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AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Diario de Sesiones núm. 55, de fecha 28.05.14. Página 1 de 274 PRESIDENTE D. Juan José Cardona González CONCEJALES ASISTENTES GRUPO MUNICIPAL POPULAR D. Ángel Luis Sabroso Ramírez D.ª María Isabel García Bolta D.ª María del Carmen Guerra Guerra D. Pablo Barbero Sierra D. Martín Luciano Muñoz García-Borbolla D. Agustín Manuel Gutiérrez Márquez D. Jaime Romero Cerdá D.ª María del Pino Marrero Domínguez D.ª Adelina González Muñoz D.ª Rosa Faustina Viera Fernández D. Carlos Antonio Ester Sánchez D.ª María del Mar Amador Montesdeoca D. Cristian Santana Hernández D. Óscar Mata Izquierdo D.ª Carolina León Martínez GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA D.ª Isabel Mena Alonso D. Fernando Navarro Cardoso D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. Alfonso Campoamor Fernández D.ª M.ª del Carmen Vargas Palmés D. Mauricio Aurelio Roque González D.ª Lucía M.ª Sebastiana Ruiz Saavedra D. Aridany Romero Vega D.ª M.ª del Carmen Romero Espino GRUPO MIXTO D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo D. Pedro Quevedo Iturbe D. José Eduardo Ramírez Hermoso D. David Hatchuell Hatchuell VICEINTERVENTORA D.ª Paloma Goig Alique SECRETARIA GENERAL DEL PLENO D.ª Ana María Echeandía Mota ************ Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho de mayo de dos mil catorce. A las nueve horas y diecisiete minutos, se reúne en las Casas Consistoriales el Ayuntamiento Pleno para celebrar una sesión ordinaria. El señor PRESIDENTE, previa comprobación del quorum de asistencia necesario de miembros de la Corporación para la válida constitución del Pleno, declaró abierta la sesión, tras lo cual se procedió al despacho de los asuntos habidos en el orden del día de la convocatoria, que se relacionan a continuación: Código Seguro de verificación:JdhdHtxI2tJIu/7WQm4avw==. Permite la verificación de la integridad de una copia de este documento electrónico en la dirección: http://sedeelectronica.laspalmasgc.es/valDoc?csv= Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. FIRMADO POR Juan Jose Cardona Gonzalez FECHA 12/02/2015 ANA MARIA ECHEANDIA MOTA ID. FIRMA afirma.redsara.es JdhdHtxI2tJIu/7WQm4avw== PÁGINA 1/274 JdhdHtxI2tJIu/7WQm4avw==

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AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Diario de Sesiones núm. 55, de fecha 28.05.14.

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PRESIDENTE

D. Juan José Cardona González CONCEJALES ASISTENTES

GRUPO MUNICIPAL POPULAR D. Ángel Luis Sabroso Ramírez D.ª María Isabel García Bolta D.ª María del Carmen Guerra Guerra D. Pablo Barbero Sierra D. Martín Luciano Muñoz García-Borbolla D. Agustín Manuel Gutiérrez Márquez D. Jaime Romero Cerdá D.ª María del Pino Marrero Domínguez D.ª Adelina González Muñoz D.ª Rosa Faustina Viera Fernández D. Carlos Antonio Ester Sánchez D.ª María del Mar Amador Montesdeoca D. Cristian Santana Hernández D. Óscar Mata Izquierdo D.ª Carolina León Martínez GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA D.ª Isabel Mena Alonso D. Fernando Navarro Cardoso D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. Alfonso Campoamor Fernández D.ª M.ª del Carmen Vargas Palmés D. Mauricio Aurelio Roque González D.ª Lucía M.ª Sebastiana Ruiz Saavedra D. Aridany Romero Vega D.ª M.ª del Carmen Romero Espino GRUPO MIXTO D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo D. Pedro Quevedo Iturbe D. José Eduardo Ramírez Hermoso D. David Hatchuell Hatchuell VICEINTERVENTORA D.ª Paloma Goig Alique SECRETARIA GENERAL DEL PLENO

D.ª Ana María Echeandía Mota

************

Las Palmas de Gran Canaria, a veintiocho de mayo de dos mil catorce.

A las nueve horas y diecisiete

minutos, se reúne en las Casas Consistoriales el Ayuntamiento Pleno para celebrar una sesión ordinaria.

El señor PRESIDENTE, previa comprobación del quorum de asistencia necesario de miembros de la Corporación para la válida constitución del Pleno, declaró abierta la sesión, tras lo cual se procedió al despacho de los asuntos habidos en el orden del día de la convocatoria, que se relacionan a continuación:

Código Seguro de verificación:JdhdHtxI2tJIu/7WQm4avw==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: http://sedeelectronica.laspalmasgc.es/valDoc?csv=

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ORDEN DEL DÍA

A) PARTE RESOLUTORIA ALCALDÍA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO Y SUS COMISIONES 1 (P.

08/14) Acta de la sesión plenaria de fecha 30.04.14 (ordinaria).

ALCALDÍA 2 (P.

08/14) Toma de razón de comunicación de la Delegación del Gobierno en Canarias del cese del señor Abdellah Takhmi, como vicecónsul de Marruecos en Las Palmas de Gran Canaria.

3 (P. 08/14)

Toma de razón de comunicación de la Delegación del Gobierno en Canarias del nombramiento del señor César Fernando Plazas Barrera, como cónsul en el Consulado de Colombia en Las Palmas de Gran Canaria.

4 (P. 08/14)

Toma de razón de comunicación de la Delegación del Gobierno en Canarias del fallecimiento del señor Pedro Alfonso Yúfera Heras, cónsul honorario de Brasil en Las Palmas de Gran Canaria, el 29 de marzo de 2014.

EXPEDIENTE GENERAL DE LA CORPORACIÓN 5 (P.

08/14) Resolución del alcalde número 15458, de 30 de abril de 2014, por la que se acuerda la corrección de error material detectado en el Decreto del alcalde número 14898/2014, de 23 de abril, de revocación del nombramiento y nueva designación de vocal en representación del Grupo Municipal Mixto, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta.

6 (P. 08/14)

Decreto del alcalde número 17819, de 19 de mayo de 2014, de revocación y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Municipal Popular, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta.

ÁREA DE GOBIERNO DE MOVILIDAD CIUDADANA Y MEDIOAMBIENTE AGENCIA LOCAL GESTORA DE LA ENERGÍA 7 (P.

08/14) Toma de razón y ejecución del auto

dictado en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 81/2014, respecto del acuerdo de aprobación del Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2014, aprobado definitivamente el 27 de diciembre de 2013.

8 (P. 08/14)

Toma de razón y ejecución del auto dictado en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 81/2014, respecto del acuerdo de aprobación de la Plantilla de la Agencia Local Gestora de la Energía de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2014, aprobada definitivamente el 27 de diciembre de 2013.

ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y AGUAS SERVICIO DE URBANISMO 9 (P.

08/14) Aprobación definitiva de la 2.ª Modificación del Plan Especial de Ordenación del Área SG-P “Puerto de Las Palmas” (anterior OAS-04 y OAS-05).

ÁREA DE GOBIERNO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES CONCEJALÍA DELEGADA DE DEPORTES INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES 10 (P.

08/14) Toma de razón y ejecución del auto dictado en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P79/2014, respecto del acuerdo de aprobación de la Plantilla del Instituto Municipal de Deportes para el ejercicio 2014, aprobada definitivamente el 27 de diciembre de 2013.

11 (P. 08/14)

Toma de razón y ejecución del auto dictado en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del

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Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P79/2014, respecto del acuerdo de aprobación del Presupuesto.

ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN ÓRGANO DE GESTIÓN TRIBUTARIA 12 (P.

08/14) Bonificación en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

ÓRGANO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA 13 (P.

08/14) Aprobación inicial del Expediente de Modificación de Créditos número P2014/06, en el Presupuesto de 2014, mediante Concesión de Créditos Extraordinarios.

INTERVENCIÓN GENERAL 14 (P.

08/14) Toma de razón del cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 7/2012, de 9 de marzo.

ÓRGANO DE GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA 15 (P.

08/14) Toma de razón del estado de ejecución presupuestaria a 31 de marzo de 2014.

16 (P. 08/14)

Dar cuenta de la Liquidación del Presupuesto del Instituto Municipal de Deportes del ejercicio 2013, aprobada por resolución del concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, número 10627, de 19 de marzo de 2014.

17 (P. 08/14)

Dar cuenta de la Liquidación del Presupuesto del Instituto Municipal para el Empleo y la Formación del ejercicio 2013, aprobada por resolución del concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, número 11821, de 25 de marzo de 2014.

18 (P. 08/14)

Dar cuenta de la Liquidación del Presupuesto de la Agencia Local Gestora de la Energía del ejercicio 2013, aprobada por resolución del concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, número 12990, de 7 de abril de 2014.

19 (P.

08/14) Dar cuenta de la Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria del ejercicio 2013, aprobada por resolución del concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, número 16166, de 6 de mayo de 2014.

ÁREA DE GOBIERNO DE EMPLEO, BIENESTAR SOCIAL E IGUALDAD INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL EMPLEO Y LA FORMACIÓN 20 (P.

08/14) Toma de razón y ejecución del auto dictado en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P80/2014, respecto del acuerdo de aprobación de la Plantilla del Instituto Municipal para el Empleo y la Formación para el ejercicio 2014, aprobada definitivamente el 27 de diciembre de 2013.

21 (P. 08/14)

Toma de razón y ejecución del auto dictado en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P80/2014, respecto del acuerdo de aprobación del Presupuesto.

SECCIÓN DE DESARROLLO LOCAL Y CONSUMO 22 (P.

08/14) Aprobación definitiva de las tarifas año 2013 del mercado mayorista de frutas y hortalizas y otras actividades en la unidad alimentaria de MERCALASPALMAS.

CONCEJALÍA DELEGADA DE ASUNTOS SOCIALES UNIDAD TÉCNICA DE SERVICIOS GENERALES Y COMUNITARIOS 23 (P.

08/14) Autorización para la formalización de un convenio de colaboración entre Cabildo de Gran Canaria y el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para la gestión de ayudas de emergencia social durante el año 2014.

PROPOSICIONES Y MOCIONES FORMULADAS CON CARÁCTER PREVIO A LA CONVOCATORIA DE LA SESIÓN

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24 (P. 08/14)

Moción formulada por el Grupo Mixto, a propuesta de los señores concejales de Compromiso por Gran Canaria, integrados en el mismo, por la que se solicita la autorización de vehículos con tarjeta de movilidad reducida a circular por carretera en caso de aceras demasiado estrechas, así como por carriles habilitados para bus y taxi (R. E. S. Gral. núm. 563)

25 (P. 08/14)

Moción formulada por el Grupo Mixto, a propuesta de los señores concejales de Compromiso por Gran Canaria, integrados en el mismo, por la que exige al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria que se mejore el contenido y desarrollo del PEMULPA, dadas las carencias encontradas (R. E. S. Gral. núm. 568)

26 (P. 08/14)

Moción formulada por el Grupo Municipal Socialista referente a la declaración de Las Palmas de Gran Canaria como ciudad libre de fracking (R. E. S. Gral. núm. 583)

27 (P. 08/14)

Moción formulada por el Grupo Municipal Socialista sobre la recuperación del Plan Integral de Empleo de Canarias (PIEC) (R. E. S. Gral. núm. 584)

28 (P. 08/14)

Moción formulada por el Grupo Municipal Socialista relativa a destinar el Palacete Rodríguez Quegles a espacio cultural (R. E. S. Gral. núm. 585)

29 (P. 08/14)

Moción formulada por el Grupo Mixto, a propuesta de los señores concejales de Nueva Canarias, integrados en el mismo, sobre peatonalización de calles en Las Palmas de Gran Canaria (R. E. S. Gral. núm. 611)

ASUNTOS DE URGENCIA ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y AGUAS SERVICIO DE URBANISMO 30 (P.

08/14) Suscripción y aprobación del Convenio por este ayuntamiento con el Excmo. Cabildo de Gran

Canaria para la ejecución del proyecto denominado “Parque Deportivo del Estadio Insular”.

ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN ÓRGANO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA 31 (P.

08/14) Aprobación inicial del Expediente de Modificación de Créditos número P2014/07, en el Presupuesto de 2014, mediante Concesión de Créditos Extraordinarios.

32 (P. 08/14)

Aprobación inicial del Expediente de Modificación de Créditos número P2014/09, en el Presupuesto de 2014, mediante Concesión de Créditos Extraordinarios.

33 (P. 08/14)

Aprobación inicial de la modificación parcial de las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria de 2014.

B) PARTE DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL 1 (P.

08/14) Dar cuenta de los acuerdos adoptados por los siguientes órganos: Alcaldía: Decretos y resoluciones de la Alcaldía del número 14899 al 18396, emitidos del 24 de abril al 22 de mayo de 2014, respectivamente. Junta de Gobierno Local: Sesiones números 14, 15 y 16, de fechas 10.04.14, 24.04.14 y 08.05.14, respectivamente. Comisiones de Pleno:

• Comisión de Pleno de Organización, Funcionamiento y Régimen General, sesión número 6, de fecha 15.04.14.

• Comisión Especial de Pleno de Sugerencias y Reclamaciones, sesión núm. 2, de fecha 11.03.14.

• Comisión de Pleno de Desarrollo Sostenible, sesión número 4, de fecha 15.04.14.

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• Comisión Especial de Pleno de Coordinación con otras Administraciones Públicas, sesión núm. 2, de fecha 12.03.14.

• Comisión de Pleno de Políticas de Igualdad, sesión número 4, de fecha 16.04.14.

• Comisión de Pleno de Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas, sesión número 8 de fecha 23.04.14.

Juntas Municipales de Distrito: Sin asuntos. Organismos autónomos: Instituto Municipal de Deportes Decretos y resoluciones del presidente y del gerente del número 115 al 142, emitidos del 7 de marzo al 5 de mayo de 2014, respectivamente. Actas Actas de la Junta Rectora del IMD, sesiones números 3 y 4, de fechas 14.03.14 y 19.03.14, respectivamente. Instituto Municipal para el Empleo y la Formación Decretos y resoluciones del presidente y del gerente del número 152 al 222, emitidos del 17 de marzo al 28 de abril de 2014, respectivamente. Actas Actas del Consejo Rector, sesiones números 2 y 3, de fechas 11.03.14 y 24.03.14, respectivamente. Agencia Local Gestora de la Energía Decretos y resoluciones del presidente y del gerente del número 7 al 9 del 12/05/14 al 13/05/14, respectivamente. Actas Sin asuntos.

2 (P. 08/14)

Comparecencias

• Solicitudes de comparecencia formuladas por

escrito (con anterioridad a la elaboración del orden del día).

• Solicitudes de comparecencia formuladas directamente en la sesión.

3 (P.

08/14) Ruegos y preguntas 3.1.- Ruegos 3.1.1.- Ruegos de formulación escrita presentados con anterioridad a la elaboración del orden del día. 3.1.2.- Ruegos de formulación escrita presentados con 24 horas de antelación al Pleno. 3.1.3.- Ruegos de formulación oral. 3.1.4.- Ruegos de formulación oral formulados en sesiones anteriores:

Sesión 30.04.14 Grupo Mixto - Colocación de la placa en conmemoración a los fusilados en San Lorenzo.

Grupo Municipal Socialista Formulado a la señora concejala delegada de Asuntos Sociales (Viera Fernández): - Que se haga con el documento de Directrices, tema de personal, unidad técnica, familia e infancia porque en el ítem 11 se recoge la retirada de efectuar las PCI a las familias que peor lo están pasando en el municipio.

3.2.- Preguntas 3.2.1.- Preguntas de formulación escrita presentadas con anterioridad a la elaboración del orden del día.

Grupo Mixto - Plan de Empleo Re-Activa (R. E. S. Gral. núm. 549) - Aparición de residuos contaminantes en La Cícer (R. E. S. Gral. núm. 550) - Reparto de alimentos (R. E. S. Gral. núm. 551) - Subestación de UNELCO (R. E.

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S. Gral. núm. 552) Grupo Municipal Socialista - Motivo por el que no se ha puesto en marcha por la nueva concesionaria el servicio de alquiler de bicicletas (R. E. S. Gral. núm. 586) - Estudios técnicos realizados para comprobar la viabilidad del carril reversible en la GC-1 (R. E. S. Gral. núm. 587) - Obras de acondicionamiento del túnel de Julio Luengo (R. E. S. Gral. núm. 588) - Conexión del colector interceptor del EDAR de Barranco Seco (R. E. S. Gral. núm. 589) - Obras previstas para la disminución de los olores provenientes del EDAR de Barranco Seco (R. E. S. Gral. núm. 590) - Presupuesto previsto para las obras necesarias para alcanzar el objetivo de “vertidos cero” (R. E. S. Gral. núm. 591) - Obras a ejecutar para alcanzar el objetivo de “vertidos cero” (R. E. S. Gral. núm. 592) - Obras de ajardinamiento del solar del Tívoli (R. E. S. Gral. núm. 593) - Criterio seguido para seleccionar las calles del municipio que entran en el “Plan de Asfaltado” (R. E. S. Gral. núm. 594) - Criterios para elegir las calles en las que se realizan rebajes en las aceras (R. E. S. Gral. núm. 595) - Presupuesto total destinado a la celebración de las Fiestas Fundacionales (R. E. S. Gral. núm. 596) - Actividades realizadas en el primer trimestre del año por la Concejalía de Juventud (R. E. S. Gral. núm. 597) - Realización de las obras necesarias para la creación de un club de actividades náuticas en el edificio de “Aguas de San Roque” (R. E. S. Gral. núm. 598)

- Utilización de las boyas instaladas en La Laja y El Confital (R. E. S. Gral. núm. 599) - Previsión para la ejecución del proyecto de arrecife artificial (R. E. S. Gral. núm. 600)

3.2.2.- Preguntas de formulación escrita presentadas con 24 horas de antelación al Pleno.

3.2.3.- Preguntas de formulación oral. 3.2.4.- Preguntas de formulación escrita formuladas en sesiones anteriores:

Sesión 30.04.14 Grupo Mixto

- Calle Luis Morote (R. E. S. Gral. núm. 458)

3.2.5.- Preguntas de formulación oral formuladas en sesiones anteriores:

Sesión 30.03.14 Grupo Municipal Socialista

Formulada al señor concejal delegado de Limpieza (Mata Izquierdo):

- ¿Cuál es el importe que ha pagado el Servicio Municipal de Limpieza, o las empresas concesionarias de los servicios que prestan en Limpieza, para las entrevistas al señor alcalde en fines de semana?

ORDEN DEL DÍA

A) PARTE RESOLUTORIA ALCALDÍA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO Y SUS COMISIONES 1.- ACTA DE LA SESIÓN PLENARIA DE FECHA 30.04.14 (ORDINARIA)

Es aprobada.

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VOTACIÓN Número de votantes: 29 Presentes: 29 Escrutinio: es aprobada por asentimiento unánime de los corporativos presentes.

ALCALDÍA 2.- TOMA DE RAZÓN DE COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS DEL CESE DEL SEÑOR ABDELLAH TAKHMI, COMO VICECÓNSUL DE MARRUECOS EN LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

El Pleno toma razón. «La Subdirección General de Cancillería

del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación comunica a esta Delegación del Gobierno lo siguiente:

“Comunica a V. E. para su conocimiento

y efectos oportunos que, con fecha 8 de abril de 2014, el señor Abdellah Takhmi cesó como vicecónsul de Marruecos en Las Palmas de Gran Canaria”».

3.- TOMA DE RAZÓN DE COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS DEL NOMBRAMIENTO DEL SEÑOR CÉSAR FERNANDO PLAZAS BARRERA, COMO CÓNSUL EN EL CONSULADO DE COLOMBIA EN LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

El Pleno toma razón. «La Subdirección General de Cancillería

del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, en escrito 13426 de fecha 25/04/2014, comunica a esta Delegación del Gobierno lo siguiente:

“Cúmpleme informar a V. E. para su conocimiento y efectos oportunos, que con fecha 25 de abril de 2014, se ha aceptado el nombramiento del señor César Fernando Plazas Barrera, como cónsul en el Consulado de Colombia en Las Palmas de Gran Canarias”».

4.- TOMA DE RAZÓN DE COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS DEL FALLECIMIENTO DEL SEÑOR PEDRO ALFONSO YÚFERA HERAS, CÓNSUL HONORARIO DE BRASIL EN LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, EL 29 DE MARZO DE 2014

El Pleno toma razón. «La Subdirección General de Cancillería

del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación comunica a esta Delegación del Gobierno lo siguiente:

“Cúmpleme informar a V. E. para su

conocimiento y efectos oportunos que, según comunica la Embajada de la República Federativa de Brasil, el señor Pedro Alfonso Yúfera Heras, cónsul honorario de Brasil en Las Palmas de Gran Canaria, ha fallecido el 29 de marzo de 2014”».

DEBATE. Intervenciones:

El señor PRESIDENTE: Sí, a mí me gustaría, además de tomar razón de esta comunicación que nos hace llegar la Delegación del Gobierno, expresar en nombre de la Corporación nuestro pesar por el fallecimiento de Pedro Alfonso, que durante muchísimos años fue cónsul honorario de Brasil en Las Palmas de Gran Canaria. Todos lo recordamos por su tradicional corbata pajarita y su elegancia extrema y cordialidad en todo momento, y

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la verdad es que su fallecimiento ha causado un hondo pesar en todo el cuerpo consular y en todas las personas que lo conocimos. Por lo tanto, si les parece bien, hacemos llegar a sus familiares y al propio Consulado nuestro pesar por el fallecimiento de Pedro Alfonso Yúfera Heras.

Sí, señora Barrios. La señora BARRIOS CURBELO

(viceportavoz del G. Mixto): Hola, muy buenos días a todos. Para ratificar las palabras del alcalde. El señor Yúfera siempre estuvo presente en todos los actos que hizo el Ayuntamiento, que organizaban las diferentes instituciones. Estuvo muy integrado en nuestra sociedad. Casó y tuvo hijos con una familia canaria, y siempre él se sintió canario y siempre estuvo muy preocupado por todas nuestras cosas. Por tanto, comparto totalmente ese pesar y creo que a la familia le debemos trasladar desde el Ayuntamiento, desde luego, nuestro recuerdo perenne, porque el señor Yúfera fue siempre un gran defensor de nuestra ciudad, de nuestra isla y de nuestras islas.

El señor PRESIDENTE: Gracias. La señora

Mena también pide la palabra. La señora MENA ALONSO (portavoz del G.

M. Socialista): Muchas gracias, señor alcalde. Desde el Grupo Socialista también queremos sumarnos a estas condolencias, porque efectivamente, tal y como ha dicho usted como presidente de este pleno, y la señora Barrios, don Pedro fue siempre una persona entregada a la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria y todas las corporaciones que hemos pasado por aquí hemos podido contar siempre con su profundo entusiasmo y su participación activa en cada una de las actividades que se impulsaban desde el Ayuntamiento. Su presencia en todos los actos que tuvieran

que ver con la ciudad era continua y, efectivamente, siendo un gran embajador de su tierra, un profundo defensor de su cultura y su país ―faltaría más―, también lo fue siempre de la nuestra, de esta ciudad, de nuestra cultura, de nuestras tradiciones y de todo aquello en lo que él considerara que podía aportar su granito de arena y tener una participación activa.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señora Mena, gracias por sus palabras. Creo que, recogiendo el sentir de todos, haremos llegar una comunicación, una certificación de este acuerdo, expresando de manera suficiente el sentimiento de pesar que ha causado su fallecimiento a la Corporación y estoy convencido de que a todos aquellos ciudadanos que lo conocieron.

EXPEDIENTE GENERAL DE LA CORPORACIÓN

5.- RESOLUCIÓN DEL ALCALDE NÚMERO 15458, DE 30 DE ABRIL DE 2014, POR LA QUE SE ACUERDA LA CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL DETECTADO EN EL DECRETO DEL ALCALDE NÚMERO 14898/2014, DE 23 DE ABRIL, DE REVOCACIÓN DEL NOMBRAMIENTO Y NUEVA DESIGNACIÓN DE VOCAL EN REPRESENTACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL MIXTO, EN LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO CIUDAD ALTA

El Pleno toma razón. “El día 23.04.2014, se dictó el Decreto

del alcalde número 14898/2014, de revocación del nombramiento y nueva designación de vocal en representación del Grupo Municipal Mixto en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta.

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Advertido error material consistente en la denominación incorrecta del grupo municipal en cuya representación se producía la revocación del nombramiento y designación del nuevo vocal.

Considerando que se ha verificado la realidad del error mencionado y que las Administraciones Públicas pueden, en cualquier momento, rectificar, de oficio y a petición de los interesados, los errores materiales, aritméticos o de hecho que padezcan sus actos.

Vistos los antecedentes mencionados y el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por todo ello, en uso de las competencias que me confiere la normativa vigente.

RESUELVO: PRIMERO.- En el Decreto número

14898/2014, de 23 de abril, por el que se determina la revocación de nombramiento y nueva designación de vocal en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta, en representación del Grupo Municipal Mixto,

Donde dice: “Decreto del alcalde de revocación y

nueva designación de vocal, en representación del Grupo Municipal Popular, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta”

Debe decir: “Decreto del alcalde de revocación y

nueva designación de vocal, en representación del Grupo Municipal Mixto, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta”

SEGUNDO.- Notifíquese la corrección del error a los interesados.

TERCERO.- La publicación del presente

decreto en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con los artículos 14, ROGA, y 44, ROF, y su publicación en la página web, dando cuenta del mismo al Pleno en la primera sesión que este celebre”.

6.- DECRETO DEL ALCALDE NÚMERO 17819, DE 19 DE MAYO DE 2014, DE REVOCACIÓN Y NUEVA DESIGNACIÓN DE VOCAL, EN REPRESENTACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR, EN LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO CIUDAD ALTA

El Pleno toma razón. “1.- ANTECEDENTES

- Reglamento Orgánico de Distritos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, acuerdos plenarios de 9 de noviembre de 2004 (BOP número 162-Anexo, de 31.12.04) y 26 de febrero de 2010 (BOP núm. 75, de 9.06.10).

- Decreto número 17935/2011, de 19 de julio, del alcalde de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, por el que se designa a los vocales de las Juntas Municipales de Distrito.

- Decreto del alcalde número 22203/2011, de 22 de septiembre, por el que se designan nuevos vocales en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta por el Grupo Municipal Popular.

- Decreto del alcalde número 13468/2012, de 26 de junio, de revocación y nueva designación de vocales, en representación del Grupo Municipal Socialista, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta.

- Decreto del alcalde número 14389/2012, de 9 de julio, de revocación y nueva

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designación de vocal, en representación del Grupo Municipal Popular, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta.

- Decreto del alcalde número 14503/2012, de 11 de julio, de revocación y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Municipal Popular, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta.

- Decreto del alcalde número 19089/2012, de 13 de septiembre, de revocación y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Municipal Popular, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta.

- Decreto del alcalde número 28617/2012, de 17 de diciembre, de revocación y nueva designación de vocales, en representación del Grupo Municipal Popular, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta.

- Decreto del alcalde número 29543/2012, de 22 de diciembre, de revocación y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Municipal Socialista, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta.

- Decreto del alcalde número 11898/2013, de 18 de abril, de revocación y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Municipal Mixto, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta, nombramiento que no pudo efectivizarse por negarse el vocal designado a recibir la notificación y presentar la renuncia a dicho nombramiento, según escrito presentado en esta Secretaría General del Pleno por la portavoz del Grupo Municipal Mixto el día 23 de abril de 2013 y número 477 de Registro Departamental de Entrada en esta Secretaría General del Pleno.

- Decreto del alcalde número 14503/2013, de 8 de mayo, de revocación de nombramiento y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Municipal Mixto, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta.

- Decreto del alcalde número 27861/2013, de 16 de septiembre, de revocación y nueva designación de vocal, en representación del Grupo Municipal Popular, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta.

- Decreto del alcalde número 34754/2013, de 15 de noviembre, de revocación y nueva designación de vocales, en representación del Grupo Municipal Socialista, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta.

- Decreto del alcalde número 14898/2014, de 23 de abril, de revocación y nueva designación de vocales, en representación del Grupo Municipal Popular, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta.

- Resolución del alcalde número 15458/2014, de 30 de abril, por la que se acuerda la corrección de error material detectado en el Decreto del alcalde número 14898/2014, de 23 de abril, de revocación del nombramiento y nueva designación de vocal en representación del Grupo Municipal Mixto, en la Junta Municipal de Distrito de Ciudad Alta.

- Propuesta del Grupo Municipal Popular, de revocación de nombramiento y nueva designación de vocal en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta, de fecha 19.05.2014 y número 604 de Registro Departamental de Entrada en esta Secretaría General del Pleno.

2.- FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

Vistos los artículos, - 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.

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- 139.1 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF).

- 19.2, 3, 4, 5, 20, 21.1.b), 21.3 del Reglamento Orgánico de los Distritos de Las Palmas de Gran Canaria (ROD). En virtud de las atribuciones legalmente

establecidas, DECRETO PRIMERO.- La revocación del

nombramiento de vocal a favor de don

Antonio Guerrero Murillo, en representación del Grupo Municipal Popular, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta.

SEGUNDO.- La designación como nuevo

vocal, por el Grupo Municipal Popular, en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta, de don Francisco Andrés Gutiérrez González en sustitución de don Antonio Guerrero Murillo, quedando establecida, como sigue, la representación en la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta:

TERCERO.- Notificación y publicación.

Dese cuenta del presente decreto al Pleno en la primera sesión que este celebre, dejando constancia de lo actuado en el Expediente General de la Corporación, notifíquese al portavoz del Grupo Municipal Popular, a los vocales designado y cesado, al presidente de la Junta Municipal de Distrito

Ciudad Alta, así como al director de la Junta de Distrito para su constancia.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y comuníquese a la página web municipal.

CUARTO.- Régimen de recursos. Contra

el citado acto expreso, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer en el

Distrito Ciudad Alta

Presidente: D. Óscar Mata Izquierdo

Vicepresidenta: D.ª Rosa Faustina Viera Fernández

Vocales:

Por el Grupo Municipal Popular Vocales (8)

D.ª Pino Nieves Rodríguez

D.ª Margarita Cáceres Pérez

D. Francisco Andrés Gutiérrez González

D. Sergio Martín López

D. Luis Ignacio Molla Moltó

D. José Antonio Alonso Sosa

D. José Lorenzo Correa Suárez

D.ª Ana Coral Pérez García

Por el Grupo Municipal Socialista Vocales (5)

D.ª Betsaida González Rodríguez

D. Marcos Ventura Armas

D.ª Marta Saavedra Domenech

D. Míchel Agustín Naranjo Vega

D. Raúl Ruiz Santamaría

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plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, en concordancia con el artículo 109, c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

No obstante, con carácter potestativo y previo al recurso contencioso-administrativo, señalado en el párrafo anterior, contra la resolución expresa que se le notifica, podrá usted interponer RECURSO DE REPOSICIÓN, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de UN MES que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso potestativo de reposición será UN MES, según el artículo 117.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; transcurrido dicho plazo, producido el silencio administrativo negativo, puede interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de SEIS MESES, computados desde el día siguiente en el que el recurso de reposición potestativo debe

entenderse presuntamente desestimado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos”.

ÁREA DE GOBIERNO DE MOVILIDAD CIUDADANA Y MEDIOAMBIENTE

AGENCIA LOCAL GESTORA DE LA ENERGÍA

7.- TOMA DE RAZÓN Y EJECUCIÓN DEL AUTO DICTADO EN LA PIEZA DE MEDIDAS CAUTELARES DE LA SECCIÓN PRIMERA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS, EN EL PROCEDIMIENTO NÚM. 81/2014, RESPECTO DEL ACUERDO DE APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PARA EL EJERCICIO 2014, APROBADO DEFINITIVAMENTE EL 27 DE DICIEMBRE DE 2013

Se adopta el siguiente acuerdo: “I.- ANTECEDENTES 1.- Con fecha 27 de septiembre de 2012,

se aprueba mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (en adelante, PORH), publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas (en adelante, BOP) n.º 133, de fecha 19 de octubre de 2012.

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2.- Con fecha 5 de diciembre de 2012, se aprueban, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad, los Criterios Generales sobre la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, publicándose dicho acuerdo en el BOP n.º 22, de fecha 15 de febrero de 2013.

3.- Con fecha 19 de diciembre de 2013,

se aprueba, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad, la Relación de Puestos de Trabajo de la Agencia Local Gestora de la Energía de Las Palmas de Gran Canaria (en adelante, RPT), así como otros documentos complementarios de dicha RPT, que han entrado en vigor el 1 de enero de 2014. La publicación en el BOP de la RPT se efectúa con fecha 20 de diciembre de 2013.

4.- Con fecha 23 de diciembre de 2013,

la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, adopta la medida cautelarísima, sin audiencia de la Administración, de suspensión de la conversión del vínculo jurídico de laboral indefinido a funcionario interino en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

5.- Con fecha 27 de diciembre de 2013,

se aprueba definitivamente la plantilla de personal de la Agencia Local Gestora de la Energía de Las Palmas de Gran Canaria (en adelante, ALGE), que ha cobrado vigencia el 1 de enero de 2014.

6.- Con fecha 2 de enero de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, confirma la medida adoptada en fecha 23 de diciembre de 2013, de suspensión de la conversión del

vínculo jurídico de laboral indefinido a funcionario interino.

7.- Con fecha 27 de diciembre de 2013,

la Administración presenta escrito de alegaciones contra el Auto de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de fecha 23 de diciembre de 2013.

8.- Con fecha 2 de enero de 2014, la

Dirección General de Recursos Humanos y Seguridad emite resolución por la que se realiza la adscripción provisional del personal municipal a puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

9.- Con fecha 2 de enero de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, auto por el que “se acuerda mantener la medida adoptada en auto de 23 de diciembre de 2013”.

10.- Con fecha 13 de enero de 2014, la

Dirección General de Recursos Humanos y Seguridad emite resolución por la que se deja sin efecto la Resolución del director general de Recursos Humanos y Seguridad número 154, de fecha 2 de enero de 2014, por la que se realiza la adscripción provisional del personal municipal a puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria; igualmente se informa a la Sala sobre la extensión de la medida a los organismos autónomos.

11.- Con fecha 14 de enero de 2014, el

gerente de la ALGE emite varias resoluciones por las que se realiza la adscripción provisional de los empleados públicos cuya relación de servicio sea laboral indefinido no fijo a puestos de

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trabajo destinados a funcionarios en la Relación de Puestos de Trabajo de la ALGE, expresando en su dispositivo segundo que:

“En cumplimiento del auto de 23 de diciembre de 2013, confirmada por Auto de 2 de enero de 2014, que contiene la medida cautelar dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el procedimiento núm. 440/2013, las adscripciones provisionales a los puestos de trabajo de la RPT se realizarán bajo la relación de servicio (funcionaria o laboral) existente a 31 de diciembre de 2013”.

12.- Con fecha 7 de marzo de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, auto por el que se acuerda:

“Estimar la solicitud de CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE Y DE FUNCIONARIOS (CSI.F), INTERSINDICAL CANARIA y UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES, suspender el Presupuesto General del Ayuntamiento y la Plantilla de Personal de Las Palmas de Gran Canaria, en cuanto omite toda referencia a la suspensión de la RPT, y requerimos para que se dé cumplimiento a lo dispuesto en los autos de 23 de diciembre de 2013 y 2 de enero de 2014, respecto a la conversión automática del vínculo jurídico de laboral indefinido en funcionario interino, con los apercibimientos del artículo 112 de la LJ”.

13.- Con fecha 7 de abril de 2014,

notificado el día 5 de mayo, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 81/2014, emite un auto por el que se acuerda:

“Suspender la RPT del ALGE

(Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria), en aquellos puestos en que se ha producido la conversión de la plaza

ocupada por personal laboral indefinido en funcionario interino. Requiérase al ayuntamiento para que aporte en el plazo de 15 días la identificación de la relación de empleados afectados y puestos que ocupan; (…)”.

14.- Con fecha 1 de abril de 2014,

mediante acuerdo plenario se toma razón y ejecución de los autos dictados en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P440/2013, respecto del acuerdo de aprobación de la Plantilla del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2014, aprobada definitivamente el 27 de diciembre de 2013; y se toma razón y ejecución de los autos dictados en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P440/2013, respecto del acuerdo de aprobación del Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2014, aprobado definitivamente el 27 de diciembre de 2013.

15.- Con fecha 9 de mayo de 2014, el gerente de la ALGE dicta Resolución sobre cumplimiento del Auto de 7 de abril de 2014, de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 81/2014.

II.- NORMATIVA APLICABLE • Ley 7/2007, de 12 de abril, del

Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante EBEP).

• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

• Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

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Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

• Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

• Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

• Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

• Convenio colectivo general del personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

III.- CONSIDERACIONES JURÍDICAS 1.- La medida cautelar dictada en el

Auto de fecha 23 de diciembre de 2013, mantenida por otro auto, de fecha 2 de enero de 2014, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, suspendió provisionalmente el procedimiento de conversión del vínculo jurídico del personal laboral indefinido que desarrolla funciones propias de personal funcionario a la condición de funcionario interino en aquellos casos que estaban programados, con fecha de entrada en vigor de 1 de enero de 2014.

2.- En cumplimiento de dicho mandato,

con fecha 14 de enero de 2014, el gerente de la ALGE resolvió la adscripción provisional de los empleados públicos cuya relación de servicio sea laboral, temporal o indefinido no fijo, a puestos de trabajo destinados a funcionarios en la Relación de Puestos de Trabajo de la ALGE, expresando claramente que las adscripciones provisionales se realizaban en la relación de

servicio laboral existente a 31 de diciembre de 2013.

3.- El Auto de 7 de marzo de 2014, de la

misma Sala y procedimiento, aclara los mandatos, contenidos en los autos previos, sobre el alcance de la medida cautelar adoptada, en la manera expresada en el antecedente decimoquinto de este informe.

4.- Determinar el alcance de la medida

cautelar no ha sido una tarea sencilla para los servicios municipales. De esa manera, la Dirección General de Recursos Humanos solicitó informe, con fecha 10 de enero de 2014 y carácter de urgencia, a la Dirección General de la Asesoría Jurídica bajo los siguientes argumentos:

“Única.- A pesar de la claridad de la medida cautelar acordada (la suspensión de “la conversión del vínculo jurídico del laboral indefinido a funcionario interino de manera automática que se ha producido con ocasión de la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo”), que se corresponde congruentemente con lo solicitado y con lo acordado en el primer momento, existe disonancia entre lo resuelto y algunas otras afirmaciones contenidas en los Fundamentos de Derecho del auto de 2 de enero de 2014. (…)

Es decir, podría parecer que, en el Auto de referencia, se suspende la vigencia de la RPT, de manera total o parcial (que es una medida no solicitada, por lo que no podría adoptarse) o que se mantienen derechos laborales (lo que correspondería declararlo a otro orden social).

Vista la medida cautelar acordada en dicho auto, que es confirmatoria con la inicial y coincide con la solicitada, conforme prevé el art. 135 de la LJCA, la argumentación no estaría limitándose al pronunciamiento dispositivo, conforme exige el art. 209 de la LEC, sino que parece ampliar la medida a otros aspectos no

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solicitados o que no son competencia del órgano judicial, al utilizarse el término genérico de condiciones laborales.

Por todo ello, se interesa informe, por el trámite de urgencia, de esa Asesoría Jurídica sobre el Auto de 2 de enero de 2014, en la pieza separada del procedimiento ordinario 440/13, determinando si:

• el alcance de la medida adoptada, conforme al art. 135 de la LJCA está limitada a lo solicitado por los demandantes, es decir, exclusivamente, la suspensión cautelar del cambio automático de vínculo de laboral indefinido a funcionario interino de los 639 empleados municipales afectados por dicha medida

• si la misma se extiende, en contra de lo previsto en el precitado artículo, a otros aspectos no solicitados por los demandantes, como las retribuciones aplicables a los mismos 639 afectados, o la suspensión misma de la RPT para el resto de empleados municipales, como se podría interpretar, bajo una lectura interesada y parcial, de algunas afirmaciones no incluidas en la parte dispositiva pero presentes en el resto del Auto”.

Dicha solicitud de informe tuvo

respuesta, con fecha 14 de enero de 2014, expresando en su conclusión lo siguiente:

“En aplicación de este principio, el de congruencia, los efectos de los autos, de cuyo alcance se solicita informe a esta Asesoría Jurídica, deben circunscribirse a lo establecido en la parte dispositiva del auto de 23 de diciembre de 2013, que se confirma en el dictado el día 2 de enero de 2014, que determinan únicamente la suspensión del cambio de vínculo de personal laboral indefinido a funcionario interino, sin que haga otros pronunciamientos que requieran interpretación o determinar su alcance”.

Pues bien, a la vista del contenido del Auto de fecha 9 de abril de 2014 dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 79/2014, es necesario, al igual que se hizo tras los autos dictados por la misma Sala en el procedimiento núm. 440/2013, analizar cuáles deben ser los pasos a seguir por la ALGE para el cumplimiento inmediato de dicho auto. Para ello debemos analizar brevemente lo actuado hasta ahora y que ha sido calificado como un cumplimiento deficiente de los autos dictados, así como el resumen de lo que se estima procedente, visto el Auto de fecha 9 de abril de 2014:

• En cuanto al cambio de vínculo, debía producirse por el siguiente itinerario: por medio de resolución, se efectuaba adscripción de un empleado público (con vínculo laboral temporal o indefinido no fijo) a un puesto de trabajo de la RPT reservado a funcionario (dadas las funciones realizadas por el mismo), con plazo para su toma de posesión como funcionario interino, toma de posesión con nombramiento interino (y pérdida de la condición de personal laboral) e inicio de su prestación de servicios bajo este vínculo. Las retribuciones del empleado son las establecidas para el puesto de trabajo asignado por medio de la valoración técnica efectuada.

• A la vista de los autos de fecha 23 de diciembre de 2013, confirmado por el Auto de 2 de enero de 2014, dictados en el procedimiento núm. 440/2013, el proceso realizado fue el siguiente: por medio de resolución se realiza la adscripción de un empleado público con vínculo laboral temporal o indefinido no fijo a un puesto de trabajo de la RPT reservado a funcionario (dadas las funciones realizadas por el mismo), pero manteniendo expresamente su condición de personal

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laboral. Las retribuciones del empleado son las establecidas para el puesto de trabajo asignado por medio de la valoración técnica efectuada. De esta manera, los empleados mantenían su vínculo inicial (el laboral) pero recibían las retribuciones propias del puesto de RPT al que resultaban adscritos. En la mayoría de los casos, estas retribuciones son superiores (por medio de la valoración efectuada) a las previas a la entrada en vigor de la RPT.

• A la vista del Auto de 7 de abril de 2014 dictado en el procedimiento núm. 81/2014, se entiende que el proceso debe ser el siguiente: por medio de resolución, se suspende la adscripción ya efectuada de un empleado público (con vínculo laboral temporal o indefinido no fijo) a un puesto de trabajo de la RPT, y se retorna a la situación del empleado a las condiciones inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la RPT de la ALGE. De esta manera, los empleados también mantienen su vínculo inicial (el laboral) pero perciben las retribuciones previas a la entrada en vigor de la RPT. En la mayoría de los casos, estas retribuciones son inferiores a la del puesto de adscripción correspondiente a la RPT.

5.- De esa manera, los efectos sobre las

resoluciones de adscripción provisional a puestos de la RPT de la ALGE de estos empleados ahora son muy claros. El Auto de 7 de abril de 2014, en su punto segundo, indica textualmente lo siguiente:

“(…) La Doctrina de la Sala expuesta en los citados autos (haciendo referencia a los autos dictados en el procedimiento núm. 440/2013) y cuya aplicación invoca la parte recurrente es aplicable por razones de igualdad, seguridad y unidad de la doctrina, sin que sea preciso reproducir los argumentos al ser conocidos por ambas partes. Queremos únicamente puntualizar que al igual que ha sucedido en la citada pieza, mientras dure el recurso no puede entrar en vigor la RPT, en aquellos puestos

que está previsto que personal laboral ocupe plaza de funcionario interino y, por tanto, los funcionarios afectados deben continuar con las mismas condiciones que tenían en su relación anterior a la aprobación de la RPT”.

Para el cumplimiento de dicho mandato, deben quedar sin efecto, durante el período en el que se mantenga la vigencia de la medida cautelar adoptada, las resoluciones del gerente de la ALGE por las que se efectuó la adscripción provisional de empleados públicos cuya relación de servicio sea la de laboral indefinido no fijo a puestos de trabajo de la RPT destinados a funcionarios.

Y, finalmente, para los empleados municipales afectados por la medida cautelar, la RPT de la ALGE no ha entrado en vigor, recuperando la situación inmediatamente anterior a la aprobación de dicho instrumento ordenador, tanto en el vínculo (aspecto ya cumplido en las resoluciones de 14 de enero de 2014) como en el resto de condiciones organizativas y económicas preexistentes. En definitiva, mantiene la totalidad de las condiciones existentes en su relación laboral a fecha previa a la entrada en vigor de la RPT de la ALGE, es decir, a fecha 31 de diciembre de 2013.

6.- Igualmente, se ordena la remisión al

TSJC de “…la identificación de la relación de empleados afectados y de los puestos de la RPT que ocupan en el ALGE”.

Esta relación, en la que incluiremos los

costes brutos de cada puesto de trabajo (según RPT) y de cada plaza (en los valores inmediatamente anteriores a la aprobación de la RPT), se adjunta al presente informe, bajo la denominación de Anexo. A este Anexo nos referiremos reiteradamente más tarde, en la parte dispositiva.

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7.- Deben determinarse los efectos del Auto de 7 de abril de 2014 sobre el acuerdo plenario de 27 de diciembre de 2013, que aprobó definitivamente, para el ejercicio 2014, la Plantilla del Personal Funcionario, Laboral, Eventual y Directivo de la ALGE.

El cumplimiento del Auto de 7 de abril

de 2014 se entiende efectuado con la toma de razón de dicha resolución judicial por el Pleno municipal, en su próxima sesión, y de la reconversión, mientras dure la vigencia de la medida cautelar adoptada por el TSJC, de las plazas correspondientes a los empleados públicos con relación de servicio de laboral indefinido no fijo a los que se pretendía modificar el vínculo a personal funcionario interino.

Esas plazas, asignadas a los titulares que

quedan identificados en el Anexo, pasarán nuevamente, con carácter provisional, a la situación previa a la entrada en vigor de la RPT, y del presupuesto y plantilla para 2014, recuperando su naturaleza laboral y dando soporte a los empleados públicos que mantienen el vínculo laboral por mandato judicial.

En resumen, las repercusiones del Auto

de 7 de abril de 2014 en la plantilla municipal consistirán en contemplar, de manera provisional, un número de plazas de personal laboral equivalente al número de empleados de la ALGE cuya conversión de vínculo se ha suspendido, dado que las plazas incluidas en la plantilla carecen de identificación nominal alguna. Por ello, únicamente debe incrementarse la plantilla de personal laboral y, en el mismo número, reducirse la plantilla de personal funcionario.

8.- Finalmente, han de concretarse los

efectos del Auto de 7 de abril de 2014, sobre el acuerdo plenario de 27 de diciembre de 2013, que aprobó

definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio 2014.

Sus repercusiones directas son casi

inexistentes. Ello se explica porque el sistema presupuestario público es mucho más flexible de lo que podría deducirse de una primera impresión. Para explicarlo, nos atendremos a la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, y también a las bases de ejecución presupuestarias para 2014.

El presupuesto municipal de gastos se

segrega, en su clasificación económica, en diferentes apartados, llamados capítulos. El capítulo con el que se sufragan los gastos de personal es el conocido capítulo I (Gastos de Personal). Ese capítulo se subdivide sucesivamente en artículos, conceptos y subconceptos. Para la explicación, solamente llegaremos al nivel desagregado de artículos (seis), que van identificados desde el 10 al 16.

Con el artículo 10, se abonan las

nóminas de los órganos de gobierno y del personal directivo, con el artículo 11 las del personal eventual, con el artículo 12 el gasto de personal funcionario, con el artículo 13 el del personal laboral, con el artículo 14 gastos de otro tipo de personal, con el artículo 15 los incentivos al personal de cualquier tipo y, finalmente, con el artículo 16, se abonan las cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador. Aunque pueda parecer que estas divisiones son estancas, el sistema no funciona realmente así.

La posibilidad de utilizar todos estos

artículos como si fueran una caja única para cualquier gasto (la llamada “bolsa de vinculación”) viene dada por el nivel de vinculación jurídica, como indican los artículos 27, 28 y 29 del Real Decreto

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500/1990, que remite la definición de ese nivel a las bases de ejecución aprobadas anualmente junto con el presupuesto.

Y, en esas bases de ejecución

presupuestaria, el nivel de vinculación jurídica del capítulo I es a nivel de capítulo (base 8.ª), es decir, la bolsa engloba la totalidad de créditos del capítulo, independientemente del artículo en el que se hayan consignado, con una única excepción que luego explicaremos (la aplicación 121.01, referida al complemento de destino del personal funcionario).

De esta forma, aunque la consignación

presupuestaria inicial se haya efectuado situando todos los créditos en cualquiera de los capítulos (por ejemplo, todos en el artículo 12, que abona las nóminas del personal eventual), se pueden atender con esos créditos los gastos de cualquier otro artículo (por ejemplo, las nóminas del personal laboral).

Por ello, la suspensión del cambio de

vínculo de laboral a funcionario de estos empleados de la ALGE y, por ello, la prolongación de su situación en régimen laboral es inocua a efectos presupuestarios. De hecho, las nóminas de enero, febrero, marzo y abril se han tramitado sin problema alguno gracias a esta herramienta presupuestaria que se ha dado en llamar “bolsa de vinculación”, que permite atender el gasto de cualquier artículo incluido en la bolsa, con los créditos consignados en cualquiera de los otros artículos vinculados a dicha bolsa.

Para ampliar todavía más dicho efecto,

solo cabría abrir a la bolsa de vinculación del capítulo I el precitado subconcepto 121.01 (único que está vinculado a ese nivel de desagregación, es decir, “cerrado”, conforme a la base 8.ª, apartados 3.c, 4.c y 10, que se adjunta al presente informe) o,

más sencillamente, transferir parte de su crédito a cualquier otro subconcepto que se encuentre vinculado a nivel de capítulo, es decir, cualquier otro del capítulo.

Por último, a efectos presupuestarios,

queda señalar las consecuencias de la medida cautelar sobre el anexo de personal. El anexo de personal, conforme el art. 18.1.c del Real Decreto 500/1990, es un documento que se agrega al presupuesto, que relaciona y valora económicamente el coste individual de todos los puestos de trabajo. Por ello, su configuración es casi idéntica a la de una RPT, añadiéndose en la prevista para 2014 una columna final en la que se consigna el coste bruto anual de ese puesto, sin definición nominativa alguna. La función del anexo de personal es acreditar que los créditos para personal incluidos en el Presupuesto se corresponden con la previsión del coste económico que suponen la totalidad de puestos de trabajo. Por ello, a efectos meramente complementarios, se estima oportuno dar cuenta al Pleno de la medida cautelar a los efectos de la adaptación del anexo de personal, que ahora contemplará las plazas de personal laboral temporal/indefinido no fijo, conforme lo indicado en el documento adjunto que denominamos Anexo, mientras tenga efectos la medida cautelar dictada por el TSJC con fecha 7 de abril de 2014.

Por todo lo anteriormente expuesto, y en los términos propuestos por el concejal de gobierno del Área de Movilidad Ciudadana y Medioambiente, con el Informe favorable de la Comisión de Pleno de Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas, en sesión de fecha de 21 de mayo de 2014, el Pleno ACUERDA:

PRIMERO.- Toma de razón y ejecución

del auto dictado en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala

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de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 81/2014, respecto del acuerdo de aprobación del Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas Gran Canaria para el ejercicio 2014, aprobado definitivamente el 27 de diciembre de 2013.

SEGUNDO.- En consecuencia a lo

acordado en el apartado primero, adaptar el capítulo I y Anexo de Personal del Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio de 2014, en los términos señalados en los Anexos I y II de este acuerdo.

TERCERO.- Autorizar al concejal del Área de Gobierno de Hacienda, Patrimonio y Contratación para que realice cuantas actuaciones sean necesarias para adecuar el Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio de 2014 en los aspectos en que se vea afectado por la ejecución de la medida cautelar dictada por el TSJC debiendo dar cuenta de las mismas al Pleno.

CUARTO.- Practicar las publicaciones

que procedan”.

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DEBATE. Intervenciones:

El señor PRESIDENTE: Sí, Sra. Mena. La señora MENA ALONSO (portavoz del G.

M. Socialista): Muchas gracias, señor alcalde, buenos días de nuevo a todos y a todas. Desde luego, en este pleno, como viene siendo la tónica habitual desde que llegó al Gobierno su grupo, vamos a tomar razón, no solamente en este punto, sino hasta en dos puntos más, precisamente afectando al Instituto Municipal de Deportes y al Instituto Municipal de Empleo y Formación, además de la Agencia Local de la Energía, de nuevos autos que llegan a esta casa, a este ayuntamiento, tumbando la política de Personal que siguen empeñados en llevar a cabo. Lo vamos a seguir diciendo en cada pleno y en cada comisión, porque en algún momento, después de la cantidad de autos que llegan a este ayuntamiento, ustedes tendrán que plantearse que la situación que se está viviendo se tiene que corregir de alguna manera, porque seguirán llegando autos, y seguirán llegando sentencias, porque, como ustedes mismos han manifestado, han actuado al margen de la legalidad. Ustedes lo reconocen, hicieron una relación de puestos de trabajo partiendo de una base que era ilegal, que era cambiar el vínculo de los trabajadores. Esta relación de puestos de trabajo solamente ha servido para crear inestabilidad, para bajarles los sueldos a los trabajadores y para acabar con derechos adquiridos por los mismos. Es la tónica habitual del Partido Popular, lo que ha hecho desde el Gobierno de España, bajar sueldos y acabar con los derechos laborales, pero se tiene que actuar dentro de la legalidad. Y no es el primero, ni el segundo, ni el tercer pleno, ni el último, por desgracia, en el que esta corporación tendrá que tomar razón de las consecuencias de los actos que ustedes

cometen, y además seguirán cometiendo, porque se niegan a rectificar una y otra vez.

Es insostenible la situación de la política de Personal que ustedes llevan a cabo, y como creemos que hay que ser responsable desde el Partido Socialista, lo vamos a seguir diciendo una y otra vez hasta que ustedes rectifiquen, hasta que se acabe la situación de inestabilidad de la plantilla municipal, hasta que se acabe la angustia que están sufriendo los trabajadores de esta casa, y por supuesto, hasta que se entre por la senda de la legalidad; porque lo primero que tiene que hacer un responsable público es defender la legalidad, y ustedes han actuado al margen de ella, y no solo han actuado al margen de ella, sino que se empeñan en mantenerse fuera de las leyes establecidas que nos hemos dado todos para que las cosas funcionen con normalidad, y sobre todo para garantizar los derechos de los trabajadores en este país, pero también en esta ciudad.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señora Mena. Interviene el portavoz del grupo de gobierno, el señor Sabroso.

El señor SABROSO RAMÍREZ (portavoz del

G. M. Popular): Muchas gracias, señor alcalde, muy buenos días a todos. También como viene siendo habitual, ante la falta de consistencia de alguno de los grupos de la oposición, vuelve a ponerse sobre la mesa una línea de hacer oposición que está absolutamente agotada, tal y como quedó de manifiesto en la pasada sesión plenaria con una moción que no llegó a ningún lado, y se trata de exagerar algo que evidentemente todo el mundo sabe ya que tiene una misma línea de continuidad.

Lo único que se está actualmente tratando en este punto del orden del día es la toma de razón, y los acuerdos que hay que adoptar, para… exactamente en la misma línea de coherencia que ha

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mantenido la Sala con algo muy concreto en el proceso de renovación y de reorganización histórica que está emprendiendo este ayuntamiento en materia de recursos humanos, y es una suspensión cautelar de un aspecto muy concreto en el cambio de vínculo del personal laboral a funcionario interino, que tiene su reflejo en la Plantilla del Ayuntamiento, y que tiene su reflejo también, y es de lo que se da cuenta ahora y para lo que se adoptan los acuerdos necesarios, en los órganos autónomos que dependen del Ayuntamiento (la Agencia Local Gestora de la Energía, el Instituto Municipal de Deportes y el Instituto Municipal de Empleo y Formación). Exactamente lo mismo, la misma línea de coherencia que mantiene la Sala, y que, por supuesto, el Ayuntamiento acata y adopta; toma razón y adopta los acuerdos necesarios, en ese punto muy concreto.

Y se quiere dar la sensación, a falta de argumentos y de línea para hacer oposición, oposición absolutamente escuálida, de que se trata de nuevos procedimientos, de nuevos pronunciamientos, de que otra vez le vuelven a tumbar… Estamos exactamente en lo mismo desde el mes de enero, lo mismo. Hay un personal en esta casa, que se valora, que se quiere, se quiere que se siga en este ayuntamiento con el mismo personal, y estamos buscando la fórmula, hasta que haya jurisprudencia al respecto, y hasta que existan los mecanismos legales al respecto, para que siga estando en esta casa, del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y de los organismos autónomos, que tienen exactamente el mismo tratamiento y la misma consideración para este grupo de gobierno. Sabiendo las dificultades que eso entraña, como desde el principio hemos dicho y hemos reconocido, porque evidentemente son personas que están realizando funciones reservadas a funcionarios siendo

laborales. Y la intención de este grupo de gobierno, como manifiesta y demuestra con el paso de los meses, es que todo el personal siga en la casa, que aquí no se vaya absolutamente nadie, dar estabilidad a los puestos de trabajo y atravesar esta dura crisis económica ―en la que otros nos meUeron― de la mejor manera posible, con las menores turbulencias posibles. Eso que se trata de repetir y tergiversar, y exagerar de forma permanente por parte del mismo grupo de oposición, y por parte de la misma portavoz, al final tiene fecha de caducidad, y hace tiempo que esa fecha de caducidad ya llegó. Gracias, señor alcalde.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

VOTACIÓN Número de votantes: 29 Presentes: 29 Votos a favor: 16 (G. M. Popular) Abstenciones: 13 [9 (G. M. Socialista); 4 (G. Mixto)] Escrutinio: se aprueba por mayoría de los corporativos presentes.

8.- TOMA DE RAZÓN Y EJECUCIÓN DEL AUTO DICTADO EN LA PIEZA DE MEDIDAS CAUTELARES DE LA SECCIÓN PRIMERA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS, EN EL PROCEDIMIENTO NÚM. 81/2014, RESPECTO DEL ACUERDO DE APROBACIÓN DE LA PLANTILLA DE LA AGENCIA LOCAL GESTORA DE LA ENERGÍA DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PARA EL EJERCICIO 2014, APROBADA DEFINITIVAMENTE EL 27 DE DICIEMBRE DE 2013

Se adopta el siguiente acuerdo: “I.- ANTECEDENTES

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1.- Con fecha 27 de septiembre de 2012, se aprueba mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (en adelante, PORH), publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas (en adelante, BOP) n.º 133, de fecha 19 de octubre de 2012.

2.- Con fecha 5 de diciembre de 2012, se

aprueban, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad, los Criterios Generales sobre la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, publicándose dicho acuerdo en el BOP n.º 22, de fecha 15 de febrero de 2013.

3.- Con fecha 19 de diciembre de 2013,

se aprueba, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad, la Relación de Puestos de Trabajo de la Agencia Local Gestora de la Energía de Las Palmas de Gran Canaria (en adelante, RPT), así como otros documentos complementarios de dicha RPT, que han entrado en vigor el 1 de enero de 2014. La publicación en el BOP de la RPT se efectúa con fecha 20 de diciembre de 2013.

4.- Con fecha 23 de diciembre de 2013,

la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, adopta la medida cautelarísima, sin audiencia de la Administración, de suspensión de la conversión del vínculo jurídico de laboral indefinido a funcionario interino en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

5.- Con fecha 27 de diciembre de 2013,

se aprueba definitivamente la plantilla de personal de la Agencia Local Gestora de la Energía de Las Palmas de Gran Canaria (en

adelante, ALGE), que ha cobrado vigencia el 1 de enero de 2014.

6.- Con fecha 2 de enero de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, confirma la medida adoptada en fecha 23 de diciembre de 2013, de suspensión de la conversión del vínculo jurídico de laboral indefinido a funcionario interino.

7.- Con fecha 27 de diciembre de 2013,

la Administración presenta escrito de alegaciones contra el Auto de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de fecha 23 de diciembre de 2013.

8.- Con fecha 2 de enero de 2014, la

Dirección General de Recursos Humanos y Seguridad emite resolución por la que se realiza la adscripción provisional del personal municipal a puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

9.- Con fecha 2 de enero de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, auto por el que “se acuerda mantener la medida adoptada en auto de 23 de diciembre de 2013”.

10.- Con fecha 13 de enero de 2014, la

Dirección General de Recursos Humanos y Seguridad emite resolución por la que se deja sin efecto la Resolución del director general de Recursos Humanos y Seguridad número 154, de fecha 2 de enero de 2014, por la que se realiza la adscripción provisional del personal municipal a puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de

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Las Palmas de Gran Canaria; igualmente se informa a la Sala sobre la extensión de la medida a los organismos autónomos.

11.- Con fecha 14 de enero de 2014, el

gerente de la ALGE emite varias resoluciones por las que se realiza la adscripción provisional de los empleados públicos cuya relación de servicio sea laboral indefinido no fijo a puestos de trabajo destinados a funcionarios en la Relación de Puestos de Trabajo de la ALGE, expresando en su dispositivo segundo que:

“En cumplimiento del Auto de 23 de diciembre de 2013, confirmada por Auto de 2 de enero de 2014, que contiene la medida cautelar dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el procedimiento núm. 440/2013, las adscripciones provisionales a los puestos de trabajo de la RPT se realizarán bajo la relación de servicio (funcionaria o laboral) existente a 31 de diciembre de 2013”. 12.- Con fecha 7 de marzo de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, auto por el que se acuerda:

“Estimar la solicitud de CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE Y DE FUNCIONARIOS (CSI.F), INTERSINDICAL CANARIA y UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES, suspender el Presupuesto General del Ayuntamiento y la Plantilla de Personal de Las Palmas de Gran Canaria, en cuanto omite toda referencia a la suspensión de la RPT, y requerimos para que se dé cumplimiento a lo dispuesto en los autos de 23 de diciembre de 2013 y 2 de enero de 2014, respecto a la conversión automática del vínculo jurídico de laboral indefinido en

funcionario interino, con los apercibimientos del artículo 112 de la LJ”. 13.- Con fecha 7 de abril de 2014,

notificado el día 5 de mayo, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 81/2014, emite un auto por el que se acuerda:

“Suspender la RPT del ALGE (Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria), en aquellos puestos en que se ha producido la conversión de la plaza ocupada por personal laboral indefinido en funcionario interino. Requiérase al ayuntamiento para que aporte en el plazo de 15 días la identificación de la relación de empleados afectados y puestos que ocupan; (…)”. 14.- Con fecha 1 de abril de 2014,

mediante acuerdo plenario se toma razón y ejecución de los autos dictados en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P440/2013, respecto del acuerdo de aprobación de la Plantilla del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2014, aprobada definitivamente el 27 de diciembre de 2013; y se toma razón y ejecución de los autos dictados en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P440/2013, respecto del acuerdo de aprobación del Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2014, aprobado definitivamente el 27 de diciembre de 2013.

15.- Con fecha 9 de mayo de 2014, el

gerente de la ALGE dicta Resolución sobre

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cumplimiento del Auto de 7 de abril de 2014, de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 81/2014.

II.- NORMATIVA APLICABLE • Ley 7/2007, de 12 de abril, del

Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante EBEP).

• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

• Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

• Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

• Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

• Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

• Estatutos del organismo autónomo de la Agencia Local Gestora de la Energía de Las Palmas de Gran Canaria. BOP n.º 142 de 2 de noviembre de 2007.

• Convenio colectivo general del personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

III.- CONSIDERACIONES JURÍDICAS 1.- La medida cautelar dictada en el

Auto de fecha 23 de diciembre de 2013, mantenida por otro auto, de fecha 2 de enero de 2014, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, suspendió

provisionalmente el procedimiento de conversión del vínculo jurídico del personal laboral indefinido que desarrolla funciones propias de personal funcionario a la condición de funcionario interino en aquellos casos que estaban programados, con fecha de entrada en vigor de 1 de enero de 2014.

2.- En cumplimiento de dicho mandato, con fecha 14 de enero de 2014, el gerente de la ALGE resolvió la adscripción provisional de los empleados públicos cuya relación de servicio sea laboral, temporal o indefinido no fijo, a puestos de trabajo destinados a funcionarios en la Relación de Puestos de Trabajo de la ALGE, expresando claramente que las adscripciones provisionales se realizaban en la relación de servicio laboral existente a 31 de diciembre de 2013.

3.- El Auto de 7 de marzo de 2014, de la

misma Sala y procedimiento, aclara los mandatos, contenidos en los autos previos, sobre el alcance de la medida cautelar adoptada, en la manera expresada en el antecedente decimoquinto de este informe.

4.- Determinar el alcance de la medida

cautelar no ha sido una tarea sencilla para los servicios municipales. De esa manera, la Dirección General de Recursos Humanos solicitó informe, con fecha 10 de enero de 2014 y carácter de urgencia, a la Dirección General de la Asesoría Jurídica bajo los siguientes argumentos:

“Única.- A pesar de la claridad de la medida cautelar acordada (la suspensión de “la conversión del vínculo jurídico del laboral indefinido a funcionario interino de manera automática que se ha producido con ocasión de la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo”), que se corresponde congruentemente con lo

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solicitado y con lo acordado en el primer momento, existe disonancia entre lo resuelto y algunas otras afirmaciones contenidas en los Fundamentos de Derecho del auto de 2 de enero de 2014. (…) Es decir, podría parecer que, en el Auto de referencia, se suspende la vigencia de la RPT, de manera total o parcial (que es una medida no solicitada, por lo que no podría adoptarse) o que se mantienen derechos laborales (lo que correspondería declararlo a otro orden social). Vista la medida cautelar acordada en dicho auto, que es confirmatoria con la inicial y coincide con la solicitada, conforme prevé el art. 135 de la LJCA, la argumentación no estaría limitándose al pronunciamiento dispositivo, conforme exige el art. 209 de la LEC, sino que parece ampliar la medida a otros aspectos no solicitados o que no son competencia del órgano judicial, al utilizarse el término genérico de condiciones laborales. Por todo ello, se interesa informe, por el trámite de urgencia, de esa Asesoría Jurídica sobre el Auto de 2 de enero de 2014, en la pieza separada del procedimiento ordinario 440/13, determinando si:

• el alcance de la medida adoptada, conforme al art. 135 de la LJCA está limitada a lo solicitado por los demandantes, es decir, exclusivamente, la suspensión cautelar del cambio automático de vínculo de laboral indefinido a funcionario interino de los 639 empleados municipales afectados por dicha medida

• si la misma se extiende, en contra de lo previsto en el precitado artículo, a otros aspectos no solicitados por los demandantes, como las retribuciones aplicables a los mismos 639 afectados, o

la suspensión misma de la RPT para el resto de empleados municipales, como se podría interpretar, bajo una lectura interesada y parcial, de algunas afirmaciones no incluidas en la parte dispositiva pero presentes en el resto del Auto”. Dicha solicitud de informe tuvo

respuesta, con fecha 14 de enero de 2014, expresando en su conclusión lo siguiente:

“En aplicación de este principio, el de congruencia, los efectos de los autos, de cuyo alcance se solicita informe a esta Asesoría Jurídica, deben circunscribirse a lo establecido en la parte dispositiva del auto de 23 de diciembre de 2013, que se confirma en el dictado el día 2 de enero de 2014, que determinan únicamente la suspensión del cambio de vínculo de personal laboral indefinido a funcionario interino, sin que haga otros pronunciamientos que requieran interpretación o determinar su alcance”. Pues bien, a la vista del contenido del

Auto de fecha 9 de abril de 2014 dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 79/2014, es necesario, al igual que se hizo tras los autos dictados por la misma Sala en el procedimiento núm. 440/2013, analizar cuáles deben ser los pasos a seguir por la ALGE para el cumplimiento inmediato de dicho auto. Para ello debemos analizar brevemente lo actuado hasta ahora y que ha sido calificado como un cumplimiento deficiente de los autos dictados, así como el resumen de lo que se estima procedente, visto el Auto de fecha 9 de abril de 2014:

• En cuanto al cambio de vínculo, debía producirse por el siguiente itinerario: por medio de resolución, se efectuaba adscripción de un empleado público (con

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vínculo laboral temporal o indefinido no fijo) a un puesto de trabajo de la RPT reservado a funcionario (dadas las funciones realizadas por el mismo), con plazo para su toma de posesión como funcionario interino, toma de posesión con nombramiento interino (y pérdida de la condición de personal laboral) e inicio de su prestación de servicios bajo este vínculo. Las retribuciones del empleado son las establecidas para el puesto de trabajo asignado por medio de la valoración técnica efectuada.

• A la vista de los autos de fecha 23 de diciembre de 2013, confirmado por el Auto de 2 de enero de 2014, dictados en el procedimiento núm. 440/2013, el proceso realizado fue el siguiente: por medio de resolución se realiza la adscripción de un empleado público con vínculo laboral temporal o indefinido no fijo a un puesto de trabajo de la RPT reservado a funcionario (dadas las funciones realizadas por el mismo), pero manteniendo expresamente su condición de personal laboral. Las retribuciones del empleado son las establecidas para el puesto de trabajo asignado por medio de la valoración técnica efectuada. De esta manera, los empleados mantenían su vínculo inicial (el laboral) pero recibían las retribuciones propias del puesto de RPT al que resultaban adscritos. En la mayoría de los casos, estas retribuciones son superiores (por medio de la valoración efectuada) a las previas a la entrada en vigor de la RPT.

• A la vista del Auto de 7 de abril de 2014 dictado en el procedimiento núm. 81/2014, se entiende que el proceso debe ser el siguiente: por medio de resolución, se suspende la adscripción ya efectuada de un empleado público (con vínculo laboral temporal o indefinido no fijo) a un puesto de trabajo de la RPT, y se retorna a la situación del empleado a las condiciones inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la RPT de la ALGE. De esta manera,

los empleados también mantienen su vínculo inicial (el laboral) pero perciben las retribuciones previas a la entrada en vigor de la RPT. En la mayoría de los casos, estas retribuciones son inferiores a la del puesto de adscripción correspondiente a la RPT.

5.- De esa manera, los efectos sobre las

resoluciones de adscripción provisional a puestos de la RPT de la ALGE de estos empleados ahora son muy claros. El Auto de 7 de abril de 2014, en su punto segundo, indica textualmente lo siguiente:

“(…) La Doctrina de la Sala expuesta en los citados autos (haciendo referencia a los Autos dictados en el procedimiento núm. 440/2013) y cuya aplicación invoca la parte recurrente es aplicable por razones de igualdad, seguridad y unidad de la doctrina, sin que sea preciso reproducir los argumentos al ser conocidos por ambas partes. Queremos únicamente puntualizar que al igual que ha sucedido en la citada pieza, mientras dure el recurso no puede entrar en vigor la RPT, en aquellos puestos que está previsto que personal laboral ocupe plaza de funcionario interino y, por tanto, los funcionarios afectados deben continuar con las mismas condiciones que tenían en su relación anterior a la aprobación de la RPT”.

Para el cumplimiento de dicho mandato,

deben quedar sin efecto, durante el período en el que se mantenga la vigencia de la medida cautelar adoptada, las resoluciones del gerente de la ALGE por las que se efectuó la adscripción provisional de empleados públicos cuya relación de servicio sea la de laboral indefinido no fijo a puestos de trabajo de la RPT destinados a funcionarios.

Y, finalmente, para los empleados

municipales afectados por la medida cautelar, la RPT de la ALGE no ha entrado en vigor, recuperando la situación

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inmediatamente anterior a la aprobación de dicho instrumento ordenador, tanto en el vínculo (aspecto ya cumplido en las resoluciones de 14 de enero de 2014) como en el resto de condiciones organizativas y económicas preexistentes. En definitiva, mantiene la totalidad de las condiciones existentes en su relación laboral a fecha previa a la entrada en vigor de la RPT de la ALGE, es decir, a fecha 31 de diciembre de 2013.

6.- Igualmente, se ordena la remisión al

TSJC de “…la identificación de la relación de empleados afectados y de los puestos de la RPT que ocupan en el ALGE”.

Esta relación, en la que incluiremos los costes brutos de cada puesto de trabajo (según RPT) y de cada plaza (en los valores inmediatamente anteriores a la aprobación de la RPT), se adjunta al presente informe, bajo la denominación de Anexo. A este Anexo nos referiremos reiteradamente más tarde, en la parte dispositiva.

7.- Deben determinarse los efectos del

Auto de 7 de abril de 2014 sobre el acuerdo plenario de 27 de diciembre de 2013, que aprobó definitivamente, para el ejercicio 2014, la Plantilla del Personal Funcionario, Laboral, Eventual y Directivo de la ALGE.

El cumplimiento del Auto de 7 de abril

de 2014 se entiende efectuado con la toma de razón de dicha resolución judicial por el Pleno municipal, en su próxima sesión, y de la reconversión, mientras dure la vigencia de la medida cautelar adoptada por el TSJC, de las plazas correspondientes a los empleados públicos con relación de servicio de laboral indefinido no fijo a los que se pretendía modificar el vínculo a personal funcionario interino.

Esas plazas, asignadas a los titulares que

quedan identificados en el Anexo, pasarán nuevamente, con carácter provisional, a la

situación previa a la entrada en vigor de la RPT, y del presupuesto y plantilla para 2014, recuperando su naturaleza laboral y dando soporte a los empleados públicos que mantienen el vínculo laboral por mandato judicial.

En resumen, las repercusiones del Auto

de 7 de abril de 2014 en la plantilla municipal consistirán en contemplar, de manera provisional, un número de plazas de personal laboral equivalente al número de empleados de la ALGE cuya conversión de vínculo se ha suspendido, dado que las plazas incluidas en la plantilla carecen de identificación nominal alguna. Por ello, únicamente debe incrementarse la plantilla de personal laboral y, en el mismo número, reducirse la plantilla de personal funcionario.

8.- Finalmente, han de concretarse los

efectos del Auto de 7 de abril de 2014, sobre el acuerdo plenario de 27 de diciembre de 2013, que aprobó definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio 2014.

Sus repercusiones directas son casi

inexistentes. Ello se explica porque el sistema presupuestario público es mucho más flexible de lo que podría deducirse de una primera impresión. Para explicarlo, nos atendremos a la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, y también a las bases de ejecución presupuestarias para 2014.

El presupuesto municipal de gastos se

segrega, en su clasificación económica, en diferentes apartados, llamados capítulos. El capítulo con el que se sufragan los gastos de personal es el conocido capítulo I (Gastos de Personal). Ese capítulo se subdivide sucesivamente en artículos, conceptos y subconceptos. Para la

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explicación, solamente llegaremos al nivel desagregado de artículos (seis), que van identificados desde el 10 al 16.

Con el artículo 10, se abonan las nóminas de los órganos de gobierno y del personal directivo, con el artículo 11 las del personal eventual, con el artículo 12 el gasto de personal funcionario, con el artículo 13 el del personal laboral, con el artículo 14 gastos de otro tipo de personal, con el artículo 15 los incentivos al personal de cualquier tipo y, finalmente, con el artículo 16, se abonan las cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador. Aunque pueda parecer que estas divisiones son estancas, el sistema no funciona realmente así.

La posibilidad de utilizar todos estos

artículos como si fueran una caja única para cualquier gasto (la llamada “bolsa de vinculación”) viene dada por el nivel de vinculación jurídica, como indican los artículos 27, 28 y 29 del Real Decreto 500/1990, que remite la definición de ese nivel a las bases de ejecución aprobadas anualmente junto con el presupuesto.

Y, en esas bases de ejecución

presupuestaria, el nivel de vinculación jurídica del capítulo I es a nivel de capítulo (base 8.ª), es decir, la bolsa engloba la totalidad de créditos del capítulo, independientemente del artículo en el que se hayan consignado, con una única excepción que luego explicaremos (la aplicación 121.01, referida al complemento de destino del personal funcionario).

De esta forma, aunque la consignación

presupuestaria inicial se haya efectuado situando todos los créditos en cualquiera de los capítulos (por ejemplo, todos en el artículo 12, que abona las nóminas del personal eventual), se pueden atender con esos créditos los gastos de cualquier otro

artículo (por ejemplo, las nóminas del personal laboral).

Por ello, la suspensión del cambio de

vínculo de laboral a funcionario de estos empleados de la ALGE y, por ello, la prolongación de su situación en régimen laboral es inocua a efectos presupuestarios. De hecho, las nóminas de enero, febrero, marzo y abril se han tramitado sin problema alguno gracias a esta herramienta presupuestaria que se ha dado en llamar “bolsa de vinculación”, que permite atender el gasto de cualquier artículo incluido en la bolsa, con los créditos consignados en cualquiera de los otros artículos vinculados a dicha bolsa.

Para ampliar todavía más dicho efecto,

solo cabría abrir a la bolsa de vinculación del capítulo I el precitado subconcepto 121.01 (único que está vinculado a ese nivel de desagregación, es decir, “cerrado”, conforme a la base 8.º, apartados 3.c, 4.c y 10, que se adjunta al presente informe) o, más sencillamente, transferir parte de su crédito a cualquier otro subconcepto que se encuentre vinculado a nivel de capítulo, es decir, cualquier otro del capítulo.

Por último, a efectos presupuestarios,

queda señalar las consecuencias de la medida cautelar sobre el anexo de personal. El anexo de personal, conforme el art. 18.1.c del Real Decreto 500/1990, es un documento que se agrega al presupuesto, que relaciona y valora económicamente el coste individual de todos los puestos de trabajo. Por ello, su configuración es casi idéntica a la de una RPT, añadiéndose en la prevista para 2014 una columna final en la que se consigna el coste bruto anual de ese puesto, sin definición nominativa alguna. La función del anexo de personal es acreditar que los créditos para personal incluidos en el Presupuesto se corresponden con la previsión del coste económico que suponen

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la totalidad de puestos de trabajo. Por ello, a efectos meramente complementarios, se estima oportuno dar cuenta al Pleno de la medida cautelar a los efectos de la adaptación del anexo de personal, que ahora contemplará las plazas de personal laboral temporal/indefinido no fijo, conforme lo indicado en el documento adjunto que denominamos Anexo, mientras tenga efectos la medida cautelar dictada por el TSJC con fecha 7 de abril de 2014.

Por todo lo anteriormente expuesto, y en los términos propuestos por el concejal de gobierno del Área de Movilidad Ciudadana y Medioambiente, con el acuerdo favorable de la Junta de Portavoces de fecha de 21 de mayo de 2014, el Pleno ACUERDA:

PRIMERO.- Toma de razón y ejecución

del auto dictado en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 81/2014, respecto del acuerdo de aprobación de la Plantilla de la Agencia Local Gestora de la Energía de Las Palmas Gran Canaria para el ejercicio 2014, aprobada definitivamente el 27 de diciembre de 2013.

SEGUNDO.- Dar cuenta de la variación

de la plantilla municipal, reconvirtiendo el número de plazas de personal funcionario en plazas de personal laboral temporal/indefinido no fijo, conforme lo indicado en el Anexo I.

TERCERO.- Practicar las publicaciones

que procedan”.

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DEBATE. Intervenciones:

El señor PRESIDENTE: Votos a favor… Sí, pero si es para reproducir el mismo argumentario del anterior, creo que este debate lo hemos tenido en reiteradas ocasiones, y por lo tanto, está suficientemente debatido, ¿de acuerdo?

La señora MENA ALONSO (portavoz del G.

M. Socialista): Señor alcalde, primero usted me escucha, porque tenemos derecho a intervenir en todos los puntos del orden del día, en todos, señor alcalde, diciendo lo que consideremos oportuno que hay que decir en cada uno de ellos, simplemente.

El señor PRESIDENTE: Usted me va a

permitir, señora Mena, pero el debate lo modera el presidente, le guste a usted... (La señora MENA ALONSO: Respetando un reglamento, señor alcalde). Yo le ruego que no me interrumpa mientras hablo. Le estoy diciendo que el debate lo modera el presidente, y cuando el presidente, en uso de sus facultades, considera que los temas están suficientemente debatidos… le estoy advirtiendo que si reitera usted el argumentario que ya ha venido utilizando, le estoy sugiriendo, le estoy anunciando, que evidentemente el término de su intervención quedará acortado. En todo caso, me ha solicitado la palabra, en primer lugar, el señor Quevedo, ¿de acuerdo? Señor Quevedo.

El señor QUEVEDO ITURBE (portavoz del

G. Mixto): Gracias, señor presidente, buenos días a todas y a todos. La razón de esta intervención, antes de entrar en un “y tú más” de los habituales, es explicar el voto de Nueva Canarias. Nueva Canarias se abstiene en este tipo de votación, y se va a abstener en todos ellas. Por dos razones: una, porque es la mejor forma de explicar ―aunque no es fácil, si no se tiene la oportunidad, por eso lo estamos

haciendo― que por un lado nos parece que se han hecho las cosas mal, lo hemos denunciado hasta la saciedad, creemos que el grupo de gobierno ha perdido la oportunidad de haberse evitado un lío monumental, que es en el que estamos; y en segundo lugar, porque creemos que es necesario cumplir con los autos del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. De forma que, como de lo que estamos hablando aquí es de que el grupo de gobierno reconoce que tiene que justamente cumplir con el auto, pues entonces nosotros no tenemos más remedio que decir que eso está bien, motivo por el cual, la combinación de “nos parece mal cómo han hecho las cosas” y “nos parece bien que se cumplan los autos” da abstención, que es lo que queríamos explicar. Muchas gracias, señor presidente.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor

Quevedo. Señora Barrios. La señora BARRIOS CURBELO

(viceportavoz del G. Mixto): Desde Compromiso por Gran Canaria, dentro del Grupo Mixto, también queríamos reflejar nuestra opinión en este aspecto, que es un aspecto muy importante dentro del Ayuntamiento.

Cuando ustedes tomaron la decisión de elaborar la relación de puestos de trabajo, todo el mundo les avisó de que no lo estaban haciendo bien. Perjudicaron ostensiblemente los intereses de los trabajadores, que tuvieron que ir a los Tribunales y han conseguido un auto satisfactorio. Pero, desde luego, ahora vemos que están viniendo, pleno tras pleno, para traer aquí los autos repetidos pero respecto a cada organismo, a cada órgano, y al Pleno y a los funcionarios, para poder solventar el problema que se les ha venido a ustedes encima, y desde luego, nosotros también vamos a abstenernos en cada votación. Nos vamos a abstener en

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cada votación porque estamos cansados ya del “y tú más”. Cada vez que intervienen los dos grupos políticos, se echan en cara lo que se hace y lo que no se hace. Y nosotros, desde Compromiso, vamos a tomar esta postura también de abstenernos, porque nos parece que hay que acabar, y el domingo fueron unos resultados electorales que nos deberían hacer a todos pensar muy bien que tenemos que defender los intereses generales, que está existiendo un problema gravísimo y que en todo momento hay que intentar solventar el problema de los trabajadores, de los ciudadanos, de toda la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria. No se está haciendo así, y en ese sentido, nos vamos a abstener.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señora Barrios. Tiene la palabra la señora Mena.

La señora MENA ALONSO: Muchas

gracias, señor alcalde, a ver si le gusta lo que voy a decir y tiene a bien no cortarme el micrófono, como viene siendo habitual en estos plenos.

