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1 ACTA NUM.- 1/2008 DE LA SESION ORDINARIA DEL PLENO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VERA (ALMERIA) DE FECHA 24 DE ENERO DE 2008. ASISTENTES ALCALDE-PRESIDENTE D. FELIX MARIANO LOPEZ CAPARROS CONCEJALES D. FRANCISCO VAZQUEZ SOLER D. PEDRO J. GARCIA CAPARROS DÑA. MARIA MONTOYA RUIZ DÑA. GABRIELA CASTAÑO SEGURA D. JUAN LOPEZ SOLER DÑA. VERA EUGENIA NAVARRETE PARRA D. MIGUEL ANGEL MARTINEZ FERNANDEZ DÑA. MARIA DOLORES SANCHEZ MOLINA D. FRANCISCO PEREZ SIMON D. PEDRO FENANDEZ CESPEDES DÑA. CATALINA FLORES CAZORLA D. MANUEL FERNANDO NIETO GARCIA DÑA. ISABEL MARIA DE HARO RAMOS DÑA. FRANCISCA A. CAPARROS CERVANTES. INTERVENTOR D. GUILLERMO MAÑAS UXO SECRETARIO D. PEDRO LOPEZ SOLER CONCEJALES QUE NO ASISTEN D. MELCHOR MOLINA MONTOYA (Por motivos de trabajo) D. JOSE ANTONIO FERNANDEZ SOLER (Por enfermedad) En la Casa Consistorial de Vera, siendo las veinte horas del día veinticuatro de enero de dos mil ocho, se reúnen los Sres. arriba indicados, al objeto de celebrar en primera convocatoria, sesión ordinaria del Pleno de la Corporación, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente D. Félix López Caparrós, asistidos del Sr. Interventor municipal D. Guillermo Mañas Uxo y de Mí, D. Pedro López Soler, Secretario del Ayuntamiento. Como incidencia en el desarrollo de la sesión, se hace constar, que tras la votación del punto primero del orden del día, siendo las veinte horas y diez minutos, con la

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    ACTA NUM.- 1/2008 DE LA SESION ORDINARIA DEL PLENO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VERA (ALMERIA) DE FECHA 24 DE ENERO DE 2008.

    ASISTENTES

    ALCALDE-PRESIDENTE D. FELIX MARIANO LOPEZ CAPARROS

    CONCEJALES

    D. FRANCISCO VAZQUEZ SOLER D. PEDRO J. GARCIA CAPARROS

    DÑA. MARIA MONTOYA RUIZ DÑA. GABRIELA CASTAÑO SEGURA D. JUAN LOPEZ SOLER DÑA. VERA EUGENIA NAVARRETE PARRA D. MIGUEL ANGEL MARTINEZ FERNANDEZ DÑA. MARIA DOLORES SANCHEZ MOLINA D. FRANCISCO PEREZ SIMON D. PEDRO FENANDEZ CESPEDES DÑA. CATALINA FLORES CAZORLA D. MANUEL FERNANDO NIETO GARCIA DÑA. ISABEL MARIA DE HARO RAMOS

    DÑA. FRANCISCA A. CAPARROS CERVANTES.

    INTERVENTOR

    D. GUILLERMO MAÑAS UXO SECRETARIO

    D. PEDRO LOPEZ SOLER

    CONCEJALES QUE NO ASISTEN

    D. MELCHOR MOLINA MONTOYA

    (Por motivos de trabajo) D. JOSE ANTONIO FERNANDEZ SOLER (Por enfermedad)

    En la Casa Consistorial de Vera, siendo las veinte horas del día veinticuatro de enero de dos mil ocho, se reúnen los Sres. arriba indicados, al objeto de celebrar en primera convocatoria, sesión ordinaria del Pleno de la Corporación, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente D. Félix López Caparrós, asistidos del Sr. Interventor municipal D. Guillermo Mañas Uxo y de Mí, D. Pedro López Soler, Secretario del Ayuntamiento. Como incidencia en el desarrollo de la sesión, se hace constar, que tras la votación del punto primero del orden del día, siendo las veinte horas y diez minutos, con la

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    autorización del Sr. Alcalde, se incorpora a la sesión, la Sra. Concejala del Grupo municipal P.A, Dña. María Montoya Ruiz, continuando la sesión y hasta su final con la asistencia de quince de los diecisiete Concejales que forman la Corporación.

    Declarada por el Sr. Alcalde, abierta la sesión, se procede sin más trámite, al debate y votación de los puntos que integran el orden del día de la Convocatoria. A) PARTE RESOLUTORIA PUNTO UNO.- LECTURA Y APROBACIÓN ACTA SESION ANTERIOR. En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 91/1 del vigente R.O.F.R.J de las Entidades Locales, por el Sr. Alcalde se pregunta a los asistentes, si alguno de los mismos, tiene que formular alguna observación, al contenido del acta de la última sesión celebrada y que ha sido distribuida con el orden del día de la convocatoria, y que es la número 16/2007, que se corresponde con la sesión ordinaria celebrada el día 28 de noviembre de 2007. Tras lo anterior, nadie solicita el uso de la palabra, por lo que, el acta de la sesión anterior, a que se ha hecho referencia, resulta aprobada, en la forma en que aparece redactada, por unanimidad de los catorce Concejales asistentes (9 Grupo Municipal P.A, 4 Grupo Municipal PSOE y 1 Grupo Municipal P.P), de los diecisiete que legalmente forman la Corporación. PUNTO DOS.- RATIFICACIÓN RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA NÚM.-862/2007 DE 22 DE DICIEMBRE RELATIVA A ADQUISICIÓN DE NAVES PARA USO ALMACÉN SOBRE PARCELA DE 4.030 M2 EN PARAJE LA MEZQUITA DE VERA.

    Por parte del Sr. Secretario, se procede a dar lectura al dictamen, que con respecto al precitado asunto, fue adoptado por la Comisión Especial de Cuentas e Informativa Permanente de Hacienda, Personal y Régimen Interior, en sesión celebrada el día 17 de enero de 2008, siendo su contenido como literalmente se señala: “DICTAMEN SOBRE RATIFICACIÓN RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA NÚM.-862/2007 DE 22 DE DICIEMBRE RELATIVA A ADQUISICIÓN DE NAVES PARA USO ALMACÉN SOBRE PARCELA DE 4.030 M2 EN PARAJE LA MEZQUITA DE VERA. Por parte del Sr. Secretario, se procede a dar lectura a la propuesta de dictamen que, con respecto al precitado asunto, ha sido elaborada, siendo su contenido, como seguidamente se señala: “ANTECEDENTES. Mediante Providencia dictada por la Alcaldía en fecha 10 de enero de 2008, se dispone dar cuenta, a los efectos de la pertinente ratificación, al Pleno de la Corporación, de la Resolución de la propia Alcaldía de fecha 22 de diciembre de 2007, en cuya virtud se autoriza la adquisición de naves para uso de almacén sobre parcela de 4.030 metros en

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    paraje la Mezquita de Vera, y ello, al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 21/1 letra k) de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local. En base a los anteriores antecedentes, de conformidad con lo señalado en el art. 97/1 del vigente R.O.F.R.J. de las Entidades Locales, se somete a la consideración del Pleno, la adopción de la siguiente, PROPUESTA DE ACUERDO. PRIMERO.- Ratificar en sus propios términos, a los efectos de lo dispuesto en el art. 21/1 letra k) de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, la resolución que con fecha 22 de diciembre de 2007 fue adoptada por el Sr. Alcalde-Presidente, relativa a adquisición de naves para uso de almacén, sobre parcela de 4.030 m2, sita en Paraje La Mezquita, cuyo contenido, es del siguiente tenor literal “RESOLUCION DE LA ALCALDIA NUM.-862/2007

    D. Félix López Caparrós, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vera (Almeria), en nombre y representación del mismo,

    VISTO: El expediente que se viene tramitando por los Servicios administrativos y técnicos

    de la Corporación, al efecto de la adquisición (mediante la modalidad de compraventa con precio aplazado) de parcela de terreno y naves con uso de almacén, existentes en Paraje La Mezquita (zona anexa a Ctra. N-340), según los antecedentes que figuran en el Protocolo de Intenciones para Delimitación de Unidad de Ejecución, suscrito con Grupo Inmobiliario Aguamar S.L. el día 22 de diciembre de 2005.

    VISTO: Que en la tramitación del expediente, se han cumplido los trámites fundamentales

    de la normativa reguladora de la contratación y adquisición de bienes por parte de las entidades locales, habiéndose emitido los correspondientes informes pericial, jurídico y económico, existiendo consignación presupuestaria suficiente para la financiación del bien que se adquiere en lo que respecta al abono del pago correspondiente al ejercicio económico de 2007.

    En lo que respecta al pago, del precio que queda aplazado, se llevará a cabo, la oportuna consignación presupuestaria dentro del Presupuesto General de la Corporación para el año 2008, o se habilitará crédito suficiente a través de la pertinente modificación de créditos del presupuesto prorrogado de 2007.

    Que en lo que respecta a la partida presupuestaria, donde ha de aplicarse la adquisición del bien, esto es, partida 622.622.00 denominada “Construcción de Naves”, se aclara, que la misma estaba prevista y se extiende al concepto de adquisición de naves.

    Que igualmente es competencia de esta Alcaldía, la adquisición de bienes inmuebles cuya cuantía, como ocurre en el presente supuesto, no supere el 10% de los recursos ordinarios del Presupuesto ni la cifra de tres millones de euros.

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    Que de la misma forma, en lo que respecta a la materia de aprobación de gasto de carácter plurianual, esta Alcaldía, asume la competencia por motivos de urgencia, que se justifican, por el retraso en la ejecución de los acuerdos adoptados en el Protocolo de Intenciones suscrito el 22 de diciembre de 2005, estando ésta entidad local haciendo uso de las instalaciones facilitadas por Grupo Inmobiliario Aguamar, impidiendo al mismo, la obtención de un adecuado rendimiento económico. Todo ello en base, a lo dispuesto en el art. 21/1,k) de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, Por el presente, vistas las atribuciones que me confiere el art. 21/1, letras k) y p) de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, y demás disposiciones vigentes que resultan de aplicación, por los motivos de urgencia anteriormente justificados:

    VENGO EN RESOLVER: PRIMERO.- Avocar para el presente supuesto particular, la delegación de competencias en materia de adquisición de bienes de que tiene conferida esta Alcaldía en la Junta de Gobierno Local.

    SEGUNDO.- Aprobar, por las razones de interés público y de urgencia, que figuran en el expediente formalizado, la adquisición mediante la modalidad de compra con precio aplazado, a Grupo Inmobiliario Aguamar S.L., del bien que se describe a continuación:

    Naves de uso almacén en el Pago Cañada La Mezquita, con fachada a la Carretera

    Nacional 340, de Almería a Murcia, término de Vera, de una sola planta con una superficie construida de trescientos setenta y cinco metros cuadrados y lindando por todos sus vientos, la propia finca en donde se ha edificado, que tienen una cabida de cuarenta áreas y treinta centiáreas, igual a cuatro mil treinta metros cuadrados y que linda: Norte, un camino; Sur, Dionisio Lorenzo Azor Vico; Este, un camino de acceso y Dionisio Lorenzo Azor Vico; y Oeste, un camino y la carretera de Almería a Murcia.

