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INFORME PERICIAL DILIGENCIAS PREVIAS 134/2006
ACTIVIDAD DESARROLLADA POR AFINSA: LOS CONTRATOS DE INVERSIÓN FILATÉLICA. EL MODELO DE NEGOCIO DE AFINSA
INFORME DE DESARROLLO Nº 2
CARMEN ROJO DEL AMO Y JESÚS LIMÓN TAMÉS 29/01/2013
1
INDICE
INDICE ......................................................................................................................... 1
I. INTRODUCCIÓN ....................................................................................................... 4
II. LOS CONTRATOS DE INVERSIÓN FILATÉLICA ................................................... 7
II.1. INTRODUCCIÓN ................................................................................................. 7
II.2. CONTRATO DE INTERMEDIACIÓN TEMPORAL ............................................... 8
II.2.1. Introducción ................................................................................................. 8
II.2.2. Clasificación de los contratos CIT en subtipos. ............................................ 9
II.2.3. Características de la filatelia asociada a los contratos. ............................... 11
II.2.4. Estructura formal de los contratos CIT ....................................................... 14
II.2.4.A) Mandato de compra ......................................................................... 15
II.2.4.B) Mandato de venta ............................................................................ 17
II.2.4.C) Contrato de depósito ....................................................................... 20
II.2.5. Origen de los contratos CIT........................................................................ 24
II.2.5.A) Los CIT 30 ....................................................................................... 24
II.2.5.B) Los antiguos CIT 41 ......................................................................... 31
II.2.6. Incumplimientos o inconsistencias del contrato CIT ................................... 56
II.2.6.A) Los valores filatélicos adjudicados en los contratos CIT,
normalmente a valor de catálogo, no sirven de soporte o
garantía al capital nominal que los clientes invierten en los
mismos. ........................................................................................... 57
II.2.6.B) La rentabilidad que AFINSA garantiza es independiente de la
revalorización que pueden tener los valores filatélicos en el
catálogo de referencia, como consecuencia de ello, la
cantidad “líquida” o cantidad “mínima” garantizada es
siempre y en todos los casos la cantidad única cobrada por
el cliente. ......................................................................................... 97
II.2.6.C) No se produce mediación, el papel de AFINSA de
comisionista mercantil que media entre clientes
compradores y clientes vendedores de valores filatélicos no
existe. ............................................................................................ 107
II.2.7. Modificaciones previstas en el contrato CIT. El nuevo CIT ....................... 129
II.2.8. Conclusiones ........................................................................................... 140
II.3. CONTRATO DE INVERSIÓN FILATÉLICA ..................................................... 144
II.3.1. Introducción ............................................................................................. 144
II.3.2. Filatelia utilizable en este tipo de contratos .............................................. 145
II.3.3. Estructura formal de los contratos CIF ..................................................... 146
II.3.4. Incumplimientos o inconsistencias del contrato CIF ................................. 150
2
III.3.4.A) El inversor de un contrato CIF no pretende realizar una
inversión filatélica .......................................................................... 150
III.3.4.B) Los valores filatélicos adjudicados en los contratos CIF,
normalmente al valor del catálogo de referencia, no sirven
de soporte o garantía al importe nominal que el cliente
invierte en los mismos ................................................................... 152
III.3.4.C) La cantidad comprometida por AFINSA al vencimiento de
los contratos no tiene relación alguna con la posible
revalorización que haya podido alcanzar la filatelia en el
periodo de duración de los mismos ............................................... 160
II.3.5. Conclusiones ........................................................................................... 163
II.4. CONTRATO PLAN DE INGRESOS COMPLEMENTARIOs ............................ 164
II.4.1. Introducción ............................................................................................. 164
II.4.2. Clasificación de los contratos PIC ............................................................ 167
II.4.2.A) Contratos PIC antiguos .................................................................. 169
II.4.2.B) Contratos PIC nuevos .................................................................... 179
II.4.3. Incumplimientos o inconsistencias de los contratos PIC ........................... 190
II.4.3.A) Los clientes de los contratos PIC no tienen interés alguno en
constituir un patrimonio filatélico .................................................... 191
II.4.3.B) Los valores filatélicos adjudicados a los contratos PIC no
respaldan ni sirven de soporte al capital invertido por los
clientes en los mismos................................................................... 195
II.4.3.C) Adjudicación de la misma filatelia valorada a distintos
precios según el tipo de contrato a que va dirigida ........................ 223
II.4.3.D) La rentabilidad comprometida por AFINSA en los contratos
PIC no tiene relación alguna con la evolución del precio de
los valores filatélicos que amparan dichos contratos ..................... 229
II.4.4. Modificaciones previstas en el contrato PIC ............................................. 231
II.4.5. Conclusiones ........................................................................................... 235
II.5 CONTRATO MÓDULO DE INVERSIÓN PLANIFICADA .................................. 238
II.5.1. Introducción ............................................................................................. 238
II.5.2. Filatelia utilizable en este tipo de contratos .............................................. 239
II.5.3. Estructura formal de los contratos MIP ..................................................... 242
II.5.4. Incumplimientos o inconsistencias del contrato MIP ................................. 247
II.5.4.A) El cliente de un contrato MIP no tiene interés alguno en
realizar una inversión en valores filatélicos .................................... 247
II.5.4.B) Los valores filatélicos adjudicados a los contratos MIP no
respaldan ni sirven de soporte al capital nominal invertido
por los clientes en los mismos ....................................................... 249
II.5.4.C) Adjudicación de la misma filatelia valorada a distintos
precios, según el tipo de contrato a que va dirigida ....................... 264
3
II.5.4.D) La rentabilidad comprometida por AFINSA en los contratos
MIP no tiene relación alguna con la evolución del precio de
los valores filatélicos que los sustentan ......................................... 265
II.5.5. Modificaciones previstas del contrato MIP ................................................ 267
II.5.6. Conclusiones ........................................................................................... 268
II.6. CONCLUSIONES DE LOS CONTRATOS DE INVERSIÓN FILATÉLICA ........ 271
III. EL MODELO DE NEGOCIO DE AFINSA ............................................................ 274
III.1. INTRODUCCIÓN ............................................................................................ 274
III.2. CONTRATO CIT ............................................................................................. 275
III.2.1. El coste de los sellos para AFINSA y su valor en el mercado .................. 276
III.2.2. La revalorización de los sellos en los catálogos y la revalorización
real de los sellos ..................................................................................... 279
III.2.3. La viabilidad del negocio de AFINSA ...................................................... 284
III.2.3.A) Etapa en que la filatelia CIT/CIF procede de las empresas
de Francisco Guijarro Lázaro......................................................... 286
III.2.3.B) Etapa en que el grupo GMAI es el suministrador exclusivo
de filatelia para productos de inversión .......................................... 295
III.3. CONTRATO PIC............................................................................................. 305
III.3.1. El coste de los sellos para AFINSA y su valor en el mercado .................. 306
III.3.2. La revalorización de los sellos en los catálogos y la revalorización
real de los sellos ..................................................................................... 308
III.3.3. La viabilidad del negocio de AFINSA ...................................................... 310
III.4. LA RED COMERCIAL DE AFINSA. COMISIONES ACORDES CON EL
MODELO DE NEGOCIO ............................................................................... 314
III.4.1. Niveles de integración comercial ............................................................. 314
III.4.2. Baremo de control de puntuación y Plan de primas ................................ 315
III.5. EL CONOCIMIENTO QUE TENÍA AFINSA DE SU NEGOCIO ....................... 319
III.5.1. Los informes de reposicionamiento ......................................................... 321
III.5.2. Actas del Comité ejecutivo y Actas del Consejo de Administración ......... 328
III.5.3. Las provisiones de los contratos comerciales. La filosofía de los
estudios actuariales ................................................................................ 330
III.6. LAS MODIFICACIONES QUE AFINSA QUERÍA REALIZAR PARA
APARENTAR OTRO MODELO DE NEGOCIO ............................................. 334
III.7. CONCLUSIONES ........................................................................................... 347
4
I. INTRODUCCIÓN
El objeto social de AFINSA BIENES TANGIBLES S.A. (en adelante AFINSA)
en sus distintas redacciones (art. 2 y posterior art. 3 de sus Estatutos sociales),
engloba las siguientes actividades:
“a) La compra, venta, distribución, importación y exportación, intermediación y comercialización en general de sellos, valores filatélicos, antigüedades, objetos de colección y obras de arte, metales y piedras preciosas y semipreciosas, promoción del coleccionismo, asesoramiento, expertización y tasación, explotación de salas de exposición y subastas.” (Ampliación del objeto social aprobada en escritura pública de 2 de julio de 2004).
También incluye otras actividades complementarias como son la edición y
realización de publicaciones unitarias y periódicas, así como la gestión y explotación
de escuelas de negocio y establecimientos similares. Se indica igualmente que las
actividades enumeradas podrán ser desarrolladas por la sociedad de modo directo o
mediante la participación en otra sociedad con objeto análogo.
Lo cierto es que en la fecha de la intervención judicial, junto con sus empresas
participadas, AFINSA se configuraba como un grupo que desarrollaba diversas
actividades: la actividad de “inversión filatélica dirigida” en España y Portugal, la
actividad del coleccionismo, mediante su participación indirecta en Escala Group Inc.
(antes GMAI) a través de la sociedad Auctentia S.L.U. y, la actividad del Arte; estas
dos últimas de mínima importancia, ya que, como veremos en el siguiente cuadro, el
fundamento de la actividad de AFINSA se basaba y se ha basado siempre, muy
posiblemente desde sus orígenes, en lo que ellos también denominaban: actividad de
“Sistemas de Inversión”: ofrecer al público en general unos productos de inversión en
valores filatélicos en los que AFINSA garantizaba la recompra de dichos valores
filatélicos, ofreciendo una rentabilidad mínima igualmente garantizada.
El cuadro que se añade a continuación, muestra en los distintos años que
abarca esta pericia, el peso de la actividad de “Sistemas de Inversión” sobre el
volumen total de negocio, incluyendo en dicho volumen total de negocio las ventas
netas de colección y arte junto con los capitales nominales iniciales de los contratos
vivos a 31 de diciembre de cada año.
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Detalle de ventas y capitales invertidos en contratos de inversión
Años 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006
Total ventas colección y
arte(1)(2) 4,48 3,86 7,63 6,46 7,4 2,66 2,75 2,86 2,89
Total capitales iniciales en contratos vivos(3) 322,82 438,48 578,2 773,02 929,68 1195,2 1550,42 2016,2 2220,7
TOTAL 327,3 442,34 585,83 779,48 937,08 1197,8 1553,17 2019,1 2223,6
Proporción capitales
contratos vivos sobre TOTAL 98,63% 99,13% 98,70% 99,17% 99,21% 99,78% 99,82% 99,86% 99,87%
cifras en millones de euros
(1): Fuente: contabilidad.
(2) Arte: se incluyen las ventas de Galería Metta (Mundimer S.L.), en 2006 se incluyen las ventas de todo el año
(3) Fuente: INVER
Ya que el fundamento de la actividad de AFINSA es la actividad de “Sistemas
de Inversión”, el análisis de dicha actividad debe basarse en el análisis de los
contratos de inversión filatélica, tratando de llegar a la realidad económica que
subyace en ellos.
Los tipos de contratos de inversión filatélica vigentes en el marco temporal de
esta pericia han sido los siguientes:
- Contrato de Intermediación Temporal (en adelante contrato CIT).
- Contrato de Inversión Filatélica (en adelante contrato CIF).
- Contrato Plan de Ingresos Complementario (en adelante contrato PIC).
- Contrato Módulo de Inversión Planificada (en adelante contrato MIP).
A lo largo de este amplio informe se va a realizar un estudio exhaustivo de
dichos contratos, fundamentalmente del contrato CIT, ya que el 75% de la actividad de
Sistemas de Inversión está apoyada en el contrato CIT; en donde se va a demostrar
que el trasfondo económico de los mismos nada tiene que ver con la forma jurídica
utilizada y que, además, adolecen de incumplimientos e inconsistencias tan graves
que ponen claramente de manifiesto su naturaleza financiera.
Se explicará claramente en qué consiste el modelo de negocio de AFINSA,
demostrando que sea cual sea la denominación de su actividad: actividad financiera o
actividad mercantil; el negocio en sí carece de sentido económico pues sólo produce
continúas pérdidas que han llevado a AFINSA a una situación permanente de quiebra
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e insolvencia patrimonial y que sólo se sustentaba con flujos crecientes de sus niveles
de tesorería.
Se demostrará igualmente que AFINSA era plenamente consciente de que su
negocio era ruinoso, porque carecía de sentido económico y, lo que es más
importante, no tenía apoyo legal. Con el aparente apoyo legal que consiguió con La
Ley de Instituciones de Inversión Colectiva en su Disposición Adicional Cuarta (Ley
35/2003), AFINSA estaba tratando de adaptar formalmente sus contratos a dicha Ley,
sobretodo el contrato CIT; todos los esfuerzos se centraron en el desarrollo de un
nuevo contrato CIT y en un proceso de reestructuración societaria que estaba
iniciando cuando tuvo lugar la intervención judicial.
7
II. LOS CONTRATOS DE INVERSIÓN FILATÉLICA
II.1. INTRODUCCIÓN
En el espacio temporal que esta pericia nos ocupa, la actividad de “Inversión
filatélica dirigida”, también llamada actividad de “Sistemas de Inversión”, que
desarrollaba AFINSA, se basaba en dos grandes bloques o categorías de contratos:
Primer bloque: los denominados por AFINSA contratos de corta duración,
dentro de los cuales estaban los contratos de intermediación temporal (contratos CIT)
y los contratos de inversión filatélica (contrato CIF).
Segundo bloque: los denominados por AFINSA contratos de larga duración, en
los cuales se encontraban el contrato Plan de Ingresos Complementario (contrato PIC)
y el contrato Módulo de Inversión Planificada (contrato MIP).
Aunque en realidad la nota que distingue unos de otros no es tanto su duración
en el tiempo (alguna variedad de contrato CIT podía tener una vigencia de 60 meses y
los contratos CIF tenían todos una duración de 50 meses), sino la posibilidad que tenía
el inversor de pedir la liquidación del contrato antes de llegar a su vencimiento y en
función de ello la fórmula de cálculo de su rentabilidad, situación ésta que se producía
sólo en los contratos PIC y MIP.
El cuadro que se añade a continuación nos muestra, en la fecha de la
intervención judicial, el reparto de la actividad de inversión filatélica dirigida de AFINSA
entre los cuatro grupos de contratos en número de contratos vivos y en importe en
millones de euros de capital nominal invertido en ellos.
9/ Mayo /2006 Número de contratos
vivos
Porcentaje sobre el total de contrato vivos
Capital aportado por los clientes en millones de
euros
Porcentaje sobre el total de capital
invertido
CIT 112.144 41,60% 1.666,64 75,05%
CIF 5.019 1,86% 67,90 3,06%
PIC 147.391 54,68% 426,21 19,19%
MIP 5.016 1,86% 59,91 2,70%
Total 269.570 100,00% 2.220,66 100,00%
Fuente: aplicación informática de gestión de contratos de inversión (INVER)
8
De su análisis se desprende que los contratos CIT, aunque no en número, son
los más importantes porque representaban aproximadamente el 75% de la actividad
de Sistemas de Inversión de AFINSA BIENES TANGIBLES S.A.
En la fecha de la intervención judicial (9 de mayo de 2006), el número de
contratos CIT vivos o activos era de 112.144 y las obligaciones contraídas por AFINSA
a través de ellos, teniendo en cuenta sólo los capitales nominales invertidos por sus
inversores, alcanzaban el importe de 1.666.636.217,04 euros. Por el contrario, los
contratos PIC, aún siendo mayor su número (147.391 contratos), teniendo en cuenta
de igual manera los capitales nominales invertidos por los inversores en ellos, no
llegan a alcanzar el 20% de las obligaciones contraídas por AFINSA, mientras que la
importancia de los contratos CIF y MIP es completamente residual.
Aunque no lo sabemos con certeza, al menos formalmente, la actividad de
“inversión filatélica dirigida” fue iniciada por AFINSA con los contratos PIC, entonces
denominados contratos de Abono filatélico. El contrato CIT vigente en el marco
temporal de esta pericia se inició su comercialización en enero de 1995, mientras que
los contratos CIF y MIP comenzaron a comercializarse en agosto y septiembre de
1998 respectivamente.
II.2. CONTRATO DE INTERMEDIACIÓN TEMPORAL
II.2.1. Introducción
Como es natural, el análisis que se va a realizar en este apartado se va a
fundamentar en el contrato CIT cuya comercialización estuvo vigente en el espacio
temporal de esta pericia; no obstante, como más adelante veremos (apartado: Origen
de los contratos CIT), en años anteriores existieron otros contratos CIT que fueron sin
duda alguna el antecedente del actual contrato de intermediación temporal y a ellos
nos referiremos para explicar el origen del contrato CIT actual.
Desde el comienzo de su comercialización (1995), los contratos CIT eran
denominados por AFINSA también “contratos de mandato” o “contratos de mediación”,
porque literalmente en ellos se decía que la actuación de AFINSA era la de un
comisionista mercantil poniendo en contacto a los clientes compradores de valores
filatélicos con los clientes vendedores de dichos valores.
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Se clasificaban dentro del bloque de corta duración, pues desde el inicio de su
comercialización, los más habituales o utilizados eran los que tenían una duración de
12 meses y un día1. El cuadro que se añade a continuación, nos muestra la totalidad
de contratos CIT de mandato o CIT de mediación que AFINSA ha gestionado desde el
inicio de su comercialización (1995), hasta la fecha de la intervención judicial, en
número de contratos y en importe de capital nominal invertido en ellos.
Total (1995 - 2006)
Importe nominal Nº
contratos
Duración contratos 5.425.694.982,74 408.080
12 meses 66,28% 72,39%
25 meses 27,26% 22,52%
36 meses 1,08% 0,84%
36/60 meses 5,39% 4,25%
II.2.2. Clasificación de los contratos CIT en subtipos.
En el periodo que abarca la pericia el contrato CIT que se comercializaba era el
tipo CIT 41. Pues bien, dentro de este tipo de contrato CIT, AFINSA hacía
clasificaciones o subtipos, los cuales se establecían en función de la duración del
contrato: 12, 24, 25, 36 o 60 meses, la rentabilidad o interés pagado en %, y la
forma de pago: trimestral, anual o a vencimiento.
Más adelante veremos que existieron otros contratos CIT, cuyo periodo de
comercialización fue muy anterior al de los años que abarca la pericia (los CIT 30 y los
antiguos CIT 41), pero a pesar de existir alguno de ellos vivo o activo en los años aquí
considerados, no los hemos tenido en cuenta en el análisis desarrollado por ser muy
escaso su número.
Las bases de datos que sirven de soporte a la aplicación informática de gestión
de los contratos de inversión (INVER), nos ofrecen información sobre la totalidad de
contratos que ha gestionado AFINSA en el periodo que abarca esta pericia. A partir de
1 Anexo 02.001: cuadro de elaboración propia con el reparto de todos los contratos CIT de mediación
desde el inicio de su comercialización (1995), hasta la fecha de la intervención judicial.
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esa información hemos elaborado el cuadro anexo2 que nos muestra la clasificación de
los contratos CIT 41 por subtipos (con las características de cada subtipo: duración,
revalorización en % y forma de pago), el periodo de comercialización de cada subtipo
y el número de contratos de cada uno de ellos.
De su análisis se desprende que desde 1 de enero de 1998 a 9 de mayo de
2006, AFINSA ha gestionado 389.679 contratos CIT 41 (excluyendo los antiguos CIT
41 subtipo V).
Esta forma de analizar los contratos CIT por subtipos era realizada
frecuentemente por AFINSA. Así, el documento denominado: “Informe Histórico de
Productos”3 analiza, distinguiendo entre operaciones a largo plazo (PIC y MIP) y
operaciones a corto y medio plazo (CIT y CIF), la organización física y digital de los
contratos de inversión filatélica, las características de los mismos, los subtipos con sus
principales diferencias. Todo ello con los datos que constaban a 11 de febrero de
2004.
Con respecto a los contratos CIT dice que existen 31 variantes o subtipos del
tipo CIT 41 y 1 variante del tipo CIT 30 y que “unas de otras se diferencian en
características tales como plazos, revalorizaciones, cobros de intereses,.........”
En dicho documento, cuando describe las características de los subtipos,
señala lo siguiente:
- “Revalorización. Interés (%): Indica la revalorización de cada subtipo. En ocasiones, puede ocurrir que un mismo subtipo contemple diferentes tipos de interés.”
- “Anual / Global: Señala si el tipo de interés anterior es anual o es el interés total de la operación.”
- “Forma de pago: Hace referencia a la periodicidad con la que se abonan los intereses generados por la operación. Puede ser: Trimestral, Anual, A vencimiento.”
El informe va describiendo el contenido de un archivo informático4 que recoge
para cada tipo y subtipo de contrato: el periodo de vigencia con las fechas en que se
comercializaba cada subtipo, los importes máximos y mínimos que se podían
2 Anexo 02.002: cuadro de elaboración propia con la clasificación de los contratos CIT 41 por subtipos
para los contratos vigentes en algún momento del periodo que abarca la pericia. 3 Anexo 02.003: “INFORME HISTÓRICO DE PRODUCTOS”, sin fecha, pero por las propiedades del
archivo es de 14/07/2004. 4 Anexo 02.004: “Comparativa histórico ENTREGADO/CIT. xls” de 25/06/2004.
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contratar, la revalorización indicada por el interés (%) pagado en cada subtipo, si es
anual o global y la forma de pago: trimestral, anual y a vencimiento y el nº de contratos
de cada subtipo que, a fecha 11 de febrero de 2004, había registrados en SAC
(sistema de administración comercial).
II.2.3. Características de la filatelia asociada a los contratos.
Desde el inicio de la comercialización de este tipo de contratos y hasta
aproximadamente la mitad del año 1996, la filatelia utilizada en su adjudicación, al
menos teórica, era muy distinta a la empleada con posterioridad. Se trataba de filatelia
similar a la utilizada en los contratos PIC antiguos, sobre todo años completos de
Europa y Portugal, y, lo que es más importante, utilizando el mismo criterio en su
valoración: listas internas elaboradas por AFINSA con unos valores muy superiores a
los de cualquier catálogo de referencia (en el apartado denominado Filatelia
inexistente o desaparecida de este informe se explica la razón de esta afirmación).
En los años objeto de pericia y hasta el año 2004, hemos encontrado muy
pocos documentos que expliquen con detalle las características que debía de tener la
filatelia utilizada en la adjudicación de los contratos CIT; mencionaremos el Anexo 1 de
la “Nota informativa (muy confidencial)” de fecha 23/10/2002 elaborada tras una
reunión en la que al parecer asistieron: Juan Carlos Morán (JC), Jorge de la Herranz
(JH), Carlos Gutiérrez (CG) y Rafael Noguero (RN).5 En la conclusión de esa “Nota
informativa” se dice que acuerdan que: “JC prepararía una breve nota con los
requisitos de la filatelia CIT. (Ver Anexo 1).”. Como luego veremos Juan Carlos Morán
era, en esa fecha, el responsable del Departamento de Valores dentro del Grupo de
Negocio de Filafinsa, cuyo director general era Carlos de Figueiredo6. En dicho Anexo
1 denominado: “Criterios de la filatelia para adjudicación a CIT (JC)”, se dice:
“Según me comprometí en la reunión que mantuvimos ayer, a continuación
expongo los requisitos óptimos y comúnmente usados, para la filatelia
empleada en CIT:
Series completas y sin matasellar, salvo en la filatelia clásica, que pueden ser piezas únicas y usadas.
Importe medio-alto
5 Anexo 02.005: “Nota informativa (muy confidencial). Asunto: Determinación situación aprovechamiento
filatelia Logística de Ventas para Valores, tras reunión Juan Carlos Morán (JC), Jorge de la Herranz (JH), Carlos Gutiérrez (CG) y Rafael Noguero (RN). Fecha 23-10-2002” 6 Anexo 02.006: “GN FILAFINSA”, organigrama del grupo de negocio FILAFINSA en el año 2001.
12
No es del agrado de los clientes que se le adjudiquen mucha cantidad de series de bajo importe, además eso implica sobres voluminosos.
Debe de aparecer en algún catálogo” …………………………..
“NOTA DE RN
Propuestas que flexibilizarán y que por tanto, permitirían el uso de más filatelias: 1.- El importe medio podría ser 50 Euros (8.000 ptas.) pieza mínimo. 2.- Podría utilizarse filatelia no catalogada salvo que el cliente reclamara la posesión de la filatelia.”
Ya en el año 2004 y, basándonos en el informe denominado “Características de
la Filatelia para Inversión”7 indicaremos brevemente las propiedades, que según
AFINSA, debían de tener los valores filatélicos destinados a cubrir los contratos CIT
(este documento fue elaborado por Dolores Llames, revisado por Bernardo Valero y
aprobado por Antonio Giménez- Rico). El objetivo de este documento que tiene rango
de NORMA es:
“La definición de las características que deben de tener los valores filatélicos destinados a los productos de inversión que comercializa Afinsa. También se indica los estándares de calidad exigible a los valores filatélicos y los criterios utilizados en la valoración de los mismos.”
La definición de Valores Filatélicos que efectúa es bastante exigente cuando
dice lo siguiente:
“Se consideran “Valores Filatélicos” aquéllos aceptados como sellos de acreditada cotización, calidad y autenticidad, en el mercado del Coleccionismo, y que además cumplen una serie de requisitos que les convierten en aptos para la inversión.”
En las definiciones básicas y desde un punto de vista filatélico, considera
similares a los contratos CIT y CIF; así, dice:
“Contrato CIT o CIF: Desde el punto de vista filatélico los contratos CIT o CIF se adjudican con valores o piezas filatélicas, tanto nuevos como matasellados, con reconocida valoración en el mercado del coleccionismo, garantizada mediante su presencia durante al menos los últimos 10 años en catálogos de referencia homologados por el Consejo de Administración de Afinsa, y cuya cotización haya aumentado en dicho periodo. Para piezas filatélicas no catalogadas o de catalogación inferior a 10 años será necesario la certificación
7 Anexo 02.007: “Características de la filatelia para inversión. Normativa”. Informes de 02/03/2004 y
28/06/2004 del departamento de Adjudicación y Custodia de Valores
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de las mismas por especialistas autorizados por el Consejo de Administración de Afinsa.”
Con respecto a la Filatelia CIT, en dicho documento se indican los atributos
que deben poseer los valores filatélicos destinados a contratos CIT y CIF; entre otros
destacamos:
“Cotización: - Presencia de al menos los últimos 10 años en catálogos. - Catálogos de referencia admitidos: Yvert, Michel, Edifil, Filabo, Scott, Brookman, Bolaffi, Dallay, Sassone, Cob, Gibbons, Zumstein, Facit y Domfil (U otros que se consensuen). - Catálogos de subasta, de Casas homologadas por Central de Compras y Sistemas de Inversión. - Piezas filatélicas certificadas por expertos reconocidos.” “Autenticidad, garantizada por especialistas autorizados de Central de Compras, con certificado específico de garantía para series/piezas de más de 2000 euros y para sellos más caros en usado que en nuevo.” “Calidad. Adecuada en centraje, color, goma, papel y dentado. Los sellos nuevos pueden ser con y sin charnela, con la correspondiente merma de valoración. En sellos sin dentar, con borde de hoja en su caso, o en pareja. En caso contrario, de no preparación en Central de compras, se desecha cualquier dudoso.” “Países, son adjudicables preferentemente los pertenecientes a la FIP y UPU que cumplan además con el resto de condicionantes. O aquellos países fuera de la FIP y UPU, o ya inexistentes, que cumplan el resto de condicionantes.” Etcétera.
Con respecto a la valoración de la filatelia CIT, dice que “se valorará para su
adjudicación, al precio reflejado en el catálogo que le corresponde según la “Guía
de Valores Filatélicos aprobados para productos de inversión”, en caso de
valoraciones distintas a esta norma general, éstas deben ser aprobadas por el
Consejo de Administración de AFINSA. Los valores que no estén catalogados se
valorarán mediante catálogos de subasta, de casas homologadas por Central de
Compras y Sistemas de Inversión (entre ellas todas las del grupo AFINSA), o bien
mediante certificados que incluyan valoración, firmados por los expertos reconocidos.
Como más adelante veremos, estas características teóricas tan exigentes que
establece la Norma elaborada por Dolores Llames, normalmente no se cumplen, y así
14
lo refleja el documento denominado: “Revisión de normas y procedimientos” dentro del
Plan PR0058, cuando dice:
“1.3 CIT/CIF
No se controla que la antigüedad sea superior a 10 años ni que se haya revalorizado en ese periodo.
No se dispone de certificaciones para las piezas de antigüedad en catalogación inferior a 10 años.”
II.2.4. Estructura formal de los contratos CIT
Desde su inicio, estos contratos, siempre se han estructurado bajo la forma de
un “Mandato de compra” y un “Mandato de venta”, a los que se añadió con
posterioridad el “Contrato de depósito”9. El contrato de depósito ha tenido carácter
residual, pues cuando no se formalizaba, en el anexo al mandato de venta que recogía
la composición del lote de valores filatélicos, el cliente, normalmente, firmaba una Nota
en la que se decía:
“Los valores filatélicos objeto del presente Contrato, se depositan con esta
fecha en las oficinas de AFINSA para su custodia y conservación”10
.
La redacción de los “mandatos”, aunque ha sufrido ciertas modificaciones,
siempre ha sido muy homogénea, normalmente dicha redacción corría a cargo de
Joaquín Abajo Quintana y así queda constancia de ello en las actas del Comité
Ejecutivo11. Describiremos la redacción del “mandato de compra”, “mandato de venta”
y “contrato de depósito” cuya comercialización estaba vigente en el momento de la
intervención judicial, pues recoge la mayoría de los contratos CIT analizados y su
redacción era muy similar a la de los anteriores. No obstante se comentarán las
diferencias significativas que hubiera con las redacciones contractuales anteriores.
8 Anexo 02.008: “Revisión de Normas y Procedimientos. Plan PR 005. Junio de 2004. Dirección de
Control Presupuestario y Seguimiento Estratégico”. Este documento a pié de página tiene las iniciales BV,
que puede indicar que fue elaborado por Bernardo Valero. 9 Anexo 02.009: Proforma de modelos de contrato CIT, “Mandato de compra”, “Mandato de venta” y
Contrato de depósito. 10
Anexo 02.010: ejemplo de contrato CIT, contrato nº 41823253 de 31/diciembre/1998 (fecha del mandato de compra), que consta de ficha con solicitud de contrato, mandato de compra con relación de anticipos, mandato de venta con anexo de composición de lote de valores filatélicos y hoja de liquidación de valores filatélicos (liquidación del contrato a su vencimiento) y ejemplo de contrato CIT (contrato nº 41-184503-3) del año 2002, que consta de solicitud de contrato, Mandato de compra con relación de anticipos, Mandato de venta con anexo de composición del lote de valores filatélicos, contrato de depósito y hoja de liquidación de valores filatélicos (liquidación del contrato a su vencimiento). 11
Anexo 02.011: actas del Comité Ejecutivo de 30 de mayo, 15 de junio, 4 de julio de 2000 y, 22 de febrero de 2001.
15
II.2.4.A) Mandato de compra
Se realiza entre el cliente que actúa como MANDANTE y AFINSA, siendo la
actuación de AFINSA la de un comisionista mercantil; así, el exponendo Tercero dice:
“Que la actuación de AFINSA es estrictamente la de un comisionista mercantil, poniendo en contacto al MANDANTE con las personas que han de venderle los Valores Filatélicos, siendo las operaciones de compraventa, que efectúe, por cuenta exclusiva del MANDANTE, salvo la posible venta por AFINSA, que se sujetará a las normas de compraventa mercantil, contenidas en los artículos 325 y siguientes del Código de Comercio y todo ello de acuerdo a las siguientes CLÁUSULAS.”
“Primera.- El MANDANTE encarga en este acto a AFINSA y ésta lo acepta la adquisición, en su nombre y por su cuenta, de un lote de Valores Filatélicos, por un importe de ...................-Euros, incluida su comisión del 3%, como máximo. La adquisición realizada por AFINSA quedará siempre subordinada a su aceptación expresa por el MANDANTE”.
Vemos por tanto que lo que se estipula en esta cláusula no son los valores
filatélicos que el mandante quiere comprar, sino la cantidad concreta de euros que
quiere invertir.
“Segunda.- AFINSA tendrá que poner los Valores Filatélicos a disposición del MANDANTE en un plazo máximo de quince días, considerándose, en el caso de que concluyera el plazo sin haber sido posible efectuar la compra, resuelto el contrato de pleno derecho.” “En el caso de que el contrato de compraventa, al que se refiere este mandato, llegara a perfeccionarse, se retrotraerán los efectos de aquél a la fecha del mandato.”
Se está reconociendo, por tanto, la existencia de dos fechas: la fecha del
mandato de compra y una fecha posterior (nunca superior a quince días desde la del
mandato de compra) que es la del mandato de venta, cuando AFINSA pone a
disposición del MANDANTE los valores filatélicos. En esta última fecha (la posterior) el
MANDANTE, como más adelante veremos, encarga la gestión de la venta de dichos
valores filatélicos a AFINSA. No obstante, a pesar de que AFINSA dispone de 15 días
para poner a disposición del MANDANTE los valores filatélicos, quiere, como también
lo veremos en la cláusula siguiente, que la fecha del mandato de compra sea la que se
vaya a tener en cuenta a todos los efectos.
16
Se ha podido verificar por la aplicación informática de gestión de los contratos
(INVER) que siempre la fecha de inicio de los contratos coincide con la fecha del
“mandato de compra” y no con la del “mandato de venta” que se hace unos días
después.
“Tercera.- Transcurrido el plazo establecido en la cláusula anterior, sin que AFINSA pudiera materializar en el mercado la compra encomendada, procederá a vender al MANDANTE, por el mismo importe, Valores Filatélicos de sus propios stocks, emitiendo la correspondiente factura y sin que, en este caso, proceda el cobro de ningún tipo de comisión y surtiendo efectos desde la fecha del mandato de compra.”
Como luego se verá en otra parte del informe y ellos mismos reconocen,
AFINSA, aunque sí ha contabilizado, nunca ha cobrado comisión alguna por los
contratos CIT en los que dice ha llevado a cabo la mediación.
En las redacciones anteriores de otros subtipos de contratos CIT 41 vigentes
en el periodo que abarca la pericia12, el documento “Mandato de Compra” era una
simple hoja que se encabezaba con la fecha, el número y con el importe en pesetas
del lote, ese importe se decía que se entregaba en ese acto (en la fecha del mandato
de compra) que también era unos días anterior a la del “Mandato de Venta”. No se
especificaba el plazo de que disponía AFINSA para cumplir el encargo del Mandante,
pero también se indicaba que, en el caso de que se perfeccionara un contrato de
compraventa, se retrotraerían los efectos de aquel a la fecha del mandato.
Hay que destacar que en todos los contratos CIT que han estado vigentes en
algún momento del periodo que abarca esta pericia, el “Mandato de Compra” iba
acompañado de un recibo dirigido por AFINSA al cliente en el que se le hacía
entrega de los anticipos a cuenta de la cantidad pactada en el “Mandato de
Venta”. Es decir en la fecha del “Mandato de compra”, antes de que se entreguen los
valores filatélicos al cliente y por tanto antes de que éste pueda solicitar la gestión de
venta de los mismos a AFINSA (“Mandato de venta”), ya se hace entrega de parte del
importe de esa venta a través de unos anticipos, normalmente en forma de pagarés, al
cliente indicándose el número del “Mandato de venta” que todavía no se ha firmado.
“D…………………….., recibe en este acto en concepto de anticipo a cuenta de la cantidad pactada en el mandato de venta nº…………….con fecha de
12
Anexo 02.012: ejemplo de contrato CIT iniciado en el año 1998 (contrato nº 41713333 de fecha 12 de octubre de 1998).
17
vencimiento……., las cuantías documentadas en los siguientes pagarés que a continuación se relacionan:”
Como ya hemos indicado, llama la atención que esa entrega en concepto de
anticipo a cuenta tenga en todos los casos la fecha del mandato de compra, cuando
literalmente se está refiriendo al mandato de venta con su nº correspondiente,
sucediendo que siempre el mandato de venta es posterior al mandato de compra. Es
decir, se está recogiendo en la fecha del mandato de compra la rentabilidad que
va a cobrar el cliente por unos valores filatélicos que todavía no se le han
adjudicado ni por tanto ha recibido.
II.2.4.B) Mandato de venta
Se realiza igualmente entre el cliente MANDANTE y AFINSA. En él aparece ya
identificado el contrato con su número, vinculándolo con el mandato de compra
correspondiente. Todos los mandatos de venta tienen una fecha posterior a la del
mandato de compra (unos días de diferencia).
En el punto tercero de dicho Mandato de venta se recoge: “Que la entrega de
Valores Filatélicos, que por medio del presente documento se efectúa, se entiende
realizada en ejecución del citado mandato o del contrato de compraventa entre el
MANDANTE y AFINSA”. Es decir, es indiferente tanto para AFINSA como para el
MANDANTE explicar claramente la procedencia de los valores filatélicos: de la
ejecución del mandato de compra (en el que teóricamente AFINSA ha mediado), o de
un contrato de compraventa (en el que AFINSA ha vendido filatelia de su propio stock).
En este documento, el MANDANTE encarga la gestión de venta de los valores
filatélicos a AFINSA, resolviéndose en caso de no poderse llevar a cabo, para entrar
en vigor el contrato de compraventa:
“Cuarto.- Que, por medio del presente documento, el MANDANTE otorga a AFINSA un mandato de venta que se regirá por los artículos 244 y siguientes del Código de Comercio y que, en caso de no poder ser llevado a efecto, quedará resuelto, pasando a regirse las relaciones de las partes por las normas reguladoras del contrato de compraventa, y todo ello de acuerdo con las siguientes CLÁUSULAS.”
“Primera.- AFINSA entrega al MANDANTE y éste lo recibe a su plena conformidad el lote de Valores Filatélicos, cuyo desglose se relaciona en el
18
Anexo a este contrato, siguiendo las instrucciones recogidas en el Mandato de compra nº ............., y por un importe de ...................., Euros. Dicho importe se entrega en este acto por el MANDANTE a AFINSA, sirviendo este documento de recibo por dicha cantidad.”
Efectivamente, con el mandato de venta se acompaña un Anexo con la
composición del lote de valores filatélicos que se adjudican en ese contrato. La
descripción que se hace de los valores es la siguiente:
- Nº de catálogo
- Cantidad de sellos por referencia
- Descripción (normalmente el país al que corresponden los sellos).
No se menciona ni en el anexo, ni en el contrato el valor que tienen esos sellos
en el catálogo ni la evolución de su revalorización, según catálogo, en el tiempo. Hasta
aproximadamente el año 2005, ni siquiera se indicaba el nombre del catálogo al que
correspondían esas referencias.
Conviene resaltar, como ya se ha indicado anteriormente, que cuando no se
realizaba el contrato de depósito, en este Anexo con la composición del lote de valores
filatélicos, normalmente se firmaba una Nota por el Mandante que literalmente decía:
“Los valores filatélicos objeto del presente contrato, se depositan con esta fecha en la
oficinas de AFINSA para su custodia y conservación”.
“Segunda.- El MANDANTE encarga a AFINSA, en este mismo acto y a través de este documento, y ésta asume el encargo, la gestión de venta del lote de Valores Filatélicos anterior, en la fecha .......................El MANDANTE percibirá como consecuencia de la venta, la cantidad mínima de ................... Euros”. “En el caso de que AFINSA no encontrara adquirentes en el mercado en la fecha y por la cantidad antes indicada, se considerará resuelto el mandato, y AFINSA comprará, en su propio nombre, el lote de Valores Filatélicos por el importe antes mencionado, en la fecha correspondiente”. “Tanto si se realiza la entrega del dinero en su propio nombre como en nombre y por cuenta de terceros, AFINSA descontará de la cantidad a entregar la cuantía de los anticipos a cuenta, que el MANDANTE haya percibido con anterioridad.” “Para el cumplimiento de la presente cláusula, será imprescindible que el MANDANTE entregue los Valores Filatélicos en el perfecto estado de conservación que los percibe.”
La fecha en la que el MANDANTE encarga la venta a AFINSA es la que indica
la duración del contrato. Observemos que en esta cláusula segunda se encarga la
gestión de la venta de los valores filatélicos por el MANDANTE a AFINSA, es decir en
el mismo momento en que el cliente MANDANTE ha recibido los valores filatélicos y
19
en unidad de acto, encarga ya a AFINSA que se proceda a la venta de los mismos en
una fecha determinada y por un importe mínimo establecido de antemano y, como
luego veremos en las siguientes cláusulas, no deja abierta la posibilidad de que el
MANDANTE se arrepienta y decida quedarse con los valores filatélicos. Es decir es un
contrato en que de antemano se está dejando claro que el MANDANTE no está
interesado en quedarse con los valores filatélicos que adquiere (siempre los va a
vender), mientras que lo que sí quiere dejar claro, es el importe que va a
conseguir como mínimo por dicha venta y la fecha en que se va a producir.
En este encargo de la gestión de venta del lote de valores filatélicos no se
menciona en ningún momento la revalorización que pueden tener los valores
filatélicos en función del catálogo de referencia; únicamente se indica la
cantidad a percibir.
Tenemos que destacar dos diferencias importantes entre la redacción vigente
del Mandato de venta y la redacción anterior (desde su inicio hasta aproximadamente
noviembre de 1998)13:
1ª) En la redacción actual (2º párrafo de la cláusula segunda) se dice:
“En el caso de que AFINSA no encontrara adquirentes en el mercado en la fecha y por la cantidad antes indicada, se considerará resuelto el mandato, y AFINSA comprará, en su propio nombre, el lote de Valores Filatélicos por el importe antes mencionado en la fecha correspondiente,” .
Mientras que en la redacción anterior decía:
“En el caso de que AFINSA no encontrara adquirentes en el mercado en la fecha y por la cantidad antes indicada, para dar cumplimiento al mandato recibido, se obliga formalmente a entregar, en cualquier caso, el importe antes mencionado, en la fecha correspondiente.”
Es decir los valores filatélicos no tienen importancia alguna. En esta última
redacción queda más claro aún que los valores filatélicos sólo son una excusa, como
luego demostraremos, ni siquiera sirven de garantía para formalizar el contrato; lo
importante para el cliente es que le aseguren y entreguen la cantidad prometida y en la
fecha convenida.
2ª) En la redacción actual del mandato se dice:
13
Nota: ver Anexos 02.010 y 02.012.
20
“El MANDANTE percibirá como consecuencia de la venta, la cantidad mínima de ................... Euros”... Mientras que en la redacción anterior, se decía: “El mandante percibirá, como consecuencia de la venta, la cantidad líquida de……….Ptas.”.
No obstante, es indiferente que el mandato de venta hable de “cantidad
mínima” o “cantidad líquida” porque lo que si sabemos con certeza y demostraremos
es que es cantidad única. El MANDANTE sólo va a recibir esa cantidad y en esa
fecha.
“Tercera.- El importe efectivamente obtenido en la venta, o en su caso entregado por AFINSA se entenderá líquido o neto para el MANDANTE, ya deducida la comisión (el 3% como máximo) que AFINSA percibirá por su intermediación en la venta”.
Como luego se verá en otra parte del informe y ellos mismos reconocen,
AFINSA, aunque sí ha contabilizado, nunca ha cobrado comisión alguna por los
contratos CIT en los que dice se ha producido mediación.
Cuarta.- “En caso de fallecimiento, el MANDANTE designa como beneficiarios de cuantos derechos y obligaciones se deriven del presente contrato a .......................”
II.2.4.C) Contrato de depósito
Está vinculado con el mismo nº al mandato de venta, teniendo lógicamente la
misma fecha que él; fecha en la que teóricamente han sido entregados los valores
filatélicos al MANDANTE. En este contrato el MANDANTE se convierte en
DEPOSITANTE, que desea depositar en poder de AFINSA los valores filatélicos que
en el contrato CIT se detallan, ya que AFINSA posee los locales y medios adecuados
para la custodia y conservación de los citados valores filatélicos.
Se recoge explícitamente en la estipulación segunda que el depósito no será
retribuido.
La estipulación tercera dice que este contrato de depósito mercantil es
accesorio del “contrato de adquisición de valores filatélicos”, por lo que su duración
21
será igual a la de éste, obligándose AFINSA a custodiar y conservar debidamente los
valores filatélicos por el tiempo que dure el contrato principal.
La estipulación cuarta recoge que los sellos depositados se encuentran
asegurados por AFINSA mediante póliza suscrita por ésta con una “compañía de
seguros de reconocida solvencia”, contra todo riesgo o daño o pérdida material.
La estipulación quinta y sexta recogen la facultad que tiene el depositante de
reclamar en cualquier momento a AFINSA los valores filatélicos depositados,
solicitándolo con una antelación mínima de siete días y la facultad de poder comprobar
en cualquier momento las condiciones del depósito.
El modelo de contrato de depósito se aprobó por el Comité Ejecutivo del grupo
AFINSA en julio del año 200014, si bien no hemos encontrado que se utilizara hasta
comienzos del año 200215 y sirvió para sustituir la Nota que se realizaba normalmente
en el Anexo que acompañaba al mandato de venta cuando allí se recogía
explícitamente que los Valores Filatélicos quedaban depositados en las oficinas de
AFINSA para su custodia y conservación16.
Conviene resaltar el hecho cierto de que a la inmensa mayoría de los clientes
que suscribían contratos CIT, AFINSA no les entregaba físicamente la filatelia, sino
que se quedaba en sus instalaciones.
La proporción que guarda la filatelia que queda en los almacenes de AFINSA
respecto del total de la filatelia adjudicada a contratos CIT, la podemos obtener de la
Base de datos del Inventario de AFINSA a 9 de mayo de 2006 (BD Inventario). Base
de datos utilizada por la Administración Concursal de AFINSA para el informe de
valoración del inventario filatélico. Los datos son los siguientes:
FILATELIA CIT ASIGNADA A CONTRATOS A 09/05/2006
Asignación Ubicación Importe total %
CLIENTE CLIENTE 28.360.023,53 1,69%
CLIENTE DEPOSITO 1.645.617.204,42 98,31%
1.673.977.227,95 100,00%
Fuente: "BD Inventario" Inventario CIT
14
Nota, ver anexo 02.011: Acta del Comité Ejecutivo del grupo AFINSA de 4 de julio de 2000. 15
Anexo 02.013: contratos nº 41-178163 de 23/12/2001 sin contrato de depósito y contrato nº 41-170197 de 05/01/2002 con contrato de depósito. 16
Nota, ver Anexos 02.010 y 02.011.
22
Es decir, en la fecha de la intervención judicial, de la totalidad de contratos
CIT/CIF que estaban vivos, sólo el 1,69% de la filatelia asignada a dichos contratos
estaba en poder de los clientes. (Los contratos CIT/CIF se analizan conjuntamente,
porque la filatelia utilizada en los contratos de corta duración tiene características
similares. Siendo los contratos CIF mucho menos importantes, tanto en número de
contratos como en capital invertido, dentro de los contratos de corta duración)
Conviene tener en cuenta que por término medio el 81% de los contratos CIT,
tanto en número de contratos como en importe nominal de capital invertido en ellos, a
su vencimiento son renovados por otros contratos CIT17, es decir la mayoría de los
clientes de contratos CIT cuando llega su vencimiento y una vez cobrados los
anticipos, renuevan dichos contratos en otros contratos CIT por importes iguales,
superiores o inferiores a los capitales de los contratos vencidos.
Así, en la documentación de contratos que se muestra18 se observa como los
contratos nº 41-265352-5 y 41-322349-5 están vinculados al mismo cliente y llevan
una consecuencia temporal consecutiva, de modo que en la fecha del vencimiento del
contrato nº 41-265352-5 se efectúa el mandato de compra (fecha de inicio del
contrato) del contrato siguiente, el contrato nº 41-322349-5. Lo mismo ocurre con los
contratos nº 41-227011-5 y 41-342368-5.
Los archivos informáticos intervenidos ofrecen escaneados la mayoría de los
contratos CIT.
Se muestran unos ejemplos de contratos CIT19 aleatoriamente seleccionados y
de distintas fechas y vigentes en algún momento del ámbito temporal de la pericia.
En todos los contratos analizados se conserva la siguiente documentación:
- Ficha de solicitud de contrato, que recoge:
Además de ofrecer los datos de fecha, titular o titulares del contrato y del
asesor que lo ha captado, indica el tipo de contrato (CIT 12, CIT 25, etc.) y
17
Anexo 02.014: cuadro de elaboración propia con el número de contratos e importe de principal de contratos vencidos cada año, indicando de dichos contratos e importes cuales han sido objeto de renovación en otros contratos CIT. Fuente INVER (contratos CIT dinero interno) y cálculos de estos peritos judiciales sobre los contratos vencidos cada año. 18
Anexo 02.015: documentación completa de contratos CIT (contratos nº 41775755, 41-322349-5, 41-265352-5, 41-342368-5 y 41-227011-5). 19
Nota, ver Anexo 02.015: documentación completa de contratos CIT (contratos nº 41775755, 41-322349-5, 41-265352-5, 41-342368-5 y 41-227011-5).
23
si es contrato nuevo o es renovación de uno anterior; en caso de que sea
renovación de un contrato anterior, en la cabecera del contrato, se indica el
nº del contrato de procedencia existiendo la posibilidad de marcar si
procede de un CIT 30. Indica igualmente si la filatelia se queda o no en
depósito y si ha sido o no pagado.
- Mandato de compra
- Documento de entrega de anticipos a cuenta; en la que, con fecha igual a
la del mandato de compra, tanto si el cliente optaba por el cobro
trimestral, anual o a vencimiento, se le entregaba en concepto de anticipo a
cuenta, normalmente en forma de pagarés con vencimiento/s en las fechas
de cobro elegidas por el cliente, la rentabilidad o interés que debía cobrar
el cliente en la fecha de vencimiento del contrato, es decir la diferencia
entre el importe entregado por el cliente y la cantidad mínima
comprometida por AFINSA recogida en el mandato de venta.
- Mandato de venta
- Anexo al mandato de venta con la descripción del lote de valores filatélicos
adjudicado, como ya hemos indicado dicho anexo no indica el valor de los
sellos en el catálogo correspondiente.
- Contrato de depósito, sólo a partir del año 2002, pues antes no se realizaba, y
se suplía con el reconocimiento por parte del inversor, en el Anexo al mandato
de venta, de que los valores filatélicos quedaban depositados en AFINSA.
- Documento de liquidación de valores filatélicos, en el que con la
referencia del contrato nº.................., el cliente firma que:
“He recibido de AFINSA BIENES TANGIBLES S.A., la cantidad que se indica al pie del presente recibo, correspondiente a la compra de lotes de valores filatélicos de mi propiedad, por cuenta de terceros o por AFINSA BIENES TANGIBLES S.A.” “Importe líquido después de mediación y anticipo”
“Euros”: siempre la cantidad inicial entregada por el cliente
Es decir, lo que el cliente recibe siempre y únicamente es:
24
1º.- El anticipo o anticipos a cuenta, normalmente en forma de pagarés,
por la diferencia entre la cantidad entregada y la cantidad mínima
comprometida.
2º.- Al vencimiento del contrato, el importe nominal entregado.
II.2.5. Origen de los contratos CIT
La comercialización del contrato CIT vigente en el periodo temporal de esta
pericia, es decir el contrato CIT de mandato o CIT de mediación, se inició, como ya
hemos indicado, en el año 1995; pero AFINSA comercializaba antes otros productos y
contratos semejantes al CIT que fueron sin duda alguna el germen del actual contrato
CIT, y tanto unos como otros desembocaron en el CIT analizado; es decir, los clientes
de dichos productos o contratos antiguos, que deseaban seguir invirtiendo en
productos de AFINSA, en la rescisión de los mismos canalizaban la liquidación de sus
contratos normalmente, y así lo deseaba AFINSA, en el nuevo CIT que iniciaba su
andadura: el CIT de mediación.
El hecho de que los clientes de los antiguos productos o contratos CIT, al
vencimiento de los mismos, renovaran su inversión en el nuevo CIT de mandato, no es
en sí mismo un hecho especial o digno de mención, lo es porque AFINSA
consideraba a esos antiguos CIT productos financieros que no generaban
beneficios y, lo que es más importante, eran utilizados por AFINSA, algunos de
ellos, al igual que el CIT vigente, para maquillar la situación de insolvencia
patrimonial y quiebra que AFINSA ha sido capaz de mantener durante un
larguísimo periodo de tiempo.
Nos estamos refiriendo a los siguientes productos o contratos: los CIT 30 y los
antiguos CIT 41.
II.2.5.A) Los CIT 30
Tal y como se explica en el informe de desarrollo que analiza los estados
financieros20, el sistema de gestión comercial de los contratos (INVER) nos ofrece
20
Véase informe de desarrollo “ESTADOS FINANCIEROS Y SITUACIÓN PATRIMONIAL”, apartado III.1.1. Antecedentes de los contratos CIT actuales: los llamados “CIT 30”.
25
información sobre ciertos Contratos de Intermediación Temporal, denominados CIT 30,
que aún siendo antiguo su periodo de comercialización, algunos de ellos han estado
vivos en el ámbito temporal que abarca la pericia. Estos CIT 30 se pueden dividir en
dos bloques o categorías:
- los llamados “Contratos de Préstamo con Garantía Prendaria” (CPGP),
cuyo periodo de comercialización estuvo comprendido entre 1990 y octubre
de 1993, y
- los “Contratos de Venta con Pacto de Recompra (CVPR), que se
comercializaron entre noviembre de 1993 y 1995.
El análisis contable que se hace de estos contratos nos pone de manifiesto la
naturaleza de los mismos.
a) Contratos de Préstamo con Garantía Prendaria (CPGP)
En el análisis contable se explica cómo estos contratos se registraban como un
préstamo recibido por AFINSA, recogiendo el pasivo del balance tanto los importes del
principal como los intereses pendientes de pago, ésta última partida compensada con
la correspondiente cuenta de activo, y en la cuenta de resultados, los intereses
satisfechos en cada ejercicio sobre los que se efectuaba la correspondiente retención
por rendimientos de capital mobiliario. De forma que a lo largo de toda la operación el
resultado único para AFINSA era el saldo negativo de los gastos financieros
generados en cada ejercicio.
Como ejemplo de estos contratos21 aportamos uno de los que estaban vivos en
el periodo de esta pericia; es el contrato CIT 30 nº 53563, y destacamos de su lectura
lo siguiente:
- El contrato tiene la denominación de Contrato de Préstamo con Garantía
Prendaria.
- El cliente actúa como “prestamista” y AFINSA como “empresa prestataria”.
- La cantidad entregada lo es en concepto de “préstamo”.
- Se indica que el capital prestado “devengará un interés anual de ...”. Sobre
dicho interés se aplicará la retención legal que corresponda.
21
Anexo 02.016: contrato CIT nº 30053563 de 10 de julio de 1992 con una duración de 10 años, vencimiento del contrato 10 de julio de 2002.
26
- Como garantía del préstamo, la empresa prestataria entrega al prestamista
en concepto de prenda ciertos valores filatélicos, y en consecuencia dicen
se otorga la posesión de los mismos.
- Al vencimiento del préstamo, el prestamista debe devolver los valores filatélicos
que en su día le fueron entregados al objeto de garantizar la obligación
principal del contrato; pero paralelamente en el anexo donde se detallan los
valores filatélicos entregados se indica que dichos valores se depositan en
dicha fecha en las oficinas de AFINSA para su mejor custodia y
conservación.
- Los intereses se van pagando trimestralmente en todo el periodo de
duración del contrato.
- Existe la cláusula por la que se designan beneficiarios en caso de
fallecimiento del titular/s del contrato.
La filatelia asignada al contrato como garantía del préstamo está valorada
según las Listas internas22 elaboradas y revalorizadas por AFINSA y utilizadas
normalmente para los contratos PIC antiguos. Así, en el contrato del ejemplo, aunque
las primeras Listas internas que nos ofrece el INVER son de julio de 1993 y teniendo
en cuenta que en esos años las Listas se revalorizaban por AFINSA en un 24%23, se
puede comprobar que la valoración resultante es muy aproximada.
b) Contratos de Venta con Pacto de Recompra (CVPR)
En el análisis contable se explica cómo estos contratos, aunque sucedieron a
los contratos de préstamo (de hecho posiblemente muchos de los CPGP se renovaron
en forma de CVPR), se contabilizan de forma diferente a los anteriores, pues se
entiende que son operaciones de venta de filatelia con pacto de recompra a su
vencimiento por el mismo importe mas una rentabilidad prefijada en el contrato.
Pero también se registran en parte como operaciones financieras al considerar
que la revalorización comprometida es un gasto financiero, sobre el que se practica
también la correspondiente retención por rendimientos de capital mobiliario, y
reconocer en el pasivo del balance la deuda por los intereses pendientes. La venta de
filatelia y su ulterior compra no genera resultado alguno pues también se registra una
provisión por el margen; de forma que a lo largo de la vida del producto el resultado
22
Anexo 02.017: Listas internas obtenidas del INVER con los valores de adjudicación, años completos de Europa a 1/07/1993. 23
Anexo 02.018: documento interno de Juan Carlos Morán “Monográfico sobre filatelia” de 208/10/1999.
27
único para AFINSA es el saldo negativo de los gastos financieros generados en cada
ejercicio.
Como ejemplo de estos contratos24, aportamos uno de los que estaban vivos
en el periodo de esta pericia; es el contrato CIT 30 nº 62261, y destacamos de su
lectura lo siguiente:
- El contrato se denomina “contrato de compraventa”.
- El cliente se denomina “inversor” que adquiere determinados lotes de
valores filatélicos, con el firme propósito por parte de AFINSA, si así lo
desea el inversor, de proceder a su recompra.
- La mencionada recompra se ejercitará por AFINSA en las fechas y por
las cantidades expresamente indicadas en el contrato.
- La diferencia entre el valor de adquisición y el precio de venta a AFINSA se
considera rendimiento implícito de capital mobiliario, por el que AFINSA
practicará las oportunas retenciones legalmente establecidas.
- Existe la cláusula por la que se designan beneficiarios en caso de
fallecimiento del titular/s del contrato.
- En el anexo donde se detallan los valores filatélicos entregados se indica
que dichos valores se depositan en dicha fecha en las oficinas de
AFINSA para su mejor custodia y conservación.
La filatelia asignada al contrato está valorada, al igual que en el caso de los
contratos de préstamo con garantía prendaria, según las Listas internas elaboradas
por AFINSA25; así, en el ejemplo del contrato aportado se deduce de forma
aproximada esa valoración.
Pues bien, estos contratos CIT 30, cuando el cliente quería renovarlos, eran
transformados en el nuevo CIT de mandato o CIT de intermediación. De hecho la ficha
de solicitud del vigente contrato CIT tenía previsto en una de sus casillas el CIT 30
para marcar el origen del contrato26.
Esa evolución de los contratos CIT 30 en los nuevos CIT de mandato se recoge
muy bien en un documento encontrado en los archivos informáticos de Emilio
24
Anexo 02.019: contrato CIT nº 30062261 de 24 de junio de 1994 y vencimiento 24 de junio de 1999. 25
Anexo 02.020: Listas internas obtenidas del INVER con los valores de adjudicación de años completos de Europa a 01/06/1994. 26
Nota: ver anexos 02.010 y 02.013.
28
Ballester López, sin título y de fecha noviembre de 9427, en el que preguntándose
sobre la obligación que puede tener AFINSA de retener al cliente por la plusvalía
obtenida cuando actúa como comisionista en la venta, hace una reflexión sobre las
fases por las que va pasando la empresa en el desarrollo de sus contratos:
“Pensemos en una empresa que tiene por objeto recibir dinero de sus clientes para invertirlo en la compra de arte, antigüedades y objetos de colección, los cuales constituyen garantía pignoraticia de las cantidades de dinero entregadas, y que se obliga a proporcionar a sus clientes un rendimiento hasta la finalización del contrato. Dicha empresa se encuentra en la posición de sujeto pasivo sustituto del contribuyente y, en consecuencia, procede a retenerle la cantidad correspondiente cada vez que satisface un rendimiento al cliente.”
“En una segunda fase, la operación se articula de la siguiente forma: la empresa vende al cliente los bienes mencionados, comprometiéndose, en el caso de que el cliente así lo desee, a recomprarlos en su totalidad a la finalización del contrato o, parcialmente, a lo largo del mismo. En ambos casos, se compromete así mismo a satisfacer al cliente una plusvalía en la recompra. En este supuesto, la empresa ya no es, propiamente, un sustituto del contribuyente, pero, no obstante, sigue aplicando una retención, como si se tratara de rendimientos de capital mobiliario, sobre la parte proporcional de plusvalía producida en la recompra. La empresa sigue realizando las retenciones por si Hacienda entendiera que su posición es equivalente a la de un sujeto pasivo sustituto, dado que estos contratos traen su causa de los contratos de la fase anterior.”
“En un futuro inmediato, y para evitar inmovilizaciones financieras, la empresa va a actuar como un mero comisionista de sus clientes, muchos de los cuales procederán de contratos celebrados conforme a la figura descrita en el párrafo anterior. En principio, la intervención de la empresa se producirá en el momento de la compra, actuando como un comisionista de compra ( es decir, la empresa comprará los bienes citados por cuenta de su cliente), pero en el contrato de comisión se hará constar que, en el caso de que el cliente decida revender las colecciones por medio de la empresa, ésta se obliga a actuar como comisionista de venta por cuenta de su cliente colocando los bienes en el mercado al mejor precio posible y, en cualquier caso, por encima de un precio mínimo fijado en el contrato”. (La negrita es nuestra).
Leyendo este documento no es difícil adivinar cómo ha ido evolucionando
formalmente el contrato de intermediación temporal (CIT) vigente en los años que son
objeto de esta pericia:
1ª etapa, 1990- octubre de 1993: CPGP. Se articula como un contrato de
préstamo para el que sirven de garantía ciertos valores filatélicos, se registra
27
Anexo 02.021: documento interno sin título en forma de notas encontrado en los archivos informáticos de Emilio Ballester López de noviembre de 1994.
29
contablemente como tal, de forma que con respecto a estos contratos, AFINSA refleja
la imagen fiel de su patrimonio: en el pasivo del balance queda registrada la deuda y
en la cuenta de resultados la pérdida provocada por los gastos financieros.
2ª etapa, noviembre de 1993 – 1995: CVPR. Se articula como un contrato de
compraventa de filatelia con el compromiso de recompra por parte de AFINSA, se
contabiliza como tal compraventa, sin beneficio alguno en la misma y reconociendo
unos gastos financieros que constituyen el único resultado de dichos contratos.
AFINSA no refleja fielmente su situación patrimonial, ya que sólo registra la deuda
derivada de los intereses pendientes de pago, pero refleja en la cuenta de Pérdidas y
Ganancias la pérdida provocada por los gastos financieros.
3ª etapa, 1995- mayo 2006: CIT 41 (con una gran variedad de subtipos). En el
año 1995 se sustituyeron los contratos de venta con pacto de recompra por lo que
denominaron “el CIT con mandato”: articulado a través de un “mandato de compra”,
“mandato de venta” y “contrato de depósito”.
En párrafos precedentes se ha explicado el contenido formal de estos tres
documentos (mandato de compra, mandato de venta y contrato de depósito) que ha
conformado el Contrato de Intermediación Temporal (CIT 41) que se comercializaba
en los años objeto de pericia.
También encontramos explicación en un documento confidencial que envía
Emilio Ballester a Juan Antonio Cano y Albertino de Figueiredo28, cuando dice:
“En el ejercicio 1995, las ventas de CIT-30 se paralizan (tan sólo se vendieron 12,5 M, de algún compromiso pendiente del año anterior), ya que como sabemos Hacienda elimina de un año para otro la posibilidad de que el IVA se gire sobre la base del 30% del precio de venta, llevando las operaciones de bienes usados a la tributación de operación por operación. Esto da origen al diseño de los “Nuevos CIT” (Contratos de mandato, etc.)”
Esta evolución de los Contratos de Préstamo con Garantía Prendaria (CPGP,
también denominados CIT 30 y comercializados hasta octubre de 1993) en Contratos
de Venta con Pacto de Recompra (CVPR, también denominados CIT 30 y
comercializados entre noviembre de 1993 y 1995) y éstos últimos en contratos CIT 41
28
Anexo 02.022: Informe confidencial de Emilio Ballester para Albertino de Figueiredo y Juan Antonio Cano, “Asunto: Provisiones ejercicios 93,94 y 95. Saldo de clientes por operaciones en curso del 95. Acciones a tomar con ocasión de la revisión tributaria”. Mayo del 97.
30
comercializados a partir de 1995; se puede observar con ejemplos concretos de
contratos que se muestran en los cuadros adjuntos, cuya información ha sido obtenida
a partir de la aplicación de contratos de inversión (INVER).
TIPO ID
CTOS ID
CTOS SUBC
ID CTOS
ESTADO
CTOS PERIOD
C P
CTOS IMPORTE
E
CTOS FECHA INICIO
CTOS FECHA FIN
CTOS FECHA BAJA
CTOS CAUSA BAJA
CTOS CLIE ID
30 5.481 V B 3 12.020,24 30-12-1992 29-12-1994 FC 16.857
30 6.587 V B 3 12.020,24 30-12-1994 29-12-1997 RN 16.857
41 59.614 R B 3 12.020,24 29-12-1997 30-12-1998 30-12-1998 RN 16.857
El cuadro anterior nos muestra cómo el mismo cliente (cliente nº 16.857) el
30/12/1992 suscribió un contrato CIT 30, el contrato nº 5.481 que por la fecha de inicio
era un CPGP; a su vencimiento el 29/12/1994 y por el mismo importe (12.020,24
euros) lo renovó por otro contrato CIT 30 que ya era un CVPR (contrato nº 6.587
iniciado el 30/12/1994), el cual a su vez a su vencimiento (29/12/1997) fue renovado
por el mismo importe en un CIT 41 (contrato nº 59614).
TIPO ID
CTOS ID
CTOS SUBC
ID CTOS
ESTADO
CTOS PERIOD
C P
CTOS IMPORTE
E
CTOS FECHA INICIO
CTOS FECHA FIN
CTOS FECHA BAJA
CTOS CAUSA BAJA
CTOS CLIE ID
30 5.484 V B 3 9.015,18 05-01-1993 04-01-1994 FC 13.422
30 5.492 V B 3 9.015,18 12-01-1993 11-01-1994 FC 13.422
30 5.548 V B 3 9.015,18 12-02-1993 11-02-1994 FC 13.422
30 5.889 V B 1 9.015,18 05-01-1994 04-01-1995 RN 13.422
30 5.890 V B 1 9.015,18 12-01-1994 11-01-1995 RN 13.422
30 5.998 V B 1 9.015,18 12-02-1994 11-02-1995 RN 13.422
30 6.672 V B 3 9.015,18 05-01-1995 04-01-1998 RN 13.422
30 6.671 V B 3 9.015,18 12-01-1995 11-01-1998 RN 13.422
30 6.713 V B 3 9.015,18 12-02-1995 11-02-1998 RN 13.422
41 59.962 R B 3 9.015,18 04-01-1998 05-01-1999 05-01-1999 RN 13.422
41 60.613 R B 3 12.020,24 11-01-1998 12-01-1999 12-01-1999 RN 13.422
41 62.797 R B 3 12.020,24 12-02-1998 13-02-1999 13-02-1999 RN 13.422
El cuadro anterior también nos muestra a un mismo cliente (cliente nº 13.422)
que en enero y febrero de 1993 suscribió tres contratos CIT 30 que eran contratos de
préstamo con garantía prendaria (los contratos nº 5.484, 5.492 y 5.548), que a su
vencimiento y por el mismo importe renovó en otros tres contratos CIT 30, ahora
contratos de venta con pacto de recompra (los contratos nº 5.889, 5.890 y 5.998), que
igualmente al vencimiento (enero y febrero de 1995) fueron renovados por otros
contratos CIT 30 (los contratos nº 6.672, 6.671 y 6.713) que a su vez en el vencimiento
de los mismos (enero y febrero de 1998), se renovaron en contratos CIT 41, los
contratos número 59.962, 60.613 y 62.797.
31
II.2.5.B) Los antiguos CIT 41
a) Ventas de filatelia y ventas “inferidas”
Para analizar estos productos nos tenemos que remontar a años anteriores al
periodo que abarca esta pericia, y ello es así ya que en la documentación intervenida
existen documentos muy importantes que nos hablan de estos productos.
Para efectuar este análisis nos hemos servido de la documentación incautada
de la cual hemos obtenido la siguiente información:
1) Contabilidad intervenida de AFINSA en la cual existen datos de los
años 1993 y 1994
El sistema informático utilizado en esos años era PROA.
De dicha contabilidad, aunque no son los años que abarca la pericia, se han
analizado las cuentas contables que componen los ingresos totales de la Sociedad en
los años 1993 y 199429
.
El motivo de la elección de esos años es el contraste de sus cifras con
documentos muy importantes intervenidos en los registros informáticos de la sociedad,
concretamente en el usuario de Emilio Ballester López, y que creemos pueden dar
información sobre los orígenes del contrato CIT.
Los datos de las cifras de ingresos contables en millones de pesetas (grupo 7
de la contabilidad) se muestran en el cuadro siguiente.
Ingresos por conceptos contables
Años 1993 1994
Ventas abono filatélico 848,0 1.247,3
Ventas con opción recompra 126,8 1.382,0
Ventas Casañas 4,3 20,3
Ventas Peñalver 45,1 41,6
29
Anexo 02.023: cuadro de elaboración propia con detalle de los ingresos por subcuentas contables en los años 1993 y 1994 según contabilidad de AFINSA y pantallazos de la contabilidad intervenida con “saldos subcuentas” de las cuentas de Ingresos en dichos años.
32
Ingresos por conceptos contables
Ventas club Afinsa y tarj. Telefónicas 1,6 0,1
Ventas arte 16,3 16,0
Ventas de Filatelia 1.025,9 1.180,7
Exportaciones filatelia 23,9
Total ventas filatelia, mat y arte 2.068,0 3.911,8
Ventas revistas y publicaciones 33,4
Devoluciones ventas filatelia 84,0 119,8
Devoluciones ventas publicaciones 3,1
Alquileres y comisiones 10,6 4,4
Ingresos diversos 3,3 2,7
Ingresos financieros 16,0 24,2
Ingresos extraordinarios 6,4 1,0
Ingresos y beneficios de ej. anteriores 20,2 0,1
Exceso provisiones 47,7
Dentro del grupo 700: Ventas de filatelia, material filatélico, arte, etc., y por los
importes de 2.068,0 y 3.911,8 millones de pesetas en 1993 y 1994 respectivamente,
se encuentran como grandes partidas:
- Ventas abono filatélico: 848,0 y 1.247,3 millones de pesetas en 1993 y
1994.
- Ventas con opción de recompra: 126,8 y 1.382,0 millones de pesetas
para 1993 y 1994.
- Ventas de Filatelia: 1.025,9 y 1.180,7 millones de pesetas en 1993 y
1994.
Las “Ventas abono filatélico” recogen las ventas que se derivan de los
contratos PIC, contrato Plan de Ingresos Complementario, ya que esa denominación
fue utilizada por AFINSA para ese tipo de contratos en los inicios de su
comercialización.
Las “Ventas con opción recompra”, son las derivadas de los contratos de venta
con pacto de recompra (CVPR), también denominados CIT 30, que hemos analizado
anteriormente; comenzaron a comercializarse en noviembre de 1993 por lo que su
importe en dicho año es de poca importancia.
Las “Ventas de Filatelia” recogidas en la subcuenta 70050000: su posible
contenido se analiza en los apartados siguientes.
33
2) Documentos que respaldan determinados apuntes de la cuenta
70050000: “ventas de filatelia”
En el anexo correspondiente30
se muestran asientos del Diario General de los
años 1993 y 1994 en los que se recogen diversos apuntes de la cuenta 70050000 que
tienen como contrapartida las cuentas de los clientes: “Juan Antonio Cano Cuevas” y
“Mª del Mar Fernández Cerratos”.
En dichos apuntes aparecen registradas facturas de AFINSA a los clientes: Juan
Antonio Cano Cuevas y Mª del Mar Fernández Cerratos.
Esas facturas junto con las cartas que las acompañan31
se han encontrado en la
documentación intervenida en el domicilio del matrimonio en el Pº de la Habana de
Madrid. La relación de facturas y cartas dirigidas a esos señores es la siguiente:
CLIENTE FECHA Nº
FACTURA IMPORTE EN
PESETAS CARTA
REF.FRA. Nº
Mª MAR FERNANDEZ CERRATOS 13/01/1986 1027 2.055.280 1027
Mª MAR FERNANDEZ CERRATOS 16/06/1986 1247 1.481.615 1247
Mª MAR FERNANDEZ CERRATOS 24/11/1986 1511 1.010.343 1511
Mª MAR FERNANDEZ CERRATOS 24/03/1987 1741 1.849.376 1741
JUAN ANTONIO CANO CUEVAS 31/07/1987 1943 1.900.702 1943
JUAN ANTONIO CANO CUEVAS 29/02/1988 2362 2.464.681 2362
Mª MAR FERNANDEZ CERRATOS 18/03/1988 2398 2.203.373 2398
JUAN ANTONIO CANO CUEVAS 12/04/1989 3084 1.714.723 3084
JUAN ANTONIO CANO CUEVAS 17/05/1989 3140 2.271.188 3140
Mª MAR FERNANDEZ CERRATOS 16/06/1989 3202 3.385.298 3202
JUAN ANTONIO CANO CUEVAS 31/08/1989 3339 3.034.933 3339
JUAN ANTONIO CANO CUEVAS 13/12/1989 3576 1.068.310 3576
Mª MAR FERNANDEZ CERRATOS 20/07/1990 901010390 3.308.652 901010390
JUAN ANTONIO CANO CUEVAS 07/09/1990 901010478 1.275.397 901010478
JUAN ANTONIO CANO CUEVAS 16/10/1990 901010560 1.292.038 901010560
Mª MAR FERNANDEZ CERRATOS 02/01/1991 911010009 2.157.118 911010009
JUAN ANTONIO CANO CUEVAS 22/05/1991 911010335 846.598 911010335
Mª MAR FERNANDEZ CERRATOS 18/10/1991 911010566 932.618 911010566
JUAN ANTONIO CANO CUEVAS 28/08/1992 921010355 1.007.634 921010355
Mª MAR FERNANDEZ CERRATOS 24/09/1992 921010405 778.808 921010405
Mª MAR FERNANDEZ CERRATOS 06/10/1992 921010432 2.497.159 921010432
Mª MAR FERNANDEZ CERRATOS 05/05/1993 931010149 2.557.306 931010149
JUAN ANTONIO CANO CUEVAS 17/08/1993 931010413 2.004.373 931010413
30
Anexo 02.024: asientos del Diario general de los años 1993 y 1994 realizados en la subcuenta “Ventas de Filatelia” (nº subcuenta70050000) con contrapartida en las subcuentas de los clientes Juan Antonio Cano Cuevas (nº subcuenta 43001283) y Mª del Mar Fernández Cerratos (nº subcuenta 43001247). 31
Anexo 02.025: contiene facturas de “ventas de filatelia” a los clientes Juan Antonio Cano Cuevas y Mª del Mar Fernández Cerratos de los años 1993 y 1994 junto con las cartas que se acompañan a cada una de las facturas.
34
CLIENTE FECHA Nº
FACTURA IMPORTE EN
PESETAS CARTA
REF.FRA. Nº
JUAN ANTONIO CANO CUEVAS 22/10/1993 931010583 1.270.464 931010583
Mª MAR FERNANDEZ CERRATOS 29/11/1993 931010682 672.557 931010682
Mª MAR FERNANDEZ CERRATOS 03/01/1994 941010007 3.583.934 941010007
JUAN ANTONIO CANO CUEVAS 06/04/1994 941010195 1.569.428 941010195
JUAN ANTONIO CANO CUEVAS 05/05/1994 941010244 2.284.354 941010244
JUAN ANTONIO CANO CUEVAS 10/06/1994 941010324 1.048.960 941010324
JUAN ANTONIO CANO CUEVAS 04/07/1994 941010394 1.079.135 941010394
Mª MAR FERNANDEZ CERRATOS 02/08/1994 941010510 2.892.679 941010510
Naturalmente están registradas las correspondientes a los años 1993 y 1994.
En el domicilio de Albertino de Figueiredo se han encontrado también facturas
y cartas semejantes pero al no haber ninguna de los años 1993 y 1994 no se
relacionan.
De su lectura se desprende que son facturas de venta de determinados lotes
filatélicos con la peculiaridad de que cada una de ellas va acompañada de una carta
(las facturas y cartas tienen todas la misma redacción, en donde la referencia de la
carta es el nº de la factura a que corresponde), en todas las cartas se dice literalmente
lo siguiente:
“Muy Sr/s nuestros Por la presente nuestra Compañía se compromete a la recompra total o parcial del/de lote/s filatélicos de la operación de referencia, para sí o para terceros, en la fecha que Vd/s determine/n, utilizando para la valoración de cada lote la última lista de cotización vigente en la Empresa.”
En este documento vemos ya ciertas similitudes al contrato CIT de
intermediación:
- Se instrumenta como una venta de filatelia.
- Existe un compromiso de recompra para sí o para terceros por parte de
AFINSA.
Los lotes filatélicos son normalmente años completos de Europa, España y
Portugal. El sistema de gestión comercial INVER ofrece las Listas de valoración a
partir del año 1993. Se ha verificado que los importes por los que están valorados los
lotes coinciden a partir del año 1993 con las Listas Internas que AFINSA realizaba y
revalorizaba para los contratos “PIC antiguos.”32
32
Anexo 02.026: Listas internas que ofrece el INVER para la adjudicación del PIC antiguo del año 1993 y 1994 utilizadas también para la valoración de las facturas registradas en la cuenta 70050000.
35
3) “Ventas inferidas” y “Compras inferidas”
Dentro del usuario de Emilio Ballester existen documentos informáticos muy
importantes cuyo contenido analizaremos, pero hay dos documentos confidenciales
dirigidos a Albertino de Figueiredo y Juan Antonio Cano Cuevas que merecen ser
destacados: “SITUACIÓN DE LA COMPAÑÍA al 31/12/93” y “SITUACIÓN DE LA
COMPAÑÍA al 31/12/94 y otros comentarios”, de junio de 1994 y junio de 1995
respectivamente.
Su contenido es tan importante33 que deberían ser transcritos aquí en su
totalidad, pero una vez leídos y para no extendernos demasiado resumiremos lo
siguiente:
1) En estos documentos se reconoce una situación real muy distinta de la
oficial ya que la cuenta de resultados arroja siempre pérdidas y el
balance de situación muestra un fondo de maniobra negativo (con un
pasivo superior al activo), con lo que la situación es de quiebra técnica.
Para disfrazar esta situación real y mostrar una situación más benigna y de
solvencia, se utilizan en la cuenta de resultados dos cuentas contables que
denomina Emilio Ballester “ventas inferidas” y “compras inferidas”. Las
“ventas inferidas” son entradas de tesorería que interpretadas como
ventas son ingresos de tipo financiero que no generan beneficios y las
“compras inferidas” son compras ficticias de filatelia que permiten
justificar las “ventas inferidas”.
2) Los conceptos y cifras que menciona Emilio Ballester en estos documentos
son las siguientes:
Año 1993, “Ventas inferidas”: 1.019,7 millones.
Cifra real de ventas netas: 988,1 millones.
Año 1994, “Ventas inferidas”: 1.091,9 millones.
Contratos de venta con pacto de recompra: 1.382,0 millones.
Cifra real de ventas netas: 1.318,2 millones.
33
Anexo 02.027: Informes confidenciales encontrados en el servidor de Emilio Ballester, dirigidos a Albertino de Figueiredo y Juan Antonio Cano denominados: “Situación de la Compañía a 31/12/93” y “Situación de la Compañía a 31/12/94 y otros comentarios”
36
Comparemos estas cifras con las de la contabilidad intervenida de AFINSA en
los años 1993 y 1994 a que antes nos hemos referido. Ni se pretende ni se puede
hacer una comparación exacta, pues probablemente cuando se confeccionaron los
informes, la contabilidad oficial sufrió algún retoque antes de su cierre; pero a nivel de
cifras globales sí sabemos que las ventas de filatelia, material filatélico, arte, etc. más
importantes se recogen, según contabilidad, en las subcuentas “Ventas abono
filatélico”, “Ventas con opción recompra” y “Ventas de filatelia”.
En los documentos que estamos analizando, Emilio Ballester refiriéndose a las
cifras de ingresos hace distintas consideraciones para tratar de llegar a la cifra de
ventas netas “reales”, separando aquellas ventas o ingresos “que no generan
beneficio”:
- Año 1993: separa de los ingresos las que él denomina “ventas inferidas” por
importe de 1.019,7 millones de pesetas y otros ingresos registrados
contablemente que no suponen beneficio alguno (14,1 M de ajustes por
operaciones vinculadas por préstamos entre empresas del grupo y 20,2 M
de ingresos de otros ejercicios que corresponden a ajustes de
operaciones). No menciona las ventas con opción de recompra (CVPR),
quizá por haber comenzado su comercialización en noviembre de ese año y
ser escaso su importe.
- Año 1994: separa de los ingresos, además de otros por ajustes, excesos
provisiones, etc.; las “ventas inferidas” por importe de 1.091,9 millones de
pesetas y las ventas con opción de recompra (CVPR) por 1.382,0 millones
de pesetas, ya que en este ejercicio la cuantía es muy superior y deben se
provisionadas.
Las cifras de “ventas inferidas” que Emilio Ballester cuantifica en 1.019,7 y
1.091,9 millones de pesetas en 1993 y 1994 respectivamente tienen que estar
registradas necesariamente en la subcuenta contable 70050000: “Ventas de Filatelia”
cuyos saldos en la contabilidad oficial son de 1.025,9 y 1.180,7 millones de pesetas,
ya que las otras grandes partidas de ventas de filatelia están perfectamente
identificadas y son “ventas de abono filatélico” y “ventas con opción de recompra”.
Por ello efectuando un análisis similar al realizado por Emilio Ballester, es decir,
tratar de llegar a la cifra de ventas netas “reales” separando aquellas ventas que no
generan beneficio, obtendríamos los siguientes resultados:
37
CONTABILIDAD AFINSA
1993 1994
Ventas totales filatelia, mat., arte, etc. 2.068,00 3.911,80
Devoluciones ventas filatelia 84,00 119,80
Ventas totales netas 1.984,00 3.792,00
"Ventas Filatelia" (70050000) 1.025,90 1.180,70
CVPR 1.382,00
Ventas reales netas 958,10 1.229,30
Ventas totales netas 1.984,00 3.792,00
CVPR 1.382,00
"Ventas inferidas" 1.019,70 1.091,90
Ventas reales netas 964,30 1.318,10
Ventas reales netas según documentos de E. Ballester 988,10 1.318,20
Puede ser que al cerrar la contabilidad oficial los saldos de la cuenta 7005000:
“Ventas de Filatelia” se modificaran, por eso las cifras calculadas de Ventas reales
netas (958,1 y 1.229,3) son menos coincidentes con las cifras de E. Ballester, que si
directamente restamos los importes de “ventas inferidas” que él considera, ya que
hemos dicho que necesariamente tienen que estar en dicha subcuenta contable; con
los nuevos cálculos llegamos a unas cifras de ventas reales netas de 964,3 y 1.318.1
millones de pesetas en 1993 y 1994 respectivamente, idénticas a las calculadas por E.
Ballester en 1994 y, muy similares a las calculadas en 1993.
Por lo que podríamos estar ante lo que Emilio Ballester denomina “Ventas
netas reales” y “Ventas inferidas”. Es decir, se puede asegurar que la subcuenta
70050000: “Ventas de Filatelia” recoge lo que Emilio Ballester denomina “Ventas
inferidas”, “o sea entradas de tesorería, que interpretadas como ventas, son
realmente ingresos de tipo financiero u otros, que no generan
beneficio,.................” y que paralelamente en la contabilidad dentro de la
subcuenta 6000001 Compras de filatelia a particulares se registren las
denominadas por el Sr Ballester “Compras inferidas” “o sea compras ficticias de
filatelia que permiten justificar las “ventas inferidas” antes referidas, y sin
documento que lo respalde”.
38
En el apartado 2) anterior: Documentos que respaldan determinados apuntes
de la cuenta 70050000, hemos descrito ciertos documentos registrados en dicha
cuenta: facturas de ventas de lotes filatélicos que van acompañadas de una carta por
la que AFINSA se compromete a la recompra total o parcial de dichos lotes filatélicos
valorados según la última lista de cotización vigente en la empresa.
Este dato cierto: la contabilización de dichos documentos en la cuenta
“Ventas de Filatelia” apoyado por las cifras de la contabilidad oficial en
comparación con las de los informes confidenciales de Emilio Ballester López,
puede sin duda alguna ofrecer una luz muy clara sobre cuál puede ser uno de
los orígenes de los contratos CIT vigentes en los años objeto de pericia.
Hay que tener en cuenta que Emilio Ballester López era en esos años y hasta
1998 el auditor externo de la Compañía (a través de su sociedad “Emilio Ballester
Vives y Asociados S.L., posteriormente denominada “Emilio Ballester y Asociados SL”
y “Growind Consultores SL”), además de ser asesor externo de la compañía, pasó
posteriormente (desde el año 2000) a ser el director general del Área Económico
Financiera, presidiendo también el Comité corporativo Económico Financiero, siendo
miembro del Consejo de Administración de AFINSA desde el año 2002 hasta el año
200534
, primero como vocal de Consejo, hasta marzo de 2003, y posteriormente como
consejero de honor y; miembro del Comité Ejecutivo del grupo AFINSA en todo su
periodo de vigencia.
b) Otros documentos referentes a la existencia de los antiguos CIT 41
En el inicio de este apartado: ORIGEN DE LOS CONTRATOS CIT, hemos
afirmado que antes del vigente contrato CIT, AFINSA comercializaba otros productos o
contratos semejantes al CIT: los antiguos CIT 41 y los CIT 30, y que tanto unos como
otros desembocaron, cuando así lo deseaba el cliente, en el CIT de intermediación.
Hemos analizado los CIT 30 y hemos demostrado cómo estos contratos se
renovaban, cuando así lo indicaba el cliente, en los nuevos CIT de intermediación.
Hemos analizado determinadas facturas de ventas de filatelia registradas así
contablemente y, aunque no lo podemos demostrar con exactitud, sí que podemos
34
Nota: ver apartado V, Nombramiento de auditores del Informe de desarrollo nº 1: “Anotaciones Registrales de AFINSA” y, apartados II y III del Informe de desarrollo nº 17: “Socios Administradores y otros directivos. Sus responsabilidades y retribuciones”.
39
indicar claros indicios que las vinculan con las denominadas por Emilio Ballester
“ventas inferidas”. Estas facturas de ventas, que podían ser muy bien las “ventas
inferidas”, nos hemos atrevido a denominarlas ANTIGUOS CONTRATOS CIT 41; para
apoyar esta afirmación volveremos a los archivos informáticos de Emilio Ballester y
concretamente a los siguientes documentos:
1) Documento o carta enviada por Emilio Ballester a Ramón Egurbide en
Lyon el 05/02/1995, con el siguiente “ASUNTO: CONTRATOS CIT35”.
El punto C) de este documento es el que queremos destacar: “Paso de Cit-41
a CIT”, dice lo siguiente:
“Los clientes que poseen un Cit-41 son nuestros PROVEEDORES de sellos,
bien para adquirirlos para nosotros (cosa que salvo excepciones no se va a
producir), bien para facilitarnos sellos para nuestros “nuevos” clientes (o sea los
de los CIT intermediación) y por tanto, la “hoja de rescisión”, no es otra cosa
que un documento de “compra” de esos sellos, pero que hasta ahora no se
declaraba. Pero a partir de este momento, entrada en vigor de los CIT, y
siguiendo la filosofía de los mismos, entregamos, por cuenta de un comprador
(mandatario de compra) que nos está pidiendo una operación, un dinero, que
posteriormente recuperaremos de éste, y unos sellos en depósito (ojo!, la
diferencia sustancial con los clientes que montan un CIT por primera vez, es
que tomamos el dinero del cliente, mandatario, cuando ya tenemos otro
“cliente” que está interesado en vender, y del que ya tenemos firmado un
mandato de venta) y por tanto tiene que haber una salida de tesorería por
CAJA, previa a la colocación en el mercado de los lotes (aunque sea ficticia).”
“Resumiendo:
1º) Afinsa entrega, por Caja un dinero, por cuenta de tercero, para comprar a
un cliente Cit-41 (vencimiento del contrato).
2º) Esta entrega de dinero es simplemente un asiento contable, que
obviamente presupone un saldo “positivo = deudor” en la cuenta de Caja, o sea
no hay salida física de dinero.
3º) La renovación de un Cit-41, después del vencimiento del mismo, debe
ser necesariamente un CIT, en el que el cliente nos entrega de nuevo el
dinero, que por cuenta de un tercero, le acabamos de dar por Caja (nueva
entrada de Caja, o sea nuevo apunte contable), y entra en el mundo del CIT,
como un mandatario de compra más.”
“Veamos su contabilización: en este caso, podemos utilizar la misma cuenta
que hemos desarrollado para el primer asiento de los CIT, o sea la cuenta
4340.0000, Cuentas corrientes por tráfico con Clientes…”
“Así, el asiento sería, por una “renovación” de 1.000.000.-
35
Anexo 02.028: Carta de Emilio Ballester a Ramón Egurbide, Lyon 05/02/95, Asunto CONTRATOS CIT.
40
a) A la rescisión del Cit-41: 1.000.000.- 434.000x a 5700.0000 1.000.000.-
b) al cobro al cliente (ya para un CIT) de 1.000.000.-
1.000.000.- 5700.0000 a 4340.000x 1.000.000.-
Y así sucesivamente como está diseñado en la nueva hoja Lotus.”
Dentro del apartado 2): Documentos que respaldan determinados apuntes de la
cuenta 7.005.000: “Ventas de filatelia”; recogíamos ciertos apuntes de ventas de
filatelia a los clientes Juan Antonio Cano Cuevas y Mª del Mar Fernández Cerratos.
En la documentación intervenida, concretamente en el domicilio del matrimonio
en el Pº de la Habana, han aparecido recompras de algunas de las facturas
indicadas36. Tendremos en cuenta sólo las facturas a nombre de Mª del Mar
Fernández Cerratos:
Ventas filatelia
nº factura Fecha Capital inicial
1027 13-01-86 2.055.280
1247 16-06-86 1.481.615
1511 24-11-86 1.010.343
1741 24-03-87 1.849.376
2398 18-03-88 2.203.373
3202 16-06-89 3.385.298
901010390 20-07-90 3.308.652
911010009 02-01-91 2.157.118
911010566 18-10-91 932.618
921010405 24-09-92 778.808
921010432 06-10-92 2.497.159
931010149 05-05-93 2.557.306
931010682 29-11-93 672.567
941010007 03-01-94 3.583.934
941010510 02-08-94 2.892.679
Total 31.366.126
Como ya hemos indicado las facturas correspondientes a los años 1993 y 1994
se han contabilizado en la cuenta “70050000-Ventas de Filatelia” y el pago se ha
efectuado por CAJA.37
Parte de estas facturas fueron recompradas por AFINSA en el año 199638
36
Anexo 02.029: documentos internos de recompra de filatelia en el año 1996 de Juan Antonio Cano Cuevas y Mª del Mar Fernández Cerratos con las respectivas facturas de venta y sus cartas correspondientes que las originan. 37
Anexo 02.030: pantallazos de la contabilidad de AFINSA (PROA) de los años 1993 y 1994 con las ventas de filatelia a Mª Mar Fernández Cerratos y su pago por caja 38
Nota, ver Anexo 2.30.
41
En la contabilidad de AFINSA estas “COMPRAS” se recogen en los siguientes
asientos39
:
a) Por la compra del día 2 de diciembre de 1996 se hace un asiento global de tres
compras que aparecen en el documento anterior cuya suma asciende a
9.929.720 ptas.
2-12-1996 Concepto: “Fra. 96CC01996"
9.929.720
Compras de filatelia
(60000001)
a
Fernández Cerratos, Mar
(40001026) 9.929.720
b) Por el pago de estas compras se hace un asiento múltiple en el que se recoge
el pago de otras compras de filatelia a su marido, Juan Antonio Cano Cuevas, y
el pago por rescisión de dos contratos suscritos en el año 1995.
39
Anexo 02.031: pantallazos de la contabilidad intervenida de AFINSA del año 1996, donde se reflejan los asientos del Diario referidos.
5-12-1996 Conceptos:
10.000.000 Fernández Cerratos, Mar (43403372) (Rescate cto 28630)
7.000.000 Fernández Cerratos, Mar (43403372) (Rescate cto 32147)
9.929.710 Fernández Cerratos, Mar (40001026) (Pgo. Fra. 96CC01996)
16.707.675 Cano Cuevas Juan A. (40001018) (Pgo. Fra. 96CC01967)
9.082.615 Cano Cuevas Juan A. (40001018) (Pgo. Fra. 96CC02005)
a Banco Santander (57200022) 52.720.000
42
a) Por la compra del día 16 de diciembre de 1996 se hace un asiento global de las
otras tres compras que aparecen en el documento anterior y la suma asciende
a 10.150.000 ptas.:
b) Por el pago de estas compras:
No se tiene constancia de lo que ha ocurrido con las otras facturas de ventas
de filatelia a Mª del Mar Fernández Cerratos que no se recompraron por AFINSA en el
año 1996 según la relación anterior, y que serían las siguientes facturas:
Ventas filatelia
nº factura Fecha Capital inicial
1027 13-01-86 2.055.280
1247 16-06-86 1.481.615
1511 24-11-86 1.010.343
911010009 02-01-91 2.157.118
921010432 06-10-92 2.497.159
931010149 05-05-93 2.557.306
931010682 29-11-93 672.567
941010007 03-01-94 3.583.934
941010510 02-08-94 2.892.679
Total 18.908.001
5-12-1996 Concepto: "Resto pago fra.".
10
Fernández Cerratos, Mar
(43403372)
a Caja (57000000) 10
16-12-1996 Concepto: “"Fra. 96CC02080"
10.150.000
Compras de filatelia
(60000001)
a
FernándezCerratos,Mar
(40001026) 10.150.000
16-12-1996 Concepto: “"Pago fra. 96CC02080"
10.150.000
Fernández Cerratos, Mar
(40001026)
a
Banco Santander
(57200022) 10.150.000
43
No obstante lo anterior, analizando los movimientos contables del ejercicio
1995, se puede estimar que existen otras ventas y la adquisición de contratos CIT que
podrían ser a través de la entrega de la filatelia anterior, es decir a modo de
renovación.
Existen una serie de asientos referidos a Mª Mar Fernández Cerratos que son
similares a los que indica Emilio Ballester en su carta dirigida a Ramón Egurbide el
05/02/9540
antes trascrito para el paso del Cit-41 a CIT
Los asientos que se corresponden con este funcionamiento descrito son41:
28-06-1995 Concepto "Val. Fil. Mediación
3.012.546
Fernández Cerratos, Mar
(43403372)
a Caja (57000000) 3.012.546
28-06-1995 Concepto "Ejec. De S/Mdto."
3.012.546 Mediación (55900000)
a
Fernández Cerratos, Mar
43403372) 3.012.546
29-06-1995 Concepto: Cbo. Mto 27198"
3.000.000 Caja (57000002)
a
Fernández Cerratos, Mar
(43403372) 3.000.000
29-06-1995 Concepto: Ejecuc. De S/mdto"
3.000.000
Fernández Cerratos, Mar
(43403372)
a Mediación (55900000) 3.000.000
40
Nota ver anexo 02.028. 41
Anexo 02.032: pantallazos de la contabilidad intervenida de AFINSA del año 1995 donde se reflejan los asientos del Diario referidos.
44
Con estos asientos AFINSA habría mediado entre un cliente que vende filatelia
y un cliente que compra (en este caso es el mismo cliente), pero la nueva compra es a
través de un CIT, porque el concepto “Cbo. Mto 27198” se corresponde con un
contrato CIT de mediación, el contrato nº 2719842
que adquiere esta señora.
2) Documento informático denominado “SITUACIÓN DE EQUILIBRIO
FINANCIERO-COMERCIAL DE LOS PRODUCTOS FINANCIEROS DE AFINSA AL
20/10/95”43
Este documento procede también de los archivos informáticos de Emilio
Ballester y se refiere al año 1995. En él, Emilio Ballester parece analizar la situación
que se produce con la llegada del nuevo CIT: el CIT de mediación, los traspasos que
se han realizado a lo largo del año, tanto los procedentes del antiguo CIT 41 como los
que se derivan del CIT 30 y, en función de ellos, los cálculos a realizar de posibles
ventas y compras a declarar y la simulación de la cuenta de P y G resultante. Pero lo
que aquí queremos destacar, además del título: “Situación de equilibrio financiero-
comercial de los productos financieros de AFINSA al 20/10/95”, es la hoja
denominada Listados en donde se cuantifica mes a mes a lo largo del año 1995,
excepto el mes de diciembre en que parece no haber cifras,
- Las renovaciones del CIT 41 al nuevo CIT: C41-NC
- Las renovaciones del CIT 30 al nuevo CIT: C30-NC
- Las rescisiones del CIT 41: C41 RESC
- El dinero nuevo que entra en el nuevo CIT: NC-dinero nuevo
- Etc.
42
Anexo 02.033: pantalla del INVER con los datos del contrato CIT nº 41-027198 a nombre del cliente Mª del Mar Fernández Cerratos y hoja de liquidación y pago del contrato el 28 de junio de 1998. 43
Anexo 02.034: documento interno encontrado en el usuario de Emilio Ballester en formato excell denominado: “Situación de equilibrio financiero- comercial de los productos financieros de AFINSA al 20/10/95”. Por las propiedades del archivo, la fecha de creación es de febrero de 1996.
45
Observamos que la columna más importante es la que recoge las renovaciones
del antiguo CIT 41 en el nuevo CIT, el CIT de mediación, que sin los datos de
diciembre alcanza el importe de 7.125.831.502 pts., frente a los 351.323.500 pts. que
proceden del CIT 30 y los 5.658.668.410 ptas. que ha llegado de dinero nuevo.
Como ya se explica en el análisis contable de los contratos, AFINSA registraba
las operaciones de mediación del contrato CIT en la cuenta 55900000: “Operaciones
de Mediación en curso”, que lógicamente aparece por primera vez en la contabilidad
de AFINSA en el año 1995, año en que se estrena el CIT de mediación. Pues bien
esta cuenta registra en su Debe, lugar donde deben aparecer los antiguos CIT 41 que
han sido renovados por el CIT de mediación, un importe total de 10.492.665.406 pts.44
Esta cifra tan importante, 10.492 millones de pesetas por vencimientos del antiguo CIT
41 que han sido renovados por el nuevo CIT de mediación, es acorde con los 7.126
millones de pesetas que indica Emilio Ballester en las cifras provisionales que aporta
en el documento mencionado anteriormente45
con los datos de enero a noviembre de
1995. De cualquier forma cualquiera de las dos fuentes de información, la cuenta
contable 55900000 del año 1995 y los datos del documento interno de Emilio Ballester
referente al año 1995, nos muestran una cifras de vencimientos del antiguo CIT 41
muy superiores a las cifras registradas en la cuenta de Ventas de Filatelia 70050000
de los años 1993 y 1994, lugar donde contablemente podrían registrarse las
denominadas “ventas inferidas”, y ello es así porque esas “ventas inferidas” no son
más que una pequeña parte de los antiguos CIT 41. Esta conclusión que puede
parecer precipitada y sin respaldo, la comparte Emilio Ballester cuando en el
44
Anexo 02.035, pantallazo de la cuenta 55900000: “Operaciones de mediación en curso” del año 1995. 45
Nota, ver anexo 02.034: documento interno en formato excell denominado: “Situación de equilibrio financiero- comercial de los productos financieros de AFINSA al 20/10/95”.
