Actividad 2 legislacion aplicada

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nº problema, fecha lorem ipsum LEYES Y COMERCIO EXTERIOR POR ANA ITZEL CAMACHO PLASCENCIA Legislación del comercio exterior A través de esta revista te daremos a conocer la leyes que rigen el comercio exterior en nuestro país puesto que es de seria importancia para poder llevarlo a cabo correctamente. Pues bien las leyes que lo rigen son un conjunto de ordenamientos jurídicos de orden nacional y de carácter internacional, que regulan las relaciones necesarias sobre esta materia entre los órganos COMERCIO EXTERIOR La legislación aduanera regula el despacho aduanero y las medidas de restricción del comercio exterior. Las disposiciones jurídicas relacionadas con la ley aduanera, también permiten conocer los derechos y obligaciones de las El comercio exterior es el intercambio de bienes o servicios existente entre dos o más naciones con el propósito de que cada uno pueda satisfacer sus necesidades de mercado tanto internas como externas. Está regulado por normas, tratados, acuerdos, y convenios internacionales

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LEYES Y COMERCIO EXTERIOR

POR ANA ITZEL CAMACHO PLASCENCIA

A través de esta revista te daremos a conocer la leyes que rigen el comercio exterior en nuestro país puesto que es de seria importancia para poder llevarlo a cabo correctamente. Pues bien las leyes que lo rigen son un conjunto de ordenamientos jurídicos de orden nacional y de carácter internacional, que regulan las relaciones necesarias sobre esta materia entre los órganos públicos pertenecientes a diferentes Estados y con los particulares que realizan actos catalogados de Comercio

Legislación del comercio exterior

COMERCIO EXTERIOR

La legislación aduanera regula el despacho aduanero y las medidas de restricción del comercio exterior. Las disposiciones jurídicas relacionadas con la ley aduanera, también permiten conocer los derechos y obligaciones de las personas que participan en el comercio exterior, además, facilitan el intercambio comercial. 

El comercio exterior es el intercambio de bienes o servicios existente entre dos o más naciones con el propósito de que cada uno pueda satisfacer sus necesidades de mercado tanto internas como externas. Está regulado por normas, tratados, acuerdos, y convenios internacionales entre los países para simplificar sus procesos y busca cubrir la demanda interna que no pueda ser atendida por la

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Título Cuarto - Regímenes

Título Tercero - Contribuciones, cuotas compensatorias y demás regulaciones y restricciones no arancelarias al comercio exterior.

Título Segundo - Control de aduana en el despacho.

Título Primero - Disposiciones Generales Capítulo Único

regular la entrada y salida de una mercancía de/hacia territorio nacional en los tramites fiscales administrativos. La presente Ley regula a los actos y personas relacionadas con el Despacho de Mercancías. La componen 203 Artículos, se divide en 9 títulos y a su vez se subdivide en capítulos.

El objetivo principal es aduaneros.

Título Quinto - Franja y región fronteriza.

Título Sexto - Atribuciones del Poder Ejecutivo Federal y de las autoridades fiscales

Título Séptimo - Agentes aduanales, apoderados aduanales y dictaminadores aduaneros.

Título Octavo - Infracciones y sanciones.

Título Noveno Recursos administrativos 

Ley Aduanera y Reglamento

Actualizada al 3 de mayo de 2016

Regula y promueve el comercio exterior, la economía del país y la estabilidad de la producción nacional., es importante porque nos señala las regulaciones y restricciones no arancelarias y otras disposiciones para su aplicación en el comercio exterior. Tiene por objeto regular y promover el comercio exterior, incrementar la competitividad de la economía nacional, propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país e integrar adecuadamente la economía mexicana con la internacional y contribuir a la elevación del bienestar de la

Están obligados al cumplimiento de las citadas disposiciones quienes introducen mercancías al territorio nacional o las extraen del mismo, ya sean sus propietarios, poseedores, destinatarios, remitentes, apoderados, agentes aduanales o cualesquiera personas que tengan intervención en la introducción, extracción

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Ley de comercio exterior y su reglamento

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Los aranceles a que se refiere A LA LEY anterior podrán adoptar las siguientes modalidades:Arancel-cupo, cuando se establezca un nivel arancelario para cierta cantidad o valor de mercancías exportadas o importadas, y una tasa diferente a las exportaciones o importaciones de esas mercancías que excedan dicho monto.

