Aviso de Oferta Publica de Acciones Ordinarias

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CONSIDERANDO: La Asamblea General de Accionistas de la Sociedad Emisora en su reunión del pasado 22 de marzo de 2014 (Acta No. 05), ordenó a la Junta Directiva proceder con la emisión y colocación de acciones ordinarias y no preferenciales en la sociedad de acuerdo con los planes de capitalización de la Emisora. Por otra parte, la Junta Directiva de Azul & Blanco Millonarios FC S.A. aprobó en su reunión del día 19 de septiembre de 2014, según consta en el Acta No. 61, el respectivo Reglamento de Suscripción de Acciones, cuyo texto final fue revisado en su integridad y aprobado por la Junta Directiva mediante el procedimiento de consulta escrita previsto en el artículo 20 de la ley 222 de 1995, tal como consta en el Acta No. 65 del referido órgano social. RESUELVE: Ofrecer veinte millones (20.000.000) de Acciones Ordinarias de la Entidad Emisora (“Acciones Ordinarias Ofrecidas”), de un valor nominal de mil pesos (COP$1.000), colocación que se hará de acuerdo con el Reglamento de Suscripción y lo señalado en el presente Aviso de Oferta Pública. 1. NÚMERO DE ACCIONES ORDINARIAS QUE SE VAN A EMITIR: La Entidad Emisora emite veinte millones (20.000.000) de Acciones Ordinarias que se encuentran en reserva, las cuales serán ofrecidas a las personas que se señalan como Destinatarios de la Oferta en este Aviso de Oferta Pública. 2. DERECHOS DE LOS TENEDORES DE LAS ACCIONES ORDINARIAS: Las acciones confieren a sus titulares los derechos previstos en la ley y en los estatutos sociales de la Sociedad Emisora. 3. INSCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES ORDINARIAS: Las Acciones Ordinarias están inscritas en el RNVE. 4. LEY DE CIRCULACIÓN Y NEGOCIACIÓN SECUNDARIA: Las Acciones Ordinarias son títulos nominativos y la transferencia de su titularidad se hará mediante anotación en cuenta de depósito de los tenedores en Deceval, conforme a lo dispuesto en la Ley 27 de 1990, la Ley 964 de 2005, el Decreto 2555 de 2010 y al Reglamento de Operaciones de Deceval aprobado mediante Resolución 0816 del 26 de mayo de 2011 proferida por la Superintendencia Financiera de Colombia. Toda vez que las Acciones Ordinarias circularán de forma desmaterializada, en vez de títulos físicos Deceval entregará una constancia de depósito de los títulos representativos de las mismas a nombre del suscriptor en los términos establecidos en las normas aplicables vigentes. Al momento de efectuar los registros o anotaciones en cuenta de depósito de los suscriptores de las Acciones Ordinarias, Deceval, en su calidad de Administrador de la Emisión, acreditará en la cuenta correspondiente las suscritas por el titular. La Sociedad Emisora no asumirá responsabilidad alguna por razón de hechos o circunstancias que puedan afectar la validez del contrato entre el cedente y el cesionario de Acciones Ordinarias. 5. DESTINATARIOS DE LA OFERTA: Serán destinatarios de la oferta pública, en su orden, los actuales accionistas de la sociedad Emisora y sus cesionarios y el público en general, en el entendido de que los accionistas deberán cumplir con la regulación del derecho de suscripción preferencial prevista en el Artículo 7 del Reglamento, y de la negociación del derecho de suscripción prevista en su Artículo 8. En virtud de la regulación sobre clubes deportivos, no podrá presentar ofertas para suscribir Acciones Ofrecidas quien controle, directamente o por interpuesta persona, otro club deportivo cuyo objeto sea la práctica de alguno de los deportes que desarrolla la Emisora. 6. VIGENCIA DE LA AUTORIZACIÓN DE LA OFERTA: La Vigencia de la Autorización de la Oferta será de quince (15) Días Hábiles contados a partir de la fecha de ejecutoria del acto administrativo que autorice la oferta pública. Todos los plazos fijados en el Prospecto de Información y en este Aviso de Oferta Pública terminan el día señalado para su vencimiento. Si el día del vencimiento es un día no hábil, el plazo se prorrogará hasta el Día Hábil inmediatamente siguiente. 7. PLAZO DE SUSCRIPCIÓN: El Plazo de Suscripción será de quince (15) Días Hábiles contados a partir del día de publicación del presente Aviso de la Oferta. Las Aceptaciones de Oferta serán recibidas en cualquiera de los puntos de la Red de Distribución conformada por: a. La oficina del Agente Colocador ubicada en la Cra. 14B No.106 – 50 de Bogotá DC Teléfono: (571) 6372055 Opción 1 de la ciudad de Bogotá, en Horario de Atención los Días Hábiles de Lunes a Viernes de 8:30 am a 5:30 pm; o b. Las Tiendas de Millonarios FC en Bogotá y Soacha dispuestas para tal fin en las siguientes direcciones y que contarán con personal del Agente Colocador para su recepción, personal disponible para dicha tarea en los mismos horarios de atención de la tiendas que se relacionan a continuación: 8. CÓMPUTO DE PLAZOS: Todos los plazos fijados en este Aviso de Oferta Pública terminan el día señalado para su vencimiento. En los plazos de días no se entenderán como hábiles los sábados, domingos y feriados. Si el día del vencimiento es un día no hábil, el plazo se prorrogará hasta el día hábil inmediatamente siguiente. 9. PRECIO DE SUSCRIPCIÓN: El precio de suscripción de las Acciones Ordinarias es de mil pesos ($1.000) moneda corriente por acción. 10. MONTO TOTAL DE LA OFERTA: El monto total de la oferta corresponde a veinte mil millones de pesos ($20.000.000.000) moneda corriente, resultado de multiplicar el número de Acciones Ordinarias Ofrecidas por el Precio de Suscripción. 11. INVERSIÓN MÍNIMA: No hay inversión mínima para las acciones emitidas que puedan llegar a ser suscritas por los accionistas actuales y sus cesionarios, en ejercicio del derecho de suscripción preferencial, durante las primeras dos rondas. El número mínimo de acciones ordinarias que podrán suscribir las personas pertenecientes al público en general, corresponde a una inversión de Cien (100) acciones (en adelante, la “Inversión Mínima”). 12. MONTO MÁXIMO A DEMANDAR: El monto máximo a demandar por Aceptante corresponde a veinte mil millones de pesos (COP$20,000,000,000), resultante de multiplicar el número total de Acciones Ordinarias ofrecidas por el Precio de Suscripción. En consecuencia, ningún Aceptante podrá demandar un número de Acciones Ordinarias superior al número de Acciones Ordinarias Ofrecidas. En caso de que el número total de Acciones Ordinarias señaladas en las Aceptaciones de un mismo Aceptante supere el número de Acciones Ordinarias Ofrecidas, se entenderán presentadas por el número de Acciones Ordinarias Ofrecidas. Para tales efectos, dentro del proceso de adjudicación, las Aceptaciones de un mismo Aceptante se consolidarán por tipo de identificación, número de documento de identificación y Especial Fiduciario, de ser aplicable. 13. MONTO MÍNIMO A COLOCAR: No existe un monto mínimo a colocar. 14. COLOCACION DE LAS ACCIONES ORDINARIAS OFRECIDAS: Las Acciones Ordinarias serán colocadas a los Accionistas Destinatarios de la Oferta y, de ser el caso, a las personas del público en general que radiquen Aceptaciones ajustadas a los términos del Prospecto y del Manual Operativo en los términos definidos en el Prospecto, el Reglamento de Suscripción y en el Manual Operativo a través de la Red de Distribución, mediante el mecanismo de colocación al mejor esfuerzo. La red de distribución ésta conformada por la oficina del Agente Colocador y por las tiendas de la Sociedad Emisora habilitadas para la recepción de aceptaciones a través de puntos de atención destinados para tal fin por el Agente Colocador. 15. COMISIONES Y GASTOS CONEXOS: La comisión de suscripción en el mercado primario de la Emisión será asumida por la Sociedad Emisora. Los costos y gastos, tanto directos como indirectos, relacionados con cada Aceptación de la Oferta, correrán por cuenta del Aceptante respectivo. La Sociedad Emisora no está obligada, en caso alguno, a asumir los costos y gastos relacionados con la Aceptación de la Oferta, cualquiera que sea el resultado de la adjudicación. Además, los Adjudicatarios deberán asumir los gastos que se puedan producir como consecuencia del gravamen a los movimientos financieros al momento de efectuar el pago de las Acciones Ordinarias. Los Aceptantes son los únicos responsables de las actividades necesarias para la radicación de su Aceptación. 16. FORMA DE ACEPTAR LA OFERTA PÚBLICA: 1.1 Registro en la Página Web y radicación de documentos. Los Destinatarios de la Oferta que estén interesados en presentar una aceptación de la oferta (en adelante la “Aceptación de Oferta” o la “Aceptación”) y suscribir las Acciones Ordinarias ofrecidas (“Clientes Potenciales”), deberán registrarse previamente en la Página Web destinada por el Agente Colocador para el efecto: www.afin.com.co (en adelante la “Página Web”). Al ingresar a la Página Web, el Cliente Potencial encontrará el banner “Colocación Azul & Blanco” (el “Banner”) junto con un botón que dirá. “Ver Más” al cual deberá acceder para realizar el registro pertinente. Igualmente podrá acceder directamente a través del link destinado para tal fin: www.afin.com.co/millonarios. Una vez el Cliente Potencial haya ingresado después de darle “click” a dicho vínculo, aparecerá toda la información relevante de la colocación, esto es: Aviso de Oferta, Reglamento de Suscripción de Acciones, Prospecto de Información y el Manual Operativo, cada uno en un archivo independiente disponible para descargar. Adicionalmente, el Cliente Potencial encontrará un resumen simplificado y entendible de los pasos que debe surtir, el cual así mismo podrá descargar, junto con el Formato de Vinculación, la carta de aceptación de oferta y el formato del contrato de administración de valores. Los pasos concretos que deberá surtir el Cliente Potencial, son los que se incluyen a continuación: (i) El sistema le solicitará al respectivo Cliente Potencial ingresar los datos con base en los cuales el Agente Colocador quedará autorizado para realizar las consultas correspondientes y adelantar una primera validación de los mismos. Para estos efectos, al hacer “ click” al vínculo relacionado anteriormente o directamente a través del link www.afin.com.co/millonarios/, el Cliente Potencial encontrará un botón que dirá “Formulario de Registro”, el cual llevará al Cliente Potencial al formulario en cual tendrá que diligenciar la siguiente información: a. Especificar sí es persona jurídica o persona natural b. Informar si a la fecha del Aviso de Oferta era accionista o no lo era. c. Tipo y número de documento de identidad (NIT, CC, CE, TI, RC o Pasaporte) d. Nombres y Apellidos e. Número de teléfono fijo f. Número de teléfono celular g. Correo electrónico h. Número de Acciones que acepta suscribir Al completar los espacios anteriores el Cliente Potencial deberá dar “click” en el botón “Enviar”, y si el Formulario de Registro fue diligenciado correctamente saldrá un aviso de envío satisfactorio, o en su defecto indicará qué espacios estarían mal diligenciados o que faltare por diligenciar. (ii) Una vez el envío de la información del Formulario de Registro sea exitoso, automáticamente el sistema generará un Usuario y una Contraseña al respectivo Cliente Potencial, los cuales serán remitidos al correo electrónico que éste haya incluido en el Formulario de Registro, y con los cuales será posible que éste tenga acceso al formato que ha destinado el Agente Colocador para la vinculación de aquél (“Formato de Vinculación”), y a los demás documentos requeridos para la presentación de una Aceptación de Oferta, así como a enviar los documentos escaneados, debidamente diligenciados, mediante carga de los mismos al sistema, según se describe más adelante en del Manual Operativo. (iii) El respectivo Cliente Potencial deberá descargar de la Página Web e imprimir el Formato de Vinculación, el cual deberá diligenciar completamente, junto con la Carta de Aceptación de Oferta; el Contrato de Administración de Valores, el Certificado de No Declarante, en caso de que éste último aplique, y los documentos relacionados en el Numeral 1.2 siguiente según sea el caso para la presentación de una Aceptación de Oferta. (iv) En el momento de diligenciamiento y envío del Formulario de Registro, el sistema automáticamente rastreará al Cliente Potencial en las listas para el control de lavado de activos y financiación del terrorismo administradas por cualquier autoridad nacional o extranjera, tales como: (i) la lista de la Oficina de Control de Activos en el Exterior – OFAC emitida por la Oficina del Tesoro de los Estados Unidos de América, (ii) la lista de la Organización de las Naciones Unidas y (iii) otras listas públicas relacionadas con el tema del control del lavado de activos y financiación del terrorismo. (v) Cumplido el registro anterior a través de la Página Web, el respectivo Cliente Potencial deberá adjuntar la Aceptación de la Oferta junto con los demás documentos requeridos según del Manual Operativo a través de la Página Web, a través de la opción destinada para tal fin como se muestra a continuación para lo cual deberá acceder utilizando el Usuario y la Contraseña que le hayan sido asignados por el sistema. Para estos efectos cada Cliente Potencial deberá escanear los siguientes documentos: a. El Formato de Vinculación, debidamente diligenciado y suscrito. b. La Carta de Aceptación de Oferta, debidamente diligenciada y suscrita. c. El Contrato de Administración de Valores, debidamente suscrito. d. En caso de aplicar, el Certificado de no declarante, debidamente suscrito. e. La información y documentos que correspondan, según el tipo de Destinatario de que se trate, en los términos que se describen en el Numeral 1. 2 del Manual Operativo. f. Tratándose de cesionarios de derechos de suscripción preferencial, la comunicación en la que conste la respectiva cesión a su favor. Para cargar la información aquí descrita, el respectivo Cliente Potencial deberá surtir los pasos que se indican a continuación: el Aceptante debe ingresar con su Usuario y Contraseña , y luego a través del link dispuesto para cargar documentos éstos se cargarán en formato PDF, y se dirigirán directamente al Agente Colocador. El diligenciamiento de información y envío de documentos a través de la cuenta de registro del Cliente Potencial en la Página Web es necesario pero no suficiente, por lo que adicionalmente será necesario que el Cliente Potencial así mismo entregue y/o envíe los documentos en físico para que la Aceptación de Oferta pueda ser tenida en cuenta en el proceso de adjudicación, para lo cual el Cliente Potencial deberá entregar la documentación completa aquí prevista, en cualquiera de los puntos de la Red de Distribución mencionados en el numeral 7) anterior. El análisis pertinente de la documentación será efectuado directamente por el Agente Colocador, para lo cual diariamente, durante la Vigencia de la Oferta, su personal ubicado en cada uno de los puntos de la Red de Distribución deberá remitir a las oficinas del Agente Colocador, a más tardar a las 6:00 pm, la totalidad de las Aceptaciones de Oferta recibidas hasta dicha hora, debidamente cerradas, las cuales serán recogidas por los mensajeros del Agente Colocador según protocolos internos de custodia. El Agente Colocador únicamente podrá tener en cuenta para efectos de la adjudicación de las Acciones, las Aceptaciones de Oferta que sean presentadas, conjuntamente tanto en físico como a través de la Página Web, con el lleno de los requisitos descritos en el Manual Operativo. 1.2 Información Adicional para Aceptación de la Oferta Los Clientes Potenciales deberán suministrar al Agente Colocador, a través de la Página Web y en físico, además de los documentos descritos en el Numeral 1.1. anterior, los que se relacionan a continuación, según el tipo de Destinatario de que se trate (persona natural o jurídica): A. Personas Jurídicas Nacionales: 1) Fotocopia del documento de identidad del Representante Legal vigente, ampliada al 150% por ambas caras. 2) Certificado de Existencia y Representación Legal de la persona jurídica Aceptante, expedido por la Cámara de Comercio correspondiente, con una antelación de expedición no superior a un mes desde la fecha de presentación de la Aceptación de Oferta. 3) Certificado en el que conste la composición accionaria de la persona jurídica Aceptante, hasta llegar a la identidad de los beneficiarios reales de tales acciones, debidamente firmado por el Representante Legal y por el Revisor Fiscal, en el evento en que se trate de un sociedad obligada a contar con éste de conformidad con las normas vigentes aplicables, o en su defecto, por el contador público. 4) Copia de los Estados Financieros - Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias, con sus Notas y el dictamen rendido por el Revisor Fiscal debidamente firmados por el Representante Legal, y el Contador o el Revisor Fiscal, para los años 2012 y 2013. 5) Copia de la declaración de Renta correspondiente a los años 2012 y 2013. B. Personas Jurídicas Extranjeras 1) Documento que acredite la Existencia y Representación Legal de la persona jurídica Aceptante, expedido por la entidad competente con una antelación no superior a un mes contado desde la fecha de presentación de la Aceptación de Oferta. 2) Certificado en que conste la composición accionaria de la persona jurídica Aceptante, hasta llegar a la identidad de las personas naturales que sean los beneficiarios reales de tales acciones. 3) Copia de la declaración de cambio en que conste el ingreso de la divisas para efectos del registro de la inversión extranjera. C. Personas Naturales – Empleados: 1) Fotocopia del documento de identidad del Cliente Potencial vigente, ampliada al 150% por ambas caras. 2)Fotocopia del certificado Laboral Indicando cargo, sueldo y antigüedad; o desprendibles de pago de nómina de los últimos tres meses. 3) Fotocopia del certificado de Ingresos y Retenciones correspondiente a los años 2012 y 2013. 4) Fotocopia de la declaración de Renta correspondiente a los años 2012 y 2013, o del Certificado de No Declarante. D. Personas Naturales – Pensionados: 1) Fotocopia del documento de identidad del Cliente Potencial vigente y ampliada al 150% por ambas caras. 2) Fotocopia del desprendibles de pago de la pensión del último mes. 3) Fotocopia de la declaración de Renta correspondiente a los años 2012 y 2013, o del Certificado de No Declarante. E. Personas Naturales – Independientes: 1) Fotocopia del documento de identidad del Cliente Potencial vigente y ampliada al 150% por ambas caras. 2) Fotocopia del Registro Único Tributario - RUT. 3) Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias con corte a 31 de diciembre de los años 2012 y 2013, debidamente firmados por contador público. O en su defecto, certificado de Ingresos y Retenciones correspondiente a los años 2012 y 2013, debidamente firmado por contador público. 4) Copia de la Tarjeta Profesional del contador público que firma los Estados Financieros y el Certificado de Ingresos y Retenciones. 5) Fotocopia de la declaración de Renta correspondiente a los años 2012 y 2013, o del certificado de No Declarante. F. Personas Naturales – Estudiantes u Otros: 1) Fotocopia del documento de identidad del Cliente Potencial vigente y ampliada al 150% por ambas caras. 2) Certificado de la institución académica que acredite su estado de estudiante. 3) Certificación Bancaria o fotocopia del extracto bancario. 4) Certificación Extrajuicio de origen de fondos. G. Personas Naturales Extranjeras 1) Fotocopia de la hoja de pasaporte donde aparecen los datos personales. 2) Fotocopia de la declaración de cambio en donde conste el ingreso de la divisas para efectos del registro de la inversión extranjera. 1.3 Requisitos para la presentación de la Aceptación de la Oferta En el diligenciamiento de los documentos requeridos para la presentación de una Aceptación de Oferta, el Cliente Potencial deberá atenerse a lo siguiente: 1) La Carta de Aceptación de Oferta deberá indicar, en el espacio destinado para el efecto, el número de Acciones Ordinarias que se acepta suscribir. En consecuencia, cualquier destinatario de la oferta de las Acciones Ordinarias podrá radicar aceptaciones hasta por el total de Acciones Ordinarias ofrecidas, aceptación que quedará sujeta al resultado del proceso de adjudicación previsto en el Manual Operativo. No se podrá demandar un número de Acciones superior al número total de Acciones Ordinarias ofrecidas. En caso de que el número total de Acciones señalado en las Cartas de Aceptación de Oferta de un mismo Destinatario supere el número total de Acciones Ordinarias ofrecidas, dichas aceptaciones se entenderán presentadas por el número de Acciones Ordinarias ofrecidas. 2) El Formato de Vinculación y la Carta de Aceptación de Oferta deberán ir autenticados ante Notario Público, con reconocimiento de texto y firma. 3) Los Clientes Potenciales que por cualquier razón no puedan hacer entrega de los documentos mediante entrega física en cualquiera de los puntos de la Red de Distribución, deberán remitirlos a través de correo certificado a la oficina del Agente Colocador, Afín S.A. Comisionista de Bolsa, ubicada en la Cra. 14B No.106 -– 50 de Bogotá DC. 4) Salvo en lo que respecta al Formato de Vinculación y la Carta de Aceptación de Oferta, los documentos expedidos en el exterior no requieren ser traducidos ni autenticados. Las Aceptaciones que cumplan con los requisitos aquí establecidos se entenderán vigentes desde el día de su radicación física. Siempre que no se trate de alguno de los eventos señalados en el Numeral 1.4 del Manual Operativo, todas las Aceptaciones que no cumplan con uno o cualquiera de los demás requisitos establecidos en el Manual Operativo, en el Reglamento de Suscripción de Acciones y en el Prospecto de Información, serán susceptibles de ser subsanadas mediante una nueva radicación o una radicación complementaria que en todo caso deberá realizarse dentro del Plazo de Suscripción y con el lleno de los requisitos de la radicación inicial. Solamente se tendrán en cuenta las Aceptaciones cuya documentación cumpla con los requisitos establecidos en el Manual Operativo, o hayan sido debidamente subsanadas, según lo aquí descrito, y siempre y cuando se radiquen físicamente en cualquiera de los puntos de la Red de Distribución, dentro de los plazos y las condiciones estipuladas en el Manual Operativo. Ni la Sociedad Emisora, ni el Agente Colocador, asumen ninguna responsabilidad por la exactitud e integridad de la información y documentos suministrados por el Cliente Potencial al Agente Colocador como parte de la Aceptación de Oferta. 1.4 Rechazo de una Aceptación de Oferta El Agente Colocador rechazará las Aceptaciones de Oferta cuando se presenten uno, o varios de los siguientes eventos, los cuales no serán subsanables en ningún caso: 1) La falta de Registro en la Página Web por parte del Aceptante, según se describe en el Numeral 1.1 del Manual Operativo, y/o la no radicación en físico de la Aceptación de Oferta en cualquiera de los puntos de la Red de Distribución, junto con la documentación e información definida en el mismo Numeral 1.1 y en el Numeral 1.2, de acuerdo con los plazos y términos definidos en el Prospecto de Información y demás documentos de la emisión. 2) La ausencia o ilegibilidad de cualquiera de los documentos que se mencionan en el Numeral 1.3 de del Manual Operativo. Para el efecto el Agente Colocador realizará el proceso de verificación de documentos según el tipo de Cliente Potencial. 3) En el evento en que en el Formato de Vinculación queden espacios en blanco que debían haber sido llenados, según el tipo de persona de que se trate (natural o jurídica, nacional o extranjera). 4) En el evento en que queden espacios en blanco en la Carta de Aceptación de Oferta. 5) En caso de que cualquiera de los documentos requeridos no esté debidamente firmado, según lo indicado en el Numeral 1.3 anterior del Manual Operativo. 6) En el caso de Cesionarios, en el evento en que la comunicación de cesión presentada por éstos, no coincida con la que haya sido presentada por el respectivo cedente, o éste no haya presentado carta de cesión alguna, en los plazos descritos en el Numeral 1.9 del Manual Operativo. 7) En caso que el Agente Colocador detecte que un Cliente Potencial suministró información o documentación falsa o contraria a la realidad. 8) En el evento en que, al momento del ingreso de la información básica requerida para el registro del Cliente Potencial en la Página Web, según se describe en el Numeral 1.1 del Manual Operativo, se detecte que el respectivo Cliente Potencial figura en cualquiera de las listas para el control de lavado de activos y financiación del terrorismo mencionadas en el literal (iv) del mismo. El Agente Colocador informará a los Aceptantes en caso de rechazo de la Aceptación de Oferta, a través de la Página Web. Para el efecto cada Aceptante tendrá acceso a dicha información ingresando al link mencionado en el Manual Operativo con el Usuario y Contraseña asignados al momento de su registro. 17. OTRAS CONDICIONES DE LA ACEPTACIÓN: El Agente Colocador no podrá condicionar la Aceptación a la apertura de nuevos productos, a la realización de inversiones en montos diferentes o a situaciones no señaladas en el Prospecto de Información o en este Aviso de Oferta Pública. 18. REGLAS GENERALES PARA LA COLOCACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS ACCIONES ORDINARIAS: La Adjudicación de las Acciones Ordinarias será realizada por parte del Agente Colocador atendiendo las Aceptaciones de Oferta radicadas por Clientes Potenciales, que se ajusten a los términos del Reglamento de Suscripción, el Prospecto de Información y el Manual Operativo. Para efectos de la Adjudicación de las Acciones Ordinarias se seguirán las siguientes reglas: 1. Se dará inicio al proceso de Adjudicación descrito en los siguientes Numerales desde la fecha de vencimiento del Plazo de la Oferta. 2. En caso de que cualquier Aceptante presente más de una Aceptación de Oferta, las Aceptaciones se consolidarán por tipo de identificación, número de documento de identificación y especial fiduciario, de ser aplicable. 3. Si bien la oferta se realizará en tres (3) Rondas que funcionan de forma simultánea, en los términos que acá se describen, la Adjudicación se realizará a prorrata de la participación de los accionistas y cesionarios, atendiendo las tres (3) Rondas de manera consecutiva. 4. Solo habrá lugar a una Tercera Ronda en el evento en que el Monto Total Demandado por los Accionistas y Cesionarios sea inferior al Monto de la Oferta 5. La Adjudicación de las Acciones Ordinarias en relación con las cuales se hayan recibido Aceptaciones de Oferta será realizada por el Agente Colocador, dentro de los tres (3) Días Hábiles siguientes al vencimiento del Plazo de Oferta (el “Plazo de Adjudicación”). 1.1 Proceso de Adjudicación Las Acciones Ordinarias serán adjudicadas a los Aceptantes que presenten Aceptaciones que se ajusten a los términos definidos en el Prospecto de Información y en el Manual Operativo. La Adjudicación será realizada durante el Plazo de Adjudicación. La adjudicación de las Acciones Ordinarias se adelantará en tres (3) Rondas de manera consecutiva, dirigidas a los Destinatarios de la Oferta, en el orden establecido en el Manual Operativo, así: • Primera Ronda, dirigida a los Accionistas y sus Cesionarios en ejercicio del derecho de suscripción preferencial. • Segunda Ronda, dirigida a los Accionistas y los Cesionarios que hayan ejercido el derecho de suscripción preferencial en la Primera Ronda y hayan presentado Demandas por un número de acciones superior a aquel que le fue adjudicado en la Primera Ronda. • Tercera Ronda, dirigida al público en general 1.2 Adjudicación en la Primera Ronda La Primera Ronda estará dirigida exclusivamente a los Accionistas y sus Cesionarios. La información relacionada con los Accionistas que tendrán derecho a ser Aceptantes en esta Primera Ronda, así como el número de Acciones Ordinarias que podrá suscribir cada uno, después de aplicar el cálculo señalado en el literal a) siguiente de este Numeral es responsabilidad de la Sociedad Emisora, la cual instruirá al Deceval la entrega al Agente Colocador previo al inicio del Plazo de Suscripción. El Agente Colocador efectuará todas las labores de verificación e investigación en los términos requeridos por la Circular Básica Jurídica 029 de 2014 y los procedimientos contenidos en su Manual de Procedimientos del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo - SARLAFT, el cual cumple con los lineamientos y requisitos exigidos por la mencionada Circular. El Agente Colocador no se hace responsable por la veracidad y/o exactitud de la información y documentos suministrados por el Cliente Potencial más allá de lo exigido y derivado de los controles aquí descritos para la prevención y control del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, frente a los Aceptantes, Accionistas, la Sociedad Emisora o terceros. El Agente Colocador efectuará la Adjudicación de conformidad con las siguientes reglas: a) En primer lugar se procederá a Adjudicar la Primera Ronda, en la cual se tendrán en cuenta las Aceptaciones de Oferta ajustadas a los términos del Prospecto AZUL & BLANCO MILLONARIOS FC S.A. AVISO DE OFERTA PÚBLICA DE ACCIONES ORDINARIAS EMISIÓN Y COLOCACIÓN DE ACCIONES ORDINARIAS EMISIÓN POR VEINTE MILLONES (20.000.000) DE ACCIONES ORDINARIAS CC. Cafam Floresta L-S 10:00 a.m. a 7:00p.m. D-F 10:00 a.m. a 7:00p.m. Estadio El Campín L-S 10:00 a.m. a 7:00p.m. D-F 10:00 a.m. a 7:00p.m. CC. Galerias L-S 10:00 a.m. a 7:00p.m. D-F 10:00 a.m. a 7:00p.m. CC. Bulevar Niza L-S 10:00 a.m. a 7:00p.m. D-F 10:00 a.m. a 7:00p.m. CC. Calima L-S 10:00 a.m. a 7:00p.m. D-F 10:00 a.m. a 7:00p.m. CC. Gran Estación L-S 10:00 a.m. a 7:00p.m. D-F 10:00 a.m. a 7:00p.m. CC. Centro Mayor L-S 10:00 a.m. a 7:00p.m. D-F 10:00 a.m. a 7:00p.m. CC. Mercurio (Soacha) L-S 10:00 a.m. a 7:00p.m. D-F 10:00 a.m. a 7:00p.m.

