Amparo Crescencio Torres Trejo

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1 C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO P R E S E N T E: JOSUE GARCIA UNZUETA, promoviendo a nombre del C. CRESCENCIO TORRES TREJO, quien actualmente se encuentra detenido e incomunicado en los separos de la Estación Babicora de esta ciudad, y por lo tanto imposibilitado para promover el presente amparo señalo domicilio para oír notificaciones el despacho ubicado en la calle Av. San Lorenzo 220-20 Plaza San Lorenzo Fraccionamiento México de esta Ciudad y autorizando en los términos del artículo 27 de la Ley de Amparo a los C.C. LIC. GUILLERMO ADRIÁN GARCIA DE LOS SANTOS Y/O C.E.D. ALEJANDRO SÁENZ ESTRADA, para oír y recibir toda clase de documentos, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer: Con fundamento en los artículos 1 Fracc. I, 17 de la Ley de Amparo, ante usted ocurro para demandar el amparo y protección de la Justicia Federal, en contra de los actos que reclamo de las autoridades responsables que mas adelante señalo. Así en cumplimiento del artículo 16 del ordenamiento legal invocado, a continuación, bajo protesta manifiesto. I.-NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: CRESCENCIO TORRES TREJO actualmente recluido en los separos de la Estación Babicora de esta ciudad con domicilio particular en calle Perú #611. II.-TERCERO PERJUDICADO: NO EXISTE. III.-AUTORIDADES RESPONSABLES. COMO AUTORIDADES ORDENADORAS: A.- C. DIRECTOR GENERAL DE TRANSITO DEL MUNICIPIO DE CD. JUÁREZ con domicilio conocido Rivereño y Azucenas de esta ciudad. COMO AUTORIDADES EJECUTORAS A.- C. SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA MUNICIPAL, con domicilio conocido en calle Henequén y Cedros en esta ciudad. B.- C. DIRECTOR DE OFICIALIA JURÍDICA Y BARANDILLA CON DOMICILIO EN LA ESTACIÓN ALDAMA UBICADO en calle Eje Vial Juan Gabriel y Aserraderos de esta Ciudad. C.- C. JUEZ DE BARANDILLA EN TURNO DELA ESTACIÓN BABICORA con domicilio en calle Henequén y Cedros de esta ciudad.

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C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO

P R E S E N T E:

JOSUE GARCIA UNZUETA, promoviendo a nombre del C. CRESCENCIO TORRES TREJO, quien actualmente se encuentra detenido e incomunicado en los separos de la Estacin Babicora de esta ciudad, y por lo tanto imposibilitado para promover el presente amparo sealo domicilio para or notificaciones el despacho ubicado en la calle Av. San Lorenzo 220-20 Plaza San Lorenzo Fraccionamiento Mxico de esta Ciudad y autorizando en los trminos del artculo 27 de la Ley de Amparo a los C.C. LIC. GUILLERMO ADRIN GARCIA DE LOS SANTOS Y/O C.E.D. ALEJANDRO SENZ ESTRADA, para or y recibir toda clase de documentos, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Con fundamento en los artculos 1 Fracc. I, 17 de la Ley de Amparo, ante usted ocurro para demandar el amparo y proteccin de la Justicia Federal, en contra de los actos que reclamo de las autoridades responsables que mas adelante sealo.

As en cumplimiento del artculo 16 del ordenamiento legal invocado, a continuacin, bajo protesta manifiesto.

I.-NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: CRESCENCIO TORRES TREJO actualmente recluido en los separos de la Estacin Babicora de esta ciudad con domicilio particular en calle Per #611.

II.-TERCERO PERJUDICADO: NO EXISTE.

III.-AUTORIDADES RESPONSABLES.

COMO AUTORIDADES ORDENADORAS:

A.- C. DIRECTOR GENERAL DE TRANSITO DEL MUNICIPIO DE CD. JUREZ con domicilio conocido Rivereo y Azucenas de esta ciudad.

COMO AUTORIDADES EJECUTORAS

A.- C. SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA MUNICIPAL, con domicilio conocido en calle Henequn y Cedros en esta ciudad.

B.- C. DIRECTOR DE OFICIALIA JURDICA Y BARANDILLA CON DOMICILIO EN LA ESTACIN ALDAMA UBICADO en calle Eje Vial Juan Gabriel y Aserraderos de esta Ciudad.

C.- C. JUEZ DE BARANDILLA EN TURNO DELA ESTACIN BABICORA con domicilio en calle Henequn y Cedros de esta ciudad.

IV.-ACTOS RECLAMADOS:

De las autoridades sealadas como ordenadoras reclamo la orden de detencin dictada en m contra sin que se haya llevado a cabo todas y cada una de las formalidades exigidas por la ley, de las dems autoridades reclamo la ejecucin de dicha orden.

V.-GARANTIAS CONSTITUCIONALES VIOLADAS:

Las contenidas en los artculo 14 y 16 de la Constitucin General de la Repblica Mexicana.

VI.-ANTECEDENTES DE LOS ACTOS RECLAMADOS:

Bajo protesta de decir la verdad manifiesto que desde el dia 14 de enero del ao en curso el SR. CRESCENCIO TORRES TREJO

fue detenido e incomunicado por autoridades de vialidad en los que supuestamente le determinaron que traa aliento alcohlico y sin que mediara examen medico alguno, el Director de Vialidad ordeno su detencin y desde ese dia se encuentra recluido en los separos de la Estacin Babicora de esta ciudad, negndole comunicacin con sus familiares y dems personas que hemos tratador de comunicarnos con el es la razn por la cual acudo ante su Seora a solicitar el amparo y proteccin de la Justicia Federal.

VII.-CONCEPTOS DE VIOLACION:

En cuanto a los conceptos de violacin los actos de las autoridades violan en mi perjuicio los artculos 14 y 16 constitucionales toda vez, que en primer trmino se trata de privarme de mi libertad sin que habrseme establecido juicio en Tribunal competente, en el cual se hayan cumplido las formalidades especificadas en el artculo 14 constitucional, y en cuanto a la violacin que se realiza en el artculo 16, se hace consistir en el sentido de que no existe mandamiento dictado por autoridad competente para que se prive de mi libertad, independientemente de que las autoridades sealadas, como responsables no pueden en ningn momento dictar orden de aprehensin y detenerme, toda vez que no es un caso urgente ni delito grave.

SUSPENSION PROVISIONAL

Con fundamento en el artculo 124 Fracc. I de la Ley de Amparo en vigor solicito se me conceda la suspensin provisional del acto reclamado toda vez que con lo anterior no se sigue perjuicio al inters social ni se contravienen disposiciones en contra del orden pblico.

Por lo expuesto y fundado, a Usted C. Juez de Distrito, atentamente le pido:

PRIMERO: Me tenga por presentado en tiempo y forma interponiendo la presente demanda de amparo, promoviendo a nombre del SR. CRESCENCIO TORRES TREJO quien se encuentra imposibilitado para hacerlo en contra de los actos de las autoridades responsables.

SEGUNDO: Con las copias simples que se acompaan, emplazar a las autoridades responsables para que comparezcan en el presente juicio de garantas a rendir su informe correspondiente.

TERCERO: Concederme la suspensin provisional solicitada en los trminos de la ley, expidiendo a mi favor copia certificada de la misma, para lo cual autorizo para recogerla al C.C. LIC. GUILLERMO ADRIN GARCIA DE LOS SANTOS Y/O ALEJANDRO SENZ ESTRADA.

Cd. Jurez Chih., a 15 de enero del 2007.

PROTESTO LO NECESARIO.

LIC. JOSUE GARCIA UNZUETA