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1 ÍNDICE Proemio ................................................................................... 3 Escuela Pía y el Colegio Cristóbal Colón ............................... 3 San José de Calasanz ............................................................ 4 La obra educativa de San José de Calasanz ......................... 6 La inspiración Calasancia hoy ................................................ 7 Filosofía .................................................................................. 8 Ideario ..................................................................................... 10 Misión y Visión ........................................................................ 16 Sus Valores.............................................................................. 17 Propósitos Institucionales ....................................................... 18 Propósitos del nivel Bachillerato ............................................. 20 NORMATIVA DE CONVIVENCIA ESCOLAR TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES ............ 22 TÍTULO SEGUNDO. LINEAMIENTOS ADMINISTRATIVOS .............................................................. 24 Capítulo I.- De las admisiones ................................................ 24 Capítulo II.- Tramitación administrativa y escolar ................... 31 TÍTULO TERCERO. LINEAMIENTOS ACADÉMICOS ....................................................................... 33 Capítulo I.- Del desarrollo de las sesiones ............................. 33 Capítulo II.- De las inasistencias ............................................ 35 Capítulo III.- De la evaluación, la acreditación y la promoción ......................................................................... 38 Capítulo IV.- De las Paraescolares y Selectivos ..................... 50 TÍTULO CUARTO. FORMACIÓN INTEGRAL ......................... 54 Capítulo I.- De la Pastoral ........................................................ 54 TÍTULO QUINTO. APOYOS EDUCATIVOS ........................... 57 Capítulo I.- Biblioteca ............................................................... 57

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ÍNDICE

Proemio ................................................................................... 3

Escuela Pía y el Colegio Cristóbal Colón ............................... 3

San José de Calasanz ............................................................ 4

La obra educativa de San José de Calasanz ......................... 6

La inspiración Calasancia hoy ................................................ 7

Filosofía .................................................................................. 8

Ideario ..................................................................................... 10

Misión y Visión ........................................................................ 16

Sus Valores .............................................................................. 17

Propósitos Institucionales ....................................................... 18

Propósitos del nivel Bachillerato ............................................. 20

NORMATIVA DE CONVIVENCIA ESCOLAR

TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES ............ 22

TÍTULO SEGUNDO. LINEAMIENTOS

ADMINISTRATIVOS .............................................................. 24

Capítulo I.- De las admisiones ................................................ 24

Capítulo II.- Tramitación administrativa y escolar ................... 31

TÍTULO TERCERO. LINEAMIENTOS

ACADÉMICOS ....................................................................... 33

Capítulo I.- Del desarrollo de las sesiones ............................. 33

Capítulo II.- De las inasistencias ............................................ 35

Capítulo III.- De la evaluación, la acreditación

y la promoción ......................................................................... 38

Capítulo IV.- De las Paraescolares y Selectivos ..................... 50

TÍTULO CUARTO. FORMACIÓN INTEGRAL ......................... 54

Capítulo I.- De la Pastoral ........................................................ 54

TÍTULO QUINTO. APOYOS EDUCATIVOS ........................... 57

Capítulo I.- Biblioteca ............................................................... 57

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Capítulo II.- Compuaulas ......................................................... 60

Capítulo III.- Aulas Activas....................................................... 62

Capítulo IV.- Laboratorio.......................................................... 63

TÍTULO SEXTO. RÉGIMEN CONVIVENCIAL ........................ 66

Capítulo I.- De la responsabilidad escolar ............................... 66

Capítulo II.-De los derechos y responsabilidades

de los alumnos ......................................................................... 69

Capítulo III.- De la presentación personal ............................... 71

Capítulo IV.- De la disciplina escolar ....................................... 73

Capítulo V.- De las sanciones ................................................. 78

TÍTULO SÉPTIMO.

DE LAS COMPETENCIAS RESOLUTIVAS ............................ 81

INTERPRETACIÓN Y MODIFICACIÓN

DEL REGLAMENTO ............................................................... 83

Directorio ................................................................................ 84

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PROEMIO

1. Escuela Pía y el Colegio Cristóbal Colón

El Colegio Cristóbal Colón es una institución

educativa que abarca cuatro secciones: Preescolar, Primaria,

Secundaria y Bachillerato.

Este Colegio es dirigido por los Padres Escolapios, de

la Orden de las Escuelas Pías fundadas por San José de

Calasanz. El lema del fundador es “Piedad y letras”, hoy

traducido por “Ciencia y fe”, es decir, formar a los niños y

jóvenes en la fe cristiana y en los conocimientos humanos.

Por esto, los Padres Escolapios y colaboradores procuramos

la educación integral de los alumnos, y no solamente su

instrucción académica.

Las familias que están en consonancia con estos

principios son bienvenidas a la familia escolapia del Colegio

Cristóbal Colón, la que, por lo mismo, en un ámbito todavía

mayor, forma parte de la gran familia de las Escuelas Pías

de México, que desarrolla también su labor educativa en

otros lugares de la República, como son:

Instituto José María Morelos, en Santa Ana

Chiautempan, Tlax.

Instituto Fray Pedro de Gante, en Apizaco, Tlax.

Instituto Carlos Gracida, en Oaxaca, Oax.

Instituto Carlos Pereyra, en Puebla, Pue.

Escuela Calasanz, en Puebla, Pue.

Escuela Calasanz, en Veracruz, Ver.

Universidad Cristóbal Colón, en Veracruz, Ver.

A su vez, en diferentes lugares, se imparte la

educación no formal y extraescolar, a través de los Hogares

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Calasanz y los espacios educativos en las parroquias

escolapias.

2. San José de Calasanz

Nació en Peralta de la Sal, Provincia de Huesca

(España) en el año de 1557. Fue el último de ocho hijos. En

el hogar, aprendió los rudimentos de la fe cristiana y las

letras humanas. Con los Padres Trinitarios, estudió

gramática, retórica y poética. Cursó teología en las

universidades de Valencia, Alcalá y Lérida.

El 17 de diciembre de 1583 recibió la ordenación

sacerdotal. Durante ocho años ejerció el ministerio de forma

plural e intensa: confesor y consejero de varios obispos,

párroco de dos parroquias rurales; arcipreste; visitador,

reformador y procurador, con facultades de vicario general,

maestro de ceremonias y secretario del cabildo de

canónigos de Urgel. A los 35 años, Calasanz se doctoró en

teología y se embarcó hacia Roma, en busca de un

beneficio eclesiástico.

José de Calasanz murió en Roma, a los 91 años, 56

después de su llegada, sin haber vuelto a España. Cuando

se lo ofrecieron, había encontrado ya la perla preciosa del

Evangelio, por la que renunció a todo, incluso a oficios

eclesiásticos muy superiores, como ser obispo o cardenal. Él

mismo se lo dijo al embajador del rey Felipe III de España:

“He encontrado ya en Roma la manera definitiva de servir a

Dios, haciendo el bien a los niños. No la dejaré por cosa

alguna del mundo”.

Con los niños se había encontrado muy pronto en las

calles de Roma. Por todas partes le salían al encuentro

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bandas de niños pobres, abandonados, malcriados y

degenerados. Enseñaba catecismo a algunos de ellos. Pero

veía que eso no era suficiente para una formación cristiana

eficaz. Trató de que las escuelas de barrio y algunos

colegios religiosos admitieran a los niños pobres. Todas las

puertas se le cerraron. Un buen día del año 1597, en el

Trastévere, el barrio más pobre de Roma, en la parroquia de

Santa Dorotea, descubrió una escuelita en la que, a la vez

que catecismo, se enseñaba a los niños a leer y a escribir.

Pensó que aquella escuelita era la solución. Pronto vio que

no, porque los niños que asistían a ella tenían que pagar y

los niños pobres no podían hacerlo. No se amilanó, sino que

luchó, hasta conseguir del párroco que la escuela de Santa

Dorotea no recibiera más que a niños pobres. Él mismo se

quedó como maestro. Consiguió algunos colaboradores.

Poco a poco se convirtió en el responsable único del plantel.

Fue algo nunca antes visto. Una escuela para los hijos del

pueblo y gratuita. Los historiadores han reconocido que

aquella escuela de Santa Dorotea fue “la primera escuela

popular gratuita de Europa”.

En el año 1600, Calasanz trasladó sus escuelas al

interior de Roma. Les puso el nombre de “Escuelas Pías”,

que significa escuelas gratuitas. Pronto las abrió a toda clase

de niños: pobres y ricos, nobles y plebeyos, católicos,

protestantes y judíos.

Para dar estabilidad y continuidad a su obra, fundó

una orden religiosa, llamada Orden de las Escuelas Pías o

Padres Escolapios. La primera que hubo en la Iglesia,

dedicada totalmente a la educación cristiana.

Durante cincuenta años, los niños fueron la herencia

de José de Calasanz. Le habían ganado el corazón y por

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ellos quemó su vida, día a día, hasta la más venerable

ancianidad. Todo eso en un tiempo en que no existían

escuelas públicas como ahora, ni los gobiernos se ocupaban

de la instrucción del pueblo. Fue calumniado y perseguido,

humillado y llevado preso. A sus 90 años, pasó por el

doloroso trance de ver destruidas sus escuelas por un

decreto papal. Sufrió un penoso calvario. Lo dijo con

palabras muy hermosas el Papa Pío XII: “Lo que José de

Calasanz sufrió en los últimos años de su larga vida, lo que

soportó con su heroica virtud, resplandece como una de las

más fúlgidas y preciosas joyas en la historia de los santos”.

Murió el 25 de agosto de 1648. Diez años después,

las Escuelas Pías fueron restauradas. En 1748 fue

beatificado, y en 1767, canonizado. En 1948, Pío XII lo

proclamó “Celestial patrono de todas las escuelas populares

cristianas del mundo”. De esa forma, la iglesia lo glorificó y

reconoció sus méritos. Dios, por su parte, no se ha quedado

atrás: ha hecho el milagro de conservar hasta hoy, intactos e

incorruptos, su lengua, hígado y su corazón.

3. La obra educativa de San José de Calasanz

Fundó la primera escuela católica popular gratuita.

Luchó por la obligatoriedad de la enseñanza para todos,

desde los primeros años.

Sistematizó la escuela primaria: ciclos, niveles

escolares, clases, horarios, programas, personal

docente…

Abrió la escuela, desde los primeros grados, hacia la

cultura humanística y las ciencias positivas.

Dirigió preferencialmente su trabajo a los niños y

jóvenes pobres de la sociedad.

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Comprendió que la fe cristiana se encuentra

profundamente vinculada en el hombre con su formación

humana; con su lema de educador fue: “Piedad y letras”

(Ciencia y fe).

Definió al educador como “cooperador de la verdad”

(núcleo fundamental de la educación en valores).

Impulsó a que sus maestros se formaran en las clases y

con científicos de su época, incluso de los entonces

discutidos, como fueron Galileo y Campanella, porque

los quería bien preparados.

Impulsó una Orden de religiosos (los Padres Escolapios)

y la colaboración de laicos para que realizaran esta obra

tan necesaria y fundamental para la sociedad.

Personalmente, dedicó el resto de su vida a la

educación.

4. La inspiración Calasancia hoy:

El objetivo y la tarea del Escolapio es la educación

integral de los alumnos. Los Escolapios somos los

seguidores de la intuición del fundador, tanto los religiosos

como los demás maestros y colaboradores que dedican su

vida a la infancia y juventud en nuestras instituciones

educativas: nos une el afán cristiano de la formación de las

personas al servicio y desarrollo de la comunidad social y de

la transformación del mundo.

La tarea de los religiosos Escolapios es la educación

realizada a través de diversas instituciones, colegios,

institutos de sordomudos, institutos de formación del

profesorado, editoriales, centros juveniles y de convivencias,

obras educativas hacia los niños callejeros. La educación de

los adultos, a través de diversos movimientos familiares y

conyugales, se realiza en forma directa e indirecta.

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En 1948, el Papa Pío XI proclamó a San José de

Calasanz “Patrono universal de todas las escuelas

populares cristianas”.

Nuestro Colegio Cristóbal Colón, dirigido por los

Padres Escolapios y laicos que participan estrechamente en

la obra educativa que lleva a cabo, se inspira en el

humanismo cristiano expresado en su ideario.

FILOSOFÍA

El Colegio Cristóbal Colón es una institución

educativa que desde sus inicios ha buscado el cumplimiento

de grandes logros:

una educación de calidad

una administración y una gestión próspera

una floreciente infraestructura material

educación fundamentada en los valores del humanismo

cristiano

Y además, está concebida como una institución

integrada por diferentes niveles educativos de enseñanza;

que buscan colaborar con los padres de familia, en la

educación integral de sus hijos, con un sentido comunitario y

social, al servicio de la población veracruzana.

Las escuelas a cargo de la Orden de los Escolapios

deben ser entendidas no solo como lugares donde se

imparte una enseñanza, sino como un espacio donde un

grupo de seres humanos comparten intereses culturales,

deportivos, políticos entre otras; pero de manera especial lo

que nos caracteriza es el evangelio como un ámbito

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insustituible que nos permita crecer personalmente y en

comunidad.