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CONSIDERANDO:La Asamblea General de Accionistas de la Sociedad Emisora en su reunión del pasado 22 de marzo de 2014 (Acta No. 05), ordenó a la Junta Directiva proceder con la emisión y colocación de acciones ordinarias y no preferenciales en la sociedad de acuerdo con los planes de capitalización de la Emisora.

Por otra parte, la Junta Directiva de Azul & Blanco Millonarios FC S.A. aprobó en su reunión del día 19 de septiembre de 2014, según consta en el Acta No. 61, el respectivo Reglamento de Suscripción de Acciones, cuyo texto final fue revisado en su integridad y aprobado por la Junta Directiva mediante el procedimiento de consulta escrita previsto en el artículo 20 de la ley 222 de 1995, tal como consta en el Acta No. 65 del referido órgano social.

RESUELVE:Ofrecer veinte millones (20.000.000) de Acciones Ordinarias de la Entidad Emisora (“Acciones Ordinarias Ofrecidas”), de un valor nominal de mil pesos (COP$1.000), colocación que se hará de acuerdo con el Reglamento de Suscripción y lo señalado en el presente Aviso de Oferta Pública.

1. NÚMERO DE ACCIONES ORDINARIAS QUE SE VAN A EMITIR: La Entidad Emisora emite veinte millones (20.000.000) de Acciones Ordinarias que se encuentran en reserva, las cuales serán ofrecidas a las personas que se señalan como Destinatarios de la Oferta en este Aviso de Oferta Pública.

2. DERECHOS DE LOS TENEDORES DE LAS ACCIONES ORDINARIAS:Las acciones confieren a sus titulares los derechos previstos en la ley y en los estatutos sociales de la Sociedad Emisora.

3. INSCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES ORDINARIAS: Las Acciones Ordinarias están inscritas en el RNVE.

4. LEY DE CIRCULACIÓN Y NEGOCIACIÓN SECUNDARIA: Las Acciones Ordinarias son títulos nominativos y la transferencia de su titularidad se hará mediante anotación en cuenta de depósito de los tenedores en Deceval, conforme a lo dispuesto en la Ley 27 de 1990, la Ley 964 de 2005, el Decreto 2555 de 2010 y al Reglamento de Operaciones de Deceval aprobado mediante Resolución 0816 del 26 de mayo de 2011 proferida por la Superintendencia Financiera de Colombia. Toda vez que las Acciones Ordinarias circularán de forma desmaterializada, en vez de títulos físicos Deceval entregará una constancia de depósito de los títulos representativos de las mismas a nombre del suscriptor en los términos establecidos en las normas aplicables vigentes.

Al momento de efectuar los registros o anotaciones en cuenta de depósito de los suscriptores de las Acciones Ordinarias, Deceval, en su calidad de Administrador de la Emisión, acreditará en la cuenta correspondiente las suscritas por el titular.

La Sociedad Emisora no asumirá responsabilidad alguna por razón de hechos o circunstancias que puedan afectar la validez del contrato entre el cedente y el cesionario de Acciones Ordinarias.

5. DESTINATARIOS DE LA OFERTA: Serán destinatarios de la oferta pública, en su orden, los actuales accionistas de la sociedad Emisora y sus cesionarios y el público en general, en el entendido de que los accionistas deberán cumplir con la regulación del derecho de suscripción preferencial prevista en el Artículo 7 del Reglamento, y de la negociación del derecho de suscripción prevista en su Artículo 8. En virtud de la regulación sobre clubes deportivos, no podrá presentar ofertas para suscribir Acciones Ofrecidas quien controle, directamente o por interpuesta persona, otro club deportivo cuyo objeto sea la práctica de alguno de los deportes que desarrolla la Emisora.

6. VIGENCIA DE LA AUTORIZACIÓN DE LA OFERTA:La Vigencia de la Autorización de la Oferta será de quince (15) Días Hábiles contados a partir de la fecha de ejecutoria del acto administrativo que autorice la oferta pública. Todos los plazos fijados en el Prospecto de Información y en este Aviso de Oferta Pública terminan el día señalado para su vencimiento. Si el día del vencimiento es un día no hábil, el plazo se prorrogará hasta el Día Hábil inmediatamente siguiente.

7. PLAZO DE SUSCRIPCIÓN: El Plazo de Suscripción será de quince (15) Días Hábiles contados a partir del día de publicación del presente Aviso de la Oferta.

Las Aceptaciones de Oferta serán recibidas en cualquiera de los puntos de la Red de Distribución conformada por: a. La oficina del Agente Colocador ubicada en la Cra. 14B No.106 – 50 de Bogotá DC Teléfono: (571) 6372055 Opción 1 de la ciudad de Bogotá, en Horario de Atención los Días Hábiles de Lunes a Viernes de 8:30 am a 5:30 pm; o b. Las Tiendas de Millonarios FC en Bogotá y Soacha dispuestas para tal fin en las siguientes direcciones y que contarán con personal del Agente Colocador para su recepción, personal disponible para dicha tarea en los mismos horarios de atención de la tiendas que se relacionan a continuación:

8. CÓMPUTO DE PLAZOS:Todos los plazos fijados en este Aviso de Oferta Pública terminan el día señalado para su vencimiento. En los plazos de días no se entenderán como hábiles los sábados, domingos y feriados. Si el día del vencimiento es un día no hábil, el plazo se prorrogará hasta el día hábil inmediatamente siguiente.

9. PRECIO DE SUSCRIPCIÓN: El precio de suscripción de las Acciones Ordinarias es de mil pesos ($1.000) moneda corriente por acción.

10. MONTO TOTAL DE LA OFERTA:El monto total de la oferta corresponde a veinte mil millones de pesos ($20.000.000.000) moneda corriente, resultado de multiplicar el número de Acciones Ordinarias Ofrecidas por el Precio de Suscripción.

11. INVERSIÓN MÍNIMA:No hay inversión mínima para las acciones emitidas que puedan llegar a ser suscritas por los accionistas actuales y sus cesionarios, en ejercicio del derecho de suscripción preferencial, durante las primeras dos rondas. El número mínimo de acciones ordinarias que podrán suscribir las personas pertenecientes al público en general, corresponde a una inversión de Cien (100) acciones (en adelante, la “Inversión Mínima”).

12. MONTO MÁXIMO A DEMANDAR:El monto máximo a demandar por Aceptante corresponde a veinte mil millones de pesos (COP$20,000,000,000), resultante de multiplicar el número total de Acciones Ordinarias ofrecidas por el Precio de Suscripción. En consecuencia, ningún Aceptante podrá demandar un número de Acciones Ordinarias superior al número de Acciones Ordinarias Ofrecidas. En caso de que el número total de Acciones Ordinarias señaladas en las Aceptaciones de un mismo Aceptante supere el número de Acciones Ordinarias Ofrecidas, se entenderán presentadas por el número de Acciones Ordinarias Ofrecidas. Para tales efectos, dentro del proceso de adjudicación, las Aceptaciones de un mismo Aceptante se consolidarán por tipo de identificación, número de documento de identificación y Especial Fiduciario, de ser aplicable.

13. MONTO MÍNIMO A COLOCAR: No existe un monto mínimo a colocar.

14. COLOCACION DE LAS ACCIONES ORDINARIAS OFRECIDAS:Las Acciones Ordinarias serán colocadas a los Accionistas Destinatarios de la Oferta y, de ser el caso, a las personas del público en general que radiquen Aceptaciones ajustadas a los términos del Prospecto y del Manual Operativo en los términos definidos en el Prospecto, el Reglamento de Suscripción y en el Manual Operativo a través de la Red de Distribución, mediante el mecanismo de colocación al mejor esfuerzo. La red de distribución ésta conformada por la oficina del Agente Colocador y por las tiendas de la Sociedad Emisora habilitadas para la recepción de aceptaciones a través de puntos de atención destinados para tal fin por el Agente Colocador.

