2.- ADC Presentación Manuel Bull

download 2.- ADC Presentación Manuel Bull

of 64

Transcript of 2.- ADC Presentación Manuel Bull

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    1/64

    Curso: Administracin de ContratosMdulo: Aspectos Legales

    Relator

    Manuel Bull Crdova

    Abogado

    Educacin Profesional

    Escuela de Ingeniera UC

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    2/64

    Contrato de TrabajoAspectos Generales

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    3/64

    Fuentes del Derecho del Trabajo

    1. Constitucin Poltica del Estado

    2. La Ley: Cdigo del Trabajo.

    3. Decretos y Reglamentos.

    4. Los contratos de trabajo.

    5. La jurisprudencia.

    6. Tratados o Convenios internacionales.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    4/64

    Principios en el Derecho Laboral

    Principio indubio pro operario

    Principio de la irrenunciabilidad de los derechos

    Principio de la supremaca de la realidad

    Principio de la buena fe.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    5/64

    El Contrato de Trabajo

    Definicin: Esun convencin por la cual el empleador y el trabajador se obliganrecprocamente, ste a prestar servicios personales bajo dependencia ysubordinacin del primero, y aqul a pagar por estos servicios una remuneracindeterminada.

    Clasificacin: individuales y colectivos

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    6/64

    Caractersticas:

    Consensual. Escrituracin. Bilateral. Oneroso. Conmutativo.

    Dirigido. De adhesin. De tracto sucesivo.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    7/64

    Elementos:

    A.- El Empleador:Presuncin artculo 4 inciso 1 CT.Empresa.

    b.- Trabajador:Persona natural.Prestacin de servicios en forma personal.

    c.- Vnculo de subordinacin y dependencia:

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    8/64

    Principales obligaciones del trabajador:

    Prestar los servicios convenidosCumplir jornada e instruccionesActuar lealmente

    Cumplir la ley

    Principales obligaciones del empleador:

    Otorgar el trabajo convenidoPagar remuneraciones

    Deber de seguridadCumplir la ley

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    9/64

    Derechos Fundamentales

    Aplica respecto de cuestiones suscitadas en la relacin laboral por aplicacin de lasnormas laborales, que afecten los derechos fundamentales de los trabajadores,entendindose por stos los consagrados en la Constitucin Poltica de laRepblica en su artculo 19, nmeros 1, inciso primero, siempre que suvulneracin sea consecuencia directa de actos ocurridos en la relacin laboral, 4,5, en lo relativo a la inviolabilidad de toda forma de comunicacin privada, 6,

    inciso primero, 12, inciso primero, y 16, en lo relativo a la libertad de trabajo, alderecho a su libre eleccin y a lo establecido en su inciso cuarto, cuando aquellosderechos resulten lesionados en el ejercicio de las facultades del empleador.Tambin se aplicar este procedimiento para conocer de los actos discriminatoriosa que se refiere el artculo 2 de este Cdigo, con excepcin de los contempladosen su inciso sexto.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    10/64

    Se entiende que hay vulneracin cuando:

    Se entender que los derechos y garantas a que se refieren los incisos anterioresresultan lesionados cuando el ejercicio de las facultades que la ley le reconoce alempleador, limita el pleno ejercicio de aquellas sin justificacin suficiente, en formaarbitraria o desproporcionada, o sin respeto a su contenido esencial. En igual sentidose entendern las represalias ejercidas en contra de trabajadores, en razn o comoconsecuencia de la labor fiscalizadora de la Direccin del Trabajo o por el ejercicio de

    acciones judiciales.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    11/64

    Garantas que protege:

    Constitucin Poltica de la Repblica:Art. 19 Nro.1 inc.1: Derecho a la vida, integridad fsica y psquica.Art. 19 Nro.4: Respeto y proteccin a la vida privada y a la honra.Art. 19 Nro.5: Inviolabilidad de comunicacin privada.Art. 19 Nro.6 inc.1: Libertad de conciencia.Art. 19 Nro.12 inc.1: Libertad de emitir opinin y de informar.Art. 19 Nro.16: Libertad de trabajo, libre eleccin, libre afiliacin.

