Agentes de Retencion Iva

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FEBRERO 2003

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)Base Legal Artculo 27 del C.O.T. Son responsables directos en calidad de agentes de retencin o de percepcin, las personas designadas por la ley o por la Administracin previa autorizacin legal Artculo 11 de a Ley del IVA La Administracin Tributaria podr designar como responsables del pago del impuesto, en calidad de agentes de retencin, a los compradores o adquirentes de determinados bienes muebles y los receptores de ciertos servicios

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)Base Legal Providencia Administrativa 1.455 del 29/11/2002 Publicada en Gaceta Oficial 37.585 del 05/12/2002 Se designan responsables del pago del I.V.A. en calidad de agentes de retencin a los contribuyentes calificados por el SENIAT como especiales. Fungirn como agente de retencin del IVA cuando compren bienes muebles o reciban servicios de proveedores que sean contribuyentes ordinarios de ste impuesto.

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)VIGENCIA Artculo18 : Esta Providencia entrar en vigencia el 01 de Diciembre de 2002 y la retencin, su declaracin y enteramiento contenido en ella, se aplicar a partir del:

01 de enero de 2003

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)Operaciones excluidas de retencin: Artculo 2Compra de bienes y adquisicin de servicios no sujetos, exentos o exonerados. Aquellas realizadas por caja chica cuyo importe sea igual o inferior a 10 U.T. (Bs. 194.000,00) Cuando con ocasin de la importacin de los bienes, los proveedores hayan sido objeto de algn rgimen de percepcin anticipada. Pagos efectuados con tarjetas de dbitos o crdito, cuyo titular sea el agente de retencin.

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)Monto a retener: Artculo 3 Impuesto discriminado en factura y contribuyente inscrito en el RIF: Impuesto no discriminado, la factura no cumple los requisitos y/o contribuyente no inscrito en el RIF:

75% del impuesto causado 100% del impuesto causado

El agente de retencin para determinar el porcentaje (%) a retener deber consultar si el proveedor est inscrito o no, en la pagina web del SENIAT : www.seniat.gov.ve

Frmula: Artculo 4

Mret = Pfac x Ai x R

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)Caso Prctico No. 1: Proveedores de servicios : 75% Factura No. XX Bs. 500.000,00 IVA Bs. 80.000,00 Total Bs. 580.000,00 Menos Retencin ISLR 2% de Bs. 500.000 Menos Retencin IVA 75% de Bs. 80.000 NETO A PAGAR Bs. 10.000,00 Bs. 60.000,00 Bs. 510.000,00

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)

Compras de Mercancas : 75% Factura No. XX IVA Total Menos Retencin IVA 75% de Bs. 80.000 NETO A PAGAR Bs. 500.000,00 Bs. 80.000,00 Bs. 580.000,00 Bs. 60.000,00 Bs. 520.000,00

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)Caso Prctico No. 2: Proveedores de servicios: 100% Factura No. XX Bs. 500.000,00 IVA Bs. 80.000,00 Total Bs. 580.000,00 Menos Retencin ISLR 2% de Bs. 500.000 Menos Retencin IVA 100% de Bs. 80.000 NETO A PAGAR Bs. 10.000,00 Bs. 80.000,00 Bs. 490.000,00

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)Compras de Mercancas: 100 % Factura No. XX Bs. 500.000,00 IVA Bs. 80.000,00 Total Bs. 580.000,00 Menos Retencin IVA 100% de Bs. 80.000 Bs. 80.000,00 NETO A PAGAR Bs. 500.000,00

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)Naturaleza del monto retenidoPara el comprador: Artculo 5 El impuesto retenido no pierde su carcter de crdito fiscal

Para el vendedor: Artculo 6 Los proveedores se descontarn el impuesto retenido de la cuota tributaria determinada para el perodo en el cual se practic la retencin, siempre que tenga el comprobante de retencin. Si al transcurrir tres (3) perodos de imposicin, an subsiste algn excedente sin descontar, el contribuyente puede optar por solicitar la recuperacin al SENIAT.

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)Ajuste de precios: Artculo 7 Si existe ajuste de precio que incremente el monto pagado se practicar laretencin a tal aumento. Si existe ajuste de precio que implique disminucin del causado, el agente de retencin deber devolver al proveedor el importe retenido en exceso que an no haya sido enterado. Si el impuesto retenido en exceso ya fue enterado, el proveedor puede solicitar reintegro del mismo al SENIAT conforme a lo dispuesto al Art. 194 del C.O.T.

Retenciones practicadas indebidamente: Artculo 8 Si el impuesto retenido no ha sido enterado, el proveedor tiene accin en contra del agente de retencin, sin perjuicio de otras acciones civiles y penales. Si el impuesto retenido fue enterado, solicitar reintegro al SENIAT.