Mire, yo no voy a entrar en el “y tú más”, yo entiendo que el “y tú más” es lo único que le queda al Partido Popular a estas alturas de un mandato absolutamente fallido y desastroso. Yo entiendo que lo único que le queda al portavoz del Partido Popular es criticar la labor de oposición de este grupo, y solo les queda criticar la labor oposición de este grupo porque saben que tenemos razón, y tenemos razón desde el principio, y saben que han actuado al margen de la legalidad. Señor Sabroso, para usted este es un debate caduco; para usted, señor alcalde, también; para nosotros, la defensa de los derechos laborales de los trabajadores de este país no caduca nunca, nunca, y la defensa de los derechos laborales de los trabajadores de este ayuntamiento

tampoco, y si que hay que estar de aquí a mayo del año que viene, cuando ustedes salgan de este ayuntamiento ―cuando salgan―, defendiendo a los trabajadores, estaremos de aquí a mayo del año que viene defendiéndolos, como están haciendo los Tribunales, auto tras auto. Porque ustedes actúan al margen de la legalidad y se creen que pueden seguir haciéndolo, pero en este país existen derechos, y ustedes, como representantes públicos, tendrían que ser los primeros en defenderlos.

Señor Sabroso, yo siento que le moleste lo que tiene que decir este grupo, siento mucho que le moleste lo que tiene que decir esta portavoz, ya lo dijo en el último pleno, pero lo seguiremos diciendo, porque no son debates caducos, son debates más vigentes que nunca, y las decisiones de ustedes afectan cada mes a miles de trabajadores de esta casa, cada mes, y no caducan; y las nóminas más bajas les afectan cada mes, y la falta de derechos les afecta cada mes, y el terror que tienen a las decisiones arbitrarias que ustedes toman sobre dónde tiene que estar sentado cada trabajador también les afecta cada mes. Por eso seguiremos aquí dándoles voz a los que ustedes se niegan a escuchar, a los que el alcalde se niega a recibir. Seguiremos dándoles voz en este pleno, en el órgano más importante de este ayuntamiento, aunque a ustedes les pese, porque yo sé que ustedes preferirían no tener venir aquí y no debatir, no tener que venir aquí y no tener que escuchar nada, porque las opiniones contrarias les molestan, y por eso apagan los micrófonos y niegan el debate.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señora Mena. Señor Sabroso. El señor SABROSO RAMÍREZ (portavoz del

Grupo M. Popular): Muchas gracias, señor alcalde. Para la tranquilidad de todos los

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corporativos, no causan ninguna molestia los argumentos de los grupos de la oposición. Señora Mena, no me molestan en absoluto los argumentos de los grupos de la oposición ni sus argumentos. Sí que le tengo un enorme respeto al tiempo de los ciudadanos y al tiempo de todos los que formamos parte de este pleno, un enorme respeto, y sí que es cierto que este grupo de gobierno se caracteriza por ser muy práctico, muy pragmático, y por tratar de aprovechar el tiempo al máximo tomando decisiones. La pérdida de tiempo que supone repetir mes tras mes los mismos argumentos, una pérdida de tiempo lastimosa, cuando todos tenemos responsabilidades públicas… Cada cual decide orientar su tiempo y su esfuerzo en lo que cree conveniente. Y usted y su grupo están volcando su tiempo y su esfuerzo en algo que no paran de repetir, y que el grupo de gobierno ya ha explicado hasta la saciedad.

Aquí no hay un debate del “y tú más”, no se trata de un debate del “y tú más”, porque el único grupo de gobierno en la historia democrática de este ayuntamiento que ha aprobado una relación de puestos de trabajo es el actual grupo de gobierno. No se trata del “y tú más”, es que después de treinta años la única relación de puestos de trabajo con la que ha contado este ayuntamiento es la que está actualmente vigente. ¿Con dificultades? Por supuesto. ¿Y con una paralización cautelar a un grupo concreto de trabajadores en esa RPT? Por supuesto. Dificultades reconocidas desde el principio, pero ni una sola lección sobre la defensa de los derechos laborales de los trabajadores de esta casa, porque precisamente para dar estabilidad a los puestos de trabajo se ha elaborado esta relación de puestos de trabajo. Precisamente para dar posibilidades de promoción y de carrera interna, se ha elaborado esta relación de puestos de trabajo, con sus errores y con sus cosas que

perfilar, por supuesto que sí, como todas las RPT de todas las administraciones públicas; con sus diferencias de criterios y diferencias de opinión en lo que es la descripción de cada puesto de trabajo, por supuesto que sí, como todas las RPT de todas las administraciones públicas. Lecciones en la defensa de los derechos laborales, ninguna, señora Mena.

Y ahora pasaremos a la del Instituto

Municipal de Deportes, y después a la del Instituto Municipal de Empleo y Formación. Y los que no tienen argumento ni línea de oposición volverán exactamente a repetir lo mismo que llevan repitiendo desde diciembre pasado. Allá usted con cómo quiere ejercer su responsabilidad de portavoz del principal grupo de la oposición. La respuesta de los ciudadanos hacia el trabajo que usted realiza es evidente. Gracias, señor alcalde.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Sabroso. VOTACIÓN Número de votantes: 29 Presentes: 29 Votos a favor: 16 (G. M. Popular) Abstenciones: 13 [9 (G. M. Socialista); 4 (G. Mixto)] Escrutinio: se aprueba por mayoría de los corporativos presentes. INCIDENCIAS:

Durante el debate del asunto se ausenta

y se vuelve a incorporar a la sesión don Pedro Quevedo Iturbe.

ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y AGUAS SERVICIO DE URBANISMO 9.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA 2.ª MODIFICACIÓN DEL PLAN ESPECIAL DE

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ORDENACIÓN DEL ÁREA SG-P “PUERTO DE LAS PALMAS” (ANTERIOR OAS-04 Y OAS-05)

Se adopta el siguiente acuerdo: “ANTECEDENTES 1.- Por acuerdo de la Junta de Gobierno

Local de 5 de septiembre de 2013 se procedió a la aprobación inicial del Plan Especial de Ordenación del Área SG-P “Puerto de Las Palmas” (anterior OAS 04 y OAS-05).

2.- Previamente, con fecha 19 de julio

de 2013, y en virtud de Resolución n.º 21115/2014, de 5 de julio, del concejal de esta área, se había procedido a solicitar a la Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Canarias la

exclusión de este expediente del procedimiento de evaluación ambiental.

3.- El trámite de información pública de

la aprobación inicial se cumplimentó mediante la publicación del correspondiente Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (n.º 125), de fecha 30 de septiembre de 2013, en el periódico “Canarias 7” de fecha 3 de octubre de 2013 y en el Tablón de Anuncios de este ayuntamiento, en el período comprendido entre los días 23 de septiembre de 2013 y 24 de octubre de 2013, según certificación expedida por la responsable técnico de la Oficina de Atención a la Ciudadanía de fecha 28 de octubre de 2013.

En el registro municipal fueron

presentados los siguientes escritos de alegaciones:

INTERESADO REGISTRO/ FECHA - Gabinete Naval XXI, S.L. N.º 164.705, de 31/10/2013 - Joaquín Fernández Martínez N.º 164.710, de 31/10/2013 - Pablo Octavio Torres López N.º 164.874, de 02/10/2013*

*Este escrito tuvo entrada en el Registro Municipal el día 2 de noviembre de 2013, existiendo un error en el en mes en el sello de entrada

También, se llevó a cabo en la sede de

la Autoridad Portuaria de Las Palmas, donde se presentaron las mismas alegaciones por Gabinete Naval XXI, S. L. (D. Javier Escena Pérez) y por don Joaquín Fernández Martínez.

4.- Simultáneamente tuvo lugar el

trámite de consulta interadministrativo, que fue realizado por este ayuntamiento, con fecha 20 de septiembre de 2013, a las siguientes administraciones:

*Gobierno de Canarias: - Comisión de Ordenación del

Territorio y Medio Ambiente de Canarias

*Cabildo de Gran Canaria: - Consejería de Política Territorial,

Arquitectura y Paisaje (Servicio de Planeamiento)

Durante este trámite y período no se

remitió informe por ninguna de las administraciones consultadas.

5.- El día 23 de diciembre de 2013 se

presentó por la Autoridad Portuaria, en el registro municipal, un nuevo documento técnico del Plan Especial, como documento técnico corregido para la aprobación definitiva, en el que se habían introducido cambios a consecuencia de la

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estimación parcial de algunas de las alegaciones, a fin de continuar su tramitación y proceder a solicitar los informes previos a su aprobación definitiva.

6.- De conformidad con lo establecido

en el artículo 84.4 del Reglamento de Procedimientos, el Ayuntamiento procedió a solicitar el día 16 de enero de 2014, sendos informes al Cabildo de Gran Canaria y a la COTMAC, previos a su aprobación definitiva por este ayuntamiento.

Por su parte, la Autoridad Portuaria de Las Palmas, y en virtud del Convenio de Encomienda, realizó el día 26 de diciembre de 2013, la preceptiva solicitud a Puertos del Estado de la emisión del informe, según lo previsto por el artículo 56.2.c) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, que fue emitido con fecha 27 de enero de 2014, considerándolo compatible con el Plan de Utilización de Espacios Portuarios del Puerto de Las Palmas, con las consideraciones previas que en el mismo se recogen.

7.- Atendiendo a escrito presentado

por la Autoridad Portuaria el día 4 de febrero de 2014, motivado por las consideraciones que el Ministerio de Defensa realizó para dicho ámbito con ocasión de la tramitación del expediente estatal de Delimitación de los Espacios y Usos Portuarios (DEUP) de los puertos de Gran Canaria, este ayuntamiento solicitó informe al Ministerio de Defensa (Secretaría de Estado de Infraestructura – SDG. Patrimonio) por escrito registrado en la Delegación del Gobierno en Canarias el día 12 de febrero de 2014, con plazo de emisión de un mes, al tratarse de un trámite de cooperación interadministrativa.

No ha sido remitido por el Ministerio de Defensa.

8.- Por la COTMAC, en sesión de 24 de

febrero de 2014, se adoptó acuerdo de exclusión del trámite de evaluación ambiental del presente procedimiento, con publicación en el Boletín Oficial de Canarias de 17 de marzo de 2014.

El día 28 de febrero de 2014 tuvo entrada en el registro municipal la certificación del acuerdo íntegro adoptado por la COTMAC, referido, el apartado Primero a la referida exclusión ambiental, y el Segundo, a la emisión del informe urbanístico, previo a la aprobación definitiva, solicitado el día 16 de enero de 2014, emitido con carácter favorable.

En cuanto al Cabildo, transcurrido el plazo de un mes, el informe solicitado debe entenderse emitido en sentido favorable, según expresamente prevé el artículo 84.4 del RPIOSPC.

9.- Por el Servicio de Urbanismo se ha

emitido informe técnico con fecha 20 de marzo de 2014, favorable para la aprobación definitiva de la Modificación, en el que, se realiza un análisis, respecto de las alegaciones presentadas y las consideraciones de la Autoridad Portuaria recogidas en el documento, que ya habían sido asumidas por informe de 8 de enero de 2014, proponiéndose su resolución en el sentido realizado por la Autoridad Portuaria, con la estimación parcial de las tres alegaciones presentadas.

10.- De igual forma, se ha emitido

informe jurídico el día 21 de marzo de 2014, al que se ha prestado conformidad por la Asesoría Jurídica Municipal, con fecha 10 de abril de 2014.

11.- El día 2 de febrero de 2014 ―R. E.

n.º 55826― tuvo entrada en este ayuntamiento informe extemporáneo

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emitido por el Servicio de Planeamiento del Cabildo de Gran Canaria, en contestación al trámite del artículo 84.4 del RPIOSPC, que se les había solicitado con fecha 16 de enero 2014, emitiéndose el mismo con carácter favorable condicionado a la subsanación de una serie de cambios en relación con la ordenanza AN1B.

12.- Al respecto se ha emitido informe

técnico aclaratorio por el Servicio de Urbanismo de 11 abril 2014 en relación con el citado informe, en el que se recoge que en esta Modificación no se introducen modificaciones ni respecto del área regulada por la norma AN1-B ―como, también recoge el propio Cabildo en su informe―, ni, tampoco, la norma AN1-C, que no sufre cambios en este procedimiento, siendo en ambos casos su regulación la que estableció en su momento el Plan Especial aprobado en el año 2007.

13.- Por lo tanto, de conformidad con lo

establecido en el número 5 del artículo 33 del RPIOSPC, procede continuar la tramitación de este procedimiento.

DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES,

FUNDAMENTALMENTE I.- El artículo 84.3 del Reglamento de

Procedimientos del Sistema de Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, respecto a la competencia para su aprobación definitiva por este ayuntamiento.

II.- El artículo 44.2, párrafo 2.º del TR-

LOTyENC y el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, respecto de la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, a los efectos de su entrada en vigor.

III.- El artículo 37, en relación con lo establecido en el artículo 35.3, ambos del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, en cuanto a la competencia para la tramitación y aprobación de los Planes Especiales por parte del Ayuntamiento, en relación con el artículo 84.3 del RPIOSPC.

Visto, asimismo, el dictamen de la

Comisión de Pleno de Desarrollo Sostenible, en sesión ordinaria de fecha 13 de mayo de 2014, el Pleno de la Corporación,

ACUERDA PRIMERO. RESOLUCIÓN DE LAS

ALEGACIONES. Aceptar íntegramente los informes

técnico y jurídico emitidos por los Servicios Municipales, obrantes en el expediente administrativo, relativos al trámite de información pública y trámite de consulta a las administraciones del acuerdo de aprobación inicial del expediente de la 2.ª Modificación del Plan Especial de Ordenación del Área SG-P “Puerto de Las Palmas”, al acuerdo de aprobación inicial adoptado por la Junta de Gobierno Local de fecha 5 de septiembre de 2013.

En consecuencia, aceptar íntegramente las propuestas de resolución motivadas en el documento técnico e informes, emitidos en relación con las alegaciones presentadas en el trámite de información pública, y en su virtud:

ESTIMAR PARCIALMENTE, de conformidad con la motivación contenida en los respectivos informes, las tres alegaciones presentadas por:

- Gabinete Naval XXI, S. L. - Don Joaquín Fernández Martínez - Don Pablo Octavio Torres López

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SEGUNDO. APROBACIÓN DEFINITIVA. La aprobación definitiva de la 2.ª

Modificación del Plan Especial de Ordenación del Área SG-P “Puerto de Las Palmas” (anterior OAS-04 y OAS-05), promovida por este ayuntamiento, a instancia de la Autoridad Portuaria de Las Palmas.

TERCERO. NOTIFICACIÓN. La notificación de este acuerdo en legal

forma a la Autoridad Portuaria de Las Palmas, según lo previsto en el Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, en relación con el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, se procederá a la notificación de este acuerdo a las personas que hayan presentado alegaciones, junto con copia de la propuesta de resolución correspondiente a cada una de ellas.

CUARTO. NOTIFICACIÓN A LA COTMAC. La notificación del acuerdo de

aprobación definitiva a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC), acompañado de copia debidamente diligenciada del expediente administrativo y documento técnico.

QUINTO. CONSEJO CARTOGRÁFICO DE

CANARIAS. La remisión de copia del documento

técnico de PLAN Especial de Ordenación aprobado al Consejo Cartográfico de Canarias con las formalidades requeridas para ello.

SEXTO. RÉGIMEN DE RECURSOS. Hacer saber que contra el citado acto

expreso, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer en el

plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (sede de Las Palmas) a tenor de lo establecido en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, en concordancia con el artículo 109,c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos.

SÉPTIMO. PUBLICACIÓN DE LA

APROBACIÓN DEFINITIVA. La publicación del texto íntegro del

acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44.2, párrafo 2.º del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, previa acreditación de la remisión de un ejemplar íntegro del documento aprobado ―diligenciado o certificado― al Consejo Cartográfico de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.2 del Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo.

La publicación de este acuerdo, asimismo, en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, junto con la normativa del Plan Especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.2, en relación con el artículo 65.2, de la Ley

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7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local”.

DEBATE. Intervenciones:

La señora SECRETARIA GENERAL: Se ha formulado escrito de rectificación con relación al acuerdo dictaminado en Comisión de Pleno.

El señor PRESIDENTE: Bien, para explicar

este punto, tiene la palabra el concejal de Urbanismo, señor Muñoz.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y AGUAS (Muñoz García-Borbolla): Muchas gracias, señor presidente.

Por escrito presentado en este

ayuntamiento el día 4 de junio del 2013, la Autoridad Portuaria de Las Palmas nos solicitó el que llevásemos a cabo la iniciación de la modificación del Plan Especial del Puerto al amparo del convenio de colaboración suscrito entre el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y la Autoridad Portuaria el 26 de agosto del año 2002.

Efectivamente, dictaminada por la

Comisión de Pleno de Desarrollo Sostenible, en la sesión que ya celebramos el día 14 de mayo del presente, como requisito previo, lo que venimos a solicitar de este pleno es que se lleve a cabo la aprobación definitiva de esta segunda modificación del Plan Especial de Ordenación del área Sistema General del Puerto de Las Palmas, antigua OA-04, OA-05, es decir, la zona de servicios y la zona de actividades logísticas del Puerto de La Luz.

El objeto de esta modificación es,

básicamente, adaptar la ordenación de esta zona del Puerto a los factores económicos,

a las necesidades y al crecimiento que ha experimentado el Puerto en los últimos años, así como también al interés de llevar a cabo la actualización de sus contenidos, incorporando las modificaciones habidas en la ordenación territorial y urbanística del municipio y del propio Puerto.

Hay que tener en cuenta que la

importancia estratégica del Puerto para el desarrollo de la economía productiva de la ciudad, con lo que ello comporta de beneficios para la misma, ha hecho que la Autoridad Portuaria y el Ayuntamiento, en este supuesto, vayan de la mano para llevar a cabo esta modificación, que como objetivo último busca que no se frene el desarrollo del Puerto, que no se frene el crecimiento que ha experimentado en los últimos años y que no se frene el incremento de la importancia estratégica que el mismo, como plataforma logística, ha tenido, lo que ha supuesto que los niveles de tráfico del Puerto de Las Palmas sean cada vez mayores.

En síntesis, esta modificación la

podemos agrupar en tres bloques. Un primer bloque que opera por la propia ampliación del Puerto; con la construcción de los nuevos diques, con la ampliación de los existentes y la ejecución de nuevos rellenos, se ha visto incrementada la superficie ordenada, dando lugar a nuevos viales como son el central de acceso a La Esfinge, la rambla central de la zona logística de La Isleta y el vial del dique Reina Sofía.

En segundo lugar, tenemos unas

modificaciones destinadas a favorecer la propia actividad portuaria. Así, se permite el almacenaje y logística en el muelle Reina Sofía, el uso industrial y de almacén general en el muelle de Gran Canaria y el uso industrial en el área de graneles del muelle Reina Sofía.

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En tercer lugar, se introducen una serie de modificaciones como consecuencia de las modificaciones que ha operado la nueva Ley de Puertos. En concreto, se introduce un nuevo artículo, el 39 bis, que lo que viene a definir es el uso náutico-deportivo.

La aprobación inicial de esta

modificación que venimos a solicitar al Pleno en el día de hoy tuvo lugar por acuerdo de la Junta de Gobierno Local el 5 de septiembre del año 2013, contando con todos los informes legales y técnicos preceptivos, sometiéndose a información pública y consulta interadministrativa, y presentándose tres alegaciones, las cuales fueron estimadas parcialmente. Igualmente, se solicitó por parte de la Autoridad Portuaria un informe preceptivo a Puertos del Estado, el cual fue favorable. Muchas gracias, señor presidente.

El señor PRESIDENTE: Muy bien, señor

Muñoz. Para intervenciones… ¿solicita la palabra el señor Quevedo?

El señor QUEVEDO ITURBE (portavoz del

G. Mixto): Sí, para decir que gracias por la explicación exhaustiva y completa, y que vamos a apoyar esta iniciativa.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Quevedo. Señora Barrios. La señora BARRIOS CURBELO

(viceportavoz del G. Mixto): En el mismo sentido, para decir que estamos totalmente de acuerdo con esta ordenación del área, que entendemos que va a ser esencial también para el desarrollo del Puerto ―el otro día escuchábamos a don Luis Ibarra dando sus explicaciones respecto a lo que pueden significar para el Puerto todas estas reformas que se van llevando a cabo, y que se quieren llevar a cabo, y que se están haciendo en relación con el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria―, y en ese

sentido, en todo lo que se haga positivamente para mejorar la unión del Puerto y Las Palmas, y para mejorar la conexión de los mismos, van a tener siempre el voto favorable de Compromiso por Gran Canaria.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señora Barrios. Tiene la palabra el señor Navarro.

El señor NAVARRO CARDOSO (concejal del

G. M. Socialista): Muchas gracias. Adelantamos la posición favorable del Grupo Municipal Socialista, tal como también nos posicionamos en la Comisión de Pleno de Desarrollo Sostenible, en tanto en cuanto estamos ante un punto del orden del día que precisamente justifica la existencia y la posición de los grupos políticos en relación con los intereses generales de la ciudad.

Sin lugar a dudas, estamos asistiendo a los esfuerzos por parte de las instituciones y de las personas ―está claro que en algunos casos más que en otros― para estar a la altura de los esfuerzos necesarios para contribuir a la economía urbana, a la mejora de la ciudad y, por lo tanto, a la mejora de los intereses de la ciudadanía, motivo por el cual el Grupo Municipal Socialista vota a favor. Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

Señor Muñoz, ¿alguna intervención más? El señor MUÑOZ GARCÍA-BORBOLLA: Pues

nada, quiero agradecer, efectivamente, a los grupos el voto favorable a esta propuesta que, efectivamente, va a suponer para la ciudad un desarrollo considerable en su actividad económica de escala, a la que pueden dar lugar estas modificaciones que se van a operar en el Puerto de Las Palmas. Muchas gracias.

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VOTACIÓN Número de votantes: 29 Presentes: 29 Votos a favor: 29 Escrutinio: se aprueba por unanimidad con las modificaciones realizadas en propia sesión. INCIDENCIAS:

Durante el debate del asunto se ausenta y se vuelve a incorporar a la sesión don Ángel Sabroso Ramírez.

ÁREA DE GOBIERNO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES

CONCEJALÍA DELEGADA DE DEPORTES INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES 10.- TOMA DE RAZÓN Y EJECUCIÓN DEL AUTO DICTADO EN LA PIEZA DE MEDIDAS CAUTELARES DE LA SECCIÓN PRIMERA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS, EN EL PROCEDIMIENTO NÚM. 01.P79/2014, RESPECTO DEL ACUERDO DE APROBACIÓN DE LA PLANTILLA DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES PARA EL EJERCICIO 2014, APROBADA DEFINITIVAMENTE EL 27 DE DICIEMBRE DE 2013

Se adopta el siguiente acuerdo: “I.- ANTECEDENTES 1.- Con fecha 27 de septiembre de 2012,

se aprueba mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (en adelante, PORH), publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Las

Palmas (en adelante, BOP) n.º 133, de fecha 19 de octubre de 2012.

2.- Con fecha 5 de diciembre de 2012, se aprueban, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad, los Criterios Generales sobre la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, publicándose dicho acuerdo en el BOP n.º 22, de fecha 15 de febrero de 2013.

3.- Con fecha 19 de diciembre de 2013,

se aprueba, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad, la Relación de Puestos de Trabajo del Instituto Municipal de Deportes (en adelante, IMD) de Las Palmas de Gran Canaria (en adelante, RPT), así como otros documentos complementarios de dicha RPT, que han entrado en vigor el 1 de enero de 2014. La publicación en el BOP de la RPT se efectúa con fecha 20 de diciembre de 2013.

4.- Con fecha 20 de diciembre de 2013,

se emiten resoluciones individualizadas, en las cuales se nombra a determinados empleados públicos del IMD con vínculo laboral indefinido no fijo como funcionarios interinos, se les asigna puesto de trabajo y se les da plazo para la toma de posesión.

5.- Con fecha 23 de diciembre de 2013,

la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, adopta la medida cautelarísima, sin audiencia de la Administración, de suspensión de la conversión del vínculo jurídico de laboral indefinido a funcionario interino en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

6.- Con fecha 27 de diciembre de 2013,

se aprueba definitivamente la plantilla de personal del IMD, que ha cobrado vigencia el 1 de enero de 2014.

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7.- Con fecha 2 de enero de 2014, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, confirma la medida adoptada en fecha 23 de diciembre de 2013, de suspensión de la conversión del vínculo jurídico de laboral indefinido a funcionario interino.

8.- Con fecha 27 de diciembre de 2013,

la Administración presenta escrito de alegaciones contra el Auto de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de fecha 23 de diciembre de 2013.

9.- Con fecha 2 de enero de 2014, la

Dirección General de Recursos Humanos y Seguridad emite resolución por la que se realiza la adscripción provisional del personal municipal a puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

10.- Con fecha 2 de enero de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, auto por el que “se acuerda mantener la medida adoptada en auto de 23 de diciembre de 2013”.

11.- Con fecha 13 de enero de 2014, la

Dirección General de Recursos Humanos y Seguridad emite resolución por la que se deja sin efecto la Resolución del director general de Recursos Humanos y Seguridad número 154, de fecha 2 de enero de 2014, por la que se realiza la adscripción provisional del personal municipal a puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria; igualmente se informa a la Sala sobre la extensión de la medida a los organismos autónomos.

12.- Con fecha 13 de enero de 2014, el presidente del IMD emite, entre otras, varias resoluciones por las que se realiza la adscripción provisional de los empleados públicos cuya relación de servicio sea laboral indefinido no fijo a puestos de trabajo destinados a funcionarios en la Relación de Puestos de Trabajo del IMD, expresando en su dispositivo segundo que:

“En cumplimiento del Auto de 23 de diciembre de 2013, confirmada por Auto de 2 de enero de 2014, que contiene la medida cautelar dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el procedimiento núm. 440/2013, las adscripciones provisionales a los puestos de trabajo de la RPT se realizarán bajo la relación de servicio (funcionaria o laboral) existente a 31 de diciembre de 2013”. 13.- Con fecha 24 de febrero de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 79/2014, dicta un auto por el que se deniega la medida cautelar “inaudita parte” solicitada por los sindicatos y se dispone se tramite pieza de medidas cautelares, dando traslado de las actuaciones al Ayuntamiento.

14.- Con fecha 7 de marzo de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, auto por el que se acuerda:

“Estimar la solicitud de CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE Y DE FUNCIONARIOS (CSI.F), INTERSINDICAL CANARIA y UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES, suspender el Presupuesto General del Ayuntamiento y la Plantilla de Personal de Las Palmas de Gran Canaria, en cuanto omite toda

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referencia a la suspensión de la RPT, y requerimos para que se dé cumplimiento a lo dispuesto en los autos de 23 de diciembre de 2013 y 2 de enero de 2014, respecto a la conversión automática del vínculo jurídico de laboral indefinido en funcionario interino, con los apercibimientos del artículo 112 de la LJ”. 15.- Con fecha 9 de abril de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 79/2014, emite un auto por el que se acuerda:

“Primera.- Se acuerda la adopción de la medida cautelar interesada consistente en la suspensión del acto impugnado consistente en la RPT del Ayuntamiento de Las Palmas, en el Instituto Municipal de Deportes en aquellos puestos de la RPT en que se ha producido la conversión de la plaza ocupada por personal laboral indefinido en funcionario interino. Segundo.- Se requiere al ayuntamiento para que aporte en el plazo de 15 días la identificación de la relación de empleados afectados y de los puestos de la RPT que ocupan en el Instituto Municipal de Deportes. (…)”. 16.- Con fecha 1 de abril de 2014,

mediante acuerdo plenario se toma razón y ejecución de los autos dictados en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P440/2013, respecto del acuerdo de aprobación de la Plantilla del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2014, aprobada definitivamente el 27 de diciembre de 2013; y se toma razón y

ejecución de los autos dictados en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P440/2013, respecto del acuerdo de aprobación del Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2014, aprobado definitivamente el 27 de diciembre de 2013.

17.- Con fecha 28 de abril de 2014, el

presidente del IMD dicta Resolución núm. 139 sobre cumplimiento del Auto de 9 de abril de 2014, de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 79/2014.

NORMATIVA APLICABLE

• Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante EBEP).

• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

• Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

• Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

• Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

• Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

• Convenio colectivo general del personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

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1.- La medida cautelar dictada en el Auto de fecha 23 de diciembre de 2013, mantenida por otro auto, de fecha 2 de enero de 2014, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, suspendió provisionalmente el procedimiento de conversión del vínculo jurídico del personal laboral indefinido que desarrolla funciones propias de personal funcionario a la condición de funcionario interino en aquellos casos que estaban programados, con fecha de entrada en vigor de 1 de enero de 2014.

2.- En cumplimiento de dicho mandato,

con fecha 16 de enero de 2014, el presidente del IMD resolvió la adscripción provisional de los empleados públicos cuya relación de servicio sea laboral, temporal o indefinido no fijo, a puestos de trabajo destinados a funcionarios en la Relación de Puestos de Trabajo del IMD, expresando claramente que las adscripciones provisionales se realizaban en la relación de servicio laboral existente a 31 de diciembre de 2013.

3.- El Auto de 7 de marzo de 2014, de la

misma Sala y procedimiento, aclara los mandatos, contenidos en los autos previos, sobre el alcance de la medida cautelar adoptada, en la manera expresada en el antecedente decimoquinto de este informe.

4.- Determinar el alcance de la medida

cautelar no ha sido una tarea sencilla para los servicios municipales. De esa manera, la Dirección General de Recursos Humanos solicitó informe, con fecha 10 de enero de 2014 y carácter de urgencia, a la Dirección General de la Asesoría Jurídica bajo los siguientes argumentos:

“Única.- A pesar de la claridad de la

medida cautelar acordada (la suspensión de “la conversión del vínculo jurídico del laboral indefinido a funcionario interino de manera automática que se ha producido con ocasión de la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo”), que se corresponde congruentemente con lo solicitado y con lo acordado en el primer momento, existe disonancia entre lo resuelto y algunas otras afirmaciones contenidas en los Fundamentos de Derecho del auto de 2 de enero de 2014. (…) Es decir, podría parecer que, en el Auto de referencia, se suspende la vigencia de la RPT, de manera total o parcial (que es una medida no solicitada, por lo que no podría adoptarse) o que se mantienen derechos laborales (lo que correspondería declararlo a otro orden social). Vista la medida cautelar acordada en dicho auto, que es confirmatoria con la inicial y coincide con la solicitada, conforme prevé el art. 135 de la LJCA, la argumentación no estaría limitándose al pronunciamiento dispositivo, conforme exige el art. 209 de la LEC, sino que parece ampliar la medida a otros aspectos no solicitados o que no son competencia del órgano judicial, al utilizarse el término genérico de condiciones laborales. Por todo ello, se interesa informe, por el trámite de urgencia, de esa Asesoría Jurídica sobre el Auto de 2 de enero de 2014, en la pieza separada del procedimiento ordinario 440/13, determinando si:

• el alcance de la medida adoptada, conforme al art. 135 de la LJCA está limitada a lo solicitado por los demandantes, es decir, exclusivamente, la suspensión cautelar del cambio automático de vínculo de laboral indefinido a funcionario

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interino de los 639 empleados municipales afectados por dicha medida

• si la misma se extiende, en contra de lo previsto en el precitado artículo, a otros aspectos no solicitados por los demandantes, como las retribuciones aplicables a los mismos 639 afectados, o la suspensión misma de la RPT para el resto de empleados municipales, como se podría interpretar, bajo una lectura interesada y parcial, de algunas afirmaciones no incluidas en la parte dispositiva pero presentes en el resto del Auto”.

Dicha solicitud de informe tuvo respuesta, con fecha 14 de enero de 2014, expresando en su conclusión lo siguiente:

“En aplicación de este principio, el de congruencia, los efectos de los autos, de cuyo alcance se solicita informe a esta Asesoría Jurídica, deben circunscribirse a lo establecido en la parte dispositiva del auto de 23 de diciembre de 2013, que se confirma en el dictado el día 2 de enero de 2014, que determinan únicamente la suspensión del cambio de vínculo de personal laboral indefinido a funcionario interino, sin que haga otros pronunciamientos que requieran interpretación o determinar su alcance”.

Pues bien, a la vista del contenido del

Auto de fecha 9 de abril de 2014 dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 79/2014, es necesario, al igual que se hizo tras los autos dictados por la misma Sala en el procedimiento núm. 440/2013, analizar cuáles deben ser los pasos a seguir por el IMD para el cumplimiento inmediato de dicho auto. Para ello debemos analizar brevemente lo actuado hasta ahora y que ha sido calificado como un cumplimiento

deficiente de los autos dictados, así como el resumen de lo que se estima procedente, visto el auto de fecha 9 de abril de 2014:

• En cuanto al cambio de vínculo,

debía producirse por el siguiente itinerario: por medio de resolución, se efectuaba adscripción de un empleado público (con vínculo laboral temporal o indefinido no fijo) a un puesto de trabajo de la RPT reservado a funcionario (dadas las funciones realizadas por el mismo), con plazo para su toma de posesión como funcionario interino, toma de posesión con nombramiento interino (y pérdida de la condición de personal laboral) e inicio de su prestación de servicios bajo este vínculo. Las retribuciones del empleado son las establecidas para el puesto de trabajo asignado por medio de la valoración técnica efectuada.

• A la vista de los autos de fecha 23 de diciembre de 2013, confirmado por el Auto de 2 de enero de 2014, dictados en el procedimiento núm. 440/2013, el proceso realizado fue el siguiente: por medio de resolución se realiza la adscripción de un empleado público con vínculo laboral temporal o indefinido no fijo a un puesto de trabajo de la RPT reservado a funcionario (dadas las funciones realizadas por el mismo), pero manteniendo expresamente su condición de personal laboral. Las retribuciones del empleado son las establecidas para el puesto de trabajo asignado por medio de la valoración técnica efectuada. De esta manera, los empleados mantenían su vínculo inicial (el laboral) pero recibían las retribuciones propias del puesto de RPT al que resultaban adscritos. En la mayoría de los casos,

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estas retribuciones son superiores (por medio de la valoración efectuada) a las previas a la entrada en vigor de la RPT.

• A la vista del Auto de 9 de abril de 2014 dictado en el procedimiento núm. 79/2014, se entiende que el proceso debe ser el siguiente: por medio de resolución, se suspende la adscripción ya efectuada de un empleado público (con vínculo laboral temporal o indefinido no fijo) a un puesto de trabajo de la RPT, y se retorna a la situación del empleado a las condiciones inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la RPT del IMD. De esta manera, los empleados también mantienen su vínculo inicial (el laboral) pero perciben las retribuciones previas a la entrada en vigor de la RPT. En la mayoría de los casos, estas retribuciones son inferiores a la del puesto de adscripción correspondiente a la RPT.

5.- De esa manera, los efectos sobre las resoluciones de adscripción provisional a puestos de la RPT del IMD de estos empleados ahora son muy claros. El Auto de 9 de abril de 2014, en su punto segundo, indica textualmente lo siguiente: “(…) La Doctrina de la Sala expuesta en los citados autos (haciendo referencia a los Autos dictados en el procedimiento núm. 440/2013) y cuya aplicación invoca la parte recurrente es aplicable por razones de igualdad, seguridad y unidad de la doctrina, sin que sea preciso reproducir los argumentos al ser conocidos por ambas partes. Queremos únicamente puntualizar que al igual que ha sucedido en la citada pieza, mientras dure el recurso no puede entrar en vigor

la RPT, en aquellos puestos que está previsto que personal laboral ocupe plaza de funcionario interino y, por tanto, los funcionarios afectados deben continuar con las mismas condiciones que tenían en su relación anterior a la aprobación de la RPT”. Para el cumplimiento de dicho mandato,

deben quedar sin efecto, durante el período en el que se mantenga la vigencia de la medida cautelar adoptada, las resoluciones del presidente del IMD por las que se efectuó la adscripción provisional de empleados públicos cuya relación de servicio sea la de laboral indefinido no fijo a puestos de trabajo de la RPT destinados a funcionarios.

Y, finalmente, para los empleados

municipales afectados por la medida cautelar, la RPT del IMD no ha entrado en vigor, recuperando la situación inmediatamente anterior a la aprobación de dicho instrumento ordenador, tanto en el vínculo (aspecto ya cumplido en las resoluciones de 14 de enero de 2014) como en el resto de condiciones organizativas y económicas preexistentes. En definitiva, mantiene la totalidad de las condiciones existentes en su relación laboral a fecha previa a la entrada en vigor de la RPT del IMD, es decir, a fecha 31 de diciembre de 2013.

Esta retroacción en las condiciones

existentes a 31 de diciembre de 2013 obligará a regularizar las retribuciones de los empleados afectados por el auto de 9 de abril de 2014 por medio de dos acciones. Por un lado, es obligado abonar las cantidades dejadas de percibir por aquellos empleados cuyas retribuciones se vieron minoradas por la adscripción, en régimen laboral, a un puesto de la RPT. Por otro lado, también lleva a exigir a determinados empleados el reintegro de

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las cantidades abonadas en exceso, por superar las retribuciones previstas en la RPT a las correspondientes a las plazas ocupadas en el momento previo a la entrada en vigor de la RPT.

6.- Igualmente, se ordena la remisión al

TSJC de “…una Relación de empleados afectados y de los puestos de la RPT que ocupan en el Instituto Municipal de Deportes”.

Esta relación, en la que incluiremos los costes brutos de cada puesto de trabajo (según RPT) y de cada plaza (en los valores inmediatamente anteriores a la aprobación de la RPT), se adjunta al presente informe, bajo la denominación de Anexo. A este Anexo nos referiremos reiteradamente más tarde, en la parte dispositiva.

7.- Deben determinarse los efectos del

Auto de 9 de abril de 2014 sobre el acuerdo plenario de 27 de diciembre de 2013, que aprobó definitivamente, para el ejercicio 2014, la Plantilla del Personal Funcionario, Laboral, Eventual y Directivo del IMD.

El cumplimiento del Auto de 9 de abril

de 2014 se entiende efectuado con la toma de razón de dicha resolución judicial por el Pleno municipal, en su próxima sesión, y de la reconversión, mientras dure la vigencia de la medida cautelar adoptada por el TSJC, de las plazas correspondientes a los empleados públicos con relación de servicio de laboral indefinido no fijo a los que se pretendía modificar el vínculo a personal funcionario interino.

Esas plazas, asignadas a los titulares que

quedan identificados en el Anexo, pasarán nuevamente, con carácter provisional, a la situación previa a la entrada en vigor de la RPT, y del presupuesto y plantilla para 2014, recuperando su naturaleza laboral y dando soporte a los empleados públicos que mantienen el vínculo laboral por

mandato judicial. En resumen, las repercusiones del Auto

de 9 de abril de 2014 en la plantilla municipal consistirán en contemplar, de manera provisional, un número de plazas de personal laboral equivalente al número de empleados del IMD cuya conversión de vínculo se ha suspendido, dado que las plazas incluidas en la plantilla carecen de identificación nominal alguna. Por ello, únicamente debe incrementarse la plantilla de personal laboral y, en el mismo número, reducirse la plantilla de personal funcionario.

8.- Finalmente, han de concretarse los

efectos del Auto de 9 de abril de 2014, sobre el acuerdo plenario de 27 de diciembre de 2013, que aprobó definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio 2014.

Sus repercusiones directas son casi

inexistentes. Ello se explica porque el sistema presupuestario público es mucho más flexible de lo que podría deducirse de una primera impresión. Para explicarlo, nos atendremos a la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales y también a las bases de ejecución presupuestarias para 2014.

El presupuesto municipal de gastos se

segrega, en su clasificación económica, en diferentes apartados, llamados capítulos. El capítulo con el que se sufragan los gastos de personal es el conocido capítulo I (Gastos de Personal). Ese capítulo se subdivide sucesivamente en artículos, conceptos y subconceptos. Para la explicación, solamente llegaremos al nivel desagregado de artículos (seis), que van identificados desde el 10 al 16.

Con el artículo 10, se abonan las

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nóminas de los órganos de gobierno y del personal directivo, con el artículo 11 las del personal eventual, con el artículo 12 el gasto de personal funcionario, con el artículo 13 el del personal laboral, con el artículo 14 gastos de otro tipo de personal, con el artículo 15 los incentivos al personal de cualquier tipo y, finalmente, con el artículo 16, se abonan las cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador. Aunque pueda parecer que estas divisiones son estancas, el sistema no funciona realmente así.

La posibilidad de utilizar todos estos

artículos como si fueran una caja única para cualquier gasto (la llamada “bolsa de vinculación”) viene dada por el nivel de vinculación jurídica, como indican los artículos 27, 28 y 29 del Real Decreto 500/1990, que remite la definición de ese nivel a las bases de ejecución aprobadas anualmente junto con el presupuesto.

Y, en esas bases de ejecución

presupuestaria, el nivel de vinculación jurídica del capítulo I es a nivel de capítulo (base 8.ª), es decir, la bolsa engloba la totalidad de créditos del capítulo, independientemente del artículo en el que se hayan consignado, con una única excepción que luego explicaremos (la aplicación 121.01, referida al complemento de destino del personal funcionario).

De esta forma, aunque la consignación

presupuestaria inicial se haya efectuado situando todos los créditos en cualquiera de los capítulos (por ejemplo, todos en el artículo 12, que abona las nóminas del personal eventual), se pueden atender con esos créditos los gastos de cualquier otro artículo (por ejemplo, las nóminas del personal laboral).

Por ello, la suspensión del cambio de

vínculo de laboral a funcionario de estos

empleados del IMD y, por ello, la prolongación de su situación en régimen laboral es inocua a efectos presupuestarios. De hecho, las nóminas de enero, febrero, marzo y abril se han tramitado sin problema alguno gracias a esta herramienta presupuestaria que se ha dado en llamar “bolsa de vinculación”, que permite atender el gasto de cualquier artículo incluido en la bolsa, con los créditos consignados en cualquiera de los otros artículos vinculados a dicha bolsa.

Para ampliar todavía más dicho efecto,

solo cabría abrir a la bolsa de vinculación del capítulo I el precitado subconcepto 121.01 (único que está vinculado a ese nivel de desagregación, es decir, “cerrado”, conforme a la base 8.ª, apartados 3.c, 4.c y 10, que se adjunta al presente informe) o, más sencillamente, transferir parte de su crédito a cualquier otro subconcepto que se encuentre vinculado a nivel de capítulo, es decir, cualquier otro del capítulo.

Por último, a efectos presupuestarios,

queda señalar las consecuencias de la medida cautelar sobre el anexo de personal. El anexo de personal, conforme el art. 18.1.c del Real Decreto 500/1990, es un documento que se agrega al presupuesto, que relaciona y valora económicamente el coste individual de todos los puestos de trabajo. Por ello, su configuración es casi idéntica a la de una RPT, añadiéndose en la prevista para 2014 una columna final en la que se consigna el coste bruto anual de ese puesto, sin definición nominativa alguna. La función del anexo de personal es acreditar que los créditos para personal incluidos en el Presupuesto se corresponden con la previsión del coste económico que suponen la totalidad de puestos de trabajo. Por ello, a efectos meramente complementarios, se estima oportuno dar cuenta al Pleno de la medida cautelar a los efectos de la adaptación del anexo de personal, que

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ahora contemplará las plazas de personal laboral temporal/indefinido no fijo, conforme lo indicado en el documento adjunto que denominamos Anexo, mientras tenga efectos la medida cautelar dictada por el TSJC con fecha 9 de abril de 2014.

Por todo lo anteriormente expuesto, y

en los términos propuestos por el alcalde con el informe favorable de la Comisión de Pleno de Organización, Funcionamiento y Régimen General y de la Comisión de Pleno de Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas, en sesión conjunta, celebrada el día 13 de mayo de 2014, el Pleno ACUERDA

PRIMERO.- Toma de razón y ejecución

del auto dictado en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala

de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P79/2014, respecto del acuerdo de aprobación de la Plantilla del Instituto Municipal de Deportes para el ejercicio 2014, aprobada definitivamente el 27 de diciembre de 2013.

SEGUNDO.- Dar cuenta la variación de la

plantilla municipal, reconvirtiendo el número de plazas de personal funcionario en plazas de personal laboral temporal/indefinido no fijo, conforme lo indicado en el Anexo I, quedando la Plantilla Municipal para 2014 como se recoge en el Anexo II.

TERCERO.- Practicar las publicaciones

que procedan”.

ANEXO I

VARIACIÓN DE LA PLANTILLA DE PERSONAL DE CONFORMIDAD CON LAS MEDIDAS CAUTELARES. IMD.

A. PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL IMD

ESCALA ADMINISTRACIÓN GENERAL

PLAZAS PLAZAS RECONVERTIDAS POR AUTO MEDIDAS CAUTELARES

PLAZAS RESULTANTES TRAS

AUTO

TOTAL PLAZAS DE ADMINISTRACIÓN

GENERAL 10 5 5

SUBESCALA TÉCNICA

SUBGRUPO PLAZAS PLAZAS AFECTADAS

PLAZAS RESULTANTES TRAS

AUTO

A1 3 2 1

SUBESCALA DE GESTIÓN

SUBGRUPO PLAZAS PLAZAS AFECTADAS

PLAZAS RESULTANTES TRAS

AUTO

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C1 2 1 1

SUBESCALA AUXILIAR

SUBGRUPO PLAZAS PLAZAS AFECTADAS

PLAZAS RESULTANTES TRAS

AUTO

C2 3 2 1

SUBESCALA SUBALTERNA

SUBGRUPO PLAZAS PLAZAS AFECTADAS

PLAZAS RESULTANTES TRAS

AUTO

E/AP 2 0 2

ESCALA

ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

PLAZAS PLAZAS RECONVERTIDAS POR AUTO MEDIDAS CAUTELARES

PLAZAS RESULTANTES TRAS

AUTO

TOTAL PLAZAS DE ADMINISTRACIÓN

ESPECIAL 1 1 0

SUBESCALA TÉCNICA

CLASE MEDIA

SUBGRUPO PLAZAS PLAZAS AFECTADAS PLAZAS

RESULTANTES TRAS AUTO

A2 1 1 0

RESUMEN PLAZAS PLAZAS RECONVERTIDAS POR AUTO MEDIDAS CAUTELARES

PLAZAS RESULTANTES TRAS

AUTO

TOTAL PLAZAS DE FUNCIONARIOS

11 6 5

B.- PLANTILLA PERSONAL LABORAL IMD

LABORALES POR TIEMPO INDEFINIDO O TEMPORALES RECONVERTIDAS POR EL AUTO DE MEDIDAS CAUTELARES

SUBGRUPO PLAZAS PLAZAS RECONVERTIDAS POR PLAZAS

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AUTO MEDIDAS CAUTELARES RESULTANTES TRAS AUTO

A1 3 2 5

A2 4 1 5

C1 8 1 9

C2 46 2 48

TOTAL PLAZAS: 61 6 67

TOTAL PLAZAS FUNCIONARIOS: 5

TOTAL

PLAZAS LABORALES: 67

ANEXO II

CONFIGURACIÓN PROVISIONAL DE LA PLANTILLA MUNICIPAL UNA VEZ EJECUTADO EL AUTO DE MEDIDAS CAUTELARES

A) ADMINISTRACIÓN CENTRALIZADA. 1.- PLANTILLA PERSONAL FUNCIONARIO - AÑO 2014

ESCALA

FUNCIONARIOS DE HABILITACIÓN DE CARÁCTER ESTATAL

TOTAL PLAZAS: 8

SUBGRUPO PLAZAS

A1 4 (Directivos)

A1 4

ESCALA ADMINISTRACIÓN GENERAL

PLAZAS

TOTAL PLAZAS DE ADMINISTRACIÓN

GENERAL 324

SUBESCALA TÉCNICA

SUBGRUPO PLAZAS

A1 42

SUBESCALA DE GESTIÓN

SUBGRUPO PLAZAS

A2 40

SUBESCALA ADMINISTRATIVA

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SUBGRUPO PLAZAS

C1 219

SUBESCALA AUXILIAR

SUBGRUPO PLAZAS

C2 20

SUBESCALA SUBALTERNA

SUBGRUPO PLAZAS

E 3

ESCALA

ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

PLAZAS

TOTAL PLAZAS DE ADMINISTRACIÓN

ESPECIAL 1.040

SUBESCALA TÉCNICA

CLASE SUPERIOR

SUBGRUPO PLAZAS

A1 72

SUBESCALA TÉCNICA

CLASE MEDIA

SUBGRUPO PLAZAS

A2 32

SUBESCALA TÉCNICA

CLASE AUXILIAR

SUBGRUPO PLAZAS

C1 6

SUBESCALA

DE SERVICIOS ESPECIALES

PLAZAS

TOTAL PLAZAS DE SERVICIOS ESPECIALES

930

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CLASE POLICÍA LOCAL

TOTAL PLAZAS 677

SUBGRUPO PLAZAS

A1 11

A2 38

C1 628

CLASE POLICÍA LOCAL / AGENTES DE MOVILIDAD

TOTAL PLAZAS 41

SUBGRUPO PLAZAS

C2 41

CLASE SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS

TOTAL PLAZAS 177

SUBGRUPO PLAZAS

C2 166

C1 9

A1 2

CLASE SERVICIO DE COMETIDOS ESPECIALES

TOTAL PLAZAS 16

SUBGRUPO PLAZAS

A1 4

C2 6

CLASE PERSONAL DE OFICIOS

TOTAL PLAZAS 25

SUBGRUPO PLAZAS

C1 9

C2 7

E 9

RESUMEN PLAZAS

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TOTAL PLAZAS DE FUNCIONARIOS

1.372

2.- PLANTILLA PERSONAL EVENTUAL

CATEGORÍA

Director de Gabinete

Jefe de Gabinete de Prensa

Jefe de Protocolo

Técnico Asesor Coordinación de Área

Periodista

Periodista

Técnico Asesor

Técnico Asesor

Técnico Asesor

Técnico Asesor

TOTAL PLAZAS EVENTUALES: 10

3.- PLANTILLA PERSONAL DIRECTIVO

CARGO

COORDINADOR GENERAL DE PRESIDENCIA Y SEGURIDAD 1

DIRECTOR GENERAL DE ASESORÍA JURÍDICA 1

DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y SEGURIDAD 1

DIRECTOR GENERAL NUEVAS TECNOLOGÍAS Y TELECOM. 1

DIRECTORA GENERAL DE EDIFICACIÓN Y ACTIVIDADES 1

COORDINADOR GENERAL DE PLANIFICACIÓN FINANCIERA-TRIBUTARIA 1

TITULAR ÓRGANO GESTIÓN PRESUPUESTARIA 1

TOTAL 7

4.- PLANTILLA PERSONAL LABORAL - AÑO 2014

LABORALES FIJOS

SUBGRUPO PLAZAS

A1 3

A2 6

C1 52

C2 61

E 16

TOTAL 138

LABORALES POR TIEMPO INDEFINIDO O TEMPORALES

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SUBGRUPO PLAZAS

A2 15

C1 49

C2 171

E 44

TOTAL 279

LABORALES POR TIEMPO INDEFINIDO O TEMPORALES RECONVERTIDAS POR EL AUTO DE MEDIDAS CAUTELARES

SUBGRUPO PLAZAS

A1 94

A2 170

C1 141

C2 196

TOTAL 601

RESUMEN SUBGRUPO PLAZAS

A1 97

A2 191

C1 242

C2 428

E 60

TOTAL PLAZAS DE PERSONAL LABORAL 1.018

RESUMEN PLAZAS

TOTAL PLAZAS DE PERSONAL LABORAL 1.018

5.- PLANTILLA DEL PERSONAL DEL TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO

PRESIDENTE

1

VOCALES

2

B) ADMINISTRACIÓN DESCONCENTRADA.

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1.- ÓRGANO ESPECIAL DE ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE LIMPIEZA.

Código

Denominación PLAZAS VACANTES

1

0

0

Gerente

1

SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA

Código Denominación PLAZAS VACANTES

0 0 0 Jefe de Sección 2

1 1 1 Técnico Grado Superior 1 1

1 1 2 Técnico Grado Medio 1 1

1 1 4 Jefe Administración 2.ª 6

1 1 5 Oficial 1.ª Administrativo 1

1 1 6 Delineante 1

1 1 7 Encargado General 1

1 1 8 Encargado 4

1 1 9 Capataz 13 9

1 1 10 Conductor 30 3

1 1 11 Jefe de Equipo 7 2

1 1 12 Inspector 1

1 1 13 Tractorista 1

1 1 14 Operario 1.ª 18 2

1 1 15 Peón 188 85

1 1 16 Almacenero 4 2

1 1 17 Maestro taller 1 1

1 1 18 Oficial 1.ª Taller 9 6

1 1 19 Oficial 2.ª Taller 2 2

1 1 20 Oficial 1.ª Mantenimiento 4

1 1 21 Peón Lavacoches 1 1

1 1 22 Auxiliar Técnico Informática 1 1

SUBTOTAL 297 116

SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

Código GRUPO NIVEL Denominación PLAZAS VACANTES

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1 2 1 4 14 Almacenero 1

1 2 2 4 16 Auxiliar Adtvo. Comunicaciones 1

1 2 3 3 8 Capataz 4 1

1 2 4 4 13 Conductor 48 5

1 2 5 3 5 Encargado Gral. Almacén 1

1 2 6 3 5 Encargado General 1

1 2 7 3 6 Encargado 3 2

1 2 8 3 6 Encargado Inspección 1

1 2 9 3 8 Supervisión Inspección 2 1

1 2 10 3 10 Inspector 41 14

1 2 12 3 4 Jefe de Administración 2

1 2 13 1 1 Técnico Grado Superior 3 3

1 2 15 5 22 Limpiadora 2

1 2 16 3 7 Maestro Taller 1

1 2 17 3 9 Oficial Administrativo 3 2

1 2 18 4 11 Oficial 1.ª Taller Soldador 2

1 2 19 4 11 Oficial 1.ª Taller Mecánico 7 6

1 2 20 4 11 Oficial 1.ª Taller Electricista 2 1

1 2 21 4 11 Oficial 1.ª Taller Chapista 2 2

1 2 24 4 17 Operario 1.ª 5 5

1 2 25 5 21 Operario RSU 68 17

1 2 26 4 15 Auxiliar Administrativo 4 4

1 2 27 4 19 Telefonista Recepcionista 2 2

1 2 29 4 12 Tractorista 1 1

1 2 30 4 17 Operario Engrasador 2 1

1 2 31 5 20 Operario Taller 5 5

1 2 32 3 6 Encargado Taller 1 1

1 2 33 4 18 Operario Lavacoches 2 2

1 2 34 3 4 Delineante 1 1

SUBTOTAL 218 76

SERVICIOS ESPECIALES

Código GRUPO NIVEL Denominación N.º PLAZAS

VACANTES

1 3 1 C2 16 Maestro 3 1

1 3 2 C1 16 Administrativo 1 1

1 3 3 C2 14 Auxiliar Administrativo 8 8

1 3 4 C1 16 Inspector de Distrito 3 1

1 3 5 C2 14 Oficial 8 6

1 3 6 E 14 Ayudante 4 2

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1 3 7 E 12 Operario 5

SUBTOTAL 32 19

PLAZAS EN PLANTILLA

548

PLAZAS VACANTES

211

2.- INSTITUTO MUNICIPAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN.

PLANTILLA DEL INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL EMPLEO Y LA FORMACIÓN IMEF

PERSONAL DIRECTIVO

TOTAL PLAZAS: 1

DIRECTIVO

DIRECTIVO PLAZAS

GERENTE 1

A.- PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL IMEF

ESCALA

ADMINISTRACIÓN GENERAL

TOTAL PLAZAS: 4

SUBESCALA TÉCNICA

SUBGRUPO PLAZAS

A1 1

SUBESCALA DE GESTIÓN

SUBGRUPO PLAZAS

A2 1

SUBESCALA AUXILIAR

SUBGRUPO PLAZAS

C2 2

ESCALA

ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

TOTAL PLAZAS: 1

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SUBESCALA TÉCNICA

CLASE SUPERIOR

SUBGRUPO PLAZAS

A1 1

B. PLANTILLA DE LABORALES DEL IMEF

SUBGRUPO PLAZAS

A1 2

A2 14

TOTAL PLAZAS: 16

TOTAL PLAZAS FUNCIONARIOS: 5

TOTAL PLAZAS LABORALES:

16

TOTAL DIRECTIVOS: 1

3.- INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES.

A. PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL IMD

ESCALA

ADMINISTRACIÓN GENERAL

TOTAL PLAZAS: 5

SUBESCALA TÉCNICA

SUBGRUPO PLAZAS

A1 1

SUBESCALA ADMINISTRATIVA

SUBGRUPO PLAZAS

C1 1

SUBESCALA AUXILIAR

SUBGRUPO PLAZAS

C2 1

SUBESCALA SUBALTERNA

SUBGRUPO PLAZAS

E/AP 2

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B. PLANTILLA DE LABORALES DEL IMD

SUBGRUPO PLAZAS

A1 5

A2 5

C1 9

C2 48

TOTAL PLAZAS: 67

TOTAL PLAZAS FUNCIONARIOS: 5

TOTAL PLAZAS LABORALES:

67

4.- AGENCIA LOCAL GESTORA DE LA ENERGÍA.

PERSONAL DIRECTIVO

TOTAL PLAZAS: 1

DIRECTIVO PLAZAS

GERENTE 1

PLANTILLA DE FUNCIONARIOS

ESCALA

ADMINISTRACIÓN GENERAL

TOTAL PLAZAS: 2

SUBESCALA DE GESTIÓN

SUBGRUPO PLAZAS

A2 1

SUBESCALA ADMINISTRATIVA

SUBGRUPO PLAZAS

C1 1

ESCALA

ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

TOTAL PLAZAS: 1

SUBESCALA TÉCNICA

CLASE SUPERIOR

SUBGRUPO PLAZAS

A1 1

VOTACIÓN Número de votantes: 29 Presentes: 29 Votos a favor: 16 (G. M. Popular)

Abstenciones: 13 [9 (G. M. Socialista); 4 (G. Mixto)] Escrutinio: se aprueba por mayoría de los corporativos presentes.

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11.- TOMA DE RAZÓN Y EJECUCIÓN DEL AUTO DICTADO EN LA PIEZA DE MEDIDAS CAUTELARES DE LA SECCIÓN PRIMERA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS, EN EL PROCEDIMIENTO NÚM. 01.P79/2014, RESPECTO DEL ACUERDO DE APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO

Se adopta el siguiente acuerdo: “I.- ANTECEDENTES 1.- Con fecha 27 de septiembre de 2012,

se aprueba mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (en adelante, PORH), publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas (en adelante, BOP) n.º 133, de fecha 19 de octubre de 2012.

2.- Con fecha 5 de diciembre de 2012, se

aprueban, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad, los Criterios Generales sobre la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, publicándose dicho acuerdo en el BOP n.º 22, de fecha 15 de febrero de 2013.

3.- Con fecha 19 de diciembre de 2013,

se aprueba, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad, la Relación de Puestos de Trabajo del Instituto Municipal de Deportes (en adelante, IMD) de Las Palmas de Gran Canaria (en adelante, RPT), así como otros documentos complementarios de dicha RPT, que han entrado en vigor el 1 de enero de 2014. La publicación en el BOP de la RPT se efectúa con fecha 20 de diciembre de 2013.

4.- Con fecha 20 de diciembre de 2013,

se emiten resoluciones individualizadas, en

las cuales se nombra a determinados empleados públicos del IMD con vínculo laboral indefinido no fijo como funcionarios interinos, se les asigna puesto de trabajo y se les da plazo para la toma de posesión.

5.- Con fecha 23 de diciembre de 2013,

la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, adopta la medida cautelarísima, sin audiencia de la Administración, de suspensión de la conversión del vínculo jurídico de laboral indefinido a funcionario interino en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

6.- Con fecha 27 de diciembre de 2013,

se aprueba definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, que ha cobrado vigencia el 1 de enero de 2014.

7.- Con fecha 2 de enero de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, confirma la medida adoptada en fecha 23 de diciembre de 2013, de suspensión de la conversión del vínculo jurídico de laboral indefinido a funcionario interino.

8.- Con fecha 27 de diciembre de 2013,

la Administración presenta escrito de alegaciones contra el Auto de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de fecha 23 de diciembre de 2013.

9.- Con fecha 2 de enero de 2014, la

Dirección General de Recursos Humanos y Seguridad emite resolución por la que se realiza la adscripción provisional del personal municipal a puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo del

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Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

10.- Con fecha 2 de enero de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, auto por el que “se acuerda mantener la medida adoptada en auto de 23 de diciembre de 2013”.

11.- Con fecha 13 de enero de 2014, la

Dirección General de Recursos Humanos y Seguridad emite resolución por la que se deja sin efecto la Resolución del director general de Recursos Humanos y Seguridad número 154, de fecha 2 de enero de 2014, por la que se realiza la adscripción provisional del personal municipal a puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria; igualmente se informa a la Sala sobre la extensión de la medida a los organismos autónomos.

12.- Con fecha 13 de enero de 2014, el

presidente del IMD emite, entre otras, varias resoluciones por las que se realiza la adscripción provisional de los empleados públicos cuya relación de servicio sea laboral indefinido no fijo a puestos de trabajo destinados a funcionarios en la Relación de Puestos de Trabajo del IMD, expresando en su dispositivo segundo que:

“En cumplimiento del Auto de 23 de diciembre de 2013, confirmada por Auto de 2 de enero de 2014, que contiene la medida cautelar dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el procedimiento núm. 440/2013, las adscripciones provisionales a los puestos de trabajo de la RPT se realizarán bajo la relación de servicio (funcionaria o laboral) existente a 31 de diciembre de 2013”.

13.- Con fecha 24 de febrero de 2014, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 79/2014, dicta un auto por el que se deniega la medida cautelar “inaudita parte” solicitada por los sindicatos y se dispone se tramite pieza de medidas cautelares, dando traslado de las actuaciones al Ayuntamiento.

14.- Con fecha 7 de marzo de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, auto por el que se acuerda:

“Estimar la solicitud de CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE Y DE FUNCIONARIOS (CSI.F), INTERSINDICAL CANARIA y UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES, suspender el Presupuesto General del Ayuntamiento y la Plantilla de Personal de Las Palmas de Gran Canaria, en cuanto omite toda referencia a la suspensión de la RPT, y requerimos para que se dé cumplimiento a lo dispuesto en los autos de 23 de diciembre de 2013 y 2 de enero de 2014, respecto a la conversión automática del vínculo jurídico de laboral indefinido en funcionario interino, con los apercibimientos del artículo 112 de la LJ”. 15.- Con fecha 9 de abril de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 79/2014, emite un auto por el que se acuerda:

“Primera.- Se acuerda la adopción de la

medida cautelar interesada consistente en la suspensión del acto impugnado consistente en la RPT del Ayuntamiento de Las Palmas, en el Instituto Municipal de Deportes en aquellos puestos de la RPT en

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que se ha producido la conversión de la plaza ocupada por personal laboral indefinido en funcionario interino.

Segundo.- Se requiere al ayuntamiento

para que aporte en el plazo de 15 días la identificación de la relación de empleados afectados y de los puestos de la RPT que ocupan en el Instituto Municipal de Deportes.

(…)”. 16.- Con fecha 1 de abril de 2014,

mediante acuerdo plenario se toma razón y ejecución de los autos dictados en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P440/2013, respecto del acuerdo de aprobación de la Plantilla del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2014, aprobada definitivamente el 27 de diciembre de 2013; y se toma razón y ejecución de los autos dictados en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P440/2013, respecto del acuerdo de aprobación del Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2014, aprobado definitivamente el 27 de diciembre de 2013.

17.- Con fecha 28 de abril de 2014, el

presidente del IMD dicta Resolución núm. 139 sobre cumplimiento del Auto de 9 de abril de 2014, de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 79/2014.

II.- DISPOSICIONES LEGALES DE

APLICACIÓN, FUNDAMENTALMENTE:

• Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante EBEP).

• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

• Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

• Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

• Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

• Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

• Convenio colectivo general del personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

III.- CONSIDERACIONES JURÍDICAS 1.- La medida cautelar dictada en el Auto

de fecha 23 de diciembre de 2013, mantenida por otro auto, de fecha 2 de enero de 2014, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, suspendió provisionalmente el procedimiento de conversión del vínculo jurídico del personal laboral indefinido que desarrolla funciones propias de personal funcionario a la condición de funcionario interino en aquellos casos que estaban programados, con fecha de entrada en vigor de 1 de enero de 2014.

2.- En cumplimiento de dicho mandato,

con fecha 16 de enero de 2014, el presidente del IMD resolvió la adscripción provisional de los empleados públicos cuya

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relación de servicio sea laboral, temporal o indefinido no fijo, a puestos de trabajo destinados a funcionarios en la Relación de Puestos de Trabajo del IMD, expresando claramente que las adscripciones provisionales se realizaban en la relación de servicio laboral existente a 31 de diciembre de 2013.

3.- El Auto de 7 de marzo de 2014, de la

misma Sala y procedimiento, aclara los mandatos, contenidos en los autos previos, sobre el alcance de la medida cautelar adoptada, en la manera expresada en el antecedente decimoquinto de este informe.

4.- Determinar el alcance de la medida

cautelar no ha sido una tarea sencilla para los servicios municipales. De esa manera, la Dirección General de Recursos Humanos solicitó informe, con fecha 10 de enero de 2014 y carácter de urgencia, a la Dirección General de la Asesoría Jurídica bajo los siguientes argumentos:

“Única.- A pesar de la claridad de la medida cautelar acordada (la suspensión de “la conversión del vínculo jurídico del laboral indefinido a funcionario interino de manera automática que se ha producido con ocasión de la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo”), que se corresponde congruentemente con lo solicitado y con lo acordado en el primer momento, existe disonancia entre lo resuelto y algunas otras afirmaciones contenidas en los Fundamentos de Derecho del auto de 2 de enero de 2014. (…) Es decir, podría parecer que, en el Auto de referencia, se suspende la vigencia de la RPT, de manera total o parcial (que es una medida no solicitada, por lo que no podría adoptarse) o que se mantienen derechos laborales (lo que correspondería declararlo a otro orden

social). Vista la medida cautelar acordada en dicho auto, que es confirmatoria con la inicial y coincide con la solicitada, conforme prevé el art. 135 de la LJCA, la argumentación no estaría limitándose al pronunciamiento dispositivo, conforme exige el art. 209 de la LEC, sino que parece ampliar la medida a otros aspectos no solicitados o que no son competencia del órgano judicial, al utilizarse el término genérico de condiciones laborales. Por todo ello, se interesa informe, por el trámite de urgencia, de esa Asesoría Jurídica sobre el Auto de 2 de enero de 2014, en la pieza separada del procedimiento ordinario 440/13, determinando si:

• el alcance de la medida adoptada, conforme al art. 135 de la LJCA está limitada a lo solicitado por los demandantes, es decir, exclusivamente, la suspensión cautelar del cambio automático de vínculo de laboral indefinido a funcionario interino de los 639 empleados municipales afectados por dicha medida

• si la misma se extiende, en contra de lo previsto en el precitado artículo, a otros aspectos no solicitados por los demandantes, como las retribuciones aplicables a los mismos 639 afectados, o la suspensión misma de la RPT para el resto de empleados municipales, como se podría interpretar, bajo una lectura interesada y parcial, de algunas afirmaciones no incluidas en la parte dispositiva pero presentes en el resto del Auto”. Dicha solicitud de informe tuvo

respuesta, con fecha 14 de enero de 2014, expresando en su conclusión lo siguiente:

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“En aplicación de este principio, el de congruencia, los efectos de los autos, de cuyo alcance se solicita informe a esta Asesoría Jurídica, deben circunscribirse a lo establecido en la parte dispositiva del auto de 23 de diciembre de 2013, que se confirma en el dictado el día 2 de enero de 2014, que determinan únicamente la suspensión del cambio de vínculo de personal laboral indefinido a funcionario interino, sin que haga otros pronunciamientos que requieran interpretación o determinar su alcance”. Pues bien, a la vista del contenido del

Auto de fecha 9 de abril de 2014 dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 79/2014, es necesario, al igual que se hizo tras los autos dictados por la misma Sala en el procedimiento núm. 440/2013, analizar cuáles deben ser los pasos a seguir por el IMD para el cumplimiento inmediato de dicho auto. Para ello debemos analizar brevemente lo actuado hasta ahora y que ha sido calificado como un cumplimiento deficiente de los autos dictados, así como el resumen de lo que se estima procedente, visto el Auto de fecha 9 de abril de 2014:

• En cuanto al cambio de vínculo, debía producirse por el siguiente itinerario: por medio de resolución, se efectuaba adscripción de un empleado público (con vínculo laboral temporal o indefinido no fijo) a un puesto de trabajo de la RPT reservado a funcionario (dadas las funciones realizadas por el mismo), con plazo para su toma de posesión como funcionario interino, toma de posesión con nombramiento interino (y pérdida de la condición de personal laboral) e inicio de su prestación de servicios bajo este vínculo. Las retribuciones del empleado son las establecidas para el puesto de trabajo asignado por medio de

la valoración técnica efectuada. • A la vista de los autos de fecha 23 de diciembre de 2013, confirmado por el Auto de 2 de enero de 2014, dictados en el procedimiento núm. 440/2013, el proceso realizado fue el siguiente: por medio de resolución se realiza la adscripción de un empleado público con vínculo laboral temporal o indefinido no fijo a un puesto de trabajo de la RPT reservado a funcionario (dadas las funciones realizadas por el mismo), pero manteniendo expresamente su condición de personal laboral. Las retribuciones del empleado son las establecidas para el puesto de trabajo asignado por medio de la valoración técnica efectuada. De esta manera, los empleados mantenían su vínculo inicial (el laboral) pero recibían las retribuciones propias del puesto de RPT al que resultaban adscritos. En la mayoría de los casos, estas retribuciones son superiores (por medio de la valoración efectuada) a las previas a la entrada en vigor de la RPT.

• A la vista del Auto de 9 de abril de 2014 dictado en el procedimiento núm. 79/2014, se entiende que el proceso debe ser el siguiente: por medio de resolución, se suspende la adscripción ya efectuada de un empleado público (con vínculo laboral temporal o indefinido no fijo) a un puesto de trabajo de la RPT, y se retorna a la situación del empleado a las condiciones inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la RPT del IMD. De esta manera, los empleados también mantienen su vínculo inicial (el laboral) pero perciben las retribuciones previas a la entrada en vigor de la RPT. En la mayoría de los casos, estas retribuciones son inferiores a la del puesto de adscripción correspondiente a la RPT.

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5.- De esa manera, los efectos sobre las resoluciones de adscripción provisional a puestos de la RPT del IMD de estos empleados ahora son muy claros. El Auto de 9 de abril de 2014, en su punto segundo, indica textualmente lo siguiente:

“(…) La Doctrina de la Sala expuesta en los citados autos (haciendo referencia a los Autos dictados en el procedimiento núm. 440/2013) y cuya aplicación invoca la parte recurrente es aplicable por razones de igualdad, seguridad y unidad de la doctrina, sin que sea preciso reproducir los argumentos al ser conocidos por ambas partes. Queremos únicamente puntualizar que al igual que ha sucedido en la citada pieza, mientras dure el recurso no puede entrar en vigor la RPT, en aquellos puestos que está previsto que personal laboral ocupe plaza de funcionario interino y, por tanto, los funcionarios afectados deben continuar con las mismas condiciones que tenían en su relación anterior a la aprobación de la RPT”. Para el cumplimiento de dicho mandato,

deben quedar sin efecto, durante el período en el que se mantenga la vigencia de la medida cautelar adoptada, las resoluciones del presidente del IMD por las que se efectuó la adscripción provisional de empleados públicos cuya relación de servicio sea la de laboral indefinido no fijo a puestos de trabajo de la RPT destinados a funcionarios.

Y, finalmente, para los empleados municipales afectados por la medida cautelar, la RPT del IMD no ha entrado en vigor, recuperando la situación inmediatamente anterior a la aprobación de dicho instrumento ordenador, tanto en el vínculo (aspecto ya cumplido en las resoluciones de 14 de enero de 2014) como en el resto de condiciones organizativas y económicas preexistentes. En definitiva,

mantiene la totalidad de las condiciones existentes en su relación laboral a fecha previa a la entrada en vigor de la RPT del IMD, es decir, a fecha 31 de diciembre de 2013.

Esta retroacción en las condiciones

existentes a 31 de diciembre de 2013 obligará a regularizar las retribuciones de los empleados afectados por el auto de 9 de abril de 2014 por medio de dos acciones. Por un lado, es obligado abonar las cantidades dejadas de percibir por aquellos empleados cuyas retribuciones se vieron minoradas por la adscripción, en régimen laboral, a un puesto de la RPT. Por otro lado, también lleva a exigir a determinados empleados el reintegro de las cantidades abonadas en exceso, por superar las retribuciones previstas en la RPT a las correspondientes a las plazas ocupadas en el momento previo a la entrada en vigor de la RPT.

6.- Igualmente, se ordena la remisión al

TSJC de “…una Relación de empleados afectados y de los puestos de la RPT que ocupan en el Instituto Municipal de Deportes”.

Esta relación, en la que incluiremos los

costes brutos de cada puesto de trabajo (según RPT) y de cada plaza (en los valores inmediatamente anteriores a la aprobación de la RPT), se adjunta al presente informe, bajo la denominación de Anexo. A este Anexo nos referiremos reiteradamente más tarde, en la parte dispositiva.

7.- Deben determinarse los efectos del

Auto de 9 de abril de 2014 sobre el acuerdo plenario de 27 de diciembre de 2013, que aprobó definitivamente, para el ejercicio 2014, la Plantilla del Personal Funcionario, Laboral, Eventual y Directivo del IMD.

El cumplimiento del Auto de 9 de abril

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de 2014 se entiende efectuado con la toma de razón de dicha resolución judicial por el Pleno municipal, en su próxima sesión, y de la reconversión, mientras dure la vigencia de la medida cautelar adoptada por el TSJC, de las plazas correspondientes a los empleados públicos con relación de servicio de laboral indefinido no fijo a los que se pretendía modificar el vínculo a personal funcionario interino.

Esas plazas, asignadas a los titulares que

quedan identificados en el Anexo, pasarán nuevamente, con carácter provisional, a la situación previa a la entrada en vigor de la RPT, y del presupuesto y plantilla para 2014, recuperando su naturaleza laboral y dando soporte a los empleados públicos que mantienen el vínculo laboral por mandato judicial.

En resumen, las repercusiones del Auto

de 9 de abril de 2014 en la plantilla municipal consistirán en contemplar, de manera provisional, un número de plazas de personal laboral equivalente al número de empleados del IMD cuya conversión de vínculo se ha suspendido, dado que las plazas incluidas en la plantilla carecen de identificación nominal alguna. Por ello, únicamente debe incrementarse la plantilla de personal laboral y, en el mismo número, reducirse la plantilla de personal funcionario.

8.- Finalmente, han de concretarse los

efectos del Auto de 9 de abril de 2014, sobre el acuerdo plenario de 27 de diciembre de 2013, que aprobó definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio 2014.

Sus repercusiones directas son casi

inexistentes. Ello se explica porque el sistema presupuestario público es mucho más flexible de lo que podría deducirse de una primera impresión. Para explicarlo, nos

atendremos a la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, y también a las bases de ejecución presupuestarias para 2014.

El presupuesto municipal de gastos se

segrega, en su clasificación económica, en diferentes apartados, llamados capítulos. El capítulo con el que se sufragan los gastos de personal es el conocido capítulo I (Gastos de Personal). Ese capítulo se subdivide sucesivamente en artículos, conceptos y subconceptos. Para la explicación, solamente llegaremos al nivel desagregado de artículos (seis), que van identificados desde el 10 al 16.

Con el artículo 10, se abonan las

nóminas de los órganos de gobierno y del personal directivo, con el artículo 11 las del personal eventual, con el artículo 12 el gasto de personal funcionario, con el artículo 13 el del personal laboral, con el artículo 14 gastos de otro tipo de personal, con el artículo 15 los incentivos al personal de cualquier tipo y, finalmente, con el artículo 16, se abonan las cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador. Aunque pueda parecer que estas divisiones son estancas, el sistema no funciona realmente así.

La posibilidad de utilizar todos estos artículos como si fueran una caja única para cualquier gasto (la llamada “bolsa de vinculación”) viene dada por el nivel de vinculación jurídica, como indican los artículos 27, 28 y 29 del Real Decreto 500/1990, que remite la definición de ese nivel a las bases de ejecución aprobadas anualmente junto con el presupuesto.

Y, en esas bases de ejecución

presupuestaria, el nivel de vinculación jurídica del capítulo I es a nivel de capítulo (base 8.ª), es decir, la bolsa engloba la totalidad de créditos del capítulo,

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independientemente del artículo en el que se hayan consignado, con una única excepción que luego explicaremos (la aplicación 121.01, referida al complemento de destino del personal funcionario).

De esta forma, aunque la consignación

presupuestaria inicial se haya efectuado situando todos los créditos en cualquiera de los capítulos (por ejemplo, todos en el artículo 12, que abona las nóminas del personal eventual), se pueden atender con esos créditos los gastos de cualquier otro artículo (por ejemplo, las nóminas del personal laboral).

Por ello, la suspensión del cambio de

vínculo de laboral a funcionario de estos empleados del IMD y, por ello, la prolongación de su situación en régimen laboral es inocua a efectos presupuestarios. De hecho, las nóminas de enero, febrero, marzo y abril se han tramitado sin problema alguno gracias a esta herramienta presupuestaria que se ha dado en llamar “bolsa de vinculación”, que permite atender el gasto de cualquier artículo incluido en la bolsa, con los créditos consignados en cualquiera de los otros artículos vinculados a dicha bolsa.

Para ampliar todavía más dicho efecto,

solo cabría abrir a la bolsa de vinculación del capítulo I el precitado subconcepto 121.01 (único que está vinculado a ese nivel de desagregación, es decir, “cerrado”, conforme a la base 8.ª, apartados 3.c, 4.c y 10, que se adjunta al presente informe) o, más sencillamente, transferir parte de su crédito a cualquier otro subconcepto que se encuentre vinculado a nivel de capítulo, es decir, cualquier otro del capítulo.

Por último, a efectos presupuestarios,

queda señalar las consecuencias de la medida cautelar sobre el anexo de personal. El anexo de personal, conforme el art.

18.1.c del Real Decreto 500/1990, es un documento que se agrega al presupuesto, que relaciona y valora económicamente el coste individual de todos los puestos de trabajo. Por ello, su configuración es casi idéntica a la de una RPT, añadiéndose en la prevista para 2014 una columna final en la que se consigna el coste bruto anual de ese puesto, sin definición nominativa alguna. La función del anexo de personal es acreditar que los créditos para personal incluidos en el Presupuesto se corresponden con la previsión del coste económico que suponen la totalidad de puestos de trabajo. Por ello, a efectos meramente complementarios, se estima oportuno dar cuenta al Pleno de la medida cautelar a los efectos de la adaptación del anexo de personal, que ahora contemplará las plazas de personal laboral temporal/indefinido no fijo, conforme lo indicado en el documento adjunto que denominamos Anexo, mientras tenga efectos la medida cautelar dictada por el TSJC con fecha 9 de abril de 2014.

Por todo lo anteriormente expuesto, y

en los términos propuestos por el alcalde con el informe favorable de la Comisión de Pleno de Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas, en sesión del día 21 de mayo de 2014, el Pleno ACUERDA:

PRIMERO.- Toma de razón y ejecución

del auto dictado en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P79/2014, respecto del acuerdo de aprobación del Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2014, aprobado definitivamente el 27 de diciembre de 2013.

SEGUNDO.- En consecuencia a lo

acordado en el apartado primero, adaptar el capítulo I y Anexo de Personal del Presupuesto General del Ayuntamiento de

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Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio de 2014, en los términos señalados en los Anexos I y II de este dictamen.

TERCERO.- Autorizar al concejal del Área

de Gobierno de Hacienda, Patrimonio y Contratación para que realice cuantas actuaciones sean necesarias para adecuar el Presupuesto General del Ayuntamiento de

Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio de 2014 en los aspectos en que se vea afectado por la ejecución de la medida cautelar dictada por el TSJC debiendo dar cuenta de las mismas al Pleno.

CUARTO.- Practicar las publicaciones

que procedan”.

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VOTACIÓN Número de votantes: 29 Presentes: 29 Votos a favor: 16 (G. M. Popular) Abstenciones: 13 [9 (G. M. Socialista); 4 (G. Mixto)] Escrutinio: se aprueba por mayoría de los corporativos presentes.

ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN ÓRGANO DE GESTIÓN TRIBUTARIA 12.- BONIFICACIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

Se adopta el siguiente acuerdo:

“I. ANTECEDENTES

Primero.- Escrito presentado el día 28-07-2011 por doña Lidia Cristina Pérez Mederos (NIF 42.858.879-N) solicitando bonificación en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras en relación con las obras de reforma y actualización de vivienda unifamiliar sita en la calle Hermanos García de la Torre n.º 9, por considerarlo obras de especial interés o utilidad municipal.

La licencia se otorga mediante Resolución 8297/2011, de fecha 13 de abril.

Segundo.- El artículo 103 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, de 5 de marzo de 2004, establece la posibilidad de que los ayuntamientos bonifiquen la cuota del impuesto en caso de interés municipal y por razones de interés social, cultural o histórico-artístico.

Tercero.- Dicha potestad está ejercida por este ayuntamiento en el artículo 10 A) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones,

Instalaciones y Obras, donde se prevé que la bonificación será del 65 % cuando las construcciones, instalaciones u obras sean declaradas de especial interés o utilidad municipal, ascendiendo la bonificación al 95 % cuando se trate de obras de rehabilitación, mantenimiento o conservación de inmuebles catalogados por el Plan General Municipal de Ordenación Urbana como de protección integral con categoría o carácter monumental.

Cuarto.- En fecha 13 de noviembre de 2012 el Servicio de Edificación y Actividades emite informe en el que dice que: "El Plan General vigente (Adaptación Básica del Plan General Municipal de Ordenación al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias ―TR-LOTCENC―), clasifica la parcela como Suelo Urbano consolidado por la urbanización, estando el inmueble CATALOGADO con protección INTEGRAL (máxima protección de nuestro planeamiento y de la legislación), con lo que cumple el requisito que establece la segunda parte del artículo 10 a) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, siendo las obras con licencia de rehabilitación del inmueble".

Quinto.- En el expediente constan, entre otros, los siguientes documentos y actuaciones:

1.- Solicitud del interesado y memoria del proyecto.

2.- Resolución n.º 8297/2011, de 13 de abril, por la que se concede licencia urbanística.

3.- Informe del Servicio de Edificación y Actividades de fecha 13 de noviembre de 2012.

4.- Informe del jefe de Servicio de Tributos y Exacciones de fecha 19 de marzo de 2014.

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5.- Informe de Intervención de fecha 8 de abril de 2014.

6.- La Comisión de Pleno de Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas, en sesión de 21-05-2014, dictaminó favorablemente la propuesta.

II. DISPOSICIONES LEGALES DE APLICACIÓN, FUNDAMENTALMENTE:

- Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (BOP núm. 89 de 23-7-2004), en adelante, ROGA.

- Ley 14/1990, de 26 de julio, de Reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en adelante, LRJAPC.

- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en adelante, LRJAP.

- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en adelante, LRBRL.

- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en adelante, ROF.

- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, en adelante, TRRL.

- Real Decreto-Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en adelante, TRLRHL.

- Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, en adelante, OF.

III. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

1. Sobre la competencia.

Al respecto de la competencia reglamentaria, dice la Ordenanza Fiscal:

“Artículo 10 A). OF.

"...La declaración de especial interés o utilidad municipal corresponde al Pleno de la Corporación y se acordará, … por el voto favorable de la mayoría simple de sus miembros y se fundamentará en motivos sociales, culturales o histórico-artísticos”.

2. Sobre la solicitud en trámite.

El artículo 10 A) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, dentro de la habilitación del TRLRHL ―artículo 103.2 a)―, reconoce la posibilidad de que las construcciones, instalaciones u obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal sean bonificadas por valor del 65 % en la cuota del impuesto que regula o del 95 % cuando se trate de obras de rehabilitación, mantenimiento o conservación de inmuebles catalogados por el Plan General Municipal de Ordenación Urbana como de protección integral con categoría o carácter monumental.

