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NIC 12
IMPUESTO A LA RENTA
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OBJETIVO P1
El objetivo de esta norma es prescribir el tratamiento contable del impuesto a las ganancias. El principal problema al contabilizar el impuesto a las ganancias es cómo tratar las consecuencias actuales y futuras de:
a) la recuperación (liquidación) en el futuro del importe en libros de los activos (pasivos) que se han reconocido en el estado de situación financiera de la entidad; y
b) las transacciones y otros sucesos del periodo corriente que han sido objeto de reconocimiento en los estados financieros.
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OBJETIVO P1
Tras el reconocimiento, por parte de la entidad que informa, de cualquier activo o pasivo, está inherente la expectativa de que recuperará el primero o liquidará el segundo, por los valores en libros que figuran en las correspondientes partidas.
Cuando sea probable que la recuperación o liquidación de los valores contabilizados vaya a dar lugar a pagos fiscales futuros mayores (menores) de los que se tendrían si tal recuperación o liquidación no tuviera consecuencias fiscales, la presente Norma exige que la entidad reconozca un pasivo (activo) por el impuesto diferido, con algunas excepciones muy limitadas.
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OBJETIVO P1
Esta Norma exige que las entidades contabilicen las consecuencias fiscales de las transacciones y otros sucesos de la misma manera que contabilizan esas mismas transacciones o sucesos económicos. Así, los efectos fiscales de transacciones y otros sucesos que se reconocen en el resultado del periodo se registran también en los resultados.
Para las transacciones y otros sucesos reconocidos fuera del resultado (ya sea en otro resultado integral o directamente en el patrimonio), cualquier efecto impositivo relacionado también se reconoce fuera del resultado (ya sea en otro resultado integral o directamente en el patrimonio).
De forma similar, el reconocimiento de los activos por impuestos diferidos y pasivos en una combinación de negocios afectará al importe de la plusvalía que surge en esa combinación de negocios o al importe reconocido de una compra en condiciones muy ventajosas.
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OBJETIVO P1
Esta Norma también aborda el reconocimiento de activos por impuestos diferidos que aparecen ligados a pérdidas y créditos fiscales no utilizados, así como la presentación del impuesto a las ganancias en los estados financieros, incluyendo la información a revelar sobre los mismos.
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Esta Norma se aplicará en la contabilización del
impuesto a las ganancias.
Esta Norma no aborda los métodos de contabilización
de las subvenciones del gobierno (véase la NIC 20) ,
ni de los créditos fiscales por inversiones. Sin
embargo, la Norma se ocupa de la contabilización de
las diferencias temporarias que pueden derivarse de
tales subvenciones o deducciones fiscales.
ALCANCE p4
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Resultado Contable es la utilidad neta o pérdida de
un período antes de deducir el gasto tributario.
Utilidad tributaria (pérdida tributaria) es la utilidad
(pérdida) de un período, que ha sido determinada de
conformidad con las normas establecidas por la
autoridad tributaria y sobre la cual se produce un
impuesto a la renta por pagar (por recuperar).
DEFINICIONES
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Gasto tributario (ingreso tributario) es el monto
total incluido en la determinación de la utilidad neta
o pérdida del período que corresponde al impuesto
corriente y al impuesto diferido.
Impuesto corriente es el monto del impuesto a la
renta por pagar (por recuperar) correspondiente a la
utilidad gravable (pérdida tributaria) de un período.
DEFINICIONES
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Pasivo tributario diferido es el monto del impuesto a
la renta por pagar en períodos futuros,
correspondiente a las diferencias temporarias
gravables.
Activo tributario diferido es el monto del impuesto a
la renta por recuperar en períodos futuros,
correspondiente a:
DEFINICIONES
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(a) las diferencias temporarias deducibles;
(b) las pérdidas tributarias no utilizadas; y
(c) los créditos tributarios no utilizados.
Diferencias temporarias son las diferencias entre el
monto de un activo o pasivo en el ESF, y su base
imponible. Las diferencias temporarias pueden ser:
DEFINICIONES
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(a) diferencias temporarias gravables son aquellas
diferencias temporarias que darán lugar a
montos gravables al determinar la utilidad gravable
(pérdida tributaria) de períodos futuros, cuando
el valor en libros del activo o pasivo se recupere o
liquide; o
DEFINICIONES
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(b) diferencias temporarias deducibles son aquellas
diferencias temporarias que darán lugar a
montos deducibles al determinar la utilidad
gravable (pérdida tributaria) de períodos
futuros, cuando el valor en libros del activo o
pasivo se recupere o liquide.
La base tributaria de un activo o pasivo es el monto
atribuido al respectivo activo o pasivo, con fines
tributarios.
DEFINICIONES
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Diferencias Temporarias vs
Diferencias Temporales
A
B
Diferencias Temporales
Diferencias Temporarias
B incluido en A
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G/P B/G
Gastos no deducibles Base contable y
e ingresos no gravables tributaria
MÉTODOS DEL PASIVO
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BASE TRIBUTARIA
Un vehículo de S/.10 mil para fines contables se está depreciando al 25% anual; sin embargo, para fines tributarios el límite es del 20% anual.
Por lo tanto, al término del primer año, el valor neto del vehículo será:
Valor Contable Valor Tributario
Valor del
vehículo 10,000 10,000
Depreciación del
año (2,500) (2,000)
7,500 8,000 500
Base contable Base Tributaria Diferencia Temporaria www.ClubdeContadores.com
Base Impuesto
Utilidad contable 150 45
Depreciación no deducible 40 12
Renta Imponible 190 57
MÉTODO DEL PASIVO DEL ESTADO
DE RESULTADOS
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Diferencia
Contable Tributario Temporaria
Costo 300 300
Dep. Acumulada (100) (60) 40
200 240
Capital 50 50
Resultado Acum. 150 190
200 240
30% 12
MÉTODO DEL PASIVO DEL ESTADO DE
SITUACION FINANCIERA
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BASE TRIBUTARIA p7
La base fiscal de un activo es el importe que será deducible de los beneficios económicos que, para efectos fiscales, obtenga la entidad en el futuro, cuando recupere el importe en libros de dicho activo. Si tales beneficios económicos no tributan, la base fiscal será igual a su importe en libros.
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BASE TRIBUTARIA p8
La base fiscal de un pasivo es igual a su importe en libros menos cualquier importe que, eventualmente, sea deducible fiscalmente respecto de tal partida en períodos futuros. En el caso de ingresos ordinarios que se reciben de forma anticipada, la base fiscal del pasivo correspondiente es su importe en libros, menos cualquier eventual importe que no resulte imponible en períodos futuros.
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Períodos Futuros
Base Base Pasivo Tributario Impuesto a la Renta
Contable Tributaria Diferido por Pagar
Base Base Activo Tributario Impuesto a la Renta
Contable Tributaria Diferido por Recuperar
ACTIVOS
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Períodos Futuros
Base Base Activo Tributario Impuesto a la Renta
Contable Tributaria Diferido por recuperar
Base Base Pasivo Tributario Impuesto a la Renta
Contable Tributaria Diferido por Pagar
Pérdidas Tributarias Activo Tributario Impuesto a la Renta
Arrastrables Diferido por Recuperar
PASIVOS
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Renta imponible
PARTICIPACIÓN DE LOS
TRABAJADORES
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IAS 19 Employee Benefits — Accounting for a statutory employee profit sharing arrangement The Committee received a request for
clarification of the accounting for a statutory employee profit-sharing arrangement that requires an entity to share 10 per cent of
profit, calculated in accordance with tax law (subject to specific exceptions), with employees. The Committee noted that although
such a statutory employee profit sharing arrangement calculates amounts to be payable to employees in accordance with tax law, it
meets the definition in IFRSs of an employee benefit and is required to be accounted for in accordance with IAS 19. The Committee
observed that any amounts that will be payable to, or receivable from, employees, relating to temporary differences between
accounting and taxable profit, similar to those defined in IAS 12 Income Taxes, relate to future services to be provided by the
employee. However, the Committee noted that the objective of IAS 19 is that an entity is only required to recognise a liability when
an employee has provided service, as reflected in the recognition requirements of paragraph 128 of IAS 19. The Committee noted
that the statutory employee profit-sharing arrangement described in the request should be accounted for in accordance with IAS 19,
and that IAS 19 provides sufficient guidance on amounts that should be recognised and measured, with the result that significantly
divergent interpretations are not expected in practice. Consequently, the Committee [decided] not to add this issue to its agenda.