En este marco, la escuela Calasancia posee un estilo

formativo que va más allá de lo pedagógico, mantiene como

uno de sus propósitos centrales la búsqueda continua para

conformar una auténtica Comunidad Educativa Cristiana en

la que todos sus integrantes comparten, viven y se

comprometen en un estilo de vida que conlleve la constante

evolución y perfeccionamiento.

Por consiguiente el Ideario Educativo busca promover

un estilo de educación humano – cristiana; a través del cual

se reconoce al hombre como persona, un ser educable,

dotado de la capacidad y voluntad de perfeccionamiento;

cuya capacidad le permite superar sus limitaciones para

realizarse plenamente y contribuir en la transformación de su

entorno presente y futuro.

Es por ello que el Ideario expresa la identidad del

colegio y los rasgos esenciales de la educación que se

ofrece en concordancia con las necesidades de la sociedad.

Para el Colegio la educación es un derecho y una

actividad permanente propia de la persona; reconociendo a

su vez, la necesidad de ofrecer a las generaciones presentes

y venideras una visión ampliada de la educación básica y

media superior con un renovado compromiso para hacer

frente a la amplitud y a la complejidad del desafío de la

educación integral.

Desde esta postura humanista, el curriculum de cada nivel

educativo se va adecuando; tomando en cuenta las

tendencias educativas de cada época; a través de sus ejes

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transversales, considerados como los organizadores de las

diferentes temáticas de relevancia social; estos ejes

promueven una educación en valores, para la paz, para la

salud, favorecedora de la multiculturalidad, respeto

ambiental y no sexista.

IDEARIO

El estilo de educación humanista–cristiana del

Colegio Cristóbal Colón, que desde su fundación ofrece a la

comunidad veracruzana bajo el lema “Piedad y Letras”, se

recoge en el ideario del Centro de Estudios Cristóbal Colón.

1. Principios básicos

1.1. El Colegio Cristóbal Colón reconoce al

hombre como persona, esto es:

1.1.1. Un ser individual, dotado de inteligencia,

voluntad y siempre en constante

proceso de perfección, capaz, por tanto,

de superar sus propias limitaciones y de

abrirse a todos los valores que pueden

enriquecerlo, como lo son la libertad, la

verdad, la justicia y el servicio.

1.1.2. Un ser responsable de su propio

desarrollo personal, a tenor de su

proyecto concreto, realizado como

hombre o como mujer.

1.1.3. Un ser social que puede realizarse como

persona plena, en comunicación con los

demás por el amor, la participación y la

corresponsabilidad.

1.1.4. Un ser creado a la imagen de Dios,

llamado por el Padre a la dignidad de su

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hijo suyo, en Jesucristo, modelo perfecto

de hombre, con la fuerza del Espíritu

que se hace presente en la Iglesia,

comunidad de amor y de fe.

1.1.5. Un ser histórico, inserto en un espacio y

en un tiempo determinado, México,

Veracruz, que ha de vivir en solidaridad

el esfuerzo de este pueblo, para su

promoción y desarrollo.

1.1.6. Un ser que debe valorar a todo hombre,

sea cual fuera su edad, sexo o cultura,

de forma prioritaria y esencial por ser

persona, y con el que debe colaborar

para hacer un mundo más humano y

feliz.

1.2. El Colegio Cristóbal Colón reconoce a la persona

como ser educable, por tanto:

1.2.1. Cree en la educación como un derecho y

una necesidad del ser humano para

configurarse como persona.

1.2.2. Cree en la educación como una actividad

permanente de crecimiento, ya que la

persona está constantemente

desarrollándose en un mundo en continua

evolución.

1.2.3. Cree en una educación trascendente,

humanista y cristiana, comprometida con la

promoción de una sociedad más humana.

1.2.4. Cree en una educación en la que se

desarrolla a la persona como ser individual,

según sus propias cualidades, y como ser

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social en comunicación y colaboración con

los demás.

1.2.5. Cree en la educación basada en la

responsabilidad del propio sujeto, pero

necesitado de la guía y orientación de

competentes educadores.

1.2.6. Cree en una educación para la gratuidad del

servicio.

1.2.7. Cree en una educación formal y

escolarizada, pero también en la educación

de la vida.

1.3 El Colegio Cristóbal Colón reconoce al ser

educable como necesitado de instituciones

educativas, así:

1.3.1 Considera la institución como una comunidad

educativa donde todos, directivos, profesores,

personal no docente, alumnos, padres y ex

alumnos, en una integración armónica, se

insertan según la diversidad de posibilidades,

funciones y grado de responsabilidad, en un

objetivo común: la educación integral e

integradora de los alumnos.

1.3.2 Considera la institución como el lugar en el

que todas las personas de la comunidad

educativa se realizan como tales y se educan.

1.3.3 Considera la institución educativa como una

continuación de la acción educadora de los

padres.

1.3.4 Considera la institución educativa como una

necesidad de nuestros tiempos, para que las

personas puedan integrarse competentemente

a la compleja cultura actual.

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1.3.5 Considera a la institución educativa como un

servicio al desarrollo personal y a la

transformación del mundo concreto en que

vivimos, para posibilitar una mejor calidad de

vida.

1.3.6 Considera a la institución educativa como un

organismo autónomo, pero abierto a la

realidad social y a la vida.

2. A partir de estas opciones básicas:

2.1. El Colegio Cristóbal Colón se define como

institución educativa configurada

concretamente según el ideal Escolapio, esto

es:

2.1.1. Vinculando íntimamente la promoción

humana y la formación religiosa

expresadas por el tradicional “Piedad y

letras”.

2.1.2. Abriéndose a todos sin distinción de

raza, sexo y religión, con una especial

atención a los más necesitados, tanto en

lo personal, como en lo académico y

económico.

2.1.3. Ofreciendo un estilo de educación

sencillo, pero cualitativo y personalizado.

2.1.4. Preocupándose por mantener

claramente la identidad cristiana de

forma personal e intencional, es decir,

en su estructura, en su funcionamiento y

en su contenido educativo, animada por

los valores fundamentales de la libertad

y el amor.

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2.1.5. Comprometiéndose con México y

especialmente con la población de

Veracruz, a fin de preparar personas

cristianas, hombres y mujeres

responsables, ciudadanos íntegros e

integrados, así como profesionales

competentes.

2.1.6. Trabajando cordialmente como una

necesidad de potenciar el valor de cada

uno y de manifestar el respeto hacia los

otros.

2.2. El Colegio Cristóbal Colón se configura según

las siguientes opciones educativas:

2.2.1. Optamos por una coherencia educativa,

para lo cual se coordinan las líneas

pedagógicas, la unidad de objetivos, los

criterios educativos y métodos, en lo

posible, desde el preescolar hasta la

enseñanza media superior.

2.2.2. Optamos por una educación centrada en

el desarrollo del pensamiento

razonar, en el aprender a aprender y

en el impulso creativo del razonamiento

crítico.

2.2.3. Optamos por una educación en la

disciplina y el orden, como control de uno

mismo y como creación de ambiente de

trabajo; pero también en la comprensión,

en la exigencia personal y en el esfuerzo,

así como en la orientación y ayuda.

2.2.4. Optamos por una educación centrada en

la formación humana pero potenciada por

un alto nivel académico.

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2.2.5. Optamos por una educación motivadora,

activa, respetuosa, actual, integral e

integradora.

2.2.6. Optamos por una educación

comprometida con la justicia, la paz y el

amor cristiano, con toda la humanidad y

muy concretamente con el pueblo

mexicano, en especial el veracruzano,

con sus problemas, sus aspiraciones y su

futuro.

2.3. El Colegio Cristóbal Colón se caracteriza por

la siguiente forma de actuar:

2.3.1. Valora a la persona por encima de las

estructuras y métodos, ayudando a

profesores y alumnos a optimizar sus

conocimientos, capacidades y actitudes,

estableciendo para ello unas estructuras

adecuadas.

2.3.2. Demuestra sensibilidad ante las

necesidades que, desde el punto de

vista pedagógico, cultural o religioso, se

manifiestan en el entorno, promoviendo

y valorando las actividades que intentan

darles respuesta.

2.3.3. Promueve y anima la renovación

pedagógica del Colegio y colabora con

todas las instituciones que se preocupan

de lo mismo.

2.3.4. Fomenta la reflexión crítica del propio

Colegio, a fin de progresar

constantemente y poder prestar ayuda a

las actividades e instituciones religiosas.

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2.3.5. Adecua sus estudios y servicio a la

realidad y a las oportunidades

socioculturales del país, en contacto con

su historia, con sus posibilidades

actuales y con su reto, de puerta abierta

a la nueva cultura de Hispanoamérica.

MISIÓN

El Colegio Cristóbal Colón es una Comunidad Educativa

innovadora que ofrece a niños y adolescentes una educación

humana, fundamentada en los valores del evangelio, en la

cultura y en la vida; considerando, un Modelo Educativo

sustentado en la Pedagogía Calasancia y en un enfoque por

competencias desde una perspectiva integral, que facilite a

los educandos enfrentar los retos actuales, para transformar

el mundo que le rodea.

VISIÓN 2020

El Colegio Cristóbal Colón se visualiza como una Comunidad

Educativa líder, acreditada por su calidad que mediante la

Educación Calasancia promueva y fortalezca

corresponsablemente la vivencia de los valores del

Evangelio, el respeto, la solidaridad, la inclusión, la

flexibilidad y la innovación; considerando el discernimiento y

actualización permanentes, para la formación integral de

niños y adolescentes capaces de transformar su realidad

social.

SUS VALORES

La Justicia se promueve mediante el ejemplo de las

personas, al haber congruencia entre las reglas y las

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acciones, a partir de la igualdad y equidad de los derechos,

es decir, tratar a todos por igual, ser transparentes, hacer lo

correcto, no discriminar, dar a cada uno lo que se merece,

mediante el diálogo y la reflexión respetando las ideas de los

demás.

La Paz es entendida como el ambiente de tranquilidad,

armonía y estabilidad, donde se da solución a los conflictos

con el diálogo, para la sana convivencia de todas las

personas, se representa mediante la espiritualidad y el

respeto en las relaciones interpersonales.

La Solidaridad se demuestra al entender las necesidades

de los demás, con compañerismo y paciencia, es decir,

apoyarse cuando más se necesite en comunidad.

Dignidad es el valor que cada individuo reconoce en sí

mismo y merece por el simple hecho de ser humano íntegro

hijo de Dios. Es la base de las relaciones para interactuar de

manera sana y equilibrada porque a partir del

autoconocimiento de las fortalezas y lo defectos de cada

persona se propicia el respeto para no agredir, intimidar,

exponer, humillar o denigrar al prójimo y a sí mismo,

dándose a respetar y respetando a los demás, considerando

los límites de acuerdo a los principios que cada uno tiene. La

dignidad es cuidarse, saber quién eres y lo que vales.

Para el Colegio Cristóbal Colón, el valor que une a

cada una de las acciones que se realizan e implica a los

valores anteriores es la Verdad, ya que al ser el valor

principal de la obra escolapia en la que los educadores son

Cooperadores de la Verdad, se busca “Educar con la

verdad y para la verdad”; lo que significa ser congruentes

entre la realidad de pensamientos y actuaciones, ser

honesto, objetivo y sincero, es decir, se deben contar los

hechos sin omitir la realidad, es hacer lo correcto aunque

nadie nos vea, hacerse responsable de los actos, lo cual

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permite crear un ambiente de confianza y apertura al

diálogo.

PROPÓSITOS INSTITUCIONALES

El Colegio Cristóbal Colón, bajo el lema “Piedad y

letras”, tiene los siguientes propósitos:

1. FORMATIVOS

1.1. Ofrecer un servicio educativo de calidad que

cumpla con los objetivos de formación de cada

nivel educativo, contribuyendo a la preparación

de personas al servicio de la sociedad.

1.2. Brindar una educación fundamentada y

comprometida con los valores del humanismo

cristiano, que propicie actitudes de servicio y

compromiso.

1.3. Impartir una educación integral que se oriente no

sólo a la adquisición de conocimientos, sino que

considere el desarrollo de habilidades y la

incorporación de valores.

1.4. Brindar una educación que promueva la

adaptación a los escenarios presentes y futuros,

mediante estrategias que fomenten el trabajo

grupal y las relaciones interpersonales.

1.5. Propiciar un servicio educativo basado en un

modelo pedagógico que responda a las actuales

necesidades educativas del entorno.

1.6. Incentivar el desarrollo de habilidades

intelectuales que les permita a los alumnos

aprender permanentemente y reconocer los

avances en su aprendizaje.

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1.7. Favorecer el acceso a nuevos niveles de

conocimiento a través del dominio de contenidos

básicos.

1.8. Desarrollar el pensamiento reflexivo, crítico,

creativo y emprendedor mediante una educación

basada en métodos activos.

1.9. Promover la investigación como medio de acceso

al conocimiento y para el desarrollo del

pensamiento crítico y creativo.