Continuación…

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Pellentesque:

LIGIELey de impuestos generales de importación y exportación determina las fracciones arancelarias de cada una de las mercancías que se pretenda exportar o importar. Se basa en el sistema armonizado de clasificación arancelaria y entro en vigor el 1ro de abril del 2002.En su contenido existen disposiciones que emanan de distintas Secretarias del Estados según la mercancía de la que se trate y que competa a alguna de su control por medio de autorizaciones, permisos, avisos, etc.Su propósito fundamental es el no distorsionar el intercambio de mercancías y mantener una nomenclatura única, reconocida universalmente, que atienda los propósitos del comercio exterior simplificado y uniformando los procedimientos relativos al intercambio comercial.Se clasifican todas las mercancías en base a un código cifrado internacional de 6 a 8 dígitos llamado fracción arancelaria. Dicha ley se aplica para poder obtener una tarifa de importación y exportación especificando las características y cantidad de cada producto para así tener un orden universal al aplicar dichas tarifas o impuestos. Los sujetos a los que va dirigida es aduanas, agentes aduanales y personas que decidan realizar un intercambio internacional de mercancías.

Ley del impuesto al valor agregado (LIVA)

Esta ley señala la obligación del pago del impuesto por la importación de mercancías y servicios .El IVA tiene como característica primordial que se traslada por separado. El traslado del impuesto a que se refiere este artículo no se considerará violatorio de precios o tarifas, incluyendo los oficiales.Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:

I. Enajenen bienes.

II. Presten servicios independientes.

III. Otorguen el uso o goce temporal de bienes.

El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala esta Ley, la tasa del 16%. El impuesto al valor agregado en ningún caso se considerará que forma parte de dichos valores.El contribuyente trasladará dicho impuesto, en forma expresa y por separado, a las personas que adquieran los bienes, los usen o gocen temporalmente, o reciban los servicios. Se entenderá por traslado del impuesto el cobro o cargo que el contribuyente debe hacer a dichas personas de un monto equivalente al impuesto establecido en esta Ley, inclusive

Ley del impuesto sobre producción y servicios y su reglamento (LIEPS).

esta Ley. Para efectos de la presente Ley se

realicen los actos o actividades siguientes:

I. La enajenación en territorio nacional o, en su caso, la importación de los bienes señalados en

Están obligadas al pago del impuesto establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que

traslación del impuesto especial sobre producción y servicios y, en su caso, pagarlo

exentos de ellos, deberán aceptar la no causen impuestos federales o estén aunque conforme a otras leyes o decretos descentralizados o cualquier otra persona, Estados, los Municipios, los organismos La Federación, el Distrito Federal, los en esta Ley.mismo o, en su caso, la cuota establecida

o servicio establece el artículo 2. del ordenamiento, la tasa que para cada bien valores a que se refiere este El impuesto se calculará aplicando a los

en esta Ley.2. La prestación de los servicios señalados

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Ley del impuesto sobre autos nuevos y su reglamento (LISAN)

diciembre de 1997 y 31 de diciembre de 2003

Federación del 29 de Diario Oficial de la

Norma citada en: 75 sentencias, 721 artículos doctrinales, 722 disposiciones normativas, 13 formularios, 1118 noticiasVigente desde el 26 de diciembre del 2005.

Están obligados al pago del impuesto sobre automóviles nuevos establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que realicen los actos siguientes:

I. Enajenen automóviles nuevos. Se entiende por automóvil nuevo el que se enajena por primera vez al consumidor por el fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en el ramo de vehículos.

II. Importen en definitiva al país automóviles, siempre que se trate de

Para los efectos de lo dispuesto en las fracciones anteriores, los automóviles importados por los que se cause el impuesto establecido en esta Ley, son los que corresponden al año modelo posterior al de aplicación de la Ley, al año modelo en que se efectúe la importación, o a los 10 años modelo inmediato anteriores.El impuesto para automóviles nuevos se calculará aplicando la tarifa o tasa establecida en el artículo 3o. de esta Ley, según corresponda, al precio de enajenación del automóvil al consumidor por el fabricante, ensamblador, distribuidores

Ley Federal de Derechos y su

2015", publicado en el Diario Oficial de la

Miscelánea Fiscal para de la Resolución ajuste" del "ANEXO 19 base en la "cuota sin sido actualizadas con para el año 2015, han esta Ley establecidas Todas las cantidades de Al margen un sello con el Escudo Nacional, que

dice: Estados Unidos Mexicanos.-Presidencia de la República.