IFRIC Update From the IFRS Interpretations Committee
September 2010
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Resolución CNC 046 3-2-2011
SE RESUELVE: Artículo 1°.‐ Reconocimiento de la participación de los
trabajadores. Precisar, que el reconocimiento de las participaciones de los
trabajadores en las utilidades determinadas sobre bases tributarias deberá hacerse de acuerdo con la NIC 19 Beneficios a los Empleados y no por analogía con la NIC12 Impuesto a las Ganancias o la NIC 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes.
Artículo 2°.‐ De la vigencia.‐ La presente Resolución entra en vigencia a partir del ejercicio 2011;
siendo opcional la aplicación en las empresas, en la presentación de sus estados financieros del ejercicio 2010.
Artículo 3°.‐ Disponer su difusión en la página Web del Ministerio de Economía y Finanzas:
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Reorganización
Gravar
No gravar IRD
Sin reorganización IRD
REVALUACIÓN
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Saldo Nuevo anterior Revaluación Saldo Costo 1,000 Depreciación 600 Activo fijo neto 400 400 800 Efecto en IR 120
REVALUACIÓN
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REGISTRO CONTABLE Activo fijo 400 IR diferido 120 Excedente de revaluación 280
REVALUACIÓN
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00 01 02 03 04 Costo 1,000 Revaluación 500 Dep. Costo 200 200 200 200 200 Dep. Rev. 100 100 100 100 100
REVALUACIÓN
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Al 31/12/02 Base Base Diferencia Contable Tributaria Temporarias Costo 1,000 1,000 Revaluación 500 0 1,500 1,000 Dep. Acum. Costo 600 600 Dep. Revaluac. 300 0 900 600 Neto 600 400 200
REVALUACIÓN
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Activos contabilizados por su valor razonable p20
Las NIIF permiten o requieren que ciertos activos se contabilicen a su valor razonable, o bien que sean objeto de revaluación (véanse, por ejemplo, la NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo, la NIC 38 Activos Intangibles, la NIC 40 Propiedades de Inversión y la NIIF 9 /NIC 39 Instrumentos Financieros). En algunas jurisdicciones, la revaluación o cualquier otra reexpresión del valor del activo a valor razonable afecta a la ganancia (pérdida) fiscal del periodo corriente. Como resultado de esto, se puede ajustar igualmente la base fiscal del activo, y no surge ninguna diferencia temporaria. En otras jurisdicciones, sin embargo, la revaluación o reexpresión de un activo no afecta a la ganancia fiscal del periodo en que una u otra se llevan a efecto, y por tanto no ha de procederse al ajuste de la base fiscal
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Activos contabilizados por su valor razonable p20
No obstante, la recuperación futura del importe en libros producirá un flujo de beneficios económicos imponibles para la entidad, puesto que los importes deducibles a efectos fiscales serán diferentes de las cuantías de esos beneficios económicos. La diferencia entre el importe en libros de un activo revaluado y su base fiscal, es una diferencia temporaria, y da lugar por tanto a un activo o pasivo por impuestos diferidos. Esto se cumple incluso cuando:
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Activos contabilizados por su valor razonable p20
a) la entidad no desea disponer del activo. En estos casos, el importe en libros del activo se recuperará mediante el uso, lo que generará beneficios fiscales por encima de la depreciación deducible fiscalmente en periodos futuros; o
b) se difiera el pago de impuestos sobre las ganancias, a condición de que el importe de la disposición de los activos se reinvierta en otros similares. En estos casos el impuesto se acabará pagando cuando se vendan los nuevos activos, o bien a medida que vayan siendo utilizados.
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RECONOCIMEINTO DE LOS PASIVOS Y ACTIVOS TRIBUTARIOS CORRIENTES
p12
El impuesto corriente del período corriente y de los anteriores debe reconocerse como un pasivo.
Si en tales períodos, el monto pagado excede al monto adeudado, dicho exceso debe reconocerse como activo.
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RECONOCIMEINTO DE LOS PASIVOS Y ACTIVOS TRIBUTARIOS DIFERIDOS
Toda diferencia temporaria gravable debe contabilizarse como pasivo tributario diferido p15.
Toda diferencia temporaria deducible debe contabilizarse como un activo tributario diferido, en tanto exista la probabilidad de que se generarán utilidades gravables contra las cuales se puede aplicar dichas diferencias p24.
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Diferencia temporarias gravable
Suficiente utilidad gravable futura
Planeamiento tributario
RECONOCIMIENTO DE ACTIVO
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PÉRDIDAS TRIBUTARIAS NO UTILIZADAS p34
Debe reconocerse un activo por impuestos diferidos, siempre que se puedan compensar, con ganancias fiscales de periodos posteriores, pérdidas o créditos fiscales no utilizados hasta el momento, pero sólo en la medida en que sea probable la disponibilidad de ganancias fiscales futuras, contra los cuales cargar esas pérdidas o créditos fiscales no utilizados.
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Suficientes diferencias temporarias gravables
Utilidad gravable prescripción de la
pérdida tributaria
Causas identificables probabilidad de
repetición
Planeamiento tributario
PÉRDIDAS TRIBUTARIAS
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DEPRECIACIÓN CONTABLE MENOR QUE LA TRIBUTARIA
Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5
Contable 100 100 100 100 100
Tributario 125 125 125 125
Utilidad sg. 1000 1000 1000 1000 1000
libros
Adic (ded) 0 0 0 0 0
Renta Impon. 1000 1000 1000 1000 1000
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DEPRECIACIÓN CONTABLE MAYOR QUE LA TRIBUTARIA
Cont. 125 125 125 125
Trib. 100 100 100 100 100
Utilidad 1,000 1,000 1,000 1,000 1,000
sg. libros
Adic.(deduc) 25 25 25 25 (100)
Renta imp. 1,025 1,025 1,025 1,025 900
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DIFERENCIA TEMPORARIA
Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5
Utilidad sg. Libro 1000 1000 1000 1000 1000
depreciación 25 25 25 25 (100)
Renta imponible 1025 1025 1025 1025 900
IR por pagar 307 307 307 307 272
IR NIC 12 300 300 300 300 300
IR diferido 7 7 7 7 (28)
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MEDICIÓN
Los pasivos (activos) tributarios corrientes deben ser valuados al momento que se espera pagar (o recuperar) a las autoridades tributarias p46.
Los activos (pasivos) tributarios diferidos deben ser valuados a la tasa impositiva que se espera aplicar en el período en que el activo se realice o el pasivo se liquide p47.
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Recuperación de Activos Subyacentes, emitido en diciembre de 2010.
Vigente 1-1-2012
Párrafos 51B, 51C
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Medición 51B
Si un pasivo por impuestos diferidos o un activo por impuestos diferidos surge de un activo no depreciable medido utilizando el modelo de revaluación de la NIC 16, la medición del pasivo por impuestos diferidos o del activo por impuestos diferidos reflejará las consecuencias fiscales de la recuperación del importe en libros del activo no depreciable mediante la venta, independientemente de la base de medición del importe en libros de ese activo.
Por lo tanto, si la norma fiscal especificara un tipo fiscal aplicable al importe tributable derivado de la venta de un activo, que fuese diferente del tipo fiscal aplicable al importe gravable que se derivaría del uso del activo, se aplicará el primer tipo en la medición del activo o pasivo por impuestos diferidos asociado con el activo no depreciable.