1.10. Incorporar los ambientes informáticos al proceso

de enseñanza–aprendizaje.

1.11. Fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras

que permita la comunicación en el contexto de

globalización.

1.12. Promover hábitos y actividades que construyan el

equilibrio biopsicosocial del individuo.

1.13. Propiciar, en todos los niveles, estos cuatro

enfoques: aprender a aprender, aprender a

hacer, aprender a relacionarse, aprender a ser.

2. DE GESTIÓN

2.1. Difundir el Proyecto Educativo a la comunidad del

Colegio.

2.2. Ofrecer un servicio educativo de calidad que

cumpla con los objetivos de formación de cada

nivel educativo, contribuyendo a la preparación

de personas al servicio de la sociedad.

2.3. Fortalecer el proceso de formación y de

educación continua del profesorado y demás

personal.

2.4. Promover la autoformación permanente del

docente y demás personal acorde a las

necesidades internas y externas al colegio.

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2.5. Crear un ambiente armónico que propicie la

participación proactiva entre los miembros de la

comunidad educativa.

2.6. Proveer la infraestructura necesaria para el

desarrollo de los planes y programas de cada

nivel.

3. ORGANIZATIVOS

3.1. Difundir entre la comunidad educativa, la

estructura organizacional del colegio.

3.2. Fortalecer las relaciones de colaboración y

coordinación entre los niveles del colegio.

PROPÓSITOS DEL NIVEL BACHILLERATO

1. Desarrollar el pensamiento reflexivo, crítico y creativo,

mediante el uso y la aplicación de los métodos y de la

información básica de la ciencia y la cultura.

2. Plantear un aprendizaje basado en la investigación y

en la creatividad.

3. Desarrollar habilidades para la utilización adecuada del

lenguaje en sus formas oral y escrita.

4. Promover el desarrollo de habilidades matemáticas

para el planteamiento y resolución de problemas.

5. Promover el desarrollo de habilidades para el aprecio

de las expresiones artísticas y culturales.

6. Estimular el desarrollo físico y deportivo mediante

actividades sistemáticas y con carácter formativo

7. Propiciar la adquisición de aprendizajes en ambientes

informáticos

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8. Brindar conocimientos que incorporen avances

científicos, tecnológicos y culturales al proceso

enseñanza–aprendizaje.

9. Proporcionar orientación para identificar los intereses y

aptitudes vocacionales.

10. Proporcionar orientación para identificar los intereses y

aptitudes vocacionales.

11. Fortalecer el aprendizaje de lenguas extranjeras para

la comunicación en el contexto globalizado.

12. Promover actividades que desarrollen un alto sentido

ético con relación al respeto y conservación del medio

ambiente.

13. Promover acciones que favorezcan el fortalecimiento

de la Fe en Cristo.

14. Contribuir en el desarrollo educativo sustentado en la

Pedagogía Calasancia.

15. Crear espacios de reflexión que favorezcan el

crecimiento espiritual y moral.

16. Propiciar el desarrollo personal e interpersonal que

favorezca el proyecto de vida en familia y en

comunidad.

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NORMATIVA DE CONVIVENCIA ESCOLAR

La presente Normativa tiene como finalidad orientar los

criterios sustantivos de convivencia, de orden académico y

de comportamiento de los integrantes de la Comunidad

Educativa (Directivos, Docentes, Personal Administrativo,

Alumnos y Padres de Familia) considerando;

Los Lineamientos Institucionales del Colegio.

El Reglamento de la Dirección General de

Bachillerato dependiente de la Subsecretaría de

Educación Media Superior y Superior de la Secretaría

de Educación de Veracruz.

TÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.

El Colegio Cristóbal Colón es una institución educativa

particular, de inspiración cristiana, cuya organización,

administración y funcionamiento está a cargo de la Orden de

las Escuelas Pías.

Artículo 2.

La enseñanza impartida en el Colegio es en la modalidad

escolarizada y se conforma de 6 semestres y su curso se

sujeta al Plan de Estudios y programas vigentes autorizados

por la Dirección General de Bachillerato.

Artículo 3.

El Colegio Cristóbal Colón es una escuela particular que,

bajo su lema “Piedad y letras”, tiene como propósitos:

a) Impartir una educación fundamentada y comprometida

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con los valores del evangelio y del humanismo cristiano,

que propicien actitudes de servicio y compromiso en sus

relaciones y con la sociedad.

b) Integrar a los padres de familia en la formación

educativa, mediante actividades que permitan su

participación y compromiso con el proceso formativo del

niño.

c) Ofrecer una educación integral que se oriente en el

desarrollo de todas las potencialidades y dimensiones

de la personalidad, con el fin de formar alumnos

competentes ante el contexto.

d) Brindar una educación que promueva la adaptación a

los escenarios presentes y futuros, mediante

estrategias que fomenten el trabajo grupal y las

relaciones interpersonales.

e) Incentivar el desarrollo de habilidades intelectuales que

les permita a los alumnos aprender permanentemente

y reconocer los avances en su aprendizaje.

f) Fomentar el aprendizaje de la lengua extranjera que

permita la comunicación en el contexto de la

globalización.

g) Fomentar el uso de la tecnología que permita el

desarrollo efectivo de las potencialidades del alumno.

h) Promover hábitos y actividades que contribuyan al

equilibrio bio-psico-social y espiritual de los educandos.

i) Propiciar en todos los niveles, estos cuatro enfoques:

aprender a aprender, aprender a hacer, aprender a

vivir con los demás y aprender a ser.

Artículo 4.

Los órganos de gobierno del Colegio serán los responsables

de revisar, periódicamente, los avances de los planes y

programas, con el propósito de realizar las adecuaciones

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pertinentes ante los cambios y necesidades del entorno

social.

Artículo 5.

Los educandos son lo más importante de la comunidad

educativa del Colegio; son los protagonistas principales del

proceso educativo, tomando en cuenta sus aptitudes e

intereses, así como las exigencias del entorno social.

TÍTULO SEGUNDO

LINEAMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Capítulo I.- De las Admisiones

Artículo 6.

Los Padres de Familia que solicitan, voluntariamente, el

ingreso de su hijo(a) a la sección de Bachillerato, supone la

aceptación, respeto y cumplimiento del Ideario, Principios,

Modelo Educativo, Organización y la presente Normativa de

Convivencia Escolar y todo aquello que la Dirección

considere pertinente para la Formación Integral de los

jóvenes.

Artículo 7.

El Colegio se reserva el derecho de admisión del aspirante

a inscribirse en cualquier curso escolar. Este derecho será

ejercido por la Dirección Académica.

Artículo 8.

Los alumnos se clasifican atendiendo a los siguientes

criterios:

a) Con relación a la inscripción:

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Nuevo ingreso.- Aquellos alumnos que se inscriben

por primera vez a cualquier nivel o grado del Colegio

Cristóbal Colón.

Reinscripción.- Aquellos alumnos que soliciten

nuevamente su inscripción, previa autorización de la

Dirección Académica.

Con relación a la condición escolar.

Regulares.- Los alumnos (pertenecientes al Colegio)

que no adeuden ninguna materia, actividad o taller

del grado inmediato anterior.

Irregulares.- Los alumnos (pertenecientes al Colegio)

que adeuden hasta tres asignaturas y la Actividad

paraescolar o tres asignaturas y la Capacitación para

el Trabajo, siempre y cuando las asignaturas sean del

semestre inmediato anterior.

Artículo 9.

Las inscripciones y reinscripciones se sujetarán a las

siguientes condiciones:

a) Se llevarán a cabo durante los periodos fijados por la

Dirección Académica.

b) No se considerará inscrito o reinscrito a un alumno

mientras no haya cubierto los aranceles

correspondientes, así como la documentación y las fotos

requeridas, aún cuando la solicitud haya sido autorizada.

c) Cada inscripción o reinscripción será vigente únicamente

para la persona, el nivel, el ciclo escolar y el grado que

se solicitó.

d) No se inscribirá al nivel o grado próximo a ningún

alumno que tenga aportaciones pendientes con la

administración del Colegio.

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Artículo 10.

La reinscripción de cualquier alumno puede ser condicionada

o rechazada en caso de tener antecedentes disciplinarios

graves o muy graves, o que el padre o tutor haya incurrido

en la violación al reglamento, o mostrar una conducta

agresiva hacia algún integrante de la comunidad educativa.

Artículo 11.

Una vez inscrito un alumno, éste debe sujetarse al

calendario escolar correspondiente que establece la SEP.

Artículo 12.

Una vez inscrito un alumno, permanecerá en el archivo una

copia de su documentación.

Artículo 13.

Toda solicitud de inscripción o reinscripción se considerará

extemporánea cuando se presente después del periodo

fijado para su efecto, y quedará sujeta a los límites de cupo

establecidos por el Colegio.

Artículo 14.

Las inscripciones al Colegio serán condicionadas para

aquellos alumnos que no presenten la totalidad de la

documentación requerida. Este tipo de inscripción está

sujeto a que el alumno presente la documentación faltante

en un plazo no mayor a 30 días naturales, a partir de haber

sido aceptada la inscripción.

Artículo 15.

No se admiten en el Bachillerato, alumnos irregulares o en

proceso de regularización en cuanto a materias cursadas, y

que no hayan sido aprobadas en las escuelas de

procedencia.

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Artículo 16.

Los alumnos que proceden de la Secundaria Colón y

solicitan su Ingreso a Primer Semestre deberán cumplir con

los siguientes requisitos:

Presentar solicitud de inscripción debidamente

llenada y firmada por el padre o tutor.

6 fotografía tamaño infantil

Cumplir con las aportaciones correspondientes

Certificado de Secundaria

Artículo 17.

Los alumnos que proceden de otras secundarias y solicitan

su Ingreso a Primer Semestre deberán cumplir con los

siguientes requisitos:

Para su pre-inscripción el aspirante deberá:

Tener la edad de 15 a 16 años.

llenar la solicitud de pre- ingreso.

presentar original y copias fotostáticas del acta de

nacimiento

boleta de calificaciones de 3er. año de secundaria

con promedio mínimo de 8

Cubrir los aranceles correspondientes.

Presentar y aprobar el examen de admisión

Para su inscripción

Alumnos admitidos

Certificado de secundaria cuyo original será

cotejado y devuelto al interesado en el momento de

la inscripción.

o El aspirante que aún no cuente con el certificado de

secundaria deberá presentar una constancia de

conclusión de estudios, con la cual quedará

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amparado por un plazo de 60 días naturales

contados a partir de la fecha de inscripción.

Cédula CURP cuyo original será cotejado y devuelto

al interesado en el momento de la inscripción.

6 fotografías tamaño infantil en blanco y negro en

papel mate; vestimenta clara, rostro descubierto

Cumplir con la aportación del arancel oficial de

inscripción.

Por ningún motivo la escuela retendrá los

documentos originales del alumno.

Presentar carta de no tener aportaciones pendientes

de la escuela de procedencia, en el caso de

escuelas particulares

Artículo 18.

Las inscripciones a GRADOS INTERMEDIOS quedarán

sujetas al criterio de la Dirección Académica.

Artículo 19.

Los alumnos que deseen incorporarse al Bachillerato en

grados intermedios, deberán:

a) Corroborar que el mapa curricular y la opción

tecnológica de las escuelas de donde proceden sean

compatibles con el sistema al que estamos

incorporados.

b) Ser alumno regular del bachillerato de procedencia. No

se aceptan repetidores

c) Llenar la solicitud de ingreso.

d) Presentar la siguiente documentación

original y copias fotostáticas del acta de

nacimiento

constancia legalizada de estudios (provisional) de

la escuela de procedencia cuyo original será

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cotejado y devuelto al interesado en el momento

de la inscripción.

Certificado de estudios incompletos cuyo original

será cotejado y devuelto al interesado en el

momento de la inscripción.

o El aspirante que aún no cuente con el

certificado incompleto deberá presentar

una constancia legalizada, con la cual

quedará amparado por un plazo de 60 días

naturales contados a partir de la fecha de

inscripción.

Cédula CURP cuyo original será cotejado y

devuelto al interesado en el momento de la

inscripción

6 fotografías tamaño infantil en blanco y negro en

papel mate; vestimenta clara, rostro descubierto

Cubrir el arancel oficial de inscripción.

Por ningún motivo la escuela retendrá los

documentos originales del alumno.

e) Revalidación y Equivalencia de Estudios.

Con el aspirante que provenga de escuelas de otro

sistema o subsistema:

Su inscripción estará sujeta a entregar el original

del certificado parcial o incompleto de estudios.

