandonados» aquellas cantidades que,transcurrido UN AÑO contado desde la fecha del presenterequerimiento o desde la fecha de emisión del mandamiento,correspondan a mandamientos de pago entregados y nopresentados al cobro por sus beneficiarios o aquellas canti-dades que no hayan podido ser entregadas a sus destinata-rios, tras haber utilizado los medios oportunos para la averi-guación de su domicilio o residencia.

c) El pago también podrá hacerse mediante transferen-cia siendo necesario para ello que por el beneficiario/a seindique el número de código cuenta cliente (20 dígitos) y latitularidad de la misma, quedando informado/a del carácterpúblico, en general, de las actuaciones judiciales y de que elnúmero facilitado para este fin queda incorporado en elexpediente judicial.

- Una vez efectuados los pagos, tener por terminado elpresente procedimiento de ejecución procediéndose a suARCHIVO dejando nota en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes.MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolu-

ción cabe recurso directo de revisión que deberá interponer-se ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS

hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresiónde la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente,art. 188 LRJS.

INFORMACION SOBRE EL DEPÓSITO PARA RECURRIR.De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ 1/2009, de

3 de noviembre, quienes no tengan la condición de trabaja-dor o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social,para la interposición del recurso deberán efectuar la consig-nación como depósito de 25 € que le será devuelto sólo enel caso de que el recurso sea estimado. El incumplimiento decualquiera de los requisitos expresados conllevará suinadmisión.

El recurrente deberá ingresar la citada cantidad en elbanco BANESTO, en la cuenta correspondiente a este expe-diente nº: 0115/0000/64/, indicando en el campo «concepto»el código «31 SOCIAL-Revisión resoluciones Secretario Ju-dicial» y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

En el caso de realizar el ingreso mediante transferenciabancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente(CCC, 20 dígitos: 0030/3230/10/0000000000), se indicaráen el campo «concepto» los 16 dígitos de la cuenta expedien-te 0115/0000/64/ seguido (separado por un espacio) delcódigo y tipo concreto de recurso en la misma forma expues-ta en el párrafo anterior.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.Y para que sirva de notificación a RECUPERACIONES

CONESA SL, y a D. FRANCISCO CONESA ONCINA expidoel presente en Alicante a diecisiete de abril de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.

*1307676*

EDICTO

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LOSOCIAL NÚMERO CINCO DE ALICANTE.

HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue Ejecu-ción nº 000144/2012, a instancias de BERNARDO PASTORALCOBER contra CALZADOS MIRTAX SLU, en cuyas ac-tuaciones se ha dictado Auto de orden general de ejecucióny Decreto de Ejecución de fecha veintiuno de marzo de dosmil trece cuyas partes dispositivas dicen literalmente:

AUTO DE ORDEN GENERAL DE EJECUCIÓN:«Despachar orden general de ejecución de la sentencia

dictada en los presentes autos a favor del/los ejecutante/sBERNARDO PASTOR ALCOBER contra los bienes del/loscondenado/s CALZADOS MIRTAX SLU, por cuantía de8.840,99 € de principal adeudado, más 1.856,6 € presu-puestados provisionalmente para intereses y costas, sinperjuicio de su liquidación y tasación definitivas.

Pudiendo el embargo de saldos en cuentas bancariasque se decreten, perder efectividad de notificarse de manerainmediata al ejecutado, demórese la práctica de la notifica-ción durante el tiempo indispensable para lograr dicha efec-tividad.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma podrá inter-ponerse recurso de reposición en el PLAZO DE TRES DÍAS,en el que, además podrá deducirse la oposición a la ejecu-ción despachada, y siempre, en ambos casos, por los moti-vos contenidos en el art. 239.4 de la LRJS.

Tal como dispone la D.A. 15 de la Ley Orgánica 1/2009,de 3 de noviembre, quienes no tengan la condición detrabajador o beneficiario del régimen público de la SeguridadSocial deberán, para la interposición del recurso, efectuar laconsignación como depósito de 25 € en la Cuenta deDepósitos y Consignaciones de este Juzgado. No admitién-dose a trámite el recurso cuyo depósito no esté constituido.El incumplimiento de cualquiera de los requisitos expresa-dos conllevará su inadmisión.

El recurrente deberá ingresar la citada cantidad en elbanco BANESTO, en la cuenta correspondiente a esteexpediente nº: 0115/0000/64/0144/12, indicando en el campo

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boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 754 9

«concepto» el código «30 SOCIAL-REPOSICIÓN y la fechade la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

En el caso de realizar el ingreso mediante transferenciabancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente(CCC, 20 dígitos: 0030/3230/10/0000000000), se indicaráen el campo «concepto» los 16 dígitos de la cuenta expedien-te 0115/0000/64/0144/12 seguido (separado por un espacio)del código y tipo concreto de recurso en la misma formaexpuesta en el párrafo anterior.

Así por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.»DECRETO DE EJECUCIÓN:«ACUERDO: Dar audiencia al Fondo de Garantía Sala-

rial y a la parte actora para que en QUINCE DÍAS puedandesignar la existencia de nuevos bienes susceptibles detraba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictardecreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Sin perjuicio de lo anterior procédase al embargotelemático sobre los saldos favorables en cuentas obrantesen bancos y sobre las cantidades que por cualquier conceptodeba reintegrar la Hacienda Pública al ejecutado.

Notifíquese la presente resolución a las partes.MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolu-

ción cabe recurso directo de revisión que deberá interponer-se ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAShábiles siguientes a la notificación de la misma con expresiónde la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente(art. 188 LRJS).

DEPÓSITO DEL RECURSO: Tal como dispone la D.A.15 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, quienes notengan la condición de trabajador o beneficiario del régimenpúblico de la Seguridad Social, o tengan reconocido elderecho de asistencia jurídica gratuita, deberán efectuar laconsignación de 25 € en la Cuenta de Depósitos y Consig-naciones de este Juzgado, no admitiéndose a trámite elrecurso cuyo depósito no esté constituido. El recurrentedeberá ingresar dicha cantidad, PERSONÁNDOSE en cual-quiera de las oficinas de la entidad Banesto, Cuenta Expe-diente nº: 0115/0000/64/0144/12 mediante el correspon-diente Resguardo de Ingreso, especificando en el campoconcepto del documento: Recurso-30 Social - Reposición; obien mediante TRANSFERENCIA BANCARIA, en tal caso lacuenta será la 0030/3230/10/0000000000 (Banesto) y en elcampo concepto se especificará: 0115/0000/64/0144/12 (es-pacio) Recurso-30 Social - Reposición. El incumplimiento decualquiera de los requisitos expresados conllevará lainadmisión del recurso.»

Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaCALZADOS MIRTAX SLU, y con la advertencia de que en elfuturo se le notificarán cuantas resoluciones se dicten enautos en los estrados del juzgado, con las excepcionesprevistas en la Ley, expido el presente en Alicante a diecisie-te de abril de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.

*1307696*

EDICTO

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LOSOCIAL NÚMERO CINCO DE ALICANTE.

HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue Ejecu-ción nº 000202/2012, a instancias de ESTEFANÍA TRISTANORTEGA contra JOSÉ FRANCISCO DEL POZO PÉREZ, encuyas actuaciones se ha dictado resolución en fecha dieci-siete de abril de dos mil trece cuya parte dispositiva diceliteralmente:

«ACUERDO: Declarar a/los ejecutado/s JOSÉ FRAN-CISCO DEL POZO PÉREZ en situación de INSOLVENCIAPROVISIONAL TOTAL, sin perjuicio de que llegara a mejorfortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes lascantidades que por principal, intereses y costas está obliga-do a satisfacer.

De conformidad con el art. 276.5 de la LRJS, firme lapresente resolución se hará constar en el registro correspon-diente según la naturaleza de la entidad.

Notifíquese la presente a las partes y verificado loanterior, ARCHÍVENSE las actuaciones sin perjuicio decontinuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen bienesdel ejecutado.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolu-ción cabe recurso directo de revisión que deberá interponer-se ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAShábiles siguientes a la notificación de la misma con expresiónde la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente,art. 188 LRJS.

INFORMACIÓN SOBRE EL DEPÓSITO PARA RECURRIR.De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ 1/2009, de

3 de noviembre, quienes no tengan la condición de trabaja-dor o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social,para la interposición del recurso deberán efectuar la consig-nación como depósito de 25 € que le será devuelto sólo enel caso de que el recurso sea estimado. El incumplimiento decualquiera de los requisitos expresados conllevará suinadmisión.

El recurrente deberá ingresar la citada cantidad en elbanco BANESTO, en la cuenta correspondiente a este expe-diente nº: 0115/0000/64/0202/12, indicando en el campo«concepto» el código «31 SOCIAL-Revisión resolucionesSecretario Judicial» y la fecha de la resolución recurrida conel formato DD/MM/AAAA.

En el caso de realizar el ingreso mediante transferenciabancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente(CCC, 20 dígitos: 0030/3230/10/0000000000), se indicaráen el campo «concepto» los 16 dígitos de la cuenta expedien-te 0115/0000/64/0202/12 seguido (separado por un espacio)del código y tipo concreto de recurso en la misma formaexpuesta en el párrafo anterior.»

Y para que sirva de notificación a JOSÉ FRANCISCODEL POZO PÉREZ expido el presente en Alicante a diecisie-te de abril de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.

*1307717*

EDICTO

En este Juzgado y con el número 000989/2012 sesiguen autos por PRESTACIONES a instancia de LUISADELTELL BALAZÓN contra INSS, TGSS y SANERA MODASL; Se señalado para juicio el día 03/02/14 A LAS 09.45, y porel presente se cita para dicho día y hora, con la prevenciónde que a los no comparecientes les parará los perjuicios aque hubiere lugar en derecho y con la advertencia de que lassiguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo lasque deban revestir forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento según el art. 59 de la LRJS.

Y para que sirva de citación a las partes se expide elpresente en Alicante a diecisiete de abril de dos mil trece.

*1307759*

EDICTO

En este Juzgado y con el número 000976/2012 sesiguen autos por DESPIDO a instancia de DAVID SAEZBELMONTE contra FONDO DE GARANTIA SALARIAL yTRANSPORTES VALAP SL; Se señalado para juicio el día14/05/2013 A LAS 10:50, y por el presente se cita para dichodía y hora, con la prevención de que a los no comparecientesles parará los perjuicios a que hubiere lugar en derecho y conla advertencia de que las siguientes comunicaciones seharán en estrados, salvo las que deban revestir forma deauto o sentencia o se trate de emplazamiento según el art. 59de la LRJS.

Y para que sirva de citación a las partes se expide elpresente en Alicante a dieciocho de abril de dos mil trece

EL SECRETARIO JUDICIAL*1307841*

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5 0boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 75

EDICTO

En este Juzgado y con el número 000966/2012 sesiguen autos por DESPIDO a instancia de BELEN PAZPARDAL contra RAPALA 2010 SL y FOGASA; Se señaladopara juicio el día 06/05/2013 a las 11:00 horas, y por elpresente se cita para dicho día y hora, con la prevención deque a los no comparecientes les parará los perjuicios a quehubiere lugar en derecho y con la advertencia de que lassiguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo lasque deban revestir forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento según el art. 59 de la LRJS.

Y para que sirva de citación a las partes se expide elpresente en Alicante a diecisiete de abril de dos mil trece

*1307842*

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNOBENIDORM

EDICTO

D. JUAN ANTONIO GARCIA LAINEZ Secretario delJuzgado de lo Social número uno de Benidorm (Alicante),hace saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos número 000048/2012 seguidos a instancia de IGOR SHATKO contra laempresa GRUPO COPISA y ZAEMA CONSTRUCCIONES YOBRAS S.L. en materia de Cantidades, habiendo resultadonegativa la citación de la empresa demandada, que seencuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoyse ha acordado citar a la empresa ZAEMA CONSTRUCCIO-NES Y OBRAS S.L. por medio de edictos para que compa-rezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Socialnúmero uno, sita en Benidorm, Partida Avda. de la Comuni-dad Europea s/n., el día SIETE DE MAYO DE 2013 A LAS10:10 HORAS al objeto de celebrar los actos de conciliacióny, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá compare-cer con todos los medios de prueba de que intente valerse yde que los actos de conciliación y juicio no podrán suspendersepor su incomparecencia, y apercibiéndole de que de suincomparecencia injustificada no impedirá la celebración deljuicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía,parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

Asimismo, se cita al representante legal de la empresademandada ZAEMA CONSTRUCCIONES Y OBRAS S.L.para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado eldía y hora señalados al objeto de practicar la prueba deconfesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecerpodrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones(preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a quehubiere lugar en derecho.

Por último, se requiere a la empresa demandada ZAEMACONSTRUCCIONES Y OBRAS S.L. para que aporte al actode juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salariosy los Boletines de Afiliación y Cotización a la SeguridadSocial del tiempo de permanencia en la misma del deman-dante, y asimismo para que la empresa demandada aporteescrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de quede no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar enderecho.

Las siguientes comunicaciones se harán a la parteahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir formade auto o Sentencia o se trate de emplazamiento, conformeal art. 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Copia de la demanda y documentos acompañados seencuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición.

