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ACTA Nº 36-17 Sesión celebrada el 02 de octubre de 2017 Acta de la sesión ordinaria número treinta y seis de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, celebrada en sus oficinas centrales, ubicadas en la Ciudad de San José, Costa Rica, a las dieciocho horas con cinco minutos del dos de octubre del dos mil diecisiete. Miembros presentes: MSc. Froylán Alvarado Zelada, Presidente; MSc. Eduardo Rojas Sánchez, Secretario; MSc. Francisco Eiter Cruz Marchena, Tesorero; Licda. Beatriz Sarmiento Chávez, Vocal III; Lic. Álvaro Arturo Sánchez González, Vocal IV; Licda. Gabriela León González Vocal V; Lic. Juan Luis León Blanco, Fiscal. Miembros ausentes con justificación: Licda. Cristina Rojas Rodríguez, Vicepresidenta; Dra. Shirley Víquez Vargas, Prosecretaria; Licda. Ana Gabriela Badilla Zeledón, Vocal I; MSc. Julio Armando Castellanos Villanueva Vocal II. Funcionarios Asistentes: Licda. Ethel Franco Chacón, Directora Ejecutiva; Sra. Annia Picado Mesén, Secretaria de Actas. ARTICULO 1) COMPROBACIÓN DE QUÓRUM E INICIO DE SESIÓN. El MSc. Froylán Alvarado Zelada, Presidente, da inicio a la sesión ordinaria Nº 36-17, del 02 de octubre de 2017. ARTICULO 2) LECTURA Y APROBACIÓN DE LA AGENDA DE PRESIDENCIA. El MSc. Froylán Alvarado Zelada, Presidente, somete a consideración de los señores Directores y Directoras la agenda de Presidencia, 1.- Comprobación de quórum e inicio de la sesión. 2.- Aprobación de Agenda Presidencia. 3.- Lectura y Aprobación del acta ordinaria No. 34-2017. 4.- Correspondencia, 5.- Informe de Presidencia, 6- Informe de Directores y Directoras, 7.- Informe Dirección Ejecutiva-Licda. Ethel Franco Chacón. 8.- Asuntos breves y traslados de Fiscalía. 9.- Informe Comisión de Aranceles. SE ACUERDA 2017-36-001 Aprobar la agenda de Presidencia, presentada por el MSc. 1 2 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42

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ACTA Nº 36-17Sesión celebrada el 02 de octubre de 2017

Acta de la sesión ordinaria número treinta y seis de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, celebrada en sus oficinas centrales, ubicadas en la Ciudad de San José, Costa Rica, a las dieciocho horas con cinco minutos del dos de octubre del dos mil diecisiete.

Miembros presentes: MSc. Froylán Alvarado Zelada, Presidente; MSc. Eduardo Rojas Sánchez, Secretario; MSc. Francisco Eiter Cruz Marchena, Tesorero; Licda. Beatriz Sarmiento Chávez, Vocal III; Lic. Álvaro Arturo Sánchez González, Vocal IV; Licda. Gabriela León González Vocal V; Lic. Juan Luis León Blanco, Fiscal.

Miembros ausentes con justificación: Licda. Cristina Rojas Rodríguez, Vicepresidenta; Dra. Shirley Víquez Vargas, Prosecretaria; Licda. Ana Gabriela Badilla Zeledón, Vocal I; MSc. Julio Armando Castellanos Villanueva Vocal II.

Funcionarios Asistentes: Licda. Ethel Franco Chacón, Directora Ejecutiva; Sra. Annia Picado Mesén, Secretaria de Actas.

ARTICULO 1) COMPROBACIÓN DE QUÓRUM E INICIO DE SESIÓN.

El MSc. Froylán Alvarado Zelada, Presidente, da inicio a la sesión ordinaria Nº 36-17, del 02 de octubre de 2017.

ARTICULO 2) LECTURA Y APROBACIÓN DE LA AGENDA DE PRESIDENCIA.

El MSc. Froylán Alvarado Zelada, Presidente, somete a consideración de los señores Directores y Directoras la agenda de Presidencia, 1.- Comprobación de quórum e inicio de la sesión. 2.- Aprobación de Agenda Presidencia. 3.- Lectura y Aprobación del acta ordinaria No. 34-2017. 4.- Correspondencia, 5.- Informe de Presidencia, 6- Informe de Directores y Directoras, 7.- Informe Dirección Ejecutiva-Licda. Ethel Franco Chacón. 8.- Asuntos breves y traslados de Fiscalía. 9.- Informe Comisión de Aranceles.

SE ACUERDA 2017-36-001 Aprobar la agenda de Presidencia, presentada por el MSc. Froylán Alvarado Zelada. Cinco votos.

ARTICULO 3) LECTURA Y APROBACION DEL ACTA ORDINARIA No. 34-17, DEL 18 DE SETIEMBRE DEL 2017.

Revisada el acta 34-17 del 18 de setiembre del 2017, por los señores Directores y Directoras y realizadas las observaciones pertinentes, proceden a aprobarla.

SE ACUERDA 2017-36-002 Aprobar el acta 34-17, celebrada el 18 de setiembre del 2017, con las observaciones realizadas por los señores Directores y Directoras. Cinco votos.

LOS DOCUMENTOS FORMAN PARTE DE LOS ATESTADOS DEL ACTA.

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ARTICULO 4) CORRESPONDENCIA.

1. Nota DE-ISV-027-2017, suscrita por la Licda. Ethel Franco Chacón, Directora Ejecutiva, mediante la cual indica que, realizados los respectivos estudios, en los Departamentos de Contabilidad se encuentra al día al mes de agosto en el pago de las cuotas de colegiatura y en Fiscalía, no tiene suspensiones ni procesos pendientes, por lo que se recomienda aceptar la suspensión voluntaria de la Licda. Melissa Rivel Castro, carné 24102. Se aporta carné del Colegio. 

SE ACUERDA 2017-36-003 Aceptar la suspensión voluntaria de la Licda. Melissa Rivel Castro, carné 24102, a partir de la firmeza del presente acuerdo. Se le indica a la interesada, que de acuerdo con el Régimen de Seguridad Social de este Colegio, el cese en el pago de cuotas, implica perder los derechos adquiridos en la póliza de vida y gastos médicos básicos. En el caso de la póliza de vida, esta se mantendrá vigente en el tanto existan recursos en el fondo acumulado del agremiado (a). Cinco votos Responsable: Interesada. Departamento de Contabilidad y Archivo Central.

2. Nota DE-ISV-026-2017, suscrita por la Licda. Ethel Franco Chacón, Directora Ejecutiva, mediante la cual indica que, realizados los respectivos estudios, en los Departamentos de Contabilidad se encuentra al día al mes de setiembre en el pago de las cuotas de colegiatura y en Fiscalía, no tiene suspensiones ni procesos pendientes, por lo que se recomienda aceptar la suspensión voluntaria de la Licda. Maritza Carranza Jiménez, carné 4439. Se aporta carné del Colegio. 

SE ACUERDA 2017-36-004 Aceptar la suspensión voluntaria de la Licda. Maritza Carranza Jiménez, carné 4439, a partir de la firmeza del presente acuerdo. Se le indica a la interesada, que de acuerdo con el Régimen de Seguridad Social de este Colegio, el cese en el pago de cuotas, implica perder los derechos adquiridos en la póliza de vida y gastos médicos básicos. En el caso de la póliza de vida, esta se mantendrá vigente en el tanto existan recursos en el fondo acumulado del agremiado (a). Cinco votos Responsable: Interesada. Departamento de Contabilidad y Archivo Central.

3. Nota DAI-061-2017, suscrita por el MBA. Gerardo Solís Sequeira, Director Académico y de Incorporaciones, mediante la cual entrega los Recursos de Apelación presentados contra el resultado de los exámenes realizados el 17 de agosto de 2017.

SE ACUERDA 2017-36-005 Trasladar al Departamento Legal la nota DAI-061-2017, del MBA. Gerardo Solís Sequeira, Director Académico y de Incorporaciones, mediante la cual entrega los Recursos de Apelación presentados contra el resultado de los exámenes realizados el 17 de agosto de 2017. Cinco votos. Responsable: Departamento Legal.

4. Informe AL-207-2017, suscrito por el MSc. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, donde indica que mediante el acuerdo 2017-13-012 y 2016-33-009, se trasladó a esta Dirección el informe efectuado por el Dr. Hugo Quesada Monge, Encargado de la Oficina de Seguridad Social del Colegio, con motivo de la solicitud realizada por la Licda. Ceidy Leticia Cyrman Sánchez, respecto de la posición de la Junta Directiva sobre el monto que le fuera girado por concepto del fondo de retiro. … “Conclusión: El presente

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asunto tiene como fondo los derechos que como consumidora tiene la agremiada. Siendo eso así, el Colegio no es competente para resolver el conflicto planteado con lo cual se hace necesario, a la luz de lo que señalan los artículos 1, 4, 5 y 6 de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros Nº8653, 2 de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros Nº8956 y sus respectivos reglamentos, trasladar la presente queja a la Contraloría de Servicios del INS, teniéndose presente que cabe la posibilidad de que ante la insatisfacción de lo allí resuelto, se pueda acudir a la Superintendencia de Seguros”.

SE ACUERDA 2017-36-006 Se avala el informe AL-207-2017, del MSc. Arnoldo Segura Santisteban, Director Departamento Legal, donde indica que mediante el acuerdo 2017-13-012 y 2016-33-009, se trasladó a esta Dirección el informe efectuado por el Dr. Hugo Quesada Monge, Encargado de la Oficina de Seguridad Social del Colegio, con motivo de la solicitud realizada por la Licda. Ceidy Leticia Cyrman Sánchez, respecto de la posición de la Junta Directiva sobre el monto que le fuera girado por concepto del fondo de retiro. … Se hacen propios los fundamentos del informe: …“Conclusión: El presente asunto tiene como fondo los derechos que como consumidora tiene la agremiada. Siendo eso así, el Colegio no es competente para resolver el conflicto planteado con lo cual se hace necesario, a la luz de lo que señalan los artículos 1, 4, 5 y 6 de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros Nº8653, 2 de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros Nº8956 y sus respectivos reglamentos, trasladar la presente queja a la Contraloría de Servicios del INS, teniéndose presente que cabe la posibilidad de que ante la insatisfacción de lo allí resuelto, se pueda acudir a la Superintendencia de Seguros”. Cinco votos. Responsable: Secretaría comunicar.

5. Nota CAM-187-2017, suscrita por la M.Sc. Laura Ávila Bolaños, Directora, Centro de Arbitraje y Mediación CAM, donde indica que el VII Encuentro del grupo centroamericano y del caribe de arbitraje se celebrará el próximo jueves 19 de octubre 2017 en el Auditorio Ortiz Ortiz; el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica figura como anfitrión de dicho evento que congrega a distinguidos árbitros de la región. Se aprovechará la actividad y la concurrencia de los participantes para realizar dos actividades colaterales: -Lanzamiento de la Maestría en Arbitraje Internacional. -Promoción y divulgación del CIAR. Por todo lo anterior, mucho agradeceríamos, señores Junta Directiva, se sirvan considerar y aprobar el presupuesto necesario para ofrecerles un ágape de bienvenida en nuestras instalaciones el miércoles 18 de octubre 2017 a los 40 participantes que se esperan participarán en el VII Encuentro, cuyo presupuesto hemos estimado en ¢430.000 (cuatrocientos treinta mil colones) y así acompañar las 2 actividades paralelas descritas.

SE ACUERDA 2017-36-007 En atención a la nota CAM-187-2017, suscrita por la M.Sc. Laura Ávila Bolaños, Directora, Centro de Arbitraje y Mediación CAM, se autoriza el presupuesto de ¢430.000.00, para el VII Encuentro del grupo centroamericano y del caribe de arbitraje que se celebrará el jueves 19 de octubre 2017 en el Auditorio Ortiz Ortiz. Cinco votos. Responsable: MSc. Laura Ávila Bolaños. Dirección de Finanzas y Presupuesto. Protocolo y Eventos.

6. Nota suscrita por el Lic. Rodolfo Golfín Leandro, mediante la cual solicita el detalle o desglose de la cuota de colegiatura a efectos de conocer el destino que se le da a las sumas de dinero que componen la misma. Asimismo, solicito se me entregue un detalle de los beneficios que en mi condición de agremiado me otorga el Colegio, así como los rubros que

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en dinero corresponden a cada uno de estos, sean fondos de mutualidad, pensiones, ahorros u otros.

SE ACUERDA 2017-36-008 Trasladar a la Dirección Ejecutiva, la nota del Lic. Rodolfo Golfín Leandro, donde solicita “el detalle o desglose de la cuota de colegiatura a efectos de conocer el destino que se le da a las sumas de dinero que componen la misma. Asimismo, solicita el detalle de los beneficios que en mi condición de agremiado me otorga el Colegio, así como los rubros que en dinero corresponden a cada uno de estos, sean fondos de mutualidad, pensiones, ahorros u otros”. Cinco votos. Responsable: Dirección Ejecutiva.

7. Nota suscrita por el Lic. Hernán Vega Miranda, mediante la cual solicita la pensión.

SE ACUERDA 2017-36-009 Trasladar a la Dirección Ejecutiva, la nota del Lic. Hernán Vega Miranda, mediante la cual solicita la pensión. Cinco votos. Responsable: Dirección Ejecutiva.

8. Nota suscrita por el Dr. Aldo Milano Sánchez, Coordinador, Comisión de Derecho Administrativo, mediante la cual presenta criterio con relación al anteproyecto de ley que ha preparado el Poder Ejecutivo sobre fortalecimiento de las finanzas públicas. El criterio se emite previa deliberación de los integrantes de la Comisión que participaron en la sesión No. 10-2017 del 06 de setiembre de 2017. Nuestro parecer es que resulta prematuro pronunciarse con relación a un eventual proyecto de ley (no se conoce que se haya formalizado como tal), de modo que es prudente esperar a que la propuesta tenga un texto definitivo. Considera la Comisión que la propuesta, por su contenido, debería ser analizada por la Comisión de Derecho Tributario, pues se relaciona con reformas relacionadas con la materia, así como con el Derecho presupuestario. Por otra parte, se considera pertinente, también, que se ponga en conocimiento de la Comisión de Derecho Laboral, en vista de que se sugieren medidas en esa materia.

SE ACUERDA 2017-36-010 En atención a la nota del Dr. Aldo Milano Sánchez, Coordinador, Comisión de Derecho Administrativo, sobre criterio con relación al anteproyecto de ley que ha preparado el Poder Ejecutivo sobre fortalecimiento de las finanzas públicas, se queda en espera a que la propuesta tenga un texto definitivo y se traslada para conocimiento de la Comisión de Derecho Tributario y la Comisión de Derecho Laboral. Cinco votos. Responsables: Comisión de Derecho Tributario y la Comisión de Derecho Laboral.

9. Correo electrónico enviado por el Lic. Edwin Montero Gutiérrez, mediante el cual indica: “en vista de la denegatoria a mi solicitud, me permito presentar Recurso de Reconsideración para que se revoque dicho acuerdo. 1.- Cuando se me dio la asistencia lo fue para pagar tratamientos médicos en México.  2.- Actualmente me encuentro ya en Costa Rica en donde mi estado económico es precario. 3.- No solicito una suma enorme de dinero sino algo que me permita llegar hasta noviembre, fecha en que resolverán una solicitud que he hecho ante la CCSS. Bi2n pudieran ser 100 o 200 Us dls”.

SE ACUERDA 2017-36-011 En atención al correo electrónico enviado por el Lic. Edwin

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Montero Gutiérrez, se rechaza el Recurso de Reconsideración presentado contra el acuerdo 2017-32-057, donde se le deniega la segunda solicitud de aporte económica por cuanto tal como se le indicó el “Manual de Otorgamiento de Subsidio Económico a Abogados (as)” claramente establece en su artículo 2, que las ayudas se dan por una sola vez. Cinco votos. Responsable: Secretaría comunicar.

10. Correo electrónico enviado por la Comisión de Derecho Administrativo, mediante el cual indica que en referencia al acuerdo 2017-32-069, se comunica que el Dr. Manrique Jiménez Meza fue invitado a participar desde el 6 de septiembre pasado y ya ha confirmado su participación con el tema: "Los principios del servicio público y su incidencia en la gestión del Estado en materias de fomento y regulación económica”.

Al respecto se toma nota.

11. Nota suscrita por la M.Sc. Laura Ávila Bolaños, Directora, Centro de Arbitraje y Mediación CAM, el Lic. Randall Madrigal Madrigal Coordinador Comisión Derecho a la Salud, mediante la cual indica que en conmemoración de su 7 aniversario organiza el Seminario Internacional: “El conflicto derivado de la atención en salud: vías para su solución", el cual pretende analizar los conflictos que se derivan de la atención sanitaria, las oportunidades para su prevención y ante su advenimiento el abordaje por vías alternas, distintas de la judicial, en aras de desestimular fenómenos como el de la medicina defensiva y con el fin de propiciar sanas relaciones entre los usuarios y los profesionales e instituciones prestadoras de servicios de salud. Reunirá a expositores nacionales e internacionales, expertos en Derecho, Gestión Sanitaria, Bioderecho, Salud Pública y Resolución Alterna de Conflictos. Por la naturaleza del evento hemos considerado oportuno desarrollar la actividad con el apoyo del Centro de Arbitraje y Medicación (CAM) de este Colegio. El Congreso está previsto para los días 08 y 09 de noviembre de 2017, en el Auditorio Dr. Pablo Casafont Romero, del Colegio de 8:00 am a 4:00 pm, para lo cual solicitamos respetuosamente a esa Junta Directiva se nos autorice para la realización del evento. Para el desarrollo de este Seminario nos dimos a la tarea de gestionar algunos patrocinios, los cuales se concretaron con el aporte de las siguientes instancias: Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica, Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica, Hospital Clínica Bíblica, Universidad de Ciencias Médicas -Ucimed- y el Bufete Sáenz & Asociados; contándose a la fecha con un total recaudado de $ 5100. Con el fin de poder costear algunos gatos finales del evento, solicitamos de la manera más atenta se gire un aporte económico por parte de nuestro Colegio.

SE ACUERDA 2017-36-012 En atención a la nota de la M.Sc. Laura Ávila Bolaños, Directora, Centro de Arbitraje y Mediación CAM y el Lic. Randall Madrigal Madrigal Coordinador Comisión Derecho a la Salud, se autoriza el Seminario Internacional: “El conflicto derivado de la atención en salud: vías para su solución", que contará con expositores nacionales e internacionales, expertos en Derecho, Gestión Sanitaria, Bioderecho, Salud Pública y Resolución Alterna de Conflictos. El cual se realizará los días 08 y 09 de noviembre de 2017, en el Auditorio Dr. Pablo Casafont Romero, del Colegio de 8:00 am a 4:00 pm. Cinco votos. Responsable: MSc. Laura Ávila Bolaños, Directora, Centro de Arbitraje y Mediación CAM, Lic. Randall Madrigal Madrigal Coordinador Comisión Derecho a la Salud.

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12. Oficio 026-Pres.SCP-2017, suscrito por la Dra. Doris Arias Madrigal, Presidenta Sala Casación Penal, mediante la cual indica que la Junta Directiva de este Colegio, mediante acuerdo 2017-27-100, aprobó el patrocinio de pago de tiquete aéreo para traer a la jurista española Dra. Teresa Rodríguez Montañés, Catedrática de la Universidad de Alcalá, en Madrid, como expositora experta, para el Seminario que se llevará a cabo del 06 al 09 de noviembre de 2017. Si bien se planteó el tema de trabajo dirigido hacia el crimen organizado y delitos alimentarios, bajo el momento coyuntural que se vive a nivel nacional y mundial, respecto a las acciones para la prevención y erradicación del flagelo del delito de trata de personas, y siendo que Costa Rica necesita reforzar los esfuerzos que realiza para la atención y prosecución de este delito, aunado a que la Dra. Rodriguez Montañés, es experta en el tema y se encuentra trabajando in situ la Trata de personas; es que creemos conveniente y asertivo priorizar el tratamiento del Tema en este Seminario, involucrando además a este Colegio de Profesionales, la Academia y otros actores responsables en el manejo, intervención y prevención del delito. Es así que, respetuosamente pongo en conocimiento de este honorable Órgano Directivo, de la modificación del tema que versara en este Seminario, y a su vez solicito se mantenga lo ratificado en sesión ordinaria 28-17, del 07 de agosto de 2017, para que la Dra. Rodriguez Montañés, pueda participar en este proceso de construcción de conocimiento.

SE ACUERDA 2017-36-013 De conformidad con la nota 026-Pres.SCP-2017, de la Dra. Doris Arias Madrigal, Presidenta Sala Casación Penal, se toma nota del cambio del tema para el Seminario que se llevará a cabo del 06 al 09 de noviembre 2017 y se mantiene el acuerdo 2017-27-100 donde se autorizó el aporte del tiquete aéreo para traer a la jurista española, Dra. Teresa Rodríguez Montañés, Catedrática de la Universidad de Alcalá, en Madrid. Cinco votos. Responsable: Dirección de Finanzas y Presupuesto. Protocolo y Eventos.

13. Oficio SM-0923-09-2017, suscrita por la Sra. Yamileth Palacios Taleno, Secretaria Concejo Municipal de Los Chiles, mediante el cual con respecto al recordatorio sobre el uso del timbre, indica que en sesión 110, acordó: “trasladar a la Administración Municipal el oficio JD-08-645-17, de fecha 31 de agosto del 2017, enviado por el MSc. Eduardo Rojas Sánchez, Secretario de Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, para que proceda conforme lo que establece la ley”.

Al respecto se toma nota.

14. Nota SCM.LC03-71-2017, suscrita por la Sra. Rebeca Chaves Duarte, Secretaria Concejo Municipal de Nandayure, mediante la cual con respecto al recordatorio sobre el uso del timbre, señala que en sesión 71, acordó darlo por conocido y remitirlo para conocimiento del Alcalde Municipal.

Al respecto se toma nota.

15. Nota SC.750-2017, suscrita por la Licda. Dinorah Cubillo Ortiz, Secretaria Concejo Municipal de Siquirres, mediante la cual con respecto con respecto al recordatorio sobre el uso del timbre indica que se acordó trasladar copia a la Administración para su conocimiento y aplicación.

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Al respecto se toma nota.

16. Nota MQ-CM-1242-17-2016-2020, suscrita por la Licda. Alma López Ojeda, Secretaria a.i, Concejo Municipal de Quepos, mediante la cual con respecto al recordatorio sobre el uso del timbre, indica que en sesión 134-2017, acordó: “Darse por enterados del presente oficio, trasládese para conocimiento a la Administración Municipal. Se acuerda lo anterior por unanimidad (cinco votos)”.

Al respecto se toma nota.

17. Nota SM-1222-2017, suscrita por la Sra. Mercedes Hernández Méndez, Secretaria Concejo Municipal de Barva, mediante la cual, con respecto al recordatorio sobre el uso del timbre, indica que en sesión 51-2017, acordó trasladar la nota para conocimiento de la Administración.

Al respecto se toma nota.

18. Nota SCM 1362-2017, suscrita por la Secretaria del Concejo Municipal de Heredia, mediante la cual traslada a la Alcaldía la nota del Colegio, con respecto al recordatorio sobre el uso del timbre.

Al respecto se toma nota.

19. Nota suscrita por la Sra. Victoria Ortega Benito, Presidenta Abogacía Española, mediante la cual indica que el Consejo General de la Abogacía Española y la AECID organizan el Curso sobre “Violencia de Género y Violencia Doméstica” a celebrarse en el Centro de Formación de la Cooperación Española de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, del 13 al 17 de noviembre de 2017.

SE ACUERDA 2017-36-014 Trasladar al Departamento de Comunicación y Mercadeo, la nota de la Sra. Victoria Ortega Benito, Presidenta Abogacía Española, donde indica que el Consejo General de la Abogacía Española y la AECID organizan el Curso sobre “Violencia de Género y Violencia Doméstica” a celebrarse en el Centro de Formación de la Cooperación Española de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, del 13 al 17 de noviembre de 2017.Lo anterior con la finalidad de que divulgue el evento por la base de datos del Colegio. Cinco votos. Responsable: Departamento de Comunicación y Mercadeo.

20. Nota CB-037-2017, enviada por la Comisión de Becas, mediante la cual comunica acuerdo de la sesión 07-2017 “SE ACUERDA 2017-07-003: a) Recomendar la aprobación de las siguientes becas por haber obtenido las mejores calificaciones en cuanto a requisitos y entrevistas: Tatiana Carolina Noguera Suárez, Allan Salazar López e Inés Fabiola Ortega Samayoa, María Auxiliadora Alfaro Chacón, José Carlos Jiménez Alpízar, Patricia Herrera Gómez, Francisco José Rodríguez Araya, Carolina Oviedo Meza, en la Maestría en Derecho Internacional de los Derechos Humanos, de la Universidad para la Paz, cada uno con un monto de $10.950.00, Hazel Guzmán Martínez, Maestría en Derecho de Familia de la Universidad Latina de Costa Rica, con un monto de ₵6.138.020.00, Alejandro Gómez Valdez, Maestría en Sistemas de Justicia Penal, Universidad de Lleida, Alicante Jaime I, Rovira I, Virgili, España, por un monto de 1.386.00€, Allan

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Valle Galo, Maestría Profesional en Derechos Humanos, de UNED, con un monto de ₵1.660.900.00, Juan José Acuña Leandro, Maestría en Derecho Penal, de la Universidad de Universidad Escuela Libre de Derecho, con un monto de ₵7.698.364.00, Ericka de los Ángeles Montero Murillo, Maestría en Derecho Laboral de la Universidad Latina de Costa Rica, con un monto de ₵5.463.620.00, Jenny Mena Ugalde, Maestría en Derecho Público, Universidad Escuela Libre de Derecho, con un monto ₵3.437.000.00, Diana Bermúdez Ramírez, Maestría en Derechos Humanos de la Universidad de la UNED, con un monto de ₵1.563.200.00, Daniel González Ramírez, Maestría en Derecho Público, de la Universidad de Costa Rica, con un monto de ₵2.968.000.00, Daniela Soto Acuña, Maestría Profesional en Derecho de Familia, con un monto de ₵6.066.020.00, Fiorella Gutiérrez Moreno, Maestría en Derecho Penal, de la Universidad Latina de Costa Rica, con un monto ₵2.537.720.00, Marisol Arrieta Fernández, Maestría Profesional en Derecho de Familia, de la Universidad Latina de Costa Rica, con un monto de ₵6.066.020.00, Telma Petrucci White, Maestría en Derecho con énfasis en Derecho de Medios de Comunicación y Entretenimiento de University of Southern California, con un monto de $10.000.00, Adriana Quesada Hernández, Maestría Profesional en Derecho Laboral, Universidad Latina de Costa Rica, con un monto de ₵2.767.810.00, Mario Alberto Calvo Asi, Maestría en Derecho Empresarial de la ULACIT, con un monto de $3.754.50, Katherine Magaly Arguedas Ruiz, Maestría en Derechos Humanos, de la UNED, con un monto de ₵1.500.000.00, Carolina Damha Najjar, Maestría Universitaria en Sistemas de Justicia Penal, de la Universidad Lleida, Alicante, Jaime I, Rovira I, España, con un monto de 1.564.00€, María Yamileth Elizondo Pérez, Maestría en Derecho Laboral y Seguridad Social, de la UNED, con un monto de ₵3.321.800.00, Dayanna María Zúñiga Valverde, Maestría de Derecho Empresarial, de Ulacit, con un monto de $7.129.00, Anayansy Rojas Chan, Maestría en Derecho Empresa y Justicia, Universidad de Valencia, con un monto de 2.967.00€, Marcia Viviana Quirós Montoya, Maestría en Derecho de Trabajo y Seguridad Social, UNED, con un monto de ₵3.309.900.00, Marylin Barboza Rodríguez, Maestría Profesional en Derechos Humanos de la Niñez y Adolescencia, de la Universidad de Costa Rica, con un monto de ₵3.110.475.00, David Fernández Hernández, Maestría en Justicia Constitucional, de la Universidad de Costa Rica, con un monto de ₵1.347.720.00, Ana Marcela Fernández Solís, Maestría en Derecho Constitucional de la UNED, con un monto de ₵3.321.800.00, Guiselle Quesada Vega, Maestría en Derechos Humanos de la UNED, con un monto de ₵1.660.900.00. b) Remitir dicho acuerdo para conocimiento y aprobación de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. c) Solicitarle al Departamento Legal que inicie la elaboración de los contratos de becas y al Departamento de Finanzas y Presupuesto la reserva presupuestaria de acuerdo al monto estipulado en cada una de las proformas presentadas, una vez aprobado por Junta Directiva. Asimismo, el Depto. Académico deberá darle seguimiento respectivo al cumplimiento de los contratos suscritos por los becarios una vez autorizados por Junta Directiva. d) Cinco votos. Acuerdo firme.

