AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del...

84
SUMARIO NORMAS LEGALES Director (e): Félix Alberto Paz Quiroz MARTES 1 DE NOVIEMBRE DE 2016 AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU Año XXXIII - Nº 13852 603159 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. N° 274-2016-PCM.- Autorizan viaje de comitiva de avanzada del Despacho Presidencial a Bolivia, en comisión de servicios 603162 R.S. N° 275-2016-PCM.- Autorizan viaje de profesional y de asesor diplomático a Bolivia, en comisión de servicios 603162 R.S. N° 276-2016-PCM.- Autorizan viaje de Ministro de Agricultura y Riego a los EE.UU. y encargan su Despacho al Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 603163 AGRICULTURA Y RIEGO R.S. N° 016-2016-MINAGRI.- Autorizan viaje de funcionarios del Sector a Bolivia, en comisión de servicios 603164 R.D. Nº 243-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE.- Designan Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 603165 R.D. 244-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL- DE.- Designan Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 603165 AMBIENTE R.M. 323-2016-MINAM.- Formalizan designación de Coordinador General del “Programa de Desarrollo de Sistemas de Gestión de Residuos Sólidos en Zonas Prioritarias de Puno, Piura, Ancash, Tumbes, Apurímac, Ica, Huánuco, Puerto Maldonado, San Martín, Junín, Lambayeque, Loreto, Ayacucho, Amazonas, Lima y Pasco”; y, Responsable de la administración y gestión de la Unidad Ejecutora 003: Gestión Integral de la Calidad Ambiental 603166 R.M. Nº 324-2016-MINAM.- Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 603167 R.M. 325-2016-MINAM.- Autorizan viaje de funcionarios del Sector a Bolivia, en comisión de servicios 603174 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO R.M. Nº 359-2016-MINCETUR.- Designan Directora de la Oficina de Administración Financiera de la Oficina General de Administración del Ministerio 603175 CULTURA R.S. N° 034-2016-MC.- Autorizan viaje de miembros del equipo técnico y periodístico del IRTP a Bolivia, en comisión de servicios 603175 R.S. N° 035-2016-MC.- Autorizan viaje de servidor del Ministerio de Cultura a Bolivia, en comisión de servicios 603176 R.M. 419-2016-MC.- Designan temporalmente Directora de la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble de la Dirección General de Patrimonio Cultural del Ministerio 603176 R.M. 420-2016-MC.- Designan temporalmente Director General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio 603177 DEFENSA R.S. N° 434-2016-DE/FAP.- Autorizan viaje de Personal Militar y Civil FAP a Bolivia, en comisión de servicios 603177 R.S. N° 435-2016-DE/.- Autorizan viaje de personal militar y civil de la Fuerza Aérea del Perú a Bolivia, en comisión de servicios 603178 R.S. N° 436-2016-DE/.- Autorizan viaje de personal del Ministerio a Bolivia, en comisión de servicios 603180 R.M. Nº 1350-2016 DE/SG.- Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de los EE.UU. 603181 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D. N° 027-2016-EF/50.01.- Establecen Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión del tercer trimestre del año fiscal 2016 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales 603181 EDUCACION R.S. N° 043-2016-MINEDU.- Autorizan viaje de profesional del Ministerio de Educación a Bolivia, en comisión de servicios 603183 R.M. N° 535-2016-MINEDU.- Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Educación 603184

Transcript of AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del...

Page 1: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

SUMARIO

NORMAS LEGALESDirector (e): Félix Alberto Paz Quiroz MARTES 1 DE NOVIEMBRE DE 2016

AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU Año XXXIII - Nº 13852

603159

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL

CONSEJO DE MINISTROS

R.S. N° 274-2016-PCM.- Autorizan viaje de comitiva de avanzada del Despacho Presidencial a Bolivia, en comisión de servicios 603162R.S. N° 275-2016-PCM.- Autorizan viaje de profesional y de asesor diplomático a Bolivia, en comisión de servicios 603162R.S. N° 276-2016-PCM.- Autorizan viaje de Ministro de Agricultura y Riego a los EE.UU. y encargan su Despacho al Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 603163

AGRICULTURA Y RIEGO

R.S. N° 016-2016-MINAGRI.- Autorizan viaje de funcionarios del Sector a Bolivia, en comisión de servicios 603164R.D. Nº 243-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE.- Designan Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 603165R.D. Nº 244-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE.- Designan Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 603165

AMBIENTE

R.M. Nº 323-2016-MINAM.- Formalizan designación de Coordinador General del “Programa de Desarrollo de Sistemas de Gestión de Residuos Sólidos en Zonas Prioritarias de Puno, Piura, Ancash, Tumbes, Apurímac, Ica, Huánuco, Puerto Maldonado, San Martín, Junín, Lambayeque, Loreto, Ayacucho, Amazonas, Lima y Pasco”; y, Responsable de la administración y gestión de la Unidad Ejecutora 003: Gestión Integral de la Calidad Ambiental 603166R.M. Nº 324-2016-MINAM.- Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 603167R.M. Nº 325-2016-MINAM.- Autorizan viaje de funcionarios del Sector a Bolivia, en comisión de servicios 603174

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO

R.M. Nº 359-2016-MINCETUR.- Designan Directora de la Oficina de Administración Financiera de la Oficina General de Administración del Ministerio 603175

CULTURA

R.S. N° 034-2016-MC.- Autorizan viaje de miembros del equipo técnico y periodístico del IRTP a Bolivia, en comisión de servicios 603175R.S. N° 035-2016-MC.- Autorizan viaje de servidor del Ministerio de Cultura a Bolivia, en comisión de servicios 603176R.M. N° 419-2016-MC.- Designan temporalmente Directora de la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble de la Dirección General de Patrimonio Cultural del Ministerio 603176R.M. N° 420-2016-MC.- Designan temporalmente Director General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio 603177

DEFENSA

R.S. N° 434-2016-DE/FAP.- Autorizan viaje de Personal Militar y Civil FAP a Bolivia, en comisión de servicios 603177R.S. N° 435-2016-DE/.- Autorizan viaje de personal militar y civil de la Fuerza Aérea del Perú a Bolivia, en comisión de servicios 603178R.S. N° 436-2016-DE/.- Autorizan viaje de personal del Ministerio a Bolivia, en comisión de servicios 603180R.M. Nº 1350-2016 DE/SG.- Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de los EE.UU. 603181

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL

R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181

ECONOMIA Y FINANZAS

R.D. N° 027-2016-EF/50.01.- Establecen Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión del tercer trimestre del año fiscal 2016 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales 603181

EDUCACION

R.S. N° 043-2016-MINEDU.- Autorizan viaje de profesional del Ministerio de Educación a Bolivia, en comisión de servicios 603183R.M. N° 535-2016-MINEDU.- Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Educación 603184

Page 2: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603160 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

R.M. N° 536-2016-MINEDU.- Actualizan el Listado de Proyectos priorizados a través de las RR.MM. N°s. 270, 419 y 446-2015-MINEDU, y N°s. 137-151 y 193-2016-MINEDU, para ser financiados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley N° 30264, los mismos que cuentan con declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública 603184

ENERGIA Y MINAS

D.S. N° 030-2016-EM.- Aprueban disposiciones referidas a la determinación de la capacidad instalada de tratamiento de mineral diario 603186R.S. N° 015-2016-EM.- Autorizan viaje de delegación del Ministerio a Bolivia, en comisión de servicios 603187R.M. N° 453-2016-MEM/DM.- Exoneran de su cumplimiento a diversos artículos de los Anexos 1 y 2 del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobados por D.S N° 081-2007-EM, por parte de los Operadores de Ductos 603188

JUSTICIA Y

DERECHOS HUMANOS

R.M. Nº 0316-2016-JUS.- Aprueban la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Instituto Nacional Penitenciario 603189R.M. Nº 0317-2016-JUS.- Designan Presidenta de la Comisión de Gracias Presidenciales 603190

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES

R.S. N° 011-2016-MIMP.- Autorizan viaje de servidora del Ministerio a Bolivia, en comisión de servicios 603190

PRODUCE

R.M. Nº 425-2016-PRODUCE.- Aprueban la Simplificación Administrativa de los Procedimientos Administrativos del TUPA del Ministerio 603191R.M. Nº 426-2016-PRODUCE.- Incorporan a la Ventanilla Única del Sector Producción - VUSP, lista de procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio 603192R.M. N° 427-2016-PRODUCE.- Autorizan viaje de funcionarios y profesional del Ministerio a Bolivia, en comisión de servicios 603193R.M. N° 428-2016-PRODUCE.- Autorizan viaje de Viceministro de Pesca y Acuicultura a Bolivia, en comisión de servicios 603195R.M. N° 430-2016-PRODUCE.- Incorporan procedimiento administrativo Nº 158 “Plan de Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE)” del TUPA del Ministerio, a la Ventanilla Única del Sector Producción (VUSP). 603196R.M. N° 431-2016-PRODUCE.- Crean Grupo Técnico Multisectorial para el Desarrollo Cooperativo 603196R.M. N° 432-2016-PRODUCE.- Crean Grupo de Trabajo Multisectorial, denominado “Mesa Técnica de Instrumentos Financieros para el desarrollo de la MIPYME” 603198RR. Nºs. 108 y 109-2016-SANIPES-DE.- Autorizan viaje de servidores de SANIPES a Bolivia y Uruguay, en comisión de servicios 603199

RELACIONES EXTERIORES

R.S. N° 241-2016-RE.- Autorizan al SERFOR a efectuar el pago de cuota a favor de la Organización Internacional de las Maderas Tropicales - OIMT 603202R.M. Nº 0959/RE-2016.- Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Paraguay, en comisión de servicios 603203

SALUD

R.M. Nº 854-2016/MINSA.- Rectifican el error material incurrido en la R.M. N° 755-2016/MINSA 603203R.M. Nº 855-2016/MINSA.- Autorizan viaje de profesionales a Brasil, en comisión de servicios 603204R.M. N° 859-2016/MINSA.- Aceptan renuncia de Secretario General del Ministerio 603205

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO

R.M. Nº 265-2016-TR.- Designan Director Ejecutivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” del Ministerio 603207

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

R.M. Nº 888-2016 MTC/01.02.- Aprueban régimen especial de sustitución de vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas en la modalidad de taxi, en la provincia de Arequipa 603207Fe de Erratas R.M. Nº 851-2016 MTC/01.02 603208

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

R.S. N° 014-2016-VIVIENDA.- Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a Bolivia, en comisión de servicios 603208

ORGANISMOS EJECUTORES

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD

R.J. Nº 296-2016-J-OPE/INS.- Designan Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud. 603210R.J. Nº 297-2016-J-OPE/INS.- Designan Directora General de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Salud 603211R.J. Nº 298-2016-J-OPE/INS.- Designan Directora General del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición del Instituto Nacional de Salud 603211

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

INSTITUTO NACIONAL DE

ESTADISTICA E INFORMATICA

R.J. Nº 370-2016-INEI.- Aprueban Índices de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y de Lima Metropolitana correspondientes al mes de octubre de 2016, así como su variación Porcentual Mensual y Acumulada 603212R.J. Nº 371-2016-INEI.- Aprueban Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de octubre de 2016, así como su variación porcentual mensual y acumulada 603213

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

Res. N° 179-2016-SUSALUD/S.- Designan Asesora de Secretaría General de SUSALUD 603213

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE

EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA

Res. N° 067-2016-SUNEDU.- Aceptan renuncia de Secretario General de la SUNEDU 603213

Page 3: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603161NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

Res. N° 068-2016-SUNEDU.- Aceptan renuncia de Directora del Programa Sectorial III de la Dirección de Licenciamiento de la SUNEDU 603214Res. N° 069-2016-SUNEDU.- Designan Secretaria General de la SUNEDU 603214

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO

DEL PODER JUDICIAL

Res. Adm. Nº 111-2016-P-CE-PJ.- Autorizan viaje de Juez Supremo Titular a España, en comisión de servicios 603215

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

Res. Adm. Nº 665-2016-P-CSJLI/PJ.- Designan magistrados en diversas salas y juzgados de la Corte Superior de Justicia de Lima 603215Res. Adm. Nº 713-2016-P-CSJLE/PJ.- Designan magistrados Supernumerarios en el Juzgado de Paz Letrado Transitorio de El Agustino y del Octavo Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho y aprueban otras disposiciones en la Corte Superior de Justicia de Lima Este 603216

ORGANISMOS AUTONOMOS

BANCO CENTRAL DE RESERVA

Circular Nº 024-2016-BCRP.- Ponen en circulación monedas de plata alusivas a los 200 años del Nacimiento del Coronel Francisco Bolognesi Cervantes 603217

CONTRALORIA GENERAL

Res. Nº 462-2016-CG.- Autorizan viaje de profesional a Francia, en comisión de servicios 603218

INSTITUCIONES EDUCATIVAS

Res. Nº 311-2016-UNIA-CO.- Aprueban participación de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía en la “III Cumbre Continental Indígena de ABYA YALA, Bolivia, 2016” 603218Res. Nº 0721-CU-2016.- Autorizan viaje al exterior del Rector de la Universidad Nacional de Piura, en comisión de servicios 603219

JURADO NACIONAL

DE ELECCIONES

Res. Nº 1168-2016-JNE.- Confirman Acuerdo que rechazó solicitud de vacancia contra alcalde de la Municipalidad Provincial de Cusco 603220

MINISTERIO PUBLICO

Res. Nº 4457-2016-MP-FN.- Autorizan viaje de Fiscal Superior coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio a Francia, en comisión de servicios 603221RR. Nºs. 4480, 4481, 4482 y 4484-2016-MP-FN.- Nombran, dan por concluidos designaciones y nombramientos, y designan fiscales en diversos Distritos Fiscales 603222

Res. Nº 4483-2016-MP-FN.- Nombran, dan por concluidos designaciones y nombramientos, y designan fiscales en diversos Distritos Fiscales 603223

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES

R.J. Nº 000236-2016-J/ONPE.- Designan representantes titular y suplentes para la remisión de ofertas de empleo de puestos públicos de la ONPE al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo 603225

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION

Y ESTADO CIVIL

R.J. Nº 150-2016/JNAC/RENIEC.- Autorizan viaje de funcionarios a Chile, en comisión de servicios 603226R.J. Nº 151-2016/JNAC/RENIEC.- Incorporan Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque al RENIEC 603227

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS

Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Res. Nº 5725-2016.- Autorizan viaje de funcionario a Bolivia, en comisión de servicios 603228

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD

DE LA VICTORIA

D.A. Nº 014-2016-A/MLV.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 234-2016-MDLV que establece “Beneficios y Regula el Procedimiento de Regularización de Edificaciones sin Licencia en el Distrito de La Victoria” 603229D.A. Nº 015-2016-A/MLV.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 248-2016-MDLV que establece beneficios tributarios y administrativos 603230

MUNICIPALIDAD DE

LURIGANCHO CHOSICA

D.A. Nº 017-2016/MDLCH.- Modifican TUPA de la Municipalidad Distrital de Chosica 603230

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL

Ordenanza Nº 324/MDSM.- Ordenanza que aprueba beneficios para la regularización de deudas tributarias para los contribuyentes del Distrito 603232

PROYECTOS

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN

INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO

Res. N° 046-2016-CD-OSITRAN.- Publicación del Resumen Ejecutivo de la Propuesta del servicio especial “Retiro/Colocación de separadores artificiales en las bodegas de las naves”, propuesta de Resolución de Consejo Directivo, la Exposición de Motivos y los documentos que sustentan la propuesta de fijación tarifaria del servicio 603234

Page 4: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603162 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO

DE MINISTROS

Autorizan viaje de comitiva de avanzada del Despacho Presidencial a Bolivia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMANº 274-2016-PCM

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, el señor Presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski Godard, viajará a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, el 04 de noviembre de 2016, donde se llevará a cabo el Encuentro Presidencial y II Gabinete Nacional de Ministerios del Perú y Bolivia;

Que, con el fi n de realizar las actividades preparatorias, de coordinación, seguridad, y de asuntos protocolares para la participación del señor Presidente de la República en el evento mencionado, es necesario autorizar el viaje de los funcionarios y/o servidores del Despacho Presidencial a cargo de las mismas, así como el monto de los gastos que irrogará el citado viaje;

Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; establece que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se efectuará por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

Que, los gastos por concepto de viáticos, que se deriven de la participación del citado evento, serán asumidos con cargo al Presupuesto Institucional del Despacho Presidencial en el marco de las normas vigentes sobre la materia;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modifi catorias; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial aprobado mediante Decreto Supremo Nº 077-2016-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la comitiva de avanzada del Despacho Presidencial a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia del 02 al 04 de noviembre de 2016, para los fi nes a los que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle:

• Comandante FAP. Vicente Florencio Yupari Silva, Edecán del Presidente de la República

• Mayor PNP. Israel Rojas Román, Funcionario de la Secretaría de Actividades

• Juan Manuel Lozano Gutiérrez, Funcionario de la Ofi cina de Protocolo

• Fabiola Cristina Fernandez Delgado, Coordinadora de la Ofi cina de Prensa

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los funcionarios y/o servidores a que se refi ere la presente Resolución Suprema, serán sufragados con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, de acuerdo al siguiente detalle:

Vicente Florencio Yupari Silva(Viáticos US$ 370 x 3 días) US$ 1,110.00

Israel Rojas Román(Viáticos US$ 370 x 3 días) US$ 1,110.00

Juan Manuel Lozano Gutiérrez(Viáticos US$ 370 x 3 días) US$ 1,110.00

Fabiola Cristina Fernandez Delgado(Viáticos US$ 370 x 3 días) US$ 1,110.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios y/o servidores públicos a que se refi ere el artículo primero deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas debidamente documentada.

Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.

Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARDPresidente de la República

FERNANDO ZAVALA LOMBARDIPresidente del Consejo de Ministros

1448563-2

Autorizan viaje de profesional y de asesor diplomático a Bolivia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMANº 275-2016-PCM

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTOS:

Los Ofi cios RE (DGA-SUD) N° 22-6-BB/152 c/a y RE (SUD-SPA) N° 22-6-BB/165 c/a, del Ministerio de Relaciones Exteriores, en relación al Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional de Ministros/as Perú - Bolivia; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Encuentro Presidencial y Gabinete Binacional Perú - Bolivia constituye la máxima instancia de diálogo político y colaboración bilateral entre ambos países teniendo por objeto armonizar las políticas bilaterales, con énfasis en medio ambiente y recursos hídricos transfronterizos; seguridad y defensa; desarrollo económico, asuntos sociales y culturales, y fortalecimiento institucional; e, infraestructura para la integración y el desarrollo;

Que, mediante el Ofi cio RE (DGA-SUD) N° 22-6-BB/152 c/a, el Ministerio de Relaciones Exteriores comunicó la realización del Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional Perú – Bolivia, a realizarse el 04 de noviembre de 2016 en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia; a fi n de dar seguimiento a los compromisos asumidos durante el Encuentro Presidencial y I Gabinete Binacional que tuvo lugar en Isla Esteves, Puno, el 23 de junio de 2015, así como adoptar nuevos compromisos con el propósito de profundizar la integración e impulsar la agenda común entre ambos países;

Que, mediante el Ofi cio RE (SUD-SPA) N° 22-6-BB/165 c/a, el Ministerio de Relaciones Exteriores comunicó que, en el marco de este evento, se realizarán reuniones preparatorias el día 02 y 03 de noviembre de 2016, en las que participarán representantes técnicos de las entidades públicas involucradas en la negociación de

Page 5: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603163NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

compromisos en las diversas temáticas técnicas con la contraparte boliviana;

Que, la participación del Sector Presidencia del Consejo de Ministros en el Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional Perú - Bolivia permitiría continuar los trabajos ya iniciados en Isla Esteves, y fortalecer una agenda de cooperación horizontal con el Estado Plurinacional de Bolivia, que permitirá el intercambio recíproco de conocimientos y experiencias, en las temáticas que son prioritarias para ambos países;

Que, resulta relevante la participación de un/a funcionario/a de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros a fi n que en cumplimiento del numeral 21.13 del artículo 21 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM, y modifi catorias; coordine la participación del Sector y presente los temas de aquellos órganos de línea, comisiones y organismos públicos adscritos, que no puedan participar de las reuniones técnicas;

Que, asimismo, debido a que el Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional Perú - Bolivia es un evento organizado por los gobiernos de ambos países a través de sus Ministerios de Relaciones Exteriores, y siendo las relaciones bilaterales con los países fronterizos prioridad en la política exterior, resulta también relevante la participación del asesor diplomático de Despacho Ministerial;

Que, en tal sentido, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora Flor de Maria Valdez Arroyo, profesional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, y del Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Eduardo Miguel Pérez del Solar Marcenaro, asesor diplomático del Despacho Ministerial, a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, a fi n que participen en el evento antes mencionado;

Que, los gastos por concepto de viáticos que irrogue el viaje al exterior de los citados funcionarios serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 001-Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 003-Secretaría General;

Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, que no estén señalados en las excepciones contempladas en el mismo artículo, deberán canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modifi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y modifi catorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Flor de Maria Valdez Arroyo, profesional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, y del Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Eduardo Miguel Pérez del Solar Marcenaro, asesor diplomático de Despacho Ministerial, a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, del 01 al 04 de noviembre de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución suprema.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución suprema serán con cargo al Pliego Presupuestal 001: Presidencia del Consejo de

Ministros, Unidad Ejecutora 003-Secretaría General, de acuerdo al siguiente detalle:

FLOR DE MARIA VALDEZ ARROYOViáticos: US$ 1,480.00 (4 días de evento - US$ 370.00 x día)

EDUARDO MIGUEL PÉREZ DEL SOLAR MARCENAROViáticos: US$ 1,480.00 (4 días de evento - US$ 370.00 x día)

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente resolución suprema, deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos.

Artículo 4.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARDPresidente de la República

FERNANDO ZAVALA LOMBARDIPresidente del Consejo de Ministros

1448563-3

Autorizan viaje de Ministro de Agricultura y Riego a los EE.UU. y encargan su Despacho al Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

RESOLUCION SUPREMANº 276-2016-PCM

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTA:

La Carta SC/DG-658, de fecha 14 de octubre de 2016, del Director General del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Carta SC/DG-658, de fecha 14 de octubre de 2016, el Director General del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA cursa invitación al Ministro de Agricultura y Riego para participar como panelista en el Taller sobre “El Presente y Futuro de la Mecanización Agrícola en las Américas”, el cual se realizará en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, el día 04 de noviembre de 2016; indica que los gastos del viaje serán cubiertos por el IICA;

Que, el objetivo del referido evento consiste, entre otros, en identifi car áreas de oportunidad que permitan apoyar a los países del continente a fortalecer sus esfuerzos para mejorar, en particular, la mecanización de los productores de pequeña y mediana escala, como un instrumento para mejorar la productividad, la efi ciencia y la sostenibilidad agrícola en la región;

Que, mediante Ofi cio N° 2056-2016-MINAGRI-SG, de fecha 25 de octubre de 2016, dirigido al Director General del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA, el Secretario General del Ministerio de Agricultura y Riego, confi rma la participación del Ministro de Agricultura y Riego como panelista en el referido Taller;

Que, mediante correo electrónico de fecha 31 de octubre de 2016, la representante del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura – IICA, solicita que se considere en la agenda del Ministro de Agricultura y Riego, adicionalmente a su participación como panelista en el referido Taller, las visitas y reuniones protocolares que sostendrá el día 05 de noviembre de 2016, con los directores y técnicos de IICA;

Page 6: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603164 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

Que, dada la importancia de la temática a tratarse en el referido evento, lo que permitirá, entre otros, compartir y conocer mejores prácticas que podrían ser incorporadas en las acciones que viene realizando el Sector Agricultura y Riego, así como contribuir a la mejora de la gestión de los servicios agrarios relacionados a la tecnifi cación y la productividad agraria; resulta procedente autorizar el viaje del señor José Manuel Hernández Calderón, Ministro de Estado en el Despacho de Agricultura y Riego, a la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, del 03 al 06 de noviembre de 2016;

Que, el segundo párrafo del artículo 1 del Reglamento de la Ley Nº 27619, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dispone que la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por Ley Nº 28807; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modifi catorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor José Manuel Hernández Calderón, Ministro de Estado en el Despacho de Agricultura y Riego, a la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, del 03 al 06 de noviembre de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargar el Despacho del Ministro de Agricultura y Riego, al señor Alfonso Fernando Grados Carraro, Ministro de Estado en el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo, a partir del 03 de noviembre de 2016 y mientras dure la ausencia del titular.

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema no libera, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARDPresidente de la República

FERNANDO ZAVALA LOMBARDIPresidente del Consejo de Ministros

1448563-4

AGRICULTURA Y RIEGO

Autorizan viaje de funcionarios del Sector a Bolivia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 016-2016-MINAGRI

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTOS:

El OF. RE (DGA) N° 22-6-BB/152 de fecha 27 de setiembre de 2016, y los OF. RE (SUD-SPA) N° 22-6-BB/165, de fecha común 13 de octubre de 2016, del Ministro de Relaciones Exteriores y de la Dirección de

América del Sur, respectivamente, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el OF. RE (DGA) N° 22-6-BB/152, de fecha 27 de setiembre de 2016, el Ministro de Relaciones Exteriores comunica al Ministro de Agricultura y Riego, que los Gobiernos del Perú y Bolivia han acordado realizar el próximo Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, el día 04 de noviembre de 2016; indica que dicho evento estará precedido por reuniones preparatorias técnicas y a nivel de Vicecancilleres, a realizarse los días 02 y 03 de noviembre de 2016;

Que, en este contexto, mediante los OF. RE (SUD-SPA) N° 22-6-BB/165, de fecha común 13 de octubre de 2016, dirigido al Ministerio de Agricultura y Riego y a la Autoridad Nacional del Agua, ambos de la Dirección de América del Sur del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, se pone en conocimiento que, en el marco del Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Bolivia, durante los días 02 y 03 de noviembre de 2016, se llevarán a cabo reuniones bilaterales a nivel técnico y de Vicecancilleres, respectivamente;

Que, el objetivo de las citadas Reuniones Técnicas consisten, entre otros, en evaluar el cumplimiento de los compromisos asumidos en el I Gabinete Binacional (Isla Esteves, Puno, República del Perú, 23 de junio de 2015), cuyos ejes temáticos son: Medioambiente y Recursos Hídricos Transfronterizos; Seguridad y Defensa; Desarrollo Económico, Políticas Sociales y Fortalecimiento Institucional e Infraestructura para la Integración y el Desarrollo; así como formular nuevos compromisos con el propósito de impulsar la agenda común entre ambos países; y, preparar la presentación de cada eje temático que será expuesto a los mencionados Presidentes de la República durante el citado Encuentro binacional;

Que, mediante Nota N° 09-2016-MINAGRI-DVPA, de fecha 17 de octubre de 2016, el entonces Viceministro de Políticas Agrarias comunica el viaje del señor Ronald Fernando Montes Matos, para participar en las reuniones preparatorias y día central del Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Bolivia, que se realizará en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, del 02 al 04 de noviembre de 2016;

Que, mediante Ofi cio N° 640-2016-ANA-J/OAJ de fecha 27 de octubre de 2016, el Jefe de la Autoridad Nacional del Agua comunica que se ha designado a los señores Juan José Ocola Salazar y Manuel Elías Collas Chávez de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos y de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, respectivamente, ambos de la Autoridad Nacional del Agua - ANA, para participar en las reuniones preparatorias técnicas, a realizarse los días 02 y 03 de noviembre de 2016;

Que, mediante correo electrónico del 27 de octubre de 2016, el Tercer Secretario SDR de la Dirección de América del Sur de la Dirección General de América del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica sobre el traslado aéreo con el apoyo del Grupo Aéreo N° 8, del 01 al 04 de noviembre de 2016, de la comitiva técnica que participará en las actividades señaladas en el considerando precedente;

Que, mediante correo electrónico de fecha 28 de octubre de 2016, el señor Juan Faustino Escobar Guardia, Viceministro (e) de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego comunica su participación en el Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Bolivia, en representación del Ministerio de Agricultura y Riego, a llevarse a cabo el 04 de noviembre de 2016, que se realizará en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia; adicionalmente dicho funcionario participará en las reuniones técnicas del 02 y 03 de noviembre de 2016;

Que, teniendo en cuenta que los señores Juan José Ocola Salazar y Manuel Elías Collas Chávez, de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos y de la

Page 7: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603165NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, respectivamente, ambos de la Autoridad Nacional del Agua - ANA, evaluarán el cumplimiento de los compromisos adquiridos en relación a la calidad de los recursos hídricos en el río Suches y establecerán el modelo hidrológico del río Maure con miras a elaborar el Plan de Aprovechamiento de Recursos Hídricos Perú - Bolivia; y, que el señor Ronald Fernando Montes Matos, Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura y Riego, se encargará de realizar el informe sobre los avances de los compromisos contraídos en la I Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú y Bolivia, realizado en la Isla Esteves - Puno - Perú el 23 de junio de 2015, además de brindar asistencia y asesoría técnica al señor Juan Faustino Escobar Guardia, Viceministro (e) de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, representante del Ministerio de Agricultura y Riego de la República del Perú en el Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Bolivia, la participación de dichos comisionados adquiere interés nacional, resultando procedente autorizar sus viajes, del 01 al 04 de noviembre de 2016, según el caso;

Que, los gastos por conceptos de viáticos del señor Juan Faustino Escobar Guardia, Viceministro (e) de Políticas Agrarias y del señor Ronald Fernando Montes Matos, Asesor de la Alta Dirección, ambos del Ministerio de Agricultura y Riego, serán asumidos con cargo al Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, los gastos por conceptos de viáticos de los señores Juan José Ocola Salazar y Manuel Elías Collas Chávez, de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos y de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, respectivamente, ambos de la Autoridad Nacional del Agua - ANA, serán asumidos con cargo al Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua - ANA;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modifi catorias; y, la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Juan Faustino Escobar Guardia, Viceministro (e) de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, del 02 al 04 de noviembre de 2016; así como el viaje del señor Ronald Fernando Montes Matos, Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura y Riego, y de los señores Juan José Ocola Salazar y Manuel Elías Collas Chávez, Especialistas de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos y de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, respectivamente, ambos de la Autoridad Nacional del Agua - ANA, a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, del 01 al 04 de noviembre de 2016, según el caso, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, respecto del señor Juan Faustino Escobar Guardia, Viceministro (e) de Políticas Agrarias y del señor Ronald Fernando Montes Matos, Asesor de la Alta Dirección, ambos del Ministerio de Agricultura y Riego, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego; y, respecto de los señores Juan José Ocola Salazar y Manuel Elías Collas Chávez, de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos y de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, respectivamente, ambos de la

Autoridad Nacional del Agua - ANA, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua - ANA, de acuerdo al siguiente detalle:

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGO:

JUAN FAUSTINO ESCOBAR GUARDIA Viáticos US$ 1,110.00 Total US$ 1,110.00

RONALD FERNANDO MONTES MATOSViáticos US$ 1,480.00Total US$ 1,480.00

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA:

JUAN JOSÉ OCOLA SALAZARViáticos US$ 1,110.00Total US$ 1,110.00

MANUEL ELÍAS COLLAS CHÁVEZ Viáticos US$ 1,110.00Total US$ 1,110.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, los mencionados comisionados deberán presentar al Titular de la Entidad correspondiente, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura y Riego.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARDPresidente de la República

FERNANDO ZAVALA LOMBARDIPresidente del Consejo de Ministros

JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓNMinistro de Agricultura y Riego

1448563-9

Designan Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL

RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVANº 243-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 224-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 06 de octubre de 2016, se designó al Mg. Julio Edilberto Palomino Duarte, en el cargo de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, la misma que se ha visto conveniente aceptar, así como designar a su reemplazante;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI;

Page 8: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603166 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

SE RESUELVE:

Artículo 1.- ACEPTAR, a partir de la fecha, la renuncia efectuada por el Mg. Julio Edilberto Palomino Duarte en el cargo de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- DESIGNAR al señor Abogado Edwars John Andia Concha en el cargo de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confi anza.

Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE RODRIGUEZ LAVADirector Ejecutivo (e)Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL

1448279-1

Designan Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL

RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVANº 244-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 225-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 06 de octubre de 2016, se designó al señor Francisco Javier Sotelo Justo, en el cargo de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, la misma que se ha visto conveniente aceptar, así como designar a su reemplazante;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- ACEPTAR, a partir de la fecha, la renuncia efectuada por el señor Francisco Javier Sotelo Justo, en el cargo de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- DESIGNAR al señor Gustavo Adolfo Bernal Soto en el cargo de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confi anza.

Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE RODRIGUEZ LAVADirector Ejecutivo (e)Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL

1448279-2

AMBIENTE

Formalizan designación de Coordinador General del “Programa de Desarrollo de Sistemas de Gestión de Residuos Sólidos en Zonas Prioritarias de Puno, Piura, Ancash, Tumbes, Apurímac, Ica, Huánuco, Puerto Maldonado, San Martín, Junín, Lambayeque, Loreto, Ayacucho, Amazonas, Lima y Pasco”; y, Responsable de la administración y gestión de la Unidad Ejecutora 003: Gestión Integral de la Calidad Ambiental

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 323-2016-MINAM

Lima, 28 de octubre de 2016

Visto, el Memorando N° 544-2016-MINAM/VMGA de fecha 27 de octubre de 2016, del Viceministerio de Gestión Ambiental y demás antecedentes; y,

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 14 de agosto de 2012, la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, suscribieron un Contrato de Préstamo destinado a fi nanciar parcialmente la ejecución del “Programa de Desarrollo de Sistemas de Gestión de Residuos Sólidos en Zonas Prioritarias de Puno, Piura, Ancash, Tumbes, Apurímac, Ica, Huánuco, Puerto Maldonado, San Martín, Junín, Lambayeque, Loreto, Ayacucho, Amazonas, Lima y Pasco”; el mismo que está integrado por las Estipulaciones Especiales, Normas Generales y el Anexo Único;

Que, asimismo, en el numeral 3 del citado Contrato se estableció que el Organismo Ejecutor será el Ministerio del Ambiente (MINAM), el cual actúa a través de una unidad con autonomía administrativa, fi nanciera y económica (UEP) que se encarga de la ejecución del Programa, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Contrato; contando esta instancia administrativa con un Manual de Operaciones del Programa;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 013-2013-MINAM, se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 003 “Gestión Integral de la Calidad Ambiental” en el Pliego 005: Ministerio del Ambiente para la ejecución del “Programa de Desarrollo de Sistemas de Gestión de Residuos Sólidos en Zonas Prioritarias de Puno, Piura, Ancash, Tumbes, Apurímac, Ica, Huánuco, Puerto Maldonado, San Martín, Junín, Lambayeque, Loreto, Ayacucho, Amazonas, Lima y Pasco”;

Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 038-2013-MINAM, se aprobó el Manual de Operaciones de la Unidad Ejecutora 003: “Gestión Integral de la Calidad Ambiental” del “Programa de Desarrollo de Sistemas de Gestión de Residuos Sólidos en Zonas Prioritarias de Puno, Piura, Ancash, Tumbes, Apurímac, Ica, Huánuco, Puerto Maldonado, San Martín, Junín, Lambayeque, Loreto, Ayacucho, Amazonas, Lima y Pasco”;

Que, el numeral 3.1.5.1 del referido Manual de Operaciones, establece que el Coordinador General, dirige y supervisa el adecuado funcionamiento de las labores administrativas, técnicas, de monitoreo y evaluación del Programa, dependiendo funcionalmente del Viceministro de Gestión Ambiental;

Que, de conformidad con lo establecido en el Anexo Único, que forma parte del Contrato de Préstamo antes citado, la contratación, entre otros, del Coordinador General se efectúa con recursos de la contrapartida local, mediante un proceso competitivo y de acuerdo a los términos de referencia y criterios de evaluación previamente acordados con el Banco;

Que, en el marco de lo anterior, mediante Resolución Viceministerial N° 001-2016-MINAM-VMGA, se conformó el Comité Especial encargado de conducir el proceso de selección y evaluación del Coordinador

Page 9: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603167NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

General de la Unidad Ejecutora 003 “Gestión Integral de la Calidad Ambiental” del “Programa de Desarrollo de Sistemas de Gestión de Residuos Sólidos en Zonas Prioritarias de Puno, Piura, Ancash, Tumbes, Apurímac, Ica, Huánuco, Puerto Maldonado, San Martín, Junín, Lambayeque, Loreto, Ayacucho, Amazonas, Lima y Pasco”;

Que, mediante Acta de fecha 17 de octubre de 2016, el referido Comité Especial recomienda adjudicar la consultoría individual de Coordinador General del “Programa de Desarrollo de Sistemas de Gestión de Residuos Sólidos en Zonas Prioritarias de Puno, Piura, Ancash, Tumbes, Apurímac, Ica, Huánuco, Puerto Maldonado, San Martín, Junín, Lambayeque, Loreto, Ayacucho, Amazonas, Lima y Pasco”, al señor Alberto Marquina Pozo;

Que, mediante Carta N° 19-2016-MINAM-VMGA, el Viceministro de Gestión Ambiental comunica al Banco Interamericano de Desarrollo – BID, el resultado del proceso de selección y evaluación de Coordinador General del Programa, adjuntando los cuadros de puntuación de los resultados obtenidos y la recomendación de adjudicación del Comité para su contratación; y, solicita la No Objeción a dicha recomendación;

Que, al respecto, mediante Carta N° 2124-2016, el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, otorga la No Objeción al proceso de selección y contratación del señor Alberto Marquina Pozo como Coordinador General;

Que, con fecha 24 de octubre de 2016, se suscribió el Contrato de Prestación de Servicios de Consultoría entre el Ministerio del Ambiente – Unidad Ejecutora 003 y el señor Alberto Marquina Pozo, como Coordinador General del Programa, para que se encargue de gestionar, dirigir y supervisar las labores administrativas y técnicas, de monitoreo y evaluación del “Programa de Desarrollo de Sistemas de Gestión de Residuos Sólidos en Zonas Prioritarias de Puno, Piura, Ancash, Tumbes, Apurímac, Ica, Huánuco, Puerto Maldonado, San Martín, Junín, Lambayeque, Loreto, Ayacucho, Amazonas, Lima y Pasco”;

Que, mediante Memorando N° 544-2016-MINAM/VMGA, el Viceministro de Gestión Ambiental solicita se formalice la designación del Coordinador General, a través de la respectiva Resolución Ministerial;

Que, habiéndose cumplido el procedimiento para la selección del Coordinador General del Programa, resulta conveniente formalizar la designación del señor Alberto Marquina Pozo como Coordinador General del “Programa de Desarrollo de Sistemas de Gestión de Residuos Sólidos en Zonas Prioritarias de Puno, Piura, Ancash, Tumbes, Apurímac, Ica, Huánuco, Puerto Maldonado, San Martín, Junín, Lambayeque, Loreto, Ayacucho, Amazonas, Lima y Pasco”; y, Responsable de la administración y gestión de la Unidad Ejecutora 003: Gestión Integral de la Calidad Ambiental en el Pliego 005: Ministerio del Ambiente;

Que, en ese contexto, corresponde dar por concluida la designación temporal efectuada mediante Resolución Ministerial N° 299-2016-MINAM;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución Ministerial N° 038-2013-MINAM, que aprueba el Manual de Operaciones de la Unidad Ejecutora 003: “Gestión Integral de la Calidad Ambiental”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluida la designación temporal efectuada mediante Resolución Ministerial N° 299-2016-MINAM, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Formalizar la designación del señor Alberto Marquina Pozo como Coordinador General del “Programa de Desarrollo de Sistemas de Gestión de Residuos Sólidos en Zonas Prioritarias de Puno, Piura, Ancash, Tumbes, Apurímac, Ica, Huánuco, Puerto Maldonado, San Martín, Junín, Lambayeque, Loreto, Ayacucho, Amazonas, Lima y Pasco”; y, Responsable de la administración y gestión de la Unidad Ejecutora 003: Gestión Integral de la Calidad Ambiental en el Pliego 005: Ministerio del Ambiente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELSA GALARZA CONTRERASMinistra del Ambiente

1448553-1

Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 324-2016-MINAM

Lima, 28 de octubre de 2016

Vistos, el Ofi cio N° 490-2016-OEFA/PCD del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental; el Memorando N° 910-2016-MINAM/SG/OPP, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 058-2016-MINAM/SG/OPP-RAC, de la Especialista Responsable en Racionalización de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 343-2016-MINAM/SG/OAJ, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y demás antecedentes; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio

REQUISITO PARA PUBLICACIŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS

Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico [email protected].

LA DIRECCIÓN

Page 10: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603168 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización, supervisión, control y sanción en materia ambiental;

Que, a través de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado Sistema, el cual tiene por fi nalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas; así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fi scalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y efi ciente;

Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, es un documento de gestión institucional creado para brindar a los administrados o ciudadanos en general la información sobre todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante las entidades;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 numeral 1 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el TUPA de las entidades debe comprender, entre otros, todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal;

Que, en este contexto, mediante Decreto Supremo N° 004-2014-MINAM se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, el cual fue modifi cado mediante Resolución Ministerial N° 270-2015-MINAM;

Que, de conformidad con el Principio de Simplicidad previsto en el numeral 1.13 del artículo IV del Título Preliminar y el numeral 10 del artículo 55 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, en el numeral 3 del artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los trámites establecidos por la autoridad administrativa deben procurar ser sencillos, racionales y proporcionales a los fi nes que se persigue cumplir, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, se aprobó el documento “Metodología de Simplifi cación Administrativa y establece disposiciones para su implementación, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad”, el cual señala que en el proceso de simplifi cación administrativa, las entidades efectuarán una revisión integral de los procedimientos administrativos contenidos en su TUPA vigente, identifi cado aquellos procedimientos administrativos que no añaden valor o son innecesarios, los que serán eliminados del TUPA;

Que, con Ofi cio Nº 490-2016-OEFA/PCD, la Presidenta del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental –OEFA, remite la propuesta de modifi cación del TUPA del OEFA, en el marco de la promoción de la simplifi cación administrativa que viene impulsando la entidad, con la fi nalidad de generar mejoras en los procedimientos administrativos orientados a los ciudadanos; adjuntando para tal efecto el Informe N° 196-2016-OEFA-OPP y el Informe N° 541-2016-OEFA/OAJ, a través de los cuales se sustenta la propuesta de simplifi cación de los requisitos del Procedimiento N° 2: Inscripción de una Persona Natural o Juridica en el Registro de Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores del OEFA; así como, la modifi cación de los Formularios T-02; T-03; y T-04;

Que, el Principio de Simplicidad previsto en el numeral 1.13 del artículo IV del Título Preliminar y el numeral 10 del artículo 55 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, en el numeral 3 del artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, considera que los trámites establecidos por la autoridad administrativa deben procurar ser sencillos, racionales y proporcionales a los fi nes que se persigue cumplir, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria;

Que, asimismo la citada Ley del Procedimiento Administrativo General prevé en el artículo 36 numeral 36.3, que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial;

Que, por su parte, el artículo 38 numeral 38.5 de la misma Ley, dispone que toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector;

Que, de conformidad con lo establecido en los Lineamientos para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobados mediante Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, en el artículo 11, numeral 11.2, los TUPA de los Organismos Públicos Descentralizados del Gobierno Nacional, previamente a su aprobación, deben contar con la opinión de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio al cual se encuentren adscritos;

Que, asimismo, el artículo 12 de la norma citada precedentemente, señala que para la revisión y aprobación del proyecto de TUPA o de su modifi catoria, se debe contar, entre otros aspectos, con el Informe Técnico de la Ofi cina de Planeamiento de la entidad, y los formatos de sustentación legal y técnica de los procedimientos administrativos;

Que, de conformidad con el procedimiento establecido, se verifi ca que se ha cumplido con la remisión de la documentación conforme a lo indicado en la Ley N° 27444 y los Lineamientos para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, contando con el Informe Técnico de la Ofi cina de Planeamiento del OEFA; los formatos de sustentación legal y técnica del procedimiento administrativo cuya simplifi cación se propone; y, la opinión favorable de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del MINAM a la propuesta alcanzada por el OEFA, emitida a través del Informe N° 058-2016-MINAM/SG/OPP/RAC y el Memorando N° 910-2016-MINAM/SG/OPP;

Que, asimismo, de la revisión de los actuados se advierte que la modifi cación del Procedimiento N° 2 que se propone, se encuentra en el marco de lo dispuesto en el artículo 36, numeral 36.3 de la Ley N° 27444, en lo que respecta a la simplifi cación de requisitos; y en el artículo 38, numeral 38.5, de la citada Ley, respecto de las modifi caciones de los Formularios T-02; T-03; y T-04 en relación a la actualización de la base legal; correspondiendo su aprobación por Resolución Ministerial;

Con el visado de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM; el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2014-MINAM y modifi cado por Resolución Ministerial N° 270-2015-MINAM, conforme se detalla en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Aprobar los Formularios T-02, T-03, y T-04, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, su Anexo y Formularios en el diario ofi cial El Peruano; en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA (www.oefa.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese

ELSA GALARZA CONTRERASMinistra del Ambiente

Page 11: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603169NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

TEXT

O ÚN

ICO DE

PROC

EDIM

IENTO

S ADM

INIST

RATIV

OS DE

L ORG

ANISM

O DE

EVAL

UACIÓ

N Y FI

SCAL

IZACIÓ

N AMB

IENTA

L - O

EFA

Aprob

ado p

or De

creto

Supre

mo Nº

004-2

014-M

INAM,

mod

ifi cad

o por

Reso

lución

Mini

steria

l Nº

-20

16-M

INAM

Modifi

caco

ión de

l proc

edim

iento

Nº 2

Inscri

pción

de un

a pers

ona n

atural

o jur

ídica

en el

Regis

tro de

Terce

ros

Evalu

adore

s, Su

pervi

sores

y Fis

caliz

adore

s del

OEFA

PROC

EDIM

IENTO

S ADM

INIST

RATIV

OS

N° de

ord

enDe

nomi

nació

n del

proce

dimien

to ad

minis

trativ

o

Requ

isitos

Derec

ho de

trami

tación

*Ca

lifi ca

ción

Plazo

para

resolv

erIni

cio de

l pro

cedim

iento

Autor

idad

comp

etente

pa

ra res

olver

Instan

cias d

e res

olució

n de r

ecurs

os

Núme

ro y d

enom

inació

nFo

rmula

rio / C

ódigo

/ Ubic

ación

(en %

UIT)

(en S/

.)Au

tomáti

coEv

aluac

ión pr

evia

Reco

nside

ración

Apela

ción

Posit

ivoNe

gativ

o

2Ins

cripc

ión de

una p

erson

a natu

ral o

jurídi

ca

en e

l Reg

istro

de T

ercero

s Ev

aluad

ores,

Supe

rviso

res y

Fisca

lizado

res de

l OEF

A

Base

lega

l:

- Artíc

ulo 1

2° d

e la

Ley

N° 2

9325

- Le

y de

l Sis

tema

Nacio

nal

de E

valua

ción

y Fis

caliza

ción A

mbien

tal (0

5.03.2

009).

