Alcaldía Municipal de Ibagué - Ibagué Ciudad que Vibra · Web view2015/12/01  · Estos libros...

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MANUAL DE POLITICAS Y PRACTICAS CONTABLES Versión: 1 Página: 1 Código: MAN-CON-001 MANUAL DE POLITICAS Y PRÁCTICAS CONTABLES ALCALDIA MUNICIPAL DE IBAGUE SECRETARIA DE HACIENDA GRUPO DE CONTABILIDAD Calle 9 No. 2-59 - Oficina 100 – Teléfono 2611189

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MANUAL DE POLITICAS

Y PRACTICAS CONTABLES

Versión: 1

Página: 62

Código: MAN-CON-001

MANUAL DE POLITICAS

Y PRÁCTICAS CONTABLES

ALCALDIA MUNICIPAL DE IBAGUE

SECRETARIA DE HACIENDA

GRUPO DE CONTABILIDAD

MANUAL DE POLITICAS Y PRÁCTICAS CONTABLES

OBJETIVO:

Orientar y dar a conocer (con base en la normatividad vigente) los procesos y procedimientos que permitan el adecuado reconocimiento, registro, causación, clasificación y emisión de la información contable y financiera, como las responsabilidades de los servidores públicos que intervienen en estos procesos, ofrecer al lector orientación sobre las actividades que se desarrollan en el Proceso de Gestión Contable de la Alcaldía de Ibagué y que le corresponde ejecutar,

Este Manual sirve de soporte al Grupo de Contabilidad de la Secretaría de Hacienda e informa a las diferentes Secretarías que se relacionan con contabilidad como proceso cliente.

ALCANCE:

Este Manual está dirigido a los ejecutores del proceso contable, proveedores de la información contable, clientes del proceso contable y a todos los terceros que requieran del mismo, no solamente para darle aplicación sino también de consulta de la información aquí plasmada.

BASE LEGAL:

La Constitución Nacional, Régimen de Contabilidad Pública y la Resolución 357 del 23 de Julio de 2008 de la Contaduría General de la Nación.

PRESENTACION

La Alcaldía Municipal de Ibagué, es una entidad pública, creada como Municipio en el año 1550 y Capital del Departamento del Tolima por la Ley 21 de 1882 y confirmado en forma definitiva en 1910. Registrada ante la DIAN como persona Jurídica identificada bajo el Nit No. 800.113.389-7, responsable de Retención a Título de Renta, Retención en la fuente del impuesto sobre las ventas, Gran Contribuyente y Responsable en la presentación de la Información Exógena. Con sede en la ciudad de Ibagué, sujeta a la aplicación de la Contabilidad Pública, responsable de realizar una gestión eficiente y efectiva, sujeta al control de los diferentes órganos de vigilancia y fiscalización y a la rendición de cuentas por el manejo y uso de sus recursos.

“La Misión de la Alcaldía de Ibagué es estimular la construcción colectiva del desarrollo humano, social, económico, territorial y la protección de los principios, derechos y deberes para mejorar el bienestar y calidad de vida de la población, suministrando de una manera oportuna, eficiente, equitativa y con calidad los bienes y servicios básicos de los sectores de su competencia que determine la ley con el uso eficiente y transparente de los recursos públicos en alianza con la iniciativa privada, facilitando nuevos procesos productivos”. Conforme a lo anterior, debe presentar información financiera con características cualitativas, al igual que ser oportuna, razonable, confiable, relevante y comprensible; con el fin de servir de instrumento para la toma de decisiones por parte de los usuarios internos y externos, relacionadas con el control y optimización de los recursos públicos manejados por la Entidad”.

El Grupo Contable en desarrollo de las actividades tendientes a un manejo transparente y claro de los recursos viene realizando ajustes y desarrollando programas para llevar a feliz término este propósito, razón por la cual adelantó para el año 2008 la creación de la Guía Contable, hoy adaptándose a un Manual de Políticas y Prácticas Contables, que sirve no solamente para los Servidores Públicos ejecutores de los procesos contables, sino para todas y cada una de las personas que requieran consultas en materia contable.

Este Manual se considera una herramienta que facilita la consistencia en la preparación y presentación de la información financiera, así como su interpretación y comparación para efectos de control, seguimiento y toma de decisiones, en cuanto contiene las políticas y prácticas contables adoptadas por la entidad.

Para la actualización y adaptación del Manual de Políticas Contables se tomó como referencia la aplicación del Régimen de Contabilidad Pública y la Resolución 357 del 23 de Julio de 2008 de la Contaduría General de la Nación.

Objetivo General

Orientar y dar a conocer (con base en la normatividad vigente) los procesos y procedimientos que permitan el adecuado reconocimiento, registro, causación, clasificación y emisión de la información contable y financiera como las responsabilidades de los servidores públicos que intervienen en estos procesos.

Objetivo del Manual de Políticas Contables

Ofrecer al lector una orientación sobre las actividades que se desarrollan en el Proceso de Gestión Contable de la Alcaldía de Ibagué y que le corresponde ejecutar, así mismo servir de soporte al Grupo de Contabilidad de la Secretaría de Hacienda e informar a las demás Secretarías que se relacionan con contabilidad como proceso cliente.

Reflejar las políticas contables que se han trazado como un mecanismo regulador en el actuar administrativo de quienes ejecutan los procesos.

Objetivos Específicos:

· Establecer procedimientos de Control interno Contable para el registro y control de las operaciones.

· Servir de herramienta para asegurar que todas las operaciones realizadas por el Municipio sean vinculadas al proceso contable.

· Elaborar los Estados Contables del Municipio con información financiera fidedigna.

· Asegurar la actualización de los registros de los bienes, derechos y obligaciones a cargo del Municipio de Ibagué.

· Revelar con sujeción a las normas sustantivas y procedimentales del Régimen de la Contabilidad Pública la información financiera, económica, social y ambiental del Municipio de Ibagué.

· Lograr utilidad y satisfacción de los usuarios tanto internos como externos de los Estados Contables, Informes y Reportes contables producidos por el Municipio de Ibagué.

· Servir de herramienta para la toma de decisiones por parte de la alta dirección y permitir ejercer el control interno y externo y el seguimiento a la gestión del Municipio de Ibagué.

Señor Lector

Este Manual fue elaborado para que usted acceda a la información básica de una manera sencilla y clara.

Pretendemos que este Manual sea una herramienta útil y de consulta.

NORMATIVIDAD DE LA ALCALDIA DE IBAGUE

ORGANOS QUE LA REGULAN:

Contaduría General de la Nación (CGN)

Marco Legal: El artículo 354 de la Constitución Política le asigna al Contador General de la Nación la facultad de llevar la Contabilidad General de la Nación y consolidarla con la de sus entidades descentralizadas territorialmente o por servicios, así como determinar las normas contables que deben regir en el país conforme a la Ley. De acuerdo con el literal f) del artículo 3º de la Ley 298 de 1996 es función de Contador General de la Nación “Impartir instrucciones de carácter general sobre aspectos relacionados con la Contabilidad Pública”.

Quien es: Es el Organismo de la Administración Pública que consolida toda aquella información que de forma exacta refleje el estado de las finanzas públicas y permita un análisis detallado del manejo de los recursos públicos.

La CGN, es la institución responsable de determinar:

· Las políticas, principios y normas de contabilidad que deben regir en el sector público Colombiano.

· La Centralización y Consolidación de la información Contable, y elaborar el Balance General de la Nación.

Funciones de la Contaduría General de la Nación:

· Determinar las políticas, principios y normas sobre contabilidad, que deben regir en el país para todo el sector público.

· Establecer las normas técnicas generales y específicas, sustantivas y procedimentales, que permitan uniformar, centralizar y consolidar la Contabilidad Pública.

· Llevar la Contabilidad General de la Nación, para lo cual expedirá las normas de reconocimiento, registro y revelación de la información de los organismos del sector central nacional.

· Conceptuar sobre el sistema de clasificación de ingresos y gastos del Presupuesto General de la Nación, para garantizar su correspondencia con el Plan General de Contabilidad Pública. En relación con el Sistema Integrado de Información Financiera-SIIF-, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público garantizará el desarrollo de las aplicaciones y el acceso y uso de la información que requiera el Contador General de la Nación para el cumplimiento de sus funciones.

· Señalar y definir los Estados Financieros e Informes que deben elaborar y presentar las Entidades y Organismos del Sector Público, en su conjunto, con sus anexos y notas explicativas, estableciendo la periodicidad, estructura y características que deben cumplir.

· Elaborar el Balance General, someterlo a la Auditoria de la Contraloría General de la República y presentarlo al Congreso de la República, para su conocimiento y análisis por intermedio de la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes, dentro del plazo previsto por la Constitución Política.

· Establecer los libros de contabilidad que deben llevar las Entidades y Organismos del Sector Público, los documentos que deben soportar legal, técnica, financiera y contablemente las operaciones realizadas, y los requisitos que éstos deben cumplir.

· Expedir las normas para la contabilización de las obligaciones contingentes de terceros que sean asumidas por la Nación, de acuerdo con el riesgo probable conocido de la misma, cualquiera sea la clase o modalidad de tales obligaciones, sin perjuicio de mantener de pleno derecho, idéntica la situación jurídica vigente entre las partes, en el momento de asumirlas.

· Emitir conceptos y absolver consultas relacionadas con la interpretación y aplicación de las normas expedidas por la Contaduría General de la Nación.

· La Contaduría General de la Nación, será la autoridad doctrinaria en materia de interpretación de las normas contables y sobre los demás temas que son objeto de su función normativa.