SE ACUERDA 2017-36-015 De conformidad con la nota CB-037-2017, se avala el siguiente acuerdo de la Comisión de Becas: “2017-07-003: a) Recomendar la aprobación de las siguientes becas por haber obtenido las mejores calificaciones en cuanto a requisitos y entrevistas: Tatiana Carolina Noguera Suárez, Allan Salazar López e Inés Fabiola Ortega Samayoa, María Auxiliadora Alfaro Chacón, José Carlos Jiménez Alpízar, Patricia Herrera Gómez, Francisco José Rodríguez Araya, Carolina Oviedo Meza, en la Maestría en Derecho Internacional de los Derechos Humanos, de la Universidad para la Paz, cada uno con un monto de $10.950.00, Hazel Guzmán Martínez, Maestría en Derecho de Familia de la Universidad Latina de Costa Rica, con un monto de ₵6.138.020.00, Alejandro Gómez Valdez, Maestría en Sistemas de Justicia Penal, Universidad de Lleida, Alicante Jaime I, Rovira I, Virgili, España, por un monto de 1.386.00€, Allan Valle Galo, Maestría Profesional en Derechos Humanos, de UNED, con un monto de

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₵1.660.900.00, Juan José Acuña Leandro, Maestría en Derecho Penal, de la Universidad de Universidad Escuela Libre de Derecho, con un monto de ₵7.698.364.00, Ericka de los Ángeles Montero Murillo, Maestría en Derecho Laboral de la Universidad Latina de Costa Rica, con un monto de ₵5.463.620.00, Jenny Mena Ugalde, Maestría en Derecho Público, Universidad Escuela Libre de Derecho, con un monto ₵3.437.000.00, Diana Bermúdez Ramírez, Maestría en Derechos Humanos de la Universidad de la UNED, con un monto de ₵1.563.200.00, Daniel González Ramírez, Maestría en Derecho Público, de la Universidad de Costa Rica, con un monto de ₵2.968.000.00, Daniela Soto Acuña, Maestría Profesional en Derecho de Familia, con un monto de ₵6.066.020.00, Fiorella Gutiérrez Moreno, Maestría en Derecho Penal, de la Universidad Latina de Costa Rica, con un monto ₵2.537.720.00, Marisol Arrieta Fernández, Maestría Profesional en Derecho de Familia, de la Universidad Latina de Costa Rica, con un monto de ₵6.066.020.00, Telma Petrucci White, Maestría en Derecho con énfasis en Derecho de Medios de Comunicación y Entretenimiento de University of Southern California, con un monto de $10.000.00, Adriana Quesada Hernández, Maestría Profesional en Derecho Laboral, Universidad Latina de Costa Rica, con un monto de ₵2.767.810.00, Mario Alberto Calvo Asi, Maestría en Derecho Empresarial de la ULACIT, con un monto de $3.754.50, Katherine Magaly Arguedas Ruiz, Maestría en Derechos Humanos, de la UNED, con un monto de ₵1.500.000.00, Carolina Damha Najjar, Maestría Universitaria en Sistemas de Justicia Penal, de la Universidad Lleida, Alicante, Jaime I, Rovira I, España, con un monto de 1.564.00€, María Yamileth Elizondo Pérez, Maestría en Derecho Laboral y Seguridad Social, de la UNED, con un monto de ₵3.321.800.00, Dayanna María Zúñiga Valverde, Maestría de Derecho Empresarial, de Ulacit, con un monto de $7.129.00, Anayansy Rojas Chan, Maestría en Derecho Empresa y Justicia, Universidad de Valencia, con un monto de 2.967.00€, Marcia Viviana Quirós Montoya, Maestría en Derecho de Trabajo y Seguridad Social, UNED, con un monto de ₵3.309.900.00, Marylin Barboza Rodríguez, Maestría Profesional en Derechos Humanos de la Niñez y Adolescencia, de la Universidad de Costa Rica, con un monto de ₵3.110.475.00, David Fernández Hernández, Maestría en Justicia Constitucional, de la Universidad de Costa Rica, con un monto de ₵1.347.720.00, Ana Marcela Fernández Solís, Maestría en Derecho Constitucional de la UNED, con un monto de ₵3.321.800.00, Guiselle Quesada Vega, Maestría en Derechos Humanos de la UNED, con un monto de ₵1.660.900.00. b) Remitir dicho acuerdo para conocimiento y aprobación de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. c) Solicitarle al Departamento Legal que inicie la elaboración de los contratos de becas y al Departamento de Finanzas y Presupuesto la reserva presupuestaria de acuerdo al monto estipulado en cada una de las proformas presentadas, una vez aprobado por Junta Directiva. Asimismo, el Depto. Académico deberá darle seguimiento respectivo al cumplimiento de los contratos suscritos por los becarios una vez autorizados por Junta Directiva. d) Cinco votos. Acuerdo firme”. Cinco votos. Responsable: Comisión de Becas. Departamento Legal. Dirección de Finanzas y Presupuesto.

21. Nota DAI-062-2017, suscrita por el MSc. Gerardo Solís Sequeira, Director Académico y de Incorporaciones, mediante la cual presenta las solicitudes de los (las) Licenciados (as) en Derecho que cumplen con los requisitos para realizar el proceso de incorporación para la próxima ceremonia de Incorporación Ordinaria que se llevará a cabo el miércoles 04 de octubre de 2017 a las 5:00 p.m.: Aguirres Cordero Josué David Univ. Federada, Alas Alas Filander de Jesús Univ. Metropolitana Castro Carazo, Alemán Sánchez Ruth Susana Univ. Hispanoamericana, Alfaro Alfaro Ana Catalina Univ. Latina, Alfaro Rojas Jorge Eduardo Univ. Escuela Libre de Derecho, Alfaro Rojas Silvia Marcela Univ. de Costa Rica, Amaya Paniagua Marianne Haydee Univ. de La Salle, Araya Rodríguez Andrea Univ. Autónoma de Centro América, Astúa Corrales Jonathan Keinner Univ. Hispanoamericana, Bagnarello Chaves

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Melissa Univ. Fidélitas, Baltodano Alvarado Evelyn Univ. de Costa Rica, Barahona Ortega Elvis Univ. Latina, Barahona Vargas Jeffry Josué Univ. de Costa Rica, Barrantes Ramírez Érika Univ. de Costa Rica, Belmonte Castro Daniel Gerardo Univ. Latina, Bonilla Agüero Jorge Eduardo Univ. San Juan de La Cruz, Brenes Ramírez Steven Daniel Univ. Latina, Campos Montoya Arelys Univ. Hispanoamericana, Canales Pérez Yirlany Gabriela Univ. Latina Cárdenas Orozco Priscilla Univ. Florencio del Castillo, Cedeño Vargas Natalia Univ. Metropolitana Castro Carazo, Centeno Salgado Lissette Patricia Univ. de San José, Chacón Padilla Roslyn Mariana Univ. Latina, Chacón Rojas Fabio Esteban Univ. de Costa Rica, Chavarría Fallas Erica Dayana Univ. Hispanoamericana, Chavarría Rivera Isis Univ. Escuela Libre de Derecho, Chaves Meza Deiris Wendolyn Univ. Latina, Cheng Guevara Kim Sam Univ. Escuela Libre de Derecho, Cordero Fernández Natalia Univ. Latina, Cornejo Gutiérrez Alejandro Univ. Escuela Libre de Derecho, Coto Campos María José Univ. de San José, Dall Anese Vargas Priscilla de los Ángeles Univ. Latina, Durán Matamoros Juan Carlos Univ. Cristiana del Sur, Fallas Rojas David Esteban Univ. Hispanoamericana, Fernández Fernández Gloriana Univ. de Costa Rica, Fernández Vega Laura Lelany Univ. de Costa Rica, Ferreto Tenorio Ricardo Univ. Cristiana del Sur Gamboa Arias Zeylling Georgina Univ. Hispanoamericana, García Paniagua Guillermo AntonioUniv. Latina, Gutiérrez Montero Víctor Hugo Univ. de las Ciencias y el Arte, Hernández Agüero Stephany Raquel Univ. Metropolitana Castro Carazo, Hernández Fallas Yoxan Andrés Univ. Cristiana del Sur, Hernández Hernández Jerry Gerardo Univ. Hispanoamericana, Jiménez Fernández Michael Mauricio Univ. Escuela Libre de Derecho, Kapfer Vásquez Jorge Alfredo Univ. de Costa Rica, Kidd Kelly María José Univ. Escuela Libre de Derecho, Leandro Hernández Melissa María Univ. Florencio del Castillo, Leandro Rivera Jorge Eduardo Univ. Florencio del Castillo, López Arias Oscar Andrés Univ. Cristiana del Sur, López Gutiérrez Leonela Univ. de Costa Rica, López Varela Karen Lucía Univ. Latina, Madrigal Zúñiga Montserrat del Carmen Univ. de Costa Rica, Maroto Vargas Diego Enrique Univ. de Costa Rica, Martínez Garbanzo Alexandra Marysella Univ. de las Ciencias y el Arte, Meléndez Brenes Roberto Josué Univ. Escuela Libre de Derecho, Méndez Pankov Nina Cristina Univ. Latina, Monge Astúa Dayana María Univ. de las Ciencias y el Arte, Monge Rodríguez María Fernanda Univ. de Costa Rica, Morales Alfaro Miriam Dayana Univ. Latina, Morera Sandoval María Auxiliadora Univ. de Costa Rica, Muñoz Serrano Natalia María Univ. Latina, Murillo Chavarría Jomar Melissa Univ. Escuela Libre de Derecho, Ortega Monge Felipe de Jesús Univ. de Costa Rica, Pacheco Saborío Alejandro Univ. de Costa Rica, Perea Furniss Giannina Eleonor Univ. de La Salle, Pérez Alvarado Luis Alonso Univ. Autónoma de Centro América, Piedra Hidalgo Dixie Verónica Univ. de las Ciencias y el Arte, Porras Bermúdez Marilyn Univ. Latina, Porras Retana Erick Leonardo Univ. Internacional de las Américas, Porras Sánchez Mario Alberto Univ. Cristiana del Sur, Poveda Vargas Paula Univ. Latina, Quirós Herrera Randall Alberto Univ. Escuela Libre de Derecho, Quirós Murillo Ana Laura Univ. Latina, Ramírez Hernández Karen Univ. Hispanoamericana, Ramírez Junco Gabriel Univ. Latina, Ramírez Salas Yorleni Univ. Latina, Ramírez Sandoval Leonardo Univ. Católica de Costa Rica, Rivera González Rafael Ángel Univ. Santa Lucía, Rodríguez Lara Karime de los Ángeles Univ. de Costa Rica, Rodríguez Montes de Oca Mauricio Univ. Santa Lucía, Rodríguez Montes de Oca Sindy Pamela Univ. Santa Lucía, Rodríguez Vargas José Ramiro Univ. Florencio del Castillo, Rojas Ureña Escley Alberto Univ. Católica de Costa Rica, Ruiz Fuji Dimas Univ. Metropolitana Castro Carazo, Ruiz Salas Graciela Cecilia Univ. de Costa Rica, Saborío Rivas Rebeca Univ. Latina, Salas Agüero Francisco José Univ. de las Ciencias y el Arte, Salas Rodríguez Carlos Luis Univ. de La Salle, Salazar Picado Marcos Javier Univ. Hispanoamericana, Salvatierra Jiménez Pablo Antonio Univ. Cristiana del Sur, Sánchez Cubero Luis Fernando Univ. de las

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Ciencias y el Arte, Sánchez Garro Ana Lucrecia Univ. de Costa Rica, Sánchez Rojas Brayan Steven Univ. Panamericana, Serrano Zelada Shirley Univ. de las Ciencias y el Arte, Sibaja Ramírez Jose Luis Univ. de San José, Sibaja Ramírez Juan Diego Univ. Latina, Sojo Granados Alexandra Univ. Escuela Libre de Derecho, Solano Castillo María Fernanda Univ. Escuela Libre de Derecho, Solano Molina Skarlette Fabiola Univ. de las Ciencias y el Arte, Solís Badilla Karla Alicia Univ. de Costa Rica, Solís Segura Rosibel de los Ángeles Univ. Fidélitas, Solórzano Abarca Eida Marlene Univ. Hispanoamericana, Solórzano Salazar Lisbeth María Univ. de Costa Rica, Suzarte Ortiz Melissa Univ. Metropolitana Castro Carazo, Ugalde Núñez Alejandro José Univ. Federada, Ureña Vásquez Carlos Roberto Univ. Panamericana, Valladares Céspedes Kristel Viviana Univ. Florencio del Castillo, Vargas Ovares José Francisco Univ. Escuela Libre de Derecho, Vargas Villalobos Sindy Yarenis Univ. Latina, Vásquez Ramírez Ana Gabriela Univ. de San José, Vega Moya Fulvio Andrey Univ. Florencio del Castillo, Venegas Valverde Johana Marcela Univ. de las Ciencias y el Arte Villalobos Salgado Jorge Luis Univ. Hispanoamericana, Villalta Chong Sophia Fiorella Univ. de Costa Rica,Víquez Cubero Emy Victoria Univ. Latina, Yglesias Mora Manuel Fernando Univ. de Costa Rica, Zamora Galván Sigifredo Univ. Metropolitana Castro Carazo, Zavaleta La Rosa Roy Tony Univ. Santa Lucía, Zúñiga Bolaños Fabio Enrique Univ. Cristiana del Sur, Zúñiga Mondragón José Manuel, Univ. de las Ciencias y el Arte.

SE ACUERDA 2017-36-016 Con base en la nota DAI-062-2017, del MBA. Gerardo Solís Sequeira, Director Académico y de Incorporaciones, se aprueban las solicitudes de los (las) Licenciados (as) en Derecho que cumplen con los requisitos para realizar el proceso de incorporación, para la próxima ceremonia de incorporación ordinaria del miércoles 04 de octubre de 2017 a las 5:00 p.m.: Aguirres Cordero Josué David Univ. Federada, Alas Alas Filander de Jesús Univ. Metropolitana Castro Carazo, Alemán Sánchez Ruth Susana Univ. Hispanoamericana, Alfaro Alfaro Ana Catalina Univ. Latina, Alfaro Rojas Jorge Eduardo Univ. Escuela Libre de Derecho, Alfaro Rojas Silvia Marcela Univ. de Costa Rica, Amaya Paniagua Marianne Haydee Univ. de La Salle, Araya Rodríguez Andrea Univ. Autónoma de Centro América, Astúa Corrales Jonathan Keinner Univ. Hispanoamericana, Bagnarello Chaves Melissa Univ. Fidélitas, Baltodano Alvarado Evelyn Univ. de Costa Rica, Barahona Ortega Elvis Univ. Latina, Barahona Vargas Jeffry Josué Univ. de Costa Rica, Barrantes Ramírez Érika Univ. de Costa Rica, Belmonte Castro Daniel Gerardo Univ. Latina, Bonilla Agüero Jorge Eduardo Univ. San Juan de La Cruz, Brenes Ramírez Steven Daniel Univ. Latina, Campos Montoya Arelys Univ. Hispanoamericana, Canales Pérez Yirlany Gabriela Univ. Latina Cárdenas Orozco Priscilla Univ. Florencio del Castillo, Cedeño Vargas Natalia Univ. Metropolitana Castro Carazo, Centeno Salgado Lissette Patricia Univ. de San José, Chacón Padilla Roslyn Mariana Univ. Latina, Chacón Rojas Fabio Esteban Univ. de Costa Rica, Chavarría Fallas Erica Dayana Univ. Hispanoamericana, Chavarría Rivera Isis Univ. Escuela Libre de Derecho, Chaves Meza Deiris Wendolyn Univ. Latina, Cheng Guevara Kim Sam Univ. Escuela Libre de Derecho, Cordero Fernández Natalia Univ. Latina, Cornejo Gutiérrez Alejandro Univ. Escuela Libre de Derecho, Coto Campos María José Univ. de San José, Dall Anese Vargas Priscilla de los Ángeles Univ. Latina, Durán Matamoros Juan Carlos Univ. Cristiana del Sur, Fallas Rojas David Esteban Univ. Hispanoamericana, Fernández Fernández Gloriana Univ. de Costa Rica, Fernández Vega Laura Lelany Univ. de Costa Rica, Ferreto Tenorio Ricardo Univ. Cristiana del Sur Gamboa Arias Zeylling Georgina Univ. Hispanoamericana, García Paniagua Guillermo AntonioUniv. Latina, Gutiérrez Montero Víctor Hugo Univ. de las Ciencias y el Arte, Hernández Agüero

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Stephany Raquel Univ. Metropolitana Castro Carazo, Hernández Fallas Yoxan Andrés Univ. Cristiana del Sur, Hernández Hernández Jerry Gerardo Univ. Hispanoamericana, Jiménez Fernández Michael Mauricio Univ. Escuela Libre de Derecho, Kapfer Vásquez Jorge Alfredo Univ. de Costa Rica, Kidd Kelly María José Univ. Escuela Libre de Derecho, Leandro Hernández Melissa María Univ. Florencio del Castillo, Leandro Rivera Jorge Eduardo Univ. Florencio del Castillo, López Arias Oscar Andrés Univ. Cristiana del Sur, López Gutiérrez Leonela Univ. de Costa Rica, López Varela Karen Lucía Univ. Latina, Madrigal Zúñiga Montserrat del Carmen Univ. de Costa Rica, Maroto Vargas Diego Enrique Univ. de Costa Rica, Martínez Garbanzo Alexandra Marysella Univ. de las Ciencias y el Arte, Meléndez Brenes Roberto Josué Univ. Escuela Libre de Derecho, Méndez Pankov Nina Cristina Univ. Latina, Monge Astúa Dayana María Univ. de las Ciencias y el Arte, Monge Rodríguez María Fernanda Univ. de Costa Rica, Morales Alfaro Miriam Dayana Univ. Latina, Morera Sandoval María Auxiliadora Univ. de Costa Rica, Muñoz Serrano Natalia María Univ. Latina, Murillo Chavarría Jomar Melissa Univ. Escuela Libre de Derecho, Ortega Monge Felipe de Jesús Univ. de Costa Rica, Pacheco Saborío Alejandro Univ. de Costa Rica, Perea Furniss Giannina Eleonor Univ. de La Salle, Pérez Alvarado Luis Alonso Univ. Autónoma de Centro América, Piedra Hidalgo Dixie Verónica Univ. de las Ciencias y el Arte, Porras Bermúdez Marilyn Univ. Latina, Porras Retana Erick Leonardo Univ. Internacional de las Américas, Porras Sánchez Mario Alberto Univ. Cristiana del Sur, Poveda Vargas Paula Univ. Latina, Quirós Herrera Randall Alberto Univ. Escuela Libre de Derecho, Quirós Murillo Ana Laura Univ. Latina, Ramírez Hernández Karen Univ. Hispanoamericana, Ramírez Junco Gabriel Univ. Latina, Ramírez Salas Yorleni Univ. Latina, Ramírez Sandoval Leonardo Univ. Católica de Costa Rica, Rivera González Rafael Ángel Univ. Santa Lucía, Rodríguez Lara Karime de los Ángeles Univ. de Costa Rica, Rodríguez Montes de Oca Mauricio Univ. Santa Lucía, Rodríguez Montes de Oca Sindy Pamela Univ. Santa Lucía, Rodríguez Vargas José Ramiro Univ. Florencio del Castillo, Rojas Ureña Escley Alberto Univ. Católica de Costa Rica, Ruiz Fuji Dimas Univ. Metropolitana Castro Carazo, Ruiz Salas Graciela Cecilia Univ. de Costa Rica, Saborío Rivas Rebeca Univ. Latina, Salas Agüero Francisco José Univ. de las Ciencias y el Arte, Salas Rodríguez Carlos Luis Univ. de La Salle, Salazar Picado Marcos Javier Univ. Hispanoamericana, Salvatierra Jiménez Pablo Antonio Univ. Cristiana del Sur, Sánchez Cubero Luis Fernando Univ. de las Ciencias y el Arte, Sánchez Garro Ana Lucrecia Univ. de Costa Rica, Sánchez Rojas Brayan Steven Univ. Panamericana, Serrano Zelada Shirley Univ. de las Ciencias y el Arte, Sibaja Ramírez Jose Luis Univ. de San José, Sibaja Ramírez Juan Diego Univ. Latina, Sojo Granados Alexandra Univ. Escuela Libre de Derecho, Solano Castillo María Fernanda Univ. Escuela Libre de Derecho, Solano Molina Skarlette Fabiola Univ. de las Ciencias y el Arte, Solís Badilla Karla Alicia Univ. de Costa Rica, Solís Segura Rosibel de los Ángeles Univ. Fidélitas, Solórzano Abarca Eida Marlene Univ. Hispanoamericana, Solórzano Salazar Lisbeth María Univ. de Costa Rica, Suzarte Ortiz Melissa Univ. Metropolitana Castro Carazo, Ugalde Núñez Alejandro José Univ. Federada, Ureña Vásquez Carlos Roberto Univ. Panamericana, Valladares Céspedes Kristel Viviana Univ. Florencio del Castillo, Vargas Ovares José Francisco Univ. Escuela Libre de Derecho, Vargas Villalobos Sindy Yarenis Univ. Latina, Vásquez Ramírez Ana Gabriela Univ. de San José, Vega Moya Fulvio Andrey Univ. Florencio del Castillo, Venegas Valverde Johana Marcela Univ. de las Ciencias y el Arte Villalobos Salgado Jorge Luis Univ. Hispanoamericana, Villalta Chong Sophia Fiorella Univ. de Costa Rica, Víquez Cubero Emy Victoria Univ. Latina, Yglesias Mora Manuel Fernando

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Univ. de Costa Rica, Zamora Galván Sigifredo Univ. Metropolitana Castro Carazo, Zavaleta La Rosa Roy Tony Univ. Santa Lucía, Zúñiga Bolaños Fabio Enrique Univ. Cristiana del Sur, Zúñiga Mondragón José Manuel, Univ. de las Ciencias y el Arte. Cinco votos. Responsable: Dirección Académica y de Incorporaciones.

22. Nota DAI-063-2017, suscrita por el MSc. Gerardo Solís Sequeira, Director Académico y de Incorporaciones, mediante la cual presenta las solicitudes de los (las) Licenciados (as) en Derecho que cumplen con los requisitos para realizar el proceso de incorporación para la próxima ceremonia de Incorporación Ordinaria que se llevará a cabo el jueves 05 de octubre de 2017 a las 5:00 p.m.: Abarca Morales Alexandra Univ. Metropolitana Castro Carazo, Agüero Artavia Maraima Univ. Florencio del Castillo, Alvarado Blanco Randall Alberto Univ. Federada, Alvarado Sancho Georgina Eugenia Univ. Hispanoamericana, Alvarado Segura Jasiel Enoc Univ. Metropolitana Castro Carazo, Álvarez Hernández Pablo Javier Univ. Hispanoamericana, Aponte Agüero Jacqueline Univ. Politécnica Internacional, Arias Barrantes Mary Luz Univ. Metropolitana Castro Carazo, Arias Hidalgo Rafael Gerardo Univ. Cristiana del Sur, Badilla Chaves Alicia Priscila Univ. Escuela Libre de Derecho, Badilla Sibaja Marco Antonio Univ. de La Salle, Badilla Ureña Ariana de los Ángeles Univ. Politécnica Internacional, Barahona Morales Kenndy de los Ángeles Univ. Latinoamericana de Ciencia y Tecnología, Barquero Arguedas Séfora Univ. Latina, Barrientos Hernández Jorge Alejandro Univ. Cristiana del Sur, Bermúdez Chacón Melba Univ. de las Ciencias y el Arte, Brenes Flores Juan Carlos Univ. Federada, Brenes Morales Daniel Francisco Univ. Latina, Brenes Piedra Stephanie de los Ángeles Univ. Fidélitas, Brenes Solano Katherine Marcela Univ. Latina, Cabezas Araya Eduardo Univ. de San José, Cabezas Céspedes Erick Josué Univ. Escuela Libre de Derecho, Calderón Umaña Xinia Enid Univ. Metropolitana Castro Carazo, Calvo Arrieta Lilliana Univ. Hispanoamericana, Campos Hernández Yuliana Andrea Univ. Escuela Libre de Derecho, Campos Valverde Yendri Patricia Univ. de Costa Rica, Carvajal Zúñiga Aarón Univ. Hispanoamericana, Cascante Cruz Luis Diego Univ. Cristiana del Sur, Castillo Mercado Christian Junnieth Univ. Latina, Castillo Zumbado Isac Antonio Univ. Latina, Castro Segura Pamela de los Ángeles Univ. Federada, Cavallini Araya Denis Alexander Univ. Latina, Chang Morales Taig Hin Univ. Federada, Chavarría Ovares Vivian Vanessa Univ. Cristiana del Sur, Chaves Angulo Christian Andrey Univ. Hispanoamericana, Cordero Villegas Melissa Univ. Autónoma de Centro América, Corella Alfaro Eilyn Univ. de Costa Rica, Díaz Vásquez Rolando Univ. Latina, Duarte Cartín Andrea Univ. Federada, Elizondo Zúñiga Milena de los Ángeles Univ. Internacional de las Américas, Espinoza Alvarado Cristian Univ. Cristiana del Sur, Fernández Cervantes Ruth Esther Univ. Santa Lucía, Fernández Rodríguez Jeffry Alberto Univ. de San José, Fernández Torres Juan Carlos Univ. Metropolitana Castro Carazo, Galán Caro Evelyn Janieth Univ. de La Salle, Gamboa Agüero Cristina Vanessa Univ. Escuela Libre de Derecho, Gamboa Dormond Allan Mauricio Univ. Santa Lucía, Gamboa Marenco Tatiana María Univ. Latina, Garino Delgado Marcelino Univ. de las Ciencias y el Arte, Garita Quirós María Fabiana Univ. Fidélitas, Gómez Angulo Jairo José Univ. Autónoma de Centro América, González Demmer María Cristina Univ. de La Salle, González Vásquez Olger Hernán Univ. Politécnica Internacional, Hernández González Disney Univ. Central, Hernández Méndez Alonso Univ. Hispanoamericana, Herrera Rivera Nancy Paola Univ. Autónoma de Centro América, Hidalgo Madriz Arabela Univ. Santa Lucía, Hidalgo Rodríguez Noelia Univ. de Costa Rica, Jiménez Brenes William Guillermo Univ. Central, Jiménez Mora Elizabeth Univ. de Costa Rica, Jiménez Sánchez Ruth Univ. Fidélitas, Jiménez Soto Leslye Tatiana Univ. Latina, Leitón Alvarado Stephanie Univ. Metropolitana Castro Carazo, López Olmos Léster Antonio Univ. de