15. COMISIONES Y GASTOS CONEXOS:La comisión de suscripción en el mercado primario de la Emisión será asumida por la Sociedad Emisora. Los costos y gastos, tanto directos como indirectos, relacionados con cada Aceptación de la Oferta, correrán por cuenta del Aceptante respectivo. La Sociedad Emisora no está obligada, en caso alguno, a asumir los costos y gastos relacionados con la Aceptación de la Oferta, cualquiera que sea el resultado de la adjudicación. Además, los Adjudicatarios deberán asumir los gastos que se puedan producir como consecuencia del gravamen a los movimientos financieros al momento de efectuar el pago de las Acciones Ordinarias. Los Aceptantes son los únicos responsables de las actividades necesarias para la radicación de su Aceptación.

16. FORMA DE ACEPTAR LA OFERTA PÚBLICA: 1.1 Registro en la Página Web y radicación de documentos.Los Destinatarios de la Oferta que estén interesados en presentar una aceptación de la oferta (en adelante la “Aceptación de Oferta” o la “Aceptación”) y suscribir las Acciones Ordinarias ofrecidas (“Clientes Potenciales”), deberán registrarse previamente en la Página Web destinada por el Agente Colocador para el efecto: www.afin.com.co (en adelante la “Página Web”).

Al ingresar a la Página Web, el Cliente Potencial encontrará el banner “Colocación Azul & Blanco” (el “Banner”) junto con un botón que dirá. “Ver Más” al cual deberá acceder para realizar el registro pertinente. Igualmente podrá acceder directamente a través del link destinado para tal fin: www.afin.com.co/millonarios. Una vez el Cliente Potencial haya ingresado después de darle “click” a dicho vínculo, aparecerá toda la información relevante de la colocación, esto es: Aviso de Oferta, Reglamento de Suscripción de Acciones, Prospecto de Información y el Manual Operativo, cada uno en un archivo independiente disponible para descargar. Adicionalmente, el Cliente Potencial encontrará un resumen simplificado y entendible de los pasos que debe surtir, el cual así mismo podrá descargar, junto con el Formato de Vinculación, la carta de aceptación de oferta y el formato del contrato de administración de valores.

Los pasos concretos que deberá surtir el Cliente Potencial, son los que se incluyen a continuación:

(i) El sistema le solicitará al respectivo Cliente Potencial ingresar los datos con base en los cuales el Agente Colocador quedará autorizado para realizar las consultas correspondientes y adelantar una primera validación de los mismos. Para estos efectos, al hacer “click” al vínculo relacionado anteriormente o directamente a través del link www.afin.com.co/millonarios/, el Cliente Potencial encontrará un botón que dirá “Formulario de Registro”, el cual llevará al Cliente Potencial al formulario en cual tendrá que diligenciar la siguiente información:

a. Especificar sí es persona jurídica o persona naturalb. Informar si a la fecha del Aviso de Oferta era accionista o no lo era.c. Tipo y número de documento de identidad (NIT, CC, CE, TI, RC o Pasaporte)d. Nombres y Apellidose. Número de teléfono fijof. Número de teléfono celularg. Correo electrónicoh. Número de Acciones que acepta suscribir

Al completar los espacios anteriores el Cliente Potencial deberá dar “click” en el botón “Enviar”, y si el Formulario de Registro fue diligenciado correctamente saldrá un aviso de envío satisfactorio, o en su defecto indicará qué espacios estarían mal diligenciados o que faltare por diligenciar.(ii) Una vez el envío de la información del Formulario de Registro sea exitoso, automáticamente el sistema generará un Usuario y una Contraseña al respectivo Cliente Potencial, los cuales serán remitidos al correo electrónico que éste haya incluido en el Formulario de Registro, y con los cuales será posible que éste tenga acceso al formato que ha destinado el Agente Colocador para la vinculación de aquél (“Formato de Vinculación”), y a los demás documentos requeridos para la presentación de una Aceptación de Oferta, así como a enviar los documentos escaneados, debidamente diligenciados, mediante carga de los mismos al sistema, según se describe más adelante en del Manual Operativo.(iii) El respectivo Cliente Potencial deberá descargar de la Página Web e imprimir el Formato de Vinculación, el cual deberá diligenciar completamente, junto con la Carta de Aceptación de Oferta; el Contrato de Administración de Valores, el Certificado de No Declarante, en caso de que éste último aplique, y los documentos relacionados en el Numeral 1.2 siguiente según sea el caso para la presentación de una Aceptación de Oferta.(iv) En el momento de diligenciamiento y envío del Formulario de Registro, el sistema automáticamente rastreará al Cliente Potencial en las listas para el control de lavado de activos y financiación del terrorismo administradas por cualquier autoridad nacional o extranjera, tales como: (i) la lista de la Oficina de Control de Activos en el Exterior – OFAC emitida por la Oficina del Tesoro de los Estados Unidos de América, (ii) la lista de la Organización de las Naciones Unidas y (iii) otras listas públicas relacionadas con el tema del control del lavado de activos y financiación del terrorismo.(v) Cumplido el registro anterior a través de la Página Web, el respectivo Cliente Potencial deberá adjuntar la Aceptación de la Oferta junto con los demás documentos requeridos según del Manual Operativo a través de la Página Web, a través de la opción destinada para tal fin como se muestra a continuación para lo cual deberá acceder utilizando el Usuario y la Contraseña que le hayan sido asignados por el sistema. Para estos efectos cada Cliente Potencial deberá escanear los siguientes documentos:

a. El Formato de Vinculación, debidamente diligenciado y suscrito.b. La Carta de Aceptación de Oferta, debidamente diligenciada y suscrita.c. El Contrato de Administración de Valores, debidamente suscrito.

d. En caso de aplicar, el Certificado de no declarante, debidamente suscrito.e. La información y documentos que correspondan, según el tipo de

Destinatario de que se trate, en los términos que se describen en el Numeral 1. 2 del Manual Operativo.

f. Tratándose de cesionarios de derechos de suscripción preferencial, la comunicación en la que conste la respectiva cesión a su favor.

Para cargar la información aquí descrita, el respectivo Cliente Potencial deberá surtir los pasos que se indican a continuación: el Aceptante debe ingresar con su Usuario y Contraseña , y luego a través del link dispuesto para cargar documentos éstos se cargarán en formato PDF, y se dirigirán directamente al Agente Colocador. El diligenciamiento de información y envío de documentos a través de la cuenta de registro del Cliente Potencial en la Página Web es necesario pero no suficiente, por lo que adicionalmente será necesario que el Cliente Potencial así mismo entregue y/o envíe los documentos en físico para que la Aceptación de Oferta pueda ser tenida en cuenta en el proceso de adjudicación, para lo cual el Cliente Potencial deberá entregar la documentación completa aquí prevista, en cualquiera de los puntos de la Red de Distribución mencionados en el numeral 7) anterior.

El análisis pertinente de la documentación será efectuado directamente por el Agente Colocador, para lo cual diariamente, durante la Vigencia de la Oferta, su personal ubicado en cada uno de los puntos de la Red de Distribución deberá remitir a las oficinas del Agente Colocador, a más tardar a las 6:00 pm, la totalidad de las Aceptaciones de Oferta recibidas hasta dicha hora, debidamente cerradas, las cuales serán recogidas por los mensajeros del Agente Colocador según protocolos internos de custodia. El Agente Colocador únicamente podrá tener en cuenta para efectos de la adjudicación de las Acciones, las Aceptaciones de Oferta que sean presentadas, conjuntamente tanto en físico como a través de la Página Web, con el lleno de los requisitos descritos en el Manual Operativo.

1.2 Información Adicional para Aceptación de la OfertaLos Clientes Potenciales deberán suministrar al Agente Colocador, a través de la Página Web y en físico, además de los documentos descritos en el Numeral 1.1. anterior, los que se relacionan a continuación, según el tipo de Destinatario de que se trate (persona natural o jurídica):A. Personas Jurídicas Nacionales:1) Fotocopia del documento de identidad del Representante Legal vigente, ampliada al 150% por ambas caras. 2) Certificado de Existencia y Representación Legal de la persona jurídica Aceptante, expedido por la Cámara de Comercio correspondiente, con una antelación de expedición no superior a un mes desde la fecha de presentación de la Aceptación de Oferta. 3) Certificado en el que conste la composición accionaria de la persona jurídica Aceptante, hasta llegar a la identidad de los beneficiarios reales de tales acciones, debidamente firmado por el Representante Legal y por el Revisor Fiscal, en el evento en que se trate de un sociedad obligada a contar con éste de conformidad con las normas vigentes aplicables, o en su defecto, por el contador público. 4) Copia de los Estados Financieros - Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias, con sus Notas y el dictamen rendido por el Revisor Fiscal debidamente firmados por el Representante Legal, y el Contador o el Revisor Fiscal, para los años 2012 y 2013. 5) Copia de la declaración de Renta correspondiente a los años 2012 y 2013.B. Personas Jurídicas Extranjeras1) Documento que acredite la Existencia y Representación Legal de la persona jurídica Aceptante, expedido por la entidad competente con una antelación no superior a un mes contado desde la fecha de presentación de la Aceptación de Oferta. 2) Certificado en que conste la composición accionaria de la persona jurídica Aceptante, hasta llegar a la identidad de las personas naturales que sean los beneficiarios reales de tales acciones. 3) Copia de la declaración de cambio en que conste el ingreso de la divisas para efectos del registro de la inversión extranjera.C. Personas Naturales – Empleados:1) Fotocopia del documento de identidad del Cliente Potencial vigente, ampliada al 150% por ambas caras. 2)Fotocopia del certificado Laboral Indicando cargo, sueldo y antigüedad; o desprendibles de pago de nómina de los últimos tres meses. 3) Fotocopia del certificado de Ingresos y Retenciones correspondiente a los años 2012 y 2013. 4) Fotocopia de la declaración de Renta correspondiente a los años 2012 y 2013, o del Certificado de No Declarante.D. Personas Naturales – Pensionados:1) Fotocopia del documento de identidad del Cliente Potencial vigente y ampliada al 150% por ambas caras. 2) Fotocopia del desprendibles de pago de la pensión del último mes. 3) Fotocopia de la declaración de Renta correspondiente a los años 2012 y 2013, o del Certificado de No Declarante.E. Personas Naturales – Independientes:1) Fotocopia del documento de identidad del Cliente Potencial vigente y ampliada al 150% por ambas caras. 2) Fotocopia del Registro Único Tributario - RUT. 3) Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias con corte a 31 de diciembre de los años 2012 y 2013, debidamente firmados por contador público. O en su defecto, certificado de Ingresos y Retenciones correspondiente a los años 2012 y 2013, debidamente firmado por contador público. 4) Copia de la Tarjeta Profesional del contador público que firma los Estados Financieros y el Certificado de Ingresos y Retenciones. 5) Fotocopia de la declaración de Renta correspondiente a los años 2012 y 2013, o del certificado de No Declarante.F. Personas Naturales – Estudiantes u Otros:1) Fotocopia del documento de identidad del Cliente Potencial vigente y ampliada al 150% por ambas caras. 2) Certificado de la institución académica que acredite su estado de estudiante. 3) Certificación Bancaria o fotocopia del extracto bancario. 4) Certificación Extrajuicio de origen de fondos.G. Personas Naturales Extranjeras1) Fotocopia de la hoja de pasaporte donde aparecen los datos personales. 2) Fotocopia de la declaración de cambio en donde conste el ingreso de la divisas para efectos del registro de la inversión extranjera.1.3 Requisitos para la presentación de la Aceptación de la OfertaEn el diligenciamiento de los documentos requeridos para la presentación de una Aceptación de Oferta, el Cliente Potencial deberá atenerse a lo siguiente:

1) La Carta de Aceptación de Oferta deberá indicar, en el espacio destinado para el efecto, el número de Acciones Ordinarias que se acepta suscribir. En consecuencia, cualquier destinatario de la oferta de las Acciones Ordinarias podrá radicar aceptaciones hasta por el total de Acciones Ordinarias ofrecidas, aceptación que quedará sujeta al resultado del proceso de adjudicación previsto en el Manual Operativo. No se podrá demandar un número de Acciones superior al número total de Acciones Ordinarias ofrecidas. En caso de que el número total de Acciones señalado en las Cartas de Aceptación de Oferta de un mismo Destinatario supere el número total de Acciones Ordinarias ofrecidas, dichas aceptaciones se entenderán presentadas por el número de Acciones Ordinarias ofrecidas. 2) El Formato de Vinculación y la Carta de Aceptación de Oferta deberán ir autenticados ante Notario Público, con reconocimiento de texto y firma. 3) Los Clientes Potenciales que por cualquier razón no puedan hacer entrega de los documentos mediante entrega física en cualquiera de los puntos de la Red de Distribución, deberán remitirlos a través de correo certificado a la oficina del Agente Colocador, Afín S.A. Comisionista de Bolsa, ubicada en la Cra. 14B No.106 -– 50 de Bogotá DC. 4) Salvo en lo que respecta al Formato de Vinculación y la Carta de Aceptación de Oferta, los documentos expedidos en el exterior no requieren ser traducidos ni autenticados.

Las Aceptaciones que cumplan con los requisitos aquí establecidos se entenderán vigentes desde el día de su radicación física. Siempre que no se trate de alguno de los eventos señalados en el Numeral 1.4 del Manual Operativo, todas las Aceptaciones que no cumplan con uno o cualquiera de los demás requisitos establecidos en el Manual Operativo, en el Reglamento de Suscripción de Acciones y en el Prospecto de Información, serán susceptibles de ser subsanadas mediante una nueva radicación o una radicación complementaria que en todo caso deberá realizarse dentro del Plazo de Suscripción y con el lleno de los requisitos de la radicación inicial. Solamente se tendrán en cuenta las Aceptaciones cuya documentación cumpla con los requisitos establecidos en el Manual Operativo, o hayan sido debidamente subsanadas, según lo aquí descrito, y siempre y cuando se radiquen físicamente en cualquiera de los puntos de la Red de Distribución, dentro de los plazos y las condiciones estipuladas en el Manual Operativo.

Ni la Sociedad Emisora, ni el Agente Colocador, asumen ninguna responsabilidad por la exactitud e integridad de la información y documentos suministrados por el Cliente Potencial al Agente Colocador como parte de la Aceptación de Oferta.

1.4 Rechazo de una Aceptación de OfertaEl Agente Colocador rechazará las Aceptaciones de Oferta cuando se presenten uno, o varios de los siguientes eventos, los cuales no serán subsanables en ningún caso:

1) La falta de Registro en la Página Web por parte del Aceptante, según se describe en el Numeral 1.1 del Manual Operativo, y/o la no radicación en físico de la Aceptación de Oferta en cualquiera de los puntos de la Red de Distribución, junto con la documentación e información definida en el mismo Numeral 1.1 y en el Numeral 1.2, de acuerdo con los plazos y términos definidos en el Prospecto de Información y demás documentos de la emisión. 2) La ausencia o ilegibilidad de cualquiera de los documentos que se mencionan en el Numeral 1.3 de del Manual Operativo. Para el efecto el Agente Colocador realizará el proceso de verificación de documentos según el tipo de Cliente Potencial. 3) En el evento en que en el Formato de Vinculación queden espacios en blanco que debían haber sido llenados, según el tipo de persona de que se trate (natural o jurídica, nacional o extranjera). 4) En el evento en que queden espacios en blanco en la Carta de Aceptación de Oferta. 5) En caso de que cualquiera de los documentos requeridos no esté debidamente firmado, según lo indicado en el Numeral 1.3 anterior del Manual Operativo. 6) En el caso de Cesionarios, en el evento en que la comunicación de cesión presentada por éstos, no coincida con la que haya sido presentada por el respectivo cedente, o éste no haya presentado carta de cesión alguna, en los plazos descritos en el Numeral 1.9 del Manual Operativo. 7) En caso que el Agente Colocador detecte que un Cliente Potencial suministró información o documentación falsa o contraria a la realidad. 8) En el evento en que, al momento del ingreso de la información básica requerida para el registro del Cliente Potencial en la Página Web, según se describe en el Numeral 1.1 del Manual Operativo, se detecte que el respectivo Cliente Potencial figura en cualquiera de las listas para el control de lavado de activos y financiación del terrorismo mencionadas en el literal (iv) del mismo. El Agente Colocador informará a los Aceptantes en caso de rechazo de la Aceptación de Oferta, a través de la Página Web. Para el efecto cada Aceptante tendrá acceso a dicha información ingresando al link mencionado en el Manual Operativo con el Usuario y Contraseña asignados al momento de su registro.

17. OTRAS CONDICIONES DE LA ACEPTACIÓN:El Agente Colocador no podrá condicionar la Aceptación a la apertura de nuevos productos, a la realización de inversiones en montos diferentes o a situaciones no señaladas en el Prospecto de Información o en este Aviso de Oferta Pública.

18. REGLAS GENERALES PARA LA COLOCACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS ACCIONES ORDINARIAS: La Adjudicación de las Acciones Ordinarias será realizada por parte del Agente Colocador atendiendo las Aceptaciones de Oferta radicadas por Clientes Potenciales, que se ajusten a los términos del Reglamento de Suscripción, el Prospecto de Información y el Manual Operativo. Para efectos de la Adjudicación de las Acciones Ordinarias se seguirán las siguientes reglas: 1. Se dará inicio al proceso de Adjudicación descrito en los siguientes Numerales desde la fecha de vencimiento del Plazo de la Oferta. 2. En caso de que cualquier Aceptante presente más de una Aceptación de Oferta, las Aceptaciones se consolidarán por tipo de identificación, número de documento de identificación y especial fiduciario, de ser aplicable. 3. Si bien la oferta se realizará en tres (3) Rondas que funcionan de forma simultánea, en los términos que acá se describen, la Adjudicación se realizará a prorrata de la participación de los accionistas y cesionarios, atendiendo las tres (3) Rondas de manera consecutiva. 4. Solo habrá lugar a una Tercera Ronda en el evento en que el Monto Total Demandado por los Accionistas y Cesionarios sea inferior al Monto de la Oferta 5. La Adjudicación de las Acciones Ordinarias en relación con las cuales se hayan recibido Aceptaciones de Oferta será realizada por el Agente Colocador, dentro de los tres (3) Días Hábiles siguientes al vencimiento del Plazo de Oferta (el “Plazo de Adjudicación”).

1.1 Proceso de AdjudicaciónLas Acciones Ordinarias serán adjudicadas a los Aceptantes que presenten Aceptaciones que se ajusten a los términos definidos en el Prospecto de Información y en el Manual Operativo. La Adjudicación será realizada durante el Plazo de Adjudicación.

La adjudicación de las Acciones Ordinarias se adelantará en tres (3) Rondas de manera consecutiva, dirigidas a los Destinatarios de la Oferta, en el orden establecido en el Manual Operativo, así:

• Primera Ronda, dirigida a los Accionistas y sus Cesionarios en ejercicio del derecho de suscripción preferencial.