· Expedir las normas para la contabilización de los bienes aprehendidos, decomisados o abandonados, que Entidades u Organismos tengan bajo su custodia, así como para dar de baja los derechos incobrables, bienes perdidos y otros activos, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar.

· Impartir las normas y procedimientos para la elaboración, registro y consolidación del inventario general de los bienes del Estado.

· Expedir los certificados de disponibilidad de los recursos o excedentes financieros, con base en la información suministrada en los estados financieros de la Nación, de las Entidades u Organismos, así como cualquiera otra información que resulte de los mismos.

· Producir informes sobre la situación financiera y económica de las Entidades u Organismos sujetos a su jurisdicción.

· Adelantar los estudios e investigaciones que se estimen necesarios para el desarrollo de la Ciencia Contable.

· Realizar estudios económicos-financieros, a través de la Contabilidad Aplicada, para los diferentes sectores económicos.

· Ejercer inspecciones sobre el cumplimiento de las normas expedidas por la Contaduría General de la Nación.

· Coordinar con los responsables del control interno y externo de las entidades señaladas en la ley, el cabal cumplimiento de las disposiciones contables.

· Determinar las entidades públicas y los servidores de la misma responsables de producir, consolidar y enviar la información requerida por la Contaduría General de la Nación.

· Imponer a las Entidades a que se refiere la presente Ley, a sus directivos y demás funcionarios, previa las explicaciones de acuerdo con el procedimiento aplicable, las medidas o sanciones que sean pertinentes, por infracción a las normas expedidas por la Contaduría General de la Nación.

· Establecer y desarrollar programas de capacitación, asesoría y divulgación, de las normas, procedimientos y avances de los estudios sobre contabilidad pública y temas relacionados.

· Las demás que le confieran la Constitución Política y la ley.

Contraloría General de la República

Marco Legal: La Constitución Política de 1991, en su artículo 267, establece que: "El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación".

Quien es: La Contraloría General de la República (CGR) es el máximo órgano de control fiscal del Estado, autónomo e independiente. Tiene la misión de procurar el buen uso de los recursos y bienes públicos y contribuir a la modernización del Estado, mediante acciones de mejoramiento continuo en las distintas entidades públicas.

En cumplimiento del artículo 119 de la Constitución Nacional, la Contraloría General de la República ejerce, en representación de la comunidad, la vigilancia de la gestión fiscal y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación. Evalúa los resultados obtenidos por las diferentes organizaciones y entidades del Estado, al determinar si adquieren, manejan y/o usan los recursos públicos dentro del marco legal, sujetos a los principios de economía, eficiencia, eficacia, equidad y sostenibilidad ambiental, examinando la razonabilidad de los estados financieros de los sujetos de control fiscal y determinando en qué medida logran sus objetivos y cumplen sus planes, programas y proyectos.

La CGR, Impone las sanciones pecuniarias que correspondan y las demás acciones derivadas del ejercicio de la vigilancia fiscal. Procura, igualmente, el resarcimiento del patrimonio público, en ejercicio de la denominada jurisdicción coactiva, con el fin de recuperar los recursos y bienes públicos que han sido objeto de deterioro como resultado de su mala administración o que han sido apropiados en forma indebida por los funcionarios o por los particulares, generando una cultura de control del patrimonio del Estado y de la gestión pública y promoviendo la transparencia en el uso de los recursos públicos, mediante un proceso estratégico y focalizado en aquellas entidades y/o áreas de alto riesgo previamente identificadas.

Contraloría Municipal de Ibagué

La Contraloría Municipal de Ibagué es un órgano de control del estado, del nivel territorial, de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestal para administrar asuntos en los términos y en las condiciones establecidas en la constitución y las leyes. Su misión social ha sido el de ejercer en nombre de la comunidad Ibaguereña, la función pública de control y vigilancia de la gestión fiscal y resultados de la administración Municipal, de sus entidades descentralizadas o de otro orden y de los particulares, que manejan fondos o bienes de Nuestra Empresa Social Ibagué. (Acuerdo 11 de marzo 3 de 1942)

MARCO CONCEPTUAL

El Municipio de Ibagué da cumplimiento a la normatividad contable expedida por la Contaduría General de la Nación, aplicando el Régimen de la Contabilidad Pública, las Resoluciones, Cartas Circulares y demás normas concordantes. De igual manera el artículo 354 de la Constitución Política y los literales b) y c) del artículo 3 y el literal s) del artículo 4 de la Ley 209 de 1996, que son de obligatoria aplicación por parte de los entes públicos y tienen la finalidad de asegurar la razonabilidad y la consistencia de las cifras registradas en los Estados Contables.

OBLIGACION DE INFORMAR

La Alcaldía de Ibagué presenta a entes externos e internos información con diversos períodos y en las siguientes fechas:

· Estados Contables: Balance General, Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y ambiental, Estado de Cambios en el Patrimonio, Estado de Flujo de Efectivo, Notas a los estados contables básicos, a corte 31 de diciembre de cada año, Certificado del Contador Público. Dichos estados se presentan a todos los Entes de Control que así lo requieran, a la Comunidad y a los Terceros en general.

· Reportes ante la Contaduría General de la Nación: Formularios de saldos y movimientos, Formulario de operaciones reciprocas, en forma trimestral, Formulario de notas de carácter general y especifico este formulario en forma anual.

· Informe de Deudores Morosos del Estado cada 6 meses, el 10 de Junio (a corte 31 de Mayo) y 10 de diciembre (a corte 30 de Noviembre) y Formulario de Novedades al Boletín de Deudores Morosos del Estado en forma permante, reporte dirigido a la Contaduría General de la Nación.

· Información EXÓGENA, debe presentarse anualmente y de acuerdo a los plazos establecidos por la DIAN.

· Declaración Tributaría (presentación y pago) correspondiente a Retención en la Fuente en forma mensual respectivamente. A la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de acuerdo al calendario tributario que para tal fin expida dicha administración.

· Declaración de Retención de Impuesto de industria y comercio (presentación y pago) correspondiente al impuesto de ICA en forma bimensual establecido por el Municipio de Ibagué.

· Informe SIREC (Sistema de Rendición Electrónica de Cuenta), Formulario F01-Catalogo de Cuentas, debe presentarse a la Contraloría Municipal de Ibagué, en forma anual y de acuerdo a los parámetros establecidos por el Ente de Control.

· Avances planes de mejoramiento suscritos con la Contraloría Municipal, en los Formatos establecidos. Informe que se presenta a la Oficina de Control Interno, acorde a los cortes programados por esta Oficina. Avance Plan de Mejoramiento por procesos con la oficina de control interno; siempre y cuando existan. Cada que esta dependencia los requiera.

· Planes de Acción Anual y nivel de avance, informe presentado a la Secretaria de Planeación Municipal y a la Oficina de Control Interno permanentemente para su respectivo seguimiento y evaluación.

· Actualización al Manual Operativo en cuanto a Procedimientos, Mapa de Riesgos y Tabla de Retención Documental, cuando sea necesario, ante la Secretaria de Planeación Municipal y el Comité de Gestión Documental.

PARA QUE SIRVE LA INFORMACION CONTABLE

· Conocer y mostrar los recursos manejados por el Ente Público.

· Conocer y mostrar las obligaciones contraídas por el Ente Público.

· Los cambios que se presenten en el manejo de los recursos y el resultado obtenido en el período.

· Apoyar en la planeación, organización y dirección de la administración.

· Tomar las decisiones referentes a las Inversiones y el Crédito Público.

· Evaluar la Gestión de los que Administran los Entes Públicos.

· Contribuir en la información aportada a nivel nacional.

· Sirve de herramienta para evaluar el impacto social en la comunidad que la entidad pública viene ejecutando.

Principios de la Contabilidad Pública

Los principios de la contabilidad pública constituyen las pautas básicas del proceso para la generación de información en función de los propósitos del Sistema Nacional de Contabilidad Pública y de los objetivos de la información contable, sustentando el desarrollo de las normas técnicas, el Manual de Procedimientos y la doctrina contable. Los principios de la contabilidad pública son:

Gestión Continuada: Se presume que la actividad de la entidad contable pública se lleva a cabo por tiempo indefinido, conforme a la ley o acto de creación.

Registro: Los hechos financieros, económicos, sociales y ambientales deben contabilizarse de manera cronológica y conceptual observando la etapa del proceso contable relativa al reconocimiento, con independencia de los niveles tecnológicos de que disponga la entidad contable pública con base en la unidad de medida.

Devengo o Causación: Los hechos financieros, económicos, sociales y ambientales deben reconocerse en el momento en que sucedan, con independencia del momento en que se produzca la corriente de efectivo o del equivalente que se deriva de éstos. El reconocimiento se efectuará cuando surjan los derechos y obligaciones o cuando la transacción u operación originada por el hecho incida en los resultados del período.

Asociación: El reconocimiento de ingresos debe estar asociado con los gastos necesarios para la ejecución de las funciones de cometido estatal y con los gastos relacionados con el consumo de recursos necesarios para producir tales ingresos. Cuando deban registrarse partidas de períodos anteriores que influyan en los resultados, la información relacionada a la cuenta y origen se revelará en las notas a los estados financieros.

Medición: Los hechos financieros, económicos, sociales y ambientales deben reconocerse en función de los eventos y transacciones que los originan empleando técnicas cuantitativas o cualitativas. Los hechos susceptibles de ser cuantificados monetariamente se valuarán al costo histórico y serán objeto de actualización.