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San José, Madrigal Pérez Natalia Univ. Latina, Mc Carthy Rodríguez Joan Mitchell Univ. Internacional de las Américas, Masís Ivankovich Roberto Francisco Univ. Florencio del Castillo, Méndez Rizo Juan José Univ. Florencio del Castillo, Merayo Ramírez Mariel Univ. de Costa Rica, Mora Alfaro William Univ. Metropolitana Castro Carazo, Mora Campos Edwin Alonso Univ. de San José, Mora Hernández Melvin Univ. Federada, Mora Herrera Ronald Univ. Politécnica Internacional, Mora Robles Juan Carlos Univ. Metropolitana Castro Carazo, Mora Soto Leidy Gabriela Univ. Central, Murillo Pereira Karen Milena Univ. Metropolitana Castro Carazo, Nájera Morales Polette de los Ángeles Univ. de las Ciencias y el Arte, Ocampo Álvarez Carlos Univ. Federada, Ocampo Pizarro Carolina Univ. de San José, Ortiz Mora Andrea María Univ. Federada, Porras Montero Susan Dayana Univ. de Costa Rica, Porras Mora Tony Rodolfo Univ. Fidélitas, Quesada Castillo Susana Vanessa Univ. Central, Quiós Madrigal Antohny Univ. Central, Quirós Sánchez Nathalia Univ. de Costa Rica, Quirós Vásquez Rodrigo Univ. de San José, Rechnitzer Bell Alejandro José Univ. Autónoma de Centro América, Reyes Galeano Sehidy Tatiana Univ. Metropolitana Castro Carazo, Ríos Madriz Yeremy Ranses Univ. Escuela Libre de Derecho, Rojas Rojas Xinia María Univ. Metropolitana Castro Carazo, Román Hidalgo Adriana Univ. Metropolitana Castro Carazo Román Sequeira Daniel Univ. Americana, Ruiz Muñoz Manuel Gerardo Univ. Federada, Salazar Muñoz Luis Eduardo Univ. de Costa Rica Salazar Solís Felipe Arturo Univ. Cristiana del Sur, Samudio Guerra Yesenia Liseth Univ. Latina, Sánchez Chaves Luis Isauro Univ. Latina, Santamaría Alcócer José Luis Univ. Latina, Segura Gamboa David Lorenzo Univ. Metropolitana Castro Carazo, Sibaja Esquivel Natalia Univ. Santa Lucía, Siles Zúñiga Jesús Andrés Univ. Federada, Solano Duarte Humberto Univ. Latina, Ugarte Reyes Wagner José Univ. de Costa Rica, Valdelomar Loría Lucy Valeria Univ. Federada, Valverde Madriz Katherine Carina Univ. Fidélitas, Valverde Masís Angie Melissa Univ. Metropolitana Castro Carazo, Valverde Villalobos Crisley Arleth Univ. Metropolitana Castro Carazo, Vargas Campos Andrea Univ. Latina, Vargas Chavarría Luis Ángel Univ. Cristiana del Sur, Vargas Chaverri Luis Fernando Univ. Central, Vargas Córdoba Priscilla Univ. Hispanoamericana, Vargas Naranjo Mónica Melissa Univ. Escuela Libre de Derecho, Vargas Naranjo Roy Fernando Univ. de las Ciencias y el Arte, Vargas Rodríguez Paula Priscilla Univ. Florencio del Castillo, Vargas Rodríguez Yeison Univ. de las Ciencias y el Arte, Vargas Rojas David Lorenzo Univ. Metropolitana Castro Carazo, Vargas Vargas Ronald Gerardo Univ. Hispanoamericana, Vega Morales María Cecilia Univ. Hispanoamericana, Vergara Castro Danny Scarlet Univ. Panamericana, Villarreal Acosta María Agustina Univ. Cristiana del Sur, Young Acevedo Maybel Univ. Panamericana, Cubero Fallas Fausto Univ. Federada, Shanahan Lobo Lawrence Univ. Escuela Libre de Derecho.

SE ACUERDA 2017-36-017 Con base en la nota DAI-063-2017, del MBA. Gerardo Solís Sequeira, Director Académico y de Incorporaciones, se aprueban las solicitudes de los (las) Licenciados (as) en Derecho que cumplen con los requisitos para realizar el proceso de incorporación, para la próxima ceremonia de incorporación ordinaria del jueves 05 de octubre de 2017 a las 5:00 p.m.: Abarca Morales Alexandra Univ. Metropolitana Castro Carazo, Agüero Artavia Maraima Univ. Florencio del Castillo, Alvarado Blanco Randall Alberto Univ. Federada, Alvarado Sancho Georgina Eugenia Univ. Hispanoamericana, Alvarado Segura Jasiel Enoc Univ. Metropolitana Castro Carazo, Álvarez Hernández Pablo Javier Univ. Hispanoamericana, Aponte Agüero Jacqueline Univ. Politécnica Internacional, Arias Barrantes Mary Luz Univ. Metropolitana Castro Carazo, Arias Hidalgo Rafael Gerardo Univ. Cristiana del Sur, Badilla Chaves Alicia Priscila Univ. Escuela Libre de Derecho, Badilla Sibaja Marco

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Antonio Univ. de La Salle, Badilla Ureña Ariana de los Ángeles Univ. Politécnica Internacional, Barahona Morales Kenndy de los Ángeles Univ. Latinoamericana de Ciencia y Tecnología, Barquero Arguedas Séfora Univ. Latina, Barrientos Hernández Jorge Alejandro Univ. Cristiana del Sur, Bermúdez Chacón Melba Univ. de las Ciencias y el Arte, Brenes Flores Juan Carlos Univ. Federada, Brenes Morales Daniel Francisco Univ. Latina, Brenes Piedra Stephanie de los Ángeles Univ. Fidélitas, Brenes Solano Katherine Marcela Univ. Latina, Cabezas Araya Eduardo Univ. de San José, Cabezas Céspedes Erick Josué Univ. Escuela Libre de Derecho, Calderón Umaña Xinia Enid Univ. Metropolitana Castro Carazo, Calvo Arrieta Lilliana Univ. Hispanoamericana, Campos Hernández Yuliana Andrea Univ. Escuela Libre de Derecho, Campos Valverde Yendri Patricia Univ. de Costa Rica, Carvajal Zúñiga Aarón Univ. Hispanoamericana, Cascante Cruz Luis Diego Univ. Cristiana del Sur, Castillo Mercado Christian Junnieth Univ. Latina, Castillo Zumbado Isac Antonio Univ. Latina, Castro Segura Pamela de los Ángeles Univ. Federada, Cavallini Araya Denis Alexander Univ. Latina, Chang Morales Taig Hin Univ. Federada, Chavarría Ovares Vivian Vanessa Univ. Cristiana del Sur, Chaves Angulo Christian Andrey Univ. Hispanoamericana, Cordero Villegas Melissa Univ. Autónoma de Centro América, Corella Alfaro Eilyn Univ. de Costa Rica, Díaz Vásquez Rolando Univ. Latina, Duarte Cartín Andrea Univ. Federada, Elizondo Zúñiga Milena de los Ángeles Univ. Internacional de las Américas, Espinoza Alvarado Cristian Univ. Cristiana del Sur, Fernández Cervantes Ruth Esther Univ. Santa Lucía, Fernández Rodríguez Jeffry Alberto Univ. de San José, Fernández Torres Juan Carlos Univ. Metropolitana Castro Carazo, Galán Caro Evelyn Janieth Univ. de La Salle, Gamboa Agüero Cristina Vanessa Univ. Escuela Libre de Derecho, Gamboa Dormond Allan Mauricio Univ. Santa Lucía, Gamboa Marenco Tatiana María Univ. Latina, Garino Delgado Marcelino Univ. de las Ciencias y el Arte, Garita Quirós María Fabiana Univ. Fidélitas, Gómez Angulo Jairo José Univ. Autónoma de Centro América, González Demmer María Cristina Univ. de La Salle, González Vásquez Olger Hernán Univ. Politécnica Internacional, Hernández González Disney Univ. Central, Hernández Méndez Alonso Univ. Hispanoamericana, Herrera Rivera Nancy Paola Univ. Autónoma de Centro América, Hidalgo Madriz Arabela Univ. Santa Lucía, Hidalgo Rodríguez Noelia Univ. de Costa Rica, Jiménez Brenes William Guillermo Univ. Central, Jiménez Mora Elizabeth Univ. de Costa Rica, Jiménez Sánchez Ruth Univ. Fidélitas, Jiménez Soto Leslye Tatiana Univ. Latina, Leitón Alvarado Stephanie Univ. Metropolitana Castro Carazo, López Olmos Léster Antonio Univ. de San José, Madrigal Pérez Natalia Univ. Latina, Mc Carthy Rodríguez Joan Mitchell Univ. Internacional de las Américas, Masís Ivankovich Roberto Francisco Univ. Florencio del Castillo, Méndez Rizo Juan José Univ. Florencio del Castillo, Merayo Ramírez Mariel Univ. de Costa Rica, Mora Alfaro William Univ. Metropolitana Castro Carazo, Mora Campos Edwin Alonso Univ. de San José, Mora Hernández Melvin Univ. Federada, Mora Herrera Ronald Univ. Politécnica Internacional, Mora Robles Juan Carlos Univ. Metropolitana Castro Carazo, Mora Soto Leidy Gabriela Univ. Central, Murillo Pereira Karen Milena Univ. Metropolitana Castro Carazo, Nájera Morales Polette de los Ángeles Univ. de las Ciencias y el Arte, Ocampo Álvarez Carlos Univ. Federada, Ocampo Pizarro Carolina Univ. de San José, Ortiz Mora Andrea María Univ. Federada, Porras Montero Susan Dayana Univ. de Costa Rica, Porras Mora Tony Rodolfo Univ. Fidélitas, Quesada Castillo Susana Vanessa Univ. Central, Quiós Madrigal Antohny Univ. Central, Quirós Sánchez Nathalia Univ. de Costa Rica, Quirós Vásquez Rodrigo Univ. de San José, Rechnitzer Bell Alejandro José Univ. Autónoma de Centro América, Reyes Galeano

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Sehidy Tatiana Univ. Metropolitana Castro Carazo, Ríos Madriz Yeremy Ranses Univ. Escuela Libre de Derecho, Rojas Rojas Xinia María Univ. Metropolitana Castro Carazo, Román Hidalgo Adriana Univ. Metropolitana Castro Carazo Román Sequeira Daniel Univ. Americana, Ruiz Muñoz Manuel Gerardo Univ. Federada, Salazar Muñoz Luis Eduardo Univ. de Costa Rica Salazar Solís Felipe Arturo Univ. Cristiana del Sur, Samudio Guerra Yesenia Liseth Univ. Latina, Sánchez Chaves Luis Isauro Univ. Latina, Santamaría Alcócer José Luis Univ. Latina, Segura Gamboa David Lorenzo Univ. Metropolitana Castro Carazo, Sibaja Esquivel Natalia Univ. Santa Lucía, Siles Zúñiga Jesús Andrés Univ. Federada, Solano Duarte Humberto Univ. Latina, Ugarte Reyes Wagner José Univ. de Costa Rica, Valdelomar Loría Lucy Valeria Univ. Federada, Valverde Madriz Katherine Carina Univ. Fidélitas, Valverde Masís Angie Melissa Univ. Metropolitana Castro Carazo, Valverde Villalobos Crisley Arleth Univ. Metropolitana Castro Carazo, Vargas Campos Andrea Univ. Latina, Vargas Chavarría Luis Ángel Univ. Cristiana del Sur, Vargas Chaverri Luis Fernando Univ. Central, Vargas Córdoba Priscilla Univ. Hispanoamericana, Vargas Naranjo Mónica Melissa Univ. Escuela Libre de Derecho, Vargas Naranjo Roy Fernando Univ. de las Ciencias y el Arte, Vargas Rodríguez Paula Priscilla Univ. Florencio del Castillo, Vargas Rodríguez Yeison Univ. de las Ciencias y el Arte, Vargas Rojas David Lorenzo Univ. Metropolitana Castro Carazo, Vargas Vargas Ronald Gerardo Univ. Hispanoamericana, Vega Morales María Cecilia Univ. Hispanoamericana, Vergara Castro Danny Scarlet Univ. Panamericana, Villarreal Acosta María Agustina Univ. Cristiana del Sur, Young Acevedo Maybel Univ. Panamerican, Cubero Fallas Fausto Univ. Federada, Shanahan Lobo Lawrence Univ. Escuela Libre de Derecho. Cinco votos. Responsable: Dirección Académica y de Incorporaciones.

23. Recurso de Apelación presentado por el Lic. Roberto Flores Monestel, contra la Resolución de las 11:40 horas. Exp. 099-17.

SE ACUERDA 2017-36-018 Trasladar a la Fiscalía el Recurso de Apelación presentado por el Lic. Roberto Flores Monestel, contra la Resolución de las 11:40 horas. Exp. 099-17. Cinco votos. Responsable: Fiscalía.

24. Informe 487-17, suscrito por el Dr. Hugo Quesada Monge, Encargado Oficina Seguridad Social del Colegio, INS, sobre XII Semana de la Salud Preventiva 2017, del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica (junio-agosto 2017).

Al respecto se toma nota.

25. Nota suscrita por el Lic. Jorge Fisher Aragón, expresamos nuestro más sincero agradecimiento, así como también a las personas integrantes de la Junta Directiva, por la oportunidad que tuvimos de leer en la sede del Colegio el día 1 de setiembre de este año la Palabra de Dios. El objetivo fue cumplido. Sin duda alguna que ustedes cuentan con personas sumamente responsables y con el don de gentes, como es el caso de doña Rosarito, doña Rosita y todas las demás personas que en mayor o menor medida contribuyeron a que todo saliera en perfecto orden y respeto.

Al respecto se toma nota. 26. Informe PRV-0213-2017, suscrito por el Lic. Carlos Quesada Hidalgo, Proveedor, sobre

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“Recomendación de resolución de recurso de revocatoria Licitación Abreviada 2017LA-000012-CAB”, “Desinstalación, suministro e instalación de aires acondicionados”. … “Recomendación: Si bien el “Capítulo X Recursos Cuadragésima Segunda. De los Recursos” del “Manual para la contratación de obras, bienes, suministros y servicios del Colegio de Abogados”, establece que “El recurso de revocatoria lo conocerá la Dirección Ejecutiva”…, el artículo 194 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa establece que debe ser resuelto por el órgano que dictó la adjudicación. Por lo anterior, recomendamos, a Junta Directiva resolver el recurso de revocatoria en la forma detallada en anexo “Acuerdo de resolución de recurso de revocatoria Licitación Abreviada 2017LA-000012-CAB”. Rechazar, el recurso de revocatoria interpuesto por la oferta N°01 Koolair Solutions S.A., contra la adjudicación de los renglones N°02, N°03 y N°04, por improcedencia manifiesta, al carecer la oferta original de firma original. Se ratifica la adjudicación original en favor de la Oferta Nº02 Refricenter S.R.L. por el monto total de ¢7.915.469.97.

SE ACUERDA 2017-36-019 Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 193, 194 y 195 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, y las consideraciones contenidas en oficio PRV-0213-2017 del Departamento de Proveeduría, se acuerda rechazar, el recurso de revocatoria interpuesto por la oferta N°01 Koolair Solutions S.A., contra la adjudicación de los renglones N°02, N°03 y N°04, de la Licitación Abreviada 2017LA-000012-CAB”, “Desinstalación, suministro e instalación de aires acondicionados”, por improcedencia manifiesta, al carecer la oferta original de firma original. Se ratifica la adjudicación original en favor de la Oferta Nº02 Refricenter S.R.L. por el monto total de ¢7.915.469.97. La presente resolución final da por agotada la vía administrativa, conforme el artículo 195 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Cinco votos. Responsable: Departamento de Proveeduría.

27. Nota DE-ISV-028-2017, suscrita por la Licda. Ethel Franco Chacón, Directora Ejecutiva, mediante la cual indica que, realizados los respectivos estudios, en los Departamentos de Contabilidad se encuentra al día al mes de setiembre en el pago de las cuotas de colegiatura y en Fiscalía, no tiene suspensiones ni procesos pendientes, por lo que se recomienda aceptar la suspensión voluntaria de la Licda. Marissa Eugenia Flores Fallas, carné 12128. Se aporta carné del Colegio. 

SE ACUERDA 2017-36-020 Aceptar la suspensión voluntaria de la Licda. Marissa Eugenia Flores Fallas, carné 12128, a partir de la firmeza del presente acuerdo. Se le indica a la interesada, que de acuerdo con el Régimen de Seguridad Social de este Colegio, el cese en el pago de cuotas, implica perder los derechos adquiridos en la póliza de vida y gastos médicos básicos. En el caso de la póliza de vida, esta se mantendrá vigente en el tanto existan recursos en el fondo acumulado del agremiado (a). Cinco votos. Responsable: Interesada. Departamento de Contabilidad y Archivo Central.

28. Nota RH-0109-2017, suscrita por el Sr. Freddy Brenes Granados, Departamento de Recursos Humanos, mediante la cual indica que este Departamento recibió nota del Sr. Jorge Muñoz Delgado Encargado de Servicios Generales, en la que solicita se transformen las plazas de Técnico en Aire Acondicionado, Técnico Electromecánico y Jardinero, en dos

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puestos de Operario de Mantenimiento General y un puesto de Misceláneo; indicando el mismo que con la transformación de las plazas el Colegio tendrá los siguientes beneficios: -Reincorporación a un plan de giras anual a las diferentes Sedes Regionales, aplicar el mantenimiento preventivo y conocer el estado actual de cada una de ellas. -Apoyar en múltiples labores de mantenimiento en la Sede Central contratadas por falta de personal calificado para realizar. -Ganancia en trabajos de jardinería por restructuración de plan de trabajo. -Al dar por contrato trabajos específicos de bombeo y saunas, el equipo gana un hombre más en labores de mantenimiento en Sede Central y en Sedes Regionales. Se estandariza el equipo en su mayoría como técnicos de manteniendo, lo cual crea una igualdad y mejor clima laboral.

SE ACUERDA 2017-36-021 De conformidad con el oficio RH-0109-2017, del Sr. Freddy Brenes Granados, Departamento de Recursos Humanos, se aprueba transformar las plazas de Técnico en Aire Acondicionado, Técnico Electromecánico y Jardinero, en dos puestos de Operario de Mantenimiento General y un puesto de Misceláneo; indicando el mismo que con la transformación de las plazas el Colegio tendrá los siguientes beneficios: “-Reincorporación a un plan de giras anual a las diferentes Sedes Regionales, aplicar el mantenimiento preventivo y conocer el estado actual de cada una de ellas. -Apoyar en múltiples labores de mantenimiento en la Sede Central contratadas por falta de personal calificado para realizar. -Ganancia en trabajos de jardinería por restructuración de plan de trabajo. -Al dar por contrato trabajos específicos de bombeo y saunas, el equipo gana un hombre más en labores de mantenimiento en Sede Central y en Sedes Regionales. Se estandariza el equipo en su mayoría como técnicos de manteniendo, lo cual crea una igualdad y mejor clima laboral”. Cinco votos. Responsable: Departamento de Recursos Humanos. Departamento de Servicios Generales.

29. Nota SGS-1189-2017, enviada por la SUGESE, mediante la cual acusa recibo del oficio JD-09-740-17, en el cual se informa sobre el acuerdo tomado en relación a la presentación del Timbre de Colegio de Abogados para las gestiones correspondientes. Esta Superintendencia toma nota del contenido del oficio para lo correspondiente.

Al respecto se toma nota.

30. Nota suscrita por el Sr. Escribano José Ramón Franco Tubino, Vicepresidente para América del Sur de la Comisión de Asuntos Americanos y Coordinador de la edición del libro por la Comisión de Asuntos Americanos de la UINL, mediante la cual indica que la Comisión de Asuntos Americanos de la Unión Internacional del Notariado Latino (UINL) ha encomendado al Colegio de Escribanos del Paraguay, con motivo de los 70 años de creación de la UINL, la elaboración de un libro que incluya la historia de cada uno de los colegios y asociaciones de escribanos de América Latina. Con ese objetivo, le rogamos que designe a una persona encargada de coordinar o de redactar (en el caso de que sea una sola persona) un texto que relate la historia de la institución que Ud. encabeza hoy. Adjuntamos aquí una Guía de Redacción con las indicaciones específicas acerca del contenido del informe, su forma de presentación y otras informaciones. Le pedimos asimismo que cuanto antes nos envíe las coordenadas de la persona designada y con quien la coordinación de la redacción del libro se va a relacionar directamente: su correo y número de teléfono móvil con whatsapp. Esos medios harán más expeditiva nuestra comunicación. Para su conocimiento, este es el

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cronograma de trabajo de la elaboración del libro: hasta el 16 de octubre de 2017, estructuración de equipos de trabajo locales y comunicación con la coordinación del libro; 30 de noviembre, plazo máximo de entrega de los textos de cada país; 15 de enero de 2018, presentación del primer borrador al equipo coordinador del libro del CEP para su revisión y observaciones; 28 de febrero, presentación del borrador corregido; 30 de abril, presentación del borrador final; 10 de mayo, entrega a la imprenta, y 11 de junio, retiro del libro impreso.

Al respecto se toma nota.

31. Correo enviado por ASELEXZ, donde informa que el expediente 20470, Ley Orgánica Del Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica. El expediente se asignó a la subcomisión integrada por los Dips.: Corella Vargas (PAC), Alvarado Bogantes (PUSC) y Clarke Clarke (PLN).

SE ACUERDA 2017-36-022 Trasladar a la Comisión de Derecho a la Salud, correo enviado por ASELEXZ, donde remite el expediente 20470, Ley Orgánica Del Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica. Cinco votos. Responsable: Secretaría comunicar.

32. Nota DE-ISV-029-2017, suscrita por la Licda. Ethel Franco Chacón, Directora Ejecutiva, mediante la cual indica que, realizados los respectivos estudios, en los Departamentos de Contabilidad se encuentra al día al mes de setiembre en el pago de las cuotas de colegiatura y en Fiscalía, no tiene suspensiones ni procesos pendientes, por lo que se recomienda aceptar la suspensión voluntaria de la Licda. Silvia Andrea Mora Romero, carné 24171. Se aporta carné del Colegio. 

SE ACUERDA 2017-36-023 Aceptar la suspensión voluntaria de la Licda. Silvia Andrea Mora Romero, carné 24171, a partir de la firmeza del presente acuerdo. Se le indica a la interesada, que de acuerdo con el Régimen de Seguridad Social de este Colegio, el cese en el pago de cuotas, implica perder los derechos adquiridos en la póliza de vida y gastos médicos básicos. En el caso de la póliza de vida, esta se mantendrá vigente en el tanto existan recursos en el fondo acumulado del agremiado (a). Cinco votos Responsable: Interesada. Departamento de Contabilidad y Archivo Central.

33. Nota DE-ISV-030-2017, suscrita por la Licda. Ethel Franco Chacón, Directora Ejecutiva, mediante la cual indica que, realizados los respectivos estudios, en los Departamentos de Contabilidad se encuentra pendiente ¢11.000.00 correspondiente a las cuotas de agosto y setiembre, en el pago de las cuotas de colegiatura y en Fiscalía, no tiene suspensiones ni procesos pendientes, por lo que se recomienda aceptar la suspensión voluntaria de la Licda. Tatiana Corrales Campos, carné 22427. Se aporta carné del Colegio. 

SE ACUERDA 2017-36-024 Aceptar la suspensión voluntaria de la Licda. Tatiana Corrales Campos, carné 22427, a partir de la firmeza del presente acuerdo. Se le indica a la interesada, que de acuerdo con el Régimen de Seguridad Social de este Colegio, el cese en el pago de cuotas, implica perder los derechos adquiridos en la póliza de vida y gastos médicos básicos. En el caso de la póliza de vida, esta se mantendrá vigente en el tanto existan recursos en el fondo acumulado del agremiado (a). Cinco votos Responsable: Interesada. Departamento de Contabilidad y Archivo Central.34. Nota DE-ISV-031-2017, suscrita por la Licda. Ethel Franco Chacón, Directora Ejecutiva,

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mediante la cual indica que, realizados los respectivos estudios, en los Departamentos de Contabilidad se encuentra pendiente ¢11.000.00 correspondiente a las cuotas de agosto y setiembre, en el pago de las cuotas de colegiatura y en Fiscalía, no tiene suspensiones ni procesos pendientes, por lo que se recomienda aceptar la suspensión voluntaria del Lic. William Thomas Bedoya, carné 22487. Se aporta carné del Colegio. 

SE ACUERDA 2017-36-025 Aceptar la suspensión voluntaria del Lic. William Thomas Bedoya, carné 22487, a partir de la firmeza del presente acuerdo. Se le indica a la interesada, que de acuerdo con el Régimen de Seguridad Social de este Colegio, el cese en el pago de cuotas, implica perder los derechos adquiridos en la póliza de vida y gastos médicos básicos. En el caso de la póliza de vida, esta se mantendrá vigente en el tanto existan recursos en el fondo acumulado del agremiado (a). Cinco votos Responsable: Interesada. Departamento de Contabilidad y Archivo Central.

35. Nota 10789-17 suscrita por la Licda. Silvia Navarro Romanini, Secretaria General, Corte Suprema de Justicia, mediante la cual indica que en atención al oficio JD-09-790-17 donde se remite el nombre de un tercer postulante para completar la terna para la designación del representante de los abogados u abogadas litigantes ante el Consejo de Administración de Puntarenas, adjunto el acuerdo tomado por Corte Plena en la sesión N° 29-17 celebrada el 4 de setiembre de 2017, artículo XXIV, mediante el cual se nombró para el cargo de propietario a la licenciada Nancy Núñez Montiel y para el cargo de suplente se designó al licenciado Eddie Alejandro Vargas Navarrete.

Al respecto se toma nota.

36. Nota suscrita por el Lic. Mariano Castillo Bolaños. … “Petitoria: -Que se indique si para que tenga validez y eficacia un documento para efectos administrativos sea o no con firma a ruego o huella, el único requisito exigible es la autenticación de abogado conforme el artículo 283 de la Ley General de la Administración Pública. -Que se indique por el principio de igualdad si ambos abogados y policía deben cancelar el timbre de abogado. -Que se indique si lo resuelto es criterio vinculante para los abogados y todas las instituciones del Estado”.

SE ACUERDA 2017-36-026 Trasladar al Departamento Legal, la nota del Lic. Mariano Castillo Bolaños. … “Petitoria: -Que se indique si para que tenga validez y eficacia un documento para efectos administrativos sea o no con firma a ruego o huella, el único requisito exigible es la autenticación de abogado conforme el artículo 283 de la Ley General de la Administración Pública. -Que se indique por el principio de igualdad si ambos abogados y policía deben cancelar el timbre de abogado. -Que se indique si lo resuelto es criterio vinculante para los abogados y todas las instituciones del Estado”. Cinco votos. Responsable: Departamento Legal.

