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BASADO EN RIESGOS OCTUBRE 2016

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BASADO EN RIESGOS

OCTUBRE 2016

FASES DEL LA/FT

COLOCACIÓN

Traslado físico de grandes cantidades de dinero en

efectivo y su introducción en el sistema legal

Ej.: Cambio de divisas, depósitos bancarios

ENMASCARAMIENTO

Creación de rastros documentales falsos a través de actividades económicas

lícitas

Ej.: Creación de sociedades “pantalla”, realización de operaciones de comercio

exterior ficticias o sobrevaloradas

INTEGRACIÓN

Recolocación del dinero para darle apariencia de legitimidad

en su origen

Ej.: Depósitos bancarios, adquisición de acciones, participación en fondos

mutuos

MEDIDAS UTILIZADAS POR LOS SUJETOS OBLIGADOS PARA EVITAR EL LA/FT

TIC´s

Registros y Reportes Identificación

de identidades

Debida diligencia

Cambios normativos

ACTIVIDADES DE ENTRETENIMIENTO

Gastronomía

Casinos

Viaje

DISFRUTE

OTROS

¿COMO CONTROLARLA/FT EN ACTIVIDADES DE ENTRETENIMIENTO?

PRINCIPALMENTEES

“PREVENCIÓN”

SISTEMA DE PREVENCIÓN – SPLAFT-JC/MT

CONTAR CON:

OFICIAL DE CUMPLIMIENTO

AUDITORIA

DESARROLLAR:

Manual de Prevención

Código de Conducta

Señales de Alerta

Capacitación

EFECTUAR:

Conocimiento del Cliente

Debida Diligencia

Régimen Reforzado

MANTENER

Registro de Operaciones

Registro de Ganadores

Reporte Operaciones Sospechosas

SPLAFT

OFICIALÍA DE CUMPLIMIENTOREGLA GENERAL = A Dedicación Exclusiva

EXCEPCION = Dedicación No Exclusiva / Corporativo

Dedicación No Exclusiva:- Composición de la Oficialía de Cumplimiento- Distribución de la carga laboral del Oficial de Cumplimiento- Justificación de la excepción

Corporativo:- Número de operaciones (Registro de Operaciones)- Clasificación de clientes (habituales y ocasionales)- Nivel de exposición al riesgo del LA/FT (Régimen Reforzado)

AUDITORÍA DEL SPLAFT

NO ES UNA AUDITORÍA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

AUDITORÍA INTERNA (obligatoria)- La realiza el equipo de auditoría interna de la empresa, si lo tuviera- En su defecto la realiza un gerente de la empresa diferente del O.C.

AUDITORÍA EXTERNA- Es obligatoria si la empresa conforme a su Estatuto audita sus EE.FF. ,

o si se encuentra obligada a auditar sus EE.FF. conforme a lanormativa del mercado de valores

- La realiza una empresa de Auditores Externos distinta a la que auditasus EE.FF., o un equipo distinto de la empresa que auditó sus EE.FF.

SISTEMA DE PREVENCIÓN - SPLAFTMANUAL PARA PREVENCIÓN Y GESTIÓN DE LOS RIESGOS DE LA/FTPara gestionar los riesgos de LA/FT a los que se encuentra expuesta la empresa,deberán establecer las políticas propias aplicables en la prevención del LA/FT

CÓDIGO DE CONDUCTASe deberá establecer la obligatoriedad de conocer los procedimientos que integranel SPLAFT

SEÑALES DE ALERTADeben ser conocidas por todos los integrantes de la empresa para detectaroperaciones inusuales o sospechosas

CAPACITACIÓNDe todo el personal en LA/FT cuanto menos una vez al año

Dentro de los primeros 30 días de contratados (trabajadores nuevos)

SISTEMA DE PREVENCIÓN - SPLAFT

CONOCIMIENTO DEL CLIENTE BENEFICIARIO FINAL: Conocer a la personanatural en cuyo nombre se realiza la transacción y/o que ejerce control efectivofinal sobre el cliente