Se trata de un procedimiento bifásico, que abarca la obtención de la declaración de utilidad pública por el Pleno y la aplicación en las liquidaciones que procedan de la bonificación fiscal, acto competencia del concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación.

La solicitud ha de ser con anterioridad al devengo.

El artículo 7 OF establece:

“1- El Impuesto se devenga en el momento de iniciarse la construcción, instalación u obra, aun cuando no se haya obtenido la correspondiente licencia.

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2- A los efectos de este Impuesto se entenderán iniciadas las construcciones instalaciones y obras, salvo prueba en contrario:

a) Cuando haya sido concedida la preceptiva licencia municipal, en la fecha en que sea retirada dicha licencia por el interesado o su representante o, en el caso de que esta no sea retirada a los treinta días naturales de la fecha del Decreto de aprobación de la misma.

b) Cuando, sin haberse concedido por el Ayuntamiento la preceptiva licencia, se efectúe cualquier clase de acto material o jurídico tendente a la realización de aquellas".

3. Especial interés o utilidad municipal.

La Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras delimita ciertos supuestos bonificados con la siguiente redacción: "Las construcciones, instalaciones u obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal, disfrutarán de una bonificación del 65 por ciento. Esta bonificación será del 95 por ciento, cuando se trate de obras de rehabilitación, mantenimiento o conservación de inmuebles catalogados por el Plan General Municipal de Ordenación Urbana como de protección integral con categoría o carácter monumental".

Del citado precepto se desprende:

a) Que las circunstancias para que pueda declararse el especial interés o utilidad municipal son de muy variadas especies: sociales, culturales o histórico-artísticas, conceptos jurídicos indeterminados muy amplios.

b) Que cuando se trate de obras en inmuebles catalogados por el PMOU como de protección integral con categoría o carácter monumental, la bonificación será del 95 %.

4. Sobre el cumplimiento de los requisitos en el expediente remitido.

En el expediente consta informe del Servicio de Edificación y Actividades de fecha 13 de noviembre de 2012 que dice: "El Plan General vigente (Adaptación Básica del Plan General Municipal de Ordenación al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias ―TR-LOTCENC―), clasifica la parcela como Suelo Urbano consolidado por la urbanización, estando el inmueble CATALOGADO con protección INTEGRAL (máxima protección de nuestro planeamiento y de la legislación), con lo que cumple el requisito que establece la segunda parte del artículo 10 a) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, siendo las obras con licencia de rehabilitación del inmueble".

El informe de Intervención de fecha 8 de abril de 2014 concluye que "no se cumple con el requisito relativo a la presentación de la solicitud con anterioridad al devengo del impuesto".

La licencia se otorga mediante Resolución 8297/2011, de fecha 13 de abril.

Según informe de Edificación y Actividades, la licencia fue retirada el 14 de junio de 2011.

El recibo 4900118562400 correspondiente al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, ascendente a 3.952,00 euros, fue pagado el 14-06-2011.

La solicitud de bonificación se presenta el día 28-11-2011.

Se da en el expediente el requisito exigido en el artículo 10 A) de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras relativo a la bonificación del 95 % en la cuota del Impuesto sobre Construcciones,

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Instalaciones y Obras, ya que existe informe del Servicio de Edificación y Actividades de encontrarse el inmueble en el que se van a realizar las obras catalogado con protección INTEGRAL; no obstante, no se ha presentado la solicitud con anterioridad al devengo, ya que la solicitud se presentó el 28-11-2011 y según informe del Servicio de Edificación y Actividades la licencia se retiró el 14-06-2011.

La declaración de especial interés o utilidad municipal de las obras a realizar es competencia del Pleno, no obstante, no se cumple tampoco con el requisito relativo a la presentación de la solicitud con anterioridad al devengo del impuesto.

Por todo lo anteriormente expuesto, con el informe favorable de la Comisión de Pleno de Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas, sesión del día 21-05-2014, el Pleno resuelve:

Primero. La desestimación de la solicitud de declaración de especial interés o utilidad municipal y por tanto no corresponder la bonificación solicitada por doña Lidia Cristina Pérez Mederos (NIF 42.858.879-N) del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, en relación con las obras de reforma y actualización de vivienda unifamiliar sita en la calle Hermanos García de la Torre n.º 9.

Segundo. Del acuerdo presente se dará traslado al solicitante y al Órgano de Gestión Tributaria con objeto de que se efectúen los trámites necesarios para llevarlo a puro y debido efecto”.

DEBATE. Intervenciones:

El señor PRESIDENTE: Señor Gutiérrez, para explicar este punto.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN (Gutiérrez Márquez): Gracias, señor presidente. En este punto se desestima la

petición de bonificación del impuesto de construcciones, instalaciones y obras, realizada por la vivienda unifamiliar situada en la calle Hermanos García de la Torre, número 9, toda vez que no se cumplió con el requisito legal de pedir la bonificación previamente al devengo del impuesto.

El señor PRESIDENTE: Gracias, ¿alguna

intervención más sobre este punto?

VOTACIÓN Número de votantes: 28 Presentes: 28 Votos a favor: 28 Escrutinio: se aprueba por unanimidad de los corporativos presentes. INCIDENCIAS:

Desde el inicio del asunto se ausenta don Pedro Quevedo Iturbe.

Durante el tratamiento del asunto se

ausenta y se vuelve a incorporar a la sesión doña Rosa Viera Fernández.

ÓRGANO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA 13.- APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚMERO P2014/06, EN EL PRESUPUESTO DE 2014, MEDIANTE CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS

Se adopta el siguiente acuerdo: “I. ANTECEDENTES Vistos los documentos obrantes en el

expediente de referencia, fundamentalmente los siguientes:

- Informe del servicio municipal solicitante.

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- Orden de inicio del concejal de gobierno del Área Hacienda, Patrimonio y Contratación.

- Informe del Órgano de Gestión Presupuestaria.

- Informe de Intervención General. - Dictamen de la Comisión de Pleno de

Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas de fecha 21/05/14.

II. CONSIDERACIONES Considerando que, según informe del

servicio municipal solicitante que consta en el expediente, el gasto que se propone realizar es necesario efectuarlo en el presente ejercicio, no pudiendo demorarlo al siguiente, y no existiendo crédito para ello en el vigente Presupuesto.

Apreciadas la urgencia y la necesidad de realizar en el presente ejercicio los gastos propuestos.

III.- DISPOSICIONES LEGALES DE

APLICACIÓN, FUNDAMENTALMENTE

Artículo 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Artículo 37 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Artículo 123.1, p) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Por todo lo anteriormente expuesto, y en los términos propuestos por el concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, con el informe favorable de la Comisión de Pleno de Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas emitido en sesión del día 21 de mayo de 2014, el Pleno resuelve:

PRIMERO. APROBACIÓN INICIAL Se aprueba inicialmente el expediente

de modificación de créditos número P2014/06 mediante Concesión de Créditos Extraordinarios, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

RESUMEN POR CAPÍTULOS

ALTAS EN GASTOS

CAPÍTULO DENOMINACIÓN IMPORTE

SIETE TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 300.000,00 €

TOTAL ALTAS................................. 300.000,00 €

BAJAS EN GASTOS

CAPÍTULO DENOMINACIÓN IMPORTE

SIETE TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 300.000,00 €

TOTAL BAJAS................................. 300.000,00 €

SEGUNDO. INFORMACIÓN PÚBLICA De conformidad con lo dispuesto en el

artículo 177, en relación con el 169, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y concordantes del Real Decreto presupuestario 500/1990, de 20 de abril, este expediente aprobado inicialmente se

expondrá al público por 15 días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que consideren oportunas.

TERCERO. APROBACIÓN DEFINITIVA Y

ENTRADA EN VIGOR 1.º - Este expediente se considerará

definitivamente aprobado si durante el

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plazo de exposición pública no se presentaran reclamaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

2.º - El expediente definitivamente aprobado será publicado resumido por capítulos en el Boletín Oficial de la Provincia y entrará en vigor una vez publicado.

3.º - Del expediente definitivamente aprobado se enviará copia a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma”.

DEBATE. Intervenciones:

El señor PRESIDENTE: Interviene el concejal de Hacienda para explicar este punto, señor Gutiérrez.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN (Gutiérrez Márquez): Para llevar a cabo las obras de 2013 previstas en el Parque Deportivo del Estadio Insular, se trasvasan 300.000 euros dentro del área de Urbanismo, que van de la partida del capítulo VII, transferencias de capital, a lo que son transferencias de capital del Cabildo. El importe, como he dicho anteriormente, es de 300.000 euros, y es para iniciar las obras que le corresponden al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el Parque Deportivo del Estadio Insular.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Gutiérrez. ¿Alguna intervención? Sí, señor Ramírez.

El señor RAMÍREZ HERMOSO (concejal del

G. Mixto): Muchas gracias, señor alcalde, buenos días a todos y a todas. Nueva Canarias anuncia su abstención en este punto y se reserva la explicación de su posición para cuando se discuta

posteriormente el convenio de colaboración entre el Cabildo y el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria a este respecto, muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Ramírez. Señora Barrios. La señora BARRIOS CURBELO

(viceportavoz del G. Mixto): Compromiso se va a abstener en este punto, debido a que no nos parece una cuantía suficiente, y posteriormente explicaremos también la postura, cuando vayamos a debatir todo lo que es este proyecto denominado “Parque Deportivo del Estadio Insular”.

El señor PRESIDENTE: Muy bien, muchas

gracias, señora Barrios. Por parte del Grupo Socialista, señor Campoamor.

El señor CAMPOAMOR FERNÁNDEZ

(concejal del G. M. Socialista): Buenos días, nosotros anunciamos nuestro voto en contra y explicaremos el motivo de nuestro voto cuando se discuta el convenio a lo largo de la mañana de hoy, que viene en el pleno.

El señor PRESIDENTE: Muy bien, muchas

gracias, señor Campoamor. ¿Alguna intervención por su parte, señor Gutiérrez, o directamente pasamos a votación?

El señor GUTIÉRREZ MÁRQUEZ: No,

ninguna, supongo que el tema… más bien del tema técnico presupuestario, lo que se va a discutir es el tema sobre la idoneidad o no idoneidad de las obras del Parque Deportivo, con lo cual no tengo nada que discutir.

El señor PRESIDENTE: Muy bien, pues

votos a favor de este punto…

VOTACIÓN Número de votantes: 29

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Presentes: 29 Votos a favor: 16 (G. M. Popular) Votos en contra: 9 (G. M. Socialista) Abstenciones: 4 (G. Mixto) Escrutinio: se aprueba por mayoría de los corporativos presentes. INCIDENCIAS:

Se reincorpora a la sesión don Pedro Quevedo Iturbe.

INTERVENCIÓN GENERAL 14.- TOMA DE RAZÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 10 DEL REAL DECRETO-LEY 7/2012, DE 9 DE MARZO

El Pleno toma razón. “De acuerdo con lo dispuesto en el

artículo 10 del Real Decreto-Ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores, la Intervención General del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria emite el siguiente:

I N F O R M E

I.- ANTECEDENTES

El Real Decreto-Ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, establece, en su artículo 10, que las entidades locales podrán financiar las obligaciones de pago abonadas mediante el mecanismo previsto en la citada norma a través de la concertación de una operación de endeudamiento a largo plazo.

El acceso a dicha financiación lleva aparejada la obligación por parte de la entidad local de aprobar un plan de ajuste, que debe responder a unos criterios básicos al objeto de garantizar la sostenibilidad financiera de la operación. Este Plan de Ajuste fue aprobado por Acuerdo Plenario en sesión celebrada el día 28 de marzo de 2012, y valorado favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, el día 30 de abril de 2012. La revisión del Plan fue aprobada por Acuerdo Plenario en sesión celebrada el día 25 de septiembre de 2013.

Con arreglo al artículo 10 del Real Decreto-Ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores, las entidades locales incluidas en el ámbito subjetivo definido en los artículos 111 y 135 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales que concierten las operaciones de endeudamiento previstas en citado real decreto-ley deberán presentar con periodicidad trimestral al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas un informe del interventor sobre la ejecución de los planes de ajuste contemplados en el artículo 7 del Real Decreto-Ley 4/2012, de 24 de febrero.

Por otro lado, la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en su artículo 10, establece que antes del día quince del primer mes de cada trimestre deberá producirse el envío del informe. Para este primer trimestre de 2014 el Ministerio ha ampliado el plazo de envío de la citada información hasta el 22 de abril presente.

Del informe del interventor se dará cuenta al Pleno de la Corporación Local.

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II.- LEGISLACIÓN APLICABLE

• Real Decreto-Ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales.

• Real Decreto-Ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores.

• Orden PRE/773/2012, de 16 de abril, por el que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 1 de marzo de 2012, para la puesta en marcha del mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales.

• Real Decreto-Ley 8/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a las entidades locales con problemas financieros

• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.

• Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

• Ley Orgánica 4/2012, de 28 de septiembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

• Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

• Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012.

• Manual de cálculo del Déficit en Contabilidad Nacional adaptado a las Corporaciones Locales, publicado por la IGAE, Ministerio de Economía y Hacienda.

• Manual del SEC 95 sobre el Déficit Público y la Deuda Pública, publicado por Eurostat.

PRIMERO: CONSIDERACIONES PREVIAS

Los datos utilizados para la elaboración del presente informe han sido suministrados por cada uno de los entes incluidos en el Plan de Ajuste, la Intervención General no ha podido verificar la veracidad ni idoneidad de los mismos.

La eliminación de las transferencias internas se realiza bajo el criterio del ente pagador (es decir, si el Ayuntamiento tiene reconocida la obligación, se supone que el ente dependiente tiene reconocido, simultáneamente, el derecho).

SEGUNDO: Ejecución presupuestaria a 31/03/2014

a) Gastos:

La situación del presupuesto consolidado de gastos en el primer trimestre es la siguiente:

Gastos

Dato de

liquidación

ejercicio

2012

Dato del plan

de ajuste

Prev inicial +

modificaciones

Desviación

del plan /

presupuesto

1º trimestreProyección

anual 2014

Gastos corrientes: 251.482,47 256.293,00 257.831,94 0,60% 40.354,16 257.138,58

Gastos de capital: 24.648,28 15.420,00 27.040,71 75,36% 2.555,91 27.030,36

Gastos no financieros: 276.130,75 271.713,00 284.872,65 4,84% 42.910,07 284.168,94

Gastos op. financieras: 38.113,22 13.503,00 18.546,60 37,35% 2.073,11 18.545,59

Gastos Totales: 314.243,97 285.216,00 303.419,25 6,38% 44.983,18 302.714,53

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El saldo de las obligaciones pendientes de aplicar al Presupuesto a 31/03/2014 asciende a 2.241,17 miles de euros.

El periodo medio de pago a proveedores a 31/03/2014 es de 245 días, siendo el del Ayuntamiento por ser el ente principal y el de mayor presupuesto. Este dato se corresponde con el obtenido de los indicadores presupuestarios facilitados por la contabilidad.

El gasto financiado con remanente de tesorería (afectado y/o gastos generales) asciende a 92,46 miles de euros.

b) Ingresos: La situación del Presupuesto

Consolidado de Ingresos en el primer trimestre es la siguiente:

Ingresos

Dato de

liquidación

ejercicio

2012

Dato del plan

de ajuste

Prev inicial +

modificaciones

Desviación

del plan /

presupuesto

1º trimestreProyección

anual 2014

Ingresos corrientes: 295.894,17 295.231,00 306.745,39 3,90% 27.604,21 305.919,47

Ingresos de capital: 12.194,00 7.052,00 151,95 -97,85% 132,22 854,75

Ingresos no financieros: 308.088,17 302.283,00 306.897,34 1,53% 27.736,43 306.774,22

Ingresos financieros: 46.751,95 300,00 573,83 91,28% 68,30 571,91

Ingresos Totales: 354.840,12 302.583,00 307.471,17 1,62% 27.804,73 307.346,13

TERCERO: Situación de los ajustes propuestos en el Plan a 31/03/2014

a) Medidas de gastos Medida 1: Reducción de costes de

personal. Las medidas de reducción de gastos en

materia de personal previstas en el Plan de Ajuste ascienden a un total de 5.000.000 euros. Para el año 2014 se fijaron las siguientes medidas en personal con un impacto financiero de 1.250.000 euros:

• Medidas a aprobar por los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de 2014 a finales de 2013. • Diferentes medidas a adoptar por los Presupuestos Generales del Estado en materia de personal y racionalización de estructura de la Administración. A finales del año 2012 se adoptaron

medidas que suponían un ahorro aproximado de 5 millones de euros respecto de los gastos de dicho ejercicio. En el año 2013, los gastos del capítulo 1 del Ayuntamiento y sus organismos autónomos han disminuido, respecto al año de 2012 en

4.335 miles de euros y respecto al año 2011 en 8.985 miles de euros.

Las medidas de reducción de gastos previstas en el Plan de Ajuste ascienden a un total de 16.090.000 euros, siendo el ahorro de obligaciones reconocidas por operaciones no financieras muy superior a esa cifra en el año 2013 respecto a las del año 2011 (según consta en el informe de cumplimiento del 4.º trimestre del Plan), una vez aprobada la liquidación del ejercicio anterior se cuantificará el importe exacto del ahorro. De cumplirse las previsiones, esta Intervención General considerará que la totalidad de las medidas de gastos previstas durante la vigencia del Plan de Ajuste habrán sido cumplidas a 31 de diciembre de 2013.

b) Medidas de ingresos: Medida 3: Potenciar la inspección

tributaria para descubrir hechos imponibles no gravados.

En relación a esta medida se preveía la formalización de un contrato de servicio de auxilio al Servicio de Tributos en materia de inspección, cuantificándose el impacto financiero de esta medida en un millón de euros.

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Dicho contrato se está tramitando en la actualidad, motivo por el que no se ha reconocido en el ejercicio de 2014 importe alguno por este concepto.

Medida 5: Medida derivada de la Ley

4/2012, de 25 de junio, de Medidas Administrativas y Fiscales de la C. A. de Canarias, en relación con el impuesto general indirecto canario.

En relación a esta medida se preveía que el aumento de los tipos del IGIC tendría

un impacto financiero de 8.340.000 de euros para el año 2014.

A la fecha de emisión del presente informe no se dispone de los datos necesarios para cuantificar el impacto de esta medida en el primer trimestre del año 2014.

CUARTO: Endeudamiento a 31/03/2014

La situación de la deuda viva es la

reflejada en el siguiente cuadro:

(miles de euros)

Dato del plan

de ajuste

para 2014

Deuda viva a

01/01/20141º trimestre

Proyección

anual

estimada

31/12/2014

Desviación

de la

estimación

anual / plan

de ajuste

Deuda viva: 114.349,00 125.567,57 121.613,62 105.531,59 -7,71%

corto plazo: 18.689,00 2.401,00 1.801,00 0,00 -100,00%

largo plazo: 95.660,00 123.166,57 119.812,62 105.531,59 10,32%

Op. End. FFPP: 43.834,00 63.790,44 63.790,44 60.992,93 39,15%

Resto op. LP: 51.826,00 59.376,13 56.022,18 44.538,66 -14,06% La distribución de las anualidades por

operaciones de endeudamiento es la siguiente:

(miles de euros)

Dato del plan

de ajuste

para 2014

Dato del

presupuesto

2014

1º trimestre

Proyección

anual

estimada

Desviación

de la

estimación

anual / plan

de ajuste

Anualidades op. End. a

largo plazo: 20.199,64 22.786,46 4.258,85 22.786,46 12,81%

Cuota amortización del

principal: 15.479,00 17.634,99 3.353,95 17.634,99 13,93%

Op.End. FFPP 0,00 2.797,51 0,00 2.797,51 0,00%

Resto op. LP 15.479,00 14.837,48 3.353,95 14.837,48 -4,14%

Cuota total intereses: 4.720,64 5.151,47 904,90 5.151,47 9,13%

Op. End. FFPP 3.694,64 3.679,49 819,57 3.679,49 0,00%

Resto op. LP 1.026,00 1.471,98 85,33 1.471,98 43,47%

QUINTO: Magnitudes financieras y presupuestarias

No se dispone de datos para el cálculo

de los ajustes para adaptar el saldo de operaciones no financieras al SEC 95.

La proyección anual de los ajustes a realizar a 31/12 coincide con lo previsto en el Plan, es decir, una disminución de la capacidad de financiación de 14.038 miles de euros.

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Las principales magnitudes financieras y presupuestarias, relativas al primer

trimestre, se muestran en el siguiente cuadro:

(en miles de euros) Dato del plan de ajuste 1º trimestre

Proyección anual estimada a 31/12/2013

Desviación de la estimación anual / plan de ajuste

Ahorro bruto 38.938,00 -12.749,95 48.780,89 25,28%

Ahorro neto 23.459,00 -16.103,90 31.145,90 32,77%

Ahorro neto aplicado remanente de tesorería -16.011,44 31.238,36

Saldo de operaciones no financieras 30.570,00 -15.173,64 22.605,28 -26,05%

Ajustes SEC -14.038,00 0,00 -14.038,00 0,00%

Capacidad de financiación 16.532,00 -15.173,64 8.567,28 -48,18%

SEXTO: Consideraciones finales

La elaboración de los informes de

seguimiento del Plan de Ajuste es muy compleja y laboriosa al tener que realizarse teniendo en cuenta la información del Ayuntamiento y de los demás entes dependientes del mismo. Dado que debe realizarse periódicamente, en los quince días siguientes a la finalización de cada trimestre natural, debe dotarse a esta Intervención General de medios humanos adecuados, dada la insuficiencia de medios personales asignados para el ejercicio de las funciones de control interno del Ayuntamiento.

Deberá establecerse una metodología para que todos los entes incluidos en el Plan de Ajuste utilicen los mismos criterios de contabilización y cálculo de estimaciones, así como la designación de un responsable en cada ente o servicio a efectos del cumplimiento de las obligaciones trimestrales de información.

Lo que se informa a efecto del cumplimiento de lo dispuesto en el art. 10 del Real Decreto-Ley 7/2012, de 9 de

marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores. Del presente informe deberá darse cuenta al Pleno de la Corporación”. DEBATE. Intervenciones:

El señor PRESIDENTE: ¿Alguna intervención por su parte, señor Gutiérrez, concejal de Hacienda?

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN (Gutiérrez Márquez): Bien, del informe de la Intervención se desprende que no solo se cumple, sino que incluso se mejora la hoja de ruta establecida por el Plan de Ajuste aprobada con el objeto de la aprobación del acceso al Plan de Proveedores, que tan buenos resultados y frutos ha dado y está dando en estos momentos en lo que es el sector económico local.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Gutiérrez… ¿Ha pedido la palabra, señor Campoamor? Señora Medina, ¿usted también quiere hablar?

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El señor CAMPOAMOR FERNÁNDEZ (concejal del G. M. Socialista): No, no, yo había pedido la palabra.

El señor PRESIDENTE: Señor Campoamor,

tome la palabra. El señor CAMPOAMOR FERNÁNDEZ:

Gracias, señor alcalde. Es muy preocupante no solamente el informe que nos presenta hoy en este pleno, que es un informe que tiene que mandar la interventora sobre el seguimiento del Plan de Ajuste, sino son más preocupantes las palabras que acaba de decir el señor concejal de Hacienda, “todo marcha muy bien”. Yo le quiero preguntar una cuestión que ya le pregunté en la Comisión de Pleno. El informe de la interventora dice que el periodo medio de pago a proveedores a 31 de marzo es de 245 días, siendo el del Ayuntamiento por ser el ente principal y de mayor presupuesto. En declaraciones tanto de usted como del señor alcalde, como de todos los contertulios que, perteneciendo a esta corporación y representando al Partido Popular, participan en los debates y las tertulias de la radio y de la televisión, siempre ponen ustedes el mismo argumentarlo; ustedes pagan a proveedores a 30 días, 35 dicen otros, 40 dicen otros, usted me contesta en la Comisión de Pleno 36 días, en el informe, que luego veremos, de la liquidación del presupuesto dice 66 días, en otros informes de usted dice 144 días… Yo le pedí a usted que me diera los informes trimestrales que tienen que mandar al Ministerio de Hacienda sobre el cumplimiento de los plazos previstos para el pago de las obligaciones a los proveedores. Pero es más, le voy a pedir al señor alcalde que le exija a usted que cumpla con la ley, porque la Ley Orgánica, de 20 de diciembre, de Control de la Deuda Comercial en el Sector Público, dice en su disposición adicional primera que “transcurrido un mes desde la

entrada en vigor de esta ley todas las Administraciones Públicas y sus entidades y organismos vinculados (…) publicarán en su portal web su periodo medio de pago a proveedores”. Entonces, no solamente ya le pido que usted me dé ese informe, que trimestralmente mandan a Hacienda, de cuál es la situación de morosidad, sino que también le pido al señor alcalde que le exija a usted que publique en la página web el periodo medio de pago a proveedores, y cómo va la Tesorería, como dice la disposición adicional primera de una ley orgánica de 20 de diciembre.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Campoamor. El señor GUTIÉRREZ MÁRQUEZ: Bien,

muchas gracias. Realmente lo que es preocupante es su falta de conocimiento.

Señor Campoamor, ya le he explicado el tema de por qué aparece 245 días; es más, hace un guiño la interventora al poner los datos que se extraen del programa contable. El programa contable, señor Campoamor, tira de unos datos que son deudas que ustedes nunca han depurado, que estamos intentando depurar en estos momentos, que es una labor inmensa, de la deuda del año 96, 98, deudas que no existen; eso es lo que lastra y tira a 200 y pico días que pone ahí. Una auténtica mentira, porque no es la realidad. La realidad, y en la que nos basamos al dar los datos que estamos dando públicamente, se basa en los datos, en el criterio, en la metodología que establecen las cuentas anuales, que es cuánto nos queda de proveedores a 31 de diciembre con respecto de todo lo que se ha tramitado de proveedores a lo largo del año, y eso nos da 66 días. Y ¿por qué decimos 30 más 36? Dice “porque a veces nos dicen 36, a veces 66…”; es porque 30 es el plazo para que se compruebe la factura, y 36 para el pago, y en esta situación nos hemos quedado en la

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fotografía a 31 de diciembre del 2013, el pago a 36 días.

Ya que usted le pide al señor alcalde que me exija que lo publique, también le voy yo a pedir a la señora Mena que usted se estudie bien las cositas, porque resulta que el real decreto que establece la metodología en virtud de la cual se va ahora mismo a computar el plazo de tiempo de los proveedores todavía no está aprobado, y es por eso por lo que no se publica; no es ni más ni menos, con lo cual no le diga al señor alcalde que cumpla algo que no puedo cumplir. Sí le pido a la señora Mena que se estudie usted las cositas antes de decirlas.

El señor PRESIDENTE: Muy bien. A ver,

segunda intervención, señor Campoamor. El señor CAMPOAMOR FERNÁNDEZ: Señor

Gutiérrez, usted no me ha contestado a nada de lo que le he preguntado. Usted ha empezado únicamente a decir que si tenemos deuda antigua… Ya llevan ustedes tres años gobernando, y no se olvide de que ustedes están en el Gobierno y nosotros en la oposición; no quiera usted hacer oposición estando en el Gobierno.

Yo lo que le pregunto es por qué dice usted al Juzgado, que luego ya lo veremos, cuando hablemos de la liquidación del presupuesto, que el periodo medio de pago a proveedores es de 144 días. Yo se lo puedo enseñar a usted en un informe que hace usted, en un informe dice que son 144 días. Por otro lado, en la Comisión de Pleno me dice 36. Por otro lado, todos los concejales dicen 30. Por otro lado, la interventora dice 245. ¿Por qué no lo publica? ¿Por qué no me entrega usted a mí, que eso lo está usted mandando al Ministerio de Hacienda, que es su jefe, el señor Montoro, cuál es el periodo medio de pago y qué facturas se han pagado? Porque si usted quiere esa transparencia… Yo no tengo que estudiar más, el que tiene que

ser diligente y transparente es usted, y cuando usted me dé los datos yo los podré estudiar. Pero yo sí le pido al señor alcalde que no es lo mismo que usted cumpla una ley orgánica a que yo me estudié los datos, que ya me los he estudiado bastante bien, porque se lo estoy demostrando a usted en cada momento. Gracias.

El señor GUTIÉRREZ MÁRQUEZ: Señor

Campoamor, queda claro que nada más que sabe manipular. Cuando habla de 144 días, por supuesto que hay un informe con 144 días, pero se refiere al 31 de diciembre del 2012. Usted, como siempre, mezcla churras con merinas. Lo que usted está diciéndole al señor alcalde es que por qué no cumplo, y yo le respondo, y le digo que usted hace esa petición porque no se estudia las cosas, ni más ni menos. Y sigo diciendo que es preocupante su falta de conocimiento, pero muy preocupante. Y si usted no entiende las explicaciones que le doy, difícilmente le podré dar unas explicaciones mucho más sencillas.

La metodología que se está utilizando para decir que son 66 días es la que se basa en las cuentas anuales, porque la que está en la contabilidad está totalmente viciada por los datos que existen desde el año 1996, de facturas que no se han dado. ¿No entiende eso? Si no entiende eso, ya no puedo bajar más, más básico imposible; con lo cual, vuelvo a repetir, lo que es preocupante es que no se estudie usted las cosas y que salga aquí diciendo lo que dice o en la prensa manipulando y mintiendo, y diciendo cosas que no son correctas, pero mintiendo en todo el sentido de la palabra, para buscar nada más que el follón y la alteración, y nunca el bien y el interés de los ciudadanos.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Gutiérrez. No, alusiones personales… Vamos a ver, señor Campoamor, cuando se debate, claro que hay alusiones personales,

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pero el debate ya ha concluido. Votos a favor… perdón, es toma de razón, siguiente punto.

INCIDENCIAS:

Durante el debate del asunto se ausenta y se vuelve a incorporar a la sesión doña M.ª del Carmen Romero Espino.

Durante el tratamiento del asunto se

ausenta de la sesión don Pedro Quevedo Iturbe.

ÓRGANO DE GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA 15.- TOMA DE RAZÓN DEL ESTADO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA A 31 DE MARZO DE 2014

El Pleno toma razón. «I. ANTECEDENTES Vistos los documentos obrantes en el

expediente de referencia, fundamentalmente, los siguientes

□ Informe del Órgano de Gestión Económico-Financiera de 08 de mayo de 2014 sobre el estado de ejecución presupuestaria de 31 de marzo de 2014.

□ Dictamen favorable de la Comisión de Pleno de Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas de fecha 21 de mayo de 2014.

II. DISPOSICIONES LEGALES DE

APLICACIÓN

□ Artículo 207 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

□ Orden EHA/4041/2004, de 23 noviembre, por la que se aprueba el

modelo normal de Instrucción de Contabilidad para la Administración Local (ICAL).

□ Base 55.ª de las de ejecución del Presupuesto Municipal para este ejercicio.

Por lo expuesto, y en los términos propuestos por el concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, el Pleno conoce y toma razón de:

“Información recopilada por el Órgano

de Gestión Económico-Financiera acerca de la ejecución del presupuesto de este ayuntamiento y sus organismos autónomos: Instituto Municipal de Deportes, Instituto Municipal para el Empleo y la Formación, Agencia Local Gestora de la Energía de Las Palmas de Gran Canaria, S. A., Sociedad Municipal de Gestión Urbanística de Las Palmas, S. A., Guaguas Municipales, S. A., Hotel Santa Catalina, S. A., Sociedad de Promoción de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, Empresa de Recaudación Ejecutiva de Las Palmas de Gran Canaria, S. A. y la Sociedad Municipal de Aparcamientos de Las Palmas de Gran Canaria, S. A. a 31 de marzo de 2014. Dicha información se ha obtenido de cada uno de sus propios Sistemas de Información Contable”».

DEBATE. Intervenciones:

El señor PRESIDENTE: Perdón, vamos a ver, que el señor Campoamor se ha quedado… ¿Quiere intervenir en el siguiente punto, señor Campoamor? En el punto número 15, bien.

El señor CAMPOAMOR FERNÁNDEZ

(concejal del G. M. Socialista): Señor alcalde, tengo mi derecho a intervenir, si usted me da la palabra.

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El señor PRESIDENTE: Disculpe un segundo… (La señora SECRETARIA GENERAL: El 15 no, tendría que ser el 16, el 15 ya pasó). Sí, pero precisamente no tuvo el señor Campoamor la diligencia de levantar la mano, y ya habíamos tomado razón del 15; pero si usted quiere intervenir en el 15, no tengo ningún inconveniente en que lo haga.

El punto 15, toma de razón del estado de ejecución presupuestaria a 31 de marzo de 2014. Pero, evidentemente, planteada por el señor Campoamor la petición de palabra, vamos a que en primer lugar intervenga el señor concejal de Hacienda sobre este mismo punto, que es toma de razón del estado de ejecución presupuestaria a 31 de marzo de 2014. Tiene la palabra el señor Gutiérrez.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN (Gutiérrez Márquez): Bien, en el primer trimestre de 2014 se ha ejecutado el 14,64 %, frente al 12,76 % en el 2013, es decir, un incremento del 15 % respecto del presupuesto en que mayor ejecución ha habido en toda la historia del Ayuntamiento, y que, como veremos en un punto posterior de este pleno, ascendió al 95 %.

En conclusión, vamos en muy buen sendero en la ejecución presupuestaria para volver a realizar un nuevo récord de la ejecución presupuestaria, y por lo tanto, en la gestión de los recursos públicos.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Gutiérrez. Entonces ahora, a la vista de la intervención del señor Gutiérrez, solicita la palabra, en primer lugar, la señora Barrios… Adelante.

La señora BARRIOS CURBELO

(viceportavoz del G. Mixto): Si bien el señor Gutiérrez ha dado esos datos, nos gustaría que hiciera mención a los datos que en Asuntos Sociales y en Vivienda se

están ejecutando por el presupuesto municipal. Nosotros entendemos que hay aspectos y puntos en los que, sin embargo, no se está ejecutando como debería ser. Me parece que en la última comisión en la que se debatió este tema, el señor Gutiérrez nos daba la explicación de que hay un problema burocrático que conlleva, en tal caso, el tema de las ayudas y las subvenciones, pero lo cierto es que nos estamos encontrando con que las personas más débiles económicamente, las personas que más necesitan las ayudas del Ayuntamiento, están teniendo graves problemas para acceder a esas ayudas, que no son, ni más ni menos, que para comer, y sin embargo vemos tranquilamente, en los datos que aquí nos llegan ―y digo tranquilamente porque parece algo normal, y no debe ser normal― como no se está ejecutando, no se están priorizando estas ayudas, cuando debería hacerse.

No sé qué solución le pueden encontrar

ustedes al respecto, pero posiblemente sea que cuando una persona va a buscar una ayuda y se acerca a los trabajadores sociales, a los funcionarios de su distrito, deba quedar ahí y ellos deban dar la resolución final. Lo que no es posible es que se compare después y se lleve ese expediente a la Casa del Marino para ese segundo informe, que nosotros entendemos que retrasa considerablemente esa cuantía a recibir, en el caso de urgencia, o de ayuda de alimentos, y que, desde luego, es lo que se refleja en la ejecución del presupuesto, y nosotros creemos que es que hay que hacer algunos cambios para mejorar la vida de los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria, sobre todo de los que más lo necesitan. Gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señora Barrios. Señor Campoamor.

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El señor CAMPOAMOR FERNÁNDEZ: Señor concejal de Hacienda, voy a partir de la base de que el estado de ejecución del presupuesto en el primer trimestre no es representativo, pero es alarmante el que en determinadas partidas, como ya este grupo ha denunciado, la ejecución haya sido cero. Partidas como las ayudas de alquiler, que ustedes están pregonando que han aumentado en 50.000 euros, cuando en realidad lo que han hecho ha sido disminuir del gasto real del año 2013 en 100.000, porque se gastaron 750.000 y ustedes han dotado presupuestariamente 650.000, aunque luego ponen ustedes la coletilla de que esto no tendrá límite, que ustedes harán modificaciones, pero lo que hay es lo que hay. Le quiero decir, de esos 650.000 euros, ustedes, en el primer trimestre, no han ejecutado nada. No solamente es que no hayan pagado nada, es que no han reconocido derechos a ninguno de los vecinos que están pasando las de Caín, porque no tienen ni siquiera para comer y les están desahuciando de sus viviendas.

Lo mismo le puedo decir, salvo ayudas a domicilio, que es… los pagos realizados también han sido también cero, en los bonos guagua que tiene que dar Servicios Sociales para las personas jubiladas, etc., etc., las obligaciones reconocidas han sido cero y los pagos cero. Es decir, ustedes están dejando de lado a esos 53.000 parados que tiene la ciudad, de los que el 57 % ya no cobra ninguna prestación, y para ustedes no tienen ninguna prioridad. Usted me cuenta ahora mismo que han ejecutado más que el año pasado, pero yo le digo que en las áreas sociales ustedes no han ejecutado nada, y no han reconocido obligaciones a nadie, y tienen ustedes las colas de la cantidad de personas que no pueden pagar el alquiler de su vivienda y ustedes inmunes, no han dado ni un solo duro, y eso lo hemos denunciado, y es lo único que quiero traer a colación en este

estado de ejecución del presupuesto en el primer trimestre. Lo que les pido es que tengan ustedes mayor sensibilidad con los que lo están pasando muy mal.

El señor PRESIDENTE: ¿Qué le pide usted,

señor Gutiérrez? El señor GUTIÉRREZ MÁRQUEZ: Bien,

sencillamente, una vez más se manipula o no se conoce el tema. Una cosa es lo que establece el dato contable, si llega la factura o no llega una factura a un lugar o a un momento dado de la contabilidad, pero los servicios se están dando desde el día 1 de enero del 2014, los bonos de guagua se han estado dando desde el 1 de enero del 2014, las prestaciones de servicios de ayuda a domicilio se han dado desde el 1 de enero del 2014, independientemente de que nuestro proveedor nos emita la factura el día 20 de febrero, se reciba y se compruebe por el centro gestor el día 15 de marzo, se lleve a Intervención el día 29 de marzo y se contabilice el 2 de abril. Según eso, una prestación de servicios se contabiliza el 2 de abril porque hay un recorrido, pero según eso significa para usted que no se ha prestado un servicio o ayuda a domicilio. O usted desconoce cuál es el mecanismo de la Administración, o sencillamente intenta manipular. El servicio se ha prestado desde el día 1 de enero del 2014, independientemente de cuándo se presente la factura, de cuándo se fiscalice, de cuándo se produce la resolución o de cuándo se contabilice.

Está usted mezclando de forma canallesca ―se lo digo, porque no quiero creer que usted no tenga tanto desconocimiento―, en interés propio, jugando con los intereses, con las expectativas, de los distintos ciudadanos, y con su agobio, esa manipulación, porque el servicio se presta desde el día 1 de enero, y confundirlo con lo que es la factura, la fiscalización, o con lo que es la

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contabilización, es un maldad, es una ruindad. Y para su dato le diré que con respecto al año pasado, que se ejecutó el 125 % de lo inicialmente presupuestado, este año se ha ejecutado, con respecto al año pasado, para que vea usted lo que son las cosas, un 2.275.000 % más que el año pasado, para que vea si se ha mejorado la gestión con respecto al año pasado, que ya fue sobresaliente.

Con lo cual, le pido, por favor, que cuando hable de la necesidad de las personas, no lo haga con carácter partidista y para su interés propio.

El señor PRESIDENTE: Muy bien, señor

Gutiérrez. ¿Alguna segunda intervención más? Sí, señor Campoamor.

El señor CAMPOAMOR FERNÁNDEZ: Señor

Gutiérrez, no le consiento a usted que me diga que miento, no se lo consiento. Yo le demuestro a usted, con los datos que usted me está dando de la contabilidad, a no ser que esté mal, o esté manipulada, como usted dice, que en el primer trimestre del año 2014 no se ha pagado a ninguna persona que ha solicitado ayuda de alquiler ni una sola ayuda. Y dígame usted si eso es mentira, señor Gutiérrez, porque aquí los datos están “cero pagos y cero obligaciones reconocidas”, con lo cual, yo no estoy manipulando la realidad, el que está manipulando la realidad es usted, porque le digo que según los datos que usted me ha pasado, las ayudas de alquiler, que usted tiene 650.000 euros en el presupuesto, que dicen ustedes que han aumentado 50.000 euros del presupuesto inicial del año pasado, que es verdad, pero han bajado ustedes 100.000 euros del presupuesto final de las necesidades reales de los ciudadanos, han bajado ustedes 100.000 euros, ustedes ni han reconocido una sola obligación en el primer trimestre, ni han pagado una ayuda a una persona para que pueda pagar el alquiler de su casa. Dígame

usted si eso es mentira, señor Gutiérrez, y dígame usted si eso es manipular la realidad. Los únicos que están manipulando la realidad son ustedes.

El señor PRESIDENTE: Muy bien, gracias,

señor Campoamor. Termina el debate el señor Gutiérrez.

El señor GUTIÉRREZ MÁRQUEZ: Señor

Campoamor, lo mismo que se equivocó antes cuando dijo que en el escalafón mi jefe era Montoro, con lo cual denota un desconocimiento del escalafón, lo mismo le digo que usted no tiene que impelerme a mí para consentirme o no consentirme. Usted no me consiente, yo diré lo que yo quiera, y que usted consienta o no consienta me trae sin cuidado, porque usted no tiene ningún tipo actuación… contra lo que yo digo. Y segundo, lo que yo he dicho no es mentira.

El señor PRESIDENTE: Perdón un

momento, señor Gutiérrez, un momentito. Yo le ruego a la bancada socialista que guarde respetuoso silencio mientras interviene el señor Gutiérrez, se lo ruego encarecidamente, el mismo silencio que ha mantenido el Partido Popular cuando ha intervenido el señor Campoamor, muchas gracias. Adelante, señor Gutiérrez.

El señor GUTIÉRREZ MÁRQUEZ: (Voces

fuera de micrófono). Si la falta de respeto es mentir en el sentido de que estamos manipulando, que no me consiente el que yo dé explicaciones, que se le pida al alcalde que yo publique una cosa cuando se desconoce la ley por la que no se puede publicar porque todavía no se ha emitido el real decreto, perdone, si eso es insultar, he insultado. Pero lo que se tiene que hacer antes de hacer unas acusaciones muy graves es informarse un poco, y no simplemente jugar de forma calculada con el desconocimiento y con la ignorancia para

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decir cosas que no son ciertas, y más cuando están en juego los sentimientos de aquellas personas más necesitadas. Lo siento, lo haré y lo volveré a hacer.

Una vez dicho esto, voy al tema principal, que es de lo que estaba hablando. Usted no tiene que consentirme nada, primero porque no es mi jefe, igual que no lo es Montoro; segundo, yo no le he dicho que haya mentido, yo le he dicho que ha manipulado, ha manipulado en todos los sentidos. Usted sabe que una cosa es la cuestión contable y otra es la prestación de servicio. La prestación de servicio se da el día 1 de enero. Cuando venga la factura o cuando se fiscalice, será otra cosa diferente. Está confundiendo lo que es el servicio con el dato contable, son dos cosas totalmente diferentes. Es como lo que hemos oído a lo largo de todo el año 2013, de que no estamos prestando servicios de las prestaciones sociales, y fíjese cómo está la liquidación a 31 de diciembre del 2013, el 125 %, con lo cual, no estamos mintiendo, estamos hablando simplemente de un artificio contable, y quieren ustedes llevar un artificio contable a lo que es una realidad. Y eso es muy grave, es una manipulación, porque yo entiendo que usted tiene los suficientes conocimientos para saber que eso no es verdad, que eso ocurre, con lo cual, digo que es una ruindad usar el artificio contable para decir que no se presta servicio a las personas más necesitadas. Las personas más necesitadas necesitan, tanto de nosotros como de la oposición, que las respaldemos, no que les demos mensajes que son alarmantes, porque no solo necesitan ese dinero, sino también el apoyo de todos los que estamos aquí.

El señor PRESIDENTE: Vamos terminando.

Gracias, señor Gutiérrez. Esto es una toma de razón. Pasamos al siguiente punto del orden del día… No, ha habido ya varias intervenciones sobre este mismo punto y el

tema está suficientemente debatido. Las alusiones, señor Campoamor, las puede solicitar alguien que no haya intervenido en el debate. Pero, evidentemente, cuando se interviene en el debate, el cruce de contestaciones y respuestas forma parte natural del debate que se está celebrando. Siguiente punto del orden del día. INCIDENCIAS:

Durante el tratamiento del asunto se reincorpora a la sesión doña M.ª del Carmen Vargas Palmés.

Durante el debate del asunto se

ausentan de la sesión los siguientes corporativos:

- D. Fernando Navarro Cardoso - D.ª M.ª del Carmen Vargas Palmés - D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo Se ausenta y se vuelve a incorporar a la

sesión doña Isabel Mena Alonso. Continúa ausente de la sesión don

Pedro Quevedo Iturbe.

CUESTIÓN DE ORDEN A las 10.15 h se ausenta de la sesión el

señor presidente, y es sustituido por el primer teniente de alcalde, don Ángel Sabroso Ramírez.

16.- DAR CUENTA DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DEL EJERCICIO 2013, APROBADA POR RESOLUCIÓN DEL CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN, NÚMERO 10627, DE 19 DE MARZO DE 2014

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El Pleno toma razón. «I. ANTECEDENTES

□ Resolución del concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, número 10627 de 19 de marzo de 2014.

II. DISPOSICIONES LEGALES DE

APLICACIÓN Artículo 193.4 del Texto Refundido de la

Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Por todo lo anteriormente expuesto, y

en los términos propuestos por el concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, el Pleno conoce y toma razón de:

“RESOLUCIÓN /2014 de fecha

19 de marzo, del concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, por la que se aprueba la Liquidación del Presupuesto del Instituto Municipal de Deportes del ejercicio 2013.

ANTECEDENTES PRIMERO.- Listados de la liquidación del

presupuesto del Instituto Municipal de Deportes correspondiente al ejercicio 2013.

SEGUNDO.- Con fecha 24 de febrero de

2014, la técnico especialista de gestión del Instituto Municipal de Deportes, con el visto bueno del director del Órgano de Gestión económico-Financiero, emite informe sobre la liquidación del presupuesto correspondiente al ejercicio 2013.

TERCERO.- Con fecha 13 de marzo de

2014, el gerente del Instituto Municipal de Deportes de Las Palmas de Gran Canaria, en virtud del acuerdo de la Junta Rectora

de fecha 17 de mayo de 2013, dirige a la Intervención General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria la propuesta inicial de liquidación del presupuesto del Organismo correspondiente al ejercicio 2013.

CUARTO.- Con fecha 14 de marzo de

2014, la viceinterventora del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, emite informe con las consideraciones a la liquidación del presupuesto del Organismo correspondiente al ejercicio 2013.

QUINTO.- Con fecha 19 de marzo de

2014, la Junta Rectora del Instituto Municipal de Deportes aprobó la propuesta inicial de liquidación del presupuesto de este Organismo correspondiente al ejercicio 2013.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- Los artículos 89 a 105 del Real

Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos (en adelante, Real Decreto 500/90), en lo relacionado con la liquidación de los presupuestos de las entidades locales y de los organismos autónomos dependientes de ellas.

II.- El artículo 192 del Real Decreto

Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (en adelante, LRHL), en relación al cierre y liquidación del presupuesto de los organismos autónomos.

III.- El artículo 193.4 de la LRHL señala que una vez se apruebe la liquidación de cada uno de los presupuestos que integran

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el presupuesto general, se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.

Tomando en consideración lo dispuesto en el artículo 192.2 del TRLRHL, en relación con el artículo 90 del Real Decreto 500/90, y en ejercicio de las competencias conferidas mediante Decreto del alcalde número 15621/2011, de fecha 15 de junio, publicado en el Boletín Oficial de la

Provincia de Las Palmas número 98, de 1 de agosto de 2011

RESUELVO

PRIMERO: La aprobación de la liquidación del Presupuesto del Instituto Municipal de Deportes correspondiente al ejercicio 2013, que ofrece el siguiente resumen por capítulos de gastos e ingresos:

I.- DERECHOS RECONOCIDOS NETOS

Capítulo 1 – Impuestos Directos 0,00

Capítulo 2 – Impuestos Indirectos 0,00

Capítulo 3 – Tasas y otros ingresos 86.525,13

Capítulo 4 – Transferencias corrientes 3.892.386,75

Capítulo 5 – Ingresos Patrimoniales 62.762,35

TOTAL OPERACIONES CORRIENTES 4.041.674,23

Capítulo 6 – Enajenación de inversiones reales 0,00

Capítulo 7 – Transferencias de capital 0,00

Capítulo 8 – Activos financieros 1.322,88

Capítulo 9 – Pasivos financieros 0,00

TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL 1.322,88

TOTAL DERECHOS RECONOCIDOS NETOS 4.042.997,11

II.- OBLIGACIONES RECONOCIDAS NETAS

Capítulo 1 – Gastos de personal 2.459.800,15

Capítulo 2 – Gastos en bienes corrientes y servicio

1.086.886,78

Capítulo 3 – Gastos financieros 47.402,39

Capítulo 4 – Transferencias corrientes 360.040,48

TOTAL OPERACIONES CORRIENTES 3.954.129,80

Capítulo 6 – Inversiones reales 0,00

Capítulo 7 – Transferencias de capital 0,00

Capítulo 8 – Activos financieros 3.533,25

Capítulo 9 – Pasivos financieros 0,00

TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL 3.533,25

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TOTAL OBLIGACIONES RECONOCIDAS NETAS

3.957.663,05

SEGUNDO: El resultado presupuestario

ajustado del ejercicio es:

Derechos reconocidos netos 4.042.997,11

a) Operaciones corrientes 4.041.674,23

b) Otras operaciones no financieras 0,00

Total operaciones no financieras (a+b) 4.041.674,23

Activos Financieros 1.322,88

Pasivos Financieros 0,00

Obligaciones reconocidas netas 3.957.663,05

a) Operaciones corrientes 3.954.129,80

b) Otras operaciones no financieras 0,00

Total operaciones no financieras (a+b) 3.954.129,80

Activos Financieros 3.533,25

Pasivos Financieros 0,00

Resultado Presupuestario del ejercicio 85.334,06

Créditos gastados financiados con remanente de tesorería para gastos generales

0,00

Desviaciones de financiación negativas del ejercicio 0,00

Desviaciones de financiación positivas del ejercicio 0,00

Resultado presupuestario ajustado 85.334,06

TERCERO: El remanente de tesorería presenta el siguiente desglose:

1. Fondos líquidos 111.128,85

a) Derechos pendientes de cobro: 2.600.405,16

+ del presupuesto corriente 2.538.285,29

+ de presupuestos cerrados 104.854,85

+ de Operaciones no presupuestarias 36.993,63

- cobros realizados pendientes de aplicación definitiva 79.728,61

b) Obligaciones pendientes de pago: 958.459,32

+ de presupuesto corriente 773.377,88

+ de presupuestos cerrados 58.462,23

+ de Operaciones no presupuestarias 126.619,21

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- pagos pendientes de aplicación definitiva 0,00

I. Remanente Líquido de Tesorería (a+b+c): 1.753.074,69

II. Saldo de dudoso cobro 141.848,48

III. Exceso de financiación afectada 0,00

IV. Remanente de tesorería paga gastos generales (I-II-III) 1.611.226,21

CUARTO: De la presente resolución se

dará cuenta en el próximo Pleno que se celebre.

QUINTO: La remisión de una copia de

la liquidación a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma, a los efectos previstos en el artículo 193.5 del TRLRHL.

Dada con la intervención del secretario general técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad, conforme a lo establecido en el artículo 28.3-e) del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve de marzo de dos mil catorce”». INCIDENCIAS:

Durante el tratamiento del asunto se reincorpora a la sesión doña M.ª del Carmen Vargas Palmés.

Continúan ausentes de la sesión los

siguientes corporativos: - D. Fernando Navarro Cardoso - M.ª Bernarda Barrios Curbelo - D. Pedro Quevedo Iturbe

17.- DAR CUENTA DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL EMPLEO Y LA FORMACIÓN DEL EJERCICIO 2013, APROBADA POR RESOLUCIÓN DEL CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA DE HACIENDA, PATRIMONIO Y

CONTRATACIÓN, NÚMERO 11821, DE 25 DE MARZO DE 2014

El Pleno toma razón. «I. ANTECEDENTES

□ Resolución del concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, número 11851 de 25 de marzo de 2014.

II. DISPOSICIONES LEGALES DE

APLICACIÓN

Artículo 193.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Por todo lo anteriormente expuesto, y

en los términos propuestos por el concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, el Pleno conoce y toma razón de:

“RESOLUCIÓN /2014 de fecha 25 de marzo, del concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, por la que se aprueba la Liquidación del Presupuesto del Instituto Municipal para el Empleo y la Formación del ejercicio 2013.

ANTECEDENTES

PRIMERO.- Listados de la liquidación del presupuesto del Instituto Municipal para el Empleo y la Formación correspondiente al ejercicio 2013.

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SEGUNDO.- Con fecha 7 de marzo de 2014, la técnico de gestión del Instituto Municipal para el Empleo y la Formación, con el visto bueno del director del Órgano de Gestión Económico-Financiero, emite informe sobre la liquidación del presupuesto correspondiente al ejercicio 2013.

TERCERO.- Con fecha 13 de marzo de

2014, la gerente del Instituto Municipal para el Empleo y la Formación de Las Palmas de Gran Canaria, dirige a la Intervención General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria la propuesta inicial de liquidación del presupuesto del Organismo correspondiente al ejercicio 2013.

CUARTO.- Con fecha 12 de marzo de

2014, la viceinterventora del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, emite informe con las consideraciones a la liquidación del presupuesto del Organismo correspondiente al ejercicio 2013.

QUINTO.- Con fecha 24 de marzo de

2014, el Consejo Rector del Instituto Municipal para el Empleo y la Formación aprobó la propuesta inicial de liquidación del presupuesto de este Organismo correspondiente al ejercicio 2013.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- Los artículos 89 a 105 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de

diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos (en adelante, Real Decreto 500/90), en lo relacionado con la liquidación de los presupuestos de las entidades locales y de los organismos autónomos dependientes de ellas.

II.- El artículo 192 del Real Decreto

Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (en adelante, LRHL), en relación al cierre y liquidación del presupuesto de los organismos autónomos.

III.- El artículo 193.4 de la LRHL señala

que una vez se apruebe la liquidación de cada uno de los presupuestos que integran el presupuesto general, se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.

Tomando en consideración lo dispuesto en el artículo 192.2 del TRLRHL, en relación con el artículo 90 del Real Decreto 500/90, y en ejercicio de las competencias conferidas mediante Decreto del alcalde número 15621/2011, de fecha 15 de junio, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 98, de 1 de agosto de 2011

RESUELVO

PRIMERO: La aprobación de la liquidación del Instituto Municipal para el Empleo y la Formación correspondiente al ejercicio 2013, que ofrece el siguiente resumen por capítulos de gastos e ingresos:

DERECHOS RECONOCIDOS NETOS

Capítulo 1- Impuestos directos 0,00

Capítulo 2- Impuestos indirectos 0,00

Capítulo 3- Tasas y otros ingresos 301,28

Capítulo 4- Transferencias corrientes 2.776.750,05

Capítulo 5- Ingresos patrimoniales 114.351,15

TOTAL OPERACIONES CORRIENTES 2.891.402,48

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Capítulo 6- Enajenación de inversiones reales 0,00

Capítulo 7- Transferencias de capital 6.428,10

Capítulo 8- Activos financieros 0,00

Capítulo 9- Pasivos financieros 0,00

TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL 6.428,10

TOTAL DERECHOS RECONOCIDOS NETOS 2.897.830,58

I. OBLIGACIONES RECONOCIDAS NETAS

Capítulo 1- Gastos de personal 2.094.270,95

Capítulo 2- Gastos en bienes corrientes 261.317,15

Capítulo 3- Gastos financieros 73.611,00

Capítulo 4- Transferencias corrientes 57.247,60

TOTAL OPERACIONES CORRIENTES 2.486.446,70

Capítulo 6- Inversiones reales 3.500,00

Capítulo 7- Transferencias de capital 4.285,40

Capítulo 8- Activos financieros 0,00

Capítulo 9- Pasivos financieros 0,00

TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL 7.785,40

TOTAL OBLIGACIONES RECONOCIDAS NETAS 2.494.232,10

SEGUNDO: El resultado presupuestario

ajustado del ejercicio es:

CONCEPTOS DERECHOS

RECONOCIDOS NETOS

OBLIGACIONES RECONOCIDAS

NETAS AJUSTES

RESULTADO PRESUPUESTARIO

a. Operaciones corrientes

2.891.402,48 2.486.446,70 404.955,78

b. Otras operaciones no financieras

6.428,10 7.785,40 -1.357,30

1. Total operaciones no financieras (a+b)

2.897.830,58 2.494.232,10 403.598,48

2. Activos financieros

3. Pasivos financieros -

- -

RESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO

2.897.830,58 2.494.232,10 403.598,48

AJUSTES

4. Créditos gastados financiados con remanente de tesorería para gastos

generales -

5. Desviaciones de financiación negativas del ejercicio

378.262,31

6. Desviaciones de financiación positivas del ejercicio

338.603,82 39.658,49

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RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO

443.256,97

TERCERO: El remanente de tesorería

presenta el siguiente desglose:

CONCEPTOS IMPORTES

1. Fondos líquidos 795.445,28 2. Derechos pendientes de cobro 264.232,26 + del Presupuesto corriente 226.446,75 + de Presupuestos cerrados 37.785,51 + de Operaciones no presupuestarias - - cobros realizados pendientes de aplicación definitiva - 3. Obligaciones pendientes de pago 219.076,62 + del Presupuesto corriente 70.336,32 + de Presupuestos cerrados 6.121,15 + de Operaciones no presupuestarias 142.619,15 - pagos realizados pendientes de aplicación definitiva - I. Remanente de tesorería total (1+2-3) 840.600,92 II. Saldo de dudoso cobro 37.785,51 III. Exceso de financiación afectada 179.988,30 IV. Remanente de tesorería para gastos generales (I-II-III) 622.827,11

CUARTO: De la presente resolución se dará

cuenta en el próximo Pleno que se celebre. QUINTO: La remisión de una copia de la

liquidación a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma, a los efectos previstos en el artículo 193.5 del TRLRHL.

Dada con la intervención del Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno la Ciudad, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.3-e) del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco de marzo de dos mil catorce”».

INCIDENCIAS:

Durante el tratamiento del asunto se ausenta de la sesión doña Inmaculada Medina Montenegro.

Continúan ausentes de la sesión los

siguientes corporativos: - D. Fernando Navarro Cardoso

- M.ª Bernarda Barrios Curbelo - D. Pedro Quevedo Iturbe

18.- DAR CUENTA DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE LA AGENCIA LOCAL GESTORA DE LA ENERGÍA DEL EJERCICIO 2013, APROBADA POR RESOLUCIÓN DEL CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN, NÚMERO 12990, DE 7 DE ABRIL DE 2014

El Pleno toma razón. «I. ANTECEDENTES

□Resolución del concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, número 12990 de 07 de abril de 2014.

II. DISPOSICIONES LEGALES DE APLICACIÓN

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Artículo 193.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Por todo lo anteriormente expuesto, y en

los términos propuestos por el concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, el Pleno conoce y toma razón de:

“Resolución n.º………./2014, de 7 de

abril, del concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, por la que se aprueba la liquidación del presupuesto del ejercicio 2013 de la Agencia Local Gestora de la Energía de Las Palmas de Gran Canaria.

Vista la propuesta del Consejo Rector de

la Agencia Local Gestora de la Energía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1 letra d y 13 h de sus Estatutos,

en relación con el artículo 191 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por R. D. Legislativo 2/2004, y en virtud de las competencias atribuidas en el Decreto de la Alcaldía n.º 15621/2011, de 15 de junio

RESUELVO: Primero.- Aprobar la liquidación del

Presupuesto de la Agencia Local Gestora de la Energía correspondiente al ejercicio 2013, según el expediente adjunto, cuyo resumen, en cuanto a ejecución de ingresos y gastos, resultado presupuestario, remanente de tesorería y operaciones pendientes de aplicar al presupuesto, es el que se recoge a continuación.

A) Resumen por capítulos de gastos e ingresos. ESTADO DE INGRESOS

Capítulo Denominación Previsiones Iniciales

Previsiones Definitivas

Derechos Netos

Recaudación Líquida

Pendiente de cobro

3

Tasas y otros ingresos

71.000,00

71.000,00

39.775,21

39.775,21

4

Transf. corrientes

237.286,54 237.286,54

237.286,54

154.138,27

83.148,27

Suma total ingresos

308.286,54

308.286,54

277.061,75

193.913,48

83.148,27

ESTADO DE GASTOS

Capítulo Denominación Créditos Iniciales

Créditos Definitivos

Obligaciones Reconocidas

Pagos Líquidos

Pendiente de pago

1

Gastos de personal

197.574,40

197.574,40

179.686,81

179.686,81

2

Gastos en bienes corrientes y servicios

39.712,14

55.712,14

48.895,10

32.828,77

16.066,33

6 Inversiones reales

71.000,00 55.000,00 23.539,95 16.979,95 6.560,00

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Suma total gastos

308.286,54 308.286,54 252.121,86 229.495,53 22.626,33

B) Resultado presupuestario ajustado del ejercicio.

CONCEPTOS DERECHOS

RECONOCIDOS NETOS

OBLIGACIONES RECONOCIDAS

NETAS AJUSTES

RESULTADO PRESUPUESTARIO

a. Operaciones corrientes 277.061,75 228.581,91 48.479,84

b. Otras operaciones no financieras 23.539,95 -23.539,95

1. Total operaciones no financieras (a+b)

227.061,75 252.121,86 24.939,89

2. Activos financieros

3. Pasivos financieros

RESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO

227.061,75 252.121,86 24.939,89

4. Créditos gastados financiados con remanente de tesorería para gastos generales

5. Desviaciones de financiación negativas del ejercicio

6. Desviaciones de financiación positivas del ejercicio

RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO

24.939,89

C) Remanente de tesorería.

CONCEPTOS IMPORTES

1. Fondos líquidos 479.959,50

2. Derechos pendientes de cobro 83.148,27

+ del Presupuesto corriente 83.148,27

+ de Presupuestos cerrados

+ de Operaciones no presupuestarias

- cobros realizados pendientes de aplicación definitiva

3. Obligaciones pendientes de pago 34.212,23

+ del Presupuesto corriente 22.626,33

+ de Presupuestos cerrados 26,95

+ de Operaciones no presupuestarias

11.558,95

- pagos realizados pendientes de aplicación definitiva

I. Remanente de tesorería total (1+2-3) 528.895,54

II. Saldo de dudoso cobro

III. Exceso de financiación afectada

IV. Remanente de tesorería para gastos generales (I-II-III)

528.895,54

D) Operaciones pendientes de aplicar al presupuesto del ejercicio 2013

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El movimiento de la cuenta 413 “Acreedores por operaciones pendientes de aplicar al presupuesto” es el que se refleja a continuación:

Concepto cuenta 413 2013

1.Saldo inicial 21.347,03

2.Saldo final 21.347,03

Ajuste (2-1) 0,00

Segundo.- Inclúyase en el orden del día

de la siguiente Sesión Plenaria, a efectos de dar cuenta al Pleno (art. 193.4 del TRLRHL).

Tercero.- Remítase copia de la

liquidación a la Comunidad Autónoma y a la Administración del Estado (art. 193.5 del TRLRHL)”». INCIDENCIAS:

Continúan ausentes de la sesión los

siguientes corporativos: - D. Fernando Navarro Cardoso - M.ª Bernarda Barrios Curbelo - D. Pedro Quevedo Iturbe - D.ª Inmaculada Medina Montenegro

19.- DAR CUENTA DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA DEL EJERCICIO 2013, APROBADA POR RESOLUCIÓN DEL CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN, NÚMERO 16166, DE 6 DE MAYO DE 2014

El Pleno toma razón. «I. ANTECEDENTES

□ Resolución del concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y

Contratación, número 16166 de 06 de mayo de 2014.

II. DISPOSICIONES LEGALES DE APLICACIÓN

Artículo 193.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Por todo lo anteriormente expuesto, y en los términos propuestos por el concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, el Pleno conoce y toma razón de:

“Resolución número , de mayo de

2014, del concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, de aprobación de la Liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria correspondiente al ejercicio 2013.

ANTECEDENTES Los estados, cuentas y documentos de la

liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria correspondiente al ejercicio 2013 han sido confeccionados por el Órgano de Gestión Económico-Financiera que, en fecha 28 de marzo de 2014 ha emitido informe al respecto.

Remitido el expediente a la Intervención General, esta ha emitido el informe preceptivo previo a su aprobación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

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□ Artículos 191 a 193 del RDL 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en adelante TRLHL.

□ Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

□ Artículos 89 a 105 del Real Decreto 500/1990, del 20 de abril.

□ Reglas 76 a 86 de la Instrucción de contabilidad para la administración local, modelo normal, aprobada por orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre, en adelante ICAL.

□ Decreto 397/2007, de 27 de noviembre, por el que se acuerda la remisión de determinada información económico financiera de las entidades locales a la Administración de la comunidad Autónoma de Canarias a través de la aplicación informática UNIFICA.

□ Orden EHA/468/2007, de 22 de febrero, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática de la liquidación de los presupuestos de las Entidades Locales y de la información adicional requerida para la aplicación efectiva del principio de transparencia en el ámbito de la estabilidad presupuestaria.

□ Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27

de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

□ Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2012, aprobado por acuerdo del Pleno de 28 de marzo de 2012 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 43, de 4 de abril.

De conformidad con lo dispuesto en el

artículo 191 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y concordantes del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, a la vista del informe y del expediente tramitado por el Órgano de Gestión Económico-Financiera, previo informe de la Intervención General y en virtud de las competencias atribuidas en los Decretos de la Alcaldía números 15593/2011, de 14 de junio, 15621/2011, de 15 de junio y 15708/2011, de 17 de junio.

RESUELVO: Primero: Aprobar la Liquidación del

Presupuesto de esta Corporación correspondiente al ejercicio 2013, en los términos en que ha sido preparada y cuyo resultado en resumen es el siguiente:

a) Resumen por capítulos de ingresos:

Inicial Modificación Definitivo Porcent. Modific.

Derechos reconocidos

Porc. Ejecu.

Impuestos directos 120.817.741,49 0,00 120.817.741,49 0,00% 127.386.617,53 105,44%

Impuestos indirectos 2.002.940,29 0,00 2.002.940,29 0,00% 35.690.896,40 1781,93%

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Tasas, precios públicos y otros

ingresos 20.211.889,25 0,00 20.211.889,25 0,00% 22.790.306,61 112,76%

Transferencias corrientes 152.768.933,20 362.950,04 153.131.883,24 0,24% 123.821.696,34 80,86%

Ingresos patrimoniales 2.036.177,00 0,00 2.036.177,00 0,00% 4.093.215,66 201,02%

Enajenación de inversiones reales 421.455,40 0,00 421.455,40 0,00% 35.273,74 8,37%

Transferencias de capital 3.020.045,28 5.409.572,94 8.429.618,22 179,12% 2.748.407,43 32,60%

Activos financieros 1.140.756,07 9.685.765,22 10.826.521,29 849,07% 1.059.607,63 9,79%

Pasivos financieros 0,00 0,00 0,00 no 17.715.896,39 no

TOTAL 302.419.937,98 15.458.288,20 317.878.226,18 5,11% 335.341.917,73 105,49%

Tabla 1. Ejecución del Presupuesto de Ingresos

b) Resumen por capítulos de gastos:

Inicial Modificación Definitivo Porcent. Modif.

Obligaciones reconocidas

Porc. Ejecu.

1 Gastos de personal

112.139.645,35 -3.068.030,89 109.071.614,46 -2,74% 108.328.325,96 99,32%

2

Gastos corrientes en bienes y servicios

98.467.077,24 -17.696,27 98.449.380,97 -0,02% 87.468.413,87 88,85%

3 Gastos financieros

7.229.067,72 -117.412,84 7.111.654,88 -1,62% 6.833.325,50 96,09%

4 Transferencias corrientes

33.421.050,38 2.481.373,40 35.902.423,78 7,42% 35.545.058,38 99,00%

6 Inversiones reales

25.907.196,79 14.101.367,94 40.008.564,73 54,43% 24.324.248,81 60,80%

7 Transferencias de capital

915.339,70 1.793.686,86 2.709.026,56 195,96% 590.683,98 21,80%

8 Activos financieros

2.203.339,40 0,00 2.203.339,40 0,00% 2.197.721,72 99,75%

9 Pasivos financieros

15.542.917,22 285.000,00 15.827.917,22 1,83% 15.819.256,50 99,95%

T

otal 295.825.633,80 15.458.288,20 311.283.922,00 5,23% 281.107.034,72 90,31%

Tabla 2. Ejecución del Presupuesto de gastos

c) Resultado presupuestario:

RESULTADO PRESUPUESTARIO

CONCEPTOS DERECHOS

RECONOCIDOS NETOS

OBLIGACIONES RECONOCIDAS NETAS

AJUSTES RESULTADO

PRESUPUESTARIO

a) Operaciones corrientes 313.782.732,54 238.175.123,71 75.607.608,83

b) Otras operaciones no financieras 2.783.681,17 24.914.932,79 -22.131.251,62

1. Total operaciones no financieras (a+b) 316.566.413,71 263.090.056,50 53.476.357,21

2. Activos financieros 1.059.607,63 2.197.721,72 -1.138.114,09

3. Pasivos Financieros 17.715.896,39 15.819.256,50 1.896.639,89

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RESULTADO PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO 335.341.917,73 281.107.034,72 54.234.883,01

AJUSTES :

4.Créditos gastados financiados con remanente de tesorería para gastos generales 46.869,48

5.Desviaciones de financiación negativas del ejercicio 6.781.173,61

6.Desviación de financiación positivas del ejercicio 3.790.176,11 3.037.866,98

RESULTADO PRESUPUESTARIO AJUSTADO 57.272.749,99

Tabla 4. Resultado Presupuestario

d) Remanente de Tesorería:

ESTADO EL REMANENTE DE TESORERÍA

COMPONENTES IMPORTES AÑO

1 (+) Fondos líquidos 93.552.020,34

2 (+) Derechos pendientes de cobro 205.843.135,97

Presupuesto corriente (+) 43.843.553,22

Presupuesto cerrado (+) 172.704.034,11

Deudores no presupuestarios (+) 223.848,27

Cobros realizados pendientes de aplicar (-)

10.928.299,63

3 (-) Obligaciones pendientes de pago

69.956.450,30

Presupuesto corriente (+) 26.584.327,70

Presupuesto cerrado (+) 30.593.512,85

Acreedores no presupuestarios (+)

13.956.152,49

Pagos realizados pendientes de aplicar (-)

1.177.542,74

I. Remanente de Tesorería Total (1+2-3) 229.438.706,01

II. Saldos de Dudoso cobro 133.974.125,96

III. Excesos de financiación afectada 6.872.170,22

IV. Remanente de Tesorería para Gastos Generales (I - II - III)

88.592.409,83

Tabla 5. Remanente de Tesorería.

Segundo: Incluir en el orden del día de la

siguiente Sesión Plenaria a efectos de dar cuenta al Pleno, en cumplimiento del artículo 193.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Tercero: Remitir copia de la Liquidación a la Comunidad Autónoma y a la Administración del Estado, en cumplimiento del artículo 193.5 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Dado/a con la intervención del secretario

general técnico de la Junta de Gobierno de

la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo establecido en la disposición adicional 8.ª de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y los artículos 68 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y 28 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, a 06 de mayo de dos mil catorce. Firmado por el concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, Agustín Gutiérrez Márquez, y el secretario general técnico de la Junta de

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Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, Felipe Mba Ebebele”». DEBATE. Intervenciones:

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES (Sabroso Ramírez): Hay intervenciones, señora secretaria. Para explicar este punto tiene la palabra el señor Gutiérrez.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN (Gutiérrez Márquez): Muchas gracias, señor presidente en funciones. Antes de desglosar los datos numéricos de la liquidación del presupuesto, ejercicio 2013, quiero felicitar efusivamente a todos mis compañeros del grupo de gobierno municipal del Partido Popular, porque un año más se ha batido el récord en la ejecución presupuestaria. Su dedicación y el acierto de su gestión quedan reflejados en los espectaculares números que refleja la liquidación. Una vez más, reciban mi sincera enhorabuena.

Pero me gustaría destacar, sobre todo, la actuación realizada por mi compañera Rosa Viera al frente de los Servicios Sociales, que hace acallar las declaraciones agoreras, malintencionadas y egoístas que solo buscaban el interés particular y el rédito partidista. Como ya se afirmó, y seguiremos afirmando, no habrá límite presupuestario para atender los requerimientos de los más necesitados, y Rosa Viera ha tramitado todo lo que se le ha puesto delante, y lo ha hecho de forma eficiente y diligente. Sin más dilación, paso a glosar las cuantías de una forma sintética, los grandes números.

En cuanto a los ingresos, la ejecución presupuestaria ascendió al 106 %. La recaudación de los ingresos tributarios batió récord, a pesar de bajar los tributos, derivado de una mayor actuación sobre los defraudadores, ascendiendo la recaudación

voluntaria en un 13 % y la recaudación ejecutiva en un 24 %.

En relación con los gastos, el porcentaje de ejecución asciende, realizados los ajustes técnicos de partidas no ejecutables, al 90,06 %. Todos y cada uno de los centros gestores han gestionado sus recursos con diligencia e inteligencia, están demostrando que con menos se puede hacer más. Hay que destacar, tras las correcciones técnicas de los créditos no ejecutables, una ejecución del 96 % en el capítulo de gastos corrientes, y de un 81 % en el apartado de gastos de capital. Sencillamente, unos datos espectaculares que avalan la buena gestión de todos y cada uno de los centros gestores.

Todo ello nos da un resultado presupuestario ajustado positivo de 57,2 millones de euros, y un superávit de 31,8 millones de euros. Y en relación con los remanentes de Tesorería, estos ascienden a 88,6 millones de euros. Del cuadro de remanentes, hemos de destacar:

a) El aumento de los fondos líquidos en 11 millones de euros.

b) Una minoración de lo que son las obligaciones presupuestarias corrientes hasta llegar a 26,6 millones de euros, de las cuales solamente 20 millones de euros son de deuda comercial, cuando al final del 2012 fueron de 50 millones, y al final del 2011 ascendían a 85 millones de euros.

Este importe establece que el plazo del pago a proveedores se queda en 30 más 36; 30 lo que es la aprobación de la factura, 36 el tiempo que se tarda en la tramitación y pago de la factura.

En definitiva, estos números denotan una mejora cualitativa y cuantitativa en la gestión de los asuntos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, y que tiene su reflejo, como no puede ser de otra forma, en la vida del ciudadano. Debemos continuar en esta senda hasta que la

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desazón y la angustia de gran parte de nuestros ciudadanos queden en el olvido, e insistir en el camino tomado, sin olvidar ni un segundo las políticas sociales, que tienen que ser de carácter sostenible. Y como les he dicho al principio de mi intervención, y así lo demuestra la liquidación presupuestaria, no habrá limitaciones presupuestarias para aquellos ciudadanos que requieran auxilio.

Una vez más, y para finalizar, gracias a mis compañeros del Gobierno por su magnífica gestión de los recursos públicos.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES:

Muchas gracias, señor Gutiérrez. Por parte de los grupos de la oposición, ¿hay alguna intervención solicitada? Señor Campoamor.

El señor CAMPOAMOR FERNÁNDEZ

(concejal del G. M. Socialista): Buenos días, señor Gutiérrez. Yo le quiero referir solamente a dos cuestiones que luego ya más adelante trataré. En cuanto a los ingresos, la devolución de ingresos del capítulo I, II y III ha supuesto 1.300.000 euros; me gustaría, si son por ingresos indebidos, que usted me lo explicara. Del capítulo I, 772.000 euros; del capítulo II, 218.000 euros; y del capítulo III, 341.000, que es 1.331.000 euros.

Pero yo me quiero referir a estas grandes cifras que usted trae, con las contradicciones que usted lleva y que hace en un informe, que hace usted como concejal de Hacienda, a su vez inspector superior de Hacienda de la comunidad autónoma de Canarias en servicio especial, que adjunta usted al Juzgado en cuanto a una demanda de los empleados públicos. Usted dice… Los derechos netos de que usted me está hablando, pendientes de cobro, “son una mera ficción contable que no obedece a la realidad”. Eso es un dato que estoy sacando de su propio informe. “El remanente de Tesorería, el que efectivamente se haga líquido, responde a

una mera ficción contable, derivada de la normativa contable, desfasada profundamente por la crisis en la que nos vemos inmersos”. Luego dice usted que los remanentes de Tesorería, en lugar de haber sido otros, eran más bajos, 29 millones. Usted habla de que el resultado presupuestario no es una magnitud que nos mida la situación económico-financiera, sino que evalúa la gestión del ejercicio, y el resultado presupuestario, que hace que sea una variable inexacta y no fiable, con lo cual, desmonta todo lo que usted estaba diciendo hasta ahora. “Ahora bien, ni de lejos supone que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria esté saneado. Así, la situación financiera se refleja en dos datos: la deuda financiera con entidades bancarias, de 148 millones de euros; y el periodo medio de pago por la deuda comercial, de 144 días”. Se contradice con lo que usted acaba de exponer. “La necesidad inmediata de financiación a 30 días que exige la normativa vigente al Ayuntamiento para pagar a sus proveedores es de casi 40 millones de euros”. Lo dice usted al Juzgado, ¿eh?, no me lo estoy inventando; y no estoy mintiendo, le estoy diciendo lo que usted ha escrito. “Las cuentas del Ayuntamiento no se encuentran saneadas, sino al contrario. Dado el marco presupuestario de restricción en que nos encontramos, aún queda mucho tiempo y medidas para adoptar para poder tener unas cuentas municipales saneadas”.

En otro orden de cosas, habla usted de cómo han pedido ustedes los créditos. Ustedes han pedido los créditos con dos años de carencia, y dicen que la amortización del principal se hará a partir del año 2016, cuando ya ha terminado este mandato en el que están ustedes mandando. Usted dice que no puede satisfacer sus créditos a los 30 días como marca la propia norma. Habla usted, en otro punto, de “la deplorable situación

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económica del Ayuntamiento”, y muestran los datos de que paga usted… luego el periodo medio de pago a proveedores, en otro punto de este informe, ya no es de 148 días, ya pone usted 115 días; “demuestran claramente la deficitaria y preocupante situación financiera del Ayuntamiento”.

Yo le quiero preguntar al señor Gutiérrez cuál es la explicación lógica, la que hoy nos trae usted al Pleno o la que usted, por escrito, manda al Juzgado, en un informe sobre el estado financiero del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria relativo a la suspensión durante el 2013 de determinados pactos.

Yo no sé qué creerle, porque esto es puño y letra de usted, y ahora nos está usted contando otra película, pero sí le quiero preguntar, porque luego lo trataremos, cuando hablemos de la devolución de ingresos indebidos, estas devoluciones que figuran en el capítulo I, II y III, por un 1.331.000, ¿son por ingresos indebidos?

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES:

Gracias, señor Campoamor. Señor Gutiérrez.

El señor GUTIÉRREZ MÁRQUEZ: Bien, veo

que el señor Campoamor está anclado en el tiempo, y no conoce la teoría de la relatividad; el tiempo para él parece no pasar. Es decir, si llego a ser yo el concejal de Hacienda de Juan Rejón, me hubiera sacado algún escrito de cómo estaban las finanzas en tiempos de Juan Rejón. Lo que ha leído es un escrito de hace dos años, que no tiene nada que ver con la situación a 31 de diciembre del 2012. Ahora estamos hablando de una referencia a 31 de diciembre de 2013. Aquí estamos hablando de la liquidación del 2013, no del 2012. En todo caso, las palabras del señor Campoamor lo que vienen a corroborar es la buena gestión que se ha realizado, que

en el plazo de un año hemos dado la vuelta a la tortilla, a la situación que nos encontramos. Por supuesto, también, manipulando las palabras mías; no la situación ―que es deplorable― en que nos encontramos, sino que nos encontramos la situación que nos habían dado. Pero bueno, ya digo, en todo caso, me alegro de que haya sacado ese informe que se refiere al 2012, porque si lo comparamos con el 2013, se ha dado una vuelta total a la situación. Gracias, señor Campoamor, por encima ratificar lo que yo he dicho.

Después ha dicho cosas que no son ciertas. Por ejemplo, el hecho de los préstamos, que van a empezar a amortizarse en el 2016. No, se están amortizando ya en el 2014; tres de los cuatros trimestres los estamos amortizando en el año 2014. Por otra parte, usted me habla del tema del remanente, que es una ficción; en efecto, tampoco se ha enterado usted de que se ha cambiando la ley y actualmente el cómputo de la provisión de proveedores se computa de otra forma, mucho más estricta, con lo cual, ya no es tan entelequia como anteriormente. No ha tenido en cuenta que a 31 de diciembre de 2013 ya se aplican esos nuevos criterios, con lo cual, otra vez, perdone que se lo diga, le tengo que enmendar, y se tiene que estudiar las cositas un poco mejor.

En fin, gracias por sacar ese informe, porque, al fin y al cabo, me da un respaldo total a que hemos cambiado la situación. Gracias, señor Campoamor.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES:

Muchas gracias, señor Gutiérrez. ¿Alguna intervención más? Señor Campoamor, para cerrar su último turno de palabra antes del cierre del señor Gutiérrez.

El señor CAMPOAMOR FERNÁNDEZ:

Gracias, no quiero entrar en polémica con usted, y ya le digo lo que usted dice en un

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sitio y lo que dice en otro, es decir, es como el señor Rajoy, dice una cosa a los españoles y otra a Europa, pero no me ha contestado a una cosa. Yo le he preguntado si la devolución de ingresos, que suma 1.300.000 euros, que figuran en la liquidación del presupuesto, del capítulo I, II y III, corresponde a ingresos indebidos.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES:

Muchas gracias. Para cerrar esta toma de razón, tiene la palabra el señor Gutiérrez.

El señor GUTIÉRREZ MÁRQUEZ: Vuelvo y le

repito, señor Campoamor, usted está tomando como… No estoy diciendo una cosa y lo contrario, estoy diciendo lo que tenía que decir el 31 de diciembre de 2012, y estoy diciendo lo que tengo que decir el 31 de diciembre del 2013.

Con respecto a los 1.331.000 euros que establecen el capítulo I, II y III, si se corresponden a ingresos indebidos, le digo que hay como diecisiete tipos de expedientes diferentes por los cuales se produce la devolución. No me lo sé de memoria y no le puedo contestar si uno corresponde a lo que es prorrateo del IVTM, otro por cambio de MT… así hasta los 17 procedimientos. No se lo puedo decir con exactitud, corresponden a veinte mil cuestiones que pueden suceder. Pero ya le digo, no digo una cosa en un momento dado y otra en otro, al mismo tiempo, sino que una cosa dijimos el 31 de diciembre del 2012, otra cosa estamos diciendo a 31 de diciembre del 2013.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES:

Muchas gracias, señor Gutiérrez. Siguiente punto del orden del día, señora secretaria. INCIDENCIAS:

Al inicio del tratamiento del asunto se

reincorporan a la sesión don Pedro

Quevedo Iturbe y doña M.ª Bernarda Barrios Curbelo.

Durante el debate del asunto se

ausentan y se vuelven a incorporar a la sesión los siguientes corporativos:

- D. Óscar Mata Izquierdo - D.ª Lucía M.ª Sebastiana Ruiz

Saavedra - D. José Eduardo Ramírez Hermoso Se ausentan de la sesión don Martín

Muñoz García-Borbolla y doña Adelina González Muñoz.