37. Nota suscrita por la Licda. Ethel Franco Chacón, Directora Ejecutiva mediante la cual solicita el traslado de los siguientes expedientes a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento administrativo cobratorio disciplinario. Esta lista parcial tiene fecha de corte el 26/09/2017. Se adjunta al acta el detalle de los expedientes: Expediente 00001 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. P. , Expediente 00002 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. J. R. C. ,Expediente 00003 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. H. B. , Expediente 00004 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. A. , Expediente 00005 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. C. P. , Expediente 00006 - 2017. El

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(La) Lic.(da.) A. R. C. F. , Expediente 00007 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. S. S. , Expediente 00008 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. B. F. , Expediente 00009 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. G. B. S. , Expediente 00010 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. Q. B. , Expediente 00011 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. S. C. , Expediente 00012 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. O. V. , Expediente 00013 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. J. , Expediente 00014 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. F. A. C. ,Expediente 00015 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. V. A. , Expediente 00016 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. R. , Expediente 00017 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. H. , Expediente 00018 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. T. S. , Expediente 00019 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. R. , Expediente 00020 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. Q. M. , Expediente 00021 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. S. A. , Expediente 00022 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. V. C. , Expediente 00023 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. Z. P. , Expediente 00024 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. G. , Expediente 00025 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. M. , Expediente 00026 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. L. M. , Expediente 00027 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. Q. S. , Expediente 00028 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. S. P. , Expediente 00029 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. F. S. , Expediente 00030 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. C. , Expediente 00031 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. M. R. , Expediente 00032 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. D. A. , Expediente 00033 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. R. , Expediente 00034 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. H. P. , Expediente 00035 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. M. L. , Expediente 00036 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. Q. C. , Expediente 00037 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. R. M. , Expediente 00038 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. E. , Expediente 00039 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. C. , Expediente 00040 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. M. , Expediente 00041 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. F. A. , Expediente 00042 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. J. Z. P. , Expediente 00043 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. J. S. V. , Expediente 00044 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. V. H. , Expediente 00045 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. L. M. , Expediente 00046 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. A. , Expediente 00047 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. M. , Expediente 00048 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. G. L. , Expediente 00049 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. V. P. , Expediente 00050 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. V. E. , Expediente 00051 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. V. E. , Expediente 00052 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. Z. O. , Expediente 00053 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. C. , Expediente 00054 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. F. C. , Expediente 00055 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. R. , Expediente 00056 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. S. , Expediente 00057 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. F. B. , Expediente 00058 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. G. M. , Expediente 00059 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. V. , Expediente 00060 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. R. J. Q. , Expediente 00061 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. C. C. , Expediente 00062 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. J. L. B. , Expediente 00063 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. P. S. , Expediente 00064 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. R. , Expediente 00065 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. S. M. , Expediente 00066 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. B. B. , Expediente 00067 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. D. C. , Expediente 00068 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. E. S. , Expediente 00069 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. F. L. B. , Expediente 00070 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. J. A. , Expediente 00071 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. M. B. N. , Expediente 00072 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. Q. S. , Expediente 00073 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. R. C. , Expediente 00074 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. R. S. R. , Expediente 00075 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. R. S. , Expediente 00076 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. D. , Expediente 00077 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. S. B. , Expediente 00078 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. A. F. , Expediente 00079 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. A. G. , Expediente 00080 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. C. V. , Expediente 00081 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. A. , Expediente 00082 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. B. C. , Expediente 00083 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. G. Z. , Expediente 00084 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. E. B. S. , Expediente 00085 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. E. D. S. , Expediente 00086 - 2017. El (La)

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Lic.(da.) A. E. R. V. ,Expediente 00087 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. G. M. M. , Expediente 00088 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. G. A. , Expediente 00089 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. I. M. A. , Expediente 00090 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. I. S. S. , Expediente 00091 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. I. S. B. , Expediente 00092 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. Q. Z. , Expediente 00093 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. V. P. , Expediente 00094 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. C. S. , Expediente 00095 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. F. C. , Expediente 00096 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. F. C. , Expediente 00097 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. G. A. , Expediente 00098 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. G. G. , Expediente 00099 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. O. C. , Expediente 00100 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. S. M. , Expediente 00101 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. S. C. , Expediente 00102 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. P. G. , Expediente 00103 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. R. R. , Expediente 00104 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. M. H. , Expediente 00105 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. P. G. S. , Expediente 00106 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. S. B. R. , Expediente 00107 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. V. C. A. , Expediente 00108 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. V. S. B. , Expediente 00109 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. F. T. , Expediente 00110 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. T. F. , Expediente 00111 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. C. , Expediente 00112 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. L. , Expediente 00113 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. F. S. , Expediente 00114 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. F. F. , Expediente 00115 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. R. J. , Expediente 00116 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. M. , Expediente 00118 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. B. R. , Expediente 00119 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. R. C. S. , Expediente 00120 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. S. W. , Expediente 00121 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. G. C. , Expediente 00122 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. G. S. , Expediente 00123 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. R. M. O. , Expediente 00124 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. B. , Expediente 00125 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. R. F. , Expediente 00126 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. S. , Expediente 00127 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. V. R. , Expediente 00128 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. P. , Expediente 00129 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. A. C. , Expediente 00130 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. U. , Expediente 00131 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. V. , Expediente 00132 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. F. T. , Expediente 00133 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. S. R. , Expediente 00134 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. A. R. , Expediente 00135 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. G. , Expediente 00136 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. G. R. , Expediente 00137 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. L. , Expediente 00138 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. S. A. , Expediente 00139 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. S. T. , Expediente 00140 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. T. M. , Expediente 00141 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. M. M. , Expediente 00142 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. O. R. , Expediente 00143 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. A. C. , Expediente 00144 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. P. A. , Expediente 00146 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. F. E. , Expediente 00147 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. R. U. , Expediente 00148 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. C. R. , Expediente 00149 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. G. A. , Expediente 00150 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. S. A. , Expediente 00151 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. B. C. , Expediente 00152 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. V. P. , Expediente 00153 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. R. E. G. , Expediente 00154 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. J. R. C. , Expediente 00155 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. G. G. , Expediente 00156 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. G. , Expediente 00157 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. B. C. , Expediente 00158 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. P. R. , Expediente 00159 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. R. A. , Expediente 00160 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. R. S. , Expediente 00161 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. R. G. , Expediente 00162 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. U. B. , Expediente 00163 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. A. U. , Expediente 00164 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. A. Z. , Expediente 00165 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. E. A. M. , Expediente 00166 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. E. C. R. , Expediente 00167 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. E. C. A. , Expediente

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00168 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. E. D. A. , Expediente 00169 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. E. F. M. , Expediente 00170 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. E. Q. Q. , Expediente 00171 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. E. S. M. , Expediente 00172 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. F. V. O. , Expediente 00173 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. F. C. G. , Expediente 00174 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. F. R. M. , Expediente 00175 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. F. S. M. , Expediente 00176 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. G. G. A. , Expediente 00177 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. I. R. S. , Expediente 00178 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. L. Q. E. , Expediente 00179 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. L. R. M. , Expediente 00180 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. L. S. C. , Expediente 00181 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. H. G. , Expediente 00182 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. M. M. , Expediente 00183 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. P. U. , Expediente 00184 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. R. A. S. , Expediente 00185 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. S. F. V. , Expediente 00186 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. S. C. , Expediente 00187 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. A. C. , Expediente 00188 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. B. R. , Expediente 00189 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. J. N. , Expediente 00190 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. A. C. , Expediente 00191 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. R. C. , Expediente 00192 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. R. C. , Expediente 00193 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. L. B. , Expediente 00194 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. R. S. , Expediente 00195 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. G. , Expediente 00196 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. C. P. , Expediente 00197 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. R. S. , Expediente 00198 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. C. , Expediente 00199 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. M. C. , Expediente 00200 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. H. C. , Expediente 00201 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. I. A. J. , Expediente 00202 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. B. S. , Expediente 00203 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. O. B. , Expediente 00204 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. C. R. , Expediente 00205 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. C. , Expediente 00206 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. P. F. M. , Expediente 00207 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. I. Q. J. , Expediente 00208 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. S. V. , Expediente 00209 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. W. C. , Expediente 00210 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. J. P. , Expediente 00211 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. V.E. , Expediente 00212 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. R. S. C. , Expediente 00213 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. S. E. , Expediente 00214 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. G. C. , Expediente 00215 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. L. G. , Expediente 00216 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. R. L. , Expediente 00217 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. H. , Expediente 00218 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. S. F. , Expediente 00219 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. C. , Expediente 00220 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. V. R. , Expediente 00221 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. G. , Expediente 00222 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. W. R. C. , Expediente 00223 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. H. H. , Expediente 00224 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. E. E. M. , Expediente 00225 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. De La G. C. Expediente 00226 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. H. C. , Expediente 00227 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. S. A. , Expediente 00228 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. R. , Expediente 00229 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. R. C. ,Expediente 00230 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. R. M. , Expediente 00231 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. C. C. , Expediente 00232 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. R. H. , Expediente 00233 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. S. D. , Expediente 00234 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. M. G. , Expediente 00235 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. G. C. , Expediente 00236 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. I. C. L. , Expediente 00237 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. W. A. , Expediente 00238 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. G. R. , Expediente 00239 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. B. R. , Expediente 00240 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. C. W. C. , Expediente 00241 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. G. C. P. , Expediente 00242 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. V. F. , Expediente 00243 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. C. J. , Expediente 00244 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. C. V. , Expediente 00245 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. R. J. , Expediente 00246 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. Z. V. , Expediente 00247 - 2017. El (La)

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Lic.(da.) D. A. C. M. , Expediente 00248 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. M. , Expediente 00249 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. E. Z. A. , Expediente 00250 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. M. , Expediente 00251 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. C. S. C. , Expediente 00252 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. F. A. C. , Expediente 00253 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. I. C. G. , Expediente 00254 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. T. C. , Expediente 00255 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. V. G. A. , Expediente 00256 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. R. Q. , Expediente 00257 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. V. , Expediente 00258 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. B. G. , Expediente 00259 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. R. A. , Expediente 00260 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. S. G. , Expediente 00261 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. S. L. , Expediente 00262 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. G. M. , Expediente 00263 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. A. , Expediente 00264 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. G. B. , Expediente 00265 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. C. A. , Expediente 00266 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. L. L. , Expediente 00267 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. M. S. , Expediente 00268 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. R. G. , Expediente 00269 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. W. H. F. , Expediente 00270 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. L. A. , Expediente 00271 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. G. A. , Expediente 00272 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. B. S. , Expediente 00273 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. E. V. B. , Expediente 00274 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. L. P. M. , Expediente 00275 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. P. G. , Expediente 00276 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. R. C. , Expediente 00277 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. R. P. A. , Expediente 00278 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. L. L. , Expediente 00279 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. V. H. , Expediente 00280 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. C. L. , Expediente 00281 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. C. S. , Expediente 00282 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. D. R. , Expediente 00283 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. E. S. M. , Expediente 00284 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. G. C. , Expediente 00285 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. L. M. , Expediente 00286 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. G. , Expediente 00287 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. N. B. C. , Expediente 00288 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. O. B. , Expediente 00289 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. P. F. , Expediente 00290 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. R. C. M. , Expediente 00291 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. A. , Expediente 00292 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. C. G. , Expediente 00293 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. G. G. M. , Expediente 00294 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. G. V. S. , Expediente 00295 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. S. , Expediente 00296 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. H. , Expediente 00297 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. C. A. H. , Expediente 00298 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. E. R. , Expediente 00299 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. V. S. , Expediente 00300 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. J. S. C. , Expediente 00301 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. F. C. , Expediente 00302 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. R. E. , Expediente 00303 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. K. C. R. , Expediente 00304 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. V. R. , Expediente 00305 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. C. S. , Expediente 00306 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. L. P. B. , Expediente 00307 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. A. , Expediente 00308 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. U. , Expediente 00309 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. G. H. F. , Expediente 00310 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. V. , Expediente 00311 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. D. G. ,Expediente 00312 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. V. , Expediente 00313 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. V. B. S. , Expediente 00314 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. J. M. T. , Expediente 00315 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. J. T. , Expediente 00316 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. T. C. , Expediente 00317 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. F. M. , Expediente 00318 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. G. , Expediente 00319 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. B. M. , Expediente 00320 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. B. B. , Expediente 00321 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. R. Q. , Expediente 00322 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. W. I. A. , Expediente 00323 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. A. C. , Expediente 00324 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. C. L. , Expediente 00325 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. De G. V. M. , cExpediente 00326 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. L. O. , Expediente 00327 - 2017. El (La) Lic.

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(da.) E. M. M. R. , Expediente 00328 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. V. , Expediente 00329 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. G. M. , Expediente 00330 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. C. C. , Expediente 00331 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. C. M. , Expediente 00332 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. H. C. , Expediente 00333 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. C. M. , Expediente 00334 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. C. A. , Expediente 00335 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. G. B. , Expediente 00336 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. L. P. R. , Expediente 00337 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. S. R. , Expediente 00338 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. V. S. , Expediente 00339 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. N. B. P. , Expediente 00340 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. A. F. G. , Expediente 00341 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. F. C. M. , Expediente 00342 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. A. V. N. , Expediente 00343 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. A. G. V. , Expediente 00344 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. C. A. , Expediente 00345 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. R. C. , Expediente 00346 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. R. C. , Expediente 00347 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. Z. C. , Expediente 00348 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. E. R. , Expediente 00349 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. J. S. F. , Expediente 00350 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. N. M. , Expediente 00351 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. P. P. , Expediente 00352 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. T. N. , Expediente 00353 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. W. C. , Expediente 00354 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. T. E. , Expediente 00355 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. J. E. L. , Expediente 00356 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. A. G. B. , Expediente 00357 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. F. C. , Expediente 00358 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. J. Q. R. , Expediente 00359 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. Mc K. L. , Expediente 00360 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. S. C. C. , Expediente 00361 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. S. P. , Expediente 00362 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. V. C. , Expediente 00363 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. V. P. U. , Expediente 00364 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. De M. J. S. , cExpediente 00365 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. Del C. R. Z. , Expediente 00366 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. A. B. C. , Expediente 00367 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. I. A. F. , Expediente 00368 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. Y. De La P. R. Expediente 00369 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. A. P. A. , Expediente 00370 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. S. J. B. , Expediente 00371 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. S. H. , Expediente 00372 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. B. R. , Expediente 00373 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. C. M. , Expediente 00374 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. C. T. , Expediente 00375 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. E. F. M. , Expediente 00376 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. E. S. , Expediente 00377 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. J. M. M. , Expediente 00378 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. M. G. , Expediente 00379 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. U. S. , Expediente 00380 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. J. M. , Expediente 00381 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. A. A. R. , Expediente 00382 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. A. A. B. , Expediente 00383 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. R. A. , Expediente 00384 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. V. C. , Expediente 00385 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. A. Z. , Expediente 00386 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. B. H. , Expediente 00387 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. E. M. M. , Expediente 00388 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. B. A. , Expediente 00389 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. G. A. , Expediente 00390 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. L. Y. , Expediente 00391 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. O. S. , Expediente 00392 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. P. P. , Expediente 00394 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. H. , Expediente 00395 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. A. C. , Expediente 00396 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. R. U. , Expediente 00397 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. S. R. , Expediente 00398 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. B. G. , Expediente 00399 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. E. A. , Expediente 00400 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. L. G. , Expediente 00401 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. E. C. C. , Expediente 00402 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. F. G. H. , Expediente 00403 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. T. J. , Expediente 00404 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. M. C. R. , Expediente 00405 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. C. O. , Expediente 00406 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. H. C. , Expediente 00407 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. S. H. , Expediente 00408 -

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2017. El (La) Lic.(da.) G. L. M. De L. Expediente 00409 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. O. R. R. , Expediente 00410 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. R. Q. , Expediente 00411 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. G. M. , Expediente 00412 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. T. M. D. , Expediente 00413 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. E. Z. M. , Expediente 00414 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. M. W. , Expediente 00415 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. C. C. , Expediente 00416 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. L. G. , Expediente 00417 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. M. A. , Expediente 00418 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. M. B. C. , Expediente 00419 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. B. , Expediente 00420 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. V. Z. , Expediente 00421 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. C. V. , Expediente 00422 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. M. S. C. , Expediente 00423 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. I. F. F. , Expediente 00424 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. L. M. , Expediente 00425 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. G. J. , Expediente 00426 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. P. M. , Expediente 00427 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. B. V. , Expediente 00428 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. C. C. , Expediente 00429 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. L. C. , Expediente 00430 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. S. D. , Expediente 00431 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. S. , Expediente 00432 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. H. U. , Expediente 00433 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. S. S. , Expediente 00434 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. N. S. , Expediente 00435 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. M. Q. , Expediente 00436 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. O. B. , Expediente 00437 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. V. P. , Expediente 00438 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. E. V. , Expediente 00439 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. B. C. , Expediente 00440 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. De La O. S. , cExpediente 00441 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. C. R. , Expediente 00442 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. M. G. , Expediente 00443 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. O. Q. M. , Expediente 00444 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. G. C. C. , Expediente 00445 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. A. S. A. , Expediente 00446 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. E. F. M. , Expediente 00447 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. M. F. V. , Expediente 00448 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. M. F. , Expediente 00449 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. R. C. Q. , Expediente 00450 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. A. O. , Expediente 00451 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. B. V. , Expediente 00452 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. C. C. , Expediente 00453 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. A. U. S. , Expediente 00454 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. M. C. , Expediente 00455 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. F. M. A. , Expediente 00456 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. H. O. , Expediente 00457 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. P. O. , Expediente 00458 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. I. S. J. , Expediente 00459 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. A. G. R. , Expediente 00460 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. Y. C. L. , Expediente 00461 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. G. V. V. , Expediente 00462 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. G. A. Z. , Expediente 00463 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. A. P. O. , Expediente 00464 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. S. R. , Expediente 00465 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. S. H. , Expediente 00466 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. R. S. P. , Expediente 00467 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. C. F. , Expediente 00468 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. R. Q. , Expediente 00469 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. C. M. , Expediente 00470 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. M. T. S. , Expediente 00471 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. M. S. M. , Expediente 00472 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. P. R. C. , Expediente 00473 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. C. N. , Expediente 00474 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. O. M. , Expediente 00475 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. V. S. S. , Expediente 00476 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. B. F. , Expediente 00477 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. M. B. , Expediente 00478 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. B. A. , Expediente 00479 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. C. B. , Expediente 00480 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. G. P. G. , Expediente 00481 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. E. Q. G. , Expediente 00482 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. O. , Expediente 00483 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. R. R. P. , Expediente 00484 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. R. V. , Expediente 00485 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. V. P. , Expediente 00486 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. V. G. , Expediente 00487 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. J. F. C. , Expediente 00488 - 2017. El (La) Lic.

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Acta Ordinaria No. 36-2017 02 de octubre de 2017 Pág. 27 de 63

(da.) J. L. R. S. H. , cExpediente 00489 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. B. N. , Expediente 00490 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. D. C. , Expediente 00491 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. T. M. , Expediente 00492 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. D. V. , Expediente 00493 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. C. , Expediente 00494 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. P. F. P. , Expediente 00495 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. G. , Expediente 00496 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. R. G. , Expediente 00497 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. V. C. , Expediente 00498 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. J. V. C. , Expediente 00500 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. P. Q. , Expediente 00501 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. D. A. Z. , Expediente 00502 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. B. F. , Expediente 00503 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. L. V. G. , Expediente 00504 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. S. R. , Expediente 00505 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. V. L. , Expediente 00506 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. C. , Expediente 00507 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. L.,Expediente 00508 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. P. S., Expediente 00509 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. M. , Expediente 00510 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. V. G. , Expediente 00511 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. P. , Expediente 00512 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. R. J. A. , Expediente 00513 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. C. Q. , Expediente 00514 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. D. E. , Expediente 00515 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. E. M. S. , Expediente 00516 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. B. , Expediente 00517 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. M. , Expediente 00518 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. S. A. , Expediente 00519 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. C. A. , Expediente 00520 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. R. , Expediente 00521 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. B. J. A. , Expediente 00522 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. S. , Expediente 00523 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. P. V. M. , Expediente 00524 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. P. A. , Expediente 00525 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. G. G. , Expediente 00526 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. G. B. , Expediente 00527 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. C. , Expediente 00528 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. L. G. , Expediente 00529 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. R. S. , Expediente 00530 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. V. P. , Expediente 00531 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. P. L. , Expediente 00532 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. C. C. , Expediente 00533 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. B. R. , Expediente 00534 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. M. C. , Expediente 00535 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. O. S. , Expediente 00536 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. B. A. , Expediente 00537 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. B. M. , Expediente 00538 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. C. R. , Expediente 00539 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. C. C. , Expediente 00540 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. C. R. , Expediente 00541 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. P. A. , Expediente 00542 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. E. C. W. , Expediente 00543 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. E. M. G. , Expediente 00544 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. E. S. S. , Expediente 00545 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. E. M. G. , Expediente 00546 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. F. M. , Expediente 00547 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. C. C. , Expediente 00548 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. U. S. , Expediente 00549 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. E. , Expediente 00550 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. H. M. F. , Expediente 00551 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. J. B. C. , Expediente 00552 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. L. C. F. , Expediente 00553 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. S. A. G. , Expediente 00554 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. O. Z. , Expediente 00555 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. A. J. , Expediente 00556 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. R. T. , Expediente 00557 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. J. L. , Expediente 00558 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. G. A. , Expediente 00559 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. M. V. , Expediente 00560 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. S. N. , Expediente 00561 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. A. T. , Expediente 00562 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. C. V. , Expediente 00563 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. M. L. , Expediente 00564 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. M. U. , Expediente 00565 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. Z. C. , Expediente 00566 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. G. H. , Expediente 00567 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. S. S. , Expediente 00568 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. A. T. , Expediente 00569 - 2017. El

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(La) Lic.(da.) J. D. V. R. , Expediente 00570 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. O. G. , Expediente 00571 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. M. M. , Expediente 00572 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. G. L. , Expediente 00573 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. R. G. , Expediente 00574 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. P. F. , Expediente 00575 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. R. B. , Expediente 00576 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. O. P. , Expediente 00577 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. H. C. M. , Expediente 00578 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. H. G. H. , Expediente 00579 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. J. B. C. , Expediente 00580 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. L. C. G. , Expediente 00581 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. L. R. R. , Expediente 00582 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. E. S. , Expediente 00583 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. A. M. , Expediente 00584 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. M. O. , Expediente 00585 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. P. V. , Expediente 00586 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. M. R. , Expediente 00587 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. M. R. , Expediente 00588 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. T. B. , Expediente 00589 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. U. P. , Expediente 00590 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. Z. B. , Expediente 00591 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. S. P. ,Expediente 00592 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. M. M. , Expediente 00593 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. N. D. F. , Expediente 00594 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. P. A. J. , Expediente 00595 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. R. T. C. , Expediente 00596 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. T. J. , Expediente 00597 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. O. S. , Expediente 00598 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. M. P. , Expediente 00599 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. M. C. , Expediente 00600 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. B. U. A. , Expediente 00601 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. A. M. , Expediente 00602 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. B. P. , Expediente 00603 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. C. A. , Expediente 00604 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. C. M. , Expediente 00605 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. F. C. , Expediente 00606 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. G. G. , Expediente 00607 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. G. M. , Expediente 00608 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. M. De O. V. Expediente 00609 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. P. G. , Expediente 00610 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. R. P. , Expediente 00611 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. S. C. , Expediente 00612 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. De D. M. S. , cExpediente 00613 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. De J. C. L. , cExpediente 00614 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. D. V. G. , Expediente 00615 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. D. B. , Expediente 00616 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. E. Y. M. , Expediente 00617 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. L. G. , Expediente 00618 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. J. A. C. , Expediente 00619 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. J. E. C. , Expediente 00620 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. J. G. L. , Expediente 00621 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. R. S. , Expediente 00622 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. R. L. P. , Expediente 00623 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. S. M. A. , Expediente 00624 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. Y. A. M. , Expediente 00625 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. J. A. , Expediente 00626 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. B. C. , Expediente 00627 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. Z. , Expediente 00628 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. C. V. , Expediente 00629 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. H. N. , Expediente 00630 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. B. , Expediente 00631 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. R. A. C. , Expediente 00632 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. E. S. B. , Expediente 00633 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. M. R. , Expediente 00634 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. A. H. J. , Expediente 00635 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. B. R. , Expediente 00636 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. C. R. , Expediente 00637 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. P. J. M. , Expediente 00638 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. P. C. M. , Expediente 00639 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. V. C. U. , Expediente 00640 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. R. P. F. , Expediente 00641 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. V. J. M. , Expediente 00642 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. L. M. , Expediente 00643 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. Q. R. ,Expediente 00644 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. I. Z. E. , Expediente 00645 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. V. C. F. , Expediente 00646 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. De La P. R. , cExpediente 00647 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. V. A. R. , Expediente 00648 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. V.

