Amparo (A. C. P.)

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C. Juez de Distrito en turno Aaron Cervantes Pons, mexicano, mayor de edad, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oir y recibir notificaciones el sito en la calle acanto numero. 9612 del Fraccionamiento Panamericano Jardín, de esta ciudad y autorizando en los términos amplios del articulo 27 de la Legislación de Amparo en vigor al Lic. Jaime Alberto Pons Hernández, con cedula profesional numero 777936, ante Usted respetuosamente comparezco y expongo: Que mediante este escrito, vengo a solicitar el amparo y protección de la Justicia Federal, contra los actos de las autoridades que enseguida se enumeran, y para ajustarme a lo que dispone el articulo 116 de la legislación de amparo en vigor, manifiesto: I. NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO. El que se indica en el proemio de este escrito. II. NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO: Juan Gardea Guerra, endosatario en procuración de Edgar

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C. Juez de Distrito en turno

Aaron Cervantes Pons, mexicano, mayor de edad, por mi propio derecho, sealando como domicilio para oir y recibir notificaciones el sito en la calle acanto numero. 9612 del Fraccionamiento Panamericano Jardn, de esta ciudad y autorizando en los trminos amplios del articulo 27 de la Legislacin de Amparo en vigor al Lic. Jaime Alberto Pons Hernndez, con cedula profesional numero 777936, ante Usted respetuosamente comparezco y expongo:

Que mediante este escrito, vengo a solicitar el amparo y proteccin de la Justicia Federal, contra los actos de las autoridades que enseguida se enumeran, y para ajustarme a lo que dispone el articulo 116 de la legislacin de amparo en vigor, manifiesto:

I. NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO.

El que se indica en el proemio de este escrito.

II. NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO: Juan Gardea Guerra, endosatario en procuracin de Edgar Alonso Enrquez Mrquez, quien tiene su domicilio en de esta ciudad.

III. AUTORIDADES RESPONSABLES: Ordenadora: El C. Juez Sexto de lo Civil del Distrito Judicial Bravos, con sede en esta ciudad.

Ejecutora: Los CC. Ministros Ejecutores de la Oficina Central de Actuarios, ambas autoridades con domicilio en el Edificio del Gobierno del Estado, ubicado en la calle aserraderos y Eje Vial Juan Gabriel de esta ciudad. IV. ACTOS RECLAMADOS:

De la autoridad ordenadora, auto de exequendo de fecha dictado en el expediente numero 784/2009, relativo al juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Lic. Juan Gardea Guerra, endosatario en procuracin de Edgar Alonso Enriquez Marquez contra la Sra. Sandra Liliana Hinojos Alvarado y Ricardo Hinojos Alvarado, y en el que se ordena conforme al art. Del Cdigo de Comercio se le requiera de pago, y no hacindolo , se embarguen bienes suficientes de su propiedad,

De la autoridad ejecutora, reclamo la diligencia de embargo verificada el da del mes a las de la cual entere el da 13 de agosto del 2010.

V. GARANTAS INDIVIDUALES VIOLADAS:

Las contenidas en los artculos 14 y 16 de la Constitucin Federal de la Republica.

VI. FUNDAMENTO DE LA DEMANDA DE GARANTIAS:

Artculos 103 fraccin I, 107 fracciones VII y VIII, inciso a), de la constitucin Federal de la Republica, 4, 5, 11, 73, fraccin XII, 116, 122, 123, fraccin I, 130, segundo prrafo, 136, 145, 147, 149 y dems relativos de la Ley de Amparo, 11, fraccin IV, bis, inciso a), y 51 fraccin I y III, de la Ley Orgnica del poder Judicial de la federacin.

VII. Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que constituyen antecedentes del acto reclamado y fundamentos de los conceptos de violacin los siguientes

HECHOS:

I. Como lo acredito con el contrato de compraventa , soy propietario de la casa marcada con el numero de la colonia . De esta ciudad.

I. El hoy tercero perjudicado, instauro demanda ejecutiva Mercantil en contra de la Sra. Sandra Liliana Hinojos Alvarado y Ricardo Hinojos Alvarado, a travs de su endosatario en procuracin Lic. Juan Gardea Guerra,

2. A virtud de dicha demanda y en los trminos establecidos por la Ley General de Ttulos y Operaciones de Crdito y del Cdigo de Comercio en vigor, se ordeno en los trminos acostumbrados para esta clase de juicios, el embargo inmediato sobre un bien inmueble de mi propiedad

2. A virtud de dicha demanda y en los trminos establecidos