- Artíc

ulo 11

3° d

e la

Ley

N° 2

7444

- Le

y de

l Proc

edim

iento

Admi

nistra

tivo

Gene

ral

(11.04

.2001

).- L

iteral

c) d

el Ar

tículo

de la

Ley

2906

0 -

Ley

del

Silen

cio A

dmini

strati

vo

(07.07

.2007

).- A

rtículo

s 7°

, 8°,

9°, 1

0°, 1

1º y

42°

del

Regla

mento

del

Régim

en d

e Co

ntrata

ción

de T

ercero

s Ev

aluad

ores,

Supe

rviso

res y

Fis

caliza

dores

del

OEFA

, ap

robad

o po

r Re

soluc

ión d

e Co

nsejo

Dire

ctivo

008-

2013

-OEF

A/CD

(05.03

.2013

), mo

difi ca

do

por

Reso

lución

de

Co

nsejo

Dir

ectiv

o N°

00

1-201

4-OEF

A/CD

(06.01

.2014

), Re

soluc

ión d

e Co

nsejo

Dire

ctivo

035-

2014

-OEF

A/CD

(22.10

.2014

), Re

soluc

ión

de

Cons

ejo

Direc

tivo

022-2

015-

OEFA

/CD

(19.05

.2015

), Re

soluc

ión

de

Cons

ejo

Direc

tivo

004-2

016-O

EFA/

CD

(15.03

.2016

) y

Reso

lución

de

Co

nsejo

Dire

ctivo

024-2

016-O

EFA/C

D (27

.10.20

16).

Perso

na Na

tural:

1.- So

licitud

de in

scrip

ción s

egún

Form

ulario

T-02

.2.-

Curr

ículum

vítae

docu

menta

do se

gún F

ormula

rio

T-03,

adjun

tando

cop

ia sim

ple d

e los

sigu

ientes

do

cume

ntos:

- Títu

lo pro

fesion

al o

grado

aca

démi

co, s

egún

la

categ

oría y

el ni

vel a

l cua

l pos

tula.

- Cop

ia sim

ple de

la Co

legiat

ura y D

eclar

ación

Jurad

a de

enco

ntrars

e hab

ilitado

en el

Cole

gio P

rofes

ional

corre

spon

diente

, de s

er el

caso

.- D

ocum

entos

que a

credit

en la

expe

rienc

ia es

pecífi

ca

segú

n la c

atego

ría y

el niv

el al

que p

ostul

a.- C

onsta

ncia

de ha

ber r

ealiza

do al

men

os un

curso

so

bre se

gurid

ad y

salud

en el

traba

jo.3.-

Dec

larac

ión ju

rada

de n

o ten

er an

teced

entes

pe

nales

, no

estar

impe

dido

de c

ontra

tar c

on e

l Es

tado,

no e

ncon

trarse

insc

rito e

n el

Regis

tro d

e De

udore

s de

Rep

aracio

nes

Civile

s (R

EDER

ECI)

y no

tene

r pare

ntesc

o ha

sta e

l cua

rto g

rado

de

cons

angu

inida

d, se

gund

o gra

do d

e afi

nidad

, por

razón

de m

atrim

onio,

unión

de he

cho o

conv

ivenc

ia,

con l

os fu

ncion

arios

, dire

ctivo

s y se

rvido

res pú

blico

s y/o

pers

onal

de co

nfi an

za d

el OE

FA q

ue g

ozan

de

las fa

culta

des

de s

elecc

ión y

con

tratac

ión d

e los

Te

rceros

Evalu

adore

s, Su

pervi

sores

y Fisc

aliza

dores

, o q

ue te

ngan

injer

encia

direc

ta o i

ndire

cta en

dich

os

proce

sos,

confo

rme a

l Form

ulario

T-04

. No

ta: E

n ca

so la

s pe

rsona

s na

turale

s qu

e es

tán

inscri

tas e

n el

Regis

tro T

ercero

s Ev

aluad

ores,

Supe

rviso

res y

Fisca

lizado

res, r

equie

ran in

scrib

irse

en u

n niv

el inf

erior

sin v

ariar

de c

atego

ría s

olo

debe

rán pr

esen

tar un

a soli

citud

en es

e sen

tido.

Perso

na Ju

rídica

:1.-

Solici

tud de

insc

ripció

n seg

ún Fo

rmula

rio T-

02 (*

).2.-

Dec

larac

ión ju

rada

de n

o es

tar im

pedid

o de

co

ntrata

r con

el Es

tado,

segú

n Form

ulario

T-04

. (*

) E

n este

Form

ulario

T-02

debe

rá pre

senta

r un

equip

o co

nform

ado

por c

uatro

(4) e

valua

dores

o

supe

rviso

res in

scrito

s, los

cua

les d

eben

tene

r las

Ca

tegorí

as E

-I, E-

II, E-

III, E

IV, E

V, S-

I, S

-II, S

III,

SIV o

SV.

Form

ulario

T-02

, Form

ulario

T-03

y F

ormula

rio T-

04. d

ispon

ibles

en

la se

de ce

ntral,

en la

s Ofi c

inas

Desc

once

ntrad

as, e

n el P

ortal

Institu

ciona

l (www

.oefa.

gob.

pe) y

en el

Porta

l de S

ervicio

s al

Ciuda

dano

y Em

presa

s – PS

CE

www.s

ervicio

salciu

dada

no.go

b.pe)

Gratu

itoGr

atuito

XDie

z (10

) días

biles

Trámi

te Do

cume

ntario

de

la se

de ce

ntral

o la O

fi cina

De

scon

centr

ada

corre

spon

diente

.

Jefe

de la

Ofi

cina d

e Ad

minis

tració

n

Jefe

de la

Ofi c

ina de

Ad

minis

tració

n

Plazo

para

interp

oner

el rec

urso:

quinc

e (15

) día

s háb

iles.

Plazo

para

resolv

er el

recurs

o: tre

inta (

30)

días h

ábile

s.

Secre

tario

Gene

ral

Plazo

para

interp

oner

el rec

urso:

quinc

e (15

) días

biles

.

Plazo

para

resolv

er el

recurs

o: tre

inta

(30) d

ías

hábil

es.

Page 12: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603170 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN, MODIFICACIÓN O CANCELACIÓN EN EL REGISTRO DE TERCEROS DEL OEFA

(Reglamento del Régimen de Contratación de Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores del OEFA, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 008-2013-OEFA/CD, modificado por las Resoluciones de Consejo Directivo N° 001

y 035-2014-OEFA/CD, N° 022-2015-OEFA/CD, Resoluciones de Consejo Directivo N° 004 y 024-2016-OEFA/CD )

N° de Registro

Formulario: T-02

I. INFORMACIÓN GENERAL TIPO DE SOLICITUD: (Marcar con aspa “X”) INSCRIPCIÓN MODIFICACIÓN CANCELACIÓN

Tipo de Persona: (Marcar con aspa “X”) Persona Natural Persona Jurídica

Apellidos y Nombres o Razón Social:

Número de RUC:

Documento de Identificación:

N° de Partida o Asiento Registral:

Domicilio: Referencia: Departamento: Provincia: Distrito:Teléfono fijo: Teléfono móvil: Correo Electrónico: Fax:

II. DATOS GENERALES DEL REPRESENTANTE LEGAL (Sólo para Persona Jurídica)Apellidos y Nombres: Documento de Identificación: Número

Domicilio Fiscal: Referencia:Departamento: Provincia: Distrito:Teléfono fijo: Teléfono móvil: Correo Electrónico: Fax:

NOTA: Este campo debe ser llenado solo en caso de ser una persona jurídica.

III. DATOS DE LA PERSONA NATURAL O DE LOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE LA PERSONA JURÍDICA

N° Nombres y Apellidos o Razón Social Categoría (a) Nivel (b) Permanente Eventual Profesión

Documento de Identificación Tipo Número

1 2 3

(a) Indicar si la (las) categoría (s) al (las) que desea postular: Tercero Supervisor (TS), Tercero Evaluador (TE) o Tercero Fiscalizador (TF). (b) Indicar el (los) nivel (es) al (los) que desea postular: E-I, E-ll, E-lll, E-IV, E-V; S-l, S-ll, S-lll, S-IV, S-V; F-l, F-ll, F-lll, F-IV, F-V.

IV. OBSERVACIONES / MODIFICACIÓN

V. NOTIFICACIÓN POR CORREO ELECTRÓNICO Para ser notificado vía correo electrónico con la respuesta de su solicitud, marque con un aspa en el siguiente recuadro: luego señale un máximo de tres direcciones de correo electrónico que tenga activada la opción de respuesta automática de recepción:

123

Nota: La notificación por correo electrónico estará sujeta a lo dispuesto en el “Reglamento de Notificación de Actos Administrativos por Correo Electrónico del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA", aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 015-2013-OEFA/CD, el cual se encuentra a su disposición en el Portal Institucional del OEFA. Se recomienda descargar el referido Reglamento para en caso de optar por la notificación automática conozca sus obligaciones, el horario de notificación electrónica, los efectos que generan la falta de respuesta automática de recepción, entre otros aspectos.

Cumplo con adjuntar copia simple de la documentación que sustenta el requerimiento de mi solicitud de acuerdo a la categoría y nivel.

Asimismo, declaro bajo juramento que la información consignada expresa la verdad.

Nombres y Apellidos:

DN N°:

Page 13: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603171NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

FORMATO DE CURRÍCULUM VITAE (Reglamento del Régimen de Contratación de Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores del OEFA, aprobado

por Resolución de Consejo Directivo Nº 008-2013-OEFA/CD, modificado por las Resoluciones de Consejo Directivo N° 001 y 035-2014-OEFA/CD y N° 022-2015-OEFA/CD, Resoluciones de Consejo Directivo N° 004 y 024-2016-

OEFA/CD)

N° de Registro

Formulario: T-03

I. DATOS PERSONALES

APELLIDOS Y NOMBRES:

EDAD: FECHA DE NACIMIENTO (DD/MM/AA): NACIONALIDAD:

DOMICILIO: REFERENCIA:

DISTRITO: PROVINCIA: DEPARTAMENTO:

ESTADO CIVIL: TELÉF. FIJO: TELÉFONO MÓVIL:

DOCUMENTO DE IDENTIDAD: CORREO ELECTRÓNICO:

RUC:

COLEGIO PROFESIONAL:

N° REGISTRO: FECHA DE INCORPORACIÓN:

II. FORMACIÓN ACADÉMICA

TÍTULO O ESTUDIOS CONCLUIDOS1 ESPECIALIDAD UNIVERSIDAD /

INSTITUTO CIUDAD /

PAÍS PERÍODO

(MM/AA – MM/AA) EXTENSIÓN DEL TÍTULO2

(MM/AA)

DOCTORADO

MAESTRÍA

TÍTULO

BACHILLERATO

EGRESADO

III. ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS

TIPO DE PROGRAMA ESPECIALIDAD INSTITUCIÓN CIUDAD / PAÍS

PERÍODO (DD/MM/AA – DD/MM/AA)

TOTAL DE HORAS

DIPLOMADO

SEMINARIO

CURSO / CONFERENCIA

IDIOMAS

INFORMÁTICA

Nota: Se podrán añadir otros, si fuera necesario.

1 Dejar en blanco aquellos que no apliquen. 2 Si no tiene título, especificar si está en trámite, es egresado o aún está cursando estudios.

Fotografía

Page 14: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603172 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

FORMATO DE CURRÍCULUM VITAE (Reglamento del Régimen de Contratación de Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores del OEFA, aprobado

por Resolución de Consejo Directivo Nº 008-2013-OEFA/CD, modificado por las Resoluciones de Consejo Directivo N° 001 y 035-2014-OEFA/CD y N° 022-2015-OEFA/CD, Resoluciones de Consejo Directivo N° 004 y 024-2016-

OEFA/CD)

N° de Registro

Formulario: T-03

IV. EXPERIENCIA ESPECÍFICA

Detallar en cada uno de los siguientes cuadros, solo la experiencia específica que esté involucrada con las competencias del OEFA (la experiencia no relacionada no será tomada en cuenta), en orden cronológico desde la más reciente hasta la más antigua.

Nota: Se podrán añadir otros cuadros, si fuera necesario.

3 Expresar en total de años y meses de experiencia.

Nº NOMBRE DE LA

EMPRESA O ENTIDAD

CARGO FECHA DE INICIO (MM /AA)

FECHA DE CULMINACIÓN

(MM /AA)TIEMPO EN EL

CARGO3N° DE FOLIO

1

Breve descripción de la función desempeñada:

2

Breve descripción de la función desempeñada:

(Indicar Nombres y Apellidos) FIRMA:

Page 15: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603173NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

DECLARACIÓN JURADA (Reglamento del Régimen de Contratación de Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores del

OEFA, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 008-2013-OEFA/CD, modificado por las Resoluciones de Consejo Directivo N° 001 y 035-2014-OEFA/CD y N° 022-2015-OEFA/CD, Resoluciones de

Consejo Directivo N° 004 y 024-2016-OEFA/CD

N° de Registro

Formulario: T-04

I. LLENAR SUS DATOS PERSONALES (Personas Naturales y Representantes Legales de Personas Jurídicas)

NOMBRES Y APELLIDOS:

DOCUMENTO DE IDENTIDAD: D.N.I. / L.M. / C.E. / OTRO NÚMERO:

DOMICILIO: DISTRITO:

PROVINCIA: DEPARTAMENTO:

II. LLENAR SOLO EN CASO DE PERSONAS JURÍDICAS

RAZÓN SOCIAL:

NÚMERO DE RUC:

DOMICILIO LEGAL: DISTRITO:

PROVINCIA: DEPARTAMENTO:

III. EN CALIDAD DE

Persona Natural Representante Legal de la empresa señalada en el punto II

IV. DECLARO BAJO JURAMENTO QUE

No tengo antecedentes penales.

No estoy impedido(a) de contratar con el Estado.

No estoy inscrito en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles (REDERECI)

Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento.

No tengo parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo grado de afinidad, por razón de matrimonio, unión de hechoo convivencia, con los funcionarios, directivos y servidores públicos y/o personal de confianza del OEFA que gozan de las facultadesde selección y contratación de los terceros evaluadores, supervisores y fiscalizadores o que tengan injerencia directa o indirecta en dichos procesos.

La empresa que represento no se encuentra impedida de contratar con el Estado, según lo establecido en el Artículo 11° de la LeyN° 30225 – Ley de Contrataciones del Estado (Válido solo en caso de Personas Jurídicas) 1.

1 Ley N° 30225 - Ley de Contrataciones del Estado “Artículo 11.- Impedimentos para ser postor y/o contratista Cualquiera sea el régimen legal de contratación aplicable, están impedidos de ser participantes, postores y/o contratistas: a) En todo proceso de contratación pública, hasta doce (12) meses después de haber dejado el cargo, el Presidente y los Vicepresidentes de la República, los Congresistas de la República, los Ministros y Viceministros de

Estado, los Vocales de la Corte Suprema de Justicia de la República, los titulares y los miembros del órgano colegiado de los Organismos Constitucionales Autónomos; b) En el ámbito regional, hasta doce (12) meses después de haber dejado el cargo, los Presidentes, Vicepresidentes y los Consejeros de los Gobiernos Regionales; c) En el ámbito de su jurisdicción, hasta doce (12) meses después de haber dejado el cargo, los Vocales de las Cortes Superiores de Justicia, los Alcaldes y Regidores; d) En la Entidad a la que pertenecen, los titulares de instituciones o de organismos públicos del Poder Ejecutivo, los directores, gerentes y trabajadores de las empresas del Estado, los funcionarios públicos, empleados de

confianza y servidores públicos, según la ley especial de la materia; e) En el correspondiente proceso de contratación, las personas naturales o jurídicas que tengan intervención directa en la determinación de las características técnicas y valor referencial, elaboración de Bases, selección y

evaluación de ofertas de un proceso de selección y en la autorización de pagos de los contratos derivados de dicho proceso, salvo en el caso de los contratos de supervisión; f) En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes, el cónyuge, conviviente o los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad; g) En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes, las personas jurídicas en las que aquellas tengan o hayan tenido una participación superior al cinco por ciento (5%) del capital

o patrimonio social, dentro de los doce (12) meses anteriores a la convocatoria; h) En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes, las personas jurídicas sin fines de lucro en las que aquellas participen o hayan participado como asociados o miembros de sus

consejos directivos, dentro de los doce (12) meses anteriores a la convocatoria; i) En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes, las personas jurídicas cuyos integrantes de los órganos de administración, apoderados o representantes legales sean las

personas señaladas en los literales precedentes. Idéntica prohibición se extiende a las personas naturales que tengan como apoderados o representantes a las personas señaladas en los literales precedentes; j) Las personas naturales o jurídicas que se encuentren sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente en el ejercicio de sus derechos para participar en procesos de selección y para contratar

con Entidades, de acuerdo a lo dispuesto por la presente norma y su Reglamento; k) Las personas jurídicas cuyos socios, accionistas, participacionistas, titulares, integrantes de los órganos de administración, apoderados o representantes legales formen o hayan formado parte, en los últimos doce (12)

meses de impuesta la sanción, de personas jurídicas que se encuentren sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente para participar en procesos de selección y para contratar con el Estado; o que habiendo actuado como personas naturales hayan sido sancionadas por la misma infracción; conforme a los criterios señalados en la presente Ley y su reglamento. Para el caso de socios, accionistas, participacionistas o titulares, este impedimento se aplicará siempre y cuando la participación sea superior al cinco por ciento (5%) del capital o patrimonio social y por el tiempo que la sanción se encuentre vigente;

l) Otros establecidos por ley o por el reglamento de la presente norma.

Las propuestas que contravengan lo dispuesto en el presente artículo se tienen por no presentadas y conllevan las consecuencias y responsabilidad establecidas en la Ley.

(Indicar nombres y apellidos) (Indicar nombres de la personería Jurídica en caso aplique)

FIRMA

1448553-2

Page 16: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603174 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

Autorizan viaje de funcionarios del Sector a Bolivia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 325-2016 -MINAM

Lima, 31 de octubre de 2016

Visto, el OF. RE (DGA) N° 22-6-BB/152 de fecha 27 de setiembre de 2016, emitido por el Ministro de Relaciones Exteriores; y, el Ofi cio N° 298-2016-SERNANP-SG, del Secretario General (e) del Servicio Nacional de Áreas Protegidas por el Estado – SERNANP;

CONSIDERANDO:

Que, a través del OF.RE (DGA) N° 22-6-BB/152 de fecha 27 de setiembre de 2016, el Ministro de Relaciones Exteriores informa que los Gobiernos del Perú y Bolivia han acordado realizar el próximo Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros, el 04 de noviembre de 2016, en la ciudad de Sucre, departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia, el cual estará precedido de reuniones preparatorias técnicas y a nivel de Vicecancilleres, los días 02 y 03 de noviembre de 2016, respectivamente;

Que, el Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros de Perú y Bolivia es la máxima instancia de diálogo político; constituyendo una oportunidad para fortalecer los niveles de integración y cooperación existente entre ambos países;

Que, las reuniones preparatorias técnicas tienen por objeto evaluar el cumplimiento de los acuerdos de la Declaración de Isla Esteves suscrita el 25 de junio de 2015, con ocasión del Encuentro Presidencial y I Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Bolivia; así como, abordar temas vinculados a la adopción de acuerdos en los temas de interés entre los dos países, en el marco del Eje “Medio Ambiente y Recursos Hídricos Transfronterizos”, que permita impulsar una agenda común;

Que, en este sentido, resulta de interés institucional la participación del señor Marcos Gabriel Alegre Chang, Viceministro de Gestión Ambiental; del señor Eduardo Dios Alemán, Especialista en Gestión de Calidad del Agua de la Dirección General de Calidad Ambiental; y, de la señora Adela Laura Solís La Hoz, Especialista en Cooperación Internacional Bilateral de la Ofi cina de Cooperación y Negociaciones Internacionales; en las citadas reuniones preparatorias técnicas, a fi n de brindar el soporte técnico necesario en el proceso de discusiones y adopción de acuerdos, en el marco del Eje “Medio Ambiente y Recursos Hídricos Transfronterizos”; con la posibilidad de realizar propuestas que podrían derivar en nuevos compromisos para ambos países;

Que, a través de comunicación electrónica de fecha 24 de octubre de 2016, la Dirección de América del Sur del Ministerio de Relaciones Exteriores, informa que se ha previsto solicitar al Ministerio de Defensa el transporte aéreo para el traslado de los representantes de cada sector que asistirán al mencionado evento, por lo que el viaje no irrogará gasto al Estado por concepto de pasajes;

Que, los gastos por concepto de viáticos serán asumidos por el Ministerio del Ambiente con cargo a su presupuesto;

Que, asimismo, resulta necesaria la participación del señor Nonally Pedro Gamboa Moquillaza, Jefe del Servicio Nacional de Áreas Protegidas por el Estado – SERNANP en las reuniones preparatorias técnicas al Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional de Ministros Perú y Bolivia; a fi n de examinar el estado de implementación de los compromisos asumidos en la Mesa de Trabajo 3 “Recursos Forestales y Áreas Naturales Protegidas” del Eje I del Plan de Acción de la Declaración de Isla Esteves; así como, evaluar nuevas propuestas de compromisos; siendo los gastos por concepto de pasajes y viáticos asumidos por el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP con cargo a su presupuesto, según lo señalado en los antecedentes adjuntos al Ofi cio N° 298-2016-SERNANP-SG;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de las normas reglamentarias sobre autorización de viajes

al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modifi catorias, la resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días y viáticos;

Que, asimismo, conforme a lo establecido en el literal a), numeral 10.1, del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, se encuentran exceptuados de la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establecida en la citada Ley;

Que, la autorización de viaje conforme al marco legal enunciado en el párrafo precedente, se efectúa mediante resolución del titular de la entidad;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modifi catorias; el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM; y, la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje al exterior en comisión de servicios del señor Marcos Gabriel Alegre Chang, Viceministro de Gestión Ambiental; del señor Eduardo Dios Alemán, Especialista en Gestión de Calidad del Agua de la Dirección General de Calidad Ambiental; y, de la señora Adela Laura Solís La Hoz, Especialista en Cooperación Internacional Bilateral de la Ofi cina de Cooperación y Negociaciones Internacionales, a la ciudad de Sucre, departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia, del 1 al 4 de noviembre de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, serán cubiertos por el Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle:

Marcos Gabriel Alegre ChangViáticos (por 03 días) US$ 1 110.00

Eduardo Dios AlemánViáticos (por 03 días) US$ 1 110.00

Adela Laura Solís La Hoz Viáticos (por 03 días) US$ 1 110.00

Artículo 3.- Autorizar, por excepción, el viaje al exterior en comisión de servicios del señor Nonally Pedro Gamboa Moquillaza, Jefe del Servicio Nacional de Áreas Protegidas por el Estado – SERNANP, a la ciudad de Sucre, departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia, del 1 al 5 de noviembre de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial, serán cubiertos por el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, de acuerdo al siguiente detalle:

• Pasajes aéreos US$ 685.07• Viáticos (por 03 días más 01 día deinstalación) US$ 1 480.00

Artículo 5.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas cuyo viaje se autoriza en los artículos 1 y 3, deberán presentar ante la Ministra del Ambiente un informe detallado describiendo

Page 17: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603175NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELSA GALARZA CONTRERASMinistra del Ambiente

1448555-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO

Designan Directora de la Oficina de Administración Financiera de la Oficina General de Administración del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 359-2016-MINCETUR

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Secretarial N° 055-2016-MINCETUR se da por concluida, la encargatura efectuada al señor Miguel Angel Ortiz Ortiz, Sub Director de Tesorería de la Ofi cina de Administración Financiera de la Ofi cina General de Administración, mediante Resolución Secretarial N° 004-2016-MINCETUR.

Que, en tal sentido, es necesario designar a la persona que asumirá el cargo de de Directora de la Ofi cina de Administración Financiera de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modifi catorias.

SE RESUELVE:

Articulo Único.- Designar, a partir de la fecha, a la señora María Trinidad Távara Flores, en el cargo de Directora de la Ofi cina de Administración Financiera de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Nivel F-3, cargo considerado de confi anza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO FERREYROS KÜPPERSMinistro de Comercio Exterior y Turismo

1448375-1

CULTURA

Autorizan viaje de miembros del equipo técnico y periodístico del IRTP a Bolivia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMANº 034-2016-MC

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, el 4 de noviembre del 2016 se llevará a cabo el Encuentro Presidencial entre los Jefes de Estado de las

Repúblicas de Perú y de Bolivia, así como la II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Bolivia, en la ciudad de Sucre, Departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia, el 4 de noviembre de 2016;

Que, en el citado evento binacional participarán los Jefes de Estado de ambos países, constituyendo la máxima instancia de diálogo político con el Estado Plurinacional de Bolivia, así como una oportunidad para fortalecer los niveles de integración y cooperación existentes entre ambos países, así como avanzar en la identifi cación y realización de proyectos en benefi cio mutuo;

Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura mediante Decreto Supremo N° 061-2016-PCM, que tiene como objetivo llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento;

Que, resulta necesario autorizar el viaje de los señores Bernabe Valenzuela Tapia, Raúl Cachay Carpio, Eduardo Israel Guerra Pedraza, Héctor Alexander Vigo Terán, Wilder Cuipal Perea y Miguel Huacho Aranda, miembros del equipo técnico y periodístico del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, a efectos de que cubran las incidencias informativas referidas a la participación del señor Presidente de la República y de la delegación nacional en el evento citado;

Que, el viaje del personal antes señalado cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje de los trabajadores antes mencionados;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos públicos, por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e), f) y g) del mismo numeral, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modifi catoria; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Bernabe Valenzuela Tapia, Raúl Cachay Carpio, Eduardo Israel Guerra Pedraza, Héctor Alexander Vigo Terán, Wilder Cuipal Perea y Miguel Huacho Aranda, miembros del equipo técnico y periodístico del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, a la ciudad de Sucre, Departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia, del 2 al 4 de noviembre de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los citados trabajadores en cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, conforme al siguiente detalle:

Viáticos (3 días x US$ 370.00) x 6 personas : US$ 6 660.00 ------------------ TOTAL : US$ 6 660.00

Artículo 3.- Disponer que los citados trabajadores, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su

Page 18: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603176 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

retorno, presenten ante el titular del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudirán, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Cultura.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARDPresidente de la República

FERNANDO ZAVALA LOMBARDIPresidente del Consejo de Ministros

JORGE NIETO MONTESINOSMinistro de Cultura

1448563-10

Autorizan viaje de servidor del Ministerio de Cultura a Bolivia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMANº 035-2016-MC

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, el 4 de noviembre de 2016 se llevará a cabo el Encuentro Presidencial entre los Jefes de Estado de las Repúblicas de Perú y de Bolivia, así como la II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Bolivia, en la ciudad de Sucre, Departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia;

Que, en el citado evento binacional participarán los Jefes de Estado de ambos países, constituyendo la máxima instancia de diálogo político con el Estado Plurinacional de Bolivia, así como una oportunidad para fortalecer los niveles de integración y cooperación existentes entre ambos países, así como avanzar en la identifi cación y realización de proyectos en benefi cio mutuo;

Que, al respecto, se han programado reuniones bilaterales a nivel técnico los días 2 y 3 de noviembre de 2016, en las que se evaluará el cumplimiento de los compromisos asumidos en el I Gabinete Binacional y se abordarán temas de interés común con el propósito de impulsar una agenda entre ambos países; asimismo, se negociará el proyecto de Declaración Presidencial 2016, el plan de acción y se aprobará el texto de las exposiciones que realizarán los Ministros el día 4 de noviembre de 2016;

Que, en tal sentido, se estima conveniente que integre la delegación nacional el señor Luis Elías Lumbreras Flores, Coordinador del Área de Gestión y Descentralización de la Comisión Nacional Qhapaq Ñan – Sede Nacional del Ministerio de Cultura, toda vez que se requerirá el soporte y análisis técnico sobre temas relacionados al patrimonio cultural de la nación, así como de propuestas que podrían derivar en compromisos de ambas partes;

Que, por las consideraciones expuestas, resulta de interés nacional autorizar el viaje del señor Luis Elías Lumbreras Flores a la ciudad de Sucre, Departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia, del 1 al 4 de noviembre de 2016;

Que, los gastos que ocasione el referido viaje serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 003: Ministerio de Cultura;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos públicos, por supuestos

distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e), f) y g) del mismo numeral, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modifi catoria; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Luis Elías Lumbreras Flores, Coordinador del Área de Gestión y Descentralización de la Comisión Nacional Qhapaq Ñan – Sede Nacional del Ministerio de Cultura, a la ciudad de Sucre, Departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia, del 1 al 4 de noviembre de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje del citado comisionado en cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 003: Ministerio de Cultura, conforme al siguiente detalle:

Viáticos (US$ 370 x 3 días + 1 día de instalación): US$ 1,480.00 ------------------TOTAL US$ 1,480.00

Artículo 3.- Disponer que el citado servidor, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presente ante el Ministerio de Cultura un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión de servicios a la que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Cultura.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARDPresidente de la República

FERNANDO ZAVALA LOMBARDIPresidente del Consejo de Ministros

JORGE NIETO MONTESINOSMinistro de Cultura

1448563-11

Designan temporalmente Directora de la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble de la Dirección General de Patrimonio Cultural del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 419-2016-MC

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTO, el Memorando N° 002617-2016/OGRH/SG/MC de la Ofi cina General de Recursos Humanos; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería

Page 19: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603177NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado;

Que, por Resolución Ministerial N° 334-2014-MC se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Cultura, y mediante Resolución Ministerial N° 354-2016-MC se aprobó el reordenamiento de cargos del citado instrumento de gestión, contemplándose el cargo de Director de la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble, como cargo estructural de Director de Programa Sectorial III;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 440-2015-MC de fecha 2 de diciembre de 2015, se designó a la señora María Eugenia Córdova Vera, en el cargo de confi anza de Directora de la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble del Ministerio de Cultura;

Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar su renuncia y designar temporalmente a quien asumirá el mencionado cargo;

Con el visado de la Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la Secretaria General, el Director General de la Ofi cina General de Recursos Humanos y la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y el Decreto Supremo N° 005-2013-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora María Eugenia Córdova Vera al cargo de confi anza de Directora de la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble del Ministerio de Cultura, en el que fuera designada mediante Resolución Ministerial N° 440-2015-MC, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Designar temporalmente a la señora Gabriela Del Rosario Silva Capelli, profesional sujeta al régimen del Decreto Legislativo N° 1057, para que en forma adicional a sus labores, ejerza las funciones del cargo de Directora de la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble de la Dirección General de Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura, en tanto se designe al titular.

Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a los interesados y a la Ofi cina General de Recursos Humanos, para los fi nes correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE NIETO MONTESINOSMinistro de Cultura

1448558-1

Designan temporalmente Director General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 420-2016-MC

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTOS, el Memorando Nº 000431-2016/VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, y el Memorando Nº 002623-2016/OGRH/SG/MC de la Ofi cina General de Recursos Humanos; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 177-2013-MC de fecha 20 de junio de 2013, se aprobó el cuadro de equivalencias de los órganos de la estructura

orgánica del Ministerio de Cultura aprobada por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, con los órganos de su anterior estructura orgánica aprobada por Decreto Supremo Nº 001-2011-MC, contemplándose a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble como órgano equivalente a la ex Dirección de Arqueología;

Que, por Resolución Ministerial Nº 334-2014-MC se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Cultura, y mediante Resolución Ministerial Nº 354-2016-MC se aprobó el reordenamiento de cargos del citado instrumento de gestión, contemplándose el cargo de Director General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, como cargo estructural de Director de Programa Sectorial IV, encontrándose califi cado como de confi anza;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 152-2014-MC de fecha 9 de mayo de 2014, se designó al señor Luis Felipe Mejía Huamán, en el cargo de confi anza de Director de Arqueología, actualmente Director General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio de Cultura;

Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la citada designación, y a fi n de continuar con el normal desarrollo de las actividades de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, corresponde designar temporalmente a quien asumirá las funciones del mencionado cargo;

Con el visado de la Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la Secretaria General, el Director General de la Ofi cina General de Recursos Humanos y la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Luis Felipe Mejía Huamán en el cargo de Director General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio de Cultura, efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 152-2014-MC, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Designar temporalmente al señor Luis Enrique Cáceres Rey, profesional sujeto al régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, para que en forma adicional a sus labores, ejerza las funciones del cargo de Director General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio de Cultura, en tanto se designe al titular.

Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a los interesados y a la Ofi cina General de Recursos Humanos, para los fi nes correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE NIETO MONTESINOSMinistro de Cultura

1448562-1

DEFENSA

Autorizan viaje de Personal Militar y Civil FAP a Bolivia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMANº 434-2016-DE/FAP

Lima, 31 de octubre de 2016

Visto, el Ofi cio Nº 689-2016/DP-CM/EDEC de fecha 26 de octubre de 2016 del Jefe de la Casa Militar del Presidente de la Republica y el Ofi cio NC-55-COA3-Nº 3534 de fecha 28 octubre 2016 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú.

Page 20: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603178 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

CONSIDERANDO:

Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356, para el traslado del Señor Presidente de la República y su Comitiva a la ciudad de Sucre – Estado Plurinacional de Bolivia el 04 de noviembre de 2016;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2016, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modifi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE de fecha 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y,

Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356, para el traslado del Señor Presidente de la República y su Comitiva a la ciudad de Sucre – Estado Plurinacional de Bolivia el 04 de noviembre de 2016.

AERONAVE BOEING 737-500 FAP 356Tripulación PrincipalCoronel FAP OSCAR GUILLERMO DELGADO GONZALES PilotoNSA: O-9573089 DNI: 07871146Coronel FAP ERVING EDGARDO ECKHARDT ROVALINO InspectorNSA: O-9527785 DNI: 07877375 COMOPCoronel FAP CARLOS EDUARDO CERNA BARRA PilotoNSA: O-9581090 DNI: 06663550Comandante FAP VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO PilotoNSA: O-9589691 DNI: 43623935Comandante FAP CARLOS MANUEL ZAMORA CAVERO PilotoNSA: O-9601791 DNI: 09393112Técnico Inspector FAP MARIO CRUZ PACHECO MecánicoNSA: S-60397183 DNI: 09712366 AbordoTécnico de 2da. FAP ROGER LOVATON GUDIEL Mecánico NSA: S-60807595 DNI: 43362662 AbordoSubofi cial de 1ra. FAP MIGUEL ANGEL ORTIZ ESPINOZA MecánicoNSA: S-60932704 DNI: 41576191 AbordoEmpleada Civil FAP CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA HostessNSA: C-71347907 DNI: 45555238Empleada Civil FAP LIRIA SOFIA DELGADO WONG HostessNSA: C-78121912 DNI: 70619365Empleada Civil FAP MELISSA XIMENA CABANILLAS SOSA HostessNSA: C-71424110 DNI: 45648824

Tripulación AlternaMayor General FAP RODER MARINSON BRAVO VALERA PilotoNSA: O-9498984 DNI: 43296272Coronel FAP DAVID FERNANDO VELASQUEZ PORTELLA PilotoNSA: O-9579890 DNI: 43412386Técnico de 2da. FAP ELVIS TEDDY GARCIA REATEGUI Mecánico NSA: S-60736293 DNI: 05349005 AbordoEmpleado Civil FAP CESAR ADOLFO BANCES DAVILA PurserNSA: C-71512713 DNI: 40091107

Artículo 2º.- La participación de la tripulación alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación de la tripulación principal.

Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2016, de acuerdo al concepto siguiente:

Viáticos:US$ 370.00 x 01 días x 11 personas = US$ 4,070.00 Total a Pagar = US$ 4,070.00

Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modifi catoria.

Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARDPresidente de la República

FERNANDO ZAVALA LOMBARDIPresidente del Consejo de Ministros

MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZMinistro de Defensa

1448563-5

Autorizan viaje de personal militar y civil de la Fuerza Aérea del Perú a Bolivia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMANº 435-2016-DE/

Lima, 31 de octubre de 2016

Visto, el Ofi cio Nº 689-2016/DP-CM/EDEC de fecha 26 de octubre de 2016 y el Ofi cio Nº 692-2016/DP-CM/EDEC de fecha 26 de octubre de 2016 del Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República y el Ofi cio NC-55-COA3-Nº 3433 de fecha 28 de octubre de 2016 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú.

CONSIDERANDO:

Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Boeing 737-200 FAP 352, para el traslado de personal de avanzada y comitiva del Señor Presidente de la República a la ciudad de Sucre – Estado Plurinacional de Bolivia, los días 01, 02 y 04 de noviembre de 2016;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2016, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de

Page 21: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603179NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

fecha 05 de junio de 2002 y su modifi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE de fecha 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y,

Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Boeing 737-200 FAP 352, para el traslado de personal de avanzada y comitiva del Señor Presidente de la República a la ciudad de Sucre – Estado Plurinacional de Bolivia, los días 01, 02 y 04 de noviembre de 2016:

Vuelo del 01 de noviembre de 2016AERONAVE BOEING 737-200 FAP 352Tripulación PrincipalCoronel FAP CARLOS RAUL RODRIGUEZ VALDIVIA Inspector NSA: O-3414980 DNI: 43338478 COMOPCoronel FAP GUILLERMO MARTIN MENENDEZ LOPEZ PilotoNSA: O-9537486 DNI: 43595837Coronel FAP JUAN CARLOS JULIAN PEDEMONTE GARCIA PilotoNSA: O-9539886 DNI: 02840132Coronel FAP ERNESTO BARDALES ARIAS PilotoNSA: O-9514085 DNI: 43334729Comandante FAP LUIS ALBERTO HUISA CORNEJO PilotoNSA: O-9582190 DNI: 43345549Técnico Inspector FAP JULIO ANTONIO QUICAÑA CONTRERAS MecánicoNSA: S-6055168787 DNI: 06282743 AbordoTécnico Inspector FAP WILSON MARTIN OLEA ALFARO ANSELMO MecánicoNSA: S-60547387 DNI: 43329903 AbordoTécnico de 1ra. FAP EDGAR ALEJANDRO MARALLANO RAMOS MecánicoNSA: S-60642391 DNI: 20992601 AbordoEmpleado Civil FAP CESAR ADOLFO BANCES DAVILA PurserNSA: C-71512713 DNI: 40091107Empleada Civil FAP YELITZA MARIELA REYES LAUREANO HostessNSA: C-78066810 DNI: 45560863Empleada Civil FAP MELISSA XIMENA CABANILLAS SOSA HostessNSA: C-71424110 DNI: 45648824

Tripulación AlternaTécnico Inspector FAP JOSE ANTONIO BARDALES MATTA MecánicoNSA: S-60531187 DNI: 06723835 AbordoEmpleada Civil FAP CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA HostessNSA: C-71347907 DNI: 45555238

Vuelo del 02 de noviembre de 2016AERONAVE BOEING 737-200 FAP 352Tripulación PrincipalCoronel FAP JOSE ANTONIO REDHEAD LAZZARINI Inspector NSA: O-9517385 DNI: 44004501 COMOPCoronel FAP GUILLERMO MARTIN MENENDEZ LOPEZ PilotoNSA: O-9537486 DNI: 43595837Coronel FAP JUAN CARLOS JULIAN PEDEMONTE GARCIA PilotoNSA: O-9539886 DNI: 02840132Coronel FAP ERNESTO BARDALES ARIAS PilotoNSA: O-9514085 DNI: 43334729Comandante FAP LUIS ALBERTO HUISA CORNEJO PilotoNSA: O-9582190 DNI: 43345549Técnico Inspector FAP JULIO ANTONIO QUICAÑA CONTRERAS MecánicoNSA: S-6055168787 DNI: 06282743 AbordoTécnico de 1ra. FAP EDGAR ALEJANDRO MARALLANO RAMOS MecánicoNSA: S-60642391 DNI: 20992601 AbordoSubofi cial de 1ra. FAP JAVIER JOHNNY QUISPETUPA SANCHEZ MecánicoNSA:S-60920802 DNI: 41348598 AbordoEmpleada Civil FAP YELITZA MARIELA REYES LAUREANO HostessNSA: C-78066810 DNI: 45560863Empleada Civil FAP MELISSA XIMENA CABANILLAS SOSA HostessNSA: C-71424110 DNI: 45648824Empleada Civil FAP STEFANIA ANTONELLA ARFINENGO Hostess MESONES NSA: C-78133913 DNI: 47169366

Tripulación AlternaTécnico Inspector FAP JOSE ANTONIO BARDALES MATTA MecánicoNSA: S-60531187 DNI: 06723835 AbordoEmpleado Civil FAP CESAR ADOLFO BANCES DAVILA PurserNSA: C-71512713 DNI: 40091107

Vuelo del 04 de noviembre de 2016AERONAVE BOEING 737-200 FAP 352Tripulación PrincipalCoronel FAP OSCAR JESUS LUREN SALAZAR CUELLAR InspectorNSA: O-9527685 DNI: 43503664 COMOPCoronel FAP GUILLERMO MARTIN MENENDEZ LOPEZ PilotoNSA: O-9537486 DNI: 43595837Coronel FAP JUAN CARLOS JULIAN PEDEMONTE GARCIA PilotoNSA: O-9539886 DNI: 02840132Coronel FAP ERNESTO BARDALES ARIAS PilotoNSA: O-9514085 DNI: 43334729Comandante FAP LUIS ALBERTO HUISA CORNEJO PilotoNSA: O-9582190 DNI: 43345549Técnico Inspector FAP JULIO ANTONIO QUICAÑA CONTRERAS MecánicoNSA: S-6055168787 DNI: 06282743 AbordoTécnico Inspector FAP JOSE ANTONIO BARDALES MATTA MecánicoNSA: S-60531187 DNI: 06723835 AbordoTécnico de 1ra. FAP EDGAR ALEJANDRO MARALLANO RAMOS MecánicoNSA: S-60642391 DNI: 20992601 AbordoEmpleada Civil FAP YELITZA MARIELA REYES LAUREANO HostessNSA: C-78066810 DNI: 45560863Empleada Civil FAP STEFANIA ANTONELLA ARFINENGO Hostess MESONES NSA: C-78133913 DNI: 47169366Empleada Civil FAP JHOSELINE DIANIRA MEDINA PAREDES HostessNSA: C-78147313 DNI: 48056578

Tripulación AlternaSubofi cial de 1ra. FAP JAVIER JOHNNY QUISPETUPA SANCHEZ MecánicoNSA:S-60920802 DNI: 41348598 AbordoEmpleada Civil FAP CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA HostessNSA: C-71347907 DNI: 45555238

Artículo 2º.- La participación de la tripulación alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de la tripulación principal.

Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2016, de acuerdo al concepto siguiente:

Viáticos:US$ 370.00 x 03 días x 11 personas = US$ 12,210.00 Total a Pagar = US$ 12,210.00

Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modifi catoria.

Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARDPresidente de la República

FERNANDO ZAVALA LOMBARDIPresidente del Consejo de Ministros

MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZMinistro de Defensa

1448563-6

Page 22: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603180 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

Autorizan viaje de personal del Ministerio a Bolivia, en comisión de servicios

RESOLUCION SUPREMAN° 436-2016-DE/

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, el señor Ministro en el Despacho de Defensa, viajará el 4 de noviembre de 2016 en Comisión de Servicio, para participar en el Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional de Ministros de Bolivia y el Perú, que se realizará en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, el 4 de noviembre de 2016;

Que, el Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional de Ministros de Bolivia y el Perú, es la máxima instancia de diálogo político con Bolivia y constituirá la confi rmación del excelente nivel de integración y cooperación existente entre ambos países al permitir avanzar en la identifi cación y realización de proyectos conjuntos en benefi cio de las poblaciones de ambos países, en especial de las que habitan en la Zona de Integración Fronteriza (ZIF);

Que, durante el mencionado encuentro bilateral, se revisará el cumplimiento de los compromisos asumidos en la Declaración Presidencial de Isla Esteves – Puno, suscrita el 23 de junio de 2015, procediéndose a suscribir aquellos correspondientes al periodo 2016 – 2017, abordándose además cuatro (4) Ejes Temáticos, siendo uno de ellos el de “Seguridad y Defensa”, permitiendo profundizar la integración e impulsar la agenda común entre ambos países;

Que, el evento del día 4 de noviembre estará precedido por reuniones preparatorias técnicas previas por cada uno de los ejes temáticos, que se realizarán los días 2 y 3 de noviembre, por lo que es necesario que los integrantes de los equipos técnicos, viajen a la ciudad de Sucre con la debida anticipación;

Que, es competencia del Sector Defensa promover las políticas bilaterales, regionales, hemisféricas y multilaterales así como los tratados internacionales en materia de Seguridad y Defensa, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, en atención a los intereses del Sector Defensa, resulta necesario el viaje al exterior en Comisión de Servicio del señor Ministro SDR Hugo PEREYRA PLASENCIA, Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, del Comandante FAP Juan Carlos CHÁVEZ CARBAJAL, de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa y del Técnico 3 AP Rolando ROSALES GONZALES, del Viceministerio de Políticas para la Defensa, para que participen en las reuniones preparatorias técnicas previas y durante las actividades del evento central binacional;

Que, el traslado de ida de los mencionados funcionarios, se efectuará en un avión de la Fuerza Aérea del Perú, el día 1 de noviembre y retornarán el día 4 de noviembre de 2016, correspondiéndole al Ministerio de Defensa – Unida Ejecutora 001: Administración General, asumir con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de viáticos según zona geográfi ca;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones

del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; y el Decreto Supremo N° 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del señor Ministro SDR Hugo PEREYRA PLASENCIA, Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, identificado con DNI N° 08227758, del Comandante FAP Juan Carlos CHÁVEZ CARBAJAL, Oficial de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, identificado con DNI N° 09873623 y del Técnico 3 AP Rolando ROSALES GONZALES, identificado con DNI Nº 10382209, del Viceministerio de Políticas para la Defensa, para que participen en las reuniones preparatorias técnicas previas y durante el evento central del Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional de Ministros de Bolivia y el Perú, que se realizará en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, del 2 al 4 de noviembre de 2016, autorizando su salida del país el 1 de noviembre de 2016.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 001: Administración General, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Viáticos:US$ 370.00 x 3 personas x 4 días US$ 4,440.00

TOTAL: US$ 4,440.00

Artículo 3.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Artículo 4.- El personal autorizado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modifi catoria.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARDPresidente de la República

FERNANDO ZAVALA LOMBARDIPresidente del Consejo de Ministros

MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZMinistro de Defensa

1448563-7

Page 23: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603181NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de los EE.UU.

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1350-2016-DE/SG

Jesús Maria, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, con Facsímil (DSD) Nº 781, del 07 de octubre de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra;

Que, con Ofi cio Nº 1823-2016-MINDEF/VPD/B/01.a, del 19 de octubre de 2016, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinión favorable para el ingreso al país de personal militar de los Estados Unidos de América;

Que, el referido personal militar de los Estados Unidos de América ingresará a territorio de la República, del 01 de noviembre de 2016 al 30 de mayo de 2017, con la fi nalidad de inspeccionar los proyectos de construcción bajo el Programa de Ayuda Humanitaria (HAP) en el Perú;

Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,

Estando a lo opinado por la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a un (01) militar de los Estados Unidos de América, del 01 de noviembre de 2016 al 30 de mayo de 2017, con la fi nalidad de inspeccionar los proyectos de construcción bajo el Programa de Ayuda Humanitaria (HAP) en el Perú.

Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZMinistro de Defensa

1 Modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

1448280-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL

Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 265-2016-MIDIS

Lima, 28 de octubre de 2016

VISTOS:

El Informe N° 081-2016/MIDIS/SG/OGRH, emitido por la Ofi cina General de Recursos Humanos; y, el Memorando N° 639-2016-MIDIS/VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica;

Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, cargo califi cado como de confi anza, por lo que resulta necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar, a partir del 2 de noviembre de 2016, al señor José Fernando Reyes Llanos en el cargo de Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAYETANA ALJOVÍN GAZZANIMinistra de Desarrollo e Inclusión Social

1447945-2

ECONOMIA Y FINANZAS

Establecen Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión del tercer trimestre del año fiscal 2016 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 027-2016-EF/50.01

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13° de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3° y 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, disponen que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones

Page 24: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603182 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes;

Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, comprende, entre otros, los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;

Que, el artículo 29°-A del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que la Programación de Compromisos Anual (PCA) es un instrumento de programación del gasto público de corto plazo por toda fuente de fi nanciamiento que permite la compatibilización de la programación del presupuesto autorizado, con el marco macroeconómico multianual, las reglas fi scales y la capacidad de fi nanciamiento del año fi scal respectivo;

Que, mediante la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y modifi catorias, se regulan, entre otros, los procedimientos de determinación, revisión y actualización de la PCA en los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, disponiendo que la revisión de la PCA es aprobada por Resolución Directoral, una vez concluido el periodo trimestral;

Que, mediante la Resolución Directoral Nº 023-2016-EF/50.01, se dispone que el plazo para aprobar la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión del tercer trimestre del año fi scal 2016, para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, es hasta el 04 de noviembre 2016.

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 272-2016-EF, y modificatorias, se establecen límites para la autorización de compromiso en sectores del Poder Ejecutivo; asimismo, el citado Decreto Supremo dispone que la Dirección General de Presupuesto Público, mediante Resolución Directoral, aprobará la PCA considerando los montos aprobados por el Sector mediante Resolución Ministerial y desagregados por Pliegos;

Que, en el citado Decreto Supremo se señala que los límites para la autorización de compromisos establecidos no se aplican a los gastos que se efectúen con cargo a los recursos de los Fondos creados mediante los artículos 2, 3 y 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de gobiernos regionales y locales, los juegos panamericanos y parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, facultándose a la Dirección General de Presupuesto Público a modifi car la PCA en dichos casos;

Que, asimismo, mediante los Decretos Supremos Nº 293-2016-EF y Nº 294-2016-EF, se faculta a la Dirección General de Presupuesto Público a actualizar la PCA de los Pliegos Ministerio de Defensa e Interior, y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, respectivamente, teniendo en cuenta los montos de transferencias de partidas autorizadas en los citados dispositivos;

Que, de conformidad con las competencias de la Dirección General de Presupuesto Público, resulta necesario establecer la PCA correspondiente a la revisión del tercer trimestre del año fi scal 2016 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;

En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, y la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 aprobada por la Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y modifi catorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Establecer la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la

revisión del tercer trimestre del año fi scal 2016 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, ascendente a la suma de CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO 00/100 SOLES (S/ 145 774 623 818,00), por toda Fuente de Financiamiento, conforme se detalla en el Anexo, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Dichos montos serán publicados a nivel Pliego en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).

Artículo 2º.- La Programación de Compromisos Anual (PCA) no convalida los actos o acciones que realicen los pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales, en la utilización financiera de los recursos públicos asignados; así como tampoco, en ningún caso, la PCA constituye el sustento legal para la aprobación de las resoluciones que aprueben modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, de acuerdo a lo señalado por el artículo 11° de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y modificatorias.

Artículo 3º.- Los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para realizar el compromiso correspondiente a los gastos que se fi nancian con cargo a fuentes de fi nanciamiento distintas a la de Recursos Ordinarios, deben considerar la previsión en la recaudación, captación y obtención de recursos por las fuentes de fi nanciamiento antes mencionadas que esperan obtener en el año 2016, en concordancia con lo señalado en el artículo 61º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RODOLFO ACUÑA NAMIHASDirector General Dirección General de Presupuesto Público

ANEXOLEY N° 30372 DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA

EL AÑO FISCAL 2016 PROGRAMACIÓN DE COMPROMISOS ANUAL (PCA)

POR TODA FUENTE DE FINANCIAMIENTO

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 027-2016-EF/50.01

(En soles)NIVEL DE GOBIERNO PCAGOBIERNO NACIONAL 89,302,191,784GOBIERNOS REGIONALES 27,776,415,323GOBIERNOS LOCALES 28,696,016,711TOTAL GENERAL 145,774,623,818

1448560-1

EDUCACION

Autorizan viaje de profesional del Ministerio de Educación a Bolivia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 043-2016-MINEDU

Lima, 31 de octubre de 2016

Page 25: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603183NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

CONSIDERANDO:

Que, mediante OF. RE (DGA) N° 22-6-BB/152 c/a, el Ministro de Relaciones Exteriores comunica al Ministro de Educación, la realización del Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Bolivia, así como de las reuniones preparatorias técnicas y a nivel de Vicecancilleres para el referido Gabinete Binacional, eventos que se desarrollarán del 02 al 04 de noviembre de 2016, en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia;

Que, la II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Bolivia, constituye la máxima instancia de diálogo político bilateral que permite fortalecer la cooperación y el desarrollo de los proyectos conjuntos en benefi cio de las poblaciones de ambos países, principalmente de aquellas ubicadas en la región fronteriza;

Que, en las reuniones preparatorias técnicas y a nivel de Vicecancilleres para el referido Gabinete Binacional, se evaluará el cumplimiento de los acuerdos de la Declaración de Isla de Esteves, que estableció un esquema de trabajo dividido en cuatro ejes temáticos, entre ellos, el Desarrollo Económico, Políticas Sociales y Fortalecimiento Institucional, que promueve la aplicación, de manera inmediata, de la tabla de equivalencia Perú – Bolivia para la convalidación de estudios de inicial, primaria y secundaria, y el mecanismo de implementación para la inserción de estudiantes en el país receptor; así como, las negociaciones de un convenio de reconocimiento mutuo de estudios, grados académicos y títulos universitarios;

Que, la Jefa de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 182-2016-MINEDU/SG-OGCI, señala que resulta relevante la participación de una representante de la referida Ofi cina General en los citados eventos, a fi n de continuar con el fortalecimiento de las iniciativas presentadas por las áreas técnicas del Ministerio de Educación, en el marco de la cooperación con el Ministerio de Educación de Bolivia, en materia de reconocimientos de grados y título, educación intercultural bilingüe y educación básica alternativa;

Que, por lo expuesto y siendo de interés para la institución, resulta necesario autorizar el viaje de la señora CECILIA MIÑANO BARREDA, Especialista de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, cuyo traslado será realizado en avión de la Fuerza Aérea del Perú; mientras que los gastos por conceptos de viáticos serán asumidos con cargo al Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora: 024;

Que, al respecto, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo

de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cada por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señora CECILIA MIÑANO BARREDA, Especialista de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, del 01 al 04 de noviembre de 2016, a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo al Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora: 024, de acuerdo al siguiente detalle:

CECILIA MIÑANO BARREDAViáticos : US$ 1480,00(03 días de evento y 01 día de instalación – US$ 370.00 x día)

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la profesional citada en el artículo precedente deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Educación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARDPresidente de la República

FERNANDO ZAVALA LOMBARDIPresidente del Consejo de Ministros

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍMinistro de Educación

1448563-12

Page 26: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603184 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Educación

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 535-2016-MINEDU

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2016-MINEDU,

se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Educación; el mismo que en su artículo 4 dispone la derogatoria del Decreto Supremo N° 016-2004-ED que aprobó el TUPA del Ministerio de Educación y sus modifi catorias, con excepción de los procedimientos administrativos N° 2 y del 5 al 47, correspondientes a la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana y sus instancias de gestión educativa descentralizada;

Que, el numeral 36.3 del artículo 36 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse, entre otras, por Resolución Ministerial;

Que, asimismo, el numeral 38.5 del artículo 38 de la referida Ley señala que toda modifi cación del TUPA que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector;

Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, se aprobó la Metodología de Simplifi cación Administrativa y se establecieron disposiciones para su implementación, para la mejora de los procedimientos y los servicios prestados en exclusividad;

Que, bajo ese marco normativo, la Unidad de Organización y Métodos de la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Presupuesto, mediante Informe N° 0079-2016-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME, propone eliminar un total de veintinueve (29) procedimientos administrativos del TUPA del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2004-ED, de los cuales, veintitrés (23) están a cargo de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana (DRELM) y seis (06) de las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) de Lima Metropolitana;

Que, en el referido Informe se señala que la eliminación de dichos procedimientos administrativos se justifi ca en que no se ha solicitado prestación alguna en el último año, no se cuenta con el marco jurídico requerido para su incorporación en el TUPA, se trata de procedimientos internos que deben ser atendidos de ofi cio o no son de competencia de la entidad;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510, la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:Artículo 1.- Eliminar los procedimientos administrativos

N° 2, 5, 6, 11, 12, 13, 14, 15, 16,19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 32 y 33 de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana y los procedimientos administrativos N° 42, 43, 44, 45, 46 y 47 de las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana, del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2004-ED.

Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe), y en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe).

Regístrese y publíquese.

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍMinistro de Educación

1448157-1

Actualizan el Listado de Proyectos priorizados a través de las RR.MM. N°s. 270, 419 y 446-2015-MINEDU, y N°s. 137, 151 y 193-2016-MINEDU, para ser financiados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley N° 30264, los mismos que cuentan con declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 536-2016-MINEDU

Lima, 31 de octubre de 2016

Vistos, los Ofi cios N° 2429-2016-MINEDU/VMGI-DIGEIE de la Dirección General de Infraestructura Educativa, el Informe N° 009-2016-MINEDU-VMGI-DIGEIE-DIPLAN-EGCZ de la Dirección de Planifi cación de Inversiones, el Informe N° 941-2016-MINEDU/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, y normas modifi catorias, se aprobaron medidas con el objeto de impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios con los Gobiernos Regionales y/o Locales;

Que, a través del artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, modifi cado por el Decreto Legislativo N° 1238, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, a efectuar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, deporte y ambiente, incluyendo su mantenimiento, mediante los procedimientos establecidos en la Ley Nº 29230, de acuerdo a lo establecido en el mencionado artículo y a lo que disponga el Reglamento del mismo;

Que, mediante Decreto Supremo N° 409-2015-EF se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, y del artículo 17 de la Ley N° 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, en adelante el Reglamento, el cual tiene por objeto establecer disposiciones reglamentarias para la adecuada aplicación de las normas citadas;

Que, conforme lo establece el artículo 6 del Reglamento, corresponde a las Entidades Públicas aprobar la lista de proyectos priorizados a ejecutarse en el marco del artículo 17 de la Ley Nº 30264, los cuales deben estar en armonía con las políticas y los planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar con la declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP; y en el caso del Gobierno Nacional, dicha lista se aprueba por resolución del titular de la entidad y es remitida a PROINVERSIÓN a fi n que la publique en su portal institucional dentro de los tres (3) días de recibida. Asimismo, señala que las entidades públicas deben actualizar dichas listas periódicamente y como mínimo una vez al año;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 8 del Reglamento, de manera previa a la emisión de la resolución que prioriza los proyectos y su mantenimiento, de ser el caso, la Entidad Pública solicita opinión favorable a la Dirección General de Presupuesto Público – DGPP del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF, respecto a la capacidad presupuestal con la que cuenta para el fi nanciamiento de los proyectos y su mantenimiento; y deberá emitir la lista de proyectos priorizados dentro de los diez (10) días de recibida la opinión favorable sobre capacidad presupuestal. Aunado a ello, se precisa que la entidad pública puede modifi car la lista de proyectos

Page 27: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603185NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

priorizados, para lo cual, si ésta supera la capacidad presupuestal otorgada previamente, es necesario solicitar nuevamente dicha opinión a la DGPP;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 270-2015-MINEDU, se aprobó la priorización del Listado de Proyectos a ser fi nanciados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley N° 30264 y su Reglamento; el mismo que ha sido actualizado a través de las Resoluciones Ministeriales N° 419-2015-MINEDU, Nº 446-2015-MINEDU, N° 137-2016-MINEDU, N° 151-2016-MINEDU y N° 193-2016-MINEDU, el cual contiene veinticuatro (24) Proyectos de Inversión Pública – PIP priorizados que cuentan con declaración de viabilidad en el marco del SNIP, expresando el nombre de cada uno, código SNIP y la proyección de los montos de su ejecución;

Que, a través del Ofi cio N° 2429-2016-MINEDU/VMGI-DIGEIE, la Dirección General de Infraestructura Educativa – DIGEIE, solicita la actualización del listado de proyectos priorizados, para lo cual remite el Informe N° 009-2016-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DIPLAN-EGCZ de la Dirección de Planifi cación de Inversiones – DIPLAN, a través del cual indica que: i) se requiere incorporar un (1) PIP viable denominado “CREACION DEL SERVICIO EDUCATIVO ESPECIALIZADO PARA ALUMNOS DE SEGUNDO GRADO DE SECUNDARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR CON ALTO DESEMPEÑO ACADÉMICO DE LA REGIÓN LAMBAYEQUE”, con Código SNIP N° 356151 (Código Unifi cado de Proyecto N° 2319179); ii) ha variado el monto de inversión de dos (2) PIP con Códigos SNIP N° 171843 y N° 318578 así como la denominación del PIP con Código SNIP N° 171805, debiendo señalarlos como fi guran en el registro del Banco de Proyectos del SNIP; iii) se incorporan los códigos unifi cados de seis (6) proyectos priorizados siguiendo el modelo de resolución de priorización aprobada por el MEF; iv) se requiere retirar del listado el PIP con Código SNIP N° 268704 porque se encuentra inactivo en el aplicativo del Banco de Proyectos y perdió la vigencia de la viabilidad; v) ningún proyecto considerará mantenimiento; vi) se cuenta con la opinión favorable de la DGPP del MEF mediante Ofi cios N° 0264-2015-EF/50.06 y N° 771-2015-EF/50.06, respecto de la capacidad presupuestal del Ministerio de Educación – MINEDU para ejecutar los proyectos propuestos por la Unidad de Planifi cación y Presupuesto hasta por la suma de S/. 1 356 350 974,00;

Que, por lo expuesto, resulta necesario actualizar la lista de proyectos priorizados a ser fi nanciados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley N° 30264, y su Reglamento;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Nº 30264; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 409-2015-EF; y el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- ACTUALIZAR el Listado de Proyectos priorizados a través de las Resoluciones Ministeriales N° 270-2015-MINEDU, N° 419-2015-MINEDU, Nº 446-2015-MINEDU, N° 137-2016-MINEDU, N° 151-2016-MINEDU y N° 193-2016-MINEDU, para ser fi nanciados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley N° 30264 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 409-2015-EF, con la fi nalidad de incorporar un PIP, así como los códigos unifi cados de seis PIP, modifi car los montos de dos PIP y la denominación de otro, y retirar un PIP del listado; lo que se encuentra en armonía con las políticas y los planes de desarrollo nacional, regional y/o local, los mismos que cuentan con declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública; conforme al siguiente detalle:

Nº NOMBRE DEL PROYECTOCÓDIGO

SNIP (CÓDIGO UNIFICADO)

MONTO DE INVERSIÓN

(S/ )

1

AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN RAMON DISTRITO DE CHULUCANAS – PROVINCIA MORROPON – DEPARTAMENTO DE PIURA

161278 10 311 533,00

Nº NOMBRE DEL PROYECTOCÓDIGO

SNIP (CÓDIGO UNIFICADO)

MONTO DE INVERSIÓN

(S/ )

2

MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA DE LA I.E. DIOS ES AMOR DEL CENTRO POBLADO MENOR DE YACILA, DISTRITO DE PAITA, PROVINCIA DE PAITA – PIURA

225635 3 537 715,00

3

MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA DE LA IEP N 15349 DEL CASERÍO LA MENTA, DISTRITO DE LAS LOMAS – PIURA – PIURA

237494 5 158 748,11

4

MEJORAMIENTO DE LA OFERTA DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA PUBLICA ALFONSO UGARTE – SAN PEDRO, DISTRITO DE CHULUCANAS, PROVINCIA DE MORROPON, REGION PIURA

161751 6 851 998,80

5

AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA EN LA I.E. N 20436 ROSA SUAREZ RAFAEL URB. LOS TALLANES – DISTRITO Y PROVINCIA PIURA

142283 2 092 231,96

6

MEJORAMIENTO DE LA OFERTA DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MANUEL GONZÁLES PRADA – SOL SOL – DISTRITO DE CHULUCANAS, PROVINCIA DE MORROPON, REGION PIURA

171843 2 629 887,80

7

AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL NIVEL SECUNDARIO EN LA INSTITUCION EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE CHOCAN, DISTRITO DE QUERECOTILLO, PROVINCIA DE SULLANA, DEPARTAMENTO DE PIURA

30943 6 081 274,00

8

MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION INCIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA DE LA I.E. MONTE LIMA, DISTRITO DE IGNACIO ESCUDERO, PROVINCIA DE SULLANA, DEPARTAMENTO DE PIURA

264829 6 246 529,96

9

MEJORAMIENTO E IMPLEMENTACION DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE LA INSTITUCION EDUCATIVA N 86577 CESAR VALLEJO MENDOZA DE LA LOCALIDAD DE CATAC, DISTRITO DE CATAC - RECUAY - ANCASH

252773 9 775 926,00

10

MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE LA I.E.P. N 86559 LIBERTADOR SAN MARTIN DISTRITO DE RECUAY, PROVINCIA DE RECUAY - ANCASH

281048 9 316 997,19

11

MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE LA I.E. N 86567 SAN JUAN DE PARARIN DE LA LOCALIDAD DE RINCONADA, DISTRITO DE PARARIN - RECUAY - ANCASH

267911 2 244 619,00

12

SUSTITUCIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO EN LA I.E. N 22724 TERESA DE LA CRUZ, SAN JUAN BAUTISTA - ICA - ICA

171805 4 780 574,00

13

CREACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO ESPECIALIZADO PARA ALUMNOS DEL 2DO GRADO DE SECUNDARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR CON ALTO DESEMPEÑO ACADÉMICO DE LA REGIÓN DE ICA

325436 (2283161) 65 418 649,00

14

MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE LA I.E. INICIAL N 415 DEL CENTRO POBLADO DE MACHAC, DISTRITO DE CHAVIN DE HUANTAR – HUARI – ANCASH.

305293 2 628 215,00

15

AMPLIACIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DE LA I.E. N 32227 VIRGEN DE FÁTIMA EN LA LOCALIDAD DE HUALLANCA, DISTRITO DE HUALLANCA – BOLOGNESI – ANCASH.

247185 4 399 251,00

16

MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA II.EE FE Y ALEGRÍA N 52, SECTOR PAMPA INALÁMBRICA DISTRITO DE ILO, PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA.

240000 19 287 077,75

17

MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PUBLICO DE OMATE, CENTRO POBLADO DE COGRI, DISTRITO DE OMATE, PROVINCIA GENERAL SANCHEZ CERRO, REGIÓN MOQUEGUA.

159610 10 971 373,00

18

MEJORAMIENTO Y EQUIPAMIENTO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA Nº 86612 SEÑOR DE LOS MILAGROS DE MAYORARCA -DISTRITO DE PAMPAS CHICO -PROVINCIA DE RECUAY -REGION ANCASH

126033 3 013 272,21

19

INSTALACION DEL SERVICIO EDUCATIVO DE NIVEL INICIAL I.E. MANUEL SCORZA, EN LA LOCALIDAD DEL AAHH MANUEL SCORZA, DISTRITO DE PUCUSANA, PROVINCIA LIMA, DEPARTAMENTO LIMA

318578(2268038) 2 045 618,00

Page 28: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603186 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

Nº NOMBRE DEL PROYECTOCÓDIGO

SNIP (CÓDIGO UNIFICADO)

MONTO DE INVERSIÓN

(S/ )

20

MEJORAMIENTO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIO EDUCATIVO NIVEL PRIMARIA Y SECUNDARIA EN LA IE N0026 AICHI NAGOYA, DISTRITO DE ATE – LIMA – LIMA

182897 15 593 693,00

21

MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE NIVEL INICIAL Y PRIMARIA DE LA I. E. N 7226-562 JOSE OLAYA BALANDRA EN EL DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO, PROVINCIA LIMA, DEPARTAMENTO DE LIMA

313931(2259471) 11 376 683,00

22

MEJORAMIENTO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIO EDUCATIVO EN LA I.E. DEL NIVEL SECUNDRIA SAN CARLOS, DISTRITO DE COMAS – LIMA – LIMA

322333(2281041) 10 207 880,00

23

CREACION DEL SERVICIO EDUCATIVO ESPECIALIZADO PARA ALUMNOS DEL SEGUNDO GRADO DE SECUNDARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR CON ALTO DESEMPEÑO ACADÉMICO DE LA REGION PIURA

348663(2311453) 65 693 400,00

24

CREACION DEL SERVICIO EDUCATIVO ESPECIALIZADO PARA ALUMNOS DE SEGUNDO GRADO DE SECUNDARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR CON ALTO DESEMPEÑO ACADÉMICO DE LA REGIÓN LAMBAYEQUE

356151(2319179) 60 402 880,00

TOTAL 340 066 026,78

Artículo 2.- REMITIR la presente Resolución Ministerial a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, a efecto que publique la lista de proyectos priorizados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y del artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, aprobado por Decreto Supremo N° 409-2015-EF.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍMinistro de Educación

1448157-2

ENERGIA Y MINAS

Aprueban disposiciones referidas a la determinación de la capacidad instalada de tratamiento de mineral diario

DECRETO SUPREMONº 030-2016-EM

El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:Que, los artículos V, VI y VII del Texto Único Ordenado

de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, establecen que la industria minera es de utilidad pública y la promoción de inversiones en su actividad es de interés nacional, siendo la actividad de benefi cio una actividad de la industria minera ejercida exclusivamente bajo el sistema de concesiones y cuya califi cación le corresponde al Estado;

Que, el artículo 18° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, dispone que la concesión de benefi cio otorga a su titular el derecho a extraer o concentrar la parte valiosa de un agregado de minerales desarraigados y/o a fundir, purifi car o refi nar metales, ya sea mediante un conjunto de procesos físicos, químicos y/o físico-químicos;

Que, el artículo 46° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, establece que a partir del año en que se hubiere solicitado una concesión de benefi cio el titular está obligado al pago del Derecho de Vigencia, en un monto anual según su capacidad instalada de tratamiento, la cual es expresada en TM/día; y, en los casos de ampliación, el pago que acompaña a la solicitud es sobre el incremento de dicha capacidad;

Que, el artículo 129° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería señala que corresponde a la Dirección General de Minería el conocimiento y aprobación de las solicitudes de concesiones de benefi cio;

Que, el Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo N° 018-92-EM, así como el Decreto Supremo N° 001-2015-EM, Decreto que aprueba disposiciones para procedimientos mineros que impulsen proyectos de inversión, establecen los requisitos y el procedimiento para la obtención del título de concesión de benefi cio y/o autorización de funcionamiento, así como su modifi cación; procedimientos que se encuentran sujetos a lo dispuesto por el Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 03-94-EM;

Que, la capacidad instalada de tratamiento autorizada, en el procedimiento de titulación de la concesión de benefi cio o su modifi cación, es establecida en términos nominales y constituye aquella capacidad máxima de tratamiento de mineral que puede efectuar una planta de benefi cio en condiciones ideales;

Que, la actividad de benefi cio en una planta se encuentra afecta a diversas restricciones de carácter operativo, tales como mantenimientos preventivos o programados, mantenimientos no programados, variaciones en las condiciones del mineral, tales como la ley del mineral, dureza, moliendabilidad, cinética de la fl otación, disponibilidad mecánica de los equipos y aspectos climáticos, entre otros, los cuales pueden originar que el titular de una concesión de benefi cio no cumpla con alcanzar el tonelaje programado en su planta de benefi cio;

Que, la actividad de benefi cio debe contar con una capacidad óptima de recuperación a fi n de alcanzar los niveles de tratamiento autorizados al fi nal de cada ejercicio, siendo necesario establecer disposiciones destinadas a determinar la capacidad diaria de tratamiento de mineral autorizada en una concesión de benefi cio;

De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el artículo 11, numeral 3) de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

DECRETA:

Artículo 1.- ObjetoLa presente norma tiene por objeto establecer

disposiciones referidas a la determinación de la capacidad instalada de tratamiento de mineral diario autorizada en la resolución directoral que aprueba el título de la concesión de benefi cio o en la resolución directoral que aprueba la modifi cación de la capacidad instalada, para el caso de aquellos titulares de concesión de benefi cio que se encuentren dentro de los alcances del régimen general, es decir, mediana y gran minería.

Artículo 2.- Reglas aplicables para determinar la capacidad instalada de tratamiento de mineral diario autorizada en una concesión de benefi cio

Para la determinación de la capacidad instalada de tratamiento de mineral diario autorizada, el titular de la concesión de benefi cio se sujeta a las siguientes reglas:

2.1 La capacidad instalada de tratamiento de mineral diario autorizada se determina mediante la sumatoria del tonelaje de tratamiento de mineral diario acumulado durante un año, computado desde el 01 de enero al 31 de diciembre, dividido entre 365 días.

2.2 Para efectos del cálculo señalado en el numeral 2.1, se tiene como referencia la información que reporte el titular de concesión de benefi cio, desde el mes de enero al mes de diciembre de cada año, en la Declaración de Estadística Mensual-ESTAMIN, a través del formulario electrónico proporcionado vía extranet en el Portal Web siguiente: http://extranet.minem.gob.pe.

Artículo 3.- Margen de tolerancia El titular de concesión de benefi cio puede obtener

hasta un máximo de 5% adicional de la capacidad instalada de tratamiento de mineral diario autorizada sin requerir tramitar el procedimiento de modifi cación de concesión de benefi cio establecido en la normatividad minera.

Page 29: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603187NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

El monto adicional de la capacidad instalada de tratamiento de mineral diario en ningún caso puede darse como consecuencia de la instalación de nuevos equipos, nuevas instalaciones auxiliares, repotenciamiento o modifi cación de parámetros operativos de los equipos, mejora de procesos, entre otros, los que deben seguir el procedimiento dispuesto por las normas de la materia.

Artículo 4.- Pago del Derecho de Vigencia El titular de concesión de benefi cio que se encuentre

dentro del margen de tolerancia indicado en el artículo precedente debe cumplir con efectuar el pago del Derecho de Vigencia por el tonelaje de tratamiento de mineral diario adicional que efectúe, de conformidad a lo establecido en el artículo 46° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM.

Para efectuar el pago del Derecho de Vigencia correspondiente se tiene como referencia la UIT vigente en el año que se acredite dicha obligación.

La solicitud de acreditación del pago del Derecho de Vigencia por el tonelaje de tratamiento de mineral diario adicional que se efectúe, es presentada a la Dirección de Derecho de Vigencia del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico-INGEMMET, desde el primer día hábil del mes de enero al 30 de junio de cada año, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 37° del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 03-94-EM.

Artículo 5.- Refrendo y Vigencia El presente Decreto Supremo es refrendado por el

Ministro de Energía y Minas y entra en vigencia al día siguiente de su publicación.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

Única.- La Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas consolida la información referida al tonelaje de tratamiento de mineral diario adicional que efectúen los titulares de concesión de benefi cio, de acuerdo a la información que éstos reporten en la Declaración de Estadística Mensual-ESTAMIN; y, remite dicho reporte al Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico-INGEMMET y al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería-OSINERGMIN, para los fi nes correspondientes.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil dieciséis.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARDPresidente de la República

GONZALO TAMAYO FLORESMinistro de Energía y Minas

1448563-1

Autorizan viaje de delegación del Ministerio a Bolivia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMANº 015-2016-EM

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTOS: El documento OF RE (DGA) Nº 22-6-BB/152 e/a de fecha 29 de septiembre de 2016; y, las Notas Nº 075-2016-MEM/VMM y Nº 003-2016-MEM/VME, ambas de fecha 13 de octubre de 2016, del Viceministerio de Minas y el Viceministerio de Energía del Ministerio de Energía y Minas, respectivamente;

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento OF RE (DGA) Nº 22-6-BB/152 e/a de fecha 29 de septiembre de 2016, el Ministro de Relaciones Exteriores, señor Embajador

Víctor Ricardo Luna Mendoza, informa al señor Ministro de Energía y Minas sobre el Encuentro Presidencial y la II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros de la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia, a realizarse el 4 de noviembre de 2016, en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia;

Que, según el documento señalado en el considerando precedente, el Gabinete Binacional constituye la máxima instancia de diálogo político bilateral que ha permitido el fortalecimiento de la cooperación y el desarrollo de proyectos conjuntos en benefi cio de las poblaciones de la República del Perú y del Estado Plurinacional de Bolivia, especialmente aquellas ubicadas en la región fronteriza;

Que, asimismo, el documento citado informa que se tiene previsto que el Encuentro Presidencial y la II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros sean precedidos por reuniones preparatorias técnicas, a desarrollarse los días 2 y 3 de noviembre de 2016, en las que se debe evaluar el cumplimiento de los acuerdos adoptados en la Declaración de Isla Esteves (Puno), suscrita el 23 de junio de 2015;

Que, de acuerdo con las Notas Nº 075-2016-MEM/VMM y Nº 003-2016-MEM/VME del Viceministerio de Minas y el Viceministerio de Energía del Ministerio de Energía y Minas, respectivamente, es importante la participación del Ministerio de Energía y Minas en el Encuentro Presidencial y la II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros, así como en sus reuniones preparatorias técnicas, puesto que en dicho marco tiene previsto abordarse temas tales como: i) El fortalecimiento de la cooperación interinstitucional; ii) el desarrollo de temas de interés relacionados al área de hidrocarburos y la cadena de gas natural; iii) la identifi cación de oportunidades de intercambio comercial de combustible diésel, gasolinas y gas licuado de petróleo, así como de posible fl ujos de inversiones en infraestructura logística para hidrocarburos líquidos; iv) el desarrollo de estudios que viabilicen la interconexión eléctrica entre ambos países; y, v) la creación de espacios de trabajo conjunto en temas mineros, entre ellos, la formalización minera;

Que, en ese sentido, se ha visto por conveniente conformar una delegación del Ministerio de Energía y Minas integrada por la Directora General de la Dirección General de Formalización Minera, el Director de la Dirección de Estudios y Promoción Eléctrica de la Dirección General de Electricidad, la Directora de la Dirección de Procesamiento, Transporte y Comercialización de Hidrocarburos y Biocombustibles de la Dirección General de Hidrocarburos y una funcionaria de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Especialista en Cooperación Técnica Internacional;

Que, de conformidad con el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, el Ministerio de Energía y Minas tiene por fi nalidad promover el desarrollo integral y sostenible de las actividades minero energéticas;

Que, conforme a los documentos de Vistos, la participación del Ministerio de Energía y Minas en el citado evento es de interés nacional e institucional puesto que permite continuar unifi cando los lazos entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia, motivo por el cual es necesario autorizar el viaje de la delegación conformada por la señorita Alessandra Gilda Herrera Jara, el señor David Héctor Arias Diaz, y las señoras Raquel Rocío Zúñiga Alanya y Rose-Marie Patricia Michilot Ramos de Lavarello, funcionarios del Ministerio de Energía y Minas, del 1 al 5 de noviembre de 2016, a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes;

Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que las autorizaciones de viaje por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e), f) y g) del mismo numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizarse mediante Resolución Suprema;

Que, los gastos por concepto de viáticos en los que incurran los funcionarios mencionados son cubiertos con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora

Page 30: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603188 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

001 – MEM Central del Pliego Ministerio de Energía y Minas – MEM;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; en la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su modifi catoria aprobada por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; y, en la Resolución Secretarial Nº 012-2016-MEM/SEG, que aprueba la Directiva Nº 004-2016-MEM/SEG;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de una delegación del Ministerio de Energía y Minas, a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, del 1 al 5 de noviembre de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema; la que está conformada por los funcionarios que se detallan a continuación:

- Alessandra Gilda Herrera Jara, Directora General de la Dirección General de Formalización Minera.

- David Héctor Arias Diaz, Director de la Dirección de Estudios y Promoción Eléctrica de la Dirección General de Electricidad.

- Raquel Rocío Zúñiga Alanya, Directora de la Dirección de Procesamiento, Transporte y Comercialización de Hidrocarburos y Biocombustibles de la Dirección General de Hidrocarburos.

- Rose-Marie Patricia Michilot Ramos de Lavarello, funcionaria de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Especialista en Cooperación Técnica Internacional.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema son cubiertos con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – MEM Central del Pliego Ministerio de Energía y Minas - MEM, de acuerdo al siguiente detalle:

ALESSANDRA GILDA HERRERA JARA CONCEPTO MONTO US$

Viáticos (3+1) = US$ 370.00 (x día) US$ 1 480.00

TOTAL US$ 1 480.00

DAVID HÉCTOR ARIAS DÍAZ CONCEPTO MONTO US$

Viáticos (3+1) = US$ 370.00 (x día) US$ 1 480.00

TOTAL US$ 1 480.00

RAQUEL ROCÍO ZÚÑIGA ALANYACONCEPTO MONTO US$

Viáticos (3+1) = US$ 370.00 (x día) US$ 1 480.00

TOTAL US$ 1 480.00

ROSE-MARIE PATRICIA MICHILOT RAMOS DE LAVARELLOCONCEPTO MONTO US$

Viáticos (3+1) = US$ 370.00 (x día) US$ 1 480.00

TOTAL US$ 1 480.00

Artículo 3.- Disponer que los funcionarios cuyo viaje se autoriza presenten al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el evento.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARDPresidente de la República

FERNANDO ZAVALA LOMBARDIPresidente del Consejo de Ministros

GONZALO TAMAYO FLORESMinistro de Energía y Minas

1448563-8

Exoneran de su cumplimiento a diversos artículos de los Anexos 1 y 2 del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobados por D.S N° 081-2007-EM, por parte de los Operadores de Ductos

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 453-2016-MEM/DM

Lima, 28 de octubre de 2016

VISTO el Informe Nº 180-2016-MEM/DGH, emitido por la Dirección General de Hidrocarburos de este Ministerio; y,

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo

3 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos – Ley N° 26221, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM, el Ministerio de Energía y Minas es el encargado de elaborar, aprobar, proponer y aplicar la política del Sector, así como de dictar las demás normas pertinentes;

Que, mediante Decreto Supremo N° 081-2007-EM se aprobó el Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, el cual en su artículo 1 establece que sus disposiciones norman lo referente a la actividad del Transporte de Hidrocarburos por Ductos, incluyendo los procedimientos para otorgar Concesiones, autorizaciones, las Tarifas, las normas de seguridad, normas sobre protección del ambiente, disposiciones sobre la autoridad competente de regulación, así como normas vinculadas a la fi scalización;

Que, al mismo tiempo el artículo en mención establece que todos los Ductos deberán cumplir con las Normas de Seguridad establecidas en los Anexos 1 y 2, y las normas de Protección Ambiental establecidas en el Título IX;

Que, a su vez, el artículo 63 del citado Reglamento señala que los estudios, proyectos y obras, así como la operación, mantenimiento y abandono de las instalaciones necesarias para la prestación del Servicio de Transporte, deberán ser efectuados cumpliendo con las Normas de Seguridad establecidas en los Anexos 1 y 2 del presente Reglamento;

Que, con relación al Anexo 1, el artículo 1 del mismo señala que las presentes Normas de Seguridad establecen las disposiciones de seguridad para el diseño, construcción, operación, mantenimiento y Abandono de los Ductos; así como para la protección del personal, de terceros y del ambiente que deberán cumplir el Concesionario u Operador según sea el caso;

Que, dichas Normas de Seguridad son de aplicación obligatoria en todas las instalaciones construidas al amparo del presente Reglamento, en las actividades relativas al diseño, construcción, operación, mantenimiento y Abandono;

Que, con relación al Anexo 2, el artículo 1 del mismo señala que el Operador deberá desarrollar e implementar un Sistema de Integridad de Ductos para las Áreas de Alta Consecuencias, que permita prevenir fallas en sus

Page 31: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603189NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

operaciones, proporcionando un servicio seguro, confi able y que garantice la protección de personas, instalaciones y el ambiente;

Que, de acuerdo a la defi nición contenida en el artículo 2 del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, el Sistema de Integridad de Ductos es un sistema de gestión diseñado para administrar en forma integral la aplicación de las normas que rigen las actividades de hidrocarburos, con el objeto de disminuir los riesgos de fallas y los incidentes que atenten contra la seguridad y el ambiente, incidiendo en la sistematización de los procedimientos y controles necesarios para ello, llevando en si su desarrollo, perfeccionamiento y mejora continua;

Que, la Primera Disposición Complementaria del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, estableció que los Operadores de los Ductos construidos con anterioridad a su vigencia, debían cumplir con presentar al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN, para su aprobación, un programa de adecuación y cronograma de ejecución del mismo, otorgándoles un plazo de adecuación a las disposiciones de seguridad contenidos en la presente norma, los cuales no debían ser mayores a veinticuatro (24) y treinta y seis (36) meses, para los Ductos construidos bajo las normas aprobadas por el Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 041-99-EM, ni a sesenta (60) meses, para los Ductos construidos antes de la vigencia del Decreto Supremo N° 041-99-EM, dependiendo del tipo de instalación, contados desde la aprobación de los mencionados instrumentos por parte del OSINERGMIN;

Que, a través de la Tercera Disposición Complementaria del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, se dispuso que los Concesionarios u Operadores de los Ductos construidos a la fecha de vigencia del citado Reglamento, presentarán dentro del plazo de doce (12) meses desde su vigencia, un programa de implementación del Sistema de Integridad de Ductos para los Sistemas de Transporte y las Áreas de Alta Consecuencias;

Que, de acuerdo a información remitida por el OSINERGMIN, existen varios Operadores de Ductos que a la fecha no han culminado con las actividades contempladas en sus programas de adecuación en los plazos establecidos en sus cronogramas de ejecución, razón por la cual, siendo de interés para el país que las actividades de hidrocarburos se realicen en condiciones de seguridad adecuadas, resulta necesario contemplar la situación real y procurar el cumplimiento de la adecuación total de los Ductos de Hidrocarburos;

Que, asimismo, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 001-2011-EM, señala que en todas aquellas situaciones no relacionadas con el Registro de Hidrocarburos y donde se prevea o constate una grave afectación de la seguridad, del abastecimiento interno de Hidrocarburos de todo el país, de un área en particular o la paralización de servicios públicos o la atención de necesidades básicas, el Ministerio de Energía y Minas mediante Resolución Ministerial podrá establecer medidas transitorias que exceptúen el cumplimiento de algunos artículos de las normas del Subsector Hidrocarburos;

Que, al respecto la Dirección General de Hidrocarburos mediante el Informe N° 180-2016-MEM/DGH concluye que resulta pertinente establecer medidas transitorias que exceptúen el cumplimiento de los artículos Nos. 17, 18, 21, 41, 43. 57, 58, 62 y Única Disposición Complementaria del Anexo 1 y de los artículos del Anexo 2 del Reglamento aprobado del Decreto Supremo N° 081-2007-EM, a fi n prevenir fallas en las operaciones de transporte de Hidrocarburos por Ductos, proporcionando un servicio seguro, confi able y que garantice la protección de personas, instalaciones y el ambiente, garantizando además la seguridad de dicha actividad y por ende del abastecimiento de Hidrocarburos al mercado interno, situación que se enmarca en los supuestos contenidos en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 001-2011-EM;

De conformidad con el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos – Ley N° 26221, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM, el literal h) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado

por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y el artículo 2 del Decreto Supremo N° 001-2011-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Establecimiento de medidas transitorias

Establecer como medida transitoria la exoneración del cumplimiento de los artículos Nos. 17, 18, 21, 41, 43. 57, 58, 62 y Única Disposición Complementaria del Anexo 1 y de los artículos del Anexo 2 del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado del Decreto Supremo N° 081-2007-EM, por parte de los Operadores de Ductos.

Artículo 2.- Vigencia de las medidas transitoriasLa vigencia de la medida transitoria señalada en el

artículo 1 de la presente Resolución estará sujeta al plazo que determine el OSINERGMIN para cada Operador de Ductos, para lo cual dichos Operadores, en un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles, contado desde la publicación de la presente Resolución, deberán presentar al OSINERGMIN un cronograma de ejecución del cumplimiento de los artículos indicados precedentemente, quien aprobará dicho cronograma en un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles.

Artículo 3.- Comunicación de los cronogramas de ejecución

Una vez aprobado el cronograma de ejecución del cumplimiento de los artículos indicados en el artículo 1 de la presente Resolución, el OSINERGMIN deberá comunicar al Ministerio de Energía y Minas los plazos aprobados, para determinar la duración de la medida transitoria dispuesta.