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R. M. , Expediente 00649 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. L. M. , Expediente 00650 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. S. A. A. , Expediente 00651 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. A. V. , Expediente 00652 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. F. A. , Expediente 00653 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. C. V. , Expediente 00654 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. Z. U. , Expediente 00655 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. B. H. , Expediente 00656 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. F. V. , Expediente 00657 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. E. M. , Expediente 00658 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. M. G. , Expediente 00659 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. S. G. , Expediente 00660 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. S. V. , Expediente 00661 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. A. V. , Expediente 00662 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. L. C. , Expediente 00663 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. J. R. T. , Expediente 00664 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. Y. M. P. , Expediente 00665 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. G. S. , Expediente 00666 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. M. L. , Expediente 00667 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. H. R. , Expediente 00668 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. A. , Expediente 00669 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. E. O. V. , Expediente 00670 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. G. M. , Expediente 00671 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. R. P. , Expediente 00672 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. V. , Expediente 00673 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. H. M. , Expediente 00674 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. Y. , Expediente 00675 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. G. R. , Expediente 00676 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. V. P. , Expediente 00677 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. V. L. , Expediente 00678 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. B. A. , Expediente 00679 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. Y. B. V. , Expediente 00680 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. C. C. , Expediente 00681 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. C. P. S. , Expediente 00682 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. G. C. , Expediente 00683 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. V. R. ,Expediente 00684 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. G. C. L. , Expediente 00685 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. U. S. , Expediente 00686 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. B. G. , Expediente 00687 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. C. D. , Expediente 00688 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. E. H. , Expediente 00689 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. P. B. , Expediente 00690 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. M. G. , Expediente 00691 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. S. U. , Expediente 00692 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. R. H. , Expediente 00693 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. E. R. , Expediente 00694 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. B. C. S. , Expediente 00695 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. C. G. R. , Expediente 00696 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. C. G. R. , Expediente 00697 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. C. M. A. , Expediente 00698 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. D. G. A. , Expediente 00699 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. D. M. C. , Expediente 00700 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. D. G. G. , Expediente 00701 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. D. A. C. , Expediente 00702 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. D. C. A. , Expediente 00703 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. D. D. V. C. B. Expediente 00704 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. D. O. P. , Expediente 00705 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. D. V. C. , Expediente 00706 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. E. C. G. , Expediente 00707 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. E. M. G. , Expediente 00708 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. E. V. G. , Expediente 00709 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. E. C. F. , Expediente 00710 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. E. V. A. , Expediente 00711 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. F. M. O. , Expediente 00712 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. F. R. V. , Expediente 00713 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. F. V. M. , Expediente 00714 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. G. A. R. , Expediente 00715 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. G. R. V. , Expediente 00716 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. J. J. C. , Expediente 00717 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. J. G. P. , Expediente 00718 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. C. B. , Expediente 00720 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. B. C. V. , Expediente 00721 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. U. , Expediente 00722 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. J. P. O. , Expediente 00723 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. L. , Expediente 00724 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. J. C. , Expediente 00725 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. M. C. , Expediente 00726 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. U. S. , Expediente 00727 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. R. A. , Expediente 00728 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. T. R. M. , Expediente 00729 - 2017. El (La)

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Lic.(da.) M. Del C. L. V. , Expediente 00730 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. D. , Expediente 00731 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. H. G. , Expediente 00732 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. B. F. , Expediente 00733 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. U. T. , Expediente 00734 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. A. S. , Expediente 00735 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. M. R. , Expediente 00736 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. Z. B. , Expediente 00737 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. B. A. , Expediente 00738 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. De J. R. S. , Expediente 00739 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. C. C. , Expediente 00740 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. O. C. , Expediente 00741 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. S. , Expediente 00742 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. S. Z. , Expediente 00743 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. T. Q. , Expediente 00744 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. H. P. , Expediente 00745 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. B. A. , Expediente 00746 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. R. M. , Expediente 00747 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. H. L. , Expediente 00748 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. Z. J. , Expediente 00749 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. U. , Expediente 00750 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. S. M. , Expediente 00751 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. S. G. , Expediente 00753 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. G. , Expediente 00754 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. S. B. , Expediente 00755 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. F. L. , Expediente 00756 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. B. G. , Expediente 00757 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. B. G. , Expediente 00758 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. C. A. , Expediente 00759 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. S. J. , Expediente 00760 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. B. R. , Expediente 00761 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. C. E. , Expediente 00762 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. Del C. O. C. , Expediente 00763 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. C. , Expediente 00764 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. C. H. , Expediente 00765 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. C. Q. , Expediente 00766 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. L. Q. , Expediente 00767 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. V. J. , Expediente 00768 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. R. T. , Expediente 00769 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. L. M. , Expediente 00770 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. P. O. , Expediente 00771 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. P. V. , Expediente 00772 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. A. G. , Expediente 00773 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. D. A. T.Expediente 00774 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. D. M. O.Expediente 00775 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. D. S. V.Expediente 00776 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. D. S. M.Expediente 00777 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. Del C. A. R. , Expediente 00778 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. Del M. C. V. , Expediente 00779 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. Del R. A. C. , Expediente 00780 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. D. C. B. , Expediente 00781 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. A. A. , Expediente 00782 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. R. V. , Expediente 00783 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. U. D. , Expediente 00784 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. F. N. L. , Expediente 00785 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. F. C. D. , Expediente 00786 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. F. C. S. , Expediente 00787 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. F. E. R. , Expediente 00788 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. F. Q. R. , Expediente 00789 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. P. L. , Expediente 00790 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. R. M. , Expediente 00791 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. I. V. P. , Expediente 00792 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. I. P. G. , Expediente 00793 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. I. V. R. , Expediente 00794 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. J. F. L. , Expediente 00795 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. J. M. C. , Expediente 00796 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. J. M. M. , Expediente 00797 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. L. S. C. , Expediente 00798 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. L. L. C. , Expediente 00799 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. C. S. , Expediente 00800 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. L. S. , Expediente 00801 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. P. A. B. , Expediente 00802 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. V. E. , Expediente 00803 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. S. C. A. , Expediente 00804 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. T. N. T. , Expediente 00805 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. W. H. , Expediente 00806 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. C. R. , Expediente 00807 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. S. N. , Expediente 00808 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. Y. Q. L. , Expediente 00809 - 2017. El

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(La) Lic.(da.) M. L. B. , Expediente 00810 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. S. , Expediente 00811 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. R. , Expediente 00812 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. D. A. P.Expediente 00813 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. C. , Expediente 00814 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. M. , Expediente 00815 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. I. C. G. , Expediente 00816 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. O. , Expediente 00817 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. I. U. M. , Expediente 00818 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. N. , Expediente 00819 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. A. , Expediente 00820 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. S. , Expediente 00821 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. G. C. , Expediente 00822 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. A. S. , Expediente 00823 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. B. V. , Expediente 00824 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. A. Q. , Expediente 00825 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. Q. L. , Expediente 00826 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. V. L. , Expediente 00827 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. H. B. , Expediente 00828 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. U. A. , Expediente 00829 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. H. L. F. , Expediente 00830 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. J. F. S. , Expediente 00831 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. P. C. , Expediente 00832 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. G. , Expediente 00833 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. B. V. , Expediente 00834 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. D. , Expediente 00835 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. S. , Expediente 00836 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. A. , Expediente 00837 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. C. B. , Expediente 00838 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. B. , Expediente 00839 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. R. M. , Expediente 00840 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. A. C. , Expediente 00841 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. A. M. , Expediente 00842 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. J. C. , Expediente 00843 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. C. , Expediente 00844 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. I. C. V. , Expediente 00845 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. L. E. A. , Expediente 00846 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. V. F. , Expediente 00847 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. C. T. , Expediente 00848 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. G. S. , Expediente 00849 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. S. C. , Expediente 00850 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. J. O. , Expediente 00851 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. G. , Expediente 00852 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. O. C. , Expediente 00853 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. Q. R. , Expediente 00854 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. P. , Expediente 00855 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. F. B. B. , Expediente 00856 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. L. A. J. , Expediente 00857 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. H. G. , Expediente 00858 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. C. , Expediente 00859 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. C. , Expediente 00860 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. S. S. , Expediente 00861 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. B. H. , Expediente 00862 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. G. , Expediente 00863 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. D. M. , Expediente 00864 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. J. V. , Expediente 00865 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. N. B. , Expediente 00866 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. C. , Expediente 00867 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. S. R. , Expediente 00868 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. O. R. , Expediente 00869 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. B. C. , Expediente 00870 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. C. , Expediente 00871 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. B. , Expediente 00872 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. L. H. , Expediente 00873 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. T. A. P. , Expediente 00874 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. P. , Expediente 00875 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. S. T. Y. , Expediente 00876 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. G. , Expediente 00877 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. J. E. , Expediente 00878 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. M. M. , Expediente 00879 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. D. B. , Expediente 00880 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. A. , Expediente 00881 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. P. , Expediente 00882 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. J. G. , Expediente 00883 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. M. M. , Expediente 00884 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. X. H. S. , Expediente 00885 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. B. L. , Expediente 00886 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. G. E. , Expediente 00887 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. G. S. , Expediente 00888 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. R. A. , Expediente 00889 - 2017. El

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(La) Lic.(da.) M. A. S. U. , Expediente 00890 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. S. P. , Expediente 00891 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. V. A. , Expediente 00892 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. P. M. , Expediente 00893 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. Z. A. , Expediente 00894 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. A. B. , Expediente 00895 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. A. , Expediente 00896 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. M. N. , Expediente 00897 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. S. N. , Expediente 00898 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. C. , Expediente 00899 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. C. A. , Expediente 00900 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. J. Z. , Expediente 00901 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. A. F. , Expediente 00902 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. M. C. , Expediente 00903 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. Z. R. , Expediente 00904 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. B. T. , Expediente 00905 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. B. L. , Expediente 00906 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. J. A. N. , Expediente 00907 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. A. G. , Expediente 00908 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. S. J. , Expediente 00909 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. A. , Expediente 00910 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. F. F. , Expediente 00911 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. F. P. , Expediente 00912 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. P. G. , Expediente 00913 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. G. , Expediente 00914 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. S. R. , Expediente 00915 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. V. , Expediente 00916 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. F. M. , Expediente 00917 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. S. , Expediente 00918 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. L. B. N. , Expediente 00919 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. K. C. I. , Expediente 00920 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. E. F. P. , Expediente 00921 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. A. B. , Expediente 00922 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. B. R. , Expediente 00923 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. K. , Expediente 00924 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. S. M. G. , Expediente 00925 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. P. G. O. , Expediente 00926 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. A. A. R. , Expediente 00927 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. R. A. , Expediente 00928 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. K. D. , Expediente 00929 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. E. S. G. , Expediente 00930 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. M. F. , Expediente 00931 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. M. R. S. , Expediente 00933 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. A. R. J. , Expediente 00934 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. M. H. , Expediente 00935 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. M. Q. E. , Expediente 00936 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. C. V. , Expediente 00937 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. F. U. , Expediente 00938 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. S. V. , Expediente 00939 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. R. F. , Expediente 00940 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. E. C. M. , Expediente 00941 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. J. C. , Expediente 00942 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. G. P. , Expediente 00943 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. R. R. , Expediente 00944 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. D. H. , Expediente 00945 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. Z. B. , Expediente 00946 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. R. A. , Expediente 00947 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. S. E. , Expediente 00948 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. A. J. A. , Expediente 00949 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. E. R. G. , Expediente 00950 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. G. E. S. , Expediente 00951 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. H. C. , Expediente 00952 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. H. S. S. , Expediente 00953 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. J. O. , Expediente 00954 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. N. A. M. , Expediente 00955 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. P. C. , Expediente 00956 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. P. A. P. , Expediente 00957 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. R. C. A. , Expediente 00958 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. V. M. , Expediente 00959 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. B. V. , Expediente 00960 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. C. E. P. , Expediente 00961 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. A. M. , Expediente 00962 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. C. M. , Expediente 00963 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. C. V. , Expediente 00964 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. J. T. , Expediente 00965 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. M. N. A. , Expediente 00966 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. M. M. , Expediente 00967 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. M. A. , Expediente 00968 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. Q. S. , Expediente 00969 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. C. R. G. , Expediente 00970 - 2017. El (La)

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Acta Ordinaria No. 36-2017 02 de octubre de 2017 Pág. 33 de 63

Lic.(da.) P. X. P. G. , Expediente 00971 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. M. B. , Expediente 00972 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. W. J. B. , Expediente 00973 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. G. B. , Expediente 00974 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. M. Q. R. , Expediente 00975 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. O. S. , Expediente 00976 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. E. G. , Expediente 00977 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. L. G. , Expediente 00978 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. S. V. , Expediente 00979 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. B. R. , Expediente 00980 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. D. C. , Expediente 00981 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. F. S. , Expediente 00982 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. M. S. , Expediente 00983 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. O. F. , Expediente 00984 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. Q. V. , Expediente 00985 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. E. S. S. , Expediente 00986 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. V. V. R. , Expediente 00987 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. F. E. , Expediente 00988 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. Z. M. , Expediente 00989 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. H. , Expediente 00990 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. F. A. C. , Expediente 00991 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. J. P. , Expediente 00992 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. O. E. , Expediente 00993 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. S. V. , Expediente 00994 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. Z. , Expediente 00995 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. O. M. , Expediente 00996 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. A. M. , Expediente 00997 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. D. O. M. , Expediente 00998 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. J. G. , Expediente 00999 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. S. , Expediente 01000 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. C. C. , Expediente 01001 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. E. B. L. , Expediente 01002 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. P. S. , Expediente 01003 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. B. , Expediente 01004 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. S. R. , Expediente 01005 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. Z. U. , Expediente 01006 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. S. , Expediente 01007 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. B. , Expediente 01008 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. C. S. , Expediente 01009 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. P. M. , Expediente 01010 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. P. , Expediente 01011 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. U. G. , Expediente 01012 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. V. M. , Expediente 01013 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. C. M. , Expediente 01014 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. J. D. , Expediente 01015 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. C. U. , Expediente 01016 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. E. A. P. , Expediente 01017 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. F. C. , Expediente 01018 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. S. B. , Expediente 01019 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. V. S. , Expediente 01020 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. D. G. Expediente 01021 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. C. V. , Expediente 01022 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. U. , Expediente 01023 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. A. , Expediente 01024 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. P. A. , Expediente 01025 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. B. A. , Expediente 01026 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. Q. G. , Expediente 01027 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. M. , Expediente 01028 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. De J. O. P. , cExpediente 01029 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. G. S. , Expediente 01030 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. G. , Expediente 01031 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. L. , Expediente 01032 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. J. M. , Expediente 01033 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. E. M. O. , Expediente 01034 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. G. M. R. , Expediente 01035 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. L. P. , Expediente 01036 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. V. , Expediente 01037 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. S. M. , Expediente 01038 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. G. S. M. , Expediente 01039 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. E. G. R. , Expediente 01040 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. I. S. J. , Expediente 01041 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. J. A. , Expediente 01042 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. L. V. R. , Expediente 01043 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. J. M. , Expediente 01044 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. V. C. , Expediente 01045 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. N. R. M. , Expediente 01046 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. U. , Expediente 01047 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. C. V. , Expediente 01048 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. B. N. , Expediente 01049 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. C. , Expediente 01050 - 2017. El (La)

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Acta Ordinaria No. 36-2017 02 de octubre de 2017 Pág. 34 de 63

Lic.(da.) R. V. V. , Expediente 01051 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. J. L. , Expediente 01052 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. J. , Expediente 01053 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. S. L. M. , Expediente 01054 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. B. A. Y. , Expediente 01055 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. C. S. , Expediente 01056 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. G. R. M. , Expediente 01057 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. C. , Expediente 01058 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. L. F. C. , Expediente 01059 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. O. , Expediente 01060 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. A. G. , Expediente 01061 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. L. G. C. , Expediente 01062 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. L. A. V. , Expediente 01063 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. M. G. A. , Expediente 01064 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. E. F. C. , Expediente 01065 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. G. A. M. , Expediente 01066 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. M. A. , Expediente 01067 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. A. M. L. , Expediente 01068 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. B. M. , Expediente 01069 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. E. V. J. , Expediente 01070 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. G. Q. , Expediente 01071 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. R. A. , Expediente 01072 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. M. F. A. , Expediente 01073 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. B. H. , Expediente 01074 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. C. H. A. , Expediente 01075 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. G. N. M. , Expediente 01076 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. R. M. V. , Expediente 01077 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. V. B. , Expediente 01078 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. U. A. , Expediente 01079 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. A. L. , Expediente 01080 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. A. U. , Expediente 01081 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. E. A. H. , Expediente 01082 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. E. M. G. , Expediente 01083 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. G. Z. , Expediente 01084 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. S. R. , Expediente 01085 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. D. F. A. , Expediente 01086 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. M. R. M. , Expediente 01087 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. M. M. , Expediente 01088 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. A. C. , Expediente 01089 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. C. C. , Expediente 01090 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. M. A. N. , Expediente 01091 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. M. V. H. , Expediente 01092 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. S. L. , Expediente 01093 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. F. P. L. , Expediente 01094 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. G. D. , Expediente 01095 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. C. C. , Expediente 01096 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. M. R. A. , Expediente 01097 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. F. K. , Expediente 01098 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. J. R. , Expediente 01099 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. R. A. , Expediente 01100 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. V. A. , Expediente 01101 - 2017. El (La) Lic.(da.) T. M. G. D. , Expediente 01102 - 2017. El (La) Lic.(da.) T. V. M. , Expediente 01103 - 2017. El (La) Lic.(da.) T. A. S. M. , Expediente 01104 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. Z. M. , Expediente 01105 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. C. B. , Expediente 01106 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. D. A. O. Expediente 01107 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. H. C. C. , Expediente 01108 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. H. M. B. , Expediente 01109 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. H. M. A. , Expediente 01110 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. H. M. F. , Expediente 01111 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. J. A. V. , Expediente 01112 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. J. C. S. , Expediente 01113 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. M. G. C. , Expediente 01114 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. M. L. C. , Expediente 01115 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. P. V. , Expediente 01116 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. S. H. , Expediente 01117 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. D. M. C. , Expediente 01118 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. C. A. , Expediente 01119 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. O. Z. , Expediente 01120 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. M. H. , Expediente 01121 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. M. E. , Expediente 01122 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. C. C. , Expediente 01123 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. V. T. , Expediente 01124 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. A. H. , Expediente 01125 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. C. C. , Expediente 01126 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. J. G. Q. , Expediente 01127 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. N. G. , Expediente 01128 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. S. S. , Expediente 01129 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. V. B. , Expediente 01130 -

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Acta Ordinaria No. 36-2017 02 de octubre de 2017 Pág. 35 de 63

2017. El (La) Lic.(da.) W. A. R. , Expediente 01131 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. H. M. , Expediente 01132 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. M. G. O. , Expediente 01133 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. M. R. A. , Expediente 01134 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. R. B. , Expediente 01135 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. S. P. , Expediente 01136 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. V. M. , Expediente 01137 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. C. S. , Expediente 01138 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. F. L. R. , Expediente 01139 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. D. S. S. , Expediente 01140 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. Q. R. , Expediente 01141 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. V. H. , Expediente 01142 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. R. C. , Expediente 01143 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. R. Z. , Expediente 01144 - 2017. El (La) Lic.(da.) X. A. R. , Expediente 01145 - 2017. El (La) Lic.(da.) X. L. D. , Expediente 01146 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. J. O. , Expediente 01147 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. A. P. , Expediente 01148 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. A. M. , Expediente 01149 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. R. A. , Expediente 01150 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. V. M. N. , Expediente 01151 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. D. E. M. Expediente 01152 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. G. B. , Expediente 01153 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. C. V. , Expediente 01154 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. S. M. , Expediente 01155 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. M. S. M. , Expediente 01156 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. V. S. , Expediente 01157 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. J. A. B. , Expediente 01158 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. V. C. , Expediente 01159 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. P. B. , Expediente 01160 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. M. M. , Expediente 01161 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. R. C. , Expediente 01162 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. M. S. P. , Expediente 01163 - 2017. El (La) Lic.(da.) Z. F. R. , Expediente 01164 - 2017. El (La) Lic.(da.) Z. P. A. L. , Expediente 01165 - 2017. El (La) Lic.(da.) Z. P. C. F. , Expediente 01166 - 2017. El (La) Lic.(da.) Z. Z. E.. La Licda. Ethel Franco Chacón, informa que las siguientes personas cancelaron el monto adeudado por lo que deben ser retirados de la lista para iniciar proceso cobratorio: -Expediente 00495 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. G., Expediente 00628 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. C. V., Expediente 00153 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. R. E. G., Expediente 00159 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. R. A., Expediente 00167 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. E. C. A., Expediente 00209 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. W. C., Expediente 00211 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. V.E., Expediente 00242 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. V. F., Expediente 00317 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. F. M., Expediente 00363 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. V. P. U., Expediente 00513 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. C. Q., Expediente 00541 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. P. A., Expediente 00558 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. G. A., Expediente 00582 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. E. S., Expediente 00670 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. G. M., Expediente 00746 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. R. M., Expediente 00802 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. V. E., Expediente 00908 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. S. J., Expediente 00957 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. R. C. A., Expediente 00973 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. G. B., Expediente 01069 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. E. V. J., Expediente 01086 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. M. R. M.

SE ACUERDA 2017-36-027 Sacar de la lista para iniciar procedimiento administrativo cobratorio a las siguientes personas que cancelaron el monto adeudado por concepto de cuotas de colegiatura: -Expediente 00495 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. G., Expediente 00628 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. C. V., Expediente 00153 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. R. E. G., Expediente 00159 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. R. A., Expediente 00167 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. E. C. A., Expediente 00209 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. W. C., Expediente 00211 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. V.E., Expediente 00242 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. V. F., Expediente 00317 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. F. M.,

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Acta Ordinaria No. 36-2017 02 de octubre de 2017 Pág. 36 de 63

Expediente 00363 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. V. P. U., Expediente 00513 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. C. Q., Expediente 00541 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. P. A., Expediente 00558 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. G. A., Expediente 00582 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. E. S., Expediente 00670 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. G. M., Expediente 00746 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. R. M., Expediente 00802 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. V. E., Expediente 00908 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. S. J., Expediente 00957 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. R. C. A., Expediente 00973 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. G. B., Expediente 01069 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. E. V. J., Expediente 01086 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. M. R. M. Cinco votos. Responsable: Fiscalía.

SE ACUERDA 2017-36-028 Iniciar procedimiento administrativo cobratorio por morosidad en contra de:  Expediente 00001 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. P. , Expediente 00002 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. J. R. C. ,Expediente 00003 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. H. B. , Expediente 00004 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. A. , Expediente 00005 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. C. P. , Expediente 00006 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. R. C. F. , Expediente 00007 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. S. S. , Expediente 00008 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. B. F. , Expediente 00009 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. G. B. S. , Expediente 00010 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. Q. B. , Expediente 00011 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. S. C. , Expediente 00012 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. O. V. , Expediente 00013 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. J. , Expediente 00014 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. F. A. C. ,Expediente 00015 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. V. A. , Expediente 00016 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. R. , Expediente 00017 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. H. , Expediente 00018 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. T. S. , Expediente 00019 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. R. , Expediente 00020 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. Q. M. , Expediente 00021 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. S. A. , Expediente 00022 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. V. C. , Expediente 00023 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. Z. P. , Expediente 00024 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. G. , Expediente 00025 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. M. , Expediente 00026 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. L. M. , Expediente 00027 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. Q. S. , Expediente 00028 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. S. P. , Expediente 00029 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. F. S. , Expediente 00030 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. C. , Expediente 00031 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. M. R. , Expediente 00032 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. D. A. , Expediente 00033 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. R. , Expediente 00034 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. H. P. , Expediente 00035 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. M. L. , Expediente 00036 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. Q. C. , Expediente 00037 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. R. M. , Expediente 00038 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. E. , Expediente 00039 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. C. , Expediente 00040 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. M. , Expediente 00041 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. F. A. , Expediente 00042 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. J. Z. P. , Expediente 00043 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. J. S. V. , Expediente 00044 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. V. H. , Expediente 00045 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. L. M. , Expediente 00046 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. A. , Expediente 00047 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. M. , Expediente 00048 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. G. L. , Expediente 00049 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. V. P. , Expediente 00050 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. V. E. , Expediente 00051 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. V. E. , Expediente 00052 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. Z. O. , Expediente 00053 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. C. , Expediente 00054 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. F. C. , Expediente 00055 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. R. , Expediente 00056 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. S. , Expediente 00057 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. F. B. , Expediente 00058 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. G. M. , Expediente 00059 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. V. , Expediente 00060 - 2017. El

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(La) Lic.(da.) A. R. J. Q. , Expediente 00061 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. C. C. , Expediente 00062 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. J. L. B. , Expediente 00063 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. P. S. , Expediente 00064 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. R. , Expediente 00065 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. S. M. , Expediente 00066 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. B. B. , Expediente 00067 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. D. C. , Expediente 00068 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. E. S. , Expediente 00069 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. F. L. B. , Expediente 00070 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. J. A. , Expediente 00071 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. M. B. N. , Expediente 00072 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. Q. S. , Expediente 00073 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. R. C. , Expediente 00074 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. R. S. R. , Expediente 00075 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. R. S. , Expediente 00076 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. D. , Expediente 00077 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. S. B. , Expediente 00078 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. A. F. , Expediente 00079 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. A. G. , Expediente 00080 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. C. V. , Expediente 00081 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. A. , Expediente 00082 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. B. C. , Expediente 00083 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. G. Z. , Expediente 00084 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. E. B. S. , Expediente 00085 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. E. D. S. , Expediente 00086 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. E. R. V. ,Expediente 00087 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. G. M. M. , Expediente 00088 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. G. A. , Expediente 00089 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. I. M. A. , Expediente 00090 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. I. S. S. , Expediente 00091 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. I. S. B. , Expediente 00092 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. Q. Z. , Expediente 00093 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. V. P. , Expediente 00094 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. C. S. , Expediente 00095 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. F. C. , Expediente 00096 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. F. C. , Expediente 00097 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. G. A. , Expediente 00098 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. G. G. , Expediente 00099 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. O. C. , Expediente 00100 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. L. S. M. , Expediente 00101 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. S. C. , Expediente 00102 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. P. G. , Expediente 00103 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. R. R. , Expediente 00104 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. M. H. , Expediente 00105 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. P. G. S. , Expediente 00106 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. S. B. R. , Expediente 00107 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. V. C. A. , Expediente 00108 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. V. S. B. , Expediente 00109 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. F. T. , Expediente 00110 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. T. F. , Expediente 00111 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. C. , Expediente 00112 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. L. , Expediente 00113 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. F. S. , Expediente 00114 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. F. F. , Expediente 00115 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. R. J. , Expediente 00116 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. M. , Expediente 00118 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. B. R. , Expediente 00119 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. R. C. S. , Expediente 00120 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. S. W. , Expediente 00121 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. G. C. , Expediente 00122 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. G. S. , Expediente 00123 - 2017. El (La) Lic.(da.) Á. R. M. O. , Expediente 00124 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. B. , Expediente 00125 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. R. F. , Expediente 00126 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. S. , Expediente 00127 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. V. R. , Expediente 00128 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. P. , Expediente 00129 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. A. C. , Expediente 00130 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. U. , Expediente 00131 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. V. , Expediente 00132 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. F. T. , Expediente 00133 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. S. R. , Expediente 00134 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. A. A. R. , Expediente 00135 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. G. , Expediente 00136 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. G. R. , Expediente 00137 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. B. L. , Expediente 00138 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. C. S. A. ,

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Expediente 00139 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. M. S. T. , Expediente 00140 - 2017. El (La) Lic.(da.) A. T. M. , Expediente 00141 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. M. M. , Expediente 00142 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. O. R. , Expediente 00143 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. A. C. , Expediente 00144 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. P. A. , Expediente 00146 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. F. E. , Expediente 00147 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. R. U. , Expediente 00148 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. C. R. , Expediente 00149 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. G. A. , Expediente 00150 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. S. A. , Expediente 00151 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. B. C. , Expediente 00152 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. V. P. , , Expediente 00154 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. J. R. C. , Expediente 00155 - 2017. El (La) Lic.(da.) B. G. G. , Expediente 00156 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. G. , Expediente 00157 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. B. C. , Expediente 00158 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. P. R. , , Expediente 00160 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. R. S. , Expediente 00161 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. R. G. , Expediente 00162 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. U. B. , Expediente 00163 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. A. U. , Expediente 00164 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. A. Z. , Expediente 00165 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. E. A. M. , Expediente 00166 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. E. C. R. , , Expediente 00168 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. E. D. A. , Expediente 00169 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. E. F. M. , Expediente 00170 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. E. Q. Q. , Expediente 00171 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. E. S. M. , Expediente 00172 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. F. V. O. , Expediente 00173 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. F. C. G. , Expediente 00174 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. F. R. M. , Expediente 00175 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. F. S. M. , Expediente 00176 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. G. G. A. , Expediente 00177 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. I. R. S. , Expediente 00178 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. L. Q. E. , Expediente 00179 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. L. R. M. , Expediente 00180 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. L. S. C. , Expediente 00181 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. H. G. , Expediente 00182 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. M. M. , Expediente 00183 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. P. U. , Expediente 00184 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. R. A. S. , Expediente 00185 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. S. F. V. , Expediente 00186 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. S. C. , Expediente 00187 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. A. C. , Expediente 00188 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. B. R. , Expediente 00189 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. J. N. , Expediente 00190 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. A. C. , Expediente 00191 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. R. C. , Expediente 00192 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. R. C. , Expediente 00193 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. L. B. , Expediente 00194 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. R. S. , Expediente 00195 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. G. , Expediente 00196 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. C. P. , Expediente 00197 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. R. S. , Expediente 00198 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. C. , Expediente 00199 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. M. C. , Expediente 00200 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. A. H. C. , Expediente 00201 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. I. A. J. , Expediente 00202 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. B. S. , Expediente 00203 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. O. B. , Expediente 00204 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. C. R. , Expediente 00205 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. C. , Expediente 00206 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. P. F. M. , Expediente 00207 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. I. Q. J. , Expediente 00208 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. S. V., Expediente 00210 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. J. P. , , Expediente 00212 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. R. S. C. , Expediente 00213 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. S. E. , Expediente 00214 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. G. C. , Expediente 00215 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. L. G. , Expediente 00216 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. R. L. , Expediente 00217 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. M. H. , Expediente 00218 - 2017. El (La) Lic.(da.) C. S. F. , Expediente 00219 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. C. , Expediente 00220 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. V. R. , Expediente 00221 - 2017. El (La) Lic.(da.) D.

