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UNIVERSIDAD FERMÍN TOROVICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASESCUELA DE DERECHO
Profesora: Doctora. Gabrielis RodríguezCátedra: Procedimiento Contencioso Administrativo y
PrácticaUbicación: Derecho 2015/B. 4to Año. Sección SAIA AEstudiante:
Julián Nicolás González González.CI. N° V - 4.351.785
San Felipe; 01 de Abril de 2.016
Presentación
Demanda contra la RepublicaIntroducción:
El Estado está compuesto por Órganos
especialistas, en las áreas necesarias
para la conducción de la población, en
el desarrollo integral de la misma, ahora
bien, en este actuar estos organismos
por acción u omisión, pueden perjudicar
a los ciudadanos, esta situación puede
ser objeto de solicitudes de acciones
judiciales en contra de la República
Procedimiento JudicialDemanda:
La demanda se efectúa de manera
escrita, atendiendo a requisitos, que
están descritos en el artículo Número
340 del COPC, igualmente se debe
anexar los documentos que prueben
que el contenido de la demanda o la
acción de demandar no colide con lo
establecido en el artículo número 19,
párrafo 6 de la
Procedimiento JudicialDemanda:
La demanda no será admitida si
sucediesen las situaciones siguientes:
La Solicitud no apegada a la ley,
competencia de tribunales, prescripción
de la acción, procedimientos
incompatibles, falta de documentos
importantes, falta de procedimiento
administrativo, redacción ofensiva, falta
de representación, cosa juzgada.
Procedimiento JudicialTribunal competente para conocer:
Es condición indispensable que antes
debe haberse cumplido con el antejuicio
administrativo, para que el interesado
pueda dirigirse a solicitar una acción por
la vía contencioso-administrativa contra
de la República, en relación a pago de
dinero y reparaciones de daños y
perjuicios originados contra el
interesado por la República.
Procedimiento JudicialLa citación
La citación de la demanda contra la
república de Venezuela es emitida al
Procurador General de la República de
oficio, quien asumirá la defensa de los
intereses de la Nación, ya efectuada la
citación por el alguacil, habrá un lapso
de espera de 15 días de despacho, para
dar inicio a otro plazo que se genere la
contestación de la demanda.
Procedimiento JudicialContestación de la demanda.
La Contestación de la demanda contra
la república, estará a cargo del
procurador general de la república, de
acuerdo al procedimiento ordinario
regulado por el código de procedimiento
civil. El procurador puede esgrimir las
cuestiones previas establecidas en el
artículo número 346 del código de
procedimiento civil venezolano.
Procedimiento JudicialLapso probatorio.
Pueden admitirse las pruebas que
atiendan a las regulaciones del Código
Civil, y el Código de Procedimiento Civil.
Sin embargo las partes deben presentar
pruebas de precisa, y que sean
factibles de comprobar, es importante
destacar que las partes cuentan con los
primero 15 días del lapso
correspondientes al lapso probatorio.
Procedimiento JudicialAdmisión de las pruebas.
Se produce después de finalizado el
lapso de promoción, y las partes
cuentan con los 1ros 3 días de
despacho para convenir u oponerse a la
admisión de las pruebas consignadas
por la otra parte, en consecuencia el
juez admitirá las que sean legales, y
desechando las que observe que están
ilegales o impertinentes.
Procedimiento JudicialEvacuación de las pruebas.
Las evacuaciones de las pruebas se
realiza después que sean admitidas, por
el Juez competente por tener condición
de legalidad, para ello las partes
cuentan con treinta (30) días para
proceder con dicha evacuación pruebas.
Procedimiento JudicialEvacuación de las pruebas.
Dentro de los 5 días siguientes de haber
concluido el lapso probatorio, cualquiera
de las partes podrá por auto el tribunal
de la causa o a la llegada del
expediente en el Tribunal Superior,
solicitar que se constituya con
asociados para que unidos al juez o
magistrado formen el tribunal para dictar
sentencia definitiva.
Procedimiento JudicialAuto para mejor proveer.
El juez competente podrá hacer valer
los autos siguientes: la Comparecencia
de los litigantes he involucrados para
interrogarlos en relación a hechos
dudoso que hayan presentado.
Presentación de instrumentos que
considere necesario por parte de los
involucrados. Las Inspecciones
judiciales necesarias y las Experticias.
Procedimiento JudicialSentencia.
Con la elaboración de los informes
correspondientes al caso y efectuados
el auto para mejor proveer, el Juez
dictara sentencia dentro de los 60 días
siguientes, los cuales podrán ser
utilizados para la apelación. En caso
que la república sea vencida podrá
consultar tal situación con las cortes
contenciosas administrativas.
Procedimiento JudicialEjecución de la sentencia.
Es importante destacar que la ejecución
de la sentencia por el tribunal
competente, puede estar basada en las
entregas siguientes: En Primer lugar, la
Entrega de cosas mueble e inmueble.
En Segundo lugar, la de Entrega de
cantidades que puedan ser liquida o
ilíquida. También pueden ser
obligaciones de hacer o no hacer.
Procedimiento JudicialSentencias judiciales
Clasificación:
Declarativas (Estado)
Constitutivas (Declarar Derechos)
Condena (particulares).
Procedimiento JudicialSentencias judiciales
Para concluir es importante destacar
que la República de Venezuela, no
puede ser objeto de una sentencia de
carácter condenatoria. Ya que la Nación
Goza de ese beneficio, por la magnitud
que representa la Patria, por ello las
sentencias donde el Estado resulte
vencido, se denominan Sentencias
Declarativas.
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