Prudencia: Deben contabilizarse únicamente los ingresos realizados durante el período contable y no los potenciales o sometidos a condición alguna. Con relación a los gastos no solo deben contabilizarse en los que se incurre durante el período contable sino también los potenciales desde cuando se tenga conocimiento.

Periodo Contable: Corresponde al tiempo máximo en que la entidad contable pública debe medir los resultados de sus operaciones financieras, económicas, sociales y ambientales y el patrimonio público bajo su control, efectuando las operaciones contables de ajustes y cierre. El período contable es el lapso transcurrido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. No obstante, se podrán solicitar estados contables intermedios e informes y reportes contables, de acuerdo con las necesidades y requerimientos de las autoridades competentes, sin que esto signifique necesariamente la ejecución de un cierre.

Revelación: Los Estados, informes y reportes contables deben reflejar la situación financiera, económica, social y ambiental de la entidad, los resultados del desarrollo del objeto social y la información adicional que sea necesaria para una adecuada interpretación cuantitativa y cualitativa de la realidad de la entidad, información ésta que debe revelarse en las notas a los estados financieros.

No compensaciones: No se deben presentar partidas netas como efecto de compensar activos y pasivos del balance, o ingresos, gastos que integran el estado de actividad financiera, económica social y ambiental.

Hechos Posteriores al cierre: La información entre la fecha de cierre y la de presentación de los estados financieros que suministre evidencia adicional sobre condiciones existentes antes de la fecha de cierre, así como la indicativa de hechos surgidos con posterioridad, que por su materialidad impacte en los estados financieros debe ser registrada en el periodo objeto de cierre o revelada por medio de los estados financieros.

Cualidades de la información contable

Las características cualitativas de la información contable pública constituyen los atributos y restricciones esenciales que identifican la información provista por el SNCP (Sistema Nacional Contabilidad Pública) y que permiten diferenciarla de otro tipo de información.

Las características cualitativas d la información contable tienen por objeto cumplir y validar los propósitos del SNCP y garantizar la satisfacción equilibrada de los objetivos de los distintos usuarios. Las características cualitativas que garantizan la Confiabilidad son: La Razonabilidad, la Objetividad y la Verificabilidad; con la relevancia se asocia la Oportunidad, Materialidad y la Universalidad; con la Comprensibilidad se relacionan la Racionabilidad y la Consistencia.

Confiabilidad: La información contable pública es confiable si constituye la base de logro de sus objetivos y si se elabora a partir de un conjunto homogéneo y transversal de principios, normas técnicas y procedimientos que permitan conocer la gestión, el uso y el control y las condiciones de los recursos y el patrimonio público. Para ello, la confiabilidad es consecuencia de la observancia de la razonabilidad, la objetividad y la verificabilidad.

Relevancia: La información contable pública es relevante si proporciona la base necesaria, suficiente y con la calidad demandada, para que los usuarios dispongan oportunamente de ella, conforme a sus objetivos y necesidades. Esto significa incluir la declaración explícita y adicional de la información necesaria para conducir a los distintos usuarios a juicios y decisiones razonadas sobre las actividades y situación de las entidades contables públicas, reveladas por medio de los estados, informes y reportes contables. En la información contable pública, por su condición de bien público, la relevancia procura un equilibrio entre niveles de oportunidad, materialidad y universalidad.

Comprensibilidad: La información contable pública es comprensible sí permite a los usuarios interesados formarse un juicio objetivo sobre su contenido. Para el efecto se presume que los usuarios tienen un conocimiento razonable de las actividades y resultados de la entidad contable pública objeto de su interés, así como de la regulación contable que le aplica. En este sentido, la información contable pública es comprensible sí es racional y consistente.

PROCESO CONTABLE

Es el registro sistemático de los hechos económicos de cualquier organización por medio de procedimientos manuales, mecánicos o electrónicos, con el objetivo de suministrar la información contable.

La Estructura de la información contable está determinada por las cuentas, donde quedan registrados los hechos económicos.

Las Cuentas se clasifican en:

Reales o de Balance: Pueden ser del Activo, Pasivo y Patrimonio.

Cuentas de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental comprenden los ingresos, gastos y costos en que incurre la entidad contable pública en desarrollo de sus funciones de cometido estatal y reflejan el resultado de la gestión, en cumplimiento de las actividades ordinarias realizadas durante el período contable. Estas cuentas también incluyen las partidas extraordinarias.

Cuentas de Orden: Bajo esta denominación se incluyen los grupos que representan los hechos o circunstancias de las cuales pueden generarse derechos que afecten la estructura financiera de la entidad contable pública.

Etapas del Proceso Contable

1. Identificación

2. Clasificación

3. Registro y Ajustes

4. Elaboración y Presentación de los Estados Contables.

5. Análisis, Interpretación y Comunicación de la Información.

DOCUMENTOS INTERNOS DEL MUNICIPIO

Son los documentos contables predeterminados por la Alcaldía de Ibagué para registrar sus hechos económicos, y entre ellos encontramos:

CONCEPTO DEL HECHO ECONOMICO

NOMBRE DOCUMENTO

ABREVIATURA-SISTEMA INFORMACION

DEPENDENCIA ORIGEN

Ingresos

Comprobante Ingreso

CI

Tesorería

Egresos

Órdenes de Pago

CE

Tesorería

Traslado de fondos

Traslados

TB

Tesorería

Ajustes Generales

Ajustes

AJ

Contabilidad

Reversiones

Reversiones

AA

Contabilidad-Tesorería

Causación de Cuentas

Comprobantes manuales

CP

Contabilidad

SOPORTES CONTABLES

La totalidad de las operaciones realizadas por el ente público deben estar respaldadas en documentos idóneos, de tal manera que la información registrada sea susceptible de verificación y comprobación exhaustiva o aleatoria. No podrán registrarse contablemente los hechos económicos, financieros y sociales que no se encuentren debidamente soportados.

Son documentos soporte las relaciones, escritos, contratos, escrituras, matrículas inmobiliarias, facturas de compra, facturas de venta, títulos valores, comprobantes de pago o egresos, comprobantes de caja o ingreso, extractos bancarios y conciliaciones bancarias, reportes, entre otros, los cuales respaldan las diferentes operaciones que realiza el ente público.

Los soportes contables deben quedar como soportes de los comprobantes de contabilidad respectivos y debidamente archivados, cumpliendo la Ley General de Archivo y ajustados a la Tabla de Retención Documental adoptada por la dependencia.

La información contable debe ser razonable, por lo tanto todos los registros contables deben contar con los soportes y documentos idóneos del tal forma que permita la verificación y comprobación de la información registrada. Por lo tanto deben contener: Nombre o razón social de la entidad que emite el documento, nombre, número y fecha del comprobante, una descripción mínima del concepto y firmas de los responsables del comprobante.

LIBROS DE CONTABILIDAD

En estos libros se registran en forma ordenada y cronológica las transacciones y operaciones del ente público en valor monetario.

Estos libros constituyen la fuente de la información para la elaboración de los estados contables, ya que en ellos se registran todos los comprobantes de contabilidad de la entidad.

Para el manejo de los libros oficiales como son:

· El Libro Mayor y Balances: se registran en forma resumida los valores por cuenta o rubros de las transacciones del período respectivo. Partiendo de los saldos del período anterior, se muestran los valores del movimiento débito y crédito del período respectivo.

· Libro Diario Columnario: en este libro se registra todas las operaciones resultantes de los hechos económicos ocurridos en un período no superior a un mes.

Forma de llevar los libros: Además de los medios impresos se acepta como procedimiento los medios mecanizados o electrónicos, siempre y cuando se garantice su reproducción exacta.

En el Ente Público se debe suscribir documento por parte del Representante Legal donde describe la forma de llevar los libros y el número de folios de acuerdo a las disposiciones que sobre la materia expida la Contaduría General de la Nación. Debe de garantizarse la autenticidad e integridad de los mismos.

En los Libros auxiliares se registraran en forma individual las transacciones realizadas por el Ente Público, los cuales deben estar debidamente soportados en los comprobantes de contabilidad y los documentos de orden externo o interno. Para el manejo y conservación de éstos la administración Municipal ha determinado conservar estos libros en CD (Medio electrónico), por el volumen de la información procesada durante un mes, siempre y cuando se asegure su reproducción exacta.

Corrección de los libros de contabilidad: Cuando se incurre en error u omisión se debe de salvar con un nuevo asiento contable, permitiendo evidenciar el error cometido. Cuando se anule un folio deberá de señalar sobre los mismos la fecha y la causa de la anulación, suscrita por los nombres de los responsables de la misma.

Registro de los libros: Para que los libros puedan servir de prueba deben ser registrados previamente a su diligenciamiento. Los libros auxiliares no requieren ser registrados. Es de resaltar que las autoridades competentes donde se pueden registrar los libros son: Cámara de Comercio, Ministerios, Gobernaciones, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Consejo Nacional Electoral, Inspecciones de Trabajo, Alcaldías, entre otros.

ESTADOS FINANCIEROS

El Ente Público preparará en forma periódica los Estados Financieros bajo la responsabilidad de los funcionarios a quienes se les ha asignado dicha responsabilidad. El objetivo en la preparación de los Estados Financieros es poder dar información a los usuarios, quienes requieren conocer los resultados de las operaciones y la situación económica del ente público.

Los Estados Financieros de Propósito General: Son el Balance General, El Estado de Resultados (De actividad económica, financiera, social y ambiental), Estado de Cambios en el Patrimonio, El Estado de flujos de efectivo.