Y para que sirva de notificación, citación y requerimien-to a la empresa demandada ZAEMA CONSTRUCCIONES YOBRAS S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de laProvincia de Alicante y colocación en el tablón de anunciosde este Juzgado, expido la presente en Benidorm, a diecio-cho de abril de dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL*1307849*

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNOELCHE

EDICTO

Dª. EVA MARIA NAVARRO SIMON, Secretaria delJuzgado de lo Social número Uno de Elche,

Hace saber:Que en este Juzgado, se sigue el Procedimiento nº

000658/2012 en reclamación de PROCEDIMIENTO ORDI-NARIO, a instancia de JOSE VICENTE TORRENTE GARCIAcontra FRANQUIPLUS S.L. y FOGASA, citándose a la mer-cantil demandada, de ignorado paradero, para que compa-rezcan ante la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito enesta ciudad, C/ Eucaliptus, número 21, (Ciudad de la Justi-cia) el próximo día 20 JUNIO 2013 A LAS 11.00 horas de lamañana, para celebrar el oportuno Acto de Conciliación,significándole que en caso de no existir avenencia en tal acto,el Juicio en única convocatoria, se celebrará a continuación,al que concurrirá con los medios de prueba de que intentevalerse; advirtiéndole que no se suspenderá el Juicio porfalta de asistencia de la demandada debidamente citada, asícomo que las siguientes comunicaciones podrán hacerse enestrados salvo las que deban revestir forma de Auto oSentencia o se trate de emplazamientos.

Lo que hace público por medio del Boletín Oficial de laProvincia a los efectos pertinentes.

Elche, a quince de abril de dos mil treceLA SECRETARIA

*1307661*

EDICTO

Dª. EVA MARIA NAVARRO SIMON, Secretaria delJuzgado de lo Social número Uno de Elche,

Hace saber:Que en este Juzgado, se sigue el Procedimiento nº

1241/2012 en reclamación de SEGURIDAD SOCIAL, a ins-tancia de MARIA CARMEN BERNABEU MACIA contraIBERMUTUAMUR, INSS, CARMELETE HERMANOS S.L. yMARIO SANCHEZ NAVARRO, citándose a la mercantil de-mandada, de ignorado paradero, para que comparezcanante la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en estaciudad, C/ Eucaliptus, número 21, (Ciudad de la Justicia) elpróximo día 6 MAYO 2013 A LAS 10.50 horas de la mañana,para celebrar el oportuno Acto de Conciliación, significándoleque en caso de no existir avenencia en tal acto, el Juicio enúnica convocatoria, se celebrará a continuación, al queconcurrirá con los medios de prueba de que intente valerse;advirtiéndole que no se suspenderá el Juicio por falta deasistencia de la demandada debidamente citada, así comoque las siguientes comunicaciones podrán hacerse enestrados salvo las que deban revestir forma de Auto oSentencia o se trate de emplazamientos.

Lo que hace público por medio del Boletín Oficial de laProvincia a los efectos pertinentes.

Elche, a once de abril de dos mil treceLA SECRETARIA

*1307662*

EDICTO

Dª EVA MARIA NAVARRO SIMON, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social nª 1 de Elche.

HAGO SABER: Que en este Juzgado de lo Social setramita procedimiento sobre Despido, registrado con el nº0357 11 (ejecución nº 000261/2012) a instancia de EMILIOAGUSTIN HERNANDEZ NAVARRO, JUAN ANTONIOHERNANDEZ FRANCO, EMILIO JOSE HERNANDEZ FRAN-CO, JOSE FRANCISCO ORTUÑO CARPENA y JUAN FRAN-CISCO GARCIA CASES contra LACADOS TECNICOS DELMEDITERRANEO S.L, en cuyas actuaciones se ha dictado laresolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

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boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 755 1

ACUERDO: Declarar al/los ejecutado/s LACADOS TEC-NICOS DEL MEDITERRANEO S.L en situación de INSOLVEN-CIA que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Archivar las actuaciones previa anotación en el Librocorrespondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución sien lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolu-ción cabe recurso directo de revisión que deberá interponer-se ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAShábiles siguientes a la notificación de la misma con expresiónde la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente,art. 188 LRJS.

INFORMACION SOBRE EL DEPÓSITO PARA RECU-RRIR

De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para quesea admitido a trámite el recurso de revisión contra estaresolución deberá constituir un depósito de 25€, que le serádevuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citadacantidad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondien-te a este expediente 0170 indicando, en el campo «concep-to» el código «31 SOCIAL-Revisión resoluciones SecretarioJudicial» y la fecha de la resolución recurrida con el formatoDD/MM/AAAA.

Y para que conste y sirva de notificación en forma aldemandado LACADOS TECNICOS DEL MEDITERRANEOS.L, y conocimiento del público en general expido el presenteEdicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincialy será expuesto en el tablón de anuncios de este Juzgado,con la advertencia de que las sucesivas comunicaciones seharán en estrados, salvo que se traten de auto, sentencia oemplazamiento, que firmo en Elche a veintisiete de marzo dedos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL

*1307684*

EDICTO

D. EVA MARIA NAVARRO SIMON, SECRETARIO JU-DICIAL DEL JUZGADO SOCIAL NUM 1 ELX

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue Ejecu-ción núm.000009/2013 a instancias de CESAR LEON CASA-DO contra CONDUAIR SOCIEDAD COOPERATIVA VALEN-CIANA en la que el día 14/03/13 se ha dictado auto y decretocuya parte dispositiva dice:

«AUTO: DISPONGO: Despachar orden general de eje-cución de la sentencia a favor de la parte ejecutante, CESARLEON CASADO, frente a CONDUAIR SOCIEDAD COOPE-RATIVA VALENCIANA, parte ejecutada, por importe de1729,66 euros en concepto de principal, más otros 345,93euros que se fijan provisionalmente en concepto de interesesque, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución ylas costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de RE-POSICIÓN en el plazo de TRES DIAS, en el que podrádeducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendopago o cumplimiento documentalmente justificado, prescrip-ción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos,extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se preten-da ejecutar siempre que hubieren acaecido con posteriori-dad a su constitución del título.

Así lo manda y firma D. José Grau Ripoll. Doy fe.DECRETO: Despachada ejecución a instancia de D.

