Expo Hecho Lesivo

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REQUISITOS DE PROCEDENCIA DE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL

1. EL HECHO LESIVO2. LA LESIÓN DE UN DERECHO O GARANTÍA

CONSTITUCIONAL3. EL CARÁCTER EXTRAORDINARIO DE LA ACCIÓN DE

AMPARO CONSTITUCIONAL

EQUIPO Nº 4 ADAM EDIXONFERRER JESUS

MORENO JESUSPINEDA EDWARD

VILLARRETA FRANCISCO

EL HECHO LESIVO• Para que resulte procedente un mandamiento de amparo es

necesario, básicamente, a que existe un acto, hecho u omisión denunciado como lesivo; que ese Hecho lesivo vulnere de manera derechos, fundamentales; y que no exista otro medio o remedio judicial lo suficientemente efectivo como para restablecer en forma eficaz la situación jurídica infringida

•CRBV. ART.49

•L.O.A.G.C ART. 2

•L.O.A.G.C ART 6

EL HECHO LESIVO• Posición jurisprudencial que reiteró La Sala Político-

Administrativa en decisión de fecha 24-5- 3, al señalar:"Son muy amplios los términos en que la acción de amparo está consagrada en el

artículo 49 del Texto Fundamental. Así, si bien es incuestionable lo ex tenso del ámbito de los derechos y garantías susceptibles de ser protegidos y restablecidos mediante esta vía procesal, tampoco puede limitarse a que la lec ción sea producto de determinados actos solamente. En efecto, debe igualmente permitirse de cualquier acto lesivo ya sea un acto, hecho u ornisión de derechos v garantías constitucionales sea posible de cuestionar mediante este medio procesal, ya que, siendo el objetivo de la acción de amparo la protección de cualquier norma que consagre uno de los llamados derechos subjetivos de rango constitucional, no puede sostenerse que esa protección es viable solo en IOS casos en que el acto perturbador reúna determinadas características, ya sean desde el Punto de vista material u orgánico.

EL HECHO LESIVO• Las Características de la lesión constitucional

Artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo, el acto, hecho u omisión cuestionable vía amparo constitucional debe ser:

• Actual, • Reparable, • No Consentido y, De tratarse de una amenaza debe ser:

• Inminente,• Inmediata, • Posible • Realizable por el imputado.

EL HECHO LESIVO

• a. Actualidad De La Lesión Constitucional

• Ello implica que para que resulte admisible una acción de amparo constitucional es necesario que la lesión sea real, efectiva, tangible, ineludible, pero sobre todo, presente. Principalmente debido a que los efectos de esta acción son meramente restablecedores, de forma que, Si lo que se busca es una indemnización ante situaciones pasadas y consolidadas, deberá escogerse remedio judicial.

EL HECHO LESIVO

• b. La Lesión Constitucional Debe Ser Reparable De igual forma, y también acorde con los efectos restablecedores del amparo constitucional, la Ley Orgánica de Amparo exige que la lesión pueda ser corregida o reparada mediante un mandamiento judicial que impida que se consuma la lesión si ésta no ha iniciado y, si ha comenzado a cumplirse y es de efecto continuado, la suspende y en cuanto a lo ya cumplido, si es posible retrotraer las cosas al estado anterior de su comienzo.

• c. La Lesión Constitucional No Consentida

 • El ordinal 4º del artículo 6 Ley establece aunque confundiendo

inversamente los términos que el consentimiento puede ser expreso o tácito. De esta forma, si existen evidencias o datos concretos que demuestren que el actor ha estado de acuerdo con la lesión constitucional, la acción podrá ser declarad inadmisible. Igualmente, la ley entiende que sin han transcurrido los lapsos de prescripción establecidos en leyes especiales o, en su defecto, más de seis (6) meses la violación o amenazas al derecho protegido, también habrá de entenderse como consentida la lesión

EL HECHO LESIVO

EL HECHO LESIVOd. La Amenaza Como Hecho Lesivo

• El artículo 2 de la Ley Orgánica de Amparo, el ejercicio de acciones de amparo no solamente contra actos o hechos concretos, sino también contra amenazas ciertas e inminentes de violaciones

• NO se admitirá la acción de amparo cuando la amenaza "no sea inmediata, posible y realizable por el imputado".

LA LESIÓN DE UN DERECHO O GARANTÍA

CONSTITUCIONAL 

Se refiere a la violación

directa e inmediata de un

derecho o garantía constitucional. la acción de amparo constitucional puede ser intentada para proteger todos los derechos y garantías constitucionales consagrados

expresamente en la Constitución y también los considerados como inherentes a la persona humana

(artículo 22 de la Constitución).

EL CARÁCTER EXTRAORDINARIO DE LA ACCIÓN DE AMPARO

CONSTITUCIONAL

 Se refiere a la violación

directa e inmediata de un

derecho o garantía constitucional. la acción de amparo constitucional puede ser intentada para proteger todos los derechos y garantías constitucionales consagrados

expresamente en la Constitución y también los considerados como inherentes a la persona humana

(artículo 22 de la Constitución).

LA LESIÓN DE UN DERECHO O GARANTÍA

CONSTITUCIONAL Nos referimos a la relación del amparo constitucional

con el resto de los remedios judiciales que coexisten en nuestro ordenamiento jurídico

El amparo es una carga explosiva, Usado bien, para los buenos fines, es la vía rápida para llegar a la justicia. Usado mal, puede hacer estallar todo el sistema procesal

.

MUCHAS GRACIAS