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A. G. , Expediente 00222 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. W. R. C. , Expediente 00223 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. H. H. , Expediente 00224 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. E. E. M. , Expediente 00225 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. De La G. C. Expediente 00226 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. H. C. , Expediente 00227 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. S. A. , Expediente 00228 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. R. , Expediente 00229 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. R. C. ,Expediente 00230 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. R. M. , Expediente 00231 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. C. C. , Expediente 00232 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. R. H. , Expediente 00233 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. S. D. , Expediente 00234 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. M. G. , Expediente 00235 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. G. C. , Expediente 00236 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. I. C. L. , Expediente 00237 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. W. A. , Expediente 00238 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. G. R. , Expediente 00239 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. B. R. , Expediente 00240 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. C. W. C. , Expediente 00241 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. G. C. P. , , Expediente 00243 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. C. J. , Expediente 00244 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. C. V. , Expediente 00245 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. R. J. , Expediente 00246 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. Z. V. , Expediente 00247 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. C. M. , Expediente 00248 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. M. , Expediente 00249 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. E. Z. A. , Expediente 00250 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. M. , Expediente 00251 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. C. S. C. , Expediente 00252 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. F. A. C. , Expediente 00253 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. I. C. G. , Expediente 00254 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. T. C. , Expediente 00255 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. V. G. A. , Expediente 00256 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. R. Q. , Expediente 00257 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. V. , Expediente 00258 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. B. G. , Expediente 00259 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. R. A. , Expediente 00260 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. S. G. , Expediente 00261 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. S. L. , Expediente 00262 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. A. G. M. , Expediente 00263 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. A. , Expediente 00264 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. G. B. , Expediente 00265 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. C. A. , Expediente 00266 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. L. L. , Expediente 00267 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. M. M. S. , Expediente 00268 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. R. G. , Expediente 00269 - 2017. El (La) Lic.(da.) D. W. H. F. , Expediente 00270 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. L. A. , Expediente 00271 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. G. A. , Expediente 00272 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. B. S. , Expediente 00273 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. E. V. B. , Expediente 00274 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. L. P. M. , Expediente 00275 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. P. G. , Expediente 00276 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. R. C. , Expediente 00277 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. R. P. A. , Expediente 00278 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. L. L. , Expediente 00279 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. V. H. , Expediente 00280 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. C. L. , Expediente 00281 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. C. S. , Expediente 00282 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. D. R. , Expediente 00283 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. E. S. M. , Expediente 00284 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. G. C. , Expediente 00285 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. L. M. , Expediente 00286 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. G. , Expediente 00287 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. N. B. C. , Expediente 00288 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. O. B. , Expediente 00289 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. P. F. , Expediente 00290 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. R. C. M. , Expediente 00291 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. A. , Expediente 00292 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. C. G. , Expediente 00293 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. G. G. M. , Expediente 00294 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. G. V. S. , Expediente 00295 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. S. , Expediente 00296 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. H. , Expediente 00297 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. C. A. H. , Expediente 00298 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. E. R. , Expediente 00299 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. V. S. , Expediente

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00300 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. J. S. C. , Expediente 00301 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. F. C. , Expediente 00302 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. R. E. , Expediente 00303 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. K. C. R. , Expediente 00304 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. V. R. , Expediente 00305 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. C. S. , Expediente 00306 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. L. P. B. , Expediente 00307 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. A. , Expediente 00308 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. U. , Expediente 00309 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. G. H. F. , Expediente 00310 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. V. , Expediente 00311 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. D. G. ,Expediente 00312 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. V. , Expediente 00313 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. V. B. S. , Expediente 00314 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. J. M. T. , Expediente 00315 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. J. T. , Expediente 00316 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. T. C. , Expediente 00318 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. G. , Expediente 00319 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. B. M. , Expediente 00320 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. B. B. , Expediente 00321 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. R. Q. , Expediente 00322 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. W. I. A. , Expediente 00323 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. A. C. , Expediente 00324 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. C. L. , Expediente 00325 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. De G. V. M. , cExpediente 00326 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. L. O. , Expediente 00327 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. M. R. , Expediente 00328 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. V. , Expediente 00329 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. G. M. , Expediente 00330 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. M. C. C. , Expediente 00331 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. C. M. , Expediente 00332 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. H. C. , Expediente 00333 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. A. C. M. , Expediente 00334 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. C. A. , Expediente 00335 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. G. B. , Expediente 00336 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. L. P. R. , Expediente 00337 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. S. R. , Expediente 00338 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. V. S. , Expediente 00339 - 2017. El (La) Lic.(da.) E. N. B. P. , Expediente 00340 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. A. F. G. , Expediente 00341 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. F. C. M. , Expediente 00342 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. A. V. N. , Expediente 00343 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. A. G. V. , Expediente 00344 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. C. A. , Expediente 00345 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. R. C. , Expediente 00346 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. R. C. , Expediente 00347 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. Z. C. , Expediente 00348 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. E. R. , Expediente 00349 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. J. S. F. , Expediente 00350 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. N. M. , Expediente 00351 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. P. P. , Expediente 00352 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. T. N. , Expediente 00353 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. W. C. , Expediente 00354 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. T. E. , Expediente 00355 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. J. E. L. , Expediente 00356 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. A. G. B. , Expediente 00357 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. F. C. , Expediente 00358 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. J. Q. R. , Expediente 00359 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. Mc K. L. , Expediente 00360 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. S. C. C. , Expediente 00361 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. S. P. , Expediente 00362 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. V. C. , Expediente 00364 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. De M. J. S. , cExpediente 00365 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. Del C. R. Z. , Expediente 00366 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. A. B. C. , Expediente 00367 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. I. A. F. , Expediente 00368 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. Y. De La P. R. Expediente 00369 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. A. P. A. , Expediente 00370 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. S. J. B. , Expediente 00371 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. S. H. , Expediente 00372 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. B. R. , Expediente 00373 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. C. M. , Expediente 00374 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. C. T. , Expediente 00375 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. E. F. M. , Expediente 00376 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. E. S. , Expediente 00377 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. J. M. M. , Expediente 00378 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. M. G. , Expediente 00379 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. U.

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S. , Expediente 00380 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. J. M. , Expediente 00381 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. A. A. R. , Expediente 00382 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. A. A. B. , Expediente 00383 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. R. A. , Expediente 00384 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. V. C. , Expediente 00385 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. A. Z. , Expediente 00386 - 2017. El (La) Lic.(da.) F. B. H. , Expediente 00387 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. E. M. M. , Expediente 00388 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. B. A. , Expediente 00389 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. G. A. , Expediente 00390 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. L. Y. , Expediente 00391 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. O. S. , Expediente 00392 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. P. P. , Expediente 00394 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. H. , Expediente 00395 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. A. C. , Expediente 00396 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. R. U. , Expediente 00397 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. S. R. , Expediente 00398 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. B. G. , Expediente 00399 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. E. A. , Expediente 00400 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. L. G. , Expediente 00401 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. E. C. C. , Expediente 00402 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. F. G. H. , Expediente 00403 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. T. J. , Expediente 00404 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. M. C. R. , Expediente 00405 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. C. O. , Expediente 00406 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. H. C. , Expediente 00407 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. S. H. , Expediente 00408 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. L. M. De L. Expediente 00409 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. O. R. R. , Expediente 00410 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. R. Q. , Expediente 00411 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. G. M. , Expediente 00412 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. T. M. D. , Expediente 00413 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. E. Z. M. , Expediente 00414 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. M. W. , Expediente 00415 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. C. C. , Expediente 00416 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. L. G. , Expediente 00417 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. M. A. , Expediente 00418 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. M. B. C. , Expediente 00419 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. B. , Expediente 00420 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. V. Z. , Expediente 00421 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. C. V. , Expediente 00422 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. M. S. C. , Expediente 00423 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. I. F. F. , Expediente 00424 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. L. M. , Expediente 00425 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. G. J. , Expediente 00426 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. P. M. , Expediente 00427 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. B. V. , Expediente 00428 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. C. C. , Expediente 00429 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. L. C. , Expediente 00430 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. S. D. , Expediente 00431 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. S. , Expediente 00432 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. H. U. , Expediente 00433 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. S. S. , Expediente 00434 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. N. S. , Expediente 00435 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. M. Q. , Expediente 00436 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. O. B. , Expediente 00437 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. A. V. P. , Expediente 00438 - 2017. El (La) Lic.(da.) G. E. V. , Expediente 00439 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. B. C. , Expediente 00440 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. De La O. S. , cExpediente 00441 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. C. R. , Expediente 00442 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. M. G. , Expediente 00443 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. O. Q. M. , Expediente 00444 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. G. C. C. , Expediente 00445 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. A. S. A. , Expediente 00446 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. E. F. M. , Expediente 00447 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. M. F. V. , Expediente 00448 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. M. F. , Expediente 00449 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. R. C. Q. , Expediente 00450 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. A. O. , Expediente 00451 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. B. V. , Expediente 00452 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. C. C. , Expediente 00453 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. A. U. S. , Expediente 00454 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. M. C. , Expediente 00455 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. F. M. A. , Expediente 00456 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. H. O. , Expediente 00457 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. P. O. , Expediente 00458 - 2017. El

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(La) Lic.(da.) H. I. S. J. , Expediente 00459 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. A. G. R. , Expediente 00460 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. Y. C. L. , Expediente 00461 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. G. V. V. , Expediente 00462 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. G. A. Z. , Expediente 00463 - 2017. El (La) Lic.(da.) H. A. P. O. , Expediente 00464 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. S. R. , Expediente 00465 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. S. H. , Expediente 00466 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. R. S. P. , Expediente 00467 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. C. F. , Expediente 00468 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. R. Q. , Expediente 00469 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. C. M. , Expediente 00470 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. M. T. S. , Expediente 00471 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. M. S. M. , Expediente 00472 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. P. R. C. , Expediente 00473 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. C. N. , Expediente 00474 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. O. M. , Expediente 00475 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. V. S. S. , Expediente 00476 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. B. F. , Expediente 00477 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. M. B. , Expediente 00478 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. B. A. , Expediente 00479 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. C. B. , Expediente 00480 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. G. P. G. , Expediente 00481 - 2017. El (La) Lic.(da.) I. E. Q. G. , Expediente 00482 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. O. , Expediente 00483 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. R. R. P. , Expediente 00484 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. R. V. , Expediente 00485 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. V. P. , Expediente 00486 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. V. G. , Expediente 00487 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. J. F. C. , Expediente 00488 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. L. R. S. H. , Expediente 00489 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. B. N. , Expediente 00490 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. D. C. , Expediente 00491 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. T. M. , Expediente 00492 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. D. V. , Expediente 00493 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. C. , Expediente 00494 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. P. F. P. Expediente 00496 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. R. G. , Expediente 00497 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. V. C. , Expediente 00498 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. J. V. C. , Expediente 00500 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. P. Q. , Expediente 00501 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. D. A. Z. , Expediente 00502 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. B. F. , Expediente 00503 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. L. V. G. , Expediente 00504 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. S. R. , Expediente 00505 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. V. L. , Expediente 00506 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. C. , Expediente 00507 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. L.,Expediente 00508 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. P. S., Expediente 00509 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. M. , Expediente 00510 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. V. G. , Expediente 00511 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. P. , Expediente 00512 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. R. J. A. , Expediente 00514 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. D. E. , Expediente 00515 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. E. M. S. , Expediente 00516 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. B. , Expediente 00517 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. M. , Expediente 00518 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. S. A. , Expediente 00519 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. C. A. , Expediente 00520 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. R. , Expediente 00521 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. B. J. A. , Expediente 00522 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. S. , Expediente 00523 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. P. V. M. , Expediente 00524 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. P. A. , Expediente 00525 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. G. G. , Expediente 00526 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. G. B. , Expediente 00527 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. C. , Expediente 00528 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. L. G. , Expediente 00529 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. R. S. , Expediente 00530 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. V. P. , Expediente 00531 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. P. L. , Expediente 00532 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. C. C. , Expediente 00533 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. B. R. , Expediente 00534 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. M. C. , Expediente 00535 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. O. S. , Expediente 00536 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. B. A. , Expediente 00537 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. B. M. , Expediente 00538 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. C. R. , Expediente 00539 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. C. C. , Expediente

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00540 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. C. R. , Expediente 00542 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. E. C. W. , Expediente 00543 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. E. M. G. , Expediente 00544 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. E. S. S. , Expediente 00545 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. E. M. G. , Expediente 00546 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. F. M. , Expediente 00547 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. C. C. , Expediente 00548 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. U. S. , Expediente 00549 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. E. , Expediente 00550 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. H. M. F. , Expediente 00551 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. J. B. C. , Expediente 00552 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. L. C. F. , Expediente 00553 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. S. A. G. , Expediente 00554 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. O. Z. , Expediente 00555 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. A. J. , Expediente 00556 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. R. T. , Expediente 00557 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. J. L. , Expediente 00559 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. M. V. , Expediente 00560 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. S. N. , Expediente 00561 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. A. T. , Expediente 00562 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. C. V. , Expediente 00563 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. M. L. , Expediente 00564 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. M. U. , Expediente 00565 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. Z. C. , Expediente 00566 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. G. H. , Expediente 00567 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. S. S. , Expediente 00568 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. A. T. , Expediente 00569 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. D. V. R. , Expediente 00570 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. O. G. , Expediente 00571 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. M. M. , Expediente 00572 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. G. L. , Expediente 00573 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. R. G. , Expediente 00574 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. P. F. , Expediente 00575 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. R. B. , Expediente 00576 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. G. O. P. , Expediente 00577 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. H. C. M. , Expediente 00578 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. H. G. H. , Expediente 00579 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. J. B. C. , Expediente 00580 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. L. C. G. , Expediente 00581 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. L. R. R. , Expediente 00583 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. A. M. , Expediente 00584 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. M. O. , Expediente 00585 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. P. V. , Expediente 00586 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. M. R. , Expediente 00587 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. M. R. , Expediente 00588 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. T. B. , Expediente 00589 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. U. P. , Expediente 00590 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. Z. B. , Expediente 00591 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. S. P. ,Expediente 00592 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. M. M. , Expediente 00593 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. N. D. F. , Expediente 00594 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. P. A. J. , Expediente 00595 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. R. T. C. , Expediente 00596 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. T. J. , Expediente 00597 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. O. S. , Expediente 00598 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. M. P. , Expediente 00599 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. A. M. C. , Expediente 00600 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. B. U. A. , Expediente 00601 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. A. M. , Expediente 00602 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. B. P. , Expediente 00603 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. C. A. , Expediente 00604 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. C. M. , Expediente 00605 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. F. C. , Expediente 00606 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. G. G. , Expediente 00607 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. G. M. , Expediente 00608 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. M. De O. V. Expediente 00609 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. P. G. , Expediente 00610 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. R. P. , Expediente 00611 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. S. C. , Expediente 00612 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. De D. M. S. , cExpediente 00613 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. De J. C. L. , cExpediente 00614 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. D. V. G. , Expediente 00615 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. D. B. , Expediente 00616 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. E. Y. M. , Expediente 00617 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. F. L. G. , Expediente 00618 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. J. A. C. , Expediente

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00619 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. J. E. C. , Expediente 00620 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. J. G. L. , Expediente 00621 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. R. S. , Expediente 00622 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. R. L. P. , Expediente 00623 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. S. M. A. , Expediente 00624 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. Y. A. M. , Expediente 00625 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. J. A. , Expediente 00626 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. B. C. , Expediente 00627 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. Z. , , Expediente 00629 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. C. H. N. , Expediente 00630 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. M. B. , Expediente 00631 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. R. A. C. , Expediente 00632 - 2017. El (La) Lic.(da.) J. E. S. B. , Expediente 00633 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. M. R. , Expediente 00634 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. A. H. J. , Expediente 00635 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. B. R. , Expediente 00636 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. C. R. , Expediente 00637 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. P. J. M. , Expediente 00638 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. P. C. M. , Expediente 00639 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. V. C. U. , Expediente 00640 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. R. P. F. , Expediente 00641 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. V. J. M. , Expediente 00642 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. L. M. , Expediente 00643 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. Q. R. ,Expediente 00644 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. I. Z. E. , Expediente 00645 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. V. C. F. , Expediente 00646 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. De La P. R. , cExpediente 00647 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. V. A. R. , Expediente 00648 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. V. R. M. , Expediente 00649 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. L. M. , Expediente 00650 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. S. A. A. , Expediente 00651 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. A. V. , Expediente 00652 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. F. A. , Expediente 00653 - 2017. El (La) Lic.(da.) K. C. V. , Expediente 00654 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. Z. U. , Expediente 00655 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. B. H. , Expediente 00656 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. F. V. , Expediente 00657 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. E. M. , Expediente 00658 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. M. G. , Expediente 00659 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. S. G. , Expediente 00660 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. S. V. , Expediente 00661 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. A. V. , Expediente 00662 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. L. C. , Expediente 00663 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. J. R. T. , Expediente 00664 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. Y. M. P. , Expediente 00665 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. G. S. , Expediente 00666 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. M. L. , Expediente 00667 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. H. R. , Expediente 00668 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. A. , Expediente 00669 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. E. O. V. , , Expediente 00671 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. R. P. , Expediente 00672 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. V. , Expediente 00673 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. H. M. , Expediente 00674 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. Y. , Expediente 00675 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. G. R. , Expediente 00676 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. V. P. , Expediente 00677 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. V. L. , Expediente 00678 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. B. A. , Expediente 00679 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. Y. B. V. , Expediente 00680 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. C. C. , Expediente 00681 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. C. P. S. , Expediente 00682 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. G. C. , Expediente 00683 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. V. R. ,Expediente 00684 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. G. C. L. , Expediente 00685 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. U. S. , Expediente 00686 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. B. G. , Expediente 00687 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. C. D. , Expediente 00688 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. E. H. , Expediente 00689 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. P. B. , Expediente 00690 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. M. G. , Expediente 00691 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. S. U. , Expediente 00692 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. R. H. , Expediente 00693 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. A. E. R. , Expediente 00694 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. B. C. S. , Expediente 00695 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. C. G. R. , Expediente 00696 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. C. G. R. , Expediente 00697 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. C. M. A. , Expediente 00698 - 2017. El

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(La) Lic.(da.) L. D. G. A. , Expediente 00699 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. D. M. C. , Expediente 00700 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. D. G. G. , Expediente 00701 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. D. A. C. , Expediente 00702 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. D. C. A. , Expediente 00703 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. D. D. V. C. B. Expediente 00704 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. D. O. P. , Expediente 00705 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. D. V. C. , Expediente 00706 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. E. C. G. , Expediente 00707 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. E. M. G. , Expediente 00708 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. E. V. G. , Expediente 00709 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. E. C. F. , Expediente 00710 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. E. V. A. , Expediente 00711 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. F. M. O. , Expediente 00712 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. F. R. V. , Expediente 00713 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. F. V. M. , Expediente 00714 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. G. A. R. , Expediente 00715 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. G. R. V. , Expediente 00716 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. J. J. C. , Expediente 00717 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. J. G. P. , Expediente 00718 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. C. B. , Expediente 00720 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. B. C. V. , Expediente 00721 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. U. , Expediente 00722 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. J. P. O. , Expediente 00723 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. L. , Expediente 00724 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. J. C. , Expediente 00725 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. M. M. C. , Expediente 00726 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. U. S. , Expediente 00727 - 2017. El (La) Lic.(da.) L. R. A. , Expediente 00728 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. T. R. M. , Expediente 00729 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. Del C. L. V. , Expediente 00730 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. D. , Expediente 00731 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. H. G. , Expediente 00732 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. B. F. , Expediente 00733 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. U. T. , Expediente 00734 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. A. S. , Expediente 00735 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. M. R. , Expediente 00736 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. Z. B. , Expediente 00737 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. B. A. , Expediente 00738 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. De J. R. S. , Expediente 00739 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. C. C. , Expediente 00740 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. O. C. , Expediente 00741 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. S. , Expediente 00742 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. S. Z. , Expediente 00743 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. T. Q. , Expediente 00744 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. H. P. , Expediente 00745 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. B. A. , , Expediente 00747 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. H. L. , Expediente 00748 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. Z. J. , Expediente 00749 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. U. , Expediente 00750 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. S. M. , Expediente 00751 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. S. G. , Expediente 00753 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. G. , Expediente 00754 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. S. B. , Expediente 00755 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. F. L. , Expediente 00756 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. B. G. , Expediente 00757 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. B. G. , Expediente 00758 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. C. A. , Expediente 00759 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. S. J. , Expediente 00760 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. B. R. , Expediente 00761 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. C. E. , Expediente 00762 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. Del C. O. C. , Expediente 00763 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. C. , Expediente 00764 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. C. H. , Expediente 00765 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. C. Q. , Expediente 00766 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. L. Q. , Expediente 00767 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. V. J. , Expediente 00768 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. R. T. , Expediente 00769 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. L. M. , Expediente 00770 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. P. O. , Expediente 00771 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. P. V. , Expediente 00772 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. A. G. , Expediente 00773 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. D. A. T.Expediente 00774 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. D. M. O.Expediente 00775 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. D. S. V.Expediente 00776 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. D. S. M.Expediente 00777 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. Del C. A. R. ,

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Expediente 00778 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. Del M. C. V. , Expediente 00779 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. Del R. A. C. , Expediente 00780 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. D. C. B. , Expediente 00781 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. A. A. , Expediente 00782 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. R. V. , Expediente 00783 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. U. D. , Expediente 00784 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. F. N. L. , Expediente 00785 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. F. C. D. , Expediente 00786 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. F. C. S. , Expediente 00787 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. F. E. R. , Expediente 00788 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. F. Q. R. , Expediente 00789 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. P. L. , Expediente 00790 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. R. M. , Expediente 00791 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. I. V. P. , Expediente 00792 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. I. P. G. , Expediente 00793 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. I. V. R. , Expediente 00794 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. J. F. L. , Expediente 00795 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. J. M. C. , Expediente 00796 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. J. M. M. , Expediente 00797 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. L. S. C. , Expediente 00798 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. L. L. C. , Expediente 00799 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. C. S. , Expediente 00800 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. L. S. , Expediente 00801 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. P. A. B., Expediente 00803 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. S. C. A. , Expediente 00804 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. T. N. T. , Expediente 00805 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. W. H. , Expediente 00806 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. C. R. , Expediente 00807 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. S. N. , Expediente 00808 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. Y. Q. L. , Expediente 00809 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. L. B. , Expediente 00810 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. S. , Expediente 00811 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. R. , Expediente 00812 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. D. A. P.Expediente 00813 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. C. , Expediente 00814 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. M. , Expediente 00815 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. I. C. G. , Expediente 00816 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. O. , Expediente 00817 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. I. U. M. , Expediente 00818 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. N. , Expediente 00819 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. A. , Expediente 00820 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. S. , Expediente 00821 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. G. C. , Expediente 00822 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. A. S. , Expediente 00823 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. B. V. , Expediente 00824 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. A. Q. , Expediente 00825 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. Q. L. , Expediente 00826 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. V. L. , Expediente 00827 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. H. B. , Expediente 00828 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. U. A. , Expediente 00829 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. H. L. F. , Expediente 00830 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. J. F. S. , Expediente 00831 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. P. C. , Expediente 00832 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. G. , Expediente 00833 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. B. V. , Expediente 00834 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. D. , Expediente 00835 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. S. , Expediente 00836 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. A. , Expediente 00837 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. C. B. , Expediente 00838 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. B. , Expediente 00839 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. R. M. , Expediente 00840 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. A. C. , Expediente 00841 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. A. M. , Expediente 00842 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. J. C. , Expediente 00843 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. C. , Expediente 00844 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. I. C. V. , Expediente 00845 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. L. E. A. , Expediente 00846 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. V. F. , Expediente 00847 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. C. T. , Expediente 00848 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. G. S. , Expediente 00849 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. S. C. , Expediente 00850 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. J. O. , Expediente 00851 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. G. , Expediente 00852 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. O. C. , Expediente 00853 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. Q. R. , Expediente 00854 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. P. , Expediente 00855 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. F. B. B. ,

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Expediente 00856 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. L. A. J. , Expediente 00857 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. H. G. , Expediente 00858 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. C. , Expediente 00859 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. C. , Expediente 00860 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. S. S. , Expediente 00861 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. B. H. , Expediente 00862 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. G. , Expediente 00863 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. D. M. , Expediente 00864 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. J. V. , Expediente 00865 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. N. B. , Expediente 00866 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. C. , Expediente 00867 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. S. R. , Expediente 00868 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. O. R. , Expediente 00869 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. B. C. , Expediente 00870 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. C. , Expediente 00871 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. B. , Expediente 00872 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. L. H. , Expediente 00873 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. T. A. P. , Expediente 00874 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. P. , Expediente 00875 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. S. T. Y. , Expediente 00876 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. G. , Expediente 00877 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. J. E. , Expediente 00878 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. M. M. , Expediente 00879 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. D. B. , Expediente 00880 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. A. , Expediente 00881 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. P. , Expediente 00882 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. J. G. , Expediente 00883 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. M. M. , Expediente 00884 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. X. H. S. , Expediente 00885 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. B. L. , Expediente 00886 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. G. E. , Expediente 00887 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. G. S. , Expediente 00888 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. R. A. , Expediente 00889 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. S. U. , Expediente 00890 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. S. P. , Expediente 00891 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. V. A. , Expediente 00892 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. P. M. , Expediente 00893 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. Z. A. , Expediente 00894 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. A. B. , Expediente 00895 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. A. , Expediente 00896 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. M. N. , Expediente 00897 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. S. N. , Expediente 00898 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. G. C. , Expediente 00899 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. C. A. , Expediente 00900 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. J. Z. , Expediente 00901 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. A. F. , Expediente 00902 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. R. M. C. , Expediente 00903 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. Z. R. , Expediente 00904 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. B. T. , Expediente 00905 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. E. B. L. , Expediente 00906 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. J. A. N. , Expediente 00907 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. A. G. , Expediente 00909 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. A. , Expediente 00910 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. C. F. F. , Expediente 00911 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. F. P. , Expediente 00912 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. P. G. , Expediente 00913 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. M. G. , Expediente 00914 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. S. R. , Expediente 00915 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. V. V. , Expediente 00916 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. F. M. , Expediente 00917 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. A. S. , Expediente 00918 - 2017. El (La) Lic.(da.) M. L. B. N. , Expediente 00919 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. K. C. I. , Expediente 00920 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. E. F. P. , Expediente 00921 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. A. B. , Expediente 00922 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. B. R. , Expediente 00923 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. K. , Expediente 00924 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. S. M. G. , Expediente 00925 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. P. G. O. , Expediente 00926 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. A. A. R. , Expediente 00927 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. R. A. , Expediente 00928 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. K. D. , Expediente 00929 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. E. S. G. , Expediente 00930 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. M. F. , Expediente 00931 - 2017. El (La) Lic.(da.) N. M. R. S. , Expediente 00933 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. A. R. J. , Expediente 00934 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. M. H. ,

