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Alonso Cano. Revista Andaluza de Arte [ISSN: 1697-2899 D.L: GR2134/2004] Nº5 (1º Trimestre, 2005) Enlace de referencia: http://perso.wanadoo.es/alonsocano1601/
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Comentarios sobre el código deontológico del personal del museo
Por Jose Carlos Rodrigo Herrera
RESUMEN
Lo más importante de todo es que todo el personal del museo se sienta
plenamente integrante del mismo; se ha de fomentar las relaciones y
compañerismo, así como crear un vínculo más allá del profesional con todo el
organigrama del complejo.
ARTÍCULO
El Código de deontología para los Museos pretende ser una especie de
normativa mínima internacional sobre los museos; creada a partir de las
experiencias de los profesionales de la materia, y es de carácter internacional,
pero también podemos tomarlas en el ámbito más local, sobre todo en los
aspectos técnicos y organizativos. La Carta de los Museos Eclesiásticos
referida anteriormente, más que pretender ser universal, esta más enfocada a
un área local española, pero no obstante, dada su versatilidad puede también
aplicarse a otros países.
Las responsabilidades del órgano rector
El Código anuncia que las responsabilidades del órgano rectos son
numerosas, entre las que se señalan específicamente este documento del
ICOM está la redacción y ejecución de estatutos internos y constituciones,
donde recoja los fundamentos y legislaciones del museo, así como la definición
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de sus objetivos, políticas, funciones y demás aspectos del museo. También
será el máximo responsable en:
- Infraestructuras:
Así, según el Código, el órgano rector es el responsable de los
diferentes locales con los que se compone el museo, y que estos
cumplan con sus cometidos. El acceso a estas instalaciones ha de ser
estudiada y regulada, prestando una especial atención a eliminar las
barreras arquitectónicas para, mejorar el acceso los disminuidos, y
teniendo en cuanta la seguridad de las personas y de los objetos;
también se ocupa del seguro. En la Cata Circular anterior, estas
funciones también son enunciadas, solo que no explica quien debe ser
su responsable.
- Financiación:
El órgano rector y su administración deben hacer que se cumplan las
diferentes actividades del museo. El control de los gastos y de los
ingresos ha de ser minucioso, así como de sus fuentes, con precaución
de no descuidar las actividades no rentables económicamente.
- Personal:
El órgano rector es también el responsable de todo el personal del
museo; este debe ser dirigido por el director o jefe, que ha de ser
conocedor y responsable de sus funciones y competencias. El personal
del museo ha de estar cualificado en sus responsabilidades, para ello, la
formación de este ha de ser permanente. También es el responsable del
voluntariado, que ha de estar reglado por escrito, y en su normativa debe
registrarse exactamente las relaciones de este con el museo; su
formación ha de ser eficiente en el caso de realizar funciones
museísticas.
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En los museos eclesiásticos, el órgano rector debe cumplir las mismas
funciones que anuncia este Código, así, la formación del personal es una
constante referencia en la Carta a los Museos Eclesiásticos.
Profesionalidad de los museos
Según el Código, los profesionales de los museos deberían respetar las
leyes y normas establecidas en su profesión, así como educar al público del
museo sobre su labor, el Código dice al respecto:
“Los miembros de la profesión museística deben respetar las normas y
leyes establecidas y mantener el honor y la dignidad de su profesión. Deben
proteger al público contra toda conducta profesional ilegal o contraria a la
deontología. Han de utilizar todos los medios adecuados para informarle y
educarle respecto de los objetivos, metas y aspiraciones de la profesión, con
miras a hacerle entender mejor la contribución de los museos a la sociedad.”
Sobre la profesionalidad del personal
El Código recoge que los trabajadores del museo han de conocer la
legislación vigente y el Código de deontología del ICOM, además de los demás
códigos y políticas museísticas; así dice que debe estar prohibida la utilización
personal de las colecciones del museo por parte de su personal, familiares o
allegados; tampoco se ha de aceptar regalos por el trabajo del museo, excepto
si estos son de cortesía y en nombre de la institución interesada. Ningún
negocio privado del personal del museo ha de separarse totalmente de su
actividad, y menos que sea en detrimento a este y ningún miembro del museo
debería participar en ningún sentido en el comercio de los bienes del museo, ni
aceptar sobornos ni tratos de favor. Para evitar mal entendido y desfalcos, se
recomienda que ninguna persona ni allegados del museo adquiera fondos del
mismo.
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Estos mismos preceptos deberían de tomarse para el personal de los
museos eclesiásticos, y recogerse en todos los reglamentos internos.
Lo más importante de todo es que todo el personal del museo se sienta
plenamente integrante del mismo; se ha de fomentar las relaciones y
compañerismo, así como crear un vínculo más allá del profesional con todo el
organigrama del complejo.
Bibliografía
- Código de Deontología del ICOM para los Museos. Revisado en
octubre 2004 en Seoul, (Corea).