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Medición P51C
Si un activo o pasivo por impuestos diferidos surge de propiedades de inversión que se miden utilizando el modelo del valor razonable de la NIC 40, existe una presunción refutable de que el importe en libros de la propiedad de inversión se recuperará mediante la venta.
Por consiguiente, a menos de que la presunción sea refutada, la medición del pasivo por impuestos diferidos o activos por impuestos diferidos reflejará las consecuencias fiscales de la recuperación del importe en libros de la propiedad de inversión en su totalidad mediante la venta.
Esta presunción es refutada si la propiedad de inversión es depreciable y se mantiene dentro de un modelo de negocio cuyo objetivo es consumir sustancialmente todos los beneficios económicos incorporados en dicha propiedad de inversión a lo largo del tiempo, en lugar de mediante su venta. Si la presunción es refutada, se observarán los requerimientos de los párrafos 51 y 51A.
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Ejemplo ilustrativo del párrafo 51C
Una propiedad de inversión tiene un costo de 100 y un valor razonable de 150. Se mide utilizando el modelo del valor razonable de la NIC 40. Comprende un terreno con un costo de 40 y un valor razonable de 60 y un edificio con un costo de 60 y un valor razonable de 90. El terreno tiene una vida útil ilimitada.
La depreciación acumulada del edificio a efectos fiscales es de 30. Los cambios no realizados en el valor razonable de la propiedad de inversión no afectan a la ganancia fiscal. Si la propiedad de inversión se vende por más del costo, la reversión de la depreciación fiscal acumulada de 30 se incluirá en la ganancia fiscal y tributará a la tasa impositiva ordinaria del 30%. Para los ingresos por ventas que excedan al costo, la legislación fiscal especifica tasas impositivas del 25% de los activos mantenidos por un plazo inferior a dos años y el 20% para los activos mantenidos por dos años o más.
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Ejemplo ilustrativo del párrafo 51C
Dado que la propiedad de inversión se mide utilizando el modelo del valor razonable de la NIC 40, existe una presunción refutable de que la entidad recuperará el importe en libros de la propiedad de inversión en su totalidad mediante la venta. Si esa presunción no es refutada, el impuesto diferido reflejará las consecuencias fiscales de recuperar el importe en libros en su totalidad mediante la venta, incluso si la entidad espera obtener ingresos por arrendamiento procedentes de la propiedad antes de la venta.
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Ejemplo ilustrativo del párrafo 51C
La base fiscal del terreno si se vende es de 40 y existe una diferencia temporaria imponible de 20 (60-40). La base fiscal del edificio si se vende es de 30 (60-30) y existe una diferencia temporaria imponible de 60 (90-30). Como resultado, la diferencia temporaria imponible total relativa a la propiedad de inversión es de 80 (20+60).
De acuerdo con el párrafo 47, la tasa impositiva es la tasa esperada a aplicar en el periodo en que se realice la propiedad de inversión. Por ello, el pasivo por impuestos diferidos resultante se calculará de la forma siguiente, si la entidad espera vender la propiedad después de mantenerla por más de dos años: www.ClubdeContadores.com
Ejemplo ilustrativo del párrafo 51C Resumen
Tributario Edificio Terreno Total
Activo 60 40 100
Depreciación Acum. -30 0 -30
30 40 70
Contable
Activo 90 60 150
Depreciación Acum. 0 0 0
Dif Temporaria 60 20 80 www.ClubdeContadores.com
Ejemplo ilustrativo del párrafo 51C
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Ejemplo ilustrativo del párrafo 51C
Si la entidad espera vender la propiedad después de mantenerla por un plazo inferior a dos años, el cálculo anterior se modificaría para aplicar una tasa impositiva del 25% en lugar del 20%, a los ingresos deducido el costo.
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Ejemplo ilustrativo del párrafo 51C
Si, en su lugar, la entidad mantiene el edificio en un modelo de negocio cuyo objetivo es consumir sustancialmente todos los beneficios económicos incorporados en el edificio a lo largo del tiempo, en lugar de mediante la venta, esta presunción sería refutada para el edificio.
Sin embargo, el terreno no es depreciable. Por ello, la presunción de recuperación mediante la venta no sería refutada para el terreno. De ello se deduce que el pasivo por impuestos diferidos reflejaría las consecuencias fiscales de la recuperación del importe en libros del edificio mediante su uso y del importe en libros del terreno mediante la venta.
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Ejemplo ilustrativo del párrafo 51C
Si se utiliza el edificio, la base fiscal es 30 (60-30) y existe una diferencia temporaria imponible de 60 (90-30), dando lugar a un pasivo por impuestos diferidos de 18 (30% de 60).
Si se vende el terreno, la base fiscal es 40 y existe una diferencia temporaria imponible de 20 (60-40), dando lugar a un pasivo por impuestos diferidos de 4 (20% de 20).
Como resultado, si la presunción de recuperación mediante la venta es refutada para el edificio, el pasivo por impuestos diferidos relativo a la propiedad de inversión es de 22 (18+4).
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MEDICIÓN P53
Los activos y pasivos tributarios diferidos no deben ser descontados
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MEDICIÓN P56
El importe en libros de un activo por impuestos diferidos debe someterse a revisión al final de cada periodo sobre el que se informe.
La entidad debe reducir el importe del saldo del activo por impuestos diferidos, en la medida que estime probable que no dispondrá de suficiente ganancia fiscal, en el futuro, como para permitir cargar contra la misma la totalidad o una parte, de los beneficios que comporta el activo por impuestos diferidos.
Esta reducción deberá ser objeto de reversión, en la medida en que la entidad recupere la expectativa de suficiente ganancia fiscal futura, como para poder utilizar los saldos dados de baja.
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RECONOCIMIENTO DEL IMPUESTO CORRIENTE Y DIFERIDO p58
Los impuestos corrientes y diferidos, deberán reconocerse como ingreso o gasto, y ser incluirlos en el resultado, excepto en la medida en que hayan surgido de: a) una transacción o suceso que se reconoce, en el mismo
periodo o en otro diferente, fuera del resultado, ya sea en otro resultado integral o directamente en el patrimonio (véase los párrafos 61A a 65); o
b) una combinación de negocios (distinta de la adquisición por una entidad de inversión, tal como se define en la NIIF 10 Estados Financieros Consolidados, de una subsidiaria que se requiere medir al valor razonable con cambios en resultados) (véanse los párrafos 66 a 68).
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Concepto Base Impto.30% Base Impto.20% Utilidad Seg. Libros 1,000 300 1,000 200 Agregado (Deducción) 100 30 (100) 20 Renta imponible 1,100 330 900 180 DR DR CR I. Renta 310 200 IRD 20 20 Ir por pagar 330 180
CAMBIO DE TASA p60
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PRESENTACIÓN ACTIVOS Y PASIVOS TRIBUTARIOS
Presentación Separada de los otros activos y pasivos en el Estado de Situación Financiera (NIC 1 V/1-1-2009 P54).
No clasificar activos y pasivos tributarios diferidos como activos (pasivos) corrientes (NIC 1 V/1-1-2009 P56).
Compensación de activos y pasivos tributarios.
Compensación de activos y pasivos tributarias diferidos.
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Presentación - Compensación de Activos y Pasivos Corrientes p71
Se debe compensar activos tributarios corrientes con pasivos tributarios corrientes cuando la empresa:
Tiene derecho legal indiscutible de compensar los montos reconocidos.
Tiene la intención, ya sea de liquidar en base a un monto neto, o de realizar el activo y liquidar el pasivo simultáneamente.
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Presentación - Compensación de Activos y Pasivos Diferidos p74
Sólo se debe compensar cuando:
Tienen el derecho legal de compensar activos tributarios corrientes contra pasivos tributarios corrientes.
Los activos tributarios diferidos tienen relación con el impuesto a la renta regulado por la misma autoridad tributaria.