• Segunda Ronda, dirigida a los Accionistas y los Cesionarios que hayan ejercido el derecho de suscripción preferencial en la Primera Ronda y hayan presentado Demandas por un número de acciones superior a aquel que le fue adjudicado en la Primera Ronda.

• Tercera Ronda, dirigida al público en general

1.2 Adjudicación en la Primera RondaLa Primera Ronda estará dirigida exclusivamente a los Accionistas y sus Cesionarios. La información relacionada con los Accionistas que tendrán derecho a ser Aceptantes en esta Primera Ronda, así como el número de Acciones Ordinarias que podrá suscribir cada uno, después de aplicar el cálculo señalado en el literal a) siguiente de este Numeral es responsabilidad de la Sociedad Emisora, la cual instruirá al Deceval la entrega al Agente Colocador previo al inicio del Plazo de Suscripción. El Agente Colocador efectuará todas las labores de verificación e investigación en los términos requeridos por la Circular Básica Jurídica 029 de 2014 y los procedimientos contenidos en su Manual de Procedimientos del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo - SARLAFT, el cual cumple con los lineamientos y requisitos exigidos por la mencionada Circular. El Agente Colocador no se hace responsable por la veracidad y/o exactitud de la información y documentos suministrados por el Cliente Potencial más allá de lo exigido y derivado de los controles aquí descritos para la prevención y control del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, frente a los Aceptantes, Accionistas, la Sociedad Emisora o terceros. El Agente Colocador efectuará la Adjudicación de conformidad con las siguientes reglas:

a) En primer lugar se procederá a Adjudicar la Primera Ronda, en la cual se tendrán en cuenta las Aceptaciones de Oferta ajustadas a los términos del Prospecto

AZUL & BLANCO MILLONARIOS FC S.A. AVISO DE OFERTA PÚBLICA DE ACCIONES ORDINARIAS

EMISIÓN Y COLOCACIÓN DE ACCIONES ORDINARIASEMISIÓN POR VEINTE MILLONES (20.000.000)

DE ACCIONES ORDINARIAS

CC. Cafam Floresta L-S 10:00 a.m. a 7:00p.m. D-F 10:00 a.m. a 7:00p.m.Estadio El Campín L-S 10:00 a.m. a 7:00p.m. D-F 10:00 a.m. a 7:00p.m.CC. Galerias L-S 10:00 a.m. a 7:00p.m. D-F 10:00 a.m. a 7:00p.m.CC. Bulevar Niza L-S 10:00 a.m. a 7:00p.m. D-F 10:00 a.m. a 7:00p.m.CC. Calima L-S 10:00 a.m. a 7:00p.m. D-F 10:00 a.m. a 7:00p.m.CC. Gran Estación L-S 10:00 a.m. a 7:00p.m. D-F 10:00 a.m. a 7:00p.m.CC. Centro Mayor L-S 10:00 a.m. a 7:00p.m. D-F 10:00 a.m. a 7:00p.m.CC. Mercurio (Soacha) L-S 10:00 a.m. a 7:00p.m. D-F 10:00 a.m. a 7:00p.m.

de Información y del Manual Operativo presentadas por los Accionistas y sus Cesionarios, quienes en ejercicio del derecho de suscripción preferencial podrán suscribir una cantidad de Acciones equivalente al número entero inmediatamente inferior resultante de multiplicar (i) el número de acciones ordinarias que aparezca registrado como de propiedad del Accionista en el libro de registro de accionistas a las seis horas (6:00 am) del día de la publicación del Aviso de Oferta, por (ii) un factor de cero coma ocho uno cinco tres ocho cuatro seis siete ocho uno cero seis cinco uno cuatro cero (0,8153846781065140), resultante de dividir (a) las Acciones Ofrecidas entre (b) el número total de acciones ordinarias en circulación en la fecha de aprobación del reglamento, equivalente a veinticuatro millones quinientas veintiocho mil trescientas (24.528.300) acciones ordinarias. En el caso en que un Accionista adquiera derechos de suscripción preferencial de otro Accionista o sus Cesionarios, los mismos se adicionarán a los derechos de suscripción propios. Los Cesionarios podrán suscribir la cantidad de Acciones que correspondan al ejercicio del derecho objeto de suscripción preferencial que hayan adquirido. b) En desarrollo de lo anterior, a cada Accionista y cada Cesionario que haya presentado una Aceptación ajustada a los términos del Prospecto de Información y del Manual Operativo, se le adjudicará el número de Acciones Ordinarias que haya aceptado, siempre y cuando se encuentre dentro del límite de Acciones que, de conformidad con lo descrito en el literal a. inmediatamente anterior, tenga derecho a suscribir en ejercicio de los derechos de suscripción propios o cedidos, según corresponda. En el evento en que un Accionista o Cesionario presente una Aceptación sobre un número de Acciones que supere estos límites, le será adjudicado únicamente, en esta Primera Ronda, el número de Acciones Ordinarias que correspondan a los mismos. c) Las Acciones podrán ser cedidas, total o parcialmente. Las fracciones que resulten en los cómputos que se realicen igualmente podrán ser cedidas, total o parcialmente, pero en todo caso los eventuales residuos por fracción de acción sólo darán derecho a suscribir Acciones Ordinarias por números enteros. d) En el ejercicio del derecho de suscripción preferencial, propio o adquirido, sólo se podrá suscribir un número entero de Acciones Ordinarias, aproximando al número entero inferior. En ningún caso se podrán suscribir fracciones de Acciones Ordinarias. e) El Agente Colocador adelantará la Adjudicación haciendo un cotejo de las comunicaciones de cesión del Derecho de Suscripción Preferencial que reciba de la Sociedad Emisora, contra las cartas de cesión de Derechos de Suscripción que hayan sido presentadas por los Aceptantes, las cuales deberán coincidir en un todo.

En el evento en que, después de adelantada la Primera Ronda en los términos aquí descritos, queden Acciones Ordinarias sin haber sido adjudicadas, el remanente de las mismas se adjudicará de acuerdo con lo estipulado para la Segunda Ronda.

1.3 Adjudicación en la Segunda RondaHabrá lugar a la Segunda Ronda únicamente en la medida en que existan Acciones Ordinarias sin adjudicar después de adelantar la Adjudicación en la Primera Ronda, lo cual supone que no todos los Accionistas y Cesionarios ejercieron su derecho de suscripción preferencial en la Emisión y que en la Segunda Ronda ejercerán su derecho de acrecimiento. Para estos efectos, el Agente Colocador dará aplicación a las siguientes reglas, que son diferentes del procedimiento de adjudicación de la Primera Ronda:

a) Se dará inicio con la Adjudicación de la Segunda Ronda inmediatamente después de que hayan sido Adjudicadas la totalidad de las Acciones Ordinarias demandadas por los Destinatarios de la Oferta definidos para la Primera Ronda. La Segunda Ronda estará dirigida a los Accionistas y Cesionarios que hayan suscrito Acciones Ordinarias en la Primera Ronda, a prorrata de la participación de los respectivos Accionistas a las seis horas (6:00 am) del día de la publicación del Aviso de Oferta, participación que no sufre cambio o variación alguna por razón del número de acciones adjudicadas al Accionista o Cesionario en la Primera Ronda, y, en el caso en que el respectivo Accionista haya adquirido derechos de suscripción preferencial de otro Accionista o sus Cesionarios, los mismos se adicionarán a los derechos de suscripción correspondientes a sus acciones. Igualmente, si el respectivo Accionista no adquiere sino cede parte de sus derechos de suscripción preferencial, la parte cedida será deducida de los derechos de suscripción correspondientes a la participación que tenía a las seis horas (6:00 am) del día de la publicación del Aviso de Oferta. El Agente Colocador aplicará este procedimiento de adjudicación cuantas veces sea necesario hasta satisfacer la totalidad de las Acciones demandadas por los Destinatarios de la Oferta que sean Accionistas y Cesionarios y hayan entregado Aceptaciones por un número de acciones superior al que le sea adjudicado en la Primera Ronda en ejercicio de su derecho de suscripción preferencial hasta agotar, o el monto ofertado o el Número de Acciones a Ofrecer, según sea el caso, lo que suceda primero. b) El procedimiento descrito en el literal a. anterior se hará sin superar el número total de Acciones Ofrecidas y en todo caso sin adjudicar en la Primera y Segunda Ronda un número de acciones mayor a aquel demandado por cada Accionista o Cesionario. c) Las Acciones Ordinarias que sean Adjudicadas de acuerdo a lo establecido en los literales inmediatamente anteriores, se adicionarán a las Acciones que le hubieren sido Adjudicadas a los Accionistas y Cesionarios respectivos, en la Primera Ronda. d) En caso que las Aceptaciones de Oferta presentadas por los Destinatarios de la Presente Ronda sean iguales o inferiores al número total de Acciones ofrecidas para esta Ronda, se adjudicará la totalidad de las Acciones demandadas a los Aceptantes. En el evento en que subsista un saldo de Acciones Ordinarias se procederá con la Adjudicación a los Destinatarios de la Tercera Ronda. e) Las fracciones que resulten en los cómputos que se realicen podrán ser cedidas, total o parcialmente, y también podrán ser objeto del derecho de acrecimiento previsto en esta Ronda, pero en todo caso los eventuales residuos por fracción de acción sólo dan derecho a suscribir acciones ordinarias por números enteros.

Por el hecho de haber presentado una Aceptación de Oferta, se entenderá que cada uno de los Aceptantes acepta de manera expresa la posibilidad de que no le sea adjudicada ninguna Acción Ordinaria, en el evento en que no quedare remanente alguno en la Primera Ronda o en la Segunda Ronda, o que le sea adjudicada una cantidad de Acciones Ordinarias inferior a la cantidad que haya demandado.

1.4 Adjudicación en la Tercera RondaLa oferta en Tercera Ronda estará dirigida al público en general, respecto de las acciones ofrecidas que no hayan sido suscritas en la Primera y Segunda Ronda, y siempre y cuando sea por un número de acciones no inferior a la Inversión Mínima. A cada tercero del público en general que haya presentado una Aceptación ajustada a los términos del Prospecto y del Manual Operativo, se le adjudicará el número de Acciones Ordinarias que haya aceptado, de conformidad con las siguientes reglas:a) Si el número total de Acciones Ordinarias demandadas por los Destinatarios de la Oferta en la presente Ronda es superior al número total de Acciones ofrecidas y no adjudicadas en la Primera Ronda y la Segunda Ronda, las mismas se adjudicarán a prorrata, teniendo en cuenta el monto de las demandas, aproximando los resultados al número inferior. b) Si por efecto del prorrateo el número total de Acciones Ordinarias adjudicadas resultare inferior al número total de Acciones ofrecidas en esta Ronda, este saldo se adicionará mediante la asignación de una acción adicional a cada uno de los Adjudicatarios de esta Ronda, en orden alfabético del primer apellido o Razón Social, hasta agotar el saldo respectivo de Acciones Ordinarias y, en todo caso, sin superar el número de Acciones demandado por cada Aceptante. c) En caso que las Aceptaciones de Oferta presentadas por los Destinatarios de la Presente Ronda sean iguales o inferiores al número total de Acciones ofrecidas para esta Ronda, se adjudicará la totalidad de las Acciones demandadas a los Aceptantes. Por el hecho de haber presentado una Aceptación de Oferta, se entenderá que cada uno de los Aceptantes acepta de manera expresa la posibilidad de que no le sea adjudicada ninguna Acción Ordinaria, en el evento en que no quedare remanente

alguno en la Primera y/o Segunda Ronda, o que le sea adjudicada una cantidad de Acciones Ordinarias inferior a la cantidad que haya demandado. El Agente Colocador informará sobre la Adjudicación dentro de los tres (3) Días Hábiles siguientes al vencimiento del Plazo de Oferta, a los respectivos Adjudicatarios, a través de la Página Web y por correo electrónico a la dirección consignada en el Formulario de Registro.

Surtidas las tres Rondas anteriores, en los términos aquí descritos, las Acciones Ordinarias que no hayan sido suscritas, volverán a la reserva de la Sociedad Emisora. Los Adjudicatarios del presente proceso de colocación serán Clientes del Agente Colocador, una vez surtido el proceso aquí descrito.

El pago de las Acciones Ordinarias por parte de cada Adjudicatario deberá ser efectuado en un solo contado, en Pesos, dentro de los ocho (8) Días Hábiles siguientes a la fecha en que el Agente Colocador le haya informado sobre la Adjudicación, mediante consignación, giro o transferencia a la Cuenta Recaudadora. El Agente Colocador tendrá cuatro (4) Días Hábiles contados a partir del último día del plazo de pago para realizar las conciliaciones bancarias. Al día Hábil siguiente, el Agente Colocador ordenará el traslado a la Sociedad Emisora, de los recursos producto de la colocación de las Acciones Ordinarias previa deducción de la comisión pactada a su favor en el Contrato de Colocación al mejor esfuerzo suscrito con ésta correspondiente al resultado de la Adjudicación.

1.5 Re-adjudicaciónEl Día Hábil siguiente al vencimiento del plazo para realizar la conciliación bancaria se dará inicio al proceso de Re-adjudicación de las Acciones adjudicadas y no pagadas oportunamente, el cual tendrá una duración de cuatro (4) Días Hábiles. Vencido este plazo, el pago de las Acciones re-adjudicadas, se deberá efectuar durante los siguientes tres (3) Días Hábiles, cumplidos los cuales el Agente Colocador informará, el día hábil inmediatamente siguiente, a los Aceptantes a quienes se haya re-adjudicado, los resultados de este proceso, a través de la Página Web y por correo electrónico a la dirección consignada en el Formulario de Registro. Serán objeto de Re-adjudicación el cien por ciento (100%) de las Acciones Adjudicadas y no pagadas oportunamente., y solamente serán beneficiarios de Re-adjudicación aquellos Destinatarios de la Oferta que tengan demandas insatisfechas que hagan parte de la Segunda y Tercera Ronda. El proceso de Re-adjudicación se llevará a cabo según las reglas establecidas para la Adjudicación en dichas Rondas de forma consecutiva. Los Accionistas y sus Cesionarios para la Re-adjudicación serán los mismos que para la Adjudicación. El Agente Colocador tendrá cuatro (4) Días Hábiles contados a partir del último día del plazo de pago para realizar las conciliaciones bancarias de la Re-adjudicación. Al Día Hábil siguiente, el Agente Colocador ordenará el traslado a la Sociedad Emisora, de los recursos producto de la colocación de las Acciones Ordinarias previa deducción de la comisión pactada a su favor en el Contrato de Colocación al mejor esfuerzo suscrito con ésta correspondiente al resultado de la Re-adjudicación. En caso que no se efectúen pagos dentro de este término, se entenderá fallida la respectiva Re-adjudicación y las Acciones correspondientes se considerarán remanentes sin colocar, que volverán a la reserva de la Sociedad Emisora.

1.6 Informes a la Sociedad EmisoraDentro de los tres (3) Días Hábiles siguientes a la fecha en que se haya concluido con el procedimiento de Adjudicación y pago de las Acciones Ordinarias, así como el respectivo proceso de Re-adjudicación, en caso de que a ello haya lugar, el Agente Colocador deberá entregar a la Sociedad Emisora un informe sobre los resultados de la Adjudicación, indicando:

• Nombre de los Aceptantes que presentaron Aceptaciones ajustadas a los términos del Prospecto y del Manual Operativo y que resultaron Adjudicatarios en la respectiva Ronda.

• El número de Acciones Ordinarias suscritas y pagadas por cada uno de los Adjudicatarios.

1.7 Información sobre Resultados de la AdjudicaciónLa Adjudicación será realizada por el Agente Colocador y su resultado estará a disposición de los Adjudicatarios a partir del mismo día en que finalice el Proceso de Adjudicación, a través de la Página Web, de los teléfonos del Agente Colocador y por correo electrónico a la dirección consignada en el Formulario de Registro. Igualmente, la Sociedad Emisora informará al público a través del módulo de Información Relevante de la Reglas para presentar las Aceptaciones.

Los Accionistas y el Público en General podrán presentar Aceptaciones al Agente Colocador en estricta conformidad con las condiciones establecidas en el Reglamento de Suscripción de Acciones y en el Prospecto de Información. La dirección y el horario del Agente Colocador en que deberán radicarse las Aceptaciones se indicarán en el Aviso de Oferta Pública. Para todos los efectos de la Oferta Pública, se entenderá que el Aceptante, por el hecho de presentar una Aceptación, expresamente declara conocer y aceptar todas y cada una de las condiciones de la Oferta Pública y del Reglamento de Suscripción de Acciones que son objeto del respectivo Aviso de Oferta Pública y del Prospecto de Información.

1.8 Tramites Posteriores al Pago de las Acciones Adjudicadasa) Apertura de Cuentas y Subcuentas en Deceval: En desarrollo del Contrato de Administración de Valores que celebrarán los Aceptantes con el Agente Colocador y el cual estos deberán entregar junto con la Aceptación de la Oferta, éste deberá adelantar las labores y trámites pertinentes ante Deceval para la creación de las cuentas y subcuentas de los Inversionistas y el adelanto de las respectivas anotaciones en cuenta de las Acciones Ordinarias a nombre de cada uno de ellos, en su calidad de Adjudicatarios y enviará el soporte de la respectiva anotación en cuenta a cada Adjudicatario. b) Traslado de los recursos a la Sociedad Emisora. Para el caso de la Adjudicación, el Agente Colocador tendrá cuatro (4) Días Hábiles contados a partir del último día del plazo de pago para realizar las conciliaciones bancarias. Al día Hábil siguiente, el Agente Colocador ordenará el traslado a la Sociedad Emisora, de los recursos producto de la colocación de las Acciones Ordinarias previa deducción de la comisión pactada a su favor en el Contrato de Colocación al mejor esfuerzo suscrito con ésta correspondiente al resultado de la Adjudicación. Para el caso de la Re-Adjudicación, el Agente Colocador tendrá cuatro (4) Días Hábiles contados a partir del último día del plazo de pago para realizar las conciliaciones bancarias de la Re-adjudicación. Al Día Hábil siguiente, el Agente Colocador ordenará el traslado a la Sociedad Emisora, de los recursos producto de la colocación de las Acciones Ordinarias previa deducción de la comisión pactada a su favor en el Contrato de Colocación al mejor esfuerzo suscrito con ésta correspondiente al resultado de la Re-adjudicación.