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)Oportunidad para realizar la retencin: Artculo 9 La retencin del impuesto debe efectuarse cuando se realice el pago o abono en cuenta (cuando se origine la cuenta por pagar) Oportunidad para enterar: Artculo 10 Practicadas la 1a. quincena: Entre los primeros 5 das hbiles siguientes del mismo mes Entre los primeros 5 das hbiles del mes siguiente

Practicadas la 2a. quincena:

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)Procedimiento para registrarse en el Portal Fiscal del SENIAT Dirigirse a la Gerencia Regional Contribuyente de su jurisdiccin. o rea de Asistencia al

Presente a travs de su representante legal o apoderado, original y copia de los siguientes recaudos:Registro Mercantil o Documento constitutivo, y ltima acta de asamblea. Poder del representante legal notariado Representante legal. CI del representante legal. Correo electrnico de la empresa y del representante legal o Autorizacin del

RIF de la empresa y del representante legal

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)Procedimiento para registrarse en el Portal Fiscal del SENIAT Una vez revisada la documentacin, el funcionario receptor deber entregar el documento de responsabilidad de uso del portal fiscal y certificado de inscripcin en el portal. Posteriormente, en su oficina, revisar su correo electrnico la notificacin que le informe el usuario y clave para el uso del portal fiscal. Conectarse a la pgina web del SENIAT www.seniat.gov.ve, ingrese usuario y clave y siga las instrucciones.

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)Procedimiento para enterar el impuesto retenido: Artculo 11 Presentar a travs de la pgina www.seniat.gov.ve declaracin de las compras y de las retenciones practicadas durante el perodo correspondiente. Efectuar el pago electrnicamente o imprimir la planilla de pago generada por el sistema. El SENIAT podr disponer la apertura de cuenta en el Banco Central de Venezuela

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)Procedimiento para enterar el impuesto retenido:

Agente de RetencinDeclaracin informativa de las compras y de las retenciones practicadas

Paga electrnicamente

Imprime planilla de pago generada por el sistema

Paga en cheque o efectivo en la oficina respectiva

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)Otros deberes del Agente de Retencin: Declarar operaciones sometidas a retencin (Ley IVA y Art. 5 Prov.) Emitir comprobantes de retencin cumpliendo sus requisitos (Art. 12 Prov.) Detallar en el libro de compras las operaciones sometidas a retencin (Art. 13 Prov.) Comprobar consistencia de Datos bsicos del R.I.F. (Art. 16 Prov.)

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)Otros deberes: Del Proveedor: Declarar ntegramente los dbitos facturados

Declarar retenciones soportadas (Art. 6 Prov.) Detallar en el libro de ventas las operaciones sujetas a retencin (Art. 14 Prov.)

LIBRO DE COMPRASen caso de importaciones, la fecha a la cual se est referiendose es al fecha de la declaracin o liquidacin de Aduana 01 - registro 02 - complemento 03 - anulacin 04 - ajuste los porcentajes aplicables, deben corresponder al tipo de alcuota : General --> 16 % General + Adicional --> 26 % slo casos de anul./ compl. Reducida --> 8 % notas de Dbitos o CrditosCOMPRAS INTERNAS o IMPORTACIONES monto retenido al proveedor retenciones a Terceros del bin o servicio Percepciones de IVA en Aduanas.

Fecha de la Factura

RIF

Nmero Nm.Planilla Nm. de Nmero Nmero Nmero de Total Compras Compras sin Tipo de de de Importacin Expediente de Nota Dbit. Nmero de Tipo de Factura Incluyendo derecho a Nota Crdto. Transacc. Afectada el IVA Crdito IVA Nombre o Razon Social Proveed. Comprobt. ( C-80 o C-81 ) Importacin Factura Aaaaaaaa Aaaaaaaaa XXXXXX XXXXXX SR XXXXXX XXXXXX XXXXXX ND XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX N.A N.A XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX 01-reg 01-reg 01-reg 01-reg 01-reg 01-reg 01-reg 01-reg 01-reg 01-reg 01-reg 01-reg 01-reg XXXXXX 1.160.000,00 2.320.000,00 5.800.000,00 12.600.000,00 25.200.000,00 37.800.000,00 1.128.000,00 2.416.000,00 500.000,00 1.000.000,00 2.000.000,00 700.000,00 -116.000,00 200.000,00 400.000,00 500.000,00 1.000.000,00 2.000.000,00 700.000,00

% Base Imponible Alcuota 1.000.000,00 16,00% 2.000.000,00 16,00% 5.000.000,00 16,00% 10.000.000,00 26,00% 20.000.000,00 26,00% 30.000.000,00 26,00% 800.000,00 16,00% 1.600.000,00 26,00%

Impuesto IVA 160.000,00

IVA IVA Anticipo Retenido Retenido de IVA (al vendedor) (a Terceros) ( importacin ) 80.000,00