FASES DE LA DEBIDA DILIGENCIA• Identificación = toma de datos del cliente (Ley 27153 + Ley Ludopatía)• Verificación = si es habitual u ocasional • Monitoreo = si su juego corresponde a su perfil de cliente

RÉGIMEN REFORZADO• Extranjeros y nacionales no residentes • PEP´s + familiares 2do grado consanguinidad/afinidad + cónyuge/conviviente• Colaborador directo del PEP• Los que se conoce públicamente que vienen siendo investigados por LA/FT

Debida Diligencia

RÉGIMEN REFORZADO SPLAFT

OBLIGADOS A EFECTUARLO• EMPRESA QUE EXPLOTA SALA (S) DE JUEGO DE CASINO.• EMPRESA QUE EXPLOTA MÁS DE 500 MQTG (TOTAL DE TODAS SUS SALAS).• EXPLOTA MQTG EN TACNA, PUNO, UCAYALI, LORETO, TUMBES, MADRE DE DIOS.

TACNA: 2DO. DESTINO RECEPTIVOCHILE: 1ER. DESTINO EMISIVO

PUNO: 4TO. DESTINO RECEPTIVOBOLIVIA: 2DO. DESTINO EMISIVO

TUMBES: 3ER. DESTINO RECEPTIVOECUADOR: 4TO. DESTINO EMISIVO

MADRE DE DIOS: MINERÍA ILEGALLORETO: TRATA DE PERSONAS UCAYALI: TALA ILEGAL

REGISTROS SPLAFT

Sólo por medios electrónicosCronológico, preciso, completo, confidencial

Se conservará mínimo por 5 añosSe envían a la UIF-Perú (*) y se ponen a disposición del MINCETUR

REGISTRO DE OPERACIONES - RO• UMBRAL US$ 2,500 O MÁS ( SUJETO OBLIGADO PUEDE ESTABLECER MENOS)• REGISTRO DIARIO CANJES DE FICHAS, TICKETS U OTRO MEDIO DE JUEGO EN CAJA• IDENTIFICACIÓN DE LOS CLIENTES (DECLARACIÓN JURADA – ANEXO 1)• NO CABE EXCLUSIÓN ALGUNA DEL REGISTRO

REGISTRO DE GANADORES DE PREMIOS – REGAP• GANADORES DE SORTEOS, RIFAS U OTRAS PROMOCIONES COMERCIALES• RESOLUCIÓN AUTORITATIVA DE LA ONAGI• IDENTIFICACIÓN REPRESENTANTES DE LA ONAGI Y NOTARIO PÚBLICO

REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS – ROS

• SE DEBERÁN REGISTRAR TODAS LAS OPERACIONES REALIZADAS

(Y LOS INTENTOS) QUE SE CONSIDEREN SOSPECHOSAS.

• NO IMPORTA EL MONTO INVOLUCRADO (PUEDE SER MENOR)

• REGISTRO DEBE EFECTUARSE MAXIMO A LOS 15 DÍAS DE

DETECTADA

• ANEXO 3 – OPERACIONES INUSUALES

• ANEXO 4 – SEÑALES DE ALERTA

• SE REMITE A LA UIF-PERÚ A TRAVÉS DEL ROSEL (REPORTE DE

OPERACIONES SOSPECHOSAS EN LÍNEA)

• NO CONSTITUYE UNA DENUNCIA PENAL, SOLO ES UN REPORTE

RES. SBS N° 5389-2013 RES. SBS N° 5167-2016

CAPACITACIÓN EN MATERIA DE SPLAFT

No capacitar a los nuevos trabajadores en lasnormas sobre prevención del lavado de activosy del financiamiento del terrorismo dentro delplazo establecido

01 UIT

No tener constancia de haber informado a losnuevos trabajadores sobre los alcances delsistema de prevención del LA/FT dentro delplazo establecido