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Un cambio en la situación fiscal de una entidad o de sus accionistas no da lugar a incrementos o disminuciones en los importes reconocidos fuera del resultado. Las consecuencias fiscales corrientes y diferidas de un cambio en la situación fiscal deberán incluirse en el resultado del periodo, a menos que las consecuencias asociadas a transacciones y hechos que dieron lugar, en el mismo o diferente periodo, a un cargo o crédito directos en el importe reconocido del patrimonio o en el importe reconocido en otro resultado integral. Aquellas consecuencias fiscales que estén asociadas a cambios en el importe reconocido del patrimonio, ya sea en el mismo o en diferente periodo (no incluidas en el resultado), deberán cargarse o acreditarse directamente a patrimonio. Aquellas consecuencias fiscales que estén asociadas a importes reconocidos en otro resultado integral deberán reconocerse en otro resultado integral.
INTERPRETACIÓN SIC 25 – CAMBIOS EN
LA SITUACIÓN TRIBUTARIA DE UNA
EMPRESA O DE SUS ACCIONISTAS
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62
Caso 2
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63
Caso 2 Enunciado
• La Empresa Omega S.A. tiene sus Estados Financieros al 31-12-13 preparados de acuerdo a principios de contabilidad generalmente aceptados, que en el caso del Perú son las NIIF.
• Se analiza las operaciones registradas en el año 2013 y se encuentra las siguientes situaciones:
1. En el año 2013 la empresa ha cargado como gasto por desvalorización de existencias, por un montó de S/600,000 (según la NIC 2) pero al 31 de diciembre aun no ha sido destruido. Las existencias en libros al 31-12-13 eran 5’000,000.
2. La empresa tiene inversiones en acciones por S/6’000,000 clasificadas en la categoría de “Activos Financieros llevados a valores razonables a través de resultados” y S/12’000,000 también invertido en acciones pero clasificados como “Activos financieros Disponible para la venta”. Las inversiones son registradas tal como lo requiere la NIC 39 por lo tanto ambas inversiones son llevadas a valores razonables, en consecuencia la primera categoría de inversiones tuvo una perdida en el año 2013 de S/900,000 y la segunda categoría tuvo una perdida[1] de S/1’700,000 en el ejercicio presente.
3. En el año 2013 a reclasificado una maquinaria del rubro Propiedad planta y equipo al rubro Activos no corrientes disponible para la venta, el valor en libros de la maquinaria era S/3’300,000, el valor de venta era 2’200,000 y los gastos necesarios para poder vender la maquinara eran S/80,000. La empresa cumplió con todos los requisitos de la NIIF 5
4. La empresa a cargado como gasto del año 2013 sanciones administrativas fiscales por 1’150,000
• [1] Esta perdida no es deterioro
Caso 2
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64
Caso 2 Enunciado
• Información adicional
a)Por el año 2013 la empresa obtuvo una ganancia de S/9’000,0000 antes de impuestos y participaciones
b)Por el 2012 la empresa tuvo una perdida tributaria de S/1’000,000 cuyos efectos tributarios se registraron en el 2012 tal como lo establece la NIC 12. La única diferencia temporal que tenia la empresa al 31-12-12 era esta perdida tributaria.
c)La UIT para el 2013 es S/3,700
d)La empresa es industrial y tiene mas de 20 trabajadores.
e)La empresa aplica su perdida tributaria según el metodo A) es decir en un máximo de cuatro ejercicios
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65
Caso 2 Enunciado
• Se solicita: 1. Calcular el impuesto corriente
2. Calcular la participación de utilidades a pagar
3. Calcular las participación de utilidades que debe ir en el resultados del ejercicio.
4. Calcular el Impuesto a la renta debe ir en el resultado del ejercicio
5. Calcular el impuesto a la renta diferido que debe quedar al 31-12-13
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66
Valor de venta 2,200,000
Gastos para vender -80,000
Total 2,120,000
Valor en libros 3,300,000
Perdida 1,180,000
NIIF 5
SOLUCION
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67
Calculo del Impuesto Diferido al 31-
12-12
Base Base
Diferencia
de Participación
Imp a la
Renta Total
Contable Tributaria Bases Diferida Diferida
Ahorro por perdida Tributaria -300,000 Activo
Saldo Final Z -300,000
Activo
neto
Calculo del Impuesto Diferido al 31-
12-13
Base Base
Diferencia
de Participación
Imp a la
Renta Total
Contable Tributaria Bases Diferida Diferida
Existencias (activo - desvalorización) 5,000,000 5,600,000 -600,000 -180,000 -180,000 Activo
Activos financieros negociables 6,000,000 6,900,000 -900,000 -270,000 -270,000 Activo
Activos no corrientes disponible para
la venta 2,120,000 3,300,000 -1,180,000 -354,000 -354,000 Activo
Sub total 13,120,000 15,800,000 -2,680,000 0 -804,000 X -804,000
Activo
neto
Activos financieros disponible para la
venta 12,000,000 13,700,000 -1,700,000 -510,000 -510,000 Activo
Saldo Final -1,314,000
Activo
neto
Z - X 504,000
-1000,000 x 30%
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68
Punto del Tipo de
Enunciado diferencia Tributario
Utilidad antes de impuesto y participaciones 9,000,000
Desvalorizacion de cambio de existencias 1 T 600,000
Perdida de AF a VR por resultados 2 T 900,000
Perdida de AF a VR disponible para la venta 2 N/A 0
Perdida de Activos no Ctes disp para la venta 3 T 1,180,000
Sanciones administrativas fiscales 4 P 1,150,000
Sub total 12,830,000
Perdida Tributaria T -1,000,000
Sub Total 11,830,000
Participación de utilidades -1,183,000
Sub Total 10,647,000
Impuesto a la renta -3,194,100www.ClubdeContadores.com
69
Cargo Abono
62 Gasto Participación 1,183,000
88 Gasto Impuesto a la renta 2,690,100
41 Participaciones por pagar 1,183,000
40 Impuesto a la renta por pagar 3,194,100
37 Impuesto y participaciones diferido 504,000
4,377,100 4,377,100
37 Impuesto y participaciones diferido 510,000
563 Ganancia o perdida AF disp para la venta 510,000
1'700,000 x 30%
IR G&P = Impuesto cte. + - Impuesto diferido
2’690,100 = 3’194,100 – 504,000 www.ClubdeContadores.com
70
Saldo de Imp. diferido inicial 300,000
Activo
Neto
año 2013 IR 504,000
año 2013 Activos financieros disp vta 510,000
Saldo de Imp diferido final 1,314,000
Activo
Neto
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Caso Practico de Impuesto a
la Renta Diferido
NIC 12
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Enunciado Al cierre del ejercicio 2014 (ejercicio anterior) La Empresa Andromeda S.A.C. registró por efecto de la NIC 12 Impuesto a la Renta Diferido a partir de lo siguiente (diferencia de bases):
ACTIVO DIFERIDO S/.
Estimación de cobranza dudosa 74,668
Desvalorización existencias 316,386
Exceso de depreciación - Diferencia en tasas de depreciación 468,758
Vacaciones acumuladas no pagadas 73,003
PASIVO DIFERIDO
Intangible -
Ventas a plazos 180,000
Arrendamiento Financiero 290,653
Los S/468,758 se descompone de la siguiente forma:
1. Maquinaria y equipo 168,713 2. Muebles y enseres 45,678 3. Equipos diversos 254,367
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Enunciado Información:
1. La tasa de participación de trabajadores es del 10%.
2. La Compañía tiene cuentas por cobrar mayores a un año, razón por la cual la gerencia financiera de la empresa decide efectuar una estimación de cuentas incobrables cuyo monto asciende a S/. 187,480. Esta estimación no cumple los requisitos aun que son exigidos por la ley del impuesto a la renta.