    Se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad de Vera, al Tomo 968, Libro 185, Folio 160, finca registral número 11.688, inscripción 8ª.

    El bien descrito anteriormente, se adquiere por un precio total de un millón cuarenta

    y cuatro mil euros (1.044.000 €), incluido el IVA, abonándose, 240.000 euros con cargo al ejercicio económico de 2007, y el resto, esto es, 804.000 euros, durante el ejercicio económico de 2008 y siempre con anterioridad al 31 de mayo de dicho año 2008. TERCERO.- El bien inmueble que se adquiere, los es con cuantos derechos usos y servidumbres le correspondan, libre de cargas y gravámenes, estando siendo ocupado actualmente en precario por el Excmo. Ayuntamiento de Vera. CUARTO.- Proceder a la formalización del correspondiente contrato de compraventa con precio aplazado, con la parte vendedora, para su posterior elevación a escritura pública una vez cumplidos todos los requisitos formales de naturaleza jurídica que resulten precisos. QUINTO.- Dar cuenta de la presente Resolución, al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre, a los efectos de ratificación contemplados en el art. 21/1 k) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local.

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    Notifíquese la presente Resolución a todos los interesados, para su conocimiento y a los efectos legales subsiguientes.” SEXTO.- Dar traslado del acuerdo adoptado, a todos los interesados en el expediente, para su conocimiento y demás efectos subsiguientes, a la vez que se faculta al Sr. Alcalde-Presidente, para la ejecución y firma de cuantos actos y documentos se deriven del cumplimiento de lo acordado.” Abierto turno de intervenciones por el Sr. Presidente de la Comisión, solicita y se concede el uso de la palabra al Sr. Portavoz del Grupo municipal P.P. D. José Antonio Fernández Soler, quién hace notar, que le llama la atención que se justifique la adquisición por razones de “interés público y de urgencia”, cuando existe un protocolo firmado en el año 2005, y por otra parte, el mismo se vincula a la aprobación del Plan General de Ordenación Urbana, que no se sabe cuando saldrá adelante. Por otro lado, interrogar, si las naves que se adquieren, no lo eran mediante su permuta con otras naves de propiedad municipal sitas en prolongación de calle Isabel La Católica. Para dar respuesta a las cuestiones planteadas, el Sr. Presidente de la Comisión y Concejal Delegado de Hacienda, D. Pedro Jesús García Caparrós, cede la palabra al Sr. Portavoz del Grupo P.A. y Concejal de Urbanismo, D. Francisco Vázquez Soler, el cual manifiesta, que no hay ninguna duda, del interés público que existe en efectuar la adquisición para atender las necesidades de diversos servicios municipales. En lo que respecta a la urgencia, el momento ha llegado ahora y no se puede esperar a la tramitación de la permuta, ya que los almacenes resultan absolutamente necesarios. De nuevo, con la autorización del Sr. Presidente toma la palabra al Sr. Portavoz Popular, para resaltar, que no termina de comprender la operación realizada por el Equipo de gobierno, ya que vemos, que existe suscrito un Protocolo de Intenciones, donde se prevé una permuta de naves, y sin embargo se opta por realizar la adquisición con dinero líquido para comprar naves, cuando el Ayuntamiento dispone de las que son de su propiedad. Esta forma de proceder, no la ve muy acertada, dado también la mala situación económica en que se encuentra el Ayuntamiento. Esta opinión también se refuerza, por el hecho de que en el citado Protocolo, se prevé que en supuesto de incumplimiento, no existirá derecho a indemnización, con lo cual, reitera, no comprende porqué el empeño municipal en comprar a una empresa naves, si ya se cuentan con otras. Para contestar, de nuevo se concede la palabra al Sr. Concejal de Urbanismo, quién señala, que no cabe olvidar que se están adquiriendo naves, pero sobre una parcela de suelo de 4.000 m2, y por ello se considera muy oportuna la compra, ya que sobre la parcela, existe la posibilidad de edificar en el futuro nuevas naves. En lo que respecta, a los almacenes existentes de titularidad municipal, los mismos, por sus características y ubicación, no se consideran operativos para el nivel de servicios actual que presta el Ayuntamiento de Vera. A continuación, de nuevo interviene D. José Antonio Fernández Soler, para hacer notar, que como se observa en el informe de Intervención, la partida a cargo de la cual se adquiere el inmueble del Presupuesto de 2007 se denomina “construcción de naves” y por a adquisición para lo cual se está utilizando. Se responde por el Sr. Presidente y Concejal de Hacienda, que se considera perfectamente interpretable, que la partida pueda aplicarse a la compra de naves ya construidas, ya que la redacción en el Presupuesto es excesivamente concreta. La finalidad

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    se cumple de todas formas, ya que el objeto es poder contar con naves y si las mismas ya se adquieren ejecutadas, parece que resulta favorable a los intereses municipales. Se puntualiza por el Sr. Portavoz del Grupo P.P., que siempre se ha vendido por el Equipo de gobierno, que se trataba de la “construcción de naves”, para facilitar la instalación de empresas. Se aclara por el Sr. Presidente, que la partida, se destinaba a la construcción de naves, pero de uso municipal y nunca para cederlas o ponerlas a disposición de terceros. En definitiva, el objetivo planteado en el Presupuesto se cumple, ya que el Ayuntamiento se dota de nuevas naves, que resultan muy necesarias, ya que se precisa actualmente mucho más espacio, y los almacenes municipales de calle Isabel La Católica, se han quedado obsoletos y muy pequeños. Ahora se adquieren unas naves pero en una superficie de 4.000 m2 y con un acceso a la antigua Ctra. N-340, lo que permitirá una mejor utilización y uso por los diferentes servicios municipales y la posibilidad de futuras ampliaciones.

    Tras lo anterior y sin ninguna otra intervención, el asunto se somete a votación, dictaminando la Comisión Especial de Cuentas e Informativa Permanente de Hacienda, Personal y Régimen Interior, por cuatro votos a favor (4 Grupo P.A.), una abstención (1 Grupo PSOE) y un voto en contra (1 Grupo P.P), de los seis Concejales asistentes de los siete que integran la Comisión, informar favorablemente y proponer al Pleno la aprobación de la propuesta de dictamen de la cual se ha dado cuenta con anterioridad.”

    Abierto turno de intervenciones en el Pleno, solicita y se concede el uso de la palabra al Sr. Portavoz del Grupo municipal PSOE, D. Pedro Fernández Céspedes, el cual manifiesta la oposición de su Grupo a la propuesta que se somete al Pleno y ello por varios motivos, no compartiendo las formas cómo se ha tramitado el expediente ni tampoco que se haya cambiado la calificación de la partida presupuestaria. Además de ello, lo que no le parece razonable, es que tras doce años de gestión del Equipo andalucista, se encuentren sin terrenos para la construcción de unas naves, habiendo regalado parcelas municipales a 20 años para usos privados a 0 euros, percibiendo ridículos alquileres o precios meramente simbólicos. Por otro lado, otro dato importante a tener en cuenta, es que no se han conservado terrenos procedentes de cesiones urbanísticas para cuando se hubieran necesitado, sino que los mismos se han vendido o permutado para construir. No queda justificado en su opinión, que el tras 12 años de intensa actividad urbanística, no disponga de terrenos para construir sus propias naves. Tampoco le convence la forma en que se hace esta adquisición, debiendo recordar que la situación económica por la que atraviesa la entidad municipal es actualmente muy difícil, no siendo razonable esta clase de gastos, cuando por otro lado se está despilfarrando el patrimonio. En definitiva, no se puede ayudar al Equipo de gobierno en esta propuesta, no, por esta vía que ha emprendido.

    Para dar respuesta a la anterior intervención, el Sr. Alcalde, D. Félix López Caparrós, cede el uso de la palabra al Sr. Concejal Delegado de Urbanismo y Portavoz del Grupo municipal P.A., D. Francisco Vázquez Soler, el cual señala, que no ve sentido alguno, a la posición mantenida por Grupo municipal PSOE, teniendo que resaltar, que se trata de la adquisición de una parcela de 4.000 m2 en una posición inmejorable junto a la Ctra. N-340, con dos naves construidas de 375 y 200 metros, y ello a un precio correcto y muy ventajoso para los intereses municipales. No termina de comprender la postura del PSOE, ya que si se vende patrimonio para hacer inversiones, se critica y se compra,

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    exactamente igual. Se alude también a que son tiempos económicos difíciles, en cuya situación, la mayor responsabilidad recae en el propio PSOE, que gobierna en la Administración del Estado y en la Comunidad Autónoma de Andalucía. No se puede compartir tampoco las críticas vertidas, sobre alquileres barato, regalos de patrimonio a precios simbólicos, etc, siendo la realidad, que se trata de concesiones administrativas sobre parcelas que tienen asignados unos usos específicos y determinados. No se puede olvidar, que se está debatiendo sobre terrenos de uso de nave industrial, y normalmente las cesiones al patrimonio de suelo y más en suelos turísticos, son para construcción de viviendas destinadas a uso residencial, o a equipamientos públicos (por ejemplo, parcela para teatro-auditorio), donde no parece lógico que se destinen a otros usos, y por supuesto nunca al industrial. Para terminar, reiterar que se trata de una buena adquisición, con una parcela de 4.000 m2, donde se pueden hacer 4 o 5 naves más, siendo algo necesario para el nivel de los servicios públicos que se prestan actualmente por el Ayuntamiento de Vera, no compartiendo, aunque se contaba con ello, la postura negativa del Grupo PSOE.

    En turno de réplica, manifiesta D. Pedro Fernández Céspedes, que no se oponen por principio al hecho de “vender”, y lo que está criticando, es que durante 12 años de gestión no han guardado o reservado suelo, que como se demuestra, resultan necesarios y útiles para el Ayuntamiento, no habiendo sido previsores en la gestión del patrimonio municipal, y de esta forma, hace poco se aprobaba la cesión de una parcela a 20 años y por cero euros. Tampoco se entienden las prisas en la tramitación del expediente, apuntando, que posiblemente con la permuta inicialmente prevista si que podrían estar de acuerdo, resultando algo más aceptable. Lo cierto es, que han vendido casi todo el patrimonio, y así el Sr. Alcalde en un reciente Pleno, se resaltaba la relación de obras que se habían ejecutado con cargo a la referida venta. Resaltar, que no se opondrán nunca a vender a buen precio, pero su punto de vista, que claro está no coincide con el del Sr. Portavoz Andalucista, es que no han gestionado bien el patrimonio municipal. Se contesta por D. Francisco Vázquez Soler, que no se puede decir que no se ha guardado patrimonio, cuando precisamente con el expediente que se debate se está comprando dicho patrimonio. Insistir, en que se trata de una buena adquisición y el momento de hacerla es ahora, ya que los acuerdos alcanzados en 2005 con la promotora, no se sabe cuando podrán salir adelante, puesto que, la tramitación del Plan General está suspendida ante los constantes cambios normativos que en materia urbanística viene realizando la Junta de Andalucía. Por otra parte, no se puede hablar de “regalo” cuando se somete una parcela de 4.000 m2 a concesión administrativa para una zona deportiva y el suelo está destinado a ese uso concreto con 0 metros de edificabilidad, con lo cual se cumple el fin a que la parcela está destinada. Ahora se trata de la compra de una parcela 4.000 m2 con dos naves y con una edificabilidad de 0,8 m2/m2, que permitirá la construcción de más edificaciones, ya que se está hablando de 2.700 metros de techo, siendo en definitiva una buena adquisición, un bien que necesita el Ayuntamiento para adscribirlos a sus servicios públicos. Tras lo anterior y sin ninguna otra intervención, se somete el punto a votación, acordando el Pleno por diez votos a favor (10 Grupo Municipal P.A.) y cinco en contra (4 Grupo Municipal PSOE y 1 Grupo Municipal PP), de los quince Concejales asistentes, de los diecisiete que integran la Corporación, con el quórum en consecuencia de la mayoría

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    absoluta legal, aprobar íntegramente y en sus propios términos, el dictamen que ha sido transcrito anteriormente. PUNTO TRES.- APROBACIÓN ADHESIÓN AL CONVENIO MARCO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCIA PARA LA IMPLANTACIÓN DE UNA RED DE OFICINAS INTEGRADAS DE ATENCIÓN AL CIUDADANO (CONVENIO MARCO 060 DE VENTANILLA ÚNICA.