En caso de no contar con el certificado, deberá

entregar constancia original de estudios

incompletos que le amparará hasta por 60 días

naturales, misma que tendrá que contener todas

las asignaturas y actividades cursadas con las

calificaciones obtenidas.

o El alumno que en lugar del certificado

entregue constancia de estudios se

inscribirá de manera condicionada

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(mediante firma de carta compromiso,

establecida para tal efecto) al semestre

que corresponda.

o Si proviene de un plan de estudios

diferente, para ser inscrito en el semestre

inmediato superior, se requiere que no

adeude ninguna asignatura de

semestre(s) anterior(es).

o Cabe la posibilidad de tramitar

Equivalencia o Revalidación de estudios

por asignatura; para tal caso, el alumno

deberá acudir al Departamento de

Revalidación de Estudios de la

Subdirección de Registro y Certificación

Escolar, a fin de que se realice el trámite

correspondiente, si procediera.

o Sólo podrán aceptarse alumnos de otro

sistema o subsistema en los semestres

del II al V y únicamente en periodo de

inscripciones.

o Una vez que el alumno haya hecho

entrega del original del certificado

incompleto, la escuela, o el alumno si él lo

prefiere, deberá tramitar ante el

Departamento de Revalidación de

Estudios, la Revalidación o Equivalencia

de estudios, según corresponda.

o El alumno que no haya cumplido con la

entrega del original del certificado

incompleto, debidamente legalizado, no

tendrá derecho a exámenes finales y, por

lo tanto, causará baja automática.

o El alumno que no cuente con la

Revalidación o Equivalencia de estudios,

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según sea el caso, no tendrá derecho a

inscripción al semestre inmediato

superior.

Artículo 20.

El Colegio se reserva el derecho de establecer los límites de

cupo mínimo y máximo a los Grupos.

Artículo 21.

Cuando se trate de un alumno inscrito y cuyos padres estén

tramitando la custodia legal a favor de uno de ellos, se

deberá entregar, a la Dirección Académica de este

bachillerato, una copia de la resolución final que dicte el juez

correspondiente.

Capítulo II.- Tramitación Administrativa y Escolar

Artículo 22.

Las aportaciones por concepto de colegiatura deberán ser

dentro de los primeros quince días naturales de cada mes.

Artículo 23.

El incumplimiento de tres aportaciones por concepto de

colegiaturas, equivalentes a cuando menos tres meses, por

los padres de familia, tutores o usuarios, libera de toda

obligación a los prestadores del servicio educativo.

Artículo 24.

Es de vital importancia estar al corriente con las aportaciones

de las colegiaturas para poder recoger las boletas en los

periodos establecidos; así como para realizar trámites

administrativos: cubrir el arancel de exámenes

extraordinarios, constancias de buena conducta, de estudios,

entre otros.

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Artículo 25.

Los alumnos deberán realizar sus trámites de

documentación (por ejemplo, constancias de calificaciones o

de ser alumnos del Colegio, entre otros), previo cumplimiento

de la aportación correspondiente. Para dicho trámite,

deberán dirigirse a Servicios Escolares.

Artículo 26.

Los trámites deberán hacerse de manera personal, por el

alumno o por el padre de familia o tutor, y la documentación

se entregará únicamente a quien realice la solicitud o a un

tercero, siempre y cuando presente una carta poder, así

como su identificación.

Artículo 27.

La documentación requerida deberá tramitarse con un

mínimo de tres días de anticipación. En lo que se refiere a

certificados de estudios, su entrega dependerá de la

Registro y Certificación en Jalapa, Ver.

Artículo 28.

No se extenderán constancias con calificaciones durante los

períodos de exámenes ordinarios y extraordinarios.

1. Bajas Escolares

Artículo 29.

La baja de algún alumno consiste en la suspensión o

cancelación de la matrícula del alumno, y puede ser

reglamentaria, voluntaria y académica, según lo siguiente:

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a) Bajas voluntarias.- Cuando es solicitada por el

padre de familia o tutor, por razones personales, y

puede ser temporal o definitiva.

b) Baja reglamentaria.- Cuando el alumno falta a las

disposiciones señaladas en la Normativa y puede ser

temporal o definitiva.

c) Baja académica.- Cuando el alumno reprueba más

de tres materias.

Artículo 30.

Las solicitudes de baja deberán presentarse a la Dirección

para la autorización del trámite correspondiente.

Artículo 31.

El alumno que solicite baja definitiva deberá comprobar al

departamento de Servicios Escolares que no tiene

aportaciones pendientes con la administración del Colegio,

para que le sean expedidos los documentos que amparen

los estudios realizados en ella.

TÍTULO TERCERO

LINEAMIENTOS ACADÉMICOS

Capítulo I.- Del desarrollo de las sesiones

Artículo 32.

Las sesiones serán de 50 minutos con un receso de 10

minutos entre cada clase. En los casos de las materias de

Paraescolar, Formación para el Trabajo podrán ser

continuas pero respetando el receso correspondiente de los

alumnos previa autorización de la Dirección Académica.

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Artículo 33.

El inicio de clases es a las 7:00 horas. La salida será a las

13:50 hrs. (eventualmente a las 14:50 hrs) Por este motivo,

se especifica como horario de entrada 6:45 horas. El portón

(en las instalaciones del Colegio) se cierra a las 7:00 hrs.

Los alumnos que lleguen tarde, por razones de seguridad, se

les permitirá el acceso, se registrará su nombre y se

incorporará a la clase de 7:50; al tercer registro se notificará

a su tutor para que pase a recogerlo.

Para los alumnos de 5º. y 6º. semestre el inicio de clases

será de igual forma a las 7:00 hrs. y se aplica también la

disposición para los que lleguen tarde.

Artículo 34.

Los profesores pasarán lista de asistencia al inicio de cada

clase y:

Registrarán asistencia o falta. No se consignarán

retardos en las listas de asistencia.

El alumno que llegue después del pase de lista se

quedará registrada la falta.

Únicamente, se justificará el retardo a aquellos alumnos

que presenten el justificante firmado por el responsable

de la instancia donde se encontraban.

Artículo 35.

Para evitar la llegada tarde a clases, los alumnos deberán

permanecer en sus salones esperando la llegada del

profesor.

Artículo 36.

A los alumnos que sean reportados por llegar tarde a clase

sin justificación, por tres ocasiones consecutivas o cinco

discontinuas, se les sancionará con la realización de

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actividades académicas o lo que indique la Dirección, de 3 a

5 días por la tarde. De no cumplir con esta disposición el

alumno se hará acreedor a la sanción de 2 días de

suspensión.

Artículo 37.

No se les recibirá a los padres de familia alimentos, trabajos

o cualquier otro objeto olvidado por el alumno en casa, y

tampoco se les darán avisos de llamadas telefónicas.

Artículo 38.

Una vez iniciada la jornada escolar, no se permitirá la salida

a los alumnos, exceptuando aquellos casos que cuenten con

la autorización del médico escolar.

Si por algún motivo el alumno tiene que atender asuntos

personales (viajes, convivencias familiares, o cualquier

eventualidad ajena a la institución) o no desea concluir la

jornada escolar será mejor que no asista a clases.

Capítulo II.- De las inasistencias

Artículo 39.

La justificación de las inasistencias de los alumnos es

función de la Dirección Académica.

Las inasistencias a clases se justificarán únicamente en los

siguientes casos:

a) Por representar al Colegio En algún evento académico,

espiritual, cultural, o deportivo.

b) Por haber contraído alguna enfermedad contagiosa o

que haya requerido de hospitalización.

c) Por intervenciones quirúrgicas.

d) Por deceso de algún familiar en primer grado de

parentesco.

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Artículo 40.

La inasistencia por viajes, convivencias familiares y similares

no serán justificados y quedan bajo responsabilidad de los

padres de familia.

Artículo 41.

La justificación de las inasistencias, por enfermedad y/u

hospitalización, se efectuará por medio de certificados

médicos tomando en cuenta los criterios siguientes:

a) Los certificados deberán ser entregados a más tardar

dentro de las 48 horas a la reincorporación del

alumno a sus actividades escolares.

b) Todo certificado presentado fuera de este plazo no

será aceptado. La presentación del certificado no

supone la validación del mismo.

c) Se efectuará la revisión de los certificados para

determinar su validez, tomando en cuenta el mismo

certificado, así como las inasistencias del alumno en

todas las materias.

d) El alumno será informado del resultado, 24 hrs.

después de la entrega del justificante.

e) No se recibirán justificantes con fechas posteriores a la

incapacidad del alumno o fuera del periodo

establecido.

f) El justificante médico autoriza, únicamente, los días

especificados en el mismo, con excepción de los casos

que la Dirección autorice.

g) Toda anomalía detectada en la justificación de las

inasistencias en los certificados médicos dará lugar a

la invalidación de éstos, recibiendo el alumno la

sanción correspondiente.

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Artículo 42.

Dentro de la institución, se justificará la inasistencia a clases

cuando el alumno asista al servicio médico o cuando

requieran su presencia en Dirección, Servicios Escolares,

Pastoral, Atención Psicológica o Atención Tutorial, siempre y

cuando se notifique con anticipación al profesor que el

alumno será atendido en su hora de clase, o se envíe un

justificante firmado por la instancia responsable.

Artículo 43.

Aquellos alumnos que excedan el número de faltas,

dependiendo del número de horas/clase de cada materia, no

tendrán derecho a presentar examen sumario.

Horas clases a la semana Límite de faltas al semestre

1 4

2 8

3 12

4 16

5 20

7 28

Artículo 44.

Faltas Colectivas

a) Cuando un grupo completo no se presente a

clase, se consignará falta colectiva y será considerada

como muy grave. En estos casos, el profesor de la

primera clase levantará un acta que deberá entregar a

la Dirección Académica, y se darán por vistos los

temas establecidos en la programación de las materias

de ese día.

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b) Cuando un grupo incurra en falta colectiva por segunda

ocasión, se considerará falta excesivamente grave,

sujetándose cada alumno a la aplicación de la sanción

respectiva por parte de la Dirección.

Capítulo III.- De la Evaluación, la Acreditación y la

Promoción

Artículo 45.

Para efectos de la Evaluación, Acreditación y Promoción de

los alumnos, es obligación del personal directivo de la

escuela organizar y verificar la aplicación de las

Evaluaciones tanto Parciales como Finales, de

Regularización y a Título de Suficiencia, en los periodos

calendarizados oficialmente, así como registrar y entregar,

en tiempo y forma, los reportes de calificaciones

correspondientes a la Unidad Coordinadora de Bachillerato.

1. De la Evaluación

Artículo 46.

Los alumnos tienen derecho a que los profesores expliquen,

al inicio del ciclo escolar, el procedimiento de evaluación que

aplicarán.

Artículo 47.

Se aplicarán en cada semestre dos exámenes parciales y

un sumario que se celebrarán bajo las siguientes

formalidades:

a) Se realizarán dentro de las fechas y horas establecidas

por la Dirección.

b) Los horarios de exámenes se entregarán, a los

alumnos, cuando menos 8 días hábiles de anticipación

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y estos no podrán ser modificados, salvo en

situaciones extraordinarias y previa autorización de la

Dirección, de no ser así todo examen aplicado no

tendrá validez.

c) Los criterios y los instrumentos de evaluación deberán

ser congruentes con los objetivos y contenidos de los

programas de estudio.

d) Para el desarrollo de los exámenes, se enlistará en un

acta a los alumnos que tengan derecho a ello; esta

acta se elaborará 48 horas antes del día marcado para

el examen, y se cerrará en el renglón siguiente al

último alumno anotado.

e) Los profesores deberán pasar lista al inicio del examen

y se abstendrán de incluir en el acta o de examinar a

los alumnos que no figuren en ella.

Artículo 48.

En el caso de los alumnos que no presenten exámenes

ordinarios por representar al Colegio en algún evento,

enfermedad (previa comprobación) podrá presentarlo en

periodo extemporáneo previa autorización y calendarización

de la Dirección, de no ser así, los exámenes aplicados serán

anulados.

Artículo 49.

Los profesores deberán capturar las calificaciones

debidamente consignadas, en un plazo no mayor a tres días

hábiles posteriores a la celebración de cada examen.

Artículo 50.

Cuando un alumno sea sorprendido copiando, se consignará

“cero” como calificación del examen y se sumará con el

puntaje de participaciones, reportándose por escrito a la

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Dirección. Si el alumno reincidiera en esta falta, se

considerará falta muy grave.

2. De la Acreditación

Artículo 51.

Para obtener el certificado completo de estudios

(Acreditación del Bachillerato), el alumno deberá cursar y

aprobar todas las asignaturas del Tronco Común, Área

Propedéutica, Actividades Paraescolares y Capacitación

para el Trabajo; así como las materias extracurriculares

establecidas por la institución.

Artículo 52.

Para que el alumno tenga derecho a calificación aprobatoria

o de acreditada, es condición necesaria cubrir cuando

menos el número de sesiones que representen el 80% de las

que se hayan impartido durante el curso

Artículo 53.

Para efectos de acreditación, se registrarán las calificaciones

de los exámenes parciales y sumarios; las cuales deben

integrar los avances logrados por el educando en ejercicios,

tareas, prácticas y demás actividades que el maestro

considere representativas de los aprendizajes.

La clase de paraescolar también se lleva el seguimiento en

forma numérica en cada evaluación: sin embargo:

La calificación final es nominal acreditada (A) o no

acreditada (NA).