Artículo 4.- PublicaciónLa presente Resolución Ministerial se publicará en el

Diario Ofi cial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO TAMAYO FLORESMinistro de Energía y Minas

1448474-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Aprueban la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Instituto Nacional Penitenciario

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0316-2016-JUS

Lima, 28 de octubre de 2016

VISTO, el Ofi cio N° 451-2016-INPE/04 del Secretario General del Instituto Nacional Penitenciario, el Ofi cio Nº 1880-2016-JUS/OGPP, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 745-2016-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2015-JUS, se

aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Instituto Nacional Penitenciario (INPE);

Que, mediante el Ofi cio N° 451-2016-INPE/04 la Secretaria General del Instituto Nacional Penitenciario, remite una propuesta de modifi cación del TUPA de dicha Institución;

Que, el numeral 38.5 del artículo 38 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, estipula que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma

Page 32: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603190 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo;

Que, la Ofi cina de Racionalización del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el Informe N°059-2016-OGPP-ORA ha analizado de manera técnica la propuesta formulada por el Instituto Nacional Penitenciario, emitiendo, conforme sus facultades, opinión legal favorable sobre el proyecto de mejora de TUPA del INPE;

Que, la modifi cación propuesta no implica la creación de nuevos procedimientos administrativos, de servicios exclusivos o incremento de derechos de tramitación a los administrados;

De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Instituto Nacional Penitenciario, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial se publica en el Diario Ofi cial El Peruano y el Anexo correspondiente que forma parte integrante de esta, incluyendo la Resolución Ministerial aprobatoria, son publicados en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLOMinistra de Justicia y Derechos Humanos

1448473-1

Designan Presidenta de la Comisión de Gracias Presidenciales

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0317-2016-JUS

Lima, 28 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 004-2007-JUS, modifi cado por el artículo 5 del Decreto Supremo N° 008-2010-JUS, establece que la Comisión de Gracias Presidenciales está integrada por cinco (5) miembros, de los cuales cuatro (4) son designados por Resolución Ministerial del Ministerio de Justicia, actual Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y uno (1), en representación del Despacho Presidencial, designado por Resolución Ministerial del Consejo de Ministros;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0225-2015-JUS, del 13 de agosto de 2015, se designó al señor abogado Gustavo Adolfo Campos Peralta como Presidente de la Comisión de Gracias Presidenciales;

Que, el referido profesional ha formulado renuncia al cargo para el que fue designado, siendo necesario aceptarla y designar a quien lo reemplazará en la Comisión de Gracias Presidenciales;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 004-2007-JUS; y, el Decreto Supremo Nº 008-2010-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor abogado Gustavo Adolfo Campos Peralta como Presidente de la Comisión de Gracias Presidenciales, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Designar a la señora abogada Delia Atuncar Irribari como Presidenta de la Comisión de Gracias Presidenciales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLOMinistra de Justicia y Derechos Humanos

1448473-2

MUJER Y POBLACIONES

VULNERABLES

Autorizan viaje de servidora del Ministerio a Bolivia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 011-2016-MIMP

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, el 23 de junio de 2016 se realizó el Encuentro Presidencial y I Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú-Bolivia en Puno como consecuencia de una nueva etapa en las relaciones bilaterales entre la República del Perú y del Estado Plurinacional de Bolivia, con el objetivo de dinamizar la intensa agenda compartida, armonizar las políticas bilaterales e impulsar la cooperación sectorial, particularmente en el desarrollo de proyectos de inclusión social y de carácter fronterizo para benefi cio de las comunidades altiplánicas y amazónicas de ambos países, por ello, se establecieron cuatro (04) ejes temáticos: (i) medio ambiente y recursos hídricos transfronterizos; (ii) seguridad y defensa; (iii) desarrollo económico, asuntos sociales y fortalecimiento institucional; e (iv) infraestructura para la integración y el desarrollo;

Que, mediante Ofi cio OF.RE (SUD-SPA) N° 22-6-BB/165 C/A del 13 de octubre de 2016, la Dirección de America del Sur del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el marco del Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú-Bolivia a realizarse el día 4 de noviembre de 2016, hace de conocimiento de la Ofi cina de Cooperación Internacional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables las reuniones bilaterales a nivel técnico y de Vicecancilleres que se realizaran los días 2 y 3 de noviembre 2016, en la ciudad de Sucre, departamento Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia;

Que, el citado evento tiene como objetivo evaluar el cumplimiento de los compromisos asumidos en la I Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú-Bolivia contenidos en la Declaración de Isla Esteves, suscrita el 23 de junio de 2015, entre los cuales se encuentran dos (02) compromisos vinculados con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables dentro del Eje III: Desarrollo económico, asuntos sociales y fortalecimiento institucional, que son: (i) El establecer un plan de acción para el intercambio de experiencias en políticas de igualdad de género y poblaciones vulnerables en la zona de frontera con prioridad en la autonomía económica de las mujeres, en la atención, sanción y prevención de la violencia de género y en la promoción y protección de la participación políticas de las mujeres; así como en otras áreas de cooperación que se decida abordar de común acuerdo y (ii) El suscribir el “Acuerdo para fortalecer la lucha contra la trata de personas, el tráfi co ilícito de migrantes y los delitos conexos”;

Page 33: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603191NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

Que, los literales b) y c) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1098, señala que el MIMP tiene como competencia: (i) la protección de los derechos de las mujeres, (ii) la promoción de los derechos de las mujeres con especial énfasis en el fortalecimiento de la ciudadanía y autonomía de las mujeres, con independencia de su edad, etnia y condición; la igualdad de oportunidades para las mujeres; y la promoción de la ampliación de la participación de las mujeres en el ámbito público, (iii) promoción y protección de poblaciones vulnerables, (iv) atención y recuperación de las víctimas de trata de personas, trabajo infantil y trabajo forzoso, entre otros;

Que, en ese sentido, la participación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en el evento mencionado, permitirá: (i) contribuir con la integración y el desarrollo de la zona fronteriza Perú-Bolivia en la temática de mujer y poblaciones vulnerables, (ii) intercambiar experiencias y (iii) mejorar y fortalecer las relaciones con Estado Plurinacional de Bolivia, así como mantener alianzas en materia de cooperación internacional;

Que, mediante Informe N° 044-2016-MIMP/OGPP-OCIN del 28 de octubre de 2016, la Ofi cina de Cooperación Internacional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto ha sustentado la participación de la señora Nadime Maritza Alvarez del Villar Reinoso, profesional de la Ofi cina de Cooperación Internacional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, al evento denominado Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú-Bolivia que se realizará del 2 al 4 noviembre de 2016, en la ciudad de Sucre, departamento Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia, precisando que la citada profesional asistirá no sólo a las reuniones técnicas de trabajo previstas para los días 2 y 3 de noviembre de 2016, sino también del día 4 de noviembre, en el que se llevará a cabo el Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú-Bolivia;

Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley № 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que las autorizaciones de viaje al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e), f) y g) del mismo numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizarse mediante resolución suprema;

Que, en tal sentido, resulta de interés institucional la participación de la señora Nadime Maritza Alvarez del Villar Reinoso, profesional de la Ofi cina de Cooperación Internacional, en el mencionado evento; siendo que los gastos por concepto de viáticos serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo № 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en la Ley № 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley № 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y en el Decreto Supremo № 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cado por el Decreto Supremo № 005-2006-PCM y el Decreto Supremo № 056-2013-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora NADIME MARITZA ALVAREZ DEL VILLAR REINOSO, profesional de la Ofi cina de Cooperación Internacional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a la ciudad de Sucre, departamento Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia, del 1 al 4 de noviembre de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- El gasto que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema será con cargo al

presupuesto institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, de acuerdo al siguiente detalle:

Viáticos (US $ 370 x 4 días) US $ 1 480,00TOTAL US $ 1 480,00

Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación

Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida servidora deberá presentar ante la Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas por los viáticos entregados, de acuerdo a Ley.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARDPresidente de la República

FERNANDO ZAVALA LOMBARDIPresidente del Consejo de Ministros

ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARIMinistra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

1448563-13

PRODUCE

Aprueban la Simplificación Administrativa de los Procedimientos Administrativos del TUPA del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 425-2016-PRODUCE

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTOS: El Memorando Nº 2157-2016-PRODUCE/DGCHI-Dpchi de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto, el Memorando Nº 1714-2016-PRODUCE/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 290-2016-PRODUCE/OGPP-Opra de la Ofi cina de Planeamiento y Racionalización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2015-PRODUCE, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Producción, modifi cado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 199-2015-PRODUCE, 340-2015-PRODUCE, 282-2016-PRODUCE, 417-2016-PRODUCE, 420-2016-PRODUCE y el Decreto Supremo Nº 011-2016-PRODUCE, en adelante el TUPA del Ministerio;

Que, en el TUPA del Ministerio, se señala que veinticinco (25) procedimientos administrativos, enumerados del 62 al 86, se encuentran a cargo de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto, correspondiendo nueve (09) procedimientos administrativos a su Dirección de Extracción Industrial Pesquera para Consumo Humano Indirecto y dieciséis (16) procedimientos administrativos a su Dirección de Producción Industrial Pesquera para Consumo Humano Indirecto;

Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en adelante la Ley Nº 27444, dispone en el numeral 1 del artículo IV del Título Preliminar, que el procedimiento administrativo

Page 34: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603192 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

se sustenta fundamentalmente, entre otros, en el Principio de Simplicidad, según el cual, los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria, es decir los requisitos exigidos deberán ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir;

Que, la Ley Nº 27444 señala en el numeral 36.3 del artículo 36, que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial por tratarse de entidades dependientes del Gobierno Central; y en el numeral 38.5 del artículo 38, que una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector;

Que, los Lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA y Disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, aprobados por Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, establecen en el artículo 12 que, para la revisión y aprobación del proyecto de TUPA o de su modifi catoria, se debe presentar conjuntamente con dicho proyecto, la siguiente documentación: Proyecto de norma que aprueba el TUPA; el Informe Técnico de la Ofi cina de Planeamiento o quien haga sus veces, que sustente y destaque los cambios contenidos en el proyecto, los avances en la simplifi cación administrativa de los procedimientos administrativos (reducción de plazos de atención, requisitos o costos); y el “Formato de sustentación legal y técnica de los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA” de la Entidad;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, se aprueba la Metodología de Simplifi cación Administrativa y se establecen disposiciones para su implementación, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por las Entidades de la Administración Pública, que tiene como objetivo general, brindar pautas a las entidades públicas para la eliminación y simplifi cación de procedimientos administrativos utilizando un modelo estandarizado bajo un enfoque integral;

Que, en el Memorando Nº 2157-2016-PRODUCE/DGCHI-Dpchi, la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto propone y sustenta la simplifi cación de procedimientos administrativos del TUPA del Ministerio de la Producción, quedando eliminados por fusión cinco (05) de éstos (Nºs. 74, 76, 77, 80, 83), a fi n de reducir el número de procedimientos para facilitar el acceso a los administrados y reducir los costos de la evaluación; la modifi cación de la nomenclatura de los procedimientos administrativos Nºs. 72, 78 y 86, al haberse asignado a dicha Dirección General competencia para otorgar licencias de operación y otros títulos habilitantes a las plantas de macroalgas marinas y concentrados proteicos con los Decretos Supremos Nºs. 019-2009-PRODUCE, 007-2016-PRODUCE y 015-2016-PRODUCE; así como la eliminación del procedimiento administrativo Nº 85 “Autorización de proyectos con fi nes de investigación aplicada en plantas de harina y aceite de pescado, para el mejoramiento y racionalización productiva, con constancia de implementación del estudio ambiental”, por no tener competencia y considerar que este procedimiento debería ser asesorado, supervisado y evaluado por el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) y el Instituto del Mar del Perú – IMARPE, organismos públicos adscritos al Ministerio de la Producción;

Que, por el Memorando Nº 1714-2016-PRODUCE/OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 290-2016-PRODUCE/OGPP-OPRA, que hace suyo, mediante el cual la Ofi cina de Planeamiento y Racionalización señala que, atendiendo a la sustentación técnica de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto emite opinión favorable respecto a la simplifi cación administrativa (eliminación por fusión: procedimientos administrativos Nºs. 74, 76, 77, 80 y 83) de cinco (05) procedimientos administrativos, al cambio de nomenclatura de tres (03) procedimientos administrativos (Nºs. 72, 78 y 86) y a la eliminación del procedimiento administrativo Nº 85 del TUPA del Ministerio de la Producción, lo cual contribuirá a

brindar un servicio efi ciente a los ciudadanos, mejorando los procedimientos administrativos;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; los Lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA y Disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, aprobados por Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Simplifi cación Administrativa de procedimientos administrativos del TUPA del Ministerio de la Producción

Apruébase la Simplifi cación Administrativa de los Procedimientos Administrativos Nºs. 73, 74, 75, 76, 77, 79, 80, 82 y 83 en cuatro (04) Procedimientos Administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2015-PRODUCE, modifi cado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 199-2015-PRODUCE, 340-2015-PRODUCE, 282-2016-PRODUCE, 417-2016-PRODUCE, 420-2016-PRODUCE y el Decreto Supremo Nº 011-2016-PRODUCE, quedando eliminados por fusión los Procedimientos Administrativos Nºs. 74, 76, 77, 80, 83; con cambio de nomenclatura los Procedimientos Administrativos Nºs. 72, 78 y 86; y eliminado el Procedimiento Administrativo Nº 85, conforme al Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Aprobación de Formatos y FormulariosApruébanse los Formatos y Formularios comprendidos

en los Anexos I y II, respectivamente, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- PublicaciónPublícase la presente Resolución Ministerial en

el Diario Ofi cial El Peruano, y los Anexos en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe) el mismo día de su publicación en Diario Ofi cial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BRUNO GIUFFRA MONTEVERDEMinistro de la Producción

1448476-1

Incorporan a la Ventanilla Única del Sector Producción - VUSP, lista de procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 426-2016-PRODUCE

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTOS, El Memorándum Nº 1205-2016-PRODUCE/OGTI de la Ofi cina General de Tecnologías de la Información, los Memorandos Nº 1715 y 1727-2016-PRODUCE/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y los Informes Nº 291 y 296-2016-PRODUCE/OGPP-Opra de la Ofi cina de Planeamiento y Racionalización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 396-2016-PRODUCE/OGAJ; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2015-PRODUCE se aprobó el Texto Único de

Page 35: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603193NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Producción, el mismo que ha sido modifi cado por las Resoluciones Ministeriales Nº 199-2015-PRODUCE, Nº 340-2015-PRODUCE, Nº 282-2016-PRODUCE, Nº 417-2016-PRODUCE, Nº 420-2016-PRODUCE y el Decreto Supremo Nº 011-2016-PRODUCE;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2014-PRODUCE, se crea la Ventanilla Única del Sector Producción (VUSP) a fi n de fortalecer la simplifi cación administrativa a través de la automatización progresiva de los procedimientos administrativos y de los servicios a cargo del Sector Producción, así como establecer las disposiciones para su implementación y funcionamiento;

Que, la VUSP tiene como objetivo reducir costos y acortar plazos de atención en los procedimientos administrativos y servicios que correspondan al Sector Producción, entre otros, a través de la simplifi cación e integración de éstos; y comprende a los procedimientos administrativos y servicios automatizados que se encuentran a cargo del Ministerio de la Producción y demás entidades, programas y proyectos adscritos al Sector;

Que, asimismo, el Decreto Supremo Nº 013-2014-PRODUCE señala en la Cuarta Disposición Complementaria Final que, la incorporación de los procedimientos y servicios a la VUSP se dispondrá mediante Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción;

Que, mediante Memorando Nº 1205-2016-PRODUCE/OGTI, la Ofi cina General de Tecnologías de la Información, solicitó opinión a las siguientes ocho (08) Direcciones Generales: Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto, Dirección General de Políticas y Regulación, Dirección General de Desarrollo Productivo, Dirección General de Asuntos Ambientales, y de las Ofi cinas Generales de Atención al Ciudadano y de Recursos Humanos, sobre la automatización de los procedimientos administrativos del TUPA del Ministerio de la Producción, que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, así como sobre la gratuidad de los procedimientos que a la fecha de la presente norma cuentan con costo;

Que, mediante Memorando Nº 1707-2016-PRODUCE/OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto solicitó a la Ofi cina General de Administración, opinión respecto a la propuesta de gratuidad de los procedimientos TUPA que se automatizarán y que cuentan con costo, según derecho de tramitación y otros conceptos; y, mediante Memorando Nº 2805-2016-PRODUCE/OGA, la Ofi cina General de Administración señala que, es facultad de cada una de las Direcciones contempladas en el TUPA, opinar sobre la gratuidad de cada uno de los procedimientos administrativos, que se automatizarán;

Que, conforme a lo señalado en los Memorandos Nº 2402-2016-PRODUCE/DGP del Director General (e) de Políticas y Desarrollo Pesquero; Nºs 2086, 2104, 2161-2016-PRODUCE/DGCHI y comunicación electrónica de fecha 28 de octubre de 2016 de la Directora General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto; Nº 4828-2016-PRODUCE/DGCHD-DIAC y comunicación electrónica de fecha 28 de octubre de 2016 del Director General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo; Nº 166-2016-PRODUCE/DIAC del Director de Acuicultura; Nº 291-2016-PRODUCE/DEPCHD del Director de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo; Nº 251-2016-PRODUCE/DGCHD del Director de Pesca Artesanal (e) de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo; Nº 1772-2016/PRODUCE/DVMYPE-I/DGPR y comunicación electrónica de fecha 28 de octubre de 2016 de la Directora General de Políticas y Regulación; Nº 1721-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGEDEPRO del Director General de Desarrollo Productivo; Nº 1160-2016-PRODUCE/DIGGAM de la Dirección General de Asuntos Ambientales; Nº 1679-2016-PRODUCE/OGRH del Director General de la Ofi cina General de Recursos Humanos; y, Nº 1016-2016-PRODUCE/OGACI de la Directora General de la Ofi cina General de Atención al Ciudadano, y a la evaluación efectuada por

las citadas Direcciones Generales, Direcciones y Ofi cinas Generales, estas han emitido la opinión solicitada sobre los procedimientos administrativos que les corresponden, manifestando su respectiva aprobación;

Que, mediante Memorandos Nºs. 1715 y 1727-2016-PRODUCE/OGPP, el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, acompaña respectivamente, los Informes Nºs. 291 y 296-2016-PRODUCE/OGPP-Opra de la Ofi cina de Planeamiento y Racionalización, emitiendo opinión favorable respecto de la automatización gratuidad de los procedimientos administrativos del TUPA del Ministerio de la Producción, que se encuentran detallados en el Anexo de la presente Resolución Ministerial; así como de la gratuidad de los mismos;

Que, de acuerdo a lo señalado en el precitado Informe Nº 296-2016-PRODUCE/OGPP-Opra, la propuesta de incorporación de dichos procedimientos administrativos a la VUSP, no modifi ca procedimiento alguno de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) ni de la Ventanilla Única de Acuicultura (VUA), de acuerdo a la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 013-2014-PRODUCE; por lo que, se considera viable la propuesta de incorporación de dichos procedimientos administrativos a la VUSP;

Que, estando a los fundamentos expuestos, corresponde incorporar los procedimientos administrativos del TUPA del Ministerio de la Producción, que se detallan en el Anexo de la presente Resolución, a la Ventanilla Única del Sector Producción - VUSP, así como establecer la gratuidad del derecho de tramitación de los mismos;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; y el Decreto Supremo Nº 013-2014-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Incorporación de procedimientos administrativos TUPA en la VUSP

Incorpórase a la Ventanilla Única del Sector Producción - VUSP, la lista de procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Producción, que en calidad de Anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Gratuidad de derechos de tramitaciónDisponer la gratuidad de los derechos de tramitación

de los procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Producción, que se señalan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- PublicaciónPublícase la presente Resolución Ministerial en

el Diario Ofi cial El Peruano, y el Anexo en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BRUNO GIUFFRA MONTEVERDEMinistro de la Producción

1448476-2

Autorizan viaje de funcionarios y profesional del Ministerio a Bolivia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 427-2016-PRODUCE

Lima, 31 de octubre de 2016

Page 36: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603194 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

VISTOS: El Ofi cio RE (SUD-SPA) N° 22-6-BB/165, de fecha 13 de octubre de 2016, el Informe N° 197-2016-PRODUCE/OGPP-OCTE de la Ofi cina de Cooperación Técnica, el Informe N° 010-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGITSE/DME-Sluna, de la Dirección Mi Empresa, el Informe N° 172-2016-PRODUCE/DGSP-Dcc-epv, de la Dirección de Coordinación de Cambio Climático, los Informes N°s. 599, 604 y 608-2016-PRODUCE/OGPP-OP, del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, con Ofi cio RE (SUD-SPA) N° 22-6-BB/165, de fecha 13 de octubre de 2016, el señor Peter Camino Cannock, Director de América del Sur del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica al Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción que los gobiernos del Perú y Bolivia han acordado realizar el Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros el 04 de noviembre de 2016, en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia; evento que estará precedido por reuniones preparatorias técnicas y a nivel de Vicecancilleres a realizarse los días 02 y 03 de noviembre de 2016;

Que, mediante comunicación electrónica, de fecha 27 de octubre de 2016, se acreditó a los señores Víctor Manuel Loyola Rosario, Rodolfo Eduardo Padilla Verazaluce y Marco Antonio Raymundo Carrillo como parte de la Delegación del Ministerio de la Producción para asistir a las reuniones mencionadas en el considerando precedente;

Que, con el Memorando N° 1588-2016-PRODUCE/OGPP, el Director General de Planeamiento y Presupuesto, remite el Informe N° 197-2016-PRODUCE/OGPP-OCTE, de la Ofi cina de Cooperación Técnica, el cual sustenta la participación del señor Víctor Manuel Loyola Rosario, Director de la Ofi cina de Cooperación Técnica en el mencionado evento, señalando que los Encuentros Presidenciales y Gabinetes Binacionales de Ministros del Perú y Ecuador, son la máxima instancia de la relación bilateral y constituye un espacio en el que se revisan los avances de los compromisos, que fortalecen las relaciones bilaterales, se suscriben acuerdos y se establecen nuevos compromisos, con el fi n de favorecer a las poblaciones de ambos países, siendo importante la participación en dichas reuniones pues permitirán continuar con las negociaciones en las mesas de trabajo y en las Reuniones Técnicas Binacionales, que están consignadas en el “Plan de Acción de la Declaración Presidencial de Esteves”, señalando también que las actividades a realizar se comprenden en acciones de promoción de importancia para el Perú;

Que, con el Memorando N° 4447-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGITSE, el Director General de la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales remite el Informe N° 010-2016-PRODUCE/DVMYPE-I /DIGITSE/DME-Sluna, de la Dirección Mi Empresa, el cual sustenta la participación del señor Marco Antonio Raymundo Carrillo, Director (s) de la Dirección Mi Empresa, en el mencionado evento, indicando que el mencionado funcionario participará en las reuniones de trabajo de la Mesa de Trabajo N° 1 Desarrollo Económico del Eje III “Desarrollo Económico, Políticas Sociales y Fortalecimiento Institucional”, realizando la presentación de los avances a los compromisos asumidos en la Declaración de Esteves y planteando nuevos compromisos, que contribuirán al crecimiento, desarrollo y productividad de las MIPYMES de ambos países y proponer nuevas actividades en desarrollo de las mismas, por lo que se constituyen en acciones de promoción de importancia para el Perú ;

Que, con el Memorando N° 1264-2016-PRODUCE/DGSP-Dcc, la Directora General de la Dirección General de Sostenibilidad Pesquera, remite el Informe N° 172-2016-PRODUCE/DGSP-Dcc-epv, de la Dirección de Coordinación de Cambio Climático, el cual sustenta la participación del señor Rodolfo Eduardo Padilla Verazaluce, profesional de dicha Dirección, en el mencionado evento; señalando que el objetivo de la

comisión de servicios es que el mencionado profesional participe en las reuniones técnicas a fi n de que se promueva y verifi que la continuidad de los temas que fueron propuestos en el “Encuentro Presidencial y I Gabinete Binacional de Ministros Perú – Bolivia”, apoyando en las labores del Viceministro de Pesca y Acuicultura en la preparación de la presentación de los Ejes Temáticos que serán expuestos durante el encuentro Binacional; asimismo, señala que en consideración a las actividades a realizar en las mencionadas reuniones técnicas se constituyen en acciones de promoción de importancia para el Perú;

Que, de acuerdo numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo determinados casos que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad, como el supuesto señalado en el literal a), referido los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, enmarcándose en este último supuesto las autorizaciones de viaje que se formulan por la presente Resolución Ministerial;

Que, mediante comunicación electrónica de fecha 26 de octubre de 2016, el Ministerio de Relaciones Exteriores informa que se han autorizado vuelos para trasladar al equipo técnico y a la comitiva de avanzada que participarán en las reuniones preparatorias técnicas previas al Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional del Perú y Bolivia;

Que, con los Informes N°s. 599, 604 y 608-2016-PRODUCE/OGPP-OP, el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto otorga la Certifi cación de Crédito Presupuestario correspondiente a la asignación de viáticos de los comisionados que participarán en las mencionadas reuniones representando al Ministerio de la Producción;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los señores Víctor Manuel Loyola Rosario, Director de la Ofi cina de Cooperación Técnica de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Marco Antonio Raymundo Carrillo, Director (s) de la Dirección Mi Empresa de la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales del Viceministerio de MYPE e Industria y Rodolfo Eduardo Padilla Verazaluce, profesional de la Dirección de Coordinación de Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad Pesquera del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, a la ciudad de Sucre, departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia, del 01 al 04 de noviembre de 2016, para los fi nes expuestos en los considerandos precedentes;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modifi catorias; las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modifi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; y, la Directiva General Nº 007-2009-PRODUCE, Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción, aprobada por Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Víctor Manuel Loyola Rosario, Director de la Ofi cina de Cooperación Técnica de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Marco Antonio Raymundo Carrillo, Director (s) de la Dirección Mi Empresa de la Dirección General de Innovación, Transferencia

Page 37: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603195NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

Tecnológica y Servicios Empresariales del Viceministerio de MYPE e Industria y Rodolfo Eduardo Padilla Verazaluce, profesional de la Dirección de Coordinación de Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad Pesquera del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, a la ciudad de Sucre, departamento de Chuquisaca, Estado Plurinacional de Bolivia, del 01 al 04 de noviembre de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo al presupuesto del Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y apellidos Viáticos por 4 días US$ 370.00 por día (3 + 1 día por

concepto de instalación)Víctor Manuel Loyola Rosario 1,480.00Marco Antonio Raymundo Carrillo 1,480.00Rodolfo Eduardo Padilla Verazaluce 1,480.00Total 4,440.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados comisionados deberán presentar al Ministro de la Producción, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BRUNO GIUFFRA MONTEVERDEMinistro de la Producción

1448561-1

Autorizan viaje de Viceministro de Pesca y Acuicultura a Bolivia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 428-2016-PRODUCE

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTOS: El Ofi cio RE (DGA) N° 22-6-BB/152 de fecha 27 de setiembre de 2016, el Informe N° 038-2016-PRODUCE/Dices de la Dirección de Competitividad y Enlace Sectorial de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, el Memorando N° 2806-2016-PRODUCE/OGA de la Ofi cina General de Administración, el Informe N° 609-2016-PRODUCE/OGPP-OP de la Ofi cina de Presupuesto, el Memorando N° 1720-2016-PRODUCE/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, con el Ofi cio RE (DGA) N° 22-6-BB/152 de fecha 27 de setiembre de 2016, el señor Ricardo Luna Mendoza, Ministro de Relaciones Exteriores, pone en conocimiento del Ministro de la Producción, que los gobiernos del Perú y Bolivia han acordado realizar el Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros el 04 de noviembre de 2016, en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia; evento que estará precedido por reuniones preparatorias técnicas y a nivel de Vicecancilleres a realizarse los días 02 y 03 de noviembre de 2016;

Que, con Memorando N° 2409-2016-PRODUCE/DGP-Dices, la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero remite el Informe N° 038-2016-PRODUCE/Dices de la Dirección de Competitividad y Enlace Sectorial, el cual señala que la participación del Viceministro de Pesca y Acuicultura en el citado evento es importante debido a que contribuirá con impulsar el trabajo en conjunto con su par de Bolivia, a efectos de implementar el plan

de trabajo propuesto en el marco del Compromiso 5, Actividad 3 del Eje I “Medio ambiente y recursos hídricos transfronterizos”, acordado en la Declaración de Isla Esteves suscrita en el Encuentro Presidencial y Primera Reunión del Gabinete Binacional de Ministros de Perú y Bolivia; asimismo, indica que el viaje se enmarca en la excepción prevista en el literal a) del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, por cuanto la participación peruana constituye acciones de promoción de importancia para el Perú, que tienen por fi nalidad impulsar un trabajo conjunto entre los estados participantes a efectos de promocionar la actividad acuícola a través de las investigaciones de las principales especies del Lago Titicaca;

Que, en el citado Informe se precisa que el viaje del Viceministro de Pesca y Acuicultura irrogará gastos al Ministerio de la Producción, únicamente por concepto de viáticos, toda vez que el viaje se realizará a través del vuelo programado por la Fuerza Aérea del Perú;

Que, con el Memorando N° 1720-2016-PRODUCE/OGPP, el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 609-2016-PRODUCE/OGPP-OP de la Ofi cina de Presupuesto, el cual aprueba la Certifi cación de Crédito Presupuestario, para la asignación de viáticos a favor del Viceministro de Pesca y Acuicultura;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del señor Héctor Eugenio Deosdado Soldi Soldi, Viceministro de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, del 02 al 04 de noviembre de 2016, para los fi nes expuestos en los considerandos precedentes;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modifi catorias; las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modifi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE; y, la Directiva General N° 007-2009-PRODUCE, Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción, aprobada por Resolución Ministerial N° 296-2009-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Héctor Eugenio Deosdado Soldi Soldi, Viceministro de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, del 02 al 04 de noviembre de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo al presupuesto del Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y apellidos

Viáticos por 4 días US$ 370,00 por día (3 días de viáticos + 1

de instalación)

TOTAL US$

Héctor Eugenio Deosdado Soldi Soldi 1,480.00 1,480.00

Artículo 3.- Encargar el Despacho del Viceministro de Pesca y Acuicultura al señor Juan Carlos Mathews Salazar, Viceministro de MYPE e Industria, a partir del 02 de noviembre de 2016, en adición a sus funciones y en tanto dure la ausencia del titular.

Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar al Ministro de la Producción un informe

Page 38: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603196 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BRUNO GIUFFRA MONTEVERDEMinistro de la Producción

1448561-2

Incorporan procedimiento administrativo Nº 158 “Plan de Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE)” del TUPA del Ministerio, a la Ventanilla Única del Sector Producción (VUSP).

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 430-2016-PRODUCE

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTOS, El Memorándum N° 1556-2015-PRODUCE/OGTI de la Ofi cina General de Tecnologías de la Información, el Memorando N° 1132-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM de la Dirección General de Asuntos Ambientales, el Memorando N° 1686-2016-PRODUCE/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 287-2016-PRODUCE/OGPP-Opra de la Ofi cina de Planeamiento y Racionalización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2014-PRODUCE, se crea la Ventanilla Única del Sector Producción (VUSP) a fi n de fortalecer la simplifi cación administrativa a través de la automatización progresiva de los procedimientos administrativos y de los servicios a cargo del Sector Producción, así como establecer las disposiciones para su implementación y funcionamiento;

Que, la VUSP tiene como objetivo reducir costos y acortar plazos de atención en los procedimientos administrativos y servicios que correspondan al Sector Producción, entre otros, a través de la simplifi cación e integración de éstos; y comprende a los procedimientos administrativos y servicios automatizados que se encuentran a cargo del Ministerio de la Producción y demás entidades, programas y proyectos adscritos al Sector;

Que, asimismo, el Decreto Supremo Nº 013-2014-PRODUCE señala en la Cuarta Disposición Complementaria Final que, la incorporación de los procedimientos y servicios a la VUSP se dispondrá mediante Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción;

Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2015-PRODUCE y modifi cado por las Resoluciones Ministeriales N°s. 199-2015-PRODUCE, 340-2015-PRODUCE, 282-2016-PRODUCE, 417-2016-PRODUCE, 420-2016-PRODUCE y el Decreto Supremo N° 011-2016-PRODUCE, contiene, entre otros, el procedimiento administrativo N° 158 denominado “Plan de Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE)”;

Que, la Ofi cina General de Tecnologías de la Información ha diseñado el aplicativo para la tramitación electrónica del procedimiento administrativo N° 158, Sistema de Manejo de Residuos de Aparatos Electrónicos y Eléctricos - RAEE, en coordinación con la Dirección General de Asuntos Ambientales, contando con la conformidad a los requerimientos funcionales del mismo;

Que, en el Memorando N° 1132-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM, la Dirección General de Asuntos Ambientales manifi esta que, luego de la evaluación

respectiva se ha determinado que el procedimiento administrativo N° 158 “Plan de Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE)” del TUPA del Ministerio de la Producción reúne las condiciones administrativas y técnicas para ser incorporado dentro de los alcances de la Ventanilla Única del Sector Producción - VUSP, por lo que solicita se adopten las acciones respectivas para la emisión de la Resolución Ministerial correspondiente;

Que, por el Memorando N° 1686-2016-PRODUCE/OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 287-2016-PRODUCE/OGPP-OPRA de la Ofi cina de Planeamiento y Racionalización, que hace suyo, a través del cual se indica que el diseño aplicativo informático del procedimiento administrativo N° 158 ha sido coordinado entre la Dirección General de Asuntos Ambientales y la Ofi cina General de Tecnologías de la Información, contando con la conformidad a sus requerimientos funcionales; la referida propuesta no modifi ca procedimiento alguno de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) ni de la Ventanilla Única de Acuicultura (VUA), dando cumplimiento a la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 013-2014-PRODUCE; por lo que, considera viable la propuesta de incorporación de dicho procedimiento administrativo a la VUSP;

Que, estando a los fundamentos expuestos, corresponde emitir la Resolución Ministerial que incorpore el procedimiento administrativo Nº 158 “Plan de Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE)” del TUPA del Ministerio de la Producción, a la Ventanilla Única del Sector Producción - VUSP;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; y el Decreto Supremo Nº 013-2014-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Incorporar el procedimiento administrativo N° 158 del TUPA del Ministerio de la Producción a la VUSP

Incorpórase el procedimiento administrativo Nº 158 “Plan de Manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE)” del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2015-PRODUCE y modifi cado por las Resoluciones Ministeriales N°s. 199-2015-PRODUCE, 340-2015-PRODUCE, 282-2016-PRODUCE, 417-2016-PRODUCE, 420-2016-PRODUCE y el Decreto Supremo N° 011-2016-PRODUCE, a la Ventanilla Única del Sector Producción (VUSP).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BRUNO GIUFFRA MONTEVERDEMinistro de la Producción

1448561-3

Crean Grupo Técnico Multisectorial para el Desarrollo Cooperativo

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 431-2016-PRODUCE

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTOS: Los Memorandos Nº 1648 y 1732-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGEDEPRO de la Dirección General de Desarrollo Productivo, el Memorando Nº 1650-2016-PRODUCE/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 399-2016-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

Page 39: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603197NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el Decreto Legislativo Nº 1047, el Ministerio de la Producción es un organismo del Poder Ejecutivo competente en materia de industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción desarrollo de cooperativas que formula, planea, dirige, coordina, ejecuta, supervisa y evalúa la política nacional y sectorial bajo su competencia, y dicta normas para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, entre otros;

Que, la Comisión Multisectorial de Carácter Permanente, adscrita al Ministerio de la Producción, creada mediante el Decreto Supremo Nº 051-2014-PCM, tiene como objeto alinear esfuerzos a nivel nacional e intersectorial que permitan la mejora de la productividad y la competitividad;

Que, el artículo 6 del marco normativo antes mencionado otorga la habilitación legal para la creación de grupos de trabajo técnicos para áreas o temáticas específi cas;

Que, el artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE, establece como política estatal la promoción de un entorno favorable para la creación, formalización, desarrollo y competitividad de las MYPES y el apoyo a los nuevos emprendimientos;

Que, con la Resolución Ministerial Nº 435-2015-PRODUCE, se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 - 2021 del sector Producción, el cual establece que para alcanzar el objetivo de incrementar la diversifi cación y sofi sticación de la estructura productiva, a fi n de contribuir al crecimiento económico sostenible, se requiere como acciones estratégicas, entre otras, que los motores del desarrollo sean potenciados mediante mesas de trabajo promovidas por el sector Producción;

Que, la Dirección General de Desarrollo Productivo en su Memorando Nº 1648-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGEDEPRO hace suyo el Informe Nº 025-2016-PRODUCE/DVMYPE- I /D IGEDEPRO/DAE, en el que se manifi esta que, PRODUCE es el sector competente en la promoción y fomento de las cooperativas, competencia que le ha sido asignada a partir de la vigencia de la Ley Nº 29271, y que el Grupo Técnico Multisectorial que se propone permitirá viabilizar los objetivos trazados por el PRODUCE con la fi nalidad de articular al sector público y privado, a través de un espacio que permita alinear esfuerzos a nivel intersectorial y territorial, en el cual se analizarán y formularán propuestas para la promoción y el desarrollo del sector cooperativo;

Que, la Dirección General citada en el considerando precedente señala asimismo que es necesario crear el Grupo Técnico Multisectorial para el Desarrollo Cooperativo, que contribuya el fortalecimiento institucional del sector cooperativo, genere sinergias entre las instituciones relacionadas con el sector y promueva su competitividad;

Que, con Memorando Nº 1650-2016-PRODUCE/OGPP el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, sustentado en el Informe Nº 279-2016-PRODUCE/OGPP-Opra emite opinión favorable respecto a la creación del Grupo Técnico Multisectorial materia de la presente Resolución;

Que, por lo anteriormente expuesto es necesaria la creación del Grupo Técnico Multisectorial para el Desarrollo Cooperativo, de naturaleza temporal, con el objetivo de alinear esfuerzos a nivel intersectorial y territorial y generar una estrategia que permita promover y desarrollar sinergias y acciones específi cas a favor del sector cooperativo para que los planes, programas y proyectos dirigidos al sector calcen efectivamente con sus necesidades y expectativas;

Que, el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de Informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades, pudiéndose encargar

otras funciones que no sean las indicadas, a Grupos de Trabajo;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 051-2014-PCM, que crea la Comisión Multisectorial Permanente para la Diversifi cación Productiva; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Creación de Grupo Técnico Multisectorial para el Desarrollo Cooperativo

Créase el Grupo Técnico Multisectorial para el Desarrollo Cooperativo, en adelante el Grupo Técnico, de naturaleza temporal, con el objetivo de alinear esfuerzos a nivel intersectorial y territorial y generar una estrategia que permita promover y desarrollar sinergias y acciones específi cas a favor del sector cooperativo para que los planes, programas y proyectos relacionados con el sector conlleven al logro de sus necesidades y expectativas.

Artículo 2.- Conformación Grupo TécnicoEl Grupo Técnico está conformado por los

representantes de los titulares de las entidades e instituciones siguientes:

a) El Ministro de la Producción, o su representante, quien la Preside.

b) Un representante del Ministerio de Agricultura y Riego.

c) Un representante del Ministerio de Educación.d) Un representante de la Comisión de Producción,

Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas del Congreso de la República.

e) Un representante de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

f) Un representante de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – SUNARP.

g) Un representante de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT.

h) Un representante de la Corporación Financiera de Desarrollo - COFIDE.

i) Un representante del Consejo Nacional de la Competitividad - CNCF.

j) Un representante de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA.

k) Un representante de la Confederación de Cooperativas del Perú – CONFENACOOP.

l) Un representante de la Federación Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito – FENACREP.

m) Un representante de la Federación Nacional de Cooperativas de Servicios Especiales del Perú – FENACOOSEP

n) Un representante de la Junta Nacional del Café - JNC.

o) Un representante de la Central de Cooperativas de Servicios del Perú – SERVIPERU.

p) Un representante de la Convención Nacional del Agro Peruano – CONVEAGRO.

q) Un representante de la Central Nacional de Cooperativas de Servicios Múltiples – CENACOOSMUP.

r) Un representante de la Asociación Peruana de Productores de Cacao – APPCACAO.

Los integrantes del Grupo Técnico ejercerán el cargo ad honorem.

La Secretaría Técnica es ejercida por la Dirección General de Desarrollo Productivo.

Las entidades e instituciones que conforman el Grupo Técnico designan a sus respectivos representantes, titular y alterno, mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica del Grupo Técnico en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles de publicada la Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano.

Page 40: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603198 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

Artículo 3.- Instalación y período de vigenciaEl Grupo Técnico se instalará en un plazo de quince

(15) días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de la presente resolución, y tiene un plazo de vigencia de un (01) año contado a partir de su instalación.

Artículo 4.- Plan de TrabajoEl Grupo Técnico tiene un plazo de quince (15) días

hábiles, contados a partir de su instalación, para presentar al Viceministro de MYPE e Industria el Plan de Trabajo, asimismo le informará trimestralmente sobre los avances respecto de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución. Las reuniones del Grupo Técnico se llevarán a cabo con una frecuencia no mayor a un (01) mes.

Artículo 5.- GastosLos gastos que demande la participación de los

integrantes del Grupo Técnico, en cumplimiento de sus funciones, son cubiertos con cargo a los presupuestos institucionales de las entidades e instituciones a los que representan, no irrogando recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 6.- ComunicaciónNotifi case la presente Resolución Ministerial a las

entidades e instituciones detalladas en el artículo 2 precedente.

Artículo 7.- PublicidadDispóngase la publicación de la presente Resolución

Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BRUNO GIUFFRA MONTEVERDEMinistro de la Producción

1448561-4

Crean Grupo de Trabajo Multisectorial, denominado “Mesa Técnica de Instrumentos Financieros para el desarrollo de la MIPYME”

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 432-2016-PRODUCE

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTOS: Los Memorandos Nº 1647-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGEDEPRO y 1720-2016-PRODUCE/DIGEDEPRO de la Dirección General de Desarrollo Productivo, el Memorando Nº 1874-2016-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de Mype e Industria, el Memorando Nº 1634-2016-PRODUCE/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 398-2016-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el Decreto Legislativo Nº 1047, el Ministerio de la Producción es un organismo del Poder Ejecutivo competente en materia de industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas, estando entre sus funciones rectoras, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, y dictar normas para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, entre otros;

Que, la Comisión Multisectorial de Carácter Permanente, adscrita al Ministerio de la Producción, creada mediante el Decreto Supremo Nº 051-2014-PCM, tiene como objeto alinear esfuerzos a nivel intersectorial y territorial, que permitan la mejora de la productividad y la competitividad;

Que, el artículo 6 del marco normativo antes mencionado otorga la habilitación legal para la creación de grupos de trabajo técnicos para áreas o temáticas específi cas;

Que, el artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE, establece como política estatal la promoción de un entorno favorable para la creación, formalización, desarrollo y competitividad de las MYPES y el apoyo a los nuevos emprendimientos;

Que, con la Resolución Ministerial Nº 435-2015-PRODUCE, se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 - 2021 del sector Producción, el cual establece que para alcanzar el objetivo de incrementar la diversifi cación y sofi sticación de la estructura productiva, a fi n de contribuir al crecimiento económico sostenible, se requiere como acciones estratégicas, entre otras, que los motores del desarrollo sean potenciados mediante mesas de trabajo promovidas por el sector Producción;

Que, la Dirección General de Desarrollo Productivo en su Memorando Nº 126-2016-PRODUCE/DICRE sustentado en el Informe Nº 083-2016-PRODUCE/DICRE-hchavez, manifi esta que, el acceso al fi nanciamiento y las condiciones de este son factores que inciden en la productividad empresarial, por lo tanto es necesario que la generación e implementación y promoción de instrumentos fi nancieros sean acordes a la necesidad que hoy enfrentan las empresas, y particularmente la MIPYME, para asegurar su crecimiento en un entorno cada vez más competitivo;

Que, la Dirección General citada en el considerando precedente, señala asimismo que la empresa corporativa, la MIPYME, el gobierno, las entidades fi nancieras y no fi nancieras, y los inversionistas, son los actores pilares en el ecosistema de fi nanciamiento dirigido a la MIPYME; advirtiendo la necesidad y relevancia de conformar un espacio de articulación y coordinación entre los actores públicos y privados, a fi n de generar sinergias y promover la competitividad del ecosistema de fi nanciamiento dirigido a la MIPYME;

Que, el objeto del Grupo de Trabajo que se crea con la presente resolución, es alinear esfuerzos a nivel intersectorial para generar una estrategia común que permita destrabar las barreras que impiden la creación, fortalecimiento y promoción de herramientas de fi nanciamiento dirigidas principalmente a los segmentos empresariales que representan un motor de crecimiento de la economía, a fi n que cuenten con los elementos necesarios para mejorar sostenidamente su productividad, lo cual permitirá diseñar políticas públicas en temas de acceso y mejores condiciones de fi nanciamiento, promover el ingreso de nuevos actores al mercado fi nanciero y no fi nanciero, e identifi car brechas y oportunidades en el ecosistema;

Que, con Memorando Nº 1634-2016-PRODUCE/OGPP el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, sustentado en el Informe Nº 277-2016-PRODUCE/OGPP-Opra emite opinión favorable respecto de la creación del Grupo de Trabajo materia de la presente Resolución;

Que, por lo anteriormente expuesto es necesaria la creación del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado Mesa Técnica de Instrumentos Financieros para el desarrollo de las MIPYME, que proponga políticas públicas en temas de acceso y mejores condiciones de financiamiento, formule propuestas normativas, y realice las acciones necesarias para el cumplimiento de su objetivo, a efectos de contribuir y facilitar el surgimiento de nuevos motores en la economía que coadyuven al desarrollo sostenible;

Que, el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades, pudiéndose encargar otras funciones que no sean las indicadas, a Grupos de Trabajo;

Page 41: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603199NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 051-2014-PCM, que crea la Comisión Multisectorial Permanente para la Diversifi cación Productiva; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Creación de Grupo de Trabajo Multisectorial denominado Mesa Técnica de Instrumentos Financieros para el desarrollo de la MIPYME

Créase el Grupo de Trabajo Multisectorial, denominado “Mesa Técnica de Instrumentos Financieros para el desarrollo de la MIPYME” en adelante la Mesa Técnica, de naturaleza temporal, con el objetivo de alinear esfuerzos a nivel intersectorial para generar una estrategia común que permita destrabar las barreras que impiden la creación, fortalecimiento y promoción de herramientas de fi nanciamiento dirigidas principalmente a los segmentos empresariales que representan un motor de crecimiento de la economía, como un medio para mejorar sostenidamente su productividad.

Artículo 2.- Conformación de la Mesa TécnicaLa Mesa Técnica está conformada por los

representantes de los titulares de las entidades e instituciones siguientes:

a) El Ministro de la Producción, o su representante, quien la Preside.

b) Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas.

c) Un representante de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.

d) Un representante de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

e) Dos representantes de la Corporación Financiera de Desarrollo - COFIDE.

f) Cuatro representantes de la Asociación de Bancos - ASBANC.

g) Un representante de la Federación de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito - FEPCMAC.

h) Cuatro representantes de empresas especializadas no fi nancieras.

i) Un representante de la Sociedad Nacional de Industrias.

j) Un representante de la Cámara de Comercio de Lima.

k) Un representante de la Institución de Compensación y Liquidación de Valores.

l) Un representante de la Superintendencia del Mercado de Valores.

Los integrantes de la Mesa Técnica ejercerán el cargo ad honorem.

La Secretaría Técnica es ejercida por la Dirección General de Desarrollo Productivo.

Las entidades e instituciones que conforman el Mesa Técnica designan a sus respectivos representantes, titular y alterno, mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica, en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles de publicada la Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano.

Artículo 3.- Instalación y período de vigenciaLa Mesa Técnica se instalará en un plazo de quince

(15) días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de la presente resolución, y tiene un plazo de vigencia de un (01) año contado a partir de su instalación.

Artículo 4.- Plan de TrabajoLa Mesa Técnica tiene un plazo de quince (15) días

hábiles, contados a partir de su instalación, para presentar

al Viceministro de MYPE e Industria el Plan de Trabajo, asimismo le informará trimestralmente sobre los avances respecto de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución. Las reuniones de la Mesa Técnica se llevarán a cabo con una frecuencia no mayor a un (01) mes.

Artículo 5.- GastosLos gastos que demande la participación de los integrantes

de la Mesa Técnica, en cumplimiento de sus funciones, son cubiertos con cargo a los presupuestos institucionales de las entidades e instituciones a los que representan, no irrogando recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 6.- ComunicaciónNotifícase la presente Resolución Ministerial a las

entidades e instituciones detalladas en el artículo 2 precedente.

Artículo 7.- PublicidadDispóngase la publicación de la presente Resolución

Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BRUNO GIUFFRA MONTEVERDEMinistro de la Producción

1448561-5

Autorizan viaje de servidores de SANIPES a Bolivia y Uruguay, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVANº 108-2016-SANIPES-DE

Surquillo, 31 de octubre de 2016

VISTOS:

El Informe N° 082-2016-SANIPES/OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 313-2016-SANIPES/URH de la Unidad de Recursos Humanos; el Informe Nº 184-2016-SANIPES/OA-UCFYT de la Unidad de Contabilidad, Finanzas y Tesorería; Informe Nº 712-2016-SANIPES/OA-UA de la Unidad de Abastecimiento; el Informe Nº 098-2016-SANIPES/OA de la Ofi cina de Administración; y el Informe Nº 656-2016-SANIPES/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 30063, se crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), como un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, supervisar y fi scalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; asimismo, establece que el citado Organismo tiene por objeto lograr una efi caz administración que establezca aspectos técnicos, normativos y de vigilancia en materia de inocuidad y de sanidad de los alimentos y de piensos de origen pesquero y acuícola, con la fi nalidad de proteger la salud pública;

Que, por medio del Informe Nº 082-2016-SANIPES/OPP de fecha 24 de octubre de 2016, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del SANIPES emite el informe técnico que sustenta la participación de la Ing. Diana del Carmen García Bonilla, Directora Ejecutiva del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES y del Econ. Edmundo Vargas Panizo, Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, en representación del SANIPES en las reuniones técnicas previas al Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional entre Perú y Bolivia, a realizarse los días 2 y 3 de noviembre de 2016, señalando que el citado viaje se realizará con la fi nalidad de dar seguimiento a los acuerdos establecidos en la “Declaración de Esteves” suscrito el día 23 de junio de 2015, en el marco del Encuentro Presidencial y Primer Gabinete Binacional de Ministros Perú – Bolivia, cuyo

Page 42: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603200 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

Plan de Acción, en su compromiso 8 del Eje III “Desarrollo Económico, Políticas Sociales y Fortalecimiento Institucional”, se reitera la necesidad de avanzar en la formalización de las actividades pesqueras y acuícolas incluidos los piensos, aditivos y productos veterinarios destinados a la acuicultura en todas sus fases, para facilitar la importación y exportación entre ambos países, así como establecer un comité técnico especializado que permita abordar temas de interés relacionados con el sector acuícola y pesquero;

Que, además, en el referido informe se señala que en el marco de las reuniones técnicas previas al Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional entre Perú y Bolivia, el SANIPES participará en las propuestas de nuevos compromisos en temas sanitarios y pesqueros respecto al eje temático “Desarrollo Económico, Políticas Sociales y Fortalecimiento Institucional”, los cuales serán materia de propuesta en el marco de la negociación de la “Declaración de Sucre” entre Perú y Bolivia, en el entendido de que dicho Plan contendrá acuerdos que deberán ser negociados previamente por las partes intervinientes, conscientes de la necesidad de continuar fortaleciendo las relaciones entre ambos países;

Que, mediante el Informe N° 656-2016-SANIPES/OAJ, el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del SANIPES opina favorablemente por la emisión del acto resolutivo que autorice el viaje al exterior del Econ. Edmundo Vargas Panizo, Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, a la ciudad de Sucre, Bolivia, para participar de las reuniones técnicas previas al Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional entre Perú y Bolivia, a realizarse los días 2 y 3 de noviembre de 2016, conforme al itinerario del viaje, y en atención a lo dispuesto por el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal de 2016;

Que, la Ley Nº 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2016, establece los casos excepcionales en que procede la autorización de viaje al exterior de los funcionarios y servidores públicos con cargo a recursos públicos, entre otros supuestos, cuando los viajes se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y la acciones de promoción de importancia para el Perú;

Que, la fi nalidad del viaje se enmarca dentro del supuesto de excepción citado en el considerando precedente, el mismo que se encuentra establecido en el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372, conforme al análisis efectuado en el Informe Nº 651-2016-SANIPES/OAJ antes citado, teniendo en consideración los argumentos contenidos en el informe técnico emitido por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del SANIPES, toda vez que se tratarán temas de alta trascendencia en materia sanitaria y pesquera, debido a que se darán seguimiento a los acuerdos o compromisos que fueron asumidos en la “Declaración de Isla Esteves”, lo cual contribuirá a facilitar el comercio y exportación de los productos hidrobiológicos de origen nacional, permitiendo con ello al fortalecimiento y optimización de las relaciones comerciales con el Estado Boliviano respecto a dichos productos hidrobiológicos. Asimismo, en las citadas reuniones técnicas se dará a conocer los altos estándares de sanidad, inocuidad y calidad de los recursos hidrobiológicos de origen nacional, lo cual coadyuvará a la apertura de nuevos mercados y a la realización de transacciones comerciales en benefi cio de los productores peruanos nacionales; siendo esto de interés e importancia nacional;

Que, a su vez, el referido viaje permitirá que el SANIPES, en su calidad de Autoridad Sanitaria, participe en la propuesta de nuevos compromisos respecto al eje temático “Desarrollo Económico, Políticas Sociales y Fortalecimiento Institucional”, los cuales serán materia de propuesta en el marco de la negociación de la “Declaración de Sucre” entre Perú y Bolivia;

Que, en tal sentido, se advierte que la presencia del Econ. Edmundo Vargas Panizo, como apoyo en asuntos de cooperación internacional de la Ing. Diana del Carmen García Bonilla, en las reuniones técnicas previas al Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional entre Perú y Bolivia, a realizarse los días 2 y 3 de noviembre de 2016, se encuentra enmarcado en el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto

del Sector Público para el Año Fiscal de 2016, por tratarse de acciones de promoción de importancia para el Perú y en el marco de las negociaciones de acuerdos comerciales o tratados comerciales;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del Econ. Edmundo Vargas Panizo, Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del SANIPES, a la ciudad de Sucre, Bolivia, del 01 al 04 de noviembre de 2016, de acuerdo al itinerario remitido por la Ofi cina de Administración, para los fi nes expuestos en los considerandos precedentes;

Con el visado de la Secretaría General, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina de Administración, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30063, Ley que crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y en el ejercicio de la facultad prevista en el literales p) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones del SANIPES, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, el viaje del Econ. EDMUNDO VARGAS PANIZO, Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, a la ciudad de Sucre, Bolivia, del 01 al 04 de noviembre de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2°.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo al presupuesto del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes aéreos : $ 830.41Viáticos US$ 370 x 2 días : $ 740.00Gastos de instalación 1 día : $ 370.00 -------------------- Total $ 1940.41

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el servidor público cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolución, presentará a la Dirección Ejecutiva, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 4º.- La presente Resolución de Dirección Ejecutiva no otorga derechos a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación.