    Cdigo del Trabajo (Ar. 2)La no discriminacin. (Art. 2 C. Trabajo)

    Garanta de la indemnidad: Art. 489 inciso final, C. Trabajo

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    12/64

    Procedimiento, plazos y sanciones

    Procedimiento: Mediacin y aplicacin General

    Plazo para interponer la denuncia: 60 das

    Sanciones:

    -Indemnizacin Legal + recargo Art. 168 + 6 a 11 remuneraciones.

    -Infraccin al Art. 2 del Cdigo del Trabajo: Posibilidad para el trabajador serreincorporado o indemnizacin. Suspensin del acto impugnado

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    13/64

    Causales de terminacin del contrato:

    Causales Graves: Art. 160 CT

    Causales que dependen de un hecho: Art. 159 CT

    Necesidades de la empresa: Art. 161 CT

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    14/64

    Formalidades y otras consideraciones a teneren cuanta con ocasin de trmino del contrato:

    Carta de despido

    Carta de renuncia

    Finiquito

    Pago ntegro de cotizaciones previsionales: Nulidad del Despido

    Fueros: maternal, sindical, licencia mdica

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    15/64

    Algunos Puntos Relevantes en la

    Administracin de Contingencias Laborales

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    16/64

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    17/64

    Que aspectos relacionados con el contratos de trabajo, sonhabitualmente fiscalizados por la Inspeccin del Trabajo?

    1. Anexos y actualizaciones

    2. Cumplimiento de la jornada laboral

    3. Clculo y pago de horas extraordinarias

    4. Correcto registro de asistencia en libro o tarjeta de asistencia

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    18/64

    Que principales derechos/obligaciones otorga el contratoal empleador?

    1. Exigir el trabajo convenido/remunerar y otorgar el trabajo convenido.

    2. Dirigir y definir las labores contratadas/no abusar del ius variandi

    3. Sancionar (amonestaciones, despido y otras sanciones)

    Limite:El respeto a los derechos y dignidad del trabajador

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    19/64

    Relacin con los Trabajadores

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    20/64

    Claves para el logro de las buenas relacioneslaborales

    Liderazgo

    Oportunidad

    Compromiso

    Exigencia

    Buenas prcticas laborales

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    21/64

    Rentabilidad de las buenas relaciones laborales

    Acceso a la informacin

    Oportunidad de anlisis y administracin de la informacin

    Mayor productividad y compromiso

    Anticipacin y control temprano de potenciales conflictos laborales

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    22/64

    Que hacer cuando a partir de la informacin, sedetecta un potencial conflicto laboral

    Informar por escrito al rea de RRHH de la empresa.

    Recopilar todos los antecedentes.

    Check List de cumplimiento de las obligaciones laborales; correccin de losdefectos o posibles incumplimientos.

    Cartas de amonestacin

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    23/64

    Relacin con sindicatos y sus representantes

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    24/64

    Aspectos Claves

    Ser receptivo Cumplir con lo que se promete hacer Exigir cumplimiento de los acuerdos Los contratos son para ser cumplidos

    Constancias escritas Nunca tomar una decisin sin consultar Todo tema de un afiliado, se debe canalizar con la directiva Reuniones peridicas

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    25/64

    Procedimientos Judiciales

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    26/64

    Procedimientos

    1. Juicio de Aplicacin General.

    2. Juicio de Tutela Laboral. (ya tratado)

    3. Juicio Monitorio.

    4. Juicio de Reclamo de Resoluciones Administrativas

    5. Juicio Ejecutivo y de Cobranza Laboral.

    26

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    27/64

    Principios Formativos Generales:

    Oralidad

    Publicidad

    Concentracin

    Inmediacin

    Impulso procesal de oficio Celeridad

    Buena fe procesal

    Bilateralidad de la Audiencia

    Gratuidad

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    28/64

    Procedimiento Aplicacin General

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    29/64

    Esquema del antiguo Procedimiento (aplicacin general)