Los alumnos llevan dos paraescolares al semestre y

ambas se promedian pero en caso de que una de ellas

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esté reprobada, automáticamente el promedio es no

acredita (NA).

Artículo 54.

Aquel alumno que no presente alguno de los exámenes se

registrará N/P que equivale a 0, no se toman en cuenta las

actividades.

Artículo 55.

La integración de la evaluación de cada alumno; así como la

captura de la calificación es responsabilidad absoluta del

titular de cada unidad de aprendizaje que integra el plan de

estudios.

Artículo 56.

La evaluación es permanente, pero por cuestiones

administrativas que permitan la información correcta y

oportuna a los educandos y padres de familia, se registran

dos evaluaciones parciales que se promedian; y una

evaluación sumaria cuyo resultado se promedia con la

obtenida de las dos primeras evaluaciones.

Artículo 57.

Concluida la aplicación de la segunda evaluación parcial, se

obtendrá el promedio de las calificaciones parciales, sin que

se aproxime al entero, reportándose con el primer decimal.

Ejemplos

Casos 1er. parcial 2º.Parcial Promedio parcial

A 7 8 7.5

B 8 8 8

C 5 6 5.5

D 6 N/P 3

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Artículo 58.

A excepción de aquel alumno que no cubra el 80% de las

asistencias a clases o que cause baja, al término del

semestre, TODOS los alumnos presentarán examen final, y

la calificación obtenida será promediada con el promedio

parcial.

Artículo 59.

El promedio final se obtendrá del resultado del promedio

parcial más la calificación del examen final, entre 2, y de

éste se reportará la calificación final, sin fracciones.

Ejemplos

Casos 1er.

parcial

2do.

Parcial

Promedio

Parcial

Examen

final

Promedio

Final

Calificación

Final

A 7 8 7.5 5 6.2 6

B 8 8 8 5.5 6.7 7

C 5 6 5.5 6 5.5 5

D 6 N/P 3 8 5.5 5

E 6 N/P 3 N/p 1.5 2

Artículo 60.

Cada asignatura o actividad se acreditará de manera

independiente, sin seriación.

Artículo 61.

Es obligación del docente entregar las calificaciones y los

exámenes, junto con su clave correspondiente; así como el

control de evaluación continua y/o evidencias, a la

coordinación docente, en un plazo no mayor de tres días

hábiles posteriores a la aplicación de la evaluación de su

asignatura o actividad.

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43

Artículo 62.

Los alumnos podrán exentar (únicamente) exámenes finales

siempre y cuando el (la) alumno(a):

a) Obtenga un promedio de 9.5 sin aproximaciones.

b) Entregue en tiempo y forma todas las actividades

solicitadas durante el semestre, incluyendo las que

corresponden al examen sumario.

c) Tenga en orden su material bibliográfico, apuntes y

demás material que indique el profesor de cada materia.

d) tenga un 90 % de asistencia

e) No tener ningún reporte de indisciplina.

f) Estar al corriente en las aportaciones correspondientes

g) Los alumnos deberán asistir a clases hasta que lo

determine la Dirección.

Artículo 63.

Otorgar la revisión de sus exámenes es un derecho del

alumno; por este motivo, el profesor asignará la fecha y hora

de revisión en el salón de clases.

Artículo 64.

La revisión de exámenes será proporcionada única y

exclusivamente a los alumnos.

Artículo 65.

Únicamente se proporcionará revisión extemporánea a los

alumnos que presenten su justificante autorizado o por

notificación de la Dirección.

Artículo 66.

El alumno después de la revisión de su examen está

inconforme con la calificación obtenida tendrá el derecho de

solicitar revisión del mismo, sujetándose a las siguientes

formalidades:

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a) Deberá presentar, por escrito, a la Dirección una

solicitud de revisión dentro de las 24 hrs. posteriores al

conocimiento del resultado; en ella explicará con

claridad las razones de su inconformidad, por las cuales

considera debe modificarse su calificación.

b) La Dirección turnará la revisión a dos sinodales, siendo

su resolución inapelable.

c) Una vez solicitada la revisión de examen, el alumno no

deberá comunicarse con el profesor ni con los sinodales

designados; de hacerlo, la Dirección anulará la revisión,

y dejará registrada la calificación que tenía el alumno

antes de hacer su solicitud.

d) El resultado puede ser igual al ya reportado por el titular

de la materia, o en su caso mayor o menor.

e) Una vez realizada la revisión, los sinodales levantarán

un acta en donde emitan el resultado de la misma, el

cual será inapelable.

Artículo 67.

No procederá ninguna solicitud de revisión de examen o de

calificación, después del periodo establecido para su efecto.

Artículo 68.

Es obligación del personal directivo de la escuela entregar al

educando, padres de familia o tutores, tratándose de

menores de edad, la boleta de calificaciones de cada

evaluación calendarizada, en un plazo que no exceda de

ocho días hábiles después de cada periodo de evaluación,

recabando el acuse de recibo en una copia de la misma

boleta, debiendo quedar integrado en el expediente del

alumno.

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Artículo 69.

La entrega de boletas se realizará en las fechas establecidas

por la Dirección.

Los padres de familia que no se presenten en dichas fechas,

podrán solicitarla en Servicios Escolares, sólo en horario de

los sábados.

Artículo 70.

Es de vital importancia estar al corriente en las aportaciones

de las colegiaturas para poder recoger las boletas en los

periodos establecidos.

Artículo 71.

Después de las fechas programadas para la entrega de

boletas, los padres de familia tendrán un lapso de 24 hrs.

para solicitar la aclaración de alguna duda que exista con

relación a las calificaciones de los alumnos.

3. De la promoción

Artículo 72.

Promociona como alumno regular al semestre inmediato

superior, quien haya cubierto aprobatoriamente el total de

las asignaturas y actividades del semestre cursado

Artículo 73.

Podrá promover como alumno irregular quien adeude hasta

tres asignaturas y la Actividad Paraescolar o tres

asignaturas y la Capacitación para el Trabajo, o dos

asignaturas más (Actividad Paraescolar y Capacitación para

el Trabajo), de tal manera que no rebase el número de

cuatro en total.

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Artículo 74.

Para promover al III semestre deberá haber cubierto

íntegramente el I semestre; para IV semestre, el II semestre;

para el V semestre, el III semestre y; para VI semestre, el IV

semestre, incluyendo la Actividad Paraescolar y la

Capacitación para el Trabajo.

Artículo 75.

Las Actividades Paraescolares deberán cursarse en el

mismo plantel donde se cursan el resto de las asignaturas, y

de no aprobarse, como cualquier otra asignatura o

Capacitación para el Trabajo, podrán presentarse a

regularización en los períodos calendarizados.

Artículo 76.

Los alumnos que no acrediten alguna de las materias

permitidas para la promoción, tendrá derecho a presentarlas

como evaluaciones de carácter extraordinarios y se

celebrarán bajo las siguientes formalidades:

a) Se realizarán dentro de las fechas y horas establecidas

por la Dirección.

b) Los horarios de exámenes se publicarán, cuando

menos 10 días hábiles de anticipación y estos no

podrán ser modificados, salvo en situaciones

extraordinarias y previa autorización de la Dirección,

de no ser así todo examen aplicado no tendrá validez.

c) Los contenidos del examen corresponderán a todos los

temas vistos durante el semestre.

d) Las aportaciones para tener derecho a examen,

ordinario o de regularización, deberán realizarse

cuando menos 24 hrs. antes de la fecha programada,

de no hacerlo se pierde la oportunidad (sólo aplican 3).

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e) Para el desarrollo de los exámenes, se enlistará en un

acta a los alumnos que tengan derecho a ello; esta

acta se elaborará 24 horas antes del día marcado para

el examen, y se cerrará en el renglón siguiente al

último alumno anotado.

f) Los profesores deberán pasar lista al inicio del examen

y se abstendrán de incluir en el acta o de examinar a

los alumnos que no figuren en ella.

Artículo 77.

Para efectos del reporte final de calificación, la mínima

calificación que podrá registrarse será 5.

Artículo 78.

Al finalizar el semestre, se obtendrá el promedio de las

calificaciones parciales, sin que se aproxime al entero,

reportándose con el primer decimal.

Ejemplo

Artículo 79.

A excepción de aquel alumno que no cubra el 80% de las

asistencias a clases o que cause baja, al término del

semestre, todos los alumnos presentarán examen final, y la

calificación obtenida será promediada con el promedio

parcial.

Casos 1er. parcial 2º. parcial Promedio parcial

A 7 8 7.5

B 8 8 8

C 5 6 5.5

D 6.4 7.8 7.1

E 6 N/P 3

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Ejemplo:

Caso 1er.

parcial

2º.

parcial

Promedio

parcial

Examen

final

Prom.

Final

Calif.

final

A 6 8 7 8.5 7.7 8

B 6 7 6.5 5 5.7 5

C 7 8 7.5 7 7.2 7

D 10 10 10 9 9.5 10

E 6 7 6.5 5.5 6 6

Artículo 80.

A los alumnos que no presenten examen final, deberá

anotárseles N/P, promediándose esta calificación con el

promedio parcial.

Ejemplo:

Caso 1er.

parcial

2º.

parcial

Promedio

parcial

Examen

final

Prom.

final

Calif.

final

A 7 6 6.5 N/P 3.2 3

B 6 N/P 3 N/P 1.5 2

4. De los exámenes extemporáneos

Artículo 81.

Únicamente podrán presentar exámenes extemporáneos los

alumnos que cuenten con la autorización de la Dirección.

Artículo 82.

Al alumno que por descuido no presente el examen

extemporáneo, se le consignará N/P. Por este motivo, debe

verificar en servicios escolares la fecha y hora programada

para presentarse oportunamente.

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5. Revisión de exámenes

Artículo 83.

Otorgar la revisión de sus exámenes es un derecho del

alumno; por este motivo, el profesor asignará la fecha y hora

de revisión en el salón de clases.

Artículo 84.

La revisión de exámenes será proporcionada única y

exclusivamente a los alumnos.

Artículo 85.

Únicamente se proporcionará revisión extemporánea a los

alumnos que presenten su justificante autorizado o por

notificación de la Dirección Académica.

Artículo 86.

Cuando el alumno esté inconforme con la calificación

obtenida, tendrá el derecho de solicitar revisión de examen,

sujetándose a lo establecido en art. 66 de la presente

Normativa.

Artículo 87.

Después de la fecha programada para la entrega de

boletas, los padres de familia tendrán un lapso de dos días

para solicitar la aclaración de alguna duda que exista con

relación a las calificaciones de los alumnos.

Artículo 88.

No procederá ninguna solicitud de revisión de examen o de

calificación, después del periodo establecido para su efecto.

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Artículo 89.

Las evaluaciones de carácter extraordinario se realizarán

siempre a través de exámenes escritos, y se contará

únicamente con tres oportunidades.

Artículo 90.

Los horarios se presentarán, cuando menos, con ocho días

hábiles de anticipación al periodo establecido.

Artículo 91.

Una vez establecido el calendario de exámenes, éste no

podrá ser cambiado, a reserva de situaciones extraordinarias

y previa autorización de la Dirección. De no ser así, todo

examen aplicado no tendrá validez.

Capítulo IV.- De las Paraescolares y Selectivos

1. Paraescolares

Artículo 92.

Los alumnos que cursan 1º 2º y 3er. Semestre deberán

cursar una paraescolar (elegida desde 1er. Semestre) para

cumplir con las disposiciones que señale el titular de cada

una de ellas; y atender, además, los puntos siguientes:

Paraescolar Deportiva: Comprar el uniforme deportivo

del colegio (obligatorio)

Paraescolar Cultural: Comprar el uniforme que

determine el profesor (obligatorio)

Cuidar la presentación y aseo de su persona e

implementos de trabajo.

Portar correctamente el uniforme; de lo contrario no

pueden participar en clase y tendrá falta.

Participar activamente en el desarrollo de la sesión.

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Las paraescolares las determina la Dirección Académica

considerando la pertinencia de las mismas

2. Selectivos

Artículo 93.

Antes de ingresar a la selección y a las otras disciplinas los

alumnos deberán realizarse un examen médico que apruebe

la condición física del alumno (a) para realizar deporte.

Artículo 94.

Para formar parte de los selectivos será conforme a los

criterios siguientes:

Estar físicamente apto para realizar una actividad física:

condición, técnica, actitud para el trabajo, disciplina.

Presentarse a las pruebas correspondientes

Cupo limitado (equipo de varones y equipo de mujeres)

Futbol: 18 participantes

Volibol: 12 participantes

Basquetbol: 12 participantes

Artículo 95

Presentar al entrenador (según el selectivo del cual forma

parte) la carta compromiso expedida por la institución,

misma que debe ser llenada y firmada por el padre de familia

o tutor.

La promoción del alumno estará determinada por los criterios

de evaluación establecidos por el entrenador y por las notas

académicas de cada alumno, siendo que aquellos que

cuenten con un bajo rendimiento no podrán formar parte

de la actividad seleccionada.