Los estados financieros se deben preparar y presentar en forma comparativa con los del período inmediatamente anterior.

Los Estados Financieros Certificados: Son los firmados por el Representante Legal y el Contador Público responsable quien los preparó.

Los Estados Financieros Dictaminados. Son aquellos que van acompañados por la opinión profesional de acuerdo al examen con sujeción a las normas de auditoría generalmente aceptadas del Revisor Fiscal, si lo hubiere.

Notas a los Estados Financieros: Las notas, son parte integral de los Estados financieros, donde se reflejan las prácticas contables y revelaciones del ente público, las cuales deben identificarse plenamente, lo anterior con el fin de dar claridad en la lectura de las mismas y en el cruce con los respectivos estados financieros.

Las notas a los estados contables son de carácter general y específico.

Notas de Carácter General: Se refieren a las características, políticas, prácticas contables de la entidad pública, así como los aspectos que afectan o que pueden afectar la información contable, de modo que permiten revelar una visión global de la entidad contable pública y el proceso contable.

Notas de Carácter Especifico: Tienen relación con las particularidades sobre el manejo de la información contable, estructura de acuerdo con el Catálogo General de Cuentas, que por su materialidad deben revelarse de manera que permitan obtener elementos sobre el tratamiento contable y los saldos de las clases, grupos, cuentas y subcuentas en los siguientes aspectos:

· Relativas a la consistencia y razonabilidad de las cifras.

· Relativas a la evaluación.

· Relativas a los recursos restringidos y relativas a las situaciones particulares de las clases, grupos, cuentas y subcuentas.

Análisis de la información contable: Es la interpretación de la información financiera, mediante un análisis a los valores obtenidos, el cual se realizará en forma Trimestral acorde a la rendición de la información Financiera y Contable a la Contaduría General de la Nación - (CGN), con el fin de ofrecer a la administración elementos de juicio para la toma de decisiones y el conocimiento pleno de la situación del ente público.

Los indicadores más conocidos y adoptados por el Municipio son:

Capital de trabajo: Es la diferencia entre el activo corriente y el pasivo corriente. Constituye los recursos de que dispone un negocio para cancelar su pasivo a corto plazo y sirve para medir la capacidad de una empresa para pagar oportunamente sus deudas en un período no mayor del ejercicio fiscal.

Capital de trabajo = Activo Corriente - Pasivo Corriente

Razón circulante o índice de liquidez: Significa las veces que el activo corriente cubre al pasivo corriente, o sea los pesos que hay en el activo corriente para cubrir el pasivo corriente o deudas a corto plazo.

Índice de Liquidez = Activo Corriente

Pasivo Corriente

Solidez: Está representada por la relación entre el activo total y el pasivo total o es la capacidad de pago del ente público a corto y largo plazo, para demostrar su consistencia financiera.

Solidez = Activo Total

Pasivo Total

Endeudamiento: Esta representado por la relación entre pasivo total y activo total

Endeudamiento = Pasivo Total * 100

Activo Total

Otros Indicadores adoptados por el Municipio en forma particular son:

NOMBRE INDICADOR

INDICADOR

INTERPRETACION

=

Valor anticipos entregados

Valor Activo Total

=

Valor Deuda Pública

Valor Pasivo Total

=

Valor Provisión para Pensiones

Valor Pasivo Total

=

Valor Provisión para Pensiones

Reserva Financiera Actuarial

=

Rentas por Cobrar Vigencia Actual

Rentas Totales

=

Rentas por Cobrar Vigencia Anter.

Rentas Totales

=

Rentas x Cobrar Responsab. Fiscal

Rentas Totales

=

Ingresos Fiscales

Ingresos Totales

=

Transferencias

Ingresos Totales

Representa

la

participación

que

tienen

la

entrega

de

anticipos

a

proveedores

y

contratistas

en

los

activos

totales

del

Municipio.

Representa

la

participación

que

tiene

la

Deuda

Pública

en

los

Pasivos

totales

del

Municipio.

Representa

la

participación

que

tienen

los

Pasivos

Pensionales

a

cargo

del

Municipio en el Pasivo total

Representa

el

cubrimiento

que

tiene

el

Municipio

con

la

Reserva

Financiera

Actuarial

que

tiene

en

el

Fonpet

frente

los Pasivos Pensionales existentes.

Representa

la

participación

que

tiene

las

Rentas

por

Cobrar

Vigencia

actual

en

el

Total de las Rentas del Municipio.

Participación

de

Anticipos

entregados en el Activo Total

Participación

de

Deuda

Pública

en el Pasivo Total

Participación

Cálculo

Actuarial

en el Pasivo Total

Disponibilidad

Efectiva

para

cubrir el Pasivo Pensional

Porcentaje

de

las

Rentas

por

Cobrar

vigencia

actual

en

las

Rentas Totales

Porcentaje

de

las

Rentas

por

Cobrar

vigencia

anterior

en

las

Rentas Totales

Porcentaje

de

las

Rentas

por

Cobrar

Responsabilidad

Fiscal

en

las Rentas Totales

Participación

Ingresos

Fiscales

en los Ingresos Totales

Participación

Trasferencias

en

los Ingresos Totales

Representa

la

participación

que

tiene

las

Rentas

por

Cobrar

Vigencias

anteriores

en el Total de las Rentas del Municipio.

Representa

la

participación

que

tiene

las

Rentas

por

Cobrar

en

Responsabilidad

Fiscal

en

el

Total

de

las

Rentas

del

Municipio.

Representa

la

participación

que

tienen

los

ingresos

propios

del

Municipio

en

los

ingresos totales.

Representa

la

participación

que

tiene

las

Transferencias en los Ingresos totales.

RESPONSABILIDADES TRIBUTARIAS

Qué tipo de Contribuyente es la Alcaldía: De acuerdo al Artículo 22 del E.T. No son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, la Nación, los Departamentos y los Municipios, entre otros.

Que Responsabilidades tiene la Alcaldía: Por el monto del patrimonio y de los ingresos manejados, fue clasificado por la DIAN como Gran Contribuyente.

Agente retenedor: Debe de presentar información EXOGENA anualmente y Retención en la Fuente mensualmente.

POLITICAS CONTABLES

Las Políticas contables son principios específicos, bases, acuerdos, reglas y procedimientos, adoptados por la entidad en la elaboración y presentación de sus estados financieros. Al momento de contabilizar una transacción deben considerarse las políticas contables que se han adoptado con la finalidad de mostrar información razonable.

Políticas Generales: Para la preparación y presentación de la información contable, el Municipio de Ibagué registrará y revelará los hechos económicos con sujeción a las normas sustantivas y procedimentales del Régimen de Contabilidad Pública, el Manual de Procesos y Procedimientos de la entidad y adoptará políticas internas de acuerdo con el objeto social del Municipio, para garantizar la sostenibilidad y permanencia de un sistema contable que produzca información razonable y oportuna para las entidades de control y facilite la toma de decisiones por parte de la Administración.

Los Grupos que producen insumos para el proceso contable tales como: Tesorería, Talento Humano, Oficina de Pensiones, Rentas, Secretaría de Tránsito, Almacén, Presupuesto, deberán informar a través de los documentos soporte idóneos las operaciones que atañen a su actividad, para que sean incorporadas al proceso contable.

Por otra parte, respecto a la información que debe suministrar la Secretaria Jurídica concerniente a las contingencias y la información que debe suministrar Tesorería respecto a los Embargos decretados en las cuentas bancarias, su registro contable se hará atendiendo lo establecido en el capítulo V del Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública.

A efectos de contar con el tiempo adecuado para preparar y presentar los Estados Financieros y demás información relacionada con el Proceso de Gestión Contable, se fija como política para el cierre contable, presupuestal y de tesorería, el siguiente calendario:

Cierre Presupuestal y de Tesorería

El cierre de la vigencia fiscal se llevará a cabo a más tardar el 31 de enero del año siguiente de conformidad con los procedimientos internos establecidos para tal fin.

Cierre Contable

Se fija el día 31 del mes de enero de cada año como fecha máxima para reconocer bienes, derechos, obligaciones, ingresos y gastos que afectan la presentación del cierre definitivo de la vigencia fiscal correspondiente.

PRINCIPALES POLITICAS Y PRÁCTICAS CONTABLES

La información contable debe servir de instrumento para que los diferentes usuarios fundamenten sus decisiones relacionadas con el control y optimización de los recursos públicos en procura de una gestión pública eficiente y transparente, reflejada razonablemente en los estados financieros, para lo cual se fijan las siguientes políticas:

Política sobre depreciación: Los Activos Depreciables adquiridos por la Administración Municipal serán depreciados por el Método de Línea Recta.

Política sobre provisiones: El Municipio realizará mensualmente las provisiones de las prestaciones sociales de sus servidores públicos de acuerdo al procedimiento interno establecido por Talento Humano, excluyendo para ello la provisión de las Cesantías debido al traslado mensual de la doceava en forma mensual a la Cuenta del Convenio establecido.

Política plazo reporte información de Tesorería a Contabilidad: Se establece los primeros quince días hábiles del mes siguiente al mes que se está cerrando.

Política plazo reporte información Jurídica a Contabilidad: Se establece los primeros quince días hábiles del mes siguiente al mes que se está cerrando.

Política plazo reporte información de Compras (Almacén) a Contabilidad: Se establece los veinte primeros días hábiles del mes siguiente al mes que se está cerrando.