    Demanda

    escritaResolucin

    del tribunal

    Notificacin

    personal

    Contestacin

    Excepciones o

    reconvencin

    Citacin a audiencia

    y resolucin

    que decreta prueba

    Notificacin Solicitud de

    pruebaResolucin que se

    pronuncia sobre

    la prueba

    Notificacin

    Audiencia de

    conciliacin

    y prueba

    Observaciones a

    la pruebaMedidas

    para mejor

    resolver

    SentenciaRecursos

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    30/64

    Esquema del nuevo Procedimiento (Aplicacin general)

    Demanda

    escrita

    Sentencia

    Audiencia

    preparatoria

    Audiencia de ju ic ioContestacin

    Recursos

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    31/64

    Recursos:

    Reposicin

    Apelacin: Interlocutorias que pongan trmino al juicio o no permitancontinuacin, las que se pronuncien sobre medidas cautelares.

    Nulidad: Definitivas y suspende los efectos de la sentencia recurrida

    Unificacin de Jurisprudencia: En contra de sentencia que falle Recurso de Nulidad

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    32/64

    Procedimiento Monitorio

    Se aplica en contiendas de cuanta hasta 10 I.M.M. Reclamo ante la Inspeccin del Trabajo para conciliacin y con todos los

    instrumentos probatorios.

    La I. del T. levanta Acta y remite al Juzgado.

    El Juez puede resolver sin escuchar a las partes, o citar a audiencia nica.

    Plazo para reclamar del fallo: 10 das. Audiencia UNICA conciliacin, prueba y fallo: 15 das.

    Recursos: Genrico, Excep. Unificacin de Jurisprudencia

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    33/64

    Procedimiento:

    - Mayor a 10 IMM: Aplicacin General.

    - Igual o menos a 10 IMM: Monitorio.

    - Dems materias que sancione la D. Trabajo y que no sean multas: Monitorio

    Plazo: 15 das hbiles, sin necesidad de consignar 1/3 de multa.

    Competencia: Tribunal del domicilio de Inspeccin que sanciona.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    34/64

    Aspectos crticos para el empleador

    Respecto de los derechos fundamentales

    Carta de despido

    Limitacin de la prueba

    Evaluacin del despido

    Artculo 22, atrasos

    Control del libro de asistencia

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    35/64

    Ley N 20.123

    Trabajo en Rgimen de Subcontratacin y deServicios Transitorios

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    36/64

    Antecedentes Generales de la Ley 20.123

    Publicacin 16 de octubre de 2006

    Entra en vigencia 14 de enero de 2007

    Objetivo: Regular sistemticamente el trabajo subcontratado, a travs de 2

    figuras legales:

    - La Subcontratacin propiamente tal.

    - Suministro de personal (EST)

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    37/64

    Antigua regulacin del Trabajo Subcontratado

    A travs del Cdigo del Trabajo en sus Artculos 64 y 64 bis

    Art. 64 consagraba: La responsabilidad Subsidiaria de la empresa mandanterespecto de las obligaciones laborales y previsionales de la empresa contratista.

    Art. 64 bis consagraba: (I) El derecho de la mandante a ser informada por elcontratista, sobre el estado de pago tanto de sus obligaciones laborales y

    previsionales, como la de sus subcontratistas; (II) El derecho de retencin de lamandante;(III)El derecho de la mandante a pagar por subrogacin.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    38/64

    Nueva Regulacin del Trabajo Subcontratado

    La Ley N 20.123, derog la antigua normativa (Art. 64 y 64 bis C. Trabajo)y regula las relaciones laborales en rgimen de Subcontratacin, a travsde las siguientes figuras legales:

    La Subcontratacin propiamente tal; y

    Suministro de personal a travs de Empresas de Servicios Transitorios(EST)

    Adicionalmente, esta Ley introduce modificaciones e innovaciones enmateria Seguridad e Higiene Laboral.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    39/64