    Se somete a conocimiento de los Sres. Concejales asistentes, la propuesta de

    dictamen que, con respecto al presente punto del orden del día, figura en el expediente formalizado, cuyo contenido, es como seguidamente se indica: “DICTAMEN EN RELACIÓN CON APROBACIÓN ADHESIÓN AL CONVENIO MARCO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO Y COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCIA PARA LA IMPLANTACIÓN DE UNA RED DE OFICINAS INTEGRADAS DE ATENCIÓN AL CIUDADANO (CONVENIO MARCO 060 DE VENTANILLA ÚNICA. Se somete a la consideración de los Sres. Concejales asistentes, la propuesta de dictamen que, con respecto al precitado asunto, figura en el expediente formalizado, siendo su contenido como seguidamente se indica: “ANTECEDENTES. La mejora en la prestación de servicios de información al ciudadano, ha sido una constante que siempre ha preocupado a los gestores del actual Equipo de gobierno; Desde esta perspectiva, la principal apuesta formulada y que hoy constituye toda una realidad, lo ha sido la puesta en marcha del denominado “Servicio de Atención al Ciudadano y Ciudadana (SAC) del Excmo. Ayuntamiento de Vera”, el cual inició su actividad el día 21 de julio de julio de 2006, ubicándose en las dependencias del edificio adquirido y rehabilitado para la ampliación de la histórica Casa Consistorial, realizando sus funciones en unas modernas instalaciones perfectamente equipadas y contando con una dotación de personal de cuatro puestos de trabajo (un Coordinador y tres Informadores/as). El resultado de la gestión desarrollada en por este Servicio de Atención al Ciudadano, cabe calificarlo -tras cerca de un año y medio de experiencia-, de bastante positivo (en los primeros 12 meses de funcionamiento se atendieron 25.392 consultas), habiéndose alcanzado en un nivel bastante aceptable, los objetivos que se perseguían, como eran el incremento en la percepción de calidad en los usuarios e igualmente, incidir en los procesos de reorganización y modernización dentro del funcionamiento interno del Ayuntamiento, con la idea fundamental, de “liberar de tiempo”, al personal de carácter técnico, al quedar el mismo “descargado” de la atención directa al público, pudiéndose centrar de este modo el trabajo del personal más cualificado, en la tramitación y resolución de los temas de mayor trascendencia para la Corporación. Conforme a lo indicado anteriormente, el mencionado SAC del Ayuntamiento de Vera, se ha configurado como oficina especializada de registro de entrada de documentos y de atención inmediata y directa al público, gozando de una “vis expansiva”, siempre con

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    ese gran objetivo de informar y orientar a los usuarios en un punto de atención único, ahorrando al administrado, molestias y el tránsito inadecuado por los diversos despachos y dependencias administrativas. En esta línea de actuación, es donde hay que enmarcar la propuesta, que ha sido sugerida por el propio SAC, de adhesión del Ayuntamiento de Vea, al Convenio Marco entre la Administración General de Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía, que fue suscrito el 2 de febrero de 2006 ( publicado en el BOE de 28-2-2006 y BOJA de 23-5-2006) para la implantación de una red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, que viene también conociéndose como implantación del sistema de “Ventanilla Única”, que persigue ante todo, establecer progresivamente una red de espacios comunes de atención a la ciudadanía, que permita la prestación de servicios integrados de información, orientación, atención y tramitación. En el Convenio Marco, anteriormente referido, se permite la posibilidad de prestar distintos niveles de servicio al ciudadano, a través de las llamadas oficinas integradas, que serían las siguientes: Oficinas de contacto; Oficinas de información y Oficinas de gestión integral. En lo que se refiere a la adhesión al Convenio de las Entidades Locales, inicialmente, se estima como aconsejable que presten un primer nivel de servicios, bajo la consideración de “oficina de contacto”, lo que implica el compromiso, en este caso del Ayuntamiento de Vera, de proceder a la recepción, registro y remisión, en un plazo máximo de tres días, de solicitudes, escritos y comunicaciones que dirija el ciudadano, tanto a la Administración General del Estado, como a la Administración Pública Andaluza.

    En base a los anteriores antecedentes, conforme a lo dispuesto en el art. 97/1 del vigente R.O.F.R.J. de las Entidades Locales, se somete a la consideración del Pleno, la adopción de la siguiente,

    PROPUESTA DE ACUERDO. PRIMERO.- Expresar la adhesión, del Ayuntamiento de Vera (Almería), al Convenio Marco suscrito el 2 de febrero de 2006, entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía, que fue publicado en el BOE de 28 de febrero de 2006 y BOJA de 23 de mayo de 2006, para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano (también denominado Convenio Marco 060 de Ventanilla Única), y ello con un primer nivel de prestación de servicios como “Oficina de contacto”, quedando obligada esta Corporación Local, a la recepción, registro y remisión de comunicaciones del ciudadano, según corresponda en cada caso, a la Administración General del Estado y Administración de la Comunidad Autónoma Andaluza, conforme a la regulación establecida en el referido Convenio Marco, que se integra por una parte justificativa con cuatro apartados y otra dispositiva, detallada en once cláusulas. SEGUNDO.- Dar traslado del acuerdo adoptado, junto a los demás datos requeridos en el expediente, a la Consejería de Justicia y Administración Pública de la

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    Junta de Andalucía, a la vez que se faculta al Sr. Alcalde-Presidente, para la ejecución y firma de cuantos actos y documentos se deriven del cumplimiento de lo acordado.” Tras la lectura de la propuesta de dictamen, solicita y se concede el uso de la palabra al Sr. Concejal representante del Grupo municipal PSOE, D. Manuel Nieto García, que actúa en sustitución del Vocal titular D. Pedro Fernández Céspedes, quién interroga, por el motivo de que se proponga la adhesión únicamente al primer nivel de prestación de servicios. Para responder, con la autorización del Sr. Presidente de la Comisión y Concejal Delegado de Hacienda, D. Pedro Jesús García Caparrós, toma la palabra el Sr. Interventor municipal D. Guillermo Mañas Uxo, quién aclara, que según se puede constatar en los antecedentes del expediente, en principio, todos los Ayuntamientos han de funcionar como “Oficinas de Contacto”, con el primer nivel de prestación de servicios. Interviene el Sr. Presidente, para poner de manifiesto, que parece plenamente lógico, que los Ayuntamientos limiten sus funciones al primer nivel de prestación de servicios, esto es, recepción y remisión de solicitudes y escritos, ya que los otros dos niveles, implicarían la dotación de un gran contingente de personal, que no resulta asumible. Recordar, que para el segundo nivel (facilitación de información), existen hoy muchísimas facilidades, vía telefónica o internet. En lo referente al tercer nivel (tramitación de expedientes), eso significaría duplicar los servicios con los que cuentan tanto la Administración General del Estado, como las distintas Consejerías de la Junta de Andalucía.

    Seguidamente y sin más intervenciones, el asunto se somete a votación,

    dictaminando la Comisión Especial de Cuentas e Informativa Permanente de Hacienda, Personal y Régimen Interior, por unanimidad de los seis concejales asistentes (4 Grupo P.A., 1 Grupo PSOE y 1 Grupo P.P), de los siete que integran la Comisión, informar favorablemente y proponer al Pleno la aprobación de la propuesta de dictamen de la cual anteriormente se ha dado cuenta.” Tras lo anterior, el Sr. Alcalde, D. Félix López Caparrós, concede el uso de la palabra al Sr. Concejal Delegado de Hacienda, integrado en el Grupo municipal P.A. D. Pedro Jesús García Caparrós, quién hace notar, que se trata de un paso más en la modernización del Ayuntamiento, según el programa diseñado con la puesta en marcha del Servicio de Atención al Ciudadano, que constituye uno de los pilares esenciales en estos nuevos procesos para facilitar las relaciones entre la Administración y los vecinos, y que ha de tener el papel más relevante en la aplicación del convenio que se somete al Pleno. Desde su perspectiva, se trata de un acuerdo importante y muy beneficioso para el ciudadano, sobre todo, porque se facilitan trámites y gestiones, evitando innecesarios desplazamientos y otras molestias, y facilitando la actividad y relaciones ante la Administración Pública en sus diversos aspectos. Tras lo anterior y sin ninguna otra intervención, se somete el punto a votación, acordando el Pleno por unanimidad de los catorce concejales asistentes (10 Grupo Municipal P.A., 4 Grupo Municipal PSOE y 1 Grupo Municipal PP), de los quince Concejales asistentes, de los diecisiete que integran la Corporación, con el quórum en

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    consecuencia de la mayoría absoluta legal, aprobar íntegramente y en sus propios términos, el dictamen que ha sido transcrito anteriormente. PUNTO CUATRO.- APROBACION ACEPTACION DE CESIONES POR RAZONES DE URBANISMO EN EL AMBITO DEL SECTOR R-6 Y SU AMPLIACION.

    Por parte del Sr. Secretario, se procede a dar lectura al dictamen, que con respecto

    al precitado asunto, fue adoptado por la Comisión Especial de Cuentas e Informativa Permanente de Hacienda, Personal y Régimen Interior, en sesión celebrada el día 17 de enero de 2008, siendo su contenido como literalmente se señala:

    “DICTAMEN EN RELACIÓN CON ACEPTACIÓN DE CESIONES POR RAZONES DE URBANISMO EN EL ÁMBITO DEL SECTOR R-6 Y SU AMPLIACIÓN. Se procede por el Sr. Secretario, a dar lectura a la propuesta de dictamen que, con respecto al precitado asunto, ha sido elaborada, siendo su contenido, como se expresa a continuación:

    “ANTECEDENTES.-

    Visto el expediente instruido para la aceptación de los terrenos de cesión gratuita y obligatoria, situados en el Sector R-6 de las NN.SS de Vera y ofrecidos por el Sr. Don Baltasar Perelló Flores, en representación de la mercantil Procovera S.L. Promotor y Propietario del referido Sector R-6.