1.9 Plazo y Forma de Pago de las Acciones OrdinariasEl pago de las Acciones Ordinarias por parte de cada Adjudicatario deberá ser efectuado en un solo contado, en pesos, dentro de los ocho (8) Días Hábiles siguientes a la fecha en que el Agente Colocador le haya informado sobre la Adjudicación o tres (3) Días Hábiles siguientes a la fecha en que el Agente Colocador haya informado sobre la Re-adjudicación, según el caso. El pago se hará únicamente en efectivo y/o cheque de gerencia, mediante consignación y/o transferencia en la Cuenta Recaudadora. Cualquier pago que se trate de efectuar con posterioridad al plazo aquí consagrado, no será aceptado por el banco recaudador y en consecuencia, la Aceptación y Adjudicación se entenderán fallidas. En el evento en que el banco recaudador llegare a recibir pagos o se efectúen transferencias por fuera de los plazos aquí consagrados, o reciba montos superiores al valor de las Acciones adjudicadas, el Agente Colocador procederá a la devolución de los mismos al o los respectivo(s) Aceptante(s), dentro de los

cuatro (4) Días Hábiles siguientes a la fecha en que se haya concluido el o los proceso(s) de conciliación descrito(s) en el sub-numeral 2) del Numeral 2.8 del Manual Operativo. En este caso, no habrá lugar al pago de intereses o cualquier otro tipo de remuneración por parte del Agente Colocador y/o la Sociedad Emisora y a favor del Adjudicatario que haya efectuado el pago extemporáneo.

La devolución de los recursos se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Adjudicatario haya indicado en el momento de su registro, o, en el evento de no haber indicado una cuenta bancaria, mediante el giro de cheques a favor del respectivo Adjudicatario, los cuales serán entregados al mismo en las oficinas del Agente Colocador. El no pago de las Acciones Ordinarias o el pago de un monto inferior al valor de las acciones realmente adjudicadas después de adelantar el proceso de Re-adjudicación en cada una de las Rondas, implicará que las mismas quedan sin Adjudicar. El Agente Colocador no ha asumido responsabilidad alguna frente a la Sociedad Emisora por el no pago de las Acciones Ordinarias por parte de los Adjudicatarios.19. INFORMACIÓN SOBRE RESULTADOS DE LA ADJUDICACIÓN: 1. Informes a la Sociedad Emisora: Dentro de los tres (3) Días Hábiles siguientes a la fecha en que se haya concluido con el procedimiento de Adjudicación y pago de las Acciones Ordinarias, así como el respectivo proceso de Re-adjudicación, en caso de que a ello haya lugar, el Agente Colocador deberá entregar a la Sociedad Emisora un informe sobre los resultados de la Adjudicación, indicando:

• Nombre de los Aceptantes que presentaron Aceptaciones ajustadas a los términos del Prospecto y del Manual Operativo y que resultaron Adjudicatarios en la respectiva Ronda.

• El número de Acciones Ordinarias suscritas y pagadas por cada uno de los Adjudicatarios.

2. Información sobre Resultados de la Adjudicación: La Adjudicación será realizada por el Agente Colocador y su resultado estará a disposición de los Adjudicatarios a partir del mismo día en que finalice el Proceso de Adjudicación, a través de la Página Web, de los teléfonos del Agente Colocador y por correo electrónico a la dirección consignada en el Formulario de Registro. Igualmente, la Sociedad Emisora informará al público a través del módulo de Información Relevante de la SFC y de la Página Web los resultados de la Colocación.

20. FORMA Y PLAZO DE PAGO DE LAS ACCIONES ORDINARIAS: El pago de las Acciones Ordinarias por parte de cada Adjudicatario deberá ser efectuado en un solo contado, en pesos, dentro de los ocho (8) Días Hábiles siguientes a la fecha en que el Agente Colocador le haya informado sobre la Adjudicación o tres (3) Días Hábiles siguientes a la fecha en que el Agente Colocador haya informado sobre la Re-adjudicación, según el caso.

El pago se hará únicamente en efectivo y/o cheque de gerencia, mediante consignación y/o transferencia en la Cuenta Recaudadora. Cualquier pago que se trate de efectuar con posterioridad al plazo aquí consagrado, no será aceptado por el banco recaudador y en consecuencia, la Aceptación y Adjudicación se entenderán fallidas. En el evento en que el banco recaudador llegare a recibir pagos o se efectúen transferencias por fuera de los plazos aquí consagrados, o reciba montos superiores al valor de las Acciones adjudicadas, el Agente Colocador procederá a la devolución de los mismos al o los respectivo(s) Aceptante(s), dentro de los cuatro (4) Días Hábiles siguientes a la fecha en que se haya concluido el o los proceso(s) de conciliación descrito(s) en el sub-numeral 2) del Numeral 2.8 del Manual Operativo. En este caso, no habrá lugar al pago de intereses o cualquier otro tipo de remuneración por parte del Agente Colocador y/o la Sociedad Emisora y a favor del Adjudicatario que haya efectuado el pago extemporáneo. La devolución de los recursos se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Adjudicatario haya indicado en el momento de su registro, o, en el evento de no haber indicado una cuenta bancaria, mediante el giro de cheques a favor del respectivo Adjudicatario, los cuales serán entregados al mismo en las oficinas del Agente Colocador. El no pago de las Acciones Ordinarias o el pago de un monto inferior al valor de las acciones realmente adjudicadas después de adelantar el proceso de Re-adjudicación en cada una de las Rondas, implicará que las mismas quedan sin Adjudicar. El Agente Colocador no ha asumido responsabilidad alguna frente a la Sociedad Emisora por el no pago de las Acciones Ordinarias por parte de los Adjudicatarios.

21. OBJETIVOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS DE LA EMISIÓN: La Sociedad Blas de Leso Inversiones SL, Accionista de la Sociedad Emisora realizó el 9 de octubre de 2014 un anticipo de cinco mil millones de pesos (COP $5,000,000,000) para futuras capitalizaciones.

La Sociedad Emisora proyecta utilizar los recursos provenientes de la colocación de la Emisión para (i) financiar necesidades de capital de trabajo (entre 37.5% y 50%), (ii) otras necesidades corporativas de la entidad emisora (entre 37.5% y 50%) y (iii) en el evento en que se requiera reembolzar a la Sociedad Blas de Leso Inversiones SL la porción no adjudicada en Acciones Ordinarias de la Emisión relativa a su anticipo con cargo a la misma (entre 0% y 25%) en función del monto demandado por ésta.

22. ADMINISTRADOR DE LA EMISIÓN: La entidad que administrará la Emisión es el Depósito Centralizado de Valores S.A., Deceval, que se encuentra domiciliada en la ciudad de Bogotá y tiene sus oficinas principales en la Calle 24 a No. 59 – 42 Torre 3, Piso 5, de Bogotá.

Deceval realizará la custodia y administración de las Acciones Ordinarias. Así mismo, podrá ejercer entre otras las siguientes actividades operativas derivadas del depósito de la Emisión:

1. Registro electrónico del Macrotítulo: La Sociedad Emisora entregará en depósito y administración a Deceval el Macrotítulo. Por su parte, Deceval se obliga a custodiar, administrar y ejercer todas las actividades operativas de las Acciones desmaterializadas o anotadas en cuenta respecto de la Emisión, atendiendo las siguientes consideraciones: 1.1. Que el Macrotítulo contendrá las características que se desprenden del Reglamento de Suscripción y se regirá por dicho documento y, en su contenido, deberá corresponder a lo ordenado por el Decreto 2555 de 2010 o la norma que lo modifique o sustituya. 1.2. Que la Emisión será totalmente desmaterializada y en consecuencia Deceval se encargará de administrarla. Los Adjudicatarios de las Acciones Ordinarias consentirán en el depósito con Deceval, el cual se entenderá dado con su suscripción. Cuando el Adjudicatario sea depositante indirecto indicará al Depositante Directo que le represente ante Deceval. 1.3. Que se entiende por emisión desmaterializada el monto colocado en el mercado primario representado en un macrotítulo que comprende un conjunto de derechos anotados en cuenta, respecto de los cuales no se hayan emitido títulos físicos individuales representativos de cada inversión. 2. Anotación en Cuenta: Deceval registrará el Macrotítulo representativo de las Acciones Ordinarias que hagan parte de la Emisión. Esta actividad incluye el control sobre el monto de Acciones Ordinarias emitidas, efectivamente colocadas, en circulación, canceladas, anuladas en cuanto a sus derechos y las que se encuentran pendientes por colocar. El Macrotítulo así registrado respaldará el monto efectivamente colocado y en circulación. De igual forma, Deceval realizará las actividades operativas correspondientes al depósito y administración de la emisión desmaterializada y al registro y Anotación en cuenta de la información relacionada con las Acciones Ordinarias, de conformidad con lo establecido en las normas vigentes y en el Reglamento de Operaciones de Deceval.

23. EMISIÓN TOTALMENTE DESMATERIALIZADA: La emisión de las Acciones Ordinarias se realizará de forma totalmente desmaterializada y será depositada en Deceval para su administración y custodia. El depósito y administración de las Acciones Ordinarias a través de Deceval se

regirá por lo establecido en la Ley 964 de 2005, la Ley 27 de 1990, el Decreto 2555 de 2010, y las demás normas que modifiquen o regulen el tema, así como por el Reglamento Operativo de Deceval. Los Adjudicatarios deberán celebrar un contrato de mandato con una entidad autorizada para actuar como Depositante Directo ante Deceval. Hasta tanto el respectivo Adjudicatario haya pagado la totalidad de las sumas debidas a la Sociedad Emisora con ocasión de la adquisición de las Acciones Ordinarias, no podrá sustituir ni remover el Depositante Directo, todo lo cual es aceptado expresamente por el Aceptante al momento de presentar una Aceptación.Las Acciones Ordinarias no podrán ser materializadas nuevamente y los Adjudicatarios al aceptar la Oferta de suscripción renuncian expresamente a la facultad de pedir la materialización de las Acciones Ordinarias en cualquier momento. Las Acciones que conforman la Emisión se encuentran representadas en un Macrotítulo el cual se encuentra en custodia de Deceval. La titularidad de cada una de las Acciones Ordinarias se constituirá por la respectiva anotación en cuenta que realice Deceval. En desarrollo de sus labores como administrador de la Emisión y de acuerdo con su Reglamento Operativo, Deceval, conforme a las normas pertinentes, expedirá a solicitud de los titulares de las Acciones Ordinarias, o de sus Depositantes Directos, el certificado de valores en depósito sobre las Acciones administradas de propiedad del respectivo Accionista, en los que constarán los derechos inherentes a las Acciones Ordinarias, para cuyo efecto sirven los certificados de valores, los cuales no tienen vocación circulatoria.

24. COSTOS Y GASTOS DEL DEPOSITANTE DIRECTO:La Sociedad Emisora asumirá el costo de custodia en Deceval de las Acciones Ordinarias. Los inversionistas no tendrán que pagar comisiones ni otros pagos conexos inherentes a la suscripción de las Acciones Ordinarias, los cuales serán asumidos por la Sociedad Emisora.

25. REINTEGRO A LA RESERVA: Las Acciones Ordinarias de la presente Emisión que no fueren suscritas dentro de los términos y condiciones establecidas en el presente Aviso de Oferta Pública, quedarán nuevamente en reserva y a disposición de la Junta Directiva de Azul & Blanco Millonarios FC S.A. para futuras colocaciones.

26. PROCEDIMIENTO PARA ACLARAR DUDAS O INTERROGANTES:A partir de la publicación del Aviso de Oferta Pública y hasta tres (3) Días Hábiles después del agotamiento del plazo para presentar Aceptaciones en la respectiva Emisión, los potenciales inversionistas podrán formular al Agente Colocador y a la Sociedad Emisora preguntas e inquietudes a través de los números telefónicos +(571) 6372055 Opción 1 y (571) 743 3941 Ext.109, respectivamente.

Los conceptos y respuestas emitidos por Azul & Blanco Millonarios FC S.A. y el Agente Colocador no serán considerados como una modificación del Prospecto de Información ni del Reglamento de Suscripción. Las consultas, solicitudes y respuestas no producirán efectos suspensivos sobre el plazo de presentación de las Aceptaciones.

27. PROSPECTO DE INFORMACIÓN:El Prospecto de Información se encuentra a disposición de los posibles inversionistas en la Superintendencia Financiera de Colombia, en las oficinas de Azul & Blanco Millonarios FC S.A. y en las oficinas del Agente Colocador; así como en la Página Web www.afin.com.co/millonarios/ en el enlace dispuesto para tal efecto, para que los potenciales inversionistas puedan evaluar adecuadamente la conveniencia de la inversión. En virtud de lo anterior, los prospectos estarán disponibles en:

a. La oficina del Agente Colocador ubicada en la Cra. 14B No.106 – 50 de Bogotá DC Teléfono: (571) 6372055 Opción 1 de la ciudad de Bogotá, en Horario de Atención los Días Hábiles de Lunes a Viernes de 8:30 am a 5:30 pm; o

b. La oficina del Agente Emisor Millonarios FC en Bogotá en la Calle 90 No.19-41 Ofc 803 de Bogotá DC Teléfono (571) 743 3941 Ext. 109.

c. Oficinas de la Superintendencia Financiera en Bogotá en la Calle 7 No. 4-49.

28. MECANISMO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS:Por ser esta Emisión en el Mercado Primario colocada a través de una entidad vigilada por la SFC, el conocimiento de los Adjudicatarios para efectos de la prevención y el control del lavado de activos y de la financiación del terrorismo corresponderá al Agente Colocador, quien deberá abstenerse de aceptar la oferta de, y de adjudicar Acciones Ordinarias a, aquellos interesados cuyo nombre haya sido incluido en la lista OFAC o en cualquier otra lista nacional o internacional, en la que se publiquen los datos de las personas a quienes se les haya iniciado proceso judicial, o que hayan sido condenadas por las autoridades nacionales o internacionales, o vinculados de manera directa o indirecta con actividades ilícitas, tales como narcotráfico, terrorismo, lavado de activos, tráfico de estupefacientes, secuestro extorsivo y trata de personas, entre otras. Los Aceptantes deberán vincularse como clientes del Agente Colocador para participar en el proceso de colocación de las Acciones Ordinarias; y para el proceso de vinculación como tales deberán diligenciar y entregar los formularios de vinculación proporcionados por el Agente Colocador con sus respectivos anexos. Este proceso de vinculación podrá tardar hasta tres días hábiles, siempre y cuando se entregue el formulario de vinculación correctamente diligenciado con todos los soportes requeridos y cumpliendo con las especificaciones definidas en él. El Aceptante que no haya entregado el formulario debidamente diligenciado y la totalidad de los anexos, no podrá participar en el proceso de adjudicación de las Acciones Ordinarias. Para los efectos aquí previstos, el Agente Colocador dará cumplimiento a las instrucciones contenidas en el Capítulo IV, Título IV de la parte primera de la Circular Básica Jurídica 029 de 2014, las cuales se encuentran en su Manual de procedimientos del SARLAFT.

29. DEFINICIONES:Para efectos del presente Aviso de Oferta Pública los términos aquí mencionados tendrán el significado que se les atribuye en este Aviso de Oferta Pública, en el respectivo Reglamento de Suscripción y en el Prospecto de Información, independientemente de que se mencionen en mayúsculas fijas o simplemente con mayúscula inicial, con o sin negrilla.

Page 2: Aviso de Oferta Publica de Acciones Ordinarias

CONSIDERANDO:La Asamblea General de Accionistas de la Sociedad Emisora en su reunión del pasado 22 de marzo de 2014 (Acta No. 05), ordenó a la Junta Directiva proceder con la emisión y colocación de acciones ordinarias y no preferenciales en la sociedad de acuerdo con los planes de capitalización de la Emisora.

Por otra parte, la Junta Directiva de Azul & Blanco Millonarios FC S.A. aprobó en su reunión del día 19 de septiembre de 2014, según consta en el Acta No. 61, el respectivo Reglamento de Suscripción de Acciones, cuyo texto final fue revisado en su integridad y aprobado por la Junta Directiva mediante el procedimiento de consulta escrita previsto en el artículo 20 de la ley 222 de 1995, tal como consta en el Acta No. 65 del referido órgano social.

RESUELVE:Ofrecer veinte millones (20.000.000) de Acciones Ordinarias de la Entidad Emisora (“Acciones Ordinarias Ofrecidas”), de un valor nominal de mil pesos (COP$1.000), colocación que se hará de acuerdo con el Reglamento de Suscripción y lo señalado en el presente Aviso de Oferta Pública.

1. NÚMERO DE ACCIONES ORDINARIAS QUE SE VAN A EMITIR: La Entidad Emisora emite veinte millones (20.000.000) de Acciones Ordinarias que se encuentran en reserva, las cuales serán ofrecidas a las personas que se señalan como Destinatarios de la Oferta en este Aviso de Oferta Pública.

2. DERECHOS DE LOS TENEDORES DE LAS ACCIONES ORDINARIAS:Las acciones confieren a sus titulares los derechos previstos en la ley y en los estatutos sociales de la Sociedad Emisora.

3. INSCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES ORDINARIAS: Las Acciones Ordinarias están inscritas en el RNVE.

4. LEY DE CIRCULACIÓN Y NEGOCIACIÓN SECUNDARIA: Las Acciones Ordinarias son títulos nominativos y la transferencia de su titularidad se hará mediante anotación en cuenta de depósito de los tenedores en Deceval, conforme a lo dispuesto en la Ley 27 de 1990, la Ley 964 de 2005, el Decreto 2555 de 2010 y al Reglamento de Operaciones de Deceval aprobado mediante Resolución 0816 del 26 de mayo de 2011 proferida por la Superintendencia Financiera de Colombia. Toda vez que las Acciones Ordinarias circularán de forma desmaterializada, en vez de títulos físicos Deceval entregará una constancia de depósito de los títulos representativos de las mismas a nombre del suscriptor en los términos establecidos en las normas aplicables vigentes.

Al momento de efectuar los registros o anotaciones en cuenta de depósito de los suscriptores de las Acciones Ordinarias, Deceval, en su calidad de Administrador de la Emisión, acreditará en la cuenta correspondiente las suscritas por el titular.

La Sociedad Emisora no asumirá responsabilidad alguna por razón de hechos o circunstancias que puedan afectar la validez del contrato entre el cedente y el cesionario de Acciones Ordinarias.

5. DESTINATARIOS DE LA OFERTA: Serán destinatarios de la oferta pública, en su orden, los actuales accionistas de la sociedad Emisora y sus cesionarios y el público en general, en el entendido de que los accionistas deberán cumplir con la regulación del derecho de suscripción preferencial prevista en el Artículo 7 del Reglamento, y de la negociación del derecho de suscripción prevista en su Artículo 8. En virtud de la regulación sobre clubes deportivos, no podrá presentar ofertas para suscribir Acciones Ofrecidas quien controle, directamente o por interpuesta persona, otro club deportivo cuyo objeto sea la práctica de alguno de los deportes que desarrolla la Emisora.