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Expediente 00935 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. M. Q. E. , Expediente 00936 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. C. V. , Expediente 00937 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. F. U. , Expediente 00938 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. S. V. , Expediente 00939 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. R. F. , Expediente 00940 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. E. C. M. , Expediente 00941 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. J. C. , Expediente 00942 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. G. P. , Expediente 00943 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. R. R. , Expediente 00944 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. D. H. , Expediente 00945 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. Z. B. , Expediente 00946 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. R. A. , Expediente 00947 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. S. E. , Expediente 00948 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. A. J. A. , Expediente 00949 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. E. R. G. , Expediente 00950 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. G. E. S. , Expediente 00951 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. H. C. , Expediente 00952 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. H. S. S. , Expediente 00953 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. J. O. , Expediente 00954 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. N. A. M. , Expediente 00955 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. P. C. , Expediente 00956 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. P. A. P. , Expediente 00958 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. V. M. , Expediente 00959 - 2017. El (La) Lic.(da.) O. B. V. , Expediente 00960 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. C. E. P. , Expediente 00961 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. A. M. , Expediente 00962 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. C. M. , Expediente 00963 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. C. V. , Expediente 00964 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. J. T. , Expediente 00965 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. M. N. A. , Expediente 00966 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. M. M. , Expediente 00967 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. M. A. , Expediente 00968 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. Q. S. , Expediente 00969 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. C. R. G. , Expediente 00970 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. X. P. G. , Expediente 00971 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. M. B. , Expediente 00972 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. W. J. B. , Expediente 00974 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. M. Q. R. , Expediente 00975 - 2017. El (La) Lic.(da.) P. O. S. , Expediente 00976 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. E. G. , Expediente 00977 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. L. G. , Expediente 00978 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. S. V. , Expediente 00979 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. B. R. , Expediente 00980 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. D. C. , Expediente 00981 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. F. S. , Expediente 00982 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. M. S. , Expediente 00983 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. O. F. , Expediente 00984 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. Q. V. , Expediente 00985 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. E. S. S. , Expediente 00986 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. V. V. R. , Expediente 00987 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. F. E. , Expediente 00988 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. Z. M. , Expediente 00989 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. H. , Expediente 00990 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. F. A. C. , Expediente 00991 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. J. P. , Expediente 00992 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. O. E. , Expediente 00993 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. S. V. , Expediente 00994 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. Z. , Expediente 00995 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. O. M. , Expediente 00996 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. A. M. , Expediente 00997 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. D. O. M. , Expediente 00998 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. J. G. , Expediente 00999 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. S. , Expediente 01000 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. C. C. , Expediente 01001 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. E. B. L. , Expediente 01002 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. P. S. , Expediente 01003 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. B. , Expediente 01004 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. S. R. , Expediente 01005 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. Z. U. , Expediente 01006 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. S. , Expediente 01007 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. B. , Expediente 01008 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. C. S. , Expediente 01009 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. P. M. , Expediente 01010 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. P. , Expediente 01011 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. U. G. , Expediente 01012 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. V. M. , Expediente 01013 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. C. M. , Expediente 01014 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. J. D. , Expediente 01015 - 2017. El

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Acta Ordinaria No. 36-2017 02 de octubre de 2017 Pág. 49 de 63

(La) Lic.(da.) R. A. C. U. , Expediente 01016 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. E. A. P. , Expediente 01017 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. F. C. , Expediente 01018 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. S. B. , Expediente 01019 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. V. S. , Expediente 01020 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. D. G. Expediente 01021 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. C. V. , Expediente 01022 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. U. , Expediente 01023 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. A. , Expediente 01024 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. P. A. , Expediente 01025 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. B. A. , Expediente 01026 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. Q. G. , Expediente 01027 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. M. , Expediente 01028 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. De J. O. P. , cExpediente 01029 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. G. S. , Expediente 01030 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. G. , Expediente 01031 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. L. , Expediente 01032 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. A. J. M. , Expediente 01033 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. E. M. O. , Expediente 01034 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. G. M. R. , Expediente 01035 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. L. P. , Expediente 01036 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. V. , Expediente 01037 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. S. M. , Expediente 01038 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. G. S. M. , Expediente 01039 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. E. G. R. , Expediente 01040 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. I. S. J. , Expediente 01041 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. J. A. , Expediente 01042 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. L. V. R. , Expediente 01043 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. J. M. , Expediente 01044 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. V. C. , Expediente 01045 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. N. R. M. , Expediente 01046 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. U. , Expediente 01047 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. C. V. , Expediente 01048 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. B. N. , Expediente 01049 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. M. C. , Expediente 01050 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. V. V. , Expediente 01051 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. J. L. , Expediente 01052 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. J. , Expediente 01053 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. S. L. M. , Expediente 01054 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. B. A. Y. , Expediente 01055 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. C. S. , Expediente 01056 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. G. R. M. , Expediente 01057 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. C. , Expediente 01058 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. L. F. C. , Expediente 01059 - 2017. El (La) Lic.(da.) R. R. O. , Expediente 01060 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. A. G. , Expediente 01061 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. L. G. C. , Expediente 01062 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. L. A. V. , Expediente 01063 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. M. G. A. , Expediente 01064 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. E. F. C. , Expediente 01065 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. G. A. M. , Expediente 01066 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. M. A. , Expediente 01067 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. A. M. L. , Expediente 01068 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. B. M. , Expediente 01070 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. G. Q. , Expediente 01071 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. R. A. , Expediente 01072 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. M. F. A. , Expediente 01073 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. B. H. , Expediente 01074 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. C. H. A. , Expediente 01075 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. G. N. M. , Expediente 01076 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. R. M. V. , Expediente 01077 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. V. B. , Expediente 01078 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. U. A. , Expediente 01079 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. A. L. , Expediente 01080 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. A. U. , Expediente 01081 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. E. A. H. , Expediente 01082 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. E. M. G. , Expediente 01083 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. G. Z. , Expediente 01084 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. S. R. , Expediente 01085 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. D. F. A. , Expediente 01087 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. M. M. , Expediente 01088 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. A. C. , Expediente 01089 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. C. C. , Expediente 01090 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. M. A. N. , Expediente 01091 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. M. V. H. , Expediente 01092 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. S. L. , Expediente 01093 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. F. P. L. , Expediente 01094 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. G. D. , Expediente

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01095 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. C. C. , Expediente 01096 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. M. R. A. , Expediente 01097 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. F. K. , Expediente 01098 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. J. R. , Expediente 01099 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. R. A. , Expediente 01100 - 2017. El (La) Lic.(da.) S. V. A. , Expediente 01101 - 2017. El (La) Lic.(da.) T. M. G. D. , Expediente 01102 - 2017. El (La) Lic.(da.) T. V. M. , Expediente 01103 - 2017. El (La) Lic.(da.) T. A. S. M. , Expediente 01104 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. Z. M. , Expediente 01105 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. C. B. , Expediente 01106 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. D. A. O. Expediente 01107 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. H. C. C. , Expediente 01108 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. H. M. B. , Expediente 01109 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. H. M. A. , Expediente 01110 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. H. M. F. , Expediente 01111 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. J. A. V. , Expediente 01112 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. J. C. S. , Expediente 01113 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. M. G. C. , Expediente 01114 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. M. L. C. , Expediente 01115 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. P. V. , Expediente 01116 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. S. H. , Expediente 01117 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. D. M. C. , Expediente 01118 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. C. A. , Expediente 01119 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. O. Z. , Expediente 01120 - 2017. El (La) Lic.(da.) V. M. H. , Expediente 01121 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. M. E. , Expediente 01122 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. C. C. , Expediente 01123 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. V. T. , Expediente 01124 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. A. H. , Expediente 01125 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. C. C. , Expediente 01126 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. J. G. Q. , Expediente 01127 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. N. G. , Expediente 01128 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. S. S. , Expediente 01129 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. V. B. , Expediente 01130 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. A. R. , Expediente 01131 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. H. M. , Expediente 01132 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. M. G. O. , Expediente 01133 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. M. R. A. , Expediente 01134 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. R. B. , Expediente 01135 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. S. P. , Expediente 01136 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. V. M. , Expediente 01137 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. C. S. , Expediente 01138 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. F. L. R. , Expediente 01139 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. D. S. S. , Expediente 01140 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. Q. R. , Expediente 01141 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. V. H. , Expediente 01142 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. R. C. , Expediente 01143 - 2017. El (La) Lic.(da.) W. R. Z. , Expediente 01144 - 2017. El (La) Lic.(da.) X. A. R. , Expediente 01145 - 2017. El (La) Lic.(da.) X. L. D. , Expediente 01146 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. J. O. , Expediente 01147 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. A. P. , Expediente 01148 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. A. M. , Expediente 01149 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. R. A. , Expediente 01150 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. V. M. N. , Expediente 01151 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. D. E. M. Expediente 01152 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. G. B. , Expediente 01153 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. C. V. , Expediente 01154 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. S. M. , Expediente 01155 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. M. S. M. , Expediente 01156 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. V. S. , Expediente 01157 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. J. A. B. , Expediente 01158 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. V. C. , Expediente 01159 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. P. B. , Expediente 01160 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. M. M. , Expediente 01161 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. R. C. , Expediente 01162 - 2017. El (La) Lic.(da.) Y. M. S. P. , Expediente 01163 - 2017. El (La) Lic.(da.) Z. F. R. , Expediente 01164 - 2017. El (La) Lic.(da.) Z. P. A. L. , Expediente 01165 - 2017. El (La) Lic.(da.) Z. P. C. F. , Expediente 01166 - 2017. El (La) Lic.(da.) Z. Z. E.. Se adjunta el detalle completo de cada expediente, a los documentos del acta que son parte de la presente sesión. Cinco votos. Responsable: Fiscalía.

38. Informe Recomendación de adjudicación del concurso 2017LA-000011-CAB

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Acta Ordinaria No. 36-2017 02 de octubre de 2017 Pág. 51 de 63

"Remodelación parqueo de Sede Central. … “RECOMENDACIÓN: En virtud de lo expuesto y con sustento en el artículo Nº86 del RLCA, se recomienda adjudicar a la Oferta N°01 Servicio de Mantenimiento Cubero S.A., por cumplir los requisitos formales y técnicos y alcanzar la mayor nota posible (100%) al ser la de menor precio, la oferta base por un monto total de ¢219 016 674.43 (doscientos diecinueve millones dieciséis mil seiscientos setenta y cuatro colones con cuarenta y tres céntimos).Un desglose general del monto total recomendado es el siguiente:

Costo de obras en parqueo: ¢148 605 852.79Costo de reconstrucción de ranchos en área de juegos infantiles: ¢28 647 043.12

Costo de pasos techados área de juegos infantiles: ¢35 426 094.44Costo de caseta control área de juegos infantiles: ¢6 337 684.08

SE ACUERDA 2017-36-029 Con fundamento en lo dispuesto en el Capítulo XIII, cláusula quintagésima primera del “Manual para la contratación de obras, bienes, suministros y servicios del Colegio de Abogados de Costa Rica”, y las consideraciones contenidas en oficio PRV-0220-2017 del Departamento de Proveeduría, se acuerda resolver el concurso 2017LA-000011-CAB "Remodelación parqueo de Sede Central, de la forma que se detalla en el anexo Nº01, del documento en mención a favor de Servicios de Mantenimiento Cubero S.A., por el monto total de ¢219.016.674.43 (Doscientos diecinueve millones dieciséis mil seiscientos setenta y cuatro colones con cuarenta y tres céntimos). Cinco votos. Responsable: Departamento de Proveeduría. Dirección de Finanzas y Presupuesto.

39. Nota suscrita por el Lic. José Francisco Salas Ruiz, Coordinador Comisión Derecho Informático, mediante la cual indica que en atención al acuerdo de Junta Directiva, donde se nos autoriza la realización del II Simposio sobre Ciberseguridad y Delitos Informáticos, me permito informarles que los dos expositores foráneos que hemos escogido son el Dr. Augusto Ho, de Panamá, y el Dr. Manuel de Campos, de Argentina. Queda excluido el Sr. Belisario Contreras, de la Organización de Estado Americanos. En nombre de la Comisión de Derecho Informático, agradecemos en lo que vale la autorización para llevar a cabo esta actividad, con temas de tanta relevancia y actualidad.

SE ACUERDA 2017-36-030 Conocida la nota del Lic. José Francisco Salas Ruiz, Coordinador Comisión Derecho Informático, relacionada con el acuerdo 2017-34-016, se autoriza: a) para el 8, 9 y 10 de noviembre de 2017, las conferencias, del II Simposio de Ciberseguridad y Delitos Informáticos. b) Se autorizan los viáticos de tiquetes aéreos y estadía para los señores Augusto Ho (desde Panamá), Manuel De Campos (Buenos Aires, Argentina). c) Se autoriza el aporte del ágape para el cierre del evento el día 10 de noviembre. Cinco votos. Responsable: Comisión Derecho Informático. Protocolo y Eventos. Dirección de Finanzas y Presupuesto.

40. Nota suscrita por el Dr. Carlos Chinchilla Sandí, Presidente Corte Suprema de Justicia, mediante la cual solicita que el Poder Judicial tenga acceso al servidor web del Colegio de Abogados a la información de los agremiados y agremiadas con respecto a la fecha de incorporación, el estado del agremiado, es decir, si se encuentra activo o suspendido; así

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como el periodo de suspensión. AI tener disponible dicha consulta en línea, logramos impedir que abogados y abogadas que se encuentren suspendidos en el ejercicio de su profesión, gestionen de manera personal o mediante autorizaciones el préstamo de expedientes en el Archivo Judicial, así como controlar que la participación en nombramientos de abogados sea únicamente con agremiados activos y no suspendidos.

SE ACUERDA 2017-36-031 En atención a la nota Dr. Carlos Chinchilla Sandí, Presidente Corte Suprema de Justicia, se autoriza a brindar la información que se requiere para determinar si un agremiado se encuentra suspendido o no. Cinco votos. Responsable: Dirección Ejecutiva.

41. Nota FCA 03/10/2017, suscrita por el Lic. Juan Carlos Campos Sanabria, Director de Sedes Regionales y RSC, mediante la cual solicita autorizar un ágape para 50 adultos mayores que se reunirán el próximo 6 de octubre en la Sede de Heredia, como parte del inicio de los programas deportivos que se realizaran con los adultos mayores en dicha Sede Regional. El programa será dirigido por el director de deportes Alfredo Piedra y la presidenta de la Filial de Heredia María Auxiliadora Alfaro.  El 06 de octubre se iniciará con una charla de nutrición a los adultos mayores y don Alfredo Piedra compartirá con ellos el programa que se realizará con el fin de que todos participen.

SE ACUERDA 2017-36-032 En atención a la nota FCA 03/10/2017, del Lic. Juan Carlos Campos Sanabria, Director de Sedes Regionales y RSC, se autoriza un ágape para 50 adultos mayores que se reunirán el 06 de octubre en la Sede de Heredia, como parte del inicio de los programas deportivos que se realizaran con los adultos mayores en dicha Sede Regional. Cinco votos. Responsable: Director de Sedes Regionales. Dirección de Finanzas y Presupuesto. Filial de Heredia.

42. Nota OSDR- OSDR-61-10-17, suscrita por el Lic. Juan Carlos Campos Sanabria, Director de Sedes Regionales y RSC, mediante la cual solicita se autorice la entrega de una placa de reconocimiento y agradecimiento para el Presidente de la Filial de la Zona Sur, Fernando Rojas Arredondo, por todos los años de gestión en la Filial correspondiente, donde ha destacado su desempeño laborando para este Colegio, en beneficio de los y las agremiadas, para lo cual solicito se apruebe lo siguiente: Que se le autorice la confección de un reconocimiento tipo quijote de un precio aproximado de ¢25,000 veinticinco mil colones o tipo vidrio. Que se le otorguen unas palabras de agradecimiento de parte de esta respetable Junta Directiva. Que se autorice un ágape para 50 personas o bocadillos. Se llevará a cabo el sábado 07 de octubre, a las 4:00pm, en la Sede Zona Sur, Colegio.

SE ACUERDA 2017-36-033 En atención a la nota OSDR- OSDR-61-10-17, del Lic. Juan Carlos Campos Sanabria, Director de Sedes Regionales y RSC, se autoriza la entrega de una placa de reconocimiento y agradecimiento para el Presidente de la Filial de la Zona Sur, Fernando Rojas Arredondo, por todos los años de gestión en la Filial correspondiente, donde ha destacado su desempeño laborando para este Colegio, en beneficio de los y las agremiadas. Se autoriza además el aporte de un ágape para 50 personas que será ofrecido en la actividad, el sábado 07 de octubre, a las 4:00pm, en la Sede Zona Sur, Colegio. Cinco votos. Responsable: Dirección de Sedes Regionales Filiales y RSC. Dirección de Finanzas y Presupuesto.

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43. Nota enviada por el equipo de ciclismo de Ruta conformado por abogados, mediante la cual solicitan el patrocinio para el hospedaje a cinco ciclistas elites a nivel master, por monto total de ¢250.000.00 para que participen en la CLASICA CEMEX, a celebrarse los días 26, 27, 28 Y 29 de octubre en la provincia de Guanacaste (Nicoya).

SE ACUERDA 2017-36-034 En atención a la nota enviada por el equipo de ciclismo de Ruta conformado por abogados, se autoriza el aporte del hospedaje a cinco ciclistas elites a nivel master, por monto total de ¢250.000.00 para que participen en la CLASICA CEMEX, a celebrarse los días 26, 27, 28 y 29 de octubre en la provincia de Guanacaste (Nicoya). Cinco votos. Responsable: Esquipo de Ciclismo. Dirección de Finanzas y Presupuesto.

Al ser las diecinueve horas con veinte minutos ingresa el Lic. Álvaro Sánchez González.

44. Nota enviada por el Lic. John Tapia Salazar, Coordinador Comisión Abogado Recién Incorporado, mediante la cual solicita la autorización y/o aprobación del Presupuesto para la charla “Seminario Tópicos de Derecho de Familia”, la actividad se estaría llevando a cabo el sábado 07 de octubre de 2017 de 08:00a.m a 05:00p.m, El presupuesto total es de ₡300,000.00 (Trescientos mil colones exactos), que abarca refrigerio para 300 personas y placas para expositores, que sería aportado por el Colegio.

SE ACUERDA 2017-36-035 En atención a la nota del Lic. John Tapia Salazar, Coordinador Comisión Abogado Recién Incorporado, se autoriza el Presupuesto para la charla “Seminario Tópicos de Derecho de Familia”, a realizarse el sábado 07 de octubre de 2017 de 08:00 a.m a 05:00 p.m, El presupuesto total es de ¢300,000.00 (Trescientos mil colones exactos), que abarca refrigerio para 300 personas y placas para expositores. Seis votos. Responsable: Comisión Abogado Recién Incorporado. Dirección de Finanzas y Presupuesto. Protocolo y Eventos.

45. Correo electrónico enviado por el Dr. Othon Pérez Fernández Del Castillo, Coordinador Internacional del Foro de Mediación de la Comisión de Asuntos Americanos donde invita a la XVII Jornada Notarial Iberoamericana, con sede en Cancún, Quintana Roo, que se llevará a cabo los días 11 y 12 de noviembre 2017.

El MSc. Eduardo Rojas Sánchez, informa que la Unión Internacional de Notariado, realiza un evento a nivel mundial donde convoca todos los países miembros de la Unión. El año pasado se llevó a cabo la elección del Presidente y se conformó el Consejo General Asesor de la UIN, donde fui nombrado parte de dicho Consejo, razón por la cual está remitiendo la invitación al evento del 08 al 13 de noviembre.

SE ACUERDA 2017-36-036 En atención a la nota del Dr. Othon Pérez Fernández Del Castillo, Coordinador Internacional del Foro de Mediación de la Comisión de Asuntos Americanos, se designa al MSc. Eduardo Rojas Sánchez, para que asista en representación del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica a la a la XVII Jornada Notarial Iberoamericana, que se llevará a cabo en Cancún, Quintana Roo, del 08 al 13 de noviembre 2017. Se autoriza el tiquete aéreo y los viáticos de hospedaje y alimentación. Seis votos. Responsable: Presidencia. Dirección de Finanzas y Presupuesto. Protocolo y Eventos.

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46. DC-OF-037-17, suscrita por el Sr. Errol Solís Mata, Director, Dirección de Competencia, Ministerio de Economía, Industria y Comercio, MEIC, mediante la cual solicita una serie de información para el estudio que en están realizando en el marco del proceso de adhesión de Costa Rica a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico OCDE, sobre los sectores regulados y / o excluidos de la regulación de competencia, en el caso particular los servicios profesionales. Plazo: diez días.

SE ACUERDA 2017-36-037 Trasladar a la Dirección Ejecutiva la nota DC-OF-037-17, del Sr. Errol Solís Mata, Director, Dirección de Competencia, Ministerio de Economía, Industria y Comercio, MEIC, donde solicita una serie de información para el estudio que en están realizando en el marco del proceso de adhesión de Costa Rica a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico OCDE, sobre los sectores regulados y / o excluidos de la regulación de competencia, en el caso particular los servicios profesionales. Seis votos. Responsable: Dirección Ejecutiva.

ARTICULO 5) INFORME DE PRESIDENCIA.

5.1 El MSc. Froylán Alvarado Zelada, informa que representó al Colegio en la Conferencia en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, sobre el tema de la Obligatoriedad de la Colegiatura y el Colegio quedó bien posicionado.

ARTICULO 6) INFORME DE DIRECTORES.

6.1 Lic. Álvaro Arturo Sánchez González, informa que ya se constituyó formalmente la Comisión de Derecho Policial, integrada por Migración, Tránsito, OIJ, DIS, quienes pretenden crear una serie de principios jurídicos que sirvan para todos cuerpos policiales.

6.1.2 Lic. Álvaro Arturo Sánchez González, señala que la Comisión de Derecho Internacional Humanitario, se encuentra organizando el II Curso de Derecho Humanitario, para el 09, 16, 23 y 30 de noviembre.

6.2 El Lic. Juan Luis León Blanco, informa que el pasado viernes el Consejo Superior Notarial recibió un proyecto de texto de reglamentación de la Ley 9449, que es reforma a la Ley 7786 Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de uso no autorizado, actividades conexas legitimación de capitales y financiamiento al Terrorismo. Que tiene que ver con el tema de la participación de los notarios en la rendición de cuentas de operaciones sospechosas. Destaca que el documento le fue remitido por el representante del Colegio ante el Consejo, donde de una lectura que él hizo, expone sus observaciones para que sean analizadas por esta Junta Directiva. Destaca la importancia de dejar constando que evidentemente el Colegio en 24 horas no puede emitir un dictamen de fondo sobre el proyecto el cual no fue consultado, sólo al Consejo Superior Notarial. Comenta que el mundo ha cambiado y los notarios deben cumplir una función, está bien que no se les obligue a cosas imposibles o a exponer su integridad, pero sí se debe colaborar con la institucionalidad y con el mandato que establece la ley de ser rigurosos y prudentes con la administración de la información y sobre todo si se trata de temas de narcotráfico, legitimación de capitales, financiamiento del terrorismo entre otros.

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SE ACUERDA 2017-36-038 Trasladar a la Comisión de Notariado, el proyecto de Reglamento que fue recibido del Poder Ejecutivo relacionado con las regulaciones del notariado frente a la Ley 9449. Seis votos. Responsable: Comisión de Notariado.

6.3 El MSc. Eduardo Rojas Sánchez, comunica que la semana pasada se aprobó en segundo debate los proyectos de ley de los Expedientes: 1) N.º 20.479, Reforma del transitorio II de la ley n.° 9428, Ley del impuesto a las personas jurídicas, de 22 de marzo de 2017. 2) N.º 20.505 Reforma del artículo 129 de la ley n.° 7764, Código Notarial, de 17 de abril de 1998, para autorizar la liquidación de sociedades mercantiles en sede notarial independientemente del origen de su disolución. Añade que estos dos proyectos de ley vienen a dar una solución al problema que presentó la disolución de las sociedades por el no pago de impuestos. El tema fue muy importante por todos los efectos que no se previó que iba a generar sobre estas sociedades. No sólo se vieron afectadas las sociedades por el no pago del impuesto, sino además terceros que estaban involucradas en torno a ella. Por ejemplo, todas aquellas personas que suscribieron contratos, obligaciones, derechos, procesos judiciales en contra de sociedades que fueron disueltas, se quedaron a la deriva. En vista de esta situación que cuando se aprobó esa ley, no se previó, se presentaron los proyectos mencionados, impulsados por el Diputado Gerardo Vargas Rojas, quien tuvo la visión de buscar la solución a los efectos que se estaban generando. Por una parte, no sólo el tema de las disoluciones propiamente, sino que además en la aplicación de esa Ley se perdió de vista la necesidad de llevar a cabo la liquidación de estas sociedades. En la actualidad, la liquidación de una sociedad que fue disuelta en pleno derecho como es el caso de las que fueron disueltas por el no pago de impuestos, sino sacaron libros, no pueden liquidar. Entonces uno de los proyectos en mención, da la potestad de que el protocolo del notario, sirva como una especie de libro de asambleas para estas sociedades para que puedan llevar a cabo la liquidación. Añade que estas liquidaciones afectaron el mercado financiero y muchos productos financieros, cuentas de ahorros, certificados de inversión, bonos y demás, estaban a nombre de sociedades, se disolvieron 266 mil sociedades de las cuales más de 18 mil tenían bienes inscritos en el Registro Público, pero muchas otras que no tenían bienes en el Registro, pero sí cuentas bancarias, certificados, contratos con el Estado, se vieron afectadas, pero además todas aquellas personas que tenían un vínculo con esas sociedades. Entonces estos dos proyectos vinieron a dar una alternativa para que en los próximos meses pagando los impuestos que correspondan se anula el asiento de disolución de las sociedades y vuelven a la vida, de ahí que se le llamó Proyecto Lázaro. Continua indicando que el Colegio tuvo una importante participación porque el Diputado, tuvo la visión de involucrarnos en el proceso de tal manera que se reunió con la Comisión de Derecho Civil y Mercantil, presentó el proyecto original, la Comisión realizó una serie de cambios técnicos importantes, ya que se cuenta con miembros de muy alto nivel académico en materia comercial y judicial en estos temas, entonces se conjuntó una serie de elementos que se adaptaron para el proyecto original y después se recibió la Comisión en la Asamblea Legislativa para defender y aportar el proyecto ante la Comisión de Asuntos Jurídicos. Después de realizada la sesión ante dicha Comisión, el proyecto fue dispensado de trámite, se votó en primer debate y la semana pasada en segundo debate, lo cual prácticamente ya es una Ley de la República. Con esto resalta el trabajo que tuvo el Colegio de Abogados en la participación de la solución a estas sociedades y a todas las personas que estaban siendo perjudicadas por la aplicación de la disolución. En razón de lo expuesto, somete a consideración felicitar al Diputado Gerardo Vargas Rojas, que tuvo la visión de llevar adelante estos proyectos de ley, involucrar al Colegio y lograr que se convirtieran el Ley de la

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República.

SE ACUERDA 2017-36-039 Externar cordial agradecimiento y felicitación al Diputado Gerardo Vargas Rojas, por la visión y destacada labor que realizó en beneficio de la sociedad en general, mediante el impulso y aprobación  de  los proyectos de ley de los Expedientes: N.º 20.479 (Reforma del transitorio II de la ley n.° 9428, Ley del impuesto a las personas jurídicas, de 22 de marzo de 2017)  y  N.º 20.505 (Reforma del artículo 129 de la ley n.° 7764, Código Notarial, de 17 de abril de 1998). Seis votos. Responsable: Secretaría comunicar.

6.3.1 El MSc. Eduardo Rojas Sánchez, indica que el sábado 23 de setiembre la Comisión de Abogados Recién Incorporados, llevó a cabo de manera exitosa la capacitación “Aspectos Generales de la Reforma Procesal”. Se contó con la participación de más de 250 personas y además por medio de video conferencia se contó con aproximadamente 80 agremiados en las diversas Sedes Regionales.

SE ACUERDA 2017-36-040 Externar cordial agradecimiento y felicitación a la Comisión de Abogados Recién Incorporados, por el esfuerzo y compromiso con que han trabajado con el fin de llevar importantes capacitaciones al gremio, como lo fue la charla “Aspectos Generales de la Reforma Procesal Civil”, que se llevó a cabo de manera exitosa y con una destacada asistencia. Extender la felicitación a los funcionarios que brindaron apoyo en el desarrollo del evento. Seis votos. Responsable: Secretaría comunicar.

