AdULTO MAYOR-participacion TALLER.ppt
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DERECHOS Y DEBERES INTERNACIONALES Y NACIONALES DEL
ADULTO MAYOR
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DERECHOS HUMANOS
Derecho a la vida
Derecho a la igualdad
Derecho a la libertad de
pensamiento
Derecho a la libertad de
opinión
Derecho a la libertad de
reunión
Derecho a la seguridad
social
Derecho a un nivel de
vida adecuada
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Derecho al trabajo
Derecho a la salud
Derecho a la participación
Derecho a una vivienda digna y
adecuada
DERECHOS DE LOS ADULTOS MAYORES
Derecho a tener una protección especial
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NORMATIVIDAD INTERNACIONAL
Los instrumentos jurídicos internacionales, que consagran derechos y deberes de los adultos mayores son los siguientes:
- Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)
- Pacto Internacional de Derechos Sociales, Económicos y Culturales (1966)
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966)
- Convención Americana sobre Derechos Humanos (1978)
- Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979)
- Organización Internacional del Trabajo. Recomendación 162: sobre los trabajadores de edad (1980)
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- Protocolo de San Salvador
- El Plan de Acción Internacional de Viena sobre el Envejecimiento 1982
- Principios de las Naciones Unidas en Favor de las Personas de Edad (1991)
- La cuarta conferencia mundial sobre la mujer reunida en Beijing del 4 al 15 de septiembre de 1995
- Conferencia De Las Naciones Unidas Sobre Los Asentamientos Humanos (HABITAT II) (Estambul, 3 a 14 de junio de 1996)
- Plan de Acción de Madrid sobre el Envejecimiento 2002
- Declaración de Brasilia 2007
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DERECHO A LA PARTICIPACIÓN
Participacióneconómica
Participación social
Participación cultural
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PARTICIPACIÓN
Permanecer integradas en la sociedad, participar activamente en la formulación y la aplicación de las políticas que afecten directamente a su bienestar y poder compartir sus conocimientos y habilidades con las generaciones más jóvenes
Poder buscar y aprovechar oportunidades de prestar servicio a la comunidad y de trabajar como voluntarios en puestos apropiados a sus intereses y capacidades
Poder formar movimientos o asociaciones de personas de edad avanzada
Principios de la ONU en Favor de las Personas de Edad
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INDEPENDENCIA
Poder participar en la determinación de cuándo y en qué medida dejarán de desempeñar actividades laborales
Tener la oportunidad de trabajar o de tener acceso a otras posibilidades de obtener ingresos
Acceso a alimentación, agua, vivienda, vestimenta y atención de salud adecuados, mediante ingresos, apoyo de sus familias y de la comunidad y su propia autosuficiencia
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Tener acceso a programas educativos y de formación adecuados
Tener la posibilidad de vivir en entornos seguros y adaptables a sus preferencias personales y a sus capacidades en continuo cambio
Poder residir en su propio domicilio por tanto tiempo como sea posible
INDEPENDENCIA
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AUTORREALIZACIÓN
Poder aprovechar las oportunidades para desarrollar plenamente su potencial
Tener acceso a los recursos educativos, culturales, espirituales y recreativos de la sociedad
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CUIDADOSCUIDADOS
Tener acceso a servicios de atención de salud que les ayuden a mantener o recuperar un nivel óptimo de bienestar físico, mental y emocional, así como a prevenir o retrasar la aparición de la enfermedad.
Poder disfrutar de sus derechos humanos y libertades fundamentales cuando residan en hogares o instituciones donde se les brinden cuidados o tratamiento, con pleno respeto de su dignidad, creencias, necesidades e intimidad, así como de su derecho a adoptar decisiones sobre su cuidado y sobre la calidad de su vida.
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Tener acceso a servicios sociales y jurídicos que les aseguren mayores niveles de autonomía, protección y cuidado.
Tener acceso a medios apropiados de atención institucional que les proporcionen protección, rehabilitación y estímulo social y mental en un entorno humano y seguro.
Poder disfrutar de los cuidados y la protección de la familia y la comunidad de conformidad con el sistema de valores culturales de cada sociedad.
CUIDADOS
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DIGNIDAD
Poder vivir con dignidad y seguridad y verse libres de explotaciones y de malos tratos físicos o mentales
Recibir un trato digno, independientemente de la edad, sexo, raza o procedencia étnica, discapacidad u otras condiciones, y han de ser valoradas independientemente de su contribución económica
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NORMATIVIDAD NACIONALCONSTITUCIÓN LEY
Art. 13 Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.
Art. 46 El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria. El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia.
Ley 700 DE 2001 Por medio de la cual se dictan medidas tendientes a mejorar las condiciones de vida de los pensionados y se dictan otras disposiciones
Ley 1171 de 2007 Por medio de la cual se establecen unos beneficios a las personas adultas mayores
Ley 1251 de 2008 Por la cual se dictan normas tendientes a procurar la protección, promoción y defensa de los derechos de los adultos mayores
Ley 1276 de 2009 A través de la cual se modifica la ley 687 del 15 de agosto de 2001 y se establecen nuevos criterios de atención integral del adulto mayor en los centros vida.
Ley 1315 de 2009 Por medio de la cual se establecen las condiciones mínimas que dignifiquen la estadía de los adultos mayores en los centros de protección, centros de día e instituciones de atención.
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POLÍTICA NACIONAL DE ENVEJECIMIENTO Y VEJEZ 2007‐2019
PRINCIPIOS DE LA POLÍTICA
Universalidad
Equidad
Participación social
Solidaridad intergeneracional
Justicia Social Distributiva
Dignidad
Enfoque diferencial
Es un derecho humano universal, “Se entiende la participación social como una forma de influir sobre las decisiones que se toman y de mejorar la calidad de las mismas” son también las acciones individuales y colectivas que pretenden promover y lograr transformaciones sociales, realizadas por las personas mayores a nivel individual y colectivo. Estas acciones en diferentes campos de interés.
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Política publicaDe Envejecimiento
y vejez
Eje 1: Protección de los derechos
humanos
Eje 2: protecciónSocial
integral
Eje 3: Envejecimiento
activo
Eje 4:Formación De
Recurso Humano e Investigación
Línea 1: Seguridad en el ingresoLínea 2:Seguridad Social en SaludLínea 3: Promoción y Asistencia SocialLínea 4: Seguridad Alimentaria y NutricionalLinea 5: Programas de Vivienda digna y Saludable
Línea 1: Fortalecimiento de la Participación e Integración Social para un ejercicio efectivo de la ciudadanía
Línea 2: Seguimiento a laaplicación de normas
Línea 1:Investigación sobre Envejecimiento y Vejez
Línea 2: Formación detalento humano
Línea 1: Creación de espacios y entornos saludables
Línea 2: Promoción de hábitos y estilos de vida saludables
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El término «activo» hace referencia, no sólo a la capacidad para estar físicamente activo o participar en la mano de obra, sino a una participación continua en las cuestiones sociales, económicas, culturales, espirituales y cívicas.
¿Que significa el envejecimiento activo?
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MECANISMOS DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS
ACCIÓN DE TUTELA
Es mecanismo constitucional de protección y garantía judicial al cual puede recurrir cualquier persona cuando considere que se le esta vulnerando algún derecho fundamental.
¿Que es?
En un término no mayor de 10 días, contados desde la solicitud de la tutela.
¿En cuanto tiempo deben responder la tutela?
/home/diana/Escritorio/anexo_10-18_modelo_accion_de_tutela.pdf