PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN DE … Criterios de Inspeccion Sanitaria... · 3° 8° Establece la...

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1. Ley General de Pesca y Acuacultura sustentable

2. NOM-030-PESC-2000

3. Módulo de Consulta de Requisitos Sanitarios Acuícolas para Importación

4. Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la SAGARPA a través del SENASICA

Fundamento Legal

Fracciones Reguladas por la SAGARPA

434 FITO 454 ZOO 15 ACUÍCOLA

Modificación en el DOF el 03 de septiembre de 2012

Fracciones Reguladas por la SAGARPA

490 FITO

Maíz

Frijol

Trigo

Sorgo

495 ZOO

Grasas animales

Carne de Porcino

Leche en Polvo

Carne de Bovino

176 ACUÍCOLA

Camarón

Acuerdo publicado en el DOF el 30 de julio de 2007

Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la SAGARPA a

través del SENASICA

3° 8°

Establece la clasificación y codificación de las especies acuáticas, sus productos y subproductos, productos biológicos, químicos, farmacéuticos o alimenticios para uso o consumo de dichas especies, cuya introducción a territorio nacional esta sujeta al cumplimiento de lo señalado en el Modulo de requisitos para la importación de especies acuáticas, conforme a lo señalado en el punto 8° de este acuerdo.

Los importadores de las mercancías listadas en el 3° punto de este acuerdo deberán comprobar ante el personal oficial de la DGIF, en el punto de entrada al país previo al despacho aduanero, el cumplimiento de los Requisitos para Importacion de Especies Acuaticas. La comprobación del cumplimiento de estos requisitos será mediante la revisión documental y/o inspección física de las mercancías previstas en el punto 3° De dar cumplimiento se emitirá el Certificado de Sanidad Acuícola para Importación

Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la SAGARPA a través del SENASICA

• DOF del 30 de Junio de 2007: se regulaban 15 fracciones arancelarias • DOF 03 de Septiembre de 2012: se regulan 176 fracciones arancelarias

Importación Comercial para Mercancías Agropecuarias, Acuícolas y Pesqueras a través de

la VDMCE

PROCEDIMIENTO GENERAL DE REGISTRO DE TRAMITES EN VDMCE

I. Recepción del Tramite

I. Revisión Documental

I. Inspección Física

I. Certificación

PROCEDIMIENTO GENERAL DE REGISTRO DE TRAMITES EN VDMCE

ingresar al portal de VDMCE www.ventanillaunica.gob.mx

ingreso de Funcionarios a VU

Etapa I.- Recepción del trámite

Se selecciona el folio a trabajar dando doble “clic”

1502200200320155908000094

Se verifican todas las pestañas de la solicitud, para cotejo de la información capturada. Debe coincidir con la documentación

Etapa II.- Revisión Documental

Etapa II.- Revisión Documental

Revisar el Certificado de

Sanidad

Revisar Requisitos de

Sanidad Acuícola para

Importación

Etapa II.- Revisión Documental

¿Cumple con la Revisión

Documental?

Realiza requerimiento

Cumple con el requerimiento

Genera dictamen de Rechazo documental

Genera dictamen de Aceptado Firma el dictamen

Genera dictamen de Aceptado

Firma el Dictamen SÍ

NO

NO

Firma el dictamen

A. Solicitar el acuse de inspección física y los documentos originales en caso de aplicar

B. Cotejar que los documentos originales correspondan con los que se adjuntaron en VDMCE

C. Al momento de la inspección debe estar presente el usuario o su representante legal (Agente Aduanal) u otro que se asigne para tal efecto

Consideraciones al iniciar con la inspección física:

1. Revision de la mercancia en un Punto de Verificacion Autorizado

1. Desconsolidación del 100% del embarque

1. Mercancía en pallets (tarimas madera o plástico)

1. Empaques y cajas nuevas y limpias

1. Espacio entre pallets que permita realizar la verificación de datos en las cajas

1. Verificacion de datos estampados las cajas o etiquetas. Deben corresponder con los declarados en la documentación presentada para la importación