Continúan ausentes de la sesión don

Fernando Navarro Cardoso y doña Inmaculada Medina Montenegro.

ÁREA DE GOBIERNO DE EMPLEO, BIENESTAR SOCIAL E IGUALDAD INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL EMPLEO Y LA FORMACIÓN 20.- TOMA DE RAZÓN Y EJECUCIÓN DEL AUTO DICTADO EN LA PIEZA DE MEDIDAS CAUTELARES DE LA SECCIÓN PRIMERA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS, EN EL PROCEDIMIENTO NÚM. 01.P80/2014, RESPECTO DEL ACUERDO DE APROBACIÓN DE LA PLANTILLA DEL INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL EMPLEO Y LA FORMACIÓN PARA EL EJERCICIO 2014, APROBADA DEFINITIVAMENTE EL 27 DE DICIEMBRE DE 2013

Se adopta el siguiente acuerdo: “I.- ANTECEDENTES

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FIRMADO POR Juan Jose Cardona Gonzalez FECHA 12/02/2015

ANA MARIA ECHEANDIA MOTA

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Diario de Sesiones núm. 55, de fecha 28.05.14.

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1.- Con fecha 27 de septiembre de 2012, se aprueba mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (en adelante, PORH), publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas (en adelante, BOP) n.º 133, de fecha 19 de octubre de 2012.

2.- Con fecha 5 de diciembre de 2012,

se aprueban, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad, los Criterios Generales sobre la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, publicándose dicho acuerdo en el BOP n.º 22, de fecha 15 de febrero de 2013.

3.- Con fecha 19 de diciembre de 2013,

se aprueba, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad, la Relación de Puestos de Trabajo del Instituto Municipal para el Empleo y la Formación (en adelante, IMEF) de Las Palmas de Gran Canaria (en adelante, RPT), así como otros documentos complementarios de dicha RPT, que han entrado en vigor el 1 de enero de 2014. La publicación en el BOP de la RPT se efectúa con fecha 20 de diciembre de 2013.

4.- Con fecha 20 de diciembre de 2013,

se emiten resoluciones individualizadas, en las cuales se nombra a determinados empleados públicos del IMEF con vínculo laboral indefinido no fijo como funcionarios interinos, se les asigna puesto de trabajo y se les da plazo para la toma de posesión.

5.- Con fecha 23 de diciembre de 2013,

la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, adopta la medida

cautelarísima, sin audiencia de la Administración, de suspensión de la conversión del vínculo jurídico de laboral indefinido a funcionario interino en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

6.- Con fecha 27 de diciembre de 2013,

se aprueba definitivamente la plantilla de personal del IMEF, que ha cobrado vigencia el 1 de enero de 2014.

7.- Con fecha 2 de enero de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, confirma la medida adoptada en fecha 23 de diciembre de 2013, de suspensión de la conversión del vínculo jurídico de laboral indefinido a funcionario interino.

8.- Con fecha 27 de diciembre de 2013,

la Administración presenta escrito de alegaciones contra el Auto de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de fecha 23 de diciembre de 2013.

9.- Con fecha 2 de enero de 2014, la

Dirección General de Recursos Humanos y Seguridad emite resolución por la que se realiza la adscripción provisional del personal municipal a puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

10.- Con fecha 2 de enero de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, auto por el que “se acuerda mantener la medida adoptada en auto de 23 de diciembre de 2013”.

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Diario de Sesiones núm. 55, de fecha 28.05.14.

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11.- Con fecha 13 de enero de 2014, la Dirección General de Recursos Humanos y Seguridad emite resolución por la que se deja sin efecto la Resolución del director general de Recursos Humanos y Seguridad número 154, de fecha 2 de enero de 2014, por la que se realiza la adscripción provisional del personal municipal a puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria; igualmente se informa a la Sala sobre la extensión de la medida a los organismos autónomos.

12.- Con fecha 13 de enero de 2014, la

gerente del IMEF emite, entre otras, varias resoluciones por las que se realiza la adscripción provisional de los empleados públicos cuya relación de servicio sea laboral indefinido no fijo a puestos de trabajo destinados a funcionarios en la Relación de Puestos de Trabajo del IMEF, expresando en su dispositivo segundo que:

“En cumplimiento del Auto de 23 de diciembre de 2013, confirmada por Auto de 2 de enero de 2014, que contiene la medida cautelar dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el procedimiento núm. 440/2013, las adscripciones provisionales a los puestos de trabajo de la RPT se realizarán bajo la relación de servicio (funcionaria o laboral) existente a 31 de diciembre de 2013”.

13.- Con fecha 24 de febrero de 2014, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 79/2014, dicta un auto por el que se deniega la medida cautelar “inaudita parte” solicitada por los sindicatos y se dispone se tramite pieza de medidas cautelares, dando traslado de las actuaciones al Ayuntamiento.

14.- Con fecha 7 de marzo de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo

Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, auto por el que se acuerda:

“Estimar la solicitud de CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE Y DE FUNCIONARIOS (CSI.F), INTERSINDICAL CANARIA y UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES, suspender el Presupuesto General del Ayuntamiento y la Plantilla de Personal de Las Palmas de Gran Canaria, en cuanto omite toda referencia a la suspensión de la RPT, y requerimos para que se dé cumplimiento a lo dispuesto en los autos de 23 de diciembre de 2013 y 2 de enero de 2014, respecto a la conversión automática del vínculo jurídico de laboral indefinido en funcionario interino, con los apercibimientos del artículo 112 de la LJ”.

15.- Con fecha 9 de abril de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 80/2014, emite un auto por el que se acuerda:

“Primera.- Se acuerda la adopción de la

medida cautelar interesada consistente en la suspensión del acto impugnado consistente en la RPT del Ayuntamiento de Las Palmas, en el Instituto Municipal para el Empleo y la Formación en aquellos puestos de la RPT en que se ha producido la conversión de la plaza ocupada por personal laboral indefinido en funcionario interino.

Segundo.- Se requiere al ayuntamiento

para que aporte en el plazo de 15 días la identificación de la relación de empleados afectados y de los puestos de la RPT que ocupan en el Instituto Municipal para el Empleo y la Formación.

(…)”.

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16.- Con fecha 1 de abril de 2014, mediante acuerdo plenario se toma razón y ejecución de los autos dictados en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P440/2013, respecto del acuerdo de aprobación de la Plantilla del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2014, aprobada definitivamente el 27 de diciembre de 2013; y se toma razón y ejecución de los autos dictados en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P440/2013, respecto del acuerdo de aprobación del Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2014, aprobado definitivamente el 27 de diciembre de 2013.

17.- Con fecha 28 de abril de 2014, la gerente del IMEF dicta Resolución núm. 216 sobre cumplimiento del Auto de 9 de abril de 2014, de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 80/2014.

NORMATIVA APLICABLE

• Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante EBEP).

• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

• Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

• Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

• Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

• Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

• Convenio colectivo general del personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS 1.- La medida cautelar dictada en el

Auto de fecha 23 de diciembre de 2013, mantenida por otro auto, de fecha 2 de enero de 2014, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, suspendió provisionalmente el procedimiento de conversión del vínculo jurídico del personal laboral indefinido que desarrolla funciones propias de personal funcionario a la condición de funcionario interino en aquellos casos que estaban programados, con fecha de entrada en vigor de 1 de enero de 2014.

2.- En cumplimiento de dicho mandato,

con fecha 16 de enero de 2014, la gerente del IMEF resolvió la adscripción provisional de los empleados públicos cuya relación de servicio sea laboral, temporal o indefinido no fijo, a puestos de trabajo destinados a funcionarios en la Relación de Puestos de Trabajo del IMEF, expresando claramente que las adscripciones provisionales se realizaban en la relación de servicio laboral existente a 31 de diciembre de 2013.

3.- El Auto de 7 de marzo de 2014, de

la misma Sala y procedimiento, aclara los mandatos, contenidos en los autos previos, sobre el alcance de la medida cautelar adoptada, en la manera

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expresada en el antecedente decimoquinto de este informe.

4.- Determinar el alcance de la medida

cautelar no ha sido una tarea sencilla para los servicios municipales. De esa manera, la Dirección General de Recursos Humanos solicitó informe, con fecha 10 de enero de 2014 y carácter de urgencia, a la Dirección General de la Asesoría Jurídica bajo los siguientes argumentos:

“Única.- A pesar de la claridad de la medida cautelar acordada (la suspensión de “la conversión del vínculo jurídico del laboral indefinido a funcionario interino de manera automática que se ha producido con ocasión de la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo”), que se corresponde congruentemente con lo solicitado y con lo acordado en el primer momento, existe disonancia entre lo resuelto y algunas otras afirmaciones contenidas en los Fundamentos de Derecho del auto de 2 de enero de 2014. (…) Es decir, podría parecer que, en el Auto de referencia, se suspende la vigencia de la RPT, de manera total o parcial (que es una medida no solicitada, por lo que no podría adoptarse) o que se mantienen derechos laborales (lo que correspondería declararlo a otro orden social). Vista la medida cautelar acordada en dicho auto, que es confirmatoria con la inicial y coincide con la solicitada, conforme prevé el art. 135 de la LJCA, la argumentación no estaría limitándose al pronunciamiento dispositivo, conforme exige el art. 209 de la LEC, sino que parece ampliar la medida a otros aspectos no solicitados o que no son competencia del órgano judicial, al utilizarse el término genérico de condiciones laborales.

Por todo ello, se interesa informe, por el trámite de urgencia, de esa Asesoría Jurídica sobre el Auto de 2 de enero de 2014, en la pieza separada del procedimiento ordinario 440/13, determinando si:

• el alcance de la medida adoptada, conforme al art. 135 de la LJCA está limitada a lo solicitado por los demandantes, es decir, exclusivamente, la suspensión cautelar del cambio automático de vínculo de laboral indefinido a funcionario interino de los 639 empleados municipales afectados por dicha medida

• si la misma se extiende, en contra de lo previsto en el precitado artículo, a otros aspectos no solicitados por los demandantes, como las retribuciones aplicables a los mismos 639 afectados, o la suspensión misma de la RPT para el resto de empleados municipales, como se podría interpretar, bajo una lectura interesada y parcial, de algunas afirmaciones no incluidas en la parte dispositiva pero presentes en el resto del Auto”. Dicha solicitud de informe tuvo

respuesta, con fecha 14 de enero de 2014, expresando en su conclusión lo siguiente:

“En aplicación de este principio, el de congruencia, los efectos de los autos, de cuyo alcance se solicita informe a esta Asesoría Jurídica, deben circunscribirse a lo establecido en la parte dispositiva del auto de 23 de diciembre de 2013, que se confirma en el dictado el día 2 de enero de 2014, que determinan únicamente la suspensión del cambio de vínculo de personal laboral indefinido a funcionario interino, sin que haga otros pronunciamientos que requieran interpretación o determinar su alcance”. Pues bien, a la vista del contenido del

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auto de fecha 9 de abril de 2014 dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 80/2014, es necesario, al igual que se hizo tras los autos dictados por la misma Sala en el procedimiento núm. 440/2013, analizar cuáles deben ser los pasos a seguir por el IMEF para el cumplimiento inmediato de dicho auto. Para ello debemos analizar brevemente lo actuado hasta ahora y que ha sido calificado como un cumplimiento deficiente de los autos dictados, así como el resumen de lo que se estima procedente, visto el auto de fecha 9 de abril de 2014:

• En cuanto al cambio de vínculo,

debía producirse por el siguiente itinerario: por medio de resolución, se efectuaba adscripción de un empleado público (con vínculo laboral temporal o indefinido no fijo) a un puesto de trabajo de la RPT reservado a funcionario (dadas las funciones realizadas por el mismo), con plazo para su toma de posesión como funcionario interino, toma de posesión con nombramiento interino (y pérdida de la condición de personal laboral) e inicio de su prestación de servicios bajo este vínculo. Las retribuciones del empleado son las establecidas para el puesto de trabajo asignado por medio de la valoración técnica efectuada.

• A la vista de los autos de fecha 23

de diciembre de 2013, confirmado por el Auto de 2 de enero de 2014, dictados en el procedimiento núm. 440/2013, el proceso realizado fue el siguiente: por medio de resolución se realiza la adscripción de un empleado público con vínculo laboral temporal o indefinido no fijo a un puesto de trabajo de la RPT reservado a funcionario (dadas las funciones realizadas por el mismo), pero

manteniendo expresamente su condición de personal laboral. Las retribuciones del empleado son las establecidas para el puesto de trabajo asignado por medio de la valoración técnica efectuada. De esta manera, los empleados mantenían su vínculo inicial (el laboral) pero recibían las retribuciones propias del puesto de RPT al que resultaban adscritos. En la mayoría de los casos, estas retribuciones son superiores (por medio de la valoración efectuada) a las previas a la entrada en vigor de la RPT.

• A la vista del Auto de 9 de abril de

2014 dictado en el procedimiento núm. 80/2014, se entiende que el proceso debe ser el siguiente: por medio de resolución, se suspende la adscripción ya efectuada de un empleado público (con vínculo laboral temporal o indefinido no fijo) a un puesto de trabajo de la RPT, y se retorna a la situación del empleado a las condiciones inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la RPT del IMEF. De esta manera, los empleados también mantienen su vínculo inicial (el laboral) pero perciben las retribuciones previas a la entrada en vigor de la RPT. En la mayoría de los casos, estas retribuciones son inferiores a la del puesto de adscripción correspondiente a la RPT.

5.- De esa manera, los efectos sobre las

resoluciones de adscripción provisional a puestos de la RPT del IMEF de estos empleados ahora son muy claros. El Auto de 9 de abril de 2014, en su punto segundo, indica textualmente lo siguiente:

“(…) La Doctrina de la Sala expuesta en los citados autos (haciendo referencia a los Autos dictados en el procedimiento núm. 440/2013) y cuya aplicación invoca la parte recurrente es aplicable por razones de igualdad, seguridad y unidad de la doctrina, sin que sea preciso reproducir los argumentos al ser conocidos

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por ambas partes. Queremos únicamente puntualizar que al igual que ha sucedido en la citada pieza, mientras dure el recurso no puede entrar en vigor la RPT, en aquellos puestos que está previsto que personal laboral ocupe plaza de funcionario interino y, por tanto, los funcionarios afectados deben continuar con las mismas condiciones que tenían en su relación anterior a la aprobación de la RPT”.

Para el cumplimiento de dicho

mandato, deben quedar sin efecto, durante el período en el que se mantenga la vigencia de la medida cautelar adoptada, las resoluciones de la gerente del IMEF por las que se efectuó la adscripción provisional de empleados públicos cuya relación de servicio sea la de laboral indefinido no fijo a puestos de trabajo de la RPT destinados a funcionarios.

Y, finalmente, para los empleados municipales afectados por la medida cautelar, la RPT del IMEF no ha entrado en vigor, recuperando la situación inmediatamente anterior a la aprobación de dicho instrumento ordenador, tanto en el vínculo (aspecto ya cumplido en las resoluciones de 14 de enero de 2014) como en el resto de condiciones organizativas y económicas preexistentes. En definitiva, mantiene la totalidad de las condiciones existentes en su relación laboral a fecha previa a la entrada en vigor de la RPT del IMEF, es decir, a fecha 31 de diciembre de 2013.

Esta retroacción en las condiciones

existentes a 31 de diciembre de 2013 obligará a regularizar las retribuciones de los empleados afectados por el auto de 9 de abril de 2014 por medio de dos acciones. Por un lado, es obligado abonar las cantidades dejadas de percibir por aquellos empleados cuyas retribuciones se

vieron minoradas por la adscripción, en régimen laboral, a un puesto de la RPT. Por otro lado, también lleva a exigir a determinados empleados el reintegro de las cantidades abonadas en exceso, por superar las retribuciones previstas en la RPT a las correspondientes a las plazas ocupadas en el momento previo a la entrada en vigor de la RPT.

6.- Igualmente, se ordena la remisión al

TSJC de “…una Relación de empleados afectados y de los puestos de la RPT que ocupan en el Instituto Municipal para el Empleo y la Formación”.

Esta relación, en la que incluiremos los

costes brutos de cada puesto de trabajo (según RPT) y de cada plaza (en los valores inmediatamente anteriores a la aprobación de la RPT), se adjunta al presente informe, bajo la denominación de Anexo. A este Anexo nos referiremos reiteradamente más tarde, en la parte dispositiva.

7.- Deben determinarse los efectos del

Auto de 9 de abril de 2014 sobre el acuerdo plenario de 27 de diciembre de 2013, que aprobó definitivamente, para el ejercicio 2014, la Plantilla del Personal Funcionario, Laboral, Eventual y Directivo del IMEF.

El cumplimiento del Auto de 9 de abril

de 2014 se entiende efectuado con la toma de razón de dicha resolución judicial por el Pleno municipal, en su próxima sesión, y de la reconversión, mientras dure la vigencia de la medida cautelar adoptada por el TSJC, de las plazas correspondientes a los empleados públicos con relación de servicio de laboral indefinido no fijo a los que se pretendía modificar el vínculo a personal funcionario interino.

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Esas plazas, asignadas a los titulares que quedan identificados en el Anexo, pasarán nuevamente, con carácter provisional, a la situación previa a la entrada en vigor de la RPT, y del presupuesto y plantilla para 2014, recuperando su naturaleza laboral y dando soporte a los empleados públicos que mantienen el vínculo laboral por mandato judicial.

En resumen, las repercusiones del Auto

de 9 de abril de 2014 en la plantilla municipal consistirán en contemplar, de manera provisional, un número de plazas de personal laboral equivalente al número de empleados del IMEF cuya conversión de vínculo se ha suspendido, dado que las plazas incluidas en la plantilla carecen de identificación nominal alguna. Por ello, únicamente debe incrementarse la plantilla de personal laboral y, en el mismo número, reducirse la plantilla de personal funcionario.

8.- Finalmente, han de concretarse los

efectos del Auto de 9 de abril de 2014, sobre el acuerdo plenario de 27 de diciembre de 2013, que aprobó definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio 2014.

Sus repercusiones directas son casi

inexistentes. Ello se explica porque el sistema presupuestario público es mucho más flexible de lo que podría deducirse de una primera impresión. Para explicarlo, nos atendremos a la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales y también a las bases de ejecución presupuestarias para 2014.

El presupuesto municipal de gastos se

segrega, en su clasificación económica, en diferentes apartados, llamados capítulos.

El capítulo con el que se sufragan los gastos de personal es el conocido capítulo I (Gastos de Personal). Ese capítulo se subdivide sucesivamente en artículos, conceptos y subconceptos. Para la explicación, solamente llegaremos al nivel desagregado de artículos (seis), que van identificados desde el 10 al 16.

Con el artículo 10, se abonan las

nóminas de los órganos de gobierno y del personal directivo, con el artículo 11 las del personal eventual, con el artículo 12 el gasto de personal funcionario, con el artículo 13 el del personal laboral, con el artículo 14 gastos de otro tipo de personal, con el artículo 15 los incentivos al personal de cualquier tipo y, finalmente, con el artículo 16, se abonan las cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador. Aunque pueda parecer que estas divisiones son estancas, el sistema no funciona realmente así.

La posibilidad de utilizar todos estos

artículos como si fueran una caja única para cualquier gasto (la llamada “bolsa de vinculación”) viene dada por el nivel de vinculación jurídica, como indican los artículos 27, 28 y 29 del Real Decreto 500/1990, que remite la definición de ese nivel a las bases de ejecución aprobadas anualmente junto con el presupuesto.

Y, en esas bases de ejecución

presupuestaria, el nivel de vinculación jurídica del capítulo I es a nivel de capítulo (base 8.ª), es decir, la bolsa engloba la totalidad de créditos del capítulo, independientemente del artículo en el que se hayan consignado, con una única excepción que luego explicaremos (la aplicación 121.01, referida al complemento de destino del personal funcionario).

De esta forma, aunque la consignación

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presupuestaria inicial se haya efectuado situando todos los créditos en cualquiera de los capítulos (por ejemplo, todos en el artículo 12, que abona las nóminas del personal eventual), se pueden atender con esos créditos los gastos de cualquier otro artículo (por ejemplo, las nóminas del personal laboral).

Por ello, la suspensión del cambio de

vínculo de laboral a funcionario de estos empleados del IMEF y, por ello, la prolongación de su situación en régimen laboral es inocua a efectos presupuestarios. De hecho, las nóminas de enero, febrero, marzo y abril se han tramitado sin problema alguno gracias a esta herramienta presupuestaria que se ha dado en llamar “bolsa de vinculación”, que permite atender el gasto de cualquier artículo incluido en la bolsa, con los créditos consignados en cualquiera de los otros artículos vinculados a dicha bolsa.

Para ampliar todavía más dicho efecto,

solo cabría abrir a la bolsa de vinculación del capítulo I el precitado subconcepto 121.01 (único que está vinculado a ese nivel de desagregación, es decir, “cerrado”, conforme a la base 8.ª, apartados 3.c, 4.c y 10, que se adjunta al presente informe) o, más sencillamente, transferir parte de su crédito a cualquier otro subconcepto que se encuentre vinculado a nivel de capítulo, es decir, cualquier otro del capítulo.

Por último, a efectos presupuestarios, queda señalar las consecuencias de la medida cautelar sobre el anexo de personal. El anexo de personal, conforme el art. 18.1.c del Real Decreto 500/1990, es un documento que se agrega al presupuesto, que relaciona y valora económicamente el coste individual de todos los puestos de trabajo. Por ello, su configuración es casi idéntica a la de una RPT, añadiéndose en la prevista para 2014

una columna final en la que se consigna el coste bruto anual de ese puesto, sin definición nominativa alguna. La función del anexo de personal es acreditar que los créditos para personal incluidos en el Presupuesto se corresponden con la previsión del coste económico que suponen la totalidad de puestos de trabajo. Por ello, a efectos meramente complementarios, se estima oportuno dar cuenta al Pleno de la medida cautelar a los efectos de la adaptación del anexo de personal, que ahora contemplará las plazas de personal laboral temporal/indefinido no fijo, conforme lo indicado en el documento adjunto que denominamos Anexo, mientras tenga efectos la medida cautelar dictada por el TSJC con fecha 9 de abril de 2014.

Por todo lo anteriormente expuesto, y

en los términos propuestos por el alcalde con el informe favorable de la Comisión de Pleno de Organización, Funcionamiento y Régimen General y de la Comisión de Pleno de Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas, en sesión conjunta, celebrada el día 13 de mayo de 2014, el Pleno ACUERDA

PRIMERO.- Toma de razón y ejecución

del auto dictado en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P80/2014, respecto del acuerdo de aprobación de la Plantilla del Instituto Municipal para el Empleo y la Formación para el ejercicio 2014, aprobada definitivamente el 27 de diciembre de 2013.

SEGUNDO.- Dar cuenta la variación de

la plantilla municipal, reconvirtiendo el número de plazas de personal funcionario en plazas de personal laboral temporal/indefinido no fijo, conforme lo

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indicado en el Anexo I, quedando la Plantilla Municipal para 2014 como se recoge en el Anexo II.

TERCERO.- Practicar las publicaciones que procedan”.

ANEXO I VARIACIÓN DE LA PLANTILLA DE PERSONAL DE CONFORMIDAD CON LAS MEDIDAS CAUTELARES.

IMEF.

PLANTILLA DEL INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL EMPLEO Y LA FORMACIÓN IMEF

PERSONAL DIRECTIVO

TOTAL PLAZAS: 1

DIRECTIVO

DIRECTIVO PLAZAS

GERENTE 1

A.- PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL IMEF PRESUPUESTO 2014

ESCALA ADMINISTRACIÓN GENERAL

PLAZAS PLAZAS RECONVERTIDAS POR AUTO MEDIDAS CAUTELARES

PLAZAS RESULTANTES TRAS

AUTO

TOTAL PLAZAS DE ADMINISTRACIÓN

GENERAL 7 3 4

SUBESCALA TÉCNICA

SUBGRUPO PLAZAS PLAZAS AFECTADAS

PLAZAS RESULTANTES TRAS

AUTO

A1 2 1 1

SUBESCALA DE GESTIÓN

SUBGRUPO PLAZAS PLAZAS AFECTADAS

PLAZAS RESULTANTES TRAS

AUTO

A2 3 2 1

SUBESCALA AUXILIAR

SUBGRUPO PLAZAS PLAZAS AFECTADAS

PLAZAS RESULTANTES TRAS

AUTO

C2 2 0 2

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ESCALA

ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

PLAZAS PLAZAS RECONVERTIDAS POR AUTO MEDIDAS CAUTELARES

PLAZAS RESULTANTES TRAS

AUTO

TOTAL PLAZAS DE ADMINISTRACIÓN

ESPECIAL 14 13 1

SUBESCALA TÉCNICA

CLASE SUPERIOR

SUBGRUPO PLAZAS PLAZAS AFECTADAS PLAZAS

RESULTANTES TRAS AUTO

A1 3 2 1

SUBESCALA TÉCNICA

CLASE MEDIA

SUBGRUPO PLAZAS PLAZAS AFECTADAS PLAZAS

RESULTANTES TRAS AUTO

A2 11 11 0

RESUMEN PLAZAS PLAZAS RECONVERTIDAS POR AUTO MEDIDAS CAUTELARES

PLAZAS RESULTANTES TRAS AUTO

TOTAL PLAZAS DE FUNCIONARIOS

21 16 5

TOTAL DIRECTIVOS 1 -

B.- PLANTILLA PERSONAL LABORAL IMEF

LABORALES POR TIEMPO INDEFINIDO O TEMPORALES RECONVERTIDAS POR EL AUTO DE MEDIDAS CAUTELARES

SUBGRUPO PLAZAS PLAZAS RECONVERTIDAS POR AUTO MEDIDAS CAUTELARES

PLAZAS RESULTANTES TRAS AUTO

A1 -- 2 2

A2 -- 14 14

TOTAL -- 16 16

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ANEXO II CONFIGURACIÓN PROVISIONAL DE LA PLANTILLA MUNICIPAL UNA VEZ EJECUTADO EL AUTO DE

MEDIDAS CAUTELARES

A) ADMINISTRACIÓN CENTRALIZADA. 1.- PLANTILLA PERSONAL FUNCIONARIO - AÑO 2014

ESCALA

FUNCIONARIOS DE HABILITACIÓN DE CARÁCTER ESTATAL

TOTAL PLAZAS: 8

SUBGRUPO PLAZAS

A1 4 (Directivos)

A1 4

ESCALA ADMINISTRACIÓN GENERAL

PLAZAS

TOTAL PLAZAS DE ADMINISTRACIÓN

GENERAL 324

SUBESCALA TÉCNICA

SUBGRUPO PLAZAS

A1 42

SUBESCALA DE GESTIÓN

SUBGRUPO PLAZAS

A2 40

SUBESCALA ADMINISTRATIVA

SUBGRUPO PLAZAS

C1 219

SUBESCALA AUXILIAR

SUBGRUPO PLAZAS

C2 20

SUBESCALA SUBALTERNA

SUBGRUPO PLAZAS

E 3

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ESCALA

ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

PLAZAS

TOTAL PLAZAS DE ADMINISTRACIÓN

ESPECIAL 1.040

SUBESCALA TÉCNICA

CLASE SUPERIOR

SUBGRUPO PLAZAS

A1 72

SUBESCALA TÉCNICA

CLASE MEDIA

SUBGRUPO PLAZAS

A2 32

SUBESCALA TÉCNICA

CLASE AUXILIAR

SUBGRUPO PLAZAS

C1 6

SUBESCALA

DE SERVICIOS ESPECIALES

PLAZAS

TOTAL PLAZAS DE SERVICIOS ESPECIALES

930

CLASE POLICÍA LOCAL

TOTAL PLAZAS 677

SUBGRUPO PLAZAS

A1 11

A2 38

C1 628

CLASE POLICÍA LOCAL / AGENTES DE MOVILIDAD

TOTAL PLAZAS 41

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SUBGRUPO PLAZAS

C2 41

CLASE SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS

TOTAL PLAZAS 177

SUBGRUPO PLAZAS

C2 166

C1 9

A1 2

CLASE SERVICIO DE COMETIDOS ESPECIALES

TOTAL PLAZAS 16

SUBGRUPO PLAZAS

A1 4

C2 6

CLASE PERSONAL DE OFICIOS

TOTAL PLAZAS 25

SUBGRUPO PLAZAS

C1 9

C2 7

E 9

RESUMEN PLAZAS

TOTAL PLAZAS DE FUNCIONARIOS

1.372

2.- PLANTILLA PERSONAL EVENTUAL

CATEGORÍA

Director de Gabinete

Jefe de Gabinete de Prensa

Jefe de Protocolo

Técnico Asesor Coordinación de Área

Periodista

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Periodista

Técnico Asesor

Técnico Asesor

Técnico Asesor

Técnico Asesor

TOTAL PLAZAS EVENTUALES: 10

3.- PLANTILLA PERSONAL DIRECTIVO

CARGO

COORDINADOR GENERAL DE PRESIDENCIA Y SEGURIDAD 1

DIRECTOR GENERAL DE ASESORIA JURÍDICA 1

DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y SEGURIDAD 1

DIRECTOR GENERAL NUEVAS TECNOLOGÍAS Y TELECOM. 1

DIRECTORA GENERAL DE EDIFICACIÓN Y ACTIVIDADES 1

COORDINADOR GENERAL DE PLANIFICACIÓN FINANCIERA-TRIBUTARIA 1

TITULAR ÓRGANO GESTIÓN PRESUPUESTARIA 1

TOTAL 7

4.- PLANTILLA PERSONAL LABORAL - AÑO 2014

LABORALES FIJOS

SUBGRUPO PLAZAS

A1 3

A2 6

C1 52

C2 61

E 16

TOTAL 138

LABORALES POR TIEMPO INDEFINIDO O TEMPORALES

SUBGRUPO PLAZAS

A2 15

C1 49

C2 171

E 44

TOTAL 279

LABORALES POR TIEMPO INDEFINIDO O TEMPORALES RECONVERTIDAS POR EL AUTO DE MEDIDAS CAUTELARES

SUBGRUPO PLAZAS

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A1 94

A2 170

C1 141

C2 196

TOTAL 601

RESUMEN SUBGRUPO PLAZAS

A1 97

A2 191

C1 242

C2 428

E 60

TOTAL PLAZAS DE PERSONAL LABORAL 1.018

RESUMEN PLAZAS

TOTAL PLAZAS DE PERSONAL LABORAL 1.018

5.- PLANTILLA DEL PERSONAL DEL TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO

PRESIDENTE

1

VOCALES 2

B) ADMINISTRACIÓN DESCONCENTRADA. 1.- ÓRGANO ESPECIAL DE ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE LIMPIEZA.

Código

Denominación PLAZAS VACANTES

1

0

0

Gerente

1

SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA

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Código Denominación PLAZAS VACANTES

0 0 0 Jefe de Sección 2

1 1 1 Técnico Grado Superior 1 1

1 1 2 Técnico Grado Medio 1 1

1 1 4 Jefe Administración 2.ª 6

1 1 5 Oficial 1.ª Administrativo 1

1 1 6 Delineante 1

1 1 7 Encargado General 1

1 1 8 Encargado 4

1 1 9 Capataz 13 9

1 1 10 Conductor 30 3

1 1 11 Jefe de Equipo 7 2

1 1 12 Inspector 1

1 1 13 Tractorista 1

1 1 14 Operario 1.ª 18 2

1 1 15 Peón 188 85

1 1 16 Almacenero 4 2

1 1 17 Maestro taller 1 1

1 1 18 Oficial 1.ª Taller 9 6

1 1 19 Oficial 2.ª Taller 2 2

1 1 20 Oficial 1.ª Mantenimiento 4

1 1 21 Peón Lavacoches 1 1

1 1 22 Auxiliar Técnico Informática 1 1

SUBTOTAL 297 116

SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

Código GRUPO NIVEL Denominación PLAZAS VACANTES

1 2 1 4 14 Almacenero 1

1 2 2 4 16 Auxiliar Adtvo. Comunicaciones 1

1 2 3 3 8 Capataz 4 1

1 2 4 4 13 Conductor 48 5

1 2 5 3 5 Encargado Gral. Almacén 1

1 2 6 3 5 Encargado General 1

1 2 7 3 6 Encargado 3 2

1 2 8 3 6 Encargado Inspección 1

1 2 9 3 8 Supervisión Inspección 2 1

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1 2 10 3 10 Inspector 41 14

1 2 12 3 4 Jefe de Administración 2

1 2 13 1 1 Técnico Grado Superior 3 3

1 2 15 5 22 Limpiadora 2

1 2 16 3 7 Maestro Taller 1

1 2 17 3 9 Oficial Administrativo 3 2

1 2 18 4 11 Oficial 1.ª Taller Soldador 2

1 2 19 4 11 Oficial 1.ª Taller Mecánico 7 6

1 2 20 4 11 Oficial 1.ª Taller Electricista 2 1

1 2 21 4 11 Oficial 1.ª Taller Chapista 2 2

1 2 24 4 17 Operario 1.ª 5 5

1 2 25 5 21 Operario RSU 68 17

1 2 26 4 15 Auxiliar Administrativo 4 4

1 2 27 4 19 Telefonista Recepcionista 2 2

1 2 29 4 12 Tractorista 1 1

1 2 30 4 17 Operario Engrasador 2 1

1 2 31 5 20 Operario Taller 5 5

1 2 32 3 6 Encargado Taller 1 1

1 2 33 4 18 Operario Lavacoches 2 2

1 2 34 3 4 Delineante 1 1

SUBTOTAL 218 76

SERVICIOS ESPECIALES

Código GRUPO NIVEL Denominación N.º PLAZAS

VACANTES

1 3 1 C2 16 Maestro 3 1

1 3 2 C1 16 Administrativo 1 1

1 3 3 C2 14 Auxiliar Administrativo 8 8

1 3 4 C1 16 Inspector de Distrito 3 1

1 3 5 C2 14 Oficial 8 6

1 3 6 E 14 Ayudante 4 2

1 3 7 E 12 Operario 5

SUBTOTAL 32 19

PLAZAS EN PLANTILLA

548

PLAZAS VACANTES

211

2.- INSTITUTO MUNICIPAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN.

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PLANTILLA DEL INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL EMPLEO Y LA FORMACIÓN IMEF

PERSONAL DIRECTIVO

TOTAL PLAZAS: 1

DIRECTIVO

DIRECTIVO PLAZAS

GERENTE 1

A.- PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL IMEF

ESCALA

ADMINISTRACIÓN GENERAL

TOTAL PLAZAS: 4

SUBESCALA TÉCNICA

SUBGRUPO PLAZAS

A1 1

SUBESCALA DE GESTIÓN

SUBGRUPO PLAZAS

A2 1

SUBESCALA AUXILIAR

SUBGRUPO PLAZAS

C2 2

ESCALA

ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

TOTAL PLAZAS: 1

SUBESCALA TÉCNICA

CLASE SUPERIOR

SUBGRUPO PLAZAS

A1 1

B. PLANTILLA DE LABORALES DEL IMEF

SUBGRUPO PLAZAS

A1 2

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A2 14

TOTAL PLAZAS: 16

TOTAL PLAZAS FUNCIONARIOS: 5

TOTAL PLAZAS LABORALES:

16

TOTAL DIRECTIVOS: 1

3.- INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES.

A. PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL IMD

ESCALA

ADMINISTRACIÓN GENERAL

TOTAL PLAZAS: 5

SUBESCALA TÉCNICA

SUBGRUPO PLAZAS

A1 1

SUBESCALA ADMINISTRATIVA

SUBGRUPO PLAZAS

C1 1

SUBESCALA AUXILIAR

SUBGRUPO PLAZAS

C2 1

SUBESCALA SUBALTERNA

SUBGRUPO PLAZAS

E/AP 2

B. PLANTILLA DE LABORALES DEL IMD

SUBGRUPO PLAZAS

A1 5

A2 5

C1 9

C2 48

TOTAL PLAZAS: 67

TOTAL PLAZAS FUNCIONARIOS: 5

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TOTAL PLAZAS LABORALES:

67

4.- AGENCIA LOCAL GESTORA DE LA ENERGÍA.

PERSONAL DIRECTIVO

TOTAL PLAZAS: 1

DIRECTIVO PLAZAS

GERENTE 1

PLANTILLA DE FUNCIONARIOS

ESCALA

ADMINISTRACIÓN GENERAL

TOTAL PLAZAS: 2

SUBESCALA DE GESTIÓN

SUBGRUPO PLAZAS

A2 1

SUBESCALA ADMINISTRATIVA

SUBGRUPO PLAZAS

C1 1

ESCALA

ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

TOTAL PLAZAS: 1

SUBESCALA TÉCNICA

CLASE SUPERIOR

SUBGRUPO PLAZAS

A1 1

VOTACIÓN Número de votantes: 23 Presentes: 23 Votos a favor: 13 (G. M. Popular) Abstenciones: 10 [7 (G. M. Socialista); 3 (G. Mixto)] Escrutinio: se aprueba por mayoría de los corporativos presentes. INCIDENCIAS:

Desde el inicio del debate del asunto se

encuentran ausentes de la sesión los siguientes corporativos:

- D. Martín Muñoz García-Borbolla - D.ª Adelina González Muñoz

- D. Fernando Navarro Cardoso - D.ª Inmaculada Medina Montenegro - D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo

21.- TOMA DE RAZÓN Y EJECUCIÓN DEL AUTO DICTADO EN LA PIEZA DE MEDIDAS CAUTELARES DE LA SECCIÓN PRIMERA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS, EN EL PROCEDIMIENTO NÚM. 01.P80/2014, RESPECTO DEL ACUERDO DE APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO

Se adopta el siguiente acuerdo:

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“I.- ANTECEDENTES 1.- Con fecha 27 de septiembre de

2012, se aprueba mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (en adelante, PORH), publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas (en adelante, BOP) n.º 133, de fecha 19 de octubre de 2012.

2.- Con fecha 5 de diciembre de 2012,

se aprueban, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad, los Criterios Generales sobre la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, publicándose dicho acuerdo en el BOP n.º 22, de fecha 15 de febrero de 2013.

3.- Con fecha 19 de diciembre de 2013,

se aprueba, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad, la Relación de Puestos de Trabajo del Instituto Municipal para el Empleo y la Formación (en adelante, IMEF) de Las Palmas de Gran Canaria (en adelante, RPT), así como otros documentos complementarios de dicha RPT, que han entrado en vigor el 1 de enero de 2014. La publicación en el BOP de la RPT se efectúa con fecha 20 de diciembre de 2013.

4.- Con fecha 20 de diciembre de 2013,

se emiten resoluciones individualizadas, en las cuales se nombra a determinados empleados públicos del IMEF con vínculo laboral indefinido no fijo como funcionarios interinos, se les asigna puesto de trabajo y se les da plazo para la toma de posesión.

5.- Con fecha 23 de diciembre de 2013,

la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento

núm. 440/2013, adopta la medida cautelarísima, sin audiencia de la Administración, de suspensión de la conversión del vínculo jurídico de laboral indefinido a funcionario interino en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

6.- Con fecha 27 de diciembre de 2013,

se aprueba definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, que ha cobrado vigencia el 1 de enero de 2014.

7.- Con fecha 2 de enero de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, confirma la medida adoptada en fecha 23 de diciembre de 2013, de suspensión de la conversión del vínculo jurídico de laboral indefinido a funcionario interino.

8.- Con fecha 27 de diciembre de 2013,

la Administración presenta escrito de alegaciones contra el Auto de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de fecha 23 de diciembre de 2013.

9.- Con fecha 2 de enero de 2014, la

Dirección General de Recursos Humanos y Seguridad emite resolución por la que se realiza la adscripción provisional del personal municipal a puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

10.- Con fecha 2 de enero de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, auto por el que “se acuerda mantener la medida adoptada en auto de 23 de diciembre de 2013”.

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11.- Con fecha 13 de enero de 2014, la Dirección General de Recursos Humanos y Seguridad emite resolución por la que se deja sin efecto la Resolución del director general de Recursos Humanos y Seguridad número 154, de fecha 2 de enero de 2014, por la que se realiza la adscripción provisional del personal municipal a puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria; igualmente se informa a la Sala sobre la extensión de la medida a los organismos autónomos.

12.- Con fecha 13 de enero de 2014, la

gerente del IMEF emite, entre otras, varias resoluciones por las que se realiza la adscripción provisional de los empleados públicos cuya relación de servicio sea laboral indefinido no fijo a puestos de trabajo destinados a funcionarios en la Relación de Puestos de Trabajo del IMEF, expresando en su dispositivo segundo que:

“En cumplimiento del Auto de 23 de

diciembre de 2013, confirmada por Auto de 2 de enero de 2014, que contiene la medida cautelar dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el procedimiento núm. 440/2013, las adscripciones provisionales a los puestos de trabajo de la RPT se realizarán bajo la relación de servicio (funcionaria o laboral) existente a 31 de diciembre de 2013”.

13.- Con fecha 24 de febrero de 2014,

la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 79/2014, dicta un auto por el que se deniega la medida cautelar “inaudita parte” solicitada por los sindicatos y se dispone se tramite pieza de medidas cautelares, dando traslado de las actuaciones al Ayuntamiento.

14.- Con fecha 7 de marzo de 2014, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, auto por el que se acuerda:

“Estimar la solicitud de CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE Y DE FUNCIONARIOS (CSI.F), INTERSINDICAL CANARIA y UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES, suspender el Presupuesto General del Ayuntamiento y la Plantilla de Personal de Las Palmas de Gran Canaria, en cuanto omite toda referencia a la suspensión de la RPT, y requerimos para que se dé cumplimiento a lo dispuesto en los autos de 23 de diciembre de 2013 y 2 de enero de 2014, respecto a la conversión automática del vínculo jurídico de laboral indefinido en funcionario interino, con los apercibimientos del artículo 112 de la LJ”. 15.- Con fecha 9 de abril de 2014, la

Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 80/2014, emite un auto por el que se acuerda:

“Primera.- Se acuerda la adopción de la medida cautelar interesada consistente en la suspensión del acto impugnado consistente en la RPT del Ayuntamiento de Las Palmas, en el Instituto Municipal para el Empleo y la Formación en aquellos puestos de la RPT en que se ha producido la conversión de la plaza ocupada por personal laboral indefinido en funcionario interino. Segundo.- Se requiere al ayuntamiento para que aporte en el plazo de 15 días la identificación de la relación de empleados afectados y de los puestos

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de la RPT que ocupan en el Instituto Municipal para el Empleo y la Formación. (…)”. 16.- Con fecha 1 de abril de 2014,

mediante acuerdo plenario se toma razón y ejecución de los autos dictados en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P440/2013, respecto del acuerdo de aprobación de la Plantilla del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2014, aprobada definitivamente el 27 de diciembre de 2013; y se toma razón y ejecución de los autos dictados en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P440/2013, respecto del acuerdo de aprobación del Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2014, aprobado definitivamente el 27 de diciembre de 2013.

17.- Con fecha 28 de abril de 2014, la

gerente del IMEF dicta Resolución núm. 216 sobre cumplimiento del Auto de 9 de abril de 2014, de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 80/2014.

II.- DISPOSICIONES LEGALES DE

APLICACIÓN, FUNDAMENTALMENTE:

• Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante EBEP).

• Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

• Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

• Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

• Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

• Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

• Convenio colectivo general del personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

III.- CONSIDERACIONES JURÍDICAS 1.- La medida cautelar dictada en el

Auto de fecha 23 de diciembre de 2013, mantenida por otro auto, de fecha 2 de enero de 2014, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 440/2013, suspendió provisionalmente el procedimiento de conversión del vínculo jurídico del personal laboral indefinido que desarrolla funciones propias de personal funcionario a la condición de funcionario interino en aquellos casos que estaban programados, con fecha de entrada en vigor de 1 de enero de 2014.

2.- En cumplimiento de dicho mandato,

con fecha 16 de enero de 2014, la gerente del IMEF resolvió la adscripción provisional de los empleados públicos cuya relación de servicio sea laboral, temporal o indefinido no fijo, a puestos de trabajo destinados a funcionarios en la Relación de Puestos de Trabajo del IMEF, expresando claramente que las adscripciones provisionales se realizaban

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en la relación de servicio laboral existente a 31 de diciembre de 2013.

3.- El Auto de 7 de marzo de 2014, de

la misma Sala y procedimiento, aclara los mandatos, contenidos en los autos previos, sobre el alcance de la medida cautelar adoptada, en la manera expresada en el antecedente decimoquinto de este informe.

4.- Determinar el alcance de la medida

cautelar no ha sido una tarea sencilla para los servicios municipales. De esa manera, la Dirección General de Recursos Humanos solicitó informe, con fecha 10 de enero de 2014 y carácter de urgencia, a la Dirección General de la Asesoría Jurídica bajo los siguientes argumentos:

“Única.- A pesar de la claridad de la medida cautelar acordada (la suspensión de “la conversión del vínculo jurídico del laboral indefinido a funcionario interino de manera automática que se ha producido con ocasión de la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo”), que se corresponde congruentemente con lo solicitado y con lo acordado en el primer momento, existe disonancia entre lo resuelto y algunas otras afirmaciones contenidas en los Fundamentos de Derecho del auto de 2 de enero de 2014. (…) Es decir, podría parecer que, en el Auto de referencia, se suspende la vigencia de la RPT, de manera total o parcial (que es una medida no solicitada, por lo que no podría adoptarse) o que se mantienen derechos laborales (lo que correspondería declararlo a otro orden social). Vista la medida cautelar acordada en dicho auto, que es confirmatoria con la inicial y coincide con la solicitada, conforme prevé el art. 135 de la LJCA,

la argumentación no estaría limitándose al pronunciamiento dispositivo, conforme exige el art. 209 de la LEC, sino que parece ampliar la medida a otros aspectos no solicitados o que no son competencia del órgano judicial, al utilizarse el término genérico de condiciones laborales. Por todo ello, se interesa informe, por el trámite de urgencia, de esa Asesoría Jurídica sobre el Auto de 2 de enero de 2014, en la pieza separada del procedimiento ordinario 440/13, determinando si:

• el alcance de la medida adoptada, conforme al art. 135 de la LJCA está limitada a lo solicitado por los demandantes, es decir, exclusivamente, la suspensión cautelar del cambio automático de vínculo de laboral indefinido a funcionario interino de los 639 empleados municipales afectados por dicha medida

• si la misma se extiende, en contra de lo previsto en el precitado artículo, a otros aspectos no solicitados por los demandantes, como las retribuciones aplicables a los mismos 639 afectados, o la suspensión misma de la RPT para el resto de empleados municipales, como se podría interpretar, bajo una lectura interesada y parcial, de algunas afirmaciones no incluidas en la parte dispositiva pero presentes en el resto del Auto”. Dicha solicitud de informe tuvo

respuesta, con fecha 14 de enero de 2014, expresando en su conclusión lo siguiente:

“En aplicación de este principio, el de congruencia, los efectos de los autos, de cuyo alcance se solicita informe a esta Asesoría Jurídica, deben circunscribirse a lo establecido en la parte dispositiva del auto de 23 de diciembre de 2013, que se confirma en

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el dictado el día 2 de enero de 2014, que determinan únicamente la suspensión del cambio de vínculo de personal laboral indefinido a funcionario interino, sin que haga otros pronunciamientos que requieran interpretación o determinar su alcance”. Pues bien, a la vista del contenido del auto de fecha 9 de abril de 2014 dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 80/2014, es necesario, al igual que se hizo tras los autos dictados por la misma Sala en el procedimiento núm. 440/2013, analizar cuáles deben ser los pasos a seguir por el IMEF para el cumplimiento inmediato de dicho auto. Para ello debemos analizar brevemente lo actuado hasta ahora y que ha sido calificado como un cumplimiento deficiente de los autos dictados, así como el resumen de lo que se estima procedente, visto el Auto de fecha 9 de abril de 2014: • En cuanto al cambio de vínculo, debía producirse por el siguiente itinerario: por medio de resolución, se efectuaba adscripción de un empleado público (con vínculo laboral temporal o indefinido no fijo) a un puesto de trabajo de la RPT reservado a funcionario (dadas las funciones realizadas por el mismo), con plazo para su toma de posesión como funcionario interino, toma de posesión con nombramiento interino (y pérdida de la condición de personal laboral) e inicio de su prestación de servicios bajo este vínculo. Las retribuciones del empleado son las establecidas para el puesto de trabajo asignado por medio de la valoración técnica efectuada.

• A la vista de los autos de fecha 23 de diciembre de 2013, confirmado por el Auto de 2 de enero de 2014, dictados en el procedimiento núm. 440/2013, el proceso realizado fue el siguiente: por medio de resolución se realiza la adscripción de un empleado público con vínculo laboral temporal o indefinido no fijo a un puesto de trabajo de la RPT reservado a funcionario (dadas las funciones realizadas por el mismo), pero manteniendo expresamente su condición de personal laboral. Las retribuciones del empleado son las establecidas para el puesto de trabajo asignado por medio de la valoración técnica efectuada. De esta manera, los empleados mantenían su vínculo inicial (el laboral) pero recibían las retribuciones propias del puesto de RPT al que resultaban adscritos. En la mayoría de los casos, estas retribuciones son superiores (por medio de la valoración efectuada) a las previas a la entrada en vigor de la RPT. • A la vista del Auto de 9 de abril de 2014 dictado en el procedimiento núm. 80/2014, se entiende que el proceso debe ser el siguiente: por medio de resolución, se suspende la adscripción ya efectuada de un empleado público (con vínculo laboral temporal o indefinido no fijo) a un puesto de trabajo de la RPT, y se retorna a la situación del empleado a las condiciones inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la RPT del IMEF. De esta manera, los empleados también mantienen su vínculo inicial (el laboral) pero perciben las retribuciones previas a la entrada en vigor de la RPT. En la mayoría de los casos, estas retribuciones son inferiores a la del puesto de adscripción correspondiente a la RPT.

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5.- De esa manera, los efectos sobre las resoluciones de adscripción provisional a puestos de la RPT del IMEF de estos empleados ahora son muy claros. El Auto de 9 de abril de 2014, en su punto segundo, indica textualmente lo siguiente:

“(…) La Doctrina de la Sala expuesta en los citados autos (haciendo referencia a los Autos dictados en el procedimiento núm. 440/2013) y cuya aplicación invoca la parte recurrente es aplicable por razones de igualdad, seguridad y unidad de la doctrina, sin que sea preciso reproducir los argumentos al ser conocidos por ambas partes. Queremos únicamente puntualizar que al igual que ha sucedido en la citada pieza, mientras dure el recurso no puede entrar en vigor la RPT, en aquellos puestos que está previsto que personal laboral ocupe plaza de funcionario interino y, por tanto, los funcionarios afectados deben continuar con las mismas condiciones que tenían en su relación anterior a la aprobación de la RPT”. Para el cumplimiento de dicho

mandato, deben quedar sin efecto, durante el período en el que se mantenga la vigencia de la medida cautelar adoptada, las resoluciones de la gerente del IMEF por las que se efectuó la adscripción provisional de empleados públicos cuya relación de servicio sea la de laboral indefinido no fijo a puestos de trabajo de la RPT destinados a funcionarios.

Y, finalmente, para los empleados

municipales afectados por la medida cautelar, la RPT del IMEF no ha entrado en vigor, recuperando la situación inmediatamente anterior a la aprobación de dicho instrumento ordenador, tanto en el vínculo (aspecto ya cumplido en las resoluciones de 14 de enero de 2014)

como en el resto de condiciones organizativas y económicas preexistentes. En definitiva, mantiene la totalidad de las condiciones existentes en su relación laboral a fecha previa a la entrada en vigor de la RPT del IMEF, es decir, a fecha 31 de diciembre de 2013.

Esta retroacción en las condiciones

existentes a 31 de diciembre de 2013 obligará a regularizar las retribuciones de los empleados afectados por el auto de 9 de abril de 2014 por medio de dos acciones. Por un lado, es obligado abonar las cantidades dejadas de percibir por aquellos empleados cuyas retribuciones se vieron minoradas por la adscripción, en régimen laboral, a un puesto de la RPT. Por otro lado, también lleva a exigir a determinados empleados el reintegro de las cantidades abonadas en exceso, por superar las retribuciones previstas en la RPT a las correspondientes a las plazas ocupadas en el momento previo a la entrada en vigor de la RPT.

6.- Igualmente, se ordena la remisión al

TSJC de “…una Relación de empleados afectados y de los puestos de la RPT que ocupan en el Instituto Municipal para el Empleo y la Formación”.

Esta relación, en la que incluiremos los

costes brutos de cada puesto de trabajo (según RPT) y de cada plaza (en los valores inmediatamente anteriores a la aprobación de la RPT), se adjunta al presente informe, bajo la denominación de Anexo. A este Anexo nos referiremos reiteradamente más tarde, en la parte dispositiva.

7.- Deben determinarse los efectos del

Auto de 9 de abril de 2014 sobre el acuerdo plenario de 27 de diciembre de 2013, que aprobó definitivamente, para el ejercicio 2014, la Plantilla del Personal

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Funcionario, Laboral, Eventual y Directivo del IMEF.

El cumplimiento del Auto de 9 de abril

de 2014 se entiende efectuado con la toma de razón de dicha resolución judicial por el Pleno municipal, en su próxima sesión, y de la reconversión, mientras dure la vigencia de la medida cautelar adoptada por el TSJC, de las plazas correspondientes a los empleados públicos con relación de servicio de laboral indefinido no fijo a los que se pretendía modificar el vínculo a personal funcionario interino.

Esas plazas, asignadas a los titulares

que quedan identificados en el Anexo, pasarán nuevamente, con carácter provisional, a la situación previa a la entrada en vigor de la RPT, y del presupuesto y plantilla para 2014, recuperando su naturaleza laboral y dando soporte a los empleados públicos que mantienen el vínculo laboral por mandato judicial.

En resumen, las repercusiones del Auto

de 9 de abril de 2014 en la plantilla municipal consistirán en contemplar, de manera provisional, un número de plazas de personal laboral equivalente al número de empleados del IMEF cuya conversión de vínculo se ha suspendido, dado que las plazas incluidas en la plantilla carecen de identificación nominal alguna. Por ello, únicamente debe incrementarse la plantilla de personal laboral y, en el mismo número, reducirse la plantilla de personal funcionario.

8.- Finalmente, han de concretarse los

efectos del Auto de 9 de abril de 2014, sobre el acuerdo plenario de 27 de diciembre de 2013, que aprobó definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio 2014.

Sus repercusiones directas son casi inexistentes. Ello se explica porque el sistema presupuestario público es mucho más flexible de lo que podría deducirse de una primera impresión. Para explicarlo, nos atendremos a la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, y también a las bases de ejecución presupuestarias para 2014.

El presupuesto municipal de gastos se

segrega, en su clasificación económica, en diferentes apartados, llamados capítulos. El capítulo con el que se sufragan los gastos de personal es el conocido capítulo I (Gastos de Personal). Ese capítulo se subdivide sucesivamente en artículos, conceptos y subconceptos. Para la explicación, solamente llegaremos al nivel desagregado de artículos (seis), que van identificados desde el 10 al 16.

Con el artículo 10, se abonan las

nóminas de los órganos de gobierno y del personal directivo, con el artículo 11 las del personal eventual, con el artículo 12 el gasto de personal funcionario, con el artículo 13 el del personal laboral, con el artículo 14 gastos de otro tipo de personal, con el artículo 15 los incentivos al personal de cualquier tipo y, finalmente, con el artículo 16, se abonan las cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador. Aunque pueda parecer que estas divisiones son estancas, el sistema no funciona realmente así.

La posibilidad de utilizar todos estos

artículos como si fueran una caja única para cualquier gasto (la llamada “bolsa de vinculación”) viene dada por el nivel de vinculación jurídica, como indican los artículos 27, 28 y 29 del Real Decreto 500/1990, que remite la definición de ese nivel a las bases de ejecución aprobadas

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anualmente junto con el presupuesto. Y, en esas bases de ejecución

presupuestaria, el nivel de vinculación jurídica del capítulo I es a nivel de capítulo (base 8.ª), es decir, la bolsa engloba la totalidad de créditos del capítulo, independientemente del artículo en el que se hayan consignado, con una única excepción que luego explicaremos (la aplicación 121.01, referida al complemento de destino del personal funcionario).

De esta forma, aunque la consignación presupuestaria inicial se haya efectuado situando todos los créditos en cualquiera de los capítulos (por ejemplo, todos en el artículo 12, que abona las nóminas del personal eventual), se pueden atender con esos créditos los gastos de cualquier otro artículo (por ejemplo, las nóminas del personal laboral).

Por ello, la suspensión del cambio de

vínculo de laboral a funcionario de estos empleados del IMEF y, por ello, la prolongación de su situación en régimen laboral es inocua a efectos presupuestarios. De hecho, las nóminas de enero, febrero, marzo y abril se han tramitado sin problema alguno gracias a esta herramienta presupuestaria que se ha dado en llamar “bolsa de vinculación”, que permite atender el gasto de cualquier artículo incluido en la bolsa, con los créditos consignados en cualquiera de los otros artículos vinculados a dicha bolsa.

Para ampliar todavía más dicho efecto,

solo cabría abrir a la bolsa de vinculación del capítulo I el precitado subconcepto 121.01 (único que está vinculado a ese nivel de desagregación, es decir, “cerrado”, conforme a la base 8.ª, apartados 3.c, 4.c y 10, que se adjunta al presente informe) o, más sencillamente, transferir parte de su crédito a cualquier

otro subconcepto que se encuentre vinculado a nivel de capítulo, es decir, cualquier otro del capítulo.

Por último, a efectos presupuestarios,

queda señalar las consecuencias de la medida cautelar sobre el anexo de personal. El anexo de personal, conforme el art. 18.1.c del Real Decreto 500/1990, es un documento que se agrega al presupuesto, que relaciona y valora económicamente el coste individual de todos los puestos de trabajo. Por ello, su configuración es casi idéntica a la de una RPT, añadiéndose en la prevista para 2014 una columna final en la que se consigna el coste bruto anual de ese puesto, sin definición nominativa alguna. La función del anexo de personal es acreditar que los créditos para personal incluidos en el Presupuesto se corresponden con la previsión del coste económico que suponen la totalidad de puestos de trabajo. Por ello, a efectos meramente complementarios, se estima oportuno dar cuenta al Pleno de la medida cautelar a los efectos de la adaptación del anexo de personal, que ahora contemplará las plazas de personal laboral temporal/indefinido no fijo, conforme lo indicado en el documento adjunto que denominamos Anexo, mientras tenga efectos la medida cautelar dictada por el TSJC con fecha 9 de abril de 2014.

Por todo lo anteriormente expuesto, y en los términos propuestos por el alcalde con el informe favorable de la Comisión de Pleno de Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas, en sesión del día 21 de mayo de 2014, el Pleno ACUERDA:

PRIMERO.- Toma de razón y ejecución

del auto dictado en la pieza de medidas cautelares de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el procedimiento núm. 01.P80/2014, respecto del acuerdo

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de aprobación del Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2014, aprobado definitivamente el 27 de diciembre de 2013.

SEGUNDO.- En consecuencia a lo

acordado en el apartado primero, adaptar el capítulo I y Anexo de Personal del Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio de 2014, en los términos señalados en los Anexos I y II de este dictamen.

TERCERO.- Autorizar al concejal del Área de Gobierno de Hacienda, Patrimonio y Contratación para que realice cuantas actuaciones sean necesarias para adecuar el Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio de 2014 en los aspectos en que se vea afectado por la ejecución de la medida cautelar dictada por el TSJC debiendo dar cuenta de las mismas al Pleno.

CUARTO.- Practicar las publicaciones que procedan”.

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VOTACIÓN Número de votantes: 27 Presentes: 27 Votos a favor: 14 (G. M. Popular) Abstenciones: 13 [9 (G. M. Socialista); 4 (G. Mixto)] Escrutinio: se aprueba por mayoría de los corporativos presentes. INCIDENCIAS:

Durante el debate de asunto se

reincorporan a la sesión los siguientes corporativos:

- D. Martín Muñoz García-Borbolla - D. Fernando Navarro Cardoso - D.ª Inmaculada Medina Montenegro

Continúa ausente de la sesión doña

Adelina González Muñoz.

SECCIÓN DE DESARROLLO LOCAL Y CONSUMO 22.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE LAS TARIFAS AÑO 2013 DEL MERCADO MAYORISTA DE FRUTAS Y HORTALIZAS Y OTRAS ACTIVIDADES EN LA UNIDAD ALIMENTARIA DE MERCALASPALMAS

Se adopta el siguiente acuerdo: “I. ANTECEDENTES Vistos los documentos obrantes en el

expediente de referencia, fundamentalmente, los siguientes:

1.º El 25 de junio de 2013, el Consejo de

Administración de Mercalaspalmas, S. A., adoptó el acuerdo de dar trámite al expediente de revisión de las tarifas vigentes, en función del IPC de la Comunidad Autónoma previsto en la Memoria Financiera del Expediente de Municipalización, lo que supone un

incremento del 2,5 % respecto a las tarifas que se aplican actualmente.

2.º El 8 de julio de 2013, la entidad

Mercalaspalmas, S. A., solicitó de este ayuntamiento que el órgano municipal competente procediera a aprobar el proyecto de modificación de tarifas, dándole el trámite procedimental correspondiente.

3.º El 1 de agosto de 2013, una vez

presentado el certificado del acuerdo por parte de Mercalaspalmas, S. A., el técnico de la Sección de Desarrollo Local y Consumo emitió informe favorable a la citada propuesta.

4.º El 5 de septiembre de 2013, la Junta

de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria aprobó el proyecto de modificación de tarifas año 2013.

5.º El 16 de octubre de 2013, ha sido

dictaminada favorablemente por la Comisión de Pleno de Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas la siguiente propuesta:

“Aprobar inicialmente el proyecto de modificación de las tarifas de Mercalaspalmas año 2013…”.

6.º El 30 de octubre de 2013, ha sido

aprobada en sus propios términos, por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, la propuesta: “Aprobar inicialmente el proyecto de modificación de las tarifas de Mercalaspalmas año 2013...” .

7.º Publicado en el Boletín Oficial de la

Provincia, número 160, el 13 de diciembre de 2013.

8.º Certificación de fecha 20 de enero

de 2014, en la que consta: “Que el Anuncio (...) relativo a la aprobación inicial al

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proyecto de modificación de tarifas año 2013 del mercado de mayorista de frutas y hortalizas y otras actividades en la unidad alimentaria de Mercalaspalmas, ha estado expuesto al público en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento por el término de treinta días (desde el 10/12/2013 hasta el 17/01/2014)”.

9.º Escrito de fecha 23 de enero de

2014, de la mercantil Mercalaspalmas, S. A., en el que hace constar: “Adjunto remitimos las comunicaciones sobre la aprobación inicial de la revisión de tarifas de Mercalaspalmas, año 2013, entregadas a los titulares y siendo firmada la última, el día 22 de enero de 2014”.

10.º El 29 de enero de 2014, con

número de registro general de entrada 16171, se presentan por don Juan Armando Rodríguez Hernández, con DNI 42.700.103-M, quien actúa en nombre y representación de la Asociación de Empresarios de Mercalaspalmas (Asemerca), con domicilio a efectos de notificación en Mercalaspalmas, Edificio Administrativo, Local número 3, de Las Palmas de Gran Canaria, alegaciones a la aprobación inicial de tarifas año 2013 del Mercado de Mayorista de Frutas y Hortalizas y Otras Actividades en la Unidad Alimentaria de Mercalaspalmas.

Expone: "Primera.- La aprobación inicial de la

revisión de las tarifas que abonamos a Mercalaspalmas, S. A. y cuya subida se pretende para el año 2013, afecta considerablemente a los titulares de los módulos de la Unidad Alimentaria dada la gravísima situación económica por la que estamos atravesando, debido a la acuciante crisis económica.

Desde hace años, venimos poniendo en conocimiento de la Unidad Administrativa de Mercados del Excmo. Ayuntamiento de

Las Palmas de Gran Canaria, esta situación, que además cada año que pasa se ha ido agravando no solo por la difícil situación económica que atravesamos, sino por una caída generalizada del consumo así como una importante disminución de clientes y en consecuencia de las ventas, las cuales se han visto afectadas en más de un 70 %, afectando igualmente nuestros beneficios lo cual supone un gran esfuerzo mensual. Toda esta situación ha propiciado la caída de los alquileres industriales en más de un 50 %.

Por todo lo anteriormente expuesto, solicitamos mantener las tarifas actuales para el 2013 dado que en este momento tan crítico, precisamos cuantos trabajamos en la Unidad Alimentaria nos apoyen a las empresas aquí instaladas para poder continuar desarrollando nuestra actividad.

Segunda.- Entendemos que de

aprobarse definitivamente la referida revisión de las tarifas nos producirían gravísimos perjuicios económicos, viéndonos obligados muchos de nosotros a cerrar nuestros puestos por ser insostenible continuar soportando todos los gastos que debemos afrontar para desarrollar nuestra actividad, pues téngase en cuenta que hemos de cumplir puntualmente con las distintas obligaciones fiscales, laborales, administrativas, etc.

Si ya nos supone un gran esfuerzo mensual abonar las tarifas, así como atender nuestras obligaciones laborales para con los trabajadores, consideramos que es materialmente imposible asumir el costo de una nueva subida de las referidas tarifas.

Tercera.- Por todo lo anteriormente

expuesto, solicitamos que no se proceda a la citada revisión de las tarifas, quedando congelada la subida de las mismas hasta que la situación económica mejore. De llevarse a efecto la subida, nos veríamos

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obligados a adoptar las medidas que consideremos oportunas en defensa de nuestros intereses".

11.º El 7 de marzo de 2014, con número

de registro general de entrada 39020, se presenta por don Francisco Javier Granell Torres, en calidad de director gerente de Mercalaspalmas, informe sobre las alegaciones presentadas por Asemerca, desestimándolas:

“1.- La revisión de tarifas propuesta en el referido Expediente cumple con los requisitos exigidos tanto en el Reglamento de Prestación del Servicio como en la Memoria Financiera del Expediente de Municipalización de Mercalaspalmas, los cuales vienen detallados en la misma. 2.- En referencia a las siguientes alegaciones expresadas: "...cuya subida se pretende para el año 2013 afecta considerablemente a los titulares de los puestos de Mercalaspalmas dada la gravísima situación económica...", "...la referida revisión de las tarifas nos produciría gravísimos perjuicios económicos..." comentar: La incidencia de las tarifas de Mercalaspalmas sobre el valor de los productos perecederos comercializados en la Unidad Alimentaria durante el ejercicio 2012, fue tan solo del 0,63 %, muy por debajo del 2 % contemplado como tope conveniente en la memoria financiera del expediente de municipalización; lo que nos viene a indicar que las tarifas de Mercalaspalmas son un componente muy poco relevante en la estructura de gastos del sector que opera en la Unidad Alimentaria, no teniendo, por tanto, apenas incidencia sobre la rentabilidad del negocio mayorista que en ella se desarrolla".

12.º El 28 de abril, vistas las alegaciones formuladas y el informe emitido por Mercalaspalmas, la técnica responsable de la Sección de Desarrollo Local y Consumo emitió informe favorable a la aprobación definitiva de las tarifas de Mercalaspalmas 2013 y propuso la desestimación de las alegaciones formuladas por la Asociación de Empresarios de Mercalaspalmas (Asemerca).

II. DISPOSICIONES LEGALES DE

APLICACIÓN, FUNDAMENTALMENTE: PRIMERO.- Es de aplicación, en el

presente expediente, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, que atribuye al municipio competencias en materia de mercados en su artículo 25.2.g), y lo configura como un servicio de prestación obligatoria para municipios con población superior a 5.000 habitantes, en el artículo 26.1.b).

Son numerosas y de distinto rango las normas que se refieren a materias relativas a Abastos, Mercados, etc., fijando las correspondientes reglamentaciones y posibilitando la intervención de los ayuntamientos en asuntos de su exclusiva competencia.

SEGUNDO.- En virtud del artículo 74.2

del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio), la utilización de los bienes de dominio público se regirá, ante todo, por las normas del Reglamento de Servicios de las Entidades Locales (Decreto 17 de junio de 1955), y subsidiariamente por el Reglamento de Bienes.

TERCERO.- El Expediente de

Municipalización del Mercado de Frutas y Hortalizas de Las Palmas de Gran Canaria

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establece, en su artículo 4.3.2, la fórmula polinómica de revisión anual de las tarifas de derechos de uso de superficies en el recinto de Mercalaspalmas, o bien en función de la variación que experimente el Índice de Precios al Consumo para la provincia de Las Palmas.

CUARTO.- El expediente para la revisión

y aprobación de tarifas del recinto de Mercalaspalmas se ha incoado a instancias de la sociedad (artículo 68 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), y se han cumplimentado los trámites establecidos en el Reglamento de Funcionamiento Interno de Mercalaspalmas y el Reglamento de Prestación de Servicio de Mercado Mayorista de la Unidad Alimentaria de Las Palmas, correspondiendo, de conformidad con los artículos 122, 123 y 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la aprobación del proyecto de revisión tarifaria a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, y su aprobación inicial y definitiva al Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, previo dictamen de Comisión de Pleno.

Por todo lo anteriormente expuesto, y

en los términos propuestos por el concejal de gobierno del Área de Gobierno de Empleo, Bienestar Social e Igualdad, don

Jaime Romero Cerdá, con el informe favorable de la Comisión de Pleno de Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas, en sesión del día 21 de mayo de 2013, el Pleno resuelve:

PRIMERO.- Desestimar las alegaciones

presentadas por la Asociación de Empresarios de Mercalaspalmas (Asemerca), ya que la subida propuesta se ajusta a los requisitos exigidos tanto en el Reglamento de Prestación del Servicio como en la memoria financiera del expediente de municipalización de Mercalaspalmas, y además su incidencia sobre el valor de los productos perecederos comercializados en la Unidad Alimentaria durante el ejercicio 2012 fue tan solo del 0,63 %, muy por debajo del 2 % contemplado como tope conveniente en la memoria financiera del expediente de municipalización; lo que viene a indicar que las tarifas de Mercalaspalmas son un componente muy poco relevante en la estructura de gastos del sector que opera en la Unidad Alimentaria, no teniendo, por lo tanto, apenas incidencia sobre la rentabilidad del negocio mayorista que en ella se desarrolla.

SEGUNDO.- Aprobar definitivamente la

revisión de las tarifas de MERCALASPALMAS año 2013, cuyos importes se reflejan en la siguiente tabla:

2013

MAYORISTAS DE FRUTAS Y HORTALIZAS

Importe por m2 de frutas y hortalizas 10,740783 €/m2/mes

MÓDULO DE 99 M2 1.063,34 €/mes

MÓDULO DE 42 M2 451,11 €/mes

MÓDULO DE 30 M2 322,22 €/mes

MÓDULO DE 24 M2 257,78 €/mes

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MÓDULO DE 12 M2 128,89 €/mes

MÓDULO DE 9’9 M2 106,33 €/mes

MÓDULO DE 6 M2 64,44 €/mes

MAYORISTAS DE PESCADOS (NAVE POLIVALENCIA)

Importe por m2 de pescadería 11,335453 €/m2/mes

MÓDULO DE 104 M2 1.178,89 €/mes

SITUADOS DE PRODUCTORES (AGRICULTORES)

Importe por m2 para agricultores 1,189343 €/m2/día

MÓDULO DE 4 M2 4,76 €/día

CÁMARA DE RESERVA DIARIA

IMPORTE POR KILO ALMACENADO 0,0052275 €/kg/día

TERCERO.- De conformidad con lo

dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la publicación y entrada en vigor de las tarifas de la Unidad Alimentaria de Mercalaspalmas año 2013 se producirá de la siguiente forma:

• El acuerdo de aprobación definitiva de las tarifas se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, así como en la página web y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. • Las tarifas publicadas entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia”.

DEBATE. Intervenciones:

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES: Tiene la palabra el señor Romero.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE EMPLEO, BIENESTAR SOCIAL E IGUALDAD (Romero Cerdá): Muchísimas gracias, señor presidente, buenos días a todos. Este es un

punto que se ha debatido ya en las diferentes comisiones, básicamente es la actualización del IPC en las tarifas. VOTACIÓN Número de votantes: 27 Presentes: 27 Votos a favor: 27 Escrutinio: se aprueba por unanimidad de los corporativos presentes. INCIDENCIAS:

Continúa ausente de la sesión doña

Adelina González Muñoz.

CONCEJALÍA DELEGADA DE ASUNTOS SOCIALES SECCIÓN DE SERVICIOS SOCIALES 23.- AUTORIZACIÓN PARA LA FORMALIZACIÓN DE UN CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CABILDO DE GRAN CANARIA Y EL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PARA LA GESTIÓN DE AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL DURANTE EL AÑO 2014

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Se adopta el siguiente acuerdo: “I. ANTECEDENTES Vistos los documentos obrantes en el

expediente de referencia, fundamentalmente, los siguientes:

Primero. La comunicación del Cabildo

de Gran Canaria (registro de entrada número 25.587, de fecha 13 de febrero de 2014), que contiene Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular adoptado en sesión ordinaria celebrada en fecha 5 de febrero de 2014, sobre “la suscripción de un Convenio de Colaboración con los Ayuntamientos de Gran Canaria, para la tramitación, resolución y abono de ayudas individuales de emergencia social”.

Segundo. El informe-propuesta para

iniciar el procedimiento tendente a la formalización del convenio, de fecha 26 de marzo de 2014 y el acuerdo de inicio, de fecha 26 de marzo de 2014; y el informe técnico de justificación, de fecha 26 de marzo de 2014.

Tercero. El informe de Asesoría Jurídica,

de fecha 10 de abril de 2014. Cuarto. El informe del Órgano de

Gestión Presupuestaria, de fecha 7 de abril de 2014.

Quinto. El informe del Servicio Jurídico

de Intervención, de fecha 21 de abril de 2014.

Sexto. El informe de la secretaria

general del Pleno, de fecha 13 de mayo de 2014.

Séptimo. El dictamen favorable de la

Comisión de Pleno de Políticas de Igualdad, celebrada el día 15 de mayo de 2014; y el dictamen favorable de la Comisión de Pleno

de Gestión Económico-Financiera, celebrada el día 21 de mayo de 2014.

II. DISPOSICIONES LEGALES DE

APLICACIÓN, FUNDAMENTALMENTE: PRIMERO.- La Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases del Régimen Local: “El Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal” (artículo 25.1). Asimismo establece que “el municipio ejercerá en todo caso, como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias … e) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social ...” (artículo 25.2), en relación con lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

SEGUNDO.- La Ley 38/2003, de 17 de

noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento.

TERCERO.- Artículo 40 del Real Decreto

Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: “1. Las subvenciones de toda índole que obtengan las entidades locales, con destino a sus obras y servicios no podrán ser aplicadas a atenciones distintas de aquellas para las que fueron otorgadas, salvo, en su caso, los sobrantes no reintegrables cuya utilización no estuviese prevista en la concesión. 2. Para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior, las entidades públicas

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otorgantes de las subvenciones podrán verificar el destino dado a estas. Si tras las actuaciones de verificación resultase que las subvenciones no fueron destinadas a los fines para los que se hubieran concedido, la entidad pública otorgante exigirá el reintegro de su importe o podrá compensarlo con otras subvenciones o transferencias a que tuviere derecho la entidad afectada, con independencia de las responsabilidades a que haya lugar”.

CUARTO.- La Ley 9/1987, de 28 de abril,

de Servicios Sociales. QUINTO.- Los decretos del alcalde

15592/2011, de 15 de junio, 15708/2011, de 17 de junio (modificados por el decreto 528/2012, de 5 de enero), y 24123/2013, de 2 de agosto.

Por todo lo anteriormente expuesto, y

en los términos propuestos por el concejal de gobierno del Área de Empleo, Bienestar Social e Igualdad, el Pleno resuelve:

Primero. La aceptación de los informes

técnicos, jurídicos y económicos que constan en el expediente.

Segundo. Autorizar la formalización del

convenio de colaboración entre el Cabildo de Gran Canaria y el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, para la gestión de ayudas de emergencia social durante el año 2014, de acuerdo con el convenio tipo del siguiente tenor literal:

“CONVENIO TIPO DE COLABORACIÓN

ENTRE EL EXCMO. CABILDO DE GRAN CANARIA Y LOS AYUNTAMIENTOS DE GRAN CANARIA PARA LA GESTIÓN DE AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL

En Las Palmas de Gran Canaria, a

…......................................

REUNIDOS De una parte, don José Miguel Álamo

Mendoza, en representación del Cabildo de Gran Canaria, actuando según acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha ….......…, en ejecución de lo previsto en el artículo 16.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias; y asistido del secretario general del Pleno, de conformidad con el apartado 5, letra d) del artículo 122 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Y, de otra parte,

………………………………………, actuando en nombre y representación del Ayuntamiento ……………………………., según acuerdo de …....... de fecha …….........., también en ejecución de lo previsto en el artículo 16.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y asistida por …………………………….., secretario general del Ayuntamiento.

Ambas partes, en la condición con que actúan, se reconocen competencia y capacidad para el otorgamiento del presente convenio, y

MANIFIESTAN Primero.- Que con el fin de llevar a cabo

actuaciones de prevención y reinserción social, los cabildos tienen atribuida, entre otras, la prestación de asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los responsables públicos de los servicios especializados en el ámbito insular, de conformidad con lo establecido en el art. 12 de la Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales.

Segundo.- Que la mencionada ley

dispone en el art. 13, h) que les compete a los ayuntamientos gestionar prestaciones

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económicas y colaborar en lo que reglamentariamente se establezca en la gestión de las prestaciones económicas y subvenciones de los cabildos en lo que se refiere a los servicios sociales de su ámbito municipal.

Tercero.- Que los ayuntamientos de

Gran Canaria han visto incrementada la demanda de ayudas económicas para atender necesidades básicas o primarias procedentes de familias y personas en situación de extrema necesidad, como consecuencia, entre otros factores, de las elevadas cotas de desempleo, viendo desbordada su capacidad para prestar la atención que tal situación requiere.

Cuarto.- Que entre las actuaciones

previstas para el año 2014 por la Consejería de Política Social, destaca la concesión de ayudas individuales para atender situaciones de extrema necesidad que no sean cubiertas, o lo sean parcialmente, por otras instituciones públicas, con cargo a los fondos propios de la Corporación, contando con una cuantía de 1.400.000 €, consignados en el Presupuesto del Servicio de Política Social.

Por todo ello, y considerando la necesidad y el interés del Cabildo en llevar a cabo los objetivos mencionados y la necesidad de contar con la infraestructura de los ayuntamientos de la Isla para la gestión de las ayudas de emergencia social consignadas para el ejercicio 2014 destinadas a atender las necesidades básicas de la población canaria, de acuerdo con los principios de agilidad y eficacia que la situación actual requiere, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración con arreglo a las siguientes

ESTIPULACIONES Primera.- OBJETO.

El presente convenio tiene por objeto articular la colaboración entre el Cabildo de Gran Canaria y los ayuntamientos de Gran Canaria para la tramitación, resolución y abono de ayudas de emergencia social, con el fin de atender la demanda de prestaciones económicas, formulada a través de los Servicios Sociales municipales, para cubrir necesidades básicas ante situaciones de extrema necesidad.

Segunda.- FINANCIACIÓN. El Cabildo de Gran Canaria aportará

para la ejecución del presente convenio un crédito de UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL EUROS (1.400.000 €) consignado en la aplicación presupuestaria 09100/231/480000114 Emergencia Social, que se destinará exclusivamente al abono de las ayudas concedidas.

Este crédito será distribuido entre los

ayuntamientos firmantes mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno Insular, o por su delegación, mediante Resolución del consejero de gobierno de Política Social, con base en los criterios técnicos que serán definidos por la Consejería de Política Social.

A fecha 15 de septiembre de 2014,

previa valoración del grado de ejecución presupuestaria, el Consejo de Gobierno o, por su delegación, el consejero de Política Social podrá redistribuir, sobre la base de nuevos criterios técnicos, el crédito asignado inicialmente a cada municipio y a esta fecha no dispuesto.

Tercera.- NATURALEZA,

CARACTERÍSTICAS Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS.

Las ayudas económicas serán de carácter puntual y excepcional, y solo se podrán conceder a un miembro de la unidad familiar.

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Son de naturaleza subvencional y tienen carácter finalista, debiendo destinarse únicamente a cubrir las necesidades para las que hayan sido concedidas, preferentemente para atender gastos derivados de necesidades básicas como alimentación, vestido, higiene doméstica y personal, adquisición de útiles y enseres necesarios para uso y mantenimiento de la vivienda habitual, gastos de alquiler y de suministro de agua y luz y gastos de comunidad de la misma, hasta un máximo de cuatro meses o excepcionalmente de seis meses si lo proponen los Servicios Sociales municipales, así como otras no cubiertas por los sistemas públicos debidamente justificadas por estos.

Las ayudas se concederán a propuesta

de los Servicios Sociales municipales, tras la comprobación y posterior valoración de la situación de emergencia o extrema necesidad y determinación de la cuantía de la ayuda, mediante aplicación de los criterios establecidos en el Baremo para la Valoración de Ayudas de Emergencia Social, que será aprobado por el consejero de gobierno de Política Social a propuesta de la Comisión de Seguimiento y publicado en la página web del Cabildo de Gran Canaria, www.grancanaria.com.

En general, se establece un importe

máximo de 1.000 € por persona beneficiaria, que podrá ser ampliado en casos excepcionales y debidamente justificados.

Estas ayudas son compatibles con las

concedidas a través del Fondo Canario de Emergencia Social destinado a Mujeres Víctimas de Violencia de Género, así como con cualesquiera ayudas o subvenciones procedentes de otras entidades o administraciones públicas destinadas a emergencia social.

Cuarta.- RÉGIMEN JURÍDICO. Las ayudas objeto del presente convenio

se regirán de conformidad con lo preceptuado en la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria de 22 de diciembre de 2008 (BOP de Las Palmas n.º 166 de 26/12/2008); Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Subvenciones; Bases de Ejecución del Presupuesto del Cabildo de Gran Canaria para el ejercicio 2014.

Quinta.- PERSONAS BENEFICIARIAS DE

LAS AYUDAS. REQUISITOS. Los/as beneficiarios/as de las ayudas

serán personas físicas con escasos recursos económicos que, debido a una situación de emergencia social, de carácter individual o familiar, no cubierta suficientemente por otros organismos públicos, requieran de un apoyo económico para cubrir necesidades básicas y cumplan con los siguientes requisitos:

1. Ser residentes en cualquier municipio de la isla de Gran Canaria.

2. Ser mayor de edad o estar emancipado/a legalmente.

3. Hallarse en la situación de necesidad y/o emergencia social que motiva la solicitud de ayuda económica, acreditándola documentalmente ante los equipos municipales de los Servicios Sociales, quienes habrán de estimarla y considerar dicha solicitud un recurso idóneo para satisfacer la necesidad planteada, mediante la aplicación del Baremo para la Valoración de Ayudas de Emergencia Social.

4. No tener pendiente la justificación de ayudas económicas otorgadas con anterioridad por el Cabildo de Gran Canaria.

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Sexta.- LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE AYUDA Y DOCUMENTACIÓN.

Las personas interesadas formularán sus solicitudes en los Registros de los Ayuntamientos correspondientes al lugar de residencia, mediante la presentación de la siguiente documentación:

- Solicitud de ayuda, que contendrá

declaración responsable del/la solicitante de la ayuda, según modelo que se podrá descargar de página web corporativa del Cabildo de Gran Canaria www.grancanaria.com).

- Fotocopia del DNI (en caso de extranjeros, tarjeta de residencia), del/la solicitante y de los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años.

- Impreso cumplimentado de “Alta/Modificación de Terceros” del Cabildo de Gran Canaria (disponible en la web corporativa del Cabildo de Gran Canaria www.grancanaria.com) a favor del/la solicitante.

- Demás documentación en la que el/la interesado/a fundamente su solicitud o sea solicitada por los Servicios Sociales municipales.