CESAR LEON CASADO, frente a CONDUAIR SOCIEDADCOOPERATIVA VALENCIANA, por la cantidad de 1729,66euros de principal y 345,93 euros de intereses que sedevenguen durante la ejecución y costas prudencialmentefijados sin perjuicio de ulterior liquidación y vista la insolven-cia decretada por el Juzgado de lo Social nº. 1 de Elche enel Procedimiento de Ejecución nº. 148/10, se acuerda daraudiencia a la parte actora y al FONDO DE GARANTIASALARIAL, por plazo máximo de QUINCE DIAS, durante loscuales podrá instar la práctica de las diligencias que estime

procedentes y señalar la existencia de nuevos bienes, comotrámite previo a la declaración de insolvencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes en lapersona de su administrador o representante legal y deresultar negativa en el Boletín Oficial de la Provincia.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REVI-SION a interponer ante el Tribunal que hubiera dictado laorden general de ejecución, en el plazo de TRES DÍAShábilessiguientes a su notificación con expresión de la infracciónque a juicio del recurrente contiene la misma, sin que lainterposición del recurso tenga efectos suspensivos conrespecto a la resolución recurrida. Firmado y rubricado.»

Y para que conste y sirva de notificación a CONDUAIRSOCIEDAD COOPERATIVA VALENCIANA que se encuen-tra en ignorado paradero, así como para su inserción en elTablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de laProvincia, haciéndole saber al mismo que las restantesnotificaciones que hayan de efectuársele se le harán enestrados, en la forma legalmente establecida, expido elpresente en ELCHE a, catorce de marzo de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL

*1307738*

EDICTO

D. EVA MARÍA NAVARRO SIMÓN, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social nª 1 de Elche.

HAGO SABER: Que en este Juzgado de lo Social setramita procedimiento sobre Despido, registrado con el nº528/11 (EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES - 000013/2013) a instancias de JOAQUIN JOSE GRAU BERNA contraAGENCIA DE TRANSPORTES HERNANDEZ S.L., TRANS-PORTES HERNANDEZ, S.L., FRIGORIFICOS ALMORADI,S.L., LOGISTICA VEGA BAJA, S.L., EUROHERNAN, S.L.,AGENCIA DE TRANSPORTES VEGA MARINA S.L., PEREZY FERRI AT S.L. y EMILIO HERNANDEZ SA, en cuyasactuaciones se ha dictado las resoluciones cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

AUTO: DISPONGO: Despachar orden general de eje-cución de la sentencia a favor de la parte ejecutante, JOA-QUIN JOSE GRAU BERNA, frente a AGENCIA DE TRANS-PORTES HERNANDEZ S.L., TRANSPORTES HERNANDEZ,S.L., FRIGORIFICOS ALMORADI, S.L., LOGISTICA VEGABAJA, S.L., EUROHERNAN, S.L., AGENCIA DE TRANS-PORTES VEGA MARINA S.L., PEREZ Y FERRI AT S.L. yEMILIO HERNANDEZ SA, parte ejecutada, por importe de44383,24 euros en concepto de principal, más otros 7094,99euros que se fijan provisionalmente en concepto de interesesque, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución ylas costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de RE-POSICIÓN en el plazo de TRES DIAS, en el que podrádeducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendopago o cumplimiento documentalmente justificado, prescrip-ción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos,extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se preten-da ejecutar siempre que hubieren acaecido con posteriori-dad a su constitución del título.

Así lo manda y firma D. José Grau Ripoll. Doy fe.DECRETO: ACUERDO: Acumular la presente ejecu-

ción a la ejecución seguida en este Juzgado con el número454/12.

Notifíquese la presente resolución a las partes, déjesetestimonio de la misma en las actuaciones y llévese eloriginal al legajo correspondiente.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recur-so de revisión ante el Magistrado Juez de este Juzgadomediante escrito que deberá expresar la infracción cometidaa juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábilessiguientes a su notificación. (Art. 188 y 189 de la LRJS), deconformidad con la D.A 15ª de la LOPJ , para que seaadmitido a trámite el recurso de revisión contra esta resolu-ción, deberá constituir un depósito de 25 euros, que le será

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5 2boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 75

devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado. Eldepósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad enel Banco BANESTO, en la cuenta correspondiente a esteexpediente nº 170 0000 64 0013 13 indicando, en el campo« concepto « el código « 30 Social Revisión» y la fecha de laresolución recurrida con el formato DD/MM/AAA.

Y para que conste y sirva de notificación en forma a laPARTE DEMANDADA, y conocimiento del público en gene-ral expido el presente Edicto que se publicará en el BoletínOficial de la Provincial y será expuesto en el tablón deanuncios de este Juzgado, con la advertencia de que lassucesivas comunicaciones se harán en estrados, salvo quese traten de auto, sentencia o emplazamiento, que firmo enElche a cinco de abril de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL

*1307739*

EDICTO

Dª EVA MARIA NAVARRO SIMON, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social nª 1 de Elche.

HAGO SABER: Que en este Juzgado de lo Social setramita procedimiento registrado con el nº 336/09 (ejecuciónnº 000045/2012) a instancia de INSTITUTO NACIONALSEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL SEGURI-DAD SOCIAL contra WEST CALZADOS, S.L., en cuyasactuaciones se ha dictado la resolución cuya parte dispositivaes del tenor literal siguiente:

ACUERDO: ACUERDO: Declarar al/los ejecutado/sWEST CALZADOS, S.L. en situación de INSOLVENCIA quese entenderá a todos los efectos como provisional.

Archivar las actuaciones previa anotación en el Librocorrespondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución sien lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolu-ción cabe recurso directo de revisión que deberá interponer-se ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAShábiles siguientes a la notificación de la misma con expresiónde la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente,art. 188 LRJS.

INFORMACION SOBRE EL DEPÓSITO PARA RECU-RRIR

De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para quesea admitido a trámite el recurso de revisión contra estaresolución deberá constituir un depósito de 25€, que le serádevuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citadacantidad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondien-te a este expediente 0170 indicando, en el campo «concep-to» el código «31 SOCIAL-Revisión resoluciones SecretarioJudicial» y la fecha de la resolución recurrida con el formatoDD/MM/AAAA.

Y para que conste y sirva de notificación en forma aldemandado WEST CALZADOS, S.L., y conocimiento delpúblico en general expido el presente Edicto que se publicaráen el Boletín Oficial de la Provincial y será expuesto en eltablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia deque las sucesivas comunicaciones se harán en estrados,salvo que se traten de auto, sentencia o emplazamiento, quefirmo en Elche a dos de abril de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL

*1307741*

EDICTO

Dª EVA MARIA NAVARRO SIMON, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social nª 1 de Elche.

HAGO SABER: Que en este Juzgado de lo Social setramita procedimiento sobre Cantidad, registrado con el nº1266/10 (ejecución nº 000369/2012) a instancia de LUIS

UTRERA CORREA contra FERNANDO CARMONA MORE-NO, en cuyas actuaciones se ha dictado la resolución cuyaparte dispositiva es del tenor literal siguiente:

ACUERDO: Declarar al/los ejecutado/s FERNANDOCARMONA MORENO en situación de INSOLVENCIA que seentenderá a todos los efectos como provisional.