46
documento ya mencionado46
: “CARTA DE EMILIO BALLESTER A RAMÓN
EGURBIDE, ASUNTO: CONTRATOS CIT.” Dice:
“D) Rescisión del Cit-30 (pregunta 5)
Que exista una hoja idéntica de rescisión para los casos 30 y 41, no significa, a mi criterio, nada, ya que en el caso de los 41, compramos, pero no declarábamos, ya que ahí se acababa el proceso, que no había tenido un origen, y en cambio en los 30, también comprábamos, pero si declarábamos la operación, cerrando de este modo una transacción, que si había tenido un origen. Por tanto para los Cit 30, esta hoja de rescisión (en la que ahora decimos que compramos para nosotros o por cuenta de un tercero), supone, como en el caso anterior (rescisión del Cit 41) una salida de CAJA, real (con lo que también se puede hacer por BANCO), o ficticia, si el cliente sale de los Cit 30, y pasa a los CIT, en cuyo caso el dinero (salido ficticiamente mediante un mero apunte contable) entraría de nuevo en CAJA, para un mandato de compra, mediante la firma del encargo y posterior o simultáneamente, firma de un CIT.” (Lo subrayado es del documento)
c) Constatación fehaciente de la existencia de los antiguos CIT 41
La constatación fehaciente de la existencia de estos antiguos contratos CIT 41
se ha realizado por varios caminos:
1) Contratos de la familia Guijarro Lázaro
En la documentación intervenida, concretamente en el domicilio particular del
proveedor de AFINSA, Francisco Guijarro Lázaro: Camino Nuevo 10, La Moraleja, han
aparecido tres contratos efectuados en el año 1994:
- Contrato de fecha 28-01-1994 Nº 41184513, entre Sonia Guijarro Montoro y
Natalia Paloma Guijarro Montoro, y AFINSA BIENES TANGIBLES S.A.
- Contrato de fecha 10-09-1994 Nº 41187743, entre Rubén Guijarro Montoro y
Juan Javier Guijarro Montoro, y AFINSA BIENES TANGIBLES S.A.
- Contrato de fecha 05-10-1994 Nº 41217373, entre Felisa Montoro Feijoo y
AFINSA BIENES TANGIBLES S.A.
Los tres contratos47
son exactamente iguales, se denominan: CONTRATO DE
PROMESA BILATERAL DE COMPRAVENTA, en ellos se expone que:
46
Nota, ver anexo 02.028: Carta de Emilio Ballester a Ramón Egurbide, Lyon 05/02/95, Asunto CONTRATOS CIT.
47
D/Dª…………., es propietario de los lotes de valores filatélicos que en anexo a este documento se reseñan y relacionan y que ambas partes han convenido promesa bilateral de compraventa de los antes citados lotes, cuyo acuerdo formalizan mediante este contrato que se regirá por las siguientes cláusulas:
“PRIMERA.- D/Dª………………., promete vender a AFINSA, que acepta, y que, a su vez, promete comprar los lotes de valores filatélicos de anterior mención.” “SEGUNDA.- El precio total convenido por esta operación es de……….. pesetas, que AFINSA deberá satisfacer al Sr/Sra…………….. en efectivo metálico, en la forma y fechas que se estipulan en la cláusula siguiente.”
En la cláusula tercera se establece la forma y fechas de pago de la cantidad
convenida que en estos tres contratos es en doce partes con vencimiento trimestral,
por lo que los contratos, en este caso, tienen una duración de tres años. Por el reparto
de las cantidades se deduce que en las once primeras partes se efectúa el pago, sólo
de la revalorización o rentabilidad, y la última parte corresponde al principal o nominal
de la operación más el último tramo de rentabilidad. Es decir hay una total similitud con
los “anticipos a cuenta” que se realizan en el vigente contrato CIT de mediación.
En la cláusula cuarta se obliga al Sr/Sra…………….. a conservar en perfecto
estado el lote o lotes de valores filatélicos.
En la cláusula séptima se designan a los beneficiarios.
En anexo al contrato se acompaña la composición del lote/s de valores
filatélicos de forma genérica y sin especificar valoración de los mismos. En dicho
anexo, al igual que en el vigente contrato CIT de mediación y antes de la existencia del
contrato de depósito, se establece la siguiente nota:
“NOTA: los valores filatélicos objeto del presente Contrato, se depositan con esta fecha en las oficinas de AFINSA para su mejor custodia y conservación, por lo que queda anulada la cláusula CUARTA del contrato de referencia.”
La estructura formal de este CONTRATO DE PROMESA BILATERAL DE
COMPRAVENTA ofrece muchas similitudes con el CIT de mediación:
a) El contrato de promesa bilateral de compraventa se formaliza con unos
señores propietarios de unos valores filatélicos que prometen vender a
AFINSA dichos valores filatélicos, y ésta se compromete a comprarlos.
47
Anexo 02.036: Contratos de Promesa Bilateral de Compraventa Nº 41184513, Nº 41187743 y Nº 41217373 de 28-01-1994, 10-09-1994 y 05-10-1994 respectivamente.
48
En el CIT de mediación hay un previo “mandato de compra” de valores
filatélicos por unos clientes a AFINSA, y en el mismo momento en que
reciben los valores filatélicos, se efectúa un “mandato de venta” de dichos
valores filatélicos a través de AFINSA, la cual se compromete a venderlos a
terceros y en caso de no encontrar adquirentes, a comprarlos para sí
misma por la cantidad convenida.
Tanto en uno como en otro contrato, los clientes son propietarios de unos
valores filatélicos y se comprometen a vendérselos a AFINSA, en los
primeros diciendo expresamente que AFINSA los comprará, y en los
segundos encargando la gestión de venta a AFINSA, bien para venderlos a
terceros o bien para comprarlos ella misma.
b) En el contrato de promesa bilateral de compraventa se estipula desde el
principio “el precio total convenido por esta operación” así como la fecha y
forma de pago de la misma.
En el CIT de mediación, igualmente, se fija desde el inicio la cantidad a
percibir y la fecha y forma de pago de la misma que determina la duración
del contrato, primero la denominan “cantidad líquida” y luego pasan a
denominarla “cantidad mínima”, pero tal y como se demuestra, es
indiferente la denominación pues es la cantidad única que percibe el
cliente.
c) En ninguno de los contratos se menciona la revalorización que pueden
tener los valores filatélicos, en función de catálogos, listas internas, etc.;
solamente se indica la cantidad a percibir.
d) Tanto en uno como en otro contrato, existe la posibilidad de percibir
previamente y en diversos plazos la rentabilidad pactada en forma de
anticipos a cuenta.
e) Igualmente en los dos tipos de contrato aparece la cláusula de designación
de “beneficiarios”.
f) Al igual que en el CIT de mediación, en el contrato de promesa bilateral de
compraventa, parece que normalmente los valores filatélicos se dejan
depositados en AFINSA para “su custodia y conservación”.
49
Como ya hemos indicado, el vencimiento de estos tres contratos se produjo en
el año 1997 y su rescisión fue registrada contablemente como mediación en el DEBE
de la cuenta 55900000: “operaciones de mediación en curso” del año 199748
.
Por otra parte se ha verificado que el inicio de estos tres contratos no aparece
registrado en la contabilidad del año 1994 (ni en cuentas de balance ni en cuentas de
P y G), lo cual concuerda plenamente con las manifestaciones de Emilio Ballester en
la carta que envía a Ramón Egurbide desde Lyon en febrero de 199549
:
“Que exista una hoja idéntica de rescisión para los casos 30 y 41, no significa, a mi criterio, nada, ya que en el caso de los 41, compramos, pero no declarábamos, ya que ahí se acababa el proceso, que no había tenido un origen, y en cambio en los 30, también comprábamos, pero si declarábamos la operación, cerrando de este modo una transacción, que si había tenido un origen.” (Lo subrayado es del documento)
Hay que destacar que mediante escrituras públicas de 6 de marzo de 198950
y
8 de octubre de 1990 se otorgan poderes por AFINSA a favor de D. Juan Carlos
Morán Boñano y D. Juan José Martín Peña respectivamente, para que en nombre de
la sociedad poderdante puedan firmar los contratos comerciales denominados Plan de
Ingresos Complementarios, Promesa Bilateral de Compraventa y Préstamos de
Garantía Prendaria, y toda la documentación que originen dichos contratos hasta la
finalización de los mismos.
2) Soporte documental de los apuntes contables que aparecen en el
“debe” de la cuenta “Operaciones de mediación en curso” (cuenta 55900000) del
año 1995.
Mediante Providencia del Juzgado Central de Instrucción nº 1 de 19 de abril de
2011 se solicitó a la Administración Concursal de AFINSA los contratos que justifiquen
las anotaciones en el DEBE de la cuenta 55900000 del año 1995 o, en su defecto, la
documentación soporte de dichas anotaciones.
48
Anexo 02.037: pantallazos de la contabilidad de AFINSA del año 1997 (PROA) en los que aparece los apuntes en el DEBE de la cuenta 55900000 de dicho año por las rescisiones de los contratos nº 41184513, nº 41187743 y nº 41217373. 49
Nota, ver anexo 02.028: Carta de Emilio Ballester a Ramón Egurbide, Lyon 05/02/95, Asunto CONTRATOS CIT 50
Nota, ver apartado VI: “poderes otorgados, entre otros” del Informe de desarrollo nº 1: “Anotaciones registrales de AFINSA”.
50
En la contestación a dicho requerimiento51
se aportó el mayor de la cuenta
“operaciones de mediación en curso” del año 1995 y los justificantes documentales
solicitados. En la documentación aportada no consta contrato alguno, pero se acredita
su existencia, ya que la documentación contable soporte de las anotaciones
practicadas en el DEBE de dicha cuenta, muestra literalmente la rescisión de dichos
contratos. Y ello es así pues:
- Normalmente la documentación contable aportada consta de un documento
interno en el que literalmente se dice:
“Rescisión Referencia CIT 41-xxxxx-3”
“Importe xxxxxxxx”
“Cliente………………….”
“Plaza………………….”
Ese documento algunas veces va unido a un “recibí” de una cantidad de dinero
por el concepto de “compra por cuenta de terceros, de un lote de valores
filatélicos de mi propiedad”, con un nº de referencia que coincide con el nº del
contrato CIT del que se deriva, manualmente escriben: “Adquisición a
terceros”.
- En algunos apuntes aparece, junto con el documento interno antes
mencionado, un CORREO INTERIOR que además de indicar el nº del contrato
CIT que se rescinde, el cliente, la cantidad objeto de liquidación y su forma de
pago, aparece la fecha de formalización (inicio) del contrato. En los correos
interiores aportados esas fechas corresponden normalmente al año 1994, es
decir son contratos de una duración aproximada de un año.
- Incluso como soporte de uno de los apuntes solicitados han aportado un
documento que lleva por título: “Resolución de contrato CIT 41190563 de
fecha 26/03/94 suscrito entre la empresa Afinsa Bienes Tangibles S.A. y
Dª Dolores Rodríguez Velázquez.”
En dicho documento se menciona expresamente que van a dar cumplimiento a
lo establecido en la cláusula séptima del contrato: la cláusula de
establecimiento de los beneficiarios del “Contrato de Promesa bilateral de
compra-venta”.
51
Anexo 02.038: contestación de la Administración Concursal al requerimiento del Juzgado (providencia de 18/04/2011) , mayor de la cuenta 559 del año 1995 y soporte documental de ciertos apuntes del debe de dicha cuenta de los meses de marzo, octubre y noviembre de 1995
51
A través de la documentación intervenida que nos permite acceder a la
contabilidad del año 1994, se ha constatado que el origen de dichos contratos no ha
sido registrado contablemente, es decir son contratos, tal y como indicaba literalmente
Emilio Ballester, “…………ya que en el caso de los 41, compramos, pero no
declarábamos, ya que ahí se acababa el proceso, que no había tenido un
origen,…………..”
Acorde con esta realidad se han encontrado unos informes en la
documentación intervenida52
en los que queda constancia de que todos los contratos
CIT iniciados antes del 1 de enero de 1995 van a ser borrados:
“Todos los CIT vencidos hasta 31/12/95 están borrados”. (*) “Los CIT que quedan dados de alta antes del nº 23201, se borrarán según vayan venciendo. Sólo quedarán los dados de alta a partir de enero del 95.” (*) Debe querer decir 31/12/94
Por eso en la aplicación informática de gestión comercial de los contratos
INVER, el primer contrato CIT del que aparece información es el contrato nº 23201,
con fecha de inicio: 02/01/1995.
3) Antiguos contratos CIT 41 subtipo V, vigentes en el espacio temporal
de la pericia
De la base de datos que sirve de soporte al sistema de gestión comercial de los
contratos (INVER)53
, se han obtenido los datos de 53 contratos iniciados en los años
1992, 1993 y 1994, denominados ANTIGUO CIT 41, subtipo V con una duración de
120 meses54
, y que por tanto han estado vigentes en algún momento del espacio
temporal de esta pericia.
El INVER nos ofrece los datos de los pagos anuales de cada uno de estos
contratos. Estos pagos anuales, que pueden ser de periodicidad anual o trimestral se
corresponden con los anticipos pagados por la rentabilidad de cada uno de ellos; a
pesar de que las características generales del INVER nos indica una rentabilidad
52
Anexo 02.039: documentos internos denominados: “informes cit.doc”, entre otros: “Informe reunión 19/2/96”, “informe reunión 22/4/96” e “informe reunión 9/5/96”. Pantallazo del contrato CIT nº 023201 de fecha 02/01/1995, primer contrato CIT del que aparece información en el INVER. 53
Anexo 02.040: cuadro de elaboración propia obtenido de las bases de datos que alimentan el INVER, que muestra los datos de los contratos CIT 41 V vigentes en el periodo de pericia. 54
Anexo 02.041: pantallazo del INVER que muestra las características de los contratos CIT 41V.
52
pagada a estos contratos del 15% anual55
, los datos del INVER para cada uno de los
contratos señalan rentabilidades que oscilan entre el 14,5% y el 17% anual. Es de
destacar que la forma de pago de las revalorizaciones es en “metálico” (datos INVER).
El INVER muestra igualmente la filatelia adjudicada a cada contrato. Sin
embargo, en estos CIT 41 subtipo V no existen datos de adjudicaciones.56
Por lo que respecta a los datos que sobre estos contratos nos ofrece la
contabilidad hay que destacar lo siguiente:
- La documentación intervenida nos ofrece la contabilidad de AFINSA en los
años 1993 y 1994 (PROA); a través de ella estos peritos judiciales han tratado
de localizar los registros contables efectuados en el inicio de los contratos que
se formalizaron en dichos años y no han encontrado, al igual que ocurre con el
resto de los antiguos CIT 41, registro alguno.
- Tampoco figuran en contabilidad los pagos anuales efectuados por la
revalorización de cada contrato. No obstante se ha podido verificar, que esas
revalorizaciones o rentabilidades figuran en los listados del “Fondo quincenal” o
“Fondquin”, en los años en que de forma total o parcial se han encontrado
dichos listados (1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004), es decir, son
pagos cuyo destino se quiere ocultar en la contabilidad.
El “Fondo quincenal” o “Fondquin” es una caja oculta o caja B, ya que a través
de ella se registran pagos cuyo destino no queda reflejado en contabilidad57.
Pues bien, uno de esos pagos son las “revalorizaciones” de estos contratos
antiguos CIT 41 V. Es decir, a través del “Fondquin” AFINSA oculta el
destino/destinatario de esos pagos con lo que es dinero B para los clientes de
estos contratos.
- Sólo se ha registrado contablemente el vencimiento de alguno de esos
contratos por el concepto de “compras” con contrapartida de tesorería (caja o
bancos).58
55
Nota, ver anexo 02.041. 56
Anexo 02.042: ejemplo de pantallazos del INVER para los contratos CIT 41V nº 18285 y nº 22402. 57
Nota, ver apartado III del Informe de desarrollo nº 16: “El funcionamiento de la caja en Afinsa Bienes Tangibles S.A. La caja oficial y la caja oculta”. 58
Anexo 02.043: asientos del Diario de contabilidad en los años 2002 y 2003 a través de la herramienta PROMETEO por el vencimiento de algunos contratos CIT 41 V
53
- En la documentación intervenida se ha encontrado un archivo informático
denominado “COMPR-cit + 10 años” de diciembre de 2005 que muestra por
clientes los contratos del antiguo CIT 41 V, indica si el vencimiento se ha
registrado o no en contabilidad y por ello también si están incluidos o no en la
“Declaración anual de operaciones con terceros” (modelo 347).59
Con los datos que sobre estos contratos nos ofrece el INVER y con la
información de su registro contable al vencimiento, se ha elaborado un cuadro60
en
que se incluye un resumen de los mismos.
Los listados del “Fondo quincenal” nos ofrecen además datos de otros
contratos, distintos de los CIT 41 V mencionados, cuyo rendimiento o revalorización se
pagaba también de forma oculta61
.
Este carácter oculto que para sus clientes tenían estos contratos, queda
reflejado en distintos documentos internos; así, en un correo de Rafael Noguero para
Antonio Giménez-Rico62
dice:
“...han sido declarados en el 347, pero sólo por el nominal (sin la revalorización).”... “Estoy a la espera de verla para enterarme y evaluar el posible riesgo que pudieran tener los clientes.”
De igual forma Cuatrecasas63
en los distintos informes que hace sobre
“Análisis de la situación tributaria tras comparecencia ante la inspección”, menciona
ante distintas preguntas planteadas por la Inspección, como implicaciones: “Cuenta
559, comisiones no declaradas, contratos en B, sobresueldos, etc.”
De todo lo expuesto hasta ahora se deduce que para los clientes estos
contratos CIT 41 V podían ser productos totalmente opacos pues, por una parte,
AFINSA ocultaba el pago de su rentabilidad y, por otra parte, cuando AFINSA
declaraba su vencimiento con la supuesta factura de compra de filatelia, el cliente
podía justificar la procedencia del dinero obtenido por el reembolso del nominal.
59
Anexo 02.044: archivo excell denominado “COMPR-cit +10 años” de fecha 20/12/2005. 60
Anexo 02.045: cuadro de elaboración propia con los datos de los contratos CIT 41 V vigentes en el periodo de la pericia. 61
Nota, ver apartado III.3.3 y anexos 16.022, 16.024, 16.025 y 16.026 del Informe de desarrollo n16: “El funcionamiento de la caja en Afinsa Bienes Tangibles S.A. La caja oficial y la caja oculta.” 62
Anexo 02.046: correo de Rafael Noguero para Antonio Giménez-Rico de 27/12/2005. 63
Anexo 02.047: documento interno de Cuatrecasas, “Análisis de la situación tributaria tras comparecencias ante la Inspección de Hacienda” de fecha 20/05/2005.
54
Mediante requerimiento judicial de fecha 30 de septiembre de 2009 se solicitó a
la Administración Concursal de AFINSA que aportara el documento original de alguno
de los contratos CIT 41 V mencionados, concretamente los contratos nº 11174, 11237
y 14432; en su contestación de 5 de febrero de 2010 manifestó que no podía aportar
los contratos CIT 41 V “por no constar su existencia en los registros de AFINSA”, pero
si aportó para los contratos nº 11174 y nº 11237 dos facturas de compra de valores
filatélicos a nombre de los titulares de los contratos y con fecha coincidente con el
vencimiento de los mismos, en las que se indicaba el número del contrato CIT 41 a
que se referían. Para el contrato nº 14432 aportaron el apunte contable que muestra el
vencimiento del contrato con una salida de la cuenta de Caja64
d) Productos financieros y no financieros
Finalmente, como colofón de este apartado, destacaremos otro documento
encontrado en los archivos informáticos de Emilio Ballester, se trata del documento
denominado: “AFINSA BIENES TANGIBLES S.A. EXTRUCTURA GENERAL DE
CICLOS DE ACTIVIDAD Y FUNCIONES”65
.
Es un documento de fecha de creación según propiedades del archivo:
21/01/1996, que queremos destacar por lo gráfico y representativo que es para los
contratos CIT.
En él se describen los Ciclos de actividad de AFINSA. Dentro del Ciclo de
Ingresos y cobros distingue, además de los ingresos financieros y los ingresos
ocasionales, los productos financieros y los productos no financieros con el
siguiente detalle:
- “Productos financieros/IVA: Puros: New CIT/ Comisiones por mediación. Inversión: PIC/ Diferencia de inventarios.
- Productos no financieros/IVA : Venta al por menor
Subastas Otros ingresos.”
64
Anexo 02.048: contestación de la Administración Concursal de AFINSA de fecha 5 de febrero de 2010 con la documentación aportada para los contratos CIT 41 V nº 11174, 11237 y 14432. 65
Anexo 02.049: documento interno encontrado en los archivos informáticos de Emilio Ballester, por sus propiedades tiene fecha 21/01/1996 y lleva como título: ““AFINSA BIENES TANGIBLES S.A.
EXTRUCTURA GENERAL DE ACTIVIDAD Y FUNCIONES”
55
Es decir, Emilio Ballester está reconociendo expresamente en el documento
anterior que AFINSA tiene dos tipos de productos:
- Los productos no financieros que son la venta al por menor, las subastas y
otros ingresos.
- Los productos financieros, los cuales se clasifican en:
1) Puros: que son el nuevo CIT / Comisiones por mediación.
2) Inversión: que son el PIC / Diferencia de inventarios
No olvidemos que en enero de 1996 (fecha de creación de este documento), el
contrato “CIT de mandato” o “CIT de mediación” era el nuevo CIT que se acababa de
estrenar (1995) frente a los antiguos CIT.
e) Conclusión
No sabemos con precisión la fecha en que AFINSA inició la comercialización
de los contratos CIT como producto de inversión financiera, pero sin duda alguna fue
muy anterior al año 1995, año en que AFINSA estrena la comercialización del CIT de
mandato o CIT de mediación.
Muy probablemente, en sus comienzos AFINSA simultaneó el CIT 30, “contrato
de préstamo con garantía prendaria”, con el “antiguo CIT 41”, ocurriendo que el CIT 30
fue real y formalmente reconocido por AFINSA como producto financiero, y así dejó
constancia de ello en su contabilidad, mientras que el “antiguo CIT 41” fue utilizado por
AFINSA para maquillar su contabilidad, de forma que a través de las cuentas
contables de ventas y compras de filatelia y creando lo que Emilio Ballester
denominaba “ventas inferidas” y “compras inferidas”, registraba en su cuenta de
Pérdidas y Ganancias los ingresos y gastos que le convenían para declarar unos
beneficios que nunca obtuvo y con ello presentar un Balance con una situación de
solvencia que nunca alcanzó.
Pero debido a que los “antiguos CIT 41” eran en su inmensa mayoría productos
opacos (sólo se registraban como ventas de filatelia algunos de ellos), se sustituyó esa
opacidad por la mediación, de forma que con el nuevo CIT, cuya comercialización se
inició en el año 1995, y utilizando la figura de la mediación, en la que AFINSA dice que
media entre clientes compradores y clientes vendedores, podía, registrando todas sus
56
operaciones, vestir de igual forma su contabilidad y presentar una situación patrimonial
de acuerdo con sus intereses.
Es decir, el CIT de mandato, y así lo reconoce Emilio Ballester, es un
“producto financiero puro”, igual que lo era el “antiguo CIT 41”; la única
diferencia es que no está oculto ante los registros contables de AFINSA, y el
“antiguo CIT 41” lo estaba casi en su totalidad.
II.2.6. Incumplimientos o inconsistencias del contrato CIT
Con independencia de lo expuesto hasta este momento en lo relativo a la
estructura formal del contrato CIT –en donde hemos analizado su funcionamiento real,
lo perseguido por las partes, etc.– y en lo referente a los orígenes del contrato CIT –en
donde hemos observado que el CIT vigente es una clara continuación de otros
contratos CIT, y que tanto unos como otros eran considerados productos de tipo
financiero–, a lo largo de este gran apartado demostraremos que los contratos CIT
adolecen de unas inconsistencias tan graves que ponen de manifiesto, aún más
claramente, su indudable naturaleza financiera.
Las inconsistencias a las que nos estamos refiriendo son las siguientes:
1ª) La filatelia que teóricamente (pues no siempre ha existido) respalda los
contratos CIT no sirve, ni de forma aproximada, de soporte al capital invertido
por los clientes en estos contratos.
2ª) La rentabilidad pagada en estos contratos fijada de antemano y desde el
inicio en los mismos, no tiene nada que ver con la posible revalorización que
los valores filatélicos pudieran tener en el mercado; más bien al contrario, está
claramente vinculada con la evolución de los tipos de interés que las entidades
financieras ofrecen en productos de características similares.
3ª) La mediación que AFINSA dice realizar entre clientes compradores y
clientes vendedores de valores filatélicos no existe en ningún caso, sino que
más bien se trata de un artilugio jurídico y contable montado por AFINSA para
ocultar su verdadera situación patrimonial y la naturaleza de su actividad.
57
II.2.6.A) Los valores filatélicos adjudicados en los contratos CIT,
normalmente a valor de catálogo, no sirven de soporte o
garantía al capital nominal que los clientes invierten en los
mismos.
Ello ha sido históricamente así, muy probablemente desde los inicios del
contrato CIT (antiguos CIT 41), hasta la fecha de la intervención judicial, pues el
modelo de negocio de AFINSA así lo marca y en ello se fundamenta: los valores
filatélicos, cuando han existido, han sido una simple fachada y su valor real no soporta,
ni de forma aproximada, el capital que cada cliente invierte en los contratos.
En otros informes de desarrollo se analizan ampliamente las distintas
adquisiciones de filatelia que AFINSA ha realizado, sus proveedores, su política de
compras, su necesidad de controlar los catálogos, se explica su modelo de negocio,
etc. Aquí recordaremos los acontecimientos más significativos que nos ayudan a
entender el auténtico papel que la filatelia ha tenido en los contratos de inversión de
AFINSA, concretamente en los contratos CIT.
1) Filatelia inexistente o desaparecida
A lo largo de este apartado demostraremos cómo en un principio, al menos
desde el año 1994 (año en que comienzan a utilizarse las tablas que recogen la
filatelia adjudicada en los contratos de inversión), los valores filatélicos adjudicados a
este tipo de contratos eran los mismos que los utilizados en los contratos PIC
antiguos: fundamentalmente años completos de Europa y Portugal y, siguiendo su
mismo criterio en su valoración: Listas internas elaboradas por AFINSA con valores
muy superiores a los de cualquier catálogo de referencia. A partir de 1996 se decidió
cambiar el criterio de valoración de esta filatelia, bajando los valores a los marcados
aproximadamente por catálogos, y se fue introduciendo otro tipo de filatelia,
mayoritariamente filatelia clásica. Pero lo más importante es que demostraremos que
este cambio de criterio supuso que la adjudicación de este tipo de contratos se
realizara en una mayoría de los casos sin filatelia, de forma que se puede afirmar que
el 1 de enero de 1998 –momento en que comienza el periodo de esta pericia–, al
menos el 64% de los contratos CIT carecían de filatelia que los sustentara.
58
De las bases de datos que sirven de soporte a la aplicación de gestión de los
contratos de inversión (INVER), se han obtenido dos tablas: SERIES ADJ CD Y
SERIES TEXTO CD, en las que figura la totalidad de la filatelia adjudicada a los
contratos de inversión de corta duración: contratos CIT y CIF, y referida a la totalidad
de dichos contratos.
Se ha verificado que dichas tablas son complementarias e independientes,
pues:
1) En cada una de ellas se recoge una determinada filatelia con la identificación
de los correspondientes contratos en que está adjudicada, de forma que los
contratos que la integran sólo contienen dicha filatelia, no recibiendo ninguna
serie filatélica de la otra tabla, y viceversa.
2) Las dos tablas conforman la totalidad de la filatelia adjudicada en los casi
400.000 contratos de corta duración CIT y CIF que han estado vigentes en
algún momento del espacio temporal de esta pericia.
Para ello se ha elaborado una muestra estadística representativa66, a través de
la cual se demuestra que los datos reflejados en el INVER recogen, sin errores
significativos, la información recogida formalmente en los contratos de inversión
firmados por los clientes de AFINSA.
A lo largo de este apartado iremos viendo que la totalidad de la filatelia incluida
en la tabla SERIES ADJ CD comienza a desaparecer de los contratos de inversión de
dicha tabla a partir del año 1999, de forma que en el año 2001 ha desaparecido en su
totalidad, ocurriendo lo mismo con ciertas series filatélicas incluidas en la otra tabla:
SERIES TEXTO CD, sin que se encuentre adjudicada en otro tipo de contratos
(contratos de larga duración), sin que figure en el inventario de AFINSA a la fecha de
la intervención judicial y sin que haya constancia de su transmisión a terceros ya que,
como se ha demostrado en otras partes del informe, en la operativa de los contratos
de inversión de AFINSA, llegado el vencimiento de los contratos, a todos los clientes
se les devuelve el capital invertido y ninguno de ellos se queda con la filatelia. Se
indicará igualmente que esta grave situación pudo tener su origen en un cambio de
criterio en la adjudicación de los contratos CIT, cambio que sucedió aproximadamente
a mediados del año 1996, ya que antes la filatelia utilizada en la adjudicación de los
contratos CIT era fundamentalmente la misma que la usada en los contratos PIC
antiguos, utilizando su mismo criterio de valoración (según Listas internas elaboradas
66
Anexo 02.050: estudio estadístico de la muestra seleccionada.
59
por AFINSA) para pasar a valorarla según catálogo, y además poco a poco ir
introduciendo otra filatelia distinta de la usada en los contratos de larga duración.
La tabla SERIES ADJ CD es una tabla que recoge una corta diversidad de
series filatélicas adjudicadas a los contratos de corta duración. Los primeros contratos
vinculados a ella son de septiembre de 1994, teniendo la peculiaridad de que la
filatelia que la integra comienza a desaparecer a partir del 31/12/1998, de forma que
en el año 2001 ha desaparecido en su totalidad; a partir de dicho año, la filatelia
adjudicada a los contratos de corta duración se contiene sólo en la otra tabla: SERIES
TEXTO CD. Cuando decimos que desaparece, lo afirmamos porque su filatelia no
parece que pase a la otra tabla al vencimiento de los contratos, sino que el destino de
la misma es totalmente desconocido.
La tabla SERIES TEXTO CD recoge el resto de la filatelia utilizada en la
adjudicación de los contratos de corta duración, también comenzó a utilizarse en
septiembre de 1994, tiene una mayor diversidad de series filatélicas y ha servido de
soporte a los contratos de corta duración en todo el periodo de la pericia, pues ha sido
utilizada hasta el momento de la intervención judicial.
El análisis de las series seleccionadas que afecta casi a la totalidad de la tabla
cuya filatelia desaparece y parte de la otra tabla, junto con las compras y el inventario
final de AFINSA en la fecha de la intervención judicial, nos va a llevar necesariamente
a la conclusión de que cierta filatelia que ha servido de soporte al menos al 64% de los
contratos vigentes a 31/12/1997 no ha existido nunca.
a) Análisis de la tabla “SERIES ADJ CD”
La filatelia que contiene esta tabla se puede agrupar de la siguiente forma67:
- Serie: sello de Francia referencia 29 Bb M - Serie: sello de Francia referencia 60 b M - Serie: sello de Liechtenstein referencia 355 - Serie: sello de Andorra referencia 72 - Serie: Europa, incluye años completos Europa de 1956 a 1979, tanto las series EU
como EUA - Serie: Portugal, incluye años completos de Portugal de 1960 a 1979, las series
PO. - Serie: Hoja bloque 73 de Albania.
67
Anexo 02.051: cuadros de elaboración propia realizados con la herramienta Prometeo (tabla SERIES_ADJUDICADAS_CD_V2), contienen la información de la filatelia incluida en la tabla SERIES ADJ CD.
60
Y su evolución en cantidad de unidades adjudicadas se refleja en el siguiente
cuadro:
SERIES ADJ CD
SERIE 31/12/1997 31/12/1998 31/12/1999 31/12/2000
Francia 29 Bb M 35.414 41.413 12.570 28
Liechtenstein 355 5.625 6.849 2.294 4
Francia 60 b M 35.417 41.436 12.570 28
Andorra 72 6.497 7.638 2.113 6
Europa 197.491 215.729 73.078 94
Albania HB-73 4.999 6.051 2.261 4
Portugal 799 158
Total general 286.242 319.274 104.886 164
Como se ve en el cuadro anterior, las series filatélicas adjudicadas a contratos
de inversión contenidas en la tabla SERIES ADJ CD, van disminuyendo
paulatinamente a partir de 31 de diciembre de 1998, desaparecen prácticamente a 31
de diciembre de 2000 y ya no existen a 31 de diciembre de 2001.
Ya que la tabla nos identifica también los contratos de corta duración en que
está adjudicada la filatelia68, sucediendo que dichos contratos sólo tienen dicha
filatelia69, se analiza la importancia de los mismos sobre la totalidad de contratos
vigentes a 31 de diciembre de 1997, de 1998, de 1999 y de 200070.
El resultado del análisis se muestra en el cuadro siguiente, donde se observa
que los contratos con filatelia contenida en la tabla SERIES ADJ CD representan el
64,55% del total de contratos vivos a 31 de diciembre de 1997 y el 60,59% a 31 de
diciembre de 1998. En términos de importe de los contratos sustentados con dicha
filatelia, los porcentajes anteriores se reducen al 40,82 % y 37,01% respectivamente.
68
Anexo 02.052: cuadros de elaboración propia realizados con la herramienta Prometeo (tabla SERIES _ADJUDICADAS_CD_V2), contienen la información de los contratos en que está adjudicada la filatelia de la tabla SERIES ADJ CD. La tabla SERIES_ADJUDICADAS_CD_V2 resulta de cruzar la tabla de CONTRATOS con las tablas SERIES ADJ CD y SERIES TEXTO CD. 69
Anexo 02.053: ejemplos de contratos CIT pertenecientes a la tabla SERIES ADJ CD, contratos nº 41-935113 y 41-573423. 70
Nota, los datos de los contratos vigentes se obtienen de los cálculos efectuados por estos peritos judiciales en la determinación de los estados financieros: apartado IV.1 del Informe de desarrollo nº3, “Estados financieros y situación patrimonial”.
61
Año
Contratos con SERIES ADJ CD Total contratos vigentes en
cada ejercicio Porcentaje
Nº contratos Importe Nº contratos
Importe Nº contratos Importe
1997 11.600 85.056.872,89 17.970 208.385.019,78 64,55% 40,82%
1998 12.601 90.345.913,10 20.796 244.098.237,78 60,59% 37,01%
1999 4.940 27.806.387,20 26.563 329.905.331,19 18,60% 8,43%
2000 5 55.894,12 34.056 435.391.624,29 0,01% 0,01%
Con el objeto de analizar el destino de la filatelia contenida en la tabla, se han
seleccionado las siguientes series filatélicas:
Albania Hb-73
Francia 60 b M
Francia 29 Bb M, y
Años Europa.
Las cuatro series representan aproximadamente el 95% de la filatelia existente
en la tabla y se han llevado a cabo las comprobaciones que se indican a continuación:
Primero: Se ha tratado de comprobar si la filatelia antes seleccionada se ha
adjudicado a los contratos CIT y CIF contenidos en la otra tabla que también recoge
filatelia adjudicada a contratos de corta duración (tabla SERIES TEXTO CD) ya que,
como se ha señalado, entre ambas tablas se abarca la totalidad de la filatelia
adjudicada a los contratos de corta duración (CIT y CIF)71.
Ya que esta otra tabla (SERIES TEXTO CD) ha estado vigente en todo el
espacio temporal de esta pericia, se han tenido en cuenta las compras realizadas de
las series filatélicas seleccionadas en dicho espacio temporal: series de Albania,
Francia (29 Bb M y 60 b M) y Años Europa.
Es preciso señalar que, con respecto a las compras de las referencias de
Francia, únicamente se ha encontrado detalle de la filatelia comprada a las empresas
del proveedor Francisco Guijarro Lázaro desde noviembre de 1998 a mayo de 200372.
Las unidades compradas en 2003 con signo negativo corresponden a sellos devueltos
con fecha 23 de mayo de 2003 según un archivo informático encontrado en el
71
Anexo 02.054: cuadros de elaboración propia realizados con la herramienta Prometeo (tabla SERIES_ADJUDICADAS_CD_V2), los datos se han obtenido por diferencia entre la información de todas las series seleccionadas (las que están en SERIES TEXTO CD mas las que están en SERIES ADJ CD) con las series codificadas (las que están en SERIES ADJ CD). 72
Nota, ver anexo 07.073: Base de datos albaranes CIT Guijarro, del Informe de desarrollo nº 7: Francisco Guijarro Lázaro.
62
ordenador de Bernardo Valero73. De la referencia de Albania no nos consta detalle de
compra alguna.
Con respecto a las compras del tema Europa, se han considerado los Años
Europa adquiridos a los distintos proveedores74: años completos de Europa de 1956 a
1979, ya que esos años completos son los que figuran en la tabla SERIES ADJ CD.
Los proveedores más importantes de este tipo de filatelia son las empresas de Alberto
Gonçalves (Algonfil y Gonçalves Filatelia), Filatelia Álvarez, Gitner y, a partir del año
2002, las empresas de Francisco Guijarro Lázaro, Greg Manning Auctions Inc. y GMAI
Auctentia Central de de Compras.
Los datos de las unidades adjudicadas a contratos para la filatelia seleccionada
según la tabla SERIES TEXTO CD y las unidades compradas de esa misma filatelia
en los años que abarca esta pericia se recogen en el cuadro siguiente:
SERIES TEXTO CD
Serie Albania HB 73 Francia 60B M Francia 29Bb M Años Europa (.)
Año Unidades
compradas
Unidades
adjudicadas a
contratos
Unidades
compradas
Unidades
adjudicadas a
contratos
Unidades
compradas
Unidades
adjudicadas a
contratos
Unidades
compradas
Unidades
adjudicadas
a contratos
CIT
1997 46.204 20.677 19.514 41.891 28.128
1998 8.734 7.708 5.730 6.306 654
1999 7.891 4.325 11.620 132 5.540 2.687 14
2000 8.299 7.828 19.543 6.163 10.189 4.538
2001 7.369 12.236 29.351 230 11.493 28.303 0
2002 13.553 552 15.674 6.997 62.816 0
2003 14.811 -7.895 9.497 -3.202 4.451 64.345 0
2004 13.835 481 374 35.784 0
2005 13.001 170 80 188 0
2006 13.466 74 22 0
(.) No incluye 1.119 series Europa de los años 1980 a 1985 adjudicadas en 1997 para tener cifras homogéneas.
Del análisis del cuadro anterior se pone de manifiesto no sólo que la filatelia
contenida en la tabla SERIES ADJ CD parece no haberse incorporado en los contratos
recogidos en la otra tabla SERIES TEXTO CD, sino que incluso en esta última tabla
desaparece en el año 1998 una parte importante de las series analizadas.
73
Nota, ver anexo 07.077: correos con sellos devueltos en 2003, del Informe de desarrollo nº 7: Francisco Guijarro Lázaro, en donde aparecen los sellos con referencia 29Bb M y 60B M devueltos a Guijarro. 74
Anexo 02.055: resumen de compras de tema Europa por años.
63
Segundo: Se ha tratado de analizar si la filatelia que denominamos “Años
Europa”, que es una filatelia tradicionalmente usada por AFINSA en la adjudicación de
los contratos de larga duración (contratos PIC y MIP), se había destinado a cubrir las
necesidades de filatelia de ese tipo de contratos.
Para ello, de las tablas que sirven de soporte a la aplicación de gestión de los
contratos de inversión (INVER) se ha seleccionado la tabla SERIES ADJ LD en la que
figura la totalidad de la filatelia adjudicada a los contratos de inversión de larga
duración (contratos PIC y MIP) y referida a la totalidad de dichos contratos. De ella se
han obtenido el número de series de Años Europa adjudicados a los contratos PIC y
MIP desde el año 199775.
El resultado del análisis se muestra en el cuadro siguiente en el que se han
incluido, además de las unidades adjudicadas a contratos de larga duración: Años
Europa EE, EU y EP76 correspondientes a los años 1956 a 1979, las compras
efectuadas de esa filatelia desde el año 1997.
75
Anexo 02.056: cuadro de elaboración propia realizado con la herramienta Prometeo (tabla ADJL), que contiene la filatelia Europa (años completos de 1956 a 1979) adjudicada en contratos PIC y MIP desde 1997. 76
Con las siglas EU se distinguían los Años Europa utilizados en la adjudicación del contrato PIC antiguo, las siglas EE se utilizaban en el contrato PIC nuevo y MIP, y las siglas EP se usaban para distinguir la los Años Europa utilizados en los contratos de larga duración suscritos en Portugal.
Serie Series Europa
Año Unidades compradas Unidades adjudicadas a
contratos PIC
1997 41.891 15140
1998 6.306 14.548
1999 2.687 12.932
2000 4.538 46.319
2001 28.303 96.166
2002 62.816 144.086
2003 64.345 193.434
2004 35.784 236.786
2005 188 242.397
2006 244.292
Total 254.638
64
Como se puede observar, tampoco los 215.729 “Años Europa” adjudicados a
contratos CIT/CIF a 31 de diciembre de 1998 según la tabla SERIES ADJ CD, han
pasado a adjudicarse en contratos PIC/MIP.
Tercero: Se ha tratado de analizar si la filatelia desaparecida ha pasado a
formar parte de las existencias de AFINSA. En principio y de acuerdo con la operativa
de AFINSA, en lo que respecta a la filatelia destinada a los contratos de inversión,
todos los sellos que no estén adjudicados a contratos deberían formar parte del stock
propiedad de AFINSA y ser incluidos en las existencias finales de cada ejercicio.
Hay que tener en cuenta que AFINSA no disponía de un sistema de inventario
permanente y que, por tanto, las cifras que aparecen en sus estados financieros así
como los archivos que las sustentan tienen una fiabilidad relativa.
Cabe señalar que en los ejercicios 1998, 1999, 2000 y 2001 las existencias de
filatelia de inversión están formadas, por un lado, por una relación de series de las
cuales existe un detalle de las mismas y por otro lado en los años 1999, 2000 y 2001,
por unas cantidades bajo el concepto general “lotes CIT” respecto de las cuales no
existe detalle77.
Respecto de la filatelia de la que sí existe detalle, aparecen en los años 1998 y
1999 las siguientes cantidades de las series analizadas:
1998 1999
Serie
Importe
unidad unidades
Importe
unidad unidades
Albania HB-73 6.500 ptas. 7.600 6.500 ptas. 7.380
Francia 29 Bb 25.000 ptas. 1.300 25.000 ptas. 1.420
Francia 60 b 25.000 ptas. 860 25.000 ptas. 850
EUROPA(.) 6.126,74ptas 39.934 6.725,39 ptas. 48.289
(.) Se han agrupado los Años Europa correspondientes a los años 1956 a 1979, tomándose como importe unitario el
precio medio ponderado.
Estas series no aparecen en las relaciones de series que forman parte de las
existencias de los años 2000 y 2001. Tan sólo figuran 19 series de años completos de
77
Anexo 02.057: datos de los inventarios de AFINSA en los años 1998, 1999, 2000 y 2001, referentes a la filatelia objeto de estudio, obtenidos de la documentación intervenida.
65
Europa y no incluidas en las existencias del Departamento de valores sino como oferta
de venta directa78.
Por lo que se refiere a la filatelia no detallada, ni el concepto (lotes), ni los
importes por los que aparecen permiten sospechar que detrás de estos “lotes CIT” se
encuentre la filatelia desaparecida.
Así, el importe de las existencias finales bajo la denominación genérica “lotes
CIT” en los citados años fue el siguiente79:
1999 2000 2001
CIT/CIF(.) 1.606.109,74 1.668.590,70 1.532.442,03
(.) cifras en euros
Ya sólo la diferencia de 28.843 sellos adjudicados de Francia 29Bb M entre el
año 1998 y 1999 (41.413 – 12.570) multiplicada por su valor de inventario, 25.000
ptas., que además es muy inferior al valor de adjudicación, 110.000 ptas. ( 661,11
euros), y por tanto al de valor de recompra –que según su operativa debería ser el
valor por el que tendría que figurar en existencias finales–, supondría más de 4
millones de euros, cuando el importe total de las existencias finales de lotes CIT en
1999 asciende tan sólo a 1.606.109,74 euros.
En definitiva, aunque ya se ha señalado que los inventarios de AFINSA
fundamentalmente en dichos años no son verdaderamente fiables, el volumen tanto
por número de unidades como por importe de la filatelia a la que nos estamos
refiriendo es tan elevado, que no cabe duda de que la misma no se encuentra en
dichos inventarios, salvo que se haya eliminado prácticamente su valor, sin recoger
dicha depreciación en los estados financieros.
Pasemos ahora a analizar la situación de las series seleccionadas en la fecha
de la intervención judicial. Para ello partiremos del inventario filatélico total aportado
por la Administración Concursal de AFINSA, que además ha servido de base para los
trabajos de valoración filatélica que dicha Administración Concursal ha encargado, y
78
Nota, ver anexo 02.057, Inventario del año 2000/ Inventario auditoría/ Alcalá 115/ Europa: años completos. 79
Nota, ver anexo 02.057, apartado de lotes CIT en los años 1999, 2000 y 2001.
66
también de la propia documentación intervenida, como por ejemplo en el caso de los
sellos retirados del proveedor Francisco Guijarro.
El inventario filatélico contiene la totalidad de la filatelia a 9 de mayo de 2006,
tanto la adjudicada en los contratos de inversión como la no adjudicada. Su análisis se
desarrolla ampliamente en el informe de desarrollo nº 6: “La valoración de la filatelia en
la fecha de la intervención judicial”, por ello sólo diremos que en él se incluyen los
siguientes apartados:
- Inventario CIT: con un valor de 1.831 M euros, de los cuales 1.674 M euros está
adjudicada a contratos de inversión.
- Inventario series sueltas: con un valor de 5,7 M de euros, corresponde a filatelia
CIT no adjudicada.
- Inventario PIC MIP en terceros: con un valor de 3,7 M de euros, corresponde a
filatelia adjudicada en contratos y en poder de clientes.
- Inventario PIC MIP físico: 125 M de euros, de los cuales 94 M euros está
adjudicada a contratos de inversión.
- Inventario PIC MIP lotes: con un valor de 156 M de euros, de los cuales 153 M
euros está adjudicada a contratos de inversión.
- Inventario PIC MIP lotes precintados: con un valor de 0,08 M de euros, es filatelia
no adjudicada.
- Inventario PIC MIP lotes Sintauxmont: con un valor de 2,6 M de euros, es filatelia
adjudicada a contratos de inversión.
- Otra filatelia: con un valor de 13 M de euros, en la cual se encuentra la filatelia
separada de Francisco Guijarro valorada en 3,4 M de euros.
Este inventario filatélico fue utilizado por los peritos filatélicos en su trabajo de
valoración realizado para la Administración Concursal de AFINSA. El trabajo de
valoración mediante muestreo estadístico abarcó a la gran mayoría del inventario
filatélico (el 97,7% de dicho inventario), por lo que la cantidad no examinada mediante
muestreo estadístico fue sólo del 2,3%. De esta última parte, el 1,6% estaba incluida
en el Listado utilizado pues correspondía a la filatelia adjudicada a contratos que
estaba en poder de los clientes, por lo que sólo la filatelia no muestreada y no incluida
en el Listado era del 0,6%; pues bien en ese 0,6% se encuentra la filatelia separada
67
del proveedor Francisco Guijarro Lázaro, sobre la cual los peritos filatélicos han
transcrito únicamente el valor proporcionado por AFINSA: 3.428.317,77 euros:80
“La valoración de la filatelia de Francisco Guijarro que se aporta en este trabajo
corresponde por tanto a la filatelia con que Afinsa cuenta en su masa CIT/CIF y
se incluye en el Listado. Para la filatelia depositada y apartada en Lagasca 18
se transcribe únicamente la indicación del valor proporcionado por Afinsa.”
El detalle de esta filatelia separada de Francisco Guijarro fue incluida ya en el
inventario provisional de sellos aportado por el administrador judicial Sr Grávalos
Olivella a ese Juzgado el 14 de julio de 200681. A su vez, en la documentación
intervenida82 ha aparecido un fichero informático con un desglose muy exhaustivo de
la filatelia separada de Francisco Guijarro, que es coincidente con el aportado por el
administrador judicial, del cual se deduce que en esa filatelia separada hay 24.797
sellos de la referencia Francia 60B M y 6.530 sellos de la referencia Francia 29 Bb M.
Por ello, en el informe presentado en el Juzgado por estos peritos judiciales el
16 de julio de 2010 se solicitaba que se preguntase a la Administración Concursal si
había verificado el detalle de la filatelia separada del proveedor mencionado y si era
acorde, en cuanto a unidades físicas existentes, con el fichero informático intervenido
o, en caso contrario, que aportasen el detalle real físico que dicha Administración
hubiese efectuado, o se autorizase a estos peritos judiciales a verificar el contenido de
dicha filatelia para comprobar si en ella se encontraba las series filatélicas
desaparecidas83.
En la respuesta efectuada por la Administración Concursal, ésta manifestó:
“Que, con relación a la información solicitada, hemos de señalar que esta
Administración Concursal no ha realizado verificación del detalle de la filatelia
separada del proveedor Francisco Guijarro Lázaro no pudiendo, por tanto,
acreditar si este es acorde, en cuanto a unidades físicas existentes, con el
fichero intervenido a que se hace referencia por los actuarios.”
80
Anexo 02.058: páginas 38 y 39 del informe de los peritos filatélicos y cuadro de elaboración propia con el resumen de las tablas de la “BD Inventario” (Listado) que incluye además de la filatelia adjudicada y no adjudicada, la muestreada y no muestreada. 81
Anexo 02.059: Providencia judicial de 05/07/2006 solicitando al administrador judicial de AFINSA el inventario de sellos y contestación de fecha 14/07/2006 del administrador judicial aportando el inventario provisional de sellos obtenido del propio sistema informático de la compañía. 82
Nota, ver anexo 07.255 del Informe de desarrollo nº 7: Francisco Guijarro Lázaro en donde está incluido el archivo “Informe FG. Actualizado a 05/05/06”. 83
Anexo 02.060: informe realizado por estos peritos judiciales presentado en el Juzgado Central de Instrucción nº 1 de la Audiencia Nacional el 16 de julio de 2010.
68
Por ello, mediante Providencia de 22 de septiembre de 2010 se autorizó a
estos peritos judiciales, en coordinación con los administradores concursales, a
comprobar personalmente en cualquiera de las oficinas de la sociedad la existencia de
esa colección.84
El resultado de dicha comprobación se presentó en ese Juzgado mediante
escrito de 2 de noviembre de 2010 junto con sus anexos correspondientes85.
El cuadro siguiente refleja, para las series filatélicas seleccionadas, las
unidades existentes en la “BD Inventario” a 9 de mayo de 2006 junto con las que
figuran en la filatelia separada de Francisco Guijarro Lázaro según comprobación
realizada por estos peritos judiciales.
INVENTARIO Albania
HB 73
Francia
60B M
Francia
29Bb M Europa (*)
Adjudicados a contratos CIT/CIF 13.401 78 23
Adjudicados a contratos PIC/MIP 244.292
No adjudicados a contratos 495 4.388
Series sueltas CIT (sin nº lote) 245 25 24
Retirados (proveedor Guijarro) 0 25.315 8.006
TOTAL 14.141 25.418 8.053 248.680
(*) Las unidades adjudicadas a contratos PIC, se han obtenido de la tabla ADJL de PROMETEO, ya que en la “BD Inventario” no hay detalle en el apartado:”Inventario PIC MIP lotes”; agrupando los años Europa EE, EU y EP de 1956 a 1979. Los no adjudicados a contratos se han obtenido de la “BD Inventario”, en el apartado “Inventario PIC MIP físico”, pudiendo existir alguna cantidad adicional en lotes, que en caso de existir debe ser muy pequeña pues el 98% de la filatelia recogida en “Inventario PIC MIP lotes” está adjudicada.
b) Análisis conjunto de las tablas “SERIES ADJ CD” y “SERIES TEXTO
CD” y cuantificación de las unidades filatélicas desaparecidas.
Como ya hemos indicado, la tabla SERIES TEXTO CD contiene también
filatelia adjudicada de las series seleccionadas:
Albania HB 73 Francia 29Bb M Francia 60B M Años Europa
84
Anexo 02.061: Contestación de la Administración Concursal de AFINSA presentada en el Juzgado el 16/09/2010 y Providencia de dicho Juzgado de 22/09/2010 autorizando a estos peritos judiciales a comprobar la filatelia separada de Francisco Guijarro. 85
Anexo 02.062: Escrito presentado por estos peritos al Juzgado Central de Instrucción nº 1 el 02/11/2010 junto con anexos: Diligencia de constancia de hechos de 19/10/2010 y anexo a la misma, con el resultado de la comprobación.
69
Por ello vamos a unir los datos de ambas tablas, ya que con ellas obtendremos
la totalidad de unidades adjudicadas en los contratos de corta duración: CIT y CIF,
viendo su evolución en el espacio temporal de esta pericia.
Ya que los Años Europa constituyen un tipo de filatelia que es utilizada
normalmente en los contratos de larga duración (contratos PIC y MIP), incluimos
también los Años Europa adjudicados en este tipo de contratos, según datos obtenidos
de la tabla SERIES ADJ LD, teniendo sólo en cuenta los Años Europa de 1956 a 1979,
que son los años utilizados en contratos CIT/ CIF y así ofrecer cifras homogéneas.
Los datos obtenidos junto con las unidades compradas de las series filatélicas
seleccionadas en los años objeto de pericia, se transcriben en los cuadros siguientes:
Serie Albania HB 73 Francia 60B M Francia 29Bb M
Año Unidades
compradas
Unidades adjudicadas a
contratos
Unidades compradas
Unidades adjudicadas a
contratos
Unidades compradas
Unidades adjudicadas a
contratos
1997 51.203 56.094 54.928
1998 14.785 49.144 47.143
1999 10.152 4.325 24.190 132 18.110
2000 8.303 7.828 19.571 6.163 10.217
2001 7.369 12.236 29.351 230 11.493
2002 13.553 552 15.674 6.997
2003 14.811 -7.895 9.497 -3.202 4.451
2004 13.835 481 374
2005 13.001 170 80
2006 13.466 74 22
Total 17.046 3.323
Y para los años Europa:
Serie Series Europa
Año Unidades
compradas
Unidades adjudicadas a contratos CIT
Unidades adjudicadas a contratos PIC
Total unidades
adjudicadas
1997 41.891 225.619 15140 240.759
1998 6.306 216.383 14.548 230.931
1999 2.687 73.092 12.932 86.024
2000 4.538 94 46.319 46.413
2001 28.303 0 96.166 96.166
2002 62.816 0 144.086 144.086
2003 64.345 0 193.434 193.434
70
Serie Series Europa
Año Unidades
compradas
Unidades adjudicadas a contratos CIT
Unidades adjudicadas a contratos PIC
Total unidades
adjudicadas
2004 35.784 0 236.786 236.786
2005 188 0 242.397 242.397
2006 0 244.292 244.292
Total 246.858
Los datos de las unidades totales existentes a 9 de mayo de 2006, tanto
adjudicadas como no adjudicadas a contratos de inversión, según la BD Inventario, tal
y como hemos explicado en el apartado anterior, son los siguientes:
INVENTARIO
09/05/2006 Albania HB 73
Francia
60B M
Francia
29Bb M Europa
TOTAL 14.141 25.418 8.053 248.680
Con los datos obtenidos que se reflejan en los cuadros anteriores, podemos
realizar de forma muy aproximada y para las series seleccionadas una cuantificación
de las unidades filatélicas “desaparecidas” en el espacio temporal que abarca esta
pericia (1 de enero de 1998 a 9 de mayo de 2006), a las cuales habría que añadir las
unidades incluidas en las existencias a 31/12/1997 que formaban parte del stock
propiedad de AFINSA, que no se han tenido en cuenta por no disponer de los datos y
que aumentarían las diferencias encontradas. Los datos se reflejan en el cuadro
siguiente:
SERIES Albania HB 73
Francia 60 B M
Francia 29 Bb M
Series Europa
Unidades adjudicadas 31/12/1997 contratos CIT/CIF
51.203 56.094 54.928 225.619
Unidades adjudicados 31/12/97 contratos PIC/MIP
15.140
Total unidades adjudicadas 31/12/97 51.203 56.094 54.928 240.759
Unidades compradas 1998-2006
17.046 3.323 204.967
Inventario final 14.141 25.418 8.053 248.680
Unidades diferencia 37.062 47.722 50.198 197.046
También podemos hacer una cuantificación de las unidades filatélicas
“desaparecidas” partiendo de la situación a 31 de diciembre de 1998, ya que a
partir de ese momento desconocemos el destino de la filatelia adjudicada a contratos
71
de corta duración según la tabla SERIES ADJ CD, y tenemos cierta información del
stock de AFINSA a dicha fecha: 7.600 unidades de la hoja bloque 73 de Albania, 860
unidades del sello de Francia referencia 60b M, 1.300 unidades del sello de Francia
referencia 29bB M y 39.934 unidades de años Europa. Las cifras resultantes se
transcriben en el siguiente cuadro:
SERIES Albania HB-73
Francia 60 B M
Francia 29 Bb M
Series Europa
Existencias 31/12/1998 7.600 860 1.300 39.934
Unidades adjudicadas 31/12/1998 CIT/CIF
14.785 49.144 47.143 216.383
Unidades adjudicadas 31/12/1998 PIC/MIP
14.548
Total unidades adjudicadas + Existencias 31/12/1998
22.385 50.004 48.443 270.865
Unidades compradas 1999-2006 17.046 3.323 198.661
Inventario final 14.141 25.418 8.053 248.680
Unidades diferencia 8.244 41.632 43.713 220.846
Es decir, con los datos reflejados en los cuadros anteriores, podemos indicar
que han “desaparecido”: entre 37.062 y 8.244 series de la hoja bloque 73 de
Albania, entre 47.722 y 41.632 series del sello de Francia referencia 60 BM, entre
50.198 y 43.713 series del sello de Francia referencia 29 BbM y, entre 197.046 y
220.846 series de Europa (años completos de 1956 a 1979).
c) Análisis de los motivos que pueden explicar la situación
Mientras que para los contratos de larga duración PIC y MIP la totalidad de la
filatelia adjudicada estaba en una sola tabla, “SERIES ADJ LD”, la filatelia adjudicada
en los contratos CIT y CIF estaba diferenciada en dos tablas complementarias e
independientes: “SERIES ADJ CD” y “SERIES TEXTO CD”. Ambas comenzaron a
utilizarse en septiembre de 1994 y entre las dos se abarca la totalidad de la filatelia
adjudicada en los contratos CIT y CIF86.
86
Tal y como se explica en el estudio estadístico de la muestra realizada, hay aproximadamente 374 contratos de corta duración, que estando en la tabla de contratos no están en las tablas de adjudicaciones y que afectan al periodo de la pericia, su impacto sobre la totalidad de contratos analizados no se considera relevante.
72
No se entiende cual pudo ser la razón para la existencia de dos tablas, cuando
en una sola se pueden incluir todos los datos necesarios para la gestión comercial de
los contratos, pero llama la atención los siguientes hechos:
- La tabla SERIES TEXTO CD comienza a utilizarse en el año 1994 con
filatelia similar a la usada en la adjudicación de los contratos PIC antiguos:
filatelia de Europa, España y Portugal fundamentalmente años completos;
a partir de 1995 se van introduciendo otras series filatélicas muy diversas,
en las que aun teniendo bastante importancia la filatelia tipo PIC antiguo,
ésta va disminuyendo paulatinamente hasta desaparecer prácticamente en
1999.
- La tabla SERIES ADJ CD comienza también en 1994 con filatelia
semejante a la utilizada en los contratos PIC antiguos, pero como ya
hemos indicado, en esta tabla sólo se han incluido siete series filatélicas y
a lo largo de toda su existencia ha tenido mucha importancia la filatelia que
tradicionalmente se usaba en los contratos de larga duración PIC y MIP
fundamentalmente la serie Europa. La evolución de las unidades filatélicas
adjudicadas en los años de vida que tuvo esta tabla se transcribe en el
siguiente cuadro:
TABLA SERIES ADJ CD UNIDADES ADJUDICADAS
SERIE 31/12/1994 31/12/1995 31/12/1996 31/12/1997 31/12/1998 31/12/1999 31/12/2000
Europa (EU) 29 33.300 44.578 5.853 1.180
Europa (EUA) 41.742 191.638 214.549 73.078 94
Total Europa 29 33.300 86.320 197.491 215.729 73.078 94
Portugal 17 5.116 7.746 799 158
Francia 29 Bb M 8.196 35.414 41.413 12.570 28
Liechtenstein 355 1.387 5.625 6.849 2.294 4
Francia 60 b M 8.191 35.417 41.436 12.570 28
Andorra 72 1.793 6.497 7.638 2.113 6
Total HB-73 1.049 4.999 6.051 2.261 4
Total general 46 38.416 114.681 286.242 319.274 104.886 164
Y la evolución de esta misma tabla en importe adjudicado en euros es la
siguiente:
73
TABLA SERIES ADJ CD importe adjudicado euros
SERIE 31/12/1994 31/12/1995 31/12/1996 31/12/1997 31/12/1998 31/12/1999 31/12/2000
Europa (EU) 42.950,54 48.061.099,47 74.120.308,89 9.684.610,00 2.233.680,24
Europa (EUA) 5.858.457,68 26.043.745,42 30.401.846,43 10.253.967,78 16.874,86
Total Europa 42.950,54 48.061.099,47 79.978.766,57 35.728.355,42 32.635.526,67 10.253.967,78 16.874,86
Portugal 2.114,02 773.220,50 1.329.217,09 124.228,28 26.228,39
Francia 29 Bb M 5.418.483,48 23.412.549,54 27.378.548,43 8.309.485,60 18.511,08
Liechtenstein 355 275.085,20 1.115.606,25 1.358.362,17 454.935,28 793,32
Francia 60 b M 5.415.177,93 23.414.532,87 27.393.753,96 8.309.485,60 18.511,08
Andorra 72 260.777,92 944.923,68 1.110.870,72 307.314,72 872,64
Total HB-73 83.217,17 407.668,99 512.405,71 193.973,99 343,24
Total general 45.064,56 48.834.319,97 92.760.725,36 85.147.865,03 90.415.696,04 27.829.162,99 55.906,22
Del análisis de los cuadros anteriores se desprenden los siguientes datos:
1º) La filatelia de Europa y Portugal, al menos en unidades adjudicadas, es la
que predomina en todos los años de vida de esta tabla, destacando sobretodo la serie
Europa: años completos de Europa de 1956 a 197987. Así, en los años 1994 y 1995 el
100% de la filatelia utilizada es la misma que la usada en los contratos PIC antiguo
(años completos de Europa y Portugal) y, lo que es más importante, utilizando los
mismos criterios de valoración que en los contratos PIC antiguo: según Listas internas
elaboradas por AFINSA que nada tenían que ver con los valores de catálogo.88
2º) A partir de 1996 las referencias de la serie Europa se desdoblan utilizando
dos tipos de siglas, las que comienzan por EU (por ejemplo EU1956 es Europa año
1956 completo) y las que comienzan por EUA (por ejemplo EUA1956 es Europa año
1956 completo), ya que en ambos casos nos estamos refiriendo a la misma filatelia89.
Sucediendo que el reparto de las unidades filatélicas adjudicadas de la serie Europa
entre ambas siglas es el siguiente:
- 1996, aproximadamente el 52% de la filatelia Europa comienza por las
siglas EU y el 48% por las siglas EUA.
87
Anexo 02.063: cuadros de elaboración propia realizados con la herramienta Prometeo (tabla SERIES_ ADJUDICADAS_CD_V2), seleccionando la filatelia que procede de la tabla SERIES ADJ CD en los años 1994, 1995, 1996, 1997, 1998, 1999 y 2000. 88
Anexo 02.064: ejemplos de adjudicación de año completo Europa 1956 y de año completo de Portugal 1963 en contratos CIT iniciados en 1994, 1995, 1996 y 1997, con valores de adjudicación iguales o muy semejantes a los de Listas internas para PIC antiguo, datos obtenidos, a través de la herramienta Prometeo (tabla SERIES_ADJUDICADAS_CD_V2) y Listas internas para esos años obtenidas del INVER. 89
Anexo 02.065: contrato CIT 41-803253 de 9 de enero de 1999 con filatelia adjudicada de la tabla SERIES ADJ CD, en cuyo anexo aparece filatelia de Europa utilizando las siglas EUA y pantallas del INVER del mismo contrato con sus adjudicaciones en las que aparece la filatelia de Europa con las siglas EUA y descripción: Europa año completo.
74
- 1997, el 97% de la filatelia del tema Europa comienza por las siglas EUA y
sólo el 3% se utiliza con las siglas EU.
- 1998, ya el 99% de la filatelia del tema Europa se enumera con las siglas
EUA.
- En 1999 y 2000 el 100% de la filatelia utilizada del tema Europa comienza
por las siglas EUA.
3º) Mientras que las unidades filatélicas adjudicadas del tema Europa se
multiplican por más de 2 en 1997 y 1998 respecto a las existentes en 1996, el importe
en euros adjudicado se reduce en un 55% en 1997 y en casi un 60% en 1998 respecto
al importe adjudicado en 1996. Es decir, cuando en la filatelia de la serie Europa
predominan las siglas EUA, el valor del importe adjudicado se reduce drásticamente.
4º) La filatelia de Portugal, años completos de Portugal, disminuye rápidamente
a partir del año 1996, no existiendo ya filatelia de Portugal adjudicada en 1999 y 2000.
Los datos mencionados hasta ahora, nos indican que ha habido un cambio de
criterio radical en la valoración de la serie Europa utilizada en los contratos
CIT/CIF que se adjudicaban mediante la filatelia reflejada en la tabla SERIES ADJ
CD; y que los años completos de Portugal (la otra serie filatélica habitualmente usada
en la adjudicación de los contratos PIC antiguo), se reducen sustancialmente a partir
del año 1996, comenzando a aparecer en dicho año otro tipo de filatelia distinta: sellos
individuales sin formar series ni años completos, los sellos de Francia, Andorra,
Liechtenstein y Albania.
Este cambio de criterio en la valoración de la serie Europa de Listas
internas (EU) a valores muy inferiores90 (EUA), supuso sin duda alguna para
AFINSA la necesidad de cantidades ingentes de años completos de filatelia del
tema Europa para satisfacer el mismo número de contratos de corta duración,
filatelia que, como más adelante veremos, no era fácil de conseguir y tenía unos
precios muy elevados.
90
Anexo 02.066: cuadro de elaboración propia con la comparación de los valores de adjudicación de las series Europa: años completos de 1956 a 1979 de la tabla SERIES ADJ CD, comparando las series que comienzan por EU con las que comienzan por EUA. Datos obtenidos a través de la herramienta PROMETEO (tabla SERIES_ADJUDICADAS_CD_V2) para contratos iniciados en octubre de 1996; en donde se observa que cuando las series utilizadas comienzan por EUA, su valor representa entre un 6% y un 12% del valor que esa misma serie tiene cuando comienza por EU (Lista internas de AFINSA).
75
Por lo que respecta a la otra tabla utilizada en la adjudicación de los contratos
de corta duración: tabla “SERIES TEXTO CD”, como ya hemos indicado
anteriormente, también se nutre de filatelia similar a la usada en los contratos de larga
duración: años completos de Europa, España y Portugal, y también hojas bloque y
series de Portugal. La importancia de esta filatelia, al menos en unidades adjudicadas,
se va diluyendo paulatinamente hasta prácticamente desaparecer en el año 199991.
En esta tabla se observa igualmente que en el año 1996 la filatelia de la serie
Europa: años completos de Europa, se desdobla en las dos siglas EU y EUA,
sucediendo lo mismo que en la tabla SERIES ADJ CD, el cambio de criterio en su
valoración: los años completos de Europa, cuando comienzan por las siglas EU se
valoran según Listas internas de AFINSA que nada tienen que ver con los valores de
catálogo; mientras que cuando comienzan por EUA se reduce drásticamente su
valor92. Este cambio de criterio en la valoración se produce también con otras series
filatélicas propias de contratos PIC antiguo utilizadas en esta tabla, por ejemplo con la
HB-20 de la serie denominada Portugal Europa 7793.
Este palpable cambio de criterio que se produce en el año 1996 con la
valoración de la filatelia de la serie Europa que aparece reflejada en la tabla SERIES
ADJ CD, y como hemos visto también se produjo con esta filatelia y con otras series
filatélicas utilizadas en la otra tabla, se corrobora en un documento aparecido en la
documentación intervenida94, en el usuario de Carlos de Figueiredo, según
propiedades del documento, el autor es él mismo, en el que haciendo una planificación
del año 1996, cuando menciona el departamento de Valores, dice:
“El presupuesto de compras del Departamento de Valores sufre en el ejercicio
1996 un importante incremento, debido al cambio de política de valoración de
91
Anexo 02.067: cuadros de elaboración propia con los datos obtenidos de la tabla SERIES TEXTO CD: en 1994 con las unidades adjudicadas en ese año según datos obtenidos de esa tabla a través de la herramienta Prometeo, y para el resto de los años, cuadro con el total de unidades adjudicadas en esa tabla y las unidades adjudicadas de serie Europa, Portugal y España. 92
Anexo 02.068: pantallas del INVER de tres contratos CIT en los que se les ha adjudicado filatelia de la tabla SERIES TEXTO CD, contrato nº 41-24595 de 01/01/1995, cuyas adjudicación está compuesta por filatelia de la serie Europa con las siglas EU valoradas según listas internas; contrato nº 41-33221 de 24/02/1996 con adjudicación de filatelia de Europa (EU) y Portugal (PO), valorada según Listas internas y contrato nº 41-43630 de 23/12/1996 con adjudicación de filatelia de Europa (EUA) con valoración muy inferior a Listas internas. Se acompañan las Listas internas obtenidas del INVER para comprobar el valor. 93
Anexo 02.069: documento de elaboración propia con la comparación de dos contratos CIT (nº 4150657 de 12/06/1997 y nº 4132960 de 11/02/1996), en los cuales aparece adjudicada la HB-20 de Portugal Europa 77, valorada en el segundo contrato, con fecha de inicio 11/02/1996, según Listas internas y en el primero, con fecha de inicio 12/06/1997, muy por debajo de esas Listas internas. 94
Anexo 02.070: documento encontrado en el usuario de Carlos de Figueiredo, denominado “PLAFIL. 96.”, las propiedades del archivo reflejan como autor a Carlos de Figueiredo.
76
los sellos utilizados en los contratos CIT que se acometerá desde el mes de
marzo.”
“Esta modificación nos obligará a adquirir trescientos cincuenta millones de
pesetas en filatelia, lo que representa el 50%, del Presupuesto de Compras
para este ejercicio.”
Efectivamente, acorde con ese documento existen otros en los que se
cuantifica el presupuesto de compras del Departamento de Valores en 1996 y 1997
por el concepto: “Renovación CIT”, compras 350.000.000 pesetas.95 Y “Renovación
CIT” 1.500 millones de pesetas.
Pero, por otra parte, de la cuantificación de las unidades filatélicas
“desaparecidas” se deduce que NO se compraron suficientes años completos de
Europa, ni suficientes unidades filatélicas de las otras series seleccionadas de la
tabla SERIES ADJ CD, para satisfacer los contratos de corta duración. Todo
apunta a que lógicamente las compras del tema Europa fueron destinadas, como era
de suponer, a satisfacer la demanda de los contratos de larga duración PIC y MIP. Por
ello, desde el año 1996 (fecha en la que se tomó la decisión de cambiar el criterio en la
valoración de la adjudicación de los contratos CIT) y hasta el año 1998, gran parte de
los contratos CIT se adjudicaron sin filatelia real que los soportara. O dicho de otra
forma, todo parece indicar que no estemos ante filatelia desaparecida, sino ante
filatelia que nunca ha existido, por lo que al menos el 64,55% de los contratos
CIT a 1 de enero de 1998 carecían de filatelia real que los sustentara.
Dando un paso más en este análisis y teniendo en cuenta que la filatelia de la
tabla SERIES ADJ CD va desapareciendo paulatinamente hasta su completa
desaparición en el año 2001, parece que los contratos de corta duración poco a poco
se van “preparando” con filatelia existente o real, de tal manera que a medida que se
van “preparando” se reflejan sólo en la otra tabla (SERIES TEXTO CD), inutilizándose
la tabla anterior. De hecho, a partir del año 2001 la tabla SERIES TEXTO CD era la
única que recogía la filatelia que soportaba la totalidad de los contratos CIT y CIF.
Esta conclusión, aparentemente precipitada, puede deducirse también de la
lectura de un documento interno96 cuyo autor es Carlos de Figueiredo, director general
del grupo de negocio FILAFINSA, del que dependía el departamento de Valores, cuyo
95
Anexo 02.071: documentos denominados “PLAN. 96” y “PREVAL 97”. 96
Anexo 02.072: documento interno denominado “VALORES 99”, sin fecha, pero por el contenido debe ser de comienzos del año 1999 y cuyas propiedades reflejan autor: Carlos de Figueiredo.
77
responsable era Juan Carlos Morán97. En dicho documento, hablando de las mejoras
realizadas en el departamento de Valores en el año 1998, dicen literalmente:
“También este año se ha continuado preparando CIT en depósito de modo que
hemos bajado 20 puntos el CIT en depósito sin preparar, estando en la
actualidad en un 36,52% en valor. Nuestra intención es continuar durante los
dos próximos años hasta que en Enero del 2001 todo el CIT esté adjudicado.”
(La negrita es nuestra)
Es decir, a 31 de diciembre de 1998 el 36,52% (en valor) de los contratos CIT
en depósito estaba pendiente de “preparar”, y el objetivo era que en enero de 2001
todo el CIT “esté adjudicado”.
Llama la atención la similitud de estas cifras con las que se deducen de la
evolución de la tabla SERIES ADJ CD cuando se comparan los contratos en número y
en importe adjudicados con filatelia de esta tabla, en relación con la totalidad de
contratos vigentes. Dicha comparación, en importe, nos refleja que el 37,01% de los
contratos CIT/CIF vigentes a 31/12/1998 proceden de la tabla SERIES ADJ CD y el
0,01% a 31/12/2000.
También existe un documento (archivo Excell) encontrado en el mismo usuario
de Carlos de Figueiredo98, en el que en la hoja A se dan los datos del CIT a distintas
fechas de 1997, 1998 y 1999, distinguiendo entre “Depósito s/p”, “Depósito” y “No
depósito”, y en la hoja B el presupuesto de compras del Departamento de Valores para
1999, una de cuyas partidas es por el concepto: “Renovación CIT”
Desconocemos el significado de “CIT en depósito sin preparar”, pero todo
parece indicar que se está refiriendo a los contratos CIT incluidos en la tabla
mencionada, en la cual se reflejaban contratos de corta duración que muy
probablemente se habían adjudicado con filatelia inexistente.
Centrándonos en la serie Europa utilizada en la adjudicación de los contratos
de corta duración: años completos de Europa de 1956 a 1979, sobre la que en el
análisis realizado a lo largo de este apartado, hemos demostrado que muy
97
Nota, ver anexo 02.006: documento interno de la documentación intervenida del año 2001 con el organigrama del grupo de negocio FILAFINSA. 98
Anexo 02.073: documento denominado “VALORES”, sin fecha, pero por el contenido debe ser de comienzos del año 1999, encontrado en el buzón de Carlos de Figueiredo, con dos hojas, hoja A con datos del CIT y hoja B con el presupuesto de compras para el departamento de valores para 1999.
78
probablemente se utilizó en la adjudicación de contratos CIT (junto con otras series
filatélicas), sin que existiera realmente; existen numerosos documentos que nos llevan
a la misma conclusión, pues en todos ellos se menciona la escasez que tiene el
departamento de Valores de AFINSA de filatelia de tipo PIC/MIP para satisfacer la
demanda de ese tipo de contratos; así, mencionaremos entre otros:
- “AFINSA. DPTO DE VALORES. Descripción del Plan para el año 2001”.99 En él se dice: “El Dpto. tiene actualmente 3 problemas principales: 1.- Disminución considerable del stock de filatelia disponible para adjudicar en el futuro los nuevos contratos PIC y MIP, al ser las ventas muy superiores a las compras. 2.- Retraso en la preparación de adjudicaciones de PIC-MIP. 3.- Falta de espacio físico para el almacenaje de filatelia. Con mucho el más preocupante es el primero, al no depender su incremento solamente de nuestras acciones, sino de la situación del mercado.”
- “FILAFINSA. U.A. de VALORES. Informe del año 2001”100
Dentro del apartado Hechos relevantes, dice:
“Disminución paulatina del stock de filatelia para adjudicar nuevos PIC, hasta agotarse por completo.” (……….)
“Perspectivas y Objetivos para el año 2002” “La falta de stock es el principal problema de la Unidad, pues no tiene carácter coyuntural y condiciona en gran medida el correcto funcionamiento de la misma. En la actualidad tenemos que esperar a comprar filatelia para adjudicar.”
- “INFORME VALORES. SITUACIÓN ACTUAL DEL STOCK PARA ADJUDICACIONES OPERACIONES PIC”101 “2. Stock de Afinsa (…………)
Europa Actualmente estamos comprando a pleno catálogo, lo que disminuye la rentabilidad de nuestras operaciones considerablemente. Por otro lado es imposible asegurar un suministro continuo de este material que, cada vez es más difícil al encontrarse especulado. Nuestro stock de tema Europa asciende a un total de euros 45.214 en precio de adjudicación”
Destacamos este último documento, pues menciona en concreto el tema
Europa, reconociendo que es una filatelia cara (“estamos comprando a pleno
catálogo”), que es difícil de conseguir (“es imposible asegurar un suministro continuo
99
Anexo 02.074: documento denominado “AFINSA DPTO DE VALORES” de fecha 30/11/2000, “Descripción del Plan para el año 2001”, es un archivo encontrado en el buzón de Juan Carlos Morán. 100
Anexo 02.075: documento denominado “Filafinsa U.A. de Valores. Informe del año 2001. 101
Anexo 02.076: documento confidencial de Carlos de Figueiredo de 13 de marzo de 2002.” INFORME DE VALORES. SITUACIÓN ACTUAL DEL STOCK PARA ADJUDICACIONES PIC”.
79
de este material”), y nuestro stock es mínimo (“Nuestro stock de tema Europa
asciende a un total de euros 45.214 en precio de adjudicación”)
La situación de escasez continua de filatelia para adjudicar en los contratos PIC
y MIP es tan relevante que hasta se deja constancia de ella en los Consejos de
Administración; así, destacaremos entre otros:
- Acta del Consejo de Administración de 6 de febrero de 2001102:
“Señala el Presidente que en PIC se van a encontrar muy agobiados porque no hay filatelia. Por su parte, señala D. Carlos de Figueiredo que este año van a hacer falta 1.000.000.000 de pesetas o 1.100.000.000 de pesetas en sellos para PIC y que en la actualidad se están comprando con esa finalidad unos 30 millones de pesetas al mes, a lo que responde el Sr. Cano que efectivamente en el presupuesto hay previsto 1.250.000.000 pesetas para compras de filatelia para PIC.”
- Acta del Consejo de Administración de 3 de diciembre de 2002103: “El Sr. Cano pregunta por las necesidades de reposición de sellos PIC y D. Carlos de Figueiredo indica que se requiere 1,5 o 1,7 millones de euros al mes en compras para las nuevas adjudicaciones. El presidente indica que habría que comprar países y dejar de comprar tema Europa y que hay que estudiar la posibilidad de Grecia.” (La negrita es nuestra)
La falta de filatelia para satisfacer la demanda de contratos PIC y MIP se refleja
repetidamente en el Comité Ejecutivo del Grupo AFINSA. Así, mencionaremos las
Actas del Comité Ejecutivo de 19 de julio y 20 de diciembre de 2001 y el Acta de 15 de
octubre de 2002104 en las cuales se dice literalmente:
“Dada la situación de escasez de sellos en la que nos encontramos, tras una puesta en común se decide suspender inmediatamente la venta de MIP.” (Acta de 19/07/2001). “Informa asimismo que el Departamento de Valores necesita 7.000.000.000 u 8.000.000.000 de pesetas en sellos PIC para el año 2002.
102
Nota, ver anexo 17.001 del Informe de desarrollo nº 17: Socios, Administradores y Otros Directivos. Sus retribuciones y sus responsabilidades. Acta del Consejo de Administración de AFINSA de 6 de febrero de 2001. 103
Nota, ver anexo 17.001 del Informe de desarrollo nº 17: Socios, Administradores y Otros Directivos. Sus retribuciones y responsabilidades. Acta del Consejo de Administración de AFINSA de 3 de diciembre de 2002. 104
Nota, ver anexo 17.005 del Informe de desarrollo nº 17: Socios, Administradores y otros Directivos. Sus retribuciones y responsabilidades. Actas del Comité Ejecutivo del grupo AFINSA de 19 de julio y 20 de diciembre de 2001; y Acta de 15 de octubre de 2002.
80
El MIP sigue cerrado hasta que pueda asegurarse el suministro aunque se han presupuestado 1.200.000.000 de MIP.” (Acta de 20/12/2001). (La filatelia PIC/MIP se trata conjuntamente, pues se trata de la misma filatelia) “También se señala que ante la falta de sellos se está pensando hacer PIC con numismática.” (Acta de 15/10/2002).
La dificultad para conseguir filatelia para PIC queda reflejada igualmente en los
altos mandos de Sistemas de Inversión, cuando en un acta de la reunión de regionales
de febrero de 2003105
, dentro del apartado “3. Debate / Análisis sobre nuevos
productos a comercializar en Sistemas de Inversión”, dice:
“Por otro lado, debemos señalar la problemática creciente que hay para la continua adjudicación de los sellos, cada vez hay menos sellos PIC para adjudicar y la búsqueda de nuevos países es muy complicada, además el control de países grande es muy difícil. Se está trabajando en controlar un catálogo ya vigente porque ejercer este control a través de catálogos propios puede conducir a que nos acusen de “control de precios”. Además el retraso que produce los problemas de adjudicación puede conducir a situaciones ilegales ya que el cliente compra algo que no le hemos entregado.” (La negrita es nuestra)
Por otra parte, como veremos más adelante cuando se analicen los contratos
PIC y MIP, en AFINSA se puso de manifiesto la existencia de un grave problema que
afectó tanto a unos como a otros y que posiblemente, en la fecha de la intervención
judicial, no estaba totalmente subsanado: el problema de “LAS FALTAS DE
FILATELIA”:
Bajo esta denominación el personal de AFINSA se refiere a filatelia que
estando adjudicada a los contratos de inversión no estaba preparada físicamente,
pudiendo existir o no en el stock de AFINSA y siendo algo diferente al mero retraso en
la preparación, aunque pudiera estar afectada por el mismo. Estas Faltas afectan a:
contratos completos, a lotes completos y, a series dentro de un lote. Es decir, existen
contratos completos sin filatelia, contratos en que falta la filatelia de uno o varios lotes
y contratos a los que les falta alguna serie de algún lote.
Hay distintos documentos en que se cuantifican “las faltas de filatelia”:
“Contratos PIC y MIP adjudicados con faltas de filatelia: definitivo. 23/05/2003”106, en el
que se indica que el total Faltas asciende a 168.970 series/años completos, una vez
descontado el stock existente según INVER. El correo de Enrique Fernández a
105
Anexo 02.077: “Acta Reunión. Reunión de Regionales Febrero” de fecha 2 de marzo de 2003. 106
Anexo 02.078: “Contratos PIC y MIP adjudicados con faltas de filatelia: definitivo.”
81
Dolores Llames de 27/10/2004107 en el que adjunta un fichero donde cuantifica en
2.551 contratos PIC antiguos y 1.939 contratos PIC nuevos a los que les falta uno o
varios lotes y las fechas de adjudicación de los lotes van fundamentalmente del año
1999 hasta el año 2003. Por otra parte, en la documentación intervenida en soporte
papel han aparecido dos trabajos de recuento de contratos PIC nuevos con lotes
incompletos108.
Es decir, tal y como se demuestra en los apartados de este informe pericial en
que se analizan los contratos PIC y los contratos MIP, existió un problema real de
Faltas de filatelia en dichos contratos, que era independiente de los problemas de
retrasos en la preparación física de los lotes y de los retrasos en las adjudicaciones y
sobreadjudicaciones, que dicho problema aunque empezó a detectarse en el primer
semestre de 2003 afectó a las adjudicaciones desde el año 1998, y se comenzó a
solucionar con órdenes de aprovisionamiento puntuales servidas por Central de
Compras ( en adelante CdC) en noviembre de 2005, sin que haya constancia de que a
la fecha de la intervención judicial el problema estuviera resuelto.
¿Cómo es posible que AFINSA haya dejado desaparecer aproximadamente
220.000 años completos del tema Europa con una situación crónica como la que
describen los documentos anteriores? No olvidemos que 220.000 años completos de
Europa de 1956 a 1979 son aproximadamente 8,5 millones de sellos (cada año
completo tiene varios sellos dependiendo del año de que se trate, pero la media es 39
sellos por año completo de Europa), que supondrían un coste en el año 2002 (según
indican las facturas de compras realizadas por AFINSA en dicho año) de más de 30
millones de euros.109
Sin duda alguna la contestación es evidente: hay indicios suficientes como para
pensar que la filatelia del tema Europa a la que nos estamos refiriendo (al igual que las
otras series filatélicas de la tabla SERIES ADJ CD) no ha existido nunca.
107
Anexo 02.079: correo de Enrique Fernández a Dolores Llames de 27/10/2004 con el fichero que anexa denominado “Faltas lotes completos PIC 271004”. 108
Anexo 02.080: documentos internos denominados: “Inventario de faltas PIC nuevos” “Faltas de lotes incompletos de mayo de 2004 e “Inventario de faltas PIC nuevos”. “ Detalle lotes incompletos” de 23/11/04. 109
Anexo 02.081: cuadro de elaboración propia con el resumen de la serie Europa adjudicada a contratos CIT a 31/12/1998 proveniente de la tabla SERIES ADJ CD (años completos de 1956 a1979), número de sellos y coste de los mismos con los precios de compra según facturas del año 2002.
82
d) Conclusión
Del análisis de las tablas utilizadas en la gestión comercial de los contratos de
corta duración, que proporcionan información de toda la filatelia que soportaba dichos
contratos (TABLA SERIES ADJ-CD y TABLA SERIES TEXTO-CD), junto con el
análisis de las compras de ciertas series filatélicas, del análisis de las series Europa
utilizadas en la adjudicación de contratos PIC y del análisis del inventario final de
AFINSA, se ha puesto de manifiesto que la filatelia recogida en una de ellas (TABLA
SERIES ADJ-CD) y que abarcaba al menos al 64% de los contratos vigentes al
comienzo del año 1998, no existía en realidad; que esa grave situación debió ser
consecuencia de la decisión tomada en 1996 de valorar de distinta forma la filatelia
utilizable en contratos CIT e ir incorporando otro tipo de filatelia: filatelia clásica
suministrada mayoritariamente por las empresas de Francisco Guijarro Lázaro,
sucediendo lo siguiente:
- Desde el año 1994 (año en que el sistema INVER nos ofrece información
de las series filatélicas utilizadas en la adjudicación de los contratos de
inversión) y hasta aproximadamente mediados de 1996, tanto en los
contratos PIC como en los contratos CIT se utilizaba la misma filatelia:
series de Europa, Portugal y España valoradas según Listas internas de
AFINSA con precios muy superiores a los de cualquier catálogo de
referencia.
- Desde 1996 y hasta el año 1998, se va cambiando paulatinamente de
criterio en la valoración de la filatelia utilizada en los contratos CIT, los
años Europa que se siguen utilizando se valoran a precios muy inferiores a
los de Listas internas y se va introduciendo otro tipo de filatelia –la que
posteriormente AFINSA denominará filatelia CIT/CIF– fundamentalmente
filatelia clásica valorada a precios de catálogo.
Este cambio de criterio supuso la necesidad de adquirir tal cantidad de filatelia
que no se ha visto reflejada ni en el análisis de las compras de ciertas series filatélicas
ni en el inventario de AFINSA a 9 de mayo de 2006; por lo que podemos afirmar que,
desde 1996 a 1998 se estuvo adjudicando gran cantidad de contratos CIT sin filatelia
real que los sustentara; que este importante problema debió ir solucionándose
paulatinamente con “la preparación y adjudicación de los contratos CIT en depósito”,
de forma que en el año 2001 (año en que desaparece la tabla SERIES ADJ-CD y sólo
83
se utiliza la tabla SERIES TEXTO-CD para la adjudicación de los contratos CIT/CIF)
el grave problema debió estar ya solucionado.
2) Filatelia adquirida a las empresas de Francisco Guijarro Lázaro
Aunque en otro informe pericial se analiza con exhaustividad a este importante
proveedor110, destacaremos por su transcendencia lo que supuso para los contratos
CIT la filatelia por él suministrada, recordando lo siguiente:
Desde el comienzo del periodo que abarca esta pericia (1 de enero de 1998) y
hasta junio de 2003, las empresas de Francisco Guijarro Lázaro, fundamentalmente
FRANCISCO GUIJARRO LÁZARO FILATELIA S.L. y GUIJARRO LÁZARO S.L.,
fueron las suministradoras casi exclusivas de filatelia para los contratos CIT y CIF111
(en adelante la denominaremos filatelia CIT/CIF), suministrando también filatelia para
contratos PIC, MIP y filatelia de colección.
El importe de filatelia CIT/CIF suministrada por las empresas de GUIJARRO
supuso un coste para AFINSA de 58,7 millones de euros, de los cuales 56,3 millones
de euros fueron para sellos clásicos mundiales y 2,4 millones de euros para series
procedentes de la imprenta Fournier.
El valor de catálogo asignado a la filatelia clásica suministrada por las
empresas de GUIJARRO fue de 705.666.275,97 euros, con un coste para AFINSA de
56.377.298,64 euros, estando el 68% de esa filatelia concentrada tan sólo en 20
referencias de cinco países: Francia, Estados Unidos, Chipre, Suiza y Vietnam del
Norte.
Al menos desde mayo de 2002 hay constancia documental de que AFINSA
sabía que GUIJARRO estaba suministrando filatelia falsa, manipulada o mal
catalogada; este problema no era circunstancial de una muestra aleatoriamente
elegida, sino que correspondía a multitud de sellos que GUIJARRO había suministrado
durante años. Los sellos identificados como “irregulares” representaban en dicha fecha
aproximadamente la mitad de la filatelia adquirida a dicho proveedor y la mitad de la
110
Nota, ver Informe de desarrollo nº 7: Francisco Guijarro Lázaro 111
En la parte del informe en que se analiza este proveedor, se explica que fueron suministradoras exclusivas de filatelia CIT en los años 1999, 2000, 2001, 2002 y hasta junio de 2003; no habiendo constancia de su exclusividad en 1998.
84
filatelia adjudicada a contratos.112 Posteriormente, en diciembre de 2002, el mismo
técnico filatélico que realizó el informe de mayo amplía el número de referencias
falsas, manipuladas o mal catalogadas que ya representaban el 79% de los sellos
adquiridos a GUIJARRO. No obstante a lo largo del siguiente año (desde mayo de
2002 y hasta junio de 2003), AFINSA siguió adquiriendo filatelia “irregular” a
GUIJARRO y adjudicándola a contratos de inversión (contratos CIT y CIF).
En junio de 2003 se rompen las relaciones comerciales con GUIJARRO, se
deja de adjudicar la filatelia “irregular” de GUIJARRO a contratos y se comienza a
partir de entonces a retirarla de los contratos a medida que van venciendo. A partir de
ese momento en AFINSA se hacen más estudios y análisis de las irregularidades que
pudiera tener la filatelia suministrada por GUIJARRO, tratando de cuantificar, en
función de dichas irregularidades, el valor real de mercado que pudiera alcanzar la
filatelia. De los informes realizados se concluye que existen al menos tres tipos de
“irregularidades”: sellos falsos o reimpresiones falsas, sellos recortados y sellos sin
matasellado especial y mal catalogados.113
El último informe elaborado por la propia AFINSA en que se realiza un análisis
pormenorizado de la filatelia clásica retirada de los contratos de inversión CIT - CIF,
detallando las “irregularidades” y valorándola, es de 5 de mayo de 2006,114
cuatro días
antes de la intervención judicial. En dicho informe se analizan 417.723 unidades
filatélicas (tanto irregulares como no irregulares), que supusieron para AFINSA un
coste de adquisición de 43.587.805,48 euros, con un valor de catálogo en contratos de
544.847.568,50 euros y que la dieron un valor estimado de mercado de 3.428.317,77
euros, del cual 1,2 millones de euros era el valor de la filatelia sin incidencia alguna.
Ya que a la fecha de la intervención judicial todavía siguen vigentes contratos CIT/CIF
que tienen asignada filatelia falsa, manipulada, o mal catalogada de GUIJARRO, esta
pericia ha seleccionado las series “irregulares” adjudicadas a contratos vigentes a 9 de
mayo de 2006 que se hubiesen iniciado con anterioridad a 30 de junio de 2003 (ya que
a partir de entonces se deja de adjudicar totalmente la filatelia de dicho proveedor). El
resultado obtenido es que hay 32.514 unidades filatélicas de filatelia falsa, manipulada
o mal catalogada procedente de GUIJARRO adjudicadas en 14.751 contratos CIT y
112
Nota, ver apartado VI.2.1: “El informe de Hermenegildo Trillo de 21 de mayo de 2002” del Informe de desarrollo nº 7. 113
Nota, ver apartado VI.5.1: “La filatelia retirada” del Informe de desarrollo nº 7. 114
Nota, ver anexo 07.255 del Informe de desarrollo nº 7 donde se encuentra el archivo: “Informe actualizado FG 05.05.06. xls”
85
CIF vigentes en la fecha de la intervención judicial por un importe de 58.112.357,66
euros con un coste de adquisición de 4,6 millones de euros115.
Para que el precio pagado por los clientes de los contratos de inversión se
correspondiese verdaderamente con el valor de catálogo de la filatelia adjudicada, los
sellos falsos, manipulados o mal catalogados deberían haber sido sustituidos antes del
vencimiento de los contratos. No se ha encontrado en la documentación intervenida, ni
en la aplicación informática de los contratos de inversión, indicio alguno de que esto se
realizara; es más, la existencia de contratos vivos con este tipo de filatelia en la fecha
de la intervención judicial demuestra –por si hubiera alguna duda– que estos sellos no
fueron sustituidos por otros, sino que se mantuvieron adjudicados a los contratos hasta
su vencimiento, aun sabiendo AFINSA que no tenían ningún valor.
Teniendo en cuenta tanto el inventario real de la filatelia retirada de GUIJARRO
como la filatelia “irregular” adjudicada a contratos vigentes a 9 de mayo de 2006, se
puede decir que la filatelia calificada como “irregular” por AFINSA a la que se
asignó un valor de catálogo de 652.732.408,74 euros, supuso un coste de
adquisición para AFINSA de 52.218.592,70 euros. Sin embargo, siguiendo el mismo
criterio para su valoración que AFINSA, su valor estimado de mercado es tan sólo
de 2.700.574,01 euros. Todo ello significa que el 93% de la filatelia clásica
suministrada por GUIJARRO para contratos CIT era falsa o estaba manipulada o
mal catalogada con el fin de otorgarle un valor muy superior al que realmente tenía116.
Es preciso señalar, por último, que se desconoce el origen de la filatelia
CIT/CIF suministrada por GUIJARRO, ya que en el análisis efectuado de las compras
realizadas por las empresas de GUIJARRO no se han encontrado facturas de compras
que justifiquen de forma indudable esa filatelia; sólo las facturas que no especifican
detalle alguno de la filatelia podrían, en el mejor de los casos, justificar el origen de
dicha mercancía; el importe de esas facturas asciende a 1.073.809,91 euros, lo que no
llega ni al 2% del importe facturado por GUIJARRO a AFINSA.117
115
Nota, ver apartado VI.5.2: “Filatelia falsa de Guijarro adjudicada a contratos de inversión” del Informe de desarrollo nº 7. 116
Nota, ver apartado VI.5.3: “Valoración total de la filatelia falsa de Guijarro a la fecha de la intervención judicial” del Informe de desarrollo nº 7. 117
Nota, ver apartado V: “Origen de la filatelia vendida a AFINSA por Guijarro” del Informe de desarrollo nº 7.
86
3) Filatelia adquirida al grupo GMAI
A partir de junio de 2003, cuando el Grupo GMAI pasa a ser el proveedor
exclusivo de filatelia de inversión, AFINSA adquiere tres colecciones de filatelia muy
importantes económicamente hablando:
- El “Archivo ONU” y los sellos emitidos para las Naciones Unidas por la
imprenta española Heraclio Fournier.
- Los “Especímenes de la American Bank Note Company”.
- Las “Variedades de España del último cuarto del siglo XX”.
A dichas colecciones se las asignó un valor en el momento de su adjudicación
en contratos CIT/CIF de 1.137.579.809,68 euros y en la fecha de la intervención
judicial alcanzaban un valor en la “BD Inventario” de 806.054.153,87 euros.
En los Informes de desarrollo números 8, 9 y 12 se desarrolla ampliamente
cada una de ellas, pero conviene recordar lo siguiente:
a) El “Archivo ONU” y los sellos emitidos para las Naciones Unidas por
la imprenta española Heraclio Fournier118
1.- Era filatelia que con carácter general no estaba catalogada, hasta que
apareció en el catálogo Brookman.
2.- Los propios técnicos filatélicos de AFINSA desaconsejaron su compra. Así,
en al menos dos ocasiones los técnicos dijeron que no aconsejaban la compra de de
este material por CdC119
:
“si el objetivo es hacerlo rentable para este centro, ahora bien desconocemos las necesidades del departamento de valores”. “En ningún caso, desde el área del coleccionismo daríamos el visto bueno a una operación de estas características, pero entendemos que la idiosincrasia del departamento de valores es diferente y pudiera ser que a éste le interesara la operación.”
118
Nota, ver Informe de desarrollo nº 8: El Archivo filatélico de Naciones Unidas. 119
Nota, ver anexos 08.010 y 08.011, correo de Ramón Egurbide a Juan Antonio Cano de 8 de mayo de 2003 y correo de Jorge de la Herrán a Ramón Egurbide de 19 de mayo de 2003 del Informe de desarrollo nº 8.
87
En ambos casos se habla de la existencia de sellos similares ofrecidos a los
coleccionistas que resultan muy difíciles de vender.
El propio José Mª Sallán Mur, experto filatélico independiente, que prestaba
sus servicios en AFINSA y que certificó para los auditores el inventario filatélico de
AFINSA de los años 2003 y 2004120, elaboró un “INFORME INTERNO DEL
INVENTARIO CON CRITERIOS FILATÉLICOS”121
el 5 de marzo de 2005 en el que,
dentro del apartado Fondos filatélicos específicos: incidencias, dice:
“EMISIONES DE LA ONU Mi opinión personal, el material adquirido de la ONU, carece de antecedentes
en el mercado, lo poco que se ha exhibido bien como fantasías, pruebas de
color o plancha, en raras ocasiones han tenido incidencia en el mercado y se
recogen más como curiosidad o complemento y menos aún cuando, como en
el caso de la ONU, se riza el rizo.
Es un producto que dudo que ningún catálogo quiera catalogar en su totalidad, pues la mayoría de ejemplares carecen de lo más elemental, valor, identidad, ley de emisión etc., por lo que la UPU y la FIP dudo aprobarían, se salvan los sin dentar y poco más, creo que es un tema a considerar y al mismo tiempo se debería oficializar, ya que el Brookman no creo que sea suficiente.” (La negrita es nuestra).
3.- Que filatelia similar que AFINSA ofertaba en el mercado del coleccionismo,
tal y como lo indican sus propios técnicos filatélicos, lo hacía a precios muy inferiores.
4.- Los sellos del “Archivo ONU” se comenzaron a adjudicar en los contratos
CIT en junio de 2003 a doble del valor del catálogo Brookman, manteniéndose ese
criterio hasta el 15 de octubre de 2004122. A partir de dicha fecha, esa misma filatelia
pasó a adjudicarse al valor del catálogo Brookman, sucediendo que para los contratos
CIT iniciados antes del 15 de octubre de 2004 y con fecha de vencimiento posterior a
esa fecha, aún habiéndose reducido el valor del lote filatélico asignado a la mitad, no
se cubrió dicha diferencia incorporando otra filatelia, sino que a su vencimiento se
liquidó la deuda con el titular del contrato por su nominal, sin tener en cuenta para
nada el nuevo valor de la filatelia: la mitad del importe invertido por el cliente123
.
120
Anexo 02.082: cartas dirigidas por Jose Mª Sallán Mur a Gestynsa Auditores Externos S.L. con la certificación del inventario filatélico de AFINSA de los años 2003 y 2004. 121
Nota, ver anexo 08.115 del Informe de desarrollo nº 8. 122
Nota, ver apartado II.5: “Modificación del valor de los sellos a lo largo del tiempo” del Informe de desarrollo nº 8. 123
Anexo 02.083: que contiene los datos del programa INVER relativos al lote 793 del proveedor GMAI., se trata de un lote formado por 12 parejas sin dentar del sello SCOTT 26 (VIENA) con un valor inicial de 24.000 euros, que pasa a tener un valor de 12.000 euros el 15/10/2004 y, el contrato CIT 41-236986 donde está adjudicado dicho lote, iniciado el 29/06/2003 con un importe nominal de 24.040,48 euros y
88
Esta circunstancia se produjo en todos los contratos que tenían asignados
sellos del Archivo ONU a 15 de octubre de 2004: en ningún caso se les asignó nueva
filatelia; en la práctica se esperó al vencimiento del contrato, se liquidó la deuda con su
titular (siempre por el valor nominal del contrato, sin importar el nuevo valor de la
filatelia a su vencimiento), y fue en su nueva asignación a otro contrato, cuando la
filatelia ya figura al valor del catálogo Brookman.
