Analisis Legal Semanal No. 81

2
 EL ARTE DE REGULAR Federico Escóbar Klose Asesor Legal Toda sociedad implica la presencia de tres elementos centrales: las relaciones e instituciones sociales, el desarrollo de actividades económicas y un conjunto de normas que r egulan las relaciones de las personas entre ellas, con sus instituciones y con su medio en general. Es así que lo económico y lo jurídico están presentes en las relaciones que se generan dentro de la sociedad; de alguna u otra manera los fenómenos económicos y jurídicos interactúan, se influyen entre sí. A decir de Max Weber, las acciones económicas influyen en la sistematización del Derecho y los problemas económicos (que se basan en la trilogía: qué y cuanto producir , como  producir  y para quién producir ) deben ser resueltos por la maquinaria legal; a su vez, la estructura interna del pensamiento jurídico influye en la organización económica. En ese contexto, el Derecho, entendido como el conjunto de leyes, principios, preceptos (reglas) a las que están sometidos todas las personas en cualquier sociedad civil para vivir conforme a  justicia y paz (Guillermo Cabanellas “Diccionario Jurídico Elemental”), puede ser catalogado como un arte, una habilidad para identificar hasta qué punto (límite) se debe y/o se puede regular la conducta humana. Ese conjunto de leyes reguladoras de las diferentes facetas y expresiones humanas, también es creación de las personas. En nuestra sociedad, la Asamblea Legislativa Plurinacional crea leyes nacionales, conforme su atribución establecida en el Art. 158-I de la Constitución Política del Estado. Los gobiernos autónomos departamentales tienen su Asamblea Departamental con facultades legislativas a nivel departamental y en el ámbito de sus competencias, así lo dispone el Art. 277 de la Constitución. También, los gobiernos autónomos municipales cuentan con el Concejo Municipal con facultades legislativas a nivel municipal, por mandato del Art. 283 de la CPE. Pero, como se sabe, la creación de normas legales no sólo corresponde a los órganos legislativos; también los órganos ejecutivos emiten decretos, reglamentos y resoluciones. Además, en los diferentes entes colectivos, también encontramos normas que regulan internamente al ente y sus relaciones con terceros, por ejemplo el Estatuto de una asociación civil sin fines de

description

analisis legal

Transcript of Analisis Legal Semanal No. 81

7/17/2019 Analisis Legal Semanal No. 81

http://slidepdf.com/reader/full/analisis-legal-semanal-no-81 1/2

 

EL ARTE DE REGULAR

Federico Escóbar KloseAsesor Legal

Toda sociedad implica la presencia de tres elementos centrales: las relaciones e instituciones

sociales, el desarrollo de actividades económicas y un conjunto de normas que regulan las

relaciones de las personas entre ellas, con sus instituciones y con su medio en general.

Es así que lo económico y lo jurídico están presentes en las relaciones que se generan dentro de la

sociedad; de alguna u otra manera los fenómenos económicos y jurídicos interactúan, se influyen

entre sí. A decir de Max Weber, las acciones económicas influyen en la sistematización del

Derecho y los problemas económicos (que se basan en la trilogía: qué y cuanto producir , como

 producir  y para quién producir ) deben ser resueltos por la maquinaria legal; a su vez, la estructura

interna del pensamiento jurídico influye en la organización económica.

En ese contexto, el Derecho, entendido como el conjunto de leyes, principios, preceptos (reglas) a

las que están sometidos todas las personas en cualquier sociedad civil para vivir conforme a

 justicia y paz (Guillermo Cabanellas “Diccionario Jurídico Elemental”), puede ser catalogado

como un arte, una habilidad para identificar hasta qué punto (límite) se debe y/o se puede regular

la conducta humana.

Ese conjunto de leyes reguladoras de las diferentes facetas y expresiones humanas, también es

creación de las personas. En nuestra sociedad, la Asamblea Legislativa Plurinacional crea leyes

nacionales, conforme su atribución establecida en el Art. 158-I de la Constitución Política del

Estado. Los gobiernos autónomos departamentales tienen su Asamblea Departamental con

facultades legislativas a nivel departamental y en el ámbito de sus competencias, así lo dispone el

Art. 277 de la Constitución. También, los gobiernos autónomos municipales cuentan con el

Concejo Municipal con facultades legislativas a nivel municipal, por mandato del Art. 283 de laCPE.

Pero, como se sabe, la creación de normas legales no sólo corresponde a los órganos legislativos;

también los órganos ejecutivos emiten decretos, reglamentos y resoluciones.

Además, en los diferentes entes colectivos, también encontramos normas que regulan internamente

al ente y sus relaciones con terceros, por ejemplo el Estatuto de una asociación civil sin fines de

7/17/2019 Analisis Legal Semanal No. 81

http://slidepdf.com/reader/full/analisis-legal-semanal-no-81 2/2

lucro (como el caso de la FEPC) o la escritura constitutiva de una sociedad de responsabilidad

limitada (SRL).

Como decíamos, son reglas creadas por las personas para las personas (salvando algunos casos

especiales). Es así que, el año que termina, como todos los años, hemos presenciado la creación de

nuevas normas, la desaparición (derogaciones o abrogaciones) de otras, así como modificaciones a

normas ya existentes. En muchos casos, más que el resultado de un arte han sido desaciertos,

habiendo generado incertidumbre, rechazo y/o desmotivación en sectores de la sociedad boliviana

(por ejemplo el Decreto Supremo N° 1178 autorizando a ENDE la adquisición de las acciones de

ELFEC S.A.); en otros casos, se ha generado expectativas (verbigracia con el Reglamento a la Ley

 N° 3420 o la Ley N° 232 FINPRO). Expectativas que también existen en lo que hace a la

 producción legislativa que se viene o que se encuentra pendiente: Ley de Inversiones, Ley de

Servicios Financieros (Ley de Bancos), Ley del Trabajo, Código de Comercio y así; todo un

conjunto de normas que regularán diversas temáticas o áreas de la actividad económica. Hacemos

votos para que el próximo año podamos presenciar un verdadero arte en la producción normativa.