Archivar las actuaciones previa anotación en el Librocorrespondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución sien lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolu-ción cabe recurso directo de revisión que deberá interponer-se ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAShábiles siguientes a la notificación de la misma con expresiónde la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente,art. 188 LRJS.

INFORMACION SOBRE EL DEPÓSITO PARA RECU-RRIR

De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para quesea admitido a trámite el recurso de revisión contra estaresolución deberá constituir un depósito de 25€, que le serádevuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citadacantidad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondien-te a este expediente 0170 indicando, en el campo «concep-to» el código «31 SOCIAL-Revisión resoluciones SecretarioJudicial» y la fecha de la resolución recurrida con el formatoDD/MM/AAAA.

Y para que conste y sirva de notificación en forma aldemandado D. FERNANDO CARMONA MORENO, y cono-cimiento del público en general expido el presente Edicto quese publicará en el Boletín Oficial de la Provincial y seráexpuesto en el tablón de anuncios de este Juzgado, con laadvertencia de que las sucesivas comunicaciones se haránen estrados, salvo que se traten de auto, sentencia o empla-zamiento, que firmo en Elche a dos de abril de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL

*1307744*

EDICTO

D. EVA MARIA NAVARRO SIMON, SECRETARIO JU-DICIAL DEL JUZGADO SOCIAL NUM 1 ELX

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue Ejecu-ción núm.000454/2012 a instancias de FRANCISCO LOPEZMENDEZ, FERNANDO GUTIERREZ LOPEZ Y JOAQUINJOSE GRAU BERNA contra AGENCIA DE TRANSPORTESHERNANDEZ S.L., TRANSPORTES HERNANDEZ SL,FRIGORIFICOS ALMORADI SL, EMILIO HERNANDEZ S.A.,LOGISTICA VEGA BAJA SL, EUROHERNAN SL, AGENCIADE TRANSPORTES VEGA MARINA SL y PEREZ Y FERRIAT SL en la que el día 11/04/13 se ha dictado decreto cuyaparte dispositiva dice:

«ACUERDO: AMPLIAR la cuantía por la que se despa-cha ejecución en el presente procedimiento a 123.730,60 enconcepto de principal y a 14.394,99 euros que se fijanprovisionalmente en concepto de intereses que, en su caso,puedan devengarse durante la ejecución y las costas deésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Habiéndose embargado por decreto de fecha 26/02/2013 las cantidades que por cualquier concepto deba laHacienda Pública reintegrar a la ejecutada y los saldosexistentes en las cuentas de las que sea titular, ofíciese a talfin a las entidades y organismos competentes poniendo ensu conocimiento la ampliación de la cuantía por la que sedespacha la presente ejecución.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recur-so de revisión ante el Magistrado Juez de este Juzgadomediante escrito que deberá expresar la infracción cometidaa juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábilessiguientes a su notificación. (Art. 189 de la LRJS), de confor-midad con la D.A 15ª de la LOPJ , para que sea admitido atrámite el recurso de revisión contra esta resolución, deberáconstituir un depósito de 25 euros, que le será devuelto sólo

Page 53: BOLETÍN OFICIAL - Diputación de Alicantesede.diputacionalicante.es/documentos/EMERI/Tablon/00045.pdf · 2019. 4. 12. · -autorizaciÓn de vertido de aguas residuales en el t.m.

boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 755 3

en el caso de que el recurso sea estimado. El depósitodeberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el BancoBANESTO, en la cuenta correspondiente a este expedientenº 170 0000 64 0454 12 indicando, en el campo « concepto« el código « 30 Social Revisión» y la fecha de la resoluciónrecurrida con el formato DD/MM/AAA. Firmado y rubricado.»

Y para que conste y sirva de notificación a AGENCIA DETRANSPORTES HERNANDEZ S.L., TRANSPORTESHERNANDEZ SL, FRIGORIFICOS ALMORADI SL, EMILIOHERNANDEZ S.A., LOGISTICA VEGA BAJA SL,EUROHERNAN SL, AGENCIA DE TRANSPORTES VEGAMARINA SL y PEREZ Y FERRI AT SL que se encuentra enignorado paradero, así como para su inserción en el Tablónde anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provin-cia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificacio-nes que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en laforma legalmente establecida, expido el presente en ELCHEa, once de abril de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL

*1307746*

EDICTO

Dª EVA MARIA NAVARRO SIMON, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social nª 1 de Elche.

HAGO SABER: Que en este Juzgado de lo Social setramita procedimiento sobre Despidos, registrado con el nº11/12 (ejecución nº 000461/2012) a instancia de RAQUELSOLA ZAPLANA contra GRUPO SAN JAVIER 33 S.L., encuyas actuaciones se ha dictado la resolución cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:

ACUERDO: ACUERDO: Declarar al/los ejecutado/sGRUPO SAN JAVIER 33 S.L. en situación de INSOLVENCIAque se entenderá a todos los efectos como provisional.

Archivar las actuaciones previa anotación en el Librocorrespondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución sien lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolu-ción cabe recurso directo de revisión que deberá interponer-se ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAShábiles siguientes a la notificación de la misma con expresiónde la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente,art. 188 LRJS.

INFORMACION SOBRE EL DEPÓSITO PARA RECU-RRIR

De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para quesea admitido a trámite el recurso de revisión contra estaresolución deberá constituir un depósito de 25€, que le serádevuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citadacantidad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondien-te a este expediente 0170 indicando, en el campo «concep-to» el código «31 SOCIAL-Revisión resoluciones SecretarioJudicial» y la fecha de la resolución recurrida con el formatoDD/MM/AAAA.

Y para que conste y sirva de notificación en forma aldemandado GRUPO SAN JAVIER 33 S.L., y conocimientodel público en general expido el presente Edicto que sepublicará en el Boletín Oficial de la Provincial y será expuestoen el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertenciade que las sucesivas comunicaciones se harán en estrados,salvo que se traten de auto, sentencia o emplazamiento, quefirmo en Elche a veintisiete de marzo de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL

*1307747*

EDICTO

Dª EVA MARIA NAVARRO SIMON, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social nª 1 de Elche.

HAGO SABER: Que en este Juzgado de lo Social setramita procedimiento sobre Despido, registrado con el nº1088/11 (ejecución nº 000489/2012) a instancia de FRAN-CISCO ANTONIO MACIA RUIZ contra MONTAJES ELEC-TRICOS Y DOMOTICOS INDOMEL S.L., en cuyas actuacio-nes se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es deltenor literal siguiente:

ACUERDO: ACUERDO: Declarar al/los ejecutado/sMONTAJES ELECTRICOS Y DOMOTICOS INDOMEL S.L.en situación de INSOLVENCIA que se entenderá a todos losefectos como provisional.