    Atendido que el Artículo 30 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística (en adelante RHU) dispone que la inscripción de las cesiones obligatorias se efectuará por los siguientes títulos:

    "1.(...)En los supuestos de innecesariedad de reparcelación por pertenecer a propietario único o a varios pro indiviso la totalidad de las fincas que integran la unidad, o por renuncia de los propietarios al expediente reparcelatorio, con aceptación por la Administración de la localización del aprovechamiento, para la inscripción de los terrenos de cesión obligatoria se tramitará expediente en el que, al menos, se determinen las parcelas susceptibles de aprovechamiento y se describan las superficies que han de cederse obligatoriamente.

    (...)3. En los demás casos se requerirá que conste el acuerdo de los titulares registrales con la Administración actuante, formalizado en acta administrativa de la que expedirá la certificación correspondiente, en los términos previstos en el artículo 2 de este Reglamento, o en escritura pública.

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    4. En las resoluciones, actas o escrituras mencionadas, podrán llevarse a cabo las segregaciones o modificaciones hipotecarias que procedan, para la determinación registral de la finca que es objeto de cesión."

    Visto el informe jurídico municipal emitido, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente

    ACUERDO

    Primero.- Aceptar la cesión gratuita y obligatoria efectuada por el Sr. Don Baltasar Perelló Flores, en representación de la mercantil Procovera S.L. de las fincas que se describen:

    A) “Urbana.- Porción de terreno, en la Urbanización “El Palmeral”, situada en los pagos denominados indistintamente por Balsica, Balsica del Pardo y Alcaná, término de Vera, con una superficie de una hectárea sesenta y dos áreas, setenta y seis centiareas, nueve decímetros cuadrados, que linda: Norte, María García Giménez de Cisneros; Sur, caminos de la Fuente y del Alcaná; Este, Rambla del Algarrobo, camino de La Fuente y María García Giménez de Cisneros; y Oeste, la finca registral número 525, Juan Alonso y camino del Alcaná. Además linda por todos los vientos con parcelas segregadas y vendidas a “Procovera S.L.”, a la Entidad “Arquatro S.L.” y a José Cano García.

    Ubica en el Sector R-6 de las Normas Subsidiarias de Vera.

    Esta finca en su mayor parte está ocupada por calles.

    Es el resto que queda de la siguiente:

    Urbana.- Porción de terreno, en la Urbanización “El Palmeral”, situada en los pagos denominados indistintamente por Balsica, Balsica del Pardo y Alcaná, término de Vera, con una superficie de dos hectáreas, setenta y cuatro areas, sesenta y ocho centiareas, que linda: Norte, María García Giménez de Cisneros; Sur, caminos de la Fuente y del Alcaná; Este, Rambla de Algarrobo, camino de La Fuente y María García Giménez de Cisneros; y Oeste, la finca registral número 525, Juan Alonso y camino del Alcaná. Ubica en el Sector R-6 de las Normas Subsidiarias de Vera.

    Inscripción: Registrada al tomo 697, libro 117 de Vera, folio 86, finca número 8.115, inscripción 1ª”

    B) “Urbana.- Porción de terreno, en el pago del Algarrobo, término de Vera, con una superficie de mil setecientos noventa y cuatro metros cuadrados, que linda: Norte, una calle, Procovera S.L. y Rambla del Algarrobo; Sur, otra calle, Diego López Caparrós y Francisco Martínez; Este, porciones segregadas de esta finca vendidas a Procovera S.L., con calle; y Oeste, Diego López Caparrós; linda además, con calles abiertas en esta finca, con la porción segregada y vendida a “Recreamatic S.L.”.

    Ubica en el Sector R-6 de las Normas Subsidiarias de Vera.

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    Esta finca en su mayor parte está ocupada por calles.

    Es el resto que queda, de la siguiente:

    Urbana.- Porción de terreno, en el pago del Algarrobo, término de Vera, de cabida ochenta y cinco areas, seis centiareas, que linda: Norte, Diego López Caparrós y Rambla del Algarrobo; Sur, Diego López Caparrós y Francisco Martínez; Este y Oeste, Diego López Caparrós. En la actualidad sus recientes y más exactos linderos son: Norte, una calle, Procovera S.L. y Rambla del Algarrobo; Sur, otra calle, Diego López Caparrós y Francisco Martínez; Este, Francisco Barón Martínez, Diego López Caparrós y Procovera S.L.; y Oeste, Francisco Martínez y Diego López Caparrós. Ubica en el Sector R-6 de las Normas Subsidiarias de Vera.

    Inscripción: Registrada al tomo 672, libro 113 de Vera, folios 155 y 155 vuelto, finca número 7.778, inscripciones 3ª y 4ª.”

    Las referidas fincas registrales aportadas, forman las siguientes parcelas de resultado, tras la ejecución del planeamiento (Plan Parcial de Ordenación del Sector R-6), que son las que se adquieren por la Corporación Municipal y han de ser objeto de inscripción en el Registro de la Propiedad:

    PARCELA ZV-1 ADJUDICATARIO AYUNTAMIENTO DE VERA (100%) DESCRIPCIÓN Parcela en el Término Municipal de Vera, (Almería), sita en el Sector R-6, destinada a uso de Espacios Libres, Ordenanza 17 de las NN. SS. de Vera, de quinientos tres metros cuadrados de superficie total (503 m2) de superficie total, sin edificabilidad. Linda, según referencias contenidas en el Plan Parcial: Norte: Calle Camino de Alcaná Sur: Hermanos López Soler Este: Prolongación Calle Hermanos Machado Oeste: Pedro Fernández Silvente TÍTULO Adjudicación al Excmo. Ayuntamiento de Vera, en pleno dominio y en virtud de su derecho por aprobación definitiva del Plan Parcial del Sector R-6. CARGAS Y GRAVÁMENES Libre de cargas y gravámenes INSCRIPCIÓN Se solicita del Sr. Registrador se inscriba la finca descrita como finca nueva e independiente. PARCELA ZV-2 ADJUDICATARIO AYUNTAMIENTO DE VERA (100%) DESCRIPCIÓN

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    Parcela en el Término Municipal de Vera, (Almería), sita en el Sector R-6, destinada a uso de Espacios Libres, Ordenanza 17 de las NN. SS. de Vera, de trescientos treinta y seis metros cuadrados de superficie total (336 m2) de superficie total, sin edificabilidad. Linda, según referencias contenidas en el Plan Parcial: Norte: Parcela 10 del Sector R-6 Sur: Calle Camino de Alcaná Este: Calle Hermanos Machado Oeste: Parcela de Espacios Libres del Sector R-9 TÍTULO Adjudicación al Excmo. Ayuntamiento de Vera, en pleno dominio y en virtud de su derecho por aprobación definitiva del Plan Parcial del Sector R-6. CARGAS Y GRAVÁMENES Libre de cargas y gravámenes INSCRIPCIÓN Se solicita del Sr. Registrador se inscriba la finca descrita como finca nueva e independiente. PARCELA ZV-3 ADJUDICATARIO AYUNTAMIENTO DE VERA (100%) DESCRIPCIÓN Parcela en el Término Municipal de Vera, (Almería), sita en el Sector R-6, destinada a uso de Espacios Libres, Ordenanza 17 de las NN. SS. de Vera, de quinientos treinta y ocho metros cuadrados de superficie total (538 m2) de superficie total, sin edificabilidad. Linda, según referencias contenidas en el Plan Parcial: Norte: Calle Adrián Leonés Sur: Calle Camino de Alcaná Este: Parcela 3 del Sector R-6 Oeste: Parcela 2 del Sector R-6 TÍTULO Adjudicación al Excmo. Ayuntamiento de Vera, en pleno dominio y en virtud de su derecho por aprobación definitiva del Plan Parcial del Sector R-6. CARGAS Y GRAVÁMENES Libre de cargas y gravámenes INSCRIPCIÓN Se solicita del Sr. Registrador se inscriba la finca descrita como finca nueva e independiente. PARCELA ZV-4 ADJUDICATARIO AYUNTAMIENTO DE VERA (100%) DESCRIPCIÓN Parcela en el Término Municipal de Vera, (Almería), sita en el Sector R-6, destinada a uso de Espacios Libres, Ordenanza 17 de las NN. SS. de Vera, de dos mil novecientos treinta y nueve metros cuadrados (2.939 m2) de superficie total, sin edificabilidad. Linda, según referencias contenidas en el Plan Parcial:

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    Norte: Calle Camino de Alcaná Sur: Calle Salida Algarrobo – Avenida de la Palmera Este: Calle Camino de la Ribina Oeste: Prolongación Calle Hermanos Machado TÍTULO Adjudicación al Excmo. Ayuntamiento de Vera, en pleno dominio y en virtud de su derecho por aprobación definitiva del Plan Parcial del Sector R-6. CARGAS Y GRAVÁMENES Libre de cargas y gravámenes INSCRIPCIÓN Se solicita del Sr. Registrador se inscriba la finca descrita como finca nueva e independiente. PARCELA ZV-5 ADJUDICATARIO AYUNTAMIENTO DE VERA (100%) DESCRIPCIÓN Parcela en el Término Municipal de Vera, (Almería), sita en el Sector R-6, destinada a uso de Espacios Libres, Ordenanza 17 de las NN. SS. de Vera, de mil cuatrocientos cuarenta y ocho metros cuadrados (1.448 m2) de superficie total, sin edificabilidad. Linda, según referencias contenidas en el Plan Parcial: Norte: Calle Rambla Sur: Calle Camino de la Ribina y Parcela 9 del Sector R-6 Este: Calle Camino de la Ribina Oeste: Parcela 9 del Sector R-6 TÍTULO Adjudicación al Excmo. Ayuntamiento de Vera, en pleno dominio y en virtud de su derecho por aprobación definitiva del Plan Parcial del Sector R-6. CARGAS Y GRAVÁMENES Libre de cargas y gravámenes INSCRIPCIÓN Se solicita del Sr. Registrador se inscriba la finca descrita como finca nueva e independiente. EQUIPAMIENTO GENÉRICO ADJUDICATARIO AYUNTAMIENTO DE VERA (100%) DESCRIPCIÓN Parcela en el Término Municipal de Vera, (Almería), sita en el Sector R-6, destinada a uso de Equipamiento, Ordenanza 16 de las NN. SS. de Vera, de mil ochocientos treinta y seis metros cuadrados (1.836 m2) de superficie total, y edificabilidad de dos mil setecientos cincuenta y cuatro metros cuadrados (2.784 m2) de edificabilidad. Linda, según referencias contenidas en el Plan Parcial: Norte: Calle Manuel de Falla Sur: Parcela 10 del Sector R-6

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    Este: Calle Hermanos Machado Oeste: Parcela de Equipamiento del Sector R-9 TÍTULO Adjudicación al Excmo. Ayuntamiento de Vera, en pleno dominio y en virtud de su derecho por aprobación definitiva del Plan Parcial del Sector R-6. CARGAS Y GRAVÁMENES Libre de cargas y gravámenes INSCRIPCIÓN Se solicita del Sr. Registrador se inscriba la finca descrita como finca nueva e independiente. VIARIO ADJUDICATARIO AYUNTAMIENTO DE VERA (100%) DESCRIPCIÓN Parcela en el Término Municipal de Vera, (Almería), sita en el Sector R-6, destinada a uso de Red Viaria y Aparcamientos, de nueve mil seiscientos metros cuadrados (9.600 m2) de superficie total, que se corresponden con las calles denominadas C/ Hermanos Machado, C/ Mateo Núñez, C/ Diego Céspedes, C/ Mariana Pineda, C/ Manuel de Falla, C/ Adrián Leonés, y ensanches de las calles C/ La Rambla, Camino de Alcaná y Camino de la Ribina. TÍTULO Adjudicación al Excmo. Ayuntamiento de Vera, en pleno dominio y en virtud de su derecho por aprobación definitiva del Plan Parcial del Sector R-6. CARGAS Y GRAVÁMENES Libre de cargas y gravámenes INSCRIPCIÓN Se solicita del Sr. Registrador se inscriba la finca descrita como finca nueva e independiente.