JOSE LOPEZ PORTILLO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:

Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO:

El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, Decreta:

LEY FEDERAL DE DERECHOS

Los derechos que establece esta Ley, se pagarán por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos desconcentrados y en este último caso, cuando se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en esta Ley. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.

Los derechos por la prestación de servicios que establece esta Ley deberán estar relacionados con el costo total del servicio, incluso el financiero, salvo en el caso de dichos cobros tengan un carácter racionalizador del servicio.

Cuando se concesione o autorice que la prestación de un servicio que grava esta Ley, se

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Código Fiscal de la Federación Norma citada en: 33247

sentencias, 11884 artículos doctrinales, 20681 disposiciones normativas, 411 formularios, 2472 noticias

Las personas físicas y las morales, están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyesfiscales respectivas. Las disposiciones de este Código se aplicarán en su defecto y sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados internacionales de los que México sea parte. Sólo mediante ley podrá destinarse una contribución a un gasto público específico.

La Federación queda obligada a pagar contribuciones únicamente cuando las leyes lo señalen expresamente.

Los estados extranjeros, en casos de reciprocidad, no están obligados a pagar impuestos. No quedan comprendidas en esta exención las entidades o agencias pertenecientes a dichos estados.

Las personas que de conformidad con las leyes fiscales no estén obligadas a pagar contribuciones, únicamente

Las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos, las que se definen de la siguiente manera:Impuestos son las contribuciones establecidas en ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma y que sean distintas

Reglas de carácter general en materia de comercio exterior (RCGMCE).

Que en este ordenamiento se agrupan aquellas disposiciones de carácter general aplicables al comercio exterior, que para fines de identificación, se denominan Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior.

Que con la finalidad de facilitar el manejo, identificación y consulta de las diferentes reglas, se agruparán por temas específicos regulados por la Ley Aduanera y demás ordenamientos aplicables señalados en el artículo 1o. de dicha Ley, utilizando el formato integrado por tres componentes: título, capítulo y número progresivo de cada regla.

Que a fin de contemplar las modificaciones a la legislación aplicable en materia aduanera, así como los decretos y acuerdos expedidos en materia de comercio exterior, el Servicio de Administración Tributaria resuelve expedir la

Reglas de carácter general en materia de comercio exterior.

El objeto de la presente Resolución es dar a conocer, agrupar y facilitar el conocimiento de las disposiciones de carácter general mediante una publicación anual, dictadas por las autoridades aduaneras y fiscales, en materia de comercio exterior. Las RCGMCE que en el futuro se expidan, se harán como reforma, adición o derogación de las que contiene la presente Resolución.Cualquier interesado podrá consultar, exclusivamente la información de los pedimentos de importación correspondientes a sus operaciones, presentados a despacho en las aduanas y secciones aduaneras del país, consistente en fracción arancelaria, valor en aduana, fecha, tipo de operación, contribuciones y regulaciones o restricciones no arancelarias, número de pedimento, patente, estado del pedimento, fecha, secuencia, tipo de operación y clave de documento, a través de la página electrónica www.aduanas.gob.mx.

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Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio

exterior de la Secretaría de Economía.El presente Acuerdo tiene por objeto dar a

conocer las reglas que establezcan disposiciones de carácter general en el ámbito de competencia de la SE, así como los criterios necesarios para el cumplimiento de las leyes, acuerdos o tratados comerciales internacionales, decretos, reglamentos, acuerdos y demás ordenamientos generales de su competencia, agrupándolas de manera que faciliten su aplicación por parte de los usuarios.Los trámites en materia de comercio exterior ante la SE, podrán realizarse personalmente a través de ventanilla, o bien, por medios de comunicación electrónica, utilizando para ello las fichas correspondientes a cada trámite, las cuales se encuentran disponibles en el portal de Internet www.cofemer.gob.mx.

03/09/2012 ( 33a. Modificación)

REFERENCIAS:http://app.vlex.com/#MX/vid/42578673http://www.siicex.gob.mx/portalSiicex/SICETECA/Reglas/ReglasSE.htmhttp://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5358231&fecha=29/08/2014http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/11/http://legislacioncomercioexteriormexico.blogspot.mx/search?q=ley+de+comercio+exterior

GRACIAS