Política plazo reporte información de Personal o Recursos Humanos a Contabilidad: Se establece los siguientes plazos de entrega de información así: Provisión de prestaciones sociales los primeros veinte días hábiles del mes siguiente al corte.

Política plazo reporte información de Pensiones a Contabilidad: El Reporte de información correspondiente a las cuotas partes pensiónales será remitida cada dos meses al Grupo de contabilidad dentro de los primeros Díez días del mes siguiente.

Política plazo reporte información de Tránsito: La Secretaría de Tránsito deberá remitir además de la Certificación de Saldos y el Reporte resumido de Cartera, un CD (Medio Magnético) del detallado generado por el medio tecnológico que posee de la Cartera, el cual servirá de insumo contable, el cual se efectuara en forma mensual, los primeros quince días hábiles del mes siguiente.

Política plazo reporte información de Rentas: El Grupo de Rentas enviara el Reporte de la Cartera manejada por ese grupo en forma mensual los primeros quince días hábiles del mes siguiente.

Política reporte de las Prescripciones: El Grupo de Rentas enviara a Contabilidad la Certificación de las prescripciones de la Cartera a su cargo acompañado del Acto Administrativo (Resolución), de acuerdo al procedimiento establecido.

Política de conservación de los libros de contabilidad y de los soportes contables: Los libros de Contabilidad como son Libro Mayor y Balance y el Libro Diario Columnario será impresos enumerados y autorizados por el Señor Alcalde del Municipio, no podrán tener un retraso superior a tres meses para su debida impresión. Para el manejo de Los libros Auxiliares el Municipio ha determinado conservar estos libros en CD (Medio electrónico), por el volumen de la información procesada durante un mes, siempre y cuando se asegure su reproducción exacta serán guardados en PDF en un CD por cada mes cerrado. Los soportes contables serán debidamente archivados en cumplimiento a la Ley General de Archivo.

Políticas para el retiro de bienes en la Entidad: Para el retiro de los bienes el Municipio ha documentado un procedimiento interno por el Almacén General en donde se establece el retiro de los bienes y se realizará sujeto a dicho procedimiento.

Política de adquisición de bienes de menor cuantía: El Municipio para la adquisición de bienes de menor cuantía para su estricto cumplimiento adoptara los actos administrativos emitidos anualmente por la Contaduría General de la Nación.

Política de Periodicidad Comité de Almacén: El Comité de Almacén se reunirá de forma ordinaria el segundo viernes del mes de febrero de cada vigencia y en forma extraordinaria cuando sea necesario de acuerdo a lo establecido en el Manual para el Manejo y Control de los Bienes del Municipio.

Política plazo del cierre contable: Se fija el día 31 calendario del mes de enero de cada año como fecha máxima para reconocer bienes, derechos, obligaciones, ingresos y gastos que afectan la presentación del cierre definitivo de la vigencia fiscal correspondiente.

Política sobre el sistema de agregación de información financiera para Reporte CGN: El Municipio de Ibagué ejecutará en forma trimestral el control del recibo de información de las entidades que se deben agregar como son Instituciones Educativas, Concejo Municipal, Contraloría Municipal y Personería Municipal, información que se recibirá en físico y por correo electrónico.

Política de elaboración de las Conciliaciones Bancarias: La elaboración de las Conciliaciones Bancarias del Municipio se realizará de acuerdo al procedimiento interno establecido en el Grupo de Tesorería, de igual forma el Grupo de Contabilidad realizará las depuraciones que de acuerdo a su competencia debe realizar.

Política de conciliación de Operaciones Reciprocas: Se realizará de acuerdo al procedimiento interno establecido por el Grupo de Contabilidad, en forma trimestral.

Política de toma física de inventarios: El Municipio aplicará las actividades de toma físicas de bienes para mantener el inventario actualizado de acuerdo a lo establecido en el Manual para el Manejo y Control de los Bienes del Municipio, el cual será informado al Grupo de Contabilidad, mediante copia del Acta levantada.

Política de actualización de la propiedad, planta y equipo: El Municipio realizará la actualización de acuerdo al Régimen de Contabilidad Pública y con la frecuencia que allí se establezca.

Política de depuración contable permanente y de sostenibilidad de la calidad de la información: El Municipio cuenta con el Comité de Sostenibilidad Contable el cual debe reunirse por lo menos cuatro veces en el año, documentándose este Comité con las Actas de Reuniones.

Política manejo Fondo de Caja Menor: El Fondo de Caja Menor deberá ser creado para una vigencia fiscal mediante acto administrativo, debiéndose realizar reembolsos al cumplir más del 70% del total del monto total autorizado

Política manejo de Avances: El manejo de los Avances será registrado en cumplimiento al Régimen de la Contabilidad Pública y deberá legalizarse en la fecha límite establecida después de su expedición y para el cierre de la vigencia, en el tiempo determinado por la administración central.

Política de Actualización de Inversiones: Las Inversiones Patrimoniales en Entidades no Controladas, serán actualizada como mínimo una vez al año y de acuerdo al Régimen de Contabilidad Pública.

Política de bienes entregados a terceros: Es el valor de bienes muebles e inmuebles de propiedad de la entidad entregados a tercero mediante Comodato, los cuales se registrarán de acuerdo al procedimiento interno establecido por el Almacén General.

Política de Proveedores de la Información: Todas las dependencias que de acuerdo a los procedimientos determinados por la Administración Municipal, son proveedores de la información contable por los insumos que proveen, deberán asegurar que la información reportada sea fidedigna, clara y debidamente soportada, para que le ofrezca confiabilidad a la información contable

Política de Conciliación de saldos Almacén y Contabilidad: Para verificar la consistencia de los saldos registrados en contabilidad y almacén, se efectuará Conciliación de saldos mensual, dejando documento soporte que evidencia la conciliación y que corresponden a los Boletines del Almacén y el Cuadro Control generado por Contabilidad.

Política de Conciliación entre áreas asociadas al proceso contable: Mensualmente se debe realizar una conciliación con todas las áreas que reportan información a contabilidad, dejando como soporte que evidencia la conciliación el Cuadro Control generado por Contabilidad y los soportes allegados de las diferentes áreas.

Política Cierre de Ejercicio: La Administración Municipal bajo la responsabilidad del Grupo de Contabilidad realizará en forma anual el CIERRE DE EJERCICIO a corte 31 de diciembre, el cual quedará registrado en un mes TRECE (13), para asegurar que los saldos de las cuentas de Resultados queden reflejados a 31 de diciembre y que a 1º de enero queden en ceros (0).

Política de Copia de Seguridad: El área de Sistemas realizará diariamente copia de seguridad de la información financiera y su conservación se hará de tal forma que garantice la reproducción exacta en caso de ser necesario.

Política de Autocontrol: El Grupo de Contabilidad llevará Planillas de Autocontrol y revisión para el desarrollo de actividades que considere pertinentes.

Política Recibo Información para Exógena: La Secretaria de Educación y la Secretaría Administrativa remitirán anualmente, de acuerdo a las fechas establecidas por el Grupo de Contabilidad la información que de acuerdo a su competencia sea manejada por ellas respectivamente y que constituye en insumo para la elaboración de la Exógena.

PRESENTACION DE INFORMES

Contaduría General de la Nación

De conformidad con las normas vigentes, especialmente las expedidas por la Contaduría General de la Nación, el Municipio debe presentar los estados financieros básicos en las siguientes fechas:

FECHA DE CORTE

FECHA LIMITE DE PRESENTACION

31 de Marzo

30 de Abril

30 de Junio

31 de Julio

30 de Septiembre

31 de Octubre

31 de Diciembre

15 de Febrero del año siguiente del período

Boletín Deudores Morosos del Estado - BDM

FECHA DE CORTE

FECHA LIMITE DE PRESENTACION

31 de Mayo

10 de Junio

30 de Noviembre

10 de Diciembre

Novedades

Permanentemente

Alta Dirección

La información contable se reportará a la Alta Dirección al corte de cada trimestre, acompañada de los Indicadores Financieros respectivos.

DIAN

EXOGENA, de acuerdo a los plazos que en forma anual establece la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Contraloría Municipal

SIREC – Sistema de Rendición Electrónico de Cuentas, el Municipio de Ibagué rendirá este Informe de acuerdo a los plazos y procedimientos establecidos por el Ente de Control.

FECHAS DE PUBLICACION O EXHIBICION DE LA INFORMACION CONTABLE

Mensualmente se actualizará la información de los estados financieros y serán publicados; físicamente en un lugar visible en el Palacio Municipal, digitalmente en la página Web de la Alcaldía de Ibagué y en la Intranet de la Administración Municipal, además serán enviados vía correo electrónico a quien lo requiere por este medio.

CUENTAS GENERALES DEL BALANCE

FONDOS

Los Fondos se registran de acuerdo a las disposiciones que sobre la materia contempla el Régimen de la Contabilidad Pública, los cuales son operados por la Tesorería y solamente para el caso de ajustes, reclasificaciones y reversiones será operado por el Grupo de Contabilidad, ya que las transacciones de los Fondos no nacen en contabilidad, nacen mucho antes, por quien los operan.

Registro contable de los Fondos

Los Fondos del Municipio se registran por:

· Traslado de fondos

· Pago de Ordenes

· Ingresos de tesorería

Estos movimientos son reportados a través de los boletines de ingresos y de egresos, dependiendo el tipo de transacción, los cuales son reportados por el Grupo de Tesorería y Deuda Pública al Grupo de Contabilidad para la revisión mensual de los fondos y la aplicación de los pagos.

También se registran en los Fondos del Municipio.