De los contratos afectados por esta situación con filatelia del archivo ONU,
todavía había al menos 5.789 vivos (5.234 CIT y 555 CIF) a la fecha de la intervención
judicial el 9 de mayo de 2006. El valor nominal de esos contratos es de
131.193.486,92 euros y el valor original de adjudicación de los sellos del archivo ONU
a esos mismos contratos ascendió a 122.678.500,00 euros. Sin embargo, el valor de
esos mismos sellos en el archivo BD INVENTARIO, a 9 de mayo de 2006, es de
70.865.266,00 euros. Es decir existe un déficit en el valor de los sellos, provocado
fundamentalmente por la adjudicación a doble de catálogo, de 51.813.234
euros124
.
5.- Además de los sellos del “Archivo ONU” adquiridos a GMAI a partir de junio
de 2003, AFINSA tenía otros sellos sin dentar de la ONU, similares a los anteriores, de
la imprenta Fournier cuyo origen era muy anterior a junio de 2003; estos sellos
estaban referenciados con el código que aparecía en el catálogo Yvert & Tellier para
los sellos tipo, muy inferior al valor por el que figuraron los mismos sellos en el
catálogo Brookman125. Se ha elaborado un cuadro126
con las equivalencias de los
mismos sellos a distintos catálogos con sus diferentes valores, muy inferiores si la
referencia es la del catálogo Yvert & Tellier, o muy superiores si la referencia es la del
catálogo Brookman.
Se ha podido comprobar, además, que los mismos ejemplares de sellos
individuales sin dentar están adjudicados a la fecha de la intervención judicial a
dos precios distintos; por un lado el original al que entraron antes de la compra del
“Archivo ONU”, y por otro al contenido en el catálogo Brookman.
fecha de vencimiento el 25/07/2005, con su liquidación por su importe nominal cuando el lote se había reducido su valor a la mitad. 124
Nota, ver anexo 08.085 del Informe de desarrollo nº 8. 125
Nota, ver apartado V.2.3: “Adjudicación a contratos de inversión de sellos ONU sin dentar antes de la compra del Archivo” del Informe de desarrollo nº 8. 126
Anexo 02.084: cuadro de elaboración propia con las equivalencias de los mismos sellos ONU referenciados al catálogo Yvert & Tellier y al catálogo Brookman con sus distintos valores. Dicho cuadro está igualmente incluido en el apartado V.2.3 del Informe de desarrollo nº 8.
89
El cuadro que se añade como anexo127 se ha elaborado con la información que
nos ofrece el INVER y nos muestra ejemplos de idénticos sellos que aparecen a fecha
de la intervención judicial a distinto precio, unos referenciados al catálogo Yvert &
Tellier (los más antiguos adquiridos antes de junio de 2003) y otros referenciados al
catálogo Brookman (los adquiridos a GMAI con el Archivo ONU), y los contratos en
que están adjudicados. La información que se muestra en el cuadro y su obtención es
explicada ampliamente en el Informe de desarrollo nº 8, apartado V.2.3.
Referenciados a ese mismo anexo128
se muestran dos contratos CIT con la
misma filatelia de las Naciones Unidas: uno, el más antiguo, referenciando la filatelia al
catálogo Yvert & Tellier con precios más bajos y el otro, el más moderno,
referenciando la filatelia al catálogo Brookman con precios más elevados.
6.- El control del catálogo Brookman, adquirido a la vez que el Archivo ONU,
permitió a AFINSA valorar estos sellos a los precios deseados, ya que era filatelia que
antes, en general, no había estado catalogada. Los precios artificialmente altos del
catálogo Brookman unido a la decisión de adjudicar, en una primera etapa, al doble del
valor de dicho catálogo, permitió a AFINSA llegar a un valor inicial de adjudicación
en sus contratos CIT/CIF de 497.676.341,60 euros, cuando el coste para el grupo
GMAI había sido de 6.257.473,30 euros.129
b) “Especímenes de la Américan Banknote Company”130
1.- Era filatelia que en general no estaba catalogada y que nunca llegó a
catalogarse, ni siquiera en el catálogo Brookman. A pesar del acuerdo existente con el
catálogo Brookman, AFINSA renunció a que apareciera en dicho catálogo,
incumpliendo de esa manera uno de los requisitos fundamentales, según AFINSA,
para su utilización en los contratos de inversión. A cambio se preocupó de que un
127
Anexo 02.085: cuadro de elaboración propia realizado con la información que nos ofrece el INVER y, que muestra ejemplos de idénticos sellos valorados a diferentes precios con los contratos en que están adjudicados, todo ello referido a la fecha de la intervención judicial. 128
Anexo 02.086: contrato CIT nº 41-2361641 de 10 de junio de 2003 con sellos de las Naciones Unidas Ginebra referenciados al catálogo Yvert y pantallazos del INVER con el lote 508 adjudicado a ese contrato y, contrato CIT nº 41-342104 de 18 de febrero de 2005 con los mismos sellos de las Naciones Unidas Ginebra referenciados y valorados al catálogo Brookman y pantallazos del INVER con el lote 57357 adjudicado a ese contrato, en donde se observa que el mismo sello ONU Ginebra que en este último lote al estar referenciado al catálogo Brookman, aparece con un precio muy superior al anterior lote que está referenciado al catálogo Yvert & Tellier. 129
Nota, ver apartado IV: “Cuadro resumen de las cantidades satisfechas por AFINSA” del Informe de desarrollo nº 8. 130
Nota, ver Informe de desarrollo nº 9: ESPECÍMENES.
90
experto supuestamente “independiente” (Stephen Washburne) hiciera una valoración
de dicha filatelia, pero en dicha valoración se plegó a los requisitos de AFINSA, que a
través de Carlos de Figueiredo y con la colaboración de Ramón Soler, impuso su
criterio en los aspectos fundamentales.
2.- Era filatelia de ínfimo valor y AFINSA tenía conocimiento de ello incluso
antes de iniciar las compras a GMAI.
3.- La valoración inicial de esta filatelia la hizo el propio Greg Manning, no
siguiendo criterios técnicos o filatélicos, sino buscando el cumplimiento de sus
intereses: aumentar los beneficios de GMAI lo más posible.
4.- A pesar de que AFINSA conocía los precios “desaforados” y “carentes de
toda lógica” (según expresiones de sus propios técnicos), no tuvo ningún escrúpulo en
adjudicar esa filatelia a contratos CIT, en una primera etapa (hasta el 15 de octubre de
2004), al doble del valor establecido por Greg Manning o aplicando un tipo de cambio
a las facturas en dólares: 1$ = 1euro que favorecía un aumento del importe en euros,
para después, en una segunda etapa, reducir esos valores a los precios establecidos
por Greg Manning e incluso a los nuevos valores más reducidos del experto
“independiente”. Estas sobrevaloraciones de los sellos, en contratos CIT iniciados
antes del 15 de octubre de 2004 (con filatelia de especímenes adjudicada al doble del
valor establecido por Greg Manning) o contratos CIT iniciados antes del 15 de junio de
2005 (con filatelia de especímenes adjudicada sin tener en cuenta la nueva valoración
del experto “independiente” más baja que la establecida por Greg Manning), se
corrigió informáticamente en la aplicación INVER. Sin embargo, los contratos
soportados por estos sellos no sufren una adjudicación adicional de sellos para cubrir
la pérdida de valor de los especímenes, el lote de sellos asignado a cada cliente en
esta situación se mantiene inalterado hasta su vencimiento, y es en la siguiente
adjudicación a otro contrato cuando los sellos especímenes se valoran por el nuevo
precio más bajo131
. Es decir, los contratos CIT, tras estas modificaciones, estarán
respaldados por sellos que no cubren su valor nominal132.
131
Anexo 02.087: ejemplo del contrato CIT nº 41-310551 con los lotes que lo componen: lotes nº 41209G, 41210G, 41211G, 41212G y 22693G, todos menos el último con especímenes de Colombia. Nominal del contrato: 114.000 euros, valor de los lotes filatélicos en INVER al inicio del contrato: 113.974,59euros, valor de los lotes filatélicos al final del contrato: 21.493,76euros. 132
Nota, ver apartado VII: “Modificaciones del valor de los Especímenes” del Informe de desarrollo nº 9.
91
De los contratos con especímenes adjudicados originalmente a un valor
superior al que finalmente se les dio en la aplicación INVER, una vez recibida la nueva
valoración del experto “independiente”, todavía hay a 9 de mayo de 2006, fecha de la
intervención judicial, al menos 4.271 vivos (4.012 CIT y 259 CIF). El valor nominal de
estos contratos asciende a 76.640.205,49 euros; de esta cantidad 71.482.594,50
euros corresponden al valor original asignado a los especímenes. Pues bien, estos
mismos sellos tienen a 9 de mayo de 2006, conforme al archivo “BD INVENTARIO”
aportado por la Administración Concursal de AFINSA, un valor de 19.453.381,07
euros. Es decir, según los propios registros de AFINSA, existe un déficit de
filatelia en estos contratos que alcanza un importe de 52.029.213,43 euros133
.
5.- También aquí tendremos en cuenta las opiniones de José Mª Sallan Mur,
experto filatélico independiente que prestaba sus servicios en AFINSA y que certificó
para los auditores el inventario filatélico de AFINSA de los años 2003 y 2004134
, quien
tanto en el trabajo denominado “Primeras apreciaciones sobre la expertización del
2004” y en el “Informe interno del inventario con criterios filatélicos”, cuando se refiere
a la Muestras dice:
“Todo este producto procedente como el anterior de la filial americana, considero que está sobrevalorado y se ha interpretado erróneamente, pues en muy escasas ocasiones las “muestras” (especímenes) valen más que las series originales, para que esto ocurra el control sobre las mismas tiene que ser muy riguroso. Este producto que se sobrecarga y en muchos casos se perfora con el fin de desmonetizarlo y que pierda su valor intrínseco, pues su finalidad es repartirlos gratuitamente para la promoción de la emisión. Todo esto nos conduce a que no podemos ir contra lo establecido y no tenemos catálogos que respalden estos precios.” “Insisto en lo dicho con anterioridad en raras ocasiones las muestras superan el precio de las series, tienen un mínimo interés en el mercado y raramente se catalogan, están desmonetizadas en muchos casos y difícilmente se controla la tirada, creo que es un producto muy problemático.”
6.- El coste de esta filatelia para GMAI fue de 840.622,50 dólares, la cual fue
vendida a AFINSA por un importe de 43.444.689,11 euros. A su vez estos sellos
supusieron, según las órdenes de aprovisionamiento de AFINSA, 378.612.184,00
euros en valores de adjudicación en contratos de corta duración135.
133
Nota, ver anexo 09.106 del Informe de desarrollo nº 9. 134
Nota, ver anexo 09.108 del Informe de desarrollo nº 9. 135
Nota, ver apartado V; “Cuadro resumen con las cantidades satisfechas por los Especímenes y su valor de adjudicación a los contratos de inversión” del Informe de desarrollo nº 9.
92
c) “Variedades de España del último cuarto del siglo XX”
Como ya se explica en el correspondiente informe de desarrollo136, AFINSA
adquirió una importante colección de variedades de determinados sellos de España
del periodo comprendido entre 1981 y 1998. Se trata de 186.822 unidades (184.059
según la BD Inventario), algunas de ellas en un número muy abultado. Son variedades
de sellos modernos adquiridos en gran cantidad, pero que no obstante tienen en la BD
Inventario el 9 de mayo de 2006 un valor de 332.164.577,48 euros, lo que representa
el 18,15% del valor total de la filatelia CIT/CIF en dicha fecha.
En el proceso de compra AFINSA adquirió directamente al proveedor
independiente 88.108 unidades (aproximadamente el 47% del total de unidades
compradas), el resto las adquirió al grupo GMAI, concretamente a CdC. Pues bien, en
este proceso de compra, la mayoría de las variedades aparecían referenciadas en el
catálogo Filabo y algunas en el catálogo Edifil; no obstante, al menos el 12% de las
unidades adquiridas (el 30% en valor de adjudicación) no estaban reflejadas en
catálogo alguno, sino que fue en el proceso de negociación en donde se catalogan y
valoran por primera vez.
El control absoluto que AFINSA tenía sobre el catálogo Brookman le permitió
no sólo recatalogar la filatelia incrementando su valor en un 122,52% sino, además,
como ya hemos dicho anteriormente, crear nuevas variedades que no habían
aparecido en catálogo alguno y referenciarlas en el catálogo Brookman a unos precios
realmente desorbitados en comparación con los precios de variedades similares. De
esta forma, variedades que fueron valoradas en el proceso de compra en
117.425.771,44 euros se valoraron en el catálogo Brookman para su adjudicación en
los contratos CIT y CIF en 261.291.284,08 euros137.
Este aumento artificioso en los precios de las variedades (sin respaldo filatélico
alguno) permitió aumentar los beneficios del grupo GMAI en 8.202.512,11 euros, lo
que supuso un margen para CDC del 73,99%.
El propio Sallán Mur, experto filatélico independiente, que prestaba sus
servicios en AFINSA y que certificó para los auditores el inventario filatélico de
136
Nota, ver Informe de desarrollo nº 12: Variedades de España del último cuarto del siglo XX. 137
Nota, ver apartado III.5: “Resumen de las operaciones de compra” del Informe de desarrollo nº 12.
93
AFINSA de los años 2003 y 2004138
, elaboró un informe denominado: “Primeras
apreciaciones sobre la expertización del 2004”, en el que refiriéndose al Catálogo
Brookman dice:
“Creado a vuestra imagen y semejanza, es un canto a la parcialidad. En los productos que posee la compañía no repara en detalles, del resto lo normal, esto ofende al más novato de los coleccionistas y no digamos de los profesionales. La versión 2005 de un catálogo americano la valoración en euros, que más se puede pedir. De los numerosos productos en litigio podemos destacar los errores y variedades de los sellos de España ampliamente catalogados, claro solamente los que adjudica la compañía, los cuales no guardan relación en precio ni con Edifil ni FILABO, y que podemos comprobar cómo se adjudican en las diferentes subastas españolas, lo cual no se sostiene.” (La negrita es nuestra).
En el “Informe interno del inventario con criterios filatélicos”, refiriéndose al catálogo
Brookman dice:
“La existencia de este catálogo era desconocida hasta fechas muy recientes, pero lo más preocupante, es la forma partidista de catalogación de los sellos en poder de la compañía, denota un manejo total del valor de los sellos, con criterios fuera de uso del resto del mercado y catálogos existentes. Lo que su credibilidad está cuestionada con sólo mirarlo…” “No se puede defender una variedad de un sello de España que en los catálogos locales esté a un 5% de lo marcado en Brookman. O que de un sello se cataloguen decenas de variedades a alto precio y del siguiente no haya ninguna. Esto a un neófito le cuela pero en el mundo de la filatelia es harto sabido que esto no va así. Por lo que considero que el camino emprendido es altamente peligroso y de consecuencias muy inmediatas.” (La negrita es nuestra).
“Las Variedades de España del último cuarto del siglo XX” supusieron un valor
inicial de adjudicación en los contratos CIT y CIF de 261.291.284,08 euros, cuando
el precio pagado a los proveedores externos al grupo GMAI fue de 16.005.753,55
euros, teniendo a la fecha de la intervención judicial un valor en la BD inventario de
332.164.577,87 euros y estando el 99,87% de esta filatelia referenciada al catálogo
Brookman.
138
Nota, ver anexo 02.082: cartas dirigidas por José Mª Sallán Mur a Gestynsa Auditores externos S.L. con la certificación del inventario filatélico de AFINSA de los años 2003 y 2004, anexo 08.115 del Informe de desarrollo nº 8: correo de Carlos de Figueiredo a Emilio Ballester de 04/05/2005 enviando el informe de Sallán Mur, acompañado del “Informe interno del inventario con criterios filatélicos” de 5 de marzo de 2005 y el documento denominado “Primeras apreciaciones sobre la expertización del 2004” de 17/03/2005.
94
El resumen de las cantidades que supusieron para AFINSA la adquisición de
estas importantes colecciones al grupo GMAI en coste, valor de adjudicación en
contratos y valor en la BD Inventario a 9 de mayo de 2006, se refleja en el siguiente
cuadro:
PRINCIPALES COLECCIONES ADQUIRIDAS AL GRUPO GMAI (cifras en euros)
COSTE PARA GRUPO GMAI
VALOR INICIAL ADJUDICACIÓN
CONTRATOS
VALOR BD INVENTARIO A 09/05/2006
ONU 6.257.473,30 497.676.341,60 318.227.519,00
ESPECÍMENES (1)840.622,50 378.612.184,00 155.662.057,39
VARIEDADES (2)16.005.753,55 261.291.284,08 332.164.577,48
TOTAL 23.103.849,35 1.137.579.809,68 806.054.153,87
(1) cifra en dólares (2) incluye el coste de la parte pagada directamente por AFINSA al proveedor independiente
Además de estas tres importantes colecciones adquiridas al grupo GMAI, que
tenían unas características peculiares y distintivas y que, en su conjunto, por valor de
adjudicación supusieron más del 50% de la filatelia adquirida, haremos una breve
referencia a la filatelia comprada a la empresa española del grupo GMAI: CdC, sin
tener en cuenta las “Variedades de España del último cuarto del siglo XX” adquiridas
gran parte de ellas a través de CdC y que ya hemos analizado. Nos estamos refiriendo
al resto de filatelia CIT/CIF que no son importantes colecciones, pero que suponen el
resto de la filatelia que soporta estos contratos: filatelia de países como Italia,
Alemania, Mónaco, Austria-Hungría Rumanía, etc. Sobre esta filatelia, tal y como se
explica en el Informe de desarrollo nº 4: “Política de compras de la filatelia de los
contratos de inversión”, se ha demostrado entre otras cosas lo siguiente:
- Existen muchos documentos en los que continuamente se están planteando en
la propia AFINSA la enorme dificultad que existe para encontrar filatelia que,
cumpliendo con los requisitos de calidad exigidos en el Manual de política de
Compras, se pueda adquirir a los precios que está dispuesta a pagar AFINSA
(15% del valor de catálogo más el 11,6% de comisión)139. Así, en el citado
Manual se definen los valores filatélicos aptos para inversión como:
139
Nota, ver apartado III.3.3: “Características de la filatelia adquirida: calidad, cotización y revalorización” en su apartado B) “Filatelia para contratos CIT/CIF” del Informe de desarrollo nº 4.
95
“Se consideran “Valores Filatélicos” aquéllos aceptados como sellos de acreditada cotización, calidad y autenticidad, en el mercado del Coleccionismo, y que además cumplen una serie de requisitos que les convierten en aptos para la inversión.”
Esos requisitos hacen referencia a la calidad, cotización, autenticidad, etc.
“Cotización: reconocida en el mercado del coleccionismo y de revalorización sostenida o estable en el tiempo. Demostrable en catálogos de referencia admitidos, o de subasta, o respaldados por expertos reconocidos.”
- En general, se ha comprobado que se adquieren grandes cantidades de
diferentes series filatélicas de muy escaso valor unitario; citaremos por
ejemplo, alguna referencia de filatelia de Argentina de la que se adquieren más
de 600.000 unidades, alguna referencia de Alemania Imperio de la que se
compran más de 170.000 unidades, de paquetes postales de Paris hay alguna
referencia con más de 250.000 unidades, etc.
- Mención especial hay que hacer a la filatelia de Austria – Hungría – Rumanía,
de la que se adquieren más de 532.000 unidades de tan sólo 13 referencias,
algunas de un elevadísimo valor unitario. Esta filatelia no se utilizó en la
adjudicación de los contratos CIT hasta finales del año 2005 y sobre ella los
peritos filatélicos que han trabajado para la Administración Concursal de
AFINSA han dicho en su informe de valoración140
:
“Esta serie, tenemos entendido, pertenecía al tesoro filatélico del Correo Austriaco, hoy privatizado. En consecuencia, estos sellos no estaban en el mercado filatélico y los catálogos no las podían tener en cuenta a la hora de establecer su cotización.”
4) Conclusiones del valor de la filatelia como soporte del capital invertido
por los clientes en los contratos CIT/CIF
En todo este primer apartado de incumplimientos e inconsistencias del contrato
CIT hemos podido comprobar que:
140
Página 28 del Informe de los peritos filatélicos, “Trabajo de valoración del inventario filatélico de ABT mediante muestreo estadístico” de 29 de marzo de 2007.
96
1) En una primera etapa, desde mediados de 1996 a 1998, se adjudicaron
gran cantidad de contratos CIT sin filatelia real que los sustentara, de forma
que a 1 de enero de 1998, al menos el 64,55% de los contratos CIT no
tenían como soporte filatelia realmente adjudicada, o dicho de otra forma, la
filatelia adjudicada no existía.
2) En la etapa en que las empresas de Francisco Guijarro Lázaro eran las
suministradoras casi exclusivas de filatelia para los contratos CIT (1998 a
junio de 2003), el 93% de la filatelia clásica que soportaba los contratos, es
decir la inmensa mayoría de la filatelia, era filatelia falsa o manipulada o mal
catalogada con el fin de atribuirle un valor muy superior al que realmente
tenía.
3) En la última etapa de su comercialización, cuando el grupo GMAI era el
suministrador exclusivo de filatelia para inversión (junio de 2003 a 9 de
mayo de 2006), la filatelia era de ínfimo valor.
Por ello podemos concluir sin riesgo alguno a equivocarnos que el papel que
cumple la filatelia en los contratos CIT es completamente residual o
insignificante para AFINSA (lo es también para el cliente que lo único que busca es
obtener la mayor rentabilidad y sin riesgo alguno a un capital que posee); y así lo
reconoce el departamento de Organización y Medios en enero de 2005141
en un
informe confidencial muy importante en el que enumera de forma muy clara cuáles son
los principales problemas del CIT actual y, entre otros, menciona los siguientes:
“Comerciales y de Imagen - Actualmente la comercialización del producto se realiza
independientemente de la disponibilidad real de los bienes soporte del mismo.
- La imagen de que los bienes tangibles basan su revalorización en la escasez de los mismos se contradice con la satisfacción ilimitada de la demanda de los contratos CIT.”
141
Anexo 02.088: Informe confidencial de 17 de enero de 2005 denominado: “Nuevo CIT Propuesta elaborada por Organización y Medios”.
97
II.2.6.B) La rentabilidad que AFINSA garantiza es independiente de la
revalorización que pueden tener los valores filatélicos en el
catálogo de referencia, como consecuencia de ello, la cantidad
“líquida” o cantidad “mínima” garantizada es siempre y en todos
los casos la cantidad única cobrada por el cliente.
Ya sólo como una consecuencia de lo demostrado en el apartado anterior: la
filatelia no respalda ni de forma aproximada el capital inicial invertido por cada cliente
en la adquisición de su lote de valores filatélicos, se puede deducir que la rentabilidad
garantizada por AFINSA no tiene nada que ver con la posible revalorización de los
valores filatélicos que pueden estar detrás de cada contrato. No obstante, lo
demostraremos por distintos caminos.
Recordaremos que a pesar de que tanto el “Mandato de compra” como el
“Mandato de venta” giran en torno a un lote de valores filatélicos, no se recoge en
ninguna cláusula de dichos mandatos la posible revalorización que pueden tener;
incluso antes de que al cliente se le haya adjudicado el lote se le anticipa la
revalorización mínima garantizada por AFINSA (normalmente en forma de pagarés
con vencimientos en las fechas de cobro escogidas por el cliente).
Hemos visto que los archivos informáticos intervenidos nos muestran
escaneados casi todos los contratos CIT vigentes en el ámbito temporal de esta
pericia. De dicha documentación se puede comprobar, como ya se ha indicado en el
apartado: Estructura formal de los contratos, que al cliente sólo se le entregan los
anticipos a cuenta (por la diferencia entre la cantidad garantizada y el nominal de los
contratos) en la fecha del mandato de compra y, al vencimiento, el importe nominal de
los contratos, de forma que únicamente cobra la cantidad garantizada en el contrato.
1) Demostración fehaciente a través de los datos de la contabilidad y los
datos del INVER de que todos los contratos CIT, llegado el momento
de su vencimiento, se rescinden cobrando el cliente únicamente la
cantidad garantizada por AFINSA.
En el informe de desarrollo en que se determinan los estados financieros de
AFINSA y su situación patrimonial (Informe nº 3), por parte de estos peritos judiciales
se ha demostrado:
98
1.- Que en todos los años objeto de pericia el importe del principal (capital
inicial) de los contratos iniciados en cada periodo de comprobación se corresponde en
gran medida con los importes de las facturas de venta y de mediación de venta
emitidas por AFINSA. Las diferencias son mínimas y no llegan a superar el 1,18%
(salvo en el año 1998 en que la diferencia es mayor, pues las comisiones de venta no
se empezaron a registrar hasta noviembre de dicho año)142
.
2.- Que en todos los años objeto de pericia, el importe del principal más los
intereses garantizados, es decir el capital final de los contratos vencidos, se
corresponde en gran medida con las facturas de compra y mediación de compra
emitidas por AFINSA. Las diferencias son mínimas y no llegan al 0,4%143
.
Es decir, se ha comprobado: primero que todos los clientes venden la
filatelia a través de AFINSA, nadie se queda con la filatelia y, segundo que todos
los clientes, al vencimiento del contrato, cobran únicamente el importe
garantizado (aunque se llame “cantidad líquida” o “cantidad mínima”).
Esta situación de pago de la cantidad garantizada con independencia de la
revalorización de la filatelia se produce incluso hasta en los casos en los que de una
misma filatelia se cambia su referencia a otro catálogo, como es el catálogo
Brookman, y sufre una revalorización muy abultada; en estos casos, al cliente se le
sigue pagando la cantidad garantizada con independencia de que esos mismos sellos
figuren a un valor muy superior en el nuevo catálogo.
Es el caso de los sellos sin dentar del archivo ONU emitidos por Fournier que
AFINSA tenía adjudicados a contratos de inversión –antes de la compra a GMAI de los
sellos sin dentar y las pruebas de sellos emitidos para la Administración Postal de las
Naciones Unidas– a un valor muy por debajo del que más tarde figurará en el catálogo
Brookman (por ser anterior su adjudicación); dichos contratos se han liquidado a su
vencimiento según el antiguo valor de adjudicación cuando esos mismos sellos
estaban ya incluidos en el catálogo Brookman a un valor muy superior. A través de la
documentación intervenida se han conocido los sellos sin dentar del archivo ONU que
hemos comentado anteriormente; el sistema informático de gestión comercial de los
142
Nota, ver anexo 03.109 del Informe de desarrollo nº 3: cuadro de elaboración propia con la comparación de contratos iniciados en cada ejercicio con la contabilidad y con la base de datos de facturas. 143
Nota, ver anexo 03.110 del Informe de desarrollo nº 3: cuadro de elaboración propia con la comparación de contratos vencidos en cada ejercicio con contabilidad y bases de datos de facturas.
99
contratos (INVER) ofrece información sobre los lotes filatélicos que contienen esos
sellos y los contratos CIT a los que se han adjudicado y el importe por el que se han
liquidado a su vencimiento.
En el Informe de desarrollo nº 8: El Archivo filatélico de las Naciones Unidas se
explica más ampliamente este apartado144
. A su vez se han localizado los contratos
CIT que contenían los sellos ONU sin dentar adquiridos antes de la compra del
Archivo ONU, pero que vencieron después de junio de 2003145
, cuando esos sellos ya
estaban referenciados al catálogo Brookman, no afectándoles la revalorización que
sufrieron en el Catálogo Brookman. Es decir, al vencimiento del contrato el titular
recibía la cantidad garantizada al inicio, independientemente de que los sellos
hubiesen incrementado su valor en el catálogo.
Así por ejemplo, el contrato CIT número 238.010146
con un valor nominal de
6.000 euros, y que contenía, entre otros, 22 parejas de sellos ONU-NEW YORK
YVERT 593/94 con un valor de 1.001 euros (22 x 45,5), recibió a la finalización del
contrato en julio de 2005 (fecha en la que ya se había incluido el archivo ONU en el
Catálogo Brookman) la cantidad de 6.000 euros, y en ningún caso la cantidad que le
hubiera correspondido si se le hubieran “comprado” los sellos al precio marcado en el
catálogo Brookman. En este sentido, en julio de ese año el Catálogo Brookman
Europe vigente era el del año 2005, donde la pareja formada por un sello del código
991.10 y 991.11 aparecían valorados a 981 euros147
. Es decir, sólo las 22 parejas que
contenía el contrato en cuestión tenían un valor de catálogo de 21.582 euros (981 x
22), a los que habría que añadir el valor del resto de los sellos del contrato. Sin
embargo, como se ha visto, el titular sólo recibió 6.000 euros. Esta situación se repite
en todos los contratos que contienen estos sellos y que vencen con posterioridad a la
incorporación de los sellos del archivo ONU al Catálogo Brookman.
144
Nota, ver anexo 02.084: cuadro de elaboración propia con las equivalencias de los mismos sellos ONU referenciados al catálogo Yvert & Tellier y al catálogo Brookman con sus distintos valores. 145
Anexo 02.089: cuadro de elaboración propia que incluye los números de contratos CIT que contenían sellos ONU adquiridos antes de junio de 2003 y que vencieron después de esa fecha 146
Anexo 02.090: con pantallas del programa INVER relativas al contrato CIT número 41-238.010 con la composición de los dos lotes adjudicados (lotes 44 y 45), y el contrato propiamente dicho que se compone de mandato de compra con el recibo que incluye el pagaré por la revalorización garantizada, mandato de venta con anexo de composición de valores filatélicos, contrato de depósito y recibo con la liquidación del contrato a su vencimiento por el nominal del mismo. 147
Anexo 02.091: página del catálogo Brookman Europe 2005 donde aparecen los sellos ONU-NUEVA YORK 991.10 y 991.11.
100
2) Reconocimiento reiterado por AFINSA de que la cantidad garantizada
en los contratos CIT no tiene vinculación alguna con la filatelia
adjudicada y su posible revalorización.
Dicho incumplimiento es reconocido reiteradamente en AFINSA en
innumerables ocasiones:
Así, Juan Carlos Morán el 29/10/99148
en un informe “Monográfico sobre
filatelia” refiriéndose a los contratos CIT, dice literalmente:
“La revalorización que garantiza AFINSA a los valores filatélicos del CIT (7%), es independiente al precio de esos valores por catálogo.”
Hay que tener en cuenta que en esos años los lotes filatélicos que se
adjudicaban en los contratos CIT normalmente estaban referenciados al catálogo
francés Yvert & Tellier, que no revalorizaba todos los años la filatelia y cuando lo hacía
lo era a un porcentaje normalmente inferior a la revalorización garantizada por
AFINSA149
. Todo ello lo reconoce Juan Carlos Morán que en esa época era el director
del departamento de Valores dentro del grupo de negocio de Filafinsa, al igual que
Carlos de Figueiredo director general de Filafinsa y miembro del Consejo de
Administración.150
En la documentación intervenida aparecen unos pantallazos de la aplicación
informática INVER que muestran como un mismo lote filatélico se va adjudicando a
distintos contratos CIT 41 en distintos momentos temporales y siempre por el mismo
importe, sin revalorización alguna151
.
El 12 de julio de 2004 en un importante estudio realizado por el equipo de
trabajo formado por Rafael Noguero, Bernardo Valero, Lucía Oya, Dolores Llames y
Vicente Coello, titulado “INFORME SOBRE LA GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓN
148
Anexo 02.092: informe de Juan Carlos Morán “Monográfico sobre filatelia” de 20-10-99 en su apartado 1.- “Cuestiones relativas a la adjudicación de Valores Filatélicos en contratos de Inversión”, “Valores Filatélicos en Cit” 149
Nota, ver anexo 17.001 del Informe de desarrollo nº 17. Acta del Consejo de Administración de AFINSA de 16 de mayo de 2002. 150
Nota, ver anexo 02.006: organigrama del Grupo de Negocio FILAFINSA 151
Anexo 02.093: pantallazos del INVER encontrados en Génova 26 en el despacho de Fernando Galindo, con ejemplo de los mismos sellos adjudicados en distintos momentos temporales a diferentes contratos siempre por el mismo importe.
101
CIT”152
, dentro del apartado “Resumen del análisis de la situación actual” y en lo
referente a “Cumplimiento del contrato”, se dice, entre otras cosas:
“Lo establecido en el contrato no se está cumpliendo en los siguientes aspectos: No hay valoración de la filatelia del contrato a su finalización. Al cliente siempre se le abona la cantidad mínima incluida en el contrato.”
Así, igualmente en los correos entre delegados de zona y desde el Centro de
formación de AFINSA se transmite información sobre los productos que comercializan
así como argumentos para la venta153
. Con respecto al CIT dice:
“La finalidad de este producto es puramente la inversión. Mediante esta operación el cliente lo que hace es rentabilizar un capital del que ya dispone.”
(…..)
“La revalorización que se pacta será diferente dependiendo del tiempo y de la forma de cobro de la revalorización.” Y en otro correo154 se dice:
“La revalorización de esta operación está ya pactada de antemano, siendo distinta según la duración del contrato.” “El CIT se puede comparar al plazo fijo de una entidad financiera ya que, por contrato, se están garantizando tanto el capital como los intereses”.
Por otra parte, se ha realizado una recopilación de distintos correos enviados
entre distinto personal de AFINSA en los que se comunican los cambios en las
“revalorizaciones” de las operaciones CIT y en donde se observa que los tratan como
auténticos tipos de interés o tipos de rendimientos que se obtienen con los contratos
CIT, como con cualquier otro producto financiero, no teniendo nada que ver con la
revalorización de la filatelia155
.
Existe un documento confidencial muy importante, al que ya nos hemos
referido, de 17 de enero de 2005156
elaborado por el departamento de Organización y
152
Anexo 02.094: Informe sobre la gestión de la contratación CIT”, “Análisis de la situación actual y propuestas de mejora” de 12 de julio de 2004. 153
Anexo 02.095: correo desde Formación Centro/AFINSA para Delegado Móstoles de 19/01/2004 154
Anexo 02.096: correo del jefe de ventas de Palencia de 25/11/2004 para Víctor Domínguez. Asunto: Resumen productos AFINSA. 155
Anexo 02.097: correos entre distinto personal de AFINSA, comunicando las oscilaciones en las revalorizaciones del CIT (correos de 13/12/2001, 28/10/2002, 26/03/2003, 04/06/2003, 31/10/2005, 25/11/2005 y 03/04/2006). 156
Nota, ver anexo 02. 088: documento confidencial denominado: “Nuevo CIT Propuesta elaborada por Organización y Medios” de 17 de enero de 2005.
102
Medios. Dicho departamento se denominaba en mayo de 2006 Dirección Desarrollo y
Soporte de Negocio, siendo su director Antonio Giménez-Rico Rueda. La primera
parte de dicho documento se denomina: “PRINCIPALES PROBLEMAS DEL CIT
ACTUAL”, en la cual como primer punto se dice:
“Incumplimientos del contrato en algunos de sus términos
No se produce valoración de la filatelia a la finalización del contrato y el cliente siempre recibe la cantidad mínima indicada en el mismo.” (La negrita es nuestra).
De igual forma días antes de la intervención, cuando se están concretando las
características del “Nuevo CIT”, Antonio Giménez– Rico manda un correo a Bernardo
Valero remitiéndole un documento denominado: “Informe 060504 políticas de
adjudicación y catalogación.doc” para el Plan de adecuación de productos157
. En este
documento, tratando de resolver las cuestiones que se plantean en torno al nuevo
contrato CIT, recuerdan cuáles son los problemas que tienen con el CIT actual;
reconociendo lo siguiente:
“1.1 Situación actual En este momento, con un CIT de rentabilidad fija, es indiferente para el cliente y para el funcionamiento de la operación la variación de precios de la filatelia. Dicho de otra forma, la evolución de precios en el LISTADO DE ADJUDICACIÓN (en adelante LDA), no influye en la rentabilidad para el cliente: los sellos se adjudican, se recuperan pagando la rentabilidad pactada, y se vuelven a adjudicar sin tener en cuenta lo pagado por ellos”. (La negrita es nuestra).
3) La revalorización pactada unilateralmente por AFINSA en los contratos
CIT y su vinculación con la evolución de los tipos de interés en el
mercado financiero.
Se ha podido verificar que el Consejo de Administración de AFINSA es el
que fija unilateralmente las presuntas “revalorizaciones” de los contratos CIT, que las
llama tipos de interés y que no las vincula con ninguna revalorización de filatelia ni
con ningún precio de catálogo de la misma.
De la lectura de todas las Actas del Consejo (Actas no oficiales) de que se
dispone (se dispone de Actas de todos los años, excepto del año 2000), se ha
observado que cuando se habla de los contratos CIT no se menciona en ningún
157
Anexo 02.098: Correo de Antonio Giménez –Rico a Bernardo Valero de 03/05/2006 en el que le remite un documento denominado: “Informe 060504 políticas de adjudicación y catalogación.doc”
103
momento nada concerniente a su filatelia ni a sus proveedores ni a su revalorización,
sólo se refieren a los contratos CIT hablando de “capital nuevo”, “dinero nuevo”,
“intereses”, “rescisiones”, etc. Se acompaña un documento de elaboración propia en el
que se resumen las modificaciones acordadas por el Consejo para los contratos CIT y
a continuación se comparan con las condiciones reales del CIT según el programa de
gestión comercial de los contratos INVER.158
Llama la atención la visión y el tratamiento que el propio Comité Ejecutivo del
Grupo AFINSA tiene de lo que ellos llaman “operaciones a corto plazo”, cuando se ha
encontrado un Acta de dicho Comité del 21 de septiembre de 2000 que tiene como
tema monográfico: “la remuneración de las operaciones a corto plazo”.159
Tal y como queda constancia en su primera Acta de 28/03/2000160
, el “Comité
Ejecutivo” va a sustituir a partir de ese momento a lo que antes se denominaba
Consejo del Grupo Corporativo y está formado por:
- D. Juan Antonio Cano Cuevas, presidente
- D. Vicente Martín Peña
- D. Ramón Egurbide Urigoitia
- D. Esteban Pérez Herrero
- D. Carlos Figueiredo Escribá
- D. Joaquín José Abajo Quintana, secretario
- D. Emilio Ballester López como asesor consultor externo
- D. Fernando Galindo del Rio ( a partir de 5 de octubre de 2000 )
- D. Antonio Jiménez-Rico Rueda ( a partir de enero de 2002 )
En contadas ocasiones ha asistido D. Albertino de Figueiredo Do Nascimento
como presidente del Consejo de Administración.
Pues bien, en dicha Acta queda constancia de que el Comité Ejecutivo
trata a las operaciones a corto plazo como auténticos productos financieros
cuando en ella se recogen frases como las siguientes:
158
Anexo 02.099: documento de elaboración propia que recoge una recopilación de Actas del Consejo de Administración de AFINSA en donde se decide la modificación de las condiciones del CIT; cuadro de elaboración propia con la clasificación de los contratos CIT por subtipos y sus respectivos tipos de interés. 159
Anexo 02.100: Acta de la reunión del Comité Ejecutivo del Grupo AFINSA de 21 de septiembre de 2000. 160
Nota, ver anexo 17.005 del Informe de desarrollo nº 17. Actas de la reunión del Comité Ejecutivo del Grupo AFINSA de 28 de marzo de 2000, 5 de octubre de 2000 y 24 de enero de 2002.
104
“Señala D. Vicente Martín Peña que se trata del asunto estrella de la reunión de los Directores Regionales, efectivamente al cliente nuevo un 7% no le parece mal, pero el antiguo espera más ya que en su día al bajar los tipos de interés le bajaron sus rendimientos y ahora pretende que al subir los tipos de interés también suban tales rendimientos. Esta expectativa ha generado un traslado del dinero de las operaciones de 25 meses a las operaciones a 12 meses.” “También hay que tener en cuenta que las operaciones bancarias equivalentes se encuentran en un 1% o 2% menos que lo retribuido por AFINSA...” “Las propuestas que se plantean, por parte del Grupo de Negocio de Sistemas de Inversión son: conservar y potenciar la operación a 25 meses retribuyendo de la siguiente forma, la operación a 12 meses el 7,5%, la operación a 25 meses reducirla a 24 y retribuirla a un 16% y el último trimestre de este año 2000 hacer una operación a tres años al 25%.” “D Emilio Ballester señala que esto supone trasladar al futuro el riesgo de las operaciones.” “D Esteban Pérez plantea la posibilidad de hablar de T.A.E., en vez de tipos efectivos, con lo que se lograría además, una homogeneidad mayor con el mercado.” “D. Juan Antonio Cano señala que la subida en cualquier caso será ahora nominal, pero que se debería comenzar a hablar del T.A.E. y que las futuras subidas y bajadas fueran del T.A.E.” “Señala asimismo que las operaciones a 24 meses son muy caras y manifiesta su opinión contraria a la operación a 3 años.” “Plantea D. Emilio Ballester si se implantaría un tope para la operación a 3 años y contesta D Vicente Martín Peña que así se haría. Además plantea que se produzca con efectos retroactivos al 1 de septiembre y entregar un pagaré adicional a vencimiento.”
Precisamente, para analizar la homogeneidad de los contratos CIT con el
mercado financiero, se ha efectuado un análisis comparativo entre la evolución de los
tipos de interés de los contratos CIT de 12 meses y un día con pago trimestral y los
tipos de interés pasivos ofrecidos por los bancos en imposiciones y certificados de
depósito con una duración de un año a menos de dos.
Para la comparación se han escogido los contratos CIT de duración 12 meses
y un día y pago trimestral, ya que son los más representativos dentro del total de
contratos CIT de mandato o CIT de mediación que AFINSA ha comercializado desde
su inicio hasta la fecha de la intervención judicial161
, teniendo en cuenta los distintos
161
Anexo 02.101: cuadro de elaboración propia con el reparto de los contratos CIT desde el inicio de su comercialización (1995) hasta la intervención judicial, por la periodicidad de los intereses.
105
tipos de interés con los que se ha remunerado a estos contratos desde diciembre de
1996 hasta la fecha de la intervención judicial162
TOTAL (1995 - 2006)
Importe nominal Nº de contratos
Periodicidad intereses 5.425.694.982,74 408.080
Anual 6,14% 4,85%
Trimestral 68,59% 67,49%
Vencimiento 25,28% 27,66%
Por otra parte, se han obtenido los boletines estadísticos del Banco de España
de los cuales se han seleccionado la información referente a los tipos de interés
pasivos ofrecidos por los bancos en imposiciones y certificados de depósito de un año
a menos de dos en hogares, con los datos desde septiembre de 1996 a diciembre de
2006. (Tasa Anual Equivalente –TAE– hasta 2003 y Tipo Efectivo Definición
Restringida –TEDR– desde 2003 a 2006; el TEDR equivale a TAE sin incluir
comisiones)163
.
La evolución de dicho análisis comparativo se muestra en el siguiente gráfico:
162
Nota, ver anexo 02.002 que contiene el cuadro de elaboración propia con la clasificación de los contratos CIT por subtipos y sus diferentes tipos de interés. 163
Anexo 02.102: boletines estadísticos del Banco de España con los datos desde septiembre de 1996 a diciembre de 2006.
106
Del análisis del gráfico podemos deducir lo siguiente:
1) AFINSA siempre ha remunerado con intereses más altos sus contratos CIT,
respecto a los intereses ofrecidos por los bancos en operaciones pasivas de
imposiciones y certificados de depósito de duración similar a la de los
contratos.
2) Esa diferencia entre unos y otros intereses ha sido más o menos homogénea a
lo largo de los aproximadamente 10 años analizados, pero con una tendencia
claramente descendiente a medida que avanzaban los años, es decir, la
diferencia era cada vez menor.
3) Ha existido siempre un absoluto paralelismo entre la evolución de los tipos
de interés ofrecidos por los bancos en sus imposiciones y certificados de
depósito de 1 a 2 años y los tipos de interés ofrecidos por AFINSA en sus
contratos CIT de 12 meses y un día y pago trimestral.
A lo largo de este apartado se ha visto que el contrato CIT no sólo se estructura
formalmente de manera que en el mismo momento en que el cliente recibe
“teóricamente” el lote de valores filatélicos, en unidad de acto, encarga a AFINSA su
venta, estableciendo la fecha en que se debe consumar dicha venta y el importe
mínimo a recibir por la misma, sino que además se ha demostrado que todos los
clientes de estos contratos, llegado el vencimiento de los mismos, reciben únicamente
la cantidad garantizada, la cual no tiene relación alguna con la posible revalorización
de los valores filatélicos; es decir, no sólo no tienen interés alguno en la filatelia, sino
que claramente lo único que buscan es la rentabilidad prometida por AFINSA, con lo
que la vinculación de AFINSA en todo el tiempo que dura la operación es absoluta.
Se ha demostrado igualmente que AFINSA ha sido siempre consciente de que
esa era la única finalidad de los contratos CIT: bajo la apariencia de la existencia de
unos valores filatélicos que los respaldan, ofrecer al público en general unos productos
de inversión, en los que garantizando una rentabilidad más atractiva que la ofrecida
por el mercado financiero, consigue una captación masiva de fondos imprescindibles
para el mantenimiento de su negocio.
107
“La revalorización de esta operación está ya pactada de antemano, siendo distinta según la duración del contrato.” “El CIT se puede comparar al plazo fijo de una entidad financiera ya que, por
contrato, se están garantizando tanto el capital como los intereses”164
.
“En este momento, con un CIT de rentabilidad fija, es indiferente para el cliente y para el funcionamiento de la operación la variación de precios de
la filatelia”.165
Se ha demostrado también que la rentabilidad garantizada por AFINSA es
fijada unilateralmente por la compañía, sin tener en cuenta la posible evolución de los
precios de los valores filatélicos que “respaldan” los contratos, sino que se guía
exclusivamente por la evolución de los tipos de interés del mercado financiero,
existiendo un total paralelismo entre los tipos de interés que ofrece AFINSA en los
contratos CIT y los tipos de interés pasivos ofrecidos por los bancos en imposiciones y
certificados de depósito de similar duración.
II.2.6.C) No se produce mediación, el papel de AFINSA de comisionista
mercantil que media entre clientes compradores y clientes
vendedores de valores filatélicos no existe.
AFINSA en los contratos CIT se configura formalmente como comisionista
mercantil o mediador, es decir, como si al finalizar los contratos el cliente vendiese a
un tercero la filatelia adjudicada en su contrato, AFINSA cobrase una comisión de
intermediación y el cliente cobrase lo pagado por el comprador de los sellos. Esta
apariencia formal AFINSA la traslada a su contabilidad reflejando unos ingresos por
comisiones, unas operaciones en mediación y no teniendo en cuenta las posibles
mediaciones futuras en el cálculo de las provisiones por riesgos y gastos, por entender
que no tendrán transcendencia económica.
Sin embargo, como más adelante veremos, la realidad nada tiene que ver con
la mediación; ni el cliente cobra lo que paga un tercero por la compra de los sellos, ni
AFINSA cobra las comisiones, ni los sellos en ningún caso son vendidos a un tercero
sino, en el mejor de los casos porque no siempre es así, son adjudicados a un nuevo
164
Nota, ver anexo 02.096: correo del jefe de ventas de Palencia de 25/11/2004 165
Nota, ver anexo 02.098: Correo de Antonio Giménez –Rico a Bernardo Valero de 03/05/2006 en el que le remite un documento “Plan de adecuación de productos. Listado de adjudicación de AFINSA para contratos de inversión CIT”
108
contrato en el que AFINSA nuevamente garantiza el reembolso del principal y los
intereses estipulados. En definitiva, en todos y cada uno de los contratos existe una
relación jurídica y económica sólo entre AFINSA y el cliente sin que intervenga tercero
alguno. El cliente entrega un capital, AFINSA le garantiza y paga unos intereses y la
devolución del principal.
Y así lo dice expresamente Antonio Giménez-Rico Rueda en el documento
mencionado anteriormente sobre los problemas del CIT actual166
:
“… los sellos se adjudican, se recuperan pagando la rentabilidad pactada,
y se vuelven a adjudicar sin tener en cuenta lo pagado por ellos”
1) Las condiciones para que exista mediación no se cumplen.
El hecho cierto y demostrado es que todos los clientes llegado el vencimiento
de los contratos lo rescinden recibiendo únicamente la cantidad comprometida; que
ninguno de ellos tiene interés alguno en los valores filatélicos y que lo único que
persiguen es obtener una rentabilidad segura a un capital que poseen, rentabilidad
que les garantiza AFINSA, normalmente superior a la ofrecida por las instituciones
financieras, y segura porque es la garantía que AFINSA les ofrece la que ellos buscan
y la que les hace decidirse por esa inversión. Ello conlleva que AFINSA nunca se
desvincula de la operación, estableciéndose una relación únicamente entre el cliente
inversor y AFINSA, no apareciendo en modo alguno terceras personas que
intervengan en el contrato.
La falta de información en el contrato sobre la revalorización de la filatelia y,
como ha quedado reflejado en el apartado anterior, la desvinculación total que existe
entre el importe garantizado que siempre se abona al cliente y el valor que la filatelia
pueda alcanzar en el catálogo, hacen completamente inaplicable la posible mediación.
Tal y como queda reflejado en otras partes del informe, en los catálogos de
referencia no se recogen revalorizaciones acordes con las garantizadas por AFINSA,
sino que normalmente son inferiores e incluso inexistentes durante varios años, lo cual
provoca en AFINSA la modificación de los lotes filatélicos, no son lotes cerrados, sino
166
Nota, ver anexo 02.098: Correo de Antonio Giménez –Rico a Bernardo Valero de 03/05/2006 en el que le remite un documento: “Plan de adecuación de productos. Listado de adjudicación de AFINSA para contratos de inversión CIT.”
109
que se van alterando en su composición para adaptarse a los importes de
adjudicación, lo cual implica un contrasentido en el concepto de intermediación
filatélica, en el que debe haber una similitud de fechas, importes y composición de
lotes filatélicos.
Hasta el año 2004 parece que no se actualizaba el valor de catálogo de los
lotes; así lo refleja el “INFORME SOBRE GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓN CIT” de
fecha 12 de julio de 2004167
, cuando en el apartado 3 “ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN
ACTUAL” y dentro del punto 3.2 “Criterios actuales de actuación”, dice:
“No se actualiza el valor de catálogo de las series que componen los lotes y por lo tanto no existe revalorización de los lotes. Esto supone que no pueda haber mediación de una manera estricta.” (La negrita es nuestra).
A su vez, de la lectura del clausulado del “mandato de compra” y del “mandato
de venta” se deducen las condiciones que deben cumplirse para que tal
mediación exista. Así lo recoge el INFORME SOBRE GESTIÓN DE LA
CONTRATACIÓN CIT168
de fecha 12 de julio de 2004, que ya hemos comentado
anteriormente y otro INFORME SOBRE LA GESTIÓN DE LA CONTRATACIÓN CIT
muy similar al anterior y de fecha 14 de julio de 2004169
Recordemos lo que dice el “Mandato de compra” en sus cláusulas primera y
segunda y tercera:
Primera.- “El MANDANTE encarga en este acto a AFINSA y ésta lo acepta la adquisición, en su nombre y por su cuenta, de un lote de Valores Filatélicos, por un importe de ...................-Euros, incluida su comisión del 3%, como máximo. La adquisición realizada por AFINSA quedará siempre subordinada a su aceptación expresa por el MANDANTE”.
Segunda.- “AFINSA tendrá que poner los Valores Filatélicos a disposición del MANDANTE en un plazo máximo de quince días, considerándose, en el caso de que concluyera el plazo sin haber sido posible efectuar la compra, resuelto el contrato de pleno derecho.” “En el caso de que el contrato de compraventa, al que se refiere este mandato, llegara a perfeccionarse, se retrotraerán los efectos de aquél a la fecha del mandato.”
167
Nota, ver anexo 02.094:”Informe sobre la gestión de la contratación CIT”, “análisis de la situación actual y propuestas de mejora” de 12 de julio de 2004. 168
Nota, ver anexo 02.094 169
Anexo 02.103: “informe sobre la gestión de la contratación CIT” de fecha 14 de julio de 2004.
110
Tercera.- “Transcurrido el plazo establecido en la cláusula anterior, sin que AFINSA pudiera materializar en el mercado la compra encomendada, procederá a vender al MANDANTE, por el mismo importe, Valores Filatélicos de sus propios stocks, emitiendo la correspondiente factura y sin que, en este caso, proceda el cobro de ningún tipo de comisión y surtiendo efectos desde la fecha del mandato de compra.”
A su vez el “Mandato de venta” estipula:
Segunda.- “El MANDANTE encarga a AFINSA, en este mismo acto y a través de este documento, y ésta asume el encargo, la gestión de venta del lote de Valores Filatélicos anterior, en la fecha .......................El MANDANTE percibirá como consecuencia de la venta, la cantidad mínima de ................... Euros”. “En el caso de que AFINSA no encontrara adquirentes en el mercado en la fecha y por la cantidad antes indicada, se considerará resuelto el mandato, y AFINSA comprará, en su propio nombre, el lote de Valores Filatélicos por el importe antes mencionado, en la fecha correspondiente”.
El informe a que antes nos hemos referido, en el apartado: 3. ANÁLISIS DE LA
SITUACIÓN ACTUAL, 3.1 Aplicación estricta del contrato CIT, dice:
“Tomando en consideración que el valor de mercado corresponde con el valor de adjudicación, en el inicio de la operación sólo existirán dos opciones:
- Venta por parte de AFINSA, de un lote de valor de adjudicación por el importe del mandato.
- Mediación por parte de AFINSA, de un lote de valor de adjudicación por el importe del mandato menos el importe de la factura de comisión (venta) emitida por AFINSA.
A la finalización del contrato AFINSA para que se produzca una mediación en la compra deberán darse las dos condiciones:
- El valor de adjudicación de los Valores filatélicos del contrato tiene en el momento de la rescisión un valor superior al importe comprometido mas el importe de la factura de comisión (compra) emitida por AFINSA.
- La fecha de vencimiento del contrato que finaliza corresponde al periodo de catorce días posteriores del mandato de compra del nuevo contrato.
En este caso el cliente debería percibir, no el importe comprometido, sino el valor de adjudicación menos el importe de la factura de comisión (compra) emitida por AFINSA.
En los restantes casos AFINSA debería actuar de forma que el cliente percibiese el importe mínimo garantizado eludiendo la opción de comprar Valores Filatélicos que previamente había vendido por la obligación de realizar retenciones en dichas operaciones.” (La negrita es nuestra).
111
Ya se ha explicado y demostrado cómo siempre el cliente al vencimiento del
contrato recibe únicamente el importe garantizado por AFINSA y AFINSA no se
desvincula nunca de los contratos. ¿Se cumplen por tanto las condiciones para
que se produzca la mediación?
El mismo “Informe sobre la gestión de la contratación CIT” 170
en sus dos
versiones, tanto la de fecha 12 de julio como la de 14 de julio de 2004, cuando se
están refiriendo al cumplimiento del contrato, dice:
“a) Cumplimiento del contrato “Lo establecido en el contrato no se está cumpliendo en los siguientes aspectos: ………………………. No existe de forma real mediación. Pues, el cliente que vende la filatelia no percibe la cantidad que aporta el cliente que recibe la filatelia y no se asegura la concordancia entre la fecha de venta y la de compra. a) Facturación
....................... El tipo de operaciones (venta, compra o mediación) que se asignan a los contratos se realiza por el sistema informático con criterios de volúmenes mensuales establecidos por el Área económico financiera, y por las condiciones actuales no es posible considerar ni el origen de la filatelia ni la consistencia de las operaciones de mediación Debido a que las operaciones de mediación se definen a posteriori, se están emitiendo facturas de comisión, tanto en las operaciones de venta como de compra por un 1% del importe de la venta y de la compra, que se están considerando pagadas.” (La negrita es nuestra). “Adjudicación Al no conocer en el momento de la adjudicación la filatelia que es propiedad de Afinsa y la que se está mediando, se realizan ajustes en los lotes mezclando filatelia de los dos tipos sin que se modifiquen las correspondientes facturas.” ………………………. “Criterios actuales de actuación …………………. Las operaciones de mediación se definen a posteriori y corresponden de forma global con el capital renovado, controlando que no se produzca en un
contrato venta y compra de valores filatélicos. Implicaciones de la aplicación de los criterios actuales Las operaciones de mediación no están identificadas. No se relaciona la mediación en la compra con la mediación en la venta. No se sabe la filatelia de un contrato que se ha mediado en la compra a qué contrato ha ido. Debido a que las operaciones de mediación se definen a posteriori, en todo el proceso de adjudicación no es posible distinguir entre la filatelia
170
Nota, ver anexos 02.094 y 02.103”Informe sobre la gestión de la contratación CIT”, “análisis de la situación actual y propuestas de mejora” de 12 de julio de 2004 y de 14 de julio de 2004.
112
propiedad de AFINSA y la que se está mediando. Lo que impide poder realizar un inventario de la filatelia propia y valorar dicho stock”
Además, ellos mismos reconocen la dificultad que existe para ajustar los
valores de los lotes a los importes fijos invertidos por los clientes. Así, en el documento
sobre el Nuevo CIT de Organización y Medios171
, en el apartado de Principales
problemas del CIT actual, entre otras cosas, se dice:
“Gran dificultad para ajustar los valores de los lotes a los importes fijos actualmente “invertidos” por los clientes - La actualización anual del valor de la filatelia de acuerdo a los catálogos de
referencia y a los tipos de cambio vigentes ocasiona que los importes al vencimiento de todos los lotes varíen respecto a los valores iniciales que tenían cuando se adquieren al proveedor y por lo tanto dejen de estar dentro de los rangos admisibles para su adjudicación.
- Este año en el que por primera vez se ha realizado una recuperación sistemática de los lotes a su vencimiento y se ha realizado la actualización de los precios y tipos de cambio se ha puesto de manifiesto la enorme dificultad que conlleva el ajuste de los mismos a los importes “fijos” invertidos por los clientes.
- Además, este proceso de ajuste requiere una manipulación física de los lotes que conlleva graves problemas para su buena conservación.” (La negrita es nuestra).
Sabemos y así lo reconocen ellos172
que las facturas de comisión por la
intermediación ni se producen realmente ni se cobran, sólo se registran
contablemente:
“Se están emitiendo facturas de comisión, tanto en las operaciones de venta como de compra por un 1% del importe de la venta o compra, que se están considerando como pagadas.” “No se descuenta de la filatelia adjudicada el importe total de las facturas de comisión (venta) emitidas por AFINSA, pues dichas facturas se conocen después del proceso de adjudicación.”
Efectivamente, tanto en el inicio de los contratos que son registrados como
mediación (mediación de venta) como en el vencimiento de aquellos que son
considerados como mediación (mediación de compra), AFINSA contabiliza la
correspondiente factura de comisión. Pero, tal y como se explica y demuestra en la
171
Nota, ver anexo 02.088: Informe confidencial de 17 de enero de 2005 denominado: “Nuevo CIT Propuesta elaborada por Organización y Medios”. 172
Nota, ver anexos 02.094 y 02.103.
113
parte del informe de desarrollo nº 3: Estados financieros y situación patrimonial173, se
trata de meros apuntes contables sin reflejo alguno en la cuenta de tesorería, ya que
los únicos movimientos de tesorería se realizan por el principal y la revalorización de
los contratos.
¿Se puede decir que se cumplen las condiciones para que haya una mediación
real?
AFINSA está reconociendo reiteradamente que la mediación no existe
entre otras razones porque no se cumplen las condiciones para su existencia.
2) AFINSA es consciente y sabe que la mediación no se produce en
ningún caso.
Esta inexistencia de mediación, como ya hemos visto, es reconocida
reiteradamente en la propia AFINSA, y lo volveremos a mostrar en el apartado
próximo: MODIFICACIONES PREVISTAS EN EL CONTRATO CIT: EL NUEVO CIT,
no obstante añadiremos otros documentos más en los que se puede observar la
inexistencia de mediación en todo el trayecto histórico del contrato CIT vigente en la
fecha de la intervención judicial:
El documento confidencial174
que Emilio Ballester dirige a Albertino de
Figueiredo y Juan Antonio Cano en mayo de 1997, en el que refiriéndose al
año 1995, año en que comienza a comercializarse el “CIT de mandato” o “CIT
de mediación”, pone de manifiesto que no existe tal mediación. En dicho
documento explicando el origen histórico de las provisiones, analiza la cuenta
de “operaciones de mediación en curso” (cuenta contable 5590000, que recoge
las operaciones de mediación en compra y las operaciones de mediación en
venta) que a 31 de diciembre de 1995 tiene un saldo acreedor 3.605,2 millones
de pesetas, cuando dicho saldo debía ser cero o muy próximo a cero;
reconociendo que lo que recoge realmente son operaciones de venta de
filatelia de nuestros stocks a clientes CIT que no se han declarado. Por tanto
173
Véase informe de desarrollo nº 3: “ESTADOS FINANCIEROS Y SITUACIÓN PATRIMONIAL”, apartados III.1.2.A) Asientos contables de los contratos CIT y III.1.5.B) Deficiencias e incongruencias en la contabilización por AFINSA de los contratos de inversión. 174
Nota, ver anexo 02.022: Informe confidencial de Emilio Ballester dirigido a Albertino de Figueiredo y Juan Antonio Cano de mayo de 1997. “Asunto: Provisiones ejercicios 93,94 y 95. Saldo de clientes por operaciones de mediación en curso del 95. Acciones a tomar con ocasión de la revisión tributaria”.
114
está reconociendo que la mediación NO existe realmente, siendo sólo una
figura contable.
Así en dicho documento E. Ballester explica:
-“Provisiones de contratos CIT (mediación) y saldo de clientes por operaciones
de mediación en curso.
Dentro del contexto de las provisiones de ese mismo ejercicio (95), debo
plantear la figura, en su momento comentada, del saldo por 3.605,2 M, que
quedó como acreedor al cierre del año, y que recogía, a través de la cuenta
“operaciones de mediación en curso” el importe de “la filatelia que estaba
pendiente de entregar a los clientes de CIT (mediación)”. Si analizáramos esta
cuenta bajo la óptica puramente conceptual (cosa que ya hicimos en su
momento), llegaríamos a la conclusión de que dicho saldo correspondería
realmente a operaciones de venta a clientes de CIT que no se habrían tenido
en cuenta (declarado), ya que todos los contratos CIT de clientes estaban
adjudicados (o sea los saldos de sus cuentas a cero) y por tanto el saldo de
dicha cuenta lo que representaba realmente era entrega de filatelia a los
clientes de mediación, de nuestros stocks (al precio de venta), mas el IVA
correspondiente (2,76%), pero que por otro lado, no era posible tenerlo en
cuenta como venta, ya que hubiera supuesto dar unos beneficios de 3.600 M
más, que no siendo ciertos tampoco teníamos forma de “compensarlos” con
ninguna partida de gasto, pues en esas fechas no habíamos todavía entrado en
el estudio y viabilidad de dotar provisiones por los citados contratos CIT.”
Por otra parte, el departamento de Tecnología de AFINSA conocía los
desfases y las diferencias que se producían entre la información que ofrecía la
contabilidad: “ONE WORLD” (OW) y la que ofrecía el sistema de gestión
comercial de los contratos (SAC), en cuanto a datos de adjudicaciones y
facturación de contratos CIT, seguimiento de la filatelia e inventario de la
misma, etc. Por ello, en el año 2002 se hicieron varios planes de trabajo con el
objeto de eliminar esos desajustes y conseguir la debida concordancia entre la
información de uno y otro sistema; así podemos mencionar:
- Plan N42A: cuadre de información interaplicativos. GN Sistemas de
Inversión175
- Plan N42B: control de stock y trazabilidad de productos de inversión176
175
Anexo 02.104: documentos denominados “PLAN N42A. CUADRE DE INFORMACIÓN INTERAPLICATIVOS. GN SISTEMAS DE INVERSIÓN”, Departamento de Tecnología, julio 2002 y “NOTA INTERNA DE EQUIPO DE TRABAJO DEL Plan N42A” de 20 de junio de 2002. 176
Anexo 02.105: “NOTA INTERNA DE EQUIPO DE TRABAJO DEL PROYECTO N42B PUNTOS CRÍTICOS IDENTIFICADOS EN EL PROYECTO” de 4 de junio de 2002 y “NOTA INTERNA, CONTROL DE STOCK Y TRAZABILIDAD DE PRODUCTOS DE INVERSIÓN. PLAN DE CHOQUE” de 10 de junio de 2002.
115
Así, el Plan N42A trata los desajustes entre gestión comercial de los contratos
(SAC) y contabilidad (OW) y menciona, entre otros, los siguientes elementos
críticos:
“Elemento crítico. Facturas CIT, desajustes: “Todos los contratos que vencen tienen la consideración de “compra” en SAC “ “No existen facturas de las operaciones venta y mediación” “La información contable disponible es incorrecta (ya que no se obtiene de la información real del mes), e inconsistente con los registros de la producción comercial”
“Elemento crítico. Datos de adjudicación y facturación de contratos CIT,
desajustes:
“Hasta la fecha, la adjudicación de la filatelia a los contratos CIT se realiza sin
tener en cuenta la actuación de AFINSA en la operación de venta / mediación
al inicio de ese contrato o en la del anterior contrato del cual se traspasa la
filatelia”
En una “REUNIÓN DIRECCIÓN GENERAL” de 4 de noviembre de 2005177
,
reunión de Organización y Medios a la que asisten al menos Vicente Martín
Peña, Fernando Burdiel, Oscar Fernández y Antonio Giménez-Rico, se plasma
la preocupación creciente que había en la Alta Dirección respecto a que la
actividad de AFINSA fuera considerada actividad financiera, siendo el último
detonante el informe de la Inspección de Hacienda, para lo cual uno de los
aspectos que habría que solucionar es un “CIT intermedio” con el que, en
alguna medida, poder comenzar a intermediar; pues bien, en dicha reunión se
dice lo siguiente:
“En enero debemos vender una cosa nueva, un “CIT” intermedio el uno de enero”. ………………
“VMP enumera los aspectos que sería deseable disponer en enero, para lo
cual podemos disponer de todos los recursos que necesitemos:
1) Desaparición de pagarés, el uno de enero. “Salvo clientes especiales”. 2) Operativa más parecida o que pueda hacer más exhibible la
intermediación. “Aunque sea un 10% del volumen total”. Es decir, en alguna medida se debe poder comenzar a intermediar.”
3) Se debe cobrar el depósito. 4) Desaparece la cláusula de beneficiarios. 5) Reflexión sobre cómo establecer el mínimo garantizado de tal forma que no
aparezca una cantidad fija.” (La negrita es nuestra)
177
Anexo 02.106 “REUNIÓN DIRECCIÓN GENERAL, 4 de noviembre de 2005. REUNIÓN DE DIRECCIÓN DE O Y M”
116
El “PLAN DE ADECUACIÖN DE PRODUCTOS” que realiza Lucía Oya en
marzo de 2006178, dentro del contrato CIT y en el apartado: “Datos de
adjudicación y facturación” dice lo siguiente:
“Con la definición actual del producto es prácticamente imposible mediar entre
dos operaciones. Aún admitiendo que se pudiera producir mediación, el
proceso actual de generación de facturas no tiene como uno de sus objetivos
“cuadrar” las operaciones de mediación entre sí, las operaciones de mediación
en compra no corresponden con las mediación en venta ni en lotes ni en
importe (p.e.: un lote puede ser comprado y posteriormente mediado y al
contrario y por importes diferentes).
Este desajuste se origina fundamentalmente por dos situaciones “históricas”:
Necesidad de ajustar los volúmenes de facturación conforme a otras variables del negocio de acuerdo a lo establecido por la Dirección Financiera.
Inexistencia de un criterio para determinar la actuación de Afinsa respecto a cada una de las operaciones…” ………………………
Para poder determinar si es posible mediar en una operación se deben
considerar al menos las siguientes variables
Fechas de las operaciones. Debe existir un plazo establecido en el contrato para poder realizar la mediación,...
Comisiones aplicables en mediación. Condicionan el importe pagado / Invertido por el cliente.
Importe. Con el cliente comprador se debe establecer un rango de importes que permita encontrar el lote adecuado.
Disponibilidad y situación de los lotes. Revalorización de la filatelia. Es importante analizar el periodo de
revalorización de cada tipo de filatelia y su idoneidad para adjudicarla a los diferentes contratos según su duración.
Proceso de revalorización.
Parece ser que la posibilidad de considerar la mediación por volúmenes
mensuales, es decir, por bloques de operaciones no operación por operación,
admitiendo la mediación total o parcial, de forma que se pueda completar con
filatelia del propio stock de AFINSA, tal y como lo apoyó Ángel Rojo Fernández-
Rio en el dictamen que a solicitud de AFINSA realizó el 13 de junio de 2005179,
no estaban muy seguros de que se pudiera sustentar y defender, ya que en el
propio Consejo de Administración el presidente (Juan Antonio Cano) plantea el
178
Anexo 02.107: Correo de Lucía Oya para José Alberto Gómez, Bernardo Valero y Alberto Sarmiento de fecha 23/03/2006, asunto: Plan de adecuación de productos. 179
Anexo 02.108: Dictamen sobre LA NATURALEZA DE LA ACTIVIDAD DE COMERCIALIZACIÓN DE SELLOS EN EL MARCO DE UN PROGRAMA DE INVERSIÓN FILATÉLICA DIRIGIDA, emitido a solicitud de AFINSA BIENES TANGIBLES S.A. por Ángel Rojo Fernández-Rio catedrático de derecho mercantil el 13 de junio de 2005; y su solicitud por parte de AFINSA.
117
tema de la intermediación individualizada considerando que va a ser una
cuestión irrenunciable, como así se recoge en las notas del Consejo de 29 de
marzo de 2006:180
“El presidente plantea el tema de la intermediación individualizada y los Sres.
Olalde y Abajo insisten en que se trata de una cuestión irrenunciable, si se
quiere que nuestras operaciones sean entendidas como operaciones de
intermediación comercial.”
3) El tipo de filatelia que se ha adjudicado en los contratos CIT, los
distintos criterios de adjudicación seguidos para una misma filatelia,
impiden que se cumplan las condiciones que exige la mediación.
a) Filatelia adquirida a las empresas de Francisco Guijarro Lázaro.
Otra prueba de la inexistencia de mediación en los contratos CIT está en lo
sucedido al vencimiento de los contratos que tenían asignada la filatelia falsa adquirida
a las empresas de Francisco Guijarro Lázaro (GUIJARRO).
Ta y como se desarrolla en la parte de este informe pericial en que se analiza a
este importante proveedor: Informe de desarrollo nº 7, el 93% de la filatelia clásica
para contratos CIT suministrada por GUIJARRO a AFINSA era falsa, esto es, se
trataba bien de sellos mal imitados o bien de sellos manipulados o mal catalogados, en
ambos casos con el fin de asignarles un valor de catálogo muy superior al que
realmente tenían. AFINSA compró y adjudicó esos sellos a contratos CIT al menos
desde el año 1998 hasta junio de 2003, momento en el que se decidió por fin dejar de
adjudicar esos sellos dadas las irregularidades descritas. A partir de entonces los fue
retirando a medida que fueron venciendo los contratos a los que estaban adjudicados.
Por tanto, si nos atenemos a la literalidad de los contratos CIT,181
los sellos
falsos de GUIJARRO adjudicados a contratos con una fecha de vencimiento posterior
a mayo de 2003 necesariamente debían haber sido recomprados al cliente a la
180
Anexo 02.109: Notas del Consejo de Administración de AFINSA de 29 de marzo de 2006. 181
Cláusula segunda del Mandato de venta: “El MANDANTE encarga a AFINSA, en este mismo acto y a
través de este documento, y ésta asume el encargo, la gestión de venta del lote de Valores Filatélicos anterior, en la fecha ......El. MANDANTE percibirá como consecuencia de la venta, la cantidad mínima de ....... Euros”. “En el caso de que AFINSA no encontrara adquirentes en el mercado en la fecha por la cantidad antes indicada, se considerará resuelto el mandato, y AFINSA comprará, en su propio nombre, el lote de Valores Filatélicos por el importe antes mencionado, en la fecha correspondiente”
118
finalización del contrato, pasando a ser de nuevo propiedad de AFINSA, puesto que no
se volvieron a colocar en un nuevo contrato; es decir, no podrían haber sido objeto de
mediación.
A partir de las tablas que contienen las bases de datos para la aplicación
informática de gestión comercial de los contratos (INVER)182
y de los registros de
facturas que sirven de soporte a la contabilidad, se ha comprobado que más del 80%
de los contratos vencidos entre junio de 2003 y julio de 2004 fueron objeto de
mediación, lo cual no tiene ningún sentido de acuerdo con la operativa que AFINSA
pretende aparentar.
CONTRATOS CIT VENCIDOS ENTRE 01/06/2003 Y 01/07/2004
Tipo de factura Nº contratos Importe
Mediación 39.607 82,84% 576.888.746,66 83,66%
Compra 8.203 17,16% 112.671.660,39 16,34%
Total 47.810 689.560.407,05
Fuente: Consulta tabla "FACTURA_COMPRA_MED" de la aplicación INVER
La mayoría de la filatelia asignada a esos contratos seleccionados debía tener
su origen en GUIJARRO, teniendo en cuenta que éste fue el proveedor casi exclusivo
de filatelia para CIT desde 1998 hasta junio de 2003, momento en el que se rompieron
las relaciones comerciales con GUIJARRO y fue sustituido por el grupo GMAI, y que la
mayor parte de la filatelia suministrada por él para estos contratos era irregular.
No obstante, por si existe alguna duda al respecto, se han seleccionado los
contratos vencidos a partir de mayo de 2003 y hasta la fecha de la intervención judicial
que tenían adjudicada filatelia suministrada por GUIJARRO e identificada con las
siguientes referencias de catálogo: Chipre 104, EEUU 31ab, EEUU 34ab, EEUU 37ab,
EEUU 38ab, Francia 14B, Francia 22a, Francia 259d, Francia 45Cb, Francia 59c, y
Francia 82a. La filatelia catalogada con estas referencias, y que supone el 44% de la
filatelia adquirida a este proveedor, fue considerada falsa por los técnicos filatélicos de
AFINSA en un informe de mayo de 2002183. Se ha comprobado qué tipo de factura se
182
Anexo 02.110: cuadro de elaboración propia utilizando la información de la tabla de adjudicación a contratos de corta duración y el registro de facturas, seleccionando los contratos CIT vencidos entre junio de 2003 y julio de 2004. 183
Véase informe de desarrollo “FRANCISCO GUIJARRO LÁZARO”, apartado VI.2.1. “El informe de Hermenegildo Trillo de 21 de mayo de 2002.
119
emitió al vencimiento de dichos contratos, confirmándose el porcentaje anterior, ya que
más del 80% de los contratos se registraron como mediación.184
Contratos CIT con series seleccionadas vencidos entre 01/06/2003 y 09/05/2006
Tipo de factura Nº de contratos Importe
Mediación 23.235 81,82% 459.359.204,39 82,41%
Compra 5.161 18,18% 98.049.167,31 17,59%
Total 28.396 557.408.371,70
Fuente: tabla "FACTURA_COMPRA_MED y tabla "ADJ_ SERIES_TEXTO_CD”
Con ello no sólo se pone de manifiesto una vez más que no existe mediación
en los contratos CIT, sino que además se falsea la contabilidad al no registrarse el
auténtico quebranto que supuso para AFINSA la retirada de esa gran cantidad de
sellos falsos suministrados por las empresas de GUIJARRO.
b) Los sellos del Archivo ONU
Como ya hemos indicado anteriormente, los sellos del “Archivo ONU” se
comenzaron a adjudicar en los contratos CIT en junio de 2003 a doble del valor
reflejado en el catálogo Brookman, manteniéndose ese criterio hasta el 15 de octubre
de 2004; a partir de dicha fecha esa misma filatelia pasó a adjudicarse al valor del
catálogo Brookman.
A partir de las tablas que contienen las bases de datos para la aplicación
informática de gestión comercial de los contratos: INVER, se ha elaborado un
cuadro185
con ejemplos de contratos CIT que contenían sellos del Archivo ONU,
adjudicados a doble del valor del catálogo Brookman, que vencieron entre el 15 de
octubre de 2004 y el 9 de mayo de 2006, y que a su vencimiento, a pesar de haberse
modificado el valor de la filatelia a la mitad, han sido registrados contablemente como
mediación.
Las tablas anteriormente mencionadas nos ofrecen información sobre los lotes
filatélicos que tienen adjudicados cada contrato, los sellos que los componen, las
fechas de inicio y fin de cada contrato y las facturas de compra que se emiten al
184
Anexo 02.111: cuadro de elaboración propia, en el que a través de las tablas de adjudicación a contratos de corta duración y de facturas, que sirven de soporte a la aplicación INVER, se han seleccionado los contratos vencidos entre junio de 2003 y 9 de mayo de 2006 que contienen filatelia “irregular” de Guijarro. 185
Anexo 02.112: Cuadro de elaboración propia que muestra los contratos CIT que han vencido entre 15 de octubre de 2004 y 9 de mayo de 2006 con sellos del Archivo ONU adjudicados a doble de catálogo.
120
vencimiento de los mismos; la numeración de esas facturas incluye unos dígitos que
sirven para diferenciar las que se registran como tal “compra” de las que se registran
como “mediación de compra”. El cuadro nos muestra que para los lotes filatélicos de al
menos 151 contratos registrados como mediación, su valor en el nuevo contrato por el
que se han mediado es la mitad del valor del contrato de origen; es decir, el cliente del
contrato de destino ha pagado la mitad de lo recibido por el cliente del contrato de
origen para el mismo lote filatélico.
Cuatrecasas en un informe sobre el “nuevo CIT” el 31 de mayo de 2005186
indica que no se puede producir mediación cuando la revalorización obtenida por el
lote es inferior a la garantizada, ya que no se cumplen las instrucciones del comitente;
en este caso sería conveniente que AFINSA compre para sí la filatelia, con lo que no
se podría cobrar comisión:
“2. OPERATIVA DEL PRODUCTO:
Criterios para la determinación de la tipología de la operación:
En la página 12 del borrador de trabajo se indica que “en la determinación de la tipología de la operación es necesario aclarar si se puede producir mediación cuando la revalorización obtenida por el lote es inferior a la revalorización garantizada”, añadiendo que “es necesario corroborar jurídicamente que esta limitación es obligatoria ya que si no fuera la operativa de ABT podría cambiar sustancialmente”. ………………….. En relación a ello, hemos de destacar que la propia naturaleza de la comisión mercantil se deriva que el comisionista ha de ejecutar el encargo (en este caso la venta del lote de sellos) respetando las instrucciones dadas por el comitente (artículo 255, 256 y 258 del Código de Comercio). En nuestro caso, podemos considerar como instrucciones del comitente el que la venta al tercero no se haga por debajo del precio mínimo pactado,… Por tanto, parecería más correcta la segunda solución indicada en el borrador de trabajo, esto es, que AFINSA compre para sí la filatelia pagando la revalorización mínima garantizada, siempre con la advertencia, ya hecha más arriba, de que en este caso no se podría cobrar comisión en concepto de gestión de venta, ya que esta comisión está condicionada al éxito de la mediación.”
186
Anexo0 2.113: Informe de Cuatrecasas dirigido a Rafael Noguero (Afinsa Bienes Tangibles SA) de 31 de mayo de 2005 sobre el nuevo producto de inversión filatélica.
121
c) Los sellos emitidos para las Naciones Unidas por la imprenta española
Heraclio Fournier.
También se ha realizado un estudio con los sellos sin dentar del archivo ONU
emitidos por Fournier que AFINSA tenía adjudicados a contratos de inversión (antes
de la compra a GMAI de los sellos sin dentar y las pruebas de sellos emitidos para la
Administración Postal de las Naciones Unidas) a un valor muy por debajo del que más
tarde aparecerían en el catálogo Brookman (por ser anterior su adjudicación), y que
vencieron cuando esos mismos sellos estaban ya incluidos en el catálogo Brookman a
un valor muy superior.
A través de la documentación intervenida (que viene relacionada en el Informe
de desarrollo nº 8: El Archivo filatélico de las Naciones Unidas) se han conocido los
sellos sin dentar del archivo ONU que hemos comentado anteriormente; el sistema de
gestión comercial de los contratos INVER nos ofrece información sobre los lotes
filatélicos que contienen esos sellos y los contratos CIT a los que se han adjudicado.
De igual forma, de la base de datos que sirve de soporte a la aplicación informática
INVER se ha obtenido una tabla que relaciona los contratos CIT con las facturas de
compra que se realizan al vencimiento de dichos contratos; la numeración de esas
facturas nos permite diferenciar las que se registran como tal “compra” de las que se
registran como “mediación de compra”.
Del cruce de ambas tablas (la que relaciona los contratos CIT con los lotes
filatélicos que contienen sellos ONU y la tabla que relaciona esos mismos contratos
CIT con las facturas de compra de cada uno de ellos) hemos elaborado un cuadro187
que muestra la relación de contratos con sellos ONU adquiridos antes de la compra a
GMAI del Archivo ONU y que vencieron con posterioridad a junio de 2003, cuando el
catálogo Brookman los había revalorizado muy por encima del importe garantizado, y
que al vencimiento el titular del contrato recibió la cantidad garantizada y que, no
obstante, fueron objeto de liquidación con factura de mediación. Además, el cuadro
nos indica los lotes filatélicos de cada contrato y la situación en que se encuentran
dichos lotes después del vencimiento de los mismos, tanto en el INVER como en la BD
Inventario.
187
Anexo 02.114: cuadro de elaboración propia que contiene la relación de contratos CIT con sellos ONU anteriores a la compra del “Archivo ONU”, con vencimiento posterior a junio de 2003 y que su rescisión ha sido registrada contablemente como mediación.
122
De su análisis se desprende:
- De los 43 contratos CIT registrados a su vencimiento contablemente como
“mediación”, en los diez primeros no consta los lotes filatélicos que los
componían, con lo que no se puede hacer un seguimiento de su destino
posterior en otros contratos.
- En el resto de los contratos conocemos los lotes que contienen,
sucediendo que en todos menos en uno, es decir en 32 contratos
contabilizados como mediación no se han vuelto a adjudicar esos lotes a
nuevos contratos, sino que están en “situación Q”; y sólo en uno de ellos,
el lote 549A del contrato nº 41-276370 que venció el 25/02/2005, se
readjudicó el 30/12/2005 en el contrato nº 41-409133 diez meses más tarde
de su vencimiento, estando el lote también en “situación Q”.
La “situación Q” significa filatelia no encontrada188
, como así se lo indica Lucía
Oya a Dolores Llames cuando, refiriéndose a la filatelia CIT, dice: “El resto de filatelia
que no se encontró el mes pasado se marcó como Q.”
4) Análisis de las series filatélicas que han sido objeto de mediación
Dando un paso más en el análisis de la mediación, estos peritos judiciales han
efectuado un estudio de las series filatélicas que han sido objeto de mediación al
vencimiento de los contratos (mediación de compra) contrastándolas con las series
filatélicas que han sido objeto de mediación al inicio de los contratos (mediación de
venta), ya que debe haber una equivalencia entre unas y otras.
El sentido estricto del concepto mediación nos llevaría a considerar que las
series filatélicas que componen un lote adjudicado a un contrato CIT, al vencimiento
del mismo, si AFINSA media en dicho contrato, debería aplicarlo en igualdad de
contenido y en fecha próxima, a otro contrato CIT que se inicia y en el que AFINSA
también media; es decir, debía haber una equivalencia completa en las series
filatélicas que pasan de un contrato vencido y calificado por AFINSA como mediación
(mediación de compra) con el contrato iniciado en el que AFINSA también media
(mediación de venta), y todo ello dentro del plazo de quince días que el propio
188
Anexo 02.115: correo de Lucía Oya a Dolores Llames de 13/01/2005, asunto: Inventario a 31/12.
123
clausulado del mandato de compra establece. O dicho en las palabras del catedrático
Ángel Rojo Fernández-Rio en el informe189 que a petición de AFINSA realiza sobre la
naturaleza de su actividad, sería una “aplicación total”.
No obstante, estos peritos judiciales no han partido de esta premisa estricta
para ver qué cantidad de series filatélicas que han sido objeto de mediación de compra
han revertido a mediación de venta, sino que, considerando la situación más favorable
para AFINSA, han tomado en cuenta la cantidad mínima de series filatélicas que
estando en mediación de compra han pasado a mediación de venta o viceversa; es
decir, siguiendo la misma terminología que el catedrático mencionado, sería una
“aplicación parcial”; pongamos un ejemplo:
CONCEPTO ESTRICTO DE MEDIACIÓN
Serie Descripción
cantidad de series con
mediación de compra
cantidad de series con
mediación de venta
cantidad de series
mediadas
TF49 NUEVA ZELANDA 20 20 20
La situación más favorable para AFINSA es considerar la cantidad mínima de
series filatélicas que están a la vez en mediación de compra y en mediación de venta,
tal y como lo muestran los dos ejemplos siguientes:
CONCEPTO MÍNIMO DE MEDIACIÓN
Serie Descripción
cantidad de series con
mediación de compra
cantidad de series con
mediación de venta
cantidad de series
mediadas
TF49 NUEVA ZELANDA 20 10 10
CONCEPTO MÍNIMO DE MEDIACIÓN
Serie Descripción
cantidad de series con
mediación de compra
cantidad de series con
mediación de venta
cantidad de series
mediadas
TF49 NUEVA ZELANDA 5 15 5
El estudio se ha realizado para los años 1999 y 2004 apoyándonos en la
información que ofrecen las tablas que sirven de soporte al sistema de gestión
189
Nota, ver anexo 02.108: “Dictamen sobre la naturaleza de la actividad de comercialización de sellos en el marco de un programa de inversión filatélica dirigida.”, emitido a solicitud de AFINSA BIENES TANGIBLES S.A. por Ángel Rojo Fernández –Rio el 13 de junio de 2005.
124
comercial de los contratos: INVER. Por un lado, se han utilizado las tablas que
recogen la información de la filatelia adjudicada a los contratos de corta duración: tabla
SERIES ADJ CD y tabla SERIES TEXTO CD (las dos tablas en el año 1999 y sólo la
tabla SERIES TEXTO CD en el año 2004, pues la anterior había desaparecido); y por
otro lado se han empleado las tablas de facturas que ligan cada contrato con su
factura correspondiente, tanto al inicio del mismo (factura de venta o factura de
mediación de venta) como a su vencimiento (factura de compra o mediación de
compra): tabla FACTURA-COMPRA-MED y tabla FACTURA-VENTA-MED.
Del cruce de dichas tablas podemos obtener para cada contrato a su inicio y a
su vencimiento el tipo de factura que le corresponde: venta o mediación de venta al
inicio, y compra o mediación de compra a su vencimiento; así como las series
filatélicas que tiene adjudicadas. De las facturas se han seleccionado las de mediación
tanto de compra como de venta y, por ello, las series filatélicas que han ido a
mediación de compra y las que han ido a mediación de venta.
Para cada serie filatélica clasificada por su referencia y descripción se ha
obtenido, entre otra información, la cantidad de unidades de la misma que al
vencimiento de los contratos se han llevado a mediación: “cantidad de series con
mediación de compra”, y también la cantidad de unidades de esa misma serie filatélica
que al inicio de los contratos se han llevado a mediación: “cantidad de series con
mediación de venta”. Se han considerado como “cantidad de series mediadas” la
menor de las cifras que aparecen en las columnas anteriores, es decir la situación más
ventajosa para AFINSA.190 El resultado obtenido se transcribe en el siguiente cuadro:
ANÁLISIS SERIES OBJETO DE MEDIACIÓN
AÑO
CANTIDAD DE SERIES
CON MEDIACIÓN DE COMPRA
CANTIDAD DE SERIES
CON MEDIACIÓN DE VENTA
CANTIDAD DE SERIES MEDIADAS
CANTIDAD DE SERIES
NUEVAS UTILIZADAS
EN MEDIACIÓN
% DE SERIES NUEVAS
UTILIZADAS EN
MEDIACIÓN
SERIES VENCIDAS EN
MEDIACIÓN NO ADJUDICADAS EN MEDIACIÓN
% DE SERIES VENCIDAS EN
MEDIACIÓN NO ADJUDICADAS EN MEDIACIÓN
1999 1.269.763 3.913.763 426.580 3.487.387 89,10% 843.183 66,40%
2004 2.502.035 3.637.652 676.048 2.961.604 81,42% 1.825.987 72,98%
190
Anexo 02.116: contiene el fichero informático denominado: SERIES incluidas en mediación.xlsx., obtenido de las bases de datos de Andrómeda, ver las hojas llamadas: “mediaciones por serie1999” y “mediaciones por serie 2004”.
125
Bien es verdad que somos conscientes de que la tabla SERIES TEXTO CD
puede tener errores en la codificación de las diferentes series filatélicas, pudiendo
ocurrir en algún caso que la misma serie filatélica se describa de diferente forma, pero
las cifras resultantes del estudio son tan asombrosamente dispares que ponen
claramente de manifiesto la falta de equivalencia tan grande que existe entre las series
filatélicas que median al vencimiento de los contratos con las series filatélicas que
median al inicio de los contratos, y todo eso sin tener en cuenta para nada el espacio
temporal transcurrido, dentro de cada año considerado, que puede haber entre unas y
otras.
Los datos del cuadro anterior ponen de manifiesto lo siguiente:
Año 1999
1º) La absoluta disparidad de cifras que existe entre la cantidad de series
filatélicas que han sido objeto de mediación de compra: 1.269.763 series, frente a la
cantidad de series filatélicas que han sido objeto de mediación de venta: 3.913.763
series.
2º) Que de las 3.913.763 series que se han mediado al inicio de los contratos,
sólo 426.580 series proceden de contratos vencidos que han sido considerados como
mediación, por lo que el resto son series nuevas, bien procedentes del propio stock de
AFINSA, bien de compras externas realizadas por AFINSA en el año 1999; es decir,
el 89,10% de las series consideradas como mediación de venta son series
nuevas y no proceden de contratos vencidos o, lo que es lo mismo, no proceden de
clientes con los que AFINSA ha mediado al vencimiento de sus contratos.
3º) Que de las 1.269.763 series filatélicas que se han mediado al vencimiento
de los contratos, 843.183 (el 66,40%) no se han adjudicado en mediación, y por ello
habrán debido de pasar al stock de AFINSA.
Hay que tener en cuenta que en el año 1999 la filatelia contenida en la tabla
SERIES ADJ CD y otras series filatélicas contenidas en la tabla SERIES TEXTO CD,
tal y como hemos explicado en otro apartado de este informe, desaparece, muy
probablemente porque era filatelia que no ha existido nunca; por ello debe de
incorporarse a los contratos de corta duración una gran cantidad de filatelia nueva
adquirida a las empresas de Francisco Guijarro, único proveedor de filatelia CIT en
126
ese año: filatelia clásica de países de Europa, sobre todo Francia, Estados Unidos,
Vietnam, y además gran cantidad de filatelia de distintos países emitida por la
imprenta española Heraclio Fournier (países Fournier). Como ya se explica en el
Informe de desarrollo nº 7, apartado IV.4.1, en los años 1998 y 1999 (desde junio de
1998 a septiembre de 1999), las empresas de GUIJARRO venden a AFINSA la filatelia
de los países Fournier.
Esta situación se ve reflejada en el análisis de las mediaciones del año 1999,
pues se observa que la gran mayoría de las series filatélicas nuevas incluidas en los
contratos iniciados como mediación en dicho año es filatelia de países Fournier que
suministró GUIJARRO191. El cuadro que se añade a continuación muestra el resumen
de las cifras obtenidas:
Cantidad series nuevas
incluidas en mediación
de venta
Cantidad series
Fournier adquiridas a
GUIJARRO
Porcentaje series
Fournier sobre series
nuevas
1999 3.487.387 3.153.876 90,44%
Año 2004
1º) La absoluta disparidad de cifras que existe entre la cantidad de series
filatélicas que han sido objeto de mediación de compra: 2.502.035 series, frente a la
cantidad de series filatélicas que han sido objeto de mediación de venta: 3.637.652
series.
2º) Que de las 3.637.652 series que se han mediado al inicio de los contratos,
sólo 676.048 series proceden de contratos vencidos que han sido considerados como
mediación, por lo que el resto son series nuevas que bien proceden del propio stock
de AFINSA, bien de compras externas realizadas por AFINSA en el año 2004; es
decir, el 81,42% de las series consideradas como mediación de venta son series
nuevas y no proceden de contratos vencidos o, lo que es lo mismo, no proceden de
clientes con los que AFINSA ha mediado al vencimiento de sus contratos.
191
Anexo 02.117: cuadro de elaboración propia que contiene las series filatélicas nuevas suministradas por GUIJARRO de países Fournier que han sido registradas como mediación de venta.
127
3º) Que de las 2.502.035 series filatélicas que se han mediado al vencimiento
de los contratos, 1.825.987 (el 72,98%) no se han adjudicado en mediación, y por ello
habrán debido de pasar al stock de AFINSA.
Con la ruptura de relaciones comerciales de AFINSA con su proveedor
Francisco Guijarro Lázaro en junio de 2003 por considerar su filatelia “irregular”, a
medida que vencían los contratos de corta duración, se retiró toda la filatelia de los
lotes de GUIJARRO, tanto la considerada irregular (la filatelia clásica) como la no
irregular (los sellos Fournier), de modo que los contratos iniciados a partir de ese
momento eran adjudicados con filatelia nueva, filatelia suministrada por el nuevo
proveedor de AFINSA: el grupo GMAI.
Esta situación queda también reflejada en el análisis de las mediaciones del
año 2004, ya que:
- Por una parte, se puede observar que una gran cantidad de series
filatélicas que habiendo mediado al vencimiento de los contratos y que no
se han adjudicado en contratos iniciados como mediación, están
compuestas por filatelia suministrada por las empresas de GUIJARRO que
AFINSA consideró irregular y por filatelia Fournier suministrada igualmente
por GUIJARRO y que, por ello, tanto una como otra fue retirada no
pudiéndose adjudicar nuevamente como mediación, sino que debió ser
recomprada por AFINSA.192 El cuadro que se añade a continuación muestra
el resumen de las cifras obtenidas:
Cantidad de
series en
mediación de
compra no
adjudicadas
en mediación
de venta
Cantidad de
series clásicas
retiradas de
GUIJARRO
Cantidad de
series
Fournier
retiradas de
GUIJARRO
Total cantidad
de series
retiradas de
GUIJARRO
Porcentaje
series
retiradas
sobre series
no
adjudicadas
en mediación
2004 1.825.987 39.693 1.235.980 1.275.673 69,86%
- Por otro lado, se puede observar como una parte significativa de la filatelia
nueva que se adjudica en contratos iniciados como mediación es filatelia
adquirida ese año por AFINSA al grupo GMAI; es el caso de los
192
Anexo 02.118: cuadro de elaboración propia que contiene las series clásicas retiradas de Guijarro y las series Fournier retiradas también de Guijarro que se han registrado como mediación de compra.
128
Especímenes de la American Banknote Company, de los sellos de España
Locales república y de la parte de la colección de Variedades de España
del último cuarto del siglo XX adquiridas a CdC en el año 2004, las cuales
aunque no fueron muy significativas en cantidad de series, lo fueron en
importe económico. También se han seleccionado ciertas series adquiridas
al grupo GMAI de menor importe económico pero muy abundantes en
cantidad, como es el caso de ciertas series de Argentina, Dinamarca y
Francia. Las series de Argentina, aunque fueron adquiridas directamente
por AFINSA en julio de 2003 a Carlos M. Fogolin, no se adjudicaron a los
contratos de corta duración hasta el año 2004193. El cuadro que se añade a
continuación muestra el resumen de las cifras obtenidas:
Descripción series
Cantidad series
nuevas
seleccionadas
adquiridas al
grupo GMAI
Porcentaje series nuevas
adquiridas al grupo GMAI
sobre total series nuevas
2004 Argentina 429.259 14,50%
2004 Dinamarca 308.195 10,41%
2004 Francia 363.811 12,28%
2004 Variedades España 37.591 1,27%
2004 España locales 60.393 2,04%
2004 Especímenes 210.950 7,12%
Total 2004 2.961.604 1.410.199 47,62%
El estudio realizado pone nuevamente de manifiesto que LA MEDIACIÓN NO
EXISTE. Por una parte, por la disparidad de cifras entre la cantidad de series
consideradas por AFINSA como objeto de mediación tanto en compra como en venta,
y la cantidad de series que en el mejor de los casos podrían haber sido realmente
objeto de mediación; y, por otra parte, por el hecho de cómo AFINSA incluye en
“mediación de compra” series filatélicas que obligatoriamente ha tenido que recomprar,
como es el caso de la filatelia retirada del proveedor Francisco Guijarro Lázaro y, en
“mediación de venta”, las series filatélicas que ha comprado en el propio año a sus
proveedores externos, como es el caso de la filatelia suministrada por las empresas de
GUIJARRO en el año 1999 o la filatelia adquirida al grupo GMAI en el año 2004,
siendo ambos hechos un total contrasentido con el concepto de mediación.
Por ello, se puede concluir que:
193
Anexo 02.119: cuadro de elaboración propia que contiene las series nuevas adquiridas en el 2004 de: Argentina, Dinamarca, Francia, Variedades de España del último cuarto del siglo XX, España locales y Especímenes de la Américan Banknote Company, que han sido registradas como mediación de venta.
129
- El funcionamiento real de los contratos hace totalmente inaplicable la
mediación y por ello el cumplimiento de su clausulado.
- AFINSA sabe y es consciente de que la mediación no se produce en ningún
caso, sino que es más bien un artilugio jurídico y contable buscado con el
fin de no dejar traslucir el auténtico negocio que AFINSA desarrolla y el
impacto real que los contratos CIT provocan en el balance de la Compañía
y por ello en su solvencia.
- El análisis de la filatelia adjudicada a lo largo del espacio temporal de esta
pericia y de las distintas decisiones tomadas en cuanto a los precios de
adjudicación y en cuanto a la filatelia que debía retirarse, pone de
manifiesto que la mediación no se produce en ningún momento. El caso
más representativo es el de la filatelia irregular suministrada por las
empresas de GUIJARRO, en la que reconociendo la propia AFINSA que se
trataba de filatelia falsa, manipulada o mal catalogada, decide retirarla del
“mercado”, no volviéndola a adjudicar; pues bien, se ha demostrado que
más del 80% de esa filatelia retirada al vencimiento de los contratos se ha
registrado contablemente como mediación.
- Por último, el análisis conjunto de las series filatélicas que integran los
contratos de corta duración con el análisis de sus facturas por el que son
registrados tanto al inicio como a su vencimiento, pone de manifiesto tal
disparidad de cifras y tal composición de la filatelia llevada a mediación, que
refleja igualmente que la MEDIACIÓN NO EXISTE.
II.2.7. Modificaciones previstas en el contrato CIT. El nuevo CIT
A lo largo de este apartado veremos como AFINSA preocupada con los graves
problemas que el contrato CIT tenía y que, incluso, ponían en tela de juicio la
viabilidad de su propio negocio, busca soluciones a dichos problemas, pero veremos
que sólo son soluciones parciales o superficiales. Para ello, basándose en el apoyo
legal que encontró en la Disposición Adicional cuarta de la Ley de Instituciones de
Inversión Colectiva (Ley 35/2003 de 4 de noviembre), se acoge a dicha disposición
normativa considerando que es la única Norma legal aplicable y regulatoria de su
130
actividad, por lo que trata de modificar el contrato CIT vigente, no sólo para adaptarse
mejor a las exigencias meramente formales de la Disposición Adicional cuarta de la
Ley de Instituciones de Inversión Colectiva (DA4ª LIIC), sino fundamentalmente para
disminuir, en la medida de lo posible, su consideración como producto financiero.
A principios del año 2004 se crea un grupo de trabajo formado por personal de
CUATRECASAS y personal de AFINSA194; ese grupo de trabajo, teniendo como
objetivo comprender y analizar el modelo de negocio de AFINSA, se centra en el
análisis de los contratos CIT, sus consecuencias económicas y su papel en la
contabilidad y fiscalidad de AFINSA. El primer resultado de esas reuniones de trabajo
se plasma en varios informes confidenciales emitidos por Cuatrecasas en interés de
AFINSA195. En esos informes se enumeran los aspectos a mejorar del contrato CIT y
se proponen unas soluciones parciales “sin que ello implique un abandono o cambios
profundos del actual modelo de negocio”.
Los problemas que encuentra Cuatrecasas en los contratos CIT y que
tímidamente enumera en estos informes hacen referencia, más bien, a su registro
contable y son:
“Revisión del modelo actual: aspectos a mejorar:
Volumen de ventas y compras CIT determinado por el “cuadre de tesorería” y
contabilización por “masas”.
