5- La Sucesión Intestada

12
Mag. Walter Mendizábal Anticona CICLO 2013-III Módulo: 1 Unidad: 3 Semana: 5 DERECHO CIVIL VII SUCESIONES Sucesión intestada. Proceso

description

UAP

Transcript of 5- La Sucesión Intestada

  • Mag. Walter Mendizbal AnticonaCICLO 2013-III Mdulo: 1Unidad: 3 Semana: 5DERECHO CIVIL VII SUCESIONESSucesin intestada. Proceso

  • SUCESIN INTESTADACronolgicamente anterior a la sucesin testada, ya que, en los primeros tiempos, la sucesin no se manifiesta como voluntaria, sino con el carcter de necesaria y familiar.Sucesin testamentaria nace en Roma con la Ley de las XII Tablas, admitindose la intestada slo a falta de testamento.En el sistema germnico, apartndose de la tradicin romana, destac el predominio de la sucesin legal.

  • SUCESIN INTESTADACONCEPTO: Sucesin intestada es aquella que tiene lugar cuando el difunto NO DISPUSO de sus bienes, o cuando dispuso NO LO HIZO CONFORME A DERECHO o cuando sus disposiciones NO HAN TENIDO EFECTO

    Poe ende resulta que las normas de la sucesin intestada SE APLICAN EN TRES CASOS:

    Cuando el difunto NO DISPUSO de sus bienes;Cuando dispuso, pero NO LO HIZO CONFORME A DERECHO;Cuando por otras causas diferentes NO HAN PODIDO TENER EFECTOS SUS DISPOSICIONES.

  • EL DIFUNTO NO HA DISPUESTO DE SUS BIENES.- Esta ausencia de disposiciones puede ser total o parcial. Ser TOTAL en los siguientes casos: Cuando el causante fallece SIN DEJAR TESTAMENTO. Cuando habiendo otorgado testamento, en l slo se consignaron DECLARACIONES DE VOLUNTAD, pero no se dispuso de los bienes (Ej. Se reconoci a un hijo como de filiacin matrimonial).Ser PARCIAL en los siguientes casos indicados:Cuando el testador en el testamento slo dispuso PARTE DE SUS BIENES.Cuando el difunto slo instituy HEREDERO USUFRUCTUARIO, o sea, slo dej asignatario hasta cierto plazo y no dispuso a quienes pasaran esos bienes, despus de terminado el usufructo.

  • EL DIFUNTO DISPUSO, PERO NO LO HIZO CONFORME A DERECHO.- Ello sucede en los siguientes casos:Cuando el testamento ES NULO POR ALGUN DEFECTO DE FORMA. En este caso se aplican ntegramente las normas de la sucesin intestada, pues los vicios de forma anulan la totalidad del testamento.Cuando el testamento adolece de un VICIO DE FONDO que lo anula totalmente. Son en general los vicios que dicen relacin con la persona del testador. Ejemplo: Es incapaz para testar.Cuando algunas CLAUSULAS SON NULAS por adolecer de vicios de fondo. Ejemplo: La motivada por un error de hecho.Cuando el testamento contiene CLAUSULAS QUE VIOLAN DISPOSICIONES LEGALES, como por ejemplo, las asignaciones forzosas. En estos casos los legitimarios y el cnyuge pueden ejercer la accin de reforma del testamento.

  • CUANDO LAS DISPOSICIONES DEL TESTADOR NO HAN TENIDO EFECTO.- Ello ocurre:Cuando el heredero testamentario FALTA porque falleci antes que el testador, se hizo incapaz o indigno, repudi la asignacin, y no hay lugar a acrecimiento o sustitucin;Cuando el heredero fue instituido bajo CONDICION SUSPENSIVA y sta result fallida, o cuando fue instituido bajo CONDICION RESOLUTORIA y sta se cumpli, y el testamento nada dispuso para esos efectos;Cuando se otorg TESTAMENTO PRIVILEGIADO, y ste caduc con arreglo a la ley.

  • PARENTESCOEl parentesco, que proviene del verbo parere, pario, es el cimiento de toda la doctrina de la sucesin intestada, es decir, si no se establece el lazo de parentesco, a excepcin del vnculo uxorio y de la sucesin por parte del Estado.Parentesco consanguneo en dos lneas: recta ascendente y descendente, y colateral.Parentesco civil, que proviene de la adopcin. Art. 377 del C.C.

  • PROCESO SUCESIN INTESTADA

    El proceso se realiza ante el juez o notario del ltimo domicilio del causante, en ambos casos mediante un proceso no contencioso. La finalidad de este proceso es determinar quines tienen condiciones para suceder al causante y en mrito a esta verificacin declarar a sus herederos.

  • PROCESOANOTACIN PREVENTIVAPara la anotacin preventiva se debern considerar los siguientes requisitos:Solicitud de inscripcin mediante formato registral (distribucin gratuita).Trmite notarial: se deber adjuntar oficio del notario y copia legalizada de la solicitud de sucesin intestada.Trmite judicial: se deber adjuntar los partes judiciales correspondientes.

  • INSCRIPCIN DEFINITIVA DE LA SUCESION INTESTADAPara el caso de la sucesin intestada definitiva, se deber presentar la solicitud de inscripcin mediante formato registral (distribucin gratuita). Para ello se debe considerar:Trmite notarial: el acta de protocolizacin de sucesin intestada (parte notarial).Trmite judicial: sentencia judicial que declara herederos del causante, as como la resolucin que la declara consentida o ejecutoriada (parte judicial).

  • REQUISITOS PARA PROCESO DE SUCESIN INTESTADA1.- Demanda firmada por abogado. 2.- Copia simple del documento de identidad del solicitante. 3.- Partida de defuncin o copia certificada de la Declaracin Judicial de muerte presunta. 4.- Partida de nacimiento o documento pblico que contenga el reconocimiento de los de los presuntos herederos o la declaracin judicial si se trata de hijo extramatrimonial o adoptivo. 5.- Partida de matrimonio, si fuera el caso. 6.- Relacin de bienes conocidos. 7.- Certificado registral negativo de testamento. 8.- Certificado registral negativo de Declaratoria de Herederos

  • GRACIAS