ARTICULO 7) INFORME DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA.

7.1 La Licda. Ethel Franco Chacón, comenta que el año pasado se aprobó la firma del Convenio de Cooperación entre La Universidad de Costa Rica y el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, que tiene como fin conservar y fortalecer el Centro de información jurídico en línea, CIJUL en Línea, pero por diversas razones se atrasó en el Departamento Legal de la UCR. Ahora lo remitieron nuevamente y están modificando la cláusula para que el aporte del Colegio para la compra de libros que fortalecerán el fondo bibliográfico de la Biblioteca de la Facultad de Derecho, pase de $1500 a $3000.

SE ACUERDA 2017-36-041 Se autoriza al Señor Presidente a la firma del Convenio de Cooperación entre La Universidad de Costa Rica y el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Se incrementa el aporte anual del Colegio para la compra de libros que fortalecerán el fondo bibliográfico de la Biblioteca de la Facultad de Derecho, de $1500 a $3000. Seis votos. Responsables: Presidencia, Dirección Ejecutiva. Dra. Dennia Fernández Morales, Directora de CIJUL EN LINEA.

7.2 La Licda. Ethel Franco Chacón, señala que se encuentra sin renovar el contrato de arrendamiento con la oficina dada al INS en las instalaciones del Colegio.

SE ACUERDA 2017-36-042 Establecer con la oficina dada al INS en las instalaciones del Colegio, un contrato bajo la figura de permiso de uso donde se cobre un canon mensual con incremento anual. Seis votos. Responsable: Dirección Ejecutiva. Departamento Legal. Dirección de Finanzas y Presupuesto. Oficina de Seguridad

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Social, INS.

7.3 La Licda. Ethel Franco Chacón, informe que se realizó un presupuesto preliminar para la construcción de la cancha de bochas y tiene un costo aproximado de 44 millones de colones. SE ACUERDA 2017-36-043 Que el Departamento de Proveeduría lleve a cabo el proceso de licitación correspondiente, para la construcción de la cancha de bochas en la Sede Central del Colegio. Seis votos. Responsable: Departamento de Proveeduría. Dirección de Finanzas y Presupuesto.

ARTICULO 8) ASUNTOS BREVES Y TRASLADOS DE FISCALÍA.

Los asuntos breves y traslados de Fiscalía, se trasladan para ser conocidos en la próxima sesión.

ARTICULO 9) INFORME DE LA COMISIÓN DE ARANCELES.

9.1 Expediente número 075-2016. Solicitud planteada por Hacienda Roswitha S A, representada por el señor Michael Gabriel Kouakou Däeler, para que se determine si hubo un cobro excesivo de honorarios de parte de la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (“DESAF”). Informa y redacta Dr. Manuel Amador Hernández. RESULTANDO: I.- Que el señor Däeler indica, en síntesis, para lo que aquí interesa, que en su condición de representante de Hacienda Roswitha S A se apersonó a la DESAF a fin de solicitar una certificación de deudas y allí se le informó que se había planteado una demanda de cobro judicial por esas deudas. Agrega que pese a que esa demanda no había sido cursada por el Juzgado, aceptó formalizar con la Institución un arreglo de pago en el que obligaron a su representada a pagar la totalidad de los honorarios como si el proceso hubiere llegado hasta su etapa de ejecución. Solicita que se le indique si ese pago que se le impuso es procedente. II.- Que de esa petición se le dio audiencia a DESAF y la licenciada Susana Aguilar Castro, Jefa de la Unidad de Cobro Judicial de la misma, contestó, también en síntesis, para lo que aquí interesa, que efectivamente cuando se concertó el arreglo no se le había dado curso a la demanda. Sin embargo, justifica el cobro total de las costas personales, invocando el artículo 17 del Arancel y aduciendo que como hubo un acuerdo conciliatorio el proceso podía proseguir en cualquier momento si la deudora incumplía algunos de los tractos que se comprometió a pagar. Agrega que DESAF no obliga a nadie a cancelar honorarios y que el proceso no se dio por terminado sino que se solicitó al Juzgado homologar con carácter de sentencia el acuerdo extrajudicial, en el entendido de que el incumplimiento daría facultad a DESAF de ejecutar esa sentencia y que es por esto, que se cobró la totalidad de los honorarios. CONSIDERANDO: I.- Que de acuerdo con las manifestaciones de las partes, los documentos que adjuntan y el disco compacto en que consta la grabación del proceso, se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: A.- Que con fecha 31 de mayo de 2016, DESAF planteó una demanda de cobro judicial contra la empresa Hacienda Roswitha S A. B.- Que el día 22 de junio siguiente, sin que se hubiere dado curso a la demanda, el consultante se apersonó a DESAF a solicitar una certificación de las deudas de su representada, Hacienda Roswitha S A. C.- Que el día 24 de ese mes dicho personero solicitó a DESAF que se declararan prescritos algunos de los créditos pendientes, pero esa gestión le fue rechazada informándosele que se habían realizado gestiones administrativas de cobro, y que, ya se había presentado la demanda

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judicial referida. D.- Que en virtud de lo anterior el representante de Hacienda Roswitha S A propuso un arreglo de pago que fue aceptado y el día 30 de junio realizó un abono a la deuda de ¢13.629.000 y se comprometió a pagar el saldo de ¢54.514.189, en setenta y dos tractos mensuales consecutivos, todo lo cual quedó debidamente documentado. E.- Que, a la vez, la empresa Hacienda Roswitha S A se comprometió a pagar honorarios por ¢5.523.239,21, cancelando en el acto ¢460.269,93 y el resto en once tractos iguales y consecutivos de ¢460.269,93, lo cual fue documentado separadamente. F.- Que el día posterior, 1 de julio, los documentos fueron presentados al Juzgado de Cobro, en un escrito en que las partes solicitaron que se le diera carácter de sentencia al acuerdo, y que se pasara a la fase de ejecución, para lo cual invocaron, como sustento legal, los artículos 2, 3 y 9 de la Ley de Resolución Alterna de Conflictos. G.- Que seis días después, el Juzgado, evidentemente sin percatarse del escrito referido en el punto anterior, le dio curso a la demanda y decretó embargos. H.- Que el día 5 de octubre de 2016, el Juzgado, resolviendo el escrito referido, dispuso el levantamiento de los embargos, sin hacer ninguna alusión a la petición de darle carácter de sentencia al acuerdo conciliatorio ni de pasar el proceso a su fase de ejecución. II.- Que no es correcta la tesis de la licenciada Aguilar, en cuanto pretende ampararse en el artículo 17 del Arancel, para justificar que a Hacienda Roswitha S A se le hubiera cobrado la totalidad de los honorarios, porque esta norma no contempla la posibilidad de un pago integral y porque, además, la misma se refiere a otra clase de procesos y no al proceso monitorio, cuyos honorarios son regulados específicamente en el artículo 21 ibídem. III.- Que, en todo caso, ambas normas lo que concretamente regulan es el tema de los honorarios de la relación cliente-abogado y no a el tema de las costas personales que corresponda pagar a la parte perdidosa de un proceso. Para evidenciar lo anterior, basta con enunciar las siguientes razones, sin perjuicio de otras que también podrían agregarse: 1ª.- Que, en primer lugar, en nuestro país, está consolidada en la ley y en la jurisprudencia, una diferencia entre los honorarios que podríamos llamar directos, que son aquellos que los profesionales en leyes tienen derecho a cobrar directamente a sus clientes, y, los honorarios indirectos, o sean, los que se denominan costas personales, que no son otra cosa que el resarcimiento económico que los tribunales imponen a la parte perdidosa de un proceso y a favor de parte victoriosa, por la erogación que esta última tuvo o tiene que hacer para cubrir el pago de su propio abogado. 2ª.- Que de una simple lectura del Arancel, se obtiene que el mismo fue ideado y promulgado, fundamentalmente, para regular el tema de los honorarios directos entre los profesionales en derecho y sus clientes, y no, para regular los honorarios indirectos, o sea, las costas personales por honorarios de abogacía. 3ª.- Que en esa misma línea el Arancel no excluye la posibilidad que entre clientes y abogados, directamente, se puedan pactar, aceptar o inclusive imponer, ciertas concesiones en los honorarios directos, para premiar el éxito de la actividad profesional. 4ª.- Que si bien el Código Procesal Civil, en su artículo 233, reconoce que el Arancel es el marco de referencia para fijar los honorarios de abogacía, directos e indirectos, en el caso de éstos últimos –es decir, en el caso de las costas personales- dicho Código se independiza del Arancel cuando, en su artículo 222, permite, bajo ciertos supuestos, eximir a la parte vencida del pago de dichas costas personales y, “a fortiori”, disminuir su monto si las circunstancias lo aconsejen, a fin de no cometer inequidades contra dicha parte perdidosa y no hacerle, injustificadamente, más gravosa su situación. 5ª.- Que, por consiguiente, no toda norma del Arancel, ni todo convenio de honorarios entre cliente y abogado -por más que esté autorizado en dicho arancel- son susceptibles de aplicación automática, para determinar el monto de las costas personales, pues lo contrario, llevaría a cometer injusticias e inequidades contrala parte perdidosa. 6ª.- Que, en este caso concreto, lo cierto es que

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cuando se firmó el acuerdo conciliatorio, el proceso monitorio de cobro judicial ni siquiera se había cursado formalmente, mucho menos se había dictado sentencia y muchísimo menos se encontraba en su base de ejecución. Por esto, constituye un abuso de derecho, según lo preceptuado en los artículos 21 y 22 del Código Civil, que DESAF, prevaliéndose de su situación de poder sobre la empresa Hacienda Roswitha S A, le cobrara la totalidad de los honorarios indirectos o costas personales por honorarios de abogacía que ella le pagaría a su abogado, como si el proceso hubiere llegado hasta remate o aprobación de la liquidación final. Si DESAF, en su condición de cliente -o patrona- le reconoce a su abogado particular -o de planta- la totalidad de los honorarios de un proceso monitorio que ni siquiera se ha cursado, eso dependerá de su bloque de legalidad. Pero no puede pretender trasladarle ese pago a su contraparte, porque eso significaría tomar una ventaja indebida. No es aceptable el eufemístico argumento de que DESAF no obliga a nadie a pagar dichas costas, porque es evidente, de acuerdo con las reglas de la sana crítica, que a la consultante no le quedaba otra alternativa que pagar la totalidad de las mismas, pues, de lo contrario, se hubiera visto afectada por todos los inconvenientes que le provocaría en su actividad empresarial, la existencia de un proceso monitorio en su contra. IV.- Que tampoco es correcta la tesis de la licenciada Aguilar, en el sentido de que el acuerdo conciliatorio no dio por terminado el proceso y que si el mismo se incumpliere la Administración se vería obligada a proseguirlo hasta finalizarlo normalmente. Para evidenciar el error, basta con enunciar las siguientes razones, sin perjuicio de otras que también podrían agregarse: 1ª.- Que el acuerdo conciliatorio se otorgó extrajudicialmente y, posiblemente por esta razón, el Juzgado no acogió la petición de conferirle carácter de sentencia y pasar el proceso a su fase de ejecución, sino que, únicamente, decidió levantar los embargos. 2ª.- Que como el acuerdo conciliatorio, en cuanto a los honorarios, requiere de once meses para su cumplimiento, y, en cuanto al principal, requiere de setenta y dos meses, éstos plazos no podrían permitir una suspensión del proceso por convenio de las partes, porque esta posibilidad está limitada al plazo de dos meses, según lo dispone el inciso 3 del artículo 202 del Código Procesal Civil. 3ª.- Que como el acuerdo conciliatorio abarcó la totalidad de lo cobrado en el proceso monitorio de cobro, en realidad, lo que se perfeccionó entre las partes fue la transacción del artículo 1367 del Código Civil, la cual implica la finalización del trámite judicial. En esta perspectiva, si el señor Däeler incumpliere lo convenido, lo procedente, entonces, será reclamar el incumplimiento de la transacción en un nuevo proceso, pero nunca proseguir el anterior. V.- Que, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del artículo 21 y 10 del Arancel, así como en el artículo 22 del Código Civil, éste último, en cuanto autoriza a los entes administrativos para impedir la persistencia del abuso del derecho, esta Comisión estima que se debe acoger la solicitud del señor Däeler. POR TANTO: Se acoge la solicitud de la empresa Hacienda Roswitha S A y se dispone que hubo un cobro excesivo de costas personales de parte de la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (“DESAF”), pues ésta solo podía cobrarle el cincuenta por ciento de esas costas. SE ACUERDA 17-09-003. Aprobar el informe realizado por el Dr. Manuel Amador Hernández sobre el expediente 075-2016. Así se decide con el voto de los integrantes Amador Hernández, Esquivel Favareto, Araya Vega y Calderón Cerdas. Las integrantes Mesen Madrigal, Hernández Solís y el integrante Córdoba Zarate, salvan su voto con fundamento en lo siguiente: PRIMERO: El proceso judicial, sobre el cual se da el acuerdo de honorarios entre MICHAEL GABRIEL KOUAKOU DÄLE, en representación de HACIENDA ROSWITHA y la DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL Y ASIGNACIONES FAMILIARES, mismo que motiva la consulta sobre la que vertemos criterio, es un proceso monitorio, tramitado ante el Juzgado Especializado de Cobro Judicial del II

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Circuito Judicial de San José, bajo el expediente número 16-16169-1012-CJ. SEGUNDO: El artículo 21 del Decreto de Honorarios de Abogados y Notarios vigente establece: “Artículo 21.—Procesos Monitorios: Los honorarios serán del cincuenta por ciento (50%) de la Tarifa General y deberán cancelarse de la siguiente manera: a. La mitad con la presentación de la demanda o contestación. b. Un veinticinco por ciento (25%) adicional con la sentencia firme. c. El último veinticinco por ciento (25%) con el remate o con la aprobación de la liquidación, si no hay bienes. En ningún caso los honorarios totales serán inferiores a cincuenta y cinco mil colones. En caso de la terminación anticipada del proceso, sin perjuicio de lo que resultare de acuerdo a la cuantía del juicio, los honorarios no podrán ser inferiores a cincuenta y cinco mil colones, no serán divisibles y se pagarán en un solo acto. En caso de llegarse a terminación anticipada del proceso por conciliación, mediación o transacción se pagará la tarifa completa para este tipo de procesos, es decir, el cincuenta por ciento (50%) de la Tarifa General.” El subrayado no es del original. TERCERO: El acuerdo de honorarios, que suscriben las partes, tal y como se indica en el documento que rubrican, se fundamenta en el artículo 21 del Decreto de Honorarios de Abogados y Notarios vigente. CUARTO: La jurisprudencia, en relación con los honorarios fijados en procesos monitorios, en forma totalmente reiterada, se fundamenta en el artículo 21 del Decreto de Honorarios de Abogados y Notarios, disponiendo el pago de la totalidad de los honorarios al momento de la terminación del proceso, en cualquier etapa del proceso que se encontrara, aun cuando no se hubiera dado aún traslado a la demanda. QUINTO: Únicamente los juzgadores tienen la potestad, en la normativa actual pues con el nuevo la nueva normativa procesal civil desaparece, para modificar o exonerar las costas, este ente no se encuentra facultado para ello. QUINTO: Es absolutamente contraproducente y contradictorio que, por una resolución del Colegio de Abogados, se desconozca la normativa propia, sea la que ha emanado del mismo ente profesional. En virtud de lo expuesto el voto de minoría resuelve: reconocer la validez y legalidad del acuerdo de honorarios suscrito entre HACIENDA ROSWITHA y la DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL Y ASIGNACIONES FAMILIARES.

SE ACUERDA 2017-36-044 Aprobar el informe de la Comisión de Competencia Leal y Aranceles, sobre solicitud planteada por Hacienda Roswitha S A, representada por el señor Michael Gabriel Kouakou Däeler, para que se determine si hubo un cobro excesivo de honorarios de parte de la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (“DESAF”). Expediente 075-2016. Se hacen propios los fundamentos del informe: … “CONSIDERANDO: I.- Que de acuerdo con las manifestaciones de las partes, los documentos que adjuntan y el disco compacto en que consta la grabación del proceso, se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: A.- Que con fecha 31 de mayo de 2016, DESAF planteó una demanda de cobro judicial contra la empresa Hacienda Roswitha S A. B.- Que el día 22 de junio siguiente, sin que se hubiere dado curso a la demanda, el consultante se apersonó a DESAF a solicitar una certificación de las deudas de su representada, Hacienda Roswitha S A. C.- Que el día 24 de ese mes dicho personero solicitó a DESAF que se declararan prescritos algunos de los créditos pendientes, pero esa gestión le fue rechazada informándosele que se habían realizado gestiones administrativas de cobro, y que, ya se había presentado la demanda judicial referida. D.- Que en virtud de lo anterior el representante de Hacienda Roswitha S A propuso un arreglo de pago que fue aceptado y el día 30 de junio realizó un abono a la deuda de ¢13.629.000 y se comprometió a pagar el saldo de ¢54.514.189, en setenta y dos tractos mensuales consecutivos, todo lo cual quedó debidamente documentado. E.- Que, a la vez, la

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empresa Hacienda Roswitha S A se comprometió a pagar honorarios por ¢5.523.239,21, cancelando en el acto ¢460.269,93 y el resto en once tractos iguales y consecutivos de ¢460.269,93, lo cual fue documentado separadamente. F.- Que el día posterior, 1 de julio, los documentos fueron presentados al Juzgado de Cobro, en un escrito en que las partes solicitaron que se le diera carácter de sentencia al acuerdo, y que se pasara a la fase de ejecución, para lo cual invocaron, como sustento legal, los artículos 2, 3 y 9 de la Ley de Resolución Alterna de Conflictos. G.- Que seis días después, el Juzgado, evidentemente sin percatarse del escrito referido en el punto anterior, le dio curso a la demanda y decretó embargos. H.- Que el día 5 de octubre de 2016, el Juzgado, resolviendo el escrito referido, dispuso el levantamiento de los embargos, sin hacer ninguna alusión a la petición de darle carácter de sentencia al acuerdo conciliatorio ni de pasar el proceso a su fase de ejecución. II.- Que no es correcta la tesis de la licenciada Aguilar, en cuanto pretende ampararse en el artículo 17 del Arancel, para justificar que a Hacienda Roswitha S A se le hubiera cobrado la totalidad de los honorarios, porque esta norma no contempla la posibilidad de un pago integral y porque, además, la misma se refiere a otra clase de procesos y no al proceso monitorio, cuyos honorarios son regulados específicamente en el artículo 21 ibídem. III.- Que, en todo caso, ambas normas lo que concretamente regulan es el tema de los honorarios de la relación cliente-abogado y no a el tema de las costas personales que corresponda pagar a la parte perdidosa de un proceso. Para evidenciar lo anterior, basta con enunciar las siguientes razones, sin perjuicio de otras que también podrían agregarse: 1ª.- Que, en primer lugar, en nuestro país, está consolidada en la ley y en la jurisprudencia, una diferencia entre los honorarios que podríamos llamar directos, que son aquellos que los profesionales en leyes tienen derecho a cobrar directamente a sus clientes, y, los honorarios indirectos, o sean, los que se denominan costas personales, que no son otra cosa que el resarcimiento económico que los tribunales imponen a la parte perdidosa de un proceso y a favor de parte victoriosa, por la erogación que esta última tuvo o tiene que hacer para cubrir el pago de su propio abogado. 2ª.- Que de una simple lectura del Arancel, se obtiene que el mismo fue ideado y promulgado, fundamentalmente, para regular el tema de los honorarios directos entre los profesionales en derecho y sus clientes, y no, para regular los honorarios indirectos, o sea, las costas personales por honorarios de abogacía. 3ª.- Que en esa misma línea el Arancel no excluye la posibilidad que entre clientes y abogados, directamente, se puedan pactar, aceptar o inclusive imponer, ciertas concesiones en los honorarios directos, para premiar el éxito de la actividad profesional. 4ª.- Que si bien el Código Procesal Civil, en su artículo 233, reconoce que el Arancel es el marco de referencia para fijar los honorarios de abogacía, directos e indirectos, en el caso de éstos últimos –es decir, en el caso de las costas personales- dicho Código se independiza del Arancel cuando, en su artículo 222, permite, bajo ciertos supuestos, eximir a la parte vencida del pago de dichas costas personales y, “a fortiori”, disminuir su monto si las circunstancias lo aconsejen, a fin de no cometer inequidades contra dicha parte perdidosa y no hacerle, injustificadamente, más gravosa su situación. 5ª.- Que, por consiguiente, no toda norma del Arancel, ni todo convenio de honorarios entre cliente y abogado -por más que esté autorizado en dicho arancel- son susceptibles de aplicación automática, para determinar el monto de las costas personales, pues lo contrario, llevaría a cometer injusticias e inequidades contrala parte perdidosa. 6ª.- Que, en este caso concreto, lo cierto es que cuando se firmó el acuerdo conciliatorio, el proceso monitorio de cobro judicial ni siquiera se

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había cursado formalmente, mucho menos se había dictado sentencia y muchísimo menos se encontraba en su base de ejecución. Por esto, constituye un abuso de derecho, según lo preceptuado en los artículos 21 y 22 del Código Civil, que DESAF, prevaliéndose de su situación de poder sobre la empresa Hacienda Roswitha S A, le cobrara la totalidad de los honorarios indirectos o costas personales por honorarios de abogacía que ella le pagaría a su abogado, como si el proceso hubiere llegado hasta remate o aprobación de la liquidación final. Si DESAF, en su condición de cliente -o patrona- le reconoce a su abogado particular -o de planta- la totalidad de los honorarios de un proceso monitorio que ni siquiera se ha cursado, eso dependerá de su bloque de legalidad. Pero no puede pretender trasladarle ese pago a su contraparte, porque eso significaría tomar una ventaja indebida. No es aceptable el eufemístico argumento de que DESAF no obliga a nadie a pagar dichas costas, porque es evidente, de acuerdo con las reglas de la sana crítica, que a la consultante no le quedaba otra alternativa que pagar la totalidad de las mismas, pues, de lo contrario, se hubiera visto afectada por todos los inconvenientes que le provocaría en su actividad empresarial, la existencia de un proceso monitorio en su contra. IV.- Que tampoco es correcta la tesis de la licenciada Aguilar, en el sentido de que el acuerdo conciliatorio no dio por terminado el proceso y que si el mismo se incumpliere la Administración se vería obligada a proseguirlo hasta finalizarlo normalmente. Para evidenciar el error, basta con enunciar las siguientes razones, sin perjuicio de otras que también podrían agregarse: 1ª.- Que el acuerdo conciliatorio se otorgó extrajudicialmente y, posiblemente por esta razón, el Juzgado no acogió la petición de conferirle carácter de sentencia y pasar el proceso a su fase de ejecución, sino que, únicamente, decidió levantar los embargos. 2ª.- Que como el acuerdo conciliatorio, en cuanto a los honorarios, requiere de once meses para su cumplimiento, y, en cuanto al principal, requiere de setenta y dos meses, éstos plazos no podrían permitir una suspensión del proceso por convenio de las partes, porque esta posibilidad está limitada al plazo de dos meses, según lo dispone el inciso 3 del artículo 202 del Código Procesal Civil. 3ª.- Que como el acuerdo conciliatorio abarcó la totalidad de lo cobrado en el proceso monitorio de cobro, en realidad, lo que se perfeccionó entre las partes fue la transacción del artículo 1367 del Código Civil, la cual implica la finalización del trámite judicial. En esta perspectiva, si el señor Däeler incumpliere lo convenido, lo procedente, entonces, será reclamar el incumplimiento de la transacción en un nuevo proceso, pero nunca proseguir el anterior. V.- Que, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del artículo 21 y 10 del Arancel, así como en el artículo 22 del Código Civil, éste último, en cuanto autoriza a los entes administrativos para impedir la persistencia del abuso del derecho, esta Comisión estima que se debe acoger la solicitud del señor Däeler. POR TANTO: Se acoge la solicitud de la empresa Hacienda Roswitha S A y se dispone que hubo un cobro excesivo de costas personales de parte de la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (“DESAF”), pues ésta solo podía cobrarle el cincuenta por ciento de esas costas. SE ACUERDA 17-09-003. Aprobar el informe realizado por el Dr. Manuel Amador Hernández sobre el expediente 075-2016. Así se decide con el voto de los integrantes Amador Hernández, Esquivel Favareto, Araya Vega y Calderón Cerdas. Las integrantes Mesen Madrigal, Hernández Solís y el integrante Córdoba Zarate, salvan su voto con fundamento en lo siguiente: PRIMERO: El proceso judicial, sobre el cual se da el acuerdo de honorarios entre MICHAEL GABRIEL KOUAKOU DÄLE, en representación de HACIENDA ROSWITHA y la DIRECCION GENERAL DE

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DESARROLLO SOCIAL Y ASIGNACIONES FAMILIARES, mismo que motiva la consulta sobre la que vertemos criterio, es un proceso monitorio, tramitado ante el Juzgado Especializado de Cobro Judicial del II Circuito Judicial de San José, bajo el expediente número 16-16169-1012-CJ. SEGUNDO: El artículo 21 del Decreto de Honorarios de Abogados y Notarios vigente establece: “Artículo 21.—Procesos Monitorios: Los honorarios serán del cincuenta por ciento (50%) de la Tarifa General y deberán cancelarse de la siguiente manera: a. La mitad con la presentación de la demanda o contestación. b. Un veinticinco por ciento (25%) adicional con la sentencia firme. c. El último veinticinco por ciento (25%) con el remate o con la aprobación de la liquidación, si no hay bienes. En ningún caso los honorarios totales serán inferiores a cincuenta y cinco mil colones. En caso de la terminación anticipada del proceso, sin perjuicio de lo que resultare de acuerdo a la cuantía del juicio, los honorarios no podrán ser inferiores a cincuenta y cinco mil colones, no serán divisibles y se pagarán en un solo acto. En caso de llegarse a terminación anticipada del proceso por conciliación, mediación o transacción se pagará la tarifa completa para este tipo de procesos, es decir, el cincuenta por ciento (50%) de la Tarifa General.” El subrayado no es del original. TERCERO: El acuerdo de honorarios, que suscriben las partes, tal y como se indica en el documento que rubrican, se fundamenta en el artículo 21 del Decreto de Honorarios de Abogados y Notarios vigente. CUARTO: La jurisprudencia, en relación con los honorarios fijados en procesos monitorios, en forma totalmente reiterada, se fundamenta en el artículo 21 del Decreto de Honorarios de Abogados y Notarios, disponiendo el pago de la totalidad de los honorarios al momento de la terminación del proceso, en cualquier etapa del proceso que se encontrara, aun cuando no se hubiera dado aún traslado a la demanda. QUINTO: Únicamente los juzgadores tienen la potestad, en la normativa actual pues con el nuevo la nueva normativa procesal civil desaparece, para modificar o exonerar las costas, este ente no se encuentra facultado para ello. QUINTO: Es absolutamente contraproducente y contradictorio que, por una resolución del Colegio de Abogados, se desconozca la normativa propia, sea la que ha emanado del mismo ente profesional. En virtud de lo expuesto el voto de minoría resuelve: reconocer la validez y legalidad del acuerdo de honorarios suscrito entre HACIENDA ROSWITHA y la DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL Y ASIGNACIONES FAMILIARES”. Seis votos. Responsable: Comisión de Aranceles.

Al ser las veinte horas con veintiún minutos se da por finalizada la sesión.

MSc. Froylán Alvarado Zelada MSc. Eduardo Rojas Sánchez Presidente Secretario

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