- Según el procedimiento seguido por AFINSA para contabilizar los contratos CIT, la decisión de comprar filatelia o intermediar como comisionista a la firma del contrato está en función de los datos que se extraen de un cuadro de tesorería que se elabora mes a mes. Con dicho cuadro de tesorería AFINSA determina el volumen de ventas para los contratos CIT, y en función de éstas y la tesorería disponible, se determina el volumen de compras internas de la compañía, esto es, las compras efectuadas a los clientes de contratos CIT, no las compras a terceros o “compras fuera del sistema”.
- Obtenido el volumen de ventas y compras para la compañía en cada mes a partir de la tesorería se procede a la contabilización de todos aquellos contratos nuevos que se han firmado en el mes en cuestión así como de todos aquellos contratos cuyo vencimiento se produce en el mes de que se trate.
- En relación con este procedimiento contable, destaca el hecho, de que el volumen de ventas y compras de la compañía venga determinado por la tesorería disponible en cada momento, y no viceversa, esto es, la
194
Los miembros del Grupo de Trabajo han sido, por parte de AFINSA: Joaquín Abajo, Emilio Ballester, Fernando Galindo, Francisco Jiménez, Rafael Noguero, Yolanda Martínez, y por parte de CUATRECASAS: Tomás Olalde, Francisco Disla y Lourdes López. 195
Anexo 02.120: “Nota emitida en interés de AFINSA. PRIMERAS CONCLUSIONES CONTRATOS CIT”, de 24 de marzo de 2004 de CUATRECASAS e “Información confidencial, Borrador” de CUATRECASAS de 26 de marzo de 2004.
131
lógica de una actividad de compraventa sería que el nivel de tesorería fuera la variable dependiente de la ventas y compras de una compañía, según estas se hubieran pagado y/o cobrado encada momento, y no viceversa. ……………
- De otro lado, en el modelo actual, a nuestro juicio, se realizan anotaciones contables por “masas” (volumen de ventas decididas, y en función de estas volumen de compras internas de la compañía), y no de forma individualizada, identificando contrato a contrato, puesto que no es posible hacer un seguimiento individualizado de la filatelia”.
………………………………….
“Necesidad de valorar las existencias de forma individualizada. En el informe de auditoría de las Cuentas Anuales del ejercicio 2002 se señala
que la Sociedad sigue el criterio de valorar las existencias de filatelia de
acuerdo con el precio medio de adquisición, ……….., no ha sido posible
comprobar la adecuación de dicho precio medio. ………………
Esta limitación pone de manifiesto la necesidad de contar con algún sistema
que permita realizar un seguimiento individualizado de la filatelia comprada y
vendida por AFINSA…”
…………………………..
“Las comisiones de intermediación no son cobradas por AFINSA De conformidad con la información aportada, AFINSA nunca cobra estas
comisiones ni las cuotas de IVA repercutidas como consecuencia de la
prestación del servicio.
………………………..
Según las explicaciones facilitadas sería “la revalorización de la filatelia la que
soportaría el coste de la comisión”. A nuestro juicio, entendemos que la
operativa de AFINSA implica que efectivamente no se cobra el importe de la
comisión y el correspondiente IVA, pues la filatelia que entrega al cliente
(comprador) cuando se intermedia no es propiedad de AFINSA, sino del cliente
(vendedor), por lo que el importe de la comisión no pude compensarse
con la revalorización de filatelia que no sería propiedad de AFINSA.” (La
negrita es nuestra).
Es en la propia AFINSA donde hay un conocimiento más profundo de los
contratos CIT, por lo que Organización y Medios196, elaborando una propuesta sobre
cómo debe ser el Nuevo CIT, hace un análisis detallado del CIT vigente poniendo de
manifiesto sus gravísimos problemas; la enumeración que hace de los problemas es
literalmente la siguiente:
“Principales problemas del CIT Actual Incumplimientos del contrato en algunos de sus términos
- No se produce valoración de la filatelia a la finalización del contrato y el cliente siempre recibe la cantidad indicada en el mismo.
- Las operaciones de mediación no son tales en sentido estricto ya que la distribución de operaciones entre mediación y compra-venta se
196
Nota, ver anexo 02.088: Informe confidencial de 17 de enero de 2005 denominado: “Nuevo CIT Propuesta elaborada por Organización y Medios”.
132
realiza por volúmenes de masas y sin considerar, en el caso de las mediaciones, si las operaciones que incluyen cumplen los requisitos en cuanto a cuadre de fechas, importes y transmisión de la misma filatelia necesarios para que se puedan considerar mediaciones.
Inconsistencia Contabilidad-Adjudicación Se producen ajustes en los lotes para su adjudicación
(incorporando/desincorporando filatelia) que una vez a posteriori,
determinados los volúmenes de mediación y compra-venta, son marcados
por el sistema informático como operaciones de mediación, cuando
en sentido estricto no lo son ya que la filatelia del lote ha variado.
Imposibilidad de obtener un inventario valorado consistente con las operaciones realizadas. Al producirse ajustes en los lotes y por tanto no ser operaciones en sentido
estricto puras de mediación o compra-venta no es posible obtener una
valoración del inventario consistente con la identificación registrada en el
sistema de las operaciones realizadas.
Inconsistencias en el propio SAC. Falta de transparencia. Gran dificultad para ajustar los valores de los lotes a los importes fijos
actualmente “invertidos” por los clientes
Gran carga tributaria. Comerciales y de Imagen
- Actualmente la comercialización del producto se realiza independientemente de la disponibilidad real de los bienes soporte del mismo.
- La imagen de que los bienes tangibles basan su revalorización en la escasez de los mismos se contradice con la satisfacción ilimitada de la demanda de los contratos CIT.
Valor intrínseco del bien soporte del producto - El valor de un bien depende directamente de la relación existente entre
la demanda y la oferta del mismo. Análogamente la revalorización previsible de un bien depende de la estimación que de la relación entre demanda y oferta del mismo se prevea en el futuro.
- Si bien no es el objeto de la actual propuesta sería conveniente analizar la idoneidad de los bienes actuales soporte del producto en los siguientes aspectos:
- Dimensión del mercado de estos bienes externo al inducido por la actividad propia de ABT: dimensión real del mercado del coleccionismo.
- Valores mínimos garantizados en el mercado, de acuerdo a la disposición adicional IV, o lo que es lo mismo, valor liquidativo de estos bienes en el caso de imposibilidad de ABT de hacer frente a sus compromisos.” (La negrita es nuestra)
En el informe se indica que el nuevo CIT deberá tener las siguientes
características:
133
- Comercialización de lotes cerrados y en base a la oferta real de lotes
disponibles.
- Mandato de compra no por un importe fijo sino por un rango de importes y
destinado a adquirir uno de los lotes ofertados.
- Comisión de AFINSA sólo por los servicios de mediación en la venta del
lote del cliente y sólo en caso de que el valor de venta sea superior al valor
garantizado al cliente.
En el documento se hace una comparativa entre el Producto Actual y el
producto Propuesto; así respecto al Producto propuesto los aspectos solucionados
serían:
- “Se valorará la filatelia a la finalización del contrato, siendo la comisión de Afinsa la diferencia entre el valor de la filatelia y el garantizado al cliente.
- Consistencia de las operaciones registradas en SAC y en contabilidad con la operativa de adjudicación.
- Se dispondrá del valor del inventario valorado ya que la operativa de adjudicación se reflejará directamente en contabilidad.
- Aumento de la transparencia ya que se dispondrá de un criterio claro de contabilización de las operaciones y se determinará la rentabilidad obtenida operación a operación.
- Regulación de la oferta a los volúmenes que en cada momento estime la Alta Dirección de ABT: control efectivo de la tesorería.
- Se deberá estudiar en detalle la contabilidad del producto propuesto teniendo en cuenta las nuevas NIC`s y su traslado a la Legislación Española así como las estipulaciones recogidas en la Disposición Adicional IV.
- Se deberán buscar bienes soportes del producto que: dispongan de un amplio mercado externo al Grupo Afinsa que garanticen su liquidez en situaciones de crisis. Estos bienes deberán tener sistemas de valoración independientes del Grupo Afinsa y fácilmente contrastables por los clientes”
Vemos cómo en este documento el propio departamento de Organización y
Medios es tremendamente ambicioso y optimista en la propuesta sobre el Nuevo CIT,
llegando al problema crítico del CIT actual: el valor intrínseco del bien soporte del
producto, de forma que en su propuesta del Nuevo CIT deja bien claro que se
deberían buscar otros bienes soportes del producto que dispongan de un amplio
mercado externo al del grupo AFINSA, que garantice su liquidez en caso de crisis, y
que ofrezca sistemas de valoración independientes del grupo AFINSA y contrastables
por los clientes.
134
Es decir, está reconociendo que:
1º) El bien actual que sirve de soporte al contrato CIT vigente, los sellos, puede
que no garantice ni respalde la inversión que realiza el cliente.
2º) Que no existe un mercado independiente al “creado” por la propia AFINSA,
el mercado del coleccionismo ni es suficiente ni sirve de referencia para los contratos
CIT.
3º) Los valores que utiliza AFINSA para la adjudicación de los sellos ni han sido
ni son independientes del grupo AFINSA, ni fácilmente contrastables por los clientes.
En los siguientes documentos que se elaboran sobre el Nuevo CIT, AFINSA ya
es menos ambiciosa, pues sabe que los problemas detectados en el CIT vigente y las
propuestas sobre el Nuevo CIT que ha elaborado Organización y Medios en enero de
2005 han dado en el mismo corazón del modelo de negocio de AFINSA, no pudiendo
ir contra lo que motiva su propia existencia.
El Consejo de Administración de 2 de marzo de 2005 debió de aprobar el
desarrollo del nuevo CIT197, por lo que Organización y Medios elabora un borrador del
nuevo CIT en mayo de 2005198 en el que, tratando de adaptarlo a la nueva normativa
(DA4ªLIIC), se describe como elementos clave del producto:
a) Un contrato de intermediación filatélica en el que se abre la posibilidad al
cliente de que revoque el mandato de venta.
b) Lotes filatélicos cerrados.
c) Rentabilidad para el cliente: una parte fija y otra parte variable.
d) Rentabilidad para AFINSA, comisión tanto por la gestión de compra y venta
de la filatelia de su stock como por la gestión de la venta y compra de la
filatelia del cliente.
e) Definición clara de la filatelia utilizable y de un sistema de valoración del
lote.
f) Servicio de depósito retribuido.
197
Anexo 02.121: Correo de Joaquín Abajo para Antonio Giménez-Rico, Rafael Noguero y Bernardo Valero con copia a Vicente Martín Peña. Asunto Nuevo CIT, fecha 08/03/2005. 198
Anexo 02.122: “Borrador Nuevo CIT definición del producto y requerimientos básicos para su implementación” Plan OM0502. Organización y Medios. Confidencial, mayo de 2005.
135
Este último informe elaborado por Organización y Medios fue analizado por
Cuatrecasas en un informe confidencial de 31 de mayo de 2005199en el que dice que
las cuestiones más relevantes son las siguientes:
1. DEFINICIÓN BÁSICA DEL PRODUCTO:
Es un contrato de intermediación filatélica por lo que es imprescindible que el
contrato diga expresamente que AFINSA comprará o venderá la filatelia para sí misma
sólo en el caso de que no encuentre en el mercado compradores o vendedores, no se
puede decir genéricamente que gestionará la compra o la venta en nombre o por
cuenta del cliente.
Deben ser lotes filatélicos cerrados y no se puede cobrar la comisión cuando la
mediación no llegue a buen término:
“En consecuencia, no se puede cobrar el premio de la comisión, en la medida
en que éste, como ha señalado tanto la doctrina como la jurisprudencia, está
vinculado al éxito de la mediación, esto es, a que el comisionista (AFINSA)
llegue a celebrar el contrato con el tercero de acuerdo con las indicaciones de
su comitente”.
2. OPERATIVA DEL PRODUCTO:
Criterios para la determinación de la tipología de la operación:
No se puede producir mediación cuando la revalorización obtenida por el lote
es inferior a la garantizada, ya que no se cumplen las instrucciones del comitente, en
este caso AFINSA debería comprar la filatelia para sí misma y no se podría cobrar
comisión.
Es de destacar el “RESUMEN DE SITUACIÓN DE LOS TRABAJOS SOBRE
EL NUEVO PRODUCTO” que realiza el Secretario del Consejo (Joaquín Abajo) al
Consejo de Administración el 30 de junio de 2005200 en el que además de otras
cuestiones relevantes, sobre el Contrato indica las siguientes novedades:
199
Anexo 02.123: “Información confidencial. Borrador de trabajo sujeto a cambios”. CUATRECASAS, 31 de mayo de 2005 a la atención de Rafael Noguero. 200
Anexo 02.124: “Resumen de situación de los trabajos sobre el nuevo producto” de Secretario General para Consejo de Administración”. 30 de junio de 2005.
136
“La primera de ellas es que se va a trabajar con lotes
cerrados.……………………..”
“En segundo lugar, se incluye la posibilidad de que el valor de los sellos
vendidos vaya referenciado no sólo a un catálogo, sino a una lista propia,
cuyos precios, tras la verificación del experto independiente, sean validados por
el Consejo de Administración”.
“En tercer lugar, la revalorización de los sellos no será siempre y en todos
los casos una cantidad fija, sino que tendrá dos componentes: uno fijo y otro
variable y dependerá de los precios en los catálogos y listas y no fijado
siempre de forma unitaria.”
“En cuarto lugar, y con objeto de salvar el escollo que existe para que Afinsa
pueda quedarse con el exceso de revalorización de la filatelia, por encima de lo
ofrecido al cliente (fijo mas variable),………….., se ha acuñado un término
nuevo: utilización de la organización especializada de Afinsa. Ese valor añadido
es lo que justificaría el que el comisionista pueda quedarse con parte del
precio, más allá de la comisión que cobra por el servicio que presta.”
“En quinto lugar, quedan por definir diversas cuestiones, como son las
comisiones a cobrar por las distintas operaciones en que interviene Afinsa, y la
remuneración por el depósito de los sellos.”
“Finalmente cambiará la denominación del contrato,…”
En octubre de 2005 Cuatrecasas realiza un informe muy importante sobre el
nuevo CIT201 en el que muy probablemente ha tenido en cuenta el expediente
sancionador que el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) ha iniciado
a la sociedad auditora GESTYNSA y a su socio auditor Francisco Blázquez Ortiz por
las Cuentas anuales individuales y consolidadas de AFINSA BIENES TANGIBLES
S.A. del año 2002, diciendo que el contrato CIT actual ha suscitado dos importantes
controversias:
1.- Si la renta generada para el cliente es una ganancia patrimonial o si por el
contrario se trata de un rendimiento de capital mobiliario.
2.- Si la actividad realizada por AFINSA se encuadra dentro de la regulada por
la DA4ªLIIC o si por el contrario está desarrollando una actividad financiera.
En cuanto a la primera: ganancia patrimonial o rendimiento de capital
mobiliario, después de analizar la legislación fiscal, menciona varias consultas de la
Dirección General de Tributos (DGT), y en la última de 21/10/2004 se trata un CIT- 25
201
Anexo 02.125:“Informe emitido en interés de AFINSA BIENES TANGIBLES, S.A.: Comentarios al nuevo producto de inversión filatélica”, Cuatrecasas, 27 de octubre de 2005. Equipo de trabajo: Tomás Olalde Martín, Francisco Disla Orte y José Fernández-Reyes Silvestre.
137
y se concluye que nos encontramos ante rendimientos de capital mobiliario, ya
que:
“la inversión tiene una duración predeterminada y un rentabilidad fija
igualmente cuantificada en el momento inicial de la inversión, variando ésta
únicamente en función de la modalidad elegida de percepción de la
rentabilidad” y añade:
“la cuantía del resultado económico no parece derivarse de una forma
directa de los valores filatélicos concretos que actúan como subyacente
del producto contratado, ya que no se verá alterado como consecuencia de la
fluctuación que tuvieran en el mercado los precios de dichos bienes”.
En cuanto a la segunda de las cuestiones, el ejercicio por parte de AFINSA de
una actividad financiera, dice que aunque en principio la actividad principal de AFINSA
se enmarca en la de comisión mercantil, sin embargo, debido a las especiales
características de los contratos suscritos con los clientes, el control técnico de
las Auditorías ha planteado la posible naturaleza financiera de la actividad
desarrollada por AFINSA, “existen aportaciones y devoluciones de capital diferidas
en el tiempo que generan una rentabilidad financiera garantizada ab initio en el propio
contrato, con independencia de la cotización en el mercado de los valores filatélicos
que les sirven de soporte.”
Por ello el nuevo producto CIT debe apoyarse en esos dos puntos
fundamentales:
1.- Rentabilidad para el cliente: formada por dos tramos, uno garantizado y otro
variable para que de esa manera, asumiendo la existencia de una rentabilidad fija para
la operativa comercial del producto, será necesario para minimizar los riesgos,
vincular en lo posible, incluso la rentabilidad mínima, a los bienes que
constituyen el objeto del contrato y la rentabilidad variable al vincular los
valores adquiridos por el cliente a la ganancia que le va a suponer su futura
venta.
2.- Actividad desarrollada por AFINSA ajustando su operativa al régimen de
comisión mercantil y a las particularidades establecidas en la DA4ªLIIC para lo cual se
propone:
- Incluir expresamente en el contrato que sólo se producirá la venta o la
recompra por parte de AFINSA en caso de no encontrar compradores o
vendedores interesados en el lote. La comisión es el contrato principal al que
138
se obliga AFINSA, y su sistema ordinario de retribución, y la compraventa es un
supuesto extraordinario.
- Cuando la revalorización del lote fuera inferior al importe garantizado sería la
propia AFINSA quien debería adquirir la filatelia.
- Es obligado hacer referencia a lotes filatélicos cerrados:
“Esta cuestión es fundamental para que podamos hablar de verdadera
comisión. Como acabamos de ver la actividad del comisionista no
influye en la compraventa, en la cual sólo representa a una de las
partes; por tanto, nunca podría afirmarse la existencia de una
verdadera comisión si el pretendido comisionista pudiera influir,
bien en el precio, bien en la composición de la cosa objeto del
contrato (en nuestro caso, el lote de sellos).” (La negrita es
nuestra).
- Sería recomendable que el contrato CIT previera la posibilidad de que el
cliente vendiera por su cuenta la filatelia que ha adquirido de AFINSA sin el
concurso de ésta. De esta manera el circuito de compras y ventas quedará
abierto. Asimismo, con la misma finalidad, habría que plantearse la posibilidad
de que AFINSA vendiera los lotes a un tercero ajeno a un contrato CIT (venta
directa, subasta pública, etc.).
- Eliminación de los pagos anticipados que no concuerdan demasiado bien con
la actividad de comisión mercantil.
- Eliminación de la cláusula de beneficiarios, en caso de fallecimiento del
cliente; esta cláusula va ligada más bien a otro tipo de productos relacionados
con operaciones de seguros, por lo que sería recomendable la no inclusión de
la misma en el nuevo producto.
El borrador de cláusulas generales y particulares del Contrato de Mandato de
compra, Depósito y Mandato de venta de sellos es de 17 de enero de 2006202
.
Cláusulas generales, destacamos lo siguiente:
El mandato de compra se denomina: “Mandato de compra de los sellos y
utilización de la organización especializada de AFINSA”
Depósito de los sellos, se considera constituido simultáneamente a la entrega
de los sellos, será retribuido, el cliente puede solicitar la devolución de los sellos, en
202
Anexo 02.126: Borrador sujeto a cambios. Información confidencial. “Cláusulas generales y cláusulas particulares del contrato de Mandato de compra, Depósito y Mandato de venta de sellos” Fecha 17/01/2006.
139
esa devolución puede revocar el mandato de venta si así lo comunica expresamente.
El mandato de venta se denomina: “Mandato de venta de los sellos y utilización de la
organización especializada de AFINSA”. Es un mandato revocable de forma expresa o
tácita, cuando el cliente teniendo los sellos no los devuelve.
Cláusulas particulares, destacamos lo siguiente:
Mandato de compra: el precio incluye la compensación por poner a disposición
del cliente su organización especializada equivalente al 0,5% del precio de compra de
los sellos IVA incluido, esta retribución incluye cualquier comisión que pudiera
derivarse al adquirir los sellos a terceros.
Mandato de venta: el precio de venta de los sellos será como mínimo la suma
de dos cantidades: una fija más un porcentaje del incremento de la valoración de los
sellos comparando el Baremo inicial con el Baremo final. Del precio se descontará la
compensación por poner a disposición del cliente la organización especializada
equivalente a una retribución del 1 por mil del precio de venta IVA incluido, más, en el
caso de que la venta se haga a terceros, la diferencia entre el precio de venta
estipulado anteriormente y el precio que abone el tercero por los sellos. Esta
retribución incluye cualquier comisión que pudiera derivarse por enajenar los sellos a
terceros.
Se ha encontrado otra versión del borrador del Nuevo CIT denominado
“DOCUMENTO DE ESPECIFICACIONES CONTRATO DE INTERMEDIACIÓN
TEMPORAL (CIT)” de 01/03/2006.203
Es un documento similar al que se elabora para
los nuevos contratos PIC y MIP.
Es un borrador todavía menos ambicioso que el anterior en el que las
principales variaciones respecto al CIT actual son:
- Introducción de la revalorización variable, se asegura una revalorización
mínima, pudiendo además obtener una revalorización variable,
dependiendo de la evolución del valor de los sellos en el mercado.
- Eliminación de los anticipos a cuenta.
203
Anexo 02.127: “Documento de especificaciones Contrato de Intermediación Temporal (CIT)”. Fecha 01/03/2006. Ejecución: Unidad de productos (Departamento de Marketing). Aprobación: Antonio Giménez-Rico.
140
- Eliminación de cláusula de beneficiarios.
A lo largo de este apartado hemos visto que AFINSA en la fecha de la
intervención judicial estaba elaborando un Nuevo contrato CIT, que esos trabajos
comenzaron en el año 2004 cuando determinado personal de AFINSA estaba
intentando explicar a Cuatrecasas su modelo de negocio y su modelo contable el cual
se centraba en la operatoria de los contratos CIT.
Que es la propia AFINSA la que mejor sabe y conoce cuáles son los graves
problemas del contrato CIT vigente (los cuales coinciden plenamente con las
inconsistencias e incumplimientos que a lo largo de este informe se han desarrollado);
que estos trabajos de elaboración del Nuevo contrato CIT en principio fueron muy
ambiciosos tratando de paliar el problema más grave del CIT vigente: el valor
intrínseco del bien soporte del producto, el valor de los sellos; pero las propuestas a
medida que iban avanzando, iban perdiendo fuerza, de tal forma que en la última fase
de elaboración, sólo se plantean modificaciones superficiales que ayuden a presentar
un producto más visitable de cara a terceros:
- Eliminación de los anticipos a cuenta.
- Eliminación de la cláusula de beneficiarios.
- Introducción de la revalorización variable, para vincular en alguna medida la
rentabilidad pagada a la posible revalorización de los sellos.
II.2.8. Conclusiones
1ª) Los contratos CIT constituyen sin duda alguna el producto más importante
de la actividad de “inversión filatélica dirigida” de AFINSA BIENES TANGIBLES S.A.,
ya que a la fecha de la intervención judicial, teniendo en cuenta sólo el capital nominal
invertido por los clientes en ellos, suponen el 75% de la misma.
2ª) La filatelia asociada a estos contratos era filatelia que debía cumplir,
teóricamente, requisitos muy exigentes en cuanto a calidad y valor para su
adjudicación en los mismos, debiéndose efectuar su adjudicación al valor reflejado en
los catálogos de referencia y así se menciona en los manuales de AFINSA:
141
“valores o piezas filatélicas, tanto nuevos como matasellados, con reconocida valoración en el mercado del coleccionismo, garantizada mediante su presencia durante al menos los últimos 10 años en catálogos de referencia homologados por el Consejo de Administración de Afinsa, y cuya cotización haya aumentado en dicho periodo. Para piezas filatélicas de catalogación inferior a 10 años será necesario la certificación de las mismas por expertos reconocidos por el Consejo de Administración de Afinsa”.
Estos peritos judiciales han podido verificar que estos requisitos normalmente
no se cumplían; la filatelia, cuando existía y en el mejor de los casos, era filatelia de
ínfimo valor en comparación con el capital invertido por los clientes y la adjudicación
no se hacía siempre al valor reflejado por el catálogo de referencia.
3ª) Los contratos CIT cuya comercialización estaba vigente en los años objeto
de pericia se estructuraban formalmente en dos contratos denominados “Mandato de
compra” y “Mandato de venta” a los que se añadió un tercero denominado “Contrato
de depósito”. Se ha verificado que realmente se trata de tres contratos conexos
íntimamente ligados entre sí para obtener un fin común; es decir, se trata y hay que
considerarlos como un único contrato. Al mismo tiempo, se indicaba que el contrato
CIT era un contrato de mediación en donde la actuación de AFINSA era la de un
comisionista mercantil poniendo en contacto a los clientes compradores con los
clientes vendedores de valores filatélicos, operando la compraventa de valores
filatélicos con AFINSA cuando la operación de mediación no pudiera llevarse a cabo.
- En los años objeto de pericia AFINSA se configuraba formalmente y
registraba la mayoría de sus operaciones como comisionista o mediador, es
decir, como si al finalizar los contratos el cliente vendiese a un tercero la
filatelia adjudicada, AFINSA cobrase una comisión por su labor de
intermediación y el cliente cobrase lo pagado por el comprador de los
sellos. Sin embargo el funcionamiento real de los contratos nada tiene que
ver con la mediación; ni el cliente cobra lo que paga un tercero por la
compra de los sellos, ni AFINSA cobra una comisión, ni los sellos en ningún
caso son vendidos a un tercero sino que, en el mejor de los casos, son
adjudicados a un nuevo contrato en el que AFINSA vuelve a garantizar el
reembolso del principal y los intereses. En definitiva, en todos y cada uno
de los contratos existe una relación jurídica y económica sólo entre AFINSA
y el cliente sin que intervenga tercero alguno. El cliente entrega un capital,
AFINSA garantiza y paga unos intereses y la devolución del principal.
142
- La subsidiaria figura de la compraventa de valores filatélicos entre AFINSA
y el cliente del contrato CIT que debe aparecer cuando la mediación no se
produce, tampoco existe en realidad. Los clientes de los contratos CIT no
tienen interés alguno en los valores filatélicos, no intervienen en su
elección, los dejan depositados normalmente en las instalaciones de
AFINSA, con lo que no se produce una verdadera entrega traslativa de la
propiedad; en definitiva, lo único que buscan los clientes de los contratos
CIT, es que quede bien claro el capital incrementado que van a recibir y la
fecha exacta de su recepción.
4ª) Se ha puesto de manifiesto a lo largo de este informe que el funcionamiento
real de los contratos CIT deja patente unos incumplimientos o inconsistencias de tal
importancia, cuyo conocimiento revela, aún de forma más clara, la auténtica realidad
que subyace en ellos: que son productos de tipo financiero con los que AFINSA sólo
pretendía captar de forma masiva la tesorería que necesitaba para el mantenimiento
de su negocio ya que:
- El papel que tiene la filatelia en estos contratos es completamente residual
o insignificante y no puede hacer de subyacente o garantía al importe
invertido en los mismos, ya que en el mejor de los casos, cuando existe, es
filatelia de ínfimo valor. Y eso lo es y ha sido así históricamente tanto para
AFINSA (que siempre ha tenido conocimiento de ello) como para los
clientes que, aún desconociendo el valor que realmente tenía la filatelia, no
prestaban interés alguno a la misma y lo único que buscaban es la
obtención de una mayor rentabilidad y sin riesgo alguno a un capital que
invertían.
- Como consecuencia de lo anterior, la rentabilidad garantizada por AFINSA
en estos contratos y ofrecida como “cantidad líquida” o “cantidad mínima”,
no tenía nada que ver con la revalorización de la filatelia que les
sustentaba, y era siempre y en todos los casos cantidad ÚNICA cobrada
por todos los clientes que nunca y en ningún caso se quedaban con la
filatelia, ya que no tenían interés alguno en ella.
- También y en consecuencia con lo indicado ya en el apartado anterior, el
papel de AFINSA como mediador o comisionista mercantil no ha existido
nunca; sino que más bien era un artilugio jurídico y contable con el fin de no
143
dejar traslucir el auténtico negocio que AFINSA desarrollaba y el impacto
real que los contratos CIT provocaban en el balance de la Compañía y por
ello en su solvencia.
5ª) Se ha podido demostrar que uno de los orígenes ciertos del contrato CIT
que se analiza en este espacio temporal es el Contrato de Préstamo con Garantía
Prendaria y el subsiguiente Contrato de Venta con Pacto de Recompra, incluidos
ambos en la denominación de “contrato CIT 30”, los cuales eran considerados y
registrados por AFINSA de acuerdo con su naturaleza financiera; no obstante, tal
forma de registro dejaba constancia la acumulación de pérdidas que tales contratos
suponían, ya que su única repercusión en las cuentas de Pérdidas y Ganancias de
cada ejercicio eran los gastos financieros satisfechos por ellos. Por ello, estos
contratos CIT 30 fueron comercializados de forma simultánea con otros contratos CIT
precursores igualmente del actual CIT de mediación, denominados “antiguo CIT 41”,
estos últimos a diferencia de los CIT 30, eran mayoritariamente opacos y sólo se
registraba una pequeña parte de ellos en las cuentas de ventas y compras de filatelia
a través de lo que Emilio Ballester denominaba ventas y compras “inferidas”, y
sirvieron, al igual que ha servido el contrato CIT de mediación, para dejar al arbitrio de
la Compañía la formulación, a su antojo, de Balances y cuentas de Pérdidas y
Ganancias adecuadas con el fin perseguido de ocultar la auténtica situación de
insolvencia o quiebra patrimonial en la que siempre se ha situado AFINSA.
6ª) AFINSA era plenamente consciente de que los contratos CIT vigentes eran
totalmente insostenibles por más tiempo, su crecimiento les había desbordado y su
modelo de negocio real se dejaba traslucir, de tal forma, que no podían ni siquiera
ampararse en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley de Instituciones de Inversión
Colectiva; por ello, a la fecha de la intervención judicial AFINSA estaba desarrollando
un Nuevo contrato CIT que, adaptándose formalmente mejor a las directrices de la
Disposición Adicional cuarta, pudiera ocultar de forma más clara su carácter financiero
y así la auténtica actividad desarrollada por AFINSA.
En definitiva, lo que podemos concluir sin riesgo alguno a equivocarnos es que los
contratos CIT, denominados por AFINSA contratos de mandato o contratos de
mediación, no lo eran en ningún caso, ni amparaban una compraventa con recompra
garantizada de valores filatélicos, sino que lo realmente pretendido era, para el
inversor la obtención de una rentabilidad a un capital que poseía, rentabilidad más
atractiva que la ofrecida por las instituciones financieras y para AFINSA la captación
144
masiva de fondos líquidos reembolsables imprescindibles para el mantenimiento de su
negocio. Es decir los contratos CIT eran productos de tipo financiero.
II.3. CONTRATO DE INVERSIÓN FILATÉLICA
II.3.1. Introducción
El contrato de inversión filatélica (en adelante contrato CIF) constituye el otro
tipo de contratos que AFINSA agrupa dentro del bloque de contratos de corta duración
junto con los contratos CIT, aunque tenga una duración de 50 meses.
Eso es así no por la duración más o menos larga en el tiempo, sino
fundamentalmente porque tanto en los contratos CIT como en los contratos CIF la
duración del contrato y la rentabilidad del mismo están fijadas de antemano desde el
inicio del contrato.
Esa es la característica fundamental que distingue estos dos tipos de contratos
del bloque de contratos de larga duración, en el cual se incluyen los contratos PIC y
MIP, ya que en estos últimos el inversor, cumpliendo un tiempo mínimo de
permanencia, puede adelantar el vencimiento del contrato, o incluso prolongarlo, y en
función de ello se determina su rentabilidad.
La importancia del contrato CIF dentro del bloque de contratos de corta
duración y por ello dentro de la actividad de Sistemas de Inversión de AFINSA es muy
pequeña ya que, tal y como hemos explicado en el apartado que analiza los contratos
CIT, la actividad de “inversión filatélica dirigida” que AFINSA ha desarrollado se ha
basado en los contratos CIT.
En la fecha de la intervención judicial el número de contratos CIF vivos o
activos es de 5.019 y los compromisos contraídos por AFINSA a través de ellos,
teniendo sólo en cuenta el capital nominal invertido por sus clientes, alcanza el importe
de 67.901.690,71 euros, lo cual supone aproximadamente el 3% de la actividad de
Sistemas de Inversión.
145
Los contratos CIF comenzaron a comercializarse en agosto de 1998 existiendo
sólo una variedad o subtipo y los dígitos con los que se inicia su numeración, para
distinguirlos de los otros tipos de contrato, es el 50.
II.3.2. Filatelia utilizable en este tipo de contratos
La filatelia que servía de soporte a este tipo de contratos, en general, era la
misma que la utilizada para los contratos CIT comercializados en el espacio temporal
de esta pericia, siendo por tanto este otro punto en común con ellos.
Por eso AFINSA, de la misma forma que lo hacía con los contratos, la filatelia
la clasificaba también en dos grandes categorías: filatelia CIT/CIF y filatelia PIC/MIP,
ya que las características de una y otra eran muy distintas.
Al igual que en los otros tipos de contratos, el documento básico y que mejor
define las características de la filatelia utilizada en los contratos CIF es el denominado:
“Características de la filatelia para inversión”204. Como ya hemos indicado, en las
definiciones básicas de este documento y desde un punto de vista filatélico, considera
similares a los contratos CIT y CIF; así dice:
“Contrato CIT o CIF: Desde el punto de vista filatélico los contratos CIT o CIF se adjudican con valores o piezas filatélicas, tanto nuevos como matasellados, con reconocida valoración en el mercado del coleccionismo, garantizada mediante su presencia durante al menos los últimos 10 años en catálogos de referencia homologados por el Consejo de Administración de Afinsa, y cuya cotización haya aumentado en dicho periodo. Para piezas filatélicas no catalogadas o de catalogación inferior a 10 años será necesario la certificación de las mismas por especialistas autorizados por el Consejo de Administración de Afinsa.”
Las características en cuanto a cotización, calidad, autenticidad, países
adjudicables, etc. ya las hemos enumerado al referirnos al contrato CIT y son
igualmente aplicables al contrato CIF ya que se trata de la misma filatelia.
Con respecto a la valoración de la filatelia CIT y por tanto también aplicable
para CIF, la “Norma” indicada dice que se valorará para su adjudicación al precio
204
Nota, ver anexo 02.007: “Características de la filatelia para inversión”. Normativa. Informes de 02/03/2004 y 28/06/2004, elaborado por Dolores Llames, revisado por Bernardo Valero y aprobado por Antonio Giménez-Rico
146
reflejado en el catálogo correspondiente según la “Guía de Valores Filatélicos para
productos de inversión”; en caso de valoraciones distintas a esta norma general, éstas
deben ser aprobadas por el Consejo de Administración de AFINSA. Los valores que
no estén catalogados se valorarán mediante catálogos de subasta, de casas
homologadas por CdC y Sistemas de Inversión (entre ellas todas las del grupo
AFINSA), o bien mediante certificados que incluyan valoración, firmados por los
expertos reconocidos.
Todas estas características o atributos tan exigentes que debía de tener la
filatelia CIT/CIF, como más adelante veremos y hemos desarrollado en el apartado
que analiza los contratos CIT, no se cumplían normalmente y así lo refleja un
documento elaborado por la propia AFINSA: “Revisión de normas y procedimientos
Plan PR005”205, cuando dice:
“1.3 CIT/CIF
No se controla que la antigüedad sea superior a 10 años ni que se haya revalorizado en ese periodo.
No se dispone de certificaciones para las piezas de antigüedad en catalogación inferior a 10 años.”
II.3.3. Estructura formal de los contratos CIF
Se formalizan a través de un documento de compraventa de valores filatélicos
realizado entre AFINSA y un cliente denominado INVERSOR, con “un pacto de
recompra ejercitable por el INVERSOR a su voluntad”.
La peculiaridad que tiene este contrato es que la diferencia entre el importe de
la venta y el importe de la recompra, que está fijado de antemano desde el inicio del
contrato, es considerado rendimiento financiero por AFINSA y así lo expresa en el
propio cuerpo del contrato.
Las cláusulas más importantes son las siguientes:
“Primera.- AFINSA vende en este acto al INVERSOR y este lo adquiere a su
plena conformidad el lote de Valores Filatélicos, cuyo desglose se relaciona en
Anexo a este contrato, por un precio de Euros. Dicho precio, en
el que se encuentra repercutido el IVA correspondiente a este tipo de
205
Nota, ver anexo 02.008: “Revisión de normas y procedimientos Plan PR005”, de junio de 2004. Dirección de Control Presupuestario y Seguimiento Estratégico.
147
operaciones, se entrega en este acto por el INVERSOR a AFINSA, la cual
emite carta de pago, por medio del presente documento.”
“Segunda.- AFINSA, sobre la base de su conocimiento de la evolución del
mercado filatélico, fija para el lote de Valores Filatélicos entregados al
INVERSOR, un valor posible de realización, dentro de 50 meses, es decir, el
día , de Euros.”
“Tercera.- El INVERSOR podrá, si así lo decide, vender en la fecha citada y
por un importe igual al fijado en la cláusula anterior, el lote de Valores
Filatélicos, objeto de este contrato, comprometiéndose AFINSA a adquirirlo
por dicha cantidad, actuando en su propio nombre o en nombre y por cuenta
de terceros.”
“La diferencia entre el precio entregado por AFINSA al INVERSOR y el de
adquisición del lote por éste constituirá rendimiento implícito de capital
mobiliario, practicándose sobre el mismo las retenciones legalmente
establecidas.”
“Para el cumplimiento de lo establecido en la presente cláusula, será
imprescindible que el INVERSOR entregue los Valores Filatélicos, objeto de
este contrato, en el perfecto estado de conservación en que los recibe.” (La
negrita es nuestra).
De la lectura de estas cláusulas se deduce que estamos ante un contrato de
compraventa de valores filatélicos realizado entre AFINSA y el INVERSOR,
comprometiéndose AFINSA a su recompra en un plazo de 50 meses y por una
cantidad previamente estipulada.
Es decir, está fijada de antemano la duración del contrato y la rentabilidad del
mismo (diferencia entre el importe de la venta y el importe de la recompra), teniendo la
consideración, dicha rentabilidad, de rendimiento implícito de capital mobiliario.
El compromiso de recompra opcional para el cliente establecido en la cláusula
tercera, en primer lugar, no es opcional ya que, como más adelante demostraremos,
todos los clientes de contratos CIF, llegado el momento de su vencimiento, deciden
liquidar el contrato recibiendo de AFINSA la cantidad comprometida; es decir, ningún
cliente se queda con la filatelia. Y, en segundo lugar, la consideración de la cláusula
tercera cuando se estipula el compromiso de recompra de AFINSA “actuando en su
propio nombre o en nombre o por cuenta de terceros”, es una mera consideración
teórica ya que, como luego veremos, AFINSA siempre va a recomprar en su propio
nombre y nunca lo hará en nombre o por cuenta de terceros; como en el resto de los
contratos la mediación con terceros clientes nunca se produce.
148
Además, junto con el contrato se acompañaba un Anexo con la composición
del lote de valores filatélicos adjudicados al contrato considerado. La composición del
lote consistía en reflejar la referencia del catálogo, la cantidad de sellos de cada
referencia y la descripción, que suele indicar el país a que corresponden dichos sellos;
no se mencionaba, ni el nombre del catálogo, ni el valor unitario o global de los sellos.
Normalmente en dicho Anexo, firmado por AFINSA y por el cliente, que
aparece como “Mandante” y no como inversor, figuraba la siguiente NOTA:
“Los valores filatélicos objeto del presente Contrato, se depositan con esta
fecha en las oficinas de AFINSA para su custodia y conservación.”
Eso era lo habitual, ya que en la mayoría de los casos el INVERSOR optaba
por dejar la filatelia depositada en las instalaciones de AFINSA. A partir del año 2002
se comenzó a formalizar el Contrato de Depósito, al igual que en los contratos CIT de
mandato que se comercializaban en el periodo temporal de esta pericia, con lo que la
NOTA anteriormente mencionada dejó de figurar.
El contrato de depósito de los contratos CIF es idéntico al de los contratos CIT.
Está vinculado al contrato CIF con el mismo número, siendo de la misma fecha y
teniendo su misma duración.
El inversor se convierte en DEPOSITANTE y su estipulación segunda
establece su carácter gratuito o no retribuido.
Conviene resaltar el hecho cierto de que a la inmensa mayoría de los
clientes que suscribían contratos CIF, AFINSA no les entregaba físicamente la
filatelia, sino que ésta se quedaba en sus instalaciones.
La proporción que guarda la filatelia que queda en los almacenes de AFINSA
respecto del total de la filatelia adjudicada a contratos CIF, la podemos obtener de la
Base de datos del Inventario de AFINSA a 9 de mayo de 2006, base de datos utilizada
por la Administración Concursal de AFINSA para el informe de valoración del
inventario filatélico.
Los datos son los siguientes:
149
FILATELIA CIT ASIGNADA A CONTRATOS A 09/05/2006
Asignación Ubicación Importe total %
CLIENTE CLIENTE 28.360.023,53 1,69%
CLIENTE DEPOSITO 1.645.617.204,42 98,31%
1.673.977.227,95 100,00%
Fuente: "BD Inventario" Inventario CIT
Es decir, en la fecha de la intervención judicial, de la totalidad de contratos
CIT/CIF que estaban vivos, sólo el 1,69% de la filatelia asignada a dichos contratos
estaba en poder de los clientes. (Como ya hemos indicado la filatelia CIT/CIF se
analiza conjuntamente, y así aparece también en la BD Inventario, ya que es filatelia
de características similares y así es tratada por la propia AFINSA).
Los archivos informáticos intervenidos ofrecen escaneados la mayoría de los
contratos CIF.
Se muestran unos ejemplos de contratos CIF206 aleatoriamente seleccionados y
de distintas fechas y vigentes en algún momento del ámbito temporal de la pericia.
Normalmente la documentación que se conserva y que aparece escaneada es la
siguiente:
- La Ficha de Solicitud del Contrato es idéntica a la utilizada para el contrato
CIT, en la que figuran los datos identificativos del cliente, los datos del
asesor, de los beneficiarios del contrato; se indica también si es un contrato
nuevo o procede de la renovación de otro, si la filatelia se queda o no en
depósito, y la fecha y forma de pago. Hay que tener en cuenta que en todos
los contratos analizados, cuando el contrato procede de otro anterior que
vence o ha vencido en ese momento o en fecha próxima, siempre es por la
renovación de un contrato CIT o de un CIF anterior.
- A veces, cuando el contrato es la renovación de un contrato CIT, aparece el
documento de liquidación del contrato CIT, cuyo importe es utilizado como
inversión por el cliente en el contrato CIF.
206
Anexo 02.128: documentación completa de contratos CIF: contrato nº 50-00101-5, de 26/08/1998, anexo al contrato con la composición de valores filatélicos, ficha de solicitud del contrato, documento de liquidación del rendimiento del contrato, fotocopia talones bancarios, ficha de solicitud de nuevo contrato CIF nº 50-001329-5 de 26/10/2002 y su contrato de depósito en que se renueva el CIF anterior. Contrato CIF nº 50-003465-5 de fecha 10/01/2005, anexo al contrato con composición del lote de valores filatélicos, contrato de depósito, ficha de solicitud del contrato en la que figura el nº del contrato CIT del que procede y documento de liquidación del contrato CIT que se renueva en el CIF considerado.
150
- El contrato CIF propiamente dicho junto con su Anexo de composición del
lote de valores filatélicos.
- A partir del año 2002 figura normalmente el contrato de depósito, ya que
normalmente el cliente decide dejar la filatelia depositada en las
instalaciones de AFINSA.
- Cuando el contrato ya ha vencido, aparece también el “Documento de
liquidación del rendimiento del contrato nº “. Dicho documento es un
Recibí para AFINSA en el que se indica el rendimiento del capital mobiliario
devengado, la retención fiscal efectuada y el líquido a percibir. Es decir, en
este documento el cliente recibe sólo el importe neto de su rentabilidad, el
principal del contrato no está incluido en dicha liquidación.
- Por el nominal o principal del contrato AFINSA realiza una “Factura de
compra de los valores filatélicos”207, dicha factura de compra no está
siempre escaneada, sólo se ha encontrado en pocos casos. Aunque no
estén firmadas por el cliente, por motivos formales, la aplicación informática
de gestión comercial de los contratos (INVER) ofrece todas las facturas de
compra de filatelia.
II.3.4. Incumplimientos o inconsistencias del contrato CIF
III.3.4.A) El inversor de un contrato CIF no pretende realizar una inversión
filatélica
En el informe de desarrollo nº 3 que trata la determinación de los estados
financieros, dentro del apartado de los contratos CIT y CIF208, se han analizado los
contratos CIF que han estado vigentes en algún momento del espacio temporal que
abarca esta pericia, y el resultado en cuanto a número de contratos es el siguiente:
207
Anexo 02.129: documentación completa del contrato CIF nº 50-00128-5 de fecha 03/12/1998, anexo al contrato con la composición del lote de valores filatélicos, ficha solicitud del contrato en donde indica el nº del contrato CIT de que procede, factura de compra de valores filatélicos realizada por AFINSA por el nominal o principal del contrato CIF considerado, documento de liquidación del rendimiento del contrato, fotocopia del talón bancario por el líquido a percibir y contrato CIT nº 41-218308-1 de 7/02/2003 en que se ha renovado el CIF aportado. 208
Véase apartado IV.1.1. ”Contratos CIT y CIF” del informe de desarrollo nº 3: “ESTADOS FINANCIEROS Y SITUACIÓN PATRIMONIAL”.
151
ESTADO Nº
contratos CAUSA BAJA
Nº
contratos
ACTIVOS A 5.016 Renovación o
reembolso al
vencimiento
RN 408
BAJA B 722 RE 307
INACTIVOS I 25 6
NULOS N 276 Rescisión anticipada RA 1
6.039 722
Es decir, de los 6.039 contratos CIF que han estado vigentes en algún
momento del espacio temporal de esta pericia, 5.016 contratos estaban todavía
vigentes en la fecha de la intervención judicial y 722 contratos habían sido dados de
baja por renovación o reembolso al vencimiento. Los contratos nulos o inactivos, han
sido dados de alta, pero no han llegado a perfeccionarse.
De igual forma, según dicho informe sobre la determinación de los estados
financieros se ha comprobado lo siguiente:
1) La cifra de ventas netas CIF registrada contablemente se corresponde
exactamente con el principal de los contratos iniciados en cada ejercicio.
2) El importe de compras CIF (compras internas) registrado contablemente en
cada ejercicio coincide con el importe del principal de los contratos vencidos
en cada ejercicio.
3) Los gastos financieros registrados contablemente en la cuenta “Intereses
crédito recompra L/P” de cada ejercicio, coinciden igualmente con los
intereses totales de los contratos vencidos en cada ejercicio209.
Teniendo en cuenta estas comprobaciones, se puede asegurar que la
recompra por AFINSA de la filatelia vendida al INVERSOR y establecida como
opcional en la cláusula tercera del contrato se ejerce siempre; es decir, llegado el
vencimiento del contrato, todos los clientes solicitan la recompra por AFINSA.
Por lo tanto, los clientes, unido al hecho cierto de que normalmente AFINSA no
llega a entregarles la filatelia, pues en la inmensa mayoría de los casos se queda
depositada en sus almacenes, no buscan con este contrato una inversión filatélica,
sino más bien una inversión financiera, es decir, tratan de obtener la mayor
rentabilidad de un capital que poseen.
209
Nota, ver anexo 03.105 del Informe de desarrollo nº 3: Estados financieros y situación patrimonial de AFINSA.
152
III.3.4.B) Los valores filatélicos adjudicados en los contratos CIF,
normalmente al valor del catálogo de referencia, no sirven de
soporte o garantía al importe nominal que el cliente invierte en
los mismos
Como ya se ha explicado anteriormente, la filatelia que soporta los contratos
CIF es la misma que la utilizada en la adjudicación de los contratos CIT en los años
1998 a 2006; por ello, el análisis que se ha realizado en este mismo apartado para los
contratos CIT y para los años 1998 a 2006 es perfectamente aplicable a los contratos
CIF. No obstante, recordaremos las características más importantes de esa filatelia
que, como ya sabemos, depende del proveedor que la ha suministrado. Nos estamos
refiriendo a:
a) Filatelia adquirida a las empresas de Francisco Guijarro Lázaro
En el informe de desarrollo nº 7 se analiza a este importante proveedor que
suministró, fundamentalmente a través de sus empresas FRANCISCO GUIJARRO
LÁZARO FILATELIA S.L. y GUIJARRO LÁZARO S.L., toda la filatelia de los contratos
CIT y CIF durante los años 1998, 1999, 2000, 2001, 2002 y hasta junio de 2003.
Dada la transcendencia que, desde el punto de vista de la actividad de
Sistemas de Inversión, supuso para AFINSA utilizar a este proveedor, por su carácter
casi exclusivo en el suministro de filatelia CIT/CIF210 y por las gravísimas
irregularidades que presenta la filatelia por él suministrada, recordaremos lo siguiente:
El importe de filatelia CIT/CIF suministrada por las empresas de GUIJARRO
supuso un coste para AFINSA de 58,7 millones de euros, de los cuales 56,3 millones
de euros corresponden a la adquisición de sellos clásicos mundiales y 2,4 millones de
euros a series procedentes de la imprenta Fournier.
No se han encontrado facturas de compras en la comprobación de la
documentación de las empresas de GUIJARRO que justifiquen el origen de esa
filatelia; sólo las facturas que no especifican detalle alguno de sellos (ya que en el
210
En la parte del informe en que se analiza este proveedor, se explica que las empresas de Guijarro fueron suministradoras exclusivas de filatelia CIT en los años 1999, 2000, 2001, 2002 y hasta junio de 2003; no habiendo constancia de su exclusividad en 1998.
153
resto de las facturas se identifica filatelia para contratos PIC y MIP o de colección)
podrían, en el mejor de los casos, justificar dicha mercancía; el importe de esas
facturas asciende a 1.073.809,91 euros, lo que no llega ni al 2% del importe facturado
por GUIJARRO a AFINSA de filatelia para contratos CIT y CIF.
El valor de catálogo asignado a la filatelia clásica suministrada por las
empresas de GUIJARRO fue de 705.666.275,97 euros, con un coste para AFINSA de
56.377.298,64 euros, estando el 68% de esa filatelia concentrada tan sólo en 20
referencias de cinco países: Francia, Estados Unidos, Chipre, Suiza y Vietnam del
Norte.
Al menos desde mayo de 2002 hay constancia documental de que AFINSA
sabía que GUIJARRO estaba suministrando filatelia falsa, manipulada o mal
catalogada. No obstante, a lo largo del siguiente año (desde mayo de 2002 y hasta
junio de 2003 en que se rompen las relaciones comerciales con GUIJARRO) AFINSA
siguió adquiriendo filatelia “irregular” a GUIJARRO y adjudicándola a contratos de
inversión (contratos CIT y CIF).
A partir de junio de 2003 AFINSA decide retirar de los contratos CIT y CIF la
filatelia “irregular” suministrada por GUIJARRO a medida que los contratos van
venciendo. A partir de ese momento en AFINSA se hacen más estudios y análisis de
las irregularidades que pudiera tener la filatelia suministrada por GUIJARRO, tratando
de cuantificar, en función de dichas irregularidades, el valor real de mercado que
pudiera alcanzar la filatelia. De los informes realizados se concluye que existen al
menos tres tipos de “irregularidades”: sellos falsos o reimpresiones falsas, sellos
recortados y sellos sin matasellado especial y mal catalogados.
El último informe elaborado por la propia AFINSA en que se realiza un análisis
pormenorizado de la filatelia clásica retirada de los contratos de inversión CIT - CIF,
detallando las “irregularidades” y valorándola, es de 5 de mayo de 2006, cuatro días
antes de la intervención judicial. En dicho informe se analizan 417.723 unidades
filatélicas que supusieron para AFINSA un coste de adquisición de 43,6 millones de
euros, con un valor de catálogo en contratos de 544,8 millones de euros y con un valor
estimado de mercado según la propia AFINSA de 3,4 millones de euros, de los cuales
1,2 millones de euros se corresponde con el valor de la filatelia sin incidencia alguna.
154
Ya que a la fecha de la intervención judicial todavía siguen vigentes contratos
CIT/CIF que tienen asignada filatelia falsa, manipulada, o mal catalogada de
GUIJARRO, esta pericia ha seleccionado las series “irregulares” adjudicadas a
contratos vigentes a 9 de mayo de 2006 que se hubiesen iniciado con anterioridad a
30 de junio de 2003 (ya que a partir de entonces se deja de adjudicar totalmente la
filatelia de dicho proveedor). El resultado obtenido es que hay 32.514 unidades
filatélicas de filatelia falsa, manipulada o mal catalogada procedente de GUIJARRO
adjudicadas en 14.751 contratos CIT y CIF vigentes en la fecha de la intervención
judicial por un importe de 58.112.357,66 euros con un coste de adquisición de 4,6
millones de euros.
Para que el precio pagado por los clientes de los contratos de inversión se
correspondiese verdaderamente con el valor de catálogo de la filatelia adjudicada, los
sellos falsos, manipulados o mal catalogados deberían haber sido sustituidos antes del
vencimiento de los contratos. No se ha encontrado en la documentación intervenida, ni
en la aplicación informática de los contratos de inversión, indicio alguno de que esto se
realizara; es más, la existencia de contratos vivos con este tipo de filatelia en la fecha
de la intervención judicial demuestra –por si hubiera alguna duda– que estos sellos no
fueron sustituidos por otros, sino que se mantuvieron adjudicados a los contratos hasta
su vencimiento, aun sabiendo AFINSA que no tenían ningún valor.
Teniendo en cuenta tanto el inventario real de la filatelia retirada de GUIJARRO
como la filatelia “irregular” adjudicada a contratos vigentes a 9 de mayo de 2006, se
puede decir que la filatelia calificada como “irregular” por AFINSA, a la que se
asignó un valor de catálogo de 652.732.408,74 euros, supuso un coste de
adquisición para AFINSA de 52.218.592,70 euros. Sin embargo, siguiendo el mismo
criterio para su valoración que AFINSA, su valor estimado de mercado es tan sólo
de 2.700.574,01 euros. Todo ello significa que el 93% de la filatelia clásica
suministrada por GUIJARRO para contratos CIT/CIF era falsa o estaba
manipulada o mal catalogada con el fin de otorgarle un valor muy superior al que
realmente tenía.
b) Filatelia adquirida al grupo GMAI.
Con la ruptura de las relaciones comerciales con Francisco Guijarro Lázaro en
junio de 2003, el grupo GMAI se convierte en el proveedor exclusivo de filatelia de
inversión para AFINSA.
155
Dicho grupo suministra a AFINSA para los contratos de corta duración, es decir
filatelia CIT/CIF, tres colecciones muy importantes que sirvieron de soporte, a partir de
esa fecha, a la mayoría de los contratos CIT y CIF. Nos estamos refiriendo a:
- El “Archivo ONU” y los sellos emitidos para las Naciones Unidas por la
imprenta española Heraclio Fournier.
- Los “Especímenes de la American Banknote Company”
- Las “Variedades de España del último cuarto del siglo XX”.
A dichas colecciones se las asignó un valor en el momento de su adjudicación
en contratos CIT/CIF de 1.137.579.809,68 euros y en la fecha de la intervención
judicial alcanzaban un valor en la “BD Inventario” de 806.054.153,87 euros, cuando el
coste para el grupo GMAI fue de 23.103.849,35 euros.
En los informes de desarrollo en que se efectúa el análisis de cada una de
estas colecciones y en el análisis realizado de los contratos CIT se detalla
ampliamente su trascendencia, que es trasladable igualmente a los contratos CIF. No
obstante, recordaremos lo más significativo y aplicable a estos contratos.
1) El “Archivo ONU” y los sellos emitidos para las Naciones Unidas por
la imprenta española Heraclio Fournier.
- Era filatelia que con carácter general no estaba catalogada, hasta que apareció
en el catálogo Brookman.
- Los propios técnicos filatélicos de AFINSA desaconsejaron su compra, incluso
el experto filatélico independiente José Mª Sallán Mur que prestaba sus
servicios en AFINSA y que certificó para los auditores la verificación del
inventario filatélico de AFINSA de los años 2003 y 2004, con respecto a las
Emisiones de la ONU dice211:
“Es un producto que dudo que ningún catálogo quiera catalogar en su totalidad, pues la mayoría de ejemplares carecen de lo más elemental, valor, identidad, ley de emisión etc., por lo que la UPU y la FIP dudo aprobarían, se salvan los sin dentar y poco más, creo que es un tema a considerar y al mismo tiempo se debería oficializar, ya que el Brookman no creo que sea suficiente.”
211
Nota, ver anexo 02.082 de este informe y anexo 09.108 del informe de desarrollo nº 9.
156
- AFINSA ofertaba en el mercado del coleccionismo filatelia similar a precios
muy inferiores.
- Los sellos del “Archivo ONU” se comenzaron a adjudicar en los contratos CIF,
al igual que sucedió en los CIT, en junio de 2003 a doble del valor del catálogo
Brookman, manteniéndose ese criterio hasta el 15 de octubre de 2004; a partir
de dicha fecha esa misma filatelia pasó a adjudicarse al valor del catálogo
Brookman. Lo que sucedió es que para los contratos CIF iniciados antes del 15
de octubre de 2004, ya que todos tenían fecha de vencimiento posterior a esa
fecha, aún habiéndose reducido el valor del lote filatélico asignado a la mitad,
no se cubrió dicha diferencia incorporando otra filatelia, sino que al llegar a su
vencimiento, igual que ocurrió con los contratos CIT, se liquidaría la deuda con
el titular del contrato por su nominal, sin tener en cuenta para nada el nuevo
valor de la filatelia: la mitad del importe invertido por el cliente212.
- Esta circunstancia se produjo en todos los contratos que tenían asignados
sellos del Archivo ONU a 15 de octubre de 2004, en ningún caso se les asignó
nueva filatelia; en la práctica se esperaría al vencimiento del contrato, se
liquidaría la deuda con su titular (siempre por el valor nominal, sin importar el
nuevo valor de la filatelia a su vencimiento), y fue en su nueva asignación a
otro contrato cuando la filatelia ya figuró al valor del catálogo Brookman213.
- De los contratos afectados por esta situación con filatelia del archivo ONU
todavía había al menos 5.789 vivos (5.234 CIT y 555 CIF) a la fecha de la
intervención judicial el 9 de mayo de 2006. El valor nominal de esos contratos
era de 131.193.486,92 euros y el valor original de adjudicación de los sellos del
archivo ONU a esos mismos contratos ascendió a 122.678.500,00 euros. Sin
embargo, el valor de esos mismos sellos en el archivo BD INVENTARIO a 9 de
mayo de 2006 era de 70.865.266,00 euros. Es decir existía un déficit en el
212
Ya que los contratos CIF tienen una duración de 50 meses, todos los iniciados a partir de junio de 2003 estaban vigentes o vivos en la fecha de la intervención judicial, por ello no se ha podido verificar la actuación de AFINSA al vencimiento de los contratos, por lo que debemos suponer, sin riesgo alguno a equivocarnos, que hubiera sido la misma que la realizada con los contratos CIT iniciados antes del 15/10/2004 y con vencimiento posterior al 15/10/2004. 213
Anexo 02.130: que contiene los datos del programa INVER relativos a los lotes 5130 y 5212 del proveedor GMAI, adjudicados al contrato CIF nº 50-001765. El lote 5130 contiene una prueba progresiva, según catálogo con 4 pliegos, cada pliego con 8 sellos con interpanel de ONU Nueva York. El lote 5212 contiene 6 pruebas progresivas, según catálogo con 5 pliegos, cada pliego con 2 sellos con interpanel de ONU Nueva York. El valor de los lotes filatélicos en INVER al inicio del contrato fue de 60.100,62 euros, a la fecha de la intervención esos mismos lotes tenían un valor en INVER de34.756,62 euros.
157
valor de los sellos, provocado fundamentalmente por la adjudicación a
doble de catálogo, de 51.813.234 euros214.
- El control del catálogo Brookman, adquirido a la vez que el Archivo ONU,
permitió a AFINSA valorar estos sellos a los precios deseados, ya que era
filatelia que antes, en general, no había estado catalogada. Los precios
artificialmente altos del catálogo Brookman unido a la decisión de adjudicar en
una primera etapa al doble del valor de dicho catálogo, permitió a AFINSA
llegar a un valor inicial de adjudicación en sus contratos CIT/CIF de
497.676.341,60 euros, cuando el coste para el grupo GMAI había sido de
6.257.473,30 euros.
2) Especímenes de la American Banknote Company
- Era filatelia que en general no estaba catalogada y que nunca llegó a
catalogarse, ni siquiera en el catálogo Brookman. A pesar del acuerdo
existente con el catálogo Brookman, AFINSA renunció a que apareciera en
dicho catálogo, incumpliendo de esa manera uno de los requisitos
fundamentales, según AFINSA, para su utilización en los contratos de
inversión. A cambio se preocupó porque un experto supuestamente
“independiente” (Stephen Washburne) hiciera una valoración de dicha filatelia,
pero en dicha valoración se plegó a los requisitos de AFINSA que, a través de
Carlos de Figueiredo y con la colaboración de Ramón Soler, impuso su criterio
en los aspectos fundamentales.
- Era filatelia de ínfimo valor y AFINSA tenía conocimiento de ello incluso antes
de iniciar las compras a GMAI.
- La valoración inicial de esta filatelia la hizo el propio Greg Manning, no
siguiendo criterios técnicos o filatélicos, sino buscando el cumplimiento de sus
intereses: aumentar los beneficios de GMAI lo más posible.
- A pesar de que AFINSA conocía los precios “desaforados” y “carentes de toda
lógica” (según expresiones de sus propios técnicos), no tuvo ningún escrúpulo
en adjudicar esa filatelia a contratos CIF en una primera etapa (hasta el 15 de
octubre de 2004) al doble del valor establecido por Greg Manning o aplicando
214
Nota, ver anexo 08.085 del Informe de desarrollo nº 8: El Archivo filatélico de las Naciones Unidas.
158
un tipo de cambio a las facturas en dólares: 1$ = 1euros que favorecía un
aumento del importe en euros, para después, en una segunda etapa, reducir
esos valores a los precios establecidos por Greg Manning e incluso a los
nuevos valores más reducidos del experto “independiente”. Estas
sobrevaloraciones de los sellos, en contratos CIF iniciados antes del 15 de
octubre de 2004 (con filatelia de especímenes adjudicada al doble del valor
establecido por Greg Manning) o contratos CIF iniciados antes del 15 de junio
de 2005 (con filatelia de especímenes adjudicada sin tener en cuenta la nueva
valoración del experto “independiente” más baja que la establecida por Greg
Manning), se corrigió informáticamente en la aplicación INVER. Sn embargo,
los contratos soportados por estos sellos no sufren una adjudicación adicional
de sellos para cubrir la pérdida de valor de los especímenes, el lote de sellos
asignado a cada cliente en esta situación se mantiene inalterado hasta su
vencimiento. Ya que los contratos CIF tienen una duración de 50 meses, no se
ha producido el vencimiento de ningún contrato CIF que tuviera adjudicada
filatelia de especímenes. No obstante, es de suponer, al igual que ocurrió con
los contratos CIT que tenían ese tipo de filatelia, que el lote/s de los sellos
mantiene inalterado su valor hasta llegar el vencimiento, y es en la siguiente
adjudicación a otro contrato cuando los sellos especímenes se valorarían por el
nuevo precio más bajo215. Es decir, los contratos CIF, tras estas
modificaciones, estarán respaldados por sellos que no cubren su valor
nominal.
- De los contratos con especímenes adjudicados originalmente a un valor
superior al que finalmente se les dio en la aplicación INVER, una vez recibida
la nueva valoración del experto “independiente”, todavía hay a 9 de mayo de
2006, fecha de la intervención judicial, al menos 4.271 vivos (4.012 CIT y 259
CIF). El valor nominal de estos contratos asciende a 76.640.205,49 euros; de
esta cantidad 71.482.594,50 euros corresponde al valor original asignado a los
especímenes. Pues bien, estos mismos sellos tienen a 9 de mayo de 2006,
conforme al archivo “BD INVENTARIO” aportado por la Administración
Concursal de AFINSA, un valor de 19.453.381,07 euros. Es decir, según los
215
Anexo 02.131: ejemplo del contrato CIF nº 50-002621 con los lotes que lo componen: lotes nº 35183G, 37849G, 37850G. El lote 35183 contiene 10 sellos de Perú con referencia SP-117A y con sobrecarga espécimen y 3 sellos de Perú con referencia SP-112 y con sobrecarga especimen. Los lotes 37849 y 37850 son iguales y contienen cada uno 15 sellos de Uruguay con referencia SP-UR 126 y con sobrecarga especimen. El valor de los lotes filatélicos en INVER al inicio del contrato fue de 15.000 euros, a la fecha de la intervención esos mismos lotes tenían un valor en INVER de 3.770,67 euros.
159
propios registros de AFINSA, existe un déficit de filatelia en estos
contratos que alcanza un importe de 52.029.213,43 euros216 .
- El coste de esta filatelia para GMAI fue aproximadamente de 850.000 dólares,
la cual fue vendida a AFINSA por un importe de 43.421.414,75 euros. A su vez
estos sellos supusieron, según las órdenes de aprovisionamiento de AFINSA,
378.612.184 euros en valores de adjudicación en contratos de corta duración
CIT y CIF.
3) Variedades de España del último cuarto del siglo XX
Como ya se ha indicado en el apartado de los contratos CIT, AFINSA adquirió
una importante colección de variedades de determinados sellos de España del periodo
comprendido entre 1981 y 1998. Se trata de 186.822 unidades (184.059 según la BD
Inventario), algunas de ellas en un número muy abultado, son variedades de sellos
modernos adquiridos en gran cantidad, pero que no obstante tienen en la BD
Inventario el 9 de mayo de 2006 un valor de 332.164.577,48 euros, lo que representa
el 18,15% del valor total de la filatelia CIT/CIF en dicha fecha.
En el proceso de compra AFINSA adquirió directamente al proveedor
independiente 88.108 unidades (aproximadamente el 47% del total de unidades
compradas), el resto las adquirió al grupo GMAI. La mayoría de las unidades
adquiridas estaban referenciadas en los catálogos Edifil y Filabo; no obstante, al
menos el 12% de las unidades adquiridas (el 30% en valor de adjudicación) no
estaban reflejadas en catálogo alguno, sino que fue durante el proceso de negociación
cuando se catalogan y valoran por primera vez.
El control absoluto que AFINSA tenía sobre el catálogo Brookman le permitió
no sólo recatalogar la filatelia incrementando su valor en un 122,52%, sino además,
como ya hemos dicho anteriormente, crear nuevas variedades que no habían
aparecido en catálogo alguno y referenciarlas en el catálogo Brookman a unos precios
realmente desorbitados en comparación con los precios de variedades similares. De
esta forma, variedades que fueron valoradas en el proceso de compra en
117.425.771,44 euros se valoraron en el catálogo Brookman para su adjudicación en
los contratos CIT y CIF en 261.291.284,08 euros.
216
Nota, ver anexo 09.106 del Informe de desarrollo nº 9: Especímenes.
160
“Las Variedades de España del último cuarto del siglo XX” supusieron un valor
inicial de adjudicación en los contratos CIT y CIF de 261.291.284,08 euros, cuando
el precio pagado a los proveedores externos al grupo GMAI fue de 16.005.753,55
euros, teniendo a la fecha de la intervención judicial un valor en la BD inventario de
332.164.577,87 euros y estando el 99,87% de esta filatelia referenciada al catálogo
Brookman.
De todo lo hasta aquí enumerado y de lo que queda ampliamente desarrollado
en el apartado de los contratos CIT, ya que se trata de la misma filatelia, se puede
concluir sin duda alguna, que el papel que cumple la filatelia en los contratos CIF, al
igual que en los contratos CIT, es completamente residual e insignificante en
comparación con el capital nominal que los clientes invierten en los contratos CIF.
III.3.4.C) La cantidad comprometida por AFINSA al vencimiento de los
contratos no tiene relación alguna con la posible revalorización
que haya podido alcanzar la filatelia en el periodo de duración
de los mismos
La cláusula segunda del contrato justifica el pago de la cantidad fijada en el
mismo sobre la base de la evolución del mercado filatélico.
“Segunda.- AFINSA, sobre la base de su conocimiento de la evolución del
mercado filatélico, fija para el lote de Valores Filatélicos entregados al
INVERSOR, un valor posible de realización dentro de 50 meses, es decir el
día……………de ………..- Euros”
Como anteriormente se ha indicado, se ha demostrado217 que el importe
registrado en la cuenta contable “compras filatelia CIF” (compras internas) coincide
con el principal de los contratos vencidos en cada ejercicio, y que los gastos
financieros registrados en la cuenta contable “intereses crédito recompra L/P” coincide
con los intereses totales de los contratos vencidos en cada ejercicio.
El hecho de que estos importes de compras y gastos financieros contabilizados
por AFINSA coincidan con los importes calculados por estos peritos judiciales,
demuestra que, cualquiera que sea el valor de la filatelia al vencimiento del
217
Nota, ver anexo 03.105 del Informe de desarrollo nº 3: Estados financieros y situación patrimonial.
161
contrato, el INVERSOR va a recibir únicamente la cantidad establecida en el
mismo, y que esa cantidad sólo depende del importe del principal invertido por el
cliente y del tiempo transcurrido (50 meses). Los lotes filatélicos del mismo importe,
aunque tengan una composición muy dispar y variada, a todos ellos siempre se les va
a reconocer la misma rentabilidad, el 40% en 50 meses, sea cual sea la filatelia de la
que estén compuestos.
En los primeros años de comercialización de los contratos CIF (desde agosto
de 1998 a junio de 2003), la filatelia que respaldaba los contratos, filatelia CIT/CIF,
estaba normalmente referenciada y valorada según el catálogo Yvert & Tellier,
catálogo que no salía todos los años y no revalorizaba siempre toda su filatelia, con lo
que se producía un desfase claro entre la cantidad garantizada a los clientes y la
revalorización de la filatelia según catálogo. Esa situación era reconocida por AFINSA
en muchos documentos que, aun referidos a los contratos CIT, son aplicables por igual
a los contratos CIF, ya que la filatelia era idéntica. No repetiremos nuevamente esos
documentos ya enumerados en la parte del informe que analiza los contratos CIT,
recordaremos sólo un Acta del Consejo de Administración de AFINSA de 16 de mayo
de 2002218 en la que Carlos de Figueiredo dice:
“Indica también D. Carlos de Figueiredo que el CIT se adjudica a los precios del
catálogo Yvert & Tellier que sale cada tres años y que no revaloriza la filatelia.”
Esta situación de pago de la cantidad estipulada con independencia de la
revalorización de la filatelia se produce incluso hasta en los casos en los que una
misma filatelia, al cambiar su referencia a otro catálogo, como es el catálogo
Brookman, y sufrir una revalorización muy abultada, al cliente se le va a seguir
reconociendo la cantidad garantizada con independencia de que esos mismos sellos
figuren a un valor muy superior en el nuevo catálogo.
Es el caso de los sellos sin dentar del archivo ONU emitidos por Fournier que
AFINSA tenía adjudicados a contratos de inversión (antes de la compra a GMAI de los
sellos sin dentar y las pruebas de sellos emitidos para la Administración Postal de las
Naciones Unidas), a un valor muy por debajo del que más tarde aparecerían en el
catálogo Brookman, por ser anterior su adquisición y adjudicación. Estos sellos
estaban referenciados con el código que aparecía en el catálogo Yvert & Tellier para
218
Nota, ver anexo 17.001 del Informe de desarrollo nº 17. Acta del Consejo de Administración de AFINSA de 16 de mayo de 2002.
162
los sellos tipo, muy inferior al valor por el que figuraban los mismos sellos en el
catálogo Brookman219. Pues bien con este tipo de sellos sólo se ha encontrado un
contrato CIF, el contrato nº 50-1724220 de fecha 02/06/2003, por ello a la fecha de la
intervención judicial aún estaba vivo; este contrato tenía adjudicados dos lotes iguales,
el lote nº 69 y el lote nº 70, ambos lotes se componían, entre otros, de 3 unidades de
la referencia 194/95 de ONU Ginebra y de 14 unidades de la referencia 27/28 de ONU
Viena, por unos valores unitarios de 44 euros y 31,50 euros respectivamente; en el
catálogo Brookman esas referencias equivalían a la 990.10/11 y la 982.5/6 con unos
valores cada una de ellas de 1.156 euros; los lotes de este contrato CIF a la fecha de
la intervención seguían figurando en el INVER con los mismos valores originales, sin
afectarles la sobrevaloración que los mismos sellos habían recibido en el catálogo
Brookman. Esta misma comparativa se realiza y explica en la parte del informe de
desarrollo de los contratos CIT, allí con muchos más contratos, los cuales sirven de
ejemplo de igual manera a los contratos CIF221.
En relación con el contrato CIF, al ser un producto poco importante dentro de la
actividad de Sistemas de Inversión que AFINSA desarrolla, no se han encontrado
dentro de la propia documentación intervenida consideraciones concretas respecto a
la rentabilidad que AFINSA garantiza, por lo que creemos que los innumerables
documentos encontrados respecto al contrato CIT en cuanto al reconocimiento
reiterado en la propia AFINSA de que la rentabilidad garantizada nada tiene que ver
con la revalorización de la filatelia, son perfectamente aplicables a los contratos CIF.
No cabe duda de que una rentabilidad constante e igual en todo el periodo de
comercialización de los contratos CIF (1998 a 2006) del 40% en 50 meses no puede
estar apoyada en la revalorización de una filatelia dispar y variada que ha soportado
los contratos CIF en toda su existencia.
Por otra parte, al analizar el tipo de filatelia que soporta los contratos CIF
(filatelia CIT/CIF), hemos demostrado, tanto en el apartado de este informe que
analiza la realidad de los contratos CIT como en este mismo apartado en que se
describe el funcionamiento real de los contratos CIF, que la filatelia que ha estado
detrás de estos contratos, ha sido hasta junio de 2003 filatelia mayoritariamente falsa o
219
Nota, ver anexo 02.084: cuadro de equivalencias de los mismos sellos ONU referenciados al catálogo Yvert & Tellier y al catálogo Brookman con sus distintos valores 220
Anexo 02.132: contrato CIF nº 500017245 de 2 de junio de 2003 y pantallazos del NVER de dicho contrato con la composición de los lotes filatélicos que lo integran: lotes nº 69 y 70. 221
Nota, ver anexo 02.085: cuadro de elaboración propia con el distinto valor por el que aparecen en la BD Inventario los mismos sellos de la filatelia CIT/CIF en la fecha de la intervención judicial y los contratos CIT/CIF en que están adjudicados.
163
manipulada o mal catalogada con el fin de atribuirle un valor mayor al que realmente
tenía y, a partir de esa fecha y hasta la intervención judicial, filatelia de ínfimo valor
que no respalda ni mínimamente el capital que los clientes invierten en dichos
contratos, por lo que la revalorización de esa filatelia es imposible que cubra la
rentabilidad garantizada por AFINSA en los contratos CIT/CIF.
II.3.5. Conclusiones
1ª) El contrato CIF está catalogado por la propia AFINSA en el bloque de
contratos de “corta duración” junto con el contrato CIT, ya que tanto en uno como en
otro la duración y la rentabilidad están fijadas de antemano y desde el inicio del
contrato en su propio clausulado.
2ª) La filatelia que soporta los contratos CIF es la misma que la utilizada en la
adjudicación de los contratos CIT durante el periodo que abarca esta pericia, de forma
que AFINSA la denomina genéricamente: “filatelia CIT/CIF”.
3ª) El contrato CIF se estructura formalmente en un único documento que
recoge, por un lado, una compraventa de valores filatélicos realizada entre el cliente
denominado INVERSOR y AFINSA y, por otro lado, un pacto de recompra por parte de
AFINSA de dichos valores filatélicos “ejercitable por el INVERSOR a su voluntad”. El
funcionamiento real del contrato CIF ha puesto de manifiesto que se trata de un
negocio único, ya que el pacto de recompra ejercitable a voluntad del inversor se
convierte en un compromiso irrevocable de recompra para AFINSA, puesto que ningún
cliente tiene interés alguno en quedarse con los valores filatélicos y todos, llegado el
vencimiento del contrato, exigen de AFINSA el pago de la cantidad comprometida.
Dicha cantidad comprometida siempre y en todos los casos está compuesta por el
capital inicial aportado por el cliente más una rentabilidad total del 40% de dicho
capital en los 50 meses de duración del contrato; esa rentabilidad es considerada por
AFINSA como rendimiento implícito de capital mobiliario. Por lo que se ha podido
verificar, los clientes de los contratos CIF no buscan efectuar una inversión filatélica,
no tienen interés alguno en los valores filatélicos, lo que buscan realmente es efectuar
una inversión financiera, es decir, conseguir la máxima rentabilidad y sin riesgo alguno
en un capital que invierten.
164
4ª) El contrato CIF adolece de ciertos incumplimientos e inconsistencias tan
graves, al igual que en el contrato CIT, que explican aún más indudablemente su clara
naturaleza financiera, ya que se ha demostrado:
a) Que la filatelia que soporta los contratos CIF no respalda ni sirve de
garantía al capital que los clientes invierten en dichos contratos ya que,
en una primera etapa (desde el inicio de su comercialización en agosto
de 1998 y hasta junio de 2003), la mayoría de la filatelia que soportaba
estos contratos era FALSA o estaba MANIPULADA o MAL
CATALOGADA con el fin de otorgarle un valor muy superior al que
realmente tenía y, en una segunda etapa (desde junio de 2003 y hasta
la intervención judicial), era filatelia de ÍNFIMO valor.
b) La rentabilidad única que ha ofrecido este tipo de contratos (siempre el
40% en 50 meses) en todo el periodo de su existencia y sobre lotes
filatélicos de distinta y variada composición, se ha demostrado que no
está relacionada en ninguna manera con la evolución del mercado
filatélico. Por ello, bajo la supuesta revalorización de los valores
filatélicos, lo que AFINSA realmente está determinando son los
rendimientos financieros al capital invertido por los clientes o, lo que es
lo mismo, el tipo de interés.
Por tanto, lo que podemos concluir sin riesgo alguno a equivocarnos es que los
contratos CIF no amparaban una compraventa de valores filatélicos con recompra
garantizada por AFINSA, sino que lo realmente pretendido era, para el INVERSOR, la
obtención de una alta rentabilidad a un capital que poseía y, para AFINSA, la
captación masiva de fondos líquidos reembolsables imprescindibles para el
mantenimiento de su negocio. Es decir, los contratos CIF, al igual que los
contratos CIT, eran productos de tipo financiero.
II.4. CONTRATO PLAN DE INGRESOS COMPLEMENTARIOS
II.4.1. Introducción
Como ya hemos indicado, AFINSA cataloga los contratos PIC en el bloque de
contratos de larga duración junto con los contratos MIP ya que, en efecto, al menos
165
teóricamente estos contratos tienen una duración más larga que los contratos CIT y
CIF (bloque de corta duración); pero la diferencia de estos dos grandes bloques o
categorías de contratos en realidad no es su duración en el tiempo, sino la posibilidad
que tenía el inversor de pedir la liquidación del contrato antes de llegar a su
vencimiento y en función del momento elegido la forma de cálculo de su rentabilidad.
Mientras que en los contratos CIT y CIF siempre hay certeza en cuanto al momento y
cuantía de la liquidación del contrato, en los contratos PIC y MIP no se conoce desde
el inicio de la operación el momento exacto de su finalización y por ello el importe de
su liquidación.
Aunque no lo sabemos con certeza, al menos formalmente, la actividad de
“inversión filatélica dirigida” fue iniciada por AFINSA con los contratos PIC, entonces
denominados contratos de Abono filatélico.
En la fecha de intervención judicial (9 de mayo de 2006) el número de contratos
PIC vivos o activos era de 147.391 y las obligaciones contraídas por AFINSA a través
de los mismos, teniendo en cuenta sólo el capital inicial invertido por sus inversores,
alcanzaba el importe de 426.214.246,36 euros.
En comparación con los otros tipos de contrato, los contratos PIC eran los más
importantes en número pero no en importe económico ya que, sin duda alguna, la
actividad de Sistemas de Inversión de AFINSA en dicha fecha estaba basada en los
contratos de corta duración denominados contratos CIT.
Tanto en sus orígenes (Contrato de Abono Filatélico) como en los términos del
tipo de contrato vigente a la fecha de la intervención judicial (Contrato PIC nuevo), el
contrato PIC fue concebido como una forma rentable de canalizar los ahorros de los
inversores a largo plazo (la duración era de 10 años prorrogables durante 5 o 10 años
mas), para poder disfrutar durante un largo periodo de tiempo de unas rentas
mensuales periódicas, de forma que con un sólo contrato o varios contratos PIC, el
inversor podría asegurarse la obtención de unas rentas que ayuden a satisfacer sus
necesidades futuras.
Así, en la propia publicidad que AFINSA hacía sobre sus productos de ahorro-
inversión en bienes tangibles222, con respecto al contrato PIC decía:
222
Anexo 02.133: publicidad utilizada por AFINSA cuando ofrecía sus productos de inversión.
166
- “Accesible desde 20 euros al mes.
- Decidiendo cuanto y como quiero ahorrar, mediante compras mensuales, trimestrales, semestrales o anuales, con lo que disfrutará de total flexibilidad para su ahorro.
- Con la solidez de los Valores Filatélicos, objeto de su inversión. - Y la garantía de obtener unos beneficios mínimos dentro de los plazos
establecidos. - El Plan de Ingresos Complementario, le permitirá disfrutar de su ahorro
¡sin tener que esperar a la jubilación!” (la negrita es del documento)
De la misma forma se explica en los documentos que con fines comerciales se
preparan sobre el contenido y finalidad del producto PIC. Así, en un documento
denominado: Plan de Ingresos Complementarios (PIC), Visión General del
Producto223, dice lo siguiente:
“La finalidad primordial de la operación es dotar al inversor-ahorrador de un sistema seguro y rentable de AHORRO, para que con aportaciones mínimas se obtengan unos ingresos a medio y largo plazo, que cubran necesidades futuras sin determinar. Se pretende con ello conseguir en el futuro unos ingresos que sirvan de complemento a los provenientes de otras fuentes.” “Diseño de la operación: Para lograr la finalidad expuesta se articula una operación de COMPRA_VENTA consistente en la formación de un patrimonio filatélico. El cliente comprará a AFINSA unos lotes de valores filatélicos anuales que, posteriormente, podrá vender, si así lo desea, a través de AFINSA. La empresa se compromete a la recompra o colocación en el mercado de dichos lotes en los plazos y condiciones pactados.” …………………… “EL PIC PERMITE AL AHORRADOR/INVERSOR OBTENER, A TRAVÉS DE ESTA OPERATIVA, RENTABILIDADES BRUTAS ANUALES SITUADAS EN TORNO AL 16%” (La letra mayúscula es del documento y la negrita es nuestra).
En un correo del jefe de ventas de Palencia224 en el que se recogen
argumentos de venta para los distintos productos de AFINSA, con respecto al
contrato PIC dice:
“ES UN PLAN DE AHORRO INVERSIÓN EN BIENES TANGIBLES. Concretamente en Valores Filatélicos, diferente de las tradicionales operaciones documentarias (seguros, valores interbancarios, activos financieros, etc.).”
223
Anexo 02.134: correo de Ángela Pascual a Yolanda Hoya de 31/08/2004. Asunto: explicación PIC y documento anexo: Plan de ingresos complementarios (PIC). Visión general del producto. 224
Anexo 02.135: Correo de 25/11/2004 del jefe de ventas de Palencia a Víctor Domínguez. Asunto: resumen productos AFINSA y documento anexo: Características del PIC. El plan de ingresos complementarios.
167
REVALORIZACION “Se garantiza un mínimo sobre el capital invertido (capital pagado menos el IVA) del 10% anual a partir del 10º año; del 8% a partir del 7º y del 5% a partir del 3º y hasta el sexto. El beneficio se estima en un 16% (interés compuesto anual).”
AFINSA NO PRACTICA NIGÚN TIPO DE RETENCIÓN, NI A CUENTA NI A SU VENCIMIENTO.
………………………..
LOS PLANES SON LIQUIDABLES DE FORMA UNITARIA A PARTIR DEL TERCER AÑO, SIN COSTE DE RESCATE, NI PAGO DE COMISIONES. A PARTIR DEL SÉPTIMO AÑO APARCE LA POSIBILIDAD DEL COBRO POR RENTAS MENSUALES.
……………………..
VENTAJAS …………………..
“Se trata de una operación adaptable a sus posibilidades y a las más diversas necesidades. El destino del beneficio puede ser tanto: ....... Generar un complemento a percibir junto a la jubilación ........La adquisición de una vivienda ........La compra de un vehículo ........Estudios o futuros gastos de los hijos............” (La negrita y la mayúscula son del documento)
II.4.2. Clasificación de los contratos PIC
Durante el periodo temporal que abarca la pericia AFINSA ha comercializado
diferentes subtipos o variantes de contratos PIC que se diferenciaban unos de otros ya
que las condiciones contractuales eran diferentes.
Los dígitos por los que se diferenciaban los contratos PIC de los otros contratos
comercializados por AFINSA (CIT, CIF y MIP) eran el 11, (de forma que la numeración
de los contratos PIC se iniciaba siempre por 11) y los subtipos se distinguían también
por dos dígitos, que podían ser números o una combinación de letra y número.
En el ámbito temporal que abarca esta pericia se han detectado 39 subtipos
diferentes pero, como más adelante veremos, esta gran cantidad de subtipos la
podemos dividir en dos categorías separadas, ya que las condiciones contractuales
eran bien distintas:
1ª) PIC subtipo 25, también denominado en la propia AFINSA “PIC
nuevo”, cuyo periodo de comercialización se inició en septiembre de 1998.
168
2ª) El resto de subtipos, también denominados por AFINSA con el
nombre de “PIC antiguo”, que recoge a las 38 variantes restantes y cuyo periodo de
comercialización finalizó en septiembre de 1998. Este resto de subtipos englobados en
el “PIC antiguo” se diferenciaban unos de otros en los plazos, porcentajes de recompra
e intereses garantizados.
El sistema informático de gestión comercial de contratos de inversión utilizado
por AFINSA, INVER, nos ofrece información sobre la totalidad de contratos que ha
gestionado AFINSA en el periodo que abarca esta pericia. A partir de esa información
hemos elaborado un cuadro que nos muestra la clasificación de los contratos PIC por
subtipos (con las características de cada subtipo: interés garantizado, porcentajes de
recompra, existencia o no de sobre-adjudicación, etc.), el periodo de comercialización
de cada subtipo y el número de contratos de cada uno de ellos225.
De su análisis se desprende que de la totalidad de contratos que han estado
vigentes en algún momento del periodo temporal de esta pericia, el 83% corresponden
al subtipo 25 (“PIC nuevo”) y el 17% al “PIC antiguo” y, dentro de los 38 subtipos de
“PIC antiguo”, el más importante es el subtipo 24.
Pero esta conclusión evidente que se deduce de este cuadro nos puede inducir
a error pues, como más adelante veremos, un análisis más exhaustivo de la totalidad
de contratos vivos o en fase de rescisión con renta mensual en cada uno de los años
aquí analizados, nos permite concluir que, en una gran parte del periodo temporal
de esta pericia, el “PIC antiguo” ha sido sin duda el más importante, no sólo en
número de contratos, sino sobre todo en el importe de las compromisos
contraídos por AFINSA a través de ellos.
Partiendo de las bases de datos que sirven de soporte a la aplicación
informática de gestión de los contratos de inversión (INVER) y de los cálculos que
estos peritos judiciales han efectuado para la determinación de los estados
financieros, se han elaborado unos cuadros226 que nos indican para todo el periodo
que abarca esta pericia, teniendo en cuenta los contratos no liquidados y los contratos
rescindidos en renta mensual todavía pendientes de su liquidación total, el reparto (en
225
Anexo 02.136: cuadro con los subtipos de contratos PIC existentes en el periodo que abarca la pericia.. 226
Anexo 02.137: cuadro de elaboración propia que muestra el reparto para cada uno de los años que abarca esta pericia, del número de contratos vivos, el importe del principal de cada uno de ellos, el importe de intereses y el importe del principal mas intereses acumulados, separando entre contratos “PIC nuevos” y contratos “PIC antiguos”.
169
número de contratos y en importes de principal, intereses estimados acumulados y
principal mas intereses) entre contratos PIC antiguos y contratos PIC nuevos.
Según el número de contratos, el reparto sería el siguiente:
Año PIC total PIC antiguo PIC nuevo
nº contratos nº contratos % nº contratos %
1998 32.958 31.491 95,55% 1.467 4,45%
1999 40.891 28.538 69,79% 12.353 30,21%
2000 51.710 25.405 49,13% 26.305 50,87%
2001 64.382 21.595 33,54% 42.787 66,46%
2002 75.534 19.239 25,47% 56.295 74,53%
2003 91.009 17.877 19,64% 73.132 80,36%
2004 110.925 16.552 14,92% 94.373 85,08%
2005 137.857 15.057 10,92% 122.800 89,08%
2006 147.391 14.775 10,02% 132.616 89,98%
Teniendo en cuenta los importes de principal e intereses, el reparto sería el
siguiente:
Año
PIC total PIC antiguo PIC nuevo
Ppal + intereses Ppal +
intereses %
Ppal + intereses
%
1998 91.794,16 91.509,78 99,69% 284,38 0,31%
1999 118.932,42 113.095,13 95,09% 5.837,29 4,91%
2000 153.387,04 132.381,61 86,31% 21.005,43 13,69%
2001 196.580,36 148.252,26 75,42% 48.328,10 24,58%
2002 247.416,51 165.036,47 66,70% 82.380,04 33,30%
2003 318.744,79 188.416,60 59,11% 130.328,19 40,89%
2004 405.885,62 207.852,45 51,21% 198.033,18 48,79%
2005 519.118,61 220.211,45 42,42% 298.907,15 57,58%
2006 572.685,20 226.954,83 39,63% 345.730,37 60,37%
Es decir todavía en el año 2006, en la fecha de la intervención judicial, el
contrato PIC antiguo representaba casi el 40% del total de los importes de
principal e intereses comprometidos por AFINSA a través de los contratos PIC.
II.4.2.A) Contratos PIC antiguos
Aunque la cantidad de subtipos es elevada (38 subtipos), las diferencias entre
ellos no son determinantes, ya que sólo afectan a distintas variables como los
intereses garantizados, porcentajes de tasación, etc. Teniendo en cuenta que dentro
170
de estas variantes el subtipo más importante es el 24, nos referiremos al mismo a la
hora de explicar las características de este tipo de contrato.
a) Filatelia utilizable en este tipo de contratos
El documento que mejor define las características de la filatelia utilizada en
este tipo de contratos es, al igual que para el resto de contratos, el informe
confidencial que, con rango de normativa elaboró el departamento de Adjudicación y
Custodia de Valores227 en el año 2004.
El informe de fecha 02/03/2004, indica que el objetivo de la norma es: “La
definición de las características que deben poseer los valores filatélicos destinados a
los productos de inversión que comercializa Afinsa” diciendo lo siguiente:
“3 DEFINICIONES BÁSICAS. Contrato PIC Antiguo, Contratos PIC anteriores a septiembre de 1998 a los que se adjudican series conmemorativas que configuran años completos de filatelia nueva de Portugal, Azores y Madeira anterior a 1986. Por necesidades de ajuste entre el importe a adjudicar y la filatelia disponible será admisible adjudicar filatelia de las mismas tipologías que las indicadas anteriormente pero sin necesidad de que configuren series ni años completos: La valoración de la filatelia la determina el Consejo de Administración de AFINSA.” ………………………….. “5 CONTENIDO DE LA NORMA. 5.1 Definición de valores Filatélicos Se consideran “Valores filatélicos” aquellos aceptados como sellos de acreditada cotización, calidad y autenticidad, en el mercado del coleccionismo, y que además cumplen una serie de requisitos que les convierten en aptos para la inversión.” …………………………….. 5.2.2 Filatelia PIC Antigua.
- Cotización: “la cotización de esta filatelia la determina el Consejo de Administración de Afinsa”.
- Autenticidad: garantizada por los especialistas autorizados de Central de Compras.
- Calidad: sellos nuevos óptimos en centraje, color, goma, papel y dentado. - Países: filatelia nueva de Portugal, Azores y Madeira anterior a 1986. - Especificaciones filatélicas: series completas y sin matasellar de tipo
conmemorativo (con limitación de tirada). En años completos, salvo excepciones bajo pedido (ajustes).
- Elementos adjudicables: sellos nuevos y hojas bloque. - Restricciones: carencia siquiera parcial de alguno de los atributos.”
(Lo subrayado es nuestro).
227
Nota, ver anexo 02.007: “Características de la filatelia para inversión” del departamento de Adjudicación y Custodia de Valores, informes de fecha 02/03/2004 y 28/06/2004, responsable de ejecución: Dolores Llames, revisado por Bernardo Valero y aprobado por Antonio Giménez-Rico.
171
Como ya se indica en el anexo adjunto, de este informe hacen una última
versión que con fecha 28/06/2004, las propiedades del archivo nos indica que la
última modificación es de noviembre de 2004. Conviene resaltar la modificación,
importante, que realizan en esta última versión y que incluso se indica en un
apartado inicial del informe: “0 Modificaciones realizadas respecto a la versión
anterior”, que señala: “Se ha modificado la definición de Filatelia PIC Antiguo (BV
14/10/04). Efectivamente en el punto 5, apartado 5.2.2 Filatelia PIC Antiguo, en
- Cotización: “Cotización acreditada en algunos de los catálogos de referencia
admitidos.”
Como luego demostraremos en los contratos PIC Antiguos, esa modificación
incluida en la última versión de la Norma es completamente falsa, en los contratos PIC
Antiguos, su filatelia siempre se adjudica valorada según Listas internas elaboradas
por AFINSA y sin relación con catálogo filatélico alguno.
Como más adelante se verá, no siempre se utilizaba filatelia de Portugal en los
contratos PIC antiguos, sino también años completos de filatelia de Europa CEPT y en
los muy antiguos también filatelia de España. Así lo indica un documento, denominado
“Revisión de normas y procedimientos plan PR005”228, que dice en características de
la filatelia para Inversión:
“PIC Antiguo Años completos HB y SS de Portugal hasta 1985, HB de Azores y Madeira hasta 1985 Hay filatelia adjudicada hace mucho tiempo de España y Europa. En este último caso se controla (VC) que no se le adjudique a un mismo cliente filatelia en PIC Nuevo si tiene adjudicaciones en PIC Antiguo de Europa.(¡¡¡).”
Del análisis de la documentación intervenida, concretamente de las tablas que
sirven de base a la aplicación de gestión comercial de los contratos de inversión:
INVER, se ha seleccionado la tabla que contiene las series adjudicadas en contratos
de larga duración (tabla de consulta ADJL de PROMETEO) y que ofrece la información
de las series filatélicas utilizadas en la adjudicación de los contratos de larga duración
(contratos PIC y MIP); de dicha tabla se han separado las series filatélicas utilizadas
en la adjudicación de los contratos PIC antiguos.
228
Nota, ver anexo 02.008: “Revisión de Normas y Procedimientos, Plan PR005” de junio de 2004, elaborado por la Dirección de Control Presupuestario y Seguimiento Estratégico. Este documento a pié de página tiene las iniciales BV, que puede indicar que fue elaborado por Bernardo Valero.
172
A su vez, el archivo informático “BD inventario” aportado por la Administración
Concursal y que sirvió de base a los peritos filatélicos para efectuar su trabajo de
valoración, nos ofrece la valoración de esas mismas series a la fecha de la
intervención según los criterios de la “BD inventario” que, según se explica en el
informe de desarrollo sobre valoración de la filatelia en la fecha de la intervención
judicial (informe de desarrollo nº 6), son los valores de catálogo.
Pues bien, del cruce de ambas tablas (tabla ADJL de PROMETEO y “BD
inventario”) se ha elaborado un cuadro229 que nos indica el nº de series adjudicadas de
cada país, el importe histórico por el que fueron adjudicadas en los respectivos
contratos, el importe de adjudicación que les hubiera correspondido en la fecha de la
intervención judicial, el importe por el que figuran en la BD Inventario, el catálogo de
referencia y el porcentaje que representan sobre el total. El resumen de dicho cuadro
se añade a continuación y de su análisis se deduce que más del 90% de la filatelia que
se utilizaba en los contratos PIC antiguo era filatelia de Portugal, siendo el resto
filatelia Europa CEPT y algo muy residual de filatelia de España.
DENOMINACIÓN Nº SERIES
ADJUDICADAS (1)
IMPORTE HISTÓRICO
ADJUDICACIÓN (2)
IMPORTE TOTAL
ADJUDICACIÓN 09/05/06 (3)
IMPORTE TOTAL BD
INVENTARIO (4)
% TOTAL
PORTUGAL 433.303 112.286.603,80 244.155.155,91 23.426.194,05 96,86%
EUROPA 6.665 6.187.818,89 26.417.458,45 758.908,19 3,14%
ESPAÑA 113 2.496,07 30.070,30 511,05 0,00%
TOTAL 440.081 118.476.918,76 270.602.684,66 24.185.613,29 100,00%
(1)- Nº de series adjudicadas: es el resultado de sumar el número de series adjudicadas que componen cada una de las denominaciones incluidas en este cuadro.
(2)- Importe histórico adjudicación: es el resultado de multiplicar las series que componen cada denominación por el importe al que fueron adjudicadas en sus respectivas fechas de adjudicación
(3)- Importe Total de Adjudicación 09/05/06: es el resultado de multiplicar cada una de las series adjudicadas que componen cada denominación por su importe de adjudicación a la fecha de la intervención.
(4)- Importe total BD inventario: es el total del resultado de multiplicar cada una de las series adjudicadas que componen cada denominación por su importe en la BD inventario.
229
Anexo 02.138: cuadro de elaboración propia con el detalle de la filatelia utilizada en la adjudicación de los contratos PIC antiguos por países con valores de adjudicación, catálogos de referencia y valor en la BD Inventario.
173
b) Estructura formal de los contratos
Se estructuran a través de un contrato en el que se desarrollan, por una parte,
las cláusulas generales que son comunes dentro de cada subtipo y, por otra parte,
unas cláusulas particulares en las que se recogen los datos identificativos del inversor,
fecha de inicio y duración del contrato, importe anual que desea invertir, forma de pago
de la misma, datos bancarios, etc.
CLÁUSULAS GENERALES
“I.- Objeto
El presente contrato de Plan de Ingresos Complementarios tiene por objeto la constitución de un Patrimonio Filatélico mediante la adquisición anual por parte del INVERSOR a AFINSA de lotes de Valores Filatélicos con la posibilidad de su posterior enajenación, si así lo deseara el INVERSOR, a través de AFINSA.”
En las cláusulas particulares ya se concreta la cantidad anual que el
INVERSOR quiere invertir en el contrato:
“Las partes se reconocen recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente contrato de PLAN DE INGRESOS COMPLEMENTARIOS, que se suscribe por una compra anual inicial de ...................Pts. durante.....(10) años, fraccionando en ..........................de ...............Pts.”
En las variedades más antiguas, cuando el contrato era denominado “Contrato
de Abono Filatélico”, el objeto del contrato era la compra por parte del ABONADO a
AFINSA de lotes de valores filatélicos, uno por año, durante el tiempo que se indique
en las cláusulas particulares (normalmente de diez años).
En las cláusulas particulares ya se concretaba la cantidad anual que el
ABONADO quería invertir en el contrato:
“El presente contrato se suscribe por una compra total de ..............pesetas, durante .........(10) años con la compra filatélica anual de ...............pesetas en fracciones...........de ............pesetas.”
Obsérvese que al cliente se le denominaba INVERSOR o ABONADO, que se
compromete a adquirir a AFINSA de forma paulatina lotes de valores filatélicos, uno
por año, comprometiéndose a su vez AFINSA a facilitar posteriormente su enajenación
a través de ella.
174
Vemos además que lo que se estipula en esta cláusula no son los valores
filatélicos que el inversor quiere comprar sino la cantidad concreta de pesetas
que quiere invertir.