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Artículo 96.

Para los entrenamientos el (la) alumno(a) deberá:

Comprar los uniformes de entrenamiento y encuentros

en la institución.

Traer maletín para entrenamientos y partidos.

Cuidar que en su alimentación la ingesta sea saludable.

Descansar (dormir) mínimo 8 horas diarias.

Cuidar la presentación y aseo de su persona e

implementos de juego.

Portar correctamente los uniformes destinados para los

entrenamientos y encuentros; de lo contrario no pueden

participar.

Asistencia y Puntualidad:

Asistir puntualmente a los entrenamientos.

Llegar 20 minutos antes de iniciar el

entrenamiento

Quienes falten a los entrenamientos no

garantiza que puedan participar en el

encuentro que esté programado.

Las faltas serán justificadas con certificado

médico un día después de la falta.

Artículo 97.

No podrá jugar el alumno que no asistan o falte

constantemente a los entrenamientos, no presente su

credencial, no lleve el uniforme completo.

Artículo 98.

Las bajas en las actividades deportivas pueden ser en los

siguientes casos:

a) Indisciplina durante los entrenamientos y partidos

b) Bajo Rendimiento Académico o materias reprobadas

c) Enfermedad o lesión.

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Artículo 99.

La baja del alumno, por parte del padre de familia, de la

actividad deportiva deberá ser por escrito y dirigida a la

Dirección Académica, especificando el motivo de la misma.

Artículo 100.

Las sanciones por casos de indisciplina durante los partidos

quedarán sujetas a lo dispuesto por la Dirección Académica.

Artículo 101.

El reingreso a las actividades deportivas estará condicionado

por la Dirección Académica, y deberá ser solicitado, por

escrito, por el tutor de grupo y/o padre de familia.

3. De los Padres de Familia

Artículo 102.

a) La participación activa y ejemplar de los padres de

familia es de vital importancia para fortalecer cada una

de las acciones que el Colegio realice; Por este motivo,

deberán mostrar una actitud de apoyo, respeto y de

colaboración.

b) Respetar y cumplir la normativa de convivencia

deportiva.

c) Vigilar que sus hijos sean puntuales con los horarios

de entrenamientos y encuentros.

d) Mantener una actitud de respeto durante los

encuentros; evitando caer en provocaciones por

padres de familia y/o jugadores de otros equipos.

e) Vigilar que sus hijos sean puntuales con los horarios

de entrenamientos y encuentros.

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f) Mantener una actitud de respeto durante los

encuentros; evitando caer en provocaciones por

padres de familia y/o jugadores de otros equipos.

g) Dejar limpia el área donde estén animando a los

jugadores.

h) No fumar dentro de las instalaciones ni en las áreas

donde se realicen los encuentros.

i) No llegar en estado inconveniente (alcoholizado) a las

instalaciones del Colegio ni donde se realicen los

encuentros.

j) Solicitar entrevista con el técnico previa cita fuera del

horario de entrenamiento.

Artículo 103.

Todo lo no dispuesto en el presente reglamento será

resuelto por las autoridades académicas y administrativas

competentes.

TÍTULO CUARTO

FORMACIÓN INTEGRAL

Capítulo I.- De la Pastoral

Artículo 104.

Teniendo en cuenta que nuestra institución es de inspiración

cristiana católica, la formación e información que se imparte

es humanista cristiana. Para el cumplimiento de este

objetivo, se realizarán las siguientes actividades:

a) Prerretiros.

b) Retiros

c) Grupos de seguimiento y crecimiento

d) Cursos de catequesis

e) Celebraciones litúrgicas

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Eucaristías.

Actos penitenciales.

Para - liturgias, etc.

f) Eventos especiales organizados por el departamento

de Pastoral

g) Clases de formación

h) Proyección Calasancia

i) Actividades asistenciales

j) Otros

Artículo 105.

En lo referente a los puntos del artículo 104 es primordial

que los alumnos asistan a todas las actividades, de no

hacerlo pone en evidencia que no está de acuerdo con el

carisma de nuestro Colegio.

Artículo 106.

La falta de disposición para participar en las actividades que

promueva el departamento de Pastoral, evidencia que no se

está de acuerdo con el ideario del Colegio, motivo por el

cual, las autoridades académicas podrán tomar las medidas

que consideren pertinentes.

Artículo 107.

Cuando algún(a) alumno(a) no asista al retiro, tendrá que

presentarse a clases en el grupo que sea asignado por su

tutor(a) y tendrá que cumplir con las actividades que los

profesores de esos grupos establezcan y, además, de no

cumplir con estas disposiciones, se considerará como falta

grave, y se procederá a la aplicación de la sanción

correspondiente.

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56

Artículo 108.

En lo referente al artículo 104, si el alumno se viera

imposibilitado para participar en alguna de las actividades,

deberá realizar otra actividad asignada por el (la) profesor(a)

de la materia de Educación en la Fe en común acuerdo con

la Dirección Académica.

Artículo 109.

Sólo los alumnos que participen activamente en los incisos c

y f del artículo 104 tendrán derecho a los beneficios

acordados por el departamento de Pastoral de común

acuerdo con Dirección General y Dirección Académica

Artículo 110.

Los alumnos que participen activamente en las actividades

de Pastoral se comprometen a cumplir en tiempo y forma

con sus tareas escolares, exámenes; así como mostrar una

conducta excepcional, lo cual refiere su testimonio de vida y

desarrollo espiritual.

Artículo 111.

Cuando se lleve a cabo la organización de una actividad

(antes y el día del evento) el responsable del Departamento

de Pastoral notificará, previa autorización del Director

General y cuando menos con 15 días de anticipación, a la

Dirección Académica el nombre de los alumnos que

participarán y el horario correspondiente para la justificación

de faltas; así como la autorización extemporánea de tareas y

aplicación de exámenes.

Artículo 112.

En el caso de una negativa colectiva a las actividades antes

mencionadas, se procederá conforme al artículo 44 de la

presente Normativa

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Artículo 113.

En cuanto a la proyección calasancia y las actividades

asistenciales, son obligatorias; en caso de incumplimiento de

la proyección calasancia, se tomarán las medidas

pertinentes. En cuanto a las actividades asistenciales, se

procederá conforme lo indique el Coordinador de Pastoral.

Artículo 114.

Lo no previsto en cuanto a las actividades y normativas

referentes a Pastoral, será resuelto por el Coordinador de

Pastoral, en común acuerdo con la Dirección General y

Dirección Académica.

TÍTULO QUINTO

APOYOS EDUCATIVOS

Artículo 115.

En apoyo al desarrollo efectivo de la labor educativa, los

alumnos podrán disponer de los servicios y recursos que

ofrece el Colegio a través de biblioteca, centro de cómputo,

aulas activas y laboratorio, apegándose a las normativas que

cada uno de estos servicios.

Capítulo I.- Biblioteca

Artículo 116.

El horario de los servicios de la biblioteca a sus usuarios

internos, durante el periodo escolar lectivo, será de lunes a

viernes de 8:00 a 17:00 hrs.

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Artículo 117.

Para hacer uso de los servicios de la biblioteca, los usuarios

internos presentarán la credencial vigente expedida por el

Colegio, que los acredite como miembros del Colegio y,

además, deberán portar el uniforme de diario correctamente.

Artículo 118.

La credencial que presenten los usuarios permanecerá en

calidad de depósito en la recepción de la biblioteca durante

su permanencia en la misma.

Artículo 119.

No está permitido introducir alimentos y/o bebidas a la sala.

Artículo 120.

Durante la permanencia del usuario en la sala, éste deberá

guardar silencio y mantener el orden debido, así como

apagar su celular.

Artículo 121.

No está permitido permanecer en la sala en horario de

clases o al término de un examen.

Artículo 122.

No está permitido fotocopiar el material bibliográfico que

corresponda a una colección, enciclopedia o diccionarios.

Artículo 123.

El material hemerográfico (revistas, folletos, etc.) no está

sujeto a préstamo externo.

Artículo 124.

El préstamo interno será con base en las siguientes

disposiciones:

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a) El usuario es responsable del material solicitado, de

que no se maltrate, y únicamente debe utilizarlo en la

sala de estudio.

b) Se prestan tres libros como máximo, siendo de

diferente autor y/o título.

c) El usuario debe devolver personalmente el material

utilizado en la recepción de la biblioteca y recoger su

credencial.

Artículo 125.

El préstamo externo será con base en las siguientes

disposiciones:

a) Entregar su credencial vigente, que lo identifique como

alumno del Colegio.

b) Sólo se prestará el material bibliográfico del cual

existan tres ejemplares.

c) El préstamo es únicamente por un día.

d) El usuario deberá entregar el material en la fecha

indicada; de no ser así, por cada día de atraso se le

suspenderá un mes el servicio de préstamo.

e) No se prestará material bibliográfico que pertenezca a

una colección, enciclopedia o diccionario.

f) El usuario deberá llenar y firmar una ficha de control,

en la que se hará responsable del material. El usuario

que entregue el material bibliográfico en mal estado,

deberá reponerlo.

Artículo 126.

Este servicio queda suspendido en periodos que la Dirección

General notificará oportunamente.

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60

Artículo 127.

En el caso del servicio de multimedia:

a) Éste será sólo interno.

b) El alumno se hace responsable del uso del mismo; si

se daña el CD, deberá reponerlo.

c) Sólo se permite el manejo de CD, empleando los

discos con los que cuenta la biblioteca.

d) Para tener derecho a este servicio, se aplican las

mismas disposiciones que para ingresar a la biblioteca.

e) No está permitido realizar trabajos escolares en los

equipos destinados al servicio de multimedia.

Artículo 128.

En caso de no respetar las disposiciones señaladas, el

alumno será reportado al tutor de su grupo y se aplicará lo

especificado en el Reglamento General de Alumnos, en el

apartado de sanciones. De incurrir por segunda ocasión, se

le suspenderá el servicio de préstamo interno y externo

durante tres días.

Artículo 129.

Lo no previsto en el presente reglamento será resuelto por la

Dirección.

Capítulo II.- Compuaulas

Artículo 130.

Para tener acceso al centro de cómputo (fuera de su horario

de clase), el alumno deberá portar correctamente el

uniforme de diario y presentar su credencial que lo acredite

como alumno del Colegio.

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Artículo 131.

Ningún alumno puede permanecer dentro del centro de

cómputo en horas de clase, aún con permiso del maestro.

Artículo 132.

No está permitido cambiar la configuración de las

computadoras, ni instalar información (juegos o programas

que alteren el funcionamiento del equipo, como protectores

de pantalla, tapices, punteros del mouse, etc.)

Artículo 133.

Es obligación y responsabilidad del alumno, el manejo y uso

adecuado de la PC, ya que el que dañe el equipo o

implementos, los repondrá pagándolos.

Artículo 134.

Todo alumno se hace responsable de vacunar sus discos

antes de darles uso en clase y reportar cualquier cambio de

programas en su PC antes de usarla.

Artículo 135.

Queda estrictamente prohibido emplear juegos de vídeo

dentro del centro de cómputo.

Artículo 136.

No se permite introducir alimentos, golosinas o líquidos al

centro de cómputo.

Artículo 137.

Los alumnos que no acaten estas disposiciones serán

reportados al tutor de su grupo y se les aplicará lo estipulado

en el Reglamento General de Alumnos, en el apartado de

sanciones.

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62

Capítulo III.- Aulas Activas

Artículo 138.

El profesor es responsable de apartar las aulas activas, con

la Secretaria de Dirección General, e indicar los recursos

que necesita

Artículo 139.

Las grabadoras son para uso educativo, el profesor es el

único que deberá solicitarlas y operarlas, así como

entregarlas al departamento.

Artículo 140.

Todos los maestros subirán a buscar a sus alumnos a su

salón de clases y no se les permitirá la entrada a las aulas

activas hasta que llegue el profesor.

Artículo 141.

No se deberá permitir a los alumnos que entren con

alimentos o bebidas a las aulas activas

Artículo 142.

No se permitirá que los alumnos se suban a las mesas o en

las paletas de las silla, ni que suban los pies en las sillas, y

deberán dejar las sillas acomodadas como se les entregó.

Artículo 143.

No deberán rayar las paredes ni las sillas.

Artículo 144.

Todo el equipo audiovisual será operado únicamente por el

encargado o el profesor.

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Artículo 145.

El profesor es el responsable del orden, la limpieza y el

cuidado del material audiovisual durante su clase, por lo

tanto, al término de la sesión, el profesor deberá cerrar la

puerta.

Artículo 145.

Todos los servicios de los audiovisuales se deberán reservar

mínimo con dos días de anticipación, sin excepciones.

Artículo 146.

El personal de mantenimiento es el encargado de

proporcionar el material existente que soliciten los profesores

con anticipación, y de reportar a la Secretaria de Dirección

General a los usuarios que no cumplan con la normativa del

uso de aulas activas

Capítulo IV.- Laboratorio

Por sus propias características, el trabajo en el

laboratorio presenta una serie de riesgos de origen y

consecuencias muy variadas, relacionados básicamente con

el comportamiento de los alumnos durante el desarrollo de

cada práctica; siendo necesario enfatizar algunos aspectos

por seguridad de todos los involucrados.