    Segundo.- Afectar estos terrenos a los usos especificados en cada una de las fichas anteriormente transcritas, de acuerdo con lo previsto en el planeamiento general, y clasificarlos como bienes de dominio y uso público, según lo establecido en la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.

    Tercero.- Facultar el Alcalde para que, asistido del Secretario, firme el acta de cesión correspondiente y otorgue el documento descrito en los Arts. 6 y 7 del Decreto 1093/1997, de 4 de julio, siendo los gastos originados de cuenta del propietario cedente, procediendo a la inscripción del mismo en el Registro de la Propiedad en la forma que establece el citado Reglamento.”

    Seguidamente, por el Sr. Presidente se abre debate, sin que nadie solicite intervenir, por cuyo motivo, se somete el punto a votación, dictaminando la Comisión Especial de Cuentas e Informativa Permanente de Hacienda, Personal y Régimen Interior, por cuatro votos a favor (4 Grupo P.A.) y dos abstenciones (1 Grupo PSOE y 1 Grupo P.P), de los

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    seis Concejales asistentes de los siete que integran la Comisión, informar favorablemente y proponer al Pleno la aprobación de la propuesta de dictamen que ha sido anteriormente transcrita.” Tras lo anterior, por el Sr. Alcalde se abre debate en el Pleno, sin que nadie solicite intervenir, por cuya razón, directamente se somete el punto a votación, acordando el Pleno por catorce votos a favor (10 Grupo P.A y 4 Grupo PSOE), y una abstención (1 Grupo P.P.), de los quince Concejales asistentes, de los diecisiete que integran la Corporación, con el quórum de la mayoría absoluta legal, aprobar, en sus propios términos, el dictamen del cual anteriormente se ha dado cuenta. B) PARTE DE CONTROL DEL EQUIPO MUNICIPAL DE GOBIERNO. PUNTO CINCO.- DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DICTADAS POR LA ALCALDIA-PRESIDENCIA EN CUMPLIMIENTO DEL ART. 42 DEL R.O.F.

    En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, dé se cuenta al Pleno de las Resoluciones dictadas por esta Alcaldía-Presidencia, desde la número 731/2007 de fecha de 22 de noviembre de 2007, hasta la número 70/2008 de fecha 17 de enero de 2008, y ello con el fin de que, como se indica el precepto indicado, los Sres. Concejales conozcan el desarrollo de la Administración Municipal, a los efectos del control y fiscalización de los órganos de gobierno.

    Abierto turno de intervenciones, por el Sr. Concejal del Grupo municipal PSOE, D. Manuel Nieto García, se solicita ampliación de información con respecto al contenido del Decreto 750/2007 de fecha 28 de noviembre. La citada ampliación de información es facilitada por el Sr. Portavoz del Grupo municipal Andalucista y Concejal Delegado de Urbanismo, D. Francisco Vázquez Soler, señalando que se trata de la generación de créditos como consecuencia del ingreso por la cifra de 360.666,99 euros, correspondiente al reparto de beneficios habidos durante el ejercicio económico de 2006, por la gestión de la empresa mixta municipal CODEUR. Continúa en el uso de la palabra el Sr. Portavoz Andalucista, haciendo notar, que CODEUR es una empresa mixta municipal, donde el capital social en un 51% pertenece al Ayuntamiento, siendo la finalidad de su creación, la gestión del Plan Especial de Infraestructuras de la zona costera de Vera, teniendo que decir, que esta experiencia del Ayuntamiento de Vera, está siendo seguida por otros muchos Ayuntamientos tanto de la Comunidad Andaluza como fuera de ella. En su opinión, la labor que está realizando CODEUR resulta excelente, ya que el Ayuntamiento no ha tenido que aportar en metálico nada y ahora se puede apreciar que recibe 360.000 euros en beneficios para las arcas municipales y en definitiva para los ciudadanos de Vera. Buena gestión, realizando grandes infraestructuras y creando puestos de trabajo, siendo por donde se quiera ver, una actuación de este Equipo de gobierno muy positiva. En este punto, con la autorización del Sr. Alcalde, toma la palabra el Sr. Portavoz del Grupo municipal PSOE, D. Pedro Fernández Céspedes, el cual resalta, que con el tema de CODEUR hay un debate pendiente y que desea mantener, cuando todos los datos e demás instrumentos necesarios. Se congratula de que el Ayuntamiento perciba beneficios de su participación del 51% del capital, debiendo significar que todavía no están aprobadas

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    las Cuentas de 2006, donde se podrán discutir los datos económicos de la empresa. Lo cierto es, que se oye hablar mucho de esta empresa mixta, en Vera y varios municipios de la zona, y sobre el tema en fechas próximas se tendrá que debatir. A continuación, previa autorización de la Alcaldía, el Sr. Concejal de Hacienda perteneciente al Grupo P.A., D. Pedro Jesús García Caparrós, toma la palabra, para precisar que las cuentas de CODEUR, si las tiene la Oposición, a través de la Cuenta General del año 2006, que ya ha sido estudiada por la Comisión Especial de Cuentas. Se apunta por D. Pedro Fernández Céspedes, que él se ha referido, a que la Cuenta General de 2006, todavía no ha sido debatida en el seno del Pleno. Termina D. Francisco Vázquez Soler, manifestando, que la empresa mixta no es algo inventado por el Ayuntamiento de Vera, siendo cierto, de que se trata de un gran instrumento de ayuda en la gestión municipal, reiterando, que en la experiencia de Vera, están interesados grandes Ayuntamientos de diversas provincias españolas. Decir, que se trata un instrumento muy válido que está al servicio de la Corporación municipal. Tras lo anterior y sin ninguna otra intervención, el Pleno se da por enterado del contenido de las Resoluciones adoptadas por la Alcaldía, a que se ha hecho referencia anteriormente. PUNTO SEIS.- MOCIONES NO RESOLUTIVAS DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACION.

    En la presente sesión, no se presentan Mociones no resolutivas a conocimiento del Pleno municipal, por parte de ninguno de los Sres. Portavoces, de los tres Grupos Políticos de la Corporación. PUNTO SIETE.- MOCIONES DE URGENCIA SI LAS HUBIERE

    En la presente sesión, no se presenta Moción alguna para su examen por el trámite de urgencia, a conocimiento y resolución del Pleno municipal, por parte de ninguno de los Sres. Portavoces de los tres Grupos Políticos que forman la Corporación.

    PUNTO OCHO.- RUEGOS Y PREGUNTAS.

    1.- Por parte de la Sra. Concejala del Grupo municipal P.P. Dª. Francisca de los Angeles Caparrós Cervantes, se interroga, para cuando está previsto que se inauguren las instalaciones del nuevo campo de fútbol. Se contesta por el Sr. Alcalde, D. Félix López Caparrós, que se están dando los últimos retoques a los trabajos, estando previsto que las instalaciones puedan inaugurarse en la primera semana de febrero y que el C.D. Vera, dispute en el nuevo campo su primer partido oficial con motivo de la visita del líder del Grupo IX de Tercera División, Roquetas Club de Fútbol, el próximo día 10 de febrero. 2.- Por el Sr. Portavoz del Grupo municipal PSOE, D. Pedro Fernández Céspedes, se pone de manifiesto, que quiere preguntar directamente al Sr. Alcalde, con motivo de la ejecución de la sentencia que ordenaba la demolición de la vivienda propiedad de la

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    familia Prior, qué es lo que ahora piensa hacer el citado Alcalde, una vez que, como primera medida se ha adoptado la de facilitar un techo por razones humanitarias, actuación con la que están de acuerdo, puesto que, en este tema, su Grupo muestra su predisposición a colaborar y ayudar en cuanto sea posible a la familia afectada. Pero aparte de esta primera actuación de carácter humanitario, a su juicio hay que hacer algo más, y ello tanto para reparar la situación grave de tipo familiar creada y por otro lado, también, para responder a la alarma social, inquietud en las calles, temor entre los propietarios de otras casas que se encuentran en situaciones similares, ya que, se sabe que hay otros procesos judiciales abiertos, si bien el PSOE, no tiene el dato exacto de cuantas viviendas están amenazadas de una posible demolición. En definitiva, el Alcalde tiene que decir con claridad al pueblo, que es lo que piensa hacer sobre este tema el día de mañana. Se responde por el Sr. Alcalde, D. Félix López Caparrós, que lo que hará mañana, es trabajar para impedir que una situación injusta como la padecida se vuelva a repetir e igualmente, para reparar de la mejor forma el gran error cometido, con una familia, como la Prior, perfectamente integrada en nuestra sociedad. Por ello, se vienen haciendo las necesarias actuaciones, para que cuenten a la mayor brevedad con un techo, habiendo gestionado ya la posibilidad de la cesión de una vivienda en el Plan Parcial de la Media Legua. Desde otra perspectiva, se sigue trabajando con los asesores jurídicos del Ayuntamiento, para aclarar esta situación, generada, insiste, por el grave error cometido por la Junta de Andalucía, con la demolición ejecutada por la misma de una vivienda en el paraje La Loma de Vera. A continuación, se cede el uso de la palabra al Sr. Portavoz del Grupo municipal P.A. y Concejal Delegado de Urbanismo, D. Francisco Vázquez Soler, quién señala, que con respecto a este tema, quiere poner de manifiesto una serie de consideraciones, produciéndole en principio una sensación de interna desazón, que sea el propio Portavoz del Grupo PSOE, el que aluda a la situación de la familia Prior, cuando ha sido la Junta de Andalucía, regentada por su Partido, la que, en un acto de “chulería”, ha procedido a la demolición de la vivienda, que contaba con una licencia legal, que cumplía todos los parámetros establecidos en las vigentes NN.SS. de Vera, habiéndose cebado la Junta, con una familia inglesa, con un matrimonio de jubilados británicos de 75 años. En su opinión, la acción de la Junta de Andalucía, no “tiene nombre”, entendiendo que los Poderes Públicos han de ser ecuánimes y así, si las leyes están para cumplirlas, ¿qué está haciendo la Comunidad Autónoma con las más de 100.000 viviendas que se cree que existen ilegales en toda Andalucía?. No hay más que recordar situaciones como la de la Axarquía malagueña, la costa gaditana, etc. ¿Qué ha hecho con el hotel de El Algarrobico? ¿Qué hace con las viviendas de la comarca del Almanzora en esta misma provincia de Almería? Son zonas todas ellas gobernadas por Alcaldes del PSOE, donde se ha construido en zonas no urbanizables, en muchísimas ocasiones, incurriendo en responsabilidades de índole penal, por acciones en contra de la ordenación del territorio. En línea con lo anteriormente expuesto, puede mostrar al Pleno, la publicación en el diario “El Mundo” del pasado 17 de enero, donde se alude a que la Junta de Andalucía, “cambia de criterio”, en cuanto a la demolición de viviendas declaradas ilegales en Marbella, planteamiento totalmente diferente al que ha mantenido en el caso de Vera, donde se ha cubierto de gloría, con el “acto de hombría” de derribar la vivienda de unos jubilados ingleses. Por otra parte, qué gran ayuda y que forma más inteligente de contribuir al arreglo de la situación económica, siendo evidente que la Junta de Andalucía “está preocupada”, por solucionar la grave crisis económica y situación de ruina que está