“II.- Constitución del Patrimonio
1. Formas de constitución: El compromiso de adquisición anual de lotes de Valores Filatélicos , por parte del INVERSOR y el de entrega de los mismos por parte de AFINSA podrá hacerse efectivo y la adquisición abonarse de las dos formas siguientes: a) Pago anual: En este caso el INVERSOR realizará un sólo pago. b) Pago fraccionado: El INVERSOR podrá optar por el fraccionamiento
del pago de su adquisición anual en periodos semestrales, trimestrales o mensuales.
2. Adjudicaciones: dado que los lotes de Valores Filatélicos, objeto de adjudicación, tienen un alto valor unitario global, AFINSA los adjudicará y entregará anualmente, una vez completado el pago de la anualidad correspondiente.
3. Incremento del compromiso de adquisición: Las cantidades destinadas a la compra de los lotes de Valores Filatélicos se incrementarán anualmente en un 8%, respecto a la cantidad del año inmediatamente anterior.
Es necesario destacar aquí que, mientras en esta cláusula nada se dice sobre
la entrega física de los lotes de valores filatélicos, en los subtipos más antiguos se
recogía explícitamente que el INVERSOR o el ABONADO deberá retirar los lotes en el
momento que se haga la adjudicación, excepto el correspondiente al primer año que
se le entregará después de satisfecho el precio de la adquisición del año completo.
A lo cual hay que indicar que en la realidad NO se cumplía lo estipulado ya
que, como más adelante se verá, tanto en los contratos PIC antiguos como en los
contratos PIC nuevos, el sistema de gestión comercial INVER nos muestra que según
la inmensa mayoría de los certificados de adjudicación por cada una de sus
anualidades la filatelia NO se le entregaba al cliente, sino que normalmente se
quedaba depositada en “Valores”.
Ya que AFINSA tenía escaneados sus contratos de inversión, de la
documentación intervenida y de los contratos aportados por la Administración
Concursal de AFINSA en providencia de fecha 15 de marzo de 2010, se han
175
seleccionado una muestra de contratos PIC antiguo y contratos de Abono Filatélico230
con cláusulas generales y particulares de cada uno de ellos.
“III.- Lotes y cotizaciones
1. Los Valores Filatélicos que integran cada lote se compondrán de series completas y sin matasellar, de países que pertenezcan a la FIP (Federación Internacional Postal) y de acreditada cotización, calidad y autenticidad, tanto nacional como internacional:” Su selección se llevará a cabo por los expertos de AFINSA conforme a los requisitos citados.
2. “La valoración de cada lote se efectuará de acuerdo con la última lista de cotización vigente en AFINSA en el momento del pago de la compra, excepto en el caso del fraccionamiento del pago en forma mensual, en el cual la valoración se efectuará en base a la lista de cotización vigente en AFINSA en el momento en que se complete el pago de cada trimestre. Asimismo, se informará al INVERSOR con cada adjudicación del importe bruto que, según la misma, alcanza su Patrimonio.”
Esta es la diferencia fundamental de los contratos PIC antiguos respecto de los
nuevos: los lotes de valores filatélicos que se adjudican a dichos contratos se valoran
según las LISTAS de cotización que elabora AFINSA, que no tienen nada que ver
con ningún catálogo de referencia para los mismos valores filatélicos, siendo además
dichos valores, como mas adelante veremos, muy superiores en comparación con los
que aparecen en los catálogos de referencia para los mismos sellos.
Esta cláusula se ha mantenido en todas las variedades de contratos PIC
antiguo. Los lotes de valores filatélicos siempre estaban valorados de acuerdo con la
última Lista de cotización vigente en AFINSA. Así en los contratos de Abono Filatélico
se decía:
“La cotización de cada lote se efectuará de acuerdo con las cotizaciones vigentes en las listas oficiales, que periódicamente emite AFINSA, en el momento de la adjudicación.”
V.- Opciones de venta del Patrimonio Filatélico a través de AFINSA
En esta cláusula se establecen las condiciones para rescindir el contrato PIC,
la valoración del patrimonio filatélico y su forma de cobro.
Para la venta de los lotes filatélicos se exige al INVERSOR estar al corriente de
los pagos y haber transcurrido un mínimo de 36 meses desde la fecha de entrada en
230
Anexo 02.139: documentación completa de contratos PIC antiguo, subtipo 24 y contratos de Abono Filatélico.
176
vigor del contrato. AFINSA se compromete formalmente a su colocación en el mercado
o a adquirirlos para sí misma y a entregar el importe obtenido en un sólo pago y en un
plazo no superior a 90 días. Para todo ello los valores filatélicos deben estar en el
mismo estado de conservación en que los entregó AFINSA al INVERSOR (cosa que
ocurre normalmente ya que en la inmensa mayoría de los casos los lotes de valores
filatélicos no salen de las cajas fuertes de AFINSA).
El precio de los lotes será el que resulte de aplicar el siguiente Baremo al valor
que figure, para cada uno de ellos, en la Lista de cotización vigente en la fecha de
la venta.
En el subtipo 24 del PIC antiguo, el Baremo es el siguiente:
Plazo transcurrido desde la fecha de contratación Valoración
Del 3º al 6º año vencido 70% del Baremo de
Tasaciones
Del 7º en adelante 75% del Baremo de
Tasaciones.
A partir del séptimo año vencido, se le da la opción al INVERSOR de recibir el
precio de los lotes de su Patrimonio de forma escalonada: cada año AFINSA entregará
el precio del lote más antiguo por el 85% de su valor de tasación recibiendo el
INVERSOR dicho precio en doce mensualidades consecutivas e iguales y así
sucesivamente.
También se le ofrece la posibilidad de, aun recibiendo el precio de sus lotes
filatélicos de forma escalonada, continuar con la adquisición de nuevos lotes filatélicos
en las mismas condiciones que los anteriores. Asimismo, se permite al INVERSOR
que haya optado por la retribución escalonada de sus lotes, cambiar de criterio y
solicitar la venta de su Patrimonio restante de una sola vez en las condiciones de la
rescisión unitaria.
Conviene resaltar la diferencia que se produce en la redacción de esta cláusula
V en este subtipo de contrato PIC 24, respecto a lo indicado en la misma cláusula:
“Opciones de venta del Patrimonio Filatélico” de los subtipos más antiguos
comercializados en periodos anteriores, pues mientras en esta redacción se dice que
AFINSA
177
“se compromete formalmente a su colocación en el mercado y, si ello no fuera posible, a adquirir para sí misma y a entregar al INVERSOR el precio obtenido...”.
en los subtipos anteriores dice:
“En este caso AFINSA se obliga formalmente a la recompra del total de los lotes adquiridos por el ABONADO hasta esa fecha, satisfaciendo la operación de una sola vez, y según la valoración de la última lista oficial por ella publicada”.
Es decir, parece que en la redacción más actual del PIC antiguo AFINSA abre
la posibilidad también de mediar en el mercado colocando los valores filatélicos a otros
clientes, cosa que nunca ha realizado ni de hecho ha reconocido que puede realizar,
utilizando siempre en el registro contable de estos contratos PIC las cuentas “Ventas
filatelia PIC” y “Compras filatelia PIC”. Es decir, contablemente recoge que siempre
AFINSA es la que vende y compra los lotes de valores filatélicos.
VI.- Garantías especiales
En el subtipo 24 del PIC antiguo, esta cláusula dice lo siguiente:
“En el caso de que el INVERSOR decidiera vender su Patrimonio Filatélico a través de AFINSA, y siempre que se encuentre al corriente del pago de sus compras, ésta le garantiza que el valor mínimo de venta equivaldrá a la suma de los precios netos de adquisición de sus lotes, con los incrementos siguientes:
a) el 5% de interés simple anual, si esta opción se produce a partir del tercer año vencido;
b) el 8% de interés simple anual, si esta opción se produce a partir del sexto año vencido, y
c) el 10% de interés simple anual, si esta opción se produce a partir del décimo año vencido”
Esta cláusula establece unos intereses mínimos garantizados en la recompra
de los lotes filatélicos que AFINSA realiza y siempre ha existido en todos los subtipos
de contratos PIC, siendo los diferentes porcentajes de interés, entre otras variables, lo
que ha motivado la existencia de diferentes variantes de contratos PIC antiguo.
Del examen de los soportes informáticos intervenidos incluidos en la aplicación
Zyfindi, se puede obtener la documentación que normalmente acompaña a los
contratos PIC antiguo en sus diferentes subtipos, siendo ésta muy homogénea en
todas sus variedades y normalmente es la siguiente231:
231
Nota, ver anexo 02.139: documentos que forman parte de los contratos PIC antiguos.
178
- El contrato con sus cláusulas generales y cláusulas particulares.
- Documento por el que el cliente comunica a AFINSA su decisión de resolver y
liquidar el contrato PIC correspondiente, eligiendo entre recibir el precio de los
lotes en un sólo pago o en mensualidades consecutivas.
- En los contratos en que el cliente decide rescindirlo en un sólo pago, se incluye
el documento “Tasación contrato de PIC Filatélico” en el que se recogen los
lotes con su descripción, fecha de adjudicación, el precio unitario a la fecha de
tasación y el importe total y el “recibí” del cliente en el que se indica:
“compramos PIC nº...........”, los datos del titular, la valoración de los lotes y el
tanto por ciento del valor de tasación que recibe el cliente o el importe
garantizado en su caso.
- Cuando el cliente decide rescindir el contrato en mensualidades consecutivas,
con cada lote AFINSA realiza un “albarán de entrada” en el que se describe
serie a serie el lote con el nuevo precio unitario e importe total sobre el que se
aplica el tanto por ciento del Baremo de tasaciones (85%). Junto con el
“albarán de entrada” se acompaña otro documento en el que se recogen los
doce pagarés correspondientes al lote anterior con sus vencimientos, importes,
referencias y el banco pagador.
- A veces, junto con el “albarán de entrada” se guarda un documento interno de
Administración denominado “Valoración de rentas mensuales”, en el que se
describen las series del lote, el precio de adjudicación, el precio sin IVA, el
precio nuevo de compra, el % de revalorización total y el % de revalorización
anual. Revalorización que efectúa AFINSA en las Listas internas que ella
confecciona.
- También en algún contrato se ha encontrado otro documento interno de
Administración denominado “Rentabilidad por recibo” en el que a la fecha de
rescisión del contrato PIC correspondiente se relacionan uno a uno los recibos,
detallando para cada uno de ellos el “importe del recibo”, “importe sin IVA” e
“importe intereses”, siendo la suma del “importe sin IVA” e “importe
intereses” el importe garantizado a percibir.
179
En la mayoría de los contratos PIC no se guarda escaneada la documentación
referente a las adjudicaciones de filatelia, sólo están escaneados los certificados de
adjudicación que han sido firmados por el cliente (cuando el cliente firma que ha
recibido la filatelia), pero el sistema de gestión comercial INVER muestra la totalidad
de las adjudicaciones en las que, como ya hemos mencionado, se ofrece la
información de la situación de la filatelia que, como más adelante se concretará, indica
normalmente: situación “Valores”232, lo cual significa, tal y como lo refleja el documento
“Adjudicación y envío de valores filatélicos”, que el lote de valores filatélicos está en
poder de Adjudicación y Custodia de Valores.233 También en el apartado 4 PIC/MIP del
mismo documento dice: “La filatelia de PIC se envía sólo si la delegación lo solicita por
petición del cliente.”
II.4.2.B) Contratos PIC nuevos
Estos contratos comenzaron a comercializarse en septiembre de 1998 y de
ellos sólo había un subtipo denominado PIC 25, siendo el único tipo de contrato PIC
cuya comercialización estaba vigente en la fecha de la intervención judicial.
a) Filatelia utilizable en este tipo de contratos
Como ya hemos indicado en la descripción de los contratos PIC antiguo, el
documento con carácter de normativa denominado “Características de la filatelia para
inversión”234 es el que mejor define las características de la filatelia utilizada en los
productos de inversión de AFINSA. Resaltamos lo siguiente:
“DEFINICIONES BÁSICAS
Contrato PIC Nuevo, Contratos PIC posteriores a agosto de 1998 a los que se adjudican series conmemorativas que configuran años completos de filatelia nueva de Portugal, Azores y Madeira posterior a 1985 y filatelia de otros países aprobados por el Consejo de Administración de Afinsa .La antigüedad de esta filatelia ha de ser mayor a 6 años. Por necesidades de ajuste entre el importe a adjudicar y la filatelia disponible y en las sobreadjudicaciones, será admisible adjudicar filatelia de las mismas tipologías que las indicadas anteriormente pero sin necesidad de que configuren series ni años completos.
232
Anexo 02.140: pantallazos del INVER con adjudicaciones de contratos PIC antiguos en los que se deja constancia que la filatelia queda depositada en “Valores”. 233
Anexo 02.141: documento denominado: “Adjudicación y envío de valores filatélicos”, sin fecha pero por las propiedades del archivo fue creado en febrero de 2004 234
Nota, ver anexo 02.007: Normativa del departamento de Adjudicación y custodia de Valores: “Características de la Filatelia para Inversión”, informes de 02/03/2004 y 28/06/2004.
180
La valoración de la filatelia adjudicada está referenciada a un determinado catálogo para cada país …………………………... 5.2.3 Filatelia PIC Nueva
- Cotización: “Cotización acreditada en algunos de los catálogos de referencia admitidos (Domfil, Afinsa Portugal y Unificato)235.
- Autenticidad: garantizada por los especialistas autorizados de Central de Compras.
- Calidad: sellos nuevos óptimos en centraje, color, goma, papel y dentado. - Países: Adjudicables en exclusiva los sellos de países pertenecientes a la FIP
o la UPU que cumplan además con el resto de condiciones, y que hayan sido específicamente admitidos por el Consejo de Administración.
- Especificaciones filatélicas: series completas y sin matasellar de tipo conmemorativo (con limitación de tirada). En años completos, salvo excepciones bajo pedido (ajustes). Antigüedad mayor a seis años.
- Especificaciones productos de inversión: Revalorización media 2,5 veces superior a la inflación .Pertenecientes a países de dominio atribuido a Central de Compras (autorizados en el Consejo de Administración de AFINSA).
- Elementos adjudicables: sellos nuevos y hojas bloque. - Restricciones: carencia siquiera parcial de alguno de los atributos.”
(La negrita es nuestra)
Como más adelante veremos, no sólo se adjudicaba filatelia de Portugal,
Azores y Madeira posterior a 1985, sino también filatelia Europa CEPT y filatelia de
otros países aprobados por el Consejo de Administración de AFINSA a medida que las
necesidades de filatelia aumentaban: Mónaco en el año 1999, San Marino en el año
2001, Bélgica, Gibraltar y Liechtenstein en el año 2002, Holanda en el año 2003,
Suecia en el año 2004, y Berlín, Vaticano y Naciones Unidas en el año 2005.
Analizando las Actas del Consejo de Administración, se observa que en
muchas de ellas se hace referencia a la necesidad de filatelia para los contratos PIC y
MIP, la necesidad de nuevos países adjudicables en PIC, lo cual implica elaborar el
catálogo correspondiente o dominar el catálogo que dicho país tiene de referencia.
Así, resaltamos las siguientes:236
- “Señala el Presidente (Albertino de Figueiredo) que en PIC se van a encontrar muy agobiados porque no hay filatelia.” (Acta de 6 de febrero de 2001).
- “Se pasa a continuación al tema de las adjudicaciones para PIC, señalando que se ha adjudicado 3.292 millones de PIC nuevo, y que en la actualidad
235
El informe de 28/06/2004 cuando se refiere a la Cotización indica, “Cotización acreditada en alguno de los catálogos de referencia admitidos”, sin mencionar catálogo alguno. No obstante a lo largo de este apartado se verá, como efectivamente, los catálogos habituales para referenciar la mayoría de la filatelia utilizada en los contratos PIC nuevos, son el catálogo Domfil, catálogo Afinsa Portugal y catálogo Unificato, sustituyéndose a partir del año 2005 el Domfil por el Brookman Europe para la mayoría de los países europeos. 236
Nota, ver anexo 17.001 del Informe de desarrollo nº 17. Actas del Consejo de Administración de AFINSA de 6 de febrero de 2001, de 12 de diciembre de 2001, de 18 de febrero de 2002, 11 de junio de 2002 y 7 de noviembre de 2002.
181
existen 1.000 millones de pesetas de Liechtenstein para adjudicar, y a ello indica el Sr Cano que inmediatamente hay que proceder a hacer el catálogo.” (Acta de 12 de diciembre de 2001).
- “Plantea el Sr Martín Peña el tema del MIP, señalando que se hace necesario buscar nuevos países para el PIC y para el MIP. Se va a empezar ya con Bélgica y Liechtenstein y pronto con Austria (después Holanda y Grecia). Incluso España para adjudicar en Portugal.” (Acta de 18 de febrero de 2002).
- “A continuación D. Carlos de Figueiredo presenta un informe de valores sobre la adquisición de sellos para PIC. Por su parte, señala el Sr Cano la necesidad de ser cautelosos, ya que iniciar la adjudicación de determinado país implica la necesidad de continuar con él y en tal sentido indica lo esencial que es para la compañía las compras de sellos para el PIC, lo que lleva aparejado determinadas cosas, como es el tema del catálogo, que garantizaría los precios.” (Acta de 11 de junio de 2002).
- “El Presidente (Albertino de Figueiredo) señala que a lo mejor la solución a la
escasez de sellos estriba en comprar sellos de un país donde no falten tanto como en los que actualmente estamos manejando, a lo que responde el Sr Cano que de acuerdo, pero que no hay que olvidar que es esencial dominar el catálogo.” (Acta de 7 de noviembre de 2002).
De las tablas que sirven de base a la aplicación informática de gestión de los
contratos de inversión (INVER), se ha seleccionado la tabla que contiene las series
adjudicadas en contratos de larga duración (tabla de consulta ADJL de PROMETEO) y
que ofrece la información de las series filatélicas utilizadas en la adjudicación de los
contratos de larga duración (contratos PIC y MIP); de dicha tabla se han separado las
series filatélicas utilizadas en la adjudicación de los contratos PIC nuevos.
A su vez, el archivo informático “BD inventario” aportado por la Administración
Concursal y que sirvió de base a los peritos filatélicos para efectuar su trabajo de
valoración, nos ofrece la valoración de esas mismas series a la fecha de la
intervención judicial según los criterios de la “BD inventario” que, según se explica en
otro apartado de este informe pericial (apartado de Valoración filatélica), son los
valores de catálogo.
Del cruce de ambas tablas (tabla ADJL de PROMETEO y “BD inventario”) se
ha elaborado un cuadro237 que nos indica el nº de series adjudicadas de cada país, el
importe histórico por el que fueron adjudicadas en los respectivos contratos, el importe
de adjudicación que les hubiera correspondido en la fecha de la intervención, el
importe por el que figuran en la BD Inventario, el catálogo de referencia y el porcentaje
237
Anexo 02.142: cuadro de elaboración propia con el detalle de la filatelia utilizada en la adjudicación de contratos PIC nuevos por países, con los valores históricos de adjudicación, valores de adjudicación al 09/05/2006, valores en la BD Inventario y catálogos de referencia.
182
que representan sobre el total. El resumen de dicho cuadro con los países más
importantes se añade a continuación:
DENOMINACIÓN Nº SERIES
ADJUDICADAS (1)
IMPORTE HISTÓRICO
ADJUDICACIÓN (2)
% TOTAL IMPORTE TOTAL BD
INVENTARIO (3) % TOTAL
EUROPA 242.210 58.121.504,18 19,27% 33.794.007,78 20,16%
MÓNACO 614.010 48.575.385,42 16,10% 28.049.455,18 16,73%
SAN MARINO 904.494 35.274.481,21 11,69% 19.888.368,45 11,86%
BÉLGICA 773.378 34.230.125,50 11,35% 19.060.052,85 11,37%
HOLANDA 944.481 31.377.738,26 10,40% 17.303.715,51 10,32%
LIECHTENSTEIN 373.380 20.415.734,82 6,77% 11.294.687,26 6,74%
PORTUGAL 402.574 8.821.123,93 2,92% 4.790.331,50 2,86%
RESTO 1.564.789 64.805.013,45 21,49% 33.460.865,01 19,96%
TOTAL 5.819.316 301.621.106,77 100,00% 167.641.483,54 100,00%
(1)- Nº de series adjudicadas: es el resultado de sumar el número de series adjudicadas que componen cada una de las denominaciones incluidas en este cuadro.
(2)- Importe histórico adjudicación: es el resultado de multiplicar las series que componen cada denominación por el importe al que fueron adjudicadas en sus respectivas fechas de adjudicación.
(3)- Importe total BD inventario: es el total del resultado de multiplicar cada una de las series adjudicadas que componen cada denominación por su importe en la BD inventario.
De su análisis se deduce que la filatelia que más se utilizaba en los contratos
PIC nuevos, en orden de importancia, no en número de unidades adjudicadas sino en
importe de adjudicación o importe en BD Inventario, era años completos de filatelia
Europa CEPT (aproximadamente el 20%, en esta filatelia el número de unidades era
pequeño pero el importe económico muy elevado, ya que era filatelia muy cara),
después filatelia de Mónaco, San Marino, Bélgica, Holanda y Liechtenstein; la filatelia
de Portugal ocupa un papel mucho menos importante que en los contratos PIC
antiguo, ya que no llega al 3% del total de la filatelia adjudicada.
b) Estructura formal de los contratos
Su estructura formal es semejante a la del contrato PIC antiguo subtipo 24 que
hemos reflejado en el apartado anterior: un contrato con unas cláusulas generales que
son comunes e iguales para todos los contratos de esta variedad 25 y unas cláusulas
particulares específicas de cada contrato en concreto porque contienen los datos
183
identificativos del inversor, cuantía de la inversión, número del contrato, fecha, datos
bancarios, etc.238
Las cláusulas generales que contienen las condiciones del contrato tienen unas
diferencias específicas respecto del PIC antiguo que conviene resaltar:
1ª) La existencia de sobreadjudicaciones o adjudicaciones extraordinarias
que recibe de forma gratuita el cliente por cada lote y año transcurrido. Así, la cláusula
II. Constitución del Patrimonio, en el apartado 2. Adjudicaciones añade lo siguiente:
“A cada uno de los lotes anuales AFINSA añadirá, por cada año transcurrido desde la fecha del contrato, siempre que el INVERSOR se encuentre al corriente del pago de su adquisición y sin coste alguno para él, una sobreadjudicación equivalente al 10% del valor de tasación del lote anual, en ese momento. Dicha sobreadjudicación formará parte integrante, para todos los efectos de este contrato, del lote anual adquirido por el INVERSOR, con excepción del valor mínimo de venta, previsto en la cláusula VI, que será sólo aplicable a los lotes pagados. Las sobreadjudicaciones le serán entregadas en el momento de la rescisión del contrato o de la venta del lote o lotes correspondientes.”
2ª) En el apartado 3.- de la cláusula II, Incremento del compromiso de
adquisición, se indica que las cantidades destinadas a la adquisición de los Valores
filatélicos se incrementarán anualmente un 4%, respecto a la cantidad del año
inmediatamente anterior, cuando en el PIC antiguo el incremento era del 8%.
3ª) La diferencia más importante del PIC nuevo respecto del PIC antiguo se
encuentra en la cláusula III. Lotes y cotizaciones, cuando en su apartado 2.- indica
cómo se valorarán los valores filatélicos:
“La valoración de cada lote se efectuará de acuerdo con la última lista de cotización vigente en AFINSA, referenciada a un catálogo internacional, en el momento de la adjudicación del lote, excepto en el caso del fraccionamiento del pago en forma mensual o trimestral, en el cual la valoración se efectuará en base a la lista de cotización vigente en AFINSA en el momento en que se realice o complete el pago de cada trimestre. Asimismo, se informará al INVERSOR con cada adjudicación del valor de venta, que según dicha lista, alcance su patrimonio Filatélico, en ese momento.”
Es decir, en estos contratos la valoración de la filatelia se realiza según la lista
vigente en AFINSA que aparece referenciada a un catálogo internacional. Como luego
238
Anexo 02.143: ejemplo de contrato PIC 25 (nº 11-153826-4 de 4 de agosto de 2004), cláusulas generales y particulares.
184
veremos, en el PIC nuevo la valoración es siempre el doble del valor que indica
para esa filatelia el catálogo de referencia.
1ª diferencia: La existencia de la sobreadjudicación permite igualar la
revalorización de la filatelia utilizada en el contrato PIC nuevo a la que tenía el contrato
PIC antiguo (las Listas internas se revalorizaban de forma lineal un 16% anual), ya que
la sobreadjudicación anual que de forma gratuita recibe el inversor equivalente al 10%
del valor de tasación del lote, unido a una aproximada revalorización del 6% de media
anual en los catálogos filatélicos que AFINSA utiliza como referencia en la
adjudicación, se traduce en una media de revalorización anual del mismo 16%.
Se ha realizado un análisis de la evolución de los precios de la filatelia
adjudicable en PIC nuevo239 de Europa CEPT (años completos de Europa desde 1956
a 1992 que comienzan por las siglas EE) y Portugal (series de Portugal desde los años
1986 a 2004 que comienzan por las siglas PA) en los catálogos Domfil y Afinsa
Portugal respectivamente.
El estudio se ha realizado viendo la evolución de los precios en el catálogo
Domfil para la filatelia de Europa Cept desde el año 2000 al año 2006 y en el catálogo
Afinsa Portugal para la filatelia de Portugal desde los años 1999 a 2006; su evolución
se plasma en el siguiente cuadro:
PAIS/SERIE
REV. MEDIA
2000/1999
REV. MEDIA
2001/2000
REV. MEDIA
2002/2001
REV. MEDIA
2003/2002
REV. MEDIA
2004/2003
REV. MEDIA
2005/2004
REV. MEDIA
2006/2005
EE 11956 a
EE 11992 7,00% 6,74% 6,40% 6,56% 6,93% 4,80%
PA 11986 a
PA12004 4,85% 6,12% 6,05% 7,06% 7,90% 6,18% 5,82%
Esa revalorización de la filatelia adjudicable en los contratos PIC nuevos que
pretendía ser aproximadamente la misma a la efectuada por AFINSA en sus Listas
internas para la filatelia de los contratos PIC antiguos (un 16% lineal en todas las
series y en todos los años objeto de pericia), queda patente en muchos documentos
internos de AFINSA:
239
Anexo 02.144: cuadros de elaboración propia con el análisis de la revalorización de los precios de filatelia de Europa Cept y filatelia de Portugal utilizada en los contratos PIC nuevos, en los catálogos Domfil y Afinsa Portugal respectivamente.
185
- Juan Carlos Morán en el informe “Monográfico sobre filatelia”240 cuando a la
pregunta: ¿Cuál ha sido la revalorización filatélica en contratos con el nuevo
sistema de sobreadjudicación? Contesta:
“La media de la revalorización ha sido del 6%. Ahora la revalorización no es lineal, al estar referenciada la filatelia a un catálogo y al adjudicarse por series completas y no por años completos, hablamos de media ya que depende de cada serie, por tanto no todo tiene porqué subir igual. Lo importante en este punto es destacar que el estudio debe ser anual.”
- En la Nota interna: “Estudio de las revalorizaciones de la filatelia PIC. Informe
preliminar241, cuyo objeto es hacer un estudio de la revalorización de la filatelia
en los contratos PIC nuevos, con el fin de conocer si dichas revalorizaciones
cubren las estimaciones de la red comercial, se concluye con las siguientes
precisiones:
“... la revalorización anual media de los contratos es superior al 6%, que es la empleada en las tablas de estimaciones utilizadas por la Red comercial. Sin embargo, existe un porcentaje de contratos, en torno al 10%, que su revalorización media está comprendida entre el 5% y el 6%. Ahora bien, se ha calculado el valor medio para dichos contratos (5,75%) y se ha comprobado que equivale, teniendo en cuenta las sobreadjudicaciones, a un incremento anual del 16,3%.”
“Con respecto al origen del estudio, conocer si las revalorizaciones cubrían las tablas de estimaciones utilizadas por la Red Comercial, se puede afirmar que casi la totalidad de los contratos supera las estimaciones de las tablas PIC. Conviene destacar que las tablas de estimaciones de los contratos PIC están elaboradas con el criterio de revalorización de la filatelia de los PIC antiguos, con un incremento anual del 16% y que es más conservador que el correspondiente al 6% anual mas la sobreadjudicación del 10%” (La negrita es nuestra).
- El documento denominado: “Comentarios sobre previsiones de la cartera
PIC242 dice:
“La necesidad de evitar que los contratos PIC sean considerados un producto financiero, “obliga” a revalorizar la filatelia del cliente, como mínimo un 16% anual, para ello se han elegido dos caminos: a) Revalorizar las listas de precios un 16% (PIC Antiguos). b) “Regalar” filatelia al cliente hasta cubrir dicho incremento de valor (PIC
Nuevos).” (La negrita es nuestra).
240
Nota, ver anexo 02.018: Monográfico sobre filatelia”, autor Juan Carlos Morán, fecha 20/10/1999 241
Anexo 02.145: Nota interna, Asunto: Estudio de las revalorizaciones de la filatelia PIC. Informe preliminar, de Área Tecnología y Procesos (Vicente Coello y Eva Muñoz-Reja), para Dirección de Organización y Medios, de fecha 27/11/2003. 242
Anexo 02.146: “Comentarios sobre previsiones de la cartera PIC”, fecha 26/07/2004, autor: Vicente Coello.
186
- En la explicación que sobre el producto PIC nuevo se difunde en AFINSA243, se
dice:
“El PIC permite al ahorrador/inversor obtener, a través de esta operativa, rentabilidades brutas anuales situadas en torno al 16%.”.
- En un importante informe denominado: “Modelo de rentabilidad de productos
de inversión. análisis de la rentabilidad del PIC244 se indica:
Condiciones actuales del bien soporte del producto: “se considera que la revalorización media anual de la filatelia utilizada en PIC es del 6%.”
3ª diferencia: Los valores de adjudicación que utiliza AFINSA en los contratos
PIC nuevos son siempre el doble del valor de catálogo de referencia para los mismos
sellos.
El sistema de gestión comercial de los contratos de inversión INVER ofrece,
para cada serie y año del país que se quiere adjudicar, el valor de adjudicación de
dicha serie en la fecha correspondiente, siendo en el caso de la filatelia utilizable en
contratos PIC nuevos siempre el doble del valor del catálogo de referencia245.
De igual forma, el documento interno denominado PR010 de julio de 2004 lo
confirma, pues en él se relacionan los catálogos utilizados para la adjudicación de
sellos en los contratos PIC nuevos siendo el coeficiente de adjudicación siempre el
doble246.
Hasta ahora hemos desarrollado las diferencias fundamentales existentes entre
los contratos “PIC antiguos” y los contratos “PIC nuevos”; pero conviene igualmente
recordar las cláusulas que se mantienen:
- Tanto el contrato PIC nuevo como el contrato PIC antiguo, subtipo PIC 24, en
la cláusula V: “Opciones de venta del Patrimonio filatélico a través de Afinsa”,
parece abrir la oportunidad a AFINSA de colocar la filatelia del cliente en el
243
Nota, ver anexo 02.134: correo de Ángela Pascual a Yolanda Hoya de 31/08/2004. Asunto: explicación PIC. 244
Anexo 02.147: “Modelo de rentabilidad de productos de inversión. Análisis de la rentabilidad del PIC. Estudio elaborado por Organización y Medios. Plan OM0501. Mayo de 2005.” 245
Anexo 02.148: cuadros de elaboración propia con análisis comparativo entre valores de adjudicación y valores de catálogo de filatelia Europa CEPT (catálogo Domfil), Portugal (catálogo Afinsa Portugal), Mónaco (catálogo Brookman Europa), San Marino (catálogo Unificato), Bélgica, Holanda y Liechtenstein (catálogo Brookman Europa). 246
Anexo 02.149:”Confidencial PR010” julio 2004, que clasifica por contratos CIT, PIC nuevo y PIC antiguo el importe adjudicado y el importe en stock, indicando catálogo, proveedor (sólo en CIT), estado (en PIC) y coeficiente de adjudicación.
187
mercado (mediación), o comprarla para sí misma, situación ésta última que
siempre se produce, ya que tanto en un tipo de contrato como en otro AFINSA
contablemente refleja estos contratos utilizando las cuentas “Ventas filatelia
PIC” y “Compras filatelia PIC”. Es decir, contablemente recoge que siempre
AFINSA es la que vende y compra los lotes de valores filatélicos. De igual
forma, el resto del contenido de la cláusula V, en cuanto al periodo mínimo de
duración del contrato, porcentajes del Baremo de Tasaciones y formas de
rescindir el contrato: con un pago único o con rentas mensuales, son
coincidentes.
- También el contenido de la cláusula VI: “Garantías especiales” es el mismo en
un tipo de contrato como en otro; es decir, los intereses mínimos garantizados
se mantienen.
A pesar de que las cláusulas del contrato PIC nuevo no indican nada sobre la
posibilidad de suspender o congelar el contrato durante un periodo de tiempo
determinado, al menos desde el año 1999 existió la posibilidad de interrumpir el pago
de las cuotas de un contrato PIC; así lo indica el documento interno denominado
“Interrupción del pago de las cuotas del contrato PIC”247 que en su articulado dice:
1.- “Todo cliente cuyo contrato PIC, tenga satisfechas al menos las cuotas correspondientes al primer año, podrá solicitar la interrupción del pago de las mismas, una sola vez y por un periodo de dos años, pudiendo demandar la reactivación del contrato, transcurridos seis meses (como mínimo) desde el inicio de la suspensión de sus pagos.” 2.- “En el momento de la interrupción, AFINSA procederá a tasar los valores filatélicos propiedad del inversor, de acuerdo con su Lista Oficial de precios. Al reanudarse el Contrato, el inversor entregará a AFINSA, el Lote o los Lotes de su propiedad, recibiendo en contraprestación un Lote o Lotes, según proceda, por un importe equivalente al de la tasación efectuada en el momento de la Congelación del Contrato.”
En el informe “Definición criterios adjudicaciones filatelia y tratamiento de
incidencias”248, se indica lo siguiente:
“Se puede solicitar una suspensión o congelación del contrato cuando al menos esté abonada una anualidad completa, pudiéndose solicitar a partir de esa fecha en cualquier momento.
247
Anexo 02.150 que contiene los siguientes documentos: “Interrupción del pago de las cuotas del contrato PIC”, creado por Almudena Fernández el 09/12/1998; “Reactivación de contratos” creado por Elena García el 08/01/2001; Acta de reunión de fecha 03/06/2002, Plan N42C del departamento de Análisis y Gestión Corporativa. 248
Anexo 02.151: Informe denominado “definición criterios adjudicaciones filatelia y tratamiento de incidencias” de 22/03/2006.
188
La suspensión será por un periodo mínimo de 6 meses y máximo de 2 años, debiéndose renovar anualmente. Por tanto se puede suspender la vida de un contrato hasta 4 veces máximo.”
………………………..
Adjudicación: o La adjudicación de filatelia se realizará por todos los recibos
abonados que completen una anualidad hasta la fecha de inicio de la suspensión, paralizándose la valoración de la filatelia según el último recibo pagado y hasta la fecha de reactivación.
o Los recibos que no completen anualidad se desplazarán los meses correspondientes a contar desde la fecha de reactivación.
o En la fecha de reactivación del contrato se adjudicará nueva filatelia por la valoración alcanzada al inicio de la suspensión.
Sobreadjudicación: o Durante la suspensión, no se realizarán sobreadjudicaciones. o Antes de iniciar la suspensión, se realizarán las sobreadjudicaciones
correspondientes a los lotes con una anualidad completa pagada. o Si en el momento de solicitud de la suspensión, quedan pendientes
de abonar algunos recibos para completar una anualidad, tras la reactivación del contrato, emitidos dichos recibos y pagados los recibos necesarios para completar la anualidad, entonces se realizará la sobreadjudicación del lote que corresponda.”
De la lectura de los documentos referenciados se desprende que cuando un
Inversor que ha suscrito un contrato PIC con AFINSA, con el que pretendía constituir
un patrimonio filatélico, congela el contrato por un periodo determinado (nunca
superior a dos años), se le penaliza no revalorizando el patrimonio filatélico que ya
posee, de forma que al reactivar el contrato se modifica la composición de sus lotes
filatélicos ya formados por otros cuyo valor sea de un importe equivalente al que
tenían sus lotes primitivos en la fecha en que se inició la suspensión. Es decir, el
cliente que ya ha efectuado una inversión en constituir un patrimonio filatélico, si
paraliza las aportaciones comprometidas para aumentar ese patrimonio, el que ya
posee no se le revaloriza. Por tanto, se produce el contrasentido de que los lotes
filatélicos que ya están formados sólo se revalorizan si el cliente sigue aumentando su
inversión en adquirir más lotes filatélicos.
Del examen de la documentación incluida en las aplicaciones Zyfindi y Alchemy
se pueden obtener escaneados los documentos que normalmente acompañan a los
contratos PIC nuevos, pudiendo observar que esta documentación es similar a la ya
comentada para los contratos PIC antiguos: ficha de solicitud del contrato, contrato
propiamente dicho con sus cláusulas generales y particulares, diversos modelos de
cartas para envío del contrato al cliente, cambio de beneficiarios, inclusión de segundo
titular, cambio de forma de pago, solicitud de rescisión del contrato, tasación del
189
contrato (en la rescisión unitaria) o albaranes de entrada (en la rescisión por renta
mensual)249.
Igual que ocurría con los contratos PIC antiguos, en la mayoría de los contratos
PIC nuevos no se guarda escaneada la documentación referente a las adjudicaciones
de filatelia, sólo están escaneados los certificados de adjudicación que han sido
firmados por el cliente (cuando el cliente firma que ha recibido la filatelia). Sin
embargo, el sistema de gestión comercial INVER muestra la totalidad de las
adjudicaciones en las que, como ya hemos mencionado, se ofrece la información de la
situación de la filatelia y donde normalmente indica: situación: “valores”250 (que tal y
como indica la propia documentación interna de AFINSA significa que “El lote de
valores filatélicos está en poder de Adj. Y Cust. De Valores”251). Lo mismo ocurre con
la información de las sobreadjudicaciones correspondientes a cada anualidad, sobre
todo teniendo en cuenta que los valores que las integran, tal y como indica la cláusula
II del contrato, serán entregados cuando tenga lugar la rescisión del mismo: “Las
sobreadjudicaciones le serán entregadas en el momento de la rescisión del contrato o
de la venta del lote o lotes correspondientes”
Conviene resaltar el hecho cierto de que a la inmensa mayoría de los
clientes que suscribían contratos PIC (tanto antiguos como nuevos) AFINSA no
les entregaba físicamente la filatelia, sino que se quedaba en sus instalaciones.
Así, en el documento “ADJUDICACIÓN Y ENVÍO DE VALORES FILATÉLICOS” se
dice252: “Envío, La filatelia PIC se envía sólo si la delegación lo solicita por petición del
cliente.”
De hecho, los certificados de adjudicación de filatelia se emitían con la
siguiente leyenda:
“Estos valores quedan a su disposición en las cajas fuertes de AFINSA. Cuando desee retirarlos le rogamos se ponga en contacto con nuestra delegación en su zona o con su asesor al objeto de concertar una entrevista que permita entregarle el lote detallado.”253
249
Anexo 02.152: documentación contratos PIC nuevo (contratos nº 11-0687203, 11-462464, 11-461954). 250
Anexo 02.153: pantallas del INVER con los datos de las adjudicaciones de los seis lotes del contrato PIC nuevo nº 11-068720-3, en donde se indica que los seis lotes están en “valores”. 251
Nota, ver anexo 02.141: “Adjudicación y envío de valores filatélicos”. 252
Nota, ver anexo 02.141: “Adjudicación y envío de valores filatélicos”. 253
Anexo 02.154: certificados de adjudicación de contratos PIC nuevos encontrados en la documentación intervenida.
190
La proporción que guarda la filatelia que queda en los almacenes de AFINSA
respecto del total de la filatelia adjudicada a contratos PIC, la podemos obtener de la
Base de datos del Inventario de AFINSA a 9 de mayo de 2006. Base de datos utilizada
por la Administración Concursal de AFINSA para el informe de valoración del
inventario filatélico. Los datos se transcriben en el siguiente cuadro:
FILATELIA PIC ASIGNADA A CONTRATOS A 09/05/2006
Asignación Ubicación Importe total %
CLIENTE CLIENTE 3.749.021,19 1,48%
CLIENTE DEPOSITO 250.224.503,26 98,52%
253.973.524,45 100,00%
Fuente: "BD inventario" inventario PIC
Es decir, en la fecha de la intervención judicial, de la totalidad de contratos
PIC/MIP que estaban vivos, sólo el 1,48% de la filatelia asignada a dichos contratos
estaba en poder de los clientes. (La filatelia PIC/MIP se analiza conjuntamente porque
es la filatelia utilizada en los contratos de larga duración y tiene características
similares, siendo los contratos MIP mucho menos importantes, tanto en número de
contratos como en capital invertido dentro de los contratos de larga duración).
II.4.3. Incumplimientos o inconsistencias de los contratos PIC
Al igual que en los contratos CIT y CIF, demostraremos en este apartado que
los contratos PIC adolecen de ciertas inconsistencias tan importantes que ayudan a
entender aún mejor su clara naturaleza financiera.
Las analizaremos diferenciando a los contratos PIC antiguos de los contratos
PIC nuevos y son las siguientes:
- Los clientes de los contratos PIC no tienen interés alguno en constituir un
patrimonio filatélico.
- Los valores filatélicos adjudicados a los contratos PIC no respaldan ni sirven de
soporte al capital que los clientes invierten en los mismos.
- Adjudicación de la misma filatelia a distintos precios según el tipo de contrato al
que va destinada.
191
- La rentabilidad comprometida por AFINSA en los contratos PIC no tiene
relación alguna con la evolución del precio de los valores filatélicos que
amparan los contratos.
II.4.3.A) Los clientes de los contratos PIC no tienen interés alguno en
constituir un patrimonio filatélico
Aunque el objeto formal de este tipo de contratos254, tanto en el PIC antiguo
como en el PIC nuevo, sea para el inversor la constitución de un patrimonio filatélico a
través de la adquisición paulatina de lotes de valores filatélicos, la realidad de su
funcionamiento pone de manifiesto que el inversor no tiene interés alguno en los
valores filatélicos, sino que su objeto es conseguir, a través de este producto, un plan
de ahorro dilatado en el tiempo en el que se le garantiza una rentabilidad mínima en
función de las aportaciones efectuadas y del tiempo transcurrido.
El inversor no tiene ningún interés en quedarse con los sellos para constituir su
patrimonio filatélico, sino que todos los inversores transcurrido un periodo de tiempo
más o menos largo deciden rescindir el contrato solicitando la liquidación del mismo,
bien mediante un cobro único (rescisión unitaria), bien a través de rentas mensuales.
El procedimiento de gestión comercial de los contratos no ofrece al inversor ni
siquiera la posibilidad de solicitar, una vez transcurrido el periodo mínimo de
permanencia de tres años, la rescisión del contrato comunicando a AFINSA que se
queda con la filatelia adjudicada renunciando al cobro de cantidad alguna.
En el informe de desarrollo nº 3: Estados financieros y situación patrimonial,
apartado IV.1.2.C): “Selección de los contratos que van a ser objeto de cálculo y datos
utilizados de la aplicación de gestión de contratos de inversión (INVER)”; se hace un
análisis de los contratos PIC que han sido dados de Baja en el periodo temporal de
esta pericia y de las causas de dichas bajas, el resultado es el siguiente:
ESTADO Nº
CONTRATOS
CAUSA BAJA Nº
CONTRATOS
ACTIVOS A 140.354
Anulados AN 3.882
BAJA B 56.647
Duplicados DU 39
254
Ver cláusula general II de contratos PIC antiguo y contratos PIC nuevo.
192
ESTADO Nº
CONTRATOS
CAUSA BAJA Nº
CONTRATOS
INACTIVOS I 2
Impagados IM 8.483
NULOS N 39
Rescisión unitaria RE 39.180
SUSPEND S 1.722
Renta mensual RM 5.061
198.764
56.645
De los 56.645 contratos que aparecen dados de baja hay que eliminar 4.315
contratos que no tienen ningún recibo asociado, es decir, contratos en los que el
cliente no ha hecho ninguna aportación, estando por tanto dentro de los contratos
anulados o impagados, por lo que el número de contratos en estado Baja es realmente
de 52.330, de los cuales el total de anulados, impagados o duplicados es de 8.089
contratos.
De las tablas que contienen la filatelia adjudicada a los contratos de larga
duración (tabla de consulta ADJL de Prometeo), se han seleccionado los contratos en
estado de Baja, con fecha de baja entre el 01/01/1998 y 09/05/2006, con causa de
baja: anulados (AN) o impagados (IM) y que tengan 3 o más lotes adjudicados; es
decir, se pretende seleccionar aquellos contratos que cumpliendo el requisito mínimo
de permanencia que exige el clausulado del contrato PIC, han sido dados de baja por
el motivo de Anulados (AN) o Impagados (IM) en vez de haber sido objeto de
liquidación recibiendo el resultado de la misma en un sólo cobro (Rescisión unitaria) o
a través de rentas mensuales (Renta mensual). No olvidemos lo que dicen las
cláusulas V.1 y II.2 de los contratos PIC tanto antiguos como nuevos:
Cláusula II.2 “Adjudicaciones: Dado que los lotes de Valores Filatélicos, objeto de adquisición, tienen un alto valor unitario global, AFINSA los adjudicará y entregará anualmente, una vez completado el pago de la anualidad correspondiente.”
Cláusula V: Opciones de venta del Patrimonio Filatélico a través de Afinsa 1. “En el caso de encontrarse el INVERSOR al corriente de los pagos de su adquisición y, habiendo transcurrido, al menos tres años desde la fecha del presente contrato, podrá encomendar a AFINSA, si así lo desea, la venta de su Patrimonio Filatélico.”
El resultado del análisis nos muestra que en esa situación sólo existen 166
contratos255.
255
Anexo 02.155: cuadros de elaboración propia obtenidos de la tabla ADJL de Prometeo, en la que se han seleccionado los contratos en estado de Baja, fecha baja entre el 01/01/1998 y 09/05/2006, causa
193
A su vez, se ha comprobado si los 166 contratos que han resultado del análisis
anterior tenían como mínimo pagados los recibos correspondientes a tres anualidades,
ya que la cláusula V.1 anteriormente mencionada exige que el inversor esté al
corriente de los pagos. Para ello se han cruzado estos 166 contratos con la tabla de
“Recibos” de la documentación intervenida y ha resultado que todavía existen 48
contratos que, aun teniendo tres o más lotes adjudicados, no han pagado los recibos
mínimos por lo que no cumplen los requisitos que exige la cláusula V citada. El
resultado definitivo es de 118 contratos.
La conclusión es la siguiente: de los 8.089 contratos dados de baja por causa
Anulados, Impagados o Duplicados, sólo 118 contratos tenían 3 o más lotes
adjudicados y sus titulares habían pagado como mínimo los recibos de tres
anualidades; el resto 7.971 tenían menos de tres lotes adjudicados o sus titulares no
habían pagado los recibos mínimos y, por tanto, no habían cumplido el requisito
mínimo de permanencia y pago para solicitar la liquidación del contrato.
Es decir, de los 52.331 contratos dados de Baja en el ámbito temporal de la
pericia, el 84,54% de ellos han sido objeto de liquidación bien por rescisión unitaria,
bien por renta mensual, el resto se han dado de Baja por el concepto de anulados o
impagados y de estos últimos el 97,95%% tenían menos de 3 lotes adjudicados o sus
titulares no habían pagado los mínimos recibos estipulados, por lo que son contratos
que no han cumplido el requisito mínimo de permanencia y pago que exige la cláusula
V.1 del contrato PIC.
Es decir, sólo el 0,23% de los contratos dados de baja en el periodo
temporal que abarca la pericia, cumpliendo los requisitos de la cláusula V.1, no
han sido objeto de liquidación por rescisión unitaria o por rentas mensuales.
No debemos olvidar tampoco que, según los datos de la BD Inventario, sólo el
1,48% de la filatelia PIC/MIP adjudicada a 9 de mayo de 2006 estaba en poder de los
clientes.
baja Anulados o Impagados y con 3 o más lotes adjudicados y cuadro obtenido de la tabla de “RECIBOS” en el que se han obtenido de los 166 contratos seleccionados, los que tienen todos los recibos pagados.
194
De acuerdo con el documento interno con rango de Norma: “Adjudicación de
valores filatélicos en contratos de inversión”256 dentro del apartado Adjudicación
PIC/MIP, en el subapartado Cambios y modificaciones en contratos PIC, uno de ellos
el de Anulaciones de contratos, señala:
“Se considerarán como contratos anulados aquellos cuyos pagos quedan interrumpidos de forma definitiva sin haber alcanzado la duración mínima exigida en el contrato. La filatelia adjudicada en las anualidades completas se pondrá a disposición del cliente para su retirada en el plazo estipulado que fijará la Dirección Comercial. Una vez finalizado este plazo dicha filatelia quedará disponible para su recuperación y nueva adjudicación.”
Esa Norma no debió de cumplirse siempre pues en el año 2006 el documento
interno denominado: “Definición criterios adjudicaciones filatelia y tratamiento de
incidencias” de 31/03/2006257 trata el problema de las anulaciones y de su lectura se
deduce que la mayoría de los contratos anulados tiene menos de tres anualidades; de
hecho, luego da cifras al respecto (de 3.112 contratos anulados, 2.978 tienen menos
de 36 meses) y parece que la filatelia se deja en la situación en que se encontraba y
no se llega a recuperar para nuevas adjudicaciones.
“Actualmente si el cliente no solicita esa filatelia se dejan las adjudicaciones hechas en el Sistema y nunca se recupera esa filatelia para nuevas adjudicaciones”.
Por otra parte, en un documento interno muy importante ya mencionado que
analiza la rentabilidad del producto PIC258, cuando se habla de las características de
los productos, refiriéndose a los contratos de venta de bienes tangibles con garantía
de recompra, dice:
“Históricamente el 100% de los clientes ejercen el derecho de recompra y dadas las características del mercado de los bienes actualmente comercializados en estos productos, todo hace indicar que este comportamiento se mantendrá en el futuro.”
256
Anexo 02.156: “ADJUDICACIÓN DE VALORES FILATÉLICOS EN CONTRATOS DE INVERSIÓN” de fecha 30/06/04, responsable Dolores Llames, revisado Bernardo Valero, aprobado por Antonio Giménez-Rico. 257
Anexo 02.157: correo de Gema Alonso de 04/04/2006 para Dolores Llames, Elisa Mallón, Vicente Coello, José Ángel en el que adjunta documento interno “Definición criterios Adjudicaciones Filatelia Y Tratamientos Incidencias” 258
Nota, ver anexo 02.147: “Modelo de rentabilidad de productos de inversión. Análisis de la rentabilidad del PIC”. Estudio elaborado por Organización y Medios. Plan OM0501. Mayo de 2005.
195
II.4.3.B) Los valores filatélicos adjudicados a los contratos PIC no
respaldan ni sirven de soporte al capital invertido por los
clientes en los mismos
En primer lugar hay que tener en cuenta, como ya se explica en el informe de
desarrollo nº 5: Los Catálogos filatélicos, que los catálogos filatélicos pueden dar una
idea aproximada del valor que pueden alcanzar unos sellos. Los expertos siempre
dicen que “los catálogos son sólo una referencia”, pero no indican necesariamente el
precio de mercado de los mismos ni siquiera en el comercio al por menor, lugar donde
el inversor de un contrato PIC puede vender los sellos que tiene adjudicados en su
contrato, pues es la situación de la oferta y la demanda en un momento determinado la
que fija dicho precio. Además, hay que considerar la diferencia fundamental que puede
existir entre el precio por el que un coleccionista adquiere un sello en el comercio al
por menor y el precio al que tiene que vender ese coleccionista si se quiere
desprender de unos determinados sellos en dicho comercio, siendo este último inferior
al primero, pues al ser un mercado de escasa movilidad, el comerciante debe
mantener un alto volumen de stock durante cierto tiempo, por lo que sólo los adquiere
si consigue un margen de descuento sobre el primer precio muy sustancioso, lo cual a
su vez dependerá del catálogo de que se trate y del tipo de sellos.
a) Contratos PIC antiguos
En los contratos PIC antiguos, como ya hemos indicado, los lotes filatélicos son
valorados por AFINSA según las Listas internas que ella misma elabora y que va
revalorizando trimestralmente.
Esos valores no van respaldados por ningún catálogo filatélico, sino que son
formados unilateralmente por AFINSA de acuerdo con su criterio y por supuesto con
sus intereses. Ni siquiera se tiene constancia de que esos valores sean propuestos o
al menos contrastados con sus expertos filatélicos.
196
1. Revalorización de las listas internas
El sistema de gestión comercial de los contratos denominado INVER nos
muestra las Listas internas que AFINSA elaboró y utilizó para la adjudicación de los
contratos PIC antiguos correlativas desde el año 1993 al año de 2006259.
Las Listas internas anuales utilizadas por AFINSA en la adjudicación de los
contratos PIC antiguos, tal y como vienen reflejadas en el INVER, recogen tanto la
filatelia de Portugal (la numeración de las series comienza por PO y su rango va desde
el año 1940 a 1985) como la filatelia de Europa CEPT (la numeración de las series
comienza por EU y su rango está entre el año 1956 a 1985). En dichas Listas
aparecen los precios vigentes para el año correspondiente así como el precio del año
anterior y su incremento o revalorización. Como se observa, las revalorizaciones
anuales son como mínimo del 16% y la revalorización se produce en todas las series
de forma lineal.
El cuadro que se añade a continuación indica las revalorizaciones medias
anuales que AFINSA realizaba tanto para la filatelia de Portugal como para la filatelia
de Europa CEPT.
VARIACION DE PRECIOS DE SERIES
SERIES DE PORTUGAL: 1940-1985 SERIES DE EUROPA CEPT: 1956-1985
FECHA INCREMENTO MEDIO ANUAL
(%) FECHA
INCREMENTO MEDIO ANUAL
(%)
01/01/1992 - 01/01/1993 22,23
01/07/1993 - 01/01/1994 7,53(*) 01/01/1993 - 01/01/1994 20,13
01/01/1994 - 01/01/1995 19,00 01/01/1994 - 01/01/1995 18,10
01/01/1995 - 01/01/1996 20,28 01/01/1995 - 01/01/1996 20,28
01/01/1996 - 01/01/1997 15,68 01/01/1996 - 01/01/1997 18,03
01/01/1997 - 01/01/1998 16,09 01/01/1997 - 01/01/1998 16,05
01/01/1998 - 01/01/1999 16,04 01/01/1998 - 01/01/1999 15,99
01/01/1999 - 01/01/2000 16,04 01/01/1999 - 01/01/2000 15,99
01/01/2000 - 01/01/2001 16,04 01/01/2000 - 01/01/2001 15,99
01/01/2001 - 01/01/2002 16,04 01/01/2001 - 01/01/2002 15,99
01/01/2002 - 01/01/2003 16,04 01/01/2002 - 01/01/2003 15,99
01/01/2003 - 01/01/2004 16,04 01/01/2003 - 01/01/2004 20,5
01/01/2004 - 01/01/2005 16,04 01/01/2004 - 01/01/2005 17,14
01/01/2005 - 01/01/2006 16,04 01/01/2005 - 01/01/2006 16,59
259
Anexo 02.158: Listas internas que ofrece el INVER con los precios de la filatelia de Portugal y Europa CEPT desde 1993 a 2006. Cuadros de elaboración propia recogiendo la evolución de precios en las series de Portugal y Europa y evolución precios Portugal series y hojas bloque.
197
VARIACION DE PRECIOS DE SERIES
SERIES DE PORTUGAL: 1940-1985 SERIES DE EUROPA CEPT: 1956-1985
FECHA INCREMENTO MEDIO ANUAL
(%)
FECHA INCREMENTO MEDIO ANUAL
(%)
(*) la revalorización es de medio año.
Estos porcentajes de revalorización son muy similares a los indicados por el
propio Juan Carlos Morán en el año 1999260, cuando en el apartado sobre “Cuestiones
relativas a la adjudicación de valores filatélicos en contratos de inversión”, al referirse a
la pregunta ¿Cuál ha sido la revalorización de la filatelia de los Pic en los últimos 10
años?, dice que la revalorización ha sido: del 24% (para años anteriores al 95), del
20% en el año 95, del 18% en el 96, del 17% en el año 97 para pasar al 16% en los
años 1998 y 1999 . Diciendo además: “Con los PIC antiguos la subida que se producía
en la filatelia era lineal, es decir, todas las series subían lo mismo.”
Hay que tener en cuenta que Juan Carlos Morán en esa época (año 1999), era
el director del departamento de Valores dentro del grupo de negocio FILATELIA Y
NUMISMÁTICA.
2. Comparación de los valores de adjudicación con los valores que refleja
la BD Inventario
Como ya hemos indicado anteriormente, a través de la tabla de consulta ADJL
de PROMETEO obtenemos información de las series filatélicas utilizadas en la
adjudicación de los contratos de larga duración: contratos PIC y MIP. De dicha tabla se
han seleccionado las series filatélicas utilizadas en la adjudicación de los contratos
PIC antiguos, la cual ofrece los siguientes datos:
- el número de series adjudicadas
- el importe por el que fueron adjudicadas históricamente en su fecha
correspondiente, y
- el importe de adjudicación que las hubiera correspondido en la fecha de la
intervención: 9 de mayo de 2006.
260
Nota, ver anexo 02.092: “Monográfico sobre filatelia”, autor Juan Carlos Morán, fecha 20/10/1999.
198
A su vez, el archivo informático “BD inventario” muestra la valoración de esas
mismas series a la fecha de la intervención según los criterios de la “BD inventario” y
que son los siguientes:
- la filatelia de Portugal utilizada en PIC antiguo se valora según el catálogo
Afinsa Portugal del año 2005,
- la filatelia de Europa CEPT utilizada en PIC antiguo según el catálogo Domfil
del año 2006261, y
- la filatelia de España utilizada en PIC antiguo según el catálogo Edifil del año
2005.
Del cruce de ambas tablas (tabla ADJL de PROMETEO y “BD inventario”) se
ha elaborado el cuadro que se añade a continuación que compara los valores de las
series filatélicas utilizadas en los contratos PIC antiguos según la “BD inventario”
(valores de catálogos), con los valores con los que fueron adjudicados históricamente
y con los valores que les hubiera correspondido en su adjudicación a 9 de mayo de
2006.
DENOMINACIÓN Nº SERIES
ADJUDICADAS (1)
IMPORTE HISTÓRICO
ADJUDICACIÓN (2)
IMPORTE TOTAL
ADJUDICACIÓN 09/05/06 (3)
IMPORTE TOTAL BD
INVENTARIO (4)
% TOTAL
PORTUGAL 433.303 112.286.603,80 244.155.155,91 23.426.194,05 96,86%
EUROPA 6.665 6.187.818,89 26.417.458,45 758.908,19 3,14%
ESPAÑA 113 2.496,07 30.070,30 511,05 0,00%
TOTAL 440.081 118.476.918,76 270.602.684,66 24.185.613,29 100,00%
(1)- Nº de series adjudicadas: es el resultado de sumar el número de series adjudicadas que componen cada una de las denominaciones incluidas en este cuadro.
(2)- Importe histórico adjudicación: es el resultado de multiplicar las series que componen cada denominación por el importe al que fueron adjudicadas en sus respectivas fechas de adjudicación
(3)- Importe Total de Adjudicación 09/05/06: es el resultado de multiplicar cada una de las series adjudicadas que componen cada denominación por su importe de adjudicación a la fecha de la intervención.
(4)- Importe total BD inventario: es el total del resultado de multiplicar cada una de las series adjudicadas que componen cada denominación por su importe en la BD inventario.
261
En las tablas se recoge que el catálogo de referencia para su valoración es el Brookman Europa, pero este hecho es imposible dado que dicho catálogo no recoge filatelia del tema Europa; por otro lado al coincidir los valores con los del INVER a 01/01/2006, suponemos que el catálogo de referencia es el catálogo Domfil, pues los precios del INVER a 01/01/2005 coinciden con los del catálogo Domfil de 2005, año en que si hemos podido hacer la comprobación, pues si tenemos el catálogo Domfil de 2005.
199
Las diferencias de valoración que muestra el cuadro son asombrosas y nos
indican que las series filatélicas utilizadas en los contratos PIC antiguo, estando
valoradas en la “BD inventario” por 24.185.613,29 euros, se adjudicaron en su fecha
correspondiente por 118.476.918,76 euros y les hubiera correspondido un valor de
adjudicación en la misma fecha que la “BD inventario” de 270.185.613,29 euros. O
dicho de otra forma, la filatelia utilizada en los contratos PIC antiguos tiene
reconocido un valor en la “BD inventario” (valor de catálogo) que no llega al 9%
de su equivalente valor de adjudicación.
3. Estudio comparativo entre los precios de las Listas internas y los
precios de los catálogos dominados por AFINSA
Se ha realizado un estudio comparativo de los precios de las “Listas Internas”
con los precios del catálogo DOMFIL para los sellos Europa CEPT, y de los precios de
las “Listas Internas” con los del catálogo AFINSA PORTUGAL para los sellos de
Portugal.
Los catálogos Domfil y Afinsa Portugal eran catálogos dominados por AFINSA,
tal y como queda ampliamente explicado en el informe de desarrollo nº 5 que analiza
los catálogos filatélicos, pero eran los catálogos que AFINSA utilizaba como referencia
para esa filatelia en los contratos PIC y MIP.
El estudio comparativo entre los precios del catálogo DOMFIL y los precios de
las LISTAS INTERNAS para los sellos Europa CEPT en los años 2000, 2001, 2002,
2003, 2004 y 2005262, nos muestra un resultado espectacular: las Listas internas
tienen unos precios extremadamente superiores a los del catálogo Domfil, con
incrementos distintos según la serie y los años considerados.
En el cuadro siguiente se refleja para los años 2000 a 2005 el valor total que
aparece en las Listas internas de AFINSA y el valor total que para la misma filatelia
recoge el catálogo Domfil.
262
Anexo 02.159: cuadros de elaboración propia con la comparación ,para los sellos Europa CEPT, entre los precios de las Listas internas y los precios del catálogo Domfil en los años 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005. La comparación se ha efectuado directamente entre catálogo Domfil y Listas internas sólo en el año 2005 (ya que sólo poseemos el catálogo Domfil de dicho año), al haberse verificado que los precios del Domfil del año 2005 son justamente la mitad de los valores de adjudicación que aparecen en el INVER para los contratos PIC nuevos y MIP, se ha supuesto que en el resto de los años los valores de catálogo son también la mitad de los valores de adjudicación de INVER para PIC nuevo y MIP.
200
AÑO
TOTAL VALOR FILATELIA DE EUROPA AÑOS 1956 A
1985 SEGÚN LISTAS (euros)
TOTAL VALOR FILATELIA DE EUROPA AÑOS 1956
A 1985 SEGÚN CATÁLOGO DOMFIL
EUROPA CEPT (euros)
% DIFERENCIA
2000 68.552,85 3.061,19 2.139,42%
2001 79.517,12 3.264,60 2.335,74%
2002 92.234,93 3.500,94 2.534,58%
2003 106.986,80 3.720,46 2.775,63%
2004 128.917,43 3.976,43 3.142,04%
2005 151.015,74 4.241,25 3.460,64%
Es decir, los precios de las Listas internas para los sellos Europa Cept
son superiores a los correspondientes del catálogo Domfil con incrementos que
oscilan entre un 2.139% y un 3.460% en los años aquí considerados.
El estudio comparativo entre los precios del catálogo AFINSA PORTUGAL y los
precios de las LISTAS INTERNAS para los sellos de Portugal en los años 2001, 2002,
2003 y 2004263, es también sorprendente: las Listas internas tienen también unos
precios muy superiores a los del catálogo Afinsa Portugal, con incrementos
distintos según sea la serie y los años.
En el cuadro siguiente se refleja para los años 2001 a 2004 el valor total que
aparece en las Listas internas de AFINSA y el valor total que para la misma filatelia
recoge el catálogo Afinsa Portugal.
AÑO
TOTAL VALOR FILATELIA DE PORTUGAL AÑOS 1940 A 1985 SEGÚN
LISTAS (euros)
TOTAL VALOR FILATELIA DE PORTUGAL AÑOS 1940 A 1985 SEGÚN CATÁLOGO AFINSA PORTUGAL (euros)
% DIFERENCIA
2001 35.823,76 6367,03 462,64%
2002 41.568,52 6.866,93 505,34%
2003 48.234,47 7.383,29 553,29%
2004 55.969,38 7.997,95 599,80%
Es decir, los precios de las Listas internas para los sellos de Portugal son
superiores a los correspondientes del catálogo Afinsa Portugal con incrementos
que oscilan entre un 460% y un 600% en los años aquí considerados.
263
Anexo 02.160: cuadros de elaboración propia con la comparación en los sellos de Portugal entre los precios de las Listas internas y los precios del catálogo Afinsa Portugal en los años 2001, 2002, 2003 y 2004.
201
No olvidemos tampoco que las Listas internas que elabora AFINSA se
revalorizan un 16% lineal todos los años, mientras que los catálogos Afinsa Portugal y
Domfil revalorizan la filatelia en torno a un 6% anual de media, lo cual provoca que la
separación de precios entre Listas y catálogos vaya aumentando año a año264.
4. Estudio comparativo entre los precios de las Listas internas y los
precios de catálogos independientes
Se han comparado los precios de las Listas internas con los precios de
catálogos independientes, como son el catálogo YVERT & TELLIER y el catálogo
MICHELL, para los mismos sellos y mismos años. La comparación se ha hecho para
los sellos Europa CEPT entre el catálogo Yvert & Tellier y las Listas internas; y para
los sellos de Portugal ente el catálogo Michell y también el catálogo Yvert & Tellier con
las Listas internas.
El estudio comparativo realizado en los años 2004 y 2005 para los sellos
Europa CEPT entre el catálogo Yvert & Tellier y las Listas internas nos muestra
también unos resultados sorprendentes265: las Listas internas tienen unos precios
muy superiores a los del catálogo Yvert & Tellier, con incrementos que oscilan:
- para el año 2004, entre el 1.207% y el 6.800%, siendo los precios de las Listas
internas como media superiores a los del catálogo Yvert & Tellier ese año un
2.246%, y
- para el año 2005, entre el 1.330% y el 7.500%, siendo los precios de las Listas
internas como media superiores a los del catálogo Yvert & Tellier ese año un
2.495%.
Es decir, los precios de las Listas internas para los sellos Europa CEPT
son superiores a los correspondientes del catálogo Yvert & Tellier con
incrementos que están entre un 2.500% y un 2.700% en los años aquí
considerados.
El resumen se muestra en el cuadro siguiente:
264
Nota, ver anexo 02.144: cuadros de elaboración propia con revalorizaciones de los catálogos Domfil y Afinsa Portugal para filatelia de Europa CEPT y Portugal respectivamente. 265
Anexo 02.161: cuadros de elaboración propia con la comparación en los sellos Europa CEPT entre los precios de las Listas internas y los precios del catálogo Yvert & Tellier en los años 2004 y 2005.
202
LISTAS 2004
CATÁLOGO YVERT 2004 % DIFERENCIA
128.917,43 4.943,25 2.507,95%
LISTAS 2005
CATÁLOGO YVERT 2005 % DIFERENCIA
151.015,74 5.239,25 2.782,39%
El estudio comparativo realizado con los sellos de Portugal en el año 2004
entre el catálogo Yvert & Tellier y las Listas internas y el estudio comparativo entre el
catálogo Michell y las Listas internas en el año 2006 nos muestra también resultados
muy llamativos266: las Listas internas tienen unos precios muy superiores a los
del catálogo Yvert & Tellier y a los del catálogo Michell en los sellos de Portugal,
con incrementos que oscilan:
- con el catálogo Yvert & Tellier, entre el 140% y el 12.493%, teniendo las Listas
internas en el año 2004 y para los sellos de Portugal un incremento total del
818%, y
- con el catálogo Michell entre el 232% y el 3.627%, teniendo las Listas internas
en el año 2006 y para los sellos de Portugal un incremento total del 826%.
El resumen se muestra en el cuadro siguiente:
LISTAS 2004
CATÁLOGO YVERT 2004 % DIFERENCIA
55.969,38 6.096,75 818,02%
LISTAS 2006
CATÁLOGO MICHEL 2006 % DIFERENCIA
75.359,15 8.137,90 826,03%
Esta sobrevaloración de los precios de las Listas internas de AFINSA en
comparación con los precios de catálogo era reconocida y admitida reiteradamente en
la propia AFINSA. Así, destacamos los siguientes documentos:
266
Anexo 02.162: cuadros de elaboración propia con la comparación en los sellos de Portugal entre los precios de las Listas internas y los precios del catálogo Yvert & Tellier en el año 2004 y comparación en los sellos de Portugal entre las Listas internas y el catálogo Michel en el año 2006.
203
- “Comentarios sobre previsiones de la cartera PIC”267 que en las
Consideraciones a destacar sobre el PIC Antiguo, el autor del estudio: Vicente
Coello dice:
“Gran parte de la filatelia adjudicada pendiente de liquidar corresponde a filatelia de Portugal, de la cual desconozco el valor actual de catálogo, pero hay 24 millones de euros de filatelia de Europa cuyo valor de adjudicación como filatelia PIC Nueva sería un 6,78% del valor como filatelia Antigua.”
- En un acta reunión sobre “Seguimiento relación CDC – ACV”268, en el apartado
1. Soluciones propuestas a puntos pendientes. Filatelia de Bodega, dice:
“AGR corrobora la información de que la liquidación de PIC antiguo supone 140.000.000 euros. Queda pendiente estudio financiero solicitado por RE, donde se valore el impacto de la acumulación de esta filatelia.”
(Como luego se verá, la filatelia de Portugal de PIC antiguo se utilizará en la
adjudicación de contratos MIP a valor de catálogo y la filatelia del tema
Europa se utilizará en los contratos PIC nuevos y MIP a doble del valor de
catálogo)
- El Área Económico Financiera de AFINSA elaboró una nota informativa sobre
la “Problemática del PIC antiguo”269 en la que en el apartado: Venta de filatelia
correspondiente al PIC antiguo, se reconoce:
“En la actualidad la filatelia que se vende/adjudica al cliente en virtud de contratos PIC antiguo, se tasa a los efectos de la venta a un precio superior varias veces (hasta 8 veces), al precio que figura en catálogo de la filatelia adjudicada. Por poner un ejemplo gráfico: es como si vendemos un inmueble de 50.000 euros en 400.000 euros, con la garantía de recomprarlo en diez años a esos 400.000 más un 16% anual. (Podría considerarse como una captación encubierta de fondos).” (La negrita es nuestra).
- En un archivo informático270 del que se desconoce su autor, sin fecha, pero que
cuyas propiedades indican como fecha de creación el 14/06/2005, se dice
refiriéndose a la filatelia de Portugal:
267
Nota, ver anexo 02.146: “Comentarios sobre previsiones de la cartera PIC”, fecha 26/07/2004, autor Vicente Coello. 268
Anexo 02.163: Acta reunión, asistentes: Ramón Egurbide (RE), Antonio Giménez –Rico (AGR), José María Cercós (JMC), Arturo Blázquez (AB) y Bernardo Valero (BV) de 23 de abril de 2004, asunto: “Seguimiento relación CDC – ACV” 269
Anexo 02.164: “Nota informativa (confidencial)- Borrador de trabajo, asunto: Problemática del PIC antiguo”, fecha 05-10-2004. 270
Anexo 02.165: “Material de Portugal. PIC antiguo”, fecha de creación archivo: 14/06/2005.
204
“Actualmente, Afinsa tiene adjudicado en PIC antiguo 226,8 millones de euros, lo que supone unos 25 millones a valor de catálogo.”
b) Contratos PIC nuevos
Como ya se ha indicado anteriormente, la filatelia adjudicada en los contratos
PIC nuevos va respaldada por un determinado catálogo para cada país, siendo
siempre el valor de adjudicación el doble del valor de catálogo de referencia.
Esta afirmación ha podido ser contrastada y confirmada a través del sistema de
gestión de los contratos de inversión INVER que nos ofrece, para cada serie y año del
país que se quiere adjudicar, el valor de adjudicación de dicha serie en la fecha
correspondiente, siendo en el caso de la filatelia utilizable en contratos PIC nuevos
siempre el doble del valor de catálogo autorizado por AFINSA271.
Ese coeficiente de adjudicación del doble del valor de su correspondiente
catálogo es admitido continuamente por AFINSA. Así, por ejemplo, en la
documentación intervenida hay una hoja interna de trabajo confidencial272 que hace un
resumen por CIT, PIC NUEVO y PIC ANTIGUO, clasificando la filatelia, indicando el
catálogo de referencia, el coeficiente de adjudicación, el importe adjudicado y el
importe en stock. Pues bien, en el caso del PIC nuevo la clasificación se hace por
países y el coeficiente de adjudicación es siempre 2.
De la misma manera el documento interno denominado: “Normalización
Administración y Custodia de Valores Filatélicos”273 de marzo de 2004 incluye un
anexo 2 en el que para los contratos PIC relaciona la codificación de países y
denominación de bloques, adjuntando además para todos los países y bloques una
relación detallada serie por serie con los precios de catálogo y precios de adjudicación,
siendo estos últimos siempre el doble de los primeros.
271
Nota, ver anexo 02.148: cuadros de elaboración propia con análisis comparativo entre valores de adjudicación y valores de catálogo de filatelia Europa CEPT, Portugal, Mónaco, San Marino, Bélgica, Holanda y Liechtenstein. 272
Nota, ver anexo 02.149: “Confidencial PR010” de julio de 2004 que clasifica por contratos CIT, PIC nuevo y PIC antiguo el importe adjudicado y el importe en stock, indicando catálogo, proveedor (sólo en CIT), estado (en PIC) y coeficiente de adjudicación. 273
Anexo 02.166: documento del Departamento de Adjudicación y Custodia de Valores, denominado: “Normalización Administración y Custodia de Valores Filatélicos, Plan PR005” de marzo de 2004.
205
1. Análisis de los catálogos utilizados y comparación con otros catálogos
independientes.
Hasta el año 2005 los catálogos que respaldaban la filatelia utilizada en la
adjudicación de los contratos PIC nuevos eran: el catálogo Afinsa Portugal para la
filatelia de Portugal, Azores y Madeira, el catálogo Unificato para la filatelia de San
Marino, y el catálogo Domfil para la filatelia del tema Europa CEPT y el resto de los
países europeos274. A partir del año 2005 se sustituye el catálogo Domfil por el
catalogo Brookman (excepto el tema Europa CEPT que sigue con el catálogo Domfil,
ya que el catálogo Brookman no recoge dicha filatelia), manteniendo el catálogo Afinsa
Portugal y catálogo Unificato en los países indicados; así, la hoja de trabajo del Plan
PR010275 dice con respecto al PIC nuevo:
“Nota: El catálogo previsto para los países en proceso de compra o compromiso es Brookman para el año 2005. El coeficiente de adjudicación inicialmente previsto es 2”.
Ya que el análisis de estos catálogos se realiza ampliamente en el informe de
desarrollo nº 5, sólo recordaremos lo siguiente sobre estos cuatro catálogos:
- El Catálogo Domfil es editado por Domfil Catálogos Temáticos Internacionales,
SL, sociedad constituida en marzo de 1998 por AFINSA y la familia Domingo
Brualla, siendo a partir de diciembre de 2004 AFINSA su único accionista.
Domfil edita los catálogos de aquellos países en los que Afinsa adjudica sellos,
pero es la propia Afinsa la que está detrás de la elaboración de dichos
catálogos y sobre todo de la fijación de precios.
- El Catálogo Afinsa Portugal se elabora por la sociedad Afinsa Portugal LTD,
sociedad de derecho portugués constituida en 1988 por AFINSA (90%),
Albertino de Figueiredo (5%) y Juan Antonio Cano (5%). La fijación de los
valores en dicho catálogo va siempre en consonancia con el departamento de
Sistemas de Inversión, ya que es AFINSA la que tiene que dar el visto bueno a
sus precios.
- Catálogo Brookman, catálogo americano de una importancia especial, ya que a
partir del año 2003 se utilizó por AFINSA para referenciar fundamentalmente
274
Nota, ver anexo 02.166. 275
Nota, ver anexo 02.149: “Confidencial PR010” de julio de 2004.
206
los contratos CIT, y a partir de 2005 los contratos PIC. Desde junio de 2003
estuvo totalmente controlado por AFINSA.
- Catálogo Unificato, catálogo italiano con el que AFINSA llegó a alcanzar
importantes acuerdos, de ellos se deduce que desde el año 2001 AFINSA
actuaba de común acuerdo con el Catálogo Unificato para la confección de las
listas de precios de la filatelia de San Marino.
Se ha efectuado un análisis comparativo entre los precios de los catálogos
Afinsa Portugal, Domfil, Unificato y Brookman con catálogos independientes276, y
además, basándonos en el documento interno “Estudio comparativo precios:
Brookman 2005 catálogos locales”277, estos peritos judiciales lo han contrastado y
completado278. El resumen de dichos análisis se plasma a continuación:
1) Filatelia de Portugal para PIC nuevo, tanto de años completos como hojas
bloque, comparación entre el catálogo Afinsa Portugal y el catálogo Yvert &
Tellier del año 2004 y con el catálogo Michel del año 2006.
Con el catálogo Yvert & Tellier, el resumen se muestra en el siguiente
cuadro:
CATÁLOGO AFINSA
PORTUGAL 2004
CATÁLOGO YVERT 2004
DIFERENCIA PRECIOS
DIFERENCIA PORCENTUAL
TOTAL AÑOS
COMPLETOS DE 1986 A
1996 657,25 585,95 71,30 12,17%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 14,11%
TOTAL HOJAS
BLOQUE 628,05 552,3 75,75 13,72%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 23,51%
Con el catálogo Michel el resumen sería el siguiente:
276
Anexo 02.167: cuadros de elaboración propia en los que se detalla serie por serie la comparación de precios entre los catálogos Afinsa Portugal, Domfil, Brookman y Unificato con catálogos independientes para filatelia utilizada en contratos PIC nuevos. 277
Anexo 02.168: documento de Central de Compras, “Estudio comparativo precios: Brookman 2005 catálogos locales.” 278
Nota, ver anexo 05.076 del Informe de desarrollo nº 5: cuadros de elaboración propia con estudio comparativo Brookman 2005 catálogos locales. La corrección se basa fundamentalmente en el cálculo del incremento de precios del catálogo Brookman respecto a los catálogos locales que en nuestro caso se realiza comparando la diferencia de precios del Brookman sobre cada catálogo local.
207
CATÁLOGO AFINSA
PORTUGAL 2006
CATÁLOGO MICHEL
2006
DIFERENCIA PRECIOS
DIFERENCIA PORCENTUAL
TOTAL AÑOS COMPLETOS
DE 1986 A 2004 1.343,44 1.129,90 213,54 18,90%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 19,73%
TOTAL HOJAS BLOQUE 1.202,81 1.130,50 72,31 6,40%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 16,48%
2) Filatelia tema Europa CEPT para PIC nuevo, comparación entre el catálogo
Domfil y el catálogo Yvert & Tellier en los años 2004 y 2005.
CATÁLOGO DOMFIL EUROPA
CEPT 2004
CATÁLOGO YVERT
2004
DIFERENCIA PRECIOS
DIFERENCIA PORCENTUAL
TOTAL AÑOS
COMPLETOS DE 1956 A
1996 5.780,02 7.087,50 -1.307,48 -18,45%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS -19,17%
CATÁLOGO DOMFIL EUROPA
CEPT 2005
CATÁLOGO YVERT 2005
DIFERENCIA PRECIOS
DIFERENCIA PORCENTUAL
TOTAL AÑOS COMPLETOS
DE 1956 A 2000 6.807,27 8.069,50 -1.262,23 -15,64%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS -15,41%
3) Filatelia de San Marino, comparación entre el catálogo Unificato y los
catálogos Sassone, Bolaffi, Yvert & Tellier y Michel en el año 2004.
CATÁLOGO UNIFICATO
2004
CATÁLOGO SASSONE
2004
DIFERENCIA PRECIOS
DIFERENCIA PORCENTUAL
TOTAL AÑOS
COMPLETOS DE 1941 A
1992 3.628,00 2.685,40 942,60 35,10%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 55,31%
208
CATÁLOGO UNIFICATO
2004
CATÁLOGO BOLAFFI
2004
DIFERENCIA PRECIOS
DIFERENCIA PORCENTUAL
TOTAL AÑOS
COMPLETOS DE 1941 A
1992 3.628,00 2.645,05 982,95 37,16%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 64,74%
CATÁLOGO UNIFICATO
2004
CATÁLOGO MICHEL
2004
DIFERENCIA PRECIOS
DIFERENCIA PORCENTUAL
TOTAL AÑOS
COMPLETOS DE 1941 A
1992 3.628,00 1.964,12 1.663,88 84,71%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 91,41%
CATÁLOGO UNIFICATO
2004
CATÁLOGO YVERT 2004
DIFERENCIA PRECIOS
DIFERENCIA PORCENTUAL
TOTAL AÑOS
COMPLETOS DE 1941 A
1992 3.628,00 3.028,93 599,07 19,78%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 20,60%
4) Filatelia de San Marino, comparación entre el catálogo Unificato y los
catálogos Sassone y Bolaffi en el año 2005
CATÁLOGO UNIFICATO
2005
CATÁLOGO SASSONE
2005
DIFERENCIA PRECIOS
DIFERENCIA PORCENTUAL
TOTAL AÑOS
COMPLETOS DE 1941 A
1992 3.847,54 2.846,70 1.000,84 35,16%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 48,24%
CATÁLOGO UNIFICATO
2005
CATÁLOGO BOLAFFI
2005
DIFERENCIA PRECIOS
DIFERENCIA PORCENTUAL
TOTAL AÑOS
COMPLETOS DE 1941 A
1992 3.847,54 2.711,50 1.136,04 41,90%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 60,20%
209
5) Filatelia de Bélgica, comparación entre el catálogo Brookman y el catálogo
Cob en el año 2005279.
CATÁLOGO BROOKMAN
EUROPA 2005
CATÁLOGO COB 2005
DIFERENCIA PRECIOS
DIFERENCIA PORCENTUAL
TOTAL AÑOS
COMPLETOS DE 1940 A
1996 5.603,30 5.381,70 221,60 4,12%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 17,99%
TOTAL HOJAS
BLOQUE DE 1941 A 1996 1.478,21 1.429,70 48,51 3,39%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 40,99%
TOTAL AÑOS
AÉREOS DE 1946 A 1958 133,33 123,65 9,68 7,83%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 22,76%
6) Filatelia de Liechtenstein, comparación entre el catálogo Brookman y el
catálogo Michel en el año 2005.
CATÁLOGO BROOKMAN
EUROPA 2005
CATÁLOGO MICHEL
2005
DIFERENCIA PRECIOS
DIFERENCIA PORCENTUAL
TOTAL AÑOS
COMPLETOS DE 1940 A
1997 4.583,16 3.759,30 823,86 21,92%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 33,17%
TOTAL HOJAS
BLOQUE DE 1941 A 1993 1.098,99 931,50 167,49 17,98%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 41,65%
TOTAL AÑOS
AÉREO DE 1939 A 1960 157,17 151,00 6,17 4,09%
279
Para la filatelia de Bélgica, al carecer del catálogo COB y no conocer las referencias incluidas en el estudio para su comparación en el catálogo Brookman, se han respetado los precios del documento “Estudio comparativo precios: Brookman 2005 catálogos locales” (anexo 02.168). La mayor diferencia de precios resultante es debido a que la comparación se realiza, como en el resto de los países, sobre el catálogo local.
210
CATÁLOGO BROOKMAN
EUROPA 2005
CATÁLOGO MICHEL
2005
DIFERENCIA PRECIOS
DIFERENCIA PORCENTUAL
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS -0,12%
7) Filatelia de Holanda, comparación entre el catálogo Brookman y el catálogo
NVPH en el año 2006.
CATÁLOGO BROOKMAN
EUROPA 2006
CATÁLOGO NVPH 2006
DIFERENCIA PRECIOS
DIFERENCIA PORCENTUAL
TOTAL AÑOS
COMPLETOS DE 1941 A
1996 2.525,75 2.238,28 287,47 12,84%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 20,61%
TOTAL HOJAS
BLOQUE DE 1942 A 1997 748,50 664,70 83,80 12,61%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 34,09%
8) Filatelia de Mónaco, comparación entre el catálogo Brookman y el catálogo
Yvert & Tellier en el año 2006.
CATÁLOGO BROOKMAN
EUROPA 2006 CATÁLOGO YVERT 2006
DIFERENCIA PRECIOS
DIFERENCIA PORCENTUAL
TOTAL AÑOS COMPLETOS DE
1940 A 2002 6.962,01 5.615,18 1.346,83 23,99%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 25,77%
TOTAL HOJAS BLOQUE DE 1938 A 2002 9.263,40 6.179,75 3.083,65 49,90%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 15,65%
TOTAL AÑOS AÉREO DE 1933
A 1984 3.627,91 2.484,00 1.143,91 46,05%
INCREMENTO MEDIO DE PRECIOS 44,56%
La conclusión a la que se llega es la siguiente: excepto en el tema Europa
CEPT, para la filatelia del resto de los países los catálogos dominados por AFINSA
tienen precios más elevados que catálogos independientes para la misma
filatelia.
211
El análisis que en CdC habían realizado en el documento: “Estudio comparativo
precios: Brookman 2005 catálogos locales”280, en el que se analiza filatelia de los
siguientes países: Austria, Bélgica, Berlín, Liechtenstein, Luxemburgo, Holanda, Italia,
Mónaco, ONU Nueva York, ONU Ginebra, ONU Viena y Vaticano, muestra las mismas
conclusiones. El estudio más completo que estos peritos judiciales han realizado281 lo
demuestra igualmente, la conclusión es la misma: el catálogo Brookman tiene
siempre precios más elevados que los catálogos locales, produciéndose las
mayores diferencias entre el catálogo Brookman y el catálogo Michel (los precios del
catálogo Brookman Europa son bastante más elevados que los del catálogo Michel,
llegando a ser para el caso de la filatelia de Austria, en promedio, superiores un
63,85% a los del Michel). La diferencia menor se produce entre el catálogo Brookman
Europa y el catálogo Unificato, para la filatelia de Italia y Vaticano; sin duda alguna
esto podría venir motivado por los acuerdos existentes entre AFINSA y el catálogo
Unificato.
2. Comparación de los valores de adjudicación con el precio de venta
fijado por la propia AFINSA en otras operaciones mercantiles de venta
Hasta el año 2003 inclusive, AFINSA ofertaba al público (venta al por menor)
filatelia tanto española como del extranjero a precio fijo. Dicha oferta estaba dirigida a
los coleccionistas privados y para ello editaba cada año un catálogo denominado
“Oferta a precio fijo España y extranjero”. En las condiciones de venta de dicho
catálogo se dice expresamente: “Los precios de la oferta son precios finales de venta
al público...”. Del catálogo del año 2003282 se ha seleccionado filatelia de Portugal
(series y hojas bloque) utilizada tanto en contratos PIC antiguo como PIC nuevo,
filatelia de Mónaco, Bélgica, Holanda y Liechtenstein (hojas bloque) utilizada en
contratos PIC nuevos; se ha efectuado un estudio comparativo entre los precios del
“Catálogo oferta precio fijo” del año 2003 (valor venta público 2003) con los valores de
adjudicación a 01/01/2003 y con el valor de catálogo del año 2003: catálogo Afinsa
Portugal para la filatelia de Portugal y catálogo Domfil para el resto de países
280
Nota, ver anexo 02.168: documento de Central de Compras, “Estudio comparativo precios: Brookman 2005 catálogos locales.” 281
Nota, ver anexo 05.076 del informe de desarrollo nº 5: documento de elaboración propia, Estudio comparativo precios Brookman 2005, catálogos locales. 282
Nota, ver catálogos filatélicos: “Oferta a precio fijo España y extranjero 2003”.
212
seleccionados. El análisis que se muestra en documento anexo283 nos indica que,
salvo en raras excepciones (alguna hoja bloque de Bélgica y Holanda), en el resto de
los casos siempre el precio de venta al público ofertado por la propia AFINSA es
inferior al precio que marca el catálogo correspondiente y, por ello, muy inferior
al valor de adjudicación. El resumen es el siguiente:
- Filatelia de Portugal: los valores de venta al público suelen estar entre un 12%
y un 80% de los valores de catálogo; y entre 1,5% y un 40% de los valores de
adjudicación.
- Filatelia de Mónaco: los valores de venta al público oscilan entre un 50% y un
65% de los valores de catálogo; y entre un 25% y un 62% de los valores de
adjudicación.
- Filatelia de Bélgica: excepto dos casos, los valores de venta al público se
encuentran entre un 55% y un 96% de los valores de catálogo; y entre un 27%
y un 60% de los valores de adjudicación.
- Filatelia de Holanda: excepto un caso, los valores de venta al público se
encuentran entre un 60% y un 97% de los valores de catálogo; y entre un 30%
y un 57% de los valores de adjudicación.
- Filatelia de Liechtenstein: los valores de venta al público suelen estar entre un
65% y un 75% de los valores de catálogo; y entre un 32% y un 35% de los
valores de adjudicación.
Por último, y teniendo en cuenta tanto los contratos PIC antiguos como los
contratos PIC nuevos, podemos hacer una comparación entre los valores por los que
aparece su filatelia adjudicada según la BD Inventario (valores de catálogo a la fecha
de la intervención judicial) y los importes de principal (cantidad aportada por el cliente)
de los contratos vivos a 9 de mayo de 2006 y los intereses estimados según los
cálculos efectuados por estos peritos judiciales en el correspondiente informe de
desarrollo. El resumen se muestra en el cuadro siguiente:
TIPO DE CONTRATO
PRINCIPAL INTERESES PRINCIPAL + INTERESES
TOTAL VALOR EN BD
INVENTARIO
PIC ANTIGUO 124.431.939,10 102.522.886,70 226.954.825,80 24.185.613,29
PIC NUEVO 301.782.307,26 43.948.065,83 345.730.373,09 167.641.483,54
TOTAL 426.214.246,36 146.470.952,53 572.685.198,89 191.827.096,83
283
Anexo 02.169: cuadros de elaboración propia con análisis comparativo entre valores de venta al público con valores de adjudicación y con valores de catálogo en el año 2003 de filatelia de Portugal, Mónaco, Bélgica, Holanda y Liechtenstein.
213
Una simple comparación de las cifras de la BD Inventario con los
importes de principal más intereses de los contratos vivos a 9 de mayo de 2006,
nos pone de manifiesto un déficit de filatelia a valor de catálogo próximo a los
300 millones de euros.284
3. Precios a los que compra AFINSA la filatelia destinada a los contratos
PIC. Evolución de los precios de esa filatelia en catálogos independientes.
Precios a los que compra AFINSA la filatelia destinada a la adjudicación de los
contratos PIC (filatelia PIC/MIP)
El análisis de los precios de adquisición de AFINSA de su filatelia está
ampliamente desarrollado en el informe de desarrollo nº 4: “Política de compras de la
filatelia de los contratos de inversión”, pero aquí recordaremos lo siguiente:
- En general AFINSA paga precios más elevados por la filatelia PIC/MIP que por
la filatelia destinada a los contratos CIT/CIF.
- Los precios fueron evolucionando con el tiempo y también se pueden distinguir
dos etapas diferenciadas: la primera abarca el periodo desde 1 de enero de
1998 hasta agosto de 2003, cuando se firman los contratos de exclusividad
para el suministro de filatelia de inversión con el grupo GMAI y se adquiere el
control absoluto del catálogo Brookman, y la segunda etapa abarca el periodo
que va desde agosto de 2003 a la fecha de la intervención judicial.
- En la primera etapa, excepto para la filatelia del tema Europa CEPT, AFINSA
adquiere la filatelia PIC/MIP a sus principales proveedores (las empresas de
Guijarro, las empresas de Gonçalves y Aldevega S.L.) a un porcentaje del valor
de catálogo que oscilaba entre el 30% y el 40% de dicho valor, excepto para la
filatelia de Portugal y Bélgica en que el porcentaje podía subir hasta el 50%.
Los catálogos utilizados como referencia en las compras realizadas por
AFINSA eran variados y según el país considerado: Yvert & Tellier (para
284
Al hacer la comparación entre los importes de principal + intereses con total valor BD Inventario, hay que tener en cuenta que las adjudicaciones, tanto en los PIC antiguos como en los PIC nuevos, se efectúan sin IVA (aproximadamente 5%), que el valor de adjudicación de los contratos PIC nuevos están incluidas las sobreadjudicaciones , por lo que no hay que eliminarlas a efectos de hacer la comparación y, que existe una parte de aportaciones de los clientes PIC pendientes de adjudicar: el saldo de la cuenta “anticipos clientes PIC” asciende en la fecha de la intervención judicial a 64,9 millones de euros.
214
filatelia de Liechtenstein y Luxemburgo), Domfil (para filatelia de Mónaco y
Bélgica), Afinsa Portugal (para filatelia de Portugal), NVPH (para filatelia de
Holanda), etc.
- En la segunda etapa el suministrador exclusivo de filatelia de inversión es el
grupo GMAI y, aunque los contratos de suministro estipulan como precio para
AFINSA un porcentaje del 10% más su IVA correspondiente (en el caso de la
filial española CdC) sobre el coste para el grupo; lo cierto es que la
interpretación flexible de los contratos y los cambios en el catálogo utilizado
como referencia (catálogo Brookman) permiten aumentar sensiblemente los
precios para AFINSA con el ánimo de incrementar los beneficios del grupo
GMAI (objetivo prioritario para AFINSA en consonancia con la “Operación
Lenape”); así en el año 2005, excepto para la filatelia Europa CEPT que
apenas se compra por ser una filatelia muy cara, AFINSA adquiere la filatelia
PIC/MIP a unos márgenes que oscilan entre el 41% y el 56% del valor reflejado
en el catálogo Brookman, catálogo comprado por AFINSA con valores muy
superiores a los reflejados para la misma filatelia por los catálogos locales.
- Conviene hacer una especial mención a la filatelia de la serie Europa CEPT,
esta filatelia es la que ha tenido un mayor crecimiento en sus precios de
compra, experimentando un incremento en los precios del 319,25% en el
periodo que comprendido entre 1998 y 2003. Este crecimiento tan elevado de
los precios supuso para AFINSA tener que pasar de pagar en el año 2001 el
68,61% del valor de catálogo a pagar en el año 2003 el 140,06% de dicho valor
de catálogo (catálogo Domfil). Por ello las compras de esta filatelia se
redujeron drásticamente en el año 2005 (las compras del año 2005 fueron un
98% inferiores a las realizadas en 2004), no adquiriéndose filatelia de esta
serie en el año 2006285. No cabe duda de que la fuerte demanda de esta
filatelia tanto por Fórum Filatélico como por AFINSA incrementó los precios por
encima del valor del catálogo Domfil, y esta situación condiciona la validez de
los precios pagados como valores de referencia.
285
Anexo 02.170: documentos “RESUMEN VENTAS POR PAIS (2004 y 2005)” y “RESUMEN VENTAS POR PAIS (2005 y 2006)” con la evolución del resumen de ventas a AFINSA por país en los años 2004/2005 y años 2005/2006.
215
Evolución de los precios de la filatelia PIC/MIP en catálogos independientes
Ya hemos visto cómo AFINSA procuraba, en los catálogos que utilizaba como
referencia en la adjudicación de los contratos PIC nuevos (catálogos dominados por
AFINSA o con los que había conseguido importantes acuerdos), que las
revalorizaciones medias anuales estuvieran en torno al 6% de forma que, junto con las
sobreadjudicaciones extraordinarias del 10% por lote y año transcurrido que regalaba
a los clientes, conseguía igualar la rentabilidad de los contratos PIC nuevos a la que
ofrecía en los contratos PIC antiguos en los que a través de sus Listas internas
revalorizaba anualmente y de forma lineal toda la filatelia un 16%.
Pero esa no era la evolución que presentaban otros catálogos independientes
en sus precios para la misma filatelia. En la documentación intervenida han aparecido
diferentes estudios realizados en la propia AFINSA en donde analizan la evolución de
los precios de la filatelia utilizada en los contratos PIC en otros catálogos como el
catálogo Yvert & Tellier y el catálogo Michel.
- En documentos internos encontrados en los soportes informáticos intervenidos
(Canarias 49 planta baja). Se trata de estudios de abril de 2002 en donde se
analizan los precios de filatelia de países como Portugal, Bélgica, Mónaco,
Liechtenstein y Holanda entre otros286. Los resultados a que llegan se
transcriben en el siguiente cuadro:
YVERT 1998
YVERT 2001
% INCREMENTO
PORTUGAL años 1940-1983 2.344,48 3.952,93 68,6
PORTUGAL año 1986 37,2 38,55 3,63
PORTUGAL año 1989 55,34 56,35 1,83
PORTUGAL año 1992 50,45 49,7 -1,49
BÉLGICA años 1940-1992 4.300,60 4.058.10 -5,64
MÓNACO años 1940-1992 3.161,81 3.257,50 3,03
LIECHTENSTEIN años 1940-1992 3.376,15 3.566,65 5,64
En este estudio comparan los precios del catálogo Yvert & Tellier de 1998 con
el catálogo de 2001 (por lo que la variación de precios resultante es de tres
286
Anexo 02.171: documento interno denominado: “Comparativa de Precios de Catálogos de Sellos” de 02/04/2002 y varios archivos Excel con los estudios de los diversos países. Parte de estos estudios se han encontrado también en la documentación intervenida en papel unidos a Informes de Valores de Carlos de Figueiredo.
216
años), incluyendo años completos de 1940 a 1970, 1974, 1978, 1980, 1983,
1986, 1989 y 1992. En la filatelia de Portugal hemos separado el análisis de los
años 1940 a 1983, en los que hay un incremento generalizado de precios
superior al 60%, del resto de los años en los que la variación de precios es muy
pequeña, debido a que los primeros, cuando los incrementos son muy
elevados, corresponden a filatelia utilizada en contratos PIC antiguos (cuando
la filatelia se adjudicaba según Listas internas, cuyos precios no tenían relación
con catálogo alguno), y el resto de los años, cuando los incrementos son
insignificantes, corresponden a filatelia de contratos PIC nuevos.
En la filatelia de Holanda (que no está incluida en el cuadro anterior) se
comparan los precios del catálogo Michel 2001 con el Michel 2002. El resultado
es una disminución de precios en torno al 3%.
- Estudios efectuados en el año 2003 aparecidos en Canarias 49 planta 2 en
donde se analizan los precios de filatelia PIC/MIP de otros países como Suiza y
Naciones Unidas (ONU Nueva York, ONU Ginebra y ONU Viena)287, su
resumen se transcribe en los siguientes cuadros:
a) Evolución en el catálogo Yvert & Tellier
YVERT 1996 YVERT 1998 YVERT 2001 % INCREMENTO
TOTAL
SUIZA años 1950-2000 388,14 379,68 349,6 -9,92
YVERT1998 YVERT 2000 YVERT 2003 % INCREMENTO
TOTAL
ONU NUEVA YORK 171,51 163,73 161,3 -5,78
ONU GINEBRA 146,5 144,52 146 -0,34
ONU VIENA 135,83 135,68 136,65 0,6
b) Evolución en el catálogo Michel:
287
Anexo 02.172: Informes Carlos de Figueiredo, “Evolución de los precios de las series de Suiza en los catálogos Yvert y Michel” de 27/01/2003, “Evolución de los precios de las series de ONU (Nueva York, Ginebra y Viena) en los catálogos Yvert y Michel” de 18/02/2003, y “Evolución de los precios de las series de Vaticano, Italia, Berlín, Israel y Suiza en el catálogo Yvert” de 27/11/2003. “Comparación de catálogos y catálogo Michel (series de Austria)” de 17/09/2002 y “Comparativa de precios entre los catálogos Yvert y Michel en las series de Holanda desde el año 1940” de 13/11/2002.
217
MICHEL 96/97 MICHEL
99/00 MICHEL 02/03 % INCREMENTO
TOTAL
SUIZA años 1950-2000 365,32 332,82 316,1 -13,47
ONU GINEBRA 111,08 108,11 78,6 -29,24
ONU VIENA 73,55 72,22 65 -11,62
MICHEL 1995
MICHEL 2000 %
INCREMENTO
ONU NUEVA YORK 97,96 81,68 -16,62
También hacen un análisis de filatelia de Vaticano, Italia, y Berlín, comparando
los precios del catálogo Yvert 2001 con los del Yvert 2004. El resultado es un
aumento de precios en tres años del 3% para Vaticano, del 2% para Italia y del
1% para Berlín.
