Amparo alfredo

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  1. 1. ALFREDO ESPINOSA 4-222-202ISAE UNIVERSIDAD 27/SEPTIEMBRE/RESUMEN AMPARO DE GARANTIAS Se fundamenta principalmente con el xcontenido del articulo 54 de la Constitucion Nacional que establece: Toda persona contra la cual se expida o se ejecute por cualquier servidor pblico una orden de hacer o de no hacer, que viole los Derechos y garantas que esta Constitucin consagra tendr derecho a que la orden sea revocada a peticin suya o de cualquier persona. El recurso de Amparo de Garantas Constitucionales a que ste artculo se refiere, se tramitar mediante procedimiento sumario y ser competencia de los tribunales judiciales. De acuerdo al sentido literal de la norma reproducida la accin de amparo es el remedio procesal constitucional para enervar los efectos de una actuacin proferida por un servidor pblico que lesione los derechos fundamentales de los asociados y podemos decir, que todos aquellos que nos encontramos frente a determinada arbitrariedad por parte de un servidor pblico, podremos recurrir al amparo para lograr la reparacin o resguardo de nuestros derechos, los que debera resolverse inmediatamente, pues para este tipo de situaciones el procedimiento ser sumario. El artculo 2615 del Cdigo Judicial cuenta con disposiciones adjetivas que regulan la tramitacin del Amparo estas son la competencia, el procedimiento a seguir el curso de la demanda el fallo, la apelacin as como las incidencias y sanciones que puedan surgir en el curso de la accin. El artculo 2615 del Cdigo Judicial reproduce el artculo 54 de la Constituciin Nacional incorporando un uevo elemento a la accin del amparo y es la necesidad de acreditar la gravedad e inminencia del dao que representa la orden de hacer o no hacer. El aspecto de gravedad e inminencia del dao ha sido definida por la jurisprudencia constitucional en Panam en un estudio de Derecho comparado. La inminencia del dao significa que se trate de un perjuicio actual no pasado ni ocurrido hace mucho tiempo inminente, lo cual quiere decir que la amnaza o esta puede ocurrir inminentemente, siendo remoto o lejano como ocurre en el presente caso en que la orden carece de actaualidad de inminencia y por tanto falla el elemento de urgencia que requiere una revocacin inmediata (molino mola, Edgardo, la jurisdiccin constitucional, pgina 586, Biblioteca Jurdica DIKE, Primera Edicin 1998). Los amparos pueden incluso interponerse encontra de la admisin de una demanda, ya que si la misma no cumple con los preceptos judiociales el Tribunal de amparo puede ordenar que la demanda sea revocada, claro que hay que
  2. 2. tener presente en caos especiales, ejemplo contra fundaciones de inters privado, pero siempre el amparo debe fundamentarse de manera clara y elocuente, y demostrar el dao inminente. El lapso mximo permitido por el juzador para considerar "la inminencia del dao" queda a libre criterio del juzgador luego entonces nos podremos encontrar frente a practicas tribunalicias en el que un mes nos representa inminencia mientras que para otros el transcurso de seis meses es atendible para la presentacin del amparo (por el tiempo transcurrido entre la orden violatoria y los recursos ordinarios interpuestos para poder acceder al amparo. La accin de amparo podr interponerse contra Resoluciones Judiciales con sujeccin a las siguientes reglas. La interposicin de la demanda de amparo no suspendera la tramitacin del proceso o en que se dicto la resolucin judicial impugnada o su ejecucion salvo que el Tribunal a quien se dirija la demanda considere indispensible suspender la tramitacin o la ejecucin para evitar que el demandante sufra perjuicios graves, evidentes y de dificil reparacin. Solo proceder la accin de amparo cuando se hayan agotado los medios y tramites previstos en la Ley para la impugnacin de la Resolucin judicial de que se trate. En atencin a lo dispuesto a los artculos 143 y 207 de la Constitucin Nacional no se admitira la demanda en un Proceso de Amparo contra las desiciones jurisddiccionales expedidads por el Tribunal Electoral la Corte Suprema de Justicia o cualesquiera de sus Salsas, ya que sus decisiones son finales definitivas y obligatorios por tanto y de manera expresa. Al momento de presentarse el Recurso de Amparo de Garantas debe suspendeer inmediatamente la ejecucin del acto. Si es admitida por el juzgador tal como lo establece el artculo 2621 del Cdigo Judicial. Las autoridades administrativas tienen la obligacin de suspender la orden de hacer y no hacer. La orden de no hacer conlleva la sancin disciplinaria correspondiente. Por ltimo este es un Recurso netamente de la esfera civil y para su aplicacin se requiere agotar la va gubernativa )incidentes, recursos ordinarios y extraordinarios que concede la Ley tal como lo establece el prrafo 2do del artculo 2606 del Cdigo Judicial. En los procesos de lanzamiento se usan para impugnar situaciones en contra de lanzamiento de familiares, discapacitados y otras circunnstancias previstas en las circulares de la Procuraduria de la Administracin que establece esta situaci[on.