Boletín, Agosto 2011

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BIONOTICIAS CONTENIDOS BOLETIN INFORMATIVO No. 1 - AGOSTO, 2011 Protocolo de Cartagena para la Seguridad de la Biotecnología Se completó el texto del Convenio sobre la Diversidad Biológica en Nairobi en mayo de 1992 y éste quedó abierto a la firma el 5 de junio de 1992 en Río de Janeiro en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (UNCED). El Convenio entró en vigor el 29 de diciembre de 1993. Hoy en día, el Con- venio es sin duda el principal instrumen- to internacional para todos los asuntos relacionados con la diversidad biológica. Proporciona un enfoque completo y holís- tico para la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de los recursos naturales y la participación justa y equitativa en los beneficios provenientes del uso de los recursos genéticos. Uno de los asuntos de los que trata el Convenio es el de la seguridad de la bio- tecnología. Este concepto atañe a la necesidad de proteger la salud humana y el medio am- biente frente a posibles efectos adversos de los productos de la moderna biotecno- logía. Al mismo tiempo, se reconoce que la biotecnología moderna tiene un gran potencial para promover el bienestar de la humanidad, particularmente en cuanto a satisfacer necesidades críticas de alimen- tación, agricultura y cuidados sanitarios. Por otro lado, se prevé el acceso a las tecnologías, incluida la biotecnología, y a su transferencia que sean pertinentes a la conservación y a la utilización sostenible de la diversidad biológica (por ejemplo, en el Artículo 16, párrafo 1, y en el Artículo 19, párrafos 1 y 2). Por otro lado, los Ar- tículos 8(g) y 19, párrafo 3, tratan de ga- rantizar el desarrollo de procedimientos adecuados para mejorar la seguridad de la biotecnología en el contexto del objetivo general del Convenio de reducir todas las posibles amenazas a la diversidad biológi- ca, tomándose también en consideración los riesgos para la salud humana. El Artí- culo 8(g) trata de las medidas que las Par- tes deberían tomar en el ámbito nacional, mientras que el Artículo 19, párrafo 3, es- tablece el escenario para la elaboración de un instrumento internacional jurídicamente vinculante que atienda al asunto de la se- guridad de la biotecnología. Sigue Pag. 2 Una producción del Proyecto LAC Biosafety – Capítulo Costa Rica www.lacbiosafety.org >Protocolo de Cartagena >¿Qué son productos transgénicos? >Actualidad >De Fondo: Estado actual de las biotecnologías Pag.1 Pag.2 Pag.3 Pag.5

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BOLETIN INFORMATIVO No. 1 - AGOSTO, 2011

Protocolo de Cartagena para la Seguridad de la BiotecnologíaSe completó el texto del Convenio sobre la Diversidad Biológica en Nairobi en mayo de 1992 y éste quedó abierto a la firma el 5 de junio de 1992 en Río de Janeiro en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (UNCED). El Convenio entró en vigor el 29 de diciembre de 1993. Hoy en día, el Con-venio es sin duda el principal instrumen-to internacional para todos los asuntos relacionados con la diversidad biológica. Proporciona un enfoque completo y holís-tico para la conservación de la diversidad biológica, la utilización sostenible de los recursos naturales y la participación justa y equitativa en los beneficios provenientes del uso de los recursos genéticos.

Uno de los asuntos de los que trata el Convenio es el de la seguridad de la bio-tecnología.

Este concepto atañe a la necesidad de proteger la salud humana y el medio am-biente frente a posibles efectos adversos de los productos de la moderna biotecno-logía. Al mismo tiempo, se reconoce que la biotecnología moderna tiene un gran potencial para promover el bienestar de la

humanidad, particularmente en cuanto a satisfacer necesidades críticas de alimen-tación, agricultura y cuidados sanitarios.

Por otro lado, se prevé el acceso a las tecnologías, incluida la biotecnología, y a su transferencia que sean pertinentes a la conservación y a la utilización sostenible de la diversidad biológica (por ejemplo, en el Artículo 16, párrafo 1, y en el Artículo 19, párrafos 1 y 2). Por otro lado, los Ar-tículos 8(g) y 19, párrafo 3, tratan de ga-rantizar el desarrollo de procedimientos adecuados para mejorar la seguridad de la biotecnología en el contexto del objetivo general del Convenio de reducir todas las posibles amenazas a la diversidad biológi-ca, tomándose también en consideración los riesgos para la salud humana. El Artí-culo 8(g) trata de las medidas que las Par-tes deberían tomar en el ámbito nacional, mientras que el Artículo 19, párrafo 3, es-tablece el escenario para la elaboración de un instrumento internacional jurídicamente vinculante que atienda al asunto de la se-guridad de la biotecnología.

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Una producción del Proyecto LAC Biosafety – Capítulo Costa Rica

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>Protocolo de Cartagena

>¿Qué son productos transgénicos?