3. Durante el ejercicio se efectuaron ventas al crédito en un plazo mayor a
un año S/.600, 000 cuyo costo de venta es del 40%. En este mismo período se realizó la cobranza del 100% de las ventas al crédito efectuadas el año anterior con el mismo margen bruto, como se detalla:
Detalle 2014 2,015
Venta a plazo 450,000 600,000
Costo (270,000) (240,000)
Utilidad 180,000 360,000
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Enunciado 4. La Compañía para el presente ejercicio cumple con los requisitos estipulados en la
Ley del Impuesto a la Renta para la destrucción de desmedros, la cual asciende a S/.
232,433. La gerencia financiera decide efectuar una estimación por desvalorización
de existencias por los desmedros del ejercicio la cual asciende a S/. 192,766.
5. La empresa aplica contablemente para los rubros de: maquinarias y equipos,
muebles y enseres y equipos diversos, tasas mayores a las permitidas
tributariamente. Por el ejercicio 2015 el exceso de depreciación asciende a S/.
745,038. Estos activos no forman parte del leasing .El detalle de los S/745,038 es
maquinaria y equipo S/325,743; muebles y enseres 75,666; equipos diversos
S/343,629.
5. En el año 2013 la empresa celebra un contrato de Arrendamiento Financiero para
adquirir maquinaria y equipo, la que se en encuentra depreciando en el plazo de 10
de años en los libros contables, vida útil estimada según la gerencia de producción.
La gerencia financiera decide aplicar la tasa de depreciación del 33.33% (tres años)
de acuerdo al plazo del contrato. El valor del activo es de S/650,000 y se adquirió el
1-2-2013 fecha en que también estaba disponible para su uso.
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Enunciado
7. La Compañía adquiere un intangible de vida útil limitada por
S/.232, 584, se decide aprovechar el 100% del gasto tributario
deduciendo el valor del intangible en la DDJJ del período 2015
Para efectos contables se amortiza en 3 años (La adquisición se
hizo el 1-1-2015).
8. La empresa efectúa el registro por vacaciones devengadas
contablemente al cierre del ejercicio 2015, las cuales no serán
pagadas hasta la fecha de presentación de la DDJJ Anual del
período 2015, dicha estimación asciende a S/. 72,434. Se realizó
el pago de las vacaciones devengadas contablemente en el
ejercicio 2014 dicho pago asciende a S/.36, 238.
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Enunciado
9. La empresa a tenido multas del sector publico nacional que a
imputado a resultados del periodo (año 2015) por un monto de
S/55,319
10. La empresa ha efectuado donaciones en el año 2015 que no son
deducibles por el monto de S/98,545
11. La empresa tiene en el año 2015 gastos cuya documentación
sustentatoria no cumple con los requisitos y características
establecido en el reglamento de comprobantes de pago por el
monto de S/129,768.
12. Se ha cargado a resultados del año 2015 gastos de ejercicios
anteriores por S/41,579 los cuales no son deducibles
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Enunciado
13. El 1-3-2015 la empresa adquirió un edificio por S/2’500,000
para destinarlo al alquiler de oficinas. La empresa decidió
llevar esta inversión inmobiliaria en su medición posterior a
valores razonables. La vida útil de este inmueble se estima
en 30 años y el valor razonable del edificio al 31-12-2015 es
de S/3’000,000
14. La empresa adquirido inversiones en acciones por
S/1’000,000 clasificados como “Activos financieros
Disponible para la venta”. Las inversiones son registradas tal
como lo requiere la NIC 39 por lo tanto son llevadas a
valores razonables El valor razonable al 31-12-2015 es de
S/800,000.
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Enunciado
15.En los resultados se ha registrado como
gasto (costo de venta) S/350,000
correspondiente a costos indirectos fijos
no distribuidos tal como lo establece el
párrafo 13 de la NIC 2
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ESTADO DE SITUACION FINANCIERA
AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2,015
(EXPRESADO EN NUEVOS SOLES)
Base Base
Contable Tributaria
ACTIVO
Efectivo y equivalente de efectivo 2,981,433
Inversiones financieras 800,000
Cuentas por cobrar Comerciales 2,968,758
Cuentas por cobrar Accionistas y personal 280,239
Cuentas por cobrar Comerciales - Ventas a plazos 1,861,262
Existencias 14,794,770
Desvalorización de existencias (299,065)
Gastos pagados por adelantado 1,984,347
Impto. Renta Diferido 129,405
Participaciones por Pagar Diferido -
TOTAL ACTIVO CORRIENTE 25,501,148 -
Inversiones Inmobiliarias 3,000,000
Inmueble, maquinaria y equipo (neto)
Terrenos 2,838,788
Edificios 5,642,240
Maquinaria y equipo 2,775,220
Unidades de transporte 308,743
Muebles y enseres 81,293
Equipos Diversos 771,850
Obras en curso 5,636,023
-
Maquinarias y equipos - Leasing 460,417
Intangibles 270,736
Total activo no corriente 21,785,308 -
47,286,456 -TOTAL ACTIVO
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Base Base
Contable (BG 1) Tributaria
PASIVO Y PATRIMONIO
PASIVO CORRIENTE
Tributos por pagar 584,192
Remuner. y particip. por pagar 1,093,199
Cuentas por pagar comerciales 4,386,756
Beneficios sociales 251,112
Otras cuentas por pagar 7,426,001
TOTAL PASIVO 13,741,259 -
PATRIMONIO
Capital 28,542,047
Resultados no realizados (200,000)
Resultados acumulados 5,203,151
TOTAL PATRIMONIO 33,545,198 -
TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 47,286,456 -
- -
ACTIVO TRIBUTARIO DIFERIDO
PD.- Este balance es antes de registrar las participaciones y el IR del 2015www.ClubdeContadores.com
Anexo B
Estado de Resultados
Por el PeriodoTerminado al 31 de Diciembre del 2015
(Expresado en Nuevos Soles)
Ventas netas 164,567,303
Costo de ventas (134,784,004)
Utilidad bruta 29,783,299
Gastos operacionales
Gastos de ventas (18,456,966)
Gastos de administración (10,567,595)
Utilidad de operación 758,739
Ingresos (gastos) financieros, netos (456,783)
Otros ingresos y/o egresos (neto) 5,062,349
Utilidad antes de partic. e impuestos 5,364,305
Impuesto a la Renta
Utilidad del Ejercicio 5,364,305 www.ClubdeContadores.com
Anexo J
CÁLCULO DEL IMPUESTO A LA RENTA DIFERIDO PERÍODO 2014
Saldo Participación Impuesto
Inicial Trabajadores a la Renta
ACTIVO DIFERIDO 0% 28%
Estimación cobranza dudosa 74,668 - 20,907
Desvalorización existencias 316,386 - 88,588
Exceso de depreciación - Diferencia en tasas de depreciación:
- Maquinaria y equipo 168,713 - 47,240
- Muebles y enseres 45,678 - 12,790
- Equipos diversos 254,367 - 71,223
Provisión de vacaciones no pagadas 73,003 - 20,441
Subtotal 932,815 - 261,188
PASIVO DIFERIDO
Intangible - - -
Ventas a plazos 180,000 - 50,400
Arrendamiento Financiero 290,653 - 81,383
Subtotal 470,653 - 131,783
ACTIVO DIFERIDO NETO 462,162 0 129,405
Diferencia de bases
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Períodos Futuros
Base Base Pasivo Tributario Impuesto a la Renta
Contable Tributaria Diferido por Pagar
Base Base Activo Tributario Impuesto a la Renta
Contable Tributaria Diferido por Recuperar
ACTIVOS
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Períodos Futuros
Base Base Activo Tributario Impuesto a la Renta
Contable Tributaria Diferido por recuperar
Base Base Pasivo Tributario Impuesto a la Renta
Contable Tributaria Diferido por Pagar
Pérdidas Tributarias Activo Tributario Impuesto a la Renta
Arrastrables Diferido por Recuperar
PASIVOS
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Anexo D