    EMPRESA PRINCIPAL

    EMPRESA CONTRATISTA

    Trabajadores contratistas

    Relacin

    laboral

    Relacin civil o

    comercial

    SUMINISTRO DE PERSONAL

    SUBCONTRATACIN

    EMPRESA USUARIA

    EMPRESA DE SERVICIOS

    TRANSITORIOS

    Trabajadores

    suministrados

    Contrato de Trabajo

    de Servicios Transitor ios

    Contrato de

    Puesta a

    Disposicin de

    Trabajadores

    Usuaria organiza y

    dirige el trabajo

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    40/64

    Rgimen de Subcontratacin

    Propiamente tal

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    41/64

    Rgimen de Subcontratacin propiamente tal

    I.- Aspectos Generales:

    La Ley 20.123 no presenta mayores cambios de fondo, respecto de la antiguanormativa. Regula la situacin de trabajadores de empresas prestadoras de

    servicios distintas a EST.

    Innovacin relevante en materia de responsabilidad: La mandante responder, enprincipio, solidariamente de las obligaciones laborales y previsionales de sucontratista, en todo caso, limitado al tiempo que dure la prestacin de los serviciosdel trabajador del contratista.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    42/64

    Rgimen de Subcontratacin propiamente tal

    II.- Concepto Art. 183-A inc.1:

    Estrabajo en rgimen de subcontratacin, aqul realizado en virtud de uncontrato de trabajo por un trabajadorpara un empleador, denominadocontratista o subcontratista, cuando ste, en razn de un acuerdocontractual, se encarga de ejecutar obras o servicios, por su cuenta y

    riesgoy con trabajadores bajo su dependencia, para una tercera personanatural o jurdica duea de la obra, empresa o faena, denominada laempresaprincipal, en las que se desarrollan los servicios o ejecutan lasobras contratadas. Con todo, no quedarn sujetos a las normas de este

    prrafo las obras o los servicios que se ejecuten o presten de maneradiscontinua o espordica

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    43/64

    Rgimen de Subcontratacin propiamente tal

    Elementos:

    - Contrato de Trabajo entre empleado y empresa contratista osubcontratista.

    - Que el empleado preste sus servicios en una obra o faena del Mandante.

    - Debe existir un Mandante que se beneficia. Idea deOrganizador.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    44/64

    Rgimen de Subcontratacin propiamente tal

    III.- Derechos en materia de obligaciones laborales de pago:

    En materia de Responsabilidad: El mandante responder solidariamentecon el contratista, por las obligaciones laborales y previsionales de esteltimo, incluida las indemnizaciones legales a que hubieren lugar.

    En trminos de derecho a Informacin:El mandante podr, sin embargo,responder subsidiariamente (dem rgimen actual), si ejerce el derecholegal a ser informada sobre el estado de cumplimiento de las obligacioneslaborales y previsionales del contratista.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    45/64

    Rgimen de Subcontratacin propiamente tal

    En trminos de derecho a retencin: En caso que la empresa contratista noacredite, a solicitud del mandante (derecho de informacin), el cumplimiento desus obligaciones laborales y previsionales, ste podr retener los estados de pagohasta por los montos que pudiere resultar subsidiariamente responsable, y deberenterarlos al trabajador o ante organismo previsional, segn corresponda.

    En trminos de pago por subrogacin:No obstante lo anterior, el mandante podrpagar por subrogacin, las obligaciones laborales y previsionales incumplidas porsu contratista.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    46/64

    Rgimen de Subcontratacin propiamente tal

    IV.- Novedades en materia de proteccin a la vida y la salud deltrabajador de la empresa contratista: (Art. 66 bis Ley 16.744).

    La empresa principal deber adoptar las medidas necesarias para protegereficazmente la vida y salud de todos los trabajadores que laboren en la faena,

    cualquiera sea su dependencia; es decir, tanto trabajadores propios como decontratistas. Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST)

    Para la implementacin del SST: Reglamento Especial para Empresas Contratistas ySubcontratistas; Comit Paritario de Higiene y Seguridad; Departamento dePrevencin de Riesgos. DS 76/2007

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    47/64

    Rgimen de Subcontratacin propiamente tal

    V.- Controles para tener en consideracin:

    Seleccin del Contratista: Aspectos financieros, especialidad. Estndares exigidos.