· Legalización de rendimientos Financieros

· Reversiones y/o Anulaciones

· Ajustes

Conciliaciones Bancarias

Este es un reporte que presenta las diferencias encontradas entre los libros auxiliar de determinado fondo y el extracto bancario de ese mismo fondo, el cual debe tener como característica que corresponda a una misma cuenta y a un mismo período de comparación. La Conciliación constituye un mecanismo de control para el manejo de los fondos y el objetivo primordial es conocer las partidas conciliatorias pendientes por registrar o depurar con las instituciones financieras.

La Tesorería Municipal tiene la Responsabilidad en forma mensual de realizar las conciliaciones bancarias de los fondos del Municipio y de informar al Grupo de Contabilidad sobre las partidas conciliatorias de los mismos.

EL Grupo de Contabilidad tiene la responsabilidad en forma mensual de realizar los ajustes que sean necesarios y que permitan mostrar la razonabilidad de las cifras de los fondos, de acuerdo a la conciliación presentada por la Tesorería.

INVERSIONES DE LIQUIDEZ

Las inversiones de administración de liquidez comprenden los recursos colocados en títulos de deuda o participativos, de entidades nacionales o del exterior, así como los instrumentos derivados, con el propósito de obtener utilidades por las fluctuaciones del precio a corto plazo. Los títulos de deuda le otorgan al titular la calidad de acreedor y su rentabilidad se encuentra predeterminada. Por su parte, los títulos participativos le otorgan al titular la calidad de copropietario e incorporan derechos sobre los resultados obtenidos por la entidad emisora.

Esta cuenta en la Administración Central, comprende los recursos colocados en títulos en las instituciones financieras, bajo la responsabilidad de la Tesorería Municipal, de acuerdo a las políticas que para este fin sean trazados. Por lo tanto y por ser del manejo de tesorería solamente se afectaran contablemente cuando se disponga su colocación o cancelación.

· Siendo así la tesorería informa en forma mensual al Grupo de Contabilidad sobre el Estado de los títulos colocados, cancelados, renovados, etc.

· El Grupo de Contabilidad realizará los registros contables para actualizar las cifras dependiendo el informe emitido por tesorería.

INVERSIONES EN ENTIDADES NO CONTROLADAS

Esta cuenta comprende los títulos participativos clasificados como de baja o mínima bursatilidad o sin ninguna cotización, los cuales no le permiten a la entidad pública controlar, compartir el control o ejercer influencia importante sobre el ente emisor. Estas inversiones se reconocen por el método del costo, mediante el cual el reconocimiento inicial se efectúa por el costo histórico y las utilidades por concepto de dividendos y participaciones, distribuidos en efectivo o en acciones, cuotas o partes de interés social, hasta el monto que percibe como distribuciones de ganancias netas acumuladas de la entidad en la que invierte, originadas con posterioridad a la fecha de adquisición, se reconocen como ingreso.

Esta cuenta en la Administración Municipal está representada en las acciones adquiridas en algunas entidades y se actualizan en forma periódica por parte del Grupo de Contabilidad una vez se recibe la información de las acciones poseídas.

LAS RENTAS POR COBRAR

Son todos los derechos a favor de la entidad contable pública, por concepto de ingresos tributarios, directos e indirectos, determinados por disposiciones legales, por la potestad que tiene el Estado de establecer gravámenes.

El Grupo de Gestión de Ingresos tiene la responsabilidad y facultad en el manejo de estos ingresos, los cuales son generados en forma mensual y trasladados al Grupo de Contabilidad para su correspondiente registro en los estados contables del Municipio.

Los principales ingresos de la Administración Municipal están establecidos en:

· Impuesto predial unificado

· Industria y Comercio

· Impuesto de tránsito y transporte

· Multas (como comparendos)

· Contribuciones

· Otros, como Avisos y tableros, degüello de ganado, etc.

Para realizar la respectiva causación contable de estos ingresos, el Grupo de Gestión de Ingresos realizará previamente de acuerdo a los procedimientos establecidos las liquidaciones correspondientes, generando los correspondientes informes para el Grupo de Contabilidad. De tal manera que quede reflejados en los estados contables de la administración Central.

Por otra parte el Régimen de la Contabilidad Pública tiene reglamentado el registro de dichos ingresos en forma separada, la Vigencia Actual de las Vigencias Anteriores.

DEUDORES

En esta cuenta se incluyen los derechos de cobro de la entidad contable pública originados en desarrollo de sus funciones de cometido estatal. Hacen parte de deudores conceptos tales como los derechos por la producción y comercialización de bienes y la prestación de servicios, los préstamos concedidos, por los valores conexos a la liquidación de rentas por cobrar, los intereses, sanciones, multas y demás derechos por operaciones diferentes a los ingresos tributarios, entre otros.

En esta cuenta la administración central registra:

Los Ingresos Tributarios como son:

· Multas (como comparendos)

· Contribuciones

Las Transferencias por cobrar: Representa el valor de los derechos adquiridos por la entidad contable pública para el desarrollo de sus funciones de cometido estatal, por concepto de los recursos establecidos en el presupuesto que se reciben sin contraprestación. Registrando allí la administración central del Sistema General de Participaciones (SGP).

Avances y Anticipos Entregados: En esta cuenta se registran los valores entregados por la entidad contable pública en forma anticipada, a contratistas y proveedores para la obtención de bienes y servicios. Además registra los valores entregados para viáticos y gastos de viaje que están pendientes de legalización.

PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO

Todas las entidades públicas deben revelar en sus estados contables los bienes clasificados en las cuentas de Propiedad, Planta y Equipo, que por su característica tangible y por la utilización para la producción y comercialización de bienes y la prestación de servicios, la administración de la entidad contable pública no los tiene disponibles para la venta en desarrollo de actividades productivas o comerciales siempre que su vida útil probable en condiciones normales de utilización, exceda de un año.

En la Administración Municipal, es el Almacén General el encargado de darle la debida entrada y registro tanto de los ingresos, salidas, traslados, bajas, registro de mejoras, entre otros, a los bienes de la Entidad.

Los bienes de acuerdo al Régimen de la Contabilidad Pública se clasifican:

Código Nombre

1605

Terrenos

1610

Semovientes

1612

Plantaciones Agrícolas

1615

Construcciones en curso

1620

Maquinaria, planta y equipo en montaje

1625

Propiedad, planta y equipo en tránsito

1635

Bienes muebles en bodega

1636

Propiedad, Planta y Equipo en Mantenimiento

1637

Propiedad, Planta y Equipo no explotados

1640

Edificaciones

1645

Plantas, Ductos y Túneles

1650

Redes, Líneas y Cables

1655

Maquinaria y Equipo

1660

Equipo Médico y Científico

1670

Equipos de Comunicación y Computación

1675

Equipos de Transporte, Tracción y Elevación

1680

Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería

De estos códigos se desprenden en detalle las cuentas de movimiento y en forma simultánea el Almacén ha clasificado los bienes así:

1. De Consumo

2. Devolutivos

El Almacén debe de enviar en forma mensual al Grupo de Contabilidad todos los boletines de movimientos de los bienes de la administración central para efectuar la respectiva revisión y ajustes de final de mes, incluyendo la depreciación de los bienes. Estos son:

1) Boletín de movimientos de almacén – Devolutivos en servicio.

2) Boletín de movimientos de almacén – De Consumo Controlado.

3) Bajas del almacén.

4) Bienes entregados en Comodato.

5) Reporte de Depreciación.

6) Reporte bienes en servicio.

7) Movimiento diario de almacén.

La Depreciación: Las propiedades, planta y equipo son objeto de depreciación o amortización. La depreciación, al igual que la amortización, reconoce la pérdida de la capacidad operacional por el uso y corresponde a la distribución racional y sistemática del costo histórico de las propiedades, planta y equipo durante su vida útil estimada, con el fin de asociar la contribución de los activos al desarrollo de las funciones de cometido estatal de la entidad pública. Existen diferentes métodos de depreciación como son:

· Línea Recta.

· Número de Unidades de Producción u horas de trabajo

· Suma de los dígitos de los Años

· Doble tasa sobre saldo decreciente.

La Administración Central adoptó como Política depreciar sus bienes por el Método de Línea Recta.

Método Línea Recta. Se aplica cuando el activo es utilizado de manera regular y uniforme en cada período contable, y consiste en determinar una alícuota periódica constante que se obtiene de dividir el costo histórico del activo entre la vida útil estimada.

Años de Vida Útil de Activos Depreciables o amortizables.

La Vida Útil de un activo depreciable o amortizable debe definirse por parte de la entidad contable pública, considerando los beneficios económicos futuros o el potencial de servicio del Activo. Se pueden tomar como referencia las siguientes vidas útiles:

Activos Depreciables

Años de Vida Útil

Edificaciones

50

Redes, líneas y cables

25

Plantas, ductos y túneles

15

Maquinaria y Equipo

15

Equipo médico y científico

10

Muebles, enseres y equipo de oficina

10

Equipos de transporte, tracción y elevación

10

Equipos de comedor, cocina, despensa y hotelería

10

Equipos de comunicaciones

10

Equipos de computación

5

RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL

Representa el valor de los activos - Reserva Financiera Actuarial con que cuenta el Municipio de Ibagué en el FONPET, en desarrollo de las disposiciones legales vigentes, para la atención de sus obligaciones pensiónales, el valor registrado en los Estados Contables es actualizado periódicamente de acuerdo a las actualizaciones reflejadas en la página del FONPET.