CÁLCULO DEL IMPUESTO A LA RENTA DIFERIDO AÑO 2015
Saldo Saldo Participación Impuesto
Inicial Final Trabajadores a la Renta
ACTIVO DIFERIDO 10% 28%
Estimación cobranza dudosa 74,668 187,480 P2 262,148 73,402
Desvalorización existencias 316,386 192,766 P4 (232,433) P4 276,720 77,482
Diferencia en tasas de depreciación maquinaria y equipo 168,713 325,743 P5 494,456 138,448
Diferencia en tasas de depreciación muebles y enseres 45,678 75,666 P5 121,344 33,976
Diferencia en tasas de depreciación equipos diversos 254,367 343,629 P5 597,996 167,439
Estimacion de vacaciones no pagadas 73,003 72,434 P8 (36,238) P8 109,198 30,576
Subtotal 932,815 1,197,718 (268,671) 1,861,863 - 521,322
Provisiones RecuperosDiferencia de bases
Diferencia de bases
DB Depreciación Inicial = 168,713+45,678+254,367 = 468,758 www.ClubdeContadores.com
PASIVO DIFERIDO
Intangible - 155,056 P7 155,056 43,416
Ventas a plazos 180,000 360,000 P3 (180,000) P3 360,000 100,800
Arrendamiento Financiero 290,653 151,645 P6 442,298 123,843
Inversiones Inmobiliarias - 500,000 P13 500,000 140,000
Inversiones Inmobiliarias Deprec tributaria 104,167 P13 104,167 29,167
Subtotal 470,653 1,270,868 - (180,000) - 1,561,521 - 437,226
ACTIVO DIFERIDO NETO 462,162 (73,150) (88,671) 300,342 0 84,096
Saldo Inicial ajustado (129,405)
0 (45,310)
232,584/3 = 77,528
77,528 – 232,584 =
-155,056
A
5%
Depreciación contable Leasing 65,000
Depreciación Tributaria Leasing 216,645
Diferencia 151,645 A www.ClubdeContadores.com
Diferencia
de bases Afectado contra
Saldo Final Participacion IR Patrimonio Total
Activo diferido neto, año 2015 300,342 - 84,096 56,000 140,096
Activo diferido neto, año 2014 462,162 - (129,405)
Efecto año 2015 - (45,310)
Diferencia Activo
de Bases Diferido efecto
Inversiones Financieras 200,000 28% 56,000
Asiento Cargo Abono
Impuesto a la renta diferido 56,000
Resultados no realizados 56,000
CUADRO 4: CÁLCULO DEL IMPUESTO A LA RENTA DIFERIDO AÑO 2015
300,342 x 28%
462,162 x 28%
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Punto 15
Capacidad Normal NIC 2 • El proceso de distribución de los costos
indirectos fijos a los costos de transformación se
basará en la capacidad normal de trabajo de los
medios de producción. Capacidad normal es la
producción que se espera conseguir en
circunstancias normales, considerando el
promedio de varios periodos o temporadas, y
teniendo en cuenta la pérdida de capacidad que
resulta de las operaciones previstas de
mantenimiento.
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Punto 15
Capacidad Normal NIC 2 • Puede usarse el nivel real de producción siempre que se aproxime
a la capacidad normal. La cantidad de costo indirecto fijo distribuido
a cada unidad de producción no se incrementará como
consecuencia de un nivel bajo de producción, ni por la existencia de
capacidad ociosa. Los costos indirectos no distribuidos se
reconocerán como gastos del periodo en que han sido
incurridos. En periodos de producción anormalmente alta, la
cantidad de costo indirecto distribuido a cada unidad de producción
se disminuirá, de manera que no se valoren los inventarios por
encima del costo. Los costos indirectos variables se distribuirán, a
cada unidad de producción, sobre la base del nivel real de uso de
los medios de producción.
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Punto 15
Reglamento de LIR
• Artículo 11º.- COSTO COMPUTABLE
• g) Normas supletorias
• Para la determinación del costo computable de los
bienes o servicios, se tendrán en cuenta
supletoriamente las normas que regulan el ajuste por
inflación con incidencia tributaria, las Normas
Internacionales de Contabilidad y los principios de
contabilidad generalmente aceptados, en tanto no se
opongan a lo dispuesto en la Ley y en este Reglamento.
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Anexo F
ARRENDAMIENTO FINANCIERO - MAQUINARIA Y EQUIPO
Cuadro Resumen
Período Capital Interés Cuota IGV Total
2013 240,319 21,519 261,838 47,131 308,968
2014 188,530 19,235 207,765 37,398 245,163
2015 156,151 8,215 164,365 29,586 193,951
Subtotal 585,000 48,968 633,968 114,114 748,082
Opción de compra 65,000 11,700 11,700
Total 650,000 48,968 633,968 125,814 759,782
Datos:
- Arrendamiento adquirido el 1 de febrero 2013
- Plazo del contrato de arrendamiento: 3 años.
- Vida estimada según área de producción: 10 años.
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Anexo G
CONTROL CONTABLE DEL ARRENDAMIENTO FINANCIERO - MAQUINARIA Y EQUIPO
(Se deprecia en 10 años)
Depreciación
Saldo Inicial Del Ejercicio Acumulada
2013 650,000 59,583 59,583 590,417
2014 650,000 59,583 65,000 124,583 525,417
2015 650,000 124,583 65,000 189,583 460,417
2016 650,000 189,583 65,000 254,583 395,417
2017 650,000 254,583 65,000 319,583 330,417
2018 650,000 319,583 65,000 384,583 265,417
2019 650,000 384,583 65,000 449,583 200,417
2020 650,000 449,583 65,000 514,583 135,417
2021 650,000 514,583 65,000 579,583 70,417
2022 650,000 579,583 65,000 644,583 5,417
2023 650,000 644,583 5,417 650,000 (0)
CONTROL TRIBUTARIO DEL ARRENDAMIENTO FINANCIERO - MAQUINARIA Y EQUIPO
(se deprecia en 3 años)(Se deprecia en 3 años)
Depreciación
Saldo Inicial Del Ejercicio Acumulada
2013 650,000 198,591 198,591 451,409
2014 650,000 198,591 216,645 415,236 234,764
2015 650,000 415,236 216,645 631,881 18,119
2016 650,000 631,881 18,119 650,000 -
Base ContableValor de
adquisiciónPeríodo
PeríodoValor de
adquisiciónBase Tributaria
59,583 + 5,417 = 65,000
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Anexo H
DIFERENCIA TEMPORARIA
2013 590,417 451,409 139,008
2014 525,417 234,764 290,653
2015 460,417 18,119 442,298
2016 395,417 - 395,417
2017 330,417 - 330,417
2018 265,417 - 265,417
2019 200,417 - 200,417
2020 135,417 - 135,417
2021 70,417 - 70,417
2022 5,417 - 5,417
CONTROL DEL GASTO DE DEPRECIACIÓN
Depreciación
Contable Tributaria
(Según vida útil) (Según contrato)
2013 59,583 198,591 139,008 Deducción
2014 65,000 216,645 151,645 Deducción
2015 65,000 216,645 151,645 Deducción
2016 65,000 18,119 (46,881) Adición
2017 65,000 (65,000) Adición
2018 65,000 (65,000) Adición
2019 65,000 (65,000) Adición
2020 65,000 (65,000) Adición
2021 65,000 (65,000) Adición
2022 65,000 (65,000) Adición
2023 5,417 (5,417) Adición
Total 650,000 650,000 (0)
Diferencia
Temporaria
Efecto en
la
DDJJ del
PeríodoDiferencia de
Depreciación
Período Base Contable Base Tributaria
Diferencia
de bases
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ESTADO DE SITUACION FINANCIERA Anexo A
AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2,015
(EXPRESADO EN NUEVOS SOLES)
Base Base Anexo
Contable Tributaria Activa Pasiva
ACTIVO
Efectivo y equivalente de efectivo 2,981,433 2,981,433
Inversiones financieras 800,000 1,000,000 (200,000) D
Cuentas por cobrar Comerciales 2,968,758 3,230,906 (262,148) D
Cuentas por cobrar Accionistas y personal 280,239 280,239
Cuentas por cobrar Comerciales - Ventas a plazos 1,861,262 1,501,262 360,000 D
Existencias 14,794,770 14,794,770 -
Desvalorización de existencias (299,065) (22,345) (276,720) D
Gastos pagados por adelantado 1,984,347 1,984,347
Impto. Renta Diferido 129,405 129,405
Participaciones por Pagar Diferido - -
TOTAL ACTIVO CORRIENTE 25,501,148 25,880,016 (738,868) 360,000
Diferencia Temporal
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Inversiones Inmobiliarias 3,000,000 2,395,833 604,167 D
Inmueble, maquinaria y equipo (neto)
Terrenos 2,838,788 2,838,788 -