Artículo 5º.- Encargar al señor CHRISTIAN RICARDO RAVINES SERRANO, las funciones de Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, a partir del 01 de noviembre de 2016 y en tanto dure la ausencia del titular, en adición a sus funciones.

Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del SANIPES (www.sanipes.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese

DIANA GARCIA BONILLADirectora EjecutivaOrganismo Nacional de Sanidad Pesquera SANIPES

1448485-1

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVANº 109-2016-SANIPES-DE

Surquillo, 31 de octubre de 2016

VISTOS:

El Informe Técnico Nº 41-2016-SANIPES/DSNPA de la Dirección Sanitaria y de Normatividad Pesquera y

Page 43: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603201NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

Acuícola; el Informe Nº 84-2016-SANIPES/OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 321-2016-SANIPES/URH de la Unidad de Recursos Humanos; el Informe Nº 189-2016-SANIPES/OA-UCFYT de la Unidad de Contabilidad, Finanzas y Tesorería; Informe Nº 715-2016-SANIPES/OA-UA de la Unidad de Abastecimiento; el Informe Nº 099-2016-SANIPES/OA de la Ofi cina de Administración; y el Informe Nº 657-2016-SANIPES/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 30063, se crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), como un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, supervisar y fi scalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; asimismo, establece que el citado Organismo tiene por objeto lograr una efi caz administración que establezca aspectos técnicos, normativos y de vigilancia en materia de inocuidad y de sanidad de los alimentos y de piensos de origen pesquero y acuícola, con la fi nalidad de proteger la salud pública;

Que, el curso “Cianobacterias de ecosistemas limnicos”, tiene como fi nalidad fortalecer las capacidades técnicas y científi cas en: taxonomía, ecología, cultivo, toxicología, análisis molecular y herramientas de gestión, a efectos de comprender las causas del desarrollo de las fl oraciones de cianobacterias e implementar medidas de gestión apropiadas;

Que, por medio del Informe Técnico N° 41-2016-SANIPES/DSNPA, la Dirección Sanitaria y de Normatividad Pesquera y Acuícola sustenta la participación del servidor Víctor Raúl Bárcena Martínez, en el curso “Cianobacterias de ecosistemas limnicos” a llevarse a cabo el 31 de octubre al 09 de noviembre 2016, en la Facultad de Ciencias de la Universidad de la República, en la ciudad de Montevideo, Uruguay, señalando lo siguiente:

• El Plan Operativo Institucional 2016 del SANIPES ha establecido como meta para el presente año, el Fortalecimiento y Acreditación de los Laboratorios del SANIPES, meta importantísima pues involucra específi camente uno de los fi nes para el cual fue creado el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera, traducida en la función establecida en el literal d) del artículo 9° de la Ley N° 30063, Ley de Creación del SANIPES, “Realizar la vigilancia sanitaria y de inocuidad de la captura, extracción, recolección, transporte, procesamiento y comercialización de productos hidrobiológicos, así como las condiciones sanitarias de los lugares de desembarque de dichos productos, en concordancia con las normas y los dispositivos legales vigentes”.

• El Laboratorio de Fitoplancton de la Dirección Sanitaria y Normatividad Pesquera del SANIPES, realiza las siguientes acciones:

− Acciones de vigilancia y control sanitario de las zonas y áreas clasifi cadas para la extracción y/o recolección de Moluscos bivalvos destinados a la comercialización o procesamiento, como parte del Programa Nacional de Control de Moluscos Bivalvos.

− La ejecución de un programa de alerta temprana para la detección o la aparición de toxinas de fi toplancton.

− Investigación de especies tóxicas emergentes y su impacto en los recursos hidrobiológicos.

• Como parte de estas actividades, el laboratorio de Fitoplancton tiene como misión vigilar y controlar los eventos relacionados a la presencia y desarrollo de fl oraciones de cianobacterias en ambientes acuáticos, como la mortandad de peces silvestres y en cultivo, problemas de la piel en el humano por contacto dérmico o inhalación de aerosoles, intoxicación directa por ingestión de agua con cianotoxinas, o indirecta por consumo de moluscos y peces contaminados.

• Para un exitoso fortalecimiento de los Laboratorio del SANIPES, como parte del cumplimiento de los objetivos

institucionales del año 2016, es necesario realizar la implementación de programas de vigilancia y control de cianobacterias en ambientes acuáticos. Para ello, resulta esencial partir de la correcta identifi cación de las especies, conocer los aspectos ecológicos y de distribución, temas que en nuestro país están pocos desarrollados y no hay personal referente en el campo.

• El evento “Cianobacterias de ecosistemas límnicos” fortalecerá las capacidades analíticas del laboratorio traduciéndose en mejores tiempos de análisis, calidad de los resultados, mejores técnicas de estudio del fi toplancton, mejoras en la infraestructura de los equipos de laboratorio y mayor capacidad interpretativa de los resultados. A esto se suma la difusión de los conocimientos adquiridos a los analistas del laboratorio, llevando así los conocimientos adquiridos a todos los colaboradores del Laboratorio del SANIPES.

• Asimismo, el referido evento afi anzará las capacidades técnicas del Laboratorio de Fitoplancton con el fi n de establecer un adecuado sistema de alerta temprana y con ello un mejor manejo de las fl oraciones algales de cianobacterias en sistemas costeros y en sistemas continentales de nuestro país, donde existen actividades acuícolas de langostinos, de moluscos bivalvos pectínidos y no pectínidos, peces amazónicos y peces comerciales como la trucha y la tilapia. Dichas actividades permitirán fortalecer en materia sanitaria y de inocuidad a nuestro país sobre los recursos y/o productos hidrobiológicos de origen nacional, coadyuvando con ello a la apertura de nuevos mercados respecto a los moluscos bivalvos.

• De igual forma, el referido evento contribuirá a las acciones que está llevando a cabo el SANIPES para el ingreso de productos hidrobiológicos al mercado de China; respecto a los langostinos y al paiche (pez amazónico) siendo esto de interés e importancia nacional.

Que, mediante Informe N° 84-2016-SANIPES/OPP, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto de la participación del servidor Víctor Raúl Bárcena Martínez en el citado evento; señalando que dicho viaje es importante para la ejecución de los objetivos institucionales de la Entidad, como parte de las acciones que SANIPES realiza en su calidad de autoridad sanitaria en materia de pesca y acuicultura, así como en el marco las funciones que realiza como promotor de la exportación de productos pesqueros y acuícolas, lo cual no sería posible sin atender las exigencias de capacitación en temas íntimamente ligados a la función de control y vigilancia de los productos hidrobiológicos que son objeto de exportación y comercialización. Asimismo, señala que el curso incidirá directamente en el cumplimiento del Plan Operativo Institucional 2016, relacionado al fortalecimiento de los Laboratorios del SANIPES, dando continuidad a los temas de interés contemplados en el Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Producción1, en el marco de las funciones del SANIPES establecidas por su Ley de Creación, Ley Nº 30063;

Que, la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2016, establece los casos excepcionales en que procede la autorización de viaje al exterior de los funcionarios y servidores públicos con cargo a recursos públicos, disponiendo lo siguiente:

“Artículo 10. Medidas en materia de bienes y servicios

10.1 Prohíbese los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los siguientes casos, que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad:

a) Los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú.

(…)” (el subrayado es agregado);

Que, el Informe N° 657-2016-SANIPES/OAJ señala que de acuerdo a lo informado por la Dirección

Page 44: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603202 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

Sanitaria y de Normatividad Pesquera y Acuícola y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del SANIPES; la finalidad del viaje se enmarca dentro del supuesto de excepción citado en el considerando precedente, el mismo que se encuentra establecido en el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372, debido a que dicho evento de capacitación constituye una acción de fortalecimiento de los laboratorios del SANIPES, el cual permitirá que se pueda reforzar las funciones de vigilancia sanitaria y de inocuidad en la captura, extracción, recolección, transporte, procesamiento y comercialización de productos hidrobiológicos, así como sus condiciones sanitarias; específicamente, en el marco del Programa Nacional de Control de Moluscos Bivalvos. Asimismo, a través de dicho evento se reforzará las capacidades del personal a cargo de realizar la vigilancia sanitaria, a fin de garantizar la calidad del servicio que brinda el SANIPES, en su calidad de Autoridad Sanitaria, respecto a la seguridad e inocuidad de los productos hidrobiológicos nacionales, dentro de los cuales se encuentra la demanda de Moluscos Bivalvos; así como el cumplimiento de las exigencias internacionales que hagan del país referente internacional en seguridad sanitaria; lo cual redundará en la visión del Perú a nivel internacional y la promoción que realiza el SANIPES de la calidad de los productos pequeros y acuícolas que exporta el país, beneficiando así a los productores peruanos nacionales; siendo esto de interés e importancia nacional;

Que, estando al itinerario remitido y considerando que el evento es de interés institucional y nacional, corresponde autorizar el viaje del servidor Víctor Raúl Bárcena Martínez, del 01 al 10 de noviembre de 2016 a la ciudad de Montevideo, Uruguay, cuyos gastos serán cubiertos por el SANIPES;

Con el visado de la Dirección Sanitaria y de Normatividad Pesquera y Acuícola; de la Secretaría General, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina de Administración, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30063, Ley que crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y en el ejercicio de la facultad prevista en el literales p) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones del SANIPES, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje del servidor Víctor Raúl Bárcena Martínez, a la ciudad de Montevideo, Uruguay, del 01 al 10 de noviembre de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2°.- Los gastos que irroguen el cumplimiento del artículo precedente, estarán a cargo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes aéreos : $ 870.02Viáticos US$ 370 x 9 días : $ 3330.00Gastos de instalación 1 día : $ 370.00 -------------------- Total $ 4570.02

Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el servidor cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolución, presentará a la Dirección Ejecutiva y a la Dirección Sanitaria y de Normatividad Pesquera y Acuícola, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 5º.- La presente Resolución de Dirección Ejecutiva no otorga derechos a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación.

Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente

resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del SANIPES (www.sanipes.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DIANA GARCIA BONILLADirectora EjecutivaOrganismo Nacional de Sanidad PesqueraSANIPES

1 Plan Estratégico Sectorial Multianual 2016-2021 del Sector Producción, Acción Estratégica N° 34, del Objetivo estratégico Fortalecimiento de la actividad pesquera con un enfoque de desarrollo sostenible, del Eje Producción.

1448496-1

RELACIONES EXTERIORES

Autorizan al SERFOR a efectuar el pago de cuota a favor de la Organización Internacional de las Maderas Tropicales - OIMT

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 241-2016-RE

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTO:

El Ofi cio N° 454-2016-SERFOR-DE de 19 de octubre de 2016, del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, mediante el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota a favor de la Organización Internacional de las Maderas Tropicales - OIMT;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30372 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2016, siendo que de conformidad con el inciso 1.3 del artículo 1 de dicha Ley, las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores;

Que, en el presupuesto del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, se han previsto recursos para el pago de la cuota a favor de la Organización Internacional de las Maderas Tropicales - OIMT, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fi n de autorizar el respectivo pago;

Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30372 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- AutorizaciónAutorizar al Servicio Nacional Forestal y de Fauna

Silvestre – SERFOR a efectuar el pago de la cuota ascendente a USD 7 832.69 (Siete mil ochocientos treinta y dos y 69/100 dólares americanos) a favor de la Organización Internacional de las Maderas Tropicales - OIMT.

Page 45: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603203NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

Artículo 2.- Afectación presupuestalDisponer que los gastos que demande el cumplimiento

de la presente resolución se ejecutan con cargo al presupuesto del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre.

Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacionalDisponer que la equivalencia en moneda nacional sea

establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.

Artículo 4.- RefrendoLa presente resolución suprema será refrendada por

el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARDPresidente de la República

RICARDO LUNA MENDOZAMinistro de Relaciones Exteriores

1448563-14

Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Paraguay, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 0959/RE-2016

Lima, 27 de octubre de 2016

VISTA:

La Nota VMAAT/DGCA/N.° 299/2016, de fecha 12 de octubre de 2016, de la Dirección General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay, país que ejerce la Presidencia Pro Témpore de la Conferencia Suramericana sobre Migraciones (CSM), mediante la cual ha invitado a nuestro país a participar en la XVI Reunión de la citada Conferencia, que tendrá lugar en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 3 al 4 de noviembre de 2016;

CONSIDERANDO:

Que, la referida Conferencia Suramericana sobre Migraciones (CSM), se desarrollará bajo el lema “Hacia el libre tránsito” e incluirá el tratamiento de temas relativos al Seguimiento del Plan Suramericano de Desarrollo Humano de las Migraciones (PSDHM), las migraciones y los procesos de integración regional, el fortalecimiento de la gestión migratoria y la proyección internacional de la región suramericana;

Que, la XV Conferencia Suramericana sobre Migraciones (CSM), también permitirá el debate de importantes temas de la agenda migratoria regional como la regularización migratoria, la trata y el tráfi co de migrantes, migración y género y las remesas de los migrantes;

Que, el 2 de noviembre de 2016, se ha programado una reunión de Jefes de Delegación para la aprobación de la agenda de la XVI CSM;

Que, considerando la importancia de los temas a tratar, se estima necesaria la participación de funcionarios de la Dirección de Protección y Asistencia al Nacional, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a fi n de dar debido seguimiento diplomático y político del tema;

Teniendo en cuenta las Hojas de Trámite (GAC) N.° 3866 y N.° 3957, ambas del Despacho Viceministerial, de 18 y 26 de octubre de 2016, respectivamente; y la Memoranda (DGC) N.° DGC1067/2016 y N.° DGC1104/2016, ambas de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de 18 y 26 de octubre de 2016, respectivamente; y (OPR) N.° OPR0311/2016, de la Ofi cina de Programas y Presupuesto, de 27 de octubre de 2016, que otorga la certifi cación de crédito presupuestal correspondiente;

De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y

funcionarios públicos, modifi cada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y sus modifi catorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modifi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Manuel Vallejo Martell, Director de Protección y Asistencia al Nacional, y del Consejero en el Servicio Diplomático de la República Miguel Ángel Gamarra Malca, Jefe de Departamento de Política Migratoria, de la Dirección de Protección y Asistencia al Nacional, ambos de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 2 al 4 de noviembre de 2016, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando la salida del país del 1al 5 de noviembre de 2016;

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0053774 Negociación de Acuerdos Migratorios, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Pasaje Aéreo Clase económica

US$

Viáticos por día

US$

Número de días

Total Viáticos

US$

Carlos Manuel Vallejo Martell 970,00 370,00 3 + 1 1 480,00

Miguel Ángel Gamarra Malca 970,00 370,00 3 + 1 1 480,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese

RICARDO LUNA MENDOZAMinistro de Relaciones Exteriores

1448237-1

SALUD

Rectifican el error material incurrido en la R.M. N° 755-2016/MINSA

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 854-2016/MINSA

Lima, 28 de octubre del 2016Visto, el Expediente Nº 16-094399-001, que contiene

el Memorando N° 1954-2016-OGRH-OARH-EIE/MINSA, de la Ofi cina General de Recursos Humanos; y,

CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 755-2016/

MINSA de fecha 29 de setiembre de 2016 se dio por concluida la asignación de funciones de la licenciada en comunicación social Conny Cindy Campos Salazar, efectuada mediante Resolución Ministerial N° 097-2016/MINSA;

Que, mediante documento del visto, la Ofi cina General de Recursos Humanos señala que se incurrió en error

Page 46: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603204 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

material en el segundo considerando y el artículo 1 de la referida Resolución Ministerial N° 755-2016/MINSA, en el extremo que consigna como título profesional de la ex funcionaria “licenciada en comunicación social” debiéndose haber consignado el grado académico “bachiller en comunicación social”; por lo que solicita efectuar la rectifi cación correspondiente;

Que, el numeral 201.1 del artículo 201 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión;

Que, el numeral 201.2 del citado artículo 201 de la mencionada Ley Nº 27444, dispone que la rectifi cación debe adoptar las formas y modalidades de comunicación o publicación que correspondan al acto original;

Que, en mérito a lo señalado precedentemente, resulta pertinente emitir el acto resolutivo que corrija el error material incurrido en la antes citada Resolución Ministerial;

Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y del Secretario General; y,

De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud,

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Rectifi car el error material incurrido en el segundo considerando y el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 755-2016/MINSA, de acuerdo al detalle siguiente:

DICE:

“(…)Que, a través de la Resolución Ministerial N° 097-

2016/MINSA, de fecha 15 de febrero de 2016, se asignó temporalmente a la licencia en comunicación social Conny Cindy Campos Salazar, (…)”

“(…)Artículo 1.- Dar por concluida la asignación de

funciones de la licencia en comunicación social Conny Cindy Campos Salazar, efectuada mediante Resolución Ministerial N° 097-2016/MINSA, dándosele las gracias por los servicios prestados.”

DEBE DECIR:

“(…)Que, a través de la Resolución Ministerial N° 097-

2016/MINSA, de fecha 15 de febrero de 2016, se asignó temporalmente a la bachiller en comunicación social Conny Cindy Campos Salazar, (…)”

“(…)Artículo 1.- Dar por concluida la asignación de

funciones de la bachiller en comunicación social Conny Cindy Campos Salazar, efectuada mediante Resolución Ministerial N° 097-2016/MINSA, dándosele las gracias por los servicios prestados.”

Artículo 2.- Dejar subsistentes los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 755-2016/MINSA.

Artículo 3.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/index.asp?op=115.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRAMinistra de Salud

1448497-1

Autorizan viaje de profesionales a Brasil, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 855-2016/MINSA

Lima, 28 de octubre de 2016

Visto, el expediente N° 16-071586-025 que contiene la Nota Informativa N° 606-2016-DIGEMID-DG-DEF/MINSA, emitida por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; y,

CONSIDERANDO:Que, el artículo 5 de la Ley N° 29459, Ley de los

Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, establece que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer políticas, y dentro de su ámbito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certifi car y acreditar en temas relacionados a lo establecido en la referida Ley implementando un sistema de administración efi ciente sustentado en estándares internacionales;

Que, el artículo 11 de la acotada Ley señala que el Certifi cado de Buenas Prácticas de Manufactura emitido por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID del Ministerio de Salud, como Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, constituye requisito previo para la inscripción y reinscripción de dichos productos en el Registro Sanitario;

Que, asimismo el artículo 22 de la acotada Ley dispone que las personas naturales o jurídicas públicas y privadas que se dedican para sí o para terceros a la fabricación, la importación, distribución, almacenamiento, dispensación o expendio de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, deben cumplir con los requisitos y condiciones sanitarias establecidas en el Reglamento respectivo y en las Buenas Prácticas de Laboratorio de Distribución de Almacenamiento, de Dispensación y de Seguimiento Farmacoterapéutico y demás aprobados por la Autoridad Nacional de Salud a propuesta de la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, según corresponda y contar con la certifi cación correspondiente en los plazos que establece el Reglamento;

Que, la Directiva Administrativa N° 165-MINSA/DIGEMID V.01, Directiva Administrativa para la Certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros aprobada por Resolución Ministerial N° 737-2010/MINSA y modifi cada por Resolución Ministerial N° 798-2016/MINSA, señala en el numeral 6.1 de las Disposiciones Específi cas que el Ministerio de Salud como Autoridad Nacional de Salud, a través de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas como Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, otorga la Certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura a los laboratorios dedicados a la fabricación de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios a nivel nacional e internacional, previa auditoria para verifi car su cumplimiento;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.17 de la citada directiva, en el caso de certifi cación de laboratorios extranjeros, estos abonarán en la cuenta del Ministerio de Salud, los montos correspondientes a la tarifa según el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente, más la cantidad que se defi na en una Pre Liquidación que incluya los costos de pasajes y viáticos para el personal que realizará dicha certifi cación;

Que, a través del documento de Visto, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas comunica que la empresa FARMAKONSUMA S.A. ha solicitado la Certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) del laboratorio ANTIBIOTICOS DO BRASIL LTDA., ubicado en la ciudad de Cosmópolis Sao Paulo, República Federativa del Brasil, acotando que la citada empresa ha cumplido con el pago del derecho de tramitación previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) para la

Page 47: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603205NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

certifi cación señalada, incluyendo los costos por concepto de pasajes y viáticos;

Que, según lo señalado en la Nota Informativa N° 319-2016-T-OE-OGA/MINSA, la Ofi cina de Economía de la Ofi cina General de Administración ha verifi cado el depósito efectuado por la empresa FARMAKONSUMA S.A., conforme a los Recibos de Ingreso N°s. 2168 y 3591, con lo cual se cubre íntegramente los costos del viaje de inspección solicitado por la empresa en mención;

Que, según lo informado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, la inspección solicitada para la obtención de la certifi cación señalada en el considerando precedente, se llevará a cabo del 3 al 11 de noviembre de 2016;

Que, con Memorando N° 2186-2016-OGA/MINSA, la Ofi cina General de Administración informa que el viaje que realizarán los químicos farmacéuticos Aura Amelia Castro Balarezo y Jaime Nolazco Payano, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, para realizar la inspección solicitada, cuenta con las Certifi caciones de Crédito Presupuestario N°s. 5094-2016 y 5080-2016 en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud, para pasajes en tarifa económica, así como viáticos, incluido gastos de instalación;

Que, mediante Informe N° 317-2016-EGC-ODRH-OGRH/MINSA, la Ofi cina General de Recursos Humanos emite opinión favorable respecto de la autorización de viaje de los referidos profesionales;

Que, en tal sentido, considerando que la empresa FARMAKONSUMA S.A. ha cumplido con presentar los documentos referidos al pago por la certifi cación indicada a la que hace referencia la Ley N° 29459, Ley de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, es necesario autorizar el viaje de los profesionales que estarán a cargo de realizar la inspección al laboratorio antes señalado;

Que, en atención a lo indicado en los considerandos precedentes, la realización del mencionado viaje tiene por objeto efectuar la auditoría de la Certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) a fi n de supervisar las condiciones y prácticas de fabricación de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y/o productos sanitarios por parte de los laboratorios extranjeros objeto de inspección y que serán materia de comercialización en el país, resultando de interés institucional autorizar el viaje de los profesionales en mención;

Que, conforme a lo dispuesto en el literal g) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros, los viajes que realicen los profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), para las acciones de inspección de laboratorios farmacéuticos en el extranjero, en la Certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura y Buenas Prácticas de Laboratorio, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad;

Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Administración, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y,

De conformidad con lo dispuesto en el literal g) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modifi catorias; en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modifi catorias; y en la Directiva Administrativa para la Certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros, aprobada por Resolución Ministerial N° 737-2010/MINSA y modifi cada por Resolución Ministerial N° 798-2016/MINSA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar, en comisión de servicios, el viaje de los químicos farmacéuticos Aura Amelia Castro Balarezo

y Jaime Nolazco Payano, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, a la ciudad de Cosmópolis Sao Paulo, República Federativa del Brasil, del 2 al 12 de noviembre de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los citados profesionales en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, han sido íntegramente cubiertos por la empresa FARMAKONSUMA S.A., a través de los Recibos de Ingreso detallados en los considerandos precedentes y abonados a la Ofi cina de Economía de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, incluyendo la asignación por concepto de viáticos, conforme al siguiente detalle:

• Pasaje aéreo tarifa económica para 2 personas (c/persona US$ 1,010.89 incluido TUUA) : US$ 2,021.78

• Viáticos por 10 días para 2 personas(c/persona US$ 3,700.00 incluido gastos de instalación) : US$ 7,400.00 ------------------------ Total : US$ 9,421.78

Artículo 3.- Disponer que los citados profesionales, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante la Titular de la entidad, con copia a la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRAMinistra de Salud

1448497-2

Aceptan renuncia de Secretario General del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 859-2016/MINSA

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 601-2016/MINSA de fecha 16 de agosto de 2016, se designó al señor Miguel Alberto Celi Sánchez, en el cargo de Secretario General, Nivel F-6, del Ministerio de Salud;

Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar dicha renuncia;

Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Recursos Humanos y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo previsto la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar la renuncia del señor Miguel Alberto Celi Sánchez, en el cargo de Secretario General, Nivel F-6, del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA J. GARCIA FUNEGRAMinistra de Salud

1448559-1

Page 48: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603206 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

Page 49: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603207NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

TRABAJO Y PROMOCION

DEL EMPLEO

Designan Director Ejecutivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 265-2016-TR

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, por convenir al servicio, resulta necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designe al funcionario que desempeñará dicho cargo;

Con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar al señor CÉSAR EDMUNDO GÁLVEZ PARDAVÉ en el cargo de Director Ejecutivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 247-2016-TR.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALFONSO GRADOS CARRAROMinistro de Trabajo y Promoción del Empleo

1448554-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

Aprueban régimen especial de sustitución de vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas en la modalidad de taxi, en la provincia de Arequipa

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 888-2016 MTC/01.02

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 16 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, con facultad para dictar los Reglamentos Nacionales establecidos en la citada Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito;

Que, en ese contexto, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que tiene por objeto establecer los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten,

operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre, estableciendo en su artículo 25, los requisitos técnicos, las características y/o los dispositivos que deben contar los vehículos destinados al servicio de taxi que se presta a nivel provincial;

Que, en el marco de las competencias de la Dirección General de Transporte Terrestre, de normar el transporte y tránsito terrestre; regular, autorizar, supervisar y fi scalizar la prestación de servicios de transporte terrestre por carretera y servicios complementarios, mediante Ofi cio Nº 2365-2016-MTC/15 del 24 de agosto del 2016, se propuso la conformación de una comisión que analice, evalúe y resuelva la problemática generada en la provincia de Arequipa, referida al servicio de transporte especial de personas de ámbito provincial a nivel nacional (modalidad de taxis);

Que, mediante Resolución Directoral Nº 4561-2016-MTC/15 del 27 de setiembre de 2016, se implementó la Mesa Técnica de Trabajo, con la función, entre otras, de proponer soluciones a la problemática del servicio de transporte especial (modalidad de taxis) de personas de ámbito provincial a nivel de la Municipalidad Provincial de Arequipa;

Que, en el marco de las acciones tomadas en la Mesa de Técnica de Trabajo, se establecieron, entre otros aspectos, la metodología de trabajo, la evaluación de la data remitida por parte de la Municipalidad Provincial de Arequipa, los posibles escenarios de solución a la problemática descrita, así como los criterios a tomarse en cuenta;

Que, la Municipalidad Provincial de Arequipa, en el marco de la Mesa Técnica de Trabajo, sinceró la información relacionada a las empresas autorizadas y vehículos habilitados para el servicio de transporte de taxis urbano según sus propios registros administrativos; y de acuerdo a ello, formuló una propuesta de sustitución de dichos vehículos del servicio público;

Que, la fórmula propuesta por la Municipalidad Provincial de Arequipa ha sido evaluada por la Dirección General de Transporte Terrestre, determinándose el universo de vehículos (taxis) que no cumplen con el Reglamento Nacional de Vehículos y que no obstante ello, cuentan con autorizaciones transitorias;

Que, en ese sentido, se ha establecido que los vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas en la modalidad de taxi que se encuentren registrados en el padrón vehicular bajo autorización transitoria, sean sustituidos con vehículos que cumplan con las exigencias establecidas en el Reglamento Nacional de Vehículos;

De conformidad con lo opinado por la Dirección de Regulación y Normatividad de la Dirección General de Transporte Terrestre, en el Informe Nº 875-2016-MTC/15.01, Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (LOPE), Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo N° 058-2003-MTC, y el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC y sus modifi catorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del régimen especial de sustitución de vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas en la modalidad de taxi, en la provincia de Arequipa.

Apruébese el cronograma correspondiente al régimen especial de sustitución de los vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas en la modalidad de taxi en la provincia de Arequipa, el cual obra como anexo de la presente resolución.

Artículo 2.- Condiciones para la aplicación del régimen especial de sustitución de vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas en la modalidad de taxi en la provincia de Arequipa.

El régimen especial de sustitución solo será aplicable a aquellos vehículos que forman parte del padrón cerrado al

Page 50: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603208 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

31 de diciembre del 2014, aprobado por la Municipalidad Provincial de Arequipa.

La sustitución que se realice bajo este régimen especial, deberá realizarse con vehículos que cumplan con los requisitos de peso y cilindrada establecidos en el Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus normas modifi catorias o complementarias, y conforme a lo acordado en la Mesa Técnica de Trabajo implementada mediante Resolución Directoral Nº 4561-2016-MTC/15 del 27 de setiembre de 2016.

Artículo 3.- VigenciaLa presente resolución entrará en vigencia al día

siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJOMinistro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO

CUADRO DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE SUSTITUCIÓN DE LOS VEHÍCULOS DESTINADOS

AL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAS EN LA MODALIDAD DE TAXIS EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE AREQUIPA, DE ACUERDO A LOS

CRITERIOS ESTABLECIDOS EN LA MESA TÉCNICA DE TRABAJO CREADA PORRESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 4561-2016-MTC/15.

FECHA FABRICACIÓN FECHA DE SALIDA1996 31 de diciembre 20161997 31 de agosto 20171998 31 de agosto 20171999 31 de agosto 20172000 31 de agosto 20172001 31 de agosto 20172002 31 de diciembre 20172003 31 de diciembre 20172004 31 de diciembre 20172005 31 de diciembre 20172006 31 de diciembre 20172007 31 de diciembre 20172008 31 de diciembre 20182009 31 de diciembre 20192010 31 de diciembre 20202011 31 de diciembre 20212012 31 de diciembre 20222013 31 de diciembre 20232014 31 de diciembre 20242015 31 de diciembre 2025

1448552-1

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN MINISTERIALN°851-2016 MTC/01.02

Mediante Ofi cio N° 2361-2016-MTC/04 el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial 851-2016 MTC/01.02 publicada en la edición del 24 de octubre de 2016.

Séptima línea del primer considerando

DICE:

(...)

“...declara de necesidad pública la ejecución de la Autopista del Sol (Trujillo - Chiclayo - Piura - Sullana) ...”

DEBE DECIR:

(...)

“...declara de necesidad pública la ejecución de la Carretera Desvío Quilca - Matarani - Ilo ...”

1448287-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION

Y SANEAMIENTO

Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a Bolivia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 014-2016-VIVIENDA

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTOS, el documento OF RE (DGA) Nº 22-6-BB/152, el documento OF. RE (SUD-SPA) Nº 22-6-BB/165, el Memorando N° 2112-2016/VIVIENDA-OGPP, el Informe N° 090-2016/VIVIENDA-OGPP-OCAI, el Memorándum N° 283-2016/VIVIENDA/VMCS, el Memorándum N° 354-2016-VIVIENDA/VMVU, Informe N° 402-2016-VIVIENDA-VMVU-DGPRVU, el Memorando N° 2208-2016/VIVIENDA-OGPP y el Informe N° 094-2016/VIVIENDA-OGPP-OCAI; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Declaración de Isla Esteves suscrita por los Gobiernos de la República del Perú y del Estado Plurinacional de Bolivia del 23 de junio de 2015, con ocasión del Encuentro Presidencial y Primer Gabinete Binacional de Ministros de la República del Perú y del Estado Plurinacional de Bolivia, establecieron el esquema de trabajo, en relación a cuatro Ejes Temáticos, tales como “Medioambiente y Recursos Hídricos Transfronterizos”; “Seguridad y Defensa”; “Desarrollo Económico, Políticas Sociales y Fortalecimiento Institucional” e “Infraestructura para la Integración y el Desarrollo”; los mismos que comprenden los compromisos asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Que, mediante documento OF RE (DGA) Nº 22-6-BB/152 de fecha 27 de setiembre de 2016, el Ministerio de Relaciones Exteriores informa al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la realización del Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros de la República del Perú y del Estado Plurinacional de Bolivia a realizarse el 04 de noviembre de 2016, en la ciudad de Sucre del Estado Plurinacional de Bolivia;

Que, con documento OF. RE (SUD-SPA) Nº 22-6-BB/165 de fecha 17 de octubre de 2016, el Ministerio de Relaciones Exteriores informa a la Ofi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que en el citado Encuentro se evaluará el avance de los compromisos asumidos en el I Gabinete Binacional, así como los que acordarán ambos países en el próximo Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros de la República del Perú y del Estado Plurinacional de Bolivia; precisando que para dicho efecto se realizarán reuniones bilaterales a nivel técnico los días 2 y 3 de noviembre de 2016;

Que, por Memorando N° 2112-2016/VIVIENDA-OGPP de fecha 06 de octubre de 2016, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 090-2016/VIVIENDA-OGPP-OCAI del 05 de octubre de 2016, de la Ofi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales, el cual señala que el Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros de la República del Perú y del Estado Plurinacional de Bolivia es un evento de interés internacional, precisando que el mismo constituye la máxima instancia de diálogo político entre

Page 51: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603209NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

ambos países, cuyo objetivo es fortalecer la integración y la cooperación bilateral en benefi cio de la población de ambos países, en particular de la que habita en las zonas fronterizas; solicitando se autorice el viaje de la señora Gloria María Mundines Matute, Directora de la Ofi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales, del 01 al 04 de noviembre de 2016, a la ciudad de Sucre del Estado Plurinacional de Bolivia, precisando que los gastos, por concepto de viáticos, que irrogue dicho viaje serán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Que, mediante Memorándum N° 283-2016/VIVIENDA/VMCS de fecha 19 de octubre de 2016, el señor Gustavo Pablo Olivas Aranda, Viceministro de Construcción y Saneamiento remite el Informe Nº 004-2016/VIVIENDA-VMCS-FRC del 19 de octubre de 2016, señalando que su participación en el indicado evento del 02 al 04 de noviembre de 2016 le permitirá proponer acciones para la recuperación ambiental del Lago Titicaca y su diversidad biológica;

Que, con Memorándum N° 354-2016-VIVIENDA/VMVU de fecha 27 de octubre de 2016, el Viceministro de Vivienda y Urbanismo informa a la Secretaría General, que en representación de dicho Viceministerio asistirá al indicado evento el señor Luis Obdulio Tagle Pizarro, Director General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, a fi n que participe en las reuniones preparatorias técnicas;

Que, por Informe N° 402-2016-VIVIENDA-VMVU-DGPRVU de fecha 27 de octubre de 2016, la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo remite el Informe Técnico Sustentatorio respecto a la participación del señor Luis Obdulio Tagle Pizarro en el referido evento del 01 al 04 de noviembre de 2016, señalando que la misma permitirá el intercambio de experiencias relativos a planifi cación urbana en benefi cio de la población de las ciudades limítrofes;

Que, con Memorando N° 2208-2016/VIVIENDA-OGPP de fecha 28 de octubre de 2016, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 094-2016/VIVIENDA-OGPP-OCAI del 27 de octubre de 2016, de la Ofi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales, el cual señala que la participación del personal designado

en el indicado evento es de interés nacional e institucional toda vez que el mismo constituye la máxima instancia de diálogo político entre ambos países, siendo el objetivo principal reforzar la cooperación bilateral en benefi cio de ambas naciones, en particular de la población que habita en las zonas de frontera; así como, impulsar las acciones para la preservación y recuperación del Lago Titicaca;

Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regulan la autorización de viajes al exterior de dicho personal, precisando que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional;

Que, el artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en dicho artículo, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la cual se publica en el diario ofi cial El Peruano;

Que, en ese sentido, es necesario autorizar el viaje a la ciudad de Sucre del Estado Plurinacional de Bolivia del señor Gustavo Pablo Olivas Aranda, Viceministro de Construcción y Saneamiento del 02 al 04 de noviembre de 2016; del señor Luis Obdulio Tagle Pizarro, Director General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del 01 al 04 de noviembre de 2016; y de la señora Gloria María Mundines Matute, Directora de la Ofi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del 01 al 04 de noviembre de 2016, respectivamente, para los fi nes expuestos en los considerandos precedentes; precisando que los gastos, que irrogue el presente viaje serán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con excepción del costo de los pasajes aéreos, toda vez que viajarán en aviones de la Fuerza Aérea del Perú;

De conformidad con la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

Page 52: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603210 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA y la Resolución Ministerial Nº 357-2015-VIVIENDA, que aprueba la Directiva General Nº 002-2015-VIVIENDA-DM “Normas para la Autorización y Gestión de Viajes al Exterior del País en el marco de la Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Sucre del Estado Plurinacional de Bolivia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, de las personas que a continuación se detallan:

Gustavo Pablo Olivas Aranda, Viceministro de Construcción y Saneamiento, del 02 al 04 de noviembre de 2016.

Luis Obdulio Tagle Pizarro, Director General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del 01 al 04 de noviembre de 2016.

Gloria María Mundines Matute, Directora de la Ofi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del 01 al 04 de noviembre de 2016.

Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Días de participación

Pasajes aéreos(Clase

económica incluido TUUA)

US$

ViáticosUS$ 370.00

por día

TOTALUS$

Gustavo Pablo Olivas Aranda

Del 02 al 04 de noviembre de 2016

SIN COSTO

1 110,00 (03 Días de

evento) 1 110,00

Luis Obdulio Tagle Pizarro

Del 01 al 04 de noviembre de 2016

SIN COSTO

1 480,00 (03 Días de

evento + 01 Día de

instalación)

1 480,00

Gloria María Mundines Matute

Del 01 al 04 de noviembre de 2016

SIN COSTO

1 480,00 (03 Días de

evento + 01 Día de

instalación)

1 480,00

4 070,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas autorizadas por el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, presentarán al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de

Ministros y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Regístrese, comuníquese y publíquese

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARDPresidente de la República

FERNANDO ZAVALA LOMBARDIPresidente del Consejo de Ministros

EDMER TRUJILLO MORIMinistro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

1448563-15

ORGANISMOS EJECUTORES

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD

Designan Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud.

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 296-2016-J-OPE/INS

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad;

Que, asimismo, el artículo 6 de la mencionada Ley dispone que todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confi anza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que Establece la Eliminación Progresiva del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado mediante el Decreto Legislativo Nº 1057, dispone que el personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho decreto legislativo. Este personal sólo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad;

Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 250-2016-J-OPE/INS, se designó temporalmente a la Ingeniera Economista Epifanía Soledad Rodríguez Ampuero, en el cargo de Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud, en adición a sus funciones;

Que, por convenir a la gestión, resulta necesario emitir el acto resolutivo a través del cual se designe al profesional que ejercerá las funciones de Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud;

Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales; en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y sus modifi catorias. y, en uso de las facultades establecidas en el literal h) del artículo 12º del Reglamento de Organización

Page 53: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603211NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2013-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar termino a la designación temporal efectuada a la Ingeniera Economista Epifanía Soledad Rodríguez Ampuero en el cargo de Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- Designar, al Médico Cirujano Luis Rodríguez Benavides en el cargo de Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS SUÁREZ OGNIOJefe

1448369-1

Designan Directora General de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Salud

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 297-2016-J-OPE/INS

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad;

Que, asimismo, el artículo 6 de la mencionada Ley dispone que todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confi anza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que Establece la Eliminación Progresiva del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado mediante el Decreto Legislativo Nº 1057, dispone que el personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho decreto legislativo. Este personal sólo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad;

Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 279-2016-J-OPE/INS, de fecha 19 de octubre de 2016, se designó temporalmente al Contador Público Colegiado Abraham Oscar Gutiérrez Vásquez en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Administración, en adición a sus funciones de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Economía del Instituto Nacional de Salud;

Que, por convenir a la gestión, resulta necesario emitir el acto resolutivo a través del cual se designe al profesional que ejercerá las funciones de Director General de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Salud;

Con el visado de la Sub Jefa y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales; en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y sus modifi catorias. y, en uso de las facultades establecidas en el literal h) del artículo 12º del Reglamento de Organización

y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2013-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar termino a la designación temporal efectuada al Contador Público Colegiado Abraham Oscar Gutiérrez Vásquez en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- Designar, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, a la Contadora Público Colegiado Cynthia Otani Cano en el cargo de Directora General de la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS SUÁREZ OGNIOJefe

1448369-2

Designan Directora General del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición del Instituto Nacional de Salud

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 298-2016-J-OPE/INS

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTO:

La Carta s/n, de fecha 15 de septiembre de 2016, presentada por la Bióloga María Virginia Castillo Jara, Directora General del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición del Instituto Nacional de Salud; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 225-2014-J-OPE/INS, de fecha 21 de agosto de 2014, se designa a la Bióloga María Virginia Castillo Jara en el cargo de Directora General del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición del Instituto Nacional de Salud;

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad;

Que, asimismo, el artículo 6 de la mencionada Ley dispone que todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confi anza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 705-2016-MINSA, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 16 de septiembre de 2016, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto Nacional de Salud, en el cual el cargo de Directora General del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición se encuentra califi cado como de confi anza;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que Establece la Eliminación Progresiva del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado mediante el Decreto Legislativo Nº 1057, dispone que el personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho decreto legislativo. Este personal sólo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad;

Que, mediante documento de visto, la Bióloga María Virginia Castillo Jara pone a disposición el cargo de Directora General del Centro Nacional de Alimentación y

Page 54: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603212 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

Nutrición del Instituto Nacional de Salud; por lo que se ha visto por conveniente aceptar la misma como renuncia, debiéndose designar al profesional que ejercerá dicha función;

Con el visado de la Sub Jefa y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales; en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y sus modificatorias. y, en uso de las facultades establecidas en el literal h) del artículo 12º del Reglatmento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2013-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia de la Bióloga María Virginia Castillo Jara al cargo de Directora General del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición, dándole las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- Designar, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, a la Médico Cirujano Nelly Mercedes Zavaleta Pimentel en el cargo de Directora General del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición del Instituto Nacional de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS SUÁREZ OGNIOJefe

1448369-3

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

INSTITUTO NACIONAL DE

ESTADISTICA E INFORMATICA

Aprueban Índices de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y de Lima Metropolitana correspondientes al mes de octubre de 2016, así como su variación Porcentual Mensual y Acumulada

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 370-2016-INEI

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29438, modifi ca el Art. 10º del Decreto Legislativo Nº 502, estableciendo que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) publicará en el diario ofi cial “El Peruano” y difundirá por cualquier medio válido a su alcance, a los organismos del Estado y a cualquier persona natural o jurídica interesada, el primer día útil del mes siguiente al que corresponda y con carácter de norma legal, la variación mensual que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor en el ámbito del nivel nacional y el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 685-2010-EF/10, se designó a los integrantes de la Comisión Especial, conformada por tres representantes del Banco Central - BCRP; del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF y del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, encargada de fi jar una metodología para construir

un indicador estadísticamente confi able para la medición del Índice de Precios al Consumidor (IPC) en el ámbito del nivel nacional;

Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, ha elaborado el cálculo del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional, aplicando la metodología aprobada por la referida Comisión Especial, por lo que es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual del Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de octubre 2016 y la variación acumulada, así como aprobar su publicación en el Boletín Mensual; y

Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y,

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional (Base: diciembre 2011 = 100) correspondiente al mes de octubre 2016, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada.

AÑO / MES NÚMERO ÍNDICE BASE: Dic. 2011

VARIACIÓN PORCENTUALMENSUAL ACUMULADA

2016

ENEROFEBREROMARZOABRILMAYOJUNIOJULIOAGOSTOSETIEMBREOCTUBRE

114,18114,37115,06115,08115,21115,39115,60115,94116,21116.72

0,420,170,600,020,110,160,180,300,240,43

0,420,581,191,211,321,481,661,962,202,64

Artículo 2º.- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana (Base: 2009 = 100), correspondiente al mes de octubre 2016, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada.

AÑO / MES NÚMERO ÍNDICE BASE: 2009 = 100

VARIACIÓN PORCENTUALMENSUAL ACUMULADA

2016

ENEROFEBREROMARZOABRILMAYOJUNIOJULIOAGOSTOSETIEMBREOCTUBRE

122,23122,44123,17123,19123,45123,62123,72124,16124,42124,93

0,370,170,600,010,210,140,080,360,210,41

0,370,551,151,161,371,511,601,962,172,59

Artículo 3º.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información Ofi cial del Índice de Precios Promedio Mensual al Consumidor a Nivel Nacional, y del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana correspondiente al mes de octubre 2016 y la metodología de este indicador.

Regístrese y comuníquese.

ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILARJefe (e)

1448472-1

Page 55: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603213NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

Aprueban Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de octubre de 2016, así como su variación porcentual mensual y acumulada

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 371-2016-INEI

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 041-91-EF/93, se ha dispuesto que el Instituto Nacional de Estadística e Informática, publique mensualmente en el Diario Ofi cial “El Peruano”, el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional;

Que, luego de concluidos los trabajos iniciados en el año 2011, para actualizar la canasta de productos, ponderaciones y procedimientos metodológicos del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, se ha establecido como periodo Base: Diciembre 2013=100;

Que, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual y Acumulada del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de octubre de 2016, y del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información ofi cial del mencionado indicador;

Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y,

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”.

SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar, el Índice de Precios al Por

Mayor a Nivel Nacional, Base: Diciembre 2013=100, correspondiente al mes de octubre de 2016, así como su variación porcentual mensual y acumulada.

AÑO / MES NÚMERO ÍNDICE(BASE: DICIEMBRE

2013=100)

VARIACIÓN PORCENTUALMENSUAL ACUMULADA

2016

ENEROFEBREROMARZOABRILMAYOJUNIOJULIOAGOSTOSETIEMBREOCTUBRE

104,129063104,371647104,065551103,366032103,286323103,864684103,555669104,000491104,821468105,302540

0,030,23

-0,29 -0,67 -0,08 0,56 -0,30 0,43 0,79 0,46

0,030,26

-0,03 -0,71 -0,78 -0,23 -0,52 -0,10 0,69 1,15

Artículo 2°.- Disponer, la difusión del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información ofi cial del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de octubre de 2016.

Regístrese y comuníquese.

ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILARJefe (e)

1448472-2

SUPERINTENDENCIA

NACIONAL DE SALUD

Designan Asesora de Secretaría General de SUSALUD

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIAN° 179 -2016-SUSALUD/S

Lima, 28 de octubre de 2016

VISTO:

El Memorándum N° 01785-2016-SUSALUD/OGPER de fecha 28 de octubre de 2016; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849 - Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga Derechos Laborales; el personal de confi anza al que se refi ere el numeral 2) del artículo 4 de la Ley Nº 28175 - Ley Marco del Empleo Público, contratado bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, está excluido de la obligación establecida en el artículo 8 del citado Decreto Legislativo, en cuanto a acceder a dicho régimen vía concurso público, siendo que sólo puede ser contratado para ocupar plazas orgánicas contenidas en el Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la entidad;

Que, el cargo de confi anza de Asesor de Secretaría General se encuentra vacante, por lo que resulta necesario designar al profesional que desempeñará el referido cargo;

Con el visto del Secretario General, de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de las Personas, y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA.

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar, a partir del 03 de noviembre de 2016, a la señorita MARIA ISABEL CABRERA FUENTES en el cargo de confi anza de Asesora de Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Salud, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057.

Regístrese, comuníquese y publíquese;

ELENA CRISTINA ZELAYA ARTEAGASuperintendente

1448557-1

SUPERINTENDENCIA

NACIONAL DE EDUCACION

SUPERIOR UNIVERSITARIA

Aceptan renuncia de Secretario General de la SUNEDU

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 067-2016-SUNEDU

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – Sunedu como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal;

Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, aprobado

Page 56: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603214 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, dispone que el Superintendente tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu;

Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Sunedu, aprobado por Resolución Ministerial Nº 087-2015-MINEDU, prevé el cargo estructural de Secretario General de la Sunedu como funcionario público;

Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 006-2015-SUNEDU de fecha 27 de febrero de 2015 se designó al servidor Juan Antonio Silva Sologuren en el cargo de Secretario General de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria;

Que, el funcionario antes citado ha presentado renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo que resulta necesario emitir la resolución administrativa mediante la cual se acepte la misma;

Con el visado de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina de Recursos Humanos; y,

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar con efectividad al término del 31 de octubre de 2016 la renuncia presentada por el servidor Juan Antonio Silva Sologuren al cargo de Secretario General de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución.

Regístrese , comuníquese y publíquese.

LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGASuperintendente

1448448-1

Aceptan renuncia de Directora del Programa Sectorial III de la Dirección de Licenciamiento de la SUNEDU

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 068-2016-SUNEDU

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – Sunedu como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal;

Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, dispone que el Superintendente tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu;

Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Sunedu, aprobado por Resolución Ministerial Nº 087-2015-MINEDU, prevé el cargo estructural de Director del Programa Sectorial III de la Dirección de Licenciamiento de la Sunedu como cargo de libre designación y/o remoción;

Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 054-2015-SUNEDU de fecha 17 de agosto de 2015 se

designó a la servidora Ana Karina Rozas Valverde en el cargo de Director del Programa Sectorial III de la Dirección de Licenciamiento de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria;

Que, la servidora antes citada ha presentado renuncia al cargo para el cual fue designada, por lo que resulta necesario emitir la resolución administrativa mediante la cual se acepte la misma;

Con el visado de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina de Recursos Humanos; y,

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar con efectividad al término del 31 de octubre de 2016 la renuncia presentada por la servidora Ana Karina Rozas Valverde al cargo de Directora del Programa Sectorial III de la Dirección de Licenciamiento de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, cargo considerado de libre designación y/o remoción, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGASuperintendente

1448448-2

Designan Secretaria General de la SUNEDU

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 069-2016-SUNEDU

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – Sunedu como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal;

Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, dispone que el Superintendente tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu;

Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Sunedu, aprobado por Resolución Ministerial Nº 087-2015-MINEDU, prevé el cargo estructural de Secretario General de la Sunedu como funcionario público;

Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario General de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, máxima autoridad administrativa de la entidad, por lo que es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo;

Con el visado de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina de Recursos Humanos; y,

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu;

Page 57: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603215NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar con efectividad a partir del 01 de noviembre de 2016 a la señora Ana Karina Rozas Valverde en el cargo de Secretaria General de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGASuperintendente

1448448-3

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL

PODER JUDICIAL

Autorizan viaje de Juez Supremo Titular a España, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 111-2016-P-CE-PJ

Lima, 3 de octubre de 2016

VISTOS:

El Ofi cio cursado por el Presidente de la Red Latinoamericana de Jueces; y el Ofi cio Nº 1363-2016-GG-PJ del Gerente General del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que el Presidente de la Red Latinoamericana de Jueces-REDLAJ ha cursado invitación a la Presidencia del Poder Judicial para que participe en el X Congreso Iberoamericano sobre Cooperación Judicial, denominado “El rol de los poderes judiciales frente a los derechos fundamentales, el acceso a la justicia, la impunidad y la corrupción”, que se llevará a cabo en la Escuela Judicial de Consejo General del Poder Judicial de España, en la ciudad de Barcelona, Reino de España, del 2 al 4 de noviembre del presente año.

Segundo. Que la fi nalidad del mencionado certamen es profundizar la discusión sobre las funciones extraterritoriales de la cooperación judicial; los temas que serán tratados comprenden varias cuestiones trascendentales para los Poderes Judiciales de América del Sur, Centroamérica, Caribe y México; así como para todos los órganos vinculados a la administración de justicia, la sociedad y la cultura. Para el debate están convocados participantes de países de América Latina y Europa que disertarán sobre la cooperación judicial y otros temas vinculados.

Tercero. Que, en ese contexto, resulta de interés institucional la participación de un Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, debido a que este Poder del Estado realiza acciones que tienen por objetivo propiciar actividades a fi n de contribuir al perfeccionamiento de jueces y personal del Poder Judicial, lo que redundará en un mejor servicio de impartición de justicia. En tal sentido, se ha designado al señor César José Hinostroza Pariachi, Juez Supremo Titular, para que en representación del Presidente del Poder Judicial participe en el mencionado certamen.

Cuarto.- Que el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM concordado con la Ley Nº 27619, regula los gastos por concepto de viáticos de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; por lo que resulta pertinente la asignación de pasajes aéreos, viáticos y assist card, de acuerdo al itinerario de viaje.

En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus facultades delegadas

mediante Resolución Administrativa Nº 003-2009-CE-PJ, de fecha 9 de enero de 2009.

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor César José Hinostroza Pariachi, Juez Supremo Titular, del 30 de octubre al 5 de noviembre del año en curso, para que en representación del Presidente del Poder Judicial participe en el X Congreso Iberoamericano sobre Cooperación Judicial, denominado “El rol de los poderes judiciales frente a los derechos fundamentales, el acceso a la justicia, la impunidad y la corrupción”, que se llevará a cabo en la Escuela Judicial de Consejo General del Poder Judicial de España, en la ciudad de Barcelona, Reino de España; concediéndosele licencia con goce de haber por las referidas fechas.

Artículo Segundo.- Los gastos de instalación, viáticos y assist card estarán a cargo de la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle:

US$

Gastos de Instalación y viáticos : 3,780.00Pasajes Aéreos : 1,490.00Assist card : 56.00

Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, al Juez Supremo designado, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.S.

VÍCTOR TICONA POSTIGOPresidente

1448313-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

Designan magistrados en diversas salas y juzgados de la Corte Superior de Justicia de Lima

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 665-2016-P-CSJLI/PJ

Lima, 28 de octubre de 2016

VISTA:

La Resolución Administrativa N° 659-2016-P-CSJL/PJ de fecha 25 de octubre del presente año; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el ingreso número 624377-2016 la doctora Mercedes Isabel Manzanares Campos, Juez Superior Titular integrante de la Segunda Sala Laboral de Lima, solicita hacer uso de sus vacaciones por el periodo del 02 al 16 de noviembre del presente año.

Que, mediante el ingreso número 518136-2016 la doctora Aissa Rosa Mendoza Retamozo, Juez Superior Titular integrante de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Lima – 4° Sala Penal Liquidadora de Lima, solicita hacer uso de sus vacaciones por el periodo del 02 al 16 de noviembre del presente año.

Que, mediante correo electrónico Institucional cursado por el señor Mario Reluz Gonzáles relator de la 6° Sala Penal para procesos con reos en Libres, comunica la licencia del doctor Oscar Augusto Sumar Calmet, Juez

Page 58: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603216 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

superior titular integrante de la referida Sala por el día 31 de octubre del presente año

Que, mediante el ingreso número 636150-2016 el doctor Luis Alberto Mera Casas Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial pone a conocimiento de la Presidencia fotocopia certifi cada de la Resolución emitida por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, por el cual se autoriza la participación del doctor Juan Carlos Montoya Muñoz Juez Titular del 1° Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima, con la fi nalidad que participe en calidad de Ponente en el VII Congreso Latinoamericano de Niñez, Adolescencia y Familia, a llevarse a cabo en la Ciudad de Cartagena de las Indias, Colombia; concediéndosele vacaciones por el periodo del 02 al 04 de noviembre del presente año para dichos fi nes.

Que, resulta necesario a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales adoptar las medidas administrativas pertinentes, procediéndose a la designación de los Jueces conforme corresponda.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero: DESIGNAR al doctor ROLANDO JOSÉ HUATUCO SOTO, Juez Titular del 15° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima como Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Laboral de Lima, a partir del día 02 de noviembre del presente año y mientras duren las vacaciones de la doctora Manzanares Campos, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera:

SEGUNDA SALA LABORAL:Dra. Doris Mirtha Céspedes Cabala Presidente Dr. Julio Donald Valenzuela Barreto (T)Dr. Rolando José Huatuco Soto (P)

Artículo Segundo: DESIGNAR al doctor MANUEL ALEJANDRO CARRANZA PANIAGUA, Juez Titular del 4° Juzgado de Investigación Preparatoria – Órgano Jurisdiccional de Proceso Inmediato de Flagrancia de Lima como Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Lima – 4° Sala Penal Liquidadora de Lima, a partir del día 02 de noviembre del presente año y mientras duren las vacaciones de la doctora Mendoza Retamozo, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera:

SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES – CUARTA SALA PENAL LIQUIDADORA

Dr. Iván Alberto Sequeiros Vargas Presidente Dra. Luz Victoria Sánchez Espinoza (T)Dr. Manuel Alejandro Carranza Paniagua (P)

Artículo Tercero: DESIGNAR a la doctora MARíA ROSARIO HERNANDEZ ESPINOZA Juez Titular del 8° Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Sexta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de Lima, a partir del día 31 de octubre del presente año y mientras dure la licencia por salud del doctor Sumar Calmet, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera:

SEXTA SALA PENAL PARA PROCESOS CON REOS LIBRESDr. Jose Emilio Gonzales Chavez PresidenteDr. Oscar Enrique Leon Sagastegui (P)Dr. María Rosario Hernández Espinoza (P)

Artículo Tercero: DESIGNAR a los siguientes doctores a partir del día 02 de noviembre del presente año:

• DESIGNAR al doctor MARIANA ELIZABETH GIRALDO BARDALAMA, como Juez Supernumerario del 15° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima a partir del día 02 de noviembre del presente año y mientras dure la promoción del doctor Huatuco Soto.

• DESIGNAR a la doctora CELIA VERONICA SAN MARTIN MONTOYA, como Juez Supernumeraria del 4° Juzgado de Investigación Preparatoria – Órgano Jurisdiccional de Proceso Inmediato de Flagrancia de Lima, a partir del día 02 de noviembre del presente año y mientras dure la promoción del doctor Carranza Paniagua.

• DESIGNAR a la doctora MARITZA ROSARIO SOLIS POLO, como Juez Supernumeraria del 1° Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima, a partir del día 02 de noviembre del presente año y mientras dure la licencia del doctor Montoya Muñoz.

• DESIGNAR a la doctora PATRICIA MERCEDES CUMPA MORENO, como Juez Supernumeraria del 7° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima, a partir del día 02 de noviembre del presente año y mientras dure la licencia de la doctora Miranda Mendoza, culminada la presente designación deberá retornar como Juez Supernumeraria del Tercer Juzgado de Paz Letrado del Rímac.

• DESIGNAR al doctor HECTOR MIGUEL DELGADO OLIVARI, como Juez Supernumerario del 3° Juzgado de Paz Letrado del Rímac, a partir del día 02 de noviembre del presente año y mientras dure la reasignación de la doctora Cumpa Moreno.

Artículo Cuarto: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura, Coordinación de Personal de esta Corte Superior, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior y de los Magistrados para los fi nes pertinentes.

Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.

OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARAPresidente

1448509-1

Designan magistrados Supernumerarios en el Juzgado de Paz Letrado Transitorio de El Agustino y del Octavo Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho y aprueban otras disposiciones en la Corte Superior de Justicia de Lima Este

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 713-2016-P-CSJLE/PJ

Chaclacayo, 31 de octubre de 2016

VISTA:

La Resolución Administrativa N° 215-2016-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el Informe N° 319-2016-AE-ADM-CSJLE/PJ del Área de Estadística; y

CONSIDERANDO:

Mediante Resolución Administrativa de Vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dictó entre otros, las siguientes disposiciones administrativas: i) Reubicar

Page 59: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603217NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

a partir del primero de noviembre del año en curso, el Primer Juzgado de Paz Letrado Transitorio – Surco y San Borja de la Corte Superior de Justicia de Lima a este Distrito Judicial como Juzgado de Paz Letrado Transitorio de El Agustino, con turno cerrado; y ii) Que el Primer y Segundo Juzgados de Paz Letrados de El Agustino remitan al Juzgado de Paz Letrado Transitorio del mismo Distrito, como máximo la cantidad de ochocientos expedientes que al treinta de septiembre del año en curso, no se encuentren expeditos para sentenciar, por lo que corresponde adoptar medidas necesarias a efectos de ejecutar lo antes dispuesto, teniendo en cuenta para ello el informe del Área de Estadística.

Por las consideraciones expuestas, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3° y 9° del Artículo 90º del Texto Único Ordenado la Ley Orgánica del Poder Judicial.

RESUELVE:

Artículo Primero: DESIGNAR al señor Abogado JUAN PABLO QUISPE JULCA como Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de El Agustino, a partir del dos de noviembre del año dos mil dieciséis.

Artículo Segundo: DESIGNAR a la señora Abogada ANNE JUDITH FLORES SALCEDO como Jueza Supernumeraria del Octavo Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Lurigancho, con efectividad al dos de noviembre del año en curso.

Artículo Tercero: DISPONER la redistribución de expedientes que al treinta de septiembre del año en curso, no se encontraban expeditos para sentenciar, del Primer y Segundo Juzgados de Paz Letrados de El Agustino al Juzgado de Paz Letrado Transitorio del mismo Distrito, de la siguiente manera:

Fecha Del Juzgado Remitente Al Juzgado receptor Cantidad

Del 02 al 10 de Noviembre 1° Juzgado de Paz

Letrado de El Agustino

Juzgado de Paz Letrado Transitorio de

El Agustino

200 Exp.

Del 14 al 18 de Noviembre 150 Exp.

Fecha Del Juzgado Remitente Al Juzgado receptor Cantidad

Del 21 al 29 de Noviembre 2° Juzgado de

Paz Letrado de El Agustino

Juzgado de Paz Letrado Transitorio

de El Agustino

200 Exp.

Del 05 al 19 de Diciembre 450 Exp.

Artículo Cuarto: La redistribución antes indicada comprende a los procesos cualquiera sea la especialidad y año de ingreso del expediente, los cuales deben ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notifi cación completos, debidamente cosidos, foliados en números y letras, asimismo, todos los escritos deberán estar debidamente proveídos bajo responsabilidad.

Artículo Quinto: No se considerará para la redistribución:

a) Los expedientes que hayan sido objeto de una redistribución anterior.

b) Los expedientes en lo que se ha llevado a cabo informe oral.

c) Los expedientes en reserva, ni con mandato de archivo provisional o defi nitivo.

Artículo Sexto: Culminados los plazos señalados en la redistribución, el Primer y Segundo Juzgado de Paz Letrado de El Agustino, deberán hacer llegar por medio electromagnético en detalle, la relación de expedientes redistribuidos, la cual tendrá carácter de declaración jurada y será publicada en la página web de esta Corte Superior de Justicia, para conocimiento de los justiciables.

Artículo Séptimo: Con el fi n de no afectar el derecho de los usuarios y hasta que culmine el proceso de redistribución de expedientes dispuesto en la presente resolución, la Mesa de Partes del Primer

y Segundo Juzgados de Paz Letrado de El Agustino, deberán recibir los escritos relacionados a actos procesales con plazos de vencimiento y/o perentorios de los procesos a ser redistribuidos que se encuentren aún bajo su custodia, debiendo ser remitidos junto con el expediente al Juzgado de Paz Letrado Transitorio del citado Distrito.

Artículo Octavo: Los Responsables de las Áreas de Informática y Estadística de esta Corte Superior de Justicia deberán adoptar las medidas necesarias para que se cumpla la redistribución de expedientes dispuesta en la presente resolución, presentando el informe correspondiente.

Artículo Noveno: REMITIR copia de la presente Resolución Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima Este y a los Magistrados para los fi nes pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

MARÍA DEL CARMEN PALOMA ALTABÁS KAJATTPresidenta

1448478-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

BANCO CENTRAL DE RESERVA

Ponen en circulación monedas de plata alusivas a los 200 años del Nacimiento del Coronel Francisco Bolognesi Cervantes

CIRCULAR N° 024-2016-BCRP

Lima, 31 de octubre de 2016

CONSIDERANDO:

Que el Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, en uso de las facultades que le son atribuidas en los artículos 42°, 43° y 44° de su Ley Orgánica, ha dispuesto la emisión de monedas de plata con fi nes numismáticos.

SE RESUELVE:

Artículo 1. Poner en circulación monedas de plata alusivas a los 200 años del Nacimiento del Coronel Francisco Bolognesi Cervantes.

Las características de la moneda son:

Denominación : S/ 1,00 Aleación : Plata 0,925Peso fi no : 1 onza troyDiámetro : 37,00 mmCalidad : ProofCanto : EstriadoAño de Acuñación : 2016Emisión máxima : 5 000 unidades En el reverso de la moneda fi gura el busto del Coronel

Francisco Bolognesi Cervantes, la inscripción: “… que no crean que mi deber tuvo precio.”, la rúbrica del héroe y alrededor el texto: “Coronel Francisco Bolognesi BICENTENARIO DE SU NACIMIENTO”.

En el anverso, fi gura el Escudo Nacional, el texto BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ, el año de acuñación y la denominación en letras UN SOL.

Artículo 2. Otorgar curso legal a estas monedas, las mismas que estarán en circulación desde el 2 de noviembre de 2016.

Artículo 3. Difundir el precio de estas monedas en el portal del Banco (https://tiendavirtual.bcrp.gob.pe/

Page 60: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603218 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

tiendabcrp/), el cual será reajustado de acuerdo a la evolución de los costos.

RENZO ROSSINI MIÑÁNGerente General

1448381-1

CONTRALORIA GENERAL

Autorizan viaje de profesional a Francia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍAN° 462-2016-CG

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTOS; el Ofi cio Múltiple N° 036-2016-PCM/CAN suscrito por la Coordinadora General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN) de la Presidencia del Consejo de Ministros, la carta GOV/PSI/JB(2016)18 del Jefe de la División de Integridad para el Sector Público de la Dirección de Gobernanza Pública y Desarrollo Territorial de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y la Hoja Informativa

N° 00056-2016-CG/CT del Departamento de Cooperación Técnica;

CONSIDERANDO:

Que, conforme se da cuenta en los documentos de Vistos, la Coordinadora General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción de la Presidencia del Consejo de Ministros, en representación del Presidente de la CAN, traslada a la Contraloría General de la República del Perú, la invitación efectuada por el Jefe de la División de Integridad para el Sector Público de la Dirección de Gobernanza Pública y Desarrollo Territorial de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para participar en la reunión del “Grupo de Trabajo de Altos Funcionarios de Integridad Pública”, que se realizará el 3 y 4 de noviembre de 2016, en la ciudad de Paris, Francia;

Que, la OCDE es un organismo de cooperación internacional que tiene como objetivos, entre otros, la promoción de políticas diseñadas para alcanzar un crecimiento económico sostenible, además de fomentar la probidad y el funcionamiento de los servicios públicos y la actividad corporativa para sus países miembros;

Que, la República del Perú y la OCDE suscribieron un acuerdo para la implementación del Programa País, que establece los compromisos asumidos por el Estado con relación a tres tipos de actividades: i) el estudio y la revisión de las políticas públicas y de la institucionalidad, ii) la adhesión a prácticas, estándares e instrumentos legales internacionales y iii) la participación en las sesiones de diversos comités, foros y grupos de trabajo de la OCDE;

Que, en el marco del Programa País se desarrolló el “Estudio de Integridad en el Sector Público del Perú”, cuyo objetivo fue evaluar las políticas y sistemas de integridad y anticorrupción del gobierno peruano en base a las normas y prácticas de la OCDE, que comprendió tres etapas: i) el desarrollo de un cuestionario dirigido a las diversas instituciones públicas y privadas, ii) la visita in situ de una misión de expertos de la OCDE para complementar y verifi car la información obtenida y iii) la presentación del informe preliminar y realización de un taller para recoger las apreciaciones, comentarios y sugerencias de los principales actores;

Que, en la reunión del “Grupo de Trabajo de Altos Funcionarios de Integridad Pública” se presentará la versión fi nal del “Estudio de Integridad en el Sector Público del Perú” y se compartirá el diseño de estrategias para la implementación de planes de acción y los desafíos en el establecimiento de las responsabilidades institucionales para el conjunto del sistema de integridad pública del gobierno, requiriéndose la participación de un profesional de la Contraloría General de la República para brindar información sobre control interno y auditoría, protección

de denunciantes, gestión de intereses y procedimiento administrativo sancionador;

Que, los temas antes referidos relacionados al control interno y auditoría, protección de denunciantes, gestión de intereses y procedimiento administrativo sancionador guardan concordancia con la misión, competencia y funciones de la Contraloría General de la República del Perú, siendo el Órgano Sancionador, la unidad orgánica encargada de conducir la fase sancionadora del procedimiento administrativo sancionador, teniendo a su cargo la decisión sobre la imposición de sanciones por responsabilidad administrativa funcional derivada de los informes de control emitidos por los órganos del Sistema;

Que, en consecuencia, resulta conveniente para los fi nes institucionales autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de la señora Mirtha Aida Piscoya Díaz, profesional del Órgano Sancionador, para participar en el evento mencionado;

Que, los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán fi nanciados con los recursos del Pliego: 019 Contraloría General, conforme a lo informado por la Gerencia Central de Administración;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 32° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley

N° 27785; Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Ley N° 30372, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley N° 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modifi cado por Decreto Supremo N° 056-2013-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de la señora Mirtha Aida Piscoya Díaz, profesional del Órgano Sancionador, a la ciudad de Paris, Francia, del 01 al 06 de noviembre de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Los gastos que se deriven de la presente comisión de servicios serán fi nanciados con cargo a los recursos del Pliego: 019 Contraloría General, según el detalle siguiente: pasajes aéreos US 1 264.00, viáticos US $ 1 080.00 (02 días) y gastos de instalación US $ 1 080.00 (02 días).

Artículo Tercero.- La citada profesional presentará al Despacho Contralor, con copia al Departamento de Cooperación Técnica, un informe sobre los resultados de la comisión y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República, así como un ejemplar de los materiales obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios.

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese

EDGAR ALARCÓN TEJADAContralor General de la República

1448286-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS

Aprueban participación de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía en la “III Cumbre Continental Indígena de ABYA YALA, Bolivia, 2016”

UNIVERSIDAD NACIONALINTERCULTURAL DE LA AMAZONÍA

COMISIÓN ORGANIZADORA

RESOLUCIÓN Nº 311-2016-UNIA-CO

Yarinacocha, 12 de octubre de 2016

Page 61: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603219NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

VISTOS: El Pacto de Unidad, signado con registro Nº 1830, del 03 de octubre de 2016; el Acuerdo Nº 387-2016-UNIA-CO-SE, tomado por la Comisión Organizadora en sesión extraordinaria del 06 de octubre de 2016; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes;

Que, mediante Ley Nº 27250, de fecha 30 de diciembre de 1999, se crea la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, con sede en el distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 071-2015-MINEDU, del Viceministerio de Gestión Pedagógica, emitida el 03 de noviembre de 2015, y su fe de erratas, del 07 de noviembre de 2015, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, la cual se encuentra integrada por: Dr. Vicente Marino Castañeda Chávez – Presidente; Dr. Wilder Espíritu Valenzuela Andrade – Vicepresidente Académico y Dr. Gilberto Domínguez Torrejón – Vicepresidente de Investigación;

Que, mediante documento de registro Nº 1830, presentado el 03 de octubre de 2016, el secretario político de la Confederación Sindical de Comunidades Interculturales Originarias de Bolivia, Sr. Pablo Efraín Callisaya Coarite, invita a la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía a participar en la III Cumbre Continental de Comunicación Indígena de Abya Yala, a realizarse en Cochabamba, Bolivia, del 15 al 21 de noviembre de 2016;

Que, dicha cumbre apunta a constituir un sistema de comunicación continental entre entidades interculturales, a través del diálogo, intercambio, unidad, alianzas, mesas de trabajo y otras actividades;

Que, mediante Acuerdo Nº 387-2016-UNIA-CO-SE, la Comisión Organizadora, en sesión extraordinaria del 06 de setiembre de 2016, acordó por unanimidad aprobar la participación de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía en la citada cumbre, estando la representación a cargo del presidente de la Comisión Organizadora;

Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, Ley Nº 27250 de su Creación y Normas Conexas; la Resolución Nº 228-2003-CONAFU, Resolución Viceministerial Nº 071-2015-MINEDU del Viceministerio de Gestión Pedagógica, de fecha 03 de noviembre de 2015, y su fe de erratas, expedida el 07 de noviembre de 2015;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR la participación de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía en la “III Cumbre Continental Indígena de ABYA YALA, Bolivia, 2016”, organizada por el PACTO DE UNIDAD, que se realizará en la ciudad de Cochabamba, Bolivia, del 15 al 21 de noviembre de 2016;

Artículo Segundo.- AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios del Presidente de la Comisión Organizadora UNIA, Dr. Vicente Marino Castañeda Chávez, y del Jefe de Imagen Institucional UNIA, Cecilio Soria Gonzáles; otorgándoseles pasajes por vía aérea, en la ruta Pucallpa-Lima-Cochabamba- Lima-Pucallpa, y viáticos por cinco (05) días.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la ofi cina de Secretaría General la notifi cación y distribución de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

VICENTE M. CASTAÑEDA CHÁVEZPresidente

BEATRIZ MIGUEL DIEGOSecretaria General

1448108-1

Autorizan viaje al exterior del Rector de la Universidad Nacional de Piura, en comisión de servicios

UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA

RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIONº 0721-CU-2016

Piura, 12 de octubre de 2016

VISTO; el expediente Nº 002149-0201-16-1 de fecha 11 de octubre de 2016, que remite el DR. INGº. SERGIO BALAREZO SALDAÑA, Rector de la Universidad de Piura.

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento de fecha 07 de octubre de 2016, el señor Rector de la Universidad de Piura, invita a participar al señor Rector de la Universidad Nacional de Piura, como miembro del Comité Directivo del Proyecto “Agenda Regional para un crecimiento sostenido basado en Estrategias de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente”, proyecto donde se está implementando la metodología RIS3, por lo cual se ha organizado un viaje corporativo, para dicho Comité a Europa, del 14 al 24 de octubre de 2016. Habiéndose planifi cado visitar ciudades donde se pueda observar “Ins situ” las características de la aplicación de la estrategia de especialización inteligente (RIS3). En primer lugar, se estaría visitando Milán – Italia, donde les harán una presentación de la estrategia RIS3, que se está implementando en Lombardía y se conocerán experiencias exitosas de dicha metodología. Después visitarán Madrid – España, donde asistirán al Foro Iberoamérica Empresarial del Diario Expansión. Finalmente, a Barcelona, donde tendrán una bienvenida a cargo de autoridades del Gobierno Regional de Cataluña. Les presentarán el concepto de RIS3 y de la Plataforma S3. También conocerán la estrategia aplicada en Cataluña y ejemplos prácticos de proyectos de especialización y competitividad territorial. Cabe mencionar que también participarán del viaje los miembros del Comité Directivo de las Instituciones del Gobierno Regional y de la Universidad de Piura;

Que, el Art. 10.1 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 - Ley Nº 30372, establece la prohibición de los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los siguientes casos que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad: a) Los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú. b) Los viajes que realicen los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil. c) Los titulares de los organismos constitucionalmente autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212, Ley que Regula los Ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado y Dicta Otras Medidas, y modifi catoria. d) Los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores. El requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales precedentes, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. En el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad; y en los gobiernos regionales y los gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal, respectivamente. En todos los casos, la resolución o acuerdo de excepción es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano.

Page 62: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603220 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

Que, según el art. 174º, inc. 18, del Estatuto de la UNP, señala que una de las atribuciones del Consejo Universitario es: “Autorizar los viajes fuera del país en Comisión de Servicio del Rector, Vicerrectores y Decanos, recibir y evaluar el informe correspondiente”.

Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su en Sesión Extraordinaria Nº 19 de fecha 12 de octubre de 2016, y a lo dispuesto por el señor Rector, en uso de sus atribuciones legales.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- AUTORIZAR, el viaje del doctor CESAR AUGUSTO REYES PEÑA, Rector de la Universidad Nacional de Piura y miembro del Comité Directivo del Proyecto “Agenda Regional para un crecimiento sostenido basado en Estrategias de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente”, a las ciudades de AMSTERDAM, LINATE, MADRID y BARCELONA, invitado por el Rector de la Universidad de Piura, con la fi nalidad visitar ciudades donde se pueda observar “Ins situ” las características de la aplicación de la estrategia de especialización inteligente (RIS3) , a partir del 14 al 24 de octubre de 2016.

Artículo 2º.- PUBLICAR, la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y ejecútese.

CÉSAR AUGUSTO REYES PEÑARector

DENNYS RAFIN SILVA VALDIVIEZOSecretario General

1448189-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

Confirman Acuerdo que rechazó solicitud de vacancia contra alcalde de la Municipalidad Provincial de Cusco

RESOLUCIÓN N° 1168-2016-JNE

Expediente N° J-2016-01208-A01CUSCO - CUSCORECURSO DE APELACIÓN

Lima, veintidós de setiembre de dos mil dieciséis

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Mario Valdivia Infantas y Edwin Rojas Ugarte en contra del Acuerdo Municipal N° 53-2016-MPC, del 25 de mayo de 2016, que rechazó su solicitud de vacancia contra Carlos Manuel Moscoso Perea, alcalde de la Municipalidad Provincial de Cusco, departamento de Cusco, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 10, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

ANTECEDENTES

La solicitud de vacancia

El 9 de mayo de 2016, Mario Valdivia Infantas y Edwin Rojas Ugarte solicitaron al Concejo Provincia de Cusco que declare la vacancia del alcalde Carlos Manuel Moscoso Perea, por considerar que se encuentra incurso en la causal establecida en el artículo 22, numeral 10, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Según lo indicado en la solicitud de vacancia, la autoridad edil consignó información falsa en su declaración jurada de hoja de vida, presentada con motivo de su participación en las Elecciones Municipales de 2014, toda vez que omitió indicar que el 30 de abril de 2008 se declaró fundada una demanda de alimentos interpuesta en su contra.

Los descargos del alcalde

El alcalde Carlos Manuel Moscoso Perea formuló sus descargos durante la sesión extraordinaria convocada para debatir y resolver el pedido de vacancia en su contra. Indicó que los hechos que le atribuyen no se subsumen dentro del tipo previsto en el artículo 22, numeral 10, de la LOM.

La decisión del Concejo Provincial de Cusco

En la sesión extraordinaria del 25 de mayo de 2016 (fojas 69 a 100), el Concejo Provincial de Cusco, con la asistencia de todos sus integrantes (el alcalde y trece regidores), rechazó, por mayoría, el pedido de vacancia presentado por Mario Valdivia Infantas y Edwin Rojas Ugarte contra el alcalde Carlos Manuel Moscoso Perea (trece votos en contra, uno a favor). Esta decisión se formalizó a través del Acuerdo Municipal N° 53-2016-MPC, de la misma fecha (fojas 101 y 102).

El recurso de apelación

El 20 de junio de 2016, Mario Valdivia Infantas y Edwin Rojas Ugarte interpusieron recurso de apelación en contra del Acuerdo Municipal N° 53-2016-MPC (fojas 119 a 122). Como fundamento de agravio, sostuvieron que la decisión del concejo municipal adolece de una debida motivación, pues está demostrado que el alcalde omitió consignar en su declaración jurada de hoja de vida la sentencia del 30 de abril de 2008, que declaró fundada la demanda de alimentos interpuesta en su contra.

CUESTIÓN EN DISCUSIÓN

En el presente caso, se debe determinar si el alcalde Carlos Manuel Moscoso Perea incurrió en la causal de vacancia por impedimento sobreviniente a la elección regulado en el artículo 22, numeral 10, de la LOM.

CONSIDERANDOS

Alcances de la vacancia por causal sobreviniente a la elección

1. El artículo 22, numeral 10, de la LOM establece que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal cuando sobreviene alguno de los impedimentos establecidos en la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) después de la elección.

Así, se advierte que dicha causal de vacancia dispone su remisión al artículo 8 de la LEM, norma que regula los impedimentos para ser candidato a un cargo de elección municipal. Dicho dispositivo señala lo siguiente:

Artículo 8.- Impedimentos para postularNo pueden ser candidatos en las elecciones

municipales:

8.1 Los siguientes ciudadanos:

a. El Presidente, los Vicepresidentes y los Congresistas de la República.

b. Los funcionarios públicos suspendidos o inhabilitados conforme con el Artículo 100 de la Constitución Política del Estado, durante el plazo respectivo.

c. Los comprendidos en los incisos 7), 8) y 9) del Artículo 23 de la Ley Orgánica de Municipalidades.

d. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, en actividad.

e. Los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) días naturales antes de la elección.

8.2 Salvo que renuncien sesenta días antes de la fecha de las elecciones:

a. Los Ministros y Viceministros de Estado, el Contralor de la República, el Defensor del Pueblo, los

Page 63: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603221NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

Prefectos, Subprefectos, Gobernadores y Tenientes Gobernadores.

b. Los miembros del Poder Judicial, Ministerio Público, Tribunal Constitucional, Consejo Nacional de la Magistratura y de los organismos electorales.

c. Los Presidentes de los Consejos Transitorios de Administración Regional y los Directores Regionales sectoriales.

d. Los Jefes de los Organismos Públicos Descentralizados y los Directores de las empresas del Estado.

e. Los miembros de Comisiones Ad Hoc o especiales de alto nivel nombrados por el Poder Ejecutivo.

(…)

Es importante precisar que la remisión que hace la LEM en el numeral 8.1, literal c, es al artículo 23 de la Ley N° 23853, anterior Ley Orgánica de Municipalidades, derogada expresamente por la vigésima quinta disposición complementaria de la actual LOM, publicada el 27 de mayo de 2003. Consecuentemente, la aprobación de la LOM signifi có la derogación tácita del artículo 8, numeral 8.1, literal c, de la LEM, debido a que se remite a una ley expresamente derogada.

2. Ahora bien, tal como se aprecia, el artículo 22, numeral 10, de la LOM, exige que el hecho generador de la vacancia, en este caso la confi guración de alguno de los impedimentos para ser elegido como alcalde o regidor de un concejo municipal, sobrevenga a su elección. Ello debido a que la vacancia debe ser consecuencia de la realización de un acto posterior a la incorporación como miembro del concejo municipal respectivo, ya que, al tratarse de un cargo de elección popular, solo se puede declarar la vacancia del cargo a quien haya cometido alguna conducta expresamente prevista en la ley.

Análisis del caso concreto

3. En el caso de autos, los recurrentes solicitan que se declare la vacancia de Carlos Manuel Moscoso Perea, alcalde de la Municipalidad Provincial de Cusco, en virtud de que al momento de su postulación como candidato para el proceso de Elecciones Municipales 2014, consignó información falsa en su declaración jurada de vida, pues habría omitido declarar la sentencia expedida el 30 de abril de 2008, que declaró fundada una demanda de alimentos interpuesta en su contra.

4. De esta manera, teniendo en cuenta lo expuesto en los considerandos 1 y 2 de la presente resolución, resulta evidente que el hecho atribuido al burgomaestre no se subsume dentro de ninguno de los supuestos de hecho que regula la causal de vacancia que se alega, toda vez que no se denuncia la existencia de alguno de los impedimentos para ser elegido como autoridad municipal, contemplados, como está anotado, en el artículo 8 de la LEM. Por el contrario, lo que se cuestiona es la supuesta omisión de información en la declaración jurada de vida que el entonces candidato presentó al solicitar la inscripción de su candidatura.

5. Respecto a esto último, resulta menester recordar que conforme a lo dispuesto en el artículo 23, numeral 23.5, de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas, la omisión de información respecto de la sentencia que declara fundada una demanda por incumplimiento de obligaciones alimentarias y que tenga la condición de fi rme, solo da lugar a la exclusión del candidato siempre que esta se compruebe hasta diez días naturales antes de la elección; y en caso de detectarse la omisión en fecha posterior a las elecciones únicamente proceden las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público y a las anotaciones marginales, conforme al numeral 25.6 del citado artículo.

6. Cabe señalar, además, que las causales de vacancia de una autoridad municipal son taxativas y se encuentran expresamente establecidas en los artículos 11, 22 y 63 de la LOM, por consiguiente, las solicitudes de vacancia deben enmarcarse, de manera exclusiva, dentro de estos, por lo que no cabe interpretaciones extensivas o analógicas, ello en virtud del principio de tipicidad

regulado en el artículo 230 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

7. Por lo antes expuesto, la conducta atribuida al alcalde no se encuentra prevista en ninguno de los supuestos considerados como impedimentos para la postulación al cargo de alcalde o regidor, establecidos en el artículo 8 de la LEM, que pueda conllevar la confi guración de la causal de vacancia establecida en el artículo 22, numeral 10, de la LOM, por lo que, siguiendo el criterio establecido por este órgano colegiado, entre otras, en las Resoluciones N° 345-2009-JNE, N° 215-2012-JNE, N° 0240-2012-JNE, N° 741-2012-JNE, N° 30-2013-JNE, N° 064-2013-JNE, corresponde desestimar el recurso de apelación y confi rmar el acuerdo de concejo venido en grado.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia del magistrado Luis Carlos Arce Córdova, por ausencia del presidente titular, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Mario Valdivia Infantas y Edwin Rojas Ugarte y, en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo Municipal N° 53-2016-MPC, del 25 de mayo de 2016, que rechazó su solicitud de vacancia contra Carlos Manuel Moscoso Perea, alcalde de la Municipalidad Provincial de Cusco, departamento de Cusco, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 10, de la de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

ARCE CÓRDOVA

CHANAMÉ ORBE

CHÁVARRY CORREA

RODRÍGUEZ VÉLEZ

Samaniego MonzónSecretario General

1448454-1

MINISTERIO PUBLICO

Autorizan viaje de Fiscal Superior coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio a Francia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 4457-2016-MP-FN

Lima, 27 de octubre de 2016

VISTO:

El ofi cio múltiple N° 036-2016-PCM/CAN, cursado por la coordinadora general de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, a través del cual hace de conocimiento del Ministerio Público la reunión del “Grupo de Trabajo de Altos Funcionarios de Integridad Pública”;

CONSIDERANDO:

Mediante el ofi cio de visto, la Coordinación General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción señala que ha recibido la invitación formulada por la Dirección de Gobernanza Pública y Desarrollo Territorial de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), para participar en la reunión del “Grupo de Trabajo de Altos Funcionarios de Integridad

Page 64: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603222 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

Pública”, a realizarse en la ciudad de París, República Francesa, los días 3 y 4 de noviembre de 2016.

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) agrupa a 34 países miembros y su misión es promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo. Asimismo, la organización ofrece un foro donde los gobiernos puedan trabajar conjuntamente para compartir experiencias y buscar soluciones a los problemas comunes.

El Estado peruano y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) han fi rmado un acuerdo para la implementación del “Programa País” que establece los compromisos asumidos por el Perú respecto a tres tipos de actividades: i) el estudio y la revisión de las políticas públicas y de la institucionalidad, ii) la adhesión a prácticas, estándares e instrumentos legales internacionales y, iii) la participación en las sesiones de diversos comités, foros y grupos de trabajo de la OCDE.

El estado peruano ha realizado un Estudio de Integridad en el Sector Público del Perú, teniendo como fi nalidad evaluar las políticas y sistemas de integridad y anticorrupción del gobierno peruano en base a las normas y prácticas de la OCDE.

En atención a lo expuesto, la reunión de trabajo tendrá como objetivo presentar la versión fi nal del referido estudio y compartir el diseño de estrategias para la implementación de planes de acción y los desafíos en el establecimiento de las responsabilidades institucionales para el conjunto del sistema de integridad pública del gobierno.

Teniendo en cuenta las políticas que viene impulsando el Ministerio Público, en temas relacionados a la lucha contra la corrupción, resulta de interés institucional que un representante asista a esta reunión. Esto se debe a que participarán autoridades del sistema de administración de justicia de diferentes países, lo cual permitirá generar un espacio a fi n de promover el intercambio de información sobre los estudios realizados relacionados con las estrategias y planes de acción para fortalecer la integridad en los sistemas de justicia.

Los gastos que irrogue la participación del fi scal serán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público.

Contando con los vistos de la Gerencia General, Ofi cina de Asesoría Jurídica, Gerencias Centrales de Finanzas y Logística.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modifi cada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modifi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Resolución de Gerencia General del Ministerio Público N° 169-2016-MP-FN-GG que aprueba la Directiva General N° 005-2016-MP-FN-GG “Normas para la Entrega de Fondos por viáticos y Asignaciones para la realización de Comisiones de Servicios” en el Ministerio Público; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor RAFAEL ERNESTO VELA BARBA, fi scal superior coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, a la ciudad de París, República Francesa, del 1 al 6 de noviembre de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General, a través de las Gerencias Centrales de Finanzas y Logística, procedan a la adquisición de los pasajes aéreos, seguros de viaje y la asignación de viáticos, conforme al siguiente detalle:

Pasajes Aéreos Seguro de Viaje Viáticos(por 6 días)

US$ 1,345.53 US$ 42,00 US$ 1 872,00

Artículo Tercero.- Encargar la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, a la señora LUZ ELIZABETH PERALTA SANTUR, fi scal superior de la Tercera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Lavado de Activos y Pérdida de Dominio en adición a sus funciones, durante la ausencia del titular.

Artículo Cuarto.- Encargar la Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Lavado de Activos y Pérdida de Dominio al señor RAFFAEL LEONARDO FLORES MEGO, fi scal adjunto superior del referido despacho, durante la ausencia del titular.

Artículo Quinto.- Dentro de los diez (10) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el fi scal comisionado en el artículo primero de la presente resolución, deberá presentar al despacho del Fiscal de la Nación, un informe detallado en el que describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante su participación en la reunión materia de la resolución.

Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, Segunda y Tercera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, Gerencia General, Gerencias Centrales de Potencial Humano, Logística y Finanzas, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina de Proyectos y Cooperación Técnica Internacional, Ofi cina de Asesoría Jurídica, y al fi scal comisionado, para los fi nes pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PABLO SÁNCHEZ VELARDEFiscal de la Nación

1448209-1

Trasladan plazas de fiscales, convierten plaza fiscal, dan por concluida designación y nombran fiscales en diversos Distritos Fiscales

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 4480-2016-MP-FN

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTO Y CONSIDERANDO:

El ofi cio N° 3188-2016-PJFS-ICA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chincha, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verifi cación de los requisitos de Ley.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Nombrar al abogado Juan Pablo Mendoza Valencia, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ica, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chincha.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano,

Page 65: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603223NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fi scal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PABLO SÁNCHEZ VELARDEFiscal de la Nación

1448209-2

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNN° 4481-2016-MP-FN

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTO Y CONSIDERANDO:

El Ofi cio N° 4206-2016-MP-PJFS-LAMBAYEQUE, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, mediante el cual la terna para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Ignacio, la cual a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al Fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verifi cación de los requisitos de Ley.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Nombrar al abogado Walter Miranda Ramos, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Ignacio.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PABLO SÁNCHEZ VELARDEFiscal de la Nación

1448209-3

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNN° 4482-2016-MP-FN

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTO Y CONSIDERANDO:

El ofi cio N° 14804-2016-PJFSDFL-MP-FN, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima.

Estando a lo expuesto en el citado documento y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Eddy Gabriel Elías Moscoso, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ventanilla, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1851-2016-MP-FN, de fecha 27 de abril de 2016.

Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Eddy Gabriel Elías Moscoso, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima, designándolo en el Pool de Fiscales de Lima, con reserva de su plaza de origen.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a las Presidencias de las Juntas de Fiscales

Superiores de los Distritos Fiscales de Lima y Ventanilla, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PABLO SÁNCHEZ VELARDEFiscal de la Nación

1448209-4

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 4484-2016-MP-FN

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTO Y CONSIDERANDO:

El ofi cio N° 6149-2016-MP-FN-FSNCEDCF, remitido por el Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Piura, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verifi cación de los requisitos de Ley.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Hilda Graciela Ramos Nunura, Fiscal Adjunta Provincial Titular Mixta (Corporativa) de Huancabamba - Huarmaca, Distrito Fiscal de Piura, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Huancabamba, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 438-2012-MP-FN, de fecha 22 de febrero de 2012.

Artículo Segundo.- Designar a la abogada Hilda Graciela Ramos Nunura, Fiscal Adjunta Provincial Titular Mixta (Corporativa) de Huancabamba - Huarmaca, Distrito Fiscal de Piura, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Piura.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fi scal mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PABLO SÁNCHEZ VELARDEFiscal de la Nación

1448209-5

Trasladan plazas de fiscales, nombran y dan por concluidos designaciones y designan fiscales en diversos Distritos Fiscales

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 4483-2016-MP-FN

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTO:

El ofi cio N° 5278-2016-MP-FN-PJFSDJLE, cursado por el abogado Orestes Walter Milla López, Fiscal Superior Titular Penal de Lima Este, Presidente de la

Page 66: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603224 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este.

CONSIDERANDO:

Que, en virtud a la adecuación a la nuevas normas legales promulgadas para contrarrestar la inseguridad ciudadana y a la alta incidencia delictiva que se viene registrando en el Distrito Fiscal de Lima Este, se ha originado un aumento desmedido de su carga laboral, de manera que se presenta la necesidad de incrementar la cantidad del personal fi scal para poder tramitar la numerosa carga existente y realizar un mejor ejercicio de sus funciones.

Que, mediante los ofi cios Nros. 023 y 162-2016-MP-FN-GG-OCPLAP/2, el Gerente Central de la Ofi cina Central de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio Público, ha manifestado que, actualmente, no existe disponibilidad presupuestal para atender los pagos de remuneraciones, bono y gastos operativos para nombramientos de nuevos fi scales titulares; por lo tanto, al no haberse dotado al Ministerio Público del presupuesto sufi ciente para crear plazas fi scales en el presente año, se hace necesario adoptar las medidas apropiadas para el mejor funcionamiento del Distrito Fiscal de Lima Este, en benefi cio de los justiciables.