Etapa III.- Inspección Física

6. Que corresponda mercancia con el producto declarado en la documentación

6. Que se encuentre en la presentación declarada (fresco o refrigerado, enhielado, congelado, seco, etc.)

6. Que al realizar el análisis organoléptico se encuentre en buenas condiciones (sin signos de materiales extranos, contaminantes, descomposición y/o presencia de endoparásitos)

6. Para la inspección de productos destinados al consumo animal (pescado entero o en partes) o acuicultura (alimentos balanceados), la inspección del producto se realiza en el mismo cuarto frío y los productos destinados al consumo humano se inspeccionan en el laboratorio

6. Las mesas de laboratorio se desinfectan antes y después de la inspección de productos acuícolas

Etapa III.- Inspección Física

Solicitar y verificar los documentos

originales

verificar datos impresos en cajas

y/o etiquetas

Inspección del producto

análisis organoléptico

¿Cumple en la inspección física?

Genera dictamen de Aceptado

Firma del dictamen

Genera dictamen de Rechazado

Firma del dictamen

NO

FIN

FIN

Etapa III.- Inspección Física

¿Cumple en la inspección física?

Toma y envío de muestras y elaboración de AGCC

Espera de resultados por parte del laboratorio

autorizado

Genera dictamen de Rechazado

Firma el dictamen

NO

Cuando requiere toma de muestra y AGCC

FIN

Retorno Destrucción

Etapa III.- Inspección Física

ENTREGA DE MUESTRA AL REPRESENTANTE DEL LABORATORIO AUTORIZADO

Derivado de la Inspección Física

Toma de muestra

Derivado de la Inspección Física Levantamiento de AGCC (en caso de requerirse)

Toma y envío de muestras

y elaboración de AGCC

Resultados de laboratorio

Resultado NEGATIVO, se

dictamina Aceptado Firma el dictamen

Resultado POSITIVO, se

dictamina Rechazado

Firma el dictamen

Etapa III.- Inspección Física Cuando requiere toma muestra y AGCC

FIN

FIN

De resultar negativo a enfermedades de importancia cuarentenaria, se programa la visita al lugar de resguardo. El Oficial verifica la integridad del embarque.

Derivado del levantamiento del AGCC

Liberación del AGCC

Si al momento de la visita, el oficial no percibe ninguna anomalía, procede a elaborar el acta de “liberación” de la mercancía, documento con el que el usuario podrá disponer de la mercancía

En caso de detectarse cualquier eventualidad, se levanta Acta de Hechos Circunstanciada

Etapa IV.- Certificación

Cumpliendose la Inspección Documental y Física de la mercancía y otras disposiciones como toma de muestras y levantamiento de AGCC, se genera el Certificado de Sanidad Acuícola para Importación

ACCIÓN FINAL

ACCIÓN PREVENTIVA

OPCIÓN DEL USUARIO

DGIAAP

Retorno

País de O - P

se coloca fleje al camión y se queda en

el PVIZI Conduccion hacia la

Aduana de Exportación

Se agenda la salida al menos dos días antes

Cocción

70°C - 5 min.

Se coloca Fleje.

En planta certificada por la SAGARPA

Cocción en presencia de personal de

SENASICA

Se elabora Acta Circunstanciada de

Hechos

Negativa

Se coloca fleje.

La SAGARPA por conducto del SENASICA

Procederá a realizarlos a costa del obligado

Opciones en caso de rechazo por resultado positivo a enfermedades de

importancia cuarentenaria

D. en C. Rubén Gaona López Jefe de la OISA Tijuana, B. C.

ruben.gaona@senasica.gob.mx

oisatijuana@senasica.gob.mx

otijuana@yahoo.com.mx

otijuana@gmail.com