    Celebracin del Contrato: Clusulas esenciales (definicin de los servicios, precio, nmina detrabajadores, derecho retencin, aspectos Seguridad e Higiene; seguros y garantas). Exigencialegal y reglamentaria Art. 5 DS 76.

    Monitoreo de la marcha del contrato: Actualizaciones, control respecto de subcontratistas.

    Ejecucin del Contrato: Administrador, control de pagos (facturas), carpeta de fiscalizacin (Art.5 DS 76).

    Sistema de Gestin de SST.

    Control relacin trabajadoresempresa contratista/subcontratista: huelga, incumplimientos.

    La empresa mandante deber adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud

    de todos los trabajadores que laboren en la faena, cualquiera sea su dependencia; es decir, tantotrabajadores propios como de contratistas:

    - Comits paritarios

    - Dpto. Prevencin Riesgos

    - Reglamento Especial

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    48/64

    Rgimen Empresas Servicios Transitorios (EST)

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    49/64

    Rgimen Empresas Servicios Transitorios (EST)

    I.- Aspectos Generales:

    Innovacin de la Ley 20.123, puesto que crea (reconoce y regula), desde laperspectiva laboral, una nueva categora de empresa prestadora de servicios.

    En este rgimen, la Ley distingue a la EST; la empresa usuaria; y trabajador EST.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    50/64

    Rgimen Empresas Servicios Transitorios (EST)

    Normativa est orientada a regular la situacin laboral de las empresasprestadoras de servicios de personal (giro nico); capacitacin y RRHH en general.

    Las cuestiones que se susciten entre el trabajador EST y la EST y/o empresamandante, ser de competencia de los Juzgados del Trabajo.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    51/64

    Rgimen Empresas Servicios Transitorios (EST)

    II.- Conceptos

    Empresa Servicios Transitorios:Persona jurdica, inscrita en el registro respectivo,que tenga por objeto social exclusivo, poner a disposicin de tercerosdenominados para estos efectos como empresas usuarias, trabajadores para

    cumplir en estas ltimas, tareas de carcter transitorio u ocasional, como asimismola seleccin, capacitacin y formacin de trabajadores, as como otras actividadesen el mbito de los RRHH

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    52/64

    Rgimen Empresas Servicios Transitorios (EST)

    Empresa Usuaria:Toda persona natural o jurdica que contrata con una EST, lapuesta a disposicin de trabajadores para realizar labores o tareas transitoriasu ocasionales, cuando concurra alguna de las circunstancias sealadas en laley.

    Trabajador EST:Todo aquel que ha convenido un contrato de trabajo con unaEST para ser puesto a disposicin de una o ms usuarias.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    53/64

    Rgimen Empresas Servicios Transitorios (EST)

    III.- Exigencias legales para operar como EST (El no cumplimiento importasancin: Multa de 80 a 500 UTM):

    Ingresar al Registro Especial:La EST deber ingresar a un registro especial ypblico que llevar la D. del Trabajo (DT). Deber incluir en el nombre o raznsocial, la fraseEmpresade ServiciosTransitoriosoEST

    Obligacin de otorgar garanta (Art.183-J): EST deber constituir garantapermanente a nombre de la DT para responder por sus obligaciones originadasen el contrato de trabajo o en la ley.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    54/64

    Rgimen Empresas Servicios Transitorios (EST)

    EST no podr ser matriz, filial, coligada o relacionada, directa oindirectamente con la usuaria: El no cumplimiento de lo aqu prescrito,implica sancin: Multa 10 UTM x c/trabajador y cancelacin en el registro.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    55/64

    Rgimen Empresas Servicios Transitorios (EST)

    IV.- Contrato de puesta a disposicin de trabajadores

    Cundo podr la usuaria contratar con una EST?