01 UIT

No ejecutar durante el año calendario elprograma de capacitación, en materia deprevención del lavado de activos y delfinanciamiento del terrorismo que correspondeal sujeto obligado

03 UIT

No tener las constancias de capacitación en lainformación correspondiente a cada director,trabajador y oficial de cumplimiento deacuerdo con sus funciones

03 UIT

No contar con el programa de capacitación, enmateria de prevención del lavado de activos ydel financiamiento del terrorismo

05 UITNo haber brindado la capacitación a losdirectores, trabajadores y al oficial decumplimiento de acuerdo a sus funciones

03 UIT

No haber brindado la capacitación a losdirectores, trabajadores y oficial decumplimiento de acuerdo a los requerimientosmínimos de capacitación previstos en lanormativa vigente

02 UIT

INFRACCIONES Y SANCIONES

RES. SBS N° 5389-2013 RES. SBS N° 5167-2016

OBSERVACIONES Y REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN

No subsanar las observaciones o implementar lasrecomendaciones realizadas por la DGJCMTdentro del plazo otorgado

06 UIT

No implementar las recomendaciones realizadaspor la DGJCMT, con relación al sistema deprevención del LA/FT del sujeto obligado, dentrodel plazo otorgado para tal efecto

04 UIT

No entregar dentro del plazo establecido lainformación solicitada por la DGJCMT

10 UITNo entregar dentro del plazo establecido, lainformación solicitada por la DGJCMT y/o a laSuperintendencia a través de la UIF-Perú

04 UIT

No brindar a la DGJCMT las facilidades necesariaspara el inicio y/o desarrollo de las visitas desupervisión o de cualquier otro procedimiento decontrol u obstaculizar tales acciones

20 UIT

No brindar a la DGJCMT y/o a la UIF-Perú de ser elcaso, las facilidades necesarias para el inicio y/odesarrollo de las visitas de supervisión del sistemade prevención del LA/FT, u obstaculizar talesacciones

07 UIT

INFRACCIONES Y SANCIONES

RES. SBS N° 5389-2013 RES. SBS N° 5167-2016

AUDITORÍAS EN MATERIA DE LA/FT

No contar con un Plan Anual de Trabajo deAuditoría de acuerdo con la normativa vigente

10 UIT

No contar con el informe de evaluación desistema de prevención del LA/FT elaborado por elauditor interno o por la persona designada Por elSO según lo dispuesto en la normativa vigente

04 UIT

No subsanar las observaciones o implementar lasrecomendaciones realizadas por el AuditorInterno o Externo, de ser el caso

12 UIT

No contar con el informe de evaluación delsistema de prevención del LA/FT elaborado poruna sociedad de auditoría externa o por unequipo auditor, distintos a los que emiten elinforme anual de estados financieros

04 UIT

No tomar acciones oportunas respecto de lasobservaciones y/o recomendaciones realizadascon relación al sistema de prevención del LA/FT,por la auditoría interna o externa, cuandocorresponda

06 UIT

INFRACCIONES Y SANCIONES

RES. SBS N° 5389-2013 RES. SBS N° 5167-2016

REGISTRO DE OPERACIONES Y REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS

No incluir en el Registro de Operaciones lainformación mínima establecida en el Anexo 2 dela Directiva 001-2009-MINCETUR/DM

06 UITNo registrar las operaciones materia del RO, de acuerdo a lo exigido en la normativa vigente

07 UIT

No registrar las operaciones a que se refiere elNumeral 12.1 del artículo 12° de la Directiva 001-2009-MINCETUR/DM el Registro de Operaciones

08 UIT No contar con copia de seguridad del RO 04 UIT

Incumplir los procedimientos establecidos en elManual para la prevención del lavado de activos ydel financiamiento del terrorismo respecto alregistro de operaciones inusuales o sospechosas