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    afectando al mundo de la construcción, donde día tras día, se aprecian unos datos que verdaderamente asustan, haciendo inviables los proyectos de inversión. Vemos pues, que no han tenido “pantalones”, ni a tirar el “Algarrobico” ni una sola vivienda en Marbella y vienen y se ceban con Vera, un sitio de Almería, provincia en la que se sabe que existen miles de viviendas ilegales, y porque un juez interpretó que podría haber un “núcleo de población” en una zona donde existen 25 casas en más de 60 hectáreas de terreno, no resultando aceptable tal empeño en demoler. Recordar, que el Ayuntamiento, en cumplimiento de la sentencia, declaró nula la licencia, y la Administración Autonómica, ha mantenido una abogada para que semana tras semana, insistiese ante el órgano judicial, para que se repusiese la realidad física, mediante la demolición del inmueble, ya que el Ayuntamiento, en ningún caso iba a derribar la casa, y ello por un acto de pura conciencia, al no incumplirse las NN.SS. y cumplir todos los parámetros legales para construir en el campo antes de la publicación de la LOUA. Por lo tanto, ha sido la Junta de Andalucía, la que, en un acto de arrogancia y chulería ha tirado abajo la casa, para hacer daño a una gente, que ha venido aquí para crear riqueza y puestos de trabajo. Las consecuencias de este tipo de política, ya se están viendo, siendo muy grandes las amenazas para el mantenimiento de los puestos de trabajo, incidiendo muy negativamente en las expectativas del pueblo llano y trabajador. En definitiva, se ha cubierto de “gloria” la Junta con el derribo, y se constata con los titulares de prensa como el diario “Expansión” del jueves pasado: “los británicos huyen de las costas españolas”, y no es precisamente con el “castigo” a unos jubilados ingleses, como se ayuda a crear riqueza y puestos de trabajo. Ha sido claramente un derribo “político”, lo que no consiguen en las urnas, lo quieren lograr por otros medios, debiendo manifestar su más profundo rechazo a esta forma de actuar, diciendo “no” a la prepotencia y “no” a los derribos con tintes políticos, cómo el que se ha efectuado en Vera. Nuevamente, solicita y se concede el uso de la palabra al Sr. Portavoz del Grupo municipal PSOE, D. Pedro Fernández Céspedes, quién resalta, que el Equipo de gobierno no sabe hacer otra cosa, que echar la culpa a los demás en todos aquellos temas que no les salen bien. No es esa la forma correcta de actuar, debiendo dar la cara en tales supuestos. Reiterar, que no están a favor de la desgracia de nadie, pero hay que ser rigurosos y ceñirse a los hechos, para que todo el mundo pueda conocer la verdad. Desde este punto de vista, resulta evidente que el Alcalde y su equipo de Concejales en marzo de 2003, conceden una licencia urbanística, cuando la Junta de Andalucía había emitido un informe desfavorable. Sabían lo que hacían, cuando aprobaban un proyecto cuando ya la Administración Autonómica se había pronunciado en contra. A raíz de tal hecho fundamental, se produce un procedimiento judicial, que da lugar a una sentencia firme que hay que ejecutar. Estos son los hechos puntuales, dando frío escuchar al Sr. Portavoz Andalucista y Concejal de Urbanismo. La pieza clave de todo, es la concesión de una licencia urbanística, con informe desfavorable del Ente autonómico, si bien el mismo no es vinculante, pero si pone de manifiesto una cosa evidente: que la licencia no se ajustaba al art. 46 de las NN.SS. de Vera. El Equipo de gobierno, hace caso omiso a la recomendación de la Junta, y por lo tanto, son ellos los responsables únicos de haber dado esa licencia. Todo esto es lo que ha ocurrido, pero desde la situación que se ha originado a partir del derribo, y por esa responsabilidad del actual Equipo de gobierno, a juicio del Grupo PSOE, deberían realizarse dos cosas:

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    - Por una parte, no esperar a las peticiones de los abogados de la familia Prior, sino, que, de oficio, abrir un expediente de responsabilidad patrimonial, al objeto de resarcir a la citada familia de los perjuicios sufridos y a partir de aquí, proceder a la indemnización que corresponda, sin necesidad de abrir sobre este tema un proceso judicial que puede durar más de cinco años.

    Sobre el hecho del derribo, cabe recordar, que la Junta de Andalucía procede a la demolición, ante la negativa del Alcalde, como era su obligación, a ejecutarlo, desobedeciendo hasta tres veces lo ordenado por el Juzgado, que tiene que recurrir, en vía de auxilio judicial, porque carece de instrumentos materiales, a la Administración Autonómica, al constatar, que una y otra vez, el Alcalde hace oídos sordos, siendo sancionado económicamente por desobedecer y ello por otro expediente de demolición en situación similar. Ante tal circunstancia, se insta por el Juzgado a la Junta de Andalucía, a ejecutar la sentencia y dicha Administración, no puede hacer otra cosa distinta que obedecer y prestar el auxilio solicitado.

    - La segunda cosa que haría, prosigue el Sr. Portavoz Socialista, sería convocar una sesión de Pleno, incluso instalando medios técnicos para la mayor difusión, para informar a todos los ciudadanos de Vera, sobre todos los pormenores que inciden en el tema de las viviendas que están afectadas por posibles demoliciones en ejecución de sentencias judiciales. En este sentido, tiene que señalar, que al parecer, no tenía noticias sobre el problema la propia familia Prior, comenzando a conocer del tema en los primeros meses del año 2006, cuando comienzan a dictarse actos por el Juzgado, al objeto de hacer efectiva la demolición. Según la información que está recogiendo, se han dado una serie de circunstancias muy desfavorables para la citada familia, que tampoco han estado informadas ni asesoradas de forma suficiente para afrontar tan importante materia. No pide que nadie se perjudique por sus casas y lo que si pide es legalidad, que se informe a los Prior de todos los pormenores, cómo existe un informe desfavorable de la Junta de Andalucía, un proceso judicial que origina una sentencia, que es preciso ejecutar, para que la legalidad sea respetada. Por todas estas razones, considera necesaria que se convoque este Pleno y que se informe a todos los ciudadanos, de los detalles y circunstancias que han concurrido, ya que, de alguna manera, se ha creado un cierto estado de alarma social, que no tiene porqué existir y se corrige explicando con claridad las cosas, antes de ponerse al frente de plataformas cívicas o movimientos similares, alentados o patrocinados por el propio Ayuntamiento, que no contribuye, como auspicia la propia legislación local, al mantenimiento de la tranquilidad de los ciudadanos, por la cual el Alcalde ha de velar.

    En respuesta a la intervención anterior del Grupo municipal PSOE, toma, con la

    autorización del Sr. Alcalde, la palabra de nuevo el Sr. Portavoz Andalucista D. Francisco Vázquez Soler, el cual resalta, que no ha aludido en ningún momento a la actuación judicial, teniendo que decir, que acata la sentencia que fue emitida, si bien no comparte la misma, y ello, porque, el argumento nuclear, tanto del informe desfavorable de la Junta, como la sentencia posterior del Juzgado de lo Contencioso, se fundamenta en un concepto, la posibilidad de riesgo de núcleo de población, que no se da en la realidad. El Sr. Portavoz Socialista, ha indicado que se ha incumplido el art. 46 de las NN.SS. de Vera, y tal artículo lo que regula, son las condiciones que de cumplirse, impiden la formación de un núcleo de

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    población, esto es, parcela mínima de 10.000 m2, retranqueo de 10 metros a linderos y de 50 metros a la edificación más próxima. Todas, estas condiciones, las cumple la casa de la familia Prior, que, desde la perspectiva del Equipo de gobierno y de los propios técnicos municipales es perfectamente legal. La realidad de tales datos, no quiere decir, que van a eludir cualquier tipo de responsabilidad, pero sí que es un hecho cierto, que la Junta de Andalucía recurrió esta licencia que se ajustaba a las NN.SS. de Vera, cosa que no hizo en otros muchos pueblos, donde tal vez, tal situación de legalidad, de cumplir el planeamiento municipal, no se daba ¿es esto discriminación? En su opinión, no hay duda alguna, bastando con contrastar las noticias que surgen a diario y lo que es público y notorio, como el caso de el hotel de El Algarrobico o las construcciones de miles de viviendas en el Almanzora sin respetar normativa urbanística alguna. Toda estas razones le llevan a pensar, que la Junta de Andalucía es fuerte con los débiles y con los fuertes es débil. No se puede decir, que la familia Prior no estaba bien informada, puesto que, hay presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y otro frente al auto de demolición ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Andalucía, por lo que, en última instancia se pidió que no se ejecutase la sentencia hasta que tales recursos no estuviesen resueltos. Precisar, que el Ayuntamiento no denuncia a nadie, siendo la Junta de Andalucía, la que no les da traslado de la sentencia y su ejecución y ellos recurren al Tribunal Constitucional por indefensión, cosa que no se ha tenido en cuenta por la propia Junta, ya que, había que hacerse la “foto”, porque están próximas las elecciones. A ver, si en supuesto flagrantes de ilegalidad, como el chalet de un famosísimo actor en Málaga, tienen “pantalones” a ejecutar el derribo, estando además el inmueble en zona verde. No es el caso que nos ocupa, de construcción de vivienda en suelo no urbanizable, el más grave y atentatorio contra la legalidad urbanística, de las 100.000 construcciones ilegales que se cree que existen en Andalucía, ni tampoco un supuesto de viviendas en paraje natural, como se dan en otros municipios cercanos, como el caso de Carboneras, pertenecientes al Parque de Cabo de Gata. Ha tenido que “cebarse” la Junta de Andalucía, con un matrimonio de jubilados ingleses, con un proyecto de vivienda del año 2002, antes de entrar en vigor la LOUA, que se ajusta a las NN.SS. de Vera, y que contaba con todos los informes de los técnicos favorables. Se ha tratado, a su juicio, de una pura medida política, porque el Ayuntamiento de Vera, no es de la “onda” de la Junta de Andalucía, y porque no han querido, determinados miembros de este Equipo de gestión andalucista, plegarse a las numerosas exigencias, para que entrasen a formar parte del PSOE, integrándose en dicho Partido.