OTROS ACTIVOS

Representa el valor de los pagos anticipados por concepto de la adquisición de bienes y servicios que se recibirán de terceros, cuando las normas de contratación le permitan a la entidad contable pública hacer esta modalidad de pagos. Es así que el Municipio registra en dicha cuenta los valores correspondientes a valores entregados a la Gestora Urbana para el desarrollo de la función estatal, realizando la debida amortización en la medida de la ejecución de las obras previa conciliación de las dos entidades.

Se registra también en esta cuenta a Nivel de Cargo Diferido los valores de los costos y gastos incurridos en la adquisición de bienes y servicios ingresados por el Almacén, amortizándose en la medida que se van consumiendo.

DEUDA PÚBLICA INTERNA

En esta cuenta la administración central registra las cuentas que representan el valor de los actos o contratos que de conformidad con las disposiciones legales sobre crédito público, tienen por objeto dotar a la entidad contable pública de recursos, bienes o servicios, con plazo para su pago, tales como empréstitos, emisión y colocación de bonos y títulos de deuda pública y, crédito de proveedores.

La Administración Central ha determinado que el manejo de la Deuda Pública se encuentre a cargo de la Secretaria de Hacienda, la cual se encarga de todos los procesos inherentes a estos recursos y de acuerdo a los procedimientos internos establecidos para este fin, esta cuenta es conciliada con la Secretaria de Hacienda al finalizar el proceso de cierre contable para asegurar la realidad económica de dicha cuenta.

CUENTAS POR PAGAR

En esta cuenta se incluyen las cuentas que representan las obligaciones que la entidad contable pública adquiere con terceros, relacionadas con las operaciones que lleva a cabo, en desarrollo de funciones de cometido estatal.

Todas las Secretarias de la Administración Central producen cuentas dependiendo su función, las cuales son tramitadas de acuerdo al procedimiento de Contratación previamente establecido.

Como mecanismo de Control interno Contable se ha establecido la revisión periódica de las cuentas por pagar, asegurando que al cierre del ejercicio contable los saldos reportados en el Balance correspondan a los realmente establecidos de acuerdo a los soportes idóneos que las crearon.

ACREEDORES

Representa el valor de las obligaciones adquiridas por la entidad contable pública, en cumplimiento de sus funciones de cometido estatal, por concepto de descuentos de nómina, servicios, excedentes financieros, saldos a favor de contribuyentes por pagos de impuestos en exceso excedentes de remates, aportes y otras obligaciones. Como mecanismo de Control interno Contable se ha establecido la revisión periódica de las cuentas por pagar, asegurando que al cierre del ejercicio contable los saldos reportados en el Balance correspondan a los realmente establecidos de acuerdo a los soportes idóneos que las crearon.

OBLIGACIONES LABORALES

Representa todas las obligaciones generadas en la relación laboral en virtud de normas legales, convenciones o pactos colectivos, así como las derivadas de la administración del sistema de seguridad social integral.

La Administración Central ha determinado el manejo directo de las nóminas a través de:

· Nómina empleados Administración Central – a cargo del Grupo de Talento Humano.

· Nómina de pensionados – a cargo de la Oficina de Pensiones.

· Nómina de educadores – a cargo de la Secretaria de Educación.

Estas dependencias realizan el trámite correspondiente a las nóminas, cumpliendo los procedimientos inherentes al manejo de las nóminas, para esta cuenta se realiza revisión periódica a través de las conciliaciones bancarias, asegurando el proceso de descargue de los pagos correspondientes y los saldos reales de la cuenta.

TRANSFERENCIAS POR PAGAR

En esta cuenta se registran todas las obligaciones contraídas por la entidad contable pública en desarrollo de sus funciones de cometido estatal, por concepto de los recurso establecidos en el presupuesto que se entreguen sin contraprestación a entidades del país o del exterior, públicas o privadas. Los registros que se realicen en esta cuenta corresponden a los valores que se encuentran en la etapa de obligación de la ejecución presupuestal y no sobre la base de estimaciones.

La Administración Central registra en esta cuenta los valores pendientes por girar tanto a los entes de control como a las instituciones educativas. Como mecanismo de Control interno Contable se ha establecido la revisión periódica de las Transferencias por pagar, asegurando que al cierre del ejercicio contable los saldos reportados en el Balance correspondan a los realmente establecidos de acuerdo a los soportes idóneos que las crearon.

IMPUESTOS

Es necesario conocer previamente el tipo de Contribuyente que es la Alcaldía de Ibagué, para dar inicio a los conceptos de impuestos a cargo de la entidad.

Qué tipo de Contribuyente es la Alcaldía de Ibagué?

Es Gran Contribuyente del Régimen Especial, no obligado a presentar Declaración de Renta.

Qué obligaciones en materia tributaria se tienen?

· Presentación de Información Exógena.

· Agente Retenedor de IVA.

· Agente Retenedor de Retención en la Fuente.

RETENCION EN LA FUENTE

Es el medio que facilita y asegura el recaudo anticipado del impuesto sobre la renta, del año gravable en el que se cause, definido por el ET. Siendo así las cosas la Administración Municipal por ser un Agente Retenedor, está en la obligación de aplicar dicha retención por los bienes y servicios adquiridos.

En qué momentos se aplica la Retención en la Fuente.

Esta retención constituye para los Contratistas y/o Servidores Públicos como un descuento (anticipo de renta), en el momento de la causación para el pago de la cuenta y/o Nómina.

Como se aplica la retención en la fuente.

Anualmente la Administración de Impuestos Nacionales emite una tabla donde se encuentra contenida los Ingresos que se encuentran sometidos a la retención en la fuente, con sus correspondientes porcentajes de aplicación.

Registros Contables de la Retención en la fuente.

Los Códigos contables para el registro y revelación de la retención en la fuente están regulados en el Régimen de la Contabilidad Pública, de acuerdo al concepto de retención.

Liquidación y Pago de la Retención en la Fuente

La Administración de Impuestos Nacional DIAN establece en forma anual el calendario del pago de la Retención en la Fuente, la cual se debe realizar en forma mensual (12 veces en el año), fechas que quedan preestablecidas por cada vigencia.

En la liquidación y pago de la Declaración de Retención en la Fuente, participan como responsables:

· El Grupo de Contabilidad tiene la responsabilidad de liquidar el total de retención en la fuente a pagar, de acuerdo a los registros contables realizados en el mes por cada uno de los conceptos de retención en la fuente, generando una relación acumulada con sus debidos soportes, los cuales son trasladados al Grupo de tesorería.

· El Grupo de Tesorería y Deuda Pública: Tiene la responsabilidad de realizar el pago de la Declaración de la Retención en la fuente, en las fechas establecidas para su pago oportuno.

Devolución de Retención en la Fuente

La Administración Central ha determinado un Procedimiento de Devolución de Retenciones en la fuente aplicadas en el pago de las cuentas, los cuales se originan debido a:

· Retenciones en la fuente aplicadas en porcentajes mayores a los valores que deberían haberse aplicado de acuerdo a las disposiciones en materia tributaria que determina la DIAN.

· Por retenciones aplicadas a cuentas de Contribuyentes que por su Carácter u Obligación no se les debe aplicar retención en la fuente alguna (son exentos de retención en la fuente).

Como requisito para efectuar la devolución de la retención en la fuente se le establece al Contribuyente que al realizar la solicitud de devolución debe Certificar que dicho valor objeto de devolución no se ha descontado ni será descontado en las Declaraciones de Renta presentadas a la DIAN (establecido en el procedimiento respectivo).

Estas devoluciones de retención en la fuente realizadas a los Contribuyentes, serán descontadas por la Alcaldía a la DIAN en las liquidaciones de las declaraciones de retención en la fuente en curso (con los debidos soportes).

Otras Obligaciones

La Administración Municipal está en la obligación legal de emitir en forma anual los certificados de retención en la fuente aplicada a todos los Contratistas y Servidores Públicos en la vigencia fiscal en la cual se haya aplicado la respectiva retención. Dicha obligación vence los 31 de marzo de cada año (según la actual disposición de la DIAN).

PASIVOS ESTIMADOS

En esta denominación se incluyen las cuentas representativas de las obligaciones a cargo de la entidad contable, originadas de circunstancias ciertas, cuya exactitud del valor depende de un hecho futuro; el Municipio registra en estas cuentas las provisiones de prestaciones sociales de acuerdo a los procedimientos interno establecidos y cuando el Régimen de la Contabilidad Pública, así mismo registra la Provisión para Contingencias por Litigios o demandas informado por la Oficina Jurídica y la Provisión para Pensiones de acuerdo al Procedimiento establecido por la Contaduría general de la Nación y se actualiza de acuerdo a la Página del FONPET el Cálculo Actuarial de Pensiones.

BONOS PENSIONALES

Representa el valor amortizado de las cuotas partes de bonos pensiónales emitidos a nombre de las personas que se trasladaron al Régimen de Ahorro individual con Solidaridad, de acuerdo con las normas de seguridad social vigentes Y al Régimen de Contabilidad Pública.

El manejo de esta cuenta la ha determinado la Administración Central, a través de la Secretaria de Administrativa-Oficina de Pensiones.

RECAUDO A FAVOR DE TERCEROS

Representa el valor de las obligaciones originadas por el recaudo de ingresos de propiedad de otras entidades contables públicas, entidades privadas o personas naturales, que deben ser reintegrados a éstas, en los plazos y condiciones convenidos.