Artículo 147.

Antes de empezar el ciclo de prácticas de laboratorio del

periodo escolar:

El alumno deberá haber presentado la carta responsiva

(anexo) firmada por el padre o tutor.

El alumno deberá haber leído la normativa del

laboratorio de ciencias correspondiente.

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Para efectos de la presente normativa, la autoridad

inmediata en el laboratorio es el encargado del mismo,

junto con el profesor a cargo de la práctica en

coordinación con la Dirección Académica.

Sólo se permitirá el acceso a los alumnos cuando vayan

en grupo con el profesor o cuando el alumno solicite el

permiso al encargado, quien estará en posibilidad de

autorizar o no dicho ingreso.

Para que un grupo pueda hacer uso del Laboratorio y su

material, el profesor solicitante debe avisar al encargado

por lo menos una semana antes, además señalar el

material y reactivos que va a necesitar, ya que es la

única persona que puede facilitarlo.

Artículo 148.

Al comienzo de la práctica de laboratorio:

El profesor encargado hará las indicaciones

convenientes para el buen desarrollo de la misma y

esquematizará, si fuera necesario, los conceptos más

relevantes.

El alumno deberá haber leído el guión correspondiente,

repasado los conceptos teóricos que en ella se estudian.

Presentar el material o materiales (si se les fue

requerido).

Para tener derecho al uso del equipo del Laboratorio, el

usuario debe portar su bata (blanca de algodón y manga

larga) como regla de seguridad. (Es recomendable usar

guantes, sobre todo cuando se utilizan disoluciones

corrosivas como ácidos y bases fuertes y lentes de

seguridad si fuera indicado).

Es muy aconsejable, si se tiene el pelo largo, llevarlo

recogido, así como no llevar colgantes o accesorios que

obstaculicen las operaciones en el laboratorio.

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Llevar al laboratorio el material imprescindible. (evite

llevar abrigos, material escolar extra, equipos

electrónicos, etc.)

Artículo 149.

Durante la práctica de laboratorio el alumno:

Debe guardar silencio, orden y compostura para

escuchar las indicaciones del profesor de la práctica

correspondiente.

No está permitido ingerir cualquier tipo de alimento o

bebida dentro del laboratorio, así como masticar chicle.

Reportar inmediatamente sobre algún defecto observado

en el equipo, al Profesor de la materia y al encargado

del Laboratorio, de lo contrario se les hace responsable

del mismo.

Lleve a cabo la práctica siguiendo estrictamente el

procedimiento indicado, evite alterar el mismo (puede

generar accidentes).

Trabaje siempre en su mesa, (salvo indicaciones del

profesor) y manténgala limpia en todo momento, si se

presentara algún derrame de sustancias comuníquelo al

profesor.

La responsabilidad de muebles, equipo, material y

sustancias quedará para cada clase a cargo del grupo

que trabaje y en caso de ruptura o deterioro por uso

inadecuado deberá reponerse.

No olvide leer siempre la etiqueta de cualquier reactivo

antes de usarlo, compruebe que se trata realmente del

reactivo indicado y observe los símbolos y frases de

seguridad que señalan los riesgos más importantes

derivados de su uso y las precauciones que hay que

adoptar para su utilización.

No cambie los reactivos del sitio donde estén ubicados.

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Avise inmediatamente de cualquier incidente a su

profesor.

Abstenerse totalmente de:

Maltratar el equipo.

Jugar con el material o equipo así como,

agredir a otra persona.

Consumir o inhalar los reactivos.

Hacer experimentos no autorizados.

Artículo 150.

Al término de la práctica de laboratorio:

Previa autorización del profesor, se podrá devolver los

sobrantes de los productos utilizados a los frascos de

origen

Limpie perfectamente la mesa.

Lave adecuadamente todo el material y deposítelo ya

limpio al centro de la mesa de trabajo.

Limpie, desconecte o guarde el equipo utilizado; previa

instrucción del profesor.

Espere la indicación del profesor para abandonar el

laboratorio.

TÍTULO SEXTO

RÉGIMEN CONVIVENCIAL

Capítulo I. De la responsabilidad escolar

1. El régimen convivencial es resultado de la interacción

entre los derechos y deberes de los distintos

estamentos de la comunidad educativa, con la finalidad

de defender, animar y fomentar un clima de igualdad,

de respeto, de participación disciplinada, de servicio

comprometido, de responsabilidad y de solidaridad.

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2. El régimen convivencial facilita la buena interrelación

entre todas las personas que integran la comunidad

educativa y está estructurado dentro de un marco

normativo.

Artículo 151.

Los órganos de gobierno a los que corresponde interpretar la

presente normativa y resolver sobre las responsabilidades

en aspectos importantes son la Dirección General y la

Dirección Académica.

Artículo 152.

Toda persona, integrante de la comunidad educativa, está

obligada a respetar la normativa del estatuto del CCC, del

presente reglamento y de los otros reglamentos vigentes en

los distintos departamentos del Colegio.

Artículo 153.

La delimitación de responsabilidades se da como sigue:

a) El Director General será responsable de sus actos ante

la Orden de las Escuelas Pías.

b) El Director Académico de sección será responsable de

sus actos ante el Director General.

c) Los jefes de departamento y demás personal de

administración y servicios serán responsables de sus

actos ante la Dirección de área.

d) El profesorado será responsable de sus actos ante la

Dirección Académica

e) Los alumnos son responsables de sus actos ante sus

profesores, tutores y Director Académico.

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Artículo 154.

1. La responsabilidad educativa implica que todas las

personas integrantes de la comunidad del Colegio se

obliguen a observar unas normas favorecedoras de la

convivencia, motivadoras del respeto a la persona y a

la institución, y facilitadoras de la consecución de los

objetivos y las finalidades de la misma.

2. Esta responsabilidad es, por tanto, un valor y una

exigencia que compete a todos y a cada uno, y que el

Colegio debe asegurar y favorecer mediante una

reglamentación que ofrezca la garantía del ejercicio de

los derechos y las obligaciones inherentes a la

persona, en cuanto tal y como integrante de la

comunidad educativa.

3. La responsabilidad del Colegio obliga, de manera

especial, a las autoridades, al profesorado y al

personal administrativo y de servicios, a que realicen

sus actividades con gran profesionalismo y sentido de

responsabilidad.

4. El comportamiento de los integrantes de la comunidad

educativa dentro de la institución y cuando le

represente, ha de ser siempre correcto, en especial por

lo que hace al respeto a todas las personas y a las

buenas costumbres, ya que éstos nunca han de

desdecir de los ideales educativos que se proclaman

en los documentos vigentes, ni lesionar la integridad de

la imagen del Colegio.

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Capítulo II. De los derechos y responsabilidades de

los alumnos

Artículo 155.

Los derechos de los alumnos son:

a) Recibir una formación que asegure el pleno desarrollo

de sus potencialidades y habilidades cognoscitivas,

afectivas, motrices y espirituales, de acuerdo con el

ideario del Colegio.

b) Recibir del personal docente, el apoyo necesario para

resolver sus problemas de estudio y dificultades

morales y sociales.

c) Tener iguales oportunidades para realizar su proceso

educativo dentro de las prescripciones del presente

reglamento, y de acuerdo con los planes de estudio,

programas y orientaciones que expidan las autoridades

educativas.

d) Ser valorado con objetividad en su rendimiento escolar,

de acuerdo con los criterios establecidos en el sistema

de evaluación.

e) Ser informado sobre las normas convivenciales y sobre

el funcionamiento del Colegio.

f) Solicitar la revisión de las actividades requeridas por el

profesor durante los días que no estuvo presente el

alumno, previa presentación del justificante.

g) Expresar libre y de manera respetuosa, sus opiniones

sobre todos los asuntos que conciernen a la escuela,

sin más limitaciones que no perturbar las labores

educativas.

h) Ser respetado en su integridad y dignidad personal.

i) Recibir orientación escolar y vocacional y ser atendido

en sus problemas.

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j) Participar, de acuerdo con sus aptitudes o aficiones,

en las actividades deportivas y culturales que realice la

escuela.

k) Solicitar revisión de sus pruebas escritas cuando estén

inconformes con la calificación obtenida.

l) Expresar sus intereses e inquietudes a los profesores,

los tutores y al Director Académico.

m) Recibir, de acuerdo con el reglamento respectivo, los

beneficios que ofrece el departamento de Becas.

Artículo 156.

Una vez inscritos, los alumnos deben asumir como

responsabilidades:

a) Respetar y cumplir el presente Reglamento General de

Alumnos, y demás disposiciones emitidas por

autoridades y órganos de gobierno.

b) Cumplir las disposiciones académicas y

administrativas.

c) Portar la credencial que los acredite como alumnos

de este Colegio.

d) Participar activamente en el trabajo escolar, cumplir

con el horario lectivo y seguir puntualmente las

indicaciones de los profesores (en cada una de las

materias, talleres, laboratorios); así como de los

tutores y demás instancias que la Dirección

especifique.

e) Respetar la integridad física y moral de compañeros,

profesores, personal administrativo y de intendencia; y

colaborar con ellos en la creación de un clima de

convivencia y solidaridad que favorezca el trabajo

escolar.

f) Usar adecuadamente las instalaciones, el mobiliario y

el material que el Colegio ponga a su disposición.

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g) Mantener la disciplina y adoptar un comportamiento, de

acuerdo con el modelo educativo que ofrece el

Colegio.

h) Hacer llegar a los padres de familia, toda la

información que el Colegio les encomiende.

i ) Participar activamente y de manera respetuosa en las

actividades que promuevan la Dirección y los demás

departamentos e instancias del Colegio.

Capítulo III.- De la presentación personal

Los padres de familia son los primeros y

responsables directos en el cuidado de la presentación

personal de los alumnos.

La escuela partícipe de la coeducación de sus

alumnos promueve los hábitos de higiene y presentación

para facilitar al alumno la percepción prolija y aseada de su

propia imagen.

Es por ello que la presentación personal del

estudiante es parte fundamental de su formación integral;

por este motivo, el Colegio establece los siguientes

lineamientos dentro y fuera de la institución:

Artículo 157.

El (la) alumno(a) deberá portar el uniforme:

I. De diario:

a) Varones.- pantalón azul marino (marcas Gacela),

zapato escolar de piel color negro; con o sin correa (no

tipo o estilo tenis, ni de gamuza); calcetines azul

marino; camisa color beige (marca Medalla), cinturón

negro, camiseta blanca lisa y sin ninguna figura o

leyenda.

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b) Mujeres.- falda recta (marca sol) color azul marino:

largo a la rodilla; blusa escolar (marca Medalla) color

beige; ropa interior de la blusa de color blanca o beige,

zapato escolar color negro, calcetas color azul marino.

c) Para el tiempo de frío, el (la) alumno(a) deberá usar el

suéter con el logotipo del colegio.

d) Alumnos de 5º. y 6º. Semestre.- deberán portar

pantalón de mezclilla (sin rasgaduras de ningún tipo, ni

desdobladillado) (las mujeres no pueden portar

pantalones a la cadera) playera tipo polo de color

blanca con el logotipo del colegio, tenis o zapato. (Por

ningún motivo se deberá portar chanclas o sandalias).

e) Para el tiempo de frío, el (la) alumno(a) podrá usar

suéter azul marino sin figuras, ni logotipos o rayas.

II. Actividades Paraescolares y Deportivas:

a) Deportivas.- Pants y short color azul marino del

Colegio de ninguna otra marca ni modelo, camiseta

blanca (el logotipo del colegio, lycra negra, zapato tenis

color azul negro y calcetas deportivas color azul

marino.

b) Artísticas.- se utilizará el uniforme que cada profesor

indique de acuerdo con la actividad.

III. De los talleres vespertinos

Se utilizará el uniforme que cada profesor indique de

acuerdo con la actividad.

Los alumnos deberán portar los uniformes correctamente,

de lo contrario, no se les permitirá el acceso al Colegio.

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Artículo 158.

El arreglo personal de los estudiantes deberá ser:

a) Varones.- Cabello corto (nuca descubierta) con la

frente y oídos descubiertos (no casual), afeitado, no

usar aretes, piercings, ni pulseras o gargantillas de

cuero u otro material que esté de moda. No pintarse el

cabello, ni raparse.

b) Mujeres.- Sin exageraciones en el peinado (quienes

tengan el cabello largo deberán recogerlo); no usar

maquillaje. No traer joyas. Ni accesorios de cualquier

material. No pintarse el cabello.

c) El arreglo personal de los alumnos de 5º y 6º semestre

será igual a lo señalado en los incisos a y b.

d) En todos los casos, deberán cumplir esta indicación;

de lo contrario no se les permitirá el acceso al Colegio.

Nota: la presentación de los estudiantes no se rige por la

moda.

Artículo 159.