Edificios 5,642,240 5,642,240 -
Maquinaria y equipo 2,775,220 3,269,675 (494,456) D
Unidades de transporte 308,743 308,743 -
Muebles y enseres 81,293 202,637 (121,344) D
Equipos Diversos 771,850 1,369,846 (597,996) D
Obras en curso 5,636,023 5,636,023 -
-
Maquinarias y equipos - Leasing 460,417 18,119 442,298 D
Intangibles 270,736 115,680 155,056 D
Total activo no corriente 21,785,308 21,797,583 (1,213,796) 1,201,521
47,286,456 47,677,600 (1,952,664) 1,561,521TOTAL ACTIVO www.ClubdeContadores.com
Base Base Diferencia Temporal
Contable (BG 1) Tributaria Activa Pasiva
PASIVO Y PATRIMONIO
PASIVO CORRIENTE
Tributos por pagar 584,192 584,192
Remuner. y particip. por pagar 1,093,199 984,001 109,198 D
Cuentas por pagar comerciales 4,386,756 4,386,756
Beneficios sociales 251,112 251,112
Otras cuentas por pagar 7,426,001 7,426,001
TOTAL PASIVO 13,741,259 13,632,061 109,198 -
PATRIMONIO
Capital 28,542,047 28,542,047
Resultados no realizados (200,000) - (200,000)
Resultados acumulados 5,203,151 5,503,492
TOTAL PATRIMONIO 33,545,198 34,045,539 - (200,000)
TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 47,286,456 47,677,600 - -
- -
ACTIVO TRIBUTARIO DIFERIDO (300,341)
PD.- Este ESF es antes de registrar las participaciones y el IR del 2015, si incluye el ajuste al saldo inicial del las participaciones diferidas
Dif. Temporales Activa
1’952,664 + 109,194 = 2’061,862
Dif Activo - Pasivo
1’761,521 – 2’061,862 = -300,341
5’203,151 – 5’503,492 = -300,341 Dif. Temporales Pasiva
1’561,521 + 200,000 = 1’761,521
Base Base Diferencia Temporal
Contable (BG 1) Tributaria Activa Pasiva
PASIVO Y PATRIMONIO
PASIVO CORRIENTE
Tributos por pagar 584,192 584,192
Remuner. y particip. por pagar 1,093,199 984,001 109,198 D
Cuentas por pagar comerciales 4,386,756 4,386,756
Beneficios sociales 251,112 251,112
Otras cuentas por pagar 7,426,001 7,426,001
TOTAL PASIVO 13,741,259 13,632,061 109,198 -
PATRIMONIO
Capital 28,542,047 28,542,047
Resultados no realizados (200,000) - (200,000)
Resultados acumulados 5,203,151 5,503,492
TOTAL PATRIMONIO 33,545,198 34,045,539 - (200,000)
TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 47,286,456 47,677,600 - -
- -
ACTIVO TRIBUTARIO DIFERIDO (300,341)
PD.- Este ESF es antes de registrar las participaciones y el IR del 2015
Dif. Temporales Activa
1’952,664 + 109,198 = 2’061,862
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Anexo E
DETERMINACIÓN DE LA RENTA NETA IMPONIBLE
Utilidad antes de imp. y participaciones 5,364,305
ADICIONES 1,702,929 Partidas
a) Depreciación de maquinara y equipo en exceso. Base Legal:
Artículo 37° inciso f), 39º , 40º y 41º del TUO de la Ley del
Impuesto a la Renta. y artículo 22º del Reglamento. P5 325,743 Temporal
b) Depreciación de muebles y enseres en exceso. Base Legal:
Artículo 37° inciso f), 39º y 40º del TUO de la Ley del Impuesto
a la Renta. y artículo 22º del Reglamento. P5 75,666 Temporal
c) Depreciación de equipos diversos en exceso. Base Legal:
Artículo 37° inciso f), 39º y 40º del TUO de la Ley del Impuesto
a la Renta. y artículo 22º del Reglamento. P5 343,629 Temporal
d) Desvalorización de existencias Base Legal: Artículo 37° inciso f)
del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta y el Articulo 21º
inciso c) del Reglamento. P4 192,766 Temporal
e) Multas, recargos, intereses moratorios y sanciones. Base Legal:
Articulo 44º inciso c) de la TUO de la Ley del Impuesto a la
Renta, aprobado por DS Nº 179-2004 EF. P9 55,319 Permanente
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f) Donaciones y cualquier acto de liberalidad. Base Legal:
Articulo 37º inciso x), articulo 44º inciso c) del TUO de la
Ley del Impuesto a la Renta y Articulo 21º inciso c) del
Reglamento. P10 98,545 Permanente
g) Gastos cuya documentación sustentaría no cumpla con los
requisitos y caract. establecidas en el Regl. de Comp. de
Pago. Base Legal: Articulo 44º inciso j) del TUO de la Ley
del Impuesto a la Renta y el Articulo 25º del Reglamento. P11 129,768 Permanente
h) Cobranza de las ventas a plazos del período 2014. Base
Legal: Articulo 58º del TUO de la Ley del Impuesto a la
Renta y artículo 31º del Reglamento. P3 180,000 Temporal
i) Gastos de ejercicios anteriores. Base Legal: Articulo 57º del
TUO de la Ley del Impuesto a la Renta P12 41,579 Permanente
j) Vacaciones acumuladas no pagadas. Base Legal: Articulo
37 inciso v) del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta y el
Articulo 21º inciso q). P8 72,434 Temporal
k) Estimación por deudas de cobranza dudosa que incumplen
con los req. legales. Base Legal: Articulo 37º inciso i) del
TUO de la Ley del Impuesto a la Renta e Inc. f) e inc. g) del
Art. 21º del reglamento. P2 187,480 Temporalwww.ClubdeContadores.com
Anexo E
DETERMINACIÓN DE LA RENTA NETA IMPONIBLE
232,584/3 = 77,528
77,528 – 232,584 =
-155,056
DEDUCCIONES (1,539,539)
l) Depreciación efectuada en función al tiempo de contrato
por bienes en arrendamiento financiero . Base Legal:
Articulo 18º del D. Leg 299 Ley del Leasing. P6 (151,645) Temporal
m) Enajenación de bienes a plazos del período 2015. Base
Legal: Articulo 58º del TUO de la Ley del Impuesto a la
Renta y artículo 31º del Reglamento. P3 (360,000) Temporal
n) Adquisición de activo intangible de duración limitada
(Software adquirido). Base Legal:Articulo 37º inciso p)
,Articulo 44º inciso g) del TUO de la Ley del Impuesto a la
Renta y Articulo 25 inciso a) del Reglamento. P7 (155,056) Temporal
o) Deducción de vacaciones acumuladas no pagadas el
período 2014, canceladas en el período 2015. Articulo 37
inciso v) del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta y el
Articulo 21º inciso q). P8 (36,238) Temporal
p) Deducción de destrucción de existencias. Base Legal:
Artículo 37° inciso f) del TUO de la Ley del Impuesto a la
Renta e inciso c) del artículo 21º del Reglamento. P4 (232,433) Temporal
q) Ganancia en la valuación de las inversiones inmobiliarias
al valor razonable. Base legal Articulo 1 del TUO de la Ley
del impuesto a la Renta P13 (500,000) Temporal
r) Depreciacion tributaria inversiones inmobiliaruas. Base
legal Articulo 22 del regalamento del impuesto de la renta (104,167) Temporal
RENTA NETA IMPONIBLE 5,527,695 www.ClubdeContadores.com
Anexo C
Determinación Participación de los Trabajadores 2015
Utilidad Contable 5,364,305 Anexo B
(+) Adiciones 1,702,929 Anexo E
(-) Deducciones (1,539,539) Anexo E
Utilidad antes de Participaciones 5,527,695
Tasa 10% 552,770
Determinación del Impuesto a la Renta 2015
Utilidad Contable 5,364,305 Anexo B
Participacion de trabajadores (552,770)
Utilidad antes de Impuesto a la Renta 4,811,535
(+) Adiciones 1,702,929 Anexo E
(-) Deducciones (1,539,539) Anexo E
Renta Imponible 4,974,926
Impuesto a la Renta 28% 1,392,979www.ClubdeContadores.com
Anexo I
ASIENTO CONTABLES POSTERIORES A LA DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA DIFERIDO
Cta Nombre de la Cuenta Debe Haber Anexo
------------------------------------------------------------------------------ 1 -----------------------------------------------------------------
62 Participacion de los trabajadores 552,770
88 Impuesto a la renta 1,438,289
37 Participación de los trabajadores - Diferida 0 Anexo D
37 Impuesto a la Renta - Diferida 45,310 Anexo D
41 Remuneraciones y participaciones por pagar 552,770 Anexo C
40 Tributos por pagar 1,392,979 Anexo C
Glosa: Registro del Impuesto a la Renta del ejercicio y participación de los trabajadores.