Séptima.- JUSTIFICACIÓN DE LAS

AYUDAS CONCEDIDAS. La persona beneficiaria de la ayuda

deberá justificar ante los Servicios Sociales correspondientes a su municipio de residencia la correcta aplicación de los fondos recibidos mediante la presentación de las facturas o recibos originales, en el plazo de tres meses desde la fecha de pago de la ayuda, o en casos excepcionales y debidamente justificados en el informe social, en el plazo que se fije en la resolución de concesión.

Octava.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES

FIRMANTES. A) Los ayuntamientos se obligan a:

1. Recibir las solicitudes de ayuda junto con la documentación establecida en la Cláusula Quinta, requiriendo a los/las solicitantes, en caso de que las solicitudes no reúnan los requisitos necesarios establecidos en dicha cláusula, para su subsanación en aplicación del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Llevar a cabo, a través de los trabajadores sociales municipales, la valoración de las solicitudes formuladas, en aplicación de los criterios establecidos en el Baremo para la Valoración de Ayudas de Emergencia Social.

3. Emitir informe social de los Servicios Sociales municipales, según modelo que será facilitado por la Consejería de Política Social, que contendrá propuesta de resolución motivada y no vinculante, acerca de la procedencia del otorgamiento de la ayuda, así como de su cuantía dentro de los límites establecidos en la Cláusula Tercera. Dicha propuesta se incorporará al documento de solicitud de ayuda.

4. Remitir a la Consejería de Política Social, a través del órgano representativo del ayuntamiento, expediente que ha de contener exclusivamente la siguiente documentación:

A. Expedientes con propuesta municipal

favorable a la concesión: 1. Solicitud de ayuda formulada por el/la

interesado/a que incorporará propuesta en sentido favorable emitida por los Servicios Sociales municipales, según modelo que será facilitado por la Consejería de Política Social y se podrá descargar de la página web corporativa del Cabildo de Gran Canaria www.grancanaria.com.

2. Fotocopia del DNI o tarjeta de residencia de/la solicitante.

3. Impreso cumplimentado de “Alta/Modificación de Terceros” del Cabildo

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de Gran Canaria a favor de la persona beneficiaria.

4. Informe social de los Servicios Sociales municipales en sobre cerrado, a fin de preservar la confidencialidad de los datos contenidos en el mismo.

5. En caso de que la propuesta de los Servicios Sociales contemple el endoso del pago a favor de un tercero, se presentará:

a) Documento de autorización del endoso firmado por el/la solicitante.

b) Documento cumplimentado de “Alta/Modificación de Terceros” del/la endosatario/a.

c) Documentación acreditativa de la personalidad del endosatario y, en su caso, de su representación.

B. Expedientes con propuesta municipal

desfavorable a la concesión: Únicamente será remitida la solicitud de

ayuda formulada por el/la interesado/a incorporando la propuesta en sentido desfavorable emitida por los Servicios Sociales municipales, según modelo que será facilitado por la Consejería de Política Social y se podrá descargar de la página web corporativa del Cabildo de Gran Canaria www.grancanaria.com.

El plazo de remisión de expedientes a la Consejería de Política Social permanecerá abierto hasta agotar la dotación presupuestaria, cerrándose, como máximo, el 1 de noviembre de 2014. Excepcionalmente, si llegada la fecha de cierre existiese crédito suficiente para seguir atendiendo solicitudes, este plazo puede ser prorrogado por resolución del consejero de Política Social, previo informe de la Sección de Asuntos Sociales.

5. Requerir a los/las solicitantes y remitir a la Consejería de Política Social la subsanación de aquellos documentos o requisitos cuya ausencia o incumplimiento hubiese sido comunicada al ayuntamiento por la Consejería de Política Social. Transcurrido un mes desde esta

comunicación sin que el ayuntamiento hubiera remitido la documentación requerida, se tendrá por decaída la propuesta del ayuntamiento, previa resolución del consejero de Política Social.

6. Comprobar la correcta aplicación de los fondos concedidos a las personas beneficiarias, mediante las correspondientes facturas y/o recibos originales, que deberán ser presentados por estas.

7. Remitir a la Consejería de Política Social informe de conformidad con la justificación de los fondos concedidos a las personas beneficiarias, emitido por los Servicios Sociales municipales, según modelo que será facilitado al efecto. Esta remisión se llevará a cabo en el plazo de un mes siguiente a cada trimestre natural de ejecución del convenio y comprenderá las ayudas justificadas en dicho periodo. Los documentos acreditativos de la justificación de los fondos concedidos aportados por los/las beneficiarios/as serán custodiados por el ayuntamiento por plazo de un año, a contar desde la fecha de presentación de los mismos.

8. Facilitar toda la información y documentación que le sea solicitada por el Cabildo de Gran Canaria y colaborar en las actuaciones de comprobación de las justificaciones presentadas que, en su caso, se lleven a cabo desde el Servicio de Política Social.

B) El Cabildo de Gran Canaria, a través de su Consejería de Gobierno de Política Social, se obliga a:

1. Recibir las solicitudes de ayuda propuestas por los ayuntamientos, junto con la documentación señalada en la Cláusula Sexta, e instar al ayuntamiento para que requiera al solicitante al amparo y con los efectos del artículo 71 de la Ley 30/92, en el supuesto de que la solicitud no reúna los requisitos y/o documentos preceptivos.

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2. Resolver sobre la ayuda solicitada a la vista de los informes emitidos por los Servicios Sociales municipales, y previo informe del Servicio de Política Social, mediante Resolución del consejero de gobierno de Política Social.

La Resolución de concesión de las ayudas, que se realizará a la mayor brevedad posible, versará sobre aquellos expedientes completos recibidos a la fecha, y será notificada tanto al beneficiario de la ayuda como al ayuntamiento correspondiente.

3. Abonar la ayuda concedida, con carácter general, directamente al/la beneficiario/a, o bien, en aquellos casos debidamente justificados y en que así se haya solicitado de manera expresa, al acreedor o persona designada por el beneficiario para recibir la ayuda.

Novena.- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO. Se crea una Comisión Técnica de

Seguimiento que estará integrada por dos representantes de la Consejería de Gobierno de Política Social y un representante por cada ayuntamiento, que serán designados por sus correspondientes órganos competentes. La presidencia y la secretaría de la Comisión serán asumidas por el Cabildo de Gran Canaria.

La Comisión de Seguimiento propondrá al consejero de gobierno de Política Social la aprobación del Baremo para la Valoración de Ayudas de Emergencia Social, considerando, entre otros, los siguientes factores: ingresos económicos, número de miembros de la unidad familiar, situación de salud y otras situaciones sociofamiliares.

Son asimismo funciones de la Comisión,

consensuar los criterios técnicos aplicables, velar por el cumplimiento del presente convenio y evaluar sus resultados, impartiendo las instrucciones y adoptando las decisiones que sean necesarias para su correcta ejecución.

El régimen de funcionamiento de la Comisión será el establecido en los artículos 22 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Décima.- VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente convenio tendrá efectos

desde la fecha de su suscripción y permanecerá en vigor hasta el agotamiento de la dotación presupuestaria consignada en la aplicación 09100.231.480000114 Emergencia Social del vigente Presupuesto General del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria para el ejercicio 2014.

No obstante lo anterior, el presente

convenio quedará automáticamente prorrogado hasta, como máximo, el 31 de diciembre de 2015, en el caso de que la línea de colaboración en que se enmarca cuente con consignación presupuestaria en el Presupuesto General del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria para el ejercicio 2015 y hasta el límite de la misma.

Undécima.- RESOLUCIÓN. Cualquiera de las partes puede instar la

resolución del convenio en caso de incumplimiento por la otra de las obligaciones señaladas en la Cláusula Octava. En el caso de que el incumplimiento fuera imputable a un ayuntamiento, el Cabildo de Gran Canaria podrá modificar la distribución del crédito acordada por el Consejo de Gobierno Insular o por su delegación por el consejero de gobierno de Política Social, redistribuyendo el crédito asignado al ayuntamiento incumplidor, entre los demás firmantes en la misma proporción asignada.

Duodécima.- NATURALEZA. El presente convenio tiene naturaleza

administrativa. Será competencia exclusiva de los órganos del orden jurisdiccional

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contencioso-administrativo la resolución de las controversias y litigios a que diera lugar la ejecución del presente convenio y sus actos preparatorios.

Y para que así conste, a los efectos oportunos, en prueba de conformidad y aceptación, las partes firman el presente convenio, por duplicado ejemplar y a un solo efecto y tenor, en el lugar y fecha arriba indicados.

El presidente. PD: El consejero de

Política Social (Decreto n.º 34/11 de 20 de junio). Fdo.: José Miguel Álamo Mendoza. El secretario general del Pleno del Excmo. Cabildo de Gran Canaria. Fdo.: Antonio J. Muñecas Rodrigo. El alcalde/La alcaldesa. Fdo.: …......... El/la secretario/a del Ayuntamiento. Fdo.: …....................”.

Tercero. La formalización de este

convenio de colaboración, actuando en nombre y representación de este ayuntamiento, se realizará por la concejala delegada de Asuntos Sociales.

Cuarto. La comunicación del acuerdo

adoptado al Cabildo de Gran Canaria. Quinto. La comunicación del acuerdo

adoptado a la Comisión de Pleno de Políticas de Igualdad en la primera sesión ordinaria que se celebre.

Sexto. La comunicación, tanto a la

Comisión de Pleno de Políticas de Igualdad como al Pleno, de la firma del convenio de colaboración entre el Cabildo de Gran Canaria y los ayuntamientos de Gran Canaria para la gestión de ayudas de emergencia social”.

DEBATE. Intervenciones:

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES: Muy bien, para explicar este punto tiene la palabra la señora Rosa Viera.

La señora CONCEJALA DELEGADA DEL ÁREA

DE ASUNTOS SOCIALES (Viera Fernández): Muchas gracias, buenos días.

Por tercer año consecutivo, traemos a este pleno un convenio de colaboración entre el Cabildo de Gran Canaria y este ayuntamiento, para la gestión de ayudas de emergencia social. Este año, la cantidad que corresponde a nuestro municipio es de 543.947 euros, un 8,99 % más de la cantidad inicial que correspondió en el 2013, aunque el importe ejecutado al final fue de 570.289. Este incremento en el 2013 también se puede dar este año, porque así lo contempla el propio convenio, la posibilidad de una nueva distribución en el mes de septiembre, con lo cual estas cantidades de las que ahora estamos hablando pueden ser superiores.

Con este convenio, ¿qué demuestra el Cabildo de Gran Canaria? Pues demuestra su implicación, su compromiso y su sensibilidad con los municipios y con los ciudadanos, debido al incremento de la demanda de prestaciones económicas para atender necesidades básicas o primarias procedentes de familias y personas en situación de extrema necesidad. El Cabildo, lógicamente, cuenta… y se apoya en las infraestructuras de los propios municipios, de los ayuntamientos, de las que disponemos día a día para la gestión de esas prestaciones que tramitarán los expedientes, con las propuestas y los informes sociales necesarios para que ese dinero llegue a los ciudadanos.

Quiero felicitar ―no puede ser de otra manera― a todo el personal implicado, porque cada día demuestra su agilidad y eficacia, teniendo en cuenta lo que la situación actual requiere, y es de pura lógica estar agradecida en este sentido.

Esta cantidad que hoy traemos aquí… junto con la previsible que también hará la FECAM en los próximos meses, con la partida inicial de nuestro presupuesto de

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Asuntos Sociales, que ya en el presupuesto del 2014 tuvo un incremento de 700.000 euros, y con las modificaciones necesarias que nos permitirán, además, poder cumplir con nuestro compromiso, que no es otro, como también ha reconocido mi compañero Agustín Gutiérrez, que la prioridad a las prestaciones económicas para necesidades básicas, tal y como hemos hecho y hemos demostrado en años anteriores. Quiero recordar que en el 2011 se tramitaron prestaciones por valor de 1.300.000 euros, 2.135 prestaciones; 2012, 2.100.000, 3.389 prestaciones; y en 2013, 3.800.000, 6.324 prestaciones. Con lo cual, insisto en que esto, lo que nos da es un poco más de tranquilidad, que junto a las partidas propias del Ayuntamiento más de otras entidades, en este caso Cabildo y posteriormente FECAM, más las modificaciones necesarias propias entre las diferentes áreas, lograremos cumplir y llegar a todas las personas, a todas las familias, que necesiten las prestaciones económicas para necesidades básicas. Gracias.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES:

Muchas gracias, señora Viera. ¿Alguna intervención para tratar este asunto de incremento en los recursos de ayuda de emergencia? El señor Ramírez.

El señor RAMÍREZ HERMOSO (concejal del

G. Mixto): Muchas gracias. Nueva Canarias anuncia el apoyo a la autorización de la firma de este convenio. Queremos recordar que nosotros siempre hemos planteado que, indudablemente, esta área necesitaba más recursos, aquel discurso de que con menos haremos más se ha demostrado que es imposible, y hoy lo ha vuelto a repetir el señor Agustín. En el Área de Servicios Sociales eso no puede ser, hacen falta más recursos, y el tiempo nos ha dado la razón. Y, efectivamente, han incrementado algunos recursos, efectivamente a través

de modificaciones de crédito se incrementan esos recursos. Creemos que siguen siendo insuficientes, apoyamos la firma de este convenio y ahora esperamos ―la pelota está en manos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria― que mejore la gesUón. Creemos que sigue habiendo todavía fallos de gestión en este tipo de cuestiones, las denuncias están ahí constantemente, con lo cual esperamos que ahora, con estos recursos que va a tener el Ayuntamiento, se cumpla con las expectativas de los ciudadanos.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES:

Muchas gracias, señor Ramírez. Esa solicitud de mejora de gestión después de los datos que nos acaba de dar el concejal de Hacienda de la liquidación del presupuesto del año anterior, con un magnífico resultado por parte de Servicios Sociales; tomamos buena nota, en cualquier caso, de su petición. Señora Barrios.

La señora BARRIOS CURBELO

(viceportavoz del G. Mixto): Gracias, señor Sabroso.

Compromiso por Gran Canaria va a apoyar, como no puede ser de otra manera, este convenio. Todos estos convenios de colaboración con instituciones en los cuales se aporta dinero al Ayuntamiento, que es la institución más cercana a las necesidades de los ciudadanos, sobre todo como es este, para las ayudas de emergencia, nosotros entendemos que son positivos. La verdad es que, si bien por la señora concejal de Asuntos Sociales se ha dicho que se ha aumentado una pequeña cantidad respecto al año anterior, siempre se queda corto. Yo creo que todos pensamos que siempre se quedan cortas las cuantías. Pero sobre todo nosotros, en nuestra intervención, en una intervención anterior que hemos tenido

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con la ejecución del presupuesto, lo que le queremos decir es que hay que ser valiente, y hay que plantearse no solo la aportación económica, que es importante, y vemos que el Cabildo está sensibilizado, y me imagino que ustedes también están sensibilizados para aumentar las cantidades necesarias, sino que habrá que darle una vuelta de calcetín a la tramitación administrativa. La tramitación administrativa está tardando, señora Viera; la tramitación administrativa está colocando a la gente… haciendo cola, rellenando documentos, que muchas veces desconocen, incluso, cómo hacerlo.

Nosotros entendemos que es difícil, que estamos en una situación muy comprometida y que en estos momentos de grave crisis económica hay un número importante de personas que necesitan nuestra ayuda. Pues hagamos piña y demos respuesta a estas personas, que no es solo el aprobar aquí unas ayudas de emergencia, es poder atenderlas desde que llegan y que esas ayudas de emergencia se den casi automáticamente, que es lo que está fallando en estos momentos en el Ayuntamiento, que creo que es una burocracia que usted posiblemente haya heredado, pero creo que tiene usted el suficiente contenido como para darle el cambio, como para mejorarlo y que caminemos todos por el mejor camino. En estos momentos la gente está necesitada de la ayuda de todos nosotros, que no solo es la económica, sino también la de que sea sobre la marcha cuando se necesita.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES:

Muchas gracias, señora Barrios. Señora Vargas.

La señora VARGAS PALMÉS (concejala del

G. M. Socialista): Buenos días a todos y a todas. El Grupo Municipal Socialista también adelanta, como no puede ser de otra manera, el que vamos a apoyar esta

firma de convenio, pero también me gustaría hacerle un replanteamiento a la señora Viera: que seamos capaces ―que estoy segura de que las necesidades están ahí y van a ser cubiertas― de gastar nuestro presupuesto municipal, que se nos otorga por parte del Cabildo, antes de septiembre, y que podamos entrar en esa segunda ronda de replanteamiento a partir de septiembre. Gracias.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES:

Muchas gracias, señora Vargas. Unanimidad en este asunto. Cierra, para dar algunas respuestas a los planteamientos dados, la señora Viera.

La señora VIERA FERNÁNDEZ: Muchas

gracias a todos. Lo sabía, que evidentemente no se puede decir más que sí en esta cuestión. Por supuesto, atiendo a todos los comentarios, pero eso no significa que esté de acuerdo, porque hemos demostrado ―y esa es nuestra verdad, y lo demostramos con datos, con cifras― que a ninguna persona que haya solicitado una ayuda y que lo haya demostrado se le ha dicho que no. O sea, ha habido el dinero necesario para todas aquellas personas que lo hayan solicitado y hayan demostrado su situación, con lo cual, se ha puesto el dinero suficiente cada año, como haremos este año. Para usted puede ser insuficiente o no, ya lo veremos; lo estamos demostrando, que no ha sido insuficiente, y este año haremos exactamente lo mismo.

Hay que recordar, doña Nardy, que se ha triplicando la demanda, lo he demostrado antes, y aun así se han reducido los tiempos de otros años. Eso también lo tiene que reconocer, porque se demuestra día a día. Se han reducido los tiempos que en otros años han existido. Pero además, tiene usted razón, porque lo que hay que hacer… que nos implicamos absolutamente todas las áreas para reducirlo, y así lo hemos conseguido,

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porque tanto está desde Nuevas Tecnologías intentando reducir los tiempos, por ejemplo, en las resoluciones electrónicas, como también mi compañero Agustín Gutiérrez en la tramitación de los pagos. Se ha triplicado el trabajo, el personal ha demostrado estar a la altura y todos los componentes de este ayuntamiento por los que pasan las ayudas han demostrado que han reducido los tiempos que en otros años había, existiendo hoy el triple de trabajo.

Termino, buena noticia con este convenio que traemos por la cantidad destinada a los ciudadanos, que sumado, insisto, al trabajo que realiza nuestro personal… tenemos que estar a la altura; además, hemos sido felicitados por los expedientes realizados por nuestro personal en otros años, con lo cual, eso también es muy positivo, porque hemos sido modelo y ejemplo.

Otro tema que creo que es importante y que se trae en este convenio es que ya existe y está contemplada la prórroga para el año 2015, con lo cual, nos da también mucha tranquilidad y vamos a contar con el Cabildo para las necesidades del próximo año. No me queda más que felicitar al Cabildo por su implicación, su sensibilidad ante los temas sociales, ante las personas más vulnerables. Muchas gracias a todos.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES:

Muchas gracias, señora Viera.

VOTACIÓN Número de votantes: 28 Presentes: 28 Votos a favor: 28 Escrutinio: se aprueba por unanimidad de los corporativos presentes. INCIDENCIAS:

Se reincorpora a la sesión doña Adelina González Muñoz.

Durante el debate del asunto se ausenta y se vuelve a incorporar a la sesión don Alfonso Campoamor Fernández y don Pedro Quevedo Iturbe.

PROPOSICIONES Y MOCIONES FORMULADAS CON CARÁCTER PREVIO A LA CONVOCATORIA DE LA SESIÓN

CUESTIÓN DE ORDEN

El señor presidente en funciones

propone la alteración del orden del día, a petición del Grupo Mixto (Nueva Canarias), y se adelanta el tratamiento de la moción reflejada con el número 29 en orden del día previsto.

24.- MOCIÓN FORMULADA POR EL GRUPO MIXTO, A PROPUESTA DE LOS SEÑORES CONCEJALES DE NUEVA CANARIAS, INTEGRADOS EN EL MISMO, SOBRE PEATONALIZACIÓN DE CALLES EN LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Es rechazada.

“Hace unos meses, Nueva Canarias presentó al Pleno una moción en la que planteábamos de manera particular nuestras dudas sobre lo que se denominó peatonalización de Mesa y López, pero que para nosotros, muchos vecinos y bastantes comerciantes fue una solución incompleta que no sirvió para alcanzar ninguno de los objetivos que se habían propuesto.

Se llamó “peatonalización” a pintar de verde uno de los carriles de la calzada, adornándolo con unos grandes maceteros, unos juegos infantiles y algunos bancos. Se quiso, con esta acción, que la avenida se convirtiera en un lugar de paseo y esparcimiento ciudadano, donde se ubicaran terrazas de restauración, para así frenar los cierres de locales que se estaban

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produciendo hasta el momento. Nada de esto se consiguió. Los parques infantiles no están siendo usados por su peligrosa proximidad al carril de guaguas; el carril ganado para la calzada no está siendo utilizado ni para el paseo ni para la instalación de terrazas, pues solo una se ha instalado en toda la avenida; ni siquiera las actividades de dinamización que el propio Ayuntamiento organiza hace uso de ese espacio, ya que se realizan donde siempre se habían hecho, en el bulevar central. Con un mero paseo por la avenida se puede comprobar que tampoco se ha evitado el cierre de locales, puesto que ni siquiera negocios con solera y prestigio han logrado continuar abiertos. Ni que decir tiene que los problemas de aparcamiento y de tráfico en la zona se han agravado, por lo que, como ya hemos señalado, está acción solo se puede definir como un fracaso absoluto.

En esta línea de peatonalizaciones nos encontramos con el “exotismo” de convertir en peatonal unas manzanas de la calle Ruiz de Alda, un islote en medio de calles, sin ningún sentido, que no conecta con nada y que también ha provocado descontento entre vecinos y comerciantes; siendo una petición de estos últimos, según se informó, lo que motivó al grupo de gobierno a acometer esa obra.

También fue polémica la peatonalización de parte de la calle Guanarteme, que provocó contundentes quejas vecinales y de comerciantes y que requirió, en este caso sí, diversas reuniones para consensuar con estos colectivos la magnitud de la obra.

Tampoco Schamann escapa a la polémica, y la anunciada ampliación de aceras de la calle Zaragoza ya está siendo contestada por los comerciantes de Pedro Infinito, que se están organizando para impedir que la obra, tal y como hasta ahora está planteada, se lleve a cabo, pues no obedece a la idiosincrasia de la mayoría de

sus comercios, que necesitan lugares de fácil aparcamiento y accesibilidad.

Pero la guinda a esta errática y poco planificada política de peatonalizaciones la encontramos en la calle Luis Morote. Obedeciendo a los mismos criterios de peatonalización del resto de vías señaladas, es decir, ninguno, este grupo de gobierno invierte 480.000 € en una primera fase de lo que debió ser una rodonización de la calle, pero que finalmente fue una peatonalización. Esta sí que fue una peatonalización de verdad, hecha con calidad y cierta estética. Nueva Canarias nunca criticó esta acción, pues entendíamos que tenía una lógica, la de unir el parque de Santa Catalina con la playa de Las Canteras, creando un corredor de paseo para los ciudadanos de la capital y para los turistas. Cierto es que esta peatonalización adolecía de lo mismo que las demás: planes de movilidad, de accesibilidad, de aparcamiento, etc., y lo que es más importante, falta de negociación y consenso con los vecinos y comerciantes afectados.

Consecuencia de lo anterior, Nueva Canarias se hace eco de la preocupación vecinal de que parece ser que el Ayuntamiento se está planteando volver a abrir al tráfico rodado esta obra, pocos meses después de su inauguración. Por ello este grupo político formuló dos preguntas que buscaban aclarar cuáles eran las intenciones reales del Gobierno de la ciudad. Se preguntaba si era cierto que había intención de volver a abrir al tráfico de vehículos la calle Luis Morote, y de ser así, cuáles eran los motivos. Hasta el momento de la redacción de esta moción, las preguntas no han sido contestadas.

Mientras tanto, hemos asistido a declaraciones cruzadas entre comerciantes de la zona y dirigentes vecinales que, aunque con posturas diferentes en cuanto al uso que se le debe dar a la calle, sí que

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coinciden en una cosa: el grupo de gobierno no sabe lo que quiere y alguno de estos dirigentes ha llegado a decir que “les estaban tomando el pelo”.

Desde Nueva Canarias consideramos que esta indefinición, esta “yenka política”, está provocada por la evidente falta de planificación en estas acciones. Da la impresión de que obedecen más a la búsqueda de la foto, de la propaganda, de provocar la sensación de que se hacen cosas, que a una idea, a un proyecto de ciudad en cuanto a la configuración y el uso de sus vías se refiere.

Entendemos que hay una flagrante contradicción entre la literatura contenida en el Plan LPA_GC Movilidad en Transformación y las acciones de este grupo de gobierno, sobre todo si finalmente se opta por abrir al tráfico de vehículos la calle Luis Morote.

Se hace absolutamente necesario crear un protocolo de actuación para este ámbito. Un protocolo que contenga la obligación de realizar planes de movilidad, de accesibilidad, de viabilidad, de tráfico, de aparcamientos, etc. Y lo que es más importante, debe formar parte de este protocolo, de manera obligatoria, la información, la participación, la transparencia y el consenso con los vecinos y comerciantes afectados.

En definitiva, desde Nueva Canarias creemos que hay que sistematizar estas acciones, cualificarlas con informes técnicos y legitimarlas a través del consenso. Esta moción pretende fijar un modelo, un proyecto de ciudad, huyendo de actuaciones aisladas e inconexas, que generan más conflicto que soluciones y que no cuentan con sustento técnico ni ciudadano.

Por todo lo expuesto, los concejales de Nueva Canarias, miembros del Grupo

Mixto, elevan a la consideración del Pleno el siguiente acuerdo:

- Que el grupo de gobierno manifieste de manera oficial cuál es su postura en cuanto al uso que se le dará a la calle Luis Morote.

- Que se elabore un protocolo de

actuación para acometer los cambios de uso de las vías de la capital y que este protocolo sea debatido y aprobado en Pleno. Este protocolo debe contener planes de viabilidad, de movilidad, de accesibilidad y de aparcamiento. Además, ha de recoger como elemento fundamental un espacio de información, negociación, y consenso con los vecinos y comerciantes afectados”.

DEBATE. Intervenciones:

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES: Tiene la palabra, para defender la propuesta, el señor Quevedo. Le adelanto, señor Quevedo, que la respuesta a la moción planteada la voy a realizar yo, y le pido disculpas de antemano por realizarlo desde esta posición, puesto que no es muy cómodo debatir así. Señor Quevedo, tiene la palabra.

El señor QUEVEDO ITURBE (portavoz del

G. Mixto): Perfecto, muchas gracias, señor Sabroso. Lo primero es agradecerle al Pleno la consideración que se tiene con la petición de este grupo, que está relacionada con una cuestión personal ineludible, que no puedo dejar pasar, motivo por el cual… sería mala cosa no poder defender nuestra propia moción. Muchas gracias a todos por esto.

Bien, la moción vuelve a incidir sobre un tema que no es nuevo que plantee Nueva Canarias. Lo hemos planteado en numerosas ocasiones, y no sé por qué me temo que lo vamos a seguir planteando hasta el final de este mandato. Y además, probablemente será un tema de debate en

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la próxima campaña electoral. Es una cuestión que nos preocupa extraordinariamente. Es decir, la política de peatonalizaciones o de modificación del uso de las vías públicas, por decirlo de una forma más genérica, que se ha venido produciendo a lo largo de este mandato. Hemos debatido sobre esto, nosotros consideramos en su día que pintar de verde Mesa y López, el arcén en Mesa y López, no era una solución para la reactivación de la accesibilidad o de la actividad comercial, como creemos que se ha demostrado. Creemos que a posteriori se han venido tomando decisiones como la cuestión de Ruiz de Alda, que explicamos en su día, que no deja de ser una especie de rodonización exótica, porque la verdad es que no es para estar orgullosos de esa actuación. No sé si estaremos de acuerdo con esto, ¿verdad? Pero no es para estar orgullosos de aquella actuación. Creemos que luego ha habido la misma cuestión de las peatonalizaciones, que volvió a despertar un lío con los usuarios de la calle Fernando Guanarteme, que yo creo que esta vez sí se hizo lo que había que hacer, que es sentarse con los afectados y tratar de evitar impactos negativos e innecesarios. Vamos advirtiendo que en Schamann ya hay seria preocupación por la misma cuestión. Esto de las peatonalizaciones, yo tengo que decir que si no están bien argumentadas ―lo hemos tratado de explicar desde Nueva Canarias―, bien definidas, y no tienen vías alternativas, procedimientos alternativos para garantizar, por ejemplo, la accesibilidad a la zona que se peatonaliza, se puede convertir en lo contrario de lo que se pretende. En vez de un dinamizador social o un dinamizador económico, justamente en lo contrario.

Bien, y ahora, traemos hoy un caso que la verdad es que nos ha llamado enormemente la atención, porque por una vez que estamos de acuerdo con una peatonalización que sí que es una

peatonalización, que es la que se ha hecho en la calle Luis Morote, que nos parece que tiene absolutamente sentido, que le da sentido a una salida del parque Santa Catalina, que beneficia claramente no solo a las personas, la actividad de las personas que nos visitan para conocer esa parte de la ciudad, sino que beneficia clarísimamente la movilidad ciudadana, la actividad comercial… Contra, por una vez que estamos de acuerdo… y además, se hace una cosa bien hecha, esa está bien hecha. Yo les ruego un paseo por Ruiz de Alda y otro por Luis Morote, y miramos las dos y a ver si nos damos cuenta de que una es de tercera división B ―si es que hay tercera división B― y otra es de primera división. Esta es la diferencia.

Alertados de la posibilidad de que en Luis Morote se pretendiese volver atrás con esa decisión y facilitar el tráfico de vehículos, actuamos instantáneamente, lo hablamos con los medios de comunicación, dirigimos preguntas formales al alcalde, para saber qué es lo que estaban pensando realmente. Y nos encontramos con una sorpresa absolutamente desagradable: quien nos contestó al día siguiente en los medios de comunicación no fue ningún miembro del grupo de gobierno, fue un empresario, que yo no tengo nada contra… que quede claro, que tengan su opinión, pero hombre, que nos conteste un empresario a una cuestión que hemos planteado, la verdad es que nos dejó estupefactos. Y luego, hemos visto, hemos analizado las cosas; hay que escuchar a la presidenta de la asociación de vecinos de la zona, está absolutamente indignada con esto. Las opiniones, hay comerciantes, pues como siempre, que unos dicen una cosa, pero otros dicen lo contrario. Dicen que se sienten engañados. Es decir, aquí de nuevo se vuelve a plantear una cuestión. Dice “los procedimientos de participación a la hora de tomar la decisión han sido insuficientes”. Y luego pasan estas cosas,

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oyes hablar a la gente… ―voy acabando―, y cuando preguntas a los afectados, te das cuenta de que hay un montón de opiniones que yo creo que no se consideraron en primer lugar.

Por tanto, Nueva Canarias, lo que plantea son dos cuestiones sencillas en esta moción. Una primera, que es conocer cuál es la posición del grupo de gobierno, de verdad, en relación con la cuestión de Luis Morote. Hemos escuchado unas declaraciones del alcalde, que no nos tranquilizaron, porque no dejó claro el tema, no lo dejó cerrado. No voy a decir ni esto ni lo otro, pero no lo dejó cerrado. Y sobre todo, una cuestión, que tiene que haber un protocolo de actuación con este tipo de cambios de uso de las vías públicas. ¿Pero cuál es la dificultad de que se discutan los proyectos previamente, dentro del propio Ayuntamiento, con participación de los grupos políticos? Y luego establecer un procedimiento participado, con los usuarios de la zona, con los sectores económicos, con los sectores sociales, discutir cuáles son las consecuencias de las decisiones que se van a poner en marcha; y cuando se pone en marcha esa decisión está consensuada, es una decisión que tiene todos los pros y los contras encima de la mesa. Por ejemplo, los planes funcionales. ¿Qué pasa con el tráfico si yo peatonalizo Ruiz de Alda? Una pregunta muy importante… no, yo creo que sí pasa, yo vivo por la zona, como sabe, y yo sí sé qué pasa, y algunos ya empiezan a darse cuenta de qué pasa. Pero bueno, este tipo de cuestiones yo creo que merecen un debate de otro tipo, un protocolo de actuación de otra naturaleza, que es lo que estamos planteando en esta moción. Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES:

Muchas gracias, señor Quevedo. Señora Barrios.

La señora BARRIOS CURBELO (viceportavoz del G. Mixto): Sabiendo, lógicamente, que el padre de la moción ha tenido que coger todo el tiempo del Grupo Mixto, y que nosotros se lo cedemos con mucho cariño, voy a decir solamente que apoyamos totalmente su moción y así no ocupamos más tiempo. Gracias.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES:

Muchas gracias, señora Barrios. Señora Medina.

La señora MEDINA MONTENEGRO

(concejala del G. M. Socialista): Muchas gracias, señor presidente. Buenos días a todos y a todas. Yo sé que va a resultar un poco difícil al Partido Popular reconocer o recoger las demandas, no solamente de los partidos, de los grupos de la oposición, sino también de los vecinos. Aunque resulte un poco difícil de asumir, creemos que sería muy beneficioso para la ciudad y generaría, además, tranquilidad llevar a la práctica esa política que suele dar muchos titulares pero pocas consecuencias. Y es, sencillamente, que antes de tomar decisiones con respecto a las zonas y a las diferentes calles de la ciudad que se pretenda peatonalizar, hagan un estudio concreto, un estudio exhaustivo, y sobre todo, que informen a todas las partes afectadas de cuáles son las decisiones que se quieren adoptar con respecto a los cambios que quieran producir en la ciudad. No cuesta tanto y, sobre todo, generaría mucha más tranquilidad, serenidad y conformidad también a no solamente los vecinos, sino a todos los colectivos sociales, culturales y empresariales de esta ciudad. Por lo tanto, vamos a apoyar esta moción, pero, sobre todo, hacemos el ruego al grupo de gobierno de esa generosidad que tanto da en titulares, pero que luego en la práctica es bastante escasa.

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El señor SABROSO RAMÍREZ (portavoz del G. M. Popular): Muchas gracias, señora Medina. Señor Quevedo, debo empezar anunciándole el voto negativo por parte del grupo de gobierno a la propuesta planteada, y voy a tratar de explicar las razones por las cuales no podemos apoyar su moción, si bien nos parece realmente sano el debatir sobre un principio general al cual creemos nosotros que debe ir caminando la ciudad y que… con aciertos, con errores, seguro con disparidad de criterios, pero creo que es un principio que nos une a todos, o que al menos debería unirnos a todos. Y es el principio de ir reequilibrando los espacios en la distribución del espacio público en nuestra ciudad, de ir dándole protagonismo al peatón, de poner al peatón en el centro de la política de movilidad, que son caminos a largo plazo, que no son caminos cortoplacistas, y que, por tanto, bajo ese principio general, si somos capaces de ponernos de acuerdo en él… después es evidente que puede haber disparidad de criterios sobre algunas medidas concretas, en algún punto concreto, si gusta más, gusta menos, cuestiones de estética, etc., en las cuales, evidentemente, todas las opiniones son respetables, pero que van a un principio superior. El principio superior es el ir reequilibrando la balanza en cuanto al reparto del espacio público en nuestra ciudad.

Actualmente, el 80 % de todo el espacio público urbano de Las Palmas de Gran Canaria está destinado al vehículo privado, bien como zona de tránsito, zonas de calzadas, o bien como zonas de aparcamiento en superficie. Y es absolutamente claro, es absolutamente evidente, que el vehículo, el coche, es un elemento capital, principal, en nuestro sistema económico, en nuestro sistema de competitividad, y que va a seguir siéndolo. Pero de lo que se trata es de iniciar, aplicar, los criterios que vienen estudiados desde

hace tiempo en la casa, que ya tenemos planes, estudios, documentos, protocolos más que suficientes, y evidentemente, en la aplicación de esas herramientas para conseguir ese fin último de reequilibrar la balanza en cuanto al espacio que es destinado al vehículo a motor y el que es destinado al peatón, como cúspide de la pirámide de la política de movilidad, puede haber disparidad de opiniones. Por tanto, en ese principio general, en esos objetivos, más de carácter superior, creo que sí que podremos ponernos de acuerdo, y en la aplicación o en la creación de un protocolo específico para cada peatonalización, pues nos parece que no es necesario, teniendo en cuenta que ya el Plan General ha sido recientemente aprobado, la adaptación plena a la ley del Plan General no tiene ni un año todavía de vida, el propio anexo de movilidad del Plan General, el Plan de Movilidad Urbana Sostenible, los planes directores de las zonas comerciales abiertas; en el ejemplo que usted utiliza, el Plan Director de la zona comercial Puerto-Canteras… Documentos existen más que sobrados y lo que faltaba era llevarlos a la práctica, tomar decisiones y empezar a ejercer, empezar a aplicar, una política de movilidad, que es lo que está tratando de hacer este grupo de gobierno desde el inicio del mandato, y además, con carácter transversal, poniendo la política de movilidad al servicio de otros sectores de la ciudad, como puede ser el sector turístico o el sector económico.

La calle Eufemiano Jurado, la nueva plaza de la Ciudad de la Justicia, la calle Reyes Católicos, calles Agustín Millares, Espíritu Santo, Domingo Doreste, García Tello, Juan E. Doreste, Doctor Chil, Roque Morera, Alcalde Francisco González, la nueva plaza de San Agustín, la calle Olof Palme, la calle Kant, la calle Lepanto, la calle Fernando Guanarteme, la calle Luis Morote ―que usted menciona―, Simón Bolívar, Nicolás Estévanez, avenida Mesa y

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López, calle Ruiz de Alda, calle Tenerife, calle Millares Sall, ampliaciones de plazas y ampliaciones de espacios peatonales como la plaza de Las Torres, la plaza de Cruz de Piedra, actualmente en obras, próximamente, la plaza de El Toscón… muchísimos, muchísimos son los ejemplos que tenemos de colocar al peatón en el centro de la política de movilidad. 29.880 metros cuadrados ganados, conquistados, de espacio público para la política de priorizar al peatón.

Por tanto, señor Quevedo, comprenderá que en esta política y en ese principio de sostenibilidad, de política medioambiental, algo de lo que, por cierto, por lo menos desde el punto de vista teórico y programático siempre ha hecho gala Nueva Canarias, y nos sorprenden algunas… podría entenderse como falta de coherencia, en algunos de los discursos que se plantean en el ámbito local en Las Palmas de Gran Canaria. Al margen de cuestiones estéticas de si gusta más o menos, el principio está en ir conquistando espacio para el peatón. Y ese principio es irrenunciable para este grupo de gobierno, irrenunciable, porque, además, se ha demostrado, durante los años de vida de esta ciudad y de gestión del Partido Popular, con decisiones en su momento cuestionadas, pero que finalmente tenemos los ejemplos de Torres, Villavicencio, Mendizábal, La Pelota, Cano, San Bernardo… todas actuaciones impulsadas en su momento por grupos de gobierno del Partido Popular. Y se ha demostrado porque no podemos seguir con una política de movilidad en la que el 67 % o 68 % de los desplazamientos internos que se realizan en Las Palmas de Gran Canaria se realizan en vehículo privado, o el 80 % del espacio público se destina al vehículo privado. Tenemos que reequilibrar esa balanza, reequilibrar los modos y colocar al peatón y la accesibilidad, la eliminación de barreras arquitectónicas ―próximamente

debatiremos también sobre esto―, en el centro de la pirámide de la política de movilidad.

Caso concreto de Luis Morote. Dice usted: “Es el único que se ha hecho bien, es la única peatonalización en la que estamos de acuerdo”. No pienso entrar en temas menores, porque estoy seguro de que usted tampoco querrá hacerlo, sobre si gusta más o menos Mesa y López; ya empiezan a verse los resultados, perfectos, comerciales en Mesa y López. Ruiz de Alda, soy muy respetuoso, por supuesto, con su opinión de si gusta o no gusta; desde luego, la sensación generalizada de ver toda la calle con locales que llevaban muchos años cerrados, ahora que se regeneran y verlos llenos de terrazas, para nosotros es una gran satisfacción. Entiendo que a usted no le guste. Todas, absolutamente todas las decisiones que en política de movilidad se han adoptado, todas, vienen previamente precedidas de un estudio de tráfico. El impacto en tráfico que está teniendo en la ciudad la política de movilidad está siendo nulo o el que preveíamos; ejemplo de ello, el propio Mesa y López: ni un solo problema de tráfico, demostrando que en Juan Manuel Durán, si conseguíamos corregir el aparcamiento indisciplinado, la indisciplina en el aparcamiento, no iba a haber ningún tipo de problema de tráfico.

Reitero, no voy a bajar tanto el nivel de entrar en cuestiones estéticas de si gusta o no gusta, porque lo importante es conquistar el espacio. Ciudades que van mucho más por delante de nosotros en este tipo de políticas están muy acostumbradas a las políticas rápidas, ligeras y baratas de conquistar el espacio con pintura, con maceteros, con elementos de mobiliario urbano, y poco a poco, cuando la disponibilidad económica lo permita, hacer actuaciones de mayor calado. Solamente hay que ver un poco los ejemplos de las grandes capitales europeas

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y ya del mundo, porque hasta el continente americano empieza a avanzar en esta línea.

Reitero, centrándonos en el caso de Luis Morote, que sin duda es lo que motiva la presentación de esta moción. Dice usted que es el único caso en que realmente se ha acertado, al peatonalizar Luis Morote. El proyecto Luis Morote, desde el principio, desde la aprobación del proyecto ―por cierto, un proyecto que estuvo en exposición pública y al que nadie presentó ningún tipo de alegación―, era un proyecto rodonal, desde el principio. Y dice usted: “Es el único ejemplo en el que se ha acertado peatonalizando”. Tengo que corregirle, señor Quevedo: era un proyecto de rodonalización, era un proyecto de generación de plataforma única, era un proyecto de generación de espacio compartido vehículo-peatón. Y es un proyecto que también tengo que decirle que está inacabado, que no está terminado; que ahora, el próximo mes de junio, finales de junio, principios de julio, empieza la fase de Luis Morote que comprende entre Eduardo Benot y la calle Albareda.

¿Qué es lo que ha pasado, y con absoluta transparencia se ha explicado? Que ha sido perfectamente capaz la calle Padre Cueto de asumir el tráfico que circulaba anteriormente por Luis Morote, perfectamente capaz, y que no se ha organizado ningún problema de tráfico en el entorno, ni en la calle Eduardo Benot, ni en la incorporación de Luis Morote; y que, por tanto, no ha habido necesidad de abrir al tráfico ya, hasta que termine todo el proyecto y toda la actuación, la calle Luis Morote. Proyecto, reitero, inacabado. Y un proyecto que desde su origen, desde su génesis, que además está el Plan Director Puerto-Canteras, que está la aprobación del proyecto, era un proyecto rodonal. Y en ese principio general de que el peatón tiene prioridad en esta ciudad, por lo menos para

este grupo de gobierno, se ha mantenido la calle cerrada al tráfico.

En definitiva, siento no poder apoyar su moción. Tenemos documentos, estudios, protocolos, planes, más que de sobra en la casa, y lo que creemos es que coincidimos con usted ―o esperemos coincidir― en que el peatón debe tener prioridad en esta ciudad. Muchas gracias.

El señor QUEVEDO ITURBE: Pues nada,

gracias a todos los grupos por el apoyo, en el caso de Compromiso y el Partido Socialista, y por su intervención al señor Sabroso, con la que yo… la verdad es que, señor Sabroso, detecto una especie de optimismo de fondo, de optimismo de fondo, que me sorprende extraordinariamente, porque claro… claro que estamos muy preocupados por el medioambiente, y por la ecología humana, y lo primero, lo primero, lo primero, es que la gente pueda vivir en unas condiciones de dignidad elemental. Imagínese si tenemos que hablar de por dónde empezamos… en momentos de crisis hay que priorizar, y parece ser que lo que estamos priorizando es una parte del medioambiente, de las condiciones de vida de la gente, que a nosotros no nos parece mal, pero que seguro que a lo mejor, si analizásemos, si priorizásemos de otra manera, sería más importante acabar con las situaciones de indignidad en las que vive mucha gente en esta ciudad, y no solamente en las zonas precisamente periféricas o alejadas. Por lo tanto, hay una especie de optimismo de que en esta ciudad estamos como para compararnos con las principales capitales europeas, en donde, en condiciones, evidentemente… con indicadores sociales y laborales mucho mejores que los nuestros, han podido abordar segundas fases, como estas, por cierto, con espacios distintos y con procedimientos distintos. Yo conozco algunos ejemplos que, desde luego, no podemos, por tanto, comparar.

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Lo que pasa es que hay una cosa muy curiosa, es que claro, es que en el caso de Luis Morote lo que estamos… estamos al revés. Usted está defendiendo lo que se supone que tendría que defender yo, y yo estoy defendiendo lo que se supone que tendría que defender usted, porque resulta ser que Luis Morote, nosotros le decimos que es una peatonalización y usted nos dice que es una rodonización. Y la siguiente pregunta es: ¿y por qué ese mobiliario urbano excelente mirando para el tráfico en el futuro, cuando pase? Claro, claro, es que eso es una peatonalización como debe ser, hecha con calidad, con calidad. Le vuelvo a decir que las comparaciones son odiosas, pero en este caso, yo creo que estaría… Hombre, ahora resulta que hemos puesto los bancos mirando para el tráfico. No es razonable, señor Sabroso, no es razonable. Entonces, eso habrá nacido como una rodonización, pero bueno… una rodonización bien hecha se parece a una peatonalización, sobre todo, cuando el mobiliario urbano está para donde está.

Y después, hay una cuestión que es enormemente importante: 29.880 metros cuadrados peatonalizados. ¿Y eso es bueno o es malo? Depende. Y ahora yo le pregunto: ¿y el precio de los aparcamientos? Y en situaciones de crisis, cuando la gente lo está pasando mal, para la movilidad, ¿de verdad cree que es posible sustituir todas las necesidades de comunicación de la gente solamente con el transporte público, en las condiciones actuales, por mucho que las cosas estén mejor y nosotros lo defendamos a muerte? Lo que le estamos diciendo es que, con todos los problemas que tiene planteados esta ciudad, esto de las peatonalizaciones… Además, si lo que le estamos pidiendo es discutirlo previamente, y hacer las cosas… porque nos dice que tienen planes, pero estará de acuerdo conmigo en que los planes que tiene el Ayuntamiento, letras tienen muchas pero utilidades escasas,

estaremos de acuerdo con esto, porque ya le hemos preguntado por algún plan, que es que los planes, lo que tienen que hacer es cumplirse. Lo que le estamos diciendo es un procedimiento para discutir las cosas. Vamos de verdad a discutir si una peatonalización debe ser de esta manera o de la otra, para no encontrarnos con la sorpresa de que se gastan 480.000 euros en una cosa en Luis Morote y ahora a lo mejor es para retroceder y no se sabe muy bien por la opinión de quién, porque desde luego, no parece que sea la opinión de la mayoría ciudadana en la zona.

Lo que le estamos pidiendo es un procedimiento para discutir las cosas, porque si no, se parece, señor Sabroso, a hacer lo fácil para hacerse una foto, dando la impresión de que se está haciendo algo. Eso es a lo que se parece. Y entonces, para que no parezca eso, sino un plan de actuación sobre esta ciudad, lo que le estamos pidiendo es “vamos a discutirlo”. ¿Y cuál es el problema que tenemos? Vamos a discutir, y vamos a discutir las consecuencias. Verá como no es suficiente con la lectura de los planes inacabados, si no no empezados, de los que está sobrada esta ciudad, y lo que le estamos pidiendo son procedimientos transparentes y participados para tomar decisiones relevantes, ¡si no es otra cosa que eso! Muchas gracias.

VOTACIÓN Número de votantes: 28 Presentes: 28 Votos a favor: 13 [9 (G. M. Socialista); 4 (G. Mixto)] Votos en contra: 15 (G. M. Popular) Escrutinio: decae por no alcanzar la mayoría requerida. INCIDENCIAS:

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Durante el debate del asunto se ausentan y se vuelven a incorporar a la sesión los siguientes corporativos:

- D.ª Carolina León Martínez - D.ª Isabel Mena Alonso - D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo

25.- MOCIÓN FORMULADA POR EL GRUPO MIXTO, A PROPUESTA DE LOS SEÑORES CONCEJALES DE COMPROMISO POR GRAN CANARIA, INTEGRADOS EN EL MISMO, POR LA QUE SE SOLICITA LA AUTORIZACIÓN DE VEHÍCULOS CON TARJETA DE MOVILIDAD REDUCIDA A CIRCULAR POR CARRETERA EN CASO DE ACERAS DEMASIADO ESTRECHAS, ASÍ COMO POR CARRILES HABILITADOS PARA BUS Y TAXI

“En nuestro país, existe un 9 % de la

población que tiene deficiencias que le dificultan desplazarse, ver, oír o comunicarse, según el Instituto Nacional de Estadística.

En nuestro municipio, Las Palmas de

Gran Canaria, las personas que sufren estas dificultades podrían llevar una vida normal, si no fuera porque, muchas veces, las limitaciones con las que se encuentran en su alrededor son culturales, y especialmente limitaciones urbanísticas y de acceso.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 4.086

vehículos se les conceden beneficios fiscales, porque la titularidad de un discapacitado es del 33 %.

Aun cuando los diferentes grupos

políticos que integran esta corporación hayamos estado de acuerdo en aplicar todos los recursos económicos, materiales y humanos posibles para garantizar que

todas las personas con diversidad funcional puedan disfrutar de esta ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, sea cual sea su discapacidad, quizás tendríamos que dar un paso más para facilitar la vida de aquellas personas que padecen una movilidad reducida y de sus cuidadores. Tal es el caso, incluso, de situaciones graves, como la de personas aquejadas de enfermedades como, por ejemplo, la apoplejía, tetraplejia, problemas óseos…

Existen en Canarias diversas leyes y

reglamentos para mejorar la accesibilidad, como lo publicado en Boletín Oficial de Canarias núm. 88, del miércoles 18 de julio de 2001, el Decreto 148/2001, de 9 de julio, por el que se modifica el Decreto 227/1997, de 18 de septiembre, que aprueba el Reglamento de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Físicas y de la Comunicación.

El artículo 40, quedando redactado en

su punto 5, regula lo siguiente: “Facultades que confiere el permiso”

La tarjeta de estacionamiento permitirá que el vehículo en que viaja su titular:

a) ocupe una de las plazas reservadas a las personas con movilidad reducida en los estacionamientos;

b) ocupe la plaza que pudiera reservarse ante su lugar de residencia, trabajo u otros;

c) estacione en aquellos lugares autorizados con limitación de tiempo, en los términos que establezca la correspondiente normativa municipal, y

d) realice paradas en toda vía urbana en que no estén específicamente prohibidas las mismas y siempre que no se obstaculice la circulación de vehículos o peatones.

Finalmente, la tarjeta permitirá

disfrutar de otros derechos no citados de estacionamiento, parada y circulación que puedan establecer los ayuntamientos a favor de las personas con movilidad

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reducida. Con base en esto último, es por lo que

desde COMPROMISO POR GRAN CANARIA proponemos a esta corporación que aproveche la amplia facultad que le confiere este artículo, en su último párrafo, para establecer una nueva mejora en las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación para los vehículos que transporten personas con movilidad reducida.

Se comprueba en el día a día cómo los

discapacitados que requieren para sus traslados sillas de ruedas, en aquellas calles cuyas aceras no tienen un ancho que supere los 70 centímetros, no pueden utilizar dichas sillas, por lo que se ven obligados a ir con las sillas de ruedas por la calzada. Debido a que esta situación (estrechez de las aceras) se repite en la gran mayoría de nuestros barrios, entendemos que desde Transporte se les debería dar una autorización para poder desplazarse por las calles, ya que se da la circunstancia de que muchos de ellos, en la parte trasera de la silla de ruedas, colocan un disco reflectante-luminoso para poder ser vistos por los vehículos que transitan.

También comprobamos cómo cada día

en nuestra ciudad se producen colas, a primera hora, al mediodía y por la tarde, en la entrada y salida del Puerto-Isleta, en el acceso del túnel Julio Luengo o por el túnel de acceso de la Vega de San José, entre otros puntos, y los discapacitados tienen una grave problemática en relación con la existencia de sondas y otros instrumentos sanitarios que les es necesario llevar o suministrase a determinada hora, pues si están en una cola de más de una hora ello les dificulta su tratamiento y su viabilidad médica.

Es por lo que solicitamos:

- Que las personas con movilidad reducida que utilicen sillas de ruedas puedan disponer de una tarjeta para circular por las calles en aquellos tramos en los cuales las aceras no tienen el ancho suficiente.

- Permitir que por carriles

denominados Guagua–Taxi puedan circular los vehículos utilizados por personas con movilidad reducida grave.

- Que por este ayuntamiento se

respete y se acepte la Tarjeta Europea de Aparcamiento”.

Enmienda del grupo de gobierno: “El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran

Canaria se compromete a seguir trabajando en la consecución de la mayor accesibilidad y seguridad para las PMR y resolver con los cambios que sean necesarios en la nueva ordenanza de tráfico, las mejoras demandadas por las mismas”.

Acuerdo: “El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran

Canaria se compromete a seguir trabajando en la consecución de la mayor accesibilidad y seguridad para las PMR y resolver, con los cambios que sean necesarios en la nueva ordenanza de tráfico, las mejoras demandadas por las mismas”.

DEBATE. Intervenciones:

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES: Para defender la moción presentada, tiene la palabra la señora Barrios.

La señora BARRIOS CURBELO

(viceportavoz del G. Mixto): Muchas gracias, señor Sabroso. No solo esos dos apartados, sino además un tercero respecto a que el Ayuntamiento respete y

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acepte la tarjeta europea de aparcamiento. Tiene tres apartados la moción en ese sentido.

¿Por qué decimos desde Compromiso por Gran Canaria que tiene tres apartados? El primero de ellos, un problema que aun con el informe de la señora secretaria, en el que dice que respecto al transporte y al tráfico, las personas con movilidad reducida que usan sillas de ruedas se consideran peatones, aun estando con su silla de ruedas en la vía pública… Nosotros, sin embargo, entendemos que, aun reconociendo eso y reconociendo que existe una legislación, desde la europea, nacional, autonómica, insular y local, lo que está claro es que a estas personas hay que darles una respuesta adecuada. Una respuesta adecuada porque, precisamente, son dos personas, Alexis Bethencourt, que se encuentra hoy aquí y que está entre las personas que nos están escuchando, y Carmen Bautista, que es la que conocemos mucho aquí, porque son dos grandes luchadores por todos estos temas; Carmen, porque ella misma tiene esa limitación, y Alexis Bethencourt porque la tiene un hijo. Y es la propuesta de poder darles un distintivo a las personas con movilidad reducida para que, cuando la acera sea estrecha o no exista, puedan ir por la calle, o utilizar en momentos en que hay un gran colapso de coches, cuando hay un coche que lleva un discapacitado, y que, por tanto… todos sabemos que en Las Palmas de Gran Canaria existen 4.086 vehículos que no pagan la fiscalidad, pero que no es eso solo, sino que verdaderamente son usados y conducidos por familiares de muchos de esos discapacitados; se encuentran con la problemática de que al hallarse en un colapso de coches… a ver si pueden utilizar el carril guagua-taxi para poder adelantar y poder recibir los tratamientos que muchas veces su situación requiere.

Y en tercer lugar, el problema de la tarjeta de aparcamiento europea. La tarjeta de aparcamiento europea, que como europeos la tenemos, muchas veces se nos solicita aquí, en Las Palmas de Gran Canaria, aunque vengas de otro municipio o de otra isla, y entendemos que se deben dar las órdenes oportunas para que la Policía Local lo acepte. Nosotros, desde aquí, queremos pedir a la Presidencia y a la ponente del partido que gobierna, que es doña Gloria Marrero, que permitan que Alexis Bethencourt intervenga. Él solicitó su intervención, hubo un problema burocrático grave, porque lo tramitó, a él le dijo la funcionaria del distrito Puerto-Canteras que con la petición en el propio distrito le valía para intervenir en el Pleno, fue a hablar ayer con la señora secretaria y la señora secretaria le dijo que no le valía, que en tal caso aquí se solicitara su intervención… Yo creo que es importante escucharlo, es una persona que tiene un hijo con unas determinadas características, y nosotros, defendiendo lo que estamos defendiendo, que son estos tres puntos, para buscarle una solución importante al tema de las personas con movilidad reducida… solo quiero cerrar la intervención con una frase de Carmen Bautista, que dice: “Nardy, nosotros no somos diferentes; la diferencia está en los ojos de los que nos miran”.

Y como entiendo que la persona que mejor puede defender estos aspectos no solo somos cualquiera de nosotros, que estamos todos muy sensibilizados, porque aquí, no nos vamos a engañar, todos los gobiernos hemos intentado hacer accesible la ciudad, pero tiene muchas dificultades en estos momentos… Nos gustaría que se permitiera, por la Presidencia, la intervención de don Alexis Bethencourt, para que explicara la problemática con que se encuentran estas personas cuando no pueden ir por la acera, porque las aceras no tienen el ancho adecuado, y no pueden ir

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con las sillas de ruedas y tienen que ir por la calle, y cuando están buscando una salida para salir de una cola de dos horas de duración y poder darles el tratamiento a estos discapacitados que entendemos que lo necesitan. Espero la respuesta.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES:

Muchas gracias, señora Barrios. Por parte de algún otro grupo… señor Ramírez.

El señor RAMÍREZ HERMOSO (concejal del

G. Mixto): Creo que había una petición anterior…

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES: Vamos

a ver, como ustedes bien saben, en caso de la participación ciudadana que viene autorizada y recogida en el orden del día y pasa con carácter previo por la Comisión de Pleno, cuando hay intervención ciudadana solicitada para el Pleno, en cualquiera de los casos debe realizarse antes del tratamiento y de los debates relacionados con la moción. Vamos a debatir la moción, porque estoy convencido de que vamos a ser capaces de llegar a un acuerdo unánime, porque este es un asunto en el que todos nos ponemos de acuerdo, y cuando termine el debate de la moción, don Alexis tendrá la palabra en esta sesión plenaria. Señor Ramírez.

La señora BARRIOS CURBELO: Le

agradezco que permita que intervenga, porque creo que es una voz importante y que debemos escucharla.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES: Sin

duda, tuve la oportunidad de conocerlo personalmente y seguro que muchos, también, compañeros de la corporación, tanto de Gobierno como de oposición, lo conocen, así que faltaría más. Señor Ramírez, vamos… sí les pido, por favor, que seamos todos escuetos en los tiempos para

poder dar protagonismo a la participación ciudadana. Señor Ramírez.

El señor RAMÍREZ HERMOSO: Muchas

gracias. Precisamente respetando los tiempos, que ya ha utilizado la señora Nardy el tiempo del Grupo Mixto, simplemente para apoyar la moción, y esperamos… creo que todos vamos a compartir el espíritu; es posible que haya algún tipo de dificultades legales, como ya ha anunciado la secretaria, pero yo estoy seguro de que seremos capaces de buscar fórmulas para llevar a cabo lo que está planteando el Grupo Compromiso. Esperemos que así sea y ese es el deseo de Nueva Canarias. De todas maneras, votaremos a favor de la moción. Gracias.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES:

Muchas gracias, señor Ramírez. Señora Vargas.

La señora VARGAS PALMÉS (concejala del

G. M. Socialista): Gracias, presidente. Esta moción, vamos a ver… nosotros, desde el grupo municipal, podemos compartir parte de la moción, pero en el apartado primero no podemos estar de acuerdo. Tal y como está la literalidad, no podemos estar de acuerdo. Sí que me gustaría escuchar al señor que va a intervenir y a la concejala, por supuesto, porque para nosotros la accesibilidad es un derecho de las personas, y como tal debe ser tratado, pero siempre garantizando la seguridad de las mismas. Entonces, a mí me despeja… a mí y a mi grupo nos despeja bastantes problemas el entender que solucionamos que los usuarios que van en silla de ruedas puedan ir por la calzada o por la carretera. Entendemos que deberíamos aunar esfuerzos y cada vez ir consiguiendo que las aceras sean más anchas y reúnan los requisitos para que ellos puedan circular como ciudadanos. No como ciudadanos de segunda, por la carretera, sino como

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ciudadanos, con toda la igualdad que se merecen y el respeto a la seguridad de estos ciudadanos, que tienen los mismos derechos que nosotros; que no son diferentes, que son iguales pero su accesibilidad es distinta y hay que mimarla. Entonces, me gustaría escuchar a la concejala en cuestión y al señor que va a intervenir.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES:

Muchas gracias, señora Vargas. Sin duda, y como bien ha reconocido la señora Barrios, proponente de esta moción, hay aspectos normativos, legales, de seguridad, etc., que tenemos que ser capaces de superar en este debate, y no bajar a ese nivel más normativo y más de seguridad, y quedarnos más en la esencia de lo que se solicita para poder llegar a un acuerdo unánime entre todos, que creo que es, seguro, el sentir de toda la corporación. Como ustedes, además, bien saben ―no se le esconde a nadie―, la señora Marrero lleva muchos años también en la lucha de la accesibilidad de la ciudad y conoce también a la perfección los problemas que presenta nuestra ciudad al respecto. Vamos a escucharla, que seguro que nos aporta algo de luz, y en un acuerdo, esperemos, unánime, después, escuchamos a don Alexis lo que nos tiene que comentar. Señora Marrero.

La señora CONCEJALA DELEGADA DE

ACCESIBILIDAD Y MANTENIMIENTO DE LA RED

VIARIA (Marrero Domínguez): Buenos días, muchas gracias, señor presidente. A lo largo de estos tres años, casi, de mandato, hemos debatido diferentes mociones referentes a la accesibilidad, y es satisfactorio que siempre hayamos llegado a acuerdos que benefician a las personas con movilidad reducida, a las personas con discapacidad, y a los ciudadanos en general. Me siento muy satisfecha en ese aspecto, porque siempre hemos llegado a

acuerdos que se han aprobado por unanimidad.

En este caso y en esta moción, que bien dice la señora Barrios está dividida en tres partes, no puedo estar de acuerdo en las dos primeras. No puedo estar de acuerdo como usuaria de silla de ruedas, como persona con movilidad reducida, que utiliza silla eléctrica desde hace casi veinte años, por la sencilla razón de que una persona sentada en silla de ruedas en una vía por donde transitan coches es lo más vulnerable que hay. Un simple roce en la silla te puede matar. Porque te deriva, la silla cae sobre ti y es una situación muy, muy peligrosa. La semana pasada, precisamente, estuve por el barrio de La Isleta, he tenido que transitar por la carretera en muchas de sus calles, porque todos sabemos cuál es la configuración de ese barrio; ayer por la mañana estuve en la calle Reyes Católicos, en otra visita para obras, y en dos manzanas tuve que ir por la carretera, llegando a Eufemiano Jurado, porque tampoco hay accesibilidad. Sí que las aceras son anchas, suficientemente anchas, pero no hay rebajes en las aceras y no está terminada la obra de la remodelación de Vegueta. Y en este caso, siempre que las personas con movilidad reducida tenemos que ir por la carretera, vamos el menor tramo posible, porque buscamos inmediatamente una salida hacia una vía más segura, y en el caso de que aparezca un policía él inmediatamente para el tráfico y nos acompaña hasta el momento en que estemos en zona segura.

Dar una tarjeta, dar un distintivo a las personas con movilidad reducida para que podamos ir por la carretera, considero que es un desatino. Abriría las puertas a que las personas, ya no solamente en una calle con una acera estrecha, sino en una calle en donde está el rebaje sin hacer, el paso de peatones sin rebajar, un coche aparcado, como habitualmente ocurre, delante de un rebaje de una acera, vayan por la carretera,

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pensando que van a tener todos los derechos sobre los vehículos, y los derechos sobre los vehículos no los tiene nadie. Nosotros somos peatones, igual que ustedes. Si ustedes van caminando por la calle los van a atropellar y ustedes no van a tener las de ganar en ningún caso.

En este caso, a lo único que estamos dando pábulo es a que el afectado, la persona con discapacidad, pueda después ir al Ayuntamiento a reclamar, “oiga, yo tengo un permiso para ir por la carretera y me ha atropellado un coche”. Esto, realmente, no tiene mucho sentido. Y tenemos además… me imagino que las personas que están aquí, en el grupo de gobierno, ya lo han leído, pero para las personas que no lo conozcan, el informe emitido por Tráfico concluye: “Las sillas de ruedas carecen del documento-permiso de circulación, el cual habilita a los vehículos que son aptos para circular; por lo tanto, las personas con movilidad reducida que hacen uso de silla de ruedas se consideran, a todos los efectos, peatones, no pudiendo el Ayuntamiento expedir tarjetas que suplanten el permiso de circulación al no ser competente para expedir este tipo de autorización”. Yo, en este aspecto, ya he dicho cuál es mi opinión, y consultado, además, con técnicos, coincidimos en lo mismo, además de con la Secretaría General, que también emitió su informe.

Referente al segundo punto, sobre permitir que por carriles denominados guagua-taxi puedan circular vehículos utilizados por personas de movilidad reducida grave, esto yo no lo veo necesario en ningún caso. Vamos a ver, cualquier persona que esté en una situación de urgencia, de gravedad, tiene que coger ese carril para salir del atasco y nunca va a ir un policía a multarlo. No tienes más que explicar cuál es tu urgencia para que incluso te acompañen hasta el destino al que vayas. No es necesario, para nada, que haya… que las personas que tenemos

tarjeta europea para el vehículo tengamos también permiso. Como usted bien ha dicho, son cuatro mil y algo de coches. Imagínese, ya perdería totalmente el sentido este carril, porque es un carril que se ha ideado para darle velocidad y para darle fluidez al servicio público. Entonces, ahí perdería totalmente su sentido. Da lo mismo que tengas una discapacidad grave o que tengas una cardiopatía, te estés asfixiando por un ataque de asma o estés de parto. Si necesitas coger ese carril, lo vas a coger, y la Policía en ningún momento te va a multar por ello. Yo lo veo innecesario, porque imagínese cómo sería el trámite para que Tráfico supiera qué persona gran discapacitada tendría derecho a ese carril. Yo soy una persona con más de un 80 % de discapacidad, soy gran discapacitada, y yo no necesito utilizar ese carril. Lo necesitaré en el caso de las anteriores situaciones descritas, pero no en otras.

Y luego, en la tercera parte, sí estoy de acuerdo con la parte de la moción en la que dice que “por este ayuntamiento se respete y se acepte la tarjeta europea de aparcamiento”. La tarjeta se acepta en algunos sentidos, como el que puedan aparcar sobre una plaza, un momento, para cargar y descargar; sobre aparcar en zonas prohibidas para otros vehículos durante un momento, también para lo mismo; pero yo estoy trabajando con el grupo de Tráfico que la pegatina extra que se exige por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para que los vehículos con tarjeta europea puedan aparcar de forma gratuita, con tiempo limitado, en las zonas azules y en las zonas verdes, se modifique. Estamos estudiándolo con otras ciudades que ya tienen adelantado ese trabajo, para llegar a un punto en el que sea mucho más sencillo expedir esa pegatina.

Entonces, por todo lo expuesto, propongo una enmienda a la moción, que quedaría de la siguiente forma: “Que este ayuntamiento se comprometa a seguir

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trabajando en la consecución de la mayor accesibilidad y seguridad para las personas de movilidad reducida y resolver, con los cambios que sean necesarios en la nueva ordenanza de tráfico, las mejoras demandadas por las personas”.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES:

Muchas gracias, señora Marrero. Atendiendo a la intervención ciudadana a la que vamos a asistir posteriormente, le pido a la señora Barrios que fije posición, como grupo proponente de esta propuesta genérica, que creemos que reúne el consenso de todos. Señora Barrios.

La señora BARRIOS CURBELO: Me gustaría,

en primer lugar, si es posible, que me acercaran, para leerla, porque claro… yo me considero una persona inteligente y con nivel, pero leerme 10 folios… 10 folios no, 10 párrafos, pues no los he podido interpretar y leer perfectamente, tal como usted lo ha hecho. Si usted me lo pasa ahora, un momentito, yo en lo que estoy interviniendo lo leeré también y le explicaré.

Bueno, lo primero es que doña Gloria Marrero dice que es un dislate, en tal caso, hacerle un reconocimiento, desde Transportes, desde Tráfico, a las personas que utilizan sillas de ruedas para ir por la calle. El caso es que van por la calle. Entonces, vamos a partir de una realidad, que es la realidad que venimos conociendo todos, todos los días, y que va a continuar, además. Y es que no solo en La Isleta, en muchísimos barrios, en la gran mayoría de los barrios… yo ahora estoy pensando en Zárate, estoy pensando en La Matula, estoy pensando en una zona importante de Schamann, estoy pensando en Escaleritas… las personas se ven obligadas a ir por un ladito de la calle porque no caben en la acera. Va a ser imposible, por mucho que se quiera, ni siquiera los tres gobiernos siguientes a este, que puedan ampliar las

aceras ni puedan adaptarlas. Por tanto, desde luego, lo que está… la moción es “que este ayuntamiento se comprometa a seguir trabajando en la consecución de la mayor accesibilidad y seguridad para las personas con movilidad reducida”, dice usted, “y resolver, con los cambios que sean necesarios en la nueva Ordenanza de Tráfico, las mejoras demandadas por las mismas”.

Los cambios que sean necesarios en la nueva Ordenanza de Tráfico de la que usted habla, ¿hablaría de encontrarle una solución a este tema? Porque ellos van a seguir por la calle… sí, ya, ya, ya. Eso no significa… yo tengo amigos, usted lo sabe, íntimos amigos, que son personas que tienen movilidad reducida, y voy con ellos hablando por la calle, porque no pueden subir a la acera. Eso no significa que si les solventas el problema de un reconocimiento para un golpe les estés dando una categoría diferente, porque ellos son idénticos a nosotros y solo tienen una determinada limitación que debemos tener en cuenta.

En segundo lugar, respecto al segundo apartado, es verdad que hay 4.086 vehículos en Las Palmas de Gran Canaria que son utilizados por discapacitados, pero no con carácter de gran discapacidad, por ejemplo, como la que tiene usted. Usted sabe que se les da a los que tienen más de un 33 %, pero se podría mirar a quienes padecen apoplejía, tetraplejia, problemas óseos, es decir, a estas personas no es que les dé un ataque de asma en ese momento, y lógicamente, tienen derecho a ir al carril taxi-bus, me refiero a que esas personas necesitan de… van normalmente dentro de una férula, necesitan unos tratamientos, y si no los reciben en las horas precisas y están en una cola, pueden tener problemas. A lo que me refiero es a que a esas personas ―dentro de los 4.086 que se dirigen, porque me lo dijeron en Tráfico, se distingue perfectamente quiénes son unos

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y quiénes son otros, porque el porcentaje de la discapacidad se reconoce en el escrito que presentan con la petición―, pues darles una diferenciación al respecto. A eso es a lo que nos referimos, y en ese sentido, me gustaría que antes de tomar la decisión por los grupos, escucháramos a don Alexis Bethencourt, si le parece bien al presidente, y después el votar al respecto.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES: Señora

Barrios, creo que la generosidad de este pleno ya está más que manifiesta cuando para una solicitud de intervención ciudadana que no está presentada al Pleno, que no aparece en el orden del día, que no ha sido tratada en Junta de Portavoces, que ni siquiera se ha avisado con anterioridad a los portavoces de los grupos, se va a permitir la autorización. Y me parece también que las intervenciones de todos los grupos están cargadas de sentido común y de ánimo de consenso, y le pido, por favor, que no siga insistiendo usted en la solicitud de algo que no existe, puesto que no se pueden incumplir en materia de seguridad cuestiones esenciales, y sería materialmente imposible desde el punto de vista técnico y normativo autorizar algunas de las cuestiones que usted está pidiendo. Y apelo al sentido de consenso en el cual están todos los grupos instalados, y espero que usted también se instale en ese espíritu de consenso.

La propuesta que ha realizado el grupo de gobierno es, reconociendo que todavía queda mucho por avanzar en materia de accesibilidad para este colectivo de personas en nuestra ciudad, pero siempre cumpliendo las garantías de seguridad y la normativa en vigor, seguir avanzando en esa línea, y desde el punto de vista normativo, de Ordenanza de Tráfico, darle la importancia que realmente se merece a la tarjeta europea. Y le pido que no bajemos más escalones de ahí; por lo menos, es lo que al grupo de gobierno le

gustaría. Si usted acepta la enmienda tal y como está planteada, dígalo. Si no la acepta tal y como está planteada, dígalo también. Pasamos a votar y después escuchamos a don Alexis, que seguro que todos tenemos muchas ganas de escucharle. Así que, por favor, le pido que fije posición con respecto a la enmienda que se ha presentado. Señora Barrios.

La señora BARRIOS CURBELO: Gracias,

señor Sabroso. Sabe usted que esta enmienda la estoy leyendo ahora… por muy sencilla que sea, la obligación que tenemos los grupos es de presentar las enmiendas por escrito antes del debate, para conocerlas. O sea, que no he pedido nada que no se haya establecido y a lo que no tenga derecho.

En segundo lugar, mi intervención ha sido para aclarar algunos aspectos que me parecía que no estaban claros, y lo que está claro es que aquí aprobaremos esta enmienda, que desde luego, vamos a aceptar, pero que sepamos que aunque la aprobemos, estas personas con movilidad reducida van a seguir yendo por la calle, con la silla de ruedas, y van a seguir teniendo la necesidad del carril bus. Por tanto, dicho lo cual, se acepta la enmienda, pero haciendo mención a que habrá que tomar medidas excepcionales y especiales para mejorar la situación de estas personas.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES: Le

agradezco mucho su intervención final, y evidentemente reúne la afirmación rotunda de todos los grupos de que tenemos que seguir avanzando en la ciudad en materia de accesibilidad y de seguridad. Votos a favor de la enmienda presentada por el grupo de gobierno.

PARTICIPACIÓN CIUDADANA D. Antonio Alexis Bethencourt Reyes

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El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES: Buenos días, don Antonio Alexis Bethencourt, tiene la palabra.

El señor BETHENCOURT REYES: Buenos días

a todos, en especial al señor Sabroso, que lo conozco y para mí es una gran persona.

Primeramente, quiero explicarle a Gloria Marrero que la “gran dependencia” ya no existe, la están retirando. Eso para… no sé si lo sabía o no lo sabía.

En segundo lugar, quiero también explicar que de lo que se trata aquí es de que hay una serie de personas, las cuales tenemos una serie de dolencias médicas importantes; que no se trata de llegar antes que nadie, no se trata de que cuando hay una urgencia se utilice el carril guagua, porque lo podemos usar cualquiera en cualquier tipo de urgencia. Se trata de que hay personas que necesitan a una hora una serie de medicamentos, comen por jeringuilla por el estómago, niños que van dentro de lechos posturales, los cuales son terriblemente incómodos, y hay sitios puntuales donde, por tanta, digamos, peatonalización o por lo que sea, se ha creado una mayor fluidez (sic) de tráfico. Entonces, nos vemos en el problema de estar una hora, dos horas, tranquilamente, en una cola de tráfico, cuando hay niños a los que se les tiene que hacer cada 15 minutos una prueba para ver cómo va el azúcar… De hecho, a una niña de San Juan de Dios, Laura, de seis años, tienen que estar prácticamente cada veinte minutos haciéndole un test para el control del azúcar.

Entonces, se trata de utilizar esos carriles guagua y taxi cuando la fluidez (sic) del tráfico, como dice la señora Nardy, es muy grande. No vamos a suponer que ese día vaya a haber cuarenta coches con personas con movilidad reducida, ahí, uno detrás de otro, y crear un colapso. Sería algo histórico. Sería puntualmente, algún vehículo que otro, que tenga que usar eso,

tal y como lo están haciendo ahora mismo las motos, las motocicletas. Se trata de eso, no es por otra cosa, señora Gloria.

Luego el tema de las personas con movilidad reducida en las carreteras. Date cuenta de que nos jugamos la vida simplemente para ir a la tienda de enfrente a comprar un pan, puesto que tenemos que subir 200 metros hacia arriba para buscar, ya no una esquina rebajada, sino la entrada o salida de un garaje, para poder usarlo, para luego bajar esos otros 200 metros por la carretera, porque enfrente no hay ningún tipo de rebaje, con lo cual, es lo que dice la señora Nardy, todos los días nos jugamos la vida sí o no. Eso, o nos quedamos encerrados en casa, ¿me entiende? De hecho, ha habido muchas maneras de ir corrigiendo este tipo de carencias sobre las personas con discapacidades y no se están haciendo. Por ejemplo, en la calle Gordillo. Hay una normativa nueva, que es la 561/2010, donde dice que en aquellos espacios públicos o urbanizables que no puedan reunir la condición de incluir a personas con vehículos, se hará una plataforma sola mixta, donde puedan participar los dos. En la calle Gordillo se han hecho aceras de 38 centímetros, hasta hace poco, que eso está para 40, 50 o 60 años más, ¿me entiende? La mayoría de las aceras que se están rebajando a día de hoy tienen que ir a cota cero y no se está respetando, ¿me entiende?

La señalización direccional se está poniendo incluso hasta encima de las propias alcantarillas, de registro de luz y demás, por lo cual entiendo que hay unas serias carencias que no sabe nadie sino quien va por la carretera con una silla. De hecho, hay personas con sillas de ruedas que ya están empezando a poner chalecos reflectantes detrás y triángulos, porque se ven obligadas a eso, a compartir la carretera con los vehículos. Y lo único que queremos es que, ya que tenemos que

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hacerlo, hasta dentro de otra nueva generación y cuando Gran Canaria sea accesible, digamos, por lo pronto, estar protegidos por un documento donde diga que en sitios puntuales podemos compartir con los vehículos. No por capricho, sino por necesidad, porque también somos personas y también tenemos derecho a salir a la calle. No podemos estar encerrados, ¿entiende? Se trata, más que nada, de inclusión social, algo de lo que a día de hoy carecemos.

Yo espero que no le parezca mal a la señora Gloria Marrero, digo, una gran persona también, la veo muy comprometida con esto, pero estoy… De hecho, el tema de los pasos de peatones y demás, en Cruz de Piedra hace tres días se ha hecho un paso de peatones y no se ha puesto ni sensor táctil, ni se ha puesto la señalización direccional. En El Pilar se ha rebajado una acera, no se ha puesto sensor táctil porque dicen que induce a las personas con movilidad reducida a cruzar por lugares prohibidos, que no están señalizados como paso de peatón, pero luego sí hacen un rebaje, para inducir a esas personas con sillas de ruedas a que crucen por ahí, por lugares prohibidos.

Entonces, creo que hay una mala organización, se está llevando una mala gestión en ese ámbito y las víctimas siempre son los más desfavorecidos. Simplemente eso.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, don

Alexis (Aplausos). El señor BETHENCOURT REYES: Gracias a

ustedes.

VOTACIÓN Número de votantes: 28 Presentes: 27 Votos a favor: 27 Abstenciones: 1

Escrutinio: se aprueba la enmienda por mayoría absoluta y decae la moción. INCIDENCIAS:

Durante el debate del asunto se ausentan y se vuelven a incorporar a la sesión los siguientes corporativos:

- D.ª M.ª Isabel García Bolta - D. Agustín Gutiérrez Márquez - D. Jaime Romero Cerdá - D.ª M.ª del Mar Amador Montesdeoca - D. Fernando Navarro Cardoso - D.ª Lucía M.ª Sebastiana Ruiz Saavedra - D. Pedro Quevedo Iturbe Durante la votación del asunto se

encuentra ausente de la sesión doña Isabel Mena Alonso.

A las 12:00 h se realiza un receso en la

sesión. A las 12:10 h se reanuda la sesión y se

reincorpora el señor presidente, don Juan José Cardona González.

26.- MOCIÓN FORMULADA POR EL GRUPO MIXTO, A PROPUESTA DE LOS SEÑORES CONCEJALES DE COMPROMISO POR GRAN CANARIA, INTEGRADOS EN EL MISMO, POR LA QUE EXIGE AL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA QUE SE MEJORE EL CONTENIDO Y DESARROLLO DEL PEMULPA, DADAS LAS CARENCIAS ENCONTRADAS

“El PEMULPA se publicó por Resolución del coordinador general de Presidencia y Seguridad de 4 de noviembre de 2013. A pesar de que la finalidad ha sido actualizar el Plan de Emergencia de Las Palmas de Gran Canaria (antes PEMU), y se solicitaron a diferentes expertos y organismos

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informes y aportaciones para mejorar el texto, hemos comprobado que dicho plan tiene una serie de carencias:

Formación Se ve de forma ineludible que los

agentes tanto de Policía Local como del cuerpo de Bomberos tengan una formación durante todo el año de cómo actuar y combatir en caso de necesidad ante un accidente de cualquier tipo de mercancías peligrosas que ocurra en carreteras de nuestro municipio, ya que, como bien debemos saber, la actuación tendrá que ser adecuada al producto afectado, puesto que todos no tienen la mismas características nocivas o destructoras.

También hay que poner en

conocimiento que, por parte de los agentes de la Policía Local, se carece de formación sobre cómo actuar dentro de los túneles, al igual que la falta de un vehículo dotado de equipos de respiración autónomos, así como la suficiente señalización vial para acotar las zonas de trabajo e informar a los ciudadanos de las vías alternativas, para evitar concentración de vehículos y personas próximos al lugar del siniestro.

Entre los recursos que es preciso

movilizar para hacer frente a cualquier emergencia, está la Policía Local. Si ahora mismo ocurriese una emergencia de transporte de mercancías peligrosas dentro de este municipio y se tuviera que activar el Plan de Emergencias Municipal PEMULPA, no habría policías locales de tráfico formados para hacer frente a ella, debiendo ser estos el primer recurso al llegar a la zona.

A su vez, el recorte en el presupuesto en

formación es tal que en los dos últimos años solo se le han impartido a la Policía Local dos cursos, y ninguno de vital

importancia, como son los de mercancías peligrosas o de la actuación en intervención de la Policía Local para catástrofes o accidentes de múltiples víctimas. Esto ha provocado que no haya policías locales formados para llevar a cabo los controles de la ingente cantidad de mercancías peligrosas que circulan a todas horas y lugares de nuestro municipio, y por ende, no hay controles de este tipo. En algunos casos, los agentes se han visto en el deber de formarse por cuenta propia.

En el actual Centro de Transmisiones,

los agentes no están formados en materia de emergencias. Esta situación es alarmante, ya que en este centro se gestionan todas las urgencias. Tampoco está previsto para el CECOPAL. Además, no se conocen los protocolos de actuación que se deben tener en la sala de transmisiones para poder aplicar el Plan de Emergencias.

Mercancías Peligrosas En relación con la actuación conjunta de

la Policía Local, Bomberos, así como otras fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que se presenten en el momento en que ocurra un accidente de esta categoría, se ve necesaria la coordinación y el conocimiento de las actuaciones que cada agente tendrá que saber realizar, por lo que es fundamental la implicación de la Delegación de Gobierno en el PEMULPA.

Transporte de Mercancías Peligrosas Es necesaria la realización de controles

periódicos a los vehículos y conductores que efectúan el transporte de mercancías peligrosas por carretera, con conocimientos de leyes como ADR (Reglamento Internacional Transporte Mercancías Peligrosas por Carretera), LTCC (Ley de Transporte por Carretera Canaria), LOTT (Ley de Ordenación Transporte Terrestre) y ROTT (Reglamento Transporte Terrestre). Se ha comprobado, al llevar a cabo

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controles puntuales, que estos vehículos carecían de documentación por desconocimiento de la normativa.

Realización de Simulacros No se ha realizado simulacro alguno con

los agentes de policía de tráfico o del Centro de Transmisiones.

Información a la Población No se ha dado información a la

población, como exige la legislación vigente, del citado plan, ni charlas en colegios ni asociaciones de vecinos, ni a núcleos urbanos próximos a lugares de alto riesgo, como son las viviendas sitas junto a la zona industrial del muelle o viviendas próximas a las gasolineras. Tampoco se han generado octavillas informativas.