Para cualquier actividad (revisión de exámenes, eventos

académicos y culturales, entre otros), el alumno deberá

portar correctamente el uniforme de diario, así como su

credencial; en el caso de actividades deportivas, deberá

portar el uniforme establecido de lo contrario no podrá

permanecer en la institución o lugar de actividad.

Capítulo IV. De la disciplina escolar

Artículo 160.

La disciplina escolar deberá ser el resultado de la

cooperación de todos los que conforman la comunidad

educativa: entidad titular, directivos, profesores, alumnos,

personal administrativo y de servicios, y padres de familia.

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Artículo 161.

La violación de los preceptos de este reglamento será motivo

de una sanción que corresponderá a la gravedad de la falta.

Artículo 162.

Las faltas se graduarán en leves, graves, muy graves y

excesivamente graves, según los siguientes criterios:

a) Se considerarán faltas leves todas aquellas que no

lesionen la integridad de las personas, ni de los

materiales de la institución.

b) Se considerarán faltas graves todas aquellas que,

directa o indirectamente, afecten el orden, el mobiliario

y/o material, así como el adecuado desarrollo de la

docencia o de los servicios académicos,

administrativos o pastorales del Colegio.

c) Se considerarán faltas muy graves aquellas que dañen

la integridad moral de las personas o la imagen de la

institución, por contravenir a los principios del ideario o

la moral pública, así como la sustracción de sus

bienes.

d) Se considerarán faltas excesivamente graves aquellas

que dañen la integridad física de alumnos, profesores y

demás personal que forme parte de la comunidad

educativa, así como promover daños a la salud.

Artículo 163.

Son consideradas como faltas leves, aplicables al alumnado

en general:

a) Portar de manera inadecuada el uniforme escolar

b) Comer o introducir alimentos o golosinas al salón de

clase, laboratorios, aulas activas, biblioteca y capilla.

c) Entrar a oficinas o cubículos sin autorización.

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d) No entregar las notificaciones que envía la escuela a

los padres de familia.

e) Tirar basura en los pasillos y salones.

f) Quedarse en la cafetería, patio y pasillos al concluir el

receso.

g) Hacer publicidad de eventos sin autorización de la

Dirección.

h) Salir del salón con cualquier pretexto y permanecer en

los pasillos durante el periodo de clases.

i) Cambiarse del lugar asignado por el tutor, coordinador

o profesor dentro del aula.

j) Todas aquellas que por su analogía en la gravedad,

así lo ameriten.

Artículo 164.

Son consideradas como faltas graves, aplicables al

alumnado en general:

a) Reincidir por tercera ocasión en falta señalada como

leve.

b) Perturbar el desarrollo de las clases: platicar y distraer

a los compañeros en clase.

c) Portar celulares y cualquier aparato electrónico u

objeto ajeno al trabajo escolar.

d) No cumplir con las actividades que el profesor solicite

dentro del aula, extraescolares y/o laboratorio.

e) Hacer mal uso o destruir el material didáctico,

deportivo y demás mobiliario de la institución.

f) Realizar festejos en las aulas sin autorización.

g) Esconder los útiles escolares a sus compañeros.

h) Arrojar cualquier otro objeto en los salones de clase,

pasillos y balcones.

i) Salirse del salón durante las clases sin permiso.

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j) Que las parejas estén tomadas de la mano, abrazadas

o besándose en salones, pasillos o en las

inmediaciones de la institución.

k) Rayar, grabar, pintar o escribir en bancas, muros,

puertas, ventanas y demás partes del edificio.

l) No cumplir con el protocolo en actos cívicos.

m) Llegar tarde a clases.

n) Utilizar materiales ajenos a la clase como son:

celulares, juegos de vídeo, revistas, cámaras

fotográficas, entre otros. En caso de pérdida el Colegio

no se hace responsable de su búsqueda o devolución.

o) Utilizar piercings visibles y no visibles.

p) Introducir balones, juegos de azar, juegos de mesa.

q) Esconderse en los baños o algún otro lugar para no

entrar a clase.

r) Introducirse en el salón que no les corresponde y

permanecer en el horario de clase.

s) Participar en juegos bruscos en cualquier lugar del

Colegio, que pongan en peligro la integridad física de

los alumnos, profesores y personal.

t) Introducirse en los salones que no les corresponde sin

autorización cuando no se encuentra el alumnado de

dicha aula.

Artículo 165.

Son consideradas como faltas muy graves:

a) Reincidir en la comisión de alguna falta considerada

como grave, o por quinta ocasión, en alguna falta

señalada como leve.

b) El desacato a las disposiciones emanadas de las

autoridades del plantel.

c) Salir del Colegio sin autorización.

d) Fumar dentro de la institución.

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e) Dirigirse a maestros, compañeros o empleados de

manera irrespetuosa (por ejemplo gritar, usar palabras

altisonantes e inadecuadas).

f) Sustraer material y/o mobiliario de las aulas,

laboratorios y talleres, equipo deportivo.

g) Robar el material de los compañeros.

h) Ofender o difamar a compañeros y demás personal de

la institución.

i) Agredir verbalmente a los compañeros, profesores y

demás personal del Colegio.

j) Introducir al Colegio publicaciones pornográficas e

impropias.

k) Vender toda clase de artículos dentro y fuera del salón

de clases.

l) Manifestar conductas antideportivas (agresión verbal

y/o física hacia los jugadores, entrenadores, árbitros,

público en general) en las instalaciones del Colegio o

fuera de ellas, cuando se representa a la institución.

m) Falsificar, sustraer o alterar documentos

institucionales, así como presentar documentación

falsificada en su forma y contenido.

n) Teñirse el pelo o raparse.

o) Promover la venta de artículos dentro del Colegio.

p) Encender o lanzar cohetes dentro hacia el exterior de

la institución.

q) Robo o deterioro intencional, total o parcial, del

patrimonio institucional.

r) Provocar o inducir situaciones de agresión física y/o

verbal en manera directa o indirecta.

s) Todas aquellas que por su analogía, así lo ameriten.

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Artículo 166.

Son consideradas como faltas excesivamente graves:

a) Realizar actos que contradigan o debiliten los

principios básicos del Colegio.

b) Participar en actos delictuosos dentro o fuera del

campus escolar.

c) Introducir armas blancas, o de fuego, o cualquier otra

de las prohibidas por las disposiciones de orden

público, al interior del Colegio.

d) Introducir, distribuir, consumir o encontrarse bajo los

efectos de drogas, bebidas embriagantes o cualquier

otro estimulante considerado tóxico para la salud, al

interior del Colegio, o en actividades académicas,

deportivas y culturales celebradas fuera del plantel,

pero en representación de la institución.

e) Agredir físicamente a compañeros, profesores o

personal dentro y fuera de la institución.

f) Involucrar a personas ajenas al Colegio para intimidar

o agredir a integrantes de la comunidad educativa.

g) Daño parcial o total a vehículos de la comunidad

educativa.

h) Participación de un padre de familia, familiar, amigo o

conocido en agresión física o verbal hacia algún

integrante de la comunidad educativa.

i) Todas aquellas que, por su analogía, así lo ameriten.

Capítulo V. De las Sanciones

Artículo 167.

Las sanciones que podrán imponerse, de acuerdo con la

gravedad de éstas y con la legislación oficial, pueden ser

cualquiera de las siguientes:

En el caso de faltas leves: amonestación oral (hasta

tres) o escrita y realizar las siguientes actividades:

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Tareas académicas por las tardes. (mismas

que tendrán que ser supervisadas por el

profesor o instancia que reporta)

Limpieza de pasillos, salones y/o patio de

receso durante el receso o por las tardes; así

como otras actividades de mantenimiento que

sean pertinentes.

Participar en actividades de asistencia social,

que se designe en común acuerdo entre la

Dirección y el Departamento de Pastoral.

En el caso de faltas graves:

Se notificará a los padres de familia la gravedad

de la falta.

Se levantará el acta respectiva.

Se canalizará al departamento de orientación

educativa.

Se le asignarán tareas adicionales de servicio a

la comunidad tres a ocho días hábiles.

No podrá participar como seleccionados en las

actividades deportivas, académicas y culturales.

En el caso de faltas muy graves:

Se notificará a los padres de familia la gravedad

de la falta.

Se levantará el acta respectiva.

No podrá participar como seleccionados en las

actividades deportivas, académicas y culturales

Se le asignarán tareas adicionales de servicio a la

comunidad de seis a veinte días hábiles.

De incurrir por segunda ocasión en la comisión de

una falta señalada como muy grave.

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se recomendará que continúe sus estudios en

otra institución

No se le otorgará inscripción para el siguiente

semestre.

En el caso de faltas excesivamente graves:

se sugerirá que continúe sus estudios en otra

institución

no se le otorgará reinscripción para el siguiente

semestre.

En los casos en que los alumnos porten

accesorios (gargantillas, correas de cuero, entre

otros) Ipod, guitarras (con excepción de los

alumnos que asisten al taller de guitarra),

celulares u otros objetos, éstos les serán

retirados y se entregarán hasta fin de curso o

semestre.

En los casos de realizar daños al inmueble, el

alumno deberá cubrir el costo correspondiente y

colaborar en las actividades de mantenimiento

del mismo.

Cuando a algún alumno se le quiten accesorios

que no debe traer, éstos serán entregados, por

el tutor, al finalizar el periodo escolar; en los

casos de celulares u otro accesorio de valor, será

entregado, por el tutor, a los padres de familia.

En todos los casos, con anotación en el

expediente del alumno y notificación al padre.

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TÍTULO SÉPTIMO

DE LA COMPETENCIAS RESOLUTIVAS

Artículo 168.

La disciplina de los alumnos dentro del aula es

responsabilidad total de los profesores. Tutores, prefectos y

demás instancias académicas y administrativas, junto con la

Dirección Académica, cumplirán funciones de apoyo y

asesoría, según sea el caso.

Artículo 169.

En caso de la comisión de faltas leves por parte de los

alumnos, las autoridades podrán sancionarlos

inmediatamente. Esto se deberá comunicar de manera

inmediata al tutor, según corresponda.

Artículo 170.

Los profesores son responsables de mantener la disciplina

de los alumnos dentro del aula, y están facultados para

suspender al alumno de su clase hasta por dos días, siendo

que el alumno no podrá solicitar la oportunidad de entregar

trabajos o tareas.

Dicha sanción se aplicará cuando éste incurra en el cuarto

reporte por interrumpir el desarrollo de las clases, o por

incumplir las actividades realizadas en las sesiones.

Para tal efecto, es necesario que la persona que levante el

reporte, especifique por escrito la suspensión, así como la

actividad adicional que deba realizar y, además, tendrá que

verificar que el alumno cumpla dicha sanción.

El incumplimiento de dicha actividad se considerará falta

grave y se aplicará la sanción correspondiente.

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Artículo 171.

El profesor está obligado a reportar por escrito al tutor y al

coordinador de grado, el comportamiento inadecuado,

omisión o incumplimiento de la Normativa por parte de algún

alumno. A su vez, éstas deberán reportar las faltas a la

Dirección Académica o a la instancia que ésta especifique.

Artículo 172.

El alumno está obligado a reparar, inmediatamente, los

daños parciales o totales que, de manera intencional o

accidental, se hagan al material didáctico y deportivo, así

como al inmueble, además de la aplicación de la sanción

correspondiente.

Artículo 173.

El alumno es responsable de los daños que ocasione al

transporte, material de trabajo o inmueble al que asista en

cualquier actividad que se realice fuera de las instalaciones

del Colegio.

Artículo 174.

El alumno que sea suspendido durante el periodo de

exámenes por faltas leves, tendrá derecho a presentarlos en

la fechas que determine la Dirección Académica; fuera de

estos casos se registrará N/P (no presentó) y se tomarán en

cuenta, únicamente, las participaciones acumuladas antes

de la suspensión.

Artículo 175.

El alumno que sea suspendido, no deberá presentarse

en la institución durante el tiempo señalado, a ningún tipo

de actividad escolar ni extraescolar ni en las inmediaciones

de la Institución.

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Artículo 176.

El Colegio no se hace responsable de la perdida, reparación,

búsqueda, ni de la reposición física o económica de los

accesorios personales.

INTERPRETACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL

REGLAMENTO

Artículo 177.

Todo lo no dispuesto en el presente reglamento será

resuelto por el Consejo Académico.

Artículo 178.

La interpretación oficial de la Normativa de la Convivencia

Escolar, compete únicamente al Consejo de Gobierno.

Artículo 179.

El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de

su publicación en los medios informativos de carácter oficial

del Colegio Cristóbal Colón, quedando derogados todos los

reglamentos y demás disposiciones legislativas que se

opongan al presente ordenamiento.

H. Veracruz, Ver. a 1ro.de Septiembre de 2013

Modificado conforme a las observaciones realizadas por la

Dirección General de Bachilerato del Estado de Veracruz el

14 de Abril de 2015

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DIRECTORIO

Hno. Gerardo V. Leyva Bohórquez

Director General del CCC.

Mtra. Emma Illescas Navarro

Directora Académica de Bachillerato