6. VIGENCIA DE LA AUTORIZACIÓN DE LA OFERTA:La Vigencia de la Autorización de la Oferta será de quince (15) Días Hábiles contados a partir de la fecha de ejecutoria del acto administrativo que autorice la oferta pública. Todos los plazos fijados en el Prospecto de Información y en este Aviso de Oferta Pública terminan el día señalado para su vencimiento. Si el día del vencimiento es un día no hábil, el plazo se prorrogará hasta el Día Hábil inmediatamente siguiente.

7. PLAZO DE SUSCRIPCIÓN: El Plazo de Suscripción será de quince (15) Días Hábiles contados a partir del día de publicación del presente Aviso de la Oferta.

Las Aceptaciones de Oferta serán recibidas en cualquiera de los puntos de la Red de Distribución conformada por: a. La oficina del Agente Colocador ubicada en la Cra. 14B No.106 – 50 de Bogotá DC Teléfono: (571) 6372055 Opción 1 de la ciudad de Bogotá, en Horario de Atención los Días Hábiles de Lunes a Viernes de 8:30 am a 5:30 pm; o b. Las Tiendas de Millonarios FC en Bogotá y Soacha dispuestas para tal fin en las siguientes direcciones y que contarán con personal del Agente Colocador para su recepción, personal disponible para dicha tarea en los mismos horarios de atención de la tiendas que se relacionan a continuación:

8. CÓMPUTO DE PLAZOS:Todos los plazos fijados en este Aviso de Oferta Pública terminan el día señalado para su vencimiento. En los plazos de días no se entenderán como hábiles los sábados, domingos y feriados. Si el día del vencimiento es un día no hábil, el plazo se prorrogará hasta el día hábil inmediatamente siguiente.

9. PRECIO DE SUSCRIPCIÓN: El precio de suscripción de las Acciones Ordinarias es de mil pesos ($1.000) moneda corriente por acción.

10. MONTO TOTAL DE LA OFERTA:El monto total de la oferta corresponde a veinte mil millones de pesos ($20.000.000.000) moneda corriente, resultado de multiplicar el número de Acciones Ordinarias Ofrecidas por el Precio de Suscripción.

11. INVERSIÓN MÍNIMA:No hay inversión mínima para las acciones emitidas que puedan llegar a ser suscritas por los accionistas actuales y sus cesionarios, en ejercicio del derecho de suscripción preferencial, durante las primeras dos rondas. El número mínimo de acciones ordinarias que podrán suscribir las personas pertenecientes al público en general, corresponde a una inversión de Cien (100) acciones (en adelante, la “Inversión Mínima”).

12. MONTO MÁXIMO A DEMANDAR:El monto máximo a demandar por Aceptante corresponde a veinte mil millones de pesos (COP$20,000,000,000), resultante de multiplicar el número total de Acciones Ordinarias ofrecidas por el Precio de Suscripción. En consecuencia, ningún Aceptante podrá demandar un número de Acciones Ordinarias superior al número de Acciones Ordinarias Ofrecidas. En caso de que el número total de Acciones Ordinarias señaladas en las Aceptaciones de un mismo Aceptante supere el número de Acciones Ordinarias Ofrecidas, se entenderán presentadas por el número de Acciones Ordinarias Ofrecidas. Para tales efectos, dentro del proceso de adjudicación, las Aceptaciones de un mismo Aceptante se consolidarán por tipo de identificación, número de documento de identificación y Especial Fiduciario, de ser aplicable.

13. MONTO MÍNIMO A COLOCAR: No existe un monto mínimo a colocar.

14. COLOCACION DE LAS ACCIONES ORDINARIAS OFRECIDAS:Las Acciones Ordinarias serán colocadas a los Accionistas Destinatarios de la Oferta y, de ser el caso, a las personas del público en general que radiquen Aceptaciones ajustadas a los términos del Prospecto y del Manual Operativo en los términos definidos en el Prospecto, el Reglamento de Suscripción y en el Manual Operativo a través de la Red de Distribución, mediante el mecanismo de colocación al mejor esfuerzo. La red de distribución ésta conformada por la oficina del Agente Colocador y por las tiendas de la Sociedad Emisora habilitadas para la recepción de aceptaciones a través de puntos de atención destinados para tal fin por el Agente Colocador.

15. COMISIONES Y GASTOS CONEXOS:La comisión de suscripción en el mercado primario de la Emisión será asumida por la Sociedad Emisora. Los costos y gastos, tanto directos como indirectos, relacionados con cada Aceptación de la Oferta, correrán por cuenta del Aceptante respectivo. La Sociedad Emisora no está obligada, en caso alguno, a asumir los costos y gastos relacionados con la Aceptación de la Oferta, cualquiera que sea el resultado de la adjudicación. Además, los Adjudicatarios deberán asumir los gastos que se puedan producir como consecuencia del gravamen a los movimientos financieros al momento de efectuar el pago de las Acciones Ordinarias. Los Aceptantes son los únicos responsables de las actividades necesarias para la radicación de su Aceptación.

16. FORMA DE ACEPTAR LA OFERTA PÚBLICA: 1.1 Registro en la Página Web y radicación de documentos.Los Destinatarios de la Oferta que estén interesados en presentar una aceptación de la oferta (en adelante la “Aceptación de Oferta” o la “Aceptación”) y suscribir las Acciones Ordinarias ofrecidas (“Clientes Potenciales”), deberán registrarse previamente en la Página Web destinada por el Agente Colocador para el efecto: www.afin.com.co (en adelante la “Página Web”).

Al ingresar a la Página Web, el Cliente Potencial encontrará el banner “Colocación Azul & Blanco” (el “Banner”) junto con un botón que dirá. “Ver Más” al cual deberá acceder para realizar el registro pertinente. Igualmente podrá acceder directamente a través del link destinado para tal fin: www.afin.com.co/millonarios. Una vez el Cliente Potencial haya ingresado después de darle “click” a dicho vínculo, aparecerá toda la información relevante de la colocación, esto es: Aviso de Oferta, Reglamento de Suscripción de Acciones, Prospecto de Información y el Manual Operativo, cada uno en un archivo independiente disponible para descargar. Adicionalmente, el Cliente Potencial encontrará un resumen simplificado y entendible de los pasos que debe surtir, el cual así mismo podrá descargar, junto con el Formato de Vinculación, la carta de aceptación de oferta y el formato del contrato de administración de valores.

Los pasos concretos que deberá surtir el Cliente Potencial, son los que se incluyen a continuación:

(i) El sistema le solicitará al respectivo Cliente Potencial ingresar los datos con base en los cuales el Agente Colocador quedará autorizado para realizar las consultas correspondientes y adelantar una primera validación de los mismos. Para estos efectos, al hacer “click” al vínculo relacionado anteriormente o directamente a través del link www.afin.com.co/millonarios/, el Cliente Potencial encontrará un botón que dirá “Formulario de Registro”, el cual llevará al Cliente Potencial al formulario en cual tendrá que diligenciar la siguiente información:

a. Especificar sí es persona jurídica o persona naturalb. Informar si a la fecha del Aviso de Oferta era accionista o no lo era.c. Tipo y número de documento de identidad (NIT, CC, CE, TI, RC o Pasaporte)d. Nombres y Apellidose. Número de teléfono fijof. Número de teléfono celularg. Correo electrónicoh. Número de Acciones que acepta suscribir

Al completar los espacios anteriores el Cliente Potencial deberá dar “click” en el botón “Enviar”, y si el Formulario de Registro fue diligenciado correctamente saldrá un aviso de envío satisfactorio, o en su defecto indicará qué espacios estarían mal diligenciados o que faltare por diligenciar.(ii) Una vez el envío de la información del Formulario de Registro sea exitoso, automáticamente el sistema generará un Usuario y una Contraseña al respectivo Cliente Potencial, los cuales serán remitidos al correo electrónico que éste haya incluido en el Formulario de Registro, y con los cuales será posible que éste tenga acceso al formato que ha destinado el Agente Colocador para la vinculación de aquél (“Formato de Vinculación”), y a los demás documentos requeridos para la presentación de una Aceptación de Oferta, así como a enviar los documentos escaneados, debidamente diligenciados, mediante carga de los mismos al sistema, según se describe más adelante en del Manual Operativo.(iii) El respectivo Cliente Potencial deberá descargar de la Página Web e imprimir el Formato de Vinculación, el cual deberá diligenciar completamente, junto con la Carta de Aceptación de Oferta; el Contrato de Administración de Valores, el Certificado de No Declarante, en caso de que éste último aplique, y los documentos relacionados en el Numeral 1.2 siguiente según sea el caso para la presentación de una Aceptación de Oferta.(iv) En el momento de diligenciamiento y envío del Formulario de Registro, el sistema automáticamente rastreará al Cliente Potencial en las listas para el control de lavado de activos y financiación del terrorismo administradas por cualquier autoridad nacional o extranjera, tales como: (i) la lista de la Oficina de Control de Activos en el Exterior – OFAC emitida por la Oficina del Tesoro de los Estados Unidos de América, (ii) la lista de la Organización de las Naciones Unidas y (iii) otras listas públicas relacionadas con el tema del control del lavado de activos y financiación del terrorismo.(v) Cumplido el registro anterior a través de la Página Web, el respectivo Cliente Potencial deberá adjuntar la Aceptación de la Oferta junto con los demás documentos requeridos según del Manual Operativo a través de la Página Web, a través de la opción destinada para tal fin como se muestra a continuación para lo cual deberá acceder utilizando el Usuario y la Contraseña que le hayan sido asignados por el sistema. Para estos efectos cada Cliente Potencial deberá escanear los siguientes documentos:

a. El Formato de Vinculación, debidamente diligenciado y suscrito.b. La Carta de Aceptación de Oferta, debidamente diligenciada y suscrita.c. El Contrato de Administración de Valores, debidamente suscrito.

d. En caso de aplicar, el Certificado de no declarante, debidamente suscrito.e. La información y documentos que correspondan, según el tipo de

Destinatario de que se trate, en los términos que se describen en el Numeral 1. 2 del Manual Operativo.

f. Tratándose de cesionarios de derechos de suscripción preferencial, la comunicación en la que conste la respectiva cesión a su favor.

Para cargar la información aquí descrita, el respectivo Cliente Potencial deberá surtir los pasos que se indican a continuación: el Aceptante debe ingresar con su Usuario y Contraseña , y luego a través del link dispuesto para cargar documentos éstos se cargarán en formato PDF, y se dirigirán directamente al Agente Colocador. El diligenciamiento de información y envío de documentos a través de la cuenta de registro del Cliente Potencial en la Página Web es necesario pero no suficiente, por lo que adicionalmente será necesario que el Cliente Potencial así mismo entregue y/o envíe los documentos en físico para que la Aceptación de Oferta pueda ser tenida en cuenta en el proceso de adjudicación, para lo cual el Cliente Potencial deberá entregar la documentación completa aquí prevista, en cualquiera de los puntos de la Red de Distribución mencionados en el numeral 7) anterior.

El análisis pertinente de la documentación será efectuado directamente por el Agente Colocador, para lo cual diariamente, durante la Vigencia de la Oferta, su personal ubicado en cada uno de los puntos de la Red de Distribución deberá remitir a las oficinas del Agente Colocador, a más tardar a las 6:00 pm, la totalidad de las Aceptaciones de Oferta recibidas hasta dicha hora, debidamente cerradas, las cuales serán recogidas por los mensajeros del Agente Colocador según protocolos internos de custodia. El Agente Colocador únicamente podrá tener en cuenta para efectos de la adjudicación de las Acciones, las Aceptaciones de Oferta que sean presentadas, conjuntamente tanto en físico como a través de la Página Web, con el lleno de los requisitos descritos en el Manual Operativo.

1.2 Información Adicional para Aceptación de la OfertaLos Clientes Potenciales deberán suministrar al Agente Colocador, a través de la Página Web y en físico, además de los documentos descritos en el Numeral 1.1. anterior, los que se relacionan a continuación, según el tipo de Destinatario de que se trate (persona natural o jurídica):A. Personas Jurídicas Nacionales:1) Fotocopia del documento de identidad del Representante Legal vigente, ampliada al 150% por ambas caras. 2) Certificado de Existencia y Representación Legal de la persona jurídica Aceptante, expedido por la Cámara de Comercio correspondiente, con una antelación de expedición no superior a un mes desde la fecha de presentación de la Aceptación de Oferta. 3) Certificado en el que conste la composición accionaria de la persona jurídica Aceptante, hasta llegar a la identidad de los beneficiarios reales de tales acciones, debidamente firmado por el Representante Legal y por el Revisor Fiscal, en el evento en que se trate de un sociedad obligada a contar con éste de conformidad con las normas vigentes aplicables, o en su defecto, por el contador público. 4) Copia de los Estados Financieros - Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias, con sus Notas y el dictamen rendido por el Revisor Fiscal debidamente firmados por el Representante Legal, y el Contador o el Revisor Fiscal, para los años 2012 y 2013. 5) Copia de la declaración de Renta correspondiente a los años 2012 y 2013.B. Personas Jurídicas Extranjeras1) Documento que acredite la Existencia y Representación Legal de la persona jurídica Aceptante, expedido por la entidad competente con una antelación no superior a un mes contado desde la fecha de presentación de la Aceptación de Oferta. 2) Certificado en que conste la composición accionaria de la persona jurídica Aceptante, hasta llegar a la identidad de las personas naturales que sean los beneficiarios reales de tales acciones. 3) Copia de la declaración de cambio en que conste el ingreso de la divisas para efectos del registro de la inversión extranjera.C. Personas Naturales – Empleados:1) Fotocopia del documento de identidad del Cliente Potencial vigente, ampliada al 150% por ambas caras. 2)Fotocopia del certificado Laboral Indicando cargo, sueldo y antigüedad; o desprendibles de pago de nómina de los últimos tres meses. 3) Fotocopia del certificado de Ingresos y Retenciones correspondiente a los años 2012 y 2013. 4) Fotocopia de la declaración de Renta correspondiente a los años 2012 y 2013, o del Certificado de No Declarante.D. Personas Naturales – Pensionados:1) Fotocopia del documento de identidad del Cliente Potencial vigente y ampliada al 150% por ambas caras. 2) Fotocopia del desprendibles de pago de la pensión del último mes. 3) Fotocopia de la declaración de Renta correspondiente a los años 2012 y 2013, o del Certificado de No Declarante.E. Personas Naturales – Independientes:1) Fotocopia del documento de identidad del Cliente Potencial vigente y ampliada al 150% por ambas caras. 2) Fotocopia del Registro Único Tributario - RUT. 3) Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias con corte a 31 de diciembre de los años 2012 y 2013, debidamente firmados por contador público. O en su defecto, certificado de Ingresos y Retenciones correspondiente a los años 2012 y 2013, debidamente firmado por contador público. 4) Copia de la Tarjeta Profesional del contador público que firma los Estados Financieros y el Certificado de Ingresos y Retenciones. 5) Fotocopia de la declaración de Renta correspondiente a los años 2012 y 2013, o del certificado de No Declarante.F. Personas Naturales – Estudiantes u Otros:1) Fotocopia del documento de identidad del Cliente Potencial vigente y ampliada al 150% por ambas caras. 2) Certificado de la institución académica que acredite su estado de estudiante. 3) Certificación Bancaria o fotocopia del extracto bancario. 4) Certificación Extrajuicio de origen de fondos.G. Personas Naturales Extranjeras1) Fotocopia de la hoja de pasaporte donde aparecen los datos personales. 2) Fotocopia de la declaración de cambio en donde conste el ingreso de la divisas para efectos del registro de la inversión extranjera.1.3 Requisitos para la presentación de la Aceptación de la OfertaEn el diligenciamiento de los documentos requeridos para la presentación de una Aceptación de Oferta, el Cliente Potencial deberá atenerse a lo siguiente:

1) La Carta de Aceptación de Oferta deberá indicar, en el espacio destinado para el efecto, el número de Acciones Ordinarias que se acepta suscribir. En consecuencia, cualquier destinatario de la oferta de las Acciones Ordinarias podrá radicar aceptaciones hasta por el total de Acciones Ordinarias ofrecidas, aceptación que quedará sujeta al resultado del proceso de adjudicación previsto en el Manual Operativo. No se podrá demandar un número de Acciones superior al número total de Acciones Ordinarias ofrecidas. En caso de que el número total de Acciones señalado en las Cartas de Aceptación de Oferta de un mismo Destinatario supere el número total de Acciones Ordinarias ofrecidas, dichas aceptaciones se entenderán presentadas por el número de Acciones Ordinarias ofrecidas. 2) El Formato de Vinculación y la Carta de Aceptación de Oferta deberán ir autenticados ante Notario Público, con reconocimiento de texto y firma. 3) Los Clientes Potenciales que por cualquier razón no puedan hacer entrega de los documentos mediante entrega física en cualquiera de los puntos de la Red de Distribución, deberán remitirlos a través de correo certificado a la oficina del Agente Colocador, Afín S.A. Comisionista de Bolsa, ubicada en la Cra. 14B No.106 -– 50 de Bogotá DC. 4) Salvo en lo que respecta al Formato de Vinculación y la Carta de Aceptación de Oferta, los documentos expedidos en el exterior no requieren ser traducidos ni autenticados.

Las Aceptaciones que cumplan con los requisitos aquí establecidos se entenderán vigentes desde el día de su radicación física. Siempre que no se trate de alguno de los eventos señalados en el Numeral 1.4 del Manual Operativo, todas las Aceptaciones que no cumplan con uno o cualquiera de los demás requisitos establecidos en el Manual Operativo, en el Reglamento de Suscripción de Acciones y en el Prospecto de Información, serán susceptibles de ser subsanadas mediante una nueva radicación o una radicación complementaria que en todo caso deberá realizarse dentro del Plazo de Suscripción y con el lleno de los requisitos de la radicación inicial. Solamente se tendrán en cuenta las Aceptaciones cuya documentación cumpla con los requisitos establecidos en el Manual Operativo, o hayan sido debidamente subsanadas, según lo aquí descrito, y siempre y cuando se radiquen físicamente en cualquiera de los puntos de la Red de Distribución, dentro de los plazos y las condiciones estipuladas en el Manual Operativo.

Ni la Sociedad Emisora, ni el Agente Colocador, asumen ninguna responsabilidad por la exactitud e integridad de la información y documentos suministrados por el Cliente Potencial al Agente Colocador como parte de la Aceptación de Oferta.