>Actualidad

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En su segunda reunión, celebrada en noviembre de 1995, la Conferencia de las Partes en el Convenio estableció el Grupo de trabajo especial de com-posición abierta sobre seguridad de la biotecnología encargándole la ela-boración de un proyecto de protocolo sobre seguridad de la biotecnología,

que se concentrara específicamente en los movimientos transfronterizos de cualesquiera organismos vivos modi-ficados que fueran el resultado de la biotecnología moderna y que pudieran tener efectos adversos en la conser-vación y utilización sostenible de la di-versidad biológica. Después de varios

años de negociaciones, se completó y adoptó en Montreal , el 29 de enero de 2000, en la reunión extraordinaria de la Conferencia de las Partes, el Protocolo conocido como Protocolo de Cartage-na sobre seguridad de la biotecnología del Convenio sobre la diversidad bio-lógica.

Un producto transgénico es aquel que se deriva de un Organismo Genética-mente Modificado (OGM), o sea, aquel organismo cuyo material genético ha sido modificado por medio de Ingenie-ría Genética (FAO, 2011). También se les denomina como productos o culti-vos biotecnológicos.

La ingeniería genética permite la inser-ción de uno o más genes (una secuen-cia de ADN que puede codificar una proteína o un ARN) en genoma, que es la información hereditaria completa de un organismo, para que obtenga ca-racterísticas deseadas y específicas.

Un ejemplo de esto es incorporando

un gen que se codifica para una toxina que afecta a un grupo de insectos pla-ga (Lepidoptera) que se alimentan de la planta pero no afecta a los humanos u otros organismos.

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¿Qué son productos transgénicos?

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Uno de los asuntos de los que trata el Convenio es el de la seguridad de la biotecnología.

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Siembra de transgénicos creció exponencialmente desde 1997

En los últimos 13 años la siembra de organismos genéticamente modifica-dos (OGM) pasó de 11 millones de hectáreas en el mundo en 1997, a 148 millones en 2007, según explicó el es-pecialista en estos cultivos José Falck, durante la Conferencia Regional Cen-troamericana en Bioseguridad, llevada a cabo en abril de este año en el país.

Este crecimiento se atribuye a los beneficios obtenidos gracias a esta tecnología agrícola, entre ellos: el in-cremento de la competitividad, renta-bilidad de los cultivos, reducción en el uso de pesticidas, reducción en el

daño causado por plagas y malezas, mejora en el manejo de los cultivos, posibilidad de implementar prácticas agronómicas como la labranza mínima

y la cero labranza, liberación de mano de obra familiar que puede ser usada en otras actividades dentro y fuera de la finca...o una combinación de dos o más de estas ventajas.

Actualidad Los gobiernos decidirán libremente si etiquetan los alimentos con OGM

Ginebra, 9 jul (EFE).- La Comisión del Codex Alimentarius, el órgano respon-sable de emitir las normas internacio-nales sobre la inocuidad de los alimen-tos, dejó a los gobiernos la potestad de decidir si etiquetan los alimentos con organismos genéticamente modi-ficados (OGM) y cómo lo hacen.

Se ha decidido que “los gobiernos son libres de decidir si y cómo etiquetan ali-mentos derivados de la biotecnología moderna”, señaló la comisión a través de un comunicado.Sin embargo, en caso de que un país opte por el etiquetado, éste deberá ceñirse a ciertas directivas para “evitar potenciales barreras al comercio”.La presencia de organismos genética-mente modificados en los alimentos es una cuestión polémica y en varios paí-ses de la Unión Europea su cultivo está prohibido.Por otro lado, el Codex Alimentarius aprobó normas sobre el uso de antimi-crobianos, incluidos antibióticos, en el

sector ganadero con el fin de minimizar el riesgo de brote y propagación entre humanos y animales de microorganis-mos resistentes a esos medicamentos.La resistencia antimicrobiana es una cuestión sanitaria que causa cada vez mayor preocupación debido al exten-dido uso de antibióticos con fines ve-terinarios o en la industria ganadera de manera más general.Con el comercio internacional de los alimentos, esto se ha convertido en una preocupación central en materia de seguridad alimentaria, en vista de la amenaza que representan tanto para los animales como para las personas.

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“los gobiernos son libres de decidir si y cómo etiquetan alimentos derivados de la biotecnología moderna”

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I Parte

En los países en desarrollo es necesa-rio concentrar la atención en mejorar al máximo la producción agrícola, al mis-mo tiempo que conservar la base de recursos naturales, mediante cultivos y sistemas de cultivo mejorados. Las diversas biotecnologías disponi-bles tienen la posibilidad de jugar un papel importante en este proceso. En los dos últimos decenios, se han rea-lizado algunos progresos en cuanto a

una mayor disponibilidad de nuevas tecnologías agrícolas al servicio de los países en desarrollo, pero todavía quedan algunas restricciones desmon-tables que impiden a dichos países el pleno desarrollo y despliegue de las prácticas de mejoramiento y manejo de cultivos.