    R.Cuando exista (Art.183 ):

    a- Suspensin del contrato de trabajo o de la obligacin de prestar servicios,segn corresponda, de uno o ms trabajadores de la usuaria, por licenciasmdicas, descansos de maternidad o feriados;

    b- Eventos extraordinarios, tales como la organizacin de congresos, conferencias,ferias, exposiciones u otros de similar naturaleza;

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    56/64

    Rgimen Empresas Servicios Transitorios (EST)

    c- Proyectos nuevos y especficos de la usuaria, tales como la construccin denuevas instalaciones, la ampliacin de las ya existentes o expansin a nuevosmercados;

    d- Perodo de inicio de actividades en empresas nuevas;

    e- Aumentos ocasionales, sean o no peridicos, o extraordinarios de actividad enuna determinada seccin, faena o establecimiento de la usuaria; o

    f- Trabajos urgentes, precisos e impostergables que requieran una ejecucininmediata, tales como reparaciones en las instalaciones y servicios de la usuaria.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    57/64

    Rgimen Empresas Servicios Transitorios (EST)

    Qu ocurre si contrato con una EST en casos no previstos y autorizados por laley?

    R.Dar lugar a la siguiente sancin:

    El trabajador EST ser considerado para todos los efectos legales como untrabajador de laempresa usuaria

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    58/64

    Rgimen Empresas Servicios Transitorios (EST)

    Cunto podrn durar estos contratos?

    R.Debern tener la siguiente duracin (mximo):

    - En el caso que se contrate para servicios de letra a): Mientras dure laausencia del trabajador.

    - En caso se contrate para servicios de letra b y e): 90 das

    - En caso se contrate para servicios de letra c y d): 180 das

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    59/64

    Rgimen Empresas Servicios Transitorios (EST)

    Qu ocurre si no cumplo con el plazo mximo establecido en la ley, y eltrabajador EST sigue laborando en la faena?

    R. La ley sancionaesta situacin de la siguiente manera:

    El trabajador EST ser considerado para todos los efectos legales como untrabajador de la empresa usuaria

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    60/64

    Rgimen Empresas Servicios Transitorios (EST)

    Cundo no podr contratar a una EST?

    R.No se podr contratar con una EST cuando se pretenda:

    - Realizar tareas en las cuales se tenga la facultad de representar a la usuaria, tales

    como los gerentes, subgerentes, agentes o apoderados;

    - Reemplazar a trabajadores que han declarado la huelga legal en el respectivoproceso de negociacin colectiva; o

    - Ceder trabajadores a otras empresas de servicios transitorios.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    61/64

    Rgimen Empresas Servicios Transitorios (EST)

    Qu ocurre si incumplo esta norma?

    R.La ley sancionaesta situacin de la siguiente manera:

    El trabajador EST ser considerado para todos los efectos legales como untrabajador de laempresa usuaria, adems de aplicarse una multa de 10 UTM porcada trabajador contratado

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    62/64

    Rgimen Empresas Servicios Transitorios (EST)

    Qu formalidades legales deben tener estos contratos?

    R.La ley exige los siguientes requisitos de validez:

    - Debe constar por escrito

    - Se debe indicar la causal invocada (Art. 183 )

    - Adems del precio, se debe indicar plazo de duracin del contrato, conforme lostopes mximos establecidos en la ley.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    63/64

    Rgimen Empresas Servicios Transitorios (EST)

    - Se debe indicar los puestos de trabajo objeto del contrato EST.

    - Se debe indicar si el trabajador EST gozar de las instalaciones ytransporte colectivo utilizado por los trabajadores de la empresa usuaria.

    - La escrituracin debe ser dentro de quinto da desde la incorporacin deltrabajador; en caso que la duracin del contrato sea inferior a cinco das,la escrituracin deber verificarse dentro del segundo da al de laincorporacin del trabajador.

  • 7/25/2019 2.- ADC Presentacin Manuel Bull

    64/64