1.4 Rechazo de una Aceptación de OfertaEl Agente Colocador rechazará las Aceptaciones de Oferta cuando se presenten uno, o varios de los siguientes eventos, los cuales no serán subsanables en ningún caso:

1) La falta de Registro en la Página Web por parte del Aceptante, según se describe en el Numeral 1.1 del Manual Operativo, y/o la no radicación en físico de la Aceptación de Oferta en cualquiera de los puntos de la Red de Distribución, junto con la documentación e información definida en el mismo Numeral 1.1 y en el Numeral 1.2, de acuerdo con los plazos y términos definidos en el Prospecto de Información y demás documentos de la emisión. 2) La ausencia o ilegibilidad de cualquiera de los documentos que se mencionan en el Numeral 1.3 de del Manual Operativo. Para el efecto el Agente Colocador realizará el proceso de verificación de documentos según el tipo de Cliente Potencial. 3) En el evento en que en el Formato de Vinculación queden espacios en blanco que debían haber sido llenados, según el tipo de persona de que se trate (natural o jurídica, nacional o extranjera). 4) En el evento en que queden espacios en blanco en la Carta de Aceptación de Oferta. 5) En caso de que cualquiera de los documentos requeridos no esté debidamente firmado, según lo indicado en el Numeral 1.3 anterior del Manual Operativo. 6) En el caso de Cesionarios, en el evento en que la comunicación de cesión presentada por éstos, no coincida con la que haya sido presentada por el respectivo cedente, o éste no haya presentado carta de cesión alguna, en los plazos descritos en el Numeral 1.9 del Manual Operativo. 7) En caso que el Agente Colocador detecte que un Cliente Potencial suministró información o documentación falsa o contraria a la realidad. 8) En el evento en que, al momento del ingreso de la información básica requerida para el registro del Cliente Potencial en la Página Web, según se describe en el Numeral 1.1 del Manual Operativo, se detecte que el respectivo Cliente Potencial figura en cualquiera de las listas para el control de lavado de activos y financiación del terrorismo mencionadas en el literal (iv) del mismo. El Agente Colocador informará a los Aceptantes en caso de rechazo de la Aceptación de Oferta, a través de la Página Web. Para el efecto cada Aceptante tendrá acceso a dicha información ingresando al link mencionado en el Manual Operativo con el Usuario y Contraseña asignados al momento de su registro.

17. OTRAS CONDICIONES DE LA ACEPTACIÓN:El Agente Colocador no podrá condicionar la Aceptación a la apertura de nuevos productos, a la realización de inversiones en montos diferentes o a situaciones no señaladas en el Prospecto de Información o en este Aviso de Oferta Pública.

18. REGLAS GENERALES PARA LA COLOCACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS ACCIONES ORDINARIAS: La Adjudicación de las Acciones Ordinarias será realizada por parte del Agente Colocador atendiendo las Aceptaciones de Oferta radicadas por Clientes Potenciales, que se ajusten a los términos del Reglamento de Suscripción, el Prospecto de Información y el Manual Operativo. Para efectos de la Adjudicación de las Acciones Ordinarias se seguirán las siguientes reglas: 1. Se dará inicio al proceso de Adjudicación descrito en los siguientes Numerales desde la fecha de vencimiento del Plazo de la Oferta. 2. En caso de que cualquier Aceptante presente más de una Aceptación de Oferta, las Aceptaciones se consolidarán por tipo de identificación, número de documento de identificación y especial fiduciario, de ser aplicable. 3. Si bien la oferta se realizará en tres (3) Rondas que funcionan de forma simultánea, en los términos que acá se describen, la Adjudicación se realizará a prorrata de la participación de los accionistas y cesionarios, atendiendo las tres (3) Rondas de manera consecutiva. 4. Solo habrá lugar a una Tercera Ronda en el evento en que el Monto Total Demandado por los Accionistas y Cesionarios sea inferior al Monto de la Oferta 5. La Adjudicación de las Acciones Ordinarias en relación con las cuales se hayan recibido Aceptaciones de Oferta será realizada por el Agente Colocador, dentro de los tres (3) Días Hábiles siguientes al vencimiento del Plazo de Oferta (el “Plazo de Adjudicación”).

1.1 Proceso de AdjudicaciónLas Acciones Ordinarias serán adjudicadas a los Aceptantes que presenten Aceptaciones que se ajusten a los términos definidos en el Prospecto de Información y en el Manual Operativo. La Adjudicación será realizada durante el Plazo de Adjudicación.

La adjudicación de las Acciones Ordinarias se adelantará en tres (3) Rondas de manera consecutiva, dirigidas a los Destinatarios de la Oferta, en el orden establecido en el Manual Operativo, así:

• Primera Ronda, dirigida a los Accionistas y sus Cesionarios en ejercicio del derecho de suscripción preferencial.

• Segunda Ronda, dirigida a los Accionistas y los Cesionarios que hayan ejercido el derecho de suscripción preferencial en la Primera Ronda y hayan presentado Demandas por un número de acciones superior a aquel que le fue adjudicado en la Primera Ronda.

• Tercera Ronda, dirigida al público en general

1.2 Adjudicación en la Primera RondaLa Primera Ronda estará dirigida exclusivamente a los Accionistas y sus Cesionarios. La información relacionada con los Accionistas que tendrán derecho a ser Aceptantes en esta Primera Ronda, así como el número de Acciones Ordinarias que podrá suscribir cada uno, después de aplicar el cálculo señalado en el literal a) siguiente de este Numeral es responsabilidad de la Sociedad Emisora, la cual instruirá al Deceval la entrega al Agente Colocador previo al inicio del Plazo de Suscripción. El Agente Colocador efectuará todas las labores de verificación e investigación en los términos requeridos por la Circular Básica Jurídica 029 de 2014 y los procedimientos contenidos en su Manual de Procedimientos del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo - SARLAFT, el cual cumple con los lineamientos y requisitos exigidos por la mencionada Circular. El Agente Colocador no se hace responsable por la veracidad y/o exactitud de la información y documentos suministrados por el Cliente Potencial más allá de lo exigido y derivado de los controles aquí descritos para la prevención y control del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, frente a los Aceptantes, Accionistas, la Sociedad Emisora o terceros. El Agente Colocador efectuará la Adjudicación de conformidad con las siguientes reglas:

a) En primer lugar se procederá a Adjudicar la Primera Ronda, en la cual se tendrán en cuenta las Aceptaciones de Oferta ajustadas a los términos del Prospecto

de Información y del Manual Operativo presentadas por los Accionistas y sus Cesionarios, quienes en ejercicio del derecho de suscripción preferencial podrán suscribir una cantidad de Acciones equivalente al número entero inmediatamente inferior resultante de multiplicar (i) el número de acciones ordinarias que aparezca registrado como de propiedad del Accionista en el libro de registro de accionistas a las seis horas (6:00 am) del día de la publicación del Aviso de Oferta, por (ii) un factor de cero coma ocho uno cinco tres ocho cuatro seis siete ocho uno cero seis cinco uno cuatro cero (0,8153846781065140), resultante de dividir (a) las Acciones Ofrecidas entre (b) el número total de acciones ordinarias en circulación en la fecha de aprobación del reglamento, equivalente a veinticuatro millones quinientas veintiocho mil trescientas (24.528.300) acciones ordinarias. En el caso en que un Accionista adquiera derechos de suscripción preferencial de otro Accionista o sus Cesionarios, los mismos se adicionarán a los derechos de suscripción propios. Los Cesionarios podrán suscribir la cantidad de Acciones que correspondan al ejercicio del derecho objeto de suscripción preferencial que hayan adquirido. b) En desarrollo de lo anterior, a cada Accionista y cada Cesionario que haya presentado una Aceptación ajustada a los términos del Prospecto de Información y del Manual Operativo, se le adjudicará el número de Acciones Ordinarias que haya aceptado, siempre y cuando se encuentre dentro del límite de Acciones que, de conformidad con lo descrito en el literal a. inmediatamente anterior, tenga derecho a suscribir en ejercicio de los derechos de suscripción propios o cedidos, según corresponda. En el evento en que un Accionista o Cesionario presente una Aceptación sobre un número de Acciones que supere estos límites, le será adjudicado únicamente, en esta Primera Ronda, el número de Acciones Ordinarias que correspondan a los mismos. c) Las Acciones podrán ser cedidas, total o parcialmente. Las fracciones que resulten en los cómputos que se realicen igualmente podrán ser cedidas, total o parcialmente, pero en todo caso los eventuales residuos por fracción de acción sólo darán derecho a suscribir Acciones Ordinarias por números enteros. d) En el ejercicio del derecho de suscripción preferencial, propio o adquirido, sólo se podrá suscribir un número entero de Acciones Ordinarias, aproximando al número entero inferior. En ningún caso se podrán suscribir fracciones de Acciones Ordinarias. e) El Agente Colocador adelantará la Adjudicación haciendo un cotejo de las comunicaciones de cesión del Derecho de Suscripción Preferencial que reciba de la Sociedad Emisora, contra las cartas de cesión de Derechos de Suscripción que hayan sido presentadas por los Aceptantes, las cuales deberán coincidir en un todo.

En el evento en que, después de adelantada la Primera Ronda en los términos aquí descritos, queden Acciones Ordinarias sin haber sido adjudicadas, el remanente de las mismas se adjudicará de acuerdo con lo estipulado para la Segunda Ronda.

1.3 Adjudicación en la Segunda RondaHabrá lugar a la Segunda Ronda únicamente en la medida en que existan Acciones Ordinarias sin adjudicar después de adelantar la Adjudicación en la Primera Ronda, lo cual supone que no todos los Accionistas y Cesionarios ejercieron su derecho de suscripción preferencial en la Emisión y que en la Segunda Ronda ejercerán su derecho de acrecimiento. Para estos efectos, el Agente Colocador dará aplicación a las siguientes reglas, que son diferentes del procedimiento de adjudicación de la Primera Ronda:

a) Se dará inicio con la Adjudicación de la Segunda Ronda inmediatamente después de que hayan sido Adjudicadas la totalidad de las Acciones Ordinarias demandadas por los Destinatarios de la Oferta definidos para la Primera Ronda. La Segunda Ronda estará dirigida a los Accionistas y Cesionarios que hayan suscrito Acciones Ordinarias en la Primera Ronda, a prorrata de la participación de los respectivos Accionistas a las seis horas (6:00 am) del día de la publicación del Aviso de Oferta, participación que no sufre cambio o variación alguna por razón del número de acciones adjudicadas al Accionista o Cesionario en la Primera Ronda, y, en el caso en que el respectivo Accionista haya adquirido derechos de suscripción preferencial de otro Accionista o sus Cesionarios, los mismos se adicionarán a los derechos de suscripción correspondientes a sus acciones. Igualmente, si el respectivo Accionista no adquiere sino cede parte de sus derechos de suscripción preferencial, la parte cedida será deducida de los derechos de suscripción correspondientes a la participación que tenía a las seis horas (6:00 am) del día de la publicación del Aviso de Oferta. El Agente Colocador aplicará este procedimiento de adjudicación cuantas veces sea necesario hasta satisfacer la totalidad de las Acciones demandadas por los Destinatarios de la Oferta que sean Accionistas y Cesionarios y hayan entregado Aceptaciones por un número de acciones superior al que le sea adjudicado en la Primera Ronda en ejercicio de su derecho de suscripción preferencial hasta agotar, o el monto ofertado o el Número de Acciones a Ofrecer, según sea el caso, lo que suceda primero. b) El procedimiento descrito en el literal a. anterior se hará sin superar el número total de Acciones Ofrecidas y en todo caso sin adjudicar en la Primera y Segunda Ronda un número de acciones mayor a aquel demandado por cada Accionista o Cesionario. c) Las Acciones Ordinarias que sean Adjudicadas de acuerdo a lo establecido en los literales inmediatamente anteriores, se adicionarán a las Acciones que le hubieren sido Adjudicadas a los Accionistas y Cesionarios respectivos, en la Primera Ronda. d) En caso que las Aceptaciones de Oferta presentadas por los Destinatarios de la Presente Ronda sean iguales o inferiores al número total de Acciones ofrecidas para esta Ronda, se adjudicará la totalidad de las Acciones demandadas a los Aceptantes. En el evento en que subsista un saldo de Acciones Ordinarias se procederá con la Adjudicación a los Destinatarios de la Tercera Ronda. e) Las fracciones que resulten en los cómputos que se realicen podrán ser cedidas, total o parcialmente, y también podrán ser objeto del derecho de acrecimiento previsto en esta Ronda, pero en todo caso los eventuales residuos por fracción de acción sólo dan derecho a suscribir acciones ordinarias por números enteros.

Por el hecho de haber presentado una Aceptación de Oferta, se entenderá que cada uno de los Aceptantes acepta de manera expresa la posibilidad de que no le sea adjudicada ninguna Acción Ordinaria, en el evento en que no quedare remanente alguno en la Primera Ronda o en la Segunda Ronda, o que le sea adjudicada una cantidad de Acciones Ordinarias inferior a la cantidad que haya demandado.

1.4 Adjudicación en la Tercera RondaLa oferta en Tercera Ronda estará dirigida al público en general, respecto de las acciones ofrecidas que no hayan sido suscritas en la Primera y Segunda Ronda, y siempre y cuando sea por un número de acciones no inferior a la Inversión Mínima. A cada tercero del público en general que haya presentado una Aceptación ajustada a los términos del Prospecto y del Manual Operativo, se le adjudicará el número de Acciones Ordinarias que haya aceptado, de conformidad con las siguientes reglas:a) Si el número total de Acciones Ordinarias demandadas por los Destinatarios de la Oferta en la presente Ronda es superior al número total de Acciones ofrecidas y no adjudicadas en la Primera Ronda y la Segunda Ronda, las mismas se adjudicarán a prorrata, teniendo en cuenta el monto de las demandas, aproximando los resultados al número inferior. b) Si por efecto del prorrateo el número total de Acciones Ordinarias adjudicadas resultare inferior al número total de Acciones ofrecidas en esta Ronda, este saldo se adicionará mediante la asignación de una acción adicional a cada uno de los Adjudicatarios de esta Ronda, en orden alfabético del primer apellido o Razón Social, hasta agotar el saldo respectivo de Acciones Ordinarias y, en todo caso, sin superar el número de Acciones demandado por cada Aceptante. c) En caso que las Aceptaciones de Oferta presentadas por los Destinatarios de la Presente Ronda sean iguales o inferiores al número total de Acciones ofrecidas para esta Ronda, se adjudicará la totalidad de las Acciones demandadas a los Aceptantes. Por el hecho de haber presentado una Aceptación de Oferta, se entenderá que cada uno de los Aceptantes acepta de manera expresa la posibilidad de que no le sea adjudicada ninguna Acción Ordinaria, en el evento en que no quedare remanente

alguno en la Primera y/o Segunda Ronda, o que le sea adjudicada una cantidad de Acciones Ordinarias inferior a la cantidad que haya demandado. El Agente Colocador informará sobre la Adjudicación dentro de los tres (3) Días Hábiles siguientes al vencimiento del Plazo de Oferta, a los respectivos Adjudicatarios, a través de la Página Web y por correo electrónico a la dirección consignada en el Formulario de Registro.

Surtidas las tres Rondas anteriores, en los términos aquí descritos, las Acciones Ordinarias que no hayan sido suscritas, volverán a la reserva de la Sociedad Emisora. Los Adjudicatarios del presente proceso de colocación serán Clientes del Agente Colocador, una vez surtido el proceso aquí descrito.

El pago de las Acciones Ordinarias por parte de cada Adjudicatario deberá ser efectuado en un solo contado, en Pesos, dentro de los ocho (8) Días Hábiles siguientes a la fecha en que el Agente Colocador le haya informado sobre la Adjudicación, mediante consignación, giro o transferencia a la Cuenta Recaudadora. El Agente Colocador tendrá cuatro (4) Días Hábiles contados a partir del último día del plazo de pago para realizar las conciliaciones bancarias. Al día Hábil siguiente, el Agente Colocador ordenará el traslado a la Sociedad Emisora, de los recursos producto de la colocación de las Acciones Ordinarias previa deducción de la comisión pactada a su favor en el Contrato de Colocación al mejor esfuerzo suscrito con ésta correspondiente al resultado de la Adjudicación.

1.5 Re-adjudicaciónEl Día Hábil siguiente al vencimiento del plazo para realizar la conciliación bancaria se dará inicio al proceso de Re-adjudicación de las Acciones adjudicadas y no pagadas oportunamente, el cual tendrá una duración de cuatro (4) Días Hábiles. Vencido este plazo, el pago de las Acciones re-adjudicadas, se deberá efectuar durante los siguientes tres (3) Días Hábiles, cumplidos los cuales el Agente Colocador informará, el día hábil inmediatamente siguiente, a los Aceptantes a quienes se haya re-adjudicado, los resultados de este proceso, a través de la Página Web y por correo electrónico a la dirección consignada en el Formulario de Registro. Serán objeto de Re-adjudicación el cien por ciento (100%) de las Acciones Adjudicadas y no pagadas oportunamente., y solamente serán beneficiarios de Re-adjudicación aquellos Destinatarios de la Oferta que tengan demandas insatisfechas que hagan parte de la Segunda y Tercera Ronda. El proceso de Re-adjudicación se llevará a cabo según las reglas establecidas para la Adjudicación en dichas Rondas de forma consecutiva. Los Accionistas y sus Cesionarios para la Re-adjudicación serán los mismos que para la Adjudicación. El Agente Colocador tendrá cuatro (4) Días Hábiles contados a partir del último día del plazo de pago para realizar las conciliaciones bancarias de la Re-adjudicación. Al Día Hábil siguiente, el Agente Colocador ordenará el traslado a la Sociedad Emisora, de los recursos producto de la colocación de las Acciones Ordinarias previa deducción de la comisión pactada a su favor en el Contrato de Colocación al mejor esfuerzo suscrito con ésta correspondiente al resultado de la Re-adjudicación. En caso que no se efectúen pagos dentro de este término, se entenderá fallida la respectiva Re-adjudicación y las Acciones correspondientes se considerarán remanentes sin colocar, que volverán a la reserva de la Sociedad Emisora.

1.6 Informes a la Sociedad EmisoraDentro de los tres (3) Días Hábiles siguientes a la fecha en que se haya concluido con el procedimiento de Adjudicación y pago de las Acciones Ordinarias, así como el respectivo proceso de Re-adjudicación, en caso de que a ello haya lugar, el Agente Colocador deberá entregar a la Sociedad Emisora un informe sobre los resultados de la Adjudicación, indicando:

• Nombre de los Aceptantes que presentaron Aceptaciones ajustadas a los términos del Prospecto y del Manual Operativo y que resultaron Adjudicatarios en la respectiva Ronda.

• El número de Acciones Ordinarias suscritas y pagadas por cada uno de los Adjudicatarios.

1.7 Información sobre Resultados de la AdjudicaciónLa Adjudicación será realizada por el Agente Colocador y su resultado estará a disposición de los Adjudicatarios a partir del mismo día en que finalice el Proceso de Adjudicación, a través de la Página Web, de los teléfonos del Agente Colocador y por correo electrónico a la dirección consignada en el Formulario de Registro. Igualmente, la Sociedad Emisora informará al público a través del módulo de Información Relevante de la Reglas para presentar las Aceptaciones.