------------------------------------------------------------------------------ 2 -----------------------------------------------------------------
89 Determinacion del resultado del ejercicio 1,991,059
62 Participacion de los trabajadores 552,770
88 Impuesto a la renta 1,438,289
Glosa: Traslado del Impuesto a la Renta y las Participaciones de los Trabajadores al Resultado del Ejercicio.
------------------------------------------------------------------------------ 3 -----------------------------------------------------------------
89 Resultados Acumulados 3,373,246 Anexo B
59 Resultado del Ejercicio 3,373,246 Anexo B
Glosa: Traslado del Resultado del Ejercicio a Resultado Acumulados.
IR G&P = 1’392,979 + 45,310 = 1’438,289
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Verificacion
Determinación del Impuesto a la Renta 2015 que va a resultados
Utilidad Contable 5,364,305
Participacion de trabajadores (552,770)
Utilidad antes de Impuesto a la Renta 4,811,535
(+) Adiciones Permanentes 325,211
(-) Deducciones Permanentes 0
Renta Imponible 5,136,746
Impuesto a la Renta 28% 1,438,289www.ClubdeContadores.com
Anexo K
37 Imp a la renta diferido
Saldo inicial 129,405 45,310 Asiento por el IR 2015
Ajuste IASB 0
Inv Financieras 56,000
Totales 185,405 45,310
Total cargos 185,405
Total abono -45,310
Saldo al 31-12-15 140,096 Igual al anexo D
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Anexo B
Estado de Resultado
Por el PeriodoTerminado al 31 de Diciembre del 2015
(Expresado en Nuevos Soles)
Ventas netas 164,567,303
Costo de ventas (134,784,004)
Utilidad bruta 29,783,299
Gastos operacionales
Gastos de ventas (18,456,966)
Gastos de administración (10,567,595)
Participación de los trabajadores (552,770)
Utilidad de operación 205,969
Ingresos (gastos) financieros, netos (456,783)
Otros ingresos y/o egresos (neto) 5,062,349
Utilidad antes de partic. e impuestos 4,811,535
Impuesto a la Renta (1,438,289)
Utilidad del Ejercicio 3,373,246 www.ClubdeContadores.com
Caso 11 – NIC 12
• La Empresa TGI S.A tiene sus Estados Financieros al 31-12-13 preparados de acuerdo a principios de contabilidad generalmente aceptados, que en el caso del Perú son las NIIF.
• Se analiza las operaciones registradas en el año 2013 y se encuentra las siguientes situaciones: 1. El marzo 2013 la empresa pago una multa a la Sunat por
S/50,000 la cual cargo a gastos del ejercicio
2. En el mes de noviembre del 2013 la empresa hizo una estimación por desvalorización de existencias por el monto de S/2’000,000 la cual cargo a gasto, dicha mercadería se había vencido y ya no era acta para el consumo humano, la mencionada mercadería recién seria destruida en el año 2014.
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Caso 11 – NIC 12 • Información adicional
1. En su declaración jurada del año 2012 la empresa había hecho una adición a su renta imponible por un robo de una maquinaria de la empresa que ocurrió en dicho año, el motivo de la adición en dicho año era porque no se había iniciado el juicio, ni había un archivamiento temporal o definitivo del caso por parte de la fiscalía. Para el año 2013 se obtuvo el archivamiento definitivo del caso. El monto de la adición en el año 2012 fue S/85,000
2. Por el año 2013 la empresa obtuvo una perdida de S/1’000,0000
3. Los pagos a cuenta por el año 2013 eran S/100,000 y no había saldo a favor ni perdidas arrastrables de años anteriores
4. La tasa de participación de utilidades es 10%
5. El valor en libros de las existencias al 31-12-13 es S/5’500,000
6. El valor en libros de la maquinaria al 31-12- 12 era 12’000,000
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Caso 11 – NIC 12
• Se solicita:
1) Calcular la renta imponible
2) Calcular el impuesto a la renta a pagar
3) Calcular la participación de utilidades a
pagar
4) Hacer el asiento por participaciones de
utilidades e impuesto a la renta según lo
establece la NIC 12 y calcular el impuesto a
la renta diferido al 31-12-13
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Solución Caso 11 Tributario
Perdida -1,000,000
Multa Sunat 50,000
Desvalorizacion de existencias 2,000,000
Robo en el año 2012 - archivamiento -85,000
Renta Neta 965,000
10% Participacion de Utilidades -96,500
Renta imponible 868,500
30% Impuesto a la renta -260,550
Pagos a cuenta 100,000
Impuesto a pagar 160,550www.ClubdeContadores.com
Solución Caso 11 Impuesto a la renta diferido
Al 31 - 12- 2012
30%
Base Base Diferencia Impuesto
Contable Tributaria Temporaria Diferido
Maquinarias 12,000,000 12,085,000 -85,000 -25,500
Saldo -25,500 A
Al 31 - 12- 2013
30%
Base Base Diferencia Impuesto
Contable Tributaria Temporaria Diferido
Existencias 5,500,000 7,500,000 -2,000,000 -600,000
Saldo -600,000 B
B - A -574,500www.ClubdeContadores.com
Solución Caso 11
Temporarias
• 2’000,000 x 30% = 600,000
(desvalorización de existencias)
• 85,000 x 30 % = 25,500 (robo 2012 –
archivamiento)
• IR G&P = IMP Cte + - IMP Diferido
• IR G&P = 260,550 – 574,500 = 313,950
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Solución Caso 11 62 Part de utilidades 75 Ahorro Tributario IR
96,500 313,950
40 Impuesto a pagar 41 Participaciones por pagar
260,550 96,500
37 Imp a la renta Diferido
574,500
Totales de cargos y abonos 671,000 671,000www.ClubdeContadores.com
Solución Caso 11 Comprobación
Tributario Contable
Perdida -1,000,000 -1,000,000
Multa Sunat 50,000 50,000 P
Desvalorizacion de existencias 2,000,000 0 T
Robo en el año 2012 - archivamiento -85,000 0 T
Renta Neta 965,000 -950,000
10% Participacion de Utilidades -96,500 -96,500
Renta imponible 868,500 -1,046,500
30% Impuesto a la renta -260,550 313,950
Pagos a cuenta 100,000
Impuesto a pagar 160,550www.ClubdeContadores.com