Col Pension Es

Post on 10-Nov-2015

216 views 0 download

description

j

Transcript of Col Pension Es

COLPENSIONES: DOCUMENTO 03AUXILIO FUNERARIO.QUE ES?.El auxilio funerario es una prestacin a que tiene derecho la persona compruebe haber sufragado los gastos de entierro de un afiliado o pensionado, equivalente al ltimo salario base de cotizacin, o al valor correspondiente a la ltima mesada pensional recibida, segn sea el caso, y que no puede ser inferior a cinco (5) salarios mnimos legales mensuales vigentes, ni superior a diez (10) veces dicho salario.REQUISITOS.1. Que un afiliado o pensionado fallezca, y2. Que el solicitante del auxilio compruebe haber sufragado los gastos de entierro del afiliado o pensionado.ConcordanciasLey 100 de 1993; Art.51Decreto 1889 de 1994; Art.18

DOCUMENTACIN.- Formulario debidamente diligenciado de solicitud del auxilio funerario, que puedes solicitar en cualquier Punto CP, o descrgalo de la pgina web de Colpensiones:www.colpensiones.gov.co- Original o fotocopia autenticada del Registro Civil de defuncin del causante.- Factura original a nombre de la persona natural o jurdica que haya sufragado los gastos funerarios debidamente cancelada- Fotocopia ampliada al 150% de la cdula de ciudadana o de extranjera del NIT del solicitante que demuestre haber sufragado los gastos fnebres.- Certificado de una cuenta bancaria con fecha de expedicin no mayor a 30 das a la presentacin de la solicitud, a nombre de la persona natural o jurdica reclamante del auxilio.- Cuando exista un contrato preexequial, empresarial o colectivo, debes allegar Certificacin expedida por el centro que prest el servicio fnebre, en la que conste:- Servicio que fue cubierto por el plan de previsin o preexequial,- Los servicios funerarios prestados,- El valor del contrato- El valor pagado- Fotocopia del contrato preexequial.Nota: Si la muerte ocurri por accidente de trnsito, la obligacin de reconocer esta prestacin le corresponde a la Compaa Aseguradora que expidi el seguro obligatorio de accidentes de trnsito (SOAT)RADICACIN.- Una vez renas los documentos relacionados anteriormente, entrgalos en el Punto CP ms cercano.- Luego procederemos a digitalizar la informacin y tomaremos tu huella- Te haremos entrega de una comunicacin como constancia de radicacin y que el trmite de tu solicitud ha iniciado.ENTONCES QUE HAR COLPENSIONES CON TU SOLICITUD?.- Los documentos radicados sern estudiados por Colpensiones, de acuerdo a lo dispuesto por la ley. Si durante el estudio se hace necesario que allegues un documento adicional o una aclaracin, te lo haremos saber a travs de una comunicacin que enviaremos a la direccin registrada o a tu correo electrnico.- Si deseas saber en qu trmite est tu solicitud, puedes llamar a la lnea gratuita nacional xxxxxxxx o a travs de la pgina web de Colpensiones:www.colpensiones.gov.co