    Tras lo anterior, toma la palabra el Sr. Alcalde, D. Félix López Caparrós, quien alude en primer lugar, a la expresión vertida por el Sr. Portavoz del Grupo PSOE, acerca de que tiene que “dar la cara”, teniendo que decir, que se ha dado siempre y desde el principio y ello por una razón muy clara: porque tiene que rebelarse ante las situaciones de injusticia, precedidas además en el asunto que se está debatiendo, por un cúmulo de comportamientos narcisistas que vienen a enlodar lo que deberían ser unas relaciones de lealtad entre todas las instituciones públicas. Si recordamos el camino seguido por el expediente, apreciamos que se inicia en el año 2002, donde se solicita información urbanística, sobre posibilidad de construir en suelo rústico, una casa en el campo, lo que se conoce como vivienda rural. Se informa sobre las condiciones para construir: parcela mínima de 10.000 m2, retranqueos a linderos de 10 metros y 50 metros de retranqueo a las viviendas colindantes más próximas. Son estos los requisitos que establecen las NN.SS. de Vera, para que no exista posibilidad alguna de generarse un núcleo de población en suelo

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    rústico, debiendo apuntar, que la casa que nos ocupa, estaba además, a más de 100 metros de la más próxima. Cumpliendo estos requisitos que son constatados por los técnicos municipales, el Alcalde no puede negarse, antes de entrar en vigor la LOUA, a dar la licencia, porque entonces podría cometer prevaricación y es por ello, por lo que no se aprecia inconveniente de clase alguna para conceder la licencia de obras. Se pide el informe, que se exige en la tramitación de viviendas de tipo rural, a la Comisión Provincial de Urbanismo, que lo emite en sentido desfavorable basándose en el “posible riesgo” de formación de núcleo de población. El Ayuntamiento disiente de este criterio, no siendo el informe vinculante, ya que considera, que en modo alguno puede hablarse de núcleo de población, puesto que, como se ha demostrado con el tiempo, no existen vías urbanas, redes de saneamiento, recogida de basura, etc, que son servicios propios de los núcleos urbanos. Efectivamente, como se ha apuntado, está sancionado con 150 euros por desobedecer al Juez. Cuando por el Juzgado se dicta sentencia, se admite el fallo judicial y por eso se procede a la anulación de la licencia, no compartiendo el criterio, sustentado igualmente por el órgano judicial, acerca del “posible riesgo” de formación de núcleo, precisamente porque existe un conocimiento real, efectivo, de que en el paraje de La Loma no existe núcleo alguno. Se acepta por lo tanto el fallo, pero no se comparte, ya que, aplicando la regulación de las NN.SS. de Vera, la licencia es legal, la casa es legal, no incumple normativa urbanística alguna. Para cumplir la sentencia, se decide proceder a la anulación de la licencia, considerando que la construcción, porque es legal, podría permanecer como edificación declarada “fuera de ordenación”, o acogerse, a alguno de los varios instrumentos urbanísticos, que existen para regularizar este tipo de situaciones, posibilidad que le ha sido planteada y tiene conocimiento la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y la Dirección General de Inspección Urbanística de la misma Consejería.

    A pesar de todas las actuaciones anteriores, prosigue el Sr. Alcalde, la Junta de Andalucía exige al Juzgado, que el cumplimiento de la sentencia no es la anulación de la licencia, que es lo que contiene el fallo judicial, sino, que tal pronunciamiento conlleva y es sinónimo de la demolición de la edificación, cosa que, efectivamente, se le ordena a la Alcaldía que lleve a efecto y por no haberla realizado se incoan diligencias judiciales por posible desacato, siendo verdad, que en conciencia, moralmente, no puede ejecutar una demolición, cuando se cumplen las NN.SS. de Vera, se ve que la construcción es legal, y que verdaderamente no se ha generado ningún núcleo de población. Pero lo cierto es, que la Junta, emprende a través de los servicios de su letrada en Almería, una auténtica “cruzada” ante el Juzgado de lo contencioso, para hacer efectiva la demolición, con aportación de fotografías, escritos indicando que no se ha demolido la construcción, y ello semana tras semana, en un claro empecinamiento por lograr tal objetivo. Por este Alcalde se ha dicho, que no le gustaría que se tiraran viviendas en ningún sitio, y ha planteado soluciones a la Junta de Andalucía, como la posible regularización a través de los instrumentos de los Planes Generales de Ordenación. Así lo ha hecho en alguna ocasión la propia Junta, como ha sido el caso del acuerdo alcanzado para regularizar 9.000 viviendas en la Axarquía malagueña, donde sí verdaderamente se han dado casos bastantes graves de ilegalidad urbanística, lo que no se puede decir de esta casa, que cumple las NN.SS., y no puede afirmarse que era un supuesto de ilegalidad urbanística. La presión de la Junta ante el Juzgado, lleva a la consecuencia, de la petición de autorización para efectuar el derribo, subrogándose en la posición del Ayuntamiento de Vera, a partir de cuyo momento, la demolición pasa a la responsabilidad de la Administración Autonómica, habiéndose dado

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    una serie de circunstancias que también resultan anómalas, como por ejemplo, que el Alcalde, se entera por casualidad que el derribo estaba señalado para el día 9 de enero de 2008, gracias a la información que le facilita un medio de comunicación a partir del mediodía del día 8 de enero, siendo palpable y constatable este desconocimiento. Tras recabar la asistencia de la Sra. Asesora jurídica y Secretario de la Corporación, a través de la intervención de un aparejador del Area de Urbanismo, se confirma que efectivamente el derribo afectaba a familia Prior, contactando de forma inmediata con sus abogados, los cuáles confirman la veracidad de la noticia, de la cual habían sido notificados el día 19 de diciembre de 2007, estando señalada la demolición para el día 9 de enero a partir de las 10 de la mañana. La referida notificación a los abogados de la familia, en la parte que afecta al Ayuntamiento de Vera, tiene salida de Sevilla el día 28 de diciembre y llega a las oficinas municipales el día 11 de enero a última hora, es decir, dos días después del derribo, siendo registrada de entrada el día 14 de enero. Por fax, a instancia de la Alcaldía ante la Inspección General de Urbanismo de la Junta de Andalucía, se comunica al Ayuntamiento a las 14,48 horas del día 8 de enero, sin apenas tiempo material para adoptar las medidas que hubieran resultados precisas para afrontar la grave cuestión planteada. En el poco tiempo disponible, se realizaron multitud de gestiones, para paralizar la demolición, contactándose con el Delegado de Obras Públicas, que expresó incluso su más fuerte indignación, en el sentido de que existen hoteles de 5 estrellas en Marbella construidos en zona verde y la Junta no tiene el valor de demolerlo, lo que sí que hace con la casa de Vera.

    Por lo demás, lo que si tiene claro este Alcalde, es que ha sido el fuerte y constante insistir de la Junta, la “persecución política” al Ayuntamiento de Vera, lo que ha hecho que la casa finalmente sea demolida. Con tales afirmaciones, no quiere justificar nada, y vuelve a reiterar, que si la vivienda hubiese sido ilegal y la licencia se hubiese otorgado con informes desfavorables, ya no estaría en este momento aquí. Pero su postura consiste, en hacer frente a la situación que se ha creado, para ayudar a la familia Prior, para reparar, como ya ha dicho, la injusticia y el error grave que se ha cometido. Por todos estos motivos, el Director General de Inspección Urbanística, insistía en que no quería que acudiesen medios de comunicación, y estos medios acudieron y comprobaron que esta casa no era ningún motivo grave de ilegalidad urbanística, que allí no hay núcleo alguno de población, no existiendo urbanización de ningún tipo, que se trataba de una vivienda rural aislada, no dándose las causas por las que se había impugnado por la Junta la licencia. Se ha tratado en definitiva, de una “demolición política”, una medida totalmente desproporcionada, que ha tenido una enorme repercusión, perjudicando claramente al turismo inglés, al haberse generado una grave sensación de inseguridad jurídica. Aquí nunca ha existido un núcleo de población, habiéndose cumplido la ley y las NN.SS. de Vera, produciéndose un incalculable daño a la imagen turística no sólo del Levante almeriense, sino en general de España, al haberse planteado el tema en el Parlamento Europeo, que ha pedido un informe a la Junta de Andalucía, estando pensando el Ayuntamiento emitir otro en su caso, cuyo contenido sería muy diferente al aportado por la Consejería de Obras Públicas.

    Conforme a lo que se viene exponiendo, decir una vez más, que este Alcalde no ha parado ni parará, de trabajar por estas familias. El mismo día 9 de enero, a las ocho de la mañana, se personó ante el Juzgado, para manifestar que su presencia se justificaba por razones de humanidad, para evitar la demolición prevista para tres horas después, o por lo menos para su aplazamiento, existiendo recursos que no han sido resueltos. En tal gestión también se estuvo comentando las posibilidades y sistemas de legalización, que hubieran

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    permitido que la casa se hubiese salvado. Se ha dado una situación de injusticia, ya que se trata de un proyecto, limpio, transparente, respetuoso con las NN..SS. No ha mencionado a otros municipios, pero no se puede olvidar el dato, de que en Andalucía hay más de 100.000 viviendas ilegales, estando afectados por este problema muchos municipios de la Comunidad Autónoma, donde sí que se ha dado la predisposición de la Junta de Andalucía, para mirar para otro lado. Aquí, reitera una vez más, se ha dado una persecución por el color político del Ayuntamiento de Vera, lo cual no va a hacer otra cosa, que darle alas para seguir trabajando, ya que se sienten apoyados, por los muchos testimonios de solidaridad que han recibido, multitud de apoyos políticos, que le ayudan a no descansar, a perseverar, estando convencidos de que se trabaja por esas familias y por la legalidad. Se tiene conocimiento de que hay muchas sentencias firmes, sobre viviendas ilegales en bastantes municipios, donde se está estudiando si hay un atisbo, una posibilidad o una vía abierta a través del Plan General, para que las viviendas puedan legalizarse y no sean demolidas y este sentido nadie oirá nunca una acusación a un compañero Alcalde. En el caso de la familia Prior, se ha cometido un grave error y una injusticia aún mas grave, siendo cierto, que se ha dado una situación de agravio, ya que la propia Junta de Andalucía, está pidiendo que no se ejecuten sentencias firmes, tratándose de una especie de “cachondeo”, de en unos caso sí, en otros no. En este municipio, se está haciendo un desarrollo controlado y con rigor, alegrándose de que los medios de comunicación, pudiesen comprobar en el acto del derribo, que no existía núcleo alguno de población. El próximo domingo, habrá un acto de apoyo a la familia Prior en la Plaza Mayor de Vera, concentración convocada por el partido de los Ciudadanos Europeos por Mojácar (CEM), donde este Alcalde estará presente, pidiendo a todos los ciudadanos que acudan a mostrar su solidaridad. Ha sido una injusticia, un error grave y nunca podrán decir que este Alcalde, ha ordenado ejecutar una demolición. Lo que hay que hacer, es promocionar el desarrollo de la zona, que vengan a instalarse aquí todos los que quieran, integrándose en esta sociedad, donde siempre se está para representar los intereses de los vecinos. El Equipo de gobierno, está estudiando las soluciones y medidas para ayudar a la familia Prior, para que puedan vivir con dignidad en Vera, debiendo reiterar una vez más que por parte del Alcalde siempre se da la cara, en todos los problemas que se plantean.