- Estudios unidos a un Informe de Valores de Carlos de Figueiredo de 10 de julio
de 2002, en donde se analizan los precios de filatelia PIC/MIP de países como
Italia y Grecia.288. La evolución es la siguiente: con respecto a los sellos de
Italia (años completos y hojas bloque de 1940 a 1994) en el catálogo Unificato,
comparando los precios del año 2001 con los precios del año 2002, la
conclusión es una disminución generalizada de precios. En relación con los
sellos de Grecia (años completos y hojas bloque de 1940 a 1994) en el
catálogo Michel, comparando los precios del año 2001 con los precios del año
2002, la conclusión igualmente es una disminución generalizada de precios.
Por ello podemos concluir que la revalorización del 6% anual en término medio
para la filatelia utilizada por AFINSA en los contratos PIC nuevos, no se sustenta en
catálogos independientes, siendo normalmente inferior a ese porcentaje e incluso para
algunos países, y en algunos años es inexistente y hasta negativa, incumpliéndose
además uno de los atributos que debe tener la filatelia de inversión utilizable en este
tipo de contratos289: “Revalorización media 2,5 veces superior a la inflación.”
288
Anexo 02.173: Informe de Valores de 10 de julio de 2002, realizado por Carlos de Figueiredo con análisis de sellos de Italia años completos y hojas bloque de 1940 a 1994 en el catálogo Unificato, y de sellos de Grecia años completos de 1940 a 1994 en el catálogo Michel. 289
Anexo 02.007: Normativa del departamento de Adjudicación y custodia de Valores: “Características de la Filatelia para Inversión”, informes de 02/03/2004 y 28/06/2004.
218
4. Faltas de filatelia
Señalaremos primeramente que, aun ubicado dentro de los contratos PIC
nuevos, el problema de las “Faltas de filatelia” afectaba tanto a los contratos PIC
antiguos como a los contratos PIC nuevos; y también a los contratos MIP. Ya nos
hemos referido a faltas de filatelia en los contratos CIT dentro del apartado de filatelia
inexistente o desaparecida y también haremos mención a las mismas cuando
analicemos los contratos MIP.
En la documentación intervenida existen diferentes documentos que hacen
referencia a “Faltas” en los contratos PIC/MIP.
Bajo esta denominación el personal de AFINSA se refiere a filatelia que
estando adjudicada a los contratos de inversión no está preparada físicamente,
pudiendo existir o no en el stock de AFINSA y siendo algo diferente al mero retraso en
la preparación, aunque pudiera estar afectada por el mismo. Estas Faltas afectan a:
- Contratos completos.
- Lotes completos.
- Series dentro de un lote.
Es decir, existen contratos completos (parece ser que sólo MIP) sin filatelia,
existen contratos que les falta la filatelia de uno o varios lotes y existen contratos a los
que les falta alguna serie de algún lote.
Parece que el motivo que favoreció el llegar a esta situación fue el
procedimiento que se seguía en la adjudicación de los contratos PIC/MIP; así lo indica
el propio Juan Carlos Morán en el año 2001 como responsable del departamento de
Valores, cuando en un documento interno de procedimiento denominado: “Procesos
de la unidad de apoyo de valores”290 aprobado por Carlos de Figueiredo como director
general de Filafinsa dice:
“Adjudicación de Valores Filatélicos PIC Mediante la relación de contratos a adjudicar, se hace un análisis del stock disponible y se procede a introducir dicho stock en el programa de inversión. Se hace el proceso de creación de propuesta (análisis previo a las adjudicaciones), y si es aceptada, se procede a la edición de los certificados de adjudicación y a las cartas de acompañamiento de los mismos.
290
Anexo 02.174: “Procesos de la Unidad de apoyo de valores”. “Adjudicación de Valores Filatélicos”, fecha 19/07/2001, responsable del documento Juan Carlos Morán, aprobado por Carlos de Figueiredo.
219
Posteriormente se remite a la Distribuidora para su envío a los clientes. Por último, se procede en esta Unidad a preparar físicamente la filatelia adjudicada y al archivo de la misma.” (La negrita es nuestra).
De la misma forma lo indica en el año 2004 el documento interno:
“ADJUDICACIÓN Y ENVÍO DE LOS VALORES FILATÉLICOS”:
“…, mediante un proceso semiautomático, se realizaba la adjudicación en el sistema, y posteriormente se pasaba a la preparación manual del lote”291.
El primer documento encontrado que menciona la existencia de este problema
es un “INFORME DE SITUACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE VALORES” de 1 de
mayo de 2003292, que en el apartado Adjudicaciones PIC/MIP dice:
“Se utilizó durante algún periodo de tiempo la dinámica de adjudicar filatelia sin montar por lo que existen contratos con faltas en la preparación física”. (La negrita es nuestra).
Es preciso considerar esta forma de adjudicar como algo distinto de los
retrasos en la preparación física y de los retrasos en las adjudicaciones y
sobreadjudicaciones, ya que en el mismo apartado señala otros problemas como son
los siguientes: “Retrasos en la preparación física de las adjudicaciones….”, “Retrasos
en las adjudicaciones PIC (antiguos y nuevos)….”, “Retrasos en las
sobreadjudicaciones…”, etc.
La primera cuantificación de las Faltas de filatelia en contratos PIC/MIP se ha
encontrado en un documento denominado: “Contratos PIC y MIP adjudicados con
faltas de filatelia: definitivo. 23/05/2003”293. En este trabajo, aunque no queda claro el
significado de todas las columnas, sí indica que el total de Faltas asciende a 168.970
series/años completos, una vez descontado el stock existente según INVER.
Enrique Fernández parece que fue el encargado de realizar el trabajo de
búsqueda de contratos PIC que tenían faltas de lotes completos, y así lo indica el
correo que envió a Dolores Llames el 27/10/2004294:
“Lola te mando el fichero con las faltas de lotes completos resultantes del inventario de contratos PIC que hemos realizado. En este fichero están separados los PIC Antiguos de los Nuevos…”
291
Nota, ver anexo 02.141: “Adjudicación y envío de valores filatélicos”, sin fecha, pero que por las propiedades del archivo es de febrero de 2004. 292
Anexo 02.175: “Informe situación departamento de Valores”, fecha 1 de mayo de 2003. 293
Nota, ver anexo 02.078: “Contratos PIC y MIP adjudicados con faltas de filatelia: definitivo. 23/05/2003” 294
Nota, ver anexo 02.079: correo de Enrique Fernández a Dolores Llames de 27/10/2004, asunto: Resumen de faltas PIC. Archivo excell adjunto denominado “Faltas lotes completos PIC 271004”
220
Efectivamente en el fichero excell que adjunta existen 2 hojas, una para
contratos PIC antiguos y otra para contratos PIC nuevos, en las que se relacionan
contrato a contrato los lotes que faltan. En total hay 2.551 contratos PIC antiguos y
1939 contratos PIC nuevos a los que les falta uno o varios lotes y las fechas de
adjudicación de los lotes van fundamentalmente del año 1999 hasta el año 2003.
Por otra parte, en la documentación intervenida en soporte papel han aparecido
dos trabajos de recuento de contratos PIC nuevos con lotes incompletos295, son unas
hojas de trabajo en las que se relaciona contrato a contrato los lotes en que falta
alguna serie, identificando la serie y el número de series que faltan.
Estos trabajos de recuento de contratos PIC, tanto antiguos como nuevos, en
los que faltan uno o más lotes y contratos PIC nuevos con lotes incompletos, parecen
ser a los que se refiere Enrique Fernández en su correo dirigido a Dolores Llames y
Elisa Mallón el 08/07/2004, asunto Faltas PIC296. Se trata por tanto de efectuar un
recuento completo de la filatelia que falta en los contratos PIC/MIP, comparar dicho
recuento con el inventario existente, con las rescisiones de contratos pendientes
de desmontar la filatelia y con otra filatelia sobrante; y para lo que no se pueda cubrir
hacer una orden de aprovisionamiento puntual, es decir, comprar la filatelia necesaria
para tapar dichas faltas. El resultado de todo este trabajo parece encontrarse en el
archivo informático denominado “OA puntual después de inventario”297, que contiene
dos hojas: la hoja 1 denominada “Resumen faltas PIC” recoge el trabajo, para cada
una de las series filatélicas utilizadas en los contratos PIC/MIP, de comparación del
total de faltas con el inventario existente; las diferencias negativas (cuando las faltas
son superiores al inventario existente) dan lugar a la “OA Puntual” (Orden de
aprovisionamiento puntual) que se recoge en la hoja 2 del archivo excell mencionado.
Esa Orden de aprovisionamiento puntual calculada dio lugar a una orden real
puntual de aprovisionamiento298 que se empezó a suministrar por CdC en noviembre
de 2005.
295
Nota, ver anexo 02.080: “Inventario de faltas PIC nuevos” “Faltas de lotes incompletos de mayo de 2004 e “Inventario de faltas PIC nuevos”. “ Detalle lotes incompletos” de 23/11/04. 296
Anexo 02.176: correo de Enrique Fernández a Dolores Llames y Elisa Mallón de 08/07/2004, asunto Faltas PIC. “Plan de actuación de faltas existentes en contratos PIC” 297
Anexo 02.177: archivo informático “OA Puntual después inventario xls” que contiene dos hojas, hoja 1: resumen faltas PIC y hoja 2 OA Puntual. Las propiedades del archivo nos indica que es de fecha 23/05/2005. 298
Anexo 02.178: Orden de aprovisionamiento puntual y albaranes de entrega de Central de Compras a Afinsa Bienes Tangibles de 08/11/2005.
221
Esta situación queda muy bien recogida en un informe confidencial de
Organización y Medios de octubre de 2005: “Informe de situación del departamento de
adjudicación y custodia de valores (ACV)”299, cuando en el apartado 2. Aspectos
pendientes de solución, punto 2.2 Situaciones anómalas en adjudicaciones de clientes,
existe un apartado denominado Faltas de filatelia PIC/MIP en contratos adjudicados,
que dice:
“En la realización del inventario de los lotes de este tipo de contratos se detectaron una serie de faltas, en su mayoría provenientes de fechas en las que se realizaba la adjudicación sin control sobre la disponibilidad real de filatelia. Estas faltas fueron solicitadas a CDC en una OAP que todavía no ha sido suministrada”
Efectivamente el suministro por parte de CdC comenzó más tarde: noviembre
de 2005300.
De todo lo indicado parece deducirse que existió un problema real de Faltas de
filatelia en los contratos PIC que era independiente de los problemas de retrasos en la
preparación física de los lotes y de los retrasos en las adjudicaciones y
sobreadjudicaciones. Dicho problema empezó a detectarse en el primer semestre de
2003 y se comenzó a solucionar con órdenes de aprovisionamiento puntuales servidas
por CdC en noviembre de 2005. Sin embargo, no se han encontrado documentos que
indiquen si a la fecha de la intervención judicial el problema estaba resuelto pues, más
bien al contrario, el Acta de Reunión de 22 de marzo de 2006301 cuyo asunto es
“Auditoría faltas MIP” hace referencia al problema de faltas de filatelia, que ya estaban
identificadas en un fichero de faltas global (PIC/MIP), indicando que existen órdenes
de aprovisionamiento puntuales sobre parte de estas faltas globales, pero no
manifiesta si las faltas han sido ya totalmente cubiertas con dichas órdenes de
aprovisionamiento puntuales.
Dolores Llames en un correo que envía a Bernardo Valero el 04/04/2006302 en
el que hace una relación de temas pendientes que no están en las actividades
299
Anexo 02.179:”Informe de situación del Departamento de Adjudicación y Custodia de Valores (ACV). Confidencial de octubre de 2005. Organización y Medios. 300
Nota, ver anexo 02.178: Orden de aprovisionamiento puntual y albaranes de entrega de Central de Compras a Afinsa Bienes Tangibles de 08/11/2005. 301
Anexo 02.180: Acta Reunión, asistentes: Pedro Simarro, Rafael Noguero, Luis Juan Gutiérrez y Lola Llames, fecha 22 de marzo de 2006. Asunto: “Auditoría faltas MIP”. 302
Anexo 02.181: correo de Dolores Llames para Bernardo Valero de fecha 04/04/2006, asunto: Actividades programables.
222
programables y algunos son trabajos a finalizar antes de final de año, dentro del
apartado PIC/MIP dice:
“Reposición faltas en contratos. Este año empezaremos a incorporar la parte de PIC antiguo pero no puedo valorar el tiempo necesario todavía.”
Con lo que queda constancia explícita de que, a la fecha de la intervención
judicial, el problema de la reposición de las faltas en los contratos PIC/MIP no estaba
todavía totalmente solucionado.
5. Conclusión
Como conclusión de este gran apartado en el que se trata de demostrar el
incumplimiento tan importante existente en los contratos PIC de que los valores
filatélicos adjudicados en dichos contratos no respaldan el capital invertido por los
clientes en los mismos, se ha visto lo siguiente:
- En los contratos PIC antiguos (contratos con un peso muy relevante en el
ámbito temporal de esta pericia) los valores filatélicos adjudicados se valoraban
según Listas internas elaboradas por AFINSA, sin criterio filatélico alguno y
siempre con unos valores muy superiores a los indicados por cualquier
catálogo de referencia para esa misma filatelia, de forma que el archivo BD
Inventario, que valoraba la filatelia en la fecha de la intervención judicial con
valores de los catálogos utilizados por AFINSA, reconoce un valor para esa
filatelia que no llega al 9% de su equivalente valor de adjudicación.
- En los contratos PIC nuevos (contratos cuya comercialización estaba vigente
en la fecha de la intervención judicial) la filatelia se adjudicaba siempre al doble
del valor indicado por los catálogos utilizados por AFINSA como referencia;
sucediendo además que esos catálogos, al estar dominados por AFINSA o
habiendo alcanzado con ellos importantes acuerdos, mostraban siempre
valores (excepto para el tema Europa) superiores a los reflejados por catálogos
independientes. La propia AFINSA había hecho ese análisis comparativo,
llegando a las mismas conclusiones que estos peritos judiciales.
- Comparando los valores de la filatelia adjudicada según criterios de la BD
Inventario a la fecha de la intervención judicial con los importes de principal e
intereses de los contratos vivos a 9 de mayo de 2006, se puede concluir que
223
existe un déficit de filatelia en estos contratos muy próximo a los 300 millones
de euros.
- Además, hay que tener en cuenta que AFINSA adquiría la filatelia PIC/MIP a
un porcentaje del valor de catálogo utilizado como referencia en las compras
que oscilaba, excepto para la filatelia del tema Europa CEPT, según el
momento temporal y el país, entre el 30% y el 56% del respectivo valor de
catálogo. Sucediendo igualmente que la revaloración de la filatelia utilizada en
la adjudicación de los contratos PIC nuevos en catálogos independientes es
normalmente inferior al 6% anual de media que AFINSA trata de mantener en
los catálogos que ella controla.
- A todo lo indicado hay que añadir que existió un grave problema de “Faltas de
filatelia” que afectó tanto a los contratos PIC antiguos como a los nuevos, y que
ese problema no se empezó a subsanar hasta noviembre de 2005, no estando
completamente resuelto en la fecha de la intervención judicial.
II.4.3.C) Adjudicación de la misma filatelia valorada a distintos precios
según el tipo de contrato a que va dirigida
Del análisis de la tabla “Series adjudicación LD” que sirve de soporte para la
aplicación informática de gestión comercial de los contratos: INVER, se obtienen las
listas de valores que utiliza AFINSA en la adjudicación de contratos PIC antiguo,
contratos PIC nuevo y contratos MIP; y se ha puesto de manifiesto cómo AFINSA ha
utilizado los mismos sellos a distintos valores dependiendo del tipo de contrato a que
van dirigidos.
Así, con respecto a los sellos de Portugal, en los contratos PIC antiguos se
adjudicaban según las Listas internas elaboradas por AFINSA, en los contratos PIC
nuevos se adjudicaban a doble del valor del Catálogo Afinsa Portugal y en los
contratos MIP al valor de ese mismo catálogo.
En el caso de los sellos Europa CEPT, en los contratos PIC antiguos se
adjudicaban igualmente según las Listas internas de AFINSA, mientras que en los
contratos PIC nuevos y en los contratos MIP lo hacían a doble del valor reflejado en el
Catálogo Domfil.
224
1. Sellos de la serie Europa CEPT
Utilizando la información que sobre los valores de adjudicación nos ofrece el
INVER para los distintos tipos de contratos, se ha elaborado un estudio303 con la
filatelia Europa CEPT utilizada en contratos PIC antiguos, contratos PIC nuevos y
contratos MIP.
En el caso del PIC antiguo las series que se adjudicaban van desde el año
1956 hasta el año 1985 (EU11956 a EU11985), valoradas según las Listas internas de
AFINSA; en el PIC nuevo y en el MIP las series adjudicadas van desde el año 1956
hasta el año 2000 (EE11956 a EE12000), valoradas al doble del valor que refleja el
catálogo DOMFIL.
Se aprecia una evidente coexistencia de precios diferentes para la misma
filatelia pero adjudicada en diferentes tipos de contratos; así, en las Listas de
precios de adjudicación de las series del tema Europa a 1 de enero de 2004 se
observa que las mismas series de sellos correspondientes a los años relacionados
(1956 a 1985) según que empiecen por “EU” (las series utilizadas para los contratos
PIC antiguo ) o por “EE” (las mismas series utilizadas para los contratos PIC nuevo y
MIP) tienen precios completamente distintos y por supuesto mucho más elevados para
las series que comienzan por EU (Listas internas de Afinsa) que las que comienzan
por EE (el doble del valor de catálogo Domfil), con incrementos que oscilan entre el
700% y el 3.200%. Por otra parte, comparando los valores de adjudicación en
contratos PIC antiguo con los valores de catálogo, se observa que las diferencias son
aún mayores, con incrementos que superan el 4.000%, mientras que si se comparan
en los contratos PIC nuevos y MIP las diferencias entre valores de catálogo y valores
de adjudicación son siempre del 100%.304
El sistema de gestión comercial INVER nos ofrece multitud de ejemplos en
contratos PIC antiguo, PIC nuevo y MIP en los que se utilizaba la misma filatelia
valorada a precios totalmente distintos, se ha realizado un estudio305 en que se
describen algunos de ellos.
303
Anexo 02.182: cuadros de elaboración propia: Listado precios de adjudicación series Europa a 01/01/2004 y Análisis Europa en PIC antiguo, PIC nuevo y MIP. y Análisis precios Europa Cept. 304
Nota, ver anexo 02.182 305
Anexo 02.183: cuadro de elaboración propia: Análisis filatelia Europa: mismos sellos adjudicados en contratos distintos (PIC antiguo/ MIP/ PIC nuevo) y pantallazos del INVER con las adjudicaciones de los contratos. Hay que tener en cuenta que los valores de adjudicación que ofrece el INVER y que coinciden
225
Por ejemplo, un contrato PIC antiguo que se inició en 1994 (contrato nº 11-
013530-3), en el año 1998 se le adjudica filatelia de Europa de un determinado año
(EU11968) a un precio de adjudicación marcado por las Listas de Afinsa (637,48
euros); en enero de 2004 dicho contrato aún permanece vivo pero el valor de dicha
filatelia adjudicada ha variado porque ha ido actualizándose con el paso del tiempo en
las mencionadas Listas (1612,93 euros). En ese mismo año 2004 se adjudica esa
misma filatelia (EE11968) en un contrato MIP (contrato nº 12-000595-1 en una
sobreadjudicación) y en un contrato PIC nuevo (contrato nº 11-060417-4 en una
sobreadjudicación), pero el precio de adjudicación, que es el doble del valor del
catálogo Domfil, es sustancialmente menor (199,56 euros) que el valor que tiene esa
misma filatelia en el contrato PIC antiguo (1612,93euros). La misma filatelia si es
utilizada en un contrato PIC antiguo se adjudica a un precio 708,24% superior al
utilizado en un contrato MIP o en un contrato PIC nuevo.
Lo mismo se pude decir con la filatelia de Europa, serie EU 11972, utilizada en
el contrato PIC antiguo (nº 11-030457-1), cuyo valor a 01/01/2004 es de 12.990,15
euros, que fue utilizada en contratos PIC nuevo (11-048373-1) y contratos MIP (12-
001161-1) con la denominación en estos últimos contratos de EE 11972 pero a un
precio de 695,82 euros en enero de 2004. La misma filatelia si es utilizada en un
contrato PIC antiguo se adjudica a un precio 1766,88% superior al utilizado en un
contrato MIP o en un contrato PIC nuevo.
2. Sellos de Portugal
De igual forma, utilizando la información que sobre los valores de adjudicación
a distintos tipos de contratos nos ofrece el INVER, se ha elaborado un estudio306 con la
filatelia de Portugal utilizada en contratos PIC antiguos, contratos PIC nuevos y
contratos MIP.
En el caso del PIC antiguo las series que se adjudican van desde el año 1940
hasta el 1985 (PO11940 a PO11985) y son valoradas según las Listas internas de
AFINSA. En el PIC nuevo las series que se adjudican van desde el año 1986 hasta el
año 2004 (PA11986 a PA12004) y son valoradas al doble del valor del catálogo Afinsa
con los de la tabla “Series adjudicación LD”, son valores netos de IVA; mientras que en los contratos el importe de las adjudicaciones aparece el IVA incluido, por eso en los pantallazos de las adjudicaciones de los contratos el importe es superior a los valores de adjudicación de las listas en un 5%. 306
Anexo 02.184: cuadro de elaboración propia: Listado precios adjudicación series Portugal a 01/01/2004 y cuadro de elaboración propia: Análisis Portugal, PIC antiguo/ PIC nuevo/ MIP.
226
Portugal. Mientras que en el contrato MIP las series que se adjudican son las mismas
que en el PIC antiguo, series desde el año 1940 al año 1985 (PRO11940 a
PRO11985), pero valoradas al valor del catálogo Afinsa Portugal.
De igual forma que con los sellos del tema Europa, la misma filatelia de
Portugal es valorada por AFINSA a distintos precios según el tipo de contratos
en que es adjudicada. Así, en las Listas de precios de adjudicación de las series de
Portugal utilizadas en el año 2004, se observa que las mismas series de sellos, según
que empiecen por “PO” (las series utilizadas para los contratos PIC antiguo) o por
“PRO” (las series utilizadas para los contratos MIP), tienen precios en los contratos
completamente distintos y por supuesto mucho más elevados para las series que
comienzan por PO (Listas internas de Afinsa) que las que comienzan por PRO (el
valor del catálogo Afinsa Portugal), con incrementos que oscilan entre un 280% y un
1.200%. Por otra parte, comparando los valores de adjudicación en contratos PIC
antiguo con los valores de catálogo, se observa que las diferencias son muy elevadas
con incrementos similares a los que hemos mencionado, mientras que si se comparan
en los contratos PIC nuevos y MIP las diferencias entre valores de catálogo y valores
de adjudicación son siempre del 100% en los contratos PIC nuevos y sin incremento
alguno en los contratos MIP, ya que en estos últimos la adjudicación se realiza al valor
del catálogo Afinsa Portugal.
Así, se ha hecho un análisis de sellos de la misma serie307, por ejemplo años
completos de Portugal 1940, asignados en contratos PIC antiguo (nº de contrato 11-
21733-1) y MIP (nº de contrato 12-003822-1) adjudicados en la misma fecha: 10 y 3 de
diciembre de 2004. La conclusión es que el valor de adjudicación en PIC antiguo
(4.002,94 euros) es un 713,43% superior al de adjudicación en MIP (492,10
euros), aun habiendo sido adjudicados todos ellos en el mes de diciembre del
año 2004.
Lo mismo ocurre con los años completos de 1965 asignados en un contrato
PIC antiguo (contrato nº 11-003053-1) y en un contrato MIP (contrato nº 12-003858-1)
en noviembre de 2004. La conclusión es que el valor de adjudicación en PIC
antiguo (1.018,23 euros) es un 861,77% superior al de adjudicación en MIP
307
Anexo 02.185: cuadro de elaboración propia: “Mismos sellos adjudicados en misma fecha pero en contratos distintos (PIC antiguo y MIP) y pantallazos de INVER de los contratos concretos con las series adjudicadas.
227
(105,87 euros), aun habiendo sido adjudicados los dos en el mes de noviembre
del año 2004.
La total equivalencia que existe entre la filatelia de Portugal utilizada en
contratos PIC antiguo y la utilizada en contratos MIP y su diferenciación añadiendo las
siglas PO para el PIC antiguo y PRO para el MIP aparece plasmada en la
documentación intervenida308 y reconocida por la propia AFINSA.
Lo mismo se está reconociendo en el Acta de reunión de 23 de abril de 2004
en el “Seguimiento relación CDC-ACV”309, cuando en el apartado 1. Soluciones
propuestas a puntos pendientes. Filatelia de Bodega, se recoge:
“AGR corrobora la información de que la liquidación de PIC antiguo supone 140.000.000 euros. Queda pendiente estudio financiero solicitado por RE, donde se valore el impacto de la acumulación de esta filatelia.”
En el documento interno denominado: “Material de Portugal. PIC antiguo”310
también se habla de la filatelia de Portugal de PIC antiguo utilizable en MIP:
“Afinsa decidió dejar de comprar material de Portugal anterior a 1986 al
encontrarse con un stock procedente de las rescisiones de estas operaciones
PIC, que al estar adjudicadas por lista propia (actividad que se dejó de realizar
en 1996 pasándose a adjudicar a doble catálogo), podría habernos llevado al
problema de encontrarnos el mismo tipo de filatelia en el mismo producto y a
diferente precio, si se hubiese utilizado este material para PIC nuevo.
Sin embargo, se estudió la posibilidad de utilizar este material para la
adjudicación en MIP a precio de catálogo, lo que al parecer no constituía
ningún problema de carácter legal y contable.” (la negrita es nuestra).
De igual forma, en la elaboración del presupuesto para Sistemas de Inversión
del año 2005311 aparece explícitamente reconocido: en el apartado de: “Inversión en
recurso filatélico”. “Producto PIC/MIP” se dice:
“Se considera una menor compra por la utilización de filatelia de Portugal de
PIC Antiguo en la adjudicación de MIP (a precio de catálogo): tanto de la
308
Anexo 02.186: “CORRESPONDENCIAS PIC ANTIGUO – MIP” 309
Nota, ver anexo 02.163: Acta reunión, asistentes: Ramón Egurbide (RE), Antonio Giménez –Rico (AGR), José María Cercós (JMC), Arturo Blázquez (AB) y Bernardo Valero (BV) de 23 de abril de 2004, asunto: Seguimiento relación CDC - ACV 310
Nota, ver anexo 02.165: “MATERIAL DE PORTUGAL. PIC ANTIGUO”, sin autor y sin fecha, pero que por su contenido y propiedades del archivo, podría ser de 14/06/2005. 311
Anexo 02.187: “PRESUPUESTO 2005. AFINSA BIENES TANGIBLES S. A. SISTEMAS DE INVERSIÓN” 4 de enero de 2005. Confidencial.
228
actualmente en stock como de los excedentes provenientes de rescisiones de
PIC Antiguo.”
Asimismo, esa utilización indistinta de la filatelia de Portugal para los contratos
PIC antiguo y MIP se reconoce en un documento interno denominado: “Material
adjudicado en PIC susceptible de ser adjudicado en CIT”312 cuando, estudiando la
posibilidad de utilizar filatelia de PIC para CIT, dice:
“Por un lado, no parece que ni legal ni fiscalmente sea un problema adjudicar
una misma serie en dos productos diferentes a distinto precio, como de hecho
ocurre con el material de Portugal anterior a 1986, que se adjudica en PIC
antiguo y en MIP, por lista propia en el primer caso y a catálogo en el
segundo.” (La negrita es nuestra).
Lo mismo podemos decir de la filatelia de Azores y Madeira, se adjudica a
distinto precio según el tipo de contrato al que va dirigida:
- La filatelia de Azores año completo que incluye los años 1980 a 1985 (AZ1980
a AZ1985) se utiliza en las adjudicaciones del año 2005 tanto en contratos PIC
nuevo como contratos MIP a valor del catálogo Afinsa Portugal. En el año 2006
sólo se utiliza en la adjudicación de los contratos MIP a doble del valor
reflejado por ese catálogo.
- La filatelia de Azores año completo que incluye los años 1986 a 2004
(AA11986 a AA12004) se adjudica a partir del año 1998 tanto en PIC nuevo
como en MIP a doble del valor de catálogo.
- La filatelia de Madeira año completo que abarca los años 1980 a 1985
(MD11980 a MD11985) se utiliza en la adjudicación de contratos PIC nuevo y
MIP durante el año 2005 al valor del catálogo Afinsa Portugal, en 2006 sólo se
utiliza en MIP al doble del valor de dicho catálogo.
- La filatelia de Madeira año completo que incluye los años 1986 a 2004
(MA11986 a MA12004) se adjudica a partir del año 1998 tanto en PIC nuevo
como en MIP a doble del valor de catálogo.
312
Anexo 02.188: correo de Yolanda Hoya para Vicente Martín Peña de 28/06/2005, asunto: De Carlos de Figueiredo, en donde remite dos informes por orden de Carlos de Figueiredo, uno de ellos se denomina: “Material adjudicado en PIC susceptible CIT”
229
La utilización de la filatelia de tema Europa y Portugal (fundamentalmente años
completos) y también Azores y Madeira, adjudicándola a distintos precios según el tipo
de contrato al que va dirigida (contratos PIC antiguos, contratos PIC nuevos y
contratos MIP), es una inconsistencia de tal importancia que lo que hace es apoyar
aún más, si cabe, el hecho fundamental que sucede en todos los contratos de
AFINSA: los Valores Filatélicos no soportan ni sirven de base al capital que
invierten los clientes en los mismos.
II.4.3.D) La rentabilidad comprometida por AFINSA en los contratos PIC
no tiene relación alguna con la evolución del precio de los valores
filatélicos que amparan dichos contratos
La conclusión evidente de que la rentabilidad comprometida y garantizada por
AFINSA en los contratos PIC no tiene relación alguna con la posible revalorización que
los valores filatélicos puedan alcanzar en el mercado, es una consecuencia lógica de
todo lo que hasta este momento se ha demostrado en los apartados anteriores:
1) En primer lugar, no hay que olvidar que tanto en el contrato PIC antiguo
como en el contrato PIC nuevo AFINSA garantiza al inversor un valor
mínimo de venta de sus valores filatélicos equivalente “a la suma de los
precios netos de adquisición de sus lotes, con los incrementos siguientes:
a) El 5% de interés simple anual, si esta opción se produce transcurridos
tres años desde la fecha del contrato;
b) El 8% de interés simple anual, si esta opción se ejerciera transcurridos
seis años; y
c) El 10% de interés simple anual, si la opción se ejerciera transcurridos
diez años.” (Cláusula VI del contrato, tanto PIC antiguo como PIC
nuevo).
Esos intereses garantizados mínimos, evidentemente, nada tienen que ver
con la posible evolución del precio de los valores filatélicos que están
detrás de los contratos.
2) En segundo lugar, el precio de los lotes filatélicos resultante de aplicar un
porcentaje del “Baremo de Tasaciones” al valor que figure para cada uno
230
de ellos en la lista de cotización vigente en la fecha de venta (cláusula V
apartado 3 del contrato PIC antiguo y contrato PIC nuevo) se aplica cuando
el resultado obtenido sea superior a los valores mínimos garantizados.
Esas listas de cotización vigentes en la fecha de venta son las que AFINSA
elabora y revaloriza de forma unilateral y sin criterio filatélico que las soporte. Con
respecto a ellas recordaremos lo siguiente:
- En los contratos PIC Antiguos, como hemos visto, los valores filatélicos eran
adjudicados según listas internas elaboradas por AFINSA sin relación a
catálogo filatélico alguno y con unos valores muy superiores a los de cualquier
catálogo de referencia. Esas listas internas eran revalorizadas igualmente por
AFINSA con el único criterio de aumentar linealmente sus precios en un
porcentaje del 16% anual que se ha mantenido en todos los años que abarca
esta pericia, por lo que el distanciamiento entre las listas internas y cualquier
catálogo de referencia para los mismos sellos era cada vez mayor a medida
que transcurrían los años. Hablar aquí de que la rentabilidad comprometida por
AFINSA en estos contratos está vinculada con la revalorización de los valores
filatélicos que los respaldan carece de todo fundamento.
- En los contratos PIC Nuevos, como hemos visto, los valores filatélicos se
adjudicaban según listas realizadas por AFINSA y vinculadas a los catálogos
que ella utilizaba como referencia, de forma que los valores de adjudicación
eran siempre el doble de los valores reflejados por dichos catálogos. Se ha
visto que AFINSA contralaba los precios de esos catálogos, al estar dominados
por ella, y siempre procuraba que sus valores recogieran una revalorización
media anual del 6%, lo que unido a las sobreadjudicaciones del 10% que
regalaba por lote y año transcurrido, le permitía igualar la rentabilidad
comprometida en los contratos PIC Nuevos a la comprometida en los contratos
PIC Antiguos. No obstante, se ha podido demostrar que esa revalorización
media anual del 6% en los valores filatélicos no se sustenta en catálogos
independientes al grupo AFINSA, en los cuales se ha podido verificar que las
revalorizaciones anuales son normalmente inferiores al 6%, incluso a veces no
tienen revalorización alguna o hasta presentan crecimientos negativos (punto 3
contrato PIC nuevo del apartado B anterior). Por eso, no se puede establecer
un paralelismo entre las listas de cotización vigentes en la fecha de venta
(sobre las que AFINSA aplica el porcentaje del Baremo de Tasaciones) y la
231
evolución de los precios de los valores filatélicos en catálogos independientes
no controlados por AFINSA.
Por todo ello se puede concluir que la rentabilidad comprometida y garantizada
por AFINSA en los contratos PIC, no tiene relación alguna con la posible revalorización
que los valores filatélicos que los soportan puedan tener en el mercado.
II.4.4. Modificaciones previstas en el contrato PIC
Como ya se ha indicado en los contratos CIT, AFINSA desde el año 2004
estaba tratando de determinar las modificaciones a realizar en sus contratos de
inversión filatélica, con el afán prioritario y fundamental de maquillar la actividad que
realmente desarrollaba y con el fin también de adaptarse, desde un punto de vista
formal, a los requisitos establecidos por la Disposición Adicional 4ª de la Ley de
Instituciones de Inversión Colectiva (DA 4ª de LIIC).
Desde este último aspecto (la necesidad de adaptarse a los requisitos de la DA
4ª de LIIC), AFINSA tenía preparados distintos borradores de un nuevo contrato PIC.
Así, encontramos los siguientes documentos:
a)”Clausulas generales del contrato de intermediación continuada de
operaciones con sellos”313.
En este documento tratan de configurar al nuevo contrato PIC como un
contrato de intermediación o mediación semejante al contrato CIT, ya que se recoge
explícitamente la existencia de un mandato de compra, mandato de venta y contrato
de depósito. Es decir, tratan de adaptarse escrupulosamente a las formalidades que
exige la DA4ª: un contrato de mediación cumpliendo los requisitos de información al
cliente que exige dicha normativa.
Parece que este borrador fue elaborado inicialmente por Cuatrecasas, ya que
se ha encontrado un correo de 25/10/2004 enviado por Francisco Pérez Crespo a
Joaquín Abajo y Tomás Olalde314 muy similar al anterior.
313
Anexo 02.189: “Cláusulas generales del contrato de intermediación continuada de sellos”. Borrador sujeto a cambios, y “Cláusulas particulares”, de fecha 02/02/2005, elaborado posiblemente por Joaquín Abajo Quintana ya que se ha utilizado papel con el membrete del Ministerio de justicia.
232
Las diferencias más importantes respecto al contrato PIC vigente son:
Primera: el nombre del contrato: “Contrato de intermediación continuada de
operaciones con sellos” frente al nombre anterior: “Plan de ingresos complementarios”.
Segunda, El Objeto:
“Por medio de este documento, y de conformidad con lo previsto en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, el CLIENTE y AFINSA celebran un contrato de intermediación continuada de operaciones con sellos que incluye un mandato de compra y de venta de sellos ( y, en su caso de depósito de los mismos ), según el cual, de forma continuada durante el plazo de duración pactado igual o superior a tres años, Afinsa percibirá el precio de compra de los sellos y se compromete a enajenarlos posteriormente en nombre y por cuenta del Cliente, entregando Afinsa al Cliente el precio de venta de los sellos en el supuesto de que no halle un tercero adquirente de los sellos en la fecha pactada”.
Tercera: Definiciones, hacen una relación y definición de todos los conceptos o
términos incluidos en el contrato.
Cuarta: Mandato de compra:
“Objeto El CLIENTE otorga en este acto a AFINSA y ésta acepta, un mandato de compra, para que AFINSA seleccione y adquiera, en nombre y por cuenta del CLIENTE, de modo sucesivo y con periodicidad anual durante el plazo de duración pactado en el apartado XI de las Cláusulas generales, Lotes Anuales de Sellos por el precio indicado en el apartado E1 de las Cláusulas Particulares“.
Quinta: Depósito de los sellos: el depósito de los lotes anuales de sellos y de
la sobreadjudicación correspondiente a cada lote se considera constituido
simultáneamente a su entrega. El depósito será retribuido.
Sexta: Mandato de venta. A partir del tercer aniversario de la fecha de
celebración, el Cliente que esté al corriente del pago de las anualidades tendrá
derecho a comunicar a Afinsa que proceda a la venta de los lotes anuales de sellos
depositados junto con las sobreadjudicaciones correspondientes.
314
Anexo 02.190: correo de Francisco Pérez Crespo para Joaquín Abajo y Tomás Olalde de 25/10/2004, asunto Borradores de contrato y documento anexo: “Cláusulas generales del contrato continuado de mandato de compra, depósito y mandato de venta”.
233
Séptima: Información al cliente. El Cliente reconoce que, con antelación
suficiente al momento de la firma de este contrato, se ha puesto a su disposición de
forma clara y precisa la siguiente información:
a) Legislación aplicable al contrato.
b) Disposiciones relativas a las reclamaciones que pueden formularse.
c) Sistemas de valoración de los sellos y modo de acceder a los referidos
sistemas.
d) El último informe de auditoría de cuentas de Afinsa.
e) Copia del texto de este contrato con las cláusulas particulares en
blanco.
f) Lista de los países que al día de hoy pertenecen a la FIP.
EN LAS CLÁUSULAS PARTICULARES, incluye también la referencia al
Mandato de Compra, Depósito y Mandato de venta, destacando lo siguiente:
En el Depósito dice expresamente,
“Retribución, El cliente abonará a Afinsa, en el caso de que desee dejar depositados los lotes anuales de sellos, una comisión del 1 por 1000 del precio de compra, IVA incluido de los lotes anuales de Sellos…”. “Dicha comisión será descontada del precio de venta a entregar al cliente………”
En el Mandato de venta dice:
“Comisión: un máximo de.........................., AFINSA tendrá derecho a percibir sólo si AFINSA vende los sellos a terceros distintos de AFINSA.” b) Documento de especificaciones: Plan de ingresos complementarios
(PIC)315
En este documento configuran al contrato PIC como un contrato de compra de
sellos y venta de los mismos a través de AFINSA, siendo mucho menos ambicioso, en
las modificaciones a realizar, que el documento anterior:
En la introducción se dice que:
“El nuevo Plan de Ingresos Complementarios (PIC), parte de los requerimientos establecidos por el Consejo de Administración de AFINSA en la fecha xxxxxx
315
Anexo 02.191: “Documento de especificaciones Plan de Ingresos Complementario (PIC), confidencial, fecha: 01/03/2006, Ejecución: Unidad de Productos (Departamento Marketing), Aprobación: Antonio Giménez-Rico.
234
con el objeto de adaptar el PIC actual a lo establecido en la Disposición Adicional IV de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva.”
Las principales variaciones son:
- Reducción/eliminación sobreadjudicaciones.
- Establecimiento nuevos porcentajes del precio de venta al cliente.
- Eliminación cláusulas de beneficiarios.
Definición del producto “El PIC consiste en la compra escalonada por parte del Cliente de lotes de sellos y su posterior venta a través de AFINSA en los plazos establecidos en el apartado Duración. Se configura como una operación en la que el cliente se asegura una revalorización mínima, cumplidos los periodos de carencia, pudiendo además obtener una revalorización variable, dependiendo ésta de la evolución del valor de los sellos en el mercado.”
Denominación:
“Este producto recibe el nombre “Plan de Ingresos Complementarios”, en acrónimo PIC. Su codificación interna será PIC-0601.”
Duración.
“La operación tendrá una duración mínima de tres años y máxima de veinte años. No se podrán contratar más de 10 lotes por operación.”
Contrato.
“Este contrato se sustenta en un contrato de compraventa, asimismo, en caso de depósito habrá que hacer un contrato a tal efecto. El nuevo PIC recogerá referencias a los nuevos porcentajes para la determinación del precio de venta del CLIENTE, además del clausulado del PIC actual. Se eliminarán (o en su defecto reducirá el porcentaje actual de 10%) las sobreadjudicaciones y la cláusula que articula los beneficiarios. Se adaptará la redacción de los contratos a la terminología acorde al DA4ª de LIIC, eliminando referencias a términos como inversión, inversor, interés, adquisición o valor filatélico, y sustituyéndolas por cliente, beneficio, compra y sello.”
Este borrador es muy poco ambicioso en las modificaciones propuestas pues
mantiene el contrato como contrato de compraventa, no teniendo en cuenta que la
DA4ªLIIC se centra en la actividad llevada a cabo profesionalmente que consiste en la
formalización de un mandato de compra y venta u otro contrato que permita
instrumentar una actividad análoga, y sólo modifica los aspectos externos más
llamativos como son la eliminación o reducción de las sobreadjudicaciones y la
eliminación de la cláusula de beneficiarios; asimismo, exige en su redacción una
terminología acorde con la DA4ª LIIC.
235
II.4.5. Conclusiones
1ª) El contrato PIC es presentado ante los inversores por la propia AFINSA
como una forma rentable de canalizar los ahorros durante un largo periodo de tiempo y
poder disfrutar de unas rentas complementarias futuras.
2ª) Los contratos PIC junto con los contratos MIP (englobados ambos en el
bloque de larga duración) se diferenciaban de los otros tipos de contratos (contratos
CIT y CIF) por la posibilidad que tenía el inversor de pedir la liquidación del contrato
antes de llegar a su vencimiento o prorrogarlo durante un periodo mayor y, en función
de ello, la forma de cálculo de su rentabilidad.
3ª) En el periodo que abarca esta pericia, la filatelia que soportaba los
contratos PIC era muy distinta de la utilizada en los contratos CIT y CIF y, como más
adelante veremos al analizar los contratos MIP, era similar a la utilizada en estos
últimos; genéricamente era denominada filatelia PIC/MIP y estaba constituida por
series conmemorativas que configuran años completos, hojas bloque y series sueltas
de filatelia nueva de Portugal, Azores y Madeira, filatelia del tema Europa CEPT (solo
años completos) y de otros países europeos aprobados por el Consejo de
Administración de AFINSA.
4ª) En el periodo objeto de comprobación se comercializaron gran variedad de
contratos PIC (39 variantes o subtipos de contratos PIC). No obstante los 39 subtipos
que han existido se pueden englobar en dos categorías diferenciadas:
- El contrato PIC antiguo que se comercializó hasta septiembre de 1998.
- El contrato PIC nuevo que comenzó a comercializarse en septiembre de 1998.
Entre ambas categorías de contratos PIC existían dos diferencias
fundamentales. Primera: en los contratos PIC antiguos los lotes filatélicos son
valorados según Listas internas elaboradas y revalorizadas por AFINSA sin criterio
filatélico alguno y con unos valores muy superiores a los de cualquier catálogo de
referencia, valores que siempre revalorizaba AFINSA de forma lineal para toda la
filatelia en un 16% anual, mientras que en los contratos PIC nuevos los lotes filatélicos
se valoran según listas referenciadas a catálogos dominados por AFINSA,
adjudicándose siempre al doble del valor por el que figuraban en dichos catálogos y en
236
los que AFINSA revalorizaba la filatelia por término medio en un 6% anual. Segunda
diferencia: en los contratos PIC nuevos por cada lote y año transcurrido AFINSA
regalaba una sobreadjudicación equivalente al 10% del valor del lote correspondiente
en ese momento; con ello AFINSA pretendía igualar la revalorización del 16% anual
existente en los contratos PIC antiguos a la de los contratos PIC nuevos.
A pesar de que la comercialización del contrato PIC antiguo terminó en
septiembre de 1998, precisamente por su larga duración, su importancia ha sido muy
grande a lo largo del espacio temporal de esta pericia, de forma que a 9 de mayo de
2006 casi el 40% de los compromisos asumidos por AFINSA con los contratos PIC
procedían de los contratos PIC antiguos.
5ª) Formalmente el contrato PIC (tanto antiguo como nuevo) se articulaba en
un único documento que aparentemente recogía dos negocios:
- La compraventa paulatina de valores filatélicos por parte del inversor a
AFINSA, un lote de valores filatélicos por año con posibilidad de
fraccionar su pago en periodos semestrales, trimestrales o mensuales
(“constitución de un Patrimonio Filatélico”).
- La opción al inversor de vender su patrimonio filatélico a través de
AFINSA y el compromiso de ésta a colocarlo en el mercado o adquirirlo
para sí misma.
El funcionamiento real de los contratos PIC ha puesto de manifiesto que se
trata de un negocio único, el inversor no tiene interés alguno en los valores filatélicos y
por ello en constituir un “patrimonio filatélico”, dichos valores son elegidos y
adjudicados unilateralmente por AFINSA y, además, en la inmensa mayoría de los
casos se dejan depositados en las instalaciones de AFINSA por lo que, al igual que
sucede con los otros tipos de contrato examinados, no existe desplazamiento
posesorio de la filatelia ni de su propiedad. Se ha demostrado que todos los clientes
de los contratos PIC, cumpliendo el periodo mínimo de permanencia, en un plazo más
o menos largo de tiempo solicitan la rescisión del contrato exigiendo a AFINSA el pago
de la cantidad comprometida.
6ª) Tanto en un tipo de contrato PIC como en otro (PIC antiguo o PIC nuevo),
estos peritos judiciales han podido verificar que adolecen de unos incumplimientos tan
graves que ayudan a entender aún mejor su clara naturaleza financiera:
237
a) La filatelia adjudicada en los contratos PIC no sirve de soporte o garantía al
capital nominal invertido por los clientes en los mismos. Así, se ha podido
demostrar lo siguiente:
o En la fecha de la intervención judicial la filatelia utilizada en los
contratos PIC antiguos tiene reconocido un valor en la “BD Inventario”
(valor de catálogo) que no llega al 9% de su equivalente valor de
adjudicación.
o Teniendo en cuenta tanto los contratos PIC antiguos como PIC nuevos,
en la misma fecha, comparando los valores por los que aparece su
filatelia adjudicada según “BD Inventario” (valor de catálogo a la fecha
de la intervención judicial) con los importes de principal de los contratos
vivos a 9 de mayo de 2006 (cantidad aportada por el cliente) y los
intereses estimados por estos peritos judiciales, existe un déficit de
filatelia a valor de catálogo de casi 300 millones de euros.
o Existió un problema de “Faltas de filatelia”, es decir, contratos en que
faltan sellos, problema independiente de los retrasos en las
adjudicaciones y sobreadjudicaciones; que ese problema no se empezó
a remediar hasta octubre de 2005, no estando totalmente solucionado
en la fecha de intervención judicial.
o Además hay que tener en cuenta que AFINSA adquiría la filatelia
PIC/MIP a un porcentaje del valor de catálogo utilizado como referencia
en las compras que oscilaba, excepto para la filatelia del tema Europa
CEPT, según el momento temporal y el país, entre el 30% y el 56% del
respectivo valor de catálogo. Sucediendo igualmente que la
revaloración de la filatelia utilizada en la adjudicación de los contratos
PIC nuevos en catálogos independientes es normalmente inferior al 6%
anual de media que AFINSA trata de mantener en los catálogos que
ella controla.
b) La rentabilidad comprometida por AFINSA en los contratos PIC no tiene
relación alguna con la posible revalorización de los valores filatélicos que
los respaldan en catálogos independientes.
c) La disparidad que existió en los criterios de valoración de la misma filatelia
trajo como consecuencia que los mismos valores filatélicos se adjudicaran
238
a distintos precios según el tipo de contrato al que iban dirigidos (contrato
PIC antiguo, contrato PIC nuevo o contrato MIP) y con diferencias
asombrosas: por ejemplo, se ha demostrado que la misma filatelia del tema
Europa CEPT tiene diferencias de precio superiores al 4000% en un
contrato PIC antiguo respecto a un contrato PIC nuevo en la misma fecha; o
que la misma filatelia de Portugal tiene diferencias de precio en un contrato
PIC antiguo con respecto a un contrato MIP, en la misma fecha, superiores
al 1700%. Esta disparidad de valores para la misma filatelia afianza aún
más la afirmación de que los valores filatélicos no respaldan ni
mínimamente los capitales invertidos por los clientes en los contratos PIC.
Por lo que podemos asegurar, al igual que lo hemos hecho anteriormente con
los otros tipos de contratos, que el contrato PIC no ampara una compraventa de
valores filatélicos con una comisión de venta a favor de AFINSA, sino que es un
producto de tipo financiero muy similar a un Plan de Ahorro dilatado en el
tiempo con el que el INVERSOR pretende no sólo asegurarse la máxima rentabilidad
al capital invertido, sino también poder cobrar la cantidad comprometida bien en un
sólo pago (rescisión unitaria) o bien en rentas periódicas futuras (durante varios años
en rentas mensuales consecutivas y periódicas), y AFINSA obtener unos fondos
líquidos reembolsables muy necesarios para el sostenimiento de su negocio.
II.5 CONTRATO MÓDULO DE INVERSIÓN PLANIFICADA
II.5.1. Introducción
En la actividad de Sistemas de Inversión de AFINSA el contrato MÓDULO DE
INVERSIÓN PLANIFICADA, en adelante contrato MIP, constituye la otra categoría de
contratos que se comercializaban dentro del bloque de contratos de larga duración; y
al igual que en los contratos PIC su característica fundamental no era su duración más
o menos larga en el tiempo, sino la posibilidad que tenía el inversor de pedir la
liquidación antes de llegar al vencimiento del contrato y en función del momento
elegido la forma de cálculo de su rentabilidad.
239
Los contratos MIP tenían una importancia menor que los contratos PIC dentro
del bloque de contratos de larga duración y eran los menos significativos dentro de la
actividad de inversión filatélica dirigida de AFINSA.
En la fecha de la intervención judicial (9 de mayo de 2006), el número de
contratos MIP vivos o activos era de 5.016 y los compromisos contraídos por AFINSA
a través de ellos, teniendo sólo en cuenta el capital nominal invertido por sus clientes,
alcanzaba el importe de 59.911.012,52 euros.
El contrato MIP era muy similar, como luego veremos, al contrato PIC Nuevo
pero se distinguía de él porque, al igual que en los contratos CIT y CIF, el capital es
aportado por el inversor de una sola vez y al inicio del contrato, mientras que en los
contratos PIC la inversión se realizaba a través de aportaciones periódicas.
Del contrato MIP sólo ha existido una variante o subtipo, los dígitos con los que
se iniciaba su numeración para distinguirlos del resto de los contratos comercializados
por AFINSA eran el 12.
La comercialización del contrato MIP se inició, al igual que para el contrato PIC
Nuevo o contrato PIC subtipo 25, en septiembre de 1998 y su peso ha sido escaso en
la actividad de Sistemas de Inversión de AFINSA.
II.5.2. Filatelia utilizable en este tipo de contratos
Al igual que en otros tipos de contratos, el documento “Características de la
filatelia para inversión”316 es el que mejor indica las características que deben poseer
los valores filatélicos destinados al contrato MIP.
En sus definiciones básicas dice:
“Contrato MIP: desde el punto de vista filatélico los contratos MIP se adjudican con la misma tipología que los contratos PIC Nuevos y siguiendo el mismo criterio de valoración, si bien dado que en ellos la adjudicación completa se realiza en el momento de la contratación y al objeto de no producir roturas en el stock del PIC Nuevo, se reservan determinados países para realizar las adjudicaciones de estos contratos. Las sobreadjudicaciones de MIP se realizan
316
Nota, ver anexo 02.007: “Características de la filatelia para inversión” informes de fecha 02/03/2004 y 28/06/2004, elaborados por Dolores Llames y aprobados por Antonio Jiménez-Rico.
240
tanto con filatelia de países reservados para MIP como de países utilizados en PIC Nuevo.”
Y en cuanto a las características que deben poseer los valores filatélicos
destinados a los contratos MIP, dice:
“Cotización: Cotización acreditada en algunos de los catálogos de referencia admitidos (Domfil, Afinsa Portugal). Autenticidad: garantizada por los especialistas autorizados de Central de Compras. Calidad: sellos nuevos óptimos en centraje, color, goma, papel y dentado. Países: Adjudicables en exclusiva los sellos de países pertenecientes a la FIP o la UPU, no asignados al producto PIC, que cumplan además con el resto de condicionantes, y que hayan sido específicamente admitidos por el Consejo de Administración. Especificaciones filatélicas: series completas y sin matasellar, en años completos, salvo excepciones bajo pedido, de tipo conmemorativo (con limitación de tirada). Antigüedad mayor a seis años. Elementos adjudicables: Sellos nuevos y hojas bloque. Especificaciones productos de inversión: Revalorización media 2,5 veces superior a la inflación. Pertenecientes a países de dominio atribuido a Central de Compras (autorizados en el Consejo de Administración de AFINSA). Restricciones: carencia siquiera parcial de alguno de los atributos. Emisiones prohibidas por la UPU o FIP”
De estos documentos se deduce que en los contratos MIP se utiliza el mismo
tipo de filatelia que en los contratos PIC Nuevos y con su mismo criterio de valoración,
es decir, valorada al doble del valor de catálogo de referencia.
No obstante, como luego veremos, no siempre es así; por eso el documento
“Estimación de necesidades” 317 de abril de 2006, con respecto al contrato MIP en las
definiciones básicas dice:
“Desde el punto de vista filatélico los contratos MIP se adjudicaron inicialmente con la misma tipología de filatelia que los contratos PIC Nuevos y siguiendo el mismo criterio de valoración. Sin embargo actualmente sólo se adjudican determinados países y el valor de adjudicación es igual al del catálogo al que están referenciados.”
De este documento se deduce que en esta última etapa se trata de seleccionar
determinados países para la adjudicación de los contratos MIP y siguiendo el criterio
de adjudicarlos al valor del catálogo por el que estén referenciados.
317
Anexo 02.192: “Estimación de necesidades” de 11/04/06, elaborado por Bernardo Valero, revisado por José Alberto Gómez y aprobado por Antonio Giménez-Rico.
241
En definitiva y como resumen indicaremos que la filatelia utilizada en la
adjudicación de los contratos MIP es la misma que la que se utilizaba en los
contratos PIC:
En una primera etapa (1998 y 1999) filatelia de Portugal, Azores y Madeira de
PIC Nuevo, dejando enseguida esa filatelia para introducir en años posteriores filatelia
de tema Europa y de diversos países europeos utilizados en el contrato PIC Nuevo, y
siguiendo su mismo criterio de valoración (doble del valor de catálogo de referencia).
Para después en una segunda y última etapa (a partir del cuarto trimestre del
año 2004), además de la filatelia de países europeos de PIC Nuevo, comenzar a
adjudicar en cantidades importantes filatelia de Portugal Azores y Madeira de PIC
Antiguo valorada al precio indicado en el catálogo de referencia.
Del análisis de la tabla de consulta ADJL de PROMETEO se obtiene
información de las series filatélicas utilizadas en la adjudicación de los contratos de
larga duración: contratos PIC y MIP; de dicha tabla se han seleccionado las series
filatélicas utilizadas en la adjudicación de los contratos MIP.
A su vez el archivo informático “BD Inventario”, aportado por la Administración
Concursal y que sirvió de base a los peritos filatélicos para efectuar su trabajo de
valoración, nos ofrece la valoración de esas mismas series a la fecha de la
intervención según los criterios de la “BD Inventario”.
Del cruce de ambas tablas (tabla ADJL de PROMETEO y “BD Inventario”) se
ha elaborado un cuadro318 que nos indica el nº de series adjudicadas de cada país, el
importe histórico por el que fueron adjudicadas en los respectivos contratos, el importe
de adjudicación que les hubiera correspondido en la fecha de la intervención judicial, el
importe por el que figuran en la BD Inventario, el catálogo de referencia y el porcentaje
que representan sobre el total.
El resumen de dicho cuadro se muestra a continuación. De su análisis, se
desprende la importancia que tiene la filatelia de Portugal en los contratos MIP y que
en relación con la filatelia del tema Europa, aunque no es significativo el número de
318
Anexo 02.193: cuadro de elaboración propia con el detalle de toda la filatelia utilizada en la adjudicación de contratos MIP con sus valores históricos de adjudicación, valores de adjudicación en la fecha de intervención, valores en la BD Inventario y el catálogo de referencia.
242
series adjudicadas (sólo se han adjudicado 70.886 series), sin embargo es importante
el puesto que ocupa dentro del importe total de adjudicación y dentro del importe en la
BD Inventario, ya que era la filatelia que alcanzaba un precio más elevado en su
adjudicación. Conviene destacar también, como luego veremos, que casi el 80% de la
filatelia de Portugal utilizada en los contratos MIP se ha adjudicado en el año 2005.
DENOMINACIÓN
Nº SERIES ADJUDICADAS
1
IMPORTE HISTÓRICO
ADJUDICACIÓN 2 % TOTAL
IMPORTE TOTAL BD
INVENTARIO 3 % TOTAL
PORTUGAL 684.985 22.284.170,31 29,60% 22.589.566,69 37,72%
EUROPA 70.886 16.153.318,04 21,45% 10.193.936,31 17,02%
MÓNACO 203.688 14.263.682,62 18,94% 9.845.264,74 16,44%
GIBRALTAR 116.103 4.198.742,41 5,58% 2.608.471,16 4,36%
RESTO 798.279 18.390.230,24 24,43% 14.656.140,39 24,47%
TOTAL 1.873.941 75.290.143,62 100,00% 59.893.379,29 100,00%
1- Nº de series adjudicadas: es el resultado de sumar el número de series adjudicadas que componen cada una de las denominaciones incluidas en este cuadro.
2- Importe total adjudicación: es el total del resultado de multiplicar las series que componen cada denominación por el importe al que fueron adjudicadas en sus respectivas fechas de adjudicación.
3- Importe total BD inventario: es el total del resultado de multiplicar cada una de las series adjudicadas que componen cada denominación por su importe en la BD inventario.
II.5.3. Estructura formal de los contratos MIP
Como ya hemos indicado, el contrato MIP estaba estructurado de forma muy
similar al contrato PIC Nuevo, aunque formalmente se componía de un sólo
documento sin separar las cláusulas generales de las particulares del contrato, como
ocurría en el contrato PIC319.
Ahora bien, hay que tener en cuenta que, mientras en el contrato PIC el objeto
formal del contrato es la constitución de un patrimonio filatélico por parte del inversor,
el Exponendo del contrato MIP establece en su apartado Segundo:
“Que el INVERSOR está interesado en adquirir a AFINSA Valores Filatélicos, como objeto de inversión, con la posibilidad de su posterior enajenación, si así lo deseara el INVERSOR, a través de AFINSA, y todo ello de acuerdo con las siguientes cláusulas”
De este apartado hay que resaltar dos cosas:
319
Anexo 02.194: modelo de contrato MIP sin valor contractual.
243
1ª) La figura del cliente como INVERSOR que desea efectuar una inversión
adquiriendo Valores Filatélicos.
2ª) Que AFINSA efectúa una venta de Valores Filatélicos con pacto de
recompra irrevocable para ella, ya que tal y como se desarrolla en el informe de
desarrollo nº 3: Estados Financieros y Situación Patrimonial:
- Se demuestra que todos los contratos MIP que se han dado de Baja en el
espacio temporal de esta pericia se han rescindido a través de AFINSA
cobrando el inversor el resultado de su liquidación bien en rentas
mensuales bien en la modalidad de rescisión unitaria; es decir, ningún
cliente se ha quedado con los valores filatélicos.
- La contabilidad de AFINSA registra el inicio de los contratos MIP como
“Ventas de filatelia” y su rescisión se registra como “Compras de filatelia”.
Las cláusulas establecidas en el contrato MIP son muy similares a las cláusulas
generales del contrato PIC Nuevo, la diferencia fundamental se encuentra en la
cláusula primera del mismo:
“El INVERSOR adquiere por medio de este contrato, que tendrá una duración de siete años, de una sola vez y mediante un pago único, siete lotes de Valores Filatélicos, de idéntico importe cada uno de ellos, que suponen en total la cantidad de .........Euros. Dichos lotes le son adjudicados en este acto por AFINSA.”
Mientras que en el contrato PIC los lotes se adquieren por el inversor y se
adjudican por AFINSA de forma periódica: uno por año con pago también periódico por
cada lote adquirido y durante un periodo de diez años, en el contrato MIP la
adquisición de los lotes y el pago de los mismos se hace de una sola vez en el
momento de formalizar el contrato adjudicándolos en ese mismo acto por AFINSA.
El resto de las cláusulas son casi idénticas a las del contrato PIC Nuevo:
- Los valores filatélicos que integran cada lote se compondrán siempre de
series completas y sin matasellar, de países que pertenezcan a la
Federación Internacional Postal (FIP) y de acreditada cotización, calidad y
autenticidad.
244
- La valoración de cada lote se efectuará de acuerdo con la última lista de
cotización vigente en AFINSA, referenciada a un catálogo internacional.
Aquí conviene destacar que, mientras en el contrato PIC Nuevo las series se
valoran siempre al doble del valor del catálogo de referencia, en los
contratos MIP, como ya hemos indicado, no siempre es así.
- Por cada año transcurrido desde la fecha del contrato y a cada uno de los
lotes, AFINSA añadirá, sin coste alguno para el Inversor, una
sobreadjudicación equivalente al 10% del valor de tasación del lote en ese
momento; dichas sobreadjudicaciones formarán parte a todos los efectos del
contrato, excepto del valor mínimo de venta, que sólo se aplicará sobre los
lotes pagados.
- Aunque el contrato tiene una duración de siete años, el inversor tiene la
posibilidad de rescindirlo antes, exigiéndole una permanencia mínima de
tres años desde el momento de la formalización y pago del contrato.
- Tanto el contrato PIC (PIC Nuevo y PIC Antiguo, subtipo 24) como el
contrato MIP, en la cláusula V: “Opciones de venta del Patrimonio filatélico a
través de Afinsa” y cláusula tercera: “Venta de los lotes requisitos y
procedimientos”, respectivamente, parecen dar la opción a AFINSA de
colocar la filatelia del cliente en el mercado (mediación) o comprarla para sí
misma, situación ésta última que siempre se produce, ya que tanto en un
tipo de contrato como en otro AFINSA contablemente refleja estos contratos
utilizando las cuentas “Ventas filatelia PIC o MIP” y “Compras filatelia PIC o
MIP”. Es decir, contablemente recoge que siempre AFINSA es la que vende
y compra los lotes de valores filatélicos.
- El precio de venta de los lotes es el resultado de aplicar un porcentaje del
Baremo de tasaciones, según la lista de cotización vigente en el momento
de efectuar la venta: el 70% del Baremo, si han transcurrido tres años desde
la fecha del contrato o el 75% del Baremo si han transcurrido siete años.
Estos son los porcentajes vigentes para la rescisión unitaria, es decir para
recibir el precio de una sola vez.
245
- Habiendo transcurrido cinco años desde la fecha del contrato, se le ofrece
al inversor la posibilidad de recibir el precio de los lotes: uno a uno por el
85% de su valor, en doce mensualidades consecutivas e iguales.
- Al igual que en el contrato PIC, AFINSA garantiza un valor mínimo de venta
equivalente a la suma de los precios netos de IVA de adquisición de los
lotes, con los siguientes incrementos: 5% de interés simple anual, si han
transcurrido tres años desde la fecha del contrato y 8% de interés simple
anual si han transcurrido seis años.
- De igual forma se designan unos beneficiarios para el caso del fallecimiento
del INVERSOR.
Del examen de la documentación intervenida a través de las máquinas virtuales
Zyfindi y Alchemy, se pueden obtener escaneados los documentos que normalmente
acompañan a los contratos MIP que son los siguientes320:
- El contrato firmado propiamente dicho con la ficha guía MIP que se elabora
previamente con los datos básicos que sirven para su confección.
- En el caso de que se haya producido su rescisión, la carta que envía el
cliente en donde comunica su decisión de resolver y liquidar el contrato,
eligiendo la forma de liquidación, bien recibiendo el precio de los siete lotes
en un sólo pago, o bien en mensualidades consecutivas.
- La tasación del contrato, en caso de rescisión unitaria, con la valoración de
la filatelia a la fecha de rescisión y su comparación con el valor garantizado,
prevaleciendo éste último si es superior. Además en el caso de rescisión
unitaria, junto con la Tasación del contrato, se acompaña una Declaración
firmada por el titular del contrato en la que declara: que contrató con
AFINSA la compra de filatelia por intermedio de un MIP, que rescinde en
esa fecha el referido contrato con lo que revende a AFINSA toda la filatelia
del mismo y que recibiendo el valor de la reventa libera a esa Entidad de
cualquier responsabilidad sobre el mencionado contrato.
320
Anexo 02.195: ejemplos de documentación escaneada que acompaña a los contratos MIP, obtenida de la documentación intervenida.
246
- En caso de solicitar la rescisión en rentas mensuales, el Albarán de entrada
por el que AFINSA compra cada lote de valores filatélicos con sus
sobreadjudicaciones correspondientes, junto con la relación de los doce
pagarés con vencimiento mensual consecutivo que corresponden a ese lote.
En la documentación que se guarda escaneada de los contratos MIP no figuran
normalmente los siete lotes de valores filatélicos adjudicados en el momento de la
firma del contrato, sólo están escaneados los certificados de adjudicación que han sido
firmados por el cliente (cuando el cliente firma que ha recibido la filatelia)321, pero el
sistema de gestión comercial INVER muestra la totalidad de las adjudicaciones en las
que, como ya hemos mencionado, se ofrece la información de la situación de la
filatelia que normalmente indica: situación: “valores”, que tal y como recoge la propia
documentación interna de AFINSA, significa que “El lote de valores filatélicos está en
poder de Adj. Y Cust. De Valores”.322
Conviene resaltar, al igual que lo hemos indicado con los contratos PIC, el
hecho cierto de que a la inmensa mayoría de los clientes que suscribían
contratos MIP, AFINSA no les entregaba físicamente la filatelia, sino que se
quedaba en sus instalaciones323; así, el documento “Adjudicación y envío de valores
filatélicos” dice:
“Envío. En el caso de MIP se envía si en la ficha guía se indica el deseo del cliente de retirarla, en este último caso desde Adjudicación y Custodia de Valores se envía la filatelia para que esté en la delegación en la fecha de la firma del contrato.”
De hecho los certificados de adjudicación de filatelia se emitían con la siguiente
leyenda:
“Los valores indicados en este certificado, quedan depositados en las cajas fuertes de AFINSA, hasta su entrega definitiva al abonado.”
Ya que la filatelia PIC/MIP se analiza conjuntamente, recordaremos lo ya
indicado en el apartado de los contratos PIC: la proporción que guarda la filatelia que
queda en los almacenes de AFINSA respecto del total de la filatelia adjudicada a
contratos MIP la podemos obtener de la Base de datos del Inventario de AFINSA a 9
321
Anexo 02.196: ejemplo de contrato obtenido de la documentación intervenida, en el que si aparecen escaneadas las adjudicaciones de los siete lotes filatélicos, firmando el cliente que los ha recibido. 322
Nota, ver anexo 02.141: “Adjudicación y envío de valores filatélicos”, que por las propiedades del archivo fue creado en febrero de 2004. 323
Nota, ver anexo 02.141.
247
de mayo de 2006. Base de datos utilizada por la Administración Concursal de AFINSA
para el informe de valoración del inventario filatélico. De dicho análisis se deduce que
en la fecha de la intervención judicial, de la totalidad de contratos PIC/MIP que
estaban vivos, sólo el 1,48% de la filatelia asignada a dichos contratos estaba en
poder de los clientes.
II.5.4. Incumplimientos o inconsistencias del contrato MIP
Los incumplimientos o inconsistencias del contrato MIP son muy similares a los
ya analizados en los contratos PIC y, por supuesto, van en la misma línea a los ya
analizados detenidamente en los contratos CIT y CIF, siendo por ello muy importantes
y poniendo nuevamente de manifiesto la clara naturaleza financiera de los contratos
de inversión filatélica. Son los siguientes:
- Los clientes de los contratos MIP no tienen interés alguno en realizar una
inversión en valores filatélicos.
- Los valores filatélicos adjudicados a los contratos MIP no respaldan ni sirven
de soporte al capital nominal invertido por los clientes en los mismos.
- Adjudicación de la misma filatelia a distintos precios, según el tipo de
contrato al que va dirigida.
- La rentabilidad comprometida por AFINSA en los contratos MIP no tiene
relación alguna con la revalorización que puedan tener los valores filatélicos
en catálogos independientes.
II.5.4.A) El cliente de un contrato MIP no tiene interés alguno en realizar
una inversión en valores filatélicos
Aunque el objeto formal del contrato es la adquisición por parte del INVERSOR
a AFINSA de siete lotes de valores filatélicos como inversión con la posibilidad de su
posterior enajenación, si así lo deseara, a través de AFINSA, todos los clientes de este
tipo de contratos, transcurrido el plazo mínimo establecido, solicitan la rescisión del
mismo recibiendo el resultado de su liquidación (a través de una teórica recompra por
parte de AFINSA de los valores filatélicos) mediante un pago único o mediante rentas
mensuales.
248
El procedimiento de gestión comercial de los contratos no ofrece al inversor ni
siquiera la posibilidad de solicitar, una vez transcurrido el periodo mínimo de
permanencia de tres años, la rescisión del contrato comunicando a AFINSA que se
queda con la filatelia adjudicada renunciando al cobro de cantidad alguna.
En el apartado IV.1.2.C) del Informe de desarrollo nº 3: Estados Financieros y
Situación Patrimonial, se hace un análisis de los contratos MIP que han sido dados de
Baja en el periodo temporal de esta pericia y de las causas de dichas bajas, el
resultado es el siguiente:
ESTADO Nº
CONTRATOS
CAUSA BAJA Nº
CONTRATOS
ACTIVOS A 4.622
Rescisión unitaria RE 320
BAJAS B 709
Renta mensual RM 389
NULOS N 449
709
5.780
Del cuadro anterior se desprende que de los 5.780 contratos MIP que ha
gestionado AFINSA en el periodo de 1 de septiembre de 1998 (fecha en que se
comenzó la comercialización de estos contratos) a 9 de mayo de 2006, se han dado
de baja 709 contratos y todos se han liquidado a través de AFINSA bien por
rescisión unitaria, bien por renta mensual.
Los contratos en estado Nulos son contratos que figuran en las bases de datos
que sirven de soporte a la aplicación informática de gestión de contratos (INVER) con
las siglas AN: anulados, teniendo todos una vida inferior al año; es decir, son contratos
Inactivos que no han llegado nunca a perfeccionarse. De hecho AFINSA, si el inicio de
un contrato MIP lo contabiliza en la cuenta contable “Ventas MIP”, la anulación del
mismo que lo convierte en contrato Nulo, lo registra en la cuenta contable
“Devoluciones ventas MIP”.
En el informe de desarrollo que trata la determinación de los estados
financieros, en el anexo correspondiente a las bajas de los contratos MIP (anexo
03.119)324, se muestran los 449 contratos Nulos, todos con una vida inferior al año, y
en donde se puede verificar que el importe nominal de todos esos contratos coincide
324
Anexo 02.197: cuadros de elaboración propia obtenidos del anexo 03.119 del informe de desarrollo nº 3 llamado “Bajas MIP”, contratos causa baja= AN: 449 contratos y, datos de las devoluciones ventas MIP en todos los años objeto de pericia y su contraste con el importe de los capitales nominales aportados por los clientes de los contratos en cada uno de los años considerados.
249
de forma muy aproximada con el saldo de las cuentas contables “Devoluciones ventas
MIP” en todo el periodo temporal de esta pericia.
II.5.4.B) Los valores filatélicos adjudicados a los contratos MIP no
respaldan ni sirven de soporte al capital nominal invertido por los clientes
en los mismos
En primer lugar no hay que olvidar, tal y como se indica en el Informe de
desarrollo nº 5, que los catálogos filatélicos pueden dar una idea aproximada del valor
que pueden alcanzar unos sellos. Los catálogos son una referencia pero no indican
necesariamente el precio de mercado de los mismos ni siquiera en el comercio al por
menor, lugar donde el inversor de un contrato MIP puede vender los sellos que tiene
adjudicados en su contrato, pues es la situación de la oferta y la demanda en un
momento determinado la que fija dicho precio. Además, hay que tener en cuenta la
diferencia fundamental que existe entre el precio por el que un coleccionista adquiere
un sello en el comercio al por menor y el precio al que tiene que vender ese
coleccionista si se quiere desprender de unos determinados sellos en dicho comercio,
siendo este último inferior al primero pues, al ser un mercado de escasa movilidad, el
comerciante debe mantener un alto volumen de stock durante cierto tiempo, por lo que
sólo los adquiere si consigue un margen de descuento sobre el primer precio muy
sustancioso, lo cual a su vez dependerá del catálogo de que se trate y del tipo de
sellos.
Los siete lotes de valores filatélicos adjudicados por AFINSA en el acto de la
firma de un contrato MIP van referenciados a un “catálogo internacional”. La cláusula
Segunda.2 dice:
“La valoración de cada lote se efectuará de acuerdo con la última lista de cotización vigente en AFINSA, referenciada a un catálogo internacional. Asimismo, se informará al INVERSOR anualmente del valor de venta que, según dicha lista, alcancen sus lotes de Valores Filatélicos, en ese momento.”
El sistema de gestión comercial de los contratos INVER nos ofrece las Listas
de adjudicación utilizadas por AFINSA para los contratos PIC/MIP por países y años.
En los contratos MIP, se pueden diferenciar dos etapas:
250
1ª etapa: desde el inicio de su comercialización (septiembre de 1998) hasta
octubre de 2004, las Listas utilizadas para su adjudicación eran las mismas que las
utilizadas en los contratos PIC Nuevos y con el mismo criterio de valoración: siempre
el doble del valor del catálogo de referencia, los países utilizados eran:
- Portugal de PIC Nuevo (años completos, hojas bloque y series posteriores a
1985), sólo se adjudica en 1998 y 1999.
- Azores y Madeira de PIC Nuevo (años completos, hojas bloque y series
posteriores a 1985), sólo se adjudica en 1998 y 1999.
- Europa CEPT de PIC Nuevo (años completos de 1956 a 2000), se utiliza en
la adjudicación de los años 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004.
- Mónaco, en la que tiene especial importancia las hojas bloque, se empieza a
adjudicar en el año 1999 y continúa su utilización hasta el año 2005.
- San Marino, Gibraltar, Liechtenstein, Bélgica y Holanda, su utilización
transcurre desde el año 2001 al 2006 pero de una forma desigual según el
país considerado.
2ª etapa: desde octubre de 2004 hasta mayo de 2006, este periodo tiene como
característica fundamental la adjudicación masiva de filatelia de Portugal de PIC
Antiguo (series, años completos y sobretodo hojas bloque de 1940 a 1985), adjudicada
por el mismo valor por el que aparece en el catálogo de referencia, el catálogo Afinsa
Portugal; para ello la diferencian utilizando unas siglas distintas en cada una de las
series325.
Las siglas utilizadas son las siguientes:326
- Años completos de Portugal de 1940 a 1985 (PRO11940 a PRO11985).
- Hojas Bloque de Portugal de 1940 a 1985 (PRB00140 a PRB08285).
- Series de Portugal de 1940 a 1985 (PRS0148/55 a PRSA-012/13).
Esta equiparación de la misma filatelia para dos tipos de contratos distintos
diferenciándola por las siglas iniciales queda patente, además de en el documento
“Correspondencias PIC antiguo-MIP” ya mencionado, en otros documentos
intervenidos en los que reconocen que la filatelia de Portugal de PIC antiguo se va a
utilizar en MIP a medida que se recupera de los contratos rescindidos de PIC antiguo:
325
Nota, ver anexo 02.186: “Correspondencias PIC antiguo-MIP” 326
Anexo 02.198: listados de adjudicación según INVER de filatelia de Portugal de 1940 a 1985 de fechas 01/10/2004, 01/01/2005, 01/04/2005, 01/07/2005, 01/10/2005, 01/01/2006 y 01/04/2006.
251
En la elaboración del presupuesto de Sistemas de Inversión del año 2005327
aparece explícitamente reconocido, pues en el apartado de: “Inversión en
recurso filatélico”. “Producto PIC/MIP”, dicen:
“Se considera una menor compra por la utilización de filatelia de Portugal de PIC Antiguo en la adjudicación de MIP (a precio de catálogo): tanto de la actualmente en stock como de los excedentes provenientes de rescisiones de PIC Antiguo.”
En un documento interno denominado “Material de Portugal. PIC
antiguo”328, dicen:
“Afinsa decidió dejar de comprar material de Portugal anterior a 1986 al encontrarse con un stock procedente de las rescisiones de estas operaciones PIC, que al estar adjudicadas por lista propia (actividad que se dejó de realizar en 1996 pasándose a adjudicar a doble catálogo), podría habernos llevado al problema de encontrarnos el mismo tipo de filatelia en el mismo producto y a diferente precio, si se hubiese utilizado este material para PIC nuevo.
Sin embargo, se estudió la posibilidad de utilizar este material para la adjudicación en MIP a precio de catálogo, lo que al parecer no constituía ningún problema de carácter legal y contable.”
Por otro lado en un correo que remite Yolanda Hoya a Vicente Martín Peña
el 28/06/2005329, adjunta dos informes por orden de Carlos de Figueiredo,
uno de ellos denominado: MATERIAL ADJUDICADO EN PIC
SUSCEPTIBLE CIT, dice:
“Por un lado, no parece que ni legal ni físicamente sea un problema adjudicar una misma serie en dos productos diferentes a distinto precio, como de hecho ocurre con el material de Portugal anterior a 1986, que se adjudica en PIC antiguo y en MIP, por lista propia en el primer caso y a catálogo en el segundo.”
Lo mismo se reconoce en el Acta de la Comisión de Producto de AFINSA
de 4 de julio de 2005330 a la que asisten Carlos de Figueiredo Escribá,
Vicente Martín Peña y Joaquín Abajo Quintana, cuando dicen:
327
Nota, ver anexo 02.187: “PRESUPUESTO 2005. AFINSA BIENES TANGIBLES S. A. SISTEMAS DE INVERSIÓN” 4 de enero de 2005. 328
Nota, ver anexo 02.165: MATERIAL DE PORTUGAL. PIC ANTIGUO. 329
Nota, ver anexo 02.188: correo de Yolanda Hoya para Vicente Martín Peña con copia a Carlos de Figueiredo de 28/06/2005, con el informe denominado: MATERIAL ADJUDICADO EN PIC SUSCEPTIBLE CIT. 330
Anexo 02.199: Acta de la Comisión de Producto de Afinsa Bienes Tangibles S.A. de 4 de julio de 2005.
252
“En tercer lugar, en cuanto al PIC antiguo de Portugal comenta el Sr De Figueiredo que lo que se ha recuperado se va a utilizar en MIP. Con las existencias actuales hay casi para llegar a fin de año, según D. Antonio Giménez-Rico.”
De igual forma el departamento de Organización y Medios en un importante
informe confidencial denominado: “Informe de situación del departamento
de adjudicación y custodia de valores (ACV)”331 en octubre de 2005 dice:
“Implementación de los procesos de recuperación de la filatelia al vencimiento de los contratos, que entre otros efectos ha supuesto la reutilización de la filatelia excedentaria de PIC Antiguos en contratos MIP, cundo la situación inicial era que no se disponía ni se podía conseguir filatelia suficiente para la adjudicación de PIC Antiguos.”
Pues bien, esta filatelia de Portugal es adjudicada en los contratos MIP al valor
del catálogo Afinsa Portugal, de forma que se puede verificar la total coincidencia entre
los precios del Listado para adjudicación utilizado por AFINSA y los precios del
catálogo Afinsa Portugal332. Sólo se observa que la primera lista de adjudicación
existente al ser de 1 de octubre de 2004 refleja unos precios algo superiores a los de
catálogo (4,26%), ya que el catálogo refleja los precios a 1 de enero de 2004 y los de
la lista de adjudicación son de octubre de 2004, cuando en los contratos PIC antiguos
se adjudicaba según Listas internas elaboradas por AFINSA con unos valores muy
superiores a los que indica el catálogo.
Por lo tanto, se puede confirmar que el criterio de adjudicación en los contratos
MIP es el siguiente333:
- Filatelia de Portugal (de 1940 a 1985) al valor del catálogo Afinsa Portugal.
- Filatelia de Portugal (posterior a 1985) al doble del valor del catálogo Afinsa
Portugal.
- Filatelia de San Marino al doble del valor del catálogo Unificato.
- Filatelia de tema Europa y resto de países europeos al doble del valor del
catálogo Domfil o Brookman a partir del año 2005.
331
Nota, ver anexo 02.179: “Informe de situación del departamento de Adjudicación y custodia de Valores (ACV) Confidencial, de Organización y Medios, octubre de 2005: 332
Anexo 02.200: cuadros de elaboración propia para la filatelia de Portugal de 1940 a 1985 con análisis comparativo entre los precios de los listados de adjudicación del INVER con los del catálogo Afinsa Portugal. 333
Anexo 02.201: cuadros de elaboración propia con análisis comparativo de valores de adjudicación y valores de catálogo en filatelia Europa CEPT, Mónaco San Marino, Bélgica, Holanda y Liechtenstein.
253
En anexo correspondiente334 se muestran pantallazos del INVER con
adjudicaciones de contratos MIP de distintas fechas y diferente filatelia en donde se
observan los criterios de adjudicación mencionados.
a) Análisis de los catálogos utilizados y su comparación con otros
catálogos independientes.
Teniendo en cuenta que los catálogos utilizados como referencia en los
contratos MIP, al igual que en los contratos PIC nuevos, son el catálogo Afinsa
Portugal (para la filatelia de Portugal), catálogo Domfil (para la filatelia del tema Europa
CEPT y resto de países europeos), catálogo Brookman (utilizado a partir del año 2005
para países europeos, excepto Europa CPT que se mantiene en Domfil) y catálogo
Unificato (para filatelia de San Marino), recordaremos nuevamente que los tres
primeros son catálogos dominados por AFINSA y el último (catálogo Unificato) es un
catálogo con el que AFINSA consiguió importantes acuerdos.
En la parte de este informe pericial en que se analizan los contratos PIC, dentro
de este mismo apartado (Los valores filatélicos adjudicados a los contratos PIC no
respaldan ni sirven de soporte al capital invertido por los clientes en los mismos) y,
refiriéndonos a los contratos PIC nuevos, se han tenido en cuenta los siguientes
documentos:
- El documento interno de CdC: “Estudio comparativo precios Brookman 2005
catálogos locales”335 .
- El estudio elaborado por estos peritos judiciales comparando los precios de
los catálogos utilizados por AFINSA en la adjudicación de los contratos MIP
(los mismos que los utilizados en los contratos PIC nuevos) con otros
catálogos independientes para la misma filatelia.336
334
Anexo 02.202: pantallazos del INVER de adjudicaciones de distintos contratos MIP de diferente filatelia y distintas fechas. 335
Nota, ver anexo 02.168: “Estudio comparativo precios: Brookman 2005 catálogos locales”. Central de Compras. GMAI Auctentia. 336
Nota, ver anexo 02.167: cuadros de elaboración propia con análisis comparativo de precios entre catálogos utilizados por AFINSA en la adjudicación de contratos PIC nuevos y MIP con catálogos independientes:
254
- El estudio elaborado por estos peritos judiciales completando y verificando
el documento interno de CdC: “Estudio comparativo precios Brookman 2005
catálogos locales” antes referido.337
En todos ellos se llega a las mismas conclusiones: excepto en el tema Europa
CEPT, en la filatelia del resto de los países los catálogos dominados por AFINSA
tienen precios más elevados que catálogos independientes para la misma
filatelia.
b) Comparación de los valores de catálogo con el precio de venta fijado
por la propia AFINSA en otras operaciones mercantiles de venta
El estudio elaborado y referido en este mismo apartado para los contratos PIC
nuevos sirve igualmente aquí para los contratos MIP. Como hemos indicado, AFINSA
ofertaba al público (venta al por menor) filatelia tanto española como del extranjero a
precio fijo. Dicha oferta estaba dirigida a los coleccionistas privados y para ello editaba
cada año un catálogo denominado “Oferta a precio fijo España y extranjero”. En las
condiciones de venta de dicho catálogo se dice expresamente: “Los precios de la
oferta son precios finales de venta al público….”. Del catálogo del año 2003338 se ha
seleccionado filatelia de Portugal (series y hojas bloque) utilizada tanto en contratos
PIC antiguo como PIC nuevo y MIP, filatelia de Portugal, Mónaco, Bélgica , Holanda y
Liechtenstein (hojas bloque) utilizada tanto en contratos PIC nuevos como en
contratos MIP; se ha efectuado un estudio comparativo entre los precios del “Catálogo
oferta precio fijo” del año 2003 (valor venta público 2003) con los valores de
adjudicación a 01/01/2003 y con el valor de catálogo del año 2003: catálogo Afinsa
Portugal para la filatelia de Portugal y catálogo Domfil para el resto de países
seleccionados. El análisis que se muestra en documento anexo339 nos indica que,
salvo en raras excepciones (alguna hoja bloque de Bélgica y Holanda), en el resto de
los casos siempre el precio de venta al público ofertado por la propia AFINSA es
inferior al precio que marca el catálogo correspondiente. El resumen puede ser el
siguiente:
337
Nota, ver anexo 05.076 del Informe de desarrollo nº 5: Los catálogos filatélicos. 338
Nota, ver catálogo: “Oferta a precio fijo España y extranjero 2003” 339
Nota, ver anexo 02.169: cuadros de elaboración propia con análisis comparativo entre valores de venta al público con valores de adjudicación y con valores de catálogo en el año 2003 de filatelia de Portugal, Mónaco, Bélgica, Holanda y Liechtenstein.
255
- Filatelia de Portugal, los valores de venta al público suelen estar entre un 65%
y un 85% de los valores de catálogo, y entre el 32% y el 43% de los valores de
adjudicación.
- Filatelia de Mónaco, los valores de venta al público oscilan entre un 53% y un
65% de los valores de catálogo, y entre 26% y el 33% de los valores de
adjudicación.
- Filatelia de Bélgica, excepto dos casos, los valores de venta al público se
encuentran entre un 55% y un 90% de los valores de catálogo, y entre un 27%
y un 48% de los valores de adjudicación
- Filatelia de Holanda, excepto un caso, los valores de venta al público se
encuentran entre un 60% y un 96% de los valores de catálogo, y entre un 30%
y un 48% de los valores de adjudicación.
- Filatelia de Liechtenstein, los valores de venta al público suelen estar entre un
65% y un 75% de los valores de catálogo, y entre un 32% y un 37% de los
valores de adjudicación.
c) Precios a los que compra AFINSA la filatelia destinada a los contratos
MIP. Evolución de los precios de esa filatelia en catálogos independientes.
Precios a los que compra AFINSA la filatelia destinada a la adjudicación de los
contratos MIP.
Recordaremos nuevamente que el análisis de los precios de adquisición de
AFINSA de su filatelia está ampliamente desarrollado en el Informe de desarrollo nº 4:
“Política de compras de la filatelia de los contratos de inversión”. A su vez, en este
mismo apartado y referido a los contratos PIC nuevos, se ha hecho una breve
referencia a los precios que compra AFINSA en las dos etapas diferenciadas que se
pueden establecer en la compra de la filatelia PIC/MIP.
En resumen se puede decir que, excepto para la filatelia del tema Europa
CEPT, filatelia más cara y que a partir del año 2005 apenas se adquiere, en general
AFINSA compra la filatelia a unos porcentajes que oscilan entre el 30% y el 56% de
los valores de catálogo utilizados como referencia según el momento temporal y país
adquirido.
256
Evolución de los precios de la filatelia PIC/MIP en catálogos independientes.
Este análisis ya se ha realizado igualmente al referirnos a este mismo apartado
en los contratos PIC. Recordaremos en resumen lo siguiente:
- AFINSA procuraba en los catálogos que utilizaba como referencia en la
adjudicación de los contratos MIP (catálogos dominados por AFINSA o
catálogos con los que había conseguido importantes acuerdos) que las
revalorizaciones medias anuales estuvieran en torno al 6%.
- Pero esa no era la evolución que presentaban otros catálogos independientes
para la misma filatelia y así lo indican los diferentes estudios encontrados en la
documentación intervenida, estudios realizados en la propia AFINSA en donde
se analizan la evolución de los precios de la filatelia utilizada en los contratos
PIC y MIP en otros catálogos independientes como son el catálogo Yvert &
Tellier y el catálogo Michel, analizando los precios de filatelia de Portugal,
Bélgica, Holanda, Mónaco, Liechtenstein, etc.
- En todos ellos se puede concluir que la revalorización del 6% anual en término
medio para la filatelia utilizada por AFINSA en los contratos MIP, no se
sustenta en catálogos independientes, siendo normalmente inferior a ese
porcentaje e incluso para algunos países y en algunos años es inexistente y
hasta negativa, incumpliéndose además uno de los atributos que debe tener la
filatelia de inversión utilizable en este tipo de contratos340: “Revalorización
media 2,5 veces superior a la inflación.”
d) Faltas de filatelia
Este apartado ha sido ampliamente desarrollado en los contratos PIC, y en él
se analizan diferentes documentos encontrados que hacen referencia a “Faltas” en los
contratos PIC y MIP. Volveremos a analizarlo aquí no sólo por su importancia, sino
sobre todo por la especial relevancia que tiene para los contratos MIP, ya que los
documentos encontrados mencionan que existen contratos MIP completos sin filatelia.
340
Nota, ver anexo 02.007: “Características de la Filatelia para Inversión”, informes de 02/03/2004 y 28/06/2004.
257
Bajo la denominación de “Faltas de filatelia” el personal de AFINSA se refiere a
filatelia que estando adjudicada a los contratos de inversión no está preparada
físicamente, pudiendo existir o no en el stock de AFINSA y siendo algo diferente al
mero retraso en la preparación, aunque pudiera estar afectada por el mismo. Estas
Faltas afectan a:
- Contratos completos.
- Lotes completos.
- Series dentro de un lote.
Es decir, existen contratos completos (parece ser que sólo contratos MIP) sin
filatelia, existen contratos que les falta la filatelia de uno o varios lotes y existen
contratos que les falta alguna serie de algún lote.
Parece que el motivo que favoreció el llegar a esta situación fue el
procedimiento que se seguía en la adjudicación de los contratos PIC/MIP: primero,
mediante un proceso semiautomático, se realizaba la adjudicación en el sistema, y
posteriormente se pasaba a la preparación manual del lote341.
Así lo indicó el propio Juan Carlos Morán en el año 2001 como responsable del
departamento de Valores, cuando en un documento interno de tipo procedimiento
denominado: “PROCESOS DE LA UNIDAD DE APOYO DE VALORES”342 aprobado
por Carlos de Figueiredo como director general de Filafinsa dice:
“Adjudicación de Valores Filatélicos PIC Mediante la relación de contratos a adjudicar, se hace un análisis del stock
disponible y se procede a introducir dicho stock en el programa de inversión.
Se hace el proceso de creación de propuesta (análisis previo a las
adjudicaciones), y si es aceptada, se procede a la edición de los certificados de
adjudicación y a las cartas de acompañamiento de los mismos.
Posteriormente se remite a la distribuidora para su envío a los clientes.
Por último, se procede en esta Unidad a preparar físicamente la filatelia
adjudicada y al archivo de la misma.
MIP Los procesos de propuesta, preparación y archivo son idénticos al de las
adjudicaciones de PIC.”
341
Nota, ver anexo 02.141: “Adjudicación y envío de valores filatélicos, sin fecha, pero que por las propiedades del archivo es de febrero de 2004. 342
Nota, ver anexo 02.174:”Procesos de la Unidad de apoyo de valores”. “Adjudicación de Valores Filatélicos”, fecha 19/07/2001, responsable del documento Juan Carlos Morán, aprobado por Carlos de Figueiredo.
258
El primer documento encontrado que menciona la existencia de este problema
es un “Informe de situación del departamento de valores” de 1 de mayo de 2003343,
que en el apartado Adjudicaciones PIC/MIP dice:
“Se utilizó durante algún periodo de tiempo la dinámica de adjudicar
filatelia sin montar por lo que existen contratos con faltas en la
preparación física”.
Se considera esta forma de adjudicar como un tema distinto de los retrasos en
la preparación física y de los retrasos en las adjudicaciones y sobreadjudicaciones, ya
que en el mismo apartado señala otros problemas como son los siguientes: “Retrasos
en la preparación física de las adjudicaciones….”, “Retrasos en las adjudicaciones PIC
(antiguos y nuevos)….”, “Retrasos en las sobreadjudicaciones…”, etc.
Esta forma de adjudicar en muchas ocasiones los contratos MIP sin la
preparación física del lote, es decir, contratos con faltas de filatelia, puede ser uno de
los motivos que explica la irregularidad del número de contratos MIP iniciados cada
año. Así, en el análisis efectuado de los contratos iniciados cada año, a través de las
bases de datos que sirven de soporte al sistema de gestión de los contratos INVER344,
se observa cómo en distintos periodos temporales se ha decidido paralizar la
contratación del MIP, uno de ellos se produce precisamente en abril de 2003 en que
no existen contratos iniciados desde esa fecha hasta julio de 2004 (¿se detectó el
problema y se decidió paralizar la contratación de MIP?).
La primera cuantificación de las Faltas en contratos PIC/MIP se ha encontrado
en un documento denominado: “Contratos PIC y MIP adjudicados con faltas de
filatelia: definitivo. 23/05/2003”345. En este trabajo, aunque no queda claro el
significado de todas las columnas, si indica que el total Faltas asciende a 168.970
series/años completos, una vez descontado el stock existente según INVER.
En este documento existen varias columnas relativas a los contratos MIP, una
de ellas se refiere a contratos MIP números 349 a 774 y otra columna se refiere a
contratos MIP número 2771 a 2869; parece que tanto en una como en otra se recogen
343
Nota, ver anexo 02.175: “Informe situación departamento de Valores”, fecha 1 de mayo de 2003. 344
Anexo 02.203: cuadro de elaboración propia que indica el número de contratos MIP iniciados cada año obtenido a través de las bases de datos que sirven de soporte al sistema de gestión comercial de los contratos: INVER 345
Nota, ver anexo 02.078: “Contratos PIC y MIP adjudicados con faltas de filatelia: definitivo. 23/05/2003”
259
las series filatélicas del código correspondiente que faltan en esos contratos
considerados.
Los contratos MIP números 349 a 774 se suscribieron todos entre el último
trimestre de 1998 y primer semestre de 1999, por lo que a la fecha del documento
referenciado (mayo de 2003) llevan varios años de vida y por ello no hay duda de que
son contratos con faltas de filatelia346.
Los contratos MIP números 2771 a 2869 se suscribieron entre diciembre de
2002 y mayo de 2003; por tanto, a la fecha del documento son contratos recientes que
pudieran estar afectados por el retraso en la preparación física de los lotes, pero en
este caso sorprende la ausencia de Stock suficiente en INVER para su preparación
física.347
De la tabla “Series adjudicación LD” se han seleccionado los dos bloques de
contratos MIP mencionados y dentro de ellos las adjudicaciones normales que les ha
correspondido. No se han tenido en cuenta las adjudicaciones extraordinarias o
sobreadjudicaciones, ya que éstas al realizarse después del inicio del contrato (se
realiza una por cada lote y por cada año transcurrido) y estar afectadas por retrasos,
no hay certeza de cuantas habría que considerar para cada contrato estudiado348. El
resultado obtenido se ha cruzado con el cuadro de la documentación intervenida antes
indicado349, dicho análisis se muestra en el anexo correspondiente350. De su análisis se
deduce lo siguiente:
1º) De las 176.996 series que se han adjudicado informáticamente en esas dos
agrupaciones de contratos (contratos nº 349-774 y nº2771-2869) 165.683 series no
están de forma real adjudicadas, es decir, las faltas de filatelia en esos contratos es de
165.683 series, casi el 94% del total adjudicado, probablemente la diferencia pueda
estar en una pequeña parte explicada por los contratos en los que el cliente ha
decidido llevarse la filatelia y no dejarla depositada en AFINSA.
346
Anexo 02.204: cuadros de elaboración propia con contratos MIP nº 349-774 iniciados en 1998 y 1999, y contratos MIP nº 2771 a 2869 iniciados en 2002 y 2003. 347
Nota, ver anexo 02.078 348
Anexo 02.205: cuadro de elaboración propia con la agrupación de las series adjudicadas en los dos grupos de contratos MIP (349-774 y 2771-2869) obtenido de la tabla “Series adjudicación LD” (tabla “ADJL” de Prometeo). 349
Nota, ver anexo 02.078 350
Anexo 02.206, cuadro de elaboración propia con el cruce de las series adjudicadas en los contratos MIP seleccionados (tabla “ADJL” de Prometeo) y documento “Contratos PIC y MIP con faltas de filatelia. Definitivo” de 23/05/2003.
260
2º) La mayor parte de las faltas se produce en los contratos más antiguos de
las 165.683 series que faltan, 152.746 corresponden a los contratos nº 349 a nº 774;
por lo tanto, no hay duda de que estamos ante auténticas faltas de filatelia que nada
tienen que ver con los retrasos en la adjudicación.
La organización del trabajo a realizar para reducir las faltas al máximo no
parece comenzar hasta julio de 2004; así lo indica Enrique Fernández en un correo
dirigido a Dolores Llames y Elisa Mallón en julio de 2004351.
Se trata por tanto de efectuar un recuento completo de la filatelia que falta en
los contratos PIC/MIP, comparar dicho recuento con el inventario existente, con las
rescisiones de contratos pendientes de desmontar la filatelia y con otra filatelia
sobrante; y lo que no se pueda cubrir hacer una orden de aprovisionamiento puntual,
es decir comprar la filatelia necesaria para tapar dichas faltas. El resultado de todo
este trabajo parece encontrarse en el archivo informático denominado: “OA PUNTUAL
DESPUÉS DE INVENTARIO”352 que contiene dos hojas, la hoja 1 denominada
“Resumen faltas PIC” recoge el trabajo, para cada una de las series filatélicas
utilizadas en los contratos PIC/MIP, de comparación de total de faltas con el inventario
existente; las diferencias negativas (cuando las faltas son superiores al inventario
existente) dan lugar a la “OA Puntual” (Orden de aprovisionamiento puntual) que se
recoge en la hoja 2 del archivo excell mencionado.
Hay que destacar que en la hoja del documento anterior denominada
“Resumen faltas PIC”353, en la columna que recoge las faltas en contratos MIP, sólo se
ha incluido el intervalo de contratos MIP números 349 a 774, de lo que se deduce que
las faltas de los contratos MIP números 2771 a 2869 o han sido subsanadas o no
corre tanta prisa subsanarlas.
De la misma tabla “Series adjudicación LD” se ha seleccionado el primer
bloque de contratos MIP mencionados (contratos nº 349 a 774) y dentro de ellos sólo
se han tenido en cuenta las adjudicaciones normales por el mismo motivo que ya
hemos argumentado en el análisis anterior. El resultado obtenido se ha cruzado con la
351
Nota, ver anexo 02.176: correo de Enrique Fernández de 08/07/2004 dirigido a Dolores Llames y Elisa Mallón, asunto: Faltas PIC, y otros documentos internos denominados: “Plan de actuación en faltas existentes en contratos PIC” 352
Nota, ver anexo 02.177: “OA Puntual después inventario xls” que contiene dos hojas, hoja 1: resumen faltas PIC y hoja 2 OA Puntual. Las propiedades del archivo nos indica que es de fecha 23/05/2005. 353
Nota, ver anexo 02.177.
261
hoja 1 del archivo excell antes mencionado (“Resumen Faltas PIC”). De su análisis354
se deduce que de las 164.059 series adjudicadas informáticamente en los contratos
MIP nº 349 a 774 que están activos a 13/12/2004, 148.867 series no se han
adjudicado realmente, es decir, es filatelia que falta.