El centro neurálgico de todo Plan de

Emergencias es su centro coordinador, que en este caso es el CECOPAL.

Este órgano coordinador se tiene que

activar cuando sucede una emergencia y se pone en marcha el Plan de Emergencias Municipal. Actualmente no existe.

Túneles Julio Luengo y San José Se pretende hacer entender que si

alguno de estos vehículos sufriera un percance dentro del túnel de Julio Luengo GC o dentro del túnel de San José Gran Canaria, las actuaciones de las unidades desplazadas al lugar serían mucho más peligrosas. Además, dentro de estos túneles no se han colocado los repetidores para poder realizar transmisiones y, por ello, los intervinientes ante una emergencia no tendrían comunicación por radio.

Es por lo que exigimos: - Al Ayuntamiento de Las Palmas de

Gran Canaria que se mejore el contenido y

desarrollo del PEMULPA, dadas las carencias encontradas”.

Enmienda del grupo de gobierno: “El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran

Canaria continuará los trabajos recogidos en la fase de implementación del PEMULPA, de acuerdo a su cronograma de ejecución, extremando el seguimiento del mismo a efectos de detectar y, en su caso, corregir retrasos o deficiencias, especialmente en materia de transportes de mercancías y seguridad dentro de los túneles de la ciudad”.

Acuerdo: “El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran

Canaria continuará los trabajos recogidos en la fase de implementación del PEMULPA, de acuerdo a su cronograma de ejecución, extremando el seguimiento del mismo a efectos de detectar y, en su caso, corregir retrasos o deficiencias, especialmente en materia de transportes de mercancías y seguridad dentro de los túneles de la ciudad”.

DEBATE. Intervenciones:

La señora SECRETARIA GENERAL: Se ha presentado enmienda por el grupo de gobierno a esta moción, que se ha repartido a los grupos.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES: Muy

bien, el grupo proponente de la moción, el Grupo Mixto. La señora Barrios tiene la palabra.

La señora BARRIOS CURBELO

(viceportavoz del G. Mixto): Muchas gracias, señor Sabroso. Efectivamente, aquí sí nos ha llegado antes la enmienda transaccional y la tenemos aquí delante.

Nos referimos al PEMULPA, que es un plan de emergencia de Las Palmas de Gran

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Canaria, antes conocido como PEMU, que se aprobó en noviembre pasado y que sorprendentemente nos hemos encontrado que tiene muchísimas carencias, especialmente de formación y de información.

Respecto a formación, nos dicen los policías locales que en todo este tiempo solo han recibido dos cursos, y ninguno en materia importante, como puede ser la de transporte de mercancías peligrosas por carretera, y desde luego, siempre estudiando el efecto de esa mercancía peligrosa, puesto que no todas tienen las mismas características nocivas y destructoras, y también respecto al problema que se puede plantear cuando existe una situación donde hay un accidente con múltiples víctimas. Alegan la Policía Local y los Bomberos que no han recibido formación en ese sentido. Pero no solo no la han recibido, en tal caso, los policías y bomberos, policías de tráfico, sino que también nos comentan cómo no han recibido formación respecto al tema de los túneles. Para nosotros, saben ustedes, sobre todo con el túnel Julio Luengo, en el que desgraciadamente han sucedido determinadas situaciones bastante graves… nos comentan cómo no se les ha formado para saber no solo movilizar, distinguir, fijar cuotas de separación, e incluso vías de señalización para separar a la gente de estas situaciones que se pueden plantear en estos túneles, sino que, incluso, nos comentan cómo el CECOPAL, que es el centro de coordinación, no se ha hecho todavía. Se ha prometido que se va a terminar en dos años y en la zona de Los Tarahales, pero en el CECOPAL y en transmisiones, que es donde se reciben las urgencias, tampoco los policías tienen esa formación que deberían tener respecto a estas situaciones.

En relación con la situación, además, del transporte de mercancías peligrosas, nos comentan los policías locales y bomberos

que, al no tener formación, tampoco se está llevando a cabo el control del transporte de estas mercancías. Deberían existir controles periódicos de los vehículos y de los conductores. Nos comentan que ese transporte de mercancías peligrosas por carretera, que viene regulado por el Reglamento Internacional de Transporte de Mercancías Peligrosas, por la Ley Canaria de Transporte por Carretera, por el Reglamento de Transporte Terrestre, etc., se ha demostrado que exige una serie de documentos y estos vehículos carecían, muchos que se han parado, de esta documentación, por desconocimiento de la normativa.

Tampoco se han llevado a cabo simulacros en el centro de transmisiones o con la policía de tráfico. Tampoco se ha llevado a cabo información en los colegios, en los centros sociales, en los barrios cercanos a puntos industriales o que conllevan algún peligro, y en ese sentido es por lo que presentamos esta moción, porque entendemos que si bien se ha modernizado ese PEMU que llevaba tantos años sin actualizarse, sin embargo, el plan de formación e información de la existencia del mismo no se ha llevado a cabo, no solo respecto al transporte de mercancías peligrosas, no solo respecto a la información que deben tener los ciudadanos, sino, sobre todo, a los agentes de policía y de bomberos, que muchas veces se tienen que pagar el curso personalmente. Hay una serie de carencias existentes al respecto y en ese sentido es por lo que hemos presentado esta moción, que dice que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria mejore el contenido y desarrollo del Plan de Emergencia Municipal de Las Palmas de Gran Canaria, PEMULPA, dadas las carencias encontradas.

Y la moción que se nos ha presentado dice el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria continuará los trabajos

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recogidos en la fase de implementación ―que así lo tiene― de acuerdo a su cronograma de ejecución, extremando el seguimiento del mismo a efectos de detectar y, en su caso, corregir retrasos o deficiencias. Nos gustaría añadir, si es posible, que creo que se puede hacer, añadir sobre todo en temas de transportes de mercancías peligrosas y transportes en túneles. Nosotros, con ese añadido, no tendríamos ningún inconveniente en aceptar la moción transaccional, y quedo a la espera de la opinión del resto de los partidos que componen este pleno.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES:

Gracias, señora Barrios. Señor Ramírez. El señor RAMÍREZ HERMOSO (concejal del

G. Mixto): Muchas gracias, simplemente, como el pacto que tenemos de ocupar el tiempo… simplemente para anunciar nuestro apoyo a la moción.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES:

Gracias, señor Ramírez. Señora Mena. La señora MENA ALONSO (portavoz del G.

M. Socialista): Muchas gracias. Nosotros vamos a apoyar también esta moción, porque entendemos que en el PEMULPA ya se han detectado defectos, ya se han detectado, y los han detectado los profesionales del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Una vez que el PEMULPA se ha hecho público, y lo han podido tener en sus manos y estudiarlo, tanto los bomberos, tanto el Servicio de Emergencias de este ayuntamiento, como la propia Policía Local, ellos mismos han puesto de manifiesto las deficiencias que tiene este documento. Se lo han puesto de manifiesto tanto al grupo de gobierno como a los grupos de la oposición, incluso a la opinión pública en general. Por tanto, esas deficiencias que encuentran nuestros propios técnicos municipales, tenemos que

tenerlas en cuenta desde un principio. Y efectivamente, algunas de ellas están, tal y como señalaba la señora Barrios, la proponente de esta moción, en los planes de emergencia que afectan a los túneles de la ciudad, y que no podemos obviarlos, porque son nuestros bomberos, los bomberos de esta casa, y los policías, que también dependen de esta casa, los que tienen que atender dichas emergencias.

Todo lo que se haga en materia de seguridad, todo lo que se haga, será siempre bien recibido, entiendo, por todos los grupos políticos, porque además, en eso debemos trabajar conjuntamente, en extremar las medidas de seguridad, en extremar todos los documentos que salen de este ayuntamiento para garantizar la seguridad de toda la ciudadanía, la seguridad en un concepto amplio. Y para eso tenemos que tener en cuenta absolutamente todas las opiniones. Siempre que se genera un documento, es obvio que es mejorable, y que es muy mejorable si se tiene en cuenta la opinión de los técnicos, de los especialistas en la materia que se está tratando. Por eso yo creo que la enmienda que presenta el Partido Popular, que, obviamente, tendrá que ser negociada con el grupo proponente, con el Grupo Mixto, con el partido Compromiso, al final se queda en más de lo mismo, de lo que siempre propone el Partido Popular, que es “seguir trabajando como lo estamos haciendo hasta ahora”, que parece que solo hay una intencionalidad de no reconocer nunca errores o mejoras, porque de lo único que trata esta moción es de proponer mejoras en la gestión diaria que lleva el grupo de gobierno. Seguir trabajando como se está haciendo hasta ahora no es añadir a ese documento las propuestas de los técnicos especialistas que tienen que llevar a cabo la ejecución del PEMULPA, que son los bomberos, que es el grupo de bomberos de este ayuntamiento y la Policía Local. Por

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eso a nosotros nos parece que es mucho más conciso dejar la moción tal y como está y no añadir esta enmienda, que al final, insisto, va a ser más de lo mismo de lo que propone siempre el Partido Popular, que es “seguir trabajando tal y como lo estamos haciendo”.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE MOVILIDAD CIUDADANA Y MEDIO AMBIENTE (Sabroso Ramírez): Muchas gracias, señora Mena. Si me permiten, tomo la palabra desde esta posición para dar respuesta a la moción presentada.

El pasado mes de noviembre del año 2013 se actualizó el PEMULPA, después de más de una década en la que el PEMULPA anterior no había sido actualizado. Había un compromiso del grupo de gobierno de actualizarlo, y ese compromiso se cumplió. Creo que pocas evidencias como esa pueden poner sobre la mesa la importancia que la seguridad tiene para el grupo de gobierno y seguro que es algo que compartimos entre todos los grupos.

El PEMULPA, recientemente actualizado, tiene una fase de implementación y tiene un cronograma de implementación perfectamente estipulado en el propio documento. Cronograma de implementación y fases que se están cumpliendo tal y como estaba programado. Se podrá discutir ―y podremos tener disparidad de criterios― si hay que ir más rápido o si hay que acelerar un punto sobre otro, o si preocupa más alguna cuestión concreta dentro del PEMULPA, como pueden ser el transporte de mercancías peligrosas o los túneles, sobre otras. La verdad es que nuestra intención es que el PEMULPA se desarrolle en su integridad, se desarrolle con las mejores garantías posibles, siempre desde el punto de vista técnico, y que tengamos un instrumento al cual acudir ―ojalá que no tengamos que acudir mucho a él― cuando se produzca

alguna situación de crisis, de alerta o de catástrofe.

No podemos compartir algunas de las opiniones dadas, casualmente no por parte del grupo que propone la moción, que parece que sí, con matices, va a aceptar la enmienda, de que lo que se está proponiendo por parte del grupo de gobierno es más de lo mismo y que todo lo que hace lo está haciendo bien. Si leemos con atención de lo que estamos tratando y cuál es la propuesta que realiza el grupo de gobierno, porque además estamos hablando en materia de seguridad, algo que nos debe preocupar a todos, que por lo menos al grupo de gobierno preocupa y mucho, y que es una prioridad irrenunciable, de lo que está hablando el grupo de gobierno en esta propuesta es de extremar el seguimiento al plan de implantación del PEMULPA; si lo que se está diciendo es “oiga, el PEMULPA está recientemente actualizado, bien, puede ser que haya carencias o que se vaya muy lento”, al grupo de gobierno no le cuestan prendas decir “oye, pues vamos a extremar el control del plan de implementación del PEMULPA, y si hay algo que haya que acelerar o hay algo que esté mal, se corregirá”. Eso es lo que está diciendo la enmienda, con absoluta normalidad y con absoluta transparencia, lo que está pidiendo la enmienda del grupo de gobierno. Estamos tremendamente satisfechos de que después de más de una década el PEMULPA se haya actualizado, y eso se consiguió el pasado año. Y evidentemente es un documento vivo, que tiene vocación de estar otros muchos años vigente y que, por supuesto, tendrá que irse adaptando a protocolos nuevos, a normativas nuevas, a criterios técnicos en materia de seguridad nuevos, sin ningún tipo de problema. Y es lo que dice la enmienda que hemos presentado.

En materia de túneles, simplemente, porque parece que es donde quizás alguna

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de las intervenciones se ha querido centrar un poco, existe un plan de autoprotección de los túneles metropolitanos, muy claro, perfectamente definidos, que además forma parte y está integrado dentro de este PEMULPA, y existen unas pautas de actuación en el túnel de Julio Luengo, claras, delimitadas, y además forman parte de este PEMULPA. Lo digo simplemente a efectos de que no se traslade una sensación de que en materia de seguridad, dentro de los túneles que hay en la ciudad, está todo por hacer. ¿Que hay que mejorar cosas? Sin duda alguna. Hemos debatido mucho en este pleno sobre la situación de los túneles de Julio Luengo.

En definitiva, el PEMULPA se actualizó el pasado mes de noviembre de 2013, tiene un plan de implementación y un cronograma perfectamente definido, se están cumpliendo las etapas que forman parte de ese cronograma… Si lo que se solicita es que se sigan realizando controles exhaustivos y que aquellas deficiencias que se detecten se puedan corregir, en absoluto tenemos ningún tipo de problemas en que esa petición general sobre el PEMULPA sea aceptada. Y si además se añade “nos preocupa especialmente el transporte de mercancías y la seguridad dentro de los túneles”, pues ahí se pondrá el acento durante los próximos meses, sin ningún tipo de problema. Así que si les parece, la enmienda que ha presentado el grupo de gobierno se ve implementada, después de corregir, en su caso, retrasos o deficiencias, especialmente en materia de transportes de mercancías y seguridad dentro de los túneles. Y con eso, al final, creo que la vocación de todos es “estamos preocupados, lógicamente, por la seguridad de la ciudad, el PEMULPA es un buen instrumento que hay que estar permanentemente actualizando, que hay que estar permanentemente vigilando”, y no es, ni mucho menos, ningún tipo de

ánimo de despejar balones o decir que el grupo de gobierno lo hace todo bien, como se ha tratado de manifestar.

Si les parece, cierra el debate la señora Barrios, que es el grupo proponente. Señora Barrios.

La señora BARRIOS CURBELO: Bueno,

aceptada la propuesta del añadido respecto al transporte de mercancías y el transporte dentro de los túneles… porque queremos recordar que falta un vehículo dotado de respiración autónoma, también, que lo han pedido los especialistas, y que incluso, dentro del PEMU, a un incidente que se pudiera producir en el túnel Julio Luengo, ustedes le dedican un solo folio. Por tanto, yo creo que vamos a aceptarlo porque entendemos que todos queremos lo mejor para la ciudad, y más en materia de seguridad. Pero que de verdad se cumpla y de verdad se tramite, porque todo esto que hemos dicho desde Compromiso y que hemos volcado en la moción no es ni más ni menos que información que nos han dado los propios policías locales, que están en transmisiones, que están en el CECOPAL, que están preocupados porque incluso sabemos todos que hasta la Delegación del Gobierno tiene que intervenir en determinadas situaciones y el tema de la coordinación sigue siendo una asignatura pendiente.

Nosotros vamos a estar pendientes de la ejecución de esta enmienda transaccional y esperamos que de verdad se lleve a efecto y que no tengamos que preocuparnos de que un día haya un vuelco en la carretera de un transporte con mercancías peligrosas y que no se sepa qué hacer por nuestros policías, porque no están formados, y por nuestros bomberos. Muchas gracias a todos.

El señor PRESIDENTE EN FUNCIONES: Votos a

favor de la enmienda presentada con los matices añadidos por el grupo proponente.

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VOTACIÓN Número de votantes: 28 Presentes: 25 Votos a favor: 25 Abstenciones: 3 Escrutinio: se aprueba la enmienda por mayoría absoluta y decae la moción. INCIDENCIAS:

Al inicio del debate del asunto se

reincorpora a la sesión doña Isabel Mena Alonso.

Durante el debate del asunto se

ausentan y se vuelven a incorporar a la sesión don Mauricio Roque González y doña M.ª Bernarda Barrios Curbelo.

Durante la votación del asunto se

encuentran ausentes de la sesión los siguientes corporativos:

- D. Pablo Barbero Sierra - D. Jaime Romero Cerdá - D. Pedro Quevedo Iturbe

27.- MOCIÓN FORMULADA POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA REFERENTE A LA DECLARACIÓN DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA COMO CIUDAD LIBRE DE FRACKING

“El fracking o fracturación hidráulica es una técnica empleada para la extracción de gas no convencional. Esta técnica consiste en la perforación vertical hasta grandes profundidades (en ocasiones hasta 4.000 metros), y luego en horizontal, para inyectar a gran presión agua con arena y una serie de compuestos químicos que incluyen sustancias tóxicas, alergénicas y cancerígenas, dejando el subsuelo en condiciones irrecuperables. La finalidad de esta técnica es favorecer la fisuración, fracturación o incluso la disolución de la roca, con el fin de liberar el gas existente,

que asciende a la superficie. Queremos destacar que esta técnica del

fracking es un brutal atentado al medioambiente y genera no solo un riesgo sísmico, sino que contamina las aguas superficiales, las subterráneas y acuíferos, crea riesgos para la salud humana, contamina el aire y produce alteraciones en el paisaje y en el terreno, contaminando los suelos, ya que de la mezcla inyectada solo vuelve a la superficie entre un 15 % y un 85 %.

Existen países que han prohibido esta técnica de explotación por su agresividad y por sus consecuencias perjudiciales, tanto para la salud de los ciudadanos como para el medioambiente, al tener efectos irreversibles y altamente perjudiciales.

En nuestro país son múltiples los ayuntamientos que se han declarado como “libres de fracking” ante esta agresiva técnica de extracción. En la comunidad de Cataluña, el pasado febrero el Diario Oficial de la Generalitat publicó en la Ley de Acompañamiento de Presupuestos una modificación a las normas urbanísticas, señalando que “no está permitido utilizar la tecnología de la fracturación hidráulica cuando pueda tener efectos negativos sobre las características geológicas, ambientales, paisajísticas o socioeconómicas”; por tanto, no podrá otorgar los permisos urbanísticos para construir instalaciones de fracturación hidráulica.

En Estados Unidos, concretamente en el estado de Texas, tras la instalación de pozos de extracción de gas con la técnica de fracking, por la petrolera Aruba Petroleum, una familia la demandó ante los tribunales de justicia tras padecer migrañas, vómitos, hemorragias, fiebres, así como una larga lista de síntomas, lo que ha ocasionado que los tribunales de justicia condenaran a la petrolera a indemnizar con 2,9 millones de dólares a la referida familia, por futuras consecuencias para su salud,

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por daños psicológicos y por los problemas médicos causados, ya que esta técnica de fracking implica el uso de decenas de componentes químicos, algunos tóxicos y cancerígenos, que además no son eliminados una vez que entran en contacto con el subsuelo (benceno, tolueno, etilbenceno y xileno).

La comunidad científica, en un estudio publicado por la revista Science of the Total Environment, denuncia altas emisiones contaminantes, entre las que se hallaba el benceno. También otra revista científica, Endocrinology, hace público que en el cóctel de sustancias químicas que se emplean en el fracking se encuentran sustancias alteradoras del equilibrio hormonal relacionadas con la infertilidad y el cáncer, entre otros problemas graves de salud.

Finalmente, hay que exponer que la aplicación del principio de precaución exige que en caso de amenaza para el medioambiente o la salud y en una situación de incertidumbre científica se tomen las medidas apropiadas para prevenir el daño.

Por todo ello, el Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ACUERDA

• Que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en defensa de nuestros recursos naturales, declara a la ciudad como territorio libre de fracking”.

Enmienda del grupo de gobierno: “Instar solicitud del Gobierno de

Canarias de que no conceda autorizaciones para la exploración, investigación y explotación de yacimientos de gas no convencional mediante la técnica de la fractura hidráulica mientras no se garantice la seguridad e inocuidad para el medioambiente y las personas a través de una legislación que lo desarrolle”.

Acuerdo: “Instar solicitud del Gobierno de Canarias

de que no conceda autorizaciones para la exploración, investigación y explotación de yacimientos de gas no convencional mediante la técnica de la fractura hidráulica mientras no se garantice la seguridad e inocuidad para el medioambiente y las personas a través de una legislación que lo desarrolle”.

DEBATE. Intervenciones:

El señor PRESIDENTE: ¿Quién es el portavoz? El señor Campoamor toma la palabra.

El señor CAMPOAMOR FERNÁNDEZ

(concejal del G. M. Socialista): Buenos días otra vez a todos. La moción que trae el Grupo Socialista es una moción para declarar la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria como zona libre de fracking y mantener el medioambiente.

El fracking o fracturación hidráulica es una técnica que se empleó por primera vez hace años, en Estados Unidos, y es para extraer el gas no convencional. La técnica consiste en la perforación a casi 4.000 metros de profundidad, hasta encontrar las pizarras; posteriormente, la perforación en vertical, de incluso hasta dos kilómetros de ancho; y luego inyectar a través de esos tubos agua a presión con arena y una serie de productos químicos, entre los cuales, en ese cóctel, se encuentran productos tóxicos y cancerígenos.

Queremos destacar que esta técnica es un brutal atentado al medioambiente, que produce no solamente riesgo sísmico, sino que contamina las aguas superficiales, las aguas subterráneas y produce riesgos importantes para la salud humana, contamina el aire y produce alteraciones en el paisaje y en el terreno, contaminando los suelos, ya que esa mezcla inyectada de

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agua a presión con arena y productos químicos vuelve a la superficie tan solo entre un 15 % y un 85 %.

Existen países en Europa y en América que han prohibido esta técnica de explotación por su agresividad y por las consecuencias perjudiciales, repito, tanto para la salud de los ciudadanos como para el medioambiente, teniendo consecuencias irreversibles y altamente perjudiciales.

En nuestro país ha habido múltiples ayuntamientos que han declarado como libres de fracking por la agresiva técnica de extracción del gas no convencional. En la comunidad de Cataluña, en la Ley de Acompañamiento de Presupuestos ―y quiero leer lo que pone―, hay una modificación de las normas urbanísticas que dice que “no está permitido utilizar la tecnología de la fracturación hidráulica o fracking cuando pueda tener efectos negativos sobre las características geológicas, ambientales, paisajísticas y socioeconómicas”; por tanto, no se podrán otorgar los permisos urbanísticos para construir las instalaciones de fracturación hidráulica. En Estados Unidos, que es donde comenzó a utilizarse esta técnica, una compañía petrolera fue demandada por una familia que sufría vómitos, migrañas, hemorragias, fiebres, así como una larga lista de síntomas, lo que ocasionó ―perdón por mi voz― que los tribunales indemnizaran con casi 3 millones de dólares a esta familia, por futuras consecuencias para su salud, por los daños psicológicos ocasionados y por los problemas médicos causados.

Entre los productos cancerígenos que utilizan en esta técnica, en este cóctel de productos químicos para lograr la fracturación de las rocas, está el benceno, está el xileno, están incluso otros productos bastante más perjudiciales como ahora les voy a decir. La comunidad científica también se hace eco de los resultados perjudiciales de la utilización de esta

técnica. Así, una revista que trata sobre endocrinología denuncia las altas emisiones contaminantes, entre las que se encuentra el benceno, que es un producto cancerígeno. Una revista sobre medioambiente, una revista científica, dice que en el cóctel de sustancias químicas que se emplean en el fracking se encuentran sustancias alteradoras del equilibrio hormonal relacionadas con la infertilidad y el cáncer, entre otros problemas de salud.

Finalmente, también quiero exponer que la aplicación del principio de precaución, recogido por la Comunidad Europea y en nuestro país también, exige que en caso de amenaza para el medioambiente o la salud, y en una situación de incertidumbre científica, se tomen las medidas apropiadas para prevenir el daño.

Por todo ello, solicitamos a este pleno que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en defensa de nuestros recursos naturales y de la salud de nuestros convecinos, declare a la ciudad como territorio libre de fracking.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

¿Por parte de los distintos grupos…? Toma la palabra, en primer lugar, el señor Ramírez.

El señor RAMÍREZ HERMOSO (concejal del

G. Mixto): Muchas gracias, señor alcalde. Nueva Canarias anuncia el apoyo a esta moción del Grupo Socialista, en coherencia con lo que ya se ha hecho… mi compañero, precisamente, Pedro Quevedo, como diputado en el Congreso, ya firmó un documento en el cual Nueva Canarias se comprometía a impulsar la prohibición de la técnica del fracking, por lo tanto… esto fue hace pocas semanas; por lo tanto, en coherencia con eso y por los motivos que ha expuesto el proponente de la moción, nosotros vamos a apoyar la misma. Muchas gracias.

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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Ramírez. Señora Barrios. La señora BARRIOS CURBELO

(viceportavoz del G. Mixto): Gracias, señor alcalde. La técnica de fracking perjudica notablemente, como hemos visto, el medioambiente y la salud humana. En ese sentido, ya se habla mucho en las ciudades de quedar libre de esta técnica y desde Compromiso vamos a apoyar la moción del Partido Socialista.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señora Barrios. Vamos a escuchar al portavoz del grupo de gobierno, señor Martín Muñoz.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y AGUAS (Muñoz García-Borbolla): Sí. Muchas gracias, señor presidente. Lo primero que me gustaría a mí comentar después de las manifestaciones de preocupación por la utilización de esta técnica para la obtención de gas no convencional es que Canarias no dispone de reserva de gas no convencional, debido a la propia estructura geológica de las Islas, con un material muy permeable y poroso que dificulta e imposibilita la concentración del citado gas en el mismo. Por consiguiente, yo creo que, sin dejar de ser prudentes, se ha de rebajar un poco el nivel de preocupación, pensando que esta técnica de fracturación hidráulica se va a utilizar o a aplicar en Canarias para la obtención de gas.

Como ha declarado recientemente el subsecretario, en este sentido, del Ministerio de Industria, literalmente, “el uso de la fractura hidráulica para extracción de gas del subsuelo en Canarias está absolutamente descartado, debido al origen volcánico de las Islas”. Esto es una manifestación reciente, hecha por el

subsecretario del Ministerio de Industria. No obstante, hecha esta observación inicial, yo creo que… en fin, no deja de tener usted razón en algunas de las manifestaciones que ha realizado; ahora bien, creo que conviene efectuar alguna matización y reflexión.

Mire, la extracción de gas mediante fractura hidráulica plantea, efectivamente, una disyuntiva entre permitir esta técnica y aumentar las reservas energéticas o bien prohibirla. Lo que sí es cierto es que se ha abierto en la sociedad un debate entre quienes aseguran que esta tecnología puede cambiar el panorama energético mundial, con considerables beneficios para la sociedad, en forma de creación de puestos de trabajo, de inversiones en infraestructuras, reducción del coste de la energía hasta un 70 %, y quienes piden su prohibición por sus potenciales efectos nocivos para la salud y para el medioambiente. Las posiciones están encontradas al respecto. En este sentido, son numerosos los informes que en una u otra dirección se han ido elaborando, por lo que entiendo que, efectivamente, lo que debe imperar, como usted ha comentado, es el principio de precaución y prudencia en esta materia.

Se habla de posible contaminación en la utilización de esta técnica, pero también se habla de que las emisiones de gases contaminantes a la atmósfera se han visto reducidas a niveles de 1997 en países como Estados Unidos por la utilización de la misma. En lo que respecta a Europa, no se prohíbe la técnica del fracking, regulando la cuestión en este sentido el Parlamento exigiendo un procedimiento de impacto ambiental, tanto para la investigación como para exploración, así como también para la extracción.

En lo que respecta a España, no son pocas las voces que solicitan que se suspendan los actuales sondeos aprobados hasta que los impactos estén plenamente

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investigados, afrontados y regulados. Y en este sentido, así lo han solicitado asociaciones como Green Peace, o como Ecologistas en Acción, y también sindicatos como Comisiones Obreras. No solicitan que se elimine, sino que se suspendan los sondeos aprobados en este momento. Desde el Gobierno central, sí se ha tratado de dar una respuesta a la intensa presión y preocupación social, entendiendo que el desarrollo de este tipo de proyectos puede tener una enorme importancia en el suministro energético, tanto en términos de suministro como en términos de balanza de pagos, así como también por su enorme potencial para la generación de actividad económica complementaria, siempre y cuando se garantice el cumplimiento de las medidas de seguridad, como de protección medioambiental oportunas.

Finalmente, en lo que respecta a las competencias en la materia, hay que dejar claro que es la Ley de Hidrocarburos, de octubre del año 2013, la que incluye la fractura hidráulica dentro de lo que es la legislación básica del Estado y corresponden a las comunidades autónomas las autorizaciones o denegaciones de permisos mediante procedimiento reglado, única y exclusivamente la competencia para la concesión de autorizaciones o de negaciones de permisos para la obtención de gas no convencional. La competencia, por consiguiente, la tienen las comunidades autónomas siguiendo los procedimientos reglados establecidos por la legislación básica.

En este sentido, debemos dejar claro, pues, que los ayuntamientos carecemos de competencias sobre la materia, por lo que yo creo que, en fin, más que una declaración de intenciones, que es lo que ustedes plantean, debemos ir un poco más allá y hacer una petición a la Comunidad Autónoma, al Gobierno de Canarias. Yo creo que Canarias, de hecho… y Las Palmas

de Gran Canaria es una ciudad, de hecho, libre de fracking, como le acabo de comentar, porque no hay acumulación de tal gas en la misma.

Por todo lo expuesto, lo que planteamos nosotros como gupo de gobierno, como enmienda alternativa, es que el Gobierno de Canarias no conceda autorizaciones para la exploración, investigación y explotación de yacimientos de gas no convencional mediante la técnica de la fractura hidráulica mientras no se garantice la seguridad e inocuidad para el medioambiente y las personas a través de una legislación que lo desarrolle. Muchas gracias, señor presidente.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Muñoz. Segundo turno de intervenciones, señor Ramírez... Señora Barrios tampoco… Señor Campoamor.

El señor CAMPOAMOR FERNÁNDEZ: Bien, el

que el señor Muñoz me diga que en Las Palmas de Gran Canaria no hay gas no convencional para que dé lugar a que se haga el fracking no es la intención de esta moción. Esta moción es para que el Ayuntamiento declare, ante todas estas cuestiones, la ciudad como libre de fracking.

Yo le voy a leer a usted la resolución del Parlamento Europeo del año 2011, que dice, sobre las repercusiones medioambientales del uso de la técnica del fracking o de la fracturación hidráulica, como usted lo quiera llamar: “Puede representar complejas interacciones con el medioambiente, hay un consumo elevadísimo de agua ―y en nuestra comunidad y nuestra ciudad, el agua es un bien muy escaso―. Hay riesgo de movimientos sísmicos. Puede conducir al deterioro de las condiciones de vida… que revelan la composición del contenido químico ―que todavía no se sabe cuál es la composición de todos los componentes

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químicos, que hay más de 500 componentes químicos―. Aparte, esta técnica hace que al hacer la fracturación hidráulica, haya sustancias muy peligrosas que salgan a la superficie, como son el mercurio, el plomo, el radón, el radio, el uranio y otros elementos radiactivos”. Usted me habla de que esto puede ser una ventaja para el consumo energético, pero yo creo que debemos pasar de la dictadura de los mercados a la democracia de las personas. Yo creo que la salud de las personas está mucho más por encima de los beneficios de las compañías exploradoras. Yo creo que no costaba ningún trabajo que Las Palmas de Gran Canaria declarara todo su territorio libre de fracking. Ustedes no lo van a aceptar. Yo sí acepto que ustedes le pidan, o pidamos, el Ayuntamiento, al Gobierno de Canarias que no autorice ninguna explotación del subsuelo utilizando la técnica de fracking.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Campoamor. Segundo turno para el señor Muñoz.

El señor MUÑOZ GARCÍA-BORBOLLA: Mire,

señor Campoamor, nosotros estamos en un Estado de derecho, del que usted forma parte, y lo acepta, y un Estado de derecho en el que nos hemos dotado de una ordenación territorial con una estructura recogida en el título VIII de la Constitución, con una distribución y asignación de competencias, y le acabo de comentar que en esta materia el Ayuntamiento no tiene competencia ninguna. Le acabo de comentar que Canarias está, de hecho, libre de fracking, porque en su subsuelo no hay acumulación de gas no convencional, por su composición geológica ―es territorio volcánico―. Le acabo de comentar que el subsecretario de Industria, del Ministerio de Industria, ha declarado recientemente que en Canarias no se va a llevar a cabo ningún tipo de actuación de

obtención de gas no convencional mediante esta técnica, porque no existe gas convencional. O sea, que no creo que se deba alarmar innecesariamente, ¿de acuerdo?

Sí que nos preocupamos por la salud de los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria, y por esa razón, teniendo en cuenta y respetando las reglas del juego que nos hemos dado, en las que la distribución de competencias es la que es, corresponde al Estado la legislación básica y a la Comunidad Autónoma su desarrollo, y en este supuesto específico, a quien le corresponde y le compete el conceder las autorizaciones, fijar cada posición, cada competencia en su justo estrato… Por consiguiente, a quien nos tenemos que dirigir es a la Comunidad Autónoma. Nosotros no tenemos competencia. Y por esa razón es la propuesta alternativa que planteo, de pedir a la comunidad autónoma que no autorice ninguna… no dé ningún permiso de investigación, ni de exploración, ni de explotación en tanto en cuanto no haya unas garantías en todos los sentidos, para la salud de las personas y para el medioambiente. Yo creo que ha quedado claro en la exposición cuál es la postura, en este caso, del partido en el Gobierno del municipio. Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muy bien, entonces,

usted ha planteado una… El señor MUÑOZ GARCÍA-BORBOLLA: Una

alternativa, sí, que la he leído en la primera intervención.

El señor PRESIDENTE: En su última

intervención como proponente, señor Campoamor, ¿acepta la enmienda o mantiene el texto suyo, para proceder a la votación? Muchas gracias.

El señor CAMPOAMOR FERNÁNDEZ: Bien,

yo… usted me saca unas declaraciones del

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subsecretario de Industria. El día 21 de mayo del 2013, el ministro de Industria, señor Soria, avala el uso del fracking para buscar hidrocarburos en Canarias, publicado por La Opinión de Tenerife, aquí lo tiene usted. Es decir, el subsecretario dirá una cosa, pero el ministro dice lo contrario. Es decir, yo sí acepto… evidentemente, yo sabía que el Ayuntamiento no tiene competencias para regular el fracking. Acepto su enmienda, pero no me diga que Canarias está libre de fracking cuando su ministro de Industria declara, en La Opinión de Tenerife, que avala el uso del fracking para buscar hidrocarburos en Canarias. Se lo agradezco, gracias.

El señor PRESIDENTE: Bien, entendiendo

que acepta la enmienda, votos a favor de la enmienda…

VOTACIÓN Número de votantes: 27 Presentes: 27 Votos a favor: 27 Escrutinio: se aprueba la enmienda por unanimidad y decae la moción. INCIDENCIAS:

Antes del comienzo del tratamiento

del asunto se realiza un receso.

Tras el receso, a las 12.10 h se

reincorpora a la sesión el señor presidente. Se ausentan definitivamente de la

sesión don Pedro Quevedo Iturbe y don Fernando Navarro Cardoso.

28.- MOCIÓN FORMULADA POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA SOBRE LA RECUPERACIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE EMPLEO DE CANARIAS (PIEC)

“En España, históricamente, se ha adoptado un modelo de crecimiento económico basado en sectores de mano de obra poco cualificados, donde pueden detectarse las deficiencias formativas de los trabajadores y que, tras siete años de crisis financiera y económica, hay que proceder a formar y recualificar para nuevos sectores productivos.

En 2003 la tasa de paro que había en el

Archipiélago era de un 12 %. Hoy, después de años de una durísima crisis económica, la tasa de paro alcanza a un 33 % de la población activa en las Islas.

Por tanto, en un entorno como el actual,

su reinserción en el mercado de trabajo depende de su capacidad para reciclarse y formarse en otras ocupaciones, y es aquí donde entran en escena las políticas activas de empleo.

Teniendo en cuenta que la pérdida de

empleo no afecta por igual a todos los colecUvos ―la tasa de paro total es claramente superior entre los jóvenes menores de 25 años (52 %), personas con un bajo nivel formativo y desempleados de larga duración―, las políticas activas de empleo son un mecanismo clave para mejorar el capital humano y la empleabilidad de aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo o se incorporan por primera vez al mercado de trabajo, siendo, por tanto, imprescindibles para recuperar la senda de creación de empleo y el crecimiento que necesita la economía española.

Las políticas activas de empleo están

estrechamente vinculadas a las políticas de protección social. Desde un punto de vista económico, son un intento de paliar determinados fallos de mercado o desigualdades sociales y de su funcionamiento, y de incentivar los

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comportamientos deseables del mercado de trabajo.

Los fines de las políticas de empleo se

sintetizan en garantizar la igualdad de oportunidades y la no discriminación en el acceso al empleo y en las acciones orientadas a conseguirlo; mantener un sistema eficaz de protección frente a situaciones de desempleo o adoptar un enfoque preventivo frente al desempleo, especialmente el de larga duración, facilitando una atención individualizada mediante acciones integradas de políticas activas que mejoren su ocupabilidad.

Además, buscan asegurar políticas

adecuadas de integración laboral dirigidas a aquellos colectivos que presenten mayores dificultades de inserción laboral, en especial jóvenes, mujeres, discapacitados y parados de larga duración; y mantener la unidad de mercado de trabajo en todo el territorio nacional.

Si la gestión de las políticas activas de

empleo se reduce a una mera cuestión de costes y solo bonifican a las empresas, estaremos contribuyendo a crear bolsas de desempleados de larga duración y de exclusión laboral y social.

En los diferentes presupuestos

generales del Estado elaborados por el PP desde que gobierna España, se puede constatar que no cree en las políticas activas de empleo, y prueba de ello es el recorte constante en los fondos para empleo y la desaparición del Plan Integral de Empleo (PIEC) de Canarias.

El recorte de fondos a Canarias ha ido

en aumento desde la llegada del PP al Gobierno de España: de 222 millones de euros en 2011 se ha pasado a 121 millones en 2012 y a 76 en 2013, hasta llegar a los

70 millones para 2014. A esta reducción se suma la supresión del PIEC.

Canarias, entre otras singularidades, es

una Región Ultraperiférica (RUP), y como tal ha venido recibiendo especial atención, dadas sus elevadas tasas de desempleo, a través del PIEC, un plan que tiene su origen en la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, en la que se redacta una disposición adicional referida a Canarias. En ella se alude a la “situación económica, social y laboral de Canarias, dada su condición de región ultraperiférica derivada de su insularidad y lejanía reconocida por el artículo 138.1 de la Constitución y por el artículo 299.2 del Tratado de la Unión Europea, en orden a incrementar el empleo en su territorio”. La supresión del PIEC imposibilita que 20.000 canarios al año puedan adquirir un puesto de trabajo.

Las Palmas de Gran Canaria tiene 53.566

personas desempleadas, de las que más de 30.000 ya no cobran ningún tipo de prestación por desempleo. Además, 22.930 personas en situación de desempleo carecen de estudios secundarios, lo que dificulta, enormemente, su incorporación al mercado laboral.

Estas cifras ponen de manifiesto que la

ciudad de Las Palmas de Gran Canaria necesita abordar el drama que supone su altísima tasa de paro desde dos perspectivas: la necesidad inmediata de obtener un salario con el que poder sobrevivir y la programación, a largo y medio plazo, para formar a los trabajadores y facilitar su inserción laboral.

Las estrategias a seguir para lograr los

objetivos planteados han sido debatidas en este pleno en varias ocasiones: pasan por la puesta en marcha de Planes de Empleo social y Planes Formativos para desempleados.

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Para poder lograr los objetivos marcados por esta institución es necesario contar con financiación. Por eso debemos exigir a todas las instituciones que cumplan con sus obligaciones con esta ciudad.

Las Palmas de Gran Canaria no se puede

permitir recortes en políticas activas de empleo. Los más de 53.000 vecinos desempleados de la ciudad necesitan respuestas por parte de todas las instituciones. Es importante, por tanto, que defendamos ante el resto de administraciones públicas lo que es necesario para nuestros vecinos.

Por todo lo anteriormente expuesto, el

Grupo Municipal Socialista eleva al Pleno la siguiente propuesta:

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran

Canaria insta al Gobierno de España a volver a dotar de financiación el Plan Integral de Empleo de Canarias (PIEC) para el ejercicio 2014 y sucesivos mientras la tasa de desempleo de las Islas supere el 10 %".

Enmienda del grupo de gobierno: “- Instar al Gobierno de Canarias a que

mejore la gestión de los fondos destinados a empleo, para que de esta manera se puedan incrementar los fondos que vengan a Canarias para políticas activas de empleo, según lo pactado en la conferencia sectorial con el resto de las comunidades autónomas.

- Instar al Gobierno de Canarias a que los planes y convocatorias que desarrolle atiendan en el reparto de los fondos al número de parados de cada municipio”.

Acuerdo: “- Instar al Gobierno de Canarias a que

mejore la gestión de los fondos destinados a

empleo, para que de esta manera se puedan incrementar los fondos que vengan a Canarias para políticas activas de empleo, según lo pactado en la conferencia sectorial con el resto de las comunidades autónomas.

- Instar al Gobierno de Canarias a que los planes y convocatorias que desarrolle atiendan en el reparto de los fondos al número de parados de cada municipio”.

DEBATE. Intervenciones:

El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la portavoz, doña Carmen Luz Vargas, para esta moción.

La señora VARGAS PALMÉS (concejala del

G. M. Socialista): Gracias, presidente, buenas tardes nuevamente a todos y a todas.

En España, históricamente, se ha adoptado un modelo de crecimiento económico basado en sectores de mano de obra poco cualificados, donde pueden destacarse las deficiencias formativas de los trabajadores y que, tras siete años de crisis financiera y económica, hay que proceder a formar y recualificar para nuevos sectores productivos.

En 2003 la tasa de paro que había en el Archipiélago era de un 12 %. Hoy, después de años de una durísima crisis económica, la tasa de paro alcanza un 33 % de la población activa de las Islas.

Por tanto, en un entorno como el actual, su reinserción en el mercado de trabajo depende de su capacidad para reciclarse y formarse en otras ocupaciones, y es aquí donde entran en escena las políticas activas de empleo.

Teniendo en cuenta que la pérdida de empleo no afecta por igual a todos los colecUvos ―la tasa de paro total es claramente superior entre los jóvenes menores de 25 años, alcanzando una tasa del 52 %, personas con un bajo nivel

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formativo y desempleados de larga duración―, las políticas activas de empleo son un mecanismo clave para mejorar el capital humano y la empleabilidad de aquellas personas que se encuentren en situación de desempleo o se incorporan por primera vez al mercado de trabajo, siendo, por tanto, imprescindibles para recuperar la senda de la creación de empleo y el crecimiento que necesita la economía española.

Las políticas activas de empleo están estrechamente vinculadas a las políticas de protección social. Desde un punto de vista económico, son un intento de paliar determinados fallos del mercado o desigualdades sociales y de su funcionamiento, y de incentivar los comportamientos deseables del mercado de trabajo.

Los fines de las políticas de empleo se sintetizan en garantizar la igualdad de oportunidades y la no discriminación en el acceso al empleo y en las acciones orientadas a conseguirlo; mantener un sistema eficaz de protección frente a situaciones de desempleo o adoptar un enfoque preventivo frente al desempleo, especialmente el de larga duración, facilitando una atención individualizada mediante acciones integradas de políticas activas que mejoren su ocupabilidad.

Además, buscan asegurar políticas adecuadas de integración laboral dirigidas a aquellos colectivos que presentan mayores dificultades de inserción laboral, en especial jóvenes, mujeres, discapacitados y parados de larga duración; y mantener la unidad de mercado de trabajo en todo el territorio nacional.

Si la gestión de las políticas activas de empleo se reduce a una mera cuestión de costes y solo bonifican a las empresas, estaremos contribuyendo a crear de bolsas de desempleados de larga duración y de exclusión laboral y social.

En los diferentes presupuestos generales del Estado elaborados por el Partido Popular desde que gobierna en España, se puede constatar que no cree en las políticas activas de empleo, y prueba de ello es el recorte constante de los fondos para el empleo y la desaparición del Plan Integral de Empleo de Canarias.

El recorte de fondos a Canarias ha ido en aumento desde la llegada del Partido Popular al Gobierno de España: de 222 millones de euros en el 2011, se ha pasado a 121 millones en el 2012 y a 76 en el 2013, hasta llegar a los 70 millones para el 2014. A esta reducción se suma la supresión del PIEC.

Canarias, entre otras singularidades, es una Región Ultraperiférica, y como tal ha venido recibiendo especial atención, dadas sus elevadas tasas de desempleo, a través del PIEC, un plan que tiene su origen en la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, en la que se redacta una disposición adicional referida a Canarias. En ella se alude a la “situación económica, social y laboral de Canarias, dada su condición de región ultraperiférica derivada de su insularidad y lejanía reconocida por el artículo 138.1 de la Constitución y el artículo 299.2 del Tratado de la Unión Europea, en orden a incrementar el empleo en su territorio”. La supresión del PIEC imposibilita que 20.000 canarios al año puedan adquirir un puesto de trabajo.

Las Palmas de Gran Canaria tiene 53.566 desempleados, de los que más de 30.000 ya no cobran ningún tipo de prestación por desempleo. Además, 22.930 personas en situación de desempleo carecen de estudios secundarios, lo que dificulta enormemente su incorporación al mercado laboral.

Estas cifras ponen de manifiesto que la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria necesita abordar el drama que supone su altísima tasa de paro desde dos perspectivas: desde la necesidad inmediata

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de obtener un salario con el que poder sobrevivir y la programación, a largo y medio plazo, para formar a los trabajadores y facilitar su inserción laboral.

Las estrategias a seguir para lograr los objetivos planteados han sido debatidas en este pleno en varias ocasiones: pasan por la puesta en marcha de planes de empleo social y planes formativos para desempleados.

Para poder lograr los objetivos marcados por esta institución es necesario contar con la financiación. Por eso debemos exigir a todas las instituciones que cumplan con sus obligaciones con esta ciudad.

Las Palmas de Gran Canaria no se puede permitir recortar en políticas activas de empleo. Los más de 53.000 vecinos desempleados en la ciudad necesitan respuestas por parte de todas las instituciones. Es importante, por tanto, que defendamos ante el resto de las administraciones públicas lo que es necesario para nuestros vecinos.

Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista insta al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria a que el Gobierno de España devuelva la dotación inicial o financiación del Plan Integral de Empleo de Canarias para el ejercicio 2014 y sucesivos, mientras la tasa de desempleo de las Islas supere el 10 %. Gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señora Vargas. Vamos a escuchar en primer lugar al señor Ramírez, por el Grupo Mixto.

El señor RAMÍREZ HERMOSO (concejal del

G. Mixto): Muchas gracias. Estamos ante una de las cuestiones… posiblemente la cuestión capital de este mandato, el propio alcalde el día de su toma de posesión hizo girar prácticamente todo su discurso en torno al tema del desempleo, estamos absolutamente convencidos de que a todos nos preocupa muchísimo.

Efectivamente, desde que el Partido Popular gobierna en el Estado español, el Plan de Empleo para Canarias pasó de 42 a 10 millones, y de 10 millones a 0 euros, eso lo que ha ocurrido. A nosotros eso nos parece gravísimo, sobre todo con los datos que ha presentado la ponente, 33 % de paro en Canarias.

¿Qué efecto ha tenido la desaparición del PIEC? Porque nosotros podremos discutir si el PIEC se gastaba bien, si se gastaba mal, si era mejorable o no mejorable; lo que no es discutible es que hacen falta esos recursos, y el Partido Popular, agarrándose a la poca utilidad de ese dinero, lo que ha hecho es cargarse definitivamente el plan, y los efectos son precisamente hacia las propuestas que ustedes mismos han elaborado, el Plan Re-Activa… El Plan Re-Activa tenía como ficha financiera 18 millones de euros para tres años; en el año 2013 gastaron cero, porque no los tenían; en el año 2014, según nos reconocen a preguntas hechas precisamente para este pleno, van a gastarse unos 4 millones de euros; y en el año 2015 no sabemos qué es lo que va a ocurrir. Y el efecto es que ustedes no tienen esos recursos, precisamente, porque el Partido Popular a nivel estatal ha liquidado el Plan de Empleo, que era de donde venían esos dineros. Además, un Re-Activa que no se diferencia mucho del PIEC, porque incide en la formación, propone sobre todo temas que tienen que ver con la recuperación de determinados sectores… Por lo tanto, no entendemos muy bien cuál es el discurso que se plantea en Madrid y el discurso que se plantea aquí. Por lo tanto, esperamos que en esta ocasión ustedes se quiten la camiseta del Partido Popular y se pongan la camiseta de Las Palmas de Gran Canaria, y defiendan, en este caso, a los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria con su partido en Madrid, porque esos recursos son absolutamente necesarios. Muchas gracias.

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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Ramírez. Señora Barrios. La señora BARRIOS CURBELO

(viceportavoz del G. Mixto): Gracias, señor Cardona.

Una de las peculiaridades de los últimos años en Canarias es el gran desempleo que se ha generado, un gran desempleo no solo como se recoge en la moción, de jóvenes, sino también de padres y madres de familia de más de 45 años, formados, que han estado trabajando y, por la situación económica y de crisis, se encuentran en este momento en un cruel desempleo, y que además ni siquiera están recibiendo los ingresos del paro.

Ustedes han hablado muchísimo de que lo que van a hacer es dar formación, dar formación y dar formación. El PIEC era ese aspecto, era un plan para crear empleo, un plan que ayudaba a esas personas desempleadas en Canarias para conseguir el empleo y, al mismo tiempo, tener un pequeño ingreso para poder solventar su día a día. Hoy nos encontramos con un 33 % de desempleo, que no lo tiene ninguna comunidad autónoma española; con un referente de que tuvimos un dinero que se nos ha quitado, que ciertamente el mensaje de ustedes, del PP, está siendo que si estaba ese dinero y se generaba desempleo, que para qué servía. Nosotros entendemos que todo lo contrario, que debido a ese desempleo más había que aplicarlo, y aplicarlo bien si se estaba aplicando mal, pero no quitarlo, porque está claro que en Canarias se está sufriendo una situación que es irrepetible y que vemos que no termina de arrancar, ni con actividad azul marina, ni verde, ni amarilla. Entendemos que en estos momentos hay que defender los intereses de Canarias, los intereses de Las Palmas de Gran Canaria, y que este plan tiene que volver a aprobarse como se han aprobado otros aspectos en

los Presupuestos Generales del Estado, y no ha pasado nada.

Los canarios, y especialmente Las Palmas de Gran Canaria, que se está viendo afectadísima por el desempleo, necesitan del apoyo de todos nosotros. Ustedes gobiernan en Las Palmas de Gran Canaria, gobiernan en el Cabildo de Gran Canaria, gobiernan a nivel nacional, que es donde se nos han quitado esos 42 millones, y en ese sentido, desde Compromiso entendemos que hay que replanteárselo, y si no se puede ahora ese dinero, desde luego, ir caminando en escalera ascendente y ya plantearse de verdad la ayuda que los desempleados necesitan en formación y en creación de empleo. Gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señora Barrios. Por parte del grupo de gobierno, toma la palabra el señor Romero, concejal de Empleo.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE EMPLEO, BIENESTAR SOCIAL E IGUALDAD (Romero Cerdá): Muchísimas gracias, señor presidente, y muchísimas gracias a todos. Buenos días nuevamente.

Como bien comentan, estamos ante uno de los temas capitales, si no el más importante, desde luego, junto con los que lleva mi compañera Rosa Viera, en lo relativo a las necesidades de los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria: el empleo. Yo creo que, efectivamente, las mociones estas sirven para poner de manifiesto la importancia de esta temática. Yo creo que además el PIEC es un tema que hemos debatido ya en otras ocasiones, y ustedes desde el Grupo Socialista nos traen una moción que están presentando nuevamente en otros ayuntamientos; una moción que no es propia, sino que es del grupo en general.

Comenta el señor Eduardo que es el momento de que el Partido Popular se quite la camisa del Partido Popular y se

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ponga la del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. La camisa del Partido Popular es la camisa del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Me gusta mucho el que escucho ya en la voz de todos ustedes que la prioridad debe estar orientada a la formación; recuerdo que cuando llegamos a este ayuntamiento, muchos partidos todavía no lo tenían claro. Nosotros pusimos de manifiesto y pusimos el énfasis en que el 82 % de los desempleados del municipio de Las Palmas de Gran Canaria no tenían cualificación, que ahí estaba el principal problema; que precisamente derivado del crecimiento económico que se había producido en los últimos años, vinculado a sectores que no requerían esta formación, se había expulsado a muchísima gente de lo que eran los canales de formación, y que teníamos que desarrollar políticas vinculadas a este tipo de cuestiones. Y por eso impulsamos el Plan Re-Activa, precisamente por eso, porque cuando llegamos al Ayuntamiento, lo que nos encontramos fueron las políticas de empleo del pasado, esas políticas de empleo centradas en la contratación de desempleados durante seis meses para hacer limpieza de barandillas, limpieza de barrancos; recuerden aquellas imágenes de parados en la playa de Las Canteras limpiando las barandillas… Esas son las políticas de empleo a las que quieren volver, esas políticas de empleo que propiciaron que del año 2008 al 2011, a pesar de haber gestionado desde Canarias 1.200 millones de euros en políticas de empleo ―repito, 1.200 millones de euros en políticas de empleo, más de 200.0000 millones de las anUguas pesetas―, el desempleo creciera en Canarias un 144 %. Es que duplicaron la cifra de desempleo en Canarias con las políticas de empleo que quieren volver a desarrollar; es que duplicaron, es que no sirvieron. Y ustedes vuelven otra vez sobre lo mismo, a intentar

repetir el mismo error de siempre, cuando ustedes duplicaron con estas políticas la cifra de desempleo que se produjo en Canarias.

No podemos caer en los mismos errores, no debemos caer en los mismos errores, por favor, no podemos caer en los mismos errores. Desde luego, nos preocupa el empleo, nos preocupa el desempleo, y por eso trazamos la estrategia Re-Activa; no solo porque nos encontramos con esa circunstancia, la trazamos precisamente porque el Gobierno de Canarias quiere y vuelve a reeditar los mismos problemas, vuelve reeditar los mismos programas, cuando hay soluciones, efectivamente, para que la gente se pueda formar, pero a la vez pueda recibir una ayuda que le permita vivir, como son los programas de formación en alternancia, por poner un ejemplo, o los programas que desarrollamos desde el Re-Activa.

Usted bien lo ha comentado, el Proyecto Re-Activa fue un proyecto con el que nosotros acudimos al Gobierno de Canarias para que colaborara con el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, para que nos aportara financiación y nos ayudara. Eso es lo que llevamos al Gobierno de Canarias, con una ficha financiera que nosotros estimábamos que era adecuada, razonable.

Efectivamente, estamos haciendo un esfuerzo, pero es que el Gobierno de Canarias no llegó al importe al que nosotros querríamos que hubiera llegado, ojalá hubiera puesto más. No ha sido posible, por eso estamos en 4 millones; más de 4 millones, estamos en cuatro millones y medio, aproximadamente. Pero es que si ve usted los datos, verá que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria es el que aporta la mayor cantidad de recursos a las políticas de empleo; siendo el Gobierno de Canarias el competente en materia de empleo, somos nosotros, desde el Ayuntamiento de Las

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Palmas de Gran Canaria, desde el Partido Popular, los que estamos haciendo las mayores aportaciones a las políticas de empleo. Estamos aportando más de 360.000 euros a las políticas de inserción, más de 2.200.000 euros a las políticas formación para el empleo, más de 700.000 euros para las políticas de apoyo a la emprendeduría, y aun así también estamos aportando 400.000 euros al Plan de Empleo Social. Desde luego, estamos haciendo un esfuerzo importantísimo.

En lo relativo al PIEC, yo creo que tenemos que tener claro y de manifiesto que las políticas de empleo ya pasadas no se volverán a reeditar. Se ha hecho una conferencia sectorial con todos los presidentes de las comunidades autónomas, donde se acordó un nuevo sistema de reparto; un nuevo sistema de reparto más transparente, más equitativo, que hace que las comunidades autónomas sean las que proponen qué políticas de empleo quieren desarrollar y se fijen unos objetivos, y que con base en esos objetivos se produzca un reparto de fondos. Este año el Partido Popular ha incrementado un 8 % el dinero para políticas de empleo dentro de la Conferencia Sectorial. ¿Qué pasa, y qué ha pasado en Canarias? Que precisamente por no ejecutar todo lo bien que se debería esos fondos, aquí ha llegado menos dinero, cuando hay más dinero para políticas de empleo, cuando hay más dinero a nivel general para políticas de empleo dentro de lo que es la Conferencia Sectorial. Y es más, se han trazado nuevas líneas, precisamente, con el apoyo de la Unión Europea, como son las partidas para el Fondo de Garantía Juvenil, donde van a venir más de 117 millones de euros; 117 millones de euros son una oportunidad clara para luchar contra el desempleo en el ámbito de la juventud.

Esas son las políticas de empleo del presente, esas son las políticas de empleo que hay que desarrollar, y son las políticas

de empleo que precisamente están permitiendo que, a pesar de que se duplicara el desempleo en la anterior corporación, a día de hoy, en Las Palmas de Gran Canaria, haya 2.815 desempleados menos que hace un año; aun sin el PIEC, a día de hoy en Las Palmas de Gran Canaria hay 2.815 desempleados menos que hace un año, y eso es gracias a las políticas del Partido Popular.

Yo voy a proponer una enmienda, señor presidente, precisamente vinculada a lo que estamos hablando. Tenemos la Conferencia Sectorial, donde se dirime cómo se reparten los fondos entre todas las comunidades autónomas; tenemos un incremento de fondos por parte del Gobierno de España, que no ha sabido aprovechar el Gobierno de Canarias, y tenemos una oportunidad ahí. Con lo cual, yo propongo a los grupos aquí presentes instar al Gobierno de Canarias a que mejore la gestión de los fondos destinados a empleo, para que de esta manera se puedan incrementar los fondos que vengan a Canarias para políticas activas de empleo, según lo pactado en la Conferencia Sectorial con el resto de comunidades autónomas.

Y aun así, voy a sumar otra enmienda más, porque es otro problema que a nosotros nos importa mucho, que es instar al Gobierno de Canarias a que los planes y convocatorias que desarrolle atiendan en el reparto de fondos al número de parados por municipio. Les recuerdo que en el anterior pleno acordamos todos los grupos de gobierno que el Plan de Empleo Social fijara como único criterio de reparto el riesgo de exclusión social, es decir, las familias que peor lo están pasando. Eso ―lo habrán visto todos ustedes― no ha sido así. Han dejado de lado nuevamente a las familias que peor lo están pasando y no han condicionado los fondos a la situación de cada una de las familias. Muchísimas gracias, señor presidente.

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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Romero. Vamos a un segundo turno de intervenciones. En primer lugar, don José Eduardo Ramírez.

El señor RAMÍREZ HERMOSO: Muchas

gracias, señor alcalde. Vamos a ver, el Plan de Empleo

―casualidades del desUno― se lo liquidaron en Canarias, pero lo mantienen en Galicia y en Extremadura, sorprendentemente, que no creo que tengan mayores problemas de paro que los que tiene Canarias. Vuelven a insistir en cuestionar el Plan de Empleo, vuelven a cuestionar el PIEC. Nosotros también lo cuestionamos, pero eso no quiere decir que eso justifique su liquidación total, porque, efectivamente, los convenios, aquello de contratar gente durante seis meses, oiga, ayudaba a muchísima gente; indudablemente no resuelve el problema, pero ayudaba; pero después usted no habla de otra parte también que financiaba el PIEC, las escuelas taller, las casas de oficios, los talleres de empleo, que precisamente hacían eso, formaban a la gente y se le pagaba un sueldo, y además, hacían obras que tenían una repercusión en la comunidad.

Y con el tema de la camiseta, es que ustedes se ponen la camiseta de Las Palmas de Gran Canaria ―yo no lo dudo― para reclamarle cosas al Gobierno de Canarias como plantea en la enmienda, pero se la quitan cuando hay que reclamárselas al Gobierno central. Déjense la camiseta puesta y reclamen también al Gobierno central los recursos que nos corresponden. Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Ramírez. ¿Alguna intervención más, señora Barrios?

La señora BARRIOS CURBELO: Nosotros, desde Compromiso, somos partidarios, puesto que entendemos que esos fondos nacionales deben seguir viniendo para el PIEC, de que por qué en vez de ser una enmienda transaccional no es una enmienda de adición; que se incorpore a lo que se solicita por el Partido Socialista lo que solicitan ustedes también. No es, ni muchísimo menos, contrario, es complementario, y en ese sentido yo creo que podríamos solicitar al Gobierno nacional y al Gobierno autonómico lo que a Las Palmas de Gran Canaria le corresponde. Yo creo que eso tendría mucho sentido, porque lo que está claro es que se ha quitado un dinero a Canarias desde el Gobierno nacional que todos reconocemos que era esencial. También hay que reconocer lo que usted dice respecto al reparto, que no se están teniendo en cuenta los municipios donde hay desempleo. Pues ¿por qué no sumamos los dos, que se puede hacer perfectamente? Esa es la oferta que hacemos desde Compromiso, porque creo que es compatible, que es complementaria y que nos vendrá muy bien, como ayuntamiento, salir reforzados en el tema del desempleo todos juntos y defender los intereses generales.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señora Barrios. Segundo turno para doña Carmen Luz Vargas.

La señora VARGAS PALMÉS: Podríamos

estar de acuerdo con que el PIEC no funcionó de la manera más óptima posible, podríamos estar de acuerdo; podríamos estar de acuerdo en que no se llame PIEC, que se llame de otra manera. Pero que no se castigue una vez más a Canarias por ser ultraperiferia y, además, la tasa de paro que sufrimos. Nosotros entendemos que financiar medidas de inserción laboral para personas en situación de desempleo de

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larga duración, que en su mayoría no reciben ninguna ayuda, que reciben un contrato temporal, que con eso están cotizando, y que además posteriormente pueden acceder a la prestación de 426 euros, es una inyección de ánimo a esa población del 33 % que alcanza nuestra tasa de paro.

Yo puedo estar de acuerdo con la moción que usted me plantea, con la transaccional, pero recuerde usted que los fondos de Canarias vienen de España. Entonces, en mi moción, si la leyó, que creo que sí, instamos a todas las administraciones. Es que son culpables todas las administraciones de la situación de desempleo que sufren los españoles, y en particular nuestros ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria. Lo que queremos es instar a todas las administraciones para que, si no quiere llamarlo PIEC no lo llame PIEC, la preocupación… fíjese que no me importa que se llame PIEC, pero sí es cierto que no podemos permitir que el Gobierno de España castigue a Las Palmas de Gran Canaria y a Canarias con las tasas de desempleo.

Con el PIEC se conseguía financiar convenios con las cámaras de comercio, financiar convenios con las confederaciones de empresarios, financiar convenios y proyectos con las fundaciones universitarias… Mire, les dábamos un balón de oxigeno a todos esos desempleados que no tenían opción a insertarse en el mundo laboral y social. Solo le pedimos una reflexión de instar a todas las administraciones; meta usted al Gobierno de Canarias, claro que sí, y meta también al Cabildo. Y también quiero recordarle que en el 2013 fuimos el ayuntamiento que menos dinero aportó al Plan de Empleo Social. Me desagrada recordárselo, pero fue así.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Vargas. Para un último turno, señor Romero.

El señor ROMERO CERDÁ: Primero,

miente, porque no fuimos el ayuntamiento que menos dinero aportó al Plan de Empleo Social, segurísimo. Compruebe usted el listado, no fuimos el ayuntamiento que menos dinero aportó al Plan de Empleo Social. Miente. ¿Estamos hablando de porcentajes o de cantidades? Importes.

El señor PRESIDENTE: Les ruego, por favor,

que mantengan silencio mientras interviene el señor Romero.

El señor ROMERO CERDÁ: Eso es mentira.

Segundo, que también yo creo que hice referencia antes y lo acordamos aquí en Pleno, es evidente que el programa o la fórmula para el reparto de fondos en el llamado Plan de Empleo Social fue errónea, y aquí, en el Pleno, todos los partidos aquí presentes dimos cuenta de ello y aprobamos, precisamente, cambiar el criterio de reparto, para que fuera el riesgo de exclusión social el criterio para ese reparto. ¿Qué ha hecho el Partido Socialista? Hacer caso omiso al planteamiento que hizo este pleno, que todos los grupos aquí presentes aprobaron, exceptuando Nueva Canarias, efectivamente, y el Partido Socialista ha hecho caso omiso. Esa es la realidad, que no les importa el riesgo de exclusión social para ese tipo de programas que llaman Plan de Empleo Social, y al final es el criterio que menos les importa a la hora de repartir los fondos, que las personas lo pasen mal. Es evidente que han mentido aquí.

Yo vuelvo, y voy a volver otra vez… Ya por los menos el dogma de la formación creo que lo han adquirido, ahora me falta el dogma de la separación entre lo que son las políticas de empleo y lo que son las

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políticas de atención social o de riesgo de exclusión social. Yo creo que hay que diferenciarlas claramente. Nosotros, desde el Ayuntamiento, lo tenemos claro: políticas de atención social, no hay restricción presupuestaria alguna para ayudar a aquellas personas que peor lo están pasando; políticas de empleo, aquellas orientadas a que las personas puedan conseguir un trabajo, aquellas que permitan que las personas puedan tener las herramientas que les den acceso a un puesto de trabajo, que mejoren su cualificación, que mejoren su formación. Y es ahí hacia donde se deben orientar las políticas de empleo.

Hay herramientas que permiten que aquellas personas que no tienen recursos se puedan formar y a la vez puedan recibir un ingreso. Existen, hay que ejecutarlas y hay que aprovecharlas. Lo que no podemos hacer es volver a las políticas de empleo del pasado. Ustedes me dicen, y me parece bien, y lo dice tanto la señora Barrios como usted, “no me importa el PIEC, llamémoslo de otra manera”. Perfecto, llamémoslo la Conferencia Sectorial de Comunidades Autónomas, llamémoslo de esa manera, y aprovechemos el criterio de reparto que todos han acordado, que establece un criterio que ya permite que el Gobierno de España incremente un 8 % el dinero para las políticas de empleo. Y fijemos un criterio, que además es el que ustedes plantean, que el Gobierno de Canarias pueda ofrecerle al Gobierno de España qué tipo de políticas de empleo quiere ejecutar, que diga qué resultados va a obtener, con todas las comunidades autónomas, y que en función de los objetivos que consiga llegue más dinero para Canarias. Eso es lo que hay, eso es la Conferencia Sectorial, eso es lo que tenemos a día de hoy. No lo llamemos PIEC, llamémoslo Conferencia Sectorial. Aprobemos la moción que tenemos hoy sobre la mesa, la propuesta que estoy llevando yo, que el Gobierno de

Canarias ejecute correctamente y mejore la ejecución, para que como en Cantabria, por ejemplo, donde se han incrementado los fondos para políticas de empleo, se pueda hacer también en Canarias. Es importante también, señor José Eduardo, que tenga presente que ni en Galicia ni en la otra comunidad que usted comentó existe PIEC ni política similar. Lo digo para que no engañe tampoco a la ciudadanía, porque no es verdad.

Entonces, señor alcalde, yo me mantengo en la enmienda que planteo. Creo que es importante reforzar el mensaje del esfuerzo que se está haciendo a nivel nacional, porque el desempleo empieza a bajar. Es evidente que las políticas que ustedes impulsaron no sirvieron, repito, duplicaron o más que duplicaron las cifras de desempleo. Gracias a las medidas estructurales que están permitiendo que vuelva a crecer el tejido productivo, que vuelvan a crecer las exportaciones, que vuelva a crecer la actividad económica, estamos consiguiendo que, poco a poco ―es evidente que no es suficiente y la complacencia aquí no existe―, se vuelva y se recupere el empleo en España. Muchísimas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Romero. Para cerrar, tiene la palabra la señora Vargas.

La señora VARGAS PALMÉS: Bien, voy a

ser bastante breve. No vamos a aceptar su enmienda, no puede ser de otra manera, y sí que le voy a decir que voy a estar a la espera, porque ya van dos calificativos: “demagogia”, “mentira”; espero el tercero. De verdad, flaco favor les hacemos a los ciudadanos con estos calificativos y con estos absurdos que traemos, de ustedes lo hicieron peor, nosotros lo hacemos mejor… Mire, usted tiene la posibilidad de hacerlo mejor; claro, claro, la tiene, pero disminuya

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la tasa de desempleo, que es lo que esperamos todos. Gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señora Vargas, en eso estamos. Vamos a la votación. VOTACIÓN Número de votantes: 27 Presentes: 27 Votos a favor: 16 (G. M. Popular) Votos en contra: 11 [8 (G. M. Socialista); 3 (G. Mixto)] Escrutinio: se aprueba la enmienda por mayoría absoluta y decae la moción. INCIDENCIAS:

Durante el debate del asunto se

ausentan y se vuelven a incorporar a la sesión los siguientes corporativos:

- D. Martín Muñoz García-Borbolla - D. Aridany Romero Vega

29.- MOCIÓN FORMULADA POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA RELATIVA A DESTINAR EL PALACETE RODRÍGUEZ QUEGLES A ESPACIO CULTURAL

“El Palacete Rodríguez Quegles es uno

de los edificios más importantes del municipio de Las Palmas de Gran Canaria. Este inmueble constituye uno de los máximos exponentes de la arquitectura modernista en Canarias. Su construcción comenzó en el año 1900 y el diseño se le encargó al arquitecto madrileño Mariano Belmás. La intención del promotor de la obra, don Domingo Rodríguez Quegles, era regalarle a su prometida la más hermosa y suntuosa de todas las viviendas de la calle Pérez Galdós. Y así fue, sin duda, el palacete se convirtió en referente para

todos los vecinos de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.

En 1972 el Ayuntamiento compró el

edificio para destinarlo al Conservatorio de Música, pero unos años más tarde, en 1990, la infraestructura se hizo pequeña para dicha actividad y la Administración municipal decidió cederlo al Gobierno de la Comunidad Autónoma a cambio de que este acometiera las inversiones necesarias para dejarlo en buen estado.

En 1992 se iniciaron las obras de

reforma, embellecimiento y recuperación de los materiales nobles ocultos. Estas obras consiguieron devolver al edificio la majestuosidad de la que había gozado durante las primeras décadas del siglo XX. Desde 1995, el Rodríguez Quegles lo ocupan distintas áreas culturales del Gobierno de Canarias.

Este edificio modernista aparece en

muchas guías turísticas como parada obligada para todos aquellos que nos visitan. Sin embargo, cuando un turista se acerca a verlo, solo puede disfrutar su exterior. Pero el valor de este histórico inmueble no es meramente arquitectónico, su interior también contiene elementos dignos de ser admirados por quien quiera visitarlo.

En estos días el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria recuperará su uso y tendrá la oportunidad de ponerlo a disposición de vecinos y visitantes. Es fundamental que su uso siga centrado en la actividad cultural y permita el libre acceso de la ciudadanía a su interior.

En este municipio tenemos un

Patrimonio Histórico Arquitectónico de muchísimo valor que durante años ha permanecido oculto. Por suerte, poco a poco, se ha ido recuperando y poniéndose a disposición de la ciudad: es el caso de las

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Casas Consistoriales, el Castillo de La Luz, el Hospital de San Martín o el Castillo de Mata (que esperemos que abra ya sus puertas). Sumar el Rodríguez Quegles a este listado supone, sin duda, mejorar la oferta cultural y turística del municipio.

El palacete cuenta con dos zonas

claramente diferenciadas: por un lado, de oficinas; y por otro, salas amplias que podrían servir como espacios de exposición en el mismo centro de la ciudad. Estas salas se podrían dedicar no solo a exponer fondos municipales, sino como recinto expositivo de artistas noveles que año tras año manifiestan al Ayuntamiento la necesidad de contar con espacios dignos en los que mostrar sus obras.

Por todo lo anteriormente expuesto, el

Grupo Municipal Socialista eleva al Pleno la siguiente propuesta de acuerdo:

Estudiar la posibilidad de destinar el

Palacete Rodríguez Quegles a uso cultural, dedicando las dependencias del piso alto a la Concejalía de Cultura y las salas de la planta baja a salas polivalentes para actividades culturales y exposiciones”.

DEBATE. Intervenciones:

El señor PRESIDENTE: Para defender esta moción tiene la palabra la portavoz, señora Mena.

La señora MENA ALONSO (portavoz del G.

M. Socialista): En este mes, en las próximas semanas, va a recuperar la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria una infraestructura importantísima para todo el conjunto arquitectónico del municipio. Una infraestructura que, además, es una de las señas de identidad de lo que supuso una época cultural concreta para la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria: el Modernismo. Si de algo puede presumir

esta ciudad, es precisamente de esa materia, de la arquitectura, y precisamente, con los edificios modernistas que tiene y con el Racionalismo, que son las dos características fundamentales de este municipio.

Este palacio, el palacete, con una historia ya conocida por prácticamente toda la ciudad, puede pasar a ser un símbolo para todos los ciudadanos; no solamente para los vecinos de la capital, sino también para todos aquellos que nos visitan desde otros municipios y desde otros países. Un espacio que en los últimos años estuvo ocupado por el Gobierno de Canarias, y que ahora, insisto, recupera la ciudad.

Este espacio entendemos, desde el Grupo Socialista, que debe ser abierto a la ciudadanía, que debe ser un espacio cultural por excelencia, porque además Las Palmas de Gran Canaria lo necesita. Es un espacio que efectivamente tiene un piso alto que debe ser ocupado por oficinas, por la propia configuración del interior del edificio, pero tiene un piso bajo que puede ser utilizado como espacio cultural; además, como un espacio cultural que Las Palmas de Gran Canaria reclama, que reclaman los colectivos culturales, que lo han reclamado en todas las mesas de debate que se han puesto en marcha desde este ayuntamiento en el pasado mandato y en este; que es un espacio de exposición para los artistas noveles, un espacio de exposición para la gente joven, o no tan joven, que se atreve a poner su obra a disposición del público y que se encuentra con muchísimas dificultades en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.

Necesitamos este tipo de infraestructuras, lo necesitamos porque además este espacio, esta necesidad, iba a ser cubierta con el Parque de Las Creaciones, con el Manuel Lois, y a fecha de hoy parece que no va a ser de esa manera.

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El Palacete Quegles tiene valor en sí mismo, obviamente tiene un valor exterior, ese valor arquitectónico del que hablábamos, pero también tiene un valor interior; un valor cultural que debe, insisto, estar a disposición de la ciudadanía. Por eso nosotros creemos que debe albergar un espacio abierto que permita que no solo observemos el edificio desde fuera, tanto visitantes como vecinos, como ha ocurrido hasta ahora, sino que se nos permita el acceso al interior continuamente.

Si uno coge las guías de viaje o las páginas webs que hablan de Las Palmas de Gran Canaria, se da cuenta de que la mayor parte de ellas tiene el Palacete Rodríguez Quegles como uno de los puntos de referencia que debe visitar el turista que llega aquí. La pena es que cuando el turista se dirige a la calle Pérez Galdós, cuando se dirige al Palacete, se queda detrás de la reja y lo tiene que admirar solamente por fuera, porque los últimos años no ha tenido la oportunidad de entrar.

Con la propuesta que nosotros hacemos, ese Palacete quedaría abierto a la ciudadanía. Podría albergar las instalaciones de la Concejalía de Cultura; podría albergar un espacio cultural que permitiría, insisto, que los artistas noveles pudieran tener un espacio expositivo de referencia al que ir todos los ciudadanos; también podría albergar los propios fondos de este ayuntamiento en el tiempo en que no hubiera exposiciones. Pero además, ese uso permitiría abrirlo en un horario fijo a la ciudadanía, a los vecinos, a la Isla y a los que nos visitan. Por eso entendemos que la propuesta que hacemos cumple esa triple función y que beneficia profundamente, tanto de forma cultural como de forma turística, a esta capital.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señora Mena. ¿Alguna intervención? Señor Ramírez.

El señor RAMÍREZ HERMOSO (concejal del G. Mixto): Muchas gracias, simplemente para anunciar el apoyo en la línea de algunas propuestas que Nueva Canarias también ha hecho, poniendo en valor el patrimonio de la ciudad, sobre todo en aspectos culturales. Por lo tanto, apoyaremos la moción.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

Señora Barrios. La señora BARRIOS CURBELO

(viceportavoz del G. Mixto): Este edificio, el Palacete Quegles, sin lugar a dudas es un referente en nuestra ciudad, es una joya externa e interna, y en ese sentido que se convierta en un museo de la ciudad sería ideal, tal y como se está proponiendo en la moción del PSOE, que parte del mismo no solo sean oficinas, sino también abierto al público y con una exposición. Tenemos muchísimos cuadros de pintores de nuestra ciudad que están guardados porque no hay lugar donde se puedan exponer. Nosotros entendemos que este espacio es un espacio importante y que puede, sin lugar a dudas, ser aprovechado tal y como se está proponiendo en esta moción del PSOE, y la vamos a apoyar.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señora

Barrios. Por parte del grupo de gobierno, señora García Bolta.

La señora CONCEJALA DE GOBIERNO DEL

ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES (García Bolta): Buenas tardes, muchas gracias, señor presidente.

El denominado Palacete Rodríguez Quegles, de comienzos del siglo XX, es, sin duda, un exponente… por su lenguaje arquitectónico, por toda su edificabilidad y por una serie de características, que sin duda constituyen una pieza fundamental dentro del estilo arquitectónico modernista de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria,

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y como tal, todos sabemos que está catalogado entre los monumentos histórico-artísticos y tiene un grado de protección integral.

Este grupo de gobierno, hace ya casi dos años, se interesó por la recuperación del edificio cuando se cumpliese la fecha, que es justo ahora, en el 2014, y nos pusimos en contacto, en concreto, recuerdo, el señor alcalde y yo misma después, con las autoridades del Gobierno de Canarias, a fin de que tuviesen por seguro que teníamos intención de recuperar el edificio para uso cultural, y yo misma lo visité para ir recordando, un poco, todas esas maravillosas estancias que tiene el edificio en las dos plantas principales, creo recordar que eran cuatro abajo y cuatro arriba.

No cabe duda, pues, del interés arquitectónico del propio edificio, que requiere por sí ser objeto de exposición, el mismo edificio, con aquellas espléndidas escaleras, las vidrieras, la propia fachada, la rejería de Fernando Navarro, la carpintería del exterior, pero también los papeles pintados de las paredes, los muebles que allí se conservan, es decir, que la mayor parte del edificio es una muestra de la vida social y cultural del siglo XX, en concreto del Modernismo. Como digo, el propio edificio en sí es objeto de uso cultural y representa una etapa muy brillante, muy significativa, de la ciudad.

En este sentido, todavía el edificio no se ha recibido, está a punto de recibirse, no se ha firmado el acta de recepción, y desde que se reciba, se harán unas pequeñas obras de acondicionamiento, que necesita en cubiertas y demás, y naturalmente, como ya lo teníamos previsto, su uso va a ser estrictamente cultural.

El señor PRESIDENTE: Muy bien, ¿alguna

intervención más por parte el grupo proponente?

La señora MENA ALONSO: Me alegra muchísimo escuchar eso, señora García Bolta, porque, efectivamente, tal y como ha relatado, el edificio tiene un valor en todo su conjunto, aunque solo hayamos podido disfrutar del exterior desde que dejó de ser Conservatorio de Música, entra muy poquita gente a observar el interior; todo lo que hay en el interior del edificio debería tener un grado de protección, incluido ese papel pintado, que a los que tenemos la suerte de haber podido estar dentro nos ha admirado profundamente, te paraliza cuando llegas a observarlo. Por tanto, me alegro de que encontremos unanimidad, entiendo, en esta moción, y que ese espacio vaya a tener definitivamente un destino cultural, que al final es lo que se venía proponiendo, al menos desde el mandato pasado, por parte de la Corporación anterior, de todos los grupos de la Corporación anterior, e incluso, también, por todas las personas que participaron en la mesa cultural del Proa 2020, que entendían que este debería ser un nuevo espacio de referencia cultural para el municipio. VOTACIÓN Número de votantes: 27 Presentes: 27 Votos a favor: 27 Escrutinio: se aprueba por unanimidad de los corporativos presentes.

ASUNTOS DE URGENCIA DEBATE. Intervenciones:

La señora SECRETARIA GENERAL: Se han propuesto cuatro asuntos de urgencia, los relacionados del 31 al 34 con la nueva numeración, por parte del Servicio de Urbanismo. No sé si la Presidencia dispone que se realice la votación de la urgencia conjunta o por separado de cada punto.

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El señor PRESIDENTE: Si no tienen inconveniente los miembros de la Corporación, y a efectos de economía procesal, vamos a proceder a la votación conjunta de los puntos que se traen con carácter de urgencia, entendiendo que uno se refiere a Urbanismo, en este caso, el convenio sobre el Parque Deportivo del Estadio Insular, y un segundo bloque es relativo a expedientes de modificación de créditos. Por ambos concejales, concejal de Urbanismo y concejal de Hacienda, ¿pueden expresar los motivos por los que traemos al Pleno estos asuntos con carácter de urgencia?

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN (Gutiérrez Márquez): Sí. En primer lugar podemos llevar, yo creo que conjuntamente… pues aprovechamos el hecho de que se llevaba a una comisión de pleno el tema del convenio del Estadio Insular, y hemos introducido modificaciones para que fueran más rápidas, con lo cual yo creo que la misma explicación puede valer para ambos.

Está clarísimo que una de las obras que puede ser simbólica para el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria es el Parque Deportivo del Estadio Insular. En este sentido, consideramos que es importantísimo que los ciudadanos puedan beneficiarse de estas excelentes instalaciones que se van a tener en un futuro. El tiempo es corto, el que tenemos para poder terminar dicha instalación, y por otra parte, hay que poner de acuerdo a muchas administraciones, con lo cual, todo el tiempo que se pueda acortar este procedimiento, bienvenido sea, y de ahí el tema de llevar por urgencia esta cuestión.

VOTACIÓN DE LA URGENCIA Número de votantes: 27 Presentes: 27 Votos a favor: 27

Escrutinio: es ratificada la urgencia por unanimidad de los corporativos presentes.

ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y AGUAS SERVICIO DE URBANISMO 30.- SUSCRIPCIÓN Y APROBACIÓN DEL CONVENIO POR ESTE AYUNTAMIENTO CON EL EXCMO. CABILDO DE GRAN CANARIA PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO “PARQUE DEPORTIVO DEL ESTADIO INSULAR”

Se adopta el siguiente acuerdo:

“ANTECEDENTES 1.º Con fecha 16 de abril de 2014, el jefe

del Servicio de Urbanismo emite informe en el que concluye:

“(…) Por lo expuesto, es por lo que se

PROPONE: -La redacción y tramitación del

expediente administrativo para proceder a la aprobación de un convenio de colaboración entre el Excmo. Cabildo de Gran Canaria y el Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para la ejecución del proyecto denominado “Parque Deportivo del Estadio Insular”.

2.º En virtud de Resolución número

14403/2014, de fecha 21 de abril, del concejal de gobierno del Área de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Vivienda y Aguas, se acuerda la iniciación del expediente para la aprobación del convenio de colaboración entre el Excmo. Cabildo de Gran Canaria y el Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para la ejecución del proyecto

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denominado “Parque Deportivo del Estadio Insular”.

3.º Consta en el expediente informe

favorable del Órgano de Gestión Presupuestaria de fecha 16 de mayo de 2014.

4.º Con fecha 16 de mayo de 2014 el

director general de la Asesoría Jurídica emite informe de conformidad al respecto.

5.º La Intervención General informa con

carácter favorable el expediente con fecha 21 de mayo de 2014.

DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES,

FUNDAMENTALMENTE I.- Los artículos 15 y 16.3 de la Ley

14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en relación, respectivamente, a los convenios de colaboración a celebrarse entre el correspondiente Cabildo Insular y Administraciones Locales de su isla y la autorización expresa del Pleno Municipal para ello.

II.- El artículo 123.1.h) de la Ley 7/1985,

de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, en cuanto a la aprobación del gasto.

III.- El artículo 174.3 del RD 2/2004, por

el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.

Por todo lo anteriormente expuesto, y

en los términos propuestos por el señor concejal de gobierno del Área de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Vivienda y Aguas, el Pleno de la Corporación

ACUERDA

PRIMERO. Aprobar la suscripción del Convenio de colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y el Excmo. Cabildo de Gran Canaria para la ejecución del proyecto denominado “Parque Deportivo del Estadio Insular”, así como autorizar la elevación de los porcentajes a que se refiere el artículo 174.3 del TRLHL.

SEGUNDO.- Aprobar, en consecuencia, el

contenido del Convenio, cuyo texto propuesto es el siguiente:

“CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE

EL EXCMO. CABILDO DE GRAN CANARIA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO “PARQUE DEPORTIVO DEL ESTADIO INSULAR”

En Las Palmas de Gran Canaria, a ………..

de …….. de 2014.

REUNIDOS De una parte, el Excmo. Sr. D.

_____________, cargo que le fue designado en virtud del Decreto presidencial --------, asistido de __________________.

Y de otra, el Ilmo. Sr. D. Juan José Cardona González, alcalde-presidente del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, cargo para el que fue designado en la sesión plenaria constitutiva del Ayuntamiento celebrada con fecha 11 de junio de 2011.

INTERVENCIÓN Y CAPACIDAD

Don ---------, en nombre y representación

del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, estando especialmente facultado para este acto, en aplicación de los artículos 15 y 16 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de las Administraciones Públicas de Canarias, en

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virtud del acuerdo plenario de fecha ------ y don ---------

Don Juan José Cardona González, en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria encontrándose especialmente facultado para este acto en virtud del acuerdo del Pleno Municipal de fecha ----; todo ello también en aplicación de los referenciados artículos 15 y 16 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de las Administraciones Públicas de Canarias.

Los comparecientes, que actúan en

función de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto, libremente

EXPONEN

PRIMERO.- El Excmo. Cabildo de Gran

Canaria es propietario del inmueble del viejo Estadio Insular ubicado en una parcela de 20.194,21 m² que se encuentra situada en el barrio de “Alcaravaneras” de esta ciudad, entre las calles Manuel González Martín (al norte), Plaza sobre los túneles “Julio Luengo” y “Ciudad Jardín” (al sur), calle Pío XII (al naciente) y Paseo de Chil (al poniente).

SEGUNDO.- En el documento de Adaptación Básica del Plan General Municipal de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, que fue aprobado definitivamente por Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias de fecha de 9 de marzo de 2005, se recogía como ámbito de ordenación diferenciada el DET-18 correspondiente al antiguo Estadio Insular.

En la ficha correspondiente a este ámbito, se establecía como objetivo “determinar la ordenación de la totalidad de la parcela del antiguo Estadio Insular destinado a uso dotacional-terciario, fundamentalmente Espacio Libre”, recogiéndose en la misma los usos, ocupación y altura que debían cumplirse, dejando a criterio del propio documento de Estudio de Detalle, que se redactase, la conveniencia de la conservación de algunos elementos edificatorios, bien por sus propios valores arquitectónicos, bien por la memoria de haber sido Estadio Insular.

TERCERO.- Frente al acuerdo plenario del

Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria de fecha 30 de septiembre de 2005, por el que se aprobó el Estudio de Detalle DET-18 “Parcela antiguo Estadio Insular”, que desarrollaba las determinaciones de la Adaptación Básica, se interpuso recurso contencioso administrativo, sustanciándose bajo el número de procedimiento ordinario 265/2005 del TSJC, dictándose sentencia con fecha 9 de abril de 2008 en cuyo fallo se recogía:

“Estimar el recurso contencioso n.º 265/2005 interpuesto por el procurador don Esteban Pérez Alemán contra el Estudio de Detalle promovido por el Cabildo de Gran Canaria correspondiente al ámbito DET-18 “Parcela antiguo Estadio Insular” y la Adaptación Básica Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria que también se recurrió de forma indirecta en aquel particular por no ser ajustados a derecho”.

En definitiva, se anulaba en su totalidad

el Estudio de Detalle DET-18 al no ser el instrumento adecuado para decidir respecto a la conservación de los valores arquitectónicos así como la Adaptación Básica del Plan General en lo relativo a la catalogación del Estadio Insular.

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CUARTO.- Con fecha 24 de abril de 2008 se solicitó, por parte del Cabildo de Gran Canaria, la revisión de las ordenanzas municipales que afectaban a la parcela del antiguo Estadio Insular.

La modificación puntual solicitada fue

aprobada inicialmente por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, con fecha 25 de septiembre de 2009, procediéndose a su aprobación definitiva por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC), en sesión celebrada el 23 de noviembre de 2010, publicándose dicho acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias número 39, de febrero de 2011.

QUINTO.- La Comisión de Ordenación del

Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 29 de octubre de 2012,

acordó la aprobación definitiva del documento de la Adaptación Plena del Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria regulando, en el Anexo a las Normas Urbanísticas que recoge las Fichas de Áreas de Ordenación Diferenciada, la parcela del Estadio Insular como Sistema General SG-19 “Parque Urbano Equipado del Estadio Insular”.

La ordenación que se establece en la

ficha correspondiente a través de las Directrices de Ordenación, las Determinaciones Ambientales y las Determinaciones específicas no deja lugar a dudas respecto al uso principal propuesto para el recinto, que no es otro que el de espacio libre, haciéndose referencia al mismo como parque urbano en la propia denominación del SG-19.

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SEXTO.- El Ayuntamiento ha redactado,

de conformidad con las determinaciones recogidas en la ficha del SG-19, el proyecto denominado “Parque Deportivo del Estadio Insular”. Siendo su finalidad la puesta en uso de un espacio simbólico que se encuentra actualmente cerrado y sin actividad en el centro de la ciudad.

El Proyecto tiene como principal objetivo

incorporar el recinto interior del antiguo Estadio Insular al sistema de espacios

públicos de la ciudad, potenciando sus cualidades paisajísticas y las actividades de ocio y deportivas al aire libre.

Asimismo pondrá a disposición de los

vecinos una explanada de césped de unos seis mil metros cuadrados (6.000,00 m2) y una zona arbolada de unos dos mil trescientos metros cuadrados (2.300,00 m2), destinada esta última fundamentalmente a un Palmetum, lo que dotará de una cualidad especialmente

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significativa al recinto confirmando, así, la vocación de la ciudad como Palmeral del Atlántico, consolidando una auténtica red de palmerales en nuestra ciudad.

El proyecto incluye además una

superficie de quinientos metros cuadrados (500,00 m2) para canchas deportivas al aire libre, un circuito para correr de trescientos metros lineales (300 m) y un parque infantil de unos mil seiscientos metros cuadrados (1.600,00 m2).

SÉPTIMO.- La integración en el entorno

inmediato es clave para entender la vocación urbana de la pieza. Para ello las principales acciones que contiene el proyecto son:

• La demolición por completo de la fachada sur (sin ningún tipo de valor ni protección), haciendo permeable y volcando el nuevo parque deportivo a la zona de Ciudad Jardín, con acceso por la calle Doctor José Ponce Arias, donde se ubicará la zona de parque infantil vinculada a la existente en la zona este (sobre los túneles).

• En la fachada norte existirán dos accesos, cada uno de ellos en continuidad con las calles Concepción Arenal y General Mas de Gaminde respectivamente, dejando ver los pórticos de hormigón que sustentan la fachada y la cubierta y poniendo en valor

la mencionada ingeniería, pues se encuentra catalogada.

• Con respecto a la zona de poniente-grada curva se suprime el actual cierre, dándoles así un acceso, y sobre todo unas vistas impresionantes, a los ciudadanos desde el Paseo de Chil.

• La fachada este (el edificio que da a la calle Galicia) se recubre con lona (arquitectura textil), envolviendo ese recinto hasta la puesta en uso de dicha edificación.

• Para conseguir un ambiente “de jardín” hacia el interior del recinto en la grada de tribuna se propone un ajardinamiento, creando un telón de fondo con plantas trepadoras, evitando además con ello el uso del graderío.

• La escenografía propuesta para la grada curva consiste en grandes masas de vegetación vertical confinadas en enormes maceteros y para la grada naciente se pondrá una valla en segunda línea del graderío recubriendo la primera línea de césped artificial y madera.

• Asimismo, en la zona central del recinto se dispondrá de un área de sombra formada por arquitectura textil, junto con ligeras construcciones de servicio a los usuarios.

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OCTAVO.- El artículo 57 de la vigente

Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, prevé que la cooperación económica, técnica y administrativa se desarrollará, con carácter voluntario, bajo las formas y en los términos previstos en las leyes, pudiendo tener lugar, en todo caso, mediante los convenios administrativos que se suscriban.

De igual modo, el artículo 15 de la Ley

Territorial 14/1990, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, consagra el convenio como instrumento de colaboración entre Administraciones Públicas para la consecución de los fines comunes de interés público.

NOVENO.- De conformidad con lo

anterior ambas partes manifiestan su voluntad de celebrar el presente “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. CABILDO DE GRAN CANARIA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO PARQUE

DEPORTIVO DEL ESTADIO INSULAR”, el cual se otorga con arreglo a las siguientes

ESTIPULACIONES

PRIMERA.- El presente Convenio tiene

por objeto fijar el marco de colaboración necesario para la ejecución del proyecto denominado “Parque Deportivo del Estadio Insular” redactado por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y aprobado por el concejal de gobierno del Área de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Vivienda y Aguas, mediante Resolución número 16061/2014, de 7 de mayo, cuyo presupuesto total asciende a la cantidad de UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL EUROS (1.800.000,00 €).

Se adjunta como parte integrante de

este convenio copia del proyecto denominado “Parque Deportivo del Estadio Insular” como Anexo I.

SEGUNDA.- Estando las partes

conformes con el proyecto “Parque

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Deportivo del Estadio Insular” acuerdan que la obra será financiada al 50 % entre el

Cabildo y el Ayuntamiento, según el cuadro y anualidades expuestas a continuación:

EJERCICIO CABILDO € AYUNTAMIENTO

TOTAL €

2014 300.000,00 € 300.000,00 € 600.000,00 €

2015 600.000,00 € 600.000,00 € 1.200.000,00 €

TOTAL 900.000,00 € 900.000,00 € 1.800.000,00 €

La ejecución de las obras deberá

acomodarse, en todo caso, a la financiación expuesta en el cuadro anterior.

TERCERA.- Corresponderá al

Ayuntamiento, bien directamente o a través de su sociedad municipal de Gestión Urbanística de Las Palmas, S. A. (GEURSA), la realización de todos los trámites administrativos para la licitación, adjudicación, contratación, así como la ejecución y dirección de las obras, todo ello con sometimiento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local y disposiciones complementarias, el Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento y resto de normativa aplicable a las Corporaciones Locales.

El Ayuntamiento deberá hacer frente a cuantas reclamaciones pudieran formularse por terceros como consecuencia directa o indirecta de la ejecución de las obras.

El Cabildo podrá realizar cuantas visitas

a la obra estime convenientes y solicitar las aclaraciones y efectuar las sugerencias que estime oportunas de cara al buen fin de las obras.

Al tratarse de una obra co-financiada por el Cabildo y el Ayuntamiento, el primero deberá estar presente en el acta de replanteo, comprobación de replanteo y recepción de las obras, por lo que, a tal fin, el Ayuntamiento comunicará tal circunstancia al Cabildo con quince días (15) de antelación a la fecha prevista para ello.

CUARTA.- La obligación que incumbe al

Cabildo de financiar las obras conforme a lo previsto en la Estipulación Segunda se someterá al siguiente régimen:

1.- Una vez adjudicadas las obras y

formalizado el correspondiente contrato, el Ayuntamiento remitirá al Cabildo una copia del mismo, así como del resto de documentación contractual de las obras que fuere requerida por la Corporación Insular, sin cuyo requisito no se procederá al abono de las cantidades estipuladas.

2.- La baja en el importe de adjudicación

de la obra “Parque Deportivo del Estadio Insular”, con respecto al presupuesto de ejecución por contrata fijado en la cantidad de UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL EUROS (1.800.000,00 €), no podrá ser utilizada para minorar la cantidad máxima de financiación prevista para cada anualidad recogida en la Estipulación Segunda.

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Dicha diferencia entre la baja y el presupuesto de ejecución por contrata se destinará a abonar al licitador las modificaciones a que se refiere el artículo 234.3 del TRLCSP, o la revisión de precios del artículo 89 y ss. del TRLCSP a que diera lugar la ejecución del contrato, sin que, en ningún caso, los conceptos indicados puedan superar el tope máximo de financiación.

3.- Una vez aprobado el presupuesto de

la anualidad correspondiente, el Cabildo abonará al Ayuntamiento las cantidades previstas en la Estipulación Segunda, previa remisión, por parte de la Corporación municipal, de las correspondientes certificaciones mensuales. Las referidas certificaciones deberán cumplir los

requisitos previstos en la normativa vigente.

QUINTA.- De conformidad con el

principio de “cooperación y colaboración entre las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus competencias sobre el dominio público” y considerando que el Ayuntamiento es la institución idónea para gestionar el uso público del parque que se va a generar en el antiguo Estadio Insular, ambas partes se comprometen a llevar a cabo la mutación demanial objetiva de parte del inmueble, que habrá de formalizarse antes de la finalización de las obras de conformidad con la normativa de aplicación.

SEXTA.- Que si bien el proyecto a

ejecutar recoge actuaciones en la totalidad del SG-19 denominado “Parque Urbano Equipado del Estadio Insular”, solo es objeto de mutación demanial la zona anteriormente identificada, manteniendo el

Cabildo Insular la titularidad de la misma, así como la del resto del inmueble (zona norte y zona este), y quedando ambas a disposición de la Corporación Insular una vez finalizadas las obras, quien podrá disponer del mismo conforme a las

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determinaciones urbanísticas recogidas en la propia ficha del SG-19.

SÉPTIMA.- El mantenimiento futuro de

los inmuebles resultantes corresponderá en exclusiva a la Administración gestora de los mismos.

A los efectos se hace constar que el Ayuntamiento acredita que los gastos de mantenimiento que le corresponden se encuentran cubiertos con las partidas actualmente existentes en las unidades administrativas afectadas, Parques y Jardines y Alumbrado.

OCTAVA.- Ambas partes acuerdan que si

la parte del inmueble que será objeto de mutación demanial objetiva deja de mantener su destino de dominio público antes del plazo de treinta años, esta revertirá al Cabildo con todas sus pertenencias y accesiones.

NOVENA.- Las partes quedan sujetas a

la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas en caso de posibles cuestiones litigiosas surgidas sobre su contenido y aplicación.

DÉCIMA.- Si por cualquier circunstancia

las obras no pudieran iniciarse, o llevarse a término, el Ayuntamiento comunicará tal circunstancia al Cabildo a los efectos oportunos, quedando el presente Convenio de Colaboración sin efecto. Asimismo, el incumplimiento de las obligaciones que les incumben, por cualquiera de las partes, dará lugar a la resolución del presente Convenio de Colaboración.

UNDÉCIMA.- El presente Convenio de

Colaboración comenzará a surtir efectos desde el momento mismo de su firma y permanecerá en vigor hasta la finalización de las obras, salvo que se produjese su

resolución anticipada de conformidad con la estipulación anterior.

Y, en prueba de conformidad con lo

expuesto, los comparecientes firman el presente Convenio, así como los documentos anexos que forman parte inherente del mismo, por quintuplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, quedando una copia en poder de cada parte firmante”.

TERCERO.- Comunicar el acuerdo

adoptado al Cabildo de Gran Canaria y dar traslado a los servicios municipales competentes en la tramitación para su ejecución”.

DEBATE. Intervenciones:

El señor PRESIDENTE: Bien, señor Martín Muñoz, puede tomar la palabra.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y AGUAS (Muñoz García-Borbolla): Muchas gracias, señor presidente.

Admitida la urgencia, vamos a referirnos al convenio que vamos a celebrar con el Cabildo Insular de cara a que sea, efectivamente, una realidad el Parque Deportivo que se pretende realizar en la antigua instalación del Estadio Insular.

Hace quince años, la ciudad decidió que había llegado el momento de construir una ciudad deportiva moderna, y así lo incluyó en la ordenación del Plan General del año 2000, eligiendo para su ubicación el barrio de Siete Palmas, con más de 300.000 m2, que fueron cedidos de forma gratuita por parte del Ayuntamiento al Cabildo. Esta ciudad es hoy en día una realidad, con el Estadio de Gran Canaria como eje central y el Gran Canaria Arena, además otras instalaciones accesorias.

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A diferencia de lo ocurrido con otras ciudades, con el viejo Estadio Insular no se alentó ninguna operación de recalificación urbanística; antes al contrario, teniendo muy clara la necesidad de equipamientos en el barrio donde se ubica, donde existe la instalación, pues se decidió destinarlo a espacios libres, así como también a espacio deportivo abierto. Promovido por el Cabildo en el anterior mandato un concurso de ideas para el citado Estadio Insular, las ganadoras fueron recogidas y plasmadas en el propio Plan General.

En el actual mandato, el Cabildo mantuvo su compromiso de ejecutar la transformación del Estadio, y para ello indagó una fórmula de colaboración público-privada para ejecutar la totalidad del proyecto. Sometida a información pública la oferta empresarial recibida, la misma fue rechazada por no adaptarse a los requerimientos consensuados en el Plan General por todos.

Yo creo que a los administradores de los recursos públicos lo que se nos tiene que exigir son básicamente dos cosas: eficacia y eficiencia. En este sentido, no disponiendo de recursos suficientes para ejecutar el proyecto inicialmente previsto, hemos tomado la iniciativa de llevar a cabo una opción, que es la más rentable para la ciudad y los ciudadanos, y por esa razón encargamos a los técnicos municipales la redacción de un proyecto para la zona del Estadio Insular, en las zonas verdes, siguiendo las ideas recogidas en el Plan General. Un proyecto que ha tenido coste cero para la ciudad, y por consiguiente, a pesar de haber recibido algunas críticas por la utilización de estos recursos municipales, hemos considerado que era lo más oportuno, debido a la reducción de costes que ello nos supone.

Aprobado el Plan General vigente, en octubre del año 2012, la ordenación de la parcela no dejó dudas respecto al uso principal propuesto para el recinto, que no

es otro que el de un espacio libre como parque urbano. El Ayuntamiento, para hacer realidad esta ordenación, redactó el proyecto Parque Deportivo del Estadio Insular, siendo su finalidad la puesta en uso de un espacio simbólico que se encuentra actualmente cerrado y sin actividad.

El principal objetivo, como acabo de comentar, es incorporar el recinto al sistema de espacios públicos de la ciudad potenciando sus cualidades paisajísticas, así como las actividades de ocio y deportivas al aire libre.

En definitiva, lo que se va a hacer es poner a disposición de los vecinos y ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria una explanada de césped de unos 6.000 m2, una zona arbolada de 2.300 m2 destinada a palmeral, una superficie de 500 m2 para canchas deportivas al aire libre, así como un circuito para correr de 300 metros lineales, con un parque infantil en su interior de más de 1.600 m2.

Las principales acciones para hacer efectivo y una realidad este proyecto consisten, básicamente, en llevar a cabo la demolición de la fachada sur del recinto; la ejecución de dos accesos en la fachada norte, dejando ver los pórticos de hormigón, que son los elementos catalogados en el Plan General y protegidos; se suprime el cierre de la grada curva, permitiendo el acceso a los ciudadanos desde el paseo de Chil con vistas desde el propio paseo hacia toda la instalación; se recubre la fachada este con lona hasta la puesta en uso de la citada edificación; y en la grada de tribuna se propone un ajardinamiento con plantas trepadoras, creando un ambiente de jardín en todo el recinto. En la grada curva, por su parte, se van a colocar grandes masas de vegetación, dando este mismo impacto; y finalmente, en la zona central, se van a colocar zonas de sombras, así como algún quiosco que está previsto para que los ciudadanos puedan disfrutar del mismo.

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El convenio que nosotros vamos a firmar con el Cabildo tiene por objeto fijar, establecer, el marco de colaboración necesario para ejecutar este proyecto que acabo de comentar, proyecto deportivo del Estadio Insular. Una obra financiada al 50 % entre el Cabildo y el Ayuntamiento, con una previsión de ejecución de dos años, por importe de 1.800.000 euros, correspondiendo 600.000 euros a la anualidad de 2014 y 1.200.000 a la anualidad de 2015, por partes iguales.

Con ello lo que pretendemos es iniciar unas obras que podremos abrir al público en breve, permitiendo y creando un nuevo parque en la ciudad, haciendo realidad el deseo de muchos de que una instalación que se encuentra en un estado de abandono sea una realidad y pueda ponerse a disposición de todos los ciudadanos.

Nos quedaremos ahí y continuaremos trabajando para que en el menor tiempo posible se amplíen los equipamientos previstos en el Plan General para el edificio de la calle Pío XII. Muchas gracias, señor presidente.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Muñoz. Vamos a escuchar entonces las opiniones de los distintos grupos. En primer lugar, el señor Ramírez.

El señor RAMÍREZ HERMOSO (concejal del

G. Mixto): Muchas gracias, señor alcalde. Estamos ante una buena noticia a

medias, por lo menos en opinión de Nueva Canarias. Es una buena noticia y queremos recordar aquí que fue Nueva Canarias quien trajo a este pleno una moción que bloqueó el intento de privatización de ese espacio por parte del Cabildo de Gran Canaria, con el apoyo de todos los grupos políticos que estamos aquí sentamos, eso es verdad; pero la propuesta que el Cabildo de Gran Canaria tenía a principios de este mandato era otra, era de un uso privado

del espacio, que creo que aquí fuimos capaces entre todos de bloquear.

Estamos ante un espacio emblemático, un espacio posiblemente de los más importantes que tiene la ciudad, y por tanto, no se puede hacer cualquier cosa ahí. Por lo tanto, si bien es verdad que el proyecto que ganó en el pasado mandato era un proyecto caro, también es verdad que los redactores del proyecto se han ofrecido para hacerlo por fases, para adaptarlo a la realidad presupuestaria en la que nos encontramos, y creemos que las prisas por sacar este proyecto adelante no pueden hacer que allí hagamos cualquier cosa. Y creemos que el esfuerzo presupuestario que hace el Ayuntamiento es importante, pero creemos que el esfuerzo presupuestario que podría hacer el Cabildo podría ser mayor; que nos hemos conformado con el dinero que nos da el Cabildo, cuando se iban a gastar en el proyecto que anteriormente tenían previsto bastante más dinero. Por lo tanto, yo creo que podíamos haber presionado al Cabildo de Gran Canaria, que creo que tiene espaldas presupuestarias suficientes como para haber apostado por ese espacio emblemático en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.

Por lo tanto, nosotros nos vamos a abstener, porque si bien es una buena noticia ofrecerle a la ciudadanía ese espacio, creemos que el proyecto que se plantea no es el que ese espacio necesita, y además, porque el convenio que se nos trae también parece ser que tiene una serie de… falta de informes técnicos y de errores jurídicos que han sido señalados por la Secretaría, y que creemos que precisamente, en ese afán de las prisas de sacar adelante este proyecto, nos pueden hacer incurrir en determinadas ilegalidades, o por lo menos, irregularidades que finalmente puedan provocar el retraso del proyecto.

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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ramírez. Toma la palabra la señora Barrios.

La señora BARRIOS CURBELO

(viceportavoz del G. Mixto): Desde Compromiso por Gran Canaria, recordamos que hace más de diez años que está ese recinto cerrado. Sabemos que son 20.000 metros, base nuclear de la ciudad, sabemos que es un espacio que todos queremos que se utilice, pero que se utilice bien, que se le dé el uso correspondiente. Por eso es por lo que se sacó un proyecto para que los especialistas hicieran una propuesta, la cual se elaboró, la cual se aprobó, y que en todo momento ha estado ahí, y sin lugar a dudas, creo que todos entendemos que es el ideal.

¿Qué se ha hecho mientras? Bueno, pues lo que se ha hecho es desde el Cabildo, hace dos años, sacar un proyecto alternativo que habían registrado de una empresa llamada Jordana, que nadie puede entender qué es lo que sucedió, y ahora el Ayuntamiento, entendiendo que ese lugar, ese espacio, no puede seguir cerrado a la ciudadanía, se plantea, deprisa y corriendo, hacer un uso del mismo que nosotros entendemos que ni siquiera es una parte de ese proyecto que se aprobó.

No solo no es una parte de ese proyecto que se aprobó, sino que se va a quedar en un chill out con una zona verde para pasear, que puede estar bien, pero entendemos que tanto Cabildo como Ayuntamiento tenían que haberse puesto de acuerdo y haberse planteado, a este espacio, dedicarle el tiempo, el proyecto y el dinero que se merecía. Y lo que estamos viendo es que no solo no le dedican el dinero que se merecía, ni el tiempo, ni el proyecto, sino que además no hay informe de Patrimonio; no hay informe de Contratación, por tanto, no se sabe si el Ayuntamiento va a asumir o puede asumir en ese contrato que tiene de zonas verdes

el mantenimiento de este espacio; no se sabe al final, porque la titularidad se la queda el Cabildo, no se sabe al final cómo se la va a ceder, si en una encomienda de gestión, que es lo que propone la secretaria, o si al final es un totum revolutum de un usufructo y de una cesión de uso que parece ser que aquí no cabe. Y claro, ante esta situación, este informe de Secretaría, este querer rellenar con unas plantitas un espacio que nosotros entendemos que es importantísimo para la ciudad, que tiene un proyecto importantísimo elaborado y aprobado, y para el que entendemos que hay un dinero, nosotros también, aun entendiendo que es un paso adelante el abrirlo a los ciudadanos, nos vamos a abstener en la votación.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señora Barrios. Tiene la palabra la señora Mena.

La señora MENA ALONSO (portavoz del G.

M. Socialista): Muchas gracias, señor Cardona.

El Estadio Insular es una pieza clave para la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria; ha sido objeto de debate durante muchos años en esta ciudad, e incluso objeto de decisiones judiciales. Pero si en algo estábamos de acuerdo absolutamente todos es en que la parcela del Estadio Insular tenía que ser un espacio singular, un espacio público y singular para el municipio de Las Palmas de Gran Canaria. Por eso, durante el mandato pasado se hizo un concurso de ideas, abierto, transparente, público, en el que estábamos todas las fuerzas políticas de acuerdo, en el que estaba también la ciudadanía de acuerdo. Nos sentamos con los afectados, con los colectivos vecinales, con los colectivos deportivos, para ver qué se hacía con el espacio del antiguo Estadio Insular.

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Diario de Sesiones núm. 55, de fecha 28.05.14.

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Solo hacía falta tener la aprobación definitiva del planeamiento para empezar a ejecutar esa obra. Es más, en noviembre del año 2011, el alcalde de la ciudad y el presidente del Cabildo daban una rueda de prensa y anunciaban que iban a modificar el proyecto ganador de Guerra y Casariego, y que empezarían a ejecutar un centro deportivo en el Estadio Insular en el año 2012; que ya tenían ficha financiera, 10 millones de euros, y que lo empezarían a ejecutar desde que estuviera la aprobación definitiva del Plan General, al que le iban a hacer una modificación para ampliar la superficie comercial, la capacidad de superficie comercial de la zona. Lo anunciaron en plena campaña electoral, claro, iban a ser las elecciones generales; después se olvidaron de lo que habían anunciado y entró una guerra entre el Cabildo y el Ayuntamiento, porque un sector del Partido Popular tenía mucho interés en privatizar la parcela del Estadio Insular, muchísimo interés en que se privaUzara esa parcela. Por suerte ―y eso tengo que reconocérselo a ustedes―, ustedes, el otro sector del Partido Popular, consiguió frenar aquel tremendo disparate votando en conjunto con los grupos de la oposición aquí sentados.

Tres años perdidos, tres desde que se aprobó el Plan General. De esos tres años, dos años de luchas internas del Partido Popular para ver qué se hacía con el estadio. Y ahora presentan ustedes un proyecto que el señor Joaquín Casariego, no nosotros, ha calificado como “chapuza electoralista” en los medios de comunicación, “chapuza electoralista”, con prisas para poder inaugurar algo en este fatídico mandato para la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria. Y esas prisas electoralistas van a convertir el Estadio Insular, en lugar del espacio simbólico que todos queríamos, en una especie de espacio con hierba y algunos árboles, sin sombra y sin demasiada definición.

Había recursos y tiempo para ir ejecutando el proyecto de Guerra y Casariego poco a poco, el proyecto que nació de un concurso público, transparente y consensuado; los había. Ustedes mismos lo anunciaron en noviembre del año 2011. Es más, los arquitectos se ofrecieron a que ese proyecto se pudiera ejecutar por fases, que hubiese una ficha financiera a lo largo de tres o cuatro años para que se pudiera ejecutar por fases, y renunciaron a ello para privatizar la parcela. El estadio merece mucho más, merece respeto y responsabilidad, y el dinero público es sagrado, ¡sagrado! Y ustedes no pueden estar anunciando continuamente obras provisionales, “vamos a hacer esto de forma provisional, que ya después lo tumbaremos y ejecutaremos un proyecto mejor”. Mire, 2 millones de euros para algo provisional que después ya tumbaremos para ejecutar algo mejor, como han anunciado ustedes, no; 2 millones de euros de dinero de los ciudadanos, que debe ser sagrado, para algo que se pueda observar a lo largo de los años, para algo que quede para la ciudad; un hueco urbano montable y desmontable en el Estadio Insular, no.

Nosotros no renunciamos a ese magnífico proyecto, y por eso vamos a votar en contra de este convenio.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señora Mena. Vamos a escuchar ahora al portavoz del grupo de gobierno, el señor Sabroso.

El señor SABROSO RAMÍREZ (portavoz del

G. M. Popular): Muchas gracias, señor alcalde.

28 de mayo de 2014, día muy importante para la ciudad, día muy importante para la ciudad porque hoy es de esos acuerdos, de esos actos, de esos pasos por Pleno que realmente suponen un antes y un después. Once años lleva el Estadio Insular cerrado, y hoy se trae a este pleno

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el acuerdo administrativo entre las dos administraciones que van a hacer posible dar respuesta a una de las principales demandas ciudadanas de los últimos años, que el Estadio Insular se convierta en un parque, en un pulmón verde, en un espacio de ocio, en un punto de encuentro que esponje la zona, en un nuevo centro, en un punto de referencia de la ciudad. Y eso lo consiguen el Grupo Popular en el Ayuntamiento y el Grupo Popular en el Cabildo.

28 de mayo de 2014 también es una fecha importante porque hoy es cuando los grupos que están representados en este ayuntamiento les dicen a los ciudadanos que no quieren que se haga este parque. Hoy es cuando los grupos que están representados en este ayuntamiento, cuando el Partido Socialista y Compromiso por Gran Canaria, dicen que no quieren que se haga este proyecto, y que los ciudadanos no puedan disfrutar de un parque lo más rápido posible, lo más barato posible, lo más realista posible, lo más objetivo posible, justo en plena época de crisis.

Es muy importante que los ciudadanos sepan cuál es la postura del Partido Socialista en Las Palmas de Gran Canaria ―estoy convencido de que de una parte solo del Partido Socialista en Las Palmas de Gran Canaria― y cuál es la postura de Compromiso por Gran Canaria. Nueva Canarias mantiene una postura ambigua. Pero qué casualidades tiene la vida, justo los que durante los últimos cuatro años pudieron evitar que el Estadio Insular permaneciera cerrado como estuvo cerrado, justo los que gobernaron la ciudad y gobernaron el Cabildo de Gran Canaria, y no hicieron absolutamente nada, salvo encargar proyectos faraónicos, proyectos irrealizables desde el punto de vista económico, les proponen a los ciudadanos que siga siendo la realidad que tienen actualmente la que viven con el Estadio Insular, cerrado a cal y canto.

No son unas plantitas las que se van a poner ahí, plantitas son las que están creciendo en las gradas desde hace años, y eso lo va a evitar el Partido Popular, eso lo va a evitar el Partido Popular. No hay nada temporal que se vaya a hacer ahí. Ahí los ciudadanos quieren un parque, y van a tener un parque de perfecta calidad, de gran calidad, hecho a coste cero, hecho el proyecto por los técnicos de la casa, a coste cero redactado el proyecto por excelentes técnicos de la casa a los cuales nosotros no desacreditamos de ninguna de las maneras, allá la responsabilidad de ustedes.

Esas son las realidades, hubo quienes gobernado la ciudad y el Cabildo querían que el parque estuviese hecho hace once años, y se lo denegaron, se lo impidieron, y presentaron recursos judiciales. Vuelve otra vez a gobernar el Partido Popular en el Ayuntamiento y en el Cabildo para volver a hacer una realidad que en el Estadio Insular va a haber un parque. Y no está la época para grandes obras y obras faraónicas, no lo está. Eso los ciudadanos lo dicen a gritos, no estamos para gastarnos 30 millones de euros, no lo está, en un proyecto, en absoluto. Los ciudadanos quieren un pulmón verde, quieren un punto de encuentro, quieren un sitio donde hacer deporte, quieren un sitio donde poder disfrutar, y eso es lo que se ha conseguido con este acuerdo histórico para la ciudad, donde la parcela va a ser lo que todos hemos querido que sea, y así aparece en el Plan General, donde se respetan al máximo las determinaciones expuestas en el Plan General.

Durante los últimos años la cantinela de la oposición era “aquí se quiere privatizar, van a hacer un negociete, tal”. Se demuestra que no, se demuestra que el Ayuntamiento y el Cabildo llegan a acuerdos y se demuestra que el espacio que está reservado en el Plan General como espacio libre va a ser un espacio libre para los ciudadanos. Se buscan soluciones

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para que en plena época de crisis y de restricción económica podamos tener un parque ahí, que llegue cuando llegue, sin prisas, sin ningún tipo de premura. Pero es que no es de extrañar en quienes se negaron a que saliera La Cícer para adelante, quienes tuvieron paralizada la piscina de Tamaraceite, quienes tuvieron paralizado el Pabellón del Cono Sur, quienes demostraron su absoluta incapacidad durante los cuatro años que gobernaron la ciudad para llegar a acuerdos. Y ¿me hablan ahora de diferencias de familias del Partido Popular, cuando fue desastrosa la relación del Cabildo y del Ayuntamiento durante el mandato anterior? Ni en materia de tratamiento de residuos, ni con el Estadio Insular, ni siquiera se ponían de acuerdo para saber quién tenía que asfaltar la rotonda Belén María, con esas fotos de meter un macetero dentro de un bache, si era de uno o era de otro. Por favor, señores, un poco de rigor, un poco de seriedad, y súmense al carro del progreso, súmense al carro de entregarles a los ciudadanos un parque. Quítense el complejo que tienen de la frustración de no haber sido capaces, durante los cuatro años anteriores, de sacar esto adelante y feliciten ahora a quienes lo han conseguido, y remen en la misma dirección de tener un parque ahí en el tiempo que sea necesario durante la ejecución de las obras.

1.800.000 euros a subvencionar y financiar por parte de las dos administraciones, otro acuerdo histórico, un parque que va a tener la ciudad y que se paga entre las dos administraciones. Desde luego, estamos ante una fecha señalada, en la que muchos se quitan la careta y en la que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria da validez a un convenio histórico. Gracias, señor alcalde.

El señor PRESIDENTE: Gracias. Se olvidó,

señor Sabroso, del Castillo de La Luz, de las

oposiciones de la Policía Local, de la relación de puestos de trabajo, de Guaguas Municipales… pero bueno, en la segunda oportunidad tendrá… Segunda intervención, señor Ramírez.

El señor RAMÍREZ HERMOSO: Vamos a ver,

este proyecto… felicitaciones, todas, por la recuperación de ese espacio para uso público. Usted habla de ambigüedad; hemos dicho claramente que el proyecto que se va a hacer para nosotros es insuficiente, poco ambicioso, creo que se tenía que haber peleado… sobre todo, que el Cabildo podía haber aportado todavía mayor financiación. Esa es la posición que nosotros mantenemos.

La moción que presentó Nueva Canarias en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, y que fue apoyada por ustedes y por todos los grupos, y eso es verdad, se presentó también en el Cabildo, y en el Cabildo no salió, porque sus compañeros del Partido Popular del Cabildo la tumbaron, porque tenían otra visión de las cosas para hacer en ese espacio. Y yo me alegro ―no sé si son familia, si se llevan bien o se llevan mal―, me alegro de que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, todos los que aquí nos sentamos, hayamos conseguido que ese espacio sea un espacio público. Creo que no es solo un logro de ustedes, creo que es un logro de todos los grupos que aquí nos sentamos y que apoyamos aquella moción. Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Ramírez. Señora Barrios. La señora BARRIOS CURBELO: Señor

Sabroso, nosotros hemos comunicado que nos abstenemos en esta votación porque, entendiendo que ya era hora de que se abriera este espacio, sin embargo entendemos también que no se va a abrir en las mejores circunstancias.

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Le hemos hablado de que ni siquiera ustedes saben cómo van a mantener este espacio, porque no tienen el informe de Contratación y de si el contrato de mantenimiento de zonas verdes, en tal caso, asume este espacio. En segundo lugar, la propia secretaria habla de que faltan los informes correspondientes de Contratación y de Patrimonio. Y además, le decimos que pueden hacer una parte importante del proyecto primigenio, del que se aprobó en un concurso, e ir invirtiendo de manera que ustedes pudieran, o quien estuviera gobernando, hacerlo de manera temporal.

Por eso es por lo que nos vamos a abstener, pero usted a eso no contesta. Su intervención es… a no entender las cosas, a ver a la oposición como si fuera una enemiga de la ciudad, cuando estamos dando una idea y unas propuestas de funcionamiento, y estamos dando unas propuestas de lo que nosotros entendemos que se debe hacer. Y lo que se debe hacer es actuar dentro de la legalidad; y lo que se debe hacer es firmar un convenio con las condiciones jurídicas adecuadas; y lo que se debe hacer es hacer una inversión que sirva de futuro y que sea parte del proyecto que se aprobó en su momento en el concurso de ideas.

Por eso es por lo que le hemos dicho que si bien nos parece que hay que abrirlo a la ciudad, y nos parece bien, nos vamos a abstener, porque entendemos que todo el resto de lo que ustedes están haciendo no lo están haciendo bien (El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Barrios). En ese sentido es nuestro voto, pero nunca ―y perdone, señor Cardona―, nunca creo que un partido gobernante pueda dirigirse a una oposición que le da una opinión fundamentada en términos jurídicos y en términos técnicos de la manera que usted lo ha hecho.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Barrios. Señora Mena.

La señora MENA ALONSO: Yo la verdad es

que siento mucho no estar debatiendo esto con el señor Muñoz, yo siento que le hayan quitado la palabra, porque creo que lo estaba haciendo usted estupendamente bien y que conoce perfectamente la materia. Pero, dicho esto, voy a repetir parte de lo que dije y explicar nuevamente el voto, porque es que quizás creo que el Partido Popular no lo entendió.

En noviembre del año 2011, dieron una rueda de prensa usted, señor alcalde, y el presidente del Cabildo ―ustedes dos, no la di yo, ¿eh?, la dieron ustedes dos en plena campaña electoral para las elecciones generales―, diciendo que en 2012 iniciaban las obras del Parque del Estadio, anunciándolo a bombo y platillo, “el Cabildo y el Ayuntamiento trabajaremos, mano con mano, para que el Estadio Insular en el año 2013 sea ya una realidad; 10 millones de euros de ficha financiera que se complementarán con el dinero que saquemos de los locales comerciales que vamos a ampliar en el Plan General”. Lo dijeron ustedes, no lo dije yo. Dijeron incluso que iba a haber una piscina dentro del Estadio Insular, que iban a mejorar el proyecto de Guerra y Casariego con una mayor infraestructura deportiva, que era lo que necesitaba la zona.

Tres años más tarde estamos aprobando el proyecto de las plantas trepadoras, eso es lo que estamos aprobando. Un proyecto que, insisto, no nosotros, un arquitecto de reconocido prestigio ha dicho que es “una chapuza electoralista”; no nosotros, él lo ha dicho. Ustedes quieren abrir el Estadio Insular porque, después de dos años intentando privatizarlo, ahora van a enterrar el dinero público; que sí, señor Sabroso, hay dinero público por medio, sagrado para el Partido Socialista, sagrado, sagrado, 2 millones de euros de dinero

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público. Ustedes podían haberlo hecho por fases desde el año 2012, pero estaban en esa pugna interna de si se privatizaba esa parcela fundamental o no; en eso estaban ustedes, en eso. Y de repente un día se sentaron y dijeron “oye, que se nos echan las elecciones encima y no tenemos nada, vamos a hacer aquí un huequito urbano a ver si conseguimos venderlo, y ya cuando vengan tiempos mejores, pues hacemos un proyecto serio”.

No se merece eso ni Las Palmas de Gran Canaria ni el Estadio Insular, no se merece que entierren 2 millones de euros que podrían ser utilizados para hacer un proyecto serio, empezarlo ya de una vez. Y sí, señor alcalde, sí, hablemos de Guaguas Municipales, y de cómo dejaron 37 millones de euros de deuda los grandes gestores; hablemos del Castillo de La Luz y de cómo lo tuvo que poner en marcha el Partido Socialista; o de las viviendas de El Polvorín y cómo las tuvo que poner en marcha el Partido Socialista cuanto estaban paralizadas… Es de lo que usted quiere hablar, y ¿sabe por qué quiere hablar de eso? Porque no tiene nada que decir de su gestión. Entonces, se pasa el día hablando del señor Saavedra, del señor Mayoral y del señor Rodríguez Doreste si hace falta, porque no tiene nada que decir de usted mismo. Esa es la triste realidad que vive esta ciudad, la triste realidad que vive esta ciudad es que después dos años hacen ustedes un hueco urbano enterrando dinero público sagrado, en lugar de hacer un proyecto transparente, fruto de un concurso público, para el que sí había fondos, porque usted que habla de que no es tiempo de obra faraónica, se lo podría decir al Cabildo, que decidió meter 10 millones de euros más, por ejemplo, en el Gran Canaria Arena, y que ahora tanto presume de esa obra y de ese marcador de más de 1 millón de euros. Para eso sí había dinero, o para acercar las gradas del estadio al campo de fútbol, el estadio del

que ustedes presumen y que tan mal hecho está. Para eso sí hay dinero, para el Estadio Insular no lo había porque era prioritario privatizar la parcela y dársela algún amigo.

El señor PRESIDENTE: Vaya concluyendo,

porque cuanto más diga, evidentemente, más tendrá que escuchar. Cuanto más meta la pata, más tendrá que recular, señora Mena.

El señor SABROSO RAMÍREZ: Gracias,

señor alcalde. La verdad es que debate, en algunos

términos, absolutamente tercermundista. Hemos pasado por el Gran Canaria Arena, proyecto también impulsado en el mandato anterior, con un compromiso adquirido de que Gran Canaria sea sede del Mundobasket, y Las Palmas de Gran Canaria lo sea.; ahora parece que tampoco se quiere que sea así. Por el Estado de Gran Canaria… Todo esto es mucho más sencillo. En política hay muchas cuestiones que diferencian a unos de otros: una de las principales es que hay quienes solo hablan; hay otros que hablan y actúan.

Y aquí una noticia que debe ser excelente, y que sin duda ha generado tremenda ilusión, tremendas simpatías en la inmensa mayoría de la ciudadanía, que es que por fin el viejo Estadio Insular se vaya a abrir al público, como la pretensión que tiene la ciudad, como un parque, eso, desde luego, es irrenunciable para el Partido Popular. Y estamos tremendamente orgullosos de que eso se vaya a conseguir, además ajustándonos a la realidad económica que estamos viviendo; que los ciudadanos no quieren proyectos faraónicos, no quieren grandes proyectos. Y es absolutamente irrealizable, cifrada por el propio responsable político anterior del Partido Socialista, por cierto, exalcalde de esta ciudad, entre 30 y 40 millones de euros, la ejecución del anterior proyecto. Pasaron cuatro años en los que estuvieron

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con un concurso público y lo dejaron en los cajones. Y los ciudadanos hoy les piden a sus gobernantes rigor, austeridad, realismo, objetividad, y esas son justo las características que va a tener el futuro Parque del Estadio Insular. Justo las características que va a tener el futuro Parque del Estadio Insular. Y se podrá descalificar el proyecto: “un huequito urbano”, que se plantan “unas plantitas”, que si proyecto “de las plantas trepadoras”… Se podrá descalificar. Al final se está descalificando al personal de la casa, cuando se dice eso; allá cada uno con su responsabilidad.

Ningún tipo de duda por parte de este grupo de gobierno de que en el Estadio Insular va a haber un parque; que va a haber un parque con un presupuesto adaptado a los momentos que estamos viviendo, y que no va a mermar su calidad para uso y disfrute ciudadano, para uso deportivo, para uso recreativo, para uso familiar, en ni un solo ápice; ni un ápice va a verse mermada la calidad de ese parque. Y va a ser una realidad. Y el canto a la frustración que algunos de ustedes están haciendo con sus intervenciones, que tratan de tildar que tienen fundamentación técnica y jurídica… en absoluto, ninguna. Ahora también, como cuesta mucho y salen sarpullidos al votar a favor de este acuerdo histórico, dicen “vamos a meter alguna duda legal sobre el convenio”, si falta el informe de no sé qué, o falta el informe de no sé cuánto; o vamos a hablar de que si en una rueda de prensa, en el año 33 a. C., o de que si…

Por favor, todo esto es mucho más sencillo, todo esto es muchísimo más sencillo. ¿Queremos que haya un parque ahí o no queremos? El Partido Popular, sin ninguna duda. ¿Queremos darles a los ciudadanos un punto de encuentro, un punto de ocio? Sin ninguna duda. ¿Queremos que sea realista y que se adapte a la situación económica que

estamos viviendo? Para el Partido Popular, ningún tipo de duda. Y va a ser una realidad, como lo está siendo la transformación en ejes estratégicos muy importantes de esta ciudad; con mucho por hacer todavía, con errores todos los días, los propios de quien toma decisiones, pero transformaciones muy importantes en todos y cada uno de los ámbitos, en sostenibilidad, en medioambiente, en movilidad, en tratamiento de residuos, en economía, en sector turístico, en RPT-reorganización interna, en seguridad. En todos y cada uno de los ejes estratégicos que componen la ciudad está este grupo de gobierno afrontando los retos, tomando decisiones y aplicando cambios y transformaciones, como también va a ser una transformación lo que durante los últimos once años, en la parcela del Estadio Insular, han visto y vivido los ciudadanos, y dentro de unos meses van a poder ver el gran cambio.

Cuando eso sea una realidad, algunas de las personas que hoy descalifican el proyecto, y que hoy buscan argumentos absolutamente carentes de rigor, sin fundamento, para tratar de votar en contra y justificar el voto en contra… Es bueno que eso pase hoy, es bueno que sepan los socialistas también en Canarias que la agrupación local de Las Palmas de Gran Canaria vota en contra de tener un parque en el Estadio Insular; es bueno eso, que lo sepan los distintos movimientos internos del Partido Socialista en Las Palmas de Gran Canaria, que hay quien vota en contra; que ni siquiera se abstiene, sino que vota en contra de tener un parque en el Estadio Insular. Es muy bueno, porque cada uno de ustedes sale retratado con esa postura y con ese voto.

Va a haber un parque allí, adaptado a la

realidad, del que vamos a sentirnos muy orgullosos, y eso lo va a conseguir un

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Gobierno del Partido Popular en el Cabildo y en la ciudad. Gracias, señor alcalde.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Sabroso. VOTACIÓN Número de votantes: 27 Presentes: 27 Votos a favor: 16 (G. M. Popular) Votos en contra: 8 (G. M. Socialista) Abstenciones: 3 (G. Mixto) Escrutinio: se aprueba por mayoría absoluta. INCIDENCIAS:

Durante el debate del asunto se ausenta y se vuelve a incorporar a la sesión don Alfonso Campoamor Fernández.

ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN ÓRGANO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA 31.- APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚMERO P2014/07, EN EL PRESUPUESTO DE 2014, MEDIANTE CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS

Se adopta el siguiente acuerdo: “I. ANTECEDENTES Vistos los documentos obrantes en el

expediente de referencia, fundamentalmente los siguientes:

- Informes de los servicios municipales solicitantes.

- Orden de inicio del concejal de gobierno del Área Hacienda, Patrimonio y Contratación.

- Informe del Órgano de Gestión Presupuestaria.

- Informe de Intervención General. - Dictamen de la Comisión de Pleno de

Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas de fecha 27/05/14.

II. CONSIDERACIONES Considerando que, según informe del

servicio municipal de Urbanismo que consta en el expediente, el gasto que se propone realizar es necesario efectuarlo en el presente ejercicio, no pudiendo demorarlo al siguiente, y no existiendo crédito para ello en el vigente Presupuesto.

III. DISPOSICIONES LEGALES DE

APLICACIÓN, FUNDAMENTALMENTE Artículo 177 del Texto Refundido de la

Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Artículo 37 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Artículo 123.1, p) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Por todo lo anteriormente expuesto, y en los términos propuestos por el concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, con el informe favorable de la Comisión de Pleno de Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas emitido en sesión del día 27 de mayo de 2014, el Pleno resuelve:

PRIMERO. APROBACIÓN INICIAL Se aprueba inicialmente el expediente

de modificación de créditos número P2014/07 mediante Concesión de Créditos Extraordinarios, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

Código Seguro de verificación:JdhdHtxI2tJIu/7WQm4avw==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: http://sedeelectronica.laspalmasgc.es/valDoc?csv=

Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.

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RESUMEN POR CAPÍTULOS

ALTAS EN GASTOS

CAPÍTULO DENOMINACIÓN IMPORTE

TRES GASTOS FINANCIEROS 519.939,78 €

SEIS INVERSIONES REALES 403.610,25 €

TOTAL ALTAS................................. 923.550,03 €

BAJAS EN GASTOS

CAPÍTULO DENOMINACIÓN IMPORTE

DOS GASTOS EN BIENES CTES. Y SERVICIOS 923.550,03 €

TOTAL BAJAS................................. 923.550,03 €

SEGUNDO. INFORMACIÓN PÚBLICA De conformidad con lo dispuesto en el

artículo 177, en relación con el 169, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y concordantes del Real Decreto presupuestario 500/1990, de 20 de abril, este expediente aprobado inicialmente se expondrá al público por 15 días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que consideren oportunas.

TERCERO. APROBACIÓN DEFINITIVA Y

ENTRADA EN VIGOR 1.º - Este expediente se considerará

definitivamente aprobado si durante el plazo de exposición pública no se presentaran reclamaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

2.º - El expediente definitivamente aprobado será publicado resumido por capítulos en el Boletín Oficial de la Provincia y entrará en vigor una vez publicado.

3.º - Del expediente definitivamente aprobado se enviará copia a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma”.

DEBATE. Intervenciones:

El señor PRESIDENTE: Intervención, señor Gutiérrez.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN (Gutiérrez Márquez): Muchas gracias, señor presidente.

Con esta modificación presupuestaria se financian, con el fondo de contingencia, las actuaciones siguientes: la expropiación de la parcela de San Antonio, por importe de 388.000 euros; los intereses de la expropiación de los tramos VI y VII de la avenida Marítima, por 420.000 euros; los intereses de la expropiación de una parcela en Lomo de la Viuda, en Tenoya, por 100.000 euros. Y asimismo, se atienden con carácter urgente unas actuaciones de riesgo en un muro situado en la calle Alcalá de Henares, por 15.000 euros.

El señor PRESIDENTE: ¿Alguna

intervención? Sí, señora Barrios. La señora BARRIOS CURBELO

(viceportavoz del G. Mixto): Para apoyar esta iniciativa.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

¿Alguna intervención más? ¿Alguna intervención por su parte, señor Gutiérrez?

VOTACIÓN Número de votantes: 27

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Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.

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Presentes: 26 Votos a favor: 26 Abstenciones: 1 Escrutinio: se aprueba por mayoría. INCIDENCIAS:

Durante la votación del asunto se

encuentra ausente de la sesión don José Eduardo Ramírez Hermoso.

32.- APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚMERO P2014/09, EN EL PRESUPUESTO DE 2014, MEDIANTE CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS

Se adopta el siguiente acuerdo: “I. ANTECEDENTES Vistos los documentos obrantes en el

expediente de referencia, fundamentalmente los siguientes:

- Informe del servicio municipal solicitante.

- Orden de inicio del concejal de gobierno del Área Hacienda, Patrimonio y Contratación.

- Informe del Órgano de Gestión Presupuestaria.

- Informe de Intervención General. - Dictamen de la Comisión de Pleno de

Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas de fecha 27/05/14.

II. CONSIDERACIONES

Considerando que, según informe del servicio de Urbanismo que consta en el expediente, el gasto que se propone realizar es necesario efectuarlo en el presente ejercicio, no pudiendo demorarlo al siguiente, y no existiendo crédito para ello en el vigente Presupuesto.

Apreciada la necesidad de realizar en el presente ejercicio los gastos propuestos.

III. DISPOSICIONES LEGALES DE

APLICACIÓN, FUNDAMENTALMENTE Artículo 177 del Texto Refundido de la

Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Artículo 37 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Artículo 123.1, p) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Por todo lo anteriormente expuesto, y

en los términos propuestos por el concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, con el informe favorable de la Comisión de Pleno de Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas emitido en sesión del día 27 de mayo de 2014, el Pleno resuelve:

PRIMERO. APROBACIÓN INICIAL Se aprueba inicialmente el expediente

de modificación de créditos número P2014/09 mediante Concesión de Créditos Extraordinarios, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

RESUMEN POR CAPÍTULOS

ALTAS EN GASTOS

CAPÍTULO DENOMINACIÓN IMPORTE

SEIS INVERSIONES REALES 43.264,87 €

TOTAL ALTAS................................. 43.264,87 €

Código Seguro de verificación:JdhdHtxI2tJIu/7WQm4avw==. Permite la verificación de la integridad de unacopia de este documento electrónico en la dirección: http://sedeelectronica.laspalmasgc.es/valDoc?csv=

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BAJAS EN GASTOS

CAPÍTULO DENOMINACIÓN IMPORTE

SEIS INVERSIONES REALES 43.264,87 €

TOTAL BAJAS................................. 43.264,87 €

SEGUNDO. INFORMACIÓN PÚBLICA De conformidad con lo dispuesto en el

artículo 177, en relación con el 169, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y concordantes del Real Decreto presupuestario 500/1990, de 20 de abril, este expediente aprobado inicialmente se expondrá al público por 15 días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que consideren oportunas.

TERCERO. APROBACIÓN DEFINITIVA Y

ENTRADA EN VIGOR 1.º - Este expediente se considerará

definitivamente aprobado si durante el plazo de exposición pública no se presentaran reclamaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

2.º - El expediente definitivamente aprobado será publicado resumido por capítulos en el Boletín Oficial de la Provincia y entrará en vigor una vez publicado.

3.º - Del expediente definitivamente aprobado se enviará copia a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma”.

DEBATE. Intervenciones:

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN (Gutiérrez Márquez): En esta modificación presupuestaria que se realiza dentro del ámbito de Urbanismo, se transfiere desde la cuenta 309, infraestructuras, a la cuenta

622, edificaciones, el importe de 43.000 euros, para terminar el Pabellón de Deportes del Cono Sur.

El señor PRESIDENTE: ¿De qué pabellón

me habla, señor Gutiérrez? El señor GUTIÉRREZ MÁRQUEZ: Del

Pabellón de Deportes del Cono Sur. El señor PRESIDENTE: Ah, aquel que

también quedó paralizado en el mandato anterior. ¿Alguna intervención? Señora Barrios.

La señora BARRIOS CURBELO

(viceportavoz del G. Mixto): Para apoyar esta iniciativa.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señora

Barrios. Señora Mena. La señora MENA ALONSO (portavoz del G.

M. Socialista): ¿Sabe qué pasa con las risas que usted se echa aquí? Que es que a lo mejor, con las prisas, nos vuelve a pasar lo mismo que con los campos de La Ballena, que enterramos 14 millones y luego se hunden porque venían unas elecciones. Lo mismo puede pasar con el Estadio Insular, señor Cardona.

El señor PRESIDENTE: No se pongan

nerviosas… La señora MENA ALONSO: Era por

participar de la broma esta que a usted le gusta generar en el pleno, ¿no?, para destensarnos.

El señor PRESIDENTE: Señora Mena…

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VOTACIÓN Número de votantes: 26 Presentes: 26 Votos a favor: 26 Escrutinio: se aprueba por unanimidad de los corporativos presentes. INCIDENCIAS:

Continúa ausente de la sesión don José Eduardo Ramírez Hermoso.

33.- APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN PARCIAL DE LAS BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA DE 2014

Se adopta el siguiente acuerdo: “I. ANTECEDENTES Vistos los documentos obrantes en el

expediente de referencia, fundamentalmente los siguientes:

- Orden de inicio del concejal de

gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación.

- Informe de la Intervención General de fecha 22 de mayo de 2014 sobre fiscalización previa limitada de devoluciones de ingresos.

- Informe del Órgano de Gestión Presupuestaria de fecha 22 de mayo de 2014.

- Informe de la Intervención General de fecha 22 de mayo de 2014 sobre la modificación parcial de las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2014.

- Dictamen de la Comisión de Pleno de Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas de fecha 27/05/14.

II. DISPOSICIONES LEGALES DE APLICACIÓN, FUNDAMENTALMENTE

Capítulos II y III de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Artículos 162 a 171 y 213, 214 y 219 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Artículos 30 y 33 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2014.

Normas de Fiscalización aprobadas mediante acuerdo plenario de fecha 25 de mayo de 2001.

Artículo 123.1, p) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Por todo lo anteriormente expuesto, y

en los términos propuestos por el concejal de gobierno del Área de Hacienda, Patrimonio y Contratación, con el informe favorable de la Comisión de Pleno de Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas emitido en sesión del día 27 de mayo de 2014, el Pleno resuelve:

PRIMERO. APROBACIÓN INICIAL

Se aprueba inicialmente la modificación

de las bases de ejecución números 17 y 48 del presupuesto del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria del ejercicio 2014 en los siguientes términos:

Uno. Se añade un nuevo apartado, el número 6, a la base de ejecución número 17 con la siguiente redacción:

“6.- Se declaran no disponibles cualesquiera otros créditos que se encuentren en situación contable de disponible o retenidos, que, a lo largo del presente ejercicio sea necesario que pasen a la situación de no disponibilidad para garantizar el cumplimiento del objetivo de

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estabilidad presupuestaria y de la regla de gasto. Esta situación de no disponibilidad se materializará, en su caso, cuando se pongan de manifiesto circunstancias que hagan peligrar el cumplimiento de dicho objetivo y regla.

A estos efectos se autoriza al concejal responsable en materia de hacienda para que, cuando se produzcan tales circunstancias, y previo expediente justificativo instruido por el Órgano de Gestión Presupuestaria e informado previamente por la Intervención General, resuelva en relación con los trámites necesarios para dicha materialización, no siendo necesario para ello nuevo acuerdo plenario de declaración de no disponibilidad.

La vuelta, en su caso, a la situación de disponible de estos créditos no requerirá tampoco nuevo acuerdo plenario de declaración de disponibilidad. Se sustanciará mediante expediente justificativo instruido por el Órgano de Gestión Presupuestaria, informado previamente por la Intervención General y resuelto por el concejal responsable en materia de hacienda, una vez se garantice el cumplimiento simultáneo del objetivo de estabilidad y de la regla de gasto con la ejecución de los gastos vinculados a dichos créditos”.

Dos. La base de ejecución número 48 queda redactada como sigue:

“BASE 48.ª De la devolución de ingresos La devolución de ingresos se realizará de

conformidad con el procedimiento legalmente establecido, previa fiscalización de conformidad por la Intervención General, y se abonará mediante transferencia bancaria. Su tramitación requerirá la cumplimentación del oportuno documento contable establecido al efecto, el cual se considerará requisito esencial del expediente.

La fiscalización previa de las devoluciones de ingresos de cuantía inferior a 500 € se limitará a comprobar:

- Solicitud del interesado, si el expediente se inicia a instancia de parte. - Que el ingreso se ha producido y no ha sido devuelto. - Que la devolución se acuerda por el órgano competente. - Que no existe prescripción.

La Intervención General establecerá las actuaciones comprobatorias posteriores de control financiero que al efecto se tengan que realizar”.

SEGUNDO. INFORMACIÓN PÚBLICA De conformidad con lo dispuesto en el

artículo 177, en relación con el 169, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y concordantes del Real Decreto presupuestario 500/1990, de 20 de abril, este expediente aprobado inicialmente se expondrá al público por 15 días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que consideren oportunas.

TERCERO. APROBACIÓN DEFINITIVA Y

ENTRADA EN VIGOR 1.º Este expediente se considerará

definitivamente aprobado si durante el plazo de exposición pública no se presentaran reclamaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

2.º El expediente definitivamente aprobado será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia y entrará en vigor una vez publicado.

3.º Del expediente definitivamente aprobado se enviará copia a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma”.

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DEBATE. Intervenciones:

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN (Gutiérrez Márquez): La modificación de las bases de ejecución del presupuesto de 2014; traemos dos modificaciones. La primera, se añade un punto sexto al artículo 17, en el cual se habilita, por parte del Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, al concejal de Hacienda para que pueda adoptar la decisión de dejar no disponibles determinados créditos, cuando así lo aconseje el cumplimiento del techo de gasto.

El motivo de esta modificación viene dado porque, de acuerdo con la nueva redacción dada al artículo 32 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se va a producir una sobrepresupuestación, y en ese caso, puede haber créditos que se pueden gastar por parte de los centros gestores sin control; y en este sentido, en la actuación de vigilancia que tiene la Concejalía de Hacienda, pueda determinar que no se incurra en pasarse de las cantidades correspondientes al techo de gasto. Esa sería la primera modificación.

La segunda modificación que se trae a colación es la correspondiente al artículo 48 de las bases de ejecución. Teniendo en cuenta el acuerdo plenario realizado el 25 de mayo del 2001, en que se establece lo que es la fiscalización previa limitada, se realiza un aumento de las cantidades de las devoluciones de ingresos por importe de 500 euros. El motivo es agilizar el procedimiento para la devolución de los distintos ingresos a los contribuyentes.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Gutiérrez. ¿Alguna intervención? Señora Barrios.

La señora BARRIOS CURBELO

(viceportavoz del G. Mixto): Señor alcalde,

nosotros vamos a votar en contra de esta modificación de las bases, porque entendemos, en primer lugar, que la transparencia es esencial en todo lo que es actividad económica. En estos momentos delegar en el concejal para que, en tal caso, lleve a cabo una determinada actuación nos parece que no es lo más adecuado ni lo que se está pidiendo en estos momentos.

En segundo lugar, la segunda modificación que se pretende de las bases es más bien una falta de gestión del día a día para la devolución. Por tanto, nos parece que lo que se tiene que hacer es trabajar, tener equipo en la Intervención, tener los funcionarios trabajando adecuadamente y bien engrasados, y seguro que en ese sentido no tendrían que hacerse las modificaciones que está en este momento proponiendo el concejal de Hacienda, con el que, desde luego, no estamos de acuerdo, por transparencia, como he dicho anteriormente, y sobre todo por una buena gestión de los dineros del Ayuntamiento.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señora

Barrios. Señor Campoamor. El señor CAMPOAMOR FERNÁNDEZ

(concejal del G. M. Socialista): Señor Gutiérrez, le anticipo que vamos a votar en contra de estas dos modificaciones de las bases de ejecución, y le voy a dar las razones.

La base de ejecución 17 establece, evidentemente, que de acuerdo con la norma de techo de gasto, ustedes tienen en el presupuesto de este año unas partidas, por 11 millones de euros, que no están disponibles, pero eso lo ha aprobado el propio Pleno. En lo que no estamos de acuerdo desde el Grupo Socialista es en darle las manos libres para que usted determine qué créditos no son disponibles, y luego que determine usted qué créditos son disponibles, porque con eso llevamos a

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aumentar la falta de transparencia, y además, no hay ninguna razón que lo justifique. Sería darle a usted un cheque en blanco y aumentar la opacidad a la que nos tiene acostumbrados, con lo cual, no veo ninguna razón por la que usted justifique por qué no tiene que ser el Pleno el que determine qué créditos no son disponibles y por qué le tenemos que dar esas facultades a usted, en primer lugar.

En cuanto a la base 48, todavía tiene ―se lo dije en la comisión― un poco más de interés. La modificación que usted hace es para evitar los errores y quitar los síntomas. Según un informe que hace la interventora, las fiscalizaciones realizadas en el año 2012 son 470, fiscalizaciones realizadas mayores de 100 euros, porque en las menores 100 euros solamente se dedica a mirar si los intereses están bien calculados, si no se ha devuelto antes y si ha prescrito o no ha prescrito la devolución, pero no mira todo el expediente. Sin embargo, en el año 2013 aumentaron a 3.000, que es lo que hoy sale publicado en prensa, 3.000; pero esas 3.000 son por errores de usted, errores de gestión. Y usted, en lugar de arreglar los errores de gestión, ir a la raíz del problema, solucionar la raíz del problema y que los ciudadanos no tengan que pagar… 3.000 ciudadanos tengan que pagar importes dobles, y según hemos visto hoy, en el estado de liquidación del presupuesto del año pasado fueron 1.300.000 euros, en lugar de tener eso y luego tardar ustedes siete meses en hacer la devolución de ingresos indebidos, lo que hace usted es decir “bien, a partir de ahora todas las devoluciones de ingresos indebidos inferiores a 500 euros se ven por el procedimiento de urgencia”. No van a controlar todo el expediente, solamente van a mirar si están los intereses bien calculados, si no ha prescrito la devolución y si no se ha duplicado la devolución.

Yo lo único que le pido a usted es que aumente y corrija los errores que tiene usted en la Concejalía, y que dé apoyo, tanto con medios técnicos como humanos, a la Intervención, porque no tiene usted en la Intervención nada más que dos o tres personas, usted les ha quitado una cantidad de personas; es decir, por no tener, no tenemos interventor general. Y debería usted revisar el origen de los múltiples errores para disminuir las fiscalizaciones, y no eliminarlas subiendo el importe de la cuantía de la fiscalización limitada previa de 100 a 500 euros.

Es un problema de gestión, y nunca debemos bajar la guardia en cuanto al control. Por lo cual le digo que vamos a votar en contra de estas dos modificaciones de las bases de ejecución 17 y 48.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Campoamor. Señor Gutiérrez. El señor GUTIÉRREZ MÁRQUEZ: En cuanto

al tema, primero, de la falta de transparencia del punto primero en la toma de decisión del concejal de Hacienda, hay que señalar que no hay falta de transparencia. Por eso mismo la traemos a Pleno, ni más ni menos. Si no la trajéramos a Pleno sí que podrían decir que falta esa transparencia. Y ¿por qué se da al concejal y no se pasa por Pleno? Porque hay un refrán que dice que “a conejo que huye, palo en la madriguera”; es decir, los procesos son tan rápidos que si lo pasamos por el Pleno, nos encontraríamos que ya el problema está creado. En este sentido, lo que se intenta hacer es una medida de carácter preventivo. Si nosotros cuando detectamos el hecho es cuando ya el conejo ha salido fuera de la madriguera, el palo lo damos a la madriguera, y eso es lo que intentamos no hacer.

Y por supuesto que sabemos en dónde se puede producir este tipo de actuaciones, lo que pasa… también yo lo comprendo, yo

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estoy en el día a día, ustedes no saben cómo es el mecanismo, qué ha pasado ahora mismo con la modificación de la disposición adicional sexta, que modifica el artículo 32 de la Ley Orgánica, y dónde se van a producir una serie de sobrepresupuestaciones, y en dónde se puede producir el problema. Pero estamos anticipándonos a problemas que podemos tener, ni más ni menos. Yo no quiero ser ningún tipo de protagonista, pero sí quiero lo mejor para el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y que no se convierta esto en “la casa de tócame Roque”, eso es lo que no quiero yo. Y hay que aplicar medidas preventivas. Pero no se puede seguir el trámite de un pleno, porque entonces ya digo, es un palo a la madriguera. Eso en cuanto a la primera parte. Y la transparencia, ninguna… porque se trae al Pleno para que se apruebe. Si ustedes consideran que no es oportuno que se me den esas condiciones porque soy un loco, un descerebrado, pues me parece perfecto, pero ese es el motivo.

Con respecto al segundo de los aspectos, y perdone, señor Campoamor, que mire que he querido bajar el diapasón con usted en esta intervención… es que es increíble lo suyo. Usted dice que es error. Cuando una persona me pide que se le devuelva… cuando se liquida a un vehículo se liquida por la totalidad, paga la totalidad; cuando lo vende, después el señor me solicita que se le pague la parte prorrateada de la parte que no lo ha tenido. Es decir, es una cuestión de gestión, como usted cuando paga el IRPF, que se le devuelve porque no se ajustan las cantidades una a otra, y ¿a eso usted lo llama error? Usted está muy confundido, es que usted confunde churras con merinas, yo no sé si usted, de forma calculada, quiere explotar su falta de conocimiento, es que no lo entiendo, y perdone, mire que he hecho un esfuerzo de constricción para no enfadarme, pero es que está usted

diciendo que hay errores de gestión, cuando es una cuestión normal y corriente. Oiga, es que resulta que he vendido el coche, primero le liquida, y después cuando el señor vende el coche resulta que me pide la parte proporcional. ¿Eso para usted es un error? Pues perdone, pues no, se equivoca, y encima usted tiene la vergüenza… además, es que me da vergüenza cuando lo veo a usted en el periódico, como hoy, diciendo esas cosas… de esa calculada ignorancia. La verdad, es que se lo digo, estoy haciendo un esfuerzo tremendo por no decir dos verdades, con lo cual, no, señor Campoamor, no se corresponde a errores de gestión, se corresponde a la propia gestión. Es decir, la Agencia Estatal Tributaria, entonces, cuando devuelve 40 millones, por decir una burrada, 10 millones de devoluciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas, es que en todas se han equivocado. No, es el propio mecanismo del impuesto.

Errores puede haber diez o quince, y sabe usted de dónde vienen, vienen de una duplicación de unas cintas que se mandaron a cobrar y que era porque se implantó el procedimiento el primer año, el 2012, ni más ni menos. Eso es lo único que ha habido, diez, quince, veinte, treinta, cuarenta, cincuenta errores; lo demás viene de procedimientos normales corrientes, como pasa en la gestión tributaria, en la que movemos 80.000 expedientes al año y emitimos más de 4 millones de órdenes de embargo. Lógicamente que hay algún error, pero lo que usted está diciendo, que de los 3.000… nanay de la China, eso no es así.

Y, por otra parte, usted está tomando un momento de la fotografía que ha realizado la Intervención, porque ahí viene la ola de los procedimientos que se han ido acumulando. Y, para que lo sepa usted, no se sube de 100 a 500 para la gestión, no, se equivoca usted. Dentro de tres semanas vamos a tener aquello a cero, niqueladito, a cero lo vamos a tener, los procedimientos,

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las devoluciones. Y no es ese el motivo, sino que tenemos que hacer actuaciones de mayor calidad. Estamos buscando ratones cuando entran elefantes por la puerta, y eso es un tema que… yo quiero dar calidad dentro del personal que tenemos a la Intervención, y por supuesto que no hay ningún tipo… de quitar control, porque yo podría poner el control permanente financiero, y con el control permanente financiero, poniéndome en el peor de los casos, con un error del 5 %, con un zeta alfa medio del 95 % y un PQ del 0,50 %, en el peor de los casos, tendría que hacer la revisión de 100 actuaciones, y no he querido, he querido realizarlo a través de la fiscalización previa limitada, con lo cual, se equivoca de tono a tono en cuál es el diagnóstico y por qué hacemos las cosas.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señor

Gutiérrez. ¿Alguna intervención más? Señor Campoamor.

El señor CAMPOAMOR FERNÁNDEZ: Señor

Gutiérrez, lo único que le pido es que modere usted su forma de hablar, porque yo no le he faltado nunca. He dicho “falta de gestión”, yo no entro a lo que usted sabe o lo que no sabe, yo entro a lo que usted trae a este pleno; con lo cual, valore usted lo que yo traigo y no mi conocimiento, lo que sé o no sé.

El informe de la interventora fechado el 22 de mayo dice: “Devolución de ingresos indebidos, ingresos duplicados, recursos sobre providencias de apremio, recursos sobre diferencias del embargo, recursos catastrales”. Eso es un problema de gestión, porque si en el año 2012 había 473 reclamaciones de devolución de ingresos indebidos, justifíqueme usted por qué en el año 2013 hay 2.900, 3.000, y en los cinco primeros meses del 2014 hay 1.800, y hay 500 todavía en el buzón de espera porque no dan lugar a poder hacerlo en la Intervención.

Es decir, no me cuente usted ninguna historia, ni palos a la madriguera, ni chascarrillos, ni nada. Cuénteme usted los datos que firma la interventora y usted trae en el expediente, no me cuente usted otro tema. Cuénteme por qué pasa de 473 euros la devolución de ingresos indebidos en el año 2012, a 3.000 en el 2013, y a casi 2.000 en los cinco primeros meses del 2014, eso es lo que le estoy pidiendo.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias. El señor GUTIÉRREZ MÁRQUEZ: Esto es lo

que no se trae al Pleno, y por supuesto, de sus propias palabras, usted tendría que haber deducido que lo que estoy diciendo yo es lo correcto. Pero claro, como usted no sabe interpretar lo que se puede interpretar, usted no sabe qué procedimiento de gestión se lleva de forma correcta y lo que no se lleva de forma correcta, está diciendo lo que está diciendo. Por supuesto que los recursos de carácter catastral suponen devoluciones. ¿Por qué? Porque primero, al que se le aplica el sujeto pasivo es al que está censado, y si ese señor no se ha dado de baja en el censo, posteriormente se le da la devolución, pero eso no es un error, eso es un error del contribuyente, no es un error de la Administración.

Dentro de esas cuatro o cinco cosas que ha dicho, de los 17 procedimientos en que existen devoluciones de ingresos, eso puede significar un 1 %, un 3 %, un 2 %, cantidad que usted no dice. Y el hecho ―otra vez se lo vuelvo a repeUr, si no lo comprende lo siento mucho― de que en Intervención hayan pasado de 470 a los 3.000 que estamos diciendo, esto viene como una especie de tsunami, la ola viene y se va corriendo hasta finalizar, y la fotografía que se hizo en su momento, a 31 de diciembre del 2012, era de cuatrocientos y pico, y si usted la hace dentro de dos semanas verá que es cero.

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¿Qué me está diciendo? ¿Que de pronto han desaparecido los expedientes? No, no. Pero claro, y perdone que se lo diga, de sus palabras se conoce el conocimiento, usted me dice unas cuestiones y yo le tengo que decir que es que no sabe lo que está diciendo, y perdone que se lo diga, quiero bajar el diapasón de su intervención, pero es que está diciendo cosas que no son ciertas, que son difíciles de entender, que usted, que es el que lleva la parte económica, no sepa interpretar eso. Y después, yo entiendo que…

El señor PRESIDENTE: Perdone un

momento, señor Gutiérrez. Yo les ruego encarecidamente, por favor, que mantengan silencio, porque es muy difícil seguir la intervención del señor concejal de Hacienda. Continúe, señor Gutiérrez.

El señor GUTIÉRREZ MÁRQUEZ: Ya se me

fue el hilo… Perdón, señor alcalde. El señor PRESIDENTE: No, perdóneme

usted a mí por haberlo interrumpido. En todo caso, señor Gutiérrez, hay un hecho que a mí me parece, si no le he escuchado mal, que no ha abordado usted en la respuesta al señor Campoamor, y es básicamente el número de notificaciones que en materia tributaria se realizaron en un año, frente a las que se realizaron en el otro. Yo creo que ese es un dato que a lo mejor podría comprender el señor Campoamor.

El señor GUTIÉRREZ MÁRQUEZ: Aparte de

aumentar en más de un 100 % lo que es la gestión de los expedientes, que hemos pasado de 44.000 a 80.000 expedientes, gran parte de ellos en cuestiones de depuración de censos, que es de donde vienen las devoluciones en gran parte, es una de las causas por las cuales también se ha aumentado, pero ya digo, dentro de dos semanas saque usted la fotografía y de

pronto verá que las devoluciones se quedan a cero. ¿Qué significa? ¿Que a partir de ahora ya no existen devoluciones? No, que se están tramitando muchísimo más rápido y que ya hemos terminado el ciclo desde que llegaron las que se emigraron desde un sistema hasta el final del sistema; además, complicándolo, porque lo hemos hecho de tal forma que exista conexión entre los dos sistemas, el de GTT, que es el tributario, y el de SICALWIN. Hemos intentado hacerlo de forma correcta, y no como siempre, dejando la porquería metida en un sobre para que después en Contabilidad aparezcan cantidades y cantidades. A usted le parece mal, pero lo siento, es lo correcto, es lo ortodoxo.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

VOTACIÓN Número de votantes: 27 Presentes: 27 Votos a favor: 16 (G. M. Popular) Votos en contra: 11 [8 (G. M. Socialista); 3 (G. Mixto)] Escrutinio: se aprueba por mayoría de los corporativos presentes. INCIDENCIAS:

Al inicio del asunto se reincorpora a la

sesión don José Eduardo Ramírez Hermoso. Durante el debate del asunto se ausenta

y se vuelve a incorporar a la sesión doña Isabel Mena Alonso.

34.- PROPOSICIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR EN RELACIÓN CON LA PRETENSIÓN DEL GOBIERNO DE CANARIAS DE FINANCIAR SUS GASTOS EN VIVIENDAS DE SU PROPIEDAD CON CARGO A RECURSOS MUNICIPALES

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DEBATE. Intervenciones:

La señora SECRETARIA GENERAL: Hay una proposición del Grupo Municipal Popular para incluir por vía de urgencia, previa su declaración, que es “proposición en relación con la pretensión del Gobierno de Canarias de financiar sus gastos en viviendas de su propiedad con cargo a recursos municipales”. Procedería, en primer lugar, la justificación de la urgencia, y de ser aprobada esta, se pasaría a la inclusión y posterior despacho del asunto.

El señor PRESIDENTE: Señor Gutiérrez. El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN (Gutiérrez Márquez): La urgencia viene motivada porque el Gobierno de Canarias pretende, a través de un articulado, realizar unas actuaciones que se consideran que son contrarias a los intereses de los ayuntamientos de los municipios de Canarias. Se estaba tramitando a través de una forma ordinaria dentro del Parlamento de Canarias, y por circunstancias que no vienen a cuento ahora mismo, han cambiado la técnica y lo han pasado a lo que es introducirlo vía enmienda. De esto hemos tenido conocimiento este viernes, y por eso lo hemos traído a este pleno. De seguir el procedimiento normal de tramitación del expediente, no tendríamos que haberlo traído por vía urgente; con lo cual, el introducirlo vía enmienda es el motivo por el que lo hemos tenido que traer en este pleno.

VOTACIÓN DE LA URGENCIA Número de votantes: 27 Presentes: 27 Votos a favor: 19 [16 (G. M. Popular); 3 (G. Mixto)] Votos en contra: 8 (G. M. Socialista) Escrutinio: es ratificada por mayoría absoluta de los corporativos presentes.

Se adopta el siguiente acuerdo: “El Gobierno de Canarias está

impulsando el Proyecto de Ley de modificación de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Viviendas de Canarias, disponiendo la disposición adicional quinta la obligación de los municipios de participar en la construcción, mantenimiento y rehabilitación de las viviendas protegidas de promoción pública de titularidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias que se ubiquen en su municipio a través de una cantidad equivalente del IBI.

De otro lado, establece la obligación de liquidar el IBI a los municipios respecto de los bienes inmuebles anteriores y la compensación del impuesto, de acuerdo con la relación que envíe el Gobierno de Canarias.

En esencia, esta norma en trámite prevé que se financien las competencias del Gobierno de Canarias con los recursos que los municipios canarios perciben por ley sin recibir ninguna contraprestación a cambio. Esta “obligación de dar”, sin parangón alguno en cualquier otra comunidad autónoma, que se quiere imponer a los ayuntamientos canarios por parte del Gobierno de Canarias, no tiene encaje a la vista de las normas que regulan el sistema de financiación de las comunidades autónomas, pudiendo predicarse conforme el título I de la Constitución Española, “De los deberes y derechos fundamentales”, su carácter confiscatorio.

Igualmente, el precepto conlleva gastos cuya realización no depende de la voluntad de los municipios canarios, con lo que ello significa de intromisión en la autonomía de los ayuntamientos para la gestión de sus intereses, garantizada en el artículo 137 de la Constitución.

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La obligación de consignar el importe exigido sin contraprestación en el presupuesto de gastos supone, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, dar de baja a las consignaciones de otras partidas de gastos, con el consiguiente perjuicio para los intereses municipales, ya que ello provocaría la disminución de la prestación de algún servicio o de la realización de alguna obra o de algún suministro, una gran parte de los cuales han sido ya ajustados a la baja debido a la actual situación económica.

De ser considerada la “obligación de dar” que se pretende imponer como de naturaleza tributaria, es preciso señalar que el artículo 133.1 de la Constitución Española consagra que el poder tributario originario respecto de los municipios corresponde exclusivamente al Estado, lo que implica que ninguna comunidad autónoma puede desarrollar ni regular las materias que integran el sistema tributario local.

En consecuencia con lo señalado, el Tribunal Constitucional ha destacado (Sentencia 19/1987, de 17 de febrero) que las comunidades autónomas carecen de facultades normativas originarias en el ámbito tributario local y no pueden establecer, regular o configurar tributos locales o aspectos esenciales de los mismos.

Por otro lado, la redacción dada por el

borrador de la Ley de Medidas Tributarias, Administrativas y Sociales de Canarias deja entrever un cierto desconocimiento del mecanismo de gestión del impuesto sobre bienes inmuebles, cuando señala que el organismo competente en materia de Vivienda del Gobierno de Canarias remitirá a la Corporación Local la relación de viviendas que son de titularidad pública autonómica, al objeto de que por parte de

la Administración Local se proceda a la liquidación del IBI. Esta formulación es totalmente ajena al hecho de que, como señala el artículo 77.5 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el IBI es un tributo que se liquida a partir de la información contenida en el padrón catastral elaborado al efecto por la Dirección General del Catastro.

En conclusión: Entendiendo que la disposición adicional

quinta del Proyecto de Ley de modificación de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Viviendas de Canarias, además de las negativas consecuencias que tiene respecto del techo de gasto municipal y la imposibilidad de su materialización en aplicación del artículo 77.5 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, vulnera la Constitución Española en su título I, al tener carácter confiscatorio, en su artículo 137, al trasgredir el principio de autonomía de la Administración Local, y en su artículo 133, al quebrantar el poder tributario originario del Estado respecto de los municipios, proponemos la adopción del siguiente acuerdo:

Instar al Parlamento de Canarias a no

aceptar el articulado del Proyecto de Ley de modificación de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Viviendas de Canarias, por la que el Gobierno de Canarias pretende financiar gastos de su competencia a costa de los ayuntamientos canarios mediante la compensación del IBI”. DEBATE. Intervenciones:

El señor GUTIÉRREZ MÁRQUEZ: Como expliqué anteriormente, el Gobierno de Canarias, de la forma más opaca posible, ha introducido una enmienda, a través de la Ley de Viviendas de Canarias, que se debatirá en el Parlamento de Canarias la próxima semana… En esta enmienda tiene

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por intención que los municipios canarios financien, con sus recursos, los gastos competencia del Gobierno de Canarias en Vivienda. Sí, así como lo oyen, el Gobierno de Canarias quiere que los municipios canarios financien sus gastos.