01/07/2001 J-111111

01/07/2001 N-222222 Bbbbbbbb Bbbbbbbbb 01/07/2001 CI-545454 Bbbbbbbb Bbbbbbbbb 02/07/2001 J-333333 02/07/2001 J-222222 05/07/2001 J-555555 05/07/2001 J-555555 05/07/2001 J-555555 05/07/2001 J-444444 05/07/2001 J-222222 10/07/2001 J-111111 10/07/2001 J-999999 12/07/2001 J-444444 Cccccccc Ccccccccc Bbbbbbbb Bbbbbbbbb ACME Supplies El propio contribuyente El propio contribuyente Eeeeeeee Eeeeeeeee Bbbbbbbb Bbbbbbbbb Aaaaaaaa Aaaaaaaaa Kkkkkkkk Kkkkkkkkk Eeeeeeee Eeeeeeeee

320.000,00 160.000,00 800.000,00 800.000,00 2.600.000,00 1.300.000,00 5.200.000,00 2.600.000,00 7.800.000,00 128.000,00 416.000,00 7.800.000,00 24.000,00 48.000,00

-100.000,00 16,00%

-16.000,00

-16.000,00

LIBRO DE VENTASen caso de exportaciones, la fecha a la cual se est referiendose es al fecha de registro de la Forma D - Aduana 01 - registro 02 - complemento 03 - anulacin 04 - ajuste los porcentajes aplicables, deben corresponder al tipo de alcuota : General --> 16 % slo casos de anul./ compl. General + Adicional --> 26 % Reducida --> 8 % notas de Dbitos o CrditosVENTAS INTERNAS o EXPORTACION GRAVADAS

monto retenido por monto percibido a el comprador comprador de del bin o servicio bin o servicio

Fecha Oper. de la Nro. Factura

4

RIF

Nombre o Razon Social

Nm.Planilla de Exportacin ( forma D )

Nmero Nmero Nmero de Total Ventas de Nm. Ctrol. Nota Dbit. Nmero de Tipo de Factura Incluyendo Nota Crdto. Transacc. Afectada Factura de Factura el IVA XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX 01-reg 01-reg 01-reg 01-reg 01-reg 01-reg N.A N.A 01-reg 01-reg 01-reg 01-reg 01-reg 01-reg XXXXXX XXXXXX XXXXXX 01-reg 01-reg XXXXXX 1.160.000,00 2.320.000,00 5.800.000,00 12.600.000,00 25.200.000,00 37.800.000,00 800.000,00 1.600.000,00 500.000,00 1.000.000,00 2.000.000,00 700.000,00 -116.000,00 5.800.000,00

Ventas % Internas No Gravadas Base Imponible Alcuota 1.000.000,00 16,00% 2.000.000,00 16,00% 5.000.000,00 16,00%

Impuesto IVA 160.000,00 320.000,00 800.000,00

IVA Retenido ( por el comprador ) 80.000,00 160.000,00 800.000,00

IVA Percibido

1 01/07/2001 J-111111 Aaaaaaaa Aaaaaaaaa 2 01/07/2001 N-222222 Bbbbbbbb Bbbbbbbbb 3 01/07/2001 N-222222 Bbbbbbbb Bbbbbbbbb 4 02/07/2001 J-333333 Cccccccc Ccccccccc 5 02/07/2001 J-222222 Bbbbbbbb Bbbbbbbbb 6 05/07/2001 XZY-444-U ACME Supplies 7 05/07/2001 J-555555 El propio contribuyente 8 05/07/2001 J-555555 El propio contribuyente 9 05/07/2001 J-444444 Eeeeeeee Eeeeeeeee 10 05/07/2001 J-222222 Bbbbbbbb Bbbbbbbbb 11 10/07/2001 J-111111 Aaaaaaaa Aaaaaaaaa 12 10/07/2001 J-999999 Kkkkkkkk Kkkkkkkkk 13 12/07/2001 J-444444 Eeeeeeee Eeeeeeeee 14 12/07/2001 J-222222 Bbbbbbbb Bbbbbbbbb XXXXXX XXXXXX

10.000.000,00 26,00% 2.600.000,00 20.000.000,00 26,00% 5.200.000,00 30.000.000,00 26,00% 7.800.000,00 800.000,00 0,00% 1.600.000,00 0,00% 500.000,00 1.000.000,00 2.000.000,00 700.000,00 -100.000,00 16,00% 5.000.000,00 16,00% -16.000,00 800.000,00 17.664.000,00 1.024.000,00 -16.000,00 30.000,00 30.000,00 0,00 0,00

N.A N.A

XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX

97.164.000,00 4.200.000,00 75.300.000,00

AGENTES DE RETENCIN DEL I.V.A. (Contribuyentes Especiales)Sanciones Ilcitos Materiales COT:mitir el pago de anticipos (112)

10% al 20% 100 al 300% 50 al 150% 50 al 500% 2 a 4 aos

No retener (Art. 112)Retener o percibir menos (112)

Retraso del pago (Art.113) *Apropiacin indebida (Art.118)

* Norma vigente a partir del 12/10/02 (todas las disposiciones seccin cuarta del CAPII del Tit.III, de los Ilcitos sancionados con penas restrictivas de libertad)

Sanciones por incumplimiento de los Deberes Formales contenidos en sta Providencia : Artculo 107 COT