En esta cuenta la administración central registra los valores correspondientes a Alumbrado Público (Infibagué) y Cortolima, Convenios, Rendimientos Financieros Regalías, entre otros, de acuerdo a los recaudos efectivamente recibidos para ser girados posteriormente de acuerdo a los procedimientos internos establecidos.

CUENTAS GENERALES DEL ESTADO DE ACTIVIDAD ECONOMICA, FINANCIERA, SOCIAL Y AMBIENTAL

CUENTA DE INGRESOS

En esta cuenta se incluyen los grupos que representan flujos de recursos generados por la entidad contable pública, susceptibles de incrementar el patrimonio público durante el periodo contable, bien sea por aumento de activos o por disminución de pasivos, expresados en forma cuantitativa y que reflejan el desarrollo de la actividad ordinaria y los ingresos de carácter extraordinario, en cumplimiento de las funciones de cometido estatal.

Los siguientes conceptos comprenden los ingresos del Municipio así:

INGRESOS FISCALES

Tributarios:

· Impuesto Predial Unificado

· Impuesto de Industria y Comercio.

· Espectáculos públicos.

· Avisos, tableros y vallas

· Degüello de ganado mayor

· Degüello de ganado menor

· Impuesto sobre vehículos automotores

· Sobretasa a la gasolina motor

No tributarios:

· Tasas

· Multas

· Intereses

· Sanciones

· Regalías y compensaciones monetarias

· Estampillas

· Derechos de tránsito

Ingresos por Fondos Especiales:

· Cuota de fiscalización y auditaje

Transferencias:

· Sistema General de Participación

El registro de los ingresos del Municipio son realizados de acuerdo al Régimen de la Contabilidad Pública y a los procedimientos internos establecidos por los Responsables del manejo de la información que surten el proceso contable.

GASTOS

La cuenta de Gastos incluye todas las salidas de recursos de la entidad contable pública, susceptibles de reducir el patrimonio público durante el período contable, para el caso de la Alcaldía de Ibagué (enero a diciembre), bien sea por disminución de activos o aumento de pasivos, expresados en forma cuantitativa. Son requeridos para el desarrollo de la actividad ordinaria, e incluye los originados por situaciones de carácter extraordinario. Esta cuenta es de naturaleza débito.

En esta cuenta se manejan:

· Sueldos y salarios.

· Contribuciones imputadas.

· Contribuciones efectivas.

· Aportes sobre la nómina.

· Gastos Generales.

· Impuestos, contribuciones y tasas.

Así mismo en esta cuenta se llevan las cuentas representativas de los montos determinados para cubrir previsiones futuras de ocurrencia cierta, derivadas de contingencias de pérdidas o provisiones por eventos que afecten el patrimonio público, así como el valor relativo al desgaste o pérdida de la capacidad operacional por el uso de los bienes, su consumo, o extinción. Es así como se manejan las provisiones en protección de inversiones, provisión para deudores, provisión para protección de inventarios, provisión para contingencias, como las depreciaciones para reconocer la disminución gradual de la capacidad operacional de las propiedades.

Por otra parte, los recursos trasferidos por la entidad contable pública de conformidad con los porcentajes establecidos en la ley, para financiar los servicios a su cargo, con prioridad al servicio de salud y los servicios de educación preescolar, primaria, secundaria y media, garantizando la prestación de los servicios y la ampliación de cobertura.

También se incluyen las cuentas que presentan los recursos destinados por la entidad contable pública a la solución de las necesidades básicas insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, vivienda, medio ambiente, recreación y deporte y los orientados al bienestar general y al mejoramiento de la calidad de vida de la población, de conformidad con las disposiciones legales.

El registro de todas las cuentas de gastos, se da en el proceso de la Causación Contable, en cumplimiento al Régimen de la Contabilidad Pública y a los procedimientos internos establecidos por el Municipio de Ibagué.

En todo caso el Municipio de Ibagué en desarrollo de su cometido estatal aplica para todas las cuentas contempladas en el Plan único de Cuentas los procedimientos establecidos en el Régimen de la Contabilidad Pública.

CARACTERIZACIÓN DEL PROCESO CONTABLE

PROCESO: GESTION CONTABLE

RESPONSABLE: SECRETARIA DE HACIENDA

Objetivo: Registrar todos los hechos, transacción y operaciones de la Administración Central Municipal, conforme al Régimen de Contabilidad Pública y su reglamentación, a fin de producir información confiable, relevante y comprensible que permita el conocimiento claro, preciso y suficiente de las acciones y actividades de Entidad.

Alcance: Desde el momento en que se produzca un hecho que afecte la realidad contable de la Entidad, hasta su revelación en los estados financieros y su divulgación a los entes y organismos de Ley.

PROVEEDORES DEL PROCESO DE GESTION CONTABLE

· Proceso Administración de Compensaciones – suministra los Reportes de Nómina.

· Proceso Administración de Bienes y Servicios – suministra los informes mensuales de movimiento de activos (almacén).

· Proceso Gestión de Tesorería – suministra todos los Boletines de ingresos y gastos, Reportes de Tesorería.

· Proceso Gestión de Ingresos – suministra Reporte de Cartera (Impuestos, tasas y contribuciones).

· Proceso Representación Judicial y Extrajudicial – Suministra Oficios de Contingencias con determinación de éxito o fracaso de los procesos judiciales en contra del municipio.

· Fiduciaria - suministra todos los boletines y reportes de transacciones ordenados por la Tesorería.

· Contaduría General de la Nación – suministra el Régimen de la Contabilidad Pública y todas las reglamentaciones que en materia contable disponga.

· Proceso Gestión Presupuestal – suministra las Ejecuciones de Ingresos y de Egresos.

· Entes de Control, Instituciones Educativas – suministra los Estados Financieros y movimientos presupuestales respectivos.

· Comité de Sostenibilidad Contable – suministra Actas.

· Comité Operativo de Hacienda – suministra actas.

· Entes de Control – suministra informes de auditoria.

ENTRADAS DEL PROCESO DE GESTION CONTABLE

· Reportes de Nómina

· Informes mensuales de movimientos de activos (Almacén)

· Boletines de ingresos y gastos (Reportes de Tesorería)

· Reportes de Cartera (Impuestos, Tasas y Contribuciones)

· Oficios de Contingencias con determinación de éxito o fracaso de los procesos judiciales en contra del Municipio.

· Boletines de Reportes.

· Catalogo General de Cuentas.

· Ejecución de Ingresos y Gastos.

· Estados Financieros y movimientos presupuestales de: Entes de Control e Instituciones Educativas.

· Actas de Comités.

· Informes de Auditoría.

PRODUCTOS (SALIDAS) DEL PROCESO DE GESTION CONTABLE

1. Estados Financieros.

2. Información Exógena.

3. Informes de Impuestos.

4. Reportes a la Contaduría General de la Nación.

5. Boletín de Deudores Morosos.

6. Planes de Mejoramiento.

7. Informes.

CLIENTES DEL PROCESO DE GESTION CONTABLE

· Entes de Control.

· Contaduría General de la Nación.

· Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

· Proceso de Planeación del Desarrollo Institucional.

· DIAN

· Comunidad

· Entes de Control

PROCEDIMIENTOS DESARROLLADOS EN EL PROCESO DE GESTION CONTABLE

1. Procedimiento para la Certificación de incorporación de recursos.

2. Procedimiento para la elaboración de informe a la Contraloría Municipal – SIREC.

3. Procedimiento para realizar la causación contable.

4. Procedimiento para la elaboración y presentación de información Exógena.

5. Procedimiento para la elaboración de estados financieros de la administración central.

6. Procedimiento para la elaboración de los Reportes Contables consolidados ante la Contaduría General de la Nación.

7. Procedimiento para el Registro y Pago Devolución de Retención en la Fuente.

8. Procedimiento para la creación o actualización de Terceros en el Sistema Operativo del Municipio de Ibagué.

9. Análisis trimestral de Saldos para el Reporte CGN2005-001.

10. Control de Anticipos.

11. Revisión de Cuentas por Pagar Nómina.

12. Procedimiento para la realización de la conciliación de la información allegada de otras dependencias.

13. Procedimiento revisión y liquidación de retención en la fuente y reteica.

14. Procedimiento para conciliar saldos en operaciones reciprocas.

15. Procedimiento para la elaboración del boletín de deudores morosos del estado.

16. Procedimiento para el reporte de novedades al boletín de deudores morosos del estado.

ENTREGA DE CARGO DE CONTADOR

En el caso de finalizar sus funciones, el Contador deberá producir el informe de empalme de la gestión realizada el cual deberá incluir los últimos estados financieros entre otros: el último Balance General y el Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental realizados a la fecha de finalización de su actuación, así como también la última fecha de incorporación de las operaciones en los libros oficiales; relación de los últimos informes exigidos y rendidos a los Entes de Control, así como de los demás informes y reportes que se consideren necesario presentar.

ACLARACION AL MANUAL

Los Procesos y Procedimientos, Parámetros, Directrices, Recomendaciones y plazos estipulados en el Manual de Políticas y Prácticas Contable, son para la orientación y cumplimiento de todos los servidores públicos que sirven de insumo y los ejecutores de los procesos contables y de cada una de las personas que requieran consultas en materia contable y son y serán objeto de actualización, supresión o modificación en la medida en que el Municipio de Ibagué avance en los recursos humanos, tecnológicos y financieros o que la normatividad que regula la disciplina contable así lo requiera.

C.P. LUZ AIDA LARA BAHAMÓN

Directora Grupo de Contabilidad

Calle 9 No. 2-59 - Oficina 100 – Teléfono 2611189