10 UIT No conservar el RO por 5 años 05 UIT

No poner a disposición y/o remitir el Registro deOperaciones a la DGJCMT o la UIF-Perú, cuandoéstas lo requieran

10 UITNo enviar el RO de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente, cuando sea requerido

05 UIT

No contar con copia de seguridad del Registro deOperaciones

12 UIT

No aplicar los procedimientos establecidos en el manual para la prevención y gestión de los riesgos del LA/FT respecto al RO o detección de operaciones inusuales o sospechosas

06 UIT

INFRACCIONES Y SANCIONES

RES. SBS N° 5389-2013 RES. SBS N° 5167-2016

REGISTRO DE OPERACIONES Y REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS

No conservar el Registro de Operaciones por cinco(05) años

12 UIT

No dejar constancia documental del análisis yevaluaciones realizadas, para la calificación de lasoperaciones, de acuerdo a la normativa sobreprevención del LA/FT y/o que en la constanciadocumental no conste el motivo por el cual no fuecalificada una operación inusual como sospechosa

07 UIT

No reportar a la UIF-Perú las operacionessospechosas realizadas o que hayan intentadorealizarse dentro de los treinta (30) días dedetectadas

15 UIT

No conservar por el plazo de cinco (5) años lasoperaciones calificadas como inusuales y susustento documental del análisis y evaluaciones,conforme al “Diseño de identificación deoperaciones inusuales“.

06 UIT

Eliminar o modificar operaciones del Registro deOperaciones

20 UIT

No reportar a la UIF-Perú las operacionessospechosas realizadas o que hayan intentadorealizar, dentro del plazo de quince (15) días hábilesde detectadas

07 UIT

No contar con Registro de Operaciones 20 UIT

No incluir en los reportes de operacionessospechosas remitidos a la UIF-Perú, la informaciónmínima establecida y/o la documentación adjuntarespectiva y/o complementaria

05 UIT

No utilizar el sistema ROSEL y la plantilla respectivapara remitir a la UIF-Perú el ROS y/o ladocumentación adjunta o complementaria

07 UIT

INFRACCIONES Y SANCIONES

RES. SBS N° 5389-2013 RES. SBS N° 5167-2016

MANUAL Y CÓDIGO DE CONDUCTA

No hacer de conocimiento de los trabajadores el Código de Conducta para la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo

10 UITNo contar con un manual para la prevención y gestión de los riesgos del LA/FT, debidamente aprobado por el organo correspondiente.

04 UIT

Incumplir las disposiciones establecidas en el Código de Conducta para la prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo

10 UITNo contar con un código de conducta para la prevención del LA/FT, debidamente aprobado por el órgano correspondiente

04 UIT

No contar con un Código de Conducta para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo

15 UIT

No dejar constancia de poner en conocimiento de los trabajadores y oficial de cumplimiento el manual para la prevención y gestión de los riesgos LA/FT a través de la declaración jurada de recepción y conocimiento de aquel o por la constancia que establezca el sujeto obligado

04 UIT

No contar con un Manual para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo

20 UIT

No dejar constancia de haber puesto en conocimiento de los trabajadores, oficial de cumplimiento y directores el de ser el caso el código de conducta para la prevención del LA/FT a través de la declaración jurada de recepción y conocimiento de aquel o por la constancia que establezca el sujeto obligado

04 UIT

No contar con un manual para la prevención y gestión de los riesgos del LA/FT, que cumpla con los requisitos y condiciones exigidas por la normativa vigente.

04 UIT

No contar con un código de conducta para la prevención del LA/FT, que cumpla con lo exigido por la normativa vigente .

04 UIT

Incumplir las disposiciones establecidas en el manual para la prevención y gestión de los riesgos del LA/FT y/o código de conducta para la prevención del LA/FT.