    3.- Por parte del Sr. Portavoz del Grupo municipal PSOE, D. Pedro Fernández

    Céspedes, se interroga al Equipo de gobierno, por qué no se ha informado hace tiempo a los vecinos que resultan afectados, de la publicación de la propuesta de un Parque Comarcal previsto dentro del denominado Plan de Ordenación del Area del Levante Almeriense (POTALA), que se ha realizado en el BOJA. Con esta forma de actuar, no puede creer en las afirmaciones del Alcalde, acerca de su amor y cariño a Vera, ya que es un tema que conocen desde hace ya tiempo y no han informado de ello a todos los interesados. Sobre esta cuestión, al parecer, el pasado lunes se mantuvo una reunión por parte del Sr. Concejal de Urbanismo, a petición de los vecinos, donde parece ser dicho Concejal tenía escaso conocimiento del tema. Decir, que con este deficiente actuar del Equipo de gobierno, una cosa positiva como es el POTALA, que contempla una inversión de cerca de 1.000 millones de euros para toda la comarca del Levante, queda viciado en cierta manera porque no se ha explicado a una parte de los ciudadanos de Vera, la forma en que les afecta el Plan y que la redacción del mismo se encuentra en una fase inicial. En consecuencia, se tenía que haber informado a su tiempo, porque el Equipo de gobierno, dispone desde hace tiempo del proyecto y no esperar a que los ciudadanos tengan que

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    enterarse por otras vías. Está claro que no existe obligación legal de llamarlos, pero si de verdad es cierto que existe ese amor y cariño, se tenía que haber hecho, al objeto de explicar bien las cosas, al igual que ha ocurrido en otros supuestos, que sí se ha contado con la participación de los vecinos. Puntualizar, que hay situaciones con un planteamiento inicial, pero que pueden ser negociadas, ya que nadie tiene la última palabra, debiendo tener también en cuenta, que por encima del Ayuntamiento de Vera, hay otras Administraciones Públicas que también cumplen su función. En definitiva, nadie se tiene que alarmar con el tema del Parque Comarcal, ya que es una previsión inicial, que puede terminar con una configuración distinta, todo ello desde la consideración, de que el POTALA, en general es bueno y positivo y va a servir para traer riqueza a la Comarca. Para contestar, el Sr. Alcalde, D. Félix López Caparrós, concede el uso de la palabra al Sr. Concejal Delegado de Urbanismo y Portavoz del Grupo P.A., D. Francisco Vázquez Soler, el cual comenta en primer lugar, que el tema de los 1.000 millones de euros, tampoco es tan decisivo, ya que el 50% de tal inversión corresponde a las obras del AVE, que están proyectadas desde hace varios años y nada tiene que ver con el POTALA, puesto que, las obras de todas maneras han de ejecutarse. Entrando ya en el tema del referido Plan Subregional, hay que decir, que el Equipo redactor que ha sido contratado por la Consejería de Obras Públicas, no se ha dignado a visitar a ninguno de los Ayuntamientos de la Comarca, y esto es algo, que lo puede preguntar el Sr. Portavoz Socialista a todos los Alcaldes implicados, que verdaderamente, están en muchísimos aspectos, muy disgustados con este tema, habiendo expresado ya, que dentro de plazo, se van a presentar alegaciones al contenido del POTALA, de forma conjunta por parte de la Mancomunidad y de manera individualizada por cada Ayuntamiento. Decir también, que por el Ayuntamiento de Vera, también se han preparado alegaciones y se ha facilitado información a los vecinos, para que participen en las reclamaciones en aquello que les pueda afectar. En lo que respecta al tema del Parque Comarcal, aludir a que el mismo está hecho sin cabeza, impidiendo el desarrollo lógico del municipio de Vera, lo que implica también una seria contradicción, con la “filosofía” de planeamiento que desde hace muchos años viene “vendiendo” la Consejería de Obras Públicas, acerca de que el crecimiento de las poblaciones ha de ser compacto. El documento, fue igualmente debatido hace 3 o 4 semanas en la Mancomunidad de municipios, y lo cierto es, que a nadie gusta los contenidos del POTALA y así se están llegando a acuerdos para presentar conjuntamente 22 o 23 alegaciones, ya que todos los pueblos resultan afectados de forma negativa, concluyéndose, que con su redacción actual, el POTALA, prácticamente no sirve para nada. Reiterar, que los vecinos han tenido y tienen la posibilidad de hacer sus alegaciones, las cuáles van a estar reforzadas, por las que en idéntico sentido, se harán por parte del Ayuntamiento de Vera y la Mancomunidad de Municipios, estando perfectamente coordinada la actuación que se hará con respecto a esta materia. Señalar por otra parte, que recientemente se ha suscrito un Convenio de Colaboración entre la Consejería de Obras Públicas y el Alcalde de Vera, para la promoción de 350 viviendas de VPO, y el proyecto está previsto ejecutarlo, donde se ha diseñado el Parque Comarcal, considerando que hasta la misma Consejería, se contradice a sí misma. Por todo ello estima, que el POTALA está redactado con los pies, criterio que se corrobora, por el hecho cierto de que no se ha visitado por los técnicos redactores, Ayuntamiento alguno de la Comarca, de lo que se deriva, que son los propios Ayuntamientos los primeros que han expresado su protesta. Manifestar, que no existe ninguna situación de alarma social, ya que nos encontramos dentro del periodo de

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    alegaciones y el Equipo de gobierno está en la solución del problema, trabajando de forma coordinada con los vecinos, a quiénes se ha informado del modo de hacer las alegaciones, insisitendo, que, con su actual contenido, el POTALA significa un serio perjuicio para los intereses del municipio de Vera. De nuevo con la autorización del Sr. Alcalde, toma la palabra el Sr. Portavoz Socialista, el cual pone de relieve, que no resulta creíble lo afirmado por el Sr. Concejal de Urbanismo, acerca de que se lleva trabajando en el tema desde hace tiempo, cuando en la reunión mantenida el lunes 21 de enero, se advirtió que no tenía ni idea de que se proponía un Parque Comarcal. Y si es verdad que hace dos o tres semanas hicieron otras alegaciones, no entiende porque no se hizo la relativa al Parque Comarcal. Está de acuerdo, en que efectivamente, el contenido del POTALA, de alguna forma debe limarse, debiendo tener en cuenta que nos encontramos ante un primer boceto, donde cualquier iniciativa que se plantee puede tener cabida. Si se niega esta posibilidad, lo único que puede haber son, como se está comprobando, reacciones esperpénticas, no resultando de recibo que el Equipo de gobierno se niegue sistemáticamente a asumir aunque sea tan sólo “una” responsabilidad. Aquí se ha dado, que no han informado, que no conocen el tema, que no han planteado alternativa alguna, debiendo interrogar si tienen prevista alguna zona de reserva para un gran parque, alguna planificación diferente al ladrillo sobre ladrillo, que es lo hasta ahora vienen haciendo. Nuevamente con la autorización del Sr. Alcalde, hace uso de la palabra el Sr. Portavoz Andalucista y Concejal de Urbanismo, poniendo de manifiesto, que las alegaciones que se presentan por los Ayuntamientos, son en representación de los intereses de sus respectivos vecinos y ciudadanos. En este sentido, prácticamente todos los municipios del Levante, van a formular sus reclamaciones, existiendo coincidencia, en que la responsabilidad de los deficientes contenidos del POTALA, recaen exclusivamente en la Junta de Andalucía, que es la que ha formulado el Plan. Se trata de algo muy serio, no resultando aceptable que para la redacción del Plan, el Equipo redactor no haya contactado con los municipios afectados. A tal situación, se responde con la presentación de alegaciones, que en definitiva, vienen a poner de manifiesto las alternativas que plantean los respectivos Ayuntamientos, tras los oportunos estudios y el necesario asesoramiento de los Servicios técnicos. En definitiva, se está trabajando de forma correcta, no existiendo ningún tipo de alarma social, y reforzando toda la materia relativa a las alegaciones, de forma conjunta y unánime por los 13 pueblos de la Mancomunidad, lo cual es todo un espaldarazo a las reclamaciones de los vecinos, que, en primer lugar, tienen el apoyo de su Ayuntamiento. Lo que resulta imprescindible, a su juicio, es que el Equipo redactor acuda a los Ayuntamientos, conozca realmente el medio físico, lo que evitaría muchos problemas, siendo ya tres los documentos que se han presentado del Plan Subregional que se está comentando, lo que indica, que se va cambiando una y otra vez. Por lo tanto, van a plantearse una serie de alegaciones, que la Consejería de Obras Públicas ya se ha comprometido a discutir con los Ayuntamientos, siendo necesario efectivamente limar asperezas en esta materia, resaltando una vez más, que los Alcaldes y Equipos de gobierno del Levante, no están contentos con el POTALA, y debiendo ratificar, que los vecinos que se ven afectados por el Parque Comarcal diseñado en el municipio de Vera, se encuentran bien defendidos por el Equipo municipal de gobierno.

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    4. Por el Sr. Portavoz del Grupo municipal PSOE, D. Pedro Fernández Céspedes, se pone de manifiesto, que en el último Pleno celebrado, por su Grupo se presentó una iniciativa, a la cual se hizo caso omiso por el Equipo de gobierno. Hacer notar, que no era una iniciativa de contenido político o de crítica a la gestión, lo que se proponía con la creación de la denominada “cuenta tributaria local”, siendo su finalidad de naturaleza técnica, para facilitar el cumplimiento de las obligaciones económicas de los ciudadanos con el Ayuntamiento de Vera, permitiéndose la posibilidad de fraccionar los pagos. Es una propuesta razonable, y más en tiempos en que previsiblemente se va a pasar mal, con lo cual, se debería haber tomado en consideración, aunque hubiese sido con otra forma de redacción si así se estimaba conveniente. Al hilo de lo anteriormente expuesto, han advertido que en la sesión de la Junta de Gobierno Local de fecha 7 de noviembre, se aprueba el fraccionamiento en 5 plazos de la cifra de 3.353 euros, en concepto de derechos económicos derivados de expediente de concesión de licencia urbanística. Por todo lo expuesto, que viene a confirmar que la necesidad de la propuesta presentada por el Grupo PSOE, tiene que interrogar, por el motivo de que se tome en consideración la solicitud de una familia de que se fraccionen sus pagos y no se tiene en cuenta al resto de ciudadanos, como se preveía en la Moción sobre creación de la cuenta tributaria local. Para responder, por el Sr. Alcalde, se cede el uso de la palabra al Sr. Concejal Delegado de Urbanismo y Portavoz del Grupo municipal P.A. D. Francisco Vázquez Soler, quién pone de manifiesto, que en el asunto comentado por el Sr. Portavoz Socialista, hay que contar, además del propio Ayuntamiento, con el en