Archivar las actuaciones previa anotación en el Librocorrespondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución sien lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolu-ción cabe recurso directo de revisión que deberá interponer-se ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAShábiles siguientes a la notificación de la misma con expresiónde la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente,art. 188 LRJS.

INFORMACION SOBRE EL DEPÓSITO PARA RECU-RRIR

De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para quesea admitido a trámite el recurso de revisión contra estaresolución deberá constituir un depósito de 25€, que le serádevuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citadacantidad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondien-te a este expediente 0170 indicando, en el campo «concep-to» el código «31 SOCIAL-Revisión resoluciones SecretarioJudicial» y la fecha de la resolución recurrida con el formatoDD/MM/AAAA. LA SECRETARIA JUDICIAL.»

Y para que conste y sirva de notificación en forma aldemandado MONTAJES ELECTRICOS Y DOMOTICOSINDOMEL S.L., y conocimiento del público en general expidoel presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de laProvincial y será expuesto en el tablón de anuncios de esteJuzgado, con la advertencia de que las sucesivas comunica-ciones se harán en estrados, salvo que se traten de auto,sentencia o emplazamiento, que firmo en Elche a veinticincode marzo de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL

*1307748*

EDICTO

D. EVA MARIA NAVARRO SIMON, SECRETARIO JU-DICIAL DEL JUZGADO SOCIAL NUM 1 ELX

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue Ejecu-ción núm.000529/2012 a instancias de PILAR MACIAALVAREZ, MANUEL GONZALEZ ALONSO y JUAN DIEGOMARTINEZ NIÑOLES contra INSTALACIONES FONTYGASS.L, INSTALACIONES Y FONTANERIA PEYGAS S.L,PEJOTAPE INGENIERIA S.L y SUCESORES DEJ.CARTAGENA S.L en la que el día 24/01/13 se ha dictadoauto y decreto cuya parte dispositiva dice:

«AUTO: DISPONGO: Despachar orden general de eje-cución de la sentencia a favor de la parte ejecutante, PILARMACIA ALVAREZ, MANUEL GONZALEZ ALONSO y JUANDIEGO MARTINEZ NIÑOLES, frente a INSTALACIONESFONTYGAS S.L, INSTALACIONES Y FONTANERIAPEYGAS S.L, PEJOTAPE INGENIERIA S.L y SUCESORESDE J.CARTAGENA S.L, parte ejecutada, por importe de68631,69 euros en concepto de principal, más otros 13000,00euros que se fijan provisionalmente en concepto de interesesque, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución ylas costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de RE-POSICIÓN en el plazo de TRES DIAS, en el que podrádeducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendopago o cumplimiento documentalmente justificado, prescrip-ción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos,

Page 54: BOLETÍN OFICIAL - Diputación de Alicantesede.diputacionalicante.es/documentos/EMERI/Tablon/00045.pdf · 2019. 4. 12. · -autorizaciÓn de vertido de aguas residuales en el t.m.

5 4boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 75

extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se preten-da ejecutar siempre que hubieren acaecido con posteriori-dad a su constitución del título.

Así lo manda y firma D. José Grau Ripoll. Doy fe.DECRETO: En orden a dar efectividad a las medidas

concretas solicitadas, acuerdo el embargo, por los importesacordados en la orden general de ejecución de 68631,69euros en concepto de principal, más otros 13000,00 eurosque se fijan provisionalmente en concepto de intereses ycostas, los siguientes bienes:

El embargo de las cantidades que por cualquier concep-to deba la Hacienda Pública reintegrar a las mercantilesejecutadas, debiéndose oficiar a tal fin a la Agencia Estatalde la Administración Tributaria del domicilio del apremiadopara que tomen nota del presente embargo y proceda alingreso de las cantidades que por principal y costas se lereclaman en la cuenta de depósitos y consignaciones queeste Juzgado tiene abierta con el nº 0170 0000 64 0529 12en el Banesto.

Vista la insolvencia decretada por el Juzgado de loSocial nº. 2 de Elche en el Procedimiento de Ejecución nº .194/12 de la mercantil SUCESORES DE J. CARTAGENA SL,se acuerda dar audiencia a la parte actora y al FONDO DEGARANTIA SALARIAL, por plazo máximo de QUINCE DIAS,durante los cuales podrá instar la práctica de las diligenciasque estime procedentes y señalar la existencia de nuevosbienes, como trámite previo a la declaración de insolvencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes en lapersona de su administrador o representante legal y en casode resultar negativa en el Boletín Oficial de la Provincia.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recur-so de revisión ante el Magistrado Juez de este Juzgadomediante escrito que deberá expresar la infracción cometidaa juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábilessiguientes a su notificación. (Art. 188 de la LRJS), de confor-midad con la D.A 15ª de la LOPJ , para que sea admitido atrámite el recurso de revisión contra esta resolución, deberáconstituir un depósito de 25 euros, que le será devuelto sóloen el caso de que el recurso sea estimado. El depósi-to deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en elBanco BANESTO, en la cuenta correspondiente a esteexpediente nº 170 0000 64 0529 12 indicando, en el campo« concepto « el código « 30 Social Revisión» y la fecha de laresolución recurrida con el formato DD/MM/AAA. Firmado yrubricado.»

Y para que conste y sirva de notificación a LA PARTEDEMANDADA que se encuentra en ignorado paradero, asícomo para su inserción en el Tablón de anuncios y publica-ción en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber almismo que las restantes notificaciones que hayan deefectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmenteestablecida, expido el presente en ELCHE a, diez de abril dedos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL

*1307750*

EDICTO

D. EVA MARIA NAVARRO SIMON, SECRETARIA JU-DICIAL DEL JUZGADO SOCIAL NUM 1 ELX

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue Ejecu-ción núm.000557/2012 a instancias de LEANDRO GOMEZORTUÑO contra CLIBER INSTALACIONES Y SERVICIOSS.L. en la que el día 06/02/13 se ha dictado auto y decretocuya parte dispositiva dice:

«AUTO: DISPONGO: Despachar orden general de eje-cución de la sentencia a favor de la parte ejecutante,LEANDRO GOMEZ ORTUÑO, frente a CLIBER INSTALA-CIONES Y SERVICIOS S.L., parte ejecutada, por importe de28477,44 euros en concepto de principal, más otros 5695,48euros que se fijan provisionalmente en concepto de interesesque, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución ylas costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de RE-POSICIÓN en el plazo de TRES DIAS, en el que podrádeducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendopago o cumplimiento documentalmente justificado, prescrip-ción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos,extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se preten-da ejecutar siempre que hubieren acaecido con posteriori-dad a su constitución del título.