Los Accionistas y el Público en General podrán presentar Aceptaciones al Agente Colocador en estricta conformidad con las condiciones establecidas en el Reglamento de Suscripción de Acciones y en el Prospecto de Información. La dirección y el horario del Agente Colocador en que deberán radicarse las Aceptaciones se indicarán en el Aviso de Oferta Pública. Para todos los efectos de la Oferta Pública, se entenderá que el Aceptante, por el hecho de presentar una Aceptación, expresamente declara conocer y aceptar todas y cada una de las condiciones de la Oferta Pública y del Reglamento de Suscripción de Acciones que son objeto del respectivo Aviso de Oferta Pública y del Prospecto de Información.

1.8 Tramites Posteriores al Pago de las Acciones Adjudicadasa) Apertura de Cuentas y Subcuentas en Deceval: En desarrollo del Contrato de Administración de Valores que celebrarán los Aceptantes con el Agente Colocador y el cual estos deberán entregar junto con la Aceptación de la Oferta, éste deberá adelantar las labores y trámites pertinentes ante Deceval para la creación de las cuentas y subcuentas de los Inversionistas y el adelanto de las respectivas anotaciones en cuenta de las Acciones Ordinarias a nombre de cada uno de ellos, en su calidad de Adjudicatarios y enviará el soporte de la respectiva anotación en cuenta a cada Adjudicatario. b) Traslado de los recursos a la Sociedad Emisora. Para el caso de la Adjudicación, el Agente Colocador tendrá cuatro (4) Días Hábiles contados a partir del último día del plazo de pago para realizar las conciliaciones bancarias. Al día Hábil siguiente, el Agente Colocador ordenará el traslado a la Sociedad Emisora, de los recursos producto de la colocación de las Acciones Ordinarias previa deducción de la comisión pactada a su favor en el Contrato de Colocación al mejor esfuerzo suscrito con ésta correspondiente al resultado de la Adjudicación. Para el caso de la Re-Adjudicación, el Agente Colocador tendrá cuatro (4) Días Hábiles contados a partir del último día del plazo de pago para realizar las conciliaciones bancarias de la Re-adjudicación. Al Día Hábil siguiente, el Agente Colocador ordenará el traslado a la Sociedad Emisora, de los recursos producto de la colocación de las Acciones Ordinarias previa deducción de la comisión pactada a su favor en el Contrato de Colocación al mejor esfuerzo suscrito con ésta correspondiente al resultado de la Re-adjudicación.

1.9 Plazo y Forma de Pago de las Acciones OrdinariasEl pago de las Acciones Ordinarias por parte de cada Adjudicatario deberá ser efectuado en un solo contado, en pesos, dentro de los ocho (8) Días Hábiles siguientes a la fecha en que el Agente Colocador le haya informado sobre la Adjudicación o tres (3) Días Hábiles siguientes a la fecha en que el Agente Colocador haya informado sobre la Re-adjudicación, según el caso. El pago se hará únicamente en efectivo y/o cheque de gerencia, mediante consignación y/o transferencia en la Cuenta Recaudadora. Cualquier pago que se trate de efectuar con posterioridad al plazo aquí consagrado, no será aceptado por el banco recaudador y en consecuencia, la Aceptación y Adjudicación se entenderán fallidas. En el evento en que el banco recaudador llegare a recibir pagos o se efectúen transferencias por fuera de los plazos aquí consagrados, o reciba montos superiores al valor de las Acciones adjudicadas, el Agente Colocador procederá a la devolución de los mismos al o los respectivo(s) Aceptante(s), dentro de los

cuatro (4) Días Hábiles siguientes a la fecha en que se haya concluido el o los proceso(s) de conciliación descrito(s) en el sub-numeral 2) del Numeral 2.8 del Manual Operativo. En este caso, no habrá lugar al pago de intereses o cualquier otro tipo de remuneración por parte del Agente Colocador y/o la Sociedad Emisora y a favor del Adjudicatario que haya efectuado el pago extemporáneo.

La devolución de los recursos se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Adjudicatario haya indicado en el momento de su registro, o, en el evento de no haber indicado una cuenta bancaria, mediante el giro de cheques a favor del respectivo Adjudicatario, los cuales serán entregados al mismo en las oficinas del Agente Colocador. El no pago de las Acciones Ordinarias o el pago de un monto inferior al valor de las acciones realmente adjudicadas después de adelantar el proceso de Re-adjudicación en cada una de las Rondas, implicará que las mismas quedan sin Adjudicar. El Agente Colocador no ha asumido responsabilidad alguna frente a la Sociedad Emisora por el no pago de las Acciones Ordinarias por parte de los Adjudicatarios.19. INFORMACIÓN SOBRE RESULTADOS DE LA ADJUDICACIÓN: 1. Informes a la Sociedad Emisora: Dentro de los tres (3) Días Hábiles siguientes a la fecha en que se haya concluido con el procedimiento de Adjudicación y pago de las Acciones Ordinarias, así como el respectivo proceso de Re-adjudicación, en caso de que a ello haya lugar, el Agente Colocador deberá entregar a la Sociedad Emisora un informe sobre los resultados de la Adjudicación, indicando:

• Nombre de los Aceptantes que presentaron Aceptaciones ajustadas a los términos del Prospecto y del Manual Operativo y que resultaron Adjudicatarios en la respectiva Ronda.

• El número de Acciones Ordinarias suscritas y pagadas por cada uno de los Adjudicatarios.

2. Información sobre Resultados de la Adjudicación: La Adjudicación será realizada por el Agente Colocador y su resultado estará a disposición de los Adjudicatarios a partir del mismo día en que finalice el Proceso de Adjudicación, a través de la Página Web, de los teléfonos del Agente Colocador y por correo electrónico a la dirección consignada en el Formulario de Registro. Igualmente, la Sociedad Emisora informará al público a través del módulo de Información Relevante de la SFC y de la Página Web los resultados de la Colocación.

20. FORMA Y PLAZO DE PAGO DE LAS ACCIONES ORDINARIAS: El pago de las Acciones Ordinarias por parte de cada Adjudicatario deberá ser efectuado en un solo contado, en pesos, dentro de los ocho (8) Días Hábiles siguientes a la fecha en que el Agente Colocador le haya informado sobre la Adjudicación o tres (3) Días Hábiles siguientes a la fecha en que el Agente Colocador haya informado sobre la Re-adjudicación, según el caso.

El pago se hará únicamente en efectivo y/o cheque de gerencia, mediante consignación y/o transferencia en la Cuenta Recaudadora. Cualquier pago que se trate de efectuar con posterioridad al plazo aquí consagrado, no será aceptado por el banco recaudador y en consecuencia, la Aceptación y Adjudicación se entenderán fallidas. En el evento en que el banco recaudador llegare a recibir pagos o se efectúen transferencias por fuera de los plazos aquí consagrados, o reciba montos superiores al valor de las Acciones adjudicadas, el Agente Colocador procederá a la devolución de los mismos al o los respectivo(s) Aceptante(s), dentro de los cuatro (4) Días Hábiles siguientes a la fecha en que se haya concluido el o los proceso(s) de conciliación descrito(s) en el sub-numeral 2) del Numeral 2.8 del Manual Operativo. En este caso, no habrá lugar al pago de intereses o cualquier otro tipo de remuneración por parte del Agente Colocador y/o la Sociedad Emisora y a favor del Adjudicatario que haya efectuado el pago extemporáneo. La devolución de los recursos se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que el Adjudicatario haya indicado en el momento de su registro, o, en el evento de no haber indicado una cuenta bancaria, mediante el giro de cheques a favor del respectivo Adjudicatario, los cuales serán entregados al mismo en las oficinas del Agente Colocador. El no pago de las Acciones Ordinarias o el pago de un monto inferior al valor de las acciones realmente adjudicadas después de adelantar el proceso de Re-adjudicación en cada una de las Rondas, implicará que las mismas quedan sin Adjudicar. El Agente Colocador no ha asumido responsabilidad alguna frente a la Sociedad Emisora por el no pago de las Acciones Ordinarias por parte de los Adjudicatarios.

21. OBJETIVOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS DE LA EMISIÓN: La Sociedad Blas de Leso Inversiones SL, Accionista de la Sociedad Emisora realizó el 9 de octubre de 2014 un anticipo de cinco mil millones de pesos (COP $5,000,000,000) para futuras capitalizaciones.

La Sociedad Emisora proyecta utilizar los recursos provenientes de la colocación de la Emisión para (i) financiar necesidades de capital de trabajo (entre 37.5% y 50%), (ii) otras necesidades corporativas de la entidad emisora (entre 37.5% y 50%) y (iii) en el evento en que se requiera reembolzar a la Sociedad Blas de Leso Inversiones SL la porción no adjudicada en Acciones Ordinarias de la Emisión relativa a su anticipo con cargo a la misma (entre 0% y 25%) en función del monto demandado por ésta.

22. ADMINISTRADOR DE LA EMISIÓN: La entidad que administrará la Emisión es el Depósito Centralizado de Valores S.A., Deceval, que se encuentra domiciliada en la ciudad de Bogotá y tiene sus oficinas principales en la Calle 24 a No. 59 – 42 Torre 3, Piso 5, de Bogotá.

Deceval realizará la custodia y administración de las Acciones Ordinarias. Así mismo, podrá ejercer entre otras las siguientes actividades operativas derivadas del depósito de la Emisión:

1. Registro electrónico del Macrotítulo: La Sociedad Emisora entregará en depósito y administración a Deceval el Macrotítulo. Por su parte, Deceval se obliga a custodiar, administrar y ejercer todas las actividades operativas de las Acciones desmaterializadas o anotadas en cuenta respecto de la Emisión, atendiendo las siguientes consideraciones: 1.1. Que el Macrotítulo contendrá las características que se desprenden del Reglamento de Suscripción y se regirá por dicho documento y, en su contenido, deberá corresponder a lo ordenado por el Decreto 2555 de 2010 o la norma que lo modifique o sustituya. 1.2. Que la Emisión será totalmente desmaterializada y en consecuencia Deceval se encargará de administrarla. Los Adjudicatarios de las Acciones Ordinarias consentirán en el depósito con Deceval, el cual se entenderá dado con su suscripción. Cuando el Adjudicatario sea depositante indirecto indicará al Depositante Directo que le represente ante Deceval. 1.3. Que se entiende por emisión desmaterializada el monto colocado en el mercado primario representado en un macrotítulo que comprende un conjunto de derechos anotados en cuenta, respecto de los cuales no se hayan emitido títulos físicos individuales representativos de cada inversión. 2. Anotación en Cuenta: Deceval registrará el Macrotítulo representativo de las Acciones Ordinarias que hagan parte de la Emisión. Esta actividad incluye el control sobre el monto de Acciones Ordinarias emitidas, efectivamente colocadas, en circulación, canceladas, anuladas en cuanto a sus derechos y las que se encuentran pendientes por colocar. El Macrotítulo así registrado respaldará el monto efectivamente colocado y en circulación. De igual forma, Deceval realizará las actividades operativas correspondientes al depósito y administración de la emisión desmaterializada y al registro y Anotación en cuenta de la información relacionada con las Acciones Ordinarias, de conformidad con lo establecido en las normas vigentes y en el Reglamento de Operaciones de Deceval.

23. EMISIÓN TOTALMENTE DESMATERIALIZADA: La emisión de las Acciones Ordinarias se realizará de forma totalmente desmaterializada y será depositada en Deceval para su administración y custodia. El depósito y administración de las Acciones Ordinarias a través de Deceval se

regirá por lo establecido en la Ley 964 de 2005, la Ley 27 de 1990, el Decreto 2555 de 2010, y las demás normas que modifiquen o regulen el tema, así como por el Reglamento Operativo de Deceval. Los Adjudicatarios deberán celebrar un contrato de mandato con una entidad autorizada para actuar como Depositante Directo ante Deceval. Hasta tanto el respectivo Adjudicatario haya pagado la totalidad de las sumas debidas a la Sociedad Emisora con ocasión de la adquisición de las Acciones Ordinarias, no podrá sustituir ni remover el Depositante Directo, todo lo cual es aceptado expresamente por el Aceptante al momento de presentar una Aceptación.Las Acciones Ordinarias no podrán ser materializadas nuevamente y los Adjudicatarios al aceptar la Oferta de suscripción renuncian expresamente a la facultad de pedir la materialización de las Acciones Ordinarias en cualquier momento. Las Acciones que conforman la Emisión se encuentran representadas en un Macrotítulo el cual se encuentra en custodia de Deceval. La titularidad de cada una de las Acciones Ordinarias se constituirá por la respectiva anotación en cuenta que realice Deceval. En desarrollo de sus labores como administrador de la Emisión y de acuerdo con su Reglamento Operativo, Deceval, conforme a las normas pertinentes, expedirá a solicitud de los titulares de las Acciones Ordinarias, o de sus Depositantes Directos, el certificado de valores en depósito sobre las Acciones administradas de propiedad del respectivo Accionista, en los que constarán los derechos inherentes a las Acciones Ordinarias, para cuyo efecto sirven los certificados de valores, los cuales no tienen vocación circulatoria.

24. COSTOS Y GASTOS DEL DEPOSITANTE DIRECTO:La Sociedad Emisora asumirá el costo de custodia en Deceval de las Acciones Ordinarias. Los inversionistas no tendrán que pagar comisiones ni otros pagos conexos inherentes a la suscripción de las Acciones Ordinarias, los cuales serán asumidos por la Sociedad Emisora.

25. REINTEGRO A LA RESERVA: Las Acciones Ordinarias de la presente Emisión que no fueren suscritas dentro de los términos y condiciones establecidas en el presente Aviso de Oferta Pública, quedarán nuevamente en reserva y a disposición de la Junta Directiva de Azul & Blanco Millonarios FC S.A. para futuras colocaciones.

26. PROCEDIMIENTO PARA ACLARAR DUDAS O INTERROGANTES:A partir de la publicación del Aviso de Oferta Pública y hasta tres (3) Días Hábiles después del agotamiento del plazo para presentar Aceptaciones en la respectiva Emisión, los potenciales inversionistas podrán formular al Agente Colocador y a la Sociedad Emisora preguntas e inquietudes a través de los números telefónicos +(571) 6372055 Opción 1 y (571) 743 3941 Ext.109, respectivamente.

Los conceptos y respuestas emitidos por Azul & Blanco Millonarios FC S.A. y el Agente Colocador no serán considerados como una modificación del Prospecto de Información ni del Reglamento de Suscripción. Las consultas, solicitudes y respuestas no producirán efectos suspensivos sobre el plazo de presentación de las Aceptaciones.

27. PROSPECTO DE INFORMACIÓN:El Prospecto de Información se encuentra a disposición de los posibles inversionistas en la Superintendencia Financiera de Colombia, en las oficinas de Azul & Blanco Millonarios FC S.A. y en las oficinas del Agente Colocador; así como en la Página Web www.afin.com.co/millonarios/ en el enlace dispuesto para tal efecto, para que los potenciales inversionistas puedan evaluar adecuadamente la conveniencia de la inversión. En virtud de lo anterior, los prospectos estarán disponibles en:

a. La oficina del Agente Colocador ubicada en la Cra. 14B No.106 – 50 de Bogotá DC Teléfono: (571) 6372055 Opción 1 de la ciudad de Bogotá, en Horario de Atención los Días Hábiles de Lunes a Viernes de 8:30 am a 5:30 pm; o

b. La oficina del Agente Emisor Millonarios FC en Bogotá en la Calle 90 No.19-41 Ofc 803 de Bogotá DC Teléfono (571) 743 3941 Ext. 109.

c. Oficinas de la Superintendencia Financiera en Bogotá en la Calle 7 No. 4-49.

28. MECANISMO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS:Por ser esta Emisión en el Mercado Primario colocada a través de una entidad vigilada por la SFC, el conocimiento de los Adjudicatarios para efectos de la prevención y el control del lavado de activos y de la financiación del terrorismo corresponderá al Agente Colocador, quien deberá abstenerse de aceptar la oferta de, y de adjudicar Acciones Ordinarias a, aquellos interesados cuyo nombre haya sido incluido en la lista OFAC o en cualquier otra lista nacional o internacional, en la que se publiquen los datos de las personas a quienes se les haya iniciado proceso judicial, o que hayan sido condenadas por las autoridades nacionales o internacionales, o vinculados de manera directa o indirecta con actividades ilícitas, tales como narcotráfico, terrorismo, lavado de activos, tráfico de estupefacientes, secuestro extorsivo y trata de personas, entre otras. Los Aceptantes deberán vincularse como clientes del Agente Colocador para participar en el proceso de colocación de las Acciones Ordinarias; y para el proceso de vinculación como tales deberán diligenciar y entregar los formularios de vinculación proporcionados por el Agente Colocador con sus respectivos anexos. Este proceso de vinculación podrá tardar hasta tres días hábiles, siempre y cuando se entregue el formulario de vinculación correctamente diligenciado con todos los soportes requeridos y cumpliendo con las especificaciones definidas en él. El Aceptante que no haya entregado el formulario debidamente diligenciado y la totalidad de los anexos, no podrá participar en el proceso de adjudicación de las Acciones Ordinarias. Para los efectos aquí previstos, el Agente Colocador dará cumplimiento a las instrucciones contenidas en el Capítulo IV, Título IV de la parte primera de la Circular Básica Jurídica 029 de 2014, las cuales se encuentran en su Manual de procedimientos del SARLAFT.

29. DEFINICIONES:Para efectos del presente Aviso de Oferta Pública los términos aquí mencionados tendrán el significado que se les atribuye en este Aviso de Oferta Pública, en el respectivo Reglamento de Suscripción y en el Prospecto de Información, independientemente de que se mencionen en mayúsculas fijas o simplemente con mayúscula inicial, con o sin negrilla. LA ACEPTACIÓN DE LA OFERTA NO GARANTIZA LA ADJUDICACIÓN DE ACCIONES EN LOS TÉRMINOS RPEVISTOS TANTO EN EL REGLAMENTO DE SUSCRIPCIÓN COMO EN EL PROSPECTO DE EMISIÓN. LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE VALORES Y EMISORES Y LA AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR LA OFERTA PUBLICA POR PARTE DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA, NO IMPLICA CALIFICACIÓN NI RESPONSABILIDAD ALGUNA POR PARTE DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA ACERCA DE LAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS INSCRITAS NI SOBRE EL PRECIO, LA BONDAD O LA NEGOCIABILIDAD DEL VALOR, O DE LA RESPECTIVA EMISIÓN, NI SOBRE LA SOLVENCIA DEL EMISOR. SE CONSIDERA INDISPENSABLE LA LECTURA DEL PROSPECTO DE INFORMACIÓN, INCLUYENDO EL CAPITULO 8 DE RIESGOS, PARA QUE LOS POTENCIALES INVERSIONSITAS PUEDAN EVALUAR ADECUADAMENTE LA CONVENIENCIA DE LA INVERSIÓN.