Los problemas específicos del sector de la biotecnología pueden compli-carse por la falta de claridad entre los expertos y los responsables de las

políticas sobre la definición misma del término. A los efectos del presente do-cumento y de los otros documentos de la FAO preparados para la ABDC-10, se utiliza la definición del Convenio de la Diversidad Biológica, que define la biotecnología como “toda aplicación tecnológica que utilice sistemas bioló-gicos y organismos vivos o sus deri-vados para la creación o modificación de productos o procesos para usos específicos”. La biotecnología agrícola abarca, por lo tanto, una amplia gama

El aumento se ha concentrado en cua-tro cultivos: soya, maíz, algodón y ca-nola/colza, que se ha desarrollado bá-sicamente mediante dos tecnologías: la de resistencia a insectos y la aplica-da para la tolerancia a herbicidas.

El 86% del área sembrada con culti-vos comerciales de OVG en el mundo está concentrada 6 países: Estados Unidos, Brasil, Argentina, India, Ca-nadá y China. En lo que respecta de Latinoamérica, la siembra de OVG en

2010 correspondió aproximadamente al 35% del total a nivel mundial. Estos datos incluyen a Brasil, Bolivia, Uru-guay, Paraguay, Argentina, Costa Rica y Honduras.

En Costa Rica, se contabiliza un total de 50 000 hectáreas sembradas con algodón y soya. Dichos productos son destinados únicamente para exporta-ción, no así para la liberación comer-cial, alimentación humana o animal dentro del país.

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De fondo

Opciones y estado actual

Biotecnologías agrícolas en los países en desarrollo*

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de tecnologías aplicables a la produc-ción agrícola. A veces se distingue entre biotecnologías “tradicionales” y “modernas”, o entre métodos transgé-nicos, conocidos también como inge-niería genética o modificación genéti-ca, y métodos no transgénicos.

Balance y enseñanzas del pasado

Hay muchas biotecnologías agrícolas disponibles, que pueden clasificarse con arreglo a su finalidad principal, es decir la creación de una nueva variación genética; la clasificación y selección de variantes favorables; o el mejoramiento de los sistemas de producción/manejo de cultivos o derivados.

Al igual que otras tecnologías que es-tán madurando, también las biotec-nologías agrícolas han registrado ex-periencias variadas en los países en desarrollo. La modificación genética, adoptada también en algunos países en desarrollo, ha obtenido resultados limitados pero reales en la modificación de los rasgos agronómicos en un pe-queño número de cultivos de produc-tos básicos comerciales. La aplicación más amplia de la modificación gené-tica se ha visto desacelerada por las graves limitaciones de los tipos de ras-gos disponibles, la complejidad de los regímenes de derechos de propiedad intelectual (DPI) y de las cuestiones reglamentarias, y la percepción a me-nudo negativa del público en general. Aunque ha habido importantes resulta-dos satisfactorios en la adopción, por

parte de los agricultores, de algunas variedades transgénicas de primera generación, también ha habido contra-tiempos imprevistos en el mercado ya que los agricultores trataban de evitar los costos elevados de las semillas y otras restricciones.

Hasta ahora, las aplicaciones princi-pales en materia de mejoramiento y manejo de cultivos han venido de las biotecnologías no transgénicas, que abarcan la gama completa de los ras-gos agronómicos y las prácticas agrí-colas de los agricultores de los países en desarrollo. Por ejemplo, la mutagé-nesis es ampliamente utilizada en los países en desarrollo: en los últimos sesenta años se han obtenido más de 2 200 variedades, principalmente en los países en desarrollo. La hibridación interespecífica permite la combinación de rasgos favorables de especies di-ferentes y se ha usado con resultados satisfactorios, por ejemplo, en el de-sarrollo de variedades interespecíficas de arroz asiático y del nuevo arroz para África (NERICA), que son resistentes a las enfermedades. Sin embargo, los programas de hibridación interespe-cífica pueden ser lentos y requerir un buen caudal de conocimientos científi-cos y de mano de obra cualificada.

Los factores principales que incidie-ron en el desarrollo satisfactorio de las biotecnologías agrícolas en los países en desarrollo han sido la elaboración de políticas apropiadas, el refuerzo de las instituciones de investigación y ex-

tensión, y el aumento de las capacida-des para los investigadores y técnicos. También ha sido importante el estable-cimiento de medidas normativas inter-sectoriales.

La asimilación de las biotecnologías en los países en desarrollo está mejo-rando gradualmente pero sigue siendo fragmentaria. Muchos avances bio-tecnológicos se han producido en el sector privado de los países industria-lizados, lo que ha dado lugar a tecno-logías patentadas a menudo no dispo-nibles para los científicos de los países en desarrollo. Los agricultores de los países en desarrollo, especialmente los pequeños agricultores, cultivan pro-ductos y hacen frente a problemas que dependen de sus condiciones cultura-les y ambientales, y a menudo cuentan con un poder adquisitivo limitado para acceder a las tecnologías patentadas. Por lo tanto, los resultados de las in-vestigaciones obtenidos por el sector privado en los países industrializados han tenido repercusiones limitadas en los medios de vida de los agricultores de subsistencia de los países en desa-rrollo. En efecto, los resultados satis-factorios más duraderos hasta la fecha han venido de programas autóctonos de investigación agrícola del sector público que han abordado problemas pertinentes a los agricultores.

*Conferencia Técnica Internacional de la FAO

Guadalajara (México), 1 – 4 de marzo de 2010

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