Así lo manda y firma D. José Grau Ripoll. Doy fe.DECRETO: En orden a dar efectividad a las medidas

concretas solicitadas, acuerdo el embargo, por los importesacordados en la orden general de ejecución de 28477,44euros en concepto de principal, más otros 5695,48 euros quese fijan provisionalmente en concepto de intereses y costas,los siguientes bienes:

El embargo de las cantidades que por cualquier concep-to deba la Hacienda Pública reintegrar a la ejecutada, de-biéndose oficiar a tal fin a la Agencia Estatal de la Adminis-tración Tributaria del domicilio del apremiado para que tomennota del presente embargo y proceda al ingreso de lascantidades que por principal y costas se le reclaman en lacuenta de depósitos y consignaciones que este Juzgadotiene abierta con el nº 0170 0000 64 0557 12 en el Banesto.

A los efectos de investigación judicial del patrimonio del/los ejecutado/s, procédase a la consulta informática deRegistros oficiales a los que este Juzgado tiene acceso pormedio del Punto Neutro Judicial y de los datos obtenidosresulta que el ejecutado es titular de los siguientes bienessusceptibles de embargo:

CUENTAS BANCARIAS: Se acuerda el embargo de lossaldos existente en la(s) cuenta(s), de la(s) que es titular laejecutada, CLIBER INSTALACIONES Y SERVICIOS S.L.abierta(s) en BANKINTER Y BANCO POPULAR ESPAÑOLSA, así como los saldos de cualesquiera otras cuentascorrientes, de ahorro, depósitos, etc., que tenga abiertasdicha ejecutada en la expresada(s) entidad(s) bancaria(s), ala(s) que deberá oficiarse para que comunique(n) el saldo delas referidas cuentas, al momento del recibo de la comunica-ción, poniéndolo a disposición de este Juzgado, hasta cubrirlas cantidades anteriormente citadas.

Asimismo, se procederá por la(s) expresada(s) entidad(s)bancaria(s), en su caso, a la retención de las cantidades quese vayan ingresando sucesivamente en las indicadas cuen-tas, hasta completar el importe de lo adeudado por principal,intereses y costas, dando cuenta inmediata a este Juzgadode cada uno de los movimientos y de su posterior ingreso otrasferencia a la de este Juzgado.

Requiérase a la(s) citada(s) entidades bancarias, paraque en el plazo máximo de QUINCE DIAS, participe elcumplimiento de lo interesado en el primer párrafo, conapercibimiento, en otro caso, de imposición de multa coerci-tiva a que se refiere el art. 239 de la Ley de ProcedimientoLaboral, en la que podrá incurrir, igualmente, en caso denegativa a la traba de los saldos futuros, todo ello en virtuddel deber que le impone el art. 591 de la Ley de Enjuiciamien-to Civil, al haberse dado cumplimiento, por este Juzgado, alo que determina el artículo 588.2 de dicha ley procesal civilque faculta al órgano jurisdiccional a la traba de saldosfuturos, cuando, como en el presente caso, el embargo se hadecretado mediante Auto y se determina el límite máximo aretener

Notifíquese la presente resolución a las partes en lapersona de su administrador o representante legal y en casode resultar negativa en el Boletín Oficial de la Provincia.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recur-so de revisión ante el Magistrado Juez de este Juzgadomediante escrito que deberá expresar la infracción cometidaa juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábilessiguientes a su notificación. (Art. 188 de la LRJS), de confor-midad con la D.A 15ª de la LOPJ , para que sea admitido atrámite el recurso de revisión contra esta resolución, deberáconstituir un depósito de 25 euros, que le será devuelto sóloen el caso de que el recurso sea estimado. El depósitodeberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el BancoBANESTO, en la cuenta correspondiente a este expediente

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boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 755 5

nº 170 0000 64 0557 12 indicando, en el campo « concepto« el código « 30 Social Revisión» y la fecha de la resoluciónrecurrida con el formato DD/MM/AAA. Firmado y rubricado.»

Y para que conste y sirva de notificación a CLIBERINSTALACIONES Y SERVICIOS S.L. que se encuentra enignorado paradero, así como para su inserción en el Tablónde anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provin-cia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificacio-nes que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en laforma legalmente establecida, expido el presente en ELCHEa, diez de abril de dos mil trece.

LA SECRETARIA JUDICIAL

*1307751*

EDICTO

D. EVA MARIA NAVARRO SIMON, SECRETARIO JU-DICIAL DEL JUZGADO SOCIAL NUM 1 ELX

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue proce-dimiento de Jura de Cuentas núm.000437/2009 a instan-cias de CRISTINA PICHER RAMOS contra MIHAELA PANAen la que el día 07/03/13 se ha dictado decreto cuya partedispositiva dice:

«Acuerdo que se archive el presente procedimientoseguido a instancia de la Letrada Sra. CRISTINA PICHERRAMOS frente a Dª MIHAELA PANA.

Dar traslado a la parte demandante a fin de que presen-te demanda de ejecución, por importe de 200,10 euros en elcaso de que desee proceder al despacho de la misma.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno,sin que ni siquiera prejuzgue parcialmente la sentencia quepudiera recaer en un procedimiento ordinario posterior. Fir-mado y rubricado.»

Y para que conste y sirva de notificación a MIHAELAPANA que se encuentra en ignorado paradero, así comopara su inserción en el Tablón de anuncios y publicación enel Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismoque las restantes notificaciones que hayan de efectuárselese le harán en estrados, en la forma legalmente establecida,expido el presente en ELCHE a, siete de marzo de dos miltrece.

LA SECRETARIA JUDICIAL

*1307752*

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRESELCHE

EDICTO

D. ANA BELÉN MANSILLA REDONDO, SECRETARIOJUDICIAL DEL JUZGADO SOCIAL NÚM. 3 ELX.

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue Ejecu-ción núm. 000533/2011 a instancias de MARCELA BEATRIZTIZÓN, ANTONIO CABANES EGEA, ANA CAMPILLOAMORÓS, VERÓNICA CAMPILLO AMOROS, MARÍA ASUN-CIÓN MORENO RIPOLL, TATIANA PÉREZ UDALOVA yFELIPE SÁNCHEZ MACIA contra MARÍA JOSÉ SÁNCHEZMACIA, FOGASA y MARÍA JOSÉ SÁNCHEZ Y JESÚS SOTOC.B. en la que se ha dictado DECRETO DE INSOLVENCIADE FECHA 17/04/13 cuya parte dispositiva dice:

«DISPONGO: ACUERDO:Declarar al/a los ejecutado/s en situación de INSOL-

VENCIA por importe de 15.154,63 euros, insolvencia que seentenderá a todos los efectos como provisional.