05 UIT

INFRACCIONES Y SANCIONES

RES. SBS N° 5389-2013 RES. SBS N° 5167-2016

OFICIAL DE CUMPLIMIENTO

No comunicar a la DGJCMT y/o a la UIF-Perú la designación del Oficial de Cumplimiento dentro del plazo establecido por la normativa vigente

10 UITNo comunicar a la DGJCMT y a la UIF-Perú la designación del oficial de cumplimiento dentro del plazo establecido por la normativa vigente.

05 UIT

No comunicar a la DGJCMT y/o a la UIF-Perú, el cambio, reemplazo o la remoción del Oficial de Cumplimiento dentro del plazo establecido por la normativa vigente

10 UIT

No comunicar a la DGJCMT y a la UIF-Perú, el reemplazo o la remoción del oficial de cumplimiento dentro del plazo establecido por la normativa vigente.

05 UIT

No permitir que el Oficial de Cumplimiento se desempeñe a dedicación exclusiva, según corresponda

15 UIT

No permitir que el oficial de cumplimiento se desempeñe a dedicación exclusiva, cuando corresponda, en el ejercicio de sus responsabilidades y funciones.

06 UIT

No brindar al Oficial de Cumplimiento las condiciones para desempeñar sus funciones con absoluta autonomía e independencia

15 UIT

No proveer al oficial de cumplimiento de los recursos e infraestructura necesarios para el adecuado cumplimiento de sus responsabilidades y funciones.

06 UIT

INFRACCIONES Y SANCIONES

RES. SBS N° 5389-2013 RES. SBS N° 5167-2016

OFICIAL DE CUMPLIMIENTO

Mantener el cargo de Oficial de Cumplimientoen situación de vacancia por más de treinta (30)días calendario desde la fecha en que seprodujo

15 UITNo brindar al oficial de cumplimiento lascondiciones para desempeñar sus funcionescon absoluta autonomía e independencia.

06 UIT

No mantener la identidad del Oficial deCumplimiento en confidencialidad.

20 UIT

Mantener el cargo de oficial de cumplimiento ensituación de vacancia por más de treinta (30)días calendario desde la fecha en que seprodujo.

05 UIT

No contar con un Oficial de cumplimiento. 15 UITNo mantener la confidencialidad de la identidaddel oficial de cumplimiento, conforme a lanormativa vigente.

07 UIT

No contar con un oficial de cumplimiento 07 UIT

No conservar la información relacionada con elsistema de prevención del LA/FT y aquella quesustente el cumplimiento de las disposicionesestablecidas en la normativa vigente por unplazo no menor de cinco (5) años

05 UIT

INFRACCIONES Y SANCIONES

RES. SBS N° 5389-2013 RES. SBS N° 5167-2016

INFORME DEL OFICIAL DE CUMPLIMIENTONo remitir a la DGJCMT el Informe Semestralelaborado por el Oficial de Cumplimiento dentrodel plazo establecido en las normas vigentes

15 UITNo presentar a la DGJCMT y a la UIF-Perú elinforme anual del oficial de cumplimiento dentrodel plazo establecido en la normativa vigente.

05 UIT

No cumplir con presentar el informe anual deloficial de cumplimiento de acuerdo con elcontenido mínimo establecido en la normativavigente.

06 UIT

Presentar el informe anual del oficial decumplimiento con información inexacta.

07 UIT

REGISTRO DE GANADORES DE PREMIOS

No poner a disposición y/o remitir el Registro deGanadores de Premios a la DGJCMT y/o a la UIF-Perú.