Que, con el ofi cio N° 1119-2016-MP-FN-OCPF, de fecha 29 de septiembre de 2016, el Gerente (e) de la Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal, remite la carga fi scal de los despachos fi scales a nivel nacional, conforme a lo registrado en el Sistema de Información de Apoyo al Trabajo fi scal (SIATF) y en el Sistema de Gestión Fiscal (SGF), lo cual corresponde al período comprendido entre enero de 2015 y el 27 de septiembre del presente año.

Que, a través del ofi cio N° 745-2016-MP-FN-ETI-NCPP/ST, de fecha 04 de octubre de 2016, el Secretario Técnico del Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Código Procesal Penal, remite la relación de las denuncias ingresadas en las Fiscalías Provinciales Penales y Mixtas por cada Distrito Fiscal, al 30 de junio de 2016.

Que, el Fiscal de la Nación, como Titular del Ministerio Público, es el responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, debiendo adoptar las acciones que considere pertinentes, a fi n de fortalecer la función fi scal en el Distrito Fiscal de Lima Este, garantizando de tal manera un servicio fi scal efi ciente y oportuno.

Que, estando a que, a la fecha, la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Chungui, del Distrito Fiscal de Ayacucho, así como la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Oxapampa, del Distrito Fiscal de Junín, cuentan con una carga laboral que ha disminuido considerablemente, se hace necesario, que algunas de sus plazas fi scales puedan trasladarse hacia el Distrito Fiscal de Lima Este, a fi n de fortalecer la función fi scal y brindar apoyo a las fi scalías que actualmente tienen una sobrecarga procesal; debiendo tenerse en cuenta que dichas plazas fi scales deberán ser cubiertas únicamente con fi scales provisionales, en tanto el Ministerio de Economía y Finanzas autorice la transferencia fi nanciera para su implementación con fi scales titulares.

En tal sentido, al haberse verifi cado la necesidad de dar solución a la problemática señalada, a efectos de que los casos en trámite sean atendidos en forma oportuna y de tal manera permitir que los justiciables accedan a una pronta administración de justicia, por necesidad de servicio, resulta indispensable expedir el resolutivo que disponga el traslado hacia el Distrito Fiscal de Lima Este, de una (01) plaza de Fiscal Provincial y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Oxapampa, del Distrito Fiscal de Junín, así como de una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Chungui, del Distrito Fiscal de Ayacucho; para lo cual debe tenerse presente que todas las plazas señaladas son de carácter permanente y cuentan con el presupuesto respectivo.

Asimismo, se pone en conocimiento la carencia de Fiscales Adjuntos Superiores en el Distrito Fiscal de Lima Este, los mismos que no resultan sufi cientes

para la atención de las diligencias programadas, por lo cual, el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, requiere contar en su estructura orgánica con una plaza adicional de Fiscal Adjunto Superior. De tal manera, como entre las atribuciones de la Fiscalía de la Nación, se encuentran las de convertir, suprimir, trasladar y modifi car plazas fi scales de acuerdo a las necesidades del servicio y, de acuerdo a lo establecido en el artículo 44º del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, los Fiscales Provinciales tienen el mismo rango que los Fiscales Adjuntos Superiores, en consecuencia, por necesidad de servicio, se debe expedir el resolutivo correspondiente, disponiendo la conversión de la plaza de Fiscal Provincial que se trasladará, en la de Fiscal Adjunto Superior, para así poder brindar un adecuado servicio fi scal.

Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158º de la Constitución Política del Estado y el artículo 64º del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Provincial, con carácter permanente, de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Oxapampa, del Distrito Fiscal de Junín, al Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este.

Artículo Segundo.- Trasladar dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter permanente, de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Oxapampa, del Distrito Fiscal de Junín, al Pool de Fiscales de Lima Este, del Distrito Fiscal de Lima Este.

Artículo Tercero.- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter permanente, de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Chungui, del Distrito Fiscal de Ayacucho, al Pool de Fiscales de Lima Este, del Distrito Fiscal de Lima Este.

Artículo Cuarto.- Convertir la plaza de Fiscal Provincial, con carácter permanente, del Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, señalada en el artículo primero de la presente resolución, en una plaza de igual nivel, esto es, de Fiscal Adjunto Superior, con carácter permanente, asignada al Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este.

Artículo Quinto.- Dar por concluida la designación de la abogada Maribel Candia Argumedo, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Chosica, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Este, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Chosica, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1008-2011-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2011.

Artículo Sexto.- Nombrar a la abogada Maribel Candia Argumedo, como Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designándola en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, con retención de su cargo de carrera.

Artículo Séptimo.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima Este, designándolos en el Pool de Fiscales de Lima Este, a los siguientes abogados:

• Janet Flor Mendoza Quispe.• Elizabeth Zea Castilla.• Héctor Rodolfo Paredes Salas, con reserva de su

plaza de origen.

Artículo Octavo.- Destacar a la abogada Maribel Candia Argumedo, Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designada en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, para que preste apoyo al Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal Descentralizada Transitoria de San Juan de Lurigancho.

Page 67: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603225NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

Artículo Noveno.- Facultar a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Ayacucho, Junín y Lima Este, conforme a lo establecido en el artículo 77°, literal “g” del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 067-2009-MP-FN, de fecha 23 de enero de 2009, dispongan las medidas pertinentes, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo Décimo.- Disponer que las plazas fi scales mencionadas en los artículos segundo, tercero y cuarto de la presente resolución, sean cubiertas únicamente con fi scales provisionales, en tanto el Ministerio de Economía y Finanzas autorice la transferencia fi nanciera para su implementación con fi scales titulares.

Artículo Décimo Primero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Ayacucho, Junín y Lima Este, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Ayacucho, Junín y Lima Este, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina Central de Planifi cación y Presupuesto, Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, a la Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fi scales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PABLO SÁNCHEZ VELARDEFiscal de la Nación

1448209-6

OFICINA NACIONAL DE

PROCESOS ELECTORALES

Designan representantes titular y suplentes para la remisión de ofertas de empleo de puestos públicos de la ONPE al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

RESOLUCIÓN JEFATURALN° 000236-2016-J/ONPE

Lima, 28 de octubre de 2016

VISTOS: el Informe N° 000176-2016-GCPH/ONPE de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano; así como el Informe N° 000419-2016-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

El artículo 1° de la Ley N° 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, dispone que el Instituto de Radio y Televisión del Perú mediante Radio Nacional del Perú y Canal 7 programará en horario que considere conveniente su Directorio, avisos de servicio público en los que ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados;

Mediante el Decreto Supremo N° 012-2004-TR, se dictan disposiciones reglamentarias de la Ley N° 27736, referente a la trasmisión radial y televisiva de ofertas laborales del sector público y privado, en su artículo 1° dispone que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE, a través de su Programa Red CIL Proempleo, proporcionará diariamente al Instituto de Radio y Televisión del Perú la información vinculada con las ofertas de trabajo del sector público y privado, a efectos del cumplimiento del artículo 1° de la Ley Nº 27736;

Asimismo, el artículo 2° del referido Decreto Supremo dispone que, todo organismo público y empresa del Estado está obligado a remitir al Programa Red CIL Proempleo del MTPE, las ofertas laborales de puestos públicos que

tengan previsto concursar. También, se establece que los organismos públicos y empresas del Estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, la cual deberá realizarse mediante resolución del Titular de la Entidad publicada en el diario ofi cial El Peruano;

Con Resolución Jefatural N° 000338-2015-J/ONPE se designó a la señora Maria del Carmen Navarro de Acosta en su calidad de Gerente de Corporativa de Potencial Humano, como titular responsable para la remisión de las ofertas de puestos públicos para la contratación de personal del Cuadro para Asignación de Personal y bajo la modalidad de Contratación de Servicios;

Mediante Resolución Jefatural N° 000230-2016-J/ONPE, se declaró vacante la plaza de Gerente de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano, encargándose el despacho de la referida gerencia a la señora Sessy Betsy Alejos Sevillano De Escudero, Gerente de Información y Educación Electoral, con retención de su cargo;

Mediante el Informe de vistos, la Gerencia Corporativa de Potencial Humano, propone la designación de los responsables, titular y suplentes, para los fi nes expuestos en los párrafos precedentes; por lo que, corresponde emitir la Resolución Jefatural que así lo disponga;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13° de la Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, Ley N° 26487, y los literales s) y v) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y sus modifi catorias;

Con el visado de la Secretaría General y de las Gerencias de Asesoría Jurídica y Corporativa de Potencial Humano;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación conferida mediante la Resolución Jefatural N° 000338-2015-J/ONPE a la señora MARIA DEL CARMEN NAVARRO DE ACOSTA como responsable de remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Artículo Segundo.- Designar a los representantes, titular y suplentes, para la remisión de las ofertas de puestos públicos para la contratación de personal del Cuadro para Asignación de Personal así como aquellos bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, conforme al siguiente detalle:

Titular:SESSY BETSY ALEJOS SEVILLANO DE ESCUDERO Gerente (e)Gerencia Corporativa de Potencial Humano

Primer Suplente:ROSARIO ANA MARIA CASTRO SALINAS Sub Gerente de Recursos HumanosGerencia Corporativa de Potencial Humano

Segundo Suplente:LIZ RUTH WONG MENA DE ZEGARRASub Gerente de Bienestar y Desarrollo HumanoGerencia Corporativa de Potencial Humano

Artículo Tercero.- Poner el contenido de la presente Resolución a conocimiento del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para los fi nes pertinentes.

Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional www.onpe.gob.pe dentro del plazo de los tres (03) días de su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZAJefe

1448451-1

Page 68: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603226 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

REGISTRO NACIONAL DE

IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL

Autorizan viaje de funcionarios a Chile, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN JEFATURALN° 150-2016/JNAC/RENIEC

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTOS:

La Carta CLAD/577/16 de fecha 06 de setiembre de 2016, remitida por el Secretario General del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo (CLAD), el Proveído N° 002700-2016/JNAC/GA/RENIEC (26AGO2016) del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional, la Hoja de Elevación N° 000239-2016/GPP/RENIEC (05SET2016) y el Memorando N° 004339-2016/GPP/RENIEC (10OCT2016) de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el Informe N° 003367-2016/GPP/SGP/RENIEC (05SET2016) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, la Carta N° 000150-2016/SGEN/RENIEC (09SET2016) de la Secretaría General, el Memorando N° 003461-2016/GAD/RENIEC (13OCT2016) de la Gerencia de Administración, los Informes N° 002110-2016/GAD/SGLG/RENIEC (10AGO2016) y N° 002660-2016/GAD/SGLG/RENIEC (13OCT2016) de la Sub Gerencia de Logística de la Gerencia de Administración, el Informe N° 002156-2016/GAD/SGCO/RENIEC (07OCT2016) de la Sub Gerencia de Contabilidad de la Gerencia de Administración, el Informe N° 000235-2016/GTH/SGAL/RENIEC (17OCT2016) de la Sub Gerencia de Asuntos Laborales de la Gerencia de Talento Humano, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Carta CLAD/557/16 de fecha 06 de setiembre de 2016 de Vistos, el Secretario General del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo (CLAD) formula invitación al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - RENIEC a fi n que se participe en el “XXI Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública”, que se realizará en la ciudad de Santiago de la República de Chile, del 08 al 11 de noviembre de 2016;

Que, el mencionado Congreso se desarrollará en torno a las dimensiones más signifi cativas de los procesos de rediseño del Estado, reconstrucción institucional y fortalecimiento de la capacidad de gerencia pública tanto en Iberoamérica como en el resto del mundo;

Que, al respecto, la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, mediante el Informe N° 003367-2016/GPP/SGP/RENIEC (05SET2016) de Vistos, comunica que los gastos que irrogue la participación del RENIEC en el referido evento internacional cuenta con la viabilidad presupuestal;

Que, de este modo, a través de la Carta N° 000150-2016/SGEN/RENIEC (09SET2016) de Vistos, la Secretaría General hace de conocimiento al Secretario General del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo (CLAD), la designación de los señores Carlos Martín Eulalio Loyola Escajadillo, Gerente de Planifi cación y Presupuesto y Enrique Miguel Cueva Valverde, Asesor del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional, en representación de la Entidad, ante el mencionado evento;

Que, en dicho contexto, la Sub Gerencia de Contabilidad de la Gerencia de Administración, a través del Informe N° 002156-2016/GAD/SGCO/RENIEC (07OCT2016) de Vistos, concluye que corresponde otorgar a cada comisionado descrito en el considerando anterior, el monto de US$ 1,850.00 dólares americanos que comprende cuatro (04) días por concepto de viáticos, y el equivalente de un (01) día de viático más, por

concepto de gastos de traslado e instalación, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, publicado el 19 de mayo de 2013 y lo establecido en los numerales 6.2.1.2 y 6.2.1.4 de la Directiva DI-231-GAD/003 “Solicitud, Otorgamiento y Rendición de Cuenta por Comisión de Servicio”, Tercera Versión, aprobada con Resolución Secretarial N° 96-2015/SGEN/RENIEC de fecha 07 de diciembre de 2015;

Que, asimismo, la Sub Gerencia de Logística de la Gerencia de Administración, mediante el Informe N° 002110-2016/GAD/SGLG/RENIEC (10AGO2016) de Vistos, señala que el costo del pasaje aéreo del señor Carlos Martín Eulalio Loyola Escajadillo, Gerente de Planifi cación y Presupuesto, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, asciende a la suma de US$ 566.54 dólares americanos, incluye FEE y el TUAA.;

Que, a su vez, la Sub Gerencia de Logística de la Gerencia de Administración, mediante el Informe N° 002660-2016/GAD/SGLG/RENIEC (13OCT2016) de Vistos, señala que el costo del pasaje aéreo del señor Enrique Miguel Cueva Valverde, Asesor del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, asciende a la suma de US$ 566.54 dólares americanos, incluye FEE y el TUAA.;

Que, bajo lo expuesto, debido a la naturaleza del evento, resulta de interés institucional atender la invitación formulada, por lo que, en el marco de lo dispuesto en el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30372 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, que a la letra dice: “En el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad (…)”, esta Jefatura Nacional estima conveniente autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Carlos Martín Eulalio Loyola Escajadillo, Gerente de Planifi cación y Presupuesto y el viaje en comisión de servicios del señor Enrique Miguel Cueva Valverde, Asesor del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional del RENIEC, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, del 07 al 11 de noviembre de 2016, de acuerdo al itinerario de viaje establecido;

Que, también corresponde señalar que, la Sub Gerencia de Asuntos Laborales de la Gerencia de Talento Humano, a través del Informe N° 000235-2016/GTH/SGAL/RENIEC (17OCT2016) de Vistos, emite opinión jurídica señalando que los viajes en comisión de servicios indicados en el párrafo anterior, se encuentran enmarcados en el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30372 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, dispositivo legal que establece que el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos, en el caso de organismos constitucionalmente autónomos, son autorizadas por resolución del titular de la entidad, debiendo ser publicada en el diario ofi cial El Peruano;

Que, en tal sentido, conforme a lo propuesto por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, a través del Memorando N° 004339-2016/GPP/RENIEC (10OCT2016) de Vistos, se ha considerado pertinente encargar dicho órgano a la señorita Noemí Julia Zapata Castillo, Sub Gerente de Planifi cación, del 07 al 11 de noviembre de 2016 y con retención de su cargo;

Estando a las atribuciones conferidas en la Ley N° 26497 – Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, Ley N° 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado en parte por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, Decreto Supremo N° 001-2009-JUS modifi cado en parte por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS, y el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) modifi cado en parte con Resolución Jefatural N° 135-2016/JNAC/RENIEC (11OCT2016);

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor CARLOS

Page 69: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603227NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

MARTÍN EULALIO LOYOLA ESCAJADILLO, Gerente de Planifi cación y Presupuesto del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, del 07 al 11 de noviembre de 2016, a fi n de participar en el “XXI Congreso Internacional del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo (CLAD) sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública”, a realizarse en la ciudad de Santiago de la República de Chile.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la señorita NOEMÍ JULIA ZAPATA CASTILLO, Sub Gerente de Planifi cación, el cargo de Gerente de Planifi cación y Presupuesto del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, del 07 al 11 de noviembre de 2016 y con retención de su cargo.

Artículo Tercero.- AUTORIZAR, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor ENRIQUE MIGUEL CUEVA VALVERDE, Asesor del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, del 07 al 11 de noviembre de 2016, a fi n de participar en el “XXI Congreso Internacional del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo (CLAD) sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública”, a realizarse en la ciudad de Santiago de la República de Chile.

Artículo Cuarto.- Los gastos que generen las comisiones de servicios indicadas en los artículos primero y tercero de la presente Resolución Jefatural, serán cubiertos por el RENIEC de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes aéreos: Total: US$ 1,133.08

a) Gerente de Planifi cación y Presupuesto: Pasaje aéreo. Incluye FEE y el TUAA. US$ 566.54

b) Asesor del Gabinete de Asesores: Pasaje aéreo. Incluye FEE y el TUAA. US$ 566.54 Viáticos: Total: US$ 3,700.00

c) Gerente de Planifi cación y Presupuesto: Viáticos (US$ 370.00 por 4 días) US$ 1,480.00 Por concepto de instalación y traslado (US$ 370.00 por 1 día) US$ 370.00 Sub Total: US$ 1,850.00

d) Asesor del Gabinete de Asesores: Viáticos (US$ 370.00 por 4 días) US$ 1,480.00 Por concepto de instalación y traslado (US$ 370.00 por 1 día) US$ 370.00 Sub Total: US$ 1,850.00

Artículo Quinto.- DISPONER, que el señor CARLOS MARTÍN EULALIO LOYOLA ESCAJADILLO, Gerente de Planifi cación y Presupuesto del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, presente ante la Jefatura Nacional, a través de la Secretaría General, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado en el artículo primero, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de culminado el desplazamiento.

Artículo Sexto.- DISPONER, que el señor ENRIQUE MIGUEL CUEVA VALVERDE, Asesor del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, presente ante la Jefatura Nacional, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado en el artículo primero, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de culminado el desplazamiento.

Artículo Sétimo.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Talento Humano.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZOJefe Nacional

1448459-1

Incorporan Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque al RENIEC

RESOLUCIÓN JEFATURALN° 151-2016/JNAC/RENIEC

Lima, 31 de octubre de 2016

VISTOS:

El Memorando N° 002060-2016/GPP/RENIEC (25MAY2016), emitido por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el Informe N° 000051-2016/GPP/SGPL/RENIEC (25MAY2016), emitido por la Sub Gerencia de Planifi cación de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el Memorando N° 001660-2016/GOR/RENIEC (17AGO2016), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Informe N° 000392-2016/GPRC/SGIRC/RENIEC (09SEP2016), emitido por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, y el Informe N° 000082-2016/GPRC/RENIEC (19OCT2016), emitido por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;

CONSIDERANDO:

Que, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modifi can la capacidad y estado civil;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF, se delegó a las Ofi cinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del artículo 44° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil;

Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM;

Que, con Resolución Jefatural N° 520-2007-JNAC/RENIEC (14JUN2007), se revocó las facultades comprendidas en el artículo 44º (literales a, b, c, e, y o) de la Ley N° 26497, conferidas a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque;

Que, por el gran volumen de acervo documentario (Libros de Actas), se realizará la transferencia de los Libros Formato RENIEC y títulos archivados, correspondientes al periodo de Febrero de 1997 - hasta la fecha de revocatoria parcial (Junio2007);

Que, mediante el Informe de vistos, la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles en su calidad de encargada del proceso de incorporación de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil, propone la incorporación de la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, respecto al acervo documentario de la sección de Nacimientos, Matrimonio y Defunción que comprende a los libros de Actas Formato RENIEC y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de Febrero de 1997 – hasta la fecha de revocatoria parcial (Junio2007); propuesta que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;

Page 70: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603228 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

Que, a través de los documentos de vistos, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y la Gerencia de Operaciones Registrales, emiten opinión favorable respecto a la incorporación de la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque;

Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la incorporación de la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, respecto al acervo documentario Formato RENIEC, relativo a la sección de Nacimientos, Matrimonio y Defunción que comprende a los libros de Actas Formato RENIEC y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de Febrero de 1997 - hasta la fecha de revocatoria parcial (Junio2007); así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera; conservando la citada Ofi cina de Registros del Estado Civil la delegación de las facultades registrales a que se hace referencia en la Resolución Jefatural N° 520-2007-JNAC/RENIEC (14JUN2007), en lo que respecta al acervo documentario relativo a la sección de Nacimientos, Matrimonio y Defunción, del periodo no comprendido en la presente Resolución Jefatural;

Que, la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016); la Resolución Jefatural N° 108-2016/JNAC/RENIEC (19AGO2016); la Resolución Jefatural N° 133-2016/JNAC/RENIEC (30SEP2016) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009);

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- INCORPORAR la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, respecto al acervo documentario, relativo a la sección de Nacimientos, Matrimonio y Defunción que comprende a los libros de Actas de Formato RENIEC y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de Febrero de 1997 - hasta la fecha de revocatoria parcial (Junio2007); así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera; la cual se hará efectiva a partir del día Viernes 04 de Noviembre del 2016.

Artículo Segundo.- DISPONER que la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, mantenga la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales l), m), n), y q) del artículo 44° de la Ley N° 26497; a que hace referencia la Resolución Jefatural N° 520-2007-JNAC/RENIEC de fecha 14 de Junio de 2007, en lo que respecta al acervo documentario relativo a las secciones de Nacimientos, Matrimonio y Defunción del periodo no comprendido en la presente Resolución Jefatural; quedando facultada a expedir copias certifi cadas de dicho acervo documentario.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, para el traslado del acervo documentario relativo a la sección de Nacimientos Matrimonio y Defunción que comprende a los libros de Actas Formato RENIEC y sus respectivos títulos archivados correspondientes al periodo de Febrero de 1997 - hasta la fecha de revocatoria parcial (Junio2007), así como la información sistematizada en formato electrónico, si lo tuviera, al RENIEC, en cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497 y el artículo primero precedente.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a las Gerencias de Procesos de Registros Civiles, de Operaciones Registrales, de Imagen Institucional y de Asesoría Jurídica la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución Jefatural.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZOJefe Nacional

1448459-2

SUPERINTENDENCIA DE BANCA,

SEGUROS Y ADMINISTRADORAS

PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

Autorizan viaje de funcionario a Bolivia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN SBS N° 5725-2016

Lima, 31 de octubre de 2016

LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS YADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

VISTA:

La invitación cursada por el Ministerio de Relaciones Exteriores a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en el Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional Perú - Bolivia, que se llevará a cabo del 02 al 04 de noviembre de 2016 en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia;

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional Perú - Bolivia, mecanismo de coordinación político - diplomático del más alto nivel, se llevarán a cabo las reuniones bilaterales a nivel técnico y de vicecancilleres en las que se evaluará el cumplimiento de los compromisos asumidos en el I Gabinete Binacional (Isla Esteves, Puno, 23 de junio de 2015) y se formulará nuevos compromisos con el propósito de impulsar la agenda común entre ambos países;

Que, en la primera reunión de este mecanismo binacional, dentro de la Mesa de Trabajo I “Cooperación en la Lucha Contra el Tráfi co Ilícito de Drogas” del Eje de Seguridad y Defensa, en el cual la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) participa activamente, se incluyó la temática de lavado de activos y fi nanciamiento del terrorismo, a fi n de que las UIFs de ambos países defi nan compromisos y actividades binacionales que fortalezcan el trabajo conjunto y generen un impacto positivo en lucha transnacional de estos ilícitos. En esta segunda reunión, se abordará los avances alcanzados y se defi nirán nuevas actividades y compromisos que propicien la integración, cooperación y una agenda común en el ámbito de la lucha contra el lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo;

Que, en atención a la invitación cursada y por ser de interés de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar al señor Enzo Paolo Yampier Paredes Castañeda, Analista Principal II del Departamento de Prevención, Enlace y Cooperación de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, para que participe en el citado evento;

Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016,

Page 71: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603229NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016; y,

En uso de las facultades que le confi ere la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Enzo Paolo Yampier Paredes Castañeda, Analista Principal II del Departamento de Prevención, Enlace y Cooperación de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú de la SBS, del 01 al 05 de noviembre de 2016 a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasaje aéreo US$ 1 150,31Viáticos US$ 1 480,00

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SOCORRO HEYSEN ZEGARRASuperintendenta de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones

1448373-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 234-2016-MDLV que establece “Beneficios y Regula el Procedimiento de Regularización de Edificaciones sin Licencia en el Distrito de La Victoria”

DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2016-A/MLV

La Victoria, 28 de octubre de 2016

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA

VISTO; el Informe Nº 465-2016-SGOPCYCU-GDU/MLV de 13 de octubre de 2016 de Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano, Informe Nº 159-2016-GDU/MDLV de 21 de octubre de 2016 de Gerencia de Desarrollo Urbano e Informe Nº 609-2016-GAJ-MLV de 26 de octubre de 2016 de Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, y sus modifi catorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el segundo párrafo del Artículo 39 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que el alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía;

Que, el Artículo 42 del mismo cuerpo legal, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”;

Que, mediante Ordenanza Nº 234-2016-MDLV, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 10 de marzo de 2016, se estableció otorgar benefi cios y establecer los lineamientos necesarios para el procedimiento de regularización de edifi caciones construidas sin licencia dentro de la jurisdicción del Distrito de La Victoria, que forma parte del Área de Tratamiento Normativo II; a fi n de formalizar las edifi caciones ubicadas en dicho sector, siempre y cuando cumplan con las normas que regulan las construcciones establecidas en el Reglamento Nacional de Edifi caciones, no contravengan los parámetros urbanísticos y edifi catorios, así como los demás requisitos establecidos en el marco normativo urbanístico y edifi catorio municipal, respecto al procedimiento para la obtención de la Licencia de Edifi cación en vía de Regularización;

Que, la Tercera Disposición Final de la citada Ordenanza, faculta al señor Alcalde de la Municipalidad de La Victoria, dictaminar las disposiciones complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para su adecuación y correcta aplicación;

Que, mediante Informe Nº 465-2016-SGOPCYCU-GDU/MLV de 13 de octubre de 2016, Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano pone en conocimiento a Gerencia de Desarrollo Urbano que mediante Decreto de Alcaldía Nº 012-2016-ALC de fecha 29 de julio del 2016, se amplía la vigencia de la Ordenanza Nº 234-2016-MDLV cuya vigencia fi naliza el 31 de octubre del 2016, asimismo se remite el informe Nº 268-2016-JGFM-SGOPCYCU-GDU/MDLV donde se recomienda ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 234-2016-MDLV hasta el 31 de diciembre de 2016, así como actualizar dicha ordenanza en lo considerados 1, 7 y 8, así como agregar el articulo 10 con respecto a las cargas técnicas por incumplimiento de los parámetros edifi catorias de altura y área libre;

Que, mediante Informe Nº 159-2016-GDU/MDLV de 21 de octubre de 2016, Gerencia de Desarrollo Urbano da cuenta a Gerencia Municipal a fi n de llevar a cabo la prórroga de la vigencia de la ordenanza, y la modifi cación propuesta en el presente mediante Decreto de Alcaldía hasta el 31 de diciembre del 2016;

Que, mediante Informe Nº 609-2016-GAJ-MLV de 26 de octubre de 2016, Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente solamente por la procedencia de la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 234-2016-MDLV hasta el 31 de diciembre del 2016;

ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL INCISO 6) DEL Artículo 20 Y DEL Artículo 42 DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972 CON LA VISACIÓN DE

Page 72: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603230 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

GERENCIA MUNICIPAL, GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA;

SE DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 234-2016-MDLV que establece “Benefi cios y Regula el Procedimiento de Regularización de Edifi caciones sin Licencia en el Distrito de La Victoria”, hasta el 31 de diciembre del 2016.

Artículo Segundo.- RATIFICAR en todos los extremos la Ordenanza Nº 234-2016-MDLV.

Artículo Tercero.- ENCARGAR; el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a Gerencia de Desarrollo Urbano y Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano y demás áreas pertinentes en cumplimiento de lo dispuesto en el presente dispositivo de acuerdo a su competencia.

Artículo Cuarto.- DISPONER a Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y a Subgerencia de Tecnología de la Información su publicación en la página Web Institucional.

Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

ELIAS CUBA BAUTISTAAlcalde

1448411-1

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 248-2016-MDLV que establece beneficios tributarios y administrativos

DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2016-A/MLV

La Victoria, 31 de octubre de 2016

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA

VISTO; el Informe Nº 130-2016-GSAT/MDLV de fecha 24 de octubre de 2016 de Gerencia de Servicios de Administración Tributaria e Informe Nº 615-2016-GAJ-MLV de fecha 28 de octubre de 2016 de Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, y sus modifi catorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el segundo párrafo del Artículo 39 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que el alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía;

Que, el Artículo 42 del mismo cuerpo legal, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”;

Que, mediante Ordenanza Nº 248-2016-MLV, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 20 de octubre de 2016, se estableció otorgar benefi cios tributarios por deudas tributarias vencidas y cancelación de multas administrativas a contribuyentes y administrados del distrito de La Victoria, a fi n de sanear su situación de morosidad, en cuya Tercera Disposición Final y Complementaria se dispuso la facultad del Alcalde para

que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la fecha de vencimiento;

Que, mediante Informe Nº 130-2016-GSAT/MDLV de fecha 24 de octubre de 2016, Gerencia de Servicios de Administración Tributaria remite a Gerencia Municipal proponiendo la prórroga de la Ordenanza Nº 248-2016-MLV hasta el 15 de noviembre del 2016 la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano;

Que, mediante Informe Nº 615-2016-GAJ-MLV de fecha 28 de octubre de 2016, Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente por la procedencia de la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 248-2016-MLV hasta el 15 de noviembre del 2016;

ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL INCISO 6) DEL ARTÍCULO 20 Y DEL ARTÍCULO 42 DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972 CON LA VISACIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL, GERENCIA DE SERVICIOS ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA;

SE DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 248-2016-MDLV que establece “Benefi cios tributarios por deudas tributarias vencidas y de cancelación de multas administrativas a contribuyentes y administrados del Distrito de La Victoria”, hasta el 15 de noviembre del 2016.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a Gerencia de Servicios Administración Tributaria y demás áreas pertinentes en cumplimiento de lo dispuesto en el presente dispositivo de acuerdo a su competencia.

Artículo Tercero.- DISPONER a Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y a Subgerencia de Tecnología de la Información su publicación en la página Web Institucional.

Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

ELIAS CUBA BAUTISTAAlcalde

1448413-1

MUNICIPALIDAD DE

LURIGANCHO CHOSICA

Modifican TUPA de la Municipalidad Distrital de Chosica

DECRETO DE ALCALDIANº 017-2016/MDLCH

Chosica, 12 de octubre de 2016

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO-CHOSICA

VISTO:

Visto el Informe Nº 116-2016/MDLCH/SGPPDI, de 12 de octubre de 2016, de la Sub Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo Institucional, sobre la Califi cación y Plazo de los Procedimientos Denominados Nº 4. “LICENCIA DE EDIFICACION - MODALIDAD C (Aprobación con evaluación previa del proyecto por Revisores Urbanos); 4.1 PARA VIVIENDA MULTIFAMILIAR, QUINTA O CONDOMINIOS QUE INCLUYAN VIVIENDA MULTIFAMILIAR (de más de 5 pisos y/o más de 3,000

Page 73: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603231NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

m2 de área construida); 4.2 EDIFICACIONES PARA FINES DIFERENTES DE VIVIENDA (a excepción de las previstas en la Modalidad D); 4.3 EDIFICACIONES DE USO MIXTO CON VIVIENDA; 4.4 INTERVENCIONES QUE SE DESARROLLEN EN BIENES CULTURALES INMUEBLES (previamente declarados); 4.5 EDIFICACIONES PARA LOCALES COMERCIALES, CULTURALES, CENTROS DE DIVERSION Y SALAS DE ESPECTACULOS (que individualmente o en conjunto cuenten con un máximo de 30,000 m2 de área construida); 4.6 EDIFICACIONES PARA MERCADOS (que cuenten con un máximo de 15,000 m2 de área construida); 4.7 LOCALES PARA ESPECTACULOS DEPORTIVOS (de hasta 20,000 ocupantes); 4.8 TODAS LAS DEMAS EDIFICACIONES NO CONTEMPLADAS EN LAS MODALIDADES A, B y D; 4.9 DEMOLICIONES TOTALES DE EDIFICACIONES (de 5 o más pisos de altura o aquellas que requieran el uso de explosivos); Nº 8. CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACION SIN VARIACIONES (para todas las Modalidades: A, B, C y D); Nº 9. CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACION CON VARIACIONES (para modifi caciones “no sustanciales” y siempre que se cumplan con la normativa); y 9.1 PARA EDIFICACIONES CON LICENCIA MODALIDAD A y B; todos ellos a cargo de la Gerencia de Obras Privadas

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los Asuntos de su competencia;

Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo II del Título Preliminar expresa que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y, que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, mediante la Ordenanza Nº 159-MDLCH de 21 de julio de 2011, la Municipalidad de Lurigancho Chosica aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de las Unidades Orgánicas de la Comuna;

Que mediante Acuerdo Nº 873 del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima de fecha 08 de setiembre de 2011 se ratifi can los procedimientos administrativos, los servicios brindados en exclusividad y los derechos de trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de Lurigancho – Chosica y de los servicios prestados en exclusividad, los mismos que fueron publicados en el Diario Ofi cial El Peruano el 28 de setiembre de 2011;

Que, el numeral 40.1) del artículo 40º de la Ley 27444 señala “Para el inicio, prosecución o conclusión de un procedimiento, las entidades quedan prohibidas de solicitar a los administrados la presentación de la siguiente información o la documentación que la contenga: (…) 40.1.8 Constancia de pago realizado ante la propia entidad por algún trámite, en cuyo caso el administrado sólo queda obligado a informar en su escrito el día de pago y el número de constancia de pago, correspondiendo a la administración la verifi cación inmediata.”

Que, la Ley Nº 27444 en su “Artículo 41.- Documentos: 41.1. Para el cumplimiento de los requisitos correspondientes a los procedimientos administrativos, las entidades están obligadas a recibir los siguientes documentos e informaciones en vez de la documentación ofi cial, a la cual reemplazan con el mismo mérito probatorio: 41.1.1. Copias simples o autenticadas por los fedatarios institucionales, en reemplazo de documentos originales o copias legalizadas notarialmente de tales documentos. Las copias simples serán aceptadas, estén o no certifi cadas por notarios, funcionarios o servidores públicos en el ejercicio de sus funciones y tendrán el mismo valor que los documentos originales para el cumplimiento de los requisitos correspondientes a la tramitación de procedimientos administrativos seguidos ante cualquier entidad. Solo se exigirán copias autenticadas por fedatarios institucionales en los casos en que sea razonablemente indispensable.

Que, la Ley de Procedimiento Administrativo General establece en su artículo 38º, numeral 38.5) que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique creación de nuevos procedimientos o incremento de derechos de tramitación o requisitos, se podrán efectuar por Decreto de Alcaldía y su publicación;

Que, en consecuencia es necesario modifi car los procedimientos que a continuación se indican a fi n de adecuarlos a lo dispuesto en la Ley Nº 29090 y sus modifi catorias, tanto en su Califi cación, Plazo:

Nº 4. “LICENCIA DE EDIFICACION - MODALIDAD C (Aprobación con evaluación previa del proyecto por Revisores Urbanos);

Nº 4.1 PARA VIVIENDA MULTIFAMILIAR, QUINTA O CONDOMINIOS QUE INCLUYAN VIVIENDA MULTIFAMILIAR (de más de 5 pisos y/o más de 3,000 m2 de área construida);

Nº 4.2 EDIFICACIONES PARA FINES DIFERENTES DE VIVIENDA (a excepción de las previstas en la Modalidad D);

Nº 4.3 EDIFICACIONES DE USO MIXTO CON VIVIENDA;Nº 4.4 INTERVENCIONES QUE SE DESARROLLEN EN BIENES

CULTURALES INMUEBLES (previamente declarados);Nº 4.5 EDIFICACIONES PARA LOCALES COMERCIALES,

CULTURALES, CENTROS DE DIVERSION Y SALAS DE ESPECTACULOS (que individualmente o en conjunto cuenten con un máximo de 30,000 m2 de área construida);

Nº 4.6 EDIFICACIONES PARA MERCADOS (que cuenten con un máximo de 15,000 m2 de área construida);

Nº 4.7 LOCALES PARA ESPECTACULOS DEPORTIVOS (de hasta 20,000 ocupantes);

Nº 4.8 TODAS LAS DEMAS EDIFICACIONES NO CONTEMPLADAS EN LAS MODALIDADES A, B y D;

Nº 4.9 DEMOLICIONES TOTALES DE EDIFICACIONES (de 5 o más pisos de altura o aquellas que requieran el uso de explosivos);

Nº 8. CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACION SIN VARIACIONES (para todas las Modalidades: A, B, C y D);

Nº 9. CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACION CON VARIACIONES (para modifi caciones “no sustanciales” y siempre que se cumplan con la normativa);

Nº 9.1 PARA EDIFICACIONES CON LICENCIA MODALIDAD A, todos a cargo de la Gerencia de Obras Privadas, modifi caciones en cuanto a su modalidad de aprobación, plazos y menores requisitos a los contenidos en el TUPA de la Municipalidad aprobado por Ordenanza Nº 159-2011 MDLCH y modifi catorias, a fi n de que se encuentren enmarcados a las disposiciones legales vigentes, quedando redactados en la forma y términos que están contenidos en los cuadros anexos a la presente Resolución de Alcaldía;

Estando a mérito de lo expuesto, con aprobación de la Gerencia Municipal, opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Primero.- APROBAR la modifi cación de los requisitos de los procedimientos Nº 4; 4.1; 4.2; 4.3; 4.4; 4.5; 4.6; 4.7; 4.8; 4.9; 8; 9; 9.1; a cargo de la Gerencia de Obras Privadas en cuanto a su Califi cación y modalidad de aprobación, plazos y menores requisitos a los contenidos en el TUPA de la Municipalidad, a fi n de que se encuentren enmarcados a las disposiciones legales vigentes que a continuación se detallan y que, como anexo forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldía;

NºOrden

“DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

“CALIFI-CACION”

PLAZO PARA

RESOLVER4 LICENCIA DE EDIFICACION -

MODALIDAD C (Aprobación con evaluación previa del proyecto por Revisores Urbanos

AUTOMATICO

4.1 PARA VIVIENDA MULTIFAMILIAR, QUINTA O CONDOMINIOS QUE INCLUYAN VIVIENDA MULTIFAMILIAR (de más de 5 pisos y/o más de 3,000 m2 de área construida)

AUTOMATICO

Page 74: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603232 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

NºOrden

“DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

“CALIFI-CACION”

PLAZO PARA

RESOLVER4.2 EDIFICACIONES PARA FINES

DIFERENTES DE VIVIENDA (a excepción de las previstas en la Modalidad D

AUTOMATICO

4.3 EDIFICACIONES DE USO MIXTO CON VIVIENDA

AUTOMATICO

4.4 INTERVENCIONES QUE SE DESARROLLEN EN BIENES CULTURALES INMUEBLES (previamente declarados

AUTOMATICO

4.5 EDIFICACIONES PARA LOCALES COMERCIALES, CULTURALES, CENTROS DE DIVERSION Y SALAS DE ESPECTACULOS (que individualmente o en conjunto cuenten con un máximo de 30,000 m2 de área construida

AUTOMATICO

4.6 EDIFICACIONES PARA MERCADOS (que cuenten con un máximo de 15,000 m2 de área construida

AUTOMATICO

4.7 LOCALES PARA ESPECTACULOS DEPORTIVOS (de hasta 20,000 ocupantes

AUTOMATICO

4.8 TODAS LAS DEMÁS EDIFICACIONES NO CONTEMPLADAS EN LAS MODALIDADES A, B y D

AUTOMATICO

4.9 DEMOLICIONES TOTALES DE EDIFICACIONES (de 5 o más pisos de altura o aquellas que requieran el uso de explosivos

AUTOMATICO

8 CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACION SIN VARIACIONES (para todas las Modalidades: A, B, C y D

Modalidad A AUTOMATICO

Modalidad BModalidad CModalidad D

5 DIAS5 DIAS5 DIAS

9 CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACIAN CON VARIACIONES (para modifi caciones “no sustanciales” y siempre que se cumpa con la normatividad)

9.1 PARA EDIFICACIONES CON LICENCIA MODALIDAD A y B

Modalidad A AUTOMATICO

Modalidad B 10 DIAS

Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario Ofi cial “El Peruano” y disponer su publicación en el Portal Electrónico de la Municipalidad y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas-PSCE.

Tercero.- DISPONER que, en los requisitos contenidos en los procedimientos administrativos y servicios exclusivos contenidos en el TUPA de la Municipalidad distrital de Lurigancho – Chosica, de conformidad con lo prescrito en el numeral 40.1 del artículo 40º de la Ley 27444 que señala que “Para el inicio, prosecución o conclusión de un procedimiento, queda prohibido solicitar a los administrados la presentación de la información o documentación a que hace referencia el numeral 40.1.8 del artículo 40º de la misma norma como es la Constancia de pago realizado ante la propia entidad por algún trámite; en cuyo caso el administrado sólo queda obligado a informar en su escrito el día de pago y el número de constancia de pago, correspondiendo a la administración la verifi cación inmediata de la misma;

Cuarto.- HACER de conocimiento de la Secretaria Técnica de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI el presente Decreto de Alcaldía;

Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a través de la Gerencia de Administración y Finanzas,

Sub Gerencia de Gestión Tecnológica, Gerencia de Obras Privadas, Secretaría General y demás unidades orgánicas, su cumplimiento e implementación;

Sexto.- La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

LUIS FERNANDO BUENO QUINOAlcalde

1448214-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL

Ordenanza que aprueba beneficios para la regularización de deudas tributarias para los contribuyentes del Distrito

ORDENANZA Nº 324/MDSM

San Miguel, 27 de octubre de 2016

EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL

POR CUANTO:

EL Concejo Municipal, en sesión ordinaria celebrada en la fecha;

VISTOS, el memorando Nº 608-2016-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 166-2016-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el memorando Nº 556-2016-GRAT/MDSM emitido por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria que contiene el informe Nº 514-2016-SGRRT-GRAT/MDSM de la Subgerencia de Registro y Recaudación Tributaria, y;

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú y sus modifi catorias, Leyes de Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo II de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prevén que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y que esta competencia alcanza a crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley, así como para administrar sus bienes y rentas;

Que, de conformidad con el artículo 27º del Código Tributario, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-13-EF, la obligación tributaria se extingue, entre otros medios, por la condonación;

Que, el segundo párrafo de la Norma IV del Título Preliminar del citado Código Tributario, establece que los gobiernos locales, mediante ordenanza, pueden crear, modifi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley. Asimismo, el artículo 41º de la misma norma señala que, excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren, en el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo;

Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria propone un proyecto de benefi cio de deudas tributarias pendientes que tengan los contribuyentes del distrito; justifi cando dicha propuesta normativa en los reiterados pedidos verbales de los contribuyentes morosos que requieren de condiciones favorables que les permitan regularizar su situación ante la administración municipal;

Que, estando a la opinión legal vertida por la Gerencia de Asuntos Jurídicos favorable, resulta conveniente

Page 75: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603233NORMAS LEGALESMartes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

aprobar un benefi cio de saneamiento de deudas tributarias a todos los contribuyentes que tengan saldos por cobrar pendientes de pago;

Que, resulta innecesaria la pre-publicación del proyecto en tanto constituye únicamente la aplicación de benefi cios, conforme a lo establecido en el inciso 3.2 del artículo 14º de Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y que el mismo no irrogará gastos a la administración que los vinculados a su divulgación, los mismos que se encuentran programados y previstos;

Estando, a los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, el concejo municipal, luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA BENEFICIODE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIASPARA LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO

DE SAN MIGUEL

Artículo 1º.- OBJETO Y ALCANCELa presente ordenanza tiene por objeto otorgar

benefi cios para la regularización de deudas tributarias y no tributarias que se encuentren en cobranza ordinaria o en ejecución coactiva.

Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en la presente ordenanza, los contribuyentes y/o administrados que a la fecha de entrada de su vigencia mantengan deudas vencidas y pendientes de pago por impuesto predial, arbitrios municipales, fraccionamientos, multas tributarias y/o administrativas.

Artículo 2º.- BENEFICIOSa) Condónese el 100% de intereses y reajustes,

según corresponda, de las deudas por impuesto predial y arbitrios vencidos al 31 de octubre de 2016, en el estado en el que se encuentre la deuda. Para gozar de la condonación de intereses y reajustes del impuesto predial el deudor tributario no deberá tener deudas vencidas del año 2016 respecto al impuesto aludido.

b) Aplíquese, adicionalmente al benefi cio previsto en el numeral anterior, respecto de los arbitrios un descuento sobre el tributo adeudado, de acuerdo a la siguiente escala, siempre que el deudor cumpla con pagar, al contado, el total de la deuda dentro de la vigencia de la presente ordenanza:

• 90% hasta el año 2008.• 80% del año 2009• 70% del año 2010• 20% del año 2011

c) Condónese el 100% de los intereses que se hayan generado respecto de las multas tributarias impuestas al 31 de mayo de 2016, siempre y cuando del deudor cumpla con el pago total de la multa.

d) Condónese el 100% de los intereses de las cuotas vencidas de los convenios de fraccionamiento.

e) Condónese el 100% del monto de las multas tributarias, siempre que el contribuyente regularice la presentación de su declaración jurada en el caso de omisión o rectifi cación dentro del plazo de vigencia de la presente ordenanza.

f) Condónese a los administrados que adeuden multas administrativas generadas hasta el mes de octubre del presente año, siempre que no superen el equivalente a 5 Unidades Impositivas Tributarias – UIT, en cobranza ordinaria o cobranza coactiva un descuento, según las siguientes escalas:

• 90% del importe de multas administrativas generadas en los ejercicios 2011 al 2012.

• 80% del importe de multas administrativas generadas en los ejercicios 2013 al 2014.

• 70% del importe de multas administrativas generadas en los ejercicios 2015 al 2016.

En el caso de haberse efectuado pagos a cuenta de la deuda por multas administrativas, se aplicara el benefi cio por el saldo de la correspondiente resolución de sanción.

g) Condónese el 100% de los gastos y costas

procesales, derivado de la tramitación de los procedimientos de cobranza coactiva correspondientes a obligaciones tributarias y no tributarias.

Artículo 3º.- FORMA DE PAGOLos contribuyentes y/o administrados podrán acogerse

a la presente ordenanza mediante pago al contado. En este caso, podrán optar por cancelar los tributos y períodos que consideren convenientes.

Para deudas tributarias, excepcionalmente, se concederá la forma fraccionada de pago, siempre que la deuda supere 1UIT. En estos casos la cuota inicial no podrá ser inferior al 30% de la deuda a fraccionar y las cuotas mensuales solo serán otorgadas hasta con un tope de 10. Adicionalmente se deberán cumplir con los demás requisitos de esta forma de pago, establecidas en el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias vigente. No será aplicable otorgar fraccionamientos tratándose de deudas sometidas a un régimen de fraccionamiento que se encuentre vigente.