Llama la atención por su elevada cantidad la serie Europa 79. Fosforo con
referencia PS 14234 F, de la que hay adjudicada 18.460 unidades en los contratos
MIP del primer bloque (contratos nº 349 a 774); el documento “Resumen faltas PIC”,
nos indica que efectivamente en los contratos MIP del intervalo con nº 349 a 774 en
esa serie faltan 17.220 unidades que junto con las que faltan de algunos lotes de PIC,
originan en la Orden de Aprovisionamiento Puntual (OA Puntual) la necesidad de
adquirir 17.345 unidades355. El ACTA DE REUNIÓN de 7 de septiembre de
2005356reconoce esas faltas de filatelia, indicando las dificultades que existen para la
adquisición de esa serie:
“Pedido especial PIC: AB informa de que se está gestionando dicho pedido. Existen importantes dificultades para la adquisición de la serie de tema Europa con fósforo de Portugal 1979. Se trata de una serie considerada escasa en el mercado por la temática y el país, esto unido a que el pedido es de más de 17.000 unidades, lo hace bastante complicado. Se informa de que se está trabajando en la adquisición del máximo número posible, BV confirma que se adquirirán todas las que estén disponibles.”
De hecho en los albaranes de entrega de CdC de 8 de noviembre de 2005357,
que han aparecido junto con la OA Puntual antes mencionada, de esa serie sólo
entran 1297 unidades.
Esta situación de los contratos MIP con faltas queda plasmada en una Acta de
Reunión Inventario de 18 de octubre de 2005358 que tiene como asunto: “Conciliación
stock 2004 + regularización incidencias Ptes. Stock”, cuando en el apartado:
354
Anexo 02.207: cuadro de elaboración propia con el cruce entre las series adjudicadas en los contratos MIP nº 349 a774, según tabla “Series adjudicación LD” (tabla “ADJL” de Prometeo) y el documento interno “OA puntual después inventario xls”, hoja 1“Resumen faltas PIC”. 355
Nota, ver anexos 02.177 y 02.207 356
Anexo 02.208: “Acta de Reunión” de 7 de septiembre de 2005, asunto: seguimiento relación CDC-ACV, asistentes, Ramón Egurbide, Ramón Soler, Arturo Blázquez, Bernardo Valero y Antonio Giménez –Rico. 357
Nota, ver anexo 02.178: documento interno compuesto por Orden de aprovisionamiento puntual y albaranes de entrega de Central de Compras a Afinsa Bienes Tangibles de 08/11/2005. 358
Anexo 02.209: Acta de reunión de 18 de octubre de 2005, asunto: “Conciliación stock 2004 + regularización incidencias ptes. Stock”, asistentes Bernardo Valero, Dolores Llames, Luis Juan Gutiérrez y Rafael Noguero.
262
“TRAMO DE CONTRATOS MIP CON FALTAS: Existen una serie de contratos tipo MIP cuya filatelia estaba físicamente, parcialmente pendiente de preparar y en el sistema figuraba como preparada. Dado que estos contratos ya están venciendo o siendo liquidados, el sistema automáticamente incorpora una filatelia al stock que no existe. Además este hecho se produce desde que se habilitó el sistema.”
La “OA Puntual” calculada359 dio lugar a una orden real puntual de
aprovisionamiento360 que se empezó a suministrar por CdC en noviembre de 2005.
Esta situación de tratar de subsanar las faltas detectadas en contratos PIC/MIP
queda muy bien recogida en un importante informe confidencial de Organización y
Medios de octubre de 2005 al que ya nos hemos referido: “Informe de situación del
departamento de adjudicación y custodia de valores (ACV)”361, cuando en el apartado
2. Aspectos pendientes de solución, punto 2.2 Situaciones anómalas en
adjudicaciones de clientes, existe un apartado denominado:
“Faltas de filatelia PIC/MIP en contratos adjudicados.
En la realización del inventario de los lotes de este tipo de contratos se
detectaron una serie de faltas, en su mayoría provenientes de fechas en las
que se realizaba la adjudicación sin control sobre la disponibilidad real de
filatelia. Estas faltas fueron solicitadas a CDC en una OAP que todavía no ha
sido suministrada”
Efectivamente el suministro por parte de CdC comenzó más tarde: noviembre
de 2005362.
De todo lo indicado parece deducirse que existió un problema real de Faltas de
filatelia en los contratos MIP que era independiente de los problemas de retrasos en la
preparación física de los lotes y de los retrasos en las adjudicaciones y
sobreadjudicaciones, que dicho problema empezó a detectarse en el primer semestre
de 2003 y se comenzó a solucionar con órdenes de aprovisionamiento puntuales
servidas por CdC en noviembre de 2005. Pero no se han encontrado documentos que
indiquen si a la fecha de la intervención judicial el problema estaba completamente
resuelto, más bien al contrario el Acta de Reunión de 22 de marzo de 2006363, cuyo
359
Nota, ver anexo 02.177. 360
Nota, ver anexo 02.178: documento interno compuesto por Orden de aprovisionamiento puntual y albaranes de entrega de Central de Compras a Afinsa Bienes Tangibles de 08/11/2005. 361
Nota, ver anexo 02.179: “Informe confidencial del departamento de adjudicación y custodia de valores (ACV)” de octubre de 2005. Organización y Medios. 362
Nota, ver anexo 02.178. 363
Nota, ver anexo 02.180: “Acta Reunión”, asistentes: Pedro Simarro, Rafael Noguero, Luis Juan Gutiérrez y Lola Llames, asunto auditoría faltas MIP, fecha 22 de marzo de 2006.
263
asunto es “AUDITORÍA FALTAS MIP”, hace referencia al problema de faltas de
filatelia, que ya estaban identificadas en un fichero de faltas global (PIC/MIP),
indicando que existen órdenes de aprovisionamiento puntuales sobre parte de estas
faltas globales, pero no manifiesta si las faltas han sido ya totalmente cubiertas con
órdenes de aprovisionamiento puntuales; de hecho, ya hemos visto con el ejemplo de
la serie Europa 79. Fosforo con referencia PS 14234 F que de las 17.345 unidades
que necesitaban, en albaranes de entrega de CdC de 8 de noviembre de 2005 sólo
entran 1.297 unidades.
En el desarrollo de este largo apartado hemos visto cómo la filatelia utilizada en
la adjudicación de los contratos MIP no sirve de soporte al capital invertido por los
clientes en dichos contratos. Primero, porque el criterio general era adjudicar la filatelia
al doble del valor de catálogo de referencia, utilizando catálogos dominados por
AFINSA que, salvo en el tema Europa, tenían precios siempre superiores a los
marcados por catálogos independientes, cuando además el valor de catálogo no tiene
por qué corresponder con el valor de mercado; de hecho AFINSA adquiere la filatelia
PIC/MIP a un porcentaje del valor de catálogo que, según el momento temporal y el
país, oscila entre el 30% y el 56% de dicho valor de catálogo; se exceptúa la filatelia
del tema Europa CEPT que al ser filatelia más cara deja de utilizarse en los contratos
MIP en 2005 y 2006. Segundo, porque desde el último trimestre de 2004 utilizaron
gran cantidad de filatelia de Portugal anterior a 1986 (la filatelia que mayoritariamente
se utilizaba en los contratos PIC antiguos), cometiendo la incongruencia de adjudicarla
al precio marcado por el catálogo Afinsa Portugal, cuando en los contratos PIC
antiguos se valoraba según listas internas de AFINSA a precios muy superiores a los
de cualquier catálogo de referencia. Todo ello unido al problema real de faltas de
filatelia en los contratos MIP (fundamentalmente en los contratos más antiguos de
1998 y primer semestre de 1999) que carecían de filatelia; sucediendo que ese grave
problema aparentemente detectado en mayo de 2003 no se empezó a subsanar hasta
noviembre de 2005, no existiendo constancia de su completa solución en la fecha de
la intervención judicial.
A efectos ilustrativos y teniendo en cuenta no sólo los contratos MIP sino
también los contratos PIC tanto PIC Antiguo como PIC Nuevo, podemos hacer una
comparación entre los valores por los que aparece su filatelia adjudicada según la BD
Inventario (valores de catálogo a la fecha de la intervención judicial) y los importes de
principal (cantidad aportada por el cliente) de los contratos vivos a 9 de mayo de 2006
y los intereses estimados según los cálculos efectuados por estos peritos judiciales en
264
el correspondiente informe de desarrollo364. El resumen se muestra en el cuadro
siguiente:
TIPO DE CONTRATO
PRINCIPAL INTERESES PRINCIPAL + INTERESES
TOTAL VALOR EN BD
INVENTARIO
PIC ANTIGUO 124.431.939,10 102.522.886,70 226.954.825,80 24.185.613,29
PIC NUEVO 301.782.307,26 43.948.065,83 345.730.373,09 167.641.483,54
MIP 59.911.012,52 29.444.057,90 89.355.070,42 59.893.379,29
TOTAL 486.125.258,88 175.915.010,43 662.040.269,31 251.720.476,12
Una simple comparación de las cifras de la BD Inventario con los
importes de principal más intereses de los contratos vivos a 9 de mayo de 2006
pone de manifiesto un déficit de filatelia a valor de catálogo superior a los 300
millones de euros.365
II.5.4.C) Adjudicación de la misma filatelia valorada a distintos precios,
según el tipo de contrato a que va dirigida
Ya hemos indicado anteriormente que en los contratos MIP se adjudica el
mismo tipo de filatelia que en los contratos PIC; ambos tipos de contratos forman el
denominado bloque de contratos de larga duración, tienen un funcionamiento muy
similar y se nutren con el mismo tipo de filatelia.
Concretamente los contratos MIP, en una primera etapa, utilizaba la misma
filatelia que los contratos PIC nuevos y con el mismo criterio de valoración, para
después en una segunda y última etapa comenzar a utilizar filatelia de contratos PIC
antiguos pero con un criterio de valoración radicalmente distinto al de los PIC antiguos.
En el análisis realizado de los contratos PIC se ha explicado y documentado
como los contratos PIC antiguos, PIC nuevos y MIP coexisten con la misma filatelia
adjudicada a precios completamente distintos, y lo hemos demostrado para la filatelia
364
Nota, ver apartado IV.1.2.C) del informe de desarrollo nº 3: Estados financieros y Situación patrimonial. 365
Al efectuar la comparación entre los dos cuadros hay que tener en cuenta: PIC Antiguo: La adjudicación se efectúa sin IVA (aproximadamente 5%). PIC Nuevo y MIP: La adjudicación se efectúa sin IVA; El valor de adjudicación contempla las sobreadjudicaciones, por ello no hay que eliminarlas a efectos de hacer la comparación. Existe una parte de las aportaciones de los clientes PIC pendientes de adjudicar: el saldo de anticipos de clientes PIC asciende a la fecha de la intervención a 64,9 millones de euros.
265
de Portugal y para la filatelia de tema Europa, ya que de esta filatelia se nutren
básicamente los contratos PIC antiguos.
Aunque el periodo de comercialización de los contratos PIC antiguos, que
termina en septiembre de 1998, sea no coincidente con el de los contratos PIC nuevos
y MIP, que se inicia en septiembre de 1998, la larga duración de los contratos PIC (10
años prorrogables a 5 o 10 años más) y la adjudicación periódica de los lotes filatélicos
a lo largo de la vida de los contratos, hace posible que convivan adjudicaciones de
lotes filatélicos con la misma filatelia en distintos tipos de contratos a precios
completamente diferentes.
Nos remitimos por tanto a la explicación y documentación que se desarrolla
ampliamente en los contratos PIC.
La utilización de la filatelia de tema Europa y Portugal (fundamentalmente años
completos) adjudicándola a distintos precios según el tipo de contrato a que va dirigida
(contratos PIC antiguos, contratos PIC nuevos y contratos MIP), es una inconsistencia
de tal importancia que lo que hace es apoyar aún más, si cabe, el hecho fundamental
que sucede en todos los contratos de AFINSA: los Valores Filatélicos no
soportan ni sirven de base al capital que invierten los clientes en los mismos.
II.5.4.D) La rentabilidad comprometida por AFINSA en los contratos MIP
no tiene relación alguna con la evolución del precio de los valores
filatélicos que los sustentan
La conclusión evidente de que la rentabilidad comprometida y garantizada por
AFINSA en los contratos MIP no tiene relación alguna con la posible revalorización
que los valores filatélicos puedan alcanzar en el mercado, es una consecuencia lógica
de todo lo que hasta este momento se ha demostrado en los apartados anteriores:
1) En primer lugar, no hay que olvidar que AFINSA garantiza unos valores
mínimos de venta equivalentes “a la suma de los precios netos de
adquisición, con los incrementos siguientes:
a) El 5% de interés simple anual, si esta opción se produce transcurridos
tres años desde la fecha del contrato;
266
b) El 8% de interés simple anual, si esta opción se ejerciera transcurridos
seis años.” (Cláusula cuarta del contrato).
Esos intereses garantizados mínimos, evidentemente, nada tienen que ver
con la posible evolución del precio de los valores filatélicos que están detrás
de los contratos.
2) En segundo lugar, el precio de los lotes resultante de aplicar un porcentaje
del “Baremo de Tasaciones” al valor que figure, para cada uno de ellos, en
la lista de cotización vigente en la fecha de venta (cláusula tercera apartado
3), se aplica cuando dicho resultado sea superior a los valores mínimos
garantizados.
Esas listas de cotización vigentes son las que AFINSA elabora y revaloriza
sin apoyo filatélico que las sustente. Los valores filatélicos se adjudicaban
según listas realizadas por AFINSA y vinculadas a los catálogos que ella
utilizaba como referencia, de forma que los valores de adjudicación eran
normalmente el doble de los valores reflejados por dichos catálogos,
excepto en el caso de la filatelia de Portugal (de 1940 a 1985) que se
adjudicaba al mismo valor por el que se reflejaba en el catálogo Afinsa
Portugal. Se ha visto que en esos catálogos, al estar controlados por
AFINSA, siempre se procuraba que sus valores recogieran una
revalorización media anual del 6%. No obstante, se ha podido demostrar
que esa revalorización media anual del 6% en los valores filatélicos no se
sustenta en catálogos independientes al grupo AFINSA, en los cuales se ha
podido observar que las revalorizaciones anuales son normalmente
inferiores al 6%, incluso a veces no tienen revalorización alguna o hasta
presentan crecimientos negativos (ver apartado C) 2 del incumplimiento 2º
de los contratos MIP).
Por ello podemos concluir que la rentabilidad comprometida y garantizada por
AFINSA en los contratos MIP, al igual que sucede en los otros tipos de contrato, no
tiene relación alguna con la posible revalorización de los valores filatélicos que
sustentan los contratos MIP.
267
II.5.5. Modificaciones previstas del contrato MIP
Al igual que en los contratos PIC, AFINSA estaba tratando de modificar los
contratos MIP con el fin de adaptarlos desde un punto de vista jurídico y formal a los
requisitos establecidos en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley de Instituciones de
Inversión Colectiva (DA4ªLIIC).
Prueba de ello es el borrador aparecido en la documentación intervenida
denominado: “Documento de especificaciones. Módulo de inversión planificada
(MIP)”366. En este documento se dice en la introducción que, el nuevo MIP parte de los
requerimientos establecidos en el Consejo de Administración de AFINSA “con el objeto
de adaptar el MIP actual a lo establecido en la Disposición Adicional IV de la Ley de
Instituciones de Inversión Colectiva”.
Las principales variaciones respecto del MIP actual son las siguientes:
- Reducción / eliminación de las sobreadjudicaciones.
- Establecimiento de nuevos porcentajes para la determinación del precio de
venta al cliente.
- Eliminación de la cláusula de beneficiarios.
Definición del producto:
“El MIP consiste en la compra de una sola vez y mediante un pago único por parte del CLIENTE de siete Lotes de Sellos, de idéntico importe cada uno de ellos, y su posterior venta a través de AFINSA en los plazos establecidos en el apartado Duración. Se configura como una operación en la que el CLIENTE se asegura una revalorización mínima, cumplidos los periodos de carencia, pudiendo además obtener una revalorización variable, dependiendo ésta de la evolución del valor de los sellos en el mercado.”.
Denominación: “Su codificación interna será MIP-0601”.
Duración.
“La operación tendrá una duración mínima de tres años y máxima de catorce años. No se podrán contratar más de 7 lotes por operación.”
Contrato. Se sustenta en un contrato de compraventa; asimismo, en caso de
depósito habrá que hacer un contrato a tal efecto.
366
Anexo 02.210: “Documento de especificaciones Módulo de Inversión Planificada (MIP), borrador de fecha 01/03/2006. Ejecución: Unidad de Productos (Departamento de Marketing). Aprobación Antonio Giménez-Rico.
268
El nuevo MIP recogerá referencias a los nuevos porcentajes para la determinación del precio de venta. Se eliminará (o en su defecto reducirá el porcentaje actual de 10%) de las sobreadjudicaciones, y la cláusula que articula los beneficiarios. Se adaptará la redacción de los contratos a la terminología acorde al DA4ª, eliminando referencias a términos como inversión, inversor, interés, adquisición, o valor filatélico, y sustituyéndolas por cliente, beneficio, compra y sello.”
Este borrador es muy poco ambicioso en las modificaciones propuestas pues
no tiene en cuenta que la DA4ªLIIC se centra en la actividad llevada a cabo
profesionalmente que consiste en la formalización de un mandato de compra y venta u
otro contrato que permita instrumentar una actividad análoga; sólo modifica los
aspectos externos más llamativos como son la eliminación o reducción de las
sobreadjudicaciones y la eliminación de la cláusula de beneficiarios.
II.5.6. Conclusiones
1ª) El contrato MIP junto con el contrato PIC forman el bloque de contratos que
AFINSA denomina de “larga duración”. Los contratos que forman este bloque tienen
dos características comunes:
- Ambos, PIC y MIP, ofrecen al cliente, cumpliendo el periodo mínimo de
permanencia, la posibilidad de rescindir el contrato antes de llegar a su
vencimiento y, en función del momento elegido, la forma de cálculo de su
rentabilidad.
- Ambos, PIC y MIP, se nutren del mismo tipo de filatelia, filatelia que es
denominada por AFINSA como filatelia PIC/MIP.
2ª) El contrato MIP es muy similar al contrato PIC nuevo, comenzó su
comercialización, al igual que éste último, en septiembre de 1998. La diferencia
fundamental que separa al contrato MIP del contrato PIC es que, mientras en el
contrato PIC el INVERSOR realiza adquisiciones periódicas de lotes de valores
filatélicos, uno por año, en el contrato MIP el INVERSOR adquiere de una sola vez y
con un único pago siete lotes de valores filatélicos que le son adjudicados por AFINSA
en el mismo acto. La duración de este contrato es de siete años con posibilidad de
rescindirlo también a partir del tercer año.
269
3ª) El contrato se formaliza en un sólo documento y sin distinción entre
cláusulas generales y cláusulas particulares. Se realiza entre el INVERSOR que está
interesado en adquirir de AFINSA valores filatélicos como objeto de inversión, con la
posibilidad de su posterior enajenación, si así lo deseara, a través de AFINSA, la cual
se compromete a su colocación en el mercado y, si ello no fuera posible, a adquirirlos
para sí misma.
Formalmente, también aquí, se distinguen dos negocios:
- Una compraventa de valores filatélicos por parte del INVERSOR a AFINSA en
un único pago y la adjudicación simultánea de los siete lotes de valores filatélicos por
parte de AFINSA.
- Una opción al INVERSOR, si así lo desea, de vender los valores filatélicos a
través de AFINSA, comprometiéndose AFINSA a su colocación en el mercado y, si ello
no fuera posible, a adquirirlos para ella misma.
El funcionamiento real de los contratos MIP ha puesto de manifiesto que se
trata de un negocio único, el inversor no tiene interés alguno en los valores filatélicos
que son elegidos y adjudicados unilateralmente por AFINSA y, además, en la inmensa
mayoría de los casos, se dejan depositados en las instalaciones de AFINSA por lo
que, al igual que sucede con los otros tipos de contrato examinados, no existe
desplazamiento posesorio de la filatelia ni de la propiedad. Se ha demostrado que
todos los clientes de los contratos MIP, cumpliendo el periodo mínimo de
permanencia, en un plazo más o menos largo de tiempo, solicitan la rescisión del
contrato exigiendo a AFINSA el pago de la cantidad comprometida, por lo que la
opción voluntaria del inversor de solicitar de AFINSA la colocación de los valores
filatélicos en el mercado, se convierte en un compromiso irrevocable de recompra para
AFINSA.
4ª) Al igual que ha sucedido con los otros tipos de contrato: contratos CIT, CIF
y PIC, estos peritos judiciales han podido demostrar que los contratos MIP adolecen
de unos incumplimientos tan graves que ayudan a comprender aún mejor su clara
naturaleza financiera:
270
a) Los valores filatélicos adjudicados no sirven de soporte ni respaldan el
capital invertido por los clientes en los contratos; así se ha podido
demostrar:
- Que se adjudican al doble del valor de catálogo utilizado como
referencia, siendo los catálogos de referencia catálogos dominados por
AFINSA o catálogos con los que ha conseguido importantes acuerdos,
salvo la filatelia de Portugal anterior a 1986 que se adjudica al valor del
catálogo Afinsa Portugal, habiéndose demostrado que esos catálogos
tienen normalmente precios superiores a los reflejados por catálogos
independientes para la misma filatelia.
- Teniendo en cuenta tanto los contratos MIP como los contratos PIC
(tanto PIC antiguos como PIC nuevos), en la fecha de la intervención
judicial, comparando los valores por los que aparece su filatelia
adjudicada según “BD Inventario” (valor de catálogo a la fecha de la
intervención judicial) con los importes de principal de los contratos vivos
a 9 de mayo de 2006 (cantidad aportada por el cliente) y los intereses
estimados por estos peritos judiciales, existe un déficit de filatelia a
valor de catálogo superior a los 300 millones de euros.
- El grave problema que hubo en los contratos MIP de “Faltas de filatelia”,
contratos que carecían de filatelia, y que ese problema afectó
fundamentalmente a los contratos más antiguos (parte de los que se
iniciaron en 1998 y primer semestre de 1999), problema que no se
empezó a resolver hasta noviembre de 2005 y que en la fecha de la
intervención judicial no estaba completamente resuelto.
- Además, se puede decir que, excepto para la filatelia del tema Europa
CEPT, filatelia más cara y que a partir del año 2005 apenas se
adquiere, en general AFINSA compra la filatelia a unos porcentajes que
oscilan entre el 30% y el 56% de los valores de catálogo utilizados
como referencia según el momento temporal y país adquirido. Y, por
otra parte, las revalorizaciones medias anuales del 6% que AFINSA
trataba de mantener en sus catálogos para la filatelia PIC/MIP no se
sustentaban en catálogos independientes, que normalmente reflejaban
271
revalorizaciones inferiores o inexistentes e incluso negativas, según el
país y periodo considerado.
b) Que AFINSA fue capaz de adjudicar los mismos valores filatélicos en
diferentes tipos de contratos a precios completamente distintos, llegando a
existir una gran disparidad entre unos y otros (contratos MIP, contratos PIC
antiguos y contratos PIC nuevos).
c) La rentabilidad que AFINSA ofrece y siempre paga a los clientes de los
contratos MIP no tiene relación alguna con la posible revalorización de los
valores filatélicos que los sustentan.
Por ello, podemos decir igualmente que con los contratos MIP no se pretende
llevar a cabo una compraventa de valores filatélicos por parte del INVERSOR a
AFINSA y una posterior comisión de venta de dichos valores filatélicos a través de
AFINSA, sino que nos encontramos también ante un producto de tipo financiero,
similar al ofrecido por el contrato PIC, ya que el INVERSOR pretende no sólo
asegurarse la máxima rentabilidad al capital invertido, sino también poder cobrar la
cantidad comprometida o en un sólo pago (rescisión unitaria) o bien en rentas
periódicas futuras (durante varios años en rentas mensuales consecutivas y
periódicas), y AFINSA obtener unos fondos líquidos reembolsables muy necesarios
para el sostenimiento de su negocio.
II.6. CONCLUSIONES DE LOS CONTRATOS DE INVERSIÓN FILATÉLICA
1ª) En el espacio temporal que esta pericia abarca, AFINSA ha comercializado
cuatro tipos diferentes de contratos: contrato CIT, contrato CIF, contrato PIC y contrato
MIP. De ellos, sin duda alguna, el más importante ha sido el contrato CIT, ya que a la
fecha de la intervención judicial, teniendo sólo en cuenta el capital nominal invertido
por los clientes en los contratos, el contrato CIT suponía el 75% de la actividad de
“inversión filatélica dirigida” que AFINSA desarrollaba a través de los mismos, siendo
además el contrato CIT el que de forma más evidente ponía de manifiesto la
naturaleza de la actividad desarrollada por AFINSA.
2ª) En el análisis desarrollado de cada uno de estos contratos, estos peritos
judiciales han tratado de llegar al funcionamiento real de cada uno de ellos, al análisis
272
del comportamiento de los inversores y de la Compañía, al objetivo perseguido tanto
por los inversores como por AFINSA, al sustento y apoyo real que tiene cada contrato
y, como consecuencia, a su apoyo legal; es decir, a la realidad económica que
subyace en ellos, ya que tanto las normas jurídicas como las normas contables indican
que para la correcta interpretación y contabilización de los contratos debe prevalecer
la realidad económica a la forma jurídica utilizada.
3ª) Todos son contratos de adhesión realizados en masa o en serie por
AFINSA y en los que sólo intervienen el cliente que actúa como mandante o inversor y
AFINSA.
4ª) Todos tienen una estructura formal en la que muestran un negocio o
negocios distintos a lo realmente querido por las partes. Formalmente se estipula una
mediación o compraventa de valores filatélicos con compromiso de recompra o
comisión de venta de dichos valores filatélicos por parte de AFINSA, cuando lo
realmente querido es:
- Para el Mandante o Inversor la colocación rentable y sin riesgo alguno de
un capital en el que se le garantiza de antemano una rentabilidad en un
plazo determinado.
- Para AFINSA una captación masiva de fondos líquidos reembolsables
imprescindibles para el mantenimiento de su negocio
5ª) AFINSA, que es la creadora de los contratos, es perfectamente consciente
de que todos ofrecen una falsa apariencia y lo realmente perseguido es muy distinto a
lo estipulado en el clausulado de los mismos. Y los inversores gracias a la garantía y
aparente solvencia ofrecida por AFINSA se adhieren a los contratos consintiendo la
literalidad de los mismos.
6ª) El funcionamiento real de los contratos en comparación con lo estipulado en
su estructura formal pone de manifiesto que tanto unos como otros son productos
de tipo financiero. No obstante, se ha demostrado en todos ellos que adolecen de
unos incumplimientos o inconsistencias tan graves que ayudan a entender más
nítidamente su clara naturaleza financiera:
273
- Detrás de cada contrato existen teóricamente unos valores filatélicos, pero
ningún cliente tiene interés en ellos, nadie se queda con los sellos y todos
los clientes, llegado el vencimiento de los contratos o pudiendo solicitar su
rescisión, exigen de AFINSA el pago de la rentabilidad comprometida.
- Los valores filatélicos que aparentemente respaldan los contratos, cuando
han existido, porque no siempre los había, no garantizan ni de forma
aproximada el capital que los clientes invierten en los mismos.
- La rentabilidad estipulada y garantizada por AFINSA desde su inicio en los
contratos no tiene nada que ver con la revalorización de los valores
filatélicos que teóricamente los respaldan; se trata de una simple
rentabilidad o tipo de interés que está en función de la duración del contrato
y del capital que cada cliente invierte en ellos.
Es decir, en todos los contratos se ha podido verificar que el papel de la
filatelia es completamente residual y sólo es utilizada para cubrir una apariencia
formal, lo cual es conocido tanto por los inversores como por AFINSA. El objetivo de
los inversores es, sin duda alguna, la obtención de la máxima rentabilidad y sin riesgo
alguno en un capital que poseen y el objetivo de AFINSA es, sin duda alguna, la
captación masiva de fondos líquidos reembolsables imprescindibles para el
mantenimiento de su negocio.
8ª) La actividad de “inversión filatélica dirigida” que AFINSA ha desarrollado de
forma continuada en un largo periodo de tiempo es una actividad que debe ser
calificada de financiera, pues con ella AFINSA siempre ha efectuado una captación
masiva de fondos del público mediante operaciones pasivas semejantes a las
ofrecidas por las instituciones financieras, que servían de forma piramidal para la
devolución y remuneración de los contratos vencidos.
274
III. EL MODELO DE NEGOCIO DE AFINSA
III.1. INTRODUCCIÓN
En la parte de este informe pericial en que se han analizado los contratos de
inversión filatélica, tratando de llegar a la realidad económica que subyace en ellos con
independencia de su forma jurídica, estos peritos judiciales han llegado a la conclusión
de que tanto unos como otros son contratos de tipo financiero, pues bajo la apariencia
de la revalorización de unos valores filatélicos, AFINSA sólo pretendía la captación
masiva de fondos y el cliente o inversor la obtención de una rentabilidad a un capital
que poseía.
No obstante, a lo largo de este apartado se va a demostrar que, aun
manteniendo la calificación jurídica de los contratos y suponiendo que realmente
AFINSA venda y recompre sellos, es indiferente la calificación que se dé a la actividad:
actividad financiera o actividad mercantil, pues el negocio en sí carece de sentido
económico, ya que sólo produce continúas pérdidas que han llevado a AFINSA a una
situación permanente de quiebra e insolvencia patrimonial y que sólo se sustentaba
con flujos crecientes de sus niveles de tesorería.
Por otro lado, en el desarrollo de los distintos contratos de inversión que
AFINSA ofrecía a sus clientes dentro de sus “programas de inversión filatélica
dirigida”, se observa que el contrato más importante a la fecha de la intervención
judicial, en el que se acumulaba el mayor volumen de negocio, entendiendo por
volumen de negocio el importe de capitales nominales invertidos por los clientes en los
contratos, era el Contrato de Intermediación Temporal (contrato CIT); en un segundo
lugar y muy separado del contrato CIT, se encontraba el contrato denominado Plan de
Ingresos Complementarios (contrato PIC), y por último en tercer y cuarto lugar, y con
carácter residual, se encontraban el Contrato de Inversión Filatélica (contrato CIF) y el
contrato denominado Módulo de Inversión Planificada (contrato MIP).
Por ello, el análisis del modelo de negocio de AFINSA lo vamos a realizar
basándonos en los contratos CIT y contratos PIC.
275
III.2. CONTRATO CIT
En el estudio efectuado de este tipo de contratos, se ha demostrado que:
1) La filatelia que está detrás de estos contratos no sirve de soporte al importe
nominal invertido en ellos, sino que se trata de filatelia de ínfimo valor en
comparación con el principal del contrato.
2) El cliente nunca se queda con la filatelia y siempre se le paga la cantidad
garantizada por AFINSA, la cual no tiene nada que ver con la revalorización
de los sellos.
3) El papel de AFINSA como mediador entre clientes que venden y clientes
que compran valores filatélicos (papel en que se fundamenta el contrato
CIT vigente en el periodo de la pericia) no se produce en ningún caso.
Por el contrario, las premisas en las que se apoya AFINSA para justificar la
rentabilidad económica de su negocio son:
a) Detrás de cada contrato CIT existen unos sellos, cuyo valor en el mercado
está acorde con el importe nominal invertido por cada cliente en ellos.
b) Como norma general los sellos se van a revalorizar en el mercado como
para que AFINSA pueda cubrir la revalorización garantizada en el contrato,
sino más.
c) El contrato CIT vigente en el periodo de la pericia se fundamenta en la
actuación de AFINSA como comisionista mercantil, apareciendo la figura de
la compraventa por parte de AFINSA en caso de que la actuación de
mediación no pueda llevarse a cabo. Lo cual le lleva a considerar que,
efectuada la mediación, se desvincula de los contratos no asumiendo
compromiso u obligación alguna a través de ellos.
Ya hemos indicado al comienzo de este apartado que estas premisas en las
que se apoya AFINSA son completamente falsas y en la parte de este informe en que
se analizan los contratos CIT se demuestra. Por otro lado en los informes de desarrollo
realizados sobre el proveedor Francisco Guijarro Lázaro, sobre las operaciones de
276
compra de filatelia más importantes realizadas por AFINSA después de la ruptura con
GUIJARRO, en el informe sobre la política de compras de AFINSA, etc., en todos ellos
se plasma reiteradamente que las premisas con las que presuntamente AFINSA
trabaja en sus contratos CIT y que explican la rentabilidad de su negocio, son
completamente falsas.
III.2.1. El coste de los sellos para AFINSA y su valor en el mercado
A partir del año 2004 AFINSA se preocupó de establecer una normativa en la
que se definieran las características que debían tener los valores filatélicos utilizados
en los productos de inversión367. Para los contratos CIT las características eran muy
exigentes:
“valores o piezas filatélicas, tanto nuevos como matasellados, con reconocida valoración en el mercado del coleccionismo, garantizada mediante su presencia durante al menos los últimos 10 años en catálogos de referencia homologados por el Consejo de Administración de Afinsa, y cuya cotización haya aumentado en dicho periodo. Para piezas filatélicas de catalogación inferior a 10 años será necesario la certificación de las mismas por expertos reconocidos por el Consejo de Administración de Afinsa”
A lo largo del presente informe, en sus distintos apartados, se ha demostrado
reiteradamente que esos requisitos NO se han cumplido; más bien al contrario,
mayoritariamente la filatelia utilizada en los productos de inversión, sobretodo la
filatelia de los contratos CIT/CIF, era filatelia no utilizable normalmente en el mercado
del coleccionismo; sucediendo además incluso en la propia AFINSA, cuando todavía
mantenían la actividad del coleccionismo, que en esa filatelia no garantizaban
revalorización alguna y sólo en los productos de Sistemas de Inversión garantizaban
una revalorización anual. Así se desprende de un correo encontrado en el despacho
de Hermenegildo Trillo de 4 de diciembre de 1997368 en el que un coleccionista de
sellos pregunta si AFINSA garantizaría una revalorización a la ampliación de su
colección de sellos:
“Estimados Sres., actualmente estoy considerando ampliar mi colección de sellos y a la vez utilizar esa ampliación de mi colección como una inversión.
367
Nota, ver anexo 02.007: “CARACTERÍSTICAS DE LA FILATELIA PARA INVERSIÓN”, informes de fecha 02/03/2004 y 28/06/2004, elaborados por Dolores Llames. 368
Anexo 02.211: correo de Ángel Rodero de 04/12/1997 encontrado en el despacho de Hermenegildo Trillo.
277
Por ello desearía saber si ustedes garantizan una revalorización de esta inversión. Un saludo Ángel.” La contestación manuscrita dice lo siguiente:
“Muy Sr. Nuestro: Con respecto al deseo de ampliar su colección y utilizar dicha ampliación como inversión, le informamos que en la filatelia no garantizamos su revalorización, pero si tenemos diversos productos en la compañía en los que se garantiza una revalorización anual. Para más información…….” (La negrita es nuestra)
Hay que tener en cuenta que este documento, aunque es de diciembre de
1997, estaba en el despacho de Hermenegildo Trillo Barragán, uno de los técnicos
filatélicos del grupo de negocio de FILAFINSA, especializado en filatelia extranjera.
Lo mismo queda plasmado en una “Nota informativa (muy confidencial)”369 de
octubre de 2002, poco antes de hacer la aportación no dineraria a CdC (escritura
pública de 12 de diciembre de 2002) a la que se iba a traspasar todo el inventario
filatélico vinculado al coleccionismo: venta al por menor y subastas filatélicas; se
plantean aprovechar parte de esa filatelia (la dedicada al coleccionismo) en Sistemas
de Inversión (departamento de Valores), escogiendo la filatelia del “stock de
profundidad” y filatelia “A” que tiene difícil salida en el mercado del coleccionismo; así,
dicen lo siguiente:
“Retirar la filatelia del stock de profundidad y filatelia “A” que tiene una gran dificultad de venta para Auctentia y que por tanto, no va a ser rentabilizada en el canal de subastas y aplicarla al GN SI.”
Por ello, muy posiblemente, en el Consejo de Administración de 3 de diciembre
de 2002370 se indica que hay suficiente filatelia para CIT y que no será necesario
comprar en los cinco primeros meses de 2003:
“Indica el Sr. Cano que entre los 8,5 millones de euros que han aparecido en el inventario de sellos, que se pueden utilizar para sistemas de inversión y los 100.000.000 de euros de rescisiones no adjudicadas, en los primeros cinco meses del año 2003 no será necesario comprar para CIT:”
369
Nota, ver anexo 02.005: “Nota informativa (muy confidencial)” de 23/10/2002”. Asunto: Determinación situación aprovechamiento filatelia Logística de Ventas para Valores tras reunión Juan Carlos Morán (JC), Jorge de la Herranz (JH), Carlos Gutiérrez (CG) y Rafael Noguero (RN). 370
Anexo 02.212: Acta del Consejo de Administración de AFINSA de 3 de diciembre de 2002.
278
Ese planteamiento se hizo realidad y se plasmó formalmente en lo que AFINSA
denominó “Operación Carlos”, la cual se desarrolla ampliamente en el informe de
desarrollo nº 11.
Concretamente en los contratos CIT la filatelia era generalmente filatelia de
ínfimo valor en comparación con los capitales invertidos por los clientes. Así
nuevamente recordaremos:
- Que al comienzo del periodo que abarca esta pericia, al menos el 64% de los
contratos CIT no tenían filatelia realmente adjudicada.
- Que hasta junio del año 2003, cuando el proveedor casi exclusivo de filatelia
para este tipo de contratos era Francisco Guijarro Lázaro371, AFINSA
adjudicaba sus sellos al valor por el que figuraban en el catálogo Yvert &
Tellier, cuando a ella sólo la costaban el 8% de dicho valor de catálogo;
sucediendo que en mayo del año 2002 AFINSA ya reconoció que una gran
parte de los sellos clásicos suministrados por GUIJARRO eran sellos falsos o
sellos recortados o sellos mal catalogados con el fin de atribuirles un mayor
valor al que realmente tenían; no obstante, siguió adquiriendo y adjudicando en
contratos filatelia similar hasta junio del año 2003, fecha en la que rompió las
relaciones comerciales con dicho proveedor, comenzando entonces a retirar la
filatelia de GUIJARRO de los contratos CIT a medida que éstos vencían. Se ha
podido comprobar, y así se desarrolla ampliamente en el informe de desarrollo
nº 7: Francisco Guijarro Lázaro apartado VI.5, que a la filatelia “irregular”
suministrada por este proveedor, teniendo en cuenta tanto la retirada como la
adjudicada a contratos vigentes a 9 de mayo de 2006, se le asignó un valor de
catálogo de 652.732.408,74 euros, lo que supuso un coste de adquisición
para AFINSA de 52.218.592,70 euros; sin embargo, siguiendo el mismo criterio
para su valoración que AFINSA, su valor estimado de mercado es tan sólo
de 2.700.574,01 euros.
- Después de la ruptura de relaciones comerciales con Francisco Guijarro,
AFINSA ofreció la exclusividad en el suministro de filatelia para productos de
inversión al grupo GMAI; se ha podido verificar que las colecciones más
371
En el informe de desarrollo nº 7 en que se analiza este proveedor, se explica que las empresas de GUIJARRO, fueron suministradoras exclusivas de filatelia CIT en los años 1999, 2000, 2001, 2002 y hasta junio de 2003; no habiendo constancia de su exclusividad en 1998.
279
importantes de sellos adquiridas a GMAI, económicamente hablando, y que
sirvieron de soporte a los contratos CIT, fueron adquiridas con un coste global
para AFINSA en dichas colecciones muy próximo al facturado por las empresas
de Francisco Guijarro (7,58%); si además, dada la vinculación existente entre
AFINSA y GMAI, tenemos sólo en cuenta el precio pagado a proveedores
externos, es decir, el coste para el grupo GMAI, dicho coste baja al 2,03%, muy
inferior al facturado por las empresas de Guijarro. Las colecciones a que nos
estamos refiriendo son: “Las Pruebas ONU”, “Los Especímenes de la American
Bank Note Company” y las “Variedades de España del último cuarto del siglo
XX”372. El resumen se muestra en el siguiente cuadro:
PRINCIPALES COLECCIONES ADQUIRIDAS AL GRUPO GMAI (cifras en euros)
COSTE PARA GRUPO GMAI
VALOR INICIAL ADJUDICACIÓN
CONTRATOS
VALOR BD INVENTARIO A 09/05/2006
ONU 6.257.473,30 497.676.341,60 318.227.519,00
ESPECÍMENES (1) 840.622,50 378.612.184,00 155.662.057,39
VARIEDADES (2)16.005.753,55 261.291.284,08 332.164.577,48
TOTAL 23.103.849,35 1.137.579.809,68 806.054.153,87
(1) cifra en dólares (2) incluye el coste de la parte pagada directamente por AFINSA al proveedor independiente
III.2.2. La revalorización de los sellos en los catálogos y la revalorización
real de los sellos
En primer lugar, hay que tener en cuenta que la revalorización de los sellos en
los catálogos no tiene porqué coincidir con la revalorización real de los sellos en el
mercado. Recordaremos otra vez lo que se dice en el informe de desarrollo nº 5: Los
Catálogos Filatélicos: los expertos dicen que “los catálogos son ante todo una
referencia”, además la misma filatelia puede aparecer con distintos precios en distintos
catálogos, incluso con diferencias muy abultadas, por ello los expertos filatélicos
consideran que el catálogo no es más que una referencia para el mercado, siendo la
ley de la oferta y la demanda la que marca en definitiva los precios.
En segundo lugar no hay que olvidar, tal y como se demuestra en el análisis
efectuado de los contratos CIT, que la rentabilidad garantizada por AFINSA, la única
372
Las cifras que se transcriben en el cuadro, están basadas en los informes de desarrollo en que se analizan estas importantes colecciones.
280
que cobraba el cliente, no estaba relacionada con la revalorización de los sellos sino
que, establecida unilateralmente por AFINSA, era totalmente independiente de ella y,
al contrario, estaba vinculada claramente con la evolución de los precios de los
productos básicos del mercado financiero: operaciones pasivas de los bancos en
imposiciones y certificados de depósito.
Pues bien, tomando como referencia el precio de los sellos en los catálogos y
su desarrollo a lo largo del tiempo, trataremos de ver en este apartado cómo han
evolucionado esos precios en los diferentes catálogos utilizados por AFINSA, teniendo
en cuenta que hay catálogos independientes o no relacionados con AFINSA, catálogos
dominados por AFINSA y catálogos con los que AFINSA había logrado importantes
acuerdos373, todo ello para la filatelia normalmente utilizada en los contratos CIT. Para
llevar a cabo este análisis distinguiremos tres etapas diferenciadas:
1ª etapa, desde el inicio de la comercialización del contrato CIT de mandato o
contrato CIT de mediación que, como ya sabemos, comenzó su comercialización en
enero de 1995 hasta febrero de 1996 en que Guijarro comenzó a suministrar filatelia
para este tipo de contratos; en esta etapa la filatelia utilizada en los contratos CIT era
mayoritariamente la misma que la utilizada en los contratos PIC antiguos y, lo que es
más importante, utilizando el mismo criterio para su adjudicación: según Listas
internas elaboradas por AFINSA sin referencia a catálogo alguno y con valores muy
superiores a los de cualquier catálogo para la misma filatelia. Hablar de evolución de
precios de catálogo en esta etapa carece de sentido cuando la filatelia utilizada para la
adjudicación de los contratos CIT se realizaba según las Listas internas de AFINSA.
2ª etapa, desde febrero de 1996, cuando comienza a suministrar filatelia
Francisco Guijarro Lázaro, hasta junio del año 2003, en que se rompen las relaciones
comerciales con Francisco Guijarro Lázaro. En esta etapa y desde el año 1998 los
proveedores casi exclusivos de filatelia para los contratos CIT eran las empresas de
Francisco Guijarro, sucediendo que toda su filatelia se adjudicaba utilizando como
referencia los valores marcados por el catálogo francés Yvert & Tellier, cuando
AFINSA pagaba por dichos sellos a las empresas de Guijarro siempre el 8% del valor
reflejado en dicho catálogo.
Ya que el catálogo Yvert & Tellier, en principio, se puede considerar un
catálogo independiente, se ha efectuado un análisis de la evolución de los precios en
373
En el informe de desarrollo nº 5 Los Catálogos Filatélicos, apartados IV y V, se explica la diferencia entre unos y otros y, cuales son los catálogos de cada tipo.
281
el catálogo Yvert & Tellier en este periodo para la filatelia clásica más importante
suministrada por Francisco Guijarro y utilizada en los contratos CIT. Como se observa
en el cuadro que se acompaña como anexo374, se han analizado 44 referencias
distintas de sellos clásicos de Francia que han representado un valor de catálogo en el
espacio temporal que va desde 1 de enero de 1998 (comienzo del periodo de esta
pericia) a junio de 2003 (fin de las relaciones comerciales con Francisco Guijarro) de
393.392.020,27 euros, cuando el total valor de catálogo de filatelia clásica adquirida a
Guijarro en ese periodo fue de 705.666.276 euros. Ante la carencia de catálogos
antiguos de Yvert & Tellier (sólo se ha conseguido un catálogo para los años 1989-90),
se ha analizado la evolución de los precios desde el año 1990 al año 2003.
La variación total media anual y media ponderada anual se transcribe en el
cuadro siguiente:
VENDIDOS POR GUIJARRO
Valor Catálogo filatelia clásica (1998-2003)
Valor Catálogo referencias
seleccionadas (1998-2003)
Variación anual 1990-2003 referencias
seleccionadas
Variación media ponderada anual 1990-
2003 referencias seleccionadas
705.666.275,97 393.392.020,27 1,98% 3,11%
La evolución de precios en catálogo que se resume en el cuadro anterior y que
se desarrolla en el anexo mencionado está realizada suponiendo que los sellos
suministrados por las empresas de Francisco Guijarro Lázaro fueran sellos correctos y
acordes con sus referencias ya que, como ampliamente se demuestra en el informe
pericial que analiza a este importante proveedor (Informe de desarrollo nº 7) , el 93%
de la filatelia clásica suministrada por Guijarro para contratos CIT, era falsa o estaba
manipulada o mal catalogada con el fin de otorgarle un valor muy superior al que
realmente tenía, siendo la filatelia clásica el 96,31% del total de la filatelia suministrada
por Guijarro para los contratos CIT.
Por otra parte en la documentación intervenida se han encontrado dos estudios
sobre una muestra de sellos de Francia y su evolución de precios en catálogos375:
374
Anexo 02.213: cuadro de elaboración propia con las 44 referencias seleccionadas de filatelia clásica de Francia suministrada por Guijarro y su evolución de precios en catálogos Yvert & Tellier de 1990, 2003 y 2006. 375
Anexo 02.214: correo de Yolanda Hoya a Fernando Galindo de 06/02/2002, asunto: comparativa Francia. Contiene dos archivos, el primero “Francia- Michel. xls” y el segundo “Sellos Francia. xls”.
282
- En el primero, se analizan los precios de ciertos sellos de Francia en los
catálogos Yvert & Tellier del año 2001 y Michel del año 2001, comparando
unos con otros y llegando a la conclusión de que los precios del catálogo Yvert
& Tellier son en promedio superiores a los del catálogo Michel en un 43% en
ese año 2001. Además, se analiza la evolución de los precios de esos mismos
sellos en el catálogo Michel comparando los precios del año 2001 con los
precios que tuvieron en el año 1997, llegando a la conclusión que en promedio
los precios del año 2001 han bajado respecto al año 1997 en un 3,24%. El
resumen se muestra en el siguiente cuadro:
Tipo sellos Comparativa precios Yvert
2001 sobre Michel 2001. Crecimiento promedio
Comparativa precios Michel 2001 sobre Michel 1997. Crecimiento promedio
Sellos de Francia 43,03% -3,24%
- En el segundo estudio se analiza la evolución de los precios de unos sellos de
Francia–Correo normal en los años 2000, 2001 y 2002; no se indica el catálogo
a que corresponden. La comparación muestra que los precios del año 2001
son prácticamente iguales a lo del año 2000, mientras que la comparación del
año 2002 con la del año 2000 indica un crecimiento promedio en los dos años
del 6,27%. El resumen se muestra en el siguiente cuadro:
Tipo sellos % Promedio revalorización
2000/2001 % Promedio revalorización
2000/2002
Sellos de Francia 0,19% 6,27%
3ª etapa, desde junio del año 2003 hasta la fecha de la intervención judicial;
esta etapa se caracteriza porque el suministrador exclusivo de filatelia para inversión
es el grupo GMAI y porque AFINSA adquiere el control total del catálogo Brookman,
de forma que según la BD Inventario, a 9 de mayo de 2006, casi el 50% de la filatelia
adjudicada en los contratos CIT estaba referenciada a dicho catálogo376. El resumen
de la filatelia CIT/CIF, según la BD Inventario, clasificada por países/colecciones y
catálogos se transcribe en el siguiente cuadro:
376
Nota, ver anexo 06.001 del Informe de desarrollo nº 6: La valoración de la filatelia en la fecha de la intervención judicial.
283
DENOMINACIÓN PAIS TOTAL DE
VALOR BROOKMAN YVERT
SASSONE Y CEI
MICHEL RESTO
CATÁLOGOS
ESPAÑA 411,99 374,44 2,82 0 0 34,73
ESPECÍMENES 155,66 155,66 0 0 0 0
ONU 318,23 318,23 0 0 0 0
ITALIA/SAN MARINO/VATICANO
309,58 0 1,37 256 0 52,21
AUSTRIA- HUNGRIA-RUMANIA*
160,22 0 0,03 0 160,01 0,19
FRANCIA 102,46 0 71,07 0 0 31,39
ALEMANIA 69,73 0 0,99 0 68,5 0,24
MÓNACO 60,36 0 58,57 0 0 1,8
RESTO PAÍSES 247,96 0,22 157,67 8,85 28,03 53,2
TOTAL 1.836,19 848,55 292,5 264,85 256,54 173,75
cifras expresadas en millones de euros
* Incluye la colección Austria-Hungría-Rumanía y filatelia emitida para cada uno de estos países
Ya que el catálogo Brookman no era un catálogo independiente, analizaremos
la evolución de los precios de la filatelia más importante no referenciada al catálogo
Brookman, como es la filatelia de Francia y Mónaco referenciadas al catálogo Yvert &
Tellier, la filatelia de Alemania referenciada al catálogo Michell y la filatelia de Italia
referenciada a los catálogos Sassone y Cei377.
En cuanto a la filatelia de Austria-Hungría-Rumanía, a pesar de su importancia,
al no haber sido posible encontrar los catálogos Michel que incluyeran este tipo de
filatelia, no ha sido posible analizar su posible revalorización en dicho catálogo; no
obstante recordaremos, tal y como se explica en otros apartados de este informe
pericial, que esta filatelia no se utilizó por AFINSA en la adjudicación de contratos de
inversión hasta finales del año 2005 y, tal y como indican los peritos filatélicos en su
informe de valoración filatélica:378
“Esta serie, tenemos entendido, pertenecía al tesoro filatélico del Correo Austriaco, hoy privatizado. En consecuencia, estos sellos no estaban en el mercado filatélico y los catálogos no las podían tener en cuenta a la hora de establecer su cotización.”
377
Anexo 02.215: cuadros de elaboración propia con el análisis de la evolución de precios en catálogos para filatelia de Alemania (catálogo Michel), Francia y Mónaco (catálogo Yvert & Tellier) e Italia (catálogos Sassone y Bolaffi). 378
Página 28 del Informe de los peritos filatélicos, “Trabajo de valoración del inventario filatélico de ABT mediante muestreo estadístico” de 29 de marzo de 2007.
284
El resumen de la variación de precios en catálogos para los países
seleccionados, se muestra en el siguiente cuadro:
País Importe total país en BD Inventario
Importe referencias
seleccionadas
Variación media
ponderada anual (2005-
1995)
Variación media
ponderada anual (2006-
1998)
Variación media
ponderada anual (2006-
1990)
Variación media
ponderada anual (2006-
2004)
Peso de la variación de cada país en
total de referencias
seleccionadas
Alemania 69.720.317,06 31.981.863,00 2,70% 0,53%
Mónaco 60.302.249,19 32.364.755,00 0,23% 0,05%
Francia 99.543.250,66 47.228.047,24 1,78% 0,51%
Italia 291.493.770,53 52.372.840,00 3,83% 1,22%
TOTAL 521.059.587,44 163.947.505,24 2,31%
Por otra parte, en la documentación intervenida han aparecido ciertos estudios
realizados en el año 2005 sobre revalorización de filatelia en catálogos independientes
como: Yvert & Tellier, Michel, Sassone y Gibbons. En un archivo excell denominado:
“Precios históricos 2000-2005 series seleccionadas V2”379, para la muestra
seleccionada (sellos de Italia en el catálogo Sassone, Alemania en el catálogo Michel,
Gran Bretaña en el catálogo Gibbons, Francia, Mónaco y África del Sur en el catálogo
Yvert y España en el catálogo Edifil), la variación media anual de los precios en la
muestra seleccionada es del 2,38%.
En un correo enviado por Hermenegildo Trillo a Carlos de Figueiredo, en donde
envía un archivo denominado: “Muestreo revalorizaciones”380, le avisa de que es difícil
encontrar referencias filatélicas utilizadas en la adjudicación que se hayan
revalorizado, así dice:
“Me ha costado encontrar piezas que se hayan revalorizado, ya que he trabajado exclusivamente con piezas que se han adjudicado y ya sabes que la política antigua de Yvert era estabilizar o bajar precios”
III.2.3. La viabilidad del negocio de AFINSA
En virtud de los contratos CIT, AFINSA dice que media o vende a los clientes
un lote de valores filatélicos equivalente al importe nominal que quiere invertir cada
379
Anexo 02.216: “Precios históricos 2000 – 2005 series seleccionadas V2” fecha 05/09/2005. Con la muestra seleccionada y los precios reflejados por AFINSA, la variación anual media de precios es del 2,38%. 380
Anexo 02.217: correo de Hermenegildo Trillo a Carlos de Figueiredo de 24/03/2004, reenviado por Carlos de Figueiredo a Rafael Noguero y a su vez de Rafael Noguero a Emilio Ballester, todos en la misma fecha, con archivo anexo: “Muestreo revalorizaciones”.
285
cliente; bajo la apariencia de la revalorización de los valores filatélicos, AFINSA
garantiza una rentabilidad mínima (la única que cobra el cliente) equivalente a un
porcentaje de interés anual sobre el capital invertido por el cliente, rentabilidad que
normalmente anticipa bajo forma de pagarés, de manera que al vencimiento del
contrato (estipulado de antemano) AFINSA dice que media o recompra dicho lote de
valores filatélicos, devolviendo al cliente el capital inicial invertido, que siempre
devuelve, ya que ningún cliente se queda con la filatelia.
Ya hemos afirmado, y así se demuestra en otros apartados de este informe
pericial, que la “mediación” no se produce en ningún caso, tampoco existen
operaciones de compraventa de filatelia, la conclusión de estos peritos judiciales es
que AFINSA con los contratos CIT, al igual que con los otros tipos de contrato, sólo
pretendía realizar del público una captación masiva de fondos líquidos reembolsables.
No obstante, realizaremos una simulación y supondremos que se produce una venta y
posterior recompra real de sellos a los clientes por parte de AFINSA y, bajo esta
premisa, analizaremos los resultados a que se llega en su cuenta de Pérdidas y
Ganancias y en el Balance de situación de la Compañía.
Realizaremos nuestro análisis basándonos en los contratos CIT de duración 12
meses y un día y pago de la revalorización trimestral, ya que estos contratos han sido
los más demandados por los clientes de AFINSA en el espacio temporal de esta
pericia381.
El estudio lo realizaremos para las dos etapas que se pueden diferenciar en el
marco temporal de esta pericia:
- Etapa en la que la filatelia procede casi exclusivamente de las empresas de
Francisco Guijarro Lázaro (1 de enero de 1998 a junio de 2003).
- Etapa en la que el proveedor exclusivo de filatelia es el grupo GMAI (junio
de 2003 a 9 de mayo de 2006).
381
Nota, ver anexo 02.001: cuadros de elaboración propia con la clasificación de los contratos CIT por duración y por periodicidad.
286
III.2.3.A) Etapa en que la filatelia CIT/CIF procede de las empresas de
Francisco Guijarro Lázaro
En esta etapa que va desde 1 de enero de 1998 hasta la ruptura de las
relaciones comerciales con Guijarro en junio de 2003, los suministradores casi
exclusivos de filatelia para los contratos CIT, fueron las empresas de Francisco
Guijarro Lázaro (Francisco Guijarro Lázaro Filatelia S.L. y Guijarro Lázaro S.L.) y
decimos casi exclusivos por hablar con estricto rigor, ya que como se demuestra en el
informe de desarrollo nº 7: Francisco Guijarro Lázaro, la exclusividad fue total en los
años 1999, 2000, 2001, 2002 y hasta junio de 2003; y casi total en 1998. Tampoco
tenemos que olvidar que aproximadamente el 96% de la filatelia suministrada por
Guijarro para los contratos CIT era filatelia clásica y que el 93% de esa filatelia clásica
era filatelia falsa o estaba manipulada o mal catalogada con el fin de atribuirle un
mayor valor al que realmente tenía.
Pues bien, nos situaremos en un año cualquiera de esta etapa, por ejemplo, en
el año 2000, y aislaremos un sólo contrato CIT. Tendríamos que partir entonces de las
siguientes condiciones:
- AFINSA compra la filatelia a las empresas de Guijarro con un coste
equivalente al 8% de su valor en el catálogo Yvert & Tellier.
- AFINSA vende esta filatelia al cliente al 100% de su valor en el catálogo
indicado.
- La revalorización real media de esa filatelia (suponiendo que fuera filatelia
verdadera y no “irregular”) según el catálogo Yvert & Tellier está en torno al
3,11% anual.
- AFINSA garantiza a su cliente una rentabilidad mínima del 7% anual.
Bajo estas condiciones, si el cliente quiere invertir 1.000 unidades monetarias
(u. m.) en un contrato CIT de 12 meses y un día, AFINSA adquiere en el mercado
mayorista (las empresas de Guijarro) una filatelia (filatelia nueva o sellos nuevos) que
la cuesta 80 u. m., con el siguiente resultado:
Coste de la filatelia
Importe de la venta
Valor existencias finales de
filatelia
Beneficio
Importe compromiso
contraído con el cliente
Año 1 80 1.000 0 920 1.070
287
Al año siguiente, AFINSA debe hacer frente a su compromiso, recomprando la
filatelia al cliente y abonando por ella un total de 1.070 u. m.; filatelia que
denominaremos filatelia interna o sellos internos, con el siguiente resultado:
Coste de la filatelia
Importe de la venta
Valor existencias finales de
filatelia
Beneficio
Importe compromiso
contraído con el cliente
Año 2 1.070 0 82,49 -987,51 0
AFINSA que no se desvincula nunca de la operación y que siempre debe hacer
frente a sus compromisos, ya que ningún cliente se queda con la filatelia, obtiene al
vencimiento del contrato una pérdida total por su venta y posterior recompra de filatelia
de 67,51 u. m.
Para que AFINSA en el año 2 pudiera mantener el beneficio obtenido al
comienzo de la operación (año 1), debería estar segura de que el valor de realización
de esa filatelia en el mercado externo e independiente del creado por ella misma era
de 1.070 u. m., es decir, que la filatelia que había comprado en el mercado mayorista
por 80 u. m. pudiera volver a dicho mercado al cabo de un año consiguiendo por ella
1.070 u. m.; o dicho de otra forma, que la filatelia se hubiera revalorizado en un sólo
año un 1.337,50%, revalorización totalmente inimaginable y fuera de toda lógica.
Para que al menos AFINSA no tuviera pérdidas al vencimiento del contrato,
como mínimo el sello que recupera en el año 2 debería alcanzar en el mercado
externo de donde procede un valor de 150 u.m., es decir, la filatelia debería de
revalorizarse por término medio en un año un 87,5%, revalorización totalmente
impensable que se pudiera realizar y por término medio para toda la filatelia, y que la
propia AFINSA considera inalcanzable al dotar en pequeña medida provisiones por
riesgos y gastos que tratan de paliar en alguna forma la revalorización que la filatelia
nunca llega a conseguir.
El hecho cierto de que esos sellos nuevos, cuando son recomprados por
AFINSA y se convierten en sellos internos, nunca vuelven al mercado externo de
donde salieron, sino que son utilizados por AFINSA en otros contratos, es decir, el
crecimiento continuado de sus ventas junto con el elevado beneficio que consigue en
la venta de los sellos nuevos, es lo que permite mantener el negocio de AFINSA. O
dicho de otra forma, sólo una demanda creciente de contratos permite, de forma
288
aparente, mantener el negocio de AFINSA. Y decimos de forma aparente, porque
como más adelante veremos, desde el primer contrato AFINSA asume un compromiso
que la provoca un déficit patrimonial, por lo que ese crecimiento continuo de sus
ventas produce un crecimiento, aún mayor, de su déficit patrimonial y por tanto, de su
insolvencia patrimonial.
En el periodo que abarca esta pericia, los contratos CIT han tenido un
crecimiento continuo, con unos porcentajes de crecimiento que oscilan entre el 16% y
el 35%, es decir, siempre con porcentajes de crecimiento positivos. La evolución de
dicho crecimiento se muestra en el siguiente cuadro:
AÑO Nº
CONTRATOS VIVOS
PORCENTAJE CRECIMIENTO CONTRATOS
VIVOS
CAPITAL INICIAL
PORCENTAJE CRECIMIENTO
CAPITAL INICIAL
1997 17.978 208.462.431,59
1998 20.765 15,50 243.610.843,20 16,86
1999 26.387 27,07 327.362.183,54 34,38
2000 33.693 27,69 430.428.011,48 31,48
2001 43.490 29,08 582.382.013,72 35,30
2002 50.426 15,95 690.158.868,14 18,51
2003 62.562 24,07 895.551.699,80 29,76
2004 79.042 26,34 1.160.650.393,39 29,60
2005 101.849 28,85 1.505.495.507,62 29,71
2006 112.144 10,11 1.666.636.217,04 10,70
(Los datos que refleja el cuadro anterior proceden de los cálculos realizados
por estos peritos judiciales y están ampliamente explicados en el informe de
desarrollo nº 3: Estados Financieros y Situación patrimonial, apartado: IV.1).
Este crecimiento continuo de los contratos CIT, con porcentajes de crecimiento
siempre superiores a la unidad, implica lo siguiente:
1) Que AFINSA tiene que incorporar año a año filatelia adquirida a sus
proveedores externos, lo que denominamos sellos “nuevos”, no porque
físicamente sean nuevos, sino porque entran por primera vez en el
“mercado” creado por AFINSA para satisfacer la demanda creciente de
contratos.
289
2) La filatelia que al vencimiento de los contratos vuelve a AFINSA –sellos
internos, sellos recomprados por AFINSA que estaban en su “mercado”– no
retorna nunca al mercado externo mayorista de donde salieron, sino que
son utilizados por AFINSA en sucesivos contratos.
Vamos a realizar un análisis382 suponiendo que AFINSA en el primer año
comercializa un sólo contrato CIT de 12 meses y un día, integrado por un sólo sello
que la cuesta en el mercado externo mayorista 100 u. m.. Al año siguiente (año 2),
comercializa dos contratos CIT de las mismas características, en el tercer año (año 3),
tres contratos CIT y así sucesivamente. Y que las condiciones son las mismas que las
indicadas anteriormente, es decir las condiciones con las que operaba realmente en la
etapa en que el suministrador casi exclusivo de filatelia CIT era Francisco Guijarro
Lázaro y suponiendo que la filatelia suministrada por este proveedor era correcta:
- AFINSA compra a las empresas de Guijarro la filatelia al 8% del valor
indicado por el catálogo Yvert & Tellier; coste del primer sello que soporta el
primer contrato CIT: 100 u. m.
- AFINSA vende ese sello en el primer contrato CIT al 100% del valor
marcado por el catálogo Yvert & Tellier, por tanto lo vende por 1.250 u. m.
- La revalorización media anual de la filatelia según el catálogo indicado es
del 3,11% anual.
- AFINSA garantiza una rentabilidad mínima en esos contratos CIT del 7%
anual.
- Año a año vamos incorporando un nuevo contrato CIT a nuestras ventas y
vamos actualizando el coste de los sellos nuevos de acuerdo con la
revalorización marcada por el catálogo Yvert & Tellier.
Los resultados que consigue se recogen en el siguiente cuadro:
Año Coste de los sellos nuevos
Coste actualizado
acum. sellos
nuevos
Coste de los sellos internos
Coste total de los sellos
Importe Ventas
Beneficio Beneficio
acumulado Compromiso
Déficit patrimonial
1 100 100 100 1250 1150 1150 1338 88
2 103 206 1338 1441 2578 1137 2287 2758 265
382
Anexo 02.218, cuadro de elaboración propia que muestra los resultados que se derivan de la comercialización de contratos CIT de 12 meses y un día en la etapa en que la filatelia procede de Guijarro (año 2000, coste para AFINSA 8% del valor marcado por el catálogo Yvert & Tellier, revalorización de la filatelia según dicho catálogo: 3,11% anual y rentabilidad garantizada del 7% anual) con un crecimiento de las ventas resultante de incorporar un contrato CIT más cada año.
290
Año Coste de los sellos nuevos
Coste actualizado
acum. sellos
nuevos
Coste de los sellos internos
Coste total de los sellos
Importe Ventas
Beneficio Beneficio
acumulado Compromiso
Déficit patrimonial
3 106 319 2758 2865 3987 1122 3410 4266 538
4 110 438 4266 4376 5481 1106 4515 5865 911
5 113 565 5865 5978 7065 1087 5602 7559 1392
6 117 699 7559 7676 8741 1065 6667 9353 1986
7 120 841 9353 9473 10515 1042 7709 11251 2701
8 124 991 11251 11375 12391 1016 8725 13258 3542
9 128 1150 13258 13386 14373 987 9712 15380 4517
10 132 1317 15380 15511 16467 956 10668 17620 5634
11 136 1494 17620 17756 18677 922 11590 19985 6901
12 140 1681 19985 20125 21009 884 12474 22479 8325
13 144 1877 22479 22624 23467 844 13317 25110 9915
14 149 2085 25110 25259 26058 800 14117 27883 11681
15 154 2303 27883 28036 28788 752 14869 30803 13631
16 158 2533 30803 30962 31662 701 15570 33879 15776
17 163 2775 33879 34042 34687 646 16215 37115 18125
18 168 3030 37115 37284 37870 586 16801 40521 20690
19 174 3297 40521 40695 41217 523 17324 44102 23481
20 179 3579 44102 44281 44736 454 17779 47867 26510
21 185 3875 47867 48052 48433 382 18160 51824 29789
22 190 4185 51824 52014 52318 304 18464 55980 33331
23 196 4512 55980 56176 56397 221 18685 60345 37148
24 202 4854 60345 60547 60679 132 18817 64927 41255
25 209 5214 64927 65135 65173 38 18855 69735 45667
En estas circunstancias, AFINSA que sólo aumenta sus ventas incorporando
un contrato más cada año, su tasa de crecimiento va disminuyendo, pues en el año 2
duplica sus ventas, pero a medida que transcurren los años, el ritmo de crecimiento es
cada vez menor, de forma que en los últimos ocho años su porcentaje de crecimiento
es inferior al 10%. Los compromisos aumentan al mismo ritmo que las ventas,
mientras el déficit patrimonial aumenta a un ritmo superior al de las ventas y
compromisos383.
Del análisis del cuadro anterior se desprende lo siguiente:
1) En el primer año en que sólo comercializa un sello nuevo en un único contrato,
consiguiendo un beneficio de 1150 u.m., ya obtiene en su balance un déficit
patrimonial de 88 u. m., pues su pasivo es superior al activo en dicha cantidad.
2) El beneficio anual va siendo menor a medida que aumentan las ventas,
llegando a transformarse en pérdidas; ello es debido a que, a pesar de que los
383
Anexo 02.219: cuadro de elaboración propia que muestra el ritmo de crecimiento de ventas, compromisos y déficit patrimonial en los 25 años que abarca el análisis de resultados en la etapa de Guijarro con un contrato CIT más cada año.
291
sellos nuevos producen elevados beneficios, estos representan cada año un
porcentaje menor de los sellos vendidos, por lo que las pérdidas derivadas de
la recompra de los sellos internos acaban absorbiendo totalmente los
beneficios de los sellos nuevos.
3) El déficit patrimonial va creciendo con el aumento de las ventas, pues el
incremento de las ventas implica un mismo crecimiento de los compromisos
asumidos por AFINSA y un aumento aún mayor del déficit patrimonial.
La evolución del déficit patrimonial se representa en el siguiente gráfico:
Si AFINSA quiere mantener los beneficios obtenidos en el primer año, debe
aumentar más sus ventas, pero observaremos que el aumento de las ventas no hace
más que agravar el problema, pues aumentan sus compromisos en la misma medida,
y el déficit patrimonial va siendo cada vez mayor384.
En el cuadro que se añade a continuación, se hace un cálculo de los resultados
manteniendo un beneficio constante e igual al obtenido en el primer año.
384
Anexo 02.220: cuadro de elaboración propia que muestra los resultados que se derivan de la comercialización de contratos CIT de 12 meses y un día en la etapa en que la filatelia procede de Guijarro (año 2000, coste para AFINSA 8% del valor marcado por el catálogo Yvert & Tellier, revalorización de la filatelia según dicho catálogo: 3,11% anual y rentabilidad garantizada del 7% anual) con un crecimiento de las ventas resultante de mantener el beneficio obtenido el año 1 constante.
292
Año Coste de los sellos nuevos
Coste actualizado
acum. sellos nuevos
Coste de los sellos
internos
Coste total de los sellos
Importe Ventas
Beneficio Beneficio
acumulado Compromiso
Déficit patrimonial
1 100 100 100 1250 1150 1150 1338 88
2 104 207 1338 1442 2592 1150 2300 2773 266
3 109 323 2773 2882 4032 1150 3450 4314 542
4 114 446 4314 4428 5578 1150 4600 5968 922
5 119 579 5968 6087 7237 1150 5750 7744 1415
6 124 721 7744 7868 9018 1150 6900 9649 2028
7 131 874 9649 9780 10930 1150 8050 11695 2771
8 137 1039 11695 11832 12982 1150 9200 13891 3652
9 144 1215 13891 14035 15185 1150 10350 16248 4683
10 151 1404 16248 16399 17549 1150 11500 18777 5873
11 159 1607 18777 18937 20087 1150 12650 21493 7236
12 168 1825 21493 21661 22811 1150 13800 24408 8783
13 177 2059 24408 24585 25735 1150 14950 27536 10527
14 187 2310 27536 27723 28873 1150 16100 30894 12484
15 198 2579 30894 31092 32242 1150 17250 34499 14670
16 209 2869 34499 34708 35858 1150 18400 38368 17099
17 221 3179 38368 38589 39739 1150 19550 42521 19792
18 234 3512 42521 42755 43905 1150 20700 46979 22766
19 249 3870 46979 47227 48377 1150 21850 51764 26044
20 264 4254 51764 52027 53177 1150 23000 56900 29646
21 280 4666 56900 57180 58330 1150 24150 62413 33596
22 297 5109 62413 62710 63860 1150 25300 68330 37922
23 316 5584 68330 68646 69796 1150 26450 74682 42648
24 336 6093 74682 75018 76168 1150 27600 81500 47807
25 358 6641 81500 81858 83008 1150 28750 88818 53428
Del análisis de los datos del cuadro anterior en comparación con los del primer
cuadro se observa que, para mantener el beneficio del primer año, tanto las ventas
como los compromisos anuales asumidos por AFINSA con sus clientes deben ser muy
superiores, lo cual conlleva que el déficit patrimonial vaya aumentando
progresivamente. Al igual que en el caso anterior, tanto las ventas como los
compromisos en el año 2 se duplican, pero a medida que transcurren los años el ritmo
de crecimiento es cada vez menor, siendo en los últimos ocho años el porcentaje de
crecimiento igual o inferior al 10%. El ritmo de crecimiento del déficit patrimonial,
aunque decreciente, es superior al de las ventas y compromisos385.
La evolución del déficit patrimonial manteniendo un beneficio anual constante
se refleja en el siguiente gráfico:
385
Anexo 02.221: cuadro de elaboración propia que muestra el ritmo de crecimiento de ventas, compromisos y déficit patrimonial en los 25 años que abarca el análisis de resultados en la etapa de Guijarro con beneficio constante.
293
Para que AFINSA no tuviera déficit patrimonial, los sellos nuevos que año a año
va sumando en su activo deben alcanzar un valor que como mínimo sea suficiente
para compensar el importe del déficit patrimonial acumulado; es decir, deben
revalorizarse en un porcentaje muy superior al marcado por el catálogo Yvert &
Tellier386.
Los datos resultantes se reflejan en el siguiente cuadro:
Año Coste de los
sellos nuevos
Coste actualizado
acum. sellos nuevos
Coste unitario
medio de los sellos
Déficit patrimonial
nuevo valor sellos acumulado para déficit=0
Nuevo coste unitario
medio sellos para déficit=0
Revalorización necesaria media
de los sellos cada año
1 100 100 100 88 188 188 88%
2 103 206 103 265 471 236 128%
3 106 319 106 538 856 285 169%
4 110 438 110 911 1350 337 208%
5 113 565 113 1392 1957 391 246%
6 117 699 117 1986 2686 448 284%
7 120 841 120 2701 3542 506 321%
8 124 991 124 3542 4533 567 357%
9 128 1150 128 4517 5667 630 393%
386
Anexo 02.222: cuadro de elaboración propia que muestra los resultados que se derivan de la comercialización de contratos CIT de 12 meses y un día en la etapa en que la filatelia procede de Guijarro (año 2000, coste para AFINSA 8% del valor marcado por el catálogo Yvert & Tellier, revalorización de la filatelia según dicho catálogo: 3,11% anual y rentabilidad garantizada del 7% anual) con un crecimiento de las ventas resultante de incorporar un contrato CIT más cada año.
294
Año Coste de los
sellos nuevos
Coste actualizado
acum. sellos nuevos
Coste unitario
medio de los sellos
Déficit patrimonial
nuevo valor sellos acumulado para déficit=0
Nuevo coste unitario
medio sellos para déficit=0
Revalorización necesaria media
de los sellos cada año
10 132 1317 132 5634 6952 695 428%
11 136 1494 136 6901 8395 763 462%
12 140 1681 140 8325 10005 834 495%
13 144 1877 144 9915 11793 907 528%
14 149 2085 149 11681 13766 983 560%
15 154 2303 154 13631 15934 1.062 592%
16 158 2533 158 15776 18309 1.144 623%
17 163 2775 163 18125 20900 1.229 653%
18 168 3030 168 20690 23720 1.318 683%
19 174 3297 174 23481 26778 1.409 712%
20 179 3579 179 26510 30089 1.504 741%
21 185 3875 185 29789 33664 1.603 769%
22 190 4185 190 33331 37516 1.705 796%
23 196 4512 196 37148 41660 1.811 823%
24 202 4854 202 41255 46110 1.921 850%
25 209 5214 209 45667 50880 2.035 876%
Es decir, el primer año en que AFINSA comercializa un sólo contrato CIT de 12
meses y un día respaldado por un sólo sello que ha costado 100 u.m., para no tener
déficit patrimonial alguno, debe alcanzar dicho sello un valor de 188 u.m. (debe tener
una revalorización anual del 88%); el segundo año en que AFINSA comercializa dos
contratos CIT de las mismas características respaldados por unos sellos cuyo coste
actualizado es de 206 u.m., para anular el déficit patrimonial generado deben alcanzar
un valor de 471 u.m., y así sucesivamente, de forma que en el año 25 con una filatelia
acumulada que respalda los contratos comercializados en ese momento y que tienen
un coste actualizado de 5.214 u.m., en ese año deberían tener un valor de 50.880
u.m.. Revalorizaciones totalmente asombrosas e inalcanzables por término medio y
para toda la filatelia.
El análisis de la viabilidad del negocio de AFINSA en esta etapa en que el
suministrador casi exclusivo de filatelia CIT/CIF eran las empresas de Guijarro está
realizado bajo estas suposiciones:
1ª) Considerando que la filatelia que soportaba los contratos era correcta y
acorde con las referencias reflejadas en el catálogo Yvert & Tellier y por ello hemos
partido de la revalorización media anual de dicho catálogo, cuando se ha demostrado
que el 93% de la filatelia clásica suministrada por Guijarro para contratos CIT era falsa
o estaba manipulada o mal catalogada con el fin de otorgarla un valor muy superior
al que realmente tenía.
295
2ª) Hemos hecho el análisis de los resultados obtenidos y del déficit patrimonial
acumulado teniendo sólo en cuenta el coste de la filatelia y obviando, por tanto, el
resto de los importantísimos gastos necesarios para llevar a cabo el negocio:
comisiones y gastos comerciales para captar clientes, gastos de estructura, gastos de
organización, etc..
Todo lo anterior no haría más que agravar y aumentar la insolvencia
patrimonial reflejada en los cuadros anteriores para llegar a recoger el verdadero
déficit patrimonial que reflejan los estados financieros de AFINSA.
No hay que olvidar, y en otros informes de desarrollo queda constancia de ello
(El grupo AFINSA y sus sociedades participadas, Operación Lenape, Estados
financieros y situación patrimonial, etc.), que AFINSA ha sido incapaz de rentabilizar
los recursos líquidos captados de los clientes de sus contratos de inversión en una
cuantía suficiente como para cubrir ni mínimamente el déficit patrimonial generado; al
contrario, sus inversiones en otras actividades y en sus empresas participadas han
sido mayoritariamente una fuente continua de pérdidas.
III.2.3.B) Etapa en que el grupo GMAI es el suministrador exclusivo de
filatelia para productos de inversión
Esta etapa que abarca el periodo entre junio de 2003 (ruptura de relaciones
comerciales con Guijarro) y 9 de mayo de 2006, se caracteriza porque AFINSA firmará
los contratos de exclusividad en el suministro de filatelia de inversión con el grupo
GMAI y alcanzará el control total del catálogo Brookman, de tal manera que dicho
catálogo le permitirá introducir la filatelia utilizada en la adjudicación de los contratos
CIT, incluso filatelia no catalogada, a los precios necesarios para alcanzar sus
objetivos; así, en la fecha de la intervención judicial el 46,34% de la filatelia para
contratos CIT estaba referenciada en el catálogo Brookman387.
Por todo ello, tal y como hemos explicado anteriormente, para saber cuál es la
revalorización de la filatelia de los contratos CIT en la etapa en que el grupo GMAI es
387
Nota, ver anexo 06.001 del Informe de desarrollo nº 6: La valoración de la filatelia en la fecha de la intervención judicial.
296
el suministrador exclusivo de filatelia para productos de inversión, no se ha tenido en
cuenta la filatelia que aparece referenciada al catálogo Brookman, sino aquella que
figura referenciada según otros catálogos considerados independientes.
El resumen de la variación de precios analizada en catálogos independientes,
se muestra en el siguiente cuadro388:
País Importe total país en BD Inventario
Importe referencias
seleccionadas
Variación media
ponderada anual (2005-
1995)
Variación media
ponderada anual (2006-
1998)
Variación media
ponderada anual (2006-
1990)
Variación media
ponderada anual (2006-
2004)
Peso de la variación de cada país en
total de referencias
seleccionadas
Alemania 69.720.317,06 31.981.863,00 2,70%
0,53%
Mónaco 60.302.249,19 32.364.755,00
0,23%
0,05%
Francia 99.543.250,66 47.228.047,24
1,78%
0,51%
Italia 291.493.770,53 52.372.840,00
3,83% 1,22%
TOTAL 521.059.587,44 163.947.505,24
2,31%
En otro orden de cosas y respecto al coste de la filatelia CIT/CIF para AFINSA,
se ha tenido en cuenta lo siguiente:
1) AFINSA firmó dos contratos de suministro de filatelia de inversión en
exclusividad el 1 de agosto de 2003, el primero con la empresa americana
Greg Manning Auctions Inc. (GMAI) para el suministro de filatelia procedente
de Estados Unidos y Hong Kong, y el segundo con GMAI Auctentia Central de
Compras S. L. (CdC) para el suministro de filatelia de cualquier lugar del
mundo a excepción de Estados Unidos y Hong Kong.
2) Dada la vinculación existente entre AFINSA y el grupo GMAI y tal y como se
indica en el informe de desarrollo nº 14: La Operación Lenape, la consideración
de ciertas partidas de las ventas del grupo GMAI a su vinculada AFINSA como
aportaciones directas a los fondos propios del grupo GMAI, hace necesario
valorar el coste de la filatelia al precio pagado por el grupo al proveedor
externo, añadiendo el porcentaje mínimo del 10% estipulado en los contratos,
11,6% (IVA incluido) en el caso de CdC.389
388
Nota, ver anexo 02.215: cuadros de elaboración propia con el análisis de la evolución de precios en catálogos para filatelia de Alemania (catálogo Michel), Francia y Mónaco (catálogo Yvert & Tellier) e Italia (catálogos Sassone y Bolaffi). 389
Nota ver anexos 04.046 y 04.047 del Informe de desarrollo nº 4 en donde se incorporan los contratos de 1 de agosto de 2003 firmados entre AFINSA y GMAI y entre AFINSA y CdC.
297
Por ello, para calcular dicho coste se han separado las colecciones compradas
directamente por AFINSA a la empresa americana GMAI: el Archivo ONU y los sellos
emitidos para las Naciones Unidas por la imprenta española Heraclio Fournier, los
Especímenes de la American Bank Note Company y la parte de las Variedades de
España del último cuarto del siglo XX adquiridas directamente por AFINSA al
proveedor externo, y el resto de la filatelia adquirida a CDC.390
El resumen de los datos se muestra en el siguiente cuadro:
COMPRAS DE FILATELIA CIT AÑOS 2003 A 2006 (cifras en euros)
COLECCIÓN PROVEEDOR COSTE
PROVEEDOR COSTE AFINSA
(3)VALOR INICIAL
ADJUDICACIÓN
% COSTE PROVEEDOR
SOBRE VALOR INICIAL DE
ADJUDICACIÓN
% COSTE AFINSA SOBRE VALOR INICIAL
DE ADJUDICACIÓN
ONU (1)GMAI 6.257.473,30 18.603.244,54 497.676.341,60 1,26% 3,74%
ESPECÍMENES (1)GMAI 840.622,50 43.444.689,11 378.612.184,00 0,22% 11,47%
VARIEDADES ADQURIDAS DIRECTAMENTE POR AFINSA
GERMAN BASCHWITZ
4.920.000,00 87.514.331,50 5,62% 5,62%
RESTO DE FILATELIA
(2)CDC 122.567.525,30 187.415.439,61 1.007.164.451,93 12,17% 18,61%
TOTAL 129.665.621,10 254.383.373,26 1.970.967.309,03 6,58% 12,91%
(1)GMAI es la empresa americana Greg Manning Auctions Inc..., que forma parte del grupo GMAI.
El coste de los Especímenes para el proveedor está en dólares.
(2) CdC es la empresa española GMAI Auctentia Central de Compras S.L., que forma parte del grupo GMAI.
(3) El valor inicial de adjudicación coincide con el valor de catálogo, excepto para ONU y ESPECÍMENES que hasta el 15/10/2004
Se adjudicaron al doble del valor marcado por el catálogo Brookman o por las listas de GMAI.
El porcentaje del coste de filatelia sobre el valor inicial de adjudicación
resultante es el 6,58% al que añadiendo el margen mínimo de beneficio del grupo del
10%, da el resultado del 7,24%.
Pues bien, una vez conocidas las condiciones con las que operaba AFINSA en
esta última etapa:
390
Los datos se han obtenido de los informes de desarrollo en que se analizan la adquisición de estas importantes colecciones, informes de desarrollo nº 8, 9 y 12; así como del análisis del proveedor Central de Compras Coleccionables S.L. en el informe de desarrollo nº4: Política de compras de la filatelia de los contratos de inversión.
298
- Revalorización media anual de la filatelia en catálogos independientes en
torno al 2,31%.
- Coste de la filatelia situado en el 7,24% del valor inicial de adjudicación a
contratos CIT.
- Rentabilidad garantizada por AFINSA en contratos CIT de duración de 12
meses y 1 día del 6% anual.
Y sabiendo, como ya hemos explicado para la etapa anterior:
1) Que con un sólo contrato CIT, al vencimiento del mismo, AFINSA que
nunca se desvincula de la operación pues ningún cliente se queda con la
filatelia, obtiene siempre pérdidas por la venta y posterior recompra de la
filatelia.
2) Que el crecimiento continuo de sus ventas, con porcentajes de crecimiento
siempre superiores a la unidad, es lo que permite, de forma aparente,
mantener el negocio de AFINSA. Y sólo es de forma aparente, porque al
igual que hemos demostrado en la etapa anterior, aquí también
demostraremos que el crecimiento continuo de las ventas produce un
crecimiento también continuo de su déficit patrimonial y, por tanto, de su
insolvencia patrimonial.
Al igual que hemos realizado en la etapa de Guijarro, vamos a realizar un
análisis391 suponiendo que AFINSA en el primer año comercializa un sólo contrato CIT
de 12 meses y un día, integrado por un sólo sello que la cuesta en el mercado externo
mayorista 100 u. m.. Al año siguiente (año 2), comercializa dos contratos CIT de las
mismas características, en el tercer año (año 3), tres contratos CIT y así
sucesivamente. Y que las condiciones son las mismas que las indicadas
anteriormente, es decir, las condiciones con las que operaba realmente en la etapa en
que el suministrador exclusivo de filatelia CIT era el grupo GMAI:
- AFINSA compra a las empresas del grupo la filatelia al 7,24% del valor
utilizado en la primera adjudicación de los contratos; coste del primer sello
que soporta el primer contrato CIT: 100 u. m.
391
Anexo 02.223: cuadro de elaboración propia que muestra los resultados que se derivan de la comercialización de contratos CIT de 12 meses y un día en la etapa en que la filatelia procede del grupo GMAI, coste para AFINSA 7,24% del valor inicial de adjudicación, revalorización de la filatelia según catálogos independientes 2,31% anual y rentabilidad garantizada del 6% anual con un crecimiento de las ventas resultante de incorporar un contrato CIT más cada año.
299
- AFINSA vende ese sello en el primer contrato CIT en 1381 u. m.
- La revalorización media anual de la filatelia según catálogos independientes
es del 2,31% anual.
- AFINSA garantiza una rentabilidad mínima en esos contratos CIT del 6%
anual.
- Año a año vamos incorporando un nuevo contrato CIT a nuestras ventas y
vamos actualizando el coste de los sellos nuevos de acuerdo con la
revalorización marcada por los catálogos considerados.
Los resultados que consigue se recogen en el siguiente cuadro:
Año Coste de los
sellos nuevos
Coste actualizado
acum. sellos nuevos
Coste de los sellos
internos
Coste total de los sellos
Importe Ventas
Beneficio Beneficio
acumulado Compromiso
Déficit patrimonial
1 100 100 100 1381 1281 1281 1464 83
2 102 205 1464 1566 2826 1260 2541 2996 250
3 105 314 2996 3100 4337 1237 3778 4598 506
4 107 428 4598 4705 5917 1212 4990 6272 853
5 110 548 6272 6381 7567 1185 6175 8021 1297
6 112 673 8021 8133 9290 1157 7332 9847 1842
7 115 803 9847 9962 11088 1127 8459 11754 2492
8 117 939 11754 11871 12965 1094 9553 13743 3251
9 120 1080 13743 13863 14923 1060 10613 15818 4125
10 123 1228 15818 15941 16964 1023 11636 17982 5118
11 126 1382 17982 18107 19091 984 12620 20237 6235
12 129 1543 20237 20365 21308 943 13562 22586 7482
13 132 1710 22586 22718 23617 899 14461 25034 8863
14 135 1884 25034 25168 26021 853 15314 27582 10385
15 138 2065 27582 27720 28524 804 16117 30235 12053
16 141 2254 30235 30376 31128 752 16870 32996 13873
17 144 2450 32996 33140 33838 698 17567 35868 15851
18 147 2654 35868 36015 36656 640 18208 38855 17994
19 151 2866 38855 39006 39586 580 18788 41961 20307
20 154 3087 41961 42115 42632 517 19304 45190 22799
21 158 3316 45190 45348 45798 450 19754 48545 25476
22 162 3554 48545 48707 49087 380 20134 52032 28344
23 165 3801 52032 52197 52503 306 20440 55654 31412
24 169 4058 55654 55823 56052 229 20669 59415 34688
25 173 4325 59415 59588 59736 148 20817 63320 38178
Igual que en la etapa anterior, AFINSA que sólo aumenta sus ventas
incorporando un contrato más cada año, su tasa de crecimiento va disminuyendo,
pues en el año 2 duplica sus ventas, pero a medida que transcurren los años, el ritmo
de crecimiento es cada vez menor, de forma que en los últimos diez años su
300
porcentaje de crecimiento es inferior al 10%. Los compromisos aumentan al mismo
ritmo que las ventas, mientras el déficit patrimonial aumenta a un ritmo superior al de
las ventas y compromisos.392
Del análisis del cuadro anterior se desprende lo siguiente:
1) En el primer año en que sólo comercializa un sello nuevo en un único
contrato, consiguiendo un beneficio de 1281 u.m., ya obtiene en su balance
un déficit patrimonial de 83 u. m., pues su pasivo es superior al activo en
dicha cantidad.
2) El beneficio anual va siendo menor a medida que aumentan las ventas,
llegando a transformarse en pérdidas; ello es debido a que, a pesar de que
los sellos nuevos producen elevados beneficios, estos representan cada
año un porcentaje menor de los sellos vendidos, por lo que las pérdidas
derivadas de la recompra de los sellos internos acaban absorbiendo
totalmente los beneficios de los sellos nuevos.
3) El déficit patrimonial va creciendo con el aumento de las ventas, pues el
incremento de las ventas implica un mismo crecimiento de los compromisos
asumidos por AFINSA y, un crecimiento aún mayor del déficit patrimonial.
La evolución del déficit patrimonial se muestra en el siguiente gráfico:
392
Anexo 02.224: cuadro de elaboración propia que muestra el ritmo de crecimiento de ventas, compromisos y déficit patrimonial en los 25 años que abarca el análisis de resultados en la etapa de GMAI con un contrato CIT más cada año.
301
Si AFINSA quiere mantener los beneficios obtenidos en el primer año, debe
aumentar sus ventas, pero observaremos que el aumento de las ventas no hace más
que agravar el problema, pues aumentan sus compromisos en la misma medida, y el
déficit patrimonial va siendo cada vez mayor393.
En el cuadro que se añade a continuación, se hace un cálculo de los resultados
manteniendo un beneficio constante e igual al obtenido en el primer año.
Año Coste de los sellos nuevos
Coste actualizado acum. sellos
nuevos
Coste de los sellos
internos
Coste total de los sellos
Importe Ventas
Beneficio Beneficio
acumulado Compromiso
Déficit patrimonial
1 100 100 100 1381 1281 1281 1464 83
2 104 206 1464 1568 2849 1281 2562 3020 252
3 108 319 3020 3128 4410 1281 3843 4674 512
4 113 439 4674 4787 6068 1281 5125 6432 868
5 117 567 6432 6550 7831 1281 6406 8301 1328
6 123 703 8301 8423 9705 1281 7687 10287 1897
7 128 847 10287 10415 11696 1281 8968 12398 2583
8 134 1000 12398 12531 13813 1281 10250 14641 3392
9 140 1163 14641 14781 16062 1281 11531 17026 4333
10 146 1336 17026 17172 18454 1281 12812 19561 5413
393
Anexo 02.225: cuadro de elaboración propia que muestra los resultados que se derivan de la comercialización de contratos CIT de 12 meses y un día en la etapa en que la filatelia procede del grupo GMAI, coste para AFINSA 7,24% del valor inicial de adjudicación en contratos, revalorización de la filatelia según catálogos independientes: 2,31% anual y rentabilidad garantizada del 6% anual, con un crecimiento de las ventas resultante de mantener el beneficio obtenido el año 1 constante.
302
Año Coste de los sellos nuevos
Coste actualizado acum. sellos
nuevos
Coste de los sellos
internos
Coste total de los sellos
Importe Ventas
Beneficio Beneficio
acumulado Compromiso
Déficit patrimonial
11 153 1520 19561 19714 20995 1281 14093 22255 6642
12 160 1716 22255 22415 23697 1281 15374 25118 8028
13 168 1924 25118 25287 26568 1281 16656 28162 9583
14 177 2144 28162 28338 29620 1281 17937 31397 11316
15 185 2379 31397 31582 32863 1281 19218 34835 13238
16 195 2629 34835 35030 36311 1281 20499 38490 15362
17 205 2894 38490 38694 39975 1281 21780 42374 17699
18 215 3176 42374 42589 43870 1281 23062 46503 20265
19 226 3476 46503 46729 48010 1281 24343 50891 23072
20 238 3794 50891 51129 52410 1281 25624 55555 26136
21 251 4133 55555 55806 57087 1281 26905 60512 29474
22 264 4493 60512 60777 62058 1281 28186 65781 33102
23 279 4876 65781 66060 67341 1281 29468 71382 37039
24 294 5282 71382 71676 72957 1281 30749 77334 41303
25 310 5714 77334 77644 78926 1281 32030 83661 45917
Del análisis de los datos del cuadro anterior en comparación con los del primer
cuadro de esta etapa, se observa que, para mantener el beneficio del primer año, tanto
las ventas como los compromisos anuales asumidos por AFINSA con sus clientes
deben ser superiores, lo cual conlleva que el déficit patrimonial vaya aumentando
progresivamente. Al igual que en el caso anterior, tanto las ventas como los
compromisos en el año 2 se duplican, pero a medida que transcurren los años el ritmo
de crecimiento es cada vez menor, siendo en los últimos diez años el porcentaje de
crecimiento igual o inferior al 10%. El ritmo de crecimiento del déficit patrimonial, es
superior al de las ventas y compromisos.394
La evolución del déficit patrimonial obteniendo un beneficio constante se refleja
en el siguiente gráfico:
394
Anexo 02.226: cuadro de elaboración propia que muestra el ritmo de crecimiento de ventas, compromisos y déficit patrimonial en los 25 años que abarca el análisis de resultados en la etapa de GMAI con beneficio constante.
303
Para que AFINSA no tuviera déficit patrimonial, los sellos nuevos que año a
año va sumando en su activo deben alcanzar un valor que como mínimo sea suficiente
para compensar el importe del déficit patrimonial acumulado; es decir, deben
revalorizarse en un porcentaje muy superior al marcado por los catálogos
independientes.395
Los datos se reflejan en el siguiente cuadro:
Año Coste de los
sellos nuevos
Coste actualizado
acum. sellos nuevos
Coste unitario
medio de los sellos
Déficit patrimonial
Nuevo valor sellos
acumulado para déficit=0
Nuevo coste unitario
medio sellos para déficit=0
Revalorización necesaria media
de los sellos cada año
1 100 100 100 83 183 183 83%
2 102 205 102 250 455 227 122%
3 105 314 105 506 820 273 161%
4 107 428 107 853 1282 320 199%
5 110 548 110 1297 1845 369 237%
6 112 673 112 1842 2515 419 274%
7 115 803 115 2492 3295 471 310%
8 117 939 117 3251 4190 524 346%
9 120 1080 120 4125 5205 578 382%
10 123 1228 123 5118 6346 635 417%
395
Anexo 02.227: cuadro de elaboración propia que muestra los resultados que se derivan de la comercialización de contratos CIT de 12 meses y un día en la etapa en que la filatelia procede del grupo GMAI, coste para AFINSA 7,24% del valor inicial de adjudicación, revalorización de la filatelia según catálogos independientes 2,31% anual y rentabilidad garantizada del 6% anual con un crecimiento de las ventas resultante de incorporar un contrato CIT más cada año.
304
Año Coste de los
sellos nuevos
Coste actualizado
acum. sellos nuevos
Coste unitario
medio de los sellos
Déficit patrimonial
Nuevo valor sellos
acumulado para déficit=0
Nuevo coste unitario
medio sellos para déficit=0
Revalorización necesaria media
de los sellos cada año
11 126 1382 126 6235 7617 692 451%
12 129 1543 129 7482 9024 752 485%
13 132 1710 132 8863 10573 813 518%
14 135 1884 135 10385 12269 876 551%
15 138 2065 138 12053 14118 941 584%
16 141 2254 141 13873 16126 1008 616%
17 144 2450 144 15851 18301 1077 647%
18 147 2654 147 17994 20647 1147 678%
19 151 2866 151 20307 23173 1220 709%
20 154 3087 154 22799 25886 1294 739%
21 158 3316 158 25476 28791 1371 768%
22 162 3554 162 28344 31898 1450 798%
23 165 3801 165 31412 35214 1531 826%
24 169 4058 169 34688 38746 1614 855%
25 173 4325 173 38178 42503 1700 883%
Es decir, el primer año en que AFINSA comercializa un sólo contrato CIT de 12
meses y un día respaldado por un sólo sello que ha costado 100 u.m., para no tener
déficit patrimonial alguno debe alcanzar dicho sello un valor de 183 u.m. (debe tener
una revalorización anual del 83%); el segundo año en que AFINSA comercializa dos
contratos CIT de las mismas características respaldados por unos sellos cuyo coste
actualizado es de 205 u.m., para anular el déficit patrimonial generado deben alcanzar
un valor de 455 u.m., y así sucesivamente, de forma que en el año 25 con una filatelia
acumulada que respalda los contratos comercializados en ese momento y que tienen
un coste actualizado de 4325 u.m., en ese año deberían tener un valor de 42503 u.m..
Revalorizaciones totalmente asombrosas e inalcanzables por término medio y para
toda la filatelia.
El análisis de la viabilidad del negocio de AFINSA en esta etapa en la que el
grupo GMAI es el suministrador exclusivo de filatelia para contratos de inversión, se ha
realizado, al igual que en la etapa anterior, teniendo sólo en cuenta el coste de la
filatelia y obviando el resto de los importantísimos gastos necesarios para llevar a
cabo el negocio: comisiones y gastos comerciales para captar clientes, gastos de
estructura, gastos de organización, etc.
De haberlos tenido en cuenta, los cuadros y gráficos mostrarían una situación
aún más grave, aumentando en gran medida el déficit patrimonial acumulado, hasta
llegar a reflejar la situación de insolvencia patrimonial que se deduce de sus estados
financieros.
305
De igual manera, también hay que resaltar que AFINSA no ha sido capaz de
rentabilizar los capitales captados de sus clientes en los contratos de inversión, ni en
una mínima parte, como para compensar el déficit patrimonial generado.
III.3. CONTRATO PIC
En la parte de este informe pericial en que se analiza a este tipo de contratos
se ha demostrado igualmente lo siguiente:
1) La filatelia que los soporta no sirve de base al importe nominal invertido por
los clientes en ellos, produciéndose la inconsistencia de adjudicar los
mismos sellos a distintos valores según el tipo de contrato al que iba
dirigido.
2) Aunque el clausulado formal del contrato así lo indicara, se ha podido
verificar que los clientes de estos contratos no tenían interés alguno en
constituir un patrimonio filatélico, sino que todos los clientes, transcurrido el
periodo mínimo de permanencia exigido, decidían liquidar sus contratos y
cobrar el resultado de dicha liquidación bien en un sólo pago o bien en
rentas mensuales; es decir, ningún cliente se quedaba con los sellos.
3) La rentabilidad comprometida por AFINSA en estos contratos es
independiente de la posible revalorización que pueda tener la filatelia que
está detrás de ellos.
Al igual que sucedía con los contratos CIT, las premisas en las que se
fundamentaba AFINSA para justificar la rentabilidad económica de su negocio eran
bien distintas:
a) Detrás de cada contrato PIC existen unos sellos, cuyo valor en el mercado
está acorde con el importe nominal invertido por cada cliente en ellos.
b) Esos sellos que soportan cada contrato, como norma general, se van a
revalorizar en el mercado como mínimo en el importe garantizado por
AFINSA, sino más.
306
A lo largo de distintos apartados de este informe pericial se demuestra que
estas premisas de las que parte AFINSA no son ciertas.
III.3.1. El coste de los sellos para AFINSA y su valor en el mercado
De igual forma que en los contratos CIT, la filatelia utilizada para los contratos
PIC se valoraba en dichos contratos a unos precios que nada tenían que ver con su
posible valor de mercado:
1) Por una parte los contratos PIC antiguos se valoraban según las Listas internas
de AFINSA con unos precios desproporcionados en comparación con los
valores de cualquier catálogo de referencia396. No olvidemos la importancia de
los contratos PIC antiguos en el espacio temporal de esta pericia. A pesar de
ser contratos cuyo periodo de comercialización terminó en septiembre de 1998,
según los cálculos realizados por estos peritos judiciales, a la fecha de la
intervención judicial, casi el 40% de los compromisos contraídos por AFINSA
con los contratos PIC procedían de contratos PIC antiguos. Los datos
concretos se reflejan en el siguiente cuadro:
Año
PIC total PIC antiguo PIC nuevo
Ppal + intereses
Ppal + intereses
% Ppal +
intereses %
1998 91.794,16 91.509,78 99,69% 284,38 0,31%
1999 118.932,42 113.095,13 95,09% 5.837,29 4,91%
2000 153.387,04 132.381,61 86,31% 21.005,43 13,69%
2001 196.580,36 148.252,26 75,42% 48.328,10 24,58%
2002 247.416,51 165.036,47 66,70% 82.380,04 33,30%
2003 318.744,79 188.416,60 59,11% 130.328,19 40,89%
2004 405.885,62 207.852,45 51,21% 198.033,18 48,79%
2005 519.118,61 220.211,45 42,42% 298.907,15 57,58%
2006 572.685,20 226.954,83 39,63% 345.730,37 60,37%
2) En los contratos PIC nuevos la filatelia se valoraba en su adjudicación al doble
de los valores reflejados en los catálogos de referencia; sucediendo que los
catálogos utilizados como referencia siempre eran catálogos dominados por
396
Nota, ver anexos 02.159, 02.160, 02.161 y 02.162, con estudio comparativo de valores de Listas internas con valores de catálogos Domfil y Afinsa Portugal para filatelia Europa Cept y filatelia de Portugal respectivamente y estudio comparativo entre valores de Listas internas y valores de catálogos Yvert & Tellier y Michel para filatelia Europa Cept y filatelia de Portugal.