10 UITNo poner a disposición y/o no remitir el registrode ganadores de premios a la DGJCMT y/o a laUIF-Perú

07 UIT

Eliminar o excluir del Registro de Ganadores dePremios a algún cliente ganador

15 UITEliminar o excluir del registro de ganadores depremios a algún cliente ganador

07 UIT

No contar con el Registro de Ganadores dePremios

15 UIT

No contar con el registro de ganadores de premiosen medio electrónico y/o no mantenerloactualizado y/o no conservarlo por el plazoprevisto en la normativa vigente

07 UIT

INFRACCIONES Y SANCIONES

RES. SBS N° 5389-2013 RES. SBS N° 5167-2016

DEBER DE RESERVA

Transgredir el deber de reserva, poniendo en conocimiento de cualquier persona, entidad u organismo, bajo cualquier medio o modalidad, el hecho de que alguna información haya sido solicitada por la UIF-Perú o haya sido proporcionada a ésta

30 UIT

Transgredir el deber de reserva establecido por el marco legal vigente, poniendo en conocimiento de cualquier persona, entidad u organismo, bajo cualquier medio o modalidad, el hecho de que alguna información haya sido solicitada por la UIF-Perú o haya sido proporcionado a ésta

08 UIT

CONOCIMIENTO DE DIRECTORES Y TRABAJADORES

No tener la documentación e información mínima personal de cada director, trabajador y oficial de cumplimiento, de acuerdo a lo señalado en la normativa vigente

02 UIT

INFRACCIONES Y SANCIONES

INFRACCIONES Y SANCIONES

CONOCIMIENTO DEL CLIENTE

No realizar las mínimas acciones de control y debida diligencia respecto del conocimiento del cliente según lo dispuesto en la normativa vigente

05 UIT

No realizar las medidas de control adicional que correspondan al régimen reforzado, según lo dispuesto en la normativa vigente

06 UIT

RES. SBS N° 5389-2013 RES. SBS N° 5167-2016

EVALUACIÓN DE RIESGOS DEL LA/FT

No elaborar un informe de evaluación de riesgos del LA/FT que contenga la información exigida y siempre que el sujeto obligado se encuentre en alguno de los supuestos previstos, de acuerdo con la normativa vigente

07 UIT

No revisar y/o actualizar cada 2 años, los aspectos contenidos en el informe de evaluación de riesgos del LA/FT

04 UIT

No poner a disposición de la DGJCMT y la UIF-Perú, el informe de evaluación de riesgos del LA/FT o la revisión y/o acutalizadión que corresponda

07 UIT

INFRACCIONES Y SANCIONES

INFRACCIONES Y SANCIONES

RESOLUCIONES DEL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS

Incumplir con la obligación de revisarpermanentemente la publicación de las listasque realiza la SBS en su página web, de laspersonas o entidades designadas por el CSNU deconformidad con la Resolución 1267 (1999),1718 (2006) y 2231 (2015 ) y las resolucionesque la sucedan y no contrastar estas con susregistros de operaciones y base de datos de susclientes, usuarios y proveedores, de ser el caso, aefectos de identificar cualquier tipo de fondo uotros activos o cualquier operación que involucrea las personas o entidades designadas por elCSNU

04 UIT

RES. SBS N° 5389-2013 RES. SBS N° 5167-2016

GRUPO ECONÓMICO

No desarrollar políticas y procedimientoscorporativos, a nivel de grupo económico, enmateria de gestión de riesgos y prevención delLA/FT

06 UIT

No desarrollar políticas y procedimientos paraintercambiar información dentro del grupoeconómico para propósitos de prevención delLA/FT y/o no establecer las salvaguardasadecuadas sobre la confidencialidad y el uso de lainformación intercambiada entre los integrantesdel grupo económico

04 UIT

No contar con programas de capacitación enmateria de prevención del LA/FT

05 UIT

INFRACCIONES Y SANCIONES

VICEMINISTERIO DE TURISMO

DIRECCIÓN GENERAL DE JUEGOS DE CASINO Y MÁQUINAS TRAGAMONEDAS

PÁGINA WEB: http://www.mincetur.gob.pe/turismo/DGJCMT/index.htm

CORREO PARA DENUNCIAS: [email protected]

CORREO PARA SP/FT [email protected] [email protected]

CORREO CONSULTAS: [email protected]

CORREO ADUANAS: [email protected]

TELÉFONOS: (511) 513-6100 anexos (9000) (9002) (9017)

DGJCMT