En los casos de contribuyentes que presenten una situación precaria, previa autorización de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y/o las Subgerencias a su cargo, podrán acceder al fraccionamiento sobre la deuda tributaria que tengan, inclusive con una cuota inicial inferior a la establecida en el segundo párrafo del presente artículo sobre la deuda a fraccionar y a la cuota mínima establecida en el Reglamento de Fraccionamiento Tributario.

Artículo 4º.- REQUISITOSConstituyen requisitos para acogerse a los benefi cios

dispuestos en la presente ordenanza: Que la deuda objeto de acogimiento no se encuentre impugnada. De ser el caso, deberá presentarse el desistimiento conforme se dispone en el artículo siguiente.

Artículo 5º.- DESISTIMIENTOPara acogerse a los benefi cios de la presente

ordenanza, la deuda objeto de acogimiento no deberá haber sido impugnada administrativa o judicialmente, bajo sanción de nulidad. Tratándose de deuda exigible en cobranza coactiva, la misma no debe haber sido sometida a un proceso de revisión judicial, bajo sanción de nulidad.

De existir un proceso judicial en trámite deberá presentarse copia del cargo de recepción del escrito desistimiento presentado ante el Poder Judicial, el mismo que debe cumplir con los requisitos establecidos en el Código Procesal Civil.

De existir procesos ante el Tribunal Fiscal, el contribuyente que desee acogerse a los benefi cios de la presente ordenanza deberá presentar copia de la resolución que aprueba el desistimiento emitido por el Tribunal Fiscal. Si por algún motivo ajeno al mismo, no contara con dicho documento, deberá de presentar copia del cargo de recepción del escrito de desistimiento presentado ante dicha entidad quedando obligado a regularizar ante la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria de la Municipalidad de San Miguel la entrega de la resolución que aprueba el desistimiento en el plazo máximo de 30 días hábiles al de su acogimiento a los benefi cios de la presente ordenanza, bajo apercibimiento de dejarse sin efecto el mismo.

De existir recursos contenciosos tributarios y/o administrativos cuyo trámite se encuentre pendiente ante la Municipalidad de San Miguel bastará con adjuntar copia del cargo de recepción del escrito de desistimiento presentado ante las áreas competentes, el mismo que debe cumplir con los requisitos establecidos en la legislación vigente.

El acogimiento a los benefi cios establecidos en la presente ordenanza representa el reconocimiento expreso de sus obligaciones, en consecuencia, no procede la interposición de reclamos futuros respecto de la deuda materia del presente benefi cio.

Artículo 6º.- PAGOS ANTERIORESLos montos pagados con anterioridad a la vigencia de

la presente ordenanza no serán materia de devolución y/o compensación.

Page 76: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603234 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

Artículo 7º.- MONTOS RETENIDOSTratándose de obligaciones tributarias y/o no

tributarias, los montos que se retengan como producto de la ejecución de embargos se imputarán a la deuda respectiva, sin los benefi cios establecidos en los artículos precedentes.

Artículo 8º.- OTROS BENEFICIOSLos benefi cios de la presente ordenanza no son de

aplicación conjunta con otros benefi cios o regímenes especiales existentes durante su vigencia, pudiendo optar el contribuyente por aquel que resulte más favorable a sus intereses.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y vencerá indefectiblemente el 30 de noviembre del 2016.

Segunda.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación

de lo dispuesto en la presente ordenanza; así como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia.

Tercera.- Encargar a las Gerencias de Rentas y Administración Tributaria, Fiscalización y Control, Calidad de Servicios, Administración y Finanzas y las subgerencias a su cargo según corresponda a sus competencias, el cumplimiento de la presente ordenanza, a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión y a Secretaría General su publicación.

Cuarta.- Disponer la publicación de la presente ordenanza mediante el Portal Institucional de la Municipalidad de San Miguel, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme prescribe el artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM-SGP aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

EDUARDO BLESS CABREJASAlcalde

1448364-1

PROYECTO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN

INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO

Publicación del Resumen Ejecutivo de la Propuesta del servicio especial “Retiro/Colocación de separadores artificiales en las bodegas de las naves”, propuesta de Resolución de Consejo Directivo, la Exposición de Motivos y los documentos que

sustentan la propuesta de fijación tarifaria del servicio

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVONº 046-2016-CD-OSITRAN

Lima, 26 de octubre de 2016

VISTOS:

La Nota N° 050-2016-GRE-OSITRAN, mediante la cual la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos remite el Informe “Propuesta de Fijación Tarifaria del Servicio Especial: Retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”, elaborada conjuntamente con la Gerencia de Asesoría Jurídica en lo relativo a la evaluación de los aspectos jurídicos relacionados al procedimiento tarifario; la propuesta de Resolución de Consejo Directivo por la que se aprueba la Propuesta Tarifaria; la Exposición de Motivos; y la relación de documentos que sustentan la propuesta;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 3.1 del artículo 3º de la Ley de Supervisión de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público, aprobada mediante Ley N° 26917, establece que es misión de OSITRAN regular el comportamiento de los mercados en los que actúan las Entidades Prestadoras, cautelando en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los inversionistas y de los usuarios; con el fi n de garantizar la efi ciencia en la explotación de la Infraestructura de Transporte de Uso Público;

Que, el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7° de la precitada Ley, atribuye a OSITRAN la Función Reguladora, y en tal virtud, la función de operar el sistema tarifario de la infraestructura bajo su ámbito, lo que incluye la infraestructura portuaria de uso público;

Que, el literal b) del numeral 3.1 del artículo 3° de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos (LMOR), aprobada por la Ley N° 27332 y modifi cada mediante Ley N° 28337, establece que la Función Reguladora de los Organismos Reguladores, comprende la facultad de fi jar tarifas de los servicios bajo su ámbito;

Que, el artículo 2º del Reglamento de la LMOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-PCM y sus modifi catorias, así como el artículo 17° del REGO, establecen que la Función Reguladora será ejercida exclusivamente por el Consejo Directivo del Organismo Regulador;

Que, el citado artículo 17 a su vez señala que el Consejo Directivo sustenta sus decisiones en los informes técnicos que emite la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos, que está encargada de conducir e instruir los procedimientos tarifarios, y de la Gerencia de Asesoría Jurídica que tiene a su cargo la evaluación de los aspectos jurídicos relacionados al procedimiento tarifario;

Que, mediante Resolución N° 043-2004-CD/OSITRAN y sus modifi caciones se aprobó el Reglamento General de Tarifas de OSITRAN (RETA), el cual establece la metodología, reglas, principios y procedimientos que aplicará OSITRAN cuando fi je, revise o desregule las tarifas aplicables a la prestación de los servicios derivados de la explotación de la infraestructura de transporte de uso público, ya sea que el procedimiento se inicie de ofi cio o a pedido de parte;

Que, eI 11 de mayo de 2011 se suscribió el Contrato de Concesión para el diseño, construcción, fi nanciamiento, conservación y explotación del Terminal Norte Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en representación del Estado, y la empresa APM Terminals Callao (en adelante, APMT);

Que, el 07 de setiembre de 2015, mediante Carta N° 418-2015 APMTC/LLR, el Concesionario remitió al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), con copia al OSITRAN, su propuesta del servicio especial denominado “Retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”;

Que, el 14 de octubre de 2015, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 062-2015-CD-OSITRAN, se determinó el servicio bajo análisis califi ca como Servicio Especial no incluido en el Contrato de Concesión, o servicio nuevo;

Page 77: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603235Martes 1 de noviembre de 2016 El Peruano / PROYECTO

Que, el 19 de noviembre de 2015, el INDECOPI remitió al Concesionario, con copia a la Autoridad Portuaria Nacional (APN) y OSITRAN, la Carta N° 723-2015/PRE-INDECOPI que contiene su análisis de condiciones de competencia en las que se brindaría el servicio. Dicho análisis concluye que el mismo no se prestaría en condiciones de competencia;

Que, el 09 de febrero de 2016, mediante Carta N° 009-2016-APMT/LEG, el Concesionario solicitó a OSITRAN el inicio del procedimiento de fi jación tarifaria, a instancia de parte, del servicio “Retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”;

Que, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento de la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, de comprobarse la no existencia de condiciones de competencia, la Autoridad Portuaria Nacional (en adelante, APN) deberá proponer al OSITRAN un régimen tarifario dentro del plazo de 70 días hábiles;

Que, transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior, y ante la ausencia de propuesta de la APN, el 7 de marzo de 2016, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN remitió a la APN el Ofi cio N° 038-16-GRE-OSITRAN, mediante el cual reitera la necesidad de que en un plazo máximo de 15 días hábiles remita su propuesta de fi jación tarifaria para el servicio bajo análisis;

Que, mediante Ofi cio N° 215-2016-APN/GG-DIPLA del 10 de marzo de 2016, la APN solicitó una ampliación del plazo de treinta (30) días útiles adicionales a los 70 días que señala la Ley N° 27943;

Que, mediante Ofi cio N° 039-16-GRE-OSITRAN del 15 de marzo de 2016, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN comunicó a la APN que no corresponde ampliar el plazo para la presentación de la propuesta tarifaria de acuerdo a lo solicitado, puesto que ello implicaría un incumplimiento por parte del Regulador respecto los plazos establecidos en la normativa vigente para el inicio del procedimiento de fi jación tarifaria;

Que, el 14 de abril de 2015, se elevó a la Gerencia General el Informe N° 008-16-GRE-GAJ-OSITRAN, mediante el cual se recomienda el inicio del procedimiento de Fijación Tarifaria del servicio especial “Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”;

Que, mediante Resolución N°018-2016-CD-OSITRAN del 19 de abril de 2016, el Consejo Directivo de OSITRAN dispuso el inicio del procedimiento de Fijación Tarifaria del servicio especial “Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”;

Que, mediante Ofi cio Circular N°018-16-SCD-OSITRAN, recibido el 21 de abril de 2016, la Secretaría del Consejo Directivo de OSITRAN, notifi có a APMT la Resolución N°018-2016-CD-OSITRAN;

Que mediante Ofi cio N° 073-2016-GRE-OSITRAN, de fecha 10 de junio de 2016, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN realizó requerimiento de información a APMT. Dicho requerimiento de información fue atendido por APMT, el 22 de junio de 2016, mediante Carta N° 325-2016-APMTC/LEG;

Que, con fecha 12 de julio de 2016, mediante Nota N° 042-16-GRE-OSITRAN, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos solicitó a la Gerencia General una ampliación de plazo por treinta (30) días hábiles para la presentación de la propuesta tarifaria, de acuerdo a lo previsto en el artículo 56° del Reglamento General de Tarifas;

Que, mediante Memorando N° 255-2016-GG-OSITRAN, de fecha 13 de julio de 2016, la Gerencia General concedió la ampliación de plazo solicitada por la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos;

Que, el artículo 4° de la Ley de Transparencia y Simplifi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, aprobada por la Ley N° 27838, establece que el Organismo Regulador deberá pre publicar, en su página web institucional y en el diario ofi cial El Peruano, el Proyecto de Resolución que fi je la tarifa regulada y una relación de informes, estudios, dictámenes, modelos económicos y memorias anuales que constituyan el sustento de las resoluciones que fi jan los precios regulados;

Que, el artículo 42° del RETA establece que OSITRAN deberá publicar en el Diario Ofi cial El Peruano y en su página web, la propuesta de fi jación, revisión o desregulación tarifaria, con el fi n de recibir comentarios y sugerencias de los interesados, los cuales tendrán carácter no vinculante. Asimismo, el artículo 43° del RETA señala que, la publicación de la propuesta tarifaria deberá contener cuando menos lo siguiente: (i) el proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprueba la fi jación, revisión o desregulación tarifaria correspondiente, (ii) exposición de motivos, (iii) relación de documentos que constituyen el sustento de la propuesta tarifaria, (iv) plazo dentro del cual se reciben los comentarios escritos relativos a la propuesta y (v) fecha y lugar donde se realizará(n) la(s) Audiencia(s) Pública(s) correspondientes;

Que, luego de revisar y discutir los documentos de Vistos, el Consejo Directivo hace suya la propuesta tarifaria, incorporándola íntegramente en la parte considerativa de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 6.2. de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General;

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplifi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, de conformidad con lo establecido en el literal a) del artículo 12° de la Ley N° 26917 y literal c) del numeral 3.1. de la Ley N° 27332; así como con lo establecido en los artículos 16 y 17 del Reglamento General de OSITRAN y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su sesión N° 598-16-CD-OSITRAN de fecha 26 de mayo de 2016;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la publicación del Resumen Ejecutivo de la Propuesta del servicio especial “Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves” en el Diario Ofi cial El Peruano y su difusión en el Portal Institucional de OSITRAN (www.ositran.gob.pe).

Artículo 2°.- Disponer la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de OSITRAN (www.ositran.gob.pe), de los siguientes documentos:

(i) El proyecto de resolución de Fijación Tarifaria del servicio especial “Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”.

(ii) Exposición de motivos del proyecto de resolución a que hace referencia el punto (i) precedente.

(iii) Relación de documentos que constituyen el sustento de la referida Propuesta Tarifaria.

Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia de Atención al Usuario de OSITRAN realizar la convocatoria a la Audiencia Pública Descentralizada de la “Propuesta de Fijación del servicio especial Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves” en un plazo no menor de quince (15) días hábiles, ni mayor de veinte (20) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación señalada en el artículo 1° de la presente Resolución, a través del Diario Ofi cial El Peruano, precisando el lugar, fecha y hora en la que se llevará a cabo la mencionada audiencia, en atención a lo dispuesto en el RETA de OSITRAN, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 043-2004-CD-OSITRAN y sus normas modifi catorias.

Artículo 4°.- Otorgar un plazo de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente de efectuada la publicación a que se refi ere el artículo 1° precedente, para que los interesados remitan por escrito a OSITRAN, en su sede ubicada en Calle Los Negocios N° 182, Surquillo, Lima, o por medio electrónico a [email protected], sus comentarios, sugerencias o aportes a la “Propuesta de Fijación Tarifaria del servicio especial Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”, los que serán acopiados, procesados y analizados por la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN.

Artículo 5°.- Difundir la presente Resolución, así como el Informe “Propuesta de Fijación Tarifaria del servicio especial Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves” y sus anexos en el Portal Institucional de OSITRAN (www.ositran.gob.pe).

Page 78: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603236 Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

Artículo 6°.- Notifi car la presente Resolución a la Entidad Prestadora APM Terminals Callao.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA BENAVENTE DONAYREPresidente del Consejo Directivo

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

FIJACIÓN DE TARIFAS MÁXIMAS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO ESPECIAL DE RETIRO/COLOCACIÓN DE SEPARADORES ARTIFICIALES EN LAS BODEGAS DE LAS NAVES EN EL TERMINAL NORTE MULTIPROPÓSITO DEL TERMINAL PORTUARIO DEL CALLAO

I. ANTECEDENTES

1. Con fecha 11 de mayo de 2011 se suscribió el Contrato de Concesión para el diseño, construcción, fi nanciamiento, conservación y explotación del Terminal Norte Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao (en adelante, el Contrato de Concesión) entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en representación del Estado, y la empresa APMT.

2. El 07 de setiembre de 2015, mediante Carta N° 418-2015 APMTC/LLR, el Concesionario remitió al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), con copia al OSITRAN, su propuesta del servicio especial denominado “Retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”.

3. El 14 de octubre de 2015, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 062-2015-CD-OSITRAN, se determinó el servicio bajo análisis califi ca como Servicio Especial no incluido en el Contrato de Concesión, o servicio nuevo.

4. El 19 de noviembre de 2015, el INDECOPI remitió al Concesionario, con copia a la Autoridad Portuaria Nacional (APN) y OSITRAN, la Carta N° 723-2015/PRE-INDECOPI que contiene su análisis de condiciones de competencia en las que se brindaría el servicio. Dicho análisis concluye que el mismo no se prestaría en condiciones de competencia.

5. El 09 de febrero de 2016, mediante Carta N° 009-2016-APMT/LEG, el Concesionario solicitó a OSITRAN el inicio del procedimiento de fi jación tarifaria, a instancia de parte, del servicio “Retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”.

6. De acuerdo a lo señalado en el Reglamento de la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, de comprobarse la no existencia de condiciones de competencia, la Autoridad Portuaria Nacional (en adelante, APN) deberá proponer al OSITRAN un régimen tarifario dentro del plazo de 70 días hábiles.

7. Transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior, y ante la ausencia de propuesta de la APN, el 7 de marzo de 2016, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN remitió a la APN el Ofi cio N° 038-16-GRE-OSITRAN, mediante el cual reitera la necesidad de que en un plazo máximo de 15 días hábiles remita su propuesta de fi jación tarifaria para el servicio bajo análisis.

8. Mediante Ofi cio N° 215-2016-APN/GG-DIPLA del 10 de marzo de 2016, la APN solicitó una ampliación del plazo de treinta (30) días útiles adicionales a los 70 días que señala la Ley N° 27943.

9. Mediante Ofi cio N° 039-16-GRE-OSITRAN del 15 de marzo de 2016, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN comunicó a la APN que no corresponde ampliar el plazo para la presentación de la propuesta tarifaria de acuerdo a lo solicitado, puesto que ello implicaría un incumplimiento por parte del Regulador respecto los plazos establecidos en la normativa vigente para el inicio del procedimiento de fi jación tarifaria.

10. El 14 de abril de 2015, se elevó a la Gerencia General el Informe N° 008-16-GRE-GAJ-OSITRAN, mediante el cual se recomienda el inicio del procedimiento

de Fijación Tarifaria del servicio especial de “Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”.

11. Mediante Resolución N°018-2016-CD-OSITRAN del 19 de abril de 2016, el Consejo Directivo de OSITRAN dispuso el inicio del procedimiento de Fijación Tarifaria del servicio especial “Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”.

12. Mediante Ofi cio Circular N°018-16-SCD-OSITRAN, recibido el 21 de abril de 2016, la Secretaría del Consejo Directivo de OSITRAN, notifi có a APMT la Resolución N°018-2016-CD-OSITRAN.

13. Mediante Ofi cio N° 073-2016-GRE-OSITRAN, de fecha 10 de junio de 2016, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN realizó requerimiento de información a APMT. Dicho requerimiento de información fue atendido por APMT, el 22 de junio de 2016, mediante Carta N° 325-2016-APMTC/LEG.

14. Con fecha 12 de julio de 2016, mediante Nota N° 042-16-GRE-OSITRAN, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos solicitó a la Gerencia General una ampliación de plazo por treinta (30) días hábiles para la presentación de la propuesta tarifaria, de acuerdo a lo previsto en el artículo 56° del Reglamento General de Tarifas.

15. Mediante Memorando N° 255-2016-GG-OSITRAN, de fecha 13 de julio de 2016, la Gerencia General concedió la ampliación de plazo solicitada por la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos.

16. El 07 y 11 de julio de 2016, personal de la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN inspeccionó las operaciones de Retiro de Separadores Artifi ciales en la Bodega de la Nave Tiger Hebei, realizadas en el muelle 11 del Terminal Norte Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao.

II. DEFINICIÓN DEL SERVICIO ESPECIAL

17. Para la defi nición del servicio de “Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”, se ha tomado en cuenta el alcance del servicio presentado por el concesionario en la solicitud de inicio del procedimiento de fi jación tarifaria. Dicho alcance consiste en:

• En el caso de retiro, consiste en desarmar y desembarcar todos los materiales que son utilizados para dividir o separar artifi cialmente el espacio de una o varias bodegas de la nave.

• En el caso de colocación, consiste en el embarque de los materiales y la elaboración (o construcción) de separadores artifi ciales con dichos materiales”.

III. METODOLOGÍA

18. De acuerdo a lo señalado en el Informe N° 008-16-GRE-GAJ-OSITRAN, que sustenta la Resolución de Consejo Directivo N° 018-2016-CD-OSITRAN, la tarifa que cobrará el Concesionario por el servicio especial Retiro/Colocación de Separadores Artificiales en las Bodegas de las Naves debe ser equivalente a los costos adicionales que implica su prestación. En este contexto, se ha utilizado la metodología de costos incrementales definida en el RETA de OSITRAN.

IV. PROPUESTA DE APMT

19. La propuesta de APMT presentada mediante Carta N° 009-2016-APMT/LEG utilizó la metodología de tarifi cación comparativa o benchmarking.

20. En consideración a ello, el Concesionario propone que la tarifa por el servicio de retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves se fi je por operación de retiro o colocación. Así, sobre la base de una muestra constituida por dos terminales portuarios chilenos (Puerto Panul y Antofagasta Terminal Internacional), APMT obtiene una tarifa promedio de USD 5 450 por operación, la cual presenta como su propuesta tarifa.

PROYECTO

Page 79: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603237Martes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

Tarifas propuesta para el servicio retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves

Terminal PortuarioDenominación

servicioUnidad de

cobro TarifaPuerto PanulAntofagasta Terminal Internacional (STI)

Retiro separaciones artifi cialesConfección mamparo graneles

Cada una

Mamparo

7 000,00

3 900,00

Promedio Por separador artifi cial 5 450,00

Fuente: Propuesta Tarifaria de APMT.

V. PROPUESTA DE OSITRAN

21. Según el Artículo 5 del RETA, es competencia exclusiva de OSITRAN: (i) la fi jación, revisión o desregulación de Tarifas Máximas, (ii) el establecimiento de reglas para la aplicación de los reajustes de las tarifas y (iii) el establecimiento de sistemas tarifarios que incluyen las reglas de aplicación de las tarifas.

22. De acuerdo con lo que establece el artículo 3 del RETA, el sistema tarifario comprende tres elementos: (i) la estructura tarifaria, (ii) la unidad de cobro y (iii) el nivel máximo que debe ser considerado. Estos tres componentes forman parte de la presente propuesta Tarifaria de OSITRAN.

23. Se debe indicar que mediante la Carta N°009-2016-APMT/LEG, APMT estableció como alcance del servicio especial la colocación y el retiro de separadores artifi ciales. Sin embargo, mediante Carta N° 325-2016-APMTC/LEG mencionó que la primera es una operación que APMT no ha realizado y que se estima no realice en el corto plazo. Por lo tanto, en la presente propuesta tarifaria solo determinaremos la tarifa por la operación de retiro de separadores artifi ciales.

24. Bajo la metodología de costos incrementales, la tarifa que determine el regulador será aquella que cubra los costos adicionales en los que incurra el concesionario por la prestación del servicio. En ese sentido, se ha determinado que por cada operación de retiro de un separador artifi cial el concesionario incurriría en un costo de USD 651,41 por concepto de operación y mantenimiento. Adicional a ello el concesionario debe realizar las siguientes aportaciones por los ingresos adicionales que genere:

• 1% de la facturación anual por concepto de aporte

por regulación a OSITRAN. • 3% de los ingresos netos mensuales al Estado

Peruano (APN).• 17,01% de las utilidades a ENAPU.• 33,5% Pago de IR y participación de utilidades.

25. En consecuencia, si la tarifa cobrada por una operación de retiro de separadores artifi ciales fuera de USD 651,41, similar al costo operativo, se generarían las siguientes obligaciones de pago adicionales:

Aportaciones Adicionales (en USD)Ingreso 651,41 Pago a APN (3%) 19,54 Pago a OSITRAN (1%) 6,51 Pago a ENAPU (17,01%) 110,80 IR y participación de trabajadores (33,5%) 218,22

Elaboración: Gerencia de Regulación y Estudios Económicos - OSITRAN

26. Por lo tanto, para cubrir los costos operativos y las aportaciones adicionales, el regulador propone una tarifa por operación de retiro de separadores artifi ciales equivalente a USD 1 006,48.

Determinación de la tarifa (en USD)Costos operativos 651,41Retribución APN 19,54Retribución OSITRAN 6,51Retribución ENAPU 110,80 IR y participación de trabajadores 218,22TARIFA FINAL 1 006,48

Elaboración: Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN

VI. CONCLUSIONES

27. Mediante la Resolución del Consejo Directivo N°018-2016-CD-OSITRAN, se dio inicio al procedimiento de fi jación tarifaria del Servicio especial “Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”.

28. De acuerdo a la recomendación señalada en el Informe N° 008-16-GRE-GAJ-OSITRAN, que sustenta la Resolución de Consejo Directivo N°018-2016-CD-OSITRAN, para la fi jación tarifaria de los Servicios Estándar se utilizó la metodología de costos incrementales.

29. A partir de la metodología de fi jación tarifaria de costos incrementales, el Regulador propone la siguiente tarifa máxima.

TARIFAS PARA EL SERVICIO ESPECIAL “RETIRO/ COLOCACIÓN DE SEPARADORES ARTIFICIALES EN LA BODEGA DE LA NAVE”

Estructura tarifaria Unidad de cobro

Tarifa(en USD sin IGV)

Servicio especial de Retiro/colocación de separadores artifi ciales en la bodega de la nave – en función a la carga - Retiro de separadores artifi ciales en la bodega de la nave

Por operación 1 006,48

Elaboración: Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN

VII. RECOMENDACIONES

30. Remitir el presente informe al Consejo Directivo, para que teniendo en cuenta las conclusiones antes mencionadas:

a) Disponga la pre-publicación de la presente Propuesta de Fijación Tarifaria del servicio especial “Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves” a brindarse en el Muelle Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao, cuyo nivel y estructura tarifaria es la siguiente:

TARIFAS PARA EL SERVICIO ESPECIAL “Retiro/ colocación de separadores artifi ciales en

la bodega de la nave”

Estructura tarifaria Unidad de cobro

Tarifa(en USD sin IGV)

Servicio especial de Retiro/colocación de separadores artifi ciales en la bodega de la nave – en función a la carga - Retiro de separadores artifi ciales en la bodega de la nave

Por operación 1 006,48

Elaboración: Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN

Lima, agosto de 2016

PROYECTO

Page 80: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603238 Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN LA PROPUESTA DE FIJACIÓN TARIFARIA DEL SERVICIO ESPECIAL: “RETIRO/COLOCACIÓN DE SEPARADORES ARTIFICIALES EN LAS BODEGAS DE LAS NAVES”

APMT Callao (2016). Propuesta de tarifa máxima por el servicio especial “Retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves.

AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL & PROINVERSIÓN (2011). Contrato de Concesión: Concurso de Proyectos Integrales del proceso de promoción del Terminal Norte

Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao.

BEESLEY, M. y S. LITTLECHILD (1989). “The Regulation of Privatized Monopolies in the United Kingdom”. En: The Rand Journal of Economics, Vol. 20, No. 3.

BERG, S. (2001). “Infrastructure Regulation: Risk, Return, and Performance”. En: Global Utilities 1, Mayo de 2001, 3-10.

CHARLES RIVER ASSOCIATES (2002). Port Companies and Market Power - A Qualitative Analysis. Informe preparado para el Ministerio de Transportes y el Ministerio de Desarrollo Económico de Nueva Zelanda.

DE RUS, G., CAMPOS, J. y G. NOMBELA (2003). “Economía del transporte”. Antoni Bosch, editor.

GREEN, R. y M. RODRÍGUEZ (1999). Resetting Price Controls for Privatized Utilities. A manual for Regulators. Economic Development Institute of the World Bank. Washington, D. C.

HOTELLING (1938). “The General Wealfare in Relation to Problems of Taxation and of Railway and Utility Rates” Econometrica, 6, 242-69.

INDECOPI (2015). Informe Técnico N° 066-2015/ST-CLC-INDECOPI. Análisis de la existencia de condiciones de competencia en la prestación del servicio denominado retiro/colocación de separadores en las bodegas de las naves.

OSITRAN (2012). Informe de Fijación de Tarifa Máxima por la Prestación del Servicio Especial de embarque/descarga de carga de proyecto en el Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao, Versión 2.0.

OSITRAN (2012). Informe de Fijación de Tarifa Máxima por la Prestación del Servicio Especial de Re-estiba de carga fraccionada en el Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao, Versión 2.0.

OSITRAN (2012). Informe de Fijación de Tarifa Máxima por la Prestación del Servicio Especial de Re-estiba de carga rodante en el Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao, Versión 2.0.

OSITRAN (2012). Modifi cación del Reglamento General de Tarifas de OSITRAN. Resolución de Consejo Directivo Nº 003-2012-CD-OSITRAN.

OSITRAN (2016). Informe N° 008-16-GRE-GAJ-OSITRAN.

OSITRAN (2016). Resolución del Consejo Directivo N°018-2016-CD-OSITRAN.

OSITRAN. Ley 26917. Ley de Creación del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público.

SANFORD V, Y JOHN TSCHIRHART (2008). Natural monopoly regulation. Principles and practice.

TRUJILLO, L. y G. NOMBELA (2000). “Puertos”. En: Estache, A. y G. De Rus, ed. (2000). Privatización y regulación de infraestructuras de transporte. Una guía para reguladores. Banco Mundial, Alfaomega. Cap. 3.

WILLIAM W. SHARKEY (2008). “The Theory of Natural Monopoly”.

RESUMEN EJECUTIVO

ANTECEDENTES

El 11 de mayo de 2011 se suscribió el Contrato de Concesión para el diseño, construcción, financiamiento, conservación y explotación del Terminal Norte Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en representación del Estado, y la empresa APMT Callao.

El 07 de setiembre de 2015, mediante Carta N° 418-2015 APMTC/LLR, el Concesionario remitió al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), con copia al OSITRAN, su propuesta del servicio especial denominado “Retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”.

El 19 de noviembre de 2015, el INDECOPI remitió al Concesionario, con copia a la Autoridad Portuaria Nacional (APN) y OSITRAN, la Carta N° 723-2015/PRE-INDECOPI en la que se señala que el servicio de “Retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves” no se prestaría en condiciones de competencia.

El 09 de febrero de 2016, mediante Carta N° 009-2016-APMT/LEG, el Concesionario solicitó a OSITRAN el inicio del procedimiento de fi jación tarifaria, a instancia de parte, del servicio “Retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”.

El 14 de abril de 2015, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos elevó a la Gerencia General el Informe N° 008-16-GRE-GAJ-OSITRAN, mediante el cual se recomienda el inicio del procedimiento de Fijación Tarifaria del servicio especial de “Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”.

Mediante Resolución N°018-2016-CD-OSITRAN del 19 de abril de 2016, el Consejo Directivo de OSITRAN dispuso el inicio del procedimiento de Fijación Tarifaria del servicio especial “Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”.

DEFINICIÓN DEL SERVICIO ESPECIAL

Para la defi nición del servicio de “Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”, se ha tomado en cuenta el alcance del servicio presentado por el concesionario en la solicitud de inicio del procedimiento de fi jación tarifaria. Dicho alcance consiste en:

• En el caso de retiro, consiste en desarmar y desembarcar todos los materiales que son utilizados para dividir o separar artifi cialmente el espacio de una o varias bodegas de la nave.

• En el caso de colocación, consiste en el embarque de los materiales y la elaboración (o construcción) de separadores artifi ciales con dichos materiales”.

METODOLOGÍA

De acuerdo a lo señalado en el Informe N° 008-16-GRE-GAJ-OSITRAN, que sustenta la Resolución de Consejo Directivo N° 018-2016-CD-OSITRAN, la tarifa que cobrará el Concesionario por el servicio especial Retiro/Colocación de Separadores Artifi ciales en las Bodegas de las Naves debe ser equivalente a los costos adicionales que implica su prestación. En este contexto, se ha utilizado la metodología de costos incrementales defi nida en el RETA de OSITRAN.

PROPUESTA DE APMT

La propuesta de APMT presentada mediante Carta N°

PROYECTO

Page 81: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603239Martes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

009-2016-APMT/LEG utilizó la metodología de tarifi cación comparativa o benchmarking.

En consideración a ello, el Concesionario propone que la tarifa por el servicio de retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves se fi je por operación de retiro o colocación. Así, sobre la base de una muestra constituida por dos terminales portuarios chilenos (Puerto Panul y Antofagasta Terminal Internacional), APMT obtiene una tarifa promedio de USD 5 450 por operación, la cual presenta como su propuesta tarifa.

TARIFAS PROPUESTA PARA EL SERVICIO RETIRO/COLOCACIÓN DE SEPARADORES ARTIFICIALES EN LAS

BODEGAS DE LAS NAVES

Terminal Portuario Denominación servicio

Unidad de cobro Tarifa

Puerto Panul Retiro separaciones artifi ciales Cada una 7 000,00

AntofagastaTerminalInternacional(STI)

Confección mamparo graneles Mamparo 3 900,00

PromedioPor

separador artifi cial

5 450,00

Fuente: Propuesta Tarifaria de APMT.

PROPUESTA DE OSITRAN

Según el Artículo 5 del RETA, es competencia exclusiva de OSITRAN: (i) la fijación, revisión o desregulación de Tarifas Máximas, (ii) el establecimiento de reglas para la aplicación de los reajustes de las tarifas y (iii) el establecimiento de sistemas tarifarios que incluyen las reglas de aplicación de las tarifas.

De acuerdo con lo que establece el artículo 3 del RETA, el sistema tarifario comprende tres elementos: (i) la estructura tarifaria, (ii) la unidad de cobro y (iii) el nivel máximo que debe ser considerado. Estos tres componentes forman parte de la presente propuesta Tarifaria de OSITRAN.

Debe indicarse que mediante la Carta N°009-2016-APMT/LEG, APMT estableció como alcance del servicio especial la colocación y el retiro de separadores artificiales. Sin embargo, mediante Carta N° 325-2016-APMTC/LEG mencionó que la primera es una operación que APMT no ha realizado y que se estima no realice en el corto plazo. Por lo tanto, en la presente propuesta tarifaria solo determinaremos la tarifa por la operación de retiro de separadores artificiales.

Bajo la metodología de costos incrementales, la tarifa que determine el regulador será aquella que cubra los costos adicionales en los que incurra el concesionario por la prestación del servicio. En ese sentido, se ha determinado que por cada operación de retiro de un separador artificial el concesionario incurriría en un costo de USD 651,41 por concepto de costos operativos. Adicional a ello el concesionario debe realizar las siguientes aportaciones por los ingresos adicionales que genere, producto de la prestación del nuevo servicio especial:

• 1% de la facturación anual por concepto de aporte

por regulación a OSITRAN. • 3% de los ingresos netos mensuales al Estado

Peruano (APN).• 17,01% de las utilidades a ENAPU.• 33,5% por pago de IR y participación de los

trabajadores en las utilidades1.

En consecuencia, si la tarifa cobrada por una operación de retiro de separadores artifi ciales fuera de USD 651,41, similar al costo operativo, se generarían las siguientes obligaciones de pago adicionales:

Aportaciones Adicionales (en USD)

Ingreso 651,41

Pago a APN (3%) 19,54

Pago a OSITRAN (1%) 6,51

Pago a ENAPU (17,01%) 110,80

IR y participación de trabajadores (33,5%) 218,22

Elaboración: Gerencia de Regulación y Estudios Económicos - OSITRAN

Por lo tanto, para cubrir los costos operativos y las aportaciones adicionales, el regulador propone una tarifa por operación de retiro de separadores artifi ciales equivalente a USD 1 006,48.

Determinación de la tarifa (en USD)

Costos operativos 651,41

Retribución APN 19,54

Retribución OSITRAN 6,51

Retribución ENAPU 110,80

Ir y participación de trabajadores 218,22

TARIFA FINAL 1 006,48

Elaboración: Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN

CONCLUSIONES

Mediante la Resolución del Consejo Directivo N°018-2016-CD-OSITRAN, se dio inicio al procedimiento de fi jación tarifaria del Servicio especial “Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”.

De acuerdo a la recomendación señalada en el Informe N° 008-16-GRE-GAJ-OSITRAN, que sustenta la Resolución de Consejo Directivo N°018-2016-CD-OSITRAN, para la fi jación tarifaria de los Servicios Estándar se utilizó la metodología de costos incrementales.

A partir de la metodología de fi jación tarifaria de costos incrementales, el Regulador propone la siguiente tarifa máxima.

TARIFAS PARA EL SERVICIO ESPECIAL “RETIRO/ COLOCACIÓN DE SEPARADORES ARTIFICIALES EN LA BODEGA DE LA NAVE”

Estructura tarifaria Unidad de cobro

Tarifa(en USD sin IGV)

Servicio especial de Retiro/colocación de separadores artifi ciales en la bodega de la nave – en función a la carga - Retiro de separadores artifi ciales en la bodega de la nave

Por operación 1 006,48

Elaboración: Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN

RECOMENDACIONES

Remitir el presente informe al Consejo Directivo, para que teniendo en cuenta las conclusiones antes mencionadas:

a) Disponga la pre-publicación de la presente Propuesta de Fijación Tarifaria del servicio especial “Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves” a brindarse en el Muelle Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao, cuyo nivel y estructura tarifaria es la siguiente:

PROYECTO

Page 82: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603240 Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano

TARIFAS PARA EL SERVICIO ESPECIAL “RETIRO/ COLOCACIÓN DE SEPARADORES ARTIFICIALES EN LA BODEGA DE LA NAVE”

Estructura tarifaria Unidad de cobro

Tarifa(en USD sin IGV)

Servicio especial de Retiro/colocación de separadores artifi ciales en la bodega de la nave – en función a la carga - Retiro de separadores artifi ciales en la bodega de la nave

Por operación 1 006,48

Elaboración: Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN

1 Conforme a los Estados Financieros Auditados de APMT – 2015, se considera 30% de Impuesto a la renta (en el marco del convenio de estabilidad jurídica suscrito por APMT y el Estado Peruano) y 5% de participación de trabajadores en las utilidades de APMT.

PROPUESTA DE RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO

Lima, xx de xxx de 2016Nº xx-2016-CD-OSITRAN

VISTOS:

El Informe “Propuesta de Fijación Tarifaria del Servicio Especial: Retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”, elaborado por la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos, y la Gerencia de Asesoría Jurídica de OSITRAN en lo relativo a la evaluación de los aspectos jurídicos relacionados al procedimiento tarifario, la Exposición de Motivos, la matriz de comentarios, y el Proyecto de Resolución correspondiente; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 3.1 del artículo 3º de la Ley de Supervisión de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público, aprobada mediante Ley N° 26917, establece que es misión de OSITRAN regular el comportamiento de los mercados en los que actúan las Entidades Prestadoras, cautelando en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los inversionistas y de los usuarios; con el fi n de garantizar la efi ciencia en

la explotación de la Infraestructura de Transporte de Uso Público;

Que, el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7° de la precitada Ley, atribuye a OSITRAN la Función Reguladora, y en tal virtud, la función de operar el sistema tarifario de la infraestructura bajo su ámbito, lo que incluye la infraestructura portuaria de uso público;

Que, el literal b) del numeral 3.1 del artículo 3° de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos (LMOR), aprobada por la Ley N° 27332 y modifi cada mediante Ley N° 28337, establece que la Función Reguladora de los Organismos Reguladores, comprende la facultad de fi jar tarifas de los servicios bajo su ámbito;

Que, el artículo 2º del Reglamento de la LMOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-PCM y sus modifi catorias, así como el artículo 17° del REGO, establecen que la Función Reguladora será ejercida exclusivamente por el Consejo Directivo del Organismo Regulador;

Que, el citado artículo 17 a su vez señala que el Consejo Directivo sustenta sus decisiones en los informes técnicos que emite la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos, que está encargada de conducir e instruir los procedimientos tarifarios, y de la Gerencia de Asesoría Jurídica que tiene a su cargo la evaluación de los aspectos jurídicos relacionados al procedimiento tarifario;

Que, mediante Resolución N° 043-2004-CD/OSITRAN y sus modifi caciones se aprobó el Reglamento General de Tarifas de OSITRAN (RETA), el cual establece la metodología, reglas, principios y procedimientos que aplicará OSITRAN cuando fi je, revise o desregule las tarifas aplicables a la prestación de los servicios derivados de la explotación de la infraestructura de transporte de uso público, ya sea que el procedimiento se inicie de ofi cio o a pedido de parte;

Que, eI 11 de mayo de 2011 se suscribió el Contrato de Concesión para el diseño, construcción, fi nanciamiento, conservación y explotación del Terminal Norte Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en representación del Estado, y la empresa APM Terminals Callao (en adelante, APMT);

Que, el 07 de setiembre de 2015, mediante Carta N° 418-2015 APMTC/LLR, el Concesionario remitió al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), con copia al OSITRAN, su propuesta del servicio especial denominado “Retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”;

Que, el 14 de octubre de 2015, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 062-2015-CD-OSITRAN, se

PROYECTO

Page 83: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603241Martes 1 de noviembre de 2016 El Peruano /

determinó el servicio bajo análisis califi ca como Servicio Especial no incluido en el Contrato de Concesión, o servicio nuevo;

Que, el 19 de noviembre de 2015, el INDECOPI remitió al Concesionario, con copia a la Autoridad Portuaria Nacional (APN) y OSITRAN, la Carta N° 723-2015/PRE-INDECOPI que contiene su análisis de condiciones de competencia en las que se brindaría el servicio. Dicho análisis concluye que el mismo no se prestaría en condiciones de competencia;

Que, el 09 de febrero de 2016, mediante Carta N° 009-2016-APMT/LEG, el Concesionario solicitó a OSITRAN el inicio del procedimiento de fi jación tarifaria, a instancia de parte, del servicio “Retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”;

Que, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento de la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, de comprobarse la no existencia de condiciones de competencia, la Autoridad Portuaria Nacional (en adelante, APN) deberá proponer al OSITRAN un régimen tarifario dentro del plazo de 70 días hábiles;

Que, transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior, y ante la ausencia de propuesta de la APN, el 7 de marzo de 2016, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN remitió a la APN el Ofi cio N° 038-16-GRE-OSITRAN, mediante el cual reitera la necesidad de que en un plazo máximo de 15 días hábiles remita su propuesta de fi jación tarifaria para el servicio bajo análisis;

Que, mediante Ofi cio N° 215-2016-APN/GG-DIPLA del 10 de marzo de 2016, la APN solicitó una ampliación del plazo de treinta (30) días útiles adicionales a los 70 días que señala la Ley N° 27943;

Que, mediante Ofi cio N° 039-16-GRE-OSITRAN del 15 de marzo de 2016, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN comunicó a la APN que no corresponde ampliar el plazo para la presentación de la propuesta tarifaria de acuerdo a lo solicitado, puesto que ello implicaría un incumplimiento por parte del Regulador respecto los plazos establecidos en la normativa vigente para el inicio del procedimiento de fi jación tarifaria;

Que, el 14 de abril de 2015, se elevó a la Gerencia General el Informe N° 008-16-GRE-GAJ-OSITRAN, mediante el cual se recomienda el inicio del procedimiento de Fijación Tarifaria del servicio especial “Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”;

Que, mediante Resolución N°018-2016-CD-OSITRAN del 19 de abril de 2016, el Consejo Directivo de OSITRAN dispuso el inicio del procedimiento de Fijación Tarifaria del servicio especial “Retiro/Colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”;

Que, mediante Ofi cio Circular N°018-16-SCD-OSITRAN, recibido el 21 de abril de 2016, la Secretaría del Consejo Directivo de OSITRAN, notifi có a APMT la Resolución N°018-2016-CD-OSITRAN;

Que mediante Ofi cio N° 073-2016-GRE-OSITRAN, de fecha 10 de junio de 2016, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN realizó requerimiento de información a APMT. Dicho requerimiento de información fue atendido por APMT, el 22 de junio de 2016, mediante Carta N° 325-2016-APMTC/LEG;

Que, con fecha 12 de julio de 2016, mediante Nota N° 042-16-GRE-OSITRAN, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos solicitó a la Gerencia General una ampliación de plazo por treinta (30) días hábiles para la presentación de la propuesta tarifaria, de acuerdo a lo previsto en el artículo 56° del Reglamento General de Tarifas;

Que, mediante Memorando N° 255-2016-GG-OSITRAN, de fecha 13 de julio de 2016, la Gerencia General concedió la ampliación de plazo solicitada por la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos;

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° xxx-2016-CD-OSITRAN, de fecha xxx de xxx de 2016, se dispuso la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, y la difusión en el Portal Institucional de OSITRAN, de la “Propuesta de Fijación Tarifaria del Servicio Especial: Retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”;

Que, mediante publicación en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha xxx de xxx de 2016, OSITRAN convocó a la Audiencia Pública Descentralizada para la presentación de la “Propuesta de Fijación Tarifaria

del Servicio Especial: Retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”;

Que, el xxxx de xxxx de 2016, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de Consejo Directivo N° xxx-2016-CD-OSITRAN, se llevó a cabo la Audiencia Pública Descentralizada;

Que, dentro del plazo establecido, se recibieron los comentarios de xxxx;

Que, mediante Nota N° xxx-16-GRE-OSITRAN, de fecha xxx de xxxx de 2016, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos remite a la Gerencia General el Informe de Fijación Tarifaria del Servicio Especial: Retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”, elaborado por la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos, y la Gerencia de Asesoría Jurídica de OSITRAN en lo relativo a la evaluación de los aspectos jurídicos relacionados al procedimiento tarifario, la Exposición de Motivos, la matriz de comentarios, y el Proyecto de Resolución correspondiente;

Que, habiéndose cumplido con el procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas del OSITRAN, corresponde que el Consejo Directivo apruebe la Fijación Tarifaria del Servicio Especial: Retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves;

Que, luego de evaluar y deliberar respecto el caso materia de análisis, el Consejo Directivo hace suya la Propuesta Tarifaria de Vistos, incorporándolo íntegramente en la parte considerativa de la presente Resolución de conformidad con lo establecido por el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 27838, de conformidad con las facultades atribuidas por la Ley N° 26917 y la Ley N° 27332, y a lo dispuesto por el Acuerdo de Consejo Directivo N° xx, adoptado en su sesión de fecha xx de xx de 2016.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Determinar las Tarifas del Servicio Especial “Retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves”, de conformidad con los montos señalados en el siguiente cuadro:

TARIFAS PARA EL SERVICIO ESPECIAL “RETIRO/ COLOCACIÓN DE SEPARADORES ARTIFICIALES EN LA BODEGA DE LA NAVE”

Estructura tarifaria Unidad de cobro

Tarifa(en USD sin IGV)

Servicio especial de Retiro/colocación de separadores artifi ciales en la bodega de la nave – en función a la carga Retiro de separadores artifi ciales en la bodega de la nave

Por operación 1 006,48

Artículo 2°.- Las tarifas a que se refi ere el artículo 1° entrarán en vigencia en un plazo no menor de quince (15) días de notifi cada la presente Resolución y diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de publicación del tarifario de la entidad prestadora.

Artículo 3°.-Notifi car la presente Resolución a la Entidad Prestadora APM Terminals Callao S.A., disponiendo su aplicación de conformidad con el Reglamento General de Tarifas de OSITRAN.

Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de la Exposición de Motivos en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de OSITRAN (www.ositran.gob.pe). Asimismo, disponer la difusión del Informe de Fijación Tarifaria del Servicio Especial: Retiro/colocación de separadores artifi ciales en las bodegas de las naves, en el Portal Institucional de OSITRAN (www.ositran.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA BENAVENTE DONAYREPresidente del Consejo Directivo

1448477-1

PROYECTO

Page 84: AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU NORMAS …R.M. N° 265-2016-MIDIS.- Designan Asesor del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales 603181 ECONOMIA Y FINANZAS R.D.

603242 NORMAS LEGALES Martes 1 de noviembre de 2016 / El Peruano