Esta obligación de dar que quiere poner el Gobierno de Canarias, sin contraprestación alguna, a los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria, quitándoles ―literalmente― sus ingresos, no obedece a ninguna figura legal. Esta pretensión del Gobierno de Canarias viola el título I de la Constitución Española, los derechos y deberes fundamentales, al tener un manifiesto carácter confiscatorio, exigir sin dar. Igualmente, supone una manifiesta intromisión en el principio de autonomía local, consagrado en el artículo 137 de la Constitución Española, mostrando el respeto que el Gobierno de Canarias tiene y ha tenido por los municipios canarios.

Por otro lado, y de facto, la figura que quieren introducir constituye un supuesto de no sujeción de naturaleza subjetiva del IBI, es decir, una violación también del artículo 133.1 de la Constitución Española, que consagra que el poder tributario originario de los municipios corresponde exclusivamente al Estado.

Esta obligación de dar que quiere imponer el Gobierno de Canarias, amén de la aberración jurídica que supone, como ya recogió el propio informe de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Consejo Económico y Social, tiene graves consecuencias prácticas para el Ayuntamiento. No solo se deja a los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria con 750.000 euros menos, sino que además tiene el efecto de que nos rebaja el techo de gasto en 750.000 euros menos, y no creo que haga falta repetirles a ustedes las estrecheces presupuestarias que estamos viviendo.

Son muchas más las consecuencias de carácter práctico que se derivan de esta obligación de dar que quiere imponer el Gobierno de Canarias, y que, de llevarse a cabo, no me cabe la menor duda de que se terminará en el Constitucional. Pero no quiero cansarlos con argumentos jurídicos, solo quiero que quede en sus mentes que no podemos aceptar este abuso, esta imposición antijurídica, fuera de toda lógica, por la que una administración fuerza a pagarle a otra sus gastos. Ya se consintió con el reparto no legal del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, realizado por el Gobierno de Canarias, en el cual hemos vivido vergonzosos episodios. Si consentimos con esta obligación de dar, ¿que será lo próximo?

Imploro a todos ustedes que, en beneficio y en interés de los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria, aceptemos la moción que se propone de que el Parlamento de Canarias no apruebe la pretensión del Gobierno de Canarias de que los municipios canarios paguen los gastos que le corresponden por ley al Gobierno de Canarias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Gutiérrez. Nos piden la palabra… en primer lugar, don José Eduardo Ramírez.

El señor RAMÍREZ HERMOSO (concejal del

G. Mixto): Muchas gracias. Desde Nueva Canarias anunciamos el apoyo a esta proposición del grupo de gobierno, por varias cuestiones. Primero, porque el procedimiento que efectivamente el Gobierno de Canarias ha puesto en marcha para llevar a cabo esta medida no nos parece el más adecuado, nos parece poco transparente, poco participado, vía enmienda a la Ley de Vivienda, no nos parece que sea la mejor fórmula para que esto pueda ser discutido por los grupos políticos del Parlamento de Canarias, y también por el resto de los grupos políticos

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que tienen representación en los ayuntamientos. No se ha alcanzado acuerdo alguno con los grupos políticos, ni siquiera con los ayuntamientos. Nosotros hemos testado a los compañeros nuestros que tienen responsabilidades de gobierno en diferentes ayuntamientos y no se ha contado con ellos, y no están de acuerdo para nada con esta medida. Porque, además, efectivamente, está plagada de irregularidades. Esto se va a terminar, posiblemente, judicializando, y posiblemente lo pierda el Gobierno de Canarias. Y sobre todo, porque va en contra del sentido de los tiempos que ahora mismo nos está tocando vivir. Resulta que cuando se está planteando que las competencias que tengan los municipios, las que no les son propias, sean financiadas por las comunidades autónomas, no tiene ninguna lógica que una competencia que es de la Comunidad Autónoma sea financiada por los ayuntamientos. Por lo tanto, creemos que esto es un disparate, esperemos que sea corregido y que la presión que puedan hacer todos los ayuntamientos de Canarias haga que se dé marcha atrás con esta medida. Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señor Ramírez. Señora Barrios. La señora BARRIOS CURBELO

(viceportavoz del G. Mixto): Desde Compromiso por Gran Canaria vamos a apoyar esta proposición y vamos a explicar claramente el porqué entendemos que lo que se pretende hacer por el Gobierno de Canarias va en contra, incluso, ya no solo de los ayuntamientos, sino de los propios ciudadanos.

Todos hemos visto que, desgraciadamente, todo lo que han sido viviendas construidas en los últimos tiempos, la rehabilitación de las mismas, el mantenimiento de las mismas, ha dejado

mucho que desear. Están plagadas nuestras ciudades, Las Palmas de Gran Canaria, de edificios que están pidiendo a gritos la rehabilitación, el mantenimiento de los mismos. El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha exigido al Gobierno de Canarias el pago del IBI, y ahora pretenden que con ese abono del IBI el Ayuntamiento, con dinero público ―se ha fijado por el concejal Gutiérrez me parece que en unos 750.000 euros, ¿no?, alrededor de 750.000 euros―… salga de las arcas municipales de Las Palmas de Gran Canaria para el mantenimiento de unos edificios cuya obligación la tiene el Gobierno de Canarias.

Si el Gobierno de Canarias no quiere invertir en los edificios que construyó, que abandonó posteriormente, cuando se llevó a cabo ya la adquisición por los particulares, sabiendo que no tenían dinero, y quiere continuar con esa fórmula, que no se hace además en otros lugares de España, que nos lo diga, pero que no venga a hacer recaer en las espaldas de los ayuntamientos y de los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria, y especialmente de quienes viven en esas viviendas… esas viviendas que se están convirtiendo en espacios infrautilizados, porque están abandonadas de rehabilitación y de mantenimiento.

No es comprensible, no se puede entender qué es lo que está pasando, y en ese sentido, desde Compromiso vamos a apoyar esta iniciativa, porque nos parece que aquí el Gobierno ha desbarrado. No entendemos, porque para ellos 750.000 euros, aquí, para Las Palmas de Gran Canaria, no sé para el resto de municipios, no les es dinero, y desde luego, lo que están haciendo es ir contra los intereses generales de la administración más cercana al ciudadano, que sería un dinero para invertir en las necesidades de los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria, y además, quitarse una responsabilidad que hace Uempo ―tenemos que

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reconocerlo― no están llevando a cabo, y tienen todos estos edificios, a todos estos ciudadanos, viviendo a nivel tercermundista.

Por tanto, en ese sentido, vamos a apoyar esta proposición, y nos van a tener a su lado para lo que necesiten.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias,

señora Barrios. Por parte del Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Campoamor.

El señor CAMPOAMOR FERNÁNDEZ

(concejal del G. M. Socialista): Yo quiero decirle al señor Gutiérrez y a todos los concejales de esta corporación que, en primer lugar, no ha habido ningún tipo de opacidad, esto fue una enmienda que entró en la Mesa de la Cámara el día 25 de abril, con lo cual, lo tienen todos los grupos parlamentarios y no ha habido ningún tema que haya entrado por la parte de atrás, como usted ha dicho.

Esta es una enmienda a una ley del año 2003, que la ley del año 2003 ―se la quiero leer― dice: “Los ayuntamientos cuyos términos municipales estén contemplados en los planes insulares o en los planes de vivienda, a los efectos de construcción de viviendas protegidas de promoción pública o de régimen especial de alquiler, tendrán la prioridad de acogerse a los beneficios de dichos planes siempre que aporten suelo urbano para su ejecución y que contribuyan a la financiación con una cantidad equivalente al importe del impuesto de bienes inmuebles que resulte de aplicación mientras que las viviendas sean de titularidad pública”.

Es decir, esto es una norma que sacaron ustedes cuando estaban en el Parlamento de Canarias. ¿Qué me viene a contar ahora a mí el señor Gutiérrez? Esto es una norma del año 2003, cuando estaban ustedes gobernando. Segundo, deberían figurar estas cantidades como aportación de las

corporaciones locales, y esto lo único que le da es la regulación de este tema. Pero también le quiero decir más, señor Gutiérrez, sin entrar en esta cuestión.

Hace siete meses, en este pleno presentamos una moción, una moción de instar a que los Presupuestos Generales del Estado, que son dañinos… instar a los grupos parlamentarios a presentar enmiendas a las propuestas de los Presupuestos Generales del Estado del 2014. ¿Y sabe usted lo que contenía la moción, que la defendí yo, tuve el honor de defenderla? 82 millones de transferencias para Canarias, para los planes integrales de actuaciones contempladas en los Presupuestos Generales del Estado, desde el 2011 han pasado a 2014 a cero, y es el Gobierno del Partido Popular, y ustedes no apoyaron esta moción.

Segundo, ya no se contempla la financiación de los convenios de reposición y rehabilitación de viviendas, afectando directamente a las 37 cuarterías de Mata y a las 114 viviendas de Tamaraceite, así como la rehabilitación de las viviendas en los barrios de Escaleritas, San José, Vegueta, negándoles el derecho a un hogar digno. Nosotros esta moción la presentamos para que instáramos a los grupos parlamentarios a presentar enmiendas a los Presupuestos Generales del Estado del 2014, que corrigieran los graves perjuicios que suponen para Las Palmas de Gran Canaria, y ustedes lo rechazaron en octubre.

Amén de ese tema, señor Gutiérrez, al Plan de Empleo Social para Canarias, el Ayuntamiento aportó un raquítico un 1 %; no fue la menor cantidad, pero sí el menor porcentaje.

El señor PRESIDENTE: Señor Campoamor,

perdone un segundo. Le digo que se ciña al contenido ―está en su segundo turno―, al contenido de esta propuesta. Porque claro, si usted va a hacer un repaso completo de

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todas las cuestiones que nada tienen que ver con la materia que trae a esta cuestión… Yo le ruego que se ciña al punto del orden del día, si es tan amable. Muchas gracias.

El señor CAMPOAMOR FERNÁNDEZ: Bien,

voy a seguir. Hace dos años, señor Gutiérrez, presentó el Grupo Socialista una moción, que rechazaron ustedes con su mayoría, para que los inmuebles propiedades de las confesiones religiosas, y que no estuvieran afectos a los cultos, es decir, no fueran las iglesias, tuvieran que pagar el IBI, y ustedes dijeron que no. Pero mire hasta dónde llega la paradoja que muchos de estos inmuebles están dedicados a actividades económicas (hoteles rurales, restaurantes, etc.), y ustedes dijeron que no. Llega hasta lo absurdo de que ha habido un recurso en el Ayuntamiento, del cual usted tiene que ser conocedor, de que un párroco quiere que le eximan de la plaza de garaje que tiene en cinco edificios diferentes, y se le ha quitado el IBI. Eso no lo dice usted. Y lo que le quiero decir es que, aparte de todo esto, todo esto va ¿en función de qué?, de un beneficio de aquellas personas a las que ustedes y el Gobierno del señor Rajoy, a través de los Presupuestos Generales del Estado, han permitido que no se puedan rehabilitar las viviendas, no venga usted a rasgarse las vestiduras ahora con todo lo que le estoy preguntando. Es decir, no es un tema de que no beneficia a los ciudadanos, beneficia a los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria que ustedes están olvidando. Y entonces, no es un tema que se han sacado de la manga, es un tema del año 2003, de una ley de vivienda del 2003 que ya lo establecía, que el IBI pasaría a formar parte del mantenimiento y construcción de viviendas públicas, ¿de acuerdo? Es decir, no es esa la información que pone en su moción, por lo cual, le

adelanto que el Partido Socialista va a votar en contra.

El señor PRESIDENTE: Señor Gutiérrez. El señor GUTIÉRREZ MÁRQUEZ: En primer

lugar, muchas gracias por el agradecimiento al Grupo Mixto, porque ustedes sí que defienden a los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria. Por supuesto, hablando en romano paladín, el señor Campoamor nada más que está defendiendo a su líder, José Miguel Pérez, ni más ni menos, porque ha hablado de todo menos del hecho de que nos están metiendo la mano en el bolsillo.

En este caso nos ha hablado de que si la Iglesia, que si las confesiones religiosas… ¿Qué más me da a mí? Yo le estoy diciendo que no nos metan la mano en el bolsillo, ¿qué me cuenta usted a mí? ¿Me está contando a mí ―usted se cree que yo me he caído de un guindo― que existe una ley del 2003, que existe un plan? Nosotros nunca nos acogimos a ese plan, y lo hemos hablado con el Gobierno de Canarias. Y como no nos hemos acogido a ese plan, es por lo que sacan esta ley, en la que, por cierto, dentro de lo que es la enmienda y la motivación de la enmienda, dice que, como no nos acogimos al plan, y como le estamos exigiendo… es decir, de viñeta de Mortadelo y Filemón, lo que hablan de la motivación. ¿Y usted de qué me habla? Aquí estamos hablando de lo que es el ciudadano de Las Palmas de Gran Canaria, de que nos están metiendo la mano en el bolsillo, de eso es de lo que estamos hablando, ni más ni menos. Usted no ha hablado de eso. Ustedes tendrán que dar muchas explicaciones como hagan este abuso, esta antijuricidad, en contra de toda la Constitución, una aberración jurídica donde las haya, pero donde las haya, se habrán echado las manos a la cabeza quienes lo hayan leído. Sigan para adelante, sigan ustedes para adelante.

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Ahora, tendrán que dar muchas explicaciones a los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria.

Y eso de que va en beneficio de los ciudadanos de las viviendas de protección oficial… Que sepa usted que el IBI que nosotros recaudamos es para hacer el alumbrado, para hacer las aceras, para hacer la seguridad, el transporte, las instalaciones de carácter cultural, docentes, no solamente para que vivan estos ciudadanos en Jinámar, sino porque después el Ayuntamiento les tiene que dar todo ese tipo de servicios, y ese dinero es el que nos quieren quitar. Porque no es solamente el que vivan entre cuatro paredes, sino que puedan salir a la calle, que puedan disfrutar, que puedan vivir como el resto. Usted no, se opone, ¿por qué? Porque mientras otros defendemos a los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria, usted está defendiendo a José Miguel Pérez.

El señor PRESIDENTE: Señora Barrios. La señora BARRIOS CURBELO: Quisiera

añadir a lo que se ha comentado un aspecto importante.

Tanto la Constitución como el Estatuto de Autonomía, como incluso la Ley de Bases, posteriormente denominada Ley de Modernización de Grandes Ciudades, todas recogen la obligación y la necesidad de la coordinación entre las diferentes administraciones públicas. Yo creo que en estos momentos que un ayuntamiento se entere de determinadas medidas económicas que le dañan, porque en el Parlamento se tramita una iniciativa, y que previamente no haya habido una intervención, ni se haya debatido en órganos tan importantes como la FECAM, a nosotros, la verdad, es que nos llama la atención, y era el añadido que queríamos hacer. Nos parece que incluso se incumplen

todos esos principios que se regulan en todas estas legislaciones. Gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, señora

Barrios. Señor Campoamor, ¿tiene algo más que añadir a su extraordinaria defensa del Gobierno de Canarias?

El señor CAMPOAMOR FERNÁNDEZ: Mire,

señor Cardona y señor Gutiérrez, no les permito que me digan que estoy defendiendo al Gobierno de Canarias. Estoy defendiendo a los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria, no hagan ustedes juicios de valor… si me permite usted, estoy ahora en posesión de la palabra.

El señor PRESIDENTE: Sí, pero no va a

tener otro remedio que escucharlo un par de ocasiones más.

El señor CAMPOAMOR FERNÁNDEZ: Vale,

pues muy bien. Mire, yo lo que le estoy diciendo, señor Gutiérrez, es que esta disposición, modificación de la ley del 2003, primeramente va a Comisión, y puede tener sus modificaciones, y en segundo lugar, son las cantidades que se aportan para las viviendas sociales de Las Palmas de Gran Canaria. No estoy hablando de Honolulu, estoy hablando de Las Palmas de Gran Canaria. Es decir, la cantidad que tendría que pagar cada una de las viviendas del IBI se dedica al mantenimiento y a la reposición de esas viviendas. Si a usted le parece mal, a mí no me parece mal, qué quiere usted que le cuente, es que ustedes no se negaron en absoluto cuando decimos que es que del Ministerio de la Vivienda y de los Presupuestos Generales del Estado se han recortado, porque no se pueden hacer el mantenimiento y la rehabilitación de las viviendas en los barrios de Escaleritas, San José, Vegueta, se les ha negado ese derecho. Y estas viviendas, con ese dinero que le tendrían que dar a usted de IBI, se van ha rehabilitar, porque

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ustedes también rechazan todo lo que beneficia a los ciudadanos, y luego van ustedes desarrollando el tema de que ustedes son los que defienden a los ciudadanos. Yo defiendo al ciudadano de Las Palmas de Gran Canaria porque es el que me ha elegido y al que me debo.

El señor GUTIÉRREZ MÁRQUEZ: Siento

disentir con usted, señor Campoamor. En primer lugar, como le vuelvo a repetir, nosotros nunca nos hemos acogido a ningún plan. Además, esto lo hacen con carácter retroactivo, el que se haya acogido o el que no se haya acogido; esto lo único que tiene por finalidad es la incompetencia del Gobierno de Canarias de poder negociar con el Estado y sacar los dineros que son necesarios para la vivienda, y como no quieren renunciar al dinero de la Televisión, o a mandárselo a la República Bolivariana de Venezuela, donde hay pingües retribuciones, o a subvencionar cuestiones tan importantes como el turismo equino en Uruguay, no quieren renunciar a eso, nos cogen y nos meten la mano en el bolsillo de lo que es el ciudadano de Las Palmas de Gran Canaria.

Muy buena su defensa de los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria; para que el Gobierno de Canarias pueda seguir saliendo por la tele, José Miguel Pérez, tenemos que meter la mano, por su bien, en el bolsillo de los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria. Muy bien, señor Campoamor, por su defensa de los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria.

Y señor Campoamor, el IBI que tenemos nosotros es para darles otros servicios que complementan la vivienda: alumbrado, jardines, calzadas, carreteras, instalaciones deportivas, instalaciones culturales, transporte, seguridad, limpieza. Para eso el Estado nos ha dado el IBI, y no para que paguemos la Televisión Canaria, ni que mandemos transferencias a la República Bolivariana de Venezuela.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Gutiérrez. Perdón, señor Campoamor, yo la verdad es que esperaba que esta propuesta fuera ratificada y aprobada por todos los grupos de la Corporación, porque más allá de que podamos estar de acuerdo con el destino final que el dinero supuestamente recaudado persigue, aquí hay un principio en el que todos deberíamos estar de acuerdo, y a mí me resulta tremendamente doloroso comprobar cómo el Partido Socialista antepone los intereses estrictamente de partido, convirtiéndose en portavoces del Gobierno autónomo, en este caso, ante lo que debe ser la defensa de la autonomía local, porque esto es un auténtico atropello, lo que se pretende realizar por parte del Gobierno de Canarias ante, no este ayuntamiento, sino ante todos los ayuntamientos. Y creo, sinceramente, así lo considero... me resulta absolutamente patético que una vez más, entre la defensa del interés general de la ciudad y la defensa del interés de partido, el Partido Socialista haya elegido esto último. Cada uno responderá de los hechos y de las decisiones que adopta.

VOTACIÓN Número de votantes: 27 Presentes: 27 Votos a favor: 18 [15 (G. M. Popular); 3 (G. Mixto)] Votos en contra: 7 (G. M. Socialista) Abstenciones: 2 Escrutinio: se aprueba por mayoría absoluta de los corporativos presentes. INCIDENCIAS:

Durante el debate del asunto se

ausentan y se vuelven a incorporar a la sesión don Mauricio Roque González y doña M.ª del Carmen Romero Espino.

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Durante la votación del asunto se encuentran ausentes los siguientes corporativos:

- D.ª Lucía M.ª Sebastiana Ruiz

Saavedra - D. Pablo Barbero Sierra

B) PARTE DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL 1.- DAR CUENTA DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LOS SIGUIENTES ÓRGANOS:

Alcaldía: Decretos y resoluciones de la Alcaldía del número 14899 al 18396, emitidos del 24 de abril al 22 de mayo de 2014, respectivamente.

El Pleno toma razón, así como de la comunicación del señor secretario general técnico de la Junta de Gobierno Local de fecha 23.05.2014, ref. FME/amn, que es del siguiente tenor:

“Para el oportuno conocimiento del Pleno Municipal en su próxima sesión ordinaria a celebrar el día 26.02.14 en los términos establecidos en el artículo 42 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (BOE 22 diciembre), y a los efectos prevenidos en artículo 123.1-a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se acompañan los decretos y resoluciones inscritos en el Libro-Registro de Decretos y Resoluciones, desde el número 14899 al número 18396 del año 2014, con excepción de los documentos correspondientes a los números de asiento emitidos por el Área de Gobierno de Hacienda, Patrimonio y Contratación, Área de Empleo, Bienestar Social e Igualdad, Dirección General de

Nuevas Tecnologías y Telecomunicaciones, que no constan en esta Secretaría, y que se relacionan al dorso de este documento.

Reiterándose en las consideraciones realizadas en la comunicación interna registrada con número de salida departamental 1983/2012, de 24 de octubre.

ANEXO I Las resoluciones emitidas en las Áreas

de Gobierno de Hacienda, Patrimonio y Contratación, Área de Empleo, Bienestar Social e Igualdad y en la Dirección General de Nuevas Tecnologías y Telecomunicaciones no pueden aportarse a la próxima sesión del Pleno, ya que todavía no constan en esta Secretaría General Técnica, debido a problemas técnicos de adaptación al aplicativo monitor de resoluciones de las unidades administrativas respectivas”.

Junta de Gobierno Local: Sesiones números 14, 15 y 16, de fechas 10.04.14, 24.04.14 y 08.05.14, respectivamente. Comisiones de Pleno:

• Comisión de Pleno de Organización, Funcionamiento y Régimen General, sesión número 6, de fecha 15.04.14.

• Comisión Especial de Pleno de Sugerencias y Reclamaciones, sesión núm. 2, de fecha 11.03.14.

• Comisión de Pleno de Desarrollo Sostenible, sesión número 4, de fecha 15.04.14.

• Comisión Especial de Pleno de Coordinación con otras Administraciones Públicas, sesión núm. 2, de fecha 12.03.14.

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• Comisión de Pleno de Políticas de Igualdad, sesión número 4, de fecha 16.04.14.

• Comisión de Pleno de Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas, sesión número 8 de fecha 23.04.14.

Juntas Municipales de Distrito: Sin asuntos. Organismos autónomos: Instituto Municipal de Deportes Decretos y resoluciones del presidente y del gerente del número 115 al 142, emitidos del 7 de marzo al 5 de mayo de 2014, respectivamente. Actas Actas de la Junta Rectora del IMD, sesiones números 3 y 4, de fechas 14.03.14 y 19.03.14, respectivamente.

Instituto Municipal para el Empleo y la Formación Decretos y resoluciones del presidente y del gerente del número 152 al 222, emitidos del 17 de marzo al 28 de abril de 2014, respectivamente. Actas Actas del Consejo Rector, sesiones números 2 y 3, de fechas 11.03.14 y 24.03.14, respectivamente. Agencia Local Gestora de la Energía Decretos y resoluciones del presidente y del gerente del número 7 al 9 del 12/05/14 al 13/05/14, respectivamente. Actas Sin asuntos.

2.- COMPARECENCIAS

• Solicitudes de comparecencia formuladas por escrito (con anterioridad a la elaboración del orden del día).

No se formularon. • Solicitudes de comparecencia

formuladas directamente en la sesión.

No se formularon.

3.- RUEGOS Y PREGUNTAS 3.1.- RUEGOS 3.1.1.- RUEGOS DE FORMULACIÓN ESCRITA PRESENTADOS CON ANTERIORIDAD A LA ELABORACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA

No se formularon.

3.1.2.- RUEGOS DE FORMULACIÓN ESCRITA PRESENTADOS CON 24 HORAS DE ANTELACIÓN AL PLENO

No se formularon.

3.1.3.- RUEGOS DE FORMULACIÓN ORAL 3.1.3.1.- La señora BARRIOS CURBELO (viceportavoz del G. Mixto): Gracias. El primer ruego va relacionado con los comerciantes de la zona, del entorno, de Castillejos en Guanarteme. El carril guagua les ha deteriorado totalmente la posibilidad de acceso a dichos vecinos y a los comerciantes. Nuestra propuesta es que por el concejal competente se analice el poder llegar a un acuerdo con los comerciantes y vecinos y cederles la última planta del aparcamiento de la plaza del Pilar, que está vacío, está sin utilizarse, y buscar espacios de carga y descarga.

El señor PRESIDENTE: Se toma nota del ruego.

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3.1.3.2.- La señora MEDINA MONTENEGRO (concejala del G. M. Socialista): Muchas gracias, señor alcalde. Espero no malinterprete mis palabras, y lo hago desde la mayor serenidad y tranquilidad a estas horas. Son muchos los comentarios que solemos recibir cuando salimos de un pleno, y los comentarios siempre tienen que ver con… “Hay que ver qué malcriados se portan con la oposición desde el Gobierno de la ciudad…”; “Hay que ver cómo se ponen…”; “Pero ¿por qué esas faltas de respeto?”. Se lo digo de verdad, yo no soy quién para dar consejos, pero sí puedo recomendar, y yo recomiendo, señor alcalde, que, por favor, tenga en la mente usted, pero su Gobierno también, que desde la serenidad y tranquilidad puedan discutir o podamos discutir las distintas opciones y decisiones políticas, pero nunca faltando el respeto a nadie. Porque es que si no, al final, vamos a terminar pidiendo que a partir de las doce de la mañana, en vez de tomar café algunos, sobre todo en la bancada del Partido Popular, tengan que tomar tila. De verdad que se lo digo con la absoluta tranquilidad y serenidad. Pero es que es patética la imagen que se da cuando se llaman demagogos, mentirosos… Es que yo creo que no debemos. Es una recomendación que hago y un ruego para que se tenga en cuenta, señor presidente.

El señor PRESIDENTE: Desde la misma serenidad… No, no me pique el ojo, porque no… No, es que yo, de verdad, me quedo atónito, ¿no? Porque yo no sé si ustedes se escuchan cuando intervienen. Yo no sé si usted, que tiene a su lado a dos portavoces del Grupo Socialista, escucha el tono, las descalificaciones, los insultos… Sí, no ponga cara de asombro, es que voy a repasar las actas de los últimos plenos y voy a entresacar las frases, las descalificaciones, pero, sobre todo, el tono con el que tanto la señora Mena como el señor Campoamor, en ocasiones usted… sí, en ocasiones usted.

Evidentemente, no puedo decir lo mismo de las cuatro personas que siguen al señor Campoamor, que son, desde mi punto de vista, cordiales, respetuosas y educadas, pero ¿la señora Ruiz ha demostrado aquí esa naturalidad, esa serenidad, que usted está reclamando al grupo de gobierno? ¿De verdad lo cree? ¿De verdad lo cree? El señor Campoamor, cuando interviene en este pleno, que parece que está a punto de pegarle al señor Gutiérrez; pero si antes estuve a punto de decirle “señor Campoamor, baje el tono, que no hace falta que se enfade”. Entonces, yo creo, sinceramente, que a usted le podríamos aplicar esa frase bíblica del polvo y de la viga, si quiere se lo… o de la paja y de la viga. Si quiere se la reproduzco, pero hombre, aplíquense un poco ustedes el cuento y después pídanle al resto también un poquito de respeto, por favor. No, si todavía quieren pasar a la historia como que serenan las intervenciones y que somos nosotros los que las crispamos. Eso se llama cinismo político; así, para que… cinismo político, y hoy creo que usted ha dado un nuevo ejemplo de cinismo político (Intervención de la señora Medina Montenegro fuera de micrófono). Lo veo, lo veo, que efectivamente es usted una cínica política. ¿Le parece bien el calificativo que le estoy dando? No es ningún insulto, el cinismo… no, no, el cinismo es una corriente filosófica muy antigua, muy antigua, y usted lo practica perfectamente y hoy lo ha vuelto a hacer.

3.1.4.- RUEGOS DE FORMULACIÓN ORAL FORMULADOS EN SESIONES ANTERIORES:

Sesión 30.04.14 Grupo Mixto

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3.1.4.1.- Ruego formulado por doña M.ª Bernarda Barrios Curbelo (viceportavoz del G. Mixto), relativo a:

“Colocación de la placa en conmemoración a los fusilados en San Lorenzo”.

La señora CONCEJALA DELEGADA DE SALUD

PÚBLICA, CEMENTERIOS Y SERVICIOS FUNERARIOS (González Muñoz): Tomo razón.

Grupo Municipal Socialista

3.1.4.2.- Ruego formulado por doña M.ª del Carmen Vargas Palmés (concejala del G. Mixto), relativo a:

“Que se haga con el documento de

Directrices, tema de personal, unidad técnica, familia e infancia porque en el ítem 11 se recoge la retirada de efectuar las PCI a las familias que peor lo están pasando en el municipio”.

La señora CONCEJALA DELEGADA DE

ASUNTOS SOCIALES (Viera Fernández): No existe ninguna directriz firmada por la jefa de Unidad Técnica de Familia e Infancia, en ese sentido.

3.2.- PREGUNTAS 3.2.1.- PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ESCRITA PRESENTADAS CON ANTERIORIDAD A LA ELABORACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA

Grupo Mixto

3.2.1.1.- Pregunta formulada por don Pedro Quevedo Iturbe, portavoz del G. Mixto, relativa a “Plan de Empleo Re-Activa” (R. E. S. Gral. núm. 549)

“Vista la merma económica que ha sufrido el Plan Re-Activa y la imposibilidad de obtener los 18 millones de euros que estaban previstos para su ejecución tras los recortes sufridos por el Gobierno de España y de Canarias, ¿nos puede indicar qué acciones de dicho Plan tiene previsto llevar a cabo durante el año 2014, el coste de dichas acciones y la procedencia de su financiación?”.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE EMPLEO, BIENESTAR SOCIAL E IGUALDAD (Romero Cerdá):

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AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Diario de Sesiones núm. 55, de fecha 28.05.14.

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3.2.1.2.- Pregunta formulada por don Pedro Quevedo Iturbe, portavoz del G. Mixto, relativa a “aparición de residuos contaminantes en La Cícer” (R. E. S. Gral. núm. 550)

“Una vez conocida la aparición de residuos en el solar de La Cícer y la obligación de proceder a su tratamiento, ¿va a suponer esto un retraso en la ejecución de la obra?

En caso afirmativo, ¿de cuánto tiempo se estima que puede ser el retraso?

¿Se van a exigir responsabilidades a los antiguos propietarios del solar por la aparición de estos residuos, en el caso de que se demuestre que son peligrosos?

En todo caso, ¿quién va a asumir el costo de dichas extracciones?”.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y AGUAS (Muñoz García-Borbolla): El Ayuntamiento ha concedido una prórroga al concesionario de 6 meses motivada por la aparición de elementos contaminantes en el suelo y en las aguas subterráneas.

Los resultados del Análisis Cuantitativo de Riesgos realizado con objeto de evaluar las consecuencias sobre la salud y el medioambiente arrojan que, una vez concluido el Proyecto de Recuperación Ambiental, la calidad del medio será compatible con los usos de la parcela y su entorno.

El concesionario está asumiendo en su totalidad los gastos de la recuperación ambiental, siendo, en principio, esta la única responsabilidad derivada de la presencia de elementos contaminantes. No

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Diario de Sesiones núm. 55, de fecha 28.05.14.

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debe olvidarse que los mismos son el resultado de una actividad que cesó hace más de 20 años y que se realizaba en un marco legislativo muy diferente al actual. 3.2.1.3.- Pregunta formulada por don Pedro Quevedo Iturbe, portavoz del G. Mixto, relativa a “reparto de alimentos” (R. E. S. Gral. núm. 551)

“Tal y como se ha anunciado en los medios de comunicación, ¿cuándo tiene previsto el Ayuntamiento gestionar de forma directa el reparto de alimentos entre los ciudadanos con más necesidades?

¿Cómo tiene previsto organizar el Ayuntamiento dicho reparto y cuáles serán los criterios para el acceso a dichos alimentos?”.

La señora CONCEJALA DELEGADA DE

ASUNTOS SOCIALES (Viera Fernández): Si alguna entidad que tenga autorizado el reparto de alimentos, bien por el Banco de Alimentos de Las Palmas, o por Cruz Roja Española, renuncia y con ello causa baja como entidad autorizada, por carecer de alguno de los requisitos que se le exige para realizar dicha actividad, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en coordinación con el Banco de Alimentos de Las Palmas y Cruz Roja Española, valorará la posibilidad de que haya otra entidad interesada en prestar ese servicio en esa zona, y si no la hubiera, el Ayuntamiento se haría responsable de repartir los alimentos que vienen de Europa a los ciudadanos que lo necesitasen. 3.2.1.4.- Pregunta formulada por don Pedro Quevedo Iturbe, portavoz del G. Mixto, relativa a “subestación de UNELCO” (R. E. S. Gral. núm. 552)

“Teniendo en cuenta el conjunto de

actuaciones que se están desarrollando en

el entorno del solar de La Cícer, ¿qué piensa hacer el grupo de gobierno municipal con la subestación de UNELCO que ocupa irregularmente una parte de dicho solar?”.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y AGUAS (Muñoz García-Borbolla): Ejecutar las determinaciones contempladas en el planeamiento general de la ciudad.

Grupo Municipal Socialista

3.2.1.5.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “motivo por el que no se ha puesto en marcha por la nueva concesionaria el servicio de alquiler de bicicletas” (R. E. S. Gral. núm. 586)

“En febrero de 2014 se firmó el

contrato con la empresa concesionaria del servicio de alquiler de bicicletas. La empresa tenía un mes para comenzar a poner en marcha dicho servicio. ¿Por qué motivo no se ha puesto en marcha aún?”.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE MOVILIDAD CIUDADANA Y MEDIOAMBIENTE (Sabroso Ramírez): Esta pregunta ha sido contestada en la última sesión de la Comisión de Pleno de Organización, Funcionamiento y Régimen General. 3.2.1.6.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “estudios técnicos realizados para comprobar la viabilidad del carril reversible en la GC-1” (R. E. S. Gral. núm. 587)

“¿Qué estudios técnicos se han

realizado en el Ayuntamiento y el Cabildo para comprobar la viabilidad de poner un carril reversible en la GC-1? ¿Qué técnicos los han firmado?”.

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El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE MOVILIDAD CIUDADANA Y MEDIOAMBIENTE (Sabroso Ramírez): La propuesta de implantar un carril reversible en la GC-1 en alguno de sus tramos y a una hora muy concreta se realizó hace varios años sin que fuera estudiada su viabilidad técnica. La coordinación entre el Cabildo y el Ayuntamiento en la búsqueda de soluciones a las retenciones que se producen en la salida del Istmo, hasta que las necesarias inversiones sean acometidas, ha derivado a analizar, desde el punto de vista de la simulación del tráfico, la viabilidad técnica de esa antigua propuesta. Justo en estas semanas se están actualizando los datos de mediciones y aforos por parte de la institución insular. Los servicios técnicos de Obras Públicas del Cabildo y de planeamiento y Policía Local del Ayuntamiento son los que están estudiando la viabilidad de la propuesta. 3.2.1.7.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “obras de acondicionamiento del túnel de Julio Luengo” (R. E. S. Gral. núm. 588)

“¿Cuándo comenzarán las obras de

acondicionamiento del túnel de Julio Luengo y qué administración las va a sufragar?”.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE MOVILIDAD CIUDADANA Y MEDIOAMBIENTE (Sabroso Ramírez): Las labores de mantenimiento de los túneles de Julio Luengo son permanentes por parte del Cabildo de Gran Canaria (firmes, asfaltados, iluminación, estructura, etc.). En cuanto a la actualización de algunas de sus instalaciones, el Gobierno de Canarias se comprometió, gracias a la reunión de trabajo mantenida entre el propio alcalde y el consejero Berriel (conclusiones de reunión que se hicieron públicas), a

presupuestar los costes de las mismas e incluirlos en las transferencias anuales en concepto de gestión de las carreteras de interés regional que le realiza al Cabildo de Gran Canaria, opción que nos parece del todo adecuada.

3.2.1.8.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “conexión del colector interceptor del EDAR de Barranco Seco” (R. E. S. Gral. núm. 589)

“¿Por qué no se ha hecho la conexión

del colector interceptor del EDAR de Barranco Seco?”.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y AGUAS (Muñoz García-Borbolla): Está funcionando desde mitad de septiembre. 3.2.1.9.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “obras previstas para la disminución de los olores provenientes del EDAR de Barranco Seco” (R. E. S. Gral. núm. 590)

“¿Qué obras tienen previsto acometer

para disminuir los olores provenientes del EDAR de Barranco Seco?”.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y AGUAS (Muñoz García-Borbolla): Hemos exigido a Emalsa lo que ustedes no hicieron. Emalsa tiene que entregar un protocolo de actuación para eliminar los malos olores y tiene que proceder a la instalación de sensores que, inmediatamente, detecten cualquier episodio de mal olor por encima de los niveles legalmente establecidos.

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3.2.1.10.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a <<presupuesto previsto para las obras necesarias para alcanzar el objetivo de “vertidos cero”>> (R. E. S. Gral. núm. 591)

“¿Qué presupuesto tienen previsto

para abordar las obras necesarias para alcanzar el objetivo de “vertidos cero” que ha anunciado el alcalde?”.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y AGUAS (Muñoz García-Borbolla): Contestada en Comisión de Pleno de Desarrollo Sostenible.

3.2.1.11.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a <<obras a ejecutar para alcanzar el objetivo de “vertidos cero”>> (R. E. S. Gral. núm. 592)

“¿Cuáles son las obras que se van a

ejecutar para alcanzar el objetivo de “vertidos cero”?”.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y AGUAS (Muñoz García-Borbolla): Contestada en Comisión de Pleno de Desarrollo Sostenible.

3.2.1.12.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “obras de ajardinamiento del solar del Tívoli” (R. E. S. Gral. núm. 593)

“¿Por qué no se han acometido las obras de ajardinamiento del solar del Tívoli?”.

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y AGUAS (Muñoz García-Borbolla):

En cuanto haya disponibilidad y estén los informes.

3.2.1.13.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a <<criterio seguido para seleccionar las calles del municipio que entran en el “Plan de Asfaltado”>> (R. E. S. Gral. núm. 594)

“¿Qué criterio se ha seguido para

seleccionar las calles del municipio que entran en cada fase del llamado “Plan de Asfaltado”?”.

La señora CONCEJALA DELEGADA DE

ACCESIBILIDAD Y MANTENIMIENTO DE LA RED

VIARIA (Marrero Domínguez): - Prioridad según el deterioro de la vía. - Prioridad según la densidad del tráfico. - Prioridad según demandas vecinales y de distritos.

3.2.1.14.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “criterios para elegir las calles en las que se realizan rebajes en las aceras” (R. E. S. Gral. núm. 595)

“¿Qué criterios está siguiendo su

concejalía para elegir las calles del municipio en las que se realizan rebajes en las aceras?”.

La señora CONCEJALA DELEGADA DE

ACCESIBILIDAD Y MANTENIMIENTO DE LA RED

VIARIA (Marrero Domínguez): En las aceras nuevas siempre se incorporan los rebajes y respecto a las antiguas se atienden las solicitudes vecinales.

3.2.1.15.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “presupuesto total destinado a la celebración de las Fiestas Fundacionales” (R. E. S. Gral. núm. 596)

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“¿Cuál es el presupuesto total que se destinará a los actos previstos para la celebración de las Fiestas Fundacionales?”.

La señora CONCEJALA DE GOBIERNO DEL

ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES

(García Bolta): El presupuesto previsto para la celebración de las Fiestas Fundacionales es de 100.000 € aproximadamente. 3.2.1.16.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “actividades realizadas en el primer trimestre del año por la Concejalía de Juventud” (R. E. S. Gral. núm. 597)

“¿Qué actividades ha realizado en el

primer trimestre del año la Concejalía de Juventud?”.

La señora CONCEJALA DELEGADA DE

JUVENTUD (Amador Montesdeoca):

Relación de Acciones por Programas. (Enero- Marzo) 4.506 Jóvenes participantes. 1.- Fomento del Empleo, La Palabra y la

Comunicación sin Barreras

• Comienzo de dos Cursos de Terapia Asistida con Perros:

- 30 jóvenes entre 17 y 30 años han participado en este curso cuya primera fase de formación finalizó ayer día 21 de mayo. Ahora comienzan las prácticas en las diferentes entidades colaboradoras.

- Actividad pionera con estas características.

- Tras superar las 40 horas de formación y las pruebas y prácticas. Técnico en Terapia Asistida con Perros.

- Una vez superado el período de prácticas podrán obtener el de Técnico en TAA+ Perro Co-Terapeuta.

- Nuevo nicho de Empleabilidad:

. Antes de finalizar ya uno de los jóvenes se incorporó a trabajar.

. Activación de un mercado laboral.

. Posibilidad una vez finalizadas las prácticas de incorporaciones.

• Comienzo de la Primera convocatoria de Socorrismo Acuático, DESA y Gestión del Estrés en situaciones de Emergencias

- 20 jóvenes entre 18 y 30 años - Actividad de 120 horas de

formación en Socorrismo Acuático, Desfibrilación Semiautomática Externa y que en esta edición contó con la novedad de Incorporación del Taller de Apoyo Psicológico en Emergencias, con el objeto de que el alumnado adquiera conocimientos que desarrolle las habilidades que le permitan aliviar el sufrimiento emocional, así como auto-gestionar el estrés emocional vinculado a la actividad de Socorrismo Acuático.

- Una vez finalizada la formación y superación de las pruebas finales han obtenido una titulación reconocida en el ámbito nacional y con reconocimiento oficial de la ESSSCAN.

- Posibilidades reales de incorporación al mercado laboral.

• Comienzo del Curso de Iniciación a la Lengua de Signos Española

- 20 participantes jóvenes entre 16 y 30 años.

- Acción formativa de 40 horas, una oportunidad en todos los sentidos en el que el alumnado se inicia en la Lengua de Signos ―reconocida por ley―, conoce su historia, las peculiaridades de la comunidad sorda, y aprende a comunicarse de otra forma en la que el sentido de la vista cobra una especial relevancia.

- Es un requisito que suma oportunidades en todos los niveles comunicación, inyección en el ámbito profesional, etc.

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- Abre un mundo de posibilidades en todos los niveles.

• Estrategias y Entrenamiento en Competencias Profesionales:

Este taller va destinado a jóvenes entre 18 y 30 años; se pretende descubrir, analizar y conocer los fundamentos esenciales en la configuración de su marca personal en la búsqueda de empleo, a través de las herramientas y estrategias innovadoras, obteniendo el máximo rendimiento y resultados. Aportándoles llaves y claves para la acción.

Redes Sociales y Networking, posicionamiento y fases del perfil profesional en el mercado, etc.

- Comienzo de las inscripciones para el curso.

- 1.ª Conferencia al alumnado de Socorrismo Acuático. 20 jóvenes.

2.- Programa de Juventud y Salud · Implementación de acciones de las

diferentes temáticas que abordamos.

Enero a Marzo 2014 N.º Temática Participantes HM 58 Sexualidad, VIH, ETS y Uso del Preservativo Ideal Romántico

599575 26 Educación Sexual y Diversidad 475486 6 Habilidades Sociales. Desarrollo Personal 15183 6 Ecuanimidad Una Visión Masculina 4524 -Ejercicio Físico, Nutrición y Dopaje 3 Una Vida en Tus Manos 2125 101 Totales Parciales 1.2911.193 2.484

• Campaña de Carnaval 2014. Prevención de Enfermedades de Transmisión Sexual y Embarazos no deseados y Responsabilidad. 35.000 preservativos que con la colaboración de los chiringuitos participantes, Asociación de Amigos contra el SIDA, Gamá, Cruz Roja Juventud y VIH, se distribuyeron durante del período de Carnaval.

• Colaboración con “Educación Vial y prevención de Accidentes de tráfico entre jóvenes” Campaña del Gobierno de Canarias. Difusión a través de los centros del municipio, así como diversas

entidades y colectivos con los que trabajamos. 3.- Casa de la Juventud Felo Monzón

Geara Actividades Continuas: · Bailes Urbanos, lunes y jueves

17:00 h - 25 jóvenes · Esgrima, martes a las 17:30 h - 10 jóvenes - Un chico de 15 años que ha quedado medalla de bronce en la Copa de Federación de Canarias y en el Campeonato de Canarias. - Les sirve de impulso, motivación, mejora de salud, desarrollo de

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habilidades como la potencia, la acción, la rapidez, beneficioso para la concentración, la nobleza, etc. · Manualidades con Goma Eva, los

Jueves a las 17:00 h - 20 jóvenes · Zumba, los viernes a las 17:00 h - 30 jóvenes · Juegos y Consolas (PS3, XBOX), los

miércoles a las 17:00 h - 20 jóvenes · Embárriate Las Palmas - 40 jóvenes · Grupos de Ensayo - Cinco grupos bailes y Teatro, con

un total 42 jóvenes · Conferencias Diversas: - ¿Cómo crear Asociaciones

Juveniles? 10 jóvenes 3.- Ocio y Tiempo Libre

• Esgrima - Casa de Cultura de Tenoya, 19 Jóvenes, de los que tres acudirán al Campeonato de España posiblemente. Son campeones de Canarias y Copa de Federación de Canarias.

• Cine Joven a 2 € - Participación de 1716 jóvenes, que han participado en esta acción continuada todos los viernes en la sesión de las 22:00 h en los Multicines Monopol; han disfrutado de cualquier película de cartelera, convirtiéndose en punto de encuentro. 4.- Prisión Provincial Salto del Negro.

Taller de PATCHWORK Colaboración que se viene realizando

desde 1998. Desde entonces las acciones implementadas han variado según la demanda, siendo la mayoría orientadas a las artes decorativas, técnicas pictóricas, bailes, patchwork, bailes, etc.

Continuamos con la colaboración centrada en la Unidad Terapéutica Educativa, cuyo objetivo primordial es la preparación sistemática de la persona interna, a través de un proceso educativo integral que permita su reinserción.

Este taller tiene los siguientes objetivos: - Adquisición de Habilidades propias de

la Costura - Adquisición destrezas en la Confección - Compartir conocimientos con sus

compañeros - Conocimiento de diferentes técnicas - Reciclaje de Telas y diverso material

para confeccionar sus trabajos - Etc. Este taller tiene como objetivo

primordial obtener un espacio sano en el que los internos puedan llevar un proceso educativo que les permita afrontar el futuro con otras expectativas.

5.- Colaboraciones Con diversas entidades y asociaciones

juveniles: - Gran Canaria Emprendiendo + - Entérate- B4Work. - Apocalipsis Zombie El Elfo Gris. - Best. - Etc. En 2013 participaron a través de

nuestros proyectos unos 33.000 jóvenes. 3.2.1.17.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a <<realización de las obras necesarias para la creación de un club de actividades náuticas en el edificio de “Aguas de San Roque”>> (R. E. S. Gral. núm. 598)

“En el año 2011 presentó en rueda de prensa la creación de un club de actividades náuticas en el barrio de San Cristóbal, exactamente, en el viejo edificio de “Aguas de San Roque”. ¿Por qué no se

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ha llevado a cabo la obra necesaria en dicho inmueble para poner en marcha el club?”.

La señora CONCEJALA DELEGADA DE CIUDAD

DE MAR (González Muñoz): En 2012 se hizo un proyecto básico arquitectónico y de usos. Así como un estudio de viabilidad económica para captar posibles inversiones o subvenciones para posibilitar su arreglo y construcción. Las opciones que hasta hoy se han identificado no han permitido cumplir con los fines que debe tener dicha infraestructura, para su uso cultural, económico, social y náutico-deportivo, apoyado en los recursos endógenos del área.

En el Pacto del Mar se prevé este edificio como una línea estratégica para captar financiación que posibilite su construcción y puesta en marcha en el periodo 2014-2020. Más allá de que, si la coyuntura macroeconómica lo permitiese, se financie con recursos municipales en cuanto sea factible.

3.2.1.18.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “utilización de las boyas instaladas en La Laja y El Confital” (R. E. S. Gral. núm. 599)

“¿Cuántas embarcaciones han utilizado

las boyas instaladas en la costa de La Laja y en la de El Confital desde que se pusieron en uso? ¿Cuál fue el coste final de instalar dichas boyas?”.

La señora CONCEJALA DELEGADA DE CIUDAD

DE MAR (González Muñoz): - Las boyas instaladas están destinadas

al uso público, posibilitando el incipiente turismo de chárter náutico de la ciudad, así como las actividades náuticas de recreo.

Para impulsar el turismo náutico y el mayor uso de los fondeaderos, entre otras acciones, con los recursos obtenidos de fondos Feder a través del proyecto Red Náutica de Cooperación Canarias Marruecos, hemos creado en 2014 el primer producto de chárter náutico para su comercialización en los hoteles de la ciudad. A partir de octubre, cuando se inicia la temporada alta, estará en venta.

Por el principio de eficacia y eficiencia

en la gestión de los recursos públicos, dado su coste y dificultad para llevarla, desde este ayuntamiento no se realiza una monitorización de entradas y salidas, o de amarres, en los fondeaderos que nos den un dato verificable.

No obstante, cualquier persona puede

comprobar que la época estival registra un elevado uso, siendo bajo el resto del año, en sintonía con las mareas y la navegación de las embarcaciones de residentes atracadas en el Puerto Deportivo y el Real Club Náutico, quienes ahora constituyen el núcleo principal de usuarios de las mismas.

- El total fue de 12.464,95 €. Que se

integra por el coste de balizamiento en playas, por importe de 8.043,50 €, y el suministro de bloques prefabricados de hormigón, 4.421,45 €. El coste medio total por boya es de 831 €.

3.2.1.19.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “previsión para la ejecución del proyecto de arrecife artificial” (R. E. S. Gral. núm. 600)

“Hace casi un año presentó a los medios de comunicación la creación de un arrecife artificial hundiendo vehículos obsoletos de Guaguas Municipales, ¿cuándo tiene previsto ejecutar dicho proyecto?”.

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Diario de Sesiones núm. 55, de fecha 28.05.14.

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La señora CONCEJALA DELEGADA DE CIUDAD

DE MAR (González Muñoz): En el último trimestre de 2014 se prevé la creación del parque, pues se hace en colaboración con la Escuela Superior de Arte y Diseño de Gran Canaria y la fecha más óptima también debe considerar el calendario lectivo y la programación pedagógica, así como las condiciones del mar y los fondos.

3.2.2.- PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ESCRITA PRESENTADAS CON 24 HORAS DE ANTELACIÓN AL PLENO

No se formularon.

3.2.3.- PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ORAL 3.2.3.1.- La señora VARGAS PALMÉS (concejala del G. M. Socialista): La primera pregunta es de petición de datos y va dirigida a la concejala delegada de Asuntos Sociales. ¿Cuántas PCI se han tramitado desde septiembre de 2013 a la actualidad?

3.2.3.2.- La señora VARGAS PALMÉS (concejala del G. M. Socialista): La segunda pregunta es cuántas PCI se han tramitado desde los equipos de familia e infancia desde el 1 de abril de 2014 hasta la actualidad. Gracias.

3.2.3.3.- La señora MENA ALONSO (portavoz del G. M. Socialista): Mire, señor alcalde, desde el respeto y la educación que por este lado sí tenemos, sí le voy a hacer una pregunta que tiene, además, mucho que ver con esto. En el pasado mandato, la señora Viera ―y usted mismo― llamó mentirosa a una compañera mía, a la señora Vargas. La llamó mentirosa en reiteradas ocasiones, con algo que después se demostró que era totalmente cierto y que quien mentía era, precisamente, la concejala de Servicios Sociales. Y yo le pregunto: ¿usted no va a pedir perdón a mi compañera y a obligar a su concejala a

rectificar después de las barbaridades que tuvimos que escuchar aquí?

El señor PRESIDENTE: Señor Sabroso…

El señor SABROSO RAMÍREZ (portavoz del G. M. Popular): Muchas gracias, señor alcalde. La verdad es que creo que está llegando el momento de elevar un poco el nivel de este pleno, ¿no? Hay que elevarlo un poco más y dejar de perder el tiempo de forma lastimosa como en algunas ocasiones lo perdemos, ¿no? En la sesión plenaria pasada se hizo una afirmación que se ha demostrado que no es cierta, no existe ninguna instrucción escrita ni ningún documento firmado sobre eso. Señora Mena, como se ha demostrado tantas y otras tantas veces, afirmaciones que realizan que no son ciertas: “El colector interceptor no está operativo”; está operativo desde septiembre de año 2013. “En Cáritas y las parroquias están derivando para las ayudas de alimentos por primera vez en la historia de este ayuntamiento”; tiene que salir Cáritas a corregirla. Nosotros, ante ese tipo de lapsus, ese tipo de afirmaciones, pasamos página y no nos recreamos en ellas, porque si no este ayuntamiento no avanzaría, porque si no el nivel de esta corporación nunca subiría, y realmente está más que respondida su pregunta. En ese debate de esa moción plenaria quedó en evidencia lo que quedó en evidencia, que ni siquiera tenía que haberse presentado esa moción, y volver a reproducir debates ya un mes después de lo que se habló en esa sesión no contribuye sino a seguir bajando el nivel de los plenos que estamos manteniendo. Gracias, señor alcalde.

El señor PRESIDENTE: Muy bien.

3.2.4.- PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ESCRITA FORMULADAS EN SESIONES ANTERIORES:

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Sesión 30.04.14 Grupo Mixto

3.2.4.1.- Pregunta formulada por don Pedro Quevedo Iturbe, portavoz del G. Mixto, relativa “calle Luis Morote (R. E. S. Gral. núm. 458)

El señor CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA

DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y AGUAS (Muñoz García-Borbolla): Respondida en Comisión de Pleno.

3.2.5.- PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ORAL FORMULADAS EN SESIONES ANTERIORES:

Sesión 30.03.14 Grupo Municipal Socialista

Formulada al señor concejal delegado de Limpieza (Mata Izquierdo):

3.2.5.1.- Pregunta formulada por doña Inmaculada Medina Montenegro, (concejala del G. M. Socialista):

“¿Cuál es el importe que ha pagado el Servicio Municipal de Limpieza, o las empresas concesionarias de los servicios que prestan en Limpieza, para las entrevistas al señor alcalde en fines de semana?”.

El señor CONCEJAL DELEGADO DE LIMPIEZA (Mata Izquierdo): Con relación a la pregunta formulada, le informo que el Servicio Municipal de Limpieza o empresas concesionarias de los servicios que prestan en Limpieza no han abonado nada para las entrevistas al señor alcalde.

Y no habiendo más asuntos de que tratar, el presidente levanta la sesión, siendo las

catorce horas y treinta y ocho minutos, de todo lo cual, como secretaria, doy fe.

EL PRESIDENTE DEL PLENO,

Juan José Cardona González.

LA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO,

Ana María Echeandía Mota.

DILIGENCIA: Para hacer constar que en el punto 30 del orden del día, <<Suscripción y aprobación del Convenio por este ayuntamiento con el Excmo. Cabildo de Gran Canaria para la ejecución del proyecto denominado “Parque Deportivo del Estadio Insular”>>, en la estipulación primera del texto del convenio, que es aprobado, se refiere <<Se adjunta como parte integrante de este convenio copia del proyecto denominado “Parque Deportivo del Estadio Insular” como Anexo I>>.

Atendiendo a las características de la documentación que conforma el proyecto técnico, de difícil incorporación en la presente acta, se hace constar que dicho proyecto fue aprobado por Resolución número 16061, de 7 de mayo de 2014, del concejal de gobierno del Área de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Vivienda y Aguas, y obra en el expediente de su razón y

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como documento anexo al convenio aprobado y formalizado con el Excmo. Cabildo de Gran Canaria el día 22 de julio de 2014.

Y para que así conste, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a doce de agosto de dos mil catorce.

LA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO,

Ana María Echeandía Mota.

(Corrección de estilo a cargo de la filóloga D.ª Otilia Pérez Gil)

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ÍNDICE Págs.

ORDEN DEL DÍA: 2-6

A) PARTE RESOLUTORIA: 00:06:17 ALCALDÍA

SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO Y SUS COMISIONES SECCIÓN DE ACTAS 1.- ACTA DE LA SESIÓN PLENARIA DE FECHA 30.04.14 (ORDINARIA). Votación: Págs. 6-7

6-7

00:06:54 ALCALDÍA 2.- TOMA DE RAZÓN DE COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS DEL CESE DEL SEÑOR ABDELLAH TAKHMI, COMO VICECÓNSUL DE MARRUECOS EN LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.

7

00:07:06 ALCALDÍA 3.- TOMA DE RAZÓN DE COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS DEL NOMBRAMIENTO DEL SEÑOR CÉSAR FERNANDO PLAZAS BARRERA, COMO CÓNSUL EN EL CONSULADO DE COLOMBIA EN LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.

7

00:07:15 ALCALDÍA 4.- TOMA DE RAZÓN DE COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS DEL FALLECIMIENTO DEL SEÑOR PEDRO ALFONSO YÚFERA HERAS, CÓNSUL HONORARIO DE BRASIL EN LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, EL 29 DE MARZO DE 2014.

7-8

00:10:49 ALCALDÍA EXPEDIENTE GENERAL DE LA CORPORACIÓN 5.- RESOLUCIÓN DEL ALCALDE NÚMERO 15458, DE 30 DE ABRIL DE 2014, POR LA QUE SE ACUERDA LA CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL DETECTADO EN EL DECRETO DEL ALCALDE NÚMERO 14898/2014, DE 23 DE ABRIL, DE REVOCACIÓN DEL NOMBRAMIENTO Y NUEVA DESIGNACIÓN DE VOCAL EN REPRESENTACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL MIXTO, EN LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO CIUDAD ALTA.

8-9

00:11:13 ALCALDÍA EXPEDIENTE GENERAL DE LA CORPORACIÓN 6.- DECRETO DEL ALCALDE NÚMERO 17819, DE 19 DE MAYO DE 2014, DE REVOCACIÓN Y NUEVA DESIGNACIÓN DE VOCAL, EN REPRESENTACIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR, EN LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO CIUDAD ALTA.

9-12

00:11:28 ÁREA DE GOBIERNO DE MOVILIDAD CIUDADANA Y MEDIOAMBIENTE AGENCIA LOCAL GESTORA DE LA ENERGÍA 7.- TOMA DE RAZÓN Y EJECUCIÓN DEL AUTO DICTADO EN LA PIEZA DE MEDIDAS CAUTELARES DE LA SECCIÓN PRIMERA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS, EN EL PROCEDIMIENTO NÚM. 81/2014, RESPECTO DEL ACUERDO DE APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PARA EL EJERCICIO 2014, APROBADO DEFINITIVAMENTE EL 27 DE DICIEMBRE DE 2013. Votación: Pág. 24 Intervenciones:

12-24

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D.ª Isabel Mena Alonso Único turno: Pág. 23 D. Ángel Sabroso Ramírez Único turno: Págs. 23-24 00:17:50 ÁREA DE GOBIERNO DE MOVILIDAD CIUDADANA Y MEDIOAMBIENTE

AGENCIA LOCAL GESTORA DE LA ENERGÍA 8.- TOMA DE RAZÓN Y EJECUCIÓN DEL AUTO DICTADO EN LA PIEZA DE MEDIDAS CAUTELARES DE LA SECCIÓN PRIMERA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS, EN EL PROCEDIMIENTO NÚM. 81/2014, RESPECTO DEL ACUERDO DE APROBACIÓN DE LA PLANTILLA DE LA AGENCIA LOCAL GESTORA DE LA ENERGÍA DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PARA EL EJERCICIO 2014, APROBADA DEFINITIVAMENTE EL 27 DE DICIEMBRE DE 2013. Votación: Pág. 46 Intervenciones:

24-46

D.ª Isabel Mena Alonso Primer turno: Segundo turno:

Pág. 44 Pág. 45

D. Pedro Quevedo Iturbe Único turno: Pág. 44 D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo Único turno: Págs. 44-45 D. Ángel Sabroso Ramírez Único turno: Págs. 45-46 00:27:19 ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y

AGUAS SERVICIO DE URBANISMO 9.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA 2.ª MODIFICACIÓN DEL PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN DEL ÁREA SG-P “PUERTO DE LAS PALMAS” (ANTERIOR OAS-04 Y OAS-05). Votación: Pág. 53 Intervenciones:

46-53

D. Martín Muñoz García-Borbolla Primer turno: Segundo turno:

Págs. 51-52 Pág. 52

D. Pedro Quevedo Iturbe Único turno: Pág. 52 D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo Único turno: Pág. 52 D. Fernando Navarro Cardoso Único turno: Pág. 52 00:33:48 ÁREA DE GOBIERNO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES

CONCEJALÍA DELEGADA DE DEPORTES INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES 10.- TOMA DE RAZÓN Y EJECUCIÓN DEL AUTO DICTADO EN LA PIEZA DE MEDIDAS CAUTELARES DE LA SECCIÓN PRIMERA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS, EN EL PROCEDIMIENTO NÚM. 01.P79/2014, RESPECTO DEL ACUERDO DE APROBACIÓN DE LA PLANTILLA DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES PARA EL EJERCICIO 2014, APROBADA DEFINITIVAMENTE EL 27 DE DICIEMBRE DE 2013. Votación: Pág. 72

53-72

00:34:36 ÁREA DE GOBIERNO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES CONCEJALÍA DELEGADA DE DEPORTES INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES 11.- TOMA DE RAZÓN Y EJECUCIÓN DEL AUTO DICTADO EN LA PIEZA DE MEDIDAS CAUTELARES DE LA SECCIÓN PRIMERA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS, EN EL PROCEDIMIENTO NÚM. 01.P79/2014, RESPECTO DEL ACUERDO DE APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO. Votación: Pág. 84

84-84

00:35:05 ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN ÓRGANO DE GESTIÓN TRIBUTARIA 12.- BONIFICACIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y

84-87

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OBRAS.

Votación: Pág. 87 Intervenciones:

D. Agustín Gutiérrez Márquez Único turno: Pág. 87 00:36:13 ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN

ÓRGANO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA 13.- APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚMERO P2014/06, EN EL PRESUPUESTO DE 2014, MEDIANTE CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS. Votación: Págs. 89-90 Intervenciones:

87-90

D. Agustín Gutiérrez Márquez Primer turno: Segundo turno:

Pág. 89 Pág. 89

D. José Eduardo Ramírez Hermoso Único turno: Pág. 89 D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo Único turno: Pág. 89 D. Alfonso Campoamor Fernández Único turno: Pág. 89 00:38:33 ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN

INTERVENCIÓN GENERAL 14.- TOMA DE RAZÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 10 DEL REAL DECRETO-LEY 7/2012, DE 9 DE MARZO. Intervenciones:

90-97

D. Agustín Gutiérrez Márquez Primer turno: Segundo turno: Tercer turno:

Pág. 94 Págs. 95-96 Pág. 96

D. Alfonso Campoamor Fernández Primer turno: Segundo turno:

Pág. 95 Pág. 96

00:46:49 ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN ÓRGANO DE GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA 15.- TOMA DE RAZÓN DEL ESTADO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA A 31 DE MARZO DE 2014. Intervenciones:

97-101

D. Alfonso Campoamor Fernández Primer turno: Segundo turno: Tercer turno:

Pág. 97 Pág. 99 Pág. 100

D. Agustín Gutiérrez Márquez Primer turno: Segundo turno: Tercer turno:

Pág. 98 Págs. 99-100 Págs. 100-101

D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo Único turno: Pág. 98 00:46:58 ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN

ÓRGANO DE GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA 16.- DAR CUENTA DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DEL EJERCICIO 2013, APROBADA POR RESOLUCIÓN DEL CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN, NÚMERO 10627, DE 19 DE MARZO DE 2014.

101-105

00:47:15 ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN ÓRGANO DE GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA 17.- DAR CUENTA DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL EMPLEO Y LA FORMACIÓN DEL EJERCICIO 2013, APROBADA POR RESOLUCIÓN DEL CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN, NÚMERO 11821, DE 25 DE MARZO DE 2014.

105-108

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01:01:47 ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN ÓRGANO DE GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA 18.- DAR CUENTA DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE LA AGENCIA LOCAL GESTORA DE LA ENERGÍA DEL EJERCICIO 2013, APROBADA POR RESOLUCIÓN DEL CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN, NÚMERO 12990, DE 7 DE ABRIL DE 2014.

108-111

01:02:06 ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN ÓRGANO DE GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA 19.- DAR CUENTA DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA DEL EJERCICIO 2013, APROBADA POR RESOLUCIÓN DEL CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN, NÚMERO 16166, DE 6 DE MAYO DE 2014. Intervenciones:

111-118

D. Agustín Gutiérrez Márquez Primer turno: Segundo turno: Tercer turno:

Págs. 115-116 Pág. 117 Pág. 118

D. Alfonso Campoamor Fernández Primer turno: Segundo turno:

Págs. 116-117 Págs. 117-118

01:15:12 ÁREA DE GOBIERNO DE EMPLEO, BIENESTAR SOCIAL E IGUALDAD INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL EMPLEO Y LA FORMACIÓN 20.- TOMA DE RAZÓN Y EJECUCIÓN DEL AUTO DICTADO EN LA PIEZA DE MEDIDAS CAUTELARES DE LA SECCIÓN PRIMERA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS, EN EL PROCEDIMIENTO NÚM. 01.P80/2014, RESPECTO DEL ACUERDO DE APROBACIÓN DE LA PLANTILLA DEL INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL EMPLEO Y LA FORMACIÓN PARA EL EJERCICIO 2014, APROBADA DEFINITIVAMENTE EL 27 DE DICIEMBRE DE 2013.

Votación: Pág. 138

118-138

01:16:29 ÁREA DE GOBIERNO DE EMPLEO, BIENESTAR SOCIAL E IGUALDAD INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL EMPLEO Y LA FORMACIÓN 21.- TOMA DE RAZÓN Y EJECUCIÓN DEL AUTO DICTADO EN LA PIEZA DE MEDIDAS CAUTELARES DE LA SECCIÓN PRIMERA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS, EN EL PROCEDIMIENTO NÚM. 01.P80/2014, RESPECTO DEL ACUERDO DE APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO.

Votación: Pág. 150

138-150

01:17:16 ÁREA DE GOBIERNO DE EMPLEO, BIENESTAR SOCIAL E IGUALDAD SECCIÓN DE DESARROLLO LOCAL Y CONSUMO 22.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE LAS TARIFAS AÑO 2013 DEL MERCADO MAYORISTA DE FRUTAS Y HORTALIZAS Y OTRAS ACTIVIDADES EN LA UNIDAD ALIMENTARIA DE MERCALASPALMAS.

Votación: Pág. 154 Intervenciones:

150-154

D. Jaime Romero Cerdá Único turno: Pág. 154 01:18:01 ÁREA DE GOBIERNO DE EMPLEO, BIENESTAR SOCIAL E IGUALDAD

CONCEJALÍA DELEGADA DE ASUNTOS SOCIALES SECCIÓN DE SERVICIOS SOCIALES 23.- AUTORIZACIÓN PARA LA FORMALIZACIÓN DE UN CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE CABILDO DE GRAN CANARIA Y EL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA PARA LA GESTIÓN DE AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL DURANTE EL AÑO 2014.

Votación: Pág. 165 Intervenciones:

154-165

D.ª Rosa Viera Fernández Primer turno: Segundo turno:

Págs. 162-163 Págs. 164-165

D. José Eduardo Ramírez Hermoso Único turno: Pág. 163

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D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo Único turno: Págs. 163-164 D.ª M.ª del Carmen Vargas Palmés Único turno: Pág. 164 01:28:43 PROPOSICIONES Y MOCIONES FORMULADAS CON CARÁCTER PREVIO A LA

CONVOCATORIA DE LA SESIÓN 165-210

CUESTIÓN DE ORDEN Se produce alteración del orden del día. Se adelanta el tratamiento de la moción reflejada con el número 29 en orden del día previsto.

165

01:29:17 24.- MOCIÓN FORMULADA POR EL GRUPO MIXTO, A PROPUESTA DE LOS SEÑORES CONCEJALES DE COMPROMISO POR GRAN CANARIA, INTEGRADOS EN EL MISMO, POR LA QUE SE SOLICITA LA AUTORIZACIÓN DE VEHÍCULOS CON TARJETA DE MOVILIDAD REDUCIDA A CIRCULAR POR CARRETERA EN CASO DE ACERAS DEMASIADO ESTRECHAS, ASÍ COMO POR CARRILES HABILITADOS PARA BUS Y TAXI (R. E. S. GRAL. NÚM. 563) Votación: Pág. 173 Intervenciones:

165-174

D. Pedro Quevedo Iturbe Primer turno: Cierre:

Págs. 167-169 Págs. 172-173

D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo Único turno: Pág. 169 D.ª Inmaculada Medina Montenegro Único turno: Pág. 169 D. Ángel Sabroso Ramírez Único turno: Págs. 170-172 01:50:53 25.- MOCIÓN FORMULADA POR EL GRUPO MIXTO, A PROPUESTA DE LOS SEÑORES

CONCEJALES DE COMPROMISO POR GRAN CANARIA, INTEGRADOS EN EL MISMO, POR LA QUE SE SOLICITA LA AUTORIZACIÓN DE VEHÍCULOS CON TARJETA DE MOVILIDAD REDUCIDA A CIRCULAR POR CARRETERA EN CASO DE ACERAS DEMASIADO ESTRECHAS, ASÍ COMO POR CARRILES HABILITADOS PARA BUS Y TAXI (R. E. S. GRAL. NÚM. 563) Votación: Pág. 183 Intervenciones:

174-183

D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo Primer turno: Cierre:

Págs. 175-177 Págs. 180-181

D. José Eduardo Ramírez Hermoso Único turno: Pág. 177 D.ª M.ª del Carmen Vargas Palmés Único turno: Págs. 177-178 Sr. presidente en funciones (Sabroso

Ramírez) Único turno: Págs. 177;178; 181

D.ª M.ª del Pino Marrero Domínguez Único turno: Págs. 178-180 02:15:27 Participación Ciudadana:

D. Antonio Alexis Bethencourt Reyes

Págs. 181-182

02:20:41 26.- MOCIÓN FORMULADA POR EL GRUPO MIXTO, A PROPUESTA DE LOS SEÑORES CONCEJALES DE COMPROMISO POR GRAN CANARIA, INTEGRADOS EN EL MISMO, POR LA QUE EXIGE AL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA QUE SE MEJORE EL CONTENIDO Y DESARROLLO DEL PEMULPA, DADAS LAS CARENCIAS ENCONTRADAS (R. E. S. GRAL. NÚM. 568) Votación: Pág. 190 Intervenciones:

183-190

D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo Primer turno: Cierre:

Págs. 185-188 Pág. 189

D. José Eduardo Ramírez Hermoso Único turno: Pág. 187 D.ª Isabel Mena Alonso Único turno: Pág. 187-188 D. Ángel Sabroso Ramírez Único turno: Págs. 188-189 02:57:57 27.- MOCIÓN FORMULADA POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA REFERENTE A LA

DECLARACIÓN DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA COMO CIUDAD LIBRE DE 190-196

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Diario de Sesiones núm. 55, de fecha 28.05.14.

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FRACKING (R. E. S. GRAL. NÚM. 583) Votación: Pág. 196 Intervenciones:

D. Alfonso Campoamor Fernández Primer turno: Segundo turno: Cierre:

Págs. 191-192 Págs. 194-195 Págs. 195-196

D. José Eduardo Ramírez Hermoso Único Turno: Pág. 192 D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo Único turno: Pág. 193 D. Martín Muñoz García-Borbolla Primer turno:

Segundo turno: Págs. 193-194 Pág. 195

03:15:34 28.- MOCIÓN FORMULADA POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA SOBRE LA RECUPERACIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE EMPLEO DE CANARIAS (PIEC) (R. E. S. GRAL. NÚM. 584) Votación: Pág. 207 Intervenciones:

196-207

D.ª M.ª del Carmen Vargas Palmés Primer turno: Segundo turno: Cierre:

Págs. 198-200 Págs. 204-205 Págs. 206-207

D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo Primer turno: Segundo turno:

Pág. 201 Pág. 204

D. Jaime Romero Cerdá Primer turno: Segundo turno:

Págs. 201-203 Págs. 205-206

D. José Eduardo Ramírez Hermoso Único turno: Pág. 204 03:43:51 29.- MOCIÓN FORMULADA POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA RELATIVA A

DESTINAR EL PALACETE RODRÍGUEZ QUEGLES A ESPACIO CULTURAL (R. E. S. GRAL. NÚM. 585) Votación: Pág. 210 Intervenciones:

207-210

D.ª Isabel Mena Alonso Primer turno: Cierre:

Págs. 208-209 Pág. 210

D. José Eduardo Ramírez Hermoso Único turno: Pág. 209 D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo Único turno: Pág. 209 D.ª M.ª Isabel García Bolta Único turno: Págs. 209-210 03:53:40 ASUNTOS DE URGENCIA

Votación: Pág. 211 Intervenciones:

211-249

D. Agustín Gutiérrez Márquez Pág. 211 03:56:07 ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y

AGUAS SERVICIO DE URBANISMO 30.- SUSCRIPCIÓN Y APROBACIÓN DEL CONVENIO POR ESTE AYUNTAMIENTO CON EL EXCMO. CABILDO DE GRAN CANARIA PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO “PARQUE DEPORTIVO DEL ESTADIO INSULAR”. Votación: Pág. 230 Intervenciones:

211-230

D. Martín Muñoz García-Borbolla Único turno: Págs. 220-222 D. José Eduardo Ramírez Hermoso Primer turno:

Segundo turno: Pág. 222 Pág. 226

D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo Primer turno: Segundo turno:

Pág. 223 Págs. 226-227

D.ª Isabel Mena Alonso Primer turno: Segundo turno:

Págs. 223-224 Págs. 227-228

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Diario de Sesiones núm. 55, de fecha 28.05.14.

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D. Ángel Sabroso Ramírez Primer turno: Segundo turno:

Págs. 224-226 Págs. 228-230

04:29:58 ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN ÓRGANO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA 31.- APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚMERO P2014/07, EN EL PRESUPUESTO DE 2014, MEDIANTE CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS. Votación: Págs. 231-232 Intervenciones:

230-232

D. Agustín Gutiérrez Márquez Único turno: Pág. 231 D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo Único turno: Pág. 231 04:31:29 ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN

ÓRGANO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA 32.- APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚMERO P2014/09, EN EL PRESUPUESTO DE 2014, MEDIANTE CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS. Votación: Págs. 234 Intervenciones:

232-234

D. Agustín Gutiérrez Márquez Único turno: Pág. 233 D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo Único turno: Pág. 233 D.ª Isabel Mena Alonso Único turno: Pág. 233 04:33:06 ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN

ÓRGANO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA 33.- APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN PARCIAL DE LAS BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA DE 2014. Votación: Págs. 240 Intervenciones:

234-240

D. Agustín Gutiérrez Márquez Primer turno: Segundo turno: Tercer turno:

Pág. 236 Págs. 237-239 Págs. 239-240

D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo Único turno: Pág. 236 D. Alfonso Campoamor Fernández Primer turno:

Segundo turno: Págs. 236-237 Pág. 239

04:53:23 34.- PROPOSICIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR EN RELACIÓN CON LA PRETENSIÓN DEL GOBIERNO DE CANARIAS DE FINANCIAR SUS GASTOS EN VIVIENDAS DE SU PROPIEDAD CON CARGO A RECURSOS MUNICIPALES Votación de la urgencia: Pág. 241 Intervenciones:

240-249

D. Agustín Gutiérrez Márquez Votación del asunto: Pág. 248

D. Agustín Gutiérrez Márquez Primer turno: Segundo turno:

Págs. 242-243 Págs. 246-247

D. José Eduardo Ramírez Hermoso Único turno: Págs. 243-244 D.ª M.ª Bernarda Barrios Curbelo Primer turno:

Segundo turno: Págs. 244-245 Pág. 247

D. Alfonso Campoamor Fernández Primer turno: Segundo turno:

Pág. 245-246 Págs. 247-248

Sr. presidente Pág. 248 05:15:20 B) PARTE DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL 249-262

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05:15:22 1.- DAR CUENTA DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LOS SIGUIENTES ÓRGANOS: Alcaldía:

Decretos y resoluciones de la Alcaldía del número 14899 al 18396, emitidos del 24 de abril al 22 de mayo de 2014, respectivamente. Junta de Gobierno Local: Sesiones números 14, 15 y 16, de fechas 10.04.14, 24.04.14 y 08.05.14, respectivamente. Comisiones de Pleno:

• Comisión de Pleno de Organización, Funcionamiento y Régimen General, sesión número 6, de fecha 15.04.14.

• Comisión Especial de Pleno de Sugerencias y Reclamaciones, sesión núm. 2, de fecha 11.03.14.

• Comisión de Pleno de Desarrollo Sostenible, sesión número 4, de fecha 15.04.14.

• Comisión Especial de Pleno de Coordinación con otras Administraciones Públicas, sesión núm. 2, de fecha 12.03.14.

• Comisión de Pleno de Políticas de Igualdad, sesión número 4, de fecha 16.04.14.

• Comisión de Pleno de Gestión Económico-Financiera y Especial de Cuentas, sesión número 8 de fecha 23.04.14.

Juntas Municipales de Distrito: Sin asuntos. Organismos autónomos: Instituto Municipal de Deportes Decretos y resoluciones del presidente y del gerente del número 115 al 142, emitidos del 7 de marzo al 5 de mayo de 2014, respectivamente. Actas Actas de la Junta Rectora del IMD, sesiones números 3 y 4, de fechas 14.03.14, y 19.03.14, respectivamente. Instituto Municipal para el Empleo y la Formación Decretos y resoluciones del presidente y del gerente del número 152 al 222, emitidos del 17 de marzo al 28 de abril de 2014, respectivamente. Actas Actas del Consejo Rector, sesiones números 2 y 3, de fechas 11.03.14 y 24.03.14, respectivamente. Agencia Local Gestora de la Energía Decretos y resoluciones del presidente y del gerente del número 7 al 9 del 12/05/14 al 13/05/14, respectivamente. Actas Sin asuntos.

249-250

• Solicitudes de comparecencia formuladas en sesiones anteriores: No se formularon.

250

• Solicitudes de comparecencia formuladas directamente en la sesión. No se formularon.

250

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05:18:05 3.- RUEGOS Y PREGUNTAS 250-262 3.1.- RUEGOS 3.1.1.- RUEGOS DE FORMULACIÓN ESCRITA PRESENTADOS CON ANTERIORIDAD A

LA ELABORACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA. No se formularon.

250

3.1.2.- RUEGOS DE FORMULACIÓN ESCRITA PRESENTADOS CON 24 HORAS DE ANTELACIÓN AL PLENO. No se formularon.

250

05:18:29 3.1.3.- RUEGOS DE FORMULACIÓN ORAL Grupo Mixto 3.1.3.1.- Ruego formulado por doña M.ª Bernarda Barrios Curbelo, viceportavoz del G. Mixto. Grupo Municipal Socialista 3.1.3.2.- Ruego formulado por doña Inmaculada Medina Montenegro, concejala del G. M. Socialista.

250-251

3.1.4.- RUEGOS DE FORMULACIÓN ORAL FORMULADOS EN SESIONES ANTERIORES: Sesión 30.04.14 Grupo Mixto 3.1.4.1.- Ruego formulado por doña M.ª Bernarda Barrios Curbelo, viceportavoz del G. Mixto. Grupo Municipal Socialista 3.1.4.2.- Ruego formulado por doña M.ª del Carmen Vargas Palmés, concejala del G. M. Socialista.

251-252

05:23:53 3.2.- PREGUNTAS 252-262 3.2.1.- PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ESCRITA PRESENTADAS CON ANTERIORIDAD

A LA ELABORACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Grupo Mixto 3.2.1.1.- Pregunta formulada por don Pedro Quevedo Iturbe, portavoz del G. Mixto, relativa a “Plan de Empleo Re-Activa” (R. E. S. Gral. núm. 549) 3.2.1.2.- Pregunta formulada por don Pedro Quevedo Iturbe, portavoz del G. Mixto, relativa a “aparición de residuos contaminantes en La Cícer” (R. E. S. Gral. núm. 550) 3.2.1.3.- Pregunta formulada por don Pedro Quevedo Iturbe, portavoz del G. Mixto, relativa a “reparto de alimentos” (R. E. S. Gral. núm. 551) 3.2.1.4.- Pregunta formulada por don Pedro Quevedo Iturbe, portavoz del G. Mixto, relativa a “subestación de UNELCO” (R. E. S. Gral. núm. 552) Grupo Municipal Socialista 3.2.1.5.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “motivo por el que no se ha puesto en marcha por la nueva concesionaria el servicio de alquiler de bicicletas” (R. E. S. Gral. núm. 586) 3.2.1.6.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “estudios técnicos realizados para comprobar la viabilidad del carril reversible en la GC-1” (R. E. S. Gral. núm. 587) 3.2.1.7.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “obras de acondicionamiento del túnel de Julio Luengo” (R. E. S. Gral. núm. 588) 3.2.1.8.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M.

252-261

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Socialista, relativa a “conexión del colector interceptor del EDAR de Barranco Seco” (R. E. S. Gral. núm. 589) 3.2.1.9.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “obras previstas para la disminución de los olores provenientes del EDAR de Barranco Seco” (R. E. S. Gral. núm. 590) 3.2.1.10.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a <<presupuesto previsto para las obras necesarias para alcanzar el objetivo de “vertidos cero”>> (R. E. S. Gral. núm. 591) 3.2.1.11.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a <<obras a ejecutar para alcanzar el objetivo de “vertidos cero”>> (R. E. S. Gral. núm. 592) 3.2.1.12.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “obras de ajardinamiento del solar del Tívoli” (R. E. S. Gral. núm. 593) 3.2.1.13.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a <<criterio seguido para seleccionar las calles del municipio que entran en el “Plan de Asfaltado”>> (R. E. S. Gral. núm. 594) 3.2.1.14.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “criterios para elegir las calles en las que se realizan rebajes en las aceras” (R. E. S. Gral. núm. 595) 3.2.1.15.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “presupuesto total destinado a la celebración de las Fiestas Fundacionales” (R. E. S. Gral. núm. 596) 3.2.1.16.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “actividades realizadas en el primer trimestre del año por la Concejalía de Juventud” (R. E. S. Gral. núm. 597) 3.2.1.17.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a <<realización de las obras necesarias para la creación de un club de actividades náuticas en el edificio de “Aguas de San Roque”>> (R. E. S. Gral. núm. 598) 3.2.1.18.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “utilización de las boyas instaladas en La Laja y El Confital” (R. E. S. Gral. núm. 599) 3.2.1.19.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista, relativa a “previsión para la ejecución del proyecto de arrecife artificial” (R. E. S. Gral. núm. 600)

3.2.2.- PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ESCRITA PRESENTADAS CON 24 HORAS DE ANTELACIÓN AL PLENO.

No se formularon.

261

05:24:11 3.2.3.- PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ORAL. Grupo Municipal Socialista 3.2.3.1.- Pregunta formulada por doña M.ª del Carmen Vargas Palmés, concejala del G. M. Socialista. 3.2.3.2.- Pregunta formulada por doña M.ª del Carmen Vargas Palmés, concejala del G. M. Socialista. 3.2.3.3.- Pregunta formulada por doña Isabel Mena Alonso, portavoz del G. M. Socialista.

261

3.2.4.- PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ESCRITA FORMULADAS EN SESIONES ANTERIORES.

261-262

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Sesión 30.04.14 Grupo Mixto 3.2.4.1.- Pregunta formulada por don Pedro Quevedo Iturbe, portavoz del G. Mixto, relativa a “calle Luis Morote” (R. E. S. Gral. núm. 458)

3.2.5.- PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ORAL FORMULADAS EN SESIONES

ANTERIORES: Sesión 30.04.14 Grupo Municipal Socialista

3.2.5.1.- Pregunta formulada por doña Inmaculada Medina Montenegro, concejala del G. M. Socialista.

262

05:27:09 FIN DEL PLENO 263

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