Firmado y rubricado.Y para que conste y sirva de notificación a MARÍA JOSÉ

SÁNCHEZ Y JESÚS SOTO C.B. que se encuentra en igno-rado paradero, así como para su inserción en el Tablón deanuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia,haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones

que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en laforma legalmente establecida, expido el presente en ELCHEa, diecisiete de abril de dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL.

*1307701*

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO UNOALICANTE

EDICTO

D/Dª ISAAC BERNABEU PÉREZ, Secretario/a del Juz-gado de Primera Instancia nº 1 de ALICANTE.

HAGO SABER: Que en el proceso de ejecución seguidoen dicho Juzgado con el nº 001205/2012 a instancia deBANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA S.A. contraALICRIL S.L. sobre EJECUCIÓN HIPOTECARIA, se haacordado sacar a pública subasta, por un plazo de veintedías, los bienes que, con su precio de tasación se enumerana continuación:

BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORA-CIÓN:

Descripción: Urbana- Nave Industrial de planta bajaúnica y diáfana situada en la parcela señalada con el nº 36del Polígono Industrial CROS, sita en la manzana V de lasubzona industrial D, Calle Ebanistería nº 20, de Alicante.

Inscripción: FINCA REGISTRAL Nº 38717, Folio 198,Libro 1048, Tomo 2078 del Registro de la Propiedad deAlicante nº 7.

Valoración a efectos de Subasta: 800.300,00 euros.La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado sito

en calle Pardo Gimeno nº 43, TERCERA PLANTA, el día 12DE JUNIO DE 2013, a las 10.00 horas.

CONDICIONES DE LA SUBASTA.1.- Los licitadores deberán cumplir los siguientes requi-

sitos:1º.- Identificarse de forma suficiente.2º.- Declarar que conocen las condiciones generales y

particulares de la subasta.3º.- Presentar resguardo de que han depositado en la

Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado enel BANESTO nº 0097/0000/06/1205/12, o de que han pres-tado aval bancario por el 20 por 100 del valor de tasaciónde los bienes. Cuando el licitador realice el depósito concantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, sehará constar así en el resguardo a los efectos de losdispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000,de Enjuiciamiento Civil.

2.- Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándo-se la facultad de ceder el remate a un tercero.

3.- Desde el anuncio de la subasta hasta su celebraciónpodrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y conlas condiciones expresadas anteriormente.

4.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejorpostor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo670 de la LECn.

5.- La certificación registral está de manifiesto en laSecretaría de este Juzgado.

6.- Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere,al crédito del actor, continuarán subsistentes, y que por elsólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admitey acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivadade aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.

7.- No consta en el proceso si el inmueble que sesubasta se encuentra o no ocupado por personas distintasdel ejecutado.

8.- Servirá el presente edicto de notificación en forma dela fecha de subasta a los ejecutados, para el caso de no serhallados.

ALICANTE, a veinticinco de marzo de dos mil trece.EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.

*1307857*

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5 6boletín oficial de la provincia - alicante, 23 abril 2013 - n.º 75 butlletí oficial de la província - alacant, 23 abril 2013 - n.º 75

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO DOSNOVELDA

EDICTO

Expediente de Dominio nº 826/11.NIG 03093-41-2-2011-0002811.D. José- Tomás Pastor Pozo, Secretario del Juzgado de

1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Novelda (Alicante) y supartido.

HAGO SABER: Por el presente, que por resolución deesta fecha en el asunto arriba indicado, instado por laProcuradora Sra. Pastor Abad, en nombre y representaciónde FRANCISCO MOLINA GARCÍA, para inscribir la mayorcabida de la siguiente finca:

Finca nº 5340: Rústica de 62,25 áreas de tierra secanablanca en La Romana, Partido de Algayat, solana, trozollamado «La Cisterna» junto al titulado «La Cueva delGarrofero».

Inscripción: al Tomo 1.474, libro 49 de La Romana, folio153 Vtº del Registro Propiedad de Novelda.

Ref. catastral: 03114A024001790000EF (Parcela 179,Pol. 24).

El promovente declara la cabida real a inscribir de15.238 m2.

Y HE ACORDADO se cite por el presente a las personasignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solici-tada, a fin de que en el plazo de DIEZ DÍAS siguientes a lapublicación del Edicto, puedan comparecer en el citadoExpediente para alegar lo que a su derecho les convenga,bajo apercibimiento de pararles el perjuicio que hubiere lugaren Derecho.

Y en cumplimiento de la citada providencia y de loprevenido en el artículo 201 de la Ley Hipotecaria se hacepúblico a los efectos oportunos.

Dado en Novelda, a catorce de marzo.El Secretario Judicial.

*1307865*

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO UNOTORREVIEJA

EDICTO

En el presente procedimiento Modificación de Medidas23/08 seguido a instancia de ELENA TCHOUVILINA frente aMIKHAIL TITOV se ha dictado sentencia de fecha 27-01-2010, cuyo tenor literal es el siguiente:

FALLO.Que estimando como estimo íntegramente la demanda

principal de modificación de medidas presentada por ELENATCHOUVILINA representada por la Procurada Sra. TolosaParra, debo declarar la suspensión del régimen de visitas ensu día reconocido a favor de MIKHAIL TITOV en la sentenciade divorcio de fecha 17 de abril de 2007, y ello hasta que elestado de salud de éste le capacite para ejercerlo.

Que desestimando como desestimo íntegramente lademanda reconvencial de modificación de medidas presen-tada por MIKHAIL TITOV, debo declarar no haber lugar a lointeresado por el mismo.

No ha lugar a la condena en costas, por lo que cada parteabonará las causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese la presente resolución a las partes, hacién-doles saber que la misma es susceptible de ser recurridaapelación en el plazo de los cinco días siguientes al de sunotificación.

Así por esta sentencia, juzgando definitivamente, lopronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN: La anterior Sentencia ha sido objeto depublicación conforme a lo dispuesto en el artículo 212 de laLey de Enjuiciamiento Civil, de lo que doy fe».

Y encontrándose dicho demandado, MIKHAIL TITOV,en paradero desconocido, se expide el presente a fin quesirva de notificación en forma al mismo.

En TORREVIEJA (ALICANTE) a diez de abril de dos mil trece.LA SECRETARIA JUDICIAL.

*1307840*

Correo electrónico:[email protected]

Imprime:

IMPRENTA DIPUTACIÓN PROVINCIALDep. Legal: A - 1 - 1958

Internet:http://www.ladipu.com/

ADVERTENCIAS

- La publicación a petición de parte interesada se efectuarámediante autoliquidación en las entidades bancarias que se citan enel impreso de solicitud de inserción-autoliquidación.

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL

ALICANTE

Unidad Administrativa del Boletín Oficial de la Provincia:

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIALAvenida de Orihuela, 128. 03006 - AlicanteTeléfono 965 107 371 / Fax 965 107 394