Bienes municipales

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Bienes municipales [DAd] Bienes de titularidad municipal que pueden ser de dominio público o patrimonial es. Los bienes de dominio público serán de uso o servicio público . Serán comunales aquellos bienes que, siendo de dominio público , su aprovechamiento corresponde al común de los vecinos. Los bienes comunales y de dominio público son inalienable s,inembargable s e imprescriptible s. Los bienes patrimonial es o de propios son aquellos que no se destinan al uso público ni están afectados a algún servicio público . LBRL, arts. 79 a 83; RD 1.372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales , arts. 1 a 8; STC 166/1998. Con los derechos y acciones, forman el llamado patrimonio municipal . Los bienes municipal es se clasifican en bienes de dominio público y bienes patrimonial es. Los bienes municipal es de dominio público son los destinados al uso oservicio público ; entre ellos, cabe mencionar los caminos, calles , plazas, paseos, aguas, obras públicas de servicio general, mercados , lonjas, etc. Los bienes municipal es patrimonial es están integrados por dos clases: los de propios y los comunales . Bienes de propios son los que, siendo de propiedad del municipio , no están

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Bienes municipales

[DAd] Bienes de titularidad municipal que pueden ser de dominio público o patrimoniales. Los bienes de dominio público serán de uso o servicio público. Serán comunales aquellos bienes que, siendo de dominio público, su aprovechamiento corresponde al común de los vecinos. Los bienes comunales y de dominio público son inalienables,inembargables e imprescriptibles. Los bienes patrimoniales o de propios son aquellos que no se destinan al uso público ni están afectados a algún servicio público.LBRL, arts. 79 a 83; RD 1.372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, arts. 1 a 8; STC 166/1998.

Con los derechos y acciones, forman el llamado patrimonio municipal. Los bienes municipales se clasifican en bienes de dominio público y bienes patrimoniales. Los bienes municipales de dominio público son los destinados al uso oservicio público; entre ellos, cabe mencionar los caminos, calles, plazas, paseos, aguas, obras públicas de serviciogeneral, mercados, lonjas, etc. Los bienes municipales patrimoniales están integrados por dos clases: los de propios y los comunales. Bienes de propios son los que, siendo de propiedad del municipio, no están destinados al uso oservicio público. Bienes comunales son los que, siendo de dominio municipal, su aprovechamiento y disfrute pertenece exclusivamente a los vecinos.

MUNICIPIO Y LEY ORGANICA DE BIENES PUBLICOS IPor: Abogado Eduardo Lara Salazar

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Con la aprobación de la llamada Ley Habilitante del año 2010 donde se faculta al Presidente de la República para legislar, se dictó el Decreto con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica de Bienes Públicos (LOBP, 2012).

Este instrumento legal tiene por objeto establecer las normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del

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Sistema Nacional de Bienes Públicos, como parte integrante del Sistema de Administración Financiera del Estado y deroga expresamente normas de la Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional (1974, con reforma el 2009), la Ley de Conservación y Mantenimiento de Bienes Públicos (2007) y la Ley Orgánica que regula la Enajenación de Bienes del sector público no afectos a las industrias básicas (1987) y su Reglamento (1999).

En efecto, la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público (LOAFSP, 2012), desde su primera versión, contempla regulaciones en materia de bienes.

Por su parte, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM, 2010)  los define como los bienes muebles e inmuebles que por cualquier título formen parte del patrimonio del Municipio.

El nivel local requiere de un patrimonio para poder cumplir con la satisfacción de necesidades colectivas, bien sea prestación de servicios, pagos de proveedores, entre otros. Ese patrimonio está constituido por un conjunto de bienes, derechos, colocaciones dinerarias, entre otros.

La LOBP considera como bienes públicos a los bienes muebles e inmuebles, títulos valor, acciones, cuotas o participaciones en sociedades y demás derechos de dominio público o privado de los órganos y entes públicos, como también en herencias yacentes; los bienes y mercancías objeto de comiso, las que se declaren abandonadas o los que sean puestos a la orden del Tesoro.

Desde una perspectiva territorial los clasifica como bienes públicos nacionales, estadales, distritales y municipales, definiéndolos como aquellos del dominio público o privado – en cada ámbito – tanto de sus órganos o entes.

Se trata de (i) los objetos susceptibles de valor económico o en dinero, así como también las cosas, (ii)  pudiendo ser de naturaleza mueble, es decir, aquellas que se desplazan por sí misma o por fuerza exterior o, (iii) las que se encuentran inmovilizadas, como ocurre con las inmuebles.

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El concepto de bienes es de naturaleza jurídica; por su parte, lascosas son porciones del mundo exterior; ahora bien, para que unacosa llegue a ser objeto de derecho, es menester que sea tomada en consideración por las normas jurídicas y reciba una clasificación.

Es oportuno destacar la definición de órgano y ente aportada por la Ley Orgánica de la Administración Pública (2008).

La LOBP mantiene la clasificación sobre los bienes que aporta el Código Civil Venezolano (1982): bienes públicos son del dominio público o del dominio privado.

Ejemplos de los pertenecientes al dominio público son las plazas, parques, espacios acuáticos lacustres, ríos, mar territorial, espacio aéreo, yacimientos mineros o de hidrocarburos, baldíos, ejidos, entre otros.

Tienen como característica esencial – desde la óptica municipal -  que son inalienables e imprescriptibles, salvo que el  Concejo Municipal los desafecte, previa opinión favorable del Síndico Procurador Municipal y del Contralor, así como la consulta con el Consejo Local de Planificación de Políticas Públicas;  son inalienables porque estánfuera del comercio, no pueden ser objeto de ejecución forzosa, ni sujetos a hipotecas, secuestros, embargos, ni ningún tipo de medida judicial preventiva o ejecutiva. No son susceptibles de expropiación.

Los Bienes del dominio privado son aquellos que no estando comprendidos expresamente dentro de los de dominio público. Esto se expresa de esta manera, porque son tan variados como pueden ser los bienes de los particulares. No están destinados al uso público ni afectados a un servicio público.

Se sugiere al lector dar un vistazo a otros artículos de este autor denominados “Municipio y Ley Orgánica de Gestión Comunitaria”, “Municipio y Ambiente”, “El catastro Municipal”, “De la Hacienda Municipal”, “Instrumentos Jurídicos Municipales”, “Municipio y Patrimonio Cultural”, ”Los Ejidos”, “Municipio y Urbanismo”,

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“Organización y Gestión Municipal”, “De las Competencias Municipales”, “Medios de Gestión”,” De los medios de participación”, “Municipio y Presupuesto”, “Municipio y Planificación”, “Los CLPP en la Ley Orgánica del año 2010”, “El Consejo Federal de Gobierno”, “La Contraloría Social”, ”Municipio y Servicios Públicos”, “Municipio y Gestión Integral de la Basura”, “Las Empresas Municipales”, “Los Bienes Municipales”, “Las Ordenanzas y su ubicación en el ordenamiento jurídico”,