307
AFINSA (catálogo Afinsa Portugal y catálogo Domfil) o catálogos con los que
AFINSA había conseguido importantes acuerdos (catálogo Unificato y catálogo
Brookman), resultando que, salvo para la filatelia del tema Europa Cept, los
catálogos independientes o no vinculados con AFINSA tenían precios inferiores
a los presentados por los catálogos utilizados por AFINSA para la misma
filatelia397.
Para obtener una idea bastante aproximada de las diferencias entre los valores
de adjudicación y los valores de catálogo utilizados por AFINSA, hemos elaborado el
cuadro que se añade a continuación, realizado a partir de los datos que nos ofrece la
tabla SERIES ADJ-LD de la documentación intervenida (valores de adjudicación
históricos y valores de adjudicación a 9 de mayo de 2006 de las series filatélicas
utilizadas), y los datos del archivo informático BD Inventario que refleja los valores de
esas mismas series a la fecha de la intervención judicial pero con los criterios de la BD
Inventario: valores de catálogos utilizados por AFINSA. Los datos se reflejan en el
siguiente cuadro:
TIPO CONTRATO
VALOR ADJUDICACIÓN
HISTÓRICO
VALOR TOTAL ADJUDICACIÓN
09/05/06
VALOR TOTAL BD INVENTARIO
PIC ANTIGUO 118.476.918,76 270.602.684,66 24.185.613,29
PIC NUEVO 301.621.106,77 339.213.518,70 167.641.483,54
Total 420.098.025,53 609.816.203,36 191.827.096,83
Las diferencias que nos muestra el cuadro entre los valores de catálogo y los
valores de adjudicación a 9 de mayo de 2006 son enormes, produciéndose el mayor
desfase entre ambos valores en los contratos PIC antiguos.
Además, hay que considerar los precios a los que AFINSA adquiría esos sellos:
esos precios, tal y como queda ampliamente analizado el informe de desarrollo nº 4 en
que se analiza la política de compras de AFINSA, fueron evolucionando con el tiempo.
También aquí, al igual que sucedía con la filatelia de los contratos CIT/CIF, se pueden
distinguir dos periodos diferenciados:
397
Nota, ver anexos 02.167: cuadros de elaboración propia con la comparativa de precios entre catálogos Afinsa Portugal, Domfil, Brookman y Unificato con catálogos Yvert & Tellier, Michel, Sassone, Bolaffi, Cob y NVPH; anexo 02.168: “ESTUDIO COMPARATIVO PRECIOS BROOKMAN – CATÁLOGOS LOCALES y anexo 05.065 del informe de desarrollo nº 5 que incluye un documento de elaboración propia con estudio comparativo Brookman 2005 – Catálogos locales ampliado por estos peritos judiciales.
308
Primer periodo, desde el 1 de enero de 1998 hasta agosto de 2003, cuando se
firman los contratos de exclusividad en el suministro de filatelia de inversión con el
grupo GMAI y se consigue el control absoluto del catálogo Brookman. En este periodo,
excepto para la filatelia del tema Europa CEPT, AFINSA adquiría la filatelia PIC/MIP a
sus principales proveedores (las empresas de Guijarro, las empresas de Gonçalves y
Aldevega S.L.) a un porcentaje del valor de catálogo que oscilaba entre el 30% y el
40% de dicho valor, excepto para la filatelia de Portugal y Bélgica en que el porcentaje
podía subir hasta el 50%. Los catálogos utilizados como referencia en las compras
realizadas por AFINSA eran variados y según el país considerado: Yvert, Domfil,
Afinsa Portugal, NVPH, etc.
Segundo periodo, desde agosto de 2003 hasta la fecha de la intervención
judicial; en este periodo el suministrador exclusivo de filatelia de inversión es el grupo
GMAI y, aunque los contratos de suministro estipulan un porcentaje del 10% más su
IVA correspondiente (en el caso de CdC) sobre el coste para el grupo, lo cierto es que
la interpretación flexible de los contratos y los cambios en el catálogo utilizado como
referencia, permitieron aumentar sensiblemente los precios para AFINSA con el ánimo
de incrementar los beneficios del grupo GMAI (objetivo prioritario para AFINSA en
consonancia con la “Operación Lenape”); así, en el año 2005, excepto para la filatelia
Europa CEPT que apenas se compra por ser una filatelia muy cara, AFINSA adquiere
la filatelia PIC/MIP a unos márgenes que oscilan entre el 41% y el 56% del valor
reflejado en el catálogo Brookman, catálogo comprado por AFINSA con valores muy
superiores a los reflejados para la misma filatelia por los catálogos locales.
III.3.2. La revalorización de los sellos en los catálogos y la revalorización
real de los sellos
Al igual que hemos indicado para la filatelia CIT, con la filatelia utilizada en la
adjudicación de los contratos PIC sucede lo mismo: la revalorización de los sellos en
los catálogos no tiene porqué coincidir con la revalorización real de los sellos en el
mercado ya que los catálogos, tal y como indican los expertos, son sólo una
referencia, siendo la oferta y demanda de sellos la que marca su posible precio de
mercado.
Dependiendo del tipo de catálogos la revalorización de esta filatelia: series
conmemorativas que configuran años completos, hojas bloque y series sueltas, es
309
distinta; así, AFINSA en los catálogos que utilizaba como referencia procuraba que la
revalorización anual estuviera en torno al 6% de media. En el apartado de este informe
que desarrolla los contratos PIC se analiza esta revalorización y se demuestra que era
la revalorización controlada y reconocida por la propia empresa.
En catálogos independientes no controlados por AFINSA la revalorización es
variable y depende del país que se esté considerando.
Teniendo en cuenta este último tipo de catálogos: catálogos independientes no
vinculados con AFINSA, nos referiremos a los estudios que en AFINSA se realizaban
sobre la revalorización de estos sellos en dichos catálogos, es decir, a estudios que
han aparecido en la documentación intervenida; en la parte de este informe pericial en
que se analizan los contratos PIC, ya nos hemos referido a ellos:
- En los soportes informáticos intervenidos (Canarias 49 planta baja) han
aparecido estudios de diversos países para filatelia PIC/MIP398 realizados
en abril del año 2002, en donde se analizan los precios de filatelia de
Portugal, Mónaco, Bélgica, Holanda y Liechtenstein.
- Estudios efectuados en el año 2003 y encontrados igualmente en los
documentos informáticos intervenidos (Canarias 49 planta 2)399 en donde
se analizan los precios de filatelia PIC/MIP de otros países: Suiza, Naciones
Unidas, Vaticano, Italia y Berlín.
- Estudios unidos a un informe de Valores de Carlos de Figueiredo de 10 de
julio de 2002400 en donde se analizan precios de países como Italia y
Grecia.
En todos ellos se llega a la conclusión de que la revalorización del 6% anual en
término medio para la filatelia utilizada por AFINSA en los contratos PIC no se
sustenta en catálogos independientes, siendo normalmente inferior a ese porcentaje e
incluso para algunos países y en algunos años es inexistente y hasta negativa.
398
Nota, ver anexo 02.171: “Resumen precios estudio catálogos” de 02/04/2002 y varios archivos Excel con los estudios de los diversos países. Parte de estos estudios se han encontrado también en la documentación intervenida en papel unidos a Informes de Valores de Carlos de Figueiredo. 399
Nota, ver anexo 02.172: “Evolución de los precios de las series de Suiza en los catálogos Yvert y Michel” de 27/01/2003, “Evolución de los precios de las series de ONU (Nueva York, Ginebra y Viena) en los catálogos Yvert y Michel” de 18/02/2003, y “Evolución de los precios de las series de Vaticano, Italia, Berlín, Israel y Suiza en el catálogo Yvert” de 27/11/2003. 400
Nota, ver anexo 02.173: “Informe Valores” de 10 de julio de 2002, realizado por Carlos de Figueiredo con análisis de sellos de Italia años completos y hojas bloque de 1940 a 1994 en el catálogo Unificato, y de sellos de Grecia años completos de 1940 a 1994 en el catálogo Michel.
310
III.3.3. La viabilidad del negocio de AFINSA
El negocio que AFINSA tenía con los contratos PIC nos lo explica ella misma
en un informe confidencial obtenido de la documentación intervenida401: “Modelo de
rentabilidad de productos de inversión. Análisis de la rentabilidad del PIC”, ya que en
ese informe calcula simultáneamente no sólo la rentabilidad que obtiene el cliente, a
través de la determinación de su Tasa Interna de Retorno (TIR), sino también la
rentabilidad para AFINSA, es decir, su coste de financiación. Ese estudio, que es de
mayo de 2005, se realiza para los contratos PIC cuya comercialización estaba vigente
en esa fecha, contratos PIC nuevos, y parte de unas condiciones que considera que
son las que se cumplían en dicha fecha:
- El coste de la filatelia PIC que se adquiere a proveedores es del 47,8% de
su valor de catálogo.
- Se considera que la revalorización anual media de la filatelia utilizada es del
6%.
- El 69% de la filatelia adjudicada proviene de compras a proveedores y el
31% de recompras a clientes.
- El coste de las comisiones retribuidas a los asesores comerciales supone el
40% del importe pagado por el cliente el primer año del contrato.
- El IVA liquidado por AFINSA supone el 8% del importe invertido por el
cliente.
- El coste medio por gestión de recibos supone aproximadamente 0,42 euros
por recibo.
- El coste del seguro de la filatelia adjudicada y dejada en depósito es
aproximadamente un 0,1% de su valor de adjudicación.
Los resultados obtenidos los plasma distinguiendo la forma de pago elegida por
el cliente para realizar sus aportaciones: anual, semestral, trimestral o mensual, y la
forma de liquidación del contrato: rescisión unitaria o rentas mensuales.
401
Nota, ver anexo 02.147: informe confidencial denominado “MODELO DE RENTABILIDAD DE
PRODUCTOS DE INVERSIÓN. ANÁLISIS DE LA RENTABILIDAD DEL PIC”, fecha mayo de 2005. Estudio elaborado por Organización y Medios. Plan OM0501.
311
En el informe de desarrollo nº 3: Estados financieros y Situación patrimonial, y
a través de los datos que nos ofrece el sistema de gestión comercial de los contratos:
INVER, se demuestra lo siguiente:
1) La mayoría de los contratos tienen una periodicidad mensual en sus
aportaciones (más del 80%).
2) Del total de contratos dados de baja en el espacio temporal que abarca
esta pericia, aproximadamente el 90% ha preferido su liquidación en un
sólo pago, es decir, la rescisión unitaria.
3) De igual forma, también se observa que del total de contratos dados de
baja en este periodo, más del 50%, se han rescindido en el tercer (45,56%)
y cuarto año (12,19%), desde que realizaron su primera aportación.
Pues bien, los resultados a que llega AFINSA en este estudio confidencial, para
la situación más común que se ha producido en los contratos PIC: aportaciones
mensuales, rescisión unitaria y liquidación del contrato más probable en el tercer y
cuarto año desde su inicio, son asombrosas y se plasman en el siguiente cuadro:
APORTACIÓN MENSUAL
RESCISIÓN UNITARIA
COSTE DE FINANCIACIÓN
AFINSA
TIR CLIENTE
3 AÑOS 43,20% 1,60%
4 AÑOS 29,50% 3,30%
5 AÑOS 23,10% 5,00%
6 AÑOS 22,10% 7,10%
7 AÑOS 22,30% 9,30%
8 AÑOS 21,60% 10,10%
9 AÑOS 21,10% 10,80%
10 AÑOS 20,80% 11,50%
Para los contratos rescindidos en el tercer año desde su primera aportación, el
coste de financiación para AFINSA se eleva al 43,20%.
Por ello, en el documento mencionado, en el apartado de Conclusiones
Generales, dicen:
312
“El coste de financiación de ABT con este producto es muy elevado y está muy por encima del mercado.
ABT debería estudiar la modificación de las condiciones actuales de comercialización del producto con el objetivo de reducir al máximo posible el coste del mismo.
Es necesario iniciar la comercialización de otros productos rentables y sin compromiso de recompra para garantizar la viabilidad de la compañía a largo plazo.”
AFINSA era consciente, por tanto, del elevado coste que tenían los vigentes
contratos PIC, uno de los parámetros que influían en ese elevado coste, eran las
sobreadjudicaciones de filatelia que se entregaban gratuitamente a los clientes por
cada lote y año transcurrido (cláusula II del contrato PIC nuevo). Así, dentro del Plan
OM0501, que analiza la rentabilidad de los contratos PIC, ha aparecido en la
documentación intervenida un archivo Excel denominado “Sobreadjudicaciones”402que
analiza, para un contrato PIC nuevo de 1.000 euros de aportación anual, el peso que
cada año y por cada lote nuevo adjudicado al contrato tienen las sobreadjudicaciones,
de forma que a partir del sexto año el valor de la filatelia adjudicada en las
sobreadjudicaciones por los lotes antiguos es superior al valor del lote correspondiente
a ese año; así, en el año 7, el valor de la filatelia adjudicada en las
sobreadjudicaciones de ese año es el 107,32% del valor del lote de ese año, en el año
10 sería el 187,06%, y en el año 20, si el contrato llegara a durar 20 años, las
sobreadjudicaciones serían el 774% del valor del lote de dicho año. Por eso una de las
modificaciones que tenían previsto realizar en el nuevo contrato PIC era la reducción o
eliminación de las sobreadjudicaciones.403
Acorde con este importante estudio realizado (Análisis de la rentabilidad del
PIC)404, AFINSA seguía haciendo cálculos de la rentabilidad de los contratos PIC. Se
han encontrado cálculos del Valor Actual Neto (VAN) de un contrato PIC tipo o
estándar (contrato de 600 euros de aportación/año con pago mensual); destacamos
dos correos que se refieren a dicho VAN405:
402
Anexo 02.228: documento interno encontrado en la documentación intervenida: “Sobreadjudicaciones.xls”, de fecha modificación del archivo 26/05/2005. 403
Nota, ver anexo 02.191:”DOCUMENTO DE ESPECIFICACIONES PLAN DE INGRESOS COMPLEMENTARIOS (PIC)” de fecha 01/03/2006. 404
Nota, ver anexo 02.147. 405
El Valor Actual Neto (VAN) entendido como el valor actual de todos los costos y de todos los ingresos esperados de un proyecto de inversión desde su principio hasta su terminación, calculado a una determinada tasa de descuento (el tipo de descuento a tener en cuenta como retribución mínima de un capital).
313
1) Correo de José Alberto Gómez para Bernardo Valero de 01/03/2006406 en el
que se hacen cálculos del VAN para un contrato PIC de 600 euros/año con
sobreadjudicaciones del 10%, del 5% y del 0%, suponiendo una tasa de
descuento del 3%; los resultados son escalofriantes para AFINSA, incluso
eliminando las sobreadjudicaciones, el valor actual neto es siempre negativo,
siendo más negativo cuanto mayor es el porcentaje de sobreadjudicación y
cuanto más dure el contrato.
2) Correo de Antonio Giménez-Rico para Fernando Galindo y Francisco Jiménez
de 07/03/2006407 en el que literalmente dicen lo siguiente:
“En línea con los TIR tan “negativos” para Afinsa comentados, tenemos un VAN (Valor Actual Neto) como el que sigue:
Estructura del producto PIC como el actual en lo referente a sobreadjudicación, comisiones, etc.
Rescisión a los 10 años, rentas.
Pago mensual, aportación 600euros/año.
VAN de toda la operación: -16,4K euros, tasa de descuento 2%.”
Las conclusiones a las que llega en los distintos estudios realizados, son muy
graves, con los contratos PIC nuevos AFINSA tiene pérdidas, incluso eliminando las
sobreadjudicaciones.
La rentabilidad negativa de los contratos PIC queda incluso plasmada en el
Consejo de Administración de AFINSA; así, en las Notas del Consejo de
Administración de AFINSA de 29 de marzo de 2006408 se dice literalmente:
“En cuanto a la rentabilidad del PIC, el Sr Olalde informa de los trabajos recibidos y estudiados en el Comité de Auditoría, de los que se desprende que el PIC es un producto necesario, pero que en caso de resolución del contrato en los primeros años de su duración, se pierde demasiado dinero desde el punto de vista del TIR. Comenta que se han demandado estudios sobre estas cuestiones y que hay que mejorar el PIC suprimiendo las sobreadjudicaciones, etcétera.”
La conclusión a la que se llega en los contratos PIC es la misma que para los
contratos CIT: AFINSA sabía perfectamente que su negocio era ruinoso.
406
Anexo 02.229: correo de José Alberto Gómez para Bernardo Valero de 01/03/2006, asunto: simulaciones PIC. 407
Anexo 02.230: correo de Antonio Giménez-Rico para Fernando Galindo y Francisco Jiménez de 07/03/2006 y documento interno con los cálculos a que se refiere el correo anterior. 408
Nota, ver anexo 02.109: Notas del Consejo de Administración de AFINSA de 29 de marzo de 2006.
314
III.4. LA RED COMERCIAL DE AFINSA. COMISIONES ACORDES CON EL
MODELO DE NEGOCIO
El sistema utilizado para la retribución de los agentes comerciales captadores
de clientes de contratos de inversión, obedece, como más adelante veremos, a una
política agresiva de crecimiento continuo de las “ventas”, primando los productos cuyo
vencimiento se dilata más en el tiempo (contratos PIC, MIP y contratos CIT de mayor
duración) y exigiendo que las operaciones CIT (para no bajar de nivel profesional y
cobrar las comisiones al 100%) alcancen siempre un saldo neto de ventas positivo con
respecto al mismo periodo del año anterior.
El instrumento contractual utilizado habitualmente para regular las relaciones
mercantiles con los comerciales es el contrato de agencia409, existiendo diferentes
modalidades de contrato de agencia que además han ido aumentando con el paso de
los años; así, en el año 2002 existían 7 modelos: Profesional A, Profesional B,
Semiprofesional, Entorno nivel 5, Entorno nivel 6, Asesorías y Trasvase de
colaboración a contrato de agencia.
Además de los agentes comerciales, existían colaboradores esporádicos y el
propio personal de la Compañía que captaba contratos de inversión y que, configurado
en el nivel 4 de la red comercial, con carácter general recibían las comisiones a través
de la nómina bajo el concepto de “incentivo” o “mejora voluntaria 2”.
III.4.1. Niveles de integración comercial
Existen dos grandes Áreas de integración comercial:410
a) Área no Profesional: Compuesta por los asesores comerciales de entorno,
sin dedicación exclusiva. Existen dos niveles (Nivel 5 y Nivel 6). En esta área debemos
incluir también el personal laboral de la Compañía adscrito a la red comercial (Nivel 4).
409
Anexo 02.231: documentos sobre la integración de la red comercial de AFINSA elaborados por el departamento de personal, Emilio Ballester, Administración de personal y Teresa González (R.R.H.H.). “Integración Red Comercial de AFINSA. Dpto Personal. T. G. abril/99”. “Integración Red Comercial de AFINSA”. “Integración Red Comercial de AFINSA. Admón de Personal. Marzo/02”. “Integración Red Comercial de AFINSA. Teresa González Pérez R.R.H.H.” 410
Nota, ver anexo 02.232.
315
Los asesores de entorno en ambos niveles (nivel 5 y 6) deberán efectuar una
producción mínima anual en capital PIC (fijada anualmente), para mantener la
situación de agente de la Compañía.
b) Área Profesional: Asesores con conocimientos, experiencia y dedicación
exclusiva. Compuesta por los siguientes niveles:
Asesor en Promoción a Profesional (Nivel 3, 5 ó 6). Asesores con contrato
de agencia y asignación fija mensual, se les exige una producción mínima.
Asesor Profesional (Nivel 2, 4 ó 6). Asesores con contrato de agencia, y
asignación fija mensual, se les exige una producción mínima semestral con
controles trimestrales. Existen en el año 2002 y siguientes dos niveles:
Profesional A y Profesional B.
Hay que destacar que la producción mínima exigida a los diferentes niveles
debe estar compuesta necesariamente por una parte en capital PIC, la cual siempre es
superior al 60% de la producción mínima total exigida.
III.4.2. Baremo de control de puntuación y Plan de primas
De cada uno de los años analizados se ha encontrado un baremo de
puntuación al que están sometidos los agentes comerciales de AFINSA, ese baremo
se modificaba cada año. Es decir AFINSA establece un sistema de medición de la
producción de los agentes comerciales, así como, los requisitos mínimos de
producción y el plan de primas en función de los puntos obtenidos.
En el cuatro siguiente se muestra el baremo de control de puntación que ha
estado vigente en los años 2000 a 2006411:
BAREMO DE PUNTUACIÓN
Años 2000 a 2002
Años 2003 a 2006
Por cada 6.010 euros en cuota primer año en P.I.C. 15 Puntos
Por cada 6.010 euros captado en MIP 4 Puntos
Por cada 6.010 euros captado en CIT 12 (1) 1 Puntos
411
Anexo 02.232: Documentos donde se regulan las condiciones comerciales de los Agentes comerciales de AFINSA en los diferentes años. Plan de Puntuación y Primas año 2000, año 2001 y año 2002. Correo de Marian Matute de 09/01/03. Correo de Teresa González de 16/01/04. Correo de Teresa González de 03/02/06.
316
BAREMO DE PUNTUACIÓN
Años 2000 a 2002
Años 2003 a 2006
Por cada 6.010 euros captado en CIT 25 o CIF 50 (1) 1,5 Puntos
Por cada 6.010 euros captado en PORTFOLIO 0,5 Puntos
Por cada 6.000 euros en PIC 15 Puntos
Por cada 6.000 euros en MIP 4 Puntos
Por cada 6.000 euros en CIT 12 (nuevo) (2) 1 Puntos
Por cada 6.000 euros en CIT 25 (nuevo) (2) 1,5 Puntos
Por cada 6.000 euros en CIF 50 ó 60 (nuevo) (2) 1,5 Puntos
Nota 1: Estas operaciones sólo puntuarán cuando se trate de captaciones de capital nuevo, no renovaciones. Nota 2: Se entiende por CIT nuevo aquél que exceda de la cartera a renovar, es decir, el que configura un saldo neto positivo.
Con respecto el baremo de puntuación es importante reseñar que las
operaciones CIT, en cualquiera de sus modalidades, comenzarán a puntuar cuando se
haya alcanzado un saldo neto de ventas positivo, con respecto al mismo período del
año anterior.
De la lectura de los documentos incorporados como anexo, con respecto a la
retribución de los agentes comerciales conviene señalar:
Los agentes, dependiendo de su nivel, deberán acreditar una producción
mínima de puntos, de los que necesariamente determinados puntos debían
corresponder a producción de PIC (los puntos obtenidos por la producción
de PIC deben superar el 60% de la puntuación total alcanzada). El
incumplimiento por el agente de los objetivos de producción marcados para
su nivel de adscripción conllevaría la adscripción a un nivel inferior e incluso
podrá considerarse como causa de extinción del contrato.
Las comisiones a percibir se cuantifican en función del producto
comercializado (CIT 12, CIT 25 1º año, CIT 25 2º año, CIF 50 1º año, CIF
50 2º año, CIF 50 3º año, PIC, MIP, etc.) y de su nivel de adscripción a la
red comercial (Nivel 2, Nivel 3, Nivel 4, Nivel 5 y Nivel 6). A título de ejemplo
se incluyen a continuación los porcentajes de comisión412 para cada una de
las operaciones de inversión vigente en el año 2004 en función del nivel de
adscripción del asesor:
412
Anexo 02.233: Datos obtenidos de los Bocetos de los anexos a los contratos de agencia adjuntos al correo enviado por Teresa González para Dulce Vélez de fecha 21/01/2004.
317
Operaciones Nivel 2 Nivel 3 Nivel 4 Nivel 5 Nivel 6
C.I.T. 12 2% sobre C.N. 1,7% sobre C.N. 1,9% sobre C.N. 1,7% sobre C.N. 1,5% sobre C.N.
C.I.T. Novación 1% sobre C.N. 0,85% sobre C.N 0,95% sobre C.N 0,85% sobre C.N 0,75% sobre C.N
C.I.T. 25 (1º año) 3% sobre C.N. 2,55% sobre C.N 2,85% sobre C.N 2,55% sobre C.N 2,25% sobre C.N
C.I.T. 25 (2º año) 1,5% sobre C.N. 1,27% sobre C.N 1,42% sobre C.N 1,27% sobre C.N 1,12% sobre C.N
C.I.T. 60 (1º año) 4,5% sobre C.N. 3,83% sobre C.N 4,28% sobre C.N 3,83% sobre C.N 3,48% sobre C.N
C.I.T. 60 (4º año) 2,5% sobre C.N. 2,13% sobre C.N 2,38% sobre C.N 2,13% sobre C.N 1,88% sobre C.N
C.I.T. 60 (5º año) 1% sobre C.N. 0,85% sobre C.N 0,95% sobre C.N 0,85% sobre C.N 0,75% sobre C.N
C.I.F. 50 (1º año) 3% sobre C.N. 2,55% sobre C.N 2,85% sobre C.N 2,55% sobre C.N 2,25% sobre C.N
C.I.F. 50 (2º año) 2% sobre C.N. 1,7% sobre C.N. 1,9% sobre C.N. 1,7% sobre C.N. 1,5% sobre C.N.
C.I.F. 50 (3º año) 1% sobre C.N 0,85% sobre C.N 0,95% sobre C.N 0,85% sobre C.N 0,75% sobre C.N
M.I.P. 5% sobre C.N. 4,5% sobre C.N. 4,5% sobre C.N. 3,97% sobre C.N 3,67% sobre C.N
P.I.C. (1º año) 34% sobre cuota del 1º año
31% sobre cuota del 1º año
31% sobre cuota del 1º año
27% sobre cuota del 1º año
25% sobre cuota del 1º año
P.I.C. (2º año) 3% sobre cuota del 1º año
3% sobre cuota del 1º año
3% sobre cuota del 1º año
3% sobre cuota del 1º año
3% sobre cuota del 1º año
P.I.C. (3º año) 3% sobre cuota del 1º año
3% sobre cuota del 1º año
3% sobre cuota del 1º año
3% sobre cuota del 1º año
3% sobre cuota del 1º año
C.N es capital nuevo
Del análisis de los documentos encontrados hay que destacar que, al menos
desde el año 2003413, las comisiones de las operaciones CIT se calcularán
mensualmente en función del saldo neto de la cartera de ese periodo para
todos los niveles de integración comercial, comparando el saldo neto final con
el saldo neto inicial de cada mes, de forma que sólo con un saldo neto final
superior al saldo neto inicial del mes en cuestión, las operaciones CIT se
comisionarán al 100% de la comisión correspondiente al nivel del asesor y
producto, si el saldo neto final es igual al saldo neto inicial, se comisionarán al
75% de la comisión correspondiente y, si el saldo neto final es inferior al saldo
neto inicial, las operaciones CIT se comisionarán al 50% de la comisión que
corresponda.
Además de las comisiones, como contraprestación económica de su actividad
de intermediación, existe un plan de primas trimestrales que contempla el
derecho a devengar cantidades en dicho concepto, en función de sus objetivos
trimestrales pactados (puntos obtenidos). Estas primas nunca tendrán carácter
consolidable ni serán acumulables. En línea con lo anterior es importante
reseñar que el tercer trimestre quedaba fuera del plan de primas. La Dirección
Comercial anualmente dentro del tercer trimestre establecía una Campaña
Comercial y ésta definía los tipos de comisión, primas y operaciones afectadas
por dicha campaña, operando éstas en lugar de la generales establecidas en el
contrato durante el tiempo de duración de dicha campaña.
413
Nota, ver anexo 02.232: Varios documentos donde se regulan las condiciones comerciales de los Agentes comerciales de AFINSA en los diferentes años.
318
Aunque en el informe de desarrollo sobre los Estados financieros y Situación
patrimonial se indica como se ha obtenido la cuantificación de las comisiones
liquidadas a los asesores comerciales de AFINSA que están basadas en los datos
obtenidos de la aplicación de gestión comercial de los contratos INVER y que se
corresponden con las comisiones satisfechas por ésta; recordaremos que en el
periodo que abarca esta pericia han superado los 245 millones de euros de acuerdo
con el siguiente detalle:
DATOS INVER
1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006
8.959.693,64 13.722.539,24 16.697.808,38 23.361.007,44 24.411.165,49 34.290.638,71 41.747.119,92 58.595.441,16 23.518.063,94
Como conclusión de este apartado, podemos resaltar:
1) La retribución de los agentes comerciales de AFINSA era calculada de
forma compleja modificándose cada año.
2) Dicha forma de cálculo de la retribución se fundamentaba en un sistema de
medición de la producción y requisitos mínimos de ésta, en donde se exigía
una producción mínima de capital PIC y un saldo neto de ventas positivo en
las operaciones CIT.
3) Además, dicha medición de la producción (puntos mínimos) servía para
asegurar la permanencia en el nivel del agente comercial, de forma que si
no llegaba a los puntos mínimos se le bajaba al nivel inferior o podría ser
causa de extinción del contrato.
En definitiva, la política de retribuciones de los agentes comerciales exigía una
lucha permanente por mantener un saldo neto de contratos positivo, es decir, un
crecimiento continuo de los capitales captados, en consonancia con el modelo de
negocio de AFINSA, prueba de ello es la asombrosa cifra que se les ha pagado en el
espacio temporal de esta pericia.
319
III.5. EL CONOCIMIENTO QUE TENÍA AFINSA DE SU NEGOCIO
Como ya hemos anticipado en los apartados anteriores, AFINSA sabía
perfectamente que su negocio era ruinoso; y lo era porque carecía de sentido
económico, y lo que es más importante no tenía apoyo legal. En la fecha de la
intervención judicial, AFINSA estaba muy preocupada con el sostenimiento de su
negocio que provenía básicamente de los contratos CIT; los contratos CIT habían
crecido demasiado, había que reducir necesariamente el CIT, pero como eso no era
posible, decidió modificarlo y reorganizar el grupo AFINSA.
Al menos desde el año 2002 hay constancia documental de que una de las
líneas de actuación que tenía prevista AFINSA para “Buscar sentido económico a la
realidad empresarial” es la reducción del CIT414 y la encontramos dentro de las
actuaciones propuestas en el “Análisis del Reposicionamiento”, y esa línea de
actuación propuesta la enmarcan con el “Código N22” bajo la “Denominación:
BUSQUEDA DE SENTIDO ECONÓMICO – REDUCIR CIT”415 ; en la Descripción del
Plan dice:
- “Ajuste de las líneas de oferta CIT a las necesidades de tesorería trimestrales del grupo Afinsa”.
- Reducción paulatina del producto CIT, hasta su desaparición, según la evolución de N21 – OTROS INGRESOS y N3 – POTENCIAR CRECIMIENTO PATRIMONIAL (Auctentia).”
Hasta el propio Consejo de Administración de AFINSA dejó constancia de
dicho objetivo416 cuando en el Acta de 13 de marzo de 2002 se recoge:
“El Sr Cano indica que se trata de transformar la compañía para que subsista con el CIT reducido a la mitad y con el objeto de conseguir una mayor competitividad.”
La necesidad de reducir el CIT y la búsqueda de nuevos productos alternativos
para su sustitución se refleja igualmente en los altos mandos del grupo de negocio
Sistemas de Inversión, cuando en un acta de la reunión de Regionales de febrero de
414
Anexo 02.234: “Análisis de Reposicionamiento. Propuesta de líneas de actuación. Febrero de 2002”, encontrado tanto en soporte papel (en el despacho de Fernando Galindo) como en fichero informático (en el usuario Emilio Ballester López). Se aportan los dos documentos. 415
Anexo 02.235: “Código N22. Denominación: BUSQUEDA DE SENTIDO ECONÓMICO – REDUCIR CIT”, fecha de presentación 14/05/02. 416
Anexo 02.236: Acta del Consejo de Administración de AFINSA de 13 de marzo de 2002.
320
2003417 en el punto “3. Debate / Análisis sobre nuevos productos a comercializar en
Sistemas de Inversión”, se señala:
“El Cit es una deuda a corto plazo y es necesario limitar nuestra dependencia de la misma, sin embargo, la situación de estos últimos años ha hecho necesaria que la organización se financiara a través del Cit y debemos ser conscientes de que debemos cambiar de tendencia. Necesitamos 23 millones de euros mensuales y debemos buscar nuevas líneas de negocio y la diversificación de productos.” (La negrita es nuestra).
Aunque AFINSA nunca consiguió reducir el CIT, los contratos CIT la
suministraban una liquidez muy necesaria, ella no olvidó que ese era un objetivo
prioritario; así la Dirección del Área de Control Presupuestario y Seguimiento
Estratégico elaboró en enero de 2004 un informe denominado: “Cambio de estrategia
contratos CIT”418, cuyo objetivo era “plantear una nueva estrategia en la gestión de
contratos CIT, acorde con la política de reposicionamiento estratégico aprobada por la
Alta Dirección del Grupo Afinsa.”, indicando lo siguiente:
“Según esta política, la comercialización de contratos CIT debe pasar de una situación en la que este producto ha servido como aportador de recursos financieros que han permitido crecer y configurar al Grupo Afinsa como uno de los principales grupos empresariales mundiales en el sector de los bienes tangibles de colección e inversión, a otra en la que su volumen vaya progresivamente disminuyendo limitándose a las necesidades de tesorería no cubiertas a través de otros medios/productos, de forma que se minimice el impacto que el mismo supone desde el punto de vista de los compromisos contractuales contraídos con los clientes.” (La negrita es nuestra)
La descripción más realista y correcta del modelo de negocio de AFINSA
realizada desde la propia Compañía la hemos encontrado en los Informes de
Reposicionamiento del año 2002; pero, no obstante, al menos desde el año 1993 hay
constancia documental de que en AFINSA (accionistas y principales responsables)
sabían que su cuenta de resultados real arrojaba pérdidas y el consiguiente balance
de situación era de quiebra técnica 419, cuando en un informe confidencial elaborado
por Emilio Ballester y dirigido a Albertino de Figueiredo y Juan Antonio Cano sobre la
“Situación de la compañía a 31/12/93”, reconoce que los resultados reales son
distintos de los oficiales, siendo las pérdidas reales del ejercicio de 501,2 millones de
417
Nota, ver anexo 02.077:”ACTA REUNIÓN. REUNIÓN REGIONALES FEBRERO”. 418
Anexo 02.237:“CAMBIO DE ESTRATEGIA CONTRATOS CIT” de enero de 2004, elaborado por la
Dirección del Área de control Presupuestario y Seguimiento Estratégico. 419
Nota, ver anexo 02.027: informe confidencial dirigido a Albertino Figueiredo y Juan Antonio Cano, encontrado en el servidor de Emilio Ballester, denominado: “SITUACIÓN DE LA COMPAÑÍA A 31/12/93”.
321
pesetas, y el balance de situación, al ser el pasivo exigible a corto plazo superior al
activo circulante presenta una situación de suspensión de pagos técnica.
III.5.1. Los informes de reposicionamiento
Estos informes420 realizados en el año 2002, con ocasión de la elaboración del
presupuesto para el ejercicio 2002, dieron lugar a lo que en AFINSA se denominó Plan
Director de Reposicionamiento Estratégico (PDRE)421. Su ejecución parece que corrió
a cargo del Área Corporativa de Análisis y Gestión, cuyo director corporativo era
Fernando Galindo y subdirector Francisco Jiménez; de hecho, la mayoría de la
documentación se ha encontrado en el despacho de Fernando Galindo y en el servidor
informático de Emilio Ballester.
En dos importantes documentos denominados:”Análisis preliminar a las
acciones de reposicionamiento422” y “Análisis del reposicionamiento. Propuesta de
líneas de actuación”423.
Definen Reposicionamiento como:
“Toma de razón por parte de los responsables de la organización de la revisión del modelo de negocio y en consecuencia de la necesidad de obtención de rentabilidad a c/p y m/p y otras acciones, actuando en consecuencia...
Siguiendo con estos mismos documentos, destacaremos lo siguiente:
1) Gráfico denominado: “LA RENTABILIDAD Y EL MODELO DE NEGOCIO”,
en el que se plasma una operación cualquiera de inversión filatélica (PIC,
MIP, CIT, etc.), comparando el precio de venta con el precio de recompra
de la operación:
420
Nota, ver anexo 02.235: “Análisis de Reposicionamiento. Propuesta de Líneas de actuación”, documentos de febrero de 2002. 421
Anexo 02.238: Informes confidenciales denominados “PLAN DIRECTOR PARA EL REPOSICIONAMIENTO ESTRATÉGICO”, Área Corporativa de Planificación y Control, 17 y 24 de junio de 2002. 422
Anexo 02.239: “Confidencial. ANALISIS PRELIMINAR A LAS ACCIONES DE REPOSICIONAMIENTO”. Abril de 2002. 423
Anexo 02.240: “Confidencial. ANÁLISIS DE REPOSICIONAMIENTO. PROPUESTA DE LINEAS DE ACTUACIÓN”. Consejo de Administración 9 de abril de 2002.
322
Observando dicho gráfico, encontramos lo siguiente:
- Cualquier producto de inversión filatélica es una única operación, cualquiera
que sea su duración en el tiempo, y AFINSA no se desvincula de la misma:
AFINSA vende y al vencimiento de la operación AFINSA recompra.
- En cualquier producto de inversión en filatelia (CIT, PIC, MIP, etc.), en el precio
de venta de la operación el coste de la filatelia es el componente más pequeño
o insignificante; e igualmente en el precio de recompra de la operación, la
filatelia revalorizada que siempre vuelve a AFINSA, es el componente más
pequeño del total importe de recompra que AFINSA abona al cliente, siendo la
revalorización de dicha filatelia muy reducida.
- Los recursos líquidos que le quedan disponibles a AFINSA para rentabilizar, y
así poder hacer frente a los compromisos de recompra que tiene que atender al
final de la operación son muy pequeños, más bien parece inalcanzable, con lo
que se ve obligada a captar más dinero para cubrir esa enorme diferencia, es
decir, está definiendo el negocio de AFINSA como un negocio piramidal.
En ese mismo documento se dice: “LOS ESQUEMAS ANTERIORES, SON EL SOPORTE DE REFERENCIA QUE SE RECOGE EN NUESTROS ESTADOS ECONÓMICO – FINANCIEROS, SIENDO POR TANTO LA APORTACIÓN DE SISTEMAS DE INVERSIÓN LA QUE DA SENTIDO, PRINCIPALMENTE, A LA ACTIVIDAD DE NUESTRA COMPAÑÍA.”
323
Es decir, el grupo de negocio de Sistemas de Inversión es el soporte de la
actividad de AFINSA y se basa en los esquemas que reflejan los gráficos
anteriores.
“SOBRE LA BASE DE ESTA GENERACIÓN DE RECURSOS, A CONTINUACIÓN VAMOS A ANALIZAR OTRA VISIÓN DE NUESTRA REALIDAD EMPRESARIAL.”
En el mismo documento se dice:
“EL PLANTEAMIENTO SE BASA EN LA HIPÓTESIS DE QUE LOS AGENTES DEL MERCADO CALIFICASEN LAS OPERACIONES DE INVERSIÓN FILATÉLICA COMO DE UN PRODUCTO FINANCIERO, SIENDO TAN SÓLO LA FILATELIA DE LOS CONTRATOS UNA ESCUSA PARA LA CAPTACIÓN DE DINERO EN EL MERCADO.”
Es decir, existe la posibilidad de que los agentes del mercado calificasen las
operaciones de inversión filatélica como productos financieros, siendo tan sólo
la filatelia una escusa para la captación del dinero.
2) Gráfico denominado “RENTABILIDAD”, cuantifica la cuenta de Resultados
de AFINSA con la información de presupuestos para 2002.
Observando el gráfico, destacamos lo siguiente:
324
- Los Ingresos son muy inferiores a los Gastos y sólo están compuestos por los
rendimientos financieros y los rendimientos aportados por los Grupos de
Negocio, que son además negativos.
- En los Gastos aparece el Recurso Filatélico y sólo está en los gastos, es decir,
parece que el Recurso Filatélico sólo es capaz de generar gastos. Esta
afirmación es reconocida así en los documentos de febrero de 2002
denominados “Análisis de reposicionamiento. propuesta de líneas de
actuación” elaborados por el departamento de Fernando Galindo424, que
igualmente cuantifica el recurso filatélico en - 32,2 millones de euros figurando
como ingresos negativos.
- Las pérdidas se cifran por tanto en 89,3 millones de euros.
Por ello en la CONCLUSIÓN del apartado “RENTABILIDAD”, el documento
dice:
“En esta hipótesis, el retorno de las inversiones empresariales evidencia la incapacidad actual de generación de valor (rentabilidad) de los recursos captados y comprometidos de los clientes.
Si a ello se añade unos costes de distribución y estructura del mismo nivel, resulta un margen de explotación negativo tremendamente grande.
Además, si dentro de esta interpretación, la aplicación de la política fiscal no refleja esta realidad empresarial, es realmente un sobrecoste que viene a perjudicar la rentabilidad (IVA e Impto. Sociedades).”
En otro apartado de la conclusión sobre la Rentabilidad, añade:
“Por último: si esta situación viene dándose en años anteriores ello habrá afectado a los Fondos Propios de la Compañía y por tanto a su Solvencia.”
3) Gráfico denominado “SOLVENCIA PATRIMONIAL (situación a enero/02)”
424
Nota, ver anexo 02.234: “Análisis de Reposicionamiento. Propuesta de líneas de actuación. Febrero de 2002”, encontrado tanto en soporte papel (en el despacho de Fernando Galindo) como en fichero informático (en el usuario Emilio Ballester López).
325
Observando el gráfico destacamos lo siguiente:
- En el Activo aparece, además del recurso filatélico propiedad de AFINSA, el
recurso filatélico en poder de clientes, no lo cuantifica y se cuestiona si debe
ser a valor de catálogo.
- En el Pasivo aparece, además de los Recursos Propios negativos (por falta de
rentabilidad acumulada) y otros recursos ajenos, los Recursos Ajenos de
clientes, que cuantifican en 756 millones de euros y recogen los compromisos
contraídos con los contratos de inversión filatélica.
Incluso en el documento denominado “Análisis de reposicionamiento.
Propuesta de líneas de actuación. Consejo de administración 9 de abril de 2002.”425,
en el gráfico de Solvencia patrimonial, refiriéndose al recurso filatélico en poder de
clientes, dice:
“La filatelia en poder de clientes tiene (en general) un valor de catálogo, pero realmente su valor de mercado es muy inferior: ¿entre un 30 y un 50% del valor del contrato?” (lo subrayado es del documento)
425
Nota, ver anexo 02.240: “Confidencial. ANÁLISIS DE REPOSICIONAMIENTO. PROPUESTA DE LINEAS DE ACTUACIÓN”. Consejo de Administración 9 de abril de 2002.
326
Cuantificando la insolvencia entre un mínimo de 275 y un máximo de 426
millones de euros.
Por ello, en la CONCLUSIÖN del apartado “SOLVENCIA PATRIMONIAL”, el
documento dice:
- “La solvencia patrimonial vendría, en este contexto, determinada por el importe del Pasivo menos el valor atribuido a los Activos.
- El elemento que más incide en el equilibrio patrimonial, según esta visión, es la aceptación del precio de la filatelia según catálogo, como criterio de valoración de los sellos, tanto de nuestra propiedad como de los que se encuentran en poder de los clientes.
- Sobre el razonamiento de una falta continuada y acumulada en el tiempo los Recursos Propios serían negativos.” (La negrita es nuestra)
En base a todo lo analizado, el documento enumera una CONCLUSIONES, en
las cuales se encuentra la siguiente:
“La Compañía tiene que tomar sus decisiones y actuar en consecuencia, situándose en otros escenarios posibles, aunque para ello se vea obligada a reconsiderar continuamente toda la interpretación de su realidad, sobre todo si de ello depende su continuidad y su futuro.” (La negrita es nuestra)
Por todo esto en el documento denominado: “Análisis de reposicionamiento.
Propuesta de líneas de actuación”426 encontrado en el despacho de Fernando Galindo,
se dice:
“La situación de partida (rentabilidad y solvencia) es de extrema gravedad, sólo soportada por una necesidad creciente de flujos de tesorería, que además agrandan el problema.”
En todos estos documentos las actuaciones de Reposicionamiento o Líneas de
actuación que se proponen a corto y medio plazo, se basan en la atención de las
siguientes Necesidades:
- N1- Minimizar ineficiencias.
- N2- Buscar sentido económico.
- N3- Potenciar el crecimiento patrimonial.
- N4- Cobertura preventiva de riesgos.
426
Nota, ver anexo 02.234: “Análisis de Reposicionamiento. Propuesta de líneas de actuación. Febrero de 2002”, encontrado tanto en soporte papel (en el despacho de Fernando Galindo) como en fichero informático (en el usuario Emilio Ballester López).
327
Minimizar ineficiencias. Una de las Líneas de actuación que indican, entre
otras, es la que ellos denominan: “Problemática RECURSO FILATÉLICO”, siendo las
líneas de actuación que proponen:
“Control efectivo del Valor Catálogo de terceros, para
Ajuste–Coordinación del Valor Garantizado y del Valor Revalorizado.
Reducción de la incidencia fiscal”
Hay que tener en cuenta que en los cálculos que servían de base para la
cuantificación del Recurso filatélico427, de los que resultaban siempre gastos o
ingresos negativos, uno de los factores que influía era que en todos los tipos de
contrato analizados (CIT, PIC, MIP), siempre sucedía que la revalorización real de la
filatelia era inferior a la rentabilidad garantizada; por ello una de las líneas de actuación
tenía que ser, necesariamente, el control efectivo del valor de catálogo de terceros
para ajustar el valor garantizado al valor revalorizado.
Buscar sentido económico. Una de las Líneas de actuación que proponen,
entre otras, es la “REDUCCIÓN DEL CIT” para:
“Equilibrarlo en los niveles necesarios para el cumplimiento de los compromisos financieros y las necesidades de inversión rentables.”
Potenciar crecimiento patrimonial. Una de las Líneas de actuación que indican,
entre otras, es la “Potenciación de AUCTENTIA”.
Tanto en la elaboración de los Presupuestos de 2004 como de 2005, una de
las directrices básicas que se establecen es la Alineación con el Plan Director de
Reposicionamiento Estratégico (PDRE)428y, por ello, con la reducción del CIT, aunque
destacaremos que en el Presupuesto de 2004, en un apartado denominado Resumen
General dice:
“El presupuesto 2004 cubre las: - Necesidades operativas, propias del Grupo de Negocio de Sistemas de
Inversión ……..
- Necesidades de estructura corporativa ……….
- Necesidades transitorias ……
- Necesidades contingentes:
427
Anexo 02.241: “Análisis de reposicionamiento. Estimación de márgenes CIT 2002, PIC 2002 y MIP 2002” y páginas 12, 13,14 y 15 del documento “Análisis de Reposicionamiento. Propuesta de líneas de actuación. Febrero de 2002” 428
Anexo 02.242: documentos confidenciales denominados: “PRESUPUESTO 2004, Consejo de Administración, 22 de diciembre de 2003.”PRESUPUESTO 2005 AFINSA BIENES TANGIBLES SA SISTEMAS DE INVERSIÓN, 4 de enero de 2005.
328
……. No se consigue el alineamiento con el Plan Director de reposicionamiento
Estratégico.”
(Lo subrayado es nuestro)
III.5.2. Actas del Comité ejecutivo y Actas del Consejo de Administración
Tanto el Comité Ejecutivo del grupo AFINSA como el propio Consejo de
Administración se hacen eco de la situación recogida en los Informes de
Reposicionamiento y de sus propuestas de Líneas de actuación; así, el Comité
Ejecutivo, cuya misión es realizar un control de la gestión de las diversas Unidades de
Negocio integradas en el Grupo Afinsa, realizando el seguimiento presupuestario del
año 2002, reconoce en varias Actas (marzo, abril y mayo de 2002) que los resultados
generales del Grupo AFINSA son malos, el Grupo da pérdidas, el cash-flow es
negativo, Sistemas de Inversión va mal y las otras Unidades de Negocio, excepto
Filafinsa, también van mal; así, en el Acta del Comité Ejecutivo de 21 de marzo de
2002429 se dice:
“Hay que llevar a cabo reformas de carácter estructural y formal, y sobre todo buscar la rentabilidad e incrementar los medios de solvencia patrimonial.” (……………….) “En la actualidad la situación está bajo control gracias a la tesorería, pero hay que tomar las medidas necesarias.”
De igual forma el Acta del Comité Ejecutivo de 11 de septiembre de 2002 en la
que el presidente, Juan Antonio Cano Cuevas, informa de la decisión del Consejo de
Administración de que se ponga en marcha inmediatamente una nueva ordenación de
la estructura de la compañía, advierte que ese cambio no va a suponer olvidarse del
cumplimiento del Plan Director de Reposicionamiento Estratégico, encargando su
seguimiento al propio Consejo y su monitorización al secretario general Joaquín José
Abajo Quintana430:
“El cambio en la configuración de la nueva estructura de la Compañía no supone olvidarse del cumplimiento del Plan Director, cuyo seguimiento se realizará por el propio Consejo de Administración, correspondiendo la monitorización del Plan al Secretario General.”
429
Anexo 02.243: Acta del Comité Ejecutivo del Grupo AFINSA de 21 de marzo de 2002. 430
Anexo 02.244: Acta del Comité Ejecutivo del Grupo AFINSA de 11 de septiembre.
329
En el seguimiento de dicho Plan Director, en la última Acta del Comité Ejecutivo
de 12 de diciembre de 2002431, el presidente Juan Antonio Cano Cuevas explicando
los orígenes del Plan Director señala:
“En segundo lugar, en cuanto al Plan Director, comienza el Presidente explicando los orígenes del Plan Director, y señala que son dos los objetivos, el crecimiento rentable y el aumento de la solvencia patrimonial de la Compañía lo cual supone una orientación de los recursos humanos a la obtención de la productividad y la optimización de los recursos presentes.”
También en las Actas del Consejo de Administración de AFINSA se habla de la
situación de la Compañía y del Reposicionamiento, así en el acta de 13 de marzo de
2002432 se dice expresamente:
“El Sr Cano indica que se trata de transformar la compañía para que subsista con el CIT reducido a la mitad y con objeto de conseguir una mayor competitividad.”(La negrita es nuestra).
El Acta de 9 de abril de 2002433 dice lo siguiente:
“Indica (refiriéndose al Sr Cano) que ya pasó la época del crecimiento y de la presencia en ciertos niveles del mercado. Los objetivos esenciales de la Compañía en el futuro deben ser la rentabilidad y el aumento de la situación de solvencia.” (…) “El plan pretende fijar una situación de reposicionamiento, lo que supondrá alterar la estructura de la compañía y determinar que será la Compañía dentro de cinco años, empleando este periodo en poner los cimientos.” (…) “Señala el Sr Cano que no se puede seguir por este camino sin cambiar nuestros órganos de coordinación. En este sentido, lo primero sería estabilizar las constantes vitales de Afinsa y luego ponerse a ello. Se trata de gestionar tanto nuestra realidad actual como nuestro futuro.” (La negrita es nuestra)
Y el Acta de 16 de mayo de 2002434, dice:
“A continuación, se pasa al siguiente punto del Orden de Día, relativo al Proyecto Afinsa Mañana, donde D. Juan Antonio Cano explica el reposicionamiento de la Compañía sobre la base de los dos pilares de rentabilidad y solvencia.”
431
Anexo 02.245: Acta del Comité Ejecutivo del Grupo AFINSA de 12 de diciembre de 2002. 432
Anexo 02.246: Acta del Consejo de Administración de AFINSA de 13 de marzo de 2002. 433
Anexo 02.247: Acta del Consejo de Administración de AFINSA de 9 de abril de 2002. 434
Anexo 02.248: Acta del Consejo de Administración de AFINSA de 16 de mayo de 2002.
330
Por otra parte, la Comisión Delegada del Consejo de Administración del Grupo
AFINSA que fue constituida el día 18 de febrero de 2003, y que estaba integrada por
Juan Antonio Cano Cuevas, presidente, Vicente Martín Peña, Esteban Pérez Herrero,
Emilio Ballester López, Carlos de Figueiredo Escribá y Joaquín Abajo Quintana,
secretario, en su reunión de 22 de abril de 2003435, señala que uno de los objetivos
estratégicos de AFINSA es reducir el CIT como sea:
“A continuación pregunta el Sr Olalde por los objetivos estratégicos y el Sr. Martín Peña indica que se trata de reducir el CIT como sea, a base de buscar nuevas fuentes de ingresos, o por ejemplo introducir la numismática o incluir otros coleccionables.” (La negrita es nuestra)
En el Consejo de Administración de 1 de junio de 2004436 al que asisten,
además los consejeros habituales, Fernando Galindo y Francisco Jiménez, para
presentar el Informe sobre riesgos corporativos, que tal y como indica el presidente
(Juan Antonio Cano) supone una continuación de los trabajos englobados dentro del
programa PDRE, desarrollado en los años 2000-2002.
III.5.3. Las provisiones de los contratos comerciales. La filosofía de los
estudios actuariales
El técnico actuarial (Juan Ugás Llonch), que hasta el año 2005 realizaba los
estudios para el cálculo de las provisiones, y que AFINSA utilizaba como soporte
técnico de las mismas, describe con bastante acierto el funcionamiento de los
contratos de inversión; y así, refiriéndose a los contratos CIT dice437:
“AFINSA, vende unos determinados lotes de valores filatélicos y a su vez vende también una “opción”,……………………. La opción que vende AFINSA da derecho al INVERSOR a exigir en un determinado momento establecido de antemano y por un precio fijado en el contrato, la recolocación en el mercado de los lotes de valores filatélicos.” (………………………) “el INVERSOR (que no es un coleccionista de sellos y que adoptará la mejor decisión bajo criterios únicamente económicos, es decir de máxima plusvalía),
435
Anexo 02.249: Acta de la reunión de la Comisión Delegada del Consejo de Administración del grupo AFINSA de 22 de abril de 2003. 436
Anexo 02.250: Acta del Consejo de Administración de AFINSA de 1 de junio de 2004. 437
Nota, ver anexo 03.079 del Informe de desarrollo nº 3: Estados Financieros y Situación Patrimonial: “Estudio conceptual Provisiones”, documento original de 20/04/03 encontrado en el servidor informático de Emilio Ballester.
331
al vencimiento del contrato ejercitará la opción si el precio que puede obtener en el mercado, de los comerciantes, es inferior al precio de garantía.”
El actuario demuestra que para que eso no ocurra, es decir para que el
INVERSOR no ejercite la opción, las revalorizaciones que tienen que tener los
valores filatélicos, debían ser tan elevadas, que no sólo son impensables para
periodos cortos de tiempo, sino imposibles de alcanzar, con lo cual éste ejercitará
siempre la opción y exigirá a AFINSA su cumplimiento.
“Revalorizaciones que no sólo son impensables para periodos tan cortos, un año, sino que imposibles de alcanzar por los valores filatélicos y que nunca se han dado en la ya larga historia de éstos.”
Por ello dice, la garantía ofrecida supone un Pasivo cierto en su existencia
y determinable en su cuantía. La probabilidad es la recolocación, es decir, la
probabilidad de que AFINSA no encuentre clientes para recolocar los valores filatélicos
y se vea obligada a recomprar para sí misma.
“La probabilidad de que el cliente ejerza su opción hemos demostrado que era la certeza, es decir 1, con la probabilidad compuesta de que él ejerza su opción y Afinsa no encuentre clientes para recolocar es igual a la probabilidad de que Afinsa no encuentre clientes para recolocar los valores filatélicos.” Más tarde en las conclusiones añade: “Las obligaciones son ciertas no probables en su existencia, los Contratos de Inversión en su conjunto llevan aparejada en su propia naturaleza el que en algún momento deberán ser recomprados por el Emisor.” (La negrita es nuestra).
El mismo actuario o su equipo elabora lo que denominan NOTA TÉCNICA438,
que:
“comprende la descripción de los procedimientos de cálculo para la determinación de las Provisiones que, en lo que entendemos forman parte de la correcta presentación de los estados financieros contables de AFINSA.”
En el Punto de Partida de dicha NOTA TÉCNICA, dice lo siguiente:
“Entendemos que los contratos de inversión filatélica, tanto si son de pago único como los de pago sucesivos forman un todo en su conjunto, no existen por una parte una venta de valores filatélicos y por otra, y en un ejercicio económico distinto, una recolocación o recompra de éstos, es una sola operación y como tal debe ser reflejada. Y ello entendemos es así tanto por imperativo legal –el Plan General Contable exige que la contabilidad el fiel
438
Nota, ver anexo 03.081 del Informe de desarrollo nº 3: Estados Financieros y Situación Patrimonial, “Nota técnica 0303 original” encontrado en el servidor informático de Emilio Ballester, por las propiedades del archivo, el autor es Ricardo Suarez y la fecha es de 21/04/2003
332
reflejo de las operaciones de cualquier Entidad–, como por imperativo económico –Las Entidades deben ser conocedoras de sus resultados reales y actuar en función de éstos–,todas las consecuencias de la actividad económica deben reflejarse en el momento en que son conocidas, independientemente de que su cuantificación se desprenda de la simple observación o de un cálculo en el que intervengan probabilidades.” (La negrita es nuestra)
Pues bien, definiendo una serie de parámetros y refiriéndose a los contratos de
pago único (fundamentalmente los contratos CIT), dice:
“el resultado económico que se producirá en el momento T (momento en que finaliza el contrato) será la diferencia entre el valor real de los valores filatélicos que entran en el stock de AFINSA y el precio pagado por ellos.”
Y calcula, para distintos valores de Margen de venta y distintos porcentajes de
revalorización real de la filatelia, el resultado económico a que se llega, concluyendo
que el resultado económico en el momento de la finalización del contrato será
siempre negativo.
“Con los cuadros que presentamos podemos ver fácilmente que el resultado económico en el momento de la finalización del contrato será siempre negativo.”
En la “Nota técnica”, aún llegando a esta negativa conclusión, salvan la
situación considerando que no todos los contratos se recompran, sólo un porcentaje
de la totalidad, y en función de ese porcentaje y de llevar financieramente el resultado
al inicio de la operación, calculan la provisión.
Lo mismo reconoció la propia AFINSA para los Contratos de Venta con Pacto
de Recompra (CVPR), también denominados CIT 30, cuando en las alegaciones
presentadas a la Dependencia Regional de Inspección439 por el Acta de
disconformidad incoada por la Inspección de Hacienda en la regularización del
Impuesto sobre Sociedades del año 1994 dijo:
“Cuando un hecho imponible se delimite atendiendo a conceptos económicos, el criterio de calificación tendrá en cuenta las situaciones y relaciones económicas que efectivamente existan o se establezcan por los interesados con independencia de las formas jurídicas que se utilicen.” ………………….
439
Anexo 02.251: Alegaciones presentadas por Emilio Ballester en representación de AFINSA a la Dependencia Regional de Inspección por el Acta de disconformidad del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 1994.
333
“Pues bien, una vez realizada la tipificación jurídica, los hechos económicos delimitan con claridad la operación y la verdadera voluntad de las partes: el precio de la opción no guarda ninguna relación, ni con el precio de mercado, ni con el de catálogo (referidos ambos al día de la opción). Económicamente, por tanto, en términos de probabilidad de la voluntad del optante (es decir, el INVERSOR), el contrato está abocado necesariamente al ejercicio de la opción por éste.” …………. “en cuanto a la formación del precio de reventa, y puesto que el mismo es siempre superior, tanto al de mercado como al de catálogo, dicha operación está siempre abocada a su recompra.” ………….. (La negrita es nuestra) Parece ser que el estudio sobre la necesidad de las provisiones preparado por
el técnico actuarial Juan Ugás Llonch al que antes nos hemos referido,440 lo solicitó
Emilio Ballester para aportarlo como argumento en la defensa de las provisiones ante
la Inspección de Hacienda que estaba en curso en abril de 2003 y, discutido con la alta
dirección de AFINSA (al menos Joaquín Abajo y Juan Antonio Cano), no gustó, por lo
que se solicitó al actuario otro estudio que debía tener menos “literatura”. Este nuevo
estudio441 fue duramente criticado por Joaquín Abajo en una NOTA INTERIOR que
realizó pues “dejaba al descubierto demasiadas interioridades del negocio, lo que
no debía ocurrir.”
Nos estamos refiriendo a una “NOTA INTERIOR”442 encontrada en el
ordenador portátil de Joaquín Abajo, muy importante, que preparó para Emilio
Ballester con copia a Juan Antonio Cano el 5 de mayo de 2003, cuyo asunto era:
“Información a entregar a la Inspección”.
En la primera frase Joaquín Abajo aclara, que se está refiriendo a los estudios
del técnico actuarial que antes hemos mencionado, pues indica:
“Ante todo, querido Emilio, debo señalar que no se recoge, en los documentos que nos has enviado, el sentido del acuerdo al que se llegó en la reunión del pasado martes. Allí se convino que la “Nota” se quedaría reducida a un mínimo de “literatura” y a los cuadros numéricos. No ha sido así: el documento original tenía 22 páginas y el nuevo 21.” (Efectivamente el documento del anexo 46 tiene 22 páginas, mientras que el documento del anexo 49 es de 21 páginas).
440
Nota, ver anexo 03.079 del Informe de desarrollo nº 3: “Estudio conceptual provisiones 0303 original” de 20/04/03. 441
Nota, ver anexo 03.079 del informe de desarrollo nº 3: “estudio conceptual provisiones 0303 revisado” de 05/05/03, encontrado también en el servidor informático de Emilio Ballester. 442
Anexo 02.252: “NOTA INTERIOR. Para: Emilio Ballester. De: Joaquín Abajo. Copia: Juan Antonio Cano. Fecha: 5 de mayo de 2003. Asunto: Información a entregar a la Inspección”.
334
Indica igualmente, que éste tiene las mismas pegas que el anterior y que tal y
como está redactado no debe ser entregado a la Inspección:
“La conclusión es evidente: la inmensa mayoría de las “pegas” planteadas al anterior documento, lo siguen siendo a éste que, en mi opinión, tal y como está redactado, no debe ser entregado a la Inspección.”
En esta Nota Interior en el punto 6, Joaquín Abajo le dice a Emilio Ballester:
“6.- Toda la argumentación de las primeras páginas de la Nota va enfocada a demostrar que el precio que el inversor puede obtener en el mercado es inferior al que Afinsa le “garantiza”. Luego siempre ejercitará la opción y, claro está, la provisión es absolutamente necesaria. Así las cosas, ¿cómo puede Afinsa pagar precios que están fuera del mercado? Como más adelante se afirma, sufriendo una pérdida, que, en los términos de la Nota, resulta permanente. Entonces, ¿dónde está el negocio de Afinsa? “Afinsa, por tanto opera con precios artificialmente inflados y las revalorizaciones que ofrece no tienen nada que ver con la propia revalorización de la filatelia, por lo tanto el soporte físico de las compraventas, con sus precios tan pomposamente referenciados a catálogos internacionales no vale para nada, ya que el precio de los bienes, que se compran y se venden, no tiene nada que ver con el precio real del mercado. El paso de esta afirmación a concluir que lo que se está haciendo es mover capitales y que los sellos son una mera fachada, es un paso muy corto.”
III.6. LAS MODIFICACIONES QUE AFINSA QUERÍA REALIZAR PARA
APARENTAR OTRO MODELO DE NEGOCIO
Como hemos visto, el negocio de AFINSA era inviable desde el punto de vista
económico y sólo se sustentaba con un crecimiento continuo de sus niveles de
tesorería; ese modelo de negocio ha sido así posiblemente desde sus orígenes y
AFINSA lo conocía. Por ello, no podía hacer nada para cambiarlo, ya que en él se
configuraba su propia existencia.
El apoyo legal que aparentemente consiguió con la Ley de Instituciones de
Inversión Colectiva en su Disposición adicional cuarta (Ley 35/2003 de 4 de
noviembre) le sirvió para acometer la modificación formal de sus contratos, uno de los
que más la preocupaba era el contrato CIT, pues era el fundamento de su actividad y,
además, era el que de forma más evidente dejaba entrever la ausencia de sentido
económico en la misma y su posible carácter financiero.
335
En enero de 2004 se forma un grupo de trabajo entre personal de AFINSA y
personal del despacho Cuatrecasas, parece ser que el motivo estaba en que
Cuatrecasas debía tener un conocimiento más profundo de la actividad y negocio de
AFINSA, pues sustituiría a Emilio Ballester en algunas de las labores que éste
realizaba.
El Grupo de Trabajo estaba formado por: Joaquín Abajo, Emilio Ballester,
Fernando Galindo, Francisco Jiménez, Rafael Noguero y Yolanda Martínez por parte
de AFINSA, y Tomás Olalde, Francisco Disla y Lourdes López por parte de
Cuatrecasas.
El personal de AFINSA trata de explicar el modelo de negocio de la sociedad,
centrándose por tanto en la operatoria de los contratos CIT y también su modelo
contable.
El negocio de AFINSA no era fácil de entender a primera vista y su modelo
contable concebido y desarrollado probablemente por Emilio Ballester era, sin duda
alguna, complejo. Conseguir plasmar en una cuenta de resultados un beneficio
inexistente y un balance saneado con una actividad como la que AFINSA desarrollaba,
era realmente complicado.
“Lamentablemente Tomás, después de dos meses de recibir a todo nivel de detalle la información de cómo “funciona” Afinsa, no lo llega a entender y se permite juicios gratuitos…………..” (………………….) “Como ya te anticipé, cuando me pediste que le diera “toda, toda la información” de cómo funcionábamos, suponía un cierto riesgo el que no llegase a comprender los “cuadres”, y con ello el llegar a entender un concepto de beneficio derivado de nuestra actividad (que realmente no existe, pero que cuando se “forma” se puede explicar a terceros y sobre el que “nadie ha dudado”, hasta la fecha).” (…………………….) “Nadie en Afinsa, ni en su entorno, (compañeros, auditores, etc., y ni siquiera la Inspección) se da cuenta de la realidad que hay detrás de nuestro negocio, pero todo el mundo opina (gratuitamente)...443
De las reuniones del Grupo de Trabajo Cuatrecasas realizó varios informes en
los que, plasmando ciertas inconsistencias contables del vigente contrato CIT, tratan
de dar posibles soluciones parciales al modelo contable actual para intentar adecuar la
443
Anexo 02.253: Carta personal escrita por Emilio Ballester y dirigida a Juan Antonio Cano el 07/05/2004.
336
cuenta de resultados de AFINSA a su realidad empresarial, “sin que ello implique un
abandono o cambios profundos del actual modelo de negocio.”444
Parece que a Cuatrecasas le cuesta entender el modelo de negocio de AFINSA
y no consigue presentar mejoras sustanciales en la contabilización de los contratos
CIT que ayuden de verdad a paliar su principal problema: “reducir el volumen del
margen que se deriva de las operaciones que contempla el contrato CIT.”445
Es en la propia AFINSA donde se hacen estudios para la búsqueda de un
nuevo modelo contable. Así, mencionaremos el informe denominado:
“METODOLOGÍA PARA DISEÑOS DE MODELOS CONTABLES. Primer Borrador
sujeto a cambios. 31/05/2004”, cuyo autor como luego explicaremos es Rafael
Guitián.446
Al final todos los esfuerzos se centran en el desarrollo de un nuevo contrato
CIT y en la reestructuración del grupo AFINSA.
En el nuevo contrato CIT se trataba, por una parte, de adaptarse mejor a las
exigencias formales que establecía la Disposición adicional cuarta de la Ley de
Instituciones de Inversión Colectiva y, por otra parte, conseguir presentarlo de forma
más convincente al concepto mercantil de mediación y así evitar su posible
configuración como producto financiero.
Este nuevo contrato CIT, junto con el nuevo PIC y el nuevo MIP, eran los
nuevos productos que iba a comercializar una nueva sociedad que debía crearse y
que se denominaría AFINSA SISTEMAS DE INVERSIÓN S.L., de forma que la actual
AFINSA BIENES TANGIBLES S.A. se quedaría con los antiguos contratos hasta su
vencimiento para pasar posteriormente a ser una sociedad holding de la que colgaría
Afinsa Sistemas de Inversión S.L. junto con OIKIA Real Estate S.L. constituida en el
año 2005 y a la que se la había aportado toda la rama de la actividad inmobiliaria de
444
Anexo 02.254: Informe de Cuatrecasas denominado:”Nota emitida en interés de AFINSA. PRIMERAS CONCLUSIONES CONTRATOS CIT” de 24 de marzo de 2004 e, “Información confidencial. Borrador” de 26 de marzo de 2004, también de Cuatrecasas. 445
Anexo 02.255: correo de Emilio Ballester dirigido a Juan Antonio Cano, fecha 17/05/2004, asunto: Informe de Cuatrecasas. 446
Anexo 02.256: “METODOLOGÍA PARA DISEÑOS DE MODELOS CONTABLES. Primer Borrador sujeto a cambios de 31/05/2004 con sus anexos correspondientes y, otro documento interno denominado:”NUEVA ARQUITECTURA CONTABLE”, sin fecha y sin firma, pero por las propiedades del archivo se conoce que su fecha puede ser el 10/06/2004 y su autor puede ser Esteban Pérez.
337
AFINSA y el resto de las participaciones en las sociedades que formaban el grupo
AFINSA.
En este proceso de reestructuración societaria y en la configuración de los
nuevos contratos de inversión se encontraba AFINSA cuando tuvo lugar la
intervención judicial el 9 de mayo de 2006.
El resumen de los acontecimientos que acabamos de plasmar lo podemos
basar en los siguientes documentos:
Parece que la primera reunión del mencionado grupo de trabajo tuvo lugar el
13/01/2004, así se desprende de unas notas manuscritas447 encontradas en el
despacho de Fernando Galindo, posiblemente escritas por él, ya que formaba
parte del grupo de trabajo:
“Reunión 13/01/04” “EB cuenta operatoria CIT”
(…………….) “Impresiones (…………………) *Equipo Cuatrecasas: asombro/perplejidad (además de ser un laberinto ¿dónde está el negocio/rentabilidad?). Sin embargo, se pierden en detalles técnicos ocultando su desconocimiento de lo que es un modelo de negocio.”
El 24 y 26 de marzo de 2004 Cuatrecasas presenta los primeros informes
sobre las ideas surgidas en el Grupo de trabajo448, en el borrador de 26 de
marzo de 2004 se recoge además de las “Propuestas para la mejora del
modelo actual: soluciones parciales”, la siguiente conclusión:
“Una vez expuestos los aspectos a mejorar y las posibles soluciones, siempre parciales, de la información verbal recibida y de las reuniones mantenidas, late en la mayoría, por no decir en la totalidad de los miembros del Grupo de Trabajo, la idea de que la contabilidad no refleja fielmente y con precisión, las ganancias reales de la Compañía y por ende la fiscalidad de la misma, básicamente porque la cuenta de resultados gira en torno a la tesorería de la Compañía, respecto de la cual se construye o se hace depender la contabilidad, cuando deberían ser dos variables totalmente independientes.”
447
Anexo 02.257: notas manuscritas cuyo autor debe ser Fernando Galindo, pues han sido encontradas en su despacho. “Reunión 13/01/04” y “Reunión 15/01/04”. 448
Nota, ver anexo 02.254: Informe de Cuatrecasas denominado:”Nota emitida en interés de AFINSA. PRIMERAS CONCLUSIONES CONTRATOS CIT” de 24 de marzo de 2004 y, “Información confidencial. Borrador” de 26 de marzo de 2004, también de Cuatrecasas.
338
El 17 de mayo de 2004449 Emilio Ballester envía un correo a Juan Antonio Cano
mostrando su insatisfacción con los resultados del Grupo de Trabajo y cómo
Cuatrecasas dirige sus actuaciones que, en opinión de Emilio Ballester,
“denota que siguen sin enterarse de que va el asunto.”
“El alcance del trabajo que estaba previsto que evacuara Cuatrecasas, tenía como objetivo introducir mejoras en el procedimiento de la contabilización del CIT que supusieran, en la medida de lo posible, reducir el volumen del margen que se deriva de las operaciones que contempla el contrato CIT.”
Es en la propia AFINSA donde se avanza más en el desarrollo de un nuevo
modelo contable. Así, el 31/05/2004 Rafael Guitián elaboró una propuesta en
un informe denominado: “METODOLOGÍA PARA DISEÑOS DE MODELOS
CONTABLES”450 –Rafael Guitián trabajó siempre en el Grupo de Negocio de
Auctentia como subdirector junto a Esteban Pérez (presidente) y Ramón
Egurbide (director general)451. En dicho trabajo llega a la siguiente conclusión:
“Bien sea como entidad financiera o de seguros, bien comprando y vendiendo o intermediando en el “mercado filatélico”, los modelos contables estrictos a aplicar presentarían numerosas incertidumbres. Por consiguiente, nos vemos obligados a diseñar un modelo “mixto” donde se “idealice contablemente” la actividad de la entidad y además sea “creíble” frente a terceros.”
Para ello, propone una nueva definición del modelo de negocio de AFINSA
como “creadora del mercado filatélico” y propone igualmente un nuevo modelo
contable, un “modelo mixto”, en que parte de las operaciones se contabilicen
como “operaciones de intermediación”, parte como “operaciones de
financiación” y parte como “operaciones de compraventa convencional”.
449
Nota, ver anexo 02.255: correo de Emilio Ballester dirigido a Juan Antonio Cano, fecha 17/05/2004, asunto: Informe de Cuatrecasas. 450
Nota, ver anexo 02.256: “METODOLOGÍA PARA DISEÑOS DE MODELOS CONTABLES. Primer Borrador sujeto a cambios de 31/05/2004 con sus anexos correspondientes y, otro documento interno denominado:”NUEVA ARQUITECTURA CONTABLE”, sin fecha y sin firma, pero por las propiedades del archivo se conoce que su fecha puede ser el 10/06/2004 y su autor puede ser Esteban Pérez. 451
Nota, ver anexo 17.003 del Informe de desarrollo nº 17. Manual de Estructura, en la que aparece el organigrama de los Grupos de Negocio
339
Esteban Pérez en un documento cuya autoría debe corresponderle a él:
“NUEVA ARQUITECTURA CONTABLE”452 defiende la alternativa propuesta
por Rafael Guitián: “muy brillante y creativa”, ya que dice:
“Como presuponíamos, resulta extremadamente difícil encontrar un nuevo paradigma, una vez decidimos abandonar el sistema actual, que combine:
- Modelo de negocio - Imagen fiel contable - Optimización fiscal - Equilibrios de tesorería”.
En un informe que Organización y Medios prepara para Vicente Martín Peña el
18/02/2005453, se resume la evolución de las decisiones tomadas sobre el
modelo contable de AFINSA: las críticas al modelo contable actual, la
necesidad de su modificación, modificación que no se acometió y que se
sustituyó por modificaciones en el vigente contrato CIT, siendo necesario,
igualmente, definir la forma de contabilizar el nuevo contrato:
“En mayo de 2003 se presentó un borrador de modelo de cuenta de resultados del GN Sistemas de Inversión en el que se identificaban como principales problemas del actual modelo de Cash Flow, el hecho de no considerar los compromisos contraídos con los clientes y el tratamiento dado a la filatelia que responde más a una empresa de comercialización en la que en el momento de la venta se “perfecciona la misma” que a la situación real en la que en el momento de la venta se adquiere el compromiso de su recompra.” (…………………) “A lo largo del segundo semestre de 2003 y primer semestre de 2004, en base al anterior modelo, se desarrolló un prototipo en la oficina de Cáceres, presentándose los resultados del mismo a la Dirección de Sistemas de Inversión. En aquella reunión se decidió que, dado que se estaba analizando un posible cambio del modelo contable de ABT, que presumiblemente proporcionaría la posibilidad de sustituir las provisiones por compromisos con los clientes, consideradas no fiscalmente deducibles por la Administración Tributaria, por una menor valoración de la venta como consecuencia de la opción de venta otorgada al cliente, y que dicho nuevo modelo contable se debería implementar en 2005, era preferible definir las cuentas de resultados de las oficinas en base a este nuevo modelo contable de forma que la cuenta de resultados de ABT se obtuviera como agregación de las cuentas de resultados de las oficinas,…….. (……………….)
452
Nota, ver anexo 02.256:”NUEVA ARQUITECTURA CONTABLE”, sin fecha y sin firma, pero por las propiedades del archivo se conoce que su fecha puede ser el 10/06/2004 y su autor puede ser Esteban Pérez 453
Anexo 02.258: “INFORME SOBRE LA VIABILIDAD DE LA OBTENCIÓN DE UNA CUENTA DE RESULTADOS POR OFICINAS” de Organización y Medios para Vicente Martín Peña, fecha 18 de febrero de 2005.
340
“Actualmente todavía no se dispone del nuevo modelo contable y por otro lado se ha presentado una propuesta de modificación del contrato CIT que está en estudio por parte de la Dirección de ABT.” (……………..) “La modificación propuesta en el nuevo contrato CIT permitirá analizar la rentabilidad obtenida en cada operación……………………………………, si bien seguirá siendo necesario definir como se contabiliza la operación de forma que se ponga de manifiesto el hecho económico del compromiso que ABT contrae de recomprar los lotes,………..” (La negrita es nuestra)
Efectivamente, en enero de 2005 Organización y Medios elabora una
propuesta sobre el nuevo contrato CIT454, este es un documento muy
importante, pues en él Organización y Medios poniendo de manifiesto los
gravísimos problemas del contrato CIT vigente (problemas en todos los
órdenes: comercial, legal, contable, fiscal, etc.); propone soluciones, alguna de
las cuales pone en entredicho la viabilidad de la propia existencia del negocio
de AFINSA:
“COMPARATIVA PRODUCTO PROPUESTO-PRODUCTO ACTUAL: ASPECTOS A SOLUCIONAR - Producto Actual
Escaso valor intrínseco del bien soporte del producto: Reducido mercado del bien fuera del “creado” por el Grupo
Afinsa y desde luego incapaz de absorber los volúmenes necesarios en caso de discontinuidad del negocio.
Revalorizaciones del bien difícilmente contrastables directamente por los clientes.
Debió de realizarse por Organización y Medios otra versión más suave de la
misma Propuesta sobre el Nuevo CIT en febrero de 2005455, ya que en esta versión se
omite uno de los aspectos más delicados del CIT vigente y de los aspectos a
solucionar: los relacionados con el “valor intrínseco del bien soporte del producto”, es
decir, con el valor real de los sellos.
Una vez aprobado por el Consejo de Administración de AFINSA el proyecto del
Nuevo CIT456, Joaquín Abajo Quintana como secretario general del Consejo de
454
Nota, ver anexo 02.088:”Confidencial”. “NUEVO CIT. PROPUESTA ELABORADA POR ORGANIZACIÓN Y MEDIOS”. 17 de enero de 2005. 455
Anexo 02.259: “Confidencial”. “NUEVO CIT. PROPUESTA ELABORADA POR ORGANIZACIÓN Y MEDIOS”. 14 de febrero de 2005. 456
Nota, ver anexo 02.121: correo de Joaquín Debajo de 08/03/2005 para Antonio Giménez-Rico, Rafael Noguero y Bernardo Valero, con copia a Vicente Martín Peña.
341
Administración elabora una nota dirigida al Consejo sobre la situación de los
trabajos sobre el nuevo CIT ”457; en dicha nota indica que el
“paso previo parece ser la constitución de una nueva sociedad, creada “ex novo”, en la que se vayan a integrar todos los nuevos contratos que se vayan haciendo. El objetivo es que dicha sociedad no surja lastrada por los condicionantes actuales.”
Y que existen otras cuestiones a solucionar de índole fiscal, comercial,
contable:
“se hace necesario hallar un nuevo modelo contable que, recogiendo el carácter no financiero de las operaciones, permita, sin embargo dar solución a los problemas detectados.” ……………. Y “cuestiones relacionadas con los precios de los sellos y la gestión de los catálogos. Dado que ahora dicho precio va a constituir el referente fundamental (único, en realidad) para determinar la revalorización de los sellos y que las cantidades recibidas por los clientes van a venir determinadas por los catálogos, y no por un criterio propio de la Compañía, como ocurría hasta ahora, la gestión de los catálogos va a ser esencial.” (La negrita es nuestra)
Para la Nueva Sociedad de Sistemas de Inversión, que se va a crear “ex novo”
en la que se van a integrar los nuevos contratos, se analizan por parte de
Organización y Medios las alternativas o posibles modelos de Cuentas de
Resultados458 y se plantea como posibles modelos de representación
económica:
“Modelo de Empresa Comercial con Provisiones por Compromisos con clientes. Contempla las transacciones como operaciones comerciales y registra los riesgos inherentes a las mismas a través de provisiones.
Modelo de Empresa Comercial con Valoración de Mandatos de Venta a su “Valor Razonable” Contempla las transacciones como operaciones comerciales difiriendo parte de los ingresos asociados a las mismas hasta la finalización de los contratos
Modelo de Empresa Financiera Contemplando los Compromisos con Clientes como Pasivos Contempla las transacciones como operaciones financieras sin transmisión económica del bien soporte de las mismas.”
457
Nota, ver anexo 02.124: “Asunto: resumen de situación de los trabajos del nuevo producto, de: Secretario General, para: Consejo de Administración, Fecha: 30 de junio de 2005. 458
Anexo 02.260: “MODELO DE CUENTA DE RESULTADOS DE LA NUEVA EMPRESA DE SISTEMAS DE INVERSIÓN. ESTUDIO ELABORADO POR ORGANIZACIÓN Y MEDIOS.”. Confidencial. Junio de 2005.
342
Sin embargo, en el documento que se prepara para el Consejo de
Administración459 las propuestas de Cuentas de Resultados sólo plantean como
alternativas el Modelo de empresa comercial con provisiones por compromisos
con clientes y el Modelo de empresa comercial con valoración de los mandatos
de venta a su “valor razonable”, indicando además que los próximos pasos
deben establecerse en:
“Retomar la definición del modelo de negocio de nuestra actividad para su aplicación en la nueva sociedad” ……………. “Teniendo en cuenta las orientaciones existentes
DA IV y su posible desarrollo reglamentario Doctrina de las NIIF. 2007 fecha prevista de entrada en
vigor.”
En octubre de 2005 Cuatrecasas elabora un informe muy importante460 en el
que, analizando los estudios elaborados por la propia AFINSA sobre el nuevo
contrato CIT, explica y apoya de forma bastante clara, las controversias que ha
suscitado el contrato CIT actual y que ha motivado la necesidad de su
modificación.
“Partiendo de esta configuración, el contrato CIT ha suscitado dos importantes controversias que serían las siguientes: a) En primer lugar, se ha discutido si la renta generada para el cliente por la
diferencia entre el precio de compra y el precio de venta del lote determina para aquel una verdadera ganancia patrimonial, o si por el contrario, nos encontramos ante rendimientos de capital mobiliario.
b) En segundo lugar, y correlativamente a lo anterior, se ha planteado si la actividad realizada por AFINSA a través del contrato CIT se encuadra dentro de la actividad regulada en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, o por exceder de los términos de esta norma podría plantearse que AFINSA está desarrollando una actividad financiera.” (La negrita es nuestra)
Detallando minuciosamente los elementos que han incidido en la existencia de
dichas controversias que resumidamente los podemos encontrar en esta frase:
“la causa de los contratos conllevaría la valoración de un componente de carácter financiero: existen aportaciones y devoluciones de capital diferidas en el tiempo (…) que generan una rentabilidad financiera garantizada ab initio en
459
Anexo 02.261: “CUENTA DE RESULTADOS DE LA NUEVA SOCIEDAD DE SISTEMAS DE INVERSIÓN”. 30 de junio de 2005. 460
Nota, ver anexo 02.125: “Informe emitido en interés de AFINSA BIENES TANGIBLES, S.A. Comentarios al nuevo producto de inversión filatélica”, elaborado por Cuatrecasas con fecha 27 de octubre de 2005.
343
el propio contrato, con independencia de la cotización en el mercado de los valores filatélicos que las sirven de soporte.”
Después de analizar las causas que han motivado los graves problemas del
CIT actual, indica que el nuevo producto, el nuevo CIT, debe apoyarse en dos puntos
fundamentales:
1.- La rentabilidad para el cliente formada por dos tramos, un tramo fijo
(necesario para la operativa comercial) y otro variable; pero incidiendo que
incluso, para evitar riesgos, sería necesario vincular en lo posible la rentabilidad
fija a los bienes que constituyen el objeto del contrato; y la rentabilidad variable
como elemento fundamental, al vincular los valores adquiridos por el cliente a
la ganancia que le va a suponer su futura venta.
2.- La realización por parte de AFINSA de la actividad regulada en la
Disposición Adicional Cuarta, que no dejara lugar a dudas del carácter no
financiero de la actividad, para lo cual sería muy necesario precisar lo más
claramente posible los términos en que se lleva a cabo la comisión mercantil y,
además, resalta que uno de los elementos que más incide en el posible
carácter financiero de la actividad es la imposibilidad que tiene el cliente de
vender la filatelia adquirida a otro comprador que no sea AFINSA, que queda
vinculada completamente a la operación de recompra; por ello, recomienda que
el contrato CIT prevea la posibilidad de que el cliente venda por su cuenta la
filatelia que ha adquirido de AFINSA sin el concurso de ésta.
En una reunión de la Dirección de Organización y Medios de 4 de noviembre
de 2005461, a la que asisten al menos Vicente Martín Peña, Fernando Burdiel,
Oscar Fernández y Antonio Giménez-Rico, se plasma la preocupación
creciente que había en la Alta Dirección con que la actividad de AFINSA fuera
considerada actividad financiera, siendo el último detonante el informe de la
Inspección de Hacienda, pues en dicha reunión se dice lo siguiente:
“Pasamos al asunto esencial de la reunión; estamos en un momento crítico al haber finalizado la Inspección con un informe en el que se concluye que actuamos como entidad financiera. Esto nos sitúa en la necesidad de actuar ya en la dirección de la DAIV. VMP señala además como referencia el informe del ICAC (elaborado sólo sobre el contrato y señalando el paralelismo con el mercado financiero, el precio fijo.)”
461
Nota, ver anexo 02.106: “REUNIÓN DIRECCIÓN GENERAL 4 DE NOVIEMBRE DE 2005.”
344
…………….. “En enero debemos vender una cosa nueva, un “CIT” intermedio el uno de enero.” ……………. “La idea del Consejo es que debemos arrancar “de una vez””. ……………… “VMP enumera los aspectos que sería deseable disponer en enero, para lo cual podemos disponer de todos los recursos que necesitemos: 6) Desaparición de pagarés, el uno de enero. “Salvo clientes especiales”. 7) Operativa más parecida o que pueda hacer más exhibible la intermediación.
“Aunque sea un 10% del volumen total”. Es decir, en alguna medida se debe poder comenzar a intermediar.”
8) Se debe cobrar el depósito. 9) Desaparece la cláusula de beneficiarios. 10) Reflexión sobre cómo establecer el mínimo garantizado de tal forma
que no aparezca una cantidad fija.” (la negrita es nuestra)
En un documento interno denominado “PROPUESTA DE DIRECTRICES DE
ACTUACIÓN 2006” de 24 de noviembre de 2005462 indica las actuaciones a
llevar a cabo por el equipo de trabajo de Soporte de Negocio (antes,
Organización y Medios) durante 2006:
“….dar los pasos necesarios para acompañar la reorganización del Grupo hacia una estructura de Holding empresarial y crear una Compañía nueva, dependiente del Holding, sobre la base de la actividad actual de Sistemas de Inversión, con unas características determinadas. - Modelo de negocio homologado y cuenta de resultados ad-hoc. - Productos mejorados y nuevas fuentes de ingresos y vías de
comercialización. - Nueva plataforma tecnológica. - Externalización de todas las actividades que distraen del negocio.”
Parece que en diciembre de 2005463 se han tomado ciertas decisiones sobre la
alternativa del modelo de negocio que va a desarrollar la nueva sociedad de
Sistemas de Inversión y las modificaciones a incluir en el nuevo CIT; los
cambios, como veremos, son mínimos, sólo aparentes y dirigidos a maquillar
simplemente la actividad real desarrollada por AFINSA:
“Continuidad en el modelo de empresa comercial con provisiones (Comité de Auditoría 24/10). …………..
462
Anexo 02.262: “PROPUESTA DE DIRECTRICES DE ACTUACIÓN 2006”. DIRECCIÓN DE SOPORTE DE NEGOCIO, 24 de noviembre de 2005. 463
Anexo 02.263: “CUENTAS DE RESULTADOS SI NUEVO CIT, 20 de Diciembre de 2005.”
345
“mejoras del nuevo CIT (filatelia valorada a fin de contrato, consistencia contabilidad-adjudicación, regulación de oferta, lotes cerrados, operativa de mediación y compra clara y visitable, etc.)” “cambio en la política (filatelia de más calidad), yendo a precios de compra más elevados. Cambio en la política de adjudicación, márgenes más moderados, situación “más acorde con la posible sensibilidad de terceros o del mercado” “Venta real, aunque ocasional y en pequeña medida, de filatelia a los clientes (subasta, CIT).” ….. (La negrita es nuestra)
Para poder llevar a cabo una de las modificaciones propuestas en el nuevo
contrato CIT (la rentabilidad va a tener dos tramos, uno fijo y otro variable), es
esencial tener un catálogo propio que recoja la mayoría de la filatelia
adjudicada, el Catálogo Mundial; incluso se deja patente en el Consejo de
Administración de AFINSA de 3 de octubre de 2005464 cuando revisando los
trabajos en marcha sobre la “reestructuración del Grupo” y los trabajos relativos
al “nuevo producto” se indica lo siguiente:
“En este mismo sentido, otro de los trabajos esenciales a realizar es el de creación de un catálogo, que contenga un índice único de todos los sellos y que incluya las referencias en los distintos catálogos.”
Los trabajos para la confección del Catálogo Mundial se iniciaron y tenían
como objetivo recoger la mayoría de la filatelia adjudicada, como así se
desprende de un documento interno sin título y sin fecha, pero que por su
ubicación debe ser del primer cuatrimestre de 2006465:
“Trabajos de confección del Catálogo Mundial Sigue su curso de acuerdo con una relación de países que permita catalogar hasta el 80% de lo actualmente adjudicado.” ………………. “Queda pendiente una definición clara de Política de Catalogación de tal forma que nuestros precios queden debidamente justificados y con un sólo mensaje de cara a terceros.”
El último documento encontrado sobre el nuevo contrato CIT es de 1 de marzo
de 2006466, en este documento se observa que el nuevo CIT que pudiera ser
464
Anexo 02.264: Acta del Consejo de Administración de AFINSA de 3 de octubre de 2005. 465
Anexo 02.265: documento interno “CONFIDENCIAL” sin título y sin fecha que por su ubicación debe ser del primer cuatrimestre de 2006, encontrado en el despacho de Ramón Egurbide, ya que aparece junto a una carta enviada por Ramón Egurbide a Antonio Giménez-Rico el 24 de abril de 2006. 466
Nota, ver anexo 02.127: “Documento de especificaciones. contrato de intermediación temporal (CIT), fecha 01/03/2006. Ejecución: Unidad de Productos (Departamento de Marketing). Aprobación: Antonio Giménez-Rico.”
346
aprobado recogía modificaciones mucho menos ambiciosas, pues tiene como
objeto adaptarse a la Disposición Adicional Cuarta de la Ley de Instituciones de
Inversión Colectiva, siendo sus principales variaciones con respecto al CIT
actual:
- Introducción de la revalorización variable.
- Eliminación anticipos a cuenta.
- Eliminación cláusula de beneficiarios.
Se configura igualmente con dos contratos: el Mandato de Compra, Mandato
de Venta y si hay depósito de sellos, el Contrato de depósito.
Deja igualmente claro que “AFINSA empleará como documentos de valoración
para la cotización de los Sellos de esta operación los valores publicados por
Domfil en su Catálogo Mundial.”
En el Consejo de Administración de AFINSA de 29 de marzo de 2006467 se
recogen algunas decisiones sobre el nuevo contrato CIT:
“En cuanto al mínimo garantizado, se abre el debate sobre si incluirlo o suprimirlo. En este segundo caso parece difícil que se pudiera vender el producto, según manifiesta el Sr. Martín Peña.” ……………….. “En cuanto a las modificaciones a introducir en esta etapa, el Sr. Martín Peña indica que ya en el mes de julio se van a eliminar los pagarés.” “El presidente indica que se va a ligar el beneficio del cliente con la revalorización de los sellos y se va a mantener el garantizado.” “En cuanto al tema de los catálogos, se realizará un catálogo de Afinsa con catálogos espejo y se trasladará el sistema a otros catálogos.”
AFINSA conocía la carencia de sentido económico que tenía su modelo de
negocio, sólo mantenido con un flujo creciente de sus niveles de tesorería, que le
permitían poder hacer frente a los compromisos que año a año iban venciendo.
Con la llegada de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva de 4 de
noviembre de 2003 –Disposición adicional cuarta–, acomete una reforma de sus
contratos comerciales, sobretodo del contrato CIT. Esas modificaciones conllevan
también una reforma del modelo contable y todo ello acompañado de una
reorganización del grupo AFINSA.
467
Nota, ver anexo 02.109: “NOTAS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE AFINSA BIENES TANGIBLES S.A.” de 29 de marzo de 2006.
347
Todas las modificaciones propuestas para los nuevos contratos comerciales
(nuevo CIT, nuevo PIC y nuevo MIP), su registro contable y su nueva estructura
organizativa, se limitan a ser modificaciones parciales, de cara al exterior, que sirvan
para reducir el elevado riesgo que tenía de que su actividad fuera considerada
actividad financiera; pero no acomete reformas en profundidad que realmente
impliquen un cambio radical en su modelo de negocio que, por otra parte, era difícil de
llevar a cabo, ya que en ese modelo de negocio se fundamentaba su propia existencia.
III.7. CONCLUSIONES
1) El modelo de negocio que AFINSA ha desarrollado, posiblemente desde sus
orígenes, ha estado basado en lo que ella misma denominaba: Actividad de
Sistemas de Inversión: ofrecer al público en general unos productos de
inversión en valores filatélicos en los que, bajo la apariencia de su
revalorización, AFINSA garantizaba en todos los casos una rentabilidad
mínima y la recompra de los mismos.
2) De esos productos o contratos de inversión en valores filatélicos, el contrato
más importante ha sido, sin lugar a duda y en todo el espacio temporal que
abarca esta pericia, el contrato de intermediación temporal (contrato CIT),
pues a través de él AFINSA ha conseguido aproximadamente el 75% de su
volumen de negocio, entendiendo por volumen de negocio el importe de
capital nominal invertido por los clientes en dicho tipo de contratos.
3) En el análisis que se ha efectuado de los contratos de inversión filatélica,
tratando de llegar a la realidad económica que subyace en ellos con
independencia de su forma jurídica, estos peritos judiciales han llegado a la
conclusión de que se trata de productos de tipo financiero y que la actividad
que AFINSA ha desarrollado es una actividad que debe ser calificada de
financiera; no obstante, se ha demostrado que, con independencia de la
calificación que se haga a la actividad de AFINSA: actividad financiera o
actividad mercantil, el negocio en sí carece de sentido económico, pues sólo
produce continúas pérdidas que han llevado a AFINSA a una situación
permanente de quiebra e insolvencia patrimonial y que sólo se sustentaba con
flujos crecientes de sus niveles de tesorería. Y ello es así, pues en los
348
contratos de inversión filatélica que AFINSA ofrece a sus clientes siempre
sucede lo siguiente:
a) Los valores filatélicos que están detrás de los contratos no sirven de
soporte al capital nominal que los clientes invierten en los mismos, sobre
todo en los contratos CIT, que cuando tenían filatelia realmente
adjudicada, ésta ha sido, en el mejor de los casos, de ínfimo valor en
comparación con los importes invertidos por los clientes.
b) AFINSA ha adquirido siempre la filatelia que soporta los contratos a un
precio muy por debajo de su valor de adjudicación; así, en los contratos
CIT la filatelia adquirida por término medio no ha llegado a superar nunca
el 8% de su valor inicial de adjudicación.
c) La revalorización garantizada por AFINSA siempre ha sido muy superior a
la posible revalorización marcada para esa filatelia por catálogos
independientes de referencia.
Bajo estas condiciones y suponiendo que existiera una venta y recompra
real de filatelia entre los clientes y AFINSA, por lo que respecta a los
contratos CIT, se ha demostrado que los cuantiosos beneficios que
AFINSA obtiene vendiendo a sus clientes unos sellos cuyo precio no es
superior al 8% de su valor de adjudicación, son absorbidos paulatinamente
por los elevados costes que suponen la recompra de los sellos internos,
produciendo desde el primer momento un déficit patrimonial en el balance
de AFINSA. Por otra parte el aumento creciente de las ventas,
imprescindible para el mantenimiento artificioso del negocio, lleva
aparejado un aumento creciente de los compromisos que, al no estar
sustentados con un valor de realización de los sellos en el mercado
externo acorde con dichos compromisos, sino muy inferior a ellos, produce
un incremento aún mayor del déficit patrimonial, lo que ha llevado a
AFINSA a una situación crónica de insolvencia patrimonial como la que
reflejan sus estados financieros. Si a eso añadimos los elevadísimos
gastos que AFINSA tiene que soportar para mantener el negocio (gastos
de captación de clientes, gastos de estructura, etc.) y si además se
verifica, como así ha sido, que AFINSA ha sido incapaz de generar otros
349
resultados positivos por sus inversiones en otros negocios a través de sus
empresas participadas u otros ingresos complementarios de otra índole, se
llega a una situación de extrema gravedad, como la que ya se adelantó en
los informes de reposicionamiento:
“La situación de partida (rentabilidad y solvencia) es de extrema gravedad, sólo soportada por una necesidad creciente de flujos de tesorería, que además agrandan el problema.” (Febrero de 2002).
4) AFINSA sabía perfectamente que su negocio era ruinoso porque carecía de
sentido económico y, lo que es más importante, no tenía apoyo legal. Su
negocio estaba basado en el contrato CIT, el contrato CIT había crecido
demasiado y era el producto que más ponía en evidencia su ausencia de
sentido económico y el carácter financiero de la actividad desarrollada por
AFINSA. Había que frenar el crecimiento de los contratos CIT, incluso
reducirlo y, a ser posible, sustituirlo por otros productos; así lo reconocen los
altos mandos del grupo de negocio de Sistemas de Inversión en una reunión
de sus directores regionales:
“El Cit es una deuda a corto plazo y es necesario limitar nuestra dependencia de la misma, sin embargo, la situación de estos últimos años ha hecho necesaria que la organización se financiara a través del Cit y debemos ser conscientes de que debemos cambiar de tendencia. Necesitamos 23 millones de euros mensuales y debemos buscar nuevas líneas de negocio y la diversificación de productos.” (Febrero de 2003)
5) La reducción del contrato CIT y sobretodo su sustitución por otro tipo de
productos o contratos era muy difícil de conseguir, pues el contrato CIT
proporcionaba a AFINSA unos niveles de liquidez imprescindibles para el
mantenimiento del negocio y muy difícil de conseguir por otros productos,
siendo por tanto la base de su existencia.
6) La Ley de Instituciones de Inversión Colectiva en su Disposición Adicional
Cuarta permitió a AFINSA encontrar el apoyo legal del que carecía y se basó
en ella para emprender modificaciones meramente formales de los contratos
de inversión filatélica, sobre todo del contrato CIT. Todos los esfuerzos se
centraron en el desarrollo de un nuevo contrato CIT y en un proceso de
reestructuración societaria que estaba iniciando cuando tuvo lugar la
intervención judicial.
350
7) Todas las modificaciones propuestas de los nuevos contratos de inversión
filatélica fueron modificaciones parciales y aparentes, de cara al exterior y
tratando de reducir el elevado riesgo que tenía de que su actividad fuera
considerada actividad financiera; pero no acomete reformas en profundidad
que realmente impliquen un cambio radical en su modelo de negocio que, por
otra parte, era difícil de llevar a cabo ya que en ese modelo de negocio se
fundamentó su propia existencia.